Clase III Curso Iva

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CONTRIBUYENTES

CONTRIBUYENTES CONTRIBUYENTES

ORDINARIOS

CONTRIBUYENTESFORMALES

CONTRIBUYENTESOCASIONALES

Liva 5

TIPOSDE

Liva 8 Liva 6

CONTRIBUYENTES

RESPONSABLESENTESPÚBLICOS

CONTRIBUYENTESESPECIALES

Liva 9Liva 7

2

GO 38.622 08/02/2007

Prov. N° 0685

Page 3: Clase III Curso Iva

CARACTERÍSTICAS DEL IVA

a) Es un impuesto indirecto (Quien soporta el tributo no es quien lo paga)

b) Es un impuesto real (No considera los aspectos personales del sujeto pasivo)

) E i t i lc) Es un impuesto proporcional (Tasa invariable independiente del hecho generador)

d) Encuadrado dentro de los impuestos a la circulación

e) Es una derivación o nueva modalidad del impuesto a las ventase) Es una derivación o nueva modalidad del impuesto a las ventas

f) El valor de los bienes que se enajenan o los servicios que se prestan, se fraccionan en cada una de las etapas del impuesto de forma tal que en la etapa final queda gravado el valor total de ellos

g) No tiene efecto acumulativo o de piramidación

h) Período mensual (Liva 32)

i) Territorial (Liva 1/14 Rliva 36)

3

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FORMAS DE IMPOSICIÓN

a) De etapas múltiples

b) De etapa única

c) Al Valor Agregado

Importador MayoristaFabricante Detallista Consumidor

100

Importador Mayorista

200

Fabricante

300

Detallista

400

Consumidor Final

400100

9

200

18

300

27

400

36

400

36

___

109

___

218

___

327

___

436

___

436

4

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FUNCIONAMIENTO DEL IVA

Proveedor Fabricante Mayorista Minorista Consum. Final

Vende por Bs. 200,000 18,000 300,000 27,000 400,000 36,000 500,000 45,000 0 0

Compra por Bs. 0 0 200,000 18,000 300,000 27,000 400,000 36,000 500,000 45,000

Cuota Tributaria 18,000 9,000 9,000 9,000 45,000

El bj t d l I b t i l t t l i l lEl objeto del Iva es cobrar, en cuotas sucesivas la suma total igual a la que seobtendría con un impuesto sobre las ventas al por menor en una sola etapa. Cadapersona de la cadena de producción y distribución o comercialización puededescontar del impuesto que grava su producto el impuesto que haya pagado endescontar, del impuesto que grava su producto el impuesto que haya pagado ensus compras, consiguiendo que el impuesto sea el mismo porcentaje del precio finalde un producto, sin importar por cuantas etapas haya pasado el producto

5

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CRÉDITOFISCAL

DÉBITOFISCAL IVA

100 000100.000

9 000 9 0006

9.000 9.000

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EL HECHO IMPONIBLE

PRESUPUESTO ESTABLECIDO POR LA LEY PARA TIPIFICAR ELTRIBUTO Y CUYA REALIZACIÓN ORIGINA EL NACIMIENTO DE LATRIBUTO Y CUYA REALIZACIÓN ORIGINA EL NACIMIENTO DE LAOBLIGACIÓN TRIBUTARIA (COT 36)

ISLRENRIQUECIMIENTOS ANUALES, NETOS Y DISPONIBLES = RENTA NETA GRAVABLEGRAVABLE

Imp. s/ act. económ INGRESOS BRUTOS

Sucesiones AUSENCIA O FALLECIMIENTO DEL CAUSANTE

TENENCIA DE BIENESImp. s/ el Patrimonio

7

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EL HECHO IMPONIBLE DEL IVA

IVA

1) Venta retiro o desincorporación de B

Liva 3 – Rliva 16 al 20

1) Venta, retiro o desincorporación de B.Muebles, consumo propio.2) I t ió d fi iti d B M bl2) Importación definitiva de B. Muebles

3) Prestación de Servicios Independientes3) Prestación de Servicios Independientes

4) Exportación de Bienes Muebles

5) Exportación de Servicios

6) Operaciones de Leasing (Rliva 15) y

Almacenamiento (RLiva 1.7 – sólo por el serv. De

Par. 1º y 2º

Art.

