Carpeta Fiscal Feminicidio
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UNIVERSIDAD ANDINA NSTOR CCERES VELSQUEZ
Facultad de Ciencias Jurdicas y Polticas
Carrera Profesional de Derecho
Semestre: XI - A
CARPETA FISCAL:
DELITO DE
PARRICIDIO
CURSO: PRACTICA FORENCE PENAL
DOCENTE: OCHATOMA PARAVICINO FELIX
PRESENTADO POR: MEDINA MAMANI ELIZABETH
MERCEDES
XI B
PUNO PERU
2015
-
A Dios;
A mis padres por darme la mejor educacin y
ensearme que todas las cosas hay que valorarlas,
trabajarlas y luchar para logras los objetivos de la
vida.
-
MINISTERIO PBLICO
PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL
CORPORATIVA DE PUNO
CUARTO DESPACHO DE ADECUACION
CARPETA FISCAL ORIGINAL
CASO Nro.: 21768470201-2014-301-0
EXPEDIENTE JUDICIAL Nro.: 00080-2014-17-2111-JR-PE-01
IMPUTADO: RAFAEL MAMANI QUISPE
DELITO: FEMINICIDIO
DENUNCIANTE:
FISCAL ENCARGADO: ELIZABETH MERCEDES MEDINA MAMANI
ASIST.FUNC. FISCAL: JUAN SOSA RAMIREZ
-
CARGO DE INGRESO DE CARPETA FISCAL
CASO : 2706124501-2014-39-0 DEPENDENCIA: 1FPPC-PUNO
ESPECIALIDAD : PENAL DISTRITO JUDICIAL: PUNO
F. INGRESO : 20/01/2014 08:46
MOTIVO DE INGRESO : INFORME POLICIAL NRO. FOLIOS:
INFORME POLICIAL : INFORME POLICIAL N 042-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP-D/DIVPOL-
P/DEPICAJPF-SEINCRI
NUMERO DE OFICIO : OFC.N 844-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI-P
OBSERVACIONES :
DELITO (S) : PARRICIDIO (FEMINICIDIO)
IMPUTADO (S) : RAFAEL MAMANI QUISPE CONDICION:
AGRAVIADO (S) :
Tipo Evidencia Sub Tipo Evidencia Cantidad Descripcin de la Evidencia Condicin
DOCUMENTACION 1 DOCUMENTOS ANEXOS AL INFORME
REMITIDO POR LA PNP
CASOS RELACIONADOS CON LAS PARTES:
CASO FEC. DE HECHO APELLIDOS Y NOMBRES TIPO DE PARTE DOC. INDET. N DOCUM.
Ministerio Pblico
1FPPC-PUNO
SGF
*0270612450120140000390000*
Recibido
-
POLICIA NACIONAL DEL PERU
FRENPOL PNP PUNO DIVICAJ
OFICINA DE CRIMINALISTICA
PUNO
AO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y EL
COMPROMISO CLIMATICO
Puno, 08 de junio del 2014.
OFC.N 844-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI-P
SEOR : DRA. Elizabeth Mercedes MEDINA MAMANI
Fiscal Provincial del Cuarto Despacho de Adecuacin e
Investigacin de la Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa
de Puno.
ASUNTO : Actuados Policiales, por motivos que se indica. REMITE
Es grato dirigirme a Ud. Con la finalidad de remitir adjunto al
presente, los actuados policiales, con relacin al presunto Delito Contra la Vida, el
Cuerpo y la Salud (presunto feminicidio), hecho sucedido el da 07JUN2014, de esta
ciudad de Puno; adjuntndose al presente los siguientes documentos:
- Un (01) Acta de Intervencin Policial
- Dos (02) Acta de constatacin policial.
- Una (01) Providencia Fiscal
- Una (01) Copia de of. 673 OFICRI.
Lo que se cumple en comunicar a su despacho para sar
cumplimiento a la ley Nro. 27934, (que regula la intervencin de la
polica y el ministerio pblico, en la investigacin preliminar del
delito). Significndole que una vez analizados los hechos, los
actuados debern der remitidos ante la seccin de Investigacin
MINISTERIO PBLICO 1RA FISCALIA CORPORATIVA
PENAL
MESA DE PARTES FECHA: HORA: ..
-
Criminal (SEINCRI), en vista de que lo sucedido constituir el
grave Delito de Feminicidio.
Aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi
especial consideracin y deferente estima personal.
Dios guarde a Ud.
-
ACTA DE CONSTATACION
___En Puno, siendo las ______horas del da_______ presente el instructor, en la
vivienda sito en _______________________________________________, de
propiedad de ______________________________________, con __________ aos
de edad, natural de ________________ estado civil____________ de ocupacin,
_________________________ con instruccin ________________ identificado con
DNI N _____________, domiciliado en
_____________________________________; se procedi a realizar la presente
diligencia de Constatacin en presencia del RMP. Dr.
__________________________________________procedindose a levantar la
presente ACTA DE CONSTATACION, verificando lo siguiente conforme se detalla a
continuacin:
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_________________________La presente diligencia se da por concluida a las
_________ horas del da de la fecha, firmado en seal de conformidad el(la) testigo,
en presencia del RMP y el instructor que certifica.--------------------------------------------------
---------------------
EL ISTRUCTOR SOLICITANTE
R. M.P
-
POLICIA NACIONAL DEL PER-REGPOL PUNO
DEPENDENCIA POLICIAL COMISARIA PNP SECCION DE
INVESTIGACION DE DELITOS
ACTA DE CONSTATACION
---En la cuidad de Puno, siendo las____ horas del da ____________, presente el
instructor, en la vivienda sito en ____________________________________ en
presencia del denunciante_______________________________________
DNI____________, se procedi a realizar la presente diligencia de constatacin en
presencia del RMP Dr. ________________________________________ y peritos de
la OFICRI _____________________________ procedindose a levantar la presente
ACTA DE CONSTATACION, verificando lo siguiente conforme se detalla a
continuacin;
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____________
---La presente diligencia se da por concluida a las ______ horas del da de la fecha
firmando los presentes en seal de conformidad.
INSTRUCTOR DENUNCIANTE
OFICRI
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POLICIA NACIONAL DEL PERU
FRENPOL PNP PUNO DIVICAJ
OFICINA DE CRIMINALISTICA
PUNO
INFORME POLICIAL N 042-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP-D/DIVPOL-
P/DEPICAJPF-SEINCRI
Datos de la Fiscala de turno
Fiscala : Primera Fiscala Provincial Penal
Corporativa de Puno
Nombres y Apellidos del Fiscal : ELIZABETH MERCEDES MEDINA
MAMANI
Departamento: Puno. Provincia : Puno. Distrito : Puno.
Datos de la Dependencia Policial
Lugar : Puno.
Dep. Policial que recepciona la denuncia : Seccin de investigacin de
Delitos de la Comisara PNP Puno.
Fecha de la Intervencin : 07 de Junio del 2014.
Jefe de la Dependencia Policial
Nombre y Apellidos : Vctor Ral CORDOVA PONCE. Grado
: Alfrez PNP. 349997.
CIP Nro : 349997
I. ANTECEDENTES QUE MOTIVAN LA INTERVENCIN POLICIAL.
A. Origen de la Denuncia
1. Hecho Delictivo Pblico
- Tipo de documento: Acta de Intervencin Policial., de fecha
07 de Junio del 2014.
- Fecha de recepcin: 07 de Julio del 2014.
2. Nombre completo del Polica que fue designado para hacer las
-
diligencias:
Nombres : VICTOR
Apellido paterno : CARTAGENA
Apellido materno : ESCALAYA
Grado Policial : SOT1 PNP.
Dependencia donde presta servicios: SECCIN DE
INVESTIGACIN DE DELITOS DE LA COMISARIA PNP
PUNO.
3. Nombre completo del denunciante:
Nombres : Gina
Apellido paterno : TORREALVA
Apellido materno : MONTESINOS
Relacin con la vctima: Arrendadora
Documento de identidad: DNI
Numero : 44556677
II. MOTIVO DE LA DENUNCIA:
POR LA COMISION DEL DELITO CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD EN
SU MODALIDAD DE HOMICIDIO Y EN SU FORMA DE PARRICIDIO.
Fecha de los hechos
Ao: 2014 Mes: JUNIO Da: 01 Hora: 12:30m.
Lugar de los hechos denunciados
Pas: PERU Depart: PUNO Provinc: PUNO Distrito: PUNO
Direccin: Jr. JR. El Puerto N 345.
Medios para la comisin del delito
- Proyectil de bala de arma de fuego PAF.
Tipo de arma de ser el caso
-
III. DATOS PERSONALES DEL IMPUTADO Y COMPROBACION DEL DOMICILIO
1. Nombre: Zoe del Pilar Rivera Ramos (21)
Direccin: Jr. El Puerto N 345.
IV.PARTE INVOLUCRADA
Presunto agraviado: Isabella Ramos Garcia (41)
Condicin de la victima
- Adulto
Especificar si se utiliz armas:
- Fuego
Detalle:
V. DESCRIPCION DE LOS HECHOS
---Que, el da 07 de Junio del 2014, siendo las 13:30 m. aprox. En la cuidad de Puno,
en el Jr. El puerto N 345, la persona de ISABELLA RAMOS GARCIA (41), fue vctima
del delito contra la vida el cuerpo y la salud (parricidio) con arma de fuego (-------), por
parte de ZOE DEL PILAR RIVERA RAMOS.
VI. RELACION DE DILIGENCIAS EFECTUADAS
- Recepcin de la denuncia
- Declaracin del denunciante
- Diligencias orientadas a la identificacin fsica de los autores y participes del
delito.
VII. ACTAS LEVANTADAS
- Acta de intervencin policial con detencin del imputado.
