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1 REGLAMENTO INTERNO Y de Convivencia Escolar Colegio del Verbo Divino 2015

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REGLAMENTO INTERNO Y de Convivencia Escolar

Colegio del Verbo Divino2015

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INDICE

INTRODUCCIÓN 03

TÍTULO I: Bases de la sana convivencia escolar 06

TÍTULO II: Políticas, derechos y deberes sana convivencia 10

TÍTULO III: Normas de uniforme, presentación personal y asistencia a clases 17

TÍTULO IV: Gestión de la sana convivencia escolar 22

TÍTULO V: Faltas a la sana convivencia escolar 28

TÍTULO VI: Pasos disciplinarios y medidas pedagógica 35

TÍTULO VII: Protocolo base para manejo de faltas reglamentarias 40

TÍTULO VIII: Manejo de posibles delitos contra estudiantes 50

TÍTULO IX: Reglamento del viaje de estudios segundos medios 53

TÍTULO X: Normas de difusión y revisión del reglamento de convivencia escolar 56

PROTOCOLOS DE ACCIÓN 59

Protocolo de actividades extraprogramáticas 59

Protocolo de actividades de convivencia 61

Protocolo de accidentes escolares 62

Protocolo de maltrato escolar entre pares 64

Protocolo de acoso escolar 67

Protocolo de maltrato de alumno a funcionario 70

Protocolo de maltrato de adulto a estudiante 73

Protocolo de maltrato de apoderado a funcionario 76

Protocolo de violencia intrafamiliar contra menores 78

Protocolo de abuso sexual infantil 81

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INTRODUCCIÓN:

El Colegio del Verbo Divino se debe entender como un espacio único y privilegiado, aunque no exclusivo, para aprender a convivir con otros, por muy diferentes que seamos. Es una comunidad educativa que continúa y complementa la labor de la familia, primera educadora.

En este sentido, el Colegio es una oportunidad para un encuentro planificado y un escenario reflexivo. Es aquí precisamente donde se puede enseñar y aprender en forma sistemática una serie de actitudes y habilidades de resolución pacífica y dia-logada de conflictos.

La comunidad escolar del Verbo Divino, basada en su Proyecto Educativo Institu-cional (PEI) tiene conciencia de que para fomentar una buena convivencia se debe educar, entre otras, las competencias para resolver los conflictos que surjan en las salas de clases y en el entorno. Para ello es necesario basarse en una normativa que aborde y ayude a discernir soluciones para los problemas de convivencia del día a día. No obstante, es imprescindible un paso previo, que consiste en la finalidad educativa de desarrollo integral de la persona, lo que contribuirá a prevenir la apa-rición de conflictos graves e insolubles.

Lo anterior ayudará en la formación valórica y académica de los educandos, y crea-rá competencias educativas básicas que permitirán relaciones interpersonales ade-cuadas en su Colegio y en esta sociedad tan diversa.

Visto así, podríamos definir la convivencia como el arte de vivir en paz y armonía con las personas y el medio que nos rodea. Es el clima de interrelaciones que se pro-duce en nuestra comunidad educativa, es decir, una red de relaciones sociales que se desarrolla en un tiempo y espacio determinados y que convoca a los distintos ac-tores que participan en ella a ser capaces de operar en conjunto y acompañarse en la construcción de relaciones y vínculos entre sus miembros. Se configura de este modo un espacio relacional de cooperación y crecimiento que se va reconociendo en nuestra vida cotidiana.

La educación en el diálogo debe ser el principal instrumento para la construcción de una cultura de paz, ya que posibilita el aprendizaje de la no violencia activa, median-te la promoción de valores y actitudes tales como: diálogo, tolerancia, solidaridad, rectitud, respeto de los derechos humanos y búsqueda permanente de la justicia.

La misión educativa, cualquiera que sea el lugar en donde se realice, debe compar-tir la orientación y la espiritualidad misionera verbita, siendo un testimonio de la palabra, misión de diálogo profético. Por tanto, en el Colegio, perteneciente a la Congregación del Verbo Divino, pretendemos una educación de excelencia, de ser-

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vicio, centrada en las personas, convergente y orientada hacia valores formativos. Las familias integradas al Colegio asumen un papel protagónico como primeros educadores de sus hijos y se comprometen con las orientaciones valóricas y peda-gógicas propuestas por el Proyecto Educativo.

La disciplina es un valor fundamental en la formación de la persona; es un acto de respeto de la persona consigo misma; del alumno hacia sus padres, que hacen todos los esfuerzos posibles por educar y formar a sus hijos; hacia sus compañeros, que tienen el derecho a aprender en un ambiente seguro y protegido; hacia el profesor, que merece un ambiente adecuado para enseñar y generar aprendizaje hacia reli-giosos, auxiliares y administrativos que también merecen ser acogidos y respetados en su diversidad y singularidad en nuestra comunidad y, por último, hacia la propia verdad, que merece ser descubierta y estudiada con orden, interés, tranquilidad y participación, en una palabra, con disciplina.

La disciplina es una expresión, un estilo de vida y una actitud frente a la misión de cada día. Una persona sin disciplina queda fácilmente a la deriva, a merced de senti-mientos fluctuantes y modas pasajeras, sin referencias claras. Por esto, la disciplina es concreción de valores, como la responsabilidad, la constancia, la confiabilidad, la rectitud, la laboriosidad, la corrección y la consecuencia. La disciplina sostiene al niño y al joven, para no ceder a caprichos y no sucumbir a intereses ególatras. Ella es fundamental para responder a los desafíos de la vida, para ser consecuente y perseverante en el camino trazado, para lograr metas y objetivos, para cumplir cada tarea y cumplirla bien.

La disciplina valora y respeta los derechos de las demás personas, es expresión de respeto al bien común del curso y del Colegio. La persona indisciplinada es auto-rreferente, vive esclava de sus impulsos y estados de ánimo. En cambio, la persona disciplinada toma en cuenta al prójimo, lo respeta y procura su bien y crecimiento. Su objetivo último y esencial es la educación de la libertad personal, que, lejos de rendirle pleitesía al libertinaje y al impulso del momento, abraza libremente el bien y el bien común, donde se puedan prevenir las conductas inapropiadas e intervenir con criterios educativos, de tal forma que el alumnado, sus profesores/as y sus fa-milias se sientan seguros, integrados, responsables y respetados.

En esa misma línea, el reglamento interno y de convivencia escolar del Colegio, no solo debe educar a nuestros alumnos en disciplina dentro del establecimiento, sino también formar alumnos íntegros, con valores y actitudes morales acordes al mode-lo que, en conjunto con los padres, el Colegio se esmera en desarrollar.

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TÍTULO IBASES DE LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR

Art. 1. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES:

1.1. INTRODUCCIÓN:a) Como principio fundamental de su acción formativa, el Colegio postula que todo el personal docente, paradocente, administrativo y de servicio, está involucrado responsablemente en la creación y mantenimiento de un clima valórico positivo. Cada uno, desde el nivel y funciones que le corresponda, debe afianzar y unificar constantemente los valores cristianos del personal del Colegio.

En virtud de dicha voluntad educativa, se ha establecido una Subdirección de Convivencia Escolar, que propone, estudia e implementa planes y programas que contribuyen con la buena convivencia dentro y fuera de la sala de clases, como también genera planes y programas para prevenir y resolver conflictos graves y particularmente aquellos relacionados con intimidación, maltrato o acoso escolar, apuntando al logro de un clima de acogida, seguridad, desarrollo y respeto para todos los miembros de la comunidad educativa, es decir, promoviendo una sana convivencia escolar.

b) Se pretende que todos los alumnos internalicen progresivamente los valores que sustentan estas normas y actitudes. Para lograr este objetivo, intervienen las diver-sas instancias formativas del Colegio. Este afianzamiento valórico que fundamenta la convivencia, se da en las diversas actividades sistemáticas y extraprogramáticas propuestas por el Colegio.

1.2. MISIÓN INSTITUCIONAL:•“…Somos un colegio perteneciente a la Congregación del Verbo Divino, particular pagado, que busca formar personas con liderazgo, a través de una educación való-rica y académica de excelencia, con énfasis en actividades pastorales-misioneras, deportivas y culturales. Nuestro quehacer está dirigido a familias que asumen su papel protagónico como primeros educadores de sus hijos y se comprometen con nuestras orientaciones educativas, a quienes ofrecemos un ambiente de acogida y sana convivencia…”

(Proyecto Educativo Institucional, Colegio del Verbo Divino de Las Condes, pág.27)

1.3. VISIÓN INSTITUCIONAL: •“..El Colegio del Verbo Divino quiere dar sentido de pertenencia y formar personas de excelencia que, centradas en el Evangelio, sean enviadas a servir a la sociedad con liderazgo transformador..”

(Proyecto Educativo Institucional, Colegio del Verbo Divino de Las Condes, pág.27)

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Art. 2. EL DIÁLOGO PROFÉTICO:

2.1. Definición: “…El diálogo profético entendido como la disposición y la acción de salir al encuentro de nuestro prójimo, para lo cual forjamos en nuestros alumnos una actitud de apertura y tolerancia, que les permita vencer todo tipo de barreras (culturales, étnicas, socioeconómicas, etc)…”

(Proyecto Educativo Institucional, Colegio del Verbo Divino de Las Condes, pág.17)

2.2. Elementos constitutivos: El Diálogo Profético es un modo de ser característi-co de la formación Verbita, en el cual se pueden distinguir los siguientes aspectos:

a) La Biblia: Inspira el contenido esencial del diálogo profético (“¿qué?”) y sus des-tinatarios (“¿a quién?”). El mensaje es la palabra de Dios, que debe profesarse a nuestro prójimo venciendo todas las barreras que pudieran presentarse (culturales, étnicas, socio-económicas, etc.).

b) La Animación Misionera: Es la actitud del diálogo profético (“¿Cómo?”) que se caracteriza por la gran energía puesta en lo promoción -no imposición- de la palabra del Señor (“Ánimo”) y la disposición para ir a la búsqueda del prójimo en el afán de entregársela (“misión”).

c) La Comunicación: Es el instrumento del diálogo profético que permite anun-ciar la buena noticia de Jesús (“¿Con qué?”). A través de esta, el ser humano pue-de generar un diálogo enriquecedor, basado en la capacidad de escuchar y hablar respetuosamente (sea en nombre propio y/o representando a los que no pueden expresarse).

d) Justicia, Paz y Cuidado de la Creación: Es la consolidación de la palabra de Dios (“¿Para qué?”), expresada en el logro de una sociedad justa, integrada, donde la paz se logre hablando el idioma universal del amor y se proteja el mundo en que vivimos entendiéndolo como la obra de Dios.

ANIMACIÓN

MISIONERA

¿Cómo..?

COMUNICACIÓN

¿Con qué..?

LA BIBLIA

¿Qué y a quién..?

JUSTICIA, PAZ

Y CUIDADO, DE LA

CREACIÓN

¿Para qué...?

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Art. 3. VALORES CENTRALES DE FORMACIÓN:

3.1. Respeto: “...Reconocemos y aceptamos la dignidad de toda persona humana, imagen y semejanza de Dios. Valoramos su importancia en la comunidad y, en con-secuencia, esperamos que los integrantes de los distintos estamentos se relacionen en un ámbito de respeto…El respeto comienza en uno mismo, siendo consecuente y coherente con los principios y valores que sustentan nuestra existencia, lo que se refleja en actitudes de consideración hacia los demás. Esto hace posible una sana convivencia en nuestra comunidad educativa, en nuestra familia y, por extensión, en nuestra patria…”

(Proyecto Educativo Institucional, Colegio del Verbo Divino de Las Condes, pág.27)

3.2. Solidaridad: “... La solidaridad y el espíritu de servicio implican, ante todo, salir de sí mismo y centrar la atención en otra persona, siendo capaz de descubrir una necesidad en ella que yo puedo ayudar a satisfacer. Es la adhesión integral a una causa común, que inclina a los hombres y mujeres a sentirse unidos entre sí, a través de la cooperación mutua. Esto se lleva a la práctica en la entrega desinteresada y genuina hacia el prójimo, lo que constituye la base de una comunidad basada en la justicia social…”

(Proyecto Educativo Institucional, Colegio del Verbo Divino de Las Condes, pág.27)

3.3. Responsabilidad: “... Es la capacidad de tomar conciencia de las decisiones y de las acciones personales, diferenciando los derechos y deberes inherentes al bien propio y de la comunidad del Colegio del Verbo Divino. La responsabilidad está basada en la libertad, que nos permite tomar distintas opciones en diferentes ins-tancias de nuestra vida..”

(Proyecto Educativo Institucional, Colegio del Verbo Divino de Las Condes, págs.27-28)

3.4. Comunicación: “Dios nos ha confiado la hermosa tarea de construir puentes entre personas y pueblos, al estilo de Jesús” (Líneas Educativas SVD, 2009, p.28). “..La comunicación es inherente al ser humano y permite establecer relaciones con otros, a través del intercambio de sentimientos, ideas y pensamientos. A su vez, esto nos enriquece a nivel personal y nos permite colaborar en el crecimiento de los demás, dentro de un marco de respeto mutuo. La comunicación permite coordinar acciones para lograr los objetivos que plantea la misión del CVD y es un eje funda-mental del diálogo profético…”

(Proyecto Educativo Institucional, Colegio del Verbo Divino de Las Condes, pág. 28)

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Art. 4. LA BUENA CONVIVENCIA FUNDADA EN EL DIÁLOGO PROFÉTICO:

Art. 5. INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DEL REGLAMENTO

Es facultad privativa del equipo directivo del establecimiento aplicar e interpretar con carácter obligatorio todas y cada una de las disposiciones que conforman el presente cuerpo normativo, esto incluye las Políticas de Prevención, medidas pe-dagógicas, protocolos de actuación, plan de gestión sobre convivencia escolar y en general todas las normas internas que integran el reglamento del colegio

LA BIBLIA

¿Qué y a quién..?

La sana convivencia en el CVD se funda esencialmente en valores que llaman a la construcción de un modo de relación donde prime:- EL RESPETO: Reconocer, aceptar y valorar la dignidad de todas las personas, en tanto ellas han sido creadas a imagen y semejanza de Dios y,- LA SOLIDARIDAD: Centrar la atención en el prójimo, manifestando espíritu de servicio, cooperación mutua y capacidad de descubrir y ayudar a satisfacer las necesidades de los demás.

ANIMACIÓNMISIONERA

¿Comó..?

COMUNICACIÓN¿Con qué..?

Los valores de sana convivencia en el CVD deben ex-presarse con RESPONSABILIDAD en la relación con el prójimo. Esto significa asumir conscientemente que las decisiones y acciones personales debieran, conforme a la palabra de Dios, testimoniar un actuar respetuoso y solidario, promoviendo asimismo, con la fuerza del ejemplo, este modo de vincularse con los demás.

La ética que inspira la sana convivencia debe testimo-niarse en el comportamiento personal y proyectarse a través de la COMUNICACIÓN (diálogo enriquecedor) dentro y fuera de la comunidad escolar, con objeto de lograr que tales valores se plasmen en el crecimiento y desarrollo de la sociedad.

El ejercicio permanente de los valores de sana convivencia debe tender a la construcción y consolidación de un modo de relación sustentado en el respeto mutuo y la solidarida, expresados en la interrelación armoniosa tanto entre los diferentes actores y estamentos de la comunidad escolar, así como también, para con el resto de la sociedad y la naturaleza.

JUSTICIA, PAZ Y CUIDADO DE LA CREACIÓN¿PARA QUÉ..?

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TÍTULO IIPOLÍTICAS, DERECHOS Y DEBERES DE SANA CONVIVENCIA

Art. 6. POLÍTICAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

6.1. Nuestra visión de sana convivencia considera que “….la vida en comunidad es inherente al ser humano y la diversidad es parte de la realidad que nos rodea. En co-herencia con el diálogo profético que propugna la Congregación del Verbo Divino, pretendemos que todos los integrantes de la comunidad del Colegio aprendamos y desarrollemos formas de actuar y de interactuar basadas en el respeto y la confian-za. La educación en el diálogo, y la resolución pacífica de conflictos son esenciales para la construcción de una cultura de paz…..”. (Proyecto Educativo Institucional, Colegio del

Verbo Divino de Las Condes, pág. 24)

6.2. Entendemos y promovemos la sana convivencia escolar como un modo de rela-ción entre las personas de una comunidad, sustentado en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, conforme a la palabra de Dios, expresada en la interrelación armoniosa entre los diferentes actores y estamentos de la comunidad educativa.

6.3. La construcción de la sana convivencia se realiza a través de la educación inte-gral de la persona, fundamentada en la caridad y seguimiento de Jesús, en la búsque-da del bien común, en la que se conjuga la libertad personal con la responsabilidad social, todo enmarcado dentro de normas que regulan un justo y debido procedi-miento, cuyo cumplimiento es una imperiosa necesidad en la sociedad actual.

6.4. El logro y consolidación de la sana convivencia se basa en un enfoque emi-nentemente formativo. Se deben enseñar y aprender una suma de conocimientos, habilidades y valores que permiten poner en práctica el vivir en paz y armonía con otros, porque es la base para el ejercicio de la ciudadanía. De este modo aspiramos a que nuestro Colegio sea un lugar seguro, donde nos respetemos y cuidemos mu-tuamente, cultivando la tolerancia.

6.5. Asumimos que la sana convivencia, en definitiva, es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad escolar, en concordancia con lo señalado por la Ley general de Educación en su Art.16C: “…Los alumnos, alumnas, padres, madres, apo-derados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales deberán propiciar un clima esco-lar que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de acoso escolar…” (L.G.E. Art.16C)

Art. 7. IDEAL NORMATIVO. Las normativas expresadas en el presente Reglamento de Convivencia Escolar as-piran a que:

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• Un mismo espíritu y un mismo ideal CVD traspase todo el quehacer educativo, desde la Educación Inicial hasta la Educación Media.• Los valores que emanan del mensaje del Evangelio, iluminen todas las normas que se establezcan al interior del Colegio.• El alumno perciba la connotación valórica en el contexto educacional y adhiera a ella, convirtiéndola en vida.• Se haga posible el funcionamiento de la comunidad escolar en un ambiente fra-terno y solidario

Art. 8 DERECHOS ESPECIALES DE LOS ESTUDIANTES:

8.1. El Colegio privilegiará el interés superior de los niños en las acciones y decisio-nes relacionadas con la convivencia escolar y la prevención del maltrato o acoso escolar. Lo anterior, atendiendo especialmente a que ellos cuentan con un estatuto diferenciado ante la ley (siendo reconocidos como sujetos de protección especial), considerando, además, que cada miembro de la Comunidad Educativa, en este esta-blecimiento, tiene como misión la formación y cuidado de los estudiantes.

8.2. Asimismo el Colegio del Verbo Divino, en congruencia con lo señalado en los Arts. 7 y 8 del presente reglamento, reconoce y garantiza los siguientes derechos a los alumnos:a) Ser respetado como persona en su diversidad y singularidad.b) Ser respetado en sus derechos fundamentales resguardados por la Constitución y Convenciones c) Internacionales ratificados por Chile en relación a los derechos del niño y otros en este mismo orden.d) Ser respetado en su integridad psíquica y física.e) Ser escuchado y respetado y que ante cualquier sanción, se permita formular descargos y aportar pruebas; así como también que aquella sea revisable o apela-ble, según corresponda, ante el respectivo superior jerárquico de la autoridad que la impone.f) Recibir servicios educativos conforme al Proyecto Educativo del Colegio en con-cordancia con las Líneas Educativas de la Congregación del Verbo Divino.g) Ser recibido por los docentes y/o directivos para ser debidamente escuchado en sus peticiones, sentimientos y opiniones, que deben ser formulados correcta y oportunamente, usando siempre el conducto regular.h) Recibir atención en Orientación, Psicología, Psicopedagogía, acciones tutoriales (entendidas estas como la actividad inherente a la función del profesor, que se rea-liza individual y colectivamente con los alumnos de su clase, con el fin de facilitar la integración personal de los procesos de aprendizaje) y otros apoyos que brinde el Colegio para su buen desempeño como estudiante.i) Recibir asistencia en caso de primeros auxilios u otras situaciones emergentes de acuerdo al protocolo interno de atención.

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j) Conocer sus deberes escolares.k) Conocer su situación disciplinaria.l) Conocer la calendarización de pruebas, exámenes y otros deberes académicos (se considera la posibilidad de cambios frente a situaciones emergentes).m) Usar las dependencias del Colegio dentro de un horario y normas establecidas.n) Que se mantenga reserva sobre su situación personal y familiar.o) Participar en las diversas actividades extraprogramáticas del Colegio.p) Formar parte del centro de alumnos, integrar su directiva y participar en las acti-vidades organizadas por este estamento de acuerdo a la normativa correspondiente.q) Emitir opinión sobre la vida del Colegio utilizando un vocabulario apropiado bus-cando el momento y el lugar oportuno y ante las instancias que sean pertinentes.

Art. 9. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:

9.1. Junto con reconocer los derechos fundamentales de los alumnos, existen debe-res que estos deben cumplir en su vida estudiantil, por cuanto estos indican una forma positiva de comportamiento de los alumnos, por lo que su incumplimiento determinará la aplicación de medidas formativas observadas en este Reglamento de Convivencia Escolar:

9.2. Deberes y actitudes de responsabilidada) Uso del uniforme del Colegio durante la jornada escolar y en todos los actos ofi-ciales en donde participe el Colegio.b) Correcta presentación personal durante todo el desarrollo de la jornada escolar y en todas aquellas actividades propias como misas, ceremonias, etc. y actividades externas en donde se represente al Colegio.c) Asistencia y puntualidad a clases.d) Asistencia a evaluaciones en la fecha que corresponde.e) Comportamiento adecuado en la sala de clases y en todas las actividades del Colegio.f) Cumplimiento oportuno de tareas, pruebas y trabajos.g) Cuidado de los útiles escolares.h) Cuidado con los bienes de la comunidad y pertenencias propias y ajenas.i) Cuidado y conservación del medio ambiente.j) Cuidado de la documentación oficial del Colegio.k) Entrega oportuna a su apoderado de todo tipo de documentos que el Colegio envíe.l) Entrega oportuna al Colegio de certificados médicos u otros documentos que procedan.m) Orden y limpieza de la sala de clases y del Colegio, en general.n) Devolución oportuna de papeletas y comunicaciones firmadas.

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9.3. Deberes de respeto:a) Por los valores cristianos, celebraciones y símbolos de la fe católica y sus pastores.b) Por la verdad y actuar conforme a ella.c) Por todos los integrantes de la comunidad escolar en general y por cada persona en particular. d) Por la opinión de los demás. e) Por la integridad física propia y ajena. f) Por toda intervención de compañeros frente al grupo-curso y actos del Colegio.g) Por un lenguaje adecuado hacia los otros (evitando los garabatos, descalificacio-nes, sobrenombres, etc.).h) Por los símbolos y valores patrios y del Colegio.i) Por el Proyecto Educativo del Colegio.j) Por el cumplimiento de las normas establecidas en este Manual de Convivencia y en el Reglamento de Evaluación y Promoción.k) Por todas las actividades, tanto del Colegio como las del grupo-curso.l) Por las buenas costumbres y la moral cristiana.m) Por el buen nombre del Colegio, traducido en un comportamiento y presenta-ción adecuados dentro y fuera de él, especialmente en representaciones oficiales.

