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FORO: DESCENTRALIZACIÓN, GESTIÓN LOCAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Ponente: Miguel González Marregot Valencia. Jueves, 12 de Marzo de 2009

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El modelo federal descentralizado venezolano y la partiticipación ciudadana.

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FORO:DESCENTRALIZACIÓN, GESTIÓN LOCAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Ponente: Miguel González Marregot

Valencia. Jueves, 12 de Marzo de 2009

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PRESENTACIÓNNuestro propósito es aportar

información que incentive el desarrollo y fortalecimiento de

una gestión pública descentralizada y participativa

en estados y municipios, de acuerdo al marco

constitucional vigente en Venezuela.

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CONTENIDO

El modelo federal y descentralizado

La gestión localLa participación ciudadana

Conclusiones

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EL MODELO FEDERAL DESCENTRALIZADO

• El aspecto jurídico-institucional del modelo

venezolano

• El componente financiero-presupuestario

• Las instancias político-territoriales del modelo

venezolano

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EL MODELO FEDERAL DESCENTRALIZADO

Venezuela es una República Federal, con un Estado conformado por un poder público dividido en poderes político-territoriales con competencias constitucionalmente establecidas, y un Gobierno

con autoridades electas que opera de manera descentralizada.

Los estados y municipios constituyen el pacto federal que da origen a la República, como

entidades políticamente autónomas unidas por un territorio común (cuya integridad se preserva) y por

la cooperación y la mutua concurrencia en los asuntos del interés público nacional.

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EL MODELO FEDERAL DESCENTRALIZADO

La descentralización se entiende como el conjunto de condiciones jurídicas, institucionales y financieras necesarias para ejercer el poder federal en forma soberana, autónoma, responsable y democrática.

Las garantías constitucionales del poder federal son: La federación y la descentralización son

características irreversibles. El poder nacional no puede modificar la estructura del

poder federal. La descentralización debe ser fiscalmente sostenible

y resguardar los equilibrios territoriales. La descentralización es progresiva y acordada por las

partes. La descentralización es flexible y adaptable a la

diversidad territorial.

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La Constitución Bolivariana y la descentralización En los principios fundamentales: - Se define a la República Bolivariana como un Estado

Federal y Descentralizado (4) y con un gobierno también descentralizado (6).

- En la división política se garantiza la descentralización político-administrativa (16)

- Los referendos consultivos desde el nivel de parroquia, municipios y de estados (71).

- El sistema de salud será descentralizado (84). - El Poder Público se distribuye entre el poder municipal, el

poder estadal poder nacional (136). - La Asamblea Nacional podrá atribuir a Estados y

Municipios determinadas competencias nacionales (157). - La descentralización como política nacional debe

profundizar la democracia (158).

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La Constitución Bolivariana y la descentralización

- Los estados descentralizarán hacia los municipios servicios y competencias (165).

- La ley contemplará mecanismos abiertos y flexibles para que estados y municipios descentralicen y transfieran a las comunidades (184).

- Se determina la creación del Consejo Federal de Gobierno (185).

- Se consagra la descentralización de administrativa y jurisdiccional del Poder Judicial (269).

- Los establecimientos penitenciarios se regirán por una administración descentralizada (272).

- Los órganos del Poder Electoral se rigen en otros por el principio de la descentralización de la administración electoral (294).

- Se establecerán condiciones para la creación de entidades funcionalmente descentralizadas para la realización de actividades sociales y empresariales (300).

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Figura 3

Fuentes de Financiamiento de las Entidades Federales, Municipios y Consejos Comunales

en Venezuela Recursos Ordinarios Gobierno Central

Aportes Especiales (Salud y otros)

Transferencias del Gobierno Central

Entidades Federales 80% Situado Constitucional 42% LAEE 42% FIDES 100% Aportes especiales en estados con servicios de salud descentralizados.

Consejos Comunales 30% LAEE 30% FIDES

Situado Constitucional Hasta el ( 20 % ) del total de los ingresos

ordinarios

Recursos FIDES

No inferior al (15%),al ingreso real del Impuesto al Valor Agregado.

Recursos LAEE Mínimo de (25%) del monto de los ingresos fiscales recaudados, por concepto de tributos y regalías, una vez deducidos el % correspondiente al Situado Constitucional.

