Clase 28-05-13* Dr. Guillermo G. González Defensor Oficial Penal VIIª Nom.

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*Sistemas Procesales Modernos. *La Instrucción en el Sistema Adversarial *Lineamientos generales. * El fin del expediente. Oralidad. * La Oficina Judicial Clase 28-05-13* Dr. Guillermo G. González Defensor Oficial Penal VIIª Nom.

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* Sistemas Procesales Modernos. *La Instrucción en el Sistema Adversarial *Lineamientos generales. * El fin del expediente. Oralidad. * La Oficina Judicial. Clase 28-05-13* Dr. Guillermo G. González Defensor Oficial Penal VIIª Nom. Sistemas Procesales. - PowerPoint PPT Presentation

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*Sistemas Procesales Modernos.*La Instrucción en el Sistema Adversarial

*Lineamientos generales. * El fin del expediente. Oralidad.* La Oficina Judicial

Clase 28-05-13* Dr. Guillermo G. González

Defensor Oficial Penal VIIª Nom.

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Sistemas ProcesalesAcusatorio Inquisitivo

Organización institucional

Ausencia de aparatos oficiales de persecución. Jueces accidentales

Órganos oficiales permanentes y especializados de persecución y juzgamiento

Poderes realizativos

Neto perfil y clara diferenciación de acusación, defensa y jurisdicción

Confusión entre acción y jurisdicción. Carencia del concepto de partes. Limitaciones de la defensa.

Iniciación Por acto formal de acusación (popular o privada)

De oficio, por el propio tribunal, ante noticia de delito (denuncia, delación clamor público)

Características y papel del tribunal

Jurados populares o mixtos. Actitud pasiva.

Jueces técnicos permanentes. Protagonismo activo.

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Nuevo paradigmaSistema Adversarial (o Acusatorio Puro)

. Desformalización de las etapas del proceso.

. Exige órganos especiales de investigación.

. Mayor participación de la víctima.

. Oralidad en la etapa prelimitar, más abreviación y simplificación. Todo se discute y aporta en audiencias.

. La gestión se separa de la actividad jurisdiccional. Se crean oficinas administrativas de gestión.

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Principios rectores de la investigación en el Sistema Adversarial

Simplificación y desformalización de la investigación. El legajo reemplaza al expediente.

Se trabaja a partir del caso fiscal, NO de la causa

Posibilidad de aplicación de criterios de oportunidad.

Regulación de los plazos procesales en forma proporcional con la complejidad del asunto y su estricto control.

Restricción de vías de impugnación durante la investigación (Recursos).

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Desformalización - Anteproyecto CPPN

Se cambia la forma de registrar la información que se produce. El legajo de evidencias.-

La discusión se centra sobre el suceso histórico (el acto) y no sobre el incumplimiento de las formas (el acta) -art. 125-.

El registro de los actos procesales se posibilita en forma de imágenes, sonidos, u otro soporte electrónico equivalente -art. 214-.

Las decisiones de mero trámite son dictadas por el encargado de la oficina judicial -art. 128-.

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Problemas del sistema escritoHacia el fin del expediente

• La formalización de la investigación genera, delegación de funciones, burocratización, dilaciones indebidas, litigio indirecto a través de las nulidades.

• El derecho a ser oído se convierte en derecho a ser leído.

• Se deshumaniza el proceso porque el expte reemplaza al caso.

• Afecta la dinámica del proceso.• Se resuelve a puertas cerradas.* Genera la obligación de recurrir para poder

controvertir.-

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ORALIDAD: AUDIENCIAS • Procura un sistema judicial funcional que

responda en tiempo oportuno, sea transparente y respetuoso de derechos y garantías.

• Las partes son escuchadas por quien debe tomar la decisión (Principio de inmediación)

• Permite introducir información en la audiencia.• Garantiza imparcialidad e igualdad de armas.• El Juez conoce el caso en el momento y no

incorpora prueba de oficio.-• Revindica la función judicial, personaliza el

conflicto y lo humaniza.

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• Hace dinámico al proceso.

• Reúne en un mismo momento a todos los actores.

• La discusión es del caso y no da lugar a formulaciones abstractas o meramente dogmáticas.

• Modifica la forma de alegar y decidir.

• Permite limitar la función a lo estrictamente jurisdiccional.

• Acorta los tiempos del proceso.

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• Oficina Judicial

• El juez o tribunal será asistido por una Oficina Judicial.• A su director o jefe le corresponderá como función

propia: – organizar las audiencias y el debate, – dictar los decretos de mero trámite, – ordenar las comunicaciones y emplazamientos,– disponer la custodia de objetos secuestrados en los casos que

corresponda, – llevar al día los registros y estadísticas, – dirigir al personal auxiliar, – informar a las partes, y– colaborar en todos los trabajos materiales que el juez o el

tribunal le requiera. (art. 53 anteproyecto CPPN)

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• Oficina Judicial (continuación)• Funciones

– Recibir y registrar las solicitudes y comunicaciones que presenten las partes y demás intervinientes, iniciando o manteniendo la cadena de custodia sobre los elementos que se acompañen.

– Comunicar a las partes las decisiones que el juez adopte.

– Organizar las audiencias a las que el juez convoque, fijando la fecha y hora de su realización siempre dentro de los plazos fijados, garantizando la comparecencia de todos los intervinientes.

– Designar al juez o jueces que deban intervenir en el caso.

– Designar al mediador habilitado en los casos previstos.

– Fijar el día y la hora en que se llevarán a cabo las audiencias, siempre dentro de los plazos legalmente establecidos.

– Convocar a las partes a audiencias preliminares.