Comercio Interno

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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior Programa Nacional de Formación Agroalimentaria Aldea Universitaria “Willian Lara” El Socorro, Estado Guárico. ESTUDIO DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Facilitador: Integrantes: Lcdo. Francisco Martínez Aide del Valle Camacho

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República Bolivariana de VenezuelaMinisterio del Poder Popular para la Educación Superior

Programa Nacional de Formación AgroalimentariaAldea Universitaria “Willian Lara”

El Socorro, Estado Guárico.

ESTUDIO DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA

Facilitador: Integrantes:Lcdo. Francisco Martínez Aide del Valle Camacho

EL SOCORRO, NOVIEMBRE DE 2015

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INTRODUCCIÓN

Para comprender la concepción, que tiene tanto los venezolanos como otros de

cualquier otra nacionalidad, es necesario indagar el proceso histórico por el cual ha

transitado y poder analizar el comportamiento que desde finales del siglo XV hasta

nuestros días, el venezolano; como base fundamental de este proceso, ha

experimentado debido a características que se encuentran fuera de su entorno.

El comercio interno es el que se realiza dentro del territorio de un país,

también es llamado comercio interior, comercio nacional o comercio doméstico. Está

regido por un conjunto de normas únicas para cada nación, generalmente denominado

código de comercio.

Se representaran como los aspectos que han sido influenciados por la

aparición del petróleo. Entre esos tenemos; primero, aparte del cambio de economía,

a la implantación de compañías extranjeras, que a la vez generan ingresos al país. Al

implantarse tales compañías en las grandes ciudades surgirán, con el tiempo las

migraciones tanto internas como externas, generando con ellas, no sólo el urbanismo

sino también la marginalidad, la dependencia económica, social y política, sin dejar a

un lado, las ventajas y desventajas, entre ellas, la evolución demográfica y la

destrucción del ecosistema, la modernización del país, así como también la influencia

de una nueva cultura en el venezolano, que se entenderá como un neocolonialismo.

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Estudio de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela

Si tomamos como punto de partida mejorar la calidad de vida de la sociedad,

o en este caso en especial de los habitantes de Venezuela, debemos iniciar que éste ha

sido un país, con una trayectoria democrática, en donde la Constitución de la

República, ha servido y sirve como una base sobre el cual descansa todo el aparato

del Estado. Nuestra Carta Magna, protege los derechos humanos, civiles, las acciones

militares y sobre todo, como debe ser la participación de lo ciudadanos en la vida

política del país.

Tomando en cuenta lo anterior, analizaremos cuales son las políticas públicas

que en estas materias, están intrínsecas dentro de la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela, comenzando por el preámbulo de la misma, el cual

estipula que es el pueblo de Venezuela, quien refundará la República, a fin de

establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica.

Lo anterior refleja, la voluntad del pueblo venezolano, quienes mediante el

voto popular y la aplicación del referéndum, serán los encargados de velar por la

participación y el protagonismo ciudadano en la toma de decisiones y en la

formulación de las estrategias políticas, económicas y sociales que redundarán en

beneficios colectivos.

Son los diputados representativos del poder del pueblo, quienes

consolidará los valores de libertad, independencia, paz, solidaridad, bien común,

integridad territorial, convivencia y el cumplimiento de la Ley, para ésta y las futuras

generaciones, además de que asegurarán el derecho a la

vida, trabajo, cultura, educación, justicia social y la igualdad sin discriminación ni

subordinación alguna.

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Lo anterior, no es más que la descripción de funciones por parte del Poder

Legislativo, quienes son la representación de la sociedad moderna y democrática en el

Gobierno Nacional, son los diputados del antiguo Parlamento, quienes deberán

salvaguardar los derechos humanos y civiles de los ciudadanos venezolanos.