Municipios 20% Situado Constitucional 28% LAEE 28% FIDES

Entidades Federales Estructura de los Ingresos 2003-2007 61,3 % Situado Constitucional 12,2% LAEE 6,9 % FIDES 17,7% Aportes de salud 1,6% Ingresos propios

Municipios Estructura de los Ingresos 2003-2007 31,2% Situado Constitucional 11,7% LAEE 7,9% FIDES 43,2% Ingresos Propios 4,3% Ingresos Extraordinarios

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EL PRESUPUESTO FISCAL El presupuesto nacional depende de la recaudación anual de

ingresos petroleros y no petroleros. Todos los poderes públicos dependen del mismo presupuesto.

Los estados no recaudan ingresos y no todos asumieron los peajes, puertos y aeropuertos. Los municipios urbanos sí

recaudan ingresos. En los últimos años, bajó la disponibilidad de ingresos de

estados y municipios: reducción del situado constitucional por subestimación de

los ingresos petroleros en el presupuesto. reducción de los recursos FIDES y LAEE por decisión de

destinar una proporción a los Consejos Comunales; bajo administración del poder nacional.

Las gobernaciones y alcaldías destinan menos recursos a saneamiento y vivienda y más a programas sociales

transitorios solicitados desde el poder nacional. Para el 2006 existían 4.235 organismos públicos, de los cuales

1.270 son del poder nacional. El crecimiento del aparato institucional público le otorga rigidez al presupuesto de

gastos.

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LOS ÓRGANOS POLÍTICO/TERRITORIALESDEL MODELO FEDERAL DESCENTRALIZADO

El Consejo Federal de Gobierno: Vicepresidente y Ministros/as Gobernadores/as y 1 Alcalde/sa por cada Estado Representantes de Sociedad Organizada

Los Consejos Estadales de Coordinación de Políticas Públicas (CEPLACOP):

Gobernador/a y Alcaldes/as Directores/as Estadales Representantes de Asamblea Nacional, Consejos Legislativos Estadales, Concejos

Municipales y Comunidades

Los Consejos Locales de Planificación Pública (CLPP): Alcalde/sa Concejales/las Presidentes/as de Juntas Parroquiales Representantes de Organizaciones vecinales (electos por consejos comunales) y

Organizaciones sociales

Los Consejos Comunales: Voceros elegidos por Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas

Las Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas: Foro propio de los Ciudadanos y Ciudadanas

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LA GESTIÓN LOCAL

• La importancia del Municipio como centro de gobierno más próximo al

pueblo

• Las división funcional del Poder Público Municipal

• El Municipio y los medios de participación ciudadana

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EL MUNICIPIO COMO CENTRO DE GOBIERNO MÁS PRÓXIMO AL PUEBLO

Tiene por objeto desarrollar los principios constitucionales, relativos al Poder Público Municipal, su autonomía, organización y funcionamiento, gobierno, administración y control, para el efectivo ejercicio de la participación protagónica del pueblo en los asuntos propios de la vida local, conforme a los valores de la democracia participativa, la corresponsabilidad social, la planificación, la descentralización y la transferencia a las comunidades y grupos sociales organizados.

(Ley Orgánica del Poder Público Municipal, Art. 1)

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EL MUNICIPIO COMO CENTRO DE GOBIERNO MÁS PRÓXIMO AL PUEBLO

El Municipio constituye la unidad política primaria de la organización nacional de la República, goza de personalidad jurídica y ejerce sus competencias de manera autónoma, conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley. Sus actuaciones incorporarán la participación ciudadana de manera efectiva, suficiente y oportuna, en la definición y ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de sus resultados.

( Ley Orgánica del Poder Público Municipal Art. 2)

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Competencias Concurrentes Competencias Exclusivas

Protección de la familia y el niñoServicios para Infancia, juventud y tercera

edadIntegración de personas con discapacidad

Atención a violencia contra la mujer y la familia

Espacios libres y equipamiento comunitario

Servicios de empleo y bienestar laboralAutogestión y Cogestión de Empresas

PúblicasCooperativas

Cultura y conservación Cultura Actividades e instalaciones culturales

Educación en todas sus modalidades Educación Educación preescolar

Prestación y administración descentralizada del Sistema Público Nacional de Salud

Salud Atención primaria en salud

Aseo urbano y domiciliarioAguas residuales

Agua, electricidad y gas domiciliarioAlumbrado público

AlcantarilladoAguas servidasVivienda social

Protección ambiental

Nutrición Alimentos Abastecimiento y mercados

PoliciaDescentralización administrativa y jurisdiccional del Sistema Judicial

Descentralización administrativa de Establecimientos Penitenciarios

Deporte, educación física y recreación

Saneamiento, Vivienda y Servicios

PúblicosVivienda popular

Justicia de pazSeguridad

Ciudadana y Justicia

Turismo local

Plazas, parques y jardines, balnearios

Competencias Sociales de Estados y MunicipiosN

ació

n, E

stad

os y

Mun

icip

ios

Protección social

Municipios

Comunidades campesinas e indígenas

Empleo

Deporte y Recreación

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LAS CUATRO FUNCIONES BÁSICAS