9.4. Deberes y actitudes de fraternidad y generosidada) Acogida, solidaridad y aceptación de todos los compañeros.b) Cortesía y amabilidad hacia los demás.c) Espíritu de servicio desinteresado y generoso, practicando el amor al prójimo.d) Participación en campañas y trabajo social en beneficio de los más necesitados.e) Reconocimiento de los errores, faltas u otras situaciones de carácter personal, responsabilizándose por ellas y por las consecuencias.f) Capacidad de perdonar.g) Honradez con los bienes materiales de los demás y del Colegio.h) Honradez en el desarrollo de pruebas y trabajos académicos.

Art. 10. DERECHOS Y DEBERES ESPECÍFICOS DE LOS APODERADOS:

10.1. Para pertenecer a esta Comunidad Educativa es requisito indispensable cono-cer y adherir libre, responsable y comprometidamente a sus principios.

10.2. Además, para lograr una formación integral de sus educandos, el Colegio re-quiere que en su comunidad se genere una relación armónica y constructiva entre sus miembros y una respuesta positiva y permanente en el cumplimiento de sus fines y normativas.

10.3. Los padres de familia son los primeros y principales responsables de la educa-ción de sus hijos. En este sentido, si bien el Colegio es un apoyo muy significativo a la irrenunciable tarea educadora de sus padres, en ningún caso puede reemplazarla.

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Dadas las características del mundo de hoy, se hace más indispensable que nunca la necesaria complementariedad y convergencia de los esfuerzos educativos que el hogar y el Colegio deben realizar.

10.4. Derechos de los apoderados:a) Conocer el Proyecto Educativo Institucional.b) Ser informado oportunamente sobre el rendimiento académico y disciplinario de su hijo, como también otros aspectos detectados por el profesor.c) Conocer las actividades extraprogramáticas que el Colegio ofrece.d) Solicitar autorización para que su hijo o pupilo se ausente por motivos de viaje u otras actividades familiares, deportivas o académicas.e) Pedir entrevista a los diversos estamentos, utilizando el conducto regular que comienza en el Profesor Jefe.f) Participar en las distintas actividades ofrecidas por el Centro de Padres del Colegio.g) Ser elegido en la directiva y participar como miembros del Centro de Padres del Colegio, según la normativa de este estamento.h) Promover y participar en actividades organizadas por el Colegio.

10.5. Deberes de los apoderados:a) Conocer y adherir al Proyecto Educativo, en los aspectos formativos, religiosos, académicos, disciplinarios y de convivencia escolar, con el objetivo de asumir la necesaria unidad de criterio en su aplicación, tanto en el hogar como en el Colegio.b) Acompañar y apoyar a su hijo en su desempeño escolar.c) Mantener una actitud de respeto hacia el personal docente y asistente de la edu-cación, autoridades y personal administrativo y auxiliar del Colegio, evitando todo tipo de maltrato hacia ellos.d) Colaborar en el mantenimiento de un buen espíritu al interior del Colegio, fo-mentando en sus hijos una adhesión al CVD.e) Concurrir obligatoriamente a todas las reuniones de curso convocadas por la Dirección, así como a las actividades específicas de cada nivel (Escuelas de Padres, Preparación de los Sacramentos, etc.). Justificar por escrito su ausencia a dichas actividades.f) Estar dispuesto a colaborar en la directiva de curso, en calidad de presidente o delegados de Formación Cristiana, Acción Social, Cultura, Deportes, etc.g) Observar y comunicar oportunamente al Colegio, cambios significativos en el desarrollo de su hijo (conductual, anímico, emocional, familiar y físico). Asimismo informar a la administración del Colegio sobre cambio de domicilio, teléfonos, co-rreos electrónicos, etc.h) Mantener una comunicación directa y oportuna con el Profesor Jefe como tam-bién otras instancias del Colegio.i) Solicitar y/o concurrir a entrevistas personales, según sea necesario.j) Justificar las ausencias del alumno a través de la agenda escolar.k) Informarse de documentos y noticias emanadas del Colegio a través de su página

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web, circulares, Verbo Noticias, etc. l) Aceptar las decisiones tomadas por el Colegio con relación al seguimiento disci-plinario y la aplicación de las normas establecidas en el Reglamento Interno.m) Cumplir con las fechas y procedimientos de matrícula establecidos por el Cole-gio. El incumplimiento de ello facultará al Colegio para disponer de la vacante.n) Cumplir con los horarios, especialmente la hora de ingreso y salida de los alum-nos. En este último caso, se compromete a retirar a su hijo a más tardar 45’ después de la finalización de las clases o actividad extraprogramática. En Ed. Inicial, 15’ des-pués de terminada la jornada.o) Entregar a Secretaría de Estudios todos los documentos (certificados, informes, etc.) de su hijo al momento de ingresar al Colegio.p) Firmar y responder las comunicaciones, circulares y otros documentos solicita-dos por el Colegio.

10.6. Deberes específicos de los apoderados para apoyar eficazmente el proceso de crecimiento, formación y aprendizaje de sus hijos.a) Área formativo-religiosa:• Promover y reforzar, en la vida familiar, el desarrollo de valores propios de nuestra fe, Iglesia y cultura, y que emanan del Proyecto Educativo, enfatizando el espíritu de servicio, la generosidad, el amor y fraternidad, la justicia y solidaridad, el respeto, la honradez y veracidad, la sencillez, la responsabilidad y la laboriosidad.• Trabajar activamente por la unidad del curso y del Colegio, tanto a nivel de alumno como de apoderados, y en la interrelación con el personal del establecimiento, bus-cando caminos de integración, colaboración, amistad y compañerismo.

b) Área académico-disciplinaria:• Asumir y respetar la asignación de profesores jefes y de asignatura.• Asumir y respetar la conformación de cursos, la mezcla de estos y la determina-ción de horarios y exigencias de material de estudio, que son atribuciones propias de la Rectoría.• Entregar oportunamente los documentos que el Colegio requiera (certificados médicos, de estudio, etc.).• Facilitar un ambiente de estudio en el hogar.• Despertar en sus hijos el interés por aprender.• Proveer a sus hijos de todos los útiles y materiales escolares solicitados por el Colegio.• Preocuparse de la presentación personal de sus hijos.• Velar por la puntualidad y asistencia a clases, especialmente en días de pruebas, y otras situaciones de evaluación exigidas por el Colegio.• Controlar diariamente las tareas y/o trabajos escolares de su hijo.• Asumir y supervisar con su hijo el rendimiento escolar obtenido, tomando decisio-nes oportunas y pertinentes, cuando este no alcance el nivel esperado.• Evaluar las sugerencias de apoyo externo que el Colegio determine para su pupilo.

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• Acompañar a su hijo en la búsqueda de soluciones a los problemas propios del desarrollo y en la definición de su futuro. • Asumir y firmar las medidas disciplinarias correctivas y/o reparativas que el Cole-gio determine para su hijo.

c) Área extraescolar:• Informarse de las actividades extraprogramáticas que el Colegio ofrece; motivar al hijo a participar en ellas, como complemento de los estudios sistemáticos y como medio de desarrollo de los talentos que Dios le ha dado.• Velar para que se dé un equilibrio entre las actividades lectivas y las actividades extraprogramáticas en que su hijo participa.• Promover el interés de su hijo por los acontecimientos a nivel nacional e interna-cional y por las diversas expresiones culturales.• Propiciar momentos de esparcimiento y vida al aire libre que favorezcan el desa-rrollo de la capacidad de asombro y respeto por la naturaleza, obra de Dios creador.• Autorizar a su hijo a participar en las múltiples actividades que organiza el Cole-gio, mientras no se perjudique su rendimiento escolar.• Acompañarlo en eventos importantes internos y externos (competencias deporti-vas, artísticas, salidas culturales, etc.) reforzando positivamente sus logros.

Art. 11. CONDUCTO REGULAR PARA ATENCIÓN DE APODERADOS

• Todos los requerimientos de atención especial, se formalizarán por escrito, si-guiendo en toda circunstancia el conducto regular establecido en el siguiente orden de preeminencia:

1) Profesor(a) jefe 2) SubDirector(a) de Ciclo.3) Encargado de Convivencia Escolar4) Director Académico, Director de Formación, Director Escolar 5) Rector del Colegio

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TÍTULO IIINORMAS DE UNIFORME, PRESENTACIÓN PERSONAL

Y ASISTENCIA A CLASES

Art. 12. UNIFORME ESCOLAR

12.1. Prekinder:• Ropa de calle con cotona beige (debe traerla puesta todos los días).• Buzo oficial del Colegio en días de Educación Física.

12.2. De Kinder a 4º Medio:• Pantalón largo de color gris, con cinturón negro.• Camisa celeste para Kinder y Educación Básica; blanca para Educación Media.• Sweater azul, escote en V, con logo amarillo del Colegio.• Parka azul sin distintivos ni adornos.• Corbata azul con logo del Colegio.• Corbata con diseño de la generación, exclusivo para los alumnos de 4º Medio.• Calcetines azules.• Zapatos negros, no deportivos ni zapatillas.• Polerón azul oficial del Colegio.

12.3. De IVº Básico a 4º Medio• Chaqueta azul marino (uniforme de verano)• Polerón oficial del Colegio (uniforme de invierno)

Art. 13. PRESENTACIÓN PERSONAL:

• Uso de uniforme limpio y planchado.• Camisa dentro del pantalón.• Pelo corto, bien peinado y sin teñir.• Zapatos lustrados.• Afeitado.• Prohibición de usar aros, anillos, collares o insignias ajenas a la institución y po-leras de color o estampadas bajo la camisa (los tatuajes no están permitidos, en caso de tenerlos, deberán estar cubiertos por las prendas de uniforme escolar que correspondan). • El primer lunes de cada mes se hará una revisión completa de higiene y presenta-ción personal de todos los alumnos.

Art. 14. DE LA PUNTUALIDAD Y LA ASISTENCIA.

• En virtud de la formación de hábitos, valores de respeto y puntualidad se establece

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lo siguiente:• El Colegio abrirá sus puertas a las 7.30 hrs.• Los alumnos de Pre kínder y Kínder deberán ser acompañados por alguno de sus padres, hermanos mayores u otro familiar hasta la llegada de la profesora de su curso.• Los alumnos pueden ingresar al Colegio hasta las 7:50 horas para permitir que estén en su sala a las 7:55 horas para iniciar las actividades con su profesor jefe.• Los alumnos que lleguen con posterioridad a las 7:50 hrs., ingresarán a clases a las 8.05 hrs., es decir, después del momento de oración y reflexión religiosa. Deberán permanecer en la portería respectiva hasta que sean autorizados a incorporarse a la clase. Estos alumnos se considerarán atrasados, quedando registro de ello en el libro de clases y en la ficha personal.• A las 08:05 hrs., las porterías de calles Alcántara y la de Málaga se cerrarán, que-dando habilitada exclusivamente la portería principal en Avda. Presidente Errázuriz.• A partir de las 8.30 hrs., los alumnos deberán ingresar al Colegio acompañados por algunos de sus padres y/o apoderado. Deberán presentarse ante el Inspector res-pectivo para explicar el motivo del atraso. Si en este caso el alumno no se presenta con su apoderado, podrá ingresar a clases, pero deberá venir obligatoriamente al día escolar siguiente con este, quién justificará personalmente el atraso del día an-terior.• Los alumnos atrasados en días que tengan pruebas calendarizadas, se regirán por lo establecido en el Reglamento de Evaluación y Promoción para estos casos.

Art. 15. CONTROL DE ASISTENCIA:

• Se tomará al inicio de la jornada y de cada clase.• Quedará consignada en el Libro de Clases del curso.• El día del retorno a clases, el apoderado deberá justificar por escrito la inasistencia de su hijo, utilizando el formulario inserto en la Agenda Escolar, el cual debe ser entregado al Profesor Jefe al comienzo de la jornada escolar. En caso de incumpli-miento, el alumno podrá ingresar al Colegio, pero deberá venir obligatoriamente al día escolar siguiente con éste, quién justificará personalmente la inasistencia del día anterior.

Art. 16. RETIROS DE ALUMNOS DURANTE LA JORNADA ESCOLAR:

16.1. Los alumnos solo podrán retirarse de clases durante la jornada escolar en casos muy justificados, claramente especificados por escrito. La salida oficial del colegio es por la portería de Presidente Errázuriz para que así quede registrada en el libro de salidas. Todos los alumnos de Pre Kinder a 4º Medio siempre deben ser acompa-ñados por su apoderado o un adulto especificado en la comunicación de la agenda.

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16.2. Para garantizar el correcto desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, se recomienda abstenerse de retirar al alumno dentro de la jornada escolar para ser atendido por psicólogos, médicos, odontólogos, o para cualquier trámite particu-lar, especialmente si hay alguna prueba y/ o evaluación calendarizada.

Art. 17. AUSENCIAS PROLONGADAS:

En el caso de los alumnos que por motivos muy justificados deban ausentarse del Colegio por más de dos días, y por razones que puedan ser previstas, su apoderado deberá solicitar autorización por escrito al Padre Rector, según lo indicado en Pro-tocolos, capítulo 5 sobre permisos especiales.

Art. 18. DE LA DOCUMENTACIÓN OFICIAL:

18.1. Verbo Noticias, Página Web: Es responsabilidad de cada alumno y su apode-rado leer las informaciones que semanalmente se incluyen en el Verbo Noticias digitalizado al inicio de cada semana lectiva, al igual que la información contenida en la Página Web del Colegio.

18.2. En caso de requerirse la firma, toda documentación escrita del Colegio al apo-derado, este deberá devolverla firmada al día siguiente

Art. 19. JUSTIFICATIVOS.

19.1. Deberá ser escrito al profesor jefe al día siguiente de su ausencia en la Agenda Escolar por el apoderado y firmado por él, especificando las causas que han motiva-do la inasistencia. No se aceptarán justificativos que expongan como causa aspec-tos genéricos que para el Colegio carecen de validez, como: “motivos personales, particulares o justificados”, dado que nos interesa prioritariamente la participación continua del alumno en la actividad formativa de nuestro Colegio. 19.2. Los justificativos por ausencia en día de prueba deben ser escritos en el for-mato correspondiente que está en la Agenda Escolar, enviando uno al Profesor Jefe y el otro al Profesor de la respectiva asignatura, acompañándolo con el certificado médico, cuando se requiera. El alumno deberá rendir la prueba en fecha y horario establecidos para pruebas pendientes.

19.3. Cualquier ausencia a prueba quedará consignada en el libro de clases y en la ficha escolar. El ausentismo reiterado a evaluaciones y sin justificación se conside-rara una falta de responsabilidad y podrá ser sancionada con un paso disciplinario.

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Art. 20. AGENDA ESCOLAR.

20.1. Será el medio oficial de comunicación entre la casa y el Colegio. Por ende, la tendrán y usarán obligatoriamente todos los alumnos, desde Pre kínder a 4º Medio.

20.2. El Colegio proveerá la Agenda Escolar a cada alumno. En caso de extraviarla se deberá dar una explicación al Inspector respectivo. En caso de pérdida deberá cancelar el valor de esta reposición en Administración.

Art. 21. DE LOS OBJETOS PERSONALES:

21.1. Identificación: Todos los útiles y prendas de vestir de los alumnos deberán estar debidamente marcados con el nombre y el curso. Esto es imprescindible para una pronta identificación y devolución de los mismos a sus dueños, en caso de pérdida.

21.2. Objetos perdidos: Es responsabilidad de cada alumno velar por el cuidado de sus pertenencias. El Colegio no se responsabiliza por daños o pérdidas de los mismos.

21.3. Guardarropía: Existe en el Colegio una guardarropía, administrada por el Cen-tro de Padres, des- tinada exclusivamente a reunir y guardar todos los objetos y/o prendas de vestir olvidados por los alumnos, en las diversas dependencias. El Cen-tro de Padres determinará el horario de atención y la modalidad de funcionamiento de esta guardarropía (Información disponible en página Web del Colegio).

21.4. Ventas, permutas y otros: Se prohíbe la venta, compra, permuta o transacción de todo tipo de productos al interior del Colegio.

21.5. Pertenencias no autorizadas: El alumno no podrá ingresar ni usar al interior del Colegio pertenencias que puedan poner en riesgo su integridad o la de cualquier miembro de la comunidad escolar. (Ej. skate, patines, bicicletas, etc. ). En el caso de las bicicletas, estas cuentan con un lugar especial de estacionamiento ubicado en portería de Alcántara # 776.

21.6. Útiles y trabajos olvidados en casa: El personal de las porterías del Colegio no recibirá materiales ni trabajos escolares olvidados por los alumnos en su casa. Se exceptúan de esta norma: el alimento para el almuerzo, anteojos ópticos y los medicamentos.

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Art. 22. NORMATIVA SOBRE USO DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS, CELULARES Y REDES SOCIALES

22.1. Está prohibido el uso de celular o cualquier aparato electrónico durante toda la jornada escolar, es decir, clases, charlas, misas, recreos o cualquier actividad pe-dagógica por parte de los alumnos desde Pre Kinder a 4º Medio. Los alumnos que decidan traer sus celulares y/o equipos de sonido al Colegio, deberán mantenerlos apagados y guardados en sus bolsos o mochilas. El Colegio no responderá por pér-didas o daños ocurridos a estos equipos.

22.2. A los alumnos que transgredan esta norma les serán requisados sus equipos, los cuales deberán ser retirados solo por sus apoderados en la Inspectoría corres-pondiente al día siguiente de haber ocurrido el hecho. En una segunda oportunidad se aplicará la misma medida incluyendo el paso disciplinario de Amonestación.

22.3. El acceso a las redes sociales debe estar supeditado al cumplimiento que exige la Ley, por lo tanto, será responsabilidad de los padres y apoderados supervisarlo.

22.4. El uso de redes sociales y juegos en línea no están autorizados desde los equi-pos del Colegio.

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TÍTULO IVGESTIÓN DE LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR

Art. 23 LOS AGENTES DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

23.1. Los Estudiantes: A través de un proceso progresivo de internalización de va-lores, actitudes y estilos de vida inspirados en el Evangelio de Cristo, los niños y jóvenes del CVD son llamados a contribuir a la sana convivencia a través del com-promiso con su propia educación y de un comportamiento responsable, respetuo-so, comprensivo, solidario, honesto, justo y afectuoso, esforzándose por alcanzar metas valiosas para su persona y la comunidad en la cual forman parte.

23.2. Los Educadores: Contribuyen a la sana convivencia escolar testimoniando el diálogo profético a través de constituirse en agentes que motivan, planifican y orientan las actividades y experiencias que permitan lograr los objetivos educativos propios de la formación Católico-Verbita. En tal sentido, los educadores del CVD, tal como se señala en el Proyecto Educativo Institucional, acompañan a niños y jóvenes y crean las condiciones para que asuman como protagonistas de su propia formación en las distintas dimensiones de su persona: valórica, afectiva, cognitiva, religiosa, conductual y actitudinal.

23.3. Los Apoderados: Son los primeros y principales responsables de la educa-ción de sus hijos. Contribuyen a la sana convivencia testimoniando y modelando las dimensiones del diálogo profético tanto en la forma en que se desarrolla la vida familiar, así como en el modo en que ellos se vinculan con el resto de los integrantes de la comunidad escolar.

23.4. El Encargado de Convivencia Escolar:

a) Misión: Promover y coordinar la participación de los distintos agentes de la co-munidad educativa en el diseño y/o implementación de los planes institucionales de promoción de la buena convivencia y prevención del maltrato escolar, así como también, garantizar que el abordaje de los conflictos o faltas de convivencia se rea-lice conforme a los valores del Proyecto Educativo y las normativas internas del Colegio

b) Funciones: • Promover el desarrollo e implementación de un modelo de convivencia basado en el conocimiento y aplicación de la filosofía institucional (misión, visión, valores, principios).• Coordinar las instancias requeridas para la incorporación de las normativas gu-bernamentales y jurídicas de convivencia escolar a los cuerpos reglamentarios del Colegio.

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• Promover en la comunidad educativa el conocimiento y aplicación del Modelo de Convivencia del Colegio, el Reglamento de Convivencia y sus respectivos protoco-los de acción. • Coordinar la gestión institucional de la convivencia escolar.• Colaborar en el diseño y velar por la implementación del Plan de Convivencia Escolar institucional.• Evaluar el desempeño del Plan de Convivencia Escolar.• Supervisar la correcta implementación de las normativas y protocolos de convi-vencia escolar.• Ejecutar protocolos de manejo de faltas a la buena convivencia en casos especiales.• Coordinar las acciones de capacitación en materia de convivencia escolar.• Prestar asesoría a la comunidad escolar en materias de convivencia escolar.

23.5. El Comité de Buena Convivencia Escolar:

a) Misión: Estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa, de un modo consultivo, en el desarrollo e implementación de normativas, planes y accio-nes que, inspirados en los principios fundamentales de la educación del Colegio del Verbo Divino, favorezcan la promoción de la buena convivencia y prevención del maltrato escolar.

b) Funciones:• Aportar con elementos de juicio sobre la promoción de la buena convivencia y la prevención del maltrato escolar, basados en los lineamientos del Proyecto Educa-tivo Institucional. • Colaborar con el diseño y el perfeccionamiento tanto del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, como de sus respectivos protocolos de acción.• Contribuir con el diseño y el perfeccionamiento del Plan de Gestión de la Convi-vencia Escolar.• Promover las acciones, medidas y estrategias del Colegio tendientes a fortalecer la convivencia escolar.• Promover acciones, medidas y estrategias del Colegio tendientes a prevenir las di-versas manifestaciones de maltrato entre los miembros de la comunidad educativa.

c) Integrantes: El CBC-CVD es un órgano colegiado dependiente directamente de la Rectoría, de carácter consultivo, conformado por representantes de los distintos estamentos de la comunidad educativa

• Presidente:- Sub-Director de Convivencia Escolar (Encargado de Convivencia Escolar ante el Mineduc).

• Secretario:(Función rotativa por sesión, no se vincula a un integrante en específico)

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• Representantes:- Rector- Director de Formación.- Coordinador de inspectores- Jefe de Comunicaciones y Medios Audiovisuales.- Administrador de Recintos Deportivos.- Integrante del Centro de Padres y Apoderados.- Coordinador Académico(1)- Profesor Jefe(1)- Alumno de IV Año Medio(1) (1) Designados por el Presidente del Comité o por quien lo subrogue.

Art. 24. EL PLAN DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR (PGCE):

24.1. El PGCE. contiene los compromisos de acción del Colegio en materia de Con-vivencia Escolar, estableciéndose en este documento los objetivos, destinatarios, responsables de la ejecución, plazos, recursos y formas de evaluación (todo lo cual se consigna en un formato denominado: “Plan de Convivencia Escolar”, asignándole a este título el año de ejecución que corresponda).

24.2. En su estructura general, el PGCE comprende dos grandes esferas de acción:

a) Planes de Buena Convivencia: Dirigidos al desarrollo conjunto de conocimien-tos, habilidades, actitudes y valores que les permitan a todos los miembros de la comunidad escolar, en especial a los estudiantes, convivir armónicamente en so-ciedad.

b) Planes Preventivos: Dirigidos a regular o evitar conductas que puedan dañar la buena convivencia dentro de la comunidad educativa

24.3. Las acciones que se incluyen en el PGCE. corresponden a campañas de sen-sibilización; diseño y difusión de normativas y protocolos de buena convivencia y prevención de faltas; aplicación de programas educativos que entreguen conoci-mientos, actitudes y destrezas que faciliten relaciones interpersonales armónicas; formación para la adquisición y ejercicio de habilidades para la resolución pacífica de conflictos; planes de capacitación y acciones de reconocimiento para actitudes y prácticas que favorezcan la buena convivencia o prevengan el maltrato.