- Acta de recojo Y/O recepcin y conservacin de los objetos e instrumentos
relacionados con el delito, as como todo elemento material que pueda servir a
la investigacin
- Acata de cadena de custodia
-
- Notificacin de detencin
- Acta de lectura de derechos de la detenida ZOE DEL PILAR RIVERA RAMOS
- Constancia de buen trato del detenido
VIII. ANTECEDENTES POLICIALES Y/O REQUISITORIAS
----Que, solicitamos los antecedentes policiales y requisitorias del imputado detenido,
la polica Judicial PNP- Puno, a la formulacin del presente documento no se a
obtenido resultado.------------------------------------------------------------------------------------------
-----------
IX. ANALISIS DE LOS HECHOS
Que el da 07 de Junio del ao 2014, siendo aproximadamente las 13:20 de la
tarde la persona de GENOVEVA SUPO TURPO propietaria del inmueble
ubicado en el Jirn El Puerto N 610-B puso de conocimiento ante el personal
de la SEINCRI PNP Puno, que en el interior de la habitacin que alquilaba la
persona de RAFAEL MAMANI QUISPE se encontraba el cuerpo sin vida de una
persona de sexo femenino, y que estos hechos fueron percatados por la
propietaria del inmueble en horas de la maana en circunstancias que se habra
apersonado a la habitacin de RAFAEL MAMANI QUISPE con la finalidad de
cobrarle el alquiler y que por uno de los agujeros de la puerta de acceso pudo
advertir que en el interior por detrs de la puerta se encontraba el cuerpo de
una persona de sexo femenino que no responda a su llamado y que al parecer
se encontraba inerte. Y al constituirse el Fiscal Penal de Turno, personal policial
de la SEINCRI PNP Puno, peritos policiales de la OFICRI PNP Puno y Mdico
Legista, se pudo constatar que la habitacin alquilada por RAFAEL MAMANI
QUISPE donde se hallaba el cuerpo de sexo femenino se encontraba cerrado
por su parte exterior con un candado amarillo marca LION el mismo que fue
violentado (palanqueado) previa autorizacin de la propietaria GENOVEVA
SUPO TURPO y que al ingresar a la habitacin se observo a la fmina que se
encontraba en posicin de cubito lateral izquierdo y sin vida presentando un
orifico a la altura de la cien al parecer de un proyectil de bala de arma de fuego
PAF. Asimismo, de las investigaciones preliminares realizadas se a podido
determinar que la persona de JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA mantena una
-
relacin amorosa con el investigado RAFAEL MAMANI QUISPE, desde el mes
de agosto del 2010, y que el responsable de los hechos sobre el fallecimiento
de la persona de JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA es la persona de RAFAEL
MAMANI QUISPE conforme se contribuyen con los indicios y evidencias
acopiados preliminarmente, hechos que han sido investigados penalmente
conforme a ley.
X. SITUACION DEL IMPUTADO
La persona de RAFAEL MAMANI QUISPE se encuentra como no habido.
XI. ANEXOS
- Una (01) denuncia del hecho delictivo en formato
- Un (01) acta de intervencin policial
- Una(01) hoja de registro RENIEC del detenido
- Tres (04) declaraciones
- Dos (02) constancias de notificacin
- Un (01) acta de recepcin y cadena custodia
ES CONFORME EL INSTRUCTOR
-
DECLARACION DE GENOVEVA SUPO TURPO
Fecha : 08 de junio del 2014
Hora de inicio : 10:50
Lugar : oficina de la polica judicial PNP Puno
DATOS DE LA PERSONA QUE DECLARA
NOMBRES Y APELLIDOS : GENOVEVA SUPO TURPO
EDAD : 40
FECHA DE NACIMIENTO : 27-SET-1970
GRADO DE INSTRUCCIN : SECUNDARIA COMPLETA
DNI : 41345678
PROFESION U OFICIO : AMA DE CASA
DOMICILIO : JR. EL PUERTO N 610-B
TELEFONO :
Se procede a tomar declaracin, quien en conocimiento de los derechos
contemplados en su favor en el artculo 94, 95, 96, del Cdigo Procesal Penal, ha
manifestado su deseo de hacerlo libre y voluntariamente y en razn de lo anterior,
expresa lo siguiente:
En presencia del RMP Dra. Elizabeth MERCEDES MEDINA MAMANI, Fiscal adjunto
de la primera fiscala penal corporativa de Puno.
01. PREGUNTANDO DIGA: Si para rendir su presente declaracin requiere ser
asistido de un abogado defensor? Dijo;
---Que, por el momento no lo requiero, ya que se encuentra presente el RMP.
---Que soy ama de casa y solo percibo los alquileres de mi casa ubicada en el
Jr. El Puerto 610-B.
02. PREGUNTANDO DIGA: Si conoce a la persona de RAFAEL MAMANI
QUISPE de ser as indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco le
une con dicha persona? Dijo;
-
---Que, por la persona que me preguntan si la conozco porque es mi inquilino
desde marzo del ao 2011.
03. PREGUNTANDO DIGA: Si conoce a la persona de JULIA MARIA CHAMBI
CHECALLA de ser as indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco
le une con dicha persona? Dijo;
---Que, por la persona que me preguntan si la conozco porque es conviviente
del seor RAFAEL MAMANI QUISPE.
04. PREGUNTANDO DIGA: Narre la forma y circunstancias de cmo se entera del
hecho criminal? Dijo;
---Que, el da 06 de junio del presente ao siendo altas horas de la noche se
escuch una discusin desde el cuarto del seor RAFAEL MAMANI QUISPE,
luego de unos instantes se oye la puerta que da con la calle, me fije por la
ventana y era el seor antes mencionado, no le tome mucha importancia, por lo
que pase a dormir, a la maana siguiente a eso de las 6:30 a.m cuando yo
estoy barriendo el patio de mi casa es cuando veo llegar al seor antes
mencionado, con una bolsa negra que contenia como una especie de caja
dentro de ella, me saludo y lo salude, lo vi nervioso, y se fue directo a su cuarto,
despus yo pase a mi cuarto que se encuentra dos pisos arriba, fui a preparar
mi desayuno y comer respectivamente, luego aproximadamente a las 11:00
a.m. baje para hacer el cobro respectivo de los alquileres, pase primero al
cuarto de la seorita EDIT ROXANA RUELAS CCAMA, su cuarto se encuentra
al frente del cuarto del seor RAFAEL MAMANI QUISPE, ya que su cuarto de
dicho seor se encontraba cerrada, le cobre el alquiler a la seorita y le
pregunte si haba visto al seor, y me dijo que sali hace como 0 min. Todo
apresurado, pero que no haba visto salir a la seora con la que viva, me dijo
que lo vio salir apresurado y todo nervioso, por lo que le ped que furamos a la
puerta de su cuarto del seor, pero esta estaba cerrada con candado, llame a la
puerta, pero nadie contesto es as que por uno de los agujeros de la puerta mire
hacia dentro del cuarto y me percate que estaba la seora con la que viva de
forma horizontal e inerte, es as como le digo a la seorita que viera lo que yo
veo, y me corroboro que si era su conviviente, entonces es que le dije a la
seorita para que me acompaara a la comisara ms cercana, pero ella me
-
dijo que deba ir a la universidad, es por eso que seguidamente fui a la
comisaria a poner conocimiento sobre este hecho.
05. PREGUNTANDO DIGA: si tiene conocimiento u observo con que objeto la
persona de RAFAELL MAMANI QUISPE, le ocasiono la muerte a JULIA MARIA
CHAMBI CHECALLA? Dijo;
---Que, no conoce dicho objeto.
06. PREGUNTANDO DIGA: Si tiene conocimiento que el seor RAFAEL MAMANI
QUISPE se comportaba de manera violenta anteriormente con su conviviente
en este caso JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA? Dijo;
---Que, nunca lo he visto en una actitud agresiva, salvo da anterior por su
discusin, siempre se port amable y bueno.
07. PREGUNTANDO DIGA: Si tiene algo ms que agregar, quitar o modificar en
su presente declaracin? Dijo;
---Que, no.
DECLARANTE EL INSTRUCTOR
-
CONSATANCIA DE NOTIFICACION
Seora : GENOVEVA SUPO TURPO
Domicilio : Jr. El Puerto N 610-B
Por intermedio de la presente se le NOTIFICA a Ud.
Para que se presente ante, las autoridades competentes las veces que sea requerida
su presencia fsica y para mayor conformidad firma e imprime su ndice en seal de
conformidad frente al instructor que certifica.
Puno, 08 de junio del 2014.
ENTERADO
GENOVEVA SUPO TURPO CIP. 31239845
DNI N 41345678 Carlos Portugal Dueas
-
DECLARACION DE EDIT ROXANA RUELAS CCAMA.
Fecha : 08 de junio del 2014
Hora de inicio : 11:50
Lugar : oficina de la polica judicial PNP Puno
DATOS DE LA PERSONA QUE DECLARA
NOMBRES Y APELLIDOS : ROXANA RUELAS CCAMA
EDAD : 20
FECHA DE NACIMIENTO : 27-SET-1991
GRADO DE INSTRUCCIN : SECUNDARIA COMPLETA
DNI : 72345678
PROFESION U OFICIO : ESTUDIANTE UNIVERSITARIO
DOMICILIO : JR. EL PUERTO N 610-B
TELEFONO :
Se procede a tomar declaracin, quien en conocimiento de los derechos
contemplados en su favor en el artculo 94, 95, 96, del Cdigo Procesal Penal, ha
manifestado su deseo de hacerlo libre y voluntariamente y en razn de lo anterior,
expresa lo siguiente:
En presencia del RMP Dra. Elizabeth MERCEDES MEDINA MAMANI, Fiscal adjunto
de la primera fiscala penal corporativa de Puno.
01. PREGUNTANDO DIGA: Si para rendir su presente declaracin requiere ser
asistido de un abogado defensor? Dijo;
---Que, por el momento no lo requiero, ya que se encuentra presente el RMP.
---Que soy estudiante universitario de la UNA Puno.
02. PREGUNTANDO DIGA: Si conoce a la persona de RAFAEL MAMANI
QUISPE de ser as indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco le
une con dicha persona? Dijo;
---Que, por la persona que me preguntan si la conozco porque es inquilino y es
-
mi vecino de cuarto ya que su cuarto da al frente del mio.
03. PREGUNTANDO DIGA: Si conoce a la persona de JULIA MARIA CHAMBI
CHECALLA de ser as indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco
le une con dicha persona? Dijo;
---Que, por la persona que me preguntan si la conozco porque es conviviente
del seor RAFAEL MAMANI QUISPE.
