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N° 3871 13 marzo 2012 Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina" Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Dirección Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625 , E-mail: [email protected] - Consultas: Rivadavia 524 (1084) Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Horario de 10 a 18hs. Web:www.buenosaires.gov.ar

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N° 3871

13marzo2012

Boletín OficialGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina"

Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. PabloClusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Dirección Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625 , E-mail:[email protected] - Consultas: Rivadavia 524 (1084) Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Horario de 10 a 18hs.Web:www.buenosaires.gov.ar

Poder Legislativo

Leyes

Legislatura de la Ciudad deBuenos Aires

Ley 3822

Se catalogan edificios con

Nivel de Protección Cautelar

Poder Ejecutivo

Resoluciones

Jefatura de Gabinete deMinistros

Resolución 81-SSTRANS/12

Se dispone la caducidad de

la Licencia N° 28342 para la prestación

del Servicio Público de Automóviles de

Alquiler con Taxímetro

Resolución 82-SSTRANS/12

Se dispone la caducidad de

la Licencia N° 14877 para la prestación

del Servicio Público de Automóviles de

Alquiler con Taxímetro

Resolución 83-SSTRANS/12

Se dispone la caducidad de

la Licencia N° 9207 para la prestación del

Servicio Público de Automóviles de

Alquiler con Taxímetro

Resolución 84-SSTRANS/12

Se autorizan cortes de tránsito

solicitados por R2 SA

Resolución 189-MJGGC/12

Se encomienda la atención de

los asuntos y la firma del despacho del

Secretario de Gestión Comunal y Atención

Ciudadana al Jefe de Gabinete de

Ministros

Ministerio de Hacienda

Resolución 237-MHGC/12

Se aprueba modificación de

créditos

Resolución 260-MHGC/12

Se aprueba modificación de

créditos

Ministerio de Justicia ySeguridad

Resolución 17-SSAPM/12

Se autoriza la contratación de

personal

Resolución 78-MJYSGC/12

Se desestima recurso

jerárquico por daños alegados en el

inmueble sito en Terrero 1541

Resolución 143-MJYSGC/12

Se aprueba compensación de

créditos

Resolución 144-MJYSGC/12

Se aprueba compensación de

créditos

Resolución 145-MJYSGC/12

Se aprueba compensación de

créditos

Resolución 157-MJYSGC/12

Se aprueba compensación de

créditos

Resolución 158-MJYSGC/12

Se aprueba compensación de

créditos

Resolución 159-MJYSGC/12

Se aprueba compensación de

créditos

Resolución 162-MJYSGC/12

Se establece que los

reintegros de fondos dispuestos por las

Resoluciones N° 741-MJYSGC/11 y N°

933-MJYSGC/11 se encuadran en lo

normado por el Decreto N° 556/10

Resolución 164-MJYSGC/12

Se acepta solicitud de baja

voluntaria

Resolución 165-MJYSGC/12

Se desestima recurso

jerárquico contra la Resolución N°

3902-SSEMERG/10

Resolución 166-MJYSGC/12

Se desestima recurso

jerárquico contra la Resolución N°

2695-SSEMERG/11

Resolución 167-MJYSGC/12

Se desestima recurso

jerárquico contra la Resolución N°

2327-SSEMERG/10

Resolución 168-MJYSGC/12

Se desestima recurso

jerárquico contra la Resolución N°

3011-SSEMERG/11

Ministerio de DesarrolloUrbano

Resolución 97-SECPLAN/12

Se considera factible el

proyecto de Obra Nueva para el predio

sito en Av Independencia

3357/59/73/75/81/83

Resolución 100-SECPLAN/12

Se autoriza Compensación de

Línea de Frente Interno para el inmueble

sito en Rondeau 3236/52

Resolución 104-SECPLAN/12

Se autoriza localización de

usos para el inmueble sito en Av

Belgrano 601

Resolución 105-SECPLAN/12

Se autoriza localización de

usos para el inmueble sito en Av Juan B

Justo 2002/70

Resolución 109-SECPLAN/12

Se autoriza el registro de la

documentación presentada para la finca

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sita en Condarco 5510

Resolución 110-SECPLAN/12

Se autoriza el registro de la

documentación presentada para la finca

sita en Besares 2037

Resolución 111-SECPLAN/12

Se deja sin efecto la

incorporación con carácter preventivo al

Catálogo de Inmuebles Patrimoniales del

inmueble sito en Álvar Núñez 245

Resolución 112-SECPLAN/12

Se incorporan inmuebles

con carácter preventivo al Catálogo de

Inmuebles Patrimoniales

Resolución 113-SECPLAN/12

Se incorpora con carácter

preventivo al Listado de Inmuebles

Catalogados Singulares el edificio sito

Av Rivadavia 1635

Resolución 114-SECPLAN/12

Se visa el plano de Obra

Nueva para el inmueble localizado en

Moreno 606

Resolución 115-SECPLAN/12

Se incorporan inmuebles

con carácter preventivo al Listado de

Inmuebles Catalogados Singulares

Resolución 116-SECPLAN/12

Se autoriza el registro de la

documentación presentada para la finca

sita en Homero 1975/79

Resolución 117-SECPLAN/12

Se autoriza el registro de la

documentación presentada para la finca

sita en Guayra 2184

Resolución 118-SECPLAN/12

Se aprueba la ampliación de

la Orden de Compra N° 60120/11

Resolución 119-SECPLAN/12

Se autoriza el cambio de

rubro en el inmueble ubicado en Av

Independencia 31/37/41

Resolución 121-SECPLAN/12

Se autoriza localización de

usos para el inmueble sito en Campana

3922/28

Resolución 123-SECPLAN/12

Se considera factible la

ampliación y modificación del predio sito en

Gorriti 5641

Ministerio de Cultura

Resolución 905-MCGC/12

Se dispone la caducidad de

la Resolución N° 2626-MCGC/09

Resolución 906-MCGC/12

Se desestima recurso de

reconsideración contra la Resolución N°

3013-MCGC/11

Resolución 934-MCGC/12

Se modifica la Resolución N°

3309-MCGC/10

Ministerio de DesarrolloEconómico

Resolución 35-SSDE/12

Se convoca al Concurso

PYMES 2 0

Resolución 36-SSDE/12

Se convoca a la tercera

edición del concurso, premio anual La

economía de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y su impacto en el

desarrollo económico argentino

Ministerio de Ambiente yEspacio Público

Resolución 4-SSHU/12

Se encomiendan tareas de

desmalezamiento e higienizacion en el

inmueble sito en Catamarca 1081/85

Resolución 48-SSHU/12

Se encomienda la firma del

despacho diario de la Dirección General

de Sistema Pluvial al Director General

de Limpieza

Resolución 55-SSMEP/12

Se aprueba el procedimiento

para tratar la constatación de

incumplimiento al cierre definitivo de

permiso de apertura

Secretaría de ComunicaciónSocial

Resolución 2942-SCS/12

Se aprueba Compulsa de

precios para el bimestre de Abril -

Marzo de 2012

AdministraciónGubernamental de IngresosPúblicos

Resolución 513-DGR/12

Se prorroga vencimiento

Disposiciones

Jefatura de Gabinete deMinistros

Disposición 35-DGTRANSI/12

Se designan inspectores de

Obra de la Licitación Privada N° 2490/10 -

Plan SL15/10

Ministerio de Hacienda

Disposición 35-DGCYC/12

Se aprueba pliego y se

llama a Licitación Pública N°

623-0010-LPU12

Ministerio de Salud

Disposición 43-HGNPE/12

Se aprueba y adjudica la

Licitación Pública N° 176/12

Ministerio de DesarrolloUrbano

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Disposición 36-DGTALMDU/12

Se aprueba pliego y se

llama a Licitación Pública N° 416/12

Ministerio de DesarrolloEconómico

Disposición 364-DGINC/12

Se aprueba línea de

subsidios para participar en la misión

comercial denominada Empresas de la

Ciudad de Buenos Aires presentes en el

Marché du Film del Festival de Cannes ­

Francia 2012

Ministerio de Ambiente yEspacio Público

Disposición 44-DGTALMAEP/12

Se aprueban pliegos y se

llama a Licitación Pública N° 268/12

Disposición 52-DGTALMAEP/12

Se aprueba y adjudica la

Licitación Pública N° 2026/11

Disposición 53-DGTALMAEP/12

Se declara fracasada y se

deja sin efecto la Licitación Pública N°

2285/11

Agencia de ProtecciónAmbiental

Disposición 1235-DGET/11

Se otorga Constancia de

Inscripción Definitiva del Registro de

Generadores de Contaminantes

Atmosféricos provenientes de Fuentes

Fijas a nombre de la empresa AJYB

SRL

Disposición 1236-DGET/11

Se categoriza proyecto a

desarrollarse en el inmueble sito en Av

Alvear 1883

Disposición 1237-DGET/11

Se categoriza proyecto a

desarrollarse en el inmueble sito en Ruy

Díaz de Guzmán 638

Disposición 1238-DGET/11

Se categoriza proyecto a

desarrollarse en el inmueble sito en

Virrey Liniers 1931/33/35/37

Disposición 1239-DGET/11

Se otorga Constancia de

Inscripción Definitiva del Registro de

Generadores de Contaminantes

Atmosféricos provenientes de Fuentes

Fijas a nombre de la empresa Frigorífico

Saga SAIC

Disposición 1240-DGET/11

Se categoriza proyecto a

desarrollarse en el inmueble sito en Av

Rivera Indarte 87

Disposición 1241-DGET/11

Se categoriza proyecto a

desarrollarse en el inmueble sito en Av

Rivadavia 620

Disposición 1242-DGET/11

Se categoriza proyecto a

desarrollarse en el inmueble sito en José

Pascual Tamborini 4163

Disposición 1243-DGET/11

Se inscribe en el Registro de

actividades catalogadas como

potencialmente contaminantes por

ruidos y vibraciones a nombre de Hugo

Orlando Esquivel

Disposición 1244-DGET/11

Se categoriza proyecto a

desarrollarse en el inmueble sito en

Uspallata 2772/68/66

Disposición 1245-DGET/11

Se categoriza proyecto a

desarrollarse en el inmueble sito en

Tuyutí 6668/72/76

Disposición 1246-DGET/11

Se otorga Certificado de

Aptitud Ambiental como Generador de

Residuos Patogénicos a la firma Pet &

Car SA

Disposición 1247-DGET/11

Se categoriza proyecto a

desarrollarse en el inmueble sito en Av

Luis María Campos 398/700/800

Disposición 1248-DGET/11

Se categoriza proyecto a

desarrollarse en el inmueble sito en Av

Rivera Indarte 87

Disposición 1249-DGET/11

Se categoriza proyecto a

desarrollarse en el inmueble sito en Av

Rivadavia 2464

Disposición 1250-DGET/11

Se categoriza proyecto a

desarrollarse en el inmueble sito en

Albariño 2694/96

Disposición 1251-DGET/11

Se inscribe en el Registro de

actividades catalogadas como

potencialmente contaminantes por

ruidos y vibraciones a nombre de

Enrique Salvador Butti

Disposición 1252-DGET/11

Se categoriza proyecto a

desarrollarse en el inmueble sito en

Famatina 3654/56/60

Disposición 1253-DGET/11

Se inscribe en el Registro de

actividades catalogadas como

potencialmente contaminantes por

ruidos y vibraciones a nombre de

Manderly SA

Disposición 1254-DGET/11

Se modifica la Disposición N°

1357-DGET/09

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Jefatura de Gabinete deMinistros

Comunicados119-DGTRANSP/12

Ministerio de Educación

Comunicados 118-GOCYDD/12

Licitaciones

Legislatura de la Ciudad deBuenos Aires

Licitación 34-DGCYC/11

Ministerio de Salud

Licitación 2868-DGADC/11

Licitación 312-DGADC/12

Licitación 357-DGADC/12

Licitación 362-HGNRG/12

Licitación 409-HGNPE/12

Licitación 411-HGATA/12

Licitación 418-HGATA/12

Licitación 309093-HMIRS/12

Licitación 429311-HMIRS/12

Expediente 314925-HNBM/12

Expediente 349574-HNBM/12

Expediente 423468-HSL/12

Expediente 50946-HOPL/12

Ministerio de Educación

Licitación 596727-DGAR/11

Expediente 1767446-MEGC/11

Expediente 1767473-MEGC/11

Expediente 1767512-MEGC/11

Expediente 64625-MEGC/12

Expediente 64690-MEGC/12

Expediente 194093-MEGC/12

Expediente 64715-MEGC/12

Ministerio de DesarrolloUrbano

Licitación 328-DGTALMDU/12

Licitación 37-DGTALMDU/12

Ministerio de Desarrollo Social

Licitación 142-DGTALMDS/12

Ministerio de Ambiente yEspacio Público

Licitación 69-DGTALMAEP/12

Licitación 435-MAYEPGC/12

Licitación 462-DGTALMAEP/12

Licitación 268-DGTALMAEP/12

AdministraciónGubernamental de IngresosPúblicos

Licitación 245-AGIP/12

Licitación 153-AGIP/12

Auditoría General de laCiudad Autónoma de BuenosAires

Licitación 2-AGCABA/11

Defensor General - MinisterioPúblico CABA

Expediente 12-DG/12

Ministerio de PlanificaciónFederal Inversión Pública yServicios

Expediente10034466-MPFIPYS/12

Edictos Particulares

Transferencias 62-SECLYT/12

Transferencias 63-SECLYT/12

Transferencias 64-SECLYT /12

Edictos Oficiales

Ministerio de Salud

Notificaciones 815-HNJTB/10

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Comunicados y Avisos

Intimaciones 198524-HGACD/11

Ministerio Público

Citación 417671-UFS/12

Citación 417900-UFS/12

Citación 419780-UFISUTC/12

PODER JUDICIAL DE LACIUDAD DE BS.AS.

Notificaciones 422809-JPCF/12

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N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°7

Poder Legislativo

Leyes

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires     LEY N.° 3822 

Buenos Aires, 2 de junio de 2011  

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Airessanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Catalóganse con Nivel de Protección “Cautelar“ en los términos delCapítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano, los inmuebles que acontinuación se detallan:  

 Art. 2°.- Incorpóranse los inmuebles citados en el artículo 1° al Listado de InmueblesCatalogados correspondiente al Artículo 10.3 “Catalogación“ del Código dePlaneamiento Urbano. Art. 3°.- El Poder Ejecutivo asentará en la documentación catastral correspondiente lacatalogación establecida en el artículo 1°. Art. 4°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez   

Buenos Aires, 9 de marzo de 2012  En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°8

N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 3.822 (Expediente N° 935592/11), sancionada porla Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 2 de Juniode 2011 ha quedado automáticamente promulgada el día 29 de Junio de 2011. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copiaa la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de laDirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para suconocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido,archívese. Clusellas    

 

Poder Ejecutivo

Resoluciones

Jefatura de Gabinete de Ministros      RESOLUCIÓN N.º 81/SSTRANS/12 

Buenos Aires, 9 de marzo de 2012 VISTO:Las Leyes Nros. 2.148 y 3.622, el Decreto N° 498/08, y el Expediente Nº 2284962/11, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita la caducidad de la licencia de taxi N° 28.342,otorgada a favor del señor Ángel Esteban Iglesias, (DU N° 21.982.591), para laprestación del servicio de taxímetro, con vehículo afectado dominio AUQ 329;Que según surge de la información suministrada por la empresa concesionaria SACTAS.A., administradora del Registro Único del Servicio Público de Automóviles de Alquilercon Taxímetro, la licencia Nº 28.342 registra vencimiento de la habilitación en fecha 12de Abril de 2002;Que a través de la Ley N° 2.148 se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de laCiudad Autónoma de Buenos Aires;Que mediante la Ley N° 3.622 se incorporó a dicho Código, el Título Décimo Segundodenominado “Del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles deAlquiler con Taxímetro - Taxis”;Que bajo el contexto normativo referenciado precedentemente y con el objeto deregularizar el estado de la licencia N° 28.342, se notificó al titular de la misma para queen el plazo de treinta (30) días hábiles administrativos regularice la situación de lalicencia, bajo apercibimiento de disponerse la baja de la habilitación, conforme lostérminos del artículo 12.11.5 del Código;Que el artículo 12.4.1.4 del citado Código establece, en lo que hace a la vigencia de lalicencia de taxi, que la misma será de un (1) año;Que por su parte, el artículo 12.11.5.1 dispone: “En todos los casos de plazos vencidos

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se procederá a intimar fehacientemente por un término de treinta (30) días en eldomicilio constituido o personalmente, a fin que regularice la situación. Caso contrario,se procederá a la baja de la habilitación”;Que asimismo, el artículo 12.11.5.2 prescribe: “En el caso de no poder ser notificadoen el domicilio denunciado, no haber dado cambio de domicilio, o ser desconocido, laAutoridad de Aplicación podrá determinar la baja de la Licencia, cuando corresponda lamisma, previa publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de BuenosAires”;Que tal como lo prescribe la normativa citada, la vigencia de la licencia de taxi resultaser de un (1) año, debiendo procederse luego a su renovación, en los términos ycondiciones allí previstos;Que no obstante la notificación fehaciente en los términos y bajo el apercibimiento queestablece el artículo 12.11.5 ya referido, el titular de la licencia de marras no sepresentó a regularizar la situación de la misma, encontrándose vencido el plazootorgado para hacerlo;Que la mentada codificación busca optimizar la prestación del servicio y tiende a lograruna mayor profesionalización de la actividad, al eliminar las distorsiones y losprestadores inapropiados, todo lo cual redunda en una mejor calidad de vida para loshabitantes de la Ciudad, por lo tanto el ejercicio de la potestad sancionatoria que ellareconoce a la Administración, preserva el interés público comprometido en la correctaprestación del servicio;Que de acuerdo a lo expuesto, la caducidad de la licencia responde a la finalidad deprotección del interés público;Que en consecuencia, atento al incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12.4.1.4del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires, y toda vez que seha verificado el vencimiento del plazo de intimación según los términos del artículo12.11.5 del citado cuerpo normativo, sin que el licenciatario haya regularizado susituación, corresponde hacer efectivo el apercibimiento notificado, disponiendo lacaducidad de la licencia;Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención enlos términos de la Ley Nº 1.218.Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 498/08, 

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTERESUELVE

 Artículo 1º.- Dispónese la caducidad de la licencia Nº 28.342, otorgada a favor delseñor Ángel Esteban Iglesias, (DU N° 21.982.591), para la prestación del ServicioPúblico de Automóviles de Alquiler con Taxímetro.Artículo 2º.- Intímase al titular de la licencia de taxi arriba indicada, para que en el plazode cinco (5) días hábiles de notificada la presente medida, acredite la eliminación detodas las señales distintivas de taxi del vehículo dominio AUQ 329 y efectúe ladevolución de toda la documentación habilitante de la licencia que pudiera estar en supoder ante la empresa concesionaria SACTA S.A., bajo apercibimiento de adoptar lasmedidas pertinentes con el auxilio de la fuerza pública.Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura deGabinete de Ministros, y para su comunicación y demás efectos, remítase a laDirección General de Transporte, la que comunicará a la empresa concesionariaSACTA S.A. para su anotación en el Registro Único del Servicio Público deAutomóviles de Alquiler con Taxímetro (RUTAX), y notificará al interesado conforme lostérminos del Decreto Nº 1220/GCBA/2008. Cumplido, archívese. Dietrich 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°10

 

   RESOLUCIÓN N.º 82/SSTRANS/12 

Buenos Aires, 9 de marzo de 2012 VISTO:Las Leyes Nros. 2.148 y 3.622, el Decreto N° 498/08, y el Expediente Nº 2284893/11, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita la caducidad de la licencia de taxi N° 14.877,otorgada a favor del señor Cesar Brito, (LE N° 7.812.642), para la prestación delservicio de taxímetro, con vehículo afectado dominio VMQ 022;Que según surge de la información suministrada por la empresa concesionaria SACTAS.A., administradora del Registro Único del Servicio Público de Automóviles de Alquilercon Taxímetro, la licencia Nº 14.877 registra vencimiento de la habilitación en fecha 4de Marzo de 2002;Que a través de la Ley N° 2.148 se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de laCiudad Autónoma de Buenos Aires;Que mediante la Ley N° 3.622 se incorporó a dicho Código, el Título Décimo Segundodenominado “Del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles deAlquiler con Taxímetro - Taxis”;Que bajo el contexto normativo referenciado precedentemente y con el objeto deregularizar el estado de la licencia N° 14.877, se notificó al titular de la misma para queen el plazo de treinta (30) días hábiles administrativos regularice la situación de lalicencia, bajo apercibimiento de disponerse la baja de la habilitación, conforme lostérminos del artículo 12.11.5 del Código;Que el artículo 12.4.1.4 del citado Código establece, en lo que hace a la vigencia de lalicencia de taxi, que la misma será de un (1) año;Que por su parte, el artículo 12.11.5.1 dispone: “En todos los casos de plazos vencidosse procederá a intimar fehacientemente por un término de treinta (30) días en eldomicilio constituido o personalmente, a fin que regularice la situación. Caso contrario,se procederá a la baja de la habilitación”;Que asimismo, el artículo 12.11.5.2 prescribe: “En el caso de no poder ser notificadoen el domicilio denunciado, no haber dado cambio de domicilio, o ser desconocido, laAutoridad de Aplicación podrá determinar la baja de la Licencia, cuando corresponda lamisma, previa publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de BuenosAires”;Que tal como lo prescribe la normativa citada, la vigencia de la licencia de taxi resultaser de un (1) año, debiendo procederse luego a su renovación, en los términos ycondiciones allí previstos;Que no obstante la notificación fehaciente en los términos y bajo el apercibimiento queestablece el artículo 12.11.5 ya referido, el titular de la licencia de marras no sepresentó a regularizar la situación de la misma, encontrándose vencido el plazootorgado para hacerlo;Que la mentada codificación busca optimizar la prestación del servicio y tiende a lograruna mayor profesionalización de la actividad, al eliminar las distorsiones y losprestadores inapropiados, todo lo cual redunda en una mejor calidad de vida para loshabitantes de la Ciudad, por lo tanto el ejercicio de la potestad sancionatoria que ellareconoce a la Administración, preserva el interés público comprometido en la correctaprestación del servicio;

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Que de acuerdo a lo expuesto, la caducidad de la licencia responde a la finalidad deprotección del interés público;Que en consecuencia, atento al incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12.4.1.4del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires, y toda vez que seha verificado el vencimiento del plazo de intimación según los términos del artículo12.11.5 del citado cuerpo normativo, sin que el licenciatario haya regularizado susituación, corresponde hacer efectivo el apercibimiento notificado, disponiendo lacaducidad de la licencia;Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención enlos términos de la Ley Nº 1.218.Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 498/08, 

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTERESUELVE

 Artículo 1º.- Dispónese la caducidad de la licencia Nº 14.877, otorgada a favor delseñor Cesar Brito, (LE N° 7.812.642), para la prestación del Servicio Público deAutomóviles de Alquiler con Taxímetro.Artículo 2º.- Intímase al titular de la licencia de taxi arriba indicada, para que en el plazode cinco (5) días hábiles de notificada la presente medida, acredite la eliminación detodas las señales distintivas de taxi del vehículo dominio VMQ 022 y efectúe ladevolución de toda la documentación habilitante de la licencia que pudiera estar en supoder ante la empresa concesionaria SACTA S.A., bajo apercibimiento de adoptar lasmedidas pertinentes con el auxilio de la fuerza pública.Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura deGabinete de Ministros, y para su comunicación y demás efectos, remítase a laDirección General de Transporte, la que comunicará a la empresa concesionariaSACTA S.A. para su anotación en el Registro Único del Servicio Público deAutomóviles de Alquiler con Taxímetro (RUTAX), y notificará al interesado conforme lostérminos del Decreto Nº 1220/GCBA/2008. Cumplido, archívese. Dietrich  

   RESOLUCIÓN N.º 83/SSTRANS/12 

Buenos Aires, 9 de marzo de 2012 VISTO:Las Leyes Nros. 2.148 y 3.622, el Decreto N° 498/08, y el Expediente Nº 2284696/11, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita la caducidad de la licencia de taxi N° 9.207,otorgada a favor del señor Juan Andrés Romero, (LE N° 4.338.249), para la prestacióndel servicio de taxímetro, con vehículo afectado dominio AMY 084;Que según surge de la información suministrada por la empresa concesionaria SACTAS.A., administradora del Registro Único del Servicio Público de Automóviles de Alquilercon Taxímetro, la licencia Nº 9.207 registra vencimiento de la habilitación en fecha 31de Octubre de 2001;Que a través de la Ley N° 2.148 se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la

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Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que mediante la Ley N° 3.622 se incorporó a dicho Código, el Título Décimo Segundodenominado “Del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles deAlquiler con Taxímetro - Taxis”;Que bajo el contexto normativo referenciado precedentemente y con el objeto deregularizar el estado de la licencia N° 9.207, se notificó al titular de la misma para queen el plazo de treinta (30) días hábiles administrativos regularice la situación de lalicencia, bajo apercibimiento de disponerse la baja de la habilitación, conforme lostérminos del artículo 12.11.5 del Código;Que el artículo 12.4.1.4 del citado Código establece, en lo que hace a la vigencia de lalicencia de taxi, que la misma será de un (1) año;Que por su parte, el artículo 12.11.5.1 dispone: “En todos los casos de plazos vencidosse procederá a intimar fehacientemente por un término de treinta (30) días en eldomicilio constituido o personalmente, a fin que regularice la situación. Caso contrario,se procederá a la baja de la habilitación”;Que asimismo, el artículo 12.11.5.2 prescribe: “En el caso de no poder ser notificadoen el domicilio denunciado, no haber dado cambio de domicilio, o ser desconocido, laAutoridad de Aplicación podrá determinar la baja de la Licencia, cuando corresponda lamisma, previa publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de BuenosAires”;Que tal como lo prescribe la normativa citada, la vigencia de la licencia de taxi resultaser de un (1) año, debiendo procederse luego a su renovación, en los términos ycondiciones allí previstos;Que no obstante la notificación fehaciente en los términos y bajo el apercibimiento queestablece el artículo 12.11.5 ya referido, el titular de la licencia de marras no sepresentó a regularizar la situación de la misma, encontrándose vencido el plazootorgado para hacerlo;Que la mentada codificación busca optimizar la prestación del servicio y tiende a lograruna mayor profesionalización de la actividad, al eliminar las distorsiones y losprestadores inapropiados, todo lo cual redunda en una mejor calidad de vida para loshabitantes de la Ciudad, por lo tanto el ejercicio de la potestad sancionatoria que ellareconoce a la Administración, preserva el interés público comprometido en la correctaprestación del servicio;Que de acuerdo a lo expuesto, la caducidad de la licencia responde a la finalidad deprotección del interés público;Que en consecuencia, atento al incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12.4.1.4del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires, y toda vez que seha verificado el vencimiento del plazo de intimación según los términos del artículo12.11.5 del citado cuerpo normativo, sin que el licenciatario haya regularizado susituación, corresponde hacer efectivo el apercibimiento notificado, disponiendo lacaducidad de la licencia;Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención enlos términos de la Ley Nº 1.218.Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 498/08, 

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTERESUELVE

 Artículo 1º.- Dispónese la caducidad de la licencia Nº 9.207, otorgada a favor del señorJuan Andrés Romero, (LE N° 4.338.249), para la prestación del Servicio Público deAutomóviles de Alquiler con Taxímetro.Artículo 2º.- Intímase al titular de la licencia de taxi arriba indicada, para que en el plazode cinco (5) días hábiles de notificada la presente medida, acredite la eliminación de

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todas las señales distintivas de taxi del vehículo dominio AMY 084 y efectúe ladevolución de toda la documentación habilitante de la licencia que pudiera estar en supoder ante la empresa concesionaria SACTA S.A., bajo apercibimiento de adoptar lasmedidas pertinentes con el auxilio de la fuerza pública.Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura deGabinete de Ministros, y para su comunicación y demás efectos, remítase a laDirección General de Transporte, la que comunicará a la empresa concesionariaSACTA S.A. para su anotación en el Registro Único del Servicio Público deAutomóviles de Alquiler con Taxímetro (RUTAX), y notificará al interesado conforme lostérminos del Decreto Nº 1220/GCBA/2008. Cumplido, archívese. Dietrich  

   RESOLUCIÓN N.º 84/SSTRANS/12 

Buenos Aires, 9 de marzo de 2012 VISTO:EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011, EL EXPEDIENTE Nº 1.823.463-2011, Y CONSIDERANDO: Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría deTransporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y eldesvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecuciónde las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder depolicía propio de la Ciudad Autónoma;Que, por el Expediente mencionado, R2 S.A., solicita permiso para la afectación devarias calzadas, a partir del día Jueves 01 de Marzo, hasta el día Viernes 06 de Abrilde 2012, con motivo de realizar una competencia deportiva de TC 2000, respetando elsiguiente circuito: Av. 9 de Julio desde Moreno hasta Viamonte, doblando por Av. Pte.Roque Sáenz Peña hasta Bolívar girando en Av. de Mayo hasta Av. 9 de Julio;Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia,emitiendo opinión favorable, respecto a los cortes solicitados;Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizarlos cortes de tránsito solicitados, dejando a consideración de la Subsecretaria deTransporte para el dictado del acto administrativo respectivo;Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente,concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentesque pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicitan los cortesde tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativavigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadasafectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277.Por ello, y en uso de las facultades conferidas, 

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTERESUELVE

 Artículo 1º.- Autorizar los cortes de tránsito solicitados por R2 S.A., con la concurrenciade la Policía Federal Argentina, con motivo de realizar una competencia deportiva deTC 2000, de acuerdo a lo establecido en el Anexo I que a todos sus efectos pasa a

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formar parte de la presente y respetando el siguiente circuito:Av. 9 de Julio desde Moreno hasta Viamonte, doblando por Av. Pte. Roque SáenzPeña hasta Bolívar girando en Av. de Mayo hasta Av. 9 de Julio.Artículo 2º.- El tránsito que pretenda circular por las calles que se afectan deberádesviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por lascalles paralelas mas próximas de igual sentido de circulación.Artículo 3º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personalinterviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños oaccidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con losseguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dandocumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin deevitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el accesode frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado yseñalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en elArtículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148.Artículo 4º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar enforma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y la PolicíaMetropolitana, y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugarque resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96.Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, lamisma carecerá de válidez. Asimismo, no implica autorización para la realización deactividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, lasque deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes.Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,y para su conocimiento, notificación fehaciente y demás efectos, pase a la DirecciónGeneral de Tránsito quien comunicará a la Policía Federal Argentina, al MinisterioPúblico Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, deTránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich  

ANEXO  

   RESOLUCIÓN N.º 189/MJGGC/12 

Buenos Aires, 2 de marzo de 2012 VISTO:Los Decretos N° 1.368/08 y su modificatorio Nº 130/12, el Expediente Nº 388.339/12, y  CONSIDERANDO:  Que por los presentes actuados tramita la encomienda de firma del Secretario deGestión Comunal y Atención Ciudadana, Sr. Eduardo Alberto Macchiavelli, atento laausencia transitoria del citado funcionario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,entre los días 5 y 9 de marzo de 2012, inclusive; Que por lo expuesto, corresponde designar al funcionario que se hará cargo deldespacho de la Secretaria de Gestión Comunal y Atención Ciudadana; Que en tal sentido, el artículo 1º del Decreto Nº 1.368/08, modificado por el Decreto Nº130/12, establece que en caso de ausencia o vacancia del Secretario de GestiónComunal y Atención Ciudadana, su reemplazante es el titular de esta Jefatura de

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Gabinete de Ministros. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3° del Decreto N°1.368/08,  

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE

 Artículo 1º.- Encomiéndase la atención de los asuntos y la firma del despacho delSecretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, Sr. Eduardo AlbertoMacchiavelli, al suscripto, entre los días 5 y 9 de marzo de 2012, inclusive. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,comuníquese a las Secretarias de Gestión Comunal y Atención Ciudadana y Legal yTécnica, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y para suconocimiento, y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica,Administrativa y Legal de Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Rodríguez Larreta     

Ministerio de Hacienda     RESOLUCIÓN N.º 237/MHGC/12 

Buenos Aires, 15 de febrero de 2012 VISTO:La Ley N° 4041 promulgada por el Decreto N° 713 -GCABA-2011, la distribuciónanalítica aprobada por Decreto N° 34-GCABA-12, el Decreto N° 28-GCABA-12, elExpediente Nº 221.682/2012, y CONSIDERANDO: Que, por el expediente citado en el Visto distintas Jurisdicciones propician unamodificación crediticia al Presupuesto vigente;Que, entre las compensaciones a realizar se encuentra la gestionada por el Ministeriode Gobierno con relación a una transferencia de créditos a favor de la Agencia deSistemas de Información a fin de propiciar la compra centralizada de equipamientoinformático, la tramitada por el Ministerio de Educación con el objeto de la creación dela partida 6.9.3 “Adelantos a proveedores y contratistas a corto plazo“ en diferentesProyectos correspondientes al programa “Infraestructura Escolar” así como tambiénaquellas otras readecuaciones crediticias que son imprescindibles para el normaldesarrollo de las actividades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que, en virtud de lo expuesto, corresponde efectuar las modificaciones presupuestariasque se detallan en las fojas adjuntas, utilizando para ello las facultades emergentes delCapítulo IX, Artículo 34, Apartado I de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicacióndel Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires para el ejercicio 2012, aprobadas por Decreto N° 28-GCBA-12 (B.O.

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3837);Por ello, 

EL MINISTRO DE HACIENDADE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Articulo 1º.- Apruébase la modificación de créditos obrante en el Anexo I que, a todossus efectos, forma parte integrante de la presente resolución.Articulo 2º.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de la Oficina deGestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Grindetti 

ANEXO 

   RESOLUCIÓN N.º 260/MHGC/12 

Buenos Aires, 24 de febrero de 2012 VISTO:La Ley N° 4041 promulgada por el Decreto N° 713 -GCABA-2011, la distribuciónanalítica aprobada por Decreto N° 34-GCABA-12 (B.O.3.837), el Decreto N°28-GCABA-12 (B.O.3.837), el Expediente Nº 221.707-12, y CONSIDERANDO: Que, por el expediente citado en el Visto distintas Jurisdicciones propician unamodificación crediticia al Presupuesto vigente;Que, entre las compensaciones a realizar se encuentran la requerida por la Jefatura deGabinete de Ministros con relación a una transferencia de crédito a favor de la Agenciade Sistemas de Información con el objeto de llevar a cabo la adquisición deequipamiento informático, la tramitada por el Ministerio de Educación a los efectos decrear la partida 6.9.3 Adelantos a proveedores y contratistas a corto plazo en diversasobras pertenecientes al Programa de Infraestructura Escolar, la gestionada por elConsejo de la Magistratura con destino a la Dirección General de Estadísticas yCensos con el objeto de financiar la realización de la “Encuesta de Acceso a laJusticia“, así como también aquellas otras readecuaciones crediticias que sonimprescindibles para el normal desarrollo de las actividades del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires;Que, en virtud de lo expuesto, corresponde efectuar las modificaciones presupuestariasque se detallan en las fojas adjuntas, utilizando para ello las facultades emergentes delCapítulo IX, Artículo 34, Apartado I de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicacióndel Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires para el ejercicio 2012, aprobadas por Decreto N° 28-GCBA-12(B.O.3.837);Por ello, 

EL MINISTRO DE HACIENDADE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Articulo 1º.- Apruébase la modificación de créditos obrante en el Anexo que, a todos

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sus efectos, forma parte integrante de la presente resolución.Articulo 2º.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de la Oficinade Gestión Pública y Presupuesto y de Contaduría. Cumplido, archívese. Grindetti  

ANEXO    

Ministerio de Justicia y Seguridad      RESOLUCIÓN N.º 17/SSAPM/12 

Buenos Aires, 24 de enero de 2012 VISTO: El Decreto Nº 915/09, la Resolución Nº 2495/MJGGC-MHGC/09 y el ExpedienteElectrónico Nº 136499/2012; y  CONSIDERANDO:  Que por la mencionada actuación tramita la contratación de diversas personas, paraprestar servicios en la Dirección General de Infraestructura de la Policía Metropolitana,por el período comprendido entre el 01/01/2012 y el 31/12/2012; Que las citadas contrataciones encuadran en los términos del Decreto Nº 915/09 y suResolución Reglamentaria Nº 2495/MJGGC-MHGC/09, normativa mediante la cual seestablece el régimen para la contratación de personas físicas bajo la modalidad delocación de servicios y de obra; Que atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativopertinente. Por ello y en uso de las facultades que le son propias,  

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIONDE LA POLICIA METROPOLITANA

RESUELVE Artículo 1.- Autorízase la contratación de la Sra. Forschner, Jacqueline Ana paraprestar servicios en la Dirección General de Infraestructura de la Policía Metropolitana,en el modo y forma que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de lapresente. Artículo 2.- Delégase en la Dirección General Administrativa y Legal de la PolicíaMetropolitana, la suscripción de los contratos autorizados por el artículo 1° de lapresente Resolución. Artículo 3.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importesmensuales, en una Orden de Pago. Artículo 4.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de

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ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por lacontratada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal delMinisterio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a laDirección General Contaduría, a la Dirección General de Administración de RecursosHumanos de la Policía Metropolitana, a la Dirección General Técnica Administrativa yLegal del Ministerio de Justicia y Seguridad y pase para su conocimiento y demásefectos a la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana.Cumplido, archívese. Greco  

ANEXO  

   RESOLUCIÓN N.º 78/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 6 de febrero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 1.565.251/11 e incorporados, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la solicitud de subsidio por inundaciónprevisto por la Ley Nº 1.575, presentada por el Señor Eduardo Pablo Mbarak, DNI. Nº8.626.284 en su carácter de socio gerente de la firma EDLE S.R.L., por los dañosalegados en el inmueble sito en la calle Terrero 1541, ocasionados por el fenómenometeorológico de fecha 19 de febrero de 2010;Que por Resolución Nº 5295/SSEMERG/10, se otorgó un subsidio por la suma depesos cinco mil ($ 5.000.-) IVA incluido;Que con fecha 15 de febrero de 2011 el administrado interpuso Recurso deReconsideración con Jerárquico en subsidio, manifestando su disconformidad con elmonto otorgado;Que por Resolución Nº 3408/SSEMERG/11 se desestimo el Recurso incoado, atentoque el subsidio reviste carácter paliativo de los daños alegados y no revistiendocarácter indemnizatorio, siendo dicho acto notificado al administrado en fecha 12 deagosto de 2011;Que con fecha 2 de septiembre de 2011 se notificó al administrado sobre los términosdel artículo 107 in fine de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad,efectuando el solicitante el día 8 de septiembre de 2011 una presentación, la cual envirtud del principio de informalísmo a favor del administrado se considera comoampliación de los fundamentos del recurso oportunamente articulado;Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado ladebida intervención emitiendo el Dictamen Nº 86705, indicando que el beneficiootorgado no tiene tinte reparador o resarcitorio, sino que el mismo reviste el carácter depaliativo de los daños denunciados, como así también que el monto a otorgarse esregulado por la autoridad de aplicación, previa intervención de los organismos técnicoscompetentes, en función de las circunstancias que rodean el caso;Que asimismo el órgano de la Constitución agregó que el monto que conforma elFondo de Emergencias para Subsidios por Inundaciones no es flexible, sino que se

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conforma por un porcentaje fijo del presupuesto, concluyendo que correspondedesestimar el recurso intentado.Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Desestímese el Recurso Jerárquico en subsidio interpuesto por el señorEduardo Pablo Mbarak, DNI. Nº 8.626.284 en su carácter de socio gerente de la firmaEDLE S.R.L: por los daños alegados en el inmueble sito en la calle Terrero 1541.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.Notifíquese al interesado. Comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Pasepara su conocimiento, archivo y demás efectos a la Subsecretaria de Emergencias.Cumplido, archívese. Montenegro  

   RESOLUCIÓN N.º 143/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 23 de febrero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 301.271/12, por el cual se gestiona el incremento de diversas partidasdel Programa 1, Actividad 1, para hacer frente a los gastos que demanda la rendiciónde la caja chica común de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de esteMinisterio, y CONSIDERANDO: Que en consecuencia, procede arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdocon lo establecido en el Decreto Nº 28/12 por el que se aprobaron las Normas Anualesde Ejecución y Aflicción del Presupuesto General de la Administración del gobierno dela Ciudad de Buenos Aires-Ejercicio Fiscal 2012.Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Capítulo IX, Artículo 34º, ApartadoII del Decreto Nº 28/12, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos por un monto total de pesosdieciséis mil seiscientos ($ 16.600.-) de acuerdo con el formulario 1 de modificacionespresupuestarias, que como Anexo forma parte integrante del presente actoadministrativo.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de laGestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Montenegro  

ANEXO  

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   RESOLUCIÓN N.º 144/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 23 de febrero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 213.403/12, por el cual se gestiona el incremento de la partida 2.1.1del Programa 2, Actividad 1, para hacer frente a los gastos que demanda la licitaciónpública del servicio de agua potable de la Dirección General del Registro del EstadoCivil y Capacidad de las Personas de este Ministerio, y CONSIDERANDO: Que en consecuencia procede arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdocon lo establecido en el Decreto Nº 28/12 por el que se aprobaron las Normas Anualesde Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobiernode la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-Ejercicio Fiscal 2012.Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Capítulo IX, Articulo 34º Apartado IIdel Decreto Nº 28/12, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos por el monto total de pesos cuatromil doscientos ochenta y cuatro ($ 4.284.-) de acuerdo con el formulario 1 demodificaciones presupuestarias, que como Anexo forma parte integrante del presenteacto administrativo.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de laGestión Publica y Presupuesto y a la Dirección General del Registro del Estado Civil yCapacidad de las Personas. Cumplido archívese. Montenegro  

ANEXO  

   RESOLUCIÓN N.º 145/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 23 de febrero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 290.703/12, por el cual se gestiona el incremento de diversas partidaspertenecientes al Programa 1, a fin de contar con crédito para la rendición de la cajachica común de este Ministerio y el incremento de la partida 3.1.4 para hacer frente alos gastos que demanda el abono mensual de equipos de telefonía celular, y CONSIDERANDO: Que en consecuencia procede arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdocon lo establecido en el Decreto Nº 28/12 por el que se aprobaron las Normas Anuales

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de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobiernode la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-Ejercicio Fiscal 2012.Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Capítulo IX, Articulo 34º Apartado IIdel Decreto Nº 28/12, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos por el monto total de pesos treintay seis mil ochocientos cincuenta y siete ($ 36.857.-) de acuerdo con el formulario 1 demodificaciones presupuestarias, que como Anexo forma parte integrante del presenteacto administrativo.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de laGestión Publica y Presupuesto. Cumplido archívese. Montenegro  

