Clase 1- Evolucion de La GRD

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La información geográca juega un papel protagónico en actividades como insum para la evaluación de amenaza y rie base para la elaboración de mapas temátic también son insumo de dicha evaluación. Adicionalmente la !ngenier"a topográca la gestióndel riesgoconstituye un insumo fundamental en el ordenamiento y la plani territorial. UTILIDAD DE LA GESTION DEL RIESGO EN LA ING. TOPOGRAFICA

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clase 1 riesgos

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NORMATIVIDAD SOBRE GESTION DEL RIESGO

112 muertos, 304 heridos graves y ms de 20.000 damnificados.El problema fundamental era reubicar aproximadamente 3,000 familias que se hallanban viviendo en 21 campamentos y 25 "invasiones"

Tsunami de Tumaco. Sismo de 7.9, ocurrido el 12 de diciembre de 1979259 muertos, 798 heridos, 95 desaparecidos

FONDO NACIONAL DE CALAMIDADESCreado por el Decreto 1547 de 1984, como una cuenta especial de la Nacin sin personera jurdica, con independencia patrimonial, administrativa, contable y estadstica, con fines de inters pblico y asistencia social y dedicado a la atencin de las necesidades originados en situaciones de desastre, o de calamidad o de naturaleza similar.

Avalancha de Armero. Noviembre 13 de 1985.

LEY 46 DE 1988Se crea el Sistema Nacional para la Prevencin y Atencin de Desastres SNPAD, mediante la Ley 46 de 1988 , el cual se reglamenta a travs del Decreto 919 de 1989, para coordinar todas las acciones encaminadas a la prevencin y atencin de desastres en el territorio nacional. Ley 46 de 1988 tiene entre sus objetivos:

Definir responsabilidades y funciones de todos los organismos y entidades pblicas, privadas y organizaciones comunitarias en cada una de las fases del riesgo.

Integrar los esfuerzos pblicos y privados para la adecuada prevencin y atencin de situaciones de desastre.

Garantizar un manejo oportuno y eficiente de todos los recursos humanos, tcnicos, administrativos y econmicos que sean indispensables para la prevencin y atencin de las situaciones de desastre.

DECRETO 919 DE 1989Establece la necesidad de crear un plan nacional para la prevencin y atencin de desastres (PNPAD)Crea la Oficina Nacional para la Prevencin y Atencin de Desastres (ONPAD).

Designa al INGEOMINAS y al IDEAM como entidades encargadas de dar soporte tcnico y cientfico.

PresidenteMinistrosDirector DNPJefe ONADRepresentantes gremiosDECRETO 1680 DE 1991El 3 de Julio de 1991 se reorganiz el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repblica y se traslad la ONPAD al Ministerio de Gobierno. En el mismo ao, por medio del decreto 2035, se reestructur el Ministerio de Gobierno y se cambi el nombre de Oficina Nacional por el de Direccin Nacional.

DECRETO 0372 de 1996Se reforma el Ministerio de Gobierno pasando a ser Ministerio del Interior, se estableci su estructura interna y se organiz la Unidad Administrativa Especial para la Prevencin y Atencin de Desastres, que posteriormente (Decreto 2546 de 1999) pasa a ser Direccin General para la Prevencin y atencin de Desastres y luego (Decreto 4530 de 2008) se denomina Direccin de Gestin del Riesgo para la Prevencin y Atencin de Emergencias.

DECRETO 093 de 1998Se adopta el Plan Nacional para la Prevencin y Atencin de Desastres (PNPAD), incluyendo los objetivos, principios, estrategias y programas que deben regir las actividades del sistema nacional.

Estrategias:

El conocimiento sobre riesgos de origen natural y antrpico, La incorporacin de la prevencin y reduccin de riesgos en la planificacin, El fortalecimiento del desarrollo institucional, y La socializacin de la prevencin y la mitigacin de desastres.

Declaratoria de emergencias 2010

Imagen tomada de: www.ecbloguer.com

Declaratoria de emergencias 2010

DECLARATORIA DE SITUACION DE DESASTRE NACIONALDEC. 4579 DE 2010DEC. 4580 DE 2010Estado de emergencia econmica social y ecolgica por grave calamidad pblica.Declaratoria de emergencias 2010

DECRETO 4147 DE 2011 Se crea la Unidad Administrativa Especial denominada Unidad Nacional para la Gestin del Riesgo de Desastres, con personera jurdica, autonoma administrativa y financiera, patrimonio propio, del nivel descentralizado, de la Rama Ejecutiva, del orden nacional, adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repblica.

