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1 Toma conciencia sobre la importancia de la tributación para la convivencia ciudadana y el desarrollo del país. Reconoce los factores que influyen en el desarrollo de la conciencia tributaria para el pleno ejercicio ciudadano.

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Toma conciencia sobre la importancia de la tributación para la convivencia ciudadana y el desarrollo del país. Reconoce los factores que influyen en el desarrollo de la conciencia tributaria para el pleno ejercicio ciudadano.

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INDICE INDICE.................................................................................................................................................... 2

PRESENTACIÓN ...................................................................................................................................... 3

1 LA TRIBUTACIÓN COMO MEDIO DE DISMINUCIÓN DE LA POBREZA EN EL PERÚ ........................... 5

1.1 La pobreza a nivel Perú ............................................................................................................... 5

1.2 La pobreza a nivel región ............................................................................................................ 7

2 LA EVASIÓN TRIBUTARIA Y ADUANERA COMO VULNERACIÓN A LA CONVIVENCIA ....................... 9

2.1 ¿Qué es la Evasión Tributaria? .................................................................................................... 9

2.2 Causas de evasión tributaria ..................................................................................................... 11

2.3 Consecuencias de Evasión Tributaria ........................................................................................ 11

2.4 Una mirada a la evasión tributaria en América Latina .............................................................. 12

3 EL CONTRABANDO ...................................................................................................................... 14

3.1 ¿Qué es el contrabando? .......................................................................................................... 14

3.2 Situaciones de Contrabando ..................................................................................................... 15

3.3 Modalidades de Contrabando.......................................................................................................... 15

4 OTRAS FORMAS DE EVASIÓN ...................................................................................................... 20

4.1 ¿Qué es la Piratería? ................................................................................................................. 20

4.2 ¿Qué es la falsificación de marcas? .......................................................................................... 23

5 LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ............................................................................................... 25

5.1 ¿Qué es la obligación tributaria? .............................................................................................. 25

5.2 Tipos de obligaciones tributarias: ................................................................................................... 25

5.3 Obligaciones tributarias de los Contribuyentes ........................................................................ 26

6 EL COMPROBANTE DE PAGO ...................................................................................................... 33

6.1 ¿Qué son los comprobantes de pago? ...................................................................................... 33

6.2 Tipos de Comprobantes de Pago .............................................................................................. 33

7 LA CONCIENCIA TRIBUTARIA Y EL CUMPLIMIENTO FISCAL ........................................................... 38

7.1 Elementos que intervienen en el cumplimiento tributario voluntario ..................................... 39

7.2 La Conciencia Tributaria ............................................................................................................ 40

7.3 Tributación basada en valores en el marco de las políticas nacionales .................................... 51

7.4 La Conciencia Tributaria de los Peruanos ................................................................................. 52

7.5 La Conciencia Fiscal de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes ............................................. 54

GLOSARIO ............................................................................................................................................ 55

BIBLIOGRAFÍA ...................................................................................................................................... 58

REFERENCIAS COMPLEMETARIAS SOBRE PIRATERÍA Y FALSIFICACIÓN DE MARCAS ............................. 59

REFERENCIAS COMPLEMETARIAS SOBRE TÉRMINOS TRIBUTARIOS ..................................................... 62

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PRESENTACIÓN

El presente módulo didáctico “Conciencia Tributaria” ha sido elaborado con el objetivo de

fomentar la toma de conciencia sobre la importancia de la tributación para la convivencia

ciudadana y el desarrollo del país. Asimismo, identificar los factores que influyen en del desarrollo

de la conciencia tributaria para el pleno ejercicio ciudadano.

Para ello, abordaremos en primer lugar la situación actual de la pobreza en el Perú y en América

Latina y su relación con la tributación, en este aspecto demostraremos con evidencias estadísticas,

que una de las principales causas de pobreza en cada región se debe a su incapacidad de generar

recursos que permitan satisfacer las necesidades de la población debido a la baja recaudación de

tributos.

En segundo lugar, trataremos el tema de la evasión tributaria y aduanera, factores influyentes en

la baja recaudación de impuestos en el país. Conoceremos sus principales formas así como sus

causas y consecuencias. Asi mismo, analizaremos la situación actual de la evasión tributaria en

América Latina identificando las diferencias económicas entre los países de la región a causa de los

niveles de evasión. Otro tema importante es el contrabando, considerada la principal forma de

evasión debido a que ocasiona graves pérdidas al Estado como la disminución de recursos y el

incremento de la pobreza y la delincuencia en las zonas afectadas. También desarrollaremos otras

formas de evasión como la piratería y la falsificación de marcas. Ambas afectan directamente el

desarrollo del país porque reduce el valor económico real de las obras y productos de sus autores

respectivos.

Como tercer punto se mostrarán cuáles son las obligaciones tributarias que todo ciudadano debe

cumplir para disminuir la pobreza y aportar con el desarrollo del país. Cumpliendo con estas

obligaciones se generarán los recursos para satisfacer las principales necesidades de la población.

En este aspecto, se explica detalladamente el proceso a realizar en cada uno de los tipos de

obligaciones tributarias que el contribuyente deberá cumplir según sea la situación en la que se

encuentre. AsI mismo, se hace énfasis en describir los tipos de comprobantes de pagos.

Finalmente, tomaremos una especial atención en analizar cómo se forma la conciencia tributaria;

sobre todo porque somos docentes, formadores de niños, niñas, adolescentes y jóvenes. Según

diversos estudios, es insuficiente el cobro obligatorio para que los ciudadanos paguen sus tributos,

se necesita fomentar desde muy temprana edad ciertos elementos indispensables como la

internalización de las normas sociales, los valores personales y la visión del mundo para lograr una

cultura tributaria en las personas.

Esperamos que este segundo módulo didáctico les sea de mucha utilidad, confiando que con los

conocimientos adquiridos en cuanto a conciencia tributaria les permita generar en ustedes mismos

una conciencia tributaria que fomente la convivencia ciudadana y que genere mayores recursos

para financiar los bienes y servicios públicos en beneficio de la sociedad.

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1 LA TRIBUTACIÓN COMO MEDIO DE DISMINUCIÓN DE LA

POBREZA EN EL PERÚ

1.1 La pobreza a nivel Perú

Hablar de tributación y pobreza en el Perú, es incidir, en primer lugar, en la función social

que cumple el tributo. En ese sentido, los tributos que pagan los contribuyentes retornan

a la comunidad bajo la forma de obras públicas, servicios públicos y obras sociales

destinadas a reducir la pobreza en el país e incentivar el desarrollo humano. ¿Cuánta obra

pública se puede llevar a cabo y cuánto se puede gastar en programas sociales? Esa

pregunta se responde con las cifras de los tributos recaudados. A menor evasión

tributaria, mayor recaudación y, en consecuencia, más bienes y servicios que contribuyen

a un mayor bienestar social.

Mapa de pobreza en el Perú

Fuente: Perú21

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A continuación, le presentamos un texto que hace referencia a los resultados publicados por el

INEI sobre la pobreza en el Perú al 2011.

A fines de mayo de 2012, el INEI publicó datos actualizados sobre la pobreza en el Perú

al 2011. Los principales hallazgos del informe son los siguientes:

En 2011 la pobreza afectó al 27.8% de la población peruana, lo que significa que esa

proporción de peruanos podían gastar menos que el costo de una canasta de consumo

compuesta por alimentos y no alimentos (salud, educación, vivienda, etc.).

Medida por el mismo método, el porcentaje de pobres fue de 42.4% en 2007 y 27.8%

en 2011.

La población puede dividirse en urbana y rural. En las áreas urbanas, la pobreza afectó

al 18% de la población, mientras que en las rurales llegó a 56.1% en 2011.

La incidencia de la pobreza varía por regiones: en la costa afectó al 17.8% de la

población, mientras que en la sierra y en la selva a 41.5% y 35.2% de la población de

cada región.

En 2011 los departamentos más pobres del país fueron Apurímac, Ayacucho,

Cajamarca, Huancavelica y Huánuco, mientras que aquél con menor incidencia de

pobreza fue Madre de Dios.

La pobreza extrema fue de 6.3% en 2011, definida como aquellas personas cuyo gasto

fue menor que una canasta básica compuesta solo por alimentos.

La pobreza extrema afectó más a zonas rurales (20.5% de la población), comparada

con las áreas urbanas (1.4% de la población).

La costa presentó 1.2% de los pobres extremos, mientras que en la sierra y la selva los

porcentajes fueron de 13.8% y 9.0%, respectivamente.

Los departamentos con mayor concentración de pobres extremos fueron Apurímac,

Cajamarca y Huánuco.

Recuperado de:

http://blogs.gestion.pe/economiaparatodos/2012/09/pobreza-en-peru-en-2011.html

Recuerda que…como docente siempre debe estar actualizado con

este tipo de información por ello revise anualmente la siguiente web

http://www.inei.gob.pe/

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1.2 La pobreza a nivel región

Las jurisdicciones más pobres en América Latina no cuentan con una base

imponible suficiente para obtener los recursos fiscales necesarios para el

financiamiento de los gastos locales, lo que implica la existencia de diferentes

capacidades de los gobiernos subnacionales para la provisión de servicios públicos.

Esto implica una dificultad adicional para el diseño de políticas públicas orientadas

a mejorar la equidad distributiva en la región.

Los niveles de pobreza constituyen otra variable importante para comprender la

situación de los países latinoamericanos respecto de su capacidad de generar

recursos que permitan satisfacer las necesidades de la población y diseñar políticas

públicas que contribuyan a una mayor equidad.

CEPAL (2009)

CEPAL-GTZ. Evasión y equidad en América Latina (2010).

De acuerdo con el Panorama Social de América Latina de CEPAL (2010), las últimas

estimaciones disponibles para los países de América Latina indican que en 2008 un

33% de la población se encontraba en situación de pobreza. Por su parte, la extrema

pobreza o indigencia abarcaba a un 12,9% de la población. Así, el total de pobres

alcanzaba los 180 millones de personas, de las cuales 71 millones eran indigentes.

