Central Camionera de Tuxtla Gutiérrez(1)

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CENTRAL CAMIONERA INTRODUCCION En la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, la mayoría de sus habitantes utiliza el transporte como medio de traslado hacia diferentes destinos, tanto locales, regionales como foráneos, dicho transporte puede ser particular, colectivo y de carga. El crecimiento económico, social, demográfico y turístico del Estado de Chiapas en los últimos años han provocado la necesidad de organizar y mejorar la infraestructura de los servivicios y transportes en la ciudad capital Tuxtla Gutiérrez; ya que uno de los principales síntomas de crecimiento de las ciudades es la movilidad y traslado de las personas; la cual no se puede abandonar debido a que frenaría su conveniente desarrollo. Por lo anterior se presenta como prioritaria la necesidad de satisafacer las demandas actuales de la población y las previsibles de los movimientos de la misma. Es por ello que se hace necesaria la implementación de la Central Camionera de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas 2013, como alternativa de solución a los servicios que la población exige y amerita, proporcionando su desenvolvimiento dentro de una vigorosa política de transportación, consecuentemente con TALLER DE DISEÑO ARQUITECTÓNICO VI Página 1

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CENTRAL CAMIONERA

INTRODUCCION

En la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, la mayoría de sus habitantes utiliza el transporte como medio de traslado hacia diferentes destinos, tanto locales, regionales como foráneos, dicho transporte puede ser particular, colectivo y de carga.

El crecimiento económico, social, demográfico y turístico del Estado de Chiapas en los últimos años han provocado la necesidad de organizar y mejorar la infraestructura de los servivicios y transportes en la ciudad capital Tuxtla Gutiérrez; ya que uno de los principales síntomas de crecimiento de las ciudades es la movilidad y traslado de las personas; la cual no se puede abandonar debido a que frenaría su conveniente desarrollo. Por lo anterior se presenta como prioritaria la necesidad de satisafacer las demandas actuales de la población y las previsibles de los movimientos de la misma.

Es por ello que se hace necesaria la implementación de la Central Camionera de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas 2013, como alternativa de solución a los servicios que la población exige y amerita, proporcionando su desenvolvimiento dentro de una vigorosa política de transportación, consecuentemente con el impulso socioeconómico, dado que, a medidad que un sistema de transporte es más eficiente, éste en consecuencia brinda grandes posibilidades de favorecer el aparecimiento de nuevas actividades en beneficio para la misma población.

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CENTRAL CAMIONERA

Central Camionera de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

Definición:

Cabe mencionar que una central camionera es llamada también, estación de autobuses o terminal de buses.

Según la ley de caminos, puentes y autotransporte federal de acuerdo al capítulo I del ámbito de aplicación de la ley en el artículo segundo nos menciona que se entiende por terminal:

Las instalaciones auxiliares al servicio del autotransporte de pasajeros, en donde se efectúa la salida y llegada de autobuses para el ascenso y descenso de viajeros. Es útil y funcional en cualquier ciudad, en ella se localiza el medio de transporte en forma sistematizada, para ello es indispensable contar con un equipo adecuado para el traslado del pasajero, un autobús permite la comodidad y seguridad de tal servicio.

Siendo indispensable para las actividades que tiene que hacer el individuo que forma parte de una sociedad, por su cultura, religión, situación económica, necesidad de comunicarse, situación urbana y arquitectónica, obliga a pedir una demanda de los servicios generales de equipamiento urbano, así como de infraestructura, comunicaciones y transportes sobre todo una imagen ambiental, evitando provocar contaminación por el tránsito vehicular.De acuerdo al título tercero del autotransporte federal capítulo I, disposiciones generales, los servicios de autotransporte federal, serán los siguientes:

I. De pasajeros;II. De turismo; yIII. De carga

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CENTRAL CAMIONERA

Central de autotransporte de pasajeros (S.C.T.)

La prestación del servicio público de autotransporte entre distintas localidades; en donde se efectúa la salida y la llegada de autobuses para el ascenso y descenso de pasajeros, y ofrecen servicios complementarios para cubrir las necesidades del público usuario.

Las terminales deberán contar con el visto bueno de las autoridades municipales; su función básica es el transporte de personas y carga, para lo cual deben contar con espacios como sala de espera, taquillas, sanitarios públicos, anden de ascenso y descenso de pasajeros, entrega y recepción de equipaje, locales comerciales, restaurante, administración, caseta de control, cajón de abordaje, patio de maniobras, estacionamiento para autobuses de guardia, paradero de autobuses urbanos y taxi, plaza de acceso y áreas verdes

¿Cómo opera una central camionera?

Al hablar de cómo opera o bien el funcionamiento de una central camionera no solo se refiere al usuario (pasajero) si no a todas las personas que hacen o realizan un buen trabajo, en este caso serian las personas que trabajan ya sea como los choferes y toda la parte administrativa, de control, coordinación u operación de los mismos servicios los cuales son de origen o destino y se ubican generalmente en capitales de estado y en capitales jerárquicamente importantes por su población o tipo de actividad.

El iniciar un tipo de servicio, en este caso de transporte, demanda un proyecto arquitectónico en otro espacio que no es el actual, el cual debe de producir mejorías a la ciudad de Tuxtla Gutiérrez y que el flujo de transporte disminuya considerablemente.

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Funciones del administrador:

Mantener la seguridad y el funcionamiento de la central en general, supervisar constantemente el personal que está a su cargo, para que cumpla con eficiencia las actividades que se les encomienden.

Elaborar bitácora de asistencia del personal a su cargo, supervisar que el personal de vigilancia cumpla con sus obligaciones.

Elaborar diariamente un informe de ingresos, mismo que entregara a la coordinación de ingresos, elaborar los oficios, circulares y otros comunicados sobre los diversos asuntos de importancia para estos y, aquellos relacionados con el buen funcionamiento de la central, comunicando oportunamente los permisionarios concesionarios de los locales comerciales.

Supervisar constantemente el horario de la prestación del servicio de autobuses de pasajeros sea fijado previamente en lugares visibles y, se cumpla eficientemente con él para darle buen servicio al usuario.

Recibir las quejas y sugerencias de los usuarios, cuando los operadores y sus ayudantes den maltrato, servicios deficientes o lo nieguen a los pasajeros y usuarios.

Reportar a las autoridades competentes aquellas reclamaciones correspondientes a los máximos y mínimos de velocidad empleados por los conductores de las unidades prestadoras del servicio de transporte.

Entregar un reporte mensual de actividades, que contengan la información financiera correspondiente a los locatarios y concesionarios.

Elaborar el plan de trabajo con objetivos, metas y estrategias.

Coordinarse con el director de servicios municipales, contando con todo su apoyo, para que la central funcione eficientemente.

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Funciones del usuario:

El tránsito de usuario y pasajero hacia los andenes e instalaciones de la central, serán exclusivamente a través de las puertas de acceso y por ningún motivo permitirá el acceso a otras vías.

Cuarto de taquillas:

El color o colores de las taquillas deberán ser los más representativos de las líneas que ofrezcan sus servicios de transporte.

En sala de espera:

Queda prohibido a los usuarios, permisionarios, operadores o demás personas, tirar basura, hacer necesidades fisiológicas, y realizar actos inmorales en la sala de espera o en cualquier otro lugar.

Entrada y salida de los autobuses de la central:

Los conductores de los autobuses, al llegar a la caseta de control de paso, tienen la obligación de hacer alto total y entregar su boleto de salida.

Patio de maniobras:

Tendrán acceso a la central, además de los autobuses, aquellos vehículos que a juicio de la administración sean necesarios para el desarrollo de las actividades propias del servicio, como ambulancias, recolectores de basura, patrullas de la policía federal preventiva, estatal, etc.

Mantenimiento e infraestructura:

La administración de la central, deberá mantener sus instalaciones optimas condiciones de funcionamiento, de conformidad con los niveles de calidad y, con los requisitos que establezcan las autoridades competentes para casa caso, que se señalan a continuación.

Taquillas, sala de espera, servicios sanitarios, restaurantes o cafetería, locales comerciales, fachadas exteriores.

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DESCRIPCION DE PARTES• Z O N A P Ú B L IC ALa zona del público debe tener liga con el vestíbulo, taquillas y andenes.

Plaza de acceso. Espacio abierto que enmarca el acceso a la entrada principal del edificio de la central. Es un lugar muy concurrido y en ocasiones sirve de reunión, por lo que debe estar amueblado con bancas y jardineras.

Pórticos. Son los espacios de transición entre el exterior y el interior del edificio. Es la primera etapa del recorrido del pasajero y público en general hacia el edificio.

Estacionamiento. Se ubica al frente de la terminal y a un lado de la plaza de acceso; se

considera un cajón por cada 50 m2 construidos en terminales y uno por cada 20 m2 construido en estaciones.

Acera de desembarco. Se desarrollan principalmente las actividades siguientes: descenso y ascenso de personas; espera de autobuses urbanos; coches de alquiler y particulares; espera de acompañantes; comercio ambulante; pasajeros Y transeúntes lo utilizarán para protegerse del sol y la lluvia.

Vestíbulo general. Este espacio es donde concurren todas las personas que llegan a la estación para después continuar sus recorridos y actividades. Al igual que los pórticos, en el servicio de primera y segunda clases, debe haber un vestíbulo en la zona de entrada, otro en la salida y únicamente uno en el servicio mixto.

Casetas de informes. Los pasajeros que llegan o salen, requieren el servicio de informes por lo que es necesario que se encuentren en un lugar visible y accesible de cada vestíbulo y exista un mostrador con uno o dos empleados.

Señales y rótulos. El diseño gráfico de la simbología empleada para orientarse dentro y fuera del edificio debe evitar confusiones en los usuarios; el diseño debe ser integral. El señalamiento puede estar conformado por rótulos pintados o electrónicos; debe haber monitores que indiquen la llegada y salida de unidades y localizarse en las salas de espera y llegada. Los accesos, las salidas, los sanitar ios para hombres y mujeres, informes y restaurantes, deben ser visibles a una distancia por lo menos de 50 m.

Taquillas. Es necesario que se localicen cerca de los vestíbulos de llegada y salida del servicio de primera y segunda clases. La cubierta frontal tiene uso continuo. Este diseño hace posible que el pasajero deje pequeños bultos en una parte de la cubierta más baja donde efectúe los trámites necesarios para la compra de boletos; con esto se logra que el usuario pueda tener las manos libres, comodidad y así evitar confusiones. La parte frontal inferior de las taquillas es en forma inclinada hacia adentro, para evitar que alguna maleta estorbe durante la compra de los boletos; debe haber una lámpara que ilumine la señalización que indica el tipo de servicio de venta, así como el número. La iluminación de la superficie de apoyo sobre la cual se hace la operación, debe ser indirecta, tenue y uniforme; hace que el trabajo del taquillero sea más cómodo al no incidir los rayos luminosos directamente en sus ojos; debe estar en lo alto para abarcar toda el área.

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Sala de espera. Este espacio debe proporcionar tranquilidad y comodidad a los usuarios. Se debe lograr una ventilación natural eficaz. Los sillones para descanso permiten alojar un número variado de usuarios. Pueden ser de plástico o de madera; una de las cualidades que se busca es la dureza que las hace más resistentes a golpes y raspaduras. El respaldo bajo, más que servir propiamente a la función de recargarse, sirve para estructurar. La circulación entre butacas es de 1.80 mínimo, para que las personas dejen sus pertenencias y no obstruyan el paso.

Los acabados de muros y pisos deben ser resistentes al impacto o raspones de cajas y bultos que acompañen a los viajeros.

Sucursal de correos Y telégrafo. Debe haber un mostrador para vender al público timbres postales y recibir mensajes para reexpedirlos telefónicamente a las oficinas centrales del telégrafo. En el vestíbulo general debe haber escritorios, sillas, un estante y una caja de seguridad, así como un mostrador con buzón.

Concesionarios. Estos comercios se distribuyen anexos a las circulaciones, vestíbulos y salas de espera para que el público entre fácilmente y para que las vitrinas de exhibición cumplan su cometido comercial en beneficio tanto del vendedor como de los compradores. Deben ligarse al exterior con un andén especialmente para proveedores.

Recibo de equipaje y envíos. En función de su capacidad debe haber un área para alojar a las personas que desean entregar sus equipajes. En el mostrador debe haber dos plataformas a distintos niveles: el inferior sobre el piso para equipaje pesado y el superior para el ligero y la entrega y recibo de documentación. Son necesarios varios mostradores para atender simultáneamente a varias personas.

Área de equipaje. En este lugar se clasifica el equipaje para distribuirlo y cargarlo en los autobuses correspondientes por medio de carritos manuales, bandas, rodillos o carritos motorizados. El área debe ser suficiente para alojar estanterías necesarias para organizar el equipaje, mesas para clasificación, zona de carritos y zonas de servicio de empleados. Se conecta directamente al andén.

Entrega de equipaje y envíos. Las actividades que se desarrollan en esta área son inversas a las de recibo de equipaje; las características de los espacios son similares. Debe preverse la posibilidad de que el recibo de equipaje funcione como entrega y recibo en épocas turísticas. En andenes de pasajeros de primera y segunda clase debe haber capacidad para esta área en la zona de salida y llegada.

Puerta de embarque. Cuenta con el espacio suficiente para ubicar un marco de seguridad y el puesto de personal de control de boletos y seguridad. Tendrá un espacio para el retorno de personas. Las terminales pequeñas cuentan con torniquetes y un puesto de vigilancia.

Puesto de policía. Es necesario un pequeño local para alojar a los representantes del orden público, que son indispensables en los lugares donde concurren grandes cantidades de personas. Contará con un mostrador para atender quejas del público, un pequeño escritorio, un par de sillones y un sofá para el descanso nocturno del personal de guardia.

