Catastro

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INGENIERÍA CIVIL INTRODUCCIÓN A LA FOTOINTERPRETACIÓN

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CATASTRO

1. GENERALIDADES.

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El termino CATASTRO significa censo o inventario y dentro de esa denominación, se refiere fundamentalmente a la propiedad inmueble.

Los primeros catastros se iniciaron hace diez centurias, en Inglaterra, cuando la corona inglesa impuso el cobro de los denominados “derechos reales “ a los propietarios o poseedores de tierras o fincas.

Según el tipo de bienes materia de inventario, los catastros se clasifican en urbanos, rurales o rústicos, forestales, mineros, de servicios, hidroeléctricos, etc.

El catastro se forma o levanta con uno o varios propósitos o fines específicos. Es evidente que, a falta de un propósito determinado, el levantamiento catastral no tiene sentido alguno.

El catastro rural en actual proceso de levantamiento en el país, tiene una finalidad eminentemente jurídica, para crear un verdadero mercado de tierras y propender al mejoramiento económico del sector rural.

Los catastros pueden orientarse a propósitos fiscales (recaudación de impuestos), o jurídicos (inscripción de los predios en los registros de la propiedad). Caso típico de catastro fiscal es el que se levantó en la década del setenta para la transformación de la estructura de tenencia de la tierra. También son catastros con propósitos fiscales los que se levantan en el área rural y urbana, dentro del marco de aplicación de la Ley de Municipalidades, para el cobro del impuesto predial. Un ejemplo de catastro con propósitos eminentemente jurídicos, es el que se aplicó dentro del sistema Torrens, establecido por Sir Robert Torrens, para la inscripción y cautela de las posesiones inglesas de ultramar y que está vigente en la República Dominicana

Cuando los catastros tienen propósitos fiscales, los nombres de los propietarios y ubicación y delimitación de los predios pueden obtenerse por simple declaración de propietarios, ocupantes o informantes. Cuando el propósito es jurídico, debe documentarse adecuadamente el derecho de propiedad.

2. UNIDAD ORGÁNICA CATASTRALSe entiende como tal, el área de terreno dentro de la cual se organiza el inventario físico de los bienes inmuebles y se les asigna el código de identificación correspondiente.

Tanto dentro del Ministerio de Agricultura como dentro del ámbito jurisdiccional de los Municipios Distritales, la unidad orgánica catastral corresponde a la de cada distrito político.

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Por la indefinación originada generalmente en las leyes de creación de las circunscripciones políticas y a causa de la frecuente subdivisión de las mismas, se ha optado por establecer una nueva unidad orgánica castastral para el levantamiento del catastro rural. Esta queda definida por el ámbito geográfico correspondiente a una hoja formato de plano a escala 1:10,000 con 2,500 has. de superficie y dentro de coordenadas U.T.M. múltiplos de 5 kms. tanto en sentido E-O como en sentido N-S. Esta unidad orgánica castastral es aplicable a los sectores de cultivo bajo riego o secano. Cuando se trata de extensiones de pastos naturales dedicadas a explotación extensiva, generalmente pecuaria, la unidad orgánica catastral mas adecuada es la superficie de terreno encerrada dentro del formato de una hoja de plano a escala 1:100,000 y que se extiende 30’ entre meridianos y paralelos geográficos. Estas hojas se encuentran predelimitadas y numeradas a nivel nacional.

3. PREDIO RUSTICO O RURALSe denomina así a ¡a superficie de terreno con continuidad flsica, dedicada a la explotación agrícola y/o pecuaria de propiedad de una sola persona natural o jurídica El derecho de propiedad incluye los aires, el casco y las instalaciones y plantaciones que se encuentran sobre él. Excluye el subsuelo que es de propiedad del Estado.

4. DERECHO DE PROPIEDADEs el vinculo jurídico que relaciona al objeto (Predio) con el sujeto(Propietario) y que permite a este, usufructuar de aquel, dentro de las ¡imitaciones que las leyes establecen.Los posesionarios en ciertos casos tienen la condición de propietarios potenciales y pueden acceder al derecho de propiedad si satisfacen determinadas condiciones que ¡a ley establece.