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Según esta información, las tasas de pobreza e indigencia disminuyeron alrededor de

11 y 6,5 puntos porcentuales respectivamente entre 2002 y 2008. Sin embargo, el

2008 fue el último año de un sexenio caracterizado por la reducción de la pobreza y la

disminución de la desigualdad, dado que se estima que en 2009 podría producirse un

incremento de las tasas de pobreza e indigencia en torno a 1,1 y 0,8 puntos

porcentuales, respectivamente. Con ello, el número de pobres en la región aumentaría

en cerca de 9 millones de personas, de los cuales más de la mitad serían indigentes.

Por otro lado, CEPAL sostiene que existe una importante heterogeneidad de la pobreza

entre los países de la región, donde los menores niveles se registran en Argentina,

Chile, Uruguay y Costa Rica, con tasas de pobreza inferiores al 22% y tasas de

indigencia de entre un 3% y un 7%. Los países con las tasas más altas de pobreza e

indigencia, que superan el 50% y el 30% respectivamente son Bolivia; Guatemala, Haití,

Honduras, Nicaragua y Paraguay.

Estas importantes diferencias entre los niveles de pobreza e indigencia de los países

tienen un importante impacto en la capacidad de los sectores públicos de recaudar

impuestos. No obstante, son justamente estos países los que requieren mayores

recursos para cubrir, al menos, las necesidades básicas de los que menos tienen.

Factores que influyen en la recaudación de impuestos

Carencia de una base imponible

Niveles de probreza e indigencia

Baja recaudación

de impuestos

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TIPOS DE

EVASIÓN

2 LA EVASIÓN TRIBUTARIA Y ADUANERA COMO VULNERACIÓN A

LA CONVIVENCIA

2.1 ¿Qué es la Evasión Tributaria?

La evasión tributaria es el incumplimiento, por acción u omisión, de las leyes

tributarias, que implica dejar de pagar en todo o en parte los tributos

Se considera evasión tributaria a cualquier hecho que lleve a omitir su obligación

de declarar totalmente su ingreso, patrimonio, ganancia, venta, con la finalidad de

que no sea considerada como parte de la base sobre la que se calcula el impuesto.

Tipos de Evasión

La evasión puede ser parcial o total. Es parcial, cuando el contribuyente declara y paga

puntualmente, pero solo una parte de los tributos a los que está obligado. Es total,

cuando evita todo el pago de dichos tributos, aun cuando no se utilice ningún medio.

PARCIAL TOTAL

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SUNAT: la evasión tributaria alcanza los S/. 16 000 millones al año Miércoles 19 de setiembre del 2012 | 12:51 La jefa de la Sunat, Tania Quispe, expresó su preocupación por los altos índices de evasión tributaria en el país que, según indicó, alcanza los S/.16 000 millones al año. La funcionaria explicó que el nivel de evasión –aproximadamente del 30%- está muy por encima del promedio de la región, pese a que el Perú es uno de los países más atractivos para la inversión por su continuo crecimiento. Aunque destacó las campañas impulsadas por su institución, Quispe indicó que la Sunat necesita más armas para luchar contra la evasión, la elusión y la informalidad, que le posibiliten también sanciones más drásticas a quienes incumplan con el pago de impuestos. No obstante, destacó que en el primer año de su gestión la recaudación creció en S/.9300 millones, lo que representa un 8.1% en términos reales. Recuperado de http://peru21.pe/economia/sunat-evasion-tributaria-alcanza-s16000-millones-al-ano-2042905

Formas de Evasión Tributaria

FORMAS DE

EVASIÓN

No declarar la venta o

ingreso obtenido

No emitir comprobantes

de pago

No pagar impuestos

Apropiarse del IGV

pagado por el comprador Utilizar

comprobantes de pagos de

empresas inexixtentes

Entregar comprobante

s falsos

Utilizar doble facturación

Llevar los libros

contables de manera

fraudulenta

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2.2 Causas de evasión tributaria

Deseo de obtener beneficios particulares apropiándose del dinero público.

Percepción de bajo riesgo de ser detectado.

Desconocimiento de las normas tributarias

Procedimientos tributarios complejos

Predominio de valores personales conservadores y desinterés por adecuarse

a la formalización y la legalidad.

Percepción de estar pagando demasiados impuestos.

Percepción de no estar recibiendo servicios públicos por los impuestos que se

pagan.

La desconfianza sobre el acierto con que el Estado administra los recursos.

La inestabilidad tributaria originada por la modificación constante de las

normas.

La existencia de un desequilibrio entre la carga tributaria y la capacidad

económica de los contribuyentes.

El aumento de las tasas de los impuestos. Los estudios sobre la materia

revelan que a mayores tasas, mayores son los niveles de evasión.

La falta de conciencia tributaria.

2.3 Consecuencias de Evasión Tributaria

Falta de recursos para garantizar los derechos sociales y económicos de los

ciudadanos y dificultades para ofrecerles servicios públicos asistenciales y

económicos de calidad.

Genera déficit fiscal, lo que origina que, para cubrirlo, se creen nuevos

tributos, aumenten las tasas o se obtengan créditos externos.

Aumenta la carga tributaria a los buenos contribuyentes. Esto se debe a que

la creación de más tributos o el aumento de las tasas de los tributos ya

existentes afecta a los que ya cumplen con sus obligaciones y no a los

evasores.

Retroceso o falta de desarrollo económico; desempleo y retraso tecnológico.

Exclusión social y escaso desarrollo de capacidades humanas y tecnológicas.

Desconfianza de parte de los inversionistas, fuga de capitales y disminución

de la inversión privada.

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2.4 Una mirada a la evasión tributaria en América Latina

A continuación, se presenta una mirada regional en torno a la situación de evasión

tributaria en América Latina. El siguiente cuadro corresponde al documento de CEPAL-

GTZ Evasión y equidad en América Latina, reúne la recaudación efectiva en el impuesto

a la renta (columna 3), la brecha de recaudación en porcentaje del PIB (columna 4) y en

porcentaje de la recaudación teórica en rentas (columna 5) junto con la presión

tributaria total y la recaudación teórica del impuesto a la renta (columnas 1 y 2

respectivamente). Se observa, en primer lugar, que las tasas de evasión se mueven en

un rango de 40% y el 65% aproximadamente, por lo que se está en condiciones de

afirmar que los países seleccionados, entre ellos el Perú, se encuentran en un nivel alto

de evasión en la tributación sobre la renta. Estos niveles de evasión se traducen en una

brecha de recaudación que promedia los 4,6 puntos del PBI (Producto Bruto Interno),

con algunas diferencias entre países.

Evasión Tributaria en América Latina

CEPAL-GTZ. Evasión y equidad en América Latina (2010).

Como bien se afirma en el documento mencionado, estos altos niveles de evasión

atentan contra cualquier efecto redistributivo que tuvieran los impuestos sobre la

renta originariamente, pudiendo incrementar la desigualdad del ingreso en la región,

lo que pone en cuestión su función y su esencia como herramienta de política

económica.

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Por otra parte, el siguiente gráfico evidencia con mayor detalle las diferentes

situaciones en la que se encuentra cada país. Un primer grupo lo componen Ecuador y

Guatemala, dos países que combinan una tasa de evasión muy elevada (cercana al

65%) junto con una brecha de recaudación en términos del PIB también elevada

(alrededor de 5,5% del PIB). En una situación intermedia se encuentran Argentina y

Perú quienes también registran una brecha de recaudación de aproximadamente 5,5%

del PIB, pero con una tasa de evasión menor, cercana al 50%. Un tercer grupo es

conformado por México y El Salvador, con tasas un poco menores al resto (41% y 45%

respectivamente) y una brecha como porcentaje del PIB significativamente menor

(2,9% y 3,1% del PIB respectivamente). Chile por su parte se encuentra en una posición

intermedia entre el grupo 2 y el grupo 3.

Tasa de Evasión de los Países de América Latina

CEPAL-GTZ. Evasión y equidad en América Latina (2010).

Uno de los principales retos de la SUNAT es reducir los índices de evasión y

contrabando. De esta manera, la convivencia ciudadana no se verá afectada, porque se

podrá mejorar la recaudación y el Estado tendrá mayores recursos para financiar los

bienes y servicios públicos en beneficio de la sociedad en su conjunto.

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3 EL CONTRABANDO

3.1 ¿Qué es el contrabando?

Es la entrada o salida de mercancía en el territorio nacional de mercancía, sin el respectivo

trámite aduanero. De esta manera, valiéndose de astucia, engaño o ardid, se dejan de

pagar los tributos correspondientes y se defrauda al Estado.

CAUSAS

Falta de conciencia tributaria.

Actitud delictiva.

Distorsión de precios por grupos inescrupulosos que encarecen los productos.

Ausencia de libre mercado en los países vecinos, que subvencionan los precios de productos estratégicos.

Poca presencia del Estado en zonas de frontera

Desocupación y falta de desarrollo y empleo en las zonas fronterizas.

Bajo poder adquisitivo de los habitantes de la región.

Apoyo de la población y hostilidad a las autoridades.

Crimen organizado.

Bajo riesgo de detección.

Ventaja comparativa de precios de las mercancías de países vecinos sobre los nacionales.

Zonas geográficas al margen del control aduanero y policial.

No se aplican sanciones ejemplares.

CONSECUENCIAS

El Estado deja de percibir recursos que debían provenir del pago de los derechos arancelarios o impuestos a la importación.

Competencia desleal de productos extranjeros y productos nacionales Los productos de contrabando tienen precios más bajos porque no pagan impuestos en comparación con los productos nacionales.

Falta de incentivo para la industria y el comercio nacional, lo que afecta el desarrollo.

Las zonas en donde se practica el contrabando no progresan, son inseguras y pobres, están muy expuestas a todo tipo de violencia y delincuencia.

Se produce el saqueo del patrimonio nacional: piezas arqueológicas y obras de arte.

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Hormiga

Camuflado en el equipaje y el cuerpo de las personas de

condición humilde que pasan la frontera.

Caleta

Camuflado en compartimentos de

vehículos.

Pampeo

Se utilizan vías alternas, pampas o trochas.

Culebra Convoy de camiones de

carga pesada

Chacales Personas contratadas para utilizar indebidamente la

franquicia de la zona franca de Tacna

Carrusel Utilización repetida de un documento aduanero que

se adultera con ese fin

3.2 Situaciones de Contrabando

Se comete contrabando cuando:

3.3 Modalidades de Contrabando

Las modalidades más conocidas de contrabando son:

Se dispone de la mercadería que ha ingresado al país, sin contar con la autorización

de la SUNAT.

