CARTA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE ARRIENDO

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15 DE SEPTIEMBRE DE 2015 Ing. Ramiro Rivera Angulo Av. Quito y Río Lelia esquina Santo Domingo de los Colorados Estimado Ing. Rivera: Como es de su conocimiento, el plazo de duración del contrato de arrendamiento del bien inmueble ubicado en la av. Quito y Río Lelia, esquina, tiene una duración de un año contados a partir de la fecha 15 de enero del 2015 al 15 de enero del 2016, siendo renovable por otro período igual por decisión de ambas partes. En el contrato de arrendamiento también se especifica que éste se dará por terminado previa notificación al Arrendador, con 60 días de anticipación. Debido a una necesidad apremiante, debo informarle que debo disponer de este bien inmueble para el 15 de enero del 2015, para lo cual ya se le hizo la correspondiente notificación verbal desde el mes de julio del año en curso, es decir con seis meses de anticipación. La entrega del mencionado local se la hará según lo estipulado en el contrato de arrendamiento para la conveniencia de ambas partes. Un cordial saludo, Susana Gavilánez Vega Susana Enma Gavilánez Vega Cel. 0939603091 [email protected]

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15 DE SEPTIEMBRE DE 2015

Ing. Ramiro Rivera Angulo

Av. Quito y Río Lelia esquina

Santo Domingo de los Colorados

Estimado Ing. Rivera:

Como es de su conocimiento, el plazo de duración del contrato de arrendamiento del bien inmueble ubicado en la av. Quito y Río Lelia, esquina, tiene una duración de un año contados a partir de la fecha 15 de enero del 2015 al 15 de enero del 2016, siendo renovable por otro período igual por decisión de ambas partes.

En el contrato de arrendamiento también se especifica que éste se dará por terminado previa notificación al Arrendador, con 60 días de anticipación.

Debido a una necesidad apremiante, debo informarle que debo disponer de este bien inmueble para el 15 de enero del 2015, para lo cual ya se le hizo la correspondiente notificación verbal desde el mes de julio del año en curso, es decir con seis meses de anticipación.

La entrega del mencionado local se la hará según lo estipulado en el contrato de arrendamiento para la conveniencia de ambas partes.

Un cordial saludo,

Susana Gavilánez Vega

C.I 1704048568

Arrendador

Susana Enma Gavilánez VegaCel. [email protected]