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Andén. Espacio al que llegan todos los pasajeros para abordar el autobús. Se dispone en forma lineal, radial, circular o en línea quebrada. Se accede por la puerta de embarque. Además de la relación que tienen con la sala de espera, está ligado al andén de carga de mercancía y almacén de la misma para facilitar el transbordo de la carga que llega o sale de la estación. Debe haber barandales para formar filas.

Circulación de pasajeros. Las áreas de llegada y salida deben estar separadas de las circulaciones de los autobuses. Las salidas ocupan las áreas centrales a las que el público accede por túneles. Las llegadas se ubican en el anillo exterior, desde el cual el público se desplazará hacia el transporte urbano y estacionamiento público.

A D M IN IS T R A C IO N

Control de personal. Suele ser un cubículo o espacio abierto con un escritorio para el tomador de tiempo, archivero, reloj marcador y tablero para tarjetas. Debe tener fácil acceso para el público y, además comunicación directa con la zona de taquillas, caseta de control, movimiento de equipaje y el patio de maniobras para que se traslade rápidamente al personal de una dependencia a otra.

Vestíbulo. En él se encuentra la recepción y, en ocasiones, el área secretarial. Hay espacio necesario (sala) para alojar personas en espera de ser recibidas por el personal de cualquiera de las oficinas administrativas de las empresas.

Oficinas de personal administrativo. El espacio debe ser suficiente para alojar con comodidad al contralor, contador, secretaria, auxiliares de contabilidad, operadores de máquinas de contabilidad y computadoras, auditores y archivistas, consta de:

Área administrativaRecepciónSala de esperaPrivado del administrador con sanitarioÁrea para secretariaEspacio para dos archiveros y recibidor con cupo para cuatro personasSanitario para hombres y mujeresContabilidadCubículo para auditor Cubículo para contador Área para secretariaÁrea para operadores de máquinas de contabilidad y computadora y auxiliares de contabilidadSanitario para hombres y mujeres

ArchivoÁrea para archivistaEspacio para ocho archiverosMáquina copiadora Closet de papelería Sanitario

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Gerente general. En este lugar debe haber un escritorio ejecutivo, un archivero, un librero, un anaquel, sillones para el público o empleados y una mesa para juntas o acuerdos. Debe preverse un lugar para una caja de seguridad, medio baño. La comunicación debe ser fácil con las oficinas de radio y sonido local y caseta de control de tránsito.

Caja y pagaduría. Es conveniente aislar este local del resto de las oficinas administrativas mediante un simple cancel para tener cierta seguridad en horas de trabajo. Es necesario un mostrador y ventanilla para atención al público y trabajadores.

Oficina de representantes de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Está íntimamente ligada con las oficinas del administrador, control de tránsito de unidades de radio y sonido local. Además debe haber equipo de intercomunicación con la oficina del jefe de taller de mantenimiento de unidades.

Caseta de control de tránsito. Debe tener visibilidad completa y directa hacia los andenes de pasajeros y estacionamiento de autobuses, anexa a la oficina de radio y sonido local, para lograr mayor efectividad en los contactos del personal de ambas oficinas. Se debe comunicar fácilmente con los andenes, para que los operadores de los autobuses se trasladen rápidamente a la caseta después de abandonar su unidad para entregar guías y documentación de viaje, o para que desde aquí pasen a los autobuses cuando van a iniciar el recorrido. En ocasionas trabajan en esta oficina despachadores y ayudantes, por lo que se debe prever espacio para archiveros. Además se debe considerar espacio para la consola con los controles de señales luminosas y de otros equipos, indispensables para el fácil y eficiente control del tránsito de autotransportes y la rápida transmisión de instrucciones y órdenes.

Radio y sonido local. Las medidas del espacio son las necesarias para alojar los equipos y operadores; un escritorio para la persona encargada de recibir y distribuir los mensajes que pasan por la oficina. Son necesarios equipos de radio y télex para la comunicación con las demás estaciones y terminales de las rutas, como la consola para informar el movimiento de autobuses al edificio.

Sala de juntas e instrucción del personal. Espacio para juntas de gerentes de empresa y el personal de la estación; conferencias y cursos de capacitación. Es conveniente prever gabinetes y sanitarios para hombres y mujeres anexos a la sala.

Oficinas para empresas. Se procurará lograr un plan libre para tener la mayor elasticidad posible en la distribución de los espacios que requieren cada una de ellas, dejándose salidas para conectarse a las instalaciones sanitarias e hidráulica.

Servicio médico. Está compuesto por un pequeño recibidor con una mesa y silla para una enfermera y sillones para personas en espera de ser atendidas; un privado para el médico, con un escritorio, mesa de reconocimiento y curaciones, una vitrina para instrumental, archivero y fichero.

Para ubicarlo dentro de la estación, se tendrá en cuenta que existe la posibilidad de tener que atender cualquier accidente a personas del público, para lo cual debe ser accesible y ligado a estas zonas.

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C H O F E R E S

Control. Únicamente el espacio necesario para alojar un escritorio y un sillón o sofá, para el descanso del encargado en las horas en el que el recibo o despido de operadores es casi nulo. Contará con un reloj checador y tarjetero para el registro de los operadores.

Estancia y sala de juegos. Es conveniente considerar algunos juegos de salón, además del espacio para estar y, de ser posible, juegos al aire libre.

Dormitorios. Se hará uso de ellos a distintas horas del día o de la noche, según los horarios de llegada de las distintas líneas de transporte. Es necesario que en cada dormitorio no haya más de una a tres camas para que los operadores tengan un descanso efectivo que no se vea transformado por las entradas y salidas de ellos mismos o del personal dedicado a la limpieza.

Capilla. Se ubica en un espacio visible, habrá un nicho donde se coloque a la deidad más aceptada. El espacio debe ser amplio para que se puedan realizar servicios religiosos y albergar a todo el personal que labora en la terminal.

Baños, sanitarios y vestidores. Debe haber una sección de casilleros para los choferes de planta y otra para los eventuales. Las regaderas y vestido res se calculan según el número de trabajadores.

M O V IM IE N T O D E V E H IC U L O S

Se consideran los puntos siguientes:

1. El camión no debe tener necesidad de retroceder en la zona de circulación.2. La entrada y salida de camiones debe tener un solo sentido de circulación.3. La llegada y salida debe ser fácil y rápida, de manera que cada uno pueda moverse cualquiera que sea su colocación.4. Los camiones no deben cortar las circulaciones de pasajeros.5. Los andenes se regirán en su distribución, por una tendencia de concentración, contrariamente a lo que sucede en las estaciones de ferrocarril.

Acceso de autobuses. El movimiento de entradas y salidas no debe crear conflicto vial, por lo que se debe crear un vestíbulo para dar fluidez; es por ello que se recomienda una calle privada para maniobras ligada a una vialidad secundaria. El ancho mínimo de 9 m, el ancho de la acera de 1.20 m; el radio de giro mínimo de 9 m; el radio de giro encintado (guarniciones) de 5.50 m.

Caseta de control. Se localiza en el acceso del patio de maniobras. Controla la llegada y salida de autobuses. Debe tener control visual del patio de maniobras y andenes. Consta de un escritorio alto con silla, sanitario, cocineta y área de descanso.

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Patio de maniobras. Será condición del proyecto que las circulaciones de los vehículos sean fluidas y sin cruces, para evitar las maniobras de retroceso.

Dadas las características topográficas del terreno elegido, el patio podrá ser sensiblemente plano y horizontal, únicamente con las pequeñas pendientes necesarias del 2% para canalizar el agua al drenaje pluvial. Se debe evitar las pendientes excesivas hacia los bordillos y andenes usados por pasajeros. Debe analizarse con el auxilio del laboratorio de resistencia de materiales para determinar las características necesarias de la base del pavimento que absorban las cargas de las modernas unidades de transporte de pasajeros. El acabado del pavimento debe ser antiderrapante. Los bordillos de andenes deben tener una altura mínimo de 10, media de 15 y normal de 20 cm.

ESTACIONAMIENTO DE AUTOBUSES

Cuando la terminal es demasiado grande y alberga varias líneas que cuentan con un considerable número de unidades es recomendable que cada línea tenga un espacio para estacionamiento temporal de sus unidades.Esta edificación suele quedar fuera de la terminal, pero debe estar perfectamente comunicada. Se construye a cubierto o descubierto, los cajones se diseñan de tal forma que los vehículos puedan maniobrar con facilidad.En caso de que el estacionamiento quede dentro de la terminal no debe interferir el movimiento de los vehículos que se desplazan en los andenes.

MANTENIMIENTO DE AUTOBUSES

Pueden estar dentro o fuera de la central. En terrenos pequeños, se ubican fuera del proyecto.

Control de trabajadores. Puede estar anexo o dentro de la caseta de control de salida de autobuses. Debe haber un reloj marcador y tablero para tarjetas de control de tiempo.

Vestidores, regaderas y sanitarios. Se estiman de 20 a 25 el número de trabajadores que laboran en la zona de "servicios y talleres", para los cuales se proporcionará moblaje ·para sanitarios y casilleros.

Oficina del Jefe de taller. Se necesitan dos escritorios, dos archiveros, un sillón y dos sillas, además de una mesa de trabajo para dar consulta a mecánicos y ayudantes. Debe tener muy buena visibilidad hacia todas las zonas del taller.

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T A LL E R M E C A N IC O

Se calcula su capacidad para atender simultáneamente a 13 unidades de transporte distribuidas en la siguiente forma:

Dos en reparaciones de suspensión. Una para alineación y balanceo.Dos en reparaciones de sistema eléctrico. Cuatro en reparaciones mayores de motor.Cuatro en reparaciones varias.

Almacén de equipo y herramienta. Una persona estará encargada, quien entrega diariamente a los trabajadores la herramienta para el desempeño de sus labores. El equipo o herramienta de precisión queda bajo el control del jefe de taller u otra persona de su confianza en un almacén por separado.

Refaccionaria con almacén anexo. Se necesitan 60 m2 de superficie para alojar los anaqueles especiales donde se almacenen en forma clasificada las refacciones automotrices que se tendrán como existencia mínima para cubrir las demandas de mayor frecuencia.

Lavado y engrasado. Con movimiento de unida des de transporte, el porcentaje promedio de las que requieren servicio y tiempo necesario para dárselos.

Para el diseño de las rampas y fosas, las dimensiones máximas de los autobuses que actualmente están en servicio, son las siguientes:

Ancho de 2.50 a 2.60 m Largo de 12.00 a 13.20 m Altura de 3.33 m

HOJALATERIA Y PINTURA Almacén de equipo y pintura. De preferencia se ubica anexo a la oficina para que el mismo jefe de taller se desempeñe de almacenista en caso de que sus labores principales lo permitan.

Cuarto de pintura. En la aplicación de la pintura de los vehículos es necesario un espacio aislado del medio exterior para evitar el polvo, exceso de humedad y frío, principalmente. Se usan materiales refractarios al calor en los acabados interiores del cuarto de pintura; debe estar equipado con fuentes de calor necesarias para mejorar el fraguado de las lacas y pinturas que se aplican a las carrocerías.

Laminación. Su capacidad debe permitir atender simultáneamente a cuatro unidades con espacios de trabajo iguales al taller mecánico. En este taller se produce ruido molesto, por lo que conviene localizarlos alejados de la zona de pasajeros y oficinas y, de preferencia en dirección de los vientos dominantes.

Cuarto de compresoras. Es necesario protegerlo para que el equipo no esté expuesto. A actos de vandalismo, por parte de los mismos trabajadores o curiosos. Cuatro o cinco metros cuadrados son suficientes para alojar a dos unidades completas de la capacidad necesaria para el taller.

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A R E A D E C O M B U S T IB L E

Generalmente los vehículos cuando están en movimiento requieren abastecerse de combustible (diésel o gasolina) cada 12 horas o más. Por lo que al diseñar una terminal se debe considerar un espacio en donde se abastezcan sin que interfiera el movimiento de entradas y salidas. La mejor ubicación de los tanques es en el exterior del edificio y separados de éste por muros resistentes al fuego. También se construyen subterráneos.

La separación con respecto a las vías de comunicación o circulaciones debe ser como mínimo de 6 m. El tanque de almacenamiento puede estar a cierta distancia de los surtidores.

Gasolineras. Debido a las afluencias máximas de vehículos y el tiempo necesario para cargarlos de combustible y lubricantes, son necesarias de dos a cuatro bombas para combustibles, diésel y gasolina; y los servicios de una estación de gasolina: aire, agua, inspección, refacciones, talleres, etcétera. Ca - da islote de bombas tendrá dos para diésel y dos para supermexolina, y estar equipado con mangue ras abastecedoras de agua y aire a presión.

Cada una de las gasolineras contará con una pequeña oficina, donde se ubica la caja y se almacenan los lubricantes.

En el cálculo del tanque para combustible diésel se considera que cada autobús en salidas de corridas largas consume 400 litros. Para obtener el volumen se considera un 20% del total de las corridas diarias más un 50%. Este resultado se multiplica por el número de días que tarde en abastecerse de combustible.

S E R V IC IO S

Se concentran en un edificio anexo a la terminal, con comunicación directa al patio de maniobras para que pueda entrar con facilidad el equipo de mantenimiento.

Subestación eléctrica. La planta auxiliar de energía eléctrica se proyecta para satisfacer únicamente la demanda de determinados circuitos como: taquillas y zonas de recibo y entrega de equipajes.

Cuarto de máquinas. Este local alberga la subestación eléctrica, planta de bombeo y cisterna. Debe estar perfectamente ventilado. El piso que reciba la subestación eléctrica será de alta resistencia. Los muros estarán diseñados para contrarrestar las vibraciones del equipo de bombeo.

