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    La Organización Social y Política Romana desde losOrígenes hasta la Crisis de la República.1 

    MARIANA BREIJO

    LENGUA Y CULTURA LATINA I

    CÁTEDRA: PROF. MARCELA A. SUÁREZPRIMER CUATRIMESTRE

    2016

    1  La presente es una versión revisada y corregida de la ficha del mismo título publicada a través deOPFyL en el año 2010.

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    I. 

    CONSIDERACIONES PREVIAS 

    La presente ficha de cátedra tiene por objetivo presentar la organización

    institucional de la sociedad romana antigua atendiendo a los fenómenos sociales que la

    originaron, modificaron y le dieron fin, como medio de ofrecer una mirada comprensiva

    de conjunto de la interacción entre distintos aspectos de un mismo proceso.

    El período histórico comprendido abarca desde los tiempos arcaicos con la

    formación de la ciudad monárquica primitiva y la expulsión del dominio etrusco,

     pasando por la progresiva organización republicana hasta su apogeo a mediados de sigloIII a C. y su decadencia con la crisis de la república en el siglo I a C. La extensión del

     período histórico abarcado plantea una dificultad principal: no es posible hacer un corte

    sincrónico arbitrario y pretender que fue constante lo que en verdad incluyó varias

    etapas de transformación. Esta complicación tiene un fundamento en la propia historia

     política romana, puesto que nunca existió una constitución formal, al modo de las

    repúblicas modernas, que determine las funciones y competencias de cada institución

     política y aclare las relaciones entre ellas. Por el contrario, todas ellas se fundamentabany sostenían en la legitimidad que les otorgaba la fuerza de la costumbre, de modo que

    tanto la progresiva creación y especialización de las magistraturas, por ejemplo,

    dependió de las necesidades sociales del momento y luego la práctica consuetudinaria

    las institucionalizaba y regulaba. La falta de asidero formal facilitaba además la

    transformación de esas instituciones cuando resultaban deficientes como consecuencia

    de cambios de la realidad material y social.1 Tratándose de una sociedad aferrada a la

    tradición como fuente última de cohesión, las transformaciones se producían muylentamente y en general llevaban aparejados conflictos internos entre los grupos sociales

    establecidos y aquellos emergentes que reclamaban su participación. El expansionismo

    y la conquista de territorios ofrecieron en muchas ocasiones posibilidades para el

    surgimiento de nuevos grupos sociales, en algunos casos enriquecidos, otras

    empobrecidos, pero siempre condicionados por las desigualdades sociales, políticas y

    económicas que caracterizaron toda la historia romana.

    Para comprender la complejidad de las relaciones sociales deben entenderse

    además los valores y presupuestos que les sirven de sustento. Para ello incorporamos la

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    explicación de algunos conceptos relevantes que subyacen y justifican las

    organizaciones e interacciones sociales aceptadas en cada época y que constituyen el

    trasfondo ideológico de la sociedad.

    II.  EL ORDEN SOCIAL ARCAICO 

    La historia mítica nos refiere la fundación de Roma en el año 753 a C. por

    Rómulo, a quien sucedieron seis reyes, de los cuales los últimos tres eran de origen

    etrusco. Sin embargo las investigaciones históricas y arqueológicas retrotraen el primer

    asentamiento del pueblo latino -descendiente a su vez de los invasores indoeuropeos

    que se habían establecido en Italia en el siglo XII a C.- en la colina del Palatino al siglo

    X a C. Cerca de allí, en la colina del Quirinal, se había establecido a su vez un grupo desabinos, descendientes también de otra rama de inmigración indoeuropea, los cuales

    fueron siendo poco a poco absorbidos por la comunidad de lengua latina. Hacia el siglo

    VII a C., el auge del vecino pueblo etrusco y la extensión de su dominio dio origen

    aproximadamente en el siglo siguiente a la conversión de esa comunidad latino-sabina

    en una ciudad-estado, modelada según las instituciones, el sistema de gobierno,

    estructura social, así como también según las tradiciones religiosas y culturales de ese

     pueblo. Finalmente, junto con la herencia indoeuropea y la dominación etrusca, se

    encuentra el importante influjo cultural del pueblo griego que desde mediados del s.

    VIII a C. se habían instalado en el sur de Italia y en Sicilia (Magna Grecia).

    Los rasgos definitorios del orden social arcaico pueden hallarse plenamente ya

    en el siglo VI a C. bajo el gobierno de los reyes etruscos. La estructura de la sociedad

    se caracterizaba por las mutuas relaciones entre los estratos, las cuales pueden ser mejor

    analizadas haciendo una división horizontal y una división vertical de la misma.

    La división horizontal de la estructura social arcaica tenía como fundamento el

     papel central de la familia. Ésta constituía una unidad económica, social y de culto, que

    se hallaba bajo la autoridad (auctoritas) del jefe de la familia ( paterfamilias), quien

    tenía poder ilimitado sobre la mujer, los hijos, los esclavos y los bienes familiares y era

    el encargado de la administración y dirección de la actividad económica de la familia,

    decidía en cuestiones de derecho y oficiaba como sacerdote del culto familiar. Las

    familias se relacionaban entre sí por ascendencia común y se organizaban formando un

    clan ( gens) que, en tanto unión sagrada, cuidaba el culto gentilicio y cuyos miembros

    llevaban el nombre gentilicio común (nomen). A su vez, estos clanes ( gentes) estaban

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    reunidos en treinta curias (curiae). Éstas eran en la vida pública la base organizativa

    tanto de la asamblea popular como del ejército.2  A su vez, las treinta curias estaban

    agrupadas en tres tribus (cuyos nombres, de origen etrusco, eran Tities,  Ramnes  y

     Luceres) que incluían cada una diez curias. Las tres tribus comprendían la totalidad del

    Pueblo Romano.

    La división vertical de la sociedad consistía en la existencia de una nobleza y de

    un pueblo dependiente de ella. El estrato superior durante la monarquía -y que se

    mantendrían hasta el primer siglo de la república- era el patriciado, una nobleza de

    sangre, propietaria de la tierra, con privilegios en la vida económica, social, política y

    religiosa, que constituía un estamento cerrado. Sus orígenes deben buscarse en la

    formación de una nobleza ecuestre, cuyo miembros componían el séquito montado del

    rey. El estamento inferior era la plebe ( plebs), el pueblo compuesto por los libres,

    quienes como los patricios tenían el derecho de ciudadanía, pero ninguno de sus

     privilegios. Se trata de un estrato principalmente campesino, que fue empobreciéndose

    al aumentar generación tras generación el reparto del fundo familiar entre los herederos.

    Junto con ésta se desarrolló también una plebe urbana dedicada a las artesanías y al

    comercio, actividades de muy baja reputación en una sociedad aristocrática basada en la

    agricultura. La plebe solo tomó forma consistente después del 500 a C., a partir del

    inicio de la lucha organizada contra la nobleza patricia. Un tercer grupo social, a

    menudo confundido con la plebe pero menos independiente que ésta, era el de los

    clientes, quienes estaban en una relación de fidelidad con un noble rico y poderoso, por

    la cual debían prestarle servicios económicos y morales. En contraprestación el noble,

    como patrono ( patronus) ofrecía protección personal y ponía a su disposición una

     parcela de tierra para que el cliente (cliens) cultivara con su familia. De modo similar el

    esclavo manumitido, conocido como liberto (libertus) seguía en relación con su anterior

    amo, convertido en patrono.En este contexto la esclavitud tuvo lugar integrada al grupo familiar,

     principalmente como acrecentamiento de su fuerza de trabajo tanto en los quehaceres

    domésticos como en la agricultura.

