Borrador Programa Diversidad Funcional V2

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PROGRAMA EN MATERIA DE DIVERSIDAD FUNCIONAL/DISCAPACIDAD Y ACCESIBILIDAD ELECCIONES AUTONÓMICAS DE MADRID DEL AÑO 2015 Equipo del área diversidad funcional / discapacidad y Accesibilidad Consejo Ciudadano Autonómico de PODEMOS Comunidad de Madrid. Nota: Este documento borrador está elaborado basándose en las diferentes propuestas procedentes de instituciones que representan diversos colectivos de personas con diversidad funcional/discapacidad (CERMI, FEAPS, FVID, etc...) también incluyen enmiendas por parte del Círculo de Discapacidad, con el fin de plasmar un documento base programático que se seguirá trabajando con las diferentes instituciones, tejido asociativo y sociedad civil, para conformar un programa representativo.

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Borrador del programa de diversidad funcional / Discapacidad y Accesibilidad con las aportaciones recibidas desde la plataforma http://www.diversidadfuncional.info/

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PROGRAMA EN MATERIA DE DIVERSIDAD FUNCIONAL/DISCAPACIDAD Y ACCESIBILIDAD ELECCIONES AUTONÓMICAS DE MADRID DEL

AÑO 2015

Equipo del área diversidad funcional / discapacidad y Accesibilidad Consejo Ciudadano Autonómico de PODEMOS Comunidad de Madrid.

Nota: Este documento borrador está elaborado basándose en las diferentes propuestas procedentes de instituciones que representan diversos colectivos de personas con diversidad funcional/discapacidad (CERMI, FEAPS, FVID, etc...) también incluyen enmiendas por parte del Círculo de Discapacidad, con el fin de plasmar un documento base programático que se seguirá trabajando con las diferentes instituciones, tejido asociativo y sociedad civil, para conformar un programa representativo.

INDICE

PREÁMBULO POLÍTICA MARCO PROPUESTAS Y MEDIDAS

Carácter general 1.­ Ley Autonómica de Derechos, No Discriminación e Inclusión en la Comunidad de Personas con Diversidad Funcional/Discapacidad. 2.­ Impulso y promoción integral de la ley 39/2006 de 14 de Diciembre 3.­ Comisión sobre diversidad funcional / discapacidad y accesibilidad en la Asamblea de Madrid. 4.­ Derogación del Real Decreto 1971/1999 y Real Decreto 1169/2003. 5.­ Informes previos de evaluación de impacto. 6.­ Garantizar los tratamientos de Atención Temprana. 7.­ Campañas de Sensibilización, toma de conciencia y educativas. 8.­ Igualdad de género, transgénero y colectivo LGTB

Carácter Sectorial 1.­ Propuestas de Inclusión Laboral 2.­ Propuestas de Accesibilidad Universal 3.­ Propuestas de inclusión en la Comunidad, Vida Independiente y Discapacidades en Expansión 4.­ Propuestas sobre Fiscalidad 5.­ Propuestas sobre Educación 6.­ Propuestas sobre Salud, espacio Socio­sanitario y Consumo 7.­ Propuestas sobre Protección Social 8.­ Propuestas sobre Protección Jurídica 9.­ Propuestas sobre Cultura, Ocio Inclusivo y Deporte 10.­ Propuestas sobre Juventud 11.­ Propuestas sobre participación en la vida política

PREÁMBULO Aproximadamente una de cada quince personas de la Comunidad de Madrid tienen una discapacidad / diversidad funcional registradas por los servicios sociales autonómicos mediante baremo, lo que supone unas 350.000 personas. Eso sin contar las personas sufren enfermedades discapacitantes no reconocidas o las personas mayores. Estas pueden presentar dificultades para participar plenamente en la sociedad y la economía debido a las barreras propias de sus circunstancias y las barreras impuestas por el desconocimiento y la pasividad de nuestra sociedad. En los últimos años, con los ajustes neoliberales promocionados por el gobierno autonómico del Partido Popular de Esperanza Aguirre e Ignacio González, el colectivo se ha visto afectado por una brecha social. Esto no significa solo que hayan recortado las financiaciones y ayudas, sino que se han realizado políticas de simplificación no respetando los derechos y libertades individuales que la Convención Internacional de Derechos de las personas con Discapacidad (ONU, 2006), determina para que los estados miembros progresen en políticas para el desarrollo de la mismas. Estas políticas han supuesto una negligencia por parte del Estado de agrupar todos los perfiles con diversidad funcional/discapacidad como una sola circunstancia que atender, un gravísimo error, ya que para conseguir la inclusión de los diferentes colectivos debemos analizar sus circunstancias. Las personas con diversidad funcional/discapacidad son un colectivo vulnerable y en riesgo de exclusión. Dada su situación se enfrentan a costes adicionales que pueden adoptar la forma de gastos suplementarios en la adquisición de los bienes y servicios generales o específicos relacionados con sus circunstancia, tales como las ayudas técnicas y productos de apoyo, las adaptaciones del hogar dirigidas a mejorar su accesibilidad, o la contratación de asistencia personal. Además esta circunstancia conlleva importantes costes de oportunidad para la propia persona con diversidad funcional, que tiene que dedicar un tiempo extra a atender sus necesidades. Las personas con discapacidad/diversidad funcional registran un alto índice de pobreza como consecuencia de sus bajos ingresos, debido a su falta de acceso al empleo o la imposibilidad de trabajar. Para garantizar la igualdad de oportunidades del colectivo la sociedad debe cambiar el paradigma imperante en el imaginario colectivo acerca de estas personas, centrándose en las capacidades con las que cuenta cada una de las mismas según el tipo de diversidad funcional / discapacidad. Es decir, que la sociedad debe analizar las capacidades de cada uno de los grupos de personas con diversidad funcional, evitando homogeneizar al colectivo. Solo de esta forma conseguiremos impulsar entornos completamente inclusivos y adaptados, dejando de lado el planteamiento de colectivos de primera, segunda y tercera. Como marco general, las medidas a llevar a cabo deben ajustarse a las directrices de la Convención Internacional de Derechos de las personas con Discapacidad (ONU, 2006), ratificada por el Parlamento Español en 2008. Dicha ratificación supone el compromiso de