Para que no baje la efectividad en cuanto a su servicio, deberá aplicarse el mantenimiento adecuado a todo el equipo.

Cuarto de basura. Espacio que aloja los desperdicios y deshechos de la terminal. Deberá estar aislado de las demás zonas; principalmente de la zona pública y la zona administrativa. Contará con espacio suficiente para su recolección.

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INSTALACIONES

Iluminación. La iluminación por zonas se logra especificando más lámparas. La parte superior del techo soporta una caja que tiene no sólo la fuente luminosa, sino también las bocinas de sonido local para el anuncio de salidas.

Se recomiendan los siguientes niveles de luxes: Oficinas 250Salas de espera 125Cocina 250Estacionamiento 30Vestíbulos 150Iluminación auxiliar 5Sanitarios públicos 75Bodegas 50

Contra Incendio. Todo edificio de esta magnitud estará provisto con equipo contra incendio.Redes de hidrantes:

a) Tanques para almacenar agua en proporción de 5 litros por m2 construido, reservada única y exclusivamente para surtir la red interna con el fin de combatir incendios; capacidad mínima de 20 000 litros.

b) Dos bombas automáticas, autocebantes, cuando menos una eléctrica y otra con motor de combustión interna, con succiones independientes para surtir la red

con una presión constante entre los 2.50 y 4.40 kg/cm2•c) Una red hidráulica para alimentar directa y exclusivamente a las mangueras

contra incendio, dotadas de una toma "siamesa" de 64 mm de diámetro.d) Los gabinetes dotados con mangueras deben alcanzar un área de 30 m de radio y su separación no debe ser mayor a 60 m. Las mangueras deben tener 38 mm de diámetro y ser de material sintético.e) Se instalarán reductores de presión para evitar que cualquier toma para

manguera de 38 mm de diámetro exceda la presión de 4.20 kg/cm2.

Debe haber areneros colocados en lugares estratégicos; éstos constarán de un bote arenero con capacidad de 200 litros y un pala.

Debe haber una cisterna, una toma siamesa de 64 mm de diámetro con válvula de no retorno en ambas entradas de 7.50 cuerdas, cada una de 25 mm, móvil y de tapón macho.Gas Líquido. Cuando en la azotea se coloca un tanque de gas, la tubería debe ser tipo "L", y separada a 20 cm de cualquier conductor eléctrico.

Altavoces. Se instalarán en lugares de espera, restaurante y vestíbulos para informar al público de .las llegadas y salidas.

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Conceptualización Funcional

Actividades normales que se llevan a cabo en una Central de Autotransporte

Actividades del pasajero que salen de la ciudad.

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CENTRAL CAMIONERA

Actividades del pasajero que llega a la ciudad.

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Actividades del pasajero que va de paso.

Actividades del operador que llega a la ciudad.

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Actividades del autobús.

Actividades que realizan los empleados de taquillas y líneas de autobús.

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Llega a la terminal

Taxi Camión Transporte urbano Vehículo A pie

Se dirige a los

casilleros

Deja sus pertenencias Se pone su uniforme

Se dirige a su puesto de trabajo

Realiza sus actividades Realiza necesidades fisiológicas Se retira

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Actividades que realizan el personal de vigilancia.

Actividades que realizan el maletero.

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NORMATIVIDAD PARA LA DOSIFICACIÓN URBANA DE SEDESOL (1999)

Transporte

Característica de elementos de equipamiento.

El equipamiento que constituye este subsistema está conformado por instalaciones cuya función es proporcionar servicios de transporte a la población en general.

Dichos establecimientos facilitan mediante sus servicios el desplazamiento de personas y bienes, apoyando directamente las actividades productivas y de comercialización, mediante la eficiente distribución de productos en el territorio, así como las de desarrollo y bienestar social a través de la movilización eficiente y oportuna de los pasajeros.

CENTRAL DE AUTOBUSES DE PASAJEROS (SCT)

Inmueble en el que se realiza la prestación del Servicio Público de Autotransporte Federal entre distintas localidades; en él se efectúa la salida y llegada de autobuses para el ascenso y descenso de pasajeros, y se ofrecen servicios complementarios para cubrir las necesidades del público usuario.

Las terminales se clasifican en provisionales y definitivas y deberán contar con el visto bueno de las autoridades municipales; su función básica es el transporte de personas y carga menor en forma complementaria, para lo cual debe contar como mínimo: las provisionales con sala de espera, taquilla, sanitarios públicos, andén de ascenso y descenso de pasajeros y patio de maniobras; su periodo operativo no excederá de 2 años.

Las terminales definitivas deberán contar además de lo señalado en la terminal provisional, con entrega y recepción de equipaje, locales comerciales, restaurante, administración, caseta de control, cajones de abordaje, estacionamiento para autobuses de guardia, paradero de autobuses urbanos y taxis, plaza de acceso y áreas verdes. (SEDESOL, tomo 4:113)

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CENTRAL CAMIONERA

Deben ubicarse en localidades mayores de 10,000 habitantes, para lo cual se recomiendan módulos tipo de 20, 40 y 80 cajones de abordaje. Estos elementos deben estar vinculados con la vialidad regional y las principales vías urbanas, en zonas donde no interfieran con la actividad urbana normal.

Localización.-

Jerarquía urbana y nivel de servicios será Regional.

Rango de población (+) de 500,001 habitantes.

Radio de servicio regional recomendable de 35 Km. o 45 minutos.

Radio de servicio Urbano recomendable será el centro de población de la ciudad.

Dotación.-

Población usuaria potencial será el 100% de la población.

Unidad básica de servicio (UBS) será el cajón de abordaje.

Turnos de operación (18 horas) (2)

Población atendida por UBS + de 500,001 hab.

Características del predio.-

Proporción del predio de 2 : 1 Frente mínimo recomendable 300

metros. Número de frentes recomendables 2 a

3. Posición de manzana completa Pendientes recomendables de 2 a 5 por

ciento. Resistencia mínima del suelo 8 Ton/ m².

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CRECIMIENTO DE POBLACIÓN

Población: 553,374 hab. (INEGI 2010)

Se propone realizar un incremento de población o aumento a futuro de 30 años, tomando como datos la población del año 1980 y la del 2010, de acuerdo al censo INEGI.

Datos:

N1 (1980)= 166,476 hab.

N2 (2010)= 553,374 hab.

K= 30 años

Fuente: INEGI; Resultados Definitivos, Chiapas Censo General de Población y Vivienda 1980; 2010

Δ1= (553,374 hab-166,476 hab.)/30 años

Δ1=12,897 hab. /año

Incremento para el año 2020

Nt (2040)=N1+Δ1

Nt (2040)= 553,374 hab. + (30 años * 12,897 hab. /Año)

Nt (2040) = 553,374 hab. + 386,910 hab.

Nt (2040) = 940,284 hab.

La nueva población beneficiada en nuestra área de estudio dará como resultado

Población beneficiada =386,910 hab.

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Población beneficiada a futuro= (386,910 hab. * 940284)/553,374 = 657,432 hab.

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Para la población a futuro

Población total 657,432 hab.

Dotación usuaria potencial= 100%

Población usuaria potencial= (657,432 * 100)/100

Población usuaria potencial= 657432 hab.

Unidad básica de servicio= Cajón por abordaje

Capacidad de diseño por UBS = 72 autobuses por cajón de abordaje por turno

Turnos de operación= 18 horas (2)

Capacidad de servicios= 108 (3 autobuses)

Población beneficiada por UBS =8000 hab.

Dotación= población potencial/población beneficiada

Dotación= (657432 hab.)/ (8000 hab. / UBS)=83 UBS

DIMENSIONAMIENTO

M2 construidos por UBS = 83 m2

M2 por terreno por UBS

500 m2 x 83UBS = 41,500 m2

Cajones de estacionamiento por UBS = (83 m2)/ (1.5 m2/caj.)= 124.50 cajones

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138.33 m mm

300 m

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DOSIFICACIÓN

Cantidad de UBS requeridas. Las características turísticas y de negocios de cada ciudad pueden variar la demanda.

Tenemos 83 m2 construidos, estamos dentro del rango de80.

Módulo tipo recomendable es de 80

Cantidad de módulos tipos recomendable=1

83-80 = 3este valor nos proporciona un módulo de 3

Por lo tanto los módulos serán 1 de 80 cajones y 1 de 3 cajones

SELECCIÓN DEL PREDIO

Módulo tipo 80 y 3

M2 construidos= 7374+ [(7374/80)=92.18m2*3=276.53m2]= 7650.53m2

M2 de terreno= 40,000 + [40,000/80]= (500*3)= 1500 + 40,000= 41,500 m2

Preparación del predio= 2:1

Frente mínimo recomendable: 300 mts

Proporción 2:1

Superficie= 41,500 m2/300 m2= 138.33 m

Superficie= 138.33 m/ 300 m2=0.46

Por lo tanto el terreno sería de

Superficie= 41,500 m2/ 300 m2= 138.33m

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Calculo de la capacidad de la central de autotransporte Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

La capacidad de la sala de espera de la terminal de autobuses es igual al momento de mayor

concentración horaria de pasajeros, de acuerdo, de acuerdo con los siguientes datos:

Datos:

Hora de mayor concentración 14:00 – 15 :00 pm

Líneas de transporte 8 líneas

Número de unidades 113

Número y tipo de unidades (capacidad Total) pasajeros:

Modelo Ancho (m) Alto (m) Largo (m)

Volvo 9700 2.6 3.75 13-13.9

Volvo 8300 2.55 3.25-3.45 11.7

Visstabuss 360 2.55-2.6 3.61 12-15

Scania irizar PB 2.6 3.7-3.9 13-14

Visstabuss k 40 2.6 3.7-3.9 12.5-13

Visstabuss k 30 2.55 3.7-3.9 12.55-13

Vw nochobus 2.4 3 8.07

Allegro mercedes-benz 2.5 3.33 10.65

Total de pasajeros 113 unidades

Total de pasajeros 4972

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El área total de la sala de espera para salidas, considerando un metro cuadrado por persona

(reglamento de construcción del D.F. artículo 157) se fundamenta, por investigación de campo,

que un 15 % de los pasajeros van acompañados por lo que se estima un promedio de 746

personas más, dando un total de 5717.80 personas en la sala de espera. Considerando que un

pasajero permanece regularmente en la sala de espera un promedio de 20 minutos para abordar

el autobús, por lo que se estima que habrá en momento determinado un total de 214 pasajeros y

acompañantes en la sala de espera. De acuerdo a la investigación de campo llevada en varias

terminales de autotransporte se tiene que el 100% de los pasajeros y acompañantes que

permanecen en la terminal esperando a que salga su autobús, se considera que un 85% se

encuentran en la sala de espera y un 15 % andan deambulando por los demás servicios con que

cuanta las terminales, por lo tanto se concluye que una sala de espera deberá contar con una

superficie de 182 m². Esos 182 m² corresponden a la superficie necesaria con que deberá contar la

sala de espera para atender las demandas de espacio de servicio en temporada alta y hora pico en

los próximos 20 años.

La capacidad de andenes de abordaje.

La determinación del número de andenes de abordaje para atender las llegadas y salidas en la

estación de autobuses es de acuerdo con el número de unidades, utilizándose un andén varias

veces por hora, dependiendo el tipo de unidad, lo que da como resultado: EJEMPLO

No. Unidad 55% (TCMA)

de

incremento

Incremento

Total

Unidad /

Hora

No. de

andenes

Autobuses 4 2.2 6.2 6.2 / 2 3

Microbuses 4 2.2 6.2 6.2 / 2 3

Suburbans 9 4.95 13.95 13.95 / 2 7

Taxis 2 1.1 3.1 3.1 / 2 2

Total 19 10.45 29.45 ─ 15

Considerando que las corridas son redondas entonces requerimos del doble de cajones, por lo que

deberá contar con un total de 30 cajones de abordaje.

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Compatibilidad entre equipamientos

Aquí se presentan los sistemas las cédulas de compatibilidad entre sus elementos de equipamiento permitiendo realizar su comparación con los demás subsistemas de equipamiento.

o compatible Equipamientos totalmente integrables / Compatibilidad limitada Puede integrarse en la misma área

cuidando la necesaria separación y aislamiento entre ellos

x Incompatible Indica que no deben ubicarse en la misma área o zona urbana

Esta característica de compatibilidad o incompatibilidad debe leerse en las casillas de cruce de los renglones y las columnas correspondiente a cada equipamiento.

Nota: A continuación se presentan las tablas resumidas por tipo de elemento dejando al final las tablas de sedesol.

