Clasificación penitenciaria en México
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LA CLASIFICACIÓNPENITENCIARIA
EDGAR DANIEL LAGUNA J. ELENA HERNÁNDEZ L.NANCY JIMÉNEZISAMAR PALOMARES O. VALERIA BALTAZAR T.
5°U
Tratados o documentos oficiales que nos hablan sobre la Clasificación Penitenciaria.
Lineamientos para la ejecución de sanciones en las entidades federativas
Ley de Ejecución de Medidas Judiciales y Sanciones Penales
Ley de Normas Mínimas Constitución Política, Arts. 18°-22° CPF (penal federal) CPPF (de procedimientos penales)
Legislación Penitenciaria Mexicana
Naturaleza y objeto de la LeyNaturaleza y objetivo• Finalidades• Vigilancia y coordinación interinstitucional•Derechos y obligaciones del inculpado o sentenciado• Defensa en la ejecución• Intervención del Ministerio Público en la ejecución
LEY DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS JUDICIALES Y SANCIONES
PENALESDEL ESTADO DE GUANAJUATO
ARTÍCULO 1°.- . Las disposiciones de esta Ley son de orden público y tienen por objeto:
Regular ejecución de
penas
Regular medidas de seguridad y cautelares
Suspensión del proceso
Intervención en la ejecución de
la pena
Bases del sistema de
reinserción social
Determinar los medios de
prevención y de reinserción
social a quienes se les haya
impuesto alguna pena o medida de
seguridad
ARTÍCULO 2°.
• La imposición, modificación y duración de las penas son tarea de la autoridad judicial
• Sist. Penitenciario sobre la base del trabajo, salud, educación, deporte y capacitación
Art. 18°
Const.
Art. 21
Const.
LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS SOBRE READAPTACION SOCIAL
DE SENTENCIADOSCAPITULO II: PERSONALARTICULO 4°- ¨[…] en la designación del personal se considerará la vocación, aptitudes, preparación académica y antecedentes personales .
ARTICULO 5°.- Los miembros del personal penitenciario quedan sujetos a la obligación de seguir cursos de formación y
actualización y de aprobar los exámenes de selección y
permanencia.
ART. 6°- El tratamiento será individualizado, con aportación de las diversas ciencias pertinentes para la reincorporación social del sujeto.
Se debe considerar sus circunstancias personales, sus usos y costumbres tratándose de internos indígenas, así como la ubicación de su domicilio, a fin de que puedan compurgar sus penas en los centros penitenciarios más cercanos a este
A excepción de los sujetos internos por delincuencia organizada y de aquellos que requieran medidas especiales de seguridad.
CAP. III: SISTEMA
Para la mejor individualización del tratamiento y tomando en cuenta las condiciones de cada medio y las posibilidades presupuestales, se clasificará a los reos en instituciones especializadas, entre las que podrán figurar establecimientos de seguridad máxima, media y mínima, colonias y campamentos penales, hospitales psiquiátricos y para infecciosos e instituciones abiertas.
CAP. III: SISTEMA
El sitio en que se desarrolle la prisión preventiva será distinto del que se destine para la extinción de las penas y estarán completamente separados.
Las mujeres quedarán recluidas en lugares separados de los destinados a los hombres y tendrán personal capacitado para el cuidado de sus hijas e hijos que permanezcan con ellas
Los menores infractores serán internados, en su caso, en instituciones diversas de las asignadas a los adultos.
CAP. III: SISTEMA
ARTICULO 7o.- El régimen penitenciario tendrá carácter progresivo y técnico y constará, por lo menos, de períodos de estudio y diagnóstico y de tratamiento, dividido este último en fases de tratamiento en clasificación y de tratamiento preliberacional. El tratamiento se fundará en los resultados de los estudios de personalidad que se practiquen al reo, los que deberán ser actualizados periódicamente.
Se procurará iniciar el estudio de personalidad del interno desde que éste quede sujeto a proceso, en cuyo caso se turnará copia de dicho estudio a la autoridad jurisdiccional de la que aquél dependa.
ARTICULO 9°.- Se creará en cada reclusorio un Consejo Técnico interdisciplinario, con funciones: La ejecución de medidas preliberacionales, La concesión de la remisión parcial de la pena Libertad preparatoria Aplicación de la retención. El Consejo podrá sugerir también a la autoridad ejecutiva del reclusorio medidas de alcance general para la buena marcha del mismo.
Tratamiento de Inimputables. I.- Internación en el establecimiento especial
público o privado que se juzgue adecuado para la rehabilitación del inimputable; o
II.- Rehabilitación bajo la custodia familiar.Su duración no excederá del máximo de la punibilidad señalada al tipo penal correspondiente.
