CODIGO DE BUEN GOBIERNO€¦ · Gobierno Corporativo referido al Plan de Trabajo del ......

118
Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “San José de Punata” Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO 17/03/2017

Transcript of CODIGO DE BUEN GOBIERNO€¦ · Gobierno Corporativo referido al Plan de Trabajo del ......

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda.

    CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    17/03/2017

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 2

    RESOLUCION DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIN

    VISTOS: En uso de sus atribuciones conferidas por el Estatuto Orgnico Art. 42 inc. b), el que menciona que el Consejo de Administracin debe dictar los reglamentos que sean necesarios para desarrollar las normas del presente Estatuto y las polticas aprobadas por la Asamblea General, las relativas al cumplimiento de las facultades y deberes del propio Consejo de Administracin. CONSIDERANDO: En aplicacin del inciso a), Artculo 1, Seccin 3, Capitulo II, Ttulo IX, del Libro 3, Responsabilidades del Consejo de Administracin de la Recopilacin de Normas para Servicios Financieros que menciona lo siguiente: Revisar y aprobar al menos anualmente las polticas orientadas a generar un adecuado Sistema de Control Interno. En el Captulo VIII. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE LA COOPERATIVA, se sustituye el Organigrama administrativo de la Cooperativa de la gestin 2016, por el de la gestin 2017 En atencin a la carta CITE/CSJP/CV/019/2017, de fecha 9 de marzo de 2017, del Consejo de Vigilancia, se abroga el numeral 8 del Captulo XIV, del Cdigo de Buen Gobierno Corporativo referido al Plan de Trabajo del Consejo de Vigilancia. Que en mrito de lo expuesto

    RESUELVE: Actualizar el Cdigo de Buen Gobierno Corporativo de acuerdo al texto contenido, que entrara en vigencia a partir del da 17 de marzo de 2017 se encuentra registrado en acta N 44 del Consejo de Administracin. Regstrese comunquese y archvese. Punata, 16/03/2017

    G. Fernando Lamas Torrico Ubenses Dza Torrico SECRETARIO PRESIDENTE

    Consejo de Administracin Consejo de Administracin

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 3

    RESOLUCIN DE LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS

    VISTOS: En aplicacin de la Recopilacin de Normas para Servicios Financieros de la ASFI, Libro 3, Titulo II, Captulo I, referente a las Directrices Bsicas para la Gestin de un Buen Gobierno Corporativo. CONSIDERANDO: El Libro 3, Ttulo I, Captulo II, Seccin 2, Artculo 6 de la Recopilacin de Normas para Servicios Financieros. RESUELVE: La Asamblea General de Socios en sesin celebrada en fecha 26 de marzo de 2017 resuelve aprobar el Cdigo de Buen Gobierno Corporativo de acuerdo al texto contenido. Punata, 26 de Marzo de 2017

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 4

    NDICE GENERAL Pgina

    CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO ......................................................... 8

    Captulo I. INTRODUCCIN. ............................................................................................ 9

    1. Definicin de Cooperativa ......................................................................................................... 9

    2. Valores Cooperativos. .............................................................................................................. 11

    3. Principios cooperativos. ........................................................................................................... 11

    Captulo II. ANTECEDENTES. ...................................................................................... 13

    Captulo III. DEFINICION DEL CDIGO. ................................................................... 13

    Captulo IV. OBJETIVO DEL CDIGO ........................................................................ 14

    Captulo V. MBITO DE APLICACIN ........................................................................ 15

    Captulo VI. PRESENTACION DE LA COOPERATIVA. ......................................... 15

    1. Naturaleza empresarial. .......................................................................................................... 15

    2. Objetivo. .................................................................................................................................... 16

    3. Responsabilidad ....................................................................................................................... 16

    4. Misin ........................................................................................................................................ 16

    5. Visin ......................................................................................................................................... 16

    Captulo VII. ESTRUCTURA DE GOBIERNO DE LA COOPERATIVA. ............. 17

    1. ORGANIGRAMA DE GOBIERNO DE LA COOPERATIVA .......................................... 17

    Captulo VIII. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE LA COOPERATIVA. .... 17

    1. ORGANIGRAMA ADMINISTRATIVO DE LA COOPERATIVA .................................. 18

    Captulo IX. ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS. .................................................. 18

    1. DEFINICIN Y SOBERANA DE LA ASAMBLEA .......................................................... 18

    2. CLASES DE ASAMBLEA. ..................................................................................................... 19

    3. ASAMBLEA ORDINARIA DE SOCIOS .............................................................................. 19 3.1 Atribuciones de la Asamblea ................................................................................................................ 21 3.2 Organizacin de una Asamblea Ordinaria. ........................................................................................... 22 3.3 Comits de Apoyo. ............................................................................................................................... 22 3.4 Qurum ................................................................................................................................................. 23 3.5 Actas de Asamblea. .............................................................................................................................. 23 3.6 Derechos de los Socios. ........................................................................................................................ 25 3.7 Obligaciones de los Socios. .................................................................................................................. 25 3.8 Tratamiento equitativo de los Socios .................................................................................................... 26 3.9 Relaciones de los Socios con la Cooperativa ........................................................................................ 26 3.10 Relacin con socios, clientes y usuarios. ......................................................................................... 28 3.11 Derecho a proponer asuntos para el orden del da. ........................................................................... 28

    4. ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS. ............................................................... 29

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 5

    4.1 Atribuciones de las Asambleas Extraordinarias:................................................................................... 29 4.2 Convocatoria a las asambleas ............................................................................................................... 30 4.3 Organizacin, Comits de Apoyo, Qurum y Actas, de la Asamblea Extraordinaria. ......................... 30

    Captulo X. COMIT ELECTORAL. .............................................................................. 32

    1. Misin del Comit Electoral. ................................................................................................... 32

    2. Composicin funciones y responsabilidades .......................................................................... 32

    3. Plan anual de trabajo. .............................................................................................................. 34

    Captulo XI. COMITES DE APOYO ............................................................................... 36

    1. COMIT DE CREDITOS ....................................................................................................... 36

    2. COMIT DE GOBIERNO CORPORATIVO. ..................................................................... 36

    3. COMIT DE RSE .................................................................................................................... 37

    4. COMIT DE RIESGOS .......................................................................................................... 38

    5. COMIT DE TI. ...................................................................................................................... 38

    6. COMIT DE SEGURIDAD Y FISICA ................................................................................. 39

    7. COMIT DE EDUCACIN ................................................................................................... 39

    8. COMIT DE CUMPLIMIENTO ........................................................................................... 41

    Captulo XII. GOBERNABILIDAD. .............................................................................. 41

    Captulo XIII. CONSEJO DE ADMINISTRACION. ................................................... 42

    1. Misin del Consejo de Administracin. ................................................................................. 42

    2. Eleccin, Conformacin y Remuneracin (Dietas) del Consejo de Administracin. ......... 44

    3. Rol dual de los directores ........................................................................................................ 45 3.1 Rol como Director. ............................................................................................................................... 45 3.2 Rol como Socio..................................................................................................................................... 46

    4. Perfil de los Directores. ............................................................................................................ 46 4.1 Antecedentes ......................................................................................................................................... 46 4.2 Conocimiento Tcnico. ......................................................................................................................... 46 4.3 Capacidad de Emprendimiento. ............................................................................................................ 47 4.4 Apoyo vehemente. ................................................................................................................................ 47

    5. Capacitacin de los Directores ................................................................................................ 47

    6. Principales funciones y responsabilidades del Consejo de Administracin. ....................... 48

    7. Organizacin de las reuniones del Consejo de Administracin. .......................................... 50 7.1 Reuniones peridicas ............................................................................................................................ 50 7.2 Preparacin de las reuniones. ................................................................................................................ 50 7.3 Desarrollo de las reuniones. .................................................................................................................. 51 7.4 Actas del Consejo de Administracin. .................................................................................................. 51 7.5 Evaluacin sobre el funcionamiento del Consejo de Administracin. .................................................. 51

    8. Incompatibilidades. .................................................................................................................. 51 8.1 Referencia a disposiciones legales. ....................................................................................................... 52

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 6

    9. Plan anual de trabajo. .............................................................................................................. 58

    Captulo XIV. CONSEJO DE VIGILANCIA ................................................................. 59

    1. Misin del Consejo de Vigilancia ............................................................................................ 59

    ............................................................................................................................................................ 60

    2. Eleccin, Conformacin y Remuneracin (Dietas) del Consejo de Vigilancia. .................. 60

    3. Perfil de los Directores. ............................................................................................................ 60

    4. Principales Funciones y Atribuciones del Consejo de Vigilancia ........................................ 61

    5. Organizacin de las reuniones del Consejo de Vigilancia. ................................................... 63

    6. Incompatibilidades ................................................................................................................... 64

    7. Conformacin del Consejo de Vigilancia ............................................................................... 64

    Captulo XV. Gerente General ...................................................................................... 65

    1. Misin del Gerente General. ................................................................................................... 65

    2. Caractersticas del Gerente General. ..................................................................................... 65

    3. Diferencias con el Consejo de Administracin. ..................................................................... 66

    4. Perfil del Gerente. .................................................................................................................... 66

    5. Atribuciones del Gerente General. ......................................................................................... 68