    El sistema de gobierno arcaico consistía en una monarquía electiva, en la cual el

    rey (rex) gozaba de un poder soberano, unitario, originario e ilimitado (imperium). El

    rey dirigía como sumo sacerdote la vida religiosa, podía consultar los designios de los

    dioses (auspicia) y aseguraba la paz de los dioses ( pax deorum) necesaria para laconservación y prosperidad de la comunidad; era fuente del derecho y la justicia; dirigía

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    como general las acciones militares; como jefe político representaba a la comunidad en

    su relación con otros estados y mantenía el orden interno. En virtud de su imperium era

    sacerdote, general y juez, lo cual comprende todas las funciones necesarias para regir

    una comunidad sometida a sus designios. El senado primitivo estaba formado por los

     jefes3 de las gentes quienes constituían el Consejo de Ancianos ( senes), a quienes el rey

    consultaba en busca de su consejo, sin que esto limitara en modo alguno su imperium. 

    El pueblo organizado en asambleas por curias (comitia curiata) decidía en cuestiones de

    derecho privado, opinaba en temas de interés público y ratificaba a los más altos

    magistrados de la comunidad.

    El fin de la monarquía, ocurrida según la tradición con la expulsión del rey

    Tarquino el Soberbio de la ciudad, conserva el recuerdo del levantamiento de la nobleza

    antimonárquica que liberó Roma del dominio etrusco al que estaba sometida.

    III.  EL ORDEN SOCIAL R EPUBLICANO 

    La idea de res publica fue concebida por los romanos por contraposición a la res

     privata, es decir, los asuntos privados de cada uno. En consecuencia aquella consistió

    en la concreción de los intereses colectivos y su ordenamiento, es decir, los asuntos que

    interesaban al conjunto de la ciudadanía, encarnada en el pueblo romano ( Populus  Romanus). Esta idea fue abstrayéndose hasta significar la “organización constitucional

    del pueblo”.4 En este sentido la res publica era res populi (cf. Cic. De Rep. 1, 39). Sin

    embargo la idea de Populus Romanus como conjunto de ciudadanos romanos superó la

    idea de ciudadanía, pues adquirió entidad propia al personalizarse como sujeto de

    derecho,5  no solo por ser consciente de su participación y consentimiento en las

    decisiones políticas a través de las asambleas (que por sinécdoque representativa

    también fueron llamadas  Populus), sino también por tener existencia no sujeta adelimitación territorial.

    El término civitas, ciudadanía, por su parte designaba tanto al conjunto de

    miembros de la comunidad civil como el estatus jurídico del ciudadano. El concepto de

    ciudadanía no puede ser analizado sin considerar la noción de libertad (libertas) que le

    era inherente. La libertas consiste en la capacidad de poseer derechos y en la ausencia

    de sujeción al dominio de otra persona. De este modo, un ciudadano romano tomado

     prisionero y sometido a esclavitud perdía todos sus derechos personales y políticos

    mientras que un esclavo manumitido podía alcanzar la ciudadanía y la plena libertad. En

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    este sentido libertas y civitas  denotan una misma cosa, pero ponen el énfasis en

    aspectos diferentes: libertas significa en primer lugar el estatus de un individuo como

    tal, mientras que civitas señala el estatus de un individuo con respecto a la comunidad.6 

    La libertas del populus Romanus consiste por un lado en la independencia soberana y la

    autonomía, por contraposición a los pueblos tributarios y sometidos; y por otro en la

    forma republicana de gobierno, que se opone a la monarquía en la cual la relación entre

    el rey y el pueblo es de dominación (dominatio) semejante a la del amo con sus

    esclavos. Los romanos databan su propia libertad desde la abolición de la monarquía y

    la identificaban con la constitución republicana del bien común. En consecuencia, la res

     publica populi Romani  es la encarnación práctica de la libertas populi Romani, tanto

    como la civitas es la encarnación de la libertas civis Romani.7 

    Es importante destacar que los romanos concebían la libertas en términos de

    relaciones sociales, y era tanto un deber como un derecho: el derecho a reclamar lo que

    le era debido así como el deber de respetar lo que le era debido a otros, en última

    instancia la aceptación de la ley y el respeto tanto de los derechos propios como de los

    ajenos.8 

    A medida que el expansionismo romano fue avanzando se establecieron distintos

    sistemas de anexión de nuevas comunidades y territorios, y con ellas fue conformándose

    una red de comunidades de diferente condición jurídica, que con el transcurso del

    tiempo adquirieron la condición ciudadana. Algunas comunidades consideradas

    civitates  se constituyeron en aliadas y conservaron una soberanía nominal; otras

    recibieron una ciudadanía a medias como civitates sine suffragio; otras se convirtieron

    en municipios (municipia), es decir, comunidades constituidas por una población local

    con ciudadanía romana y autonomía municipal; y finalmente se establecieron también

    colonias romanas (coloniae civium Romanarum).

    De este modo entre las personas de condición libre hallamos a los ciudadanos(cives) integrantes de la civitas y miembros del Populus; los aliados ( socii) entre los que

    se diferencian los latinos (Latini) y los itálicos ( Italici); y los peregrinos ( peregrini). En

    oposición a todos estos se hallaban los esclavos ( servi), que carentes de toda libertad

    estaban sometidos como propiedad de otra persona, sin embargo si eran manumitidos

    (manumissio) por su amo podían alcanzar la ciudadanía como libertos (liberti) y pasar a

    formar parte del primer grupo. Por fuera del mundo romano se hallaban los extranjeros

    (barbarii). A continuación analizaremos los requisitos, condición y evolución de cadagrupo.

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     Ciudadanos (Cives)

    Por su origen es ciudadano romano el hijo legítimo de un ciudadano y una

    ciudadana. También pueden alcanzar la ciudadanía los esclavos manumitidos (liberti) y

    aquellos que la reciban por una concesión de los magistrados fundada en la ley.

    La ciudadanía (civitas) entendida como el estatus jurídico del ciudadano incluía

    derechos (iura) y obligaciones (munera). Los primeros se dividían en políticos (iura

     publica):

    1.  Derecho a voto en los comicios (ius suffragii)

    2.  Derecho a la carrera de los honores (ius honorum) – estaban excluidos, aunque

    ciudadanos, los libertos, no así sus hijos.

    3.  Derecho de apelar al pueblo en caso de sentencia capital ( ius provocationis ad

     populum).

    y civiles (iura privata):

    1.  Capacidad de ser sujeto de los derechos y negocios jurídicos del derecho civil

    (ius commercii).

    2.  Derecho a contraer matrimonio (iustae nuptiae) y ejercer los poderes familiares

    (patria potestad, manus, tutela, etc.).

    3. 

    Capacidad de disponer por testamento y de aparecer como heredero o legatario

    en un testamento romano (testamentifactio).

    4.  Aptitud de promover acciones del derecho civil romano (ius actionis).

    5.  Derecho a usar los tres nombres (tria nomina), es decir, el nombre propio o de

     pila ( praenomen), el nombre gentilicio (nomen) y el nombre familiar o apodo

    (cognomen).

    Las obligaciones (munera) de los ciudadanos eran militares y fiscales:

    1. 

    Cumplir servicio militar en las legiones romanas.2.  Pagar impuestos.

    Dentro del estatus ciudadano existen dos calidades posibles: la ciudadanía

    optimo iure o de plenos derechos, y la ciudadanía inminuto iure  o  sine suffragio, es

    decir, sin algunos derechos políticos pero con las cargas militares y fiscales. Esta última

    fue concedida a los miembros de comunidades anexadas y a grupos o individuos de

    Italia en calidad de excepción, hasta la extensión de la ciudadanía plena a toda la península itálica a fines de siglo I a C.

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    Desde el principio de la república aparecían diferenciados dos estamentos

    sociales definidos heredados del orden social arcaico: los patricios y los plebeyos.