24.4. Los destinatarios de los planes y acciones de promoción de la buena convi-vencia y prevención del maltrato serán los estudiantes, padres y apoderados, per-sonal del Colegio (docentes y no-docentes) y otros que pudieran ser invitados a participar.

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Art. 25. INICIATIVAS DE ESTÍMULO A LA SANA CONVIVENCIA EN LOS ESTU-DIANTES:

La Rectoría del Colegio del Verbo Divino, interesada en valorar y destacar algunos aspectos relevantes de sus alumnos, ha establecido la siguiente modalidad de pre-miación:

25.1. Premio Mejor Compañero: Esta distinción se otorga a un alumno desde Iº Básico a 4º Medio, por decisión soberana de sus pares, a un alumno de cada curso, cuyas actitudes y conductas en la interacción con sus compañeros, es fraternalmen-te solidaria y respetuosa, cristianamente acogedora y con permanente buena pre-disposición a una continua colaboración en las actividades propias del grupo curso. El criterio para otorgar el premio señalado, se basa en los siguientes indicadores:

• Mantener buenas relaciones con la generalidad de sus compañeros.• Manifestar, en forma constante, actitudes de: respeto, cordialidad, generosidad, solidaridad y tolerancia hacia las personas que lo rodean.• Compartir con el grupo curso en las actividades sistemáticas y extraprogramáticas• No estar afecto a Condicionalidad.• El “Mejor Compañero” será elegido por el grupo curso en votación individual y secreta.• Deberá ser elegido por la mayoría absoluta de los votos de sus compañeros. De haber empate, habrá una segunda votación en donde participarán las dos más altas mayorías.• En este premio no intervienen factores de rendimiento académico.

25.2. Premio Excelencia Académica: El premio “Excelencia Académica” se otorga desde IIIº Básico a 4º Medio, a los tres alumnos que han logrado el promedio arit-mético anual más elevado de su curso. La fuente de información para determinar a los alumnos premiados será la Dirección Académica. En caso de que más de un alumno tenga el mismo promedio, se considerará ganador a quien tenga el mejor promedio en formación misionera verbita.

25.3. Premio San Arnoldo Janssen:

a) Se hacen merecedores de este premio, aquellos que se hayan destacado por sus valores humanos y cristianos, expresados a través de actitudes y conductas cohe-rentes, por su adhesión a la línea formativa del Colegio, por su compromiso con la orientación misionera de la Congregación del Verbo Divino y, en especial, por su actitud de servicio, generosidad, respeto y fraternidad.

b) La distinción “San Arnoldo Janssen” es la más importante que entrega el Colegio, a través del Consejo de Profesores, y se otorga a un máximo de tres alumnos por curso, desde 1º Básico a 4º Medio; para estos últimos equivale a los mejores egre-sados.

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c) Los postulantes a este premio, como condición, deben contar con las siguientes características:• Conocer y adherir a la Congregación del Verbo Divino, su historia y su trabajo misionero. • Manifestar compromiso con el Colegio y mística verbita • Respetar y preocuparse por el buen nombre del Colegio.• Participar en: directivas estudiantiles, selecciones de deporte, actividades cultura-les, Grupo Scout, Barra CVD, otros.• Participar en la Semana del Colegio.• Promocionar un ambiente positivo al interior del curso y del Colegio.

d) Expresar una permanente actitud de aceptación responsable de las normas disci-plinarias y exigencias pedagógicas del Colegio, tales como:• Honradez en el trabajo escolar.• Respeto por la verdad y capacidad de reconocer sus errores.• Respeto por los valores y símbolos de nuestra fe.• Esfuerzo y superación en el diario quehacer escolar.• Buen comportamiento disciplinario, dentro y fuera del Colegio.• Comportamiento adecuado en los actos religiosos, cívicos o de otra índole.• Buena presentación personal.• Puntualidad en el ingreso al Colegio y a la sala de clases.• Asistencia regular a clases.

e) Los postulantes deben cumplir, además, con los siguientes requisitos:• Obtener en la asignatura de Formación Misionera Verbita una calificación igual o superior a 6,0.• Responsabilidad, Participación y Disciplina, calificadas con conceptos B y MB, con • preponderancia de este último.• No estar amonestado o en un paso superior del Seguimiento Disciplinario.

Nota: El Profesor Jefe elaborará una lista de alumnos que cumplan con las características y requisitos señalados, la que será presentada a los profesores del curso, orientadores e inspectores para que voten. Luego, los postulantes con mayoría de votos (máximo tres) serán puestos a consideración del Padre Rector.

25.4. Premio Buena Convivencia Escolar: Este premio se otorgará a un alumno de cada curso entre Iº Básico y 4º Medio. Quienes sean postulantes a esta distinción deberán haber demostrado:

• Experiencias sociales significativas.• Sano ambiente escolar dentro y fuera de la sala de clases.• Vínculos interpersonales constructivos y creativos.• Actitudes de mediación y resolución de conflictos entre sus pares.• Actitudes éticas y prosociales y de servicio.

Nota: El Profesor Jefe hará una propuesta de tres nombres como máximo, que será presentada al Conse-jo de Profesores para su votación. El que obtenga la primera mayoría recibirá la distinción.

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25.5. Premio San José Freinademetz.• Se hacen merecedores a este premio aquellos alumnos que durante el año hayan evidenciado un profundo compromiso con lo valórico social. Destacar en aquellas virtudes que llevaron a San José Freinademetz a la santificación, como lo fueron esencialmente su abnegado compromiso solidario hacia las personas, llevando el mensaje del Evangelio donde se necesitara, para de esta manera hacerlo vida.• Este premio se entregará a un alumno de cada curso entre Iº Básico y 4º Medio a aquellos alumnos que cumplan con las siguientes características. Si no se observan tales virtudes, la distinción no se entregará.• Haber participado y/o promovido actividades de Pastoral y/o Acción Misionera de su curso y/o del Colegio, como expresión misionera de su fe, tales como: ofrendas, campañas de acción social, actividades de acción social fuera del Colegio (hogares de niños, hogares de ancianos), liturgias, misas, confesiones, retiros, peregrinacio-nes, misiones a través del año, oraciones y reflexiones de la mañana, comunidades misioneras, entre otras.• El Profesor Jefe presenta a la comunidad religiosa del Colegio y al Consejo de Pas-toral, una lista de hasta cinco alumnos candidatos a la distinción. Para la nomina-ción, el Profesor Jefe deberá reunir el máximo de antecedentes y nominar a aquellos que cumplan con los requisitos señalados en la fundamentación.• La comunidad religiosa y el Consejo de Pastoral podrán elegir hasta un máximo de tres alumnos por curso, quienes se harán acreedores a una medalla con la imagen de San José Freinademetz y la inscripción “Testimonio Misionero San José Freina-demetz”.

25.6. Galardones adicionales 4° Medio: En el caso de los 4os Medios, se estable-cen además, los siguientes galardones y obsequios, se exceptúan de obtener estas distinciones aquellos alumnos que se encuentren Condicionales en el momento de la nominación.

• Mejor Deportista: A un máximo de tres alumnos de cada rama deportiva, que a juicio del equipo de profesores entrenadores del Colegio, se hacen merecedores de esta distinción. la cual se entregará en la Ceremonia “Deportistas destacados de 4° Medio”.

• Mejor Scout: A un máximo de tres alumnos, que a juicio del Consejo de Jefes del grupo Scout, se hagan merecedores de esta distinción. Se entrega una cuña de ma-dera en ceremonia organizada por el Jefe de Grupo.

• Mejor rendimiento: Al alumno de cada curso, que haya obtenido el mejor prome-dio de notas en la Educación Media. Se entrega durante la Ceremonia de Gradua-ción y lo realiza el Centro de Padres del Colegio.

• Centro de Alumnos: Reconocimiento del Colegio a los miembros del Centro de Alumnos, que se entregará en la Ceremonia de Cambio de Mando.

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TÍTULO VFALTAS A LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR

Art. 26. FALTAS A LA BUENA CONVIVENCIA:

26.1. Concepto de Falta: Corresponde a acciones u omisiones que denoten in-cumplimiento, descalificación o infracciones a los derechos y deberes derivados del Modelo de Convivencia basado en el Dialogo Profético (señalado en el Art.4 del presente Reglamento), los cuales se encuentran formalizados en las políticas y normativas descritas en el presente Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

26.2. Concepto de Maltrato Escolar.

Definición: Por lo anterior, se entiende por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, oral, ges-tual, a través de imágenes, sonidos y/o formatos audiovisuales, gráficos, o a través de medios personales, electrónicos, tecnológicos o cibernéticos, en contra de cual-quier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:• Provocar el temor razonable al afectado de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.• Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.• Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. Art. 27. FORMAS ESPECIALMENTE GRAVES DE MALTRATO ESCOLAR:

27.1. El Acoso Escolar: “Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión cons-titutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del estable-cimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y con-dición” (Ley General de Educación, art.16B).

27.2. El Maltrato de adulto a menor: Lo constituye cualquier tipo de violencia fí-sica o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante del Colegio, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea Director, do-cente, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante.

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27.3. El Maltrato por Discriminación: Lo constituye cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio, contra un integrante de la comu-nidad educativa por causa de su nivel socioeconómico, etnia, religión, orientación sexual, nivel intelectual, características físicas, etc.

27.4. El Maltrato a Profesionales de la Educación: Atendiendo a lo señalado el Art.8°bis de la Ley 19.070 (Estatuto Docente), para el Colegio del Verbo Divino re-vestirá especial gravedad todo tipo de violencia física o psicológica cometida por cualquier medio, incluyendo tecnológicos y cibernéticos, en contra de los profesio-nales de la educación.

Art. 28. GRADUACIÓN DE FALTAS REGLAMENTARIAS.

Las faltas se clasifican en dos tipos: faltas de responsabilidad y faltas de conducta. En ambas categorías se establecerá un orden ascendente de gravedad, conforme a las siguientes categorías: • Faltas Leves• Faltas Graves• Faltas Gravísimas

Art.29. TABLA DE TIPIFICACIÓN Y GRADUACIÓN DE FALTAS REGLAMENTA-RIAS.

FALTAS DE RESPONSABILIDAD

A) FALTAS LEVES:• Incumplir normas institucionales de aseo, higiene y presentación personal. • Presentar uniforme incompleto, desaseado o en mal estado y/o usar prendas o accesorios no permitidos junto con el uniforme escolar.• Llegar atrasado a Clases y/o a las actividades organizadas, patrocinadas o super-visadas por el Colegio.• Permanecer en la sala de clases durante los recreos sin autorización. • Ingresar a lugares no autorizados o no permitidos del Colegio.• Entregar fuera de plazo documentos oficiales del Colegio. (1)• Entregar tareas, trabajos u otros deberes dentro o fuera de plazo pero incomple-tos.• Asistir a clases sin útiles escolares o, con útiles no aptos para la función que deben cumplir.• Asistir a clases sin la Agenda del Colegio.• Devolver fuera de plazo materiales, útiles, libros, equipos, etc. solicitados al Co-legio.• Dejar mobiliario o instrumental asignado sin ordenar o guardar después de su utilización.

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• Botar desperdicios en lugares no habilitados para ello.• Desobedecer las indicaciones o instrucciones impartidas por un funcionario del Colegio• Usar la Agenda Escolar para fines distintos a los que está destinada.

B) FALTAS GRAVES: • Reiterar una misma falta leve (tres veces) dentro de un año. • Asistir al Colegio sin uniforme de manera injustificada.• Promover y /o incitar al uso de prendas o accesorios no permitidos según las ca-racterísticas de la actividad realizada en el Colegio y/o en su representación.• Estar injustificadamente ausente de clases durante la jornada escolar y/o activida-des extraprogramáticas, encontrándose presente en el Colegio.• Abandonar sin autorización la locación de la actividad lectiva (sala, taller, labora-torio, etc.) durante el horario de clase o en los cambios de hora.• Omitir la entrega de documentos oficiales del Colegio (1).• Causar daño físico a los materiales, útiles, libros, equipos, mobiliario, instrumental y/o dependencias del Colegio. • Usar o manipular en actividades escolares, instrumentos, equipos, materiales, de cualquier naturaleza (2) que no hayan sido requeridos por la persona a cargo.

3) FALTAS GRAVÍSIMAS:• Reiterar una misma falta grave (tres veces) dentro de un año. • Promover y/o Incitar el incumplimiento de normas institucionales de uso de uni-forme, aseo, higiene y/o presentación personal. • Promover y/ o Incitar la fuga del Colegio o de actividades organizadas, coordina-das, patrocinadas o supervisadas por éste.• Hacer y/o promover la inasistencia a clases u otras actividades escolares sin la autorización de la familia. (“cimarra”). • Sustraer, destruir, adulterar y/o falsificar documentos oficiales o los contenidos de estos (1).• Falsificar la firma en documentos oficiales del Colegio o agenda escolar (1).• Dañar deliberadamente la Agenda Escolar.• Omitir la devolución y/o dañar deliberadamente materiales, útiles, libros, equi-pos, mobiliario, dependencias etc. del Colegio.• Utilizar artefactos electrónicos o tecnológicos, instrumentos, equipos, materia-les de cualquier naturaleza (2) para divulgar contenidos, imagen, audio o video de cualquier miembro de la comunidad escolar, sin autorización, y/o que pudiera menoscabar su imagen o la de la Institución. • Difundir, sin autorización de la Rectoría, de las Direcciones o de las Subdirecciones que corresponda, en cualquier tipo de medio (3), de manera total o parcial, clases, evaluaciones, reuniones o entrevistas del Colegio.• Grabar y/ o fotografiar sin autorización de la Rectoría, de las Direcciones o Sub-

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direcciones que corresponda, por cualquier tipo de medio (3), de manera total o parcial, clases, evaluaciones, reuniones o entrevistas realizadas del Colegio.

(1) EJ: Pruebas, Informe Educacionales, Circulares, Cartas, Evaluaciones, Solicitudes de Permisos, Infor-mes, Certificados Médicos, Justificativos, Acuse Recibos, Citaciones,Libro de Clases, otros documentos que procedan, etc.(2) Ej. Tablets, computadores, celulares, cámaras fotográficas, filmadoras, radios, juegos de salón o elec-trónicos, Útiles o materiales escolares no requeridos en la actividad específica, etc.(3) Ej: Medios orales, escritos, gráficos, visuales, audioviosuales, electrónicos, digitales, virtuales, multi-media, redes sociales, etc

FALTAS DE CONDUCTA

a) FALTAS LEVES:• Incumplir normas de cortesía, urbanidad y buen trato en el Colegio (4)• Faltar al pudor y/o costumbres socialmente aceptadas.• Usar lenguaje grosero, vulgar o despectivo como formato comunicacional o reac-ción impulsiva (sin dirigirlo como insulto hacia otro).• Botar o estropear comida en buen estado.• Tirar papeles o desperdicios al piso o desecharlos en cualquier parte que no sea un basurero.

b) FALTAS GRAVES:• Reiterar una misma falta leve (tres veces o más) dentro de un año. • Escribir, dibujar, hacer citas, símbolos o cualquier elemento con connotaciones ofensivas en el desarrollo de una prueba o evaluación.• Incumplir o impedir que se reporte una situación de maltrato escolar. • Incumplir parcialmente las indicaciones o acuerdos comprometidos en un Proto-colo de convivencia escolar.• Incumplir parcialmente las medidas formativas, reparadoras y/o disciplinarias que se le hayan impuesto al alumno por la comisión de falta(s) reglamentaria(s).• Realizar actos o gestos de carácter discriminatorio contra uno o más integrantes de la Comunidad Escolar.• Divulgar, sin autorización, informaciones privadas de otra(s) persona(s) o entida-des.• Incumplir las fórmulas de respeto establecidas para los símbolos y valores: reli-giosos, patrios, institucionales, etc. presentes en el Colegio.• Utilizar sin autorización de la Dirección el nombre, insignia o logos asociados al Colegio.• Realizar gestos y/o comentarios impúdicos y/o que impliquen degradación de la sexualidad humana.• Realizar juegos violentos, golpes, zancadillas, empujones u otros.• Mantener accesible cualquier objeto, instrumento, documento, resumen, mate-rial, etc. cuya vista o uso se encuentre prohibido en situación de evaluación escolar.

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• Omitir o tergiversar información solicitada, y/o mentir al comunicar situaciones, conductas o hechos relativos a la comisión de faltas. • Guardar para sí objetos y/o valores encontrados dentro del recinto del Colegio o en las locaciones de actividades realizadas o patrocinadas por la Institución.• Consumir tabaco al interior del establecimiento o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.• Incurrir en conductas disruptivas (5) durante la realización de clases, actos, cere-monias y/o formaciones.• Lanzar comida u otros objetos durante el almuerzo en los comedores o en otros lugares que se adquieren alimentos, como es el caso de los quioscos.

c) FALTAS GRAVÍSIMAS:• Reiterar una misma falta grave (tres veces) dentro de un año. • Cubrir el rostro injustificadamente en cualquier actividad escolar, dentro o fuera del establecimiento.• Registrar y/ o difundir sin autorización, informaciones privadas de otra(s) persona(s) o entidades. • Difundir a través de cualquier medio (6) conductas de maltrato en contra de uno o más miembros de la comunidad escolar• Intercambiar o suplantar identidad en evaluaciones y otras actividades escolares.• Difundir anónimamente a través de cualquier medio (6) mensajes ofensivos a la dignidad de cualquier miembro de la Comunidad Escolar.• Incumplir totalmente las indicaciones o acuerdos comprometidos durante la eje-cución o seguimiento de un protocolo de convivencia escolar.• Incumplir en su totalidad las medidas formativas, reparadoras y/o disciplinarias que se le hayan impuesto a un alumno por la comisión de falta(s) reglamentaria(s)• Promover el maltrato y/o la discriminación, en cualquiera de sus formas, entre los miembros de la comunidad escolar. • Maltratar física y/o psicológicamente(7) a cualquier integrante de la comunidad escolar, por cualquier medio (6)• Realizar acoso escolar(8) contra estudiantes en condición de indefensión y/o vul-nerabilidad.• Degradar, a través de cualquier medio (6),símbolos y valores: religiosos, patrios, institucionales, etc. presentes en el Colegio • Realizar cualquier tipo de actividad de recaudación de fondos, venta de objetos presencial o remota (virtual), campañas u otros similares, utilizando el nombre y logo de la Institución, sin la autorización de la Dirección.• Planificar y /o ejecutar acciones individuales o colectivas que perturben el normal desarrollo de las actividades escolares de toda índole, realizadas al interior del Co-legio o fuera de él (10)• Realizar cualquier acto que implique deslealtad con el Colegio, o con las personas autorizadas que lo representan,(Ej: falsos testimonios, rumores infundados, críticas subjetivas, etc.)

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• Provocar daño físico, moral a sí mismo. • Promover y / o incitar conductas que provoquen daño físico y/o moral a otros.• Usar elementos digitales y servicios informáticos para realizar actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres.• Ejecutar prácticas prohibidas (9) para enfrentar situaciones de evaluación escolar.• Promover conductas disruptivas (5) durante la realización de clases, actos, cere-monias y/o formaciones. • Realizar cualquiera de las conductas descritas a continuación dentro del estable-cimiento o en cualquier actividad organizada o coordinada por el Colegio:• Promover el consumo de alcohol, tabaco y/o drogas (incluyendo medicamentos psicoactivos sin prescripción médica). • Vender Alcohol, Tabaco o Drogas.• Portar y/o consumir alcohol, drogas y/o medicamentos psicoactivos sin receta.• Presentarse al establecimiento o en actividades organizadas, coordinadas, patro-cinadas o supervisadas por éste bajo la influencia del alcohol, drogas o medicamen-tos psicoactivos (no prescritos por un profesional autorizado).• Promover, introducir, distribuir y/o manejar material pornográfico.• Realizar conductas de connotación sexual y/o actos sexuales en el Colegio o en actividades vinculadas a este• Cometer un acto constitutivo de delito conforme a los términos establecidos en el Código Penal Chileno.

(4) Ej: Fórmulas de saludo, despedida, formulación de peticiones, expresión de pesar, presentación de disculpas, expresión de agradecimiento, respeto de turnos, cumplimiento de normas de uso de comedo-res y servicios higiénicos, etc. (5) Ej: Pararse o desplazarse sin autorización, hablar o reírse en situaciones que requieren silencio, hacer ruidos molestos, realizar gestos no autorizados, entorpecer intencionalmente las acciones que se deban realizar en la situación, etc. (6) Ej: Medios orales, escritos, gráficos, visuales, audioviosuales, electrónicos, digitales, virtuales, multi-media, redes sociales, etc(7) Ej: Insultar, proferir burlas o contenidos hirientes, calumniar, humillar, amenazar, chantajear, intimi-dar; usar el propio cuerpo, partes de este u objetos para causar daño físico a otra persona, etc.(8) Conforme lo definido en el Art.27, numeral 27.1., del presente Reglamento.(9) Ej. Usar “torpedos”; copiar las respuestas de otro alumno; proporcionar ayuda no autorizada a otro alumno; plagiar informes, trabajos y/o pruebas; presentar como propios trabajos, pruebas, etc, realiza-dos por otra persona; usar elementos, instrumentos y/o sustancias no autorizados para mejorar el ren-dimiento; conocer los instrumentos o respuestas de evaluación antes de que hayan sido administradas, etc.(10) Ej. Lanzar bombas de agua, huevos, etc

NOTA: Si un funcionario del Colegio sorprende a un alumno portando o consumiendo alcohol, drogas o medicamentos psicotrópicos no prescritos, se le retirarán tales sustancias y estas serán resguardadas en el Colegio para ser entregadas a su apoderado en entrevista informativa sobre la conducta del estu-diante.

Art. 30 FALTAS CONSTITUTIVAS DE DELITO

30.1. Se encuentra totalmente prohibido a todo miembro de la comunidad escolar

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incurrir en acciones u omisiones tipificadas por el Código Penal Chileno en la cali-dad de delito dentro del establecimiento o en actividades patrocinadas, supervisa-das o coordinadas por este.

30.2. La comisión de un presunto delito, por parte de un miembro de la comunidad escolar, deberá ser denunciada a los órganos competentes considerando la imputa-bilidad penal del presunto autor del hecho como criterio diferenciador del organis-mo al cual corresponda notificar del hecho.

30.3. Las conductas a que se hace mención en la calidad de delito pueden ser porte y uso de armas, tráfico o venta de drogas, abuso sexual, lesiones, pornografía infan-til, etc.

30.4. Sin perjuicio de lo anterior, la supuesta falta que pudiera constituir un deli-to será evaluada por un Consejo constituido por, al menos, dos de los siguientes directivos: Rector, Director Escolar, Director de Formación, Director Académico, Encargado de Convivencia Escolar y Asesor Jurídico del Colegio, cuyo objeto será establecer las acciones que correspondan al ámbito de competencia del Colegio.