ANEXO  

   RESOLUCIÓN N.º 157/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 28 de febrero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 166.024/12, y CONSIDERANDO: Que la Dirección General Políticas de Prevención del Delito gestiona el incremento dela partida 3.1.4, a fin de hacer frente a las necesidades operativas de dicha Repartición;Que en consecuencia, procede arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdocon lo establecido en el Decreto Nº 28/12 por el que se aprobaron las Normas Anualesde Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobiernode la Ciudad de Buenos Aires-Ejercicio 2012.Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Capítulo IX, artículo 34º, ApartadoII punto 8 del Decreto Nº 28/12, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos por un monto total de pesos sietemil ($ 7.000.-) de acuerdo con el formulario 1 de modificaciones presupuestarias quecomo Anexo forma parte integrante del presente acto administrativo.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de laGestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General Políticas de Prevención delDelito. Cumplido, archívese. Montenegro  

ANEXO

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°22

  

   RESOLUCIÓN N.º 158/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 28 de febrero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 303.717/12, y CONSIDERANDO: Que la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana gestiona la modificación de diversaspartidas a fin de hacer frente al gasto que demanda la contratación de un Sercicio deEmisión de Credenciales con destino a la Dirección General de Seguridad Privada,dependiente de dicha Subsecretaría;Que en consecuencia, procede arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdocon lo establecido en el Decreto Nº 28/12 por el que se aprobaron las normas Anualesde Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobiernode la Ciudad de Buenos Aires – Ejercicio Fiscal 2012.Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Capítulo IX, Artículo 34º, ApartadoII del Decreto Nº 28/12, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos por un monto total de pesosochocientos sesenta y siete mil novecientos cuatro ($ 867.904.-) de acuerdo con elformulario 1 de modificaciones presupuestarias que como Anexo forma parte integrantedel presente acto administrativo.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de laGestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana.Cumplido, archívese. Montenegro  

ANEXO  

   RESOLUCIÓN N.º 159/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 28 de febrero de 2012 VISTO:El Expediente Nº 305.860/12, y CONSIDERANDO: 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°23

Que la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana gestiona el incremento de la partida3.4.9 del Programa 37, Actividad 1, para hacer frente al gasto mensual que demanda lacontratación de personal, el cual se desempeñará como administrativo e inspectores enel ámbito de la Dirección General de Seguridad Privada;Que en consecuencia, procede arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdocon lo establecido en el Decreto Nº 28/12 por el que se aprobaron las Normas Anualesde Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobiernode la Ciudad de Buenos Aires-Ejercicio Fiscal 2012.Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Capítulo IX, Artículo 34º, ApartadoII del Decreto Nº 28/12, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos por un monto total de pesos unmillón cuatrocientos veinticinco mil ($ 1.425.000.-) de acuerdo con el formulario 1 demodificaciones presupuestarias, que como Anexo forma parte integrante del presenteacto administrativo.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de laGestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana.Cumplido, archívese. Montenegro  

ANEXO  

   RESOLUCIÓN N.º 162/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 5 de marzo de 2012 VISTO:El Decreto Nº 556/10 y su modificatorio Decreto Nº 752/10 y Expediente Nº1663437/11, CONSIDERANDO: Que resultando necesario otorgar el pertinente encuadre normativo a las ResolucionesNº 741/MJYSGC/11 y Nº 933/MJYSGC/11, corresponde el dictado del presente actoadministrativo receptando dicho fundamento.Por ello, en uso de las facultades que le son propias, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Déjase establecido que los reintegros de fondos dispuestos por lasResoluciones Nº 741/MJYSGC/11 y Nº 933/MJYSGC/11 se encuadran en lo normadopor el Decreto Nº 556/10 y su modificación Nº 752/10.Articulo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la ciudad de buenosAires, para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Contaduría.Cumplido, archívese. Montenegro

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°24

  

   RESOLUCIÓN N.º 164/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 7 de marzo de 2012 VISTO:Las Leyes Nº 2.894 de Seguridad Pública y Nº 2.947 del Estatuto del Personal de laPolicía Metropolitana, el Decreto Nº 380/09, la Resolución Nº 1079/MJYSGC/09, y elExpediente Nº 315337/12, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 1079/MJYSGC/09 ha sido designado en la PolicíaMetropolitana el Sr. Mariano Horacio Espósito (DNI Nº 25.987.715), en el grado deInspector, a partir del 1º de octubre de 2009;Que con fecha 14 de febrero de 2012, el agente señalado en el considerando anterior,presentó su solicitud de baja voluntaria a la Policía Metropolitana.Por ello, en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 2.894, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Acéptase la baja voluntaria solicitada por el Inspector Mariano HoracioEspósito (DNI Nº 25.987.715), a su cargo de Inspector en la Policía Metropolitana, apartir del día 29 de febrero de 2012, conforme el Artículo 47 inc. a) de la Ley Nº 2.947.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la DirecciónGeneral Contaduría, a la Dirección General Tesorería, a la Jefatura de la PolicíaMetropolitana, a la Superintendencia de Coordinación y Desarrollo Policial, a la ObraSocial de la Policía Metropolitana y pase a la Dirección General de Administración deRecursos Humanos de la Policía Metropolitana para su conocimiento, notificación delpersonal y demás efectos. Cumplido, archívese. Montenegro  

   RESOLUCIÓN N.º 165/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 7 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 1579991/11 e Incorporados, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la solicitud de subsidio por inundaciónprevisto por la Ley Nº 1575, presentada por el señor Hugo Jorge Dimotta, D.N.I. Nº11.362.723 por los daños alegados en el inmueble ubicado en la calle Río de JaneiroNº 933, ocasionados por los fenómenos meteorológicos de fecha 15 y 19 de febrero de

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°25

2010;Que por Resolución Nº 3902/SSEMERG/10 se otorgó un subsidio por la suma depesos tres mil ($ 3.000.-) IVA incluido, siendo notificado dicho acto administrativo el día17 de marzo de 2011;Que el administrado con fecha 28 de marzo de 2011 interpuso Recurso deReconsideración con Jerárquico en Subsidio por considerar insuficiente el montootorgado;Que por Resolución Nº 3452/SSEMERG/11, se denegó el recurso incoado, señalandoque el subsidio reviste carácter paliativo de los daños sufridos y no revistiendo carácterindemnizatorio, siendo dicho acto notificado el 30 de agosto de 2011;Que el administrado efectuó con fecha 12 de septiembre de 2011 una presentación, ala que denomino Recurso Jerárquico la cual, en virtud del principio de informalismo afavor del administrado, debe ser considerada como una ampliación de fundamentos delRecurso oportunamente interpuesto, agraviándose por considerar insuficiente el montodel subsidio otorgado;Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado ladebida intervención emitiendo el Dictamen Nº 86812, señalando que el beneficiootorgado no tiene tinte reparador o resarcitorio, sino que el mismo reviste el carácter depaliativo de los daños denunciados, como así también que el monto a otorgarse esregulado por la autoridad de aplicación, previa intervención de los organismos técnicoscompetentes, en función de las circunstancias que rodean el caso;Que asimismo el Órgano de la Constitución agregó que el monto que conforma elFondo de emergencias para Subsidios por inundaciones, no es flexible, sino que seconforma por un porcentaje fijo del presupuesto, el cual no se ajusta en función de lassolicitudes recepcionadas, por lo cual debe asignar e beneficio en cuestión, previendoeventuales fenómenos meteorológicos para el otorgamiento de cada uno de lossubsidios, motivo por el cual corresponde desestimar el Recurso intentado.Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Desestímese el Recurso Jerárquico en subsidio interpuesto por el señorHugo Jorge Dimotta, D.N.I. Nº 11.362.723 contra la Resolución Nº 3902/SSEMERG/10por los daños alegados en el inmueble ubicado en la calle Río de Janeiro Nº 933.Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.Notifíquese al interesado. Comuníquese a la Dirección General Contaduría. Pase parasu conocimiento, archivo y demás efectos a la Subsecretaría de Emergencias.Cumplido, archívese. Montenegro  

   RESOLUCIÓN N.º 166/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 7 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 966.575/11 e incorporados, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la solicitud de subsidio por inundación

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°26

previsto por la Ley Nº 1575, presentada por la Señora Nancy Esther Torrez, DNI. Nº17.884.395, por los daños alegados en el inmueble sito en Av. Juan B. Justo Nº4736/38, ocasionados por el fenómeno meteorológico de fecha 19 de febrero de 2010;Que por Resolución Nº 2695/SSEMERG/11, notificada con fecha 17 de mayo de 2011,se denegó dicha solicitud toda vez que mediante la Resolución Nº 2313/SSEMERG/11ya había sido concedido el subsidio solicitado por la suma de pesos dos mil quinientos($2.500.-) IVA incluido;Que con fecha 9 de junio de 2011 la administrada interpuso un recurso administrativocontra el mencionado acto fundando su agravio en la insuficiencia del montooportunamente otorgado para afrontar los presuntos gastos ocasionados;Que mediante Resolución Nº 3417/SSEMERG/11, notificada el día 16 de agosto de2011, se denegó el recurso interpuesto señalando dicho acto administrativo el carácterpaliativo del subsidio otorgado;Que a través de cédula de notificación de fecha 1º de septiembre de 2011 el recurrentefue notificado a efectos de ampliar o mejorar los fundamentos del recurso interpuesto,no haciendo uso de tal facultad, correspondiendo en esta instancia el tratamiento delRecurso Jerárquico en subsidio de conformidad con lo estipulado en los Artículos 108 y109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad;Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado laintervención que le compete emitiendo el Dictamen Nº 86575, en el cual advirtió que elmarco normativo aplicable, prevé el otorgamiento de un (1) subsidio por cada bieninmueble;Que, además, advirtió que la recurrente no había acreditado la titularidad del bien, ni suhabilitación como local comercial, así como tampoco había acompañado la constanciade libre deuda del tributo en concepto de Alumbrado, Barrido y Limpieza ContribuciónTerritorial, Pavimentos y Aceras del mismo;Que, en consecuencia, la Procuración General de la Ciudad concluyó que correspondíadesestimar el recurso incoado.Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Desestímese el Recurso interpuesto por la Sra. Nancy Esther Torrez, DNINº 17.884.395 contra la Resolución Nº 2695/SSEMERG/11 por los daños alegados enel inmueble sito en Av. Juan B. Justo Nº 4736/38.Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.Notifíquese al interesado. Pase para su conocimiento, archivo y demás efectos a laSubsecretaria de Emergencias. Cumplido, archívese. Montenegro  

   RESOLUCIÓN N.º 167/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 7 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 1722424/11 e incorporado, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la solicitud de subsidio por inundación

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previsto por la Ley Nº 1575, presentada por el señor Osvaldo José Tosso, D.N.I. Nº22.431.209 por los daños alegados en el automotor dominio SYW 099, presuntamenteocasionados por el fenómeno meteorológico de fecha 15 de febrero de 2010;Que por Resolución Nº 2327/SSEMERG/10, notificada el día 22 de septiembre 2010,se otorgó un subsidio por un monto de pesos un mil doscientos sesenta ($1.260.-) IVAincluido;Que en fecha 26 de octubre de 2010, el administrado interpuso Recurso deReconsideración con Jerárquico en subsidio por considerar insuficiente el montootorgado, el cual fue desestimado por Resolución Nº 3456/SSEMERG/11, notificada el30 de agosto de 2011;Que con fecha 28 de septiembre de 2011 se notificó al administrado sobre los términosdel artículo 107 in fine de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad,efectuando el solicitante con fecha 30 de septiembre de 2011 una presentación la cualen virtud del principio de informalismo a favor del administrado debe ser consideradacomo una ampliación de fundamentos;Que mediante cédula notificada el 8 de noviembre de 2011 se requiere nuevainformación con relación a la radicación, enajenación y reparación de los dañossufridos por el rodado en cuestión;Que con fecha 3 de octubre de 2011 realiza otra presentación adjuntando la mismadocumentación aportada ut supra;Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico en subsidio,conforme los artículos 108 y 109 del mismo plexo normativo;Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado ladebida intervención emitiendo el Dictamen Nº 86771, indicando que el beneficiootorgado no tiene tinte reparador o resarcitorio, si no que el mismo reviste el carácterde paliativo de los daños denunciados, como así también que el monto a otorgarse esregulado por la autoridad de aplicación previa intervención de los organismos técnicoscompetentes, en función de las circunstancias que rodean el caso;Que asimismo el Organismo de la Constitución agregó que el monto que conforma elFondo de Emergencias que Subsidios por Inundación no es flexible, sino que se formapor porcentaje fijo del presupuesto, el cual no se adjunta en función de las solicitudesdecepcionadas, concluyendo que corresponde desestimar el recurso interpuesto.Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias, 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Desestímese el Recurso Jerárquico en subsidio interpuesto por el señorOsvaldo José Tosso, D.N.I. Nº 22.431.209 contra la Resolución Nº 2327/SSEMERG/10por los daños alegados en el automóvil dominio SYW 099.Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.Notifíquese al interesado. Comuníquese a la Dirección General Contaduría. Pase parasu conocimiento, archivo y demás efectos a la Subsecretaría de Emergencias.Cumplido, archívese. Montenegro  

   RESOLUCIÓN N.º 168/MJYSGC/12 

Buenos Aires, 7 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 1303760/11 e incorporado, y

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°28

 CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud de subsidio por inundaciónprevisto por la Ley Nº 1575, presentada por la Sra. Lucia Allende, D.N.I. Nº 25.178.070,por los daños alegados respecto del automotor dominio AWN 690, presuntamenteocasionados por el fenómeno meteorológico de fecha 15 de febrero de 2010;Que por Resolución Nº 3011/SSEMERG/11, se denegó dicha solicitud, atento que elvehículo se encuentra radicado en extraña jurisdicción;Que habiéndose notificado de dicho acto administrativo el 29 de junio de 2011, laadministrada interpuso Recurso de Reconsideración con Jerárquico en subsidio el día13 de julio de 2011;Que en su presentación recursiva la Dra. Allende manifestó que habita en la CiudadAutónoma de Buenos Aires desde el año 2000 y es propietaria del inmueble sito en lacalle Charcas 4091 desde el año 2002, justificando que así por este motivo su vehículose encuentra en el ámbito de la Ciudad;Que por Resolución Nº 3454/SSEMERG/11, notificada el 30 de agosto de 2011, sedenegó el Recurso incoado atento que el automóvil se encuentra radicado en el partidode Azul, Provincia de Buenos Aires, conforme surge del Título de Propiedad obrante enestos actuados;Que con fecha 28 de septiembre de 2011 se notificó al la administrada sobre lostérminos del artículo 107 in fine de la Ley de Procedimientos Administrativos de laCiudad, sin que la interesada cumplido el plazo establecido a tal efecto, se hayapresentado en uso de su facultad;Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico en subsidio,conforme los artículos 108 y 109 del mismo plexo normativo;Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado ladebida intervención emitiendo el Informe Nº 02229700, indicando que la interesada nohabía cumplimentado la totalidad de los requisitos exigidos por la normativa aplicable,toda vez que el vehículo se encuentra radicado en extraña jurisdicción, motivo por elcual considera que corresponde desestimar el Recurso incoado;Que el temperamento denegatorio del acto recurrido fue sostenido en el Dictamen PGNº 63354 del 4 de abril de 2008, en el cual consideró que no correspondía conceder elsubsidio previsto en la Ley 1575 si el bien estaba radicado fuera de la CiudadAutónoma de Buenos Aires;Que asimismo cabe destacar según el Decreto Nº 664, reglamentario de la Ley Nº1575, dispone en forma expresa que el subsidio en cuestión se otorga exclusivamentea los vehículos que se encuentren radicados en esta Ciudad Autónoma de BuenosAires, concluyendo que corresponde desestimar el Recurso intentado.Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDADRESUELVE

 Artículo 1.- Desestímese el Recurso Jerárquico en subsidio presentado por la Sra.Lucia Allende, D.N.I. Nº 25.178.070, contra la Resolución Nº 3011/SSEMERG/11 porlos daños alegados respecto del automóvil dominio AWN 690.Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.Notifíquese a la interesada y pase, para su conocimiento, archivo y demás efectos a laSubsecretaría de Emergencias. Cumplido, archívese. Montenegro 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°29

    

Ministerio de Desarrollo Urbano      RESOLUCIÓN N.º 97/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 1 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 285.604/2012, por el que se consulta el proyecto de obra nueva en elpredio sito en la Avenida Independencia Nº 3.357/59/73/75/81/83, Virrey Liniers Nº 778,y;  CONSIDERANDO:  Que se trata de un predio conformado por las Parcelas 19, 21, 22 y 23, de la Manzana18, Sección 28, y se encuentra afectado sobre el frente de la Avenida Independencia aun Distrito C3I, esto es las Parcelas 21, 22 y 23; y a un Distrito R2bI sobre el frente dela calle Virrey Liniers, esto es la Parcela 19, de Zonificación General del Código dePlaneamiento Urbano Ley Nº 449, texto ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007(BOCBA Nº 2.772); Que en el Dictamen Nº 901-DGIUR-2012, el Área Técnica competente de la DirecciónGeneral de Interpretación Urbanística analizó la presente propuesta, informando que setrata de un proyecto de Obra Nueva destinado a “Estudios Profesionales, LocalComercial, Vivienda Multifamiliar y Espacio Guardacoches“, resultando una superficiede terreno de las parcelas involucradas de 973,33 m², y una superficie nueva aconstruir de 9.767,36 m²; Que en este caso, indica que resulta de aplicación lo normado en el Parágrafo 5.4.2.3“Distrito C3 ­ Centro Local“ y en el Parágrafo 5.4.1.4 “Distrito R2b“, ambos del citadocódigo; Que respecto de la propuesta, dicha Área informa que por los presentes se estápromoviendo, un proyecto a desarrollarse principalmente sobre la AvenidaIndependencia, con un volumen entre medianeras a construirse en 11 niveles, masplanta baja, primer nivel destinado a guardacoches, mas un nivel en retiro y nivelsuperior, destinado a tanque de reserva y sala de máquinas. Tal conformaciónmorfológica, graficada a fs. 1, 2, 3 y 4, ha evitado la construcción sobre la calle VirreyCevallos, de características generales de menor altura en sus edificios linderos, y conuna altura máxima de constructibilidad de 10,50m hasta llegar a un plano límitehorizontal de 13,50m; Que en este particular caso, se ha optado por construir el conjunto edilicio, en fuerterelación con los perfiles edificatorios y edificios preexistentes, presentes en la AvenidaIndependencia y en la calle Virrey Liniers; Que, en tanto que en la Avenida Independencia, se verifica la presencia de unaimportante masa edilicia dura, conformada por una morfología que acompañe al restode la cuadra; sobre la calle Virrey Liniers, se propone una edificación baja, por debajodel perfil edificable que otorga la normativa, a efectos de otorgar un acompañamiento

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mas homogéneo de la cuadra y del resto de la manzana; Que lo propuesto, se encuentra en fuerte relación morfológica con el entorno en dondese encuentra localizado el terreno, y asimismo, en consonancia con los lineamientosmorfológicos promovidos en la Ley 2930- Plan Urbano Ambiental, Articulo 24 ­Instrumentos Normativos; Que por su parte, el ítem a) del citado Artículo 24 hace referencia al “CódigoUrbanístico“, por el cual se promueve que, “Con respecto al tejido edilicio parcelario seotorgará especial importancia a los criterios morfológicos y a los de admisibilidad deusos que contemplen a la manzana y a la cuadra como unidades primarias deconfiguración de tejido urbano, toda vez que se las aprecie como aspectos deseablesde los sectores consolidados.“, y a su vez agrega “La normativa morfológica deberáreconocer las características diferenciales de cada zona urbana según sus rasgoscomunes específicos“; Que en tal sentido, el Área Técnica competente de la Dirección General deInterpretación Urbanística, no pone objeciones desde el punto de vista urbanístico, alproyecto de obra nueva puesto a consideración para las Parcelas 19, 21, 22, 23,Manzana 18, Sección 23, Circunscripción 9; con una superficie de terreno de 973,33 m²y una superficie nueva de 9.767,36 m², dejando aclarado que se deberá proceder alenglobamiento parcelario, al momento de la correspondiente registración de planos enel organismo de competencia, debiendo respetarse asimismo todas y cada una de lasnormativas que sean de aplicación en el caso y que no hayan sido tratadas en elpresente estudio. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Considerase factible desde el punto de vista urbanístico, el proyecto de“Obra Nueva“ con destino “Estudio Profesional, Local Comercial, Vivienda Multifamiliary Espacio Guarda Coche“, según lo graficado a fs. 2 y sus copias a fs. 3 y 4, para elpredio sito en la Avenida Independencia Nº 3.357/59/73/75/81/83, Virrey Liniers Nº 778,Nomenclatura Catastral: Circunscripción 9, Sección 28, Manzana 18, parcela que surjadel englobamiento de las Parcelas 19, 21, 22 y 23, con una superficie de terreno de973,33 m² (Novecientos setenta y tres metros cuadrados) y una superficie a construirde 9.767,36 m² (Nueve mil setecientos sesenta y siete metros cuadrados con treinta yseis decímetros), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte deaplicación. Artículo 2º.- Hágase saber al interesado, que al momento de la registración de ladocumentación de obra, deberá proceder al englobamiento de las parcelasinvolucradas. Artículo 3º.- Notifíquese al interesado, que lo consignado en el Artículo 1º no implica laaprobación de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantesdisposiciones contenidas en los Código de Planeamiento Urbano y de la Edificación, ylas relacionadas con los usos a localizar en la oportunidad de la presentación de ladocumentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha denotificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentaciónpertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán depleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese, entréguese copia de la presente al interesado, y ladocumentación obrante a fs. 3; y para el archivo del organismo se reserva la fs. 4;publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Lostri

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   RESOLUCIÓN N.º 100/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 1 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 1.420.916/2011, por el que se consulta sobre un proyecto de “ObraNueva“ con destino “Oficinas Comerciales con cocheras“ en el predio sito en la calleRondeau Nº 3.236/52 y la Avenida Caseros Nº 3.233/37, y;  CONSIDERANDO:  Que el predio en cuestión se encuentra afectado a un Distrito C3II de ZonificaciónGeneral del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, texto ordenado Decreto Nº1.181-GCBA-2007 (BOCBA Nº 2.772); Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística,analizó lo solicitado en el Dictamen Nº 435-DGIUR-2012, de acuerdo a ladocumentación obrante en el presente, la que está compuesta por Plantas, fachadas ycortes del proyecto de fs. 1 a 10; Esquema volumétrico del proyecto y sus linderos, conrelevamiento de perfiles medianeros a fs. 50 y 51 e Imágenes del proyecto conrelevamiento fotográfico del entorno a fs. 52 y 53; Que en función de la documentación antes mencionada, la citada Área informa que setrata del anteproyecto para una obra nueva, con destino “oficinas comerciales concocheras“ a localizarse en la Parcela 2a, en la manzana circunscripta por las callesRondeau, 24 de Noviembre y las Avenidas Caseros y Sánchez de Loria; Que dicha parcela, resulta pasante y posee un frente de 52,55m sobre la calleRondeau, y de 18,92m sobre la Avenida Caseros, con una superficie total aproximadade 3.127,52 m², de acuerdo a consulta catastral obrante de fs. 11 a 17; Que el predio, se halla afectado por el trazado de la Línea de Frente Interno de lamanzana y el espacio apendicular o tronera, la cual se encuentra totalmentecomprendida dentro de los limites del predio, por lo que no resulta exigible suconformación de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4.2.3 Línea de Frente Internodel Código de Planeamiento Urbano; no obstante y toda vez que de la intersección delas Línea de Frente Interno respectivas surge una línea quebrada, la misma serámotivo de regularización; Que en lo que respecta al entorno, y de la observación de los relevamientos adjuntos,surge que sobre la calle Rondeau, el predio en cuestión linda a la izquierda con laParcela 1h, que presenta un edificio entre medianeras consolidado, con una alturasobre la Línea Oficial de +22,90m y total de +26,52m, sobrepasando la Línea de FrenteInterno en 7m aproximadamente, con una línea de edificación de fondo ubicada a31,06m; y a la derecha linda con la Parcela 8, que presenta construcciones con un bajogrado de consolidación, por lo que tendería a una pronta renovación; Que sobre la Avenida Caseros, el predio linda a la izquierda con la Parcela 26, quetambién presenta construcciones con un bajo grado de consolidación, por lo quetendería a una pronta renovación; y a la derecha linda con la Parcela 29a, que presentaun edificio entre medianeras consolidado, con una altura sobre la Línea Oficial de+27,90m y total de +33,05m, sobrepasando la Línea de Frente Interno en 4maproximadamente, con una línea de edificación de fondo ubicada a 28,38m; Que, de acuerdo al esquema de superficies de compensación de Línea de FrenteInterno graficado a fs.1; se propone ocupar un espacio libre de manzana que resultaríaigual a la superficie a descontar de la franja edificable de la parcela, compensándosedicha ocupación de acuerdo a lo previsto en el Artículo 4.2.3 Interpretación Oficial del

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Código de Planeamiento Urbano, en lo que resulta una Línea de Frente Internocompensada que se ubica a 26,48m, medidos desde la Línea Oficial de la calleRondeau, regularizando la misma sin alterar la vinculación de las parcelas linderas conel centro libre de manzana; Que respecto a los parámetros de altura y, en observancia de las morfologías previstassobre la Avenida Caseros y la Avenida. Sánchez de Loria, así como el perfilconsolidado sobre la calle Rondeau antes descripto, el Área Técnica competente de lacitada Dirección General interpreta que, se puede adoptar sobre esta última la alturamáxima de 24m, no obstante la relación R establecida, a los fines de no desvirtuar lahomogeneidad morfológica de la manzana; Que de acuerdo al estudio realizado, la mencionada Área considera factible, desde elpunto de vista urbanístico, acceder a la compensación de Línea de Frente Internopropuesta a fs.1, toda vez que no causaría un impacto negativo en su entornoinmediato, siempre que las obras a materializar se encuadren dentro de loslineamientos morfológicos contemplados en el considerando que antecede. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Autorizase desde el punto de vista urbanístico, la Compensación de Líneade Frente Interno graficada a fs. 1, para el inmueble sito en la calle Rondeau Nº3.236/52 y la Avenida Caseros Nº 3.233/37, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 2,Sección 32, Manzana 71, Parcela 2a; ubicada a 26,48m medidos desde la Línea Oficialde la calle Rondeau, regularizando la misma sin alterar la vinculación de las parcelaslinderas con el centro libre de manzana; y debiendo dar cumplimiento con toda lanormativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 2º.- Hágase saber a los interesados que, respecto a los parámetros de altura y,en observancia de las morfologías previstas sobre la Avenida Caseros y la Avenida.Sánchez de Loria, así como el perfil consolidado sobre la calle Rondeau, se puedeadoptar sobre esta última la altura máxima de 24m, no obstante la relación Restablecida, a los fines de no desvirtuar la homogeneidad morfológica de la manzana. Artículo 3º.- Notifíquese al interesado que, lo consignado en el Artículo 1º no implica laaprobación de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantesdisposiciones contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, ylas relacionadas con los usos a localizar en la oportunidad de la presentación de ladocumentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha desu notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentaciónpertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán depleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese; entréguese copia de la presente al interesado ycopia del plano obrante a fs. 1; para archivo en este Organismo se destinará también,una copia de la fs. 1; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad deBuenos Aires. Cumplido, archívese. Lostri 

   RESOLUCIÓN N.º 104/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 2 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 2.257.824/2011 por el que se solicita la localización de los usos“Café, Bar; Comercio Minorista de: Bebidas en general envasadas; Casa de Lunch;

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Masa, Bombones, Sándwiches (sin elaboración); Venta de Helados (sin elaboración)“,en el inmueble sito en la Av. Belgrano Nº 601, Planta Baja, UF Nº 1, con una superficiede 247,11m², y  CONSIDERANDO:  Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 5d del Distrito APH 1, San Telmo - Av.de Mayo y el mismo se encuentra protegido con nivel Estructural; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística,a través del Dictamen Nº 902-DGIUR-2012, obrante a fs. 80, considera que desde elpunto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes paraacceder a la localización de los mismos no originan impacto relevante en el Distrito; Que los usos consignados Permitidos son: “Servicios: Bar, Café, Wiskería, Cervecería,Lácteos; Comercio Minorista de: Productos Alimenticios y/o Bebidas (excluido Feria,Mercado, Supermercado y Autoservicio) ­ (se opere o no por sistema de venta porAutoservicio) Tabaco, Productos de Tabaquería y Cigarrería; Alimentación en general,Restaurante, Cantina, Pizzería, Grill, Heladería, Confitería, etc.“; Que respecto a la localización de publicidad, a fs. 76 obra renuncia expresa a lasolicitud de la misma, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachaday/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General deInterpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.-.Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localizaciónde los usos: “Café, Bar; Comercio Minorista de: Bebidas en general envasadas; Casade Lunch; Masa, Bombones, Sándwiches (sin elaboración); Venta de Helados (sinelaboración)“, en el inmueble sito en la Av. Belgrano Nº 601, Planta Baja, UF Nº 1, conuna superficie de 247,11m² (Doscientos cuarenta y siete metros cuadrados), debiendocumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificacióndel inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá serconsultada a la Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha desu notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentaciónpertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de plenoderecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíqueseen el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Lostri 

   RESOLUCIÓN N.º 105/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 2 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 2.340.848/2011 por el que se consulta sobre la factibilidad delocalizar los usos: “Club deportivo con instalaciones al aire libre de tres Canchas de

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fútbol 5“, para el inmueble sito en la Av. Juan B. Justo Nº 2002/70 esquina Castillo yCastillo Nº 1048/1064, con una superficie total a habilitar de 1616,40m², y  CONSIDERANDO:  Que se trata de un inmueble afectado al Distrito R2bI de Zonificación General delCódigo de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística,a través del Dictamen Nº 273-DGIUR-2012, indica que del Plano obrante a fs. 1 surgeque el recurrente localizará en el predio 3 canchas de fútbol 5, un pequeño sector debar, vestuarios, sanitarios y estacionamientos, lo que implica que la actividad asíplanteada, quede encuadrada en el rubro “Canchas de fútbol 5“ que resultareferenciado con el Numeral “C“ y para estacionamiento con la Referencia 34. Ambasreferencias indican la consulta al Consejo del Plan Urbano Ambiental; Que de la documentación presentada, surge que: a) El predio solo cuenta con mínimas construcciones registradas, siendo el resto,terreno absorbente (según fs. 2: plano que comprende un solo sector de la parcela sitaen Juan B. Justo). b) Lindero al predio por la Av. J. B. Justo, se observan usos residenciales. Por la calleCastillo, linda con vivienda, local comercial, taller, viviendas y un galpón. c) Frentista al predio por la calle Castillo, observamos un local de reparación decubiertas de automotores y viviendas. Frentista por la Av. Juan B. Justo se localizancomercios y viviendas. d) La Av. J. B. Justo resulta de alto tránsito y nivel de ruidos elevado. e) El recurrente plantea un sector de bar que resulta permitido en el distrito hasta los750m². f) Se han proyectado aproximadamente 6 módulos de estacionamiento querespondería a la referencia 36 (dos módulos por cancha cubierta, semicubierta odescubierta). g) El ingreso y egreso a los estacionamientos, se plantea por la calle Castillo, no queevita inconvenientes en el intenso tránsito de la Av. J. B. Justo; Que en tal sentido, el Área Técnica competente considera en primera instancia factiblehacer lugar a lo solicitado; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Dictamen Nº 32-CPUAM-2012,indica que considera admisible desde el punto de vista urbanístico, acceder a lalocalización del uso “Canchas de mini futbol, Futbol 5, etc.; Café Bar, como actividadcomplementaria“, para el local en cuestión, dejando expresa constancia que deberácumplimentarse con Seis (6) módulos de estacionamiento vehicular, como se graficaen el proyecto obrante a fs. 1; Que el Área Técnica competente, mediante Dictamen Nº 605-DGIUR-2012, tomaconocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localizaciónde los usos: “Canchas de mini futbol, Futbol 5, etc.; Café Bar, como actividadcomplementaria“, para el inmueble sito en la Av. Juan B. Justo Nº 2002/70 esquina

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Castillo y Castillo Nº 1048/1064, con una superficie total a habilitar de 1616,40m² (Milseiscientos dieciséis metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados), debiendocumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que deberá cumplimentarse con Seis (6) módulosde estacionamiento vehicular, como se grafica en el proyecto obrante a fs. 1. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha desu notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentaciónpertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de plenoderecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese copia de la presente al recurrente.Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplidoarchívese. Lostri 

   RESOLUCIÓN N.º 109/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 1659763/2011 de Ajustes de obra para la finca sita en la calleCondarco Nº 5510 esquina Cochrane Nº 2701/07, y  CONSIDERANDO:  Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permisodestinadas a Vivienda Multifamiliar y Local Comercial; Que se trata de una ampliación conformada por un total de 83,71m2 los cuales fueronllevados a cabo en forma no reglamentaria (PB: Estar Comedor Cocina Lavadero,Escalera, Dormitorio, PA: Dormitorios y Baño), según surge del cotejo entre el planocorrespondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas Nº9) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas Nº 1 y 3 a 8), condestino Vivienda Multifamiliar y Local Comercial; Que obra a fojas 21 a 22 la Memoria e Informe Técnico con carácter de DeclaraciónJurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización; Que la finca en cuestión se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedadhorizontal, con su autorización correspondiente según consta a fojas 18 a 20; Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. “Trabajosque requieren permiso de obra“, del Código de la Edificación y el Art. 5.4.1.4 “DistritoR2bII, Disposiciones Particulares, inciso d) FOT Máximo“, del Código de PlaneamientoUrbano; Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. “Obras encontravención“ del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A.Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración Generalnº 24.887; Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 32 las obras ejecutadas sin permiso citadasno afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condicionesreglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que debensatisfacer los locales, y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 21a 22), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública desus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquierdivergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. F) del art.2.4.3.3. “Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la

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Municipalidad“ del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsionescontempladas en el Artículo 6.3.1.2. “Obras ejecutadas en Contravención“ inciso d) delCódigo de la Edificación. Por ello en uso de las atribuciones conferidas por el inciso e) del precitado Artículo6.3.1.2 y en virtud de la Resolución Nº 5-MDU-2012,  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Autorizase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro a procederal registro de la documentación presentada a fojas Nº 1 y 3 a 8, ampliación conformadapor un total de 83,71m2, para la finca sita en la calle Condarco Nº 5510 esquinaCochrane Nº 2701/07, Nomenclatura Catastral: circ 15 secc. 75 manz. 49 Parc. 23Bcuyo destino es “Vivienda Multifamiliar y Local Comercial“, frente a los términos delArtículo 6.3.1.2 “Obras en contravención“ del Código de la Edificación, con laconstancia que la regularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a lasprescripciones del inciso d) de la citada norma. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese y para su conocimiento y demás efectos pase a laDirección General Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Lostri  

   RESOLUCIÓN N.º 110/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 11640/2009 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle BesaresNº 2037, y  CONSIDERANDO:  Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permisodestinadas a Vivienda Unifamiliar; Que se trata de una ampliación conformada por un total de 165,17m2 de los cuales19,10m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PA: Paso); en tanto que146,07m2 en forma no reglamentaria (PB: Sector Estar Comedor, Sector CocinaLavadero, Escalera Quincho y Depósito; 1º Piso: Escalera y Dormitorios), según surgedel cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueranoportunamente aprobadas (Fojas Nº 1) y los planos presentados para regularizar lasituación (fojas 24 a 29); con destino “Vivienda Unifamiliar“; Que obra a fojas 39/40 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaraciónJurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización; Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la Ley 13.512, de propiedadhorizontal, según consta a fojas 10; Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. “Trabajosque requieren permiso de obra“, y el Art. 4.6.3.4 “Escaleras Principales, suscaracterísticas“ ambos del Código de la Edificación y el Art. 4.2.3 “Línea de FrenteInterno“ del Código de Planeamiento Urbano; Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. “Obras encontravención“ del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A.Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General

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nº 24.887. Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 52 las obras ejecutadas sin permiso citadasno afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condicionesreglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que debensatisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs.39/40), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública desus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquierdivergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. F) del art.2.4.3.3. “Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante laMunicipalidad“ del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsionescontempladas en el Artículo 6.3.1.2. “Obras ejecutadas en Contravención“ inciso d) delCódigo de la Edificación; Por ello en uso de las atribuciones conferidas por el inciso e) del precitado Artículo6.3.1.2 y en virtud de la Resolución Nº 5-MDU-2012,  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Autorizase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro a procederal registro de la documentación presentada a fojas 24 a 29, ampliación conformada porun total de 165,17m2, de los cuales 19,10m2 fueron llevados a cabo en formareglamentaria, en tanto que 146,07m2 en forma no reglamentaria, para la finca sita enla calle Besares Nº 2037, Nomenclatura Catastral: circ 16 secc. 29 manz. 45 Parc. 8N,cuyo destino es “Vivienda Unifamiliar“, frente a los términos del Artículo 6.3.1.2. “Obrasen contravención“ del Código de la Edificación, con la constancia que la regularizaciónde las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del inciso d) de la citadanorma. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese y para su conocimiento y demás efectos pase a laDirección General de Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Lostri  

   RESOLUCIÓN N.º 111/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 238512-2012, y  CONSIDERANDO  Que el inmueble sito en Alvar Nuñez 245 (S 10, M 083, P 024a) fue incluidooriginalmente en el Catálogo Preventivo, mediante Resolución Nº 27-SSPLAN-07(BOCBA Nº 2833 - 17/12/07) Que se comprobó que dicho inmueble no pertenece a la tipología T22, casas de chapay madera. Que por lo expuesto, se considera que no corresponde que se propicie sucatalogación; Que el Código de Planeamiento Urbano establece en el Artículo 10.1.2 “Obligación deProteger“ que “La salvaguarda y puesta en valor de los lugares, edificios u objetosconsiderados por estas normas de valor histórico, arquitectónico, simbólico o ambientalobliga a todos los habitantes a ordenar sus conductas en función de su protección,

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como así también de aquellos elementos contextuales que contribuyen a su valoración.Los espacios y bienes sujetos a obligación de proteger serán declarados como talesdentro del catálogo respectivo, elaborado por la Secretaría, y aprobado por el Jefe deGobierno. (...)“. Que el Artículo 10.1.6. “Inmuebles que posean para la ciudad valor patrimonial“ delcitado Código consigna que “La Secretaría elaborará un registro de bienes catalogadosen todo el ámbito de la Ciudad conformen o no Áreas de Protección Histórica, a partirde su valoración patrimonial (...)“; Que el Ministerio, en virtud de las determinaciones de la Ley de Ministerios Nº 2506(B.O.C.B.A. Nº 2824) y del Decreto Nº 2075-GCBA-2007 (B.O.C.B.A. Nº 2829), y laResolución 243/MPyOP/06 continúa las funciones de la ex Secretaría deInfraestructura y Planeamiento, para el tema que nos ocupa; Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias:  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo1º.- Déjese sin efecto la incorporación con carácter preventivo al Catálogo deInmuebles Patrimoniales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del inmueble sito enla calle Alvar Nuñez 245 (Sección 10, Manzana 083, Parcela 024a) de la CiudadAutónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;comuníquese por cuerda separada a la Dirección General de Interpretación Urbanísticay a la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Cumplido, gírese a estaSecretaría a los fines de notificar a sus propietarios. Lostri  

   RESOLUCIÓN N.º 112/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 298172-2012, y  CONSIDERANDO  Que por la mencionada actuación se solicita la incorporación al catálogo preventivo delos inmuebles que se listan a continuación en razón de sus valores arquitectónicos yurbanísticos-ambientales.  CALLE: AV. CORRIENTES Nº PUERTA: 3477/79 ­ SECCION: 13 ­ MANZANA: 40 ­PARCELA: 11 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: AV. RIVADAVIA Nº PUERTA: 1635 ­ SECCION: 05 ­ MANZANA: 09 ­PARCELA: 28b NIVEL DE PROTECCIÓN: ESTRUCTURAL CALLE: PIEDRAS Nº PUERTA: 834/32 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 12 ­ PARCELA:14 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: BERUTI Nº PUERTA: 3837 ­ SECCION: 21 ­ MANZANA: 25 ­ PARCELA: 19NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: AV. PUEYRREDON Nº PUERTA: 569 ­ SECCION: 09 ­ MANZANA: 06 ­PARCELA: 16 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: CAMPICHUELO Nº PUERTA: 587 ­ SECCION: 45 ­ MANZANA: 120 ­

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PARCELA: 14 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: CAMPICHUELO Nº PUERTA: 591­ SECCION: 45 ­ MANZANA: 120 ­PARCELA: 13 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: JAURETCHE Nº PUERTA: 182 ­ SECCION: 45 ­ MANZANA: 120 ­ PARCELA:12 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: AV. RIVADAVIA Nº PUERTA: 2352 ­ SECCION: 20 ­ MANZANA: 34 ­PARCELA: 04ª NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: AV. RIVADAVIA Nº PUERTA: 2338 ­ SECCION: 20 ­ MANZANA: 34 ­PARCELA: 03 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: THAMES Nº PUERTA: 1488­ SECCION: 19 ­ MANZANA: 19 ­ PARCELA: 01NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: THAMES Nº PUERTA: 1484 ­ SECCION: 19 ­ MANZANA: 19 ­ PARCELA: 30NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: THAMES Nº PUERTA: 1472­ SECCION: 19 ­ MANZANA: 19 ­ PARCELA: 29ªNIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: THAMES Nº PUERTA: 1462 ­ SECCION: 19 ­ MANZANA: 19 ­ PARCELA: 28NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: THAMES Nº PUERTA: 1452 ­ SECCION: 19 ­ MANZANA: 19 ­ PARCELA: 27NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: THAMES Nº PUERTA: 1442 ­ SECCION: 19 ­ MANZANA: 19 ­ PARCELA: 26NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR  Que el proyecto de catalogación surge de dar cumplimiento a lo normado por la Ley Nº3680 MODIFICATORIA LEY 2.548; Que el mencionado pedido de Catalogación fue puesto a consideración del ConsejoAsesor de Asuntos Patrimoniales acordando el mismo en su protección mediante NotaS/Nª-CAAP-2011 del 27 de diciembre de 2011 y Notas S/Nº-CAAP-2012 del 24 deenero y 31 de enero de 2012; Que el Código de Planeamiento Urbano establece en el Artículo 10.1.2 “Obligación deProteger“ que “La salvaguarda y puesta en valor de los lugares, edificios u objetosconsiderados por estas normas de valor histórico, arquitectónico, simbólico o ambientalobliga a todos los habitantes a ordenar sus conductas en función de sus protección,como así también de aquellos elementos contextuales que contribuyen a su valoración.Los espacios y bienes sujetos a obligación de proteger serán declarados como talesdentro del catálogo respectivo, elaborado por la Secretaría, y aprobado por el Jefe deGobierno. (...)“; Que el Artículo 10.1.6. “Inmuebles que posean para la ciudad valor patrimonial“ delcitado Código consigna que “La Secretaría elaborará un registro de bienes catalogadosen todo el ámbito de la Ciudad conformen o no Áreas de Protección Histórica, a partirde su valoración patrimonial (...)“; Que este Ministerio, en virtud de las determinaciones de la Ley de Ministerios Nº 2506(B.O.C.B.A. Nº 2824) y del Decreto Nº 2075-GCBA-2007 (B.O.C.B.A. Nº 2829), y laResolución 243/MPyOP/06 continúa las funciones de la ex Secretaría deInfraestructura y Planeamiento, para el tema que nos ocupa; Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias:  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Incorpórese con carácter preventivo al Catálogo de InmueblesPatrimoniales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los inmuebles sitos en:  CALLE: AV. CORRIENTES Nº PUERTA: 3477/79 ­ SECCION: 13 ­ MANZANA: 40 ­