    Debido a la explotación económica y la opresión política de las masas populares por

     parte de la nobleza patricia así como de la creciente diferenciación en el seno del

     pueblo, la plebe fue adquiriendo conciencia de grupo y comenzó su lucha contra el

    estrato superior. El auge económico de la ciudad permitió a algunas familias plebeyas

    de comerciantes y artesanos amasar una considerable fortuna, mientras que un gran

    número de campesinos se vieron sumergidos en la ruina económica y social por el

    endeudamiento y el reparto del fundo familiar en sucesivas generaciones de herederos.

    Ambos grupos plebeyos tenían objetivos distintos: los más ricos buscaban ser admitidos

    en las magistraturas y alcanzar la igualdad de derechos con los patricios en el senado,

    así como la integración social mediante la autorización de matrimonio entre patricios y

     plebeyos hasta entonces prohibida; los más pobres buscaban mejorar su condición

    económica y social.

    En sus luchas, los plebeyos obtuvieron victorias importantes durante el siglo V a

    C. como la creación del Tribunado de la Plebe (v. infra), la reorganización de las tribus

     por pertenencia geográfica, la fijación del derecho en la Ley de las Doce Tablas, la

    abolición de la prohibición de los matrimonio entre patricios y plebeyos, el progresivo

    ingreso a las magistraturas, etc.

    De este modo se fue conformando una nueva clase dirigente, la nobleza

    senatorial, formada por la vieja nobleza de sangre y las familias plebeyas dirigentes

    unidas entre sí por lazos de sangre. Los miembros de este estrato ejercían su posición

    rectora mediante las magistraturas y el senado, gracias a su propiedad y fortuna, que les

     posibilitaban el revestimiento de tales funciones de mando con el consiguiente prestigio

    social que acarreaba. Por debajo de ellos aparecían, capas diferenciadas de población

    articuladas de acuerdo a la cuantía y naturaleza de su patrimonio (campesinos ricos, pequeños artesanos, agricultores modestos y jornaleros y libertos desempeñando

     principalmente profesiones urbanas). El triunfo político de la plebe fue, en realidad, sólo

    el de los grupos plebeyos dirigentes y adinerados que lograron igualarse en derechos

    con el patriciado, sin embargo nunca entró en los planes políticos de los plebeyos que

    las masas inferiores debieran también compartir esos derechos.

    Para comprender esta estratificación aceptada es necesario tener en cuenta que

    los derechos en los que consiste la libertas eran sólo virtualmente iguales para todos.Ésta suponía el repudio de todo tipo de desigualdad ante la ley, sin embargo eso no

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    implicaba igualdad absoluta de los individuos, sino que por el contrario la aequa

    libertas consistía en una libertad relativa con la que cada ciudadano ejercía sus derechos

     políticos en proporción a sus condiciones económicas, familiares, intelectuales y

    morales. En consecuencia, la libertas es el límite mínimo de derechos políticos entre

    varios grados de dignitas. Se entiende por ésta el reconocimiento social y público del

     poder personal obtenido en virtud de sus conocimientos, prudencia, valor personal,

    filiación ancestral (auctoritas)9  y se manifesta a través del desempeño de cargos

     públicos. Como era hereditaria, afectaba a todos los miembros de la familia otorgándole

    una suerte de derecho adquirido para gobernar. En conjunto, dada la desigualdad

    intrínseca de la sociedad romana, la nobleza senatorial se identificó con la dignitas 

    como propia de su clase.10 

    La posición rectora de la nobleza reposaba sobre la propiedad de la tierra. Con la

    conquista de nuevos territorios (explotados también por la aristocracia) y la

     preeminencia sobre la cuenca occidental del Mediterráneo desde la primera guerra

     púnica se abrieron nuevas puertas para el desarrollo comercial y la actividad empresaria.

    Aunque muchos aristócratas se sintieron tentados por la nueva actividad, bajo pretexto

    de que el negocio era una actividad indigna para la nobleza, prefirieron mantener el

     predominio sobre la tierra, conservando así los lazos que la población campesina había

    anudado con los detentadores del poder y quedando menos expuesta a las influencias y

    vulnerabilidades de una clase dirigente compuesta de hombres de negocios. Se abrió

     paso así al desarrollo en el siglo II de una capa social de empresarios acaudalados,

    hombres de comercio y banqueros que dieron origen al orden ecuestre.

     Aliados (Socii)

    Los aliados o  socii  son los miembros de aquellas comunidades de la península

    itálica con los que Roma estableció distintos lazos federativos, ya sea mediante ladiplomacia, ya mediante las armas. Las comunidades aliadas poseen territorio,

    ciudadanía, moneda, derecho y administración propios, con un mayor o menor grado de

    autonomía y obligaciones para con Roma dependiendo de los pactos ( foedera)

    acordados o impuestos por la Urbe.

    Por su condición pueden clasificarse en dos grupos:

    -  Latinos ( Latini): son aquellos pueblos vecinos, habitantes del Lacio ( Latium) que

     participaban parcialmente en el derecho de Roma. Podían acceder a la ciudadanía plena o bien por concesión de un magistrado, o muy raramente en forma individual

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    a quienes habían desempeñado una magistratura en su ciudad, o como recompensa

     por el éxito en una acusación de concusión contra un magistrado romano, o

    excepcionalmente por inscripción en el censo por haberse domiciliado en territorio

    romano. Entre los latinos se diferenciaban los antiguos y los coloniales. Entre los

    antiguos se incluían los primeros aliados latinos y sus colonias, que gozaban de

    todos los derechos privados, con excepción del uso de los tria nomina; entre los

    derechos públicos, podían votar (pero para eso debían hallarse en Roma); y ejercían

    todos los derechos públicos en sus propias comunidades. Los coloniales eran los

    miembros de las colonias fundadas desde 268 a C. y otras comunidades no latinas

    distinguidas por Roma. Sólo en casos excepcionales se les otorgó el ius connubii.

    -  Italicos ( Italici): eran los miembros de las ciudades, en principio de origen griego

    del sur, pero luego incluye los grupos étnicos de toda la península (con excepción

    de la Galia Cisalpina, al norte del Arno y del Esino) que forman una red de pactos

    centrados en Roma. A diferencia de los latinos, no les era posible acceder a la

    ciudadanía romana, y cuando en el año 88 a C. ésta les fue otorgada, los itálicos

    tuvieron la condición de pertenecer previamente a una ciudad latina.

    Los  socii no podían tener una política exterior independiente de la de Roma y en los

    conflictos bélicos tenían la obligación de participar en su favor como contingente

    aliado, pero en compensación la asignación del botín o del territorio público (ager

     publicus) anexado por cabeza era menor a la mitad de la recibida por un ciudadano

    romano. Esta desfavorable situación sumada a los maltratos, discriminación y

    arbitrariedades que recibían de parte de los representantes del estado romano era una

    constante provocación para las capas adineradas de la población, mientras que los

    estratos empobrecidos, principalmente campesinos, debían padecer además de la

    opresión política, una deplorable situación económica. Como consecuencia del malestar

    estalló una gran insurrección entre 91 y 89 a C. que puso en pie de guerra a casi toda la península, pero esta revuelta tenía por objetivo la obtención de la ciudadanía romana,

     por lo que Roma logró sofocar el levantamiento otorgándola a todos aquellos que

    depusiesen las armas. De este modo en 88 a C. la ciudadanía plena fue otorgada a toda

    la península itálica.