adecuar, de manera transversal, toda la legislación nacional con el objetivo fundamental de garantizar los derechos humanos, políticos y ciudadanos de las personas con discapacidad/diversidad funcional recogidos en la Convención. Actualmente, vivimos una situación de crisis que nos exige respuestas inmediatas que no pueden esperar. Entendemos que es perentorio evaluar, revisar y repensar las distintas estrategias y planes de intervención con los que actualmente trabajamos y acomodar respuestas concretas ante esta situación de emergencia social. No se trata tanto de innovar ni producir nueva ingeniería social, sino de recuperar el terreno perdido y taponar las hendiduras existentes en nuestro fracturado sistema de protección social. Para ello, creemos necesario crear espacios de participación y colaboración abriendo al debate popular de organismos, tejido asociativo, y sociedad civil en materia de diversidad funcional/discapacidad las siguientes propuestas y medidas: Estas políticas no solo están destinadas a estas personas, sino también van dirigidas a las familias a las cuales también les afecta la situación. Se pretende conseguir, por un lado, una mayor autonomía de la persona con discapacidad, afirmando su dignidad y valorando su diversidad, dando los apoyos necesarios al entorno.

POLÍTICA MARCO

Compromiso Comunidad Inclusiva. Compromiso para considerar la diversidad funcional / discapacidad como vector transversal de atención preferente en todas las líneas de acción política del Gobierno y demás instituciones de la Comunidad de Madrid.

Esta acción política se desarrollará con arreglo a los principios, valores y mandatos de la

Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada por las Naciones Unidas en 2006 y firmada y ratificada por España.

Campañas de sensibilización, toma de conciencia e información sobre la Convención y los derechos de las personas con discapacidad y atención a la diversidad humana entre los funcionarios y empleados públicos, en especial, en el ámbito educativo, sanitario, fuerzas del orden y seguridad, protección civil, etc.

Todo ello siguiendo unas líneas estratégicas que permitan a las personas con diversidad

funcional / discapacidad llevar una vida digna, respetándose sus derechos. Para ello, se desarrollaran unas medidas enfocadas hacia la inclusión del colectivo, mediante el desarrollo de políticas transversales que permitan adecuar el entorno social a la situación de la persona con discapacidad.

Es fundamental que la Administración trace puentes con estos ciudadanos porque su

situación los convierte en un colectivo en riesgo de exclusión, es por ello, que consideramos que debe instaurarse una Comisión de Discapacidad / Diversidad Funcional y Accesibilidad como emanación del principio de diálogo civil, órgano paritario de encuentro, participación, propuesta, debate, seguimiento y evaluación entre la Administración de la Comunidad Autónoma y la sociedad.

PROPUESTAS Y MEDIDAS

Carácter general

1.­ Ley Autonómica de Derechos, No Discriminación e Inclusión en la Comunidad de Personas con Diversidad Funcional/Discapacidad.

Con el fin de dar respuesta a las lagunas legales creadas por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, se llevará a cabo la aprobación en la legislatura de una Ley Autonómica de Derechos, No Discriminación e Inclusión en la Comunidad de las Personas con diversidad funcional / discapacidad, norma general de referencia de la discapacidad de la Comunidad Autónoma.

Es preciso una revisión exhaustiva y rectificación de todos los artículos de este Real

Decreto, poniendo especial cuidado en los artículos sobre la valoración y calificación de las situaciones de discapacidad (equipos multiprofesionales de calificación), la asistencia personal y todos aquellos artículos que benefician a la empresa privada y recortan los derechos de la ley de dependencia.

Dicha Ley deberá estar en consonancia y ser complementaria y ampliadora de los derechos establecidos en las leyes marco de ámbito estatal como es la Ley 51/2003 de 2 de diciembre. Además, debe servir como instrumento legal para adaptar la normativa autonómica, transversalmente, a los principios, valores y mandatos de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada por las Naciones Unidas en 2006 y firmada y ratificada por España.

Esta norma legal autonómica de nuevo cuño tendrá también que establecer un régimen de infracciones y sanciones, complementario del estatal, en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con diversidad funcional/discapacidad para la Comunidad de Madrid.

La dimensión europea se incorporará a las políticas públicas de diversidad

funcional/discapacidad mediante la asunción por parte de la Comunidad de Madrid y compromiso de poner en práctica los contenidos de la Estrategia de la Unión Europea 2020, incorporando transversalmente medidas para garantizar los derechos de las personas con diversidad funcional/discapacidad de forma que se marquen plazos y prioridades.

2.­ Impulso y promoción integral de la ley 39/2006 de 14 de Diciembre

Impulso y cumplimento integral a nivel autonómico de la Ley 39/2006 de 14 de Diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

3.­ Comisión sobre diversidad funcional / discapacidad y accesibilidad en la Asamblea de Madrid.

Creación de una comisión sobre diversidad funcional / discapacidad y accesibilidad en la Asamblea de Madrid, como emanación del principio de diálogo civil, órgano paritario de encuentro, participación, propuesta, debate, seguimiento y evaluación entre la Administración de la Comunidad Autónoma y el sector de la ciudadanía representativo de la diversidad funcional / discapacidad del territorio.

Esta se encargará, además, de analizar la situación de las personas con diversidad funcional/discapacidad y sus familias, formular propuestas y recomendaciones de mejora, así como realizar el seguimiento de las políticas públicas de diversidad funcional / discapacidad y accesibilidad del Ejecutivo Autonómico.

Trabajará para crear plataformas telemáticas y ponerla al servicio de todos los agentes que intervienen en la materia de diversidad funcional/discapacidad y accesibilidad, potenciando el principio de creación de dicha comisión.