    6. Facultades del Gerente General. ............................................................................................. 68

    7. Responsabilidad del Gerente General ante la Cooperativa. ................................................ 69

    8. Incompatibilidades ................................................................................................................... 70

    9. Prohibiciones ............................................................................................................................ 70

    10. Evaluacin del Gerente General ......................................................................................... 72

    11. Procedimientos para el nombramiento del Gerente General .......................................... 72

    Captulo XVI. TRANSPARENCIA, FLUIDEZ, E INTEGRIDAD DE LA INFORMACIN. .................................................................................................................... 73

    1. Revelacin de Informacin Financiera, de Riesgos, de Control Interno y otra Informacin Relevante ........................................................................................................................................... 73

    2. Canales de Informacin para Socios, y el Pblico en General ............................................. 74 2.1 Consejo de Vigilancia y/u rganos de Control. ................................................................................... 74 2.2 Informes de Gestin. ............................................................................................................................. 74 2.3 Informe de Gobierno Corporativo. ....................................................................................................... 74 2.4 Memoria anual. ..................................................................................................................................... 74 2.5 Informacin a la ASFI. ......................................................................................................................... 77 2.6 Informacin al Pblico.......................................................................................................................... 77

    3. Confidencialidad ...................................................................................................................... 78

    Captulo XVII. MECANISMOS DE CONTROL ........................................................... 78

    1. Mecanismos de control externos ............................................................................................. 78

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 7

    1.1 Autoridad de Supervisin del Sistema Financiero ASFI ...................................................................... 78 1.2 Banco Central de Bolivia. ..................................................................................................................... 78 1.3 Auditora Externa. ................................................................................................................................. 84 2.1 Consejo de Vigilancia. .......................................................................................................................... 88 2.2 Inspectores de Vigilancia ...................................................................................................................... 88 2.3 Auditora Interna. .................................................................................................................................. 90

    Captulo XVIII. GESTIN DE RIESGOS. ................................................................... 94

    1. GESTIN INTEGRAL DE RIESGOS .................................................................................. 94

    1.1 Unidad de Gestin de Riesgos. ............................................................................................ 94

    1.2 Responsabilidades y Funciones. ......................................................................................... 95

    Captulo XIX. Sistema Integral de Prevencin y Control de la Legitimacin de Ganancias Ilcitas. ........................................................................ 97

    1 El Lavado de Dinero ................................................................................................................ 97

    2 Rgimen Penal y Administrativo de la Legitimacin de Ganancias Ilcitas ....................... 97

    3 Unidad de Investigaciones Financieras. ................................................................................. 98

    Captulo XX. CDIGO DE ETICA ................................................................................. 99

    1. Definicin de tica ................................................................................................................... 99

    Captulo XXI. CONFLICTOS DE INTERS E INFORMACIN PRIVILEGIADA ................................................................................................................................................. 100

    1. Definicin de Conflicto de inters ......................................................................................... 100

    2. Situaciones que pueden presentar Conflicto de Inters ...................................................... 100

    3. Reglas de Conducta ................................................................................................................ 102 3.1 Prohibiciones ...................................................................................................................................... 102 3.2 Regalos e Invitaciones ........................................................................................................................ 102

    4. Procedimientos para la prevencin, manejo y resolucin de conflictos de inters ........... 103 4.1 Directores ............................................................................................................................................ 103 4.2 Ejecutivos y funcionarios.................................................................................................................... 103 4.3 Socios.................................................................................................................................................. 103

    5. Operaciones con agencias. ..................................................................................................... 104

    Captulo XXII. RELACIONES CON FUNCIONARIOS, SOCIOS, PROVEEDORES Y LA COMUNIDAD ............................................................................ 104

    1. Principios Generales en Relacin con los Grupos de Inters. ............................................ 105

    2. Relaciones con Empleados. .................................................................................................... 105

    3. Relaciones con los Socios. ...................................................................................................... 106

    4. Relaciones con Proveedores .................................................................................................. 107

    5. Relaciones con la Comunidad ............................................................................................... 107

    Captulo XXIII. RECLAMOS RELACIONADOS CON EL CDIGO DE BUEN GOBIERNO Y SANCIONES ............................................................................................. 108

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 8

    1. Reclamos Relacionados con el Cdigo de Buen Gobierno.................................................. 108

    2. Responsabilidades. ................................................................................................................. 108 2.1 Referencia al Cdigo de Comercio ..................................................................................................... 108 2.2 Referencia a la Ley de Servicios Financieros ..................................................................................... 110

    Sanciones ......................................................................................................................................... 110 3.1 Contravenciones, Infracciones y Sanciones. ....................................................................................... 110

    Captulo XXIV. Caucin. ............................................................................................... 111

    1. Reglamento de caucin de directores u rganos equivalentes, sndicos, ejecutivos y funcionarios (ASFI). ....................................................................................................................... 111

    1.1 Seccin 1: Aspectos generales ............................................................................................................ 111 1.2 Seccin 2: Proceso de caucin ............................................................................................................ 112 1.3 Seccin 3: Otras disposiciones ........................................................................................................... 114 1.4 Seccin 4: Disposiciones transitorias .................................................................................................. 115

    Captulo XXV. INFORME DE GOBIERNO CORPORATIVO. ............................... 115

    Captulo XXVI. VIGENCIA, DIVULGACION, MODIFICACIONES Y ACTUALIZACIONES DEL CODIGO DE BUEN GOBIERNO. ................................ 116

    Captulo XXVII. GLOSARIO DE TERMINOS: ......................................................... 116

    Captulo XXVIII. APROBACIN DEL CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO ................................................................................................................... 118

    CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 9

    Captulo I. INTRODUCCIN.

    Los conceptos de tica y buen gobierno se van incorporando con fuerza como algunos de los principales conceptos de gestin actuales, esta dinmica se ha visto impulsada, sin duda, por varias instituciones que participan en el mercado financiero nacional e internacional, en ese sentido se ha visto la necesidad de construir un Cdigo tico para el gobierno de las Cooperativas, denominado de buen gobierno. Algunos autores1 mencionan que una de las razones de la moda de la tica, es el uso de la palabra tica, es la aparicin de cdigos que se llaman ticos. Al hablar de Cdigos ticos no se refiere exclusivamente al llamado Cdigo de Buen Gobierno si no a cdigos profesionales que se llaman ticos, que regulan conductas profesionales, como jueces, abogados, auditores, contadores, mdicos o publicitarios,

    La regla tica refirindose a la conducta humana es una tica que impone y establece deberes pero unos deberes que nos son exigibles por otros. Es decir, cumpla usted con una obligacin tica, moral y si no repare la infraccin que ha hecho de una norma moral. Esto no son caractersticas propias de una regla a diferencia de las reglas jurdicas. Si tomamos esta expresin hoy en boga de la tica irreligiosa, el juicio moral es siempre lo bueno y lo malo, mientras que el juicio jurdico es lo legal o lo ilegal lo que adapta o respeta la norma establecida en la ley. Se atiende ms a la finalidad de la ley, es decir, lo justo o lo injusto. Eso es lo que persigue el derecho. La regla tica se atiende a lo bueno y a lo malo.

    La regla jurdica se impone deberes y obligaciones y lo impone en el sentido de que los hace exigibles mediante coaccin. En todo caso esta reparabilidad significa una represin, una sancin al incumplimiento de las normas jurdicas, eso es lo que no se da en el deber tico, en el deber moral. Por eso cuando se habla de cdigos ticos a los que se est haciendo referencia es a que no define modelos de conducta jurdicos. Es un sentido negativo, no jurdico. Cuando hablamos de cdigos ticos quiere decir que no estn establecidos mediante una ley, que no son legales, que no derivan de norma jurdica que hagan exigible o sancionable el incumplimiento del deber o de la obligacin sino que aun no siendo exigible desde el punto de vista jurdico de aplicacin estricta de la norma se establece mediante una regla no jurdica y en ese sentido es tico. 1. Definicin de Cooperativa2

    1 Fuente: Texto de la Comisin para el Estudio de un Cdigo de tica realizado por Manuel Olivencia Madrid Espaa. 2 Definicin del Artculo 4 de la Ley de Cooperativas N 356 de 11 de abril de 2013.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 10

    Es una asociacin sin fines de lucro, de personas naturales y/o jurdicas que se asocian voluntariamente, constituyendo cooperativas, fundadas en el trabajo solidario y de cooperacin, para satisfacer sus necesidades productivas y de servicios, con estructura y funcionamiento autnomo y democrtico. Una cooperativa es una asociacin autnoma de personas, que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones comunes desde las perspectivas: econmicas, sociales y culturales, por medio de una empresa de propiedad conjunta y democrticamente controlada.

    La definicin enfatiza las siguientes caractersticas de una cooperativa: Es autnoma Es una asociacin de personas. Lo que significa que las cooperativas tienen la libertad de definir lo que son personas en cualquier forma legal que escojan. Las personas estn unidas en forma voluntaria. Ser socio de una cooperativa no debe ser obligatorio. Los socios de una cooperativa llenan sus necesidades econmicas, sociales y culturales Las necesidades de los socios pueden ser diversas, sociales y culturales, adems de puramente econmicas, pero sin importar cuales sean las necesidades, stas son la razn principal por la que existen las cooperativas. La cooperativa es una empresa del conjunto de todos los socios y se controla de forma democrtica. Esta frase recalca que las cooperativas distribuyen la propiedad de manera genuina entre sus socios y lo hacen, sobre una base democrtica.