Cesará por resolución judicial al demostrarse la ausencia de peligrosidad del sujeto.
CÓDIGO PENAL FEDERAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
CÓDIGO PENAL FEDERAL
ARTICULO 27. El tratamiento en libertad de imputables consiste en la aplicación de las medidas laborales, educativas y curativas
Su duración no podrá exceder de la correspondiente a la pena de prisión sustituida.
ARTICULO 18 CONSTITUCIONAL
Adultos hombres
Adultos Mujeres
Procesados Adultos Hombres
Adultos Mujeres
Sentenciados
En ningún caso la clasificación debe ser pretexto para la discriminación o la concesión de privilegios para los internos.Ni se podrá ubicar a alguien en zonas distintas a las destinadas para el alojamiento de internos.
CRITERIOS JURÍDICOS
RES
PETO
EI trato debe ser el mismo, dentro del marco de respeto a sus Derechos Humanos, sin importar el área en la que se encuentren ubicados.
INS
TA
LA
CIO
NES Todos los lugares
destinados a la estancia deberán contar con características similares de espacio, mobiliario, ventilación, iluminación, etc.
AIS
LA
MIE
NTO No podrá aislarse
a nadie, salvo en los casos y en los términos previstos por estas reglas y por la normatividad vigente en los Centros en materia de sanciones.
LINEAMIENTOS GENERALES PARA EFECTUAR CLASIFICACION AL INTERIOR DE CADA CENTRO
La asignación de los internos a las Instituciones de alta, media y baja seguridad, deberá apegarse a los principios del Derecho y a las garantías del proceso penal.
En ningún caso podrá recurrirse a criterios que resulten en agravio de derechos fundamentales de la persona o a procedimientos que dañen la dignidad humana.
INTERNOS DE BAJA SEGURIDAD
SENTENCIADOS POR
DELITOS NO GRAVES
PENAS EN RÉGIMEN DE
SEMILIBERTAD
INSTITUCIONES ABIERTAS
a) No encontrarse en los supuestos establecidos para ser ubicados en una Institución de baja seguridad.
b) No cumplir con ninguna de las circunstancias requeridas para ser enviados a una Institución de alta seguridad.
INTERNOS DE MEDIA SEGURIDAD
INTERNOS DE ALTA SEGURIDAD
Pertenecer a grupos
organizados para delinquir
Presentar conductas graves o
reiteradas de daños, amenazas,
o molestia en perjuicio de:
- Otros internos- Familiares y
visitantes - Personal de la
Institución.
Haber favorecido la evasión de
presos
Casos excepcionales, los cuales deberán ser analizados, primero en el Consejo Técnico.
Excepciones para
Alta Seguridad
Enfermos
terminales
Discapacitados
Enfermos
mentales
Para la clasificación de la población penitenciaria deberán considerarse como criterios rectores los siguientes:
Población dentro del término
constitucional (72 horas)
En lo que se define su situación jurídica.
Población en internamiento.
(SENTENCIADOS)
POBLACIÓN DENTRO DE LAS 72 HRS• Deberán estar en
un área especial, separada de los internos.
POBLACIÓN DE INTERNAMIENTO• Población de
ingreso (periodo dentro del C.O.C)
• Ese periodo no debe exceder las 3 semanas.
Discapacitados.
Personas de
avanzada edad con dificultad
es motoras
Personas con
patologías psiquiátrica
s
Personas con padecimientos
infectocontagiosas
POBLACIÓN QUE REQUIERE CUIDADOS ESPECIALES:
Internos que, por sus conflictos personales o sus vínculos con otros internos, con el personal de la Institución o con grupos de poder dentro o fuera de la misma, presentan la probabilidad de ser agredidos o de agredir a otros y requieren de una ubicación especial, distinta a la de la población general.
POBLACIÓN EN RIESGOa) Que haya sido integrante de una
corporación vinculada con la
seguridad pública.b) Que la causa
de su internamiento sean delitos
sexuales.c) Por
conductas homosexuales
POBLACIÓN SANCIONADA CON AISLAMIENTO TEMPORAL
La sanción se apega a las garantías de la legalidad
PROPORCIONALIDAD: que la duración de la sanción corresponda a la gravedad de la falta
DE CONTRADICCIÓN: que se permita al interno defenderse de la infracción que se le imputaDE REVISABILIDAD: que le haya sido garantizado el derecho a inconformarse ante una autoridad superior a la que impone la sanción
POBLACIÓN GENERALPara su ubicación se considera: La edad Hábitos de vida La reincidencia Conductas parasociales Preferencias e inclinaciones culturales, educativas,
recreativas o de cualquier otra índole relevante.