Se estructurará en subcomisiones vinculadas a los diferentes ámbitos transversales que afectan a las personas con diversidad funcional/discapacidad (Economía, Sociedad, Educación, Vivienda, Mujer, Igualdad, LGTB, Inmigración, etc.).

4.­ Derogación del Real Decreto 1971/1999 y Real Decreto 1169/2003.

Derogación del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad y del Real Decreto 1169/2003, de 12 de septiembre por el que se modifica el anexo I del Real Decreto 1971/1999 y revisión de los mecanismos por los que se regulan la concesiones de prestaciones dependiendo de porcentajes o baremos preestablecidos y valoraciones de profesionales sanitarios o técnicos de la Administración.

5.­ Informes previos de evaluación de impacto.

Establecimiento de la obligatoriedad de hacer informes previos de evaluación del impacto de cualquier norma o plan para determinar de antemano su efecto sobre las personas con diversidad funcional/discapacidad y sus familias realizando auditorías posteriores para valorar su implementación.

Estos informes se realizaran, a través de la incorporación de una muestra representativa

de organizaciones, personas con diversidad funcional/discapacidad y sus familias y otros agentes de la sociedad civil, a los órganos de participación que existan en la Administración de la Comunidad Autónoma junto con la Comisión de diversidad funcional / discapacidad y accesibilidad de la Asamblea de Madrid.

6.­ Garantizar los tratamientos de Atención Temprana.

Se garantizará el compromiso de que todos los niños y niñas entre 0 y 6 años con necesidad de tratamientos de Atención Temprana, puedan recibir los mismos de manera inmediata tanto en el ámbito socio­sanitario y educativo, como socio­familiar.

Por tanto, dotaremos de las partidas presupuestarias suficientes que permitan aumentar el número de plazas de las/os niñas/os atendidos en los centros encargados de designar la atención temprana, sin necesidad de pasar por una larga lista de espera, asegurando por otro lado, que la figura de profesionales como educadores sociales, trabajadores sociales y asistencia psicológica sean una realidad presente en todos lo centros para no solo dar un soporte sanitario sino poner en red todos aquellos recursos que desarrollen la situación de estos niños/as.

Para garantizar que estos servicios son eficientes la Administración trazara un plan de

viabilidad y llevara a cabo inspecciones en los organismos encargados de prestar dichos servicios, los cuales tendrán que presentar informes periódicos acerca de la situación real de los centros.

7.­ Campañas de Sensibilización, toma de conciencia y educativas.

Puesta en marcha de campañas de sensibilización, toma de conciencia y educativas de forma periódica y sistemática,dirigidas a todos los grupos de población del ámbito competencial para trasladar y proyectar una imagen natural y positiva de la diversidad funcional / discapacidad y de la necesidad de asegurar sus derechos y su aportación a la comunidad sin exclusiones.

Estas campañas deberán extenderse a informar sobre la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad entre las autoridades y los empleados públicos, en especial, en el ámbito educativo, sanitario, fuerzas del orden y seguridad, protección civil, entre otros.

Por otro lado se trasladara estas campañas de sensibilización a la sociedad civil y al tejido asociativo a través de las nuevas tecnologías, creando plataformas ciudadanas para apoyar estas campañas, generando una inteligencia colectiva en materia de diversidad funcional/discapacidad y accesibilidad con el fin de crear un gran material documental. Se realizará un balance periódico del impacto y como revierte en la ciudadanía madrileña.

8.­ Igualdad de género, transgénero y colectivo LGTB

Incorporar la perspectiva de la diversidad funcional / discapacidad a todas las políticas, estrategias, programas y acciones de la Comunidad Autónoma en materia de igualdad de género, transgénero y del colectivo LGTB, y promoción de todos sus derechos. Esto, se completará con la aprobación y ejecución de un Plan autonómico de acción a favor de la mujer con diversidad funcional / discapacidad, en el que se recojan e instrumenten medidas que integren los diversos contextos, a favor de la plena inclusión. Dicho plan debe elaborarse de acuerdo con las organizaciones representativas de personas con diversidad funcional / discapacidad, familiares; de la mujer y feministas.

Carácter Sectorial

1.­ Propuestas de Inclusión Laboral

a. Aprobación y puesta en práctica de un Plan Autonómico de Promoción de la Formación y Empleo de las personas con diversidad funcional / discapacidad, debatido y negociado con las organizaciones competentes en materia, personas con diversidad funcional / discapacidad y su familia y los diversos agentes que intervienen en materia de diversidad funcional / discapacidad de la sociedad civil.

Medidas:

i. Desarrollo de programas que faciliten el tránsito de Centros Especiales

de Empleo (CEE) a las empresas ordinarias, además de facilitar las ayudas necesarias que aseguren la estabilidad laboral, teniendo en cuenta la prioridades y necesidades de la persona con diversidad funcional / discapacidad para ello participarán en la elaboración de los mismos.

ii. Desarrollo de Políticas de Integración Laboral efectivas para personas

con diversidad funcional / discapacidad, teniendo como objetivo prioritario el empleo normalizado, incluyendo la adaptación del puesto de trabajo, la formación y el establecimiento del “Empleo con Apoyo” como herramienta indispensable de cara a la integración laboral del colectivo.

1. Establecimiento de las medidas necesarias para garantizar que las

personas con discapacidad cuenten con los productos de apoyo (ayudas técnicas) y con asistencias humanas que precisen en su relación laboral.

2. Aumento en la cuantía de las ayudas para la adaptación de

puestos de trabajo y para la plena accesibilidad del entorno laboral para personas con discapacidad, así como la creación de un organismo autonómico de asesoramiento en materia de adaptación de puestos, entorno laboral accesible y ergonomía.

