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cve: BOB-2018a124-(II-2889) BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA BOB Jueves, 28 de junio de 2018 Núm. 124 Pág. 1 SECCIÓN II ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA Deportiva Municipal de Portugalete, S.A. (Demuporsa) Convocatoria de subvenciones para la promoción deportiva: Líneas A, B y C En sesión del 6 de junio de 2018, el Consejo de Administración de la Deportiva Mu- nicipal de Portugalete ha aprobado la convocatoria de subvenciones para la promoción deportiva, con el siguiente desglose: — Línea A: Subvención para la actividad ordinaria de los clubes deportivos del muni- cipio de Portugalete. — Línea B: Subvención para eventos deportivos en el término municipal de Portu- galete. — Línea C: Subvención para campus y colonias deportivas. La concesión de estas subvenciones y la relación jurídica entre la persona otorgante y la entidad beneficiaria se regirán por las presentes bases. En todo lo no previsto en las presentes bases se aplicará la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Sub- venciones. La presente normativa será expuesta en el tablón de anuncios municipal y en la pá- gina web www.portugalete.org. LÍNEA A SUBVENCIÓN ANUAL A OTORGAR EN 2018 PARA ACTIVIDAD ORDINARIA DE LOS CLUBES DEPORTIVOS DE PORTUGALETE 1. Objeto Es el objeto de la presente convocatoria la regulación de la concesión de ayudas económicas a clubes deportivos de Portugalete, para el desarrollo de su función social. 2. Cuantía de las ayudas La financiación se efectuará con cargo a un crédito presupuestario máximo de 76.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 07.3400.43301. Estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayu- das, ingresos o recursos procedentes de otras entidades públicas o privadas. 3. Beneficiarios Clubes deportivos con domicilio social en el término municipal de Portugalete, que desarrollen los proyectos o actividades que motiven la concesión de la subvención, que se encuentren inscritos en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco y que cum- plan con los siguientes requisitos: — No estar incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener subvenciones pre- vistas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. — Estar al corriente en la adecuada justificación, en tiempo y forma, de subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Portugalete o Demuporsa. — Tener la sede social radicada en el municipio de Portugalete, así como desarrollar su actividad principal en dicho ámbito, excepto en el caso de modalidades que necesiten espacios singulares no existentes en Portugalete. — Cumplir 2 años dados de alta en el registro de entidades deportivas de Gobierno Vasco durante el ejercicio de la convocaría de las presentes bases.

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SECCIÓN IIADMINISTRACIÓN LOCAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA

Deportiva Municipal de Portugalete, S.A. (Demuporsa)

Convocatoria de subvenciones para la promoción deportiva: Líneas A, B y C

En sesión del 6 de junio de 2018, el Consejo de Administración de la Deportiva Mu-nicipal de Portugalete ha aprobado la convocatoria de subvenciones para la promoción deportiva, con el siguiente desglose:

—  Línea A: Subvención para la actividad ordinaria de los clubes deportivos del muni-cipio de Portugalete.

—  Línea B: Subvención para eventos deportivos en el término municipal de Portu-galete.

—  Línea C: Subvención para campus y colonias deportivas.La concesión de estas subvenciones y la relación jurídica entre la persona otorgante

y la entidad beneficiaria se regirán por las presentes bases. En todo lo no previsto en las presentes bases se aplicará la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Sub-venciones.

La presente normativa será expuesta en el tablón de anuncios municipal y en la pá-gina web www.portugalete.org.

LÍNEA ASUBVENCIÓN ANUAL A OTORGAR EN 2018 PARA ACTIVIDAD ORDINARIA

DE LOS CLUBES DEPORTIVOS DE PORTUGALETE

1. ObjetoEs el objeto de la presente convocatoria la regulación de la concesión de ayudas

económicas a clubes deportivos de Portugalete, para el desarrollo de su función social.

2. Cuantía de las ayudasLa financiación se efectuará con cargo a un crédito presupuestario máximo de 76.000

euros, con cargo a la partida presupuestaria 07.3400.43301.Estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayu-

das, ingresos o recursos procedentes de otras entidades públicas o privadas.

3. BeneficiariosClubes deportivos con domicilio social en el término municipal de Portugalete, que

desarrollen los proyectos o actividades que motiven la concesión de la subvención, que se encuentren inscritos en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco y que cum-plan con los siguientes requisitos:

—  No estar incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener subvenciones pre-vistas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

—  Estar al corriente en la adecuada justificación, en tiempo y forma, de subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Portugalete o Demuporsa.

—  Tener la sede social radicada en el municipio de Portugalete, así como desarrollar su actividad principal en dicho ámbito, excepto en el caso de modalidades que necesiten espacios singulares no existentes en Portugalete.

—  Cumplir 2 años dados de alta en el registro de entidades deportivas de Gobierno Vasco durante el ejercicio de la convocaría de las presentes bases.

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4. Gastos computablesMonitoras y monitores de equipos hasta categoría juvenil.Fichas y árbitros.Material deportivo.Viajes y dietas, hasta un máximo de 2.000 euros.

5. Actividades no contempladasQuedan excluidos los programas y actividades puntuales que se desarrollan anual-

mente mediante convenios específicos con el Ayuntamiento de Portugalete o Demuporsa.

6. Presentación de solicitudesLas personas interesadas deberán presentar en las oficinas de Demuporsa (Polide-

portivo Pando Aisia, calle Miguel de Unamuno, 43) de 9:00 a 14:00, la siguiente docu-mentación:

—  Instancia de solicitud de subvención, según el anexo I.—  Fotocopia del DNI de la persona física solicitante representante del club.—  Fotocopia del CIF de la entidad. (Solo en caso de que no haya sido presentados

anteriormente en Demuporsa).—  Proyecto económico, que contendrá el balance de ingresos y gastos del año 2017,

así como el presupuesto estimado para el 2018, según el anexo II-A.—  Proyecto deportivo a desarrollar en 2018, según el anexo III-A.—  Certificado de la federación deportiva correspondiente, o de la Diputación Foral de

Bizkaia en el caso del deporte escolar, relativa al número de equipos y de fichas existentes en la temporada actual. En el caso de competiciones, campeonatos o modalidades deportivas no reguladas o gestionadas por una federación deportiva, dicha acreditación se emitirá por el organismo que en cada caso se encargue de la organización y gestión de aquellos.

—  Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, cuando la persona solicitante, de acuerdo con la legislación vigente, tuviera relación obligacional con la Seguridad Social, y de la Hacienda Foral de Bizkaia, de estar al corriente de las obligaciones fiscales, con fecha posterior a la publicación de la presente convoca-toria. Estos certificados podrán ser sustituidos, en el caso de solicitudes de menos de 3.000 euros, por una declaración responsable, según el anexo IV.

—  Certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco. (Solo en caso de que no haya sido presentados anteriormente en Demuporsa).

—  Copia de los estatutos de la entidad. (Solo en caso de que hayan sido modificados o no hayan sido presentados anteriormente en Demuporsa).

—  Declaración jurada en la que se manifiesten los importes de cualesquiera otras ayudas solicitadas para la misma finalidad tanto a instituciones públicas como privadas, según el anexo V.

—  Declaración de no estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según el anexo VI.

—  Ficha de terceros, según el anexo X.Demuporsa podrá, en atención a cada caso concreto, requerir a la persona solicitan-

te cualquier otra documentación complementaria que considere oportuna, a los efectos de la valoración del conjunto del proyecto presentado.

A los efectos del cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se advierte a las entidades solicitantes que los datos aportados como parte de la documentación relacionada serán utilizados exclusivamente en el procedimiento de concesión de subvención anual cuya convocatoria regulan las presentes bases.

