Cartera servicios upapsa

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CL García Gutiérrez, 4-6 Bajo 03013 – Alicante Tfo. 965 14 00 99 [email protected] www.upapsalaboral.com Encontrar talento para tu empresa. Desde queremos ser tu Agencia de Colocación de referencia y aportar talento a tu organización. Nuestro principal objetivo es la integración laboral de personas con discapacidad en la empresa ordinaria. Entendemos que la consecución y mantenimiento de este objetivo se alcanza mediante un mercado laboral inclusivo, con igualdad de oportunidades y no discriminación en las relaciones laborales. Como especialistas en RRHH y discapacidad, nuestra intermediación laboral garantiza que las personas con discapacidad seleccionadas pueden realizar las funciones asignadas al puesto en igualdad de condiciones que cualquier otro trabajador, y además, proporcionando una serie de ventajas añadidas: Reconocimiento social, prestigio y mejora de la reputación corporativa. Bonificaciones de la Seguridad Social, subvenciones del Servef e incentivos fiscales. Fomento de la solidaridad entre compañeros y mejora del clima laboral. Incorporación de personas con alta motivación por el trabajo y alto sentido de la responsabilidad. No computan las horas-año de los trabajadores con discapacidad no socios en cooperativas y sociedades laborales. Preferencias para contratos de la Administración Pública

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Encontrar talento para tu empresa.

Desde queremos ser tu Agencia de Colocación de referencia y

aportar talento a tu organización.

Nuestro principal objetivo es la integración laboral de personas con discapacidad en la

empresa ordinaria. Entendemos que la consecución y mantenimiento de este objetivo se alcanza

mediante un mercado laboral inclusivo, con igualdad de oportunidades y no discriminación en

las relaciones laborales.

Como especialistas en RRHH y discapacidad, nuestra intermediación laboral

garantiza que las personas con discapacidad seleccionadas pueden realizar las funciones

asignadas al puesto en igualdad de condiciones que cualquier otro trabajador, y además,

proporcionando una serie de ventajas añadidas:

Reconocimiento social, prestigio y mejora de la reputación corporativa.

Bonificaciones de la Seguridad Social, subvenciones del Servef e incentivos

fiscales.

Fomento de la solidaridad entre compañeros y mejora del clima laboral.

Incorporación de personas con alta motivación por el trabajo y alto sentido de

la responsabilidad.

No computan las horas-año de los trabajadores con discapacidad no socios en

cooperativas y sociedades laborales.

Preferencias para contratos de la Administración Pública

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Servicios que proporciona

- Selección de personal:

Contamos con una bolsa de empleo con más de 4.000 demandantes registrados. Si necesita

cubrir un puesto vacante, nosotros le facilitamos el trabajador que está buscando y, además, el

acceso a unos beneficios económicos y sociales extras. Estos valores añadidos marcan la

diferencia y son ventajas para su empresa.

Nuestro proceso de selección consta de las siguientes fases:

Análisis oferta / requisitos de la oferta de empleo.

Pre-selección de candidatos.

Entrevistas a los candidatos más Idóneos.

Derivación de CV a empresas.

Activación proceso de incorporación a empresa.

Seguimiento, intermediación y apoyo durante la contratación.

Este proceso incluye la evaluación de la discapacidad del candidato, lo que garantiza a la

empresa que la discapacidad del candidato será compatible con el puesto de trabajo a

desempeñar.

- Acogida y establecimiento de apoyos temporales en puesto de trabajo

hasta la plena normalización de la incorporación.

Estos apoyos varían en función de la persona y del puesto a cubrir. En cualquier caso, siempre

con una viabilidad de inserción garantizada.

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- Asesoramiento especializado en discapacidad, empleo y recursos

humanos.

Cumplimiento de la obligación legal del 2% de trabajadores con discapacidad en empresas

de más de 50 trabajadores.

Preferencia en la adjudicación de contratos con el sector público.

Gestión de ayudas y subvenciones por contratación de personas pertenecientes a

colectivos prioritarios. (discapacidad, jóvenes, parados larga duración…)

Gestiones con la administración relacionados con colectivos prioritarios.

Adaptación de puestos de trabajo.

Consultoría estratégica sobre accesibilidad, diseño e implantación plan de accesibilidad.

Formación en el ámbito de la discapacidad.

Boletín de noticias mensual

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BONIFICACIÓN EN LAS CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL

CONTRATACION TEMPORAL CONTRATACION INDEFINIDA HOMBRE MUJER HOMBRE MUJER

DISCAPACIDAD SEVERA

Menor 45 años

4.100 €/año (341 €/mes)

4.700 €/año (391 €/mes)

5.100 €/año (425€/mes)

5.950€/año (495.83€/mes)

Mayor 45

años

4.700 €/año (391 €/mes)

5.300 €/año (441.66 €mes)

6.300€/año (525€/mes)

6.300€/año (525€/mes)

SIN DISCAPACIDAD SEVERA

Menor 45 años

3.500€/año

(291.66 €/mes)

4.100 €/año (341.66 €/mes)

4.500 €/año (375€/mes)

5.350€/año (445.83€/mes)

Mayor 45

años

4.100 €/año

(341.66 €/mes)

4.700 €/año (391.66 €/mes)

5.700 €/año

(479.16 €/mes)

5.700€/año (479.16€/mes)

SUBVENCIÓN POR CONTRATO (hasta el 20 de septiembre)

TEMPORAL (min. 3 meses – máx. 9 meses) INDEFINIDO Mes 3 meses 6 meses 9 meses

Normal 611,52 € 1.834,56 € 3.669,12 € 5.503,68 € 7.338,24 €

Severa

764,40 € 2.293,20 € 4.586,40 € 6.879,60 € 9.172,80 €

(1) RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2016, de la directora general del Servicio Valenciano de Empleo y Formac ión por la que se convocan para el ejercicio 2016 subve nciones destinadas a fomentar la contratación de personas con diversidad funcional en el ámbito terr itorial de la Comunitat Valenciana, regulados en la Orden 7/2016 de 29 de junio, de la Conselleria de Economí a sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trab ajo.

Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Artículo 38. Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad .

1. Será deducible de la cuota íntegra la cantidad de 9.000 euros por cada persona/año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad en un grado igual o superior al 33 por ciento e inferior al 65 por ciento, contratados por el contribuyente, experimentado durante el período impositivo, respecto a la plantilla media de trabajadores de la misma naturaleza del período inmediato anterior.

2. Será deducible de la cuota íntegra la cantidad de 12.000 euros por cada persona/año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad en un grado igual o superior al 65 por ciento, contratados por el contribuyente, experimentado durante el período impositivo, respecto a la plantilla media de trabajadores de la misma naturaleza del período inmediato anterior.

3. Los trabajadores contratados que dieran derecho a la deducción prevista en este artículo no se computarán a efectos de la libertad de amortización con creación de empleo regulada en el artículo 102 de esta Ley.