3. Las administraciones deben velar para que esta iniciativa por parte

de las empresas que asuman dicha cuantía para sus trabajadores con diversidad funcional, sea una realidad y el apoyo económico para que esto suceda gestionado por una comisión dentro de la empresa para que tanto las personas con diversidad funcional / discapacidad como la parte de la empresa puedan gestionar estos incentivos para ponerlos al servicio de medidas eficaces.

iii. Puesta en marcha de un Programa Intensivo de Alfabetización Digital

para personas con diversidad funcional / discapacidad promoviendo el uso de herramientas de software libre que cumplan con los criterios de accesibilidad “Triple A” de la W3C y medidas de accesibilidad para discapacidad visual o motriz. Estos programas deben promoverse,

dándole difusión en un sentido amplio (Red Pública de Orientación, población general, entidades educativas, empresas, servicios sociales, agentes sociales, etc…) por tal de dar a conocer el Empleo con Apoyo y facilitar el acceso a las personas con diversidad funcional / discapacidad.

iv. Compromiso de ofrecer por el Servicio Público de Empleo a los

demandantes de empleo con diversidad funcional / discapacidad una oferta formativa idónea a sus circunstancias, en el plazo de tres meses desde su inscripción en el registro de demandantes de empleo, con apoyos técnicos de orientación laboral adaptada, previamente formados y sensibilizados sobre la diversidad funcional / discapacidad en el mercado laboral.

1. También, adquirir el compromiso de ofrecer por el Servicio Público

de Empleo a los demandantes de empleo con discapacidad itinerarios personalizados de inserción laboral, que comprendan orientación, acompañamiento, formación y contratos de trabajo a través de las fórmulas de colaboración con Corporaciones Locales y otras instituciones públicas.

2. El personal de estos servicios contará con la cualificación

profesional que exige el desempeño de su labor y con formación en materia de sensibilización y formación respecto a las capacidades y aptitudes que presentan las personas con discapacidad y la adaptación de los puestos de trabajo, así como sobre igualdad de oportunidades.

v. En materia de empleo público, elevación al 7 %, como mínimo, de la

cuota de reserva de empleo para personas con diversidad funcional / discapacidad en las Administraciones Públicas y organismos dependientes de la Comunidad Autónoma, creando subcuotas específicas para personas con diversidad funcional/discapacidad en riesgo de exclusión social como las personas sordas, con discapacidad mental e intelectual. Las convocatorias de acceso al empleo público y los procesos selectivos, se efectuarán por turno específico. De igual modo, aprobación y adopción en cada Comunidad Autónoma de disposiciones normativas similares a las contenidas en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, a fin de que sea realmente efectivo y aplicable. Concretamente del artículo 8 del mismo.

vi. Revisión del marco de incentivos establecidos con carácter general

para el fomento de la contratación de personas con discapacidad, en el sentido de elevar para el caso de mujeres con discapacidad, así como las que tiene intensas necesidades de apoyo los incentivos establecidos para la generalidad de trabajadores con discapacidad en un 40 %, de forma que se dé preferencia a la contratación de estas personas. Además, se establecerá un mecanismo de control de dichos incentivos.

vii. Plan de actuación de la Inspección de Trabajo para vigilar el

cumplimiento de la cuota legal de reserva de empleo y las condiciones laborales de las personas con discapacidad establecida legalmente o de sus medidas alternativas.

1. Análisis del grado de cumplimiento de la cuota legal de reserva de

empleo en las Administraciones Públicas y compromiso para alcanzarla a lo largo del mandato del Gobierno autonómico.

2. Cumplimiento de la cuota de reserva legal de empleo o sus

medidas alternativas para el personal laboral y para las empresas del sector público autonómica acogidas a la legislación laboral común. Endureciendo las sanciones a las empresas que no cumplan el cupo establecido, en especial a las empresas de más de 50 trabajadores.

viii.Prohibición a la Administración de la Comunidad Autónoma de

contratar con empresas que no cumplan la cuota legal de reserva de empleo para personas con discapacidad establecida legalmente. Además, se propone que se prime a las empresas que contratan a un número de personas con discapacidad superior al obligado legalmente. Asimismo, se establecerá legalmente la prohibición de entregar cualquier ayuda pública (subvención, incentivo, bonificación deducción, etc.) a empresas y entidades que estando obligadas no observen la cuota legal de reserva en favor de personas con discapacidad o hayan sido sancionadas en firme por discriminación de estas personas.

ix. Apoyo a las entidades no lucrativas del sector de la diversidad

funcional / discapacidad para que se conviertan en colaboradoras del servicio autonómico de empleo en la puesta en marcha de itinerarios de inserción laboral dirigidos a personas con discapacidad desempleadas. Aumento de las ayudas, tanto en cuantía como en número de éstas, a las entidades cuyo objeto es el fomento de la inserción al mercado laboral de personas con discapacidad.

x. Compromiso para desarrollar nuevas formas innovadoras de acceso

e inclusión laboral, especialmente en áreas como las nuevas tecnologías de la información o el teletrabajo, también aplicadas para facilitar procesos de reinserción de profesionales que han experimentado una discapacidad sobrevenida.

xi. Anular, de las medidas alternativas que las empresas podrán aplicar para

cumplir la obligación de reserva de empleo en favor de las personas con discapacidad (artículo 2, Real Decreto 364/2005, del 8 de abril), la “Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiarias de dichas acciones de colaboración sea una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para aquéllas y, finalmente, su integración en el mercado de trabajo.” por considerar que es contra­producente al fomento de la contratación y la inclusión de las personas con diversidad funcional/discapacidad en el ámbito laboral.

2.­ Propuestas de Accesibilidad Universal

a. Constitución en la Comunidad de Madrid de una Junta de Arbitraje en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.

b. Aprobación y puesta en práctica de un Plan Autonómico de Promoción de la

Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, debatido y negociado con las organizaciones de personas con discapacidad y sus familias.

