Clase III Curso Iva
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CONTRIBUYENTES
CONTRIBUYENTES CONTRIBUYENTES
ORDINARIOS
CONTRIBUYENTESFORMALES
CONTRIBUYENTESOCASIONALES
Liva 5
TIPOSDE
Liva 8 Liva 6
CONTRIBUYENTES
RESPONSABLESENTESPÚBLICOS
CONTRIBUYENTESESPECIALES
Liva 9Liva 7
2
GO 38.622 08/02/2007
Prov. N° 0685
CARACTERÍSTICAS DEL IVA
a) Es un impuesto indirecto (Quien soporta el tributo no es quien lo paga)
b) Es un impuesto real (No considera los aspectos personales del sujeto pasivo)
) E i t i lc) Es un impuesto proporcional (Tasa invariable independiente del hecho generador)
d) Encuadrado dentro de los impuestos a la circulación
e) Es una derivación o nueva modalidad del impuesto a las ventase) Es una derivación o nueva modalidad del impuesto a las ventas
f) El valor de los bienes que se enajenan o los servicios que se prestan, se fraccionan en cada una de las etapas del impuesto de forma tal que en la etapa final queda gravado el valor total de ellos
g) No tiene efecto acumulativo o de piramidación
h) Período mensual (Liva 32)
i) Territorial (Liva 1/14 Rliva 36)
3
FORMAS DE IMPOSICIÓN
a) De etapas múltiples
b) De etapa única
c) Al Valor Agregado
Importador MayoristaFabricante Detallista Consumidor
100
Importador Mayorista
200
Fabricante
300
Detallista
400
Consumidor Final
400100
9
200
18
300
27
400
36
400
36
___
109
___
218
___
327
___
436
___
436
4
FUNCIONAMIENTO DEL IVA
Proveedor Fabricante Mayorista Minorista Consum. Final
Vende por Bs. 200,000 18,000 300,000 27,000 400,000 36,000 500,000 45,000 0 0
Compra por Bs. 0 0 200,000 18,000 300,000 27,000 400,000 36,000 500,000 45,000
Cuota Tributaria 18,000 9,000 9,000 9,000 45,000
El bj t d l I b t i l t t l i l lEl objeto del Iva es cobrar, en cuotas sucesivas la suma total igual a la que seobtendría con un impuesto sobre las ventas al por menor en una sola etapa. Cadapersona de la cadena de producción y distribución o comercialización puededescontar del impuesto que grava su producto el impuesto que haya pagado endescontar, del impuesto que grava su producto el impuesto que haya pagado ensus compras, consiguiendo que el impuesto sea el mismo porcentaje del precio finalde un producto, sin importar por cuantas etapas haya pasado el producto
5
CRÉDITOFISCAL
DÉBITOFISCAL IVA
100 000100.000
9 000 9 0006
9.000 9.000
EL HECHO IMPONIBLE
PRESUPUESTO ESTABLECIDO POR LA LEY PARA TIPIFICAR ELTRIBUTO Y CUYA REALIZACIÓN ORIGINA EL NACIMIENTO DE LATRIBUTO Y CUYA REALIZACIÓN ORIGINA EL NACIMIENTO DE LAOBLIGACIÓN TRIBUTARIA (COT 36)
ISLRENRIQUECIMIENTOS ANUALES, NETOS Y DISPONIBLES = RENTA NETA GRAVABLEGRAVABLE
Imp. s/ act. económ INGRESOS BRUTOS
Sucesiones AUSENCIA O FALLECIMIENTO DEL CAUSANTE
TENENCIA DE BIENESImp. s/ el Patrimonio
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EL HECHO IMPONIBLE DEL IVA
IVA
1) Venta retiro o desincorporación de B
Liva 3 – Rliva 16 al 20
1) Venta, retiro o desincorporación de B.Muebles, consumo propio.2) I t ió d fi iti d B M bl2) Importación definitiva de B. Muebles
3) Prestación de Servicios Independientes3) Prestación de Servicios Independientes
4) Exportación de Bienes Muebles
5) Exportación de Servicios
6) Operaciones de Leasing (Rliva 15) y
Almacenamiento (RLiva 1.7 – sólo por el serv. De
Par. 1º y 2º
Art.