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PARCELA: 11 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: AV. RIVADAVIA Nº PUERTA: 1635 ­ SECCION: 05 ­ MANZANA: 09 ­PARCELA: 28b NIVEL DE PROTECCIÓN: ESTRUCTURAL CALLE: PIEDRAS Nº PUERTA: 834/32 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 12 ­ PARCELA:14 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: BERUTI Nº PUERTA: 3837 ­ SECCION: 21 ­ MANZANA: 25 ­ PARCELA: 19NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: AV. PUEYRREDON Nº PUERTA: 569 ­ SECCION: 09 ­ MANZANA: 06 ­PARCELA: 16 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: CAMPICHUELO Nº PUERTA: 587 ­ SECCION: 45 ­ MANZANA: 120 ­PARCELA: 14 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: CAMPICHUELO Nº PUERTA: 591­ SECCION: 45 ­ MANZANA: 120 ­PARCELA: 13 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: JAURETCHE Nº PUERTA: 182 ­ SECCION: 45 ­ MANZANA: 120 ­ PARCELA:12 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: AV. RIVADAVIA Nº PUERTA: 2352 ­ SECCION: 20 ­ MANZANA: 34 ­PARCELA: 04ª NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: AV. RIVADAVIA Nº PUERTA: 2338 ­ SECCION: 20 ­ MANZANA: 34 ­PARCELA: 03 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: THAMES Nº PUERTA: 1488­ SECCION: 19 ­ MANZANA: 19 ­ PARCELA: 01NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: THAMES Nº PUERTA: 1484 ­ SECCION: 19 ­ MANZANA: 19 ­ PARCELA: 30NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: THAMES Nº PUERTA: 1472­ SECCION: 19 ­ MANZANA: 19 ­ PARCELA: 29ªNIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: THAMES Nº PUERTA: 1462 ­ SECCION: 19 ­ MANZANA: 19 ­ PARCELA: 28NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: THAMES Nº PUERTA: 1452 ­ SECCION: 19 ­ MANZANA: 19 ­ PARCELA: 27NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: THAMES Nº PUERTA: 1442 ­ SECCION: 19 ­ MANZANA: 19 ­ PARCELA: 26NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR  Artículo 2º.- La Dirección General Registro de Obras y Catastro no dará curso asolicitudes de demolición parcial o total, modificaciones, y/o ampliaciones de obra,obras nuevas y subdivisiones que no cuenten con un informe producido por laDirección General de Interpretación Urbanística en su carácter de autoridades de lasección 10 del Código de Planeamiento Urbano hasta tanto se resuelva laincorporación firme de los edificios al Catálogo en cuestión. Artículo 3º.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;comuníquese por cuerda separada a la Dirección General de Interpretación Urbanísticay a la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Cumplido, gírese a estaSecretaría a los fines de notificar a los propietarios. Lostri  

   RESOLUCIÓN N.º 113/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 2356988-2011, y  

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CONSIDERANDO  Que por la mencionada actuación tramita el Proyecto de Ley de catalogación con Nivelde Protección “Estructural“ del inmueble sito en la Av. Rivadavia 1635, NomenclaturaCatastral: Sección 05, Manzana 009, Parcela 028b, en razón de sus valoresurbanísticos, arquitectónicos e históricos-testimoniales; Que el edificio posee valor urbanístico, dado que se encuentra dentro del APH 01 SanTelmo-Av. de Mayo. En su contexto monumental, dado que se halla en lasinmediaciones del Congreso Nacional, este inmueble junto con el Teatro Liceo, sepresenta como un hito cultural de valor referencial. Que su arquitectura racionalista resuelve espacios fluidos, de gran abstracción, dondelos elementos expresivos se manifiestan a través de la estructura puntual que cubregrandes luces, amplios paños vidriados y superficies planas con aristas vivas que sematerializan a través de revestimientos de mármoles cuyas vetas y colores aportancalidez pero al mismo tiempo, geometría y uniformidad al gran hall-foyer. Que, dichos elementos, sumados a lo que fue la gran sala cinematográfica comoexpresión de los nuevos programas funcionales, indican los aportes vanguardistas parasu época, tanto en lo espacial y estético, como en lo tecnológico. En contraste con elclaro espacio interior, la fachada se resuelve como un plano revestido en ladrillos a lavista intercalado con paños lisos revocados en bajorrelieve, contienen las aberturaspara ventilación. La doble altura interior del foyer se evidencia en la fachada a travésdel gran acceso totalmente vidriado y la enorme superficie de ladrillos de vidrio que sedesarrolla sobre la marquesina. Ésta que posee 3,30 m de voladizo y es el gran signoque a nivel peatonal indica el uso cultural del inmueble. La calidad estético-espacial delfoyer fue lograda entonces, no sólo por la doble altura y las escaleras de acceso a loque antes fuera el pullman, hoy convertido en salas mas pequeñas cuyo hall balconeaal espacio central, sino por el tratamiento de los cielorrasos con molduras formandocírculos concéntricos interrumpidos solo por esbeltas columnas recubiertas en mármolveteado. Que, de esta manera pueden analizarse características tipológicas invariantes tomadasdel gran ícono de la Av. Corrientes: el Teatro Gran Rex, uno de los grandes teatrosporteños, terminado en 1937 y obra del arquitecto Alberto Prebisch. Que el edificio ostenta valor simbólico-testimonial ya que fue construido durante elauge del cine sonoro, cuando se multiplicaron las salas cinematográficas. Entre lasdécadas de 1940 y 1960 los cines se constituyeron en un elemento fundamental de lavida social de la ciudad. En 2003 se inaguraron las Salas Gaumont, con el nombre deEspacio INCAA- KM0 (Instituto de Cine y Artes Audiovisuales) para destinarlasexclusivamente al estreno de películas argentinas. En 2008 fue declarado “testimoniovivo de la memoria de la ciudad“, y en la actualidad sigue funcionando y dando aconocer el cine nacional. Por estos motivos este edificio es un hito que poseecualidades referenciales y evocativas con los que se identifica la comunidad,consolidándose como testigo de eventos, personajes y actividades de trascendencia. Que el mencionado pedido de Catalogación fue puesto a consideración del ConsejoAsesor de Asuntos Patrimoniales acordando el mismo en otorgarle Nivel de Protección“Estructural“ mediante Nota S/Nº CAAP-2011 de fecha 24 de enero de 2012; Que el Código de Planeamiento Urbano establece en el Artículo 10.1.2 “Obligación deProteger“ que “La salvaguarda y puesta en valor de los lugares, edificios u objetosconsiderados por estas normas de valor histórico, arquitectónico, simbólico o ambientalobliga a todos los habitantes a ordenar sus conductas en función de sus protección,como así también de aquellos elementos contextuales que contribuyen a su valoración.Los espacios y bienes sujetos a obligación de proteger serán declarados como talesdentro del catálogo respectivo, elaborado por la Secretaría, y aprobado por el Jefe deGobierno. (...)“;

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Que el Artículo 10.1.6. “Inmuebles que posean para la ciudad valor patrimonial“ delcitado Código consigna que “La Secretaría elaborará un registro de bienes catalogadosen todo el ámbito de la Ciudad conformen o no Áreas de Protección Histórica, a partirde su valoración patrimonial (...)“; Que este Ministerio, en virtud de las determinaciones de la Ley de Ministerios Nº 2506(B.O.C.B.A. Nº 2824) y del Decreto Nº 2075-GCBA-2007 (B.O.C.B.A. Nº 2829), y laResolución 243/MPyOP/06 continúa las funciones de la ex Secretaría deInfraestructura y Planeamiento, para el tema que nos ocupa; Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias:  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Incorpórense con carácter preventivo al Listado de Inmuebles CatalogadosSingulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el edificio sito la Av. Rivadavia1635, Nomenclatura Catastral: Sección 05, Manzana 009, Parcela 028b, en razón desus valores urbanísticos, arquitectónicos e históricos-testimoniales. Artículo 2º.- La Dirección General Registro de Obras y Catastro no dará curso asolicitudes de demolición parcial o total, modificaciones, y/o ampliaciones de obra,obras nuevas y subdivisiones que no cuenten con un informe producido por laDirección General de Interpretación Urbanística en su carácter de autoridades de lasección 10 del Código de Planeamiento Urbano hasta tanto se resuelva laincorporación firme del edificio al Catalogo en cuestión. Artículo 3º.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;comuníquese por cuerda separada a la Dirección General de Interpretación Urbanísticay a la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Cumplido, gírese a estaSecretaría a los fines de notificar a los propietarios. Lostri  

   RESOLUCIÓN N.º 114/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 2.400.360/2011 el que se solicita el visado del Plano de “ObraNueva“, con destino “Hotel“, para el inmueble localizado en la calle Moreno Nº 606esquina Perú Nº 305, con una superficie de terreno de 307,72m2, una superficie aconstruir de 2103,99m2 y una superficie libre de 124,44m2, de acuerdo a ladocumentación obrante a fs. 42 y copias de fs. 43 a 45, y  CONSIDERANDO:  Que el inmueble en cuestión está emplazado en la Zona 5e del Distrito APH 1 y no seencuentra Catalogado (Parágrafo 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano); Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística,mediante Dictamen Nº 933-DGIUR-2012, indica que a fs. 1 el recurrente solicita que selo exceptúe de la ejecución de planta de subsuelo destinada a cumplimentar losrequerimientos de cocheras. En la nota, se declara: “Ocurre que dicho terreno se ubicaen la zona de San Telmo, sector éste cuyo suelo presenta bajos índices de resistenciamecánica, dada su proximidad al río. En añadidura, su emplazamiento en esquina

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confiere mayores dificultades en las tareas de excavación y submuración, debido alamplio frente sobre la vía pública, con peligro de desmonte de la misma, máximeteniendo en consideración la antigüedad y estado de conservación de los edificioslinderos (...) De lo anteriormente expresado y el requerimiento de estacionamiento queposee el presente proyecto, surge que con un único subsuelo no sería suficiente (puesel número de cocheras debe superar el 20% del número total de habitaciones; es decir:20% de 71 habitaciones: 15 cocheras necesarias), de manera tal que queda enevidencia el riesgo superlativo que exigiría tal excavación. Deseo dejar constancia queen la planta de acceso se alojará el máximo número posible de cocheras, existiendoasimismo como complemento un convenio de locación con un garaje próximo (...)“; Que de fs. 3 a 9 obran fotografías color de las medianeras que delimitan el predio; Que a fs.10 obra una copia de “Intención de Contrato de Locación“ para dar enlocación 24 cocheras en el inmueble ubicado en la calle Perú Nº 330 a los propietariosdel inmueble sito en Perú Nº 305; Que a fs.39 obra una Memoria Descriptiva del Proyecto, donde se explicita que elmismo consiste en un Hotel de 71 habitaciones, con un nivel de servicios y una PlantaBaja destinada a cocheras; Que de acuerdo a los parámetros dispuestos para el estudio de obras de Obra Nuevaen parcelas afectadas a Protección General del Distrito APH 1, se informa que: a) En el Ítem 4.2.1.3 Normas particulares por zona, Parágrafo 5.4.12.1, del Código dePlaneamiento Urbano, se indica los siguientes parámetros de tejido para la Zona 5e delDistrito APH 1: - Altura Máxima: 22 m. - FOS: hasta el 60%. b) El proyecto presentado alcanza una altura de 22,87 m. respecto al Cálculo de FOS,se indica explícitamente: “Superficie total para FOS = 124,44m², Superficie del terreno= 307,72m², 40% de 307,72m² = 123,08m².“ Se deja constancia que para elcumplimento de ambos parámetro se ha tenido en cuenta el Artículo 4.12.1Tolerancias. c) En el Ítem 4.2. Protección General del mencionado Parágrafo, se dicta: “Se permitiráúnicamente edificios entre medianeras, no admitiéndose retiros de frente parcial o total(...) No se estable Factor de Ocupación Total ­ FOT (...)“. d) El edificio propuesto es un inmueble entre medianeras sin retiros de frente. e) En el Ítem 4.2.1.1.1 Construcciones permitidas por sobre la altura máxima, leemos:“Por encima del plano límite horizontal determinado por la altura máxima establecidasólo podrán sobresalir: a) antenas de uso exclusivo del inmueble, pararrayos yconductos, balizamentos, cuando sean exigidos por autoridad técnica competente; b)tanque de distribución de agua, locales para máquinas de ascensores, cajas deescaleras, calderas, chimeneas, instalaciones de acondicionamiento de aire, parapetosde azotea y claraboyas; c) todos los elementos sobresalientes mencionados en elpunto b), con excepción de los parapetos de azotea y claraboyas, deberán agruparsedentro de un volumen de hasta no más de 3m de altura máxima, tratadoarquitectónicamente y no visible desde la vía pública“. f) En el proyecto presentado se propone un nivel por encima de la altura máximadestinado a servicios. Este nivel se encuentra retirado 2,00 m. de la L.O; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que, desde el punto de vistade patrimonio urbano, sería factible acceder al visado de la obra propuesta para elpredio sito en Moreno Nº 606 esquina Perú Nº 305, toda vez que cumplimenta con losparámetros normados para la Zona 5e del Distrito APH 1; Que por lo expuesto, se concluye que no existirían inconvenientes en acceder al visadodel plano obrante a fs. 42 y sus copias de fs. 43 a 45, con una superficie de terreno de307,72m2, una superficie a construir de 2103,99m2 y una superficie libre de 124,44m2.El uso será permitido una vez finalizadas las obras en su totalidad de acuerdo a los

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términos en los cuales fueron aprobadas las mismas; Que el visado del plano de obra se circunscribe a la conformidad respecto de lasintervenciones a ejecutar en el inmueble y del uso correspondiente, exclusivamente enlos aspectos que están regulados en el Parágrafo 5.4.12.1 relacionados con laprotección del patrimonio urbano. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Vísase el Plano de “Obra Nueva“, con destino “Hotel“, para el inmueblelocalizado en la calle Moreno Nº 606 esquina Perú Nº 305, con una superficie deterreno de 307,72m2 (Trescientos siete metros cuadrados con setenta y dosdecímetros cuadrados), una superficie a construir de 2103,99m2 (Dos mil ciento tresmetros cuadrados con noventa y nueve decímetros cuadrados) y una superficie libre de124,44m2 (Ciento veinticuatro metros cuadrados con cuarenta y cuatro decímetroscuadrados), de acuerdo a la documentación obrante a fs. 42 y copias de fs. 43 a 45,debiendo cumplir con toda la normativa vigente para el presente caso. Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que el visado del plano de obra y la memoriadescriptiva se circunscribe a la conformidad respecto de las intervenciones a ejecutaren el inmueble y del uso correspondiente, exclusivamente en los aspectos que estánrelacionados con la protección del Patrimonio. El uso será permitido una vez finalizadaslas obras en su totalidad, de acuerdo a los términos en los cuales fueron aprobadas lasmismas. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma, modificación del inmueble otratamiento de la fachada deberá ser consultada a la Dirección General deInterpretación Urbanística. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha desu notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentaciónpertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de plenoderecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y la fs. 42 alrecurrente; para archivo en el Organismo se reserva la fs. 43. Publíquese en el BoletínOficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, vuelva para su control. Lostri  

   RESOLUCIÓN N.º 115/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 391072 / 2011, y  CONSIDERANDO  Que por la mencionada actuación tramita un Proyecto de Ley de catalogación con suscorrespondientes Niveles de Protección para los inmuebles listados a continuación, enrazón de sus valores urbanísticos, arquitectónicos e históricos-testimoniales;  CALLE: A. DEL VALLE Nº PUERTA: 1702 ­ SECCION: 10 ­ MANZANA: 048 ­

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PARCELA: 014 NIVEL DE PROTECCIÓN: ESTRUCTURAL CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 244 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 006 ­PARCELA: 027 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 276 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 006 ­PARCELA: 030ª NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 284 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 006 ­PARCELA: 031 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MARTIN GARCIA Nº PUERTA: 701 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 015 ­PARCELA: 001e NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: ITUZAINGO Nº PUERTA: 540 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 041 ­ PARCELA:004 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: REG. DE PATRICIOS Nº PUERTA: 501 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 046 ­PARCELA: 0FRC NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: OLAVARRIA Nº PUERTA: 1621 ­ SECCION: 10 ­ MANZANA: 013A ­PARCELA: 018 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 439 ­ SECCION: 16 ­ MANZANA: 081A ­PARCELA: 008ª NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: ITUZAINGO Nº PUERTA: 915 ­ SECCION: 16 ­ MANZANA: 083A ­ PARCELA:019 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 117 ­ SECCION: 16 ­ MANZANA: 083A ­PARCELA: 025 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 1517 ­ SECCION: 18 ­ MANZANA: 140 ­PARCELA: 046ª NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 867 ­ SECCION: 18 ­ MANZANA: 143 ­PARCELA: 034 NIVEL DE PROTECCIÓN: ESTRUCTURAL CALLE: OLAVARRIA Nº PUERTA: 704 ­ SECCION: 10 ­ MANZANA: 065 ­ PARCELA:012C NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: CASEROS Nº PUERTA: 1030 ­ SECCION: 16 ­ MANZANA: 085 ­ PARCELA:001 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: TACUARI Nº PUERTA: 1786 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 031 ­ PARCELA:013 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: PIEDRAS Nº PUERTA: 1674 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 035 ­ PARCELA:013 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: PERU Nº PUERTA: 1511 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 038 ­ PARCELA: 028NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: COCHABAMBA Nº PUERTA: 502 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 019 ­PARCELA: 001 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: COCHABAMBA Nº PUERTA: 524 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 019 ­PARCELA: 004 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: COCHABAMBA Nº PUERTA: 558 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 019 ­PARCELA: 009 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: DEFENSA Nº PUERTA: 1319 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 025 ­ PARCELA:029 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: COCHABAMBA Nº PUERTA: 380 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 031 ­PARCELA: 011ª NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: DEFENSA Nº PUERTA: 1356 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 031 ­ PARCELA:018 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: COCHABAMBA Nº PUERTA: 230 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 038 ­PARCELA: 001N NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: DR. FINOCCHIETO Nº PUERTA: 854 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 006 ­PARCELA: 012 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR  Que estos inmuebles poseen un alto valor patrimonial dado que a través de esta

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selección de obras busca rescatar el valioso testimonio del barrio de Barracas. Elmismo presenta una fuerte identidad y carácter forjados desde fines del siglo XVIIIcuando comenzaron a instalarse allí “las barracas“, primeras edificaciones de usoindustrial que se utilizaban para el acopio de mercancías, cueros y otros productospara la exportación y/o importación desde el puerto del Riachuelo. Asimismo, el barrioalbergó importantes residencias veraniegas construidas en el siglo XIX antes de laepidemia de fiebre amarilla. Con las corrientes inmigratorias decimonónicas y en losalbores del siglo XX, Barracas recibió un importante crecimiento constructivo ydemográfico generándose gran parte del tejido edilicio popular, básicamente viviendascolectivas y unifamiliares que hoy se destacan por su alto valor referencial. Estaselección de obras rescata distintas tipologías como casas de alto, casas chorizo,casas de renta, petit hotel, equipamiento, que aún conservan sus característicasesenciales y son huella de modos de vivir y de hacer; Que el mencionado pedido de Catalogación fue puesto a consideración del ConsejoAsesor de Asuntos Patrimoniales acordando el mismo en otorgarles un Nivel deProtección mediante Nota S/Nº CAAP-2011 de fecha 29 de Noviembre de 2011; Que el Código de Planeamiento Urbano establece en el Artículo 10.1.2 “Obligación deProteger“ que “La salvaguarda y puesta en valor de los lugares, edificios u objetosconsiderados por estas normas de valor histórico, arquitectónico, simbólico o ambientalobliga a todos los habitantes a ordenar sus conductas en función de sus protección,como así también de aquellos elementos contextuales que contribuyen a su valoración.Los espacios y bienes sujetos a obligación de proteger serán declarados como talesdentro del catálogo respectivo, elaborado por la Secretaría, y aprobado por el Jefe deGobierno. (...)“; Que el Artículo 10.1.6. “Inmuebles que posean para la ciudad valor patrimonial“ delcitado Código consigna que “La Secretaría elaborará un registro de bienes catalogadosen todo el ámbito de la Ciudad conformen o no Áreas de Protección Histórica, a partirde su valoración patrimonial (...)“; Que este Ministerio, en virtud de las determinaciones de la Ley de Ministerios Nº 2506(B.O.C.B.A. Nº 2824) y del Decreto Nº 2075-GCBA-2007 (B.O.C.B.A. Nº 2829), y laResolución 243/MPyOP/06 continúa las funciones de la ex Secretaría deInfraestructura y Planeamiento, para el tema que nos ocupa; Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias:  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Incorpórense con carácter preventivo al Listado de Inmuebles CatalogadosSingulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires , en razón de sus valoresurbanístico, arquitectónico e histórico, a los edificios sitos en  CALLE: A. DEL VALLE Nº PUERTA: 1702 ­ SECCION: 10 ­ MANZANA: 048 ­PARCELA: 014 NIVEL DE PROTECCIÓN: ESTRUCTURAL CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 244 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 006 ­PARCELA: 027 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 276 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 006 ­PARCELA: 030ª NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 284 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 006 ­PARCELA: 031 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MARTIN GARCIA Nº PUERTA: 701 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 015 ­PARCELA: 001e NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: ITUZAINGO Nº PUERTA: 540 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 041 ­ PARCELA:004 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR

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CALLE: REG. DE PATRICIOS Nº PUERTA: 501 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 046 ­PARCELA: 0FRC NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: OLAVARRIA Nº PUERTA: 1621 ­ SECCION: 10 ­ MANZANA: 013A ­PARCELA: 018 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 439 ­ SECCION: 16 ­ MANZANA: 081A ­PARCELA: 008ª NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: ITUZAINGO Nº PUERTA: 915 ­ SECCION: 16 ­ MANZANA: 083A ­ PARCELA:019 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 117 ­ SECCION: 16 ­ MANZANA: 083A ­PARCELA: 025 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 1517 ­ SECCION: 18 ­ MANZANA: 140 ­PARCELA: 046ª NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: MONTES DE OCA Nº PUERTA: 867 ­ SECCION: 18 ­ MANZANA: 143 ­PARCELA: 034 NIVEL DE PROTECCIÓN: ESTRUCTURAL CALLE: OLAVARRIA Nº PUERTA: 704 ­ SECCION: 10 ­ MANZANA: 065 ­ PARCELA:012C NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: CASEROS Nº PUERTA: 1030 ­ SECCION: 16 ­ MANZANA: 085 ­ PARCELA:001 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: TACUARI Nº PUERTA: 1786 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 031 ­ PARCELA:013 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: PIEDRAS Nº PUERTA: 1674 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 035 ­ PARCELA:013 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: PERU Nº PUERTA: 1511 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 038 ­ PARCELA: 028NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: COCHABAMBA Nº PUERTA: 502 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 019 ­PARCELA: 001 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: COCHABAMBA Nº PUERTA: 524 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 019 ­PARCELA: 004 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: COCHABAMBA Nº PUERTA: 558 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 019 ­PARCELA: 009 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: DEFENSA Nº PUERTA: 1319 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 025 ­ PARCELA:029 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: COCHABAMBA Nº PUERTA: 380 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 031 ­PARCELA: 011ª NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: DEFENSA Nº PUERTA: 1356 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 031 ­ PARCELA:018 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: COCHABAMBA Nº PUERTA: 230 ­ SECCION: 04 ­ MANZANA: 038 ­PARCELA: 001N NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR CALLE: DR. FINOCCHIETO Nº PUERTA: 854 ­ SECCION: 08 ­ MANZANA: 006 ­PARCELA: 012 NIVEL DE PROTECCIÓN: CAUTELAR  Artículo 2º.- La Dirección General Registro de Obras y Catastro no dará curso asolicitudes de demolición parcial o total, modificaciones, y/o ampliaciones de obra,obras nuevas y subdivisiones que no cuenten con un informe producido por laDirección General de Interpretación Urbanística en su carácter de autoridades de lasección 10 del Código de Planeamiento Urbano hasta tanto se resuelva laincorporación firme del edificio al Catalogo en cuestión. Artículo 3º.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;comuníquese por cuerda separada a la Dirección General de Interpretación Urbanísticay a la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Cumplido, gírese a estaSecretaría a los fines de notificar a los propietarios. Lostri  

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   RESOLUCIÓN N.º 116/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 31129/2003 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle HomeroNº 1975/79, y  CONSIDERANDO:  Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permisodestinadas a Vivienda Unifamiliar y Espacio Guarda Coches; Que se trata de una ampliación conformada por un total de 359,11m2 de los cuales259,20m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Cochera, Depósito noComercial, Espacio Guarda Coches, Escalera, A.C. y W.C.; PA: Vestíbulo, CocinaLavadero, Dormitorios, Paso y Baño), en tanto que 99,91m2 en forma no reglamentaria(PB: Sector Espacio Guarda Coches; PA: Quincho, Sector Cocina Lavadero y Aleros),según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueranoportunamente aprobadas (Fojas Nº 8) y los planos presentados para regularizar lasituación (fojas 67 a 70, 75 y 77 a 81); con destino “Vivienda Unifamiliar y EspacioGuarda Coches“; Que obra a fojas 55/56 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaraciónJurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización; Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la Ley 13.512, de propiedadhorizontal, según consta a fojas 9; Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. “Trabajosque requieren permiso de obra“, y el Art. 4.6.4.2 “Iluminación y Ventilación de Localesde Primera Clase“, ambos del Código de la Edificación y el Art. 4.2.3 “Línea de FrenteInterno“ del Código de Planeamiento Urbano; Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. “Obras encontravención“ del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A.Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración Generalnº 24.887. Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 87 las obras ejecutadas sin permiso citadasno afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condicionesreglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que debensatisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs.55/56), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública desus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquierdivergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. F) del art.2.4.3.3. “Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante laMunicipalidad“ del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsionescontempladas en el Artículo 6.3.1.2. “Obras ejecutadas en Contravención“ inciso d) delCódigo de la Edificación; Por ello en uso de las atribuciones conferidas por el inciso e) del precitado Artículo6.3.1.2 y en virtud de la Resolución Nº 5-MDU-2012,  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Autorizase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro a proceder

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al registro de la documentación presentada a fojas 67 a 70, 75 y 77 a 81, ampliaciónconformada por un total de 359,11m2, de los cuales 259,20m2 fueron llevados a caboen forma reglamentaria, en tanto que 99,91m2 en forma no reglamentaria, para la fincasita en la calle Homero Nº 1975/79, Nomenclatura Catastral: circ 1 secc. 62 manz.139A Parc. 25, cuyo destino es “Vivienda Unifamiliar y Espacio Guarda Coches“, frentea los términos del Artículo 6.3.1.2. “Obras en contravención“ del Código de laEdificación, con la constancia que la regularización de las obras antirreglamentarias seajusta a las prescripciones del inciso d) de la citada norma. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese y para su conocimiento y demás efectos pase a laDirección General de Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Lostri  

   RESOLUCIÓN N.º 117/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 357735/2010 de Ajustes de obra para la finca sita en la Av. GuayraNº 2184, y  CONSIDERANDO:  Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permisodestinadas a Vivienda Multifamiliar y Local Comercial; Que se trata de una ampliación conformada por un total de 88,85m2 de los cuales19,44m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (SS: Sector Baulera), en tantoque 69,41m2 en forma no reglamentaria (PB: Local Comercial; 3º Piso: Sector EstarComedor Cocina, Escritorio, Baño, Paso y Dormitorio), según surge del cotejo entre elplano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas(Fojas Nº 84) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas Nº 94, 96 a102 y 121 a 127), con destino Vivienda Multifamiliar y Local Comercial; Que obra a fojas 106 a 107 la Memoria e Informe Técnico con carácter de DeclaraciónJurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización; Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedadhorizontal, según consta a fojas 26; Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. “Trabajosque requieren permiso de obra“ del Código de la Edificación y el Art. 5.4.1.4 “DistritoR2bI, Disposiciones Particulares, inciso d) FOT Máximo“ del Código de PlaneamientoUrbano; Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. “Obras encontravención“ del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A.Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración Generalnº 24.887; Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 128 las obras ejecutadas sin permisocitadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene lascondiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación quedeben satisfacer los locales, y según la Declaración Jurada del profesional interviniente(fs. 106 a 107), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridadpública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable porcualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. F)del art. 2.4.3.3. “Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante

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la Municipalidad“ del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario lasprevisiones contempladas en el Artículo 6.3.1.2. “Obras ejecutadas en Contravención“inciso d) del Código de la Edificación. Por ello en uso de las atribuciones conferidas por el inciso e) del precitado Artículo6.3.1.2 y en virtud de la Resolución Nº 5-MDU-2012,  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Autorizase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro a procederal registro de la documentación presentada a fojas Nº 94, 96 a 102 y 121 a 127,ampliación conformada por un total de 88,85m2, para la finca sita en la calle Guayra Nº2184, Nomenclatura Catastral: circ 16 secc. 27 manz. 28 Parc. 8 cuyo destino es“Vivienda Multifamiliar y Local Comercial“, frente a los términos del Artículo 6.3.1.2“Obras en contravención“ del Código de la Edificación, con la constancia que laregularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del incisod) de la citada norma. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese y para su conocimiento y demás efectos pase a laDirección General Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Lostri  

   RESOLUCIÓN N.º 118/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 VISTO: EL EXPEDIENTE N° 1773778/11 LA LEY N°2.095 PROMULGADA POR DECRETON°1.772/GCBA/2006 (B.OC.B.A N°2.557) Y SU DECRETO REGLAMENTARION°754/GCBA/2008 (B.O.C.B.A.N°2.960), DECRETO Nº 2.075/GCBA/07 (B.O.C.B.A. Nº2829), DECRETO Nº 2.102/GCBA/07 (B.O.C.B.A. Nº 2835), Y  CONSIDERANDO:  Que, la Ley N°2.095 establece como Órgano Rector del Sistema de Compras yContrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,a la DirecciónGeneral de Compras y Contrataciones,dependiente del Ministerio de Hacienda; Que, mediante la citada Ley se asigna las funciones emergentes de los procesos decompras, ventas y contrataciones de bienes y servicios y regulan las obligaciones yderechos que derivan de los mismos; Que, por Licitación Pública Nº 3108/11 tramitó la “Adquisición de Aires Acondicionadoscon destino a la Subsecretaria de Planeamiento, dependiente del Ministerio deDesarrollo Urbano y por Orden de Compra Nº 60120/11 se adjudicó la misma a favorde la firma SEMINCO S.A.; Que, la Subsecretaria de Planeamiento necesita realizar la ampliación de dichalicitación para la adquisición de dos (2) aires acondicionados por un monto de PESOSSIETE MIL NOVECIENTOS ($ 7.900,00), a fin de continuar con el proceso derestructuración de las oficinas de dicha repartición; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesariospara hacer frente a la erogación en cuestión; Que, en el Art. 117 inciso. 1) de la Ley 2095/CABA/06 se indica que “una vezperfeccionado el contrato, el organismo contratante puede aumentar o disminuir el total

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adjudicado hasta un 15 % (por ciento) de su valor original“; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Art.13 del Decreto reglamentarioNº 754-GCBA-08 (B.O.C.B.A. N° 2.960) de la Ley Nº 2.095/06 (BO.C.B.A. Nº 2.557);  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Articulo 1°.- Apruébese la ampliación de la Orden de Compra Nº 60120/2011 a favor dela empresa SEMINCO S.A. correspondiente a la “Adquisición de AiresAcondicionados“, en las mismas condiciones y precio unitario que la misma, por unmonto de PESOS SIETE MIL NOVECIENTOS ($ 7.900,00), Articulo 2°.- Autorícese a la Subgerencia Operativa de Compras, Licitaciones ySuministros de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal a emitir larespectiva Orden de Compra; Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Cdad. De Buenos Aires yen el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad De Buenos Aires  y remítase a laSubgerencia Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros dependiente de laDirección General Técnica, Administrativa y Legal para la prosecución de su trámite. Lostri  

   RESOLUCIÓN N.º 119/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 VISTO:La Presentación Agregar Nº 2 del Expediente Nº 60.218/2006 e incorporado elExpediente Nº 17.793/2005, y  CONSIDERANDO:  Que mediante estos actuados y por Presentación Agregar Nº 2 (Expediente Nº60.218/2006) los interesados ponen a estudio un proyecto destinado a localescomerciales de servicio y esparcimiento, vivienda multifamiliar y estudios profesionalescon estacionamiento en un inmueble ubicado en la Av. Independencia Nº 31/37/41esquina Azopardo Nº 770 esquina Huergo Nº 769; Parcela 2, Manzana 72, Sección 02,Circunscripción 13; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística,mediante Dictamen Nº 960-DGIUR-2012, indica que previamente, por Dictamen Nº334-DGIUR-2009 y Disposición Nº 191-DGIUR-2009 obrante a fs. 78 a 92, fueautorizada una propuesta para un edificio destinado a oficinas con una superficie totalde terreno de 2.897,15m², una superficie construida preexistente de 1494,15m², unasuperficie a demoler de 283,15m², una superficie a construir de 20.040,48m², unasuperficie construida semicubierta de 545,96m², una superficie total construida de22.081,59m² y una superficie libre de 1651,40m²; Que posteriormente, por Dictamen Nº 3242-DGIUR-2010, correspondiente al RegistroNº 863.536-DGIUR-2010, fue considerada la factibilidad volumétrica de otro proyectodestinado al uso de oficinas comerciales, siempre dentro de los parámetrosmorfológicos anteriormente autorizados y en observancia de una correcta puesta envalor de las construcciones allí ubicadas de carácter patrimonial; Que en esta oportunidad, y mediante Expediente Nº 60.218/2006, se solicita el cambio

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de usos señalados precedentemente para un proyecto graficado de fs. 103 a 142siempre dentro de los parámetros establecidos para el Distrito y autorizados en elprecitado Dictamen Nº 334-DGIUR-2009, Disposición Nº 191-DGIUR-2009 y planos deampliación y modificación de obra con demolición parcial registrados el 8 de Febrero de2010 por el Organismo de Competencia y obrante de fs. 176 a 178 en copias; Que toda vez que lo solicitado se encuentra de los parámetros establecidos para elDistrito, el Área Técnica competente no pone objeciones al cambio de usospeticionado, dejando aclarado que toda modificación a lo aquí tratado deberá contarcon la autorización previa de este Órgano de Aplicación. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico el cambio de rubro a“Locales comerciales de servicio y esparcimiento, vivienda multifamiliar y estudiosprofesionales con estacionamiento“, desafectando el uso “Oficinas Comerciales“, en elinmueble ubicado en la Av. Independencia Nº 31/37/41 esquina Azopardo Nº 770esquina Huergo Nº 769; Parcela 2, Manzana 72, Sección 02, Circunscripción 13, deacuerdo al proyecto graficado de fs. 103 a 142, debiendo cumplir con toda la normativavigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha denotificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentaciónpertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de plenoderecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese copia de la presente al recurrente.Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplidoarchívese. Lostri  

   RESOLUCIÓN N.º 121/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 7 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 285.036/2011 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizarlos usos: “Exposición y Venta de automotores, sus repuestos y accesorios, tallermecánico, reparación de vehículos automotores, chapistería y pintura como actividadcomplementaria“, para el inmueble sito en la Campana Nº 3922/28 y Asunción Nº3327/29, Planta Baja, Planta Primero y Terraza, con una superficie a habilitar de398,07m², y  CONSIDERANDO:  Que se trata de un inmueble afectado al R1b1 (Parágrafo 5.4.1.2 a Distrito R1b1) deZonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto OrdenadoDecreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística,a través del Dictamen Nº 8-DGIUR-2012, indica que respecto a la localización seinforma que: a) La actividad se desarrolla en una parcela 11a) con frente a dos calles, sobre

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Campana con un desarrollo de 17,34 m. y sobre Asunción un frente de 8,68 m., conuna superficie total de 838,46m² de acuerdo con la Documentación Catastral de fs. 21a 23. b) En dicha parcela se encuentra un edificio existente de planta baja y planta alta, conuna superficie total de 398,07m² cubiertos (según formularios de uso). c) Se destaca que la manzana es atípica (5 lados), la cual se encuentra afectada a dosdistritos: en uno de sus lados sobre la Av. San Martín C3II y sobre el resto (4 lados)R1bII. d) Sobre la calle Campana tres (3) parcelas (11a, 12d, 12c) resultan frentistas alDistrito C3II. e) Se debe resaltar que las construcciones fueron registradas mediante el plano deAjuste de Obra, bajo el Expediente Nº 39.761/90 (fs. 26) en donde la propuesta ediliciaconsistía en planta baja; primer piso y azotea, destinada a oficinas y sus característicasy desarrollo eran a fin al destino propuesto en esta oportunidad. f) El Digesto Municipal de la Ciudad de Buenos Aires (2º Edición año 1993; V.II),indicaba en el Artículo 5.1.4 Delimitación de Distritos, en el Punto b)... en el caso deDistrito R1 sólo será de aplicación lo indicado en el inciso a) para los localespreexistentes al 1º de octubre de 1984 (se adjunta fotocopia). g) El rubro que figura en el plano de Habilitación (fs. 29) es de Comercio Minorista;Exposición y Venta de Automotores y espacio de carga y descarga; por Disposición Nº2131/DGHP/89, su configuración responde tanto a la distribución como al desarrolloestructural registrado en planos ante la DGFOC. Acompaña también el Certificado deHabilitación (CE 47.764/89 a fs. 30) con fecha 09/07/1989. h) Se deja constancia que la habilitación aprobada responde a una superficie total de733,66m², en tanto la superficie ajustada resulta inferior, no obstante se debe aclararque la construcción posee planos de obra por Expediente Nº 128.883/1976;125.306/1909 y 66.602/1929, donde se podía determinar la totalidad de obrasejecutadas en cuestión. i) Se adjuntan fotos aéreas desde 1978, 2004 y 2009, en donde se advierte que noexisten modificaciones relevantes en la superficie cubierta, salvo el englobamientoparcelario; Que en el Cuadro de Usos 5.2.1 a) Comercial Minorista, Clase B, Local Comercial conExigencia de Estacionamiento, y/o Carga y Descarga, al presente rubro lecorresponden las siguientes referencias: - Referencia P (Permitido) - Referencia IIIb de carga y descarga (superficie no inferior a la que resulte decomputar un espacio de 30m² por cada camión que opere simultáneamente,considerándose el número de espacios según la superficie de la unidad de uso). - Ley Nº 123: Sin Relevante Efecto (S.R.E); Que de lo expuesto, se concluye que: a) Se trata de una actividad preexistente que se desarrolla en una construcción de viejadata, en una parcela con frente a dos calles, en la que una de ellas por la conformaciónde la manzana y de la ubicación del entorno produce la posibilidad de la aplicación delo indicado en el Artículo 5.1.4 Delimitación de Distritos. b) El presente caso reúne requisitos que podrían ser tomados en cuenta para unainterpretación de la normativa vigente y la normativa anterior, esto es: - Las construcciones existentes, poseen planos registrados, con el funcionamiento encuestión. - Es de aplicación lo indicado en el Artículo 5.1.4, donde en la época de registro no sedeterminaba el requisito de ser parcela en esquina. - La propuesta no establece aumento de superficie y se mantiene el rubro original. - La figura resulta similar a lo previsto en la Ley Nº 2216 Parágrafo 5.2.4.3Edificaciones Existentes Desactivadas, en lo que hace al espíritu de la activación de

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inmuebles; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que la presente localizaciónno afectaría el entorno inmediato; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Dictamen Nº 8-CPUAM-2012,indica que considera factible desde el punto de vista urbanístico, acceder a lalocalización de los usos propuestos para el local en cuestión, con una superficie de398,07m²; Que el Área Técnica competente, mediante Dictamen Nº 863-DGIUR-2012, tomaconocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localizaciónde los usos: “Exposición y Venta de automotores, sus repuestos y accesorios, tallermecánico, reparación de vehículos automotores, chapistería y pintura como actividadcomplementaria“, para el inmueble sito en la Campana Nº 3922/28 y Asunción Nº3327/29, Planta Baja, Planta Primero y Terraza, con una superficie a habilitar de398,07m² (Trescientos noventa y ocho metros cuadrados con siete decímetroscuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicaciónpara el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha desu notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentaciónpertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de plenoderecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíqueseen el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Lostri  

   RESOLUCIÓN N.º 123/SECPLAN/12 

Buenos Aires, 7 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente Nº 1.672.875/2011 por el que se consulta sobre la ampliación ymodificación del uso “Hospedaje Clase A“, para el inmueble sito en la calle Gorriti Nº5647/41/33, y  CONSIDERANDO:  Que se trata de un inmueble afectado al Distrito U20 Zona 2b (Parágrafo 5.4.6.21Distrito U20 Barrio Nuevo Colegiales) de Zonificación General del Código dePlaneamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación Urbanística,a través del Dictamen Nº 718-DGIUR-2012, indica que el texto que obra en el Anexo Ide la Ley Nº 2567, sustituye el Parágrafo 5.4.6.21 Distrito U20 Barrio Nuevo Colegiales.La Zona 2b menciona en el Punto 4.2.5 Usos permitidos: “...Con consulta al consejo:Casa pensión, Hospedaje, Hostal (condicionado por el inmueble), Hotel residencial,Hotel 1 estrella...“;

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Que analizada la documentación presentada se informa que: - La actividad a ampliar se desarrollaría en una Parcela 29, intermedia de la manzanadelimitada por las calles Gorriti, Bonpland, Honduras y Fitz Roy, de 8,70 m. de frentesobre la calle Gorriti, 33,50 m, y 33,40 m, de fondo respectivamente y con unasuperficie de 290,70m² (de acuerdo a Consulta de Registro Catastral obrante de fs.8 a11). - La Parcela 27a lindera izquierda, de la calle Gorriti Nº 5641/47, resulta ser un edificioexistente con destino Hospedaje Clase A, según consta en el plano de permiso de usode fs. 4 y copia del Certificado de Habilitación obrante a fs. 6 y que pretende ampliarsea la parcela citada en el inciso a) precedente mediante la suscripción de unaservidumbre. - De acuerdo a planos de fs. 26 y 27, la modificación y ampliación que pretendematerializarse consiste en subsuelo: destinado a áreas de servicios e instalaciones engeneral involucrando solamente a la Parcela 27a; planta baja: acceso, spa, circuito desauna y ducha finlandesa, sala de masajes, gimnasio, vestuarios, jardín al aire libre, unespacio de relax y una piscina in-out; 1º y 2º piso: donde se ubican 6 habitaciones conbaño completo en cada uno; 3º piso: destinado a áreas de relax y solarium y en laParcela 27a se agregan 4 habitaciones mas, sumando una superficie de uso a ampliarde 1114,59m². - Cabe aclarar que el uso habilitado de “Hospedaje Clase A“ correspondiente a laparcela lindera 27a fue analizado oportunamente por este Organismo y que dieraorigen a las Providencia Nº 4326-DGIUR-2007 y Providencia Nº 2793-DGIUR-2007.Asimismo, el uso solicitado fue analizado por el Consejo del Plan Urbano Ambiental enesa misma instancia, que se expidió por Informe N° 264-CPUAM-2007 y que accedieraa la localización del uso en dicha parcela. - Respecto de los parámetros morfológicos que la caben a los predios en cuestión, losmismos deberán ser verificados en oportunidad de la presentación de ladocumentación de obra ante la Dirección General Registro de Obras y Catastro. - Asimismo, deberá adjuntarse al momento de la presentación ante los organismoscorrespondientes la documentación que acredite la titularidad de dominio de lasparcelas involucradas autenticadas ante escribano; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existiríaninconvenientes desde el punto de vista urbanístico en acceder a la localización del uso“Hospedaje Clase A“, para el inmueble sito en la calle Gorriti Nº 5633; Que la conformidad prestada por el presente, no puede interpretarse como eximicióndel cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidas porlos Códigos de Planeamiento Urbano, de la Edificación, de Habilitaciones yVerificaciones, Ley Nº 962 y Ley Nº 123, sus modificatorias y decretos reglamentarios,que no hayan sido expresamente considerados en el mismo. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,  

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTORESUELVE

 Artículo 1º.- Considérase factible desde el punto de vista urbanístico la ampliación ymodificación del predio sito en la calle Gorriti Nº 5641 con el predio sito en la calleGorriti Nº 5633, para la localización del uso “Hospedaje Clase A“, de acuerdo a loindicado en los considerandos de la presente y debiendo cumplir con toda la normativavigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que respecto de los parámetros morfológicos quela caben a los predios en cuestión, los mismos deberán ser verificados en oportunidadde la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General Registro de

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Obras y Catastro. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha desu notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentaciónpertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de plenoderecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíqueseen el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Lostri     

Ministerio de Cultura      RESOLUCIÓN N.º 905/MCGC/12 

Buenos Aires, 1 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente N° 376831/2011 y la Resolución Nº 2626/MCGC/2009, y,  CONSIDERANDO:  Que mediante Resolución Nº 2626/MCGC/2009 se aprobó el contrato de Régimen deFomento entre PRODANZA y el Grupo Eventual “Romper el Piso“ para la realizaciónde la obra denominada “Romper el Piso“ con una contribución de pesos ocho mil($8.000); Que la cláusula octava del contrato establece que el Grupo citado debe rendir cuentasde la contribución otorgada dentro de los sesenta días de recibida la partida; Que pese a las intimaciones realizadas por el sector correspondiente dependiente delInstituto Prodanza, no se ha rendido cuentas de la contribución recibida; Que mediante Acta N° 116 el Directorio de PRODANZA decidió aplicar la máximasanción correspondiente establecida por Decreto N° 1657, Art. 2° inc B “Exclusióndefinitiva del régimen de fomento para la actividad de la danza no- oficial“ al GrupoEventual “Romper el Piso“, atento a no haber acreditado la realización de las funcionesni haber presentado la rendición de gastos en tiempo y forma; Que con fecha 11 de enero de 2012 se notificó el Acta N° 116 del Directorio al Sr.Enrique Gómez representante del Grupo Eventual “Romper el Piso“; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante informeN° 114397-DGAPA-12 en un caso similar ha aconsejado el dictado de un actoadministrativo como el presente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 4013,  

EL MINISTRO DE CULTURARESUELVE

 Artículo 1º.- Dispónese la caducidad de la Resolución N° 2626/MCGC/09.