     Peregrinos ( Peregrini)

    Los peregrinos o  peregrini eran aquellos hombres libres habitantes del mundoromano que no eran ni ciudadanos, ni aliados, ni bárbaros (los barbari eran los que se

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    hallaban fuera del orbe romano). Podían acceder a la ciudadanía individualmente o en

    grupo. Su condición jurídica dependía de los términos del pacto de alianza o de la ley

    impuesta por el Populus  Romanus a sus comunidades. Los peregrinos se dividían en dos

    categorías bien diferenciadas: los peregrinos y los peregrinos dediticios. Se considera

     peregrinos a los integrantes de aquellas comunidades a las que Roma les permitió

    mantener su propia organización local y ordenamiento jurídico. En consecuencia, estos

    grupos conservaban los derechos políticos y privados de sus comunidades, pero

    carecían de los de los romanos. Sólo excepcionalmente era concedido a los peregrinos el

    ius commercii, y rara vez el ius connubii. Los peregrinos podían conseguir la ciudadanía

    romana por beneficio individual de una ley o por concesión directa o delegada de los

    comicios. Los peregrinos dediticios, por su parte, son los miembros de las comunidades

     privadas por Roma de su entidad política y de su organización administrativa, por lo que

    no podían invocar sus antiguas instituciones y leyes así como tampoco les era posible

    alcanzar la ciudadanía romana.

     Libertos (liberti)

    Eran aquellos que habiendo sido esclavos, alcanzaban la libertad tras ser

    manumitidos por sus antiguos dueños, de quienes a menudo pasaban a ser clientes (v.

    infra).

    Los libertos urbanos y sus descendientes solían dedicarse a actividades

    artesanales y comerciales. Con el tiempo algunos lograban amasar una fortuna que les

     permitía ser incluidos entre los caballeros, segundo estamento de la sociedad romana y a

     partir de allí acceder al senado como homines novi y formar parte de la clase senatorial.

     Esclavos ( servi)

    Eran considerados cosas en propiedad a la vez que personas sin capacidad jurídica y se hallaban sometidos a la potestad de sus dueños (dominica potestas), pero

     podían convertirse en libertos cuando aquellos les concedían la libertad.

    A partir del siglo IV a C. aumentó la importancia del comercio de esclavos con

    otros pueblos y estados, pero fueron sobre todo las continuas guerras las que

     posibilitaron a Roma aumentar considerablemente la cantidad de esclavos a base de

    reducir a esclavitud a los prisioneros de guerra. De este modo en tiempos de la segunda

    guerra púnica comienzan a aparecer noticias sobre el empleo en masa de esclavos en laeconomía y en la manufactura. Pero así como aumentaba su número también lo hacía su

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    deplorable condición de vida, especialmente para aquellos empleados en el campo, pues

    los terratenientes necesitaban gran cantidad de mano de obra barata para sus

    explotaciones cada vez más extensas y el campesinado libre no solo había sido

    diezmado en las guerras sino que además debía pasar sus años de juventud en la milicia.

    La absoluta carencia de derechos hizo mucho más fácil la brutal explotación de los

    esclavos. En la ciudad, estos gozaban de una situación más favorable, lo cual se explica

     porque eran empleados, por su mayor capacitación, en profesiones especializadas para

    las cuales los maltratos eran contraproducentes. Sin duda, la peor parte la llevaron

    aquellos empleados en las grandes plantaciones y especialmente en las minas, donde

    debían padecer condiciones infrahumanas.

    La facilidad de reemplazo gracias al comercio o a la afluencia de prisioneros de

    guerra favoreció la explotación incontrolada y brutal de las masas de esclavos. El odio

    del esclavo que en general había sido un ciudadano libre era evidente para su amo, por

    lo que cualquier atisbo de desobediencia era castigado con la mayor severidad y se

    tomaban todos los recaudos necesarios para impedir cualquier tipo de organización y

    levantamiento, aunque no siempre esas medidas fueron exitosas. Las revueltas serviles

    del último tercio del siglo II a C. fueron las más violentas de la historia romana, de las

    cuales la más recordada es la rebelión organizada en Italia por el gladiador Espartaco

    (74-71 a C.). Sin dudas el tratamiento dado al esclavo en la República tardía fue el peor

    de toda la historia romana.

    En cuanto a la liberación de la esclavitud que se denominaba manumisión

    (manumissio), podía llevarse a cabo de varias formas: el amo incluía a su hasta entonces

    esclavo en la lista del censo como ciudadano romano (manumissio censu); el dueño

    hacía una declaración de libertad ante el pretor, quien tocaba la cabeza del esclavo con

    una vara de manumisión (manumissio per vindictam); el amo anunciaba ante unos

    amigos su deseo de dar libertad al esclavo (manumissio inter amicos) o la otorgaba pormedio de una carta (manumissio per epistulam); el amo invitaba al esclavo a cenar

    consigo en su mesa (manumissio per mensam).

    • CLASES SOCIALES: O RDINES  

    El concepto de ordo  en el ámbito político e institucional debe ser explicitado

     para comprender las particularidades que revestía en la sociedad romana, puesto que

    designa un grupo cuya existencia es reconocida por la ley, cuyos miembros presentancaracterísticas comunes en su forma de vida y con derechos y obligaciones bien

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    marcados. La pertenencia a tal grupo social obligaba a sus integrantes a un estilo de vida

    reglado y a practicar una ejemplaridad lo más evidente posible, en la que cada uno era

    reflejo de su nacimiento y se debía a tales condicionamientos tanto en sus acciones

    como en sus decisiones.

    En la sociedad romana durante la república se distinguieron solo dos grupos

    como clases sociales definidas en los estratos superiores con estatus y prerrogativas

    consagrados consuetudinaria o legalmente: la clase senatorial (ordo senatorius) y la

    clase ecuestre (ordo equester ).

    La clase senatorial estaba formada por aquellas familias que habían tenido o

    tenían un miembro senador. Entre estas gozaban de nobilitas aquellas que contaban con

    al menos un miembro que hubiera desempeñado una magistratura curul, lo cual les

    otorgaba derecho a conservar en el atrio las imágenes de sus antepasados ilustres (ius

    imaginum), debajo de las cuales se colocaban inscripciones (tituli imaginum), en las que

    constaban sus nombres, cargos desempeñados y hechos meritorios. Incluso unían las

    imágenes entre sí formando una suerte de árbol genealógico.

    Cuando alguien ajeno a este grupo, por sus méritos personales y por su riqueza

     patrimonial lograba acceder como homo novus a una magistratura curul, éste inauguraba

    la nobilitas en su familia.

    En los primeros tiempos de la república se denominaba caballeros (equites) a los

    miembros de la clase más alta del censo porque gozaban de la provisión de un caballo

     por parte del estado sobre la base de la prestación militar como jinetes, por lo que

    tratándose del estrato más acaudalado, estaban incluidos aquí los miembros de la clase

    senatorial. Sin embargo cuando la conquista de la cuenca del Mediterráneo ofreció

    excelentes oportunidades para el crecimiento comercial y empresarial este grupo, el más

    acaudalado de la sociedad, quedó dividido entre aquellos senatoriales pertenecientes a la

    nobleza, propietarios de la tierra para quienes los negocios resultaban indignos de su posición, y aquellos que sin esos condicionamientos se dedicaron a las actividades

    financieras y el comercio ultramarino.

    Así tomaría forma una nueva clase social, el ordo equester , los caballeros, que

    se habían enriquecido dedicándose al comercio, los negocios, al cobro de impuestos

    ( publicani), al arriendo de ingresos estatales (vectigalia), a la construcción de obras

     públicas en calidad de contratistas, a los negocios bancarios y financieros, etc. Como

    signos de su estatus, la costumbre y la legislación los distinguían con ubicaciones de

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    honor en los teatros, aunque detrás de los senadores, y se les permitía el uso del anillo

    de oro y de la franja angosta púrpura en su indumentaria.

    Con respecto a la plebe, sólo en época imperial comienza a haber testimonios

    que aplican el término ordo a su estamento social11.