8
almacenamiento, no por los títulos de garantías) (Dec. 1.526 – sólo por la cuota que amortiza el precio del bien)
5 Liva
Causación del Hecho Imponible Sujetos Temporalidad, cuando :
Liva 13TEMPORALIDAD DEL HECHO IMPONIBLE DEL IVA
A entes públicos se autorice la orden de pagose emita la facturase paguese entregue el bien
Para el resto de los casos1) Venta, retiro o desincorporación de B. Muebles Rliva 28 Enterar aún Rliva 27 al 30Rliva 27 al 30 se entregue el bien
2) Importación definitiva de B. Muebles A todos los casos se declare en aduana
se emita la facturaElectricidad,telecomunicaciones aseo tv por cable
cuando no se haya cobrado
Par.”U” A Entes Púb. Se d b t
se emita la facturase preste el servicio
A entes públicos se autorice la orden de pago
Servicios de tractosucesivo
ciones,aseo,tv por cable debe entregar la fact.
Rliva 31 Retiro,
desincorporacip p g
Tecnológicos,instruccionales,susceptible depatentes provenientes del se reciba el servicio3) Prestación de Servicios Independientes
desincorporación,
autoconsumo y faltante debe
emitirse Rli 32 l 34Rli 32 l 34 exterior
se emita la facturasea exigible el pagose ejecute el servicioPara el resto de los casos
factura y registrar en
libro de ventas
Rliva 32 al 34Rliva 32 al 34
se ejecute el servicio
salga del territorio aduanero
Para el resto de los casosse entregue el bien objeto del servicio
95) Exportación de Servicios
salga del territorio aduanero nacional4) Exportación de Bienes Muebles A todos los casos
Cesión de marcas patentes, etc.Cesión de marcas patentes, etc.
Soportan el traslado del impuesto
OPERACIONES NO SUJETAS (Li 16)
p
OPERACIONES NO SUJETAS (Liva 16)Importaciones no definitivas
Venta de intangibles: acciones, bonos, efectos mercantiles
Préstamos en dineroPréstamos en dinero
Servicios bancarios
Fondos de ahorros, de pensión, cooperativas, bolsas, etc.
Segurosg
Salarios
La Administración Trib taria
10
La Administración Tributaria
IMPORTACIONES EXENTAS (Liva 17)( )Las contempladas en el art.18 Liva (Que no haya producción nacional)
Cónsules y Diplomáticos (Decreto 961 GO 37 034 del 12 sep 2000)Cónsules y Diplomáticos (Decreto 961 GO 37.034 del 12 sep 2000)
Organismos internacionales
Instituciones exentasInstituciones exentas
Viajeros, pasajeros de naves y aeronaves bajo régimen de equipajeI i t f l i l ió d f i iInmigrantes conforme ley especial por concesión de franquicias aduanerasDonaciones a Instituciones, Corporaciones y Fundaciones sin fines , p yde lucro; y Universidades para sus propios fines
Billetes, monedas y sus insumos por el BCVEquipos médicos, educativos y científicos por Instituciones Públicas o sinfines de lucro, previa comprobación (Que no haya producción nacional) Rliva 24
Margarita(Pto Libre) Paraguaná(Zona Libre) Mérida(Zona Libre Cultural)
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Margarita(Pto Libre), Paraguaná(Zona Libre), Mérida(Zona Libre Cultural), Santa Elena de Uairén(Pto Libre), Atuja(Zona Franca Industrial)
EXENCIÓN DE BIENES (Liva 18)Vegetales en su estado natural y semillas certificadasMaterial base para la reproducción animal e insumos biológicospara el sector agrícola y pecuariopara el sector agrícola y pecuarioEspecies avícolas,huevos,producción,cría y reproducción de pollosArroz, harinas de origen vegetal y las sémolas. Pan y pastasArroz, harinas de origen vegetal y las sémolas. Pan y pastas alimenticias.
