Catalogo exposicion moriscos en el condado de Niebla
-
Upload
signos-comunicacion-y-marketing -
Category
Documents
-
view
216 -
download
0
description
Transcript of Catalogo exposicion moriscos en el condado de Niebla
C A T Á L O G OIV Centenario de la expulsión de losmoriscos del Condado de Niebla
5
C A T Á L O G OIV Centenario de la expulsión de losmoriscos del Condado de Niebla
7
C A T Á L O G OIV Centenario de la expulsión de losmoriscos del Condado de Niebla
EditaMancomunidad de Desarrollo Condado de Huelva.
DocumetosArchivo Fundación Medina Sidonia y Archivo Municipal de Villarrasa
Diseño y maquetaciónSignos S.L.L.
ISBN: 978-84-692-5138-6
Depósito Legal:H-201-2009
Septiembre de 2009
9
ÍNDICE:
Presentación
Prólogo
Catálogo Documental
Documento 1
Documento 2
Documento 3
Documento 4
Documento 5
Documento 6
Documento 7
Documento 8
Contexto Histórico
11
13
15
16
18
20
22
24
26
28
30
33
11
PRESENTACIÓN
Este catálogo, editado por la Mancomunidad de Desarrollo Condado de Huelva, supone la culminación de un proyecto lleno deilusiones que se ha desarrollado a lo largo del año 2009 y con el que se conmemora en nuestra comarca la expulsión de losmoriscos hace 400 años. Es la continuación de un trabajo llevado a cabo en octubre de 2006. En aquella fecha, para conmemorarel XV aniversario de la creación de la Mancomunidad, se organizó la exposición “Génesis de una comarca: Condado de Huelva”,en la que se trataba de dar a conocer, también con documentos históricos, los orígenes de su configuración y de la cual,igualmente se publicó un catálogo.
La iniciativa que ahora nos ocupa, comenzó su andadura cuando el Ayuntamiento de Niebla, antigua capital del Condado, seplanteó compilar toda la documentación que hubiese sobre este apasionante tema en el Archivo Municipal.
A continuación, para realizar un estudio más exhaustivo de las causas y consecuencias de la expulsión de los moriscos delCondado de Niebla en 1609, el estudio se dirigió a otras instituciones preservadoras de nuestro patrimonio documental, comoel Archivo de la Fundación Medina Sidonia y el Archivo Municipal de Villarrasa.
La Mancomunidad de Desarrollo Condado de Huelva, consciente de la importancia de promover el conocimiento del pasado yde reforzar la identidad comarcal entre sus municipios, adivinó un proyecto más ambicioso, invitando a participar en él a otrospueblos que también formaron parte de esta demarcación histórica: Bonares, Rociana y Villarrasa.
A modo de presentación de resultados, la Mancomunidad de Desarrollo Condado de Huelva ha editado este catálogo querecoge la información más interesante de algunas de las actividades que se han realizado, como es la exposición de losdocumentos históricos relacionados con la expulsión.
Tras desear que tanto éste como los demás actos que tendrán lugar, contribuyan a hacernos sentir más orgullosos, si cabe,de pertenecer a una comarca cuyo pasado posee una gran relevancia histórica, me resta agradecer su participación a todaslas instituciones que han colaborado e invitar a la población a compartir con los alcaldes de los municipios de la Mancomunidad,los actos que con tanta ilusión se han organizado.
Ignacio Caraballo RomeroPresidente de la Mancomunidad
PRÓLOGO
Escribir estas líneas tiene para mí un significado especial, ya que con la publicación de este catálogo se profundiza en elconocimiento del pasado de nuestra comarca a través de la investigación. Celebramos en 2009 una efemérides de grantrascendencia para el Condado: hace cuatrocientos años los moriscos fueron expulsados de nuestro territorio.
La puesta en marcha de este proyecto ha sido un largo camino que comenzó con una mirada atrás al pasado común de losmunicipios que actualmente conforman la comarca, un proceso también de aprendizaje, que ahora queremos compartir contodos los habitantes de nuestra zona.
En efecto, en las páginas que se publican a continuación, se revelan acontecimientos de gran interés. Para ello, nos remitimosa la historia del Condado de Niebla, que comienza en 1368, cuando Enrique II Trastámara cedió el término de Niebla y sus aldeasa Juan Alonso de Guzmán, señor de Sanlúcar de Barrameda, como recompensa por servicios prestados a la Corona.
El siglo XV conoció una etapa de esplendor en lo que a repoblación se refiere, pues las casas nobiliarias llevaron a cabo unapolítica de atracción de efectivos humanos a sus jurisdicciones, con el fin de explotar las tierras e incrementar las rentasseñoriales.
Por el contrario, en la primera mitad del siglo XVI, en la mayoría de las localidades que configuraban el Condado de Niebla, seaprecia un descenso del número de vecinos, probablemente fruto de una economía agrícola que no pudo recuperar la pérdidade recursos humanos que supuso la emigración a América.
El siglo XVII se caracterizó por ser un periodo de crisis y descenso demográfico generalizado. Los factores que contribuyerona conformar este panorama fueron muy diversos: epidemias, aumento de la presión fiscal, escasez de trigo y cosechas insu-ficientes, etc. siendo en este contexto en el que se sitúa la expulsión de los moriscos del Condado de Niebla, por orden de laMonarquía, en 1609.