LEY 1523 DE 2012

Por la cual se adopta la poltica nacional de gestin del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestin del Riesgo de DesastresPOLITICA NACIONAL DE GESTION DEL RIESGODE DESASTRESOfrecer proteccin a la poblacin,mejorar la seguridad, el bienestary la calidad de viday contribuir al desarrollo sostenibleProceso deConocimientodel RiesgoProceso deReduccindel RiesgoProceso deManejo deDesastresObjetivos especficos (Art. 6)InstrumentosdePlanificacinSistemasdeInformacinMecanismosdeFinanciacin

EstructuraOrganizacionalPrincipales Componentesdel Sistema Nacional (Art. 7)ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

INSTRUMENTOSMunicipalDep/talMunicipalDep/talNacionalEstrategiadeRespuestaPlan deGestindel RiesgoNacionalNacionalPlan deEmergenciayContingenciaEmpresasPOTs

POMCHs

Plan deDesarrolloPlanRecuperacinSISTEMAS DE INFORMACIONSistemas deInformacinpara laGestin del RiesgoLa UNGRD en el marco de las polticas, estndares y tecnologas que definen la ICDE deber poner en marcha, un Sistema Nacional de Informacin para la Gestin del Riesgo de Desastres (Art. 45)Las autoridades departamentales, distritales y municipales crearn sistemas de informacin para la gestin del riesgo de desastres en el mbito de su jurisdiccin en armona con el sistema nacional (Art. 46)MECANISMOS DE FINANCIACIONFNGRDSubcuentapara laProteccinFinancieraFNGRDSubcuentapara laReduccindel RiesgoFNGRDSubcuentapara elConocimientodel RiesgoFNGRDSubcuentapara elManejo deDesastresFondosTerritorialesPreparacin y Ejecucin de la RecuperacinPreparacin y Ejecucin de la RespuestaReduccin del RiesgoConocimiento del RiesgoOrganizacin para la GestinPreparacin y Ejecucin de la RecuperacinPreparacin y Ejecucin de la RespuestaReduccin del RiesgoConocimiento del RiesgoOrganizacin para la GestinDecreto 1355 de 1970Cdigo Nacional de PolicaDecreto 1547 de 1984 Fondo Nacional de CalamidadesLey 46 de 1988 Sistema Nacional para la Prevencin y Atencin de DesastresLey 9 de 1989 Reforma Urbana Ley 2 de 1991 Modifica Ley de Reforma UrbanaLey 99 de 1993 Sistema Nacional AmbientalDecreto 2190 de 1995 Ordena PNC HidrocarburosLey 322 de 1996 Sistema Nacional de Bomberos Decreto 2211 de 1997Fondo Nacional de Bomberos Ley 115 de 1994EducacinLey 152 de 1994Planes de Desarrollo Ley 400 de 1997 Norma Sismo ResistenteDecreto 1743 de 1994Educacin AmbientalLey 388 de 1997Ordenamiento TerritorialDecreto 969 de 1995Red de Centros de Reserva Decreto 2340 de 1997 Incendios ForestalesDecreto 33 de 1998 Requisitos Sismo Resistencia NSR-98Decreto 93 de 1998 Plan Nacional para la Prevencin y Atencin de Desastres Decreto 879 de 1998 Reglamentacin POTsDecreto 1521 de 1998 Manejo de Combustibles E. de ServicioDecreto 321 de 1999 PNC HidrocarburosDecreto 2015 de 2001Licencias PosdesastreDocumento CONPES 3146 de 2001 Estrategia para Consolidar el Plan Nacional para la Prevencin y Atencin de Desastres Ley 715 de 2001 Sistema General de ParticipacionesDecreto 1609 de 2002 Transporte de Mercancas PeligrosasDocumento CONPES 3318 de 2004 Financiamiento del Programa de Reduccin de la Vulnerabilidad Fiscal del Estado Frentea a Desastres NaturalesDecreto 4002 de 2004 Revisin POTpor Desastre o RiesgoLey 1151 de 2007Plan Nacional de Desarrollo 2006 2010 Estado Comunitario: Desarrollo para Todos.Ley 472 de 1998 Regula las acciones populares y de grupoDecreto 3696 de 2009Modifica Red Centros Reserva DecretoLey 919 de 1989 Sistema Nacional para la Prevencin y Atencin de DesastresOtras normas relacionadas2828Otras normas relacionadasLey 9 de 1989: Ley de reforma urbana. Por medio de la cual se defini la responsabilidad de las autoridades municipales en cuanto a la seguridad de los habitantes de las zonas urbanas, ante los peligros naturales. (zonificacin de amenazas, reubicacin)

Ley 02 de 1991: Los municipios no solo deben levantar, sino tambin mantener actualizados los inventarios de zonas en alto riesgo.

Ley 388 de 1997: Dispone la obligatoriedad de formular POTs como instrumento bsico de ordenamiento fsico, jurdico y econmico del territorio.

EVOLUCION DE LA GESTION DEL RIESGOEn Colombia, el desarrollo de la institucionalidad asociada a la prevencin y atencin de desastres ha estado estrechamente ligado a la ocurrencia de grandes desastres con altos niveles de prdidas sociales, econmicas y ambientales, tal como el tsunami de Tumaco en 1979, el terremoto de Popayn en 1983 y la avalancha de Armero en 1985, la temporada invernal por el fenmeno de La Nia 2010- 2011, etc.NIVEL DISTRITAL

Imagen tomada de: paralaslamparas.blogspot.comNIVEL DISTRITAL Acuerdo 16 de 1979, por el cual se crea el fondo especial para emergencias y se impone una contribucin temporal para auxiliar a los damnificados por las inundaciones en el territorio del Distrito Especial de Bogot y se crea una Junta Pro-Damnificados por las inundaciones .