Sal, azúcar y papelón, salvo de uso industrialCafé tostado, atún en lata, sardinas (170 grs) cilíndricaMortadela, queso blanco y leche (incluso de soya), margarina y
t ill A A it tibl l l d limantequilla. Avena. Aceites comestibles, salvo el de oliva, MayonesaGanado bovino y porcino destinado al matadero, así como lasGanado bovino y porcino destinado al matadero, así como las Carnes de pollo, res y cerdo en edo. Natural, congeladas, saladas o en salmueraF tili t di i t b tibl diti
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Fertilizantes,medicinas y sus componentes,combustibles y aditivos Rliva 9 Aceites, grasas lubricantes y otros no son exentosSillas de ruedas, marcapasos, catéteres, válvulas, órganos
El maíz utilizado en la elaboración de alimentos para el consumohumanohumano
El maíz amarillo utilizado para la elaboración de alimentosconcentrados para animales
Los aceites vegetales, refinados o no, utilizados exclusivamentecomo insumos en la elaboración de aceites comestibles, y
Minerales, alimentos e insumos para los animales exentos en este artículo
El sorgo y la soya
EXENCIÓN DE OTROS BIENES (Liva 64)
El sorgo y la soya
Hasta tanto entre en vigencia el Decreto de exoneración respectivo
Automóviles, naves, aeronaves y trenes destinados al transporte públicoM i i í l tMaquinaria agrícola y sus repuestos
Importación temporal o definitiva de buques y accesorios de navegación y todo lonecesario para la industria naval y de astilleros, grúas y maquinarias portuarias, etc.
13
y g y
RLiva 8 “Los insumos para bienes exentos se gravan”RLiva 49 Prest. Serv. Hoteles, Rest y similares gravan aunque los B. estén exentos
EXENCIÓN DE SERVICIOS (Liva 19)Transporte terrestre y acuático nacional de pasajerosFlete de los B.Exentos señalados en los num. 1,8,9,10,11 y 12 delart. 18 Liva
Institutos educativos inscritos en el MECyDHospedaje, alimentación y accesorios a estudiantes, ancianos,minusválidos en instituciones creadas para tal finEntradas a parques zoológicos museos centros culturales y otrosEntradas a parques, zoológicos, museos, centros culturales y otros que estén exentos de ISLR
Servicios médico-asistenciales y odontológicos y HCMy g y
Entradas a espectáculos artísticos, culturales y deportivos (< 2 UT)
C d ti d t d tiComedores y cantinas de centros educativos
Suministro de electricidad, agua, aseo y gas doméstico
14
Transporte de hidrocarburos y Telefonía pública
Crianza, reproducción y producción de ganado
Art.25 RLiva
16,5 % 0%0%
MÁXIMA
ALÍCUOTA 9%
Art.62 Liva
ALÍCUOTA
MÍNIMA
9%
10%
8 % adicional
1515Art.27 Liva
LA BASE IMPONIBLE Liva 20RLiva 38 al 50
ES EL VALOR SOBRE EL CUAL SE APLICA LA TARIFA ESTABLECIDA EN LALEY CON EL FIN DE OBTENER EL IMPUESTO A CARGO DELCONTRIBUYENTE O RESPONSABLE (Rodríguez pp 463)CONTRIBUYENTE O RESPONSABLE (Rodríguez, pp.463)
BASE BASE ALÍCUOTAALÍCUOTA IMPUESTOIMPUESTOBASE BASE IMPONIBLEIMPONIBLE
ALÍCUOTAALÍCUOTA IMPUESTOIMPUESTO
100 000 000100 000 000 9%9% 9 000 0009 000 000
ISLR
100.000.000100.000.000 9%9% 9.000.0009.000.000
ISLR MONTO DE LA RENTA NETA GRAVABLE
Imp. s/ act. económ MONTO DE LOS INGRESOS BRUTOSeconóm
Sucesiones MONTO DE LA HERENCIA
1616MONTO DE LOS BIENESImp. s/ el Patrimonio
LA BASE IMPONIBLE DEL IVA
BASE IMPONIBLEIVA
MONTO DE LA VENTA DEL BIEN O Precio Precio MONTO DE LA VENTA DEL BIEN O DE LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO
Precio Precio de de
ventaventa 10.00010.000SERVICIO
SOBRE
ventaventa
PRECIO FACTURADOAlícuotaAlícuota 9 %9 %
IVAIVA 9009001717
CAUSACIÓN DEL IVACAUSACIÓN DEL IVA BASE IMPONIBLEBASE IMPONIBLE
Venta de B. MueblesVenta de B. Muebles Precio facturado no < al Precio facturado no < al Valor CorrienteValor Corriente