04. PREGUNTANDO DIGA: Narre la forma y circunstancias de cmo se entera del
hecho criminal? Dijo;
---Que, el da 06 de junio del presente ao siendo altas horas de la noche se
escuch una discusin desde el cuarto del seor RAFAEL MAMANI QUISPE,
luego de unos instantes se oye la puerta que da con la calle, no me fije porque
no le tome mucha importancia, por lo que pase a dormir, a la maana siguiente
a eso de las 10:30 se escucha un sonido raro desde el cuarto del seor RAFEL
MAMANI QUISPE, yo no le tome mucha importancia, porque yo estaba
haciendo mis trabajos de la universidad luego pasado unos 20 minutos, lo vi
salir de su cuarto cerrndolo con candado lo salude me saludo y lo vi salir todo
apresurado y nervioso con una mochila, seguidamente a esas horas, luego
aproximadamente a las 11:00 a.m. oigo el llamado a mi puerta, y era la duea
de casa que estaba cobrando los alquileres, y me pregunto si haba visto al
seor RAFAEL MAMANI QUISPE, y le dije lo que yo haba notado que el sali
solo todo apresurado y nervioso con una pequea mochila, entonces la seora
paso a llamar a la puerta del cuartadle seor, pero nadie contesto es as como
vio por uno de los agujeros de la puerta, y me dijo que haba visto a la su
conviviente inerte, y m e dijo que viera para corroborar , hizo eso, y
definitivamente as era, es entonces que la seora me pide para que pudiera
acompaarla a la comisaria, pero le dije que no poda porque tena que ir a la
universidad, es as que ella sube a su cuarto para poder alistarse e ir a la
comisaria a poner en conocimiento el hecho.
05. PREGUNTANDO DIGA: si tiene conocimiento u observo con que objeto la
persona de RAFAELL MAMANI QUISPE, le ocasiono la muerte a JULIA MARIA
CHAMBI CHECALLA? Dijo;
-
---Que, no conoce dicho objeto.
06. PREGUNTANDO DIGA: Si tiene conocimiento que el seor RAFAEL MAMANI
QUISPE se comportaba de manera violenta anteriormente con su conviviente
en este caso JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA? Dijo;
---Que, nunca lo he visto en una actitud agresiva, salvo da anterior por su
discusin, siempre se port amable y bueno.
07. PREGUNTANDO DIGA: Si tiene algo ms que agregar, quitar o modificar en
su presente declaracin? Dijo;
---Que, no.
DECLARANTE EL INSTRUCTOR
-
CONSATANCIA DE NOTIFICACION
Seora : EDIT ROXANA RUELAS CCAMA
Domicilio : Jr. El Puerto N 610-B
Por intermedio de la presente se le NOTIFICA a Ud.
Para que se presente ante, las autoridades competentes las veces que sea requerida
su presencia fsica y para mayor conformidad firma e imprime su ndice en seal de
conformidad frente al instructor que certifica.
Puno, 08 de junio del 2014.
ENTERADO
EDITH ROXANA RUELAS CCAMA CIP.31239845
DNI N 72345678 Carlos Portugal Dueas
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DECLARACION DE ALIPIO GOMEZ SOSA.
Fecha : 08 de junio del 2014
Hora de inicio : 13:50
Lugar : oficina de la polica judicial PNP Puno
DATOS DE LA PERSONA QUE DECLARA
NOMBRES Y APELLIDOS : ALIPIO GOMEZ SOSA
EDAD : 28
FECHA DE NACIMIENTO : 23-MAY-1986
GRADO DE INSTRUCCIN : TECNICO
DNI : 45678912
PROFESION U OFICIO : MECANICO
DOMICILIO : AV. SIMON BOLIVAR N 1345
TELEFONO :
Se procede a tomar declaracin, quien en conocimiento de los derechos
contemplados e n su favor en el artculo 94, 95, 96, del Cdigo Procesal Penal, ha
manifestado su deseo de hacerlo libre y voluntariamente y en razn de lo anterior,
expresa lo siguiente:
En presencia del RMP Dra. Elizabeth MERCEDES MEDINA MAMANI, Fiscal adjunto
de la primera fiscala penal corporativa de Puno.
01. PREGUNTANDO DIGA: Si para rendir su presente declaracin requiere ser
asistido de un abogado defensor? Dijo;
---Que, por el momento no lo requiero, ya que se encuentra presente el RMP.
---Que soy trabajador
02. PREGUNTANDO DIGA: Si conoce a la persona de RAFAEL MAMANI
QUISPE de ser as indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco le
une con dicha persona? Dijo;
---Que, por la persona que me preguntan si lo conozco porque lo vi muchas
-
ocasiones con mi esposa la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI QUECALLA, ellos
mantenan una relacin hace un ao aproximadamente.
03. PREGUNTANDO DIGA: Si conoce a la persona de JULIA MARIA CHAMBI
CHECALLA de ser as indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco
le une con dicha persona? Dijo;
---Que, por la persona que me preguntan si la conozco porque es mi esposa,
pero estamos separados hace ms de un ao, ya que nosotros no nos
comprendamos decidimos separamos por acuerdo mutuo.
04. PREGUNTANDO DIGA: Narre la forma y circunstancias de cmo se entera del
hecho criminal? Dijo;
---Que, el da 06 de junio a horas 4:30 p.m. me llamaron a mi celular para que
pueda declarar, as como para que pueda hacer el reconocimiento del cadver
por el hecho sucedido, con mi esposa L.Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI
CHECALLA, es as que ahora me encuentro brindando mi declaracin, yo
trabajo en un taller mecnico arreglando carros, mi esposa y yo no nos
frecuentamos porque como ya lo dije nosotros nos separamos con un acuerdo
mutuo hace ms de un ao porque no nos entendamos , ella era una persona
muy celosa y no confiaba en m, por esa razn es que nos separamos, y yo me
entero aproximadamente hace un ao que ella estaba saliendo con otro
hombre, no tengo el derecho de reclamarle nada ya que nosotros estbamos
aparados ella poda hacer con su vida lo que quiera, estbamos en eso de los
trmites de divorcio hace como un mes, yo la vi feliz me dijo que estaba bien,
con su nueva pareja.
05. PREGUNTANDO DIGA: si tiene conocimiento u observo con que objeto la
persona de RAFAELL MAMANI QUISPE, le ocasiono la muerte a JULIA MARIA
CHAMBI CHECALLA? Dijo;
---Que, no conoce dicho objeto.
06. PREGUNTANDO DIGA: Si tiene conocimiento que el seor RAFAEL MAMANI
QUISPE se comportaba de manera violenta anteriormente con su conviviente
en este caso JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA? Dijo;
---Que, no se eso porque yo no tena amistad con el seor RAFAEL MAMANI
-
QUISPE, adems de que yo estoy separado con mi esposa.
08. PREGUNTANDO DIGA: Si tiene algo ms que agregar, quitar o modificar en
su presente declaracin? Dijo;
---Que, no.
DECLARANTE EL INSTRUCTOR
-
CONSATANCIA DE NOTIFICACION
Seor : ALIPIO GOMEZ SOSA
Domicilio : AV. SIMON BOLIVAR N 1345
Por intermedio de la presente se le NOTIFICA a Ud.
Para que se presente ante, las autoridades competentes las veces que sea requerida
su presencia fsica y para mayor conformidad firma e imprime su ndice en seal de
conformidad frente al instructor que certifica.
Puno, 08 de junio del 2014.
ENTERADO
ALIPIO GOMEZ SOSA CIP. 31239845
DNI N45678912 Carlos Portugal Dueas
-
DECLARACION DE MARIA SUICHIRE MOLINA
Fecha : 08 de junio del 2014
Hora de inicio : 14:50
Lugar : oficina de la polica judicial PNP Puno
DATOS DE LA PERSONA QUE DECLARA
NOMBRES Y APELLIDOS : MARIA SUICHIRE MOLINA
EDAD : 25
FECHA DE NACIMIENTO : 14-OCT-1989
GRADO DE INSTRUCCIN : UNIVERSIDAD COMPLETA
DNI : 42556677
PROFESION U OFICIO : CONTADORA
DOMICILIO : Jr. Villa del Lago N 375
TELEFONO :
Se procede a tomar declaracin, quien en conocimiento de los derechos
contemplados e n su favor en el artculo 94, 95, 96, del Cdigo Procesal Penal, ha
manifestado su deseo de hacerlo libre y voluntariamente y en razn de lo anterior,
expresa lo siguiente:
En presencia del RMP Dra. Elizabeth MERCEDES MEDINA MAMANI, Fiscal adjunto
de la primera fiscala penal corporativa de Puno.
01. PREGUNTANDO DIGA: Si para rendir su presente declaracin requiere ser
asistido de un abogado defensor? Dijo;
---Que, por el momento no lo requiero, ya que se encuentra presente el RMP.
---Que soy contadora publica en la institucin de Registros Pblicos.
02. PREGUNTANDO DIGA: Si conoce a la persona de RAFAEL MAMANI
QUISPE de ser as indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco le
une con dicha persona? Dijo;
---Que, por la persona que me preguntan si la conozco porque es mi pareja,
-
tenemos una relacin de 2 aos aproximadamente.
03. PREGUNTANDO DIGA: Si conoce a la persona de JULIA MARIA CHAMBI
CHECALLA de ser as indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco
le une con dicha persona? Dijo;
---Que, por la persona que me preguntan no la conozco nunca la he visto.
04. PREGUNTANDO DIGA: Narre la forma y circunstancias de cmo se entera del
hecho criminal? Dijo;
---Que, el da 06 de junio a horas 4:50 p.m. me llamaron a mi celular para que
pueda declarar, sobre el hecho ocurrido con la persona de JULIA MARIA
CHAMBI CHECALLA, es por eso que ahora me encuentro brindando mi
declaracin, yo con el seor RAFAEL MAMANI QUISPE llevo una relacin de 2
aos aproximadamente, nosotros no convivimos porque as lo acordamos, ya
que para convivir le dije que primero debamos casarnos, l nunca fue violento
ni nada, siempre fue amable conmigo, era una persona muy alegre y divertida,
nunca sospeche de que andaba en amoros y que conviva con otra persona,
nunca desconfi de l, es por eso que me parece raro todo esto, nosotros solo
nos frecuentamos fines de semana ya que yo trabajo de lunes a viernes, la
ltima vez que lo vi fue el da domingo, salimos comer y a caminar, el se
mostraba como siempre, no vi nada raro en el ese da, dijimos que nos
veramos el siguiente sbado, para poder hacer un viaje a la ciudad de
Arequipa, para comprar algunas cosas y poder pasear, l se mostr muy
emocionado, ambos lo estbamos, y desde ese da no lo he visto.
05. PREGUNTANDO DIGA: si tiene conocimiento u observo con que objeto la
persona de RAFAELL MAMANI QUISPE, le ocasiono la muerte a JULIA MARIA
CHAMBI CHECALLA? Dijo;
---Que, no conoce dicho objeto.