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7. Plazo de solicitudLas solicitudes deberán presentarse en un plazo de 30 días naturales a partir de la

publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

8. Subsananción de defectos de la solicitudRecibidas las solicitudes, si estas no vinieran cumplimentadas en todos sus términos

o no fueran acompañadas de la documentación necesaria, Demuporsa, requerirá a la persona física o jurídica solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles desde la recepción del escrito del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendría por desistida de su petición.

9. Criterios de valoraciónA todas las solicitudes admitidas se aplicarán los siguientes criterios sobre una pun-

tuación máxima de 100 puntos:—  Proyecto deportivo y esfuerzo organizativo desplegado para el desarrollo de la

actividad: 20 puntos.—  Incidencia de la actividad en la promoción del deporte entre los residentes de

Portugalete: 15 puntos.—  Coste global de los gastos computables generados por la actividad desarrollada:

10 puntos.—  Medios económicos propios: 10 puntos.—  Participación en los programas de deporte escolar: 10 puntos.—  Contribución a la promoción del deporte femenino: 10 puntos.—  Participación y colaboración con otras asociaciones o en la organización de pro-

gramas o actividades municipales: 5puntos.—  Continuidad y estabilidad del programa: 5 puntos.—  Tratamiento a la diversidad: 5 puntos.—  Fomento y difusión del euskera: 5 puntos.—  Contribución a la difusión y mejora de la imagen del municipio de Portugalete,

tanto a nivel supralocal, nacional o internacional: 5 puntos.

10. Procedimiento de concesiónLa concesión de las subvenciones se efectuará en régimen de prorrata.El total de la cantidad asignada dentro de la presente línea de subvención se dividirá

entre las entidades solicitantes que cumplan con los requisitos establecidos, en función de la puntuación alcanzada. La percepción económica de cada solicitante será la re-sultante de multiplicar el total de la puntuación por el valor económico asignado a cada punto.

La cuantía de la subvención otorgada no podrá superar en ningún caso el importe total de los gastos computables presupuestados para la actividad de que se trate.

En todo caso, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

Cuando, a la finalización del periodo de resolución de esta línea de subvención, se hayan concedido las subvenciones correspondientes y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, se podrá trasladar la cantidad no aplicada a las posteriores resolucio-nes que recaigan en otras líneas de subvención.

11. ResoluciónLas solicitudes serán resueltas por el Consejo de Administración de Demuporsa.La propuesta de concesión se formulará al Presidente por un órgano colegiado a tra-

vés de un órgano instructor. El órgano instructor estará formado por los servicios técni-

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cos de la Sociedad, y el órgano colegiado lo formarán el Concejal Delegado de Deportes y el Director Gerente de Demuporsa.

La resolución será dictada en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha en que finalice el plazo establecido para la presentación de solicitudes, transcu-rrido el cual se entenderá desestimada la petición de subvención, si no recayera reso-lución expresa.

La relación de subvenciones concedidas, con indicación de las personas beneficia-rias y sus cuantías, serán publicadas en la página web municipal, en el tablón de anun-cios del Ayuntamiento de Portugalete y en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

La resolución que se dicte pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la de la recepción de la correspondiente notificación, recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo. No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo señalado, cabrá interponer en el plazo de un mes recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución.

La concesión y, en su caso, el pago a las entidades beneficiarias de las ayudas regu-ladas en la presente convocatoria quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador en el marco de ayudas o subvenciones con-cedidas por el Ayuntamiento o Demuporsa.

12. Medio de publicaciónLa publicación de los actos y trámites del procedimiento y la resolución de concesión

se hará mediante su inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Portugalete (Plaza del Solar s/n) y en la página web municipal (www.portugalete.org) en la fecha siguiente a la de su aprobación por el órgano competente.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la publicación en los medios indicados sustituirá a la notificación y surtirá sus mismos efectos.

13. Abono de la subvenciónEl abono de la subvención concedida se efectuará en un único pago, tras la notifica-

ción de la cantidad a financiar.Esta subvención será compatible con cualesquiera otras concedidas por otras institu-

ciones, públicas o privadas, para el mismo objeto, sin que en ningún caso pueda existir sobrefinanciación; es decir, sin que el importe total subvencionado en concurrencia con otras entidades pueda superar el coste total de la actividad.

En el caso de producirse un supuesto de sobrefinanciación por concurrencia de sub-venciones, la entidad beneficiaria tendrá la obligación de reintegro de la cuantía concedi-da por Demuporsa en proporción al importe aportado en relación con el total financiado.

14. Obligaciones de la entidad beneficiariaLa entidad beneficiaria de la subvención regulada en las presentes bases deberá

cumplir con las siguientes obligaciones:—  Aceptar la subvención concedida. Si en el plazo de 15 días, a contar desde la

fecha de notificación, no renuncia expresamente y por escrito a la subvención, se entenderá que ha sido aceptada.

—  Dar a la subvención concedida el concreto destino para el que fue solicitada.—  Obtener cuantas autorizaciones sean precisas para el desarrollo de la actividad

subvencionada.—  Cumplir con la normativa vigente en lo referente a la organización de actividades y

espectáculos públicos, así como en el resto de la normativa, estatal o autonómica, que sea aplicable al ámbito de actuación de que se trate.

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—  Incorporar en los elementos de promoción y en los carteles, textos o documentos que se elaboren en ocasión de la actividad subvencionada, la mención del patro-cinio del Ayuntamiento de Portugalete y Demuporsa, cumpliendo en todo caso con la normativa municipal respecto a la colocación de carteles.

—  Comunicar la obtención de cualquier otra ayuda económica para el mismo fin, sea su procedencia bien pública o bien privada, con indicación expresa en todo caso de la cuantía recibida.

—  Colaborar con Demuporsa, en caso de ser requerida, para la eventual elaboración de estudios, encuestas o estadísticas.

—  Someterse a cuantas actuaciones de comprobación efectúe Demuporsa.—  Proceder a la justificación posterior del empleo dado a la cantidad otorgada, en los

términos que se detallan en el siguiente apartado.

15. Justificación de la subvenciónPara la justificación de la subvención habrá de aportarse la siguiente documentación:—  Memoria de la actividad, según el anexo VII.—  Cuenta justificativa, según el anexo VIII-A.—  Relación de facturas (según el anexo IX) y los justificantes originales de todos los

gastos computables devengados como consecuencia de la actividad. Para que la documentación sea admitida como justificación deberá estar fechada en el perío-do temporal para el que se concede la subvención.

Los documentos que se aceptarán como comprobantes de gastos serán: •   Facturas. Se admitirán, además, los recibos emitidos por organismos oficiales

que no puedan emitir facturas, siempre que estén validados por el sello o la impresión mecánica correspondiente.

•   Los recibos de pago a colaboradores (monitoras y monitores, personal de arbi-traje, técnico, etc.) deberán presentar los siguientes datos: nombre, apellidos, NIF, concepto e importe satisfecho.

•   Aportación de un ejemplar de cada uno de los folletos, carteles, libros, vídeos, etc. que se hayan editado o publicado con ocasión de la actividad desarrollada.

El plazo máximo para la presentación de la justificación será el 20 de enero de 2019.Cuando la beneficiaria precise de los documentos originales presentados, estos se

aportarán junto con la fotocopia, la cual será cotejada.Recibida la documentación, si esta no viniera cumplimentada en todos sus térmi-

nos o no fuera acompañada de la documentación necesaria, Demuporsa requerirá a la persona física o jurídica solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles desde la recepción del escrito de requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendría por desistida de su petición.

