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INDICE

I. MODELO EDUCATIVO DE CENTRO � CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO DOCENTE Y DEL

ENTORNO.

o Características del entorno.

o El Centro: Ubicación, servicios, instalaciones, rec ursos y personal.

o Relación con la Comunidad.

� ¿QUÉ ESCUELA QUEREMOS? � OBJETIVOS GENERALES DEL CENTRO

II. ORGANIZACIÓN

� ORGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

o Equipos docentes.

o Equipos de ciclo .

o Equipo de orientación .

o Equipo técnico de coordinación pedagógica.

o Tutorías.

� ASIGNACIÓN DE GRUPOS Y TUTORES

� AGRUPAMIENTO

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� HORARIOS

o Horario general.

o Alumnado.

o Profesorado

− Horario lectivo .

− Horario no lectivo .

o Calendario.

III. CURRICULO

� LÍNEAS DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA

� OBJETIVOS PARA LA MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR

� INTEGRACIÓN DE LOS CONTENIDOS TRANSVERSALES EN EL CURRICULO

� EVALUACIÓN DEL ALUMNADO

o Criterios generales de evaluación.

o Procedimientos.

o Criterios de calificación.

o Análisis de los resultados.

o Criterios de promoción.

� PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS

o Propuesta pedagógica de infantil.

o Programación didáctica de primer ciclo

o Programación didáctica de segundo ciclo

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o Programación didáctica de tercer ciclo

IV. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

� PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

� PLAN DE REFUERZO, RECUPERACIÓN Y AMPLIACIÓN

� PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL

� RELACIÓN CON LAS FAMILIAS Y EL ENTORNO

� COMPROMISOS EDUCATIVOS

V. CONVIVENCIA

� PLAN DE CONVIVENCIA

� COMPROMISOS DE CONVIVENCIA

VI. AUTOEVALUACIÓN

VII. PLAN DE FORMACIÓN

VIII. NORMATIVA DE REFERENCIA

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I. MODELO EDUCATIVO DE CENTRO CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO DOCENTE Y DEL ENTORNO

Alcalá la Real es un municipio de la provincia de Jaén, Andalucía, situado a 71 km de la capital provincial, Jaén, y a 50 km. de la ciudad de Granada. Su población es de 22.783 habitantes. Es cabecera de la comarca de la Sierra Sur y se ubica en el extremo suroeste de la provincia, limitando con las provincias de Granada y Córdoba, y con una superficie de 262,9 km². El principal carácter geográfico es su altura, pocas ciudades españolas alcanzan la altitud de Alcalá la Real, 1033 ms. en la Mota y 918 ms. en el Llanillo.

Las actividades económicas principales son el cultivo del olivar y pequeños huertos así como la ganadería (principalmente ovejas y cabras), la artesanía y la industria de derivados plásticos y de transformados metálicos y el sector de comercio y servicios.

Los cambios socioeconómicos y la falta de trabajo en la zona han incidido en la modificación de las expectativas de las familias con respecto al futuro de sus hijos y, consiguientemente, hacia la escuela. Hay un porcentaje creciente de alumnos que tienden a proseguir estudios postobligatorios e incluso universitarios.

Alcalá la Real también es una ciudad de gran tradición cultural. A lo largo de la historia grandes personajes de la escultura, la pintura, la arquitectura, la música o la literatura se movieron en el seno de nuestra ciudad, caso de Pablo de Rojas, Juan Martínez Montañés, Pep Ventura y, según diversas fuentes, del Arcipreste de Hita.

En la actualidad podemos destacar los siguientes centros e instituciones culturales:

- I.E.S. ( Sólo Enseñanza Secundaria Obligatoria). - I.E.S. (Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachilleres). - Sagrada Familia. (Enseñanza Primaria y Secundaria y Bachiller). - Cristo Rey (Enseñanza Primaria y Secundaria). - Conservatorio Elemental de Música, al que asisten un grupo importante de

alumnado del Centro. - E.O.I. (Escuela Oficial de Idiomas) - Sede de la UNED - Biblioteca Pública Municipal, que es muy frecuentada por el alumnado tanto para

uso del servicio de préstamo como para la realización de tareas o consultas. - Casa de la Juventud, que funciona como Centro Sociocultural y Deportivo. - Polideportivo Municipal. - Piscina cubierta. - Medios de comunicación: Radio Onda Cero y Radio Alcalá. - Numerosas agrupaciones musicales,

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- Varias cofradías, - Varias asociaciones culturales y deportivas. - Academias privadas ( mecanografía, informática, artes plásticas, idiomas, bailes,

refuerzo y actividades extraescolares.

Además la ciudad es sede de un importante premio de Poesía, el Premio Arcipreste de Hita, y de un festival, Etnosur, de repercusión internacional y todo tipo de actividades y eventos culturales y deportivos: conciertos, talleres, exposiciones, proyecciones de películas, conferencias, futbol, teatro, hockey sobre hierba, gimnasia acrobática, etc.

EL CENTRO: UBICACIÓN, SERVICIOS, INSTALACIONES, REC URSOS Y

PERSONAL.

UBICACIÓN

El colegio “Alonso de Alcalá” es un Centro Público de educación infantil y primaria que fue creado en el año 1.976 absorbiendo en el 1.979 las unidades de E.G.B. del C. P. “ Martínez Montañés.”

El nombre lo recibe en recuerdo de un alcalaíno ilustre, judío converso, que colaboró en la elaboración de la Biblia Políglota Complutense.

EL C.E.I.P. Alonso de Alcalá se encuentra situado en la zona sur de la población, rodeado por el parque de la Magdalena, la piscina municipal y una urbanización de nueva construcción. Todas las familias viven en el casco urbano si bien la dispersión de los domicilios es muy grande superándose la distancia de 2 km. entre el domicilio y el centro. SERVICIOS OFERTADOS:

- Aula matinal de 7:30 a 9:00 horas. - Comedor Escolar de 14:00 a 16:00 h. - Actividades Extraescolares de 16:00 a 18:00 h. - Acompañamiento Escolar: martes y jueves de 16:00 a 18:00 h. Alumnado de

5º y 6º. - Tiempo de Extensión Escolar: martes y miércoles de 16:00 a 18:00.

Alumnado de 4º. INSTALACIONES Las instalaciones del centro son las siguientes:

• Edificio principal construido en 1.975 (2 plantas) acoge a los alumnos de Infantil y a los alumnos de 4º, 5º y 6º curso. Se compone de:

o 4 aulas de Educación Infantil. o 2 aulas de Apoyo a la integración. o 9 aulas de primaria o dependencias complementarias.

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o Aula de psicomotricidad. o Aula de música. o Biblioteca o Sala de profesores. o 2 tutorías. o Comedor Escolar. o Aula de informática. o Aula multiusos: matinal, comedor temporal (recogida de aceituna), ATAL,

etc. o 3 despachos (secretaría, dirección y jefatura) o Servicios

• Módulos 2 (dos plantas) acoge a los alumnos/as de 1º y 2º.

o 6 aulas o Servicios

• Módulo 3, acoge a los alumnos de infantil de 5 años y 3º de Primaria. o 4 aulas o 2 aulas de refuerzo o Servicios

• Gimnasio, contiguo al edificio principal. • Salón de usos múltiples. En el se realizan actividades muy diversas: clases de

educación física, asambleas de padres, conferencias, actividades culturales, teatro...

• Patio central que separa el edificio principal de los módulos 2 y 3. En uno de sus extremos la A.M.P.A. construyo en el año 1.992 un parque para los alumnos de Infantil.

• Pistas polideportivas.

PERSONAL. En la actualidad el Centro cuenta con 530 alumnos y alumnas que pertenecen a 414 familias, los cuales presentan una gran diversidad con respecto al origen, características económicas, culturales, físicas, religión, etc., como viene siendo habitual en la actualidad en cualquier centro.

Desde hace unos años, ha habido un aumento de alumnado inmigrante, tanto nacional como extranjero, que se incorpora al colegio a lo largo de todo el curso.

En el presente curso hay 6 unidades de Educación Infantil, de ellas 3 son provisionales, 16 unidades de Educación Primaria y 2 unidades de Educación Especial, y 32 profesores/as que se adscriben de la siguiente forma: Apoyo a la integración (2), Inglés (3), Música (1), E. Física (3), E. Infantil (7) , E. Primaria (14 ) y religión (2). Un tercio del profesorado es provisional y dos tercios definitivo.

Con independencia de los profesores de que dispone el Centro hay otro personal educativo que interviene en el funcionamiento y organización del mismo:

Equipos de Apoyo externo. (Psicólogo, logopeda, maestro de compensatoria, maestra de ATAL y médico)

Servicio de inspección Técnica de la Consejería de Educación y Ciencia y

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Personal no docente. En el Centro trabaja una monitora escolar que pertenece al personal laboral de la Junta de Andalucía y desarrolla, fundamentalmente, funciones administrativas.

Un conserje que depende administrativamente del Ayuntamiento. La limpieza la realizan tres limpiadoras de una empresa contratada por el

Ayuntamiento. RELACIÓN CON LA COMUNIDAD.

Podemos decir que nuestro Centro esta bien integrado en su entorno siendo mutuas las aportaciones del entorno al Centro y viceversa.

Por su ubicación y por las instalaciones que tiene el Centro es utilizado en ocasiones por el Excmo. Ayuntamiento y por otras entidades como escenario de actividades culturales.

El Ayuntamiento oferta diversas actividades culturales, para escolares de infantil y de primaria: conciertos, teatros, cuanta-cuentos, títeres, día del estudio, día del árbol, día del libro, carnaval,…

Las relaciones con la A.M.P.A. son muy buenas. La AMPA realiza diversas actividades educativas y de convivencia y colabora con en centro en la organización y realización de otras muchas.

Igualmente buenas son las relaciones con otros Centros educativos e instituciones socioculturales de la localidad con los que se realizan visitas y jornadas de convivencia. ¿QUÉ ESCUELA QUEREMOS?

Siendo el objetivo esencial de la educación obligatoria el desarrollo integral de la persona, es imprescindible incidir, desde la acción educativa, en la adopción de las actitudes y los valores que, a partir del respeto al pluralismo, la libertad, la justicia, la igualdad y la responsabilidad, contribuyen a crear una sociedad mejor.

Por otra parte, y con la intención de favorecer el desarrollo de las capacidades del alumnado, se integrarán de forma horizontal en todas las áreas las competencias básicas, la cultura andaluza en el marco de una visión plural de la cultura, la educación en valores, la interdisciplinariedad y las referencias a la vida cotidiana y al entorno inmediato del alumnado. En coherencia con la normativa vigente y de acuerdo con las características del nuestro centro y su entorno, nuestro trabajo va a ir encaminado, fundamentalmente, a lograr los siguientes fines:

Máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional.

1. Adquisición de las competencias básicas, (destrezas, conocimiento y actitudes), recogidas en el Real Decreto 1513/2006, que le permitan asumir una vida responsable dentro de una sociedad libre y democrática.

2. Permanente atención a la diversidad del alumnado y máximo desarrollo de las capacidades personales.

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3. Especial atención a la lectura y a la competencia oral y escrita.

4. Valorar el esfuerzo como el camino que nos permite alcanzar las metas personales.

Desarrollo integral de la personalidad del alumnado.

1. Desarrollo del equilibrio emocional y afectivo.

2. Desarrollo de habilidades sociales.

3. Fortalecimiento de los valores que preparan para asumir una vida responsable en una sociedad democrática: respeto a los derechos y libertades, ejercicio responsable de estos derechos y deberes,

4. Fomento de hábitos de vida saludable: alimentación, ejercicio físico, ocio y tiempo libre, consumo responsable

Contribuir desde la educación a la formación de personas concienciadas e implicadas en un sistema de vida sostenible:

1. Conocer y valorar el patrimonio natural y cultural y contribuir activamente a su conservación.

2. Uso racional de los recursos naturales: consumo responsable, ahorro de energía, reciclado.

3. Despertar el interés y la vocación científica.

4. Desarrollar la confianza en sí mismo, el sentido crítico, la iniciativa personal, el espíritu emprendedor, la capacidad para aprender, planificar, evaluar riesgos, tomar decisiones y asumir responsabilidades.

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OBJETIVOS GENERALES DE CENTRO

a) Conocer, apreciar y actuar según el sistema de v alores y las normas de convivencia establecidas.

b) Desarrollar progresivamente hábitos de trabajo individual y en equipo, de esfuerzo y de responsabilidad.

c) Adquirir habilidades para la prevención y para la resolución pacífica de conflictos.

d) Conocer, comprender y respetar las diferencias culturales e individuales.

e) Desarrollar habilidades comunicativas en diferen tes lenguajes y formas de expresión, estableciendo como prioridad el conocimi ento y la utilización apropiada de la lengua castellana.

f) Adquirir, en inglés, la competencia comunicativa básica que le permita expresar y comprender mensajes sencillos y desenvo lverse en situaciones cotidianas.

g) Conocer y valorar el entorno natural, social y c ultural, así como las posibilidades de acción y cuidado del mismo.

h) Desarrollar el pensamiento lógico-matemático e i niciarse en la resolución de problemas aplicables a situaciones de la vida cotid iana.

i) Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje , de las nuevas tecnologías.

j) Desarrollar hábitos de vida saludable, utilizand o la educación física y el deporte como medios para favorecer el desarrollo p ersonal y social.

k) Utilizar diferentes representaciones y expresion es artísticas.

l) Desarrollar las capacidades afectivas en todos l os ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como una act itud contraria a la violencia, a los prejuicios de cualquier tipo y a l os estereotipos sexistas.