8

almacenamiento, no por los títulos de garantías) (Dec. 1.526 – sólo por la cuota que amortiza el precio del bien)

5 Liva

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Causación del Hecho Imponible Sujetos Temporalidad, cuando :

Liva 13TEMPORALIDAD DEL HECHO IMPONIBLE DEL IVA

A entes públicos se autorice la orden de pagose emita la facturase paguese entregue el bien

Para el resto de los casos1) Venta, retiro o desincorporación de B. Muebles Rliva 28 Enterar aún Rliva 27 al 30Rliva 27 al 30 se entregue el bien

2) Importación definitiva de B. Muebles A todos los casos se declare en aduana

se emita la facturaElectricidad,telecomunicaciones aseo tv por cable

cuando no se haya cobrado

Par.”U” A Entes Púb. Se d b t

se emita la facturase preste el servicio

A entes públicos se autorice la orden de pago

Servicios de tractosucesivo

ciones,aseo,tv por cable debe entregar la fact.

Rliva 31 Retiro,

desincorporacip p g

Tecnológicos,instruccionales,susceptible depatentes provenientes del se reciba el servicio3) Prestación de Servicios Independientes

desincorporación,

autoconsumo y faltante debe

emitirse Rli 32 l 34Rli 32 l 34 exterior

se emita la facturasea exigible el pagose ejecute el servicioPara el resto de los casos

factura y registrar en

libro de ventas

Rliva 32 al 34Rliva 32 al 34

se ejecute el servicio

salga del territorio aduanero

Para el resto de los casosse entregue el bien objeto del servicio

95) Exportación de Servicios

salga del territorio aduanero nacional4) Exportación de Bienes Muebles A todos los casos

Cesión de marcas patentes, etc.Cesión de marcas patentes, etc.

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Soportan el traslado del impuesto

OPERACIONES NO SUJETAS (Li 16)

p

OPERACIONES NO SUJETAS (Liva 16)Importaciones no definitivas

Venta de intangibles: acciones, bonos, efectos mercantiles

Préstamos en dineroPréstamos en dinero

Servicios bancarios

Fondos de ahorros, de pensión, cooperativas, bolsas, etc.

Segurosg

Salarios

La Administración Trib taria

10

La Administración Tributaria

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IMPORTACIONES EXENTAS (Liva 17)( )Las contempladas en el art.18 Liva (Que no haya producción nacional)

Cónsules y Diplomáticos (Decreto 961 GO 37 034 del 12 sep 2000)Cónsules y Diplomáticos (Decreto 961 GO 37.034 del 12 sep 2000)

Organismos internacionales

Instituciones exentasInstituciones exentas

Viajeros, pasajeros de naves y aeronaves bajo régimen de equipajeI i t f l i l ió d f i iInmigrantes conforme ley especial por concesión de franquicias aduanerasDonaciones a Instituciones, Corporaciones y Fundaciones sin fines , p yde lucro; y Universidades para sus propios fines

Billetes, monedas y sus insumos por el BCVEquipos médicos, educativos y científicos por Instituciones Públicas o sinfines de lucro, previa comprobación (Que no haya producción nacional) Rliva 24

Margarita(Pto Libre) Paraguaná(Zona Libre) Mérida(Zona Libre Cultural)

11

Margarita(Pto Libre), Paraguaná(Zona Libre), Mérida(Zona Libre Cultural), Santa Elena de Uairén(Pto Libre), Atuja(Zona Franca Industrial)

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EXENCIÓN DE BIENES (Liva 18)Vegetales en su estado natural y semillas certificadasMaterial base para la reproducción animal e insumos biológicospara el sector agrícola y pecuariopara el sector agrícola y pecuarioEspecies avícolas,huevos,producción,cría y reproducción de pollosArroz, harinas de origen vegetal y las sémolas. Pan y pastasArroz, harinas de origen vegetal y las sémolas. Pan y pastas alimenticias.

