Caso Espinoza Gonzales vs Perú

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CASO ESPINOZA GONZALES VS PERÚ Se abre esta audiencia pública. SECRETARIA: Señores y señoras todos de pie. JUEZ: Muy buenos días se abre esta audiencia pública sobre las excepciones preliminares y eventuales fondos, reparaciones y costas. En el caso Espinoza Gonzales contra Perú y le concede la palabra al Sr. Secretario para realice las precisiones pertinentes. SECRETARIO: gracias presidente, los fotógrafos tienen 5 minutos para hacer las tomas respectivas, tomas que después deben retirarse del estrado. Así mismo se solicita a los asistentes apagar los teléfonos celulares. SECRETARIO: el propósito de esta audiencia pública es escuchar las declaraciones de 2 testigos propuestos por los representantes de la presunta víctima y el estado del Perú respectivamente, así como el dictamen de 1 perito propuesto por la comisión interamericana de los derechos humanos. Así mismo se escucharan los alegatos finales de las partes y las observaciones de la comisión interamericana sobre las excepciones preliminares y eventuales fondos, reparaciones y costas en el presente caso. El Juez Hugo García de nacionalidad Peruana no participará en el presente caso de conformidad con el artículo 19.1 del reglamento del tribunal. Antes de empezar se dará la bienvenida a los representantes de la comisión interamericana de los derechos humanos Silvia Rosario Guzmán, Érica Acuña abogada de la secretaria ejecutiva de la comisión dominicana, así mismo se da la bienvenida los representantes de la presunta víctima, por parte de la asociación de los derechos humanos Gisela Astocondo y Cecilia y por parte del centro de justicia internacional de derechos humano, Alejandra y por último se da la bienvenida a los representantes de la república del Perú Luis Alberto procurador público especializado Supranacional y agente titular, Juan Alberto (abogado de la procuraduría y agente alterno) y Mauricio (abogado de la procuraduría y agente alterno). De conformidad con el artículo 51 del reglamento la corte interamericana

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CASO ESPINOZA GONZALES VS PERÚ

Se abre esta audiencia pública.

SECRETARIA: Señores y señoras todos de pie.

JUEZ: Muy buenos días se abre esta audiencia pública sobre las excepciones preliminares y eventuales fondos, reparaciones y costas.

En el caso Espinoza Gonzales contra Perú y le concede la palabra al Sr. Secretario para realice las precisiones pertinentes.

SECRETARIO: gracias presidente, los fotógrafos tienen 5 minutos para hacer las tomas respectivas, tomas que después deben retirarse del estrado. Así mismo se solicita a los asistentes apagar los teléfonos celulares.

SECRETARIO: el propósito de esta audiencia pública es escuchar las declaraciones de 2 testigos propuestos por los representantes de la presunta víctima y el estado del Perú respectivamente, así como el dictamen de 1 perito propuesto por la comisión interamericana de los derechos humanos. Así mismo se escucharan los alegatos finales de las partes y las observaciones de la comisión interamericana sobre las excepciones preliminares y eventuales fondos, reparaciones y costas en el presente caso. El Juez Hugo García de nacionalidad Peruana no participará en el presente caso de conformidad con el artículo 19.1 del reglamento del tribunal.

Antes de empezar se dará la bienvenida a los representantes de la comisión interamericana de los derechos humanos Silvia Rosario Guzmán, Érica Acuña abogada de la secretaria ejecutiva de la comisión dominicana, así mismo se da la bienvenida los representantes de la presunta víctima, por parte de la asociación de los derechos humanos Gisela Astocondo y Cecilia y por parte del centro de justicia internacional de derechos humano, Alejandra y por último se da la bienvenida a los representantes de la república del Perú Luis Alberto procurador público especializado Supranacional y agente titular, Juan Alberto (abogado de la procuraduría y agente alterno) y Mauricio (abogado de la procuraduría y agente alterno). De conformidad con el artículo 51 del reglamento la corte interamericana escuchara inicialmente a la comisión interamericana, la cual hará una breve presentación del caso y expondrá los fundamentos de la presentación del mismo ante el tribunal, así como cualquier asunto que considere relevante para su resolución.