06. PREGUNTANDO DIGA: Si tiene conocimiento que el seor RAFAEL MAMANI
QUISPE se comportaba de manera violenta anteriormente con su conviviente
en este caso JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA? Dijo;
---Que, como ya lo dije l siempre se mostr muy bueno conmigo, nunca se
-
mostr agresivo era una persona muy paciente.
08. PREGUNTANDO DIGA: Si tiene algo ms que agregar, quitar o modificar en
su presente declaracin? Dijo;
---Que, no.
DECLARANTE EL INSTRUCTOR
-
CONSATANCIA DE NOTIFICACION
Seor : MARIA SUICHIRE MOLINA
Domicilio : JR. VILLA DEL LAGO N 375
Por intermedio de la presente se le NOTIFICA a Ud.
Para que se presente ante, las autoridades competentes las veces que sea requerida
su presencia fsica y para mayor conformidad firma e imprime su ndice en seal de
conformidad frente al instructor que certifica.
Puno, 08 de junio del 2014.
ENTERADO
MARIA SIUCHIRE MOLINA CIP. 31239845
DNI N42556677 Carlos Portugal Dueas
-
ACTA DE RECEPCION DE EVIDENCIAS
En Puno, siendo las _________ horas del da ______________del _____presentes
en:_______________________________________________ distrito
de_________________,, el personal de PNP interviniente:
____________________________________________________________________
_____________________________________________y______________________
_______las personas de
:____________________________________________________________________
________________________________________________________a mrito de:
____________________________________________________________________
_ y previa coordinacin y autorizacin, se procedi a efectuar la recepcin y traslado
de las evidencias que a continuacin se indican, sito en
______________________________para el anlisis respectivo conforme all siguiente
detalle:
1._________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________
2._________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________
3._________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________
Siendo las _________ horas del dia de la fecha, se dio por concluida la presente
acata, firmado y poniendo su impresin digital de los presentes en seal de
conformidad.
PERSONAL PNP TESTIGO/AGRAVIADO
EL PERITO REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO
-
NOTIFICACION DE DETENCION
LA PERSONA DE:
DOMICILIADO:
...
POR INTERMEDIO DEL PRSENTE DOCUMENTO SE LE COMUNICA A UD.
QUE SE ENCUENTRA EN CALIDA DE DETENIDO EN LAS OFICINAS DE LA
SECCION DE INVESTIGACION CRIMINAL (SEINCRI) PNP PUNO, POR
ENCONTRASE IMPLICADO EN LA COMISION DEL PRESUNTO
DELITO HECHO
OCURRIDO
---TIENE DERECHO HACER ACESORADO POR UN ABOGADO
DE SU ELECCION----
PUNO... DE..DEL 2014
ENTERADO EL INSTRUCTOR
Firma: .
Nomb. y Apell:
DNI: ..
Fecha y hora: .
-
CONSULTA en lnea a RENIEC
Usuario/ Y0BCC (19/01/2014 12:12:40 PM)
Consulta por DNI
RESTRICCION: NINGUNA
Aumentar/ Normal
Aumentar/ Normal
N de Documento : 44308684
Apellido Paterno : MAMANI
Apellido Materno : QUISPE
Prenombre : RAFAEL
Fecha de Nacimiento : 22/12/1984
Sexo : MASCULINO
Estado Civil : CASADO
Grado de Instruccin : SECUNDARIA
Estatura : 1:65 m
Departamento de Nacimiento : PUNO
Provincia de Nacimiento : PUNO
Distrito de nacimiento : ACORA
Fecha de Expedicin : 29/05/2010
Nombre del Padre : GERARDO
Nombre de la Madre : JUANA
Fecha de Inscripcin : 31/05/1997
Departamento de Domicilio : PUNO
Provincia de Domicilio : PUNO
Distrito de Domicilio : ACORA
Domicilio : AV. YUNGUYO N 1211
Constancia de Votacin :SUFRAGIO
Consulta solo para interno de: MINISTERIO PUBLICO
Usuario/ Y0BCC (19/01/2014 12:12:40 PM)
Hoja informativa emitida a travs de Consulta en Lnea Internet, No tiene validez para ningn
trmite administrativo, judicial u otros.
-
Pg. 1 of 1
Bsqueda.
Apellido Paterno:
Apellido Materno:
Nombre:
No registra Antecedentes Policiales.
MAMANI
QUISPE
RAFAEL
-
Bsqueda.
Apellido Paterno:
Apellido Materno:
Nombre:
No registra Impedimentos de Salida ni Requisitoria.
MAMANI
QUISPE
RAFAEL
-
Consultas MPFN
Bienvenido!! Mdulo de consulta a Nivel Nacional
Resultado de la Bsqueda: Rafael MAMANI QUISPE
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INFORMACION 2007, DERECHOS RESERVADOS DEL MINISTERIO PUBLICO.
-
ACTA DE RECONOCIMIENTO DE CADVER.
En el Hospital Manuel Nuez Butron de la ciudad de Puno, a los 08 das de junio del
ao 2014, comparece ante la instruccin una persona de sexo masculino que
acreditando su identidad con D.N.I. N. 01234565 resulta llamarse JULIAN ANTOLIN
GOMEZ SOSA, de nacionalidad peruno, de 36 aos, estado civil casado, ocupacin
catorcente, con domicilio en la AV. Simon Bolivar N 1045 Seguidamente la
instruccin procede a exhibirle el cadver que se encuentra depositado en el Hospital
Manuel Nuez Butron a disposicin del Ministerio Publico la persona compareciente
manifiesta RECONOCER el cadver de la fmina y dijo llamarse JULIA MARIA
CHAMBI CHECALLA y que es la esposa de su hermano ALIPIO GOMEZ SOSA.
No hay otro detalle que hacer constar, por lo que se da por finalizado el presente
acto, previa lectura dada por los intervinientes, se enteran y ratifican del contenido de
la presente y firman al pie para constancia.
-
Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuacin
Puno, 10 de junio del 2014
OFICIO Nro. 01 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO
SEOR:
JEFE DE LA UNNIDAD DE CRIMINALISTICA DE LA PNP PUNO
PUNO.-
ASUNTO DISPONGA PERITO
Ref. Caso N 2014 001 -0
De mi mayor consideracin
Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de solicitarle se
sirva a disponer que personal de criminalstica se haga presente en el lugar
denominado JR. EL PUERTO 645-B DE LA CUIDAD DE PUNO, a horas 7:00, a fin
de participar en una diligencia de RECOJO DE INDICIOS, EVIDENCIAS Y
PERENIZACION DE LA ESCENA DEL DELITO.
La diligencia se realizara en el domicilio de GENOVEVA
SUPO TURPO, lugar donde han ocurrido los hechos materia de investigacin, hechos
relacionados al delito de FEMINICIDIO.
Sin otro particular aprovecho la oportunidad para
expresarle mis ms distinguidas consideraciones.
Atentamente.
-
Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuacin
Puno, 10 de junio del 2014
OFICIO Nro. 02-2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO
SEOR:
JEFE DE LA UNNIDAD DE CRIMINALISTICA DE LA PNP PUNO
PUNO.-
ASUNTO DISPONGA PERITO
Ref. Caso N 2014 001 -0
De mi mayor consideracin
Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de solicitarle se
sirva a disponer que personal de criminalstica se haga presente en el lugar
denominado JR. EL PUERTO 645-B DE LA CUIDAD DE PUNO, a horas 7:00, a fin
de participar en una diligencia de PERICIA DACTILOSCOPICA.
La diligencia se realizara en el domicilio de GENOVEVA
SUPO TURPO, lugar donde han ocurrido los hechos materia de investigacin, hechos
relacionados al delito de FEMINICIDIO.
Sin otro particular aprovecho la oportunidad para
expresarle mis ms distinguidas consideraciones.
Atentamente.
-
Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuacin
Puno, 10 de junio del 2014
OFICIO Nro. 03 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO
SEOR:
JEFE DE LA UNNIDAD DE CRIMINALISTICA DE LA PNP PUNO
PUNO.-
ASUNTO DISPONGA PERITO
Ref. Caso N 2014 001 -0
De mi mayor consideracin
Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de solicitarle se
sirva a disponer que personal de criminalstica se haga presente en el lugar
denominado JR. EL PUERTO 645-B DE LA CUIDAD DE PUNO, a horas 7:00, a fin
de participar en una diligencia de PERICIA BILOGICA.
La diligencia se realizara en el domicilio de GENOVEVA
SUPO TURPO, lugar donde han ocurrido los hechos materia de investigacin, hechos
relacionados al delito de FEMINICIDIO.
Sin otro particular aprovecho la oportunidad para
expresarle mis ms distinguidas consideraciones.
Atentamente.
-
Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuacin
Puno, 10 de junio del 2014
OFICIO Nro. 04 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO
SEOR:
JEFE DE LA UNNIDAD DE CRIMINALISTICA DE LA PNP PUNO
PUNO.-
ASUNTO DISPONGA PERITO
Ref. Caso N 2014 001 -0
De mi mayor consideracin
Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de solicitarle se
sirva a disponer que personal de criminalstica se haga presente en el lugar
denominado JR. EL PUERTO 645-B DE LA CUIDAD DE PUNO, a horas 7:00, a fin
de participar en una diligencia de PERICIA BALISTICA FORENCE.
La diligencia se realizara en el domicilio de GENOVEVA
SUPO TURPO, lugar donde han ocurrido los hechos materia de investigacin, hechos
relacionados al delito de FEMINICIDIO.
Sin otro particular aprovecho la oportunidad para
expresarle mis ms distinguidas consideraciones.
Atentamente.
-
Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuacin
Puno, 10 de junio del 2014
OFICIO Nro. 05 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO
SEOR:
JEFE DE LA UNNIDAD DE CRIMINALISTICA DE LA PNP PUNO
PUNO.-
ASUNTO DISPONGA PERITO
Ref. Caso N 2014 001 -0
De mi mayor consideracin
Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de solicitarle se
sirva a disponer que personal de criminalstica se haga presente en el lugar
denominado JR. EL PUERTO 645-B DE LA CUIDAD DE PUNO, a horas 7:00, a fin
de participar en una diligencia de PERICIA BILOGICA.
La diligencia se realizara en el domicilio de GENOVEVA
SUPO TURPO, lugar donde han ocurrido los hechos materia de investigacin, hechos
relacionados al delito de FEMINICIDIO.