Se consume, almacena, utiliza o dispone mercancía que no ha pagado tributos

y que está siendo trasladada para su

reconocimiento físico.

Se conduce cualquier medio de transporte dentro del

territorio nacional, embarcar, desembarcar o

transbordar mercancías que no han sido sometidas a

control aduanero.

Se intenta introducir o se introduce mercancías al

territorio nacional burlando el control aduanero, utilizando cualquier

documento aduanero que no le corresponda.

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Combustibles

Alimentos

Ropa usada

Calzado

Relojes

Aparatos de audio y video

Licores y bebidas

Vehículos y respuestos

PC portátil y accesorios

Los principales productos de contrabando son:

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Contrabando de productos en el Perú 2009 Contrabando de productos en el Perú 2010

SUNAT. Cultura Tributaria (2012) SUNAT. Cultura Tributaria (212)

Se desprende que esta actividad ilegal afecta a diversos sectores de la economía,

principalmente a la industria, el comercio, y el agropecuario, entre otros. En lo que

respecta al impacto fiscal del contrabando, se estimó en US$ 103 millones el monto

dejado de percibir por el erario fiscal (tesoro público) durante el 2009. De ese total,

US$ 87 millones corresponden al IGV, US$ 10 millones a aranceles y los restantes US$ 6

millones al ISC.

Por otro lado, si se comparan estos resultados que datan del año 2009 con la

información que brinda la siguiente noticia, se aprecia que el problema del

contrabando sigue constituyendo un marcado problema en nuestra sociedad.

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US$ 530 millones de mercadería de contrabando ingresa anualmente al Perú

Miércoles 22 de mayo de 2013 | 11:45 El contrabando opera libremente en el Perú, burlando hábilmente los puestos de control de frontera, según estimaciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), donde anualmente por esta modalidad ingresan al país 530 millones de dólares. Estos cálculos corresponden a un estudio realizado en el año 2011, y la mayor parte de mercancía ilegal ingresa por las regiones del sur del país como Puno y Tacna en un 75%, donde las grandes mafias operan organizadamente, con una capacidad resolutiva superior a sus contrincantes: la Policía Nacional y el personal de Aduanas. “Las últimas estimaciones que se hicieron en el año 2011 de manera muy gruesa señalaban que el contrabando estaba en aproximadamente 530 millones de dólares, a valor costo. Yo calculo que a precio de venta esto tiene que estar triplicado, 1,500 millones”, afirmó Tania Quispe, jefa de la SUNAT. Aseveró que, la SUNAT está aplicando una estrategia integral de combate al contrabando y para ello trabaja de la mano con países como Bolivia, para controlar en forma coordinada los puestos de frontera. La funcionaria, indicó que los contrabandistas sacan ventaja de una frontera muy amplia y esto les permite que todo el tráfico ilegal vaya fluyendo, contraviniendo a los intereses de la industria nacional. Estas declaraciones las hizo ayer durante la instalación del Puente Nuevo de Desaguadero (Puno) para aumentar el control del ingreso de mercancías a Perú. En lo que va del año, el ingreso de contrabando por la región Puno, asciende a los 2 millones 595 mil 160.67 dólares. Recuperado de: http://www.losandes.com.pe/Economia/20130522/71595.html

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Determinar la verdadera magnitud del contrabando no es tarea fácil debido a que se

trata de una actividad ilegal y oculta. Además, a esta dificultad hay que añadir el hecho

que no existe una metodología de uso internacional para su medición y que en el Perú

existe una escasez de estudios sobre este tema.

Al respecto, la SUNAT y la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), son las dos únicas

instituciones que han efectuado estimaciones del contrabando en el Perú. Cabe

señalar que la SUNAT estima el contrabando medido a valores CIF de las mercancías,

mientras que la SNI lo realiza en base a valores de mercado de las productos.

Estimación del Contrabando en el Perú 2002 - 2009

SUNAT. Cultura Tributaria (212)

Se estimó en US$ 480 millones el nivel del contrabando en el Perú durante el 2009,

según el gráfico lo que representa una contracción de 7,5% respecto del año anterior.

En términos absolutos, el 60% de la caída del contrabando se explicó por la menor

actividad ilícita en la frontera Tacna y norte, al reducirse el contrabando de

combustibles y productos manufacturados, respectivamente. Sin embargo, para el año

2010 dicha estimación aumentó como muy bien se afirma en la noticia anterior.

Recuerda que…No solo es culpable quien ingresa o saca

mercadería de contrabando, también quien la comercializa y la

compra. Del mismo modo, lo son las malas autoridades, que no

realizan su trabajo con honestidad y eficiencia en la lucha contra

ese delito. Todos ellos son cómplices de las consecuencias que el

contrabando produce en nuestro país.

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4 OTRAS FORMAS DE EVASIÓN

4.1 ¿Qué es la Piratería?

¿Cómo se combate la piratería en el Perú?

Nuestros creadores e innovadores, gracias al esfuerzo conjunto del sector público

y privado, disponen de tres vías para la protección de sus derechos frente a la

piratería.

La vía administrativa

La vía administrativa

La vía penal La vía civil

La piratería es una actividad ilícita consistente en la reproducción no autorizada de

las obras y producciones de intelectuales, generalmente masiva y con fines de

distribución comercial, sin la autorización del titular correspondiente.

Titular afectado

ACUDE

Comisión de

Derecho de Autor

PR

ESENTA

DENUNCIA

La Comisión de Derecho de Autor es

competente para tramitar y resolver

las denuncias sometidas a su

conocimiento, estando facultada

para imponer sanciones económicas

hasta 180 Unidades Impositivas

Tributarias, equivalentes a 657 mil

nuevos soles.

DENUNCIA

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La vía penal

La vía civil

¿Cómo se protegen las obras de autor en el Perú?

Las creaciones intelectuales se protegen automáticamente, no están sujetas a

formalidad alguna, la protección nace con la creación misma. Está protegida

exclusivamente la forma de expresión mediante la cual las ideas del autor son

descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas a las obras. Las obras gozan de

protección, en la medida que posean características de originalidad y sean susceptibles

de divulgarse o reproducirse por cualquier medio o procedimiento, conocido o por

conocerse.

¿Cuáles son los procedimientos y/o mecanismos para la

protección de obras?

•Se interponen ante la Comisión de Derecho de Autor, que es el órgano funcional competente para proteger el derecho de autor y los derechos conexos, siendo responsable de cautelarlos y protegerlos administrativamente.

a) Procedimiento de acción por infracción por denuncia de parte o de

oficio

Titular afectado

ACUDE

Las Fiscalías Especializadas contra los delitos aduaneros y la propiedad

intelectual son competentes para investigar y denunciar penalmente los

delitos contra estos derechos, formalizándolas ante el Poder Judicial. En el

Perú, los delitos contra el derecho de autor se sancionan hasta con ocho

años de pena privativa de la libertad.

El titular del derecho afectado podrá interponer demandas

civiles para la reparación del daño causado por el acto ilícito

cometido.

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•La Comisión de Derecho de Autor tiene la facultad para ordenar medidas preventivas o cautelares de oficio y en virtud al pedido de una parte, sin necesidad de notificar a la otra, en especial cuando haya posibilidad de que cualquier retraso cause un daño irreparable al titular del derecho o cuando haya un riesgo inminente de que se destruyan las pruebas.

b) Visitas y medidas cautelares de oficio o a

petición de parte fuera del procedimiento de denuncia

•La Comisión de Derecho de Autor es competente para pronunciarse sobre nulidad y cancelación de partidas registrales, de oficio o a pedido de parte.

c) Procedimiento de nulidad y posterior

cancelación de la partida registral

Para acceder a mayor información la encuentras en el aula virtual y en los siguientes enlaces:

*Procedimientos para la protección de obras:

http://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/0/jer/datgentupa1/Tupa/DDA.pdf

* Guía Informativa de Derecho de Autor. Una Herramienta al Servicio de los Creadores. USAID I

FACILITANDO COMERCIO:

http://www.facilitandocomercio.com/publicaciones/Guia_Derecho_Autor.pdf

* Comic "Derecho de Autor" (OMPI-INDECOPI): Versión animada - disponible.

http://www.wipo.int/export/sites/www/freepublications/es/copyright/484/wipo_pub_484.pdf

http://www.youtube.com/watch?v=zyRWxwb_sUE

* Estudio: "Contribución de las Industrias Culturales del Derecho de Autor a la Economía del Perú.

Estudio realizado por encargo de la OMPI y el INDECOPI a la Facultad de Economía de la Pontificia

Universidad Católica del Perú.

http://www.INDECOPI.gob.pe/repositorioaps/0/9/jer/informacion_util/ContribucionEconomicaInd

ustriasDAPeru.pdf

Page 23: Cct m2 20140627

23

4.2 ¿Qué es la falsificación de marcas?

¿Cuáles son los pasos para identificar un caso de falsificación de marcas?

¿El INDECOPI solo nos protege ante una falsificación de marcas?

No, la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI no solo protege a los

titulares de marcas frente a una falsificación, sino también frente a cualquier

acto de infracción a los derechos de propiedad industrial, relacionado con

marcas registradas y otros signos distintivos protegidos.

¿Qué es una infracción a los derechos de propiedad industrial?

Cuando hablamos de infracción a los derechos de propiedad industrial no es

necesario, como lo es en la falsificación de marcas, que el acto consista en la

reproducción idéntica de una marca, o que no pueda diferenciarse en sus

elementos esenciales, sino, cualquier uso de una marca semejante para

distinguir los mismos productos o servicios, o cualquier producto o servicio

relacionado con aquéllos que distingue la marca registrada.

El artículo 155 de la Decisión 486 establece que el registro de una marca brinda

a su titular el derecho de impedir a cualquier persona realizar, sin su

consentimiento, los siguientes actos:

•Verificar si la marca cuya protección se reclama está registrada en el INDECOPI

Paso 1

• Verificar si el uso que está realizando de la marca tiene el consentimiento del titular

Paso 2

• Comparar si la marca que se utiliza en el mercado es idéntica, o no puede distinguirse en sus elementos esenciales de la marca registrada, y si ambas distinguen los mismos productos o servicios.