IVAIVAEspecies alcohólicas y Especies alcohólicas y manufacturas del tabacomanufacturas del tabaco
(Precio de venta) (Precio de venta) ––(demás imp.nacionales)(demás imp.nacionales)
IVAIVA Importación de BienesImportación de Bienes(Art. 46 Rliva)(Art. 46 Rliva)
(Val.aduana)+(tributos, (Val.aduana)+(tributos, recarg., der.compensat., recarg., der.compensat., int.morat,otros)int.morat,otros)––(imp.nac)(imp.nac)
Prestación de ServiciosPrestación de Servicios(Prec.facturado)+transf.ó (Prec.facturado)+transf.ó suministros de B. Muebles suministros de B. Muebles ó adhesiones a Inmueblesó adhesiones a Inmuebles
Bienes Incorporales proBienes Incorporales pro--venientes del exteriorvenientes del exterior
Precio facturado no < al Precio facturado no < al Valor Corriente en VzlaValor Corriente en Vzla
Clubes socialesClubes sociales--deportivosdeportivos Todo lo pagado por sus Todo lo pagado por sus socios, afiliados o tercerossocios, afiliados o terceros
1818
ADICIONES A LA BASE IMPONIBLE : Liva 23 – Rliva 38 y sig
BASE BASE IMPONIBLEIMPONIBLE
ADICIONESADICIONES TOTAL BASE TOTAL BASE IMPONIBLEIMPONIBLE
AlícuotaAlícuota IVAIVA
9 %9 % 9 108 0009 108 000100.000.000100.000.000 1.200.0001.200.000 101.200.000101.200.000 9 %9 % 9.108.0009.108.000
todas, en especial : Liva 36, 50 - Rliva 54
Precios pactados con cláusulas de reajustabilidadPrecios pactados con cláusulas de reajustabilidad
Embalajes, fletes, gastos de transporte, de limpieza, Embalajes, fletes, gastos de transporte, de limpieza, Embalajes, fletes, gastos de transporte, de limpieza, Embalajes, fletes, gastos de transporte, de limpieza, seguros, de garantía, colocación y mantenimientoseguros, de garantía, colocación y mantenimiento
Envases o depósitos en garantíaEnvases o depósitos en garantíap gp g
Tributos por operaciones gravadas, salvo el Tributos por operaciones gravadas, salvo el IvaIva
1919Deben emitirse Notas de DébitoLiva 58
REDUCCIONES A LA BASE IMPONIBLE :Liva 24
BASE BASE REDUCCIONESREDUCCIONES TOTAL BASE TOTAL BASE AlícuotaAlícuota IVAIVAIMPONIBLEIMPONIBLE IMPONIBLEIMPONIBLE
100.000.000100.000.000 1.200.0001.200.000 98.800.00098.800.000
IVAIVA
9 %9 % 8.892.0008.892.000
todas, en especial :
Rebajas de preciosRebajas de precios
BonificacionesBonificaciones
Descuentos (pronto pago, etc.)Descuentos (pronto pago, etc.)
* Los anticipos no generan iva Rliva 29 y 32, salvo en los casos de las ventas por catálogos (Rliva 30)
2020Deben emitirse Notas de Crédito
Liva 58
AJUSTES A LA BASE IMPONIBLE :
RLiva 51 y 52
Artículo 51: En los casos en que se realicen ventas de bienes o prestacionesde servicios y el precio esté expresado en moneda extranjera, se establecerá laArtículo 51: En los casos en que se realicen ventas de bienes o prestacionesde servicios y el precio esté expresado en moneda extranjera, se establecerá laequivalencia en moneda nacional.Si el precio y demás componentes de la operación estuviere, según el contrato,sujeto a modificación del tipo de cambio, la diferencia positiva o negativa que se
equivalencia en moneda nacional.Si el precio y demás componentes de la operación estuviere, según el contrato,sujeto a modificación del tipo de cambio, la diferencia positiva o negativa que seproduzca al efectuarse el pago del bien o servicio adquirido, se deberáconsiderar, por constituir una corrección del precio, para ajustar la baseimponible y determinar el impuesto.T l j t ti á iti d l di t t d débit d édit
produzca al efectuarse el pago del bien o servicio adquirido, se deberáconsiderar, por constituir una corrección del precio, para ajustar la baseimponible y determinar el impuesto.T l j t ti á iti d l di t t d débit d éditTal ajuste se practicará emitiendo la correspondiente nota de débito o de crédito.