Art. 31 FALTAS DE LOS PADRES Y APODERADOS

Se considerará falta a la buena convivencia: a) El incumplimiento de los deberes del apoderado señalados en el presente Regla-mento. b) El incumplimiento de los deberes del apoderado señalados en el contrato de ser-vicios educacionales.c) El maltrato a cualquier integrante de la comunidad escolar.

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TÍTULO VIPASOS DISCIPLINARIOS Y MEDIDAS PEDAGÓGICAS

Art. 32. DE LAS MEDIDAS Y SU APLICABILIDAD:

32.1. Las faltas al Reglamento Interno y de Convivencia Escolar estarán afectas a la aplicación de sanciones denominadas “Pasos Disciplinarios” u otras medidas de carácter disciplinario y/o pedagógico.

32.2. La persona habilitada para resolver respecto de una infracción reglamentaria, tendrá amplias facultades para aplicar, junto a un paso disciplinario, otras de las medidas complementarias dispuestas en el presente Reglamento.

32.3. Sin perjuicio de lo anterior, frente a situaciones de faltas reglamentarias co-metidas por estudiantes, sólo podrá aplicarse las medidas expresamente señaladas en este Reglamento.

32.4. En los procedimientos vinculados al manejo de faltas, se encontrará contem-plada la posibilidad de citar al apoderado, lo cual no tendrá carácter de medida o san-ción. En atención a lo anterior, los objetivos de una citación al apoderado podrán ser:a) Informar la situación disciplinaria en que se encuentra involucrado el alumno y/o,b) Solicitar antecedentes que faciliten el buen desarrollo de los protocolos de ac-ción y/o,c) Solicitar la cooperación en el proceso disciplinario

Art. 33 SEGUIMIENTO DISCIPLINARIO:

33.1. El objetivo principal del Seguimiento Disciplinario es acompañar y apoyar al alumno en su proceso de cambio de conducta y actitudes, definiendo metas y plazos.

33.2. La Dirección del Colegio entiende que los alumnos con Seguimiento Discipli-nario necesitan ciertas estrategias de apoyo o supervisión especiales por parte de la familia, del Colegio o de especialistas externos, para que puedan cumplir adecua-damente el compromiso contraído.

33.3. La aplicación de los pasos del seguimiento es la consecuencia de un proceso de continua revisión, donde participan tanto el alumno como sus padres, el Profe-sor Jefe, inspectores, especialistas, Consejo de Profesores, Consejo de Ciclo, Subdi-rector de Ciclo y la Rectoría del Colegio.

33.4. Todos los Pasos Disciplinarios deben quedar registrados y debidamente fir-mados por los apoderados. En el caso que el apoderado se niegue a firmar cualquier

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paso disciplinario, este se aplicará de igual manera, quedando constancia de este hecho y de sus causas, tanto en el documento como en la ficha escolar del alumno y en la hoja de entrevistas.

33.5. En caso de negativa por parte del apoderado de firmar además del paso disci-plinario y/o la hoja de entrevista, se enviará copia del documento por medio de car-ta certificada al domicilio del apoderado, informando sobre el contenido del paso disciplinario correspondiente.

33.6. La aplicación de los pasos disciplinarios es gradual. Sin embargo, en casos especiales donde el alumno incurra en faltas que se consideran graves o gravísi-mas o cuando las agravantes así lo ameriten se podrá pasar a las otras etapas del seguimiento, independientemente de los pasos y plazos establecidos, pero siempre dentro del marco del justo procedimiento.

33.7. Todos los pasos disciplinarios, cuyos plazos y obligaciones sean cumplidos por el alumno, significarán su salida del Seguimiento Disciplinario.

33.8. Las sanciones denominadas “Pasos del Seguimiento Disciplinario” se enume-ran conforme al principio de gradualidad (de menor a mayor grado) y se explican a continuación; proceden de acuerdo a la magnitud y/o frecuencia de las conductas del alumno, que deberán estar debidamente configuradas y debidamente comu-nicadas, a fin de respetar las normas del justo procedimiento, tanto en la sala de clases como fuera de ella:

a) COMPROMISO ESCOLAR: Obligación escrita contraída por el alumno de me-jorar su comportamiento y responsabilidad dentro del plazo máximo de un mes lectivo. Nota: La firma de este compromiso se realiza entre el alumno, su profesor jefe y el apoderado.

b) AMONESTACIÓN: Llamado severo de atención por incumplimiento del com-promiso escolar u otras faltas graves. Nota: El Profesor Jefe citará al alumno y al apoderado informándoles los fundamentos que se tuvieron en vista para aplicar esta sanción y solicitará la firma del documento de Amonestación. Durante este proceso, el alumno será citado por el Profesor Jefe para evaluar los avances. Plazo de aplicación de la medida, dos meses lectivos renovable por una vez.

c) CONDICIONALIDAD: Medida extrema a nivel conductual o de responsabilidad escolar. Implica la posibilidad de no renovación de matrícula en el caso de que se in-cumplan las condiciones estipuladas en su formulación situación que será revisada, al menos, una vez por semestre. Plazo de aplicación de la medida, tres a seis meses lectivos no renovables.

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d) NO RENOVACIÓN DE MATRÍCULA: Corresponde la acción de cancelar la ma-trícula de un alumno para el año lectivo siguiente, motivo por el cual este debe concluir el año escolar y retirarse del Colegio al término de este.

e) RETIRO INMEDIATO (EXPULSIÓN): Corresponde a la pérdida de la condición de alumno regular del Colegio, motivo por el cual debe retirarse inmediatamente de este. Este paso disciplinario se aplica cuando el alumno comete una falta de conducta en la cual se presenten elementos agravantes que impliquen riesgo signi-ficativo para uno o más integrantes de la comunidad escolar.

Nota: La labor del Colegio, en primer lugar, es formativa, no punitiva, y está dirigida a educar en la con-vivencia y el diálogo. Por esto, el retiro inmediato de un alumno por problemas o faltas conductuales es considerado como una medida extrema, determinada con apego al debido proceso, habiendo agotado todos los procedimientos exigidos por el Reglamento Interno.

Art. 34. OTRAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS:

34.1. Son sanciones que pueden aplicarse anexas un paso disciplinario determi-nado o como alternativa frente a este. Lo anterior, en atención a las atenuantes y agravantes que se hubiesen configurado en la investigación de la falta misma. Estas medidas pueden ser, de menor a mayor graduación:

a) Trabajo remedial – reparatorio fuera o dentro del horario escolar normal: Realización de actividades fuera del horario lectivo, las cuales deberán realizarse dentro del establecimiento como forma de compensar o completar deberes escola-res incumplidos a consecuencia de una falta reglamentaria.

b) Suspensión: Pérdida transitoria de la autorización para asistir a clases, la cual puede contemplar el rango mínimo de un día hábil y el máximo de tres días hábiles. En estos casos el Colegio aplicará las medidas pertinentes para que la ausencia del estudiante no afecte su derecho a la educación

c) Inhabilitación para recibir o mantener distinciones: Consiste en la pérdida, semestral o anual, del derecho a optar a recibir distinciones valóricas y/o funciones de especial responsabilidad ofrecidas por el Colegio a los alumnos destacados. En el caso de que el alumno estuviese cumpliendo funciones como parte de una directiva de curso o del centro de alumnos, en el momento en que se le aplica esta medida, será relevado de dichas funciones.

d) Inhabilitación para asistir a eventos institucionales: Consiste en la pérdida, semestral o anual, de la condición de participante en ceremonias, actividades ex-traprogramáticas, eventos, salidas, viajes de estudio, u otros eventos realizados, coordinados o patrocinados por el Colegio. En cualquiera de estos casos, se deberá tratar de eventos que no afecten el derecho a la educación del estudiante y, si este fuera el caso, el Colegio proveerá el apoyo requerido para cautelar dicho derecho en la forma de tutoría u otros apoyos pedagógicos.

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34.2. Efectos Académicos: Además del Paso Disciplinario que corresponda a la co-misión de una determinada falta, de acuerdo con el Reglamento de Evaluación y Promoción se aplicará la nota mínima (1.0) en el subsector correspondiente cuando la falta en cuestión implique faltar sin justificación a la segunda citación a una prue-ba, realizar prácticas (copiar, “soplar”, etc) para obtener ventajas indebidas durante algún proceso de evaluación y/o presentar como propio o plagiar cualquier tipo de trabajo o actividad evaluativa.

Art. 35 MEDIDAS PEDAGÓGICAS:

35.1. MEDIDAS FORMATIVAS: a) Definición: Son acciones que permiten a los estudiantes tomar conciencia de las consecuencias de sus actos, aprender a responsabilizarse de ellos y desarrollar compromisos genuinos de reparación del daño, de crecimiento personal y/o de resolución de las variables que indujeron la conducta. Para todos los efectos que corresponda, estas medidas, por su condición esencialmente pedagógica, NO cons-tituyen sanción.

b) Las medidas formativas del Colegio deben ser acordadas y aceptadas por los in-volucrados en estas, debiendo quedar en estas un registro del compromiso asumido y de la forma y plazo en que se verificará su cumplimiento. Tales medidas podrán ser:• Servicio comunitario: Contemplará el desarrollo de alguna actividad que bene-ficie a la comunidad educativa, en especial, aplicable frente a faltas que hayan im-plicado deterioro del ambiente de aprendizaje, lo cual implica hacerse cargo de las consecuencias de los actos negativos a través del esfuerzo personal. Ejemplos: limpiar algún espacio del establecimiento, patio, pasillos, gimnasio, su sala, mante-ner el jardín, ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes de menor edad, ordenar materiales en la biblioteca, etc. Se cuidará especialmente que la actividad asignada no implique menoscabo a la dignidad del estudiante.• Servicio pedagógico: Contemplará una o más acciones del estudiante que come-tió la falta, asesorado por un docente, que impliquen contribuir solidariamente con la continuidad y/o efectividad de los o procesos educativos del Colegio, tales como: Recolectar o elaborar material para estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante de un docente en la realización de una o más clases, según sus aptitudes, clasificar textos en biblioteca según su contenido, apoyar a estudiantes menores en sus tareas, etc.• Jornadas de Reflexión: Contemplará la participación en reuniones, de carácter individual y/o grupal; con uno o más integrantes habilitados del Colegio (Directi-vos, docentes, psicólogos, orientadores, psicopedagogos, Encargado de Conviven-cia Escolar) con objeto de reflexionar acerca del hecho ocurrido, sus consecuencias y formas de prevenirlas, orientando las temáticas hacia la adopción o recuperación del modo de relación basado en los valores de Respeto, Responsabilidad, Solidari-dad y Comunicación.

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35.2. MEDIDAS REPARADORAS.

a) Definición: Son acciones que podrá realizar la persona que cometió una fal-ta a favor de la persona y/o proceso institucional afectado, dirigidas a restituir el perjuicio causado. Para todos los efectos que corresponda, estas medidas, por su condición esencialmente pedagógica, NO constituyen sanción.

b) Las medidas reparadoras del Colegio deben ser acordadas y aceptadas por los involucrados en estas, debiendo quedar en estas un registro del compromiso asu-mido y de la forma y plazo en que se verificará su cumplimiento. Tales medidas podrán ser: • Presentación formal de disculpas a la o las personas afectadas ( privadas, en forma oral y/o por escrito)• Restitución de bienes u objetos que pudieran haber sido afectados como conse-cuencia de la falta.• Realización de acciones de apoyo o acompañamiento académico a la o las perso-nas afectadas, especialmente cuando la falta haya tenido consecuencias negativas sobre el proceso educativo (Ej.: Ayudar con tareas, enseñar materias específicas, ayudar a ponerse al día, integrar personas nuevas a grupos de estudio, etc.).• Realización de acciones de apoyo o acompañamiento social a la víctima de mal-trato escolar, especialmente cuando la falta haya tenido consecuencias negativas sobre su participación en la vida social del Colegio (Ej.: Invitarla a participar de grupos de amigos, enseñarle habilidades sociales, ayudarlo a expresarse asertiva-mente, etc.)• Plan Reparatorio: El autor de la falta, con conocimiento de su apoderado, elaborará un plan de reparación, el cual debe contener acciones que contribuyan a reparar la falta, programadas y ejecutadas en un lapso de tiempo predeterminado. Este plan debe ser aceptado por el Colegio y por el o los afectados antes de ser ejecutado.

Art.36 MEDIDAS DISPUESTAS FRENTE A FALTAS DE UN APODERADO:

• En los casos en que un apoderado pudiera cometer una falta a la buena conviven-cia, se contemplarán las siguientes medidas aplicables conforme al tipo de falta cometida:

36.1. Sanciones (menor a mayor graduación):a) Carta de amonestación.b) Prohibición de ingresar al establecimiento.c) Pérdida temporal de la calidad de apoderado (duración máxima de un semestre escolar). d) No renovación de contrato de servicios educacionales.

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36.2. Medidas Alternativas (no constitutivas de sanción):a) Citación a entrevista personal para reflexionar sobre el hecho.b) Carta de compromiso. c) Presentación de disculpas a quien haya resultado afectado por la falta.d) Restitución de bienes u objetos afectados por la falta o sus consecuencias.

TÍTULO VIIPROTOCOLO BASE PARA MANEJO DE FALTAS REGLAMENTARIAS

ART. 37: ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO:

37.1. Durante los procedimientos de manejo de faltas a la buena convivencia por parte de estudiantes, el SubDirector de Ciclo que corresponda podrá disponer que los alumnos involucrados cuenten con un proceso de acompañamiento y orienta-ción por parte de su profesor jefe y/o de algún integrante de la Dirección de For-mación.

37.2. En circunstancias calificadas, el profesor jefe, el Subdirector de Ciclo o el En-cargado de Convivencia Escolar podrán recomendar que una situación de posible falta de conducta no sea sometida a un protocolo de acción, sino que se aplique inmediatamente un proceso de acompañamiento pedagógico dirigido a: a) La toma de conciencia por parte del estudiante respecto de la acción cometida y sus consecuencias,.b) La realización de procesos de reflexión dirigidos a evitar la reincidencia en tales tipos de faltas. c) La realización de acciones reparadoras en beneficio de él o los afectados por la falta.

37.3. Sin perjuicio de lo anterior, durante la ejecución regular de un protocolo por posible falta de conducta, el SubDirector de Ciclo, profesor Jefe o Encargado de Convivencia Escolar podrán indicar procedimientos de acompañamiento pedagógi-co a los estudiantes involucrados, proporcionándose estos en forma complementa-ria a las medidas pedagógicas y/o disciplinarias aplicadas.

37.4. Asimismo, estos procedimientos también podrán ser sugeridos como medida de seguimiento que permitirá apoyar el proceso formativo requerido para un estu-diante que haya cometido una falta reglamentaria.

Art.38 ELEMENTOS BÁSICOS DEL PROCEDIMIENTO:

38.1. Debido Proceso: En el manejo de las faltas reglamentarias, y en especial aquellas que impliquen maltrato, se garantizarán a los involucrados los siguientes derechos:

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a) El derecho a la presunción de inocencia de quien haya sido acusado de cometer la falta.b) El derecho de los involucrados a ser escuchados y a presentar sus descargosc) El derecho a solicitar revisión o presentar apelación respecto de las resoluciones disciplinarias tomadas por las autoridades del Colegio.

38.2. Registros del Proceso: Respecto de los registros de las evidencias corres-pondientes al manejo de faltas por maltrato, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones: a) Las acciones de manejo de faltas leves serán registradas en el Libro de Clases (Hoja de Vida de los estudiantes).b) Las acciones realizadas en el manejo faltas graves o gravísimas quedarán re-gistradas en los formularios definidos para tales efectos, quedando estos bajo res-guardo de los Sub-Directores de Ciclo que corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, deberá registrarse una referencia o reseña del proceso realizado en el Libro de Clases (Hoja de Vida de los estudiantes) correspondiente y el Encargado de Convi-vencia Escolar deberá realizar una revisión periódica tanto de las carpetas como de los Libros de Clases.c) Se cautelará la confidencialidad de la información de los procedimientos de manejo de faltas con objeto de proteger la honra de los involucrados, por ende, el proceso sólo podrá ser conocido por las partes involucradas. Sin perjuicio de lo an-terior, una vez que hayan sido formalizados los cargos, el Rector, o quién lo subro-gue, podrá autorizar el conocimiento total o parcial del expediente a otras personas debidamente señaladas. La misma facultad poseerán las autoridades de los organis-mos ministeriales o judiciales que tengan competencia sobre estos procesos.

38 .3. De las notificaciones:a) Las notificaciones que se realicen durante el procedimiento deberán hacerse per-sonalmente a los padres o apoderados dejándose registro de estas y de todas las ac-tuaciones en la carpeta de investigación. En caso que no ser posible el investigador notificará por carta certificada a los padres o apoderados al domicilio registrado en el colegio, de lo cual deberá dejarse constancia, en este último caso se entenderá notificado al tercer día del envió de la carta. b) Si los interesados solicitasen expresamente ser notificados por correo electrónico, se ac-cederá a ello, previa declaración por escrito del padre o apoderado en que señalaran una dirección electrónica para estos efectos. Se entenderán notificadas las comunicaciones que se envíen por este medio a contar del día siguiente de su recepción. Cualquier error en la di-rección del correo entregada es de exclusiva responsabilidad de quien la hubiese declarado.

Art. 39 FASE DE DENUNCIA:

39.1. Deber de Informar situaciones de maltrato. Los padres, madres, apodera-dos, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes,

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administrativos, auxiliares y directivos del Colegio deberán denunciar situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a cualquier integrante de la comunidad escolar dentro de las 24 hrs de conocido el hecho.

39.2. También será responsabilidad de todos los miembros de la comunidad escolar denunciar otro tipo de faltas reglamentarias de las que sean testigos.

39.3. Todos los funcionarios del colegio habilitados para recibir denuncias por po-sibles faltas reglamentarias. En caso de que se reciba una denuncia de un hecho de maltrato escolar, deberá dejarse registro escrito de la situación con la mayor cantidad de detalles posible, quedando claramente acreditada la identidad de quién reportó el hecho.

39.4. Cuando la persona que denuncia no es el afectado por la falta, se deberá resguardar su identidad si este lo solicita. Solo el Rector (o quien lo subrogue) u otros organismos que tengan competencia sobre estas materias, podrán autorizar el conocimiento de la identidad de un denunciante (si las circunstancias del caso lo requirieran).

39.5. Conforme a lo establecido en la Ley 19.070 (Estatuto Docente), si se presenta una denuncia contra un profesional de la educación, esta debe formularse por es-crito. Asimismo, el texto de la queja o denuncia deberá ser conocido por el afectado

Art. 40 FASE DE INDAGACIÓN:

40.1. Los funcionarios del Colegio autorizados en primera instancia para indagar faltas a la convivencia escolar son los profesores jefes e inspectores, pero también pueden realizarlas los profesores de asignatura si fuera necesario. No obstante, si la indagatoria indica que la falta puede tener carácter de grave o gravísima con agravantes que le confieran especial complejidad, o cuando en la situación implique maltratos en los cuales se vea involucrado un adulto (funcionario o apoderado), el procedimiento será dirigido en primera instancia por el Sub-Director de Ciclo o, en su defecto, por el Encargado de Convivencia Escolar.

40.2. Quien realice la indagación actuará guiado por el principio de inocencia fren-te a quien, supuestamente, sea el autor de la falta. Para ello, estará autorizado para disponer medidas que le permitan tener una visión clarificadora de los hechos, tales como: entrevistas a los involucrados y otros que pudieran aportar antecedentes relevantes (especialmente a los apoderados), revisión de documentos y registros, solicitud de orientación y/o evaluación profesional (interna o externa), solicitud de informes, etc., en general, todas aquellas acciones que sean prudentes y conve-nientes para manejar la situación conforme al justo procedimiento.

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40.3. El indagador tendrá facultades amplias para requerir la colaboración de otros funcionarios del Colegio en el procedimiento, tales como docentes, inspectores, directivos, orientadores, psicólogos, etc., pudiendo requerir de ellos diversos tipos de diligencias destinadas al esclarecimiento de la situación denunciada.

40.4. El Sub-director de Ciclo o el Encargado de Convivencia podrán, asimismo, convocar a un Consejo Asesor, de carácter consultivo, para apoyar la indagatoria en situaciones que revistan especial gravedad. Este Consejo podrá estar constituido por el o los profesores jefes de los involucrados, psicólogo del ciclo correspondien-te, psicólogo de convivencia, inspector de nivel y/o coordinador de orientación del ciclo que corresponda.

40.5. Mientras se esté llevando a cabo el procedimiento, el indagador asegurará a todas las partes respeto por su dignidad y honra, cautelando el grado de priva-cidad y/o confidencialidad que corresponda a los temas tratados (conforme a las características y circunstancias del hecho abordado). Asimismo, serán escuchadas las versiones de los involucrados y se acogerán los antecedentes que estos pudie-ran aportar (sean expuestos para mejor comprensión del hecho y/o con el fin de presentar descargos).

40.6. Cuando sea pertinente hacerlo, el indagador podrá solicitar al Encargado de Convivencia (o a quien lo subrogue) la aplicación de medidas cautelares para proteger a los afectados u otras acciones destinadas a garantizar la continuidad del proceso educativo para algunos o todos los involucrados en el proceso. Tales medi-das serán analizadas caso a caso por la Dirección de Formación y se aplicarán en la forma de un plan de acción diseñado conforme a las características de los estudian-tes y las circunstancias del hecho indagado. Estas medidas se mantendrán por todo el tiempo que el Encargado de Convivencia estime pertinente.

40.7. Si el afectado fuere un docente o funcionario del establecimiento, se le debe-rá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, siempre y cuando se encuentre en condiciones para realizarlas. Si hubiera alguna duda al respecto, se solicitará una evaluación profesio-nal para evaluar el procedimiento a seguir.

40.8. Si el supuesto autor de la falta fuere un funcionario del Colegio u apoderado, y el afectado un estudiante, se actuará conforme al principio de presunción de inocencia y los derechos del debido proceso, pero considerando el interés superior del niño y su condición de sujeto de protección especial, lo cual implicará priorizar medidas destinadas a garantizar la integridad física y psicológica del menor durante todas las etapas del procedimiento (incluso posteriores al cierre de este si fuera necesario).

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40.9. La fase de indagación del hecho supuestamente constitutivo de falta no po-drá exceder de quince días hábiles. Si alguna de las partes requiriera ampliación de este plazo, deberá presentar una solicitud al Encargado de Convivencia (o a quien lo subrogue) a objeto de que este se pronuncie respecto de ella.

40.10. Vencido el plazo de la indagatoria señalado, el investigador apreciara la prueba conforme a las reglas de la sana crítica y procederá a emitir una vista o informe, en el cual se contendrá la relación de los hechos, los fundamentos y con-clusiones a que se hubiere llegado, formulando proposiciones concretas de lo que estimare procedente, conforme al mérito de los antecedentes existentes en la car-peta de investigación.

40.11. Si la indagatoria no permite, conforme a los antecedentes y medios de prue-ba dispuestos, confirmar los hechos constitutivos de falta, el indagador procederá a cerrar el procedimiento y se informará a quienes deban conocer del hecho dentro de la comunidad educativa (Estudiantes, profesores jefes respectivos, Padres y Apo-derados, etc.).