Todo lo anterior, y mucho más, tiene el lector ocasión de comprobarlo en las páginas que siguen, que son un punto de partidapara aquellos que deseen conocer cómo se vivió la expulsión de los moriscos de nuestro territorio.
Este trabajo de investigación, clarificador de nuestro pasado, era muy necesario. A dicho trabajo ha contribuido el rescatede los documentos históricos que se exponen en este catálogo y la labor de los profesores Manuel F. Fernández Chaves yRafael M. Pérez García que lo han llevado a término. Nos queda ahora el desafío de proseguir ahondando en la senda abierta.
Mayte Jiménez DíazGerente de la Mancomunidad
13
C A T Á L O G O D O C U M E N T A L
documento I
16
ES AFMS Signatura 919Bula dada por el papa Nicolás II al duque don Juan de Guzmán sobre concesión de mercedes y gracias a loscaballeros que ofrezcan sus servicios en la guerra santa contra los moros asentados en los reinos deEspaña.
« Dux de Medina et Comes de Nebula... »
Casa Ducal de Medina Sidonia. Condes de Niebla.14471 BulaUnidad documental simple.
17
18
ES AFMS Signatura 2498
Padrón de vecinos moros que se encontraban en el Condado de Niebla.
“Relaçión de los moros que se hallaron en Niebla, blancos y negros (…)”
Casa Ducal de Medina Sidonia. Condes de Niebla.14922 hojas tamaño folioUnidad documental simple.
documento II
19
ES AFMS Signatura 959
Padrón de vecinos del Condado de Niebla en el que se expresa el caudal de cada uno; incluidos los pobres, viudas y menores.
“Padrón de los vecinos de la villa de Niebla, Beas, Villarrasa, Bonares, Trigueros, SanJuan del Puerto, Almonte, Rociana (…) hecho en el año 1503 (…) y en virtud de ordendel señor duque don Juan Alonso en que se expresa la contía o caudal de cada vezino”.
Casa Ducal de Medina Sidonia. Condes de Niebla.15031 folioUnidad documental simple.
20
documento III
21
ES AFMS Signatura 1021
Real provisión de Felipe II prohibiendo sacar trigo de Andalucía para mitigar la carestíaprovocada por las continuas guerras.
“Don Felipe, por la gracia de Dios, rey;A vos los conçejos, justiçia y regimientos de las villas de Niebla y lugares de su juris-
dicción (…) vos mandamos que para provisión de pan y panaderías y plaças de esas di-chas villas y lugares; podáis tomar y toméis a los arrendadores de pan de ellas lamitad del trigo, cevada, centeno y avena que en ellas hubiese…”
Casa Ducal de Medina Sidonia. Condes de Niebla. 15961 folioUnidad documental simple.
22
documento IV
23
ES AFMS Signatura 4911
Carta de los Duques de Medina Sidonia al Concejo de Niebla ordenando la fundacióndel Convento de Santo Domingo y la celebración de la fiesta en honor a San Miguel.
“Conçejo, justiçia y regimiento de mi villa de Niebla deseando que en ella como cabeçade este estado, se acabe de fundar el convento de Santo Domingo (…) advirtiendo quela fiesta de San Miguel y todas las de la devoçión de la villa se harán allí…”
Casa Ducal de Medina Sidonia. Condes de Niebla. 16101 folio.Unidad documental simple.
24
documento V
25
ES AFMS Signatura 2408
Real Cédula de su majestad Felipe III ordenando la expulsión de la población morisca delos reinos de España y advirtiendo al duque de Medina Sidonia de la posible llegada demoriscos a sus tierras.
“Duque de Medina Sidonia (…) he dado permisión a todos los de esta naçión que sequisieren yr de mis reynos y sennoríos de Espanna (…) y que siendo los dichos moris-cos tan ladinos y pláticos podrían venir a esa provincia a asentarse por soldados (…)maquinando trayçiones”
Casa Ducal de Medina Sidonia. Condes de Niebla.16101 folioUnidad documental simple. 26
documento VI
27
28
documento VII
ES AM Villarrasa Signatura 2
Carta del asistente de Sevilla trasladando la orden de su majestad para que finalice laexpulsión de los moriscos.
“El consejo, justicia y regimiento de la villa de Villarrasa (…) su majestad ha sido ser-bido que se dé por acabada la espulsión de los moriscos y que se mande a las justicias(…) que no admitan de aquí adelante delación alguna ni causa nueba de moriscos sinotan solamente contra aquellos que abiendo sido expelidos obieren buelto o bolbieren…”
Ayuntamiento de Villarrasa.16141 folio. Unidad documental simple.
29
ES AFMS Signatura 3125
Carta de un ministro del Duque de Medina Sidonia describiendo la miseria y pobrezaque existe en el Condado de Niebla.
“Yo le dije quán acavados estavan todos los lugares y (…) aunque don Diego de Riañoquisiera hacer jornada al Condado, abría lugares donde no allaría ni buena possada porlo pobre que están…”
Casa Ducal de Medina Sidonia. Condes de Niebla. 16351 folio Unidad documental simple.
