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Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Área responsable: Secretaría Legal y Técnica - Registro de la Propiedad Intelectual Nº 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Uspallata 3160 (1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: [email protected] [email protected] - Consultas de Edictos Particulares de 9:30 a 14:30 hs. Web: boletinoficial.buenosaires.gob.ar 4923 15/07/2016

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Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Área responsable:Secretaría Legal y Técnica - Registro de la Propiedad Intelectual Nº 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Uspallata 3160(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: [email protected][email protected] - Consultas de Edictos Particulares de 9:30 a 14:30 hs. Web: boletinoficial.buenosaires.gob.ar

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15/07/2016

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Sumario

Poder Ejecutivo

Decreto

Área Jefe de Gobierno

Decreto N° 390Se acepta la cesión gratuita de inmuebles efectuada por el Instituto de Vivienda............................................... Pág. 17

Decreto N° 391Se autoriza a a instrumentar la declaratoria de dominio de excedente de mensura a la                                                   Dirección General Escribanía General.................................................................................................................. Pág. 18

Decreto N° 392Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 5198 es el Ministerio de Educación.......................... Pág. 20

Decreto N° 393Se modifica la estructura organizativa del Ministerio de Modernización, Innovación y                                                      Tecnología............................................................................................................................................................ Pág. 20

Decreto N° 397Se incorpora nuevo punto a la Tabla de Valores de Recuperación de Costos, y se fija abono                                         por visitante al Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao Holmberg"........................... Pág. 22

Resolución

Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución N° 285-MJGGC/16Se designa personal de Planta de Gabinete......................................................................................................... Pág. 25

Resolución N° 162-SECDES/16Se crea la Comisión de Evaluación de Ofertas y se designan sus integrantes.................................................... Pág. 26

Resolución N° 78-ASINF/16Se aprueba modificación de partidas presupuestarias......................................................................................... Pág. 27

Ministerio de Hacienda

Resolución N° 2139-MHGC/16Se establece remuneración de personal de Planta de Gabinete.......................................................................... Pág. 29

Resolución N° 2145-MHGC/16Se designa como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Protección de las Minorías a                                          María Martina Cassiau.......................................................................................................................................... Pág. 30

Resolución N° 2146-MHGC/16Se designa como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Contenidos y Promoción                                                Cultura Ciudadana a María Florencia Griffin Lynch.............................................................................................. Pág. 31

Resolución N° 2147-MHGC/16Se designa como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Planificación a Lautaro Vasser......................... Pág. 32

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Resolución N° 2148-MHGC/16Se designa como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Asistencia Integral a Trinidad                                         Ledesma............................................................................................................................................................... Pág. 34

Resolución N° 2149-MHGC/16Se sanciona con suspensión a agente................................................................................................................. Pág. 35

Resolución N° 2150-MHGC/16Se sanciona con cesantía a agente...................................................................................................................... Pág. 40

Resolución N° 2151-MHGC/16Se agrava el apercibimiento aplicado a Jerónimo Grondona............................................................................... Pág. 43

Resolución N° 989-SSGRH/16Se acepta la renuncia presentada por Sol Gutiérrez Gleser................................................................................. Pág. 47

Resolución N° 992-SSGRH/16Se acepta la renuncia presentada por Fabiana Jessica Cergneux....................................................................... Pág. 48

Resolución N° 993-SSGRH/16Se deja sin efecto la Disposición N° 402-HGAPP/14............................................................................................ Pág. 49

Resolución N° 995-SSGRH/16Se transfiere a agente........................................................................................................................................... Pág. 50

Resolución N° 997-SSGRH/16Se acepta la renuncia presentada por Mercedes Soledad Guglielmo.................................................................. Pág. 50

Resolución N° 998-SSGRH/16Se acepta la renuncia presentada por Junior Daniel Beteta Torres..................................................................... Pág. 51

Resolución N° 999-SSGRH/16Se transfiere a agente........................................................................................................................................... Pág. 52

Ministerio de Justicia y Seguridad

Resolución N° 452-MJYSGC/16Se modifica remuneración de personal de Planta de Gabinete............................................................................ Pág. 54

Resolución N° 257-SSJUS/16Se acepta la renuncia como Adscripta del Registro Notarial N° 968 presentada por Cecilia                                            Grotz y se le adjudica la titularidad del Registro Notarial N° 1803........................................................................ Pág. 55

Resolución N° 258-SSJUS/16Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 56

Resolución N° 259-SSJUS/16Se designa como Adscripta al Registro Notarial N° 1810 a Karina Alejandra Bianco.......................................... Pág. 58

Resolución N° 260-SSJUS/16Se designa como Adscripta al Registro Notarial N° 165 a Eva Julia Boss........................................................... Pág. 59

Resolución N° 261-SSJUS/16Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 61

Resolución N° 262-SSJUS/16Se declara desierto el primer llamado a Contratación Directa Compra Menor N°                                                             763-1705-CME16 y se realiza el segundo llamado.............................................................................................. Pág. 62

Resolución N° 16-SSADS/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0441-LPU16............................... Pág. 63

Resolución N° 17-SSADS/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0224-LPU16............................................. Pág. 64

Ministerio de Salud

Resolución N° 1268-MSGC/16Se contratan como Residentes a profesionales.................................................................................................... Pág. 67

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Resolución N° 1269-MSGC/16Se tienen por concluidas las funciones de integrantes de la Comisión de Evaluación de Ofertas                                    y se modifica la Resolución N° 1156-MSGC/08.................................................................................................... Pág. 68

Resolución N° 294-SSASS/16Se efectúa compensación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 70

Resolución N° 313-SSASS/16Se efectúa compensación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 71

Resolución N° 314-SSASS/16Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 72

Ministerio de Educación

Resolución N° 2538-MEGC/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 370-SIGAF/16 (19/15)................................................................ Pág. 74

Resolución N° 2576-MEGC/16Se aprueban Plantas Orgánico Funcionales para el Año 2016 de los establecimientos                                                   educativos dependientes de la Dirección de Educación Primaria........................................................................ Pág. 76

Resolución N° 2581-MEGC/16Se aprueba prórroga del contrato de locación administrativa del inmueble ubicado en Av.                                              Roque Sáenz Peña 772/84................................................................................................................................... Pág. 77

Resolución N° 2591-MEGC/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 333-SIGAF/16 (21/15)................................................................ Pág. 80

Resolución N° 2592-MEGC/16Se rectifica la Resolución N° 942-MEGC/16......................................................................................................... Pág. 82

Resolución N° 2603-MEGC/16Se aprueba el Desarrollo del Diseño Curricular Jurisdiccional del Segundo Ciclo de la                                                    Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario de la Especialidad Diseño y Producción                                         Gráfica................................................................................................................................................................... Pág. 83

Resolución N° 92-SSCPEE/16Se declara de interés educativo la realización de la VII Jornada Académica - 2016 Aprender a                                      enseñar: El desafío de la formación inicial y continua.......................................................................................... Pág. 86

Resolución N° 7706-SSCD/16Se aprueban listados por orden de mérito Complementarios de Interinatos y Suplencias................................... Pág. 87

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

Resolución N° 440-MDUYTGC/16Se acepta la renuncia presentada por Guido Ariel Piotrowski.............................................................................. Pág. 89

Resolución N° 441-MDUYTGC/16Se asigna Suplemento de Gabinete a Pablo Adolfo Muller.................................................................................. Pág. 89

Resolución N° 442-MDUYTGC/16Se modifica remuneración de personal de Planta de Gabinete............................................................................ Pág. 90

Resolución N° 448-MDUYTGC/16Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 91

Resolución N° 449-MDUYTGC/16Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 92

Resolución N° 451-MDUYTGC/16Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 93

Resolución N° 452-MDUYTGC/16Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 94

Resolución N° 455-MDUYTGC/16Se aprueba Ampliación de Plazo N° 5 para la Obra Instalaciones eléctricas de corrientes                                              fuertes, corrientes débiles e iluminación - Oficinas Palacio Lezama.................................................................... Pág. 95

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Resolución N° 457-MDUYTGC/16Se aprueba Acta de Recepción Definitiva de la Obra Buenos Aires Rock.......................................................... Pág. 97

Resolución N° 236-SSTYTRA/16Se autoriza a afectar parcialmente al tránsito a la Subsecretaría de Uso del Espacio Público............................ Pág. 98

Resolución N° 237-SSTYTRA/16Se autoriza corte de tránsito solicitado por la Dirección General de Patrimonio, Museos y                                              Casco Histórico..................................................................................................................................................... Pág. 99

Resolución N° 238-SSTYTRA/16Se autoriza corte de tránsito solicitado por la Casona Cultural Humahuaca...................................................... Pág. 101

Resolución N° 239-SSTYTRA/16Se autoriza a afectar al tránsito a la Dirección General Convivencia en la Diversidad...................................... Pág. 103

Resolución N° 240-SSTYTRA/16Se autoriza corte de tránsito solicitado por el Instituto Espíritu Santo A-16 - DE 18.......................................... Pág. 104

Resolución N° 241-SSTYTRA/16Se autoriza corte de tránsito solicitado por el Instituto Privado La Candelaria................................................... Pág. 106

Resolución N° 242-SSTYTRA/16Se autoriza corte de tránsito solicitado por el Instituto María Auxiliadora........................................................... Pág. 108

Resolución N° 243-SSTYTRA/16Se autoriza corte de tránsito solicitado por la Dirección General de Coordinación                                                            Gubernamental................................................................................................................................................... Pág. 109

Ministerio de Cultura

Resolución N° 1014-MCGC/16Se concede el subsidio solicitado por Patricia Marcela Moreira......................................................................... Pág. 112

Resolución N° 1123-MCGC/16Se concede el subsidio solicitado por Jorge Pablo Ramos................................................................................ Pág. 113

Resolución N° 1129-MCGC/16Se concede el subsidio solicitado por Guillermo Luis Ignacio Espel.................................................................. Pág. 115

Resolución N° 1500-MCGC/16Se concede el subsidio solicitado por Laura Gabriela Olalde............................................................................. Pág. 116

Resolución N° 1933-MCGC/16Se concede el subsidio solicitado por La Fundación Literaria Tomás Eloy Martínez......................................... Pág. 118

Resolución N° 1935-MCGC/16Se concede el subsidio solicitado por la Asociación Civil Línea en Movimiento, Espacio para la                                     Investigación Producción y Formación de las Artes y el Movimiento................................................................. Pág. 119

Resolución N° 2445-MCGC/16Se concede el subsidio solicitado por La Hogareña SA..................................................................................... Pág. 121

Resolución N° 3781-MCGC/16Se desestima solicitud de subsidio presentada por Nicolás Pablo Maidana...................................................... Pág. 123

Resolución N° 4800-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 124

Resolución N° 4801-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 125

Resolución N° 4802-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 126

Resolución N° 4805-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 127

Resolución N° 4806-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 128

Resolución N° 4807-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 129

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Resolución N° 4808-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 130

Resolución N° 4811-MCGC/16Se deja sin efecto la Resolución N° 4721-MCGC/16.......................................................................................... Pág. 131

Resolución N° 4841-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 132

Resolución N° 4842-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 133

Resolución N° 4864-MCGC/16Se desestima solicitud de subsidio presentada por Mariano Heler.................................................................... Pág. 134

Resolución N° 4891-MCGC/16Se desestima solicitud de subsidio presentada por Alejandro Martín Ruscio..................................................... Pág. 135

Resolución N° 4894-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 136

Resolución N° 4895-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 137

Resolución N° 4899-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 138

Resolución N° 4900-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 139

Resolución N° 4901-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 140

Resolución N° 4902-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 141

Resolución N° 4903-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 142

Resolución N° 4904-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 143

Resolución N° 4906-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 144

Resolución N° 4907-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 146

Resolución N° 4908-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 147

Resolución N° 4909-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 148

Resolución N° 4910-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 149

Resolución N° 550-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 150

Resolución N° 551-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 151

Resolución N° 552-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 152

Resolución N° 553-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 153

Resolución N° 554-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 154

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Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

Resolución N° 750-MHYDHGC/16Se asigna Suplemento de Gabinete a agentes................................................................................................... Pág. 156

Resolución N° 751-MHYDHGC/16Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes a Leticia Arribas............................................................ Pág. 157

Resolución N° 756-MHYDHGC/16Se acepta la renuncia presentada por Florencia Victoria Saini.......................................................................... Pág. 158

Resolución N° 760-MHYDHGC/16Se instituye pago del subsidio a favor de la Cooperativa de Vivienda, Crédito, Consumo y                                             Construcción Emetele Limitada.......................................................................................................................... Pág. 159

Resolución N° 761-MHYDHGC/16Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes a Magdalena Alonso de Celada.................................... Pág. 160

Resolución N° 764-MHYDHGC/16Se aprueba modificación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 161

Resolución N° 765-MHYDHGC/16Se aprueba modificación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 162

Resolución N° 768-MHYDHGC/16Se asigna Suplemento de Gabinete a agentes................................................................................................... Pág. 162

Resolución N° 774-MHYDHGC/16Se asigna Suplemento de Gabinete a agentes................................................................................................... Pág. 164

Resolución N° 778-MHYDHGC/16Se aprueba modificación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 165

Resolución N° 786-MHYDHGC/16Se acepta la renuncia presentada por María Florencia Blanco.......................................................................... Pág. 166

Resolución N° 787-MHYDHGC/16Se acepta la renuncia presentada por Ernesto Martín Cagna............................................................................ Pág. 167

Resolución N° 858-MHYDHGC/16Se modifica la Resolución N° 128-MHYDHGC/16.............................................................................................. Pág. 168

Resolución N° 859-MHYDHGC/16Se declara el auspicio al evento 12° Caminata Avon alrededor del mundo contra el Cáncer de                                      Mama.................................................................................................................................................................. Pág. 169

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Resolución N° 1050-MAYEPGC/16Se cesan y designan responsables de la Unidad de Servicios Patrimoniales de Segundo Orden.................... Pág. 171

Resolución N° 1051-MAYEPGC/16Se autoriza pase en comisión de Jorge Ferreiros............................................................................................... Pág. 172

Resolución N° 1052-MAYEPGC/16Se cesan, ratifican y designan responsables de la administración y rendición de fondos de                                            Caja Chica Común y Gastos de Movilidad.......................................................................................................... Pág. 173

Resolución N° 1053-MAYEPGC/16Se deja sin efecto la Resolución N° 221-MAYEPGC/16 y se rectifica la Resolución N°                                                    92-MAYEPGC/16................................................................................................................................................ Pág. 175

Resolución N° 50-SSUEP/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 8503-0624-LPU16....................................................... Pág. 176

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Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología

Resolución N° 424-MMIYTGC/16Se autoriza a realizar acciones respecto de licitaciones referidas al dominio público al Director                                      General de Concesiones..................................................................................................................................... Pág. 179

Resolución N° 426-MMIYTGC/16Se designa personal de Planta de Gabinete....................................................................................................... Pág. 180

Resolución N° 120-SSECYCE/16Se convoca a la 1° Edición del Programa de Fortalecimiento de UVT/OVTT denominado                                               Programa Sianptec............................................................................................................................................. Pág. 181

Ministerio de Gobierno

Resolución N° 183-MGOBGC/16Se otorga licencia sin goce de haberes a Hernán Charosky.............................................................................. Pág. 185

Secretaría de Medios

Resolución N° 3590-SSCS/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 214-0295-CDI16.................................................................. Pág. 187

Agencia de Protección Ambiental

Resolución N° 261-APRA/16Se acepta la renuncia presentada por María Inés Gutman................................................................................ Pág. 189

Resolución N° 262-APRA/16Se acepta la renuncia presentada por Carmen Patricia De la Peña................................................................... Pág. 189

Resolución N° 263-APRA/16Se modifican créditos presupuestarios............................................................................................................... Pág. 190

Ministerio de Hacienda - Ministerio de Salud

Resolución N° 1332-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 38-HSL/16......................................................................................................... Pág. 192

Resolución N° 1333-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 118-HGADS/16................................................................................................. Pág. 193

Resolución N° 1334-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 59-HGNRG/16................................................................................................... Pág. 194

Resolución N° 1335-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 279-HGACD/16................................................................................................. Pág. 195

Resolución N° 1336-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 96-HGAP/16...................................................................................................... Pág. 196

Resolución N° 1337-MHGC/16Se designa como Bioquímica Honoraria a Alicia Irene Arechavala.................................................................... Pág. 197

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Disposición

Jefatura de Gabinete de Ministros

Disposición N° 216-DGTALINF/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 8056-0614-LPU16.................................................................... Pág. 198

Ministerio de Justicia y Seguridad

Disposición N° 265-DGSPR/16Se rectifica la Disposición N° 15-DGSPR/16...................................................................................................... Pág. 201

Ministerio de Salud

Disposición N° 27-HOI/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 429-0775-LPU16......................................................... Pág. 202

Disposición N° 251-HGADS/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 434-0599-CDI16..................................................... Pág. 203

Disposición N° 479-HBR/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 431-0802-LPU16......................................................... Pág. 204

Disposición N° 480-HBR/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 431-1776-CME16.................................................... Pág. 205

Ministerio de Educación

Disposición N° 51-DGSE/16Se aprueba el Proyecto Productivo presentado por la Cooperativa de Trabajo La Cacerola                                            Limitada............................................................................................................................................................... Pág. 207

Disposición N° 718-DGAR/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 550-0644-CDI16..................................................... Pág. 208

Disposición N° 719-DGAR/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 550-0642-CDI16..................................................... Pág. 209

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Disposición N° 17-DGMYT/16Se convalida prórroga del Renglón N° 2 de la Contratación Menor N° 8503-1665-CME15............................... Pág. 212

Agencia de Protección Ambiental

Disposición N° 69-DGTALAPRA/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 8933-0392-LPU16.................................................................... Pág. 214

Disposición N° 70-DGTALAPRA/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 8933-1659-CME16.................................................. Pág. 215

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Ente de Turismo

Disposición N° 33-DGDYCOF/16Se rectifica la Disposición DI-2016-1-DGDYCOF............................................................................................... Pág. 218

Disposición N° 78-DGTALET/16Se aprueban pliegos y se autoriza el llamado a Proceso de Compra BAC N° 9268-0789-LPU16..................... Pág. 219

Disposición N° 79-DGTALET/16Se aprueban pliegos y se autoriza el llamado a Contratación Menor BAC N°                                                                   9268-1800-CME16.............................................................................................................................................. Pág. 220

Disposición N° 80-DGTALET/16Se aprueban pliegos y se autoriza el llamado a Contratación Menor BAC N°                                                                   9268-1799-CME16.............................................................................................................................................. Pág. 222

Secretaría de Medios

Disposición N° 17-SCCA/16Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 214-1137-CME16.................................................................. Pág. 224

Disposición N° 30-LS1/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 214-0303-CDI16.................................................................. Pág. 225

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

Disposición N° 41-DGTALMDUYT/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 482-SIGAF-2016......................................................... Pág. 227

Disposición N° 138-DGCACTYSV/16Se sanciona a agente......................................................................................................................................... Pág. 228

Disposición N° 407-DGCACTYSV/16Se sanciona a agente......................................................................................................................................... Pág. 229

Disposición N° 408-DGCACTYSV/16Se sanciona a agente......................................................................................................................................... Pág. 230

Disposición N° 491-DGCACTYSV/16Se sanciona a agente......................................................................................................................................... Pág. 231

Disposición N° 493-DGCACTYSV/16Se sanciona a agente......................................................................................................................................... Pág. 231

Disposición N° 561-DGCACTYSV/16Se establece nómina de Inspectores de las Comunas con atribuciones relativas a faltas de                                           tránsito................................................................................................................................................................ Pág. 232

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología

Disposición N° 842-DGINC/16Se determinan proyectos seleccionados como beneficiarios del Programa Mentoreo a                                                   Emergentes......................................................................................................................................................... Pág. 235

Disposición N° 843-DGINC/16Se dan por cumplidos los objetivos del proyecto de titularidad de Romina Rivadeneira Ponce                                        Miranda............................................................................................................................................................... Pág. 237

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Ministerio de Salud

Disposición N° 40-HMIRS/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública BAC N° 435-0437-LPU16.............................................................. Pág. 240

Disposición N° 67-HMOMC/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 414-0383-CDI16.................................................................. Pág. 242

Disposición N° 147-HGNRG/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa - Proceso de Compra N° 420-1318-CME16............................. Pág. 244

Disposición N° 176-HGAP/16Se ratifica la DISFC-2016-140-HGAP................................................................................................................. Pág. 245

Disposición N° 180-HGNPE/16Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 417-1566-CME16.................................................................. Pág. 247

Disposición N° 181-HGAP/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Menor - Proceso de Compra N°                                                               425-1584-CME16................................................................................................................................................ Pág. 248

Disposición N° 183-HGAP/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Menor - Proceso de Compra N°                                                               425-1513-CME16................................................................................................................................................ Pág. 249

Disposición N° 185-HGAP/16Se aprueba y adjudica la Contratación Menor - Proceso de Compra N° 425-1638-CME16.............................. Pág. 251

Disposición N° 188-HGNPE/16Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 417-1014-CME16.................................................................. Pág. 252

Disposición N° 210-HGAIP/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa - BAC N° 427-0505-CDI16........................................................ Pág. 253

Disposición N° 211-HGAIP/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa - BAC N° 427-0539-CDI16........................................................ Pág. 255

Disposición N° 212-HGAIP/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública BAC N° 427-0568-LPU16.............................................................. Pág. 256

Disposición N° 213-HGAIP/16Se aprueba y adjudica la Contratación Menor BAC N° 427-1400-CME16......................................................... Pág. 258

Disposición N° 214-HGAIP/16Se aprueba y adjudica la Contratación Menor BAC N° 427-1526-CME16......................................................... Pág. 259

Disposición N° 215-HGAIP/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública BAC N° 427-0564-LPU16.............................................................. Pág. 260

Actas

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Actas N° 3758-IVC/16Acta de Directorio N° 3758/16............................................................................................................................. Pág. 263

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Resolución Comunal

Junta Comunal 8

Resolución Comunal N° 16414493-COMUNA8/16Se designan integrantes de la Comisión Evaluadora de Oferta......................................................................... Pág. 266

Organos de Control

Resolución

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 223-PG/16Se autoriza a ausentarse a Teresa Miñones...................................................................................................... Pág. 267

Resolución N° 225-PG/16Se deja sin efecto la Resolución N° 92- PGAAPYF/16 y se aprueban gastos................................................... Pág. 268

Trimestrales

Trimestrales

Jefatura de Gabinete de Ministros

Trimestrales N° 2-ASINF/16Segundo Trimestre.............................................................................................................................................. Pág. 270

Comunicados y Avisos

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

Comunicaciones N° 11-DGUAI/16Declaración Jurada TSJ...................................................................................................................................... Pág. 271

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Licitaciones

Jefatura de Gabinete de Ministros

Licitación - Llamado N° 493-SECDES/16.......................................................................................................... Pág. 272Licitación - Llamado N° 494-SECDES/16.......................................................................................................... Pág. 272Licitación - Llamado N° 815-DGTALMJG/16..................................................................................................... Pág. 273Expediente - Llamado N° 17195106-ASINF/16................................................................................................. Pág. 275Licitación Pública Nacional - Llamado N° 754-DGTALMJG/16................................................. Pág. 276

Ministerio de Justicia y Seguridad

Licitación - Llamado N° 441-SSADS/16............................................................................................................. Pág. 277

Ministerio de Salud

Licitación - Llamado N° 25-HGAT/16................................................................................................................. Pág. 278Licitación - Llamado N° 489-DGADCYP/16....................................................................................................... Pág. 278Licitación - Llamado N° 705-HGACD/16............................................................................................................ Pág. 279Licitación - Llamado N° 712-HGNRG/16............................................................................................................ Pág. 279Licitación - Llamado N° 792-HNJTB/16............................................................................................................. Pág. 280Licitación - Llamado N° 802-HBR/16................................................................................................................. Pág. 281Licitación - Llamado N° 806-HGATA/16............................................................................................................. Pág. 281Licitación - Preadjudicación N° 518-HGARM/16................................................................................................ Pág. 281Licitación - Preadjudicación N° 572-HGAVS/16................................................................................................. Pág. 282Licitación - Adjudicación N° 153-HGADS/16...................................................................................................... Pág. 283Licitación - Adjudicación N° 1404-HQ/16........................................................................................................... Pág. 284Licitación - Rectificación N° 487-DGADCYP/16................................................................................................. Pág. 285Expediente - Llamado N° 17230990-HO/16....................................................................................................... Pág. 286Contratación Directa - Llamado N° 633-HGADS/16.......................................................................................... Pág. 287Contratación Directa - Llamado N° 1776-HBR/16.............................................................................................. Pág. 287Contratación Directa - Preadjudicación N° 187-HGAT/16................................................................................. Pág. 288

Ministerio de Educación

Licitación - Llamado N° 435-DGAR/16............................................................................................................... Pág. 289

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Licitación - Llamado N° 624-SSUEP/16............................................................................................................. Pág. 290Licitación - Llamado N° 717-EHU/16................................................................................................................. Pág. 290Licitación - Circular con consulta N° 344-DGRU/16........................................................................................... Pág. 291Licitación - Circular con consulta N° 418-DGORU/16........................................................................................ Pág. 292

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Secretaría General

Contratación Directa - Adjudicación N° 1025-SECG/16.................................................................................... Pág. 294

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Licitación - Llamado N° 782-AGIP/16................................................................................................................ Pág. 295

Ente de Turismo

Contratación Directa - Llamado N° 1799-DGTALET/16..................................................................................... Pág. 296

Corporación Buenos Aires Sur

Licitación - Adjudicación N° 2-CBAS/16............................................................................................................. Pág. 297

Banco Ciudad de Buenos Aires

Carpeta - Llamado N° 22405-BCOCIUDAD/16.................................................................................................. Pág. 298

Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de BuenosAires

Licitación - Circular sin consulta N° 8-ERSP/16................................................................................................. Pág. 299

Junta Comunal 13

Licitación - Llamado N° 8646243-COMUNA13/16............................................................................................. Pág. 300

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

Licitación - Llamado N° 808-DGTALMHYDH/16................................................................................................ Pág. 301

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

Expediente - Llamado N° 12108239-DGTALMDUYT/16................................................................................... Pág. 302Expediente - Llamado N° 12403925-DGTALMDUYT/16................................................................................... Pág. 302Expediente - Llamado N° 13592837-DGTALMDUYT/16................................................................................... Pág. 303Expediente - Llamado N° 16374108-DGTALMDUYT/16................................................................................... Pág. 303Resolución N° 415-DGTAYL/16.......................................................................................................................... Pág. 304

Secretaría de Medios

Licitación - Adjudicación N° 288-LS1/16............................................................................................................ Pág. 305Contratación Directa - Adjudicación N° 223-LS1/16.......................................................................................... Pág. 306

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Subsecretaría de Comunicación

Contratación Directa - Adjudicación N° 106-SSCOMUNIC/16........................................................................... Pág. 307

Subsecretaría Deportes (MDEGC)

Contratación Directa - Adjudicación N° 852-SSDEP/16.................................................................................... Pág. 308Contratación Directa - Adjudicación N° 963-SSDEP/16.................................................................................... Pág. 308

Subsecretaría de Bienestar Ciudadano

Contratación Directa - Adjudicación N° 659-DGDS/16...................................................................................... Pág. 310

Edictos Oficiales

Ministerio de Salud

Notificación N° 63-HGAJAF/16........................................................................................................................... Pág. 311Comunicados N° 15-HMIRS/16.......................................................................................................................... Pág. 312Expediente N° 11761218-HMOMC/14................................................................................................................ Pág. 313Notificación N° 7217129-HNBM/16..................................................................................................................... Pág. 314

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología

Notificación N° 16906248-DGEMP/16................................................................................................................ Pág. 315Notificación N° 16952556-DGEMP/16................................................................................................................ Pág. 315Notificación N° 16979272-DGEMP/16................................................................................................................ Pág. 316

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Notificación N° 494336-DGR/10......................................................................................................................... Pág. 318Notificación N° 1272185-DGR/11....................................................................................................................... Pág. 320Notificación N° 757976-DGR/12......................................................................................................................... Pág. 322Notificación N° 1574122-DGR/12....................................................................................................................... Pág. 323Notificación N° 2302754-DGR/12....................................................................................................................... Pág. 325Notificación N° 5918384-DGR/14....................................................................................................................... Pág. 326Notificación N° 10456118-DGR/14..................................................................................................................... Pág. 328Notificación N° 9954524-DGR/16....................................................................................................................... Pág. 330Notificación N° 12757738-DGR/16..................................................................................................................... Pág. 331Notificación N° 12768591-DGR/16..................................................................................................................... Pág. 333Notificación N° 12769366-DGR/16..................................................................................................................... Pág. 334Intimaciones N° 23028601-DGR/15.................................................................................................................... Pág. 336

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Notificación N° 17155639-IVC/16....................................................................................................................... Pág. 338Notificación N° 17155781-IVC/16....................................................................................................................... Pág. 338Notificación N° 17212139-IVC/16....................................................................................................................... Pág. 338Notificación N° 17242057-IVC/16....................................................................................................................... Pág. 339Notificación N° 17254626-IVC/16....................................................................................................................... Pág. 339Notificación N° 17254678-IVC/16....................................................................................................................... Pág. 340

Juzgado Provincial

Citación N° 16620484-JCCN11MDP/16............................................................................................................. Pág. 341Citación N° 17313118-JPICCCUERN1/16.......................................................................................................... Pág. 341

Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

Citación N° 16824661-JPCFN10/16................................................................................................................... Pág. 343Citación N° 16929906-JPCFN4/16..................................................................................................................... Pág. 343Notificación N° 17312015-CACATS2/16............................................................................................................. Pág. 345Notificación N° 17326101-JCATN9/16................................................................................................................ Pág. 345

Ministerio Público Fiscal

Citación N° 17158484-UFSN33/16..................................................................................................................... Pág. 347Citación N° 17201033-UFON25/16..................................................................................................................... Pág. 347

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Poder Ejecutivo Decreto

DECRETO N.° 390/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 1.251 (texto consolidado por Ley N° 5.454), 3.124, 5.460 y su modificatoria , el Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios y el Expediente Electrónico Nº 15.472.792-MGEYA-IVC/14, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto, tramita la cesión a título gratuito por parte del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que fuera resuelta por Actas de Directorio 3040/14 y 3427/15 del mencionado Instituto, de los inmuebles detallados en el Anexo I del presente Decreto, el que forma parte integrante del mismo; Que los inmuebles detallados en el Anexo I pertenecen al dominio del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC), habiendo sido desafectados del Distrito de Zonificación U6 (Conjunto Urbano Savio) del Código de Planeamiento Urbano y afectados al Distrito de Zonificación UP (Urbanización Parque), conforme lo establecido en el artículo 1º de la Ley N º 3.124; Que como resultado de tal afectación los inmuebles no son aptos para promover el efectivo ejercicio del derecho al hábitat y a la vivienda de todos los habitantes de la Ciudad, en los términos del artículo 4° de la Ley N° 1.251; Que en consecuencia, el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) propicia la cesión gratuita de tales inmuebles al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo establecido en el artículo 6º inciso c) de la Ley N° 1.251; Que por Ley Nº 5.460 y su modificatoria se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte; Que por Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) como un organismo fuera de nivel dentro del citado Ministerio; Que, por lo expuesto precedentemente, resulta necesario aceptar la transferencia efectuada por el mencionado Instituto mediante el dictado del acto administrativo pertinente, autorizando a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica a realizar todas las acciones tendientes a efectivizar la cesión gratuita a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inscribiéndola en el Registro de la Propiedad Inmueble; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete conforme lo establece la Ley N° 1.218. Por ello y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

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EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DECRETA

Artículo1º.- Acéptase la cesión gratuita efectuada por el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los inmuebles detallados en el Anexo I (IF-2016-16134233-DGTALMDUYT), el cual forma parte integrante del presente. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica a instrumentar la transferencia e inscribir mediante escritura pública y/o documento administrativo (Ley Nacional N°17.801, art. 3º inc. a) los inmuebles detallados en el Anexo I (IF-2016-16134233-DGTALMDUYT), en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3º.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Dirección General Administración de Bienes del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Miguel

DECRETO N.° 391/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 1.027, el Expediente Electrónico Nº 1.550.191/DGTAD/13, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, la Facultad Regional Buenos Aires de la Universidad Tecnológica Nacional, requiere la escrituración del predio sito en el Parque Almirante Brown de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado "Campus Universitario", entre las calles Mozart, Saraza, Av. Santiago de Compostela, Av. Asturias, Av. Castañares y la prolongación virtual de la calle White en su deslinde con el Distrito de Zonificación R2a1, que fuera transferido a título gratuito a su favor con cargo a uso educativo mediante la Ley N° 1.027; Que, a fin de obtener la correspondiente escritura traslativa de dominio, la citada Facultad presentó una nueva mensura, que fue registrada por la Dirección General Registro de Obras y Catastro del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, como plano de catastro 8/C/2012 cuyos datos son Circunscripción 1, Sección 64, Manzana 99P, Parcelas 4 y 2b, con una superficie de 79.825.45 m2;

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ANEXO

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Que la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica informó que la parcela 4 y una parte de la parcela 2b corresponden al dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por sentencias de expropiaciones que oportunamente ordenaran la transferencia de dominio a favor de la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (conforme Decreto Ley Nº 11.400) por encontrarse ambas parcelas afectadas al Parque Almirante Brown; Que asimismo resulta que la actual parcela 2b se encuentra compuesta por una superficie cubierta por título inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble como parte de una mayor fracción en la matrícula carpeta 1-79937; y otra superficie excedente de 11.225,25 metros cuadrados no cubierta por título identificada conforme plano 8/C/2012 como polígono 25-9-11-6-10-12-13-14-15-16-17-18-19-20-21-22-23-24-25; Que a fin de lograr la inscripción de la parcela 2b en su totalidad a nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Dirección General Escribanía General manifestó la necesidad de protocolizar el plano 8/C/2012, otorgando título formal al excedente de mensura referido, en forma previa a la transferencia de la parcela 4, de conformidad a lo establecido en el artículo 1893 del Código Civil y Comercial de la Nación, con sustento legal en el artículo 236 inc. a del mismo cuerpo legal; Que, en tal inteligencia, resulta necesario autorizar a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica, a regularizar la situación dominial del mencionado excedente de mensura de la parcela 2b, inscribiéndolo a nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad a la normativa precedentemente citada; Que la Dirección General Registro de Obras y Catastro del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte ha intervenido en orden a su competencia específica;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado debida intervención conforme la Ley Nº 1.218. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1º.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a instrumentar la declaratoria de dominio a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto del excedente de mensura identificado conforme plano 8/C/2012, como polígono 25-9-11-6-10-12-13-14-15-16-17-18-19-20-21-22-23-24-25 que consta de una superficie de 11.225,25 metros cuadrados y forma parte de la Circunscripción 1, Sección 64, Manzana 99P, Parcela 2b, mediante escritura pública y/o documento administrativo e inscribirlo en el Registro de la Propiedad Inmueble. Artículo 2º.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a la Dirección General Administración de Bienes del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Miguel

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DECRETO N.° 392/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: La Ordenanza Nº 40.593 (texto consolidado por Ley N° 5.454) y su ley modificatoria N° 5.206, la Ley Nº 5.198, el Expediente Electrónico Nº 30086620-MGEYA-DGCDO/15, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ordenanza Nº 40.593 (texto consolidado por Ley N° 5.454) y su Ley modificatoria N° 5.206, fue aprobado el Estatuto del Docente de la Ciudad de Buenos Aires; Que la Ley Nº 5.198 confirmó en carácter de titulares a aquellos agentes que a la fecha de su promulgación se encontraban desempeñando cargos docentes de base en los niveles inicial y primario en escuelas dependientes de la Dirección de Formación Docente, de Maestro de Sección, Maestro Auxiliar de Sección y Maestros de Materias Especiales (Nivel Inicial), Maestro de Grado y Maestro de Materias Especiales (Nivel Primario), de acuerdo a las condiciones que establece la citada Ley; Que resulta necesario establecer al Ministerio de Educación como autoridad de aplicación de la Ley N° 5.198 y facultar a su titular a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas, a los efectos de garantizar la continuidad de los circuitos administrativos y la prosecución del trámite de las actuaciones en los que deba intervenir. Por ello, y en uso de las facultades atribuidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1º.- Establézcase que el Ministerio de Educación es la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 5.198 y facúltase a su titular a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación. Artículo 2º.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel

DECRETO N.° 393/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO:

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 20

La Ley N° 5.460 y modificatoria N° 5.503, el Decreto N° 684/09 y modificatorios, el Decreto N° 363/15 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 16891987-MGEYA-DGTALMMIYT/16, y

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CONSIDERANDO: Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo; Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras orgánico funcionales; Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la creación de estructuras de niveles gerenciales permite optimizar la gestión de Gobierno, lo cual se traduce en una mejora en la calidad de los servicios prestados a los ciudadanos; Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.503, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; Que en virtud de la experiencia de gestión de gobierno, es menester realizar modificaciones en la estructura organizativa del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor eficiencia de sus competencias; Que deviene necesario modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General Concesiones y de la Dirección General Administración de Bienes del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que asimismo resulta conveniente aprobar la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios; Que la Ley N° 5.558 creó la Sociedad del Estado "Agencia de Bienes S.E." con el objeto de llevar adelante políticas de fomento que integren y mejoren la gestión urbana de la zona detallada en su artículo 2°, impulsando actividades que procuren el desarrollo humano, sustentable y la innovación;

Que en este sentido, corresponde establecer que dicha Agencia funcionará en la órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 21

Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de Julio de 2016, la estructura organizativa del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y

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sus modificatorios, de acuerdo con los Anexos I (IF-2016- 17170227-MMIYTGC) (Organigrama) y II (IF-2016-16932451-MMIYTGC) (Responsabilidades Primarias), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto. Artículo 2°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Dirección General Concesiones y de la Dirección General Administración de Bienes del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología de acuerdo al Anexo II (Responsabilidades Primarias) (IF-2016-16932451-MMIYTGC), que a sus efectos forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 3°.- Establécese que la "Agencia de Bienes S.E." creada por Ley N° 5.558 funcionará bajo la órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Artículo 4°.- La Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda la asignación de la dotación de su Jurisdicción a las distintas gerencias y subgerencias operativas en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto. Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar cumplimiento al presente Decreto. Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Modernización, Innovación y Tecnología, de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil, ambas del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Mura - Miguel

DECRETO N.° 397/16

Buenos Aires, 15 de julio de 2016 VISTO: El Código Fiscal T.O. 2016 (B.O. Nº 4878), los Decretos Nº 900/91 y sus modificatorios, Nº 364/16 y Nº 365/16 y el Expediente Electrónico Nº 17.311.109/DGTALMMIYT/16, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el visto tramita la incorporación a la tabla de valores de recuperación de costos de servicios especiales por el ingreso al Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires “Eduardo Ladislao Holmberg";

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 22

ANEXO

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Que por el Decreto N° 364/16 se declaró la caducidad del contrato de Concesión de Uso y Explotación del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires “Eduardo Ladislao Holmberg“, quedando a partir del 23 de junio del 2016, la administración y gestión del predio a cargo del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que por el Decreto Nº 365/16 se encomendó a dicho Ministerio el inmediato Uso y Explotación del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires “Eduardo Ladislao Holmberg“, debiendo realizar todos los actos que resulten necesarios para su gestión, administración y conservación; Que el artículo 476 del Código Fiscal faculta al Poder Ejecutivo a recuperar los costos que ocasionan los servicios especiales prestados por los distintos organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a requerimiento de los interesados y a iniciativa de la Administración; Que por el Decreto N° 900/91 y sus modificatorios, se aprobó la Tabla de Valores de Recuperación de Costos, mediante la cual se indicó cuáles son los servicios especiales prestados por los diferentes organismos y el valor de recuperación de costos de los mismos; Que conforme lo expuesto, resulta necesario establecer los montos a abonar por los usuarios en concepto de ingreso al Jardín Zoológico, permitiendo lograr una administración oportuna y eficiente del predio con el fin de evitar la pérdida irreparable que implicaría el descuido de los bienes jurídicos comprometidos; Que dado el carácter de servicio especial que reviste dicha administración, resulta necesario implementar el procedimiento de recuperación de costo previsto en el Decreto precitado; Que ha tomado intervención la Dirección General Análisis Fiscal dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que a tales fines, el Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, propicia fijar y aprobar el valor de ingreso al Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires “Eduardo Ladislao Holmberg", como recupero de costos que ocasiona el sostenimiento del mismo. Por ello, y conforme las facultades que emanan de los Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA

Artículo 1°.- Incorpórase a la Tabla de Valores de Recuperación de Costos, aprobada por el Decreto N° 900/91, el siguiente punto: "Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología: Por el ingreso al Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires “Eduardo Ladislao Holmberg“ se abonará por cada visitante y por día la suma de PESOS CIENTO NOVENTA ($190), con excepción de los jubilados y los menores de doce (12) años, quienes ingresarán sin cargo alguno“. Artículo 2°.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda, a propuesta del señor Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología a incorporar, actualizar o modificar la Tabla de Valores de Recuperación de Costos consignada en el artículo precedente. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores ministros de Modernización, Innovación y Tecnología y de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 23

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Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Técnica, Administrativa y Legal, Contaduría, Tesorería y Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Análisis Fiscal de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Mura - Miguel

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 24

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Resolución Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.° 285/MJGGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO Los Decretos Nros. 638/2007, 363/2015 y sus modificatorios y la Resolución N°698/MHGC/2008, el Expediente Electrónico Nº 11665661/MGEYA-SECCCYFP/2016, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 363/2015 y sus modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el artículo 7 del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que según surge de los presentes actuados, la Coordinación General Ejecutiva del Instituto Superior de la Carrera dependiente de la Secretaría de Cultura Ciudadana y Función Pública, propicia a partir del 01 de abril de 2016, la designación de la Srta. Natalí Kronengold, como Personal de su Planta de Gabinete; Que dicho acto administrativo se efectúa, teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado, de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº 698/MHGC/2008 y sus modificatorias; Que a tal fin, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1, del Decreto N° 638/2007,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE

Artículo 1.- Designase a partir del 01 de abril de 2016, a la Srta. Natalí Kronengold, DNI Nº 31.963.112, CUIL Nº 27-31963112-2, como Personal de la Planta de Gabinete de la Coordinación General Ejecutiva del Instituto Superior de la Carrera dependiente de la Secretaría de Cultura Ciudadana y Función Pública de esta Jefatura de Gabinete de Ministros, con 5800 Unidades Retributivas Mensuales, en las condiciones establecidas por el artículo 7 del Decreto Nº 363/2015 y sus modificatorios. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Coordinación General Ejecutiva del Instituto Superior de la Carrera dependiente de la Secretaria de Cultura Ciudadana y Función Pública de Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Miguel

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 25

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RESOLUCIÓN N.° 162/SECDES/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016

VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, las Leyes Nros. 70 y 2.095 (textos consolidados conforme Ley Nº 5.454), los Decretos Nros. 1254/08, 663/09, 481/11, 203/16 y el expediente electrónico EX 2016-16564513-MGEYA-SECDES, y

CONSIDERANDO:

Que la cláusula transitoria tercera de la Ley Nº 70 establece que "Hasta tanto se sancione una Ley que regule el sistema de contrataciones del Estado y que organice la administración de sus bienes, continuará rigiendo la normativa vigente a la fecha de la sanción de la Ley"; Que en virtud de la citada normativa, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resulta de aplicación el Régimen de Obras Públicas prescripto en la Ley Nº 13.064; Que de mediante Decreto Nº 1254/08, modificado por su similar Nº 663/09, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para obras mayores para los procedimientos de selección del contratista estatal; Que por su parte por Decreto Nº 481/11 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para obras públicas menores; Que mediante el Decreto Nº 203/16 entre otras cuestiones estableció las condiciones, las escalas de límites y cuadro de competencia para todos los procedimientos de selección para la contratación de obra pública en el ámbito de esta Ciudad; Que el régimen normativo de compras y contrataciones aplicable al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece la necesidad de crear Comisiones de Evaluación de Ofertas; Que dicha Comisión tiene a su cargo el estudio y análisis técnico de las ofertas que se presenten en el marco de un procedimiento licitatorio, como así también las consultas y observaciones que se presenten en dicho procedimiento; Que en tal entendimiento resulta necesario crear una Comisión de Evaluación de Ofertas que intervenga en todos los procedimientos de selección de contratistas para la ejecución de obras públicas que se efectúen en el ámbito de esta Secretaría y sus organismos dependientes; Que asimismo, corresponde designar a los miembros que integrarán la Comisión de Evaluación de Ofertas, quienes se desempeñarán en carácter ad-honorem, sin que ello genere erogación alguna importe modificar su situación de revista ni relevarlos de las actividades y responsabilidades que le son propias al cargo que ocupan o funciones que desempeñan; Que las personas propuestas cuentan con los requisitos de idoneidad necesarios para el cumplimiento del cometido de la Comisión cuya integración se propicia. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE DESCENTRALIZACIÓN

RESUELVE

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 26

Artículo 1.- Créase la Comisión de Evaluación de Ofertas al amparo de lo establecido en la Ley Nacional Nº 13.064 y normativa aplicable a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual intervendrá en todos los procedimientos de selección de contratistas para

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la ejecución de obras públicas que se efectúen en el ámbito de esta Secretaría y sus organismos dependientes. Artículo 2.- Desígnase como integrantes titulares de la Comisión de Evaluación de Ofertas al Sr. Fernando Gutierrez, D.N.I: 17.759.686; Sr. Orlando Gabriel Vammaro, D.N.I: 13.222.169; Dra. Silvia Lucía Spatafora, D.N.I: 20.664.749 y el Sr. Facundo Ariel Addorisio, D.N.I: 27.028.714. Artículo 3.- Desígnase como integrante suplente de la Comisión de Evaluación de Ofertas al Sr. Nicolás Ariel Guastavino, D.N.I: 33.185.470. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial. Regístrese, notifíquese a los interesados para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de Soporte Administrativo. Cumplido, archívese. Costantino

RESOLUCIÓN N.° 78/ASINF/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016

VISTO: La Ley Nº 70, la Ley N° 2.689, la Ley N° 5.460, la Ley Nº 5.495, el Decreto N° 396/GCABA/15, el Decreto N° 10/GCABA/16, el Expediente Electrónico N° 16164017-MGEYA-ASINF-2016, y

CONSIDERANDO:

Que a través del expediente indicado en el visto tramita las compensaciones presupuestarias detalladas en el Requerimiento N° 3486/SIGAF/2.016 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar a las compras detalladas en el Informe N° 16961253/DGTALINF/2016; Que mediante Ley N° 2.689, se creó la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo, y como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero; Que, por su parte, la actual Ley de Ministerios N° 5.460 establece que la ASI se encuentra bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministerios de la Ciudad, asimismo ésta además se encarga de supervisar su funcionamiento, en un todo conforme con dicha Ley, y su Decreto Complementario N° 363/GCABA/15; Que los entes descentralizados tienen por definición la facultad de administrarse por sí mismos, poseen patrimonio y presupuesto propios y se rigen por las normas generales de Derecho Público, vinculándose con la Administración Central mediante una relación jurídica de control administrativo o tutela; Que por otro lado, la Ley Nº 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires";

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 27

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Que por medio de la Ley Nº 5495, promulgada por Decreto Nº 396/GCABA/15 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.016; Que así por Decreto Nº 10/GCABA/16, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.016", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento N° 3486/SIGAF/2.016 se encuentra en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF);

Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2.016, aprobadas mediante Decreto N° 10/GCABA/2.016; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 10/GCABA/2.016,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION

RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como IF-2016-16962065/DGTALINF/2.016 el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Dougall

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 28

ANEXO

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Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N.° 2139/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: Los Decretos Nº 1.143/05, 638/07 y 363/15, la Resolución N° 1108/MHGC/16 y el Expediente Electrónico Nº 11.198.042/SSFIN/2016, y; CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 1.143/05 y sus modificatorios se establece el régimen vigente para los trabajadores de gabinete de las autoridades superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto Nº 638/07 se delegó en los titulares de cada Jurisdicción la facultad de efectuar las designaciones y disponer los ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su ámbito, así como la de aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que por Decreto Nº 363/15 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el artículo 7º del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2015 el Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Resolución N° 1108/MHGC/16 se designó a la señora María Cecilia Mastrogiacomo (DNI N° 23.573.479, CUIL 27-23573479-1) como personal de Planta de Gabinete de la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda, a partir del 1 de marzo y hasta el 30 de junio de 2016; Que la citada Subsecretaría solicita que dicha desiganción lo sea hasta el 31 de diciembre de 2016; Que conforme lo expuesto resulta necesario el dictado de la norma legal pertinente. Por ello y conforme las facultades conferidas por el artículo 1º del Decreto Nº 638/07,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1º.- Déjase establecido que la designacion de la señora María Cecilia Mastrogiacomo (DNI 23.573.479, CUIL 27-23573479-1) como personal de la Planta de Gabinete de la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda, con una retribución equivalente a la cantidad de cuatro mil quinientas (4.500) Unidades Retributivas mensuales lo es hasta el 31 de diciembre de 2016. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Finanzas y a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Administración y Liquidación de Haberes y Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos. Mura

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 29

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RESOLUCIÓN N.° 2145/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471 (Texto consolidado por Ley N° 5.454) y 5.460, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11 y 363/15, y el Expediente Electrónico N° 09647993-MGEYA-DGCDIV-2016, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 363/15 fue aprobada la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 5° del citado Decreto establece que los cargos del Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de dicho Decreto, es decir, hasta tanto realice las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios producidos por la Ley N° 5.460 y los Decretos N° 363/15 y modificatorios; Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/2011 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, la Secretaría de Desarrollo Ciudadano propicia la designación de la Sra. Maria Martina Cassiau, DNI N° 34.415.153, CUIL N° 27-34415153-4, como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Protección de las Minorías, de la Dirección General de Convivencia en la Diversidad, de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es propuesta; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el actuado referido en el anterior considerando, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad de la agente propuesta para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460,

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 30

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EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 01 de mayo de 2016, con carácter transitorio, a la agente Maria Martina Cassiau, DNI N° 34.415.153, CUIL N° 27-34415153-4, como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Protección de las Minorías, de la Dirección General Convivencia en la Diversidad, de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Convivencia en la Diversidad, de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano. Mura

RESOLUCIÓN N.° 2146/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 5.460, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 363/15 y 306/16, el Expediente Electrónico Nº 14238332/MGEYA/SECCCYFP/2016, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Decreto N° 363/15 fue aprobada la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 5° del citado Decreto establece que los cargos del Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de dicho Decreto, es decir, hasta tanto realice las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios producidos por la Ley N° 5.460 y los Decretos N° 363/15 y modificatorios; Que por Decreto N° 306/16 se aprobó la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto Nº 363/15; Que por el Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno;

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Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos gerenciales, su duración y el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, la Jefatura de Gabinete de Ministros propicia la designación de la Srta. María Florencia Griffin Lynch, DNI Nº 32.267.427, CUIL Nº 27-32267427-4, como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Contenidos y Promoción Cultura Ciudadana de la Dirección General Relaciones Institucionales y Promoción Cultura Ciudadana dependiente de la Secretaría Cultura Ciudadana y Función Pública, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es propuesto; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el actuado referido en el anterior considerando, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad del agente

propuesto para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnase a partir del 01 de junio de 2016, con carácter transitorio, a la Srta. María Florencia Griffin Lynch, DNI Nº 32.267.427, CUIL Nº 27-32267427-4, como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Contenidos y Promoción Cultura Ciudadana de la Dirección General Relaciones Institucionales y Promoción Cultura Ciudadana dependiente de la Secretaría Cultura Ciudadana y Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, debiendo esta última notificar fehacientemente a la interesada y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura

RESOLUCIÓN N.° 2147/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471 (Texto consolidado por Ley N° 5.454) y 5.460, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 363/15 y 329/16, el Expediente Electrónico N° 14286481-MGEYA-MAYEPGC-2016, y

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Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Decreto N° 363/15 fue aprobada la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 5° del citado decreto establece que los cargos del Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de dicho decreto, es decir, hasta tanto realice las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios producidos por la Ley N° 5.460 y los Decretos N° 363/15 y modificatorios; Que por Decreto N° 329/16 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando en consecuencia, parcialmente modificado el Decreto Nº 363/15; Que por el Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos gerenciales, su duración y el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, el Ministerio de Ambiente y Espacio Público propicia la designación del Sr. Lautaro Vasser, DNI Nº 35.231.763, CUIL Nº 20-35231763-3, como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Planificación, de la Dirección General Control de Gestión, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es propuesto; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el actuado, ha verificado

la inexistencia de incompatibilidad del agente propuesto para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 01 de junio de 2016, con carácter transitorio, al agente Lautaro Vasser, DNI Nº 35.231.763, CUIL Nº 20-35231763-3, como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Planificación, de la Dirección General Control de Gestión, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Control de Gestión, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, debiendo esta última notificar fehacientemente al interesado y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura

RESOLUCIÓN N.° 2148/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471 (Texto consolidado por Ley N° 5.454) y 5.460, los Decretos Nros. 684/09, 335/11,571/11, 363/15 y 306/16, el Expediente Electrónico N° 15360401-MGEYA-SSIUYCG-2016, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Decreto N° 363/15 fue aprobada la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 5° del citado decreto establece que los cargos del Régimen Gerencial existentes al 10 de diciembre de 2015 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de dicho decreto, es decir, hasta tanto realice las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios producidos por la Ley N° 5.460 y los Decretos N° 363/15 y modificatorios; Que por Decreto N° 306/16 se modificó la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando en consecuencia, parcialmente modificado el Decreto Nº 363/15; Que por el Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos gerenciales, su duración y el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos;

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 34

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Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros propicia la designación de la Sra. Trinidad Ledesma, DNI N° 33.174.259, CUIL N° 27-33174259-2, como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Asistencia Integral, de la Dirección General Coordinación Gubernamental, de la Subsecretaría de Infraestructura Urbana y Coordinación Gubernamental, de la Secretaría de Integración Social y Urbana, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es propuesta;

Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el actuado, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad de la agente propuesta para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley Nº 5.460,

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 01 de junio, con carácter transitorio, a la agente Trinidad Ledesma, DNI N° 33.174.259, CUIL N° 27-33174259-2, como Gerente Operativa de la Gerencia Operativa Asistencia Integral, de la Dirección General Coordinación Gubernamental, de la Subsecretaría de Infraestructura Urbana y Coordinación Gubernamental, de la Secretaría de Integración Social y Urbana, de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Coordinación Gubernamental, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, debiendo esta última notificar fehacientemente a la interesada y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura

RESOLUCIÓN N.° 2149/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: El Expediente N° 286.173/10 y sus incorporados, mediante el cual se instruyó Sumario N° 193.19/09 y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 1062/MHGC/09 se ordenó instruir sumario administrativo a efectos de esclarecer los hechos y deslindar responsabilidades, con motivo del Informe N° 4/09 elaborado por la ex Dirección de Auditoría de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos;

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Que, obra copia del Informe N° 4/09 producido por la entonces Dirección de Auditoría de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, mediante el cual se procedió a efectuar un control especial de documentación en el Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez'" que abarcó el período comprendido entre el 01/08/07 y el 30/11/08 inclusive; Que, señaló esa Dirección de Auditoría en el mentado informe que se detectaron numerosos casos de inasistencias injustificadas en que incurrieron distintos agentes del citado nosocomio y que no se había dado estricto cumplimiento a lo establecido en los artículos 47 y 48 de la Ley N° 471; Que, se expidió la Procuración General mediante Dictamen PG N° 070355/09, considerando que los hechos denunciados merecían una investigación, y de resultar procedente, correspondería aplicar las sanciones disciplinarias establecidas por la Ley N° 471, Capítulo XlI “Del Régimen Disciplinario"; Que, obra descargo de la Jefa de División Personal del Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez“, Silvia S. de Fernández, referido al Informe de Auditoría N° 4/09, acompañado de la documentación relacionada con el tema; Que, se glosó la nómina de agentes del mentado nosocomio que durante el período 2008 inasistieron a sus tareas y/o registraron llegadas tarde y estarían encuadrados en los artículos 47 y 48 de la Ley N° 471, la cual fue elevada por la Jefa de División Personal, Fernández, a la Directora Dra. Diana Galimberti mediante nota. Todo fue elevado a la Dirección General Región Sanitaria II por Informe N° 384/HGATA/09; Que, mediante Disposición N° 08/DGSUM/09 se ordenó investigar en expedientes separados los hechos vinculados a cada agente, identificándolos con un número de actuación individual, para ser anexados al Sumario que tramitara por el Expediente Nº 13.158/09; Que, de acuerdo con ello, el Ministro de Hacienda ordenó por Resolución N° 3248/MHGC/09 la ampliación del objeto de investigación dispuesto por Resolución N° 1062/MHGC/09, en orden a las anomalías puestas de manifiesto a través del Informe N° 4/09 de la ex Dirección de Auditoria de la entonces Unidad de Gestión de Recursos Humanos, en virtud de la facultad conferida par el articulo 9º in fine del Decreto N° 826/01 (actualmente derogado); Que, obra el certificado de las fotocopias glosadas que son reproducción fiel de sus originales, correspondientes al Expediente Nº 35.878/09 e incorporado Expediente N° 13.156/09, por el que tramitara el sumario Nº 193/09; Que, consta la remisión de las actuaciones a la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivos, con el fin de caratularlas y destinar el presente sumario particularmente a la investigación de la conducta del agente Miguel Enrique Leal, FC. N° 414.374; Que, en mérito a los antecedentes y abierta la instrucción, se solicitó por Nota Nº 512.469/DGSUM/10 dirigida al Hospital Álvarez, que informara la totalidad de inasistencias injustificadas en que incurriera el nombrado agente durante el período comprendido entre el 01/08/07 y el 30/11/08, requiriéndose la remisión de copias certificadas de los documentos que acreditaran tales circunstancias, e informase si por los hechos aludidos se le había aplicado alguna sanción disciplinaria y/o descuentos de haberes y, en caso afirmativo, que remitiera las constancias que lo avalasen; Que, en la contestación se hizo saber que el agente Leal se desempeñaba en el turno noche (noche por medio) de 21.00 a 7.00 por lo que al solo efecto del descuento se tomó cada inasistencia como doble pero no se le aplicó sanción disciplinaria; Que, a pedido de la Instrucción, la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos mediante el Informe Nº 1.573.652/SUBRH/10, hizo conocer la normativa que servía de base para el cómputo de las inasistencias incurridas por los agentes que se desempeñaban noche por medio en el Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez“; Que, se le recibió declaración testimonial a Cristina Emilia Vargas, quien se desempeñaba en la ex Dirección Liquidación de Haberes;

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Que, expuso que basándose en lo informado por el Hospital Álvarez, lo que se hizo fue aplicar por cada día de inasistencia incurrida dos días de descuento, es decir, lo que se utilizó fue una aplicación por analogía comparando, dado que las liquidaciones eran por treinta días y, en el caso de los franqueros, se les pagó mensualmente por treinta días de trabajo cuando la prestación efectiva fue por quince días. Dijo que en el caso de autos, el total de inasistencias era de 21. En su ampliación, Vargas sólo ratificó su testimonio; Que, en razón de existir mérito suficiente se decretó la indagatoria del agente Miguel Enrique Leal, FC. N° 414.374, agregándose sus antecedentes y su concepto; Que, respecto a lo informado que el agente Miguel Enrique Leal dejó de concurrir al establecimiento el 23/07/11, se tendrá en consideración lo expuesto por la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales en la Nota N° 12719530/DGALP/14, en cuanto a que dicho agente revistaba presupuestariamente como enfermero en el Hospital General de Agudos “Dr. Teodoro Álvarez“; Que, prestó declaración indagatoria el enfermero en el Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez“, Miguel Enrique Leal, quien manifestó que la mayoría de las inasistencias fueron por sus problemas de salud, de su familia y debido a la complicación de tiempo que demandaba la justificación ante el Hospital “Dr. Guillermo Rawson“, ya que el declarante trabajaba en dos lugares; Que, se formuló el siguiente cargo al empleado Leal: "Haber incurrido en inasistencias discontinuas injustificadas a su jornada laboral los días: 9 de septiembre de 2007 y 19 de marzo, 20 de abril, 14 de mayo, 4 y 6 de octubre de 2008 conforme Informe de Auditoría N° 4/09 y documental agregada", el cual fue notificado mediante cédula; Que, se dispuso dar vista de todo lo actuado al sumariado por el término de diez (10) días a efectos de que efectuara la valoración de la totalidad de las actuaciones y, de creerlo conveniente, presentase alegato, lo cual fue notificado;

Que, la Instrucción resolvió notificar a dicho agente mediante cédula al domicilio constituido el cargo formulado, adjuntándose copia de dicho instrumento; Que a pedido de la Instrucción, la Dirección del Hospital Álvarez informó, que el Expediente N° 1648443/11, por el cual tramitó la cesantía del agente Miguel Enrique Leal, se encontraba en la Dirección General Asuntos Laborales y Previsionales desde el 25/01/12; Que, se dejó constancia que el encartado no presentó descargo ni alegato, disponiéndose el cierre de la etapa instructora; Que, requerida información a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales sobre la situación de revista del agente Miguel Enrique Leal, mediante nota NO-2014-12719530-DGALP informó que el nombrado revistaba como enfermero en el Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez“; Que, se señaló que para mejor proveer resultaba necesario librar una comunicación oficial a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a fin de que remitiera la documentación respaldatoria que acreditara las inasistencias injustificadas respecto al agente Leal, señaladas en el Informe de Auditoría N° 4/09, toda vez que la información obrante en la planilla de los auditores difería con la suministrada por el hospital mencionado; Que, se dejó constancia que por razones de celeridad e inmediatez procesal, se agregaba copia certificada del Expediente N° 264.326/10, Sumario N° 193.27/09, que guardaban relación con la documentación requerida en el presente sumario; Que, la Instrucción señaló que habiendo sido notificado el agente Leal en fecha 23/09/14 mediante cédula, y no constando presentación alguna de la vista conferida por tres (3) días, se le dio por decaído el derecho y sin quedar medidas pendientes de producción, se dispuso la clausura de la investigación;

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Que, respecto al cargo endilgado al agente Miguel Enrique Leal, una de las pruebas que hace a este reproche está dada por el Informe de Auditoria N° 4/09, producido por la Dirección de Auditoria de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, en el cual se consignó que el objetivo de la tarea realizada se circunscribió a examinar en el Hospital Álvarez, por el período comprendido entre el 01/08/07 al 30/11/08 inclusive, la cantidad de inasistencias injustificadas por agente y el tratamiento dado, en los casos en que se detectaron excesos en los límites establecidos por la normativa vigente. Es decir, es indiscutible que se trató de un pormenorizado examen sobre la documentación del nosocomio con el fin de comprobar las inasistencias del personal de la repartición; Que, el señalado informe de auditoría precisó que, conforme a la normativa aplicable que establecía el cómputo de los plazos calculado para el lapso de los 12 meses anteriores a partir que se verificaba la inasistencia injustificada, se procedió a efectuar el cálculo por agente, y para ese lapso, clasificándolas en aquéllas que alcanzaban un acumulado entre 10 a 15 días y las que superaban los 15 días; Que, asimismo, se destacó en dicho estudio que se constató que no se había dado estricto cumplimiento a lo establecido en los artículos 47 y 48 de la Ley N° 471, a excepción del caso del agente Alberto Ferrari, FC. Nº 403.119; Que, en consecuencia, el análisis queda centrado en el texto del invocado Informe de Auditoria Nº 4/09, a fin de discernir si el sumariado se encuentra encuadrado en los artículos 47 y 48 de la Ley N° 471; Que, se encuentra probado por la documentación que acompañó el descargo de la Jefa de División Personal del Hospital Álvarez, Silvia S. de Fernández, referido al

Informe de Auditoria N° 4/09, que el empleado Leal incurrió en cinco (5) inasistencias injustificadas discontinuas durante el año 2008; Que, por su parte, el Informe N° 552/HGATA/10 de la Dirección del nosocomio consignó el detalle de inasistencias injustificadas en que incurrió Leal en el período comprendido entre el 01/08/07 y el 30/11/08, en los días indicados en el cargo en análisis, es decir: 09/09/07, 19/03/08, 20/04/08, 14/05/08, 04/10/08 y 06/10/08, un total de seis (6); Que, debe aclararse que si bien en el Informe de Auditoria N° 4/09 constan otras inasistencias adjudicadas al empleado Leal en el mismo período debe estarse, en lo que hace a la probanza del reproche en análisis, a la información aportada por el Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez“, que era la institución que controlaba el presentismo del agente en cuestión; Que, asimismo tanto la Directora General Técnica, Legal del Ministerio de Hacienda, como el Director General Legal y Técnico del Ministerio Salud, informaron que no tenían la documentación respaldatoria del Informe de Auditoria N° 4/09, que acreditara las inasistencias injustificadas respecto de todos los agentes involucrados en el mismo; Que, también, debe valorarse el reconocimiento de tales inasistencias que hizo el propio sumariado en su declaración indagatoria, debiendo aclararse que si bien señaló que no concurrió en tales días debido a sus problemas de salud y los de su familia, en modo alguno probó tales dolencias; Que, resulta así acreditado el cargo endilgado al empleado Leal, quien con su conducta incumplió la obligación establecida en el artículo 10, inciso a) de la Ley Nº 471;

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Que, toda vez que el artículo 47, inciso b) de la Ley Nº 471 establece como causales para la sanción de apercibimiento y suspensión, las inasistencias injustificadas en tanto no excedan los 10 días de servicios en el lapso de 12 meses inmediatos anteriores y habida cuenta que el agente Leal incurrió en cinco (5) inasistencias injustificadas discontinuas en dicho período, contado a partir del 06/10/08 (último ausente detectado) al 06/10/07, corresponde aplicarle una sanción suspensiva, para cuya graduación se tendrán en cuenta, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 51 del mismo ordenamiento legal, la gravedad de su falta, su concepto bueno y la ausencia de sanciones anteriores; Que, distinta es la situación del agente Leal en cuanto a la inasistencia que no está comprendida en el lapso contado a partir del 06/10/08 (último ausente reprochado) al 06/10/07, es decir, la del día 09/09/07, respecto a la cual corresponderá eximirlo de responsabilidad disciplinaria; Que, debe aclararse que pese a que en el informe del Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez“ se consignó que el encartado tenía concepto "Regular" firmado por la Jefa del Departamento de Enfermería, Licenciada Haydee González, y que en la comunicación oficial el mismo organismo señaló que dicho agente merecía concepto "Bueno" firmado por la Directora del Hospital, Dra. Diana Galimberti, a los fines del presente sumario se tendrá por válido, el último; Que, la Dirección General de Relaciones Laborales del Ministerio de Modernización indicó que el agente Miguel Enrique Leal, FC. Nº 414.374, no se encuentra amparado por la tutela sindical dispuesta por la Ley N° 23.551; Por ello, atento lo aconsejado por Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 184/10;

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE: Artículo 1º.- Sanciónase con cinco (5) días de suspensión al agente Miguel Enrique Leal, FC. N° 414.374, en orden al siguiente cargo: “Haber incurrido en inasistencias discontinuas injustificadas a su jornada laboral los días: 19 de marzo, 20 de abril, 14 de mayo, 4 y 6 de octubre de 2008 conforme Informe de Auditoría Nº 4/09 y documental agregada a fs. 87/95“, quien con su conducta incumplió la obligación establecida en el artículo 10, inciso a) de la Ley N° 471, en función de lo previsto en el artículo 47, inciso b) del mismo plexo legal. Artículo 2°.- Exímese de responsabilidad disciplinaria al agente Miguel Enrique Leal, FC. Nº 414.374, en orden a: "Haber incurrido en inasistencias discontinuas injustificadas a su jornada laboral los días: 9 de septiembre de 2007". Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud quien deberá practicar fehaciente notificación al interesado de los términos de la presente, consignando que no se agota la vía administrativa y que contra la misma podrá interponer recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio conforme los términos del art. 107 y siguientes de la Ley de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1.510/97 (texto consolidado por Ley N° 5454), y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos para que proceda a la registración correspondiente. Cumplido, archívese. Mura

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RESOLUCIÓN N.° 2150/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: La copia digitalizada Expediente N° 3363750/13 y sus incorporados, mediante el cual se instruyó Sumario N° 241/13 y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 452/MMGC/13 se ordenó la instrucción del sumario administrativo a efectos de valorar la conducta desplegada por el agente Alejandro Torres, FC. N° 451.055, quien se desempeña como auxiliar de Portería en la Escuela N° 11 del D.E. N° 5, dependiente del Ministerio de Educación, quien tras ser evaluado por la Dirección General Administración de Medicina del Trabajo habría aportado certificado médico falso de fecha 02/01/13; Que, la Dirección General Administración de Medicina del Trabajo puso en conocimiento a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales del entonces Ministerio de Modernización que el agente Torres habría incurrido en una falta grave, aportando certificado médico falso de fecha 02/01/13, firmado por la Dra. Paola Yupanqui, M.N. N° 136.940; Que, abierta que fuese la etapa instructoria, prestó declaración testimonial la médica en consultorio externo en la Dirección Medicina del Trabajo, Clara Noemí Nigro; Que, la nombrada expresó que el certificado médico y el Memorándum médico originales le fueron exhibidos por el agente Torres, el día 08/01/13, haciéndose presente en los consultorios de la Dirección Medicina del Trabajo; Que, explicó que lo que le resultó dudoso del certificado médico fue la firma del profesional y que hayan consignado que debía volver el día lunes, como si el dolor agudo propio de la enfermedad no estuviera durante el fin de semana. Aclaró que los días de licencia médica son por días corridos y no hábiles; Que, se encuentra acreditado que la agente Leslie Paola Yupanqui, FC. N° 709.516, prestó servicios en la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, desde el 01/06/12 hasta el 16/07/13, fecha de baja por renuncia; Que, el Coordinador División Emergencias, Dr Carlos Alberto Mouse, informó que luego de haber consultado su área, los Libros de Guardia correspondientes al 02/01/13, no se había encontrado registro de atención de Alejandro Torres; Que, se cursó notificación al último domicilio denunciado de la Dra. Leslie Paola Yupanqui Caspa, a fin de notificarla de la audiencia fijada el 25/06/14 a las 09:00 horas, a efectos de prestar declaración testimonial, pero no pudo ser notificada debido a que la nombrada no vivía allí, según información de la Agencia Diligenciart; Que, se decretó el llamado a indagatoria del empleado Miguel Alejandro Torres, FC. N° 451.055, auxiliar de portería de la Escuela N° 11 del Distrito Escolar 5; Que, el agente Torres compareció a la misma y manifestó que no tenía nada más que agregar a lo oportunamente expuesto en su declaración informativa; Que, es de descacar que había manifestado que debido a un malestar se había presentado en la guardia del Sanatorio Dr. Julio Méndez y luego de ser atendido por una médica, ésta le extendió el certificado que el dicente presentó ante la entonces