Sal, azúcar y papelón, salvo de uso industrialCafé tostado, atún en lata, sardinas (170 grs) cilíndricaMortadela, queso blanco y leche (incluso de soya), margarina y

t ill A A it tibl l l d limantequilla. Avena. Aceites comestibles, salvo el de oliva, MayonesaGanado bovino y porcino destinado al matadero, así como lasGanado bovino y porcino destinado al matadero, así como las Carnes de pollo, res y cerdo en edo. Natural, congeladas, saladas o en salmueraF tili t di i t b tibl diti

12

Fertilizantes,medicinas y sus componentes,combustibles y aditivos Rliva 9 Aceites, grasas lubricantes y otros no son exentosSillas de ruedas, marcapasos, catéteres, válvulas, órganos

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El maíz utilizado en la elaboración de alimentos para el consumohumanohumano

El maíz amarillo utilizado para la elaboración de alimentosconcentrados para animales

Los aceites vegetales, refinados o no, utilizados exclusivamentecomo insumos en la elaboración de aceites comestibles, y

Minerales, alimentos e insumos para los animales exentos en este artículo

El sorgo y la soya

EXENCIÓN DE OTROS BIENES (Liva 64)

El sorgo y la soya

Hasta tanto entre en vigencia el Decreto de exoneración respectivo

Automóviles, naves, aeronaves y trenes destinados al transporte públicoM i i í l tMaquinaria agrícola y sus repuestos

Importación temporal o definitiva de buques y accesorios de navegación y todo lonecesario para la industria naval y de astilleros, grúas y maquinarias portuarias, etc.

13

y g y

RLiva 8 “Los insumos para bienes exentos se gravan”RLiva 49 Prest. Serv. Hoteles, Rest y similares gravan aunque los B. estén exentos

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EXENCIÓN DE SERVICIOS (Liva 19)Transporte terrestre y acuático nacional de pasajerosFlete de los B.Exentos señalados en los num. 1,8,9,10,11 y 12 delart. 18 Liva

Institutos educativos inscritos en el MECyDHospedaje, alimentación y accesorios a estudiantes, ancianos,minusválidos en instituciones creadas para tal finEntradas a parques zoológicos museos centros culturales y otrosEntradas a parques, zoológicos, museos, centros culturales y otros que estén exentos de ISLR

Servicios médico-asistenciales y odontológicos y HCMy g y

Entradas a espectáculos artísticos, culturales y deportivos (< 2 UT)

C d ti d t d tiComedores y cantinas de centros educativos

Suministro de electricidad, agua, aseo y gas doméstico

14

Transporte de hidrocarburos y Telefonía pública

Crianza, reproducción y producción de ganado

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Art.25 RLiva

16,5 % 0%0%

MÁXIMA

ALÍCUOTA 9%

Art.62 Liva

ALÍCUOTA

MÍNIMA

9%

10%

8 % adicional

1515Art.27 Liva

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LA BASE IMPONIBLE Liva 20RLiva 38 al 50

ES EL VALOR SOBRE EL CUAL SE APLICA LA TARIFA ESTABLECIDA EN LALEY CON EL FIN DE OBTENER EL IMPUESTO A CARGO DELCONTRIBUYENTE O RESPONSABLE (Rodríguez pp 463)CONTRIBUYENTE O RESPONSABLE (Rodríguez, pp.463)

BASE BASE ALÍCUOTAALÍCUOTA IMPUESTOIMPUESTOBASE BASE IMPONIBLEIMPONIBLE

ALÍCUOTAALÍCUOTA IMPUESTOIMPUESTO

100 000 000100 000 000 9%9% 9 000 0009 000 000

ISLR

100.000.000100.000.000 9%9% 9.000.0009.000.000

ISLR MONTO DE LA RENTA NETA GRAVABLE

Imp. s/ act. económ MONTO DE LOS INGRESOS BRUTOSeconóm

Sucesiones MONTO DE LA HERENCIA

1616MONTO DE LOS BIENESImp. s/ el Patrimonio

Page 17: Clase III Curso Iva

LA BASE IMPONIBLE DEL IVA

BASE IMPONIBLEIVA

MONTO DE LA VENTA DEL BIEN O Precio Precio MONTO DE LA VENTA DEL BIEN O DE LA PRESTACIÓN DEL

SERVICIO

Precio Precio de de

ventaventa 10.00010.000SERVICIO

SOBRE

ventaventa

PRECIO FACTURADOAlícuotaAlícuota 9 %9 %

IVAIVA 9009001717

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CAUSACIÓN DEL IVACAUSACIÓN DEL IVA BASE IMPONIBLEBASE IMPONIBLE

Venta de B. MueblesVenta de B. Muebles Precio facturado no < al Precio facturado no < al Valor CorrienteValor Corriente