Artículo 52: Cuando se realicen ajustes de precio, actualizaciones, comisiones,intereses y otros conceptos que afecten a operaciones gravadas y exentas del
Tal ajuste se practicará emitiendo la correspondiente nota de débito o de crédito.
Artículo 52: Cuando se realicen ajustes de precio, actualizaciones, comisiones,intereses y otros conceptos que afecten a operaciones gravadas y exentas delintereses y otros conceptos que afecten a operaciones gravadas y exentas delimpuesto, deberán prorratearse las cantidades respectivas de los mismos, paraajustar la base imponible del impuesto en el correspondiente período deimposición
intereses y otros conceptos que afecten a operaciones gravadas y exentas delimpuesto, deberán prorratearse las cantidades respectivas de los mismos, paraajustar la base imponible del impuesto en el correspondiente período deimposiciónimposición.imposición.
DETERMINACIÓN DE LA CUOTA TRIBUTARIA
Causación del Causación del ImpuestoImpuesto
Base Base ImponibleImponible IVAIVAImpuestoImpuesto ImponibleImponible IVAIVA
VentaVenta dede BienesBienes oo 9%9%VentaVenta dede BienesBienes ooprestaciónprestación dede ServiciosServicios..ExportacionesExportaciones
10.000.00010.000.0009%9%
900.000900.000
CompraCompra dede BienesBienes ooióió dd S i iS i i 7 000 0007 000 000
9%9%630 000630 000recepciónrecepción dede ServiciosServicios..
ImportacionesImportaciones7.000.0007.000.000 630.000630.000
IVA Cuota IVA Cuota TributariaTributaria 3.000.0003.000.000 270.000270.000
2222Art.28 Liva
MENOR Q LALiva 30Liva 28
Definición
EXCESOMENOR Q LA ALICUOTA DE
LEYDÉBITO FISCAL
1414100100
141141141414 DECLARA
10010014
9107107
77DECLARA9Los ajustes por errores a favor o en contra del fisco se registran por separado hasta su concurrencia, en el periodo que se detecten Liva 50
Sustitutiva : Cuando dé pagoCOT 147 Liva 50
2323LOS CF NO PRESCRIBENArt.31 Liva
COSTOS, GASTOS ó EGRESOS PROPIOS DEL CONTRIBUYENTE (Liva 33 Rliva 55)CONTRIBUYENTE (Liva 33-Rliva 55)
CF Exclusivamente p/ Se deducenCF Exclusivamente p/ operac. gravadas
Se deducen totalmente
SE100.000 SE DEDUCE
100.000
2424
Base ImponibleBase Imponible IVAIVABase ImponibleBase Imponible IVAIVA
10.000.00010.000.000 9%9% 900.000900.000
7.000.0007.000.000 9%9% 630.000630.000Totalmente Totalmente 630 000630 000Totalmente Totalmente DeducibleDeducible
630.000630.000
Sujeto a Sujeto a 00Sujeto a Sujeto a prorrataprorrata
00
0030%30% 00
Total Cr FTotal Cr F 630.000630.000Total Cr.FTotal Cr.F 630.000630.000
Cuota tributariaCuota tributaria 270.000270.0002525
Art.34 Liva
/ G dCF p/operac. Gravadas y no Gravadas
PRORRATEO
VENTAS 30 000GRAVADAS 30.000
100 000VENTAS30%
100.000VENTAS TOTALES
SÓLO PARA LAS OPERACIONES DEL MES EN QUE SE REALIZA P/C PERIODO DE IMPOSICIÓN
2626Art.34 Liva y 55 RLiva
Base ImponibleBase Imponible IVAIVA Art.34º Livapp
23.333.33323.333.333
10.000.00010.000.000 9%9% 900.000900.000
33.333.33333.333.333 900.000900.00033.333.33333.333.333 900.000900.0007.000.000 7.000.000 9%9% 630.000630.000
T t l t D d iblT t l t D d ibl 150 000150 000Totalmente DeducibleTotalmente Deducible 150.000150.000
Sujeto a prorrataSujeto a prorrata 480.000480.000 336.000COSTOj pj p
30%30% 144.000144.000COSTO
Total Cr.FTotal Cr.F 294.000294.000
bb 606 000606 000
Art.35 Liva
2727Cuota tributariaCuota tributaria 606.000606.000
Liva 35
100100EXCESO
100100
1616 DECLARACF 9116116
Liva 35 Rliva 57
LOS CF DEBEN :
Liva 35 – Rliva 57
LOS CF DEBEN :
• Estar debidamente documentados