II. ORGANIZACIÓN

� ORGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

La designación y propuesta de nombramiento, cuando proceda, de las personas titulares de los órganos de coordinación docente se llevará a cabo en el mes de septiembre.

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La jefatura de estudios elaborará un plan trimestral de reuniones de cada uno de los órganos de coordinación docente existentes en el centro. Dicho plan se realizará atendiendo a los criterios pedagógicos establecidos en el proyecto educativo y a las características del órgano de coordinación de que se trate.

Sin perjuicio del plan de reuniones establecido, los órganos de coordinación docente realizarán aquellas reuniones extraordinarias que sean precisas para el ejercicio de las funciones y competencias asignadas a los mismos.

o Equipos docentes.

1. Los equipos docentes estarán constituidos por todos los maestros y maestras que imparten docencia a un mismo grupo de alumnos y alumnas. Serán coordinados por el correspondiente tutor o tutora.

2. Funciones de los equipos docentes:

a) Llevar a cabo el seguimiento global del alumnado del grupo, estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje, de acuerdo con el el proyecto educativo.

b) Realizar de manera colegiada la evaluación del alumnado, de acuerdo con la normativa vigente y con el proyecto educativo y adoptar las decisiones que correspondan en materia de promoción.

c) Garantizar que cada maestro y maestra proporcione al alumnado información relativa a la programación del área que imparte, con especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de evaluación.

d) Establecer actuaciones para mejorar el clima de convivencia del grupo.

e) Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en el seno del grupo, estableciendo medidas para resolverlos y sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos en materia de prevención y resolución de conflictos.

f) Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso, se proporcione a los padres, madres o representantes legales de cada uno de los alumnos o alumnas del grupo.

g) Proponer y elaborar las adaptaciones curriculares no significativas bajo la coordinación del profesor/a tutor/a y con el asesoramiento del equipo de orientación.

h) Atender a los padres, madres o representantes legales del alumnado del grupo de acuerdo con lo que se establecido en el plan de orientación y acción tutorial y en la normativa vigente.

i) Cuantas otras se determinen en el plan de orientación y acción tutorial del centro.

3. Los equipos docentes trabajarán para prevenir los problemas de aprendizaje que pudieran presentarse y compartirán toda la información que sea necesaria para trabajar de manera coordinada en el cumplimiento de sus funciones.

4. Reuniones de los equipos docentes. Debido a que nuestro centro tiene 22 grupos y hay especialistas que imparten docencia a casi todos los grupos, las reuniones de los quipos docentes no pueden ser simultáneas, así pues, la jefatura planificará,

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trimestralmente, un calendario de reuniones por niveles, de forma que los especialistas rotaran para que, al menos, dos veces al trimestre, se puedan reunir todos los componentes de cada equipo docente

o Equipos de ciclo. Cada equipo de ciclo estará integrado por los maestros y maestras que impartan docencia en él. Los maestros y maestras que impartan docencia en diferentes ciclos serán adscritos a uno de éstos por el director o directora del centro, garantizándose, no obstante, la coordinación de este profesorado con los otros equipos con los que esté relacionado, en razón de las enseñanzas que imparte.

Existirán los siguientes equipos de ciclo: de segundo ciclo de educación infantil, equipos de primero, de segundo y de tercer ciclo de educación primaria. Competencias de los equipos de ciclo .

a) Colaborar con el equipo directivo en la elaboración de los aspectos docentes del proyecto educativo.

b) Elaborar las programaciones didácticas o, en su caso, las propuestas pedagógicas correspondientes al mismo, de acuerdo con el proyecto educativo.

c) Velar para que en las programaciones didácticas de todas las áreas se incluyen medidas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la mejora de la expresión oral y escrita del alumnado.

d) Realizar el seguimiento del grado de cumplimiento de la programación didáctica y proponer las medidas de mejora que se deriven del mismo.

e) Colaborar en la aplicación de las medidas de atención a la diversidad que se desarrollen para el alumnado del ciclo.

f) Promover, organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.

g) Mantener actualizada la metodología didáctica, especialmente aquella que favorezca el desarrollo de las capacidades en el alumnado de educación infantil y de las competencias básicas en el alumnado de educación primaria.

h) Evaluar la práctica docente y los resultados del proceso de enseñanza-aprendizaje.

i) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

Coordinadores/as de ciclo .

Nuestro centro tendrá un coordinador o coordinadora por cada uno de los ciclos.

Competencias de los coordinadores/as de ciclo.

a) Coordinar y dirigir las actividades de los equipos de ciclo, así como velar por su cumplimiento.

b) Convocar y presidir las reuniones de los equipos de ciclo y levantar acta de las mismas.

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c) Representar al equipo de ciclo en el equipo técnico de coordinación pedagógica.

d) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y tutoras conforme al plan de orientación y acción tutorial.

e) Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el proyecto educativo.

f) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo del centro o por Orden de la Consejería competente en materia de educación.

Nombramiento de los coordinadores y coordinadoras de ciclo. La dirección, oído el Claustro de Profesorado, formulará a la persona titular de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de los coordinadores o coordinadoras de ciclo, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro. Las personas coordinadoras de ciclo desempeñarán su cargo durante dos cursos escolares, siempre que durante dicho período continúen prestando servicio en el centro.

Cese de los coordinadores y coordinadoras de ciclo.

Los coordinadores o coordinadoras de ciclo cesarán en sus funciones al término de su mandato o al producirse alguna de las causas siguientes:

a) Cuando por cese de la dirección que los propuso, se produzca la elección del nuevo director o directora.

b) Renuncia motivada aceptada por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, previo informe razonado de la dirección del centro.

c) A propuesta de la dirección, mediante informe razonado, oído el Claustro de Profesorado, con audiencia a la persona interesada.

o Equipo de orientación. Formará parte del equipo de orientación el orientador de referencia, que se integrará en el Claustro. En todo caso, el referido profesional tendrá, a todos los efectos, los demás derechos y obligaciones que el resto del profesorado. También formarán parte del equipo de orientación los maestros y maestras especializados en la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, los maestros y maestras especialistas en pedagogía terapéutica o en audición y lenguaje y los otros profesionales no docentes con competencias en la materia con que cuente el centro. El equipo de orientación asesorará sobre la elaboración del plan de orientación y acción tutorial, colaborará con los equipos de ciclo en el desarrollo del mismo, especialmente en la prevención y detección temprana de las necesidades específicas de apoyo educativo, y asesorará en la elaboración de las adaptaciones curriculares para el alumnado que las precise. El equipo de orientación contará con un coordinador o coordinadora cuyas competencias, nombramiento y cese se ajustarán a lo previsto para los coordinadores y coordinadoras de ciclo.

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El profesional del equipo de orientación educativa que forme parte del equipo de orientación será el orientador de referencia del centro. Su designación será realizada al inicio de cada curso escolar por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, a propuesta del coordinador o coordinadora del equipo técnico provincial. Funciones de los orientadores y orientadoras.

a) Realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.

b) Asesorar al profesorado en el proceso de evaluación continua del alumnado.

c) Asesorar al profesorado en el desarrollo del currículo sobre el ajuste del proceso de enseñanza y aprendizaje a las necesidades del alumnado.

d) Asesorar a la comunidad educativa en la aplicación de las medidas relacionadas con la mediación, resolución y regulación de conflictos en el ámbito escolar.

e) Asesorar al equipo directivo y al profesorado en la aplicación de las diferentes actuaciones y medidas de atención a la diversidad, especialmente las orientadas al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo.

f) Colaborar en el desarrollo del plan de orientación y acción tutorial, asesorando en sus funciones al profesorado que tenga asignadas las tutorías, facilitándoles los recursos didácticos o educativos necesarios y, excepcionalmente, interviniendo directamente con el alumnado, ya sea en grupos o de forma individual, todo ello de acuerdo con lo que se recoja en dicho plan.

g) Asesorar a las familias o a los representantes legales del alumnado en los aspectos que afecten a la orientación psicopedagógica del mismo.

h) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

o Equipo técnico de coordinación pedagógica.

El equipo técnico de coordinación pedagógica estará integrado por la persona que ostente la dirección, que lo presidirá, el jefe o jefa de estudios, los coordinadores y coordinadoras de ciclo, el coordinador del equipo de orientación educativa y el orientador. Actuará como secretario o secretaria el maestro o maestra que designe la dirección de entre sus miembros.

Competencias del equipo técnico de coordinación pedagógica.

a) Establecer las directrices generales para la elaboración de los aspectos educativos del Plan de Centro y sus modificaciones.

b) Fijar las líneas generales de actuación pedagógica del proyecto educativo.

c) Asesorar al equipo directivo en la elaboración del Plan de Centro.

d) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones didácticas.

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e) Asesorar a los equipos de ciclo y al Claustro de Profesorado sobre el aprendizaje y la evaluación en competencias y velar porque las programaciones de las áreas contribuyan al desarrollo de las competencias básicas.

f) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las medidas y programas de atención a la diversidad del alumnado.

g) Establecer criterios y procedimientos de funcionamiento del aula de convivencia.

h) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los aspectos educativos del Plan de Centro.

i) Realizar el diagnóstico de las necesidades formativas del profesorado como consecuencia de los resultados de la autoevaluación o de las evaluaciones internas o externas que se realicen.

j) Proponer al equipo directivo las actividades formativas que constituirán, cada curso escolar, el plan de formación del profesorado, para su inclusión en el proyecto educativo.

k) Elaborar, en colaboración con el correspondiente centro del profesorado, los proyectos de formación en centros.

l) Coordinar la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado.

m) Colaborar con el centro del profesorado que corresponda en cualquier otro aspecto relativo a la oferta de actividades formativas e informar al Claustro de Profesorado de las mismas.

n) Investigar sobre el uso de las buenas prácticas docentes existentes y trasladarlas a los equipos de ciclo y de orientación para su conocimiento y aplicación.

o) Informar a los maestros y maestras sobre líneas de investigación didáctica innovadoras que se estén llevando a cabo con respecto al currículo

p) Establecer indicadores de calidad que permitan valorar la eficacia de las actividades desarrolladas por el centro y realizar su seguimiento.

q) Elevar al Claustro de Profesorado el plan para evaluar los aspectos educativos del Plan de Centro, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza.

r) Colaborar con la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa en la aplicación y el seguimiento de las pruebas de evaluación de diagnóstico y con aquellas otras actuaciones relacionadas con la evaluación que se lleven a cabo en el centro.

s) Proponer, al equipo directivo y al Claustro, planes de mejora como resultado de las evaluaciones llevadas a cabo en el centro.

t) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por el proyecto educativo del centro o por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

o Tutorías. Cada unidad o grupo de alumnos y alumnas tendrá un tutor o tutora.

Los tutores y tutoras ejercerán la dirección y la orientación del aprendizaje del alumnado y el apoyo en su proceso educativo en colaboración con las familias. Funciones de la tutoría .

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1. En educación infantil los tutores y tutoras mantendrán una relación permanente con las familias del alumnado, facilitando situaciones y cauces de comunicación y colaboración y promoverán la presencia y participación en la vida de los centros. Para favorecer una educación integral, los tutores y tutoras aportarán a las familias información relevante sobre la evolución de sus hijos e hijas que sirva de base para llevar a la práctica, cada uno en su contexto, modelos compartidos de intervención educativa.

2. En educación primaria los tutores y tutoras ejercerán las siguientes funciones:

a) Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y acción tutorial.

b) Conocer las aptitudes e intereses de cada alumno o alumna, con objeto de orientarle en su proceso de aprendizaje y en la toma de decisiones personales y académicas.

c) Coordinar la intervención educativa de todos los maestros y maestras que componen el equipo docente del grupo de alumnos y alumnas a su cargo.

d) Coordinar las adaptaciones curriculares no significativas propuestas y elaboradas por el equipo docente.

e) Garantizar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan al alumnado a su cargo.

f) Organizar y presidir las reuniones del equipo docente y las sesiones de evaluación de su grupo de alumnos y alumnas.

g) Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado y adoptar, junto con el equipo docente, las decisiones que procedan acerca de la evaluación y promoción del alumnado, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación.

h) Cumplimentar la documentación personal y académica del alumnado a su cargo.

i) Recoger la opinión del alumnado a su cargo sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje desarrollado en las distintas áreas que conforman el currículo.

j) Informar al alumnado sobre el desarrollo de su aprendizaje, así como a sus padres, madres o representantes legales.

k) Facilitar la cooperación educativa entre el profesorado del equipo docente y los padres y madres o representantes legales del alumnado. Dicha cooperación incluirá la atención a la tutoría electrónica a través de la cual los padres, madres o representantes legales del alumnado menor de edad podrán intercambiar información relativa a la evolución escolar de sus hijos e hijas con el profesorado que tenga asignada la tutoría de los mismos de conformidad con lo que a tales efectos se establezca por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

l) Mantener una relación permanente con los padres, madres o representantes legales del alumnado, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en el artículo 10 del decreto 328/2010, de 13 de julio. A tales efectos, el horario dedicado a las entrevistas con los padres, madres o representantes legales del alumnado se fijará de forma que se posibilite la asistencia de los mismos y, en todo caso, en sesión de tarde.

m) Facilitar la integración de los alumnos y alumnas en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.