Democratización del Socialismo de Estado

Entre los principios fundamentales de esta Constitución, tipificadas en el

Titulo I, se establece que Venezuela se constituye como un Estado democrático y

social de derecho y de justicia (Art. 2), en donde la defensa y el desarrollo de

la persona y el respeto a su dignidad, la voluntad popular, la construcción de

una sociedad justa y amante de la paz, en donde el trabajo y la educación son

elementos principales para tales fines, (Art. 3).

Lo descrito anteriormente, demuestra las primeras políticas públicas

contempladas en la Carta Magna, en donde se estipula la sociedad democrática y el

Estado Social de Derecho y Justicia para todos los venezolanos, son algunas de las

primeras políticas públicas contempladas en este documento el cual también plantea

que los habitantes de este país, tendrán garantizada su defensa y desarrollo como

personas de bien, acciones que lograrán mediante la educación y el trabajo.

El Título II, por su parte, describe el territorio y los espacios geográficos que

integran la nación y pero en el artículo 15, se plantea la posibilidad de que el Estado,

establezca una política integral en los espacios fronterizos terrestres, insulares y

marítimos preservando la integridad territorial, la soberanía, seguridad, defensa

e identidad nacional. Atenderá de igual forma cada región fronteriza mediante

una Ley Orgánica de Fronteras.

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Los derechos de los ciudadanos venezolanos

Se reconoce además en el Capítulo III correspondiente a los Derechos Civiles

que la vida, la libertad personal y el hogar doméstico, son inviolables, para poder

reprimir a una persona, detener o allanar su residencia, deberá existir una orden

judicial, emitida por un tribunal de control, a menos que sea sorprendido en flagrancia

del delito. Las personas privadas de su libertad tienen derecho de comunicarse con

sus familiares, abogados, allegados, conocidos, quienes de forma inmediata deberán

ser notificados por la autoridad correspondiente de los motivos de la detención y la

ubicación de la persona. Se prohíbe además la pena de muerte o penas perpetuas. Las

autoridades correspondientes deberán identificarse, toda vez que priven de libertad a

cualquier persona. De igual manera, se prohíbe la desaparición forzada de las

personas, aún cuando en el país, reine un estado de excepción (Art. 43 al 47).

Entre los derechos civiles de los venezolanos, se contempla en el texto

constitucional, el derecho de los ciudadanos de mantener privadas

sus comunicaciones, así como reclamar el debido proceso, transitar libremente por

cualquier medio por el territorio nacional, cambiar de domicilio, ausentarse del país y

movilizar sus bienes, sin limitación alguna, representar o dirigir peticiones a

funcionarios públicos, a asociarse con fines lícitos y reunirse pública o privadamente,

sin permiso previo, tiene derecho además de un nombre propio, de comunicarse

libremente, de pertenecer al culto o la religión que le apetezca, a la protección de su

honor, vida privada, confidencialidad, reputación, así como se estipula el derecho a la

libre conciencia (Art. 48 al 61, con excepción del Art. 55, 57, 60)

Otro de los aspectos de salud que conforman esta política pública, es lo

referente a la construcción del Proyecto Barrio Adentro IV, el cual pretende incluir

dentro de los sectores más populares del país, Centros de Diagnóstico y de

Rehabilitación Integral que buscan abaratar los costos de los servicios de salud.

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El derecho al trabajo, deberá ser promovido y garantizado por el Estado, quien

dispondrá todo lo referente a las mejoras de las condiciones materiales, intelectuales y

morales de los trabajadores. Esta política pública tipificada en el artículo 89 de la

Carta Magna, se convirtió en la Ley Orgánica de Trabajo, la cual busca normar las

legalidades contempladas dentro de cualquier trabajo. No conforme con la existencia

de esta ley, surgen nuevas leyes como lo referente a la Lopcymat, Ley Orgánica para

la Protección de las Condiciones y Medio Ambiente de los Trabajadores, la cual

busca normar y regular las condiciones en las cuales el trabajador debe desenvolverse

y desarrollarse, resguardando su integridad profesional y laboral en todos los ámbitos.