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Articulo 2°.- Exclúyese de manera definitiva del Régimen de Fomento para la Actividadde la Danza No Oficial al Grupo “Romper el Piso“. Articulo 3°.- Intímase al Grupo “Romper el Piso“ la restitución de los valores recibidosen concepto de subsidio otorgado mediante la Resolución N° 2626/MCGC/09. Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,y para su conocimiento y demás efectos pase a PRODANZA, quien deberá notificar alinteresado de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 60 y 61 de la Ley deProcedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en los art121 a 124 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónomade Buenos Aires. Cumplido, archívese. Lombardi  

   RESOLUCIÓN N.º 906/MCGC/12 

Buenos Aires, 1 de marzo de 2012 VISTO:Los Expedientes N° 27.157/2005 e incorporado Nº 1.514.359/2011 y la Resolución Nº3013-MCGC/2011, y,  CONSIDERANDO:  Que mediante Resolución Nº 3.013/MCGC/2011 se sancionó con cesantía al agenteOscar Omar Rodríguez (F.C. Nº 392.649) en orden a los cargos de 1º) “Haberpresentado los certificados de examen de la Facultad de Medicina de la Universidad deBuenos Aires, obrantes a fs. 67/74, apócrifos, ante la oficina de Personal de laDirección General Guardia Urbana a fin de justificar licencias por exámenes, durante elaño 2002“; 2º) “Haber presentado los certificados de examen de la Facultad deMedicina de la Universidad de Buenos Aires, obrantes a fs. 76/86 y 88, 91 y 92,apócrifos, ante la oficina de Personal de la Dirección General Guardia Urbana a fin dejustificar licencias por exámenes, durante el año 2003:“; 3º) “Haber presentado loscertificados de examen de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires,obrantes a fs. 87 y 89, 90 y 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99 y 100, apócrifos, ante la oficinade Personal de la Dirección General Guardia Urbana a fin de justificar licencias porexámenes, durante el año 2004“; 4º) “Haber presentado los certificados de examen dela Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, obrantes a fs. 101/102,apócrifos, ante la oficina de Personal de la Dirección General Guardia Urbana a fin dejustificar licencias por exámenes, durante el año 2005“ y 5º) “Haber presentadocertificados de alumno regular de la Facultad de Medicina de la Universidad de BuenosAires, obrantes a fs. 75 y 102, apócrifos, ante la oficina de Personal de la DirecciónGeneral Guardia Urbana a fin de acreditar tal condición.“; Que tales conductas vulneran en forma grave las obligaciones contenidas en el artículo10, incisos a), c) y f) de la Lay 471, de Relaciones Laborales en la AdministraciónPública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya sanción seencuentra contenida en el artículo 48, incisos c) y e) de dicho cuerpo normativo. Que contra la mencionada Resolución, el agente Oscar Omar Rodríguez interpusorecurso de reconsideración; Que del cotejo de la fecha de la notificación de la Resolución en crisis, día 18/08/2011,con la de presentación del recurso en análisis, día 02/09/2011, surge que el mismo fueincoado dentro del término previsto en el artículo 103 del Decreto Nº1.510/GCBA/97,

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por lo cual corresponde su tratamiento; Que por ello se procederá a analizar los agravios vertidos por el quejoso;Que señala el recurrente que se dudó de la veracidad de sus dichos y de laautenticidad de los certificados arrimados a la causa y presentados en su lugar detrabajo a fin de justificar licencias por exámenes oportunamente peticionadas; Que al respecto debe aclararse que la sanción segregativa impuesta al quejoso no fueresultado de dudas, sino que ha sido acreditada la falsedad de los certificados dealumno regular y de examen de la Facultad de Medicina de la Universidad de BuenosAires, con los que pretendió justificar sus ausencias en su lugar de trabajo, revistandoen ese momento en la Dirección General Guardia Urbana; Que en consecuencia, este agravio no resulta atendible; Que sostiene el quejoso que con el testimonio del Sr. Madeo, pudo acreditar que talescertificados le habían sido extendidos por el citado en su condición de jefe de turno dela materia Anatomía en la Carrera para la Licenciatura en Nutrición de la Universidaden cuestión y que entre los años 2002 y 2005 él fue colaborador docente (ayudante),debiendo ser evaluado por su superior para tal desempeño; Que sin embargo, la declaración testimonial de Sergio Damián Madeo, no basta paracontrovertir los elementos probatorios que dan cuenta que el agente Rodríguez no eraalumno regular y que, además, no rindió los exámenes que constan en talescertificados; Que mediante informe de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Airesdel 10/05/2005, se comunicó que Oscar Omar Rodríguez era alumno no regular de lacarrera de Medicina, atento a que no había aprobado dos asignaturas en los últimosdos períodos lectivos; Que en fecha 11/05/2005 dicha Facultad informó que el Sr. Rodríguez había rendidouna única asignatura, Salud Mental, el 01/12/1999; Que ambos informes fueron reconocidos por el empleado administrativo de dichaFacultad, Pablo Franco, en su testimonio; Que el Sr. Franco sostuvo que Rodríguez había aprobado la materia Anatomía el10/12/2001 y la fecha de los certificados de examen exhibidos eran posteriores a lafecha de aprobación, en tanto que dicha asignatura era de primer año y nunca podíahaberla rendido en el ciclo clínico; Que obran copias fieles del libro en el cual constan las entregas de los certificados enel Área de Personal de la ex Dirección General Guardia Urbana; Que en definitiva, no existen registros de tales supuestos exámenes como auxiliardocente del quejoso; Que por lo expuesto, este agravio no prosperará; Que el agraviado refiere que no puede caber duda, luego de leer su legajo laboral y suconcepto muy bueno, que jamás pudo incurrir en las causales que se le reprochan yfundan su apartamiento de los cuadros de esta Administración; Que, según las constancias que obran en autos, es cierto que el recurrente no registrasanciones disciplinarias y que su concepto laboral es “muy bueno“; Que sin embargo, tales extremos no implican que no haya incurrido en las conductasreprochadas, pues justamente no hay sanciones anteriores, pero posteriormenteincurrió en un obrar que mereció sanción; Que es por ello que este agravio no tendrá andamiento favorable; Que estima el quejoso que para el supuesto de que el Sr. Ministro considerara quealguna sanción pudiera caberle, jamás la misma podría ser la cesantía, pues nunca haobservado una conducta pasible de tal sanción, por lo cual solicita que se morigere lasanción, por no tener responsabilidad en las irregularidades administrativas de laUniversidad, que lo hicieron incurrir en error involuntario; Que vuelve a equivocarse el recurrente, pues ha quedado acreditado que no se tratóde un error, sino que a sabiendas intentó justificar sus inasistencias al pretender

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beneficiarse con el régimen de licencias por exámenes, los cuales no rindió, paraacceder al goce íntegro de haberes, el cual sólo se concede a los agentes “que cursenestudios en establecimientos oficiales...en calidad de alumnos regulares olibres...“(artículo 25 de la Lay Nº471); Que el quejoso, lejos de haber incurrido en un error, cometió una falta administrativagrave, que trajo aparejada una pérdida de confianza que es óbice para su permanenciaen los cuadros de esta Administración (Ley Nº471 y Decreto Nº3360/68); Que en este orden de ideas, los tribunales vienen sosteniendo invariablemente que, envirtud de la potestad disciplinaria propia, la gravedad de las faltas cometidas es materiaapreciable con discrecionalidad, así también la graduación de las sanciones aplicables(conf. Cám. Nac. Cont.-Adm. Fed., Sala II, Vallarte, Juan c/Ministerio“, J.A. 2000- III-Síntesis); Que la apreciación de las conductas de los agentes públicos y las sanciones que seaplican se encuentran reservadas exclusivamente a la misma Administración, ya quesobre ella pesa la responsabilidad de establecer las calidades que debe reunir supersonal y juzgar su conducta en cada caso particular; Que por lo expuesto, este agravio tampoco puede hallar andamiento; Que sostiene el quejoso que debe merituarse el tiempo transcurrido desde que sepromoviera esta investigación ­ año 2005- y la fecha en la cual se decidió su cesantía ­año 2011- , pues evidentemente, si su conducta fuera merecedora de expulsión, jamáshabría podido consentir la Administración su prestación de servicios durante más deseis años consecutivos, lo que permite presumir que aquellos hechos quedaronsaneados por el consentimiento tácito de su continuidad laboral, es decir, que no existecontemporaneidad entre el hecho investigado y la sanción propiciada; Que este argumento del recurrente es insostenible dado que el lapso transcurrido en latramitación del presente sumario fue el necesario para investigar lo acontecido enautos, lo que determinó, a posteriori, que la conducta del ahora quejoso es merecedorade una sanción de carácter segregativo, lo que en modo alguno implica unsaneamiento de los hechos motivo de reproche ni tampoco que la Administración hayaconsentido tácitamente su proceder; Que puesto que las conclusiones arribadas en el acto administrativo cuestionado nohan logrado ser conmovidas por los argumentos vertidos por el recurrente, no existenrazones para la modificación de la sanción aplicada, Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha dictaminado deconformidad con el criterio sustentado en la presente Resolución, aconsejando sudictado. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº4013,  

EL MINISTRO DE CULTURARESUELVE

 Artículo 1º: Desestímase el recurso de reconsideración interpuesto por el agente OscarOmar Rodríguez (F.C. Nº392.649), contra la Resolución Nº 3.013/MC/2011. Artículo 2º Confírmase la Resolución Nº 3.013/MC/2011, en cuanto sanciona al agenteOscar Omar Rodríguez (F.C. Nº392.649) con cesantía. Artículo 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,notifíquese al interesado de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 60 y 61 del DecretoNº1510/97, haciéndole saber que la presente no agota la vía administrativa, y que losfundamentos del recurso jerárquico implícito pueden ser mejorados o ampliados dentrode los (5) cinco días de recibidas las actuaciones por el Superior de conformidad con loestablecido en el artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos DecretoNº1510/GCBA/97. Cumplido, archívese. Lombardi 

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   RESOLUCIÓN N.º 934/MCGC/12 

Buenos Aires, 1 de marzo de 2012VISTO: El Expediente Nº 2181436/2011, y  CONSIDERANDO:  Que por Decreto Nº 660/2011, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional delGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el Artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 dediciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las AutoridadesSuperiores de este Gobierno; Que la Dirección General de Enseñanza Artística, dependiente del Ministerio deCultura, peticiona se modifiquen parcialmente los términos de la Resolución Nº3309/MCGC/2010, a partir del 1 de agosto de 2011, en lo concerniente a laremuneración que percibe la señora María Patricia Faverio, D.N.I. 16.765.539, CUIL.23-16765539-4, como Personal de su Planta de Gabinete; Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el Articulo 1, del Decreto N° 638/2007,  

EL MINISTRO DE CULTURARESUELVE

 Artículo 1 .- Modifícanse parcialmente los términos de la Resolución Nº3309/MCGC/2010, dejándose establecido que la designación efectuada en favor de laseñora María Patricia Faverio, D.N.I. 16.765.539, CUIL. 23-16765539-4, como Personalde la Planta de Gabinete, de la Dirección General de Enseñanza Artística, dependientedel Ministerio de Cultura, lo es a partir del 1 de agosto de 2011, con 5000 UnidadesRetributivas Mensuales, en las condiciones establecidas por el Artículo 5 del DecretoNº 660/2011. Artículo 2 .- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ypara su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos deNormas y Oficios, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales yPrevisionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido,archívese. Lombardi    

Ministerio de Desarrollo Económico    RESOLUCIÓN N.º 35/SSDE/12 

Buenos Aires, 5 de marzo de 2012 VISTO:Los Decretos N° 660/GCABA/2011, 587/GCABA/2009; el Expediente N° 352501/2012;y

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 CONSIDERANDO:  Que por medio del Decreto N° 660/GCABA/11 se estableció la estructura orgánicofuncional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determinándose quela Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de DesarrolloEconómico, tiene entre sus responsabilidades primarias entender en los planes,programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores porteños, asícomo también instrumentar y coordinar las programas, proyectos y actividadesnecesarias para promover la innovación tecnológica, la consolidación y el desarrollo delsistema productivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto N° 587/GCABA/2009, se creó el Programa “Fomento alDesarrollo de las Pymes Porteñas“, en el ámbito del Ministerio de DesarrolloEconómico, con el objetivo de favorecer tanto el surgimiento y/o consolidación deemprendimientos productivos en los sectores industrial, comercial, y de servicios, comola implementación de mejoras pro competitivas; orientadas a desarrollar innovaciones anivel de productos y/o procesos, que contribuyan a incrementar la capacidadcompetitiva de las pequeñas y medianas empresas; como así también, potenciar laincorporación de nuevos recursos tecnológicos y/o humanos; Que, el citado Decreto estableció en su artículo 2° como Autoridad de Aplicación a laactual Subsecretaría de Desarrollo Económico, facultándola para realizar convocatoriasperiódicas a concursos por temas específicos, para la presentación de proyectos,conforme surge del Anexo II del citado Decreto inciso a) y b); Que la presente iniciativa, tiene como objetivo contribuir a mejorar las capacidades ytecnologías de gestión digital de las PyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,potenciando la eficiencia y la escalabilidad de las mismas; Que para el logro de dicho objetivo, esta convocatoria esta orientada a ampliar losconocimientos relativos a herramientas basadas en el uso de internet y las redessociales por parte de las empresas porteñas, con el fin de promocionar sus actividadesy mejorar la comunicación interna y externa de las mismas; Que el programa estará dirigido a PyMEs, que estén interesadas en acceder aservicios de capacitación y asistencia técnica destinados a generar y/o fortalecer suestrategia de promoción, marketing, comunicación y ventas a través de internet; Que resulta deseable alentar los conceptos y herramientas básicas necesarias paradiseñar o fortalecer una estrategia de promoción, marketing, comunicación y ventas eninternet de las Pymes Porteñas; Que atento lo dispuesto por el Decreto N° 587/GCABA/2009, en su Anexo II, la actualSubsecretaría de Desarrollo Económico, posee las facultades para establecer lamecánica operativa del programa; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;  

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICORESUELVE

 Artículo 1º.-. Convócase al Concurso “PYMES 2.0“, en el marco del Programa“Fomento al Desarrollo de las Pymes Porteñas“, creado a través del Decreto N°587/GCABA/2009. Artículo 2º- Establécese que podrán participar de este concurso Entidadesespecializadas, educativas, culturales, de desarrollo territorial, cámaras empresariales,de comercio barrial que, de acuerdo al criterio de la Autoridad de Aplicación, cumplan

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°62

con la totalidad de los requisitos establecidos en las bases y condiciones de estaconvocatoria. Artículo 3º- Determínase que las entidades que resulten seleccionadas a través delpresente Concurso, participarán como patrocinadoras de los monotributistas,emprendedores y/o encargado administrativo de la empresa participante. Artículo 4º- Las entidades interesadas en participar de esta convocatoria, deberánpresentar una propuesta técnica orientada a mejorar las capacidades y tecnologías degestión digital de las PyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo conlo establecido en las Bases y Condiciones del presente concurso. Las EntidadesConcursantes podrán participar individualmente o en asociación con otra Entidad. Parapostularse asociadamente, las Entidades deberán presentar un acuerdo de partes en elque se establezcan las responsabilidades, se determine sobre quién recaerá elbeneficio otorgado por esta Convocatoria y cualquier otra cuestión que debiera quedarpreviamente determinada a fin de asegurar el buen cumplimiento de los objetivos deesta convocatoria. Artículo 5º- Apruébanse las bases y condiciones del presente concurso que seidentifican como, Anexo I “Bases y Condiciones“; Anexo II “Formulario de Presentaciónde Propuesta; Anexo III “Formulario de Inscripción“, Anexo IV “Listado deAsistentes-Componente 1“, Anexo V “Acta Acuerdo“ y Anexo VI “Declaración Jurada“. Artículo 6º.- Establécese que en el marco de la presente convocatoria, seseleccionarán hasta un máximo de ocho (8) Entidades que hayan cumplimentado latotalidad de lo establecido en el punto 3.1 del Anexo I, denominado Bases yCondiciones, aprobado en la presente Resolución. Articulo 7°- Las entidades que resulten beneficiarias del presente Concurso accederána un aporte no reembolsable (ANR) destinado a financiar su Propuesta de Patrocinio,de acuerdo a las pautas, montos y metodología de desembolso establecidos en lasBases y Condiciones de este Concurso. Artículo 8º.- Determínese que cada Entidad participante podrá presentar propuestaspara más de una (1) sede física. Para que una Entidad pueda presentar más de unapropuesta, las sedes deberán estar claramente diferenciadas y localizadas en distintaszonas geográficas de la C.A.B.A. Las presentaciones serán evaluadas y aceptadas orechazadas en forma independiente. Artículo 9º: Destínese al financiamiento de la presente convocatoria la suma de PESOSSEISCIENTOS MIL ($600.000), los que serán imputados a la partida presupuestariacorrespondiente. Artículo 10.- Las presentaciones podrán efectuarse desde la publicación de laspresentes Bases y Condiciones, durante los días hábiles subsiguientes a la publicaciónde la presente norma en el horario de 11 a 17 hs en la Mesa de Entradas de laSubsecretaría de Desarrollo Económico, sita en Av. Roque Sáenz Peña 832 piso 4º dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y hasta las 16 horas del día 28 de marzo de2012. Artículo 11.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección GeneralTécnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Unidad deAuditoria Interna, a la Dirección General de Contaduría General y a la DirecciónGeneral de Tesorería. Cumplido, archívese. Svarzman  

ANEXO  

   

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RESOLUCIÓN N.º 36/SSDE/12 

Buenos Aires, 7 de marzo de 2012 VISTO:el Decreto Nº 1159/GCABA/09, las Resoluciones N° 12/SSDE/10, 19/SSDE/10,151/SSDE/10, 37/SSDE/2011, 40/SSDE/2011 y 158/SSDE/2011, los Expedientes Nros.80.142/10, 212.068/11 y 425.169/2012, y;  CONSIDERANDO:  Que el Decreto Nº 1159/GCABA/09 instituyó un premio anual para trabajos deinvestigación sobre la temática “La economía de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesy su impacto en el desarrollo económico argentino“ en el ámbito de la Subsecretaría deDesarrollo Económico dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico delGobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que el objeto de dicha iniciativa es fomentar y estimular la investigación aplicada entemas económicos inherentes a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y suconsecuente impacto en la economía nacional, a través de la difusión de trabajos deinvestigación que permitan aportar criterios y enfoques que contribuyan en el análisispara la toma de decisiones por parte de las autoridades pertinentes; Que la existencia de un premio anual a la investigación que tiene como objeto elanálisis de la problemática del desarrollo económico de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, representa un incentivo para que más ciudadanos con conocimientosespecíficos puedan realizar aportes y generar nuevas ideas sobre los diferentes temasque hacen a la citada cuestión; Que, de esta manera, se espera fomentar la participación activa de los ciudadanoscomo integrantes de la sociedad y favorecer la relación pública-privada, con elconsecuente fortalecimiento de la convivencia y el desarrollo de la comunidad en suconjunto; Que la Subsecretaría de Desarrollo Económico viene impulsando programas einiciativas orientadas a apoyar actividades productivas y comerciales, con el fin defavorecer el desarrollo económico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y asícontribuir al bienestar general de sus habitantes; Que el artículo 2° del citado Decreto designó a la Subsecretaría de DesarrolloEconómico como Autoridad de Aplicación del referido premio, estableciendo entre susfacultades la potestad de modificar o ampliar la partida presupuestaria y dictar lasnormas reglamentarias para su implementación; Que mediante las Resoluciones N°12/SSDE/2010 y 37/SSDE/2011, se convocórespectivamente a la presentación de trabajos de investigación para el premio “Laeconomía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su impacto en el desarrolloeconómico argentino“, para sus versiones de los años 2010 y 2011; estableciéndoseen ambos casos dos categorías de participación: A) Categoría Junior y B) CategoríaSenior, e instituyendo como premio, la entrega en efectivo de la suma de PESOSQUINCE MIL ($15.000) para cada una de las categorías citadas; Que dadas las exitosas convocatorias efectuadas, los resultados obtenidos, y el nivelcualitativo de los trabajos presentados, se considera oportuno replicar dicho concursoen el año en curso manteniendo las dos categorías de participantes; ello, como unaherramienta razonable en función de la previsible heterogeneidad existente en el nivelde desarrollo profesional y académico de los potenciales participantes en el mismo; Que, en atención a la normativa mencionada precedentemente, esta Subsecretaríatiene entre sus responsabilidades analizar los trabajos de investigación que sepresenten en el marco del mencionado concurso, y definir la metodología para la

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determinación de los ganadores del concurso; Que, en virtud de lo expuesto, y a los efectos de garantizar tanto la transparencia comola rigurosidad en el análisis y definición del orden de mérito de los trabajos que sepresenten, resulta adecuado conformar un Jurado Ad-Hoc integrado por expertos y/odestacadas personalidades con amplia trayectoria académica y/o profesional en latemática de referencia, uno de ellos en representación del Ministerio de DesarrolloEconómico de la Ciudad; Que consecuentemente y por los motivos expuestos, también se estima convenienteproceder a la constitución de un Jurado Ad-Hoc, el cual quedará integrado por un totalde seis (6) miembros, con el objeto de alcanzar los propósitos señalados en losconsiderandos anteriores; Que, al respecto, y con la finalidad de brindar mayor transparencia en los procesos deevaluación y selección de los trabajos; resulta oportuno explicitar los criterios, laspautas y las herramientas, a través de las cuales, el mencionado jurado en el párrafoprecedente, llevará a cabo su dictamen; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,  

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICORESUELVE

 Artículo 1º.- Convócase a la tercera edición del concurso, premio anual “La economíade la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su impacto en el desarrollo económicoargentino“, para su versión del año 2012, creado por Decreto N° 1159/GCABA/2009. Articulo 2°.- Apruébanse las bases y condiciones del presente concurso que seidentifican como, Anexo I “Bases y Condiciones“; Anexo II “Formulario de Inscripción“,Anexo III “Herramientas de Evaluación“, el apartado a) “Criterios de Evaluación ySelección de Trabajos Presentados“, y apartado b) “Grilla de Evaluación“, las que atodos los efectos forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3°.- Asignase para el presente Concurso, la suma de PESOS TREINTA MIL ($30.000.-), provenientes de las partidas presupuestarias vigentes, las que podrán serampliadas de acuerdo a la normativa vigente. Artículo 4º.- Establécense las siguientes categorías de participación: A) CategoríaJunior destinada a ciudadanos de hasta 28 años de edad, al 31 de diciembre de 2012,y B) Categoría Senior destinada a ciudadanos de edad mayor a los 28 años, al 31 dediciembre de 2012. Artículo 5º.- Los premios consistirán en la entrega de la suma de PESOS QUINCE MIL($15.000) para cada una de las categorías citadas, de conformidad con lo establecidoen las Bases y Condiciones, los que serán imputados a la partida presupuestariavigente. Artículo 6º.- Establécese que los trabajos deberán presentarse de acuerdo a loestablecido en las Bases y Condiciones incluidas en la presente Resolución, ante lamesa de entradas de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, sita en Av. RoqueSáenz Peña 832, piso 4º, en el horario de 10 a 17 hs., quedando establecida la fechalímite para la presentación de los trabajos de investigación el día lunes 3 deSeptiembre de 2012 a las 16 horas. Artículo 7º.- Créase un Jurado Ad-Hoc con competencia en la tercera edición delconcurso anual Premio “La economía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y suimpacto en el desarrollo económico argentino“ para su versión del año 2012, creadopor el Decreto N° 1159/GCABA/2009. Artículo 8º.- Establécese que integrarán el Jurado Ad-Hoc las siguientes personas: a) Lic. José Luis Machinea, DNI 7.593.468. Principales antecedentes: Licenciado enEconomía, Universidad Católica Argentina, y Doctor en Economía, Universidad deMinessota. Actualmente se desempeña como profesor en la Escuela de Gobierno de la

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Universidad Torcuato Di Tella, habiendo sido anteriormente Ministro de Economía,Presidente del Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.), SecretarioEjecutivo de CEPAL-Naciones Unidas y consultor de distintos organismosmultilaterales. b) Ing. José Luis Roces, DNI 4.527.169. Principales antecedentes: Ingeniero Industrial,Universidad de Buenos Aires, y Posgrado en Ciencias de la Dirección en el OxfordCenter for Management Sciences. Actualmente es miembro del Consejo Académico delITBA, institución de la cual fue Vicerrector, habiéndose desempeñado anteriormente­entre otras actividades- como Director de Recursos Humanos en el Grupo Santander-Central Hispano, Gerente General de Masisa S.A. y profesor en distintasuniversidades. c) Dr. Hugo Kantis, DNI 14.033.983. Principales antecedentes: Doctor en Economía,Universidad Autónoma de Barcelona. Actualmente es Director del Programa deDesarrollo Emprendedor (PRODEM) y de la Maestría en Economía y DesarrolloIndustrial en la Universidad Nacional de General Sarmiento (UNGS), desempeñándoseasimismo como consultor en distintas organizaciones internacionales y multilaterales. d) Dr. Andrés López, DNI 14.957.367. Principales antecedentes: Licenciado enEconomía y Doctor en Ciencias Económicas (UBA). Actualmente es Director delDepartamento Economía de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad deBuenos Aires y Profesor Titular de la materia Desarrollo Económico en esa misma casade estudios. Es también Director del Centro de Investigaciones para la Transformación(CENIT) e Investigador de Carrera del CONICET. e) Dra. Alicia Caballero, DNI 14.027.177. Principales antecedentes: Doctora yLicenciada en Economía, Universidad Católica Argentina. Master en Finanzas, CEMA.Actualmente se desempeña como Directora de la Escuela de Negocios de laUniversidad Católica Argentina (UCA). Es autora de diversos libros sobre la EconomíaArgentina y ha sido consultora de organismos públicos e internacionales f) Ing. Francisco Adolfo Cabrera, DNI 11.486.974. Principales antecedentes: ActualMinistro de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires. Es Ingeniero en Electricidad y Electrónica graduado en la Universidad Nacionalde Mendoza y se ha desempeñado anteriormente como Director Ejecutivo del Diario LaNación, como Miembro de los Directorios de la Buenos Aires Seguros y Docthos S.A, yha sido Fundador y CEO de Máxima AFJP. Artículo 9º.- Determínese que las resoluciones del jurado serán adoptadas por mayoríasimple y suma de puntajes, estableciéndose asimismo que será necesaria la opinión deal menos cuatro (4) de sus integrantes a los efectos de conformar la voluntad delmismo. Artículo 10º.- Determínase que las tareas a desarrollar por el Jurado Ad-Hoc, con elobjeto de cumplir el compromiso fijado en el artículo 1° de la presente, serán lassiguientes: i) Evaluar los proyectos de investigación remitidos por la Autoridad de Aplicación encada una de las dos categorías; dejando constancia de su intervención de maneraindividual. ii) Emitir dictamen por escrito y remitirlo a la Autoridad de Aplicación. iii) Rubricar el acta resumen con el orden de mérito final de los trabajos presentados encada categoría. Artículo 11º.- Aclárase que todas las tareas y la actividad de evaluación que searealizada en el marco de la presente Resolución por los integrantes del Jurado Ad-Hoc,será en calidad ad honorem, sin generar erogación alguna al Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires. Artículo 12º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, Cumplido, archívese. Svarzman 

ANEXO

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público      RESOLUCIÓN N.º 4/SSHU/12 

Buenos Aires, 9 de enero de 2012 VISTO:La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, losDecretos Nº 2.075/GCBA/06, 1017/GCBA/2009, 583/GCBA/2010, el Expediente Nº1650436/2011, la Resolución Nº 001/ SSATCIU/SSHU /20010 y;  CONSIDERANDO:  Que, por el Decreto consignado en el visto, el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónomade Buenos Aires encomendó a la Subsecretaria de Atención Ciudadana y a laSubsecretaria Higiene Urbana la celebración de acuerdos específicos necesarios parala ejecución de las tareas necesarias tendientes a la higienización, desratización ysaneamiento de los inmuebles que no cumplan con las condiciones de higiene ysalubridad previstas en la normativa vigente; Que, de acuerdo a lo expresado en el párrafo que precede mediante la Resoluciónconjunta N° 001/SSATCIU/SSHU/2010, se aprobó el “CONVENIO D E EJECUCIÓNDE TAREAS TENDIENTES A LA HIGIENIZACIÓN, DESRATIZACIÓN Y/OSANEAMIENTO DE LOS INMUEBLES QUE NO CUMPLAN CON LAS CONDICIONESDE HIGIENE Y SALUBRIDAD PREVISTAS EN LA NORMATIVA“ Que, de acuerdo a lo preceptuado en el Anexo II titulado “PROCEDIMIENTO PARA LAHIGIENIZACIÓN, DESRATIZACIÓN Y SANEAMIENTO DE INMUEBLES QUE NOCUMPLAN CON LAS CONDICIONES DE HIGIENE Y SALUBRIDAD ESTABLECIDASEN LA NORMATIVA VIGENTE“, obran los informes, denuncias e inspeccionesrealizadas en la finca de la calle Catamarca N° 1081/85, las cuales obran en elExpediente ut supra consignado, surge en forma evidente que en dicho predio seencuentran afectadas las condiciones de higiene y sanidad pública (fs. 8,12, 16, 25 y32); Que, atento a lo expuesto, se procedió a diligenciar la correspondiente cédula denotificación al titular del predio, intimándolo a realizar las mejoras del inmueble de supropiedad en el plazo de veinte (20) días de conformidad con lo previsto en laOrdenanza Nº 33.581 (fs.15). En el mismo sentido, por medio de la publicación delcorrespondiente Edicto en el B.O.C.B.A., se intimó al propietario a fin de que proceda aregularizar la situación planteada (fs. 23); Que, transcurrido con creces el plazo otorgado para el cumplimiento de lo intimado, secomprobó que las tareas no fueron realizadas, conforme consta en los actuadosobrantes, en el citado Expediente, permaneciendo las deficiencias que dieron origen alpresente procedimiento (fs. 32); Que, resulta un deber imperativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires, en el marco de sus potestades, aplicar las disposiciones a las cuales debeajustarse la población para el cuidado, el aseo y la limpieza de la Ciudad, determinadas

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por medio de la Ordenanza Nº 33.581 (B.M. Nº 15.540), A.D. 470.2 y su modificatoriaOrdenanza Nº 33.681 (B.M. N° 15.575); Que, en consecuencia, resulta inexcusable el ejercicio del Poder de Policía de parte delGobierno de la Ciudad de Buenos Aires, velando por los intereses de la comunidad; Que, a su vez, mediante el Dictamen Nº 34.877, el Órgano Asesor de la Constituciónaclaró respecto a la frase: “imposibilidad material de acceso a la finca“ que el sentidoque debe dársele implica un presupuesto de excepción, que determine la imposibilidaden forma absoluta de ingresar a la misma, siendo un deber inexcusable de laadministración hacer cesar la afectación que trasciende a fincas linderas y afecta enforma actual o inminente el espacio urbano; Que, asimismo, el artículo 12 de la Ley de Procedimientos Administrativos, disponeque: “El acto administrativo goza de presunción de legitimidad; su fuerza ejecutoriafaculta a la Administración a ponerlo en práctica por sus propios medios, a menos quedeba utilizarse la coacción contra la persona o bienes de los administrados, en cuyocaso será exigible la intervención judicial. Sólo podrá la administración utilizar la fuerzacontra la persona o bienes del administrado, sin intervención judicial, cuando debaprotegerse el dominio público, desalojarse o demolerse edificios que amenacen ruina, otengan que incautarse bienes muebles peligrosos para la seguridad, salubridad omoralidad de la población o intervenir en la higienización de inmuebles“; Que, en este sentido, mediante Dictamen Nº 34.877, el Órgano Asesor de laConstitución aclaró que “(...) la propia norma procedimental, regula lo referente al temaen cuestión, determinando específicamente que no resulta necesario contar con laintervención judicial, en los casos en que deba, entre otros supuestos, procederse a lahigienización de inmuebles por parte de la administración“; Que, sin perjuicio de lo expuesto, en aquellos casos en que los predios privados seencuentren habitados y sus habitantes impidan el acceso del personal del Gobierno dela Ciudad, se deberá requerir a la Procuración General del la Ciudad de Buenos Airesque gestione la pertinente orden de allanamiento, debiendo labrarse el actacorrespondiente en la que se deje constancia de la negativa de los ocupantes de lafinca; Que, por otra parte, la Procuración General recomienda que en todos los supuestos deintervención administrativa, se labre un acta circunstanciada in situ en la que conste enforma pormenorizada, en qué consiste la gravedad de la situación para proceder porAdministración a la higienización de la finca, detallando el procedimiento llevado a cabopara hacerla cesar, haciendo constar si se ha requerido el auxilio de la fuerza públicaante la oposición u obstaculización del procedimiento y dejando asentado en quéconsiste el riesgo para la salud o daño para el hábitat que determine la intervención delórgano de aplicación; Que, en virtud del referenciado Anexo II, titulado “PROCEDIMIENTO PARA LAHIGIENIZACIÓN, DESRATIZACIÓN Y SANEAMIENTO DE INMUEBLES QUE NOCUMPLAN CON LAS CONDICIONES DE HIGIENE Y SALUBRIDAD ESTABLECIDASEN LA NORMATIVA VIGENTE“ se infiere que la verificación del estado de losinmuebles, se encuentra a cargo de la Dirección General de Inspección de HigieneUrbana y de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, sobre eltemperamento a adoptar en la situación planteada, considerando que correspondedictar el acto administrativo pertinente a fin de disponer las medidas necesarias para elcumplimiento de las normas de higiene, seguridad y orden público; Que, a su vez, mediante el Dictamen Nº 62137, el Órgano Asesor de la Constituciónopinó que corresponde dictar el pertinente acto administrativo que ordene laintervención administrativa del inmueble ubicado en la calle Catamarca N° 1081/85 (fs.28). Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nº 2075/GCBA/07,1017/GCBA/2009 y la Resolución Nº 001/ SSATCIU/SSHU /20010,

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 EL SUBSECRETARIO DE HIGIENE URBANA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE

 Artículo 1°.- Encomiéndase a la Dirección General del Centro de Gestión yParticipación Comunal para que junto con las áreas con competencia dependientes delMinisterio de Ambiente y Espacio Público, procedan de inmediato a realizar en elinmueble sito en la calle Catamarca N° 1081/85 por administración y costa de quienresulte ser propietario del mismo, las tareas de desmalezamiento e higienizacion. Artículo 2°.- Los organismos citados en el artículo primero, podrán requerir el auxilio dela fuerza pública a fin de cumplir con lo dispuesto precedentemente, con prescindenciade la previa intervención judicial, en todos aquellos casos en los cuales no se adviertasignos de habitabilidad en los predios a higienizar. Artículo 3º.- Establécese que el organismo encargado de realizar la higienizacióndeberá labrar un acta circunstanciada in situ en la que conste en que consiste lagravedad, de la situación para proceder por Administración a la higienización,detallando el procedimiento llevado a cabo para hacerla cesar, haciendo constar si seha requerido el auxilio de la fuerza pública ante la oposición u obstaculización delprocedimiento e informando en que consiste el riesgo para la salud o daño para elhábitat que determine la intervención del órgano de aplicación. Artículo 4°.- Encomiéndese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires,para que en los casos en que el riesgo no sea grave ni inminente, y exista oposición ala intervención administrativa por parte de los ocupantes, recurra ante los tribunalescompetentes a fin de gestionar la orden de allanamiento del inmueble mencionado enel artículo primero, a fin de llevar a cabo las tareas dispuestas en la presente. Artículo 5º.- Los gastos que demanden los trabajos dispuestos por el artículo 1ºdeberán ser abonados por el propietario del inmueble en la Dirección General deRentas, dentro del los treinta (30) días de la fecha de formulación del cargo queefectuará la Dirección General de Contaduría, bajo apercibimiento de iniciar lasacciones pertinentes para su cobro por vía judicial. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General del Centro deGestión y Participación Comuna y a las Direcciones Generales de Contaduría Generaly de Rentas. Elías  

   RESOLUCIÓN N.º 48/SSHU/12 

Buenos Aires, 5 de marzo de 2012 VISTO:La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, elDecreto Nº 2.075/GCBA/07 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO: Que, el Señor Director General de Sistema Pluvial, Sr. Ernesto Alfredo Coronado, DNIN° 5.194.788, se ausentará temporalmente del 05 al 14 de marzo de 2012 inclusive;Que, en virtud de lo expuesto precedentemente y a efectos de mantener el normalfuncionamiento de las actividades administrativas de la mencionada repartición, resulta

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conveniente encomendar la firma del despacho diario de las actuaciones a unfuncionario de idéntico rango y jerarquía.Que, por tal motivo corresponde asignar dicha tarea al Ing. Alberto Términe, DirectorGeneral de Limpieza dependiente de esta Subsecretaría.Por ello, en uso de la atribuciones conferidas por la Ley N° 2.506 y su Decretoreglamentario N° 2.075/07 y sus modificatorios, 

EL SUBSECRETARIO DE HIGIENE URBANARESUELVE

 Artículo 1°.- Encomiéndese la firma del despacho diario de la Dirección General deSistema Pluvial al Señor Director General de Limpieza, Ing. Alberto Términe, desde el05 al 14 de marzo de 2012 inclusive.Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires y pase, para su conocimiento, notificación fehaciente y demás efectos ala Dirección General de Limpieza, Dirección General de Sistema Pluvial y a la DirecciónGral. Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.Cumplido, archívese. Elías  

   RESOLUCIÓN N.º 55/SSMEP/12 

Buenos Aires, 8 de marzo de 2012 VISTO:La Ley Nº 2.634 y el Decreto Nº 238/08, sus normas modificatorias y complementarias,los Decretos Nº 660/11 y Nº 700/11, la Resolución Conjunta N° 45/MAYEP/AGIP/2012,y los Expedientes Nº 64.551/2012 y Nº 455.172/2012; y CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Ambiente y Espacio Público y la Administración Gubernamentalde Ingresos Públicos han resuelto que las personas físicas o jurídicas, que incurran enincumplimientos a la obra de cierre de aperturas en aceras, fuesen tratadas comocontribuyentes con alto riesgo fiscal;Que, la inclusión en el Padrón de Alto Riesgo Fiscal genera para la empresa deservicios, que a la vez es contribuyente del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, lacarga de sanear el incumplimiento detectado, acreditando en forma fehaciente, ante lasáreas dependientes de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, elcumplimiento de la obra de cierre respectiva;Que, para canalizar dichas acciones resulta necesario reglar un procedimiento quetienda a encauzar secuencialmente los planteos del administrado;Por ello, y conforme las facultades legales que les son propias, 