EDUCACIONINCOMPATIBLE COMPATIBILIDAD LIMITADAJardín de niños Centro de capacitación para el trabajo

Centro de desarrollo infantil Telesecundaria

Centro de atención prev. De educ. preescolar Secundaria técnica

Escuela especial para atípicos Preparatoria general

Escuela primaria Preparatoria por cooperación

Instituto tecnológico Colegio de bachilleres

Instituto tecnológico agropecuario Colegio nacional de educ. profesional técnica

Instituto tecnológico del mar Centro de estudios de bachillerato

Universidad estatal Bach. tecnológico industrial y de servicios

Universidad pedagógica nacional Bach. tecnológico agropecuario

Centro de estudios tecnológicos del mar

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SALUDINCOMPATIBLE

Centro de salud rural para población concentrada Clínica de medicina familiar

Centro de salud urbano Clínica hospital

Centro de salud con hospitalización Hospital general

Hospital general Hospital regional

Unidad de medicina familiar Puesto de socorro

Hospital general Centro de urgencias

Unidad de medicina familiar Hospital de 3er. Nivel

Módulo resolutivo

ASISTENCIA SOCIALINCOMPATIBLE COMPATIBILIDAD LIMITADACasa cuna Centro de integración juvenil

Casa hogar para menores Velatorio

Casa hogar para ancianos

Centro asistencial de desarrollo infantil

Centro de desarrollo comunitario

Centro de rehabilitación

Guardería infantil

Estancia de bienestar y desarrollo infantil

COMERCIOINCOMPATIBLE COMPATIBILIDAD LIMITADAPlaza de usos múltiples Tienda CONASUPO

Mercado público Farmacia

Tienda rural regional

Tienda INFONAVIT-CONASUPO

Tienda o centro comercial

ABASTOINCOMPATIBLE COMPATIBILIDAD LIMITADARastro para aves Unidad de abasto mayorista

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Rastro para bovinos Unidad de abasto mayorista para aves

Rastro para porcinos Almacén CONASUPO

COMUNICACIONESINCOMPATIBLE COMPATIBILIDAD LIMITADA COMPATIBLEOficina telefónica o radiofónica Centro integral de servicios Agencia de correos

Administración de correos Sucursal de correos

Centro postal automatizado Administración telegráfica

Centro de servicios integrados

Unidad remota de líneas

Central digital

Centro de trabajo

Oficina comercial

TRANSPORTEINCOMPATIBLE COMPATIBLECentral de servicios de carga Central de autobuses de pasajeros

Aeropista

Aeropuerto de corto alcance

Aeropuerto de mediano alcance

Aeropuerto de largo alcance

Plaza cívica

RECREACIÓNINCOMPATIBLE COMPATIBILIDAD LIMITADAJuegos infantiles Área de ferias y exposiciones

Jardín vecinal

Parque de barrio

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Parque urbano

Sala de cine

Espectáculos deportivos

DEPORTECOMPATIBILIDAD LIMITADA

Ciudad deportiva Módulo deportivo

Gimnasio deportivo Centro deportivo

Alberca deportiva Unidad deportiva

ADMINISTRACIÓN PUBLICAINCOMPATIBLE COMPATIBILIDAD LIMITADACentro tutelar para menores infractores Administración local de recaudación fiscal

Centro de readaptación social Agencia del ministerio público federal

Delegación estatal Delegación municipal

Oficinas del gobierno federal Oficinas del gobierno estatal

Palacio municipal Oficinas de hacienda estatal

Palacio de gobierno estatal

Tribunales de justicia del estado

Palacio legislativo estatal

Ministerio público estatal

SERVICIOS URBANOSINCOMPATIBLE COMPATIBILIDAD LIMITADA COMPATIBLECentral de bomberos Cementerio Estación de servicioComandancia de policía

Basurero municipal

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REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN PARA EL MUNICIPIO DE TUXTLA GUTIERREZ.

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De acuerdo al capítulo único del reglamento de construcción, en el artículo primero nos menciona que el presente Reglamento es de orden público e interés social, su cumplimiento y observancia se aplicará en el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, y tiene por objeto regular el desarrollo urbano, planificación, seguridad, estabilidad e higiene de las construcciones, así como las limitaciones y modalidades, que se impongan al uso de los terrenos o edificaciones de propiedad pública o privada.

Las obras de construcción, instalación, modificación, ampliación, reparación y demolición, así como el uso de las construcciones y los usos, destinos y reservas de los predios en el Municipio, se sujetarán a las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Chiapas, Ley de Fraccionamientos del Estado, Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado, Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado, al Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población, y los programas parciales que se deriven de éste, así como las disposiciones señaladas en éste Reglamento. Todas estas disposiciones son aplicables a obras o predios de propiedad particular, ejidal, comunal, municipal, estatal o federal que se encuentren dentro del municipio de Tuxtla Gutiérrez.

Artículo 12: El Ayuntamiento no estará obligado a expedir factibilidades de uso y destino del suelo, alineamiento y número oficial, licencia de construcción, orden o autorización, para instalación de servicios públicos en predios con frentes a vías públicas de hecho o aquellas que se presumen como tales, si dichas vías no son las señaladas oficialmente, con ese carácter, en el plano oficial vigente, conforme al artículo 6 de éste Reglamento.

CAPÍTULO IIUSO DE LA VÍA PÚBLICA

Artículo 13: Se requiere la autorización expresa del Ayuntamiento para:

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I. Realizar obras, modificaciones o reparaciones en la vía pública; II. Ocupar la vía pública con instalaciones de servicio público o con construcciones provisionales u otros que obstaculicen el libre tránsito; III. Romper el pavimento o hacer cortes en las guarniciones, aceras y andadores de la vía pública para la ejecución de obras públicas o privadas; IV. Construir instalaciones subterráneas en la vía pública;

El Ayuntamiento en correspondencia con el Programa, programas parciales y normas técnicas aplicables, podrá otorgar autorización para las obras anteriores, señalando en cada caso, las condiciones bajo las cuales se concederán; medidas de protección que deberán tomarse; acciones de restricción y horarios autorizados, y mejoramiento de las áreas verdes y zonas arboladas afectadas, acatando las disposiciones tanto urbanas como ecológicas. Los solicitantes estarán obligados a efectuar inmediatamente las reparaciones correspondientes para restaurar o mejorar el estado original de la vía pública a satisfacción del Ayuntamiento, o a pagar su importe cuando éste último las realice.

Artículo 58: Las banquetas deberán construirse de concreto hidráulico con resistencia mínima de 150 Kg. por centímetro cuadrado a los 28 días, espesor mínimo de 10 centímetros y pendiente transversal del uno por ciento con sentido hacia los arroyos de tránsito. Excepcionalmente podrá la Secretaría autorizar la construcción de banquetas con otros materiales, siempre que contribuyan al mejor ornato de la vía pública.

Artículo 59: Queda prohibido alterar la continuidad de las banquetas excepto cuando sea para el acceso a personas con algún tipo de invalidez. El diseño de las rampas deberá ser de 1.20 metros de ancho con una pendiente de 12% como máximo, debiendo estar ubicadas en las esquinas de las calles.

TÍTULO SEPTIMOPROYECTO ARQUITECTÓNICO

CAPÍTULO I

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REQUERIMIENTO DEL PROYECTO ARQUITECTÓNICO

Artículo 117: Para garantizar las condiciones de habitabilidad, funcionamiento, higiene, acondicionamiento ambiental, comunicación, seguridad estructural, seguridad en emergencia, integración al contexto e imagen urbana de las edificaciones en el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, los proyectos arquitectónicos correspondientes deberán cumplir los requerimientos establecidos en este título para cada tipo de edificación y las demás disposiciones aplicables.

Artículo 118: Los elementos arquitectónicos que constituyen el perfil de una fachada, tales como pilastras, sardineles y marcos de puertas y ventanas, situados a una altura menor de 2.50 metros, sobre el nivel de banqueta, podrá sobresalir del alineamiento hasta diez centímetros. Estos mismos elementos situados a una altura mayor, podrán sobresalir hasta 20 centímetros.Artículo 129: Ningún punto del edificio podrá estar a mayor altura que dos veces su distancia mínima a un plano virtual vertical que se localice sobre el alineamiento opuesto a la calle. La altura de la edificación deberá medirse a partir de la cota media de la guarnición de la acera, en el tramo de la calle correspondiente al frente del predio. Sin perjuicio de lo anterior, el Ayuntamiento podrá fijar otras limitaciones a la altura de acuerdo a los señalamientos delPrograma.

Artículo 131: Las edificaciones deberán contar con los espacios para estacionamiento de vehículos, de acuerdo a su tipología, su uso y a su ubicación, los cuales se establecen en la tabla No. 1, de éste Reglamento.

Artículo 133: Las edificaciones que no cuenten con espacios para el total de cajones de estacionamiento requerido, podrán ubicarlo en otro predio, siempre y cuando no se encuentren a una distancia mayor de 150 metros y no se atraviesen vialidades primarias para llegar a él. Cuando se atraviesen vialidades primarias, se deberá presentar un estudio que justifique su uso, si este no fuera suficiente para la Secretaría, y a solicitud del Director Responsable de Obra, se solicitaría la opinión a la Comisión Consultiva de Desarrollo Urbano Municipal para autorizar o negar la solicitud.

CAPÍTULO IVREQUERIMIENTOS DE ACÚSTICA EN LAS CONSTRUCCIONES

Artículo 143: Toda edificación o instalación generadora de ruidos, deberá cumplir

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con la Norma Oficial Mexicana NOM-081-ECOL-1994, no debiendo exceder de los68 decibeles (dB) durante el día, y los 65 decibeles (dB) por la noche. CAPÍTULO IIIREQUERIMIENTOS DE HIGIENE, SERVICIOS Y ACONDICIONAMIENTO AMBIENTAL Artículo 139: Las edificaciones deberán estar previstas de servicios de agua potable capaces de cubrir las demandas mínimas de acuerdo al Programa y a las normas establecidas por los programas de ingeniería sanitaria. Estarán provistas de servicios sanitarios del número que se demande, ver tabla no. 3.

CAPITULO VEDIFICIOS PARA HABITACIÓN Artículo 144: El permiso para la construcción de edificios destinados a la habitación podrá concederse tomando en cuenta lo dispuesto por las Leyes Federales y Estatales de Salud y a las siguientes normas:

Es obligatorio dejar ciertas superficies libres o patios destinados a proporcionar luz y ventilación, a partir del nivel en que se desplanten pisos, sin que dichas superficies puedan ser cubiertas con volados, pasillos, corredores o escaleras. Los patios que sirvan tanto a piezas habitables como a las no habitables, tendrán las siguientes dimensiones mínimas con relación a la altura de los muros que los limiten: En los casos de alturas mayores a la dimensión mínima del patio nunca será inferior a una cuarta parte de la altura del paramento de los muros.

Artículo 150: Los edificios de dos o más pisos siempre tendrán escaleras que comuniquen todos los niveles, aun contando con elevadores. Cada escalera dará servicio como máximo a 20 viviendas por piso.

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La anchura mínima de escaleras será de 90 centímetros en edificios unifamiliares y de 120 centímetros en edificios plurifamiliares y multifamiliares, y los peraltes no mayores de 18 centímetros, debiendo construirse con materiales incombustibles y protegerse con barandales de altura mínima de 90centímetros.

Las puertas a la calle tendrán una anchura libre mínima de 90 centímetros y en ningún caso la anchura de la puerta de entrada será menor que la suma de las escaleras que desemboquen en ellas.

Artículo 156: Las escaleras de edificios de comercios y oficinas tendrán una anchura mínima de 1.20 metros; la huella deberá tener un mínimo de 28 centímetros y los peraltes un máximo de 18 centímetros y un mínimo de 16 centímetros.

Cada escalera no podrá dar servicio a más de 1,400 metros cuadrados de planta y sus anchuras variarán en la siguiente forma:

Artículo 157: Se deberán construir las rampas de ingreso a dichos inmuebles de 90 centímetros de ancho como mínimo y con una pendiente del 8% como máxima excepto cuando el desnivel es menor de 60 centímetros en ese caso el desnivel podrá incrementarse hasta 12%, con el objeto de facilitar el acceso a personas con algún tipo de discapacidad.

Artículo 158: Será obligatorio dotar a estos, con servicios sanitarios por piso, destinando uno a hombres y otro a mujeres, ubicados en forma tal, que no se requiera subir o bajar más de un nivel para tener acceso a cualquiera de ellos. Por cada 400 metros cuadrados o fracción de superficie construida, se instalará

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cuando menos un inodoro y un mingitorio para hombres; por cada 200 metros cuadrados o fracción, cuando menos un inodoro para mujeres. Por cada mil metros cuadrados o fracción excedente de ésta superficie se deberán instalar dos mingitorios, un inodoro y un lavabo para hombres, y dos inodoros y un lavabo para mujeres.

Cuando se trate de áreas destinadas para oficinas de atención al público, se deberá disponer del doble número de muebles que se señalan en el párrafo anterior.

CAPÍTULO XBAÑOS PÚBLICOS

Artículo180: Los baños públicos deberán contar con instalaciones hidráulicas y de vapor que tengan fácil acceso para su mantenimiento y conservación. Los muros y techos deberán recubrirse con materiales impermeables. Los pisos deberán ser impermeables y antiderrapantes. Las aristas deberán redondearse.

La ventilación deberá ser suficiente, a juicio de la Secretaría, para evitar la concentración inconveniente de bióxido de carbono. La iluminación podrá ser natural o artificial; la primera por medio de ventanas con superficie mínima igual a un octavo de la superficie del piso y si es artificial por medio de instalaciones eléctricas especiales para resistir adecuadamente la humedad.

Artículo 181: En los edificios para baños, los servicios sanitarios de los departamentos para hombres, deberán contar con un mínimo de un inodoro, dos mingitorios y un lavabo hasta por cada 4 usuarios y el departamento de mujeres con un mínimo de un inodoro y un lavabo por cada 5 usuarios.

Artículo 192: La anchura de las puertas que comuniquen la sala con el vestíbulo, deberán estar calculadas para evacuar la sala en tres minutos, considerando que cada persona puede salir por una anchura de 60 cm. en un segundo; por tanto, la anchura siempre será múltiplo de 60 centímetros y nunca se permitirá una anchura menor de 1.20 metros en una puerta.

CAPÍTULO XVIESTACIONAMIENTOS

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Artículo 208: Los estacionamientos públicos tendrán carriles separados, debidamente señalados, para la entrada de los vehículos, con una anchura mínima del arroyo de 2.50 metros, cada uno.

Artículo 210: Las circulaciones para vehículos estacionados deberán estar separadas de las de los peatones.

Deberán contar además con áreas para ascenso y descenso de personas, a nivel de las aceras y a cada lado de los carriles con una longitud mínima de 6 metros y una anchura mínima de 1.80 metros.

Las rampas de los vehículos tendrán una pendiente máxima de 15%, una anchura mínima de circulación de 2.50 metros en rectas, y en curvas de 3.5 metros; el radio mínimo de curvas medido al eje de la rampa será de 7.50 metros.