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n) Colaborar, en la forma que se determine en el reglamento de organización y funcionamiento, en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto.

o) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el plan de orientación y acción tutorial del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

En el desempeño de la tutoría se incluirá una hora a la semana, de las de obligada permanencia en el centro, que se dedicará a las entrevistas con los padres, madres o representantes legales del alumnado, previamente citados o por iniciativa de los mismos. Este horario se hará de forma que se posibilite la asistencia de los padres, madres o representantes legales del alumnado y, en todo caso, en sesión de tarde. En el caso de que los padres, madres o representantes legales no puedan asistir a la hora propuesta por el centro, de común acuerdo con el tutor/a, se intentará buscar un horario alternativo.

� ASIGNACIÓN DE GRUPOS Y TUTORES El nombramiento del profesorado que ejerza la tutoría se efectuará para un año académico.

El tutor o tutora será nombrado por la dirección del centro, a propuesta de la jefatura de estudios, de entre el profesorado que imparta docencia en el mismo, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) Se tendrá en cuenta que aquellos maestros y maestras que, durante un curso escolar, hayan tenido asignado el primer curso de cualquier ciclo de la educación primaria o del segundo ciclo de la educación infantil permanecerán en el mismo ciclo hasta su finalización por parte del grupo de alumnos y alumnas con que lo inició, siempre que continúen prestando servicio en el centro.

b) En el caso de grupos con alumnos/as con características especiales: alumnado con necesidades educativas especiales, problemas conductuales o de personalidad se propondrá al profesorado cuyo perfil esté mas acorde con las características del grupo.

c) La tutoría del alumnado con necesidades educativas especiales será ejercida en las aulas específicas de educación especial por el profesorado especializado para la atención de este alumnado.

d) En el caso del alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en un grupo ordinario, la tutoría será ejercida de manera compartida entre el maestro o maestra que ejerza la tutoría del grupo donde esté integrado y el profesorado especialista.

e) El resto de las asignaciones se hará por orden de antigüedad del profesorado en el centro, y en caso de que la antigüedad en el centro sea la misma, por antigüedad en el cuerpo.

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� AGRUPAMIENTO

Con el objeto de que los grupos o tutorías del mismo nivel sean lo más homogéneos posible entre sí y dada la diversidad del alumnado, heterogéneos en sí, seguiremos los siguientes criterios para los agrupamientos: Alumnado de infantil de 3 años

a) Fecha de nacimiento, b) sexo

Alumnado de 1º de Primaria

a) Dificultades de aprendizaje, b) Problemas conductuales, c) Autonomía personal, d) Habilidades sociales, e) Rendimiento académico, f) sexo,

Alumnado de nuevo ingreso que se incorpora a los grupos ya formados:

a) Se incorporará al grupo con menor número de alumnos/as. b) Se tendrán en cuenta grupos que tengan alumnos/as con características

especiales: alumnado con necesidades educativas especiales, problemas conductuales, etc.

c) En caso de grupos igualados, se sorteará la adjudicación.

� HORARIOS Elaboración de los horarios.

� La jefatura de estudios elaborará, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario general del centro, el horario lectivo del alumnado y el horario individual del profesorado, de acuerdo con los criterios incluidos en este capitulo y la normativa vigente y velará por su estricto cumplimiento.

� El director o directora del centro aprobará los horarios.

o Horario general del centro

El horario general del centro distribuirá el tiempo diario dedicado al desarrollo del horario lectivo y de las actividades complementarias y extraescolares y demás servicios complementarios. La Jornada escolar , (el período de tiempo diario dedicado tanto al desarrollo del horario lectivo como al de las actividades complementarias y extraescolares). Nuestro centro abre sus instalaciones a las 7,30 horas y permanece abiertas hasta las 18 horas, todos los días lectivos excepto los viernes, en los que el cierre se realizará a las 16 horas.

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a) Aula matinal entre las 7,30 y 9:00 horas sin actividad reglada.

b) Horario lectivo de 9:00 a 14:00 horas, tiempo dedicado a la docencia directa con el alumnado para el desarrollo del currículo.

c) Comedor escolar de 14:00 a 16:00 horas.

d) De 16:00 a 18:00 horas se realizaran actividades de refuerzo y apoyo, dirigidas al alumnado que presente dificultades de aprendizaje y actividades extraescolares que aborden aspectos formativos.

e) El centro permanecerá abierto siempre que la comunidad educativa lo solicite para la realización de actividades educativas.

Criterios para la elaboración del horario lectivo.

a) Que sea el tutor/a el profesor/a que imparta más horas de docencia en su grupo.

b) Distribuir las horas de cada materia a lo largo de la semana y las especialidades en días alternos.

c) Distribuir, entre todos los días de la semana, la entrada de los diferentes especialistas.

d) Dedicar las primeras horas de la mañana, siempre que sea posible, a las materias instrumentales.

e) Intercalar, en las tres sesiones anteriores al recreo, alguna materia que requiera menos concentración (sobretodo en los niveles más bajos donde los periodos de concentración son más bajos).

f) En los niveles más altos, que tienen más horas de especialidades, juntar dos horas de especialistas para que, el ritmo de trabajo del alumnado en las materias instrumentales, no sea interrumpido varias veces.

g) Evitar que coincidan tres profesores dando Educación Física para una mejor disposición y aprovechamiento de los recursos y espacios.

h) Hacer coincidir en una hora a Coordinadores de Ciclo con el Director y el Jefe de Estudios.

i) Hacer coincidir al equipo directivo una hora semanal para mejorar la toma de decisiones de modo colegiado con tiempos comunes de reflexión compartida.

j) El alumnado que no asiste a las clases de religión será atendido por el profesor/a tutor/a, siempre que sea posible.

k) En los horarios de refuerzo, siempre que sea posible, el profesorado reforzará al alumnado del nivel/ciclo en el que imparte sus enseñanzas, ya que esto facilita mucho la coordinación y programación.

l) En el horario de los especialistas que atienden a grupos de distintos niveles, hacer coincidir en el mismo día y en horario consecutivo, siempre que sea posible, los grupos del mismo nivel y/o niveles consecutivos para que el desarrollo del currículo sea paralelo, para facilitar el desarrollo de la programación diaria y, teniendo en cuenta que nuestro centro está formado por tres edificios de dos plantas cada uno, para facilitar el cambio de grupo entre aulas próximas.

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o Horario lectivo del alumnado

a) Normativa de referencia: Decreto 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes

b) El horario lectivo del alumnado en el segundo ciclo de educación infantil y en educación primaria será de veinticinco horas semanales que incluirán dos horas y media de recreo distribuidas proporcionalmente a lo largo de la semana.

c) Dicho horario se desarrollará de lunes a viernes, ambos inclusive, en jornada exclusivamente de mañana. (Este modelo fue aprobado por el Consejo Escolar y autorizada por la Delegación Provincial después de haber celebrado la consulta a los padres y madres el día 19 de Mayo de 2.003 y se corresponde con uno de los modelos de jornada que regula la orden de 13 de Enero de 1992 y el Decreto 301/2009, de 14 de julio)

d) En ningún caso, el horario lectivo del alumnado comenzará antes de las 9 horas.

e) Los centros docentes fijarán el horario lectivo semanal en función de las necesidades de aprendizaje de su alumnado. Para ello podrán revisar y, en su caso, modificar los horarios en cualquier momento del curso, respetando, en todo caso, lo establecido en el presente artículo.

Infantil a) El horario lectivo correspondiente al segundo ciclo de la educación infantil no

contemplará una distribución del tiempo por áreas de conocimientos y experiencias sino por ámbitos de actuación y espacios de aprendizajes de todo orden dado el carácter integrado del currículo en la educación infantil.

b) En la organización de los tiempos diarios es importante establecer un marco estable que facilite la interiorización de ritmos, aportando seguridad y estabilidad, donde niños y niñas han de encontrar un tiempo suficiente para la satisfacción de sus necesidades -alimentación, higiene, reposo, actividad-.Al organizar la secuencia de tiempos diarios se ha de tener en cuenta un necesario equilibrio entre tiempos definidos por la persona adulta y tiempos donde niños y niñas puedan organizar libremente su actividad, dando oportunidad para iniciar-desarrollar-finalizar sus juegos. De manera que permita a los maestros y maestras observar y apoyar el crecimiento a partir de sus ritmos y necesidades personales, esto nos facilitará el equilibrio entre los tiempos de acciones grupales y tiempos de acciones individuales.

Primaria

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a) El horario lectivo mínimo que obligatoriamente deben dedicar todos los centros docentes para el desarrollo de cada una de las áreas de la etapa se establece, por ciclos, en el Anexo II de la Orden de 10 de agosto de 2007

ÁREAS 1.º CICLO

horas totales/ horas semanales de los dos cursos

2.º CICLO horas totales/ horas semanales de los dos cursos

3.º CICLO horas totales/ horas semanales de los dos cursos

Conocimiento del medio natural, social y cultural

175/5

175/5

140/4

Educación Artística 105/3 105/3 105/3 Educación física 105/3 105/3 105/3 Lengua castellana y literatura

315/9 280/8 280/8

Lengua extranjera: (inglés)

105/3 140/4 140/4

Matemáticas 175/5 210/6 175/% Religión 105/3 105/3 105/3 Educación para la ciudadanía y los derechos humanos

--------

--------

50/1,5

TOTAL 1085/31 1120/32 1100/31,5 b) Nuestro centro, en el ejercicio de su autonomía organizativa y pedagógica,

incrementarán el citado horario mínimo hasta completar las veinticinco horas lectivas semanales previstas para cada uno de los niveles, teniendo en cuenta que las áreas de Lengua extranjera (inglés), Matemáticas y especialmente la de Lengua castellana y literatura, dado su carácter instrumental para la adquisición de otros conocimientos, recibirán especial consideración en el horario del centro.

Horario lectivo propuesto por el centro. Los equipos docentes de cada nivel podrán adaptarlo a las necesidades del alumnado de su nivel. Sesiones semanales por nivel y materia.

1º 2º 3º 4º 5º 6º

Conocimiento 4 4 4 4 4 4

Lengua 8 8 8 7 6 6

Matemáticas 5 4 5 5 5 5

Inglés 2 2 2 2 3 3

Plástica 1 1 1 1 1 1

Música 1 1 1 1 1 1

E. Física 2 2 2 2 2 2

Religión 1 2 1 2 1 2

Tutoría 1 1 1 1 --- 1

Ciudadanía --- ---- --- --- 2 ---

Total 25 25 25 25 25 25

c) Los centros docentes, en el ejercicio de su autonomía, podrán adoptar distintas

formas de organización del horario escolar. Además, podrán ampliar el mismo para

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contribuir al desarrollo de las medidas de atención a la diversidad a las que se refiere el artículo 15 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, sin que, en ningún caso, se impongan aportaciones a la familia ni exigencias para la Administración educativa, y para la realización de actividades complementarias y extraescolares.

d) Los centros docentes incluirán el área de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos en el primer curso del tercer ciclo de la etapa, en la que se prestará especial atención a la igualdad entre hombres y mujeres.

o Profesorado

Horario individual del profesorado .

La jornada semanal de los maestros y maestras de los colegios de educación infantil y primaria será de treinta y cinco horas. La distribución del horario individual de cada maestro o maestra se realizará de lunes a viernes.

− Horario lectivo. De las treinta y cinco horas de la jornada semanal, treinta son de obligada permanencia en el centro. De éstas últimas, veinticinco se computarán como horario lectivo y se dedicarán a las siguientes actividades:

a) Docencia directa de un grupo de alumnos y alumnas para el desarrollo del currículo.

b) Actividades de refuerzo y recuperación con el alumnado.

c) Atención al alumnado en caso de ausencia del profesorado.

d) Cuidado y vigilancia de los recreos.

e) Asistencia a las actividades complementarias programadas.

f) Desempeño de funciones directivas o de coordinación docente.

g) Desempeño de funciones de coordinación de los planes estratégicos a los que se refiere el artículo 69.3 del Reglamento Orgánico de estos centros, de acuerdo con lo que a tales efectos se establezca.

h) Organización y funcionamiento de la biblioteca escolar.

i) Cualesquiera otras que se determinen en el Plan de Centro.