IVAIVAEspecies alcohólicas y Especies alcohólicas y manufacturas del tabacomanufacturas del tabaco

(Precio de venta) (Precio de venta) ––(demás imp.nacionales)(demás imp.nacionales)

IVAIVA Importación de BienesImportación de Bienes(Art. 46 Rliva)(Art. 46 Rliva)

(Val.aduana)+(tributos, (Val.aduana)+(tributos, recarg., der.compensat., recarg., der.compensat., int.morat,otros)int.morat,otros)––(imp.nac)(imp.nac)

Prestación de ServiciosPrestación de Servicios(Prec.facturado)+transf.ó (Prec.facturado)+transf.ó suministros de B. Muebles suministros de B. Muebles ó adhesiones a Inmueblesó adhesiones a Inmuebles

Bienes Incorporales proBienes Incorporales pro--venientes del exteriorvenientes del exterior

Precio facturado no < al Precio facturado no < al Valor Corriente en VzlaValor Corriente en Vzla

Clubes socialesClubes sociales--deportivosdeportivos Todo lo pagado por sus Todo lo pagado por sus socios, afiliados o tercerossocios, afiliados o terceros

1818

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ADICIONES A LA BASE IMPONIBLE : Liva 23 – Rliva 38 y sig

BASE BASE IMPONIBLEIMPONIBLE

ADICIONESADICIONES TOTAL BASE TOTAL BASE IMPONIBLEIMPONIBLE

AlícuotaAlícuota IVAIVA

9 %9 % 9 108 0009 108 000100.000.000100.000.000 1.200.0001.200.000 101.200.000101.200.000 9 %9 % 9.108.0009.108.000

todas, en especial : Liva 36, 50 - Rliva 54

Precios pactados con cláusulas de reajustabilidadPrecios pactados con cláusulas de reajustabilidad

Embalajes, fletes, gastos de transporte, de limpieza, Embalajes, fletes, gastos de transporte, de limpieza, Embalajes, fletes, gastos de transporte, de limpieza, Embalajes, fletes, gastos de transporte, de limpieza, seguros, de garantía, colocación y mantenimientoseguros, de garantía, colocación y mantenimiento

Envases o depósitos en garantíaEnvases o depósitos en garantíap gp g

Tributos por operaciones gravadas, salvo el Tributos por operaciones gravadas, salvo el IvaIva

1919Deben emitirse Notas de DébitoLiva 58

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REDUCCIONES A LA BASE IMPONIBLE :Liva 24

BASE BASE REDUCCIONESREDUCCIONES TOTAL BASE TOTAL BASE AlícuotaAlícuota IVAIVAIMPONIBLEIMPONIBLE IMPONIBLEIMPONIBLE

100.000.000100.000.000 1.200.0001.200.000 98.800.00098.800.000

IVAIVA

9 %9 % 8.892.0008.892.000

todas, en especial :

Rebajas de preciosRebajas de precios

BonificacionesBonificaciones

Descuentos (pronto pago, etc.)Descuentos (pronto pago, etc.)

* Los anticipos no generan iva Rliva 29 y 32, salvo en los casos de las ventas por catálogos (Rliva 30)

2020Deben emitirse Notas de Crédito

Liva 58

Page 21: Clase III Curso Iva

AJUSTES A LA BASE IMPONIBLE :

RLiva 51 y 52

Artículo 51: En los casos en que se realicen ventas de bienes o prestacionesde servicios y el precio esté expresado en moneda extranjera, se establecerá laArtículo 51: En los casos en que se realicen ventas de bienes o prestacionesde servicios y el precio esté expresado en moneda extranjera, se establecerá laequivalencia en moneda nacional.Si el precio y demás componentes de la operación estuviere, según el contrato,sujeto a modificación del tipo de cambio, la diferencia positiva o negativa que se

equivalencia en moneda nacional.Si el precio y demás componentes de la operación estuviere, según el contrato,sujeto a modificación del tipo de cambio, la diferencia positiva o negativa que seproduzca al efectuarse el pago del bien o servicio adquirido, se deberáconsiderar, por constituir una corrección del precio, para ajustar la baseimponible y determinar el impuesto.T l j t ti á iti d l di t t d débit d édit

produzca al efectuarse el pago del bien o servicio adquirido, se deberáconsiderar, por constituir una corrección del precio, para ajustar la baseimponible y determinar el impuesto.T l j t ti á iti d l di t t d débit d éditTal ajuste se practicará emitiendo la correspondiente nota de débito o de crédito.