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Dirección Medicina del Trabajo junto con el memorandum. Oportunidad en la que fue atendido por la médica Nigro, dicha profesional le refirió que el certificado médico presentado no era auténtico porque la médica Yupanqui, quien lo había firmado, no cumplía tareas en el Sanatorio Julio Méndez y debido a ello no le había justificado la licencia. Sostuvo que le dijo que Ilamaría al Sanatorio para verificar la autenticidad de dicho certificado; Que, en consecuencia se le formuló al empleado Miguel Alejandro Torres el siguiente cargo: “Haber presentado el 08/01/13 ante la Dirección General Administración Medicina del Trabajo, un certificado médico adulterado de fecha 02/01/13, firmado por Ia Dra. Paola Yupanqui, M.N. N° 136.940, a fin de justificar la licencia médica solicitada a partir del 07/01/13“; Que, no habiendo presentado descargo el empleado sumariado, pese a encontrarse debidamente notificado, se le dió vista de las actuaciones por el término de diez días a los efectos de que efectuase el correspondiente alegato, si así Io creyere conveniente; Que, encontrándose vencido el plazo sin que el sumariado presentase alegato, se le dió por decaído el derecho de hacerlo de ahí en lo sucesivo; Que, al 03/06/15, la causa N° 85.861/13 caratulada “Sacco, Jorge y Otros s/ Uso de Documento Adulterado o falso“, radicada ante la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 49, se encontraba en pleno trámite y se trataba de localizar al sumariado Miguel Ángel Torres -entre otros- a fin de comunicarle el llamado para recibírsele declaración indagatoria; Que, la citada actuación fue iniciada con motivo de la denuncia formulada el 31/05/13, por ante la Comisaría 28a de la Policía Federal Argentina, caratulada “Av. Ilícito“ siendo parte imputada el sumariado Alejandro Torres, entre otros; Que, respecto al cargo endilgado, es importante poner de relieve que las presentes actuaciones se iniciaron con motivo de la realización de verificaciones efectuadas por la Dirección General Administración Medicina del Trabajo, sobre la licencia médica del día 02/01/13 presuntamente otorgada al agente Torres; Que, a consecuencia de lo precedentemente señalado, se detectó que tras ser evaluado por la Dra. Clara Nigro, F.M. N° 66.572, habría aportado certificado médico falso de fecha 02/01/13, firmado por la Dra Paola Yupanqui, M.N. N° 136.940, dado que como ésta dijera, dicha galena no cumpliría tareas en el Sanatorio Julio Méndez a la fecha de expedición de dicha constancia; Que, por ello, el precitado Centro Asistencial de Salud informó que la ex agente Leslie Paola Yupanqui Caspa, FC. N° 709.516, prestó servicios allí desde el 01/06/12 hasta el 16/07/13, fecha en la que se le dio de baja por renuncia; Que, el Dr. Carlos Alberto Mouse afirmó que en los Libros de Guardia correspondientes al 02/01/13, no se encontró registro de atención alguna brindada a Miguel Alejandro Torres; Que, es importante destacar que la facultativa Clara Noemí Nigro, perteneciente a la Dirección General Administración Medicina del Trabajo, en su testimonio explicó que lo que resultó dudoso del certificado médico exhibido fue la firma de la profesional y que hayan consignado que debía volver el día lunes, como si el dolor agudo propio de la enfermedad no estuviera durante el fin de semana, aclarando que los días de licencia médica son por días corridos y no hábiles; Que, de lo expuesto en la declaración informativa del agente Torres surge que con motivo de no haberle justificado la Dra. Nigro, la licencia médica, los días involucrados le fueron descontados de sus haberes; Que, es de señalar también que en oportunidad de su indagatoria, el agente sumariado manifestó que no tenía nada que agregar a lo declarado anteriormente;

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Que, es preciso subrayar que la ausencia de descargo por su parte, no permitió contar con una versión distinta a la colectada en autos, tendiente a enervar el peso de la imputación formulada. Tampoco arrimó elemento alguno a fin de acreditar su versión de los hechos, en cuanto a que se presentó en la guardia del Sanatorio "Julio Méndez“ y luego fue atendido por la médica que le extendió el certificado que presentó ante la Dirección Medicina del Trabajo; Que, se advierte un proceder desleal de su parte, y si a ello le adunamos que el referido centro asistencial informó que el Sr Miguel Alejandro Torres no había sido atendido el 02/01/13, no cabe más que concluir que a sabiendas se valió de un certificado médico que no le fue entregado en el nosocomio aludido, pretendiendo justificar inasistencias en las que ha incurrido; Que, de los dichos de la Dra. Clara Nigro, integrante de la Dirección General Administración Medicina del Trabajo en relación a que el agente Alejandro Torres aportó el certificado médico con fecha 02/01/13 con DX de lumbalgia aguda, “solicitando“ reposo por setenta y dos horas -que comprenderían los días 2, 3, 4 de enero-, luego decia “volviendo el lunes inclusive reposo lumbar prolongado“, le impresionó que no había sido redactada por un professional, por Io que quedó injustificado; Que, por otra parte dijo que Torres se negó a firmar el Memorandum obrante en autos y el informe brindado por el Sanatorio Dr, Julio Méndez, donde el Dr. Carlos Alberto Mouse, Coordinador División Emergencias hizo saber que no se encontró registro en ese lugar de atención aIguna brindada al agente Miguel Alejandro Torres, DNI. N° 24.548.402; Que, todo ello permitiría establecer la falsedad, así como también la utilizacion del instrumento y el pretendido engaño; Que, aún cuando Torres no hubiese participado de la falsificación de dicho certificado, su responsabilidad emana pricipalmente de su uso; Que, es preciso subrayar que la conflanza en el desarrollo del vínculo empleador-trabajador es lisa y llanamente la expectativa de que las relaciones con la Administración se muevan dentro de los principios de la buena fe; Que, evidentemente menoscaba la confianza del empleador, el hecho de que el subordinado presente un certiticado médico adulterado, a fin de justificar su Iicencia; Que, el caso bajo análisis, se trata de una conducta ilegítima cuya responsabilidad es objetiva, siendo ésta propia del derecho administrativo, y por lo tanto, no pueden mediar elementos subjetivos o supuestas necesidades para infringir la obligación de cumplir fielmente con los requisitos que impone la norma, como con la legitimidad de los instrumentos presentados; Que, queda así plasmada una pérdida de confianza que impide la prosecusión del vínculo laboral, lo cierto es que la buena fe ha sido violada plenamente, con ella todos y cada uno de los otros deberes coetáneos previstos en la normativa vigente; Que, admitir que el hecho podría sancionarse con una medida disciplinaria menor, significaría aceptar que tal conducta podría tener algún tipo de justificación, y a todas luces, no la tiene; Que, resulta así probado el cargo endilgado al empleado Torres, quien con su conducta incumplió las obligaciones establecidas en el artículo 10, incisos a) y c) de la Ley N° 471 (t.c. por Ley Nº 5.454); Que, al haber alcanzado probanza el reproche endilgado, corresponde la aplicación de una sanción segregativa, teniéndose en cuenta lo previsto en el articulo 56 de la Ley N° 471, según el texto consolidado por la Ley N° 5454, su concepto, Ia gravedad de la falta, la ausencia de sanciones anteriores y los perjuicios causados; Que, dicha medida disciplinaria debrá ser agravada si el nombrado fuera condenado en la causa penal N° 85.861/13, en trámite ante el Juzgado Nacional en lo Criminal de lnstrucción Nº 31;

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Que, conforme informa la Dirección General de Relaciones Laborales, el agente Miguel Alejandro Torres, FC. N° 451.055, no se encuentra amparado bajo los términos de la Ley Nº 23.551; Por ello, atento lo aconsejado por Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 184/10;

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE:

Artículo 1°.- Sanciónase con cesantía al agente Miguel Alejandro Torres, FC. N° 451.055, en atención al cargo formulado en autos en los siguientes términos: “Haber presentado el 08/01/13 ante la Dirección General Administración Medicina del Trabajo, un certificado médico adulterado de fecha 02/01/13, firmado por Ia Dra. Paola Yupanqui, M.N. N° 136.940, a fin de justificar Ia licencia médica solicitada a partir del 07/01/13“, quien con su conducta incumplió Ias obligaciones establecidas en el artículo 10, incisos a) y c) de Ia Ley N° 471 (t.c. por Ley N° 5454), en función de Io previsto en el artículo 53, inciso e), del mismo plexo normativo. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Educación quien deberá practicar fehaciente notificación al agente Miguel Alejandro Torres, FC. N° 451.055, de los términos del presente acto, consignando que no se agota la vía administrativa y que contra la misma podrá interponer recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio conforme los términos del art. 107 y siguientes de la Ley de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1510/97 y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos para su conocimiento y registración correspondiente, Cumplido, archívese. Mura

RESOLUCIÓN N.° 2151/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO El Expediente N° 285671/10 y su incorporados, mediante el cual se instruyó Sumario N° 193.57/09 y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 1062/MHGC/09 se ordenó la instrucción del sumario administrativo tendiente a investigar los hechos denunciados y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder, en orden al Informe Nº 4/09 elaborado por la ex Dirección de Auditoría de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos; Que, mediante el informe en cuestión se procedió a efectuar un control especial de documentación en el Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez" que abarcó el período comprendido entre el 01/08/07 y el 30/11/08 inclusive; Que, en el mentado informe se detectaron, por un lado numerosos casos de inasistencias injustificadas en que incurrieron distintos agentes del citado nosocomio y, por otra parte, que no se había dado estricto cumplimiento a lo establecido en los artículos 47 y 48 de la Ley Nº 471;

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Que, se expidió la Procuración General mediante dictamen PG-070355/09 del 13/03/09, considerando que los hechos denunciados merecían una investigación y, de resultar probados, correspondía aplicar las sanciones disciplinarias establecidas por la Ley Nº 471, Capítulo XII "Del régimen disciplinario"; Que, obra en autos descargo de la Jefa de División Personal del Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", Silvia S. de Fernández, referido al Informe de Auditoría Nº 4/09, quien acompañó la documentación relacionada en el tema; Que, también obra la nómina de agentes del citado nosocomio, que durante el período 2008 inasistieron a sus tareas y/o registraron llegadas tarde y estarían encuadrados en los artículos 47 y 48 de la Ley Nº 471, la cual fue elevada por la Jefa de División Personal, Silvia S. de Fernández, a la Directora Dra. Diana Galimberti y comunicado a la Dirección General Región Sanitaria II, por Informe Nº 384/HGATA/09; Que, por Disposición Nº 8/DGSUM/09 se ordenó investigar en expedientes separados los hechos vinculados a cada agente, identificándolos con un número de actuación individual, que se anexarán al sumario que tramita por Expediente Nº 13.158/08; Que, conteste con ello, este mediante Resolución Nº 3248/MHGC/09 se ordenó la ampliación del objeto de investigación dispuesto por Resolución Nº 1062/MHGC/09, en orden a las anomalías puestas de manifiesto mediante el Informe Nº 4/09 de la ex Dirección de Auditoría de la entonces Unidad de Gestión de Recursos Humanos, en virtud de la facultad conferida por el art. 9º in fine del Decreto Nº 826/01 (actualmente derogado); Que, consta la remisión de las actuaciones a la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivos, con el fin de caratularlas y destinar el presente sumario particularmente a la investigación de la conducta del agente Jerónimo Grondona, FC. N° 392.557; Que, abierta la instrucción, se solicitó al Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez” la remisión de copias certificadas de las constancias documentales que

acreditaran las fechas en que acaecieron las inasistencias o llegadas tardes y que informara si por los hechos aludidos se le aplicó al agente en cuestión alguna sanción disciplinaria y/o descuentos de haberes y, en caso afirmativo, que enviara las constancias que lo avalaran; Que, en consecuencia el nosocomio indicó que al profesional psicólogo se le efectuaron descuentos por inasistencias discontinuas y/o llegadas tarde y se le aplicó una sanción disciplinaria consistente en un apercibimiento que tramitó por Expediente Nº 35.148/09 sin haber sido ratificada hasta el 02/07/10; Que, en razón de existir mérito suficiente, se decretó la indagatoria del agente Jerónimo Grondona, FC. N° 392.557, psicólogo del Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez”; Que, prestó declaración .indagatoria el empleado Jerónimo Grondona, quién manifestó que no estuvo enterado de la totalidad de las inasistencias que se le imputaban cuando le hicieron saber de un supuesto sumario, que posteriormente había presentado un descargo entre mediados y fines del año 2009; Que, manifesto que le habían avisado que iba a haber una presentación conjunta de todas las personas que estuviesen en situación similar, que le realizaron descuentos en su haber, reconociendo solamente cinco ausentes y desconociendo los restantes; Que, refirió que al presentar un descargo adjuntó documentación como prueba de haber intervenido en tres historias clínicas, por cada día cuestionado; Que, posteriormente el agente Grondona agregó copia de registros de atención de pacientes que fueron tratados en el período cuestionado en el Grupo de Trabajo de Adicciones (Equipo de Prevención y Tratamiento de Pacientes Drogo dependientes), de las planillas de estadísticas y de las historias clínicas;

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Que, por todo ello se le formuló al agente Jerónimo Grondona el siguiente cargo: “Haber incurrido en inasistencias injustificadas como psicólogo de planta escalafón general del Hospital General de Agudos Dr. Teodoro Álvarez, los días 13, 14, 21 de agosto, 8, 9, 10, 26 y 30 de octubre, 7 de diciembre de 2007, 29 de enero y 11 de febrero, 4, 8, 31 de julio, 5 y 6 de agosto y 30 de septiembre de 2008“, el cual le fue notificado en su reverso; Que, haciendo uso de su derecho de defensa, el agente Grondona ratificó el escrito agregado en autos; Que, se le dio vista de todo lo actuado por el término de diez (10) días, presentando el alegato que hace a su derecho de defensa; Que, así las cosas se decretó el cierre de la etapa instructoria; Que, no habiendo realizado presentación alguna luego de la vista conferida por tres (3) días, se dispuso la clausura de la investigación; Que, respecto al cargo endilgado al agente Jerónimo Grondona, una de las pruebas que hacen a este reproche está dada por el Informe de Auditoría N° 4/09, producido por la Dirección de Auditoría de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, en el cual se consignó que el objetivo de la tarea realizada se circunscribió a verificar en el Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez“, por el período comprendido entre el 01/08/07 al 30/11/08 inclusive, la cantidad de inasistencias injustificadas por agente y el tratamiento dado, en los casos en que se detectaron excesos en los límites establecidos por la normativa vigente; Que, el señalado informe de auditoría precisó que, conforme Ia normativa aplicable que establecía el cómputo de los plazos calculado para el lapso de los 12 meses anteriores a partir que se verificaba la inasistencia injustificada, se procedió a efectuar

el cálculo por agente, y para ese lapso, clasificándolas en aquellas que alcanzaban un acumulado entre 10 a 15 días y las que superaban los 15 días; Que, asimismo, se destacó en dicho estudio que se constató que no se había dado estricto cumplimiento a lo establecido en los artículos 47 y 48 de la Ley N° 471, a excepción del caso del agente Alberto Ferrari, FC. N° 403.119; Que, de tal modo, el análisis queda centrado en el texto del invocado Informe de Auditoría Nº 4/09, a fin de discernir si el sumariado se encuentra encuadrado en los artículos 47 y 48 de la Ley N° 471 (actuales artículos 52 y 53 según t.c. por Ley N° 5454); Que, se encuentra probado por la documentacien que acompaña el descargo de la Jefa de División Personal del Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez“, Silvia S. de Fernández, referido al Informe de Auditoría N° 4/09, que el empleado Grondona ineurrió en siete (7) inasistencias injustificadas discontinuas en el período 2008; Que, por su parte, en el Informe N° 641/HGATA/10 de la Dirección del nosocomio, se consignaron las inasistencias injustiticadas en que incurrió el agente Grondona en el período comprendido entre el 01/08/07 y el 30/11/08: 13/08, 14/08, 21/08, 08/10, 09/10, 10/10, 26/10, 30/10 y 07/12/07, 29/01, 11/02, 04/07, 08/07, 31/07, 05/08, 06/08 y 30/09/08; Que, debe aclararse que si bien en el Informe de Auditoria N° 4/09 constan otras inasistencias adjudicadas al empleado Grondona, debe estarse, en to que hace a la probanza del reproche en análisis, a la información aportada por el Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez“, que era la institución que controlaba los ausentes del agente en cuestión; Que, tanto la Directora General de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, como el Director General de la Dirección General Legal y Técnico del Ministerio de Salud, informaron que no contaban con la documentación respaldatoria del Informe de Auditoria N° 4/09, que acreditara las inasistencias injustificadas respecto de todos los agentes allí involucrados;

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Que, en su declaración indagatoria, el agente Grondona sostuvo que reconocía cinco (5) ausentes, desconocía los restantes, y adjuntó prueba documental de la que surge que concurrió al hospital los días 29/01, 11/02, 04/07, 08/07, 06/08 y 30/09/08 conforme duplicados de las planillas de estadísticas de atención de los pacientes e historias clínicas. Arguyó que pudo haber ocurrido que se retrasara en su ingreso e incluso, haya omitido la firma de las planillas de presentismo; Que, destaca a su vez que dada la especialidad en la cual se desempeñaba “Equipo de Prevención y Tratamiento de Pacientes Drogodependientes“ muchas veces, estos eran atendidos durante Ia noche, lo que implicaba que apenas Ilegaba el declarante al nosocomio lo primero que debía hacer era evaluar al intoxicado; Que, estos documentos glosados no revierten el reproche en análisis, dado que claramente reconocía que no firmó las planillas o bien que ingresó más tarde; Que, es de considerar que el Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez“ tuvo a la vista, estos argumentos y no le .justificó los días sino que por el contrario, los computó conforme Informe Nº 641/HGATA/10; Que, toda vez que el artículo 47, inciso b) de la Ley N° 471 (actual artículo 52, inciso b) según t.c. por Ley N° 5454) establece como causales para la sanción de apercibimiento y suspensión, las inasistencias injustificadas en tanto no excedan los 10 días de servicios en el lapso de 12 meses inmediatos anteriores, en tanto que el artículo 48, inciso b) (actual artículo 53, inciso b) según t.c. por Ley N° 5454), establece como causal de cesantía, las inasistencias injustificadas que excedan los 15 dias en el lapso de los 12 meses inmediatos anteriores, y habida cuenta que el agente Grondona incurrió en catorce (14) inasistencias injustificadas discontinuas contadas a partir del 30/09/08 (último ausente reprochado) al 30/09/07, no resultan aplicables ninguna de tales normas, sino el artículo 47, inciso c) (actual artículo 52, inciso c) según t.c. por Ley N° 5454) del mismo plexo normativo; Que, es así que resulta acreditado el reproche formulado al agente Grondona, al incumplir Ia obligación establecida en el artículo 10, inciso a) de la Ley N° 471 (t.c. por Ley N° 5454), incurriendo en las siguientes inasistencias injustificadas, los días 8, 9, 10, 26, 30 de octubre y 7 de diciembre de 2007, 29 de enero y 11 de febrero, 4, 8, 31 de julio, 5 y 6 de agosto y 30 de septiembre de 2008; Que, debe señalarse que en el Informe N° 641/HGATA/10, la Directora del Hospital General de Agudos “Teodoro Álvarez” señaló que al agente Grondona se le había aplicado una sanción disciplinaria consistente en un (1) apercibimiento tramitado por Expediente Nº 35.148/09, sin haber sido ratificada hasta el 02/07/10; Que, posteriormente, el sumariado acompañó copia de la Disposición interna N° DI-2011-283-HGATA del 04/07/11, mediante la cual se aplicó un apercibimiento por haber incurrido en inasistencias injustificadas en los días 29/01, 11/02, 04/07, 08/07, 31/07, 05/08, 06/08 y 30/09 de 2008 (comprendidos en el reproche formulado), sin incluir las correspondientes al año 2007; Que, por lo expuesto, corresponde agravar dicho apercibimiento mediante la aplicación de una sanción suspensiva, en virtud de lo establecido en el artículo 47 del Anexo I del Decreto N° 184/10 que derogó el artículo 9 del Decreto N° 826//01, vigente a la época del hecho, para cuya graduación se tendrán en cuenta, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 51 del mismo ordenamiento normativo, la gravedad de la falta, su concepto muy bueno y la ausencia de sanciones anteriores; Que, distinta es la situación del agente Grondona en torno a las inasistencias que no están comprendidas en el lapso contado a partir del 30/09/08 (último ausente reprochado) al 30/09/07, es decir, las de los días 13, 14, 21 de agosto de 2007 respecto a las cuales corresponderá eximirlo de responsabilidad disciplinaria; Que, conforme informa la Dirección General de Relaciones Laborales, el agente Jerónimo Grondona, no se encuentra amparado bajo los términos de la Ley Nº 23.551;

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Por ello, atento lo aconsejado por Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 184/10;

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE:

Artículo 1°.- Agrávase el apercibimiento aplicado al agente Jerónimo Grondona, FC. N° 392.557, mediante DI-2011-283-HGATA, y sanciónase con diez (10) días de suspensión en atención al cargo formulado en autos en los siguientes términos: “Haber incurrido en inasistencias injustificadas como psicólogo de planta escalafón general del Hospital General de Agudos Dr. Teodoro Álvarez, los días 8, 9, 10, 26 y 30 de octubre, 7 de diciembre de 2007, 29 de enero y 11 de febrero, 4, 8, 31 de julio, 5 y 6 de agosto y 30 de septiembre de 2008“, quien con su conducta incumplió Ia obligación establecida en el artículo 10, inciso a) de Ia Ley N° 471 (t.c. por Ley Nº 5454), en función de Io previsto en el artículo 47, inciso e) (actual artículo 52, inciso e), del mismo plexo normativo.

Artículo 2°.- Exímese de responsabilidad disciplinaria al agente Jerónimo Grondona, FC. N° 392.557, en atención al cargo formulado en autos en los siguientes términos: “Haber incurrido en inasistencias injustificadas como psicólogo de planta escalafón general del Hospital General de Agudos Dr. Teodoro Álvarez, los días 13, 14, 21 de agosto de 2007". Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud quien deberá practicar fehaciente notificación al agente Jerónimo Grondona, FC. N° 392.557, del presente acto consignando que no se agota la vía administrativa y que contra la misma podrá interponer recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio conforme los términos del art. 107 y siguientes de la Ley de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1.510/97 (texto consolidado por Ley N° 5454), y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos para que proceda a la registración correspondiente. Cumplido, archívese. Mura

RESOLUCIÓN N.° 989/SSGRH/16

Buenos Aires, 15 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 471, texto ordenado por Ley N° 5.454, y el Expediente Electrónico Nº 11624935/HGNRG/2016, y CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. a) de la Ley N° 471 (t.o. N° 5.454), la relación de empleo público se extingue por renuncia del trabajador; Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que “en caso de renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo de personal, y caso contrario se dará por aceptada la renuncia“;

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Que según surge del expediente citado en el Visto, la agente Sol Gutiérrez Gleser, CUIL. 27-33506893-4, presentó su renuncia a partir del día 23 de abril de 2016 como Residente de 1° año, en la especialidad Pediatría, del Sistema de Residencias del Equipo de Salud, perteneciente al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 363/2015,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Acéptese, a partir del día 23 de abril de 2016, la renuncia presentada por la agente Sol Gutiérrez Gleser, CUIL. 27-33506893-4, perteneciente al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, deja partida 4021.0021.R.58.308, en el marco de lo establecido en el artículo 65 de la Ley N° 471 (t.o. Ley N° 5.454). Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Asuntos Laborales y Previsionales y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.° 992/SSGRH/16

Buenos Aires, 15 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 471, texto ordenado por Ley N° 5.454, la Ordenanza N° 41.455 y el Expediente Electrónico Nº 10400903/HGAPP/2016, y CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. a) de la Ley N° 471 (t.o. N° 5.454), la relación de empleo público se extingue por renuncia del trabajador; Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que “en caso de renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo de personal, y caso contrario se dará por aceptada la renuncia“; Que según surge del expediente citado en el Visto, la agente Fabiana Jessica Cergneux, CUIL. 27-30190844-5, presentó su renuncia a partir del día 8 de abril de 2016 como Profesional de Guardia Médica, perteneciente al Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud; Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado el plazo establecido en la ley para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que, por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de lo prescripto en el artículo 65 de la Ley N° 471 (t.o. Ley N° 5.454) y Ordenanza N° 41.455 y modificatorias; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 363/2015,

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LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE Artículo 1°.- Téngase por aceptada, a partir del día 8 de abril de 2016, la renuncia presentada por la agente Fabiana Jessica Cergneux, CUIL. 27-30190844-5, perteneciente al Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, deja partida 4022.0806.Z.25.924, en el marco de lo establecido en el artículo 65 de la Ley N° 471 (t.o. Ley N° 5.454) y la Ordenanza N° 41.455 y modificatorias. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Asuntos Laborales y Previsionales y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y al Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.° 993/SSGRH/16

Buenos Aires, 15 de junio de 2016 VISTO: La Resolución N° 5/MSGC-MMGC/13, la Disposición N° 402/HGAPP/14, la Resolución N° 1899/SSGRH/14 y el Expediente Electrónico N° 4419688/DGAYDRH/2014, y CONSIDERANDO: Que mediante Disposición N° 402/HGAPP/2014, se dispuso la designación interina con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva titular por concurso, conforme lo prescripto por el artículo 6° de la Ley N° 471, del señor Víctor Antonio Choque, CUIL. 20-17835268-8, como Enfermero, en el Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, designación que a la fecha, según surge del expediente citado en el Visto, no fue convalidada; Que es dable destacar que el referido agente presentó su renuncia a partir del 27 de octubre de 2014, la que se tuvo por aceptada mediante la Resolución N° 1899/SSGRH/14; Que por lo expuesto, corresponde dictar acto administrativo dejando sin efecto la Disposición N° 402/HGAPP/2014. Por ello, en uso de facultades conferidas por la Resolución N° 5/MSGC-MMGC/13,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Déjase sin efecto los términos de la Disposición N° 402/HGAPP/2014. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humano. Cumplido, archívese. Domeniconi

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 49

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RESOLUCIÓN N.° 995/SSGRH/16

Buenos Aires, 15 de junio de 2016 VISTO: El Decreto N° 73/2013, la Resolución N° 570/MMGC/2013 y el Expediente Electrónico Nº 11238667/MDUYTGC/2016, y CONSIDERANDO: Que el Decreto N° 73/13 aprueba el Régimen de Transferencias, Comisiones de Servicios y Adscripciones del personal permanente de la Administración centralizada del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprendido en los términos del artículo 4° de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5454); Que, conforme la documentación obrante en el expediente citado en el Visto, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, solicita la transferencia del agente Pedro Juan Luna, CUIL. 20-10627764-9, quien reviste en el precitado Ministerio. Que la Dirección General Planificación y Control Operativo ha tomado la debida intervención realizando el correspondiente análisis presupuestario y de dotación, conforme lo establece el Decreto N° 73/13; Que la presente gestión cuenta con la conformidad de las reparticiones cedente y peticionante; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo, aprobando la transferencia requerida; Por ello, en uso de la facultades conferidas por el Decreto N° 73/2013,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Transfiérase al agente Pedro Juan Luna, CUIL. 20-10627764-9, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, partida 3001.0010.S.B.07.0240.640, deja partida 3001.0000.S.B.07.0240.640, del precitado Ministerio. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, el que deberá notificar fehacientemente al interesado. Cumplido, archívese. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.° 997/SSGRH/16

Buenos Aires, 15 de junio de 2016 VISTO:

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 50

La Ley N° 471, texto ordenado por Ley N° 5.454 y el Expediente Electrónico Nº 10181901/2016 (HGNRG), y

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CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. a) de la Ley N° 471 (t.o. Ley N° 5.454), la relación de empleo público se extingue por renuncia del trabajador; Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que "en caso de renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo de personal, y caso contrario se dará por aceptada la renuncia"; Que según surge del expediente citado en el Visto, la agente Mercedes Soledad Guglielmo, CUIL. 27-28435475-9, presentó su renuncia a partir del día 6 de abril de 2016, al Hospital General de Niños “Dr. Ricardo Gutiérrez“, dependiente del Ministerio de Salud; Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado el plazo establecido en la ley para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que, por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de lo prescripto en el artículo 65 de la Ley N° 471 (t.o. Ley N° 5.454); Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 363/2015,

LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Téngase por aceptada a partir del día 6 de abril de 2016, la renuncia presentada por la agente Mercedes Soledad Guglielmo, CUIL. 27-28435475-9, perteneciente al Hospital General de Niños “Dr. Ricardo Gutiérrez“, dependiente del Ministerio de Salud, deja partida 4021.0020.T.A.01.0290.333, en el marco de lo establecido en el artículo 65 de la Ley Nº 471(t.o. Ley N° 5.454). Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y al Hospital General de Niños “Dr. Ricardo Gutiérrez“, dependiente del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.° 998/SSGRH/16

Buenos Aires, 15 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 471, texto ordenado por Ley N° 5454 y el Expediente Electrónico Nº 12149098/2016 (HGACD) y CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. a) de la Ley N° 471 (t.o. Ley N° 5454), la relación de empleo público se extingue por renuncia del trabajador;

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Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que "en caso de renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo de personal, y caso contrario se dará por aceptada la renuncia"; Que según surge del expediente citado en el Visto, el Dr. Junior Daniel Beteta Torres, CUIL. 20-18878865-4, presentó su renuncia a partir del día 18 de abril de 2016, como Residente en la especialidad "Ortopedia y Traumatología", en el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", dependiente del Ministerio de Salud; Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado el plazo establecido en la ley para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que, por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de lo prescripto en el artículo 65 de la Ley N° 471 (t.o. Ley N° 5454); Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 363/2015,

LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Téngase por aceptada a partir del día 18 de abril de 2016, la renuncia presentada por el Dr. Junior Daniel Beteta Torres, CUIL. 20-18878865-4, como Residente en la especialidad "Ortopedia y Traumatología", en el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", dependiente del Ministerio de Salud, deja partida 4022.0601.R.58.308, en el marco de lo establecido en el artículo 65 de la Ley Nº 471(t.o. Ley N° 5454), cuya contratación fuera dispuesta por Resolución N° 1397/MSGC/2014. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda y al Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", dependiente del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.° 999/SSGRH/16

Buenos Aires, 15 de junio de 2016 VISTO: El Decreto N° 73/2013, la Resolución N° 570/MMGC/2013 y el Expediente Electrónico N° 11448028/DGNYA/2016, y CONSIDERANDO: Que el Decreto N° 73/13 aprueba el Régimen de Transferencias, Comisiones de Servicios y Adscripciones del personal permanente de la Administración centralizada del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprendido en los términos del artículo 4° de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.454);

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Que conforme la documentación obrante en el expediente citado en el Visto, la Dirección General Niñez y Adolescencia, dependiente de la Subsecretaria de Promoción Social, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, solicita la transferencia del agente Hageg Yusef Abdulhamid, CUIL. 23-33182327-9, quien reviste en la Gerencia Operativa Atención Social Descentralizada, dependiente de la Dirección General Servicios Sociales Zonales, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, del precitado Ministerio; Que la Dirección General Planificación y Control Operativo ha tomado la debida intervención realizando el correspondiente análisis presupuestario y de dotación, conforme lo establece el Decreto N° 73/13; Que la presente gestión cuenta con la conformidad de las reparticiones cedente y peticionante; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo, aprobando la transferencia requerida. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 73/2013,

LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Transfiérese al agente Hageg Yusef Abdulhamid, CUIL. 23-33182327-9, a la Dirección General Niñez y Adolescencia, dependiente de la Subsecretaria de Promoción Social, partida 4596.0000.D.A.01.270.218, deja partida 4566.0010.D.A.01.270.218, de la Gerencia Operativa Atención Social Descentralizada, dependiente de la Dirección General Servicios Sociales Zonales, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, ambas del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletin Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a la Dirección General Servicios Sociales Zonales de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, ambas dependientes del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, la que deberá notificar fehacientemente al interesado .Cumplido, archívese. Domeniconi

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Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.° 452/MJYSGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: Los Decretos Nros. 638/GCABA/07 y 363/GCABA/15 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 698/MHGC/08 y sus modificatorias y 133/MJYSGC/14, el Expediente Electrónico N° 2016-15420797-MGEYA-CSSSP, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N° 638/GCABA/07, se delega en los/as señores/as Ministros/as la facultad de efectuar las designaciones del personal de planta de gabinete correspondiente a su jurisdicción; Que por Decreto Nº 363/GCABA/15, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificada por los Decretos Nros. 121/GCABA/16 y 369/GCABA/16; Que entre otras medidas, el artículo 7 del Decreto N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios, instituye, a partir del 10 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo; Que mediante Resolución Nº 133/MJYSGC/14, fueron designados la señora Claudia Natalia FORTUNA, CUIL N° 27-28640842-2 y el señor Nicolás Alejandro MORREALE, CUIL N° 20-30746765-9, como Planta de Gabinete del Organismo Fuera de Nivel Comité de Seguimiento del Sistema de Seguridad Pública Ley N° 3253 en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad; Que por PV-2016-15428535-CSSSP, el mencionado Organismo, solicita el incremento en 250 Unidades Retributivas Mensuales, a partir de 1 de mayo de 2016, a cada uno de los mencionados agentes, estableciéndose la nueva asignación mensual a la señora Claudia Natalia FORTUNA en 4250 Unidades Retributivas y al señor Nicolás Alejandro MORREALE en 4474 Unidades Retributivas; Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que permita el incremento propiciado; Que ha tomado intervención la Gerencia Operativa de Legales de la Dirección General, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1 del Decreto N° 638/GCABA/07,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Dáse por incrementadas, a partir del 1 de mayo de 2016, las Unidades Retributivas asignadas a la señora Claudia Natalia FORTUNA, CUIL N° 27-28640842-2, y al señor Nicolás Alejandro MORREALE, CUIL N° 20-30746765-9, cuyas designaciones en la Planta de Gabinete del Organismo Fuera de Nivel Comité de Seguimiento del Sistema de Seguridad Pública Ley N° 3253 en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, fueran dispuestas por Resolución Nº 133/MJYSGC/14,

quedando las mismas establecidas en 4250 y 4474 Unidades Retributivas mensuales, respectivamente.

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Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal y al Organismo Fuera de Nivel Comité de Seguimiento del Sistema de Seguridad Pública Ley N° 3253, ambos del Ministerio de Justicia y Seguridad, a fin de que este último notifique a los interesados, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ocampo

RESOLUCIÓN N.° 257/SSJUS/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario Nº 1.624/00, la Ley Nº 5460, sus modificatorias y complementarias, los Decretos Nº 363/15 y 75/16, y el expediente N° 16131272/16, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el visto, tramita la presentación efectuada por la escribana Cecilia Grotz, por la cual presenta su renuncia al cargo de adscripta al Registro Notarial Nº 968 y la solicitud de su designación como titular del registro notarial que le corresponde de la calificación obtenida en el concurso de oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales; Que atento al orden de vacancia de los registros notariales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde se le adjudique a la peticionante el Registro Notarial Nº 1803; Que se encuentra acreditado que a la escribana Cecilia Grotz se le adjudicó el equivalente a 7 (siete) puntos en cada una de las pruebas de oposición, en virtud de haber acreditado los requisitos establecidos en los apartados I, II, III y IV del artículo 35 de la Ley Orgánica Notarial, modificada por la Ley Nº 3933, lo que lo habilita para solicitar la titularidad de un registro notarial; Que se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto, y no encuentra objeciones que formular; Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución; Que la Ley Nº 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley; Que por la Ley 5460 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Que mediante el Decreto Nº 363/15, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso que, dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia, se encuentra la de "Administrar y supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los Registros Notariales"; Que atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente resolución, por la que se haga lugar a la solicitud formulada por la escribana Cecilia Grotz, aceptando su

renuncia al cargo de adscripta del Registro Notarial Nº 968 y designándola como titular del Registro Notarial Nº 1803; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 363/15 y Nº 75/16,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1º.- Acéptase la renuncia de la escribana Cecilia Grotz, D.N.I Nº 27.940.732, matrícula Nº 4984, al cargo de adscripta del Registro Notarial Nº 968, la que tendrá efecto en el momento inmediato anterior a la toma de posesión del nuevo cargo. Artículo 2º.- Adjudícase a la escribana Cecilia Grotz, D.N.I Nº 27.940.732, matrícula Nº 4984, la titularidad del Registro Notarial Nº 1803. Artículo 3º.- La renuncia aceptada en el artículo 1º, mantiene la responsabilidad disciplinaria de la presentante y el cumplimiento de posibles sanciones que pudieran decretarse con posterioridad a la misma, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 147 de la Ley 404 y 81 del Decreto 1624/00. Artículo. 4º.- Con carácter previo a poner a la escribana peticionante en posesión del nuevo cargo, el Colegio de Escribanos de la Ciudad deberá realizar la inspección del protocolo correspondiente al Registro Notarial Nº 968, debiendo comunicar el resultado de dicha inspección a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación. Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad, y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente a los interesados y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Enríquez

RESOLUCIÓN N.° 258/SSJUS/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 614; el Decreto Nº 556/10 y su modificatorio el Decreto Nº 752/10; el Convenio de Cooperación Nº 8/05; el Expediente Nº EX-2014-9036830-MGEYA-SSJUS, el EX- 2016-16927045 -MGEYA-SSJUS, y CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 614 se aprobó el Convenio de Cooperación Nº 4/01, suscripto entre el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de fecha 20 de febrero de 2001;

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Que, con fecha 26 de abril de 2005 el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribieron el Convenio Complementario de Cooperación, Convenio Nº 8/05, a efectos de la creación y posterior puesta en funcionamiento de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual y Prostitución Infantil que se cometan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, con fecha 29 de diciembre de 2008 el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscribieron la Prórroga del Acuerdo Complementario de Cooperación identificado como Convenio Nº 8/05, el cual estableció en su cláusula SEGUNDA que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tendría a su cargo la infraestructura edilicia, el mobiliario, el equipamiento informático, las líneas telefónicas y los servicios básicos para el normal funcionamiento de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual y Prostitución Infantil; Que, por Expediente Nº EX-2014-9036830-MGEYA-SSJUS tramita el alquiler del inmueble sito en Lavalle 658/662/666, donde funciona la sede de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual y Prostitución Infantil; Que, con fecha 01 de septiembre de 2010 se ha suscripto el Contrato de Locación Administrativa, registrado en la Escribanía General bajo el Nº 6684 (02/09/2010); Que, dicho Contrato, en su cláusula SÉPTIMA establece que el locatario deberá tomar a su cargo el pago de todo servicio, como ser luz, gas, teléfono y expensas ordinarias, a partir de la entrada en vigencia de dicho contrato y hasta la fecha de entrega del inmueble; Que, con fecha 29 de marzo de 2011 se ha suscripto una Adenda al Contrato de Locación Administrativa bajo el Nº 8227 (04/04/2011); Que, la mencionada Adenda, en su cláusula PRIMERA establece que el LOCATARIO deberá depositar el monto de las expensas liquidadas mensualmente en la misma cuenta en donde es depositado el precio del alquiler, quedando a cargo del LOCADOR el pago de las mismas al Consorcio de Propietarios, una vez acreditado dicho pago en cuenta antes mencionada, y que dicha operatoria se implementará a partir de las expensas liquidadas por el mes de febrero de 2011 y hasta la finalización del contrato de locación;

Que, con fecha 29 de Octubre de 2013 se ha suscripto la Clausula Adicional de Prórroga del Contrato de Locación Administrativa en la Escribanía General de ésta Ciudad registrado bajo el Nº 14475 (04/11/2013); Que, con fecha 9 de enero de 2015 se ha suscripto una Addenda a la Cláusula Adicional de Prórroga del Contrato de Locación Administrativa bajo el Nº 16833 (04/02/2015); Que, en el Expediente EX-2016-16927045-MGEYA-SSJUS, obra la liquidación de expensas de Junio 2016; Que, el artículo 1º inciso d) del Decreto Nº 556/10, modificado por el Decreto Nº 752/10, faculta a los funcionarios, según un cuadro de competencias, a aprobar gastos de imprescindible necesidad los cuales justificadamente no pudieran ser gestionados a través de compras y contrataciones del Estado o mediante la respectiva Caja Chica; Que, en virtud del cuadro de competencias establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 752/10, la presente es la aprobación de las expensas correspondientes al mes de Junio 2016 por un monto total de PESOS CINCO MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 ($5.150,00); Que se ha efectuado la reserva presupuestaria con cargo al presupuesto en vigencia;

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Que, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en concepto de expensas ordinarias del mes de Junio 2016 del inmueble sito en la calle Lavalle 658/662/666 de esta ciudad, unidades funcionales 362 y 369 ubicadas en el piso octavo y unidades funcionales 401 y 402 ubicadas en el piso décimo, por un monto de PESOS CINCO MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 ($5.150,00) Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 752/10,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébase el gasto correspondiente a expensas ordinarias del inmueble sito en la calle Lavalle 658/662/666 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, unidades funcionales Nº 362 y 369 ubicadas en el piso octavo y unidades funcionales 401 y 402 ubicadas en el piso décimo, sede de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual y Prostitución Infantil, correspondientes al mes de Junio 2016, por la suma total de PESOS CINCO MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 ($5.150,00), a ser depositada en la misma cuenta donde es depositado el precio del alquiler, Sr. Jamil Tabet, CUIT Nº 20- 16477922-0, quedando a cargo del locador el pago de las mismas al Consorcio de Propietarios. Artículo 2.- La presente erogación encontrará respaldo en las partidas presupuestarias en vigencia. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Dirección General de Contaduría General. Cumplido, archívese. Enríquez

RESOLUCIÓN N.° 259/SSJUS/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario Nº 1.624/00, la Ley Nº 5.460, los Decretos Nº 363/15 y 75/16, y el expediente N° 16131383/16, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el visto, el escribano Carlos Osman Dick Naya, titular del Registro Notarial Nº 1810 solicita que se designe como adscripta a su registro a la escribana Karina Alejandra Bianco, quien presta su conformidad con dicha propuesta; Que se encuentra acreditado que el escribano titular cumple con el requisito de antigüedad establecido en el artículo 46, incisos a) y b), de la Ley Nº 404 y el artículo 22 del Decreto reglamentario Nº 1624/00, y que, conforme surge de las constancias obrantes en autos, se ha efectuado la inspección de protocolo correspondiente al Registro Notarial Nº 1810, tal como estipula el art. 13 del Decreto Nº 1624/00, obteniendo resultado favorable; Que la escribana Karina Alejandra Bianco ha obtenido un puntaje de 6 (seis) puntos en la prueba escrita y de 5 (cinco) puntos en la prueba oral de la Evaluación de Idoneidad para acceder a la adscripción de registros notariales, cumpliendo, por ende, con lo dispuesto en el artículo 46, inciso c), de la ley citada;

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Que se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso y que no se han encontrado objeciones que formular a lo solicitado; Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución; Que la Ley Nº 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley; Que por la Ley 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto Nº 363/15, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso que, dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia, se encuentra la de "Administrar y supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los Registros Notariales"; Que atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente resolución, por la que se haga lugar a la propuesta del escribano Carlos Osman Dick Naya y se adscriba al Registro Notarial Nº 1810, a la escribana Karina Alejandra Bianco. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 363/15 y Nº 75/16,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1º.- Desígnase la escribana Karina Alejandra Bianco, D.N.I. Nº 29.656.278, matrícula Nº 5339, como adscripta al Registro Notarial Nº 1810. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad, y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente a los interesados y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Enríquez

RESOLUCIÓN N.° 260/SSJUS/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario Nº 1.624/00, la Ley Nº 5.460, los Decretos Nº 363/15 y 75/16, y el expediente N° 16131513/16, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el visto, la escribana Pilar Allende, titular del Registro Notarial Nº 165, solicita, a fojas 1, que se designe como adscripta a su registro a la escribana Eva Julia Boss, quien presta su conformidad con dicha propuesta;

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Que se encuentra acreditado que la escribana titular cumple con el requisito de antigüedad establecido en el artículo 46, incisos a) y b), de la Ley Nº 404 y el artículo 22 del Decreto reglamentario Nº 1624/00, y que, conforme surge de las constancias obrantes en autos, se ha efectuado la inspección de protocolo correspondiente al Registro Notarial Nº 165, tal como estipula el art. 13 del Decreto Nº 1624/00, obteniendo resultado favorable; Que la escribana Eva Julia Boss ha obtenido un puntaje de 7 (siete) puntos en la prueba escrita y de 5 (cinco) puntos en la prueba oral de la Evaluación de Idoneidad para acceder a la adscripción de registros notariales, cumpliendo, por ende, con lo dispuesto en el artículo 46, inciso c), de la ley citada; Que se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso y que no se han encontrado objeciones que formular a lo solicitado; Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución; Que la Ley Nº 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley; Que por la Ley 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto Nº 363/15, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso que, dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia, se encuentra la de "Administrar y supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los Registros Notariales"; Que atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente resolución, por la que se haga lugar a la propuesta de la escribana Pilar Allende y se adscriba al Registro Notarial Nº 165, a la escribana Eva Julia Boss. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 363/15 y Nº 75/16,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1º.- Desígnase a la escribana Eva Julia Boss, D.N.I. Nº 31.163.573, matrícula Nº 5475, como adscripta al Registro Notarial Nº 165. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad, y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente a los interesados y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Enríquez

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RESOLUCIÓN N.° 261/SSJUS/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: El Decreto N° 556/10 y su modificatorio el Decreto N° 752/10; el Expediente EX-2014-3471725-MGEYA-SSJUS, el Expediente EX-2016-17021672-MGEYA-SSJUS, y CONSIDERANDO: Que, por Expediente EX-2014-3471725-MGEYA-SSJUS tramita el alquiler del inmueble sito en Avenida Córdoba 1237/39, 4º piso de esta Ciudad para la instalación de la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires; Que, con fecha 22 de agosto de 2014 se ha suscripto el Contrato de Locación Administrativa, registrado en la Escribanía General bajo el N° 15855 con fecha 27/08/2014; Que, dicho Contrato, en su cláusula NOVENA establece que el locatario deberá tomar a su cargo el pago de todo servicio, como ser luz, gas, teléfono y expensas ordinarias, a partir de la entrada en vigencia de dicho contrato y hasta la fecha de entrega del inmueble; Que, en el Expediente EX-2016-17021672 -MGEYA-SSJUS, obra la liquidación de expensas del mes de Junio de 2016; Que, el artículo 1° inciso d) del Decreto N° 556/10, modificado por el Decreto N° 752/10, faculta a los funcionarios, según un cuadro de competencias, a aprobar gastos de imprescindible necesidad los cuales justificadamente no pudieran ser gestionados a través de compras y contrataciones del Estado o mediante la respectiva Caja Chica; Que, en virtud del cuadro de competencias establecido en el artículo 2 del Decreto N° 752/10, la presente es la aprobación de las expensas correspondientes al mes de Junio de 2016 del Inmueble sito en Avenida Córdoba 1237/39 piso 4º de esta ciudad, por un monto total de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 28/100 ($3.896,28); Que se ha efectuado la reserva presupuestaria con cargo al presupuesto en vigencia; Que, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en concepto de expensas ordinarias del mes de Junio de 2016 del inmueble sito en Avenida Córdoba 1237/39, 4º piso de esta Ciudad, por un monto de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 28/100 ($3.896,28); Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2 del Decreto N° 752/10,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébese el gasto correspondiente a las expensas ordinarias de inmueble sito en Avenida Córdoba 1237/39 4° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sede de la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, correspondientes al mes de Junio de 2016, por la suma total de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y

SEIS CON 28/100 ($3.896,28), a ser depositada en la misma cuenta donde es depositado el precio del alquiler, DIAZ RAMOS JORGE, CUIT N° 20-04423717-3. Artículo 2.- La presente erogación encontrará respaldo en las partidas presupuestarias en vigencia.

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Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Dirección General de Contaduría General. Cumplido, archívese. Enríquez

RESOLUCIÓN N.° 262/SSJUS/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/14 y N° 1145/09 y concordantes, la resolución N° 424-MHGC-13, las Resoluciones N° 596-MHGC-11 y N° 1160-MHGC-11, las Disposiciones N° 302-DGCyC-13 y N° 396-DGCyC-14, el Expediente Electrónico Nº EX-2016-16472721-MGEYA - SJUSS, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramitó la Contratación Directa No 763-1705-CME16, en su modalidad Compra Menor para la contratación de un servicio de limpieza a prestarse en el Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores de acuerdo al procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que obra la Solicitud de Gastos N° 763-2667-SG16 por un importe total de pesos seiscientos sesenta mil con cero centavos ($ 660.000.-), correspondiente al Ejercicio 2016; Que obran los correspondientes códigos BAC de identificación para los productos objeto de la presente Contratación Directa en su modalidad de Compra Menor; Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que a través de la Resolución Nº RESOL-2016-245-SSJUS se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y se llamó a Contratación Directa Nº 763-1705-CME16 en su modalidad Compra Menor, para el día 07 de Julio de 2016 a las 09:00 hs. al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2095; Que el llamado referido fue publicado en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº IF-2016-16881256-SSJUS no se confirmaron ofertas Que por IF Nº 2016-16881264-SSJUS la Gerencia Operativa de la Subsecretaría de Justicia aconseja declarar desierto el primer llamado a Contratación Directa Nº 763-1705-CME16 en su modalidad Compra Menor y proceder a un segundo llamado; Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el artículo 13 del Decreto Nº 95/14, reglamentario de la Ley Nº 2095,

ELSUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1.- Declarase desierto el primer llamado a Contratación Directa, en su modalidad Compra Menor Nº 763-1705-CME16.

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Artículo 2.- Realícese el segundo llamado a Contratación Directa N°763-1764-CME16 en su Modalidad de Compra Menor para el día 15 de Julio a las 12:00 horas, para la

contratación de un servicio de limpieza con destino a el Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores de acuerdo al procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC). Artículo 3.- Publíquese en Internet en el portal de Buenos Aires Compras y en la página WEB Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda y remítase a la Gerencia Operativa de la Subsecretaria de Justicia , para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Enríquez

RESOLUCIÓN N.° 16/SSADS/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), los Decretos Nros. 1.145/09, 95/14 y 114/16, el Expediente Nº EX-2016-11515795-MGEYA-DGSFPC, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto, tramita la adquisición insumos de criminalística con destino a las Fuerzas Policiales de la Ciudad; Que el Decreto N° 1.145/09 aprobó la reglamentación del Artículo 85 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) e implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Que el Ministro de Hacienda por Resolución Nº 1.160/MHGC/11 aprobó las Normas de Procedimiento de Compras y Contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) y el Decreto Reglamentario Nº 95/14 modificado por Decreto N° 114/16, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que a fin de concretar la adquisición precitada, resulta oportuna la celebración de una Licitación Pública encuadrada en lo dispuesto por el Artículo 31 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454); Que se ha realizado la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria; Que la Dirección General Suministros de Seguridad tomó la intervención de su competencia, proyectando los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas; Que por Resolución N°162/MJYSGC/16 se constituyó la Comisión de Evaluación de Ofertas y se designaron sus miembros permanentes; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo previsto por la Ley Nº 1.218.

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Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y reglamentada por el Anexo II del Decreto N ° 95/14 modificado por Decreto N° 114/16,

LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la adquisición insumos de criminalística con destino a

las Fuerzas Policiales de la Ciudad, que como Anexo N° PLIEG-2016-17149215-SSADS, forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Llámase a Licitación Pública de Etapa Única 2900-0441-LPU16 para el día 29 de julio de 2016 a las 13.00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo N° 31 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y los Decretos Nros. 1.145/09 y 95/14, por un monto estimado de pesos dieciséis millones ciento ochenta y ocho mil ochocientos seis ($ 16.188.806,00.-). Artículo 3°.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de 2 (dos) días. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial, y en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, comuníquese y remítase a la Dirección General Suministros de Seguridad para la prosecución de su trámite. Ferrero

RESOLUCIÓN N.° 17/SSADS/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), los Decretos Nros., 1.145/09, 95/14 y 114/16, las Resoluciones Nros. 1.160/MHCG/11 y N° 56/SSAFPC/16, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Nº 8582716/DGSFPC/16, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto, tramita la Licitación Pública de Etapa Única Nº 2900-0224-LPU16 convocada para la adquisición, instalación y puesta en marcha de un sistema integral de impresión de credenciales para las Fuerzas Policiales de la Ciudad con su respectivo software y mantenimiento integral, preventivo y correctivo; Que la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) establece las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que el Decreto N° 95/14 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) y fijó los niveles de decisión y cuadro de competencias;

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ANEXO

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Que el Decreto N° 1.145/09 aprobó la reglamentación del Artículo 85 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) e implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC) con alcance a todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el Decreto N° 114/16 modificó el Anexo II del Decreto N° 95/14 que establece los niveles de decisión y cuadro de competencias; Que el Ministro de Hacienda por Resolución Nº 1.160/MHGC/11 aprobó las Normas de Procedimiento de Compras y Contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 y el Decreto Reglamentario Nº 95/14, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que mediante Resolución Nº 56/SSAFPC/16 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se realizó el llamado a Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0224- LPU16 para el día 27 de mayo a las 13.00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y los Decretos Reglamentarios Nros. 1.145/09 y 95/14; Que por Resolución N°162/MJYSGC/16 se constituyó la Comisión de Evaluación de Ofertas y se designaron sus miembros permanentes;

Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas se recibieron dos (2) ofertas de las firmas: ID GROUP S.A. (CUIT N° 30-70805310-0) y VALID SOLUCIONES Y SERVICIOS DE SEGURIDAD EN MEDIOS DE PAGO E IDENTIFICACIÓN S.A. (CUIT N° 30-62591355-8); Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que mediante Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 29 de junio de 2016, la Comisión Evaluadora de Ofertas recomendó adjudicar a la firma ID GROUP S.A. los Renglones N° 1 y 2 de la presente contratación, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y los Decretos Reglamentarios Nros. 1.145/09 y 95/14; Que del citado Dictamen de Evaluación de Ofertas surge que la Comisión Evaluadora de Ofertas desestimó la oferta de VALID SOLUCIONES Y SERVICIOS DE SEGURIDAD EN MEDIOS DE PAGO E IDENTIFICACIÓN S.A., de acuerdo a las causales obrantes en el mentado dictamen; Que el Dictamen emitido fue exhibido en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, comunicado a todos los oferentes a través de BAC, y efectuadas sus publicaciones conforme lo dispuesto en el Artículo 108 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), el Artículo 108 del Anexo I del Decreto Nº 95/14 y el Artículo 23 del Anexo I del Decreto N° 1.145/09; Que vencido el plazo para formular impugnaciones no fue recibida ninguna presentación en tal sentido; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que atento el carácter plurianual del gasto que nos ocupa la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ha tomado intervención tal como lo prescriben las normas anuales de ejecución y aplicación del Presupuesto general del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para los gastos de tal carácter, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 10/16;

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Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se aprueba y adjudica el presente procedimiento. Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 111 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) y el Decreto Nº 95/14, modificado por el Decreto N° 114/16,

LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0224-LPU16, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 31 concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), los Decretos Reglamentarios Nros. 1.145/09 y 95/14. Artículo 2º.- Adjudícase la adquisición, instalación y puesta en marcha de un sistema integral de impresión de credenciales para las Fuerzas Policiales de la Ciudad con su respectivo software y mantenimiento integral, preventivo y correctivo, Renglones N° 1 y 2 a la firma ID GROUP S.A., por un monto total de pesos novecientos cuarenta y cuatro mil trescientos nueve ($ 944.309,00). Artículo 3º.- El gasto previsto en el Artículo 2° se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y notifíquese a las empresas oferentes. Artículo 5º.- Comuníquese a la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad, y remítase a la Dirección General Suministros de Seguridad. Ferrero

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Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN N.° 1268/MSGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: Los Decretos Nros. 96/12 y 399/13, las Resoluciones Nros. 279/MSGC/16 y 814/MSGC/16, y el Expediente Electrónico N° 16349311MGEYA-DGDIYDP/16, y CONSIDERANDO: Que a partir del 1° de junio de 2016 se inició el Ciclo Lectivo de las Residencias Hospitalarias 2016 de los Sistemas de Residencias del "Equipo de Salud", de "Apoyo al Equipo de Salud" y de "Enfermería"; Que por Resolución N° 279/MSGC/16 se llamó a Concurso para la cobertura de hasta ochocientos setenta cargos (870) cargos de Residentes de 1° año de Especialidades Médicas Básicas, no Básicas, Post-Básicas, Médicas Clínicas y Quirúrgicas con Orientación, y otras Residencias no Médicas contempladas en los mencionados Sistemas; Que los postulantes cumplen con los requisitos necesarios para cubrir las plazas concursadas, por lo que a efectos de posibilitar las contrataciones requeridas, resulta necesario dictar la norma legal correspondiente, incorporando a diversos profesionales a partir del 1° de junio de 2016 y hasta la finalización de cada especialidad, de acuerdo a la duración de las mismas; Que según surge de los presentes actuados correspondería contratar a la Dra. Ana Clara López DNI. Nº 32852109, CUIL. 27-32852109-7, a partir del 01/06/2016 y hasta el 31/05/2020, como Residentes de 1º año, en la especialidad Anatomía Patológica, en el Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero". Que el presente no genera mayor erogación, toda vez que el gasto emergente de estas incorporaciones ha sido previsto al aprobarse la cantidad total de cargos concursados mediante la precitada Resolución N° 279/MSGC/16. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2 del Decreto N° 399/13,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1°.- Contrátanse a partir de distintas fechas y hasta la finalización de cada Residencia, a diversos profesionales como Residentes de 1° año en diferentes hospitales dependientes del Ministerio de Salud, en distintas especialidades, de los Sistemas de Residencias del "Equipo de Salud", aprobado por Ordenanza N ° 40.997 (texto consolidado por Ley N° 5.454), complementada por la Ordenanza N° 46.125, de "Apoyo al Equipo de Salud", aprobado por Ordenanza N° 41.793 (texto consolidado por Ley N° 5.454), y de "Enfermería", aprobado por Ordenanza N° 45.146 (texto consolidado por Ley N° 5.454), de conformidad con las condiciones establecidas por los Decretos reglamentarios Nros. 1167/86, 873/89, 2011/92 y 752/97, de acuerdo al detalle que obra como Anexo "I" (IF-2016-17020986-DGDIYDP), el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

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Articúlo 2º.- Contrátase a partir de 1 de junio de 2016 y hasta el 31 de mayo de 2020, a la Dra. Ana Clara López, DNI. Nº 32.852.109, CUIL. 27-32852109-7, como Residente de 1º año, en la especialidad "Anatomía Patológica", partida 4022.0800.R.58.308, en el Hospital General de Agudos Parmenio Piñero, dependiente del Ministerio de Salud, del Sistema de Residencias del "Equipo de Salud", aprobado por Ordenanza N° 40.997 (texto consolidado por Ley N° 5.454), complementada por la Ordenanza N° 46.125, de conformidad con las condiciones establecidas por los Decretos reglamentarios Nros. 1167/1986 y 752/1997. Artículo 3°.- La retribución que percibirán los profesionales contratados por la presente Resolución será la establecida por Decreto N° 912/93 y su modificatorio Decreto N° 139/94, y la Resolución N° 375/SSySHyF/06. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 1269/MSGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley N° 5454), su Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por el Decreto Nº 114/16, las Resoluciones Nº 1156-MSGC/08, 1506-MSGC/09, 514-MSGC/11 y 1705-MSGC/11, y el Expediente Electrónico Nº 16.602.368/MGEYA-DGADCYP/2016, CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 1156-MSGC/08 se creó la Comisión de Evaluación de Ofertas (C.E.O.) que interviene en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gestionada por la entonces Dirección General Administrativa Contable, actual Dirección General Administrativa, Contable y Presupuesto, y se designó a sus integrantes en carácter de miembros titulares y suplentes; Que a través de las Resoluciones 1506-MSGC/09, 514-MSGC/11 y 1705-MSGC/11 la citada Comisión fue modificada en su conformación, designándose nuevos miembros de la misma; Que la Dirección General Administrativa, Contable y Presupuesto, dependiente de la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud, propicia el dictado de un único acto administrativo a fin del reordenamiento de la nómina de los componentes de la Comisión de Evaluación de Ofertas (C.E.O.);

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 68

ANEXO

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Que, en efecto, toda vez que algunos de los miembros de la Comisión que nos ocupa, han cesado de hecho en sus funciones como tales, por razones de servicio o bien por haberse desvinculado de este Ministerio de Salud, resulta procedente declarar formalmente dicho cese y disponer la integración actual de la Comisión actuante en el ámbito de los procesos de selección de cocontratista llevados a cabo por la citada Dirección General Administrativa, Contable y Presupuesto en su carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones; Que, por otra parte, por razones operativas del funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Ofertas, la citada Dirección General propicia designar al Contador Juan Arturo Siegenthaler, D.N.I. Nº 23.494.681, en reemplazo del Ing. Eduardo Daniel Langer; Que, en ese orden de ideas, corresponde tener por concluidas las funciones en la Comisión de Evaluación de Ofertas (C.E.O.) de los Señores Ing. Moisés Luis Aruj, L.E. N° 4.531.755; Dr. Juan Marcos Wainstein, F.C. 379.171; Dra. Alcira Fiorini, F.C.346.445; Dr. Simón Salzberg, F.C. 248.892; y Eduardo Daniel Langer, D.N.I. Nº 8.490.407; Que, en tal sentido, debe tenerse por integrada la Comisión de Evaluación de Ofertas (C.E.O.) por los Señores VARSALLONA, Alejandro Enrique D.N.I. 13.479.027;; MAIORANO, María del Carmen D.N.I. 12.835.493, GABAS, Damián Leardo D.N.I. 20.618.505; y SIEGENTHALER, Juan Arturo, quienes actuarán en forma indistinta;

Que, a los efectos de la emisión del Dictamen de Evaluación de Ofertas, se considerará conformada la Comisión y expresada su voluntad mediante la firma ológrafa o electrónica de al menos tres (3) de sus miembros, en tanto no se exija otro quorum en los Pliegos de Bases y Condiciones o se establezca una conformación distinta en el acto administrativo de autorización del proceso de selección de cocontratista, a tenor de lo establecido en el artículo 107 de la Ley N° 2095 (Texto consolidado por Ley N° 5454) y su Decreto Reglamentario N° 95/14; Que los componentes de la Comisión de Evaluación de Ofertas se desempeñan como tales con carácter ad- honorem, sin que ello importe modificar su situación de revista ni relevarlos de las actividades y responsabilidades que les son propias al cargo que ocupan o funciones que desempeñan; Que en ese orden de ideas corresponde dictar el acto administrativo que resuelve la cuestión. Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley N° 5454), su Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por Decreto N° 114/16,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Ténganse por concluidas las funciones en la Comisión de Evaluación de Ofertas (C.E.O.) por parte de los Señores Ing. Moisés Luis Aruj, L.E. N° 4.531.755; Dr. Juan Marcos Wainstein, F.C. 379.171; Dra. Alcira Fiorini. F.C.346.445, Dr. Simón Salzberg F.C. 248.892, e Ing. Eduardo Daniel Langer, D.N.I. Nº 8.490.407. Artículo 2º.- Modifícase el Artículo 2º de la Resolución Nº 1156-MSGC/08 y establécese que la Comisión de Evaluación de Ofertas (C.E.O.), queda integrada por los Señores VARSALLONA, Alejandro Enrique D.N.I. 13.479.027; MAIORANO, María del Carmen D.N.I. 12.835.493; GABAS, Damián Leardo D.N.I. 20.618.505; y SIEGENTHALER, Juan Arturo, D.N.I. Nº 23.494.681, que se designa por la presente.