    Las dos caractersticas de posesin son en especial importantes al diferenciar las cooperativas de otros tipos de organizaciones, como las empresas controladas por el capital o por el gobierno. La cooperativa es de naturaleza integrada, una fusin inseparable de personas y de sus acciones econmicas; una unidad que implica poner un sello especial de ideologa a los asuntos econmicos, un socio - un voto, sin diferencia por aportes de capital, democracia econmica y participativa, la funcin de la organizacin social y la gestin empresarial es asumida colectiva y plenamente por los propios socios, de los productos y servicios que sta comercializa.

    Por su trayectoria histrica, su filosofa y doctrina, su permanencia en todos los continentes, su aplicacin y xito en sectores agrcolas, productivos y de servicios, su arraigo en importantes colectivos sociales, sus reglas de funcionamiento y su marco jurdico, el cooperativismo es una clara expresin organizativa que tiene una finalidad social que va mucho ms all de los resultados econmicos que expresan los balances.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 11

    Una cooperativa es un medio de ayuda mutua para beneficio de todos. Es una asociacin voluntaria de personas y no de capitales; con plena personera jurdica; de duracin indefinida; de responsabilidad limitada; donde las personas se unen para trabajar con el fin de buscar beneficios para todos. El principal objetivo es el servicio y no el lucro o la ganancia fcil. Las cooperativas se rigen por sus estatutos y por la ley de sociedades cooperativas. La consigna es el espritu de hermandad e igualdad entre sus miembros, donde todos tienen los mismos deberes y derechos. Slo puede llamarse cooperativista a aquel que permanentemente piensa, razona y acta de acuerdo con la filosofa y los principios cooperativos.

    2. Valores Cooperativos.3

    Las cooperativas se basan en los valores de ayuda mutua, complementariedad, honestidad, transparencia, responsabilidad y participacin equitativa.

    TantolosprecursorescomolosfundadoresdelCooperativismocreyeronypracticaronunaseriedevirtudesdenominadasvaloresticos,quehansidotradicionalmenteguasmoralesdecomportamientoparaloscooperadoresensusrelacioneseconmicasysocialesalinteriordelacooperativa:Honestidadytransparencia;responsabilidadsocialypreocupacinporlosdems.

    3. Principios cooperativos.

    Los principios cooperativos son pautas mediante las cuales las cooperativas ponen en prctica sus valores y estn sustentados en el Marco de la Constitucin Poltica del Estado u se encuentra definidos en el artculo 6 de la Ley General de Cooperativas N 356 de 11 de abril de 2013 : 1. Solidaridad. Es el inters por la colectividad, que permite desarrollar y

    promover prcticas de ayuda mutua y cooperacin entre sus asociadas y asociados y de stos con la comunidad.

    2. Igualdad. Las asociadas y los asociados tienen igualdad de derechos,

    obligaciones y oportunidades de acceder a los beneficios que brinda la Cooperativa, sin que existan preferencias ni privilegios para ninguna asociada o asociado.

    3. Reciprocidad. Prestacin mutua de bienes, servicios y trabajo para beneficio

    comn, desarrollados entre asociadas y asociados, entre cooperativas y de stas con su entorno, en armona con el medio ambiente.

    4. Equidad en la Distribucin. Todas las asociadas y los asociados deben recibir de forma equitativa, los excedentes, beneficios y servicios que otorga

    3Extracto del Artculo 7 (VALORES COOPERATIVOS) de la Ley de Cooperativas N 356 de 11 de Abril de 2013.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 12

    la cooperativa, en funcin de los servicios utilizados o la participacin en el trabajo.

    5. Finalidad Social. Primaca del inters social por encima del inters

    individual.

    6. No Lucro de Sus Asociados. Exclusin de actividades con fines especulativos, de forma que no se acumulen las ganancias para enriquecer a las asociadas o los asociados.

    Asimismo la Cooperativa se regir por los principios del movimiento cooperativo internacional 1. Asociacin Voluntaria y Abierta. El ingreso y retiro de las asociadas y los

    asociados es voluntario, sin discriminacin de ninguna naturaleza, dispuestos a asumir responsabilidades inherentes a la calidad de asociada y asociado.

    2. Gestin Democrtica. Las cooperativas son administradas y controladas democrticamente por sus asociadas y asociados, quienes participan activamente en la definicin de las polticas y en la toma de decisiones. Los miembros elegidos para representar a su cooperativa, responden solidariamente ante sus asociadas y asociados. Cada asociada y asociado tendr derecho a un solo voto.

    3. Participacin Econmica de Sus Integrantes. Las asociadas y los asociados

    participan en la formacin del fondo social y en la distribucin equitativa del excedente de percepcin.

    4. Autonoma e Independencia. Las cooperativas son organizaciones de ayuda

    mutua, con autonoma de gestin, independientemente de las formas de financiamiento.

    5. Educacin, Capacitacin e Informacin. Las cooperativas promovern la

    educacin cooperativa, capacitacin e informacin sobre los valores, principios, naturaleza y beneficios del cooperativismo a sus asociadas y asociados, consejeras y consejeros, empleadas y empleados y poblacin en general.

    6. Integracin Solidaria Entre Cooperativas. Las cooperativas sirven a sus

    asociadas y asociados eficazmente, y fortalecen el movimiento cooperativo, trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, regionales, departamentales, nacionales e internacionales.

    7. Inters por la Colectividad. Las cooperativas trabajan en el desarrollo sostenible de su entorno, mediante polticas de responsabilidad social, aceptadas por sus asociadas y asociados.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 13

    Captulo II. ANTECEDENTES.

    El Consejo de Administracin de la Cooperativa de Ahorro y Crdito San Jos de Punata Ltda., en cumplimiento de las normas legales vigentes y aplicables en Bolivia y de su deber estatutario, ha aprobado el presente Cdigo de Buen Gobierno Corporativo.

    Dicho Cdigo tiene por objeto plasmar la filosofa y principios cooperativos, establecer las prcticas y polticas que en materia de Buen Gobierno deben regir en todas las actuaciones de la cooperativa, especialmente en lo concerniente a las relaciones entre la Asamblea General de Socios, Consejo de Administracin, Consejo de Vigilancia, Gerencia General, y dems grupos de personas con intereses en el buen desempeo de la entidad. El tema del buen gobierno es de especial importancia para el sistema cooperativo, consciente de la importancia que tienen las prcticas de buen gobierno, la cooperativa ha adoptado el presente Cdigo, que compila los distintos mecanismos e instrumentos mediante los cuales se garantiza una gestin transparente de todas las actividades relacionadas con el desarrollo de su objeto social y asegura el respeto por los socios, directores, ejecutivos y funcionarios. El texto del Cdigo de Buen Gobierno se encuentra disponible para consulta de sus socios, Directores, ejecutivos y funcionarios en la secretara de la Cooperativa, ubicada en la plaza 18 de mayo N 106, Piso 1 de la ciudad de Punata provincia del departamento de Cochabamba.

    Captulo III. DEFINICION DEL CDIGO.

    El Cdigo de Buen Gobierno es una compilacin y sistematizacin de la NORMATIVIDAD LEGAL, REGLAMENTARIA, ESTATUTARIA y ADMINISTRATIVA, as como las POLTICAS INTERNAS y mejores prcticas en materia de buen gobierno y va dirigido a los ASOCIADOS de la Cooperativa, a sus PROVEEDORES DE SERVICIOS Y BIENES, a los ORGANISMOS REGULADORES DE CONTROL Y FISCALIZACIN DEL ESTADO que tengan competencia sobre la actividad de la Institucin, a sus COMPETIDORES, a sus DIRECTORES y GERENTES, a sus FUNCIONARIOS a la LOCALIDAD donde est ubicada la institucin, a los representantes legales y Directores de las ENTIDADES en que la Cooperativa tiene inversiones. El Cdigo de Buen Gobierno se define tambin como un conjunto de mecanismos e instrumentos de que se disponen en la Cooperativa para dar transparencia a las actuaciones de los rganos de gobierno, ejecutivos y funcionarios de la Cooperativa en todos sus niveles, maximizar su valor como organizacin, reconocer y hacer posible el ejercicio delos derechos de sus socios.

    Asimismo el Cdigo de Buen Gobierno, se constituir en una herramienta que permita garantizar, transparentemente, la permanencia de nuestros socios evitando su desercin.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 14

    Captulo IV. OBJETIVO DEL CDIGO

    El objetivo del presente Cdigo de Buen gobierno es compilar las polticas, normas, sistemas y principios ticos que orientan las actuaciones de las instancias de gobierno y de administracin de la Cooperativa de Ahorro y Crdito San Jos de Punata Ltda., y de todas las personas vinculadas con ella, con el fin de preservar la integridad tica institucional, asegurar la adecuada administracin de sus asuntos, el respeto por los asociados por la comunidad, asegurando una adecuada prestacin de los servicios de la institucin y el conocimiento pblico de su gestin.