40.12. Si la indagatoria indica que la falta está confirmada, pero no resulta posible con base a los medios de prueba dispuestos determinar al autor de esta, el inda-gador procederá a recomendar, en conjunto con el Psicólogo (a) de Convivencia del Ciclo, acciones de intervención formativo-preventivas en los grupos curso de los alumnos involucrados, así como también, acciones de apoyo al alumno afecta-do. Tales acciones serán coordinadas y/o supervisadas por el Encargado de Convi-vencia o quien lo subrogue y se mantendrán conforme al tiempo que este último, en conjunto con el Subdirector (a) de Ciclo que corresponda, estimen pertinente. Paralelamente, sugerirá el sobreseimiento temporal de la indagatoria por espacio de seis meses, tiempo luego del cual, de no haber nuevos antecedentes, cerrara definitivamente el proceso.

40.13. Por otra parte, si la indagatoria confirma los hechos constitutivos de falta, conforme a los antecedentes y medios de prueba dispuestos, el investigador deberá aplicar la fase de resolución señalada en el Art 28 del presente Reglamento.

Art. 41 FASE DE RESOLUCIÓN.

41.1. El indagador, conforme a los antecedentes y medios de prueba que posea, pro-pondrá una o más medidas, consistentes con el tipo y grado de la falta sancionada.

41.2. En el caso de que el indagador requiera mayores antecedentes, estará facul-tado para convocar a personas del cuerpo docente, inspectores, directivos docentes y/o profesionales de apoyo que, por sus competencias profesionales, le podrían aportar elementos de juicio relevantes para el caso que está manejando. Con todo, estas personas solo cumplirán un rol consultivo.

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41.3. La(s) medida(s) a aplicar deben remitirse a las señaladas en el presente Re-glamento. La determinación de estas deberá contemplar, en forma preliminar, la presencia de las atenuantes o agravantes de la falta señaladas en la siguiente tabla:

Atenuantes Agravantes

• Inexistencia de faltas anteriores durante el año escolar en curso• Reconocer voluntariamente la falta come-tida• Expresar pesar o arrepentimiento por la falta cometida. Tal deberá constar por es-crito.• Manifestar espontáneamente disposición a asumir las consecuencias de sus actos. • Realizar por iniciativa propia acciones reparadoras hacia el o los afectados por la falta.• Presentar Inmadurez física, social y/o emocional que dificulte o limite el control de la propia impulsividad y/o la capacidad de evaluar las consecuencias de los actos realizados.• Presentar de alguna condición (física, psi-cológica, emocional o cognitiva) o familiar que estuviera inhibiendo el juicio del autor de la falta.• Haber actuado inducido por otros o bajo presión o amenaza• Haber actuado en respuesta a una provo-cación o agresión de otro(s)

• Existencia de tres o más faltas anteriores de similar tipo durante el año escolar en curso.• No reconocer la falta cometida que se en-cuentra confirmada conforme a los medios de prueba.• No manifestar arrepentimiento o disposi-ción para reparar el daño causado.• Haber ejecutado la falta ocultando la iden-tidad o usando la identidad de otra persona.• Responsabilizar como autores de la falta a personas no involucradas en el hecho.• Omitir, tergiversar y/o falsear datos o an-tecedentes sobre la falta cometida• Haber presionado o intimidado a los afec-tados.• Haber realizado maltratos reiterados (tres veces al menos), en especial, contra un mis-mo integrante de la comunidad escolar.• Haber planificado el maltrato sobre la per-sona afectada.• Haberse coludido con otros para cometer la falta.• Haber actuado contra una persona vulne-rable, menor y/o en situación de indefen-sión.

41.4. Asimismo, el indagador deberá tener en cuenta los siguientes criterios al mo-mento de resolver la(s) medida(s) aplicar:

A) CRITERIOS PARA APLICACIÓN DE PASOS DISCIPLINARIOS:* Para todos los efectos reglamentarios, se entenderá “reiteración” como tres veces en el año.

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COMPROMISO ESCOLAR:

Se aplicará cuando se presenten uno o más de los siguientes criterios:- Reiteración de faltas leves. - Cometer falta grave (evaluada conforme a las atenuantes y agravantes com-prometidas). Período de aplicación: Un mes lectivo.

AMONESTACIÓN:

Se aplicará cuando se presenten uno o más de los siguientes criterios:- Incumplimiento de los acuerdos establecidos en el Compromiso Escolar.- Cometer falta grave estando en Compromiso Escolar.- Cometer falta grave (evaluada conforme a las atenuantes y agravantes com-prometidas)Período de aplicación: Dos meses lectivos renovable por una vez.

CONDICIONALIDAD:

Se aplicará cuando se presenten uno o más de los siguientes criterios:-Incumplimiento de los acuerdos establecidos en la Amonestación.-Cometer falta grave y / o gravísima estando Amonestado (evaluada conforme a las atenuantes y agravantes comprometidas).-Cometer falta gravísima(evaluada conforme a las atenuantes y agravantes comprometidas)Período de aplicación: De tres a seis meses lectivos.

NO RENOVACIÓN DE MATRÍCULA:

Se aplicará cuando se presenten uno o más de los siguientes criterios:- Tener una segunda Condicionalidad dentro de un mismo año o en dos años consecutivos. - Incumplimiento de los acuerdos establecidos en la Condicionalidad Escolar. - Cometer falta gravísima en situación de Condicionalidad (evaluada conforme a las atenuantes y agravantes comprometidas).- Cometer falta gravísima (evaluada conforme a las atenuantes y agravantes comprometidas)Período de Aplicación: Se ejecuta al término del año lectivo.

CANCELACIÓN INMEDIATA DE MATRÍCULA (EXPULSIÓN):

Criterio de Aplicación:- Cometer una Falta Gravísima que implique grave riesgo a la integridad física o psicológica de uno o más integrantes de la Comunidad Educativa (evaluada conforme a las atenuantes y agravantes comprometidas).

B) CRITERIOS PARA OTRAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y PEDAGÓGICAS (Se pueden aplicar individualmente o como complemento de un Paso Disciplinario, (evaluada conforme a las atenuantes y agravantes comprometidas):

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MEDIDAS DISCIPLINARIAS COMPLE-MENTARIAS

FaltaLeve

FaltaGrave

FaltaGravísima

Trabajo remedial – reparatorio fuera o dentro del horario escolar normal.

X X

Suspensión X X

Inhabilitación para recibir distinciones o retiro de una distinción otorgada por el Colegio.

X X

Inhabilitación para asistir a eventos institucionales

X X

MEDIDAS PEDAGÓGICAS* FaltaLeve

FaltaGrave

FaltaGravísima

b.1. Medidas Formativas X X X

b.2. Medidas Reparadoras X X X

*Para todos los efectos reglamentarios, estas medidas no constituyen sanción

41.5. Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, las medidas disciplinarias pro-puestas para faltas graves o gravísimas deberán presentarse en un informe que con-tenga: La individualización del o los alumnos responsables; Una relación detallada de los hechos investigados; los medios de prueba que permitieron formar convic-ción al indagador o quien a quien se hubiese designado; la participación y el grado de responsabilidad que corresponda a cada alumno involucrado, con indicación de las eventuales circunstancias modificatorias de responsabilidad; y la proposición de medidas disciplinarias aplicables a cada caso, sobreseimiento o la absolución, cuando proceda.

41.6. El Encargado de Convivencia Escolar o quien lo subrogue revisará dicho informe y emitir la resolución definitiva. La decisión de este ente, en el caso que apruebe o re-chace la propuesta del indagador o el acuerdo alcanzado entre las partes, será consi-derada la resolución de primera instancia y tendrá carácter vinculante para las partes.

41.7. Con todo, la fase de Resolución del hecho supuestamente constitutivo de falta no podrá exceder del plazo de cinco días hábiles posteriores a la fecha de cierre de la indagatoria.

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41.8. La comunicación de lo resuelto a las partes, junto con los antecedentes que justifican tal decisión, será realizada, preferentemente, por el profesor jefe, profe-sor de asignatura o inspectores de Nivel. No obstante, en lo relativo a la comuni-cación de pasos disciplinarios de condicionalidad, cancelación de matrícula o retiro inmediato, la comunicación será realizada por el Subdirector de Ciclo correspon-diente (quién podrá ser acompañado por el profesor jefe respectivo).

Art. 42 RECURSOS DE REVISIÓN O APELACIÓN.

42.1. Todas las partes tendrán la posibilidad de presentar apelación o solicitar revi-sión respecto de las resoluciones adoptada por las autoridades del Colegio frente a una falta de convivencia. 42.2. Apelación: La condicionalidad o la cancelación de matrícula podrán ser apela-das al Rector, o a quien lo subrogue, a través de una carta formal, en un plazo máxi-mo de cinco días hábiles desde que haya sido notificada la resolución. El Rector, o quien lo subrogue, notificará la decisión del recurso en un plazo máximo de diez días hábiles desde que haya recibido la Carta de Apelación. La respuesta se formali-zará en una carta institucional, entregada en persona al destinatario o a través de correo certificado. La decisión del Director (o de quien lo subrogue) tendrá carácter de inapelable.

42.3. Revisión: Las medidas que no constituyan condicionalidad o cancelación de matrícula tendrán derecho a revisión por parte del Subdirector de Ciclo. La solici-tud de revisión puede presentarse por vía oral o por escrito, en un plazo máximo de tres días hábiles desde que fue notificada la medida resuelta. Tal solicitud deberá ser respondida (en forma oral o por escrito) dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles desde que esta fuera recibida. Con todo, deberá quedar constancia escrita de tal resolución.

42.4. Ejecución medida: Por regla general, las medidas se ejecutarán desde el mo-mento mismo en que conste que han sido notificadas al afectado. En las situaciones que se presente un recurso de apelación, la medida se hará efectiva en cuanto se haya resuelto el mismo y conste la notificación.

Art.43 ANEXO I: PROCEDIMIENTOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN

43.1. Definición: Corresponde al proceso de búsqueda de acuerdos entre las partes involucradas en faltas leves a la buena convivencia. Este tipo de procesos presenta dos modalidades básicas:

• Arbitraje: Procedimiento mediante el cual se aborda un conflicto en donde un tercero el árbitro escolar, a través del diálogo, la escucha atenta y reflexiva de las

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posiciones e intereses de los involucrados, propone una solución justa y formativa para ambas partes, congruentes con las medidas establecidas en el presente Regla-mento. Tal solución debe ser aceptada por los involucrados para que se formalice el acuerdo o compromiso respectivo. • Mediación: Procedimiento para la resolución pacífica de conflictos, en el cual una persona o grupo, que no son parte del conflicto, ayuda a que las contrapartes logren proponer un acuerdo que pueda restablecer la relación entre los participantes y las reparaciones correspondientes. Estos acuerdos deben ser consistentes con las me-didas establecidas en el presente Reglamento. Además, es condición que el acuer-do sea aceptado por los involucrados para proceder a la formalización respectiva de este.

43.2. Condiciones de Aplicación: Los procedimientos de mediación o arbitraje po-drán aplicarse, como metodología para resolución de faltas reglamentarias, solo en cuanto se configuren las siguientes condiciones:a) Que sean voluntariamente aceptadas por los involucrados.b) Que se apliquen frente a faltas leves.

43.3. Para todos los efectos correspondientes, los acuerdos alcanzados a través de cualquiera de los procedimientos señalados (Mediación, Arbitraje) serán considera-dos propuestas. Tales deberán ser revisadas y aprobadas por el Encargado de Con-vivencia Escolar o quien lo subrogue. En el caso de que las propuestas o acuerdos sean aprobados, constituirán Resolución de Primera Instancia vinculante para las partes.

43.4. El listado de árbitros y mediadores escolares estará a disposición de quien lo solicite y se encontrará bajo el resguardo del Encargado de Convivencia Escolar.

ART. 44 ANEXO II: PROCEDIMIENTO GENERAL FRENTE A FALTAS DE LOS APODERADOS.

44.1. Las posibles faltas cometidas por un apoderado serán investigadas en base a protocolos que cautelarán el debido proceso, es decir, que garantizarán la pre-sunción de inocencia de este, el derecho a , presentar su versión de los hechos y a presentar descargos y el derecho de apelación.44.2. Los funcionarios habilitados para conducir este tipo de procedimientos serán los Subdirectores de Ciclo o el Encargado de Convivencia Escolar

44.3. El procedimiento se realizará homologando las formalidades establecidas en los protocolos de faltas reglamentarias cometidas por los estudiantes, señalados en los Arts.39, 40 y 41, con excepción de las posibles medidas o sanciones que pu-diera ser resueltas. Para estos casos, corresponderán a las señaladas en el Art.36 “Medidas dispuestas frente a faltas de un apoderado”.

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44.4. Las resoluciones en esta materia deberán ser validadas por el Director de Formación o por quien lo subrogue.

44.5. Las posibles apelaciones serán vistas por el Rector o quien lo subrogue, ho-mologando las mismas formalidades y plazos dispuestos para las apelaciones de los estudiantes, señaladas en el Art.42 del presente reglamento.

TÍTULO VIIIMANEJO DE POSIBLES DELITOS CONTRA ESTUDIANTES

ART. 45. PROCEDIMIENTO GENERAL:

45.1. Las acciones u omisiones que pudieran tener carácter de “delito” se aborda-rán conforme a protocolos de acción que deben ceñirse a los términos del presente Título.

45.2. Para efectos de los protocolos de acción correspondientes a estas materias, se definirá “Delito” conforme a lo señalado en el Artículo 1 del Código Penal Chileno:“Es delito toda acción u omisión voluntaria penada por la ley. Las acciones u omisiones penadas por la ley se reputan siempre voluntarias, a no ser que conste lo contrario. El que cometiere delito será responsable de él e incurrirá en la pena que la ley señale, aunque el mal recaiga sobre persona distinta de aquella a quien se proponía ofender. En tal caso no se tomarán en consideración las circunstancias, no conocidas por el delincuente, que agravarían su responsabilidad; pero sí aquellas que la atenúen.”

45.3. Fundamentos de los procedimientos:a) Respecto del conocimiento de acciones u omisiones que pudieran implicar deli-tos en contra de algún estudiante, o en las que el autor pudiera ser un estudiante, los procedimientos a adoptar estarán determinados por las leyes vigentes, consi-derando el interés superior del niño y su condición de sujeto de protección especial.b) Los posibles delitos que pudieran afectar a los estudiantes, o que hubieran ocu-rrido dentro del Colegio, serán puestos en conocimiento de las autoridades compe-tentes, con objeto de dar cumplimiento a las obligaciones legales establecidas en los artículos 175 (letra e), 176 y 177 del Código Procesal Penal:

Artículo 175.- Denuncia obligatoria. Estarán obligados a denunciar: “…. e) Los Directores, inspectores y docentes de establecimientos educacionales de todo nivel, los deli-tos que afectaren a los estudiantes o que hubieren tenido lugar en el establecimiento.La denuncia realizada por alguno de los obligados en este artículo eximirá al resto”.“Artículo 176.- Plazo para efectuar la denuncia. Las personas indicadas en el artículo anterior deberán hacer la denuncia dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que tomaren conocimien-to del hecho criminal….”“Artículo 177.- Incumplimiento de la obligación de denunciar. Las personas indicadas en el artículo 175 que omitieren hacer la denuncia que en él se prescribe incurrirán en la pena prevista en el artículo 494 del Código Penal, o en la señalada en disposiciones especiales, en lo que correspondiere…….”

45.4. Frente a situaciones de esta naturaleza, se contemplará en el procedimiento

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la posibilidad de que el Encargado de Convivencia Escolar, o quien lo subrogue, solicite apoyo u orientación, en todos los aspectos legales requeridos, a un asesor jurídico externo, Oficina de Protección de Derechos u otras autoridades judiciales competentes (con objeto de garantizar el correcto cumplimiento de la legislación vigente y apego al Proyecto Educativo Institucional).

46.5. La primera acción del Colegio frente a un reporte de posible delito contra un alumno, realizado por un tercero (apoderado u otra persona externa al Cole-gio) será sugerirle al denunciante que presente los antecedentes que dispone a las autoridades competentes. En el caso de que esta persona no realice tal acción, el Colegio procederá a realizar el procedimiento de denuncia correspondiente para estos casos.

45.6. El Director de Formación, o quien lo subrogue, determinará la forma y mo-mento en que se comunicará a los apoderados la presentación de una denuncia por un posible delito que pudiera afectar a sus pupilos, en el caso que los afectados sean menores de edad. Lo anterior, debido a que estos pueden ser denunciados a las autoridades competentes sin contar, necesariamente, con la autorización de sus padres o apoderados, ya que se encuentran comprendidos en el marco de las accio-nes penales públicas que son perseguidas de oficio por el Ministerio Público, según lo establecido en el art.53 del Código Procesal Penal:

“Art. 53. Clasificación de la acción penal. La acción penal es pública o privada. La acción penal pública para la persecución de todo delito que no esté sometido a regla especial deberá ser ejercida de oficio por el ministerio público. Podrá ser ejercida, además, por las personas que determine la ley, con arreglo a las disposiciones de este Código. Se concede siempre acción penal pública para la persecución de los delitos cometidos contra menores de edad…..”

45.7. La persona responsable de presentar este tipo de denuncias a las autorida-des policiales o judiciales será el Encargado de Convivencia Escolar o, quién sea designado para tales efectos por el Director de Formación, misión que realizará conforme a lo señalado en 173 (extracto) y 174 Código Procesal Penal (Ley 19.696),“Artículo 173.- Denuncia. Cualquier persona podrá comunicar directamente al ministerio público el co-

nocimiento que tuviere de la comisión de un hecho que revistiere caracteres de delito. También se

podrá formular la denuncia ante los funcionarios de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigacio-

nes”……… “ante cualquier tribunal con competencia criminal, todos los cuales deberán hacerla llegar de

inmediato al ministerio público”.“Artículo 174.- Forma y contenido de la denuncia. La denuncia podrá formularse por cualquier medio y deberá contener la identificación del denunciante, el señalamiento de su domicilio, la narración circuns-tanciada del hecho, la designación de quienes lo hubieren cometido y de las personas que lo hubieren presenciado o que tuvieren noticia de él, todo en cuanto le constare al denunciante”.“En el caso de la denuncia verbal se levantará un registro en presencia del denunciante, quien lo firmará junto con el funcionario que la recibiere. La denuncia escrita será firmada por el denunciante. En ambos casos, si el denunciante no pudiere firmar, lo hará un tercero a su ruego”.

45.8. Los funcionarios del Colegio no están calificados ni autorizados para inves-tigar acciones u omisiones que pudieran constituir delitos. Por lo anterior, su rol en tales casos será acoger los antecedentes que les sean reportados, poniéndolos a

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disposición de las autoridades competentes para que estas se pronuncien sobre el particular. Se cumple en el procedimiento interno con lo señalado en el Artículo 3 del Código Procesal Penal, el cual establece:Artículo 3, “Exclusividad de la investigación penal. El ministerio público dirigirá en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito, los que determinaren la participación punible y los que acreditaren la inocencia del imputado, en la forma prevista por la Constitución y la ley”.

45.9. En lo relativo a las acciones a adoptar respecto de los supuestos autores de un hecho penal, el Colegio asumirá el principio de inocencia contenido en el artículo 4 del Código Procesal Penal, el cual señala: “Art 4. Presunción de inocencia del imputado.

Ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una

sentencia firme”. Lo anterior implica que, en lo relativo a su inserción en el Colegio, se actuará conforme lo dispuesto por la autoridad judicial respectiva. Sin perjuicio de lo anterior, el Director de Formación, o quien lo subrogue podrá sugerir o imple-mentar medidas dirigidas al apoyo y/o protección de las posibles víctimas dentro del ámbito que pueda ser resuelto por el Colegio.

45.10. Sin perjuicio de lo anterior, tal como lo señala el Art 4° de la Ley 19.070 (Es-tatuto Docente), en el caso de que un profesional de la educación sea formalizado por alguno de los delitos contemplados en la Ley 19.366 y en los párrafos 1,4,5,6,y 8 del Título VII y en los párrafos I y II del Libro Segundo del Código Penal, podrá ser suspendido de sus funciones con o sin derecho a remuneración total o parcial, por el tiempo que se prolongue la formalización.

45.11. Si la persona señalada como posible autor del delito contra un estudiante fuera un alumno inimputable legalmente (menor de 14 años), se citará a los padres de este y se presentarán los antecedentes respectivos al Tribunal de Familia.

45.12. Registros del Proceso: a) Todas las acciones realizadas en el manejo de acciones u omisiones que pudieran tener carácter de delito, quedarán registradas en los formularios definidos para tales efectos, siendo archivados en las carpetas reservadas del Encargado de Con-vivencia Escolar.b) Los contenidos de las carpetas confidenciales de posibles delitos serán puestos a disposición ante las autoridades competentes que lo requieran. Asimismo, dentro de la comunidad educativa solo podrán ser conocidos por la Dirección del Colegio. En situaciones que se deberán evaluar caso a caso, la Rectoría podrá autorizar, de modo justificado, el conocimiento parcial o total del contenido de determinadas carpetas confidenciales a terceros.

Art. 46 COLABORACIÓN CON EL PROCESO JUDICIAL.

Frente a la denuncia de hechos que pudieran constituir delito, en los cuales se vean involucrados a miembros de la Comunidad Educativa, el Colegio, a través del Encar-gado de Convivencia Escolar o de la persona que el Rector designe, prestará toda la colaboración que sea solicitada por las autoridades competentes y coordinará el cumplimiento de las diligencias u otras acciones que sean indicadas por estas.

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Art. 47 CONCLUSIÓN DEL PROCESO JUDICIAL.

Al término de un proceso penal que pudiera afectar a un miembro de la Comunidad Escolar, el Encargado de Convivencia, o quien el Rector designe, presentarán las resoluciones judiciales a la Dirección, con objeto de que esta se pronuncie sobre las materias vinculadas al fallo que deban ser resueltas en el ámbito del Colegio.

TÍTULO IXREGLAMENTO DEL VIAJE DE ESTUDIOS SEGUNDOS MEDIOS

Art. 48. OBJETIVO DE LA GIRA DE ESTUDIO.

La Gira de Estudio es parte de la formación integral del alumno del Verbo Divino. Por ello, el Colegio lo patrocina, apoya y se preocupa de que se organice y realice con la mayor seriedad y seguridad para sus alumnos. La Gira de estudio es de res-ponsabilidad de la Subdirección de AAEE, y en los casos de indisciplina graves, la Subdirección de Enseñanza Media tomará las medidas correspondientes al regreso de la Gira.

Art. 49. DISPOSICIONES GENERALES.

49.1. En el caso de que algún alumno padezca de una enfermedad preexistente ta-les como: diabetes, asma, etc., su apoderado deberá informar de esta al respectivo Profesor Jefe, y entregar un certificado que acredite la autorización médica para la realización del viaje y señalar los procedimientos y cuidados del caso.

49.2. En el caso de que algún alumno se encuentre en una situación psicológica de cuidado, el apoderado deberá autorizar expresamente la participación de su hijo en el viaje, y entregar un certificado actualizado por profesionales que recomienden el tratamiento y las precauciones a seguir.

49. 3. El alumno que esté en Seguimiento Disciplinario, paso de matrícula Condi-cional, coincidiendo con el momento de iniciar el viaje, no podrá participar en este.

Art. 50. ELEMENTOS GENERALES:

50.1. Durante el viaje el alumno deberá:• Mantener una buena conducta y comportamiento.• Obedecer a sus profesores, siguiendo las indicaciones que ellos determinen.• Mantener una actitud de responsabilidad como estudiante, participando en todas las actividades del viaje, previamente programadas.