A continuación los representantes de las presuntas víctimas y el estado podrá interrogar a todos los declarantes posiblemente acordados, del mismo modo la comisión interamericana podrá interrogar a los peritos, a la perito ofrecida por esta, posteriormente el representante del estado podrán representar sus alegatos finales sobre las excepciones preliminares y eventuales fondos reparaciones y costas, finalmente la comisión interamericana presentará sus observaciones finales. Se solicita a los comparecientes que se expresen lento y claramente para facilitar la labor de los intérpretes.

Muchas gracias Sr. Secretario (juez).

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JUEZ: se le concede la palabra a los representantes de la comisión para que haga la representación.

REPRESENTANTE DE LA COMISION (VICTIMA): gracias Sr. Presidente, en nombre de la comisión saludo a los miembros de la honorable corte interamericana de derechos humanos, a la representación de la Señora Gladis Espinoza y el ilustre Estado de Perú.

Honorable corte, Gladis Espinoza Gonzales fue detenida ilegal y arbitrariamente el 17 de abril de 1993, fue llevada a la división contra el secuestro y DIVISI y 2 días fue llevada a la dirección nacional contra el terrorismo DINCOTE. En las instalaciones de estas entidades estatales fue brutalmente torturada durante varios días y múltiples y seguidas ataques contra su integridad física y psicológica, ahogamientos y fuertes golpes en todo el cuerpo y repetidas violaciones sexuales, estos hechos fueron perpetuados con tal violencia y crueldad que Gladis Karolyn Espinoza Gonzales perdió la conciencia en varias oportunidades, llegando a suplicar a sus captores que la mataran.

Lo sucedido a Gladis Karolyn Espinoza Gonzales estuvo favorecido por el marco legal aplicable, el cual permitía la incomunicación de las personas detenidas e institucionalizaba la ausencia del control judicial dejándolas en la más absoluta desprotección e indefensión. Como consecuencia de estos hechos Gladis Karolyn quedo con graves e irreversibles secuelas físicas y psicológicas que no fueron reparadas por el estado, por el contrario 6 años después de estos graves hechos en el año 1999 fue nuevamente torturada en el penal de Yanamayo y esta vez por agentes de la División Nacional de Operaciones Especiales DINOES, la secuencia de violaciones descritas tampoco han sido investigado de manera diligente y efectiva. Fue recién en año 2012 tras la emisión del informe de fondo de la Comisión que el estado dispuso el inicio de una investigación, hasta el dia de hoy ninguna de las violaciones ha sido judicialmente esclarecida, ni los agentes de la DIVISE, ni de la DINCOTE, ni de los agentes de la DINOE, ni del ministerio público, que incumplió su deber de salvaguardar, ni los agentes médicos que también estuvieron involucrados no han sido sancionados ni juzgados, como la honorable corte conoce los hechos de este caso son una réplica de lo sucedido en un importante grupo de casos sobre la misma problemática ya decididos por los órganos del sistema interamericano.

La honorable corte también conoce que estos hechos hacen parte de un contexto de uso generalizado de la tortura y de la violencia sexual por parte de agentes estatales y lucha contra el terrorismo, es así que el objetivo del sometimiento del presente caso del tribunal de la corte no es plantear críticas contextuales ni jurídicas que sean novedosas.

Este caso es traído a esta corte porque el estado de Perú, no ha respondido a la necesidad apremiante de reparación y justicia para una víctima que es como se escuchara el dia de hoy, se encuentra devastada física y psicológicamente por el ensañamiento de extrema violencia perpetrada por el estado en su contra, ante el sistema interamericano es un indicador de que el estado de Perú no adoptado medidas eficaces para dar una respuesta integral tanto en materia de reparación como en materia de justicia a un grupo particular de víctimas del conflicto armado, a las personas que tuvieron un vinculo real o perseguidas por el terrorismo.

Gracias Sr. Presidente.

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JUEZ: Muchas gracias Srta. Representante de la comisión.

Solicito al Sr. Secretario llamar a declarar a la primera testigo que es propuesta por los representantes de las presuntas víctimas.