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Artículo 3°.- Establécese que la Comisión de Evaluación de Ofertas integrada de conformidad con lo establecido en el artículo 2° intervendrá en los procesos de selección de cocontratistra que se lleven a cabo por la Dirección General Adminsitrativa, Contable y Presupuesto en su carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones, bajo el régimen de la Ley N° 2095 (Texto consolidado por Ley N° 5454), salvo que se establezca una conformación distinta en función de las características de la contratación o por la complejidad de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 107 de la Ley N° 2095 (Texto consolidado por Ley N° 5.454) y su Decreto Reglamentario N° 95/14. Artículo 4°.- Establécese que a los efectos de la emisión del Dictamen de Evaluación de Ofertas la Comisión quedará conformada por la concurrencia de al menos tres (3) de sus miembros, salvo que se requiera un quorum especial en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares o en el acto administrativo de convocatoria. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese y comuníquese. Cumplido, archívese. Bou Pérez

RESOLUCIÓN N.° 294/SSASS/16

Buenos Aires, 30 de junio de 2016 VISTO: el Expediente Electrónico Nº 16011829/DGADCYP/16, las solicitudes realizadas por la Dirección General de Recursos Físicos en Salud, y CONSIDERANDO: Que por dicho Expediente Electrónico tramita una compensación presupuestaria a fin de adecuar los créditos correspondientes a Partidas incluidas en PROYECTOS, en un todo de acuerdo con el requerimiento formulado por la Unidad Ejecutora responsable; Que la presente gestión se enmarca en las previsiones del Decreto 10/2016 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 10 del Anexo al Decreto 10/16 mencionado, las modificaciones propiciadas no corresponden a Programas Finales; Que, se ha generado la planilla de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" emitidas por el mencionado sistema bajo el Requerimiento Nº 3467/DGADCyP/16 y como documento GEDO IF Nº 16.014.877/DGADCyP/16 de acuerdo a las previsiones del Artículo 9 del Capítulo III del Anexo del mencionado Decreto 10/2016; Que en función de lo expuesto, este nivel considera que corresponde adoptar las acciones tendientes a dar curso a lo solicitado por los efectores dependientes de este Ministerio de Salud. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 363/GCABA/15 y el Decreto Nº 10/GCABA/16 (Capítulo IX - Artículo 37 - Apartado II), las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2016,

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 70

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Artículo 1º.- Efectuar una compensación presupuestaria, consistente en la disminución e incremento de los créditos incluidos en PROYECTOS llevados a cabo por la Dirección General de Recursos Físicos en Salud; de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" obrantes bajo Informe Nº 16014877/DGADCyP/16; que forma parte integrante de la presente a todos sus efectos. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de Hacienda, a sus efectos. Feccia

RESOLUCIÓN N.° 313/SSASS/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: el Expediente Electrónico Nº 16.401.688/DGADCyP/16, las solicitudes de los diferentes efectores en salud, y CONSIDERANDO: Que por dicho Expediente Electrónico se tramita una compensación presupuestaria a fin de adecuar los créditos correspondientes a diferentes unidades ejecutoras dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que las Unidades de Organización solicitantes han manifestado que las modificaciones propuestas no tienen impacto en las metas físicas previamente planteadas; Que la presente gestión se enmarca en las previsiones del Decreto Nº 10/2016 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que se han generado las planillas de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" emitidas por el mencionado sistema bajo el Requerimiento Nº 3685/DGADCyP/16, N° 3489/DGADCyP/16 y N° 4022/DGADCyP/16 y como documentos GEDO IF Nº 16695527/DGADCyP/16, N° 16695564/DGADCyP/16 y N° 16713866/DGADCyP/16 de acuerdo a las previsiones del Artículo 9 del Capítulo III del Anexo del mencionado Decreto 10/2016; Que en función de lo expuesto, este nivel considera que corresponde adoptar las acciones tendientes a dar curso a lo solicitado por los efectores dependientes de este Ministerio de Salud. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 363/GCABA/15 y el Decreto Nº 10/GCABA/16 (Capítulo IX - Artículo 37 - Apartado II), las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2016,

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ANEXO

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD RESUELVE

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Artículo 1.- Efectuar una compensación presupuestaria, consistente en la disminución e incremento de los créditos correspondientes al Inciso 2, -(Bienes de Consumo); Inciso 3, -(Servicios No Personales), Inciso 4, - (Bienes de Uso) e Inciso 5, - (Transferencias) de los diferentes Hospitales dependientes del Ministerio de Salud; de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" obrantes bajo Informes Nº 16695527/DGADCyP/16, N° 16695564/DGADCyP/16 y N° 16713866/DGADCyP/16; que forman parte integrante de la presente a todos sus efectos. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de Hacienda, a sus efectos. Feccia

RESOLUCIÓN N.° 314/SSASS/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Comunicación Oficial Nota N° 14125360/DGICEYE/2016, el Decreto Nº 224/GCABA/2013, la Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/2013, Resolución Nº 1619/GCABA/MHGC/2013, Resolución Nº 2390/MHGC/2014 y Resolución 1727/GCABA/MHGC/2015; y CONSIDERANDO: Que, por el Decreto Nº 224/GCABA/2013 complementada por Resolución Nº 1619/GCABA/MHGC/2013, rectificada por Resolución Nº 2390/MHGC/2014 y Resolución 1727/GCABA/MHGC/2015, se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y los/as funcionarios con rango equivalente dentro de dicha jurisdicción, a contratar a personas bajo los regímenes de locación de servicios o de obra, dentro de sus disponibilidades presupuestarias y hasta un monto máximo de pesos cuarenta mil ($ 40.000) mensuales por contrato; Que, dicho Decreto establece en sesenta (60) días corridos el plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de una prestación celebrada bajo el régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva Resolución autorizante; Que, por las presentes actuaciones tramitan la contratación bajo la figura de Locación de Obra, correspondiente al año 2016; Que, por dicho Decreto Nº 224/GCABA/2013 se establece que la Locación de Obras y Servicios deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-; Que, la persona a contratar no se encuentra inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 269;

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 72

ANEXO

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD RESUELVE

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Que, asimismo, la persona que se indica en el Anexo I de la presente Resolución, ha declarado bajo juramento que no se encuentra revistando en la Planta Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se halla vinculada con éste, por contrato alguno o en calidad de pasante o asistente técnico por convenios con alguna Universidad y que no percibe ningún subsidio por razones de falta de empleo. Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorízase la contratación bajo la figura de Locación de Obra, de la Sra. Camila Marcela Giménez, DNI - 39.375.809, en la Dirección General de Informática, Clínica, Estadística y Epidemiológica, de la Subsecretaria de Planificación Sanitaria, según modo y forma que se detalla en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Delégase al titular de la Dirección General de Informática, Clínica, Estadística y Epidemiológica, la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes. Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden de Pago, correspondiente a lo mencionado en el art. 1º de la presente. Artículo 4º.- A los efectos del cobro, mensualmente deberán adicionarse las certificaciones de servicios correspondientes. Artículo 5º.- Los importes a abonarse se depositarán en las cuentas corrientes o cajas de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires cuyos datos fueran comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería. Artículo 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 7º.- Comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica para su Registro y publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda con soporte Magnético de la presente y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General Administración de Recursos Humanos de Salud. Fecho, vuelva a esta Ministerio. Cumplido, archívese. Feccia

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ANEXO

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Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN N.° 2538/MEGC/16

Buenos Aires, 28 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, el Decreto N° 1254/GCBA/08 y su modificatorio Decreto N° 663/GCBA/09, el Decreto N° 203/GCBA/16, la Resolución N° 3208/MEGC/15 y Nº 3378/MEGC/15, el presente Expediente Electrónico N° 3578680/DGAMANT/2015, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 3208-MEGC-2015 se llamó a Licitación Pública N° 846-SIGAF-2015 (19-15) con el objeto de adjudicar las tareas de mantenimiento integral por cuarenta y ocho (48) meses en varios edificios escolares pertenecientes a la Comuna 4 A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mencionados en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, por ajuste alzado y fijando como presupuesto oficial la suma de PESOS CIEN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($100.930.735,91); Que por Resolución N° 3378/MEGC/15 se prorrogó la fecha de apertura de sobres por 48 (cuarenta y ocho) horas, con el fin de que los adquirentes de pliego cuenten con mayor plazo para formular sus ofertas; Que con fecha 18 de Septiembre de 2015 ha tenido lugar el acto de apertura de ofertas correspondiente, presentándose 3 (tres) ofertas de las siguientes empresas: Indaltec S.A., Mig S.A. y Seyma Escuelas Riva S.A.I.I.C.F.A. - Mantelectric I.C.I.S.A. (UTE); Que con fecha 7 de Octubre de 2015, se realizó el análisis y evaluación del aspecto legal de las ofertas presentadas en el acto de apertura, en el que se concluyó que las ofertas de las empresas Indaltec S.A., Mig S.A. y Seyma Escuelas Riva S.A.I.I.C.F.A. - Mantelectric I.C.I.S.A. (UTE) están en condiciones de ser analizadas por el área de Control y Ejecución de Contratos, previo cumplimiento en su caso de las requisitorias que les sean efectuadas por cédula de notificación, para completar y/o subsanar la documentación exigida en los pliegos licitatorios; Que la Dirección General de Mantenimiento realizó la calificación de las ofertas de las empresas Indaltec S.A., Mig S.A. y Seyma Escuelas Riva S.A.I.I.C.F.A. - Mantelectric I.C.I.S.A. (UTE) sobre el Preciario Oficial (Anexo C) punto 5.3.5 estando todas de acuerdo al apartado 5.2, indicando que la Oferta de la firma Indaltec S.A. resultó con una calificación de 15 (quince) puntos, la oferta de la firma Mig S.A resultó con una calificación de 15 (quince) puntos y la oferta de la firma Seyma Escuelas Riva S.A.I.I.C.F.A. - Mantelectric I.C.I.S.A. (UTE) resultó con una calificación de 0 (cero) puntos; Que con fecha 12 de Mayo de 2016, el Área de Control y Ejecución de Contratos realizó el estudio técnico de la documentación y estableció que: corresponde descalificar a la empresa Seyma Escuelas Riva S.A.I.I.C.F.A. - Mantelectric I.C.I.S.A. (UTE) por obtener 0 (cero) puntos en el ítem A6 y aceptar las ofertas presentadas por Indaltec S.A. y Mig S.A., habiéndose solicitado previamente a la empresa Indaltec

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S.A., con el objeto de cumplir con las exigencias técnicas, legales y contables del Pliego de la Licitación, que presente la documentación faltante; Que Indaltec S.A. adjuntó la documentación requerida, por lo que el Área de Control y Ejecución de Contratos, mediante un segundo informe dio por cumplido con lo solicitado; Que la Comisión de Preadjudicaciones creada por Resolución Nº 231/SSGEFyAR/14 y su modificatoria Nº 149/MEGC/16, en ejercicio de las atribuciones conferidas, procedió a labrar el Acta de Preadjudicación N° 36 el 27 de Mayo de 2016, y resolvió descalificar la oferta presentada por Seyma Escuelas Riva S.A.I.I.C.F.A. - Mantelectric I.C.I.S.A. (UTE) y declarar admisibles las ofertas presentadas por Indaltec S.A. y Mig S.A. Finalmente, preadjudicó los trabajos a la empresa Indaltec S.A. por la suma de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES NOVECIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON UN CENTAVO ($120.915.286,01) por tratarse de la oferta más conveniente entre las admisibles de conformidad con lo establecido en el Pliego aplicable; Que el resultado de la preadjudicación fue notificado mediante cédula al preadjudicatario y al resto de los oferentes, publicado en la Cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, en el Boletín Oficial y en la página web de la Ciudad por un día, no recibiéndose impugnación alguna; Que por los motivos reseñados y en atención al resultado de la preadjudicación, corresponde adjudicar a la empresa Indaltec S.A. la ejecución de las tareas de mantenimiento integral por cuarenta y ocho (48) meses en varios edificios escolares pertenecientes a la Comuna 4 A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mencionados en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2015-21214586-SSGEFYAR), por el sistema de ajuste alzado por la suma de CIENTO VEINTE MILLONES NOVECIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON UN CENTAVO ($120.915.286,01); Que la Dirección General de Redeterminación de Precios dependiente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Decreto N° 127/14; Que la Subgerencia Operativa Contabilización de Gastos de Obras e Inmuebles realizó un cambio en el parámetro de afectación presupuestaria N° 846-SIGAF-15 que rige la presente Licitación, reemplazándolo por el N° 370-SIGAF-16; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación ha tomado intervención en el marco de su competencia; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde atento las atribuciones conferidas por la Ley Nº 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5454) y su modificatoria Ley N° 3167. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 203/GCBA/2016,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Rectifícase el parámetro de afectación presupuestaria N° 846-SIGAF-2015, siendo el definitivo el N° 370-SIGAF-16. Artículo 2.- Apruébase la Licitación Pública N° 370-SIGAF-2016 (19-15) cuyo objeto es la realización de las tareas de mantenimiento integral por cuarenta y ocho (48) meses en varios edificios escolares pertenecientes a la Comuna 4 A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mencionados en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2015-21214586-SSGEFYAR).

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Artículo 3.- Adjudícase a la empresa Indaltec S.A. las tareas de mantenimiento integral por cuarenta y ocho (48) meses en varios edificios escolares pertenecientes a la Comuna 4 A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mencionados en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2015-21214586- SSGEFYAR), por el sistema de ajuste alzado por la suma de CIENTO VEINTE MILLONES NOVECIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON UN CENTAVO ($120.915.286,01). Artículo 4.- Impútase a la partida correspondiente por la suma de CIENTO VEINTE MILLONES NOVECIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON UN CENTAVO ($120.915.286,01). Artículo 5.- Delégase en el señor Director General de Administración de Recursos las facultades de suscribir la contrata y en el señor Director General de Infraestructura y Mantenimiento Escolar las facultades de dictar todos los actos que resulten necesarios para la materialización, control y ejecución de la obra de que se trata, incluyendo sus modificaciones, prórrogas o aplicación de sanciones, en caso de corresponder. Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, por el término de un (1) día, y en el Portal de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y remítase a la Dirección General de Administración de Recursos para la prosecución del trámite y notificación al adjudicatario, en los términos dispuestos en los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 2576/MEGC/16

Buenos Aires, 30 de junio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 14.440.412/MGEYA-DGAR/16, y CONSIDERANDO: Que es necesario adecuar las Plantas Orgánico Funcionales de los establecimientos escolares dependientes de la Dirección de Educación Primaria, en cuanto ellas constituyen la expresión organizativa en la que confluyen la dimensión pedagógica y la dinámica de la demanda educativa; Que la totalidad de los Establecimientos y Supervisiones han presentado sus necesidades de personal docente para el ciclo lectivo 2016; Que dichos requerimientos cuentan con el acuerdo de la Dirección respectiva y fueron avalados por la Dirección General de Educación de Gestión Estatal y la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad educativa; Que la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General de Administración de Recursos, ha realizado un análisis de las solicitudes presentadas, con vistas a fortalecer su vinculación con la dimensión pedagógica, garantizar la existencia de adecuado reflejo presupuestario, y mejorar la eficiencia y equidad de la asignación de recursos;

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ANEXO

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Que la aprobación de la Planta Orgánico Funcional es un requisito indispensable para una adecuada y transparente gestión administrativa de la cobertura de cargos; Que el gasto que demande la presente Resolución ha sido contemplado en el presupuesto en vigencia; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Apruébanse las Plantas Orgánico Funcionales para el Año 2016, de los establecimientos educativos dependientes de la Dirección de Educción Primaria y sus correspondientes Supervisiones, que como Anexos (IF-2016-14446540-DGAR), (IF-2016-14446839-DGAR), (IF-2016-14447038-DGAR) y (IF- 2016-14447263-DGAR), forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Impútese el gasto que demanden las Plantas Orgánico Funcionales aprobadas por la presente Resolución a Jurisdicción 55 - Inciso 1 - Partida Principal 1. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos a las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal y de Administración de Recursos; y a la Dirección de Educación Primaria y a las Gerencias Operativas de Recursos Humanos Docentes y Oficina de Gestión Sectorial. Cumplido, archívese.

Cumplido archívese. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 2581/MEGC/16

Buenos Aires, 30 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 5454) y su modificatoria Nº 4.764, su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/97 consolidado por la Ley 5454, Resolución de firma Conjunta Nº 5-MHGCMMGC-MJGGC-SECLyT-2014, el Expediente Electrónico Nº 28660791-MGEYA-DGAR-2015, y CONSIDERANDO: Que por el expediente del Visto tramita la prórroga del contrato de locación administrativa registrado en la Escribanía General bajo Nº 13505, respecto del inmueble sito en la Avda. Roque Sáenz Peña Nº 772/84 y Tte. Gral. Juan Domingo Perón Nº 788/800 esquina Esmeralda 169/73/79/85/89 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa;

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ANEXO

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Que corresponde destacar que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta de aplicación la Ley Nº 2095 y modificatoria Nº 4764 (Ley de Compras y Contrataciones) reglamentada por el Decreto Nº 95/GCABA/14; Que en dicha Ley, se encuentra encuadrada la locación de un inmueble por parte del sector público de la misma. Que el artículo 25 de la referida Ley, dispone que para la ejecución de los contratos que contempla, la regla general es “la licitación pública o concurso público“, agregando en el artículo 26 que los procedimientos de selección del contratista para tales operaciones son: a) Licitación o Concurso; b) Contratación Directa y c) Remate o Subasta Pública; Que oportunamente el contrato de locación administrativa fue aprobado por Resolución Nº 1906/MEGC/13 y concluyo el día 31 de enero de 2016; Que la cláusula tercera del aludido contrato estipula la facultad del locatario para prorrogar la vigencia del mismo; Que por lo tanto, el marco jurídico en el que se halla encuadrada la prórroga de la locación del inmueble como la que se plantea en las actuaciones del Visto, resulta del artículo 28, inciso 12, apartado m) del Anexo I del Decreto Nº 95/GCABA/2014 que establece: "Finalizado el plazo estipulado en el contrato, el eventual uso de la prorroga previsto en el mismo deberá plasmarse mediante la celebración de una cláusula adicional..."; Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el inciso 12, artículo 28, del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/2014, respecto a los apartados a) y b) y, en función de ello la Dirección General de Administración de Bienes, informa, que luego de una exhaustiva búsqueda, no existen bienes inmuebles disponibles que reúnan las características solicitadas; Que tal situación motivó a la Dirección General de Administración de Recursos de este Ministerio, a realizar tratativas con los propietarios del inmueble que dio como resultado la prórroga del contrato de locación administrativa registrado en la Escribanía General bajo Nº 13505, que tendrá un plazo de duración de tres (3) años a partir del 1 de febrero de 2016, con un valor locativo mensual de $250.000- (Pesos doscientos cincuenta mil con 00/100) mensuales para el primer año, mientras que para el segundo y tercer año se requerirá al Banco Ciudad de Buenos Aires una nueva tasación a los efectos de acordar el valor locativo mensual para ese período; Que la Gerencia de Pignoraticio y Ventas del Banco Ciudad de Buenos Aires efectuó la tasación respectiva según Informe Nº IF-2016-0773379-DGAR estableció el canon locativo mensual del inmueble, con fecha 2 de febrero de 2016; Que cabe señalar que conforme se estipula en el artículo 28, Inciso 12, apartado f) del Anexo I del Decreto Nº 95/GCABA/2014, se acompaña, informe de Dominio del inmueble y luce la intervención de la Dirección General de Escribanía señalando que el titular de dominio del inmueble referido es OTOBA S.A. Asimismo informa que, no recaen gravámenes, restricciones o interdicciones al dominio y que del Poder General agregado a los actuados, surge que el Señor Fernando Gabriel Schilman, D.N.I. Nº 20.471.082, tiene facultades suficientes para suscribir el mismo, conforme Poder General de fecha 2-8-05, pasado al Folio 535 Escritura 241 ante el Escribano Horacio Manso; Que el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/97 que rige el procedimiento administrativo en la Ciudad de Buenos Aires, establece en el artículo 13 respecto a la retroactividad del acto que: "El acto administrativo podrá tener efecto retroactivo -siempre que no se lesionaren derechos adquiridos- cuando se dictare en sustitución de otro revocado o cuando favoreciere al administrado";

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Que se aprueba una cláusula adicional del aludido contrato que tendrá un plazo de duración de tres (3) años, cuyo comienzo se estipulo con los propietarios a partir del 1 de febrero de 2016, esto es así, teniendo en cuenta que no es posible interrumpir el servicio educativo sin notorios perjuicios hacia los alumnos, razón que justifica la retroactividad en la fecha de aprobación del contrato y la urgencia en la misma; Que por otra parte, la fundamentación a la medida adoptada obedece a las gestiones que deben realizarse con los propietarios del inmueble al vencimiento del contrato o su cláusula adicional y a los diversos organismos que la Ley de Compras y Contrataciones, indica que deben intervenir, con carácter previo a firmarse el acto administrativo que lo aprueba, asimismo, debe señalarse que se trata de una retroactividad pactada entre las partes, que no lesiona derechos ni provoca daño alguno y mejora la calidad educativa; Que el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de sus organismos técnicos, propicia la aprobación de la cláusula adicional del inmueble de marras a fin de dar respuesta a la demanda de la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa; Que se han previsto los créditos necesarios en el ejercicio vigente para atender a la presente prórroga contractual; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional tomo la debida intervención en orden a sus competencias; Que obra en autos la intervención previa de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad con lo requerido en el artículo 28, Inciso 12, apartado i) del Anexo I del Decreto Nº 95/GCABA/2014. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase la prórroga del contrato de locación administrativa registrado en la Escribanía General bajo el Nº 13505, correspondiente al inmueble ubicado en la Avda. Roque Sáenz Peña Nº 772/84 y Tte. Gral. Juan Domingo Perón Nº 788/800 esquina Esmeralda 169/73/79/85/89 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa dependiente de este Ministerio, conforme lo establece el apartado m) del inciso 12 del artículo 28, Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, el que como anexo (IF-2016-15674625-DGAR) forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- El plazo de duración de la cláusula adicional del contrato se establece en tres (3) años, a partir del 1 de febrero de 2016 hasta el 31 de enero de 2019, con un canon locativo de $250.000- (Pesos doscientos cincuenta mil con 00/100) mensuales para el primer año, mientras que para el segundo y tercer año se solicitara una nueva tasación al Banco Ciudad a los efectos de acordar el valor locativo mensual para ese periodo. Artículo 3.- La erogación que origina la cláusula adicional cuenta con afectación presupuestaria para el ejercicio 2016. Asimismo, será imputado en las correspondientes partidas presupuestarias de los ejercicios 2017/2018/2019.

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Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión Económico, Financiera y Administración de Recursos y a las Gerencias Operativas de Compras y Contrataciones y de Asuntos Jurídicos Patrimoniales de este Ministerio, a las Direcciones Generales Contaduría y Tesorería dependientes del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Administración de Bienes dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 2591/MEGC/16

Buenos Aires, 30 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, el Decreto N° 1254/GCBA/08 y su modificatorio Decreto N° 663/GCBA/09, el Decreto N° 203/GCBA/16, la Resolución N° 3206/MEGC/15, el presente Expediente Electrónico N° 3578238/DGAMANT/2015, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 3206-MEGC-2015 se llamó a Licitación Pública N° 913-SIGAF-2015 (21-15) con el objeto de adjudicar las tareas de mantenimiento integral por cuarenta y ocho (48) meses en varios edificios escolares pertenecientes a la Comuna 3 A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mencionados en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, por ajuste alzado y fijando como presupuesto oficial la suma de PESOS SETENTA Y SEIS MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($76.118.573,99); Que con fecha 15 de Septiembre de 2015 ha tenido lugar el acto de apertura de ofertas correspondiente, presentándose 3 (tres) ofertas de las siguientes empresas: Planobra S.A., Indaltec S.A. y Mig S.A.; Que con fecha 1 de Octubre de 2015, se realizó el análisis y evaluación del aspecto legal de las ofertas presentadas en el acto de apertura, en el que se concluyó que las ofertas de las empresas Planobra S.A., Indaltec S.A. y Mig S.A. están en condiciones de ser analizadas por el área de Control y Ejecución de Contratos, previo cumplimiento en su caso de las requisitorias que les sean efectuadas por cédula de notificación, para completar y/o subsanar la documentación exigida en los pliegos licitatorios; Que con fecha 25 de Enero de 2016, la Dirección General de Mantenimiento realizó la calificación de las ofertas de las empresas sobre el Preciario Oficial (Anexo C) punto 5.3.5 estando todas de acuerdo al apartado 5.2, así como también se realizó la calificación del punto A6 S/ anexo VII de las ofertas, indicando que la Oferta de la firma Planobra S.A. resultó con una calificación de 15 (quince) puntos, la oferta de la firma Mig S.A. resultó con una calificación de 15 (quince) puntos y la oferta de la firma Indaltec S.A. resultó con una calificación de 0 (cero) puntos;

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Que con fecha 25 de Febrero de 2016, el Área de Control y Ejecución de Contratos realizó el estudio técnico de la documentación y estableció que corresponde descalificar la oferta de la firma Indaltec S.A. por obtener 0 (cero) puntos en el ítem A6 y aceptar las ofertas de las empresas Planobra S.A. y Mig S.A., habiendosé solicitado previamente a la empresa Mig S.A., con el objeto de cumplir con las exigencias técnicas, legales y contables del Pliego de la Licitación, que presente la documentación faltante; Que Mig S.A. adjuntó la documentación requerida, por lo que el Área de Control y Ejecución de Contratos, mediante un segundo informe dio por cumplido con lo solicitado; Que la Comisión de Preadjudicaciones creada por Resolución Nº 231/SSGEFyAR/14 y su modificatoria Nº 149/MEGC/16, en ejercicio de las atribuciones conferidas, procedió a labrar el Acta de Preadjudicación N° 20 el 24 de Mayo de 2016, dónde resolvió

descalificar la oferta de la empresa INDALTEC S.A. por resultar de cero (0) puntos la calificación en el ítem A6 y declarar admisibles las ofertas presentadas por Planobra S.A. y Mig S.A. Finalmente, preadjudicar los trabajos a la empresa Mig S.A. por la suma de PESOS NOVENTA MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($90.573.491,18) por tratarse de la oferta más conveniente entre las admisibles de conformidad con lo establecido en el Pliego aplicable; Que el resultado de la preadjudicación fue notificado mediante cédula al preadjudicatario y al resto de los oferentes, publicado en la Cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, en el Boletín Oficial y en la página web de la Ciudad por un día, no recibiéndose impugnación alguna; Que por los motivos reseñados y en atención al resultado de la preadjudicación, corresponde adjudicar a la empresa Mig S.A.la ejecución de las tareas de mantenimiento integral por cuarenta y ocho (48) meses en varios edificios escolares pertenecientes a la Comuna 3 A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mencionados en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2015-21215550-SSGEFYAR), por el sistema de ajuste alzado por la suma de PESOS NOVENTA MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($90.573.491,18); Que la Dirección General de Redeterminación de Precios dependiente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Decreto N° 127/14; Que la Subgerencia Operativa Contabilización de Gastos de Obras e Inmuebles realizó un cambio en el parámetro de afectación presupuestaria N° 913-SIGAF-15 que rige la presente Licitación, reemplazándolo por el N° 333-SIGAF-16; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación ha tomado intervención en el marco de su competencia; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde atento las atribuciones conferidas por la Ley Nº 1218 (texto consolidado por Ley 5454). Por ello, y en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 203/GCBA/2016,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Rectifícase el parámetro de afectación presupuestaria N° 913-SIGAF-2015, siendo el definitivo el N° 333-SIGAF-16.

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Artículo 2.- Apruébase la Licitación Pública N° 333-SIGAF-2016 (21-15) cuyo objeto es la realización de las tareas de mantenimiento integral por cuarenta y ocho (48) meses en varios edificios escolares pertenecientes a la Comuna 3 A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mencionados en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2015-1215550-DGAR). Artículo 3.- Adjudícase a la empresa Mig S.A. las tareas de mantenimiento integral por cuarenta y ocho (48) meses en varios edificios escolares pertenecientes a la Comuna 3 A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mencionados en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2015-21215550-DGAR), por el sistema de ajuste alzado por la suma de PESOS NOVENTA MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($90.573.491,18). Artículo 4.- Impútase a la partida correspondiente por la suma de PESOS NOVENTA MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($90.573.491,18). Artículo 5.- Delégase en el señor Director General de Administración de Recursos las facultades de suscribir la contrata y en el señor Director General de Infraestructura y Mantenimiento Escolar las facultades de dictar todos los actos que resulten necesarios para la materialización, control y ejecución de la obra de que se trata, incluyendo sus modificaciones, prórrogas o aplicación de sanciones, en caso de corresponder. Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, por el término de un (1) día, y en el Portal de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y remítase a la Dirección General de Administración de Recursos para la prosecución del trámite y notificación al adjudicatario, en los términos dispuestos en los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 2592/MEGC/16

Buenos Aires, 30 de junio de 2016 VISTO: La Resolución Nº 942/MEGC/16, el Expediente Electrónico N° 3882317/MGEYA-DGFCE/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto, tramitó el requerimiento efectuado por la Dirección General de Fortalecimiento de la Comunidad Educativa, para que se produzcan las bajas y las altas como responsables de la administración y rendición de los fondos de la caja chica común de esa dependencia, según el IF-2016-03883253-DGFCE; Que en virtud de ello, se dicto la Resolución Nº 942/MEGC/16 mediante la cual, se designa a los responsables de la administración y rendición de fondos de caja chica común en esa Dirección General;

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ANEXO

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Que posteriormente al dictado de la mentada Resolución, se advirtió que en el mencionado Anexo I, que por un error involuntario, se ha consignado erróneamente el Documento Nacional de Identidad de la agente Eugenia Cortona, a quien se le da de alta como responsable de la caja chica común referenciada, consignándose el número 29.898.461, siendo el correcto el N° 28.989.461; Que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 1.510/1.997, establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión; Que por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde rectificar el artículo 1° de la Resolución N° 942/MEGC/16; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Rectifícase el artículo 1° de la Resolución N° 942/MEGC/16 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Dese la baja y alta como responsables de la administración y rendición de los fondos de la caja chica común de la Dirección General de Fortalecimiento de la Comunidad Educativa, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, del Ministerio de Educación, a los agentes que se detallan en el Anexo N° IF-14245919-DGFCE-2016, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución“. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a Dirección General de Fortalecimiento de la Comunidad Educativa, de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a la Subgerencia Operativa de Contabilidad y Pagos y a la Dirección General de Administración de Recursos, de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 2603/MEGC/16

Buenos Aires, 4 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 11.438.665//MGEYA-SSPLINED/16, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita el Proyecto de Resolución que aprueba el Desarrollo del Diseño Curricular Jurisdiccional del Segundo Ciclo de la modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, correspondiente a la especialidad "Diseño y Producción Gráfica", título "Técnico en Diseño y Producción Gráfica", para su implementación en las escuelas de la modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario que imparten la especialidad, pertenecientes a la Dirección de Educación Técnica, de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal;

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ANEXO

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Que en el marco de los principios, objetivos y postulados sustentados en la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26.058 y en la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, en el seno del Consejo Federal de Educación, mediante las Resoluciones Nº 47/08, Nº 84/09 y 229/14 se aprobaron los documentos "Lineamientos y criterios para la organización institucional y curricular de la educación técnico profesional correspondiente a la educación secundaria", los "Lineamientos políticos y estratégicos de la educación secundaria obligatoria" y los "Criterios federales para la Organización Institucional y Lineamientos Curriculares de la Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario y Superior", respectivamente; Que en las escuelas técnicas secundarias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentran vigentes los planes de estudio no ciclado en "Artes Gráficas" y ciclo superior en "Artes Gráficas"; Que los mencionados planes de estudios, instituidos con anterioridad a la transferencia de los servicios educativos a esta jurisdicción, fueron ordenados, en lo que refiere a su denominación, asignaturas por curso y cantidad de horas cátedra asignadas, según lo establecido en el Anexo I de la Resolución Nº 2990-SED/2002; Que por otra parte, en concordancia con las normativas establecidas en el ámbito de la Asamblea del Consejo Federal de Educación, este Ministerio mediante la Resolución N° 71-MEGC/15, por su artículo 7° aprobó el Proyecto de "Marcos de Referencia para los Procesos de Homologación de Títulos del Nivel Secundario", Sector: Industria Gráfica, Especialidad: Diseño y Producción Gráfica, conforme se detalla en su Anexo I; Que asimismo, este Ministerio de Educación aprobó los "Criterios generales para la definición curricular de la Educación Técnico Profesional de nivel secundario", a través de la Resolución N° 1281/MEGC/2011 modificada por el artículo 16° de la Resolución N° 4145-SSGECP/12; Que este Ministerio de Educación ha adoptado, a los fines de la homologación y validez nacional de los títulos para la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario, un Primer Ciclo común con la modalidad de dos (2) años de duración y un Segundo Ciclo especializado, de cuatro (4) años de duración; Que la Dirección General de Planeamiento Educativo, en ejercicio de sus respectivas competencias, a través de la Gerencia Operativa de Currículum de su dependencia, ha revisado y analizado los planes de estudio vigentes del Ciclo Superior en Diseño y Producción Gráfica de la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario, con el objeto de realizar su actualización, en adecuación con los marcos normativos nacional, federal y jurisdiccional; Que resultado de este proceso y en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Nº 3116-MEGC/10, la Gerencia Operativa de Currículum mencionada, ha elaborado las propuestas del Diseño Curricular Experimental Jurisdiccional de la Especialidad Diseño y Producción Gráfica, Título: "Técnico en Diseño y Producción Gráfica" del Segundo Ciclo de la Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, que fuera aprobado mediante la Resolución N°53-MCGC/2015; Que han tomado intervención las instancias correspondientes, prestando su aval al presente proyecto; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN RESUELVE

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Artículo 1.- Apruébase el "Desarrollo del Diseño Curricular Jurisdiccional del Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario", correspondiente a la

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Especialidad "Diseño y Producción Gráfica", título "Técnico en Diseño y Producción Gráfica" para los establecimientos de gestión estatal dependientes de la Dirección de Educación Técnica, conforme se detalla en el Anexo (IF-2016-11479341-SSPLINED) que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Establézcase como plan de trabajo a partir del año 2015, la organización de líneas de capacitación, actualización y perfeccionamiento docente en las disciplinas que comprenden el nuevo Diseño Curricular Jurisdiccional y la elaboración de los proyectos institucionales y normativos, en todos los establecimientos educativos de la jurisdicción, de gestión estatal, para facilitar la implementación del citado Diseño Curricular. Artículo 3.- Dispóngase que la presente Resolución se aplicará, en forma gradual y progresiva, en las Escuelas de la modalidad de Educación Técnico Profesional de nivel secundario que imparten la Especialidad Diseño y Producción Gráfica, a partir del Ciclo Lectivo 2015. Artículo 4.- Dispóngase que la implementación de la presente Resolución es responsabilidad de la Dirección de Educación Técnica, dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal. Artículo 5.- Establézcase que los actuales planes de estudios del Ciclo Superior, de la Especialidad Diseño y Producción Gráfica de esta modalidad y nivel, que se imparten en los establecimientos de Educación Técnico Profesional de nivel secundario dependientes de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, a través de la Dirección de Educación Técnica, y mantendrán su vigencia hasta la implementación definitiva del Desarrollo del Diseño Curricular Jurisdiccional que se aprueba en el Artículo 1 de la presente Resolución, la que quedará concretada en el segundo ciclo; en el Ciclo Lectivo 2018. Artículo 6.- Determínase que, en los casos que el personal docente vea afectada su

carga horaria laboral como consecuencia del cambio de los planes de estudios vigentes a la fecha, será de aplicación lo dispuesto en la Resolución Nº 1412-MEGC/11, hasta su efectiva implementación. Artículo 7.- Establézcase que la evaluación del proceso de implementación y seguimiento de la presente Resolución será responsabilidad de la Dirección General de Planeamiento Educativo. Artículo 8.- Encomiéndase, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, a la Escuela de Maestros (ex Escuela de Capacitación Docente - Centro de Pedagogías de Anticipación -CePA-), dependiente de la Dirección General de Planeamiento Educativo, el diseño, certificación y/o ejecución de la capacitación docente requerida para la efectiva implementación de la presente, por parte de la Dirección de Educación Técnica, dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, dando intervención a la Gerencia Operativa de Currículum, dependiente de la Dirección General de Planeamiento Educativo. Artículo 9.- Encomiéndase a la Dirección General de Planeamiento Educativo, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, la producción de materiales y recurso de apoyo a la enseñanza en los Laboratorios y Talleres de la Especialidad "Diseño y Producción Gráfica", título "Técnico en Diseño y Producción Gráfica" de acuerdo con las secciones y contenidos definidos en el Anexo de la presente.

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Artículo 10.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Planeamiento e Innovación Educativa, de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Planeamiento Educativo, de Educación de Gestión Privada, de Administración de Recursos, de Coordinación Legal e Institucional - Gerencia Operativa de Títulos y Legalizaciones - a la Dirección de Educación Técnica y a las Gerencias Operativas de Currículum, de Recursos Humanos Docentes y de Clasificación y Disciplina Docente. Cumplido, archívese. Acuña

RESOLUCIÓN N.° 92/SSCPEE/16

Buenos Aires, 29 de junio de 2016 VISTO El Expediente Electrónico N° 15209228/MGEYA-SSCPEE/2016, y CONSIDERANDO Que por los presentes actuados tramita la solicitud de Declaración de Interés por parte de Universidad Austral para la VII Jornada Académica - 2016: “Aprender a Enseñar: El desafío de la Formación Inicial y Continua“; Que dicha Jornada tiene como objetivo fundamental crear un espacio abierto de encuentro que procure dar una sólida formación académica a los profesionales de la educación, en vistas a que adquieran competencias con las que puedan formar a las nuevas generaciones de nuestro país, particularmente, a quienes se desempeñan en el ámbito de la enseñanza; Que el referido concurso se realizara los días 20 y 21 de octubre del corriente año, y estará destinado a docentes y directivos de todos los niveles del sistema educativo; Que las distintas instancias de la Jornada conforman un Cronograma que como Anexo I (IF N° 15233920-SSCPEE) se incorpora a la presente Resolución; Que son atribuciones de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa fomentar y apoyar iniciativas que contribuyan a la capacitación en materia educativa y pedagógica; Que dada la envergadura del encuentro, el mismo es merecedor del reconocimiento de la entidad rectora en el ámbito de la educación; Por ello y en uso de las facultades otorgada por la Resolución N° 263/MEGC/16.

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA

RESUELVE Artículo 1. Declárase de interés educativo la realización de la VII Jornada Académica - 2016: “Aprender a enseñar: El desafío de la formación inicial y continua“ y de las distintas actividades que constan en el Anexo I (IF N° 15233920-SSCPEE) y forman parte de la presente Resolución.

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ANEXO

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Artículo 2. Déjase constancia que la mencionada declaración de interés no representa erogación alguna para esta jurisdicción. Artículo 3. Publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a esta Subsecretaría, a los presentantes y pase a las Direcciones Generales de Educación Superior, Gestión Privada, Gestión Estatal a los mismos efectos. Cumplido, archívese. Bruzos Bouchet

RESOLUCIÓN N.° 7706/SSCD/16

Buenos Aires, 27 de junio de 2016 VISTO: La Ordenanza 40.593 y Expediente N°09183907-MGEYA-CJ y,cv CONSIDERANDO: Que el art. 12 de la Ordenanza 40.593 (Estatuto del Docente) y sus modificatorias estipula que la COREAP (Comisión de Registro y Evaluación de Antecedentes Profesionales) clasifique al personal, por orden de mérito, y elabore las nóminas de aspirantes a ingreso en la docencia, acrecentamiento de clases semanales o acumulación de cargos, ascensos de jerarquía e interinatos y suplencias; Que el Punto III de la reglamentación del art. 67 de la citada Ordenanza establece que producidas las designaciones como titulares en cargos de ascenso, la COREAP elaborará y publicará a la mayor brevedad los listados complementarios por orden de mérito; Que la Junta de Clasificación Docente del Área de Educación Técnica Zona IV remite los Listados por orden de mérito, Complementarios de aspirantes a Interinatos y Suplencias por escuela en cargos de ascenso inscripción 2011-2012; Que el Dictamen IF-2016-08792554-CJ incluye a los docentes ganadores del concurso de ascenso 2011- 2012 en los Listados Complementarios y en los cargos que obtuvieron en el mencionado concurso y los excluye de los Listados de aspirantes a Interinatos y Suplencias por escuela en cargos de ascenso 2011- 2012; Por ello, y atento a las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE CARRERA DOCENTE RESUELVE

Artículo 1º: Apruébase los Listados por orden de mérito Complementarios de Interinatos y Suplencias por escuela en cargos de ascenso, de los docentes titulares ganadores del concurso de ascenso, inscripción 2011-2012 según el Anexo I (IF-2016-08683646-CJ-MGEYA-CJ) que forma parte de la presente resolución. Artículo 2°: Exclúyase de los Listados de aspirantes a Interinatos y Suplencias por escuela, en cargos de ascenso 2011-2012, a los docentes ganadores del concurso según Anexo II (IF-2016-08684902-CJ) a partir de la toma de posesión en sus cargos.

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ANEXO

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Artículo 3º: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la Dirección General de Carrera Docente, (Gerencia Operativa de Clasificación y Disciplina Docente), a la Junta de Clasificación Docente del Área de Educación Técnica Zona IV y efectúense las comunicaciones Oficiales correspondientes a la Dirección General de Educación de Gestión Estatal y Dirección del Área de Educación Técnica. Cumplido, gírese para su guarda temporal. Tarulla

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ANEXO

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

RESOLUCIÓN N.° 440/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: Las Resoluciones Nros. 73-MDUYTGC/2016 y 354-MDUYT/2016, el EX-2016-16511237-MGEYA-DGTALMDUYT, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución Nº 73-MDUYTGC/2016, se autorizó entre otros, el Contrato de Locación de Servicio del Sr. Guido Ariel Piotrowski, D.N.I. 35.727.061, para desempeñarse en la Dirección General Tecnica, Administrativa y Legal, por el período comprendido entre el 01/01/2016 y el 31/12/2016, y por la retribución mensual de pesos trece mil quinientos cuarenta y siete ($ 13.547); Que mediante la Resolución N° 354-MDUYTGC-2016, se amplió el importe mensual de dicho contrato, pasando el mismo a percibir la suma de pesos veintiún mil seiscientos setenta y cinco ($ 21.675) a partir del 01/04/2016 hasta 30/04/2016, y la suma de pesos quince mil quinientos setenta y nueve ($ 15.579) a partir del 01/05/2016 hasta 31/12/2016; Que por la referida actuación, el nombrado Piotrowski presentó la renuncia al aludido contrato a partir del 01/07/2016; Que por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo pertinente, aceptando la misma. Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Acéptase a partir 01/07/2016, la renuncia presentada por el Sr. Guido Ariel Piotrowski, D.N.I. Nº 35.727.061, a su Contrato de Locación de Servicio que le fuera autorizado por la Resolución Nº 73-MDUYTGC/2016 y modificado posteriormente mediante Resolución N° 354-MDUYTGC-2016 Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de dicho Ministerio-la que entre otras gestiones deberá notificar al interesado-; cumplido, archívese. Moccia RESOLUCIÓN N.° 441/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO:

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La Ley N° 471, los Decretos Nros. 638/07 y 363/15, las Resoluciones Nros.

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446/MHGC/16 y 1/MDUGC/MMGC/15 y el Expediente Electrónico N° 16.113.969/SSOBRAS/16, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 638/07, se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que el artículo 7° del Decreto N° 363/15, instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 446/MHGC/16, se estableció que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo 7° y 8° del Decreto N° 363/15, podrán ser administrados como Suplemento de Gabinete; Que el Subsecretario de la Subsecretaría de Obras, solicitó un Suplemento de Gabinete, equivalente a dos mil quinientas (2.500) unidades retributivas, a partir del 1º de julio de 2016, para el agente Pablo Adolfo Muller, CUIL 20-29183646-2, quien reviste como Planta Transitoria de esa Subsecretaría, de acuerdo a lo establecido por la Resolución N° 1/MDUGC/MMGC/15; Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, ha tomado la debida intervención, a fin de verificar que la Subsecretaría de Obras, cuenta con las unidades retributivas necesarias para hacer frente a la mencionada asignación, sin objeciones que formular al respecto; Por ello, en virtud de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Asígnase a partir del 1º de julio de 2016, el Suplemento de Gabinete equivalente a dos mil quinientas (2.500) unidades retributivas, alagente Pablo Adolfo Muller, CUIL 20-29183646-2, dependiente de la Subsecretaría de Obras, del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, y pase a la Subsecretaría de Obras, quien deberá notificar al interesado. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 442/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: Los Decretos Nros. 638/07, 363/15 y sus modificatorios, la Resolución Nº 698/MHGC/08 y el E.E. Nº 15828296-MGEYA-DGTYTRA/16, y

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CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el artículo 7 del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que según surge de los presentes actuados, la Directora General de la Dirección General de Tránsito y Transporte, requiere a partir del 1º de mayo de 2016, modificar las Unidades Retributivas Mensuales que ostenta la señora María Florencia Giaccio, CUIL Nº27-29851669-7, como Personal de la Planta de Gabinete de dicha Dirección General; Que la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y la Secretaría de Transporte, prestan conformidad a lo propiciado por la misma; Que asimismo, la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, ha tomado la debida intervención al respecto, sin tener que formular objeciones a lo peticionado; Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº 698/MHGC/08 y sus modificatorias; Que a tal fin, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el Articulo 1, del Decreto N° 638/07,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese que a partir del 1º de mayo de 2016, la Sra. María Florencia Giaccio, CUIL 27-29851669-7, percibirá 1.400 Unidades Retributivas Mensuales, como Personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General de Tránsito y Transporte, dependiente de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, de la Secretaría de Transporte, del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Transporte, a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y para su conocimiento, notificación de la interesada y demás efectos, remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte.Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 448/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: El Decreto N° 10/16, el Expediente Electrónico Nro. 16.539.737/DGTALMDUYT/16, y CONSIDERANDO: Que mediante el citado Expediente se propicia una adecuación de las disponibilidades crediticias dentro del Programa 1 perteneciente al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, para el Ejercicio 2016;

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Que la modificación de créditos de que se trata resulta necesaria para atender las erogaciones que demande la afectación definitiva de los gastos realizados por Caja Chica Especial asignada al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Que en el artículo 37, Apartado II, del Capítulo IX de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2016, aprobadas por Decreto Nº 10/16, se establecen niveles de competencia para efectuar modificaciones de créditos; Que se ha dado cumplimiento al artículo 9 del Capítulo Tercero de las aludidas Normas en lo referente a la validación del requerimiento nro. 4840 del año 2016 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera por parte de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quien ha otorgado al mismo el estado de "Pendiente OGESE"; Que por lo expuesto corresponde aprobar la mencionada modificación presupuestaria mediante el dictado del presente acto administrativo; Por ello,

EL MINISTRO DEDESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la modificación presupuestaria que se detalla en el Anexo I (IF-2016-16793683-DGTALMDUYT), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Dese intervención a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, para la confirmación en el Sistema SIGAF, de la modificación presupuestaria mencionada en el artículo 1° de la presente. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de los cinco (5) días de firmada la presente, conforme lo dispone el artículo 9 de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2016 aprobadas por del Decreto Nro. 10/16 y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 449/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: El Decreto N° 10/16, el Expediente Electrónico N° 15.894.363-SECTRANS-2016 y, CONSIDERANDO: Que mediante el citado Expediente se propicia una adecuación de las disponibilidades crediticias dentro del Programa 5 a cargo del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, para el Ejercicio 2016;

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ANEXO

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Que la modificación de créditos de que se trata resulta necesaria para atender las erogaciones que demande realizar la contratación de personal bajo la modalidad de locación de servicios para la Subsecretaria de Tránsito y Transporte; Que en el artículo 37, Apartado II, del Capítulo IX de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2016, aprobadas por Decreto Nº 10/16, se establecen niveles de competencia para efectuar modificaciones de créditos; Que se ha dado cumplimiento al artículo 9 del Capítulo Tercero de las aludidas Normas en lo referente a la validación del requerimiento nro. 3462 del año 2016 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera por parte de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quien ha otorgado al mismo el estado de "Pendiente OGESE". Por ello y en uso de las facultades encomendadas,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la modificación presupuestaria que se detalla en el Anexo I (IF-2016-17.086.548-DGTALMDUYT), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Dese intervención a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, para la confirmación en el Sistema SIGAF, de la modificación presupuestaria mencionada en el artículo 1° de la presente. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de los cinco (5) días de firmada la presente, conforme lo dispone el artículo 9 de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2016 aprobadas por del Decreto Nro. 10/16 y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 451/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: El Decreto N° 10/16, el Expediente Electrónico N° 16.914.442-MGEYA-DGTALMDUYT-2016 y, CONSIDERANDO: Que mediante el citado Expediente se propicia una adecuación de las disponibilidades crediticias dentro del Programas 25 a cargo del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, para el Ejercicio 2016;

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ANEXO

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Que la modificación de créditos de que se trata resulta necesaria para atender las erogaciones que demande realizar el pago de certificación pendiente de la Obra: "Plaza Villa Real"; Que en el artículo 37, Apartado II, del Capítulo IX de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2016, aprobadas por Decreto Nº 10/16, se establecen niveles de competencia para efectuar modificaciones de créditos; Que se ha dado cumplimiento al artículo 9 del Capítulo Tercero de las aludidas Normas en lo referente a la validación del requerimiento nro. 4907 del año 2016 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera por parte de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quien ha otorgado al mismo el estado de "Pendiente OGESE". Por ello y en uso de las facultades encomendadas,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la modificación presupuestaria que se detalla en el Anexo I (IF-2016-17.086.393-DGTALMDUYT), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Dese intervención a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, para la confirmación en el Sistema SIGAF, de la modificación presupuestaria mencionada en el artículo 1° de la presente. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de los cinco (5) días de firmada la presente, conforme lo dispone el artículo 9 de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2016 aprobadas por del Decreto Nro. 10/16 y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 452/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: El Decreto N° 10/16, el Expediente Electrónico Nro. 16.437.807-MGEYA-SECTRANS-2016, y CONSIDERANDO: Que mediante el citado Expediente se propicia una adecuación de las disponibilidades crediticias entre los Programas 5 y 94 perteneciente al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, para el Ejercicio 2016;

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ANEXO

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Que la modificación de créditos de que se trata resulta necesaria para atender las erogaciones que demande realizar la contratación de personal por parte de la Subsecretaria de Tránsito y Transporte dependiente de la Secretaría de Transporte; Que en el artículo 37, Apartado II, del Capítulo IX de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2016, aprobadas por Decreto Nº 10/16, se establecen niveles de competencia para efectuar modificaciones de créditos; Que se ha dado cumplimiento al artículo 9 del Capítulo Tercero de las aludidas Normas en lo referente a la validación del requerimiento nro. 4829 del año 2016 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera por parte de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quien ha otorgado al mismo el estado de "Pendiente OGESE"; Que por lo expuesto corresponde aprobar la mencionada modificación presupuestaria mediante el dictado del presente acto administrativo; Por ello y en uso de las facultades encomendadas,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la modificación presupuestaria que se detalla en el Anexo I (IF-2016-16685793-DGTALMDUYT), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Dese intervención a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, para la confirmación en el Sistema SIGAF, de la modificación presupuestaria mencionada en el artículo 1° de la presente. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de los cinco (5) días de firmada la presente, conforme lo dispone el artículo 9 de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2016 aprobadas por del Decreto Nro. 10/16 y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 455/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, las Leyes Nros. 70 y 5.460 y su modificatoria, los Decretos Nros. 359/15, 363/15 y su modificatorio, y 203/16, las Resoluciones Nros. 463-MDUGC-2014, 193-MDUGC-2015, 287-MDUGC-2015 y 273-MDUYTGC-2016, los Expedientes Electrónicos Nros. 13723595-MGEYA-UPEDG- 2014 y 2016-15195483-DGIGUB, y

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ANEXO

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Que la Obra "Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes, Corrientes Débiles e Iluminación- Oficinas Palacio Lezama" fue adjudicada a la empresa SES S.A. por Resolución N°463-MDUGC-2014 de fecha 30 de diciembre de 2014, y tramitada por Expediente N° 13723595-MGEYA-UPEDG- 2014; Que la Contrata entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Empresa adjudicataria fue suscripta el 30 de diciembre de 2014 y en la misma fecha se dio inicio a la Obra, cuyo plazo de ejecución, según la documentación contractual, era de cinco (5) meses; Que por Resolución N° 193-MDUGC-2015, se aprobó la Ampliación de Plazo N° 1, llevando la finalización de la obra al día 20 de agosto de 2015; Que por Resolución N° 287-MDUGC-2015, se aprobó la Ampliación de Plazo N° 2, que postergó la finalización de la ejecución hasta el día 30 de noviembre de 2015; Que por Resolución N° 28-MMIYTGC-2016, se aprobó la Ampliación de Plazo N° 3, por la que se prorrogó el plazo de obra hasta el 31 de marzo del corriente; Que por Resolución N° 273-MDUYTGC-2016, se aprobó la Ampliación de Plazo N° 4 llevando el plazo de finalización de la obra al día 31 de mayo pasado; Que por Expediente N° 2016-10735292-DGTALMDUYT tramita el pedido de Ampliación de Plazo N°5; Que, la Inspección de Obra informa mediante IF-2016-15312715-DGIGUB que la presente ampliación de plazo tiene lugar en atención a los atrasos producidos por la necesidad de reemplazar el tablero de servicios generales provisto por el propietario del edificio, provocando ello la fabricación e ingeniería de un nuevo tablero. Asimismo, las modificaciones pertinentes, en virtud de los cambios en las estructuras orgánicas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus dotaciones, generaron nuevos puestos de trabajo, modificación y agregado de luminarias; Que SES S.A. ha renunciado en forma expresa al eventual reclamo de cualquier gasto improductivo y/o daños y perjuicios, y/o cualquier otro reclamo que surja con motivo de la presente ampliación de plazo, conforme IF-2016-15421161-DGIGUB; Que la Dirección General de Infraestructura Gubernamental (DGIGUB), mediante Informe IF-2016-15640195-DGIGUB, considero procedente otorgar una extensión de plazo de 91 días, a partir del 1° de junio de 2016, fijándose como nueva fecha de finalización el día 30 de agosto de 2016; Que la Subsecretaría de Obras ha prestado su conformidad a la tramitación de la presente Ampliación de Plazo N° 5;

Que la Ley N° 5.460 y su modificatoria, estableció la actual estructura ministerial y que el Decreto Nº 363/15 aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos; Que por Decreto N° 203/2016 se estableció, entre otras cosas, los niveles de decisión y cuadro de competencias para los procedimientos de autorización de prórroga del plazo de ejecución de la obra; Por ello, y en uso de la facultades conferidas por la Ley 5.460 y su modificatoria y los Decretos Nros. 359/15, 363/15, 141/2016, 203/2016,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la Ampliación de Plazo N°5, para la Obra "Instalaciones eléctricas de corrientes fuertes, corrientes débiles e iluminación - Oficinas Palacio Lezama", por un total de 91 días corridos, trasladando la fecha de finalización de la Obra al día 30 de agosto de 2016. Artículo 2°.- Apruébanse el nuevo Plan de Trabajos y la Curva de Inversión que se detalla en el Anexos I (IF-2016-16156745-DGIGUB), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.buenosaires.gob.ar), notifíquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, gírese a la Dirección General de Infraestructura Gubernamental para notificación fehaciente a la empresa Contratista y demás fines. Por cuerda separada notifíquese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, incorpórese al expediente autorizante de la Obra. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 457/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 5.460 y modificatoria, los Decretos Nros. 363/15 y 203/16, la Resolución N° 59-MDUGC-2013, la Licitación Pública N° 2775/2012, los Expedientes Nros. 1.304.107/MGEYA/2012 y 2016-03075008-DGCG, y CONSIDERANDO: Que por Expediente N° 2016-03075008-DGCG, la empresa DALCO S.A. -TEXIMCO S.A. (UTE), adjudicataria de la Obra “BUENOS AIRES ROCK", ha solicitado la liquidación final y devolución de las sumas retenidas en concepto de fondo de reparo; Que la obra de referencia le fue adjudicada a la requirente mediante Lic. Pública N° 2775/2012 por Resolución N° 59-MDUGC-2013; Que la Obra cuenta con acta de recepción definitiva de fecha 16 de junio de 2014 en la que se da por cumplido lo establecido en los artículos 1.15.4 del Pliego de Condiciones Generales y 2.15 del Pliego de Condiciones Particulares, correspondiendo en consecuencia el dictado de la norma aprobatoria de la misma; Que habiéndose dado intervención a la Dirección General Contaduría General de la liquidación final, la misma no ha merecido objeciones atento los términos del IF-2016-13484313-DGCG y de la PV-2016-15561889-DGCG, correspondiendo asimismo aprobar la liquidación final de la obra de referencia. Por ello y en uso de la facultades conferidas por la Ley N° 5.460-15 y modificatoria, los Decretos N° 363/15 y 203/16, y las normas citadas de los Pliegos que rigieron la contratación,

El MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el Acta de Recepción Definitiva de la Obra “BUENOS AIRES ROCK", Licitación Pública N° 2775/2012, que como Anexo I (IF-2016-09672240- UPEPH) forma parte integrante del presente, que fuera adjudicada por Resolución N° 59-MDU-2013 a la empresa DALCO S.A. - TEXIMCO S.A. (UTE). Artículo 2º.- Apruébase la liquidación final de la obra que como Anexo II (IF-2016- 13086068-DGOIYA) forma integrante de la presente.

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ANEXO

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Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenos aires.gob.ar), y para su conocimiento y demás efectos, gírese a la Dirección General de Obras de Ingeniería y Arquitectura, dependiente de la Subsecretaria de Obras, la que deberá notificar en forma fehaciente a la empresa DALCO S.A. - TEXIMCO S.A. (UTE). Cumplido, gírese a la Dirección General de Contaduría General. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 236/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2016-16470281- -MGEYA-SSUEP, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, la Subsecretaría de Uso del Espacio Público solicita permiso para la afectación parcial de Alejandro Magariños Cervantes entre Av. Chivilcoy y Mercedes el día jueves 7 de julio de 2016, para la realización de una actividad artística denominada "Intervención Pintura Puestos FIABS"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la Subsecretaría de Uso del Espacio Público a efectuar la afectación parcial de un carril Alejandro Magariños Cervantes entre Av. Chivilcoy y Mercedes, sin afectar las bocacalles para la realización de una actividad artística denominada "Intervención Pintura Puestos FIABS" el día jueves 7 de julio de 2016 en el horario de 07.00 a 15.00. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

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ANEXO

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EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a la Subsecretaría de Uso del Espacio Público, con presencia policial, a efectuar la afectación parcial de un carril lado Plaza Ciudad de Udine de Alejandro Magariños Cervantes entre Av. Chivilcoy y Mercedes, sin afectar las bocacalles para la realización de una actividad artística denominada "Intervención Pintura Puestos FIABS"; el día jueves 7 de julio de2016 en el horario de 07.00 a 15.00. Artículo 2º.- En las arterias afectadas parcialmente se deberán colocar vallas rígidas continuas en toda la parte afectada, a fin de separar el tránsito pasante de la zona del evento. Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2º, 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 6º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Limpieza, de Rentas (Departamento de Otros Recursos), de Planificación de la Movilidad, de Ordenamiento del Espacio Público y a la Gerencia Operativa de Regulación del Transporte. Cumplido, archívese. Terrile

RESOLUCIÓN N.° 237/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2016-16021964- -MGEYA-DGTYTRA, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y

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Que por el Expediente mencionado en el Visto, la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico solicita permiso para el corte total de Defensa entre Av. Independencia y Av. San Juan el día sábado 9 de julio de 2016, para la realización de un evento denominado "9 de Julio en San Telmo"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico a efectuar el corte total de Defensa entre Av. Independencia y Av. San Juan, sin afectar las bocacalles para la realización de un evento denominado "9 de Julio en San Telmo"; el día sábado 9 de julio de 2016 en el horario de 0.00 a 19.00. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico, con presencia policial, con motivo de la realización de un evento denominado "9 de Julio en San Telmo", a efectuar el corte total de Defensa entre Av. Independencia y Av. San Juan, sin afectar las bocacalles, el día sábado 9 de julio de 2016 en el horario de 0.00 a 19.00. Artículo 2º.- Con relación al tránsito que pretenda circular por la arteria afectada deberá desviarse por las siguientes calles: Cochabamba, Perú, Chile hasta retomar Defensa. Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 6º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Limpieza, de Rentas (Departamento de Otros Recursos), de Planificación de la Movilidad, de Ordenamiento del Espacio Público y a la Gerencia Operativa de Regulación del Transporte. Cumplido, archívese. Terrile

RESOLUCIÓN N.° 238/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2016-16272447- -MGEYA-COMUNA5, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, la Casona Cultural Humahuaca, a través de la Comuna Nº 5, solicita permiso para el corte total de Humahuaca entre Sánchez de Bustamante y Billinghurst el día sábado 16 de julio de 2016, con motivo de la realización de un evento cooperativo; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado;

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Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la Casona Cultural Humahuaca a efectuar el corte total de Humahuaca entre Sánchez de Bustamante y Billinghurst, sin afectar las bocacalles, el día sábado 16 de julio de 2016 en el horario de 10.00 a 22.00, con cobertura climática el día sábado 23 de julio de 2016 en el mismo horario, con motivo de la realización de un evento cooperativo. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a la Casona Cultural Humahuaca, con motivo de la realización de un festival cultural, con presencia policial, a efectuar el corte total de Humahuaca entre Sánchez de Bustamante y Billinghurst, sin afectar las bocacalles, el día sábado 16 de julio de 2016 en el horario de 10.00 a 22.00, con cobertura climática el día

sábado 23 de julio de 2016 en el mismo horario, con motivo de la realización de un evento cooperativo. Artículo 2º.- Con relación al tránsito que pretenda circular por la arteria afectada deberá desviarse por las siguientes calles: Bulnes, Av. Corrientes, Gallo hasta retomar Humahuaca. Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 6º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Limpieza, de Rentas (Departamento de Otros Recursos), de Planificación de la Movilidad, de Ordenamiento del Espacio Público y a la Gerencia Operativa de Regulación del Transporte. Cumplido, archívese. Terrile

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RESOLUCIÓN N.° 239/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2016-14583946- -MGEYA-DGCDIV, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, la Dirección General Convivencia en la Diversidad solicita permiso para la afectación de diversas arterias de la Ciudad, los días viernes 8 y sábado 9 de julio de 2016, con motivo de la realización de un evento denominado "Jornadas de Pueblos Originarios"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la Dirección General Convivencia en la Diversidad, a efectuar las afectaciones para la realización del evento mencionado desde el día jueves 7 de julio de 2016 a las 10.00 hasta el sábado 9 de julio de 2016 a las 22.00. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

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Artículo 1º.- Autorizar a la Dirección General Convivencia en la Diversidad, con motivo de la realización de un evento denominado "Jornadas de Pueblos Originarios", con presencia policial, a efectuar las siguientes afectaciones de tránsito en los días y horarios que a continuación se detallan: Jornadas de Pueblos Originarios: jueves 7 de julio de 2016 desde las 10.00 hasta el sábado 9 de julio de 2016 a las 22.00. Corte parcial afectando dos carriles de Calzada Circular Plaza de los Dos Congresos entre

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Av. Rivadavia y Av. Hipólito Yrigoyen, sin afectar bocacalles. Marcha: sábado 9 de julio de 2016 de 20.00 a 23.00: Cortes totales, momentáneos y sucesivos partiendo desde Av. Callao entre Av. Rivadavia y Av. Hipólito Yrigoyen, por Av. Callao, Av. Corrientes, Cerrito, Av. De Mayo, Av. Rivadavia hasta Av. Callao. Cierres totales, momentáneos y sucesivos de las arterias transversales al momento del paso de los participantes. Artículo 2º.- El tránsito que circula por las arterias afectadas deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los sucesivos cortes y retomar por las calles paralelas más próximas que tengan el mismo sentido de circulación. Artículo 3º.- En las arterias afectadas parcialmente se deberán colocar vallas rígidas continuas en toda la parte afectada, a fin de separar el tránsito pasante de la zona del evento. Artículo 4º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 5º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 6º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º,4º y 5º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 7º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 8º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Limpieza, de Rentas (Departamento de Otros Recursos), de Planificación de la Movilidad, de Ordenamiento del Espacio Público y a la Gerencia Operativa de Regulación del Transporte. Cumplido, archívese. Terrile

RESOLUCIÓN N.° 240/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2016-15627311- -MGEYA-COMUNA10, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO:

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Que por el Expediente mencionado en el Visto, el Instituto Espíritu Santo A-16 - D. E. N° 18, a través de la Comuna Nº 10, solicita permiso para la afectación de Gómez de

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Fonseca entre Avellaneda y Sarachaga, el día jueves 7 de julio de 2016, para la realización de un Acto con motivo del Bicentenario del Día de la Independencia; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice al Instituto Espíritu Santo A-16 - D. E. N° 18, a efectuar el corte total de Gómez de Fonseca entre Avellaneda y Sarachaga, sin afectar las bocacalles para la realización de un Acto con motivo del Bicentenario del Día de la Independencia, el día jueves 7 de julio de 2016 en el horario de 09.00 a 12.30. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

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Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Espíritu Santo A-16 - D. E. N° 18, para la realización de un Acto conmotivo del Bicentenario del Día de la Independencia, con presencia policial, a efectuar el corte total de Gómez de Fonseca entre Avellaneda y Sarachaga, sin afectar las bocacalles, el día jueves 7 de julio de 2016 en el horario de 09.00 a 12.30. Artículo 2º.- Con relación al tránsito que pretenda circular por la arteria afectada deberá desviarse por las siguientes arterias: Avellaneda, Goya, Sarachaga, hasta retomar Gómez de Fonseca. Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96.

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Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 6º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Limpieza, de Rentas (Departamento de Otros Recursos), de Planificación de la Movilidad, de Ordenamiento del Espacio Público y a la Gerencia Operativa de Regulación del Transporte. Cumplido, archívese. Terrile

RESOLUCIÓN N.° 241/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2016-15645882- -MGEYA-COMUNA10, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, el Instituto Privado La Candelaria, a través de la Comuna Nº 10, solicita permiso para la afectación de Bahía Blanca entre Av. Avellaneda y Bogotá, el día jueves 7 de julio de 2016, para la realización de un Acto con motivo del Bicentenario del Día de la Independencia; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado;

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Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice al Instituto Privado La Candelaria a efectuar el corte total de Bahía Blanca entre Av. Avellaneda y Bogotá, sin afectar las bocacalles para la realización de un Acto con motivo del Bicentenario del Día de la Independencia, el día jueves 7 de julio de 2016 en el horario de 08.00 a 14.00. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Privado La Candelaria, para la realización de un Acto con motivo del Bicentenario del Día de la Independencia, con presencia policial, a efectuar el corte total de Bahía Blanca entre Av. Avellaneda y Bogotá, sin afectar las bocacalles, el día jueves 7 de julio de 2016 en el horario de 08.00 a 14.00.

Artículo 2º.- Con relación al tránsito que pretenda circular por la arteria afectada deberá desviarse por las siguientes arterias: Bogotá, San Nicolás, Dr. Juan. F. Aranguren hasta retomar Bahía Blanca. Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 6º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Limpieza, de Rentas (Departamento de Otros Recursos), de Planificación de la Movilidad, de Ordenamiento del Espacio Público y a la Gerencia Operativa de Regulación del Transporte. Cumplido, archívese. Terrile

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RESOLUCIÓN N.° 242/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2016-15323264- -MGEYA-COMUNA4, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, el Instituto María Auxiliadora, a través de la Comuna Nº 4, solicita permiso para la afectación de Palos entre Suarez y Brandsen, el día jueves 7 de julio de 2016, para la realización de un Acto con motivo del Bicentenario del Día de la Independencia; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice al Instituto María Auxiliadora a efectuar el corte total de Palos entre Suarez y Brandsen, sin afectar las bocacalles para la realización de un Acto con motivo del Bicentenario del Día de la Independencia, el día jueves 7 de julio de 2016 en el horario de 08.30 a 12.00. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar al Instituto María Auxiliadora, para la realización de un Acto con motivo del Bicentenario del Día de la Independencia, con presencia policial, a efectuar el corte total de Palos entre Suarez y Brandsen, sin afectar las bocacalles, el día jueves 7 de julio de 2016 en el horario de 08.30 a 12.00.

Artículo 2º.- Con relación al tránsito que pretenda circular por la arteria afectada deberá desviarse por las siguientes arterias: Suarez, Av. Alte. Brown, Brandsen hasta retomar Palos.

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Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 6º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Limpieza, de Rentas (Departamento de Otros Recursos), de Planificación de la Movilidad, de Ordenamiento del Espacio Público y a la Gerencia Operativa de Regulación del Transporte. Cumplido, archívese. Terrile

RESOLUCIÓN N.° 243/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2016-16000132- -MGEYA-DGCGUB, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, la Dirección General de Coordinación Gubernamental, solicita permiso para el corte total de H. Perette entre calles 4 y 6, el día sábado 9 de julio de 2016, para la realización de un evento con motivo del Bicentenario del Día de la Independencia; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277;

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Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la Dirección General de Coordinación Gubernamental a efectuar el corte total de H. Perette entre calles 4 y 6, sin afectar las bocacalles para la realización de un evento con motivo del Bicentenario del Día de la Independencia; el día sábado 9 de julio de 2016 en el horario de 10.00 a 17.00. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a la Dirección General de Coordinación Gubernamental, con presencia policial, con motivo de la realización de un evento con motivo del Bicentenario del Día de la Independencia, a efectuar el corte total de H. Perette entre calles 4 y 6, sin afectar las bocacalles, el día sábado 9 de julio de 2016 en el horario de 10.00 a 17.00. Artículo 2º.- El tránsito que pretenda circular por la calle afectada deberá desviarse por las transversales inmediatas que tengan el mismo sentido de circulación. Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 6º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 110

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Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Limpieza, de Rentas (Departamento de Otros Recursos), de Planificación de la Movilidad, de Ordenamiento del Espacio Público y a la Gerencia Operativa de Regulación del Transporte. Cumplido, archívese. Terrile

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Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N.° 1014/MCGC/16

Buenos Aires, 25 de febrero de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 7.189.761-MGEYA-DGTALMC-16, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 3109-MCGC-15, N° 3135-MCGC-15, y CONSIDERANDO: Que por los Decretos N° 1020-GCBA-04 y N° 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones; Que, por Resolución 3109-MCGC-15 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 3135-MCGC-15 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional" destinada a contribuir a la concreción y sostenimiento de proyectos vinculados a encuentros, proyectos y/o actividades que se desarrollen a nivel nacional y/o internacional y que tengan por objeto el intercambio, asistencia y/o cooperación socio-cultural; Que, en los presentes actuados tramita la petición de Patricia Marcela Moreira, DNI Nº 18.551.839, con domicilio real José Bonifacio 278 Dto. “B“, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha presentado solicitando se le conceda un subsidio para el proyecto "Intercambio internacional entre fase y la cinemateca distrital Ideartes“, destinado a cubrir gastos, conforme presupuesto detallado, encuadrado dentro de los Subsidios "Línea Promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional"; Que, el área sustantiva, en el caso la Dirección General del Centro Cultural General San Martín dictaminó que corresponde propiciar el otorgamiento del subsidio al peticionante, por un monto de PESOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS ($ 27.282.-), para ser aplicados al proyecto ut supra mencionado, por las razones, motivos y fundamentos expuestos en su correspondiente dictamen; Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura ha tenido por cumplidos los requisitos y el procedimiento establecido en la normativa vigente, produciendo en consecuencia, el Dictamen correspondiente; Por ello, de acuerdo con las facultades establecidas en la Ley N° 5.460 y en uso de las facultades expresamente otorgadas por la Resolución N° 2.316-SHyF-00,

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Artículo 1º.- Concédese el subsidio solicitado por Patricia Marcela Moreira, DNI Nº 18.551.839, encuadrado dentro de los subsidios "Línea Promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional", por la suma de PESOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS ($ 27.282.-), para ser aplicado al proyecto "Intercambio internacional entre fase y la cinemateca distrital Ideartes“. Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Art. 16 del anexo de la Resolución N° 3109-MCGC-15. Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden de Pago, a favor del peticionante, con domicilio constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de beneficiario del subsidio referido en el Artículo primero. Artículo 4º.- El beneficiario deberá comunicar fehacientemente la apertura de una cuenta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, destinada a efectos de lo expuesto en el artículo precedente, fecho lo cual, el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires depositará la suma correspondiente. Artículo 5º.- El gasto que demande el presente será atendido con cargo a la partida específica del presupuesto del año 2015 y se encuentra amparado en las determinaciones de la Resolución N° 2.316-SHyF-00. Artículo 6º.- El beneficiario deberá incluir en toda publicación, obra, programa, proyecto o actividad la leyenda "Realizado con el apoyo del Fondo Metropolitano de Cultura, las Artes y las Ciencias del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias que deberá notificar al beneficiario de los términos de la presente y del cumplimiento de los dispuesto en el Art 4° de la misma, y a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. Lopérfido RESOLUCIÓN N.° 1123/MCGC/16

Buenos Aires, 29 de febrero de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 7.095.485-MGEYA-DGTALMC-16, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 3109-MCGC-15, N° 3140-MCGC-15, y CONSIDERANDO: Que por los Decretos N° 1020-GCBA-04 y N° 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;

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EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

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Que, por Resolución 3109-MCGC-15 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 3140-MCGC-15 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "Línea Fomento de la Danza" destinada a contribuir a la concreción, realización, promoción y sostenimiento de proyectos vinculados a la difusión de la danza, en sus diversas manifestaciones; Que, en los presentes actuados tramita la petición de Jorge Pablo Ramos, DNI Nº 25.039.999, con domicilio real en Santos Dumont 4442 Dpto B, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha presentado solicitando se le conceda un subsidio para el proyecto "Donde empieza el mundo", destinado a cubrir gastos, conforme presupuesto detallado, encuadrado dentro de los Subsidios "Línea Fomento de la Danza", destino "Articulación“; Que, el área sustantiva, en el caso la Dirección General del Centro Cultural General San Martín dictaminó que corresponde propiciar el otorgamiento del subsidio al peticionante, por un monto de PESOS TREINTA MIL ($30.000.-), para ser aplicados al proyecto ut supra mencionado, por las razones, motivos fundamentos expuestos en su correspondiente dictamen; Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura ha tenido por cumplidos los requisitos y el procedimiento establecido en la normativa vigente, produciendo en consecuencia, el Dictamen correspondiente; Por ello, de acuerdo con las facultades establecidas en la Ley N° 5.460 y en uso de las facultades expresamente otorgadas por la Resolución N° 2.316-SHyF-00,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Concédese el subsidio solicitado por de Jorge Pablo Ramos, DNI Nº 25.039.999, encuadrado dentro de los subsidios "Línea Fomento de la Danza", por la suma de PESOS TREINTA MIL ($30.000.-), para ser aplicado al proyecto “ Donde empieza el mundo". Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Art. 16 del anexo de la Resolución N° 3109-MCGC-15. Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden de Pago, a favor del peticionante, con domicilio constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de beneficiario del subsidio referido en el Artículo primero. Artículo 4º.- El beneficiario deberá comunicar fehacientemente la apertura de una cuenta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, destinada a efectos de lo expuesto en el artículo precedente, fecho lo cual, el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires depositará la suma correspondiente. Artículo 5º.- El gasto que demande el presente será atendido con cargo a la partida específica del presupuesto del año 2015 y se encuentra amparado en las determinaciones de la Resolución N° 2.316-SHyF-00. Artículo 6º.- El beneficiario deberá incluir en toda publicación, obra, programa, proyecto o actividad la leyenda "Realizado con el apoyo del Fondo Metropolitano de Cultura, las Artes y las Ciencias del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"

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Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias que deberá notificar al beneficiario de los términos de la presente y del cumplimiento de los dispuesto en el Art 4° de la misma, y a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 1129/MCGC/16

Buenos Aires, 29 de febrero de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 7.354.986-MGEYA-DGTALMC-16, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 3109-MCGC-15, N° 3135-MCGC-15, y CONSIDERANDO: Que por los Decretos N° 1020-GCBA-04 y N° 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones; Que, por Resolución 3109-MCGC-15 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 3135-MCGC-15 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "Promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional" destinada a contribuir a la concreción y sostenimiento de proyectos vinculados a encuentros, proyectos y/o actividades que se desarrollen a nivel nacional y/o internacional y que tengan por objeto el intercambio, asistencia y/o cooperación socio-cultural; Que, en los presentes actuados tramita la petición de Guillermo Luis Ignacio Espel, DNI Nº 13.711.687, con domicilio real Libertad 893 7 mo “A“, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien se ha presentado solicitando se le conceda un subsidio para el proyecto "Creación de obras y versiones para ensambles instrumentales de Costa Rica y México“, destinado a cubrir gastos, conforme presupuesto detallado, encuadrado dentro de los Subsidios "Línea Promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional"; Que, el área sustantiva, en el caso la Dirección General del Centro Cultural General San Martín dictaminó que corresponde propiciar el otorgamiento del subsidio al peticionante, por un monto de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-), para ser aplicados al proyecto ut supra mencionado, por las razones, motivos y fundamentos expuestos en su correspondiente dictamen; Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura ha tenido por cumplidos los requisitos y el procedimiento establecido en la normativa vigente, produciendo en consecuencia, el Dictamen correspondiente;

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Por ello, de acuerdo con las facultades establecidas en la Ley N° 5.460 y en uso de las facultades expresamente otorgadas por la Resolución N° 2.316-SHyF-00, EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE Artículo 1º.- Concédese el subsidio solicitado por Guillermo Luis Ignacio Espel, DNI Nº 13.711.687, encuadrado dentro de los subsidios "Línea Promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional", por la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-), para ser aplicado al proyecto "Creación de obras y versiones para ensambles instrumentales de Costa Rica y México “. Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Art. 16 del anexo de la Resolución N° 3109-MCGC-15. Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden de Pago, a favor del peticionante, con domicilio constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de beneficiario del subsidio referido en el Artículo primero. Artículo 4º.- El beneficiario deberá comunicar fehacientemente la apertura de una cuenta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, destinada a efectos de lo expuesto en el artículo precedente, fecho lo cual, el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires depositará la suma correspondiente. Artículo 5º.- El gasto que demande el presente será atendido con cargo a la partida específica del presupuesto del año 2015 y se encuentra amparado en las determinaciones de la Resolución N° 2.316-SHyF-00. Artículo 6º.- El beneficiario deberá incluir en toda publicación, obra, programa, proyecto o actividad la leyenda "Realizado con el apoyo del Fondo Metropolitano de Cultura, las Artes y las Ciencias del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias que deberá notificar al beneficiario de los términos de la presente y del cumplimiento de los dispuesto en el Art 4° de la misma, y a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 1500/MCGC/16

Buenos Aires, 10 de marzo de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 7.754.094-MGEYA-DGTALMC-16, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 3109-MCGC-15, N° 3135-MCGC-15, y CONSIDERANDO:

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Que por los Decretos N° 1020-GCBA-04 y N° 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general

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contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones; Que, por Resolución 3109-MCGC-15 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 3135-MCGC-15 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional" destinada a contribuir a la concreción y sostenimiento de proyectos vinculados a encuentros, proyectos y/o actividades que se desarrollen a nivel nacional y/o internacional y que tengan por objeto el intercambio, asistencia y/o cooperación socio-cultural; Que, en los presentes actuados tramita la petición de Laura Gabriela Olalde, CUIT Nº 27-21477753-9, con domicilio real Amenabar 2995 2 do “5“, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha presentado solicitando se le conceda un subsidio para el proyecto "Residencia artística en Ljubljana - Eslovenia“, destinado a cubrir gastos, conforme presupuesto detallado, encuadrado dentro de los Subsidios "Línea Promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional"; Que, el área sustantiva, en el caso la Dirección General del Centro Cultural General San Martín dictaminó que corresponde propiciar el otorgamiento del subsidio al peticionante, por un monto de PESOS TREINTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES ($ 30.643.-), para ser aplicados al proyecto ut supra mencionado, por las razones, motivos y fundamentos expuestos en su correspondiente dictamen; Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura ha tenido por cumplidos los requisitos y el procedimiento establecido en la normativa vigente, produciendo en consecuencia, el Dictamen correspondiente; Por ello, de acuerdo con las facultades establecidas en la Ley N° 5.460 y en uso de las facultades expresamente otorgadas por la Resolución N° 2.316-SHyF-00,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Concédese el subsidio solicitado por Laura Gabriela Olalde, CUIT Nº 27-21477753-9, encuadrado dentro de los subsidios "Línea Promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional", por la suma de PESOS TREINTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES ($ 30.643.-), para ser aplicado al proyecto "Residencia artística en Ljubljana - Eslovenia“. Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Art. 16 del anexo de la Resolución N° 3109-MCGC-15. Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden de Pago, a favor del peticionante, con domicilio constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de beneficiario del subsidio referido en el Artículo primero. Artículo 4º.- El beneficiario deberá comunicar fehacientemente la apertura de una cuenta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, destinada a efectos de lo expuesto en el artículo precedente, fecho lo cual, el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires depositará la suma correspondiente.