Paso 3

De acuerdo a la Organización Mundial de Comercio (OMC), la falsificación es la representación no autorizada de una marca en productos idénticos o similares a los genuinos amparados por la marca registrada, con objeto de hacer creer al comprador que se trata del producto auténtico.

Page 24: Cct m2 20140627

24

Ejemplo de infracciones de marcas:

MARCA REGISTRADA MARCA INFRACTORA

GUESS GUESS LAVA LAVA 3 PRESTAMAS PRESTAMAX LEVIS LEVI ATLAS ATTLAS CHRISTIAN DIOR DIOR GIORGIO ARMANI ARMANI MIRAMAR MARIMAR

a) Aplicar o colocar la marca o un signo distintivo idéntico o semejante sobre los productos para los cuales se ha registrado la marca o sobre productos relacionados o sobre sus envases, envolturas, embalajes o acondicionamientos.

b) Alterar o modificar la marca con fines comerciales, después de que se hubiese colocado sobre los productos para los cuales se ha registrado la marca o productos relacionados o envases, envolturas, embalajes o acondicionamientos.

c) Fabricar etiquetas, envases, envolturas, embalajes u otros materiales que reproduzcan o contengan la marca, así como comercializarlos.

d) Usar en el comercio un signo idéntico o similar a la marca en cualquier producto o servicio. Esto podría causar confusión con el titular del registro.

e) Usar en el comercio un signo idéntico o similar a una marca notoriamente conocida para cualquier producto o servicio, cuando ello pudiese causar al titular del registro un daño económico o comercial injusto.

f) Usar públicamente un signo idéntico o similar a una marca notoriamente conocida, aun para fines no comerciales, cuando ello pudiese causar un perjuicio al titular de la marca.

Page 25: Cct m2 20140627

25

5 LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

5.1 ¿Qué es la obligación tributaria?

Las obligaciones de los contribuyentes se encuentran establecidas en el Código

Tributario:

5.2 Tipos de obligaciones tributarias:

Por ejemplo:

Es una obligación sustancial pagar el impuesto de renta. Ahora, para que el

contribuyente o sujeto pasivo pueda cumplir con la obligación de pagar el impuesto, es

preciso surtir una serie de procedimientos y trámites encaminados a lograr el

cumplimiento efectivo del deber de tributación.

Tipos de Obligaciones Tributarias

“La obligación tributaria […] es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente”.

Código tributario. Artículo 1°

Comunicar información a la SUNAT

Realizar el pago del tributo

Formales

Sustanciales

Sustanciales

Consiste en la obligación del contribuyente de tributar, de

pagar un impuesto.

Formales

Consiste en comunicar información a la SUNAT.

Aquellos procedimientos que el obligado debe realizar para dar

cabal cumplimiento a su obligación sustancial

Page 26: Cct m2 20140627

26

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Inscribirse en el RUC

Emitir y entregar

comprobantes de pago

Llevar libros de contabilidad u otros libros y

registros

Presentar declaración

jurada Trasladar

bienes con guías de remisión

Informar y actualizar datos ante

SUNAT

Permitir el control de la

SUNAT

Pagar el tributo

5.3 Obligaciones tributarias de los Contribuyentes

ES

TA

DO

CO

NT

RIB

UY

EN

TE

Acreedor tributario

Deudor

tributario

De acuerdo con Giuliani la obligación tributaria es un vínculo Jurídico en virtud del cual un sujeto (deudor) debe dar a otro sujeto (acreedor) que actúa ejercitando el poder tributario, sumas de dinero o cantidades de cosas determinadas por la ley (Derecho Financiero, página 352). El Modelo del Código Tributario para América Latina, en su artículo 18, expresa que la obligación tributaria surge entre el Estado y otros entes públicos y los sujetos pasivos, en cuanto ocurre el presupuesto de hecho previsto en la ley del Estado, por tanto, en tal virtud los tributos encuentran su fundamento política y jurídico.

Fuente: SUNAT

Page 27: Cct m2 20140627

27

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO

DE CONTRIBUYENTES ESTÁ DIRIGIDO A:

Personas naturales o

jurídicas

Sucesiones indivisas

Sociedades conyugales y

sociedades de hecho

Entes colectivos,

nacionales o extranjeros,

domiciliados o no en el país

Quienes soliciten la devolución del IGV e IPM al amparo de lo dispuesto por el Decreto Legislativo

Nº 783 y modificatorias

Quienes por las operaciones

que realicen, la SUNAT

considere necesaria

Quienes se acojan a los Regímenes

Aduaneros o a los Destinos Aduaneros

Especiales o de Excepción

a) Inscripción en el Registro único de Contribuyentes

El Registro Único de Contribuyentes – RUC es el padrón en el cual se encuentran registrados todos los contribuyentes. Contiene datos tales como el nombre o razón social, el domicilio fiscal, la actividad económica, los teléfonos, los tributos afectos, la fecha de inicio de actividades, los responsables del cumplimiento de obligaciones tributarias, entre otros. Cada contribuyente se identifica con un número de 11 dígitos al cual se le denomina RUC. Este número es de carácter permanente y debe utilizarse en todo trámite que se realiza ante la SUNAT.

Page 28: Cct m2 20140627

28

¿Qué es un comprobante de pago?

Documento que acredita la

transferencia de bienes, la entrega

en uso o la prestación de

servicios

¿Qué requisitos debe cumplir para ser

considerado como tal?

Debe ser impreso y emitido

conforme a las normas del

Reglamento de Comprobantes de

Pago

(Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT)

¿Cuales son las condiciones para cumplir

con esta obligación?

Conocer los requisitos mínimos que debe tener un

comprobante

Saber en qué oportunidad este debe ser exigido o

entregado.

b) Emisión y entrega de comprobantes de pago

c) Llevar documentos y/o libros contables

Esta obligación varía de acuerdo al régimen en el

que se encuentra adscrito el contribuyente, así

como a otros indicadores: monto de la renta

obtenida y la categoría del Impuesto a la Renta.

Page 29: Cct m2 20140627

29

d) Presentación de la Declaración Jurada

CONTRIBUYENTE

DEL IMPUESTO

A LA RENTA

SEGÚN

CATEGORÍA

OBLIGACIÓN DE LLEVAR DOCUMENTOS Y/O LIBROS

CONTABLES

PRIMERA

CATEGORÍA No llevan documentos ni libros contables

SEGUNDA

CATEGORÍA

Los que en el ejercicio gravable

anterior o en el curso del

ejercicio, hubieran percibido

rentas brutas de Segunda

Categoría que exceden veinte

(20) unidades impositivas

tributarias. Los que no superen

este límite NO llevará libros

contables.

Libro de Ingresos y

Gastos

TERCERA

CATEGORÍA

Contribuyentes del NURS o

Nuevo Régimen único

Simplificado

Archivo ordenado de

comprobantes por sus

compras y por sus

pagos de impuesto

Contribuyentes del RER o

Régimen Especial de Renta

Registro de ventas

Registro de compras

Planilla electrónica (en

caso de tener

trabajadores

dependientes)

Régimen General Persona

Natural, con ingresos brutos

anuales que no excedan las 100

UIT

Libro Caja Bancos,

Libro de Inventarios y

Balances, Registro de

Ventas e Ingresos y

Registro de Compras

Régimen General Persona

Jurídica o Natural, con ingresos

brutos anuales mayores a las

100 UIT

Contabilidad Completa

CUARTA

CATEGORÍA Libro de Ingresos y gastos

QUINTA

CATEGORÍA No llevan documentos ni libros contables

Las declaraciones son de dos tipos y se elaboran

usando un programa informático que proporciona la

SUNAT de manera gratuita. Se presentan de acuerdo

al cronograma de obligaciones tributarias.

Page 30: Cct m2 20140627

30

e) Traslado de bienes con guías de remisión

Existen otros documentos que no son comprobantes de pago, pero que igualmente

son obligatorios para el traslado de bienes como:

Guía de Remisión del Transportista

Guía de Remisión del Remitente

PDT Informativos PDT Determinativos

Informativos Determinativos

Determina la base imponible y la deuda tributaria a su cargo referida a los tributos que administra la SUNAT o cuya recaudación se le haya encargado

Informa sus operaciones o las de terceros a solicitud de la administración tributaria y en las cuales no se determina ninguna deuda.

Bienes propios

Sujetos no obligados a emitir comprobantes de pago o Guías

de remisión

Personas obligadas a emitir Recibos por Honorarios

Contribuyentes del nuevo RUS

Todos los obligados a emitir Liquidación de Compra

Gu

ía d

e R

em

isió

n d

el

Tran

spo

rtis

ta

Transportista

Emitida por

Page 31: Cct m2 20140627

31

f) Informar y actualizar datos ante la SUNAT

Los principales datos que se deben comunicar a la SUNAT son los relacionados con

el RUC

Gu

ía d

e R

em

isió

n d

el

Rem

iten

te

Además de

El poseedor de los bienes al inicio del traslado

El prestador de servicios de mantenimiento, reparación, etc.

El agente de aduana

El almacén aduanero

Propietario

Emitida por

Actualizaciones

• Cambio de número de teléfono

• Domicilio fiscal

• Cambio de fecha de inicio de actividades

Fuente: SUNAT

Page 32: Cct m2 20140627

32

g) Permitir el control de la SUNAT

Los contribuyentes y ciudadanos en general están obligados a aceptar las acciones de

fiscalización que realiza la administración tributaria para prevenir y controlar la evasión

tributaria y el contrabando.

h) Pagar el tributo

Una vez determinado el monto del tributo, el contribuyente efectuará el pago

íntegro en el lugar establecido por la SUNAT. El contribuyente también puede

pagar una parte de la deuda y la Administración Tributaria no puede negarse a

recibir el pago parcial del tributo. Si el contribuyente deja de pagar el íntegro o

una parte del tributo, es decir, que incumple total o parcialmente su

obligación, se le agregarán los intereses y las multas por el monto del tributo

que dejó de pagar.

SUNAT CONTRIBUYENTE SUNAT

Determina el monto del tributo

Paga parte de la deuda

Recibe el pago parcial del tributo

Deja de pagar el pago íntegro o una

parte del tributo

Agrega intereses y las multas

Page 33: Cct m2 20140627

33

6 EL COMPROBANTE DE PAGO

6.1 ¿Qué son los comprobantes de pago?