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• Responsabilizarse del cuidado de su equipaje, dinero, teléfonos celulares, cámaras de video, cámaras fotográficas y otros artículos electrónicos.• Portar su cédula de identidad permanentemente durante el viaje.• Respetar los tiempos asignados a las distintas actividades, siendo especialmente puntual en el regreso al bus y al hotel.• Cuidar su aseo y presentación personal.• Responder ante cualquier daño que hubiese provocado a los bienes o dependen- cias utilizadas durante la Gira de Estudios, incluyendo el pago por aquellos daños o deterioros.• Ser respetuoso del patrimonio histórico, cultural y religioso.

50.2. Paseos en horarios libres:• Ingreso al hotel, sujeto a las indicaciones del Profesor Jefe.• Por seguridad se establece que todo desplazamiento en las localidades visitadas se haga en grupo y previo conocimiento y autorización del Profesor Jefe.

50.3. Restricciones y prohibiciones:• No fumar ni ingerir bebidas alcohólicas.• No producir ruidos, desórdenes y paseos nocturnos en los hoteles, con el objetivo de no importunar a las personas que se encuentran en este.• Restringir las visitas a familiares o amigos. El permiso para autorizar dichas visitas debe ser acordado previamente por los padres con el Profesor Jefe y otorgado con la debida antelación previa al viaje.• Evitar cualquier actitud o conducta que implique algún riesgo para su salud o inte- gridad física o la de sus compañeros• Abstenerse de efectuar paseos o visitas a lugares apartados y/o no aptos para menores de edad.• No comprar ni portar o consumir cualquier tipo de drogas.• No relacionarse con personas que trafican o consumen drogas.• No arrendar o conducir vehículos motorizados.• No comprar licores para llevar a sus familiares.• No comprar utensilios o juguetes que impliquen un riesgo físico, tanto para sí mismo como para otras personas.• No salir del hotel después del horario establecido.• No usar aros ni teñirse el cabello ni dejarse barba ni tatuarse ni realizar cualquier otra acción que atente contra la correcta presentación personal.

Art. 51. DISPOSICIONES FINALES:

51.1. Cada curso que participe de la Gira de Estudios deberá ser acompañado por dos profesores quienes –entre otras funciones y tareas propias de sus respectivos cargos-reportarán diariamente noticias sobre el viaje al Subdirector de AAEE, o en su defecto al Subdirector de Ciclo, con el objetivo de compartir información y/o

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coordinar acciones conjuntas en caso de problemas emergentes o imprevistos que haya que resolver mediante consulta a la Rectoría del Colegio, y que por lo tanto, no requieran decisiones rápidas e inmediatas durante el recorrido, para las cuales están facultados tanto el Profesor Jefe como el profesor acompañante.

51.2. En principio, corresponde al Profesor Jefe acompañar a su curso; si ello no fue-re posible, el profesor reemplazante lo designará la Rectoría del Colegio.51.3. Además del Profesor Jefe se designará a un profesor acompañante, que en con-junto estarán facultados para aplicar las sanciones reglamentarias que corresponda en caso de transgresión del presente reglamento.

51.4. El Profesor Jefe debe comunicarse en forma inmediata con las autoridades del Colegio, que en este caso corresponde a la Subdirección de Actividades Extra-programáticas, o en su defecto el Subdirector de Ciclo, para informar acerca de cualquier hecho grave o accidente que afecte a la delegación, para coordinar las decisiones que corresponda.

51.5. Al finalizar el viaje de estudios, el Profesor Jefe elaborará un informe y lo pre-sentará a las subdirecciones de AAEE y de Ciclo. En general, dicho reporte deberá relatar y evaluar: el itinerario cumplido, el servicio prestado por la empresa en-cargada, el comportamiento de los alumnos y eventuales medidas reglamentarias tomadas durante el viaje o que proponen aplicar al regreso del mismo. También se hará una autoevaluación del desempeño de ambos profesores y se aportarán suge-rencias para mejorar las giras de estudio en el futuro.

Art. 52. PERMISOS ESPECIALES

52.1. La normativa establecida en el siguiente Artículo es para situaciones excep-cionales. Para el Colegio del Verbo Divino es fundamental ceñirse a la normativa emanada del Ministerio de Educación en orden a cumplir rigurosamente con las semanas de clases lectivas de todos los alumnos con el objetivo de que éstos com-pleten satisfactoriamente su proceso de aprendizaje.

52.2. Las ausencias por viajes al extranjero deberán solicitarse por escrito al P. Rec-tor, al menos con dos semanas de anticipación, mediante carta o por correo elec-trónico. La familia se comprometerá a que el alumno asuma el compromiso de ponerse al día en sus tareas escolares y en las evaluaciones pendientes.

52.3. En el caso de los alumnos que van a intercambio, el apoderado deberá solicitar por escrito la autorización al P. Rector, al menos un mes antes, mediante carta o por correo electrónico.

52.4. El Colegio podrá dar facilidades para que el alumno se reincorpore al año

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siguiente. La familia se comprometerá a que el alumno asuma el compromiso de ponerse al día en los contenidos curriculares tratados en el periodo de ausencia, en particular si el intercambio solicitado afecta parte del año lectivo.

52.5. La Rectoría del Colegio responderá por escrito a estas solicitudes dentro de 5 días hábiles a partir de su recepción.

52.6. La Subdirección de Ciclo y la Coordinación Académica de Ciclo, serán infor-madas por Rectoría acerca de la decisión tomada en cualquiera de los casos ante-riores.

52.7. El Profesor Jefe y los profesores de asignatura recibirán oportunamente dicha información de parte de sus respectivas instancias directivas, con el objetivo de asumir las providencias del caso debido a esta ausencia.

TITULO XNORMAS DE DIFUSIÓN Y REVISIÓN DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

Art. 53 ESTADO DE VIGENCIA:Los formatos vigentes del presente Reglamento, Protocolos de Acción y/o docu-mentos anexos que lo constituyen estarán a disposición de la comunidad escolar en la página web del Colegio.

Art. 54 SOLICITUD DE CREACIÓN, MODIFICACIÓN O ELIMINACIÓN

Los integrantes de la comunidad escolar tienen la facultad de proponer fundada-mente actualizaciones, cambios, reemplazos y/o eliminaciones de elementos par-ciales o totales del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, Protocolos de ac-ción y/o documentos anexos que lo constituyen. Tales solicitudes deben remitirse por escrito al Encargado de Convivencia Escolar o a quien lo subrogue.

Art. 55 REVISIÓN DE SOLICITUDES

55.1. Las solicitudes recibidas serán revisadas por la Dirección de Formación, la cual se decidirá si estas son “Aceptadas”, “Aceptadas con modificaciones” o “Rechaza-das”. Lo resuelto deberá ser validado por el Rector o quien lo subrogue.

55.2. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Formación realizará una revisión anual de los instrumentos de convivencia escolar en ejercicio, con objeto de realizar los ajus-tes que fueran pertinentes para garantizar su vigencia y adecuación a las prácticas re-gulares del Colegio. ”. Lo resuelto deberá ser validado por el Rector o quien lo subrogue.

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Art. 56 REGISTRO DE CAMBIOS

56.1. Cualquier instrumento de Convivencia Escolar que sea generado o interveni-do, deberá modificar también el número correspondiente a su versión:a) Los documentos o registros nuevos deberán llevar consignado en su esquina superior derecha la nomenclatura “Versión 1.0”. Como subtitulo a la versión se indi-cará el año en que se emitió el documento en cuestión.b) Los documentos antiguos, que sean modificados dentro de un mismo año calen-dario, aumentarán en una décima el numeral de su versión. Ej. De “Versión 1.0” a “Versión 1.1”. Como subtitulo a la versión se indicará el año y mes en que se modificó el documento en cuestión.c) Los documentos antiguos, que sean modificados en un año calendario posterior a la fecha de su emisión, aumentarán en un dígito entero el numeral de su versión. Ej: De “Versión 1.0” a “Versión 2.0”. Como subtitulo a la versión se indicará el año en que se modificó el documento en cuestión.

56.2. La responsabilidad de realizar está acción le corresponderá al Encargado de Convivencia Escolar o a quien lo subrogue.

56.3. Tanto el nombre de los documentos y registros institucionales, como sus cambios o ajustes expresados en “versiones” de estos, quedarán registrados en un Listado Maestro de Documentos y Registros. Tal instrumento consignará, además, una Bitácora de todas las versiones anteriores a la que se encuentre en vigencia y su actualización y ulterior publicación será responsabilidad del Encargado de Con-vivencia Escolar.

56.4. Los cambios realizados a la reglamentación de convivencia escolar, así como la creación de otras normativas que sean requeridas, serán validados a través de medios de acuse recibo por parte de los apoderados, publicación en la página web del Colegio, envío de copias al Mineduc e ingreso de versiones digítales (cuando co-rresponda) al Sistema de Información de la Gestión Educativa (SIGE) del Ministerio de Educación.

Art. 57 DIFUSIÓN:

57.1. Los Reglamentos, normativas y protocolos de Convivencia vigentes serán pu-blicados en sitio web del Ministerio de Educación http://www.mime.mineduc.cl (Ficha de Establecimiento RBD 8888). También se mantendrá una copia digitalizada en la página web del Colegio, www.cvd.cl)

57.2. Al matricularse un Apoderado se le proporcionará una copia vigente, íntegra, del presente Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. Asimismo, todos los

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cambios y/o actualizaciones que se realicen al presente Reglamento serán informa-dos debidamente a la comunidad escolar, siendo, al mismo tiempo, publicados en la página web del Colegio.

57.3. Los apoderados deberán firmar acuse recibo de la recepción del “Reglamento Interno y de Convivencia Escolar”.

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PROTOCOLOS DE ACCIONDEL REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

PROTOCOLO DE ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS

1. Las Actividades Extraprogramáticas reflejan la Misión y Visión del Colegio y están en concordancia con el perfil del alumno. Son instancias formativas y optativas, donde se exige el compromiso del alumno.

2. El Colegio ofrece en todos los niveles una gama muy variada de actividades, que intentan cubrir los diferentes aspectos del desarrollo y de las habilidades de los alumnos. Se ofrecen a los alumnos actividades: pastorales, deportivas, científicas, artísticas, tecnológicas, musicales, culturales, de escoutismo, etc.

3. Todas las Actividades Extraprogramáticas que se realizan dentro y fuera del Cole-gio se regirán por el Manual de Convivencia y también por el Reglamento de Disci-plina. Estarán bajo la responsabilidad de la Subdirección respectiva.

4. Protocolos y Procedimientos relacionados con las Actividades Extraprogra-máticas.

• Se incluyen en este punto: salidas de scouts (en el país y el extranjero); de seleccio-nes deportivas; de conjuntos musicales, corales e instrumentales, solistas y otros; cursos en convivencia y actividades culturales; Sociedad de Debate; grupos de alumnos en actividades pastorales y de Acción Misionera Verbita; retiros de curso; salidas de nivel con fines pedagógicos; grupos de baile; participantes en certámenes o concursos de actualidad; y cualquier otra salida de alumno o grupo de alumnos, cuya actividad sea organizada por el CVD.• La Subdirección de AAEE deberá informar a los padres y apoderados en qué con-siste la actividad, tiempos utilizados, medios de trasportes, etc. Para este propósito, el apoderado deberá firmar una carta que autorice toda salida en que participe su hijo. • La actividad debe tener un nombre, contenidos, objetivos, metodología y forma de evaluación.• La actividad debe contar con profesor/es responsable/s, según la cantidad de alumnos involucrados (20 alumnos por profesor aproximadamente).• Con antelación debe señalarse el destino, el lugar de la actividad, la hora de sa-lida y de regreso al Colegio. Adjuntando la lista de los alumnos participantes y los nombres de los profesores responsables acompañados de sus números de teléfonos móviles.• Se establecerá el lugar del Colegio (Portería) desde donde saldrá el transporte y al que regresará. De esto tendrán la información los respectivos porteros.• Se debe dejar registro en portería principal de la actividad, mediante correo elec-

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trónico enviado desde la Secretaría de las AAEE, en donde figura toda la informa-ción antes mencionada.• Se debe enviar la solicitud de salida a través del Formulario de Salidas, que está en la Secretaría de AAEE con dos días de anticipación a la misma secretaria para coordinar la movilización.• En el caso de que una salida coincida con pruebas calendarizadas, se dará prioridad a la prueba, suspendiéndose o cambiando el horario de la salida. De involucrar solo a algunos alumnos, estos no podrán asistir.• En el caso de que una salida coincida con pruebas calendarizadas, y esta salida sea el resultado de un proceso de participación anterior (competencias, certámenes, torneos u otro tipo de participación por etapas), se sugiere flexibilizar la norma anterior para que el alumno represente al CVD, postergando la prueba en cuestión.• En el caso de que la salida se realice durante las horas de clases, el Subdirector de AAEE informará a la respectiva Coordinación Académica de Ciclo y esta verificará la pertinencia de la salida, según la programación académica.• Todas las actividades serán, en lo posible, calendarizadas.• Las actividades emergentes serán debidamente informadas.• En todos los casos de salida, se debe enviar una copia a la Subdirección de Convi-vencia Escolar.• Se debe informar a los Subdirectores de Ciclo y a los respectivos Profesores Jefes, cuando alumnos de su Ciclo/cursos participen en estas salidas.

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PROTOCOLO DE ACTIVIDADES DE CONVIVENCIA

1. Actividad de Convivencia: Son aquellas que permiten el esparcimiento, mejora las relaciones interpersonales entre los alumnos, profesores y apoderados, propi-cian un ambiente de camaradería, se fortalecen los lazos de amistad, haciendo vida los valores propuestos por el Colegio.

2. Convivencia del Profesor Jefe con su curso en los recintos el Colegio:• Queda estrictamente prohibido el tabaco y el consumo de bebidas alcohólicas.• Para realizar una convivencia de curso, es el Profesor Jefe quien se responsabiliza de esta actividad.• El Profesor Jefe, en primer lugar, solicita por escrito la autorización al Subdirector respectivo para la realización de esta actividad, indicando los objetivos formativos, cuándo y dónde se desarrollará la convivencia, entre otros datos pertinentes, para el buen desarrollo de esta actividad.• Es el Profesor Jefe quien organiza la convivencia, junto con su directiva de curso.• El Profesor Jefe y su directiva de curso, son responsables por el buen uso de los espacios utilizados y en caso de daño, los alumnos asumirán los costos de repara-ción, reposición, etc.• Al finalizar la convivencia, el Profesor Jefe supervisará que su curso deje limpio y ordenado el espacio e implementos utilizados.• Si un grupo no respeta las normas establecidas, el Colegio se reserva el derecho de restringir o prohibir eventuales convivencias para ese curso.

3. Convivencia de apoderados en los recintos el Colegio.• Queda estrictamente prohibido el consumo de tabaco y de bebidas alcohólicas.• El Delegado de Curso debe coordinarse con el Profesor Jefe, para los efectos de dicho evento social, acordando objetivos y procedimientos, fecha, hora, implemen-tación, requerimientos, entre otros recursos para el éxito de esta actividad.• En caso de que el Profesor Jefe sea invitado a participar en dicha actividad, podrá asistir o bien excusarse, de acuerdo con sus posibilidades personales y familiares.• Se debe contar con la autorización de la Subdirección correspondiente; esta se solicita por escrito en la Secretaría de subdirecciones, mediante la gestión del Pro-fesor Jefe.• La directiva de curso se responsabiliza por el buen uso del espacio y de la imple-mentación respectiva.• Si un grupo no respeta las normas establecidas, el Colegio se reserva el derecho de restringir o prohibir eventuales convivencias para ese curso.• Al término de la convivencia, debe quedar todo limpio, ordenado y, además, los Delegados de Curso deberán comunicarse con el Profesor Jefe para evaluar la activi-dad, esté o no presente, en especial si ha ocurrido algún incidente, para los efectos del reporte correspondiente a la Subdirección de Ciclo.

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PROTOCOLO DE ACCIDENTES ESCOLARES

1. Accidentes escolares en el patio:• El integrante de la comunidad educativa del Colegio del Verbo Divino, que se en-cuentre en el lugar de un accidente ocurrido a otro integrante, sea niño, joven o adulto, deberá mantenerse en el lugar sin movilizar al accidentado. Él/ella será quien gestione en ese momento y con premura el apoyo de Inspectoría y la llegada de Enfermería.• Solicitar apoyo inmediato al personal de Enfermería para que concurra al lugar del accidente. No evaluar la gravedad de la situación; exclusivamente Enfermería está especialmente capacitada para ello.• Solicitar apoyo de Inspectoría para despejar la zona y mantener la calma en el resto del alumnado.• Ante todo mantener la calma, el accidentado se sentirá vulnerable y se deberá ayudar a calmarlo.

2. Accidentes en las salas y otras dependencias (casino, talleres, gimnasio, igle-sia):• El Profesor Jefe o el profesor de asignatura presente atenderá la situación.• El profesor asistente o en última instancia dos de los alumnos deberán contactarse con el inspector de su ciclo para informar de la situación.• El Inspector correspondiente solicitará apoyo inmediato al personal de Enfermería en el lugar del accidente.• No determinar la gravedad del accidente ni movilizar al accidentado. Enfermería está especialmente capacitada para ello.• Ante todo mantener la calma, recordar que el accidentado se sentirá vulnerable y se deberá ayudar a calmarlo.

3. ¿Cuándo activar este protocolo? En caso de:• Dolor. Ya sea dolor en reposo, al tacto, al movimiento o a la descarga de peso (apoyarse). Uno de los principios de la atención es siempre creer cuando hay dolor. Nunca poner en duda lo que siente la persona, aunque parezca que está exageran-do; eso lo determinará un examen más exhaustivo que debe realizar la enfermera.• Compromiso de conciencia. El niño responde con dificultad a sus preguntas (¿Cómo estás? ¿Cómo te llamas? ¿Qué te duele? ) Mientras concurre Enfermería, solo observar el estado general del accidentado, ya que podría estar inconsciente, semiconsciente y/o si se observa confuso o desorientado.• Convulsiones.• Caídas o golpes que comprometan/involucren la cabeza (incluyendo la cara), cue-llo y columna.• Mareos, inestabilidad para desplazarse.• Heridas abiertas, sangramiento. Quien se encuentre presente deberá realizar ma-niobras de compresión para evitar pérdida del volumen sanguíneo.

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• Compromiso óseo, articular y/o muscular (luxaciones, esguinces, ruptura de liga-mentos, desgarros, fracturas).• Edema (hinchazón) y hematoma (moretón).• Cuerpos extraños en vías auditivas y/o respiratorias. En caso de ahogo/asfixia, quien se encuentre presente deberá realizar maniobra Heimlich.• Enfermedades contagiosas.

4. Comunicación con Enfermería:• Las enfermeras deberán asistir a todos los accidentes de acuerdo al protocolo. La asistencia al accidentado no deberá ser realizada vía telefónica o por radio.• Enfermería dispondrá de un kit de primeros auxilios listo para cualquier eventua-lidad, con el que deberá asistir a cualquier situación.

5. Traslado del accidentado:• La enfermera determinará la modalidad de traslado del enfermo (según la eva-luación del compromiso del accidentado y las condiciones del accidente): silla de ruedas, camilla, tabla espinal o se inmovilizará en el lugar del accidente, para ser retirado directamente por la ambulancia. En el caso que necesite de una camilla, las enfermeras solicitarán la presencia de dos camilleros provenientes del área auxiliar (entrenados especialmente para estos eventos).Comunicarse con frecuencia radial y solicitarlos.• Todas las medidas durante un accidente deben ser supervisadas y coordinadas directamente por una enfermera.• En aquellos casos en que los padres o el apoderado no puedan llegar a tiempo al Colegio, y sea necesario un traslado a un centro asistencial, lo acompañará un fun-cionario del Colegio, quien tomará contacto con ellos en la misma clínica o centro asistencial.

6. Permanencia en enfermería:• Durante el tiempo que el accidentado permanezca en Enfermería deberá ser acompañado solo por un adulto, quien no deberá interferir en la atención de la enfermera.

7. Información del accidente:• Una vez estabilizado el paciente y realizadas las atenciones correspondientes, la Enfermería avisará al apoderado, y si es necesario se le llevará a un servicio de ur-gencia vía ambulancia. Asimismo, el Inspector informará al Subdirector de Convi-vencia Escolar y al Subdirector de Ciclo.

8. Apoyo de inspectores en Enfermería:• En el caso del traslado del enfermo hacia la zona de la Enfermería, se solicitará la presencia de un Inspector que colabore en la contención de los acompañantes del accidentado y además informe a quien tenga vínculo con el accidentado.

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PROTOCOLO DE MALTRATO ESCOLAR ENTRE PARES

Definición: Cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, oral, gestual, a través de imágenes, sonidos y/o formatos audiovisua-les, gráficos, o a través de medios personales, electrónicos, tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:• Provocar el temor razonable al afectado de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos funda-mentales;• Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo• Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afec-tivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

Generalidades: Los procedimientos descritos en este Protocolo se derivan de lo seña-lado en el título VII del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar (“Protocolo Base para Manejo de Faltas Reglamentarias”)

Garantías del debido proceso: Los involucrados en las acciones de este protocolo tie-nen el derecho a que se presuma su inocencia, a ser escuchados, a presentar descargos y a que las resoluciones puedan ser revisadas o apeladas según corresponda.

1) FASE DENUNCIA: Todo integrante de la Comunidad Escolar puede denunciar maltra-to escolar contando con 24 hrs. para hacerlo desde conocido el hecho.

Pueden recibir denuncias: • Todos los funcionarios del Colegio Verbo Divino

Procedimiento de recepción:• Registrar por escrito el contenido de la denuncia.• Informar al Profesor Jefe de los involucrados entregándole copia del registro. En su defecto, al SubDirector de Ciclo que corresponda.

2) FASE INDAGACIÓN: Debe contemplar un máximo de 15 días hábiles (prorrogables a petición de las partes)

Responsables de la Indagación:• El Profesor Jefe en primera instancia.• En segunda instancia, si el Profesor Jefe no pudiera hacer la indagación, ésta la hará el Inspector de Nivel o bien se designará a un Profesor de Asignatura u otro Directivo.• En situaciones de especial gravedad o complejidad, en forma excepcional, la indaga-ción será realizada por el Sub-Director de Ciclo que corresponda o por el Encargado de Convivencia Escolar.

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Procedimientos generales de Indagación:a) Principales:• Escuchar la versión de los involucrados y/o sus posibles descargos.• Informar a los apoderados de los involucrados.b) Optativos:• Entrevistar testigos u otras personas que puedan aportar antecedentes relevantes (es-pecialmente a los apoderados). • Solicitar evaluaciones profesionales internas según se estime pertinente.• Revisar registros, documentos, informes, etc., atingentes al hecho.• Solicitar a funcionarios del Colegio diversos tipos de diligencias destinadas al esclare-cimiento de la denuncia.• Solicitar la asesoría del Psicólogo, Orientador o del Profesor de Asignatura.

• Nota: El Sub-Director de Ciclo podrá, en esta fase, convocar a un Consejo Asesor de carácter consultivo para que estos colaboren con la clarificación de la situación. Tal Consejo podrá estar constituido por el o los profesores jefes de los involucrados, psicólogo del Ciclo, psicólogo de con-vivencia, inspector de nivel y/o coordinador de orientación del Ciclo respectivo.