Para el cuidado y vigilancia de los recreos se organizarán dos turnos entre los maestros y maestras del centro, del que quedará exenta la persona que ejerza la dirección del centro. Se procurará que en cada turno haya profesores de todos los niveles. Estos turnos se programarán trimestralmente de forma que, en cada trimestre, una parte del profesorado rote de turno con el objeto de facilitar la relación entre todo el profesorado, ya que el recreo, es también para el profesorado, un momento de convivencia e intercambio de información, muy valiosa, sobre el alumnado, la práctica docente, etc. Los maestros y maestras que cuenten con cincuenta y cinco o más años de edad a 31 de agosto de cada anualidad tendrán una reducción de su horario lectivo semanal, a

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partir de dicha fecha, de dos horas. Dicha reducción se llevará a cabo en el horario de docencia directa con el alumnado para el desarrollo del currículo y se destinará a la realización de las actividades que se le encomienden de entre las recogidas en el punto 1 del horario no lectivo, sin que ello implique reducción del horario semanal de obligada permanencia en el centro establecido en treinta horas

− Horario no lectivo.

1. La parte del horario semanal de obligada permanencia en el centro no destinado a horario lectivo se estructurará de manera flexible, de acuerdo con el plan de reuniones establecido por la jefatura de estudios. Dicho horario se destinará a las siguientes actividades:

a) Reuniones del equipo técnico de coordinación pedagógica, de los equipos de ciclo y, en su caso, de éstos con los departamentos del instituto de educación secundaria al que se encuentre adscrito el centro.

b) Actividades de tutoría y tutoría electrónica, así como coordinación con los equipos de orientación educativa, para lo que se dedicará una hora semanal.

c) Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado.

d) Programación de actividades educativas.

e) Asistencia a las reuniones de los órganos colegiados de gobierno del centro.

f) Asistencia a las actividades complementarias programadas.

g) Asistencia a las sesiones de evaluación.

h) Organización y funcionamiento de la biblioteca escolar.

i) Organización y mantenimiento del material educativo.

j) Asistencia a actividades de formación y perfeccionamiento, reconocidas por la Consejería competente en materia de educación u organizadas por la misma, a través de sus Delegaciones Provinciales o de los centros del profesorado, que podrán ocupar un máximo de 70 horas a lo largo de todo el año académico y cuya imputación deberá realizarse de manera ponderada a lo largo del curso a este horario, con el fin de que ello no obstaculice el normal desarrollo del mismo. Dichas actividades serán certificadas, en su caso, por el centro del profesorado donde se realicen y de las mismas se dará conocimiento al equipo directivo del centro.

k) Cualesquiera otras que se determinen en el Plan de Centro.

2. El proyecto educativo podrá disponer, de acuerdo con las disponibilidades de profesorado del centro, que una fracción del horario de obligada permanencia en el centro, tanto lectivo como no lectivo, del profesorado responsable de la coordinación de los planes y programas educativos o proyectos de innovación que se desarrollen en el mismo se dedique a estas funciones.

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3. La parte del horario semanal que no es de obligada permanencia en el centro, se dedicará a la preparación de actividades docentes, tanto lectivas como no lectivas, al perfeccionamiento profesional y, en general, a la atención de los deberes inherentes a la función docente.

o Calendario.

DECRETO 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros Docentes.

El calendario escolar será aprobado antes del 31 de mayo de cada año por Resolución de la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial. Las Delegaciones Provinciales podrán delegar en los Consejos Escolares Municipales la competencia para fijar días vacacionales, siempre que se mantenga el número total de días y horas de docencia directa. El número de días lectivos para estas enseñanzas será de 178

En el segundo ciclo de educación infantil y en la educación primaria el régimen ordinario de clase comenzará el día 10 de septiembre de cada año o el primer día laborable siguiente en caso de que sea sábado o festivo y terminaran el 22 de junio.

Los centros dedicarán exclusivamente el primer día de clase a la recepción del alumnado, pudiéndose establecer un horario flexible para facilitar esta tarea.

El período comprendido entre el 1 y el 10 de septiembre se dedicará al desarrollo de actividades para la planificación del curso, tales como la programación de las enseñanzas, la coordinación docente y otras actividades relacionadas con la organización escolar.

El período comprendido entre la finalización del régimen ordinario de clase y el 30 de junio se dedicará a la evaluación del alumnado y a la realización de las actividades relacionadas con la finalización del curso escolar previstas en la normativa vigente.

III. CURRICULO

� LÍNEAS DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA

Líneas generales de actuación pedagógica y principi os metodológicos.

1. La metodología didáctica será fundamentalmente activa y participativa, favoreciendo el

trabajo individual y cooperativo del alumnado en el aula e integrará en todas las áreas

referencias a la vida cotidiana y al entorno inmediato del alumnado.

2. Asimismo, se asegurará el trabajo en equipo del profesorado, con objeto de proporcionar

un enfoque multidisciplinar del proceso educativo, garantizando la coordinación de todos

los miembros del equipo docente que atienda a cada alumno o alumna en su grupo.

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3. El Centro arbitrará medidas, teniendo en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje del

alumnado, que favorezcan la capacidad de aprender por sí mismo y promuevan el trabajo

en equipo.

4. Se pondrá especial énfasis en la atención a la diversidad del alumnado, en la atención

individualizada, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en

práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten estas dificultades.

5. En el proyecto educativo y en las programaciones didácticas se plasmarán las estrategias

que desarrollará el profesorado para alcanzar los objetivos previstos en cada área, así

como la adquisición por el alumnado de las competencias básicas.

6. Las programaciones didácticas de todas las áreas incluirán actividades en las que el

alumnado trabaje la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación

audiovisual, las tecnologías de la información y la comunicación y la educación en

valores en todas las áreas del currículo, independientemente de su tratamiento específico

en algún área concreta.

7. Se dedicará un tiempo diario a fomentar el hábito de lectura y un tiempo específico en el

que se desarrollará el Plan Lector que el centro lleva a cabo desde hace varios años.

8. Los métodos de trabajo en la educación infantil se basarán en las experiencias, las

actividades y el juego, y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza para potenciar

la autoestima e integración social del alumno/a

9. La organización de los contenidos de las etapas de infantil y primaria exige un enfoque

globalizador que permita abordar los problemas, las situaciones y los acontecimientos

dentro de un contexto y en su totalidad.

10. La actividad constructiva del alumno es el factor decisivo en la realización de los

aprendizajes escolares, el profesor será el guía y mediador para facilitar la construcción

de aprendizajes significativos.

11. El profesor proporcionará oportunidades para que el alumno ponga en práctica los

nuevos conocimientos, de modo que el alumno pueda comprobar el interés y la utilidad

de lo aprendido.

12. El proceso de enseñanza ha de estar presidido por la funcionalidad de los aprendizajes,

esto incluye, tanto la construcción de conocimientos útiles y pertinentes, como el

desarrollo de habilidades y estrategias de planificación y regulación del propio

aprendizaje, es decir, aprender a aprender.

13. Es igualmente importante impulsar las relaciones entre iguales, de modo que se permita

la confrontación y modificación de puntos de vista, la coordinación de intereses, la toma

de decisiones colectivas, la organización de grupos de trabajo, la distribución de

responsabilidades y tareas, la ayuda mutua y la solución de conflictos mediante el dialogo

y la cooperación.

14. La actividad lúdica es un recurso muy adecuado para estas etapas. Es necesario romper

la aparente oposición entre juego y trabajo. En muchas ocasiones las actividades de

enseñanza y aprendizaje tendrán un carácter lúdico y en otras exigirán del alumno/a un

mayor grado de esfuerzo.

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� OBJETIVOS PARA LA MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR

a) Potenciar la comprensión y expresión oral y esc rita.

b) Desarrollar hábitos de lectura.

c) Desarrollar entre los alumnos/as aspectos madu rativos, prerrequisitos para la adquisición de las enseñanzas básicas, tales com o: razonamiento, atención, comprensión, orientación, concentración, etc.

d) Conocer y aplicar diversas técnicas de estudio adecuadas a la edad.

e) Valorar la importancia del esfuerzo para la obte nción de resultados positivos.

f) Implicar a las familias en el aprendizaje diari o del alumno, así como en la obligación de controlar la asistencia del niño/a a clase.

g) Diagnosticar tempranamente, para su correcta in tervención, las posibles deficiencias madurativas de los alumnos/as.

h) Procurar un clima de convivencia y de trabajo, tanto en el aula como fuera de ella, que invite al sosiego y al gusto por las cosa s bien hechas.

i) Fomentar la existencia de compromisos educativo s de las familias para con sus hijos/as en la forma y el grado que establezc a el Centro dependiendo de las necesidades que demande el alumno o alumn a.

j) Aumentar el nivel de información a las fam ilias respecto a la organización y el funcionamiento del Centro.

k) Animar a la participación de todos los alumnos /as en las diversas actividades extraescolares y complementarias organizadas por el Centro.

� INTEGRACIÓN DE LOS CONTENIDOS TRANSVERSALES EN EL CURRICULO

El DECRETO 230/2007, de 31 de julio y La ORDEN de 10 de agosto de 2007 establecen que el currículo de los centros de Andalucía ha de contemplar, como características peculiares que impregnan todas sus áreas o ámbitos, aspectos relacionados con:

a) La igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. El currículo permitirá apreciar la contribución de las mujeres al desarrollo de nuestra sociedad y al conocimiento acumulado por la humanidad.

b) La diversidad cultural en todos los ámbitos de la vida política y social

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c) El uso de las tecnologías de la información y de la comunicación. Los medios tecnológicos son hoy día herramientas esenciales para enseñar y aprender, por lo que su presencia debe ser habitual en los procesos de enseñanza y aprendizaje. En este sentido, la adopción de medidas para el impulso de la sociedad del conocimiento y, en particular, la apuesta por la introducción de las TIC en el ámbito educativo, constituyen una importante contribución de carácter social en Andalucía que debe aprovecharse para la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje en general.

d) El fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y los valores que preparan al alumnado para asumir una vida responsable en una sociedad libre y democrática. El ejercicio responsable de estos derechos y deberes comportará una preparación para los retos de una sociedad cambiante que requiere ciudadanos y ciudadana dispuestos a una convivencia basada en el respeto mutuo y en la cultura de paz y no-violencia, capaces de reconocer y respetar las diferencias culturales y que rechacen todo tipo de discriminación por razón de nacimiento, de capacidad económica o condición social, de género, de raza o de religión.

e) La adquisición de hábitos de vida saludable y deportiva, la capacitación para decidir entre las opciones que favorezcan un adecuado bienestar físico, mental y social, para sí y para los demás, la educación vial, la educación para el consumo, la salud laboral, el respeto al medio ambiente, la utilización responsable del tiempo libre y del ocio y el fomento de la capacidad emprendedora del alumno.

Forma en que se incorporan los contenidos de caráct er transversal al currículo.

La escuela puede y debe contribuir con eficacia y v alentía a que el rumbo de nuestra personalidad sea el adecuado. El trabajo ju nto a la familia puede llegar a ser una gran obra y de ambos depende enormemente la salud psicológica, física y moral de niños y niñas.

Valores para la vida democrática y la convivencia La escuela es un espacio en el que conviven muchas personas con intereses no

siempre similares por lo que es un lugar idóneo para aprender actitudes básicas de convivencia, de respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales y valores para asumir una vida responsable en una sociedad libre y democrática.

Contenidos:

• Responsabilidad. • Respeto. • Derechos y deberes. • Diálogo. • Resolución pacífica de conflictos. • Esfuerzo, participación activa y capacidad emprendedora. • Cooperación. • Inteligencia emocional, autoestima y habilidades sociales.

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• Conocimiento y respeto a los valores recogidos en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Educación para la Igualdad entre hombre y mujeres.

La educación para la igualdad se plantea expresamen te por la necesidad de crear desde la escuela una dinámica correctora de las dis criminaciones. Entre sus objetivos están el desarrollo de la autoestima y un a concepción del cuerpo como expresión de la personalidad; el análisis crítico d e la realidad y la corrección de prejuicios sexistas y la consolidación de hábitos n o discriminatorios.

Contenidos: • Derechos y deberes. • Juegos y juguetes no sexistas. • Cuentos no sexistas • Desmitificación de roles. • Resolución de conflictos • Conciencia emocional • No discriminación • Cooperación y participación en las tareas domésticas. • Valoración de todo tipo de oficios y profesiones. • Igualdad de oportunidades.

Hábitos de vida saludable

En la escuela hay que crear desde la infancia unos hábitos de higiene física, mental y social que desarrollen la autoestima las habilidades sociales y toma de decisiones y mejoren la calidad de vida. Plantea como objetivos la adquisición de un conocimiento del cuerpo así como el desarrollo de hábitos de salud y prevención enfermedades, adicciones, trastornos alimentarios, desequilibrios, …

El consumo está presente en nuestra sociedad y ha llegado a unos puntos en que se hace necesario dotar a los alumnos de instrumentos de análisis hacia el exceso de consumo de productos innecesarios. aparición de nuevas Contenidos:

• Alimentación: Los alimentos como fuente de nutrientes, la pirámide de la alimentación, las chuches, el desayuno, la “merendica” del recreo.