Sin otro particular aprovecho la oportunidad para
expresarle mis ms distinguidas consideraciones.
Atentamente.
-
Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuacin
Puno, 10 de junio del 2014
OFICIO Nro. 06 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO
SEOR:
JEFE DE LA UNNIDAD DE CRIMINALISTICA DE LA PNP PUNO
PUNO.-
ASUNTO DISPONGA PERITO
Ref. Caso N 2014 001 -0
De mi mayor consideracin
Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de solicitarle se
sirva a disponer que personal de criminalstica se haga presente en el lugar
denominado JR. EL PUERTO 645-B DE LA CUIDAD DE PUNO, a horas 7:00, a fin
de participar en una diligencia de PERICIA DE INSCRIPCION CRIMINAL.
La diligencia se realizara en el domicilio de GENOVEVA
SUPO TURPO, lugar donde han ocurrido los hechos materia de investigacin, hechos
relacionados al delito de FEMINICIDIO.
Sin otro particular aprovecho la oportunidad para
expresarle mis ms distinguidas consideraciones.
Atentamente.
-
AO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y EL
COMPROMISO CLIMATICO
Puno, 12 de junio del 2014.
OFICIO Nro.____-2014-XII-DITERPOL-P/OFICRI-PNP-PUNO
SEOR : PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA DE
PUNO.
ASUNTO : Informe Pericial de Biologa Forense. REMITE./
REF. : OFICIO Nro. 03 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO.
REG. 07.168.098
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. Con la finalidad de
remitirle adjunto al presente el Informe de Biologa Forense N
011/2014, en el cual fue elaborado por personal profesional especializado
de esta OFICRI PNP Puno, as mismo se remite la muestra materia de
examen consistente en una (01) casaca bicolor marrn y negro marca
shavad, con impregnaciones de manchas pardo rojizas, las mismas que
fueron recogidas el 08JUN2014, en el Jr. El Puerto 645 B de la ciudad
de Puno, juntamente con la cadena de custodia y resultado.
Hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi
especial consideracin y deferente estima personal.
Dios Guarde a UD:
-
POLICIA NACIONAL DEL PER
DIRECCION DE CRIMINALISTICA
OFICINA DE CRIMINALISTICA
INFORME PERICIAL DE BIOLOGIA FORENSE
A. INTRODUCCION : INOFUENTE RAMOS, Sal Abel, SO2 PNP, identificado
con DNI N 41294567, con domicilio legal en el Jr. Deustua
N 546 de la cuidad de Puno, Bilogo egresado de la
Universidad Nacional del Altiplano de la Facultad de
Ciencias Biolgicas C.B.P. 8018; Perito Criminalstica y
Perito Especializado en Inspeccin Criminalstica,
egresado de la escuela de Criminalstica de la DIRCRI
PNP LIMA.
B. PROCEDENCIA : PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA DE
PUNO
C. ANTECEDENTE : OFICIO Nro. 01 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO
D. REFERENCIA : Pericia biolgica en muestras consistentes en una (01)
casaca bicolor marrn y negro marca shavad, con impregnaciones de manchas pardo
rojizas, la misma que fueron recogidas el 09JUN2014 en el Jr. El Puerto N 645 B de
la cuidad de Puno.
E. MUESTRA : Un (01) sobre de manila amarillo, cerrado y lacrado con
firma ilegible y post firma que se lee ELIZABETH MERCEDES MEDINA
MAMANI/FISCAL PROVINCIAL (P) CORPORATIVO DE PUNO en su interior
conteniendo una (01) casaca de material sinttico color marrn con negro, marca
SHAVAD, sucio en buen estado de conservacin; encontrndose las siguientes
caractersticas de iteres criminalstica:
Cara anterior:
- Manchas pardo rojizas tipo goteo y con signos de coagulacin, en un rea de
3cm. Por 5cm ubicado en el tercio posterior derecho.
-
POLICIA NACIONAL DEL PER
DIRECCION DE CRIMINALISTICA
OFICINA DE CRIMINALISTICA
Vista N 01: cara anterior de la casaca de color marrn
con negro, se observan manchas pardo rojizas en el
tercio superior.
Cara posterior:
- Manchas pardo rojizas tipo contacto con signos de coagulacin, en un rea de
18 cm. Por 7cm. En el tercio posterior derecho.
Vista N 02: cara posterior de la casaca
marrn con negro, se observa las manchas
pardas rojizas por el cuello.
Manga derecha:
- Manchas pardo rojizas tipo goteo, en el rea de 5cm. Por 4 cm. Ubicado en el
tercio central de la cara anterior.
- Manchas pardo rojizas tipo contacto y goteo en un rea de 2.5cm por 3 cm
ubicado en el tercio inferior de la cara anterior.
-
POLICIA NACIONAL DEL PER
DIRECCION DE CRIMINALISTICA
OFICINA DE CRIMINALISTICA
Manga izquierda:
- Mancha pardo rojizas tipo goteo, en un rea de 5cm. Por 6cm. Ubicado en el
tercio medio de la cara anterior.
Cuello:
- Manchas pardo rojizas tipo contacto y goteo, en un rea de 7cm por 10cm
ubicado en la cara externa del cuello.
- Manchas pardo rojizas tipo contacto y goteo, en un rea de 12 cm. por 6cm
ubicado en la cara interna del cuello.
F. EXAMEN DE LABORATORIO:
1. Investigacin de machas hemticas (mtodo indirecto):
Orientacin Positivo en E (reaccin de Adler)
Certeza Positivo en E (Cristales de Teichman)
Especie Humana (Prueba Antihumana)
Grupo O (Sistema ABO)
2. Otros elementos biolgicos para su estudio: Ninguna
G. CONCLUSIUONES:
1. En las muestras examinadas casaca de material sinttico color marrn y
negro, se encontr manchas de sangre humana tipo contacto y goteo en distintas
partes correspondientes al grupo sanguneo O, con las caractersticas descritas
en el examen.
2. Sin otro indicio bilgico de inters criminalstica.
H. SITUACION DE LA MUESTRA:
Las muestras son devueltas adjuntas al presente dictamen pericial
Puno, 12 de Junio del 2014.
-
AO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y EL
COMPROMISO CLIMATICO
Puno, 12 de junio del 2014.
OFICIO Nro.____-2014-XII-DITERPOL-P/OFICRI-PNP-PUNO
SEOR : PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA DE
PUNO.
ASUNTO : Informe de Inspeccin Criminalstica por motivos que se
indica. REMITE./
REF. : OFICIO Nro. 06 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO.
REG. 07.168.098
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. Con la finalidad de
remitirle adjunto al presente el Informe de Inspeccin Criminalstica N
021/2014, sobre la diligencia realizada en el Jr. El Puerto 645 B de la
ciudad de Puno, lugar donde al parecer se suscit un hecho D/V/C/S.
Hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi
especial consideracin y deferente estima personal.
Dios Guarde a UD:
-
POLICIA NACIONAL DEL PER DIRECCION DE CRIMINALISTICA
OFICINA DE CRIMINALISTICA
INFORME PERICIAL DE INSPECCION CRIMINALISTICA Nro 021/2014
I. INFORMACION
A. PROCEDENCIA : PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA DE
PUNO
C. ANTECEDENTE : OFICIO Nro. 06 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO
II. PERITOS
RAMOS CARBAJAL, Braulio, SO2 PNP, identificado con DNI N 41294567, y CIP N
31234565 con domicilio legal en el Jr. Deustua N 536, cercado De Puno, Perito
especializado en Inspeccin Criminalstica, Identificacin Policial e Investigacin
Criminal, egresado de la Escuela de Criminalstica de la DIRCRI PNP Lima.
CHOQUE LARICO Henry, SO3 PNP, identificado con DNI N 41234567 y CIP N
32345567 con domicilio legal en el Jr. Deustua N536, cercado de Puno, Perito en
Inspeccin Criminalstica, capacitado en la XII DIRTERPOL PNP P.
III. INSPECCION CRIMINALISTICA
A. Fecha y hora de la solicitud : 10JUN2014, a las 15:00 hrs.
B. Lugar de la inspeccin : Jr. El Puerto N456 B
C. Agraviado :
D. Tipo del delito : C/V/C/S parricidio
E. Fecha y hora de lo ocurrido : 08JUN2014, en horas de la maana segn
refiere.
F. Fecha y hora de la IC : 11JUN2014 a horas 7:30
G. Inspeccin a realizar : Inspeccin criminalstica, bsqueda de
-
POLICIA NACIONAL DEL PER DIRECCION DE CRIMINALISTICA
OFICINA DE CRIMINALISTICA
INFORME PERICIAL DE INSPECCION CRIMINALISTICA Nro 021/2014
indicios y evidencias de inters criminalistico.
H. Muestras para anlisis : Biolgicos, Tricolgicos.
I. Participantes : RMP. Dr. Elizabeth Mercedes Medina
Mamani Fiscal Provincial corporativo de Puno,
personal, personal de la comisaria de Puno
SOB PNP SONCO CHIPANA Pedro,
Personal de peritos de la OFINCRI-PNP-P
SO2 PNP BENAVENTE CASTILLO Braulio
perito especializado en Inspeccin
Criminalstica. SO3 PNP CHOQUE LARICO
Henry perito IC y la Sra. GEONOVEVA SUPO
TURPO con DNI 01273456 propietaria del
inmueble.
IV. INSPECCION CRIMINALISTICA REALIZADA:
1. Descriptivo y analtico:
2. para el ingreso al escenario del delito se aplic el METODO DIRECTO y
para la ubicacin de los indicios y evidencias se priorizo de lo especifico
a lo genrico.