La asignación a las zonas destinadas a este tipo de población podrá tener en cuenta la solicitud del interno para ser ubicado en una sección determinada, siempre que no se ponga en riesgo la seguridad de la Institución.
SENTENCIADOS A COMPURGAR PENAS EN SEMILIBERTAD,
También engloba a aquellos con beneficio de libertad anticipada, deberán utilizarse las Instituciones Abiertas que son establecimientos destinados exclusivamente para este fin.
La separación por zonas no implica necesariamente, la imposición de barreras físicas o de remodelaciones arquitectónicas.
Distintivos
Uso de espacios
en horarios diferente
s
Uso de colores
en uniforme
s
Adoptadas por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, y aprobadas por el Consejo Económico y Social en sus resoluciones 663C (XXIV) de 31 de julio de 1957 y 2076 (LXII) de 13 de mayo de 1977
Clasificación de Mariano Ruiz Funes
Mariano Ruiz Funes
Mariano Ruiz-Funes García (Murcia, 24 de febrero de 1889 - México, D.F., 1953) fue un jurista y político español, miembro de Izquierda Republicana.
Cursó los estudios de Derecho en la Universidad Central de Madrid, donde se licenció en 1909 para doctorarse en 1912 con Premio Extraordinario.
Especializado en derecho penal, fue un reconocido criminalista, premio Lombroso en Turín en 1927 por su obra Endocrinología y criminalidad.
Fue miembro del Instituto de Estudios Penales y de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Se ocuparía en especial de las figuras penales, la criminalística y el derecho penitenciario, con abundantes obras entre las que destacan: Endocrinología y criminalidad (1926)
Fue embajador en Polonia y Bélgica, hasta que al finalizar la guerra se exilió a México, donde fue catedrático de Criminología en la Universidad Nacional Autónoma y en la Universidad de Xalapa.
a) La edadLos detenidos jóvenes deberán ser separados de los adultos.
b) El sexoLos hombres y las mujeres deberán ser recluidos, hasta donde fuere posible, en establecimientos diferentes; en un establecimiento en el que se reciban hombres y mujeres, el conjunto de locales destinado a las mujeres deberá estar completamente separado
c) Salud mental y físicaSeparar a los reclusos que, por su pasado criminal o su mala disposición, ejercerían una influencia nociva sobre los compañeros de detención
d) Carácter de primarios y reincidentesLos detenidos en prisión preventiva deberán ser separados de los que están cumpliendo condena
e) La peligrosidadLas personas presas por deudas y los demás condenados a alguna forma de prisión por razones civiles deberán ser separadas de los detenidos por infracción penal
Clasificación Multifactorial o Integral
Las bases de las diversas opiniones vertidas se considera que la clasificación penitenciaria
puede adoptar por lo menos seis importantes
Sexo: Se debe organizar establecimientos para hombres y para mujeres pendientes.
Situación Jurídica: Los procesados deben estar en centros aparte de los sentenciados. Esto es importante, por cuanto cierta proporción de inculpados resultaran inocentes del hecho criminal imputado.
• Edad: Los internos separados por edad, en grupos jóvenes delincuentes, adultos y ancianos.
• Intencionalidad: Según este criterio se debe separar secciones para delincuentes culposos y secciones para reclusos dolosos.
• Edad: Los internos separados por edad, en grupos jóvenes delincuentes, adultos y ancianos.
• Intencionalidad: Según este criterio se debe separar secciones para delincuentes culposos y secciones para reclusos dolosos.
• La clasificación permitirá una convivencia armónica y un clima de tranquilidad emocional que
prepare el siguiente paso que es el tratamiento
• Para todos los casos la clasificación debe considerarse como una medida instrumental, de carácter temporal y revisable y no como un fin en sí misma, por lo que su aplicación está supeditada al irrestricto respeto a los principios enunciados en las leyes penales y las reglas mínimas para el tratamiento para reclusos.
CONSEJO TÉCNICO
¿Quién se encarga de poner en práctica la Clasificación Penitenciaria?
Interdisciplinario
Estudio de personalidad
Plan de acción inmediato
¿POR QUIENES SE INTEGRA EL CONSEJO TÉCNICO?