Artículo 52: Cuando se realicen ajustes de precio, actualizaciones, comisiones,intereses y otros conceptos que afecten a operaciones gravadas y exentas del

Tal ajuste se practicará emitiendo la correspondiente nota de débito o de crédito.

Artículo 52: Cuando se realicen ajustes de precio, actualizaciones, comisiones,intereses y otros conceptos que afecten a operaciones gravadas y exentas delintereses y otros conceptos que afecten a operaciones gravadas y exentas delimpuesto, deberán prorratearse las cantidades respectivas de los mismos, paraajustar la base imponible del impuesto en el correspondiente período deimposición

intereses y otros conceptos que afecten a operaciones gravadas y exentas delimpuesto, deberán prorratearse las cantidades respectivas de los mismos, paraajustar la base imponible del impuesto en el correspondiente período deimposiciónimposición.imposición.

Page 22: Clase III Curso Iva

DETERMINACIÓN DE LA CUOTA TRIBUTARIA

Causación del Causación del ImpuestoImpuesto

Base Base ImponibleImponible IVAIVAImpuestoImpuesto ImponibleImponible IVAIVA

VentaVenta dede BienesBienes oo 9%9%VentaVenta dede BienesBienes ooprestaciónprestación dede ServiciosServicios..ExportacionesExportaciones

10.000.00010.000.0009%9%

900.000900.000

CompraCompra dede BienesBienes ooióió dd S i iS i i 7 000 0007 000 000

9%9%630 000630 000recepciónrecepción dede ServiciosServicios..

ImportacionesImportaciones7.000.0007.000.000 630.000630.000

IVA Cuota IVA Cuota TributariaTributaria 3.000.0003.000.000 270.000270.000

2222Art.28 Liva

Page 23: Clase III Curso Iva

MENOR Q LALiva 30Liva 28

Definición

EXCESOMENOR Q LA ALICUOTA DE

LEYDÉBITO FISCAL

1414100100

141141141414 DECLARA

10010014

9107107

77DECLARA9Los ajustes por errores a favor o en contra del fisco se registran por separado hasta su concurrencia, en el periodo que se detecten Liva 50

Sustitutiva : Cuando dé pagoCOT 147 Liva 50

2323LOS CF NO PRESCRIBENArt.31 Liva

Page 24: Clase III Curso Iva

COSTOS, GASTOS ó EGRESOS PROPIOS DEL CONTRIBUYENTE (Liva 33 Rliva 55)CONTRIBUYENTE (Liva 33-Rliva 55)

CF Exclusivamente p/ Se deducenCF Exclusivamente p/ operac. gravadas

Se deducen totalmente

SE100.000 SE DEDUCE

100.000

2424

Page 25: Clase III Curso Iva

Base ImponibleBase Imponible IVAIVABase ImponibleBase Imponible IVAIVA

10.000.00010.000.000 9%9% 900.000900.000

7.000.0007.000.000 9%9% 630.000630.000Totalmente Totalmente 630 000630 000Totalmente Totalmente DeducibleDeducible

630.000630.000

Sujeto a Sujeto a 00Sujeto a Sujeto a prorrataprorrata

00

0030%30% 00

Total Cr FTotal Cr F 630.000630.000Total Cr.FTotal Cr.F 630.000630.000

Cuota tributariaCuota tributaria 270.000270.0002525

Art.34 Liva

Page 26: Clase III Curso Iva

/ G dCF p/operac. Gravadas y no Gravadas

PRORRATEO

VENTAS 30 000GRAVADAS 30.000

100 000VENTAS30%

100.000VENTAS TOTALES

SÓLO PARA LAS OPERACIONES DEL MES EN QUE SE REALIZA P/C PERIODO DE IMPOSICIÓN

2626Art.34 Liva y 55 RLiva

Page 27: Clase III Curso Iva

Base ImponibleBase Imponible IVAIVA Art.34º Livapp

23.333.33323.333.333

10.000.00010.000.000 9%9% 900.000900.000

33.333.33333.333.333 900.000900.00033.333.33333.333.333 900.000900.0007.000.000 7.000.000 9%9% 630.000630.000

T t l t D d iblT t l t D d ibl 150 000150 000Totalmente DeducibleTotalmente Deducible 150.000150.000