Acuerdo 11 de 1987. Por el cual se crea el Fondo para la Prevencin y Atencin de Emergencias en el Distrito Especial de Bogot (FOPAE) y la OPES.

Dependa directamente del Alcalde MayorFuncionaba en la Alcalda MayorNo tena personal de apoyo tcnico (hasta 1996)Presupuesto asignadoFOPAEUna suma anual de forzosa inclusin en el presupuesto Distrital no inferior al 0.5% de los ingresos corrientes tributarios de la Administracin Central.

- Los aportes que puedan efectuar a este Fondo, las entidades y empresas de carcter internacional, nacional, departamental, distrital o particular y las personas naturales.

-Los recursos provenientes de la disposicin del Artculo 147 del Acuerdo 6 de 1985. (Crditos)

SDPADMediante la expedicin del decreto 723, del 15 de octubre de 1999, se organiz, el Sistema Distrital para la Prevencin y Atencin de Emergencias, SDPAE.

El Decreto Distrital 332 de 2004 organiza el rgimen y el Sistema Distrital para la Prevencin y Atencin de Emergencias y dicta otras disposiciones

DECRETO 332 DE 2004Establece la posibilidad de realizar una declaratoria de emergencias por parte del Alcalde Mayor.

Aparecen los planes de rehabilitacin reconstruccin y desarrollo sostenible post-evento.

Artculos 15 y 16. Anlisis de riesgos y medidas de prevencin y mitigacin. Responsabilidad de realizar o exigir anlisis de riesgo.

Designa a la DPAE, como entidad coordinadora del SDPAE la responsabilidad de elaborar el Plan Distrital de Prevencin y Atencin de Emergencias (PDPAE).

LocalRegionalOBJETIVOS GENERALESimindicadores / metasacciones / productospaAGENDASPROGRAMAS (ESCENARIOS)imimimimimimimZONAS DE LADERAZONAS ALUVIALESCIUDAD CONSOLIDADACONSTRUCCININDUSTRIA Y COMERCIOREDESAGLOMERACIONESRURALES Y NATURALESimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimimpapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapapaLNEAS DE ACCINIdentificacin del RiesgoPrevencin de nuevos riesgosMitigacin de riesgos existentesPreparativos y administracinde emergenciasRecuperacin y proteccin financieraAMENAZASSsmicaDeslizamientosInundacionesTecnolgicasInc. forestalesLOCALIZACIN SEGURACONSTRUCCIN SEGURAFUNCIONAMIENTO SEGUROCULTURA DEL RIESGOVISIBILIDAD Y CORRESPONSABILIDADATENCIN INTEGRAL DE EMERGENCIASRESILIENCIA FRENTE A DESASTRESterritorialessectorialesPDpaESISTEMA DISTRITAL DE PREVENCIN Y ATENCIN DE EMERGENCIASSDPAEALCALDE MAYORCOMIT OPERATIVOCOMIT TCNICOCOMIT EDUCATIVOCOMITE DISTRITAL PARA LA PREVENCINY ATENCIN DE EMERGENCIASSecretaras de Gobierno, Salud, Hacienda, Educacin, DPAE, EAAB, EEB, Defensa Civil, Bomberos Oficiales, Cruz Roja, DAPD, DAAC, DAMA, ETB, Polica Metropolitana, Ejrcito NacionalFOPAEDPAE - DIRECCIN DEPREVENCIN Y ATENCIN DE EMERGENCIAS DE BOGOTALCALDE LOCALCOMITS LOCALES DE EMERGENCIAAlcalde Local, Asesor DPAE, Comandantes Locales de Bomberos y Polica, Defensa Civil, Cruz Roja, DAMA, Directores de Hospitales y Servicios Pblicos, representante de la Asociacin de Juntas de Accin Comunal, representante de la JAL, representante del CADEL.DECRETO 413 DE 2010Modifica el artculo 3 del Decreto 539, de 2006 en el sentido de suprimir de la estructura organizacional de la Secretara Distrital de Gobierno, a la Direccin de Prevencin y Atencin de Emergencias, cuyas funciones pasan al Fondo para la prevencin y Atencin de Emergencias de Bogot (FOPAE)DECRETO 546 DE 2013Transforma el Sistema Distrital de Prevencin y Atencin de Emergencias -SDPAE-, en el Sistema Distrital de Gestin de Riesgo y Cambio Climtico-SDGR-CC y actualiza sus instancias.

Transform el Fondo de Prevencin y Atencin de Emergencias -FOPAE- en el "INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMTICO", con sigla IDIGER.

Crea el Fondo Distrital para la Gestin de Riesgo y Cambio Climtico "FONDIGER.

DECRETO 173 DE 2014El Instituto Distrital de Gestin de Riesgos y Cambio Climtico -IDIGER, es un establecimiento pblico del orden distrital, adscrito a la Secretara Distrital de Ambiente, con personera jurdica, patrimonio propio y autonoma administrativa.

GRACIAS..