5. UNIDAD CATASTRALLa unidad catastral es la unidad de inventario. En el catastro que se pretende levantar, la unidad catastral es el predio.

6. CÓDIGO CATASTRALLa unidad catastral normalmente se representa en forma numérica, la misma que reúne en un mismo numero, tanto a la

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unidad orgánica catastral como al numero asignado a la unidad catastral.

Hasta la fecha, el código castastral ha estado representado por los seis dígitos que identifican el distrito político, según la codificación del INEI, un dígito 1,2 o 3 para identificar la región natural del País (Costa, Sierra, Selva) y el numero de 5 dígitos asignado a ¡a unidad castastral.

Ejemplo:150107 - 10124 donde:

150107 Es el código de ubicación política(departamento, provincia y distrito)

10124 Es el número asignado al predio dentro del distrito político y que figura en el plano catastral.

Esta codificación, ha sido cambiada por un numero de trece dígitos, de los cuales el primero representa la ultima cifra de la zona del esferoide (7,8, o 9) , los siete siguientes las coordenadas del vértice inferior izquierdo de la hoja que identifica la unidad orgánica castastral en kilómetros y los cinco últimos, el numero asignado a la unidad catastral.

Ejemplo:8 - 3409105 - 01729 donde:

8 : Es el dígito que identifica la zona 18 del esferoide.

3409105 : Las coordenadas del vértice inferiorizquierdo de la hoja 1:10,000.

01729 : El número asignado al predio dentro de la misma hoja 1:10,000 y que figura en elplano catastral.

FORMAS DE LA TIERRA

1. GEOIDELa forma de la tierra es parecida a una esfera, pero achatada en los Polos y ensanchada en el Ecuador. Los hemisferios son asimétricos siendo el hemisferio Sur mas puntiagudo que el Norte.

La forma real de la tierra (geoide) se representa por un sólido geométrico que se constituye extendiendo la superficie de los mares a través de los continentes. No tiene solución matemática

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El geoide es la superficie de referencia para observaciones astronómicas y nivelación geodésica

2. SUPERFICIE DE REFERENCIAComo el geoide no tiene solución matemática se ha elegido un sólido geométrico parecido a él, como superficie de referencia: el esferoide

En general se denomina esferoide a cualquier figura geométrica que difiere poco de una esfera. En geodesia es la figura matemática mas parecida al geoide tanto en forma como en sus dimensiones y que se usa como referencia para los levantamientos y cálculos geodésicos.

El esferoide geodésico corresponde aun elipsoide de revolución en el que se han definido los valores de los semiejes de la elipse que lo genera.

Entre los diferentes esferoides sustentados para levantamientos geodésicos, el Perú y la mayoría de países de América han adoptado el de Hayford, calificado como internacional desde el año 1924 y que queda definido por las dimensiones de los semiejes de la elipse que lo general del achatamiento correspondiente:

a = 6’378.388.000 mts.

b =6’356.911.946 mts.

Para las determinaciones geodésicas obtenidas mediante el uso de los satélites geodésicos se utiliza el esferoide WGS-84.

3. PROYECCIONES

La representación del terreno sobre un plano implica la realización de mediciones sobre la superficie de la tierra (geoide), los cálculos correspondientes sobre la superficie matemática de referencia (esferoide) y el dibujo de los detalles respectivos sobre una superficie prefijada (superficie de proyección). Entre las diferentes superficies concebidas (conos, cilindros, poliedros) se ha elegido la proyección cilíndrica secante transversal de Mercator, creada por el cartógrafo holandés que la propuso en el siglo XVI y cuyo verdadero nombre era Gerardo Kremer.

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Las proyecciones cilíndricas convienen generalmente a los países orientados E -O. Las proyecciones cilíndricas transversales (volteadas 90”) convienen a las regiones o países cuya mayor extensión orientada N - S .Suiza utiliza como superficie de proyección un cilindro inclinado.