LA SUBSECRETARIA DE MANTENIMIENTO DEL ESPACIO PUBLICORESUELVE

 Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento para tratar la constatación del incumplimientoal cierre definitivo del permiso de apertura; la instrumentación del Registro Estadísticode Incumplimientos de Permisos de Apertura; la constatación del cierre definitivo a losfines de la baja del SIRCREB; y el procedimiento para operar las bajas en el Sistema

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de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), que como Anexo Iintegra la presente Resolución, la cual reglamenta el procedimiento para aplicar laResolución Conjunta Nº 45/MAYEPGC/AGIP/12.Artículo 2°.- Apruébase el Acta de Constatación de Incumplimiento al Cierre Definitivodel Permiso de Apertura que como Anexo II-A integra la presente Resolución, y el Actade Constatación para Cierre Definitivo a los Fines de la Baja del SIRCREB, que comoAnexo II-B también integra la presente Resolución.-Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,comuníquese a la Dirección Operativa Permisos de Apertura de la Subsecretaría deMantenimiento del Espacio Público y a la Administración Gubernamental de IngresosPúblicos. Cumplido, archívese. Leguizamón  

ANEXO     

Secretaría de Comunicación Social      RESOLUCIÓN N.º 2942/SCS/12 

Buenos Aires, 9 de marzo de 2012 VISTO:La ley 2.095, el Decreto 611-GCBA-2008, el Expediente N° 164.5612012, y  CONSIDERANDO: Que las contrataciones en materia de publicidad y, producción de material publicitarioposeen ciertas particularidades que requieren, la adopción de mecanismos queaseguren la prestación de servicios en tiempo y forma, a fin de garantizar la eficacia delos mismos;Que el Decreto 611-GCBA-2008 Inciso d) de su Anexo, establece el procedimiento deselección de oferentes, para aquellos casos en los que el precio base de la publicidadsurja de la página web www.portalpublicitario.com/tarifario (“TARIFARIO”), sitio en elque se encuentran la publicación de tarifas, programación e información de mediospublicitarios, y respecto del cual los distintos proveedores de medios televisivos,gráficos y radiales se encuentren en condiciones de cotizar descuentos;Que en tal sentido, mediante la presente actuación tramita la compulsa bimestral deprecios que sirve de base para la selección del co-contratante en aquellascontrataciones de publicidad y material publicitario para los meses de Marzo - Abril de2012;Que el mencionado Decreto ha dispuesto que por cuestiones de competencia, que laDirección General de Planeamiento de Medios de la Secretaria de ComunicaciónSocial sea la encargada de realizar la compulsa bimestral referida;Que obran en estos actuados las Cedulas de Notificación enviadas a los proveedores

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del rubro fin de que los mismos ofrezcan sus descuentos;Que en la fecha y la hora establecidas se procedió a suscribir el Acta de Apertura N°2-DGPLM/2012 constando en la misma la presentación de ochenta y tres (83)oferentes.Que de acuerdo a las propuestas realizadas se confecciono el correspondiente cuadrocomparativo de las ofertas presentadas;Por ello, y en uso de sus facultades, 

EL SECRETARIO DE COMUNICACIÓN SOCIALRESUELVE:

 Artículo 1º.- Apruébase la Compulsa de precios realizada por la Dirección General dePlaneamiento de Medios al amparo de lo establecido en el Decreto 611-GCBA-2008Inciso d) de su Anexo que como Anexo forma parte integrante de la presenteResolución, la cual tendrá vigencia durante el bimestre de Abril - Marzo de 2012 y seráde aplicación para las contrataciones de publicidad y material publicitario en losdistintos medios televisivos, radiales, gráficos, cine y de vía pública que realiceDirección General de Planeamiento de Medios.Articulo 2°.- Desestímese las propuestas de las firmas EM Servicios Publicitarios S.A,Regnier Gastón Alberto, Lonely Planet Magazine, Grupo 23 (revista Newweek yMiradas al Sur), Editorial Apache S.A., Expressions, Forbes, Generación de Ideas(Latinspots), HSM Argentina S.A., Televisión Federal S.A, Editorial Revistas DeportivasS.A. por presentar su cotización en forma extemporánea.Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires y en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires. Cumplido, Archívese. Gaytan  

ANEXO     

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos      RESOLUCIÓN N° 513/DGR/2012 

Buenos Aires, 9 de marzo del 2012 VISTO:LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN N° 2047/MHGC/11 (BOCBA N° 3812), Y CONSIDERANDO: Que inconvenientes técnicos han impedido el normal desarrollo del proceso de emisiónde las boletas de pago correspondiente a la Contribución por Publicidad regulado por elTítulo XII del Código Fiscal (t.o. 2011), cuyo vencimiento fuera establecido

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originalmente para el día 09/03/2012;Que como consecuencia de ello se verá dificultado el cumplimiento de las obligacionestributarias por parte de los contribuyentes que intentan cancelar dichos pagos;Que es propósito de esta Administración mantener una fluida relación con suscontribuyentes que permita a ambos cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones.Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Resolución N° 2047/MHGC/11, 

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTASRESUELVE

 Artículo 1.- Considéranse abonadas en término las Cuotas 01 y 90 del año 2012correspondientes a la Contribución por Publicidad, cuyo vencimiento fuera fijadooriginalmente el día 09 de marzo de 2012, hasta el 20 de marzo de 2012, inclusive.Artículo 2.- Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara día no laborable parael Gobierno de la Cuidad o entidades bancarias, el vencimiento se producirá el primerdía hábil siguiente.Artículo 3.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires y comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de laAdministración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Banco de la Ciudad de BuenosAires y a la Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de esta DirecciónGeneral para su conocimiento y demás efecto. Cumplido, archívese. Tujsnaider    

Disposiciones

Jefatura de Gabinete de Ministros      DISPOSICIÓN N.º 35/DGTRANSITO/12 

Buenos Aires, 7 de marzo de 2012 VISTO:el Expediente Nº 575401/2010, la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y; CONSIDERANDO: Que, por el Expediente del visto se tramita la Licitación Privada Nº 2490/2010 - PlanSL15/2010 “Plan de Mantenimiento, Obras y Actualización Tecnológica del Sistema deSeñalización Luminosa“ adjudicada por Resolución Nº 717 MDU 2010 al Área 1 aROWING S.A. – SWARCO AG – PRO SINALIZAÇAO VIARIA LTDA (UTE), Área 2TELVENT TRAFICIO Y TRANSPORTE S.A. – TEYMA ABENGOA S.A. (UTE), Área 3MANTELECTRIC I.C.I.S.A., Área 4 AUTOTROL S.A.C.I.A.F. e I., Área 5 AUTOTROLS.A.C.I.A.F. e I., Área 6 AUTOTROL S.A.C.I.A.F. e I., Área 7 MANTELECTRICI.C.I.S.A., Área 8 LESKO S.A.C.I.F.I.A. – SICE SUCURSAL ARGENTINA (UTE) y Área9 SUTEC S.A.Que, por dicha licitación se establece que la inspección y controles pertinentes serán

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realizados a través del personal de la Dirección General de Tránsito, que sedenominará “Inspección de Obra“,Que, la Inspección de Obra fiscalizará además de la calidad de los materiales y de lamano de obra, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las demás obligacionescontractuales,Que, tendrá libre acceso sin aviso previo a las plantas centrales y depósitos delContratista,Que, conjuntamente con el Contratista y/o Representante Técnico, efectuará lasmediciones que servirán de base para la confección de los certificados de obra,Por ello, en uso de las facultades que le son propias; 

EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSITODISPONE

 Artículo 1º.- Designar a los efectos de Inspección de Obra en Licitación Privada Nº2490/2010 - Plan SL15/2010 “Plan de Mantenimiento, Obras y ActualizaciónTecnológica del Sistema de Señalización Luminosa“, en el Área 1 a la IngenieraClaudia Albornoz Ficha N° 399.118, Área 2 al señor Carlos Milovich Ficha N° 219.849,Área 3 al señor Julio Simón Ficha N° 321.563, Áreas 4 y 5 al Señor Carlos Di PasquoFicha N° 233.591, Área 6 a la Ingeniera Viviana Tello Ficha N° 439.934, Área 7 alSeñor Guillermo Majul, Área 8 al Señor Berutti Omar y Área 9 el Señor Juan CarlosLandino para la Licitación Privada Nº 2490/2010 - Plan SL15/2010 “Plan deMantenimiento, Obras y Actualización Tecnológica del Sistema de SeñalizaciónLuminosa“.Artículo 2º. - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Airescomuníquese a la Subsecretaría de Transporte y notifíquese a las empresas ROWINGS.A. – SWARCO AG – PRO SINALIZAÇAO VIARIA LTDA (UTE), TELVENT TRAFICIOY TRANSPORTE S.A. – TEYMA ABENGOA S.A. (UTE), MANTELECTRIC I.C.I.S.A.,AUTOTROL S.A.C.I.A.F. e I., AUTOTROL S.A.C.I.A.F. e I., AUTOTROL S.A.C.I.A.F. eI., MANTELECTRIC I.C.I.S.A., LESKO S.A.C.I.F.I.A. – SICE SUCURSAL ARGENTINA(UTE) y SUTEC S.A. Sigillito     

Ministerio de Hacienda      DISPOSICIÓN N.º 35/DGCYC/12 

Buenos Aires, 8 de marzo de 2012 VISTO:La Ley Nº 2.095, los Decretos N° 754/08, Nº 1145/09 y concordantes, la ResoluciónConjunta Nº 9-MHGC-MJGGC-SECLYT/11, las Resoluciones Nº 596-MHGC/11 y Nº1160-MHGC/2011, las Disposiciones Nº 115-DGCYC/11 y Nº 119-DGCYC/11, elExpediente Nº 00458386/2012, y 

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CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita el Convenio Marco de Compras para la adquisiciónde Agua Potable, en botellones de 20 litros con dispenser en comodato, y bajo lamodalidad de equipos para purificación de agua, con distribución, instalación y entregaincluida, con destino a las áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones yContrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC);Que el Convenio Marco de Compras es definido en el artículo 33 Decreto reglamentariodel Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires Nº 1.145/09como “una modalidad de contratación electrónica mediante la cual se selecciona a unoo más proveedores para procurar el suministro directo de bienes y servicios a lasUnidades Ejecutoras en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en dichoconvenio”;Que asimismo este proceso de selección de cocontratante para la celebración deConvenios Marco de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, delSistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lodispuesto por la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC-MJGGC-SECLYT/11;Que, por Disposición Nº 119-DGCyC/11 el Director General de Compras yContrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadaspor el Artículo Nº 85 de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y CondicionesGenerales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC;Que se publicó en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y CondicionesParticulares, conteniendo el detalle de productos licitados, así como las condiciones ymodalidades propias de la contratación, entre los que se cuentan requisitos técnicos delos bienes, económicos y financieros, condiciones de entrega, garantías, duración delConvenio a suscribirse, entre otras;Que, en virtud de los términos de la Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 754-08 y modificatorio Decreto Nº 232-10, el suscripto se encuentra facultado para realizarel llamado a Licitación Pública, aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares ydesignar los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas.Por ello, 

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONESDISPONE

 Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares publicado enww.buenosairescompras.gob.ar.Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública Nº 623-0010-LPU12 para el día 16 de marzode 2012 a las 13:00 horas bajo la modalidad de Convenio Marco de Compras para laadquisición de agua potable en bidones y equipos de purificación de agua, al amparode lo establecido en el artículo Nº 31 de la Ley Nº 2.095, el Decreto Reglamentario N°1145-GCBA-11, el Decreto Nº 232-GCABA-10 y la Resolución Conjunta Nº9-MHGC-MJGGC-SECLYT/11, por un monto aproximado de $760.000 (setecientossesenta mil pesos).Artículo 3º.- Desígnase a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas de laLicitación Pública, la cual estará conformada por los SeñoresMartín Stratico (D.N.I. Nº27.309.597), la Srta. Mercedes Caldwell (D.N.I. 35.635.923) y la Sra. Delia BeatrizLeguizamón (D.N.I. Nº 13.832.066).Artículo 4º.- Remítase la Orden de Publicación al Boletín Oficial de la Ciudad deBuenos Aires por el término de UN (1) día.Artículo 5º.- Publíquese y protocolícese en Buenos Aires Compras.Artículo 6º.- Regístrese y remítase a la Gerencia Operativa de Contrataciones para laprosecución de su trámite. Butera

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Ministerio de Salud      DISPOSICIÓN N.º 43/HGNPE/12 

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 VISTO:el Expediente 189514/HGNPE/2012 , la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario N°754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960) y sus modificatorios, y ; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de toallas descartable, para laDivisión Depósito ;Que obran las Solicitudes de Gastos Nº 4858 y 14327 /SIGAF/2012 debidamentevalorizadas y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2012;Que, por DI-2012-38-244-HGNPE se aprobó el Pliego de Bases y CondicionesParticulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado a LicitaciónPública Nº 176 /2012 para el día 15 de febrero de 2012 a las 11:00 hs, al amparo de loestablecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095;Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 227 /2012 se recibieron 3 ofertas de lasfirmas : VALOT S.A.; JUAN ERNESTO IBARRA y EUQUI S.A.;Que se cumplimentó el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación,del cual es fiel reflejo el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 185/2012 y por el quese preadjudicó a favor de la siguiente firma : EUQUI S.A. ( renglón: 1); siendo “ Ofertamás conveniente” ; en un todo de acuerdo al asesoramiento técnico oportunamentebrindado;Que el Dictamen de Evaluación emitido en consecuencia, fue comunicadofehaciente-mente al oferente, exhibido en cartelera de la Unidad Operativa deAdquisiciones, Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en la página deInternet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 2/02/2012, yvencido el término para efectuar impugnación, no se recibió presentación alguna en talsentidPor ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto N° 754/GCBA/2008 (B.O.C.B.A.N° 2.960/08) y lo dispuesto en el Artículo y 6º del Decreto Nº392/10; 

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE NIÑOS “ PEDRO DE ELIZALDE”EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVA,ECONÓMICA Y FINANCIERA

DISPONEN Artículo 1°.- Apruébase la Licitación Pública Nº 176/2012 realizada al amparo de loestablecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095 y adjudícase la adquisición de toallas

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descartables-división Depósito, a la firma: EUQUI S.A. (Renglón :1), por un importetotal de pesos: ciento dieciocho mil cuatrocientos noventa ( $ 118490.00), ascendiendola suma total de la Licitación Pública a un monto total de pesos: ciento dieciocho milcuatrocientos noventa ( $ 118490.00), según el siguiente detalle:Renglón 1:cant 1000 cja- unitario $ 118.49- precio total $ 118490.00 EUQUI S.A.Total pesos: ciento dieciocho mil cuatrocientos noventa ( $ 118490.00)Articulo 2º.- Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida del Presupuesto envigor.Articulo 3º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la División ComprasContrataciones de este establecimiento, por el termino de un (1) día.Articulo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires , notifíquesea las empresas oferentes.Articulo 5º - Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra cuyo Proyecto Obra enlos presentes actuados.Art.iculo 6º - Regístrese y remítase en prosecución de su tramite a la División Comprasy Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote     

Ministerio de Desarrollo Urbano      DISPOSICIÓN N.º 36/DGTALMDU/12 

Buenos Aires, 8 de marzo de 2012 VISTO:El Expediente N° 144327/12 la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su Decreto Reglamentario N°754/GCBA/2.008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960), e incorporado y CONSIDERANDO: Que, mediante el presente actuado, el Ministerio de Desarrollo Urbano solicita la“Adquisición de Vehículos”;Que, se encuentran debidamente valorizadas las Solicitudes de Gastos Nº 1.4421/12,14.450/12, 6.489/12 y 6.477/2.012, con su correspondiente afectación presupuestariacon cargo al ejercicio 2.012, la cual ha sido conformada por la repartición solicitante,que además procedió a aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y deEspecificaciones Técnicas, conforme luce en las presentes actuaciones;Que, obra el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Anexos;

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Que, por Disposición Nº 171(B.O.C.B.A. Nº 2.968) la Dirección General de Compras yContrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadaspor el Artículo Nº 85 de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y CondicionesGenerales.Que, mediante la Resolución N° 91/MDUGC/10 se constituyó como responsable de laUnidad Operativa de Adquisiciones en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Urbano, alDirector General Técnico Administrativo y Legal, conforme a la normativa vigente;Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto 754-GCBA08 reglamentario de la ley 2095/06 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), 

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVO Y LEGALDISPONE

 Articulo 1°.- Apruébese el pliego de condiciones particulares y anexos, para la presentelicitación.Articulo 2°.- Llámese a Licitación Pública Nº 416/12, dentro de los lineamientos del Art.31 de la mencionada Ley. La apertura de ofertas de la misma tendrá lugar el día 28 deMarzo de 2.012, a las 13:00 hs., a llevarse a cabo en la Unidad Operativa deAdquisiciones, dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal,Ministerio de Desarrollo Urbano, sita en C. Pellegrini 211, 9° piso, SubgerenciaOperativa de Compras Licitaciones y Suministros, para la “Adquisición de Vehículos”;con destino a el Ministerio de Desarrollo Urbano, por un monto aproximado de PESOSSETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL ($ 795.000,00).Articulo 3°.- La entrega de los pliegos será a titulo gratuito en la Subgerencia Operativade Compras Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano, sito enCarlos Pellegrini 211 9º Piso.Articulo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio de internet de la CiudadAutónoma de Buenos Aires, www.compras.buenosaires.gov.arArticulo 5°.- Regístrese, comuníquese y remítase a la Subgerencia Operativa deCompras Licitaciones y Suministros, dependiente de la Dirección General TécnicaAdministrativa y Legal, Ministerio de Desarrollo Urbano, para la prosecución de sutrámite. Cumplido archívese. Codino     

Ministerio de Desarrollo Económico      DISPOSICIÓN N.º 364/DGINC/12 

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 VISTO:los Decretos N° 1.476/GCABA/06, 724/GCABA/11, 660/GCABA/11, la Ley 4.013, y elExpediente N° 132610/2012 y CONSIDERANDO:

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 Que mediante el Decreto N° 1476/GCABA/06 se creó el Programa para el Desarrollode Industrias Culturales y Diseño, en el ámbito del Ex Ministerio de Producción,destinado a contribuir en la promoción y consolidación de las industrias culturales y dediseño de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a promover la exportación de bienesculturales;Que por medio de dicho programa se persigue, mediante el otorgamiento definanciamiento de proyectos de personas físicas, sociedades de hecho y personasjurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contribuir económica yfinancieramente a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividadesvinculadas con el desarrollo de las industrias culturales y de diseño y la exportación debienes culturales;Que el artículo 4° de la citada norma delegó en la ex Subsecretaria de IndustriasCulturales la facultad de establecer las condiciones para la presentación de losreferidos proyectos, su evaluación y otorgamiento, como así también el dictado de lascondiciones necesarias para su implementación;Que la Ley 4.013 estableció en forma expresa los objetivos y responsabilidadesprimarias de sus unidades de organización, entre ellas las del Ministerio de DesarrolloEconómico;Que por el Decreto N° 660 se aprobó la estructura orgánico funcional del PoderEjecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que, por dicha normativa, la Dirección General de Industrias Creativas, tiene comoresponsabilidades primarias, entre otras, las de diseñar y conducir las políticasreferidas al estímulo de las producciones gráficas, audiovisuales y contenidos deInternet; administrar la Comisión de Filmaciones y las acciones de promoción del sectoraudiovisual;Que el fomento y la preservación de las micro, pequeñas y medianas empresasresultan beneficiosos desde un punto de vista económico social, desde el momento enque redundan en un aumento en el empleo y en la recaudación tributaria de la ciudad,así como en la preservación de la diversidad empresaria en el rubro de baseaudiovisual de la ciudad;Que por todo lo expuesto deviene necesario aprobar una línea de subsidios para estetipo de empresas, a los fines de brindar asistencia económica y financiera a personasfísicas o jurídicas, en el marco de los objetivos fijados en la normativa vigente y en lapresente disposición, financiando proyectos de micro, pequeñas y medianas empresasde base audioviosual para participar de una misión comercial en Cannes - Francia;Que a tal fin, se concederán subsidios de hasta pesos quince mil ($ 15.000.-) porempresa a cinco (5) beneficiarios que serán seleccionadas para participar en la líneade subsidios para empresas audiovisuales denominada “Empresas de la Ciudad deBuenos Aires presentes en el Marché du Film del Festival de Cannes­Francia 2012“;Que, por el Decreto 724-GCABA-11 se designa al Lic. Enrique Avogadro como Directorde Industrias Creativas;Que la Procuración General de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires ha tomado laintervención que le compete en virtud de la Ley Nº 1.218;Que por lo expuesto precedentemente corresponde el dictado del presente actoadministrativo;Por ello, en uso de las facultades que le fueron delegadas; 

EL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVASDISPONE:

 Artículo 1° - Apruébase una línea de subsidios para empresas audiovisuales para

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participar en la misión comercial denominada “Empresas de la Ciudad de Buenos Airespresentes en el Marché du Film del Festival de Cannes ­ Francia 2012“, a realizarse enCannes, Francia entre los días 16 y el 27 del mes de Mayo de 2012, destinada afinanciar proyectos de micro, pequeñas y medianas empresas de base audiovisual,domiciliadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las que deberán cumplir con lasbases y condiciones establecidas en el Anexo N° 433294, que forma parte integrantede la presente Disposición.Articulo 2° - Los proyectos podrán ser presentados por personas físicas o jurídicas.Articulo 3° - Se concederán subsidios hasta la suma de pesos quince mil ($15.000.-)por entidad, a 5 (cinco) empresas seleccionadas que participaran en la misioncomercial denominada “Empresas de la Ciudad de Buenos Aires presentes en elMarché du Film del Festival de Cannes­ Francia“, en el mes de Mayo 2012.Articulo 4° - La Dirección Operativa Audiovisual actuará como Área Sustantiva de estalínea de subsidios. El Área Sustantiva también efectuará el control y seguimiento de losbeneficiarios, respecto de la presentación tanto de la documentación para laconvocatoria como de los gastos efectuados, mediante la respectiva rendición decuentas.Articulo 5° - Apruébase el modelo de “NOTA DE SOLICITUD“ para la presentación, quecomo Anexo II forma parte de la presente Disposición.Articulo 6°- Apruébase el modelo de “CARTA DE COMPROMISO“ a suscribir por losbeneficiarios del subsidio que como Anexo III forma parte de la presente Disposición.Artículo 7°.- Apruébase el “RESUMEN EJECUTIVO AMPLIADO“ que como Anexo IVforma parte de la presente Disposición, el cual será analizado por el Jurado deNotables para seleccionar a los beneficiarios de los subsidios.Artículo 8°.- Establécese la fecha de recepción de los pedidos de subsidios desde el 12al 27 de Marzo de 2012. Los pedidos de subsidios deben ser presentados ante la Mesade Entradas de la Dirección General de Industrias Creativas, sita en calle Algarrobo1041, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 11 a 15 hs.Articulo 9°.- El beneficiario deberá garantizar el cumplimiento de sus obligacionesconstituyendo un Seguro de Caución, por el monto del subsidio aprobado, a favor de laDirección General de Industrias Creativas, Ministerio de Desarrollo Económico,Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o de la dependencia que en elfuturo la reemplace. La póliza de caución debe ser presentada dentro del plazo deintimación y previo a la firma de la Carta Compromiso, bajo apercibimiento de tener susolicitud por desistida.Articulo 10°.- En caso de desistimiento o incumplimiento de algún beneficiario seseleccionará a la empresa subsiguiente en el orden de prelación establecido por elJurado de Notables.Articulo 11°.- El otorgamiento de los subsidios se resolverá en virtud del cumplimientode los requisitos que establece la presente Disposición, la evaluación de los aspectoseconómicos e institucionales.Artículo 12° - El gasto que demande el presente se afectará a la partida presupuestariacorrespondiente.Artículo 13° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónomade Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos pase al Ministerio deDesarrollo Económico. Cumplido, archívese. Avogadro  

ANEXO    

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público      DISPOSICIÓN N.º 44/DGTALMAEP/12 

Buenos Aires, 17 de febrero de 2012 VISTO:la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº2.095; su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08 y modificatorias; y el Expediente Nº149.545/12, y CONSIDERANDO: Que por el presente actuado tramita el “Servicio de Instalación y Puesta enfuncionamiento de Dos Pistas de Hielo para patinaje al Aire Libre”, con destino alMinisterio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires;Que por Disposición Nº 171-DGCYC/08 la Dirección General Compras yContrataciones del Ministerio de Hacienda, en su carácter de Órgano Rector, deacuerdo con lo establecido por el artículo 85 de la Ley Nº 2.095, aprobó el Pliego Únicode Bases y Condiciones Generales;Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios parahacer frente a la erogación en cuestión,Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13 del DecretoReglamentario Nº 754/08 modificado por el Decreto Nº 232/GCBA/10, 

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVO Y LEGALDEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DISPONE Artículo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego deEspecificaciones Técnicas para el “Servicio de Instalación y Puesta en funcionamientode Dos Pistas de Hielo para patinaje al Aire Libre” con destino al Ministerio deAmbiente y Espacio Público, por un monto aproximado de $2.000.000.- (PESOS DOSMILLONES).Artículo 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº 268/2012, cuya apertura se llevará a caboel día 13 de Marzo de 2012 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo31º, primer párrafo, de la Ley Nº 2.095 y sus reglamentarios.Artículo 3°.- Publíquese el llamado en el Boletin Oficial de la ciudad de Buenos Airespor el termino de 2 (dos) días y en el sitio de Internet del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires.Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y exhíbase copia de lapresente Disposición en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras yContrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministeriode Ambiente y Espacio Público. Comuníquese a la Dirección General de Compras yContrataciones del Ministerio de Hacienda. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativade Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público enprosecución del trámite. Greco  

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   DISPOSICIÓN N.º 52/DGTALMAEP/12 

Buenos Aires, 7 de marzo de 2012 VISTO:la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 2.095promulgada por el Decreto 1.772/GCBA/06; su Decreto Reglamentario Nº754/GCBA/08 y sus modificatorias; la Ley Nº 2.506 y el Decreto Nº 2.075/GCBA/07 ynormas complementarias y modificatorias; el Expediente Nº 1.095.744/2011, y; CONSIDERANDO: Que por la actuación mencionada tramita la Licitación Pública cuyo objeto es laprovisión del “Servicio de Suministro de Bidones de Agua y Purificador” con destino adiversas dependencias del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de laCiudad Autónoma de Buenos Aires;Que por Disposición Nº 176-DGTALMAEP/11, de fecha 07 de septiembre de 2011, seaprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares con su respectivo Anexo y deEspecificaciones Técnicas, y se estableció el llamado a la Licitación Pública Nº2.026/11, para el día 19 de septiembre de 2011 a las 12:00 hs, al amparo de loestablecido en el artículo 31º párrafo primero de la Ley º 2.095 de Compras yContrataciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires:Que por Resolución Nº 1.058-MAYEP/11 de fecha 13 de septiembre de 2011 seprorrogó la fecha de apertura de la licitación para el día 3 de octubre de 2011 a las12:00 hs;Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 2.675/11, se recibieron dos ofertascorrespondientes a las firmas: FISCHETTI Y CIA. S.R.L. y AKUA S.A.;Que se realizó el Cuadro Comparativo de Precios que ordena el Decreto Nº754/GCBA/08 y sus modificatorias; en el cual se cotejaron las ofertas presentadas;Que tal como surge del Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 2.420/11 las ofertaspresentadas por las firmas fueron desestimadas por la Comisión Evaluadora de Ofertasintegrada por los Sres. Pablo Coppari, Matías Martinez y Mariano Sartoris, por nopresentar ninguna la constancia de obtención de pliego conforme el Artículo Nº 103 dela Ley Nº 2.095;Que se ordenó la publicación del Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 2.420/11 en lacartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la DirecciónGeneral Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público,en Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Página Web del Gobierno de laCiudad Autónoma de Buenos Aires;Que no se recibieron impugnaciones respecto del mencionado Dictamen;Que se aconsejó declarar fracasada y dejar sin efecto la Licitación Pública Nº 2.026/11aprobada por Disposición Nº 176-DGTALMAEP/11;Que la Procuración General, en su Providencia Nº 02102037-DGRECO-2011,recomendó elaborar un informe en el que se expliciten las razones por las cuales sehabría considerado la omisión de la constancia requerida, como un requisitosubsanable, teniendo en cuenta que la Administración Activa, tendría constancias dedicha obtención y que ambas oferentes habían incurrido en la misma omisión;Que se designó una nueva Comisión Evaluadora de Ofertas por Disposición Nº

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40-DGTALMAEP/12, conformada por la Srta. María Florencia Polero y los Sres. MarioAgustín Gallo y Ezequiel Patricio Pazos Verni;Que dicha Comisión consideró que a fs. 167/168 se encuentran en el actuado lasconstancias de obtención del Pliego por parte de los oferentes previamentemencionados, en consecuencia, se solicitó documentación complementaria a las firmasAKUA S.A. y FISCHETTI S.R.L. mediante Cédulas Nº 040-DGTAL-MAYEP-2012 y41-DGTAL-MAYEP-2012;Que una vez analizada la documentación que fuera oportunamente solicitada, laComisión Evaluadora consideró que la firma AKUA S.A. da cumplimiento a losrequisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige lapresente contratación;Que en consecuencia, se emitió el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 66/2012Rectificatorio del Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 2.420/2011, sin recibirseimpugnación alguna por parte de los oferentes intervinientes en la presente Licitación;Por ello, en virtud de las competencias emanadas de la Ley Nº 2.095 y susmodificatorios; 

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGALDEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DISPONE Artículo 1°.- Apruébase la Licitación Pública Nº 2.026/2011 para la contratación delServicio de “Suministro de Bidones de Agua y Purificador de Agua,” con destino adiversas dependencias del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el artículo 31ºpárrafo primero de la Ley Nº 2.095 de Compras y Contrataciones del Gobierno de laCiudad de Buenos Aires.Artículo 2°.- Adjudíquense los renglones 1 y 2 por el monto de pesos doscientosochenta y ocho mil novecientos doce ($ 288.912,00.-).Artículo 3º.- Impútase el gasto a la partida presupuestaria del ejercicio correspondiente.Artículo 4º.- Emítase la respectiva Orden de Compra.Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Airesy en el sitio de Internet de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido gírese a la DirecciónOperativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica Administrativay Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en prosecución del trámite. Greco  

   DISPOSICIÓN N.º 53/DGTALMAEP/12 

Buenos Aires, 8 de marzo de 2012 VISTO:la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2.095promulgada por el Decreto 1.772/GCBA/06; su Decreto Reglamentario N°754/GCBA/08 y sus modificatorias; la Ley N° 4.013 y el Decreto N° 660/GCBA/11 ynormas complementarias y modificatorias; el Expediente N° 1.273.780/2011, y; CONSIDERANDO: Que por la actuación mencionada tramita la Licitación Pública cuyo objeto es la

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adquisición de Bolsones en Tela de Rafia de Polipropileno con destino a la DirecciónGeneral de Reciclado dependiente del Ministerio del Ambiente y Espacio Público;Que por Disposición N° 240-DGTALMAEP/11, de fecha 15 de Noviembre de 2011, seaprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares con su Pliego deEspecificaciones Técnicas, y se estableció el llamado a la Licitación Pública N°2.285/11, para el día 30 de noviembre de 2011 a las 12:00 hs, al amparo de loestablecido en el artículo 31° párrafo primero de la Ley N° 2.095 de Compras yContrataciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires:Que el presupuesto oficial de la presente Licitación asciende a la suma de pesos ($810.000,00);Que tal como luce en el Acta de Apertura N° 3.310/11, se recibieron dos ofertascorrespondientes a las firmas: WELLPACK S.A. y FALABELLA S.A.;Que se realizó el Cuadro Comparativo de Precios que ordena el Decreto ND754/GCBA/08 y sus modificatorios, en el cual se cotejaron las ofertas presentadas;Que tal como surge del Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 3.227/11 las ofertaspresentadas por las firmas fueron desestimadas por resultar los precios cotizados porlos mencionados oferentes no convenientes para los intereses del Gobierno de laCiudad Autónoma de Buenos Aires al amparo de lo establecido en el Art.82 de la LeyN° 2.095 Y su Decreto Reglamentario;Que se ordenó la publicación del Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 3.227/11 en laCartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la DirecciónGeneral Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público,en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Página Web del Gobierno dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires;Que no se recibieron impugnaciones respecto del mencionado Dictamen;Que en virtud de ello correspondería declarar fracasada y dejar sin efecto la LicitaciónPública N° 2.285/11 aprobada por DI N° 240-DGTALMAEP/11;Que corresponde desafectar la partida presupuestaria oportunamente imputada;Por ello, en virtud de las competencias conferidas en la Ley N° 2.095;  

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGALDEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DISPONE  Artículo 1°.- Declárese fracasada y déjese sin efecto la Licitación Pública N° 2.285/11.Artículo 2°.- Desaféctese la solicitud de gasto oportunamente emitida.Artículo 3°.- Devuélvanse las garantías ofrecidas por las empresas oferentes.Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Airesy en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Exhíbase copia de Ia presente en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras yContrataciones del a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministeriode Ambiente y Espacio Público. Comuníquese a la Dirección General de Compras yContrataciones del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Recicladodependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Greco       

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Agencia de Protección Ambiental      DISPOSICIÓN N.º 1235/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 1.356, el Decreto Nº 198/2006, y el Expediente N° 131013/2010, y;  CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de Inscripción en el Registrode Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas, segúnla Ley N° 1.356 y su Decreto Reglamentario N° 198/2006, de la empresa AJYB S.R.L.,CUIT N° 30-70795352-3, con la actividad “Construcción y reparación de buques -Clanae 3511.0“, con domicilio en la calle Inclán N° 3244 ­ PB., 1° P. y EP. (C1258AAT),Distrito de Zonificación R2b, Superficie cubierta: 1.410,31 m2;Que se encuentra agregada la Documentación prevista en la mencionada Ley y sureglamentación;Que la presentación se ajusta a la normativa citada;Que la información y documentación presentada revisten el carácter de DeclaraciónJurada;Que de acuerdo con el Informe Nº IF-2011-00990344-DGET, elaborado por la Unidadde Coordinación de Calidad Atmosférica de esta Dirección General, se concluye que enel emprendimiento en cuestión no existen fuentes fijas que puedan producir emisionesgaseosas contaminantes, por lo que corresponde extender la CONSTANCIA DEINSCRIPCIÓN DEFINITIVA prevista en el Artículo 16 del Decreto Nº198-GCABA-2006.Por ello y en orden a las facultades otorgadas por las Resoluciones Nº 5 -APRA-2008,modificada por Resoluciones N° 10-APRA-2008 y 390-APRA-2010 y la Resolución N°148-APRA-2010; 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Otórgase la Constancia de Inscripción Definitiva del Registro deGeneradores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas a nombrede la empresa AJYB S.R.L., CUIT N° 30-70795352-3, con la actividad “Construcción yreparación de buques - Clanae 3511.0“, con domicilio en la calle Inclán N° 3244 ­ PB.,1° P. y EP. (C1258AAT), Distrito de Zonificación R2b, Superficie cubierta: 1.410,31 m2.Artículo 2º.- Establécese que en caso de modificarse las condiciones declaradas a lafecha de otorgamiento de la presente, y previo a la puesta en funcionamiento de lasfuentes emisoras que se incorporen, el titular de la actividad deberá tramitar una nuevaConstancia en los términos del artículo 16 del Decreto Nº 198/2006.Artículo 3º.- Establécese que el incumplimiento de las prescripciones previstas en la

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Ley Nº 1.356 y el Decreto Nº 198/2006, dará lugar a la aplicación de las sancionesnormadas en el artículo 53 del cuerpo legal citado.Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y dela Constancia de Inscripción Definitiva correspondiente al recurrente, dejándose debidaconstancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido archívese. Alonso  

 

   DISPOSICIÓN N.º 1236/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/01, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07y el Expediente Nº 1.208.206/09, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización delproyecto: “Comercio minorista de relojería y joyería; Comercio minorista de artículospersonales y para regalos; Comercio minorista de artículos de mercería, botonería,bonetería, fantasías“; a desarrollarse en el inmueble sito en la Avenida Alvear N° 1.883y Posadas N° 1.564, 3° Piso y Entrepiso, Unidad Funcional N° 242, Local N° 39, conuna superficie de 22,89 m2, Circunscripción: 19, Sección: 11, Manzana: 85, Parcela: 1Fy 1G, Distrito de zonificación: APH30;Que la actividad a categorizar se encuentra emplazada en un Distrito de ZonificaciónAPH30 (Área Protección Histórica);Que por Disposición N° 0464/DGIUR/2010 el Director General de InterpretaciónUrbanística con fecha 10 de Mayo de 2.010, autorizó la localización de los usos:“Comercio minorista de relojería y joyería; Comercio minorista de artículos personales ypara regalos; Comercio minorista de artículos de mercería, botonería, bonetería,fantasías“, con una superficie de 22,89 m2;Que en el Informe Nº 886.164-DGET/11 de fecha 6 de Junio de 2.011, el área deevaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionadacomo de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resultamenester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352-02;Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimientode normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoriaespecial para su verificación;Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que seestablecen;Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones 10-APRA-08 y148-APRA-10, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°86

 Artículo 1º.- Categorízase el proyecto: “Comercio minorista de relojería y joyería;Comercio minorista de artículos personales y para regalos; Comercio minorista deartículos de mercería, botonería, bonetería, fantasías“; a desarrollarse en el inmueblesito en la Avenida Alvear N° 1.883 y Posadas N° 1.564, 3° Piso y Entrepiso, UnidadFuncional N° 242, Local N° 39, con una superficie de 22,89 m2, Circunscripción: 19,Sección: 11, Manzana: 85, Parcela: 1F y 1G, Distrito de zonificación: APH30; como deImpacto Ambiental Sin Relevante Efecto.Artículo 2º.-Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de María Luz Arias,titular de la actividad indicada en el Art. 1º.Artículo 3º.-Fíjense las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad:1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2) Cumplir con laLey N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las condicionescontra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación: 4) En caso decorresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendioregistrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plande Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementaciónresponsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión deResiduos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las formas yhorarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro delmarco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga dentro delmarco normativo vigente; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos queoperen con el establecimiento; 9) Implementar las medidas de mitigación necesariaspara evitar alteraciones en el tránsito, debido a las actividades de Estacionamiento yCarga y Descarga.Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 123.Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental noexime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga ydescarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código dePlaneamiento Urbano y sus modificatorias.Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de lapresente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente alrecurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación.Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y deControl. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1237/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/02, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07y el Expediente Nº 7.149/09, y 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°87

CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización delproyecto: “Industria: (ClaNAE 1721.0) Fabricación de artículos confeccionados demateriales textiles, excepto prendas de vestir; (ClaNAE 181.19) Fabricación de prendasde vestir, excepto de piel y cuero; Comercio minorista: Textiles, pieles, cueros(603.070)“; a desarrollarse en el inmueble sito en la calle Ruy Diaz de Guzman N° 638,Sótano, Planta Baja, Entrepiso, 1°, 2°, 3° Piso y Azotea, con una superficie de 970,17m2, Circunscripción: 3, Sección: 10, Manzana: 52, Parcela: 7, Distrito de zonificación:R2bI;Que en el Informe Nº 313.700-DGET/11 de fecha 11 de Marzo de 2.011, el área deevaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionadacomo de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resultamenester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352/02;Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimientode normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoriaespecial para su verificación;Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que seestablecen.Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° 5-APRA-2008modificada por Resoluciones N° 10-APRA-2008 y 390-APRA-2010, y la Resolución N°148-APRA-2010, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Categorízase el proyecto: “Industria: (ClaNAE 1721.0) Fabricación deartículos confeccionados de materiales textiles, excepto prendas de vestir; (ClaNAE181.19) Fabricación de prendas de vestir, excepto de piel y cuero; Comercio minorista:Textiles, pieles, cueros (603.070)“; a desarrollarse en el inmueble sito en la calle RuyDiaz de Guzman N° 638, Sótano, Planta Baja, Entrepiso, 1°, 2°, 3° Piso y Azotea, conuna superficie de 970,17 m2, Circunscripción: 3, Sección: 10, Manzana: 52, Parcela: 7,Distrito de zonificación: R2bI; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.Artículo 2º.-Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de DistribuidoraKabakian S.A., titular de la actividad indicada en el Art. 1º.Artículo 3º.-Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de laactividad: 1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2)Cumplir con la Ley N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con lascondiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4)En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones ContraIncendio registrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5)Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo suimplementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plande Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su producción,establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada delos residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga yDescarga dentro del predio; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículosque operen con el establecimiento; 9) Se deberá dar cumplimiento a la referencia IIIa

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para Carga y Descarga, según las exigencias establecidas en el Decreto N° 1.352/02;10) El Certificado de Aptitud Ambiental que se extiende se encuentra condicionado a lainscripción de la actividad en el Registro de Actividades Industriales; 11) Desarrollar laactividad sin realizar tareas de teñido y lavado de los productos terminados, ni ningúnotro tratamiento que involucre el manejo de sustancias que puedan generar residuosconsiderados como peligrosos según la normativa vigente en la materia; 12) En casode generar residuos peligrosos, deberá cumplir con la Ley N° 2.214 y su DecretoReglamentario N° 2.020; 13) Instalar las maquinarias en forma adecuada y a ladistancia necesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión devibraciones hacia edificios linderos; 14) Desarrollar la actividad “Comercio minorista:Textiles, pieles, cueros (603.070)“ hasta una superficie máxima de 200 m2 según loestablecido en el Decreto N° 1.352/02.Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 123.Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental noexime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga ydescarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código dePlaneamiento Urbano y sus modificatorias.Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de lapresente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente alrecurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación.Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y deControl. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1238/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/02, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07y el Expediente Nº 35.137/08, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización delproyecto: “Industria: (ClaNAE 2109.9) Fabricación de artículos de papel y cartón n.c.p.(ClaNAE 2221.0) Impresión (Imprenta y parafinado de papeles, habilitado porExpediente Nº 138175/1962)“; a desarrollarse en el inmueble sito en Virrey Liniers N°1.931/33/35/37, con una superficie de 1.414,18 m2, Circunscripción: 2, Sección: 32,Manzana: 36, Parcela: 17, Distrito de zonificación: R2bI;Que en el Informe Nº 463.833-DGET/11 de fecha 5 de abril de 2.011, el área deevaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionadacomo de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resultamenester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad; Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352/02;Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