Tomar sus datos y realizar las provisiones pertinentes.

SECRETARIO: gracias Sr. Juez Yili Elva Cubas Rivas (se presenta la victima).

Buenos días Solicito a la declarante decir su nombre.

TESTIGO (DECLARANTE): buenos días mi nombre es Cubas Elva.

SECRETARIO: nacionalidad y lugar de residencia.

DECLARANTE: Perú – Peruana.

SECRETARIO: muchas gracias. La testigo sebe limitarse a contestar claro y precisamente las preguntas que se le formula. Se le informa que fue citada por la corte para pronunciarse sobre las condiciones de detención, maltratos y torturas de la que injustamente fue sometida y las torturas y afectaciones físicas y emocionales que haya podido observar en Gladis Karolyn Espinoza Gonzales, se le informa que de acuerdo con el artículo 53 de la corte los estados no podrán escuchar a las presuntas víctimas, testigos y peritos, a sus representantes, asesores legales, ni tomar represalias contra ellos y familiares a causa de sus declaraciones y dictamen rendido o defensa legal ante la corte. Solicito a la testigo que se ponga de pie para que el Sr. Presidente le tome su juramento.

JUEZ: doña Cubas Rivas jura decir solemnemente decir la verdad y solamente la verdad.

DECLARANTE: si lo juro, voy a decir la verdad toda la verdad.

(Se sientan todos)

JUEZ: muy bien daré la palabra a la representante e las victimas para que proceda con el interrogatorio. Solicito que por favor identifique quien va a realizar.

REPRESENTANTE DE LAS VICTIMAS: buenos días Sr. Presidente Gisela Astocondo. Gracias.

REPRESENTANTE DE LAS VICTIMAS: Sr. Yili desde que fecha hasta que fecha estuvo usted retenida en la DINCOTE.

DECLARANTE: en la DINCOTE estuve desde año 1993, desde enero hasta el mes de mayo.

REPRESENTANTE DE LAS VICTIMAS: desde el tiempo en que usted ha estado en la DINCOTE conoció a Gladis Espinoza Gonzales.

DECLARANTE: si la conocía.

REPRESENTANTE DE LAS VICTIMAS: usted recuerda cuando la vio por primera vez.

DECLARANTE: en el mes de abril cuando la trajeron, yo estaba ahí detenida y a ella la trajeron.

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REPRESENTANTE DE LAS VICTIMAS: usted recuerda cómo se encontraba ella cuando usted la vio.

DECLARANTE: si, cuando la trajeron, la trajeron 2 varones y la arrestaron y la tiraron en la celda Nª 13 y yo me ubicaba en la celda Nª 1.

REPRESENTANTE DE LAS VICTIMAS: usted pudo observar si la Sra. Gladis Espinoza tenía algún tipo de lesión.

DECLARANTE: en ese momento no, pero más tarde pedí salir al baño y como la celda que estaba yo estaba cerca, dentre verla ya que como sentí que la tiraron y vi que estaba en mal estado.

REPRESENTANTE DE LAS VICTIMAS: ella le pudo contar lo que le había pasado.

DECLARANTE: si me pudo contar cuando dentre me dijo que la habían torturado y golpeado, después no la llegue a ver en ese momento, pero después en otro momento la llegue ayudar a bañarse y tenía roturas en la cabeza, 2 roturas y heridas abiertas, tenía golpes en todo el cuerpo, y en su cuerpo se veía como una cosa negruzca, como quemadura, y yo le pregunte a que se debía y me djo que le habían puesto electricidad.

REPRESENTANTE DE LAS VICTIMAS: Sra. Yili usted pudo denunciar todo esto a alguna autoridad de cómo se encontraba Gladis.