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Artículo 5º.- El gasto que demande el presente será atendido con cargo a la partida específica del presupuesto del año 2015 y se encuentra amparado en las determinaciones de la Resolución N° 2.316-SHyF-00. Artículo 6º.- El beneficiario deberá incluir en toda publicación, obra, programa, proyecto o actividad la leyenda "Realizado con el apoyo del Fondo Metropolitano de Cultura, las Artes y las Ciencias del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias que deberá notificar al beneficiario de los términos de la presente y del cumplimiento de los dispuesto en el Art 4° de la misma, y a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 1933/MCGC/16

Buenos Aires, 28 de marzo de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 8.783.320-MGEYA-DGTALMC-16, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 3109-MCGC-15, N° 3135-MCGC-15, y CONSIDERANDO: Que por los Decretos N° 1020-GCBA-04 y N° 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones; Que, por Resolución 3109-MCGC-15 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 3135-MCGC-15 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional" destinada a contribuir a la concreción y sostenimiento de proyectos vinculados a encuentros, proyectos y/o actividades que se desarrollen a nivel nacional y/o internacional y que tengan por objeto el intercambio, asistencia y/o cooperación socio-cultural; Que, en los presentes actuados tramita la petición de La Fundación Literaria Tomás Eloy Martinez, CUIT Nº 30-71165320-8, con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha presentado solicitando se le conceda un subsidio para el proyecto "Espacio Tem Expone a Srur y Añeli“, destinado a cubrir gastos, conforme presupuesto detallado, encuadrado dentro de los Subsidios "Línea Promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional";

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Que, el área sustantiva, en el caso la Dirección General del Centro Cultural General San Martín dictaminó que corresponde propiciar el otorgamiento del subsidio al peticionante, por un monto de PESOS SESENTA MIL SETENTA Y CINCO ($ 60.075.-), para ser aplicados al proyecto ut supra mencionado, por las razones, motivos y fundamentos expuestos en su correspondiente dictamen; Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura ha tenido por cumplidos los requisitos y el procedimiento establecido en la normativa vigente, produciendo en consecuencia, el Dictamen correspondiente; Por ello, en uso de las facultades delegadas por la normativa mencionada,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Concédese el subsidio solicitado por La Fundación Literaria Tomás Eloy Martinez, CUIT Nº 30-71165320-8, encuadrado dentro de los subsidios "Línea Promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional", por la suma de PESOS SESENTA MIL SETENTA Y CINCO ($ 60.075.-), para ser aplicado al proyecto "Espacio Tem Expone a Srur y Añeli“. Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Art. 16 del anexo de la Resolución N° 3109-MCGC-15. Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden de Pago, a favor del peticionante, con domicilio constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de beneficiario del subsidio referido en el Artículo primero. Artículo 4º.- El beneficiario deberá comunicar fehacientemente la apertura de una cuenta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, destinada a efectos de lo expuesto en el artículo precedente, fecho lo cual, el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires depositará la suma correspondiente. Artículo 5º.- El gasto que demande el presente será atendido con cargo a la partida específica del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- El beneficiario deberá incluir en toda publicación, obra, programa, proyecto o actividad la leyenda "Realizado con el apoyo del Fondo Metropolitano de Cultura, las Artes y las Ciencias del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias que deberá notificar al beneficiario de los términos de la presente y del cumplimiento de los dispuesto en el Art 4° de la misma, y a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 1935/MCGC/16

Buenos Aires, 28 de marzo de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 8.297.728-MGEYA-DGTALMC-16, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 3109-MCGC-15, N° 3135-MCGC-15, y

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CONSIDERANDO: Que por los Decretos N° 1020-GCBA-04 y N° 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones; Que, por Resolución 3109-MCGC-15 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 3135-MCGC-15 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional" destinada a contribuir a la concreción y sostenimiento de proyectos vinculados a encuentros, proyectos y/o actividades que se desarrollen a nivel nacional y/o internacional y que tengan por objeto el intercambio, asistencia y/o cooperación socio-cultural; Que, en los presentes actuados tramita la petición de la Asociación Civil Línea en Movimiento, Espacio para la Investigación Producción y Formación de las Artes y el Movimiento, CUIT Nº 30-71216618-1, con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha presentado solicitando se le conceda un subsidio para el proyecto "LEM en el extranjero“, destinado a cubrir gastos, conforme presupuesto detallado, encuadrado dentro de los Subsidios "Línea Promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional"; Que, el área sustantiva, en el caso la Dirección General del Centro Cultural General San Martín dictaminó que corresponde propiciar el otorgamiento del subsidio al peticionante, por un monto de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000-), para ser aplicados al proyecto ut supra mencionado, por las razones, motivos y fundamentos expuestos en su correspondiente dictamen; Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura ha tenido por cumplidos los requisitos y el procedimiento establecido en la normativa vigente, produciendo en consecuencia, el Dictamen correspondiente; Por ello, en uso de las facultades delegadas por la normativa mencionada,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Concédese el subsidio solicitado por la Asociación Civil Línea en Movimiento, Espacio para la Investigación Producción y Formación de las Artes y el Movimiento, CUIT Nº 30-71216618-1, encuadrado dentro de los subsidios "Línea Promoción de la Cultura de la Ciudad de Buenos Aires a Nivel Nacional e Internacional", por la suma de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000-), para ser aplicado al proyecto "LEM en el extranjero“. Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Art. 16 del anexo de la Resolución N° 3109-MCGC-15. Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden de Pago, a favor del peticionante, con domicilio constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de beneficiario del subsidio referido en el Artículo primero.

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Artículo 4º.- El beneficiario deberá comunicar fehacientemente la apertura de una cuenta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, destinada a efectos de lo expuesto en el artículo precedente, fecho lo cual, el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires depositará la suma correspondiente. Artículo 5º.- El gasto que demande el presente será atendido con cargo a la partida específica del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- El beneficiario deberá incluir en toda publicación, obra, programa, proyecto o actividad la leyenda "Realizado con el apoyo del Fondo Metropolitano de Cultura, las Artes y las Ciencias del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias que deberá notificar al beneficiario de los términos de la presente y del cumplimiento de los dispuesto en el Art 4° de la misma, y a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 2445/MCGC/16

Buenos Aires, 14 de abril de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 9.453.024-MGEYA-DGTALMC-16, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 3109-MCGC-15 y N° 3137-MCGC-15, y CONSIDERANDO: Que por los Decretos N° 1020-GCBA-04 y N° 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones; Que, por Resolución 3109-MCGC-15 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 3137-MCGC-15 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "Línea Patrimonio Cultural" destinada a contribuir a la concreción y sostenimiento de proyectos vinculados a la conservación y difusión del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires, en sus diversas manifestaciones;

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Que, en los presentes actuados tramita la petición de La Hogareña S.A., CUIT Nº 33-64046655-9, con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de su representante legal el señor Jorge Alberto Serra, se ha presentado solicitando se le conceda un subsidio para el proyecto "RECUPERACION FACHADA BERNARDO DE IRIGOYEN 1624'", destinado a cubrir gastos, conforme el presupuesto detallado, encuadrado dentro de los Subsidios "Patrimonio Cultural", disciplina "Bienes Inmuebles"; Que el Área Sustantiva, en este caso, la Dirección General Patrimonio Casco Histórico y Museos dictaminó que corresponde propiciar el otorgamiento del subsidio al peticionante, por un monto de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000.-), para la realización del proyecto ut supra mencionado por las razones, motivos y fundamentos expuestos en su correspondiente dictamen; Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura ha tenido por cumplidos los requisitos y el procedimiento establecido en la normativa vigente, produciendo en consecuencia, el Dictamen correspondiente; Por ello, en uso de las facultades delegadas por la normativa mencionada,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Concédese el subsidio solicitado por La Hogareña S.A., CUIT Nº 33-64046655-9, con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de su representante legal el señor Jorge Alberto Serra DNI Nº 4.368.372, encuadrado dentro de los subsidios "Patrimonio Cultural", disciplina "Bienes Inmuebles", por la suma de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000.-), para ser aplicado al proyecto "RECUPERACION FACHADA BERNARDO DE IRIGOYEN 1624". Artículo 2°.- El beneficiario deberá en el plazo de 15 días corridos a partir de la notificación de la presente Resolución, proceder a la contratación de un seguro de caución como requisito previo al depósito del monto concedido en concepto de subsidio, la que deberá ser presentada por ante el Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, dependiente de este Ministerio. Artículo 3º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Art. 16 del anexo de la Resolución N° 3109-MCGC-15. Artículo 4º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden de Pago, a favor del peticionante, con domicilio constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de beneficiario del subsidio referido en el Artículo primero. Artículo 5º.- El beneficiario deberá comunicar fehacientemente la apertura de una cuenta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la Dirección General de Tesorería, destinada a efectos de lo expuesto en el artículo precedente, fecho lo cual, el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires depositará la suma correspondiente. Artículo 6º.- El gasto que demande el presente será atendido con cargo a la partida específica del presupuesto del año 2016. Artículo 7º.- El beneficiario deberá incluir en toda publicación, obra, programa, proyecto o actividad la leyenda "Realizado con el apoyo del Fondo Metropolitano de Cultura, las Artes y las Ciencias del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" Artículo 8º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias que deberá notificar al beneficiario de los términos de la presente y del cumplimiento de los dispuesto en el Art 4° de la misma, y a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. Lopérfido

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 122

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RESOLUCIÓN N.° 3781/MCGC/16

Buenos Aires, 23 de mayo de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 19.065.817-MGEYA-DGTALMC-15, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 3109-MCGC-15, N° 3134-MCGC-15, y CONSIDERANDO: Que por los Decretos N° 1020-GCBA-04 y N° 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones; Que, por Resolución 3109-MCGC-15 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 3134-MCGC-15 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "Línea Promoción y Desarrollo Cultural" destinada a fomentar el establecimiento y/o el desarrollo de proyectos Culturales con proyección inmediata o mediata en la comunidad desarrollados por personas físicas y jurídicas; Que, la Dirección General de Promoción Cultural ha propiciado la desestimación de la solicitud de subsidio del peticionante, en base a los fundamentos vertidos en su dictamen; Que, en virtud de tales antecedentes, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha aconsejado la desestimación de la solicitud de subsidio presentada en el año 2015; Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Desestímase la solicitud de subsidio presentada en el año 2015 por Nicolás Pablo Maidana en virtud de los argumentos esgrimidos en el dictamen emitido por el área sustantiva. Artículo 2º.- Pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificar al interesado. Cumplido, archívese. Lopérfido

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 123

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RESOLUCIÓN N.° 4800/MCGC/16

Buenos Aires, 1 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.442.862-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16539013- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 124

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 4801/MCGC/16

Buenos Aires, 1 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.443.106-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16539668- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 125

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Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4802/MCGC/16

Buenos Aires, 1 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.443.332-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16540329- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 126

ANEXO

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Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4805/MCGC/16

Buenos Aires, 1 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16561051-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005 y Nº 4295-MCGC-16, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de GRETTER TEJERA HERNAN FERNANDO, DNI N° 37.699.231, CUIT N° 20-37699231-5, para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Que, mediante la Resolución Nº 4295-MCGC-16 se asignó una entrega de fondos en concepto de "Caja Chica Especial" a favor del Ministerio de Cultura, destinada a afrontar los gastos de la Celebración de los 200 años de la Independencia de la República , que se realizará en la Plaza Vaticano del teatro Colón, donde será imputado el gasto que demandará la presente; Que el señor Ministro de Cultura, Darío Eduardo Lopérfido, DNI Nº 16.930.197 y la señora María Videla, DNI N° 24.872.927, son los responsables de la administración y rendición de los fondos antes referida; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 127

ANEXO

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de GRETTER TEJERA HERNAN FERNANDO, DNI N° 37.699.231, CUIT N° 20-37699231-5 durante el período y con la retribución

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que se consignan en el Anexo I, IF-2016-16565952- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-El gasto que demande la presente se atenderá con los fondos en concepto de "Caja Chica Especial", asignados al Ministerio de Cultura mediante Resolución Nº 4295-MCGC-16. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4806/MCGC/16

Buenos Aires, 1 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16562102-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005 y Nº 4295-MCGC-16, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de DE ASMUNIDS ADRIAN, DNI N° 23.091.404, CUIT N° 20-23091404-5, para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Que, mediante la Resolución Nº 4295-MCGC-16 se asignó una entrega de fondos en concepto de "Caja Chica Especial" a favor del Ministerio de Cultura, destinada a afrontar los gastos de la Celebración de los 200 años de la Independencia de la República , que se realizará en la Plaza Vaticano del teatro Colón, donde será imputado el gasto que demandará la presente; Que el señor Ministro de Cultura, Darío Eduardo Lopérfido, DNI Nº 16.930.197 y la señora María Videla, DNI N° 24.872.927, son los responsables de la administración y rendición de los fondos antes referida; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 128

ANEXO

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de DE ASMUNIDS ADRIAN, DNI N°

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23.091.404, CUIT N° 20-23091404-5, durante el período y con la retribución que se consignan en el Anexo I, IF-2016-16566606- - MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-El gasto que demande la presente se atenderá con los fondos en concepto de "Caja Chica Especial", asignados al Ministerio de Cultura mediante Resolución Nº 4295-MCGC-16. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4807/MCGC/16

Buenos Aires, 1 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16562698-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005 y Nº 4295-MCGC-16, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de TRENTUNO JUAN CRUZ, DNI N° 31.252.161, CUIT N° 20-31252161-0, para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Que, mediante la Resolución Nº 4295-MCGC-16 se asignó una entrega de fondos en concepto de "Caja Chica Especial" a favor del Ministerio de Cultura, destinada a afrontar los gastos de la Celebración de los 200 años de la Independencia de la República , que se realizará en la Plaza Vaticano del teatro Colón, donde será imputado el gasto que demandará la presente; Que el señor Ministro de Cultura, Darío Eduardo Lopérfido, DNI Nº 16.930.197 y la señora María Videla, DNI N° 24.872.927, son los responsables de la administración y rendición de los fondos antes referida; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 129

ANEXO

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EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de TRENTUNO JUAN CRUZ, DNI N° 31.252.161, CUIT N° 20-31252161-0, , durante el período y con la retribución que se consignan en el Anexo I, IF-2016-16566665- - MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-El gasto que demande la presente se atenderá con los fondos en concepto de "Caja Chica Especial", asignados al Ministerio de Cultura mediante Resolución Nº 4295-MCGC-16. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4808/MCGC/16

Buenos Aires, 1 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16412865-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005 y Nº 4295-MCGC-16, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de BORDOLINI FLORENCIO, DNI N° 31.930.780, CUIT N° 27-31930780-5, para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Que, mediante la Resolución Nº 4295-MCGC-16 se asignó una entrega de fondos en concepto de "Caja Chica Especial" a favor del Ministerio de Cultura, destinada a afrontar los gastos de la Celebración de los 200 años de la Independencia de la República , que se realizará en la Plaza Vaticano del teatro Colón, donde será imputado el gasto que demandará la presente; Que el señor Ministro de Cultura, Darío Eduardo Lopérfido, DNI Nº 16.930.197 y la señora María Videla, DNI N° 24.872.927, son los responsables de la administración y rendición de los fondos antes referida; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 130

ANEXO

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EL MINISTERIO DE CULTURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de BORDOLINI FLORENCIO, DNI N° 31.930.780, CUIT N° 27-31930780-5, durante el período y con la retribución que se consignan en el Anexo I, IF-2016-16566713- - MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-El gasto que demande la presente se atenderá con los fondos en concepto de "Caja Chica Especial", asignados al Ministerio de Cultura mediante Resolución Nº 4295-MCGC-16. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4811/MCGC/16

Buenos Aires, 4 de julio de 2016 VISTO: El Expediente N° 16412865-DGTALMC-16, los Decretos N° 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución N° 126-MHGC-15 y la Resolución N° 5041-SC-2005 y CONSIDERANDO: Que por la Resolución N° 4721-MCGC-16 se aprobó la contratación de BORDOLINO FLORENCIA, DNI N° 31.930.780, para perstar servicios para el Ministerio de Cultura. Que toda vez que la citada Resolución fue originada a partir de la existencia de un error, el señor Ministro de Cultura solicita se deje sin efecto la Resolución N° 4721-MCGC-16 Por ello; y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución N° 126-MHGC-15;

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Déjese sin efecto la Resolución N° 4721-MCGC-16. Artículo 2º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 131

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 4841/MCGC/16

Buenos Aires, 4 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16633243-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005 y Nº 4295-MCGC-16, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de MORA MARIA MARTIN, DNI N° 32.556.453, CUIT N° 27-32556453-4, para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Que, mediante la Resolución Nº 4295-MCGC-16 se asignó una entrega de fondos en concepto de "Caja Chica Especial" a favor del Ministerio de Cultura, destinada a afrontar los gastos de la Celebración de los 200 años de la Independencia de la República , que se realizará en la Plaza Vaticano del teatro Colón, donde será imputado el gasto que demandará la presente; Que el señor Ministro de Cultura, Darío Eduardo Lopérfido, DNI Nº 16.930.197 y la señora María Videla, DNI N° 24.872.927, son los responsables de la administración y rendición de los fondos antes referida; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de MORA MARIA MARTIN, DNI N° 32.556.453, CUIT N° 27-32556453-4, durante el período y con la retribución que se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16638700- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-El gasto que demande la presente se atenderá con los fondos en concepto de "Caja Chica Especial", asignados al Ministerio de Cultura mediante Resolución Nº 4295-MCGC-16. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 132

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 4842/MCGC/16

Buenos Aires, 4 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16621286-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005 y Nº 4295-MCGC-16, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de CASTRO MARIO ADRIAN, DNI N°18.185.108, CUIT N° 20-18185108-3, para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Que, mediante la Resolución Nº 4295-MCGC-16 se asignó una entrega de fondos en concepto de "Caja Chica Especial" a favor del Ministerio de Cultura, destinada a afrontar los gastos de la Celebración de los 200 años de la Independencia de la República , que se realizará en la Plaza Vaticano del teatro Colón, donde será imputado el gasto que demandará la presente; Que el señor Ministro de Cultura, Darío Eduardo Lopérfido, DNI Nº 16.930.197 y la señora María Videla, DNI N° 24.872.927, son los responsables de la administración y rendición de los fondos antes referida; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de CASTRO MARIO ADRIAN, DNI N°18.185.108, CUIT N° 20-18185108-3, durante el período y con la retribución que se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16639664- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-El gasto que demande la presente se atenderá con los fondos en concepto de "Caja Chica Especial", asignados al Ministerio de Cultura mediante Resolución Nº 4295-MCGC-16.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 133

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Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4864/MCGC/16

Buenos Aires, 4 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 11.102.215-MGEYA-DGTALMC-14, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 2762-MCGC-14, N° 2910-MCGC-14, y CONSIDERANDO: Que por los Decretos N° 1020-GCBA-04 y N° 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones; Que, por Resolución 2762-MCGC-14 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 2910-MCGC-14 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "Línea Creadores" destinada a fomentar toda expresión de la Cultura, el Arte y de la Ciencia llevada a cabo por personas físicas o jurídicas de la Ciudad de Buenos Aires, con su labor enriquecen su desarrollo científico y cultural; Que, por el presente tramita el proyecto presentado por Mariano Heler. Que la Dirección General Centro Cultural Recoleta informa, como área sustantiva, que dicho proyecto no pudo ser evaluado en tiempo y forma debido al cambio de autoridades que ha tenido lugar en el mes de diciembre próximo pasado, motivo por el cual dicha área no emitió el dictamen correspondiente. Que, en virtud de tales antecedentes, y teniendo en cuenta que el ejercicio presupuestario que hubiera correspondido ejecutar se encuentra vencido, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha aconsejado la desestimación de la solicitud de subsidio presentada en el año 2014; Por ello,

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 134

ANEXO

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Artículo 1º.- Desestímase la solicitud de subsidio presentada en el año 2014 por Mariano Heler en virtud de los argumentos esgrimidos. Artículo 2º.- Pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificar al interesado. Cumplido, archívese. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4891/MCGC/16

Buenos Aires, 4 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 10.876.170-MGEYA-DGTALMC-14, la Ley N° 5460, los Decretos Nº 1020-GCBA-04, N° 115-GCBA-05 y las Resoluciones N° 2762-MCGC-14, N° 2910-MCGC-14, y CONSIDERANDO: Que por los Decretos N° 1020-GCBA-04 y N° 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones; Que, por Resolución 2762-MCGC-14 se procedió a reglamentar los Decretos citados en el considerando primero y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias; Que, por Resolución N° 2910-MCGC-14 se procedió a aprobar una línea de subsidios denominada "Línea Creadores" destinada a fomentar toda expresión de la Cultura, el Arte y de la Ciencia llevada a cabo por personas físicas o jurídicas de la Ciudad de Buenos Aires, con su labor enriquecen su desarrollo científico y cultural; Que, por el presente tramita el proyecto presentado por Alejandro Martín Ruscio. Que la Dirección General Centro Cultural Recoleta informa, como área sustantiva, que dicho proyecto no pudo ser evaluado en tiempo y forma debido al cambio de autoridades que ha tenido lugar en el mes de diciembre próximo pasado, motivo por el cual dicha área no emitió el dictamen correspondiente. Que, en virtud de tales antecedentes, y teniendo en cuenta que el ejercicio presupuestario que hubiera correspondido ejecutar se encuentra vencido, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha aconsejado la desestimación de la solicitud de subsidio presentada en el año 2014; Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Desestímase la solicitud de subsidio presentada en el año 2014 por Alejandro Martín Ruscio en virtud de los argumentos esgrimidos.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 135

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Page 136: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

Artículo 2º.- Pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificar al interesado. Cumplido, archívese. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4894/MCGC/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16691223-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005 y Nº 4295-MCGC-16, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de SAISI MAGALI, DNI N° 32.898.251, CUIT N° 27-32898251-5, para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Que, mediante la Resolución Nº 4295-MCGC-16 se asignó una entrega de fondos en concepto de "Caja Chica Especial" a favor del Ministerio de Cultura, destinada a afrontar los gastos de la Celebración de los 200 años de la Independencia de la República , que se realizará en la Plaza Vaticano del teatro Colón, donde será imputado el gasto que demandará la presente; Que el señor Ministro de Cultura, Darío Eduardo Lopérfido, DNI Nº 16.930.197 y la señora María Videla, DNI N° 24.872.927, son los responsables de la administración y rendición de los fondos antes referida; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de SAISI MAGALI, DNI N° 32.898.251, CUIT N° 27-32898251-5, durante el período y con la retribución que se consignan en el Anexo I, IF-2016-16705017- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-El gasto que demande la presente se atenderá con los fondos en concepto de "Caja Chica Especial", asignados al Ministerio de Cultura mediante Resolución Nº 4295-MCGC-16.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 136

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Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4895/MCGC/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16679057-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16716065- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 137

ANEXO

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Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4899/MCGC/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.539.643-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16759278- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 138

ANEXO

Page 139: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4900/MCGC/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.529.807-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 139

ANEXO

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido,

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documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16759593- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de

Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4901/MCGC/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.530.292-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 140

ANEXO

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EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16759892- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4902/MCGC/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.530.679-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15,

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 141

ANEXO

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16760069- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4903/MCGC/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.531.116-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 142

ANEXO

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Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16760299- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4904/MCGC/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.531.462-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 143

ANEXO

Page 144: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16760556- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4906/MCGC/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO:

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 144

ANEXO

CONSIDERANDO:

El Expediente Nº 16.535.074-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-

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GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16761017- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 145

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 4907/MCGC/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.535.654-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16761259- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 146

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Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4908/MCGC/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.536.305-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16761468- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 147

ANEXO

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Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4909/MCGC/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.536.659-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16761634- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 148

ANEXO

Page 149: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4910/MCGC/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.536.969-MGEYA-2016, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC 15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC15, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755- MHGC-15, y la Resolución FC N° 126-MHGC 15.

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 149

ANEXO

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido,

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documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16761826- -MCGC-, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 550/EATC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX - 2016- 16573259 -MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 150

ANEXO

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LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF - 2016 -17066057 - EATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

RESOLUCIÓN N.° 551/EATC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX - 2016- 16765327 -MGEYA-DGTALEATC y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 151

ANEXO

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LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruebese la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I IF-2016- 17066470 -EATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- El contratado se compromete a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016 Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

RESOLUCIÓN N.° 552/EATC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX - 2016- 16573248 -MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 152

ANEXO

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LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF - 2016 - 17141510 - EATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

RESOLUCIÓN N.° 553/EATC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX - 2016-16308255-MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 153

ANEXO

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LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF - 2016 -17159794-EATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

RESOLUCIÓN N.° 554/EATC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX - 2016- 16814305 -MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 154

ANEXO

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LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF - 2016 - 17133641 - EATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 155

ANEXO

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Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

RESOLUCIÓN N.° 750/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 471, los Decretos Nros. 638/07 y 363/15, las Resoluciones Nros. 446/MHGC/2016, Resolución Conjunta Nº 331/MHGC/2015 y el Expediente Electrónico N° 13119627/MGEYA/SSHI/2016, CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 638/07 se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que el artículo 7° del Decreto N° 363/15 instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 446/MHGC/2016 se estableció que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo 7° y 8° del Decreto N° 363/15, podrán ser administrados como Suplemento de Gabinete; Que la Directora General de la Dirección General Inclusión Social de la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión dependiente de este Ministerio, solicitó un Suplemento de Gabinete, a diversas personas quien revisten como Planta Transitoria de esa Dirección General de acuerdo a lo establecido por la Resolución Conjunta N° 331/MHGC/2015; Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes ha tomado la debida intervención a fin de verificar que la Dirección General de Inclusión Social cuenta con las unidades retributivas necesarias para hacer frente a la mencionada asignación, sin objeciones que formular al respecto. Por ello, en virtud de las atribuciones que le son propias;

LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE

Artículo 1°.- Asígnese a partir del 1º de abril de 2016, Suplemento de Gabinete a diversas personas que revistan como Planta Transitoria de la Dirección General de Inclusión Social de la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión dependiente de este Ministerio, tal como se indica en el Anexo "I" (IF Nº 15068365/DGTALMHYDH/2016), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución en el modo y forma que en el mismo se señala, en las condiciones establecidas por el Artículo 7° del Decreto N° 363/15 . Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, y

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 156

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remítase a la Dirección General de Inclusión Social de la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión, quien deberá notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 751/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: El Decreto Nº 1550/2008, y el Expediente Electrónico Nº 9948504/MGEYA/DGDAI/2016, y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la señora Arribas, Leticia CUIL Nº 27-33798601-9, quien presta servicios en la Dirección General de Atención Inmediata, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, dependiente de este Ministerio, solicita a partir del 1 de marzo de 2016 y por el término de un (1) año, Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por razones personales; Que la citada Dirección General accede a lo requerido, toda vez que su otorgamiento no afectará el normal desarrollo de las tareas; Que a tal fin, se procede a dictar la norma legal respectiva. Por ello, conforme lo prescripto por el Decreto Nº 1550/2008,

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE

Artículo 1°.- Otórgase a partir del 1 de marzo de 2016 y por el término de un (1) año, licencia extraordinaria sin goce de haberes, a la señora Arribas, Leticia CUIL Nº 27-33798601-9, de la Dirección General de Atención Inmediata, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, dependiente de este Ministerio, de conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 1550/2008, reservando el derecho a retomar sus funciones en partida 4562.0000.H.00. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Atención Inmediata de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, a la Gerencia Operativa de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, ambas jurisdicciones dependientes de este Ministerio y a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Digitally signed by Guadalupe Tagliaferri

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 157

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 756/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 14 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 471, (Conf. Texto consolidado Ley Nº 5454), el Convenio Colectivo de Trabajo vigente, la Resolución Conjunta Nº 331/MHGC/2015y lo prescripto por el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo y el Expediente Electrónico Nº 9909155/MGEYA/SSHI/2016, y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la agente Florencia Victoria Saini, CUIL Nº 23-34712827-4, quien presta servicios en la Dirección General Desarrollo Territorial, de la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano presentó su renuncia a los alcances del artículo 44 de la Ley Nº 471 (Conf. Texto consolidado Ley Nº 5454) y lo prescripto por el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo vigente, a partir del 11 de marzo de 2016; Que la incorporación de la agente en cuestión ha sido dispuesta por Resolución Conjunta Nº 331/MHGC/2015; Que como consecuencia de lo expresado, la citada Dirección General eleva la renuncia, conforme lo establecido por el artículo 65 de la precitada Ley; Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias.

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE

Artículo 1.- Acéptese a partir del 11 de marzo de 2016, la renuncia presentada por la agente Florencia Victoria Saini, CUIL Nº 23-34712827-4, de la Dirección General Desarrollo Territorial, de la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión de este Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a los alcances del artículo 44 de la Ley Nº 471 (Conf. Texto consolidado Ley Nº 5454) y lo prescripto por el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo, deja partida 6512.4000.H.00, de acuerdo a los dispuesto por el artículo 65 de la precitada Ley, cuya incorporación fuera dispuesta por Resolución Conjunta N° 331/MHGC/2015. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Desarrollo Territorial, de la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Tagliaferri

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 158

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RESOLUCIÓN N.° 760/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 15 de junio de 2016 VISTO: Los Decretos Nº 1234/04 y Nº 97/05, E.E. 2016-10119663-MGEYA-DGDAI y, CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Nº 1234/04 se creó el Programa de Apoyo Habitacional; Que, por el Decreto Nº 97/05, en la orbita del mencionado programa, ha sido creada la "Actividad Vivienda Transitoria"; Que, en fecha 19 de enero de 2015 se ha suscripto el convenio por parte de la titular del por entonces Ministerio de Desarrollo Social y la Cooperativa de Vivienda, Crédito, Consumo y Construcción Emetele Limitada, registrado bajo Nº 16787, para solventar el alojamiento temporario de los grupos familiares involucrados; Que, el referido convenio establece el término del mismo en veinticuatro meses, a contar del 1º de octubre de 2014, terminando de pleno derecho el día 30 de septiembre de 2016; Que, a fin de afrontar el pago del subsidio otorgado en el marco de dicho Programa, resulta imperioso arbitrar los medios necesarios para la obtención de los fondos con que cuenta dicho Servicio Público en el marco del presupuesto vigente; Que, por Nota Nº 1046-SDSOC-06, se establece la modalidad del pago a través del Banco Ciudad de Buenos Aires de los subsidios a otorgar. Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE

Artículo 1º - Institúyase el pago del subsidio otorgado en el marco del Programa Apoyo Habitacional - Actividad Vivienda Transitoria, a favor de la Cooperativa de Vivienda, Crédito, Consumo y Construcción Emetele Limitada. Artículo 2º - Déjase establecido que la Señora Rosa Marisol Cirano Marin, D.N.I. N° 92.976.246, en representación de la organización y de conformidad a los instrumentos legales oportunamente presentados ante el Programa, es la única persona autorizada a percibir el subsidio otorgado en el marco del citado Programa, correspondiente al 7º trimestre: abril, mayo y junio de 2016 por la suma de PESOS CIENTO VEINTITRES MIL SEIS CON CINCO CENTAVOS ($ 123.006,05.-). Artículo 3º.- El monto total de lo establecido en el artículo precedente asciende a la suma de PESOS CIENTO VEINTITRES MIL CON 00/100 ($ 123.000-) en concepto de pago de una (1) operación correspondiente a una (1) Organización No Gubernamental bajo programa, con más la suma de PESOS SEIS CON 05/100 ($6,05.-) en concepto de comisión más IVA, establecida por el Banco Ciudad de Buenos Aires para la operatoria de pago bancario del mencionado subsidio, según Resolución Nº 242-SDSOC-06. Artículo 4º.- Solicitase a la Dirección General de Contaduría, dependiente del Ministerio de Hacienda la inclusión en una Orden de Pago del total de lo establecido

en el artículo 2º de la presente por la suma de PESOS CIENTO VEINTITRES MIL SEIS CON CINCO CENTAVOS ($ 123.006,05.-). El pago se efectuará con la intermediación de la Dirección General de Tesorería que lo instrumentará a través del Banco Ciudad de Buenos Aires.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 159

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Artículo 5º.- Al subsidio que recibirán la Cooperativa de Vivienda le será de aplicación las disposiciones de la Ley 70, y su ejecución quedará sujeta al contralor de la Actividad Vivienda Transitoria del Programa de Apoyo Habitacional, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social. Artículo 6º.- La orden de pago deberá ser depositada en la Cuenta Nº 27492/8 de titularidad del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Artículo 7º.- La presente encuentra respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto vigente. Artículo 8º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Social, a la Dirección General de Contaduría y la Dirección General de Tesorería, dependientes del Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y al Programa de Apoyo Habitacional, dependiente de la Dirección General de Atención Inmediata. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 761/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 16 de junio de 2016 VISTO: El Decreto Nº 1550/2008 y el Expediente Electrónico Nº 3126393/MGEYA/DGTALMHYDH/2016, y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la agente Magdalena Alonso de Celada, CUIL Nº 27-30557322-7, quien presta servicios en la Subsecretaría de Promoción Social, dependiente de este Ministerio, solicita a partir del 1º de febrero de 2016 y por el término de un (1) año, licencia extraordinaria sin goce de haberes, por razones personales; Que la citada Subsecretaría accede a lo requerido, toda vez que su otorgamiento no afecta el normal desarrollo de las tareas; Que a tal fin, se procede a dictar la norma legal respectiva. Por ello, conforme lo prescripto por el Decreto Nº 1550/2008,

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE

Artículo 1.- Otórgase a partir del 1º de febrero de 2016 y por el término de un (1) año, licencia extraordinaria sin goce de haberes, a la agente Magdalena Alonso de Celada, CUIL. 27-30557322-7, perteneciente a la Subsecretaría de Promoción Social, de este Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, reservando el derecho a retomar sus funciones en partida 4534.0000.H.00, de conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 1550/2008.

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Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaria de Promoción Social, a la Gerencia Operativa de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, ambas jurisdicciones dependientes de este Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano y a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 764/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 16 de junio de 2016 VISTO: Los términos de la Ley 5495 promulgada por Decreto Nº 396/GCABA/2015 y; CONSIDERANDO: Que se hace necesario adecuar los créditos presupuestarios mencionados a nivel de Programa, que permitan una mejor utilización de los mismos pertenecientes a la Jurisdicción 45, de acuerdo a la descripción expuesta en el Formulario adjunto; Que en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades establecidas en las Normas Anuales de Ejecución y aplicación del Presupuesto General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Ejercicio 2016; Que la tramitación de la misma resulta vital para el normal desenvolvimiento de la gestión propuesta dentro del Ministerio a mi cargo; Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias;

LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria tramitada por Requerimiento SIGAF Nº 3116 y 3117 (IF GEDO Nº 15685746 y 15685476/DGTALMHYDH/2016, respectivamente) de la Jurisdicción 45 de diversos programas dependientes del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano.- Artículo 2º.- Regístrese, y para su conocimiento y notificación, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a la Dirección General Oficina Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda y a la Secretaría Legal y Técnica para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Tagliaferri

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 161

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 765/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 16 de junio de 2016 VISTO: Los términos de la Ley 5495 promulgada por Decreto Nº 396/GCABA/2015 y; CONSIDERANDO: Que se hace necesario adecuar los créditos presupuestarios mencionados a nivel de Programa, que permitan una mejor utilización de los mismos pertenecientes a la Jurisdicción 45, de acuerdo a la descripción expuesta en el Formulario adjunto; Que en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades establecidas en las Normas Anuales de Ejecución y aplicación del Presupuesto General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Ejercicio 2016; Que la tramitación de la misma resulta vital para el normal desenvolvimiento de la gestión propuesta dentro del Ministerio a mi cargo; Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias;

LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria tramitada por Requerimiento SIGAF Nº 3093 (IF GEDO Nº 15685635/DGTALMHYDH/2016) de la Jurisdicción 45 de diversos programas dependientes del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano.- Artículo 2º.- Regístrese, y para su conocimiento y notificación, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a la Dirección General Oficina Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda y a la Secretaría Legal y Técnica para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 768/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 16 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 471, los Decretos Nros. 638/07 y 363/15, la Resolución Nº 446/MHGC/2016, y el Expediente Electrónico N° 14135647/MGEYADGTALMHYDH/2016, CONSIDERANDO:

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 162

ANEXO

Que por Decreto N° 638/07 se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que el artículo 7° del Decreto N° 363/15 instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 446/MHGC/2016 se estableció que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo 7° y 8° del Decreto N° 363/15, podrán ser administrados como Suplemento de Gabinete; Que, el Director General de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio, peticiona el cese de diversas personas como personal de la Planta de Gabinete a partir del 31 de Mayo de 2015; Que, la precitada Dirección General solicita se modifique a partir del 01 de Junio de 2016 las Unidades retributivas Mensuales que ostenta la señora Rosana Zabala CUIL Nº 27-26084119-5 como personal de la Planta de Gabinete que nos ocupa; Que, por otra parte, dicha Dirección General, propicia la asignación de Suplemento de Gabinete, a diversas personas quienes revistan como personal de Planta Permanente y Transitoria; Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes ha tomado la debida intervención a fin de verificar que la precitada Dirección General cuenta con las unidades retributivas necesarias para hacer frente a la mencionada asignación, sin objeciones que formular al respecto; Por ello, en virtud de las atribuciones que le son propias;

LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE

Artículo 1°.- Cese como personal de planta de gabinete, a partir del 31 de Mayo de 2016, a la señora Rial Leticia Verónica CUIL Nº 23-28717588-4, quien fuera designada mediante Resolución Nº 69/MHYDHGC/2016 como personal planta transitoria reintegrándose a la partida presupuestaria 4501.0010.H.00. Artículo 2°.- Cese como personal de planta de gabinete, a partir del 31 de Mayo de 2016, a la señora Acevedo Gabriela Estefanía, CUIL Nº 27-28694950-4, quien fuera

designada mediante Resolución Nº 69/MHYDHGC/2016 como personal planta permanente, reintegrándose a la partida presupuestaria 4501.0000.AA.01. Artículo 3°.- Establécese que a partir del 01 de Junio de 2016 la señora Rosana Zabala CUIL Nº 27-26084119-5 percibirá dos mil seiscientas (2.600) Unidades Retributivas Mensuales quien fuera designada por la Resolución Nº 69/MHYDHGC/2016, como personal de Planta de Gabinete de esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano; Artículo 4°.- Asígnese a partir del 01 de Junio de 2016 Suplemento de Gabinete, a diversas personas que prestan servicios en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio, que se mencionan en el Anexo "I" (IF Nº 15564657/DGTALMHYDH/2016), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y forma que en cada caso se señala, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7º y 8º del decreto Nº 363/2015.

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Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, y pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio, quien deberá notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 774/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 21 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 471, los Decretos Nros. 638/07 y 363/15, las Resoluciones Nros. 446/MHGC/2016, Resolución Nº 106/MMGC/2015 y el Expediente Electrónico N° 14917134/MGEYA/SECTED/2016, CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 638/07 se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que el artículo 7° del Decreto N° 363/15 instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 446/MHGC/2016 se estableció que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo 7° y 8° del Decreto N° 363/15, podrán ser administrados como Suplemento de Gabinete; Que según surge de los presentes actuados el Sr. González, Marcelo Claudio CUIL Nº 20- 22328824-4, presentó su renuncia a partir del 1 de junio de 2016, como Personal de la Planta de Gabinete, de la Secretaría de Tercera Edad, dependiente de este Ministerio; Que el Secretario de la Secretaría de Tercera Edad dependiente de este Ministerio, solicitó un Suplemento de Gabinete, a diversas personas que se detallan en el Anexo I (IF Nº 15554724-DGTALMHYDH-2016), quienes revisten como Planta Transitoria de esa Secretaría de acuerdo a lo establecido por la Resolución N° 106/MMGC/2015; Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes ha tomado la debida intervención a fin de verificar que la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión cuenta con las unidades retributivas necesarias para hacer frente a la mencionada asignación, sin objeciones que formular al respecto; Por ello, en virtud de las atribuciones que le son propias,

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 164

ANEXO

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Artículo 1°.- Aceptase a partir del 1º de junio de 2016 la renuncia del Sr. González, Marcelo Claudio CUIL Nº 20-22328824-4 como Personal de Planta de Gabinete de la Secretaría de Tercera Edad dependiente de este Ministerio. Artículo 2°.- Asignase a partir del 1º de junio de 2016, Suplemento de Gabinete a diversas personas que revistan en la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión dependiente de este Ministerioque, tal como se indica en el Anexo “I“ (IF Nº 15554724-

DGTALMHYDH-2016), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución en el modo y forma que en el mismo se señala, en las condiciones establecidas por el artículo 7 del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios. Articulo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, y remítase a la Secretaría de Tercera Edad, quien deberá notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 778/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 21 de junio de 2016 VISTO: Los términos de la Ley 5495 promulgada por Decreto Nº 396/GCABA/2015 y; CONSIDERANDO: Que se hace necesario adecuar los créditos presupuestarios mencionados a nivel de Programa, que permitan una mejor utilización de los mismos pertenecientes a la Jurisdicción 45, de acuerdo a la descripción expuesta en el Formulario adjunto; Que en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades establecidas en las Normas Anuales de Ejecución y aplicación del Presupuesto General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Ejercicio 2016; Que la tramitación de la misma resulta vital para el normal desenvolvimiento de la gestión propuesta dentro del Ministerio a mi cargo; Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias;

LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria tramitada por Requerimiento SIGAF Nº 3178 (IF GEDO Nº 15825131/DGTALMHYDH/2016) de la Jurisdicción 45 de diversos programas dependientes del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano.-

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 165

ANEXO

LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE

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Artículo 2º.- Regístrese, y para su conocimiento y notificación, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a la Dirección General Oficina Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda y a la Secretaría Legal y Técnica para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 786/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 23 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 471, (Conf. Texto consolidado Ley Nº 5454), el Convenio Colectivo de Trabajo vigente, la Resolución Nº 106/MMGC/2015 y el Expediente Electrónico Nº 12863026/MGEYA/DGECS/2016, y CONSIDERANDO: Que según surge del actuado citado en el Visto, la agente Blanco, María Florencia CUIL Nº 27-32636232-3, quien prestara servicios en la Dirección General de Economía Social, dependiente de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, de este Ministerio, presentó su renuncia de acuerdo a los alcances del artículo 44 de la Ley 471(Conf. Texto consolidado Ley Nº 5454), y lo prescripto por el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo vigente, a partir del 1 de junio de 2016; Que la incorporación del agente en cuestión ha sido dispuesta por Resolución Conjunta Nº 106/MMGC/2015; Que como consecuencia de lo expresado, la referida Dirección General eleva la renuncia, conforme lo establecido por el artículo 65 de la precitada Ley; Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Por ello,

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE

Artículo 1º.- Aceptase a partir del día 1 de junio de 2016, la renuncia presentada por la agente Blanco, María Florencia CUIL Nº 27-32636232-3, perteneciente a la Dirección General de Economía Social, dependiente de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, de este Ministerio, deja partida 4518.0000.H.00, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 65 de la precitada Ley, cuya incorporación fuera dispuesta por Resolución Conjunta Nº 106/MMGC/2015.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 166

ANEXO

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Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Economía Social, dependiente de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, a la Gerencia Operativa de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, ambas jurisdicciones dependientes de este Ministerio y a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales y Dirección General Administración de Liquidación de Haberes, dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 787/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 23 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nº 471, (Conf. Texto consolidado Ley Nº 5454), el Convenio Colectivo de Trabajo vigente, la Resolución Nº 325/MHGC/2015 y el Expediente Electrónico Nº 11520861/MGEYA/SSPSOC/2016, y CONSIDERANDO: Que según surge del actuado citado en el Visto, el agente Cagna, Ernesto Martín CUIL Nº 20-28419034-4, quien prestara servicios en la Subsecretaria de Promoción Social de este Ministerio, presentó su renuncia de acuerdo a los alcances del artículo 44 de la Ley 471(Conf. Texto consolidado Ley Nº 5454), y lo prescripto por el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo vigente, a partir del 1 de mayo de 2016; Que la incorporación del agente en cuestión ha sido dispuesta por Resolución Conjunta Nº 325/MHGC/2015; Que como consecuencia de lo expresado, la referida Dirección General eleva la renuncia, conforme lo establecido por el artículo 65 de la precitada Ley; Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Por ello,

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 1 de mayo de 2016, la renuncia presentada por el agente Cagna, Ernesto Martín CUIL Nº 20-28419034-4, desempeñándose en la Subsecretaría de Promoción Social, de este Ministerio, a los alcances del artículo 44 de la Ley N° 471 y lo prescripto por el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo, deja partida 4534.0000.H.00, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 65 de la precitada Ley, cuya incorporación fuera dispuesta por Resolución Conjunta N° 325/MHGC/2015. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaria de Promoción Social, a la Gerencia Operativa de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, ambas jurisdicciones dependientes de este Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humanos y a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Tagliaferri

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 167

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RESOLUCIÓN N.° 858/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: los Decretos Nº 956/2009, Nº 329/2011 y Nº 363/2015, Resolución N° 128-MHYDHGC-16, el EX-2016-06427570- -MGEYADGFSCIV, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 956/09 se creó el "Programa Fortalecimiento a Organizaciones de la Sociedad Civil" con el objeto de brindar apoyo a través de subsidios a las Organizaciones de la Sociedad Civil orientadas a la satisfacción de necesidades sociales de la población vulnerable de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 6º del decreto de creación del programa fue modificado por el Decreto Nº 329/11 en virtud de procurar la operatividad de cada convocatoria, razón por la cual se facultó al entonces titular del Ministerio de Desarrollo Social, actual Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a fijar los requisitos a cumplimentar por las organizaciones postulantes, como así también aquellos requisitos que se fijen en las Bases y Condiciones que rijan la convocatoria dado que los requisitos que deben reunir las organizaciones postulantes; Que en virtud de ello mediante Resolución N° 128-MHYDHGC-16 se aprobaron las Bases que regirán la Convocatoria 2016 en el marco del "Programa Fortalecimiento a Organizaciones de la Sociedad Civil", así como también el texto del Convenio a celebrarse con las Organizaciones; Que a través del artículo N° 3 de dicha norma legal se designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora de la Primera Convocatoria 2016 del citado Programa; Que la Directora General de la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil por IF-2016-16848463- -DGFSCIV comunica el reemplazo de uno de los integrantes designado de la Comisión Evaluadora, Sra. Ana Troncoso, DNI N° 26.933.192 por la Sra. Brenda Bordón, DNI 26.471.146; Que por lo expuesto resulta menester proceder a dictar el acto administrativo modificatorio de la Resolución N° 128-MHYDHGC-16. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificase el articulo N° 3 de la Resolución N° 128-MHYDHGC-16, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Articulo N° 3.- Desígnanse como integrantes de la Comisión Evaluadora de la Primera Convocatoria 2016 del Programa "Fortalecimiento a Organizaciones de la Sociedad Civil" a las señoras Lila Araceli Bacigalupo, DNI Nº 30.887.062, Sabrina Piantelli, DNI Nº 27.940.738 y Brenda Bordón, DNI 26.471.146". Articulo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Promoción Social, a la Dirección General Fortalecimiento de la Sociedad Civil, y a la Dirección

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General Técnica Administrativa y Legal dependientes del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 859/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: El Decreto Nº 363/2015 y el EX-2016-16744738- -MGEYA-DGTALMHYDH, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto, la Fundación Avon para la Mujer solicita el auspicio institucional del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano para el evento denominado "12º Caminata Avon alrededor del mundo contra el Cáncer de Mama", que se realizará el domingo 25 de septiembre de 2016 en Palermo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Que la Fundación Avon para la Mujer es una entidad civil de bien público sin fines de lucro, constituida a los fines de promover el desarrollo y realización de la mujer a través de actividades que contribuyan a su educación, salud y bienestar, entre otros objetivos, Que la Fundación Avon para la Mujer funda la solicitud de auspicio en el Programa "Cruzada contra el Cáncer de Mama", uno de sus ejes de acción para la defensa los derechos de las mujeres, el cuidado de su salud y de su integridad física, social y emocional; Que el evento cuyo auspicio se solicita se enmarca dentro de dicho Programa, por el cual la Fundación Avon para la Mujer promueve la realización de mamografías gratuitas a mujeres sin obra social en edad de riesgo y desarrolla campañas de concientización sobre la prevención del cáncer de mama y la importancia de los chequeos periódicos, Que el auspicio institucional resulta ser una herramienta útil para la consecución de políticas públicas al promocionar actividades de estrecha relación con los objetivos de este Ministerio, Que en virtud de lo expuesto, se estima pertinente emitir el acto administrativo por el cual se declare el auspicio institucional solicitado; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE:

Artículo 1- Declárase el auspicio del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano para el evento denominado "12º Caminata Avon alrededor del mundo contra el Cáncer de Mama", que se llevará a cabo el domingo 25 de septiembre de 2016 en los Bosques de Palermo, avenidas Figueroa Alcorta y Dorrego, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, organizado por la Fundación Avon para la Mujer. Artículo 2- Déjase constancia que el auspicio concedido no significa erogación alguna para este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y no implica estar exento del pago de aranceles, tasas y/o contribuciones que pudieren corresponderle.

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Artículo 3 -Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para su conocimiento a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, archívese. Tagliaferri

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 170

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N.° 1050/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 70, el Decreto N° 263/10, la Disposición N° 82/DGCG/10 y el Expediente Electrónico N° 10053910-DGRU/2016 y CONSIDERANDO: Que por el Expediente detallado en el visto tramita la designación de los Responsables Patrimoniales de Bienes de Uso de la Dirección General de Regeneración Urbana dependiente de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que mediante la Ley N° 70, se fijaron los sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Decreto N° 263/10, se aprobó el Sistema de Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Disposición N° 82/DGCG/10, aprobó la reglamentación del Sistema de Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el tercer párrafo del artículo 3° de la mencionada Disposición establece que "...Los Servicios Patrimoniales estarán a cargo de al menos dos (2) agentes de planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las responsabilidades que les fije el Órgano Rector del Sistema. Cuando el máximo responsable de la Unidad de Organización no pueda cumplir con el requisito de designar al menos un agente de la planta permanente como responsable de los bienes, deberá solicitar la excepción-debidamente fundamentada- a la máxima autoridad de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado, la que podrá autorizarla por acto administrativo."; Que por medio del Expediente descripto en el visto la Dirección General de Regeneración Urbana dependiente de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público de este Ministerio, comunica la designación de los responsables patrimoniales de Segundo Orden y solicita la excepción al Art. 3° de la Disposición N° 82/DGCG/10, aprobatoria de la Reglamentación al Sistema de Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del GCBA aprobado por Decreto N° 263/GCABA/10; Que atento lo expuesto, y a los fines que la Dirección General de Regeneración Urbana dependiente de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público pueda contar con la libre disposición de los Servicios Patrimoniales resulta necesario designar a los funcionarios responsables de la administración de los mismos. Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por la Ley N° 5460/2015, y Decreto N° 495/GCBA/2014,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

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Artículo 1º.- Cesen como responsables de la Unidad de Servicios Patrimoniales de Segundo Orden de la Dirección General de Regeneración Urbana de la Subsecretaría

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de Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público la Sra. María Clara Muzzio, DNI N° 28.755.948, el Sr. Gabriel Bautista Gamarra D.N.I. Nº 31.609.539 y la Sra. Ana Fehrmann DNI N° 32.437.277, quienes fueran designados mediante Resolución N° 43- MAYEPGC/15. Artículo 2º.- Exceptúese de nombrar como responsable de la Unidad de Servicios Patrimoniales de Segundo Orden de la Dirección General de Regeneración Urbana dependiente de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público a personal de planta permanente del Gobiernos de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 2°.- Desígnense como responsables de la Unidad de Servicios Patrimoniales de Segundo Orden de la Dirección General de Regeneración Urbana dependiente de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público al Sr. Juan Pablo Vacas DNI N° 26.873.064, el Sr. Matías Eduardo Conte DNI N° 31.609.825 y el Sr. Agustín Nicolás Iuri DNI N° 32.359.763. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Regeneración Urbana dependiente de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 1051/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nro. 471/00, el Decreto N° 73/GCABA/13, la Resolución N° 570/GCABA/MMGC/13, el EX-2016-14239412-MGEYA-DGCACTYSV y, CONSIDERANDO: Que a través de la Ley N° 471 se regulan las Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en el Capítulo XI las situaciones especiales de revista; Que en el artículo 41 de la Ley precitada se establecen cuáles son las situaciones especiales, disponiéndose que el personal se pueda revistar en forma transitoria excepcional, conforme a normas que regulen la materia, en comisión de servicio; Que por su parte, el artículo 2° de la Ley, en sus incisos d) y e), regula los principios de “asignación de funciones adecuadas a los recursos disponibles “, y de “ejercicio de las funciones sobre la base de objetivos acordados, eficiencia y eficacia en la prestación del servicio“; Que por Decreto N° 73/GCABA/13 se aprobó el régimen de Comisiones de Servicios del Personal Permanente de la Administración Centralizada del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendidos en los términos de la Ley N° 471; Que por Resolución N° 570/GCABA/MMGC/13 el Ministerio de Modernización aprobó el procedimiento administrativo electrónico que deberá observarse para la tramitación de las Comisiones de Servicios;

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Que por EE 2016-14239412-MGEYA-DGCACTYSV solicitan a esta Dirección General la Comisión de Servicios del agente Ferreiros Jorge, Cuil N° 20-25477536-4, Ficha N° 3819871, Partida N° SB07. 35400000 a partir del día 1° de junio del corriente por el transcurso de 1 año; Por ello, y en virtud de las facultades conferidas,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1°.- Autorízase el pase en comisión de servicio a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial dependiente de la Subsecretaría de Movilidad Sustentable del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte a partir del día 1° de junio del corriente por el transcurso de 1 año, al agente Ferreiros Jorge, Cuil N° 20-25477536-4 proveniente de la Dirección General Control de Gestión dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Artículo 2°.- Regístre, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Recursos Humanos de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 1052/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO: Los Decretos Nº 67/GCBA/10, N° 501/GCBA/12, N° 196/GCBA/16, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución Nº 18/MHGC/MJGGC/SECLYT/12, Resolución Conjunta N° 10/SECLYT/13, Resolución N° 3-MHGCMJGGC- SECLYT/15, Resolución N° 368/MAYEPGC/16, Resolución Nº 1521/MHGC/16, la Disposición Nº 9/DGCG/10, N° 183/DGCG/13, N° 36/DGCG/15 y el Expediente Electrónico Nº 8471949/MGEYA/DGTALMAEP/2016 y; CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita el cese, designación y ratificación de los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por el Decreto Nº 67/GCBA/10, se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el Decreto N° 501/GCBA/12 aprueba el régimen de asignación de gastos de movilidad, procedimiento administrativo electrónico para trámites de solicitud, rendición y devolución de gastos de movilidad; Que por el Decreto N° 196/GCBA/16 se designa a partir del 15 de febrero de 2016, al Dr. Juan Carlos Pérez Colman, DNI N° 17.233.268, CUIL. 20- 17233268-5, como Director General, de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que la Resolución N° 51/MHGC/10 aprueba la reglamentación del Decreto N° 67/GCBA/2010;

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Que por la Resolución N° 18/MHGC/MJGGC/SECLYT/12 se procedió a establecer el nuevo régimen de procedimiento de solicitud, rendición y devolución de gastos por movilidad, así como el procedimiento de designación de responsables de dichos fondos; Que la Resolución Conjunta N° 10/SECLYT/13 establece el procedimiento de Solicitud, Rendición y Reposición de Caja Chica Común; Que la Disposición Nº 9/DGCG/10 aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que la Disposición N° 183/DGCG/13 modifica los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, X y XI, de la Disposición N° 9/DGCG/10; Que por la Disposición N° 36/DGCG/2015 se modifican las Disposiciones N° 9/DGCG/10 y N° 183-DGCG/2013; Que conforme surge del Artículo 12 de la Resolución N° 51/MHGC/10, y en el punto 2 del Anexo I de la Disposición N° 9/DGCG/10 y la Disposición N° 36/DGCG/15, los responsables de los fondos deberán ser como mínimo dos, de los cuales al menos uno de ellos deberá ser personal de planta permanente. Cuándo el máximo responsable de la Unidad de Organización no pueda cumplir con el requisito de designar al menos un

agente de planta permanente como responsable de los fondos, deberá solicitar la excepción - debidamente fundada- a la máxima autoridad de la Jurisdicción y Organismo Descentralizado, la que podrá autorizarla de considerarlo conveniente en el mismo Acto Administrativo de designación o de otorgamiento de fondo; Que por medio del Expediente Electrónico Nº 8471949/MGEYA/DGTALMAEP/2016 la Dirección General Técnica Administrativa y Legal comunica el cese, la designación y la ratificación de responsables de administración y rendición de fondos de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad; Que por medio de la Resolución Nº 1521/MHGC/16, la agente Silvia Beatriz Panza, DNI N° 20.685.775, CUIL N° 27-20685775-2, a partir del 01 de mayo de 2016, presento la renuncia al cargo de Gerente Operativa Contable y dejo de prestar servicio a este Ministerio; Que por lo antes expuesto es indispensable dictar un nuevo acto administrativo modificando los responsables de fondos, designados mediante Resolución N° 368/MAYEPGC/16; Que atento lo expuesto, y a los fines que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público pueda contar con la libre disposición de los fondos correspondientes a la Caja Chica Común y Gastos de Movilidad resulta necesario designar a los funcionarios responsables de la administración y rendición de los mismos; Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por el Decreto N° 359/GCBA/2015,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1º.- Cesé como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público a la señora Silvia Beatriz Panza D.N.I. N° 20.685.775 quien fue designada mediante Resolución N° 309-MAYEPGC/13. Artículo 2°.- Desígnense como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público a la señora Paola Ester Saucedo D.N.I. N° 33.408.342 .

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Artículo 3°.- Ratifíquese como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público a al Dr. Juan Carlos Pérez Colman D.N.I. N° 17.233.268 y a la señora Anabella Gisele Díaz D.N.I. N° 31.504.603. Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 1053/MAYEPGC/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 4.977, las Resoluciones Nº 92-MAYEPGC/16 y N° 221-MAYEPGC/16, el Expediente electrónico Nº 03719155-MGEYA-MGEYA/13, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramitó la solicitud de renovación de la concesión del terreno para bóveda formado por el Tablón I y Subsuelo, Manzana 7, Sección 1 del Cementerio de la Chacharita, cuyo vencimiento operará el día 10 de abril de 2013; Que en consecuencia, el Sr. Daniel Adriano, en su carácter de Presidente de la Asociación de Ex Alumnos del "Colegio de La Salle" solicitó la renovación de la concesión del terreno para bóveda mencionado en el párrafo precedente, por el plazo establecido en la Ley N° 4977, Artículo 77 el cual establece que "... El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá otorgar a entidades mutualistas, instituciones de beneficencia y/o ayuda social, asociaciones civiles representativas de profesionales liberales o gremiales de trabajadores, concesiones de terrenos, con carácter gratuito y por el término de sesenta (60) años..."; Que con fecha 29 de enero de 2016 se dictó la Resolución N° 92-MAYEPGC/16 en la que se declaró erróneamente la renovación de la concesión del terreno en cuestión, por el término de veinte (20) años a partir del 10 de Abril de 2013 con carácter intransferible a la Asociación Ex Alumnos del Colegio de La Salle; Que atento al error detectado con respecto al plazo de la renovación de la concesión, la mentada Resolución fue rectificada mediante la Resolución N° 221-MAYEPGC/16; Que posteriormente se observó que atento un error material involuntario, la Resolución Rectificatoria N° 221-MAYEPGC/16 consignó erróneamente el plazo de renovación de la concesión; Que en consecuencia, corresponde contar el plazo desde el cual operará la renovación de concesión desde la fecha ut supra mencionada por el plazo de sesenta años; Que por último, corresponde dejar sin efecto la Resolución N° 221-MAYEPGC/16 y proceder a la rectificación de la Resolución N° 92-MAYEPGC/16 en virtud de los términos del artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

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EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1º.- Déjase sin efecto la Resolución N° 221-MAYEPGC/16. Artículo 2°.- Rectifícase el Artículo 1º de la Resolución Nº 92-MAYEPGC/16, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Otórguese a la Asociación Ex Alumnos del Colegio La Salle la renovación de la concesión del terreno para bóveda formado por el

Tablón I y Subsuelo, Manzana 07, Sección 1 del Cementerio de la Chacharita, por el termino de sesenta (60) años, a partir del día 10 de Abril de 2013, conforme lo normado por los artículos 80 y 81 de la Ley N° 4977, con carácter gratuito e intransferible". Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Concesiones dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología y pase para su conocimiento y en prosecución del trámite a la Dirección General Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, la que procederá a notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Macchiavelli

RESOLUCIÓN N.° 50/SSUEP/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO: La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 2.095, en su texto consolidado por la Ley N° 5.454, sus Decretos Reglamentarios N° 1145-GCABA/2009, N° 95-GCABA/2014 y N° 114- GCABA/2016, los Expedientes Electrónicos Nº EX-2016-07442988-DGMYT y EX- 2016-14457065-DGTALMAEP, y CONSIDERANDO: Que, por los Expedientes Electrónicos citados en el Visto, tramita la Contratación del "Servicio de Limpieza de fachadas Vandalizadas de la Ciudad de Buenos Aires", con destino a la Dirección General de Mantenimiento y Talleres dependiente de esta Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por Disposición Nº 396-DGCYC/14 la Dirección General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, en su carácter de Órgano Rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Bienes y Servicios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establecido por el artículo 87 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley 5454); Que la Dirección General de Mantenimiento y Talleres confeccionó el Pliego de Especificaciones Técnicas y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; Que por la Ley N° 5.460, se estableció que es responsabilidad de este Ministerio: “Diseñar e implementar políticas tendientes a mejorar y mantener el espacio público“; “Diseñar e implementar políticas destinadas a la puesta en valor del espacio público“; “Planificar, controlar, fiscalizar e instrumentar las políticas destinadas a mejorar la calidad ambiental, visual y sonora.“, entre otras; Que la presente contratación, tiene como objeto contribuir al mejoramiento de la limpieza y calidad visual y combatir el vandalismo gráfico que afecta la limpieza y conservación de las fachadas de la Ciudad;

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Que en estos términos se propicia la contratación del Servicio de Limpieza de Fachadas, a fin de poder mejorar las condiciones visuales de las fachadas que fueron vandalizadas; Que el presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 33.600.000,00); Que por el IF-2016-13923341-DGMYT, el área requirente considera necesario establecer el valor de adquisición de los mencionados Pliegos en la suma de PESOS CUARENTA MIL CON 0/100 ($40.000,00.-) en virtud de la importancia que revista el objeto de la presente contratación; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria preventiva de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que la Subgerencia Operativa Bienes y Servicios de la Dirección General Técnica,Administrativa y Legal, emitió el Informe N° IF-2016-16465580-DGTALMAEP donde considera que, por la naturaleza de la contratación referida, no es necesario el asesoramiento de la Comisión de Estudio y Confección de Pliegos de Condiciones

Particulares, prevista en el artículo 91 de la Ley N° 2095 texto consolidado por la Ley 5454 puesto que los Pliegos de Bases y Condiciones fueron confeccionados por el grupo interdisciplinario de profesionales dependientes de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público, los cuales son idóneos para la tarea; Que la Dirección General Redeterminación de Precios dependiente del Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Seguros, han tomado su debida intervención en un todo de acuerdo a lo prescripto en la Ley N° 2809 texto consolidado por la Ley 5454 y el Art. 8 del Decreto Reglamentario N° 127/14, tal como consta en la Nota NO-2016- 14083571-DGRP; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria preventiva de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado la intervención que le corresponde de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 1.218 (texto consolidado por la Ley 5454), conforme surge de su Dictamen Jurídico N° IF-2016-16118399-PGAAPYF. Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el art. 13 de la Ley 2.095 (texto consolidado por la Ley 5454) y Reglamentado por el Anexo II del Decreto N° 95-GCABA/2014 modificado por el Decreto N° 114-GCABA/2016,

LA SUBSECRETARIA DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, que como Anexos I (PLIEG-2016-17051212-DGMYT) y II (IF-2016-17051321-DGMYT) forman parte de la presente, para la contratación del "Servicio de Limpieza de fachadas vandalizadas de la Ciudad de Buenos Aires", con destino a la Dirección General de Mantenimiento y Talleres dependiente de esta Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

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Artículo 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº 8503-0624-LPU16, cuya apertura se llevará a cabo el día 28 de Julio del 2016 a las 14:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31º, 32º primer párrafo de la Ley Nº 2095, en su texto consolidado por la Ley N° 5.454, sus Decretos Reglamentarios N° 1145-GCABA/2009, N° 95-GCABA/2014 y N° 114-GCABA/2016, conforme a la documentación que se aprueba por el artículo 1º de la presente, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS. TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 33.600.000,00-). Artículo 3°: Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de (2) dos días, con cuatro (4) días de antelación, y en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4°.- Emítanse las respectivas invitaciones y comunicaciones previstas en el artículo 95° de la Ley 2.095, en su texto consolidado por la Ley N° 5.454 y su Decreto Reglamentario N° 95-GCABA/14 modificado por el Decreto N° 114/GCABA/16. Artículo 5°.- Las erogaciones a que dé lugar la presente contratación serán imputadas a las partidas presupuestarias del ejercicio correspondiente.

Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal web www.buenosairescompras.gob.ar. Exhíbase copia de la presente Resolución en la Cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en prosecución del trámite. Muzzio

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ANEXO

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Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología

RESOLUCIÓN N.° 424/MMIYTGC/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095, y su modificatoria, su Decreto Reglamentario N° 95/14, el Decreto N° 334/15, el Expediente Electrónico N° 149.095/DGCONC/15, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 2.095 y su modificatoria se establecieron las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y la regulación de las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que la precitada norma, establece en su Título Quinto, las disposiciones que resultan aplicables a las concesiones de uso de los bienes del dominio público y privado del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en tal sentido, por el Decreto Nº 45/10 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para el otorgamiento de concesiones de uso de los bienes de dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante el procedimiento de Licitación Pública y Subasta Pública; Que por el Decreto N° 334/15, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que regirá el procedimiento de Licitación Pública para la construcción y explotación comercial de 4 (cuatro) canchas cubiertas y 4 (cuatro) descubiertas de pádel en un espacio perteneciente al dominio publico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ubicado en el interior del Parque Sarmiento, sito en Av. Balbín N° 4750; Que el artículo 2º del Decreto referido autoriza al entonces Ministerio de Desarrollo Económico a delegar las facultades para aprobar el Pliego de Especificaciones Técnicas de la presente Licitación Pública, la fijación del valor para la adquisición de los Pliegos, realizar el llamado a Licitación Pública, emitir circulares aclaratorias, con y sin consulta sobre la documentación de la Licitación, emitir circulares aclaratorias, con y sin consulta sobre la documentación de la Licitación, dictar los actos administrativos necesarios para materializar la contratación previos a la adjudicación, adjudicar la concesión para el uso y explotación; suscribir el pertinente contrato, así como dictar todos los actos administrativos necesarios para el control del uso y de la explotación, y de la ejecución del contrato; y para el caso de corresponder, rescindir el contrato. Que por la ley 5460, se sancionó la Ley de Ministerios, contemplando al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que mediante el Decreto Nro. 363/15, y sus modificatorios, se estableció la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad, contemplándose a la Dirección General de Concesiones bajo la órbita del mencionado Ministerio; Que el referido cuerpo legal establece entre las responsabilidades primarias de la referida Dirección General, las de "entender en los procedimientos de subasta y licitación pública de los bienes de dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que involucren otorgamiento de concesiones“;

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Que atento a ello, resulta procedente designar al titular de la referida Dirección General para que ejerza las facultades delegadas por los actos administrativos citados. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos referidos precedentemente,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA RESUELVE

Artículo 1°.- Autorízase al señor Director General de Concesiones a aprobar el Pliego de Especificaciones Técnicas, fijar el valor para la adquisición de los Pliegos; realizar el llamado a Licitación Pública; emitir circulares aclaratorias, con y sin consulta sobre la documentación de las Licitaciones, a dictar los actos administrativos necesarios para materializar la contratación previos a la adjudicación, adjudicar las concesiones para el uso y explotación; suscribir los pertinentes contratos, así como dictar todos los actos administrativos necesarios para el control del uso y de la explotación, y de la ejecución del contrato y para el caso de corresponder su rescisión, con respecto al espacio perteneciente al dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ubicado en el interior del Parque Sarmiento, sito en la Av. Balbín Nº 4750, cuyo Pliegos de Bases y Condiciones Particulares fue aprobado por el Decreto N° 334/15. Articulo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Concesiones de este Ministerio. Cumplido, archívese. Freire

RESOLUCIÓN N.° 426/MMIYTGC/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 5.460, los Decretos Nros. 638/07, 363/15 y sus modificatorios, la Resolución Nº 698/MHGC/08, el Expediente Electrónico Nº 16.786.860/DGTALMMIYT/16, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en su artículo 2°, al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que por Decreto N° 638/07, se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que por el artículo 7° del Decreto N° 363/15, se instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Expediente citado en el Visto se propicia, a partir del 1° de Julio de 2016, la designación de la Dra. María Georgina Mercurio, DNI N° 25.187.207, CUIL Nº 23-25187207-4, como Personal de la Planta de Gabinete de éste Ministerio;

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Que el presente acto administrativo, se efectúa teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº 698/MHGC/08 y sus modificatorias; Que a tal fin, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el Decreto N° 638/07,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA RESUELVE

Artículo 1º.- Desígnase, a partir del 1° de Julio de 2016, a la Dra. María Georgina Mercurio, DNI Nº 25.187.207, CUIL 23-25187207-4, como Personal de la Planta de Gabinete del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología con 5.100 Unidades Retributivas Mensuales, en las condiciones establecidas por el artículo 7º del Decreto Nº 363/2015 y sus modificatorios. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de este Ministerio y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Freire

RESOLUCIÓN N.° 120/SSECYCE/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: La Ley N°5.460, el Decreto N° 363/15, sus modificatorios, el Expediente N° 15638361/DGCYTEC/16; CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en su artículo 2° al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, entre ellos; Que la mencionada Ley establece entre las principales responsabilidades del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, la de asistir al Jefe de Gobierno en todo lo inherente al desarrollo y coordinación de programas, proyectos y actividades necesarios para la ciencia, la innovación tecnológica y su irradiación al sistema productivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto N° 363 /15, y sus modificatorios, se estableció la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo a la Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior, bajo la órbita del mencionado Ministerio; Que asimismo, el mencionado cuerpo legal, estableció entre las responsabilidades primarias de la mencionada Subsecretaría, la de "asistir en políticas de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI), promoviendo la aplicación del conocimiento tecnológico sustentable para dar respuesta a las necesidades socioeconómicas y culturales de la comunidad", como así "planificar, instrumentar y coordinar programas, proyectos y actividades necesarias para la innovación tecnológica, relacionándose con el sistema productivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

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Que por otro lado, el Decreto mencionado, establece entre las responsabilidades primarias de la Dirección General de Ciencia y Tecnología, dependiente de la Subsecretaría antes referida, la de "diseñar planes, programas y proyectos dirigidos a promover la investigación científica, el desarrollo experimental y la innovación tecnológica en empresas y en instituciones públicas y privadas", y "fomentar la cooperación con instituciones nacionales e internacionales que lleven a cabo actividades científicas y tecnológicas"; Que la citada Dirección, lleva adelante programas de difusión de las ciencias y de acercamiento de los actores del sistema de ciencia, tecnología e innovación a la sociedad, formulando herramientas para incentivar la participación del sector privado en actividades científicas y tecnológicas, poniendo énfasis en la importancia de la ciencia para el desarrollo público estatal; Que las dinámicas de los mercados actuales han cambiado radicalmente los últimos años, siendo la capacidad de vinculación y transferencia tecnológica, un elemento clave para el desarrollo y fortalecimiento de las economías locales, adquiriendo un rol fundamental las Unidades de Vinculación Tecnológica ("UVT") y las Oficinas de Vinculación y Transferencia Tecnológica ("OVTT“), quienes brindan la posibilidad a las

empresas, instituciones y organizaciones de diferenciarse y aumentar su competitividad; Que las UVT y las OVTT son unidades de interfaz en el sistema de ciencia, tecnología e innovación, cuyo rol consiste en dinamizar los vínculos entre los agentes, identificando necesidades tecnológicas en los sectores socioeconómicos y buscando soluciones en instituciones de ciencia y tecnología para transferir a las empresas y organizaciones, participando de los procesos del sistema de innovación, y contribuyendo en aumentar el uso y aplicación de los resultados de la I+D por parte de la sociedad, especialmente del sector productivo, promoviendo mayor competitividad y fomentando y facilitando la interacción entre la generación de conocimiento y su aplicación; Que en este contexto, el programa de Fortalecimiento de UVT/OVTT propone la incorporación de expertos en diferentes áreas, entre ellas, identificación de proyectos, análisis de la invención, protección del desarrollo, modelo de negocio y oferta de tecnología, desarrollo del producto en un nuevo emprendimiento, seguimiento y organización, entre otras) que brindarán asistencia a las UVT/OVTT seleccionadas, para dotarlas de mayores capacidades de transferencia tecnológica, a los fines de potenciar las posibilidades que la Ciencia y la Tecnología poseen para aportar soluciones a diferentes problemáticas de la Ciudad; Que por ello, la Dirección General de Ciencia y Tecnología impulsa la 1° Edición del Programa de "Fortalecimiento de UVT/OVTT", por medio del cual se busca mejorar la capacidad de gestión de innovaciones de las Unidades de Vinculación Tecnológica y las Oficinas de Vinculación y Transferencia Tecnológica, a través de la incorporación de consultores especializados en identificación de proyectos viables, diagnóstico de la invención, protección del desarrollo, modelo de negocio y oferta de tecnología, desarrollo del producto en nuevo emprendimiento, seguimiento y organización administrativa, entre otras, garantizando la función de la UVT/OVTT de acompañar la transferencia tecnológica al tejido productivo y social; y fomentar y facilitar la interacción entre la generación de conocimiento y su aplicación; Que la Procuración de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo establecido por la Ley N° 1.218. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

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Artículo 1º - Convocase a la 1° Edición del Programa de Fortalecimiento de UVT/OVTT denominado "Programa Sianptec", que tiene por objeto promover el desarrollo de recursos de conocimiento y nuevas capacidades en "UVT/OVTT", la gestión de la innovación como valor y la instrumentación de procesos de cambio que impulsen la innovación y propicien escenarios de crecimiento para la industria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2°.- Apruébese las Bases y Condiciones que regirán el presente Programa que se identifica como "Anexo I Bases y Condiciones" (IF- 2016- 17204257-SSECYCE); "Formulario de inscripción para las UVT/OVTT" Anexo II (IF-2016- 17200459-SSECYCE); "Acta Acuerdo UVT/OVTT- Dirección General de Ciencia y Tecnología" Anexo III (IF-2016- 17200758- SSECYCE); "Formulario de inscripción

para los consultores" Anexo IV (IF-2016- 17200847-SSECYCE); "Acta Acuerdo Consultor - Dirección General de Ciencia y Tecnología" Anexo V (IF-2016- 17200909-SSECYCE); "Acta Acuerdo Tripartita- Dirección General de Ciencia y Tecnología - Consultor - UVT/OVTT", Anexo VI (IF-2016- 17201023-SSECYCE), "Plan estratégico en Gestión de Innovación", Anexo VII (IF-2016-17201123-SSECYCE), "Descripción cronológica de las etapas del Programa", Anexo VIII (IF-2016- 17201182-SSECYCE). . Artículo 3°.- Los consultores seleccionados al marco del Programa accederán a un Aporte No Reembolsable, por un total de pesos ochenta mil ($ 80.000) como pago por el servicio de consultoría prestado a la UVT/OVTT designada, de acuerdo a lo estipulado en las Bases y Condiciones aprobadas por el artículo 2°. Artículo 4º - El presente Programa estará dirigido a Unidades de Vinculación Tecnológica ("UVT"), a Oficinas de Vinculación y Transferencia Tecnológica ("OVTT“), y personas humanas y jurídicas que sean consultores especializados en las áreas de identificación de proyectos, análisis de la invención, protección del desarrollo, modelo de negocio y oferta de tecnología, desarrollo del producto en un nuevo emprendimiento, seguimiento y organización, a fin de participar como "Consultores en Gestión de la Innovación", y que cuenten con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5°.- Establecese que todas las postulaciones deberán realizarse presentando la documentación indicada ante la Mesa de Entradas del Centro Metropolitano de Diseño, sito en la calle Algarrobo N°1041, CABA; junto con el formulario descargado y completo a través la página web oficial de la Dirección General de Ciencia y Tecnología (http://www.buenosaires.gob.ar/ciencia). El plazo de postulación se iniciará el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial hasta las quince (15) horas del 20 de julio del año en curso, horario de Argentina.

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LA SUBSECRETARIA DE ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR

RESUELVE

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Artículo 6°.- La Dirección General de Ciencia y Tecnología, dependiente de ésta Subsecretaría es la Autoridad de Aplicación y la Unidad Ejecutora del presente Programa y tendrá a su cargo: a) Emitir el acto administrativo que seleccione a las UVT, OVTT y Consultores ganadores del presente Programa. b) Resolver cuestiones no previstas en las Bases y Condiciones. Verificar el desarrollo del Programa conforme a sus objetivos y las Bases y Condiciones aprobadas por el artículo 1°. c) Emitir el acto administrativo que apruebe el orden de mérito y la nómina de los diez (10) OVT/UVTT y Consultores ganadores del Programa d) Designar el Comité Evaluador. e) Gestión, articulación y seguimiento. f) Selección de las UVT/OVTT y de los Consultores en gestión de la innovación. g) Aprobar y Rechazar las UVT/OVTT que se postularen h) Asumir funciones de coordinación y asistencia para las UVT/OVTT y los equipos consultores. i) Monitorear y seguir los procesos. j) Recibir y evaluar para su aceptación el "Plan Estratégico de Gestión de la Innovación" k) Seguimiento posterior a las UVT/OVTT que hayan participado del Programa. l) Autorizar para emitir los Aportes No Reembolsables ("ANR"). m) Emitir todo acto administrativo que estime oportuno, vinculado a la ejecución del Programa. n) Suscribir las "Acta Acuerdo UVT/OVTT- Dirección General de Ciencia y Tecnología" Anexo III (IF-2016- 17200758-SSECYCE); "Acta Acuerdo Consultor - Dirección General de Ciencia y Tecnología" Anexo V (IF-2016- 17200909- SSECYCE); "Acta Acuerdo Tripartita- Dirección General de Ciencia y Tecnología - Consultor - UVT/OVTT", Anexo VI (IF- 2016-17201023- SSECYCE), aprobadas en el artículo 1°. Artículo 7°.- El Comité Evaluador, estará conformado por cuatro (4) integrantes todos ellos, integrantes de la Dirección General de Ciencia y Tecnología.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de dos (2) días, y pase para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Técnica Administrativa Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, a la Unidad de Auditoría Interna, a la Direcciones Generales de Contaduría General y de Tesorería. Cumplido, archívese. Torres Carbonell

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ANEXO

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Ministerio de Gobierno

RESOLUCIÓN N.° 183/MGOBGC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley de Ministerios N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.503, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, el Expediente N° 16.559.926/MGEYA-SSREFPOL/16, y CONSIDERANDO: Que la Ley de Ministerios N° 5.460, en el artículo 8° punto b apartado 7, establece que son funciones comunes a todos los Ministros, en las materias de su competencia, resolver todo asunto concerniente al régimen administrativo de sus respectivos Ministerios, ateniéndose a los criterios de gestión que se dictaren, y adoptar las medidas de coordinación, supervisión y contralor necesarias para asegurar el cumplimiento de las funciones de su competencia; Que según surge de los actuados citados en el Visto, el Titular de la Subsecretaría de Reforma Política solicita licencia sin goce de haberes desde el día 25 de julio de 2016 al 29 de julio de 2016, ambos inclusive, toda vez que desarrollará tareas académicas en la ciudad de San Salvador de la Republica de El Salvador, ausentándose de forma transitoria de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a los efectos de mantener el normal funcionamiento de las actividades administrativas de la mencionada dependencia, resulta conveniente encomendar la atención de los asuntos y la firma del despacho diario de la aludida Subsecretaría; Que a tal fin, propicia designar al señor Subsecretario de Gobierno mientras dure la mencionada ausencia; Que por ese motivo, corresponde dictar el acto administrativo que contemple dicha situación. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 8°, punto b apartado 7, de la Ley N° 5.460,

EL MINISTRO DE GOBIERNO RESUELVE

Artículo 1°.- Otórgase al Titular de la Subsecretaría de Reforma Política, Licenciado Hernán Charosky, DNI N° 22.110.015, licencia sin goce de haberes desde el día 25 de julio al día 29 de julio de 2016, ambos inclusive. Artículo 2°.- Encomiéndase la atención de los asuntos y la firma del despacho del Titular de la Subsecretaría de Reforma Política, Licenciado Hernán Charosky, al Subsecretario de Gobierno, Licenciado Gustavo Alfredo Gesualdo, D.N.I. N° 24.563.562, durante los días 25 de julio al 29 de julio de 2016, ambos inclusive. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gobierno y a la Dirección General Técnica,

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Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Reforma Política. Cumplido, archívese. Screnci Silva

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Secretaría de Medios

RESOLUCIÓN N.° 3590/SSCS/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), los Decretos Nº 353/14 y su modificatorio, N° 95/14 y su modificatorio, las Resolución N° 3.207/SSCS/16 y el Expediente Electrónico N° 11.845.003-MGEYA-DGTAD/2016, y CONSIDERANDO: Que mediante el actuado citado en el Visto tramita la Contratación Directa N° 214-0295-CDI16, cuyo objeto es la contratación de un "Servicio de Información de Audiencia, Monitoreo y Análisis de Medios de Comunicación", con destino a la Subsecretaria de Comunicación Social dependiente de la Secretaria de Medios, al amparo de lo establecido en el Artículo 28 Inciso 4 de la Ley N° 2.095; Que por Resolución N° 3.207-SSCS/16, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, y de Especificaciones Técnicas que habrían de regir el procedimiento en cuestión y asimismo se dispuso el llamado a Contratación Directa para el día 14 de junio de 2016 a las 11:00 horas; Que se cursó la invitación a través del sistema de compras electrónicas BAC y se comunicó a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la Cámara Argentina de Comercio; Que el presente llamado a Contratación Directa ha sido publicado en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; Que, tal como luce en el Acta de Apertura, se recibió la oferta de la firma Monitoreo de Medios Publicitarios S.A. (CUIT Nº 33-69233029-9); Que la Subsecretaria de Comunicación Social evaluó la oferta en su aspecto técnico bajo IF-2016-15792092-SSCS, determinando que la oferta presentada por la firma Monitoreo de Medios Publicitarios S.A. se ajusta a lo solicitado en el Pliego de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, resultando a su vez conveniente en términos económicos; Que se ha procedido a efectuar la correspondiente previsión presupuestaria en etapa de compromiso definitivo para hacer frente a la erogación que demande la presente contratación; Que, la presente Contratación Directa no se encuentra supeditada a lo establecido en el Decreto N° 353/14, prorrogado por Decreto N° 367/16 y sus normas complementarias; Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley N° 2.095 y por el Anexo II del Decreto Reglamentario N° 95/14 y su modificatorio.

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Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Directa N° 214-0295-CDI16 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 28 Inciso 4 de la Ley N° 2.095 mediante el Sistema Electrónico de Compras y Contrataciones del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires, "Buenos Aires Compras (BAC)" para la contratación de un "Servicio de Información de Audiencia, Monitoreo y Análisis de Medios de Comunicación", con destino a la Subsecretaria de Comunicación Social dependiente de la Secretaría de Medios. Artículo 2°.- Adjudícase el objeto de la presente contratación a favor de la firma Monitoreo de Medios Publicitarios S.A. (CUIT Nº 33-69233029-9), por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL CIEN ($ 2.420.100.-) Artículo 3º.-Impútase el gasto a la partida presupuestaria correspondiente de los ejercicios en vigor. Artículo 4º.- Autorízase a la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Página web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta/, conforme lo normado por el Artículo 112 de la Ley N° 2.095. Artículo 6°.- Remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica para la prosecución de su trámite. Merchensky

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EL SUBSECRETARIO DE COMUNICACIÓN SOCIAL RESUELVE

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Agencia de Protección Ambiental

RESOLUCIÓN N.° 261/APRA/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2628, el Decreto N° 224/13, y Nº 37/16, y las Resoluciones Nº 35-apra-16 y el Expediente N° 3.450.419/16; Y; CONSIDERANDO: Que, por la Resolución Nº 35/APRA/16 se autorizó la contratación en los términos del Decreto Nº 224/13, de la Srta. Gutman, María Inés, DNI Nº 34.870.794, CUIT Nº 24-34870794-5 para prestar servicios en la Presidencia de esta Agencia, por el período comprendido entre el 01/01/16 y el 31/12/16; Que, por las presentes actuaciones, tramita la rescisión efectuada por la Srta. Silva, Julieta a su contrato, a partir del 1 de Julio de 2016; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal; Por ello en uso de las facultades que le son propias,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Acéptase la renuncia a partir del 1 de Julio de 2016, en los términos del Decreto Nº 224/13, el contrato de la Srta. Gutman, María Inés, DNI Nº 34.870.794, CUIT Nº 24-34870794-5, que fuera celebrado en virtud de lo establecido en la Resolución Nº 35-APRA/16. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a las Direcciones Generales de Contaduría y Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Agencia de Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Filgueira Risso

RESOLUCIÓN N.° 262/APRA/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2628, el Decreto N° 224/13, y 37/16, y las Resoluciones nº 20-apra-16 y EL Expediente N° 10.503.749/15 Y;

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Page 190: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

Que, por la Resolución Nº 20/APRA/16 se autorizó la contratación en los términos del Decreto Nº 224/13, de la Sra. De la Peña Carmen Patricia, DNI Nº 93.882.430, CUIT Nº 23-93882430-4 para prestar servicios en la Dirección General de Control Ambiental de esta Agencia, por el período comprendido entre el 01/01/16 y el 31/12/16; Que, por las presentes actuaciones, tramita la rescisión efectuada por la Sra. De la Peña, Carmen Patricia a su contrato, a partir del 15 de Junio de 2016; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente. Por ello en uso de las facultades que le son propias,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Acéptase la renuncia a partir del 15 de Junio de 2016, en los términos del Decreto Nº 224/13, el contrato de la Sra. De la Peña Carmen Patricia, DNI Nº 93.882.430, CUIT Nº 23-93882430-4 que fuera celebrado en virtud de lo establecido en la Resolución Nº 20-APRA/16. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a las Direcciones Generales de Contaduría y Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Control Ambiental de esta Agencia de Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Filgueira Risso

RESOLUCIÓN N.° 263/APRA/16

Buenos Aires, 7 de julio de 2016 VISTO: Las Leyes Nº 70 y 2.628 (textos consolidados por Ley Nº 5.454), la Ley Nº 5.495, el Decreto Nº 10/GCBA/16, el Requerimiento N° 4255/SIGAF/16, las Resoluciones Nº 339/APRA/2015, Nº 1499/MHGC/2015, 506/MHGC/2016, la Disposición Nº 30/DGTALAPRA/2016, los expedientes Nº EX-2015-20994644-MGEYA-DGTALMH, Nº EX-2015-34706540-MGEYA-DGTALMH, Nº EX-2015-04385134-MGEYA-DGTALAPRA, y el EX-2016-16508189-MGEYA-DGTALAPRA y, CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2.628 en su artículo 8º (texto consolidado por Ley N° 5.454) prevé que son funciones de esta Presidencia: "[...] b) Organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los aprobados por la presente ley, organizativos, operativos y de administración de los recursos humanos" y "[...] d) Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con las normas legales vigentes";

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CONSIDERANDO:

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Que mediante Resolución Nº 339/APRA/2015 se adjudicó a DANIEL TRUCCO S.R.L. la contratación de un Servicio de Limpieza de los edificios pertenecientes a la Agencia de Protección Ambiental; Que por Disposición Nº 30/DGTALAPRA/2016 se amplió el contrato adjudicado a DANIEL TRUCCO S.R.L. que tramitaba bajo el proceso licitatorio N° 8933-0291-LPU15; Que por Resolución Nº 1499/MHGC/2015 se aprobó la primera adecuación provisoria de precio interpuesta por la firma mencionada, determinándose la misma en un 14,88% del valor básico del contrato, a partir del 1º de agosto de 2015; Que mediante Resolución Nº 506/MHGC/2016 se aprobó la segunda adecuación provisoria de precio interpuesta por la firma DANIEL TRUCCO S.R.L., determinándose la misma en un 6,74% del valor de la primera adecuación de precios, a partir del 1º de septiembre de 2015; Que atento a dichas Resoluciones, la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial informó que el presupuesto vigente no posee fondos para la afectación del gasto en la partida 3.3.5 en Fuente 11; Que en este sentido, corresponde la compensación de los créditos a fin de afrontar las redeterminaciones provisorias aprobadas, afectando a tal fin fondos del Programa 100 Actividad 10 de la partida 2.9.5 Fuente 11; Que mediante Decreto Nº 10/GCABA/2016 se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial y la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos han tomado debida intervención;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Ley Nº 2.628 (texto consolidado por Ley N° 5.454) y por el artículo 35 Anexo I, Apartado II, punto 2 del Decreto Nº 10/GCABA/2016;

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL RESUELVE

Artículo 1º.-. Modificanse los créditos presupuestarios, a los efectos de afrontar los gastos obrantes en el Requerimiento N° 4255 SIGAF/16 que como Anexo I IF-2016-16885045- -APRA forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.-.Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Filgueira Risso

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 191

ANEXO

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Ministerio de Hacienda - Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1332/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 9680001/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Oftalmológico "Santa Lucia", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 38/HSL/2016, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora María Lorena Meritello, D.N.I. 28.753.561, CUIL. 27-28753561-4, como Enfermera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 38/HSL/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1333/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 8016555/16, (DGAyDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 118/HGADS/2016 designó con carácter interino a la Dra. Silvina Alejandra Scalise, D.N.I. 26.165.960, CUIL. 27-26165960-9, como Médico de Planta Asistente (Neurología), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 118/HGADS/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1334/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 6209558/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños “Dr. Ricardo Gutiérrez“, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 59/HGNRG/2016, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Mariana Paola Salvas, D.N.I. 31.338.317, CUIL. 27-31338317-8, como Licenciada en Enfermería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 59/HGNRG/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 194

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1335/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 10589138/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos “Dr. Carlos G. Durand“, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 279/HGACD/2016, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Carolina Andrea Tunez, D.N.I. 31.303.296, CUIL. 27-31303296-0, como Enfermera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 279/HGACD/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 195

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1336/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E.N° 4700724/2014 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 96/HGAP/2016, designó con carácter interino al Dr. Oscar Juan Pérez, D.N.I. 10.983.675, CUIL. 20-10983675-4, legajo personal 314.697, como Jefe División Programas y Centros de Salud (Dependiente del Departamento Área Programática), con 40 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, retiene sin percepción de haberes el cargo de Médico de Planta Consultor Principal, titular, con 40 horas semanales, del citado Hospital. Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 96/HGAP/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 196

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1337/MHGC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: El E.E. N° 307733/2016 (HIFJM) y CONSIDERANDO: Que la Licenciada Alicia Irene Arechavala, CUIL. 27-06435544-4, se acogió a los beneficios jubilatorios; Que por lo expuesto el Hospital de Infecciosas "Dr. Francisco Javier Muñiz", dependiente del Ministerio de Salud, solicita se la designe como Bioquímica Honoraria, en el citado establecimiento asistencial; Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo establecido por el Decreto N° 2604/1978; Que la presente cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA). Por ello, conforme la Ley N° 5460 y su modificatoria y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Desígnase a la Licenciada Alicia Irene Arechavala, CUIL. 27-06435544-4, como Bioquímica Honoraria, en el Hospital de Infecciosas "Dr. Francisco Javier Muñiz", dependiente del Ministerio de Salud de acuerdo con lo establecido por el Decreto N° 2604/1978. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 197

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Disposición Jefatura de Gabinete de Ministros

DISPOSICIÓN N.° 216/DGTALINF/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16, el Decreto N° 1.145/GCABA/09 y 1160/MHGC/11, la Disposición Nº 396/DGCyC/14, la Disposición Nº 146/DGTALINF/16, el Expediente Electrónico Nº 14381189-MGEYA-ASINF-2.016, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la contratación para los "Servicios de Mantenimiento y Consultoría para los sistemas SAP-BASIS alojados en el Centro de Datos de la Agencia de Sistemas de Información, por un período de DOCE (12) meses"; Que mediante Nota N° 13873590/DGIASINF/2.016 obrante bajo Orden Nº 3, la Dirección General de Infraestructura solicitó que se arbitren los medios necesarios para gestionar la contratación mencionada ut-supra; Que por Disposición Nº 146/DGTALINF/16, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y se llamó a Licitación Pública Nº 8056-0614-LPU16, bajo al amparo de lo establecido en el artículo 31 concordante con el párrafo primero del artículo 32 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5454), Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16, para el día 14 de junio de 2.016 a las 11:00 horas; Que asimismo, se estableció que el presupuesto total estimado para esta contratación asciende a la suma de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL ($ 978.000) I.V.A; Que en este sentido, dicha contratación fue Publicada en el Boletín Oficial y en el portal BAC del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en el portal www.buenosairescompras.gob.ar obra el Acta de Apertura (Orden Nº 21) de fecha 14 de junio de 2.016 a las 11:00 hs. de la cual surge las ofertas presentadas por las empresas DELOITTE & CO. S.A., PRICE WATERHOUSE & CO ASESORES DE EMPRESAS S.R.L. y DECISION SUPPORT S.A.; Que por Informe Nº 15636073-ASINF-2016 obrante bajo Orden Nº 31, el Gerente Operativo de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de esta Agencia de Sistemas de Información, informó que del análisis administrativo, surge que la documentación recibida soporte de las ofertas presentadas por las firmas DELOITTE & CO S.A y DECISION SUPPORT S.A., cumplen con lo solicitado por pliegos; Que en este sentido, informó que de la documentación recibida soporte de la oferta presentada por la firma PRICE WATERHOUSE & CO ASESORES DE EMPRESA S.R.L, surge que no cumple con lo solicitado por pliegos; Que bajo Orden Nº 35 luce el Examen Preliminar de los Aspectos Formales de la Oferta (IF-15696955-ASINF-2016); Que la Comisión de Evaluación de Ofertas intervino en los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios de esta Agencia de Sistemas de Información a

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través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que asimismo por Informe N° 15893837-DGIASINF-2016 obrante bajo Orden N° 38, se elaboró el correspondiente Informe Técnico, y se informó que las ofertas presentadas por las firmas DELOITTE & CO S.A. y DECISION SUPPORT S.A., cumplen con lo solicitado técnicamente por el pliego; Que a su vez, detalló que la oferta de PRICE WATERHOUSE & CO ASESORES DE EMPRESA S.R.L no cumple con los requisitos mínimos solicitados en pliego según IF-2016-15636073-ASINF; Que asimismo obra en el portal www.buenosairescompras.gob.ar el Dictamen de Pre Adjudicación de Ofertas (Orden Nº 40) por el cual se aconseja la adjudicación de los RENGLONES NRO. 1 y 2 de la firma DELOITTE & CO S.A. por la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 1.500.000,00), enmarcada conforme a los términos de los arts. 108 y 109 de la Ley Nº 2.095, su correspondiente Decreto reglamentario Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16, y en concordancia con el art. 21.3 del Dto.1.145/GCABA/109 y el art. 11 de la Resolución Nº 1160/MHGC/11, y de conformidad con lo informado técnicamente (IF-2016-16822324-ASINF); Que el acta emitida en consecuencia fue publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Orden Nº 42); Que por último bajo Orden Nº 43, obra el Informe Nº 17088750-ASINF-2016, mediante el cual el Gerente Operativo de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de esta Agencia de Sistemas de Información informó que de la propuesta recibida por la firma DELOITTE & CO S.A., resulta adjudicable por ser económica y técnicamente más conveniente para la administración (IF-2016-15893837-DGIASINF); Que asimismo manifestó que la erogación total del presente gasto asciende a la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 1.500.000,00.-); Que conforme obra bajo Orden Nº 41, la empresa DELOITTE & CO S.A., se encuentra debidamente inscripta en el Registro Único y Permanente de Proveedores; Que, asimismo, la Solicitud de Gastos Nº 682-2990-SG16 en la cual se imputaron los fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio 2016 y 2017; Que la Gerencia Operativa de Legales de la Agencia de Sistemas de Información ha tomado la debida intervención; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe Licitación Pública Nº 8056-0614-LPU16 y adjudique a la firma DELOITTE & CO S.A. para los "Servicios de Mantenimiento y Consultoría para los sistemas SAP-BASIS alojados en el Centro de Datos de la Agencia de Sistemas de Información, por un período de DOCE (12) meses"; Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el art. 13 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), reglamentado por el Anexo II del Decreto N° 95/GCABA/14 modificado por Decreto N° 114/GCABA/16,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE

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Artículo 1°.- Apruébase la Licitación Pública Nº 8056-0614-LPU16 realizada al amparo de lo establecido en el artículo 31 concordante con el párrafo primero del artículo 32

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de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 modificado por Decreto N° 114/GCABA/16 para efectuar los "Servicios de Mantenimiento y Consultoría para los sistemas SAP-BASIS alojados en el Centro de Datos de la Agencia de Sistemas de Información, por un período de DOCE (12) meses". Artículo 2°.- Adjudicase los RENGLONES NRO. 1 y 2 por la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 1.500.000,00) a la empresa DELOITTE & CO S.A. Artículo 3°.- La erogación que demanda la presente gestión será imputada a la respectiva partida del presupuesto 2016 y 2017. Artículo 4º.- Emítase la orden de compra. Artículo 5º.- Notifíquese fehacientemente a la empresa DELOITTE & CO S.A. de conformidad con lo establecido en el art. 6° del Decreto N° 1.145/GCABA/09. Artículo 6º.- Publíquese en el portal www.buenosairescompras.gob.ar por el término de un (1) día. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día y remítase para la prosecución de su trámite a la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información. Cumplido, archívese. Santagada López

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Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N.° 265/DGSPR/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 1913 (B.O. Nº 2363) y los Decretos Nº 446-GCBA/2006 (B.O. Nº 2436), y N° 394-GCABA/2013 (B.O. N°4248), las Disposiciones N° 350-DGSPR/2011, N° 407-DGSPR/2013, N° 350-DGSPR/2015, y N° 15-DGSPR/2016, y la Carpeta E142709, y, CONSIDERANDO: Que ante el vencimiento de la habilitación de la empresa SISTEMAS COMPLEJOS DE SEGURIDAD S.A. con fecha 14/11/2015, la misma presento la documentación correspondiente a los fines de la obtención de su renovación bianual; Que con fecha 12/01/2016 se emitió la Disposición N° 15-DGSPR/2016, la cual presenta un error en su contenido; Que atento al equívoco señalado en el párrafo precedente, corresponde rectificar la Disposición N° 15-DGSPR/2016, en relación a que se ha consignado erróneamente el primer nombre del Director Técnico Suplente, siendo el correcto Duilio Delmo Badano; Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que resulta pertinente efectuar la rectificación de la Disposición N° 15-DGSPR/2016 en la forma expuesta; Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Artículo 1º.- Rectifíquese la Disposición N° 15-DGSPR/2016, de fecha 12/01/2016, en lo atinente al primer nombre del Director Técnico Suplente, Duilio Delmo Badano. Artículo 2º.- La modificación dispuesta en el artículo precedente no modifica la fecha por la cual se ha renovado la habilitación de la empresa mencionada, correspondiente al día 13/11/2015, operando su vencimiento el 12/11/2017. Artículo 3º.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la rectificación concedida en el artículo precedente. Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, a la Agencia Gubernamental de Control, y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Cocca

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.° 27/HOI/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: La Ley 2095/06, modificada por la Ley N° 4.764/13, los Decretos Reglamentarios N° 95/14 y N° 1.145/09, y el Expediente N° 16603204/MGEYA/HOI/2016, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el referido Expediente, tramita la Licitación Pública Nº 429-0775-LPU16, para la Reparación integral de equipo de rayos panorámico, para este Hospital de Odontología Infantil "Don Benito Quinquela Martín", Que, a orden 2, luce correspondiente al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.; Que, a orden 3 se observa la Afectación Preventiva con el Número de Documento DOCFI-2016-16607348-HOI, con los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al ejercicio 2016, según el siguiente detalle: Objeto del gasto: 3-3-3-0 Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo, Apertura programática: 57-29-0-5-0, Descripción apertura programática: SERVICIOS GENERALES DE MANTENIMIENTO, Fuente de financiamiento: Tesoro de la Ciudad, Ubicación geográfica: Comuna 4, Moneda: Moneda Nacional, Monto $ 16.000,00. Total imputado $ 16.000,00; Que, corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que regirán el Acto de la Licitación que nos ocupa; Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2095/06, modificada por la Ley N° 4.764/13, los Decretos Reglamentarios N° 95/14, su modificatorio Decreto N° 114/16 y N° 1.145/09;

LA SRA. DIRECTORA DEL HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA INFANTIL "DON BENITO QUINQUELA MARTÍN" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD

OPERATIVA DE ADQUISICIÓN DISPONE:

Articulo 1º - Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que forma parte integrante del presente Acto Administrativo, vinculado a Orden 4 con el tipo de Documento PLIEG-2016-16797821-HOI. Articulo 2º - Llámase a Licitación Pública Nº 429-0775-LPU16 para el día 20 de julio de 2016 a las 11:00, al amparo de lo establecido en el Artículo 31° - CAPITULO III - TITULO TERCERO de la Ley N° 2095/06, para la reparación integral de equipo de rayos panorámico, para este Hospital de Odontología Infantil "Don Benito Quinquela Martín", dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto total aproximado de PESOS DIECISÉIS MIL ($16.000 ,00.-) Articulo 3º - Pliego de Bases y Condiciones SIN VALOR MONETARIO.- Articulo 4º - Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y

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demás efectos remítase a la División Compras y Contrataciones de este Hospital, para la prosecución de su trámite. Scagnet

DISPOSICIÓN N.° 251/HGADS/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2095/06, su modificatoria N°4764/13, Decreto Reglamentario N°95/14, Decreto Nº1145/09 y Resolución Nº1160/MHGC/11, se rige por la citada normativa, y el EE Nº 16585520/MGEYA-HGADS/2016, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Contratación Directa Nº 434-0599-CDI16, bajo el régimen de Contratación Directa, al amparo de lo establecido en el artículo Nº 28 Inc.3 y concordantes la Ley Nº 2095/06, su modificatoria N°4764/13, Decreto Reglamentario N°95/14, para la Adquisición de Manómetro para Tubo de Oxigeno, con destino al Departamento Recursos Físicos del Hospital General de Agudos Donación Santojanni, dependiente del Ministerio de Salud; Que el Departamento de Recursos Físicos elaboró las especificaciones técnicas en base a las necesidades de la dependencia destinataria del efector; Que obra agregada en el expediente la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la Contratación que asciende a la suma de pesos noventa y cinco mil ($ 95.000,00.-), con cargo al Ejercicio 2016; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Disposición Nº 52/DGCG/10, se estableció como lugar físico de prestación de servicios del Centro de Recepción de Documentación de Pagos, correspondiente a la Representación de la Dirección General de Contaduría ante el Ministerio de Salud, la oficina sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 313, planta baja, de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires; Que se encuentran incorporados los Pliegos que han de regir la Contratación que se propicia, los cuales se suministrarán en forma gratuita de conformidad con lo establecido en el artículo 86 inciso 8º de la reglamentación de la Ley Nº 2095 su modificatoria N°4764/13, Decreto Reglamentario N°95/14, Decreto Nº1145/09 y Resolución Nº1160/MHGC/11; Que por Decreto N° 353/16 (BOCBA 4901), se designa como Director Médico de este Hospital al Dr. Federico Charabora; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095/06, su modificatoria Nº4764/13, Decreto Reglamentario Nº95/14,

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ANEXO

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EL SEÑOR DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DONACION SANTOJANNI

DISPONE Articulo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases, y Condiciones Particulares para la Adquisición de Manómetro para Tubo de Oxigeno, con destino al Departamento Recursos Físicos del Hospital General de Agudos Donación Santojanni, dependiente del Ministerio de Salud, por un monto estimado de noventa y cinco mil ($ 95.000,00.-). Artículo 2º.- Llámese a Contratación Directa Nº434-0599-CDI16, bajo el Régimen de Contratación, al amparo de lo establecido en el artículo Nº 28 Inc. 3 y concordantes de la Ley Nº 2095/06 su modificatoria Nº/4764/13, Decreto Reglamentario Nº 95/14, Decreto Nº1145/09 y Resolución Nº 1160/MHGC/11, en base a la documentación de la Contratación aprobada por el Artículo 1º de la presente y fijase fecha de apertura de ofertas para el día 20 de Julio de 2016 a las 10:00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos de la Contratación son gratuitos y podrán ser consultados en el Portal Bac www.buenosairescompras.gov.ar Artículo 4º.- Establécese que el asesoramiento técnico de las ofertas y de la Contratación estará a cargo del Departamentos de Recursos Físicos del Hospital General de Agudos Donación Santojanni. Artículo 5º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada con cargo al Presupuesto del Ejercicio 2016. Artículo 6º.- Remítanse invitaciones y cúrsense las comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 93 y 97 de la Ley Nº 2095/06, su modificatoria Nº4764/13,Decreto Reglamentario Nº95/14,decreto 1145/09 publíquese en el Boletín Oficial, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, www.buenosaires.gob.ar - Hacienda - Compras y Contrataciones - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras y Contrataciones, y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese y gírese a la Oficina de Compras para su tramitación. Charabora

DISPOSICIÓN N.° 479/HBR/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO El Expediente Electrónico Nº 2016-16985896-MGEYA-HBR, la Ley Nº 2.095, su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.ANº 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario Nº 95/14 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el presente actuado tramita el Proceso de Compra Nº 431-0802-LPU16 bajo la modalidad de Licitación Pública, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 2.095, Art 31º, su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario Nº 95/14, para la ADQUISICIÓN DE TARJETAS PARA TEST Y PANELES, con destino a la Unidad de Hemoterapia; Que, la Solicitud de Gastos Nº 431-3333-SG16 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al Ejercicio 2016, y Ejercicios Futuros;

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Que, por Disposición Nº 396-DGCYC-2014 (B.O.C.B.A Nº 4414) el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 18º de la Ley 2.095 aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios; Que, por Resolución Nº 1.226/MSGC/2007 (B.O.C.B.A Nº 2.714), el Ministro de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, establece como Unidad Operativa de Adquisiciones al Hospital "Bernardino Rivadavia", Por ello, y en base a las competencias establecidas en la Ley 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.ANº 4313) y dando cumplimiento a lo manifestado en el Artículo 1º de la Resolución Nº 49/2011;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" DISPONE:

Artículo 1º.- Elabórese y Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas. Artículo 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº 431-0802-LPU16, para el día 28 de Julio 2016 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en la Ley 2.095 Art 31º, su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.ANº 4313) y Decreto Reglamentario Nº 95/14,para la ADQUISICIÓN DE TARJETAS PARA TEST Y PANELES, con destino a la Unidad de Hemoterapia, por un monto aproximado de $ 769.160.00 (PESOS: SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA CON 00/100). Artículo 3º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada en la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio 2016 y Ejercicios Futuros. Artículo 4º.- Valor del Pliego: Gratuito. Artículo 5º.- Publicaciones e invitaciones de acuerdo a lo normado en el Art. 93º, Art. 97º, y 98º de la Ley 2.095/06, su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.ANº 4313) y Decreto Reglamentario Nº 95/14.

Artículo 6º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial, en el portal de compras electrónicas B.A.C. y en el sitio de Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase al Departamento Compras para la prosecución de su trámite. Fernández Rostello

DISPOSICIÓN N.° 480/HBR/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO El Expediente Electrónico Nº 2016-16991651-MGEYA-HBR, la Ley Nº 2.095, su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A Nº 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario Nº 95/14 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el presente actuado tramita el Proceso de Compra Nº 431-1776-CME16 bajo la modalidad de Contratación Menor, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 2.095, Art 38º, su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario Nº 95/14, para la ADQUISICIÓN DE TARJETA, con destino a la Unidad de Hemoterapia;

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Que, la Solicitud de Gastos Nº 431-3544-SG16 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al Ejercicio 2016 y Ejercicio futuro; Que, por Disposición Nº 396-DGCYC-2014 (B.O.C.B.A Nº 4414) el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 18º de la Ley 2.095 aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios; Que, por Resolución Nº 1.226/MSGC/2007 (B.O.C.B.A Nº 2.714), el Ministro de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, establece como Unidad Operativa de Adquisiciones al Hospital "Bernardino Rivadavia", Por ello, y en base a las competencias establecidas en la Ley 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A Nº 4313) y dando cumplimiento a lo manifestado en el Artículo 1º de la Resolución Nº 49/2011;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" DISPONE:

Artículo 1º.- Elabórese Y Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas. Artículo 2º.- Llámese a Contratación Menor Nº 431-1776-CME16, para el día 29 de Julio del 2016 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en la Ley 2.095 Art 38º, su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A Nº 4313) y Decreto Reglamentario Nº 95/14, para la ADQUISICIÓN DE ADQUISICIÓN DE TARJETA, con destino a la Unidad de Hemoterapia, por un monto aproximado de $ 369.000,00 (PESOS: TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CON 00/100). Artículo 3º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada en la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio 2016 y Ejercicio Futuros. Artículo 4º.- Valor del Pliego: Gratuito. Artículo 5º.- Publicaciones e invitaciones de acuerdo a lo normado en el Art. 93º, Art. 97º, y 98º de la Ley 2.095/06, su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A Nº 4313) y Decreto Reglamentario Nº 95/14. Artículo 6º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial, en el portal de compras electrónicas B.A.C. y en el sitio de Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase al Departamento Compras para la prosecución de su trámite. Fernández Rostello

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Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N.° 51/DGSE/16

Buenos Aires, 30 de junio de 2016 VISTO: El Decreto N° 1924-GCBA/04 (BOCBA N° 2.059), la Resolución M 3800-SED-2004, el Expediente N° 12790907/2016, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 1924-CABA-2004 se creó el Programa "Unidades Productivas", en el ámbito de la ex Dirección General de Cooperadoras y Comedores de la Subsecretaria de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria de la entonces Secretaria de Educación, actual Dirección General de Servicios a las Escuelas, destinado a fomentar el desarrollo de emprendimientos productivos y unidades de formación para el trabajo, orientadas al fortalecimiento de la comunidad educativa; Que la Resolución 3800-SED-2004 aprueba los indicadores y la metodología de evaluación de las Organizaciones Responsables y los Proyectos Productivos y de Capacitación; Que por Expediente N°12790907/2016, tramita el proyecto productivo presentado por la Cooperativa de Trabajo LA CACEROLA Ltda; Que por cuanto el programa creado tiende a que el sistema educativo propenda a la generación y capacitación de fuentes legítimas de trabajo, al mismo tiempo que éstas retribuirán produciendo bienes y servicios aprovechables por el sistema y por la sociedad civil en su conjunto. Cooperativa de Trabajo La Cacerola Ltda. actualmente y desde el año 2005 desempeñan su elaboración en esta DG a un excelente nivel de excelencia con la mayor trayectoria en el rubro alimenticio. Que se ha cumplido con las instancias de evaluación estipuladas para la propuesta de Aprobación del Proyecto y que de las mismas surgen que solo está autorizada a elaborar y distribuir el servicio de Refrigerio y Desayuno. Que ha tomado la intervención que le compete la Gerencia Operativa de Comedores; Que a los efectos de asegurar la calidad de los servicios alimentarios cuya adquisición deriven de la presente aprobación de proyecto, resulta necesario establecer una coherencia respecto a los mecanismos de control, penalidades, como así también de los precios a abonar equiparándolos con los de la Licitación Publica Nº 2902/SIGAF/2013 correspondiente a la elaboración de comidas y distribución en mesa para alumnos de los establecimientos escolares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o la que oportunamente la reemplace. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 8°, el artículo 15º y el Artículo 18º del Reglamento Operativo del Decreto N° 1924-GCBA-2004,

EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS A LAS ESCUELAS DISPONE:

Artículo 1.- Apruébase el Proyecto Productivo presentado por la Cooperativa de Trabajo LA CACEROLA Limitada CUIT 30-70805634-7, por el plazo de doce meses contados a partir del 2° de julio de 2016.

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Artículo 2.- Los servicios alimentarios que pudieran ser brindados en el marco de la presente, quedaran sujetos a los derechos y obligaciones establecidos por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública N° 2902/SIGAF/2013 y/o la que oportunamente la reemplace, la que se considera parte integrante de la presente disposición. Artículo 3.- A fin de atender el gasto que genere lo Dispuesto en el artículo precedente, se solicitará oportunamente a la Dirección General de Administración de Recursos arbitrar los medios que se evalúen pertinentes. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, notifíquese a la Cooperativa de Trabajo LA CACEROLA Limitada, cumplido archívese. Lazzarin Lima

DISPOSICIÓN N.° 718/DGAR/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley 5.454), el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16, el Decreto Nº 1145/GCABA/09, la Resolución Nº 1.160/MHGC/2011, la Resolución Conjunta Nº 14/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº 2016-9310190-MGEYA-DGEDS, y CONSIDERANDO: Que por el mencionado actuado se tramita la contratación del predio CAMSAL SRL para abastecer las necesidades de espacio para el dictado de la asignatura Educación Física solicitado por la Dirección General de Educación Estatal; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos; Que mediante IF-09313430-2016--DGEDS, la Supervisión Coordinadora de Educación Física, solicita la contratación del mencionado predio a fin de garantizar el dictado de clases de Educación Física, para los alumnos de la Escuela Normal Superior N° 8 D.E. N° 6, dependiente de este Ministerio de Educación; Que asimismo, informa que el servicio que precisa dicha escuela únicamente puede ser prestado por CAMSAL SRL en tanto el mismo reviste características particulares, tales como la proximidad a las Escuelas, los horarios en que dicho servicio puede ser utilizado, entre las otras razones señaladas en la nota mencionada precedentemente; Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a partir del 1 de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC;

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Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró en base a las especificaciones brindadas por la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para el llamado a Contratación Directa por Exclusividad; Que la presente contratación puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 28 inciso 5° de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley 5.454); Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095, (texto consolidado según ley 5.454), su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su modificatorio el decreto 114/GCABA/16, EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

DISPONE Artículo 1.- Apruébase los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2016-17073348-DGAR) y de Especificaciones Técnicas (IF-17073311-2016--DGAR) que regirán en la presente contratación. Artículo 2.- Llámase a Contratación Directa Nº 550-0644-CDI16 para el día 18 de julio de 2016 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 28 inc. 5 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley 5.454), para la contratación del predio CAMSAL SRL para el dictado de clases de educación física, solicitado por la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, por un importe de PESOS DOSCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 202.500). Artículo 3.- Remítase la invitación a CAMSAL SRL y las comunicaciones de acuerdo a lo establecido en el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 de la Ley N° 2.095 y publíquese en la página web www.buenosaires.gob.ar- Hacienda - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras. Artículo 4.- La erogación que demanda la presente adquisición fue imputada en la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 92 del Decreto Reglamentario 95/GCABA/14. Curti

DISPOSICIÓN N.° 719/DGAR/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley N° 5.454), el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16, el Decreto Nº 1145/GCABA/09, la Resolución Nº 1.160/MHGC/2011, la Resolución Conjunta Nº 14/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº 2016-7119965-MGEYA-DGEGE, y

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ANEXO

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Que por el mencionado actuado se tramita la contratación del predio deportivo "Polideportivo Paula Montal", para las clases de Educación Física del LICEO N°4 D.E. 1° para el ciclo lectivo 2016, solicitado por la Dirección General de Educación Estatal; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos; Que mediante PV-2016-7185668-DGEGE, la Supervisión Coordinadora de Educación Física, solicita la contratación del mencionado predio a fin de garantizar el dictado de clases de Educación Física, para los alumnos del LICEO N°4 D.E. 1°, dependiente de este Ministerio de Educación; Que asimismo, informa que el servicio que precisa dicha escuela únicamente puede ser prestado por el "Polideportivo Paula Montal" de EDUCACION POPULAR FEMENINA - ASOCIACION CIVIL en tanto el mismo reviste características particulares, tales como la proximidad a las Escuelas, los horarios en que dicho servicio puede ser utilizado, entre las otras razones señaladas en la nota mencionada precedentemente; Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a partir del 1 de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró en base a las especificaciones brindadas por la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para el llamado a Contratación Directa por Exclusividad; Que la presente contratación puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 28 inciso 5° de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley N° 5.454); Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095, texto consolidado según ley N° 5.454 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su modificatorio el Decreto N° 114/GCABA/16,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruebanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2016-17037786-DGAR) y de Especificaciones Técnicas (IF-2016-17038569-DGAR) que regirán en la presente contratación. Artículo 2.- Llamar a Contratación Directa Nº 550-0642-CDI16 para el día 20 de julio de 2016 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 28 inc. 5 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado según la Ley 5.454), para la contratación del predio deportivo "Polideportivo Paula Montal" de EDUCACION POPULAR FEMENINA - ASOCIACION CIVIL para las clases de Educación Física del LICEO N°4 D.E. 1° para el ciclo lectivo 2016, solicitado por la Dirección General de Educación Estatal, por un importe de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 89.856). Artículo 3.- Remítase la invitación a "Polideportivo Paula Montal" de EDUCACION POPULAR FEMENINA - ASOCIACION CIVIL y las comunicaciones de acuerdo a lo establecido en el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 de la Ley N° 2.095 y publíquese en la página web www.buenosaires.gob.ar- Hacienda - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 4.- La erogación que demanda la presente adquisición fue imputada en la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 92 del Decreto Reglamentario 95/GCABA/14. Curti

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 211

ANEXO

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

DISPOSICIÓN N.° 17/DGMYT/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2095, su modificatoria la Ley N° 4764 y sus Decretos Reglamentarios Nº 1145/09 y 95/14, los Expedientes Electrónicos N° 18743982-DGMYT/15, Nº 19131237-DGTALMAEP/15, y Nº 4367710-DGMYT/16, las Disposiciones N° 224- DGTALMAEP/15, N° 206-DGTALMAEP/15 y la Contratación Menor Nº 8503-1665- CME15, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico Nº 4367710-DGMYT/16, tramita la prórroga de la Contratación Menor N° 8503-1665-CME15, del "SERVICIO DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE ASCENSORES" con destino a esta Dirección de General Mantenimiento y Talleres dependiente de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que mediante Disposición Nº 224-DGTALMAEP/15, se aprobó la mencionada contratación y se adjudicó dicho servicio a la firma ASCENSORES CULMEN S.R.L. (Oferta N° 1) el Renglón N° 1, por un monto de PESOS CIENTO NOVENTA MIL ($ 190.000) y el Renglón N° 2, por un monto de PESOS QUINIENTOS UN MIL ($ 501.000) ascendiendo a un monto total de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL ($ 691.000), en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 2095, su modificatoria la Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14; Que la firma adjudicataria suscribió la correspondiente Orden de Compra Nº 8503- 4204-OC15 el día 12 de Agosto de 2015, habiendo quedado perfeccionado así el Contrato Administrativo; Que el plazo de contratación finalizó el día 12 de febrero de 2016; Que atento al vencimiento del plazo contractual, esta Dirección General de Mantenimiento y Talleres, dependiente de la Subsecretaria de Uso del Espacio Público mediante, Informe N° IF-2016-15154002-DGMYT, manifestó la necesidad de prorrogar el Renglón 2 de la Contratación Menor Nº 8503-1665-CME15, por el término de seis (6) meses; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria definitiva de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación; Que en atención a lo expuesto corresponde el dictado del presente acto administrativo de Convalidación de Prorroga; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 95/14,

EL DIRECTOR GENERAL DE MANTENIMIENTO Y TALLERES DISPONE

Artículo 1º.- Convalídase la prórroga del Renglón Nº 2 de la Contratación Menor Nº 8503-1665-CME15, correspondiente al "SERVICIO DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE ASCENSORES" por el término de seis (6) meses,

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del contrato celebrado con la firma ASCENSORES CULMEN S.R.L" partir del 13 de Febrero de 2016, con destino a esta Dirección General de Mantenimiento y Talleres, dependiente de la Subsecretaria de Uso del Espacio Público de este Ministerio, la cual asciende al monto total de $501.000,00.- (Pesos Quinientos Un Mil con 0/100), en todo a lo establecido al Art 119 inc. 3) de la Ley Nº2095; Ley N° 5454 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14. Artículo 2°.- Impútese el gasto a la partida presupuestaria del ejercicio correspondiente. Artículo 3°.- Emítase la respectiva Orden de Compra. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el portal web www.buenosairescompras.gob.ar y exhíbase copia de la presente Disposición en la Cartelera de la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Notifíquese al interesado de acuerdo a lo previsto en los artículos 60° y 61° de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio para la prosecución de su trámite. Minakowski

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Agencia de Protección Ambiental

DISPOSICIÓN N.° 69/DGTALAPRA/16

Buenos Aires, 7 de julio de 2016 VISTO: La Constitución de la Nación y la de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 2.628 y 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454), el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, el Decreto N° 114/GCBA/16, la Resolución Nº 23/APRA/16, las Disposiciones Nº 19/DGTALAPRA/2016 y Nº 34/DGTALAPRA/2016, el EX-2016-10874759-MGEYA-DGTALAPRA y, CONSIDERANDO: Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO, tramita un procedimiento licitatorio para la contratación de un servicio de recolección, gestión y tratamiento de aparatos eléctricos y electrónicos en desuso, solicitado por la Unidad de Coordinación General de Gestión Ambiental de la Presidencia de esta Agencia; Que en función al requerimiento expresado precedentemente, mediante la Disposición 19-DGTALAPRA-2016 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se llamó a Licitación Pública N° 8933-0392-LPU16, estableciendo como fecha límite para la presentación de ofertas el día 18 de Mayo de 2016 a las 12:00 horas, conforme lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454); Que el día 16 de Mayo del año 2016 la empresa GESTIÓN AMBIENTAL A.C.E. requirió a esta Agencia de Protección Ambiental la extensión por un plazo de diez (10) días del término fijado como fecha límite para la presentación de ofertas; Que en pos de cumplir con el principio de concurrencia establecido en el artículo 7 de la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454), se dictó la Disposición Nº 34/DGTALAPRA/2016 mediante la cual se extendió la fecha límite para la presentación de ofertas en la Licitación Pública Nº 8933-0392-LPU16 por un plazo de diez (10) días, estableciéndose como fecha límite para dicha presentación de ofertas el día 2 de Junio del 2016 a las 12:00 horas; Que en la fecha referida, se labró el Acta de Apertura de Ofertas en la que consta que se recibieron dos ofertas; Que posteriormente se brindó intervención a la Subgerencia Operativa de Residuos Sólidos, Urbanos y Puntos Limpios, la cual manifestó que la oferta presentada por la COOPERATIVA DE TRABAJO RECICLANDO TRABAJO Y DIGINIDAD LIMITADA resulta ser la más conveniente técnicamente por contar con una planta de procesamiento dentro de la ciudad de Buenos Aires; Que por su parte, la Comisión Evaluadora de Ofertas en su Dictamen de Preadjudicación recomendó contratar a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO RECICLANDO TRABAJO Y DIGINIDAD LIMITADA (CUIT N° 30711932794), por cuanto resultó ser la propuesta más conveniente para los intereses de esta Agencia; Que el acto de preadjudicación fue notificado conforme lo establecido en la normativa vigente y, vencido el plazo para efectuar impugnaciones, no se recibió ninguna presentación; Que en función de lo expresado previamente, la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial emitió el registro de compromiso presupuestario definitivo por el importe de la oferta presentada;

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Que en consecuencia corresponde aprobar el presente procedimiento y adjudicar la contratación del servicio requerido a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO RECICLANDO TRABAJO Y DIGINIDAD LIMITADA en el marco del presente proceso licitatorio; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado la debida intervención; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I del Decreto Nº 114/GCBA/16 y en la Resolución Nº 23/APRA/16,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 8933-0392-LPU16, conforme lo normado por el artículo 31 de la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454). Artículo 2º.- Adjudícase a favor de la firma COOPERATIVA DE TRABAJO RECICLANDO TRABAJO Y DIGINIDAD LIMITADA (CUIT N° 30711932794), la contratación de un servicio de recolección, gestión y tratamiento de aparatos eléctricos y electrónicos en desuso, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($ 384.000,00.-), que fuera requerido por la Unidad de Coordinación General de Gestión Ambiental de la Presidencia de esta Agencia. Artículo 3º.- El presente gasto se imputará a las partidas presupuestarias del ejercicio 2016 y 2017. Artículo 4º.- Emítase la respectiva Orden de Compra. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese al oferente, publíquese en Boletín Oficial, protocolícese, vincúlese al Expediente Electrónico y remítase a la Subgerencia de Operativa de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Etcheverrigaray

DISPOSICIÓN N.° 70/DGTALAPRA/16

Buenos Aires, 7 de julio de 2016 VISTO: La Constitución de la Nación y la de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 2.628 y N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454), el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, el Decreto Nº 114/GCBA/16, la Resolución Nº 1160/MHGC/11 y sus complementarias, las Disposiciones Nº 396/DGCYC/14 y Nº 573/DGCYC/14 y sus modificatorias, y el EX-2016-16247029-MGEYA-DGTALAPRA y, CONSIDERANDO: Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO tramita el procedimiento para la adquisición de termotanques, por la suma de PESOS NUEVE MIL CON 00/100 ($ 9.000,00), que fuera requerido por la Dirección General de Evaluación Técnica de esta Agencia; Que la Ley Nº 2.628 (texto consolidado por Ley Nº 5.454) establece que el objeto de la Agencia de Protección Ambiental será el de proteger la calidad del medio ambiente de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;

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Que en su Capítulo III, la citada Ley establece el marco general al cual debe sujetarse la Agencia de Protección Ambiental en su gestión financiera, patrimonial y contable, incluyendo la Ley Nº 2.095 de Compras y Contrataciones (texto consolidado por Ley Nº 5.454); Que el artículo 85 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454), establece que todos los procesos de compras, ventas y contrataciones que se efectúen deben realizarse utilizando los sistemas electrónicos o digitales que establezca el Órgano Rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso, los que contendrán como mínimo la cotización, licitación, contratación, adjudicación y despacho de materiales y servicios en proceso de compra y/o contratación; Que en el marco mencionado previamente, la Dirección General de Evaluación Técnica de esta Agencia, formuló el presente requerimiento de adquisición con sus Especificaciones Técnicas por ante el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones (BAC); Que a fin de dar comienzo al procedimiento, la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial autorizó la Solicitud de Gasto en el Sistema y confirió intervención a la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones la que elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares por ante el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones (BAC); Que la citada Subgerencia Operativa, estimó como mejor medio de contratación el procedimiento de Contratación Menor conforme al artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454), atento a que el monto preventivo imputado no supera las CIEN MIL (100.000,00) Unidades de Compras, equivalente a PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($975.000,00); Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo con lo establecido en el Artículo 86 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454), aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige la presente Contratación; Que, en consonancia con lo expuesto, corresponde aprobar los Pliegos elaborados y proceder al llamado a la presentación de las ofertas fijando la fecha para su apertura; Que ha tomado debida intervención la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos; Por ello, en virtud de las competencias conferidas en el Anexo I del Decreto Nº 114/GCBA/16,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que lucen en el Sistema Buenos Aires Compras (BAC) bajo el Proceso de Compras Nº 8933-1659-CME16. Artículo 2°.- Llámase a Contratación Menor Nº 8933-1659-CME16, por un monto que asciende a la suma de PESOS NUEVE MIL CON 00/100 ($ 9.000,00) para la adquisición de termotanques, estableciendo como fecha límite para la presentación de ofertas el día 19 de Julio del 2016 a las 09:00 horas, conforme lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454). Artículo 3º.- Los pliegos podrán ser consultados y obtenidos a través del sistema BAC sin cargo alguno en https://www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 4º.- El presente gasto se imputará a las partidas presupuestarias del ejercicio en curso.

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Artículo 5º.- Protocolícese en el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), publíquese en el Boletín Oficial y en el Sitio Oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y anúnciese en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Agencia de Protección Ambiental. Etcheverrigaray

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Ente de Turismo

DISPOSICIÓN N.° 33/DGDYCOF/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510//97, la DI-2016-1-DGDYCOF, el Expediente Electrónico N° 3.758.979- DGCYC/2016 y, CONSIDERANDO: Que por el citado actuado tramita la Contratación Directa de la Membresía ICCA (International Congress and Convention Association), bajo el numero Nº 131-SIGAF-2016, al amparo del artículo 28 inc. 5 de la Ley N° 2.095, su modificatoria y su Decreto Reglamentario N° 95/14 y modificatorio, por la suma de por la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CATORCE CON 66/100 ($ 46.914,66), autorizada por DI-2016-8-DGTALET y aprobada por DI-2016-1-DGDYCOF; Que atento a haberse detectado un error material involuntario en el Artículo 1° de la parte dispositiva de la DI-2016-1-DGDYCOF, en cuanto a los datos de la firma adjudicada como en el monto adjudicado y que deben ser subsanados; Que consecuentemente para su correcta lectura e interpretación debe rectificarse conforme el siguiente texto..."Apruébase la Contratación Directa Nº 131-SIGAF-2016 y adjudícase a la firma ICCA (International Congress and Convention Association), por la PESOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CATORCE CON 66/100 ($ 46.914,66), la contratación de un "Servicio de Membresía" con destino a esta Dirección General del Ente de Turismo de esta Ciudad". Que en los términos del Artículo 19º inciso b) del Anexo I al Art.1º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97 y modificatorios, establecen un mecanismo para la rectificación de los mismos; Por ello, y en uso de las facultades establecidas en el Artículo 19º inciso b) del Anexo I al Art.1º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97 y modificatorios,

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO Y COMPETITIVIDAD DE LA OFERTA DEL

ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE:

Artículo 1º.- Rectifícase el Artículo 1° de la Disposición DI-2016-1-DGDYCOF el cual debe leerse de la siguiente forma "Articulo 1.- Apruébase la Contratación Directa Nº 131-SIGAF-2016 y adjudícase a la firma ICCA (International Congress and Convention Association), por la PESOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CATORCE CON 66/100 ($ 46.914,66), la contratación de un "Servicio de Membresía" con destino a esta Dirección General del Ente de Turismo de esta Ciudad". Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por el término de un (1) día, comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones, de Contaduría, a la Unidad de Auditoria Interna, y para su intervención y posterior trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Fragueiro

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DISPOSICIÓN N.° 78/DGTALET/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095, el Decreto N° 95/2014 y su modificatorio Nº 114/16, las Resoluciones Nros. 596-MHGC/11 y 1160-MHGC/11, el Expediente Electrónico N° 2016-16738011-MGEYA-DGTALET, el proceso de compra BAC 9268-0789-LPU16 y; CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14 y modificatorio, de compras contrataciones, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios; Que la Resolución Nº 596-MHGC/11 aprobó las políticas, términos y condiciones de uso del sistema electrónico de adquisiciones y contrataciones - Buenos Aires Compras (BAC); Que la Resolución Nº 1160-MHGC/11 aprobó las normas de procedimiento de compras y contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras -BAC, aplicable al procedimiento cuya aprobación se propone; Que por los presentes actuados tramita el proceso de compra BAC 9268-0789-LPU16 al amparo del Artículo 31, concordante con el 1er párrafo del Artículo 32 de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria, para la contratación de un Servicio de Producción de Contenidos Audiovisuales, solicitado por la Dirección General de Estrategias de Comunicación Masiva mediante Notas N° NO-2016-16706347-DGECM y NO-2016-16759049-DGECM, por un monto total de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($ 1.000.000,00) contra los créditos del ejercicio en vigor y por un monto total de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 1.400.000,00) contra los créditos del ejercicio 2017; Que obra en el actuado la reserva presupuestaria pertinente, según constancia emitida por el Sistema Buenos Aires Compras, mediante Solicitud de Gastos Nº 9268-3263-SG16, dejando establecido que el gasto que se proyecta para el ejercicio 2017 queda sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato que se suscriba; Que se ha dado cuenta a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto, en los términos del Artículo 27 y cctes. Del Anexo I del Decreto Nº 10/16, por cuanto el gasto compromete a más de un ejercicio presupuestario. Por ello y en uso de las competencias que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE: Artículo 1°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de

Especificaciones Técnicas, el que como Anexo Pliego NºPLIEG-2016-17161820-DGTALET, el que en un todo forma parte integrante de la presente Disposición.