4. COORDENADAS GEOGRÁFICAS Y PLANAS

Las coordenadas geográficas (geodésicas) son cantidades expresada en grados, minutos y segundos sexagesimales que definen la posición de un punto sobre el globo terrestre, mediante los ángulos diedros medidos desde el plano del ecuador celeste y del plano que pasa por un meridiano seleccionado como origen.

Se ha elegido internacionalmente como origen primario o cero al meridiano que pasa por el centro del teodolito o transito ubicado en el Observatorio Astronómico de la ciudad de Grenwich, en Inglaterra.

El sistema oficial de coordenadas del Perú es un sistema de coordenadas plano-rectangulares, en el cual los ejes de referencia se interceptan en ángulos rectos.

En realidad, es un sistema curvo, desde que la retícula se proyecta sobre la superficie del cilindro secante que sirve de referencia

El Perú esta ubicado en las zonas 17, 18 y 19 del esferoide internacional, a cada una de las cuales corresponde una franja de 6” entre meridianos. El meridiano intermedio de cada zona. es el denominado meridiano central.

El origen de coordenadas para cada zona esta ubicado 500,000 mts. al Oeste del meridiano central y 10’000.000 mts. al Sur del ecuador geográfico.

Para las determinaciones altimétricas, el origen cero, esta ubicado en el plano correspondiente al nivel promedio entre la alta y baja marca (nivel medio del mar).

5. DATUM HORIZONTAL Y VERTICAL

El Datum o dato geodésico esta constituido por la longitud y latitud geográfica de un punto de partida, el azimud de una línea desde ese punto y los valores de los semiejes del esferoide de referencia

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El Datum geodésico forma la base para el cálculo geodésico de control horizontal, en el cuál se considera la curvatura terrestre.

Para los levantamientos geodésicos peruanos, se ha adoptado el datum o dato provisional para América del Sur ubicado en La Canoa - Venezuela y los valores de los semiejes terrestres correspondientes al elipsoide Hyford.

Para las determinaciones verticales el origen o dato cero es el nivel medio del mar, determinado a base de las observaciones mareográficas correspondientes.

6. DESVIACIÓN DE LA VERTICAL

Es el ángulo en un punto sobre el geoide, entre la dirección de la línea a plomo y la de la normal al esferoide en el mismo punto. También se le denomina deflexión de la vertical y tiene su origen en la influencia o atracción de las masas circundantes. La deflexión de la vertical ocasiona el denominado “error de estación”.

7. AZIMUT

Se denomina así a la dirección horizontal calculada en sentido horaria, desde el plano del meridiano.

Según que la medición angular tome como origen el norte de la cuadrícula, el norte geográfico o el magnético, el azimut se denomina respectivamente, azimut cuadrícula o azimut ‘Y, azimut geográfico o azimut magnético.

El azimut magnético que se calcula desde el norte magnético es el ángulo entre el plano vertical que pasa por el objeto visado y el plano vertical en el que descansa una aguja magnética suspendida libremente y libre de influencias perturbadoras (masas magnéticas, cables de alta tensión, rieles de ferrocarril, etc.).

CARTOGRAFÍA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

1. PLANOS TOPOGRÁFICOS

Pocos tienen un conocimiento cabal del volumen e importancia de la cartografía disponible en los archivos del Ministerio de Agricultura.Esta información cartográfica utilizada por muchos sectores públicos y privados, esta constituida por mas de 10 millares de planos a diferentes escalas que cubren vastos sectores del territorio nacional.

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El mayor volumen de planos se levantó en la década del 70 y esta constituido por los siguientes

-2594 hojas de planos fotogrametricos a escala 1:25,000 , con información planimetrica correspondiente a las fotos aéreas de esas fechas y curvas de nivel cada 25 mts. , en formato 7’30 x T30 entre paralelos y meridianos geográficos. Cubren una superficie aproximada de 45 millones de hectáreas.