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de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoriaespecial para su verificación; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que seestablecen.Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° 5-APRA-2008modificada por Resoluciones N° 10-APRA-2008 y 390-APRA-2010, y la Resolución N°148-APRA-2010, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.-Categorízase el proyecto: “Industria: (ClaNAE 2109.9) Fabricación deartículos de papel y cartón n.c.p. (ClaNAE 2221.0) Impresión (Imprenta y parafinado depapeles)“; a desarrollarse en el inmueble sito en Virrey Liniers N° 1.931/33/35/37, conuna superficie de 1.414,18 m2, Circunscripción: -, Sección: 32, Manzana: 36, Parcela:17, Distrito de zonificación: R2bI; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.Artículo 2º.-Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de LAPARAFINADORA ARGENTINA - JOSE CASTRO Y CIA. S.A.C. e I., titular de laactividad indicada en el Art. 1º.Artículo 3º.-Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de laactividad: 1) Cumplir con la Ley Nº 1.540 y Decreto Reglamentario Nº 740/GCBA/07; 2)Cumplir con la Ley Nº 1.356 y Decreto Reglamentario Nº 198/GCBA/2006; 3) Cumplircon las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de laEdificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra deCondiciones Contra Incendio aprobado por la Dirección General de Fiscalización deObras y Catastro; 5) Poseer Plan de Contingencias en casos de derrames de residuoso sustancias peligrosas teniendo en cuenta las recomendaciones establecidas en lasHojas de Seguridad de las Sustancias Químicas utilizadas, su implementación seráresponsabilidad exclusiva del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión deResiduos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las formas yhorarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro delmarco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga dentro delpredio, 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con elestablecimiento; 9) Implementar las medidas de mitigación necesarias para evitaralteraciones en el tránsito, debido a las actividades de Estacionamiento y Carga yDescarga; 10) Se deberá dar cumplimiento a la referencia IIIb para Carga y Descarga,según las exigencias establecidas en el Decreto N° 1.352/GCBA/02; 11) Se deberá darcumplimiento a la referencia 35a para Estacionamiento, según las exigenciasestablecidas en el Decreto N° 1.352/GCBA/02, caso de no ser posible, deberácumplimentar tal requerimiento mediante locación u otro convenio, con un garageubicado a menos de 200 metros del establecimiento; 12) Los cartuchos de impresorasy /o fotocopiadoras deberán ser devueltos al proveedor y no podrán ser dispuestoscomo residuos domiciliarios; 13) No se deberán efectuar tareas de recarga yremanufactura de cartuchos de impresión; 14) Inscribirse en el Registro deGeneradores, Operadores y Transportistas de Residuos Peligrosos en los términos yoportunidad prevista en el Art. 13 del Decreto Nº 2.020, reglamentario de la Ley N°2.214; 15) En lo ateniente a la gestión de residuos peligrosos, se deberá dar estrictocumplimiento a lo establecido en la Ley N° 2.214 y su decreto Reglamentario N°2.020/2007; 16) Mantener los residuos peligrosos en un sitio especial y señalizadohasta su retiro por transportistas autorizados; 17) Exhibir constancia de presentación

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de la documentación exigida por los Decretos N° 674/89 y N° 776/92 ante la Autoridadde Aplicación; 18) Cumplir con la Ley N° 11.843 para Control de Roedores y con lanormativa legal vigente en lo que respecta a Control de Vectores; 19) Instalar lasmaquinarias en forma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, afin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos; 20) El Certificado deAptitud Ambiental que se extiende se encuentra condicionado a la inscripción de laactividad en el Registro de Actividades Industriales.Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 123.Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental noexime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga ydescarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código dePlaneamiento Urbano y sus modificatorias.Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de lapresente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente alrecurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación.Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y deControl. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1239/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 1.356, el Decreto Nº 198/2006, y el Expediente N° 1.409.207/2010, y; CONSIDERANDO: Que, por la actuación referenciada se presenta la solicitud de Inscripción en el Registrode Generadores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas, de laempresa Frigorífico Saga S.A.I.C., CUIT Nº 30-61391727-2, titular de la actividad“Producción, procesamiento, y conservación de carnes y productos cárnicos ­ CLANAE151.1“, con domicilio en la Av. Directorio Nº 3136/40/60/90, Portela Nº 420 y José MartiNº 431, PB, 1º, 2º, 3º y 4º piso (C1406HAU), Distrito de Zonificación C3 II - R2b II,Superficie habilitada: 6.025,54 m2;Que la Unidad de Coordinación de Calidad Atmosférica emitió el Informe NºIF-2011-00985716-DGET, en donde se señala que en el emprendimiento en cuestiónno existen fuentes fijas que puedan producir emisiones gaseosas contaminantes, deconformidad con lo establecido en el Anexo II del mencionado Decreto Nº 198/2006;Que asimismo informa que se ha presentado la documentación y la MemoriaDescriptiva de conformidad con lo exigido por la reglamentación aplicable;Que dicha documentación e información revisten el carácter de declaración jurada;Que de la evaluación efectuada la Unidad de Coordinación interviniente recomienda laaprobación de la documentación presentada y el otorgamiento de la Constancia deInscripción Definitiva prevista en el Artículo 16 del Decreto Nº 198/2006.Por ello y en orden a las facultades otorgadas por las Resoluciones Nº 5 -APRA-2008,modificada por Resoluciones N° 10-APRA-2008 y 390-APRA-2010 y la Resolución N°148-APRA-2010;

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°91

 EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA

DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTALDISPONE

 Artículo 1º.- Otórgase la Constancia de Inscripción Definitiva del Registro deGeneradores de Contaminantes Atmosféricos provenientes de Fuentes Fijas a nombrede la empresa Frigorífico Saga S.A.I.C., CUIT Nº 30-61391727-2, titular de la actividad“Producción, procesamiento, y conservación de carnes y productos cárnicos ­ CLANAE151.1“, con domicilio en la Av. Directorio Nº 3136/40/60/90, Portela Nº 420 y José MartiNº 431, PB, 1º, 2º, 3º y 4º piso (C1406HAU), Distrito de Zonificación C3 II ­ R2b II,Superficie a habilitar: 6.025,54 m2.Artículo 2º.- Establécese que en caso de modificarse las condiciones declaradas a lafecha de otorgamiento de la presente, y previo a la puesta en funcionamiento de la/sfuentes emisoras que se incorporen, el titular de la actividad deberá tramitar una nuevaConstancia en los términos del artículo 16 del Decreto Nº 198/2006.Artículo 3º.- Establécese que el incumplimiento de las prescripciones previstas en laLey Nº 1.356 y el Decreto Nº 198/2006, dará lugar a la aplicación de las sancionesnormadas en el artículo 53 del cuerpo legal citado.Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y dela Constancia de Inscripción Definitiva correspondiente al recurrente, dejándose debidaconstancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la DirecciónGeneral de Control. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1240/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/01, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07y el Expediente Nº 1.577.004/10, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización delproyecto: “Comercio minorista: de productos alimenticios en general (601.000); deproductos alimenticios envasados (601.005); de bebidas en general envasadas(601.010); de helados (sin elaboración) (601.050)“; a desarrollarse en el inmueble sitoen la Avenida Rivera Indarte Nº 87, Planta Baja, Entrepiso y 1° piso, Unidad FuncionalN° 3, con una superficie de 88,44 m2, Circunscripción: 5, Sección: 48, Manzana: 109D,Parcela: 17C, Distrito de zonificación: APH15;Que la actividad a categorizar se encuentra emplazada en un Distrito de ZonificaciónAPH15 (Área Protección Histórica);Que por Disposición N° 125/DGIUR/2009 el Director General de InterpretaciónUrbanística con fecha 2 de Febrero de 2.009, autorizó la localización de los usos:“Comercio minorista: productos alimenticios en general; productos alimenticiosenvasados; bebidas en general envasadas; helados sin elaboración“, con unasuperficie de 88,44 m2;

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°92

Que en el Informe Nº 948.393-DGET/11 de fecha 14 de Junio de 2.011, el área deevaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionadacomo de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resultamenester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352-02;Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimientode normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoriaespecial para su verificación;Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que seestablecen;Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones 10-APRA-08 y148-APRA-10, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Categorízase el proyecto: “Comercio minorista: de productos alimenticiosen general (601.000); de productos alimenticios envasados (601.005); de bebidas engeneral envasadas (601.010); de helados (sin elaboración) (601.050)“; a desarrollarseen el inmueble sito en la Avenida Rivera Indarte Nº 87, Planta Baja, Entrepiso y 1° piso,Unidad Funcional N° 3, con una superficie de 88,44 m2, Circunscripción: 5, Sección:48, Manzana: 109D, Parcela: 17C, Distrito de zonificación: APH15; como de ImpactoAmbiental Sin Relevante Efecto.Artículo 2º.-Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de María ElenaGasulla, titular de la actividad indicada en el Art. 1º.Artículo 3º.-Fíjense las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad:1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2) Cumplir con laLey N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las condicionescontra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación: 4) En caso decorresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendioregistrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plande Contingencia para casos de incendio, firmado por profesional idóneo, siendo suimplementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plande Gestión de Residuos Sólidos que contemple minimizar su producción y establezcalas formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de losresiduos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Cumplir con la Ley N°11.843 para Control de Roedores y con la normativa legal vigente en lo que respecta aControl de Vectores; 8) Realizar la Carga y Descarga dentro del marco normativovigente; 9) Evitar el Estacionamiento en doble fila sobre la vía pública de los vehículosque operen con el establecimiento.Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 123.Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental noexime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga ydescarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código dePlaneamiento Urbano y sus modificatorias.Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la

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presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente alrecurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación.Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y deControl. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1241/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/01, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07y el Expediente Nº 1.241.558/10, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización delproyecto: “Oficina Comercial (604.010)“; a desarrollarse en el inmueble sito en laAvenida Rivadavia Nº 620, 7° Piso, Unidad Funcional N° 97, con una superficie de548,69 m2, Circunscripción: 13, Sección: 2, Manzana: 27, Parcela: 1, Distrito dezonificación: APH1;Que la actividad a categorizar se encuentra emplazada en un Distrito de ZonificaciónAPH1 (Área Protección Histórica);Que por Disposición N° 876/DGIUR/2009 el Director General de InterpretaciónUrbanística con fecha 23 de Diciembre de 2.009, autorizó la localización de los usos:“Oficina Comercial“, con una superficie de 548,69 m2;Que en el Informe Nº 965.675-DGET/11 de fecha 15 de Junio de 2.011, el área deevaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionadacomo de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resultamenester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352-02;Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimientode normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoriaespecial para su verificación;Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que seestablecen;Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones 10-APRA-08 y148-APRA-10, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Categorízase el proyecto: “Oficina Comercial (604.010)“; a desarrollarse enel inmueble sito en la Avenida Rivadavia Nº 620, 7° Piso, Unidad Funcional N° 97, conuna superficie de 548,69 m2, Circunscripción: 13, Sección: 2, Manzana: 27, Parcela: 1,Distrito de zonificación: APH1; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.

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Artículo 2º.-Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Tecno AccionS.A., titular de la actividad indicada en el Art. 1º.Artículo 3º.-Fíjense las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad:1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2) Cumplir con laLey N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las condicionescontra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación: 4) En caso decorresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendioregistrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plande Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementaciónresponsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión deResiduos Sólidos que contemple minimizar su producción y establezca las formas yhorarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro delmarco normativo vigente en la materia; 7) Cumplir con la Ley N° 11.843 para Controlde Roedores y con la normativa legal vigente en lo que respecta a Control de Vectores.Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 123.Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental noexime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga ydescarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código dePlaneamiento Urbano y sus modificatorias.Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de lapresente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente alrecurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación.Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y deControl. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1242/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/02, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07y el Expediente Nº 1.323.220/09, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización delproyecto: “Industria: (ClaNAE 509.613) Mantenimiento y reparación del motor n.c.p.,mecánica integral“; a desarrollarse en el inmueble sito en José Pascual Tamborini N°4.163, Planta Baja, con una superficie de 118,33 m2, Circunscripción: 16, Sección: 53,Manzana: 108, Parcela: 19, Distrito de zonificación: R2b;Que en el Informe Nº 606.287-DGET/11 de fecha 27 de abril de 2.011, el área deevaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionadacomo de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resultamenester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°95

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352/02;Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimientode normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoriaespecial para su verificación; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que seestablecen.Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° 5-APRA-2008modificada por Resoluciones N° 10-APRA-2008 y 390-APRA-2010, y la Resolución N°148-APRA-2010, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.-Categorízase el proyecto: “Industria: (ClaNAE 509.613) Mantenimiento yreparación del motor n.c.p., mecánica integral“; a desarrollarse en el inmueble sito enJosé Pascual Tamborini N° 4.163, Planta Baja, con una superficie de 118,33 m2,Circunscripción: 16, Sección: 53, Manzana: 108, Parcela: 19, Distrito de zonificación:R2b; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.Artículo 2º.-Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Hugo OrlandoESQUIVEL, titular de la actividad indicada en el Art. 1º.Artículo 3º.-Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de laactividad: 1) Cumplir con la Ley Nº 1.540 y Decreto Reglamentario Nº 740/GCBA/07; 2)Cumplir con la Ley Nº 1356 y Decreto Reglamentario N° 198/GCBA/2006; 3) Cumplircon las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de laEdificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra deCondiciones Contra Incendio registrado por la Dirección General de Registro de Obrasy Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendosu implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer unPlan de Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su generación,establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada delos residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga yDescarga dentro del marco normativo vigente; 8) Evitar el estacionamiento en doble filade los vehículos que operen con el establecimiento; 9) El Certificado de AptitudAmbiental que se extiende se encuentra condicionado a la inscripción de la actividaden el Registro de Actividades Industriales; 10) Inscribirse en el Registro deGeneradores, Operadores y Transportistas de Residuos Peligrosos en los términos yoportunidad prevista en el Art 13 del Decreto Nº 2.020 (B.O. Nº 2831), reglamentario dela Ley N° 2.214; 11) No realizar tareas de pintura, rectificación ni lavado de vehículos,tanto en el establecimiento como en la vía pública; 12) Instalar las maquinarias enforma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar latransmisión de vibraciones hacia edificios linderos, 13) Cumplir con la Ley N° 11.843para Control de Roedores y con la normativa legal vigente en lo que respecta a Controlde Vectores; 14) Se deberá dar cumplimiento a la referencia 35b para Estacionamiento,según las exigencias establecidas en el Decreto N° 1.352/GCBA/02, 15) No desarrollartareas propias de la actividad sobre vehículos estacionados en la vía pública; 16)Cumplir con lo establecido por la Ley Nº 3039/09 del Código de la Edificación, queestablece: “La superficie mínima del local no será inferior a 100 m2 para el desarrollode la actividad específica, con exclusión de las oficinas administrativas de la actividad,de los servicios sanitarios, los locales de venta y/o cualquier otro local o actividadcomplementaria o compatible; 17) Deberá operar con puertas y portones de acceso

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cerrados; 18) Exhibir constancia de inscripción en el Registro de Actividadescatalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC); 19)Los niveles sonoros continuos equivalentes generados en el interior del local nodeberán superar los 82 dBA; 20) En caso de denuncia por ruidos molestos,comprobada fehacientemente por el organismo de control, se deberán presentarnuevas mediciones ante la Autoridad de Aplicación; 21) Presentar mediciones del nivelsonoro continuo equivalente generado por el funcionamiento de la actividad, deacuerdo a los procedimientos establecidos en los Anexos IV y V del Decreto Nº740-GCBA-07, para la renovación del presente Certificado; 22) Instalar las maquinariasy/o equipos en forma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, afin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos; 23) En relación a lasconstrucciones linderas al establecimiento, el responsable deberá tomar lasprecauciones necesarias para que no se superen los valores de inmisión permitidos.Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 123.Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental noexime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga ydescarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código dePlaneamiento Urbano y sus modificatorias.Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de lapresente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente alrecurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación.Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y deControl. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1243/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La ley N° 1.540 y el decreto reglamentario N° 740/07 y el Expediente N° 1.323.220/09,y CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación se tramita la inscripción en el Registro de actividadescatalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones, previsto enel Art. 16 de la Ley N° 1.540, a nombre de Hugo Orlando ESQUIVEL, titular de laactividad: “Industria: (ClaNAE 509.613) Mantenimiento y reparación del motor n.c.p.,mecánica integral“; a desarrollarse en el inmueble sito en José Pascual Tamborini N°4.163, Planta Baja, con una superficie de 118,33 m2, Circunscripción: 16, Sección: 53,Manzana: 108, Parcela: 19, Distrito de zonificación: R2b;Que conforme lo dispuesto en el Decreto N° 740/07, reglamentario de la Ley N° 1.540,el rubro referenciado se encuentra catalogado como potencialmente contaminante porruidos y vibraciones, en la enumeración del Anexo IX, con un nivel de referencia de 90dBA;Que de los antecedentes analizados se desprende que el emprendimiento encuadra enel Anexo IX del Decreto Reglamentario N° 740/07, Art. 15° apartado b.1) Actividades

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fijas catalogadas nuevas alcanzadas por la Ley N° 123 y sus modificatorias, que noposean Certificado de Aptitud Ambiental;Que por Informe N° 10.851-DGET/10 la Unidad de Coordinación de Impacto Acústicode esta Dirección General, efectuó el análisis de la documentación presentada y delinforme antes mencionado, elaborado conforme los lineamientos del Art. 14 del AnexoIX del Decreto citado;Que del IEIA presentado surge que el Distrito de Zonificación R2b en el cual se hallaemplazado el local de marras, corresponde a un área de sensibilidad acústica enambiente exterior (ASAE) del tipo IV, conforme al Anexo II del referido Decreto;Que en dicha ASAE el nivel de emisión al exterior no debe superar los 65 dBA, para elperíodo diurno, mientras que el LMP para el período nocturno adopta un valor de 50dBA;Que de acuerdo a lo declarado la actividad se desarrollará exclusivamente durante elperíodo diurno;Que los niveles sonoros registrados al interior del local en situación de plena actividady con la misma detenida, según lo indicado en el ANEXO V del Decreto Nº740-GCBA/07, presentaron un valor que se ubica muy por debajo del nivel dereferencia asociado a la actividad;Que los resultados de las mediciones en ambiente exterior con la actividad enfuncionamiento y la misma detenida y, aplicando el procedimiento de medición indicadoen el ANEXO IV del Decreto Nº 740-GCBA/07 reglamentario de la Ley Nº 1540,presentaron niveles sonoros que se ubican entorno del Limite Máximo Permisible y seevidencia el enmascaramiento de los niveles sonoros registrados en ambiente exteriordurante el desarrollo de la actividad con aquellos niveles sonoros propios del ruido defondo del entorno comprometido;Que el nivel sonoro continuo equivalente en el interior del establecimiento no deberíasuperar los 82 dBA a fin de que el valor de emisión al ambiente exterior no supere elLímite máximo permisible LMP de 65 dBA;Que el profesional interviniente, como los equipos utilizados en las mediciones,cumplen con lo establecido en el Decreto N° 740-GCABA/07 y la Resolución N°44-APRA/08;Que como conclusión se señala que el funcionamiento de la actividad, en la intensidadregistrada en terreno y con la mencionada limitación en el nivel de presión sonora, noocasionará un impacto significativo al medio ambiente de acuerdo a las normasvigentes.Por ello en virtud de las facultades conferidas por las Resoluciones N° 10-APRA/2008,N° 377-APRA/2009 y N° 148-APRA/2010, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1°.-Inscríbese en el Registro de actividades catalogadas como potencialmentecontaminantes por ruidos y vibraciones a nombre de Hugo Orlando ESQUIVEL, titularde la actividad: “Industria: (ClaNAE 509.613) Mantenimiento y reparación del motorn.c.p., mecánica integral“; a desarrollarse en el inmueble sito en José PascualTamborini N° 4.163, Planta Baja, con una superficie de 118,33 m2, Circunscripción: 16,Sección: 53, Manzana: 108, Parcela: 19, Distrito de zonificación: R2b.Artículo 2°.-Déjase constancia que la inscripción citada en el artículo precedente seotorga teniendo en cuenta los siguientes parámetros: ASAE: Tipo II; LMP: 65 dBAdiurno y 50 dBA nocturno; Nivel de Referencia: 90 dBA. Leq interno autorizado: 82dBA; Registro declarados: LINT: 74,1 dBA (en el centro del taller), 77,6 dBA (prox acompresor); LM: 66,6 dBA (promedio en ambiente exterior); LF: 65,4 dBA (promedio en

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°98

ambiente exterior). Artículo 3°.-Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de laactividad: 1) Deberá operar con puertas y portones de acceso cerrados; 2) Los nivelessonoros continuos equivalentes generados en el interior del local no deberán superarlos 82 dBA; 3) En caso de denuncia por ruidos molestos, comprobada fehacientementepor el organismo de control, se deberán presentar nuevas mediciones ante la Autoridadde Aplicación; 4) Presentar mediciones del nivel sonoro continuo equivalente generadopor el funcionamiento de la actividad, de acuerdo a los procedimientos establecidos enlos Anexos IV y V del Decreto Nº 740-GCBA-07, para la renovación del presenteCertificado; 5) Instalar las maquinarias y/o equipos en forma adecuada y a la distancianecesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones haciaedificios linderos; 6) En relación a las construcciones linderas al establecimiento, elresponsable deberá tomar las precauciones necesarias para que no se superen losvalores de inmisión permitidos.Artículo 4°.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyN° 1.540.Artículo 5°.-Regístrese. Notifíquese al interesado a quien deberá otorgar copia de lapresente Disposición, en la que se insertará el número de registro otorgado, dejándosedebida constancia de ello en el cuerpo de la actuación y para su conocimiento y demásefectos pase a la Dirección General de Control. Cumplido, archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1244/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/02, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07y el Expediente Nº 930.991/11, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización delproyecto: “Industria: Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática(502.523) (ClaNAE 3000.0); Fabricación de tubos, válvulas y otros componenteselectrónicos (502.851) (ClaNAE 3210.0); Armado y/o reparación de calculadoras ycomputadoras eléctricas, analógicas y digitales (502.342) (ClaNAE 7250.0)“; adesarrollarse en el inmueble sito en la calle Uspallata N° 2.772/68/66, Planta Baja, 1° y2° Piso, con una superficie de 2.076,59 m2, Circunscripción: 2, Sección: 24, Manzana:37, Parcela: 10a, Distrito de zonificación: R2bII;Que en el Informe Nº 1.072.022-DGET/11 de fecha 30 de Junio de 2.011, el área deevaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionadacomo de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resultamenester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352/02;Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimientode normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

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Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoriaespecial para su verificación;Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que seestablecen.Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° 5-APRA-2008modificada por Resoluciones N° 10-APRA-2008 y 390-APRA-2010, y la Resolución N°148-APRA-2010, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Categorízase el proyecto: “Industria: Fabricación de maquinaria de oficina,contabilidad e informática (502.523) (ClaNAE 3000.0); Fabricación de tubos, válvulas yotros componentes electrónicos (502.851) (ClaNAE 3210.0); Armado y/o reparación decalculadoras y computadoras eléctricas, analógicas y digitales (502.342) (ClaNAE7250.0)“; a desarrollarse en el inmueble sito en la calle Uspallata N° 2.772/68/66,Planta Baja, 1° y 2° Piso, con una superficie de 2.076,59 m2, Circunscripción: 2,Sección: 24, Manzana: 37, Parcela: 10a, Distrito de zonificación: R2bII; como deImpacto Ambiental Sin Relevante Efecto.Artículo 2º.-Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de NovatechSolutions S.A. Y Soluciones Integrales Corporativas S.A., titular de la actividad indicadaen el Art. 1º.Artículo 3º.-Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de laactividad: 1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2)Cumplir con la Ley N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con lascondiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4)Exhibir un Plan de Contingencia para casos de incendio, firmado por profesionalidóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 5)Exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por laDirección General de Registro de Obras y Catastro; 6) Poseer un Plan de Gestión deResiduos Sólidos que contemple minimizar su producción y establezca las formas yhorarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro delmarco normativo vigente en la materia; 7) Inscribirse en el registro de generadores,operadores y transportistas de Residuos Peligrosos, en los términos y oportunidadprevista en el Artículo 13 del Decreto N° 2.020; 8) Realizar la Carga y Descarga dentrodel predio; 9) Evitar el estacionamiento en doble fila sobre la vía pública de losvehículos que operen con el establecimiento; 10) Se deberá dar cumplimiento a lareferencia 35a para Estacionamiento, según las exigencias establecidas en laResolución N° 254/MMAGC/07, en caso de no ser posible, deberá cumplimentar talrequerimiento mediante locación u otro convenio, con un garage ubicado a menos de200 metros del establecimiento; 11) Se deberá dar cumplimiento a la referencia IIIapara Carga y Descarga, según las exigencias establecidas en la Resolución N°254/MMAGC/07; 12) Contar con registros del control regular y mantenimientopreventivo de los aparatos sometidos a presión, del equipamientotermo-electromecánico utilizado, a fin de posibilitar su adecuada operatividad, losmismos podrán ser requeridos oportunamente por la Autoridad de Aplicación, o por losorganismos con competencia en fiscalización y control del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires; 13) El Certificado de Aptitud Ambiental que se extiende seencuentra condicionado a la inscripción de la actividad en el Registro de ActividadesIndustriales.Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°100

anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 123.Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental noexime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga ydescarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código dePlaneamiento Urbano y sus modificatorias.Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de lapresente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente alrecurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación.Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y deControl. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1245/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/02, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07y el Expediente Nº 870.903/11, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización delproyecto: “Industria: Fabricación de Instrumentos de Optica y Equipo Fotográfico(502.908); Servicios Terciarios: Oficinas Comerciales (604.010)“; a desarrollarse en elinmueble sito en la calle Tuyutí N° 6.668/72/76 y Lisandro de la Torre N° 528/30/32,Planta Baja, Subsuelo y 1° Piso, con una superficie de 1.579,05 m2, Circunscripción: 1,Sección: 72, Manzana: 110, Parcela: 009a y 016, Distrito de zonificación: R2bI y C3II;Que en el Informe Nº 1.071.935-DGET/11 de fecha 30 de Junio de 2.011, el área deevaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionadacomo de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resultamenester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352/02;Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimientode normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoriaespecial para su verificación;Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que seestablecen.Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° 5-APRA-2008modificada por Resoluciones N° 10-APRA-2008 y 390-APRA-2010, y la Resolución N°148-APRA-2010, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°101

 Artículo 1º.- Categorízase el proyecto: “Industria: Fabricación de Instrumentos deOptica y Equipo Fotográfico (502.908); Servicios Terciarios: Oficinas Comerciales(604.010)“; a desarrollarse en el inmueble sito en la calle Tuyutí N° 6.668/72/76 yLisandro de la Torre N° 528/30/32, Planta Baja, Subsuelo y 1° Piso, con una superficiede 1.579,05 m2, Circunscripción: 1, Sección: 72, Manzana: 110, Parcela: 009a y 016,Distrito de zonificación: R2bI y C3II; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.Artículo 2º.-Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Optovisión S.A.,titular de la actividad indicada en el Art. 1º.Artículo 3º.-Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de laactividad: 1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2)Cumplir con la Ley N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con lascondiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4)Exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por laDirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia,firmado por profesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta deltitular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos que contempleminimizar su producción, establezca las formas y horarios de disposición transitoria yrecolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en lamateria; 7) Dar cumplimiento a la referencia IIIa para Carga y Descarga, según lasexigencias establecidas en la Resolución N° 254/MMAGC/07; 8) Evitar elestacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con el establecimiento; 9)Dar cumplimiento a las referencias 35a y 31 para Estacionamiento, según lasexigencias establecidas en la Resolución N° 254/MMAGC/07 y el Decreto N° 1.352/02,en caso de no ser posible deberá cumplimentar tal requerimiento mediante locación uotro convenio, con un garage ubicado a menos de 200 metros del establecimiento; 10)Realizar la Carga y Descarga dentro del predio; 11) Inscribirse en el Registro deGeneradores, Operadores y Transportistas de Residuos Peligrosos, en los términos yoportunidad prevista en el Art. 13 del Decreto N° 2.020; 12) El Certificado de AptitudAmbiental que se extiende se encuentra condicionado a la inscripción de la actividaden el Registro de Actividades Industriales.Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 123.Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental noexime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga ydescarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código dePlaneamiento Urbano y sus modificatorias.Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de lapresente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente alrecurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación.Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y deControl. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1246/DGET/11

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley N° 154, su Decreto Reglamentario N° 1886/01, su Decreto Modificatorio N°

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706/05, y el Expediente N° 701.830/11 e inc. Registro N° 203-DGPyEA-06, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de Inscripción en el Registrode Generadores, Transportistas y Operadores según la Ley N° 154, su DecretoReglamentario N° 1886/01 y su Decreto Modificatorio N° 706/05 de la firma Pet & CarS.A., titular de la actividad “Centro Médico u Odontológico“, con domicilio en la calleArenales 1611, 3° Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en calidad deGenerador de Residuos Patogénicos;Que se encuentra agregada la Declaración Jurada prevista en la citada Ley y sureglamentación y demás documentación requerida;Que según se desprende del Informe Técnico Nº 596.140-DGET-11 elaborado por laUnidad de Coordinación de Residuos Patogénicos y Peligrosos de esta DirecciónGeneral, la presentación se ajusta a la normativa citada;Que asimismo, y con la finalidad de adecuar las exigencias en cuanto a la gestión delos residuos patogénicos dentro del establecimiento, resulta menester establecerrequerimientos a cumplir para el desarrollo de la actividad;Que conforme lo normado en el Artículo 7° del Decreto N° 706/05 se consideraráncomo pequeños generadores a aquellos que generen menos de 10 Kg/día, como asítambién a todo aquel que, por las características del servicio que brinda, la Autoridadde Aplicación, por acto administrativo fundado lo determine como tal;Que en mérito a la documentación e informes presentados, y a las características de laactividad, el área técnica considera al establecimiento como pequeño generador;Que por su parte, Artículo 23 del Decreto N° 1886/01 faculta a la Autoridad deAplicación a aprobar cualquier otro sistema de disposición transitoria de residuosdentro del establecimiento generador;Que dadas las características de la actividad corresponde autorizar el acopio en lascondiciones declaradas;Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones que se establecen.Por ello y en orden a las facultades otorgadas por las Resoluciones Nº 5-APRA-2008modificada por Resoluciones N° 10-APRA-08 y 390-APRA-2010, y la Resolución N°148-APRA-2010, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental como Generador de ResiduosPatogénicos a la firma Pet & Car S.A., titular de la actividad “Centro Médico uOdontológico“, con domicilio en la calle Arenales 1611, 3° Piso, de esta Ciudad.Artículo 2º.- El Certificado de Aptitud Ambiental tiene validez por dos (2) años a partirde la Fecha de Emisión.Artículo 3º.- Encuádrase al establecimiento propiedad de la firma Pet & Car S.A., en lafigura de Pequeño Generador prevista en el Artículo 7° del Decreto N° 706/05.Artículo 4º.- Apruébanse las condiciones a cumplir por el titular nombrado en el Artículo1° fijadas con el objeto de evitar, minimizar o mitigar los potenciales impactos negativosde la actividad y, que se detallan a continuación: a) Deberá exhibir documentaciónvigente, debiendo tramitar su renovación con suficiente antelación. b) Deberá solicitarla renovación del Certificado de Aptitud Ambiental de la Ley N° 123 dentro del plazo de30 días. c) En los casos en que se realice transporte interjurisdiccional, utilizar el

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Manifiesto expedido por la Autoridad Nacional. d) Mantener vigente y actualizado elcontrato con el transportista/operador de residuos patogénicos. e) Cumplir con loestablecido en el Anexo VII del Decreto 706/05.Artículo 5º.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones establecidas en elArtículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones contempladas enel Artículo 42 de la Ley Nº 154.Artículo 6º.- Establécese que los datos incluidos en la Declaración Jurada deben seractualizados en el plazo de renovación del Certificado de Aptitud Ambiental. En el casoque durante el plazo de vigencia del Certificado existieran modificaciones en losrequisitos establecidos en el Artículo 13° de la Ley N° 154, las mismas deberánnotificarse en un plazo no mayor de treinta (30) días corridos de producirse. El nocumplimiento de la actualización y vencido el plazo fijado, dará lugar a la aplicación delas medidas contempladas en el Artículo 42 de la Ley Nº 154.Artículo 7º.- Establécese que la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental serealizará dentro de los treinta (30) días anteriores a su vencimiento, mediante lapresentación de una declaración jurada donde se indique si continúa realizando suactividad en las mismas condiciones o si realizó modificaciones.Artículo 8º.- Regístrese, notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y delCertificado de Aptitud Ambiental correspondiente al recurrente, dejándose debidaconstancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la DirecciónGeneral de Control. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1247/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/GCABA/01, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07y el Expediente Nº 24.696/06, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización delproyecto: “Estructura soporte antena (tipo pedestal y tipo mástil)“, a desarrollarse en elinmueble sito en la Avenida Luis María Campos N° 398/700/800, Circunscripción: 17,Sección: 23, Manzana: 8, Parcela: fracción D, Distrito de zonificación: E4;Que en el Informe Nº 5080-DGET/10 de fecha 14 de Junio de 2010, el área deevaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionadacomo de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resultamenester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352-GCBA-02;Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimientode normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoriaespecial para su verificación;Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se

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establecen.Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° 5-APRA-2008modificada por Resoluciones N° 10-APRA-2008 y 390-APRA-2010, y la Resolución N°148-APRA-2010, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACION TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Categorízase el proyecto:“Estructura soporte antena (tipo pedestal y tipomástil)“, a desarrollarse en el inmueble sito en la Avenida Luis María Campos; N°398/700/800, Circunscripción: 17, Sección: 23, Manzana: 8, Parcela: fracción D, Distritode zonificación: E4,como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.Artículo 2º.-Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de “Compañía deRadiocomunicaciones Móviles S.A.“, titular de la actividad indicada en el Art.1º.Artículo 3º.-Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de laactividad: 1) Cumplir con las condiciones contra incendio y medios de salida, según elcódigo de edificación; 2) Exhibir un Plan de Contingencia firmado por profesionalidóneo siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 3)Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/GCBA/07; 4) Los equiposauxiliares que se instalen deberán contar con el aislamiento necesario para evitar latrascendencia de ruidos y vibraciones al ambiente interior; 5) Poseer un plan de gestiónde Residuos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las,formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los ruidosdentro del marco normativo vigente en la materia; 6) Contar con mediciones anuales deradiaciones no Ionizantes según lo estipulado en el Plan de Monitoreo y presentar susresultados ante la Autoridad de Aplicación; 7) Evitar el acceso de personas donde seencuentren los equipos de comunicaciones y los soportes de antenas de comunicación;8) Gestionar los residuos derivados de las baterías en desuso como residuospeligrosos, en caso de corresponder 9) Deberá contar con documentación fehacienteque demuestre la gestión ambientalmente adecuada de los acumuladores de energíaeléctrica.Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 123.Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental noexime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga ydescarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código dePlaneamiento Urbano y sus modificatorias.Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de lapresente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente alrecurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación.Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y deControl. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1248/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/01, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº

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123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07y el Expediente Nº 1.577.004/10, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización delproyecto: “Comercio minorista: de productos alimenticios en general (601.000); deproductos alimenticios envasados (601.005); de bebidas en general envasadas(601.010); de helados (sin elaboración) (601.050)“; a desarrollarse en el inmueble sitoen la Avenida Rivera Indarte Nº 87, Planta Baja, Entrepiso, 1° piso, Unidad FuncionalN° 3, con una superficie de 88,44 m2, Circunscripción: 5, Sección: 48, Manzana: 109D,Parcela: 17C, Distrito de zonificación: APH15;Que la actividad a categorizar se encuentra emplazada en un Distrito de ZonificaciónAPH15 (Área Protección Histórica);Que por Disposición N° 125/DGIUR/2009 el Director General de InterpretaciónUrbanística con fecha 2 de Febrero de 2.009, autorizó la localización de los usos:“Comercio minorista: productos alimenticios en general; productos alimenticiosenvasados; bebidas en general envasadas; helados sin elaboración“, con unasuperficie de 88,44 m2;Que en el Informe Nº 948.393-DGET/11 de fecha 14 de Junio de 2.011, el área deevaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionadacomo de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resultamenester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352-02;Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimientode normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoriaespecial para su verificación;Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que seestablecen;Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones 10-APRA-08 y148-APRA-10, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Categorízase el proyecto: “Comercio minorista: de productos alimenticiosen general (601.000); de productos alimenticios envasados (601.005); de bebidas engeneral envasadas (601.010); de helados (sin elaboración) (601.050)“; a desarrollarseen el inmueble sito en la Avenida Rivera Indarte Nº 87, Planta Baja, Entrepiso, 1° piso,Unidad Funcional N° 3, con una superficie de 88,44 m2, Circunscripción: 5, Sección:48, Manzana: 109D, Parcela: 17C, Distrito de zonificación: APH15; como de ImpactoAmbiental Sin Relevante Efecto.Artículo 2º.-Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de María ElenaGasulla, titular de la actividad indicada en el Art. 1º.Artículo 3º.-Fíjense las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad:1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2) Cumplir con laLey N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las condiciones

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°106

contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación: 4) En caso decorresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendioregistrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plande Contingencia para casos de incendio, firmado por profesional idóneo, siendo suimplementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plande Gestión de Residuos Sólidos que contemple minimizar su producción y establezcalas formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de losresiduos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Cumplir con la Ley N°11.843 para Control de Roedores y con la normativa legal vigente en lo que respecta aControl de Vectores; 8) Realizar la Carga y Descarga dentro del marco normativovigente; 9) Evitar el Estacionamiento en doble fila sobre la vía pública de los vehículosque operen con el establecimiento.Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 123.Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental noexime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga ydescarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código dePlaneamiento Urbano y sus modificatorias.Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de lapresente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente alrecurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación.Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y deControl. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1249/DGET/11 

Buenos Aires, 1 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/02, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07y el Expediente Nº 285.574/11, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización delproyecto: “Establecimientos de Sanidad: Centro Médico u Odontológico (700.190)“; adesarrollarse en el inmueble sito en la Avenida Rivadavia N° 2.464, Planta Baja, 1°Piso y Subsuelo, Unidad Funcional N° 1, con una superficie de 238 m2,Circunscripción: 10, Sección: 20, Manzana: 30, Parcela: 4, Distrito de zonificación: C3I;Que en el Informe Nº 1.074.714-DGET/11 de fecha 1 de Julio de 2.011, el área deevaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionadacomo de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resultamenester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352/02;Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimientode normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°107

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoriaespecial para su verificación;Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que seestablecen.Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° 5-APRA-2008modificada por Resoluciones N° 10-APRA-2008 y 390-APRA-2010, y la Resolución N°148-APRA-2010, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Categorízase el proyecto: “Establecimientos de Sanidad: Centro Médico uOdontológico (700.190)“; a desarrollarse en el inmueble sito en la Avenida RivadaviaN° 2.464, Planta Baja, 1° Piso y Subsuelo, Unidad Funcional N° 1, con una superficiede 238 m2, Circunscripción: 10, Sección: 20, Manzana: 30, Parcela: 4, Distrito dezonificación: C3I; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.Artículo 2º.-Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de PrestacionesOdontológicas Buenos Aires S.R.L., titular de la actividad indicada en el Art. 1º.Artículo 3º.-Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de laactividad: 1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2)Cumplir con la Ley N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con lascondiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4)Exhibir un Plan de Contingencia para casos de incendio, firmado por profesionalidóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 5)En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones ContraIncendio registrado por la DGROC; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos sólidosque contemple minimizar su producción y establezca las formas y horarios dedisposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del marconormativo vigente en la materia; 7) Exhibir Certificado de Aptitud Ambiental comoGenerador de Residuos Patogénicos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley N°154 / D.R.N° 1886/01) y constancia de que el transporte y tratamiento de sus residuospatogénicos es efectuado por empresas habilitadas para tales fines; 8) En lo atinente aResiduos Peligrosos, deberá ajustarse estrictamente a las prescripciones impuestaspor la Ley N° 2.214 y Decreto Reglamentario N° 2.020/07; 9) Inscribirse en el Registrode Generadores, Operadores y Transportistas de Residuos Peligrosos en los términosy oportunidad prevista en el art. 13 del Decreto N° 2.020/07; 10) Realizar la Carga yDescarga dentro del marco normativo vigente; 11) Evitar el estacionamiento en doblefila sobre la vía pública de los vehículos que operen con el establecimiento; 12) Contarcon autorización emitida por autoridad competente para la operación de equipos dediagnóstico por imágenes; 13) Cumplir con la Ley Nacional N° 17.557/67 RAYOS X ­NORMAS SOBRE EQUIPOS acerca de las disposiciones para la instalación yutilización de equipos específicamente destinados a la generación de Rayos X.Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 123.Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental noexime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga ydescarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código dePlaneamiento Urbano y sus modificatorias.Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la

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presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente alrecurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación.Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y deControl. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1250/DGET/11 

Buenos Aires, 4 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/02, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07y el Expediente Nº 126.862/10, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización delproyecto: “Industria: Mantenimiento y Reparación del motor n.c.p.; mecánica integral(ClaNAE 502.99)“; a desarrollarse en el inmueble sito en la calle Albariño N° 2.694/96esquina Echeandia S/N, Planta Baja, con una superficie de 99,54 m2, Circunscripción:1, Sección: 64, Manzana: 52b, Parcela: 16b, Distrito de zonificación: R2bII;Que en el Informe Nº 591.217-DGET/11 de fecha 25 de Abril de 2.011, el área deevaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionadacomo de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resultamenester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352/02;Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimientode normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoriaespecial para su verificación;Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que seestablecen.Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° 5-APRA-2008modificada por Resoluciones N° 10-APRA-2008 y 390-APRA-2010, y la Resolución N°148-APRA-2010, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Categorízase el proyecto: “Industria: Mantenimiento y Reparación delmotor n.c.p.; mecánica integral (ClaNAE 502.99)“; a desarrollarse en el inmueble sitoen la calle Albariño N° 2.694/96 esquina Echeandia S/N, Planta Baja, con unasuperficie de 99,54 m2, Circunscripción: 1, Sección: 64, Manzana: 52b, Parcela: 16b,Distrito de zonificación: R2bII; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.Artículo 2º.-Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Enrique SalvadorButti, titular de la actividad indicada en el Art. 1º.Artículo 3º.-Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°109

actividad: 1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07,debiéndose inscribir en el Registro de Actividades Catalogadas como potencialmentecontaminantes por ruidos o vibraciones (RAC), creado por el mismo; 2) Cumplir con laLey N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las condicionescontra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4) En caso decorresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendioregistrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plande Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementaciónresponsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión deResiduos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las formas yhorarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro delmarco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga dentro de lanormativa vigente; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos queoperen con el establecimiento; 9) El Certificado de Aptitud Ambiental que se extiendese encuentra condicionado a la inscripción de la actividad en el Registro de ActividadesIndustriales; 10) Se deberá dar cumplimiento a la referencia 35b para Estacionamiento,según las exigencias establecidas en el Decreto N° 1.352/02; 11) No desarrollar tareaspropias de la actividad en la vía pública; 12) No realizar tareas de rectificación ni lavadode vehículos, tanto en el establecimiento como en la vía pública; 13) En lo atinente aResiduos Peligrosos, deberá ajustarse estrictamente a las prescripciones impuestaspor la Ley N° 2.214 y Decreto Reglamentario N° 2.020/07; 14) Inscribirse en el Registrode Generadores, Operadores y Transportistas de Residuos Peligrosos en los términosy oportunidad prevista en el art. 13 del Decreto N° 2.020/07; 15) Deberá operar conpuertas y portones de acceso cerrados; 16) Exhibir constancia de inscripción en elRegistro de Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos yvibraciones (RAC); 17) En caso de denuncia por ruidos molestos, comprobadafehacientemente por el organismo de control, se deberán presentar nuevas medicionesante la Autoridad de Aplicación, luego de haber efectuado las mejoras acústicaspertinentes; 18) Presentar mediciones de nivel sonoro continuo equivalente generadopor el funcionamiento de la actividad, de acuerdo a los procedimientos establecidos enlos Anexos IV y V del Decreto N° 740-07, al momento de la renovación del Certificadode Aptitud Ambiental; 19) Los niveles sonoros continuos equivalentes generados en elinterior del local no deberán superar los 80 dBA; 20) Instalar las maquinarias y/oequipos en forma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, a finde evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos; 21) En relación a lasconstrucciones linderas al establecimiento, el responsable deberá tomar lasprecauciones necesarias para que no se superen los valores de inmisión permitidos.Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 123.Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental noexime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga ydescarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código dePlaneamiento Urbano y sus modificatorias.Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de lapresente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente alrecurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación.Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y deControl. Cumplido archívese. Alonso  