30
documento VIII
31
33
C O N T E X T OH I S T Ó R I C O
Manuel F. Fernández Chaves y Rafael M. Pérez García
Universidad de Sevilla
La importancia de la villa de Niebla en la historia de An-
dalucía fue manifiesta desde su incorporación a la co-
rona castellana por Alfonso X en 1262 y el paso de su
último rey Ibn Mafot (“Don Abenmafor” o Abenmafon
en las fuentes cristianas) por la residencia de la Buhaira
en la Huerta del Rey de Sevilla, tratado con todos los ho-
nores. El reino conquistado aseguraba el flanco oeste de
la ciudad de Sevilla y permitía asegurar el avance por el
valle bajo del Guadalquivir, desplazando las preocupa-
ciones militares de los monarcas castellanos mucho más
al sur, concentrándose en el Estrecho de Gibraltar y el
naciente Reino de Granada. Como indica el profesor Mi-
guel Ángel Ladero Quesada, la villa de Niebla ocupaba
por población y situación geográfica un puesto de pri-
mer orden por el que estaba llamada a jerarquizar las
relaciones económicas entre los puertos de la costa, el
productivo campo del Andévalo y la sierra de Aroche en
el Norte, articulando estas áreas productivas y adminis-
trativas con la próxima ciudad de Sevilla y el comercio
marítimo. Sin embargo, la señorialización de este terri-
torio, excepto lo que entró dentro de la Tierra de Sevilla
(a la que pertenecía la mayor parte de la Sierra de Aro-
che) truncó esta articulación territorial, fragmentándose
el espacio político y los canales comerciales y de distri-
bución en torno a los diversos intereses de los nuevos
señores de la tierra. La consolidación del dominio nobi-
liario en la zona fue auspiciada por la propia monarquía,
que encontraba en sus extensas tierras un espacio idó-
neo para otorgar mercedes y compensaciones a los
grandes magnates, que aumentaban así su poder. Con
el ascenso a la corona de los Trastámara comenzarán a
fijarse estos señoríos. Así, en 1369, nada más terminar
la guerra entre Enrique II y su hermanastro Pedro I, se
produjo la donación del antiguo y extenso Reino de Nie-
bla al señor de Sanlúcar de Barrameda, Juan Alfonso de
Guzmán, con el título de condado, como dote por su ca-
samiento con Juana de Castilla, sobrina del nuevo rey
Enrique II. Mediante la compra del señorío de Ayamonte
en el siglo XV, los Guzmán crearán un extenso estado se-
ñorial que iba desde Paymogo cerca de la raya de Por-
tugal hasta la fortaleza de Jimena de la Frontera en
Cádiz.
El Condado de Niebla supuso la base territorial funda-
mental para la expansión y consolidación de uno de los
linajes más poderosos de la corona castellana. Significó
también la participación de sus hombres y recursos en
las empresas de los titulares del señorío, y por tanto, su
entrada en la alta política castellana. La casa de Niebla
gozó del favor real, siendo recompensados con el título
de duques de Medina Sidonia por Juan II en 1445. Los
Guzmán forjaron gran parte de su poderío en el servicio
al rey en una de las causas más importantes para la mo-
34
EL CONDADO DE NIEBLA: IV CENTENARIO DE LA EXPULSIÓN DE LOS MORISCOS.
narquía: la lucha contra el infiel. De esta manera la pre-
sencia de este linaje en las guerras de la frontera del
Reino de Granada constituía uno de los pilares esencia-
les de las huestes del rey. Durante la Edad Media, la gue-
rra contra el Islam había sido protagonizada por los
europeos en dos frentes: el “internacional” de las Cru-
zadas, que tuvieron lugar en Tierra Santa, y otro más
“doméstico” en la Península Ibérica. Frisando ya la se-
gunda mitad del siglo XV, la recuperación de Tierra Santa
se había convertido en un sueño alejado ya de la pre-
sencia de cruzados y caballeros de las órdenes militares
del Hospital o del Temple instalados en la Jerusalén con-
quistada en el siglo XII. En 1447, fecha del primer docu-
mento de esta exposición, podemos constatar cómo el
Papado, preocupado enormemente por el avance de los
turcos otomanos (no olvidemos que Constantinopla
sería conquistada en 1453), volvía a llamar a la lucha
contra el Islam en un momento en que se intentaba li-
quidar el Cisma de Oriente reintegrando la Iglesia Orto-
doxa bizantina en la Católica Romana a través del
Concilio de Ferrara-Florencia (1438-1439). No olvidaba
el frente peninsular, y por ello exhortaba a los reyes y
grandes señores a continuar su lucha contra el Islam.
Esta bula dada por el papa Nicolás II estaba destinada
directamente a D. Juan de Guzmán, “Dux de Medina et
Comes de Nebula”, pues sus dominios lindaban con el
Reino de Granada. El objetivo era el “pagano et sarra-
ceno exterminio et dicte fidei propagatione”. A cambio,
como era habitual, se ofrecían indulgencias y favores a
los caballeros que participasen en esta cruzada.