-6300 hojas de planos fotogrametricos a escala 1:10,000 o 1:5,000 en formato 50 cm. x 50 cm. con información planimetrica concordante con las fotos aéreas de esa época y curvas de nivel cada 5 mts.

- Un numero menor de hojas temáticas a la misma escala de las anteriores con información de los limites distritales y de ¡os linderos de las unidades catastrales de tenencia de la tierra.

Complementariamente con los planos mencionados, el Ministerio de Agricultura dispone de las. coordenadas y puntos de imagen de varios millares de puntos de control geodésico suplementario y fotogrametrico, muchos de los cuales conservan su validez y serán utilizados como puntos de apoyo a los nuevos levantamientos.

Toda la información se encuentra almacenada en el Archivo Técnico del PETT y en los de las Regiones y Sub-Regiones Agrarias y está en gran parte, desactualizada.

2. PLANOS TEMÁTICOS

Los planos temáticos del Ministerio de Agricultura corresponden a unidades de conducción o tenencia de la tierra y no de propiedad de la misma, por lo que se hace imperioso el levantamiento de una nueva cartografía catastral que refleje realmente la ubicación de los linderos prediales. Los planos de tenencia cumplieron su función en la época en que fueron levantados.

3. ARCHIVO DEL PETT Y DE LAS REGIONES AGRARIAS

Se encuentran en el Archivo del PETT muchos miles de fotografías aéreas a escalas comprendidas entre 1:10,000, 1:17,000 , 1:25,000 y 1:50,000 con información de linderos, puntos de aerotriangulación y toponimia Las citadas fotos han sido reproducidas en película (diapositivas) y en papel fotográfico (fotos contacto).

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Las Regiones y Sub-Regiones también disponen de segundos originales de planos y fotos en papel.

4. CONTROL GEODÉSICO Y FOTOGRAMETRICO

El control geodésico y fotogramétrico disponible en el PETT debe ser transferido a las nuevas vistas aéreas para reducir el volumen de control terrestre por establecer y para asegurar la correspondencia de cuadriculas entre la antigua y la nueva cartografía, a efecto de no crear conflictos en cuanto a inscripción de los predios rústicos en los Registros Públicos se refiere.

5. PADRONES CATASTRALES

Los padrones catastrales del PETT, por corresponder mayoritariamente a unidades catastrales de conducción y no de propiedad de la tierra, tienen un simple valor histórico o en todo caso, referencial. Pocas unidades por el tiempo transcurrido y por la diferencia de unidad catastral, conservan su validez.

6. CARTOGRAFÍA MULTISECTORIAL PARA EL AÑO 2,000

El proceso de levantamiento catastral en que está empeñado el Ministerio de Agricultura producirá una nueva cartografía que será la imagen actualizada de los sectores mas importantes del país y con la cual se ingresará al próximo milenio.

Se debe actualizar la información planimétrica y generar los primeros planos de propiedad de la tierra, mayoritariamente a escala 1:5,000.

Se usará la información altimétrica contenida en los planos fotogramétricos a escala 1:25,000. Donde no exista esta información será preciso restituir tanto la planimetría como la altimetría.

La generación de una cartografía totalmente digital facilitará la actualización de los planos 1:5,000 , 1:10,000 y 1:25,000.

La cartografía a producirse será usada fundamentalmente con propósitos regístrales pero es indudable que, como la anterior, será también utilizada en los sectores mineros, de transportes, municipal, etc.

FASES DEL LEVANTAMIENTO CATASTRAL

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Por tratarse de mi levantamiento con propósitos eminentemente jurídicos, en la formación del catastro se distinguen dos fases fundamentales:

FASE DE INGENIERÍA

FASE LEGAL

La Fase de Ingeniería abarca desde las tareas de difusión y toma de vistas aéreas hasta la emisión de planos y padrones y la publicación de los resultados.

La Fase Legal se inicia con el análisis de la documentación recogida durante el empadronamiento y comprende la titulación, formación de cuadernillos y preparación de documentos para la inscripción de los predios en los Registros de la Propiedad Inmueble.