 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°110

 DISPOSICIÓN N.º 1251/DGET/11 

Buenos Aires, 4 de julio de 2011 VISTO:La Ley N° 1.540 y el Decreto Reglamentario N° 740/07, y el Expediente N° 126.862/10, CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuacion, se tramita la inscripción en el Registro deactividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones,previsto en el Art. 16 de la Ley Nº 1.540, a nombre de Enrique Salvador Butti, titular dela actividad “Industria: ClaNAE 502.99: Mantenimiento y reparación de motores n.c.p.;Mecánica Integral“, a desarrollarse en el inmueble sito en la calle Albariño N° 2.694/96esquina Echeandia S/N, Planta Baja, con una superficie de 99,54 m2, NomenclaturaCatastral: Circunscripción: 1, Sección: 64, Manzana: 52b, Parcela: 16b, Distrito dezonificación: R2bII y,Que conforme lo dispuesto en el Decreto Nº 740-GCABA/07, reglamentario de la LeyNº 1.540, el rubro “ClaNAE 502.99: Mantenimiento y reparación de motores n.c.p.;Mecánica Integral“, del Agrupamiento Industria, se encuentra catalogado comopotencialmente contaminante por ruidos y vibraciones, en la enumeración del Anexo IX,con un nivel de referencia de 90 dBA;Que de los antecedentes analizados se desprende que el emprendimiento encuadra enel Anexo I del decreto reglamentario N° 740-GCBA/07, Art. 15º apartado b.1)Actividades fijas catalogadas nuevas alcanzadas por la Ley N° 123 y susmodificatorias;Que por Informe Nº 5.093-DGET/10 la Unidad de Coordinación de Impacto Acústico,efectuó el análisis de la documentación presentada y del informe antes mencionado,elaborado conforme los lineamientos del Art. 14 del Anexo I del Decreto citado;Que del IEIA presentado surge que el Distrito de Zonificación R2bII, en el cual se hallaemplazado el local de marras, corresponde a un área de sensibilidad acústica enambiente exterior (ASAE) del tipo II, conforme al Anexo II del referido Decreto;Que en dicha ASAE el nivel de emisión al exterior no debe superar los 65 dBA. para elperíodo diurno, mientras que el LMP para el período nocturno adopta un valor de 40dBA;Que de acuerdo a lo declarado la actividad se desarrollará exclusivamente durante elperíodo diurno;Que se tomaron mediciones aplicando el procedimiento establecido en el Anexo IV y Vdel Decreto reglamentario;Que con el objeto de no incrementar el nivel sonoro preexistente, el nivel sonorocontinuo equivalente al interior del local no debería superar los 80 dBA;Que teniendo en cuenta los niveles alcanzados el área técnica informante concluye queel funcionamiento de la actividad, en la intensidad registrada en terreno y con lamencionada limitación en el nivel de presión sonora, no ocasionará un impacto acústicosignificativo al medio ambiente de acuerdo a las normas vigentes;Que el profesional interviniente, como los equipos utilizados en las mediciones,cumplen con lo establecido en el Decreto Nº 740-GCABA/07 y la Resolución N°44-APRA/08.Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Resolución N° 5-APRA-2008modificada por la Resolución N° 10-APRA-2008, Resolución N° 390-APRA-2010,Resolución 377-APRA-2009 y Resolución N° 148-APRA-2010, 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°111

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACION TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL

DISPONE Artículo1º.- Inscríbese en el Registro de actividades catalogadas como potencialmentecontaminantes por ruidos y vibraciones a nombre de Enrique Salvador Butti, titular de laactividad “Industria: ClaNAE 502.99: Mantenimiento y reparación de motores n.c.p.;Mecánica Integral“, a desarrollarse en el inmueble sito en la calle Albariño N° 2.694/96esquina Echeandia S/N, Planta Baja, con una superficie de 99,54 m2, NomenclaturaCatastral: Circunscripción: 1, Sección: 64, Manzana: 52b, Parcela: 16b, Distrito dezonificación: R2bII.Artículo 2º.- Déjase constancia que la inscripción citada en el artículo precedente seotorga teniendo en cuenta los siguientes parámetros: ASAE: Tipo II; LMP: 65 dBAdiurno y 50 dBA nocturno; Nivel de Referencia: 90 dBA; LAeq interno autorizado: 80dBA; Registros declarados: LINT: 73,8 dBA; LM: 69,0 dBA (sobre Albariño), 62,4 dBA(sector Echeandía); LF: 69,1 dBA (sector Albariño), 62,0 dBA (sobre Echeandía).Artículo 3º.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de laactividad: 1) Deberá operar con puertas y portones de acceso cerrados; 2) En caso dedenuncia por ruidos molestos, comprobada fehacientemente por el organismo decontrol, se deberán presentar nuevas mediciones ante la Autoridad de Aplicación,luego de haber efectuado las mejoras acústicas pertinentes; 3) Presentar medicionesde nivel sonoro continuo equivalente generado por el funcionamiento de la actividad, deacuerdo a los procedimientos establecidos en los Anexos IV y V del Decreto N° 740-07,al momento de la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental; 4) Los nivelessonoros continuos equivalentes generados en el interior del local no deberán superarlos 80 dBA; 5) Instalar las maquinarias y/o equipos en forma adecuada y a la distancianecesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones haciaedificios linderos; 6) En relación a las construcciones linderas al establecimiento, elresponsable deberá tomar las precauciones necesarias para que no se superen losvalores de inmisión permitidos.Artículo 4º-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 1.540.Artículo 5º- Regístrese, notifíquese al interesado a quien se deberá otorgar copia de lapresente Disposición, en la que se insertará el número de registro otorgado, dejándosedebida constancia de ello en el cuerpo de la actuación y para su conocimiento y demásefectos pase a la Dirección General de Control. Cumplido, archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1252/DGET/11 

Buenos Aires, 4 de julio de 2011 VISTO:La Ley Nº 123, el Decreto Nº 1352/02, la Resolución Nº 873-A.A-Ley Nº123-SSMAMB-04 y sus modificatorias, la Ley Nº 2216, Resolución Nº 254-MMAGC-07y el Expediente Nº 700.308/10, y CONSIDERANDO:

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°112

 Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización delproyecto: “Industria: Mantenimiento y reparación de frenos (ClaNAE 502.92);Reparación de camiones, acoplados, semiacoplados, tractores, ómnibus,microómnibus, camionetas y demás vehículos análogos (ClaNAE 502.99);Reparaciones eléctrica del tablero e instrumental, reparación y recarga de baterías(ClaNAE 502.5)“; a desarrollarse en el inmueble sito en la calle Famatina N°3.654/56/60, Planta Baja, Planta Alta y Entrepiso, con una superficie de 1.163,44 m2,Circunscripción: 2, Sección: 32, Manzana: 49, Parcela: 5c, Distrito de zonificación:R2bII;Que en el Informe Nº 1.058.587-DGET/11 de fecha 29 de Junio de 2.011, el área deevaluación ambiental de esta Dirección General, considera a la actividad peticionadacomo de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resultamenester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto Nº 1352/02;Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimientode normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoriaespecial para su verificación;Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titularde la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que seestablecen.Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° 5-APRA-2008modificada por Resoluciones N° 10-APRA-2008 y 390-APRA-2010, y la Resolución N°148-APRA-2010, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Categorízase el proyecto: “Industria: Mantenimiento y reparación de frenos(ClaNAE 502.92); Reparación de camiones, acoplados, semiacoplados, tractores,ómnibus, microómnibus, camionetas y demás vehículos análogos (ClaNAE 502.99);Reparaciones eléctrica del tablero e instrumental, reparación y recarga de baterías(ClaNAE 502.5)“; a desarrollarse en el inmueble sito en la calle Famatina N°3.654/56/60, Planta Baja, Planta Alta y Entrepiso, con una superficie de 1.163,44 m2,Circunscripción: 2, Sección: 32, Manzana: 49, Parcela: 5c, Distrito de zonificación:R2bII; como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.Artículo 2º.-Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Manderly S.A.,titular de la actividad indicada en el Art. 1º.Artículo 3º.-Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de laactividad: 1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2)Cumplir con la Ley N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con lascondiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4)En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones ContraIncendio registrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5)Poseer Plan de Contingencias en casos de derrames de residuos o sustanciaspeligrosas teniendo en cuenta las recomendaciones establecidas en las Hojas deSeguridad de las Sustancias Químicas utilizadas, su implementación seráresponsabilidad exclusiva del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión deResiduos de todo tipo que contemple minimizar su generación, establezca las formas yhorarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del

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marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga dentro delpredio; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con elestablecimiento; 9) El Certificado de Aptitud Ambiental que se extiende se encuentracondicionado a la inscripción de la actividad en el Registro de Actividades Industriales;10) Inscribirse en el Registro de Generadores, Operadores y Transportistas deResiduos Peligrosos en los términos y oportunidad prevista en el Art 13 del Decreto N°2.020, reglamentario de la Ley N° 2.214; 11) No realizar tareas de pintura, rectificaciónni lavado de vehículos, tanto en el establecimiento como en la vía pública; 12) Instalarlas maquinarias en forma adecuada y a la distancia necesaria de los murosperimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos; 13)Cumplir con la Ley N° 11.843 para Control de Roedores y con la normativa legalvigente en lo que respecta a Control de Vectores; 14) Se deberá dar cumplimiento a lareferencia 35b para Estacionamiento, según las exigencias establecidas en el DecretoN° 1.352/02; 15) Se deberá dar cumplimiento a la referencia IIIb para Carga yDescarga, según las exigencias establecidas en el Decreto N° 1.352/02; 16) Nodesarrollar tareas propias de la actividad sobre vehículos estacionados en la víapública; 17) Mantener los residuos peligrosos en un sitio especial y señalizado hasta suretiro por transportistas autorizados; 18) Exhibir constancia de inscripción en elRegistro de Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos yvibraciones (RAC); 19) En caso de denuncia por ruidos molestos, comprobadafehacientemente por el organismo de control, se deberán presentar nuevas medicionesante la Autoridad de Aplicación; 20) Presentar mediciones de nivel sonoro continuoequivalente generado por el funcionamiento de la actividad, de acuerdo a losprocedimientos establecidos en los Anexos IV y V del Decreto N° 740-07, a los 180días de otorgado el Certificado de Aptitud Ambiental, ubicando nuevos puntos en elcentro y en la entrada del taller; 21) Los niveles sonoros continuos equivalentesgenerados en el fondo del local no deberán superar los 80 dBA; 22) Deberá operar conpuertas y portones de acceso cerrados; 23) En relación a las construcciones linderas alestablecimiento, deberá tenerse en cuenta los niveles de emisión hacia el patiodescubierto, y el responsable deberá tomar las precauciones necesarias para que nose superen los valores de inmisión permitidos en edificios vecinos.Artículo 4º.-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 123.Artículo 5º.-Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental noexime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga ydescarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código dePlaneamiento Urbano y sus modificatorias.Artículo 6º.-Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de lapresente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente alrecurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación.Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y deControl. Cumplido archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1253/DGET/11 

Buenos Aires, 4 de julio de 2011 VISTO:La Ley N° 1.540 y el Decreto Reglamentario N° 740/07, y el Expediente N° 700.308/10,

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°114

 CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuacion, se tramita la inscripción en el Registro deactividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones,previsto en el Art. 16 de la Ley Nº 1.540, a nombre de Manderly S.A., titular de laactividad “Industria: Mantenimiento y reparación de frenos (ClaNAE 502.92);Reparación de camiones, acoplados, semiacoplados, tractores, ómnibus,microómnibus, camionetas y demás vehículos análogos (ClaNAE 502.99);Reparaciones eléctrica del tablero e instrumental, reparación y recarga de baterías(ClaNAE 502.5)“, a desarrollarse en el inmueble sito en la calle Famatina N°3.654/56/60, Planta Baja, Planta Alta y Entrepiso, con una superficie de 1.163,44 m2,Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 2, Sección: 32, Manzana: 49, Parcela: 5c,Distrito de zonificación: R2bII y,Que conforme lo dispuesto en el Decreto Nº 740-GCABA/07, reglamentario de la LeyNº 1.540, el rubro “Mantenimiento y reparación de frenos (ClaNAE 502.92); Reparaciónde camiones, acoplados, semiacoplados, tractores, ómnibus, microómnibus,camionetas y demás vehículos análogos (ClaNAE 502.99)“, se encuentra catalogadocomo potencialmente contaminante por ruidos y vibraciones, en la enumeración delAnexo IX, con un nivel de referencia de 90 dBA;Que de los antecedentes analizados se desprende que el emprendimiento encuadra enel Anexo I del decreto reglamentario N° 740-GCBA/07, Art. 15º apartado b.1)Actividades fijas catalogadas nuevas alcanzadas por la Ley N° 123 y susmodificatorias;Que por Informe Nº 431.894-DGET/11 la Unidad de Coordinación de Impacto Acústico,efectuó el análisis de la documentación presentada y del informe antes mencionado,elaborado conforme los lineamientos del Art. 14 del Anexo I del Decreto citado;Que del IEIA presentado surge que el Distrito de Zonificación R2bII, en el cual se hallaemplazado el local de marras, corresponde a un área de sensibilidad acústica enambiente exterior (ASAE) del tipo II, conforme al Anexo II del referido Decreto;Que en dicha ASAE el nivel de emisión al exterior no debe superar los 65 dBA. para elperíodo diurno, mientras que el LMP para el período nocturno adopta un valor de 50dBA;Que de acuerdo a lo declarado la actividad se desarrollará exclusivamente durante elperíodo diurno;Que se tomaron mediciones aplicando el procedimiento establecido en el Anexo IV y Vdel Decreto reglamentario;Que considerando el nivel interno y el nivel correspondiente al ruido de fondo, seconcluye que el nivel sonoro continuo equivalente en el interior del local no deberíasuperar los 80 dBA;Que teniendo en cuenta los niveles alcanzados el área técnica informante concluye queel funcionamiento de la actividad, en la intensidad registrada en terreno y con lamencionada limitación en el nivel de presión sonora, no ocasionará un impacto acústicosignificativo al medio ambiente de acuerdo a las normas vigentes;Que el profesional interviniente, como los equipos utilizados en las mediciones,cumplen con lo establecido en el Decreto Nº 740-GCABA/07 y la Resolución N°44-APRA/08.Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Resolución N° 5-APRA-2008modificada por la Resolución N° 10-APRA-2008, Resolución N° 390-APRA-2010,Resolución 377-APRA-2009 y Resolución N° 148-APRA-2010, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACION TECNICADE LA AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL

DISPONE

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°115

 Artículo1º.- Inscríbese en el Registro de actividades catalogadas como potencialmentecontaminantes por ruidos y vibraciones a nombre de Manderly S.A., titular de laactividad “Industria: Mantenimiento y reparación de frenos (ClaNAE 502.92);Reparación de camiones, acoplados, semiacoplados, tractores, ómnibus,microómnibus, camionetas y demás vehículos análogos (ClaNAE 502.99);Reparaciones eléctrica del tablero e instrumental, reparación y recarga de baterías(ClaNAE 502.5)“, a desarrollarse en el inmueble sito en la calle Famatina N°3.654/56/60, Planta Baja, Planta Alta y Entrepiso, con una superficie de 1.163,44 m2,Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 2, Sección: 32, Manzana: 49, Parcela: 5c,Distrito de zonificación: R2bII.Artículo 2º.- Déjase constancia que la inscripción citada en el artículo precedente seotorga teniendo en cuenta los siguientes parámetros: ASAE: Tipo II; LMP: 65 dBAdiurno y 50 dBA nocturno; Nivel de Referencia: 90 dBA; LAeq interno autorizado: 80dBA; Registros declarados: LINT: 74,0 dBA (fondo del taller); LM: 61,5 dBA; LF: 60,3dBA.Artículo 3º.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de laactividad: 1) En caso de denuncia por ruidos molestos, comprobada fehacientementepor el organismo de control, se deberán presentar nuevas mediciones ante la Autoridadde Aplicación; 2) Presentar mediciones de nivel sonoro continuo equivalente generadopor el funcionamiento de la actividad, de acuerdo a los procedimientos establecidos enlos Anexos IV y V del Decreto N° 740-07, a los 180 días de otorgado el Certificado deAptitud Ambiental, ubicando nuevos puntos en el centro y en la entrada del taller; 3)Los niveles sonoros continuos equivalentes generados en el fondo del local no deberánsuperar los 80 dBA; 4) Deberá operar con puertas y portones de acceso cerrados; 5)Instalar las maquinarias y/o equipos en forma adecuada y a la distancia necesaria dellos muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificioslinderos; 6) En relación a las construcciones linderas al establecimiento, deberá tenerseen cuenta los niveles de emisión hacia el patio descubierto, y el responsable deberátomar las precauciones necesarias para que no se superen los valores de inmisiónpermitidos en edificios vecinos.Artículo 4º-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículoanterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demáspresentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la LeyNº 1.540.Artículo 5º- Regístrese, notifíquese al interesado a quien se deberá otorgar copia de lapresente Disposición, en la que se insertará el número de registro otorgado, dejándosedebida constancia de ello en el cuerpo de la actuación y para su conocimiento y demásefectos pase a la Dirección General de Control. Cumplido, archívese. Alonso  

   DISPOSICIÓN N.º 1254/DGET/11 

Buenos Aires, 4 de julio de 2011 VISTO:La Ley 123, el Decreto N° 1.352-GCABA/02, la Resolución N° 873-SSMAMB/04 y susmodificatorios, la Ley N° 2.216, Resolución N° 254-MMAGC/07 y el Expediente Nº12.160/08, y

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 CONSIDERANDO: Que por Disposición N° 195-DGET/08 se categorizó como de Impacto Ambiental SinRelevante Efecto, a la actividad “Obra Nueva: Modificación y ampliación condemolición parcial“, a desarrollarse en el inmueble sito en Avenida Juan B. Justo N°602/96, Paraguay s/N°, Avenida Santa Fe N° 4.656/58/70, Godoy Cruz N°2.402/06/50/60/62/80/90 y 2604/06/30/34/70, con una superficie de 24.211,92m2,Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 18, Sección: 19, Manzana: 161, Parcela:1d, Distrito de zonificación: UF;Que con fecha 12 de mayo de 2.008 se otorgó el Certificado de Aptitud Ambiental N°7.913 a nombre de la firma Arcos del Gourmet S.A.; Que por Disposición N° 1.357-DGET/09 se modificó el Artículo 1° de la Disposición N°195-DGET/08 respecto de los rubros categorizados, donde se desistio de los rubroscategorizados y se incorporaron los siguientes“Restaurante, cantina (602000), Casa deLunch (602010), Café-Bar (602.020), Despacho de bebidas, whiskería, cervecería(602030), Parrilla (602060), Confitería (602070), Elaboración y venta de pizza, fugaza,fainá, empanadas, postres y otros (602050), Venta de helados con elaboración(601050), Casa de fiestas privadas (800140), Club de música en vivo (800175)“;Que posteriormente se solicita una ampliación de rubros, incorporando los siguientes“Local de baile clase “C“ III (complementario a la actividad principal (20 % de lasuperficie total); Local de baile clase “C“ (hasta 1000 m2 de superficie cubierta)“;Que se encuentran agregados a los actuados Plano de Uso, formulario decategorización donde consta la modificación propuesta;Que por Informe N° 1.025.637-DGET/11, la Unidad de Coordinación de ImpactoAmbiental de esta Dirección General evaluó la documentación presentada y manifestóque corresponde acceder a lo solicitado, efectuando además una revisión de lascondiciones de funcionamiento a la luz de las modificaciones introducidas en lanormativa ambiental.Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° 5-APRA-08modificada por Resoluciones N° 10-APRA-08 y 390-APRA-10, y la Resolución N°148-APRA-10, 

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICADE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1º.- Modifícase los términos del artículo 1° de la Disposición N° 1.357-DGET/09incorporándose los siguientes rubros “Local de baile clase “C“ III (complementario a laactividad principal (20 % de la superficie total); Local de baile clase “C“ (hasta 1000 m2de superficie cubierta)“.Artículo 2°.- Déjase constancia de las modificaciones dispuestas, mediante anotaciónmarginal en el Certificado de Aptitud Ambiental Nº 7.913.Artículo 3°.- Modifícase los condicionantes establecidos en el Anexo I de la DisposiciónN° 1.357-DGET/09, conforme los siguientes: 1) Cumplir con la Ley Nº 1.540 y DecretoReglamentario Nº 740/GCBA/07, debiéndose inscribir en el Registro de ActividadesCatalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos o vibraciones (RAC),creado por el mismo; 2) Cumplir con la Ley Nº 1.356 y Decreto Reglamentario N°198/GCBA/06; 3) Cumplir con las condiciones contra incendio y medios de salida,según el Código de la Edificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conformea Obra de Condiciones Contra Incendio aprobado por la Dirección General deRegistros de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia, firmado porprofesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la

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actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos de todo tipo que contempleminimizar su producción, establezca las formas y horarios de disposición transitoria yrecolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en lamateria; 7) Realizar la Carga y Descarga dentro del marco normativo vigente; 8) Evitarel estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con el establecimiento; 9)Se deberá dar cumplimiento a la referencia 26 para Estacionamiento, según lasexigencias establecidas en el Decreto N° 1.352/GCBA/02. En caso de no ser posible,deberá cumplimentar tal requerimiento mediante locación u otro convenio, con ungarage ubicado a menos de 200 metros del establecimiento; 10) Contar con un sistemade señal sonora y visual, para indicar el ingreso y egreso de vehículos alestablecimiento con el objeto de minimizar el riesgo de accidentes con peatones. Dichosistema deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Ley Nº 1.540; 11) Cumplircon la Ley Nacional Nº 23.778 “Protocolo de Montreal relativo a las sustancias queagotan la Capa de Ozono“ y la normativa complementaria de sustancias controladas,para la instalación, mantenimiento de unidades de refrigeración/calefacción que operencon sustancias condicionadas por dicha normativa; 12) Con respecto al horno utilizado,el mismos deberá contar con adecuadas aislaciones térmicas, conductos de ventilacióny sistemas de extracción y tratamiento de los efluentes gaseosos (contando con filtrosadecuados en las áreas de producción, llevando un Registro sobre el mantenimiento ycambio de los mismos) a fin de evitar molestias a los predios vecinos; 13) Salón deFiestas: Implementar un Plan de Ingreso y Egreso de concurrentes al complejo a fin demitigar la concentración de público en su acceso y alrededores. Su implementaciónserá responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 14) Cumplir con la Ley N°11.843 para Control de Roedores y con la normativa legal vigente en lo que respecta aControl de Vectores; 15) Deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución808/07 (Segregación de residuos); 16) Inscribirse como Generador en el Registrocreado por Ley 3.166/09 “Regulación, Control y Gestión de Aceites Vegetales Usados“y su Decreto Reglamentario N° 239-GCABA/10; 17) Exhibir constancia de inscripciónen el Registro de Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes porruidos y vibraciones (RAC); 18) Los niveles sonoros continuos equivalentes generadosen el interior del pabellón 1 no deberán superar los 95 dBA, mientras que en elpabellón 2 no deberán superarse los 98 dBA. Para ello podrá instalarse un limitador depotencia sonora (presentando especificaciones técnicas, condiciones y certificado deinstalación del mismo); 19) Presentar mediciones de nivel sonoro continuo equivalentegenerado por el funcionamiento de la actividad, de acuerdo a los procedimientosestablecidos en los Anexos IV y V del Decreto N° 740-GCBA/07, a los 365 días dehaber modificado el rubro; 20) En caso de denuncia por ruidos molestos, comprobadafehacientemente por el organismo de control, se deberán presentar nuevas medicionesante la Autoridad de Aplicación, luego de haber efectuado las mejoras acústicaspertinentes; 21) Instalar las fuentes de sonido en forma adecuada y a la distancianecesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones haciaedificios linderos; 22) En relación a las construcciones linderas al establecimientos, elresponsable deberá tomar las precauciones necesarias para que no se superen losvalores de inmisión permitidos; 23) Si el Nivel Sonoro Continuo Equivalente internosupera los 80 dBA, conforme lo establecido en el art. 32° de la Ley N° 1.540, deberácolocarse un cartel en lugar visible con el siguiente texto “Los niveles sonoros en estelugar pueden provocarle lesiones permanentes en el oído“; 24)? Contar con cámaradecantadora interceptora de Grasas para el tratamiento de sus efluentes líquidos.Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el artículoanterior, como asimismo la comprobación de cualquier falsedad en la documentación ydemás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstasen la normativa vigente.Artículo 5°.- Regístrese. Publíquese en Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

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Buenos Aires. Notifíquese y entréguese copia certificada de la presente Disposicióncorrespondiente al recurrente, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de laactuación. Cumplido, comuníquese a las Direcciones Generales de Habilitaciones yPermisos y de Control. Cumplido, archívese. Alonso     

Comunicados y Avisos

Jefatura de Gabinete de Ministros

   JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE - DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDADVIAL Comunicación La Dirección General de Transporte, junto a la Dirección General de Seguridad Vial,comunican a los propietarios de vehículos de Transporte de Pasajeros de Oferta Librepara Recreación y Excursión en Vehículos de Fantasía que quieran operar enjurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que deberán concurrir a laconcesionaria SACTA S.A., sita en Av. Escalada y Av. Cnel. Roca de esta Ciudad, a finde realizar la revisión técnica vehicular, para obtener la habilitación plena o provisoria,que garantice el efectivo cumplimiento de los requisitos básicos de seguridad. A partirdel día 1 de Abril de 2012, el G.C.B.A. realizará controles en la vía pública. Aquellosvehículos que no cuenten con la debida habilitación, serán remitidos a depósitomunicipal.  

Guillermo KrantzerDirector General de Transporte

 Pablo J. Martínez Carignano

Dirección General de Seguridad Vial CA 119Inicia: 9-3-2012                                                                                 Vence: 15-3-2012

Ministerio de Educación   MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN OPERATIVA DE CLASIFICACIÓN Y DISCIPLINA DOCENTE Exhibición de Listados

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 El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a través del Ministerio de Educación, dandocumplimiento a lo normado en la Ordenanza N° 40.593 y sus Modificatorias -E.D.M- ylas Juntas de Clasificación Docente del Área de Educación Media y Técnica Zonas IV yV, comunican la Exhibición de los Listados definitivos de Interinatos y SuplenciasInscripción 2009-2010, Asignaturas y Cargos de Base, de acuerdo al siguientecronograma: Fecha: 12, 13, 14, 15 y 16 de marzo de 2012.Lugar: Escuela Técnica Nº 11, Dean Funes 1362, CABA.Horario: de 10 a 16 hs. Reconsideración de puntaje. Lugar: Sede de la Juntas de Clasificación Docente Área Educación Media y TécnicaZonas IV y V, Av. Jujuy 467, 1º piso.Fecha: 19, 20 y 21 de marzo de 2012.Horario: de 10 a 14 hs. Reconsideración de puntaje por antigüedad. Lugar: DGPDYND, Av. Paseo Colón 255, 1º piso contrafrente.Fecha: 19, 20 y 21 de marzo de 2012.Horario: de 10 a 12 y de 14 a 16 hs. Importante. Solo podrán reclamar aquellos docentes que hayan realizado reclamo sobre el Listadoprovisorio.  

Roberto Galíndez SainzDirector Operativo

 CA 118Inicia: 9-3-2012                                                                                 Vence: 14-3-2012

Licitaciones

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

  LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Contratación de Servicio de Catering - Licitación Pública Nº 034/11 Llámase a Licitación Pública Nº 034/11, cuya apertura se realizará el día 19/3/12, a las14 hs., para la contratación de Servicio de Catering.Autorizante: Resolución Nº 0073-SA/2012.Repartición destinataria: Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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(Protocolo y Ceremonial).Valor del pliego: $ 8.000,00.- (ocho mil)Adquisición y consultas de pliegos: en Dirección General de Compras yContrataciones, Perú 130/160, entrepiso, Edificio Anexo, Ciudad Autónoma de BuenosAires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 18 hs.Lugar de apertura: en Dirección General de Compras y Contrataciones, sita Perú130/160, Entre Piso, Edificio Anexo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires  

Marcelo del SolDirector General de Compras y Contrataciones

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires OL 665Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 13-3-2012 

 

Ministerio de Salud  MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE –GOCYC- Proyecto, Construcción, Montaje y Puesta en Marcha de Instalación de Gas- 2ºetapa - Hospital de Salud Mental José T. Borda” - Expediente Nº 1.645.795/2011 Llámase a Licitación Pública Nº 2868/SIGAF/2011 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº13.064 y Decreto Nº 1.254/08, para contratar la siguiente obra: “Proyecto,Construcción, Montaje y Puesta en Marcha de Instalación de Gas- 2º etapa – Hospitalde Salud Mental José T. Borda”, sito en calle Ramón Carrillo 375 de la C.A.B.AAutorizante: Disposición N° 24/DGRFISS/2012Sistema de contratación: Ajuste alzado.Presupuesto oficial: $ 3.199.987.-Plazo de ejecución: ciento ochenta (180) días corridos.Fecha de apertura: 18 de Abril de 2012, a las 11hsVisita lugar de obra: Los días 15 y 16 de Marzo de 2012 a las 11:00 horas, en elHospital de Salud Mental José T. Borda, sito en la calle Ramón Carrillo 375 de laC.A.B.A. - Lugar de Encuentro: Dirección del Hospital.-Consultas técnicas: Deberán presentarse por escrito en el Ministerio de Salud –Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – C. Pellegrini Nº 313 Piso 4º C.A.B.A.,de lunes a viernes de 9 a 17 hs., hasta el día 6 de Abril de 2012.Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones -Carlos Pellegrini 313 4º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 9 a 17 hs. o en la Páginade Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:www.buenosaires.gob.ar – Hacienda – Compras y Contrataciones – Licitaciones yCompras – Consulta de Compras y Contrataciones.Se deja constancia que la pagina de Internet del GCABA deberá ser consultadaperiódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares.Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Carlos Pellegrini313, 4º piso, C.A.B.A.Repartición destinataria: Hospital de Salud Mental José T. Borda, sito en la calleRamón Carrillo 375 de la C.A.B.A.-

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Valor del pliego: Sin valor comercial. 

Mónica González BiondoGerente Operativa

  

OL 501Inicia: 29-2-2012                                                                               Vence: 13-3-2012 

 

  MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE – GOCYC- Reestructuración Integral del Hospital de Emergencias Psiquiátricas “Torcuatode Alvear” - Expediente Nº 1.090.687/2011 Llámase a Licitación Pública Nº 312/SIGAF/2012 - Ley Nacional de Obras Públicas Nº13.064 y Decreto Nº 1.254/08, para contratar la siguiente obra: “ReestructuraciónIntegral del Hospital de Emergencias Psiquiátricas “Torcuato de Alvear”, sito en la Av.Warnes 2630 de la CABA, con la provisión de mano de obra, materiales y equiposespecializados”.Apertura: 4 de mayo de 2012 a las 11 hs.Autorizante: Resolución Nº 137/SSASS/2012.Sistema de contratación: Ajuste alzado.Presupuesto oficial: $ 5.078.109,00.-Plazo de ejecución: trescientos (300) días corridos.Visita lugar de obra: Los días 26 y 27 de Marzo de 2012 a las 11:00 horas, Hospitalde Emergencias Psiquiátricas “Torcuato de Alvear”, sito en la Av. Warnes 2630 de laCABA.Lugar de encuentro: Dirección del Hospital.Consultas Técnicas: Deberán presentarse por escrito en el Ministerio de Salud –Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – C. Pellegrini 313, piso 4º C.A.B.A., delunes a viernes de 9 a 17 hs., hasta el día 19 de abril de 2012.Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones -Carlos Pellegrini 313, 4º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 9 a 17 hs. o en la Páginade Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:www.buenosaires.gob.ar – Hacienda – Compras y Contrataciones – Licitaciones yCompras – Consulta de Compras y Contrataciones.Se deja constancia que la página de Internet del GCABA deberá ser consultadaperiódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares.Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Carlos Pellegrini313, 4º piso, C.A.B.A.Repartición destinataria: Hospital de Emergencias Psiquiátricas “Torcuato de Alvear”,sito en la Av. Warnes 2630 de la CABA.Valor del pliego: Sin valor comercial. 

Mónica C. González BiondoGerente Operativa

Compras y Contrataciones 

OL 564Inicia: 5-3-2012                                                                                 Vence: 23-3-2012

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  MINISTERIO DE SALUD  DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE –GOCYC-  Obra “Puesta en Norma de Quirófanos, Quirófanos de Parto y Vestuarios delHospital General de Agudos Dalmacio Vélez Sarsfield mediante la provisión einstalación de un sistema de Aire Acondicionado Central con condicionesespeciales de filtrado (HEPA) y reemplazo de la instalación eléctrica”, al amparode lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y Decreto Nº1.254/08 - Licitación Pública Nº 357/SIGAF/2012 - Expediente Nº 846.276/11. Llámase a Licitación Pública Nº 357/SIGAF/2012 para la realización de la obra “Puestaen Norma de Quirófanos, Quirófanos de Parto y Vestuarios del Hospital General deAgudos Dalmacio Vélez Sarsfield mediante la provisión e instalación de un sistema deAire Acondicionado Central con condiciones especiales de filtrado (HEPA) y reemplazode la instalación eléctrica”, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de ObrasPúblicas Nº 13.064 y Decreto Nº 1.254/08. Autorizante: Resolución N° 139/SSASS/2012 Sistema de Contratación: Ajuste alzado. Presupuesto Oficial: $ 2.830.000.- Plazo de Ejecución: Ciento Cincuenta (150) días corridos. Fecha de Apertura: 25 de Abril de 2012, a las 11hs Visita Lugar de Obra: Los días 29 y 30 de Marzo de 2012 a las 11:00 horas. - HospitalGeneral de Agudos Dalmacio Vélez Sarsfield sito en Calderón de la Barca 1550 -Lugarde Encuentro: Dirección del Hospital.- Consultas Técnicas: Deberán presentarse por escrito en el Ministerio de Salud –Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – C. Pellegrini Nº 313 Piso 4º C.A.B.A.,de lunes a viernes de 9 a 17 hs., hasta el día 13 de Abril de 2012. Retiro y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones -Carlos Pellegrini 313 4º piso, C.A.B.A de lunes a viernes de 9 a 17 hs. o en la Páginade Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: www.buenosaires.gob.ar – Hacienda – Compras y Contrataciones – Licitaciones yCompras – Consulta de Compras y Contrataciones. SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PAGINA DE INTERNET DEL GCABA DEBERÀ SERCONSULTADA PERIODICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISIONDE CIRCULARES. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Carlos Pellegrini313, 4º piso, C.A.B.A. Repartición Destinataria: Hospital General de Agudos Dalmacio Vélez Sarsfield sitoen Calderón de la Barca 1550.- Valor del Pliego: Sin valor comercial.  

Mónica González BiondoGerente Operativa

  OL 600Inicia: 7-3-2012                                                                                 Vence: 20-3-2012

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  MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “DR. RICARDO GUTIÉRREZ” Adquisición de reactivos p/autoanalizador - Expediente N° 150338/HGNRG/2012 Llámese a Licitación Pública Nº 362/2012 cuya apertura se realizará el día 20/3/2012, alas 10 hs., para la adquisición de reactivos p/autoanalizador.Repartición destinataria: Hospital Gral. de Niños “Dr. Ricardo Gutiérrez Servicios deLaboratorio Central.Valor del pliego: Sin Valor.Adquisición y consultas de pliegos: en División Compras y Contrataciones, Gallo1330, de lunes a viernes en el horario de 8.30 a 12 hs.Lugar de apertura: en Div. Compras y Contrataciones, Gallo 1330 CABA. 

M. Cristina GaloppoDirectora Médica

 Mirta A Ferrer

Coordinador de Gestión Económico Financiera OL 652Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 13-3-2012 

 

  MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENRAL DE NIÑOS “DR. PEDRO DE ELIZALDE” Adquisición de Reactivos y Centrífuga a 37ºC, estación de trabajo para elServicio de Hemoterapia - Expediente Nº 283547/HGNPE/2012 Llámese a Licitación Pública Nº 409/12, cuya apertura se realizara el día 26/3/2012, alas 10 hs., Reactivos y Centrifuga a 37ºC, estación de trabajo.Repartición destinataria: Servicio de HemoterapiaAdquisición y consulta de pliegos: en Oficina de Compras, Av. Montes de Oca 40,Hall central, de lunes a viernes en el horario de 8.30 a 12 hs., hasta antes de laapertura.Lugar de apertura: en oficina de Compras, Av. Montes de Oca 40, Hall central. 

Norberto R. GarroteDirector

 Marcelo Fakih

Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera OL 656Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 13-3-2012

 

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  MINISTERIO DE SALUD  HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. TEODORO ALVAREZ”  Material descartable para Deposito - Expediente Nº 2005019/12  Llamase a Licitación Publica Nº 411/11, cuya apertura se realizara el día 20/3/2012, alas 10.00hs., para la adquisición de: Material descartable para Deposito Valor del pliego: 00 Adquisición y consultas de pliegos: en Hospital Álvarez, Aranguren 2701, 1º piso,oficina de compras, de Lunes a Viernes en el horario de 08.00 a 12.00hs. hasta el dia20 de Marzo de 2012. Lugar de apertura: en Hospital Álvarez, Aranguren 2701, 1º piso, oficina de compras.  

Diana GalimbertiDirectora General

 Viviana Bobovnik

Coordinadora de Gestión Económico Financiera  OL 660Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 13-3-2012

  MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. TEODORO ÁLVAREZ” Adquisición de Insumos para Laboratorio Central - Expediente Nº 318449/2012 Llámase a Licitación Publica Nº 418/11, cuya apertura se realizara el día 22/3/2012, alas 10 hs., para la adquisición de Insumos para Laboratorio CentralValor del pliego: 00Adquisición y consultas de pliegos: en Hospital Álvarez, Aranguren 2701, 1º piso,oficina de compras, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 hs. hasta el día 22 demarzo de 2012.Lugar de apertura: en Hospital Álvarez, Aranguren 2701, 1º piso, oficina de compras. 

Diana GalimbertiDirectora General

 Viviana Bobovnik

Coordinadora de Gestión Económico Financiera OL 658Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 13-3-2012 

 

  MINISTERIO DE SALUD 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°125

HOSPITAL MATERNO INFANTIL “RAMÓN SARDA” Adquisición de Equipos y Reactivos para Laboratorio (ck, bilirrubina,transaminasa, etc - Expediente N° 309093/MGEYA/12 Licitación Pública N° 456/HMIRS/12.Rubro comercial: SALUDObjeto de la contratación: adquisición de Equipos y Reactivos para Laboratorio (ck,bilirrubina, transaminasa, etc)Fecha de apertura: 16/3/2012, a las 11 horas.Nota: Los Pliegos respectivos pueden ser solicitados en División Compras del HospitalMaterno Infantil “Ramón Sardá” sito en la calle Esteban de Luca 2151, 1° piso,C.A.B.A., en el horario de 9.30 a 13 horas ([email protected]) hastael día anterior a la apertura.Valor del pliego: gratuitoLugar de exhibición del pliego: Oficina de Compras Hospital Materno Infantil “RamónSardá” sito en la calle Esteban de Luca 2151, 1° piso, C.A.B.A. 

Elsa AndinaDirectora Médica

 Ignacio De Benedetti

Gerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera OL 674Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 13-3-2012 

 

  MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL MATERNO INFANTIL “RAMÓN SARDA” Servicio de dosimetría para rayos y odontología - Expediente N°429311/MGEYA/12 Licitación Pública N° 401/HMIRS/12.Rubro comercial: salud.Objeto de la contratación: servicio de dosimetría para rayos y odontología.Fecha de apertura: 16/3/2012, a las 12 horas.Nota: Los Pliegos respectivos pueden ser solicitados en División Compras del HospitalMaterno Infantil “Ramón Sardá” sito en la calle Esteban de Luca 2151, 1° piso,C.A.B.A., en el horario de 9.30 a 13 horas ([email protected]) hastael día anterior a la apertura.Valor del pliego: gratuitoLugar de exhibición del pliego: Hospital Materno Infantil “Ramón Sardá” sito en lacalle Esteban de Luca 2151, 1° piso, C.A.B.A.

 Elsa Andina

Directora Médica 

Ignacio De BenedettiGerente Operativo de Gestión Administrativa Económica y Financiera

 OL 675Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 13-3-2012 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°126

 

  MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL NEUROPSIQUIATRICO “DR. BRAULIO MOYANO” Adquisición de Elementos de Contención - Expediente Nº 314925-HNBM/12 Licitación Pública Nº 363-SIGAF/12Adquisición: “elementos de contencion”Fecha de apertura: 20/3/2012, a las 10 hs.Retiro o adquisición de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 13 hs., antes de la fechade apertura.Consulta de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 12 hs.Presentación de ofertas: de lunes a viernes de 8 a 13 hs.Cierre de ofertas: 20/3/2012, a las 10 hs., (fecha de apertura), Oficina de Compras yContrataciones, Hospital Braulio Moyano, Brandsen 2570, 1º piso, Ciudad Autónomade Buenos Aires. 

Alberto Monchanblon EspinozaDirector

 Luisa Gavechesky

Gerente Operativo de GestiónAdministrativa, Económica y Financiera

 OL 676Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 14-3-2012 

 

  MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO “DR. BRAULIO MOYANO” Adquisición de Artículos de Limpieza. Expediente Nº 349574-HNBM/12 Licitación Pública Nº 352-SIGAF/12Adquisición: “artículos de limpieza”Fecha de apertura: 19/3/2012, a las 10 hs.Retiro o adquisición de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 13 hs. Antes de la fechade apertura.Consulta de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 12 hs.Presentación de ofertas: de lunes a viernes de 8 a 13 hs.Cierre de ofertas: 19/3/2012, a las 10 hs (fecha de apertura), Oficina de Compras yContrataciones, Hospital Braulio Moyano, Brandsen 2570, 1º piso, Ciudad Autónoma

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°127

de Buenos Aires. 