    Definicin Acadmica. (1)

    Cdigo. (Del lat. *codcus, der. regres. decodiclus, codicilo). m. Conjunto de normas legales sistemticas que regulan unitariamente una materia determinada. || 2. Recopilacin sistemtica de diversas leyes. || Cdigo Civil. m. Der. Texto legal que contiene lo estatuido sobre rgimen jurdico, aplicable a personas, bienes, sucesiones, obligaciones y contratos. || Cdigo de Comercio. m. Der. Texto legal que regula las materias concernientes al comercio y los comerciantes. || Cdigo Penal. m. Der. Texto legal que define los delitos y las faltas, sus correspondientes penas y las responsabilidades de ello derivadas. Cdigo, todo cuerpo de leyes dispuesto segn un plan metdico y sistemtico. Por otro lado, la acepcin moderna de la palabra cdigo se refiere en exclusiva a un conjunto de normas jurdicas pertenecientes a una rama del Derecho (civil, penal, de comercio y otros), agrupada, ordenada por criterios de coordinacin y subordinacin, y escritas todas en una misma poca y para una misma obra, con vocacin de plenitud y generalidad. As se distingue: cdigo de recopilacin, que es una reunin de leyes vigentes sin formar una autntica unidad y conservando cada una sus peculiaridades, aun cuando esta reunin pueda estar ordenada por diversos criterios, como el cronolgico o el sistemtico. En cada cdigo se aspira a plasmar unos principios generales redactados de modo escueto y con lenguaje conciso, desligados de la situacin concreta en que se redactan; de ellos se derivan otros ms especficos, con los que se pretende resolver todas las cuestiones que se puedan plantear. As se quiere establecer un sistema fijo y predeterminado en el que se pueda saber de forma apriorstica la conducta legal en cada momento. Por ltimo, hay que afirmar que el cdigo presenta una serie de ventajas indiscutibles entre las que podemos enumerar, adems de las derivadas de ser una ley escrita, la seguridad jurdica, la claridad, facilidad de empleo por no tener que acudir a una legislacin dispersa, su fcil comprensin por quien no es especialista en leyes y la coherencia derivada de su estructura construida a partir de unas directrices generales.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 15

    Captulo V. MBITO DE APLICACIN

    El presente Cdigo de Buen Gobierno aplica a todas las actuaciones dela Asamblea General de socios, Consejo de Administracin, Consejo de Vigilancia, Comit Electoral, Gerencia General, los Subgerentes de rea, Unidad de Auditora Interna, Unidad de Riesgos, Jefes de rea, Jefes de Agencia y Funcionarios, con el fin de que la actuacin de la organizacin se ajuste a los principios ticos y prcticas de buen manejo.

    Captulo VI. PRESENTACION DE LA COOPERATIVA.

    1. Naturaleza empresarial.

    La Cooperativa de ahorro y crdito abierta San Jos de Punata Ltda., es una organizacin de naturaleza cooperativa perteneciente a la Economa Solidaria, sistema socio econmico, cultural y ambiental conformado por fuerzas sociales organizadas en formas asociativas identificadas por prcticas autogestionarias solidarias, democrticas y humanistas, que promueven la equidad de gnero, para el desarrollo integral del ser humano como sujeto, actor y fin de la economa. Tiene capital y nmero de Asociados variable e ilimitado y vnculo abierto, duracin indefinida y responsabilidad limitada, se rige por los Estatutos, la doctrina del cooperativismo, sus principios universales, la Legislacin Cooperativa y las normas especficas del Estatuto Orgnico del Sistema Financiero; se denomina Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda.

    Con sujecin a la ley General de Cooperativas y a las disposiciones legales sobre la materia, se constituy la Sociedad Cooperativa de Ahorro y Crdito de Responsabilidad Limitada, denominada "San Jos de Punata" Ltda., reconocida e inscrita su personalidad jurdica con el registro No 00616 de fecha 02 de mayo de 1967 del Instituto Nacional de Cooperativas, en adelante INALCO. En cumplimiento de lo dispuesto en las Leyes 1488 de 14 de abril de 1993, 1670 de octubre de 1995 y el Decreto Supremo No 24439 de 13 de diciembre de 1996, modific su Estatuto el 20 de Enero de 1999. Su actual denominacin la adopta en Asamblea General de socios del 06 de julio de 1997. La Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. Se rige, adems, por su Estatuto y las disposiciones que establezcan el Banco Central de Bolivia, y la Autoridad de Supervisin del Sistema Financiero ASFI La Cooperativa ha obtenido la Licencia de Funcionamiento como Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras mediante Resolucin SB 002/99; donde se determina el marco

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 16

    operativo de la sociedad. El plazo de duracin de la Cooperativa es indefinido y su radio de accin abarca a nivel Regional y Nacional La denominacin social es: Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. Su domicilio legal es la ciudad de Punata del Departamento de Cochabamba, pudiendo, cuando lo considere necesario el Consejo de Administracin abrir o cerrar sucursales o agencias, dentro del territorio nacional, conforme a disposiciones emitidas por la Autoridad de Supervisin del Sistema Financiero ASFI. Actualmente la Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta rige sus operaciones de acuerdo al estatuto aprobado en Asamblea General Extraordinaria de socios de 2 de octubre de 2005).

    2. Objetivo.

    El objetivo de la Cooperativa es promover el desarrollo econmico y social de sus socios y clientes, mediante la ejecucin de las operaciones que le son permitidas, como objeto social nico.

    Para lograr su objetivo, la Cooperativa podr realizar las operaciones pasivas, activas, contingentes y de servicios a nivel nacional que se encuentran comprendidas en los Artculos 118 y 119 de la Ley de Servicios Financieros, con las limitaciones descritas en los Artculos 240 y 241 de la misma Ley, normas del Banco Central y la Autoridad de Supervisin del Sistema Financiero ASFI., dentro de los lmites establecidos por dichas disposiciones. La Cooperativa podr realizar operaciones activas de intermediacin financiera slo con sus socios; las operaciones pasivas sern realizadas con sus socios, el pblico y con entidades financieras nacionales o extranjeras

    3. Responsabilidad

    La responsabilidad de la Cooperativa es limitada a su patrimonio neto y la de sus socios, hasta el monto de sus Certificados de Aportacin.

    4. Misin Somos una Cooperativa socialmente responsable brindando soluciones financieras con productos de ahorros, crditos y servicios competitivos, permitiendo mejorar el bienestar social y l calidad de vida de los socios, clientes y usuarios, con un Gobierno Corporativo que practica los valores ticos en toda su cadena de valor.

    5. Visin

    Institucin slida y segura, con innovadores productos y servicios financieros procesados con tecnologa moderna, satisfaciendo las necesidades de socios, clientes y usuarios, con prcticas administrativas eficientes ejecutadas por

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 17

    profesionales idneos y comprometidos con el entorno econmico social y ambiental.

    Captulo VII. ESTRUCTURA DE GOBIERNO DE LA COOPERATIVA.

    De acuerdo al Artculo 50 de la Ley General de Cooperativas, la Cooperativa tendr la siguiente estructura:

    a) La Asamblea General de Socios b) El Consejo de Administracin c) El Consejo de Vigilancia d) El Tribunal Disciplinario o de Honor y comits que establezca el estatuto orgnico

    o las asambleas generales

    En la estructura actual de las Cooperativas de Ahorro y Crdito Abiertas se incorpora al Comit Electoral como rgano independiente encargado de garantizar el proceso eleccionario de los directores.

    1. ORGANIGRAMA DE GOBIERNO DE LA COOPERATIVA

    Captulo VIII. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE LA COOPERATIVA.

    Es la instancia de ejecucin, que se realiza por intermedio del gerente quien es la autoridad superior administrativa de la cooperativa.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 18

    Comentario: Si bien la normativa de cooperativas y el sistema financiero contemplan el aspecto de delegacin de funciones a un gerente o administrador; esta debe ser lo suficientemente amplia para alcanzar una administracin efectiva en las cooperativas. En contraparte se debe garantizar la contratacin de un personal idneo para el cargo.

    1. ORGANIGRAMA ADMINISTRATIVO DE LA COOPERATIVA

    Asistente de Agencia

    COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ABIERTA"SAN JOSE DE PUNATA" LTDA.ESTRUCTURA ORGANICA 2017

    ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS

    UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

    GERENTE GENERAL

    CONSEJO DE VIGILANCIA

    Inspector de Vigilancia

    CONSEJO DE ADMINISTRACION

    COMIT DE CREDITO

    UNIDAD DE GESTIN DE RIESGOS

    Jefe de Contabilidad

    Asesoria Legal.

    Jefe de Computo

    Jefe de Agencia Cliza y PR

    Mercadeo PR

    Jefe de Captaciones

    Asistente de Computo

    Oficial de Captaciones einformaciones

    Oficial de crdito y cobranza I, II, III,

    IV, V

    Oficial Crditos y Cobranza III

    Mensajero LimpiezaSereno

    Caja II

    Tesoreria

    SecretariaGerenciaCaja I, II y III

    Asistente de Contabilidad

    Jefe de Crditos

    Auxiliar deAuditoria Interna

    SUB-GERENCIA DE OPERACIONES, RR. HH.