Las rampas estarán delimitadas por una guarnición de 15 centímetros de altura y una banqueta de protección de anchura mínima de 30 centímetros en recta y 50 centímetros en curva. En éste último caso deberá existir un perfil de 60 centímetros de altura por lo menos.

Artículo 213: Las medidas de los cajones de estacionamiento para automóviles será de 2.50 x 5.00 metros, se podrá permitir hasta el 40% de cajones de estacionamiento para vehículos pequeños de 4.40 x 2.20 metros, ambos tipos de cajones serán delimitados por topes colocados a 15 centímetros de altura con 75 centímetros de longitud y separados a 1.25 metros de los paños de muros y fachadas. Se podrá aceptar el estacionamiento en “cordón” en cuyo caso el cajón deberá de ser de 6.00 x 2.40 metros para vehículos grandes, pudiendo ocuparse un 50% con cajones de 4.80 x 2.00 metros para vehículos pequeños. Estas medidas no comprenden las áreas de circulación necesarias. Artículo 214: Las columnas y muros de los estacionamientos para vehículos deberán tener una banqueta de 15 centímetros de altura y de 30 centímetros de anchura con los ángulos redondeados.

Artículo 217: Para elementos que impactan en la vialidad, sea por volumen vehicular o por modalidad de vehículo, requerirán carriles de incorporación, mismo que tendrá una sección mínima de 3.50 metros, sin incluir estacionamiento y que

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deberá cumplir con un radio de giro mínimo para su acceso al predio con base a la siguiente tabla:

CAPÍTULO XVIII FACILIDADES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Artículo 234: Con objeto de que todas las instalaciones y servicios del ámbito urbano sean accesibles a las personas con discapacidad, se deberán observar, entre otros, los lineamientos que se refieren a los siguientes aspectos: I. Estacionamientos;II. Senderos peatonales; III. Circulaciones verticales; IV. Previsiones especiales en áreas públicas; V. Señalización;VI. Simbología en la señalización.

Artículo 235: Se deberá prever una clara señalización en todo los lugares destinados para el uso de personas con discapacidad: de tipo locomotor, visual, auditiva y táctil, que facilite el libre tránsito y su evacuación; tales como cajones de estacionamiento, rampas, sanitarios y teléfonos. Artículo 236: La simbología y diseño gráfico para realizar estos señalamientos deberán seguir códigos aceptados internacionalmente, debiendo ser elaborados con materiales resistentes a la intemperie, cuando sea el caso, y sujetos a un mantenimiento adecuado.

Artículo 238: En los edificios de estacionamientos se deberán prever dos cajones reservados para vehículos de personas con discapacidad, ubicados al frente de los elevadores. Si no existen elevadores, se deberá prever un cajón reservado por cada 25 vehículos según la capacidad del estacionamiento, los

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cajones reservados deberán estar ubicados en el nivel de acceso al edificio, procurando que evite el uso de escaleras.

Artículo 240: Los cajones de estacionamiento reservados para vehículos de personas con discapacidad, deberán tener un ancho mínimo de 3.80 metros y estar claramente señalizados para su uso exclusivo.

Artículo 241: Todas las rutas o senderos peatonales, sean banquetas, andadores o pasajes deberán cumplir con los siguientes lineamientos: I. Contar en los puntos de cruce con los arroyos vehiculares con rampas especiales para sillas de ruedas. Estas rampas deberán observar las siguientes dimensiones mínimas:

a. Antes de iniciar la rampa, sobre la banqueta, deberá haber un mínimo de 90 centímetros a nivel; b. El ancho mínimo de las rampas será de 1.20 centímetros. c. La pendiente de la rampa será del 8% como máximo, para salvar el desnivel de la guarnición de una altura máxima de 15 centímetros. d. El acabado del pavimento de la rampa deberá ser terso pero no resbaladizo. II. En los pasos peatonales a desnivel subterráneos, se deberá prever su acceso tanto por medio de escaleras como por rampas. Las rampas en estos casos deberán tener una pendiente del 12%. III. En los andadores peatonales se deberá prever que existan áreas de descanso al menos a cada 50 metros de distancia, que no interfieran con la circulación peatonal; y IV. La pendiente máxima en los andadores será del 8%.

Artículo 242: Cuando existan cambios de nivel en los espacios exteriores públicos, haciéndose necesario el uso de circulaciones verticales, se deberán prever tanto de escaleras con pasamanos, como rampas; estando estas sujetas a los siguientes lineamientos:

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I. El ancho mínimo de las rampas será de 1.20 centímetros y su pendiente máxima del 8% excepto cuando el desnivel es menor a 60 centímetros en donde la pendiente podrá incrementarse hasta un 12%. Cuando existan elevadores podrá prescindirse de rampas. II. En las escalinatas exteriores deberá dotarse de un descanso cada 1.20 metros de desnivel, y en escaleras interiores será cada 1.80 metros de desnivel.

Artículo 243: Las previsiones especiales en áreas públicas deberán considerarse en los siguientes casos: I. En todos los lugares de uso público o semipúblico, tales como centros comerciales, estatales, aeropuertos, terminales de autobuses, gasolineras y similares, se deberá prever al menos de un sanitario con un inodoro especial para sillas de ruedas, sujeto a los siguientes lineamientos:

a) Puede ser una unidad separada para ambos sexos, o puede estar integrada a los núcleos públicos de hombres y mujeres. b) El acceso a estos sanitarios debe evitar los escalones y permitir el paso fácil de las sillas de ruedas. c) Los muebles deben ser especiales, más altos de la altura estándar y contar con pasamanos. II. En éste tipo de áreas públicas se deberá prever como mínimo un teléfono dispuesto a un altura de 1.20 metros y no dentro de gabinete cerrado.

III. Las puertas principales de acceso de toda construcción, sea esta pública o privada, se deberán abrir hacia el exterior o en ambos sentidos. Deberán así mismo, contar con manijas automáticas al empujar, y si son de cristal, siempre llevaran franjas anaranjadas o blanco fluorescente a una altura que permita su clara visibilidad.

CAPÍTULO XIX REQUERIMIENTOS DE COMUNICACIÓN Y PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS

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Artículo 249: En las edificaciones de riesgo mayor las circulaciones que funcionen como salida a la vía pública o conduzcan directa o indirectamente a estas, estarán señaladas con letreros y flechas permanentemente iluminadas y con la leyenda "salida” o "salida de Emergencia", según sea el caso.

Artículo 250: La distancia desde cualquier punto en el interior de una edificación a una puerta, circulación horizontal, escalera o rampa, que conduzca directamente a la vía pública, áreas exteriores o al vestíbulo de acceso a la edificación, medidas a lo largo de la línea de recorrido, será de 30 metros, como máximo.

Artículo 251: Las salidas a la vía pública en edificaciones de salud y de entretenimiento contarán con marquesinas que cumplan con lo indicado en el artículo 118 de éste Reglamento.

Artículo 252: Las puertas de acceso, intercomunicación y salida, deberán tener una altura de 2.10 metros, cuando menos y una anchura que cumpla con los valores señalados en la tabla no. 4, para cada caso.

Artículo 253: Las circulaciones horizontales como corredores, pasillos y túneles deberán cumplir con la altura y anchura indicada en la tabla no. 5.

Artículo 254: Las edificaciones tendrán siempre escaleras y/o rampas peatonales que comuniquen todos sus niveles, aun cuando existan elevadores, escaleras eléctricas o montacargas, con las dimensiones mínimas y condiciones de diseño señalados en la tabla No. 6 para el caso de escaleras.

CAPÍTULO XX INSTALACIONES CONTRA INCENDIOS

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CENTRAL CAMIONERA

Artículo 256: Las edificaciones deberán contar con las instalaciones y equipos necesarios para prevenir y combatir los incendios. Los equipos y sistemas contra incendios deberán ser revisados y probados periódicamente por la UnidadMunicipal de Protección Civil, quien extenderá la responsiva correspondiente. El responsable de la obra designada para la etapa de operación y mantenimiento, llevará un libro donde se registrarán los resultados de estas pruebas y los exhibirá a las autoridades competentes a solicitud de estas. El Ayuntamiento tendrá facultad de exigir en cualquier construcción las instalaciones que juzgue necesarias.

Artículo 258: Para previsiones contra incendio la tipología de edificaciones se agrupa de la siguiente manera: I. De riesgo menor son las edificaciones de hasta 15.00 metros de altura, 250 ocupantes o 3000 metros construidos. II. De riesgo mayor, son las edificaciones de más de 15.00 metros de altura o más de 250 ocupantes o 3000 metros cuadrados construidos y las bodegas, depósitos e industrias de cualquier magnitud, que manejen combustibles o explosivos de cualquier tipo.

Artículo 260: Las edificaciones de riesgo mayor deberán disponer además de lo requerido para las de riesgo menor a que se refiere el artículo anterior, de las siguientes instalaciones, equipos y medidas preventivas: I. Redes de hidrantes, con las siguientes características:

a) Tanques o cisternas para almacenar agua en proporción de litros, por metros cuadrados construidos, reservada exclusivamente a surtir a la red interna para combatir incendios. La capacidad mínima para éste efecto será de 20,000 litros; b) Dos bombas automáticas autocebantes cuando menos, una eléctrica y otra con motor de combustión interna, con succiones independientes para surtir con una presión constante entre 2.5 y 4.2 kilogramos/centímetros.

c) Una red hidráulica para alimentar directa y exclusivamente las mangueras contra incendios, dotadas de toma siamesa de 64 milímetros, cople movible y tapón macho. Se colocará por lo menos una toma de éste tipo en cada fachada y en su caso uno cada 90 metros lineales de fachada, y se ubicará al paño de

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CENTRAL CAMIONERA

alineamiento a un metro de altura sobre el nivel de la banqueta. Estará equipada con válvula de no retorno, de manera que el agua que se inyecte por la toma no penetre a la cisterna; la tubería de la red hidráulica contra incendio deberá ser de acero soldable o fierro galvanizado C-40 y estar pintada con pintura de esmalte color rojo. d) En cada piso, se deberá contar con gabinetes con salidas contra incendio dotados con conexiones para mangueras, las que deberán ser en número tal que cada manguera cubra un área de 30 metros de radio y su separación no sea mayor que 60 metros. Uno de los gabinetes estará lo más cercano a los cubos de las escaleras. e) Las mangueras deberán ser de 30 milímetros de diámetro, de material sintético conectadas permanentemente y adecuadamente a la toma y colocarse. Plegadas para facilitar su uso. Estarán provistas de chiflones de neblina; y f) Deberán instalarse los reductores de presión necesarios para evitar que en cualquier toma de salida para manguera de 38 milímetros, se exceda la presión de 4.2 kilogramos/centímetros cuadrados

Artículo 271: Las puertas de acceso a escaleras o a salidas generales, se construirán con materiales a prueba de fuego. En ningún caso su ancho libre será inferior a 90 centímetros en planta sea proporcional a las del cubo de la escalera y que sobresalga del nivel de azotea 1.5 metros como mínimo. Éste ducto se calculará conforme a la siguiente función:

Función: A = HS 200

En donde:

A = área en planta del ducto en metros cuadrados. H = altura del edificio en metros. S = área en planta del cubo de la escalera en metros cuadrados.

Artículo 282: Se permitirá el uso de vidrios y materiales reflejantes en las fachadas de las edificaciones siempre y cuando se demuestre mediante los estudios de asoleamiento y reflexión especular, que el reflejo de los rayos solares no provocara en ninguna época del año u hora del día, deslumbramientos

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CENTRAL CAMIONERA

peligrosos o molestos en edificaciones vecinas a vías públicas, ni aumentara la carga térmica en el interior de edificaciones vecinas.

TÍTULO NOVENOSEGURIDAD ESTRUCTURAL DE LAS CONSTRUCCIONES

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 353: El Ayuntamiento expedirá las normas técnicas complementarias para definir los requisitos específicos de ciertos materiales y sistemas estructurales, así como procedimientos de diseño para acciones particulares, como efectos de sismos y de vientos.

TABLA DE RESUMEN DEL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA CIUDAD DE TUXTLA GUTIÉRREZ

CAPÍTULO II

USO DE LA VÍA PÚBLICA

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ARTÍCULO 13 Modificaciones de la vía publica

ARTICULO 58 Banquetas F´c=150 kg/cm2, pendiente 1%, espesor 10cm

ARTICULO 59 Banquetas/ Rampas 1.20m de ancho, pendiente de 12% Max.

TITULO SEPTIMO

PROYECTO ARQUITECTONICO

CAPITULO 1

REQUERIMIENTO DEL PROYECTO ARQUITECTONICO

ARTICULO 117 Condiciones de habitabilidadARTICULO 118 Elementos arquitectónicos de

una fachada.Pilastras, sardineles y marcos de puertas podrán sobresalir del alineamiento hasta 10 cm.

ARTICULO 129 Altura de un edificio Se deberá medir a partir de la cota media de la guarnición de la acera.

ARTICULO 131 Estacionamiento Tabla No.1ARTICULO 133 Estacionamiento Podrán ubicarlo en otro

predio no mayor a una distancia de 150m.

CAPITULO IV

ARTICULO 144 Permiso para la construcción Leyes federales y estatales de salud

ARTICULO 150 Escaleras Los edificios de 2 o más pisos siempre tendrán escaleras, anchura 90cm unifamiliares,

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CENTRAL CAMIONERA

plurifamiliares 120cm, peraltes no mayor a 18cm.

ARTICULO 157 Rampas Véase articulo 59ARTICULO 192 Puertas Que comunique a una sala

con el vestíbulo no se permitirán anchuras menores a 1.20 m.