• Publicidad y consumo responsable • Ejercicio físico. • Tiempo libre y ocio. • Educación sexual. • Uso y abuso de sustancias

Educación Ambiental El medio ambiente se enfrenta a graves amenazas con una estrecha relación entre si: contaminación y degradación de los ecosistemas, agotamiento de los recursos

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naturales, desequilibrios insostenibles y pérdida de diversidad biológica y cultural, entre otros preocupantes problemas. El alumnado debe de adquirir experiencias y conocimientos suficientes para comprender estos problemas; desarrollar conciencia de responsabilidad global y capacidades y técnicas para relacionarse con el medio sin contribuir a su deterioro. Todas nuestras acciones dejan una huella ecológica.

Contenidos:

• Uso racional de los recursos naturales (si todos los habitantes de la Tierra consumieran como los españoles necesitaríamos los recursos de tres planetas como el nuestro).

• Conocimiento, respeto y amor a la naturaleza e interés por su conservación • Reciclaje. (cartón, papel, vidrio, aluminio, plásticos, pilas, materia orgánica,

cartuchos de tinta para impresoras, …) • Disminuir el uso de bolsas de plástico (sustituirlas por bolsas de tela o

ecológicas). • Ahorro de energía. • Contaminación: medioambiental, atmosférica, lumínica, acústica … • Visitas al entorno natural.

Educación Vial

Dada la complejidad del tráfico en las vías urbanas e interurbanas y dado que la población infantil y juvenil constituye uno de los principales grupos de riesgo, la escuela, en colaboración con la familia, debe contribuir al desarrollo, en el alumnado, de juicios morales sobre la responsabilidad humana en los accidentes y otros problemas de circulación y adquirir conductas y hábitos de seguridad vial como peatones, como usuarios de vehículos y como futuros conductores.

Contenidos:

• Observación y exploración del entorno. • Normas de circulación • Hábitos de uso responsable y prudente de las vías públicas. • Uso adecuado y responsable del transporte particular y colectivo. • Responsabilidad en la conducción de bicicletas y ciclomotores

Utilización de las tecnologías de la información y la comunicación Apostamos por evolucionar hacia un currículo abierto introduciendo las Tecnologías de la Información y la Comunicación como elemento curricular que hay que conocer y usar y como recurso didáctico para el acceso al currículo.

• Alfabetización Digital • Hardware y software

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• Manejo del teclado y del ratón, • Sistema operativo. • Procesador de textos. Edición de documentos: formato de imagen y texto • Presentador multimedia, • Elementos multimedia, • Navegación por Internet: herramientas escolares y buscadores. • Manejo de información. • Mapas conceptuales. • La cámara digital. • La grabadora de sonidos. • Envío y recepción Emails con adjuntos.

� EVALUACIÓN DEL ALUMNADO

o Criterios generales de evaluación

La evaluación educativa debe ser permanente y sistemática, combinar la participación de agentes externas y del propio alumno, y convertirse en un instrumento de gestión escolar, de toma de decisiones y para emprender acciones de mejora.

El proceso de evaluación guarda una estrecha relación con procesos de planeación y ejecución, por lo que debe abarcar factores y elementos cuantitativos y cualitativos, partir de un diagnóstico continuo e incluir la participación de quienes intervienen en el contexto educativo.

El proceso de evaluación educativa debe aspirar a convertirse en parte activa de las características que definen la cultura escolar, dejando de ser un mero proceso eventual y añadido para ser parte esencial de la dinámica cotidiana de la escuela. La escuela eficiente debe observar continuamente su propia evolución para orientarla hacia mejores fines La evaluación será global en cuanto se referirá a las competencias básicas y a los objetivos generales de la etapa y tendrá como referente el progreso del alumnado en el conjunto de las áreas del currículo, las características propias del mismo y el contexto sociocultural del centro docente. La evaluación será continua en cuanto estará inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado con el fin de detectar las dificultades en el momento en que se producen, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias que permitan al alumnado continuar su proceso de aprendizaje. La evaluación tendrá un carácter formativo y orientador del proceso educativo y proporcionará una información constante que permitirá mejorar tanto los procesos como los resultados de la intervención educativa.

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Los maestros y maestras informarán a los padres, madres o tutores legales del alumnado, a principios de curso, acerca de los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación de cada una de las áreas. Al finalizar cada trimestre el tutor o tutora informará por escrito a los padres, madres o tutores legales del alumnado sobre el aprovechamiento académico de este y la evolución de su proceso educativo. Dicha información incluirá las calificaciones obtenidas en las distintas áreas cursadas, la decisión acerca de su promoción al ciclo siguiente, si procede, y las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumno o alumna alcance las competencias básicas y los objetivos establecidos en cada una de las áreas, según los criterios de evaluación correspondientes. Los padres, madres o tutores legales podrán solicitar al maestro tutor o maestra tutora aclaraciones acerca de las evaluaciones que se realicen sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas. Los padres, madres o representantes legales podrán formular reclamaciones sobre la evaluación final de sus hijos e hijas, así como sobre la decisión de promoción. Dicho procedimiento deberá respetar los criterios de evaluación y promoción establecidos en el proyecto educativo del centro. Los criterios de evaluación de las áreas serán referente fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias básicas como el de los objetivos El centro hará públicos los criterios de evaluación comunes y los propios de cada área que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes y para la promoción del alumnado.

o Procedimientos Evaluación inicial

Durante el primer mes del curso escolar al comienzo de cada ciclo, los tutores y tutoras realizarán una evaluación inicial del alumnado. Dicha evaluación incluirá el análisis de los informes personales, que se completarán con otros datos obtenidos por el propio tutor o tutora sobre el punto de partida desde el que el alumno o alumna inicia los nuevos aprendizajes.

La evaluación inicial será el punto de referencia del equipo docente para la toma de decisiones relativas al desarrollo del currículo y para su adecuación a las características y conocimientos del alumnado. Evaluación continua.

La evaluación continua será realizada por el equipo docente que actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo, coordinados por el tutor/a. Dicho equipo podrá recabar el asesoramiento del equipo de orientación educativa correspondiente.

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Los procedimientos formales de evaluación, su naturaleza, aplicación y criterios de corrección deberán ser conocidos por el alumnado, con el objetivo de hacer de la evaluación una actividad educativa.

En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se adoptarán las medidas de atención a la diversidad que procedan. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades, y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo. Sesiones de evaluación .

La sesión de evaluación es la reunión del equipo docente coordinada por el tutor/a para intercambiar información y adoptar decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado orientadas a su mejora.

Durante el curso se realizarán, al menos, tres sesiones de evaluación.

El tutor o tutora de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones que constituirán el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación.

Evaluación final. Al término de cada curso, se valorará el progreso global de cada alumno y alumna. Cuando sea el último curso de un ciclo, la valoración del progreso del alumnado se trasladará al acta de evaluación final de ciclo. La evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que curse las enseñanzas correspondientes a la educación primaria con adaptaciones curriculares será competencia del tutor o tutora, con el asesoramiento del equipo de orientación educativa. Los criterios de evaluación establecidos en dichas adaptaciones curriculares serán el referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas. En la evaluación del alumnado que se incorpore tardíamente al sistema educativo y que, por presentar graves carencias en la lengua española, reciba una atención específica en este ámbito, se tendrán en cuenta los informes que, a tales efectos, elabore el profesorado responsable de dicha atención. Evaluación de diagnóstico . El alumnado, al finalizar el segundo ciclo de la educación primaria, realizará una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas, de conformidad con lo que establezca por Orden la Consejería competente en materia de educación. Esta evaluación no tendrá efectos académicos para el alumnado y tendrá carácter formativo y orientador para los centros docentes e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa. El centro utilizarán los resultados de esta evaluación para organizar medidas de refuerzo y analizar, valorar y reorientar, si procede, la práctica docente.

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Instrumentos de evaluación Como instrumentos utilizamos: observación directa y sistemática, hojas de seguimiento, realización de pruebas objetivas (controles), exámenes, ejercicios escritos, control del cuaderno de trabajo y libros u otros (material fotocopiable,…), anecdotario,…

o Criterios de calificación En los criterios de calificación se tendrá en cuenta:

� La actitud, con una puntuación de hasta un 20% que queda distribuida entre la valoración de: el esfuerzo, interés, desarrollo del trabajo en clase y en casa, acabado de tareas, cuaderno, la participación e implicación en actividades colectivas, presentación de los trabajos en los plazos dados, el orden y limpieza.

� Actitud social, que supondrá un 20% de la calificación global, y se concreta en elementos como el respeto (a todos los elementos del entorno escolar, personales y materiales), relación con los iguales, reacción ante el halago y la crítica, reacción ante la autoridad, estabilidad emocional, adaptabilidad social, comportamiento y la puntualidad;

� Los controles o exámenes, que supondrá un 60% de la calificación global, en los que se valorará la adquisición de objetivos y competencias establecidos por la normativa vigente para cada uno de los ciclos de la etapa de la enseñanza primaria.

o Análisis de los resultados

Además del la evaluación y consecuentes adaptaciones que realizan continuamente los maestros y maestras en sus programaciones, y de las sesiones de evaluación de los equipos docentes, al inicio de cada trimestre, el E.T.C.P. y los equipos de ciclo harán un análisis de los resultados escolares del trimestre anterior para emprender acciones de mejora. Así mismo, una vez finalizadas las pruebas de diagnóstico, el centro analizará los resultados de esta evaluación para organizar, en el tercer ciclo de la educación primaria, las medidas de refuerzo para los alumnos y alumnas que las requieran, dirigidas a garantizar que todo el alumnado alcance las correspondientes competencias básicas. Asimismo, estos resultados permitirán, junto con la evaluación de los procesos de enseñanza y la práctica docente, analizar, valorar y reorientar, si procede, las actuaciones desarrolladas en los dos primeros ciclos de la etapa.

o Criterios de promoción

a) Al finalizar cada ciclo de la etapa y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente, de forma colegiada, decidirá sobre la promoción de cada alumno o alumna al nuevo ciclo o etapa siguiente, atendiendo a la adquisición de las

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competencias básicas, a la consecución de los objetivos generales de la etapa y a sus posibilidades de progreso. Para la adopción de la decisión se tomará especialmente en consideración la información y el criterio del tutor o tutora.

b) El alumno accederá al ciclo educativo o etapa siguiente siempre que se considere que ha alcanzado las competencias básicas correspondientes y el adecuado grado de madurez.

c) El alumno que no haya alcanzado alguno de los objetivos de las áreas podrán pasar al ciclo o etapa siguiente siempre que esa circunstancia no les impida seguir con aprovechamiento el nuevo curso. En este caso recibirán los apoyos necesarios para recuperar dichos objetivos.

d) Cuando no se cumplan las condiciones señaladas anteriormente, el alumno o

alumna permanecerá un año más en el mismo ciclo. Esta medida podrá adoptarse una sola vez a lo largo de la etapa y con un plan especifico de refuerzo o recuperación de sus competencias básicas.

e) De conformidad con lo recogido en el artículo 16.1 del Decreto 230/2007, de 31 de

julio, el equipo docente, asesorado por el equipo de orientación educativa, oídos el padre, la madre o los tutores legales, podrá adoptar la decisión de que la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales con adaptación curricular significativa pueda prolongarse un año más, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa.

f) De conformidad con lo establecido en el artículo 16.3 del Decreto 230/2007, de 31

de julio, la escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales se flexibilizará de conformidad con la normativa vigente, de forma que pueda anticiparse su incorporación a la etapa o reducirse la duración de la misma, cuando se prevea que dicha medida es lo más adecuado para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización.

g) Con el fin de garantizar la continuidad del proceso de formación del alumno, cada alumno dispondrá al finalizar la etapa de un informe sobre su aprendizaje, los objetivos alcanzados y las competencias básicas adquiridas

h) Con objeto de garantizar una adecuada transición del alumnado entre etapas, así

como de facilitar la continuidad de su proceso educativo, los jefes y jefas de estudios de los centros docentes afectados mantendrán reuniones de coordinación.