Criminólogos
Especialistas de la salud
Esp. En Derecho
Trabajo Social
Educadores
Psicólogos
FUNCIONES
EntrevistasExpedienteValoracionesUbicación físicaPlantea soluciones
La labor del Criminólogo y su importancia para una adecuada clasificación
EJEMPLO DE FORMATO DE ESTUDIO CRIMINOLÓGICO AL RECLUSO
FICHA DE IDENTIFICACION
NOMBRE:________________________________________________________APODO:_________________________________________________________SEXO:_____________EDO CIVIL_____________________________________EDAD:_______FECHA DE NACIMIENTO_______________________________LUGAR DE NACIMIENTO:___________________________________________ESCOLARIDAD:___________________________________________________OCUPACION EN EL EXTERIOR:______________________________________LUGAR DE RESIDENCIA:____________________________________________TIEMPO DE RADICAR EN B.C:________________________________________DELITO:_________________________________________________________FECHA DE DETENCION_____________________________________________SENTENCIA_______________________________________________________TIEMPO DE INTERNAMIENTO________________________________________CLASIFICACION ACTUAL____________________________________________
VERSION DEL DELITO
INGRESOS ANTERIORES
INSTITUCION ________ INGRESO______ TIEMPO DE RECLUSION _________DELITOS____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________NIVEL: SOCIAL_______CULTURAL________ ECONOMICO_______
ALCOHOL______________________________________________________(indicar inicio, tipo, y grado de consumo)
OTROS:PROSTITUCION:HOMOSEXUALIDADPANDILLERISMO (NOMBRE DE PANDILLA)VAGANCIATATUAJES_______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________(DESCRIBIRLOS)
TIPO DE TATUAJES: (CANTIDAD)ANTISOCIALES_________IDENTIFICACION____________EROTICOS____________RELIGIOSOS________SENTIMENTALES____________DECORATIVOS___________
CONDUCTAS PARASOCIALES
DROGA INICIO DOSIS USO DE
APARIENCIA FISICA
INTEGRO(A)________ CONFORMADO_________VESTIMENTA_____________CAMINA CON DIFICULTAD_______ LIMPIO_________ALIÑADO___________
COMPORTAMIENTO EN RECLUSION
USO DE DROGAS:_____________________________________________________ULTIMA VEZ DE CONSUMO_____________________________________________SANCIONES DISCIPLINARIAS___________________________________________COMISION DE NUEVOS DELITOS________________________________________ SENTENCIA__________________________________________________________
ACTIVIDADES QUE DESARROLLA
LABORALES:__________________________________________________________EDUCATIVAS:_________________________________________________________DEPORTIVAS:________________________________________________________RELIGIOSAS:_________________________________________________________GRUPOS DE AUTOAYUDA:______________________________________________PSICOTERAPIA:_______________________________________________________
ESTADO DE SALUD
CRIMINODIAGNOSTICO
CLASIFICACION CRIMINOLOGICA POR ANTECEDENTES:PRIMARIO_______ REINCIDENTE GENERICO______ REINCIDENTE ESPECIFICO _________HABITUAL ______PROFESIONAL__________PRONOSTICO INTRAINSTITUCIONAL __________________________________INDICE DE ESTADO PELIGROSO: BAJO MEDIO ALTO EXTREMOCRIMINODIAGNOSTICO:
ENFERMEDADES CRONICAS E INFECTOCONTAGIOSAS__________________________DISCAPACIDADES:_______________________________________________________ENFERMO MENTAL:______________________________________________________MANEJO DE IMPULSOS Y AGRESIVIDAD:___________________________________________________________________________________________________________INTROYECCION DE NORMAS Y VALORES:__________________________________________________________________________________________________________LIDERAZGO:____________________________________________________________
TRATAMIENTO SUGERIDO:
PSICOTERAPIA TRATAMIENTO PSIQUIATRICOTRATAMIENTO MEDICO ASISTENCIA AL CENTRO ESCOLARTERAPIA OCUPACIONAL CAPACITACION LABORALOTROS
REFERENCIAS FAMILIARES:
RECIBE VISITA________QUIEN LO VISITA__________________________________CON QUE FRECUENCIA__________________________________________________DOMICILIO____________________________________________________________TELEFONO.
NOMBRE Y FIRMA DEL CRIMINOLOGO
O PROFESIONISTA HABILITADO
AUTÉNTICA VOCACIÓN DEL PERSONAL PENITENCIARIO
ABORDAR EL PROBLEMA DESDE TODOS LOS CÍRCULOS SOCIALES DEL RECLUSO (PERSONAL, FAMILIAR, SOCIAL, ETC)
PROPUESTAS PARA LA MEJORA DE UNA EFECTIVA CLASIFICACIÓN