REQUERIMIENTO DE ACUSTICA EN LAS CONSTRUCCIONES

ARTICULO 143

Ruidos Norma Oficial Mexicana(NOM-081-ECOL-1994) Establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido 68 decibeles

CAPITULO XV

ESTACIONAMIENTOS

ARTICULO 208 Estacionamientos públicos Tendrán carriles separados con una anchura mínima de arroyo de 2.50m c/ uno.

ARTICULO 210 Circulación de vehículos Debe contar con ascenso y descenso a nivel de la acera con una longitud de 6m anchura de 1.80m,

ARTICULO 213 Cajones de estacionamiento Sera de 2.50 x 5.00 m

ARTICULO 214 Columnas y muros de estacionamiento

Deberán tener una banqueta de 15cm de altura y 30cm de anchura.

ARTICULO 217 Vialidad Vehículos ligeros hasta 3 ton Radio de giro 7.32m.Autobuses radio de giro 10.40m.

CAPITULO XVIII

FACILIDADES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

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ARTICULO 234

Personas con discapacidad

Instalaciones y serviciosEstacionamientos, senderos peatonales, circulaciones verticales, señalización.

ARTICULO 235

Señalizaciones Se deberán prever una clara señalizaciones todos lugares destinados para personas con discapacidad.

ARTICULO 238

Estacionamiento p/ discapacitados

En edificios de deberán prever 2 cajones reservados para vehículos de personas con discapacidad.

ARTICULO 240

Cajones discapacitados

Deberán tener un ancho mínimo de 3.80 m y estar señalizados.

ARTICULO 241

Lineamientos .Contar en los puntos de cruces con arroyos vehiculares.pasos peatonales subterráneos su acceso será por escaleras y rampas..Andadores peatonales que existan áreas de descanso a cada 50 m de distancia.

ARTICULO 243

Previsiones Especiales.

Todos los lugares de uso público o semipúblico centros comerciales, aeropuerto, terminal de autobuses deberán contar al menos de un sanitario con inodoro especial.

CAPITULO XIX

REQUERIMIENTOS DE COMUNICACIÓN Y PREVENCION DE EMERGENCIA

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CENTRAL CAMIONERA

ARTICULO 249 Señalización Las edificaciones estarán señaladas con letreros y flechas y con la leyenda “salida” o salida de emergencia.

ARTICULO 252 Puertas de acceso Deberán tener una altura de 2.10m cuando menos y una anchura que cumpla con los valores de la TABLA No 4.

ARTICULO 253 Circulaciones Horizontales Corredores, Pasillos, deberán cumplir con la anchura y altura indicada TABLA No 5

TABLA No. 1REQUERIMIENTO DE CAJONES DE ESTACIONAMIENTO

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11 COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

11.1. TRANSPORTES TERRESTRES

11.1.1. TERMINALES DE AUTOBUSES FORANEOS,

1 X 50M2 CONST.

URBANOS Y DE CAMIONES DE

CARGA

11.1.2. TERMINALES DE FERROCARRILES DE 1 X 50M2 CONST.

PASAJEROS Y DE CARGA.

11.1.3. TERMINAL DE TROLEBUSES, TRANVIAS Y S.C.T. METRO

1 X 20M2 CONST.

11.1.4. ESTACIONES DE AUTOBUSES, FERROCARRILES 1 X 20M2 CONST.

Y S.C.T.METRO.

11.1.5. ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS

11.1.6. ENCIERRO Y MANTENIMIENTO DE 1 X 100M2 AREA TOTAL

AUTOBUSES

11.1.7. SITIOS DE AUTOMOVILES DE ALQUILER

1 X 100M2 AREA TOTAL

TABLA No. 2REQUERIMIENTO DE HABITABILIDAD Y FUNCIONAMIENTO

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TIPOLOGÍA LOCAL

DIMENSIONES LIBRES MÍNIMAS

OBSERVACIONES

ÁREA O INDICELADO (M)

ALTURA (M)

VI. COMUNICAC. Y TRANSPORTES

TRANSPORTES TERRESTRES

TERMINALES Y ESTACIONES

ANDEN DE PASAJEROS

------ 2 ------

SALA DE ESPERA 20.00M2 3 3

ESTACIONAMIENTOS

CASETA DE CONTROL

1.00M2 0.8 2.4

TABLA NO. 3 REQUERIMIENTO DE MUEBLES SANITARIOS

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TIPOLOGÍA MAGNITUD

MUEBLES MÍNIMOS REQUERIDOS OBSERVACIONES

EXCUSADO LAVABOS REGADERAS

(A)EXCUSADO, UNA REGADERA Y UNO DE LOS SIGUIENTES MUEBLES: LABAVO, REGADERO O FREGADERO.

IX. COMUNICACIÓNES Y

TRANSPORTES

ESTACIONEMIENTOS

(B). EN EDIFICACIONES DE CO - MERCIO LOS SANITARIOS SE PROPORCIONARÁN PARA EMPLEADOS Y PÚBLICOEN PARTES IGUALES.

EMPLEADOS 1 1 ------

C. LOS MUEBLES SANITARIOS SE DISTRIBUIRAN POR PAR - TES IGUALES EN LOCALES SA- NITARIOS PARA HOMBRES SE- RÁ OBLIGATORIO AGREGAR UN MINGITORIO PARA LOCA - LES CON UN MÁXIMO DE 2-EXCUSADOS.

PÚBLICO 2 2 ------

D). TODAS LAS EDIFICACIONES EXCEPTO DE HABITACIÓN Y ALOJAMIENTO DEBERÁN CONTAR CON BEBEDEROS DEPÓSITOS DE AGUA POTABLE EN PROPORCIÓN DE 1 X 30 TRABAJADORES O FRACCIÓN O UNA POR CADA 100 ALUM - NOS SEGÚN SEA EL CASO.

TERMINALES Y ESTACIONES DE TRANSPORTEHASTA 100 PERSONAS

2 2 1

DE 101 A 200 PERSONAS

4 4 2

CADA 200 ADICIONALES O FRACCIÓN

2 2 1

COMUNICACIONES

HASTA 100 PERSONAS

2 2 ------

DE 101 A 200 PERSONAS

3 2 ------

CADA 100 ADICIONALES O FRACCIÓN

2 1 ------

TABLA No. 5 REQUERIMIENTOS DE CIRCULACIÓN HORIZONTAL

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CENTRAL CAMIONERA

TIPOLOGÍACIRCULACIÓ

N HORIZONTAL

DIMENSIONES MÍNIMAS OBSERVACIONES

ANCHO ALTO

A). ESTOS CASOS DEBERÁN AJUSTARSE

ADEMÁS A LO ESTABLECIDO EN LOS

ART. 115 Y 116 DE ESTE REGLAMEN TO

VII.COMUNICACIONES Y

TRANSPORTES

PASILLOS PARA EL PÚBLICO

2 2.7

Artículo 115: Para ejecutar obras o instalaciones públicas o privadas en la vía pública o en predios de propiedad pública o privada, será necesario obtener licencia de construcción salvo en los casos a que se refiere el artículo 117 de este Reglamento. Solo se concederá Licencia de Construcción a los propietarios de los inmuebles cuando la solicitud respectiva cumpla con los requisitos señalados en este Reglamento y cuando las solicitudes para su realización vayan firmadas por Peritos Responsables, siendo dichas licencias requisito imprescindible para la realización de estas obras

Artículo 116: La solicitud de Licencia de Construcción, deberá ser suscrita por el propietario o poseedor, la que en su caso deberá contener la responsiva del Responsable de Obra y/o Corresponsable, ser presentada en las formas que expida el H. Ayuntamiento y acompañar los siguientes documentos:

I. Cuando se trate de obra nueva:

A. Constancia de Alineamiento y número oficial,B. Cedula catastral,C. Licencia de Uso del Suelo en su caso,D. Original y 2 copias de los planos mismos que deberán ser presentados a

una escala mínima de 1:100

TABLA No. 6 REQUERIMIENTOS DE CIRCULACIÓN VERTICAL

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CENTRAL CAMIONERA

TIPOLOGÍA LOCALTIPO DE

ESCALERAANCHO MIN. OBSERVACIONES

IX.COMUNICACI-ONES Y

TRANSPORTE

ESTACIONEMIENTOS

PARA USO DEL PÚBLICO

1.2

 Para el cálculo del ancho mínimo de la escalera podrá

considerarse sola mente la población del piso o nivel de la

edificación con más ocupantes, sin tener que sumar la

población de toda edificación y sin perjuicio de que se

cumplan los valores mínimos indicados. Condiciones de

diseños: a).- las escaleras contarán con un máximo de

quince peraltes entre descansos;

b).- el ancho de los descansos deberá ser, cuando menos,

igual a la anchura reglamentaria de la escalera

c).- la huella de los escalones tendrá un ancho mínimo de 28

centímetros, para lo cual, la huella se medirá entre las

proyecciones verticales de dos narices contiguas;

d).- el peralte de los escalones tendrá un máximo de 18cm.,

excepto en las escaleras de servicio de uso limitado en cuyo

caso podrá ser hasta de 20 cm.;

e).- las medidas de los escalones deberán cumplir con la

siguiente relación: “dos peraltes más una huella sumarán

cuando menos 61cm. pero no más de 684 cm.

REGLAMENTO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y SERVICIOS AUXILIARES

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CENTRAL CAMIONERA

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION: 28 DE NOVIEMBRE DE 2000.

Reglamento publicado en la Primera Sección del Diario Oficial de la Federación, el día martes 22 de noviembre de 1994.

El siguiente reglamento nos podrá ayudar para saber las áreas y espacios para nuestro proyecto: Central de Autobuses Tuxtla Gutiérrez 2013

CAPITULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 3o.- La operación y explotación de los servicios de autotransporte federal de pasajeros, turismo y carga y los servicios auxiliares que los complementan, se sujetarán a las disposiciones de la Ley, los tratados internacionales, este reglamento y las normas que emita la Secretaría.

(REFORMADO PRIMER PARRAFO, D.O.F. 8 DE AGOSTO DE 2000)

ARTICULO 10A.- Para la obtención del permiso para la construcción, operación y explotación de terminales de pasajeros y carga, los interesados, además de la documentación señalada en las fracciones I, III y V, y penúltimo párrafo, en su caso, del artículo 7o., deberán presentar los documentos siguientes:

(REFORMADA, D.O.F. 8 DE AGOSTO DE 2000)

I. El croquis que indique la ubicación y superficie del terreno en donde se pretende construir y operar la terminal, en el que se señale las dimensiones del terreno, superficie, colindancias y orientación;

(ADICIONADA, D.O.F. 14 DE AGOSTO DE 1998)

II. La copia certificada del documento que acredite la legal posesión del inmueble en el que se pretenda construir, operar y explotar terminales;

(ADICIONADA, D.O.F. 14 DE AGOSTO DE 1998)

III. El permiso o autorización sobre uso de suelo del predio en donde se pretenda construir la terminal, expedido por autoridad competente;

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CENTRAL CAMIONERA

(REFORMADA, D.O.F. 8 DE AGOSTO DE 2000)

IV. El proyecto arquitectónico de la terminal que se pretenda construir, que contenga el listado de las áreas que conformarán las instalaciones, descripción del equipo, señalización y servicios para la operación de la terminal; y

V. (DEROGADA, D.O.F. 8 DE AGOSTO DE 2000)

(ADICIONADA, D.O.F. 14 DE AGOSTO DE 1998)

VI. El reglamento interno de operación de la terminal, elaborado por el solicitante.

(ADICIONADO, D.O.F. 14 DE AGOSTO DE 1998)

Para obtener los permisos a que se refiere este artículo, los interesados deberán presentar su solicitud en el Centro SCT en que se ubique su domicilio y serán otorgados por la Secretaría a través de la unidad central competente.

(ADICIONADO, D.O.F. 14 DE AGOSTO DE 1998)

En los casos en que se solicite el establecimiento de una terminal en poblaciones donde existan en operación terminales centrales, la Secretaría, al resolver el otorgamiento del permiso, tomará en cuenta los programas de desarrollo urbano de la localidad; los antecedentes de reubicaciones de terminales que se hubieren realizado como consecuencia de dichos programas; la distancia entre la terminal propuesta y la existente, así como con los núcleos de población; los segmentos de mercado a atender y las facilidades de acceso y medios de transporte para los usuarios.

(REFORMADO PRIMER PARRAFO, D.O.F. 8 DE AGOSTO DE 2000)

ARTICULO 12.- En la obtención de permisos para operar depósito de vehículos, deberá acreditarse, además de lo establecido en las fracciones I a V y, en su caso, el penúltimo párrafo del artículo 7o., lo siguiente:

I. La propiedad o legal posesión por un término mínimo de cinco años, de un terreno con superficie mínima de 5,000 m2 el cual deberá, en su caso, cercarse y acondicionarse con instalación eléctrica, teléfono o algún otro medio de comunicación, piso compactado, extinguidores y rotulado para su identificación, y

(REFORMADA, D.O.F. 8 DE AGOSTO DE 2000)

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CENTRAL CAMIONERA

II. Póliza de seguro por responsabilidad civil general o fondo de garantía vigente, y

(ADICIONADA, D.O.F. 8 DE AGOSTO DE 2000)

III. Permiso o autorización de uso de suelo expedido por autoridad competente.

CAPITULO SEGUNDO

AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS

ARTÍCULO 18.- Atendiendo a la forma de operación y al tipo de vehículos cuyas características y especificaciones técnicas se determinarán en la norma correspondiente, el autotransporte federal de pasajeros se clasifica en los siguientes servicios:

I. De lujo;

II. Ejecutivo;

III. De primera;

IV. Económico;

V. Mixto, y

VI. Transportación terrestre de pasajeros de y hacia los puertos marítimos y aeropuertos.

ARTICULO 19.- Los servicios de lujo y ejecutivo operarán en viajes directos de origen a destino y deberán prestarse en autobús integral del último modelo fabricado en el año en que ingrese al servicio, con límite en operación de diez años, contados a partir de la obtención del permiso.