La presencia del Islam en las tierras del Condado de Nie-
bla está mal estudiada por la falta de fuentes. La carta
puebla otorgada a Niebla por el Rey Sabio en 1263 es-
pecifica que después de la conquista “echamos ende a
los moros y poblamosla de christianos”, pero lo cierto es
que en 1267 los deslindes de términos se realizaron “con
consejo de moros sabidores de la tierra”, lo que revela
que no todos abandonaron la villa. En cualquier caso,
sabemos que tras la revuelta mudéjar que aconteció en
el valle del Guadalquivir bajo el reinado de Alfonso X en
1264, muchos musulmanes emigraron al Reino de Gra-
nada, y eso hubo de suceder también en Niebla. Fueron
pocos los que finalmente se quedaron. Con el paso del
tiempo, sin embargo, existieron movimientos de pobla-
ción en sentido contrario, y algunos escogieron para su
35
documento I
documento II
documento II
medro económico salir de tierras islámicas y ocupar ofi-
cios, en muchos casos especializados, en señoríos o ciu-
dades castellanas. Estos musulmanes habitantes en
reinos cristianos fueron llamados “mudéjares” (del
árabe mudayyan, “sometido”, “domesticado”). Su con-
vivencia con la mayoría social cristiana no estuvo exenta
de problemas, pero en líneas generales fueron bien con-
siderados por sus habilidades laborales.
Con el fin de la conquista del Reino de Granada en 1492
y la consiguiente liquidación política del Islam peninsu-
lar, los Reyes Católicos respetaron el culto islámico y el
estatuto de los mudéjares, aunque la expulsión de los
judíos en aquel mismo año señalaba claramente la vo-
luntad regia de homogeneizar las prácticas religiosas y
evidenciaba el deseo de Isabel y Fernando de que se
produjera la conversión al cristianismo de sus súbditos
musulmanes. Por ello no es casual que el documento II,
un padrón de mudéjares o “moros” del Condado de Nie-
bla haya sido confeccionado en aquel año de 1492, mo-
mento en el que desde el poder político se pretendía
conocer cuántos musulmanes habitaban en el Reino de
Castilla, dado que con la conquista del Reino de Granada
la pequeña minoría de los mudéjares se convertía en un
importante contingente de población asentado en el Sur
y en contacto vía marítima con el Islam norteafricano.
En este rico documento aparecen especificados los nom-
bres y apodos, algunos oficios (Hamete herrero), y entre
ellos aquellos que tenían grado de oficial (Andrés car-
pintero, Mahoma yesero), algunos apellidos o simple-
mente nombres que señalaban su procedencia
(Paymogo, Juan de Trigueros, Mahoma de Túnez), e in-
cluso alguna tara física que permitía su fácil reconoci-
miento (Alhage tuerto). Se indicaban los ausentes, y se
hacía una clara distinción entre los blancos y negros, fun-
damentalmente por la función que cumplía la tez del
cuerpo para la identificación de los individuos. Además,
el color de la piel daba una primera noticia acerca del
origen del individuo: blancos, aquellos musulmanes del
Norte de África o del Reino de Granada que habían sido
capturados durante la reciente guerra y esparcidos por
Andalucía llegando, por tanto, a Niebla; negros, aquellos
otros de origen subsahariano, numerosos entonces en
Andalucía en una época en que mercaderes portugueses
de esclavos enviaban a su país y al sur de la Península
importantes cargamentos de “negros” fruto de sus acti-
vidades en la costa atlántica africana. Además, en las dé-
cadas anteriores también los habitantes de la costa
onubense habían frecuentado la costa del Sáhara, de
Marruecos, Guinea y Senegal capturando esclavos, y el
transcurso de los años acabó produciendo la aparición
de un grupo nada desdeñable de negros libertos anda-
luces. Muchos de esos negros procedían de zonas de
África ya islamizadas, o habían sido capturados previa-
mente por negreros musulmanes del norte de África.
Cuando en 1499 la política religiosa de los Reyes Católi-
36
cos en el Reino de Granada dio un paso decisivo hacia la
intransigencia y presionó claramente en el sentido de la
conversión, los mudéjares granadinos protagonizaron di-
versas revueltas que fueron finalmente aplastadas en
1501. En el contexto de estas sublevaciones, el duque
de Medina Sidonia desplazó a Niebla 33 familias de mu-
déjares oriundas de la Serranía de Casares que pronto
recibieron el bautismo. Es conocido el edicto de febrero
de 1502 dado por los Reyes Católicos, por el que como
había sucedido 10 años antes con los judíos castellanos,
se planteaba a los musulmanes de aquel reino el dilema
entre la conversión al cristianismo o el destierro fuera
de la Península. Estos “nuevos cristianos” quedaban en
una situación social y política difícil, complicada en el
caso de Niebla por depender la villa de un señor noble,
haber una importante presencia esclava anterior, y ser
estos ahora “moriscos” una suerte de botín de guerra.
Los problemas no podían hacerse esperar, y en 1514 en-
contramos pleiteando ante el Consejo Real de Castilla a
“los moriscos christianos nuevos vezinos de la villa de
Niebla” con la duquesa de Medina Sidonia Doña Leonor
de Guzmán por pretender ésta su esclavitud y defender
aquellos su libertad.