Medidas:

i. Cualquier acción de divulgación realizada por parte de las autoridades

autonómicas deberá ser accesible para las personas con discapacidad (subtitulación, lengua de signos, audio­descripción y lectura fácil), tanto su contenido como el propio soporte en que se divulga (por ejemplo, campañas divulgativas, publicidad institucional, etc.).

ii. Establecimiento de la auditoría de accesibilidad, estudio previo de

accesibilidad que deberá realizarse en toda obra o proyecto de infraestructura o de servicio que promueva o financie la Comunidad de Madrid, al modo de los estudios de impacto ambiental, sin cuyo dictamen favorable no podrá autorizarse la obra o proyecto.

iii. Creación de un Fondo Autonómico para la Promoción de la

Accesibilidad, nutrido por los recursos procedentes de destinar al mismo el 1 % del montante total de la inversión que dedique anualmente la Administración de la Comunidad Autónoma a obras e infraestructuras y a nuevas tecnologías y a sociedad digital.

iv. Sometimiento de las subvenciones que la Comunidad de Madrid entrega

a entidades públicas o privadas para la realización de obras o proyectos de construcción e infraestructura o puesta en práctica de servicios al requisito previo de acreditación del cumplimiento de la legislación autonómica sobre accesibilidad y eliminación de barreras.

v. Aprobación de una Ley Autonómica de Accesibilidad Universal de

última generación, que actualice el marco normativo en esta materia con arreglo a los principios y tendencias más innovadores (rampas, señalización, pictogramas, señales acústicas, control de sobre estimulación ambiental, espacios comprensibles… ). En caso de contar ya con esta legislación, compromiso para completar el desarrollo reglamentario, en el primer año de la Legislatura, de las Leyes de Promoción de la Accesibilidad, en el supuesto de que esté pendiente este desarrollo.

vi. Establecer un sello de la Comunidad de Madrid de calidad de servicios

que tenga en cuenta la accesibilidad.

vii. Compromiso para realizar una auditoría integral de accesibilidad de cada uno de los servicios centrales de las distintas Consejerías de la Comunidad de Madrid, en el primer año de la Legislatura, y ejecución de esas obras o actuaciones de acondicionamiento en los dos siguientes, con

cargo a los presupuestos ordinarios de cada Departamento. Esto mismo, y gradualmente, para el resto de edificios y dependencias públicas de la Comunidad de Madrid.

viii. Aprobación de un Decreto Autonómico que establezca la obligación de

un tanto por ciento de habitaciones accesibles en hoteles y demás dependencias turísticas de nueva construcción o por renovación de instalaciones anticuadas.

ix. En materia de transporte público, a) compromiso de hacer accesibles

en la Legislatura todas las Líneas de Metro o tranvía que todavía no sean accesibles, para las ciudades que dispongan de este servicio) y b) compromiso de que en todas las nuevas concesiones administrativas para servicios de transporte interurbano (autobús) se exija la plena accesibilidad de los elementos de transporte. En cualquier caso, se tendrá como referente temporal máximo el establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013.

x. Modificación de la reglamentación autonómica del servicio público de

taxi para que establecer una reserva obligatoria de “taxis para todas” las personas, no inferior a la exigida por la normativa estatal, de total del parque (5 %), o fracción, que comenzará a hacerse efectivo con las concesiones de nuevas licencias o renovación de las antiguas por cambio de vehículo.

xi. Obligación de que un tanto por ciento (equivalente al porcentaje de

personas con discapacidad en la autonomía) de las viviendas de protección oficial y promoción pública sean accesibles y se destinen a personas con discapacidad (incluidas las que tienen problemas de movilidad, comunicación o aquellas en riesgo de exclusión social) mejorando los mínimos de reserva establecidos por las leyes estatales. Esta reserva se extenderá también a las organizaciones de personas con discapacidad para la habilitación de programas de viviendas de apoyo, pisos piloto de convivencia, centros de vida independiente, etc.

xii. Reconocimiento y regulación, a escala autonómica, de la Lengua de

Signos y regulación de los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, mediante una ley específica, que vaya más allá de lo establecido en esta materia por el Estado.

xiii. Accesibilidad para todos a los servicios de urgencia y emergencias,

creando servicios y protocolos específicos y dotando de recursos humanos profesionales para todos los tipos de diversidades funcionales / discapacidades.

c. Accesibilidad a las Nuevas Tecnologías y a la sociedad de la Información para las personas con diversidad funcional / discapacidad.

Medidas:

i. Obligación de subtitulación, emisión en lengua de signos y

audio­descripción de un tanto por ciento significativo de las emisiones de canales autonómicos y locales de la Comunidad de Madrid, con compromisos de ampliación gradual partiendo de un tanto por ciento significativo hasta completar toda la parrilla, todo ello mejorando los baremos mínimos incluidos en la Ley General de Comunicación Audiovisual de ámbito estatal. Ampliación del tamaño del recuadro del intérprete de lengua de signos para mejorar la accesibilidad visual de las personas sordas.

ii. Compromiso de cumplimiento de la Ley 34/2002 de 11 de julio, de

Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico que todas las páginas de Internet públicas del ámbito de la Comunidad Autónoma, así como las posiciones en redes sociales, sean accesibles, así como se diseñen con criterios de accesibilidad los servicios de administración electrónica que se pongan en marcha, cumpliendo como mínimo los criterios establecidos en la normativa estatal, mejorándola en todo caso.

1. Garantizar la accesibilidad universal de la Administración

Electrónica para que todas las personas puedan relacionarse sin exclusiones con la Administración por vías o medios digitales.

3.­ Propuestas de inclusión en la Comunidad, Vida Independiente y Discapacidades en Expansión

a. Instauración del derecho a la asistencia personal, así como a otros apoyos necesarios para favorecer la implantación efectiva de actuaciones que contribuyan al desarrollo de mecanismos, Protocolos y Programas en el ámbito de la Promoción de Autonomía Personal enmarcados en un nuevo paradigma de Atención Socio­Sanitaria Integral a Personas en Situación de Dependencia y/o diversidad funcional / discapacidad, así como el Modelo de Vida Independiente, como pilares fundamentales para conseguir esa vida independiente y la autonomía personal de las personas con discapacidad. Una persona con discapacidad tiene derecho a una vida independiente, a poder elegir dónde, cómo y con quién vive, al igual que el resto de los ciudadanos. La asistencia personal, así como otros apoyos necesarios para la vida independiente, es indispensable para que este derecho se materialice.