Sujeto a prorrataSujeto a prorrata 480.000480.000 336.000COSTOj pj p

30%30% 144.000144.000COSTO

Total Cr.FTotal Cr.F 294.000294.000

bb 606 000606 000

Art.35 Liva

2727Cuota tributariaCuota tributaria 606.000606.000

Page 28: Clase III Curso Iva

Liva 35

100100EXCESO

100100

1616 DECLARACF 9116116

Liva 35 Rliva 57

LOS CF DEBEN :

Liva 35 – Rliva 57

LOS CF DEBEN :

• Estar debidamente documentados

• Sólo da derecho a CF el original (Rliva 62)g ( )

• Registrados en Contabilidad conforme PCGA

2828Rliva Disp. Trans. Art. 86 Diferencias de alícuotas se trasladan hasta su deducción final

Page 29: Clase III Curso Iva

Liva 36 – Rliva 11 RLiva 35 Ajustes a los DBF

CONCEPTOCONCEPTO BIBI DBFDBF TOTALTOTAL

FacturadoFacturado 1.000.0001.000.000 90.00090.000 1.090.0001.090.000

EnvasesEnvases (50.000)(50.000) (4.500)(4.500) (54.500)(54.500)

D ó it D ó it (25 000)(25 000) (2 250)(2 250) (27 250)(27 250)Depósitos Depósitos DevueltosDevueltos

(25.000)(25.000) (2.250)(2.250) (27.250)(27.250)

Total DBFTotal DBF 925 000925 000 83 25083 250 1 008 2501 008 250Total DBFTotal DBF 925.000925.000 83.25083.250 1.008.2501.008.250

Deben emitirse facturas sustitutivas

Liva 58

2929

Deben emitirse facturas sustitutivas

Page 30: Clase III Curso Iva

Liva 37 Deducciones a los CRF

CONCEPTOCONCEPTO BIBI CRFCRF TOTALTOTAL

FACTURASFACTURAS 1.000.0001.000.000 90.00090.000 1.090.0001.090.000

Impuest.de Impuest.de

Operac.AnuladasOperac.Anuladas(50.000)(50.000) (4.500)(4.500) (54.500)(54.500)

Impuesto en Impuesto en excesoexceso

(25.000)(25.000) (2.250)(2.250) (27.250)(27.250)

Total CRFTotal CRF 925 000925 000 83 25083 250 1 008 2501 008 250Total CRFTotal CRF 925.000925.000 83.25083.250 1.008.2501.008.250

El contribuyente debe conservar las

Liva 58

3030

El contribuyente debe conservar las facturas sustituidas

Page 31: Clase III Curso Iva

Base ImponibleBase Imponible IVAIVA A t 38 LiBase ImponibleBase Imponible IVAIVA

23.333.333 (E) 23.333.333 (E)

Art.38 Liva

10.000.000 10.000.000 9%9% 900.000900.000

17 000 000 17 000 000 9%9% 1 530 0001 530 00017.000.000 17.000.000 9%9% 1.530.0001.530.000

Totalmente DeducibleTotalmente Deducible 1.050.0001.050.000336 000

Sujeto a prorrataSujeto a prorrata 480.000480.000

30%30% 144.000144.000

336.000COSTO

Total Cr.FTotal Cr.F 1.194.0001.194.000

C t t ib t iC t t ib t i

Art.35 Liva

Cuota tributariaCuota tributaria

Excedente CRFExcedente CRF 294.000294.0003131

Excedente CRFExcedente CRF

Page 32: Clase III Curso Iva

Liva 62Liva 62

Alícuota General :Alícuota General :RegresaralícuotasRegresaralícuotasAlícuota General :Alícuota General :

“Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente, laalícuota impositiva general aplicable a las operaciones“Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente, laalícuota impositiva general aplicable a las operaciones

alícuotasalícuotas

alícuota impositiva general aplicable a las operacionesgravadas, desde la entrada en vigencia de este Decreto conRango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley

alícuota impositiva general aplicable a las operacionesgravadas, desde la entrada en vigencia de este Decreto conRango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la LeyRango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Leyque Establece el Impuesto al Valor Agregado, será del oncepor ciento (11%) hasta el 30 de junio de 2007 y a partir del

Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Leyque Establece el Impuesto al Valor Agregado, será del oncepor ciento (11%) hasta el 30 de junio de 2007 y a partir del01 de julio de 2007 del nueve por ciento (9%), hasta tantoentre en vigor la Ley de Presupuesto que establezca unaalícuota distinta conforme al artículo 27 de este Decreto

01 de julio de 2007 del nueve por ciento (9%), hasta tantoentre en vigor la Ley de Presupuesto que establezca unaalícuota distinta conforme al artículo 27 de este Decretoalícuota distinta conforme al artículo 27 de este Decreto-Ley.”alícuota distinta conforme al artículo 27 de este Decreto-Ley.”