V. RESULTADO DE LA INSPECCION:
A. LLEGADA, DESCRIPCION Y PERENNIZACION DEL LUGAR.
1. Llegada
Presentes en el lugar de los hechos, se procedi a realizar las
coordinaciones necesarias con los participantes, a fin de recabar la informacin
primigenia respecto a los suscitado del hecho delictuoso previamente con
autorizacin del representante del ministerio pblico se dio inicio de la diligencia,
realizando un examen panormico del lugar de los hechos con el propsito de ubicar
-
POLICIA NACIONAL DEL PER DIRECCION DE CRIMINALISTICA
OFICINA DE CRIMINALISTICA
INFORME PERICIAL DE INSPECCION CRIMINALISTICA Nro 021/2014
Indicios y evidencias de inters criminalistico. 2. Descripcin En el inmueble inspeccionado se ubica en el Jr. El Puerto 645 B de la cuidad de Puno, en la propiedad de la Sra. GENOVEVA SUPO TURPO, corresponde a un inmueble de tres pisos de material noble, primer piso; presenta como acceso una puerta metlica de una hoja color azul de 73 cm por 1.70m que presenta su estructura en general sin caractersticas de violencia, designado como pasadizo para dar lugar con los diferentes cuartos en alquiler, la puerta de metal del lado izquierdo es el cuarto en investigacin, en el cual se puede apreciar al interior manchas pardo rojizas junto con el cadver la que responde al nombre de JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA, la que fue vctima contra el delito C/V/C/S (feminicidio) juntamente ah se puede apreciar a lado del cuerpo una arma de fuego, se observa tambin una cama desordenada, con algunas ropas encima, un escritorio, con libros y algunos objetos, una tele, y un ropero, sin signo de mucha atencin, el cadver se encuentra justo en el suelo y a lado de la cama. Segundo piso y tercer piso; tiene la misma estructura del primer piso; el segundo piso viven inquilinos son 4 cuarto en total y en el tercer piso vivo la duea. 3. Perennizacion Se realiza por medio del mtodo descriptivo y fotogrfico. B. UBICACIN Y RECOJO DE INDICIOS 1. BIOLOGICOS. a. Muestra N 01:
Manchas pardo rojiza tipo charco en un rea de 17cm por 23 ubicado en el piso a lado de la cama de 2 plazas, en el primer piso del cuarto de lado izquierdo del fondo.
-
POLICIA NACIONAL DEL PER DIRECCION DE CRIMINALISTICA
OFICINA DE CRIMINALISTICA
INFORME PERICIAL DE INSPECCION CRIMINALISTICA Nro 021/2014 b. Muestra N 02: Un arma de fuego a lado de la vctima.
VI. APRECIACION CRMINALISTICA Realizada la inspeccin criminalstica en el Jr. El Puerto 645 B de la ciudad de Puno, en la propiedad de GENOVEVA SUPO TURPO, por los indicios y/o evidencias encontrados al momento de la inspeccin de determina que en dicho lugar se suscit un hecho delictuosa contra la vida el cuerpo y la salud.
Puno, 13 de Junio del 2014.
-
rimera Fiscala Provincial Penal
Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuacin
CASO N 2014-0495-0 DISPOSICIN N 001-2014-1FPPC-4DA-P. ABRE INVESTIGACIN PRELIMINAR. Puno, catorce de junio Del dos mil catorce.-
DADO CUENTA EN LA FECHA: La Carpeta Fiscal Nro. 21768470201-2014-301-0, y dems actuados en torno a la investigacin seguida en contra de RAFAEL MAMANI QUISPE, por la presunta comisin del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de FEMINICIDIO, en agravio de los herederos legales de que en vida fuera JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA.
ATENDIENDO: El Oficio N 844-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI-P mediante la cual se remite el Informe N 042-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP-D/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI, por el que se pone de conocimiento de que en el interior del inmueble del JR. El Puerto N 610-B se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino.
Y CONSIDERANDO: Los fundamentos que sustentan la presente disposicin son los siguientes:
PRIMERO: HECHOS FACTICOS. Que, el da 07 de Junio del presente ao en curso, siendo aproximadamente las 13:20 p.m personal de la SEINCRI PNP Puno, tomo conocimiento por parte de la ciudadana GENOVEVA SUPO TURPO propietaria del inmueble ubicado en el Jirn El Puerto N 610-B que en el interior de la habitacin que alquilaba la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino, en razn a que en horas de la maana la propietaria antes referida se habra apersonado a la habitacin de RAFAEL MAMANI QUISPE con la finalidad de cobrarle el alquiler en circunstancias que por uno de los agujeros de la puerta de acceso pudo advertir que en el interior por detrs de la puerta se encontraba el cuerpo de una persona de sexo femenino que no responda a su llamado y que al parecer se encontraba inerte, hechos que han sido puestos de conocimiento y que al constituirse el Fiscal Penal de Turno, personal policial de la SEINCRI PNP Puno, peritos policiales de la OFICRI PNP Puno y Mdico Legista, se pudo constatar que la habitacin alquilada por RAFAEL MAMANI QUISPE donde se hallaba el cuerpo de sexo femenino se encontraba cerrado por su parte exterior con un candado amarillo marca LION el mismo que fue violentado (palanqueado) previa autorizacin de la propietaria GENOVEVA SUPO TURPO y que al ingresar a la habitacin se observo a la fmina que se encontraba en posicin de cubito lateral
-
izquierdo y sin vida presentando un orifico a la altura de la cien al parecer de un proyectil de bala de arma de fuego PAF, hechos que merecen ser investigados penalmente conforme a ley. SEGUNDO: TIPO PENAL. Que, los hechos anteriormente denunciados presuntamente se enmarcaran dentro del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de FEMINICIDIO, previsto en el Artculo 107 de nuestro Cdigo Penal.
TERCERO: DE LA INVESTIGACIN PRELIMINAR: Que, habindose tomado conocimiento de un hecho susceptible de investigacin, es necesario verificar la existencia de los elementos constitutivos del delito, el aseguramiento de los elementos materiales de su comisin, as como la individualizacin e identificacin de los presuntos autores, acorde con las normas del nuevo Cdigo Procesal Penal, por tanto, resulta necesario recabar los requisitos de procedibilidad que ameriten una investigacin de contenido penal.
CUARTO: PLAZO DE LA INVESTIGACIN
PRELIMIANR. Que es obligacin del Ministerio Pblico actuar con objetividad, indagando los hechos constitutivos del delito a fin de determinar la responsabilidad o inocencia del imputado, como prescribe el inciso 2 del Artculo IV del Ttulo Preliminar del Cdigo Procesal Penal. En tanto que las diligencias preliminares tienen como finalidad determinar si han tenido lugar o no los hechos objeto de investigacin y su delictuosidad, as como el aseguramiento de los elementos materiales en caso de su comisin siendo pre requisito para la formalizacin y continuacin de la Investigacin Preparatoria, el tener por satisfechos los elementos de procedibilidad pertinentes. As mismo, el inciso 2 del Artculo 334 del Cdigo Procesal Penal establece El plazo de las diligencias preliminares, conforme el Artculo 3, es de veinte das, salvo que se produzca la detencin de una persona: No obstante ello, el Fiscal podr fijar un plazo distinto, segn las caractersticas, complejidad y circunstancias de los hechos objeto de investigacin.... Entonces, se desprende que el plazo para la realizacin de diligencias en la Investigacin Preliminar, es de veinte das o los das que el Fiscal considere razonable y proporcional. QUINTO: De autos se desprende la existencia de falta de suficientes medios probatorios e indicios razonables sobre la realidad de los hechos denunciados para poder realizar una calificacin positiva, de tal manera ejercitar la accin penal por ante la autoridad jurisdiccional, por ende una de las funciones del Ministerio Pblico es la persecucin de delitos de ejercicio pblico de la accin penal, a cuyo mrito resulta necesario adquirir e incorporar medios probatorios e indicios pertinentes de manera lcita, respecto a actos que vulneren, pongan en peligro o menoscaben un determinado bien jurdico protegido penalmente, concordante con lo previsto en los Artculos 68, 329, 330, 332 y 334 inciso 2) del Cdigo Procesal Penal.
Por lo que; la seora Fiscal que al final suscribe con las atribuciones que confieren los Artculos 159 inciso 4) de la Constitucin Poltica del Estado, Artculos 1 y 5 de la Ley Orgnica del Ministerio Pblico.
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DISPONE: PRIMERO.- ABRIR INVESTIGACIN PRELIMINAR encomendando a la Polica de la SECCION DE INVESTIGACION CRIMINAL - SEINCRI PNP PUNO, para que en el plazo de TREINTA DAS, con participacin activa del representante del Ministerio Pblico, realice una labor exhaustiva en la investigacin seguida en contra de RAFAEL MAMANI QUISPE, por la presunta comisin del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de FEMINICIDIO, en agravio de los herederos legales de que en vida fuera JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA. SEGUNDO.- Recabar las pruebas suficientes e indispensables sobre los hechos materia de la presente Investigacin Preliminar. Para tal fin cmplase con realizar las siguientes diligencias:
1.- Se reciba la declaracin indagatoria de RAFAEL MAMANI QUISPE en AUDIENCIA INMEDIATA, debindose apersonarse por ante la Seccin de Investigacin Criminal SEINCRI PNP Puno, quien declarara en relacin a los hechos que se le imputa, adems de concurrir obligatoriamente con su abogado defensor de libre eleccin. Bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente con grado o fuerza.
2.- Se reciba la declaracin indagatoria de GENOVEVA SUPO TURPO (Propietaria del Inmueble del Jr. El Puerto N 610-B) en AUDIENCIA INMEDIATA, debindose apersonarse por ante la Seccin de Investigacin Criminal SEINCRI PNP Puno, quien declarara en relacin a los hechos materia de la presente investigacin.
3.- Se reciba la declaracin indagatoria de ALIPIO GOMEZ SOSA (Esposo de la Q.E.V.F) en AUDIENCIA INMEDIATA, debindose apersonarse por ante la Seccin de Investigacin Criminal SEINCRI PNP Puno, quien declarara en relacin a los hechos materia de la presente investigacin.
4.- Se realice la prueba de APSORCIN ATOMICA, en la persona de la que en vida fuera JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA, bajo las formalidades de ley y conforme a las normas del Cdigo Procesal Penal. Debiendo, de oficiarse a los peritos de la OFICIR PNP Puno.
5.- Se realice la prueba de APSORCIN ATOMICA, en la persona de ALIPIO GOMEZ SOSA, bajo las formalidades de ley y conforme a las normas del Cdigo Procesal Penal. Bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente. Debiendo, de oficiarse a los peritos de la OFICIR PNP Puno.
6.- Se realice la prueba de APSORCIN ATOMICA, en la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE, bajo las formalidades de ley y conforme a las normas del Cdigo Procesal Penal. Bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente. Debiendo, de oficiarse a los peritos de la OFICIR PNP Puno.
7.- Se realice el examen PSIQUIATRICO, en la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE, bajo las formalidades de ley y conforme a las normas del Cdigo Procesal Penal. Bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente.