Medidas: i. El asistente personal estará sujeto siempre a unrégimen legal que regule

sus condiciones laborales, fijándose una remuneración mínima para una jornada laboral de 40 horas semanales, que será referencia para todos los contratos. En el régimen del asistente personal quedarán establecidas la remuneración de las horas extras, las horas nocturnas, las horas festivas y los viajes fuera del domicilio habitual.

ii. La asistencia personal debe ser autogestionada: el usuario o su tutor

legal, debe tener el control directo sobre el servicio y la capacidad de elección en todos sus pormenores, desempeñando el rol de jefe en la relación entre empleador y empleado, como en cualquier ambiente de trabajo, siendo su responsabilidad contratar, dirigir, marcar las tareas a realizar, tiempos y formas de realizar dichas tareas a su empleado y evaluar su trabajo. Y, por supuesto, dar por finalizada la relación cuando estime incumplimientos en lo esencial del trabajo realizado.

iii. Promover un Plan de Formación, donde el trabajador debe recibir

formación en vida independiente y asistencia personal, pero esta formación no debe condicionar su contratación. Esta formación correrá a cargo de expertos en vida independiente, incluyendo a otros Asistentes Personales con experiencia. Deberá formarse antes o durante la realización de su trabajo.

iv. Creación de una Oficina General de Vida Independiente, que canalice

todas las solicitudes de asistencia personal y las derive a las diferentes formas de concesión de esta prestación. Esta oficina general, velará por el cumplimiento del derecho de asistencia personal y se encarga del seguimiento de la aplicación ya sea de forma individual o colectiva.

v. Una vez aprobada y concedida a la persona con diversidad funcional la

asistencia personal, ésta podrá elegir la forma de cómo quiere recibir la prestación. Para ello la administración correspondiente debe posibilitar estas dos formas:

1. Pago directo: La administración entregará directamente la cantidad

económica a la persona con diversidad funcional o su tutor legal, para que esta autogestione su asistencia personal de forma individual. Dando cuentas a la administración correspondiente según los requisitos establecidos.

2. A través de una Oficina de Vida Independiente (OVI) gestionada

por la administración.

b. Creación de políticas de ayuda a las personas dependientes y sus familias que tenga en cuenta el bienestar de ambas.

Medidas: i. Auditoría de derechos humanos de todas las residencia y cierre

inmediato de aquellos que los vulneren.

ii. Cuando la persona dependiente resida en el hogar, establecimiento de todos los mecanismos necesarios para que el grueso del esfuerzo no recaiga sobre los familiares sino sobre cuidadores profesionales.

iii. Creación de un programa de protección del cuidador familiar cuando

éste decida llevar a cabo algunas de las tareas de cuidado, así como de la propia persona dependiente.

iv. Evaluación continua por parte de un trabajador/educador social de la situación familiar.

c. Asignación a todas las personas con discapacidad declaradas en situación de

dependencia, en el marco del SAAD (Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia), con carácter automático de los servicios de prevención de la dependencia y de los de promoción de la autonomía personal.

Medidas: i. Para atender esta demanda potencial, consecuentemente, se precisa la

creación de este tipo de servicios en el territorio de la comunidad autónoma.

d. Crear en la Comunidad de Madrid Centros de referencia dedicados a

discapacidades en expansión (salud mental, daño cerebral sobrevenido y enfermedades raras o de poca frecuencia...).

e. Modificación de la Ley de servicios sociales de la Comunidad para regular el

“concierto social”, modalidad de contratación administrativa entre la Administración pública territorial y las entidades sociales no lucrativas que gestionan servicios sociales de atención a personas, para garantizar su continuidad, calidad y sostenibilidad.

f. Aprobación de un Plan Autonómico de Promoción e Inclusión de las

Personas con Discapacidad residentes en el medio rural, que recoja sistematizadamente acciones y medidas de desarrollo humano e inclusión social en favor de este sector de la población con discapacidad.

4.­ Propuestas sobre Fiscalidad

a. Revisión de la legislación en materia fiscal sobre la que tenga potestad legislativa la Comunidad Autónoma para en todos los supuestos que sea posible mejorar, respecto del tratamiento común, a las personas con discapacidad, a las familias con miembros con discapacidad, y a sus organizaciones.

5.­ Propuestas sobre Educación

a. Creación de un Foro Autonómico de Inclusión Educativa de las Personas con diversidad funcional / discapacidad, órgano paritario de encuentro y debate entre la Administración educativa de la Comunidad de Madrid y el sector de la diversidad funcional / discapacidad del territorio.

b. Creación de un Centro Autonómico sobre Educación y diversidad funcional /

discapacidad encargado de garantizar los apoyos y la educación inclusiva al alumnado.

c. Aprobación y puesta en marcha de un Plan Autonómico de Reactivación de la Educación Inclusiva de Personas con diversidad funcional / discapacidad.

Medidas: i. De acuerdo con la Convención de la ONU, el objetivo de los sistemas

educativos respecto de la discapacidad debe ser la inclusión, por lo que hay que proceder a escolarizar progresivamente a todo el alumnado con discapacidad en entornos ordinarios, convirtiendo las estructuras de educación especial aún existentes en recursos de apoyo y haciéndolas converger hacia la educación inclusiva, con apoyos garantizados para que resulte efectivo el derecho.

ii. Formación y concienciación permanente del profesorado y de los

especialistas de apoyo al alumnado con diversidad funcional / discapacidad.

iii. Estabilidad de los profesionales de apoyo, dotación adecuada y suficiente

de recursos educativos, en todas las etapas (atención temprana, educación infantil, primaria, secundaria, post­obligatoria, formación profesional, formación universitaria y formación de adultos), con especial atención para la calidad en los entornos rurales.

iv. Incorporación, en los planes de estudio universitarios relacionados con la

actividad docente, de especialización en materia de discapacidad para capacitar al profesorado ante los nuevos retos educativos que supone el alumnado con discapacidad. Igualmente, se debe prever la formación permanente y la actualización competencial del profesorado en activo.

