Categorias de Impuestos a La Renta en Peru
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Contenidos Tributarios DCN 2009 Tercero de Secundaria
Programa de Cultura Tributaria - SUNAT 51
Cuadro N 01 Categoras del Impuesto a la Renta
* Cuando se brinda el servicio a una empresa, sta efectuar la retencin por el monto indicado.
De la lectura del Cuadro N 1 se deduce que:
xSi es persona natural o una sucesin indivisa, y se dedica a arrendar o subarrendar bienes muebles o inmuebles, obtendr ingresos por Rentas de Primera Categora.
xEn tanto, si genera ingresos por otros capitales, como el caso de regalas, marcas, patentes o ganancia de capital (venta o cesin de derechos de bienes inmuebles con excepcin de la casa habitacin), las personas naturales, sucesiones indivisas o las sociedades conyugales obtendrn Rentas de Segunda Categora.
CATEGORAS CONTRIBUYENTES CONCEPTO PAGOS A CUENTA MENSUALES
PrimeraPersona natural, sucesin indivisa o sociedad conyugal
Ingresos de alquileres o subarrendamiento de bienes muebles o inmuebles. Ejemplo: alquiler de una casa o de un vehculo.
- 5% del alquiler pactado.
SegundaPersona natural, sucesin indivisa o sociedad conyugal
Ingresos producidos por otros capitales diferentes al arrendamiento como marcas, patentes, dividendos, colocacin de intereses, venta de bienes inmuebles que no sean la propia vivienda.
- 5% del monto obtenido de la ganancia de capital cuando se vende una propiedad que no es su domicilio de residencia (pago definitivo). - 6.25% de la renta neta del ingreso por marcas, patentes, regalas. - 4.1% por dividendos y por cualquier forma de distribucin de utilidades.
Tercera Persona natural, sucesin indivisa, sociedad conyugal o persona jurdica
Ingresos provenientes de negocios tales como el comercio, la industria, servicios, entre otros.Ejemplo: una bodega, una fbrica, un estudio jurdico de abogados, etc.
Se establecen de acuerdo con el rgimen tributario en que est ubicado:- xNuevo RUS: Monto de la
cuota segn categoras (pago definitivo). xRER: 1.5% de los ingresos
netos.xRgimen General: 2% del
ingreso mensual (pago definitivo).
Cuarta Persona natural
Ingresos obtenidos del trabajo independiente a travs del ejercicio de la profesin, ciencia, arte u oficio, tal es el caso de un mdico, ingeniero, gasfitero, pintor, etc.
- 10% de las rentas brutas que se acrediten o se abonen en tanto sean mayores del monto establecido por Ley.*
Quinta Persona natural
Por ingresos del ejercicio del trabajo dependiente (en planillas). Tambin se debe considerar el trabajo independiente cuando est sujeto a un horario y/o lugar establecido.
Es la categora donde se aplican tasas progresivas por excelencia. Se paga bajo la forma de retencin. Para calcular el monto sujeto a retencin, se debe proyectar las tasas progresivas del 15%, 21% o 30%.