El edicto de 1502 de los Reyes Católicos transformó ra-
dicalmente la situación de los descendientes de los an-
tiguos mudéjares. Aunque se produjo una emigración
de granadinos al otro lado del Estrecho de Gibraltar, el
Reino de Granada no se vació, pues muchos de sus ha-
bitantes optaron por quedarse en el solar de sus ante-
pasados. Esto supuso el ingreso en la Iglesia cristiana de
un número muy importante de conversos, “cristianos
nuevos de moro” también conocidos como “moriscos”,
a los que se unían los mudéjares que vivían en otras par-
tes de Castilla, como los de Niebla. Estos nuevos cristia-
nos tuvieron una difícil convivencia con los cristianos
“viejos”, en una relación con importantes altibajos que
acabó en la nueva rebelión abierta de los granadinos en
la navidad de 1568. La subsiguiente guerra, calificada de
“civil” por algún coetáneo, duró hasta finales de 1570, y
supuso la confirmación de la fractura social entre cris-
tianos viejos y nuevos, sospechosos los últimos de he-
rejía y conductas asociales. Para desarraigarlos del Reino
de Granada, fueron deportados por todo el Reino de
Castilla, en principio en grupos pequeños para romper
37
documento III
documento IV
los lazos de solidaridad y parentesco, y diluirlos de ese
modo en la sociedad cristiana vieja. Pero con el tiempo
fueron concentrándose y rehaciendo sus comunidades,
en un exilio forzado que transformó a estos moriscos en
vecinos de muchas poblaciones distantes del reino de
Granada, y omnipresentes viajeros especializados en la
arriería y el comercio a pequeña escala. Así, las depor-
taciones interiores puestas en práctica por Felipe II no
evitaron como dijimos la movilidad y la concentración
de grandes contingentes de moriscos en zonas cercanas
a su antiguo reino, como en Córdoba, Jaén o Sevilla, ade-
más de la construcción de prósperas comunidades en el
Campo de Calatrava, Ciudad Real, Pastrana, Ávila o To-
ledo. Pese a su imperfección, estas medidas demostra-
ron el poderío de la Corona y la capacidad de la misma
para movilizar hombres y recursos así como para dislo-
car poblaciones enteras. El objetivo, aunque pueda pa-
recer contradictorio por lo expeditivo del método, era el
de la asimilación en la sociedad, religión y cultura ma-
yoritarias a través del desarraigo y el olvido de una cul-
tura que había sido acunada entre las sierras del Sistema
Subbético y el Mediterráneo.
La convivencia entre los moriscos y los cristianos viejos
fue contradictoria, abarcándose todos los matices ima-
ginables entre la plena integración y el rechazo y segre-
gación (por ambas partes) más radical. Existieron
pareceres de todo tipo sobre su grado de conversión sin-
cera y su comportamiento asocial, generados por ecle-
siásticos, estadistas, letrados y literatos que reflejan muy
bien la falta de univocidad de un problema humano y
por tanto, poliédrico en sus dimensiones y posibles so-
luciones.
Mientras este proceso social seguía un cauce en muchos
casos realmente integrador, la política internacional de
la Monarquía Hispánica absorbía con cada vez más
extensión y complejidad los recursos financieros, mone-
tarios, alimenticios y humanos de España y su imperio.
La demografía y las condiciones de vida del Antiguo
Régimen no permitían reponer con celeridad los recur-
sos humanos que se invertían en lejanos frentes, y este
difícil equilibrio podía romperse si se daba un ciclo de
malas cosechas. La carestía prolongada significaba la
ruina del principal capítulo de producción económica en
la Edad Moderna: el agrícola. También traía el hambre y
la desnutrición, y con ella el debilitamiento de los orga-
nismos. Si a la carestía se unía un ciclo epidémico, la cri-
sis demográfica y económica estaba servida. Tal ciclo
epidémico tuvo lugar entre 1596 y 1602, y se conoció
con el nombre de “peste atlántica”. Esta situación apa-
rece perfectamente reflejada en el documento III, una
orden real enviada al duque que le facultaba para
prohibir la saca de trigo de sus señoríos, incluyendo el
Condado de Niebla. El duque la había solicitado al rey
pues ya se habían enviado emisarios para comprar trigo
38
en Cartagena y Murcia, y aún así no parecía que bastase
para cubrir las necesidades de sus estados. El duque se
temía que los diferentes cargos eclesiásticos que tenían
propiedades en sus estados y la propia Iglesia a través
del diezmo de las cosechas empleasen su cereal panifi-
cable, para hacer un buen negocio sacando el trigo y
vendiéndolo en la ciudad de Sevilla, siempre hambrienta
y donde se pagaba mejor la fanega (a cuatro ducados,
según el documento). Por ello el duque utilizó su
influencia para que en el Condado de Niebla y en el resto
de sus estados la mitad del trigo, cebada y centeno
correspondiente a los beneficiados de la Iglesia y el
diezmo sólo pudieran ser comprados donde se produ-
cían. Documentos como este evidencian la situación de
crisis que pasaba la España de finales del siglo XVI.