La educación como proyecto político

El proyecto político contenido en la Constitución de la República Bolivariana

de Venezuela define a la política educativa como un derecho humano, y como

un servicio público según lo contenido en los artículos, 139, 141, 143, 168 y 62. Así

mismo, la política educativa también se halla sustentada en los artículos 102, 103 y

104 confiriéndole un carácter de: Democrática, integral, gratuita (hasta el pregrado

universitario), permanente, obligatoria, plural, contextualizada, intercultural y

bilingüe (para los pueblos indígenas). Donde el uso de la lengua indígena es

obligatorio hasta el segundo grado de educación básica (Art.

121), enseñanza obligatoria de la educación física y el deporte, con excepciones

según la ley (Art. 111); y educación ambiental obligatoria en educación formal y no

formal (Art. 107).

La justicia social sería entonces alcanzada con la profundización de la base

social democrática en todos los campos que le conciernen, como educación de calidad

para todos, salud, vivienda y ambiente sano, acceso pleno a la cultura,

universalización del deporte, atención especial para

la población en pobreza extrema, recreación e información veraz y oportuna. Otra

variante inmersa en la justicia social es la corresponsabilidad entre el Estado y la

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sociedad donde prevalece la acción comunitaria, para formular, ejecutar y evaluar

políticas públicas y la rendición de cuentas, en materia educativa planteándose la

incorporación de la comunidad en el proceso educativo para procurar la

universalización y elevación de la calidad de la formación de los ciudadanos.

En el marco de la Constitución de 1999, las reformas educativas que se están

implementando en Venezuela se mueven entre la universalización del conocimiento,

la identidad cultural y la búsqueda de una mayor equidad social.

Principios fundamentales

Artículo 1. La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e

independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad,

justicia y paz internacional en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador.

Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía,

la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.

Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y

de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de

su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia,

la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos,

la ética y el pluralismo político.

Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de

la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular,

la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la

prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios,

derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.

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La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.

Artículo 4. La República Bolivariana de Venezuela es un Estado Federal

descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los

principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y

corresponsabilidad.

Artículo 5. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce

directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente,

mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.

Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

Artículo 6. El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las

entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo,

electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos

revocables.

Artículo 7. La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento

jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a

esta Constitución.

Artículo 8. La bandera nacional con los colores amarillo, azul y rojo; el himno

nacional Gloria al bravo pueblo y el escudo de armas de la República son

los símbolos de la patria.

La ley regulará sus características, significados y usos.

Artículo 9. El idioma oficial es el castellano. Los idiomas indígenas también son de

uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la

República, por constituir patrimonio cultural de la Nación y de la humanidad.

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División Política

Artículo 16. Con el fin de organizar políticamente la República, el territorio nacional

se divide en el de los Estados, el del Distrito Capital, el de las dependencias federales

y el de los territorios federales. El territorio se organiza en Municipios.

La división políticoterritorial será regulada por ley orgánica, que garantice la

autonomía municipal y la descentralización político administrativa. Dicha ley podrá

disponer la creación de territorios federales en determinadas áreas de los Estados,

cuya vigencia queda supeditada a la realización de un referendo aprobatorio en la

entidad respectiva. Por ley especial podrá darse a un territorio federal la categoría

de Estado, asignándosele la totalidad o una parte de la superficie del territorio

respectivo.

Artículo 17. Las dependencias federales son las islas marítimas no integradas en el

territorio de un Estado, así como las islas que se formen o aparezcan en el mar

territorial o en el que cubra la plataforma continental. Su régimen

y administración estarán señalados en la ley.

Artículo 18. La ciudad de Caracas es la capital de la República y el asiento de los

órganos del Poder Nacional.

Lo dispuesto en este artículo no impide el ejercicio del Poder Nacional en otros

lugares de la República.