Normas de aplicación de los criterios de promoción en nuestro centro.

a) Promocionarán al siguiente ciclo todos los alumnos y alumnas que superen los objetivos mínimos de todas las áreas o cuando superen los objetivos mínimos de las áreas instrumentales (lengua, matemáticas e inglés)

b) Los alumnos evaluados con insuficiente en la calificación de final de ciclo en dos o tres de las áreas consideradas como instrumentales según LOE (Lengua, Matemáticas y Lengua Extranjera), no podrán acceder al siguiente ciclo o etapa, a no ser que el equipo docente decida lo contrario por razones de peso. En el

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caso de no aprobar lengua, y sí las otras dos, se estudiaría caso por caso la conveniencia o no de la repetición según criterio de los equipos docentes correspondientes.

c) Promocionarán a la siguiente etapa educativa, en el caso de sexto curso, aquellos alumnos/as que alcancen el desarrollo correspondiente de las competencias básicas propuestas para la etapa y superen los objetivos mínimos previstos en las áreas instrumentales.

d) En el primer ciclo, no promocionarán los alumnos que no alcancen el grado madurez suficiente para afrontar en siguiente ciclo educativo. Se observarán especialmente estos indicadores:

- Realiza las actividades desarrolladas en el aula. - Presta atención en clase. - Participa activamente en la dinámica de la clase y se esfuerza en la

consecución de las actividades. - Organiza y cuida el material. - Asiste con regularidad y puntualidad a las clases. - Es respetuoso con todas las personas.

e) Aquellos alumnos/as que promocionen con algún área instrumental insuficiente y los alumnos/as que no promocionen, deberán llevar a cabo un plan de recuperación y refuerzo desde el comienzo de curso siguiente, aunque ya se podrán plantear trabajos para ese mismo verano que el profesor tutor revisará en septiembre.

f) En el segundo trimestre del segundo curso de cada ciclo, se tendrá una tutoría personalizada con los padres de aquellos alumnos que planteen una situación de probable repetición de curso. Se recabará la opinión de los padres sobre tal asunto. En otra tutoría, en el tercer trimestre, tras consultarlo con el equipo docente, el tutor comunicará la decisión de promoción o no promoción que luego quedará reflejada en las entrega de calificaciones de la evaluación final y en cuantos documentos oficiales fuera necesario.

� PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS o Propuesta pedagógica de infantil.

o Programación didáctica de primer ciclo

o Programación didáctica de segundo ciclo

o Programación didáctica de tercer ciclo

IV. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

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� PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

a) NORMATIVA DE REFERENCIA

b) JUSTIFICACIÓN Y PRESENTACIÓN

c) OBJETIVOS

d) PRINCIPIOS GENERALES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

e) MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

a. INFANTIL

b. PRIMARIA

f) INCORPORACIÓN DEL ALUMNADO A UN PROGRAMA DE REFU ERZO.

g) SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DEL PROFESORADO

a) NORMATIVA DE REFERENCIA

La Ley Orgánica 2/2006 de Educación , de 3 de mayo, en su título II establece que las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general. Asimismo, la Ley 17/2007 de Educación de Andalucía , de 10 de diciembre, dispone en su artículo 48.3 que la Administración educativa regulará el marco general de atención a la diversidad del alumnado y las condiciones y recursos para la aplicación de las diferentes medidas que serán desarrolladas por los centros docentes, de acuerdo con los principios generales de la educación básica que se recogen en el artículo 46 de dicha Ley. El Decreto 230/2007 de 31 de julio, que establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía , recoge que en esta etapa se hace necesario establecer una permanente atención a la diversidad del alumnado, para lo cual los centros docentes y el profesorado deberán fijar en sus correspondientes proyectos educativos medidas de adaptación del currículo a las características y posibilidades personales, sociales y culturales del alumnado. Estas medidas serán tanto de tipo organizativo como de tipo curricular y permitirán que el centro pueda acometer, en el ejercicio de su autonomía, una organización flexible de las enseñanzas y una atención personalizada al alumnado en función de sus necesidades. La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía , en la ORDEN de 25 de julio de 2008, establece los criterios que regulan y desarrollan la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de esta comunidad autónoma.

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DECRETO 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil en Andalucía. Artículo 12. Medidas de atención a la diversidad.

ORDEN de 5 de agosto de 2008, por la que se desarrolla el Currículo correspondiente a la Educación Infantil en Andalucía. C) ORIENTACIONES METODOLÓGICAS. 2. Atención a la diversidad.

b) JUSTIFICACIÓN Y PRESENTACIÓN Como consecuencia de la obligatoriedad de la enseñanza, surge la escuela comprensiva, que ofrece un mismo currículo básico para todos los alumnos y todas las alumnas minimizando sus diferencias a través del principio de igualdad de oportunidades, con el fin de compensar así las desigualdades sociales. Además, se plantea cómo proporcionar una respuesta educativa adecuada a un colectivo de estudiantes con necesidades de formación muy diversas, escolarizados dentro de un mismo centro educativo y con un currículo, en parte, común. La atención a la diversidad intenta dar respuesta a las dificultades de aprendizaje, a las discapacidades sensoriales, físicas, psíquicas y sociales, a los grupos de riesgo, a las minorías étnicas, al alumnado superdotado, a los inmigrantes, al alumnado con intereses especiales y a cualquier otra necesidad educativa diferenciada y especializada. La diversidad es una realidad fácilmente observable, y su adecuada atención es uno de los pilares básicos en el que se fundamenta el sistema educativo. Cada alumno y cada alumna tienen una amplia gama de necesidades educativas, debidas a la presencia de múltiples factores personales y sociales (género, edad, etapa de desarrollo madurativo, motivación, intereses, estilos de aprendizaje, expectativas, procedencia socioeconómica y cultural, origen étnico, etc.), que deben ser satisfechas. En consecuencia, todo centro tiene que estar en condiciones de: - Adaptarse a las características individuales y sociales de cada alumno o alumna. - Ofrecer una cultura común, respetando las peculiaridades de cada cultura propia. - Adoptar una metodología que favorezca el aprendizaje de todo el alumnado en su

diversidad. - Partir de una evaluación inicial del alumnado en cada núcleo de aprendizaje que

permita detectar sus conocimientos previos, para facilitar la significatividad de los nuevos contenidos que se deben aprender.

c) OBJETIVOS

- Facilitar al alumnado el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales.

- Mejorar el rendimiento académico del alumnado y minimizar las situaciones de fracaso escolar.

- Establecer los mecanismos y las medidas que permitan detectar tanto las dificultades de aprendizaje y superar el retraso escolar que pudiera presentar el

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alumnado, así como el desarrollo intelectual del alumnado con altas capacidades intelectuales.

- Marcar las pautas de actuación en la tutoría y orientación educativa del alumnado y en la relación con las familias para apoyar el proceso educativo de sus hijos e hijas.

- Garantizar la coordinación entre los equipos de orientación educativa, los departamentos de orientación, el profesorado y los centros docentes que imparten la educación primaria y la educación secundaria obligatoria

d) PRINCIPIOS GENERALES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

La atención a la diversidad garantizará el acceso y la permanencia en el sistema educativo del alumnado con necesidad específica de apoyo educativ o,

Las medidas de atención a la diversidad podrán ser organizativas y/o curriculares y deberán ponerse en práctica tan pronto como se detecten en el alumnado dificultades de aprendizaje y estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas que presenten.

Las medidas deberán contemplar la inclusión escolar y social del alumnado y, en ningún caso, podrán suponer una discriminación que le impida alcanzar los objetivos de la etapa.

El profesorado tendrá en consideración en las programaciones de los contenidos y de las actividades las diversas situaciones escolares y las características específicas del alumnado al que atiende.

Se prestará especial atención a las materias instrumentales básicas: lengua, matemáticas e inglés.

La atención al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo se realizará, ordinariamente, dentro de su propio grupo. Cuando dicha atención requiera un tiempo o espacio diferente, se hará sin que suponga discriminación o exclusión de dicho alumnado.

Las actuaciones en materia de atención a la diversidad del alumnado mantendrán una continuidad entre cursos, ciclos y etapas , para lo cual se celebrarán reuniones de tutoría compartida entre el profesorado tutor del último curso de cada etapa con el del primer curso de la etapa siguiente, todas ellas con el asesoramiento de los equipos de orientación educativa y de los departamentos de orientación, con objeto de intercambiar información sobre las medidas de atención a la diversidad que se estén desarrollando y la eficacia de las mismas, así como para coordinar criterios en el tratamiento del alumnado con dificultades de aprendizaje.

Al comienzo del curso escolar o, en su caso, en el momento de incorporación del alumnado a cualquiera de los programas o actuaciones contemplados en el presente plan de atención a la diversidad, el profesor/a tutor/a, previo informe a la Jefatura de Estudios y a la Dirección del centro, informará al alumnado y a sus

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padres y madres o tutores legales de la medida adoptada, de sus características y de su idoneidad, dejando constancia de ello, y firmando con la familia un compromiso educativo en el que se plasmen las actuaciones a las que se compromete la familia y el profesorado del alumno con respecto al desarrollo y seguimiento de las medidas acordadas.

e) MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD A comienzos de cada curso, una vez diagnosticadas las necesidades educativas, el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica organizará la atención a la diversidad de nuestro alumnado, para lo que se podrán desarrollar, entre otras actuaciones, las medidas y programas siguientes: EDUCACIÓN INFANTIL. − Es necesario que el tutor o tutora, considerando y respetando las diferencias

personales planifique su trabajo de forma abierta, diversa, flexible y positiva, para que al llevarse a la práctica, permita acomodarse a cada persona, potenciando además los diversos intereses que aparecen en niños y niñas cuando se centran más en propuestas de uno u otro tipo: experimentación, comunicación, motóricas, expresión, simbólicas, etc. En consecuencia, deberían evitarse actividades estandarizadas, de ejecución colectiva simultánea, con resultados únicos, que suponen requerimientos uniformes para todos.

− Se valorarán preferentemente los logros y progresos evitando atribuir etiquetas, calificativos y valoraciones en función de la conducta, comportamiento, capacidades y características personales, aspectos por otra parte, tan sujetos a cambios en estas edades.

− Partir de los conocimientos previos de niños y niñas implica situarse en las ideas que los niños tienen para desde allí, ayudando, mediando, compartiendo interpretaciones, hacer que todos avancen en ese objeto de estudio.

− Plantear situaciones didácticas que respondan a diferentes intereses y niveles de aprendizaje y permitan trabajar dentro del aula y organizarlos en distintos tipo de agrupamiento: grupo grande, pequeño grupo, parejas, tríos, o individualmente facilita la detección de las ideas previas, permitiendo respetar el nivel de los conocimientos de los niños y niñas así como proponerles situaciones que les supongan conflictos cognitivos, emocionales, relacionales, etc., haciendo que sus esquemas tiendan a reequilibrarse y sean sustituidos por otras ideas más elaboradas o complejas.

− Especial atención merecen aquellos niños y niñas que presentan necesidades educativas especiales, que deberían identificarse y valorarse lo más pronto posible. Es importante la detección y atención temprana de sus necesidades, por ello, maestros y educadores se coordinarán con otros profesionales, además de favorecer un ambiente especialmente afectivo.

− Se deberán utilizar con ellos los recursos más adecuados para favorecer su desarrollo, siempre prestando tanta atención a los resultados como a los procesos que los originan.

EDUCACIÓN PRIMARIA

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Medidas de tipo organizativo

a) Agrupamientos flexibles para la atención al alumnado que comparte el mismo nivel de competencia curricular, no teniendo por qué compartir curso. Es un grupo específico, con carácter temporal y abierto, y con la finalidad de facilitar la integración del alumnado en su grupo ordinario.

b) Desdoblamientos de grupos en las áreas instrumentales, con la finalidad de reforzar su enseñanza.

c) Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor o profesora dentro del aula, preferentemente para reforzar los aprendizajes instrumentales básicos, en los casos del alumnado que presente un importante desfase estos.

d) Modelo flexible de horario lectivo semanal ,

Medidas de tipo curricular a) Programas de refuerzo de áreas o materias instr umentales básicas.

Estos programas tienen como fin asegurar los aprendizajes básicos que permitan al alumnado seguir con aprovechamiento las enseñanzas de educación primaria.

Los programas de refuerzo de las áreas o materias instrumentales básicas están dirigidos al alumnado de Educación Primaria que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:

- El alumnado que no ha promocionado de curso. - El alumnado que, aun promocionando de curso, no ha superado alguna de las

áreas o materias instrumentales del curso anterior. - El alumnado en el que se detecten, en cualquier momento del ciclo o del curso,

dificultades en las áreas o materias instrumentales de Lengua, Matemáticas y lengua extranjera.