v. Garantizar la accesibilidad de los entornos educativos, físicos,

pedagógicos y virtuales (Programa Escuela 2.0, p.e.), para que todo el alumnado tenga acceso a los contenidos curriculares y la enseñanza y demás actividades escolares en igualdad de condiciones, con especial atención a entornos rurales.

d. Implementar la enseñanza de la Lengua de Signos Española (LSE) en los

programas y centros educativos de la autonomía, de forma que el nivel de obligatoriedad se plantee (amparado en la ley 27/2007, e 23 de octubre, que equipara esta lengua al Castellano y al Catalán) al mismo nivel que estas lenguas oficiales del estado. Incluyéndolas en las materias generales del bloque de asignaturas troncales, como lengua cooficial, igualándola a la primera lengua extranjera.

e. Fomentar entre las materias del bloque de asignaturas de libre configuración

autonómica, la asignatura de Diversidad Funcional / Discapacidad y medios de apoyo a la comunicación cuyo contenido educativo fomente el desarrollo de la igualdad efectiva entre las personas con y sin Diversidad Funcional / Discapacidad acercando ambas realidades, la prevención de situación discriminatoria y enseñando los valores inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación por cualquier condición o circunstancia personal o social al igual que el aprendizaje del sistema braille, la tiflotecnología, la autonomía personal, los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación y los productos de apoyo a la comunicación oral.

f. Implementar en las bases reguladoras para la concesión de becas de estudio

en la Comunidad de Madrid, la reserva de un porcentaje de becas y ayudas de estudio a personas con diversidad funcional / discapacidad.

g. Eliminar el apartado c) del artículo 12 del Real Decreto 276/2007, de 23 de

febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes refiriéndose a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el cual como requisitos generales se establece “No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.”.

6.­ Propuestas sobre Salud, espacio Socio­sanitario y Consumo

a. Aprobación de un Plan Autonómico de Atención Socio­sanitaria a las Personas con diversidad funcional / discapacidad y a sus Familias, que conjugue los aspectos sanitarios y sociales sobre la base de un modelo socio­sanitario integrado inclusivo.

Medidas: i. Renovación y actualización del catálogo de prestación ortoprotésica y

revisión del procedimiento de reembolso de gastos. Ampliación a escala autonómica de lo establecido, con carácter general, en la cartera de servicios ortoprotésicos del Sistema Nacional de Salud.

ii. Cumplimiento de la legislación en materia de igualdad de oportunidades y

accesibilidad y eliminación de barreras de todo tipo de los centros sanitarios.

iii. Accesibilidad de la información general, así como de todos los trámites,

gestiones, asistencia en hospitales, etc., para personas con discapacidad, mediante la formación del personal administrativo y sanitario.

b. Aprobación y despliegue de un Plan Integral Autonómico de Atención a la

Salud Mental en la Comunidad de Madrid, en línea con la Estrategia de Salud Mental aprobada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud 2006, debatido y negociado con los agentes sociales y las organizaciones de personas con enfermedad mental y sus familias.

c. La aplicación y seguimiento del Programa de Detección Precoz de la Sordera

Infantil, con carácter universal, conforme al consenso de mínimos aprobado por el seno del Consejo Interterritorial de Salud, en 2003.

d. Firme compromiso del Gobierno autonómico para no aplicar la participación en el

coste de los servicios sociales (exención de copago) a las personas usuarias con diversidad funcional / discapacidad y a sus familias, aunque la legislación estatal lo permita.

e. Implementar y garantizar que en los centros asistenciales, ya sean centros de día, psiquiátricos, residencias publicas o privadas, etc… se cree una comisión de trabajo, donde habrá un inspector o agente externo que realice comprobaciones periódicas de dichos centros, asegurando así el pleno cumplimiento normativo, eficacia de funcionamiento y respeto a los derechos humanos de las personas con diversidad funcional / discapacidad, generando informes periódicos que se entregaran a un organismo regulador (Comisión Asamblea de Madrid),

f. Toda persona que padezca una enfermedad que dificulte su plena participación

social y/o la consecución de objetivos de vida considerados como esenciales (enfermedades como la fatiga crónica, la sensibilidad química múltiples, enfermedades raras, etc…), aun sin disponer de un diagnostico definitivo por la complejidad de la misma o no estar reconocida pero cuyos dictámenes médicos determinen que la persona sufre una diversidad funcional / discapacidad, deben estar recogidas en los baremos y porcentajes de los nuevos “procedimientos para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad”. (ref: Derogación del Real Decreto 1971/1999) Al mismo tiempo debe haber un mecanismo que automáticamente inicie los procesos de gestión para la baromación y porcentajes, que no dejen expuestas a las familias a largos procesos y a las personas con diversidad funcional / discapacidad a situaciones doblemente discriminatorias.

7.­ Propuestas sobre Protección Social

a. Aprobación de un Plan de Atención Integral a las Familias con Miembros con Discapacidad, que amplíe y mejore lo dispuesto en las leyes estatales y en las propias normas autonómicas.

b. Inclusión de las personas con diversidad funcional/discapacidad que no

dispongan de medios o recursos en los programas de rentas mínimas de la Comunidad de Madrid.

c. Creación de una Oficina específica para la atención de personas con Diversidad

Funcional/Discapacidad inmigrantes e hijos de inmigrantes, para una correcta atención especializada.

d. Creación de un Fondo Autonómico de Lucha contra la Exclusión Social y la

Pobreza, integrado por al menos el 5 % del total del presupuesto autonómico (fondos nuevos, destinados a este fin) que sirva para financiar estrategias, programas y proyectos, que atenúen el devastador impacto social de la crisis económica de los últimos años, en colaboración activa con el tercer sector de acción social y cívica del territorio.

e. Promoción de proyectos de economía social. Impulsar el acceso a

microcréditos y a otras formas de financiación a personas con diversidad funcional / discapacidad y sus familias como una medida adicional, no sustitutiva de la responsabilidad de la comunidad de Madrid, para enfrentar los costes adicionales que pueden adoptar la forma de gastos suplementarios en la adquisición de los bienes y servicios generales o específicos relacionados con

sus circunstancia.

f. Conciliación de la vida laboral y familiar con diversidad funcional / discapacidad, priorizando como criterio único la circunstancia de la persona con diversidad funcional y su familia, adaptando dicha conciliación a la heterogeneidad de las diferentes diversidades funcionales / discapacidades de cada uno de los entornos familiares.