16. Reintegro de la subvenciónProcederá el reintegro a Demuporsa de la ayuda percibida, cuando se dé alguno de

los supuestos siguientes:—  No destinar la cuantía concedida a la finalidad concreta para la que se solicitó.—  El incumplimiento, por razones imputables a la beneficiaria, de las obligaciones

asumidas en aplicación de las presentes bases.—  La sobrefinanciación a la vista del importe de la subvención recibida en relación

con los gastos reales y efectivamente devengados por la realización de la activi-dad, en cuyo caso habrá de reintegrarse la suma remante.

—  La sobrefinanciación por concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras instituciones, públicas o privadas, en cuyo caso la beneficiaria tendrá la obligación

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de reintegro de la cuantía concedida por Demuporsa en proporción al importe aportado por esta en relación al total financiado.

—  El incumplimiento de la obligación de justificación en los términos establecidos en la cláusula anterior. En el supuesto de no realizar la justificación total de los gastos computables del presupuesto presentado, habrá de reintegrar a Demuporsa la cantidad equivalente al gasto que haya quedado sin justificar.

Para la determinación de la cuantía a reintegrar, total o parcial, se atenderá en cual-quier caso a los criterios de proporcionalidad y equidad.

La resolución por la que se exija el reintegro se dictará por el mismo órgano que concedió la subvención.

17. Régimen sancionadorEl régimen de infracciones y sanciones será el establecido en el título IV de la Ley

38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

LÍNEA BSUBVENCIÓN ANUAL A OTORGAR EN 2018 PARA LA ORGANIZACIÓN

DE EVENTOS DEPORTIVOS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE PORTUGALETE

1. ObjetoEstas ayudas se destinan a la organización de eventos deportivos en Portugalete

que fomente el deporte entre las portugalujas y los portugalujos, promocionen el muni-cipio y se realicen en 2018.

2. Cuantía de las ayudasLa financiación se efectuará con cargo a un crédito presupuestario máximo de 24.000

euros, con cargo a la partida presupuestaria 07.3400.43301.Estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayu-

das, ingresos o recursos procedentes de otras entidades públicas o privadas.Se establece un máximo de cuatro solicitudes por entidad.

3. BeneficiariosClubes deportivos con domicilio social en el término municipal de Portugalete, que se

encuentren inscritos en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco y que cumplan con los siguientes requisitos:

—  No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener subvenciones pre-vistas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

—  Estar al corriente en la adecuada justificación, en tiempo y forma, de subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Portugalete o Demuporsa.

—  Tener la sede social radicada en el municipio de Portugalete, así como desarrollar su actividad principal en dicho ámbito, excepto en el caso de modalidades que necesiten espacios singulares no existentes en Portugalete.

—  Cumplir 2 años dados de alta en el registro de entidades deportivas de Gobierno Vasco durante el ejercicio de la convocaría de las presentes bases.

4. Presentación de solicitudesLas personas interesadas deberán presentar en las oficinas de Demuporsa (Polide-

portivo Pando Aisia, calle Miguel de Unamuno, 43 de Portugalete) de 9:00 a 14:00, la siguiente documentación:

—  Instancia de solicitud de subvención, según el anexo I.—  Fotocopia del DNI de la persona física solicitante representante del club.

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—  Fotocopia del CIF de la entidad. (Solo en caso de que no haya sido presentados anteriormente en Demuporsa)

—  Presupuesto de ingresos y gastos del evento, según el anexo II-B.—  Proyecto detallado de la actividad a desarrollar, incluyendo, al menos objetivos

generales y descripción del programa, población a la que se dirige, calendario de ejecución, recursos materiales y humanos y referencia expresa al interés que la actividad implique para el municipio de Portugalete, según el anexo III-B.

—  Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, cuando la entidad so-licitante, de acuerdo con la legislación vigente, tuviera relación obligacional con la Seguridad Social, y de la Hacienda Foral de Bizkaia, de estar al corriente de las obligaciones fiscales, con fecha posterior a la publicación de la presente convoca-toria. Estos certificados podrán ser sustituidos, en el caso de solicitudes de menos de 3.000 euros, por una declaración responsable, según el anexo IV.

—  Certificado de inscripción en el Registro de asociaciones del Gobierno Vasco. (Solo en caso de que no haya sido presentados anteriormente en Demuporsa)

—  Copia de los estatutos de la entidad, en caso de no haberla presentado con ante-rioridad o hayan sido modificados.

—  Declaración jurada en la que se manifiesten los importes de cualesquiera otras ayudas solicitadas para la misma finalidad tanto a instituciones públicas como privadas, según el anexo V.

—  Declaración de no estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según el anexo VI.

—  Ficha de terceros, según el anexo X.Demuporsa podrá, en atención a cada caso concreto, requerir a la entidad solicitante

cualquier otra documentación complementaria que considere oportuna a los efectos de la valoración del conjunto del proyecto presentado.

A los efectos del cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se advierte a las entidades solicitantes que los datos aportados como parte de la documentación relacionada serán utilizados exclusivamente en el procedimiento de concesión de subvención anual cuya convocatoria regulan las presentes bases.

5. Plazo de solicitudLas solicitudes deberán presentarse en un plazo de 30 días naturales a partir de la

publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

6. Subsananción de defectos de la solicitudRecibidas las solicitudes, si estas no vinieran cumplimentadas en todos sus términos

o no fueran acompañadas de la documentación necesaria, Demuporsa requerirá a la persona física o jurídica solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles desde la recepción del escrito del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendría por desistida de su petición.

7. Criterios de valoraciónA todas las solicitudes admitidas se les aplicarán los siguientes criterios sobre una

puntuación máxima de 100 puntos:—  Impacto de la actividad: número previsto de participantes, número de espectado-

res, duración de la actividad, colectivo al que va dirigida, nivel deportivo de las y los participantes, nivel de la prueba, ámbito de participación (local, provincial, na-cional o internacional), calidad en el diseño de la actividad, innovación: 30 puntos.

—  Coste de la actividad desarrollada: 10 puntos.

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—  Medios económicos propios. Proporción entre gastos totales e ingresos. Se va-lorará el esfuerzo por la búsqueda de recursos y fuentes de financiación para el desarrollo del programa o actividad propuesta: 10 puntos.

—  Continuidad y estabilidad del evento: 10 puntos.—  Esfuerzo organizativo, tanto desde el punto de vista humano (número de personas

implicadas en la organización) como estructural, desplegado para el desarrollo de la actividad: 10 puntos.

—  Contribución a la promoción del deporte femenino:10 puntos.—  Tratamiento a la diversidad: 5 puntos.—  Fomento y difusión del euskera: 5 puntos.—  Contribución a la difusión y mejora de la imagen del municipio de Portugalete,

tanto a nivel supralocal como nacional o internacional, repercusión en los medios de comunicación: 5 puntos.

—  Valoración de la persona o entidad solicitante (experiencia contrastada y capaci-dad para desarrollar el programa): 5 puntos.

8. Procedimiento de concesiónLa concesión de las subvenciones se efectuará en régimen de prorrata.El total de la cantidad asignada dentro de la presente línea de subvención se dividirá

entre las entidades solicitantes que cumplan con los requisitos establecidos, en función de la puntuación alcanzada. La percepción económica de cada solicitante será la re-sultante de multiplicar el total de la puntuación por el valor económico asignado a cada punto.

La cuantía de la subvención otorgada no podrá superar en ningún caso el importe total presupuestado de los gastos para la actividad de que se trate.

En todo caso, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

Cuando, a la finalización del periodo de resolución de esta línea de subvención, se hayan concedido las subvenciones correspondientes y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, se podrá trasladar la cantidad no aplicada a las posteriores resolucio-nes que recaigan en otras líneas de subvención.

9. ResoluciónLas solicitudes serán resueltas por el Consejo de Administración de Demuporsa.La propuesta de concesión se formulará al Presidente por un órgano colegiado, a

través de un órgano instructor. El órgano instructor estará formado por los servicios técnicos de la Sociedad, y el órgano colegiado lo formarán el Concejal Delegado de Deportes y el Director Gerente de Demuporsa.