• Sólo da derecho a CF el original (Rliva 62)g ( )
• Registrados en Contabilidad conforme PCGA
2828Rliva Disp. Trans. Art. 86 Diferencias de alícuotas se trasladan hasta su deducción final
Liva 36 – Rliva 11 RLiva 35 Ajustes a los DBF
CONCEPTOCONCEPTO BIBI DBFDBF TOTALTOTAL
FacturadoFacturado 1.000.0001.000.000 90.00090.000 1.090.0001.090.000
EnvasesEnvases (50.000)(50.000) (4.500)(4.500) (54.500)(54.500)
D ó it D ó it (25 000)(25 000) (2 250)(2 250) (27 250)(27 250)Depósitos Depósitos DevueltosDevueltos
(25.000)(25.000) (2.250)(2.250) (27.250)(27.250)
Total DBFTotal DBF 925 000925 000 83 25083 250 1 008 2501 008 250Total DBFTotal DBF 925.000925.000 83.25083.250 1.008.2501.008.250
Deben emitirse facturas sustitutivas
Liva 58
2929
Deben emitirse facturas sustitutivas
Liva 37 Deducciones a los CRF
CONCEPTOCONCEPTO BIBI CRFCRF TOTALTOTAL
FACTURASFACTURAS 1.000.0001.000.000 90.00090.000 1.090.0001.090.000
Impuest.de Impuest.de
Operac.AnuladasOperac.Anuladas(50.000)(50.000) (4.500)(4.500) (54.500)(54.500)
Impuesto en Impuesto en excesoexceso
(25.000)(25.000) (2.250)(2.250) (27.250)(27.250)
Total CRFTotal CRF 925 000925 000 83 25083 250 1 008 2501 008 250Total CRFTotal CRF 925.000925.000 83.25083.250 1.008.2501.008.250
El contribuyente debe conservar las
Liva 58
3030
El contribuyente debe conservar las facturas sustituidas
Base ImponibleBase Imponible IVAIVA A t 38 LiBase ImponibleBase Imponible IVAIVA
23.333.333 (E) 23.333.333 (E)
Art.38 Liva
10.000.000 10.000.000 9%9% 900.000900.000
17 000 000 17 000 000 9%9% 1 530 0001 530 00017.000.000 17.000.000 9%9% 1.530.0001.530.000
Totalmente DeducibleTotalmente Deducible 1.050.0001.050.000336 000
Sujeto a prorrataSujeto a prorrata 480.000480.000
30%30% 144.000144.000
336.000COSTO
Total Cr.FTotal Cr.F 1.194.0001.194.000
C t t ib t iC t t ib t i
Art.35 Liva
Cuota tributariaCuota tributaria
Excedente CRFExcedente CRF 294.000294.0003131
Excedente CRFExcedente CRF
Liva 62Liva 62
Alícuota General :Alícuota General :RegresaralícuotasRegresaralícuotasAlícuota General :Alícuota General :
“Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente, laalícuota impositiva general aplicable a las operaciones“Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente, laalícuota impositiva general aplicable a las operaciones
alícuotasalícuotas
alícuota impositiva general aplicable a las operacionesgravadas, desde la entrada en vigencia de este Decreto conRango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley
alícuota impositiva general aplicable a las operacionesgravadas, desde la entrada en vigencia de este Decreto conRango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la LeyRango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Leyque Establece el Impuesto al Valor Agregado, será del oncepor ciento (11%) hasta el 30 de junio de 2007 y a partir del
Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Leyque Establece el Impuesto al Valor Agregado, será del oncepor ciento (11%) hasta el 30 de junio de 2007 y a partir del01 de julio de 2007 del nueve por ciento (9%), hasta tantoentre en vigor la Ley de Presupuesto que establezca unaalícuota distinta conforme al artículo 27 de este Decreto
01 de julio de 2007 del nueve por ciento (9%), hasta tantoentre en vigor la Ley de Presupuesto que establezca unaalícuota distinta conforme al artículo 27 de este Decretoalícuota distinta conforme al artículo 27 de este Decreto-Ley.”alícuota distinta conforme al artículo 27 de este Decreto-Ley.”