El comprobante de pago es todo documento que acredita la transferencia de bienes, la

entrega en uso o la prestación de servicios.

6.2 Tipos de Comprobantes de Pago

A continuación, le invitamos a conocer cuáles son los tipos de comprobantes de pago

que sustentan una compra o venta, así como transferencias realizadas o servicios

prestados.

TIPOS DE COMPROBANTES

DE PAGO

a) Boleta de venta

b) Factura

c) Tique o cinta de máquina registradora

d) Recibo por honorario

e) Recibo por arrendamiento

f) Liquidación de compra

Page 34: Cct m2 20140627

34

A los consumidores

o usuarios finales (como

nosotros)

¿A quiénes

se le otorga?

Se otorga por la venta de bienes o la

prestación de servicios

¿Por qué se

otorga?

Los que vendan o presten servicios a

consumidores finales, por ejemplo: en

bodegas, farmacias, etc.

¿Quiénes deben

otorgarla?

a) Boleta de venta

En el caso de las ventas menores a S/. 5.00, el vendedor deberá llevar diariamente un control del importe total de las operaciones que no hubieran excedido este monto y emitirá una Boleta de Venta por dicho total.

Existe la obligación de

entregar boleta de

venta a partir de S/.

5.00 y, cuando el monto

es menor, siempre que

el comprador lo solicite.

La boleta de venta consta de un original que se queda con el vendedor y una copia que

se entrega al comprador

Page 35: Cct m2 20140627

35

• Es un comprobante de pago emitido de una máquina registradora declarada ante la SUNAT.

¿Qué es?

•Se utiliza en operaciones con consumidores finales. Por ejemplo: en panaderías, supermercados y establecimientos similares que hayan optado por tener dichas máquinas.

¿Donde se utiliza?

• Es utilizado en transacciones entre empresas o personas que tienen RUC y necesitan sustentar el pago del IGV en sus adquisiciones

¿En qué situaciones se utiliza?

• Con la finalidad de utilizar el denominado “crédito fiscal”, así como el gasto o costo para efecto tributario.

¿Con qué finalidad se utiliza?

En el caso que no requieran sustentar gastos o que tengan que entregar

comprobante de pago a un consumidor final o persona que no tiene RUC,

le deberán emitir una boleta de venta o un tique. Las facturas tienen una

vigencia de doce meses contados a partir de la fecha en que fueron

autorizadas por la SUNAT.

Las máquinas registradoras que emiten tickets efectúan automáticamente una copia para el

vendedor, esa copia sirve para que la SUNAT verifique el cumplimiento tributario.

b) La Factura

c) Tique o cinta de máquina registradora

Page 36: Cct m2 20140627

36

•Es el comprobante de pago que deben entregar al momento de cobrar sus honorarios por los servicios prestados las personas que ejercen una profesión, oficio, ciencia o arte en forma independiente.

¿Qué es?

d) Recibo por Honorarios

e) Liquidación de Compra

Son los comprobantes que pueden ser otorgados por los compradores cuando

su vendedor no tiene RUC y es persona natural, productora y/o acopiadora de

productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal,

productos silvestres y artesanías.

Los recibos por honorarios constan de un original que se entrega al

que contrató el servicio y dos copias, una de ellas es para la SUNAT y la

otra para el archivo de quien generó el servicio.

Page 37: Cct m2 20140627

37

¿A quienes deben otorgarla?

A las personas que los alquilan (arrendatarios).

¿Quienes deben otorgarla?

Las personas que alquilan bienes inmuebles (casas, departamentos, tiendas, depósitos, etc.) o bienes muebles (autos, camiones, grúas, etc.)

f) Recibo por Arrendamiento de Bienes Muebles e Inmuebles

Dado que el impuesto por esta renta se paga en el

banco, el recibo por arrendamiento es el voucher

que recibe el arrendatario cuando efectúa el pago

del impuesto en la agencia bancaria. Para ello, el

arrendador debe indicar en la ventanilla de la

agencia bancaria su número de RUC y el DNI del

inquilino o Nº de RUC si lo tuviera, el monto del

alquiler del inmueble y el periodo tributario.

Recuerda que...las notas de venta, órdenes de venta, boletas de pedido,

proformas, comprobantes de venta, entre otros; no son comprobantes de

pago y no tienen valor.

Page 38: Cct m2 20140627

38

La teoría de la disuasión. De acuerdo a la teoría de disuasión desarrollada

por Allingham y Sadmo (1972) el pago de impuesto es resultado de una

decisión económica racional: los individuos estarán dispuestos a pagar en

tanto perciban que el beneficio de evasión sea inferior al costo probable de

penalización que tuviera que incurrir en caso de ser descubierto.

7 LA CONCIENCIA TRIBUTARIA Y EL CUMPLIMIENTO FISCAL

Siempre se ha pensado que bastaba que el ciudadano tuviese temor a que lo detecten y

sancionen para que estuviera convencido que era mejor pagar sus tributos. Esta forma de

pensar se llama la “teoría de la disuasión”.

De acuerdo a dicha teoría –muy usada por las administraciones tributarias-, para una

persona adversa al riesgo, la disposición a pagar impuestos será mayor cuanto (a) mayor

sea la probabilidad que la Administración tributaria descubra y sancione a los evasores y

(b) mayor sea la penalidad que se aplique a los evasores.

Sin embargo, estudios realizados en muchos países, incluido el nuestro, muestran que

esta teoría tiene limitado poder explicativo y que los tradicionales métodos de coerción

mediante fiscalizaciones y penalidades explican sólo una fracción del cumplimiento fiscal

voluntario.

Así, se ha encontrado que en economías desarrolladas con altos niveles de cumplimiento

de sus obligaciones tributarias, como es el caso de los países nórdicos, los ciudadanos

perciben que en realidad la administración de su país no tiene necesidad de desplegar

operativos para detectar a los evasores.

En cambio, en países como el Perú tenemos bajos niveles de cumplimiento de nuestras

obligaciones tributarias a pesar que percibimos que las posibilidades de que nos detecten

y sancionen son elevadas.

La Teoría de la Disuasión

Decisión económica

Monto de la multa

Monto del impuesto

Fuente: SUNAT

Page 39: Cct m2 20140627

39

7.1 Elementos que intervienen en el cumplimiento tributario

voluntario

En el cumplimiento tributario no solo interviene elementos asociados a la

racionalidad económica de las personas, es decir, razonar de manera que se

pueda obtener el mayor beneficio al menor costo posible, como podría ser el caso

de muchos contribuyentes que dejan de pagar o pagan impuestos cuando creen

que no van a ser detectados, sino que también intervienen elementos no

asociados a la racionalidad económica, como son:

Entonces, podemos plantear que el cumplimiento fiscal es consecuencia de dos

condiciones:

Condiciones para el cumplimiento fiscal

La disposición a efectuar la contribución

“Querer contribuir”

La viabilidad de efectuar la contribución “Saber y poder contribuir”

Efectividad de las normas de coerción.

El cálculo que hacen los agentes mediante racionalidad económica.

Grado de aversión a la penalidad del fraude.

Conciencia tributaria que determina la voluntad de pago y que es fruto de los procesos de legitimación, socialización e internalización de las obligaciones tributarias.

Grado de información que tiene los contribuyentes sobre las reglas y procedimientos tributarios.

Acceso de los contribuyentes a los servicios de administración tributarias: Facilidad para efectuar contribuciones, simplificaciones administrativas, rapidez en el trámite, etc.

En conclusión, como no basta con fiscalizar y sancionar para que los

ciudadanos cumplan voluntariamente con sus obligaciones fiscales,

entonces es de suponer que existen otros elementos que

intervienen para que el ciudadano decida cumplir dichos deberes.

LA CONCIENCIA TRIBUTARIA

EL CONOCIMIENTO DE LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

LA OFERTA DE SERVICIOS DE

ATENCIÓN

Y OTRA FACILIDADES

Fuente: SUNAT

Page 40: Cct m2 20140627

40

Si bien todas estas medidas son pertinentes y deben ser diseñadas para lograr la mayor

efectividad, se plantea que pueden resultar insuficientes si se deja de lado la

dimensión de conciencia tributaria y un mejor entendimiento de sus determinantes. A

su vez si esas condiciones no existen y no son de calidad, la conciencia tributaria no

opera positivamente en el comportamiento de cumplimiento tributario voluntario,

sino que tendría un efecto contraproducente.

Elementos del cumplimiento fiscal

7.2 La Conciencia Tributaria En la literatura, la conciencia tributaria se refiere a las actitudes y creencias de las

personas que motivan la voluntad de contribuir de los individuos. También se define

como el conocimiento de sentido común que las personas usan para actuar o tomar

posición frente al tributo.

La conciencia tributaria, al igual que la conciencia social, tiene dos dimensiones:

Dimensiones de la Conciencia Tributaria

Medidas tradicionales de inducción al cumplimiento

Formación de la conciencia tributaria.

Concurrencia de diversos sucesos que le otorgan justificación al comportamiento del ciudadano.

Dim

en

sio

ne

s d

e la

co

nci

en

cia

trib

uta

ria

Como

contenido

Como

proceso

Sistema de información, códigos, valores, principios interpretativos y orientadores del comportamiento del ciudadano.

Establece los límites y las posibilidades de la forma en que los contribuyentes, las mujeres y los hombres, actúan.

Page 41: Cct m2 20140627

41

El resultado del proceso de formación de conciencia tributaria lleva a que la persona adopte

una gama de posiciones:

La conciencia tributaria dependería del entorno familiar y social en el que se ha socializado

desde su primera infancia y que lo ha expuesto a un conjunto de valores específicos de su

grupo socio-cultural (cultura tributaria de su entorno), especialmente, en lo que respecta a la

forma particular en que han experimentado su relación con la sociedad y el Estado.

A) Procesos y normas sociales internalizadas

Tienen relación a la manera en que las personas deben comportarse y son incluidas

por sanciones sociales informales (que representan costos morales). Estas normas

sociales afectan positivamente la conciencia tributaria, entre ellas tenemos:

Dimensiones de la conciencia tributaria

Tolerar la evasión y el contrabando

No tolerar en absoluto la evasión ni el contrabando

NORMAS SOCIALES

La justicia procedimental

La justicia redistributiva

La Reciprocidad

Page 42: Cct m2 20140627

42

a) Justicia Procedimental

Son las reglas o procedimientos que se desarrollan para garantizar que el proceso

de toma de decisiones sea justo y razonable y el ciudadano la perciba según su

propia experiencia.

b) Justicia Redistributiva

Está referida a la percepción de progresividad en el sistema tributario y de las

relaciones de intercambio equilibradas o favorables para el contribuyente.