    • R ELACIONES POLITICAS

    Las distintas relaciones políticas ya sea entre miembros del mismo estamento

    social o entre distintos estamentos constituían un complejo entramado cuyo objetivo

    último por parte de las clases dirigentes era la consecución o la monopolización del

     poder y se sustentaban sobre la noción fundamental de  fides  es decir, la confianza

    recíproca entre dos partes. En términos políticos la fides señalaba especialmente el lazo

    que une a quienes luchaban por el mismo objetivo político. Estos lazos pueden

    clasificarse en dos grupos principales en función del número y la cualidad de los

    miembros participantes: por un lado, las relaciones de parentesco y amistad (amicitia)

    en las que los integrantes se situaban en un plano de igualdad; y por otro, las relaciones

    de clientelismo entre un patrono ( patronus) y sus clientes (clientes), en las que aquel se

    hallaba en un lugar de superioridad con respecto a éstos.

    En el primer grupo, las relaciones de parentesco se caracterizaban por pactos y

    alianzas entre familias, sellados a través principalmente de matrimonios y adopciones,

    que creaban deberes de ayuda mutua entre los parientes12. De esta forma se organizaban

    coaliciones electorales con el objetivo de alcanzar alguna magistratura, especialmente el

    consulado, y acapararlo a través de alianzas complejas y continuas en un círculo

    cerrado13. A su vez, la noción de amicitia señalaba las relaciones interpersonales entre

    individuos de clase y posición análoga, que se deben mutuamente compromisos y

    obligaciones, en los que se apoya el hombre político para avanzar en su propia carrera y

    vencer a sus adversarios, ya sea durante procesos electorales, judiciales, etc.14 En cuanto al segundo grupo, un ciudadano libre se ponía en calidad de cliente

    (cliens) y a su familia bajo la protección de otro de un estamento superior. Entre ellos se

    establecían obligaciones mutuas: el cliente debía demostrar obediencia y respeto a su

     patrono, acompañarlo a lugares públicos, brindarle apoyo electoral, acudir a saludarlo

     por las mañanas ( salutatio), etc. El patrono por su parte debía ofrecer su protección

     política y legal (oficiando como abogado en caso de necesitarlo) y suministrándole una

    ración diaria de alimento o su equivalente en dinero.

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      La complejidad de estas relaciones formaba un entramado de obligaciones y

    dependencia mutua que hacía por ejemplo que por los deberes de amistad entre dos

     patronos, la clientela de uno de ellos debiera apoyar al otro.

    Por otra parte esta estructura entre los miembros de la sociedad romana, regulaba

    también la relación con otras comunidades, estableciéndose lazos de amistad o de

    clientelismo entre ellas.

    • LAS CLASES CENSITARIAS 

    La tradición atribuye al rey Servio Tulio la división de la ciudadanía romana en

    clases propietarias; sin embargo, la institución del cargo de censor, cuya función era

    establecer la calificación económica del ciudadano, en el año 443 a C. parece ser una

    fecha más apropiada para su ubicación histórica. Originariamente las escalas de

     propiedad de los miembros de cada una de las clases estaban determinadas por el tipo

    de armamento que podían solventarse en la guerra, por lo que se evidencia que esta

    nueva organización habría sido originada por una reestructuración de la milicia, lo cual

     parece confirmarse por la utilización del término classis, traducido por el cultismo

    ‘clase’, que remite en latín a ‘leva para la guerra’, y de sus divisiones en centurias,

    siendo cada una de estas la primitiva división del ejército.

    Por encima de las clases ( supra classem  o extra classem) se encontraban los

    equites, integrantes de la nobleza ecuestre que aportaban la caballería y estaban

    organizados en dieciocho centurias. Luego seguían las cinco clases (classes), las cuales

    aportaban la infantería, con distintos grados de equipamiento. Así, la primera clase que

    estaba integrada por plebeyos ricos, aportaba la infantería pesada y estaba dividida en

    ochenta centurias. La segunda, tercera y cuarta clases llevaban un equipamiento liviano

    y reducido, según los grados decrecientes de fortuna, y estaban divididas cada una en

    veinte centurias. La quinta clase reunía a los pobres, que tenían la honda como únicaarma y se dividían en treinta centurias. Por debajo de las clases ( infra classem) se

    hallaban los desposeídos conocidos como proletarios ( proletarii) puesto que sólo

    contaban con su descendencia y a lo sumo podían tomar la función de rastreadores u

    ordenanzas durante la guerra. A éstas se unían dos centurias de artesanos ( fabri)

    encargados de las máquinas de guerras, que votaban en la primera clase y otras dos de

    músicos asignados a la quinta clase.

    Supra classem ....................equites............18 centuriasClassis I..............................pedites............80 centurias

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    Classis II ...........................pedites............20 centurias

    Classis III..........................pedites............20 centurias

    Classis IV..........................pedites............20 centurias

    Classis V...........................pedites............30 centurias

     Infra classem....................proletarii..........5 centurias

    Este nuevo ordenamiento sirvió de base para la organización de la asamblea

     popular por centurias. El sistema de votación estaba organizado según un orden

    decreciente de riqueza, de modo tal que primero votaban las dieciocho centurias de

    equites, luego las ochenta de la primera clase, y así sucesivamente. Así establecido, el

    sistema aseguraba a los dos estamentos más acaudalados el control de la asamblea por

    mayoría, ya que juntos reunían noventa y ocho votos, sobrepasando al resto de las

    clases que sólo sumaban noventa y cinco votos, y asegurando de este modo a los propietarios un claro predominio sobre la masa popular, cuya voz no llegaba a ser

    escuchada. Esta desigualdad se veía reforzada por el hecho de que cada centuria

    representaba aproximadamente un ‘valor’ similar (cada grupo debía aportar lo mismo

    en el aspecto militar, fiscal y político), razón por la cual las clases inferiores

    necesitaban un mayor número de ciudadanos para equipararse con las clases

    superiores.15  Pero este recorte en sus derechos políticos redundaba también en un

    recorte de sus obligaciones fiscales y militares, por lo que se mantenía el equilibrio

    entre derechos y obligaciones de cada uno16.

    • I NSTITUCIONES POLÍTICAS 

    Durante la república las instituciones políticas de gobierno eran las

    magistraturas, el senado  y las asambleas. Si bien la separación de poderes era

    desconocida entonces, existió en Roma un balance de poderes destinado a prevenir los

    excesos de autoridad y mantener el control del estado.17 Se describe a continuación cada

    una de ellas según sus características y funcionamiento en el siglo III a C., una vez

     producida la integración patricio-plebeya con el desarrollo pleno de cada una de las

    instituciones y antes que comiencen a vislumbrarse los primeros atisbos de la crisis de

    los últimos siglos del período republicano.

     Magistraturas

    Son tradicionalmente consideradas como las herederas del poder del rey,

    dividido en esferas de competencia, necesarias para atender las crecientes

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    complejidades internas y externas del expansionismo romano, permaneciendo latente la

     posibilidad de reunión del imperium.

    Los magistrados, en virtud de sus funciones, son revestidos de distintos tipos de

     poder. A todos ellos corresponde la  potestas, es decir, el poder coercitivo y específico

    necesario para llevar a cabo las medidas de sus funciones. A diferencia de éste, el

    imperium  es el poder supremo en materia militar, civil y judicial, y está reservado sólo

    a un número restringido de magistrados (consul, praetor, dictator, interrex) El

    imperium comprende: tomar los auspicios; convocar y presidir los comicios a las que se

    someten propuestas (ius agendi cum populo); convocar y presidir el senado al que

    someten temas a tratar (ius agendi cum patribus); derecho a publicar edicto vinculantes

    durante la permanencia de su autor en la magistratura (ius edicendi); jurisdicción civil,

     penal y administrativa; supremo mando militar (incluyendo la leva, el nombramiento de

    los oficiales, el establecimiento del tributo, la distribución del botín, la administración

    del territorio ocupado, etc.); derecho de coerción ante la desobediencia de las órdenes

    del magistrado (pudiendo aplicar la pena capital, flagelación, arresto, confiscación,

    etc.); y funciones religiosas. Se distinguían el imperium domi, cuyo ejercicio tenía lugar

    en el ámbito de la ciudad (que abarcaba hasta un millar de pasos más allá del

     pomoerium) en donde sólo se desarrollaban actividades pacíficas; y el imperium

    militiae, que consiste fundamentalmente en el mando militar ejercido fuera del recinto

    de la ciudad.