ÚLiva Art. 15 Par. “Ú” : “Se considerará parcialmente prestado en el país elservicio de transporte internacional y, en consecuencia, la alícuotacorrespondiente al impuesto establecido en esta Ley será aplicada sobre el
i i ( 0%) d l l d l j fl did i id
32
cincuenta por ciento (50%) del valor del pasaje o flete, vendido o emitido enel país, para cada viaje que parta de Venezuela.”
Liva 27Liva 27
Alícuota Cero :Alícuota Cero :RegresaralícuotasRegresaralícuotasAlícuota Cero :Alícuota Cero : alícuotasalícuotas
“La alícuota impositiva aplicable a las ventas deexportación de bienes muebles y a las exportaciones de“La alícuota impositiva aplicable a las ventas deexportación de bienes muebles y a las exportaciones deexportación de bienes muebles y a las exportaciones deservicios, será del cero por ciento (0%).exportación de bienes muebles y a las exportaciones deservicios, será del cero por ciento (0%).
La alícuota impositiva aplicable a las ventas dehidrocarburos naturales efectuadas por las empresas
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La alícuota impositiva aplicable a las ventas dehidrocarburos naturales efectuadas por las empresas
i t l d l L O á i d Hid bmixtas reguladas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos aPetróleos de Venezuela, S.A. o a cualquiera de las filialesde ésta será de cero por ciento (0%) ”
mixtas reguladas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos aPetróleos de Venezuela, S.A. o a cualquiera de las filialesde ésta será de cero por ciento (0%) ”de ésta, será de cero por ciento (0%).de ésta, será de cero por ciento (0%).
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BIENES DE CONSUMO SUNTUARIO (Liva 61)BIENES DE CONSUMO SUNTUARIO (Liva 61)GRAVAN SOBRE EL 10%
Automóviles de paseo o rústicos con precio mayor a 30.000$americanosMotos de más de 500cc salvo las empleadas para Seguridad delMotos de más de 500cc, salvo las empleadas para Seguridad delEstado
Máquinas de juegoq j g
Aeronaves para uso recreativo o deportivo
Toros de lidiaToros de lidia
Caballos de paso
Caviar
Joyas preciosas con valor superior a 500$ americanos
3434Alícuotas
OPERACIONES CON APLICACIÓN DEL 8% (Li 63)OPERACIONES CON APLICACIÓN DEL 8% (Liva 63)GRAVAN SOBRE EL 8%
Ganado caprino, ovino y especies menores destinados al matadero
Ganado caprino, ovino y especies menores para la críap , y p pCarnes en estado natural, refrigeradas, congeladas, saladas o en salmuera; excepto la de res, pollo y cerdo (Liva 18,1,o)
MantecasImportaciones de concentrados para los animales nombrados en
t tí leste artículo
Prestación de servicios a entes públicos
Transporte aéreo nacional de pasajeros
3535Alícuotas
COSTOS Y GASTOS SUJETOS A PRORRATEO
• Enelven 50.000
• Cantv 30.000
• Alquileres 80.000
• Adquisición de vehículos 150.000
• Adquisición de maquinarias 40.000
• Artículos de oficina 20.000
• Servicio de vigilancia 50.000
• Reparaciones varias 60.000
Total 480.000
3636Planilla
CÁLCULO DEL PRORRATEOCÁLCULO DEL PRORRATEO
Total de CF sujetos a prorrateo 480.000
480.000 x 30% = 144.000
Total de CF no deducibles = 336 000Total de CF no deducibles = 336.000
(Costo)
3737Planilla