    ORGANIZACION Y METODOS

    COMIT DE EDUCACIN

    COMITE DE RIESGOS

    COMIT DE TI

    COMIT TECNICO

    Asistente de Agencia

    Jefe de Agencia Cochabamba y PR

    Oficial Crditos y Cobranza III

    Caja II

    Jefe de Seguridad de la Informacin y

    Fsica

    Analista de Riesgo Crediticio

    COMIT DE RSE

    COMIT DE GOBIERNO CORPORATIVO

    Unidad de Cumplimiento

    Asistente del Asesor Legal

    SUB-GERENCIA COMERCIAL

    COMIT DE SEGURIDAD FISICA

    Recepcin

    Responsable de Ventanilla

    Virtual

    COMIT DE CUMPLIMIENTO

    Responsabilidad Social

    Empresarial

    Captulo IX. ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS. 1. DEFINICIN Y SOBERANA DE LA ASAMBLEA

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 19

    La Asamblea General, es soberana y la autoridad suprema en una cooperativa; sus decisiones obligan a todas las asociadas y los asociados, presentes y ausentes, siempre que se hubiesen adoptado conforme a la presente Ley, el Decreto Supremo reglamentario, el estatuto orgnico y el reglamento interno.4

    2. CLASES DE ASAMBLEA.

    Las Asambleas Generales sern Ordinarias o Extraordinarias.5 Las Ordinarias debern celebrarse dentro de los trminos que establece la Ley para tratar asuntos de su propia competencia, en el cumplimiento de sus funciones regulares. Las Extraordinarias podrn celebrarse en cualquier poca del ao, con el objeto de tratar asuntos imprevistos o de urgencia que no puedan postergarse hasta la siguiente Asamblea General Ordinaria y en ellas slo podrn tratarse asuntos para las cuales fueron convocadas y los que se deriven estrictamente de estos.

    3. ASAMBLEA ORDINARIA DE SOCIOS

    Reunin a la que se convoca a todos los asociados una vez por ao6, a ms tardar, dentro de los tres meses de cerrado el ejercicio econmico7 de la Cooperativa, en fecha establecida por los respectivos estatutos, para considerar la memoria y balance, en los que se refleja la actividad cumplida por el Consejo de Administracin y el Consejo de Vigilancia, se procede a la eleccin de los Consejeros que reemplacen a los que han terminado su mandato. Son socios hbiles8 los debidamente afiliados, inscritos en el registro social, que no tengan suspendidos sus derechos y se encuentren al corriente en el cumplimiento de todas sus obligaciones con la cooperativa, de conformidad con el reglamento que sobre el particular expida el Consejo de Administracin.

    4 Ver Articulo N 51 de la Ley General de Cooperativas. 5 Ver Articulo N 284 del Cdigo de Comercio 6 Ver Articulo N 285 del Cdigo de Comercio 7 Ver Artculo 205 del Cdigo de Comercio 8 Ver Artculo 293 del Cdigo de Comercio

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 20

    Referencia al Cdigo de Comercio:

    Art. 204.- (ASAMBLEA DE SOCIOS Y SUS FACULTADES). La asamblea de socios tiene las siguientes facultades: 1) Discutir, aprobar, modificar o rechazar el balance general correspondiente al ejercicio vencido; 2) Aprobar y distribuir utilidades; 3) Nombrar y remover a los gerentes o administradores; 4) Constituir el directorio o consejo de administracin y, cuando as hubieran convenido los socios, nombrar a los integrantes del rgano de control interno; 5) Aprobar los reglamentos; 6) Autorizar todo aumento o reduccin del capital social, as como la cesin de las cuotas de capital y la admisin de nuevos socios. La reduccin de capital es obligatoria en los trminos y forma del artculo 354, en lo pertinente; 7) Modificar la escritura constitutiva; 8) Decidir acerca de la disolucin de la sociedad; as como el retiro de socios; y 9) Las dems que correspondan conforme a la escritura social. Art. 205.- (ASAMBLEA ANUAL). La asamblea ordinaria se reunir, por lo menos, una vez al ao, en el domicilio y poca fijada en la escritura social y, a ms tardar, dentro de los tres meses de cerrado el ejercicio econmico de la sociedad. (Arts. 206, 217, 218 Cdigo de Comercio). La escritura constitutiva puede establecer casos en que, determinados asuntos no requieran de la aprobacin de la asamblea; para adoptar acuerdos sobre los mismos, se remitirn a los socios los textos de las propuestas. Los votos de stos sern emitidos por escrito. A solicitud de los gerentes o administradores o de los socios que representen ms de la cuarta parte del capital social, podr convocarse la asamblea extraordinaria, an cuando la escritura constitutiva slo exigiera el voto por correspondencia. En estas asambleas slo podrn tratarse los asuntos sealados en la convocatoria, bajo pena de nulidad. (Arts. 203, 176, 177, 178 Cdigo de Comercio). Art. 206.- (CONVOCATORIA A ASAMBLEA). Las asambleas sern convocadas por los gerentes o administradores y, en su defecto, por el directorio o consejo de administracin y, a falta u omisin de stos, por los socios que representen ms de la cuarta parte del capital social. Si la escritura social no estableciera la forma y modo de convocatoria, se la har por carta certificada. La publicacin o comunicacin deber contener la orden del da y ser hecha ocho das antes de la fecha sealada para la celebracin de la asamblea. Art. 207.- (QUORUM LEGAL). El qurum legal para la asamblea quedar constituido con la presencia de socios que representen por lo menos a la mitad del capital social, a no ser que la escritura constitutiva exigiera una representacin mayor. La participacin de los socios en las deliberaciones y decisiones de las asambleas podr ser personal o por medio de representante o mandatario, en la forma que determine el contrato social.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 21

    3.1 Atribuciones de la Asamblea

    La Asamblea General Ordinaria, se llevar a cabo por lo menos una vez al ao, cuando lo establezca el estatuto orgnico, siendo sus atribuciones, sin perjuicio de otras que sealaren los estatutos, las siguientes: 1. Conocer y pronunciarse sobre los informes y memoria anual de los consejos,

    gerencia y comits. 2. Conocer y pronunciarse sobre los estados financieros de la ltima gestin

    econmica, previo pronunciamiento del Consejo de Vigilancia y de auditoria, cuando corresponda.

    3. Considerar y pronunciarse sobre las polticas, planes, programas y proyectos que presente el Consejo de Administracin.

    4. Considerar y aprobar el Plan de Operaciones y Presupuesto de la siguiente gestin.

    5. Elegir y remover a los integrantes de los Consejos de Administracin, Consejo de Vigilancia, Tribunal Disciplinario o de Honor y comits que sean necesarios para la buena administracin de la Cooperativa.

    6. Determinar el destino de los excedentes de percepcin de acuerdo a los principios establecidos en la presente Ley.

    7. Deliberar y resolver sobre las propuestas que presente el Consejo de Administracin, de Vigilancia, comits o las asociadas y asociados ante la Asamblea.

    8. Conocer y aprobar la valorizacin de los certificados de aportacin. 9. Aprobar, cuando corresponda, las asignaciones para las consejeras y los

    consejeros e integrantes de los diferentes comits. 10. Conocer y resolver todos los asuntos que no estn dentro de las

    competencias de los otros rganos de gobierno de la Cooperativa.

    Referencia a la Ley General de Cooperativas: Artculo 51. (SOBERANA DE LA ASAMBLEA). La Asamblea General es soberana y la autoridad suprema en una cooperativa; sus decisiones obligan a todas las asociadas y los asociados, presentes y ausentes, siempre que se hubiesen adoptado conforme a la presente Ley, el Decreto Supremo reglamentario, el estatuto orgnico y el reglamento interno. Artculo 52. (CLASES DE ASAMBLEAS). I. Las asambleas pueden ser ordinarias o extraordinarias, se celebrarn en la forma y fechas establecidas en el estatuto orgnico de la Cooperativa. II. Las cooperativas de amplia base asociativa, podrn adoptar la modalidad de asambleas de delegados, con el propsito de hacer ms efectiva la participacin democrtica de las asociadas y los asociados, de acuerdo al Decreto Supremo reglamentario de la presente Ley.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 22

    3.2 Organizacin de una Asamblea Ordinaria.

    La Asamblea General deber ser convocada cuando menos cinco (5) das y no ms de treinta (30)9 das hbiles de anticipacin a la fecha de su celebracin, mediante una convocatoria publicada durante tres das discontinuos, en peridicos de amplia circulacin en esta ciudad o por medio de avisos publicados en canales de televisin o de emisoras locales. El Consejo de administracin deber definir la fecha y lugar de realizacin de la Asamblea, tomando en cuenta el da y hora ms conveniente en funcin a la zona y el tipo de masa societaria, con la finalidad de lograr una asistencia masiva de socios.

    La convocatoria indicar el orden del da10, el sitio, la fecha, la hora de la reunin, requisitos y plazos para la habilitacin de candidatos, as como la fecha lmite para el pago de certificados de aportacin.

    3.3 Comits de Apoyo.

    Los siguientes Comits de Apoyo a la labor del Consejo de Administracin, constituyen parte del sistema de organizacin de la asamblea; stos son designados por la gerencia general y los conforman el personal administrativo de la Cooperativa y estn integrados as:

    3.3.1 Comit de habilitacin

    a) Nombrar un coordinador general de esta comisin que conjuntamente el gerente traten problemas de habilitacin de socios.

    b) Impresin de tarjetas de habilitacin, voto. c) Habilitacin del libro de registro de socios que participan de la

    asamblea. d) Emisin de listados de socios con goce de derechos y socios

    inhabilitados.

    e) Establecer procedimientos y horarios de habilitaciones (Inicio y cierre).