    Las magistraturas romanas pueden ser clasificadas en mayores (maiores) y

    menores (minores), según la magnitud del derecho de consultar los auspicios. Entre las

     primeras se encuentran la dictadura, el consulado, la censura y la pretura; entre las

    segundas, el edilato curul, la cuestura, etc. Otra clasificación es la que se da entre

    magistraturas curules y no curules. A los titulares de las primeras les es permitido

    sentarse en una silla plegadiza y portátil, adornada con marfil. Pertenecen a este grupotodas las magistraturas mayores y el edilato curul.

    Las características generales de las magistraturas pueden clasificarse de la

    siguiente manera:

     Anualidad: los magistrados duraban un año en sus funciones, con excepción del

    dictador, cuyo plazo máximo era de seis meses, y de los censores, que, elegidos cada

    cinco años, sólo ejercían su cargo durante dieciocho meses.

     

    Colegialidad: con excepción de la dictadura y el interregno, siempre existían dos omás funcionarios en cada magistratura. Cada uno de los funcionarios ejerce por sí

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    mismo y en forma independiente la totalidad de atribuciones de su magistratura. En

    caso de disenso, el colega puede interponer su veto (intercessio) y paralizar la

    iniciativa. De esto modo, la colegialidad otorgaba un sistema de control interno que

     buscaba limitar el ejercicio de poder absoluto.

     Electividad: todos los magistrados son elegidos por el pueblo reunido en asamblea

    (comitia), a excepción del dictator   (nombrado por un cónsul) y del interrex 

    (nombrado por el senado)

     Especialización: cada magistratura contaba con una serie de funciones específicas que

    se iban ampliando a medida que se ascendía en la escala jerárquica.

     Gratuidad: dado que la función pública era tanto un derecho como una obligación,

    ocupar una magistratura era un honor por lo que no se recibía remuneración.

     Jerarquización: existía una jerarquización relativa entre las magistraturas impuesta

     por la costumbre, derivada de las competencias, privilegios honoríficos y formas en

    que podían actuar unas contra otras. La expresión de esta jerarquía queda demostrada

    en la posibilidad de los magistrados de oponer su veto (intercessio) no solo a las

    acciones de su colega sino también a las de los funcionarios que detentan

    magistraturas inferiores a la suya.

    Las magistraturas pueden dividirse en ordinarias  y extraordinarias. Son

    ordinarias las que integran la estructura normal de la república y existen en forma

     permanente. Entre éstas se encuentran las que forman parte del cursus honorum, más la

    censura y el tribunado de la plebe.

    El cursus honorum o ‘carrera de honores’, es decir, la carrera política, es el régimen

    establecido a través de los siglos por la costumbre que condiciona y gradúa el acceso a

    las magistraturas que integran este grupo. Para presentarse a una magistratura era

    necesario haber estado inscripto en diez levas anuales, y dado que se ingresaba en el

    servicio militar a los diecisiete años, la edad mínima requerida para una candidatura erade veintisiete años. Existían también regulaciones acerca del intervalo de tiempo

    necesario entre el ejercicio de las magistraturas, así por ejemplo, debían transcurrir dos

    años desde la finalización de una magistratura curul para acceder a otra. Además se

    había establecido el orden en el que las magistraturas podían ser ejercidas, implicando

    ello, una jerarquización de las mismas. De menor a mayor, las magistraturas del cursus

    honorum son las siguientes:

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    1.  Edilidad (Edil/ Aedilis): integrada por dos ediles curules y dos ediles plebeyos. Sus

    funciones consistían en el cuidado de la ciudad (cura urbis), es decir, la vigilancia

    de la seguridad y moralidad pública, el cuidado de las obras y el mantenimiento de

    los edificios públicos; el ordenamiento y control de los mercados, precios y

    aprovisionamiento en general (cura annonae); y la organización y vigilancia de los

    de los festivales públicos (cura ludorum). Eran elegidos anualmente en los comitia

    tributa.

    2.  Cuestura (Cuestor/Quaestor ): los cuestores, que en principio eran dos y llegaron a

    ser cuarenta en los tiempos de Julio César, estaban encargados de las finanzas, la

    recaudación de impuestos y la contabilidad pública. Anualmente el Senado repartía

     por sorteo las atribuciones de los electos: dos custodiaban el erario, otro cumplía

    funciones en el puerto de Ostia, otros se ocupaban de los acueductos, otros

    acompañaban a los ejércitos como altos oficiales de la administración y otros

     prestaban funciones financieras y administrativas junto a los gobernadores de

     provincia. Además publicaban edictos con reglamentaciones relativas al comercio y

     podían imponer multas. Eran elegidos anualmente en los comitia tributa.

    3.  Pretura (Pretor/ Praetor ): fue creada en el año 367 a C. como un colega menor de los

    cónsules, por lo que era una magistratura con imperium, permitiéndole esto

    convocar al senado y al pueblo, tomar los auspicios y utilizar los atributos de ese

     poder. Su función era la administración de la justicia. Al comenzar su mandato el

     pretor publicaba un edicto en el que se establecían los principios que guiarían su

    gestión, conocido como edictum perpetuum, y cuyas disposiciones generales se

    fueron manteniendo, hasta dar forma a un cuerpo de jurisprudencia permanente del

    derecho romano. En los procesos, el pretor no actuaba como juez, sino que como

    magistrado interpretaba la ley, encuadraba cada pleito en particular y posibilitaba la

    constitución de un juicio (iudicium) a cargo de un juez (iudex) que debía dictarsentencia según los lineamientos fijados de antemano por aquel. Con la expansión

    romana a partir del siglo III a C. se hizo necesaria la creación en 242 a C. de un

    segundo pretor con competencia específica en asuntos entre extranjeros o entre éstos

    y ciudadanos romanos, conocido como pretor peregrino ( praetor peregrinus),

    mientras que el hasta entonces existente pasó a ser conocido como pretor urbano

    ( praetor urbanus) y se ocupaba de procesos entre ciudadanos romanos. En caso de

    necesidad, era este último quien reemplazaba al cónsul. El número de pretores fueaumentando paulatinamente hasta llegar a dieciséis en tiempos de César. Dado que

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    cada pretor tiene competencia propia, no fue ordenada colegiadamente. Eran

    elegidos por los comitia centuriata.

    4.  Consulado (Cónsul/Consul ): era la magistratura superior, ejercida por dos

    funcionarios de idéntico poder, en la que recaía el poder político del Estado y a la

    que estaban sometidas todas las demás, a excepción del tribuno de la plebe. Sus

    atribuciones eran las comprendidas en el imperium  que detentaban. Ambos

    magistrados podían resolver independientemente asuntos propios de su cargo, sin

    embargo para evitar conflictos, cada uno alternaba por meses como consul maior ,

    mientras su colega se limitaba a utilizar sólo su derecho a veto. Desde 367 a C. en

    virtud de la ley Licinio Sexta, la pareja de cónsules debía estar integrada por un

     patricio y un plebeyo. Entre sus funciones se encontraban convocar al senado (ius

    agendi cum senatu) y al pueblo (ius agendi cum populo), tratar con los estados

    extranjeros, elaborar leyes que se sometían a tratamiento posterior, comandar el

    ejército, consultar la voluntad de los dioses dentro y fuera de la ciudad (auspicia

    maiora). Además tenían derecho a utilizar la silla curul, los lictores y la toga

     pretexta. Terminado su mandato, era nombrado consularis vir y como tal formaba

     parte de la jerarquía más alta del Senado. Eran elegidos en la comitia centuriata. 