DECLARANTE: no, porque no hubo oportunidad, estábamos encerradas, salvo que vean un familiar. Estábamos meses encerradas pero el resto podía salir, pero nadie tenía la oportunidad de decir nada. Me acuerdo que en una oportunidad que venían asi como a pasar lista de todos los que estaban, habían 3 menores y con ella eran 4 y los escondían, los llevaba rápido y no sabía porque razón, los escondían, solamente los hacían pasar a todos los que estábamos presentes, porque en el lugar de la DINCODES eran 3 lugares, abajo niños, en medio mujeres y arriba varones, y habían llevado a Gladis , a una jovencita y a un niño de 13 y 15 años y se los llevaba y tuve en el momento que salir a ver a mi familia y me encontré con la cruz roja y le dije hay 4 personas que vean la forma de verlas porque realmente cuando viene a ver a ciertas personas no están, me imagino que habrán supervisiones o algo así.

REPRESENTANTE DE LAS VICTIMAS: Sra. Yili usted sabe si Gladis recibió atención médica en algún momento.

DECLARANTE: no, la verdad no, allá así a nadie deban atención ya que las personas que eran maltratadas no los atendían incluso estaban tirados, y cuando yo me sentía mal porque estaba embarazada y al verme así que me sentía mal realmente iba al baño y todo es, entonces me llevaban a poner ampolla pero al resto no he visto que lo trataran asi un médico. Puedo pedir permiso. Un ratito me siento mal.

REPRESENTANTE DE LAS VICTIMAS: si, por favor.

(le alcance agua a la declarante)

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SECRETARIO: Sr. Presidente la Sra. Yili vino acompañada por una psicóloga no se si se podría acercar.

PRESIDENTE: si a su lado.

(Se acerca la psicóloga al lado de la declarante y la trata de tranquilizar)

(Llora la declarante)

( le dan sus pastillas y se las toma)

JUEZ: le pregunto a la Sra. Yili Elva si se encuentra en condiciones de continuar o no se siente bien buscaremos otro mecanismo para que pueda declarar. Sr. Representante en estas condiciones creo que va ser difícil continuar.

OTRO REPRESENTANTE: si Sr. Presidente nosotros estamos de acuerdo, solo quisiéramos preguntar a la Sra. Yili si ya se siente bien o completamos la declaración con otro mecanismo.

PSICOLOGA: SI, si se siente mal.

JUEZ: SI, si no estamos obligándola.

PSICOLOGA: le pregunte si quiere continuar.

DECLARANTE: si, si voy continuar.

PSICOLOGA: ella decide continuar.

REPESENTANTE 1: luego que usted sale de la DICOTE, volvió a ver a Gladis Espinoza.

DECLARANTE: yo voy a al DICOTE un 2 de mayo y luego en agosto egreso. Voy a un penal y ahí la encuentro a Gladis Espinoza.

REPRESENTANTE1: puede contarnos como era el trato que recibía en ese penal.

DECLARANTE: Primeramente cuando uno llega de acuerdo al caso nos ponen en pabellones A,B y C y luego de eso te ponen en una celda y posteriormente estas encerrada con una persona que no conoces, prohibía peine y lapicero, solo que uno tenga en su cuerpo su ropa, y después para salir a tomar aire y sol salíamos cuando a ellos se les antojaba, ya sea 1 vez a la semana, 15 minutos y posteriormente venían a registrar cuando venían los militares y entraban a las celdas y sacaban las cosas y revolvían. A una la golpeaban, empujaban, pateaban, tiraban al suelo, no se o que buscaban.

REPRESENTANTE: sabe usted cual es el estado de salud de Gladis en este momento.

DECLARANTE: en este momento ella se encuentra mal, después de los hematomas, se la llevaban y ya no la regresaban hasta en la noche y la tiraban.

REPRESENTANTE: sabe usted si han hecho alguna investigación sobre lo que le paso a Gladis Espinoza.

DECLARANTE: no sabía, solo sé que tenía juicio.

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REPRESENTANTE: usted ha sido llamada a declarar en algún momento.

DECLARANTE: no

REPRESENTANTE: como usted cree que es el caso de la corte podría ayudar a Gladis y a usted en esta situación.

DECLARANTE: bueno yo creo que la corte es el órgano que podrá ayudar a todos los que hemos sufrido diferentes tipos de tortura física, psicológica y sexual. (Llora).