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Artículo 2°.- Autorizase el llamado a proceso de compra BAC 9268-0789-LPU16, para la contratación de un Servicio de Producción de Contenidos Audiovisuales, al amparo del Artículo 31, concordante con el 1er párrafo del Artículo 32 de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria. Artículo 3°.-El gasto que resulte de la presente medida es imputado contra los créditos del presupuesto en vigor por la suma de por un monto total de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($ 1.000.000,00) contra los créditos del ejercicio en vigor y por un monto total de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 1.400.000,00) contra los créditos del ejercicio 2017, dejando establecido que el gasto que se proyecta para el ejercicio 2017 queda sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato que se suscriba. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de un (1) día, y en el Portal de Internet, http://www. buenosaires.gob.ar/áreas/hacienda/compras/backoffice, comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y de Contaduría y, para su intervención y trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Campos

DISPOSICIÓN N.° 79/DGTALET/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 y modificatoria, el Decreto N° 95/2014 y su modificatorio Nº 114/16, las Resoluciones Nros. 596-MHGC/11 y 1160-MHGC/11, Proceso de Compra BAC 9268-1800-CME16, el Expediente Electrónico Nº 17.173.248-MGEYA-DGTALET-2016 y; CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14 y modificatorio, de compras contrataciones, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios; Que la Resolución Nº 596-MHGC/11 aprobó las políticas, términos y condiciones de uso del sistema electrónico de adquisiciones y contrataciones - Buenos Aires Compras (BAC); Que la Resolución Nº 1160-MHGC/11 aprobó las normas de procedimiento de compras y contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras -BAC, aplicable al procedimiento cuya aprobación se propone;

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ANEXO

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Que mediante Notas Nros. NO 16.651.286 y 17.074.365-DGDYCOF-2016, la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitó a esta Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, que proceda a la contratación de un Servicio de Transporte de Pasajeros para afectar a los recorridos turísticos realizados en el marco del programa "BA Remo"; Que la Gerencia Operativa de Gestión Técnica, dependiente de esta Dirección General, analizó dicha solicitud, así como el Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas formulado por la mentada Dirección, dando su conformidad e instruyendo la prosecución de su trámite; Que la contratación se efectuará por el procedimiento de Contratación Directa de Régimen Especial previsto por el Artículo 38 de la Ley N° 2.095, su modificatoria y el Decreto N° 95/14 y sus modificatorios; Que por los presentes actuados tramita el proceso de compra BAC 9268-1800-CME16, para la contratación de un Servicio de Transporte de Pasajeros para afectar a los recorridos turísticos realizados en el marco del programa "BA Remo", por un monto de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL CON 00/100 ($ 228.000,00) contra los créditos del ejercicio en vigor, y de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL CON 00/100 ($ 228.000,00) contra los créditos del ejercicio 2017; Que obra en el actuado la reserva presupuestaria pertinente, según constancia emitida por el Sistema Buenos Aires Compras, mediante Solicitud de Gastos Nº 9268-3688-SG16, dejando establecido que el gasto que se proyecta para el ejercicio 2017 queda sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato que se suscriba; Por ello y en uso de las competencias que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, el que como Anexo Pliego NºPLIEG-2016-17225305-DGTALET, el que en un todo forma parte integrante de la presente Disposición. Artículo 2º.- Autorizase el llamado a Contratación Menor BAC 9268-1800-CME16, al amparo del Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria y del Decreto N° 95/14 y sus modificatorios, tendiente a la contratación de un Servicio de Transporte de Pasajeros para afectar a los recorridos turísticos realizados en el marco del programa "BA Remo". Artículo 3º.-Aféctese preventivamente la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL CON 00/100 ($ 228.000,00) contra los créditos del ejercicio en vigor y la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL CON 00/100 ($ 228.000,00) contra los créditos del ejercicio 2017, dejando establecido que el gasto que se proyecta para el ejercicio 2017 queda sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato que se suscriba. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de un (1) día, y en el Portal de Internet, http://www. buenosaires.gob.ar/ áreas/hacienda/compras/backoffice, comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y de Contaduría y, para su intervención y trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Campos

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ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 80/DGTALET/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 y modificatoria, el Decreto N° 95/2014 y su modificatorio Nº 114/16, las Resoluciones Nros. 596-MHGC/11 y 1160-MHGC/11, Proceso de Compra BAC 9268-1799-CME16, el Expediente Electrónico Nº 17.158.561-MGEYA-DGTALET-2016y; CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14 y modificatorio, de compras contrataciones, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios; Que la Resolución Nº 596-MHGC/11 aprobó las políticas, términos y condiciones de uso del sistema electrónico de adquisiciones y contrataciones - Buenos Aires Compras (BAC); Que la Resolución Nº 1160-MHGC/11 aprobó las normas de procedimiento de compras y contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras -BAC, aplicable al procedimiento cuya aprobación se propone; Que mediante Nota Nº NO 2016-16.967.520-DGPRT, la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitó a esta Dirección General, que proceda a la contratación de un Servicio de Hospedaje y un Servicio de Producción de Evento, con motivo de la realización de una jornada de capacitación y presentación del destino Ciudad de Buenos Aires, a realizarse el día 26 de julio del año en curso en la Ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay; Que la Gerencia Operativa de Gestión Técnica, dependiente de esta Dirección General, analizó dicha solicitud, así como el Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas formulado por la mentada Dirección, dando su conformidad e instruyendo la prosecución de su trámite; Que la contratación se efectuará por el procedimiento de Contratación Menor previsto por el Artículo 38 de la Ley N° 2.095, su modificatoria y el Decreto N° 95/14 y sus modificatorios; Que el monto total estimado para la contratación asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($450.000.00.-); Que obra en el actuado la reserva presupuestaria pertinente, según constancia emitida por el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), mediante la Solicitud de Gastos Nº 9268-3837-SG16, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 450.000.00.-), con cargo al presente ejercicio. Por ello y en uso de las competencias que le son propias, EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE:

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Artículo 1°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, el que como Anexo Pliego NºSADE PLIEG-2016-

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17229060- -DGTALET, el que en un todo forma parte integrante de la presente Disposición. Artículo 2º.- Autorizase el llamado a Contratación Menor BAC 9268-1799-CME16, al amparo del Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria y del Decreto N° 95/14 y sus modificatorios, tendiente a la contratación de un Servicio de Hospedaje y un Servicio de Producción de Evento, con motivo de la realización de una jornada de capacitación y presentación del destino Ciudad de Buenos Aires, a realizarse el día 26 de julio del año en curso en la Ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay. Artículo 3º.- Aféctese preventivamente la suma total de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 450.000.00.-), a la partida presupuestaria correspondiente al año en curso. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de un (1) día, y en el Portal de Internet, http://www. buenosaires.gob.ar/áreas/hacienda/compras/backoffice, comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y de Contaduría y, para su intervención y trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Campos

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 223

ANEXO

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Secretaría de Medios

DISPOSICIÓN N.° 17/SCCA/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), los Decretos Nº 353/14 y su modificatorio, 95/14 y su modificatorio, la Resolución Nº 129-SECM/16 y el Expediente Electrónico N° 12912819-MGEYA-DGTAD/16, y CONSIDERANDO: Que mediante el actuado citado en el Visto tramita la Contratación Menor N° 214-1137-CME16 cuyo objeto es la adquisición de "Artículos para Televisión", con destino al Organismo Fuera de Nivel Señal de Cable Ciudad Abierta, dependiente de la Secretaría de Medios, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095, el Decreto N° 95/14 y su modificatorio; Que es dable destacar que mediante la Resolución N° 129/SECM/16, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que habrían de regir el procedimiento en cuestión; Que asimismo, mediante el aludido acto administrativo, se dispuso el llamado a Contratación Menor mediante el sistema de compras electrónicas BAC para el día 15 de junio de 2016 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido el Artículo 38 de la Ley N° 2.095; Que por su parte, se cursaron las invitaciones de rigor a través del sistema de compras electrónicas BAC, a las firmas LACAZE MARÍA EMILIA (CUIT Nº 27-27259368-5) y GIGAFLOP S.A. (CUIT Nº 30-71056646-8); Que el presente llamado a Contratación Menor ha sido publicado en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; Que tal como luce en el Acta de Apertura, se recibieron las ofertas de las firmas GIGAFLOP S.A. y LACAZE MARIA EMILIA; Que se ha cumplimentado con el Cuadro Comparativo de Precios, conforme lo normado por la Ley N ° 2.095; Que, el Organismo Fuera de Nivel Señal de cable ciudad Abierta evaluó las ofertas en su aspecto técnico bajo IF-2016-16087742-SCCA, prestando su conformidad a la oferta presentada por la firma GIGAFLOP S.A., Que la oferta de la firma GIGAFLOP S.A., cumple con lo requerido en los Pliegos que rigen la contratación y resulta conveniente en términos económicos; Que se ha procedido a efectuar la correspondiente previsión presupuestaria en etapa de compromiso definitivo para hacer frente a la erogación que demande la presente contratación; Que la presente Contratación Menor no se encuentra supeditada a lo establecido en el Decreto N° 353/14, prorrogado por Decreto N° 367/16 y sus normas complementarias; Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley N° 2.095 y por el Anexo II del Decreto Reglamentario N° 95/14 y su modificatorio.

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EL DIRECTOR GENERAL DE SEÑAL DE CABLE CIUDAD ABIERTA DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Menor Nº 214-1137-CME16 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095 mediante el Sistema Electrónico de Compras y Contrataciones del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, "Buenos Aires Compras (BAC)" cuyo objeto es la adquisición de "Artículos para Televisión" con destino al Organismo Fuera de Nivel Señal de Cable Ciudad Abierta, dependiente de la Secretaría de Medios. Artículo 2°.- Adjudicase el objeto de la presente contratación a favor de la firma GIGAFLOP S.A. (CUIT N° 30-71056646-8) por la suma total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS DIEZ, ($ 536.510.-). Artículo 3º. - Impútase el gasto a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio en vigor. Artículo 4°.- Autorízase a la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 5°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ conforme lo normado por el Artículo 112 de la Ley N° 2.095. Artículo 6°.- Remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica para la prosecución de su trámite. Cura

DISPOSICIÓN N.° 30/LS1/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5454), los Decretos Nº 353//14 y su modificatorio, 95/14 y su modificatorio, la Resolución N° 128-SECM/16 y el Expediente Electrónico N° 12031613-MGEYA-DGTAD/2016, y CONSIDERANDO: Que, mediante el actuado citado en el Visto tramita la Contratación Directa N° 214-0303-CDI16, cuyo objeto es la adquisición de Artículos para Transmisión y Digitalización, con destino al Organismo Fuera de Nivel LS1 Radio de la Ciudad y FM 2X4, dependiente de la Secretaría de Medios, al amparo de lo establecido en el Artículo 28 Inciso 5 de la Ley N° 2.095; Que por Resolución N° 128/SECM/16, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, y de Especificaciones Técnicas que habrían de regir el procedimiento en cuestión y asimismo se dispuso el llamado a Contratación Directa para el día 16 de junio de 2016 a las 11:00 horas, al amparo establecido en el Artículo 28 Inciso 5 de la Ley N° 2,095; Que, se cursó la invitación a través del sistema de compras electrónicas BAC y se comunicó a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la Cámara Argentina de Comercio;

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Que, el presente llamado a Contratación Directa ha sido publicado en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; Que, tal como luce en el Acta de Apertura, se recibió la oferta de la firma FS24 S.R.L. (CUIT N° 30-71008071-9); Que, el Organismo Fuera de Nivel LS1 Radio de la Ciudad y FM 2X4 evaluó la oferta en su aspecto técnico bajo IF-2016-15919632-LSI, prestando su conformidad a la oferta presentada por la firma FS24 S.R.L. la cual se ajusta a lo solicitado en el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas; Que, la oferta de la firma FS24 S.R.L. cumple con lo requerido en los Pliegos que rigen la contratación y resulta conveniente en términos económicos; Que se ha procedido a efectuar la correspondiente previsión presupuestaria en etapa de compromiso definitivo para hacer frente a la erogación que demande la presente contratación; Que, la presente Contratación Directa no se encuentra supeditada a lo establecido en el Decreto N° 353/14, prorrogado por Decreto N° 367/16 y sus normas complementarias; Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley N° 2095 y por el Anexo II del Decreto Reglamentario N° 95/14 y su modificatorio.

EL DIRECTOR GENERAL DE LS1 RADIO DE LA CIUDAD Y FM 2X4 DISPONE

Artículo 1º - Apruébase la Contratación Directa N° 214-0303-CDI16 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 28 Inciso 5 de la Ley N° 2.095 mediante el Sistema Electrónico de Compras y Contrataciones del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires, "Buenos Aires Compras (BAC)" para la adquisición de "Artículos para Transmisión y Digitalización", con destino al Organismo Fuera de Nivel LS1 Radio de la Ciudad y FM 2X4, dependiente de la Secretaría de Medios. Artículo 2° - Adjudícase el objeto de la presente contratación a favor de la firma FS24 S.R.L. (CUIT N° 30-71008071-9), por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS DOS CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS, ($ 355.502,84). Artículo 3º -Impútase el gasto a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio en vigor. Artículo 4º - Autorízase a la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Página web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta/, conforme lo normado por el Artículo 112 de la Ley N° 2.095. Artículo 6° - Remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica para la prosecución de su trámite. Jaramillo

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

DISPOSICIÓN N.° 41/DGTALMDUYT/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 2016-16.374.108-MGEYA-DGOIYA del llamado a Licitación Pública para la Obra "Centro de Exposiciones y Convenciones - Ampliación de la Red de Agua y Cloaca", las La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, la Ley N°5.460 y los Decretos Nros. 1.895/97, 1.254/08, 363/15 y 203/2016, y; CONSIDERANDO: Que a través de estas actuaciones se propicia la licitación pública para adjudicar la ejecución de la Obra "Centro de Exposiciones y Convenciones - Ampliación de la Red de Agua y Cloaca", al amparo de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064; Que el Decreto N° 1.245/08 aprobó el Pliego de Condiciones Generales para Obras Mayores; Que la Dirección General de Obras de Ingeniería y Arquitectura en su carácter de organismo técnico confeccionó los pliegos de condiciones particulares y de especificaciones técnicas cuya aprobación propone; Que el presupuesto oficial se ha establecido en la suma de pesos ocho millones novecientos ochenta y siete mil quinientos noventa y nueve con 15/100 ($ 8.987.599,15.-), con anticipo financiero del 20%; Que el plazo de ejecución es de tres (3) meses contados a partir de la fecha de comienzo de los trabajos fijados en la Orden de Inicio; Que la Subsecretaría de Obras, de la que depende la citada Dirección General según la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por el Decreto N° 363/15, prestó su conformidad a los pliegos aludidos; Que en cumplimiento del Decreto Nº 1.825/97, obra en estas actuaciones las afectaciones presupuestarias correspondientes; Que en el marco de lo dispuesto en el Decreto Nro. 203/16, se establece la forma, el plazo de anticipación y publicación del presente llamado a licitación pública. Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 203/2016,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN TÉNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO

DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE DISPONE

Artículo 1º.- Apruébanse los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para el llamado a Licitación Pública Nº 482-SIGAF-2016, de la Obra "Centro de Exposiciones y Convenciones - Ampliación de la Red de Agua y Cloaca", los que como Anexos (PLIEG-2016-16367093-DGOIYA e IF-2016-16368712-DGOIYA) forman parte integrante de la presente disposición. Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública para el día 21 de julio de 2016 a las 14:00 horas, en Av. Martín García 346/350, 5º piso, atento a lo establecido en la Ley

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Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, para la contratación de la obra de referencia cuyo presupuesto oficial es de pesos ocho millones novecientos ochenta y siete mil quinientos noventa y nueve con 15/100 ($ 8.987.599,15.-), con anticipo financiero del 20%. Artículo 3º.- Las erogaciones a que dé lugar la obra que se licita, serán imputadas a las partidas presupuestarias del ejercicio en vigor. Artículo 4º.- Los Pliegos de Bases y Condiciones serán gratuitos y podrán ser consultados y obtenidos en el sitio de Internet del Ministerio de Desarrollo Urbano www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php), donde los interesados podrán formular las consultas. Artículo 5º.- Remítanse las invitaciones y, cumpliéndose con el plazo de anticipación establecido en la normativa vigente, publíquese el presente llamado a licitación pública en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de cinco (5) días y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.(www.compras.buenosaires.gov.ar). Artículo 6º.- La presentación de ofertas se realizará en la Subgerencia Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte hasta el día 21 de julio de 2016 a las 14:00 horas. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Subsecretaría de Obras. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. Serra

DISPOSICIÓN N.° 138/DGCACTYSV/16

Buenos Aires, 25 de abril de 2016 VISTO La Ley Nº 471, los Decretos N° 937/07, 184/2010 y 209/16 y el Expediente N° 11401980/DGCACTYSV/16. CONSIDERANDO: Que por Expediente Nº 11401980/DGCACTYSV/16 se inician las actuaciones respecto del agente TORRES CLAUDIO Que el Decreto 184/2010 instrumentado por Acta 13/10 del Convenio Colectivo de Trabajo se reglamenta el Régimen Disciplinario en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme a lo dispuesto en el Anexo III art. 1° de dicho Decreto corresponde que dispone que el agente que se desempeña como franquero conforme al Decreto 937/07 cuando incurra en inasistencias se hará pasible de sanciones graduales de acuerdo a la falta; Que por decreto N° 209/AJG/16 fue designado Director General del Cuerpo de Agentes de Control de Transito y Seguridad Vial, al Sr. Pietrafesa Sergio Fabian; Por ello, y en uso de las facultades establecidas,

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 228

ANEXO

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EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL

DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL DISPONE:

Artículo 1° - Sanciónese con 1 (un) apercibimiento al agente TORRES CLAUDIO CUIL N° 20-30214344-8 FICHA N° 472125 por haber incurrido en una inasistencia, conforme a lo dispuesto por el art. 1°del anexo III del Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de Trabajo; Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al agente mencionado ut supra. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaria de Movilidad Sustentable dependiente de la Secretaria de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. Pietrafesa

DISPOSICIÓN N.° 407/DGCACTYSV/16

Buenos Aires, 26 de mayo de 2016 VISTO La Ley Nº 471, los Decretos N° 937/07, 184/2010 y 209/16 y el Expediente N° 13513592/DGCACTYSV/16. CONSIDERANDO: Que por Expediente Nº 13513592/DGCACTYSV/16 se inician las actuaciones respecto del agente NUÑEZ VERONICA Que el Decreto 184/2010 instrumentado por Acta 13/10 del Convenio Colectivo de Trabajo se reglamenta el Régimen Disciplinario en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme a lo dispuesto en el Anexo III art. 1° de dicho Decreto corresponde que dispone que la agente que se desempeña como franquero conforme al Decreto 937/07 cuando incurra en inasistencias se hará pasible de sanciones graduales de acuerdo a la falta; Que por decreto N° 209/AJG/16 fue designado Director General del Cuerpo de Agentes de Control de Transito y Seguridad Vial, al Sr. Pietrafesa Sergio Fabian; Por ello, y en uso de las facultades establecidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL

DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL DISPONE:

Artículo 1° - Sanciónese con 1 (un) apercibimiento al agente NUÑEZ VERONICA CUIL N° 27-28983487-2 FICHA N° 471768 por haber incurrido en una inasistencia, conforme a lo dispuesto por el art. 1°del anexo III del Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de Trabajo;

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 229

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Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al agente mencionado ut- supra. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaria de Movilidad Sustentable dependiente de la Secretaria de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. Pietrafesa

DISPOSICIÓN N.° 408/DGCACTYSV/16

Buenos Aires, 26 de mayo de 2016 VISTO La Ley Nº 471, los Decretos N° 937/07, 184/2010 y 209/16 y el Expediente N° 13513575/DGCACTYSV/16 CONSIDERANDO: Que por Expediente Nº 13513575/DGCACTYSV/16 se inician las actuaciones respecto del agente CORRAL GONZALO Que el Decreto 184/2010 instrumentado por Acta 13/10 del Convenio Colectivo de Trabajo se reglamenta el Régimen Disciplinario en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme a lo dispuesto en el Anexo III art. 1° de dicho Decreto corresponde que dispone que el agente que se desempeña como franquero conforme al Decreto 937/07 cuando incurra en inasistencias se hará pasible de sanciones graduales de acuerdo a la falta; Que por decreto N° 209/AJG/16 fue designado Director General del Cuerpo de Agentes de Control de Transito y Seguridad Vial, al Sr. Pietrafesa Sergio Fabian; Por ello, y en uso de las facultades establecidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL

DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL DISPONE:

Artículo 1° - Sanciónese con 1 (un) apercibimiento al agente CORRAL GONZALO CUIL N° 23-31752457-9 FICHA N ° 448.229 por haber incurrido en una inasistencia, conforme a lo dispuesto por el art. 1°del anexo III del Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de Trabajo; Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al agente mencionado ut- supra. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaria de Movilidad Sustentable dependiente de la Secretaria de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. Pietrafesa

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 230

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DISPOSICIÓN N.° 491/DGCACTYSV/16

Buenos Aires, 10 de junio de 2016 VISTO La Ley Nº 471, los Decretos N° 937/07, 184/2010 y 209/16 y el Expediente N°13943744/DGCACTYSV/16. CONSIDERANDO: Que por Expediente Nº 13943744/DGCACTYSV/16 se inician las actuaciones respecto del agente RUMAN EDGARDO Que el Decreto 184/2010 instrumentado por Acta 13/10 del Convenio Colectivo de Trabajo se reglamenta el Régimen Disciplinario en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme a lo dispuesto en el Anexo III art. 1° de dicho Decreto corresponde que dispone que ela agente que se desempeña como franquero conforme al Decreto 937/07 cuando incurra en inasistencias se hará pasible de sanciones graduales de acuerdo a la falta; Que por decreto N° 209/AJG/16 fue designado Director General del Cuerpo de Agentes de Control de Transito y Seguridad Vial, al Sr. Pietrafesa Sergio Fabian; Por ello, y en uso de las facultades establecidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL

DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL DISPONE:

Artículo 1° - Sanciónese con 1 (un) apercibimiento al agente RUMAN EDGARDO CUIL N° 23-29646282-9 FICHA N° 472482 por haber incurrido en una inasistencia, conforme a lo dispuesto por el art. 1°del anexo III del Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de Trabajo; Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al agente mencionado ut- supra. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaria de Movilidad Sustentable dependiente de la Secretaria de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. Pietrafesa

DISPOSICIÓN N.° 493/DGCACTYSV/16

Buenos Aires, 16 de junio de 2016 VISTO La Ley Nº 471, los Decretos N° 937/07, 184/2010 y 209/16 y el Expediente N° 15582326./DGCACTYSV/16.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 231

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CONSIDERANDO: Que por Expediente Nº 15582326/DGCACTYSV/16 se inician las actuaciones respecto del agente TOLOZA ANDREA CUIL 27-23468824-9; Que el Decreto 184/2010 instrumentado por Acta 13/10 del Convenio Colectivo de Trabajo se reglamenta el Régimen Disciplinario en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme a lo dispuesto en el Anexo III art. 1° de dicho Decreto corresponde que dispone que ela agente que se desempeña como franquero conforme al Decreto 937/07 cuando incurra en inasistencias se hará pasible de sanciones graduales de acuerdo a la falta; Que por decreto N° 209/AJG/16 fue designado Director General del Cuerpo de Agentes de Control de Transito y Seguridad Vial, al Sr. Pietrafesa Sergio Fabian; Por ello, y en uso de las facultades establecidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL

DISPONE: Artículo 1° - Sanciónese con 1 (un) apercibimiento al agente TOLOZA ANDREA CUIL N°27-23468824-9 FICHA N° 443347por haber incurrido en una inasistencia, conforme a lo dispuesto por el art. 1°del anexo III del Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de Trabajo; Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al agente mencionado ut- supra. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaria de Movilidad Sustentable dependiente de la Secretaria de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. Pietrafesa

DISPOSICIÓN N.° 561/DGCACTYSV/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: Las Leyes Nº 451, 1.217, 1.777, 2.148, 2.652 y 5.460, los Decretos Nº 498/08, 363/15, 141/16, Resolución Conjunta N° 1/SSTRAN/2015; Resolución Conjunta N°1/SECDES/2016; el Expediente Electrónico N° EX-2016-09807921-MGEYA-DGDESC, y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 451 se sancionó el Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cuyos puntos 6.1.51, 6.1.52 y 6.1.54 se regularon las sanciones previstas para los supuestos de carga y descarga, estacionamiento o detención prohibida y estacionamiento en áreas peatonales, respectivamente; Que por Ley Nº 1.217 se aprobó el Procedimiento de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Ley N° 2.148 se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Que, la citada ley estableció que el Poder Ejecutivo designa una Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte, entre cuyas atribuciones se encuentra la de estudiar y proponer normas y disposiciones que se relacionen con el tránsito y el transporte urbano en todos sus aspectos y, cuando corresponda, coordinar sus acciones con otras áreas involucradas en el tema; Que por ello, el Decreto N° 498/08 designó a la Subsecretaría de Transporte como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte, la facultó a definir y aplicar las políticas, requerir la colaboración y entender en la coordinación de las acciones de regulación y control del tránsito y transporte con otras áreas, organismos descentralizados y de control del Gobierno de la Ciudad involucrados en la materia de su competencia; Que, a su vez por la Ley N° 2.652 creó el Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y del Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires facultándolo a ejercer el control del estacionamiento en la vía pública, coordinar su accionar con los organismos de la administración central y descentralizada del Gobierno de la Ciudad, como así también, a labrar actas de comprobación de infracciones, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 1.217; Que por Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asumiendo la actual Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, las competencias que tenia la ex Subsecretaria de Transporte; Que por Decreto 363/15 y su modificatorio 141/16 la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, depende orgánica y funcionalmente de la Secretaria de Transporte; Que, por su parte, entre los objetivos fijados por la Ley N° 5.460, y Decreto N° 363/15 para la Secretaría de Descentralización se establecen el de coordinar e implementar el proceso de descentralización según lo establecido por la Ley de Comunas, como así

también diseñar y ejecutar las acciones para el cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 1.777; Que, a su vez, la Ley N° 1.777 estableció entre las competencias de las Comunas ejercer en forma concurrente con el Poder Ejecutivo la fiscalización y el ejercicio del poder de policía de las normas sobre usos de los espacios públicos; Que, la Resolución Conjunta N° 1/SSTRANS/2015, estableció las facultades de los inspectores de las comunas con poder de policía para labrar actas de comprobación de infracciones dentro de su competencia territorial, de conformidad con lo establecido en los artículos 6° inciso b), y 7° inciso b) de la Ley N° 2.652, relativas a las faltas contenidas en los puntos 6.1.51, 6.1.52 y 6.1.54 del Anexo I de la Ley N° 451, hasta el 10/12/2015. Que, en ese contexto, las Comunas poseen un acabado conocimiento de las vías de tránsito que integran el espacio comprendido en su territorio, y se encuentran en condiciones de detectar las infracciones cometidas con relación al estacionamiento, y en consecuencia podrán generar conductas y acciones que sean conducentes para garantizar una mayor fiscalización y control de esta temática; Que por razones operativas y de eficiencia se propicia la instrucción de inspectores pertenecientes a las Comunas de forma tal que ejerzan, por tiempo indeterminado y concurrente con el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito, el control del estacionamiento en la vía pública pudiendo labrar las actas de comprobación de infracciones dentro de su competencia territorial, de conformidad con lo establecido la Ley N° 2.652, reservándose la Secretaria de Transporte, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, la facultad sobre la prolongación del mismo por aquel lapso;

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Que por lo expuesto precedentemente la Secretaria de Transporte y la Secretaria de Descentralización han firmado la Resolución Conjunta N° 1/SECDES/2016, mediante la cual se estableció que los inspectores de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán ejercer el control del estacionamiento en la vía pública, y labrar actas de comprobación de infracciones dentro de su competencia territorial, de conformidad con lo establecido en los artículos 6° inciso b) y 7° inciso b) de la Ley N° 2.652, relativas a las faltas contenidas en los puntos 6.1.51, 6.1.52 y 6.1.54 del Anexo I de la Ley N° 451, con la consecuente aprobación del procedimiento para la recepción, entrega y labrado de las Actas de Comprobación de Infracciones. Que por el artículo 4° de la misma Resolución señalada anteriormente, se encomendó a la Dirección General de Cuerpos de Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial dependiente de la Subsecretaría de Movilidad Sustentable, de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, establecerá la nómina de inspectores con poder de policía de las Comunas que hayan asistido y aprobado el curso de capacitación brindado por la DGCACTYSV, la cual fuera remitida a la Secretaria de Descentralización, quedando facultados a ejercer el control del estacionamiento en la vía pública y el labrado de actas de comprobación de infracciones. Que por Decreto 209/16 se designa al Sr. Sergio José Fabián Pietrafesa como Director General del Cuerpo de Agentes de Control de Transito y Seguridad Vial; Que, con el propósito de asegurar un adecuado y efectivo cumplimiento de las atribuciones delegadas por la Resolución conjunta, la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Control de Transito y Seguridad Vial informará, mediante Anexo que forma parte integrante de la presente, la nómina de los Inspectores con poder de policía de

las Comunas que se encuentran facultados a desarrollar las atribuciones mencionadas precedentemente; Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DEL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

Articulo 1.- Establézcase la nómina de Inspectores de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que han asistido y aprobado el curso, que como Anexo forma parte integrante de la presente, con atribuciones previstas en los artículos 6° inciso b) y 7° inciso b) de la Ley N° 2.652, relativas a las faltas contenidas en los puntos 6.1.51, 6.1.52 y 6.1.54 de Anexo I de la Ley N° 451. Artículo 2.- El ejercicio de las atribuciones, mencionadas en el Art. 1 por parte de los inspectores de la Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entrará en vigencia a partir del día 18 de julio del corriente año. Articulo 3.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Secretaria de Transporte, Secretaria de Descentralización y a la Subsecretaria de Movilidad Sustentable de la Secretaria de Transporte. Cumplido, archívese. Pietrafesa

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ANEXO

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Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología

DISPOSICIÓN N.° 842/DGINC/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016 VISTO: Las Disposiciones 619/DGINC/2016; 732/DGINC/2016; Los informes IF-2016- 16218910-DGINC; IF-2016-17145093-DGINC; IF-2016-17145552-DGINC y IF-2016-17163123-DGINC; y Los Expedientes Electrónicos 1233400/DGINC/2016; EX-2016-16758020-MGEYA-DGINC; EX-2016-16183563-MGEYA-DGINC; EX-2016-16281030-MGEYA-DGINC; EX- 2016-16848115-MGEYA-DGINC; EX-2016-16185708- -MGEYA-DGINC; EX-2016-16757628-MGEYA-DGINC; EX-2016-16290594-MGEYA-DGINC; EX-2016-16273445-MGEYA-DGINC; EX- 2016-16851610-MGEYA-DGINC; EX-2016-16849159-MGEYA-DGINC; EX-2016-16206310-MGEYA-DGINC; EX-2016-16695968-MGEYA-DGINC; EX-2016-16850310-MGEYA-DGINC; EX-2016- 16840615-MGEYA-DGINC; EX-2016-16274540--MGEYA-DGINC; EX-2016-16180706-MGEYA-DGINC; EX-2016-16824011-MGEYA-DGINC; EX-2016-16813410-MGEYA-DGINC; EX-2016-16833583-MGEYA-DGINC; EX-2016-16850715-MGEYA-DGINC; EX-2016-16850964-MGEYA-DGINC; EX-2016-16554836-MGEYA-DGINC; EX-2016-16290638-MGEYA-DGINC; EX-2016-16293595-MGEYA-DGINC; EX-2016-16834646-MGEYA-DGINC y; CONSIDERANDO: Que por Disposición 619/DGINC/2016 se convocó a diseñadores de indumentaria emergentes de hasta 35 años de edad inclusive, que tengan un emprendimiento nuevo o a diseñadores recién recibidos que quieran continuar con su tesis de grado y desarrollarla como emprendimiento, a fin de participar del "Programa Mentoreo a Emergentes"; Que el objetivo del Programa de Mentoreo a Emergentes es que diseñadores consagrados del Ciclo Pasarela BA guíen de forma gratuita a diseñadores emergentes en temas específicos como construcción de identidad, producción y negocios; Que durante el transcurso de dicha convocatoria, el Área de Moda ha recibido gran cantidad de interesados en participar del citado programa, y en virtud de que la mayoría de ellos no son diseñadores de indumentaria, sino estudiantes, emprendedores, profesionales de otras disciplinas, todos ellos con propuestas relacionadas con la moda y el diseño, que resultan altamente interesantes, se consideró fundamental ampliar los términos de la Disposición 619/DGINC/2016, de conformidad con lo informado a través del IF-2016- 16218910-DGINC; Que a fin de asegurar una mayor concurrencia, por Disposición 732/DGINC/2016 se ampliaron los destinatarios del Programa de Mentoreo a Emergentes y asimismo se prorrogaron los plazos de presentación de propuestas hasta el día 6 de Julio de 2016; Que a la fecha de cierre de convocatoria se han presentado 25 veinticinco propuestas; Que el Comité Evaluador estuvo integrado por profesionales idóneos del Área de Moda, dependiente de ésta Dirección General de Industrias Creativas del Centro Metropolitano de Diseño, a saber: Miriam Locatelli Hoops D.N.I. N° 24.704.116, María Florencia Quintana (DNI: 31.946.879); Rocío Pascual D.N.I. N° 25.669.015 y Maximiliano Iriart D.N.I. N° 32.261.948;

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Que los aspectos que dicho Comité tuvo en cuenta a la hora de evaluar los proyectos presentados fueron los siguientes: Grado de originalidad de la propuesta de marca y producto; propuesta innovadora desde los aspectos formales constructivos y morfológicos; concepto y coherencia de colección y factibilidad productiva y comercial en el mercado local; Que consecuentemente a través del IF-2016-17163123-DGINC, el comité evaluador calificó cada una de las propuestas presentadas; Que el comité evaluador consideró que podrían ser beneficiarios del curso aquellos proyectos que obtengan una puntuación mayor a SETENTA Y CINCO (75) puntos; consecuentemente a través del IF-2016-17145093-DGINC, determinó qué proyectos alcanzaron el puntaje requerido para participar del Programa Mentoreo a Emergentes; Que, en atención a ello, por IF-2016-17145552-DGINC, el Área de Moda informó los proyectos que están en condiciones de ser beneficiarios del citado programa; Que en atención a lo expuesto corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe las beneficiarios del Programa Mentoreo a Emergentes; Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS DISPONE:

Artículo 1°.- Determínese que los proyectos seleccionados como beneficiarios del Programa Mentoreo a Emergentes, de conformidad con lo informado por el comité evaluador y el Área de Moda, son: 1) BENTEVEO - EX-2016-16183563-MGEYA-DGINC, de titularidad de Julieta Amuchastegui DNI N° 30.493.819 2) NOD - EX-2016-16281030-MGEYA-DGINC, de titularidad de Catalina Arevalo DNI N° 36.273.153 y María Perez Monsalvo DNI N° 35.320.887; 3) NETO - EX-2016-16757628-MGEYA-DGINC, de titularidad de Matías Cabrera DNI N° 34 704 531; 4) AGOSTO - EX-2016-16273445-MGEYA-DGINC, de titularidad de Lucila Cerviño DNI N° 31.160.569; 5) CLAUDIA GALEAN - EX-2016-16849159-MGEYA-DGINC, de titularidad de Claudia Galeán DNI N° 94 779 603; 6) DUAL - EX-2016-16813410-MGEYA-DGINC, de titularidad de Cristina Moya Serrano DNI N° 31 642 090 y Marianella Vitelli DNI N°32.156.431 7) PABLO AGUGLIARO - EX-2016-16758020-MGEYA-DGINC, de titularidad de Pablo Agugliaro DNI N° 35.959.006 8) INA INI - EX-2016-16185708-MGEYA-DGINC, de titularidad de Silvina Bolognini DNI N° 28.150.960 9) PAULA GÓMEZ KEMPEL - EX-2016-16206310-MGEYA-DGINC, de titularidad de Paula Gomez Kempel DNI N° 33.110.227 10) LEON & PARDO - EX-2016-16274540-MGEYA-DGINC, de titularidad de Carolina Leone DNI N°32.468.880 11) CASCHI - EX-2016-16290638-MGEYA-DGINC, de titularidad de Carla Sivila Soza DNI 31 687 105 12) LECCO SHOES - EX-2016-16293595-MGEYA-DGINC, de titularidad de Noelia Sosa DNI N° 32.020.347.

Artículo 2°.- Determínese que los titulares de los proyectos seleccionados, enumerados en el Artículo 1°, tendrán derecho a participar del Programa Mentoreo a Emergentes, donde recibirán una capacitación gratuita en temas específicos sobre cómo gestionar, posicionar y comunicar su marca, actividad que se llevará a cabo a partir del mes de julio hasta noviembre de 2016, los días martes en el horario de 10 a 13hs, en las instalaciones del Centro Metropolitano de Diseño sito en la calle Algarrobo Nº 1041 de esta Ciudad.

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Artículo 3°.- Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. Radivoy

DISPOSICIÓN N.° 843/DGINC/16

Buenos Aires, 13 de julio de 2016 VISTO: Las Disposiciones 713/DGINC/2015; 975/DGINC/2015 y 1522/DGINC/2015, Los informes IF-2015-29011136-DGINC; IF-2016-12412125-DGINC; IF-2016-13136786-DGINC IF-2016-16455344-DGINC y IF-2016-16455140-DGINC, y los Expedientes Electrónicos: 4.329.071/DGINC/2015; 9094849/DGINC/2015 y 20.815.750/DGINC/2015, y, CONSIDERANDO: Que por Disposición 713/DGINC/2015 se convocó a locales comerciales, radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, específicamente aquellos ubicados en la Av. Iriarte entre Vieytes y Salom del Barrio de Barracas, ambas manos, a presentarse para concursar en la realización de la Segunda Edición de la "Propuesta de intervención Distrito de Diseño. Calle Iriarte"; Que asimismo se convocó a diseñadores, artistas, decoradores, arquitectos e ilustradores de todas las disciplinas, interesados en participar del concurso y en intervenir alguno o algunos de los locales comerciales que resultaran seleccionados; Que el objetivo de la convocatoria es resolver con propuestas de diseño la renovación de las fachadas, incluidos los frentes de sus vidrieras y todos aquellos elementos externos existentes del local que interactúen con el espacio público, con el fin de reforzar la identidad y el valor cultural para el barrio; Que en este contexto, por Disposición N° 975/DGINC/2015, se aprobó la nómina de los tres (3) locales comerciales que accederían a la renovación de su imagen, entre ellos "BAZAR LA FERIA", de titularidad de Rosa Cristina Sarrafián, E.E. N° 9094849-DGINC-2015; Que consecuentemente por Disposición 1522/DGINC/2015 se aprobó el orden de mérito de los proyectos finalistas y la elección de los proyectos ganadores que realizarán las intervenciones de la Segunda Edición de la "Propuesta de Intervención. Distrito de Diseño. Calle Iriarte"; consecuentemente la normativa citada determinó que la intervención correspondiente al local comercial "Bazar La Feria", sería realizada por las artistas Rivadeneira Ponce Miranda Romina DNI N° 25.675.229 y Belén Rovassio DNI N° 24.196.842, E.E. 20.815.750/DGINC/2015; Que en este sentido, se determinó que los proyectos ganadores recibirían un subsidio de $2.500.- (dos mil quinientos) x m2 de fachada, hasta un máximo de $ 100.000.-, (pesos cien mil) por todo concepto, para la realización de cada uno de los proyectos elegidos; Que el Punto 9 del Anexo B-I de la Disposición 713/DGINC/2015, estableció que los proyectos elegidos debían garantizar el cumplimiento de sus obligaciones constituyendo un Seguro de Caución, por el monto asignado para la realización de la intervención a favor de la Dirección General de Industrias Creativas;

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Que en atención a ello, se estipuló que el seguro de caución debía ser presentado ante ésta Dirección General previo al cobro del presupuesto asignado y a la construcción de la intervención, bajo apercibimiento de tener su solicitud por desistida,

conforme surge de la carta compromiso suscripta por las artistas, identificada como IF-2015-29011136-DGINC; Que en virtud de lo expuesto, se constituyó el respectivo seguro de caución con la compañía Allianz Argentina Compañía de Seguros S.A., póliza nro. 150240167765, por la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 75.000), a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el marco del presente concurso; Que asimismo las beneficiarias a su exclusivo cargo presentaron las pólizas de seguros de accidentes personales y/o ART y/o responsabilidad civil, correspondientes inherentes a la realización de la obra, vinculadas al E.E. mediante los informes IF-2016-12412125-DGINC y IF-2016-13136786-DGINC; Que, finalizada la ejecución de la obra, las artistas presentaron el informe técnico final y efectuaron la rendición presentando las correspondientes facturas a través del IF-2016-16455344-DGINC; Que el área de Distrito de Diseño corroboró el desarrollo satisfactorio de la obra, ajustándose a lo requerido en la normativa que rige el concurso, conforme surge de lo informado a través del IF-2016-16455140-DGINC; Que del análisis de las erogaciones se puede observar que los gastos detallados en el informe “Rendición de facturas“, IF-2016-16455344-DGINC, pueden ser imputados a la obra, de acuerdo a lo estipulado en las bases y condiciones del concurso, en concordancia a lo informado por el área de Distrito de Diseño a través del IF-2016-16455140-DGINC; Que así resulta procedente el dictado del acto administrativo que propicie dar por cumplido los objetivos del proyecto de titularidad de Rivadeneira Ponce Miranda Romina DNI N° 25.675.229 y Belén Rovassio DNI N° 24.196.842, E.E. 20.815.750/DGINC/2015, de conformidad con lo informado por el Área de Distrito de Diseño, a través del informe IF-2016-16455140-DGINC; consecuentemente aprobar la rendición efectuada y en atención a lo expuesto precedentemente proceder a la devolución de la póliza de caución nro. 150240167765, por la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 75.000), constituida con la compañía Allianz Argentina Compañía de Seguros S.A., en el marco del presente concurso a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS

DISPONE

Articulo 1°.- Dése por cumplidos los objetivos del proyecto de titularidad de Rivadeneira Ponce Miranda Romina DNI N° 25.675.229 y Belén Rovassio DNI N° 24.196.842, E.E. 20.815.750/DGINC/2015, seleccionado en el marco del Concurso Segunda Edición de la "Propuesta de Intervención. Distrito de Diseño. Calle Iriarte". Articulo 2°.- Procédase a la devolución de la Póliza de Seguro de Caución Nro. 150240167765, por la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 75.000), constituida con la compañía Allianz Argentina Compañía de Seguros S.A., como garantía de fiel cumplimiento del proyecto de titularidad de Rivadeneira Ponce Miranda Romina DNI N° 25.675.229 y Belén Rovassio DNI N° 24.196.842, E.E. 20.815.750/DGINC/2015, aprobado por Disposición 1522/DGINC/2015, en el marco del Concurso Segunda Edición de la "Propuesta de intervención Distrito de Diseño. Calle Iriarte".

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Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos notifíquese a los interesados. Cumplido, archívese. Radivoy

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 40/HMIRS/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: La Ley 2095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557/06), (texto consolidado según Ley Nº 5454, B.O.C.B.A Nº 4799 del 13/01/2016), su modificatoria N° 4764/14(B.O.C.B.A. 4313) y su Decreto Reglamentario N° 95/14 (BOCBA 4355/14) y su modificatorio Decreto N° 114/16 (GCABA) y el expediente Nº 2016-11451830-MGEYA-HMIRS y; CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la Adquisición de ÚTILES MENORES MEDICOS, MEDICINALES Y DE LABORATORIO para el Servicio de Farmacia de este Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", dependiente del Ministerio de Salud; Que por Disposición Nº 396-DGCyC-14, la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de órgano rector del sistema de Contrataciones aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por disposición Nº DI-2016-75-HMIRS se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a regir en la Contratación en cuestión y se llamó a LICITACION PUBLICA Nº 435-0437-LPU16, mediante Sistema BAC, para su apertura el día 09/05/2016 a las 11:00 hs. al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 31 concordante con el 1° párrafo del Artículo 32 de la Ley de Compras Nº 2095, su modificatoria y Decretos reglamentarios respectivos; Que se cursó invitación por sistema BAC; comunicó a U.A.P.E.; Cámara Argentina de Comercio; Guía General de Licitaciones y Presupuestos; Dirección General de Contaduría; se publicó en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera del Hospital; Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas bajo el Nº IF-2016-12421834-HMIRS (orden24) se recibieron las ofertas de las siguientes empresas: RAUL JORGE LEON POGGI; DROGUERIA FARMATEC S.A.; UNIC COMPANY S.R.L.; CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A.; DRIPLAN S.A.; FEDIMED S.A.; ELECTROMEDIK S.A.; Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios IF-2016-12423180 -HMIRS (orden53) que ordena la reglamentación, del cual surge que corresponde la adjudicación de la ofertas a las siguientes empresas: CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A. (Renglones: 1-4-5-6-7) por un importe de Pesos Ciento diecisiete mil cuatrocientos sesenta ($117.460,00); UNIC COMPANY S.R.L. (Renglones: 9-10-11-14-22-23) por un importe de Pesos Dos millones cuarenta y seis mil ciento sesenta ($2.046.160,00); DRIPLAN S.A.(Renglón:17) por un importe de Pesos Dieciséis mil quinientos cincuenta y tres con 35/100 ($16.553,35); DROGUERIA FARMATEC S.A.; (Renglón:19) por un importe de Pesos Cinco mil noventa y seis ($5.096,00); resultando las ofertas convenientes en tales renglones, conforme los términos de los artículos 108 y 109 de la Ley Nº 2095 , su modificatoria y Decretos reglamentarios respectivos ,quedando Desiertos los Renglones N°15-16- 18-20, Fracasados Renglones: 2-3-8-13-21-24 Según Acta de asesoramiento técnico; obrante en el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº IF-2016-16279881-HMIRS (orden123), ha

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sido publicada en la Web del Gobierno de la Ciudad y en la cartelera del organismo licitante exhibida y publicada en B.O. N° 4913 el día 30/06/2016, no recibiendo al vencimiento del plazo para formular impugnaciones ninguna presentación al respecto; Que en consecuencia y atento lo actuado procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique al presente procedimiento. Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley de compras N° 2095, su modificatoria y Decretos reglamentarios respectivos, y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 392/10,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL MATERNO INFANTIL "RAMON SARDA" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION

ADMINISTRATIVA ECONÓMICA Y FINANCIERA DISPONEN:

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública BAC N° 435-0437-LPU16, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 31 concordante con el 1° párrafo del Artículo 32 de la Ley de Compras Nº 2095, su modificatoria y Decretos reglamentarios respectivos, adjudícase la Adquisición de de SUTURAS Y UTILES MENORES MEDICOS, QUIRURGICOS Y DE LABORATORIO para el Servicio de Farmacia de este Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá" a las siguientes Firmas: CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A. (Renglones: 1-4-5-6-7) por un importe de Pesos Ciento diecisiete mil cuatrocientos sesenta ($117.460,00); UNIC COMPANY S.R.L. (Renglones: 9-10-11-14-22-23) por un importe de Pesos Dos millones cuarenta y seis mil ciento sesenta ($2.046.160,00); DRIPLAN S.A.(Renglón:17) por un importe de Pesos Dieciséis mil quinientos cincuenta y tres con 35/100 ($16.553,35); DROGUERIA FARMATEC S.A.; (Renglón:19) por un importe de Pesos Cinco mil noventa y seis ($5.096,00); por un importe total adjudicado de Pesos Dos millones ciento ochenta y cinco mil doscientos sesenta y nueve con 35/100 ($2.185.269,35); según detalle: CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A. Renglón 1: cantidad 10 Unidad - precio unitario: $ 2.226,00- precio total:$22.260,00.- Renglón 4: cantidad 100 Unidad - precio unitario: $272,00 - precio total: $27.200,00.- Renglón 5: cantidad 100 Unidad - precio unitario: $272,00 - precio total: $27.200,00 .- Renglón 6: cantidad 100 Unidad - precio unitario: $272,00- precio total: $27.200,00.- Renglón 7: cantidad 50Unidad - precio unitario: $272,00- precio total: $13.600,00.- UNIC COMPANY S.R.L. Renglón 9: cantidad 120 Unidad - precio unitario: $3.338,00- precio total: $400.560,00.- Renglón 10: cantidad 350 Unidad - precio unitario: $445,00- precio total: $155.750,00.- Renglón 11: cantidad 250 Unidad - precio unitario: $992,00- precio total: $248.000,00.- Renglón 14: cantidad1.250Unidad - precio unitario: $470,00- precio total: $587.500,00.- Renglón 22: cantidad 1.250 Unidad - precio unitario: $470,00- precio total: $587.500,00.- Renglón 23: cantidad 35Unidad - precio unitario: $1.910,00- precio total: $66.850,00.- DRIPLAN S.A. Renglón 17: cantidad 5 Unidad - precio unitario: $3.310,67- precio total: $16.553,35.- DROGUERIA FARMATEC S.A. Renglón 19: cantidad 20Unidad - precio unitario: $254,80- precio total: $5.096,00.-

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Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente Partida Presupuestaria del ejercicio 2016 por un importe en Pesos Un millón ochenta y seis mil trescientos cincuenta y cuatro con 68/100 ($1.086.354,68) y al ejercicio 2017 por un importe en Pesos Un millón noventa y ocho mil novecientos catorce con 67/100 ($1.098.914,67). Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en la página de internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en el Boletín Oficial por el término de un (1) día. Articulo 4 º.- Pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud para efectuar la autorización de la Etapa Definitiva. Cumplido remítase en prosecución de su trámite al Hospital Materno Infantil Ramón Sarda. De Benedetti - Valenti

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 67/HMOMC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), los Decretos Nº 95/14 y Nº 1145/09 y concordantes, las Resoluciones N° 596/MHGC/11 y Nº 1160/MHGC/11, las Disposiciones N° 302/DGCYC/13 y Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº 13643575/MGEYA/HMOMC/2.016, y CONSIDERANDO: Que mediante la ley mencionada en el Visto se establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos: Que el Decreto Nº 1145/09 aprobó la reglamentación del artículo 85 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5454) y el Decreto Nº 95/14 e implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Que por Resolución Nº 1160/MHGC/11 se aprobaron las Normas de Procedimiento de Compras y Contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que por la citada actuación tramita la adquisición de fuentes de IR-192 para el equipo uSelectrom V3 del Servicio de Braquiterapia de Alta Tasa; Que por Disposición Nº DI-2016-130-HMOMC se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares registrado en el Portal de Compras y se dispuso el llamado a Contratación Directa Nº 414-0383-CDI16, para el día 13 de Junio de 2016 a las 09:00 hs, al amparo de lo establecido en el Art.28 Inc. 5 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 5454) y Decretos Reglamentarios Nº 1145-GCBA-09 y Nº 95-GCBA-14; Que la convocatoria y los pliegos de aplicación se publicaron en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Portal Buenos Aires Compras, y se cursaron las invitaciones a través del Sistema Buenos Aires Compras (BAC), de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 95/14 reglamentario de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5454); Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibió una (1) oferta de la firma: INVAP SE;

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Que se efectuó el análisis técnico de la propuesta, informándose mediante el Acta de Asesoramiento (IF-2016-16188307-HMOMC) que la propuesta de la empresa INVAP SE (Renglón 1), se ajusta a lo solicitado en los pliegos que rigen el procedimiento; Que en base al análisis técnico de la oferta y demás antecedentes del actuado, corresponde adjudicar la contratación que nos ocupa a las empresas: INVAP SE (Renglón 1) por un monto de PESOS: UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/00 ($ 1.442.400,00), al amparo de lo establecido en el Art.111 de la Ley Nº 2095, (texto consolidado por Ley 5454), los Decretos Reglamentarios Nº 1145-GCABA/09 y Nº 95-GCABA/14;

Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al presente Ejercicio y bajo el sistema de compromiso de Ejercicios Futuros; Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), y el Anexo II del Decreto Nº 95/14 modificado por el Decreto N° 114/16 y Disposicion DI-2016-117-DGHOSP;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE ONCOLOGIA"MARIA CURIE" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Y GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA

DISPONEN: Art. 1º- Apruébase la CONTRATACION DIRECTA Nº 414-0383-CDI16, realizada al amparo de lo establecido en el Art.28 Inc. 5 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.454) cuya reglamentación se encuentra en el Decreto Nº 95/14, Decreto Nº 1145/09 y concordantes y adjudícase la adquisición de fuentes de IR-192 para el equipo uSelectrom V3 del Servicio de Braquiterapia de Alta Tasa, a la firma: INVAP SE (Renglón 1) por un monto de PESOS: UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/00 ($ 1.442.400,00), conforme el siguiente detalle:

Art. 2º - La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio en vigor y bajo el sistema de compromiso de Ejercicios Futuros. Art. 3º- Autorízase a la División Compras a emitir las respectivas Órdenes de Compra.- Art. 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio de Internet del GCBA y regístrese en el Portal de Compras: www.buenosairescompras.gob.ar para su publicación y notificación a los oferentes, en los términos dispuestos por el Decreto Nº 1145/09 y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativa, Contable y Presupuesto del Ministerio de Salud. Cacio - Alcoba

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 243

RENGLON CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL1 3 $ 480.800,00 $ 1.442.400,00 TOTAL $ 1.442.400,00

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 147/HGNRG/16

Buenos Aires, 7 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095, su modificatoria Nº 4764/GCBA/13 (B.O.C.B.A. Nº 4313) y su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 (B.O.C.B.A. Nº 4355) y su modificatorio 114/GCABA/16 (B.O.C.B.A. Nº 4812), el Decreto Nº 1145/09, la Disposición Nº 396/DGCyC/14 y el Expediente Electrónico N° EX-2016-13996805-MGEYA-HGNRG/16 y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación se tramita el servicio de Mantenimiento Integral y la Validación de Cabinas instaladas en los servicios de Microbiología y Virologia de este establecimiento de acuerdo con el sistema electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (B.A.C.); Que mediante Disposición Nº DI-2016-172-HGNRG se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y especificación técnicas por un monto estimado de pesos veintisiete mil setecientos ($ 27.700,00) y se dispuso el llamado a Contratación Directa - Proceso de Compra Nº 420-1318-CME16 para el día 10-06-16 a las 10:00 hs, encuadrada según lo dispuesto por el Art. 38º de la Ley Nº 2.095/06 y modificatoria Nº 4764/13, reglamentado por el Dto. 95/GCBA/14; Que se publicó, en el portal de compras electrónicas B.A.C. y en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cumpliéndose las instancias de difusión y notificación correspondientes, de conformidad con lo establecido en el Art. 93 de la Ley Nº 4764/13 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14; Que habiéndose realizado la apertura electrónica en la fecha y hora prevista, se recibieron tres (3) ofertas de las siguientes firmas: SERGIO DANIEL MARCHESE, ROMINA LAURA MICHALIK, PROVEEDURIA MEDICA S.R.L.; Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación del cual surge que corresponde recomendar las ofertas presentadas por las firmas ROMINA LAURA MICHALIK y PROVEEDURIA MEDICA S.R.L. por resulta oferta conveniente y única oferta en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 108 y 109 de la Ley 2.095 su modificatoria Ley N° 4.764 y el Decreto N° 95/14; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se aprueba y adjudica el presente procedimiento. Por ello, en uso de las facultades conferidas en el Anexo II del Decreto N° 95/14,

LA DIRECTORA DEL HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS DR. RICARDO GUTIERREZ CONJUNTAMENTE CON LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION

ADMINISTRATIVA, ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 244

Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Directa- Proceso de Compra Nº 420-1318-CME16, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38º de la Ley Nº 2.095/06 y modificatoria Nº 4764/13, reglamentado por el Dto. 95/GCBA/14 y adjudíquese el

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servicio de validación de cabina para seguridad biológica instalados en los servicios de Microbiologia y Virologia de este establecimiento a las siguientes empresas: Romina Laura Michalik (Reng. 1-3) por la suma de pesos veinte mil cien ($ 20.100,00), Proveeduria Medica S.R.L. (Reng. 2) por la suma de pesos quince mil cuatrocientos sesenta ($ 15.460,00) ascendiendo el total de la adjudicación a la suma de pesos treinta y cinco mil quinientos sesenta ($ 35.560,00) de acuerdo con el sistema electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (B.A.C.). Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria correspondiente a los años 2016 y 2017. Artículo 3º - Autorícese a la División Compras y Contrataciones a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; autorícese y notifíquese fehacientemente al interesado a través del sistema BAC. Ferrer - Galoppo

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 176/HGAP/16

Buenos Aires, 29 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 2095, (texto consolidado por Ley Nº 5454), el E.E. Nº 2015-26287639-HGAP, la Licitación Pública N° 425-1398-LPU15 y la Orden de Compra N° 425-6610-OC15 a favor de BIOQUIMICA S.R.L. y la DISFC-2016-140-HGAP, y CONSIDERANDO: Que mediante la DISFC-2016-140-HGAP se rescindió con imposición de cargo a la firma BIOQUIMICA S.R.L. por incumplimiento de la Orden de Compra BAC 425-6610-OC15;

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Que la mencionada firma presenta nota el día 22/06/2016 en la División Contable de esta Unidad Ejecutora, la cual reza: "(...) Al momento de recibir la orden de compra nuestra empresa ya había comenzado con el proceso interno que posee para realizar un nuevo pedido a nuestro proveedor y en consecuencia poder cumplimentar con la orden de compra. Debido a la época del año en la cual realizamos el pedido nuestro fabricante se encontraba próximo a cerrar por vacaciones y en consecuencia él no nos pudo brindar toda la documentación que necesitamos para poder realizar la presentación en aduana (...) nos pusimos en contacto con nuestro proveedor para confirmar que ya contábamos con la autorización y que estábamos en condiciones para proceder a la importación. Cabe la aclaración que debido a los problemas de importación de público conocimiento todos nuestros proveedores comienzan la

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producción de nuestros pedidos una vez que contamos con la autorización de importación correspondiente (...) La fecha definitiva en la cual la mercadería arribo a nuestro país fue el 03/06/2016 y luego de hacer todos los trámites aduaneros correspondientes la carga arribo a nuestro deposito el pasado 14/06/2016 (...) igualmente nuestra compañía proveyó de material alternativo al Laboratorio sin costo alguno para el Hospital para que dicho sector pudiera continuar trabajando y demostrando en consecuencia nuestra buena predisposición para ayudar en todo lo que se encontraba a nuestro alcance (...); Que en consonancia con lo mencionado en el último párrafo de la nota presentado por la firma penada, el día 20 de Mayo del corriente, ante la solicitud de la División Contable, la Jefa del Laboratorio A/C, Dra. Elisa Rodríguez Piaggio, presenta nota dónde manifiesta: "(...) En respuesta a su requerimiento del día 17 del corriente, informo a Ud. que el incumplimiento del proveedor de la O.C.N° 425-6610-OC15, se debió a la imposibilidad de la empresa de efectuar la entrega por no contar con el material. La empresa mostro buena disposición al ofrecer entregar, incluso sin cargo, un material similar, pero no igual al licitado. Esto no resuelve nuestra demanda de tubos, lo cual genera un importante inconveniente al servicio (...)"; Que de los párrafos anteriores se desprende que si bien la firma adjudicada mostro buena voluntad al querer entregar sin costo alguno material en reemplazo al ofertado, a la espera del mismo, la Jefa del Servicio de Laboratorio A/C Dra. Piaggio consideró que el mismo no ofrecía las características necesarias para cumplir con la tarea para la que fue adquirido el insumo original que no proveyó la firma;

Que es dable aclarar, de los dichos del proveedor se desprende que ofertó en el proceso licitatorio sin contar con el stock en su poder; Que es procedente la multa pecuniaria aplicada a la firma BIOQUIMICA S.R.L. por vía del acto administrativo mencionado ut-supra y por tanto se debe proceder a su ratificación. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Autónoma Buenos Aires (BOCBA 2557), promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA 2557) y su Decreto Reglamentario N° 95-GCABA-14 (texto consolidado por Ley Nº 5454) y de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 1510-GCBA-97 (BOCBA N°310);

LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA Y EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS

"DR. JOSE M. PENNA" EN SU CARÁCTER DE TITULARES DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONEN Art. 1°.- Ratifíquese en todos sus términos la DISFC-2016-140-HGAP.

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Art. 2°.- Notifíquese fehacientemente a la firma BIOQUIMICA S.R.L. CUIT: 30-64216922-6 de los términos de la presente conforme lo establecido por los artículos 60 y 61 del DNU N° 1510/GCBA/97 aprobado por la Resolución N° 41-LCBA-98, y publíquese en el Boletín Oficial y en la página WEB de acuerdo a lo establecido en la Disposición Nº 95/DGCYC/2012-BOCCA Nº 3915. Caratúlese el Antecedente Cancelación de Cargo el cual será remitido a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda "Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental" y el Legajo Único el cual será remitido a la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda. "Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones". Dalpiaz - San Martín

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 180/HGNPE/16

Buenos Aires, 4 de julio de 2016 VISTO: El Expediente electrónico N° 15753710, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), su modificatoria Ley 4764/13, Decreto Reglamentario 95/14, el Decreto Nº 1145-GCBA /09, Resolución Nº 424/GCBA/MHGC/13 Resolución Nro 1160/MHGC/11 y; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de máscara facial total, para cirugía cardiovascular; Que obra la Solicitud de Gasto 417-3279 -SG16 debidamente valorizadas y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2016; Que, por Disposición DI-2016-314-HGNPE se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado de la Contratación Menor Nº 417-1566-CME16, para el día 27 de junio de 2016 a las 10:30 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibió 1 oferta de la firma: Electromedik SA; Que se cumplimentó con el cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación, por el que se preadjudicó a favor de la firma : Electromedik SA (Renglón: 1 ); Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto reglamentario N° 95/14 y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE NIÑOS "PEDRO DE ELIZALDE" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVA, ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN:

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 247

Artículo 1°. Apruébase la Contratación Menor Nº 417-1566-CME16 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 y adjudícase la

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adquisición de de máscara facial total, para cirugía cardiovascular; a la empresa: Electromedik SA (Renglón: 1); por un monto de pesos: diez mil quinientos ($ 10500.00), ascendiendo el total de la Contratación Menor a un importe de pesos: diez mil quinientos ($ 10500.00),según el siguiente detalle: Firma: Electromedik SA Reng Nº 1: Cant 2 u unitario $ 5250.00 Total $ 10500.00 Articulo 2º.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto en vigor. Articulo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Articulo 4º - Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra. Articulo 5º - Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 181/HGAP/16

Buenos Aires, 5 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 2016-15852361-MGEYA-HGAP, La ley 2095 y su modificatoria Ley N° 4764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14, y; CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", gestiona la adquisición de adhesivo tisular y hemostático, en el marco de lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 2095; Que se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme Solicitud de Gasto 425-3430-SG16; Que mediante Disposición Nº DI-2016-283-HGAP se dispuso el llamado a Contratación Directa Menor - Proceso de Compra N°425-1584-CME16, estableciendo como fecha de apertura de ofertas el 30/06/2016 a las 10:00 hs., a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, Buenos Aires Compras (B.A.C.); Que habiendo tenido lugar el acto de apertura, el Sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), confirmó cuatro (4) ofertas correspondientes a las firmas: Farmacia Colón S.R.L., Droguería Artigas S.A., Rodolfo Eduardo Frisare S.A. y Sols S.A.; Que la Comisión de Evaluación de Ofertas con sustento en las constancias del sistema aconsejó adjudicar la contratación de marras por la suma de Pesos: treinta y tres mil setecientos veinticinco - $ 33.725,00 a favor de las firmas: Droguería Artigas S.A. (Renglón N° 1 ) por la suma de Pesos: once mil doscientos ochenta y cinco - $ 11.285,00 y Sols S.A. (Renglón N° 2 ) por la suma de Pesos: veintidós mil cuatrocientos cuarenta - $ 22.440,00, por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente a los interés de la Administración; Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley 2095, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/2014 y Decreto N° 114/GCABA/2016,

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LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA Y EL

DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Directa Menor - Proceso de Compra N° 425-1584-CME16, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la ley 2.095, su modificatoria Ley N° 4764, Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y Decreto N° 114/GCABA/2016, por el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" para la adquisición de adhesivo tisular y hemostático y adjudicase a las firmas: Droguería Artigas S.A. (Renglón N° 1 ) por la suma de Pesos: once mil doscientos ochenta y cinco - $ 11.285,00 y Sols S.A. (Renglón N° 2 ) por la suma de Pesos: veintidós mil cuatrocientos cuarenta - $ 22.440,00, ascendiendo el total de la contratación a la suma

de Pesos. treinta y tres mil setecientos veinticinco - $ 33.725,00, según el siguiente detalle: R. Cantidad Unidad P. Unitario P. Total 1 1 unidad $ 11.285,00 $ 11.285,00 2 8 unidad $ 2.805,00 $ 22.440,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 3°.- Autorizase a emitir las respectivas Ordenes de Compra. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Sub Gerencia Operativa - Control Presupuestario a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna". Dalpiaz - San Martín

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 183/HGAP/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 2016-15403831-MGEYA-HGAP, La ley 2095 y su modificatoria Ley N° 4764, el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y el Decreto N° 114/GCABA/2016, y; CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", gestiona la adquisición de productos químicos y medicinales con destino a Farmacia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 2095; Que se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme Solicitud de Gasto 425-3035-SG16;

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Que mediante Disposición Nº DI-2016-277-HGAP se dispuso el llamado a Contratación Directa Menor B.A.C. - Proceso de Compra N°425-1513-CME16, estableciendo como fecha de apertura de ofertas el 22/06/2016 a las 09:00 hs., a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, Buenos Aires Compras (B.A.C.); Que habiendo tenido lugar el acto de apertura, el Sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), confirmó ocho (8) ofertas correspondientes a las firmas: Medifarm S.A., Feraval S.A., Eglis S.A., Raúl Jorge Poggi, Alpha Medical Group S.R.L., Farmacia Colón S.R.L., Max Pharma S.R.L. y Biofarma S.R.L.; Que la Comisión de Evaluación de Ofertas con sustento en las constancias del sistema aconsejó adjudicar la contratación de marras por la suma de Pesos: ciento siete mil novecientos - $ 107.900,00 a favor de las firmas: Alpha Medical Group S.R.L. (Renglones N° 5 y 13) por la suma de Pesos: veintisiete mil quinientos veinte - $ 27.520,00, Farmacia Colón S.R.L. (Renglones N° 4 y 7) por la suma de Pesos: diecinueve mil seiscientos cincuenta - $ 19.650,00, Feraval S.A. (Renglones N° 6 y 9) por la suma de Pesos: seis mil ochocientos sesenta $ 6.860,00 y Max Pharma S.R.L. (Renglones N° 1 y 3) por la suma de Pesos: cincuenta y tres mil ochocientos setenta - $ 53.870,00, por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente a los interés de la Administración. Por ello, y en unos de las facultades otorgadas por la Ley 2095, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/2014 y Decreto N° 114/GCABA/2016,

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA Y EL

DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Directa Menor B.A.C. - Proceso de Compra N° 425-1513-CME16, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la ley 2.095,

su modificatoria Ley N° 4764, Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y Decreto N° 114/GCABA/2016, por el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" para la adquisición de productos químicos y medicinales con destino a Farmacia y adjudicase a las firmas: Alpha Medical Group S.R.L. (Renglones N° 5 y 13) por la suma de Pesos: veintisiete mil quinientos veinte - $ 27.520,00, Farmacia Colón S.R.L. (Renglones N° 4 y 7) por la suma de Pesos: diecinueve mil seiscientos cincuenta - $ 19.650,00, Feraval S.A. (Renglones N° 6 y 9) por la suma de Pesos: seis mil ochocientos sesenta $ 6.860,00 y Max Pharma S.R.L. (Renglones N° 1 y 3) por la suma de Pesos: cincuenta y tres mil ochocientos setenta - $ 53.870,00, ascendiendo el total de la contratación a la suma de Pesos: ciento siete mil novecientos - $ 107.900,00, según el siguiente detalle: R. Cantidad Unidad P. Unitario P. Total 1 600 unidad $ 87,70 $ 52.620,00 3 100 unidad $ 12,50 $ 1.250,00 4 1.800 unidad $ 10,58 $ 19.044,00 5 4.000 unidad $ 6,70 $ 26.800,00 6 400 unidad $ 13,25 $ 5.300,00 7 200 unidad $ 3,03 $ 606,00

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9 40 unidad $ 39,00 $ 1.560,00 13 180 unidad $ 4,00 $ 720,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 3°.- Autorizase a emitir las respectivas Ordenes de Compra. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Sub Gerencia Operativa - Control Presupuestario a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna". Dalpiaz - San Martín

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 185/HGAP/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 2016-16146941-MGEYA-HGAP, La ley 2095 y su modificatoria Ley N° 4764, el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y el Decreto N° 114/GCABA/2016, y; CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", gestiona la adquisición de esponja hemostática con destino al Servicio: Odontología, en el marco de lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 2095; Que se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme Solicitud de Gasto 425-3530-SG16; Que mediante Disposición Nº DI-2016-286-HGAP se dispuso el llamado a Contratación Menor - Proceso de Compra N°425-1638-CME16, estableciendo como fecha de apertura de ofertas el 05/07/2016 a las 10:00 hs., a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, Buenos Aires Compras (B.A.C.); Que habiendo tenido lugar el acto de apertura, el Sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), confirmó cuatro (4) ofertas correspondientes a las firmas: Foc S.R.L., Cirugía Argentina S.A., Visup-Farm S.R.L. y Master Medical S.R.L.; Que la Comisión de Evaluación de Ofertas con sustento en las constancias del sistema aconsejó adjudicar la contratación de marras a favor de la firma: Visup-Farm S.R.L. (Renglón N°1) por la suma de Pesos: doce mil setecientos veintiséis - $ 12.726,00, por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente a los intereses de la Administración; Por ello, y en unos de las facultades otorgadas por la Ley 2095, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/2014 y Decreto N° 114/GCABA/2016,

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Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor - Proceso de Compra N° 425-1638-CME16, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la ley 2.095, su modificatoria Ley N° 4764, Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y Decreto N° 114/GCABA/2016, por el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" para la adquisición de esponja hemostática con destino al Servicio: Odontología y adjudicase a la firma: Visup-Farm S.R.L. (Renglón N°1) por la suma de Pesos: doce mil setecientos veintiséis - $ 12.726,00, según el siguiente detalle: R. Cantidad Unidad P. Unitario P. Total 1 900 unidad $ 14,14 $ 12.726,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 3°.- Autorizase a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Sub Gerencia Operativa - Control Presupuestario a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna". Dalpiaz - San Martín DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 188/HGNPE/16

Buenos Aires, 7 de julio de 2016 VISTO: El Expediente electrónico N° 11987975, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), su modificatoria ley 4764/13, Decreto Reglamentario 95/14, el Decreto Nº 1145-GCBA /09, Resolución Nº 424/GCBA/MHGC/13 Resolución Nro 1160/MHGC/11 Y; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de tarjetas para identificación, para Microbiología del Lab. Central; Que obra la Solicitud de Gasto 417-2060-SG16 debidamente valorizadas y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2016; Que, por Disposición DI-2016-226-HGNPE se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado de la Contratación Menor Nº 417-1014-CME-2016, para el día 12 de mayo de 2016 a las 10:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibió 1 ofertas de la firma: Biomerieux Argentina SA; Que se cumplimentó con el cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación, por el que se preadjudicó a favor de la firma : Biomerieux SA (Renglones: 1 y 2 ); Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto reglamentario N° 95/14 y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 392/10;

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 252

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA Y EL

DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE NIÑOS "PEDRO DE ELIZALDE" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVA, ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN:

Artículo 1°. Apruébase la Contratación Menor Nº 417-1014-CME-2016 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 y adjudícase la adquisición de tarjetas para identificación, para Microbiología del Lab. Central; a la empresa: Biomerieux Argentina SA (Renglones: 1 y 2); por un monto de pesos: ciento cincuenta mil cuarenta ($ 150040.00), según el siguiente detalle: Firma: Biomerieux Argentina SA Reng Nº 1: Cant 25 u unitario $ 3000.80 Total $ 75020.00 Reng Nº 2: Cant 25 u unitario $ 3000.80 Total $ 75020.00 Ascendiendo el total de la Contratación Menor a : ciento cincuenta mil cuarenta ($ 150040.00), Articulo 2º.- Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida del Presupuesto en vigor. Articulo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Articulo 4º - Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra. Articulo 5º - Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 210/HGAIP/16

Buenos Aires, 4 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 15609043/16, por el cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano, gestiona la adquisición de Prótesis para Revisión de Cadera, paciente: Juan Marcelo Venuti, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su Modificatoria Decreto N° 114/16, Decreto 1145/GCBA/09, la Resolución N° 1226/MSGC/07, la Resolución N° 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, el Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13 (BOCBA Nº 3235), la Resolución 424/MHGC/13, la Resolución 607/MHGC/13 y CONSIDERANDO: Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario; Que se dispuso el llamado a Contratación Directa BAC N° 427-505-CDI16 para el día 23/06/2016 a las 10:00 hs., al amparo de lo establecido en el Articulo 28° Inciso 2° de la Ley 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su Modificatoria Decreto N° 114/16;

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 253

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Que la presente contratación corresponde por bienes y/o servicios vinculados a prestaciones de salud que por la celeridad con que debe llevarse a cabo se encuadra en el Artículo 28º inciso 2º de la Ley 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, prescindiéndose de la instancia prevista en el Artículo 92º de la Ley, como asimismo, de la aprobación del Pliegos de Bases y Condiciones Particulares; Que se procedió a notificar a la Cámara Argentina de Comercio y a la Unión Argentina de Proveedores del Estado; Que se procedió a invitar a las firmas inscriptas en el Registro de Proveedores a través del Sistema Buenos Aires Compras; Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 3 (tres) ofertas de las firmas: Master Medical S.R.L., Medical Implants S.A. y Fixamo S.R.L.; Que obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que obra el Acta de Asesoramiento Técnico. Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Gobierno de la Ciudad, Ley 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 y su Decreto N° 114/16; Resolución N° 1226/MSGC/07, la Resolución N° 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, el Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13, la Resolución 424/MHGC/13, la resolución 607/MHGC/13;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS IGNACIO PIROVANO

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébese la Contratación Directa BAC N° 427-0505-CDI16 realizada al amparo de lo establecido en el Articulo 28 Inciso 2° de la Ley N° 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su Modificatoria Decreto N° 114/16, por la cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano gestiona la adquisición de Prótesis para Revisión de Cadera, paciente: Juan Marcelo Venuti, adjudícase a la firma: Medical Implants S.A. (Renglón: 1) por la suma de pesos TRESCIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 45/100 ($ 317.956,45), ascendiendo el total de la presente Contratación a la suma de pesos TRESCIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 45/100 ($ 317.956,45) de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Cantidad Unidad Precio Precio Proveedor

Unitario Total 1 1 unidades 317.956,45 317.956,45 MEDICAL IMPLANTS S.A. Total: TRESCIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 45/100 ($ 317.956,45). Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del ejercicio 2016. Artículo 3°.- Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4°.- Regístrese para su conocimiento y demás efectos, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, pase al Ministerio de Salud, Dirección General Administrativa Contable. Artículo 5°.- Cumplido, vuelva a este Hospital a efectos de la prosecución del trámite. Bennazar - Cuba

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 254

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 211/HGAIP/16

Buenos Aires, 4 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 15867125/16, por el cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano, gestiona la adquisición de Prótesis total de cadera no cementada, paciente: Susana Valenzuela, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su Modificatoria Decreto N° 114/16, Decreto 1145/GCBA/09, la Resolución N° 1226/MSGC/07, la Resolución N° 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, el Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13 (BOCBA Nº 3235), la Resolución 424/MHGC/13, la Resolución 607/MHGC/13 y CONSIDERANDO: Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario; Que se dispuso el llamado a Contratación Directa BAC N° 427-0539-CDI16 para el día 27/06/2016 a las 10:00 hs., al amparo de lo establecido en el Articulo 28° Inciso 2° de la Ley 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su Modificatoria Decreto N° 114/16; Que la presente contratación corresponde por bienes y/o servicios vinculados a prestaciones de salud que por la celeridad con que debe llevarse a cabo se encuadra en el Artículo 28º inciso 2º de la Ley 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, prescindiéndose de la instancia prevista en el Artículo 92º de la Ley, como asimismo, de la aprobación del Pliegos de Bases y Condiciones Particulares; Que se procedió a notificar a la Cámara Argentina de Comercio y a la Unión Argentina de Proveedores del Estado; Que se procedió a invitar a las firmas inscriptas en el Registro de Proveedores a través del Sistema Buenos Aires Compras; Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 3 (tres) ofertas de las firmas: Fixamo S.R.L., Master Medical S.R.L. y Medical Implants S.A.; Que obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que obra el Acta de Asesoramiento Técnico. Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Gobierno de la Ciudad, Ley 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 y su Decreto N° 114/16; Resolución N° 1226/MSGC/07, la Resolución N° 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, el Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13, la Resolución 424/MHGC/13, la resolución 607/MHGC/13;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS IGNACIO PIROVANO

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DISPONEN

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 255

Artículo 1°.- Apruébese la Contratación Directa BAC N° 427-0539-CDI16 realizada al amparo de lo establecido en el Articulo 28 Inciso 2° de la Ley N° 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su Modificatoria Decreto N°

Page 256: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

114/16, por la cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano gestiona la adquisición de prótesis total de cadera no cementada, paciente: Susana Valenzuela, adjudícase a la firma: Medical Implants S.A. (Renglón: 1) por la suma de pesos CIENTO CUARENTA MIL DIEZ CON 00/100 ($ 140.010,00), ascendiendo el total de la presente Contratación a la suma de pesos CIENTO CUARENTA MIL DIEZ CON 00/100 ($ 140.010,00) de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Cantidad Unidad Precio Precio Proveedor

Unitario Total 1 1 unidades 140.010,00 140.010,00 MEDICAL IMPLANTS S.A. Total: CIENTO CUARENTA MIL DIEZ CON 00/100 ($ 140.010,00). Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del ejercicio 2016. Artículo 3°.- Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4°.- Regístrese para su conocimiento y demás efectos, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, pase al Ministerio de Salud, Dirección General Administrativa Contable. Artículo 5°.- Cumplido, vuelva a este Hospital a efectos de la prosecución del trámite. Bennazar - Cuba

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 212/HGAIP/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 13632632/16, por el cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano, gestiona la adquisición de determinación eritrosedimentación con destino a la División Laboratorio del Hospital, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su Modificatoria Decreto N° 114/16, Decreto 1145/GCBA/09, la Resolución N° 1226/MSGC/07, la Resolución N° 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, el Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13, la Resolución 424/MHGC/13, la Resolución 607/MHGC/13 y CONSIDERANDO: Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario; Que mediante Disposición N° 385/HGAIP/16 se dispuso el llamado a Licitación Pública BAC N° 427-0568-LPU16 para el día 10/06/2016 a las 13:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art. 31° de la Ley 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su Modificatoria Decreto N° 114/16;

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Que se procedió a notificar a la Cámara Argentina de Comercio y a la Unión Argentina de Proveedores del Estado; Que se procedió a invitar a las firmas inscriptas en el Registro de Proveedores a través del Sistema Buenos Aires Compras; Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 2 (dos) ofertas de las firmas: Biodiagnostico S.A. y WM Argentina S.A.; Que obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que obra el Acta de Asesoramiento Técnico en base a la cual se procedió a elaborar el Dictamen de Evaluación de Ofertas por el cual resulta preadjudicataria la firma Biodiagnóstico S.A. (Renglón 1), en los términos del Art.108 de la Ley N° 2095, su Modificatoria Ley 4764 y su Decreto Reglamentario 95/14; Que por Disposición N° 491/HGAIP/2016 se autorizó el ingreso y permanencia de 1 (un) equipo autoanalizador automático de eritrosedimentación VES-MATIC CUBE 30 Marca DIESSE - Origen Italia, 1 (una) unidad de energía automática, 1 (un) estabilizador de tensión, 1 (una) computadora procesador Pentium 2400 MHZ, memoria RAM mínimo 1024 MB, disco rígido de 80 GB, grabadora de CD, Windows XP, monitor tipo Samsung SVGA color de 17/19 pulgadas y 1 (una) impresora de etiquetas de códigos de barras tipo Datamax O´Neil Mark III o similar, con destino a la División Laboratorio del hospital provistos por la firma Biodiagnóstico S.A.; Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Gobierno de la Ciudad, Ley 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 y su Decreto N° 114/16; Resolución N° 1226/MSGC/07, la Resolución N° 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto

392/GCBA/10, el Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13, la Resolución 424/MHGC/13, la resolución 607/MHGC/13;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS IGNACIO PIROVANO

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébese la Licitación Pública BAC N° 427-0568-LPU16 realizada al amparo de lo establecido en el Art. 31° de la Ley N° 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su Modificatoria Decreto N° 114/16, por la cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano gestiona la adquisición de determinación eritrosedimentación con provisión de equipos en carácter de comodato (Disposición N° 491/HGAIP/2016), adjudicase a la firma: Biodiagnóstico S.A. (Renglón 1) por la suma de pesos CIENTO TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 138.000,00), ascendiendo el total de la presente Licitación a la suma de pesos CIENTO TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 138.000,00) de acuerdo al siguiente detalle: Reng. Cant. Unidad Precio Precio Proveedor

Unitario Total 1 20000 Unidades $ 6,90 $ 138.000,00 Biodiagnóstico S.A. Total: PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 138.000,00). Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria de los ejercicios 2016 y 2017. Artículo 3°.- Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4°.- Regístrese para su conocimiento y demás efectos, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, pase al Ministerio de Salud, Dirección General Administrativa Contable.