La resolución será dictada en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha de entrega de toda la documentación necesaria para la tramitación del expediente, transcurrido el cual se entenderá desestimada la petición de subvención, si no recayera resolución expresa.

La relación de subvenciones concedidas, con indicación de las personas beneficia-rias y sus cuantías, serán publicadas en la página web municipal, en el tablón de anun-cios del Ayuntamiento de Portugalete y en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

La resolución que se dicte pondrá fin a la vía administrativa y contra ella se podrá interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la de la recepción de la correspondiente notificación, recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo. No obstante, con carácter potestativo y previo al recur-so contencioso-administrativo señalado, cabrá interponer en el plazo de un mes recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución.

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La concesión y, en su caso, el pago a las entidades beneficiarias de las ayudas regu-ladas en la presente convocatoria quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador en el marco de ayudas o subvenciones con-cedidas por el Ayuntamiento o Demuporsa.

10. Medio de publicaciónLa publicación de los actos y trámites del procedimiento y resolución de concesión

se hará mediante su inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Portugalete (Plaza del Solar s/n) y en la página web municipal (www.portugalete.org), en la fecha siguiente a la de su aprobación por el órgano competente.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la publicación en los medios indicados sustituirá a la notificación y surtirá sus mismos efectos.

11. Abono de la subvenciónEl abono de la subvención se realizará previa justificación por la beneficiaria de la

realización de la actividad subvencionada.No obstante lo establecido en el apartado anterior, en el plazo de 15 días a contar

desde la fecha de notificación de la resolución, se podrá solicitar por escrito el pago por anticipado, con carácter previo a la justificación antedicha, en caso de constituir la sub-vención financiación imprescindible para el desarrollo de la actividad.

Esta subvención será compatible con cualesquiera otras, concedidas por otras insti-tuciones públicas o privadas, para el mismo objeto, sin que en ningún caso pueda existir sobrefinanciación; es decir, sin que el importe total subvencionado en concurrencia con otras entidades pueda superar el coste total de la actividad.

En el caso de producirse un supuesto de sobrefinanciación por concurrencia de sub-venciones, la beneficiaria tendrá la obligación de reintegro de la cuantía concedida por Demuporsa en proporción al importe aportado en relación con el total financiado.

12. Obligaciones de la entidad beneficiariaLa entidad beneficiaria de la subvención regulada en la presente convocatoria debe-

rá cumplir con las siguientes obligaciones:—  Aceptar la subvención concedida. Si en el plazo de 15 días, a contar desde la

fecha de notificación, no renuncia expresamente y por escrito a la subvención, se entenderá que ha sido aceptada.

—  Dar a la subvención concedida el concreto destino par el que fue solicitada.—  Obtener cuantas autorizaciones sean precisas para el desarrollo de la actividad

subvencionada.—  Cumplir con la normativa vigente en lo referente a la organización de actividades y

espectáculos públicos, así como en el resto de la normativa, estatal o autonómica, que sea aplicable al ámbito de actuación de que se trate.

—  Incorporar en los elementos de promoción y en los carteles, textos o documentos que se elaboren con ocasión de la actividad subvencionada, la mención del patro-cinio del Ayuntamiento de Portugalete y Demuporsa, cumpliendo en todo caso con la normativa municipal respecto a la colocación de carteles. Éstos se redactarán con un criterio equilibrado de las dos lenguas oficiales de la CAV.

—  En aquellas actividades que cuenten con publicidad in situ, Demuporsa y el Ayun-tamiento de Portugalete contarán con el porcentaje de espacio de publicidad equi-valente al que supone su subvención sobre la cantidad solicitada.

—  Comunicar por escrito, el día, hora y lugar, de la celebración de la rueda de prensa del acto, realizando así mismo la invitación oportuna para participar en el mismo representantes del Ayuntamiento y /o Demuporsa.

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—  Comunicar por escrito día, hora y lugar de celebración de la actividad y del reparto de trofeos y enviar las correspondientes acreditaciones o invitaciones para la asis-tencia a tal celebración.

—  Comunicar la obtención de cualquier otra ayuda económica para el mismo fin, sea su procedencia bien pública o bien privada, con indicación expresa en todo caso de la cuantía recibida.

—  Colaborar con Demuporsa, en caso de ser requerida, para la eventual elaboración de estudios, encuestas, o estadísticas.

—  Someterse a cuantas actuaciones de comprobación efectúe Demuporsa.—  Proceder a la justificación posterior del empleo dado a la cantidad otorgada, en los

términos que se detallan en el siguiente apartado.

13. Justificación de la subvenciónPara la justificación de la subvención habrá de aportarse la siguiente documentación:—  Memoria del evento subvencionado, según el anexo VII.—  Cuenta justificativa, según el anexo VIII-B.—  Relación de facturas (según el anexo IX) y los justificantes originales de todos los

gastos devengados como consecuencia de la actividad. Para que la documenta-ción sea admitida como justificación, deberá estar fechada en el período temporal para el que se concede la subvención.

Los documentos que se aceptarán como comprobantes de gastos serán: •   Facturas. Se admitirán, además, los recibos emitidos por organismos oficiales

que no puedan emitir facturas, siempre que estén validados por el sello o im-presión mecánica correspondiente.

•   Los recibos de pago a colaboradores (monitoras y monitores, personal de arbitraje, técnico, etc.) deberán presentar los siguientes datos: nombre, apelli-dos, NIF, concepto e importe satisfecho.

—  Aportación de un ejemplar de cada uno de los folletos, carteles, libros, vídeos, etc. que se hayan editado o publicado con ocasión a la actividad mencionada.

El plazo máximo para la presentación de la justificación será de 1 mes desde la recepción de la notificación de la subvención concedida, si la actividad ya estuviera finalizada, o de 1 mes desde la finalización de la actividad subvencionada, si recibida notificación la actividad todavía no hubiera finalizado. La falta de presentación de la do-cumentación en estos plazos dará cuenta del desistimiento de su petición.

Cuando la beneficiaria precise de los documentos originales presentados, estos se aportarán junto con la fotocopia, la cual será cotejada.

Recibida la documentación, si esta no viniera cumplimentadas en todos sus térmi-nos o no fuera acompañada de la documentación necesaria, Demuporsa requerirá a la persona física o jurídica solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles desde la recepción del escrito del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se la tendría por desistida de su petición.

14. Reintegro de la subvenciónProcederá el reintegro a Demuporsa de la ayuda percibida, cuando se dé alguno de

los supuestos siguientes:—  No destinar la cuantía concedida a la finalidad concreta para la que se solicitó.—  El incumplimiento, por razones imputables a la beneficiaria, de las obligaciones

asumidas en aplicación de las presentes bases.—  La sobrefinanciación a la vista del importe de la subvención recibida en relación

con los gastos reales y efectivamente devengados por la realización de la activi-dad, en cuyo caso habrá de reintegrarse la suma remante.

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—  La sobrefinanciación por concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras instituciones, públicas o privadas, en cuyo caso la beneficiaria tendrá la obligación de reintegro de la cuantía concedida por Demuporsa en proporción al importe aportado por sta en relación al total financiado.

—  El incumplimiento de la obligación de justificación en los términos establecidos en la cláusula anterior. Si se realizase una justificación parcial del gasto, habrá de reintegrar a Demuporsa la cantidad equivalente al gasto que haya quedado sin justificar.

Para la determinación de la cuantía a reintegrar, total o parcial, se aplicarán en cual-quier casolos criterios de proporcionalidad y equidad.