    3.3.2 Comit de recepcin y protocolo

    a) Elaborar lista de invitados especiales a la Asamblea General.

    9 Ver Articulo N 288 del Cdigo de comercio 10 Ver Articulo N 292 del Cdigo de comercio

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 23

    b) Definir posicin y ubicacin de la testera. c) Designar el Comit de Recepcin.

    d) Designar Comits de Apoyo (Tcnico, limpieza y arreglos del local

    (decorado), equipo de sonido, micrfonos, refrigerio).

    3.3.3 Comit de Seguridad

    a) Memorndums a los guardias y seguridad fsica para solicitar permiso y cartas al Comandante de Seguridad Fsica para reforzar la seguridad.

    b) Asignar funciones especficas de apoyo del personal de seguridad a

    las comisiones de habilitaciones.

    3.4 Qurum11

    Habr qurum para las asambleas ordinarias o extraordinarias de Socios con la concurrencia de un nmero plural de personas que represente por lo menos el 50% ms uno de los socios hbiles afiliados, con derecho a voto segn lo especificado en el artculo 33 del estatuto de la Cooperativa. Transcurridos sesenta (60) minutos, contados a partir de la hora exacta fijada para la reunin, si no se logra formar qurum para deliberarla asamblea sesionar vlidamente y podr adoptar decisiones con cualquier nmero plural de afiliados hbiles presentes.

    3.5 Actas de Asamblea.12 Las resoluciones, deliberaciones, decisiones, elecciones y dems trabajos de la Asamblea General, se harn constar en un libro de Actas que firmarn todos los integrantes del Consejo de Administracin y dos representantes de los socios refrendados por el Notario de Fe Pblica. Cada Acta se encabezar con el nmero de orden correspondiente y deber indicar el lugar, la fecha y la hora de la reunin; la forma de convocatoria; el nmero de socios hbiles presentes, los asuntos tratados; las decisiones adoptadas; las proposiciones aprobadas, negadas o aplazadas las constancias escritas presentadas por los asistentes. Se indicar tambin el nmero de votos emitidos a favor de los postulantes habilitados, para los Consejos de Administracin y Vigilancia. La fecha y hora determinacin, y en general, todas las circunstancias que suministren una informacin clara y completa sobre el desarrollo de la Asamblea.

    11 Ver Articulo N 295 del Cdigo de comercio 12 Ver Articulo N 301 del Cdigo de comercio

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 24

    Referencia al Cdigo de Comercio Art. 295.- (QUORUM EN LAS JUNTAS ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS). Existir qurum en las juntas ordinarias si estuvieran representadas ms de la mitad de las acciones con derecho a voto. Para las extraordinarias, ser necesaria la representacin de las dos terceras partes, salvo que los estatutos fijen un nmero ms elevado para formar el qurum. Art. 293.- (REQUISITOS PARA CONCURRIR A LAS JUNTAS). Para concurrir a las juntas generales, los propietarios de ttulos nominativos debern estar debidamente registrados en el libro de la sociedad. Los accionistas con ttulos al portador debern depositar en la sociedad con tres das de anticipacin por lo menos, los ttulos de sus acciones, o un certificado acreditando que estn depositados en una institucin bancaria. La sociedad les otorgar los comprobantes de recibo para participar en la reunin. Los certificados de depsitos y los comprobantes de recibo deben especificar la clase, serie y numeracin de las acciones o de los ttulos. El depositario responde, solidaria e ilimitadamente, de la existencia de las acciones.

    Art. 301.- (ACTAS DE LAS JUNTAS). Las actas de las juntas generales se asentarn en el libro de "Actas" y resumirn las expresiones vertidas en las deliberaciones, la forma de las votaciones y sus resultados, con indicacin completa de las resoluciones adoptadas; sern firmadas a ms tardar dentro de los cinco das siguientes a la celebracin de la junta por quien la presidi, el secretario y dos representantes de los accionistas elegidos con tal objeto.

    De las actas de las juntas extraordinarias, pasadas al libro respectivo, se obtendr copia legalizada y se inscribir en el Registro de Comercio, previo conocimiento de la Direccin de Sociedades por Acciones.

    Cualquier accionista puede solicitar, a su costa, copia legalizada del acta.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 25

    3.6 Derechos de los Socios.

    Adems de otros contenidos en el Artculo 37 de ley General de Cooperativas y en los estatutos, los socios tendrn los siguientes derechos bsicos:

    a) Participar de los dividendos de la Cooperativa de acuerdo con el monto

    de sus certificados de aportacin del cual sea titular, siempre que de acuerdo con lo establecido por la Asamblea, haya lugar a la distribucin de stos.

    b) Participar y votar, en las Asambleas Generales ordinarias y

    extraordinarias de socios para la toma de las decisiones que corresponden a la misma, incluyendo la designacin de los rganos y personas que de acuerdo con la ley y los estatutos le corresponda elegir.

    c) Transferir o enajenar sus certificados de aportacin, segn lo

    establecido por la ley, los estatutos sociales y los acuerdos de socios en caso de que los hubiere.

    d) Tener acceso a la informacin pblica de la Cooperativa en tiempo

    oportuno y en forma integral. e) Hacer recomendaciones sobre el Buen Gobierno dela cooperativa. f) Ejercer el derecho de retiro de conformidad con lo dispuesto en el

    Estatuto Orgnico y disposiciones legales aplicadas al Sistema Financiero.

    g) Ser informado a travs del Consejo de Vigilancia que tendr como

    objetivo brindar informacin clara y objetiva sobre la Cooperativa y sus actividades, que permitan a los socios estar permanentemente informados sobre decisiones que signifiquen cambios fundamentales en la entidad.

    . 3.7 Obligaciones de los Socios.

    Adems de otros contenidos el Artculo 37 de ley General de Cooperativas en los estatutos, los socios tendrn los siguientes derechos bsicos:

    a) Participar en la consecucin de los objetivos de la Cooperativa. b) Cumplir puntualmente con los compromisos de obligaciones econmicas

    debidamente contradas.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 26

    c) Participar en las reuniones y actos que sean convocados por la Cooperativa, principalmente en aquellos donde se elegirn a los respectivos miembros de los rganos de gobierno.

    d) Cumplir las disposiciones del presente Estatuto, reglamentos internos y

    cualquier otra disposicin de la Asamblea General. e) Cumplir con el pago del valor de los Certificados de Aportacin

    establecidos por la Asamblea General. f) Conocer y cumplir los principios bsicos del Cooperativismo, los

    Estatutos, reglamentos y resoluciones de la cooperativa. g) Cumplir las obligaciones inherentes a su condicin de asociado. h) Aceptar y cumplir las resoluciones de los Consejos de Administracin y

    Vigilancia ajustadas a la Ley, los Estatutos y los reglamentos. i) Comportarse solidariamente tanto en sus relaciones con la Cooperativa

    como con los miembros de la misma. j) Abstenerse de ejecutar hechos o incurrir en omisiones que afecten o

    puedan afectar la estabilidad econmica y financiera o el prestigio social de la Cooperativa.

    k) Utilizar los servicios, participar en los programas que la cooperativa

    organice y contribuir efectivamente a su progreso y desarrollo. l) Suministrar los informes y documentos que la cooperativa le solicite para

    el buen desenvolvimiento de sus relaciones con ella e informar cualquier cambio de domicilio.

    m) Cumplir con los dems deberes de acuerdo con la Ley, los Estatutos y

    los reglamentos.

    3.8 Tratamiento equitativo de los Socios

    Los certificados de aportacin sern nominativos, y podrn ser con derecho a voto. Todos los socios dela cooperativa sern tratados con equidad, teniendo en cuenta que cada socio tiene los mismos derechos no importando el nmero de certificados que posea.

    3.9 Relaciones de los Socios con la Cooperativa

    Los socios debern actuar con lealtad frente a la cooperativa, abstenindose de participar en actos o conductas respecto de las cuales exista conflicto de intereses, lesionen los intereses dela Cooperativa o impliquen la divulgacin

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 27

    de informacin privilegiada dela Cooperativa. Las relaciones comerciales dela cooperativa con sus socios se llevarn a cabo dentro de las limitaciones y condiciones establecidas por las normas pertinentes, y en todo caso, dentro de condiciones de mercado. Estas relaciones se divulgarn en las notas a los estados financieros dela cooperativa.