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Artículo 5°.- Cumplido, vuelva a este Hospital a efectos de la prosecución del trámite. Bennazar - Cuba

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 213/HGAIP/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 14742213/2016 por la cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano tramita la Adquisición de papel termosensible para monitor fetal, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 2095, su Modificatoria Ley 4764, su Decreto Reglamentario 95/GCBA/14, y su Modificatoria Decreto N° 114/16, Resolución N° 1226/MSGC/07, Resolución Nº 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13, la Resolución 424/MHGC/13, la Resolución 607/MHGC/13, y CONSIDERANDO: Que se procedió a imputar al código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión habiendo realizado la correspondiente afectación presupuestaria; Que mediante Disposición N° 424/HGAIP/16 se autorizaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y las Cláusulas Administrativas llamándose a Contratación Menor BAC N° 427-1400-CME16, para el día 16 de junio de 2016 a las 13:00 horas al amparo de lo establecido en el Artículo 38° de la Ley 2.095 y su Decreto Reglamentario 95/GCBA/14, y conforme lo establecido en el Art. 92° de la precitada Ley y su Modificatoria Ley 4764; Que se procedió a notificar a la Cámara Argentina de Comercio y a la Unión Argentina de Proveedores del Estado; Que se procedió a invitar a las firmas inscriptas en el Registro de Proveedores a través del Sistema Buenos Aires Compras; Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 4 (cuatro) ofertas de las firmas Droguería Farmatec S.A., Fábrica Argentina de Papeles Termosensibles S.R.L., Raúl Jorge León Poggi, Centro de Servicios Hospitalarios S.A.; Que obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Gobierno de la Ciudad, Ley 2095 promulgada por Decreto 1772/GCBA/06 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, y su Modificatoria Decreto N° 114/16, su Modificatoria Ley 4764, Resolución N° 1226/MSGC/07, Resolución Nº 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS IGNACIO PIROVANO

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébese la Contratación Menor BAC N° 427-1400-CME16, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38° de la Ley 2.095, su Modificatoria Ley 4764 y su Decreto Reglamentario 95/GCBA/14, y su Modificatoria Decreto N° 114/16, el

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Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano gestiona la Adquisición de papel termosensible para monitor fetal, adjudícase a la firma: Centro de Servicios Hospitalarios S.A. (Renglón 1) por la suma de PESOS MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 1.320,00) ascendiendo la presente contratación a la suma de PESOS MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 1.320,00) según el siguiente detalle: Reng Unidad Cantidad Precio Precio Proveedor

Unitario Total 1 Unidad 30 $ 44,00 $ 1.320,00 Centro de Servicios Hospitalarios S.A. MONTO TOTAL: PESOS MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 1.320,00). Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del ejercicio 2016. Artículo 3°.- Autorizase a emitir la respectiva orden de compra. Artículo 4°.- Regístrese para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Salud – Dirección General Administrativa Contable. Artículo 5°.- Cumplido, vuelva a este Hospital a efectos de la prosecución del trámite. Bennazar - Cuba

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 214/HGAIP/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 14065391/2016 por la cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano gestiona el servicio de reparación integral de esterilizador de ansas, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 2095, su Modificatoria Ley 4764, su Decreto Reglamentario 95/GCBA/14, y su Modificatoria Decreto N° 114/16, la Resolución N° 1181/MSGC-MHGC/08, Resolución N° 1226/MSGC/07, Resolución Nº 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13, la Resolución 424/MHGC/13, la Resolución 607/MHGC/13, y CONSIDERANDO: Que se procedió a imputar al código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión habiendo realizado la correspondiente afectación presupuestaria; Que por Disposición N° 409/HGAIP/16 se llamó a Contratación Menor BAC N° 427-1325-CME16 para el día 10/06/2016 a las 13:00 horas, la cual resulto desierta; Que mediante Disposición N° 447/HGAIP/16 se autorizaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y las Cláusulas Administrativas llamándose a Contratación Menor BAC N° 427-1526-CME16, para el día 28 de junio de 2016 a las 13:00 horas al amparo de lo establecido en el Artículo 38° de la Ley 2.095 y su Decreto Reglamentario 95/GCBA/14, y conforme lo establecido en el Art. 92° de la precitada Ley y su Modificatoria Ley 4764; Que se procedió a notificar a la Cámara Argentina de Comercio y a la Unión Argentina de Proveedores del Estado;

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 259

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Que se procedió a invitar a las firmas inscriptas en el Registro de Proveedores a través del Sistema Buenos Aires Compras; Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibió 1 (una) oferta de la firma Eglis S.A.; Que obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que obra el Acta de Asesoramiento. Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Gobierno de la Ciudad, Ley 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, y su Modificatoria Decreto N° 114/16, la Resolución N° 1181/MSGC-MHGC/08, su Modificatoria Ley 4764, Resolución N° 1226/MSGC/07, Resolución Nº 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS IGNACIO PIROVANO

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébese la Contratación Menor BAC N° 427-1526-CME16, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38° de la Ley 2.095, su Modificatoria Ley 4764 y su Decreto Reglamentario 95/GCBA/14, el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano gestiona el Servicio de reparación integral de esterilización de ansas para la División Laboratorio, adjudicase a la firma: Eglis S.A. (Renglón 1) por la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ 1.210,00), ascendiendo la presente contratación a la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ 1.210,00) según el siguiente detalle: Reng. Cant. Unidad Precio Precio Proveedor

Unitario Total 1 1 Unidad $ 1.210,00 $ 1.210,00 Eglis S.A. MONTO TOTAL: PESOS MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ 1.210,00). Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del ejercicio 2016. Artículo 3°.- Autorizase a emitir la respectiva orden de compra. Artículo 4°.- Regístrese para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Salud – Dirección General Administrativa Contable. Artículo 5°.- Cumplido, vuelva a este Hospital a efectos de la prosecución del trámite. Bennazar - Cuba

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 215/HGAIP/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO:

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 260

El Expediente Electrónico N° 13625132/16, por el cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano, gestiona la adquisición de insumos con destino a la División

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Laboratorio del Hospital, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su Modificatoria Decreto N° 114/16, Decreto 1145/GCBA/09, la Resolución N° 1226/MSGC/07, la Resolución N° 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, el Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13 (BOCBA Nº 3235), la Resolución 424/MHGC/13, la Resolución 607/MHGC/13 y CONSIDERANDO: Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario; Que mediante Disposición N° 383/HGAIP/16 se dispuso el llamado a Licitación Pública BAC N° 427-0564-LPU16 para el día 09/06/2016 a las 13:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art. 31° de la Ley 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su Modificatoria Decreto N° 114/16; Que se procedió a notificar a la Cámara Argentina de Comercio y a la Unión Argentina de Proveedores del Estado; Que se procedió a invitar a las firmas inscriptas en el Registro de Proveedores a través del Sistema Buenos Aires Compras; Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 3 (tres) ofertas de las firmas: Laboratorios Britania S.A., Alfredo Alberto Gutierrez y Química Erovne S.A.; Que obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que obra el Acta de Asesoramiento Técnico en base a la cual se procedió a elaborar el Dictamen de Evaluación de Ofertas por el cual resultan preadjudicatarias las firmas Alfredo Alberto Gutierrez (Renglones 1, 2 y 7) y Química Erovne S.A. (Renglones 3, 4, 5, 6 y 8), en los términos de los Art.108 y 109 de la Ley N° 2095, su Modificatoria Ley 4764 (B.O.C.B.A. Nº 4313) y su Decreto Reglamentario 95/14; Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Gobierno de la Ciudad, Ley 2095 promulgada por Decreto N° 1772/GCABA/06 (BOCBA N° 2557), su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 y su Decreto N° 114/16; Resolución N° 1226/MSGC/07, la Resolución N° 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, el Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13, la Resolución 424/MHGC/13, la resolución 607/MHGC/13;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS IGNACIO PIROVANO

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébese la Licitación Pública BAC N° 427-0564-LPU16 realizada al amparo de lo establecido en el Art. 31° de la Ley N° 2095, su Modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su Modificatoria Decreto N° 114/16, por la cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano gestiona la adquisición de insumos para Laboratorio, adjudícase a las firmas: Alfredo Alberto Gutierrez (Renglones 1, 2 y 7) por la suma de pesos TRESCIENTOS TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 303.550,00) y Química Erovne S.A. (Renglones 3, 4, 5, 6 y 8) por la suma de pesos TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 352.255,00), ascendiendo el total de la presente Licitación a la suma de pesos SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCO CON 00/100 ($ 655.805,00) de acuerdo al siguiente detalle:

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Reng. Cant. Unidad Precio Precio Proveedor

Unitario Total R 1 5500 unidades $ 19,40 $ 106.700,00 Alfredo Alberto Gutierrez R 2 10000 unidades $ 19,20 $ 192.000,00 Alfredo Alberto Gutierrez R 3 500 unidades $ 38,00 $ 19.000,00 Química Erovne S.A. R 4 4500 unidades $ 19,35 $ 87.075,00 Química Erovne S.A. R 5 10000 unidades $ 19,35 $ 193.500,00 Química Erovne S.A. R 6 2000 unidades $ 19,35 $ 38.700,00 Química Erovne S.A. R 7 250 unidades $ 19,40 $ 4.850,00 Alfredo Alberto Gutierrez R 8 200 unidades $ 69,90 $ 13.980,00 Química Erovne S.A. Total: PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCO CON 00/100 ($ 655.805,00). Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria de los ejercicios 2016 y 2017. Artículo 3°.- Autorízase a emitir las respectivas Ordenes de Compras. Artículo 4°.- Regístrese para su conocimiento y demás efectos, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, pase al Ministerio de Salud, Dirección General Administrativa Contable. Artículo 5°.- Cumplido, vuelva a este Hospital a efectos de la prosecución del trámite. Bennazar - Cuba

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 262

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Actas Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

ACTA DE DIRECTORIO N.° 3758/IVC/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO El EX-2015-26732634-MGEYA-IVC y; CONSIDERANDO: Que por Expediente Nº 2015-26732634-MGEYA-IVC tramita la Contratación Directa N° 22/15, para la finalización de 54 viviendas del Barrio Parque Avellaneda sito en en las calles Lacarra Nº 2049 y Santiago de Compostela Nº 3760, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que por el Art. Nº 2 del Acta de Directorio N° ACDIR-2015-3605-IVC de fecha 9 de diciembre de 2015, se llamó a la Contratación Directa N° 22/15 para la ejecución de los trabajos necesarios para la finalización de 54 viviendas del Barrio Parque Avellaneda sito en en las calles Lacarra Nº 2049 y Santiago de Compostela Nº 3760, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que por el Art. 1° de la mencionada Disposición se aprobó la documentación licitaria. Que asimismo por el Art. 3°, de dicha Acta, se facultó al Gerente de Coordinación General, Técnica, Administrativa y Legal a emitir circulares aclaratorias o explicativas y modificatorias de carácter no sustancial, con o sin consulta, como así también dictar todos los actos administrativos que fueren menester hasta la adjudicación de la obra, instancia ésta que se reserva el Directorio. Que de igual manera en el Art. Nº 4 se encomendó a la Gerencia de Coordinación General Técnica Administrativa y Legal, la fijación de fecha de recepción de la documentación y apertura de las ofertas, cursar las invitaciones respectivas y la realización de las publicaciones de ley en el boletín Oficial de la C.A.B.A. y en el sitio web Oficial. Que por Disposición Nº DISFC-2015-973-IVC, de fecha 17 de diciembre de 2015, el Gerente de Coordinación General, Técnica, Administrativa y Legal fijó como fecha de recepción de la documentación respectiva y apertura de los sobres para el día 22 de enero de 2016. Que mediante la presentación del Expediente N° 2016-01164651-IVC; la empresa Vivian Hnos. S.A.C.I.F.I solicito una prórroga de la fecha de apertura de sobres, la cual fue desestimada por este Instituto (DISFC-2016-1-IVC). Que asimismo en el mencionado Expediente la empresa efectúa consultas de la documentación licitaria, las cuales fueron rechazadas mediante Disposición Nº DISFC-2016-1-IVC por resultar las mismas extemporáneas. Que en la fecha mencionada, se procedió a la apertura de ofertas según Acta de Apertura de Ofertas Nº 01/16 agregada en el Orden 103 (IF-2016-03193009-IVC) de la que surge que se recepcionaron las siguientes ofertas: Bricons S.A.I.C.F.I. (Oferta N° 1), Vidogar Construcciones S.A. (Oferta N° 2) y Constructora Lanusse S.A. (Oferta N° 3). Que se realizó el análisis de la documentación presentada por los oferentes conforme surge del Estudio de Ofertas agregado en el Orden 125 (IF-2016-07420239-IVC).

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 263

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Que por Acta de Preadjudicación N° 02/16 de fecha 09 de marzo del corriente año, la Comisión de Evaluación de Ofertas recomienda "Desestimar la Oferta Nº 1 de la Empresa Bricons SAICFI por no ajustarse a los requerimientos de la documentación licitaría". Que asimismo recomienda desestimar la Oferta Nº 2 de la empresa Vidogar Construcciones S.A. por resultar sus precios inconvenientes". Que por último recomienda "Adjudicar la Licitación Pública N° 22/15 - Terminación de 54 viviendas, obras exteriores, estacionamientos y obra nueva de infraestructura: red de Gas Media Presión, Red de Agua, Red de Cloaca y Red Pluvial en las calles Lacarra Nº 2049 y Santiago de Compostela Nº 3760, Barrio Parque Avellaneda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Oferta N° 3 de la Empresa Constructora Lanusse S.A., por un total de Pesos Cuarenta y Nueve Millones Quinientos Sesenta y Cinco Mil Quinientos Sesenta y Cuatro con 81/100.- ($ 49.565.564,81.-) por resultar su oferta conveniente, razonable y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitaria". Que en la mencionada recomendación se ha cometido un error formal de carácter involuntario al consignar el tipo de contratación Que se han cumplido los plazos de publicación y de exhibición como así también con los establecidos para formular impugnaciones, sin haber recibido presentación alguna al respecto. Que la Gerencia Operativa Económico Financiera pone en conocimiento que el presente gasto se encuentra contemplado en la formulación del ejercicio 2016 , N° de solicitud 2448. Que la Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete. Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención de Ley y considero: “... con carácter previo al dictado del Acta 3605-IVC-2015 (orden N° 67), y considerando que "... no existiendo observaciones legales medulares que formular con relación al Acta de Directorio Nº 3605-IVC-2015 (orden N° 67), corresponde considerar que la omisión del dictamen previo de esta Procuración General no constituye, en el caso, un vicio que acarree la nulidad absoluta del acto por lo que este resulta subsanable a tenor de lo establecido en el art. 19, inciso b) del D.N.U. N° 1510/1997 (texto consolidado por Ley Nº 5454). Por tal motivo, mediante el Acta de Directorio por la que se adjudique la contratación directa de marras deberá confirmarse el Acta de Directorio ACDIR-2015-3605-IVC..." Que luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por los miembros presentes. Por ello;

SE RESUELVE:

1°) Adjudicar la Contratación Directa Nº 22/15 para la finalización de 54 viviendas, obras exteriores, estacionamientos y obra nueva de infraestructura: red de Gas Media Presión, Red de Agua, Red de Cloaca y Red Pluvial en las calles Lacarra Nº 2049 y Santiago de Compostela Nº 3760, Barrio Parque Avellaneda, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Oferta N° 3 de la Empresa Constructora Lanusse S.A., por un monto total de Pesos Cuarenta y Nueve Millones Quinientos Sesenta y Cinco Mil Quinientos Sesenta y Cuatro con 81/100.- ($ 49.565.564,81.-) por resultar su oferta conveniente, razonable y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitaria. 2º) Desestimar la Oferta Nº 1 de la Empresa Bricons SAICFI por no ajustarse a los requerimientos de la documentación licitaría. 3º) Desestimar la Oferta Nº 2 de la empresa Vidogar Construcciones S.A. por resultar sus precios inconvenientes.

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4º) Encomendar a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones la notificación de lo resuelto a cada uno de los oferentes mediante Cédula de Notificación, la que deberá ser diligenciada conforme las disposiciones del Art. 60 y cc de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por el DNU Nº 1510/GCBA/97. 5°) Confirmar el Acta de Directorio N° 3605 de fecha 09 de Diciembre de 2015-. 6º) Encomendar a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones promover la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un día. 7°) Comunicar a las Gerencias General; de Coordinación General Técnica, Administrativa y Legal; de Coordinación General Obras y Servicios; de Coordinación General de Acceso a la Vivienda; de Coordinación General Gestión Social de la Vivienda; de Administración y Finanzas y de Asuntos Jurídicos. Cumplido pase a la Sub Gerencia de Compras y Contrataciones en prosecución de su trámite. Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio. Vázquez - Gregotti - Fernández - Garcilazo - Roviralta

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Resolución Comunal Junta Comunal 8

RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 16414493/COMUNA8/16

Buenos Aires, 30 de junio de 2016 VISTO: La Ley Nacional de Obras Publicas 13064 y los Decretos Nº 481/GCBA/11 y 203/GCBA/16, y CONSIDERANDO: Que, atento los términos de la ley 70 se halla vigente en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el régimen de Obras Públicas prescripto por la Ley Nacional 13064 y son de aplicación los Decretos Nº 481/GCBA/11 y 203/GCBA/16; Que realizado el llamado a licitación, y/o contratación de una Obra Publica corresponde, luego del acto de apertura de las ofertas presentadas, el análisis y evaluación de la misma, a fin de proceder el organismo competente a la ulterior adjudicación de aquellas; Que, en virtud de los términos del parágrafo precedente se hace necesario la conformación de una Comisión Evaluadora de Oferta para la asignación de las obras publicas a llevarse a cabo; Que, es competencia de cada Comuna el designar la Comisión Evaluadora de Oferta en los procesos de asignación de una obra pública a realizarse en su ejido; Que, se meritúa la conveniencia en la integración de la Comisión referida de la cobertura de los conocimientos propios de los aspectos técnicos y legales a analizar en las ofertas que se presenten en cada acto licitario; Que, en conclusión de los considerandos precedentes se hace necesaria la designación de los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas hasta el dictado de un nuevo acto que pueda modificar total o parcialmente su conformación; Por ello,

LA JUNTA COMUNAL 8 RESUELVE

Artículo 1: Desígnase como integrantes de la Comisión Evaluadora de Oferta de la Comuna 8 a la Presidente de la Junta Comunal 8 Doña Rosalía Eva Ferraro Cuil 27-05940791-6, al Comunero de la Junta Comunal Don Raul Ricardo Díaz Cuil 20-31931389-4 y al Dr. Nahuel Agustín Pérez Cuil 20-34205025-6. Artículo 2: Regístrese. Notifíquese a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Oferta Y publíquese en el sitio de internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la cartelera de la Comuna 8. Ferraro

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Organos de Control Resolución Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.° 223/PG/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 1218 (texto consolidado por Ley N° 5.454), los Decretos N° 804/GCABA/2009, Nº 678/GCABA/2011, Nº 191/GCABA/2012, Nº 500/GCABA/2012 y N° 168/GCABA/2016, y el EE Nº 15995599/DGTALPG/2016, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 1218 (texto consolidado por Ley N° 5.454) fija las obligaciones, deberes, atribuciones y competencia de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el Decreto Nº 804/GCABA/2009, modificado parcialmente por los Decretos Nº 678/GCABA/2011, Nº 191/GCABA/2012 y Nº 500/GCABA/2012, establece la estructura orgánica y funcional de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Decreto N° 168/GCABA/2016 se designa a la Dra. Teresa Miñones (DNI N° 20.729.111, CUIL Nº 27-20729111-6) como Auditora Interna de la Unidad de Auditoría de esta Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por NO-2016-16768730-UAIPG, obrante en el EE Nº 15995599/DGTALPG/2016, la mentada funcionaria solicita autorización para hacer uso de su licencia ordinaria en el período comprendido entre los días 14 y 22 de julio del corriente, ambos inclusive, delegando la atención de los asuntos y firma del despacho diario de la repartición a su cargo, indistintamente, en la Dra. María Celia Értola (DNI Nº 20.004.414, CUIL Nº 27-20004414-8), Jefa del Departamento Control de Gestión Judicial, y en el Lic. Marcelo Leonel Di Ciano (DNI Nº 32.890.947, CUIL Nº 20-32890947-3), Jefe de Departamento Control Jurídico, Administrativo y Contable; Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1°.- Autorízase a la Auditora Interna, Dra. Teresa Miñones (DNI N° 20.729.111, CUIL Nº 27-20729111-6), a ausentarse en el período comprendido entre los días 14 y 22 de julio de 2016, ambos inclusive.

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Artículo 2°.- Delégase en el período comprendido entre los días 14 y 22 de julio de 2016, ambos inclusive, en la Dra. María Celia Értola (DNI Nº 20.004.414, CUIL Nº 27-20004414-8), Jefa del Departamento Control de Gestión Judicial, y en el Lic. Marcelo Leonel Di Ciano (DNI Nº 32.890.947, CUIL Nº 20-32890947-3), Jefe del Departamento Control Jurídico, Administrativo y Contable, la atención de los asuntos y firma del despacho diario de la Unidad de Auditoría Interna, en forma indistinta. Artículo 3°.- Publíquese en Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Unidad de Auditoría Interna de esta

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Astarloa

RESOLUCIÓN N.° 225/PG/16

Buenos Aires, 11 de julio de 2016 VISTO el Decreto N° 67/2010, las Resoluciones N° 51/MHGC/2010, Nº 74/MHGC/2015, Nº 74/MHGC/2016 y Nº 92/PGAAPYF/2016, las Disposiciones N° 9/DGCG/2010, Nº 10/DGCG/2010, Nº 183/DGCG/2013, Nº 19/DGCG/2015, Nº 36/DGCG/2015, el EE N° 7045329/PG/2016, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 67/GCABA/2010, se aprobó el régimen para la asignación de fondos a las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 51/MHGC/2010 y su modificatoria N° 74/MHGC/2015 se aprobó la reglamentación del citado Decreto; Que por Anexo II de la Resolución N° 74/MHGC/2016 se fijaron los montos de entrega de fondos de las diversas Jurisdicciones y Reparticiones; Que la Disposición N° 9/DGCG/2010 y sus modificatorias N° 183/DGCG/2013 y 36/DGCG/2015, establece el procedimiento para la rendición de los fondos entregados a las diferentes Unidades de Organización; Que por Disposición Nº 10/DGCG/2010, se aprobaron las Partidas del Clasificador por Objeto del Gasto vigente para el Ejercicio 2010 alcanzadas por las restricciones del nuevo régimen de fondos; Que por Disposición Nº 19/DGCG/2015 se ratifican los términos de la Disposición Nº 10/DGCG/10, la cual será de aplicación para el ejercicio 2015; Que en virtud de lo expuesto, mediante Resolución Nº 92/PGAAPYF/2016, se aprobaron los gastos correspondientes a la Rendición N° 1/2016, acorde Disposición N° 260-DGCG-2015 de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común a esta Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que tomando intervención la Dirección OGESE y Compras dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de esta Procuración General, observa que se han incorporado facturas de gastos realizados con anterioridad al 9 de mayo del corriente año, fecha en la cual se acreditó la orden de pago de la Solicitud de Entrega de Fondos; Que corresponde, en consecuencia, dejar sin efecto la referida rendición y aprobar los gastos correspondientes a la Rendición N° 1/2016 de los fondos otorgados concepto de Caja Chica Común a esta Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Que todos los gastos se realizaron dentro de las actividades inherentes a esta Procuración General; Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Resolución Nº 92/ PGAAPYF/2016. Artículo 2º.- Apruébanse los gastos correspondientes a la Rendición Nº 1/2016 de los fondos otorgados en concepto de CAJA CHICA COMUN, según lo establecido por Decreto Nº 67/2010 por la suma de PESOS TREINTA MIL QUINIENTOS TREINTA CON 93/100 ($ 30.530,93) y las planillas de resumen de comprobantes por fecha (IF-2016-17075523-PG) y resumen de comprobantes por imputación (IF-2016- 17075560-PG), las cuales forman parte integrante de la presente norma. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Contaduría General. Astarloa

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 269

ANEXO

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Trimestrales Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN 2° Trimestre de 2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 270

ANEXO

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Comunicados y Avisos Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad

de Buenos Aires

AUDITORÍA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Declaración Jurada TSJ - Comunicación N°11/AGCBA/16 Se deja constancia que el agente Ruffa, José Federico, DNI: 28.695.625 ha presentado las declaraciones juradas patrimoniales de los ejercicios 2014 y 2015, como así también ha realizado de manera apropiada la presentación de la declaración jurada patrimonial correspondiente a la baja de funcionario público, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley N°4895 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, Decreto N° 23/10, Decreto N°435/12, Acordada TSJ N°36/14 y el Convenio firmado entre esta Auditoría y el Tribunal Superior de Justicia.

Martín M Illescas Director General Unidad de Auditoría Interna

CA 111 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

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Licitaciones Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFE DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Modificación de Layout Sede Comunal 14 - E.E. Nº 10.350.543/16 Llamase a Licitación Pública Nº 493/SIGAF/16 para contratar la siguiente obra: “Licitación Pública Modificación de Layout Sede Comunal 14”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Obra: “Modificación de Layout Sede Comunal 14”. Sistema de contratación: Ajuste Alzado. Presupuesto oficial: $ 5.552.184,33. Plazo de ejecución: Ciento cinco (105) días corridos. Fecha de apertura: 28 de julio de 2016 a las 14 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará el día 20 de julio de 2016, a las 13 hs. en Beruti y Coronel Díaz de la CABA. Consultas: Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los Pliegos de Bases y Condiciones, se presentarán por escrito en la Mesa de Entrada de la Secretaria de Descentralización, sita en Av. de Mayo 591, piso 1°, hasta las 17 hs. del día 21 de julio de 2016. Consulta y Retiro de Pliegos en: Secretaria de Descentralización, en la Gerencia Operativa Soporte Administrativo - Av. de Mayo 591 Piso 1ero, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs. Recepción de Ofertas: En la Secretaria de Descentralización, en la Gerencia Operativa Soporte Administrativo - Av. de Mayo 591, piso 1°, C.A.B.A. hasta el 28 de julio de 2016 a las 13 hs. Repartición Contratante: Secretaria de Descentralización - Av. de Mayo 591, 1° Piso, C.A.B.A.

Sergio G. Costantino Secretario

OL 2750 Inicia: 13-7-2016 Vence: 19-7-2016

JEFE DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE DESCENTRALIZACIÓN Llamado - E.E. Nº: 10.353.629/16

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Llamase a Licitación Pública Nº 494/SIGAF/2016 para contratar la siguiente obra: “Licitación Pública Refuncionalización de Sede Comunal 15 - 2 Etapa”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Obra: “Re funcionalización de Sede Comunal 15 - 2 Etapa”. Sistema de Contratación: Ajuste Alzado. Presupuesto Oficial: $ 8.930.148,75. Plazo de Ejecución: Ciento veinte (120) días corridos. Fecha de Apertura: 28 de Julio de 2016 a las 16 hs.. Visita lugar de Obra: Se efectuará el día 20 de Julio de 2016, a las 15 hs. en Córdoba 5690 de la CABA. Consultas: Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los Pliegos de Bases y Condiciones, se presentarán por escrito en la Mesa de Entrada de la Secretaria de Descentralización, sita en Av. De Mayo 591 Piso 1°, hasta las 17 hs. del día 21 de Julio de 2016. Consulta y Retiro de Pliegos en: Secretaria de Descentralización, en la Gerencia Operativa Soporte Administrativo - Av. de Mayo 591° Piso 1ero, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs.. Recepción de Ofertas: En la Secretaria de Descentralización, en la Gerencia Operativa Soporte Administrativo - Av. de Mayo 591° Piso 1ero, C.A.B.A. hasta el 28 de Julio de 2016 a las 15 hs.. Repartición Contratante: Secretaria de Descentralización - Av. de Mayo 591, 1° Piso, C.A.B.A.

Sergio G. Costantino Secretario

OL 2749 Inicia: 13-7-2016 Vence: 19-7-2016

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA Y FUNCIÓN PÚBLICA Servicio de consultoría - E.E. Nº 17.124.894-MGEYA-DGTALMJG/16 Llámese a Licitación Pública de Etapa Única Nacional tramitada por el sistema BAC mediante Proceso de Compra N° 2051-0815-LPU16, para el servicio de consultoría para el fortalecimiento y desarrollo de competencias personales y de equipos de trabajo Plazo del servicio: ciento ochenta (180) días. Acto de apertura: 20 de julio de 2016 a las 12 horas Autorizante: Resolución N° 114/SECCCYFP/16 Repartición destinataria: Secretaria de Cultura Ciudadana y Función Pública (SECCCyFP) Valor del pliego: sin valor.

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Paula Uhalde Secretaria

OL 2769 Inicia: 14-7-2016 Vence: 14-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 274

Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar, hasta el momento de la apertura. Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

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Jefatura de Gabinete de Ministros

AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACIÓN DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Provisión e insumos para tendidos de fibra óptica - Expediente N° 17.195.106/16 Llámase a Licitación Pública N° 8056-0818-LPU16 a realizarse el 19 de julio de 2016 a las 11 hs., para la provisión e insumos para tendidos de fibra óptica. Valor del pliego: sin valor. Los pliegos de bases y condiciones y demás documentación de la presente contratación se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar Asimismo, podrán ser consultados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

Brenda Santagada Director General

OL 2810 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 275

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Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA Servicio de limpieza - E.E. Nº 16.351.590-MGEYA-DGTALMJG/16 Licitación Pública Nacional de Etapa Única Nº 2051-0754-LPU16 Plazo: doce (12) meses. Adquisición: servicio de limpieza integral y mantenimiento del portal, sito en la Avenida Gendarmería Nacional y Calle Nº4 y el Galpón, situado en la Calle Playón, Bajo Autopista de la Villa 31. Acto de apertura: 20 de julio de 2016 a las 16 hs. Autorizante: Resolución N° 59/SECISYU/16. Repartición destinataria: Secretaría de Integración Social y Urbana (SECISYU) Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: Sistema Buenos Aires Compra Lugar de apertura: Sistema Buenos Aires Compra

Diego H. Fernández Secretario

OL 2793 Inicia: 15-7-2016 Vence: 18-7-2016

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Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SUBSECRETARÍA ADMINISTRACION DE SEGURIDAD Adquisición de insumos - E.E. N° 11.515.795-MGEYA-DGSFPC/16 Llamase a Licitación Pública de Etapa Única Nº 2900-0441-LPU16 cuya apertura se realizará el día 29 de julio de 2016, a las 13 horas, para la adquisición de insumos de criminalística con destino a las Fuerzas Policiales de la Ciudad. Valor del pliego: sin valor. Autorizante: Resolución Nº 16/SSADS/2016 Repartición destinataria: Fuerzas Policiales de la Ciudad. Adquisición y consulta de Pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar Valor del pliego: sin valor.

Genoveva M. Ferrero Subsecretaria

OL 2770 Inicia: 14-7-2016 Vence: 15-7-2016

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. ENRIQUE TORNÚ” Adquisición de insumos de laboratorio - Expediente Nº 15.890.610/16 Llámese a Licitación Privada Proceso de Compra N° 438-0025-LPR16. Sistema BAC cuya apertura se realizara el día 15 de julio de 2016 a las 11 horas, para adquisición de insumos de laboratorio.

Javier O. Fuentes Gerente Operativa Gestión Económica Financiera

OL 2566 Inicia: 13-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Y PRESUPUESTO Ampliación de Centro de Salud y Acción Comunitaria - E.E. Nº 13.383.557-MGEYA-DGADCYP/16 Llámase a Licitación Pública Nº 489/SIGAF/2016- Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1.254/08, para contratar la siguiente obra: “Ampliación Del Centro de Salud y Acción Comunitaria Nº 35”, sito en la calle Osvaldo Cruz y Zavaleta – Villa 21-24, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la provisión de materiales, equipos y mano de obra especializada. Autorizante: Resolución Nº 315/SSASS/16 Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 31.077.077,65. Valor del pliego: Sin valor comercial. Plazo de ejecución: trescientos sesenta y cinco (365) días corridos. Fecha de apertura: 12 de agosto de 2016 a las 11 horas Monto garantía de oferta: $ 310.770. Visita lugar de obra: El día 21 de julio de 2016 a las 11 horas en el Centro de Salud y Acción Comunitaria N° 35, sito en la calle Osvaldo Cruz y Zavaleta – Villa 21- 24 - C.A.B.A – Lugar de Encuentro: puerta principal de acceso al edificio. Consultas Técnicas: Deberán presentarse por escrito en el Ministerio de Salud – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – C. Pellegrini 313 Piso 4º C.A.B.A., de lunes a viernes de 9 a 16 hs., hasta el día 2 de agosto de 2016. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313 4º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 9 a 16 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: www.buenosaires.gob.ar – Hacienda – Compras y Contrataciones – Consulta de Compras y Contrataciones.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 278

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Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A. Repartición destinataria: Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Emilse Filippo Directora General

OL 2784 Inicia: 14-7-2016 Vence: 20-7-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “CARLOS G. DURAND” Inmunofijación (IFE) - E.E. N° 15.844.259-MGEYA-HGACD/16 Llámase a Licitación Pública Nº BAC 416-0705-LPU16, cuya apertura se realizará el 19/7/16 a las 10 hs., para el inmunofijación (IFE), ETC. Autorizante: Disposición N° 469/HGACD/16. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos “Carlos G. Durand”, con destino al Servicio Laboratorio. Valor del pliego: Sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

ANEXO

Alicia V. Fernández Alonso Directora

OL 2568 Inicia: 13-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “DR. RICARDO GUTIÉRREZ” Adquisición de determinación gases - E.E. Nº 15.952.056-HGNRG/16 Llámase a Licitación Pública Proceso de Compra Nº 420-0712-LPU16 cuya apertura se realizará el día 22/7/16, a las 11 hs., para la adquisición de determinación gases en sangre con provisión de aparatología.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 279

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Repartición destinataria: Hospital General de Niños “Dr. Ricardo Gutiérrez”; Laboratorio Central. Autorizante: Disposición Nº 210/HGNRG/16. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliego: en el portal de compras electrónicas B.A.C. y en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar de apertura: el acto de apertura de ofertas se efectuará a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar

Cristina Galoppo Directora Médica

Mirta A Ferrer

Gerente Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2797 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL NEUROPSIQUIATRICO “JOSÉ T. BORDA” Adquisición de reactivos para ionogramas – E.E. Nº 16.796.962-MGEYA-HNJTB/16 Contratación Menor N° 413-0792-CME16. Clase: Etapa única. Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: adquisición de reactivos para ionogramas con equipo en comodato. Consulta de pliego: Sistema BAC - www.buenosairescompras.gob.ar Valor del pliego: s/valor. Fecha apertura: 22/7/16, a las 10 hs., en Sistema BAC. Realizar el ingreso de ofertas y documentación en forma electrónica: A través del sitio Web BAC www.buenosairescompras.gov.ar Apertura: La apertura se realizará automáticamente en el sistema BAC en el día y horario indicado para la misma. Tel.: 4305-8220/2678. [email protected] Acto Administrativo: Disposición N° 111/HNJTB/16.

Daniel O. Cichello Director Médico

Roberto L. Romero Gerente Operativo

OL 2798 Inicia: 15-7-2016 Vence: 18-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 280

Page 281: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. BERNARDINO RIVADAVIA” Adquisición de tarjetas para test y paneles - E.E. Nº 16.985.896-MGYA-HBR/16 Llámese a Licitación Pública N° 431-0802-LPU16, cuya apertura se realizará el día 28/7/16, a las 12 hs., para la adquisición de tarjetas para test y paneles. Repartición destinataria: Unidad de Hemoterapia. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consulta de pliegos: Portal www.buenosairescompras.gob.ar y página Web.

Eduardo A. Fernández Rostello Director Médico

María del Carmen Maiorano

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2794 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. TEODORO ÁLVAREZ” Adquisición de alquiler de equipo para radiodiagnóstico - Expediente Nº 17.028.286/16 Llámase a Licitación Pública Nº 806/16, cuya apertura se realizara el día 21/7/16, a las 10 hs., para la adquisición de alquiler de equipo para radiodiagnóstico. Valor del pliego: 00. Adquisición y consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

Laura B. Cordero Directora Médica

OL 2767 Inicia: 14-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. JOSÉ M. RAMOS MEJÍA” Preadjudicación - E.E. Nº 12.649.377-MEGEYA-HGARM/16

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 281

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Licitación Pública BAC Nº 430-0518-LPU16 Fecha de apertura: 1/6/16 Rubro comercial: Salud Objeto de la contratación: Reactivo para Hematología y Urgencias Firma preadjudicada: WM Argentina S.A. Renglón: 1 - 50000 u. - precio unitario: $ 12,89 - precio total: $ 644500,00 Renglón: 2 - 50000 u. - precio unitario: $ 11,76 - precio total: $ 588000,00 Renglón: 3 - 10000 u. - precio unitario: $ 14,64 - precio total: $ 146400,00 Renglón: 4 - 7500 u. - precio unitario: $ 16,68 - precio total: $ 125100,00 Renglón: 5 - 1500 u. - precio unitario: $ 81,03 - precio total: $ 121545,00 Renglón: 6 - 1500 u. - precio unitario: $ 95,74 - precio total: $ 143610,00 Renglón: 7 - 1500 u. - precio unitario: $ 97,48 - precio total: $ 146220,00 Renglón: 8 - 1500 u. - precio unitario: $ 52,95 - precio total: $ 79425,00 Renglón: 9 - 1000 u. - precio unitario: $ 81,83 - precio total: $ 81830,00 Renglón: 10 - 1500 u. - precio unitario: $ 107,77 - precio total: $ 161655,00 Renglón: 11 - 200 u. - precio unitario: $ 94,40 - precio total: $ 18880,00 Renglón: 12 - 200 u. - precio unitario: $ 137,19 - precio total: $ 27438,00 Renglón: 13 - 200 u. - precio unitario: $ 411,95 - precio total: $ 82390,00 Renglón: 14 - 200 u. - precio unitario: $ 103,76 - precio total: $ 20752,00 Renglón: 15 - 200 u. - precio unitario: $ 202,70 - precio total: $ 40540,00 Renglón: 16 - 250 u. - precio unitario: $ 46,00 - precio total: $ 11500,00 Renglón: 17 - 200 u. - precio unitario: $ 133,70 - precio total: $ 26754,00 Renglón: 18 - 200 u. - precio unitario: $ 39,51 - precio total: $ 7902,00 Renglón: 19 200 u. - precio unitario: $ 39,51 - precio total: $ 7902,00 Renglón: 20 - 500 u. - precio unitario: $ 146,01 - precio total: $ 730005,00 Renglón: 21 - 500 u. - precio unitario: $ 216,27 - precio total: $ 108135,00 Renglón: 22 - 200 u. - precio unitario: $ 19,30 - precio total: $ 3860,00 Renglón: 23 - 200 u. - precio unitario: $ 62,90 - precio total: $ 12580,00 Legal: Ley N° 2095, art.108. Total preadjudicado: pesos dos millones seiscientos setenta y nueve mil novecientos veintitrés ($ 2.679.923,00) Oferta desestimada: Una (1) Montebio SRL no cumple con las cláusulas particulares de licitación ofrece 2 equipos y no tres como se solicita y no es LIS.

Eduardo R Seoane Director (I)

OL 2809 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DALMACIO VÉLEZ SARSFIELD” Preadjudicación - E.E. N° 13.647.998-MGEYA-HGAVS/16 Licitación Pública N° 440-0572-LPU16. Dictamen de Evaluación de Ofertas BAC de fecha 14 de julio de 2016. Rubro comercial: Salud.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 282

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Objeto de la contratación: Adquisición de servicio de recolección de servicios peligrosos con destino al Servicio Comité de Infectología (Radiología Laboratorio Farmacia) - HGAVS. Firma preadjudicada: R C Radiología Castelar S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 12 mes - precio unitario: $ 21.000,00 - precio total: $ 252.000,00. Renglón: 2 - cantidad: 12 mes - precio unitario: $ 1.000,00 - precio total: $ 12.000,00. Renglón: 3 - cantidad: 12 mes - precio unitario: $ 8.750,00 - precio total: $ 105.000,00. Total preadjudicado: pesos trescientos sesenta y nueve mil con 00/100 ($ 369.000,00). Fundamento de la preadjudicación: Dr. Gustavo A. Fernández Russo - Dra. María R. Polino - Sr. Juan Carlos Busoni - Dr. Carlos Soria. Vencimiento validez de oferta: 2/8/16. Lugar de exhibición del acta: Oficina de Compras y Contrataciones sito en Calderón de la Barca 1550, (3) tres días a partir del 14/7/16 en Cartelera.

Alejandro Cacherosky Director

Daniel Filippo

Gerente Operativo de la Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2814 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Adjudicación - Expediente Nº 7.732.302-MGEYA/16 Licitación Pública Nº 153/15. Rubro: Adquisición de Set de recolección de componentes sanguíneos, con destino a la División Hemoterapia de este Hospital. Disposición Aprobatoria Nº 237/HGADS/16 Firma adjudicada: Terumo BCT Latin America S.A. Renglón: 1 - cantidad: 300 unidad - precio unitario: $ 5.082,00 - precio total: $ 1.524.600,00. Total: pesos un millón quinientos veinticuatro mil seiscientos ($ 1.524.600,00). Encuadre legal: art. 31 Ley Nº 2095 (BOCBA 2557/06), la Ley N° 4764 (BOCBA 4313/14) su Decreto Reglamentario Nº 95/14 (BOCBA 4355/14), el Decreto 1145/GCBA/09 (BOCBA 3332/10) y la Resolución Nº 1160/GCBA/11 (BOCBA 3724/11). Observaciones: Se adjudico según Informe Técnico.

Federico Charabora Director Medico

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 283

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Diego A. Rizzo Coordinador de Gestión Económico Financiero

OL 2813 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE QUEMADOS Adjudicación - Expediente N° 14.755.065-HQ/16 Contratación Compra Menor N° 428-1404-CME16 Disposición Nº 33/16., de fecha 5/7/16 Clase: etapa única. Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: insumos de kinesiologia Firma adjudicada: Ortopedia Gullone S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 20 - precio unitario: $ 600 - precio total: $ 12.000. Renglón: 2 - cantidad: 15 - precio unitario: $ 800 - precio total: $ 12.000. Renglón: 3 - cantidad: 20 - precio unitario: $ 1.000 - precio total: $ 20.000. Renglón: 4 - cantidad: 15 - precio unitario: $ 1.200 - precio total: $ 18.000. Renglón: 5 - cantidad: 10 - precio unitario: $ 710 - precio total: $ 7.100. Renglón: 6 - cantidad: 10 - precio unitario: $ 550 - precio total: $ 5.500. Renglón: 7 - cantidad: 10 - precio unitario: $ 1110 - precio total: $ 11.100. Renglón: 8 - cantidad: 10 - precio unitario: $ 1040 - precio total: $ 10.400. Renglón: 9 - cantidad: 7 - precio unitario: $ 1.415 - precio total: $ 9.905. Renglón: 10 - cantidad: 10 - precio unitario: $ 4.070 - precio total: $ 40.700. Renglón: 11 - cantidad: 8 - precio unitario: $ 1.240 - precio total: $ 9.920. Renglón: 12 - cantidad: 6 - precio unitario: $ 1.690 - precio total: $ 10.140. Renglón: 13 - cantidad: 15 - precio unitario: $ 125 - precio total: $ 1.875. Renglón: 14 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 18 - precio total: $ 1.800. Renglón: 15 - cantidad: 100 - precio unitario: $ 18 - precio total: $ 1.800. Renglón: 16 - cantidad: 20 - precio unitario: $ 200 - precio total: $ 4.000. Renglón: 17 - cantidad: 15 - precio unitario: $ 1.600 - precio total: $ 24.000. Renglón: 18 - cantidad: 6 - precio unitario: $ 3.400 - precio total: $ 20.400. Renglón: 19 - cantidad: 20 - precio unitario: $ 400 - precio total: $ 8.000. Total adjudicado: pesos doscientos veintiocho mil seiscientos cuarenta ($ 228.640)

Armando Escobar Director

María Jesús Martín Rivera

Gerente Operativa de la Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2815 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 284

Page 285: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Y PRESUPUESTO Rectificación - E.E. Nº 19.891.079-MGEYA-DGRFISS/15 Se rectifica la publicación del día 14/7/16, debido a que donde dice: Monto Garantía de Oferta: $ 661.090 debe leerse: Monto Garantía de Oferta: $ 66.109. Llámase a Licitación Pública Nº 487-SIGAF/16 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1.254/08, para contratar la siguiente obra: “Remodelación integral medicina nuclear y obras varias en el Hospital General de Agudos Dr. José María Ramos Mejía”, sito en la calle General Urquiza 609, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la provisión de materiales, equipos y mano de obra especializada. Valor del pliego: Sin valor comercial. Autorizante: Disposición Nº 98/DGADCYP/16 Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 6.610.900. Plazo de ejecución: doscientos diez (210) días corridos. Fecha de apertura: 8 de agosto de 2016 a las 11 horas Monto garantía de oferta: $ 66.109.- Visita lugar de obra: El día 21 de julio de 2016 a las 11 horas en el Hospital General de Agudos Dr. José María Ramos Mejía, sito en la calle General Urquiza 609- C.A.B.A – Lugar de Encuentro: oficina de la dirección del hospital. Consultas Técnicas: Deberán presentarse por escrito en el Ministerio de Salud – Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Carlos Pellegrini 313, piso 4º C.A.B.A., de lunes a viernes de 9 a 16 hs., hasta el día 27 de julio de 2016. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Carlos Pellegrini 313 4º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 9 a 16 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: www.buenosaires.gob.ar – Hacienda – Compras y Contrataciones – Consulta de Compras y Contrataciones. Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos Dr. José María Ramos Mejía dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Emilse Filippo Directora General

OL 2812 Inicia: 15-7-2016 Vence: 20-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 285

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE ODONTOLOGÍA “DR. RAMÓN CARRILLO” Servicio de mantenimiento de autoclave - E.E. Nº 17.230.990-MGEYA/16 Llámase a Licitación Pública (BAC) Nº 424-0821-LPU16, cuya apertura se realizará el día viernes 22 de julio de 2016 a las 10 horas, para la contratación del servicio de mantenimiento de autoclave (FAETA). Repartición destinataria: Hospital de Odontología “Dr. Ramón Carrillo”. Autorizante: Disposición N° 56/HO/16 Valor del pliego: sin valor Adquisición y consultas de pliegos: a través del Sistema Buenos Aires Compras (www.buenosairescompras.gob.ar). Lugar de apertura: a través del Sistema Buenos Aires Compras (www.buenosairescompras.gob.ar)

Alicia L. Albornoz Directora

Marta S. Seguin

Subgerente Operativa OL 2799 Inicia: 15-7-2016 Vence: 18-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 286

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Adquisición de espiral de tungsteno, microguía, stent carotideo autoexpandible - E.E. N° 16.939.769-MGEYA-HGADS/16 Llámese a Contratación Directa BAC Nº 434-633-CDI16 cuya apertura se realizará el día 18 de julio a las 12 hs., para la adquisición de espiral de tungsteno, microguía, stent carotideo autoexpandible con destino al servicio Neurocirugía de este hospital. Repartición destinataria: Neurocirugía del Hospital General de Agudos “Donación Francisco Santojanni”. Valor del pliego: gratuito. Consultas de pliegos: hasta dos (2) día hábil anterior a la fecha de apertura en Portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: Portal BAC www.buenosairescompras.gov.ar.

Federico Charabora Director Médico

OL 2738 Inicia: 13-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. BERNARDINO RIVADAVIA” Adquisición de tarjeta - E.E. Nº 16.991.651-MGYA-HB/16 Llámese a Contratación Directa N° 431-1776-CME16, cuya apertura se realizará el día 29/7/16, a las 11 hs., para adquisición de tarjeta. Repartición destinataria: Unidad de Hemoterapia. Valor del pliego: sin valor Adquisición y consulta de pliegos: Portal www.buenosairescompras.gob.ar y página Web.

Eduardo A. Fernández Rostello Director Médico

María del Carmen Maiorano

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 2795 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 287

Page 288: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. ENRIQUE TORNÚ” Preadjudicación - Expediente N° 9.914.845-HGAT/16 Contratación Directa N° 438-0187-CDI16 Rubro y clases: servicio de mantenimiento, reparación e instalación de instrumental y equipos médicos y quirúrgicos. Objeto de contratación: Reparación de Procesadora de Placas. Dictamen de preadjudicación Firma preadjudicada: Traeco S.A. Renglón: 1 - preadjudicado: 1 u. - precio unitario: $ 39000 - precio total: $ 39000. Total general de la preadjudicación: $ 39000. Evaluadores: Dr. Gliemo Gerardo (Jefe de Departamento Técnico); Dr. Pidote (Jefe Clínica); Lic. Musante Liliana (Subgerente Operativo).

Liliana Musante Subgerente Operativo

OL 2796 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 288

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de reparación de patologías y refuncionalización - Expediente N° 23.831.915/15 Licitación Pública Nº 435/SIGAF/16 (N° 44/15). Objeto del llamado: Trabajos de reparación de patologías y refuncionalización en la Escuela de Teatro, D.E. Nº 13, sita en Oliden 1245 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: Resolución N° 169/SSGEFYAR/16 Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: gratuito Presupuesto oficial: $ 11.397.396,42 (pesos once millones trescientos noventa y siete mil trescientos noventa y seis con cuarenta y dos centavos) Fecha 5/16. Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 27 de julio de 2016, a las 12 hs. Fecha/hora de visita a obra: 19 de julio de 2016 a las 10.30 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 240 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Ignacio Curti Director General

OL 2740 Inicia: 13-7-2016 Vence: 19-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 289

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO SUBSECRETARÍA DE USO DE ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL MANTENIMIENTO Y TALLERES Servicio de Limpieza de fachadas - Expedientes Electrónicos Nº 7.442.988-DGMYT/16 y Nº 14.457.065-DGTALMAEP/16 Llámase, en un todo de acuerdo a la Resolución N° 50-SSUEP/16, a Licitación Pública N° 8503-0624-LPU16 para el día 28 de julio del 2016 a las 14 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley Nº 2095, en su texto consolidado por la Ley N° 5454 y su Decreto Reglamentario N° 95/14, para la contratación del “Servicio de Limpieza de fachadas Vandalizadas de la Ciudad de Buenos Aires”. Consulta y adquisición de pliego: Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta, y adquisición en www.buenosairescompras.gob.ar. Valor del pliego: El valor del Pliego, se establece en la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000). Lugar de presentación de las ofertas y apertura: La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellas en soporte electrónico.

María C. Muzzio Subsecretario

OL 2777 Inicia: 14-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO ENTE DE HIGIENE URBANA Servicio de reparación integral de contenedores metálicos - E.E. Nº 6966957-EHU/16 y N° 16.034.659-DGTALMAEP/16 Llámase, en un todo de acuerdo a la Disposición N° 134-EHU/16, a Licitación Pública N° 8736-0717-LPU16 para el día 21 de julio del 2016 a las 12 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley Nº 2095, en su texto consolidado por la Ley N° 5454 y su Decreto Reglamentario N° 95/14, para la contratación del “Servicio de reparación integral de contenedores metálicos de 2400 lts y 3200 lts”. Consulta y adquisición de pliego: Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta, y adquisición en www.buenosairescompras.gob.ar.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 290

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Lugar de presentación de las ofertas y Apertura: La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellas en soporte electrónico.

Mariano M. Quiñonez Pacheco Director General

OL 2772 Inicia: 14-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE REGENERACIÓN URBANA Circular N° 2 con Consulta - Licitación Pública N° 344/SIGAF/16 Atento a la consulta elevada por la oferente RIVA S.A., en relación al pliego de referencia, y puntualmente respecto a modificar la fórmula de cálculo del índice de Solvencia y desestimar el de Endeudamiento por considerarse restrictivos, cumplo en manifestar que; a) La afirmación efectuada por la empresa Riva S.A. no es acertada, siendo que la evaluación económica-financiera se realiza considerando los indicadores observados en forma conjunta con los que se mencionan como apropiados (Liquidez, Inmovilizaciones y Rentabilidad) y cumplimentados por su parte. b) Hasta el momento se han efectuado nueve aperturas de ofertas referente a licitaciones de obra pública, a saber: 1) Puentes FFCC Sarmiento (17 pliegos retirados, 5 ofertas recibidas) 2) Decks Gastronómicos (13 pliegos retirados, 5 ofertas recibidas) 3) Area Espacios Verdes Parque Patricios (23 pliegos retirados, 4 ofertas recibidas) 4) Boulevard San Isidro Labrador (22 pliegos retirados, 9 ofertas recibidas) 5) Fachada Escuela Roca (10 pliegos retirados, 2 ofertas recibidas) 6) Santa Casa (8 pliegos retirados, 5 ofertas recibidas) 7) Fachada Racing (8 pliegos retirados, 2 ofertas recibidas) 8) Santa Felicitas (10 pliegos retirados, 4 ofertas recibidas) 9) Esquina José Mármol y Las Casas ( 16 pliegos retirados, 8 ofertas recibidas) Todas ellas contienen en sus pliegos particulares el mismo requisito que se requiere en la obra Plaza Lavalle, ninguna de las empresas interesadas (son las que retiran formalmente el pliego), cuestionó dicho requisito, y en el análisis de las ofertas presentadas, no se han desestimado propuestas únicamente por no alcanzar los valores de alguno de los indicadores propuestos en PCP. c) Dado el tipo de contratación y su monto ($ 57.483.602,91) requiere aplicar no solo índices de evaluación económica sino también cumplimentar requisitos financieros, como los indicados en el punto 2.2.5 a., siendo procedente no desestimar.

Juan C. Pérez Colman Director General

OL 2821 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 291

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MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS DE REGENERACIÓN URBANA Circular N° 1 con Consulta - Expediente Nº 13.643.068-MGEYADGRU/16 Licitación Pública N° 418-SIGAF/16. Obra: “Puesta en valor fachadas iglesias microcentro”. Pregunta N° 1: Solicitamos nos aclaren cuantas son las distintas variedades de luminarias, por Iglesia; ya que no concuerdan con el pliego lo que está puesto en la planilla de cotización. Respuesta N° 1 A continuación se esclarecen los ítems del Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares referentes a la iluminación arquitectónica de la obra de referencia. En el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, se agregan las siguientes consideraciones: 4.7. Instalación Eléctrica 4.7.0 Generalidades La iluminación proyectada para las iglesias que son objeto de la presente licitación son: Iluminación Fachadas Luminarias A B C Iglesia Evangélica Metodista e Iglesia Evangélica del Río de la Plata - - 4 Iglesia Evangélica Metodista 1 7 - Basílica del Santísimo Sacramento 5 24 6 37 10 4.7.1 Provisión e Instalación: luminarias lineales Tipo A y B A las especificaciones indicadas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, se esclarece que : - los artefactos Tipo A son aquellas Luminarias lineales de 1200 mm con tecnología Led - los artefactos Tipo B son aquellas Luminarias lineales de 350 mm con tecnología Led Para ambos artefactos las especificaciones son: El proyecto contempla la provisión e instalación de luminarias lineales con tecnología Led, en los modelos A (longitud entre 1100y1200mm) y B (longitud entre 280 a 320mm.). Los artefactos deberán estar diseñados para el alumbrado arquitectónico exterior, siendo los mismos de inyección o extrusión de aluminio con difusor en policarbonato cristal y base de montaje ajustable. Debe contar con dos temperaturas de color disponibles (blanco frío o blanco cálido). El consumo eléctrico a máxima intensidad será de 58 W máximo. Vida útil 50.000hs. Índice de protección IP: a partir de 64. Se deberá contemplar asimismo la provisión e instalación de controladores para datos y programación como la fotocélula para su prendido automático. Los artefactos serán tipo Philips modelo EW Graze Powercore u otros de similares características y de calidad superior o igual. 4.7.2 Provisión e instalación de proyectores Leds Tipo C Los proyectos contemplan la provisión e instalación de equipos proyectores con tecnología Led (formados por 36 Leds de alto rendimiento), bañador de alta potencia, con alto rendimiento para el alumbrado arquitectónico exterior apto para barridos de

luz monocromática color blanco 2.700 °K o 4.000 °K (posibilidad de cambio de blanco frío a cálido). Apto para barrer superficies o destacar detalles arquitectónicos. Vida útil 70.000 hs. Controladores para datos y programación.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 292

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Artefacto en inyección o extrusión de aluminio con difusor central en cristal templado y base con articulación para anclaje. Índice de protección IP: a partir de 64. Consumo eléctrico a máxima intensidad: hasta 54 W. Tipo PHILLIPS modelo EW Blast Powercore u otros de similares características y de calidad superior o igual. Asimismo, es imprescindible agregar en el numeral 2.11.2.1 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares donde dice “Seguros a Contratar” Inciso c - De los seguros en particular - punto 3 “Seguro de Responsabilidad Civil Compresiva” Debe decir: El adjudicatario deberá amparar todos los daños que se ocasionen a personas o cosas de terceros y/o del GCABA, como consecuencia, directa o indirecta de la prestación del objeto de la presente Licitación, por un monto mínimo de suma asegurada de pesos cinco millones ($ 5.000.000). La cobertura incluirá los daños que se ocasionen por el uso y desplazamiento de los automotores o maquinarias y equipos viales afectadas a los servicios contratados y/o los que provoquen o involucren a la carga transportada, así como aquellos que sean ocasionados por el personal a su cargo y/ó subcontratado. También estarán cubiertos por estas pólizas los eventos producidos como consecuencia de cualquier accidente que se produzca como consecuencia directa o indirecta de los trabajos en ejecución. De corresponder, formarán parte de esta cobertura los eventuales accidentes que se produzcan a consecuencia de conexiones eléctricas provisorias o definitivas defectuosas, zanjas abiertas (con o sin protección), solados (pavimentos y/o Veredas) deteriorados o sin reparar como consecuencia del desarrollo de la prestación contratada, entendiéndose comprendidos aquellas situaciones conexas como zanjas, pozos abiertos, etc. Estarán incluidos dentro de la cobertura los accidentes ocasionados en restos de viejas instalaciones que con motivo de la prestación contratada puedan existir y deban ser removidos y retirados por las Contratistas. En caso de que el monto de la póliza no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante es asumida por el contratista. Las pólizas deberán contener: - Un endoso sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA -Una clausula por medio de la cual la adjudicataria se compromete a comunicar fehacientemente al GCABA con treinta (30) días de anticipación de cualquier cambio En las condiciones de la póliza, o de la cancelación y/o vencimiento de la misma y/o de reducciones en los montos de las coberturas.

Lucas Molinero Director General

OL 2816 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 293

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Secretaría General

SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES Adjudicación - E.E. Nº 12.034.887-MGEYA-DGTAD/16 Contratación Menor Nº 101-1025-CME16. Objeto de la contratación: “Servicios de Consultoría”. Acto de Adjudicación: Resolución N° 118/SGYRI/16 Fecha: 14 de junio de 2016. Firma adjudicada: Asociación Civil Espacios Políticos Renglón 1 por la suma total de pesos setecientos cincuenta mil con cero centavos ($ 750.000,00). Total adjudicación: pesos setecientos cincuenta mil con cero centavos ($ 750.000,00.-). Lugar de exhibición de la adjudicación: Cartelera Oficial - Unidad Operativa de Adquisiciones, Dirección General Técnica y Administrativa, Secretaría Legal y Técnica, Uspallata 3160. T.E.: 5091-7200, internos 7658/7659 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Fernando Straface Secretario

OL 2800 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 294

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Contratación del Servicio de Seguridad, Control y Vigilancia - Expediente Nº 16.699.178-AGIP/16 Llámese a Licitación Pública Nº 8618-0782-LPU16, cuya apertura se realizará el día 21 de julio de 2016 a las 13 hs., para la contratación del Servicio de Seguridad, Control y Vigilancia. Edificio AGIP Cochabamba 1672, C.A.B.A, mediante el sistema Buenos Aires Compras (BAC). Autorizante: Disposición de llamado N° 22/AGIP/16. Repartición destinataria: AGIP. Consultas de pliegos: en el sitio Web de Buenos Aires Compras: www.buenosairescompras.gob.ar

Gerardo Chiossi Director de la Dirección Administración

OL 2803 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 295

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Ente de Turismo

ENTE DE TURISMO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Servicio de reserva de alojamiento - E.E. Nº 17.158.561-MGEYA-DGTALET/16 El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a Contratación Menor Nº 9268-1799-CME16, para el día 19 de julio de 2016, a las 15 hs, para la contratación de un servicio de reserva de alojamiento en un hotel 4 estrellas y servicio de producción de evento en el salón en un hotel de categoría 4 estrellas con servicio de desayuno y almuerzo en la Ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, a realizarse el día 26 de julio de 2016. Valor del pliego: sin valor. Apertura: Sistema Buenos Aires Compras (BAC), Av. Martin García 346, piso 2°, CABA. Acto administrativo autorizante: Disposición N° 80/DGTALET/16. Repartición destinataria: Ente de Turismo (ENTUR).

Adrián Campos Director General

OL 2792 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 296

Page 297: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

Corporación Buenos Aires Sur

CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR S.E. Adjudicación - Licitación Privada Nº 2-CBAS/16 Objeto: “Oficina Informativa Distrito de las Artes, sito en Esquina Pedro de Mendoza y Necochea” Adjudicataria: Ingenor S.A. Monto: $ 1.224.223,00 (pesos un millón doscientos veinticuatro mil doscientos veintitrés) IVA incluido. Adjudicación: Por Resolución Nº 188/PCBAS/16 de fecha 12/7/16.