ÚLiva Art. 15 Par. “Ú” : “Se considerará parcialmente prestado en el país elservicio de transporte internacional y, en consecuencia, la alícuotacorrespondiente al impuesto establecido en esta Ley será aplicada sobre el

i i ( 0%) d l l d l j fl did i id

32

cincuenta por ciento (50%) del valor del pasaje o flete, vendido o emitido enel país, para cada viaje que parta de Venezuela.”

Page 33: Clase III Curso Iva

Liva 27Liva 27

Alícuota Cero :Alícuota Cero :RegresaralícuotasRegresaralícuotasAlícuota Cero :Alícuota Cero : alícuotasalícuotas

“La alícuota impositiva aplicable a las ventas deexportación de bienes muebles y a las exportaciones de“La alícuota impositiva aplicable a las ventas deexportación de bienes muebles y a las exportaciones deexportación de bienes muebles y a las exportaciones deservicios, será del cero por ciento (0%).exportación de bienes muebles y a las exportaciones deservicios, será del cero por ciento (0%).

La alícuota impositiva aplicable a las ventas dehidrocarburos naturales efectuadas por las empresas

i t l d l L O á i d Hid b

La alícuota impositiva aplicable a las ventas dehidrocarburos naturales efectuadas por las empresas

i t l d l L O á i d Hid bmixtas reguladas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos aPetróleos de Venezuela, S.A. o a cualquiera de las filialesde ésta será de cero por ciento (0%) ”

mixtas reguladas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos aPetróleos de Venezuela, S.A. o a cualquiera de las filialesde ésta será de cero por ciento (0%) ”de ésta, será de cero por ciento (0%).de ésta, será de cero por ciento (0%).

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Page 34: Clase III Curso Iva

BIENES DE CONSUMO SUNTUARIO (Liva 61)BIENES DE CONSUMO SUNTUARIO (Liva 61)GRAVAN SOBRE EL 10%

Automóviles de paseo o rústicos con precio mayor a 30.000$americanosMotos de más de 500cc salvo las empleadas para Seguridad delMotos de más de 500cc, salvo las empleadas para Seguridad delEstado

Máquinas de juegoq j g

Aeronaves para uso recreativo o deportivo

Toros de lidiaToros de lidia

Caballos de paso

Caviar

Joyas preciosas con valor superior a 500$ americanos

3434Alícuotas

Page 35: Clase III Curso Iva

OPERACIONES CON APLICACIÓN DEL 8% (Li 63)OPERACIONES CON APLICACIÓN DEL 8% (Liva 63)GRAVAN SOBRE EL 8%

Ganado caprino, ovino y especies menores destinados al matadero

Ganado caprino, ovino y especies menores para la críap , y p pCarnes en estado natural, refrigeradas, congeladas, saladas o en salmuera; excepto la de res, pollo y cerdo (Liva 18,1,o)

MantecasImportaciones de concentrados para los animales nombrados en

t tí leste artículo

Prestación de servicios a entes públicos

Transporte aéreo nacional de pasajeros

3535Alícuotas

Page 36: Clase III Curso Iva

COSTOS Y GASTOS SUJETOS A PRORRATEO

• Enelven 50.000

• Cantv 30.000

• Alquileres 80.000

• Adquisición de vehículos 150.000

• Adquisición de maquinarias 40.000

• Artículos de oficina 20.000

• Servicio de vigilancia 50.000

• Reparaciones varias 60.000

Total 480.000

3636Planilla

Page 37: Clase III Curso Iva

CÁLCULO DEL PRORRATEOCÁLCULO DEL PRORRATEO

Total de CF sujetos a prorrateo 480.000

480.000 x 30% = 144.000

Total de CF no deducibles = 336 000Total de CF no deducibles = 336.000

(Costo)

3737Planilla