    Referencia a la Ley General de Cooperativas N 356 de 11 de abril de 2013 Artculo 37. (DERECHOS, OBLIGACIONES, RESPONSABILIDADES Y RESTRICCIONES DE ASOCIADAS Y ASOCIADOS). I. Derechos: 1. Cada asociada o asociado tiene derecho a un solo voto en la toma de decisiones y en ningn caso podr ser representado por terceros mediante poder u otros documentos. 2. Acceso a la educacin cooperativa. 3. Percibir la cuota parte que les corresponde de los excedentes de percepcin. 4. Ser informados del funcionamiento o administracin de la cooperativa en forma transparente y peridica o cuando lo soliciten formalmente. II. Obligaciones: 1. La asociada o el asociado de nuevo ingreso, compartir plenamente las responsabilidades de todas las obligaciones anteriormente contradas por la Cooperativa. 2. Concurrir a las asambleas y cumplir con las obligaciones que se determinen en el estatuto orgnico. 3. Practicar los valores y principios cooperativos establecidos en la presente Ley. III. Responsabilidades: 1. Acatar las disposiciones de la presente Ley y su Decreto Supremo reglamentario, el estatuto y los reglamentos internos de su cooperativa. 2. Sern directamente responsables ante la cooperativa, la asociada y el asociado que con sus actos u omisiones lesionen los intereses de la Cooperativa. IV. Restricciones: 1. Ninguna asociada o ningn asociado, podr pertenecer a los Consejos de Administracin o Vigilancia de ms de una Cooperativa simultneamente, de la misma o de otra clase, en cualquier parte del pas. 2. Ninguna asociada o ningn asociado de una Cooperativa de Produccin, Servicios y Servicios Pblicos, podr pertenecer a un sindicato laboral de la misma. 3. Ninguna asociada o ningn asociado de una Cooperativa de Produccin, podr pertenecer a ms de una Cooperativa de Produccin. En el caso de las cooperativas de servicios se actuar de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo reglamentario.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 28

    3.10 Relacin con socios, clientes y usuarios.

    Este punto tiene por propsito guiar el comportamiento del personal de la Cooperativa en relacin a la atencin de los socios, clientes y usuarios; as como, asegurar un trato equitativo y un acceso transparente a la informacin pertinente, sobre la entidad y sus productos. Los socios, clientes y usuarios debern tener una atencin especial por parte del personal de la entidad, bajo los principios de equidad, igualdad, respeto y calidad y conforme a lo establecido en las normas legales. La Cooperativa de Ahorro y Crdito se compromete a suministrar a sus socios, clientes y usuarios actuales y potenciales, la informacin necesaria para que puedan tomar las mejores decisiones respecto de los productos que ofrece. Esta informacin estar disponible en formato simple y claro a fin de que el cliente pueda conocerla. Se cumplirn los requerimientos la forma que establece la legislacin vigente. Esta informacin comprender: Las tarifas aplicables por los servicios que contratar o ha contratado,

    as como de las condiciones que las rigen. Los socios, clientes y usuarios sern notificados de los cambios en tarifas que afecten sus productos.

    Informacin correcta y oportuna sobre las transacciones que ha realizado.

    Las transacciones con socios, clientes y usuarios que pudieran implicar conflictos de inters se atendern segn lo dispuesto en el Cdigo de tica y Conflictos de Inters.

    La Cooperativa maneja los datos personales de sus clientes de manera responsable y de acuerdo con las leyes de privacidad y secreto bancario aplicables.

    Como parte de nuestro compromiso con el servicio a los clientes, ponemos a disposicin canales efectivos para la recepcin y atencin oportuna de reclamos y consultas (PR). La Gerencia General junto con las Subgerencias controla los riesgos regulatorios relacionados con la normativa vigente sobre la atencin a clientes y utiliza indicadores para monitorear el comportamiento de estos riesgos.

    3.11 Derecho a proponer asuntos para el orden del da.

    Los Asociados tienen derecho a estar debida y suficientemente informados sobre los temas que sern tratados en La Asamblea General de Asociados. Para ello, La Cooperativa respeta y garantiza que estn informados con anticipacin y, as mismo, tengan la oportunidad de solicitar los informes o aclaraciones que estimen necesarios acerca de los puntos de la agenda.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 29

    Para esto, los asociados tienen derecho a formular solicitudes de informacin al Consejo de Administracin. Es el derecho de los socios a proponer asuntos para el orden de da de una asamblea general ordinaria. El orden del da de la asamblea general es fijado por el Consejo de Administracin que con carcter general es, adems, el competente para convocar. En ese orden del da, junto a los asuntos que el mencionado rgano, en ejercicio de su competencia de gestin, estime necesario o conveniente que formen parte del mismo, deber incluir los asuntos que proponga un socio o un determinado nmero de socios. El procedimiento para proponer asuntos en el orden del da de una asamblea general es el siguiente:

    1. La solicitud debe formularse por escrito en la que tiene que constar la voluntad de los socios mediante su firma. La solicitud por escrito habr de presentarse con diez (10) das antes de la

    convocatoria de la asamblea general para cuyo orden del da se realizan propuestas.

    En la solicitud se deben indicar los asuntos que se proponen para el orden del da.

    La propuesta de asuntos debe ir dirigida al Consejo de Administracin, o al Gerente General de la Cooperativa quien comunicara al Consejo.

    El consejo de Administracin deber incluir estos asuntos en el orden del da de la asamblea general,

    El Consejo de Administracin evaluara la necesidad de los asuntos cuya inclusin se propone, en aplicacin de la normativa vigente.

    4. ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS.13

    Se convoca en las oportunidades en que resulte necesaria, en ella los asociados resuelven aquellas cuestiones que superan las facultades del Consejo de Administracin, o que por disposicin expresa el estatuto son de competencia de las Asambleas aludidas. La Asamblea General Extraordinaria, se llevar a cabo las veces que fuere necesario para la buena marcha de la Cooperativa, conforme al estatuto orgnico, siendo sus atribuciones, sin perjuicio de otras que sealare el estatuto, las siguientes:14

    4.1 Atribuciones de las Asambleas Extraordinarias:

    1. Autorizar la enajenacin de bienes, la realizacin de inversiones y endeudamiento de la Cooperativa, que estn por encima de los lmites

    13 Ver Articulo N 286 del Cdigo de comercio 14 Ver Artculo 54 de la Ley General de Cooperativas N 356 de 11 de abril de 2013

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 30

    establecidos para el Consejo de Administracin, conforme el Decreto Supremo reglamentario.

    2. Aprobar los convenios, contratos y acuerdos, que cuenten con los estudios y/o justificaciones que demuestren la viabilidad social y econmica.

    3. Considerar y resolver los actos de los integrantes de los Consejos de Administracin y Vigilancia contrapuestos al estatuto orgnico, la presente Ley y disposiciones conexas y complementarias.

    4. Aprobar la inclusin de asociadas y asociados, cuando corresponda, de acuerdo a su estatuto orgnico.

    5. Aprobar la exclusin de asociadas o asociados. 6. Aprobar la fusin, disolucin, escisin, cambio de nombre u otro cambio

    sustancial de la Cooperativa por dos tercios de votos de las asociadas y asociados asistentes a la Asamblea.

    7. Considerar las modificaciones o reformas del estatuto orgnico, con la aprobacin de dos tercios de votos de las asociadas y asociados asistentes en la Asamblea.

    8. Considerar cualquier otro asunto para la buena marcha de la Cooperativa, que no sea de competencia de la Asamblea General Ordinaria.

    4.2 Convocatoria a las asambleas15

    Corresponde bajo responsabilidad y sancin, al Consejo de Administracin, la convocatoria a las Asambleas Generales, de conformidad con lo definido en su estatuto orgnico. De no hacerlo, atae al de Vigilancia; en su defecto lo harn con orden de prelacin, a peticin formal de un nmero de asociadas y asociados legalmente habilitados establecido en el Decreto Supremo reglamentario de la presente Ley y el estatuto orgnico, las centrales, federaciones regionales, sectoriales, departamentales, nacionales o la Confederacin Nacional de Cooperativas - CONCOBOL, y en ltima instancia, lo har la Autoridad de Fiscalizacin y Control de Cooperativas - AFCOOP.

    4.3 Organizacin, Comits de Apoyo, Qurum y Actas, de la Asamblea Extraordinaria.

    El procedimiento de organizacin, convocatoria, comits de apoyo qurum y actas, sern similares en todo lo que corresponda, al determinado para las asambleas ordinarias.

    15 Ver Artculo 55 de la Ley General de Cooperativas N 356 de 11 de abril de 2013.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 31

    Referencia al Cdigo de Comercio:

    Art. 284.- (CLASES DE JUNTAS GENERALES). Las juntas generales sern ordinarias y extraordinarias.

    Art. 285.- (JUNTA ORDINARIA Y SU COMPETENCIA) La junta general ordinaria Se reunir con carcter obligatorio, por lo menos una vez al ao, para considerar y resolver los siguientes asuntos:

    1) La memoria anual e informe de los sndicos, el balance general y el estado de

    resultados, y todo otro asunto relativo a la gestin de la sociedad; 2) La distribucin de las utilidades o, en su caso, el tratamiento de las prdidas 3) El nombramiento y remocin de los directores y sndicos y, en su caso, la fijacin

    de su remuneracin, y 4) Las responsabilidades de los directores y sndicos, si las hubiere. (Art. 283

    Cdigo de Comercio).

    En los casos de los puntos 1), 2) y 3), la junta ser convocada necesariamente dentro de los tres meses del cierre de ejercicio. (Art. 291 Cdigo de Comercio).