Yo realmente pediría que esto no vuelva a ocurrir y que ustedes puedan ayudar a todas las personas que están en la corte. Toso esto me afecta y me duele mi cabeza, les pediría por favor que se me dé la oportunidad que se mejore la calidad de persona porque me siento…. (Llora) ..

JUEZ: muy bien daré la palabra a los representantes del estado para que proceda.

JUEZ: le solicito al agente del estado para que diga quien realizara las preguntas a nombre de la nación.

REPRESENTANTE DEL ESTADO PERUANO: buenos días quien les habla Luis huertas, representante del estado peruano. Está en condiciones Sra. De poder escucharnos.

PSICOLOGA: podría esperar unos minutos.

REPRESENTANTE DEL ESTADO PERUANO: sí, claro.

DECLARANTE:( un ratito que me pase que tengo ganas de arrojar)

2do REPRESENTANTE DE LA CORTE: Sr. Presidente dado el estado de la Sra. Yili le proponemos a la corte que las preguntas que tiene que gestionar las haga por escrito.

REPRESENTANTE DEL ESTADO PERUANO: si lo en realidad, es que podemos refutar lo que hemos dicho, no tengo ningún problema.

PRESIDENTE: bueno, entonces no hay ningún problema porque se encuentra muy mal. Solicito al Sr. Secretario llamar al 2do testigo propuesto por el estado y tomar sus datos.

SECRETARIO: gracias señor presidente: Johnny Efraín Soto Jiménez. Asiento por favor.

Solicito al señor testigo manifestar ante la corte su nombre.

2DO TESTIGO: mi nombre es Johnny Efraín Soto Jiménez

SECRETARIO: gracias, nacionalidad – residencia.

2DO TESTIGO: nacionalidad peruana, nacido en Lima Perú.

SECRETARIO: muchas gracias el segundo testigo deberá limitarse a contestar clara y precisamente las preguntas que se le formula. Se le informa que fue citado por la corte para pronunciarse sobre el estado actual de la investigación penal presuntamente llevado a cabo ante la 3era fiscalía peruana supranacional en agravio de Karolyn Espinoza Gonzales, por la

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presunta comisión del delito contra la libertad, violación de libertad personal, violación sexual, tortura, asi como las diversas diligencias que su despacho ha venido realizando. Se le informa que de acuerdo con el artículo 53 de la corte los estados no podrán enjuiciar a las presuntas víctimas, testigos, peritos, representantes y asesores legales, ni tampoco a tomar represalias contra ellos o a sus familiares a causa de sus declaraciones o dictámenes rendidos o defensa legal ante la corte. Se le solicita al señor testigo se ponga de pie para que el Sr. Presidente le tome su juramento.

(Todos se ponen de pie)

PRESIDENTE: Sr. Efraín Soto Jiménez jura solemnemente que dirá la verdad nada más que la verdad y solamente que la verdad.

2DO TESTIGO: si, juro.

PRESIDENTE: se le concede la palabra a la representante del estado peruano para que proceda a interrogarlo.

REPRESENTANTE PERUANO: Sr. Presidente el interrogatorio esta dado en manos del Sr. Bazan.

INTERROGADOR SEÑOR BAZAN: Dr. Soto puede decir desde cuando usted es fiscal.

2DO TESTIGO: soy fiscal adjunto provincial desde febrero del año 2005 tuve ese cargo, hasta junio del 2012 que ascendí al cargo de fiscal provincial.

INTERROGADOR SEÑOR BAZAN: desempeño el cargo de fiscal provincial de la 3era fiscalía supra provincial en Lima.

INTERROGADOR SEÑOR BAZAN: y sus desempeño en estos años a sido objeto de alguna queja por su conducta funcional.

2DO TESTIGO: En el cargo que he tenido como fiscal nunca he sido objeto de alguna queja.

INTERROGADOR SEÑOR BAZAN: ha sido usted ratificado por el consejo nacional de la magistratura.

2DO TESTIGO: me correspondía ser ratificado en el año 2012, pero sin embargo en ese mismo año, hubo un concurso para el grado inmediato superior, participe y gane el concurso y según el reglamento del consejo nacional de la magistratura, los magistrados que ascienden son exonerados de ratificación.