Fabiana Zimerman Gerente de Administración de Contratos

OL 2811 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 297

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Banco Ciudad de Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Provisión e instalación de sistema de detección alarma y extinción de incendio - Carpeta de Compra N° 22.405 Llámese a licitación pública (Carpeta de Compra N° 22.405) con referencia a los “Trabajos de provisión e instalación de sistema de detección, alarma y extinción de incendio y su respectivo Servicio de Mantenimiento por un plazo de 24 meses, en el Edificio Casa Matriz, sito en Florida 302, C.A.B.A”, con fecha de Apertura el día 1/8/16 a las 11 horas. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos: sin cargo). Consulta y adquisición de pliegos: Página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar / licitaciones. Fecha tope de consultas: 26/7/16.

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo Remodelaciones y Adecuaciones Edilicias BC 145 Inicia: 14-7-2016 Vence: 18-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 298

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Ente Regulador de los Servicios Públicos de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Circular Aclaratoria - Expediente N° 1378/E/16 Licitación Pública Nº 8/16 Circular Aclaratoria N° 1/16 Objeto: Contratación de servicios digitales. Artículo Nº 8 - Visita Donde dice: “La misma deberá ser convenida previamente llamando telefónicamente al Departamento de Administración Operativa al T.E. 4344-3408 en el horario de 10 a 17 hs.”. Léase: “La misma deberá ser convenida previamente vía correo electrónico [email protected] - (Área de Innovación Tecnológica).”

Leonor Colombo Gerente de Administración

OL 2762 Inicia: 14-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 299

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Junta Comunal 13

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS JUNTA COMUNAL COMUNA 13 Contratación de trabajos de reparación de vías de tránsito peatonal (Nuevo llamado) Expediente N° 8.646.243-MGEYA-COMUNA13/16 Nuevo llamado a Licitación Privada Nº 2/16, cuya apertura se realizará el día 21/7/16, a las 12 hs., para la contratación de trabajos de reparación de vías de tránsito peatonal dentro del ámbito de injerencia de la Comuna 13: Autorizante: Resolución Nº 16.864.157/COMUNA13/16. Repartición destinataria: COMUNA 13. Valor del pliego: $ 0. Adquisición y consultas de pliegos: en Comuna 13, Administración, Av. Cabildo 3067, 2° piso, de lunes a viernes en el horario de 11 a 15 hs., hasta 2 días hábiles antes de la apertura. Lugar de apertura: en Comuna 13, Administración, Av. Cabildo 3067, 2° piso.

Gustavo Acevedo Presidente

OL 2698 Inicia: 12-7-2016 Vence: 18-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 300

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Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Adquisición de juguetes para el Día del Niño - Expediente N°17063720/16 Llámase a Licitación Pública Nº 462-0808-LPU16, con destino a la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil dependiente de la Subsecretaria de Promoción Social del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a realizarse el día 22 de julio de 2016 a las 12 horas. Autorizante: Disposición N° 967/DGTALMHYDH/16 Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados. para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar. Asimismo, se encuentran publicados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

Hugo D. Aragno Director General

OL 2754 Inicia: 14-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 301

Page 302: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra “Plan SV 20/16 – Señalamiento Vertical en diferentes áreas de la Ciudad – E.E. N° 12.108.239-MGEYA-DGTYTRA/16 Llámese a Licitación Pública N° 497/SIGAF/16. Obra “Plan SV 20/16 – Señalamiento Vertical en diferentes áreas de la Ciudad de Buenos Aires” Resolución N° 2016-327-SECTRANS Valor del pliego: Gratuito. Consulta y descarga de pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev. php Presentación de ofertas y fecha de apertura: Hasta las 13 hs., del día 8 de agosto de 2016 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.

Juan Serra Director General

OL 2774 Inicia: 14-7-2016 Vence: 27-7-2016

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra “Centro de Transbordo Pacífico”- E.E. N° 12.403.925-MGEYA-DGTMBR/16 Llámese a Licitación Pública N° 447/SIGAF/16. Obra “Centro de Transbordo Pacífico”. Autorizante: Resolución N° 429/MDUYTGC/16. Valor del pliego: gratuito. Consulta y descarga de pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev. php Presentación de ofertas y fecha de apertura: Hasta las 13 hs del día 28 de julio de 2016 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.

Juan Serra Director General

OL 2429 Inicia: 29-6-2016 Vence: 20-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 302

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MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra: “Área Ambiental Centro Cívico - Proyecto Manzana Cívica”- E.E. N° 13.592.837-MGEYA-DGIURB/16 Llámese a Licitación Pública N° 443/SIGAF/16. Obra: “Área Ambiental Centro Cívico - Proyecto Manzana Cívica” Autorizante: Resolución N° 43/SSOBRAS/16. Valor del pliego: Gratuito. Consulta y descarga de pliegos: en el sitio web del G.C.B.A. http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev. php Presentación de ofertas y fecha de apertura: Hasta las 13 hs del día 22 de julio de 2016 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.

Juan Serra Director General

OL 2515 Inicia: 1-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra: “Tendido de Agua y Cloaca - E.E. N° 16.374.108-MGEYA-DGOIYA/16 Llámese a Licitación Pública N° 482-SIGAF-2016. Obra “Tendido de Agua y Cloaca – Av. Figueroa Alcorta 2051” Disposición N° 41/DGTALMDUYT/16. Valor del pliego: Gratuito. Consulta y descarga de pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev. php Presentación de ofertas y fecha de apertura: Hasta las 14:00 hs del día 21 de julio de 2016 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.-

Juan Serra Director General

OL 2771 Inicia: 14-7-2016 Vence: 20-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 303

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra: Construcción y Explotación de Playa de Estacionamiento Subterránea “Área Facultad de Derecho” - E.E. N° 22.032.516-MGEYA-DGPUYA/15 Llámese a licitación pública Obra: Construcción y Explotación de una Playa de Estacionamiento Subterránea de carácter disuasorio ubicada en la denominada “Área Facultad de Derecho”. Autorizante: Resolución N° 415/MDUYTGC/16. Valor del pliego: gratuito. Consulta y descarga de pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php Presentación de ofertas y fecha de apertura: hasta las 13 hs., del día 27 de julio de 2016 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.

Juan Serra Director General

OL 2494 Inicia: 30-6-2016 Vence: 21-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 304

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Secretaría de Medios

SECRETARIA DE MEDIOS DIRECCIÓN GENERAL LS1 RADIO DE LA CIUDAD Adjudicación - E.E. N° 9.412.912-MGEYA-DGTAD/16 Licitación Pública Nº 214-0288-LPU16. Objeto de la contratación: “Servicios de Mantenimiento Integral de Central Telefónica”. Acto de Adjudicación: Disposición N° 25/LS1/16. Firma adjudicada: Liefrink y Marx S.A. Renglón: 1 por la suma total de pesos doscientos cuarenta y seis mil doscientos cuarenta con cero centavos ($ 246.240,00). Total adjudicación: pesos doscientos cuarenta y seis mil doscientos cuarenta con cero centavos ($ 246.240,00). Lugar de exhibición de la adjudicación: Cartelera Oficial, Unidad Operativa de Adquisiciones, Dirección General Técnica y Administrativa, Secretaría Legal y Técnica, Uspallata 3160. T.E.: 5091-7200 internos 7658/7659, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Baltazar Jaramillo Directora General

OL 2802 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 305

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Secretaría de Medios

SECRETARIA DE MEDIOS DIRECCIÓN GENERAL LS1 RADIO DE LA CIUDAD Adjudicación - E.E. Nº 10.576.536-MGEYADGTAD/16 Contratación Directa Nº 214-0223-CDI16. Objeto de la contratación: “Servicio de Mantenimiento de sistema irradiante AM, FM y enlaces y de limpieza de terraza y acopio y provisión de riendas para la prolongación de tres (3) anclajes”. Acto de Adjudicación: Disposición N° 27/LS1/16. Fecha: 27 de junio de 2016. Firma adjudicada: Cristower S.R.L. Renglón: 1 por la suma total de pesos ciento setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y ocho con cincuenta centavos ($ 179.658,50.). Total adjudicación: pesos ciento setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y ocho con cincuenta centavos ($ 179.658,50). Lugar de exhibición de la adjudicación: Cartelera Oficial, Unidad Operativa de Adquisiciones, Dirección General Técnica y Administrativa, Secretaría Legal y Técnica, Uspallata 3160. T.E.: 5091-7200 internos 7658/7659, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Baltazar Jaramillo Directora General

OL 2801 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 306

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Subsecretaría de Comunicación

AREA JEFE DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Adjudicación - E.E. N° 8.639.605-MGEYA-DGTAD/16 Contratación Directa Nº 101-0106-CDI16. Objeto de la contratación: “Servicio de Desarrollo, Implementación, Integración, Mantenimiento Integral y Soporte de Administración de Base de Datos”. Acto de Adjudicación: Resolución N° 22/SSCOMUNIC/16. Fecha: 23 de mayo de 2016. Firma adjudicada: Prepolitan S.A. Renglón: 1 por la suma total de pesos novecientos ochenta mil con cero centavos ($ 980.000,00). Renglón: 2 por la suma total de pesos un millón setecientos veintisiete mil con cero centavos ($ 1.727.000,00). Total adjudicación: pesos dos millones setecientos siete mil con cero centavos ($ 2.707.000,00). Lugar de exhibición de la adjudicación: Cartelera Oficial, Unidad Operativa de Adquisiciones, Dirección General Técnica y Administrativa, Secretaría Legal y Técnica, Uspallata 3160. T.E.: 5091-7200, internos 7658/7659, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Federico Di Benedetto Subsecretario

OL 2806 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 307

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Subsecretaría Deportes (MDEGC)

VICEJEFATURA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Adjudicación - E.E. N° 1.087.292-MGEYA-DGTAD/16 Contratación Menor Nº 8106-0852-CME16. Objeto de la contratación: “Insumos para la Siembra 2016 del Campo de Golf de la Ciudad de Buenos Aires”. Acto de Adjudicación: Resolución N° 50/SSDEP/16 Fecha: 20 de mayo de 2016. Firma adjudicada: Profield S.A. Renglón: 1 al 25 (inclusive) por la suma total de pesos novecientos sesenta y seis mil cincuenta y nueve con diez centavos ($ 966.059,10). Total adjudicación: pesos novecientos sesenta y seis mil cincuenta y nueve con diez centavos ($ 966.059,10). Lugar de exhibición de la adjudicación: Cartelera Oficial, Unidad Operativa de Adquisiciones, Dirección General Técnica y Administrativa, Secretaría Legal y Técnica, Uspallata 3160. T.E.: 5091-7200, internos 7658/7659, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Luis G. Lobo Subsecretario

OL 2807 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

VICEJEFATURA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Adjudicación - E.E. N° 11.638.201-MGEYA-DGTAD/16 Contratación Menor Nº 8106-0963-CME16. Objeto de la contratación: “Servicio de Elaboración y Entrega de Elementos de Premiación para actividades deportivas y recreativas durante el año 2016”. Acto de Adjudicación: Resolución N° 52/SSDEP/16. Fecha: 27 de mayo de 2016. Firma adjudicada: Gustavo Roberto Costas Renglón: 1 por la suma total de pesos doscientos treinta y cinco mil quinientos con cero centavos ($ 235.500,00). Total adjudicación: pesos doscientos treinta y cinco mil quinientos con cero centavos ($ 235.500,00).

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Lugar de exhibición de la adjudicación: Cartelera Oficial, Unidad Operativa de Adquisiciones, Dirección General Técnica y Administrativa, Secretaría Legal y Técnica, Uspallata 3160. T.E.: 5091-7200, internos 7658/7659, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Luis G. Lobo Subsecretario

OL 2808 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 309

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Subsecretaría de Bienestar Ciudadano

VICEJEFATURA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE BIENESTAR CIUDADANO DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO SALUDABLE Adjudicación - E.E. N° 9.743.362-MGEYA-DGTAD/16 Contratación Menor Nº 8801-0659-CME16. Objeto de la contratación: “Servicios de Recolección de Residuos Patogénicos”. Acto de Adjudicación: Resolución N° 17/DGDS/16 Fecha: 13 de junio de 2016. Firma adjudicada: Soma S.A. Renglón: 1 por la suma total de pesos ciento ocho mil con cero centavos ($ 108.000,00). Total adjudicación: pesos ciento ocho mil con cero centavos ($ 108.000,00.-). Lugar de exhibición de la adjudicación: Cartelera Oficial, Unidad Operativa de Adquisiciones, Dirección General Técnica y Administrativa, Secretaría Legal y Técnica, Uspallata 3160. T.E.: 5091-7200, internos 7658/7659, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cecilia Antun Directora General

OL 2805 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 310

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Edictos Oficiales Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. JUAN A. FERNÁNDEZ” Notificación - Registro N° 63/16 La Dirección del Hospital General de Agudos Dr. Juan A. Fernández, cita a la agente Cohen, Hugo Arnaldo, DNI 10.661.761, a presentarse al Dpto. de Recursos Humanos del citado Establecimiento, dentro de las 72 hs a fin de regularizar su situación laboral, caso contrario se procederá de acuerdo a la reglamentación vigente.

José Lanes Director

EO 908 Inicia: 13-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 311

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL MATERNO INFANTIL “RAMON SARDA” Comunicación 15/16 El Hospital Materno Infantil Ramón Sarda comunica al Sr. SERGIO ANDRES DELGADO, CUIL 20-18443536-6, por 3 (tres) días que mediante RESOL-2016-1075-SSGRH fue declarado cesante. La presente Resolución no agota la vía administrativa y que podrá interponer recurso de reconsideración, en el plazo de 10 días o jerárquico en el plazo de 15 días (conforme Art 107, 112, 113 y ss. De la Ley de procedimiento administrativo aprobada por el Decreto N° 1510/97- texto consolidado por digesto jurídico aprobado por Ley 5454). O el recurso directo en los Art 464 y 465 del Código Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires (Ley 189 modificada por Ley 2435)

Eduardo A. Valenti Director Medico

EO 928 Inicia: 15-7-2016 Vence: 19-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 312

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL MUNICIPAL DE ONCOLOGÍA "MARIA CURIE" Intimación - Expediente Nº 11.761.218-MGEYA-HMOMC-2014 S/ Inasistencias Dado que por TELEFONOGRAMA 0001553115 del 22/07/2014. Se notifica al agente Diaz, Mariela - DNI Nº 32.930.587, que ha incurrido en inasistencias desde el 22/7/2014 hasta la actualidad, asimismo se hace saber a Ud. que dentro de los 10 (diez) días hábiles de publicado el presente, deberá formular el descargo por las inasistencias incurridas, de no aportar elemento que justifiquen dichas inasistencias se encontrara en la causal de cesantía provista en el Art. 48 inciso (B) de la Ley 471 (BOCBA Nro. 1026) y su reglamentación, su incomparencia dará lugar a la tramitación inmediata de la medida citada. Oficina de Personal

Alejandro Fernández Director

EO 888 Inicia: 7-7-2016 Vence: 21-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 313

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Ministerio de Salud

MINISTERIO SALUD HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO BRAULIO A. MOYANO Notificación – E.E. Nº 7217129/MGEYA-HNBM/16 Se notifica a la agte. Faraco, Angélica Haydee ficha censal N° 345.108 que deberá comparecer ante el Hospital Braulio A. Moyano (EE-2016-07217129- -MGEYA-HNBM) y formular descargo por las inasistencias incurridas, dentro de los Diez (10) días hábiles de recibida la presente, por hallarse incurso en causal de cesantía conforme con lo establecido en la ley 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad de Bs. As. Art. 48 Inc. b)

María Norma Derito Directora

EO 916 Inicia: 14-7-2016 Vence: 18-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 314

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Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - E.E. Nº 16.906.248/MGEYA-DGTAD/16 Notifícase al Sr. Eduardo Andrizzi (DNI 17.756.910) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: OE CENTRAL: Bartolomé Mitre 575 OE Nº 3: Junín 521 OE Nº 4: Av. Suarez 2032 OE Nº 5: Carlos Calvo 3307 OE Nº 6: Patricias Argentinas 277 OE Nº 7: Av. Rivadavia 7202 piso 2do. OE Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) OE Nº 9: Directorio 4344 OE Nº 11: Francisco Beiró 4680 OE Nº 12: Miller 2751 OE Nº 13: Cabildo 3067 OE Nº 14: Beruti 3325 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Paola Corbalán Directora General

EO 905 Inicia: 13-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - E.E. Nº 16.952.556/MGEYA-DGTAD/16

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 315

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Notifícase a la Sra. Marisa Estela Hutchison (DNI 14.208.508) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se la invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: OE CENTRAL: Bartolomé Mitre 575 OE Nº 3: Junín 521 OE Nº 4: Av. Suarez 2032 OE Nº 5: Carlos Calvo 3307 OE Nº 6: Patricias Argentinas 277 OE Nº 7: Av. Rivadavia 7202 piso 2do. OE Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) OE Nº 9: Directorio 4344 OE Nº 11: Francisco Beiró 4680 OE Nº 12: Miller 2751 OE Nº 13: Cabildo 3067 OE Nº 14: Beruti 3325 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Paola Corbalán Directora General

EO 906 Inicia: 13-7-2016 Vence: 15-7-2016

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - E.E. Nº 16.979.272/MGEYA-DGTAD/16 Notifícase a la Sra. Cecilia Noemi Belesansky (DNI 31.695.296) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se la invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: OE CENTRAL: Bartolomé Mitre 575 OE Nº 3: Junín 521

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 316

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OE Nº 4: Av. Suarez 2032 OE Nº 5: Carlos Calvo 3307 OE Nº 6: Patricias Argentinas 277 OE Nº 7: Av. Rivadavia 7202 piso 2do. OE Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) OE Nº 9: Directorio 4344 OE Nº 11: Francisco Beiró 4680 OE Nº 12: Miller 2751 OE Nº 13: Cabildo 3067 OE Nº 14: Beruti 3325 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Paola Corbalán Directora General

EO 907 Inicia: 13-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 317

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Carpeta Nº 494.336/DGR/10 La Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente ROLLERSISTEMAS S.R.L., y a los responsables solidarios Señor Claudio Marcelo Principato, Señor Fernando Daniel Donda, Señor Hernán Alejandro Sárrate, los términos de la Resolución N°1850-DGR-2016, de fecha 24 de junio 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE

Artículo 1°.- Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente ROLLERSISTEMAS S.R.L., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como Contribuyente de Convenio Multilateral bajo el N° 901-0268936-1 y CUIT 30-71036176-9, con domicilio fiscal en la calle Nogoya N°2978, Piso 8°, Oficina "C", Comuna N° 11, de ésta Ciudad (fojas 515) cuya actividad declarada sujeta a tributo consiste en "Fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles n.c.p. excepto prendas de vestir", respecto de los períodos fiscales 2009 (12° anticipo mensual), 2010 (1° a 4° y 7° anticipos mensuales) y 2011 (1°, 2° y 9° anticipos mensuales). Artículo 2°.- Determinar de oficio sobre base presuna y carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la responsable por los períodos fiscales 2009 (12° anticipo mensual), 2010 (1° a 4°, 7° y 10° anticipos mensuales), 2011 (1°, 2°, 9° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales), 2013 (1° a 12° anticipos mensuales), 2014 (1° a 12° anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Establecer que por los ingresos obtenidos por la contribuyente respecto del rubro "Fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles n.c.p. excepto prendas de vestir" le corresponde tributar el impuesto que nos ocupa a la alícuota del 3% conforme al artículo 57 inciso 2 de la Ley Tarifaria para el año 2014 y disposiciones concordantes con años anteriores. Artículo 4°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la figura de omisión fiscal aplicándole una multa de pesos pesos quinientos setenta y cuatro mil setecientos cuarenta y siete con 11/100 ($574.747, 11) la cual se encuentra compuesta por el equivalente al ochenta por ciento (80%) del impuesto omitido ($ 718.433,89) conforme se desprende del Anexo que forma parte integrante de la presente. Artículo 5º.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por las obligaciones emergentes de la presente, al ex socio Gerente Señor Claudio Marcelo Principato D.N.I. N°16.920.311, con domicilio en la calle Blas Parera N°2909, Piso 9°, Departamento "B", Olivos, Provincia de Buenos Aires, por el período 16/10/2007 al 09/09/2010 (según Contrato Social a fs. 22/29), al socio Gerente Fernando Daniel

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 318

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Donda D.N.I. N°18.226.250, con domicilio en la calle Cuzco N° 508, Piso 5°, Departamento "C", Comuna N° 10 de ésta Ciudad, (Boletín Oficial N°31.992 obrante a fojas 403, y fojas 401), al Socio Gerente Señor Hernán Alejandro Sárrate, con domicilio en la calle Remedios de Escalada de San Martín N°1766, Piso 8, Departamento 32, Vicente López, Provincia de Buenos Aires (Boletín Oficial N°31.992 obrante a fojas 403); y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, conforme los artículos 11 (incisos 4° y 5º), 12, 14 (inciso 1°) y 110 del Código Fiscal T.O. 2015 con las modificaciones introducidas por la Ley N°5493 (B.O. N°4792 del 4/01/2016) y disposiciones concordantes de años, conforme lo expuesto en los Considerandos de la presente. Articulo 6º.- Intimar a la contribuyente, a los responsables solidarios, y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad; para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingresen la suma de pesos stecientos dieciocho mil cuatrocientos treinta y tres con 89/100 ( $ 718.433,89), que resultan adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el articulo 76 del Código Fiscal T.O. 2015 con las modificaciones introducidas por la Ley N°5493 (B.O. N°4792 del 4/01/2016) y concordantes, hasta el momento del efectivo pago, y la multa total aplicada de pesos quinientos setenta y cuatro mil setecientos cuarenta y siete con 11/100 ($ 574.747,11), debiendo acreditar su pago ante esta Administración bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto de acuerdo en el artículo 3° inciso 12 del Código Fiscal T.O. 2015 con las modificaciones introducidas por la Ley N°5493 (B.O. N°4792 del 4/01/2016) y concordantes; Articulo 7º.- Intimar a la contribuyente, a los responsables solidarios y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad; para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de tener como válido y subsistente el último domicilio declarado, que en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente y los responsables solidarios y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8°.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente al domicilio fiscal consignado en el artículo 1°, y a los responsables solidarios en los domicilios consignados en el artículo 5° de la presente y en el domicilio fiscal de la firma y mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2015 con las modificaciones introducidas por la Ley N°5493 (B.O. N°4792 del 4/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores; con copia de la presente, y resérvese.-

Demian Tujsnaider Director General

EO 917 Inicia: 14-7-2016 Vence: 18-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 319

ANEXO

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ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - Expediente Nº 1.272.185-MGEyA/11 La Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente AFROS S.R.L., al responsable solidario señor CARLOS CRIADO y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, los términos de la Resolución N° 1967-DGR-2016, de fecha 29 de junio de 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

Artículo 1°: Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente AFROS SRL inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente del Régimen de Convenio Multilateral bajo el N° Nº 901-537156-3, CUIT 33-71111241-9, con domicilio fiscal sito en la calle Tucumán N° 1437, piso 2, departamento 206 de esta Ciudad (Comuna N° 1), domicilio donde se realizó la fiscalización sito en la calle Tucumán N° 1427, piso 7, oficina 707 de esta Ciudad (Comuna N° 1), domicilio comercial sito en la calle Espinosa N° 2900 de esta Ciudad (Comuna N° 15) y domicilio social sito en la calle Tucumán N° 1427, piso 2, oficina 206 de esta Ciudad (Comuna N° 1) con respecto a los períodos fiscales 2010 (4º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 4º anticipos mensuales). Artículo 2°.- Determinar de oficio sobre base cierta y presunta (mixta) y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, por los períodos fiscales 2010 (4º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales), 2012 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2013 (1º a 9º anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Establecer que los ingresos provenientes de la actividad "Venta al por mayor de instrumental médico y odontológico y artículos ortopédicos", le corresponde tributar la alícuota del 3% por los períodos fiscales 2010 (4º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 4º y 7° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2013 (1º a 9º anticipos mensuales), ello conforme lo previsto en el artículo 53, inciso 9) de la Ley Tarifaria para el año 2013 y concordantes con años anteriores motivo de ajuste. Artículo 4°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la figura de defraudación fiscal aplicándole multa de pesos dos millones trescientos sesenta y siete mil ochocientos cuarenta y dos con 40/100 ($ 2.367.842,40), la cual se encuentra compuesta por el equivalente al doscientos por ciento (200%) del impuesto defraudado ($ 1.183.921,20), conforme se desprende del Anexo que forma parte integrante de la presente. Artículo 5°: Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente al Socio Gerente, señor CARLOS CRIADO, DNI 13.213.912, con domicilio en la calle Caracas N° 1444, Planta Baja, departamento 4 de esta Ciudad (Comuna N° 11) y con domicilio especial en la calle Tucumán N° 1427, piso 2, oficina 206 de esta Ciudad (Comuna N° 1) y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, en virtud de los artículos que en virtud de los

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artículos 11 incisos 4° y 5°, 12, 14 inciso 1° y 110 del Código Fiscal TO 2015 con las modificaciones introducidas por Ley N° 5493 (BO N° 4792 de fecha 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 6°: Hacer efectivo el apercibimiento contenido en el artículo 6° de la Resolución N° 1073-DGR-2015 y, en consecuencia, tener por constituido el domicilio de la responsable en la sede de esta Administración General de Ingresos Públicos en mérito a lo dispuesto en los Considerandos y por válidamente notificada la presente así como las resoluciones posteriores que se dicten, los días martes o viernes, o el día hábil siguiente si alguno es feriado, inmediato siguiente a la fecha de suscripción del respectivo acto resolutivo. Artículo 7°: Intimar a la contribuyente, al Socio Gerente de la firma, señor CARLOS CRIADO y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingresen la suma de $ 1.183.921,20, que resultan adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 76 del Código Fiscal TO 2015 con las modificaciones introducidas por Ley N° 5493 (BO N° 4792 de fecha 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de pesos dos millones trescientos sesenta y siete mil ochocientos cuarenta y dos con 40/100 ($ 2.367.842,40) debiendo acreditar su pago ante esta Administración bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3 inciso 12) del Código Fiscal citado y ejecución fiscal, a cuyo efecto deberán concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición sita en Viamonte 900 -Anexo Edificio Esmeralda 638 4º piso-, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 8°: Intimar a la contribuyente, al Socio Gerente de la firma, señor CARLOS CRIADO y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente y el responsable solidario la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 9°: Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal, en el comercial, en el social y donde se llevó a cabo la fiscalización y en la forma dispuesta en el artículo 6° de la presente y al responsable solidario en los domicilios indicados en el artículo 5° de la presente y en el domicilio social de la firma. Asimismo, notifíquese a la contribuyente y al responsable solidario mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal Código Fiscal TO 2015 con las modificaciones

introducidas por Ley N° 5493 (BO N° 4792 de fecha 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores.

Demian Tujsnaider Dirección General de Rentas

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EO 911 Inicia: 14-7-2016

Vence: 18-7-2016

ANEXO

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ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - Expediente Nº 757.976-MGEyA-2012 y su Presentación Agregar N° 001 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente ALLENDE MARTA FERNANDA los términos de la Resolución N° 2095-DGR-2016, de fecha 19 de octubre de 2.015, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TECNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS

RESUELVE Artículo 1°.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial de la materia imponible y de las obligaciones fiscales consiguientes en relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos a la contribuyente ALLENDE MARTA FERNANDA, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente Local bajo el N° 1284084-10 (CUIT N° 23-05459100-4), con domicilio fiscal sito en la calle Rosario N° 149 y con domicilio declarado ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sito en la calle Cachimayo N° 112, ambos pertenecientes a la Comuna N° 6, de esta Ciudad, cuya actividad determinada sujeta a tributo consiste en el "Servicio de Expendio de Comidas y Bebidas en Bares, Confiterías y Salones de Té sin Espectáculo", con respecto a los períodos fiscales 2011 (1° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2013 (1° a 12° anticipos mensuales). Artículo 2°.- Instruir sumario a la contribuyente mencionada, por la comisión presunta de las infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los Considerandos de la presente. Artículo 3°.- Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente ALLENDE MARTA FERNANDA, para que en el término de quince (15) días de notificada esta Resolución, exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho debiendo acreditar el presentante la personería jurídica invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su no consideración en la resolución de la causa. Artículo 4°.- Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 5°.- Hacer saber a la contribuyente que de no formalizar la comunicación del correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, el mismo quedará constituido en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. En función de ello, las resoluciones posteriores a la presente se han de considerar válidamente notificadas el día martes o viernes o el siguiente hábil si alguno es feriado, inmediato siguiente a la fecha de suscripción del respectivo acto resolutivo.

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Artículo 6°.- Intimar a la contribuyente ALLENDE MARTA FERNANDA, para que dentro del plazo de quince (15) días de notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 111 y 112 del Código Fiscal T.O. 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores, todo ello bajo apercibimiento de resolver acorde las constancias obrantes en estos actuados Artículo 7°.- Intimar a la contribuyente, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8°.- Regístrese y notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal y en el domicilio denunciado ante AFIP, con copia de la presente; y mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores, con trascripción de la presente, y resérvese. Manuel Esteban Balestretti

Manuel E. Balestretti Subdirector General de Técnica Tributaria

EO 909 Inicia: 14-7-2016 Vence: 18-7-2016

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - Expediente 1.574.122-MGEyA/2012 e incorporado Expediente Nº 1.899.892-MGEyA/2011 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica al contribuyente FRANCISCO D´AGOSTINO los términos de la Resolución N° 2091/DGR/2016, de fecha 7 de julio de 2.016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 323

ANEXO

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Artículo 1º.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial de la materia imponible y las obligaciones fiscales consiguientes en relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, al contribuyente D´AGOSTINO, FRANCISCO, inscripto en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente local bajo el N° 1245314-05 y CUIT 20-33507411-5, con domicilio fiscal sito en la calle Bardi Nº 569, Planta Baja, de la Localidad de Don Bosco, Partido de Quilmes, Provincia de Buenos Aires y con domicilio declarado en la Avenida Corrientes Nº 2548, Piso 2º, Oficina "H" (Comuna Nº 3) de esta Ciudad, cuya actividad sujeta a tributo consiste en el "Servicios de consultores en informática y suministro de programas de informática", con respecto a los períodos fiscales 2011 (5º a 12º anticipos mensuales), 2012 (1º a 10 y 12º anticipos mensuales) y 2013 (1º a 4º anticipos mensuales). Artículo 2º.- Instruir sumario al contribuyente mencionada, por la comisión presunta de infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los Considerandos de la presente. Artículo 3º.- Intimar al contribuyente a constituir domicilio especial dentro del ámbito de esta Ciudad, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y por válidamente notificadas las resoluciones que se dicten a partir de la presente, los días martes o viernes -o el siguiente día hábil si alguno es feriado- inmediato a la fecha de suscripción de los actos correspondientes. Artículo 4º.- Conferir vista de estas actuaciones al contribuyente para que en el término de los quince (15) días, contados a partir del siguiente al de la notificación de esta Resolución, exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que haga a su derecho; debiendo el presentante acreditar la personería jurídica invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su rechazo in límine. Artículo 5º.- Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 6º.- Intimar al contribuyente para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo, los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 109 y 110 del Código Fiscal TO 2015 con las

modificaciones introducidas por la ley Nº 5493 (B.O. Nº 4792 de fecha 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores; todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias de autos. Artículo 7º.- Intimar al contribuyente para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se lo intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo el contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8º.- Regístrese y notifíquese al contribuyente en el domicilio fiscal, en el domicilio declarado consignado en el artículo 1º y por medio de la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores s, con copia de la presente y resérvese. Balestretti

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 324

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Manuel E. Balestretti

Subdirector General de Técnica Tributaria EO 910 Inicia: 14-7-2016 Vence: 18-7-2016

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - Expediente N° 2.302.754-MGEyA-2012 e incorporado Expediente N° 1.526.925-MGEyA-2010 La Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente MANNOR HAUSE S.A, al responsable solidario señor VIDELA, Ricardo Horacio y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, los términos de la Resolución N° 1908-DGR-2016, de fecha 28 de Junio de 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS Artículo 1°.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base cierta y presunta (mixta) y con carácter parcial de la materia imponible y de las obligaciones fiscales consiguientes en relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos a la contribuyente MANNOR HAUSE S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente del Régimen de Convenio Multilateral bajo el Nº 901-020165-0 y con fecha de cese total el 10/04/2015, CUIT 33-70890707-9 con domicilio fiscal en la calle San Martín N° 551, Piso 1°, Oficina N° "18", (Comuna N° 1) y con domicilio constituido en Avenida Corrientes N° 4482, Departamento N° 5, (Comuna N° 5), cuyas actividades sujetas a tributo consisten en "Servicio de Transporte Automotor de Cargas na cional e internacional" "Servicios de Logística para el transporte de mercadería", con respecto a los períodos fiscales 2011 (10° a 12° anticipos mensuales) y 2012 (01° a 12° anticipos mensuales). Artículo 2°.- Instruir sumario a la contribuyente mencionada, por la comisión presunta de las infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los Considerandos de la presente. Artículo 3°.- Hacer extensiva la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias al Presidente del Directorio de la firma, señor VIDELA, Ricardo Horacio, DNI 13.204.820, con domicilio sito en la calle Granaderos N° 1526, Distrito Ciudad, del Departamento Capital de la Provincia de Mendoza y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, artículos 11 incisos 4° y 5°, 12, 14 inciso 1° y 110 del Código Fiscal TO 2015 con las modificaciones introducidas por Ley N° 5493 (BO N° 4792 de fecha 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 4°.- Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente, al responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que en el término de quince (15) días de notificada esta Resolución, expresen por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho debiendo acreditar el presentante la personería jurídica invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su no consideración en la resolución de la causa.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 325

ANEXO

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Artículo 5°.- Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 6°.- Intimar a la contribuyente para que dentro del plazo de quince (15) días de notificada esta Resolución, declaren si han interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 111 y 112 del Código Fiscal TO 2015 con las modificaciones introducidas por Ley N° 5493 (BO N° 4792 de fecha 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores, todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias de autos. Artículo 7°.- Intimar a la contribuyente, al responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, el responsable y/o quien resulte responsable hasta la actualidad solidario la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8°.- Regístrese y notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal y en el constituido y al responsable solidario en el domicilio consignado en el Artículo 3° de la presente y en el fiscal y en el constituido de la sociedad; y mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal TO 2015 con las modificaciones introducidas por Ley N° 5493 (BO N° 4792 de fecha 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores, con copia de la presente y resérvese.

ANEXO

Demian Tujsnaider

Dirección General de Rentas EO 919 Inicia: 15-7-2016 Vence: 19-7-2016

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - Expediente Nº 5.918.384-MGEyA/14

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 326

Page 327: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente AFERSA S.A., los términos de la Resolución N° 1934/DGR/2016, de fecha 29 de Junio de 2.016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE

Artículo 1°.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial de la materia imponible y de las obligaciones fiscales consiguientes en relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, a la contribuyente AFERSA S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como Contribuyente Local bajo el N° 1242230-4 (CUIT Nº 33-71172749-9), con domicilio fiscal en la calle Montevideo Nº 765, Piso 6, Departamento "0", Comuna Nº 1, de esta ciudad, (foja 174), cuya actividad sujeta a tributo consiste en "Venta al por mayor de maquinas, equipos e implementos de uso especial n.c.p." con respecto a los períodos fiscales 2011 (7° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales), 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a 12° anticipos mensuales). Artículo 2º.- Instruir sumario a la contribuyente, por la comisión presunta de infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los considerandos de la presente. Artículo 3º.- Hacer extensiva la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias a la Presidenta de la firma, Señora Elizabeth Cane D.N.I. 24.286.774 con domicilio en la Avenida Juan de Garay N° 1472, 2° Piso, Departamento "D", Comuna N° 1, de ésta Ciudad, (según Contrato Constitutivo de la sociedad obrante a fojas 73/85) y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, en virtud de lo establecido en los artículos 11 (inc. 4° y 5°), 12, 14 (inc. 1°) y 110 del Código Fiscal T.O. 2015 con las modificaciones introducidas por la ley N° 5493 (B.O. N° 4792 del 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 4°.- Hacer saber a la contribuyente que de no constituir domicilio dentro de esta jurisdicción, el mismo quedará constituido en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. En función de ello, las resoluciones posteriores a la presente se han de considerar válidamente notificadas los días martes o viernes - o el siguiente hábil si alguno es feriado - inmediato al de su suscripción. Artículo 5º.- Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 6º.- Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente, a la responsable solidaria y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que en el término de quince (15) días de notificada esta Resolución, expresen por escrito su descargo, ofrezcan y produzcan las pruebas que hagan a su derecho debiendo el presentante acreditar la personería jurídica invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su rechazo in limine. Artículo 7º.- Intimar a la contribuyente AFERSA S.A. para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo, los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 111 y 112 del Código Fiscal T.O. 2015 con las modificaciones introducidas por la ley N° 5493 (B.O. N° 4792 del 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores, todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias de autos.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 327

Page 328: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

Artículo 8º.- Intimar a la responsable AFERSA S.A., a la responsable solidaria y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente y la responsable solidaria y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 9º.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal y mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y a su responsable solidaria, en el domicilio consignado en el articulo 3° de la presente, en el domicilio fiscal de la firma y mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2015 con las modificaciones introducidas por la ley N° 5493 (B.O. N° 4792 del 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores, con copia de la presente, y resérvese. TUJSNAIDER

Demian Tujsnaider Director General de Rentas

EO 912 Inicia: 14-7-2016 Vence: 18-7-2016

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - Expediente Nº 10.456.118/14 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente ARTELTEX S.R.L. los términos de la Resolución N° 2093/DGR/2016, de fecha 7 de Julio de 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 328

ANEXO

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Artículo 1º.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta de la materia imponible y de las obligaciones fiscales consiguientes en relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos a la contribuyente ARTELTEX S.R.L. inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en el Régimen de Contribuyente Local bajo el Nº 1085311-01 (CUIT N° 30-70807278-4) con domicilio fiscal en la calle Francisco Acuña Figueroa N°1068, Piso 1°, Departamento "D" y domicilio de la sede social sito en la calle Castro N° 2139 piso 1°, Departamento 1, ambos de la Comuna N° 5 de ésta Ciudad cuya actividad sujeta a tributo consiste en "VENTA AL POR MENOR DE ARTÍCULOS TEXTILES N.C.P" y, con respecto a los períodos fiscales 2010 (12° anticipo mensual), 2011 ( 1° a 12° anticipos mensuales) , 2012 (1°, 3° a 5° y 7° a 12° anticipos mensuales), 2013 (2° a 12° anticipos mensuales) y 2014 ( 1° a 6° anticipos mensuales); Artículo 2º.- Instruir sumario a la contribuyente mencionada, por la comisión presunta de las infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los considerandos de la presente. Artículo 3º.- Hacer extensiva la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la rubrada al Gerente de la firma Sr. Jaime Lavadenz Arias , DNI N° 92.577.626 con domicilio especial en la calle Castro N° 2139 Piso 1°, Departamento 1, Comuna N° 5 de esta Ciudad , y/o a quien hasta la actualidad resulte responsable, en virtud de lo establecido en los artículos 11 (incisos 4º y 5º), 12, 14 (incisos 1º) y 110 del Código Fiscal T.O. 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 4°.- Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente ARTELTEX S.R.L., al reponsable solidario , y/o a quien hasta la actualidad resulte responsable, para que en el término de los quince (15) días, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la notificación de esta Resolución, expresen por escrito su descargo, ofrezcan y produzcan las pruebas que hagan a su derecho; debiendo el presentante acreditar la personería jurídica invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su rechazo in limine. Artículo 5º.- Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 6°.- Intimar a la contribuyente ARTELTEX S.R.L. a denunciar el correcto domicilio fiscal dentro del ámbito geográfico de esta Ciudad, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y por válidamente notificadas las resoluciones que se dicten en el futuro los días martes o viernes o el siguiente hábil si alguno es feriado, inmediato a la fecha de suscripción de los actos correspondientes. Artículo 7°.- Intimar a ARTELTEX S.R.L. para que dentro del término de quince (15) días de notificada ésta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo, los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 111 y 112 del Código Fiscal T.O. 2016 y disposiciones de años anteriores; todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias de autos.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 329

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Artículo 8º.- Intimar a ARTELTEX S.R.L., al responsable solidario y/o a quien hasta la actualidad resulte responsable para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, el responsable solidario y/o quien resulte responsable hasta la actualidad la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 9°.- Regístrese y notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal y en el de la sede social y al responsable solidario en el domicilio consignado en el artículo 3° y en el fiscal de la contribuyente y por medio de la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores, con copia de la presente y resérvese.

Manuel E. Balestretti Subdirector General de Técnica Tributaria

EO 918 Inicia: 14-7-2016 Vence: 18-7-2016

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - Expediente Nº 9.954.524 /MGEyA-DGR/16 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente FAUS ARGENTINA S.A. , los términos de la Resolución N° 1113/DGR/2016, de fecha 29 de Abril de 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación.

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE Artículo 1º.- Concluir el sumario instruido a, FAUS ARGENTINA S.A. inscripta en el Régimen Convenio Multilateral del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 901-173741-5, CUIT Nº 30-68513555-4, con domicilio fiscal en la calle Paraná N° 426, Piso 18, Departamento "C" de la Comuna N° 1 de esta Ciudad, considerándola incursa en la infracción prevista y sancionada en el artículo 104 del Código Fiscal T.O. 2015 con las modificaciones introducidas mediante Ley N° 5.493 (B.O. N° 4792 del 04/01/2016) y disposiciones legales concordantes de años anteriores, en mérito a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 330

ANEXO

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Artículo 2º.- Aplicarle a la contribuyente una multa de PESOS MIL QUINIENTOS ($1.500,00), correspondiente al incumplimiento detallado en los considerandos precedentes, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 132 de la Ley Tarifaria del año 2010, en mérito a la aplicación del principio de la Ley Penal más Benigna, graduada en virtud a lo previsto en el artículo 115 del Código citado. Artículo 3°.- Intimar a la contribuyente para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la notificación de esta resolución, ingrese la multa aplicada, debiendo acreditar su pago ante esta Administración bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3° inciso 12 de la normativa mencionada, y de ejecución fiscal. A los efectos de obtener la boleta para el pago de la multa, el obligado podrá solicitarla mediante correo electrónico a la siguiente dirección [email protected] debiendo consignar el número de Expediente, el número de la Resolución y el importe de la multa-, o concurrir ante la Dirección Sumarios de la Dirección General de Rentas sita en la calle Carlos Pellegrini N° 581 Piso 8°, Comuna N° 1, de esta ciudad, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 4º.- Intimar a la contribuyente para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 5º.- Regístrese; notifíquese de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2015, con las modificaciones introducidas mediante Ley N° 5.493 (B.O. N° 4792 del 04/01/2016) con copia de la presente y resérvese.

Manuel E. Balestretti Subdirector General de técnica Tributaria

EO 913

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - E.E. Nº 12.757.738/MGEyA-DGR/16 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente LIFT VAN INTERNATIONAL CO S.A.C., los términos de la Resolución N° 2102/DGR/2016, de fecha 11 de Julio 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación.

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 331

Inicia: 15-7-2016 Vence: 19-7-2016

Page 332: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

Artículo 1º: Concluir el sumario instruido a LIFT VAN INTERNATIONAL CO S.A.C., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente del Régimen de Convenio Multilateral bajo el Nº 902-100483-9 (CUIT Nº 30-53618962-5), con domicilio fiscal en la calle Marcelo T. de Alvear N.º 3449, Localidad de Don Torcuato, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires (según surge de los datos obrantes en el IF-2016-16392992--DGR), considerándola incursa en la infracción prevista y sancionada en el artículo 104 del Código Fiscal T.O. 2016 y disposiciones legales concordantes de años anteriores, en mérito a los fundamentos expuestos en los Considerandos de la presente. Artículo 2º: Aplicarle a la contribuyente LIFT VAN INTERNATIONAL CO S.A.C. una multa de $ 1.500.- (pesos mil quinientos), correspondiente al incumplimiento detallado en los considerandos precedentes, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 132 de la Ley Tarifaria del año 2010, graduada en virtud a lo previsto en el artículo 115 del Código citado, en mérito a la aplicación del principio de la Ley Penal más Benigna. Artículo 3º: Intimar a la contribuyente LIFT VAN INTERNATIONAL CO S.A.C. para que dentro de los quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, contados a partir del primer día siguiente hábil al de su notificación, ingrese la multa aplicada de $1.500.- (pesos mil quinientos) debiendo acreditar su pago ante esta Dirección General de Rentas bajo apercibimiento de iniciar el proceso de ejecución fiscal y de solicitar la inhibición general de bienes -en caso de corresponder-, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3, inciso 12, del Código Fiscal T.O. 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores. A los efectos de obtener la boleta para el pago de la multa, el obligado podrá solicitarla mediante correo electrónico a la siguiente dirección [email protected] -debiendo consignar el número de Expediente, el número de Resolución y el importe de la multa-, o concurrir ante la Dirección Sumarios -dependiente de la Subdirección General de Técnica Tributaria - de la Dirección General de Rentas, sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 581, Piso 8º, de esta Ciudad, a los fines de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 4°: Intimar a la rubrada a constituir un domicilio especial dentro del ámbito de esta Ciudad, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de tenerla por constituida en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, considerándose como válidamente notificados los Actos Jurídicos que se dicten en el futuro los días martes o viernes o el siguiente día hábil inmediato a la fecha de su suscripción.

Artículo 5º: Intimar a la contribuyente, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal, sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la encartada la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Articulo 6°: Regístrese y notifíquese en el domicilio fiscal y mediante publicación de edictos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal t.o. 2016 con copia de la presente y resérvese.

Manuel E. Balestretti Subdirector General de técnica Tributaria

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 332

EO 921 Inicia: 15-7-2016 Vence: 19-7-2016

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ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - E.E. Nº 12.768.591 /MGEyA-DGR/16 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente LIFT VAN INTERNACIONAL CO S.A.C., los términos de la Resolución N° 2105/DGR/2016, de fecha 11 de Julio de 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación.

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE Artículo 1º: Concluir el sumario instruido a LIFT VAN INTERNATIONAL CO S.A.C., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente de Convenio Multilateral bajo el Nº 902-100483-9 (CUIT Nº 30-53618962-5), con domicilio fiscal en la calle MARCELO T. DE ALVEAR Nº 3449, LOCALIDAD DE DON TORCUATO, PARTIDO DE TIGRE, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, considerándola incursa en la infracción prevista y sancionada en el artículo 104 del Código Fiscal T.O. 2016 y disposiciones legales concordantes de años anteriores, en mérito a los fundamentos expuestos en los Considerandos de la presente. Artículo 2º: Aplicarle a la contribuyente una multa de PESOS MIL QUINIENTOS ($ 1500.-), correspondiente al incumplimiento detallado en los considerandos precedentes, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 132 de la Ley Tarifaria del año 2010, graduada en virtud a lo previsto en el artículo 115 del Código citado, en mérito a la aplicación del principio de la Ley Penal más Benigna, graduada en virtud a lo previsto en el artículo 115 del Código citado. Artículo 3º: Intimar a la contribuyente LIFT VAN INTERNATIONAL CO S.A.C. para que dentro de los quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, contados a partir del primer día siguiente hábil al de su notificación, ingrese la multa aplicada de PESOS MIL QUINIENTOS ($ 1500.-) debiendo acreditar su pago ante esta Dirección General de Rentas bajo apercibimiento de iniciar el proceso de ejecución fiscal y de solicitar la inhibición general de bienes -en caso de corresponder-, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3, inciso 12, del Código Fiscal T.O. 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores. A los efectos de obtener la boleta para el pago de la multa, el obligado podrá solicitarla mediante correo electrónico a la siguiente dirección [email protected] -debiendo consignar el número de Expediente, el número de Resolución y el importe de la multa-, o concurrir ante la Dirección Sumarios - dependiente de la Subdirección General de Técnica Tributaria - de la Dirección General de Rentas, sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 581, Piso 8º, de esta Ciudad, a los fines de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 4º: Intimar a la contribuyente, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 333

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empadronamiento o situación fiscal, sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la rubrada la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 5º: Intimarla a constituir un domicilio especial dentro del ámbito de esta Ciudad, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de tenerlo por constituido en la sede la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, considerándose como válidamente notificados los actos administrativos que se dicten en el futuro los días martes o viernes -o el siguiente hábil si alguno es feriado- inmediato a la fecha de su suscripción. Artículo 6º: Regístrese, notifíquese en el domicilio mencionado en el artículo 1° de esta Resolución y mediante la publicación de Edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de la Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del señalado Código Fiscal, con copia de la presente y resérvese.

Manuel E. Balestretti Subdirector General de técnica Tributaria

EO 922 Inicia: 15-7-2016 Vence: 19-7-2016

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - E.E. Nº 12.769.366 /MGEyA-DGR/16 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente LIFT VAN INTERNACIONAL CO S.A.C., los términos de la Resolución N° 2106/DGR/2016, de fecha 11 de Julio de 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación.

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE Artículo 1º: Concluir el sumario instruido a LIFT VAN INTERNATIONAL CO S.A.C., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente sujeto al Régimen de Convenio Multilateral bajo el Nº 902-100483-9, CUIT Nº 30-53618962-5, con domicilio fiscal en la calle Marcelo T. de Alvear N.º 3449, Localidad de Don Torcuato, Partido de Tigre - Provincia de Buenos Aires, considerándola incursa en la infracción prevista y sancionada por el artículo 104 del Código Fiscal T.O. 2016, y disposiciones legales concordantes de años anteriores, en mérito a los fundamentos expuestos en los Considerandos de la presente. Artículo 2º: Aplicarle a la contribuyente una multa de PESOS MIL QUINIENTOS ($ 1.500,00) correspondiente al incumplimiento detallado en los Considerandos precedentes, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 132 de la Ley Tarifaría del año 2010 en mérito a la aplicación del principio de la Ley Penal más Benigna, graduada en virtud a lo previsto en el artículo 115 del Código citado.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 334

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Artículo 3º: Intimar a LIFT VAN INTERNATIONAL CO S.A.C. , para que dentro de los quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, contados a partir del primer día siguiente hábil al de su notificación, ingrese la multa aplicada de PESOS MIL QUINIENTOS ($ 1.500,00), debiendo acreditar su pago ante esta Dirección General de Rentas bajo apercibimiento de iniciar el proceso de ejecución fiscal y de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo -en caso de corresponder-, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3, inciso 12, del Código Fiscal (t.o. 2016) y disposiciones concordantes de años anteriores. A los efectos de obtener la boleta para el pago de la multa, el obligado podrá solicitarla mediante correo electrónico a la siguiente dirección [email protected] -debiendo consignar el número de Expediente, el número de Resolución y el importe de la multa-, o concurrir ante la Dirección Sumarios -dependiente de la Subdirección General de Técnica Tributaria- de la Dirección General de Rentas sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 581, Piso 8º, de esta Ciudad, a los fines de posibilitar la efectivización del pago intimado. Articulo 4º: Intimar a la rubrada a constituir un domicilio especial dentro del ámbito de esta Ciudad, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de tenerla por constituida en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, considerándose como válidamente notificados los Actos Jurídicos que se dicten en el futuro los días martes o viernes o el siguiente día hábil inmediato a la fecha de su suscripción. Artículo 5º: Intimar a la contribuyente, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal, sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la encartada la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 6º: Regístrese, notifíquese a la contribuyente al domicilio consignado en el artículo 1° de esta Resolución y mediante publicación de edictos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2016, con copia de la presente y resérvese.

Manuel E Balestretti Subdirector General de técnica Tributaria

EO 923 Inicia: 15-7-2016 Vence: 19-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 335

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCION GENERAL DE RENTAS Intimación - Expediente Nº 23.028.601/15 La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma ARRIVARE S.R.L. Inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos N° 901-046420-3, CUIT N° 30-70733516-1 con domicilio fiscal en Yerbal 555, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que según consta en el Boletín Oficial- Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires N° 4.811, de fecha 29/01/2016 se comunica el inicio de una inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias que la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene potestad de recaudación y control mediante cargo de inspección N° 2015-018992. Se le hace saber que los períodos sujetos a verificación abarcan desde el anticipo 12/2011 al anticipo 12/2015 ambos incluídos Que verificados los incumplimientos de cada uno de los puntos intimados oportunamente se comunica que surgen diferencias de verificación a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de $ 738.829,64 (pesos setecientos treinta y ocho mil ochocientos veintinueve con 64/100) correspondiente al período 12/2011 a 12/2014 y de $ 719.524,57 (pesos setecientos diecinueve mil quinientos veinticuatro con 57/100) correspondientes al período 01/2015 a 12/2015, que se detallan en anexos que se acompañan, según surge del Expediente N° 23028601/2015. Se informa que las diferencias impositivas determinadas a favor del fisco por el período 2015 superan la condición objetiva de punibilidad establecida en artículo 1 de la Ley Penal Tributaria Nº 24.769, modificada por la Ley Nº 26.735 Por tal motivo se intima a que el primer día jueves hábil posterior a la publicación de este Edicto, se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento Externa C, de la Dirección de Fiscalización Integral y Operativos Especiales de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 2do. Piso, sector Esmeralda, de 09:00 a 12:30 hs , a los efectos de conformar o no las Diferencias de Verificación de carácter parcial determinadas por los períodos: 12/2011 a 12/2015, como consecuencia de no haber declarado Ingresos y la aplicación del artículo 191 del Código Fiscal (t.o. 2016). En caso de prestar conformidad a los ajustes efectuados, deberá abonar el impuesto resultante con más los recargos correspondientes que establece el artículo 76 del Código Fiscal Vigente (t.o. 2016), dentro de los 10 (diez) días posteriores al plazo anteriormente mencionado. En caso de incomparecencia en la fecha, hora y lugar indicados dichas diferencias se considerarán como no conformadas dando lugar al inicio del procedimiento de Determinación de Oficio, la instrucción de sumario y la consecuente inclusión en el Padrón de Alto Riesgo Fiscal según lo establece el artículo 3 de la Resolución Nº 918-AGIP-2013. Diferencias de carácter parcial.

Claudio Basile

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 336

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Director de Fiscalización Integral y Operativos Especiales

EO 920 Inicia: 15-7-2016 Vence: 19-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 337

ANEXO

artículo 3 de la Resolución Nº 918-AGIP-2013. Diferencias de carácter parcial.

Claudio Basile

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS Notificación - ME-2016-17155639- IVC El Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos intima a que se presenten ante este Organismo en el plazo de 30 (treinta) días corridos, a aquellos que se crean con derechos sobre el inmueble sito en el Barrio Savio, Block 2, Piso 14°, Dpto. A, CABA., identificado administrativamente como UCNº 67221. Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y no habiéndose recibido presentación formal se procederá a otorgar sin más trámite la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial

Belisario Mazzeo Risso Gerente de Regularización Dominial y Notarial

EO 914 Inicia: 14-7-2016 Vence: 18-7-2016

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS Notificación - ME-2016-17155781-IVC El Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos intima, a que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, aquellos que se crean con derechos sobre el inmueble sito en Barrio Savio, Block 8, Piso 21, Dpto. 126, identificado administrativamente como UCN° 65262, los hagan valer de acuerdo a lo establecido en el Art. 9 del Anexo I del Decreto N° 512/GCBA/2012. Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y no habiéndose recibido presentación formal se procederá otorgar sin más trámite la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial.

Belisario Mazzeo Risso Gerente de Regularización Dominial y Notarial

EO 915 Inicia: 14-7-2016 Vence: 18-7-2016

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Notificación - ME Nº 17.212.139-IVC/16

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 338

Page 339: Boletín Oficial - boletinoficial.buenosaires.gob.arboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/07/... · Se establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N°

El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires intima a que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, todos aquellos que se crean con derechos sobre el inmueble sito en el block 80 Columna 28 Piso PB departamento "B" del Barrio SOLDATI identificado administrativamente como unidad de cuenta 45054, los hagan valer de acuerdo a lo establecido en el Art. 9 del anexo I del Decreto Nº512/GCBA/2012.- Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y no habiendo recibido presentación formal, se procederá a otorgar sin más trámite la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial.

Belisario Mazzeo Risso Gerente de Regularización Dominial y Notarial

EO 924 Inicia: 15-7-2016 Vence: 19-7-2016

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Notificación – ME Nº 17.242.057-IVC/16 El Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber a la Sra. Patricia Viviana Donadío y la Sra Sandra Fabiana Donadío, quienes deberán acercarse ante la Gerencia operativa de Regularización Dominial, Departamento Regularización Dominial, sita en la calle E. Finochietto 435 , de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el perentorio e improrrogable plazo de 10 (diez) días hábiles a los fines de proseguir con el trámite de regularización dominial de la unidad de cuenta Nro. 41779, bajo apercibimiento de proceder a la rescisión de las partes pertinentes y posteriormente otorgar la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial.

Belisario Mazzeo Risso Gerente de Regularización Dominial y Notarial

EO 925 Inicia: 15-7-2016 Vence: 19-7-2016

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Notificación - ME Nº 17.254.626-IVC/16 El Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr. DIZEO DANIEL JORGE (DNI 12.255.184) y a la Sra. DIZEO SILVIA NORMA (DNI 10.469.397) que deberá acercarse a la Gerencia Operativa de Regularización Dominial, Departamento Regularización Dominial, sita en la calle Finochietto 435 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el perentorio e improrrogable plazo de 10 (diez) días hábiles a los fines de proseguir con el trámite de regularización dominial de la unidad de cuenta Nro. 21132, bajo apercibimiento de proceder a la rescisión del bien y posteriormente otorgar la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial.

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 339

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Belisario Mazzeo Risso Gerente de Regularización Dominial y Notarial

EO 926 Inicia: 15-7-2016 Vence: 19-7-2016

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Notificación - ME Nº 17.254.678-IVC/16 El Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos intima, a que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, todos aquellos que se crean con derechos sobre el inmueble sito en Block 14 Piso 10 Departamento "A", del Barrio SAVIO 1ra, identificado administrativamente como unidad de cuenta 21132, los hagan valer de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 512/GCBA/2012. Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y no habiéndose recibido presentación formal se procederá a otorgar sin más trámite la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial.

Belisario Mazzeo Risso Gerente de Regularización Dominial y Notarial

EO 927 Inicia: 15-7-2016 Vence: 19-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 340

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Juzgado Provincial

JUZGADO PROVINCIAL JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N° 11 - MAR DEL PLATA – PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 16.620.484/DGTAD/2016 Carátula: “CANET, BÁRBARA S. Y OT. C/ OLIVETTO, JOSÉ F. Y OT. S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” Exp: N° 30287-2013 El Juz. C. y Com. N° 11 Depto. Jud. Mar del Plata, cita por el término 10 días al Sr. Eduardo Samara, para que se presente a hacer valer sus derechos en autos: “Canet, Bárbara S. y ot. c/ Olivetto, José y ot. s/ Prescripción Adquisitiva”, Exp. 30287-2013, bajo apercibimiento de designarse Defensor Oficial para que lo represente en autos (arts. 341 y 681 Cód. cit.). El presente edicto debe publicarse por el término de 10 días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Nicolás Martín Sass Auxiliar Letrado

OJ 166 Inicia: 5-7-2016 Vence: 19-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 341

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Por disposición de S.S. el Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de esta ciudad de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, a cargo del Juzgado Nº UNO, Dr. GASTON AGOTEGARAY, Secretaría UNICA de la Dra. Mariana A. Dieci -Secretaria Interina-, en los autos caratulados DELZART SNEDIN JULlO C/ HEREDEROS DE CASSE BERTA INES y OTROS S/ USUCAPION” - EXPTE. Nº 5385 FOLIO 341 AÑO 2012 se cita y emplaza a NELI TELI DELZART DE DEVETAC y/o sus herederos y/o a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble que según Ficha para Transferencia obrante a fojas 14 de estas actuaciones se describe así “...Plano de Mensura Nº 59058- Lote 7- Localización Provincia de Entre Ríos- Departamento Uruguay- Distrito Gená- Municipio de Herrera. Ejido de Herrera- Domicilio parcelario calle pública s/Nº a 2.764,00 m. de calle pública al NE. Poseedor Delsart Snedin Julio-Partes indivisas 100%- ...Mensura: Superficie 50has. 37as. 79cas.- Cincuenta hectáreas, treinta y siete áreas y setenta y nueve centiáreas. LIMITES y LINDEROS: NORESTE: línea 1-2 alambrada al rumbo SE 27º56' de 325,10m., linda hasta los 12,00m. con calle pública de tierra y el resto con Lucy Buchanan. SURESTE: línea 2- Aº Gená alambrada hasta los 1.463,90m. al rumbo SO 62º04' de 1.480,90m., medida hasta el arroyo Gená, linda con Lucy Bucha- nan. SUROESTE: Arroyo Gená. NOROESTE: línea Aº Gená-1 alambrada a partir de los 60,00m al rumbo NE 62º04' de 1.552,00m., medida desde el arroyo Gená, linda hasta los 1.407,50m. con Juan Carlos Etchemaite y el resto con Oscar Domingo Etchemaite. Perito Agrim. German Martín Risso. Matrícula 24.764. Sup.cubierta 110,89 n2.-Lugar y fecha C.del Uruguay, 16-06-2011..Partida Nº 105438.Dirección de Catastro-Parana 4 AGO 2011.- ...”; a fin de que comparezcan en el plazo de QUINCE (15) DIAS a estar a derecho, constituir domicilio, oponer excepciones y contestar demanda bajo apercibimiento de ley. Se deja constancia que la documental se encuentra a su disposición en Secretaría. Concepción del Uruguay, 8 a abril de 2016.

Mariana A. Dieci Secretaria Interina

OJ 176 Inicia: 15-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 342

JUZGADO PROVINCIAL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 1 – CONCEPCIÓN DEL URUGUAY – PROVINCIA DE ENTRE RÍOS Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 17.313.118/MGEYA/2016) Carátula: “DELZART SNEDIN JULIO C/ HEREDEROS DE CASSE BERTA INES Y OTROS S/ USUCAPION” Expediente N° 5385 Folio 341 Año 2012

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Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 10 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 16.824.661/MGEYA/2016 Carátula: “LEGAJO DE JUICIO EN AUTOS VITO, GUSTAVO ALEJANDRO S/ INF. ART. 52, HOSTIGAR, MALTRATAR, INTIMIDAR - CC” Causa N° 1313/16 “///nos Aires, 1 de julio de 2016. Atento a lo informado por la Policía Federal Argentina a fs. 43/48, y a fin de no dilatar más el trámite de la presente causa, publíquese edictos durante cinco (5) días en el Boletín Oficial de la CABA, para que el Sr. Gustavo Alejandro Vito, comparezca a este Juzgado dentro de las 24hs de notificado (…). Fdo. Pablo C. Casas. Juez. Ante mí: María Antonela Mandolesi. Secretaria.” Ello, en relación a GUSTAVO ALEJANDRO VITO, DNI 17.283.103. Asimismo, deberá constar que el nombrado deberá comparecer a este Juzgado dentro de las 24 hs. de notificado.

Pablo C. Casas Juez

OJ 170 Inicia: 11-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 343

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Inicia: 11-7-2016 Vence: 15-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 344

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 4 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 16.929.906/MGEYA/2016 Carátula: “TRONCOSO CHALAR, VÍCTOR HUGO S/ ART. 149 BIS, CP” Causa n° 5018/14 (41/D) “Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, 28 de junio de 2016. (…) líbrese oficio al Boletín Oficial de esta ciudad, a fin de solicitar que se publiquen edictos durante cinco días, donde conste que este Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 4, intima a Víctor Hugo Troncoso Chalar (titular del DNI n° 93.744.981), a presentarse ante esta dependencia, sita en Beruti 3345, piso 2°, de esta ciudad, dentro del quinto día hábil de notificado, entre las 9:00 y las 15:00hs., a fin de estar a derecho, bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la condena impuesta en la causa. Notifíquese. Fdo. María Julia Correa, Jueza; ante mí, Alejandro Pellicori, Secretario”

María Julia Correa Juez

OJ 171

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Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES CÁMARA DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO SALA II Notifiación - Oficio Judicial E.E. Nº 17.312.015/MGEYA/2016 Carátula: “FORCADELL ROSENDO JUAN Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE INCIDENTE DE APELACION” Expte N°: A2651-2015/1 La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la CABA notifica al Sr. Rosendo Juan Forcadell la sentencia dictada en la causa “Forcadell Rosendo Juan c/ GCBA s/ incidente de apelación” (Expte N°: A2651-2015/1), el 22/6/2016. A tal efecto se transcribe su parte resolutiva: “Por lo expuesto, el tribunal RESUELVE: 1) Rechazar el recurso de apelación interpuesto por el GCBA y, en consecuencia, confirmar la sentencia apelada modificando sus alcances, que se restringen a la suspensión de los efectos de la disposición DI-2014-1314-DGOEP. 2) Sin costas por no haber mediado contradicción. La Dra. Fabiana H. Schafrik de Nuñez no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia. Regístrese, notifíquese por secretaría y, oportunamente, devuélvase”. Fdo. Dres. Esteban Centanaro y Fernando E. Juan Lima. El presente edicto deber ser publicado por tres (3) días en el Boletín Oficial de la CABA. Ciudad de Buenos Aires, 13 de julio de 2016.

Pedro Galmarini Secretario

OJ 177 Inicia: 15-7-2016 Vence: 19-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 345

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El Juzgado Contencioso, Administrativo y Tributario N° 9, a cargo de la Dra. Andrea Danas, Secretaría N° 17, interinamente a mi cargo, hace saber que en los autos “CACERES MARIANO y otros CONTRA GCBA y otros SOBRE AMPARO” (N° A11893-2016/0), ha ordenado disponer la publicación de edictos en el Boletin Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme los Arts. 129 y 130 del CCAyT, haciéndose saber la existencia, el objeto y el estado procesal de las actuaciones de referencia. A dichos fines, se pone en conocimiento que el recurso de amparo colectivo fue interpuesto por los representantes de la Asociación Civil GRUPOS CULTURALES DEL CORRALÓN DE FLORESTA, y por los integrantes del GALPÓN GRÁFICO, de la HUERTA DEL CORRA, de ESCULTORES DEL CORRALON, del circo comunitario “EL ATIKO”, de la BIBLIOTECA POPULAR JOSÉ LUIS MANGIERI, de la COMUNIDAD SIKURIS DEL ARCOIRIS, contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (Secretaría de Descentralización y Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), a fin de obtener la paralización del proyecto “Puesta en valor y recuperación del Corralón de Floresta” que conllevaría al cierre del mentado predio, ubicado en la Av. Gaona 4660 de esta ciudad. En cuanto al estado procesal, se hace saber que sólo se ha presentado el escrito de inicio y que la litis aún no se encuentra trabada. Asimismo, se ha dispuesto otorgar a todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante en integrar el proceso ya sea como actora o demandada, el plazo de diez (10) días para que se presenten en el expediente, constituyan domicilio y manifiesten lo que por derecho corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su estado, y sin perjuicio de lo previsto en el Art. 84 y ss. del CCAyT. Además se informa que el plazo de diez (10) días mencionado precedentemente comenzará a correr a partir de la última publicación en el Boletin Oficial de la Ciudad de Buenos Aires o de la publicidad efectuada por radiodifusión, lo que ocurra en fecha posterior. Los autos que ordenan la medida en su parte pertinente expresan: “Ciudad de Buenos Aires, 13 de julio de 2016 ... 3. Disponer la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, por el término de cinco (5) días, conforme artículos 129 Y 130 del CCAyT. A tal fin, confecciónese el texto pertinente y oficiese por Secretaría ... Andrea Danas. Jueza”. Publíquese por edicto, por el término de cinco (5) días. Ciudad de Buenos Aires, 14 de julio de 2016

Marina Kutyn Secretaria

OJ 178 Inicia: 15-7-2016 Vence: 21-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 346

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO N° 9 Notificación - Oficio Judicial E.E. Nº 17.326.101/DGTAD/2016 Carátula: “CACERES MARIANO Y OTROS CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE AMPARO” Expte N°: A11893-2016/0

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Ministerio Público Fiscal

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL SUR - UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 17.158.484/DGTAD/2016) Carátula: “SARAVIA COCA RAFAEL – ART: 149 BIS 1° PÁRRAFO” MPF 60904 La Dra. Valeria Lancman, Titular de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 33 de la Unidad Fiscal Sur, con asiento en Av. Paseo Colón 1333, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5299-4400 Int. 4454/4508), en el marco del Legajo MPF 60904 caratulado “SARAVIA, COCA RAFAEL - Art: 149 bis 1° párrafo” cita y emplaza a Rafael Saravia Coca, cédula de identidad nro. 3721263, con certificado de nacionalidad expedido por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas -Dirección General de Programación y Operaciones del Tesoro- de Bolivia, con último domicilio conocido en la calle Carriego 1126, Villa Celina, Provincia de Buenos Aires a fin de que comparezca a la sede de esa Fiscalía dentro del quinto día hábil de notificado, en el horario de 9 a 14 horas, de acuerdo a lo normado en el art. 63 del Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de requerir su declaración de rebeldía y su posterior captura. Publíquese por cinco (5) días.

Cynthia Benítez Secretaria

OJ 174 Inicia: 13-7-2016 Vence: 19-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 347

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El Dr. Sebastian Stoppani ,Titular de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 25 de la Unidad Fiscal Oeste, con asiento en Av. Paseo Colón 1333, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5299-4400 Int. 4450/4451/4502), en el marco del Legajo de investigación MPF 105067 caratulado “ACOSTA CUBA, ALICIA BEATRIZ - Art:73” , el 06 de Julio de 2016; cita y emplaza a Alicia Beatriz Acosta Cuba, - con último domicilio conocido en la calle Maipú 3443, La Matanza, Prov. de Bs. As - a fin de que comparezca a la sede de esa Fiscalía dentro del tercer día hábil de notificado, en el horario de 9 a 14 horas, a efectos de recibirle declaración conforme el art. 41 LPC, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de requerir su declaración de rebeldía y su posterior captura. Se deja constancia que la contravención que motiva el proceso se encuentra prevista en el art.73 del Código Contravencional. Publíquese por cinco (5) días.

Alfredo Jorge Francisco Prosecretario

OJ 175 Inicia: 14-7-2016 Vence: 20-7-2016

Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 348

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL OESTE - UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 17.201.033/DGTAD/2016) Carátula: “ACOSTA CUBA, ALICIA BEATRIZ – ART: 73” MPF 105067

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Nº 4923 - 15/07/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 349