Una ley especial establecerá la unidad político territorial de la ciudad de

Caracas que integre en un sistema de gobierno municipal a dos niveles, los

Municipios del Distrito Capital y los correspondientes del Estado Miranda. Dicha ley

establecerá su organización, gobierno, administración, competencia y recursos, para

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alcanzar el desarrollo armónico e integral de la ciudad. En todo caso la ley garantizará

el carácter democrático y participativo de su gobierno.

Garantías y deberes

De los Deberes

Artículo 130. Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a

la patria, sus símbolos y, valores culturales, resguardar y proteger la soberanía,

la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de

la Nación.

Artículo 131. Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar esta Constitución,

las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos

del Poder Público.

Artículo 132. Toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y

participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país,

promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la

convivencia democrática y de la paz social.

Artículo 133. Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos

mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.

Artículo 134. Toda persona, de conformidad con la ley, tiene el deber de prestar los

servicios civil o militar necesarios para la defensa, preservación y desarrollo del país,

o para hacer frente a situaciones de calamidad pública. Nadie puede ser sometido

a reclutamiento forzoso.

Toda persona tiene el deber de prestar servicios en las funciones electorales que se les

asignen de conformidad con la ley.

Artículo 135. Las obligaciones que correspondan al Estado, conforme a esta

Constitución y a la ley, en cumplimiento de los fines del bienestar social general, no

excluyen las que, en virtud de la solidaridad y responsabilidad social y asistencia

humanitaria, correspondan a los o a las particulares según su capacidad. La ley

proveerá lo conducente para imponer el cumplimiento de estas obligaciones en los

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casos en que fuere necesario. Quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión,

tienen el deber de prestar servicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y

condiciones que determine la ley.

Comercio interno

Es el que se realiza dentro del mismo País, como ser la fabricación de

productos que luego se venden entre comerciantes del mismo país, y el usuario los

compra a diario. Esto, por medio de los impuestos que pagan tanto los comerciantes

(impuesto a las ganancias) y los compradores, deja divisas que el gobierno usa para

mantener el País.

Está conformada por el conjunto de actividades comerciales realizadas al

interior de las fronteras Venezuela, cuyo rasgo más característico es la interactividad

entre sus diferentes estados, regiones o provincias.

Antecedentes y evolución

El Estado venezolano en materia de comercio interior han pasado por tres

fases: una primera, librecambista, la segunda proteccionista, y una tercera, neoliberal.

Fase Librecambista:

Bajo los mandatos de Cipriano Castro y Juan Vicente Gómez (1900-1935),

aun cuando parezca una contradicción frente a sus signos dictatoriales, dominaron las

tesis liberales en el comercio, aunque fuertemente monopolizado por las grandes

casas mercantiles y por hombres del régimen que impusieron sus influencias en

algunos ramos de los negocios. Hubo en esta fase un predominio de la actividad

comercial, en la cual se aplicó lo que se denomina una política de abastos.

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Fase Proteccionista:

Alrededor del año 1937 se inicia formalmente la política proteccionista en

Venezuela, sostenida en la reforma comercial impulsada por el gobierno de Eleazar

López Contreras; para fortalecer la producción y el mercado internos, reforma que

inicialmente se fundamentó en el llamado Plan de Febrero de 1936. Esta, pues, fue

una etapa de promoción interna de la industrialización, muy incipiente todavía,

aunada a un escaso desarrollo del sistema financiero.

Fase Neoliberal:

El segundo gobierno de Carlos Andrés Pérez, en 1989, asume el compromiso

de romper con el proteccionismo y sus secuelas, e impuso una política distinta, de

corriente neoliberal, llamada Programa de Ajuste Estructural, cuyos objetivos, en

relación a la política comercial, eran la liberación del área financiera del control del

Estado, la privatización de las empresas públicas, la liberación de precios, liberación

de las tasas de interés, devaluación del bolívar, desgravámenes arancelarios,

eliminación de los subsidios, apertura comercial externa y una política de integración

en el marco del Grupo Andino.