DEL PODER PÚBLICO MUNICIPAL

Organización del Poder Público Municipal, se ejerce a través de cuatro funciones:

la función Ejecutiva, desarrollada por el Alcalde (sa), a quien corresponde el gobierno y la administración,

la función Deliberante que corresponde al Concejo Municipal, integrado por concejales y concejalas,

la función del Control Fiscal, dependiente de la Contraloría Municipal y,

la función de Planificación , ejercida en corresponsabilidad con el Consejo Local de Planificación Pública.

(Artículo 75, LOPPM)

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EL MUNICIPIO Y LOS MEDIOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

1. Cabildos Abiertos.

2. Asambleas Ciudadanas.

3. Consultas Públicas.

4. Iniciativa Popular. 5. Presupuesto

Participativo. 6. Control Social.

7. Referendos. 8. Iniciativa

Legislativa. 9. Medios de Comunicación

Social Alternativos.

10. Instancias de Atención

Ciudadana. 11. Autogestión.

12. Cogestión.

LOPPMARTÍCULO

261

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ESTADO

CONSEJOCOMUNAL

ASOCIACIONESCIVILESCOMUNIDAD

CORRESPONSABILIDADDESCENTRALIZACIÓN

TRANSFERENCIA

ELECCIÓNCONTROL SOCIAL

REMOCIÓN

COOPERACIÓNCOORDINACIÓN

CONTROL SOCIAL

Red InstitucionalConsejo Federal de GobiernoConsejos Estadales -CEPLACOP- Consejos Locales -CLPP-

Ciclo ComunalDiagnósticoPlanPresupuestoEjecuciónControl

AutoridadesNacionalesEstadalesMunicipales

LOS CONSEJOS COMUNALES …

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LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

• Conceptos• La participación ciudadana en Venezuela• Las condiciones institucionales• Las ventajas de la participación ciudadana

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CONCEPTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Es el proceso mediante el cual la ciudadanía interviene individual o colectivamente, en las instancias de toma de

decisiones sobre asuntos públicos que le afectan en lo político, económico y social.

(Asamblea Nacional)

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VENEZUELA: UN 37% DE LA CONSTITUCIÓN BOLIVARIANA CONSIDERA

LA “PARTICIPACIÓN CIUDADANA”

En lo político: Elección de cargos

públicos.

Referendos: Consultivo, Revocatorio, Aprobatorio, Abrogatorio, Revocatorio.

Consulta Popular: Iniciativa Legislativa, Enmienda Constitucional, Reforma Constitucional, Asamblea Constituyente.

Cabildos Abiertos. Asambleas de Ciudadanos.

En lo social y económico: Asociaciones Vecinales Autogestión y Cogestión Consejo Federal de

Gobierno Consejos Estadales de

Planificación Consejos Locales de

Planificación Consejos Comunales Cooperativas Comités Sectoriales

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BASES INSTITUCIONALES PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

• Un marco legal claro y preciso que sustente, promueva y apoye su ejercicio.

• Ética basada en la honestidad, la rendición de cuentas, la tolerancia y en la crítica libre y responsable.

• Programas formativos para elevar las capacidades cívicas; tanto de los actores civiles como de los oficiales.

• Los recursos organizativos, técnicos, informativos e informáticos, financieros y, los espacios físicos para su ejercicio eficaz y eficiente.

• Compromiso entre el Estado y la sociedad para el desarrollo y ejercicio corresponsable de la participación ciudadana en la gestión pública.

• Un marco legal claro y preciso que sustente, promueva y apoye su ejercicio.

• Ética basada en la honestidad, la rendición de cuentas, la tolerancia y en la crítica libre y responsable.

• Programas formativos para elevar las capacidades cívicas; tanto de los actores civiles como de los oficiales.

• Los recursos organizativos, técnicos, informativos e informáticos, financieros y, los espacios físicos para su ejercicio eficaz y eficiente.

• Compromiso entre el Estado y la sociedad para el desarrollo y ejercicio corresponsable de la participación ciudadana en la gestión pública.

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POSIBILIDADES DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Incrementa la cercanía entre el Estado, los ciudadanos y sus expresiones asociativas.

Propicia mayor legitimidad a las políticas adoptadas por los funcionarios públicos.

Posibilita una gestión pública más ajustada a las demandas sociales.

Favorece la solidaridad, la confianza y el civismo. Incrementa la gobernabilidad.