Aunque pueda parecer paradójico, el cambio de tenden-
cia económica en el paso del Quinientos al Seiscientos
coincide en el tiempo con el máximo vigor de otro fenó-
meno social: el de las fundaciones conventuales, que se
multiplican por centenares entre ambos siglos, y del que
Niebla tampoco dejó de participar. Así, el duque de
Medina Sidonia impulsa la fundación en Niebla del con-
vento de Santo Domingo (documento IV), prueba del
compromiso del conde con las órdenes religiosas. Al
actuar así, el duque responde a una pauta de compor-
tamiento habitual entonces entre la nobleza española,
que favorece las fundaciones religiosas como medio de
engrandecer las poblaciones de sus estados y atraer
hacia éstas y hacia sus propias personas los bienes espi-
rituales dispensados desde los conventos. Una geografía
de la gracia se construía paso a paso sobre una econo-
mía en descomposición.
La expansión económica y demográfica que ocupó
prácticamente todo el siglo XVI en Andalucía comenzaba
a dar señales de debilitamiento, a la par que el vigor con
el que los reyes españoles ejercían de supremos árbitros
de la política europea. Por ello Felipe III, que llegó al
trono en 1598, siguió los consejos de su valido, D. Fran-
cisco Gómez de Sandoval y Rojas, duque de Lerma, para
firmar acuerdos de paz con diversas potencias y detener
así la hemorragia de hombres y recursos. Esta “Pax His-
panica”, como se la conoció, se ha interpretado no como
el cese voluntario de una política beligerante, tal y como
la “Pax Augusta” del Imperio Romano en el siglo I d.C.,
sino como una urgente necesidad impuesta por el deve-
39
documento V
documento VI
nir de los acontecimientos y la falta de capacidad de
respuesta política y militar de un imperio agotado y en
bancarrota.
Sin embargo, las políticas pacificadoras y de entendi-
miento tienen un sentido de rendición que no escapó a
los gobernantes y hombres de estado tanto en España
como fuera de ella. Por eso a los gestores de estas polí-
ticas se les criticó y presionó, dado que la imagen de po-
derío imperial se debilitaba con estos acuerdos,
considerados por muchos como concesiones de venci-
dos. De ahí que se haya interpretado la decisión de ex-
pulsar a los moriscos como una medida de carácter
fundamentalmente político, que pretendía mostrar la
fuerza y la capacidad logística del imperio, a la par que
reafirmar los pilares ideológicos que lo sustentaban. Se
quería responder así con la “solución” a un problema
“doméstico” que se arrastraba desde tiempo atrás. Ge-
neralmente se considera como un factor determinante
de esta interpretación el hecho de que exista una
coincidencia cronológica entre la firma de la Tregua de
los Doce Años con las rebeldes Provincias Unidas y la
toma de la decisión de la expulsión de los moriscos en
abril de 1609.
Esta medida no estuvo ni mucho menos exenta de polé-
mica, y vino a dividir a la opinión pública, aunque las ma-
nifestaciones en contra o al menos críticas con la medida
sólo pudieron ejercerse a través de un alambicado dis-
curso emitido por algunos prelados, políticos y miem-
bros de las administraciones locales. La expulsión fue
conocida en Europa entera, y tuvo varias fases.
En 1609 se comenzó por los moriscos del Reino de Va-
lencia, mucho más islamizados que sus correligionarios
de Castilla. 1610 fue el turno de los moriscos andaluces
y de Hornachos, enclave extremeño famoso por tener
una población que pertenecía casi en su totalidad a esta
minoría. La gran presencia de moriscos en tierras anda-
luzas y su mayor grado de integración se manifestaron
con un nivel más alto de resistencia al decreto por parte
de oligarquías locales y señores, por lo que el rey tuvo
que ir publicando diversas cédulas para matizar las ex-
cepciones al bando de expulsión. Entre las cuales se si-
tuaría el mismo duque de Medina Sidonia. Es conocida
la participación en los preparativos logísticos y en el apa-
rato administrativo de la expulsión del duque D. Alonso
Pérez de Guzmán, pues su control de extensos territo-
rios como el Condado de Niebla y de gran parte del lito-
ral gaditano y onubense lo señalaban como una pieza
clave en la buena marcha de las operaciones. Por ello el
duque solicitó no la conservación de sus vasallos moris-
cos, como sí hicieron otros nobles, sino que el rey le
permitiese “quedarse” tan sólo con seis de ellos, que
eran jardineros y bordadoras muy viejos que vivían en
su palacio de Sevilla y a los que a buen seguro unía una
40
cierta relación de afecto. Pese a la aceptación de Felipe
III, sus consejeros le indicaron la conveniencia de que el
duque de Medina Sidonia como uno de los nobles más
importantes de la monarquía diera ejemplo, por lo que
en el documento VI vemos la última decisión de Felipe
III, con su letra y firma, señalando al duque que con esta
excepción otros muchos se apoyarían en ella para soli-
citar idéntico trato, por lo que le rogaba los enviase tam-
bién fuera de España. También la Condesa de Niebla
actuó del mismo modo, solicitando en enero de 1610 la
permanencia para dos de sus criados moriscos alegando
que eran buenos cristianos, y consiguiendo en este caso
evitar su embarque.
Sin embargo, la expulsión distó de ser perfecta y com-
pleta y el fenómeno del retorno de moriscos expulsados
fue constante. Ello se debía a multitud de factores, entre
los que pueden contarse la conversión sincera, la volun-
tad de volver a lo que se considera la patria verdadera,
la mala acogida en tierras africanas o europeas, o las
dificultades inherentes a todo exilio forzoso para encon-
trar un hogar, la inserción en el tejido productivo, las
bases sociales y familiares adecuadas para llevar ade-
lante la vida, etc.