Estudio de la frontera de la Republica Bolivariana de Venezuela

Venezuela es un país ubicado en el extremo norte de América del Sur, en

consecuencia entre el sistema ecogeográfico de la selva y el mar de las

Antillas además de ser cruzado por los llanos centrales y el sistema montañoso de

cordilleras andino-costero, dichas circunstancias proporcionan al país la posesión de

límites naturales y políticos. Su soberanía es ejercida dentro del territorio

comprendido entre sus fronteras, excepto en el área en litigio de la Guayana

Esequiba.

Venezuela limita con catorce estados, tiene 5.161 km de fronteras terrestres

que comparte con Colombia, Brasil y Guyana, y fronteras marítimas en el Mar

Caribe y en el Océano Atlántico de las que ya tiene límites definidos de áreas marinas

y submarinas con: Estados Unidos (a través de Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los

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Estados Unidos), el Reino de los Países Bajos (a través

de Aruba, Curazao, Bonaire, Saba y San Eustaquio), República

Dominicana, Francia (a través de Martinica yGuadalupe) y Trinidad y Tobago; tiene

pendiente por definir con áreas marinas y submarinas con: Colombia, San Cristóbal y

Nieves, Reino Unido (a través de Montserrat), Dominica, Santa Lucía, San Vicente y

las Granadinas, Granada y Guyana. Adicionalmente, puede limitar en el océano

Atlántico con un país adicional, Barbados, en un posible punto trifinio junto con

Trinidad y Tobago, lo cual dependerá de la fijación de áreas marinas y submarianas

de mutua aceptación entre los tres Estados

Colombia

La frontera con Colombia se extiende en un total de 2.219 km, siendo así la

frontera más larga que poseen ambos países. Se extiende entre la Península de La

Guajira y la Piedra del Cocuy en el río Negro. Los estados que hacen parte de la

frontera son Zulia,Táchira, Apure y Amazonas.

Está frontera ha estado sujeta a difíciles tratados que siguen los intereses de

ambas naciones sobre los territorios que ésta comprende, a ambos lados de la

frontera; igualmente es una de las que más problemas sociales y económicos posee.

La frontera colombo-venezolana está actualmente delimitada por dos tratados (Laudo

Español de 1891 y Tratado de 1941), sin embargo se han negociado cinco de

ellos: Tratado Michelena-Pombo, Tratado Arosemena-Guzmán, Laudo Español de la

Reina Maria Cristina, Sentencia del Consejo Federal Suizo y Tratado López de Mesa-

Gil Borges.

Los límites parten desde el cabo Castilletes en línea recta hasta Matajuana, de

la misma forma hasta Altos del Cedro y Motilones en lasierra de Perijá. De ahí se rige

bajo las cimas montañosas de la sierra hasta el río Intermedio, luego hacia el Río de

Oro, Catatumbo, Zulia, Oirá, Arauca, Meta y su desembocadura en el Orinoco. Desde

ahí sigue el curso del Orinoco hasta los ríos Atabapo y Guainía y concluye en el

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punto trifinio "Piedra del Cocuy", que comparte con Brasil. La parte fronteriza que

colinda con el estado Zulia se rige bajo accidentes geográficos montañosos, y la parte

amazónica y apureña está determinada por la presencia de ríos y desembocaduras.

Actualmente, Venezuela comparte junto con su frontera colombiana una gran

cantidad de problemas sociales y políticos, como por ejemplo, la presencia de fuerzas

guerrilleras en la línea fronteriza y la alta cantidad de contrabando ilícito que entra al

territorio nacional.

Los puntos de acceso vial más importantes están comprendidos entre las

poblaciones de Ureña-Cúcuta, San Antonio del Táchira-Cúcuta y Guarero (Zulia)-

Maicao.