La resolución por la que se exija el reintegro se dictará por el mismo órgano que concedió la subvención.

15. Responsabilidad civilLa persona o entidad solicitante será considerada como la única organizadora de la

actividad subvencionada y será, por tanto, la responsable civil única frente a cualquier reclamación patrimonial que pudiera derivarse del normal o anormal desarrollo de dicha actividad. Demuporsa y Ayuntamiento quedan en todo caso exentos de tales eventuales reclamaciones.

16. Régimen sancionadorEl régimen de infracciones y sanciones será el establecido en el título IV de la Ley

38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

LÍNEA CSUBVENCIÓN ANUAL A OTORGAR EN 2018 PARA LA ORGANIZACIÓN

DE CAMPUS Y COLONIAS DEPORTIVAS

1. ObjetoEstas ayudas se destinan a la organización de campus y colonias deportivas que

fomenten el deporte entre las portugalujas y los portugalujos y se realicen en 2018, ya sea dentro o fuera del término municipal de Portugalete.

2. Cuantía de las ayudasLa financiación se efectuará con cargo a un crédito presupuestario máximo de 8.000

euros, con cargo a la partida presupuestaria 07.3400.43301.Estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayu-

das, ingresos o recursos procedentes de otras entidades públicas o privadas.Se establece una cuantía máxima a otorgar por cada actividad a subvencionar de

2.000 euros.

3. BeneficiariosClubes deportivos con domicilio social en el término municipal de Portugalete, que se

encuentren inscritos en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco y que cumplan con los siguientes requisitos:

—  No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener subvenciones pre-vistas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

—  Estar al corriente en la adecuada justificación, en tiempo y forma, de subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Portugalete o Demuporsa.

—  Tener la sede social radicada en el municipio de Portugalete, así como desarrollar su actividad principal en dicho ámbito, excepto en el caso de modalidades que necesiten espacios singulares no existentes en Portugalete.

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—  Cumplir 2 años dados de alta en el registro de entidades deportivas de Gobierno Vasco durante el ejercicio de la convocaría de las presentes bases.

4. Presentación de solicitudesLas personas interesadas deberán presentar en las oficinas de Demuporsa (Polide-

portivo Pando Aisia, calle Miguel de Unamuno, 43 de Portugalete) de 9:00 a 14:00, la siguiente documentación:

—  Instancia de solicitud de subvención, según el anexo I.—  Fotocopia del DNI de la persona física solicitante representante del club.—  Fotocopia del CIF de la entidad. (Solo en caso de que no haya sido presentados

anteriormente en Demuporsa)—  Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad, según el anexo II-C.—  Proyecto detallado de la actividad a desarrollar, incluyendo, al menos objetivos

generales y descripción del programa, población a la que se dirige, calendario de ejecución, recursos materiales y humanos y referencia expresa al interés que la actividad implique para el municipio de Portugalete, según el anexo III-B-C.

—  Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, cuando la entidad so-licitante, de acuerdo con la legislación vigente, tuviera relación obligacional con la Seguridad Social, y de la Hacienda Foral de Bizkaia, de estar al corriente de las obligaciones fiscales, con fecha posterior a la publicación de la presente convoca-toria. Estos certificados podrán ser sustituidos, en el caso de solicitudes de menos de 3.000 euros, por una declaración responsable, según el anexo IV.

—  Certificado de inscripción en el Registro de asociaciones del Gobierno Vasco. (Solo en caso de que no haya sido presentados anteriormente en Demuporsa)

—  Copia de los estatutos de la entidad, en caso de no haberla presentado con ante-rioridad o hayan sido modificados.

—  Declaración jurada en la que se manifiesten los importes de cualesquiera otras ayudas solicitadas para la misma finalidad tanto a instituciones públicas como privadas, según el anexo V.

—  Declaración de no estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según el anexo VI.

—  Ficha de terceros, según el anexo X.Demuporsa podrá, en atención a cada caso concreto, requerir a la entidad solicitante

cualquier otra documentación complementaria que considere oportuna a los efectos de la valoración del conjunto del proyecto presentado.

A los efectos del cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se advierte a las entidades solicitantes que los datos aportados como parte de la documentación relacionada serán utilizados exclusivamente en el procedimiento de concesión de subvención anual cuya convocatoria regulan las presentes bases.

5. Plazo de solicitudLas solicitudes deberán presentarse en un plazo de 30 días naturales a partir de la

publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

6. Subsananción de defectos de la solicitudRecibidas las solicitudes, si estas no vinieran cumplimentadas en todos sus términos

o no fueran acompañadas de la documentación necesaria, Demuporsa requerirá a la persona física o jurídica solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles desde la recepción del escrito del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendría por desistida de su petición.

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7. Criterios de valoraciónA todas las solicitudes admitidas se les aplicarán los siguientes criterios sobre una

puntuación máxima de 100 puntos:—  Impacto de la actividad: número previsto de participanetes, duración de la activi-

dad, colectivo al que va dirigido, calidad en el diseño de la actividad, innovación: 35 puntos.

—  Coste de la actividad desarrollada: 10 puntos.—  Medios económicos propios. Proporción entre gastos totales e ingresos. Se va-

lorará el esfuerzo por la búsqueda de recursos y fuentes de financiación para el desarrollo del programa o actividad propuesta: 10 puntos.

—  Continuidad y estabilidad de la actividad: 10 puntos.—  Formacion del personal técnico: 10 puntos.—  Contribución a la promoción del deporte femenino: 10 puntos.—  Tratamiento a la diversidad: 5 puntos.—  Fomento y difusión del euskera: 5 puntos.—  Valoración de la persona o entidad solicitante (experiencia contrastada y capaci-

dad para desarrollar el programa): 5 puntos.

8. Procedimiento de concesiónLa concesión de las subvenciones se efectuará en régimen de prorrata.El total de la cantidad asignada dentro de la presente línea de subvención se dividirá

entre las entidades solicitantes que cumplan con los requisitos establecidos, en función de la puntuación alcanzada. La percepción económica de cada solicitante será la re-sultante de multiplicar el total de la puntuación por el valor económico asignado a cada punto.

La cuantía de la subvención otorgada no podrá superar en ningún caso el importe total presupuestado de los gastos para la actividad de que se trate.

En todo caso, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

Cuando, a la finalización del periodo de resolución de esta línea de subvención, se hayan concedido las subvenciones correspondientes y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, se podrá trasladar la cantidad no aplicada a las posteriores resolucio-nes que recaigan en otras líneas de subvención.

9. ResoluciónLas solicitudes serán resueltas por el Consejo de Administración de Demuporsa.La propuesta de concesión se formulará al Presidente por un órgano colegiado, a

través de un órgano instructor. El órgano instructor estará formado por los servicios técnicos de la Sociedad, y el órgano colegiado lo formarán el Concejal Delegado de Deportes y el Director Gerente de Demuporsa.

La resolución será dictada en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha de entrega de toda la documentación necesaria para la tramitación del expediente, transcurrido el cual se entenderá desestimada la petición de subvención, si no recayera resolución expresa.

La relación de subvenciones concedidas, con indicación de las personas beneficia-rias y sus cuantías, serán publicadas en la página web municipal, en el tablón de anun-cios del Ayuntamiento de Portugalete y en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

La resolución que se dicte pondrá fin a la vía administrativa y contra ella se podrá interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la de la recepción de la correspondiente notificación, recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo. No obstante, con carácter potestativo y previo al recur-

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so contencioso-administrativo señalado, cabrá interponer en el plazo de un mes recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución.

La concesión y, en su caso, el pago a las entidades beneficiarias de las ayudas regu-ladas en la presente convocatoria quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador en el marco de ayudas o subvenciones con-cedidas por el Ayuntamiento o Demuporsa.