El alumnado que supere los déficits de aprendizaje detectados abandonará el programa de forma inmediata y se incorporará a otras actividades programadas para el grupo en el que se encuentre escolarizado. El profesorado que imparta los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas realizará a lo largo del curso escolar el seguimiento de la evolución de su alumnado e informará periódicamente de dicha evolución a las familias, de acuerdo con lo que resulte acordado en las sesiones de evaluación que realice el equipo docente. Los programas de refuerzo de materias instrumentales básicas no contemplarán una calificación final ni constarán en las actas de evaluación ni en el historial académico del alumnado.

b) Programas de refuerzo para la recuperación de l os aprendizajes no

adquiridos. Este programa está destinado al alumnado que promocione sin haber superado

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todas las áreas o materias, y su finalidad es la de posibilitar la recuperación de los aprendizajes no adquiridos. En este caso, el alumnado que recibe el programa deberá superar la evaluación correspondiente al mismo, por lo que estos programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos deberán incluir el conjunto de actividades programadas para realizar el seguimiento, el asesoramiento y la atención personalizada al alumnado con áreas o materias pendientes de cursos anteriores, así como las estrategias y criterios de evaluación que se aplicarán. En el caso de la Educación Primaria, en la que todas las áreas y materias no superadas tienen continuidad en el curso siguiente, el profesorado responsable de estos programas será su tutor o tutora, o los maestros y maestras especialistas.

c) Planes específicos personalizados para el alumn ado que no promocione de

curso. El alumnado que no promocione de curso seguirá un plan específico personalizado, orientado a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior. Estos planes podrán incluir la incorporación del alumnado a un programa de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas, así como un conjunto de actividades programadas para realizar un seguimiento personalizado del mismo y el horario previsto para ello.

d) Programas de adaptación curricular. De acuerdo con el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, las administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, alcance el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales, el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en dicha Ley. La identificación y valoración de las necesidades educativas de este alumnado se realizará, lo más tempranamente posible, por personal con la debida cualificación y de acuerdo con el procedimiento establecido por la administración, y su escolarización se regirá por los principios de normalización, inclusión escolar y social, flexibilización y personalización de la enseñanza. Se deberá garantizar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos. Para la atención de este alumnado se emplearán los medios materiales, los avances técnicos, los recursos específicos de las especialidades correspondientes y los profesionales cualificados que sean asignados al centro por la administración educativa y que se encuentren disponibles para la adecuada atención a este alumnado. Dicha

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atención se llevará acabo, preferentemente, dentro del grupo de clase y, en aquellos casos en que se requiera, fuera del mismo. La adaptación curricular es una medida de modificación de los elementos del currículo dirigida al alumnado de educación primaria que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes: - Alumnado con necesidades educativas especiales. Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, a aquel que requiera, por un período de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta. Estas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias básicas, y la evaluación y la promoción del alumnado objeto de las mismas tomarán como referente los objetivos y criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones. La escolarización de este alumnado se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducirse medidas de flexibilización cuando se considere necesario. Al finalizar cada curso se evaluarán los resultados conseguidos por cada uno de los alumnos en función de los objetivos propuestos a partir de la valoración inicial. Dicha evaluación permitirá proporcionarles la orientación adecuada y modificar el plan de actuación así como la modalidad de escolarización, de modo que pueda favorecerse, siempre que sea posible, el acceso del alumnado a un régimen de mayor integración. Sin perjuicio de la permanencia durante un curso más en el mismo ciclo, prevista en el artículo 12.3, la escolarización de este alumnado en la etapa de educación primaria en centros ordinarios podrá prolongarse un año más, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa. - Alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo. Con esta medida se pretende favorecer la incorporación al sistema educativo de los alumnos y alumnas que, por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al sistema educativo español. Cuando presenten graves carencias lingüísticas o en sus competencias o conocimientos básicos, a fin de facilitar su integración en el curso correspondiente, recibirán una atención específica que será, en todo caso, simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios conforme al nivel y evolución de su aprendizaje, con los que compartirán el mayor tiempo posible del horario semanal. Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de un ciclo podrán ser escolarizados en el curso inmediatamente inferior al que les correspondería por edad.

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Para este alumnado se adoptarán las medidas de refuerzo necesarias que faciliten su integración escolar y la recuperación de su desfase y le permita continuar con aprovechamiento sus estudios. En el caso de superar dicho desfase, se incorporará al grupo correspondiente a su edad. Los padres o tutores recibirán el asesoramiento necesario sobre el sistema educativo español. - Alumnado con necesidades de compensación educativa. Con el fin de hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación, se podrán desarrollar acciones de carácter compensatorio en relación con el alumnado que se encuentre en situaciones económica, social, familiar o cultural desfavorables, tendentes a evitar desigualdades. Se dará información y se realizarán las gestiones necesarias para facilitar el acceso del alumnado con condiciones socioeconómicas desfavorables a la participación de las convocatorias de becas, ayudas al estudio, cursos y/o actividades que se convoquen o planifiquen en el centro con carácter general. - Alumnado con altas capacidades intelectuales. Este alumnado deberá ser identificado como tal por el personal con la debida cualificación, de conformidad con el procedimiento que establezca por la Consejería de Educación, y su escolarización se flexibilizará en los términos que determina la normativa vigente, de forma que pueda anticiparse un curso el inicio de la escolarización de la etapa o reducirse la duración de la misma, cuando se prevea que estas medidas son las más adecuadas para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización. Los programas de adaptación curricular podrán ser d e tres tipos : 1. Adaptaciones curriculares no significativas . Las adaptaciones curriculares no significativas irán dirigidas al alumnado que presente desfase en su nivel de competencia curricular respecto del grupo en el que está escolarizado, por presentar dificultades graves de aprendizaje o de acceso al currículo asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, por encontrarse en situación social desfavorecida o por haberse incorporado tardíamente al sistema educativo. Esta adaptación afectará a los elementos del currículo que se consideren necesarios, metodología y contenidos , pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los criterios de evaluación. Las adaptaciones curriculares no significativas podrán ser grupales, cuando estén dirigidas a un grupo de alumnado que tenga un nivel de competencia curricular relativamente homogéneo, o individuales.

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Las adaptaciones curriculares serán propuestas y elaboradas por el equipo docente, bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento del equipo de orientación. En dichas adaptaciones constarán las áreas o materias en las que se va a aplicar, la metodología, la organización de los contenidos y la organización de tiempos y espacios. El Consejo Escolar pondrá especial atención para garantizar que las adaptaciones curriculares grupales puedan suponer agrupamientos discriminatorios para el alumnado. Las adaptaciones curriculares individuales podrán ser propuestas, igualmente, por el profesor o profesora del área o materia en la que el alumnado tenga el desfase curricular, y este será responsable de su elaboración y aplicación, con el asesoramiento del equipo de orientación. 2. Adaptaciones curriculares significativas. Esta medida será tomada cuando un alumno o alumna con necesidades educativas especiales presente un desfase curricular con respecto al grupo de su edad tal que haga necesaria la modificación de los elementos del currículo, inclui dos los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación , a fin de facilitarle la accesibilidad al currículo, buscando con ello el máximo desarrollo posible de las competencias básicas. Las adaptaciones curriculares significativas requerirán una evaluación psicopedagógica previa, realizada por los equipos de orientación, con la colaboración del profesorado que atiende al alumnado, y de la cual se desprenderá un informe de evaluación psicopedagógica que incluirá, al menos, los siguientes apartados:

- Datos personales y escolares. - Diagnóstico de la discapacidad o trastorno grave de conducta. - Entorno familiar y social del alumnado. - Determinación, en su caso, de las necesidades educativas especiales. - Valoración del nivel de competencia curricular. - Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del

alumnado. El responsable de la elaboración de las adaptaciones curriculares significativas será el profesorado especialista en educación especial, con la colaboración del profesorado del área o materia encargado de impartirla y contará con el asesoramiento del equipo de orientación. Las adaptaciones curriculares significativas quedarán recogidas en un documento que contendrá, al menos, los siguientes apartados:

- El informe de evaluación psicopedagógica elaborado por el equipo de orientación.

- Propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la modificación de los objetivos, metodología, contenidos, criterios de evaluación y organización del espacio y del tiempo que se propone para el alumnado objeto de la adaptación.

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- Adaptación de los criterios de promoción y titulación, de acuerdo con los objetivos de la propuesta curricular.

- Organización de los apoyos educativos disponibles en el centro y necesarios para la atención personalizada del alumnado.

- Ficha de seguimiento y valoración de los progresos que vaya realizando el alumnado, con la información que se le vaya dando al mismo y a la familia. La aplicación de las adaptaciones curriculares significativas será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia correspondiente, con la colaboración del profesorado de educación especial y el asesoramiento del equipo de orientación. La evaluación de las materias será responsabilidad compartida del profesorado que las imparte y del profesorado de apoyo, tomando como referente los objetivos y los criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones. Del mismo modo, las decisiones sobre la promoción del alumnado se realizarán de acuerdo a los criterios fijados en la adaptación curricular significativa y será realizada por el equipo docente, oído el equipo o departamento de orientación. 3. Adaptaciones curriculares para el alumnado con alta s capacidades

intelectuales. Estas adaptaciones curriculares contemplarán medidas extraordinarias dirigidas a ampliar y enriquecer los contenidos del currículo ordinario y medidas excepcionales de flexibilización del período de escolarización. Estas adaptaciones curriculares requerirán también una evaluación psicopedagógica previa, realizada por el equipo de orientación, y en la que se determinará la conveniencia o no de su aplicación. De dicha evaluación se emitirá un informe que contendrá, al menos, los siguientes apartados:

- Datos personales y escolares del alumnado. - Diagnóstico de la alta capacidad intelectual. - Entorno familiar y social del alumnado. - Determinación de las necesidades específicas de apoyo educativo. - Valoración del nivel de competencia curricular. - Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del

alumnado. Las adaptación curricular que se elabore para atender al alumnado con altas capacidades intelectuales establecerá una propuesta curricular por materias, en la que se recoja la ampliación y enriquecimiento de los contenidos y las actividades específicas de profundización. La elaboración y aplicación de las adaptaciones curriculares será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia correspondiente, con el asesoramiento del equipo de orientación.

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Para facilitar la aplicación de la adaptación, la Consejería competente en materia de educación, a propuesta de la dirección del centro, previo trámite de audiencia al padre, madre o tutores legales, podrá adoptar las siguientes medidas de flexibilización de la escolarización de este alumnado, siguiendo el procedimiento que se establezca para ello:

− Anticipación en un año de la escolarización en el primer curso de la Educación Primaria.

− Reducción de un año de permanencia en la Educación Primaria.

− Reducción de un año de permanencia en la Educación Secundaria obligatoria.

f) INCORPORACIÓN DEL ALUMNADO A UN PROGRAMA DE REFU ERZO. a) Detección de dificultades de aprendizaje:

- A partir de los resultados de evaluación del curso anterior. - A partir de la evaluación inicial de un nuevo curso. - A partir de las dificultades observadas en el alumnado o de los resultados

obtenidos por el mismo en las diversas pruebas de evaluación planteadas en cualquier momento del proceso de enseñanza.

b) El Equipo Docente, determinará el tipo de programa de refuerzo a aplicar al

alumnado y nombrará al responsable de su elaboración y desarrollo, que será el tutor/a del alumno/a y/o maestro/a especialista, o el profesorado de apoyo. De todo ello el tutor/a informará a la Jefatura de Estudios.

c) La Jefatura de Estudios, en coordinación con el Equipo de Orientación y Apoyo y

con el Equipo Docente del curso al que pertenece el alumnado afectado, estudiará la disponibilidad horaria y espacial así como las medidas organizativas para su aplicación :

− Agrupamiento flexible, con un segundo profesor fuera del aula y separado del grupo ordinario, con carácter temporal y abierto.

− Desdoblamiento de grupo, para un periodo de partida de un curso completo, aunque podría también plantearse para un menor periodo de tiempo.

− Apoyo de un segundo profesor/a dentro del aula y dentro del grupo ordinario.

− Apoyo de un segundo profesor/a fuera del aula.

− Programa de acompañamiento escolar o de extensión del tiempo escolar. d) Se establecerá una reunión informativa con la familia en la que el profesorado

tutor/a informará sobre las medidas acordadas y en la que se propondrá la firma de compromisos educativos para colaborar en la mejora del rendimiento escolar.

g) SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DEL PROFESORADO

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Los Equipos Docentes realizarán mensualmente el seguimiento del desarrollo de los programas y se tomarán las decisiones correspondientes a su continuidad, modificación, si procede, o a su finalización por el alumno/a. De estas decisiones se mantendrá informada a la Jefatura de Estudios, la cual, si así lo considera necesario, y en coordinación con el Equipo de Orientación, podrá instar al Equipo Docente a revisar su decisión. Del mismo modo, los Equipos de Ciclo celebrarán, con carácter mensual, reuniones en las que se hará una puesta en común sobre las actuaciones desarrolladas, se realizará un seguimiento de la evolución del alumnado y se tomarán medidas para garantizar la coordinación entre el profesorado que atiende a este alumnado.

� PLAN DE REFUERZO, RECUPERACIÓN Y AMPLIACIÓN

1. TIPO DE PROGRAMA:

• Programa de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas.

• Programa de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos

• Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso.

• Programa de acompañamiento escolar para 3º ciclo impartido en horario de tarde.

• Programas de adaptación curricular.

2. DESTINATARIOS

Alumnado participante :

• Alumnos/as con problemas de aprendizajes.

• Alumnado que no ha promocionado de curso.

• Alumnado que, aún promocionando de curso, no ha superado alguna de las áreas o materias instrumental del curso anterior.

• Alumnado en el que se detecten, en cualquier momento del ciclo o del curso, dificultades en las áreas o materias instrumentales de lengua, matemáticas o inglés.

Criterios de selección del alumnado

Atendiendo a las propuestas hechas en los informes de evaluación individual, a los resultados de la evaluación inicial, evaluación continua, evaluaciones trimestrales y evaluación de diagnóstico.