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8.- Se curse oficio y se recabe de los peritos efectivos policiales OFICRI PNP Puno, el INFORME PERCIAL DE ESCENA DEL CRIMEN Y DE VALISTICA realizado en el lugar de los hechos el da 07 de junio del 2014, en eln interior del inmueble del Jirn El Puerto N 610-B, a fin de ser valorados oportunamente conforme a ley. Bajo responsabilidad funcional y de remitirse copias a inspectora.
9.- Se curse oficio y se recabe de la Dependencia Mdico Legal de Puno, el PROTOCOLO DE NECROPCIA realizado a la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA realizado el da 08 de junio del 2014, a fin de ser valorados oportunamente conforme a ley. Bajo responsabilidad funcional.
10.- Se realice el LACRADO y VIGILANCIA, de la habitacin ubicada en el interior del inmueble del Jirn El Puerto N 610-B de Puno, lugar en donde fue hallado el cadver de la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA. Bajo responsabilidad funcional de los instructores a cargo de la presente investigacin.
11-. Se acten las pruebas de cargo y de descargo que ofrezcan las partes intervinientes en la presente investigacin.
12.- Actese todas aquellas diligencias necesarias, a fin de tener mayores elementos de prueba en la presente investigacin preliminar y este Despacho, pueda pronunciarse con arreglo a ley.
13.- Al trmino del plazo otorgado, REMITASE los actuados al Despacho Fiscal, para el pronunciamiento conforme a ley. Bajo responsabilidad funcional.
TERCERO.- Notifiquese, la presente Disposicin a las partes intervinientes. Conforme a las normas del Cdigo Procesal Penal. Sin perjuicio de notificarse VIA EDICTO. L.A.T.H.
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Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuacin
CASO SGF : 2014-0164 EXPEDIENTE : 2014- Especialista :
REQUERIMIENTO DE DETENCION PRELIMINAR SEOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIN PREPARATORIA DE TURNO DE LA PROVINCIA DE PUNO
ELIZABETH MERCEDES MEDINA MAMANI, Fiscal Provincial (P) del Cuarto Despacho de Adecuacin e Investigacin de la Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa de Puno, con domicilio procesal en el Jirn Teodoro Valcarcel N 118 de esta ciudad de Puno; ante usted con el debido respeto me presento y expongo:
Al amparo de lo dispuesto por el Artculo 159 numerales 1) y 5) de la Constitucin Poltica del Per, concordante con los Artculos 11 y 94 numeral 2) del Decreto Legislativo N 052 - Ley Orgnica del Ministerio Pblico, conforme a lo prescrito en el Artculo 261 del Cdigo Procesal Penal, solicito:
I.- REQUERIMIENTO: Se dicte mandato de DETENCION PRELIMINAR en
contra de la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE por la presunta comisin del delito Contra la Vida, el Cuerp y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de FEMINICIDIO, previsto y sancionado en el Artculo 107 del Cdigo Penal, en agravio de la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA, representada por su herederos legales.
Para lo cual cumplo con alcanzar los datos de identificacin del imputado que se detallan a continuacin: Nombre y apellidos: RAFAEL MAMANI QUISPE. Documento de identidad N 42833627. Sexo: Masculino. Fecha de Nacimiento: 21 de enero de 1985. Edad: 27 aos. Lugar de Nacimiento: TARACO. Pas: PERU. Departamento: PUNO. Provincia: HUANCANE. Distrito: TARACO. Esta do Civil: Soltero Direccin domiciliaria: COMUNIDAD REQUENA Domicilio procesal: No apersonado.
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II.- FUNDAMENTOS DE HECHO QUE FORMAN CONVICCIN DEL REQUERIMIENTO:
2.1.- El Oficio N 844-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI mediante la cual se remite el Informe N 042-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP-D/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI, por el que se pone de conocimiento de que en el interior del inmueble del JR. El Puerto N 610-B se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino que fue identificada como JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA.
2.2.- El Acta de Constatacin Fiscal, realizada el da 07 de junio del 2014, a horas 14:40 de la tarde en el interior del inmueble ubicado en el Jirn El Puerto N 610-B, en donde se encontr el cadver de la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA en la que se detalla las circunstancias y forma en que se hallo el cuerpo sin vida.
2.3.- El Acta de Levantamiento de Cadver de la persona de sexo femenino que posteriormente fuera identificada como JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA, en la que se realiza la descripcin de la occisa (Posicin, descripcin de la ropa, descripcin fsica de la occisa, signos de violencia, registro personal, diagnostico de muerte, tiempo aproximado de muerte.
2.4.- El Acta de Reconocimiento de Cadver realizado por la persona de JULIAN ANTOLIN GOMEZ SOSA, quin pudo reconocer el cadver de la fmina y dijo llamarse JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA y que es la esposa de su hermano ALIPIO GOMEZ SOSA.
2.5.- La declaracin indagatoria de GENOVEVA SUPO TURPO, quien detalla las circunstancias y la forma en que pudo advertir que en el interior del cuarto que alquilaba a la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE, se encontraba un cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino. 2.6.- En virtud a lo referido anteriormente, y siendo la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE el posible autor y/o responsable del delito que se viene investigado, es imprescindible y necesario realizar diligencias de investigacin tales como:
La declaracin indagatoria del imputado RAFAEL MAMANI QUISPE.
La prueba de APSORCIN ATOMICA, en la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE, bajo las formalidades de ley y conforme a las normas del Cdigo Procesal Penal, por parte de los peritos de la OFICIR PNP Puno.
La Constatacin Fiscal en el lugar de los hechos con personal especializado y en presencia del imputado RAFAEL MAMANI QUISPE, a fin de poder recabar mayores indicios o evidencias de inters Criminalstico.
El examen PSIQUIATRICO, en la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE, a fin de determinar su estado mental.
Se realice la toma de muestras DACTILARES por parte de los peritos de la OFICIR PNP Puno.
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Entre otras, las cuales permitan acreditar o desvirtuar plenamente la responsabilidad penal del imputado RAFAEL MAMANI QUISPE, como autor del hecho delictivo investigado; circunstancias que justifican ampliamente el otorgamiento de la detencin preliminar solicitada por este Despacho Fiscal.
III.- TIPIFICACIN DEL HECHO: En este punto, es necesario precisar, que de acuerdo a
los hechos narrados y la tecnificacin penal descrita, la conducta de la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE estara subsumida en el tipo penal contenido en el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de FEMINICIDIO, previsto y sancionado en el Artculo 107 del Cdigo Penal.
IV.- ELEMENTOS DE CONVICCIN: A efectos de acreditar la subsuncin de la conducta de la
persona de RAFAEL MAMANI QUISPE en el tipo penal, materia del presente requerimiento; este Despacho Fiscal, sustenta la presente en los siguientes elementos de conviccin:
4.1.- El Oficio N 844-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI mediante la cual se remite el Informe N 042-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP-D/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI.
4.2.- El Acta de Constatacin Fiscal, realizada el da 07 de junio del 2014, a horas 14:40 de la tarde en el interior del inmueble ubicado en el Jirn El Puerto N 610-B, en donde se encontr el cadver de la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA.
4.3.- El Acta de Levantamiento de Cadver de la persona de sexo femenino que posteriormente fuera identificada como JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA
4.4.- El Acta de Reconocimiento de Cadver realizado por la persona de JULIAN ANTOLIN GOMEZ SOSA, quin pudo reconocer el cadver de la fmina.
4.5.- La declaracin indagatoria de GENOVEVA SUPO TURPO, propietaria del inmueble ubicado el Jirn El Puerto N 610-B.
V.- FUNDAMENTOS DE LA PRISION: El fundamento del presente REQUERIMIENTO se sustenta
en el peligro de fuga (por la pena prevista en el Cdigo Penal) de la persona investigada, en razn a los hechos que se le vienen imputando; adems que en el imputado RAFAEL MAMANI QUISPE se requiera la realizacin de diligencias inmediatas (pericias urgentes que por el transcurso del tiempo no se pueden postergar) y necesarias. Resultando, esta medida necesaria para poder realizar diligencias tiles, necesarias e idneas que contribuyan al mejor esclarecimiento de los hechos que se viene investigando.
VI.- BASE LEGAL: El presente requerimiento se encuentra amparado en el
Artculo 261, inciso 1) literal a) del Cdigo Procesal Penal.
POR LO EXPUESTO:
Solicito a usted, seor Juez, acceder al presente
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requerimiento, y sin mayor trmite dictar mandato de Detencin Preliminar, para los fines de investigacin.
OTROSI DIGO: A efectos de sustentar lo expuesto en el presente requerimiento, se adjunta al presente a fojas ( ) copias certificadas de los anexos detallados a continuacin:
Disposicin N 001-2014, que Dispone aperturar Investigacin Preliminar, en contra del Imputado RAFAEL MAMANI QUISPE, por la presunta comisin del delito de FEMINICIDIO, en agravio de los herederos legales de la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA.
El Oficio N 844-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI mediante la cual se remite el Informe N 042-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP-D/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI.
El Acta de Constatacin Fiscal, realizada el da 07 de junio del 2014, a horas 14:40 de la tarde en el interior del inmueble ubicado en el Jirn El Puerto N 610-B, en donde se encontr el cadver de la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA.
El Acta de Levantamiento de Cadver de la persona de sexo femenino que posteriormente fuera identificada como JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA
El Acta de Reconocimiento de Cadver realizado por la persona de JULIAN ANTOLIN GOMEZ SOSA, quin pudo reconocer el cadver de la fmina.
La declaracin indagatoria de GENOVEVA SUPO TURPO, propietaria del inmueble ubicado el Jirn El Puerto N 610-B.
Puno, 12 de junio del 2014.
L.A.T.H.
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Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuacin
CASO N 2014-0495-0 DISPOSICIN N 002-2014-1FPPC-4DA-P. AMPLIA INVESTIGACIN PRELIMINAR. Puno, once de julio Del dos mil catorce.-
DADO CUENTA EN LA FECHA: La Carpeta Fiscal Nro. 2706014501-2014-0495-0, y dems actuados en torno a la investigacin seguida en contra de RAFAEL MAMANI QUISPE, por la presunta comisin del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de FEMINICIDIO, en agravio de los herederos legales de que en vida fuera JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA.
ATENDIENDO: El escrito con registro N 4220 por el que se remite el Oficio N 1055-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI-P mediante la cual se solicita prorroga del plazo de investigacin preliminar.
Y CONSIDERANDO: Los fundamentos que sustentan la presente disposicin son los siguientes:
PRIMERO.- FUNDAMENTOS DE HECHO DE LA PRORROGA.