10. Medio de publicaciónLa publicación de los actos y trámites del procedimiento y resolución de concesión

se hará mediante su inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Portugalete (Plaza del Solar s/n) y en la página web municipal (www.portugalete.org), en la fecha siguiente a la de su aprobación por el órgano competente.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la publicación en los medios indicados sustituirá a la notificación y surtirá sus mismos efectos.

11. Abono de la subvenciónEl abono de la subvención se realizará previa justificación por la beneficiaria de la

realización de la actividad subvencionada.No obstante lo establecido en el apartado anterior, en el plazo de 15 días a contar

desde la fecha de notificación de la resolución, se podrá solicitar por escrito el pago por anticipado, con carácter previo a la justificación antedicha, en caso de constituir la sub-vención financiación imprescindible para el desarrollo de la actividad.

Esta subvención será compatible con cualesquiera otras, concedidas por otras insti-tuciones públicas o privadas, para el mismo objeto, sin que en ningún caso pueda existir sobrefinanciación; es decir, sin que el importe total subvencionado en concurrencia con otras entidades pueda superar el coste total de la actividad.

En el caso de producirse un supuesto de sobrefinanciación por concurrencia de sub-venciones, la beneficiaria tendrá la obligación de reintegro de la cuantía concedida por Demuporsa en proporción al importe aportado en relación con el total financiado.

12. Obligaciones de la entidad beneficiariaLa entidad beneficiaria de la subvención regulada en la presente convocatoria debe-

rá cumplir con las siguientes obligaciones:—  Aceptar la subvención concedida. Si en el plazo de 15 días, a contar desde la

fecha de notificación, no renuncia expresamente y por escrito a la subvención, se entenderá que ha sido aceptada.

—  Dar a la subvención concedida el concreto destino par el que fue solicitada.—  Obtener cuantas autorizaciones sean precisas para el desarrollo de la actividad

subvencionada.—  Cumplir con la normativa vigente en lo referente a la organización de actividades y

espectáculos públicos, así como en el resto de la normativa, estatal o autonómica, que sea aplicable al ámbito de actuación de que se trate.

—  Incorporar en los elementos de promoción y en los carteles, textos o documentos que se elaboren con ocasión de la actividad subvencionada, la mención del patro-cinio del Ayuntamiento de Portugalete y Demuporsa, cumpliendo en todo caso con la normativa municipal respecto a la colocación de carteles. Éstos se redactarán con un criterio equilibrado de las dos lenguas oficiales de la CAV.

—  En aquellas actividades que cuenten con publicidad in situ, Demuporsa y el Ayun-tamiento de Portugalete contarán con el porcentaje de espacio de publicidad equi-valente al que supone su subvención sobre la cantidad solicitada.

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—  Comunicar por escrito, el día, hora y lugar, de la celebración de la rueda de prensa del acto, realizando así mismo la invitación oportuna para participar en el mismo representantes del Ayuntamiento y /o Demuporsa

—  Comunicar por escrito día, hora y lugar de celebración de la actividad y del reparto de trofeos y enviar las correspondientes acreditaciones o invitaciones para la asis-tencia a tal celebración.

—  Comunicar la obtención de cualquier otra ayuda económica para el mismo fin, sea su procedencia bien pública o bien privada, con indicación expresa en todo caso de la cuantía recibida.

—  Colaborar con Demuporsa, en caso de ser requerida, para la eventual elaboración de estudios, encuestas, o estadísticas.

—  Someterse a cuantas actuaciones de comprobación efectúe Demuporsa.—  Proceder a la justificación posterior del empleo dado a la cantidad otorgada, en los

términos que se detallan en el siguiente apartado.

13. Justificación de la subvenciónPara la justificación de la subvención habrá de aportarse la siguiente documentación:—  Memoria de la actividad subvencionada, según el anexo VII.—  Cuenta justificativa, según el anexo VIII-C.—  Relación de facturas (según el anexo IX) y los justificantes originales de todos los

gastos devengados como consecuencia de la actividad. Para que la documenta-ción sea admitida como justificación, deberá estar fechada en el período temporal para el que se concede la subvención.

Los documentos que se aceptarán como comprobantes de gastos serán: •   Facturas. Se admitirán, además, los recibos emitidos por organismos oficiales

que no puedan emitir facturas, siempre que estén validados por el sello o im-presión mecánica correspondiente.

•     Los recibos de pago a colaboradores (monitoras y monitores, personal de arbitraje, técnico, etc.) deberán presentar los siguientes datos: nombre, apelli-dos, NIF, concepto e importe satisfecho.

—  Aportación de un ejemplar de cada uno de los folletos, carteles, libros, vídeos, etc. que se hayan editado o publicado con ocasión a la actividad mencionada.

El plazo máximo para la presentación de la justificación será de 1 mes desde la recepción de la notificación de la subvención concedida, si la actividad ya estuviera finalizada, o de 1 mes desde la finalización de la actividad subvencionada, si recibida notificación la actividad todavía no hubiera finalizado. La falta de presentación de la do-cumentación en estos plazos dará cuenta del desistimiento de su petición.

Cuando la beneficiaria precise de los documentos originales presentados, estos se aportarán junto con la fotocopia, la cual será cotejada.

Recibida la documentación, si esta no viniera cumplimentadas en todos sus térmi-nos o no fuera acompañada de la documentación necesaria, Demuporsa requerirá a la persona física o jurídica solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles desde la recepción del escrito del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se la tendría por desistida de su petición.

14. Reintegro de la subvenciónProcederá el reintegro a Demuporsa de la ayuda percibida, cuando se dé alguno de

los supuestos siguientes:—  No destinar la cuantía concedida a la finalidad concreta para la que se solicitó.—  El incumplimiento, por razones imputables a la beneficiaria, de las obligaciones

asumidas en aplicación de las presentes bases.

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—  La sobrefinanciación a la vista del importe de la subvención recibida en relación con los gastos reales y efectivamente devengados por la realización de la activi-dad, en cuyo caso habrá de reintegrarse la suma remante.

—  La sobrefinanciación por concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras instituciones, públicas o privadas, en cuyo caso la beneficiaria tendrá la obligación de reintegro de la cuantía concedida por Demuporsa en proporción al importe aportado por sta en relación al total financiado.

—  El incumplimiento de la obligación de justificación en los términos establecidos en la cláusula anterior. Si se realizase una justificación parcial del gasto, habrá de reintegrar a Demuporsa la cantidad equivalente al gasto que haya quedado sin justificar.

Para la determinación de la cuantía a reintegrar, total o parcial, se aplicarán en cual-quier casolos criterios de proporcionalidad y equidad.

La resolución por la que se exija el reintegro se dictará por el mismo órgano que concedió la subvención.

15. Responsabilidad civilLa persona o entidad solicitante será considerada como la única organizadora de la

actividad subvencionada y será, por tanto, la responsable civil única frente a cualquier reclamación patrimonial que pudiera derivarse del normal o anormal desarrollo de dicha actividad. Demuporsa y Ayuntamiento quedan en todo caso exentos de tales eventuales reclamaciones.

16. Régimen sancionadorEl régimen de infracciones y sanciones será el establecido en el título IV de la Ley

38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.En Portugalete, a 19 de junio 2018.—El Presidente de Demuporsa, Iker Villalba Ba-

talla

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SOLICITUD DE SUBVENCIÓN LÍNEA A: ORDINARIA

Documentación aportada por la persona solicitante (márquese con una cruz): Fotocopia del DNI de la persona física solicitante( representante del club). Fotocopia del CIF de la entidad. Anexo I: Instancia de solicitud de subvención. Anexo II-A : Proyecto económico. Anexo III-A: Proyecto deportivo a desarrollar en 2018. Certificado de la Federación deportiva correspondiente, o de la Diputación Foral

de Bizkaia en el caso del deporte escolar, relativa al número de equipos y de Fichas existentes para la temporada 2017/2018. (En el caso de competiciones, campeonatos o modalidades deportivas no reguladas o gestionadas por una Fe-deración deportiva, dicha acreditación se emitirá por el organismo que en cada caso se encargue de la organización y gestión de aquellos).