    Otra magistratura ordinaria que no forma parte del cursus honorum, aunque

    consuetudinariamente parece haber sido necesario el ejercido previo del consulado, es la

    Censura. Los censores (censores) eran dos, elegidos por los comicios centuriados cada

    cinco años y debían cumplir sus funciones en un período de dieciocho meses, por lo que

    esta magistratura no existía durante tres años y medio. Desde 340 a C. debió integrarse

     por un patricio y un plebeyo. Sus funciones consistían en la confección del censo, es

    decir, la distribución de los ciudadanos en distintas clases según su patrimonio,

    condiciones familiares, etc., para la integración de las levas militares y la imposición deltributo. Para ello convocaba a una asamblea en el Campo de Marte donde cada

    ciudadano hacía su declaración bajo juramento. El registro así confeccionado se

    mantenía vigente durante cinco años. También tenían a su cargo el cuidado de las

    costumbres, lo cual les daba jurisdicción para castigar las conductas reprobables con

    una sanción que podía consistir en expulsar del Senado o no admitirlo allí, rebajar de

    clase, privar de participación en los comicios, etc. Otras funciones eran administrar el

     presupuesto del estado, controlando especialmente los contratos públicos para la

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    recaudación fiscal y la construcción de obras públicas. En virtud de su investidura los

    censores tenían derecho a utilizar la silla curul.

    Una de las victorias de la plebe en su lucha para acceder a mejores condiciones,

    fue la creación del Tribunado de la Plebe en 496 a C. Los tribunos de la plebe (tribuni 

     plebis) eran dos en principio, llegaron a ser diez en el siglo IV a C. En sentido estricto

    no eran magistrados pues tenían derechos pero sus únicas obligaciones eran presidir los

    concilios de la plebe (concilia plebis). Sus principales atribuciones eran el derecho de

    veto e intercesión contra los actos de cualquier otro magistrado (intercessio) y el

    derecho a convocar al pueblo para apelar cualquier sentencia contra un ciudadano

    ( provocatio ad populum). Durante su mandato, su persona adquiría carácter de

    inviolabilidad ( sacrosancta)  y no podía ser acusado judicialmente. Sus únicas

    limitaciones eran el imperium militar y la jurisdicción urbana.

    Las magistraturas extraordinarias eran aquellas utilizadas en casos excepcionales

    y cuya duración estaba limitada al tiempo exigido por la contingencia. La principal entre

    éstas es la Dictadura. Se instituye para determinados asuntos especiales (dirigir una

    guerra, dominar una sedición, etc.), en los que se requiere rapidez y ejecutividad en las

    decisiones. El dictator   era nombrado por uno de los cónsules con aprobación del

    Senado. Se le otorgaban poderes ilimitados por un período máximo de seis meses.

    Como magistrado con imperium gozaba de todos los derechos y atribuciones de ese tipo

    de poder. El dictador (dictator ) debía nombrar un magister equitum que, como colega

    menor, también tenía imperium.  Otra circunstancia extraordinaria podía darse por la

    enfermedad, muerte o renuncia de los dos cónsules, en cuyo caso el Senado nombraba

    un interrex. En su origen, en época monárquica, había sido el magistrado nombrado a la

    muerte del rey. Debía ser un senador patricio y su mandato duraba sólo cinco días al

    término de los cuales, en caso de no haberse concretado la elección de nuevos cónsules,era reemplazado por otro con iguales características y plazos. Como reemplazante del

    cónsul tenía todas sus atribuciones, incluido el imperium.

     Senado

    Como se ha señalado anteriormente, el Senado ( senatus) estaba formado en

    época monárquica por los jefes de las  gentes y constituía el Consejo de Ancianos del

    rey. A principios de la república incluyó también a los magistrados superiores. Luego lacondición de entrada debió haber sido el cumplimiento de una magistratura ciudadana.

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    En el siglo IV a C. con la creación de la censura, se les confió a los censores la tarea de

    confeccionar la lista de senadores. Para ella se incluía en primer lugar a los senadores en

    ejercicio, luego a los ex dictadores, ex cónsules y ex pretores; después a los ex ediles, ex

    tribunos y ex cuestores; y, si aún quedaban lugares, a ciudadanos con méritos

     particulares. En la práctica generalmente los censores admitían en bloque a los dos

     primeros grupos y seleccionaban entre los restantes.

    Tratándose de una asamblea jerarquizada en diversos rangos según las

    magistraturas desempeñadas anteriormente y las edades de los senadores, aun cuando

    todos tenían derecho a hablar, el uso de la palabra seguía el orden escalonado,

    empezando por el princeps senatus, en general un ex censor que encabezaba la lista de

    senadores, y luego los ex censores, ex cónsules, ex pretores hasta llegar a los ex

    magistrados menores y eventualmente a los ciudadanos. De esto resultaba que las dos

    últimas categorías nunca fueran consultadas y debieran demostrar su apoyo caminando

     junto a quien desearan sostener, lo cual les valió a los senadores inferiores el nombre de

     pedarii.

    El número promedio de miembros del senado fue de trescientos, aunque en

    época de Sila llegó a seiscientos, luego a novecientos en tiempos de Julio César y a mil

    en el Triunvirato, hasta finalmente establecerse en seiscientos durante el Principado.

    Durante la república el senado se convirtió en un auténtico órgano de gobierno,

    gracias a su mayor estabilidad, a diferencia de las magistraturas anuales, y por el

    enorme prestigio (auctoritas) de los miembros que lo integraban. Como consejo

     permanente de personas experimentadas se lo consultaba para cuestiones de política

    interior y exterior, legales, militares, económicas y religiosas.

    En tanto el senado carecía de imperium y  potestas, puesto que estos tipos de

     poder eran los que otorgaban poder ejecutivo a los magistrados, aquel debía ser

    convocado por un magistrado dotado de imperium. En estas condiciones lasresoluciones del senado (senadoconsultos) no eran legalmente vinculantes para el

    magistrado convocante; sin embargo, la fuerza de la auctoritas  que emanaba del

    conjunto senatorial junto con algunos medios coercitivos secundarios, les otorgaba un

     peso decisivo en el manejo del estado.

     Asambleas

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    El pueblo romano era la última fuente de poder, la suprema legislatura y la corte

    final de apelaciones. Sin embargo, este poder se hallaba limitado: las asambleas debían

    ser convocadas y presididas por un magistrado -quien además tenía derecho de veto-, y

    era éste quien hacía una propuesta que debía ser aceptada o rechazada sin que pudiesen

     presentarse modificaciones o nuevas propuestas18. Para su ejercicio político estaba

    dividido en unidades de voto según criterios diferentes: por curias, por tribus y por

    centurias. A cada una de estas agrupaciones correspondía una asamblea con funciones

    específicas.

    Comicios Curiados (Comitia Curiata): la división en curias era la asamblea en

    época monárquica (cf.  supra). En época republicana sobrevive sólo con funciones

    restringidas y formales. Sus atribuciones consistían en sancionar la lex curiata de

    imperio  por medio de la cual se otorgaba el imperium  al cónsul, pretor o dictador,

    inmediatamente después de su elección. En cuanto a las relaciones gentilicias y

    familiares, tenían funciones de carácter ritual como la aprobación del testamentum 

    mediante el cual el  paterfamilias  designa un sucesor; la adrogatio, por el cual un

     paterfamilias se somete junto a toda su familia a la potestad de otro  pater ; la detestatio

     sacrorum, acto por el que un  paterfamilias  patricio renuncia a su culto familiar y la

    cooptatio, es decir, la incorporación de una nueva  gens  a la civitas.  Hacia fines del

     período republicano, con la desintegración de la organización gentilicia y la pérdida de

    incumbencia política, que había pasado a los comicios centuriados, estos comicios se

    constituían con la presencia de treinta lictores, uno por cada curia.