Las características y especificaciones técnicas de los autobuses, se establecerán en la norma respectiva y deberán estar dotados de asientos reclinables, sanitario, aire acondicionado, sonido ambiental, cortinas, televisión, videocasetera y servicio de cafetería.

ARTICULO 20.- El servicio de primera operará en viajes directos de origen a destino, deberá prestarse en autobús integral de hasta diez años de antigüedad en el momento que ingrese al servicio con límite en operación de quince años contados a partir del año de su fabricación, equipado con asientos reclinables, sanitario y aire acondicionado.

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CENTRAL CAMIONERA

ARTÍCULO 21.- El servicio económico operará con paradas intermedias entre el origen y destino, con autobús integral o convencional, con antigüedad máxima de doce años al ingresar al servicio y límite en operación de quince años contados a partir del año de su fabricación.

ARTÍCULO 22.- El servicio mixto se prestará para el transporte de pasajeros y carga en un mismo vehículo, cuyo interior se encuentre dividido en dos partes, una para las personas y sus equipajes y otra para las mercancías. Este servicio tendrá las mismas condiciones de operación y características de los vehículos determinados para el económico.

ARTICULO 23.- Los servicios de autotransporte federal de pasajeros se prestarán con regularidad, uniformidad, continuidad y con sujeción a horarios, los cuales deberán registrarse ante la Secretaría, y se mantendrán en aplicación por lo menos durante los dos meses posteriores a su registro, y deberán estar a la vista del público.

Los horarios se cumplirán estrictamente, aun cuando no haya suficiente pasaje para los mismos, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

En los casos en que se pretenda suspender o cancelar el servicio en una ruta o tramo de la misma, los autotransportistas estarán obligados a dar aviso a la Secretaría y al público usuario, cuando menos con treinta días hábiles de anticipación, así como a tramitar las bajas correspondientes.

ARTÍCULO 24.- La operación de los servicios requerirá de terminales para el ascenso o descenso de viajeros en las poblaciones donde inicien o terminen su recorrido. Considerando las clases de servicio y las características de las poblaciones, la Secretaría emitirá la norma sobre especificaciones que deberán reunir las terminales.

ARTÍCULO 25.- La Secretaría expedirá permiso a los autotransportistas estatales o municipales, cuando así lo requieran, para transitar en caminos de jurisdicción federal condicionados a que:

I. Se complemente la ruta o recorrido autorizado por las autoridades locales;

II. La longitud del tramo federal que se pretenda utilizar no exceda de 30 km., en los que no podrá efectuarse ascenso y descenso de pasaje;

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CENTRAL CAMIONERA

III. Cuenten con la autorización correspondiente de la entidad federativa para prestar el servicio de autotransporte en caminos estatales o municipales;

IV. Las características y especificaciones técnicas de los vehículos cumplan con los requisitos para la operación del servicio de autotransporte federal, y

V. Acrediten que cuentan con póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros y en el caso de pasajeros, con la póliza del seguro del viajero.

Los autotransportistas estatales o municipales podrán enrolar o combinar sus servicios con transportistas federales, siempre que los vehículos y las instalaciones para el ascenso y descenso de pasajeros presenten características y especificaciones equivalentes.

ARTÍCULO 29.- Los usuarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros tendrán los siguientes derechos:

I. Recibir el servicio que ampara el boleto en los términos y condiciones que correspondan a la clase de servicio;

II. Conservar en su poder los bultos que por su volumen y naturaleza se puedan llevar a bordo sin que ocasionen molestias a los pasajeros ni pongan en riesgo la seguridad;

III. Que se les admita en el mismo vehículo, por concepto de equipaje y libre de porte por cada boleto un máximo de 25 kilogramos;

IV. Recibir el comprobante que ampare su equipaje;

V. Recibir el reembolso del importe de su boleto por un retraso mayor a dos horas en el origen del recorrido, y

VI. Que no se aplique ajuste alguno a los boletos adquiridos con anterioridad a un incremento tarifario.

CAPITULO TERCERO

AUTOTRANSPORTE DE TURISMO

ARTÍCULO 30.- Atendiendo a la forma de operación y tipo de vehículo cuyas características y especificaciones técnicas se determinen en la norma correspondiente, el autotransporte federal de turismo nacional se clasifica en los siguientes servicios:

I. Turístico de lujo;

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II. Turístico;

III. De excursión, y

IV. Chofer-guía.

Estos servicios se prestarán sin sujeción a horarios o rutas determinadas.

ARTICULO 31.- Los servicios turístico de lujo y turístico se prestarán asociados cuando menos a uno de los servicios complementarios relativos a hospedaje, alimentación, visitas guiadas y otros conceptos que formen parte de un paquete integrado por operadores turísticos.

ARTICULO 32.- El servicio turístico de lujo se prestará en autobús integral, del último modelo fabricado en el año en que ingrese al servicio, con límite en operación de diez años, contados a partir de la obtención del permiso, dotado de asientos reclinables, sanitario, aire acondicionado, equipo de sonido, cortinas, televisión y videocasetera.

ARTICULO 33.- El servicio turístico operará con autobús integral de hasta ocho años de antigüedad, en el momento que ingrese al servicio, con límite en operación de doce años contados a partir del año de su fabricación, equipado con sanitario y aire acondicionado.

ARTÍCULO 34.- El servicio de excursión se prestará para uso exclusivo de un grupo de personas para realizar viajes de esparcimiento, de estudio, con fines deportivos, o para convenciones y negocios, sujeto a itinerario y horarios determinados por los contratantes.

Este servicio podrá operarse con autobús integral o convencional, de hasta ocho años de antigüedad en el momento en que ingrese al servicio, con límite en operación de doce años, contados a partir del año de su fabricación.

CAPITULO QUINTO

SERVICIOS AUXILIARES

SECCION PRIMERA

TERMINALES DE PASAJE

(REFORMADO, D.O.F. 14 DE AGOSTO DE 1998)

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CENTRAL CAMIONERA

ARTÍCULO 42.- Las terminales de autotransporte federal de pasajeros podrán ser construidas, operadas y explotadas por:

I. Los permisionarios del autotransporte federal de pasajeros;

II. Los particulares, y

III. Los gobiernos estatales y municipales.

Las terminales podrán ser individuales o centrales según sean utilizadas por uno o varios permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros que operen en ellas.

Los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros podrán contratar o convenir libremente con cualquiera de los permisionarios de terminales a que se refiere este artículo, el uso de los espacios necesarios para prestar sus servicios.

(ADICIONADO, D.O.F. 14 DE AGOSTO DE 1998)

ARTICULO 42A.- El permiso para la construcción, operación y explotación de terminales, además de lo dispuesto por las fracciones I a III, V y VIII a X del artículo 17, deberá contener lo siguiente:

I. La identificación exacta del lugar en que se construirá, operará o explotará la terminal;

II. La delimitación de la superficie, y

III. Las instalaciones, equipo, señalización y servicios mínimos con los que deberá operar la terminal.

(ADICIONADO, D.O.F. 14 DE AGOSTO DE 1998)

ARTICULO 42B.- Las terminales deberán contar como mínimo con las instalaciones y equipo siguientes:

I. Taquillas para la venta de boletos;

II. Servicios sanitarios con instalaciones adecuadas para que los usuarios de la terminal hagan uso de ellas sin costo alguno. Complementariamente, se podrán proporcionar estos servicios sujetos a un precio, en otras instalaciones dentro de la terminal;

III. Equipos y sistemas contra incendios instalados en lugares de fácil acceso;

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CENTRAL CAMIONERA

IV. Equipo de comunicación necesario para el anuncio de llegada y salida de autobuses y localización de personas;

V. Señales necesarias para la fácil localización de los servicios por parte de los usuarios;

VI. Instalaciones y alumbrado adecuados para el trabajo nocturno;

VII. Andenes para llevar a cabo las maniobras de ascenso, descenso y circulación de peatones o pasajeros;

VIII. Cajones de estacionamiento para la salida y llegada de los vehículos de autotransporte federal de pasajeros;

IX. Patio de maniobras destinado, exclusivamente, al manejo de vehículos;

X. Salas de espera acordes con la capacidad y uso de la terminal;

XI. Instalaciones para personas con discapacidad, tales como:

a) Rampas de acceso a los diferentes servicios que preste la terminal;

b) Asientos reservados;

c) Sanitarios especialmente acondicionados, y

d) Casetas telefónicas a la altura adecuada;

XII. Áreas destinadas para salidas y llegadas de pasajeros;

XIII. Área exclusiva para la entrega y recepción de equipaje, y

XIV. Tratándose de terminales centrales, espacios adecuados para que a los conductores se les practiquen exámenes médicos.

(ADICIONADO, D.O.F. 14 DE AGOSTO DE 1998)

ARTICULO 42E.- El reglamento interno de operación de la terminal deberá regular como mínimo lo siguiente:

I. Entrega y recepción de equipaje;

II. Uso de andenes y cajones, y

III. Uso del patio de maniobras.

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CENTRAL CAMIONERA

TABLA DE RESUMEN DEL REGLAMENTO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y SERVICIOS AUXILIARES

REGLAMENTO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y SERVICIOS AUXILIARES, ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION: 28 DE NOVIEMBRE

DE 2000.

Capitulo Articulo Norma Descripciónpagin

a

Capítulo 1

ARTICULO 3reglamento y normas que

emite la secretaria

La operación y explotación de los servicios de autotransporte federal de pasajeros, turismo y carga y los servicios auxiliares

Capítulo 1

ARTICULO 10A

Para la obtención del permiso para la

construcción, operación y

presentar los documentos siguientes documentos El croquis que indique la

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CENTRAL CAMIONERA

explotación de terminales de pasajeros y carga

ubicación y superficie del terreno, señalar las dimensiones del terreno y superficie, orientación, permiso de uso de suelo, etc.

Capítulo 1

ARTICULO 12obtención de permisos para operar depósito de

vehículos

Terreno con superficie mínima de 5,000 m2 el cual deberá, en su caso, cercarse y acondicionarse con instalación eléctrica, teléfono o algún otro medio de comunicación, piso compactado, extinguidores y rotulado para su identificación, y póliza de seguros.

Capítulo 2

ARTICULO 18

forma de operación y al tipo de vehículos cuyas

características y especificaciones técnicas

I. De lujo; II. Ejecutivo; III. De primera;IV.Económico; V. Mixto,

Capítulo 2

ARTICULO 19Los servicios que

contaran los autobuses de lujo y ejecutivo

especificaciones técnicas y características

Capítulo 2

ARTICULO 20 servicio de primeraespecificaciones técnicas y características

Capítulo 2

ARTICULO 21 servicio económicoespecificaciones técnicas y características

Capítulo 2

ARTICULO 22 El servicio mixtoespecificaciones técnicas y características

Capítulo 2

ARTICULO 23Los servicios de

autotransporte federal de pasajeros

establecimiento de horarios

Capítulo 2

ARTICULO 24servicio que requiere una

terminal

Ascenso o descenso de viajeros en las poblaciones donde inicien o terminen su recorrido.

Capítulo 2

ARTICULO 25permiso para los autotransportistas

longitud del tramo federal que se pretenda utilizar no exceda de 30 km

Capítulo 2

ARTICULO 29Derechos para los

usurarios

servicios, términos y condiciones de determinada empresa

Capítulo 3

ARTICULO 30

forma de operación y tipo de vehículo cuyas características y

especificaciones técnicas

I. Turístico de lujo; II. Turístico;III. De excursión, y IV. Chofer-guía.

Capítulo 3

ARTICULO 31servicios turístico de lujo y

turísticoServicios que prestarán

Capítulo ARTICULO 32 servicio turístico de lujo se Servicios que prestarán

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CALCULO DE AREAS EN UNA TERMINAL

Para el diseño de una terminal, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes recomienda realizar el estudio siguiente:

1. Determinar el número de pasajeros transportados por día.2. Calcular el número de corridas diarias.3. Número de empresas que concurren a ofrecer sus servicios.4. Lugar donde se proponga construir.5. Considerar si la obra estará a cargo de una empresa particular o una estatal.

Usuario. El área de usuario será de 1.20 m2 con equipaje y circulación.

Área total del edificio previo. La relación con la que se calcula el área es por número de pasaje diario y por el número de horas que funciona la terminal.

A = (1.20 m2) (No. de pasajeros) (24 h)

Sala de espera. Se obtiene: Capacidad total = (No. de pasajeros h pico) (1.20 m2)

Taquillas. Lado 3.00 m y altura de 3.00 m. El número de taquillas es de acuerdo al número de empresas, la cantidad de afluencia de pasaje y la cantidad de corridas

con que cuenta la línea. Mínimo 15.00 m2 por grupo de empresa.

CENTRAL CAMIONERA

3prestará en autobús

integralCapítulo

3ARTICULO 33

servicio turístico operará con autobús integral

Servicios que prestarán

Capítulo 3

ARTICULO 34 servicio de excursión Servicios que prestarán

Capítulo 5

ARTICULO 42 Terminales de pasaje

La Terminal de pasajeros podrán ser construidas, operadas y explotadas por: (Particular, Estatal y Municipal.)

Capítulo 5

ARTICULO 42A

permiso para la construcción, operación y

explotación

Construcción, superficies e instalaciones

Capítulo 5

ARTICULO 42B

instalaciones y equipo

Instalaciones como mínimo que deberán de contar las terminales de Autotransporte Federales.