Participe en el proceso de

determinación de la

política tributaria.

Sea escuchado por las

autoridades.

Decisiones neutrales e

imparciales.

Credibilidad y confianza en

las instituciones del

estado.

Niveles de impuestos o

exoneraciones.

Asignación o

distribución de los

recursos fiscales.

Sanciones por evasión

de impuestos.

A mayor percepción de

justicia, mayor

disposición a obedecer

normas.

FAC

TOR

ES M

EDID

AS

Medidas que garantizan la toma de dediciones en la conciencia tributaria

La justicia procedimental es el elemento principal de las normas sociales que afectan

positivamente la conciencia tributaria.

Evasión Tributaria

Comprometido con el Sistema

Tributario

Percepción de Progresivo del Sistema Tributario

Contribuyente

Fuente: SUNAT

Page 43: Cct m2 20140627

43

Los factores que contribuyen a que el ciudadano perciba que el sistema tributario es

equitativo se sienta retribuido por su aporte son:

c) Reciprocidad

Es la cooperación que ofrece la persona con la condición de recibir algo al cambio.

Cuando un individuo actúa bajo esta norma, responde a los actos de otros en la

misma manera en que ha sido tratado.

El individuo cooperará con el Estado y la sociedad mediante el pago de sus

tributos, según:

EQUIDAD EN LA DISTRIBUCIÓN DE LA CARGA FISCAL

NORMAS LEGALES SALVAGUARDAN LA

EQUIDAD

MAYORES INGRESOS

AUMENTO DE LA TASA DEL TRIBUTO

MENORES INGRESOS

DISMINUCIÓN DE LA TASA DEL

TRIBUTO

EQUIDAD EN EL INTERCAMBIO

FISCAL

EXISTENCIA DE CORRESPONDENCIA

LOS TRIBUTOS QUE SE PAGAN

PROVISIÓN DE SERVICIOS

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO SOCIAL

DEL ESTADO

Si el contribuyente percibe que el sistema es progresivo (paga más el que tiene más) se

sentirá incentivado a tener un mayor compromiso con el Sistema Tributario y actuará de

manera cooperativa, caso contrario, justificaría actitudes a favor de la evasión tributaria

como un mecanismo para conseguir equidad en el intercambio fiscal.

Factores que contribuyen la percepción de equidad del Sistema Tributario

Grado de

evasión

que

percibe en

su

entorno

Grado de

confianza

en el

Estado

El individuo cumplirá sus obligaciones tributarias en la medida que los

otros lo hagan y según el grado de confianza que le inspiren.

Page 44: Cct m2 20140627

44

La reciprocidad depende de la cultura ciudadana, entendida esta como el

conjunto de costumbres y reglas mínimas compartidas que generan

sentimiento de pertenencia, facilitan la convivencia y conducen al respeto del

patrimonio común y al reconocimiento de los derechos y deberes ciudadanos.

B) Valores Personales

Estos son impartidos por los individuos integrantes de un grupo social o de la

sociedad en general porque les genera un sentimiento de pertenencia a una

colectividad que es capaz de interactuar y colaborar –entre personas e

instituciones- para la obtención del bien común.

Cada individuo tiene sus razones para cumplir o respaldar el cumplimiento de los

deberes tributarios que dependerán de sus valores personales, de su ética

personal. Los valores personales son modulados, moldeados, revisados cuando el

individuo los contrasta con sus valores cívicos.

¿QUÉ ES CULTURA TRIBUTARIA?

Valores cívicos orientadores del comportamiento del contribuyente

Conocimientos de las normas tributarias y

creencias acertadas acerca

de éstas

Actitudes frente a las normas tributarias.

Comportamientos de cumplimiento

de las normas tributarias

Percepciones del cumplimiento de

las normas tributarias por

parte de los demás

Page 45: Cct m2 20140627

45

Los valores se distinguen de acuerdo al tipo de objetivo motivador que ellos expresan.

Los valores más importantes se determinan en relación a los objetivos que son más

importantes para cada persona.

Siendo así, se pueden derivar diez valores motivacionales distintos, amplios y básicos a

partir de tres requisitos universales de la condición humana:

Los conflictos y las congruencias entre los diez valores básicos generan una estructura

integrada de valores. Esta estructura es resumida con dos dimensiones:

REQUISITOS UNIVERSALES

DE LA CONDICIÓN

HUMANA

Necesidades de bienestar del grupo

Necesidades de individuos como

organismos biológicos.

Requisitos de interacción social coordinada, y de

supervivencia.

La auto-realización

Trascendencia

Valores de poder y

logro

Valores de universalismo

y benevolencia

Los valores de poder y logro acentúan la búsqueda de interese propios, mientras

que los valores de universalismo y benevolencia expresan preocupación por el

bienestar y los intereses de otros.

La auto-realización vs. Trascendencia

Page 46: Cct m2 20140627

46

Por su parte el hedonismo comparte elementos de la autorrealización y la

disposición al cambio.

Conservación

La apertura al cambio

La Auto-realización vs. Trascendencia

Valores de Auto-

dirección y estímulo

Valores de seguridad,

conformidad y tradición

Los valores de auto-dirección y estímulo acentúan la acción independiente, pensamiento,

sentimiento y apertura para una nueva experiencia, mientras que los valores de

seguridad, conformidad y tradición acentúan la auto restricción, el orden y la resistencia

al cambio.

Modelo de Relaciones entre los diez tipos Motivacionales

de Valores

Un

iver

salis

mo

Segurid

ad P

od

er

Au

to

det

erm

inac

ión

Fuente: SUNAT

Page 47: Cct m2 20140627

47

C) Visión del Mundo y Cultura Política Ciudadana

Los ciudadanos pueden tener grados de conciencia tributaria diversos, en función a la

práctica social de sus derechos ciudadanos. El mayor despliegue de la acción

comunicativa, con el uso público de la razón, tiene un eje central en el desarrollo de la

ciudadanía y su ejercicio de derechos de participación en la esfera pública.

El Rol del Estado

Concretamente, esto se evidencia en las personas cuando deben resolver dilemas que

orientarán su práctica cívica, tales como:

Dilemas que orientan la práctica cívica

a) ¿Será legítimo que me apropie de un bien público (en este caso del impuesto) como si fuese privado?

b) ¿Deben primar mis intereses privados o los de la comunidad?

c) ¿Reconozco o no que el Estado está cumpliendo su rol cuando me cobra el impuesto?

d) ¿Mis exigencias de mayores libertades individuales y de los beneficios que me otorga el mercado son obstaculizadas por el Estado y el sistema democrático?

e) ¿Me comporto de acuerdo a la formación que recibí y por ello contribuyo con la sociedad y el Estado?

Se plantea que los individuos que se orientan a la transcendencia tendrían mayor

propensión a contribuir con el Estado para financiar los bienes públicos y elevar el

bienestar social; mientras que las personas motivadas por los intereses individuales

(auto realización) tendrían una tendencia a favorecer el bienestar individual y los

bienes privados.

Por otra parte, las personas con tendencia hacia el conservadurismo tenderían a actuar

según el comportamiento preponderante en su comunidad, siendo que si existe una

práctica de evasión generalizada y socialmente aceptada, estas personas actuarían de

acuerdo al grupo. Por el contrario, los individuos más abiertos al cambio, podrían

incorporar comportamientos diferenciados del grupo. Así, si el grupo es proclive a la

evasión, estas personas podrían incorporar normas tributarias mediante auto

determinación.

Page 48: Cct m2 20140627

48

Ciudadanía

En el Perú, de acuerdo a los estudios sociológicos y políticos que se han realizado

respecto a la manera como los individuos ejercen sus derechos y deberes, se ha

encontrado que existen cuatro tipos de ciudadanos:

Tipos de Ciudadanos

En este marco, las personas con una concepción individualista del bienestar tienden a

favorecer aparatos públicos más pequeños y por ende la limitación de los impuestos.

Por la otra, las personas más inclinadas a una visión colectivista, están más dispuestos

a contribuir con el pago de impuestos.

Liberal

Los que exigen mayores libertades individuales y los

beneficios otorgados por el mercado, con un Estado mínimo,

para que la competencia garantice

la libertad.

Comunitarista liberal

Los que relacionan los derechos de la

comunidad con el funcionamiento del

estado para garantizar la competencia en su acceso y la libertad en

su ejercicio.

Liberal estatista

Los que privilegian el derecho individual

para acceder al ingreso público,

siendo la función principal del Estado

regular la competencia.

Comunitarista estatista

Los que privilegian el derecho común y la responsabilidad del

Estado en garantizarlo.

Concepto individualista del

bienestar

Concepto colectivista del

bienestar

Indiferencia política y

desconfianza en procesos políticos y

en el sistema democrático

Participación activa en los asuntos públicos y en el control de los

recursos y de los funcionarios públicos

Ap

arat

o e

stat

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Mayo

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Y usted… ¿Qué tipo de

ciudadano es?

Fuente: SUNAT

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49

Contribuyen a la conciencia tributaria

- Interés en los asuntos públicos.

- Confianza en la trnasparencia de los procesos políticos.

Afectan la conciencia tributaria

- La indiferencia política.

El sentimiento de falta de poder.

- Cinismo.

Falta de confianza en el proceso político.

Percepción del grado de integración social

Además hay otras actitudes políticas que afectan la conciencia tributaria,

particularmente:

Actitudes políticas que influyen en la conciencia tributaria

Existen otras actitudes políticas que afectan la conciencia tributaria, particularmente la indiferencia política o el sentimiento de falta de poder, cinismo y falta de confianza en el proceso político. Estas percepciones reducen el compromiso en los asuntos comunes y por ende tendrían una propensión más débil a pagar impuestos. Por el contrario, si los ciudadanos se interesan en los asuntos públicos, sienten que les dan espacios para intervenir en las decisiones, confían en que los procesos políticos son limpios, tendrían una propensión más fuerte a pagar impuestos

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50

PROCESOS Y NORMAS SOCIALES

JUSTICIA PROCEDIMENTAL

JUSTICIA DISTRIBUTIVA

RECIPROCIDAD FACTORES POLÍTICOS

Esta categoría de análisis está referida a la percepción de la población respecto a la justicia de las reglas o procedimientos que intervienen en el proceso de toma de decisiones de la política tributaria.