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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

La promoción de una agenda legislativa Impulsar una gestión descentralizada

Ejercer las potestades constitucionales Fortalecer las capacidades de gestión

Impulsar una gestión financiera sostenible y responsable

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PROMOVER

UNA AGENDA LEGISLATIVA

Frente a la brecha entre la norma constitucional y la norma legal, es necesario una Agenda Legislativa que impulse la descentralización para:

Cumplir la potestad de estados y municipios en las competencias concurrentes en forma acordada, fiscalmente sostenible y flexible (Ley Orgánica de Descentralización).

Desarrollar vínculos y mecanismos de coordinación entre los poderes nacional, estadal y municipal (Ley del Consejo Federal de Gobierno).

Defender las finanzas estadales y municipales y los recursos que constitucional y legalmente pertenecen a los estados y municipios (Situado Constitucional, Ley FIDES, LAEE, Salud Descentralizada y Ley de Hacienda Pública Estadal).

Incorporar al pueblo organizado y otras entidades del municipio, incluyendo parroquias y consejos comunales en la descentralización; a través de la participación comunitaria en los asuntos de la vida local (Ley del Poder Público Municipal , Leyes de los Consejos Locales y Comunales; y Ordenanzas de Participación y Contraloría Social).

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PONER EN MARCHA

UNA GESTIÓN DESCENTRALIZADA

Frente a un bajo desarrollo del marco institucional existente de los poderes estadales y municipales, deben levantarse las estructuras y ejercer una gestión pública autónoma y responsable que ponga por encima de cualquier interés, el bien común de los ciudadanos.

La debilidad institucional de estados y municipios vulnera los poderes de los cuales gozan los estados y municipios y obstaculiza los procesos de descentralización.

Para poner en marcha una gestión descentralizada, se necesita: Ejercer las potestades federales. Fortalecer las capacidades de gobierno en gestión,

planificación y coordinación en forma participativa y democrática.

Activar los espacios político-territoriales de concertación, coordinación y participación.

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EJERCER

LAS POTESTADES FEDERALES

El ejercicio de competencias: los estados y los municipios pueden ejercer competencias concurrentes y exclusivas, establecidas constitucionalmente, por Leyes Nacionales, Leyes Estadales y Ordenanzas Municipales.

Las transferencias: la descentralización comprende políticas y programas de transferencia entre los poderes político-territoriales, (del poder nacional a los estados, de los estados a municipios, y de estos hacia las comunidades), por medio del Consejo Federal de Gobierno.

Los compromisos de gestión: figura administrativa para impulsar programas y servicios entre estados, municipios y comunidades organizadas; según Ley de Administración Pública y por medio de los CEPLACOP.

La gestión legislativa: que debe sancionar leyes financieras, leyes de descentralización, aprobar los compromisos de gestión y líneas generales del plan de desarrollo, por medio de los Consejos Legislativos Estadales.

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FORTALECER

LAS CAPACIDADES DE GESTIÓN

Las prácticas de gobierno: responsabilidades estratégicas, formación, ejecución y control de políticas públicas, presupuestos transparentes y mecanismos de rendición de cuentas y de acceso a la información pública.

Los planes de desarrollo: formulación de planes de desarrollo integrados de manera estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta (Plan Estadal de Desarrollo, Plan Municipal de Desarrollo –PMD- y Plan de Desarrollo Urbano Local–PDUL).

La participación comunitaria: derecho de las comunidades a participar en propuestas de inversión (presupuesto participativo) y en el control de las actividades de gobierno (contraloría social).

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DEFENDER

UNA GESTIÓN FINANCIERA SOSTENIBLE Y RESPONSABLE

El manejo extra-presupuestario de las finanzas públicas nacionales de las cuales dependen en gran medida los estados y municipios, el incumplimiento de las competencias tributarias en los estados y las debilidades financieras de gobernaciones y alcaldías requiere una gestión financiera sostenible y responsable, que comprenda:

Proteger fuentes de ingresos del presupuesto nacional y monitorear su comportamiento, destino y distribución.

Aumentar la capacidad estadal y municipal para generar proyectos de inversión y desarrollo a ser financiados con recursos LAEE, FIDES o fuentes extraordinarias.

Disciplina fiscal, priorización del gasto y no asumir compromisos para los cuales no existan recursos presupuestarios.

Cumplir con la normativa legal en materia de ejecución y control presupuestario, contrataciones públicas y rendición de cuentas a los órganos contralores y a los ciudadanos/as.

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MUCHAS GRACIAS…!

Miguel González Marregot0424-210.61.24 / [email protected]