Brasil

El Tratado de límites y navegación fluvial del 5 de mayo de 18592 inició la

delimitación de frontera entre Venezuela y Brasil; Brasil renuncia a favor

de Venezuela todos sus posibles derechos en las cuencas de los

ríos Orinoco y Esequibo, y a su vez Venezuela renuncia a favor de Brasil a todos los

posibles derechos en la hoya de la cuenca amazónica, exceptuando una parte del río

Negro. El 17 de mayo de 1988 ambos países celebran un nuevo tratado en el cual

establecen una banda de 30 metros de ancho a cada lado de la línea fronteriza donde

no pueden realizarse actividades ni obras. Esta frontera tiene una longitud

aproximada de 2.199 kilómetros (de los cuales 90 km son linderos convencionales y

los otros 2.109 km corresponden con la divisoria de aguas entre las cuencas del

Amazonas (Brasil) y del Orinoco (Venezuela)) atravesando las sierras de Imeri,

Tapirapecó, Curupira y Urucuzeiro (Estado brasileño de Amazonas), Parima, Auari,

Urutanim y Pacaraima (Estado de Roraima) y se ha demarcado mediante hitos

fronterizos. El límite geográfico comienza en el punto trifinio Brasil-Colombia-

Venezuela de la Piedra del Cocuy y continúa en línea recta hasta el salto de Huá;

luego continúa a través de las cumbres montañosas que constituyen la línea divisoria

de las cuencas del Orinoco y Amazonas. El punto final se encuentra en un trifinio

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Brasil-Guyana-Venezuela en la cima del tepuy Roraima, sin embargo, debido a la

reclamación venezolana sobre la Guayana Esequiba y al reconocimiento que le hace

Brasil de la cuenca del río Esequibo, la punto trifinio de derecho (al menos para

Venezuela y Brasil) se localiza en la cabecera de río Esequibo en la sierra Mapuera.

El punto de mayor importancia por acceso vial está comprendido entre las

poblaciones de Santa Elena de Uairén, Venezuela y Pacaraima, Brasil.

Guyana

Hito fronterizo en el Monte Roraima. ParaVenezuela representa un punto

bifinio de su frontera con Brasil, mientras que paraGuyana representa un

punto trifinio entre los tres estados. Según la tesis venezolana el punto trifinio de los

tres países se encuentra en el nacimiento del río Esequibo, aproximadamente en el

punto 01°27′20″N 58°29′48″O . Tal discrepancia obedece a la disputa guyano-

venezolana por la Guayana Esequiba.

La frontera que divide a Venezuela de Guyana ejerce soberanía hasta Punta de

Playa (Delta Amacuro), la cual es su punto más nororiental. Venezuela reclama una

región bajo la administración de Guyana: La Guayana Esequiba.

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CONCLUSIÓN

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la

protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el

heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y

forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República

para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y

pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los

valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la

integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras

generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la

justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva

la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración

latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación

de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la

democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio

ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable

de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea

Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático.

La economía, es y seguirá siendo, el elemento que transformará la vida de

todo hombre. En el caso de Venezuela, las concepciones económicas han estado

siempre sujetas a la tierra. Primero con la agro exportación cuya base era la tierra y

segundo la exportación petrolera, proveniente del subsuelo. Todo lo surgido, a raíz de

la economía petrolera venezolana a partir del siglo XX, como se plasmo en el trabajo,

para bien o para mal, ésta es la realidad, que las cosas han podido ser mejor, nadie lo

pone en duda. Venezuela al iniciarse el siglo XXI, si algo es prioritario, sin duda es

evitar todos los errores cometidos, desde el siglo XX, que al parecer es el siglo más

nefasto en la historia de Venezuela.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

López, José Eliseo. (1988). Demografía. Diccionario de Historia de Venezuela,

Fundación Polar, Tomo II. Editorial Ex Libris, Caracas.

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Boulton, Caracas.

De La Plaza, Salvador. (1974). El petróleo en la vida venezolana. Ediciones UCV,

Caracas.

Quintero, Rodolfo. (1968). La cultura del petróleo. Instituto

de investigaciones económicas y sociales, Caracas.