Procedimientos de derivación :

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Al inicio del curso, los tutores y tutoras, tras diagnosticar las necesidades de su alumnado, derivan a jefatura la lista del alumnado con más necesidades. El equipo directivo, oídas las propuestas de los tu tores y de los equipos de ciclo, organizará el plan de apoyo y refuerzo teni endo en cuenta:

• Alumnado con necesidades específicas de apoyo educa tivo.

• Horarios del alumnado.

• Los horarios de los profesores/as que van a realiza r el refuerzo.

Se hará un seguimiento continuo de los refuerzos re alizados y los contenidos trabajados.

En los casos necesarios se solicitará la ayuda corr espondiente al E.O.E. de la zona, (psicólogo, médico y logopeda) En los casos que sean necesarios se harán las corre spondientes adaptaciones curriculares. Los alumnos procedentes de otros países que no cono cen nuestra lengua tendrán una profesora de adaptación lingüística

3. PERSONAL IMPLICADO EN EL DESARROLLO DEL PROGRAM A

- Tutores/as

- Profesores/as especialistas

- Profesores/as de apoyo.

- Orientador de referencia.

- Logopeda.

- Maestro/a del ATAL

- Profesores/as y mentores/as de los Planes de Acompañamiento y Extensión del Tiempo Escolar.

4. ACTUACIONES DEL PROFESORADO

- Con el alumnado

- Con las familias

- Coordinación con tutores, equipos docentes y equipo de orientación educativa.

5. MEDIDAS METODOLÓGICA

Medidas de organización académica

• Atención a pequeño grupo dentro o fuera del aula

• Atención individualizada dentro o fuera del aula.

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• Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor

• Acompañamiento escolar: grupos de hasta diez alumnos/as de un mismo nivel, los martes y miércoles o jueves en horario de 4 a 6 de la tarde.

• Desdoblamiento de grupos.

Espacios: Tutorías, aulas de apoyo, biblioteca y sala de profesores

Tiempos : horario completo del profesor de apoyo a primaria, horario completo de la profesora de apoyo a educación infantil, horas de los tutores cuando entran en sus clases los especialistas y no hay que sustituir y horas para completar el horario de los especialistas que no tienen tutoría.

Recursos para la intervención

• Con el alumnado

o Registro de coordinación tutor/a y maestro/a de refuerzo.

o Programaciones de los refuerzos.

o Registro de seguimiento individual del alumnado.

o Material para la intervención adaptado a las necesidades y capacidades del alumnado.

• Con las familias

o Orientación a las familias.

o Compromisos educativos

6. EVALUACIÓN DEL PROGRAMA

Indicadores de seguimiento y resultados

• Seguimiento del profesorado encargado del refuerzo

• Valoración de los tutores.

• Resultados de la evaluación ordinaria .

• Resultados de la evaluación de las áreas o materias no superadas. (Recuperación de aprendizajes no adquiridos.)

• Participación del alumnado en clase.

• Nivel de asistencia al refuerzo.

• Calidad de los trabajos escolares.

• Grado de integración y relación con los compañeros, con los profesores y con el centro.

• Nivel de autoestima y confianza del alumnado.

• Continuidad del refuerzo.

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• Valoración de las familias.

� PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL

� RELACIÓN CON LAS FAMILIAS Y EL ENTORNO

� COMPROMISOS EDUCATIVOS

V. CONVIVENCIA

� PLAN DE CONVIVENCIA

� COMPROMISOS DE CONVIVENCIA

VI. AUTOEVALUACIÓN Proceso de autoevaluación.

1. De conformidad con lo recogido en el artículo 26.1 del Reglamento Orgánico, los centros realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados del alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección educativa. El resultado de este proceso se plasmará en una memoria de autoevaluación que será aprobada e incluida en el Sistema de Información Séneca antes del 30 de junio de cada año.

2. Para el desarrollo del proceso de autoevaluación se utilizarán los indicadores que, a tal efecto, establezca la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, así como los indicadores de calidad que determine el equipo técnico de coordinación pedagógica, de conformidad con el artículo 26.2 del Reglamento Orgánico de estos centros. Entre dichos indicadores se incluirán aquellos que midan los diferentes elementos analizados en las evaluaciones generales de diagnóstico y en las evaluaciones de diagnóstico en las que participe el centro.

3. Los plazos para la realización de la medición de los indicadores de calidad por parte del equipo técnico de coordinación pedagógica, así como para la realización de aportaciones por parte del Claustro de Profesorado, serán fijados por la dirección del centro y finalizarán, en todo caso, antes del 25 de junio de cada año.

Artículo 7. Asesoramiento y supervisión de la inspección educativa.

La inspección educativa asesorará al equipo técnico de coordinación pedagógica en la elaboración de los indicadores de calidad y supervisará el proceso de autoevaluación así como la elaboración de la correspondiente memoria, y velará para que se incluyan en la misma las propuestas de mejora que se deriven de la autoevaluación y de la evolución de los indicadores a que se refiere el artículo 6.2 y para que se realicen las actualizaciones o modificaciones del Plan de Centro que correspondan. INDICADORES DE CALIDAD

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1. La utilización del tiempo de planificación de la enseñanza y de desarrollo de

los aprendizajes en el aula. 1.1. Criterios pedagógicos de asignación de enseñanzas, formación de grupos y

elaboración de horarios. 1.2. Cumplimiento del calendario laboral y escolar, y control de ausencias del

personal del Centro. 1.3. Utilización efectiva del tiempo de aprendizaje en el aula. 2. La concreción del currículum, su adaptación al c ontexto, y la planificación

efectiva de la práctica docente. 2.1. Establecimiento de secuencias de contenidos por áreas, ámbitos, materias o

módulos en cada curso y ciclo para toda la etapa, o por cualquier otro procedimiento de ordenación del currículum (proyectos, tareas,…), de acuerdo con los objetivos y competencias básicas.

2.2. Desarrollo de estrategias metodológicas propias del área, materia o ámbito para abordar los procesos de enseñanza y aprendizaje, con especial atención a:

• Leer, escribir, hablar y escuchar. • Aprendizaje de las matemáticas ligado a situaciones de la vida cotidiana. • Desarrollo del conocimiento científico, la expresión artística y la actividad

física. • Utilización de tecnologías de la información y comunicación.

3. La evaluación de los resultados escolares y la a dopción de medidas de mejora

adaptadas a las necesidades de aprendizaje del alum nado. 3.1. Criterios de evaluación, promoción y titulación. 3.2. Evaluación del alumnado que realiza el centro y resultados de pruebas externas.

4. La inclusión escolar y la atención a las necesid ades de aprendizaje como

respuesta educativa a todo el alumnado y la consecu ción del éxito escolar para todos.

4.1. Medidas de atención a la diversidad adaptadas a las necesidades especificas del alumnado. 4.2. Programación adaptada a las necesidades del alumnado. 4.3. Tutorización del alumnado, relación con las familias y el entorno. 5. Una dirección y coordinación del centro orientad a a la eficacia de la

organización en la consecución y mejora de los logr os escolares de todo el alumnado.

6. La relación interpersonal y los valores de la co nvivencia dentro de un

apropiado clima escolar.

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VII. PLAN DE FORMACIÓN

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 17/2007 de Educación de Andalucía,

la formación permanente del profesorado que se encuentra incorporado a los centros educativos

constituye un derecho y una obligación para el mismo.

La formación del profesorado del centro tendrá los siguientes objetivos generales:

- Perfeccionar la práctica educativa, de forma que incida en la mejora de los rendimientos del

alumnado y en el desarrollo personal y social del alumnado, a través de la atención a sus

peculiaridades y a su diversidad.

- Promover la conciencia profesional docente y el desarrollo autónomo del profesorado,

teniendo en cuenta sus diferentes niveles de experiencia.

- Producir un mayor conocimiento educativo favoreciendo y valorando la diversidad, la

innovación y la experimentación rigurosa.

- Construir una comunidad de aprendizaje y educación.

Las actividades que se programen se orientarán anualmente en función, por un lado, de las

demandas y necesidades que se desprendan del seguimiento y evaluación del proyecto educativo

del centro y de la propia práctica docente; y por otro lado, de las propuestas de mejora recogidas

en los correspondientes planes de mejora que se elaboren anualmente como resultado de la

aplicación de las pruebas de diagnóstico al alumnado del centro.

Para realizar estas actividades formativas, el profesorado podrá hacerlo a través de las diversas

modalidades de formación establecidas por la propia Consejería de Educación, a través de los

correspondientes centros de profesores. Entre las modalidades ofertadas, se optará

preferentemente por las siguientes:

a) Actividades de formación tendentes a la exposición, divulgación, toma de contacto e

intercambio profesional de las buenas prácticas docentes que se puedan estar desarrollando

en otros centros de la localidad, provincia o comunidad autónoma andaluza.

b) Registro y participación en redes profesionales de formación, estimulando con ello el trabajo

cooperativo a través, fundamentalmente, de la formación en centros y de la autoformación, y

teniendo en cuenta los distintos niveles de desarrollo profesional del profesorado.

c) Participación en proyectos de experimentación, investigación e innovación educativa,

sometidos a su correspondiente evaluación.

d) Proyectos de formación en centros: un centro determina qué actuaciones deben ser

planificadas, desarrolladas y evaluadas para mejorar la acción educativa del mismo,

basándose en un proceso de debate y de colaboración entre el profesorado implicado.

e) Grupos de trabajo: un grupo de profesores del centro desarrolla un proyecto común,

organizado en torno a los problemas prácticos de su actividad profesional y orientado a la

mejora de la práctica docente, la construcción de conocimiento educativo y la construcción de

una comunidad educativa de aprendizaje y educación.

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f ) Participación en cursos, jornadas o encuentros: actividades de formación por parte de un

asesor o ponente sobre un tema de interés profesional.

g) Teleformación: cursos a distancia, generalmente a través de la web.

h) El desempeño de determinados puestos y actividades durante su ejercicio profesional, tales

como la impartición de la docencia de su materia en una lengua extranjera; el ejercicio de la

función directiva; la acción tutorial con el alumnado y con profesorado de nuevo ingreso en

fase de prácticas.

i ) La implicación en programas de mejora de la enseñanza y del rendimiento del alumnado.

j ) La participación en planes, proyectos y programas educativos autorizados para el centro.

Las actividades de formación que se programen en el centro, en cualquiera de las modalidades

arriba mencionadas, podrán versar sobre algunos de los siguientes temas:

- Metodologías relacionadas con elementos de las competencias básicas:

- Resolución de problemas matemáticos.

- Animación lectora: expresión y comprensión.

- Expresión escrita.

- Geometría y problemas geométricos.

- Habilidades lingüísticas y comunicativas.

- Formación en seguridad y prevención de riesgos profesionales.

- Gestión de aspectos académicos y administrativos.

- Acción tutorial.

- Formación en aspectos relacionados con los planes y proyectos educativos en los que participa

el centro:

- Deporte en la escuela.

- Plan de lectura y biblioteca.

- Uso de las TIC.

- Escuela espacio de paz.

- Plurilingüismo.

- Autoprotección, seguridad y salud laboral.

VIII. NORMATIVA DE REFERENCIA NORMATIVA DE EDUCACIÓN PRIMARIA:

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LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo de Educación. BOE nº 106, 4 de mayo de 2006 LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación en Andalucía. BOJA nº 252, 26 de diciembre. ORDEN ECI/1957/2007, de 6 de junio, por la que se establecen los currículos de las enseñanzas de religión católica correspondientes a la educación infantil, a la educación primaria y a la educación secundaria obligatoria. ORDEN de 3 de agosto de 2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de horario DECRETO 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes, a excepción de los universitarios. DECRETO328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los colegios de Educación Infantil y Primaria. (BOJA 16-7-2010) ORDEN de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado. (BOJA 30-8-2010) NORMATIVA DE EDUCACIÓN PRIMARIA REAL DECRETO 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria. DECRETO 230/2007, de 31 de julio, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación primaria en Andalucía. ORDEN 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Primaria en Andalucía. (BOJA 8-8-2007) ORDEN de 10 de agosto de 2007 establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en Andalucía (BOJA 23-8-2007). Orden 15 de enero de 2007, por la que se regulan las medidas y actuaciones a desarrollar para la atención del alumnado inmigrante y las Aulas Temporales De Adaptación Lingüística. (BOJA 14-2-2007) ORDEN de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía. (BOJA 22-8-2008)

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NORMATIVA DE EDUCACIÓN INFANTIL

Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Orden del Ministerio de Educación y Ciencia ECI/1845/2007, de 19 de junio REAL DECRETO 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación infantil. El Decreto 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación infantil en Andalucía. Instrucciones de 17 de diciembre de 2007 por la que se complementa la normativa sobre evaluación del alumnado de educación primaria. ORDEN de 5 de agosto de 2008, por la que se desarrolla el Currículo correspondiente a la Educación Infantil en Andalucía. ORDEN de 29 de diciembre de 2008, por la que se establece la ordenación de la evaluación en la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.