Que, conforme a los actuados de la Carpeta Fiscal, se tiene que mediante Disposicin N 001, de fecha catorce de junio del dos mil catorce, se a dispuesto Abrir Investigacin Preliminar, a fin de que se realicen las diligencias que contribuyan al mejor esclarecimiento de los hechos investigados. Y estando a lo previsto en la Ley Orgnica del Ministerio Pblico (Decreto Legislativo N 052), el representante del Ministerio Pblico, al dirigir la Investigacin Preliminar, la encabeza y se convierte en el responsable principal de las acciones y diligencias que se deben ejecutar para el esclarecimiento de la comisin de los delitos denunciados y como tal debe ir en bsqueda de la verdad, con las exigencias de ser el titular de la accin penal y de la carga de la prueba, resultando en ese sentido necesario recabar mayores elementos de prueba, cumplir con las diligencias dispuestas y practicar nuevas diligencias que contribuyan al mejor esclarecimiento de los hechos materia de la presente investigacin.
SEGUNDO.- FUNDAMENTOS JURDICOS QUE SUSTENTAN LA PRORROGA.
Que, es obligacin del Ministerio Pblico actuar con objetividad, indagando los hechos constitutivos del delito, a fin de determinar la responsabilidad o inocencia del imputado(s), como prescribe el
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inciso 2) del Artculo IV del Ttulo Preliminar del Cdigo Procesal Penal. En tanto que las diligencias preliminares tienen como finalidad determinar si han tenido lugar o no los hechos objeto de investigacin y su delictuosidad, as como el aseguramiento de los elementos materiales en caso de su comisin siendo pre requisito para la formalizacin y continuacin de la Investigacin Preparatoria, el tener por satisfechos los elementos de procedibilidad pertinentes. As mismo, el inciso 2 del Artculo 334 del Cdigo Procesal Penal establece; El plazo de las diligencias preliminares, conforme el Artculo 3, es de veinte das, salvo que se produzca la detencin de una persona: No obstante ello, el Fiscal podr fijar un plazo distinto, segn las caractersticas, complejidad y circunstancias de los hechos objeto de investigacin.... Entonces, se desprende que el plazo para la realizacin de diligencias en la investigacin preliminar, es de veinte das o los das que el Fiscal considere razonable y proporcional, el mismo que ha sido zanjado y establecido por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema (Casacin N 02-2008, La Libertad, 03 de junio del 2008).
Por lo que; la seora Fiscal del Cuarto Despacho de la Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa de Puno, que al final suscribe con las atribuciones que confiere el Artculo 159 inciso 4) de la Constitucin Poltica del Estado y Artculos 1 y 5 de la Ley Orgnica del Ministerio Pblico.
DISPONE: PRIMERO.- PRORROGAR EL PLAZO DE INVESTIGACIN PRELIMINAR encomendando a la Polica de la SECCION DE INVESTIGACION CRIMINAL - SEINCRI PNP PUNO, para que en el plazo de TREINTA DAS, con participacin activa del representante del Ministerio Pblico, realice una labor exhaustiva en la investigacin seguida en contra de RAFAEL MAMANI QUISPE, por la presunta comisin del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de FEMINICIDIO, en agravio de los herederos legales de que en vida fuera JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA. SEGUNDO.- Recabar las pruebas suficientes e indispensables sobre los hechos materia de la presente Investigacin Preliminar. Para tal fin cmplase con realizar las siguientes diligencias:
1.- Se reciba la declaracin indagatoria de RAFAEL MAMANI QUISPE en AUDIENCIA INMEDIATA, debindose apersonarse por ante la Seccin de Investigacin Criminal SEINCRI PNP Puno, quien declarara en relacin a los hechos que se le imputa, adems de concurrir obligatoriamente con su abogado defensor de libre eleccin. Bajo apercibimiento de procederse conforme a ley.
2.- Se realice la prueba de ABSORCIN ATOMICA, en la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE, bajo las formalidades de ley y conforme a las normas del Cdigo Procesal Penal. Debiendo, de oficiarse a los peritos de la OFICRI PNP Puno.
3.- Se realice el examen PSIQUIATRICO, en la persona de RAFAEL MAMANI
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QUISPE, bajo las formalidades de ley y conforme a las normas del Cdigo Procesal Penal. Bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente.
4.- Se RECABE los resultados de la prueba de ABSORCIN ATOMICA, realizado en la persona de la que en vida fuera JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA, a fin de ser valorado en la presente investigacin conforme a ley. Debiendo, de oficiarse a los peritos de la OFICRI PNP Puno.
5.- Se RECABE los resultados de la prueba de ABSORCIN ATOMICA, realizado en la persona de ALIPIO GOMEZ SOSA, a fin de ser valorado en la presente investigacin conforme a ley. Debiendo, de oficiarse a los peritos de la OFICRI PNP Puno. 6.- Se REITERE oficio y se recabe de la Dependencia Mdico Legal de Puno, el PROTOCOLO DE NECROPCIA realizado a la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA realizado el da 08 de junio del 2014, a fin de ser valorados oportunamente conforme a ley. Bajo responsabilidad funcional.
7-. Se acten las pruebas de cargo y de descargo que ofrezcan las partes intervinientes en la presente investigacin.
8.- Actese todas aquellas diligencias necesarias, a fin de tener mayores elementos de prueba en la presente investigacin preliminar y este Despacho, pueda pronunciarse con arreglo a ley.
9.- Al trmino del plazo otorgado, REMITASE los actuados al Despacho Fiscal, para el pronunciamiento conforme a ley. Bajo responsabilidad funcional del instructor a cargo de la presente investigacin.
TERCERO.- Notifiquese, la presente Disposicin a las partes intervinientes. Conforme a las normas del Cdigo Procesal Penal. Sin perjuicio de notificarse VIA EDICTO. L.A.T.H.
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Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuacin
CASO N 2014-0495-0 DISPOSICIN N 004-2014-1FPPC-4DA-P. FORMALIZA Y CONTINUA INVESTIGACIN PREPARATORIA. Puno, veintiuno de setiembre Del dos mil catorce.-
DADO CUENTA EN LA FECHA: La Carpeta Fiscal Nro. 2706014501-2014-0495-0, y dems actuados en torno a la investigacin seguida en contra de RAFAEL MAMANI QUISPE, por la presunta comisin del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de FEMINICIDIO, en agravio de los herederos legales de que en vida fuera JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA.
ATENDIENDO: El Oficio N 1412-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP-P/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI adjuntndose el Informe Policial N 079-2014-REGPOL-SUR-ORI-C/DTP-DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI-P respecto de las investigaciones preliminares dispuesta en autos.
Y CONSIDERANDO: Los fundamentos que sustentan la presente disposicin son los siguientes:
PRIMERO: HECHOS FACTICOS. Que, el da 07 de Junio del presente ao en curso, siendo aproximadamente las 13:20 p.m personal de la SEINCRI PNP Puno, tomo conocimiento por parte de la ciudadana GENOVEVA SUPO TURPO propietaria del inmueble ubicado en el Jirn El Puerto N 610-B que en el interior de la habitacin que alquilaba la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino, en razn a que en horas de la maana la propietaria antes referida se habra apersonado a la habitacin de RAFAEL MAMANI QUISPE con la finalidad de cobrarle el alquiler en circunstancias que por uno de los agujeros de la puerta de acceso pudo advertir que en el interior por detrs de la puerta se encontraba el cuerpo de una persona de sexo femenino que no responda a su llamado y que al parecer se encontraba inerte, hechos que han sido puestos de conocimiento y que al constituirse el Fiscal Penal de Turno, personal policial de la SEINCRI PNP Puno, peritos policiales de la OFICRI PNP Puno y Mdico Legista, se pudo constatar que la habitacin alquilada por RAFAEL MAMANI QUISPE donde se hallaba el cuerpo de sexo femenino se encontraba cerrado por su parte exterior con un candado amarillo marca LION el mismo que fue violentado (palanqueado) previa autorizacin de la propietaria GENOVEVA SUPO TURPO y que al ingresar a la habitacin se observo a la fmina que se
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encontraba en posicin de cubito lateral izquierdo y sin vida presentando un orifico a la altura de la cien al parecer de un proyectil de bala de arma de fuego PAF. Asimismo, de las investigaciones preliminares realizadas a nivel policial se ha podido determinar que la persona de JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA mantena una relacin amorosa con el investigado RFAEL MAMANI QUISPE, desde el mes de agosto del 2010 motivo por el cual la conviviente del investigado MARIA SUICHIRI MOLINA decidi separarse del imputado, hechos que merecen ser investigados penalmente conforme a ley. SEGUNDO: TIPO PENAL. Que, los hechos anteriormente denunciados presuntamente se enmarcaran dentro del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de FEMINICIDIO, previsto en el Artculo 107 Primer Prrafo del Cdigo Penal.
TERCERO: ELEMENTOS DE CONVICCIN DEL ILCITO PENAL.
Que, los elementos de conviccin que advierten la comisin del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de FEMINICIDIO, con relevancia penal conforme a los actuados que obran en la presente Carpeta Fiscal, son los siguientes: 3.1.- El Oficio N 844-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI mediante la cual se remite el Informe N 042-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP-D/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI, por el que se pone de conocimiento de que en el interior del inmueble del JR. El Puerto N 610-B se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino que fue identificada como JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA, obrante a folios 02.
3.2.- El Acta de Constatacin Fiscal, realizada el da 07 de junio del 2014, a horas 14:40 de la tarde en el interior del inmueble ubicado en el Jirn El Puerto N 610-B, en donde se encontr el cadver de la persona JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA en la que se detalla la forma y las circunstancias en que se hallo el cuerpo sin vida, obrante a folios 11.
3.3.- El Acta de Levantamiento de Cadver de la persona de sexo femenino que posteriormente fuera identificada como JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA, en la que se realiza la descripcin de la occisa (Posicin, descripcin de la ropa, descripcin fsica de la occisa, signos de violencia, registro personal, diagnostico de muerte, tiempo aproximado de muerte, obrante a folios 13. 3.4.- El Acta de Reconocimiento de Cadver realizado por la persona de JULIAN ANTOLIN GOMEZ SOSA, quin pudo reconocer el cadver de la fmina y dijo llamarse JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA y que es la esposa de su hermano ALIPIO GOMEZ SOSA, obrante a folios 16.
3.5.- La declaracin indagatoria de GENOVEVA SUPO TURPO, quien detalla las circunstancias y la form