Medidas: i. Si un miembro de la familia decide desempeñar las funciones de

mediación o perfil de asistencia, con otro miembro de la familia con diversidad funcional / discapacidad tiene el derecho de solicitar una reducción de jornada laboral en su trabajo actual y poder compatibilizar la remuneracion del trabajo y la prestacion económica para el trabajo de mediacion y perfil de asistencia en el entorno familiar (Articulo 18 de la ley 39/2006).

ii. Desarrollar foros de encuentro y participación de las familias y

desarrollando acciones de reciclaje y formación para las madres y padres.

g. Fomentar la convivencia y la comprensión e inclusión de personas con diversidad funcional / discapacidad de diferentes sectores por edades a través de proyectos específicos que favorezcan el conocimiento intergeneracional.

8.­ Propuestas sobre Protección Jurídica

a. Creación de un Centro Autonómico de Asesoramiento Jurídico y Legal para personas con diversidad funcional / discapacidad encargado de ofrecer asesoramiento y apoyo para garantizar la no discriminación de las personas con diversidad funcional.

b. Establecimiento en colaboración con los Colegios de Abogados de Servicios de

Orientación Jurídica para Personas con diversidad funcional / discapacidad.

c. Elaborar un protocolo de actuación para las mujeres con diversidad funcional / discapacidad que sufren violencia de genero masculina o micro­violencia, creando planes de prevención, planes de actuación y planes de desarrollo y vida independiente.

Medidas: i. Medidas de protección específicas, orientación y acompañamiento a la

mujeres con diversidad funcional en procedimientos judiciales de víctimas de micro violencia y violencia de género.

d. En relación con la población con enfermedad mental institucionalizada en

centros penitenciarios (hospitales psquiátricos penitenciarios y centros penitenciarios) se proponen las siguientes medidas:

Medidas: i. Adopción de las medidas necesarias con el fin de iniciar y desarrollar los

procesos que culminen en la asunción de competencias en materia de sanidad penitenciaria de la Comunidad de Madrid en cumplimiento con la Ley de Cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud del 2003.

ii. Adopción de las medidas necesarias para la creación de centros

específicos en la Comunidad de Madrid, alternativos a los Hospitales Psiquiátricos, para poder atender a las personas con enfermedad mental y discapacidad intelectual institucionalizadas.

e. Molificación del articulo 156 del Código Penal para que se elimine la

despenalización de la esterilización sin consentimiento expreso del interesado o interesada cuando se trata de una persona con Diversidad Funcional / Discapacidad.

9.­ Propuestas sobre Cultura, Ocio Inclusivo y Deporte

a. Crear y Promover un Plan de Cultura, Ocio Inclusivo y Deporte para las personas con diversidad funcional / discapacidad:

Medidas: i. Creación de programas centrados en el ocio inclusivo, tiempo libre y

respiro familiar. Además de fomentar la participación de los mismos en los centros deportivos y organizaciones convencionales.

ii. Apoyo a los deportistas paralímpicos del territorio y programas de fomento

de deporte base y escolar.

iii. Garantizar la accesibilidad para las personas con discapacidad a los museos, centros culturales o de arte (espectáculos, actos, instalaciones deportivas, etc.) e instalaciones deportivas que gestione la Comunidad de Madrid, así como promover la gratuidad para su disfrute.

iv. Crear sistemas de accesibilidad a los programas y campañas públicas de

divulgación y creación artística y cultural (semanas de cine, festivales de teatro y música, exposiciones, jornadas, etc.) tanto en su disfrute como en la participación de iniciativas creativas de las personas con discapacidad.

v. Formación a los profesionales de las administraciones autonómicas que

intervienen en el diseño, gestión, realización, información y soporte de las actividades culturales, recreativas, deportivas y de ocio sobre las características y sistemas de accesibilidad de las personas con diversidad funcional / discapacidad.

10.­ Propuestas sobre Juventud

a. Adopción de un Planes Autonómicos de Acción a favor de los jóvenes con Diversidad Funcional/Discapacidad, estableciendo medidas que favorezcan la participación y la inclusión en los distintos órganos de participación juvenil, modificando los reglamentos normativos que lo impiden actualmente.

11.­ Propuestas sobre participación en la vida política

a. La Comisión de de diversidad funcional / discapacidad de la Asamblea de Madrid debe encargarse de adaptar y complementar el Real Decreto 422/2011 de 25 de marzo, por el que se aprueba el reglamento sobre lascondiciones básicas para la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales, revisando todos los artículos y aplicando aquellas medidas que se crean imprescindibles como medidas de obligado cumplimento.

b. Añadir un punto adicional al Artículo 7 “Organización y funcionamiento” a la Ley

Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos, que refleje claramente todo lo expuesto en el Articulo 29 “Participación en la vida política y pública” de la CDPD (Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad) además de asegurar la igualdad de condiciones y la no discriminación de las personas con diversidad funcional / discapacidad en el desempeño de las funciones relacionadas con los cargos orgánicos o públicos tras ser elegidos en procesos democráticos.

c. En España hay 80.000 personas privadas de su derecho al voto, por

resolución judicial, desprovistas de un derecho fundamental por el simple hecho de tener una diversidad funcional / discapacidad. Debe reformarse la actual Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General conjugando el artículo 2 y 3.1 b) se dispone que “El derecho de sufragio corresponde a los españoles mayores de edad que… (no hayan sido) declarados incapaces en virtud de sentencia judicial firme, siempre que la misma declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio”, aplicando los artículos de la Convención de Derechos de Personas con Discapacidad, vigente en España desde el 3 de mayo de 2008