FASE DE INGENIERÍA

1. FOTOGRAFÍA AÉREA

Las vistas aéreas previstas serán tomadas a escalas 1:15,000 o 1:30,000 para producir planos a 1:5,000 o 1:10,000 donde la propiedad promedio sea respectivamente, inferior o superior a una hectárea.

El recubrimiento longitudinal especificado es de 600/o y el lateral de 200/o en terrenos llanos y dc 25% en terrenos accidentados.

Donde el control geodésico es muy oneroso o de difícil colocación se han previsto vuelos cruceros con o sin posicionamiento satelital, simultáneo con las exposiciones fotográficas.

Las fotos aéreas se toman con cámaras métricas de 6’ y película pancromática blanco y negro.

2. CONTROL TERRESTRE

Será utilizado como control terrestre en su mayor parte, el control geodésico suplementario o fotogrametrico disponible, transfiriendo los puntos de imagen correspondientes, de las fotos

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antiguas a las que se estén obteniendo dentro del actual programa de levantamiento catastral.

En algunos casos habrá que colocar puntos por métodos clásicos y mediciones terrestres y en otros casos, por métodos de geodesia satelitar.

La densidad de control terrestre se ha concebido en bandas espaciadas cada 5 modelos estereoscópicos convenientemente ubicadas, para posibilitar tanto el ajuste en posición como en altura.

3. TRIANGULACIÓN AÉREA

Durante esta fase del levantamiento se crean y obtienen ¡as coordenadas de un número de puntos colocados en la zona de superposición de dos vistas aéreas sucesivas para permitir ¡a restitución fotogramétrica o producción del plano.

La triangulación aérea se realiza mediante la concatenación mecánica o analítica de los modelos de una misma línea de vuelo. Durante este proceso se producen errores propios de esta operación que se propagan siguiendo la forma de una parábola y se compensan mediante procedimientos de ajuste por fajas o en blocks.

4. LINDERACION Y EMPADRONAMIENTO

La identificación de linderos se ha previsto sobre fotocopias de ampliaciones fotográficas de las vistas aéreas, a escala aproximadamente igual a la del plano por levantar. como la fotografía aérea es de reciente obtención, la mayoría de linderos serán fácilmente fotoidentificables. Sin embargo, existe la posibilidad de tener que realizar mediciones complementarias para definir su ubicación.

En el caso particular de predios ubicados en zonas cubiertas de vegetación, las mediciones directas en el terreno para ubicar los linderos, tal vez serán la regla y no la excepción.

Identificado y cerrado un lindero, se colocará en su interior el código catastral correspondiente. Con ese mismo número asignado a la ficha catastral, se iniciará la labor de empadronamiento o toma de datos necesarios para definir al sujeto (propietario o posesionario) y relacionarlo con el objeto (predio o unidad catastral) mediante el vínculo entre ambos (derecho de propiedad o posesión).

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Existe un instructivo para realizar tanto la labor de fotoidentificación de los linderos como el llenado de la ficha de empadronamiento.

5. DIGITALIZACIÓN DE FICHAS CATASTRALES

Las fichas catastrales se digitalizan a efecto de grabar la información contenida en las mismas en medios magnéticos y facilitar su ulterior procesamiento.

6. RESTITUCIÓN FOTOGRAMETRICA

Durante esta fase se transforma la proyección cónica de las vistas aéreas a la proyección octogonal correspondiente al plano por levantar. Así se obtienen los detalles planimetricos y altimetricos.

En los sectores donde no existan levantamiento fotogramétricos previos a escala 1:25,000 , la restitución planimetrica a 1:5,000 o 1:10,000 será completada con la colocación de curvas de nivel cada 25 mts. , ubicación de quebradas y colocación de cotas de cumbres, cuellos y puntos importantes.

Cuando existan planos a 1:25,000 , estos serán previamente escaneados y vectorizados para obtener la información de altimetría y quebradas y colocar la información resultante dentro del formato de las hojas a 1:5,000 y 1:10,000.