Capítulo 5

ARTICULO 42E

reglamento interno

I. Entrega y recepción de equipaje;

II. Uso de andenes y cajones, yIII. Uso del patio de maniobras.

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CALCULO DE AREAS EN UNA TERMINAL

Para el diseño de una terminal, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes recomienda realizar el estudio siguiente:

1. Determinar el número de pasajeros transportados por día.2. Calcular el número de corridas diarias.3. Número de empresas que concurren a ofrecer sus servicios.4. Lugar donde se proponga construir.5. Considerar si la obra estará a cargo de una empresa particular o una estatal.

Usuario. El área de usuario será de 1.20 m2 con equipaje y circulación.

Área total del edificio previo. La relación con la que se calcula el área es por número de pasaje diario y por el número de horas que funciona la terminal.

A = (1.20 m2) (No. de pasajeros) (24 h)

Sala de espera. Se obtiene: Capacidad total = (No. de pasajeros h pico) (1.20 m2)

Taquillas. Lado 3.00 m y altura de 3.00 m. El número de taquillas es de acuerdo al número de empresas, la cantidad de afluencia de pasaje y la cantidad de corridas

con que cuenta la línea. Mínimo 15.00 m2 por grupo de empresa.

Paquetería y envíos. Este servicio se maneja dentro o fuera de la terminal y se

considera un local de 20.00 m2 como mínimo. .

Telégrafos. 20 m2 como mínimo.

Correos. 20 m2 como mínimo.

Restaurante. Para el cálculo se toma un 30% de la sala de espera en horas pico, se

considera un área de 8.50 m2 para una mesa con cuatro sillas, o 1.50 a 2.00 m2

por comensal.

Sanitarios. Un inodoro por cada 12 personas de la sala de espera en horas pico.

Unidad de medicina preventiva. 20 m2 como mínimo.

Estacionamiento. Un cajón de 2.50 x 5.00 m por cada usuario en la sala de espera en horas pico.

Andén de ascenso y descenso. Ancho de 3 m, con volado hacia el patio de

maniobras 1/3 de la longitud del autobús, lado 2 m; área 20 m2.

Cajón de autobús. Se calcula de acuerdo al número de corridas. La dimensión es de

CENTRAL CAMIONERA

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Paquetería y envíos. Este servicio se maneja dentro o fuera de la terminal y se

considera un local de 20.00 m2 como mínimo. .

Telégrafos. 20 m2 como mínimo.

Correos. 20 m2 como mínimo.

Restaurante. Para el cálculo se toma un 30% de la sala de espera en horas pico, se

considera un área de 8.50 m2 para una mesa con cuatro sillas, o 1.50 a 2.00 m2

por comensal.

Sanitarios. Un inodoro por cada 12 personas de la sala de espera en horas pico.

Unidad de medicina preventiva. 20 m2 como mínimo.

Estacionamiento. Un cajón de 2.50 x 5.00 m por cada usuario en la sala de espera en horas pico.

Andén de ascenso y descenso. Ancho de 3 m, con volado hacia el patio de

maniobras 1/3 de la longitud del autobús, lado 2 m; área 20 m2.

Cajón de autobús. Se calcula de acuerdo al número de corridas. La dimensión es de

Promedio de movimientos por hora. Es la división del movimiento en el día entre el horario de funcionamiento de la terminal.

Si la terminal labora 16 horas, entonces:

PMH = 4 4 6 m o v i m i e n t o fo r á n e os = 28 movimientos16 horas foráneas

PMH = 3 26 m o v i m i e n to s l o c a l e s = 20 movimientos locales 16 horas locales

PMH = 28 movimientos de paso = 2 movimientos 16 horas de paso

PMH - Promedio de Movimientos por Hora

En total la central tendrá un promedio de 50 movimientos por hora.

El tiempo de recorrido por unidad de cada línea de transporte ayuda a saber la concentración máxima de autobuses en una hora determinada.

El movimiento por línea de transporte (MLT), se calcula considerando que las llegadas y salidas son iguales.

Total de unidades = No. de unidades por recorrido x No. por línea de recorridos de la línea

CENTRAL CAMIONERA

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Promedio de movimientos por hora. Es la división del movimiento en el día entre el horario de funcionamiento de la terminal.

Si la terminal labora 16 horas, entonces:

PMH = 4 4 6 m o v i m i e n t o fo r á n e os = 28 movimientos16 horas foráneas

PMH = 3 26 m o v i m i e n to s l o c a l e s = 20 movimientos locales 16 horas locales

PMH = 28 movimientos de paso = 2 movimientos 16 horas de paso

PMH - Promedio de Movimientos por Hora

En total la central tendrá un promedio de 50 movimientos por hora.

El tiempo de recorrido por unidad de cada línea de transporte ayuda a saber la concentración máxima de autobuses en una hora determinada.

El movimiento por línea de transporte (MLT), se calcula considerando que las llegadas y salidas son iguales.

Total de unidades = No. de unidades por recorrido x No. por línea de recorridos de la línea

Tiempo de permanencia en horas pico (TPHP).

Se considera una hora de permanencia en la terminal. Entonces:

TPHP = Tota l p a s a j e r o s c o rr i da No, de horas que permanece abierta la central

TPHP = 2 26 8 0 = 1134 pas.lh 20 horas

CENTRAL CAMIONERA

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Tiempo de permanencia en horas pico (TPHP).

Se considera una hora de permanencia en la terminal. Entonces:

TPHP = Tota l p a s a j e r o s c o rr i da No, de horas que permanece abierta la central

TPHP = 2 26 8 0 = 1134 pas.lh 20 horas

CENTRAL CAMIONERA

IMPACTO AMBIENTAL EN LA CENTRAL CAMIONERA

Definición de Impacto Ambiental:

La evaluación de impacto ambiental es un instrumento de la política ambiental, cuyo objetivo es prevenir, mitigar y restaurar los daños al ambiente así como la regulación de obras o actividades para evitar o reducir sus efectos negativos en el ambiente y en la salud humana. A través de este instrumento se plantean opciones de desarrollo que sean compatibles con la preservación del ambiente y manejo de los recursos naturales.

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CENTRAL CAMIONERA

El objetivo de la evaluación del impacto ambiental es la sustentabilidad, pero para que un proyecto sea sustentable debe considerar además de la factibilidad económica y el beneficio social, el aprovechamiento razonable de los recursos

naturales.

Estados

Para fines de evaluación de impacto ambiental le corresponde:

o La regulación de actividades que no sean consideradas altamente riesgosas para el ambiente.

o La regulación de los sistemas de recolección, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos e industriales que no estén considerados como peligrosos.

o La regulación del aprovechamiento sustentable y la prevención y control de la contaminación de las aguas de jurisdicción estatal; así como de las aguas nacionales que tengan asignadas;

o La prevención y el control de la contaminación generada por el aprovechamiento de las sustancias no reservadas a la Federación, que constituyan depósitos de naturaleza similar a los componentes de los terrenos, tales como rocas o productos de su descomposición que sólo puedan utilizarse para la fabricación de materiales para la construcción u ornamento de obras;

o La atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico o el ambiente de dos o más municipios;

Municipios

Para fines de evaluación de impacto ambiental le corresponde:

o La aplicación de las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de los efectos sobre el ambiente ocasionados por la generación, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos e industriales que no estén considerados como peligrosos.

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CENTRAL CAMIONERA

o La aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la contaminación de las aguas que se descarguen en los sistemas de drenaje y alcantarillado de los centros de población.

o La preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en los centros de población, en relación con los efectos derivados de los servicios de alcantarillado, limpia, mercados, centrales de abasto, panteones, rastros, tránsito y transporte locales.

o La participación en la evaluación del impacto ambiental de obras o actividades de competencia estatal, cuando las mismas se realicen en el ámbito de su circunscripción territorial

ESTUDIO DE RIESGO E IMPACTO AMBIENTAL:

En el artículo 30 de la LGEEPA se señala que cuando se trate de actividades consideradas altamente riesgosas, la manifestación deberá incluir un estudio de riesgo correspondiente. Al respecto en el capítulo V de la LGEEPA se aborda lo relativo a las actividades consideradas como altamente riesgosas y en su artículo 147 se señala que la realización de actividades industriales, comerciales o de servicios altamente riesgosas, se llevarán a cabo con apego a lo dispuesto en la Ley, las disposiciones reglamentarias que de ella emanen y las normas oficiales mexicanas.

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CENTRAL CAMIONERA

El estudio de riesgo debe incluir la siguiente información:

I. Escenarios y medidas preventivas resultantes del análisis de los riesgos ambientales relacionados con el proyecto.

II. Descripción de las zonas de protección en torno a las instalaciones, en su caso, y

III. Señalamiento de las medidas de seguridad en materia ambiental.

¿Qué tipo de medidas se pueden aplicar?

Básicamente existen tres tipos de medidas utilizadas en la evaluación de impacto ambiental, que son:

o Medidas de prevención: conjunto de acciones que deberá ejecutar el promoverte para evitar efectos previsibles de deterioro del ambiente;

o Medidas de mitigación: conjunto de acciones que deberá ejecutar el promoverte para atenuar los impactos y restablecer las condiciones ambientales antes de la perturbación que se causare con la realización de un proyecto en cualquiera de sus etapas;

o Medidas de compensación: conjunto de acciones a través de las cuales se pretende recuperar la funcionalidad ecológica de ambientes dañados por impactos residuales o garantizar la continuidad de aquellos otros que presentan algún grado de conservación, cuando ambos están ubicados en Espacios geográficos distintos al afectado directamente por una obra o actividad.

Que impacto ambiental generan las centrales camioneras:

El impacto ambiental que generan las Terminales al medio físico se resumen en: impacto del drenaje superficial del agua, por la modificación del suelo; impacto en la calidad de aguas subterráneas, debido principalmente a la presencia de hidrocarburos en la zona de operación del Autotransporte Federal (ATF); la recarga de aguas subterráneas se ve afectada debido al cambio de uso del suelo a una superficie cubierta casi en su totalidad; la calidad del aire se encuentra

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CENTRAL CAMIONERA

afectada por las emisiones generadas tanto por las unidades del ATF, como del transporte privado y público que accede a la TP; otro impacto son los niveles de ruido que se genera dentro de la TP y que pueden poner en riesgo la salud de las Personas.

El impacto ambiental al medio biótico no se considera impactado por la TP en su etapa de operación; sin embargo, esta debe ser evaluada en su etapa de planeación mediante la presentación de una Manifestación de Impacto Ambiental en su modalidad particular, ya que sin duda existen impactos a la flora y fauna, sobre todo porque los nuevos proyectos de infraestructura para el transporte se desarrollan en entornos ambientales no impactados. Los paisajes son altamente impactos por la gran cantidad de publicidad que se instala en las zonas de accesos de las TP, y en las zonas destinadas a los pasajeros.

En el medio socioeconómico se identificaron impactos benéficos, pues las TP generan empleos, y mejoran la calidad de vida de los habitantes al contar con mayor infraestructura para su movilidad y mejores servicios de comunicación. Un efecto negativo es el provocado a las vialidades circunvecinas cuando las TP carecen de planeación y de Estudios de Impacto Vial.

La problemática ambiental que trae consigo la operación del transporte son principalmente las afectaciones al aire, al agua, al suelo y a la calidad de vida de los habitantes que interactúan con los diferentes modos de transporte. Sin embargo, es importante considerar los impactos ambientales por la generación de residuos sólidos, el riesgo ambiental de los residuos peligrosos, la energía, y el impacto vial.

TIPOS DE IMPACTO AMBIENTAL:

Se han definido nomenclaturas especiales para diferenciar los impactos en cuanto al efecto que producen, el tiempo de duración, su capacidad para ser revertido, etc. Algunos de ellos son los siguientes:

Impacto Primario o Directo

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CENTRAL CAMIONERA

Cualquier efecto en el ambiente biofísico o socioeconómico que se origina de una acción directamente relacionada con el proyecto, puede incluir efectos tales como: destrucción de ecosistemas, alteración de las características del agua subterránea, alteración o destrucción de áreas históricas, desplazamiento de domicilios y servicios, generación de empleos temporales, aumento en la generación de concentraciones de contaminantes, entre otras.

Impacto Secundario o IndirectoLos impactos secundarios cubren todos los efectos potenciales de los cambios adicionales que pudiesen ocurrir más adelante, o en lugares diferentes como resultado de la implementación de una acción en particular; estos impactos serían: construcción adicional y/o desarrollo, aumento del tránsito, incremento de la demanda recreativa, y otro tipo de impactos fuera de la instalación, generados por las actividades de la instalación.

Impactos a Corto plazo o Largo plazoLos impactos pueden ser a corto o largo plazo, dependiendo de su duración. La identificación de éstos es importante porque el significado de cualquier impacto puede estar relacionado con su duración en el medio ambiente. La pérdida de pasto u otra vegetación herbácea corta en un área podría considerarse un impacto a corto plazo, porque el área tendería a revegetarse muy fácilmente en un corto tiempo; sin embargo, la pérdida de un bosque maduro se considera un impacto a largo plazo, debido al tiempo necesario para reforestar el área y para que los árboles lleguen a la madurez.

Impacto AcumulativoSon aquellos impactos ambientales resultantes del impacto incrementado de la acción propuesta sobre un recurso común cuando se añade a acciones pasadas, presentes y razonablemente esperadas en el futuro.

BIBLIOGRAFÍA

http://www.diputados.gob.mx

TALLER DE DISEÑO ARQUITECTÓNICO VI Página 83

CENTRAL CAMIONERA

http://www.sedesol.gob.mx

Sistema normativo de equipamiento urbano, tomo IV-comunicaciones y transporte

http://www.diputados.gob.mx

Ley de caminos, puentes y autotransporte federal

http://www.semarnat.gob.mx/temas/gestionambiental/impactoambiental/Paginas/quien_evalua_mia.aspx

Reglamento de construcción de Tuxtla Gutiérrez

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