    Comicios Tribados (Comitia Tributa): asamblea dividida por tribus. En sus

    orígenes correspondía a las tres tribus arcaicas Tities,  Ramnes y  Luceres. Sin embargo

    en la primera mitad del s. V, con las conquistas de la plebe (v.  supra), se realizó un

    reordenamiento sustituyendo las antiguas asociaciones gentilicias por tribus articuladasregionalmente. La ciudad de Roma quedó entonces dividida en cuatro tribus urbanas

    (Suburana,  Palatina,  Esquilina  y Collina), a las que se añadieron dieciséis tribus

    rústicas en el primer cordón alrededor de la ciudad y cuyo número aumentaría hasta el

    año 241 a C. a treinta y cinco tribus en total. La importancia de esta reforma radicó

     principalmente en que los patricios no podían ya comparecer en clanes cerrados y

    dominar de antemano los comicios por la movilización de sus clientes. Sus funciones

    eran electorales (elegían a los magistrados menores), judiciales (atendían la apelación desentencias de multas) y legislativas (especialmente en materia de derecho privado).

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    Estos comitia se reunían en el Campo de Marte cuando cumplían funciones electorales y

    en el Foro o el Capitolio para funciones legislativas. Debía ser convocada por un

    magistrado (cónsul, pretor, edil curul). Los votos no se emitían individualmente sino por

    unidad, es decir, por tribu. Dado que existía un orden establecido de votación y que la

    misma cesaba al alcanzarse una mayoría, resulta evidente que era posible manipular el

    resultado de las elecciones impidiendo que un sector importante expresara su opinión.

    Comicios Centuriados (Comitia Centuriata): esta asamblea organizada según las

    clases censitarias (v. supra), estaba integrada por los ciudadanos convocables al servicio

    militar, agrupados en clases propietarias según el censo y según la edad en centurias

    iuniores (de diecisiete a cuarenta y cinco años) y seniores (de cuarenta y seis a sesenta

    años). Dada su organización de base militar sesionaba fuera de la ciudad en el Campo

    de Marte y sólo podía ser convocada por un cónsul, un pretor o un censor. Sus

    atribuciones eran electorales, legislativas y judiciales. Elegía a los magistrados mayores

    (cónsules, pretores, censores); votaba las leyes para la declaración de guerra (lex de

    bello indicendo) y para investir al censor (lex centuriata de potestante censoria),

    intervenía en casos de pena capital en virtud de la  provocatio ad populum  y

    especialmente en casos de delitos de traición a la patria ( perduellio).

    Existía además otra forma de organización en asambleas conocidos como

    Concilios de la Plebe (Concilia Plebis), que no incluía al conjunto del  populus, sino

    únicamente a los miembros de la plebe y que había surgido como forma de reunión

    según el domicilio en las primeras décadas de organización republicana bajo la

    dirección del también recientemente creado tribuno de la plebe. En ellos se elegía a los

    representantes plebeyos (tribunos de la plebe y ediles plebeyos) y se tomaban

    decisiones, plebiscitos ( plebiscita), que en su origen eran sólo obligatorios para la plebe, pero que con la igualdad política y jurídica de plebeyos y patricios, llegaron a ser

    equivalentes a las leyes sancionadas en los comicios.

    • CRISIS DE LA R EPÚBLICA 

    La progresiva decadencia y crisis de la república romana debe entenderse como

    un complejo proceso que incluyó factores morales, sociales, culturales, económicos,

     políticos e institucionales, y que en última instancia convergen en la inadecuación de las

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    formas organizativas, sustentadas en un sistema de valores obsoleto, para las exigencias

    que el expansionismo territorial y económico requerían.

    En palabras de Lapieza Elli, algunos de los aspectos de la crisis son “la clase

    senatorial y la ecuestre disputándose la explotación implacable de las provincias, las

    clases populares convertidas en venalizada clientela electoral o en tropa mercenaria, los

    comicios corrompidos por el soborno o perturbados por la violencia, las magistraturas

     buscadas como trampolín para conseguir promagistraturas o los imperia extraordinaria,

    que proporcionaban dinero y adhesión de la soldadesca o del electorado urbano.”19 

    Sumado a esto las revueltas sociales llevadas adelante por distintos grupos,

    especialmente lo más oprimidos hicieron surgir figuras políticas, a veces reformadoras,

    otras oportunistas, que buscaron consolidarse en el poder mediante la manipulación de

    las magistraturas y que arrastraron al conjunto de la sociedad a sucesivas guerras

    intestinas que sólo hallaron fin con la llegada del Principado.

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    IV.  BIBLIOGRAFÍA 

    Bibliografía GeneralSe consigna a continuación la bibliografía en general no citada en el cuerpo del

    texto que sirvió de fuente para la confección de la presente ficha de cátedra y cuya

    consulta es útil para ampliar la información aquí vertida.

    ADCOCK , F. (1959) Roman Political Ideas and Practice, Ann Arbor.ALFÖLDY,  G (1987)  Historia Social de Roma, Madrid, Alianza Editorial, 2da reimpr.

    1992.D’ORS, A. (1975) Elementos de Derecho Privado, Pamplona, Ediciones Universidad de

     Navarra.LAPIEZA ELLI, A. (1972) Introducción al Derecho Privado, Buenos Aires, Cooperadora

    de Derecho y Ciencias Sociales.

    Bibliografía específica

    Dupont, F. (1992)  El Ciudadano Romano durante la República, Buenos Aires, JavierVergara Editor S.A.

    Hellegouarc’h, J. (1965)  Le Vocabulaire latin des Relations et des Parties Politiques sous la Republique, Paris, Les Belles Lettres.

     Nicolet, C. (1982) Roma y la Conquista del Mundo Mediterráneo, Barcelona.Royo Arpón, J. (1997)  Palabras con Poder , Barcelona, Editions Universitat de

    Barcelona.Schniebs, A.  La Organización del Poder en la Roma Republicana, Buenos Aires,

    OPFyL.Wirszubski, Ch. (1960) Libertas as a political idea at Rome during the late republic and

    early Principate, Cambridge, Cambridge University Press.

    1 Cf. Royo Arpón (1997:44).2Cada curia debía poner en combate diez jinetes y cien infantes, aportando así las treinta curias la suma detrescientos caballeros y tres mil soldados de a pie que formaban la primitiva legión (legio).3 Los patres, cuyos descendientes serán los patricios.4 Cf. Lapieza Elli (1972:79).5

      Por ejemplo, era el  Populus Romanus  el sujeto de derecho que declaraba una guerra, como personificación del conjunto de la ciudadanía.6 Cf. Wirszubski (1960:1ss.)7 Cf. Wirszubski (1960:3-4).8 Cf. Wirszubski (1960:8).9 Cf. Royo Arpón (1997:53).10 Cf. Wirszubski (1960:15-6).11 Cf. Hellegouarc’h (1972:508).12 Cf. Dupont (1992:33).13 Cf. Hellegouarc’h (1972:12)14 Cf. Hellegouarc’h (1972: 41ss.)15 Cf. Nicolet (1982; 257).16 Cf. Dupont (1992:23)17

     Cf. Wirszubski (1960:17).18 Cf. Wirszubski (1960:18).19 Cf. Lapieza Elli (1972:85).