Si no se dispone de la certificación antedicha, habrá de adjuntarse relación nomi-nal, referida a cada uno de los equipos, debiendo figurar nombre y dos apellidos de cada deportista y su lugar de residencia actual.

Anexo IV: Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (cuando el solicitante, de acuerdo con la legislación vigente, tuviera relación obligacional con la Seguridad Social), y de la Hacienda Foral de Bizkaia, de estar al corriente de las obligaciones fiscales, con fecha posterior a la publicación de la presente convocatoria. Estos certificados podrán ser sustituidos en el caso de solicitudes de menos de 3.000 euros, por una declaración responsable.

Certificado de inscripción en el Registro de asociaciones del Gobierno Vasco. Copia de los estatutos de la entidad. Anexo V: Declaración Jurada en la que se manifiestan los importes de cuales-

quiera otras ayudas solicitadas para las misma finalidad tanto a instituciones públicas como privada, según.

Anexo VI: Declaración de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según Anexo VI.

Anexo X: Ficha de terceros.

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SOLICITUD DE SUBVENCIÓN LÍNEA B: EVENTOS

Documentación aportada por la persona solicitante (márquese con una cruz): Fotocopia del DNI de la persona física solicitante (representante del club). Fotocopia del CIF de la entidad. Anexo I: Instancia de solicitud de subvención. Anexo II-B: Presupuesto de ingresos y gastos del evento. Anexo III-B: Proyecto detallado de las actividad a desarrollar, incluyendo, al me-

nos: objetivos generales y descripción del programa, población a la que se dirige, calendario de ejecución, recursos materiales y humanos, y referencia expresa al interés que la actividad implique para el Municipio de Portugalete.

Anexo IV: Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (cuando el solicitante, de acuerdo con la legislación vigente, tuviera relación obligacional con la Seguridad Social), y de la Hacienda Foral de Bizkaia, de estar al corriente de las obligaciones fiscales, con fecha posterior a la publicación de la presente convocatoria. Estos certificados podrán ser sustituidos en el caso de solicitudes de menos de 3.000 euros, por una declaración responsable.

Certificado de inscripción en el Registro de asociaciones del Gobierno Vasco. (En caso de no haberlo presentado con anterioridad).

Copia de los estatutos de la entidad. (En caso de no haberlo presentado con anterioridad).

Anexo V: Declaración Jurada en la que se manifiestan los importes de cuales-quiera otras ayudas solicitadas para las misma finalidad tanto a instituciones públicas como privada, según.

Anexo VI: Declaración de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Anexo X: Ficha de terceros.

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SOLICITUD DE SUBVENCIÓN LÍNEA C: CAMPUS Y COLONIAS DEPORTIVAS

Documentación aportada por la persona solicitante (márquese con una cruz): Fotocopia del DNI de la persona física solicitante (representante del club). Fotocopia del CIF de la entidad. Anexo I: Instancia de solicitud de subvención. Anexo II-C : Presupuesto de ingresos y gastos del evento. Anexo III-B-C: Proyecto detallado de las actividad a desarrollar, incluyendo, al

menos: objetivos generales y descripción del programa, población a la que se dirige, calendario de ejecución, recursos materiales y humanos, y referencia ex-presa al interés que la actividad implique para el Municipio de Portugalete.

Anexo IV: Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (cuando el solicitante, de acuerdo con la legislación vigente, tuviera relación obligacional con la Seguridad Social), y de la Hacienda Foral de Bizkaia, de estar al corriente de las obligaciones fiscales, con fecha posterior a la publicación de la presente convocatoria. Estos certificados podrán ser sustituidos en el caso de solicitudes de menos de 3.000 euros, por una declaración responsable.

Certificado de inscripción en el Registro de asociaciones del Gobierno Vasco.(En caso de no haberlo presentado con anterioridad).

Copia de los estatutos de la entidad.(En caso de no haberlo presentado con anterioridad).

Anexo V: Declaración Jurada en la que se manifiestan los importes de cuales-quiera otras ayudas solicitadas para las misma finalidad tanto a instituciones públicas como privada, según.

Anexo VI: Declaración de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Anexo X: Ficha de terceros.

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ANEXO I SOLICITUD DE SUBVENCIÓN

SOLICITANTE

Nombre y apellidos

DNI

Dirección a efectos de notificaciones Municipio

Código postal

E-mail

Teléfono

A RELLENAR ÚNICAMENTE EN CASO DE REPRESENTACIÓN Entidad solicitante

CIF

Dirección a efectos de notificaciones Municipio

Código postal

E-mail

Urrutizkiñe/Teléfono:

SUBVENCIÓN Línea de subvención

❏ LÍNEA A (Ordinaria) ❏ LÍNEA B (eventos deportivos) ❏ LÍNEA C (Campus y colonias deportivas)

Objeto de la subvención: Cuantía solicitada: Entidad bancaria y cuenta corriente: A los efectos del cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa a las entidades solicitantes de que los datos aportados como parte de la documentación relacionada podrán ser utilizados en el procedimiento de concesión de subvención cuya convocatoria regulan las presentes bases y en otras actividades del Área de Deportes gestionada por Demuporsa. Portugalete, Firma

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ANEXO II-A PROYECTO ECONÓMICO

GASTOS INGRESOS

CONCEPTO (gastos computables)

2017 Total

2018 Total

estimado

CONCEPTO 2017 Total

2018 Total

estimado Monitoras/es de equipos hasta

categoría juvenil Aportación participantes en

actividades

Fichas y arbitraje Venta de entradas

Material deportivo Convenios con otros clubes

Viajes y dietas (hasta 2000 €)

Patrocinio

Total (gastos computables) Rifas y sorteos

Otros gastos Merchandising

Subvención de Demuporsa

Otras subvenciones

Otros ingresos

TOTAL TOTAL

La liquidación de gastos e ingresos debe estar equilibrada (ingresos = gastos).

A los efectos del cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa a las entidades solicitantes de que los datos aportados como parte de la documentación relacionada podrán ser utilizados en el procedimiento de concesión de subvención cuya convocatoria regulan las presentes bases y en otras actividades del Área de Deportes gestionada por Demuporsa. Portugalete, Firma

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ANEXO II-B PRESUPUESTO

GASTOS INGRESOS

CONCEPTO CUANTÍA CONCEPTO CUANTÍA

Alquiler de instalaciones

Patrocinio

Seguros

Aportación participantes en actividades

Traslado y montaje de la actividad Venta de entradas

Megafonía Rifas y sorteos

Arbitraje Merchandising (camisetas, pins)

Personal técnico Bar

Publicidad

Subvención de DEMUPORSA

Permisos federativos Subvención de otras administraciones

Desplazamientos

Premios

Ambulancia o servicio médico

Otros gastos Otros ingresos

TOTAL TOTAL A los efectos del cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa a las entidades solicitantes de que los datos aportados como parte de la documentación relacionada podrán ser utilizados en el procedimiento de concesión de subvención cuya convocatoria regulan las presentes bases y en otras actividades del Área de Deportes gestionada por Demuporsa. Portugalete, Firma

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ANEXO II-C PRESUPUESTO

GASTOS INGRESOS

CONCEPTO CUANTÍA CONCEPTO CUANTÍA

Alquiler de instalaciones

Patrocinio

Seguros

Aportación participantes en actividades

Traslado y montaje de la actividad

Subvención de DEMUPORSA

Megafonía Subvención de otras administraciones

Alimentación

Personal técnico

Publicidad

Desplazamientos

Otros gastos Otros ingresos

TOTAL TOTAL A los efectos del cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa a las entidades solicitantes de que los datos aportados como parte de la documentación relacionada podrán ser utilizados en el procedimiento de concesión de subvención cuya convocatoria regulan las presentes bases y en otras actividades del Área de Deportes gestionada por Demuporsa. Portugalete, Firma

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ANEXO III-A

PROYECTO DEPORTIVO

1. Situación actual del club: estructura, categorías, nivel de competición… 2. Objetivos 3. Acciones y actividades a desarrollar,relativas a la preparación de la temporada, participación en

competición federada y escolar, organización de actividades de formación, recreativas, jornadas de promoción...

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4. Propuestas de mejora con respecto a temporadas anteriores 5. Perfil del personal técnico encargado del proyecto del club 6. Ámbito de actuación. Rellenar la siguiente tabla, incluyendo la escuela deportiva.

Categoría Número de deportistas Mujeres Hombres Residentes en

Portugalete TOTAL

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7. Colaboraciones a destacar 8. Tratamiento a la diversidad: 9. Contribución a la promoción del deporte femenino 10. Fomento y difusión del euskera

11. Contribución a la mejora de la imagen del municipio de Portugalete

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ANEXO III-B-C PROYECTO DE LA ACTIVIDAD

1. Descripción de la actividad: indicar el número de ediciones celebradas. 2. Objetivos 3. Calendario de ejecución 4. Interés de la actividad desde el punto de vista deportivo: objetivos, desarrollo, nivel deportivo de las y los

participantes y nivel del evento si fuera competitivo.

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5. Impacto de la actividad: número previsto de participantes y su procedencia, número previsto de

espectadores y colectivo al que va dirigida. 6. Esfuerzo organizativo de la entidad: indicar los recursos materiales y humanos con los que cuenta,

formación del personal técnico. 7. Contribución a la difusión y mejora de la imagen de Portugalete: repercusión en los medios.

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8. Tratamiento de la diversidad 9. Contribución a la promoción del deporte femenino 10. Fomento y difusión del euskera

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ANEXO IV DECLARACIÓN JURADA

DECLARANTE

Nombre y apellidos

DNI

Dirección Municipio

Código postal

Entidad a la que representa

CIF de la entidad

Declaro:

❏ La entidad a la que represento carece de obligaciones con la Seguridad Social o con la Hacienda Pública Foral o Estatal.

❏ La entidad a la que represento se halla al corriente de sus obligaciones con al Seguridad Social y con la Hacienda Pública.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expide y firma la presente en:

Portugalete, Firma

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ANEXO V DECLARACIÓN JURADA

DECLARANTE

Nombre y apellidos

DNI

Dirección Municipio

Código postal

Entidad a la que representa

CIF de la entidad

Declaro que para los programas presentados a esta convocatoria de subvenciones (marcar la opción procedente):

❏ No ha solicitado hasta la fecha, ni tiene previsto hacerlo, ninguna otra subvención ni ayuda para el mismo fin a otras entidades públicas o privadas.

❏ Ha solicitado, o tiene previsto hacerlo, otras subvenciones o ayudas para el mismo fin a las entidades y por los importes que a continuación se detallan:

Entidad Estado * Importe solicitado Importe recibido

* Indicar el estado de la tramitación: (1)A solicitar (2)Pendiente de resolución (3)Concedida

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expide y firma la presente en: Portugalete, Firma

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ANEXO VI DECLARACIÓN JURADA

DECLARANTE

Nombre y apellidos

DNI

Dirección Municipio

Código postal

Entidad a la que representa

CIF de la entidad

DECLARO:

La entidad a la que represento no está incursa en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de la convocatoria de subvenciones previstas en el artículo 13 (apartados 2 y 3) de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expide y firma la presente en: Portugalete, Firma

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ANEXO VII MEMORIA

ACTIVIDADES DESARROLLADAS

OBJETIVOS ALCANZADOS

PRINCIPALES CONCLUSIONES

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ANEXO VIII-A CUENTA JUSTIFICATIVA

La liquidación de gastos e ingresos debe estar equilibrada (ingresos = gastos).

GASTOS INGRESOS

CONCEPTO (gastos computables)

2018 Estimado

2018 Real

CONCEPTO 2018 Estimado

2018 Real

Monitoras/es de equipos hasta categoría cadete

Aportación participantes en actividades

Fichas y arbitraje Venta de entradas

Material deportivo Convenios con otros clubes

Viajes y dietas (hasta 2000 €)

Patrocinio

Total (gastos computables)

Rifas y sorteos

Otros gastos Merchandising

Subvención de Demuporsa

Otras subvenciones

Otros ingresos

TOTAL TOTAL

A los efectos del cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa a las entidades solicitantes de que los datos aportados como parte de la documentación relacionada podrán ser utilizados en el procedimiento de concesión de subvención cuya convocatoria regulan las presentes bases y en otras actividades del Área de Deportes gestionada por Demuporsa. Portugalete, Firma

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ANEXO VIII-B CUENTA JUSTIFICATIVA

GASTOS INGRESOS

CONCEPTO Estimado Real CONCEPTO Estimado Real

Alquiler de instalaciones Patrocinio

Seguros

Aportación de participantes en actividades

Traslado y montaje de la actividad

Venta de entradas

Megafonía Rifas y sorteos

Arbitraje Merchandising (camisetas, pins)

Personal técnico Bar

Publicidad

Subvención de Demuporsa

Permisos federativos Subvención de otras administraciones

Desplazamientos

Premios

Ambulancia y servicio-médico

Otros gastos Otros ingresos

TOTAL TOTAL A los efectos del cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa a las entidades solicitantes de que los datos aportados como parte de la documentación relacionada podrán ser utilizados en el procedimiento de concesión de subvención cuya convocatoria regulan las presentes bases y en otras actividades del Área de Deportes gestionada por Demuporsa. Portugalete, Firma

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ANEXO VIII-C

CUENTA JUSTIFICATIVA

GASTOS INGRESOS

CONCEPTO Estimado Real CONCEPTO Estimado Real

Alquiler de instalaciones Patrocinio

Seguros

Aportación de participantes en actividades

Traslado y montaje de la actividad

Subvención de DEMUPORSA

Megafonía Subvención de otras administraciones

Alimentación

Personal técnico

Publicidad

Desplazamientos

Otros gastos Otros ingresos

TOTAL TOTAL A los efectos del cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa a las entidades solicitantes de que los datos aportados como parte de la documentación relacionada podrán ser utilizados en el procedimiento de concesión de subvención cuya convocatoria regulan las presentes bases y en otras actividades del Área de Deportes gestionada por Demuporsa. Portugalete, Firma

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ANEXO IX

LISTADO NUMERADO DE FACTURAS Y FOTOCOPIAS NUMERADAS DE LAS MISMAS

Nº Nº Factura

Fecha factura Acreedor NIF Concepto Importe

en euros

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X. ERANSKINA / ANEXO X HIRUGARRENEN FITXA / FICHA DE TERCEROS

Ezagupenerako datuak / Datos identificativos del tercero IFK / NIF: Sozietataren izena / Razón Social: Helbidea / Domicilio P.K. / C.P.: Población / Herria: Banka helbideratzeak / Domiciliaciones bancarias IBAN __________ Bankua / Banco Sukurtsala / Sucursal KD / DC Kontu zenbakia / Num. de cuenta

Bankuaren adostasuna Conforme el banco

Sinadura eta zigilua Sello y firma

Doakion hirigarrenaren adostasuna Conforme tercero interesado

Sinadura eta zigilua Sello y firma

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