    Art. 286.- (JUNTAS EXTRAORDINARIAS Y SU COMPETENCIA). Las juntas generales extraordinarias considerarn todos los asuntos que no sean de competencia de las juntas ordinarias y, privativamente, los siguientes:

    1) La modificacin de los estatutos. Aprobada la misma, debe correrse el trmite

    sealado en el artculo 129 debiendo entrar en vigencia a partir de la fecha de inscripcin;

    2) La emisin de nuevas acciones; 3) La emisin de bonos o debentures; 4) El aumento del capital autorizado y reduccin o reintegro del capital; 5) La disolucin anticipada de la sociedad, su prrroga, transformacin o fusin;

    nombramiento, remocin y retribucin de liquidadores; y 6) Otros que la ley, la escritura social o los estatutos sealen. (Art. 299, 361 Cdigo

    de Comercio).

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 32

    Captulo X. COMIT ELECTORAL.16

    1. Misin del Comit Electoral.

    El Comit Electoral tendr a su cargo coordinar y supervisar el proceso electoral interno bajo los principios de transparencia, equidad, publicidad e imparcialidad, el Comit Electoral validar con su firma los documentos y actas relacionados con el proceso interno. De conformidad con el Estatuto Orgnico de la Cooperativa, el Comit Electoral, tiene como responsabilidad la organizacin y control del proceso de elecciones y toma de decisiones por votacin de socios, tanto en Asambleas Generales Ordinarias como Extraordinarias de la Cooperativa.

    2. Composicin funciones y responsabilidades

    a) El Comit Electoral, tendr como responsabilidad la organizacin y control del

    proceso de elecciones y toma de decisiones por votacin de socios, tanto en Asambleas Generales Ordinarias como Extraordinarias de la Cooperativa. Sus funciones se regirn conforme el Reglamento de Elecciones.

    b) La Asamblea General Ordinaria elegir anualmente al Comit Electoral

    integrado por tres miembros que debern ser socios hbiles. Este Comit elegir de su seno un presidente, un secretario y un vocal.

    c) El Comit Electoral responde nica y exclusivamente ante la Asamblea

    General. Forman qurum el cien por ciento de sus miembros. Las decisiones se toman por simple mayora y sus acuerdos debern constar en un libro de actas.

    d) El Comit Electoral ser convocado a su primera reunin, faltando 30 das a

    la realizacin de la Asamblea Anual Ordinaria de socios. En la misma se conformar un Directorio compuesto por: Un Presidente, Un Secretario y Un Vocal.

    e) El Comit Electoral, convocar a los socios activos de la Cooperativa, por lo

    menos con 20 das de anticipacin a la realizacin de la Asamblea Ordinaria, para que postulen como candidatos a los Consejos de Administracin y Vigilancia, presentando su Currculum Vitae cumpliendo los requisitos pertinentes:

    f) La convocatoria, adems de detallar los requisitos pertinentes, especificar la

    fecha y hora lmites para la presentacin de documentos. Al vencimiento del plazo, el Comit electoral mediante su representante, elaborarn el listado

    16 Ver Recopilacin de Normas para Servicios Financieros de la ASFI, Libro 1, Ttulo I, Captulo III, Anexo 8, inciso 9.6

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 33

    respectivo, e inmediatamente despus, mediante nota harn entrega de la documentacin a la junta Directiva de la Cooperativa para su correspondiente revisin.

    g) El Comit Electoral, compulsar el informe legal y antecedentes de los

    postulantes, y en base a ellos proceder a la calificacin contemplando aspectos como: Calidad de Socio, Formacin Profesional, Seminarios y/o Cursos sobre Cooperativismo y Currculum Vitae, mediante una tabla valorativa de 1 a 100 de los cuatro rubros de 25 puntos cada uno, de acuerdo a formato especfico.

    h) El Comit Electoral proceder a la Calificacin y en base a sus resultados

    elaborar la lista de candidatos, guardando una relacin de al menos en nmero de tres (3) por vacancia (Titulares y Suplentes), en cada uno de los Consejos, la misma que deber ser publicada hasta tres das antes de realizacin de la Asamblea, en un medio de comunicacin escrito.

    i) Una vez publicada la nmina de postulantes habilitados, El Comit Electoral

    velar que las campaas publicitarias emprendidas por los candidatos guarden el debido respeto a la Cooperativa y sus integrantes, autorizando el empleo de papelera no mayor a media pgina del papel tamao carta. Dicha campaa concluir con la instalacin de la Asamblea, no estando permitido por ningn motivo que los postulantes realicen o prosigan sus campaas una vez iniciada la Asamblea. En virtud a ello, El Comit Electoral se halla facultada a descartar a postulantes que contravengan la disposicin.

    j) El informe que emita el Comit Electoral, deber ser entregado al Consejo de

    Administracin para su publicacin, hasta 10 (diez) das antes de la fecha prevista para la Asamblea. Dicho informe, ser presentado por el Presidente del Comit electoral a la Asamblea de socios, a tiempo de presentar a los diferentes candidatos.

    k) El Presidente del Comit Electoral, se har cargo del acto eleccionario, luego

    de la conclusin del debate y la aprobacin de los informes de los Consejos de Administracin y Vigilancia, de los Estados Financieros, del informe de Auditora Externa y la Memoria Anual presentados a la Asamblea para su consideracin y aprobacin.

    l) El Presidente del Comit Electoral har la presentacin individual de todos los

    candidatos habilitados para los dos Consejos.

    m) El Comit Electoral coordinar el sistema de eleccin, el uso de papeletas, la habilitacin de mesas, y todo lo concerniente al acto de sufragio y escrutinio de votos.

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 34

    n) Una vez presentados los postulantes, se invitar a los socios al acto de sufragio, utilizando las papeletas habilitadas al efecto, las mismas que sern depositadas en nforas dispuestas estratgicamente para dicho fin.

    o) El Comit Electoral cuidar y controlar que por socio se emita en secreto un

    slo voto, evitando intromisiones de cualquier naturaleza contrarias al acto electoral. Teniendo cada socio derecho a un voto, cualquiera sea el nmero o valor de sus Certificados de Aportacin. El voto ser personal del socio, no siendo vlidos los votos por poder. nicamente las jurdicas votaran a travs de un representante debidamente acreditado de acuerdo al reglamento electoral.

    p) El Comit Electoral absolver cualquier duda de los asociados con relacin al

    sufragio. q) A la conclusin del sufragio, en forma pblica y con la intervencin de un

    Notario de Fe Pblica, se proceder al cmputo y escrutinio correspondientes. r) El resultado de los Comicios, con los nombres de los participantes, nmero de

    votos obtenidos y la proclamacin de los candidatos elegidos titulares y suplentes, ser informado al Consejo de Administracin para la posesin del nuevo Directorio. Dicho informe ser ledo en su integridad en el acto de posesin del nuevo Directorio en fecha a determinarse a la recepcin del informe de El Comit Electoral.

    s) El Comit Electoral dar posesin del nuevo Directorio, en fecha a

    determinarse. t) Cualquier situacin no prevista en el Reglamento Electoral, ser absuelta por

    El Comit Electoral y en su caso por el Directorio de la Cooperativa.

    3. Plan anual de trabajo.

    El Comit Electoral en su primera reunin, elaborar y aprobar el plan de trabajo contemplando todas las funciones que realizar durante el tiempo que le toque participar antes y durante la realizacin de la Asamblea Anual Ordinaria de socios. A continuacin se adjunta un modelo del plan de trabajo anual:

  • Cooperativa de Ahorro y Crdito Abierta San Jos de Punata Ltda. CODIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

    Vigencia, 17/03/2017 Pgina | 35

    TOTAL ANUAL

    OBSERVACIONES Y CUMPLIMIENTO

    1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4

    1

    Eleccin del Comit Electoral, enaplicacin del Articulo Pertinente delEstatuto de la Cooperativa,conformado por tres socios elegidos enAsamblea.

    0.5 Horas

    2

    Convocatoria al Comit Electoral a suprimera reunin, faltando 30 das a larealizacin de la Asamblea AnualOrdinaria de Socios. En la misma seconformara un Directorio compuestopor: Un Presidente, Un Secretario yun Vocal.

    0.25 Horas

    3

    Convocatoria pblica del ComitElectoral a los socios activos de laCooperativa por lo menos con 20 dasde anticipacin a la realizacin de laAsamblea Ordinaria de Socios, paraque se postulen como candidatos a losConsejos de Administracin yVigilancia

    0.50 Horas

    4

    Recepcin de la documentacin,calificacin y elaboracin de lanmina de los socios postulantes yelaboracin del informe para elConsejo de Administracin.

    24 Horas

    5Entrega al Consejo de Administracindel informe sobre los postulantes aDirectores de los Consejos deAdministracin y Vigilancia

    0.25 Horas

    6Publicacin en medios de prensa de lanomina de postulantes habilitados.

    0.25 Horas

    7

    Velar que las campaas publicitariasemprendidas por los candidatosguarden el debido respeto a laCooperativa y sus integrantes

    112 Horas

    8

    El presidente del Comit Electoralrealiza el acto eleccionario, luego dela conclusin del debate y laaprobacin de los informes de losConsejos de Administracin yVigilancia, de los Estados Financieros, del informe de Auditora Externa y laMemoria anual presentados a laAsamblea General.

    4 Horas

    9

    Presentacin individual de loscandidatos para los dos Consejos,habilitados por el Presidente delComit Electoral.

    0.5 Horas

    10

    Invitacin a los so