El morisco Ricote, personaje cervantino de los más ela-
borados, conlleva en su relato y en el de su familia,
buena parte de estos matices, que se entremezclaban
en un sinfín de historias personales que formaban una
enorme casuística.
En la Aracena de 1610 algunos vecinos lloraban al ver
partir a muchos moriscos que habían llegado como
niños o bien habían ya nacido en la villa tras las depor-
taciones de 1570-1571, y en muchos casos eran moris-
cos sólo en el nombre. La persistencia de los retornos,
junto a los ocultamientos y pleitos entablados por
particulares e instituciones, movieron a la corona a
realizar nuevas expulsiones entre 1611 y 1614, año este
en que se decretó el final de la expulsión. Tal decreto
tuvo la misma resonancia nacional que el de expulsión,
llegando a todas las localidades de realengo o señorío.
El documento VII muestra cómo se recogió en las Actas
capitulares del concejo de Villarrasa la orden real,
transmitida por el Asistente de Sevilla, para no detener
41
documento VII
documento VIII
a ninguno acusado de morisco, sino sólo a aquellos que
habiendo sido expulsados habían retornado clandesti-
namente.
Los castigos previstos en la disposición eran terribles:
pena de galeras para los hombres y doscientos azotes
para mujeres, personas mayores e impedidas. En caso
de reincidencia, el castigo sería la muerte. La operación
había puesto en juego los engranajes logísticos, las leal-
tades locales y regnícolas de los estados peninsulares y
la precisión de la maquinaria bélica y financiera de la
corona, así como la capacidad de resistencia de la socie-
dad española a medidas tan traumáticas.
La corona, pese a todos los fallos de la operación y las
críticas internas y extranjeras, había culminado con éxito
y apuntalado con una propaganda ingente (manifestada
a través de libros y relaciones de sucesos que justifica-
ban lo acontecido y la licitud de la decisión) uno de los
actos políticos más importantes del reinado de Felipe III,
y sin duda de la historia de España. Se pretendía así
cerrar de una vez por todas la reconquista cristiana de
la península, reservando para el rey Felipe III el honor
de conseguirlo. La clausura de esta constante histórica
vendría a reparar el “error” de Felipe II de no haber
terminado con los moriscos tras la guerra, pues los
repartió por toda Castilla, aumentando el mal según
opinión de muchos. Los que mantenían esta postura
minimizaban el hecho de que estos moriscos, mejores o
peores observantes de la religión cristiana, e incluso
apóstatas en una proporción importante, eran, para
pesar de muchos y de algunos de ellos, cristianos bauti-
zados, por lo que no pudieron ser esclavizados en la gue-
rra de 1568-1570, y mucho menos expulsados en masa
sin revisar cada caso.
Si volvemos un momento al documento número I recor-
daremos que era el papa Nicolás II quien sancionaba la
conquista y animaba al “exterminio” del peligro sarra-
ceno o mahometano del Reino de Granada. Sin
embargo, en la expulsión de 1609-1614, Felipe III y los
prelados que apoyaron la expulsión como el Patriarca de
Valencia Juan de Ribera, no recibieron nunca por parte
del papa Paulo V la aprobación de este acto. Considera-
dos como “tallos tiernos” que aún habían de madurar
en la fe, al recibir las aguas bautismales eran cristianos
que habían ante todo de ser salvados.
Tras la expulsión de los moriscos se verterían muchas
opiniones. Algunos arbitristas, entre los cuales había
burgueses, ingenieros, eclesiásticos y gentes de variada
condición, se posicionaron favorablemente sobre la
expulsión, y en algunos casos, se consideró la pérdida
irreparable de población, conocimientos y cultura. En
general, en el reinado de Felipe IV se estimó como
desacertada la medida, tanto porque se creía así como
42
porque era una manera de desacreditar las acciones po-
líticas del duque de Lerma, el antimodelo (al menos en
la propaganda) del nuevo valido, el Conde-Duque de Oli-
vares. Sin embargo, D. Gaspar de Guzmán no sólo se
alejó en sus posiciones políticas del viejo duque de
Lerma mostrando una fría actitud ante la radical medida,
sino que también lo hizo en la reactivación de numero-
sos y costosos frentes bélicos que desembocaron (no
siempre por su propia iniciativa) en una honda crisis que
sacudió las lealtades imperiales, desgastó sus recursos
económicos y humanos y precipitó a la monarquía en un
letargo político muy agudo.
Durante los años 30 del siglo XVII se comenzaron a
repetir los elementos de crisis de subsistencias del
Antiguo Régimen anteriormente descritos, que preludia-
ban el desastre que se avecinaba. El malestar con la
política belicista y de ampliación de recursos financieros
de la corona puesta en marcha por el Conde-Duque que
se traducía en el aumento de impuestos, contribuciones
en hombres para la guerra y la creación de donativos y
empréstitos forzosos colmó la paciencia de muchos.
