CLÁUSULA xxxxx
1
CLÁUSULA xxxxx.- RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO.- El ARRENDATARIO será el único responsable de cuantos daños físicos como materiales puedan ocasionarse a terceros y, sean consecuencia directa o indirecta, del negocio instalado en las actividades ejercidas por el arrendatario o sus dependientes, eximiendo de toda responsabilidad al ARRENDADOR, incluso por daños derivados de instalaciones y suministros. CLÁUSULA XXXXX.- JURISDICCIÓN.- Para la resolución de cuantas divergencias pudieran suscitarse con motivo del cumplimiento e interpretación del presente contrato, ambas partes, se someten expresamente a los juzgados y tribunales de esta ciudad.
-
Upload
jose-luis-carrasco-chavez -
Category
Documents
-
view
18 -
download
0
Transcript of CLÁUSULA xxxxx
![Page 1: CLÁUSULA xxxxx](https://reader036.fdocuments.ec/reader036/viewer/2022082409/55cf8f7c550346703b9cddda/html5/thumbnails/1.jpg)
CLÁUSULA xxxxx.- RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO.- El ARRENDATARIO será el único responsable de cuantos daños físicos como materiales puedan ocasionarse a terceros y, sean consecuencia directa o indirecta, del negocio instalado en las actividades ejercidas por el arrendatario o sus dependientes, eximiendo de toda responsabilidad al ARRENDADOR, incluso por daños derivados de instalaciones y suministros.
CLÁUSULA XXXXX.- JURISDICCIÓN.- Para la resolución de cuantas divergencias pudieran suscitarse con motivo del cumplimiento e interpretación del presente contrato, ambas partes, se someten expresamente a los juzgados y tribunales de esta ciudad.