Otras medidas preventivas o cautelares* (optativas)*Aplicables de modo excepcional para apoyar los procedimientos. No constituyen sanción.

• Proporcionar apoyo psicológico y/o psicopedagógico con profesionales internos.• Proporcionar tutoría o reforzamiento pedagógico con profesionales internos.• Indicar la mantención del estudiante en su hogar por un período convenido con su apoderado (máximo de tres días) proporcionando orientación y/o apoyo pedagógico durante la aplicación de esta acción.• Sugerir la derivación a profesionales externos para evaluaciones y/o intervenciones de carácter psicológico, psicopedagógico, médico, etc, según corresponda.

3) FASE RESOLUCIÓN: Debe contemplar un máximo de 5 días hábiles.

Responsable:• El Profesor Jefe en primera instancia.• Si el Profesor Jefe no pudiera realizar en esta etapa del Protocolo ésta debiese ser ejecutada por el Inspector del Nivel o bien un profesor de asignatura u otro directivo.• En situaciones de especial gravedad o complejidad, en forma excepcional, este proce-dimiento será realizado por el Sub-Director de Ciclo que corresponda.

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Procedimiento de Resolución:• La persona designada ponderará los medios de prueba que tenga a la vista, así como también, las posibles atenuantes y/o agravantes presentes en la situación.• El Sub-Director podrá, si lo estima pertinente, convocar en esta fase a una o más per-sonas, a modo de consulta para que éstas aporten elementos de juicio que contribuyan a la búsqueda de una resolución adecuada a los hechos y circunstancias, entre los cuales podrían ser consultadas el o los profesores jefes de los involucrados, psicólogo de convi-vencia, inspector de nivel y/o coordinador de orientación del Ciclo respectivo.• En el caso que se determine que la falta y su autor se encuentran confirmadas, en base a los medios de prueba presentados, la persona que realiza el procedimiento tendrá facultades amplias para recomendar una o más medidas conjuntas, congruentes con el tipo y gravedad de la falta (pasos disciplinarios, medidas disciplinarias, medidas peda-gógicas, etc.).• Las propuestas de resolución sólo podrán contemplar medidas pedagógicas y/o disci-plinarias establecidas en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar para tal tipo de infracciones.

Finalización del procedimiento:1) Para denuncias que no se pudieron confirmar o desestimar, se podrá hacer, entre otras alternativas:• Realizar acciones de promoción de buena convivencia y/o prevención del maltrato es-colar en los cursos de los estudiantes que estuvieron involucrados en el procedimiento.• Dejar el procedimiento en calidad de suspendido por el período de un semestre. Si no se presentaran nuevos antecedentes al término de ese período, se resolverá el cierre definitivo de este.• Otras

2) Para denuncias que fueron desestimadas:• Informar lo resuelto a las partes involucradas.• Cerrar el procedimiento realizado

3) Para denuncias confirmadas:• Presentar la confirmación de la denuncia a las partes.• Atender nuevos antecedentes que se pudieran presentar.• Evaluar los antecedentes disponibles y resolver conforme al procedimiento señalado en el Art. 41 del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.• Presentar la(s) resolución(es) a los afectados:a) Si los involucrados aceptan la resolución, se cierra el Protocolo.b) Si los involucrados no están de acuerdo con la resolución, se debe dar curso al proceso de revisión o apelación según corresponda.

Nota: Las propuestas deberán ser presentadas al Sub-Director de Ciclo que corresponda para que este las revise y valide como resolución de primera instancia. En caso de que el Sub-Director haya conducido el protocolo, la resolución deberá ser validada por el Encargado de Convivencia Escolar.

4) FASE REVISIÓN/ APELACIÓN:

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Solicitud de Revisión:a) Puede solicitarse frente a la aplicación de pasos o medidas disciplinarias (excep-tuando la condicionalidad o cancelación de matrícula)b) Autoridad de Revisión: Sub-Director de Ciclo que corresponda o Encargado de Con-vivencia Escolar.c) Procedimiento: Hacer una presentación oral o carta de revisión de medida dentro de un plazo máximo de tres días hábiles desde que fuera comunicada la resolución. El Subdirector de Ciclo o el Encargado de Convivencia Escolar, según corresponda, res-ponderá en un plazo máximo de cinco días hábiles desde que fuera recibida la solicitud de revisión. Tal decisión será inapelable.

Presentación de Apelación:a) Puede presentarse frente a la Condicionalidad o Cancelación de Matrícula.b) Autoridad de Apelación: Rector o quien lo subrogue.c) Procedimiento: Enviar carta de Apelación de medida dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles desde que fuera comunicada la resolución. El Rector, o quien lo subrogue, responderá en un plazo máximo de diez días hábiles desde que fuera recibida la Apelación. La decisión del Rector será inapelable.

PROTOCOLO DE ACOSO ESCOLAR

Definición: Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agre-sión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudian-te, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición” (Ley General de Educación, art.16B).

Generalidades:Los procedimientos descritos en este Protocolo se derivan de lo señalado en el título VII del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar (“Protocolo Base para Manejo de Faltas Reglamentarias”)

Garantías del Debido proceso:Los involucrados en las acciones de este protocolo tienen el derecho a que se presuma su inocencia, a ser escuchados, a presentar descargos y a que las resoluciones puedan ser revisadas o apeladas según corresponda.

1) FASE DENUNCIA: Todo integrante de la Comunidad Escolar puede denunciar acoso escolar contando con 24 hrs. para hacerlo desde conocido el hecho.

Pueden recibir denuncias: • Todos los funcionarios del Colegio Verbo Divino

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Procedimiento de recepción:• Registrar por escrito el contenido de la denuncia.• Informar al Profesor Jefe de los involucrados entregándole copia del registro. En su defecto, al Sub-Director de Ciclo que corresponda.

2) FASE INDAGACIÓN: Debe contemplar un máximo de 15 días hábiles (prorrogables a petición de las partes).

Responsable de la indagación:• El Profesor Jefe en primera instancia.• En segunda instancia, si el Profesor Jefe no pudiera hacer la indagación, ésta la hará el Inspector de Nivel o bien se designará a un Profesor de Asignatura u otro Directivo.• En situaciones de especial gravedad o complejidad, en forma excepcional, la indaga-ción será realizada por el Sub-Director de Ciclo que corresponda o por el Encargado de Convivencia Escolar.

Procedimientos generales de Indagación:a) Principales:• Escuchar la versión de los involucrados y/o sus posibles descargos.• Informar a los apoderados de los involucrados.• Proporcionar apoyo psicológico y/o psicopedagógico con profesionales internos.b) 0ptativos:• Entrevistar testigos u otras personas que puedan aportar antecedentes relevantes (es-pecialmente a los apoderados). • Solicitar evaluaciones profesionales internas según se estime pertinente.• Revisar registros, documentos, informes, etc, atingentes al hecho.• Solicitar la asesoría del Psicólogo, Orientador o del Profesor de Asignatura.

Nota: El Sub-Director de Ciclo podrá, en esta fase, convocar a un Consejo Asesor de carácter consultivo para que estos colaboren con la clarificación de la situación. Tal Consejo podrá estar constituido por el o los profesores jefes de los involucrados, psicólogo del Ciclo, psicólogo de con-vivencia inspector de nivel y/o coordinador de orientación del Ciclo respectivo, inspector de nivel.

Otras medidas preventivas o cautelares* (optativas)*Aplicables de modo excepcional para apoyar los procedimientos. No constituyen sanción. •Proporcionar tutoría o reforzamiento pedagógico con profesionales internos.•Indicar la mantención del estudiante en su hogar por un período convenido con su apoderado (máximo de tres días) proporcionando orientación y/o apoyo pedagógico durante la aplicación de esta acción.• Sugerir la derivación a profesionales externos para evaluaciones y/o intervenciones de carácter psicológico, psicopedagógico, médico, etc., según corresponda.

3) FASE RESOLUCIÓN: Debe contemplar un máximo de 5 días hábiles (prorrogables a solicitud de las partes)

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Responsable:• El Profesor Jefe en primera instancia.• Si el Profesor Jefe no pudiera realizar en esta etapa del Protocolo ésta debiese ser ejecutada por el Inspector del Nivel o bien un profesor de asignatura u otro directivo.• En situaciones de especial gravedad o complejidad, en forma excepcional, este proce-dimiento será realizado por el Sub-Director de Ciclo que corresponda.

Procedimiento de Resolución:• La persona designada para proponer una resolución ponderará los medios de prueba que tenga a la vista, así como también, las posibles atenuantes y/o agravantes presentes en la situación.• El Sub-Director podrá si lo estima pertinente, convocar en esta fase a una o más perso-nas, a modo de consulta para que éstas aporten elementos de juicio que contribuyan a la búsqueda de una resolución adecuada a los hechos y circunstancias, entre los cuales podrían ser consultadas el o los profesores jefes de los involucrados, psicólogo de convi-vencia y/o coordinador de orientación del Ciclo respectivo.• En el caso que se determine que la falta y su autor se encuentran confirmadas, en base a los medios de prueba presentados, la persona que realiza el procedimiento tendrá facultades amplias para recomendar una o más medidas conjuntas, congruentes con el tipo y gravedad de la falta (pasos disciplinarios, medidas disciplinarias, medidas peda-gógicas, etc.).• Las propuestas de resolución sólo podrán contemplar medidas pedagógicas y/o disci-plinarias establecidas en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar para tal tipo de infracciones.

Finalización del procedimiento:1) Para denuncias que no se pudieron confirmar o desestimar, se podrá hacer, entre otras alternativas:• Realizar acciones de promoción de buena convivencia y/o prevención del acoso escolar en los cursos de los estudiantes que estuvieron involucrados en el procedimiento.• Dejar el procedimiento en calidad de suspendido por el período de un semestre. Si no se presentaran nuevos antecedentes al término de ese período, se resolverá el cierre definitivo de este.

2) Para denuncias que fueron desestimadas:• Informar lo resuelto a las partes involucradas.• Cerrar el procedimiento realizado

3) Para denuncias confirmadas:• Presentar la confirmación de la denuncia a las partes.• Atender versiones o nuevos antecedentes que se puedan presentar.• Evaluar los antecedentes disponibles y resolver conforme al procedimiento señalado en el Art. 41 del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.• Presentar la(s) resolución(es) a los afectados.a) Si los involucrados aceptan la resolución, se cierra el Protocolo.b) Si los involucrados no están de acuerdo con la resolución, se debe dar curso al proceso de revisión o apelación según correspondaNota: Las propuestas deberán ser presentadas al Sub-Director de Ciclo que corresponda para que este lo revise y valide como resolución de primera instancia. En caso de que el Sub Director haya conducido el protocolo, la resolución deberá ser validada por el Encargado de Convivencia Escolar.

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4) FASE REVISIÓN/ APELACIÓN:

Solicitud de Revisión:a) Puede solicitarse frente a la aplicación de pasos o medidas disciplinarias (excep-tuando la condicionalidad o cancelación de matrícula).b) Autoridad de Revisión: Sub-Director de Ciclo que corresponda o Encargado de Con-vivencia Escolar.c) Procedimiento: Hacer una presentación oral o carta de revisión de medida dentro de un plazo máximo de tres días hábiles desde que fuera comunicada la resolución. El Subdirector de Ciclo o el Encargado de Convivencia Escolar, según corresponda, res-ponderá en un plazo máximo de cinco días hábiles desde que fuera recibida la solicitud de revisión. Tal decisión será inapelable.

Presentación de Apelación:a) Puede presentarse frente a la Condicionalidad o Cancelación de Matrícula.b) Autoridad de Apelación: Rector o quien lo subrogue.c) Procedimiento: Enviar carta de Apelación de medida dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles desde que fuera comunicada la resolución. El Rector, o quien lo subrogue, responderá en un plazo máximo de diez días hábiles desde que fuera recibida la Apelación. La decisión del Rector será inapelable.

PROTOCOLO DE MALTRATO DE ALUMNO A FUNCIONARIO

Definición: Lo constituye cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por un estudiante a través de cualquier medio en contra de un funcionario del Colegio.

GeneralidadesLos procedimientos descritos en este Protocolo se derivan de lo señalado en el Título VII del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar (“Protocolo Base para Manejo de Faltas Reglamentarias”)

Garantías del debido proceso:Los involucrados en las acciones de este protocolo tienen el derecho a que se presuma su inocencia, a ser escuchados, a presentar descargos y a que las resoluciones puedan ser revisadas o apeladas según corresponda.

1) FASE DENUNCIA: Todo integrante de la Comunidad Escolar puede denunciar hechos de maltrato en contra de un funcionario realizados por alumno(s), contando con 24 hrs para hacerlo desde conocido el hecho.

Pueden recibir denuncias: • Todos los funcionarios del Colegio Verbo Divino

Procedimiento de recepción: • Registrar por escrito el contenido de la denuncia.• Informar al Profesor Jefe del o los alumnos involucrados entregándole copia del regis-tro. En su defecto, al Sub-Director de Ciclo que corresponda.

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2) FASE INDAGACIÓN: Debe contemplar un máximo de 15 días hábiles (prorrogables a petición de las partes)

Responsable de la indagación:• En primera instancia, el Sub-Director de Ciclo. En su defecto, el Encargado de Convi-vencia Escolar o quien lo subrogue.

Procedimientos generales de Indagación:a) Principales:• Escuchar la versión de los involucrados y/o sus posibles descargos.• Informar a los apoderados del alumno señalado como posible autor de la falta.• Indicar restricciones de contacto interpersonal entre el alumno y el funcionario.• Proporcionar apoyo al funcionario afectado con profesionales internos.b) Optativos:• Entrevistar testigos u otras personas que puedan aportar antecedentes relevantes. • Solicitar evaluaciones profesionales internas según se estime pertinente.• Revisar registros, documentos, informes, etc., atingentes al hecho.• Solicitar la asesoría del Psicólogo, Orientador o Profesor de Asignatura.Nota: El Sub-Director de Ciclo, o Encargado de Convivencia Escolar, podrá en esta fase, convocar a un Consejo Asesor de carácter consultivo para que estos colaboren con la clarificación de la situación. Tal Consejo podrá estar constituido por el o los profesores jefes de los involucrados, psicólogo del Ciclo, psicólogo de convivencia, inspector de nivel y/o coordinador de orientación del Ciclo respectivo.

Otras medidas preventivas o cautelares* (optativas)*Aplicables de modo excepcional para apoyar los procedimientos. No constituyen sanción. a) Respecto del alumno:• Indicar la mantención del alumno en su hogar por un período convenido con su apode-rado (máximo tres días) proporcionando orientación y/o apoyo pedagógico durante la aplicación de esta acción.• Sugerir la derivación del alumno a profesionales externos para evaluaciones y/o inter-venciones de carácter psicológico, psicopedagógico, médico, etc.., según corresponda.b) Respecto del funcionario afectado:• Sugerir derivación a profesionales externos para evaluaciones y/o intervenciones de carácter psicológico o médico según corresponda.

3) FASE RESOLUCIÓN: Debe contemplar un máximo de 5 días hábiles.

Responsable:• En primera instancia, el Sub-Director de Ciclo. En su defecto, el Encargado de Convi-vencia Escolar o quien lo subrogue.

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Procedimiento de Resolución:• La persona designada para proponer una resolución ponderará los medios de prueba que tenga a la vista, así como también, las posibles atenuantes y/o agravantes presentes en la situación.• El Sub-Director podrá si lo estima pertinente, convocar en esta fase a una o más perso-nas, a modo de consulta para que éstas aporten elementos de juicio que contribuyan a la búsqueda de una resolución adecuada a los hechos y circunstancias, entre los cuales podrían ser consultadas el o los profesores jefes de los involucrados, psicólogo de convi-vencia inspector de nivel y/o coordinador de orientación del Ciclo respectivo.• En el caso que se determine que la falta y su autor se encuentran confirmadas, en base a los medios de prueba presentados, la persona que realiza el procedimiento tendrá facultades amplias para recomendar una o más medidas conjuntas, congruentes con el tipo y gravedad de la falta (pasos disciplinarios, medidas disciplinarias, medidas peda-gógicas, etc.).• Las propuestas de resolución sólo podrán contemplar medidas pedagógicas y/o disci-plinarias establecidas en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar para tal tipo de infracciones.

Finalización del procedimiento:1) Para denuncias que no se pudieron confirmar o desestimar, se podrá hacer, entre otras alternativas:• Realizar acciones de promoción de buena convivencia y/o prevención del maltrato en los cursos de los estudiantes que estuvieron involucrados en el procedimiento.• Dejar el procedimiento en calidad de suspendido por el período de un semestre. Si no se presentaran nuevos antecedentes al término de ese período, se resolverá el cierre definitivo de este.• Otras2) Para denuncias que fueron desestimadas:• Informar lo resuelto a las partes involucradas.• Cerrar el procedimiento realizado3) Para denuncias confirmadas:• Presentar la confirmación de la denuncia a las partes.• Atender a las versiones o nuevos antecedentes que se puedan presentar.• Evaluar los antecedentes disponibles y resolver conforme al procedimiento señalado en el Art. 41 del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.• Presentar la resolución a los afectados.a) Si los involucrados aceptan la resolución, se cierra el Protocolo.b) Si los involucrados no están de acuerdo con la resolución, se debe dar curso al proceso de revisión o apelación según corresponda.

Nota: Las resoluciones deberán ser presentadas al Encargado de Convivencia Escolar para que este lo revise y valide como resolución de primera instancia. En caso de que este haya conducido el protocolo, la resolución deberá ser validada por el Director de Formación.

4) FASE REVISIÓN/ APELACIÓN:

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Solicitud de Revisión:a) Puede solicitarse frente a la aplicación de pasos y medidas disciplinarias (excep-tuando la condicionalidad o cancelación de matrícula).b) Autoridad de Revisión: Director de Formación o quien lo subrogue.c) Procedimiento: Hacer una presentación oral o carta de revisión de medida dentro de un plazo máximo de tres días hábiles desde que fuera comunicada la resolución. El Di-rector de Formación, o quien lo subrogue; responderá en un plazo máximo de cinco días hábiles desde que fuera recibida la solicitud de revisión. Tal decisión será inapelable.

Presentación de Apelación: a) Puede presentarse frente a la Condicionalidad o Cancelación de Matrícula.b) Autoridad de Apelación: Rector o quien lo subrogue.c) Procedimiento: Enviar carta de Apelación de medida dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles desde que fuera comunicada la resolución. El Rector, o quien lo subrogue, responderá en un plazo máximo de diez días hábiles desde que fuera recibida la Apelación. La decisión del Rector será inapelable.

PROTOCOLO DE MALTRATO DE ADULTO A ESTUDIANTE(No constitutivo de delito)

Definición: Lo constituye cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante del Colegio, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea Director, docente, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante.

Generalidades:Los procedimientos descritos en este Protocolo se derivan de lo señalado en el Título VII del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar (“Protocolo Base para Manejo de Faltas Reglamentarias”)

Garantías del Debido proceso:Los involucrados en las acciones de este protocolo tienen el derecho a que se presuma su inocencia, a ser escuchados, a presentar descargos y a que las resoluciones puedan ser revisadas o apeladas según corresponda.

1) FASE DENUNCIA: Todo integrante de la Comunidad Escolar puede denunciar hechos de maltrato de un adulto en contra de un estudiante, contando con 24 hrs para hacerlo desde conocido el hecho.

Pueden recibir denuncias: • Todos los funcionarios del Colegio Verbo Divino

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Procedimiento de recepción:• Registrar por escrito el contenido de la denuncia.• Informar al Profesor Jefe de el o los alumnos involucrados entregándole copia del registro al Sub- Director de Ciclo que corresponda, quien deberá, en primera instancia, hacerse cargo del procedimiento.

2) FASE INDAGACIÓN: Debe contemplar un máximo de 15 días hábiles (prorrogables a petición de las partes)

Responsable de las indagaciones: • En primera instancia, el Sub-Director de Ciclo. En su defecto, el Encargado de Convi-vencia Escolar o quien lo subrogue.

Procedimientos generales de Indagación: a) Principales:• Escuchar la versión de los involucrados y/o sus posibles descargos.• Informar a los apoderados del o los alumnos involucrados.• Indicar medidas cautelares que salvaguarden la integridad del menor supuestamente afectado.• Proporcionar apoyo psicológico y/o psicopedagógico al alumno con profesionales in-ternos según corresponda.b) Optativos:• Entrevistar testigos u otras personas que puedan aportar antecedentes relevantes (es-pecialmente a los apoderados del alumno afectado). • Solicitar evaluaciones profesionales internas según se estime pertinente.• Revisar registros, documentos, informes, etc., atingentes al hecho.• Solicitar la asesoría del Psicólogo, Orientador, Profesor de Asignatura.

Nota: El Sub-Director de Ciclo o Encargado de Convivencia podrá, en esta fase, convocar a un Consejo Asesor de carácter consultivo para que estos colaboren con la clarificación de la situación. Tal Consejo podrá estar constituido por el o los profesores jefes de los involucrados, psicólogo del Ciclo, psicólogo de convivencia, inspector de nivel y/o coordinador de orientación del Ciclo respectivo.

Otras medidas preventivas o cautelares* (optativas)*Aplicables de modo excepcional para apoyar los procedimientos. No constituyen sanción. • Indicar la mantención del alumno en su hogar por un período convenido con su apode-rado (máximo de tres días) proporcionando orientación y/o apoyo pedagógico durante la aplicación de esta acción.• Sugerir la derivación del alumno a profesionales externos para evaluaciones y/o inter-venciones de carácter psicológico, psicopedagógico, médico, etc., según corresponda.

3) FASE RESOLUCIÓN: Debe contemplar un máximo de 5 días hábiles

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Responsable:• En primera instancia, el Sub-Director de Ciclo. En su defecto, el Encargado de Convi-vencia Escolar o quien lo subrogue.

Procedimiento de Resolución:• La persona designada para propone una resolución ponderará los medios de prueba que tenga a la vista, así también, las posibles atenuantes y/o agravantes presentes en la situación.• El Sub-Director podrá si lo estima pertinente, convocar en esta fase a una o más perso-nas, a modo de consulta para que éstas aporten elementos de juicio que contribuyan a la búsqueda de una resolución adecuada a los hechos y circunstancias, entre las cuales po-drían ser consultadas profesores jefes y/o de asignatura, psicólogo del Ciclo, inspector del nivel, psicólogo de convivencia y/o coordinador de orientación del Ciclo respectivo.• En el caso que se determine que la falta y su autor se encuentran confirmados, en base a los medios de prueba presentados, la persona que realiza el procedimiento tendrá facultades amplias para recomendar una o más medidas conjuntas, congruentes con el tipo y gravedad de la falta.• Las propuestas de resolución finales en situaciones de maltrato de un adulto a un alum-no deberán considerar lo siguiente: a) En el caso de un funcionario en calidad de autor: Se podrán aplicar las medidas establecidas para estos efectos en el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, acuerdos contractuales y/o normativas legales que sean atin-gentes; b)En el caso de que el autor fuera un apoderado, la resolución se definirá confor-me a lo señalado en el Ar. 36 del presente Reglamento.