A partir de 1640 la crisis política se acentuó, con el in-
tento de separación de Portugal y Cataluña de la obe-
diencia del rey Felipe IV, amén de otros levantamientos
como el de Nápoles o el frustrado proyecto del marqués
de Ayamonte D. Francisco Antonio de Guzmán y Zúñiga
y el mismo duque de Medina Sidonia y Conde de Niebla
D. Gaspar de Guzmán y Sandoval por separarse de la
obediencia regia, que no tuvo éxito.
El documento VIII recoge el breve, pero ilustrativo,
testimonio de uno de los ministros del duque de Medina
Sidonia algunos años antes de la tormenta política. En
esta carta se hace eco de las dificultades para recaudar
el dinero de un donativo solicitado por la corona para
sostener sus campañas militares, al tiempo que recuerda
que el Condado no era un lugar donde se pudiera recau-
dar mucho dado que “habría lugares donde no hallaría
ni buena possada por lo pobre que están”.
A la altura de la década de 1630, la crisis económica y
demográfica era una profunda realidad en la que se ha-
llaba sumergido todo un país otrora poderoso y al que
desmedidas e insensatas opciones políticas basadas en
el prestigio exterior y la propaganda interior sólo habían
servido para asegurar el camino hacia el abismo. De ellas
era excelente ejemplo la expulsión de los moriscos.
44
BIBLIOGRAFÍA:
- ÁLVAREZ DE TOLEDO, Luisa Isabel: Alonso Pérez de Guz-
mán. General de la Invencible, Cádiz, Universidad de
Cádiz & Junta de Andalucía, 1994.
- ATIENZA, Ángela: Tiempos de conventos. Una historia
social de las fundaciones en la España moderna, Madrid,
Marcial Pons & Universidad de La Rioja, 2008.
- DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio, VINCENT, Bernard: Histo-
ria de los moriscos. Vida y tragedia de una minoría, Ma-
drid, Alianza Editorial, 1985.
- FERNÁNDEZ CHAVES, Manuel F. & PÉREZ GARCÍA, Ra-
fael M.: En los márgenes de la ciudad de Dios. Moriscos
en Sevilla, Valencia, Universidad de Valencia, 2009.
- GALÁN PARRA, Isabel: El linaje y los estados señoriales
de los duques de Medina Sidonia a comienzos del siglo
XVI, En la España medieval, 11, 1998, pp. 45-78.
- GALÁN PARRA, Isabel: Las ordenanzas de 1504 para
Huelva y el condado de Niebla, Huelva en su Historia, 3,
1990, pp. 107-174.
- GONZÁLEZ CRUZ, David: El tiempo y las fuentes de su
memoria. Historia moderna y contemporánea de la pro-
vincia de Huelva, Huelva, Diputación de Huelva, 1995,
tomo II.
- GONZÁLEZ JIMÉNEZ, Manuel: Los mudéjares andaluces
(ss. XIII-XV), en Andalucía a debate, Sevilla, Universidad
de Sevilla, 1994, pp. 121-154.
- GONZÁLEZ JIMÉNEZ, Manuel: Fiscalidad regia y seño-
rial entre los mudéjares andaluces (siglos XIII-XV), Actas
del V Simposio Internacional de Mudejarismo, Teruel,
Instituto de Estudios Turolenses, 1991, pp. 221-239.
- LADERO QUESADA, Miguel Ángel: Andalucía en el siglo
XV. Estudios de Historia Política, Madrid, Consejo Supe-
rior de Investigaciones Científicas, 1973.
- LADERO QUESADA, Miguel Ángel: Niebla, de reino a
condado. Noticias sobre el Algarbe andaluz en la Baja
Edad Media, Huelva, Diputación de Huelva, 1992.
- LADERO QUESADA, Miguel Ángel: Los esclavos de la
casa ducal de Medina Sidonia (1492-1511), Homenaje al
Profesor Jacinto Bosch Vilá, Granada, Universidad de
Granada, 1991, vol. I, pp. 225-232.
- LÓPEZ MARTÍNEZ, Celestino: Mudéjares y moriscos se-
villanos, Sevilla, Renacimiento, 1993.
- MONTES ROMERO-CAMACHO, Isabel: El trabajo de los
mudéjares en el abastecimiento de agua a la Sevilla ba-
jomedieval: los moros cañeros y el acueducto de los
caños de Carmona, Actas del VI Simposio Internacional
de Mudejarismo, Teruel, Instituto de Estudios Turolen-
ses, 1995, pp. 231-255.
- MONTES ROMERO-CAMACHO, Isabel: Las minorías ét-
nico-religiosas en la Sevilla del siglo XIV: mudéjares y ju-
díos, en R. Valencia, (coord.), Sevilla, siglo XIV, Fundación
José Manuel Lara, Sevilla, 2006, pp. 135-141.
- PÉREZ-EMBID WAMBA, Javier (ed.): Memorias y suce-
sos notables de Europa, especialmente de Aracena y de
sus inmediaciones (Anales de 1558-1611), Diputación,
Huelva, 1999.
- PÉREZ EMBID WAMBA, Javier: El régimen señorial en
la segunda mitad del siglo XVI: estado del Condado de
Niebla. Huelva en su Historia, 12, 2005, pp. 219-255.
45
46
47
48
Organiza: Colaboran: