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Boletín MUNICIPAL Municipalidad de Mendiolaza Mes De OCTUBRE 2016

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Boletín MUNICIPAL

Municipalidad de Mendiolaza

Mes De OCTUBRE 2016

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Intendente

Néstor Daniel Salibi

Secretario de Hacienda

Emilio Nicolás Marcolongo

Secretario de Gobierno Gaspar Luis Correa

Secretario de Desarrollo y Gestion Alejandro Rodolfo Pereyra

Secretario de Servicios Publicos

Luis Antonio Chaves Secretario de Obras Publicas y Privadas

Luis Ignacio Sanchez Secretario de Seguridad Ciudadana

Enrique AntoniioDeanquin

Honorable Concejo Deliberante

Presidente Arguello Sergio

Concejales Monica Alejandra Muñoz

Gerardo Felippa Kondratiur Iris Laura Diaz Yofre Andres

NicolasMartinezDalke Maria Alicia Vogliotti

Secretaria Miriam Edith ABT

Honorable Tribunal de Cuentas

Presidente Silvia Gladis Bertoldi

Vocales Mario Eduardo Cahves

Martin Zamareño Secretaria

Claudia Gasparini

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Mendiolaza, 03 de Octubre de 2016

ORDENANZA de TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS en la Ciudad de Mendiolaza

FUNDAMENTOS

El presente proyecto se enmarca en la preocupación de varios vecinos particulares, profesionales, asociaciones civiles y proteccionistas, así como el mismo Municipio, por dar una respuesta más orgánica e integral al problema de la tenencia de mascotas, esencialmente caninos, tanto en el padrón de animales existentes, su cuidado, y la resolución de temas que afectan a la salud pública desde la tenencia de dichos animales.

OBJETIVOS del Proyecto -Generar conciencia del problema de una población canina exponencialmente abandonada en la calle, tanto para la seguridad y bienestar animal como para la salud pública; -Involucrar a profesionales veterinarios, al Gobierno Municipal y entidades civiles (Callejeritos de Mendiolaza y Sayana) en acciones integradas y mancomunadas a tal fin, incluyendo a quienes deseasen formar parte del mismo esfuerzo; -Generar mayor conciencia sobre el significado de una tenencia responsable de mascotas; -Disminuir la población canina, evitando su crecimiento y vulnerabilidad; -Relevar datos empíricos aproximativos de la población canina y otras mascotas, detectando casos de maltrato o malestar; -Fortalecer una comunicación activa y sinérgica entre los actores involucrados, que promueva futuras acciones mancomunadas a los mismos fines que este proyecto.

VISTO

El Convenio Marco de Cooperación generado entre la Asociación Civil Sayana y la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Católica de Cba. de fecha 31 de Agosto de 2016; donde uno de los proyectos especiales de proyección social es el denominado: Tenencia Responsable de mascotas en la Ciudad de Mendiolaza,

Y CONSIDERANDO

Que se ha establecido comunicación con la mayoría de los veterinarios locales, con la asociación Callejeritos de Mendiolaza y con el Sr. Intendente Daniel Salibi, para diagramar acuerdos que convengan en un programa integral con participación de dichos organismos, a lo largo del presente año, y en el cual las partes intervinientes pondrán su disposición para el logro la preocupación expresada.

Que algunos indicadores de esta problemática son: presencia de perros en la calle, que en su mayoría poseen dueños, pero que no se hacen oportunamente cargo de los mismos; presencia de animales muertos en la vía pública; presencia de abundantes heces caninas en veredas, plazas y paseos; existencia de accidentes por mordeduras de canes a personas que transitan las calles o que son desconocidas por sus propias mascotas; existencia de jaurías numerosas en domicilios particulares sin la debida atención y cuidado sanitario; etc.

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POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MENDIOLAZA

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 713 / 2016

Art.1º)

Realizar un Relevamiento de la población canina en la ciudad, con un censo aproximativo que permita visualizar no sólo el número de canes existentes, sino el nivel de cuidado provisto por los tenedores, y las necesarias medidas a tomarse desde las organizaciones públicas y civiles para dar solución a algunos de los datos diagnósticos señalados. Esta acción se realizará con voluntarios de la carrera de Medicina Veterinaria y de cooperadores locales a ser designados por las instituciones participantes, bajo la dirección del M.V. Germán Zurbrigen (a cargo del programa de tenencia responsable de la UCC).

Art.2º) Realizar una Campaña de concientización de tenencia responsable, con diversas acciones tendientes a promover actitudes de cuidado no sólo al animal en cuestión sino a su impacto en la salud pública. Entre las acciones se realizarán micros radiales y publicidades en medios locales, dando cuenta del significado de una tenencia responsable en relación a la etología de estos animales y la precaución en relación a la salud humana; entrega de volantes en veterinarias de la zona con direcciones útiles a este propósito y un decálogo del buen tenedor de mascotas; y charlas públicas en escuelas, plazas y ámbitos a designar por el equipo de trabajo, para un mayor impacto social.

Art.3º)

Realizar una Campaña de castraciones gratuitas o subvencionadas, a realizar en el marco de cuatro posibles espacios: a) El programa ProTenencia, del gobierno nacional (al que el Municipio de Mendiolaza adhirió mediante Resolución 023/2016); b) El proyecto de investigación sobre hembras caninas obesas, de la UCC; c) Las prácticas quirúrgicas de la cátedra de Cirugía de la carrera de Veterinaria de la UCC; d) Las veterinarias locales en acuerdo con el Municipio.

En los casos de las castraciones gratuitas, previo consentimiento de sus tenedores, los canes serán trasladados a cargo de la Municipalidad de Mendiolaza hasta la UCC, donde se realizará la cirugía, y traídos hasta Mendiolaza a cargo de la Asoc. Civil Sayana. Art. 4º)

COMUNIQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal y Archívese.- Dado en la Sala del Concejo Deliberante de Mendiolaza en Sesión ordinaria de fecha 03 de Octubre de 2016 ABT Miriam Edith ARGUELLO Sergio

Secretaria H.C.D Presidente H.C.D

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Mendiolaza, 03 de Octubre de 2016

DESCRIPCIÓN RESUMIDA

REGLAMENTAR HABILITACIÓN DEL SERVICIO ESPECIAL DE TRANSPORTE

PARA PACIENTES CRONICOS

LA MENCIONADA HABILITACIÓN SE BASARA EN LOS SIGUIENTES

ANTECEDENTES:

• Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de

discriminación contra las personas con discapacidad.

• Constitución Nacional

• Ley Nº 26.363, Ley Nacional de Tránsito.

• Ley Nº 25.280, Ley Nacional de Aprobación Convención Interamericana para la

eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con

discapacidad.

• Ley Nº 24.901, Ley Nacional de Prestaciones básicas para discapacidad.

• Ley Nº 24.449, Ley Nacional de Tránsito

• Ley Nº 22.431, Ley Nacional de Institución del Sistema Integral de personas

con discapacidad.

• Ley Nº 24.314., Ley Nacional de Accesibilidad de personas con discapacidad

• Ley Nº 9878 Provincia de Córdoba de Adhesión a la Le Nº 26.363 y de

Adhesión al régimen de la Ley Nacional Nº 24.449.

• Ley 8560 Provincial de Transito

• Ruge presa.

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FUNDAMENTOS: En nuestro país en la Constitución Nacional establece en el Art. 75, Inc. 23) la

protección a las personas que padecen alguna discapacidad; desde aquí, en adelante

existe un amplio marco normativo dentro del cual pueden mencionarse: la Ley 25.280

que fija como objetivo la prevención y eliminación de todas las formas de

discriminación de todas las personas con discapacidad, propiciando su plena

integración en la sociedad; la Ley 22.431 que implementa el Sistema de Protección

Integral de las personas con discapacidad; la Ley 24.901 instituye un sistema de

prestaciones básicas y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad,

contemplando acciones de prevención, asistencia y protección con el objeto de

brindarles la cobertura integral a sus necesidades y requerimientos; la Ley 24.314 de

accesibilidad al medio físico que dispone en su Cap. 4 Art. 20 que se entiende por

accesibilidad a la posibilidad de las personas con movilidad reducida de gozar de

adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el

desarrollo de las actividades de la vida diaria sin restricciones derivadas del ámbito

físico, urbano, arquitectónico o del transporte para su integración y equiparación de

oportunidades.

En el ámbito municipal contamos con normativa específica que permite

acercarnos a los objetivos de las Convenciones Internacionales, de las leyes nacionales

y provinciales vinculadas a la búsqueda del respeto por los derechos de las personas

con discapacidad, poniendo énfasis en la prevención, asistencia, promoción y

protección de las mismas y sus familias. Así y todo en Mendiolaza aún quedan temas

por tratar en materia legislativa; particularmente no existe legislación específica que

reglamente la habilitación del “Transporte de móviles para el traslado de pacientes

crónicos”.

Por un lado, sabemos que existen transportes privados que realizan traslados

de personas con discapacidad y/o movilidad reducida desde centros de rehabilitación o

médicos o de centros educativos hasta las viviendas y viceversa, que se encuentran

trabajando sin la correspondiente habilitación.

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Por otro lado, los autos Taxis, Remis y Transportes Escolares no están

adecuados ni habilitados para el traslados de Pacientes Crónicos, Pacientes con

características de movilidad reducida o con discapacidad, se conoce de empresas de

Taxis, Remis y Transportes Escolares que ofrecen estos servicios las que son

contratadas por las obras sociales y particulares, los cuales distan de ser las mejores,

poniéndose en riesgo muchas veces la continuidad del servicio, seguridad, confort e

higiene, sumando los tiempos de espera que deben soportar los Niños, Adolecente y

Adultos Mayores dado que no brindan un servicio personalizado y mucho menos

cuentan con personal preparado específicamente para tratar con este tipo de

pacientes.

Es por ello, y como hasta el momento la Municipalidad de Mendiolaza no cuenta

con reglamentación específica que habilite el transporte, sea éste transporte tipo auto

sedan 5 puertas o utilitarios para personas con Tratamientos Crónicos o

Discapacidades diferentes es que a través de la presente ordenanza se pretende

regularizar reglamentando dichas actividades.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE MENDIOLAZA

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 714 / 2016

CAPITULO I DEL TRANSPORTE DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

CAPITULO I

NORMAS GENERALES

Art.1º)

La presente ordenanza establece el servicio especializado de auto transporte

de personas con discapacidad en el ejido de la Municipalidad de Mendiolaza mediante

el uso de vehículos automotores habilitados a tal efecto y conducidos por personas

especialmente autorizadas por la Municipalidad.

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Art. 2º)

Se entiende por servicio especializado de auto transporte de personas con

discapacidad el traslado regular de personas que padezcan una discapacidad físico o

mental o una insuficiencia que por diferentes motivos provoque un estado de

discapacidad permanente o temporal; desde domicilios particulares hasta los

establecimientos que se enumeran a continuación y viceversa dentro y fuera del ejido

municipal

Establecimientos educativos públicos y/o privados, centros de estimulación

temprana, de educación inicial, de educación general básica, centros educativos

terapéuticos, centro de día, centro y/o talleres de formación laboral, establecimiento de

salud pública y/o privados, centro de rehabilitación psicofísica, y/o rehabilitación

motora, talleres protegidos terapéuticos.

Art.3º)

La prestación del servicio de transporte de personas con discapacidad,

deberá ejecutarse en forma altamente eficiente y revestir características especiales de

seguridad, responsabilidad, confort, salubridad e higiene y regularidad. La

comprobación del incumplimiento de los requisitos precedentes es causal de

cancelación inmediata de la licencia otorgada, como así también de la aplicación de las

sanciones estipuladas por el Código de Faltas Municipal.

CAPITULO II

DE LAS LICENCIAS

Art.4º)

Podrán ser titulares de licencias para la prestación del servicio de transporte

de personas con discapacidad, las personas físicas o jurídicas, debiendo en todos los

casos, fijar domicilio en el ejido de Mendiolaza. En caso de cambio de domicilio, el

titular de la licencia deberá comunicarlo a la autoridad de aplicación de la presente en

el término de quince (15) días de realizado el mismo.

Art.5º)

El licenciatario será responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos

por esta ordenanza para la prestación del servicio de auto transporte de personas con

discapacidad. Asimismo responderá por multas que se apliquen en caso de

infracciones cometidas por el personal a cargo de la prestación del servicio.

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Art.6º)

Toda persona física o jurídica que gestione el otorgamiento de una licencia

de transporte de personas con discapacidad, deberá hacerlo mediante solicitud ante la

Autoridad de Aplicación y presentación de la documentación siguiente:

Documento Nacional de Identidad que acredite ser mayor de edad o hallarse

civilmente emancipado, en caso de personas jurídicas documentación que acredite

encontrarse legalmente constituidas; registro de conducir Categoría Profesional D1 o

D2 (del conductor), según la cantidad de personas transportadas; Situación impositiva

ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y Dirección Provincial de

Rentas o Declaración Jurada que acredite regularidad ante los organismos impositivos

pertinentes;

Título de Propiedad del Automotor que acredite el carácter de propietario o

copropietario del vehículo a habilitar. Para el supuesto caso de condominio, la

habilitación debe ser gestionada por la totalidad de los condóminos; Cédula del

Automotor; Póliza y constancia de pago de seguro de responsabilidad civil y terceros

transportados; Verificación Técnica Vehicular apta; Certificado de Dominio vigente;

Constancia de pago de la última cuota de patente; abonar el costo de la chapa según

Ord. Tarifaria anual.

Art.7º)

El otorgamiento de las licencias se efectuará mediante la inscripción

correspondiente en un Registro habilitado a tal efecto y consiguiente emisión de un

certificado numerado correlativamente. Las licencias podrán otorgarse a personas

físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria,

correspondiente. Cada titular no podrá habilitar más de dos (2) vehículos. Los titulares

de dicho servicio deberán acreditar fehacientemente estar domiciliados en la Ciudad de

Mendiolaza con una antigüedad no menor a 5 años. Los cupos para la inscripción

estarán sujetos a una relación de un vehículo por cada 2000 habitantes. El

Departamento Ejecutivo, a través de la Oficiina de Industria y Comercio, implementará

un Registro de Oferentes, asignándose un número de inscripción en orden correlativo

al momento de su presentación. La lista de oferentes con nombre completo, número

de documento y número de inscripción asignado, se publicará en la página web del

Municipio.

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Si las ofertas precalificadas superan la cantidad a adjudicar se procederá a

realizar un sorteo por ante escribano público, debiendo ser el sorteo de carácter

público y libre acceso al acto de sorteo. Las licencias no tendrán vencimiento, desde

su otorgamiento, quedando su vigencia condicionada al mantenimiento del vehículo

en las condiciones técnicas, de seguridad, capacidad, higiene interior y exterior, y

cumplimiento de todas las exigencias establecidas en la presente ordenanza. Deberá

asimismo acreditar anualmente, la efectiva utilización de la matrícula mediante el

traslado de por lo menos un paciente durante el año de habilitación, calendario,

contando desde el 1 de enero al 31 de diciembre, bajo apercibimiento de caducidad

automática de la licencia prevista en el art. 8.

A los fines de transferencia y/o locación, se remite a la aplicación de lo

establecido por los arts. 9 y 10 de la ordenanza 683/2015 en cuanto sea aplicable a la

materia.

Art.8º)

Las licencias caducarán cuando:

- El titular de la licencia cese la actividad.

- La Municipalidad cancele la licencia por causas justificadas o por

incumplimiento reiterado de las normas de la presente Ordenanza.

- Por la falta de utilización durante el término de un año, de acuerdo a la

última parte del art. 7 de la presente ordenanza.

En ambos casos, el licenciatario deberá entregar a la Autoridad de Aplicación

el certificado de inscripción y acreditar el cese de la correspondiente demarcación

exterior del vehículo.

Art.9º)

Ningún vehículo podrá desarrollar el servicio de transporte de personas con

discapacidad, sin que previamente el titular haya obtenido la licencia permanente,

debiendo dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la presente ordenanza como

así también al Código de Tránsito, asumiendo de pleno derecho la total responsabilidad

de las actividades que se desarrollan con el vehículo conforme la normativa general de

responsabilidad y la que en forma particular se establece en la presente.

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CAPITULO III

DE LOS VEHICULOS HABILITADOS

Art.10º)

La Autoridad de Aplicación habilitará como vehículos aptos para prestar

exclusivamente el servicio de transporte de personas con discapacidad a aquellos

automotores que reúnan los siguientes requisitos:

El modelo de fabricación no podrá exceder los Diez (10) años de antigüedad.

El vehículo deberá encuadrar en cualquiera de las categorías autorizadas por las leyes

Provinciales de Tránsito Nº 8560 y sus reglamentos.

Contar con todos los elementos de seguridad exigidos por la legislación vigente.

Poseer los elementos de identificación: pintado con identificación de licencia en las

puertas.

Vehículos Autos, poseer como mínimo cuatro (4) puertas con no menos de 0.85 metros

de luz libre, para el fácil ingreso y egreso de personas con discapacidad.

Vehículos Utilitarios, contar con doble portón lateral, con una rampa retráctil de no

menos de 0,85 metros de ancho y no más del diez por ciento (10%) de inclinación, en

la parte posterior o lateral del vehículo; o una plataforma movible por medios

mecánicos o hidráulicos de una superficie no menor a 0.85 x 1.10 metros, capaz de

elevar desde el suelo hasta el vehículo a una silla de ruedas de construcción normal

ocupada por una persona con discapacidad.

Poseer elementos de fijación de las ruedas de la silla al piso del vehículo, así como

barandas internas de protección lateral (pasamanos, cinturones de seguridad, etc.).

Contar con un asiento reservado para acompañantes, en caso que los transportados

así lo requieran.

Ventanillas con sistema de seguridad que impidan exponer a los pasajeros partes de su

cuerpo del perímetro carrozado del vehículo.

Los vehículos deberán contar con respaldo de seguridad chiripa si correspondiere, y

apoya cabezas en todos los asientos.

Los respaldos de los asientos en la parte posterior, deberán ser acolchados en

materiales de fácil limpieza y toda estructura metálica que salga del suelo deberá tener

un revestimiento de seguridad.

Efectuar una completa desinfección cada treinta (30) días, o cuando la Autoridad de

Aplicación lo considere necesario. El titular deberá presentar anualmente la renovación

de la Verificación Técnica Vehicular (ITV).

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El vehículo deberá ofrecer una correcta presentación interior y exterior y ser objeto de

una constante higiene.

El piso del vehículo estará recubierto con material antideslizable y de fácil limpieza.

Deberá contar en su exterior con la debida leyenda identificatoria: “Vehículo de

Traslado de Discapacitados y Pacientes Bajo Tratamiento Crónico”.

Art.11º)

Se prohíben transportar pasajeros o acompañantes de pie y la utilización de

asientos suplementarios. Se calculará por cada silla de ruedas un espacio mínimo de

100 x 130 centímetros, en los sentidos de ancho y largo respectivamente, así como los

asientos para acompañantes de un ancho no inferior a 45 centímetros, con una

distancia entre las filas de asientos no menor de 45 centímetros. Este cálculo

determinará la capacidad máxima para habilitar el servicio de transporte.

CAPITULO IV

I.- DE LOS CONDUCTORES

Art.12º)

Para ser conductor de un vehículo de transporte de personas con

discapacidad y pacientes crónicos, se requerirá:

Poseer licencia habilitante categoría Profesional D1 y o D2, según corresponda y

según lo dispuesto por la legislación provincial de tránsito.

Acreditar buena conducta mediante la presentación del certificado correspondiente.

Poseer libreta sanitaria.

Haber aprobado en Curso Especial de RCP y atención de Primeros Auxilios, y de

Tratamiento de Personas con Discapacidad en el lugar que indique la Autoridad

Aplicación.

CAPITULO V

DE LA CONTRATACION DEL SERVICIO

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Art.13º)

La contratación del servicio será pactada libremente y el contrato de esta

naturaleza se considerará siempre oneroso, sin perjuicio de quien se haga cargo del

pago o cobro del mismo. El monto de la contratación del servicio se realizará tomando

como base los valores del Sistema Único de Reintegro (SUR) dado y regulado por

Nación. Considerando la naturaleza onerosa del contrato, será responsable en estos

términos el titular de la licencia de explotación del servicio, el dueño del rodado y sus

dependientes.

Art.14º)

En caso de haberse contratado viajes con carácter regular, el servicio no

podrá interrumpirse, debiendo el titular de la licencia tomar las debidas precauciones.

En caso de reparaciones indispensables, deberá proveer un vehículo de similares

característica o de mejor nivel, en reemplazo del habitual. El titular de la licencia

deberá comunicar dicha situación a la Autoridad de Aplicación en el plazo de cinco (5)

días de producida.

Art.15º)

Que en función a la transformación del Area Metropolitana, la

Municipalidad de Mendiolaza podrá realizar acuerdos con sus pares del corredor de

Sierras Chicas.

Los vehículos autorizados y que se encuentren bajo el registro Municipal de

cada localidad podrán desarrollar dicha actividad dentro del acuerdo establecido entre

los municipios.

De hecho, las personas tendrán libertad de llamar a una empresa de otra

localidad para la contratación del servicio.

Los vehículos que no se encuentren con convenio en Sierras Chicas deberán

presentar el permiso otorgado por la Secretaría de Transporte de la Provincia para tal

fin.

CAPITULO VI

DE LAS SANCIONES

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Art.16º)

El incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente ordenanza

será sancionado conforme lo dispone el Código de Faltas Municipal. Las sanciones

consistirán en: apercibimiento, multa o suspensión de la habilitación, de acuerdo a la

gravedad de la falta y/o la reincidencia del prestador del servicio; siendo fijadas por la

correspondiente reglamentación.

Art.17º)

La falta en el transporte de elementos de seguridad, especificado en la

presente ordenanza y en las Leyes de Tránsito Nacionales y Provinciales, será motivo

de la suspensión de la licencia al titular de la misma, en forma temporaria hasta la

resolución del problema, más la multa correspondiente de entre 30 lts de nafta super a

200 lts de nafta super.

CAPITULO VII

LEGISLACION APLICABLE. ORGANO COMPETENTE.

LUGARES DE PARADA.

Art.18º)

Aplicase en materia de Transporte para Pacientes Crónicos Y/O

Discapacidad, las leyes Provinciales de Tránsito Nº 8560, el Código de Faltas Municipal

y demás disposiciones municipales vigentes.

Art.19º)

Será Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza la Of. de Industria y

Comercio de la Municipalidad de Mendiolaza; La Autoridad de Aplicación llevará los

registros de:

Licencias solicitadas, acordadas y canceladas.

Vehículos habilitados para el servicio.

Conductores

La citada documentación reunirá todos los antecedentes exigidos por la

presente ordenanza y aquellos considerados útiles por la Autoridad de Aplicación.

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Art.20º)

Los vehículos podrán utilizar para el ascenso y descenso de pasajeros las

dársenas de Centros de salud, paradas de taxis, lugares reservados para carga y

descarga de mercaderías y los de libre acceso y estacionamiento de vehículos para

personas con discapacidad, especialmente admitidos por la Ley Nº 19.279.

Art.21º)

COMUNIQUESE, Publíquese, dese copia la Registro Municipal y Archívese.- Dada en la Sala del Concejo Deliberante de Mendiolaza en Sesión ordinaria de fecha 03 de Octubre de 2016.-

ABT Miriam Edith ARGUELLO Sergio

Secretaria H.C.D Presidente H.C.D

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Mendiolaza, 03 de Octubre de 2016 FUNDAMENTOS

En las dos últimas décadas hemos visto como la sociedad se ha ido adecuando a las pretensiones del mercado, transformando a los ciudadanos en sujetos de consumo y tendiendo hacia una fragmentación espacial de la sociedad. En esa lógica, -la seguridad-, al igual que la salud o la educación, más que un servicio se torna en un producto al que acceden los sectores de mayores recursos, tal el caso de los cercos eléctricos, que según sus instaladores, son barreras sicológicas

En nuestra localidad hemos observado la utilización de este nuevo producto disuasorio que junto a las garitas de vigilancia y el personal destinado a las tareas de control, intentan hacer convivir a los “cercos electrificados “, alentados por una perniciosa y creciente sensación de miedo en la sociedad.

Ante este boom nos preguntamos que modelo de sociedad estamos construyendo de cara a un nuevo paradigma.

Este tipo de medidas no brindan protección a los ciudadanos, por el contrario tienden a agravar la situación al fomentar aún más las divisiones entre los distintos sectores de la ciudad y reproducir los niveles de violencia social.

Técnicamente el sistema consiste en un tendido de alambre en 4 a 6 hileras sobre muros o rejas medianeras. Los alambres se conectan a un generador de pulsos de alta tensión alimentados por una corriente alterna de 220 v. a través de un transformador se convierten los 220 a 12v y se mantiene activado el circuito con una batería para casos de corte de energía eléctrica.

La descarga recibida consiste en un shock eléctrico de alto voltaje y bajo amperaje para evitar quedar pegado. El micropulso que se genera al contacto causa dolor.

La respuesta improvisada a esa falsa seguridad promovida no debería ser aumentando el miedo, sino la contención del problema a través de una política de inclusión.

Existe actualmente un vacío en materia de regulación que abre el juego a estas improvisaciones, y en el fondo de la cuestión el cerco eléctrico ha tenido la habilidad de colocar –sin prejuicios- un espejo en el que la sociedad se mira y acredita su rumbo.

Para que los cercos electrificados como respuesta disuasiva no hayan llegado para quedarse y multiplicarse, debemos tener legislación clara al respecto y políticas públicas municipales que permitan que nuestro pueblo ciudad no se convierta en un espacio fragmentado y vallado.

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VISTO :

QUE en nuestra localidad hemos observado la utilización de un nuevo producto que bajo la caracterización de “disuasorio” junto a las garitas de vigilancia y el personal destinado a las tareas de control, intentan hacer convivir a los “cercos electrificados “, alentados por una perniciosa y creciente sensación de miedo en la sociedad.

QUE este tipo de medidas no brindan protección a los ciudadanos, por el contrario tienden a agravar la situación al fomentar aún más las divisiones entre los distintos sectores de la ciudad y reproducir los niveles de violencia social.

QUE nos preguntamos qué modelo de sociedad estamos construyendo de cara a un nuevo paradigma.

QUE desde el Estado debemos promover políticas públicas inclusivas que eviten todo tipo de discriminación, división y fragmentación de toda índole

QUE La descarga recibida consiste en un shock eléctrico de alto voltaje y bajo amperaje para evitar quedar pegado. El micropulso que se genera al contacto causa dolor y puede producir daños irreparables físicos y síquicos en personas, fundamentalmente niños o niñas que puedan tocar este alambrado durante sus juegos. Y CONSIDERANDO:

QUE existe un vacío legal en la materia que se hace necesario regular mediante una ordenanza POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE MENDIOLAZA

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 715 / 2016

ART. 1°:

PROHIBASE la instalación de equipos de Cerca Energizada Eléctrica, o Cerca Electrificada, o Cerca Electrónica y/o de características y denominaciones similares, que trasmitan corriente eléctrica a seres vivos a través de micropulsos al contacto, en Cercos perimetrales (Línea Municipal y Ejes Medianeros), en todo el ámbito de la localidad de Mendiolaza por ser elementos pasibles de ocasionar daños a la salud de las personas.- ART. 2°:

COMUNIQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y Archivese Dada en la Sala del Concejo Deliberante de Mendiolaza en Sesión ordinaria de fecha 03 de Octubre de 2016.-

ABT Miriam Edith ARGUELLO Sergio

Secretaria H.C.D Presidente H.C.D

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Mendiolaza, 17 de Octubre de 2016

VISTO:

La necesidad de modificar las tarifas vigentes, solicitadas por los permisionarios del servicio de transporte público de pasajeros, mediante la explotación privada prestado por

particulares.

Y CONSIDERANDO:

Que este cuerpo, habiendo analizado los fundamentos que motivaron esta adecuación y contando con las facultades a tal efecto.

POR ELLO:

EL H.C.D. DE MENDIOLAZA

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 716 / 2016

ART. 1°-

FIJASE la TARIFA DIFERENCIAL para los remises que trabajen bajo la modalidad de

PARTICULARES, en un valor de Veinte Pesos ($20.-) la bajada de bandera, y Un peso

con veinticuatro centésimas ($1,24) la ficha cada ochenta metros recorridos (80mts), y una ficha cada treinta segundos de espera.

ART. 2º-

Es obligatorio para los REMISES PARTICULARES la colocación de un cartel en la parte posterior del asiento delantero, de un tamaño de hoja A4 (210mm x 297mm), con la leyenda

“TARIFA DIFERENCIAL” y los valores vigentes de la misma estipulados en el ART 1º, según diseño Anexo I que forma parte integrante de la presente.-

ART.3º-

Será pasible a la aplicación de una multa de 30 litros de nafta súper, toda unidad de Remis Agencia, Remis Particular, que no exhiba en lugar visible para el pasajero la tarifa

vigente.-

ART.4°-

DEROGUESE toda ordenanza que se oponga a la presente.-

ART.5°- COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE AL REGISTRO MUNICIPAL PROMULGUESE Y

CUMPLIDA ARCHIVESE.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de Mendiolaza en Sesión ordinaria de fecha 17 de Octubre de 2016.-

ABT Miriam Edith ARGUELLO Sergio

Secretaria H.C.D Presidente H.C.D

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Mendiolaza, 11 de Octubre de 2016. VISTO:

La Nota presentada por vecinos de Barrio Los Cigarrales sobre la Instalación de una Antena de Telefonía Movil; Y CONSIDERANDO: Que, en dicha nota, firmada por numerosos vecinos, los mismos manifiestan su disconformidad con la instalación de esa Antena en el Barrio; Que, en sesión del día de la fecha del Concejo Deliberante, se hicieron presente y manifestaron no aceptar la instalación de ninguna antena en Barrio Los Cigarrales; Que además solicitaron el inmediato desmantelamiento de la antena recientemente instalada en la Plaza de calle 16; POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE MENDIOLAZA SANCIONA LA SIGUIENTE RESOLUCION Nº 031 / 2016

Artículo 1°: Instrumentar la inmediata paralización de las obras en la

instalación de la Antena de Telefonía Movil instalada en calle 16 de Barrio Los

Cigarrales, hasta tanto se estudie la posibilidad de su remoción del lugar.

Artículo 7°: Comuníquese, publíquese, notifíquese y dese al archivo Municipal. Dada en la Sala del Concejo Deliberante de Mendiolaza en Sesión Ordinaria de fecha 11 de Octubre de 2016.-

ABT Miriam Edith ARGUELLO Sergio

Secretaria H.C.D Presidente H.C.D

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Mendiolaza, 31 de Octubre de 2016

VISTO:

La reunión del Foro de Concejales de Sierras Chicas, realizada en la ciudad de Villa Allende el pasado 14 de octubre de 2016,

Y CONSIDERANDO:

Que a dicha reunión asistieron Concejales de las ciudades de Salsipuedes, Río Ceballos, Unquillo, Mendiolaza y Villa Allende.

Que en la oportunidad se decidió elevar nota al Secretario de Agua, Ambiente y Servicios Públicos del Gobierno de la Provincia de Córdoba, Ing. Fabián López, a efectos de solicitar audiencia para conocer el plan que el ministerio a su cargo ha diseñado para las cuencas y subcuencas del “corredor”, como así también la evaluación, mapa de riesgo y plan de obras.

Que el motivo de la petición encuentra su sustento en la preocupación de todos los habitantes de la región, ante la inminencia del comienzo de la estación estival, y la necesidad de acordar “políticas públicas” de prevención de inundaciones.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE MENDIOLAZA

SANCIONA LA SIGUIENTE RESOLUCION Nº 32/2016

Art. 1°) ADHERIR a la decisión efectuada por los Concejales presentes en la reunión realizada el 14 de octubre de 2016, en la ciudad de Villa Allende, de solicitar audiencia, en conjunto por todos los Concejos Deliberantes, al Secretario de Agua, Ambiente y Servicios Públicos del Gobierno de la Provincia de Córdoba, Ing. Fabián López.-

Art. 2º.-) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-

Dada en la Sala del Concejo Deliberante de Mendiolaza en Sesión Ordinaria de fecha 31 de

Octubre de 2016.

ABT Miriam Edith ARGUELLO Sergio

Secretaria H.C.D Presidente H.C.D

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Mendiolaza, 05 de octubre de 2016.-

D E C R E T O Nº 046/2016

VISTO: La Ordenanza Nº 713/2016, sancionada por el CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MENDIOLAZA, con fecha 03 de octubre de 2016 y notificada a este Departamento Ejecutivo Municipal el día 04 de octubre del corriente año; Y CONSIDERANDO: Que, según lo establece el artículo 49º, inciso 1) de la Ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es facultad del Departamento Ejecutivo su promulgación; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

D E C R E T A

Art. 1º.- Promulgase la Ordenanza Nº 713/2016, referida a realizar relevamiento de la población canina y una campaña de concientización y campaña de castración gratuita. Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Municipal.- Art. 3º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese y Archívese.-

CORREA Gaspar SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Gobierno Intendente

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Mendiolaza, 05 de re de 2016.-

D E C R E T O Nº 047/2016

VISTO: La Ordenanza Nº 714/2016, sancionada por el CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MENDIOLAZA, con fecha 03 de octubre de 2016 y notificada a este Departamento Ejecutivo Municipal el día 04 de octubre del corriente año; Y CONSIDERANDO: Que, según lo establece el artículo 49º, inciso 1) de la Ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es facultad del Departamento Ejecutivo su promulgación; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

D E C R E T A

Art. 1º.- Promulgase la Ordenanza Nº 714/2016, referida a establecer el servicio especializado de auto transporte de personas con discapacidad en el ejido de la Municipalidad de Mendiolaza mediante el uso de vehículos automotores habilitados a tal efecto y conducidos por personas especialmente autorizadas por la Municipalidad.- Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Municipal.- Art. 3º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese y Archívese.-

CORREA Gaspar SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Gobierno Intendente

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Mendiolaza, 05 de octubre de 2016.-

D E C R E T O Nº 048/2016

VISTO: La Ordenanza Nº 715/2016, sancionada por el CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MENDIOLAZA, con fecha 03 de octubre de 2016 y notificada a este Departamento Ejecutivo Municipal el día 04 de octubre del corriente año; Y CONSIDERANDO: Que, según lo establece el artículo 49º, inciso 1) de la Ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es facultad del Departamento Ejecutivo su promulgación; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

D E C R E T A

Art. 1º.- Promulgase la Ordenanza Nº 715/2016, referida a prohibir la instalación de Equipos de Cerca Energizada Eléctrica o Cerca Electrificada y/o de características y denominaciones similares que transmitan corriente eléctrica a seres vivos a través de micro pulsos al contacto, en cercos perimetrales (línea Municipal y Ejes Medianeros), en todo el ámbito de la localidad de Mendiolaza por ser elementos pasibles de ocasionar daños a la salud de las personas.- Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Obros Publicas y Privadas Municipal.- Art. 3º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese y Archívese.-

SANCHEZ Luis Ignacio SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Obras Publicas y Privadas Intendente

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Mendiolaza, 18 de octubre de 2016.-

D E C R E T O Nº 049/2016

VISTO: La Ordenanza Nº 716/2016, sancionada por el CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MENDIOLAZA, con fecha 17 de octubre de 2016 y notificada a este Departamento Ejecutivo Municipal el día 18 de octubre del corriente año; Y CONSIDERANDO: Que, según lo establece el artículo 49º, inciso 1) de la Ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es facultad del Departamento Ejecutivo su promulgación; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

D E C R E T A

Art. 1º.- Promulgase la Ordenanza Nº 716/2016, referida a fijar la Tarifa Diferencial para los remises que trabajen bajo esta modalidad de Particulares.- Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 3º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

Mendiolaza, 18 de octubre de 2016.-

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DECRETO Nº 050/2016 VISTO:

La elaboración de un proyecto por la Municipalidad de Mendiolaza, para ser presentado ante el Fondo Desarrollo Urbano, para financiar obras con fondos provenientes por aplicación Ley Provincial N° 10347 Fondo Desarrollo Urbano; CONSIDERANDO:

Que el instructivo para la presentación del citado proyecto hace necesaria la designación de un profesional “RESPONSABLE TÉCNICO Y DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS”, a los efectos que una vez aprobado el proyecto y durante la ejecución del mismo, ese profesional tenga a su cargo las tareas pertinentes.

Que el profesional, Ing. CERVIGNI Marcelo DNI Nº 20.268.109, M.P. Nº 4399, se desempeña como técnico en esta Administración Comunal en la oficina de Obras Privadas, colabora en la elaboración de diversos proyectos, y dirección técnica de obras realizadas en nuestra localidad, desempeñándose, a nuestro criterio, con profesionalidad y responsabilidad en las tareas que debió realizar.

Que es facultad del Intendente Municipal, en virtud de lo requerido por el Fondo Permanente, designar un Responsable Técnico y de Dirección de Obras. POR ELLO:

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA D E C R E T A

Art. 1º: DESÍGNASE, a partir de la fecha de aprobación del Proyecto denominado

“Obra: CORDON CUNETA EN CALLES LOS AGUILUCHOS, EL CRESPIN, EL ZORZAL, LAS

PALOMAS, LA CALANDRIA, LOS CARANCHOS Y RAMON J. CARCANO”, de esta

Localidad, como “RESPONSABLE TÉCNICO Y DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS”, al Ing.

Marcelo CERVIGNI, DNI Nº 20.268.109, M.P. Nº 4399.

Art. 2º: El personal designado en este acto, no formará parte de la Planta de Personal Permanente de esta Municipalidad, por lo que oportunamente, el Departamento Ejecutivo celebrará el correspondiente contrato de locación de servicios, por el tiempo que dure la ejecución de la obra, de acuerdo a las formalidades de ley. Art. 3º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior será soportado por la partida correspondiente del presupuesto de Gastos Vigentes. Art. 4º: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Obras Publica y Privadas Municipal. Art. 5º: Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Municipal y Archívese copia. SANCHEZ Luis Ignacio SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Obras Publicas y Privadas Intendente

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Mendiolaza, 25 de octubre de 2016.-

D E C R E T O 051 / 2016

VISTO: La renuncia presentada por la Señora Alvarez Mirtha Gladys D.N.I.. 10.420.144 al cargo de Auxiliar Tecnico Asistencial (cat17), por acogerse a los beneficios de la Jubilación; Y CONSIDERANDO: Que, fue dictada la Resolución Serie W Nro.000767 , de fecha 13-10-16 de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, Expte. 0124-187468/2016; Que, la misma dictamina acordar a Alvarez Mirtha Gladys D.N.I.. 10.420.144 el beneficio del régimen de Jubilación Ordinaria , de conformidad a lo establecido en Ley 8.024;. Que, de lo expresado anteriormente, corresponde aceptar la renuncia presentada, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en las normativas vigentes; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA D E C R E T A Art. 1º.- Acéptase la renuncia presentada por la Señora Alvarez Mirtha Gladys D.N.I. 10.420.144, al cargo antes mencionado por haberse acogido a los beneficios jubilatorios.- Art. 2º.- Dése la baja definitiva de la planta de personal permanente a la Señora Alvarez Mirtha Gladys D.N.I 10.420.144, por los motivos expresados en el artículo anterior.- Art. 3º.- Elévese copia del presente Decreto a la Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba a los efectos de su notificación.- Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 5º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese y Archívese.- MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 31 de octubre de 2016.-

D E C R E T O Nº 052/2016

VISTO: La Ordenanza General de Presupuesto en la cual se faculta al Departamento

Ejecutivo a compensar las Partidas del Presupuesto General de Gastos; Y CONSIDERANDO:

Que, es necesario compensar Partidas del Presupuesto General de Gastos Vigentes, al resultar insuficientes los créditos originales;

Que, existen Partidas de Refuerzo para compensar otras de la misma Partida Principal, lo cual no modifica el total de estas, tal como lo prescribe la Ordenanza de Presupuesto; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

D E C R E T A

Art. 1º.- Compénsase las Partidas del Presupuesto de Gastos conforme al siguiente detalle:

I-PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS - Incrementos:

Código Part. a Incrementar Presup.vgt. Incremento Presup..rectif. 1-1-1-1-2-2 Gastos de repres. 520.000.00 200.000.00 720.000.00 1-1-1-1-2-3 Antiguedad 3600.000.00 500.000.00 4100.000.00 1-1-1-1-2-12 Refrigerio 595.000.00 250.000.00 845.000.00 1-1-1-1-2-4 Titulo 115.000.0 50.000.00 165.000.00 1-1-1-3 Salario Familiar 840.000.00 300.000.00 1140.000.00 1-1-2-4-3 Hogar Dia 8.000.00 4.000.00 12.000.00 1-1-2-4-4 Guarderia 7.000.00 2.000.00 9.000.00 1-1-2-15-5 Centro de Salud 11.000.0 3.000.00 14.000.00 1-1-2-17-2 Adq de Repuesto 25.000.00 10.000.00 35.000.00 1-1-3-2-3 Est. y Remises. 25.000.00 2.000.00 27.000.00 1-1-3-3-1 Edif Municipal 503.000.00 25.000.00 528.000.00 1-1-3-4 Publicidad y Propag 550.000.00 11.000.00 561.000.00 1-1-3-5-1 Seg.V.Maq. y Edif M 285.000.00 2.000.00 287.000.00 1-1-3-6-2 Alq de Camiones 950.000.00 56.000.00 1006.000.00 1-1-3-6-3 Alquiler de inmueb 40.000.00 10.000.00 50.000.00 1-1-3-6-6 Otros Alquileres 160.000.00 1.000.00 161.000.00 1-1-3-7-2 Honorarios Proc. 600.000.00 50.000.00 650.000.00 1-1-2-13 Alumbrado Public 2200.000.00 150.000.00 2350.000.00 1-1-3-16 Otros Servicios 800.000.00 35.000.00 835.000.00 1-1-3-22-03 Otros Serv. Seg Ciu. 45.000.00 5.000.00 50.000.00 1-3-5-1-6 Mant Veh y Edif Pol 32.000.00 15.000.00 47.000.00 1-3-5-1-8 Sub a Inst. Locales 42.000.00 10.000.00 52.000.00 1-3-5-2-4-1 Fiestas Patronales 210.000.00 25.000.00 235.000.00 1-3-5-2-4-3 Fiesta Dia de Madre 10.000.00 17.000.00 27.000.00 1-3-5-2-5-1 Museo Cielo A 110.000.00 18.000.00 128.000.00 1-3-5-2-9 Programa de E.M. 2810.000.00 76.000.00 2886.000.00 1-3-5-2-3-1-3 Ayuda economica 75.000.00 2.000.00 77.000.00 2-1-8-1-2-9 O.mant de Al. Pùb, 400.000.00 30.000.00 430.000.00 Total 1859.000.00

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II- PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS - Disminución:

Código Part. a Disminuir Presup.vgte. Disminuir Presup.rectif.

1-1-1-7 Credito Adic p/ Esc 1400.000.00 1300.000.00 100.000.00

1-1-2-12 Credito Adic. P/Ref 106.000.00 19.000.00 87.000.00

1-1-3-21-4 C.Salud H. Prof 500.000.00 300.000.00 200.000.00

1-1-3-21-5 S.Mant C.S. El Talar 140.000.00 47.000.00 93.000.00

1-3-5-1-1 0.5% Aporte Ente C.R 145.000.00 30.000.00 115.000.00

1-3-5-1-2 A Ente Interm. 20.000.00 15.000.00 5.000.00

1-3-5-1-4 Otros del Sec. Pub 10.000.00 9.000.00 1.000.00

1-3-5-1-5 Conserv Flora y Fauna 10.000.00 9.000.00 1.000.00

1-3-5-2-1 Medicam. Ayuda al P. 300.000.00 10.000.00 290.000.00

1-3-5-2-2 Serv Funebre 40.000.00 10.000.00 30.000.00

1-3-5-2-3-1-1 Becas por Est. 10.000.00 9.000.00 1.000.00

1-3-5-2-3-1-2 Otros Subsidios 260.000.00 20.000.00 240.000.00

1-3-5-2-3-2 Sub. Bomberos V 20.000.00 10.000.00 10.000.00

1-3-5-2-4-5 Gastos Deportivos 20.000.00 11.000.00 9.000.00

1-3-5-2-6-1 Devoluciones T. Prop. 46.000.00 30.000.00 16.000.00

2-1-8-1-2-12 O.costanera m E. II 220.000.00 30.000.00 190.000.00

Total 1859 .000.00 Art. 2º.-

Con la presente modificación no se altera el monto del Presupuesto General de Gastos vigente que se mantiene en la suma de Pesos Ciento Seis Millones Cuatrocientos Cuarenta Mil (106.440.000.00.-).-

Art. 3º.-

El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.-

Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 03 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 278/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010275T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010275T, de fecha 13/04/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO BQR530 CONDUCTOR DEL VEHICULO MARTOS MIGUEL ALEJANDRO DNI 32697878, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos UN MIL ($1000.00)- MARTOS MIGUEL ALEJANDRO CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO BQR530 como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010275T-.

Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.- MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 03 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 279/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010253T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010253T, de fecha 18/03/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO DFH545 CONDUCTOR DEL VEHICULO MONTENEGRO HECTOR JORGE DNI 23482344, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos DOS MIL DOSCIENTOS ($2200.00)- MONTENEGRO HECTOR JORGE CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO DFH545 como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010253T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.- MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 03 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 280/ 2016

VISTO: La nota presentada por el Señor Orellana Matias D.N.I. 30.658.200, referente a la solicitud de una ayuda económica ;

Y CONSIDERANDO: Que, solicita una ayuda para solventar gastos ocasionados en su cuenta bancaria; Que, uno de los objetivos de la gestión municipal ha sido dar respuesta positiva a tales requerimientos; Que, atento a la realidad económica que atraviesan algunos sectores de la comunidad, este D.E.M. considera viable acceder a lo solicitado, dando así una respuesta favorable al Señor Orellana Matias; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Otorgase un subsidio por la suma de Pesos Un mi ($1.000.-) al Señor Orellana Matias , por los motivos expuestos en los considerando.- Art. 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución serán imputados en la Partida 1-3-5-2-3-1-2 Otros Subsidios del Presupuesto de Gastos vigente.- Art. 3º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno Municipal.-

Art. 4º.-

Notifíquese de lo dispuesto en la presente Resolución a la Secretaria de Hacienda para su cumplimiento.-

Art. 5º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.- CORREA Gaspar SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Gobierno Intendente

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Mendiolaza, 03 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 281/ 2016

VISTO: La nota presentada por la Docente de la Escuela D.F. Sarmiento de la localidad de Mendiolaza Verónica Ontivero D.N.I. 23.889.587 , referente a la solicitud de una ayuda económica ;

Y CONSIDERANDO: Que, solicita una ayuda para solventar gastos por la realización de un viaje a la ciudad de la Cumbre Provincia de Córdoba; Que, uno de los objetivos de la gestión municipal ha sido dar respuesta positiva a tales requerimientos; Que, atento a la realidad económica que atraviesan algunos sectores de la comunidad, este D.E.M. considera viable acceder a lo solicitado, dando así una respuesta favorable a la Señora Verónica Ontivero; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Otorgase un subsidio por la suma de Pesos Dos mi quinientos ($2.500.-) a la Señora Veronica Ontivero , por los motivos expuestos en los considerando.- Art. 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución serán imputados en la Partida 1-3-5-2-3-1-2 Otros Subsidios del Presupuesto de Gastos vigente.- Art. 3º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno Municipal.-

Art. 4º.-

Notifíquese de lo dispuesto en la presente Resolución a la Secretaria de Hacienda para su cumplimiento.-

Art. 5º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.- CORREA Gaspar SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Gobierno Intendente

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Mendiolaza, 03 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 282/ 2016

VISTO:

La nota presentada por el Señor Abel Dante Leguizamon D.N.I. 24.357.395 referente a la solicitud de una ayuda económica ;

Y CONSIDERANDO: Que, en la citada solicita la adquisición de una tarjeta de invitación a una cena la que tiene un costo con la cual se financiara colativamente el emprendimiento de Buena Vista Espacio Radio 107.5; Que, uno de los objetivos de la gestión municipal ha sido dar respuesta positiva a tales requerimientos; Que, atento a la realidad económica que atraviesan algunos sectores de la comunidad, este D.E.M. considera viable acceder a lo solicitado, dando así una respuesta favorable al Señor Abel Dante Leguizamon; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Otorgase un subsidio por la suma de Pesos Un mi quinientos ($1.500.-) al Señor Abel Dante Leguizamon , por los motivos expuestos en los considerando.- Art. 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución serán imputados en la Partida 1-3-5-2-3-1-3 Ayuda Economica del Presupuesto de Gastos vigente.- Art. 3º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno Municipal.-

Art. 4º.-

Notifíquese de lo dispuesto en la presente Resolución a la Secretaria de Hacienda para su cumplimiento.-

Art. 5º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.- CORREA Gaspar SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Gobierno Intendente

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Mendiolaza, 05 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 283/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010227T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010227T, de fecha 14/04/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO 250DJM CONDUCTOR DEL VEHICULO DIAZ OSCAR FABIO DNI 18599932, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos UN MIL ($1000.00)- DIAZ OSCAR FABIO CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO 250DJM como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010227T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 05 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 284/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010283T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010283T, de fecha 17/04/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO MXX410 CONDUCTOR DEL VEHICULO VASQUEZ VICTOR ADRIAN DNI 24769026, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos QUINIENTOS ($500.00)- VASQUEZ VICTOR ADRIAN CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO MXX410 como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010283T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

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Mendiolaza, 05 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 285/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010217T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010217T, de fecha 09/04/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO WJT068 CONDUCTOR DEL VEHICULO PALOMEQUE ENRIQUE OMAR DNI 14005451, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos UM MIL QUINIENTOS ($1500.00)- PALOMEQUE ENRIQUE OMAR CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO WJT068 como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010217T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 05 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 286/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010180T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010180T, de fecha 13/03/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO 294CSS CONDUCTOR DEL VEHICULO ANDIAS LUIS CARLOS DNI 32045698, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos UN MIL ($1000.00)- ANDIAS LUIS CARLOS CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO 294CSS como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010180T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 05 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 287/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010153T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010153T, de fecha 28/01/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO TGG972 CONDUCTOR DEL VEHICULO LOPEZ ADRIAN OSCAR DNI 22372778, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos UN MIL ($1000.00)- LOPEZ ADRIAN OSCAR CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO TGG972 como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010153T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 05 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 288/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010150T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010150T, de fecha 16/10/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO 721DXG CONDUCTOR DEL VEHICULO RODRIGUEZ JOSE IGNACIO DNI 18177080, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos QUINIENTOS ($500.00)- RODRIGUEZ JOSE IGNACIO CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO 721DXGcomo sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010150T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 06 de Octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 289/ 2016

VISTO: La nota presentada por el Señor TRUCCO Daniel C.U.I.T. Nº 20-17921177-8 en la cual solicita la inscripción del local comercial sito en Av. Tissera Nº 4605 del Bº El Talar de esta localidad; Y CONSIDERANDO: Que, de la inspección efectuada al citado local y habiendo cumplimentado las condiciones Bromatológicas y de Seguridad, se desprende que el mismo se encuentra en condiciones de habilitarse para la actividad comercial rubro Distribuidora de Fiambres; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Habilitar el local comercial del Señor TRUCCO Daniel ubicado en Av. Tissera Nº 4605 del Barrio El Talar, el cual funcionará como Distribuidora de Alimentos, correspondiéndole el número de inscripción 1103 del registro de esta Municipalidad. Art. 2º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.-

Art. 3º.-

Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 06 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 290/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010148T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010148T, de fecha 15/10/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo SIN DOMINIO CONDUCTOR DEL VEHICULO CORELLI CARLOS FLAVIO DNI 16158894, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos QUINIENTOS ($500.00)- CORELLI CARLOS FLAVIO CONDUCTOR DEL VEHICULO SIN DOMINIO como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010148T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 12 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 291/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010141T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010141T, de fecha 21/09/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO BXD238 CONDUCTOR DEL VEHICULO ORTIZ VICTOR HUGO DNI 24769026, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos QUINIENTOS ($500.00)- ORTIZ VICTOR HUGO CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO BXD238 como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010141T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 12 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 292/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010142T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010142T, de fecha 22/09/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO KHK370 CONDUCTOR DEL VEHICULO GONZALEZ EMANUEL DNI 39826073, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos QUINIENTOS ($500.00)- GONZALEZ EMANUEL CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO KHK370 como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010142T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 12 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 293/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010143T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010143T, de fecha 22/09/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO SOV967 CONDUCTOR DEL VEHICULO MURUA OSCAR FABIAN DNI 24769970, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos UN MIL ($1000.00)- MURUA OSCAR FABIAN CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO SOV967 como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010143T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 12 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 294/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010135T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010135T, de fecha 11/09/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO 910IVX CONDUCTOR DEL VEHICULO ALVAREZ ROMINA MICAELA DNI 33314783, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos UN MIL OCHOCIENTOS ($1800.00)- ALVAREZ ROMINA MICAELA CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO 910IVX como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010135T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 12 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 295/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010062T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010062T, de fecha 30/01/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO CMK538 CONDUCTOR DEL VEHICULO ELEONORI ORLANDO MAXIMILIANO DNI 27422214, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos UN MIL ($1000.00)- ELEONORI ORLANDO MAXIMILIANO CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO CMK538 como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010062T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 12 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 297/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0010017T/2015; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0010017T, de fecha 22/06/2015, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO 247KQJ CONDUCTOR DEL VEHICULO SILVA SERGIO ADRIAN DNI 22223940, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos UN MIL ($1000.00)- SILVA SERGIO ADRIAN CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO 247KQJ como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0010017T-.

Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 12 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 298/2016

VISTO: La solicitud del Señor Alberto Barragan D.N.I. 14.546.970 , referente a la solicitud de una ayuda económica ; Y CONSIDERANDO: Que, solicita una ayuda para solventar gastos para del carnet de conducir ya que Veterano de Malvinas; Que, uno de los objetivos de la gestión municipal ha sido dar respuesta positiva a tales requerimientos; Que, atento a la realidad económica que atraviesan algunos sectores de la comunidad, este D.E.M. considera viable acceder a lo solicitado, dando así una respuesta favorable al Señor Alberto Barragan; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Otorgase un subsidio por la suma de Pesos Cuatrocientos sesenta ($460.-) al Señor Alberto Barragan , por los motivos expuestos en los considerando.- Art. 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución serán imputados en la Partida 1-3-5-2-3-1-2 Otros Subsidios del Presupuesto de Gastos vigente.- Art. 3º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno Municipal.-

Art. 4º.-

Notifíquese de lo dispuesto en la presente Resolución a la Secretaria de Hacienda para su cumplimiento.-

Art. 5º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.- CORREA Gaspar SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Gobierno Intendente

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Mendiolaza, 12 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 299/2016

VISTO: La solicitud realizada por la Señora Gomez Olga, D.N.I. 13.613.896 referente a la solicitud de una ayuda económica;

Y CONSIDERANDO: Que, en la citada manifiesta que la Señora Olga Gomez de la necesidad de una ayuda económica para solventar gastos de medicación, traslados, alimentos; Que, atento a la realidad económica que atraviesan algunos sectores de la comunidad, este D.E.M. considera viable acceder a lo solicitado, dando así una respuesta favorable a la Señora Olga Gomez; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Otorgase un subsidio por la suma de Pesos Tres mil ($3000,00) a la Señora

Gomez Olga, por los motivos expuestos en el considerando.- Art. 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución serán imputados en la Partida 1-3-5-2-3-1-2-Otros Subsidios del Presupuesto de Gastos vigente.- Art. 3º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno Municipal.-

Art. 4º.-

Notifíquese de lo dispuesto en la presente Resolución a la Secretaria de Hacienda para su cumplimiento.-

Art. 5º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.- CORREA Gaspar SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Gobierno Intendente

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Mendiolaza, 12 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 300/2016

VISTO: La solicitud del Señor Cobe Miguel , D.N.I.12.595.046, en la cual solicita una ayuda económica; Y CONSIDERANDO: Que, el Señor Cobe Miguel manifiesta la necesidad de un subsidio que será destinado solventar gastos de tratamiento medico; Que, atento a la realidad económica que atraviesan algunos sectores de la comunidad, este D.E.M. considera viable acceder a lo solicitado, dando así una respuesta favorable al señor Cobe Miguel; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.-

Otorgase un subsidio por la suma de Pesos tres mil trescientos ($3.300.), al Señor Cobe Miguel por los motivos expuestos en el considerando.-

Art. 2º.-

Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución serán imputados en la Partida 1-3-5-2-3-1-2 Otros Subsidios del Presupuesto de Gastos vigente.-

Art. 3º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno Municipal.-

Art. 4º.-

Notifíquese de lo dispuesto en la presente Resolución a la Secretaria de Hacienda para su cumplimiento.-

Art. 5º.-

Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

CORREA Gaspar SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Gobierno Intendente

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Mendiolaza, 14 de octubre del 2016.-

R E S O L U C I O N 302/ 2016

VISTO: La realización de la Fiesta del Día de la Madre que la Municipalidad de Mendiolaza organiza todos los años; Y CONSIDERANDO:

Que, el viernes 14 de octubre anterior al día domingo en que se festejo el Día de la Madre, la Municipalidad organizo el homenaje;

Que, el mismo se lleva a cabo con la colaboración de los Comercios de la localidad, que aportan regalos;

Que; se entrego dinero en efectivo a quienes resultaron ganadoras en el Bingo y Premios Especiales que se realizaron el viernes 14 de octubre; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA R E S U E L V E Art. 1º.- DISPONESE la suma de Pesos Cinco mil ($5.000.00), los que se destinaron en Premios del Bingo y pesos Dos mil ($ 2000) por gastos del evento, que se llevo a cabo en el festejo del “Día de la Madre” el 14 de octubre del corriente año.- Art.2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en los artículos precedentes serán imputados en la Partida I-3-5-2-4-3- Fiesta del Día de la Madre del Presupuesto de Gastos vigente.- Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda de la Municipalidad.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 18 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N° 303/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0013021T/2016; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0013021T, de fecha 18/03/2016, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 686/15 vehículo DOMINIO 943KGK CONDUCTOR DEL VEHICULO SABA ROQUE ROBERTO DNI 23395312, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO ($1485.00)- SABA ROQUE ROBERTO CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO 943KGK como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0013021T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 17 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N° 304/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0013034T/2016; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0013034T, de fecha 27/04/2016, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 686/15 vehículo DOMINIO 288CPS CONDUCTOR DEL VEHICULO ATENCIO BOER BRIAN EMANUEL DNI 36985936, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO ($675.00)- ATENCIO BOER BRIAN EMANUEL CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO 288CPS como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0013034T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 17 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N° 305/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0013032T/2016; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0013032T, de fecha 26/04/2016, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 686/15 vehículo DOMINIO 536KMM CONDUCTOR DEL VEHICULO CABEILLOU ISMAEL LEON DNI 34026679, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos OCHOCIENTOS DIEZ ($810.00)- ABEILLOU ISMAEL LEON CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO 532KMM como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0013032T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 18 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 306/ 2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/C-00000010187/2016; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº 00000C-10187, de fecha 08/03/2016, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 595/13 ART 49 a PANTALONE MARZIO/GILETTA MARCELA B. en el inmueble con designación catastral 01-01-026-033-000 MZ F LT 15; Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos TRES MIL ($ 3000.00)- A, PANTALONE MARZIO/GILETTA MARCELA B, como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 595/13 ART 49, constatada por Acta Nº 0000010187-.

Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 18 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N° 307/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0013003T/2016; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0013003T, de fecha 30/01/2016, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 686/15 vehículo DOMINIO 003DLG CONDUCTOR DEL VEHICULO CEBALLOS LORENA SOLEDAD DNI 31713075, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos OCHOCIENTOS DIEZ ($810.00)- CEBALLOS LORENA SOLEDAD CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO 003DLG como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0013003T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 12 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 299/2016

VISTO: La solicitud realizada por la Señora Gomez Olga, D.N.I. 13.613.896 referente a la solicitud de una ayuda económica;

Y CONSIDERANDO: Que, en la citada manifiesta que la Señora Olga Gomez de la necesidad de una ayuda económica para solventar gastos de medicación, traslados, alimentos; Que, atento a la realidad económica que atraviesan algunos sectores de la comunidad, este D.E.M. considera viable acceder a lo solicitado, dando así una respuesta favorable a la Señora Olga Gomez; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Otorgase un subsidio por la suma de Pesos Tres mil ($3000,00) a la Señora

Gomez Olga, por los motivos expuestos en el considerando.- Art. 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución serán imputados en la Partida 1-3-5-2-3-1-2-Otros Subsidios del Presupuesto de Gastos vigente.- Art. 3º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno Municipal.-

Art. 4º.-

Notifíquese de lo dispuesto en la presente Resolución a la Secretaria de Hacienda para su cumplimiento.-

Art. 5º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

CORREA Gaspar SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Gobierno Intendente

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Mendiolaza, 18 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 309/2016

VISTO: El Expediente 0015/5763/2016 presentado por el Señor Jorge Molina D.N.I. 7.992.905 donde solicita ayuda económica para el Pago de la Contribución Municipal que Incide sobre Automotor.- Y CONSIDERANDO: Que, el Señor Molina Jorge cuenta con una jubilación mínima, es propietaria del inmueble para solicita una ayuda económica de la Contribución Municipal que incide sobre Automotor;; Que, el automotor marca Fiat Uno Dominio HIT693 el que figura como titular el Señor Molina Jorge; Que, en vista que la situación socio económica del solicitante no ha variado en el curso de los años, este D.E.M. considera pertinente otorgar un subsidio por el monto de Pesos Un mil cincuenta y siete con setenta y uno ($1057.71), que serán destinados a la cancelación de la deuda por concepto de Contribución Municipal que incide sobre Automotor del año 2016 completo; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E

Art. 1º.- Otorgase un subsidio de Pesos Un mil cincuenta y siete con setenta y un centavos ($ 1057.71), al Señor Molina Jorge, que será destinado a la cancelación de la deuda que registra en este Municipio en concepto de Contribución que incide sobre Automotor, por los motivos expuestos en el considerando. Art. 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución serán imputados en la Partida 1-3-5-2-3-1-2 Otros Subsidios del Presupuesto de Gastos vigente.- Art. 3º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno Municipal.-

Art. 4º

Notifíquese de lo dispuesto en la presente Resolución a la Secretaria de Hacienda para su cumplimiento.-

Art. 5º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.- CORREA Gaspar SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Gobierno Intendente

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Mendiolaza,18 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 310/ 2016 VISTO: El Expediente Nº 0015/5765/2016 iniciado por el Señor Rodriguez Luis Alberto donde solicita la excepción de pago de Tasa Servicio a la propiedad; Y CONSIDERANDO: Que el Señor.Rodriguez Luis Alberto D.N.I. Nº 20.38.526, con domicilio en calle La Alameda Nº 4039 de Barrio El Talar, solicita la exención de pago de Tasa a la Propiedad.- Que con fecha 13 de octubre de 2016, solicita el pedido de exención de pago de Tasa Servicio a la Propiedad, ya que padece una discapacidad permanente, para el año 2016.- Que del legajo del inmueble Mza 140 lote 009 de Barrio El Talar surge como titular Rodriguez Luis Alberto; Que a los fines de determinar la calificación de la incapacidad, como grave o moderada, conforme lo establece la Ordenanza 274/00 aplicable, se solicitaron informes al Ministerio de Salud de la Provincia, a fin de contar con la especificación necesaria para considerar el tipo de eximición que corresponde.- Que según lo informado se trata de una incapacidad moderada y permanente.- Que conforme lo acreditado por el Señor Rodriguez Luis Alberto se encuadra en lo previsto por la Ordenanza 274/2000, correspondiendo en consecuencia eximir al al 100% el pago Tasa Servicio a la Propiedad de la Mza 140 lote 009 de Barrio El Talar el periodo fiscal 2016.- POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E

Art. 1º.- Exímase al 100% el pago Tasa Servicio a la Propiedad de la Mza 140 lote 009 de Barrio El Talar por el periodo fiscal 2016 al Señor Rodriguez Luis Alberto.- Art. 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno Municipal.- Art 3º Notifíquese de lo dispuesto en la presente Resolución a la Secretaria de Hacienda para su cumplimiento.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.- CORREA Gaspar SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Gobierno Intendente

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Mendiolaza, 21 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 314/2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/0000000000T0013141T/2016; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº T0013141T, de fecha 11/03/2016, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 645/14 vehículo DOMINIO 277JNE CONDUCTOR DEL VEHICULO CARAMELLI JONATAN RAUL DNI 31997289, Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO ($675.00)- CARAMELLI JONATAN RAUL CONDUCTOR DEL VEHICULO DOMINIO 277JNE como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 645/14 constatada por Acta Nº T0013141T-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.- MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 24 de Octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 312/ 2016

VISTO: La nota presentada por el Señor MULLER Pablo Guillermo C.U.I.T. Nº 20-28695949-1 en la cual solicita la inscripción del local comercial sito en Av. Tissera Nº 1335, locales 6 y 7 del Bº El Talar de esta localidad; Y CONSIDERANDO: Que, de la inspección efectuada al citado local y habiendo cumplimentado las condiciones Bromatológicas y de Seguridad, se desprende que el mismo se encuentra en condiciones de habilitarse para la actividad comercial rubro Patio Cervecero; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Habilitar el local comercial del Señor MULLER Pablo Guillermo ubicado en Av. Tissera Nº 1335, locales 6 y 7 del Barrio El Talar, el cual funcionará como Patio Cervecero, correspondiéndole el número de inscripción 1266 del registro de esta Municipalidad. Art. 2º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.-

Art. 3º.-

Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 24 de Octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 313/ 2016

VISTO: La nota presentada por el Señor LIPARI Sergio C.U.I.T. Nº 20-16502121-6 en la cual solicita la inscripción del local comercial sito en Av. Tissera Nº 4195, local 2 del Bº El Talar de esta localidad; Y CONSIDERANDO: Que, de la inspección efectuada al citado local y habiendo cumplimentado las condiciones Bromatológicas y de Seguridad, se desprende que el mismo se encuentra en condiciones de habilitarse para la actividad comercial rubro Elaboración de Comida Oriental; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Habilitar el local comercial del Señor LIPARI Sergio ubicado en Av. Tissera Nº 4195, local 2 del Barrio El Talar, el cual funcionará como Elaboración de Comida Oriental, correspondiéndole el número de inscripción 1261 del registro de esta Municipalidad. Art. 2º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.-

Art. 3º.-

Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

Page 63: Boletín MUNICIPAL Municipalidad de Mendiolaza · abandonada en la calle, tanto para la seguridad y bienestar animal como para la salud pública; -Involucrar a profesionales veterinarios,

Mendiolaza, 25 de Octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 314/ 2016

VISTO: La nota presentada por la Señora TISERA Maria Fernanda C.U.I.T. Nº 27-24368208-3 en la cual solicita la inscripción del local comercial sito en Av. Tissera Nº 4141 del Bº El Talar de esta localidad; Y CONSIDERANDO: Que, de la inspección efectuada al citado local y habiendo cumplimentado las condiciones Bromatológicas y de Seguridad, se desprende que el mismo se encuentra en condiciones de habilitarse para la actividad comercial rubro Autoservicio - Minimercado; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Habilitar el local comercial de la Señora TISERA Maria Fernanda ubicado en Av. Tissera Nº 4141 del Barrio El Talar, el cual funcionará como Autoservicio - Minimercado, correspondiéndole el número de inscripción 1253 del registro de esta Municipalidad. Art. 2º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.-

Art. 3º.-

Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

Page 64: Boletín MUNICIPAL Municipalidad de Mendiolaza · abandonada en la calle, tanto para la seguridad y bienestar animal como para la salud pública; -Involucrar a profesionales veterinarios,

Mendiolaza, 25 de Octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 315/ 2016

VISTO: La nota presentada por el Señor CACERES BENAREK Ariel E. C.U.I.T. Nº 20-23821172-8 en la cual solicita la inscripción del local comercial sito en Av. San José de Calasanz Nº 1085 del Bº Centro de esta localidad; Y CONSIDERANDO: Que, de la inspección efectuada al citado local y habiendo cumplimentado las condiciones Bromatológicas y de Seguridad, se desprende que el mismo se encuentra en condiciones de habilitarse para la actividad comercial rubro Verdulería - Frutería; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Habilitar el local comercial del Señor CACERES BENAREK Ariel E. ubicado en Av. San José de Calasanz Nº 1085 del Barrio Centro, el cual funcionará como Verdulería - Frutería, correspondiéndole el número de inscripción 1234 del registro de esta Municipalidad. Art. 2º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.-

Art. 3º.-

Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

Page 65: Boletín MUNICIPAL Municipalidad de Mendiolaza · abandonada en la calle, tanto para la seguridad y bienestar animal como para la salud pública; -Involucrar a profesionales veterinarios,

Mendiolaza, 25 de Octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 316/ 2016

VISTO: La resolución 025/10 con fecha 01 de Marzo de 2010 y la nota presentada por el Señor CARNERO Ramón Antonio C.U.I.T. Nº 27-07997982-1, en la cual solicita el alta de rubro. Y CONSIDERANDO: Que, de la inspección efectuada al citado local y habiendo cumplimentado las condiciones Bromatológicas y de Seguridad, se desprende que el mismo se encuentra en condiciones de habilitarse para la actividad comercial rubro Almacén - Despensa; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Modificase el Art. 1º de la resolución 025/10 autorizando el alta de rubro a nombre del Señor CARNERO Ramón Antonio con domicilio en calle Las Mercedes esq. calle Ocho, local 1 del Barrio Los Cigarrales, como Almacén - Despensa – Verdulería – Venta de Pollo , manteniendo el mismo número de Inscripción Nº 498 del registro de esta Municipalidad. Art. 2º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.-

Art. 3º.-

Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

Page 66: Boletín MUNICIPAL Municipalidad de Mendiolaza · abandonada en la calle, tanto para la seguridad y bienestar animal como para la salud pública; -Involucrar a profesionales veterinarios,

Mendiolaza, 25 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 317/2016

VISTO: La solicitud de la Señora Alercia Carolina , D.N.I 22.564.526. , en la cual solicita una ayuda económica ; Y CONSIDERANDO: Que, la Señora Alercia Carolina manifiesta ;la necesidad de un subsidio que será destinado a solventar gastos de la refacción de la vivienda lo cual mejorara sustancialmente la calidad de vida de su grupo familiar ; Que, atento a la realidad económica que atraviesan algunos sectores de la comunidad, este D.E.M. considera viable acceder a lo solicitado, dando así una respuesta favorable a la Señora Alercia Carolina ; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Otorgase un subsidio por la suma de Pesos Trescientos setenta ($ 370,00) a la

Señora Alercia Carolina , por los motivos expuestos en el considerando.- Art. 2º.-

Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución serán imputados en la Partida I-3-V-2-3-I-2 Otros Subsidios del Presupuesto de Gastos vigente.-

Art. 3º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno Municipal.-

Art. 4º.-

Notifíquese de lo dispuesto en la presente Resolución a la Secretaria de Hacienda para su cumplimiento.-

Art. 5º.-

Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

CORREA Gaspar SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Gobierno Intendente

Page 67: Boletín MUNICIPAL Municipalidad de Mendiolaza · abandonada en la calle, tanto para la seguridad y bienestar animal como para la salud pública; -Involucrar a profesionales veterinarios,

Mendiolaza, 26 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 318/ 2016

VISTO: El Expte. Nº 0017/OP-00000010351/2016; Y CONSIDERANDO: Que por Acta Nº 0000OP-10351, de fecha 11/10/2016, se constató la comisión de la falta establecida por Ordenanza 595/13 ART 157 a OLIVERA FLORA MARTA. en el inmueble con designación catastral 01-02-031-008-000 MZ 4 LT 17; Que citado el infractor por el plazo de cinco (5) días el mismo no comparece, por lo que corresponde hacer efectivo los apercibimientos, y en consecuencia dictar resolución; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- IMPONER una multa de pesos OCHO MIL ($ 8000.00)- A OLIVERA FLORA MARTA, como sanción pecuniaria como consecuencia de la infracción a la Ordenanza 595/13 ART 157, constatada por Acta Nº 0000010351-. Art. 2º.-

Notifíquese la presente resolución, estableciendo un plazo de 10 (diez) días para el cumplimiento de la sanción, bajo apercibimiento de que vencido el mismo, se realizará la certificación de deuda y se iniciaran las acciones tendientes a su cobro.-

Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.- MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

Page 68: Boletín MUNICIPAL Municipalidad de Mendiolaza · abandonada en la calle, tanto para la seguridad y bienestar animal como para la salud pública; -Involucrar a profesionales veterinarios,

Mendiolaza, 26 de Octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 319/ 2016

VISTO: La nota presentada por el Señor PERMIGIANI David Emmanuel C.U.I.T. Nº 20-319233177-4 en la cual solicita la inscripción de la actividad comercial sito en Los Cocos Nº 234 del Bº Centro de esta localidad; Y CONSIDERANDO: Que, de los controles efectuados a la documentación presentada, se desprende que el mismo se encuentra en condiciones de habilitarse para la actividad comercial rubro Construcción, Reformas y Reparación de Redes; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Habilitar la actividad comercial del Señor PERMIGIANI David Emmanuel ubicado en Los Cocos Nº 234 del Barrio Centro, la cual funcionará como Construcción, Reformas y Reparación de Redes, correspondiéndole el número de inscripción 1268 del registro de esta Municipalidad. Art. 2º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.-

Art. 3º.-

Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 26 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 320/ 2016

VISTO: La solicitud de los cinco días de Licencia Anual Reglamentaria del año 2015, presentada oportunamente por al Agente Ludueña Francisco Jose, D.N.I. 32.338892; Y CONSIDERANDO: Que, éste Departamento Ejecutivo denegó, en su momento, ese pedido argumentando razones de servicio; Que, no se pueden otorgar a la fecha los cinco (5) días de Licencia que se le adeudan al Agente Ludueña Francisco José, por no contar con personal que pueda cubrir sus tareas; Que existen partidas presupuestarias para abonar el monto de la Licencia Anual Reglamentaria no gozada, todo ello con el consentimiento del Agente Ludueña Francisco José ; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E

Art. 1º.- Abónese al Agente Ludueña Francisco José , los cinco (5) días de Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2015, que se le adeudan y no otorgadas oportunamente por razones de servicio.- Art. 2º.- La presente erogación se imputará en la partida 1-1-1-1-2-6-1-Pago de Licencias y Suplencias del Presupuesto de Gastos vigente.- Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese y Archívese.- MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 26 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 321/ 2016

VISTO: La solicitud de los veinte días de Licencia Anual Reglamentaria del año 2015, presentada oportunamente por al Agente Gigena Duilio, D.N.I. 20.783.229.- Y CONSIDERANDO: Que, éste Departamento Ejecutivo denegó, en su momento, ese pedido argumentando razones de servicio; Que, no se pueden otorgar a la fecha los veinte (20) días de Licencia que se le adeudan al Agente Gigena Duilio, por no contar con personal que pueda cubrir sus tareas; Que existen partidas presupuestarias para abonar el monto de la Licencia Anual Reglamentaria no gozada, todo ello con el consentimiento del Agente Gigena Duilio ; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E

Art. 1º.- Abónese al Agente Gigena Duilio , los veinte (20) días de Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2015, que se le adeudan y no otorgadas oportunamente por razones de servicio.- Art. 2º.- La presente erogación se imputará en la partida 1-1-1-1-2-6-1-Pago de Licencias y Suplencias del Presupuesto de Gastos vigente.- Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese y Archívese.- MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 26 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 322/ 2016

VISTO: La solicitud de los cinco días de Licencia Anual Reglamentaria del año 2015, presentada oportunamente por a la Agente Rojo Sivia Beatriz, D.N.I. 24.318.321 Y CONSIDERANDO: Que, éste Departamento Ejecutivo denegó, en su momento, ese pedido argumentando razones de servicio; Que, no se pueden otorgar a la fecha los cinco (5) días de Licencia que se le adeudan a la Agente Rojo Silvia Beatriz, por no contar con personal que pueda cubrir sus tareas; Que existen partidas presupuestarias para abonar el monto de la Licencia Anual Reglamentaria no gozada, todo ello con el consentimiento de la Agente Rojo Silvia Beatriz ; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E

Art. 1º.- Abónese a la Agente Rojo Silvia Beatriz , los cinco (5) días de Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2015, que se le adeudan y no otorgadas oportunamente por razones de servicio.- Art. 2º.- La presente erogación se imputará en la partida 1-1-1-1-2-6-1-Pago de Licencias y Suplencias del Presupuesto de Gastos vigente.- Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese y Archívese.- MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 26 de octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 323/ 2016

VISTO: La solicitud de los cinco días de Licencia Anual Reglamentaria del año 2015, presentada oportunamente por a la Agente Suarez Vilma , D.N.I. 14.598.903 Y CONSIDERANDO: Que, éste Departamento Ejecutivo denegó, en su momento, ese pedido argumentando razones de servicio; Que, no se pueden otorgar a la fecha los cinco (5) días de Licencia que se le adeudan a la Agente Suarez Vilma, por no contar con personal que pueda cubrir sus tareas; Que existen partidas presupuestarias para abonar el monto de la Licencia Anual Reglamentaria no gozada, todo ello con el consentimiento de la Agente Suarez Vilma ; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E

Art. 1º.- Abónese a la Agente Suarez Vilma , los cinco (5) días de Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2015, que se le adeudan y no otorgadas oportunamente por razones de servicio.- Art. 2º.- La presente erogación se imputará en la partida 1-1-1-1-2-6-1-Pago de Licencias y Suplencias del Presupuesto de Gastos vigente.- Art. 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Protocolícese y Archívese.- MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Mendiolaza, 31 de Octubre de 2016.-

R E S O L U C I O N 324/ 2016

VISTO: La nota presentada por el Señor ZANDRI Heriberto Fernando C.U.I.T. Nº 20-27956548-8 en la cual solicita la inscripción del local comercial sito en Av. Tissera Nº 2997, local 2 del Bº El Talar de esta localidad; Y CONSIDERANDO: Que, de la inspección efectuada al citado local y habiendo cumplimentado las condiciones de Seguridad, se desprende que el mismo se encuentra en condiciones de habilitarse para la actividad comercial rubro Venta de Ropa; POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MENDIOLAZA

R E S U E L V E Art. 1º.- Habilitar el local comercial del Señor ZANDRI Heriberto Fernando ubicado en Av. Tissera Nº 2997, local 2 del Barrio El Talar, el cual funcionará como Venta de Ropa, correspondiéndole el número de inscripción 1251 del registro de esta Municipalidad. Art. 2º.-

La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda Municipal.-

Art. 3º.-

Comuníquese, Publíquese, Protocolícese, y Archívese.-

MARCOLONGO Emilio Nicolas SALIBI Nestor Daniel

Secretario de Hacienda Intendente

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Centro Salud 644500 Seguridad Ciudadana 644400 Policía 438143 Bomberos Voluntarios 644428

Cooperativa de Agua 491364 Cultura 644.008 Guarderia 595220 Rentas 595437 Desarrollo Social 644040

Ipem 317 439210 Escuela Primaria 438149 Centro de Jubilados 486139

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Domicilio: Av. Malvinas Nº - C.P. 5107- Córdoba – Argentina T.E. 03543- 644801

Email: [email protected]

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