Finalización del procedimiento: 1) Para denuncias que no se pudieron confirmar o desestimar, se podrá hacer, entre otras alternativas:• Realizar acciones de promoción de buena convivencia y/o prevención del maltrato en los cursos de los estudiantes que estuvieron involucrados en el procedimiento.• Dejar el procedimiento en calidad de suspendido por el período de un semestre. Si no se presentaran nuevos antecedentes al término de ese período, se resolverá el cierre definitivo de este.• Otras2) Para denuncias que fueron desestimadas:• Informar lo resuelto a las partes involucradas.• Cerrar el procedimiento realizado3) Para denuncias confirmadas:• Presentar la confirmación de la denuncia a las partes.• Atender a las versiones o nuevos antecedentes que se puedan presentar.• Evaluar los antecedentes disponibles y resolver la medida a aplicar conforme a la con-dición del posible autor: Apoderado o Funcionario del Colegio.• Presentar la(s) resolución(es) a los afectados.a) Si los involucrados aceptan la resolución, se cierra el Protocolo.b) Si los involucrados no están de acuerdo con la resolución, se debe dar curso al proceso de revisión o apelación según corresponda.Nota: Las resoluciones deberán ser presentadas al Encargado de Convivencia Escolar para que este lo revise y valide como resolución de primera instancia. En caso de que este haya conducido el protocolo, la resolución deberá ser validada por el Director de Formación.

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4) FASE APELACIÓN:

Presentación de Apelación:a) Puede solicitarse frente a las medidas disciplinarias aplicadas al adulto señalado como autor de la falta.b) Autoridad de Apelación: Rector o quien lo subrogue.c) Procedimiento: Enviar carta de Apelación de medida dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles desde que fuera comunicada la resolución. El Rector, o quien lo subrogue, responderá en un plazo máximo de diez días hábiles desde que fuera recibida la Apelación. La decisión del Rector será inapelable.

PROTOCOLO DE MALTRATO DE APODERADO A FUNCIONARIO(No constitutivo de delito)

Definición: Lo constituye cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un funcionario del Colegio, realizada por un apoderado del mismo establecimiento.

Generalidades:Los procedimientos descritos en este Protocolo se derivan de lo seña-lado en el título VII del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar (“Protocolo Base para Manejo de Faltas Reglamentarias”)

Garantías del Debido proceso:Los involucrados en las acciones de este protocolo tienen el derecho a que se presuma su inocencia, a ser escuchados, a presentar descargos y a que las resoluciones puedan ser revisadas o apeladas según corresponda.

1) FASE DENUNCIA: Todo integrante de la Comunidad Escolar puede denunciar hechos de maltrato de un apoderado en contra de un funcionario, contando con 24 hrs para hacerlo desde conocido el hecho.

Pueden recibir denuncias: • Todos los funcionarios del Colegio Verbo Divino

Procedimiento de recepción:• Registrar por escrito el contenido de la denuncia.• Informar al Encargado de Convivencia Escolar o a quien lo subrogue.

2) FASE INDAGACIÓN: Debe contemplar un máximo de 15 días hábiles (prorrogables a petición de las partes)

Responsable de la indagación:• En primera instancia, el Sub-Director de Ciclo. En su defecto, el Encargado de Convi-vencia Escolar o quien lo subrogue.

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Procedimientos generales de Indagación:a) Principales:• Escuchar la versión de los involucrados y/o sus posibles descargos.• Informar a la jefatura del funcionario afectado.• Indicar restricciones de contacto interpersonal entre el funcionario y el apoderado señalado como supuesto autor de la falta.• Proporcionar apoyo u orientación al funcionario con profesionales internos.b) Optativos:• Entrevistar testigos u otras personas que puedan aportar antecedentes relevantes • Solicitar evaluaciones profesionales internas según se estime pertinente.• Revisar registros, documentos, informes, etc., atingentes al hecho.• Solicitar la asesoría institucional del Psicólogo, Orientador o Profesor de Asignatura.

Nota: El Sub-Director de Ciclo o Encargado de Convivencia podrá, en esta fase, convocar a un Consejo Asesor de carácter consultivo para que estos colaboren con la clarificación de la situación. Tal Consejo podrá estar constituido por el o los profesores jefes de los involucrados, psicólogo del Ciclo, psicólogo de convivencia y/o coordinador de orientación del Ciclo respectivo, inspector de nivel.

Otras medidas preventivas o cautelares* (optativas)*Aplicables de modo excepcional para apoyar los procedimientos. No constituyen sanción. • Sugerir la derivación del funcionario a profesionales externos para evaluaciones y/o intervenciones de carácter psicológico, médico, etc., según corresponda.

3) FASE RESOLUCIÓN: Debe contemplar un máximo de 5 días hábiles

Responsable:• En primera instancia, el Sub-Director de Ciclo. En su defecto, el Encargado de Convi-vencia Escolar o quien lo subrogue.

Procedimiento de Resolución:• La persona designada para propone una resolución ponderará los medios de prueba que tenga a la vista, así también, las posibles atenuantes y/o agravantes presentes en la situación.• El Sub-Director podrá si lo estima pertinente, convocar en esta fase a una o más perso-nas, a modo de consulta para que éstas aporten elementos de juicio que contribuyan a la búsqueda de una resolución adecuada a los hechos y circunstancias, entre las cuales po-drían ser consultadas profesores jefes y/o de asignatura, psicólogo del Ciclo, inspector del nivel, psicólogo de convivencia y/o coordinador de orientación del Ciclo respectivo.• En el caso que se determine que la falta y su autor se encuentran confirmados, en base a los medios de prueba presentados, la persona que realiza el procedimiento tendrá facultades amplias para recomendar una o más medidas conjuntas, congruentes con el tipo y gravedad de la falta.• Las propuestas de resolución finales en situaciones de maltrato de un apoderado a un funcionario deberán considerar la posibilidad de recomendar una o más de las medidas señaladas en el Art.36 del presente Reglamento.

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Finalización del procedimiento:1) Para denuncias que no se pudieron confirmar o desestimar, se podrá hacer, entre otras alternativas:• Realizar acciones de promoción de buena convivencia y/o prevención del maltrato en las relaciones humanas.• Dejar el procedimiento en calidad de suspendido por el período de un semestre. Si no se presentaran nuevos antecedentes al término de ese período, se resolverá el cierre definitivo de este.• Otras2) Para denuncias que fueron desestimadas:• Informar lo resuelto a las partes involucradas.• Cerrar el procedimiento realizado3) Para denuncias confirmadas:• Presentar la confirmación de la denuncia a las partes.• Atender a las versiones o nuevos antecedentes que se puedan presentar.• Evaluar los antecedentes disponibles y resolver la medida a aplicar conforme a la con-dición de apoderado del supuesto autor de la falta.• Presentar la(s) resolución(es) a los afectados.a) Si los involucrados aceptan la resolución, se cierra el Protocolo.b) Si los involucrados no están de acuerdo con la resolución, se debe dar curso al proceso de revisión o apelación, según corresponda.

Nota: Las resoluciones deberán ser presentadas al Encargado de Convivencia Escolar para que este lo revise y valide como resolución de primera instancia. En caso de que este haya conducido el Protocolo, la resolución deberá ser validada por el Director de Formación.

4) FASE REVISIÓN/ APELACIÓN:

Presentación de Apelación:a) Puede solicitarse frente a las medidas disciplinarias aplicadas al adulto señalado como autor de la falta.b) Autoridad de Apelación: Rector o quien lo subrogue.c) Procedimiento: Enviar carta de Apelación de medida dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles desde que fuera comunicada la resolución. El Rector, o quien lo subrogue, responderá en un plazo máximo de diez días hábiles desde que fuera recibida la Apelación. La decisión del Rector será inapelable.

PROTOCOLO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR CONTRA MENORES

Definición: “…..Será constitutivo de violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente………….También habrá violencia intra-familiar cuando la conducta referida en el inciso precedente ocurra entre los padres de un hijo común, o recaiga sobre persona menor de edad, adulto mayor o discapacitada que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar….”(Art. 5º, Ley 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar)

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Tipo de falta: Presunto Delito.Los actos que pudieran ser constitutivos de violencia intrafamiliar contra alumnos del Colegio se encuentran comprendidos dentro de los ámbitos que se señalan a continua-ción:• Abuso físico: Cualquier acción, no accidental por parte de los padres o cuidadores que provoque daño físico o sea causal de enfermedad en los niños. La intensidad puede variar desde una contusión leve hasta una lesión mortal. Este puede ser también pasivo, como el abandono físico, en el que las necesidades básicas no son atendidas temporal o permanentemente. • Abuso Psicológico: Hostilidad verbal reiterada en forma de insulto, burla, desprecio o amenaza de abandono o constante bloqueo de las iniciativas y de las interacciones infantiles por parte de cualquier integrante adulto del grupo familiar. El ser testigo de violencia entre los padres es otra forma de abuso psicológico • Negligencia o abandono: Falta de protección y cuidados físicos a la niña por parte de los padres o cuidadores, así como la falta de respuesta a las necesidades de afecto y estimulación cognitiva, indiferencia y ausencia de contacto corporal. • Abuso Sexual (Se incluye en protocolo específico de manejo de abuso sexual contra menores)

Generalidades. El procedimiento del siguiente protocolo se adscribe al Título VIII del Reglamento Inter-no y de Convivencia Escolar: “Manejo de Posibles Delitos contra Estudiantes”

1) FASE DENUNCIA INTERNA: Todo integrante de la Comunidad Escolar puede denun-ciar hechos de violencia intrafamiliar contra un estudiante,

Pueden recibir denuncias: • Todos los funcionarios del Colegio.

Procedimiento de recepción:• Todo funcionario que reciba una denuncia de esta naturaleza debe conducir al denun-ciante directamente al Encargado de Convivencia Escolar o al SubDirector de Ciclo que corresponda.

2) FASE CLARIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DE LA DENUNCIA:

Levantamiento de datos de denuncia:• Deben estar dos personas presentes en el procedimiento de registro de denuncia, pu-diendo ser: Profesor Jefe del alumno supuestamente afectado, Encargado de Conviven-cia Escolar, Sub-Director de Ciclo, Profesional del Área de Orientación u otro Directivo del Colegio.

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Procedimientos generales:* Se velará por la dignidad de los involucrados, cautelando la debida reserva respecto del procedimiento y los antecedentes recabados (conforme a las características y circunstancias del hecho).

a) Si el denunciante es un tercero (no el alumno afectado):• Realizar la entrevista registrando lo señalado por el denunciante en un Acta de Entre-vista. • Informar al denunciante las obligaciones que el Art. 175, 176 y 177 del Código procesal Penal impone a los docentes, inspectores y directivos escolares respecto de la denuncia de posibles delitos contra alumnos del Colegio. En el caso que el denunciante sea un alumno, se le informará a este y su apoderado las obligaciones señaladas en este punto.• Leer al denunciante lo registrado en el Acta de Entrevista y solicitar su firma.• Informar que lo expuesto en el Acta será presentado a las autoridades correspondien-tes para que estas se pronuncien al respecto.b) Si el denunciante es el alumno afectado: Los entrevistadores deberán conversar con él atendiendo a las sugerencias señaladas por Unicef y Carabineros de Chile, evitando incurrir en situaciones de victimización secundaria (derivadas del tener que relatar va-rias veces la situación de violencia intrafamiliar).• Desarrollar la entrevista en un lugar que permita la confidencialidad.• Generar un clima de acogida y confianza.• Realizar la entrevista sin apuro.• Explicar de qué se trata el procedimiento que se está desarrollando, de una manera muy sencilla.• Mostrar interés por su relato. Escuchar atentamente y hablarle en un tono no amena-zante. No interrumpirlo.• No presionar, no insistir ni exigir más detalles de los que él desea entregar.• No poner en duda o hacer preguntas que cuestionen el relato.• Nunca responsabilizar al alumno por lo que ha sucedido.• Expresar al niño comprensión por lo difícil que resulta hablar de este tema. Respetar el silencio del niño.• No inducir con las preguntas la identidad del supuesto victimario, hacer preguntas abiertas sobre este sin señalar a alguien en específico o dar a entender quién podría ser. Dejar que el alumno lo identifique de forma espontánea.• No acusar, señalar, ni juzgar a los adultos posiblemente involucrados mencionados en el relato.• Valorar la decisión de contar lo que le está sucediendo y agradecer su colaboración.• Explicar que el maltrato hacia los niños vulnera sus derechos y que no es un comporta-miento adecuado de parte de los adultos.• Registrar todo lo expuesto en Acta de Entrevista.

3) FASE DENUNCIA A LAS AUTORIDADES: Las autoridades del Colegio dispondrán de 24 hrs. desde conocido el hecho para realizar la denuncia.

Pueden realizar estas denuncias: • El Encargado de Convivencia Escolar o el funcionario que el Rector designe para tales efectos.• La denuncia se podrá presentar al Tribunal de Familia, Ministerio Público, Tribunales Penales, Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones.

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Procedimientos general de denuncia:• Se podrá realizar reunión entre los funcionarios que hayan conocido el hecho, el En-cargado de Convivencia, Director de Formación u otros Directivos institucionales para evaluar los antecedentes y definir el modo de cumplimiento de las obligaciones legales correspondientes.• Se podrá solicitar la orientación de un asesor jurídico, Ministerio Público, autoridades Judiciales, etc., para determinar las acciones que corresponda seguir conforme a la le-galidad vigente.• El Director de Formación, o quien lo subrogue, definirá la forma y lugar en que se realizará la denuncia (dentro del plazo legal). Asimismo, determinará las condiciones en que la situación será comunicada a los apoderados del menor supuestamente afectado.• La denuncia será presentada preferentemente por el Encargado de Convivencia Escolar o, en su defecto, quien sea designado para tales efectos por el Director de Formación. Se realizará conforme a los términos establecidos en los Arts. 173 y 174 del Código Procesal Penal Chileno.

4) SEGUIMIENTO

• Una vez que se haya presentado la denuncia, el Director de Formación, o quien lo subrogue, designará a un funcionario del Colegio que deberá seguir el curso del proce-so realizado por las autoridades. Tal encargado informará a la Rectoría y Dirección de Formación los estados de avance de la causa y coordinará el cumplimiento de todas las diligencias y medidas que la autoridad requiera del establecimiento.

• Al término de un proceso penal por Violencia Intrafamiliar contra un alumno, la per-sona designada para hacer el seguimiento ante Tribunales presentará las resoluciones judiciales a la Rectoría y Dirección de Formación con objeto de que estos determinen las medidas y acciones que corresponda resolver en el ámbito del Colegio.

PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL INFANTIL

Definición: “Es la imposición a un niño o niña, basada en una relación de poder, de una actividad sexualizada en que el ofensor obtiene gratificación. Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, chantaje, la amenaza, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza, el afecto o cualquier otra forma de presión” (Barudy, J, 1998, cit por “Abuso Sexual en niños/as y adolescentes”, Mineduc)

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Tipo de falta: Presunto Delito. a. Exhibición ante la menor de los genitales del abusadorb. Tocación de los genitales de la menor por parte del abusadorc. Tocación de otras zonas del cuerpo de la niña por parte del abusadord. Incitación, por parte del abusador, para que el niño le toque los genitalese. Contacto bucogenital entre el abusador y el niño.f. Penetración vaginal o anal, o intento de ella, con sus genitales, con otras partes del cuerpo o con objetos, por parte del abusadorg. Utilización de la menor en la elaboración de material pornográficoh. Exposición de material pornográfico a una menori. Promoción o facilitación de la explotación sexual comercial infantilj. Obtención de servicios sexuales por parte de una menor de edad a cambio de dinero u otras prestaciones.

Generalidades:El procedimiento del siguiente protocolo se adscribe al Título VIII del Reglamento Inter-no y de Convivencia Escolar: “Manejo de Posibles Delitos contra Estudiantes”

1) FASE DENUNCIA INTERNA: Todo integrante de la Comunidad Escolar puede denun-ciar hechos de abuso sexual contra un estudiante.

Pueden recibir denuncias: • Todos los funcionarios del Colegio.

Procedimiento de recepción:• Todo funcionario que reciba una denuncia de esta naturaleza debe conducir al denun-ciante directamente al Encargado de Convivencia Escolar o al SubDirector de Ciclo que corresponda.

2) FASE CLARIFICACION DE ANTECEDENTES DE LA DENUNCIA:

Levantamiento de datos de denuncia:• Deben estar dos personas presentes en el procedimiento de registro de denuncia, pu-diendo ser: Profesor Jefe del alumno supuestamente afectado, Encargado de Conviven-cia Escolar, Sub-Director de Ciclo, Profesional del Área de Orientación u otro Directivo del Colegio.

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Procedimientos generales:* Se velará por la dignidad de los involucrados, cautelando la debida reserva respecto del procedimiento y los antecedentes recabados (conforme a las características y circunstancias del hecho).

a) Si el denunciante es un tercero (no el alumno afectado):• Realizar la entrevista registrando lo señalado por el denunciante en un Acta de Entre-vista. • Informar al denunciante las obligaciones que el Art. 175, 176 y 177 del Código procesal Penal impone a los docentes, inspectores y directivos escolares respecto de la denuncia de posibles delitos contra alumnos del Colegio. En el caso que el denunciante sea un alumno, se le informará a este y su apoderado las obligaciones señaladas en este punto.• Leer al denunciante lo registrado en el Acta de Entrevista y solicitar su firma.• Informar que lo expuesto en el Acta será presentado a las autoridades correspondien-tes para que estas se pronuncien al respecto.b) Si el denunciante es el alumno afectado: Los entrevistadores deberán conversar con el atendiendo a las sugerencias señaladas por Unicef y Carabineros de Chile, evitando incurrir en situaciones de victimización secundaria (derivadas del tener que relatar va-rias veces la situación de abuso):• Desarrollar la entrevista en un lugar que tenga privacidad, que permita generar un clima de acogida y confianza.• Para ayudar a generar este clima de confianza, ofrecerle al menor algunos materiales de dibujo, juguetes, bebidas o un alimento. • Realizar la entrevista sin apuro.• Explicarle de qué se trata el procedimiento que se está desarrollando, con palabras simples.• No poner en duda el relato del niño.• Nunca responsabilizarlo por lo sucedido. Evitar preguntas tales como: ¿por qué no te defendiste? o ¿por qué no lo dijiste antes? que aunque no lo culpabilizan directamente, ponen en él la responsabilidad de detener el abuso desconociendo la diferencia de poder que existe entre adultos y niños.• Mostrar interés por su relato. Escuchar atentamente y hablarle en un tono no amena-zante. No interrumpirlo.• Es importante expresar a los niños y adolescentes que se comprende lo difícil que re-sulta hablar de este tema con alguien desconocido. Respetar el silencio del niño.• No presionar al niño, no insistir ni exigirle más detalles de los que desea entregar.• Darle seguridad, no acusar ni juzgar a los adultos involucrados, pues muchas veces, los niños tienen relaciones afectivas con los abusadores.• Explicarle al menor que el abuso sexual es responsabilidad de quien lo ejerce, y que laos niños no son responsables de ello.• Valorar la decisión de contar lo que le está sucediendo y agradecer su colaboración.• Para efectos de la prueba, resulta relevante que el niño o adolescente pueda expresar con sus propias palabras lo sucedido.• Tener presente que a veces un niño o adolescente puede decir que el abuso no existió para librarse de ser entrevistado y evitar narrar algo que le produce vergüenza o miedo.• Recordar que las contradicciones y confusiones son esperables en una persona que ha vivido una experiencia de este tipo. • Registrar todo lo expuesto en Acta de Entrevista.

3) FASE DENUNCIA A LAS AUTORIDADES: Las autoridades del Colegio dispondrán de 24 hrs. desde conocido el hecho para realizar la denuncia.

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Pueden realizar estas denuncias:• El Encargado de Convivencia Escolar o el funcionario que el Rector designe para tales efectos.• La denuncia se podrá presentar al Tribunal de Familia, Ministerio Público, Tribunales Penales, Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones.

Procedimientos general de denuncia:• Se podrá realizar reunión entre los funcionarios que hayan conocido el hecho, el En-cargado de Convivencia, Director de Formación u otros Directivos institucionales para evaluar los antecedentes y definir el modo de cumplimiento de las obligaciones legales correspondientes.• Se podrá solicitar la orientación de un asesor jurídico, Ministerio Público, autoridades Judiciales, etc., para determinar las acciones que corresponda seguir conforme a la le-galidad vigente.• El Director de Formación, o quien lo subrogue, definirá la forma y lugar en que se realizará la denuncia (dentro del plazo legal). Asimismo, determinará las condiciones en que la situación será comunicada a los apoderados del menor supuestamente afectado.• La denuncia será presentada preferentemente por el Encargado de Convivencia Escolar o, en su defecto, quien sea designado para tales efectos por el Director de Formación. Se realizará conforme a los términos establecidos en los Arts. 173 y 174 del Código Procesal Penal Chileno.• Situación Especial: Si el denunciante señala a otro alumno como supuesto autor del hecho, se verificará la edad de este para determinar su imputabilidad penal:a) Si este fuera menor de 14 años o se encontrase dentro del rango de responsabilidad penal adolescente (14 a 18 años), se citará a sus padres para informarles la situación, cursando la denuncia respectiva en el Tribunal de Familia. Paralelamente, se evaluará la pertinencia de solicitar una medida de protección para este alumno en el mismo Tribu-nal señalado.b) Si el alumno denunciado es mayor de 18 años, se citará a sus padres para informarles del hecho. La denuncia deberá realizarse conforme a los términos establecidos para supuestos autores mayores de edad.

Procedimientos Complementarios:a) Si el supuesto autor sea funcionario del Colegio:• El Colegio asumirá el principio de inocencia, determinando la aplicación de las medidas internas que corresponda resolver en el ámbito del Colegio, una vez que el caso haya sido sentenciado por el Tribunal respectivo. • Sin perjuicio de lo anterior se determinará, respecto del cumplimiento de tareas por parte del funcionario señalado, la reasignación de sus funciones, otorgamiento de per-misos administrativos, reubicación de puesto de trabajo, u otras acciones que, no impli-cando menoscabo laboral, eviten el contacto de este con los alumnos.• Otros aplicables conforme a la legalidad vigente que corresponda.

b) Si el supuesto autor del abuso sexual es un apoderado del Colegio:• La institución asumirá el principio de inocencia, determinando la aplicación de las me-didas internas que corresponda resolver en el ámbito del Colegio una vez que el caso haya sido sentenciado por el Tribunal respectivo. Lo mismo vale en el caso que el denun-ciado sea una persona ajena al Colegio• Otros aplicables según la legalidad vigente que corresponda

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4) SEGUIMIENTO

• Una vez que se haya presentado la denuncia, el Director de Formación, o quien lo subrogue, designará a un funcionario del Colegio que deberá seguir el curso del proce-so realizado por las autoridades. Tal encargado informará a la Rectoría y Dirección de Formación los estados de avance de la causa y coordinará el cumplimiento de todas las diligencias y medidas que la autoridad requiera del establecimiento.

• Al término de un proceso penal por Abuso Sexual contra un alumno, la persona desig-nada para hacer el seguimiento ante Tribunales presentará las resoluciones judiciales a la Rectoría y Dirección de Formación con objeto de que estos determinen las medidas y acciones que corresponda resolver en el ámbito del Colegio.

• En el caso de que el Tribunal competente emitiera un fallo condenatorio por abuso sexual infantil contra un funcionario del Colegio, este será desvinculado del estableci-miento.

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C o l e g i o d e l V e r b o D i v i n o , L a s C o n d e s - w w w . c v d . c lD i s e ñ o e I m p r e s i ó n , C o m u n i c a c i o n e s y M e d i o s

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