Alberto Monchanblon EspinozaDirector

 Luisa Gavechesky

Gerente Operativo de GestiónAdministrativa, Económica y Financiera

 OL 653Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 13-3-2012 

 

  MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL OFTALMOLÓGICO “SANTA LUCÍA” Contratación de servicio de esterilización por óxido de etileno - Carpeta Nº423468/2012 Llámese a Licitación Pública Nº 402/2012 cuya apertura se realizará el día 21/3/2012, alas 11 hs., a la contratación de servicio de esterilización por oxido de etileno.Repartición destinataria: Servicio de Esterilización.Valor del pliego: Sin valor económicoAdquisición y consultas de pliegos: Hospital Oftalmológico Santa Lucia, Av. SanJuan 2021, de lunes a viernes en el horario de 9 a 13 hs.,Lugar de apertura: en Av. San Juan 2021, 2º piso, Administración. 

Estela Fernández ReySubdirectora de Asistencia Médica

 OL 678Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 13-3-2012 

 

  MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL OFTALMOLÓGICO “DR. PEDRO LAGLEYZE” Preadjudicación –Expediente Nº 50946/HOPL/2012 Licitación Pública Nº 12/2012Dictamen de Evaluación Nº 214/2012Rubro comercial: 7060Objeto de contratación: Adq. Material DescartableApertura: 27/1/2012 a las 11 hs.Ofertas presentadas: dieciocho (18) De acuerdo a lo manifestado en el Acta deApertura Nº 102/2012 y a lo evaluado a través del Cuadro Comparativo de Precios queordena la reglamentación en vigencia, fueron analizadas las ofertas de las firmas: Kims

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°128

S.R.L., Tarcetano Oscar y Tarcetano J.Carlos SH, Cirugía Argentina S.A., ImplantecS.A., Droguería Martorani S.A., Droguería Artigas S.A., Biomat Instrumental S.R.L.,Iskowitz Instrumental S.R.L., Medi Sistem S.R.L., VSA Alta Complejidad S.A., QuímicaCórdoba S.A., Bausch & Lomb Argentina S.R.L., Antigua San Roque S.R.L., CentroOptico Casin S.R.L., MQI S.R.L., Vision Continental S.A., Poggi Raúl Jorge León,Droguería Farmatec S.A. Firmas preadjudicadas:Implantec S.A.Renglón 3: Cant. 500 U; P. Unitario: $ 15,60.-; Imp. Total: $ 7.800,00.-Renglón 37: Cant. 14 U; P. Unitario: $ 122,98.-; Imp. Total: $ 1.721,72.-VSA Alta Complejidad S.A.Renglón 4: Cant. 50 U; P. Unitario: $ 289,00.-; Imp. Total: $ 14.450,00 .-Renglón 9: Cant. 36 U; P. Unitario: $ 25,90 .-;Imp. Total: $ 932,40 .-Renglón 30: Cant.240 U; P. Unitario: $ 24,90.-; Imp. Total: $ 5.976,00.-Renglón 38: Cant. 3 U; P. Unitario: $419,00 .-; Imp. Total: $ 1.257,00.-Vision Continental S.A.Renglón 5: Cant. 450 U; P. Unitario: $ 91,14.-; Imp. Total: $ 41.013,00.-Renglón 21: Cant. 24 U; P. Unitario: $ 43,40.-; Imp. Total: $ 1.041,60 .-Renglón 22 Cant. 18 U; P. Unitario: $ 43,40.-; Imp. Total: $ 781,20.-Tarcetano Oscar y Tarcetano J.Carlos SHRenglón 6: Cant. 30 l; P. Unitario: $ 25,00.-; Imp. Total: $ 750,00.-Renglón 7: Cant. 25 l; P. Unitario: $ 17,00.-; Imp. Total: $ 425,00.-Poggi Raul Jorge LeonRenglón 8: Cant. 22500 U; P. Unitario: $ 0,89.-; Imp. Total: $ 20.025,00.-Centro Optico Casin S.R.L.Renglón 10: Cant.12 U.; P. Unitario: $ 156,00 -; Imp. Total: $ 1.872,00 .-Renglón 25: Cant. 2 U; P. Unitario: $ 775,00.-; Imp. Total: $ 1.550,00.-Renglón 26: Cant. 5 U; P. Unitario: $ 775,00.-; Imp. Total: $ 3.875,00Renglón 27: Cant. 2 U; P. Unitario: $ 775,00 .-;Imp. Total: $ 1.550,00.-Renglón 28: Cant. 1 U; P. Unitario: $ 775,00.-; Imp. Total: $ 775,00.-Renglón 29: Cant. 5 U; P. Unitario: $ 775,00.-; Imp. Total: $ 3.875,00.-Renglón 36: Cant.18 U; P. Unitario: $ 850,00.-; Imp. Total: $ 15.300,00.-Renglón 44: Cant.1U; P. Unitario: $ 775,00.-; Imp. Total: $ 775,00 .-Cirugía Argentina S.A.Renglón 11: Cant.12 U; P. Unitario: $ 59,64.-; Imp. Total: $ 715,68.-Renglón 16: Cant. 6 U; P. Unitario: $ 159,40.-; Imp. Total: $ 956,40.-Renglón 20: Cant.36 U; P. Unitario: $ 50,05.-; Imp. Total: $ 1.801,80.-Drogueria Farmatec S.ARenglón 12:Cant.120 rollo; P. Unitario: $ 4,898.-;Imp. Total: $ 587,76.-Renglón 13:Cant.600 c x 100u.P. Unitario: $ 7,906.-;Imp. Total: $4.743,60.-Drogueria Martorani S.A.Renglón 14: Cant.192 U; P. Unitario: $ 31,23.- ;Imp. Total: $ 5.996,16.-Renglón 15: Cant.192 U; P. Unitario: $ 31,23.-; Imp. Total: $ 5.996,16.-Kims S.R.L.Renglón 17: Cant.7000 m; P. Unitario: $ 2,070.-;Imp. Total: $ 14.490,00.-Renglón 19: Cant.1200 tira; P. Unitario: $ 1,30 .-; Imp. Total: $ 1.560,00.-Biomat Instrumental S.R.L.Renglón 23: Cant. 10 U; P. Unitario: $ 578,99.-; Imp. Total: $ 5.789,90.-Renglón 32: Cant. 12 U; P. Unitario: $ 157,91.-; Imp. Total: $ 1.894,92.-Bausch & Lomb Argentina S.R.LRenglón 24: Cant. 12 U; P. Unitario: $ 597,78.-; Imp. Total: $ 7.173,36 .-

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°129

MQI S.R.L.Renglón 35: Cant. 6 U; P. Unitario: $ 213,00.-;Imp. Total: $ 1.278,00.-Renglón 39: Cant. 2 U; P. Unitario: $ 400,00.-;Imp. Total: $ 800,00.-Renglón 40: Cant. 5 U; P. Unitario: $ 400,00.-;Imp. Total: $ 2.000,00.-Renglón 41: Cant. 5 U; P. Unitario: $ 400,00.-;Imp. Total: $ 2.000,00.-Renglón 42: Cant. 5 U; P. Unitario: $ 400,00.-;Imp. Total: $ 2.000,00.-Renglón 43: Cant. 2 U; P. Unitario: $ 400,00.-;Imp. Total: $ 800,00.-Química Córdoba S.A.Renglón 45: Cant. 3500 U; P. Unitario: $ 0,70.-;Imp. Total: $ 2.450,00.-Renglón 46: Cant. 2500 U; P. Unitario: $ 0,73.-;Imp. Total: $ 1.825,00.-Desierto: Renglón 1, 2, 18, 31, 34Ofertas desestimadas:Se descarta por precio excesivo Renglón 33- la oferta de Biomat Instrumental S.R.L. yCentro Óptico Casin S.R.L.Integrantes de la Comisión de Preadjudicación:Dra. Clara Rosales (Jefa Sección Consultorios Externos), Sra. Alicia Salinas (JefaDivisión Presupuesto), Nora Marisa Simon (Jefa Dpto.Contabilidad A/C) 

Ernesto J. AnauatiDirector Médico

OL 677Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 13-3-2012 

 

Ministerio de Educación  MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de Reforma y adecuación para la instalación de ascensorelectro-hidráulico - Expediente Nº 596727/2011 Licitación Privada Nº 42-SIGAF/12 (Nº 49/11)Objeto del llamado: Trabajos de reforma y adecuación para la instalación de ascensorelectro-hidráulico en el Edificio de la Escuela Nº 27 “Manuel de Sarratea”, sita enVieytes 1469 del Distrito Escolar Nº 5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones PaseoColón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de10 a 17 hs.Presupuesto oficial: $ 354.730,64 (pesos trescientos cincuenta y cuatro milsetecientos treinta con sesenta y cuatro centavos).Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de LicitacionesPaseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires.Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para laapertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegoslicitatorios. 22 de marzo de 2012 a las 12 hs.Fecha/hora de visita a obra: 15 de marzo de 2012 a las 10.30 hs.Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2ºpiso frente, de la Ciudad de Buenos Aires.Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°130

30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta.Plazo de ejecución de las obras: 120 días corridos, computados a partir de la fechadel Acta de Inicio. 

Marcelo Aníbal LopreteDirector General

 OL 682Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 13-3-2012 

 

  MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Tec. de Construcción - Expediente Nº 1767446/2011 Contratación Directa Nº 1/11Objeto de la contratación: Adquisición de Tec. De ConstrucciónPresentación de ofertas: Esmeralda 55, piso 3º, Oficina 5, hasta las 10.30 hs del día16 de marzo de 2012.Vencimiento validez de oferta: 16/4/12.Consulta de pliegos: [email protected] de apertura: 16 de marzo de 2012, a las 12 hs., Unidad Ejecutora Jurisdiccional –Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. 

Marcelo LorenzoCoordinador General Ejecutivo

(Resolución 4733 – Ministerio de Educación GCBA) OL 654Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 15-3-2012 

 

  MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición Químicos – Expediente Nº 1767473/2011 Contratación Directa Nº 2/11Objeto de la contratación: Adquisición de QuímicosPresentación de ofertas: Esmeralda 55, piso 3º, Oficina 5, hasta las 10.30 hs., del día16 de marzo de 2012.Vencimiento validez de oferta: 16/4/12.Consulta de pliegos: [email protected] de Apertura: 16 de marzo de 2012, a las 12.10 hs., Unidad EjecutoraJurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°131

Marcelo LorenzoCoordinador General Ejecutivo

(Resolución 4733 – Ministerio de Educación GCBA) 

 OL 664Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 15-3-2012 

 

  MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición Biblioteca – Expediente Nº 1767512/2011 Contratación Directa Nº 3/11Objeto de la contratación: Adquisición de BibliotecaPresentación de ofertas: Esmeralda 55, piso 3, Oficina 5, hasta las 10.30 hs., del día16 de marzo de 2012.Vencimiento validez de oferta: 16/04/12.Consulta de pliegos: [email protected] de apertura: 16 de marzo de 2012, a las 12.20 hs., Unidad EjecutoraJurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. 

Marcelo LorenzoCoordinador General Ejecutivo

(Resolución 4733 – Ministerio de Educación GCBA) OL 655Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 15-3-2012 

 

  MINISTERIO DE EDUCACION  UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL  Adquisición de Equipamiento Electrónico más Guardarropas – Expediente Nº64625/2012  Tipo de Procedimiento de Selección: Contratacion Directa Nº 01/12 Objeto de la contratación: Adquisición de Equipamiento Electrónico másGuardarropas Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día16 de Marzo de 2012. Vencimiento validéz de oferta: 16/04/12. Consulta de pliegos: [email protected] de Apertura: 16 de Marzo de 2012, a las 12:30hs, Unidad EjecutoraJurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.  

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°132

Marcelo LorenzoCoordinador General Ejecutivo

  OL 595Inicia: 7-3-2012                                                                                 Vence: 14-3-2012

  MINISTERIO DE EDUCACION  UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL  Adquisición de Equipamiento Vario – Expediente Nº 64690/2012  Tipo de Procedimiento de Selección: Contratacion Directa Nº 03/12 (SegundoLlamado) Objeto de la contratación: Adquisición de Equipamiento Vario Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día16 de Marzo de 2012. Vencimiento validez de oferta: 16/04/12. Consulta de pliegos: [email protected] de Apertura: 16 de Marzo de 2012, a las 12:40hs, Unidad EjecutoraJurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.  

Marcelo LorenzoCoordinador General Ejecutivo

  OL 594Inicia: 7-3-2012                                                                                 Vence: 14-3-2012

  MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL Adquisición de Herramientas - Expediente Nº 194093/2012 Contratación Directa Nº 2/12 (Segundo Llamado)Objeto de la contratación: Adquisición de HerramientasPresentación de ofertas: Esmeralda 55, piso 3º, Oficina 5, hasta las 10.30 hs., del día19 de marzo de 2012.Vencimiento validez de oferta: 19/4/12.Consulta de pliegos: [email protected] de apertura: 19 de marzo de 2012, a las 11 hs., Unidad Ejecutora Jurisdiccional –Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. 

Marcelo LorenzoCoordinador General Ejecutivo

(Resolución 4733 – Ministerio de Educación GCBA) OL 679Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 16-3-2012 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°133

 

  MINISTERIO DE EDUCACION  UNIDAD EJECUTORA JURISDICCIONAL  Adquisición de Equipamiento para Costura – Expediente Nº 64715/2012  Tipo de Procedimiento de Selección: Contratación Directa Nº 05/12 (SegundoLlamado) Objeto de la contratación: Adquisición de Equipamiento para Costura Presentación de Ofertas: Esmeralda 55 – Piso 3 – Oficina 5, hasta las 10:30 hs del día16 de Marzo de 2012. Vencimiento validez de oferta: 16/04/12.Consulta de pliegos: [email protected] de Apertura: 16 de Marzo de 2012, a las 12:50hs, Unidad EjecutoraJurisdiccional – Ministerio de Educación – Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.  

Marcelo LorenzoCoordinador General Ejecutivo

  OL 593Inicia: 7-3-2012                                                                                 Vence: 14-3-2012

Ministerio de Desarrollo Urbano  MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Servicio de Alquiler y de Mantenimiento de Fotocopiadoras - Expediente Nº152159/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 328/12, cuya apertura se realizará el día 16/3/12, a las12.30 hs., para el “Servicio de Alquiler y de Mantenimiento de Fotocopiadoras”.Autorizante: Disposición Nº 35-DGTALMDU/2012.Repartición destinataria: Subsecretaría de Planeamiento.Valor del pliego: gratuito.Adquisición y consultas de pliegos: en la Subgerencia de Compras, Licitaciones ySuministros de lunes a viernes en el horario de 10 a 16 hs., hasta el 16/3/12 a las 12.30hs.Lugar de apertura: en la Subgerencia de Compras, Licitaciones y Suministros enCarlos Pellegrini 211, 9º piso. 

Fernando CodinoDirector General

 OL 684Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 14-3-2012 

 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°134

  MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCION GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Prorroga - Licitación Pública Nº 37/2012 Postérgase para el día 17 de abril de 2012 a las 13 hs. la apertura de las ofertas de laLicitación Pública N° 37/2012, que tramita la contratación de la Obra: “SistemaHidrometeorológico de Observación, Vigilancia y alerta (SIHVIGILA) para la Ciudad deBuenos Aires”. 

Fernando CodinoDirector General

OL 633Inicia: 9-3-2012                                                                                 Vence: 20-3-2012 

 

Ministerio de Desarrollo Social  MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL Adquisición de provisión de insumos de ferretería - Expediente N° 99009/2012 Llámase a Licitación Pública Nº 142/12, cuya apertura se realizará el día 29/3/12, a las12 hs., para la adquisición de provisión de insumos de ferreteríaAutorizante: Disposición N° 161-DGTALMDS/2012Repartición destinataria: Dirección General de Atención Inmediata, Dirección Generalde Ciudadanía Porteña, Dirección General de Infraestructura Social y la Subsecretariade Fortalecimiento Familiar y Comunitario.Valor del pliego: sin valor.Adquisición y consultas de pliegos: Sin cargo alguno en la Subgerencia Operativade Compras y Contrataciones de la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial dela Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Subsecretariade Administración del Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad, sita enMéxico 1661, 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta las 11.30 hs., antes dela apertura.Lugar de apertura: en la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones de laGerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de la Dirección General TécnicaAdministrativa y Legal dependiente de la Subsecretaria de Administración del Ministeriode Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad, México 1661, 1° piso. 

Carlos A. RebagliatiDirector General Técnico Administrativo y Legal

  OL 673Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 16-3-2012

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°135

 

 

Ministerio de Ambiente y Espacio Público  MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO  DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL  Obra ““Reparación y Mantenimiento Puentes: Consejal Pedro Bustos, Av. RiestraS/FF.CC Belgrano Sur y Cortázar S/FF.CC San Martin”- Expediente Nº791263//2010.-  Llámase a Licitación Privada N° 69 /2012 para el día 27 de marzo de 2012, a las 12horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 2095, para lacontratación de “Reparación y Mantenimiento Puentes: Consejal Pedro Bustos, Av.Riestra S/FF.CC Belgrano Sur y Cortázar S/FF.CC San Martin”. Presupuesto oficial: pesos cuatrocientos catorce mil novecientos treinta y ocho con30/100 ($ 414.938,30.-). Plazo de ejecución: 90 (noventa) días corridos. Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden serobtenidos en forma gratuita y consultados, en Gerencia Operativa de Compras yContrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependientedel Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570,5° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 17 hs. Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el 27de marzo de 2012 a las 12 hs., momento en que se realizará la apertura de las ofertas,en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección GeneralTécnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y EspacioPúblico, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires.  

Lisandro GrecoDirector General

  OL 661Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 16-3-2012

  MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra “Remodelación de núcleos sanitarios – Cementerio de la Chacarita” –Dirección General de Cementerios (GDCEM)”- Expediente N° 473.897/10 Llámase a Licitación Pública N° 435/2012 para el día 23 de abril de 2012, a las 12horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para larealización de la Obra “Remodelación de núcleos sanitarios – Cementerio de laChacarita” – Dirección General de Cementerios (GDCEM)”.Presupuesto oficial: pesos un millón doscientos setenta y tres mil doscientos noventay tres con 10/100 ($ 1.273.293,10).

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°136

Plazo de ejecución: 6 (seis) meses corridos.Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden serobtenidos en forma gratuita y consultados, en el Área Compras y Contrataciones de laDirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio deAmbiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 15 hs.Lugar y fecha de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el 23 deabril de 2012 a las 12 hs., momento en que se realizará la apertura de las ofertas, en elÁrea Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa yLegal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte.Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

Lisandro GrecoDirector General

 OL 663Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 23-3-2012 

 

  MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Servicio de adquisición de cestos y contenedores - Expediente Nº 133.845/2012 Llámase a Licitación Pública N° 462/2012 para el día 26 de marzo de 2012, a las 12horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 2095, para lacontratación de adquisición de cestos y contenedores.Presupuesto oficial: pesos dos millones quinientos mil con 08/100 ($ 2.500.000,08.-).Plazo de ejecución: 6 (seis) meses.Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden serobtenidos en forma gratuita y consultados, en Gerencia Operativa de Compras yContrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependientedel Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570,5° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 17 hs.Lugar y fecha de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el 26 demarzo de 2012 a las 12 hs., momento en que se realizará la apertura de las ofertas, enla Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica,Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sitaen Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

Lisandro GrecoDirector General

 OL 672Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 14-3-2012

 

  MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°137

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Postergación - Expediente N° 149.545/2012 Postérgase la Licitación Pública de Etapa Única Nº 268/2012 cuya fecha de aperturade ofertas se encontraba prevista para el día 13 de marzo de 2012 a las 12 hs. para eldía 19 de marzo de 2012 a las 12 hs., referente a la adquisición de “Servicio deinstalación y puesta en funcionamiento de 2 pistas de hielo para patinaje al aire libre. 

Lisandro A. GrecoDirector General

 OL 683Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 14-3-2012

 

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos  ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN  Mantenimiento correctivo y preventivo de impresoras - Expediente Nº23.493/MGEYA/2012 Llámese a Licitación Pública Nº 245/2012, cuya apertura se realizará el día 15/3/2012,a las 12 hs., para el Mantenimiento correctivo y preventivo de impresoras.Repartición destinataria: AGIP.Adquisición y consultas de pliegos: en el Departamento Compras y Contratacionesde la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, sito en la calle Viamonte900, Capital Federal, de lunes a viernes en el horario de 9 a 15 hs., tel.:4323-8899/8872 hasta el día 15/3/2012, a las 11.45 hs., y en Internet página Web:www.buenosaires.gov.ar/hacienda/licitacionesycompras/consultas de comprasLugar de apertura: Departamento Compras y Contrataciones de la AdministraciónGubernamental de Ingresos Públicos, sito en la calle Viamonte 900, Capital Federal. 

Fabián FernándezDirector

 OL 671Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 13-3-2012 

 

  ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN  Preadjudicación - Expediente N° 79.193/MGEYA/12 Licitación Pública N° 153/12. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 309/12.

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°138

Clase: etapa única. Objeto de la contratación: Contratación de servicio médico-sanitaria (emergencias yconsultas en el edificio de AGIP) Firma preadjudicada: Alfa Medic S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 24 meses – precios unitario: $ 34.835,20. - total: $ 836.044,80.- Total preadjudicado: pesos ochocientos treinta y seis mil cuarenta y cuatro con80/100 ($ 836.044,80).Fundamento de la preadjudicación: De acuerdo a lo informado por parte del áreaasesora respecto al cumplimiento de lo solicitado mediante los requisitos establecidospor pliego, la Comisión de Evaluación de Ofertas recomienda preadjudicar a la firma Alfa Medic S.R.L. por calidad, precio conveniente y ser única oferta (Art. 108° y 109°de la Ley 2095). Suscriben Dr. Fabián Fernández, Sr. Walter Licciardello y Cdora. CarlaRuffa designados mediante Resolución N° 955/AGIP/11 como miembros de laComisión Evaluadora de Ofertas. Lugar de exhibición del acta: Dpto. Compras y Contrataciones, sito en Viamonte 900,1er piso, sector A, durante 3 días a partir del 13/3/12.  

Fabián FernándezDirector

 OL 670Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 13-3-2012 

 

Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires  AUDITORÍA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Adjudicación - Licitación Privada Nº 02/11 Resolución AGC Nº 044/11Objeto: Servicio de Control de Ausentismo y Examen Preocupacional Proveedor Adjudicado: Medicar S.A.Adjudícase el Renglón uno (examen preocupacional) y el renglón dos (control médicodomiciliario de ausentismo) por un plazo de un (01) año a contar desde la firma delcorrespondiente contrato a la empresa Medicar S.A., con domicilio en Hipólito IrigoyenNº 2702, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por cumplir con pliego de bases ycondiciones generales aprobado por Resolución Nº 446/AGC/07 modificado por lasResoluciones 191/AGC/08, 192/AGC/08, 193/AGC/08, Resolución 426/AGC/08,113/AGC/09 y el pliego de condiciones particulares (sección II) y técnicas (sección III)aprobado por Disposición DADMIN Nº 009/11 y resultar la oferta económicamente másconveniente para el organismo, conforme los siguientes valores: Renglón uno: Examen Preocupacional (Ley 19.587)Precio unitario: pesos noventa y cuatro con 38/100 ($ 94,38) Renglón dos: Control Medico Domiciliario de AusentismoServicio: Visita en Ciudad Autónoma de Buenos Aires - precio unitario $ 36.30Servicio: Visita en GBA hasta 30 Km - precio unitario $ 48.40

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°139

Servicio: Visita en GBA hasta 60 Km - precio unitario $ 78.65Servicio: Visita en Consultorio - precio unitario $ 18.15Servicio: Junta Médica - precio unitario $ 72.60 

Erica A. MaidanaJefa de División Compras y Contrataciones

 OL 680Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 15-3-2012 

 

Defensor General - Ministerio Público CABA  PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA DEFENSORÍA GENERAL Adquisición de toners, tambores y fusores - Expediente Nº 12/12 Licitación Pública Nº 03/12Expediente Nº 12/12Objeto: adquisición de toners, tambores y fusoresDisposición OAyP Nº 64/12:1º.- Aprobar el llamado a Licitación Pública Nº 03/12, encuadrada en la Ley deCompras Nº 2.095 y su Reglamentación aprobada por Resolución Nº 11/CCAMP/10,tendiente a la adquisición de toners, tambores y fusores, con destino a las distintasdependencias de este Ministerio Público de la Defensa; por un monto total de pesosciento setenta y dos mil cuatrocientos ($ 172.400,00).2º.- Aprobar los pliegos de bases y condiciones particulares y especificaciones técnicasdel llamado licitatorio indicado en el artículo precedente que como Anexo I se agregany forman parte integrante de la presente.3º.- Establecer la fecha del acto de apertura de ofertas para el día 29 de marzo de2012 a las 13 horas.Fdo.: Alejandro Formento (Jefe de Oficina de Administración y Presupuesto) 

Alejandro GuyonJefe De Departamento De Compras y Contrataciones

 OL 681Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 14-3-2012 

 

Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública yServicios

  MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°140

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN NACIONAL DE ARQUITECTURA Construcción de Edificio y Entorno Museo y Memorial Islas Malvinas” CiudadAutónoma de Buenos Aires - Expediente Nº S010034466/2012  Licitación Pública Nacional Nº 1/2012 OPEjercicio: 2012-2013Expediente Nº S010034466/2012 Objeto de la contratación: Construcción de Edificio y Entorno Museo y Memorial IslasMalvinasClase: De Etapa ÚnicaModalidad: Ajuste Alzado y Unidad de MedidaPresupuesto oficial: Para la obra de referencia a licitar, se ha previsto un Presupuesto oficial – Precio Tope de Pesos sesenta y nueve millones seiscientosveinticuatro mil quinientos cuarenta con tres centavos ($ 69.624.540,03)Plazo de obra: 10 meses.Valor del pliego: Pesos treinta mil ($ 30.000,00)Garantía de oferta: Pesos seiscientos noventa y seis mil doscientos cuarenta y cincocon cuarenta centavos ($ 696.245,40)Retiro de pliego, lugar/dirección: Unidad Operativa de Compras sita en HipólitoYrigoyen 250, piso 11, Oficina 1.141, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Plazo y horario: Desde el día 4 de abril de 10 a 14 horasVisita a las Instalaciones, lugar/dirección: Predio delimitado por las Avenidas delLibertador General San Martín, Comodoro Rivadavia, Leopoldo Lugones y las callesCalzadilla, Pico y La Cachila – Acceso sobre la Av. Libertador – Ciudad Autónoma deBuenos Aires.Plazo y horario: Desde el día 4 de abril de 10 a 14 horasConsulta de pliego, lugar/dirección: Dirección Nacional de Arquitectura - Esmeralda255, piso 3, Oficina 301, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Plazo y horario: Desde el día 4 de abril de 10 a 14 horas“Los Pliegos de Bases y Condiciones de esta Licitación podrán ser consultados con elfin de presentarse a cotizar, en la dirección antes citada o ingresando en el sitio web dela Secretaría de Obras Públicas, www.obraspublicas.gov.ar”Presentación de ofertas, lugar/dirección: Balcarce 186, Piso 1°, Oficina 142 de laCiudad Autónoma de Buenos Aires.Plazo y horario: 8 de mayo de 2012 de 11 a 13.30 horas.Acto de apertura, lugar/dirección: Balcarce 186, piso 1°, Oficina 142 de la CiudadAutónoma de Buenos Aires. Día y hora: 8 de mayo de 2012 a las 14 horas. 

Luis VitulloDirector General de Administración

S.S. de Coordinación y Control de Gestión 

OL 669Inicia: 13-3-2012                                                                               Vence: 3-4-2012 

 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°141

Edictos Particulares

  Transferencia de Habilitación Fernando Morfes con domicilio en la calle Nicaso Oroño Nº 2116 4 piso Dto 12,Capital Federal, transfiere la habilitación municipal para el rubro: “Taller deencuadernacion e imprentas sin editorial”, habilitado por Expediente Nº 54287/2006,28-05-2007) ubicado en la calle Condor Nº 2017 PB, Capital Federal, con unasuperficie de: 103,50 m2, a Misiti Sergio Damian con domicilio en la calle Ombú N°1182 Ituzaingo Pcia de Bs As. Reclamos de Ley en el mismo lugar.

 Solicitantes: Misiti Sergio Damian

 EP 62Inicia: 9-3-2012                                                                                 Vence: 15-3-2012

   

  Transferencia de Habilitación S.A.C. Sociedad Anónima Cinematográfica representada por su Presidente, Dr. MatíasEduardo Carballo domicilio Lavalle 869 C.A.B.A. avisa que transfiere la Habilitaciónpara funcionar en el carácter de “Cinematógrafo capacidad sala 1 (731) espectadores,sala N° 2 (722) espectadores, sala N° 3 (257) espectadores, (capacidad total 1710esp.), y venta de golosinas envasadas y cigarrillos (Quiosco)”, por expediente N°9096/1987, en fecha 13/10/1988 mediante Disposición N° 14.297/DGHP/1988. Surgeademás a nombre de los mismos una redistribución de usos y rectificación de partidade inscripción otorgada para funcionar en carácter de “Cinematógrafo y aditamento fijo(Quiosco) en locales de espectáculos (actividad accesoria), por nota N°10.191/DGVH/2001, mediante Disposición N° 4413/DGVH/2001, para el inmuebleubicado en la Av. Cabildo N° 2702/10 y Dr. Pedro Ignacio Rivera n° 2419/57 P.B. pisos1°, 2°, 3° y 4°. Observaciones: número de salas: (6) seis, con una capacidad total de 1.682localidades. Sala N° 1 (244) localidades. Sala N° 2 (244) localidades. Sala N° 3 (208)localidades. Sala N° 4 (272) localidades. Sala N° 5 (364) localidades. Sala N° 6 (350)localidades. A “LOCAMP S.A.” representada por su Presidente Jack Luis MarceloHarari, domicilio calle 48 n° 667, P.B. “A” La Plata Provincia de Buenos Aires.Reclamos de ley y domicilio de partes en Av. Cabildo n° 2702/10 P.B.

 Solicitantes: Jack Luis Marcelo Harari

 EP 63Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 16-3-2012

 

  Transferencia de Habilitación 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°142

Se hace saber que Ortner, Carlos Alberto, titular del Expediente N° 71831/2008, quefunciona como comercio minorista de máquinas para oficina, cálculo, computación,informática; comercio minorista de libros y revistas; comercio minorista de artículos delibrería, papelería, cartonería, impresos, filatelia, juguetería, discos ygrabación/duplicación de audio y/o video, copias, reproducciones, fotocopias (salvoimprenta); ubicado en Av. Federico Lacroze 3188, P.B., UF. 2, con una superficie de70.10 m2, transfiere su habilitación a Rodriguez Gustavo Marcelo DNI N° 13.872.047.

 Solicitantes: Ortner, Carlos Alberto

Rodriguez Gustavo Marcelo EP 64Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 16-3-2012

 

Edictos Oficiales

Ministerio de Salud

  MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS Notificación - Resolución N.° 815/SUBRH/10 

Buenos Aires, 17 de noviembre de 2010VISTO:La Nota N° 1379005/HNJTB/2009, y teniendo en cuenta los términos de los DecretosNros. 826/2001, 494/2009 y 637/2009, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 826/2001, se reglamenta el Capítulo XII –del RégimenDisciplinario de la Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Ley N° 471; Que por el Decreto N°494/2009, se faculta a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos,dependiente del Ministerio de Hacienda, a resolver, mediante acto administrativo, lastramitaciones referidas a la situación de revista del personal comprendido en la Ley N°471;Que dentro de las mismas está la de disponer cesantías, según lo establecido en elArtículo 1, Inc. c) del precitado Decreto N° 494/2009;Que asimismo se destaca que se ha dado cumplimiento con lo establecido en elDecreto N° 17239/1950 y su modificatorio Decreto N° 2795/1981, dado que el agenteLeonardo Adrián Bohn, D.N.I. 17.542.528, CUIL. 20-17542528-5, ficha 344.528,Auxiliar de Enfermería, del Hospital Neuropsiquiátrico “Dr. José T. Borda”, delMinisterio de Salud, inasiste desde el 10 de septiembre de 2009, por abandono decargo;Que en consecuencia corresponde declararlo cesante a partir de la citada fecha,conforme lo prescripto por los Artículos 48, Inc. b) y 51, Inc. c) de la Ley N° 471;

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°143

Que es de hacer notar que la Dirección General de Sumarios, dependiente delOrganismo Fuera de Nivel Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, hadictaminado en un caso análogo;Que atento lo expuesto, resulta necesario realizar el acto administrativo pertinente aefectos de regularizar la situación planteada.Por ello, conforme las atribuciones conferidas por el artículo 2 del Decreto N°637/2009, 

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOSRESUELVE

 Artículo 1.- Declárase cesante a partir del 10 de septiembre de 2009, al agenteLeonardo Adrián Bohn, D.N.I. 17.542.528, CUIL. 20-17542528-5, ficha 344.528,Auxiliar de Enfermería, del Hospital Neuropsiquiátrico “Dr. José T. Borda”, delMinisterio de Salud, partida 4023.0020.S.B.03.0705, conforme lo prescripto por los N°3550 - 24/11/2010 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 29 Artículos48, Inc. b) y 51, Inc. c) de la Ley N° 471.Artículo 2.- La ex-Dirección Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarioscon relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, ypara su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General deAdministración, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y al Ministeriode Salud. Cumplido, archívese. Legorburu. 

Pablo M. LegorburuSubsecretario

 EO 116Inicia: 12-3-2012                                                                               Vence: 14-3-2012 

 

   MINISTERIO DE SALUD  HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. CARLOS G. DURAND Intimación - Expediente Nº 198.524/11 Sra. Mujica Joba Matilde F.M 433.617 DNI 16.432.464.Se solicita presentarse en las Oficinas de Recursos Humanos del Hospital Durand a losefector de regularizar su situación de revista dentro de las 72 hs. de recibida lapresente, caso contrario se procederá a encuadrar su conducta dentro de los términosdel art. 48, inc. b) de la Ley de Relaciones Laborales Nº 471(B.O.C.B.A. Nº 1026). 

Carlos D. RosalesDirector

 EO 115Inicia: 9-3-2012                                                                                 Vence: 13-3-2012

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°144

 

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

 

UNIDAD FISCAL SUDESTE

 

UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN

 

Citación (Oficio Judicial Nº 417671)Autos: “Cardozo Heraclio Rubén s/inf. Art. 149 bis CP”

 

En mi carácter de Secretaria de la Unidad de Tramitación Común de la Unidad FiscalSudeste, con asiento en Bartolomé Mitre 1735, 3° piso (5295-2500 int. 2479), en virtudde lo ordenado por el Sr. Fiscal Subrogante del Equipo Fiscal “F”, a cargo del Dr. DiegoP. Calo Maiza en el marco del Tº 115408. Leg. 31059/2011 “Cardozo Heraclio Rubéns/inf. Art. 149 bis CP” a fin de requirle la publicación por el término de cinco días de lasiguiente resolución dictada “Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de: hacer saber aHeraclio Rubén Cardozo, titular del DNI 13.573.622, que deberá comparecer a estaUnidad Fiscal Sudeste, Equipo “F” (situada en Bartolomé Mitre 1735, piso 5° de estaCiudad) dentro de los tres días hábiles de notificado y en el horario de 9:00 a 15:00horas, a efectos de estar a derecho, fijar nuevo domicilio real y prestar declaración enlos términos del art. 161 del C.P.P.C.A.B.A., bajo apercibimiento de solicitar que sedeclare su rebeldía y captura. Déjese constancia que el delito que motiva el proceso esel previsto en el art. 149 bis del Código Penal.

 

Julio BarretoProsecretario AdministrativoUnidad Tramitación Común

 

OJ 24Inicia: 7-3-2012                                                                                 Vence: 13-3-2012

 

 

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

 

UNIDAD FISCAL SUDESTE

 

UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN

 

Citación - (Oficio Judicial Nº 417900) (Oficio Judicial Nº 420191)Autos: Cerotti Facundo Cristian s/inf. Art. 149 bis CP

 

En mi carácter de Secretaria de la Unidad de Tramitación Común de la Unidad FiscalSudeste, con asiento en Bartolomé Mitre 1735, 3° piso (5295-2500 int. 2479), en virtudde lo ordenado por el Sr. Fiscal titular del Equipo Fiscal “F”, a cargo del FiscalSubrogante Dr. Diego P. Calo Maiza en el marco del Tº 112777. Leg 30008/2011 Cerotti Facundo Cristian s/inf. Art. 149 bis CP a fin de requirle la publicación por eltérmino de cinco días de la siguiente resolución dictada '“En atención al estado deautos y a efectos de agotar los mecanismos previstos en la ley a fin de dar con elparadero de Facundo Cristian Cecotti, DNI: 42.056.283 habré de disponer lapublicación de edictos por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la CiudadAutónoma de Buenos Aires. A tal fin, hágase saber al nombrado que deberácomparecer a esta Unidad Fiscal Sudeste, Equipo “F” (situada en Bartolomé Mitre 1735piso 5° de esta Ciudad) dentro de los tres días hábiles de notificado y en el horario de

Ministerio Público

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°145

09 a 15 horas, a efectos de recibirle declaración conforme el art 161 del CPPCABA,bajo apercibimiento de solicitar que se declare su rebeldía y su posterior captura.Déjese constancia que el delito que motiva el proceso se encuentra previsto en el art.149 bis del Código Penal.  

Julio BarretoProsecretario AdministrativoUnidad Tramitación Común

 Analía Giso

Prosecretaria AdministrativaUnidad Tramitación Común

 OJ 23Inicia: 8-3-2012                                                                                 Vence: 14-3-2012

 

  MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES UNIDAD FISCAL SUDESTE UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación - (Oficio Judicial Nº 419780)Autos: Vargas Walter Damian s/inf. Art. 149 bis CP En mi carácter de Secretaria de la Unidad de Tramitación Común de la Unidad FiscalSudeste, con asiento en Bartolomé Mitre 1735, 3° piso (5295-2500 int. 2479), en virtudde lo ordenado por el Sr. Fiscal Subrogante del Equipo Fiscal “F”, a cargo del Dr. DiegoP. Calo Maiza en el marco del Tº 115475. Leg 28494/2011 Vargas Walter Damian s/inf.Art. 149 bis CP a fin de requirle la publicación por el término de cinco días de lasiguiente resolución dictada “Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de: hacer saber aWalter Damián Vargas, titular del DNI 33.601.461, que deberá comparecer a estaUnidad Fiscal Sudeste, Equipo “F” (situada en Bartolomé Mitre 1735 piso 5° de estaCiudad) dentro de los tres días hábiles de notificado y en el horario de 9:00 a 15:00horas, a efectos de estar a derecho, fijar nuevo domicilio real y prestar declaración enlos términos del art. 161 del C.P.P.C.A.B.A., bajo apercibimiento de solicitar que sedeclare su rebeldía y captura. Déjese constancia que el delito que motiva el proceso esel previsto en el art. 149 bis del Código Penal. 

Julio BarretoProsecretario AdministrativoUnidad Tramitación Común

 OJ 25Inicia: 7-3-2012                                                                                 Vence: 13-3-2012

 

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS.  PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES 

N° 3871 - 13/03/2012 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°146

JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 9, SECRETARÍAÚNICA Notificación - (Oficio Judicial Nº 422809)Autos: Causa N° 9023/10 “Daneri, Esteban Ricardo s/inf. art 183 del C.P.” Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 9, Secretaría única Autos: CausaN° 9023/10 “Daneri, Esteban Ricardo s/inf. art 183 del C.P.“ Fiscal: Dra. Silvina Bruno,Equipo Fiscal “C“ de la Unidad Fiscal Este. Defensor: Dres. Miguel Talento Bianchi ySebastián Szanassi, Defensoría en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 15.Destinatario: Esteban Ricardo Daneri, titular del D.N.I. Nº 14.014.833 Delito: Art. 183del Código Penal. El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 9 de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, Secretaria Única, sito en Beruti 3345, 4° piso de esta ciudad, dispusolibrar edictos de estilo, por el término de cinco (5) días en el Boletín Oficial de la CABAfin de notificar a Esteban Ricardo Daneri para que comparezca ante este Juzgado,dentro de los tres días de notificado, a efectos de regularizar su situación procesal y, enconsecuencia, estar a derecho. En tal sentido, se transcribe la parte pertinente de laprovidencia que ordena la medida y que díce: “///n la Ciudad Autónoma de BuenosAires, el primer día del mes de marzo de 2012 ... RESUELVO: Publíquense edictos enel Boletín Oficial de la C.A.B.A. por el término de cinco (5) días fin de notificar al aquíimputado, Esteban Ricardo Daneri (D.N.I 14.014.833, nacido el 30/11/1959, de estadocivil soltero, con último domicilio real y constituido en la calle Talcahuano 945, piso 3,depto. “c” de esta ciudad), que deberá comparecer ante este Tribunal (sito Beruti 3345,piso 4, de esta ciudad, tel: 4014-5880), dentro del .tercer día notificado, a efectos deregularizar su situación procesal y, en consecuencia, estar a derecho (art. 63 delC.P.P.). A tal fin, líbrese oficio.Asimismo, notifíquese que una vez vencido el plazo otorgado y de constatarse laincomparecencia del nombrado se declarará directamente su rebeldía y se procederá alibrar la orden de captura a su respecto como así también las comunicacionespertinentes. Fdo.: María Martínez Vega, Juez. Ante Mi.: Maria Teresa Bravo,Prosecretaria Coadyuvante. Publíquese por el término de cinco 5 días. 

María Martínez VegaJuez

 Maria Teresa Bravo

Prosecretaria Coadyuvante 

OJ 21Inicia: 7-3-2012                                                                                 Vence: 13-3-2012

 

Factor Puntaje máximo por factorExamen escrito de oposición 40 Evaluación de antecedentes curriculares y laborales 35 Entrevista personal 25 Metodología de Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales

Factor Subfactor Forma de Evaluación Puntaje Máximo del Subfactor

Máx

Antecedentes Curriculares

Nivel educativo requerido

Posee nivel educativo requerido para el cargo

5

10

Nivel superior al requerido

Posee nivel superior al requerido para el cargo

Programas aprobados en el Instituto Superior de la Carrera.

4 Cursos, Congresos y/o Jornadas en el Instituto Superior de la Carrera o en instituciones de reconocido prestigio. (Se evaluarán hasta 10 cursos de capacitación relacionados con el cargo).

Experiencia Docente Posee experiencia docente 1

Antecedentes Laborales

Experiencia en el Sector Público o Privado, relacionada con los requisitos específicos del cargo.

15

25 Experiencia en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, relacionada con los requisitos específicos del cargo.

10