La restitución abarcará fundamentalmente los linderos prediales y los demás detalles planimetricos incluidos dentro de las áreas de cultivo (vías de comunicación, red de riego, ideografía, centros poblados, etc.) e incluirá también los códigos catastrales, límites políticos y sus correspondientes códigos y la toponimia correspondiente.

Tanto la información planimétrica como la altimétrica será clasificada en capas o niveles(layers) de tal manera de facilitar la edición o ploteo posterior de la información general o temática.

7. REPORTES GRÁFICOS Y PLANOS CATASTRALES

Corno resultado de la restitución fotogramétrica se obtendrán planos planimétricos, planialtimétricos y temáticos, particularmente de linderos, con ¡a siguiente información para cada predio:

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- Código catastral.- Coordenadas del centroide- Área en hectáreas, con 2 cifras decimales- Perímetro en metros lineales, con 2 cifras decimales.

Los planos catastrales contendrán tanto la información topográfica general como la de linderos.

Relacionada e integrada la información gráfica obtenida en la restitución, con la obtenida por la digitación de las fichas catastrales, se podrán emitir los certificados catastrales y los formularios regístrales para la inscripción de los predios en los Registros Públicos.

8. PADRONES CATASTRALES

Se denomina generalmente así a los listados ordenados correlativamente por número de código catastral y con la información integrada gráfica y alfanumérica, y dentro del ámbito de una unidad orgánica catastral.

9. PUBLICACIÓN

Concluida la formación del catastro, deben hacerse públicos tanto los planos catastrales como los padrones para conocimiento de los interesados. Facilita ¡a ubicación un listado adicional alfabético de propietarios.

Los interesados dentro de los plazos que fijen las autoridades, podrán presentar en formularios pre-impresos, las observaciones o rectificaciones que deseen, las que serán atendidas, salvo aquellas que ameriten decisión judicial.

FASE LEGAL

1. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN JURÍDICA

El análisis de ¡a situación jurídica de los presuntos propietarios permite clasificarlos alfabéticamente en los siguientes grupos

- propietarios registrados- propietarios registrables- posesionarios registrables

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- precarios- predios en litigio- predios abandonados

Dentro de la fase legal se comprenderá la tarea de titulación, organización de los expedientes, preparación de los formularios registrales e inscripción de propietarios y posesionarlos.

Ayudarla en esta tarea la dación de algún dispositivo legal que otorgue carácter constitutivo y obligatorio al acto registral.

2. INSCRIPCIÓN REGISTRAL

El registro de acuerdo al código civil, es de carácter facultativo por lo que las inscripciones son solo procedentes, a solicitud de parte o por mandato judicial.La subdivisión de predios exige obligatoriamente el otorgamiento de nuevos códigos catastrales a cada una de las partes que integran el predio matriz. El número catastral de origen no debe ser utilizado nuevamente.

En los casos de acumulación se pueden mantener los códigos de origen de los predios que se integran u otorgar un nuevo número al predio global así constituido.

A causa de la intangibilidad del registro, las modificaciones de áreas solo son atendibles normalmente por la vía judicial. La ley peruana no permite la rectificación por simple informe de ingeniería.

CONSERVACIÓN CATASTRAL

Es criterio universalmente aceptado que un catastro que no se conserva, es preferible no levantarlo.

La conservación del catastro implica la actualización periódica de la base topográfica, generalmente cada 5 o 10 ellos y la actualización sistemática de ¡a información textual.

De acuerdo a la legislación peruana vigente, el catastro rural es competencia tanto del Ministerio de Agricultura como de los gobiernos locales (Municipalidades Distritales).

La conservación del catastro rural podría lograrse a través de ¡os Municipios, manteniendo el Ministerio de Agricultura las atribuciones normativas correspondientes.

Facilitaría la labor del Registro, la incorporación de un elemento técnico de ingeniería encargado del catastro, como sucede en

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otros países. La integración de Catastro y Registro es particularmente recomendable.

Si el Registro tuviera carácter obligatorio, la conservación catastral podría lograrse también a través de ese sistema.