INTERROGADOR SEÑOR BAZAN: y sobre los hechos que usted investigo que son objeto del proceso ante esta corte, en qué circunstancias usted inicio la investigación.

2DO TESTIGO: ingreso a la 3era fiscalía en abril del año 2012, en ese entonces se encontraba a cargo la Dra. Fanny Escudillo Blue, como fiscal provincial, ella es la que asumió inicialmente la investigación del caso, posteriormente, quien habla se hizo cargo de este caso en junio del mismo año.

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INTERROGADOR SEÑOR BAZAN: puede decirnos brevemente cuales son las líneas de investigación que usted diseño para este caso.

2DO TESTIGO: teniendo en cuenta los antecedentes como por ejemplo el informe de la comisión interamericana de derechos humanos, y teniendo en cuenta la resolución emitida por el fiscal que me antecedió, me base en 3 lineas.

La primera línea fue identificar a las personas o policías que intervinieron a la Sra. Gladis Espinoza Gonzales en abril de 1993.

La segunda línea estaba orientada a identificar a las personas en este caso policías que estuvieron presentes en la investigación que se le siguió a la Sra. Gladis y dentro de ese mismo rubro la otra línea era identificar al personal policial que estuvo a cargo de los detenidos de la DICOTE, identificar a los policías que intervinieron a Gladis en el penal de Yanamayo.

INTERROGADOR SEÑOR BAZAN: además del informe de fondo dado, utilizo otra fuente de derecho internacional para el diseño de estas líneas de investigación.

2DO TESTIGO: teniendo en cuenta las reiteradas jurisprudencias de la corte interamericana de derechos humanos, establece que se tiene que investigar aquellos hechos que constituyan graves violaciones de los derechos humanos, hemos tomado en cuenta varias sentencias como Miguel Castro Castro Vs Perú, la sentencia Tamayo Vs Perú, en las cuales establecía que en el Perú en la década de los 90 hubo una sistemática violación de los derechos humanos.

INTERROGADOR SEÑOR BAZAN: cuantos funcionarios como usted ha realizado esta tarea como usted.

2DO TESTIGO: anteriormente como le decía la fiscal Encajadillo con un asistente fiscal y que al iniciar el cargo también como un asistente fiscal

INTERROGADOR SEÑOR BAZAN: en su trabajo, su tarea fue exclusiva o fue una más de las que usted llevaba a su despacho.

2DO TESTIGO: no, fue exclusiva porque tenía diversos casos que están a cargo de les habla.

INTERROGADOR SEÑOR BAZAN: podría usted resumir cuales fueron las diligencias que usted dispuso a realizar.

2DO TESTIGO: la primera diligencia estuvo relacionada con identificar quienes fueron los que detuvieron a la Sra. Gladis por esa razón se gestionaron varios oficios para que remitan los roles. Pero desafortunadamente en estas instituciones n existían roles de servicio porque la documentación había sido quemada en esta institución, en virtud de esto se tuvo que solicitar los expedientes que se formaron en mérito en primer lugar el atestado que se formalizo por la muerte de Rafael Salgado Castillo, porque ahí se sabía que estas personas habían intervenido a Gladis Espinoza.

Luego se pidió información o copias de los actuados de la justicia militar ya que esta persona fue procesada por traición a la patria. De ahí obtuvimos información d quienes eran las personas que han estado a cargo de los delitos de terrorismo y de traición a la patria, esta

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documentación, nosotros la hemos revisado y verificado. De ahí hemos extraído los nombres de las personas que participaron en la intervención el 17 de abril en el año de 1993 a la Sra. Gladis Espinoza Gonzales. Hemos recopilado un número de 17 a 19 nombres de la investigación por terrorismo, así mismo hemos identificado a 4 personas con relación a las personas que estuvieron detenidos. Fue dificultoso porque cuando oficiamos que remitan la información de quienes habían prestado servicios en esa oportunidad en la oficina de la DICOTE contestaban que no había esa clase de información.

Haciendo la búsqueda correspondiente, se pidió el libro de control de detenidos y ahí destacamos y encontramos que efectivamente había una persona detenida, y ahí estaba