Referido a indicadores de percepción de la población respecto a la equidad en la distribución de la carga fiscal y la equidad en el intercambio fiscal.

Referidos a indicadores de percepción sobre el grado de evasión en el país o de confianza en su entorno. Permite evaluar si las actitudes individuales hacia el pago de los impuestos está influida por la conducta tributaria de la sociedad.

Se incluye indicadores de percepción del individuo sobre el sistema político y de valoración sobre el grado de democracia existente u otros que afecten la moral fiscal.

VALORES

En esta dimensión se analiza la estructura de valores personales de la población peruana, según la clasificación propuesta por Schwartz (1992), y se evalúa que tipo de valores predominantes en los individuos están contribuyendo hacia actitudes más cooperativas con el sistema tributario. El indicador utilizado para el análisis es la dimensión de valor (trascendencia, conservación, apertura del cambio y autorrealización) predominante o priorizada por el individuo.

VISIÓN DEL MUNDO

ROL DEL ESTADO CIUDADANÍA INTEGRACIÓN SOCIAL

Esta categoría de análisis incluye indicadores que midan la relación de primacía de los intereses de la comunidad y el rol del Estado para atenderlos.

Referidos a indicadores que miden cuantitativamente los grados de ejercicio de los derechos de ciudadanía en una sociedad específica.

Referido a indicadores que miden las percepciones en los agentes sociales sobre los fenómenos de desintegración social que pudieran afectar la moral fiscal de la población.

COMPONENTES QUE INTERVIENEN EN LA FORMACIÓN DE LA CONCIENCIA TRIBUTARIA

Fuente: SUNAT

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51

7.3 Tributación basada en valores en el marco de las políticas

nacionales

¿Qué es un valor ético de convivencia social?

El valor es aquella cualidad que una persona le otorga a otro individuo, hecho u objeto.

Es ético cuando se sostiene en la moral como base para aplicarse a nivel social u

individual. La convivencia social consiste en el respeto mutuo entre las personas y el

medio en el cual vivimos y desarrollamos nuestra actividad diaria.

¿Cuáles son los principales valores?

¿Qué relación hay entre estos valores éticos y la tributación?

Valores Éticos

Tributación

Honestidad

Declaro mis impuestos con veracidad.

Transparencia

Declaro todos los ingresos obtenidos.

Solidaridad

Cumplo con mis obligaciones tributarias en beneficio de mi sociedad.

Respeto

Honro mi compromiso con mi país, a través de mi cumplimiento tributario.

Puntualidad Cumplo con mis obligaciones tributarias en los plazos previstos.

Honestidad

Es el valor de decir la

verdad, ser decente, recatado, razonable,

justo o honrado.

Transparencia

Es permitir que los demás entiendan

claramente el mensaje que le

estamos proporcionando,

a partir de nuestro deseo o

sentimiento.

Solidaridad

Se refiere al sentimiento de unidad basado en metas o intereses comunes.

Respeto

Es la consideración

de que alguien o algo tiene un valor por sí mismo y se establece

como reciprocidad.

Puntualidad

Es la actitud humana

considerada como la virtud de coordinarse

cronológica- mente para cumplir una

tarea requerida.

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52

7.4 La Conciencia Tributaria de los Peruanos

El Estudio Exploratorio de Conciencia Tributaria que llevó a cabo la SUNAT en el año 2009,

aportó evidencias importantes sobre la forma como se relacionan los peruanos con el tema

tributario.

En el Perú, los niveles de conciencia tributaria varían de una región a otra y también sus

razones y argumentos. En promedio, el 77% de la población tiene un nivel moderado de

conciencia tributaria, el 13% un nivel alto y el 10% un nivel bajo. En consecuencia, el promedio

nacional es moderado y su intensidad alcanza un valor de 0,50 en una escala de 0 a 1.

El estudio encontró que las prácticas ciudadanas no son homogéneas como tampoco lo son las

prácticas ciudadanas pre-modernas. De la misma forma, las experiencias del ciudadano con el

sistema político y su subsistema tributario, son muy variadas:

Bajo nivel de conciencia tributaria

10%

Moderado nivel de conciencia

tributaria 77%

Alto nivel de conciencia tributaria

13%

Distribución de la población según niveles de conciencia tributaria

Promedio nacional 0,50 de índice de

Conciencia Tributaria

Fuente: Encuesta Nacional de Hogares sobre Conciencia Tributaria 2009. SUNAT.

Elaboración propia

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53

Los peruanos son personas que consideran mayoritariamente que

"pagar impuestos es bueno porque es lo correcto y

demuestra responsabilidad ciudadana".

Los peruanos se perciben poco informados acerca de los

aspectos técnicos o normativos de los impuestos, pero por otro lado, casi la mitad de ellos sabe

de qué se trata y le atribuyen una función fiscal y social.

Los peruanos manifiestan que dejarían de pagar tributos todo o una parte- si se les presentase la

oportunidad de no ser descubiertos por la SUNAT.

La investigación realizada el 2009, encontró que el paradójico comportamiento

descrito en los párrafos anteriores, se explica de la siguiente manera:

a) El sistema político democrático tiene un pobre

desempeño.

b) El estado no les proporciona suficientes

beneficios económicos ni sociales.

c) Alto porcentaje de personas del entorno

familiar y social que evaden impuestos.

d) Altos niveles de corrupción en las entidades

públicas y privadas.

e) Desconocimiento sobre los recursos que el Estado requiere para cumplir sus

funciones.

g) Ausencia de integración social.

h) Percepción negativa del desempeño del sistema

político.

Factores que influyen en el bajo nivel de conciencia tributaria en los

peruanos

Page 54: Cct m2 20140627

54

7.5 La Conciencia Fiscal de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes

A continuación, le presentamos un texto que hace referencia al sistema educativo y la

conciencia fiscal de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes.

La población infantil y juvenil se halla inmersa en pleno proceso de socialización. Por lo tanto, todavía están conformando su propia personalidad. Es el momento idóneo para formar su conciencia fiscal desde la base; es decir, actuando sobre los valores cívicos. La percepción que se tiene de la responsabilidad fiscal viene influida por muy diversas instituciones, entre las que destaca el sistema educativo. El sistema educativo tiene como función formar e informar a los niños y a los jóvenes. Tarea doble de importancia decisiva para la comunidad, donde la vertiente formativa es tan importante como la informativa, por su impacto directo en la socialización de los más jóvenes. Debido a su doble función, el sistema educativo completa y sustituye a la familia en aquellas tareas que ésta por sí sola ya no puede abarcar en las sociedades complejas. Debido a su enorme autoridad normativa, el impacto de la educación formal en la formación de la conciencia ética es muy eficaz: compite con éxito con la educación informal, y mejor aún con la educación no formal que sólo se ocupa de tareas informativas. Por eso, la Administración Educativa es un aliado imprescindible, cuya colaboración en la tarea de la formación de la cultura fiscal de los más jóvenes debe procurar asegurarse toda Administración Tributaria sea cual sea el nivel de ética cívica del ámbito en el que actúe. La forma en que el sistema educativo puede actuar transmitiendo el valor “deber tributario” como parte de los deberes sociales (puesto que el incumplimiento fiscal es una conducta amoral, asocial y delictiva) influirá en la actitud que se adopte ante la fiscalidad (Delgado y Arias, 1997). En contrapartida, la fiscalidad supone un filón inagotable de oportunidades didácticas que, si el sistema educativo sabe utilizar, son sumamente útiles tanto para explicar conceptos (en su vertiente informativa) como para transmitir (en su vertiente formativa) normas, valores, actitudes y comportamientos. El sistema educativo debe preparar a los niños y a los jóvenes para el momento en que deban cumplir sus obligaciones como contribuyentes impartiendo una serie de conocimientos básicos que expliquen el sentido y la finalidad de los impuestos y que describan brevemente los capítulos del presupuesto público, así como los requerimientos más simples del sistema fiscal. Pero con ser esto muy importante, no lo es todo. Lo decisivo sería que los alumnos interioricen la idea de la fiscalidad como uno de los ámbitos donde se articula la necesaria correspondencia legal y ética entre derechos y obligaciones, donde se imbrican los intereses personales y los beneficios comunes.

Fuente: SUNAT

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55

GLOSARIO

Adscrito: es un participio pasivo irregular del verbo “adscribir” o en apuntar y anotar, expresar

y relatar un dato lo que es correspondiente a alguna persona. Incorporar y anexionar a la

persona al servicio, empleo u oficio.

Ardid: artificio o medio empleado hábil y mañosamente para el logro de algún intento.

Base imponible: monto sobre el cual se aplica el porcentaje de impuesto, establecido en la

norma legal respectiva, para determinar el gravamen que debe ser pagado. La base imponible

es el importe de la operación que está sujeto al impuesto, determinado de distinta forma para:

entregas de bienes o prestaciones de servicios, adquisiciones intracomunitarias, importaciones

Coerción: presión que por diversos motivos se ejercita sobre el libre albedrío. La coerción

impulsa a obrar en determinado sentido, y es siempre por lo tanto de orden interno

psicológico. Puesto que incide sobre la conciencia o sobre la razón. El poder de coerción

(coercitio) consiste en el poder de la jurisdicción de imponer sanciones a quienes con su

conducta obstaculicen o perjudiquen los fines de Administración de justicia.

Déficit Fiscal: se dice que existe un déficit cuando una cantidad es menor a otra con la cual se

compara. Para este caso en particular, el término es usado para asuntos de dinero. Por lo

tanto, se tiene un déficit cuando la cantidad de dinero usada en todos los gastos en una

empresa, en el gobierno de un país, o en el presupuesto de una persona (egresos) es mayor a

la del dinero que recibe (ingresos); es decir, gasta más de lo que tiene y por lo tanto se

presenta un déficit. En la teoría económica, este término es muy usado para asuntos fiscales y

de presupuesto y para asuntos comerciales. En este caso vamos a hacer referencia a la

cuestión fiscal. Fiscal viene de la palabra fisco, que significa tesoro del Estado. Al unir la palabra

déficit con la palabra fiscal, tenemos entonces el déficit fiscal; es decir, se habla de dineros

públicos, de dineros del Estado. Se presenta un déficit fiscal cuando el Estado gasta más dinero

del que recibe. El dinero que recibe el Estado lo obtiene, por ejemplo, de los impuestos que

cobra a los ciudadanos, de las ganancias que recibe por vender petróleo y otros recursos

naturales, de préstamos que pide en el exterior o en el país, etc. Sin embargo, el Estado

también tiene una gran cantidad de gastos: funcionamiento (los sueldos que le paga a sus

funcionarios), inversión social e infraestructura, pagos de la deuda, seguridad nacional etc.

Ejercicio gravable: lapso de tiempo sobre el cual se debe reportar la información relacionada

con los diferentes impuestos.

Estatista: doctrina que no reconoce otra fuente de derecho que la autoridad estatal. Además

también se dice de estatismo a la presión que el estado impone sobre la población, exigiendo

el sacrificio de los intereses individuales (reduccionismos), convirtiendo a las personas en

serviles de un gobierno basado en la tiranía, valiéndose de engaños y desinformación o

haciendo uso de la fuerza de ejércitos y de policías, originando el empobrecimiento de

quienes no están dentro del aparato estatal, para así incrementar su poder, sus privilegios y los

capitales de quienes si gozan de estar dentro.

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56

Erario: Del latín aerarios o aerarium (de aerem que significa el cobre que se empleaba para

hacer monedas), erario quiere decir “tesoro público” o el lugar donde se lo guarda. Elerario es,

por consiguiente, la “hacienda pública”, el “conjunto de recaudaciones fiscales” o el haber

monetario del Estado.

Hedonismo: doctrina ética según la cual el único bien es el placer y el único mal el dolor. En

consecuencia, sitúa en el placer la felicidad humana.

Imbrican: disponer una serie de cosas iguales de manera que queden superpuestas

parcialmente.

Índice de Pobreza Multidimensional (IPM): es un índice de pobreza estadístico sobre la

situación de las personas por países, elaborado desde 2010. El IPM es elaborado por

el PNUD (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo) de la ONU en colaboración con

la OPHI (Oxford Poverty & Human Development Initiative: iniciativa de desarrollo humano y

pobreza, de la Universidad de Oxford).

La Organización Mundial del Comercio (OMC): organización internacional que se ocupa de las

normas que rigen el comercio entre los países. Los pilares sobre los que descansa son los

Acuerdos de la OMC, que han sido negociados y firmados por la gran mayoría de los países que

participan en el comercio mundial y ratificados por sus respectivos parlamentos. El objetivo es

ayudar a los productores de bienes y servicios, los exportadores y los importadores a llevar

adelante sus actividades.

Medidas Cautelares: llamadas también medidas provisionales, son disposiciones que las

autoridades pueden adoptar en el marco de un procedimiento, de forma provisional y hasta

que se dicte sentencia judicial. Mediante la adopción de medidas cautelares se pretende evitar

que la sentencia, por el simple paso del tiempo del procedimiento, pueda llegar demasiado

tarde y no servir para nada al damnificado. También, en procedimientos penales, buscan

asegurar la presencia del acusado en el juicio, y evitar su huida.

Producto Interno Bruto (PIB): es una medida del valor de la actividad económica de un país. Básicamente calcula cual fue la producción en bienes y servicios que se hizo en un periodo de tiempo específico, generalmente en un trimestre o en un año, en las fronteras de un país. Renta Bruta: son los ingresos que percibe un contribuyente-empresa, descontado el costo

directo de los bienes y servicios que se requieran para su obtención.

Sistema Nacional de Investigadores (SIN): creado para reconocer la labor de las personas

dedicadas a producir conocimiento científico y tecnología. El reconocimiento se otorga a través

de la evaluación por pares y consiste en otorgar el nombramiento de investigador nacional.

Esta distinción simboliza la calidad y prestigio de las contribuciones científicas En paralelo al

nombramiento se otorgan incentivos económicos a través de becas cuyo monto varía con el

nivel asignado. El SNI tiene por objeto promover y fortalecer, a través de la evaluación, la

calidad de la investigación científica y tecnológica, y la innovación que se produce en el país. El

Sistema contribuye a la formación y consolidación de investigadores con conocimientos

científicos y tecnológicos del más alto nivel como un elemento fundamental para incrementar

la cultura, productividad, competitividad y el bienestar social.

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57

Sucesión indivisa: comprende a la persona o conjunto de personas que reciben un

determinado patrimonio en calidad de herencia. Si bien carecen de personería jurídica si

tienen capacidad tributaria de acuerdo al artículo 21° del Texto Único Ordenado del Código

Tributario. Al respecto puede revisar el Informe N° 121-2009-SUNAT.

Tasa: tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado

de un servicio público individualizado en el contribuyente.

Valor CIF: cláusula de compraventa que incluye el valor de las mercancías en el país de origen,

el flete y seguro hasta el punto de destino. La sigla CIF (derivada de las palabras en inglés Cost,

Insurance and Freight) significa Costo, Seguro y Flete.

Page 58: Cct m2 20140627

58

BIBLIOGRAFÍA

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Page 59: Cct m2 20140627

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REFERENCIAS COMPLEMETARIAS SOBRE PIRATERÍA Y

FALSIFICACIÓN DE MARCAS

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1886) http://www.wipo.int/treaties/es/ip/berne/trtdocs_wo001.html

Convención de Roma (26 de Octubre de 1961) Convención Internacional sobre la Protección de los Artistas, Intérpretes y Ejecutantes, los Productores de Fonogramas y los Organismos de Radiodifusión. http://www.wipo.int/treaties/es/ip/rome/trtdocs_wo024.html Convenio de Bruselas (21 de Mayo de 1974) sobre la distribución de señales portadoras de programas transmitidas por satélite. http://www.wipo.int/treaties/es/ip/brussels/trtdocs_wo025.html

Convenio de Ginebra (29 de Octubre de 1971) para la protección de los productores de fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus fonogramas. http://www.wipo.int/treaties/es/ip/phonograms/trtdocs_wo023.html

Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor.

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Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas.

http://www.wipo.int/treaties/es/ip/wppt/trtdocs_wo034.html

Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales.

http://www.wipo.int/treaties/es/ip/beijing/beijing_treaty.html

Tratado de Marrakesh para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con

discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso

http://www.wipo.int/treaties/es/ip/marrakesh/

Decisión Andina 351 de la Comunidad Andina de Naciones. (17 de diciembre de 1993)

Régimen Común sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos.

http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=223497

Decreto Legislativo 822: Ley sobre el Derecho de Autor. http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=129302

Page 60: Cct m2 20140627

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Ley Nº 28571: Ley que modifica los artículos 188° y 189° del Decreto Legislativo N° 822, Ley sobre el Derecho de Autor. http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=183056 Ley N° 27861: Ley que exceptúa el pago de Derecho de Autor por la reproducción de obras para invidentes. Publicado en el Diario Oficial "El Peruano", el 12 de noviembre de 2002. http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=183250

Reglamento del Registro Nacional del Derecho de Autor y Derechos Conexos; Resolución

Jefatural Nº 0276-2003/ODA-INDECOPI.

http://www.wipo.int/wipolex/es/details.jsp?id=6492

Decreto Legislativo Nº 1076: Aprueba la modificación del Decreto Legislativo Nº 822 - Ley sobre Derecho de Autor. http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=183000

Decreto Legislativo Nº 1092: Aprueba Medidas en Frontera para la Protección de los Derechos

de Autor y Derechos Conexos y los Derechos de Marcas.

http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=183026

Ley Nº 29316: Ley que modifica, incorpora y regula diversas disposiciones a fin de implementar el Acuerdo de Promoción Comercial suscrito entre el Perú y los Estados Unidos de América. http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=179604

Ley Nº 29263: Ley que modifica diversos artículos del Código Penal y de la Ley General del Ambiente. Modificación de los Artículos 217º, 218º, 221º y 224º del Código Penal. http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=182938

Decisión N° 486 de la Comisión de la Comunidad Andina que establece el régimen común

sobre propiedad industrial.

http://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/10/par/leg_norsupra/decis486comcomand.pdf

Decreto Legislativo N° 1075. Decreto Legislativo que aprueba disposiciones complementarias a

la Decisión N° 486 de la Comisión de la Comunidad Andina que establece el régimen común

sobre propiedad industrial.

http://www.wipo.int/export/sites/www/tk/en/laws/pdf/peru_decreto_1075.pdf

Aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC)

http://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/27-trips_03_s.htm

Convenio de Paris para la Protección de la Propiedad Industrial. http://www.wipo.int/export/sites/www/treaties/es/ip/paris/pdf/trtdocs_wo020.pdf Convención General Interamericana sobre Protección Marcaria y Comercial.

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http://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/11/par/leyes/convencion%20de%20washingto

n.pdf

Tratado sobre el Derecho de Marcas.

http://intranet.indecopi.gob.pe/862840/osd/NormaLegal/TLT%201994%20trtdocs_wo027.pdf

Decreto Legislativo N° 1092. Decreto Legislativo que Aprueba Medidas en Frontera para la

Protección de los Derechos de Autor o Derechos Conexos y los Derechos de Marcas.

http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=183026

Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1092 que Aprueba Medidas en Frontera para la

Protección de los Derechos de Autor o Derechos Conexos y los Derechos de Marcas.

http://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/9/par/leyesdda/ds003-2009.pdf El Registro de Marca en el Decreto Legislativo N° 1075. http://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/11/jer/informacion_util/RegistroMarca-DL-N1075.pdf

Page 62: Cct m2 20140627

62

REFERENCIAS COMPLEMETARIAS SOBRE TÉRMINOS

TRIBUTARIOS

SUNAT – Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=1196:01-iquienes-son-los-derechohabientes-&catid=143:derechohabientes&Itemid=285 Enciclopedia Jurídica http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/coerci%C3%B3n/coerci%C3%B3n.htm Diccionario Básico Tributario Contable http://www.sii.cl/diccionario_tributario/dicc_r.htm