Boletín jurídico enero

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BOLETÍN JURÍDICO JUEVES 17.01.2013 # 12 1 CALENDARIO DE OBLIGACIONES En el presente Boletín analizaremos las obligaciones de las empresas con las siguientes instituciones públicas: 1.- Ministerio de Relaciones Laborales La autoridad laboral en cumplimiento de sus facultades regula, entre otras, las obligaciones laborales del empleador descritas a continuación: a. Décimo tercer Sueldo: Corresponde al pago de la doceava parte de las remuneraciones anuales percibidas por el trabajador. b. Décimo Cuarto Sueldo: Equivale a un salario básico. c. Utilidades El empleador está obligado a distribuir el 15% de sus utilidades líquidas (excepto en actividades hidrocarburíferas y mineras) a favor de sus trabajadores de la siguiente forma: (i) 10% para sus trabajadores. (ii) 5% restante en proporción a sus cargas familiares. 2.- Servicio de Rentas Internas (SRI) A continuación incluimos las principales obligaciones con la Administración Tributaria: a. Impuesto a la Renta: A partir del ejercicio fiscal 2013 el Impuesto a la Renta a pagar para el caso de sociedades es del 22%. b. Anticipo de Impuesto a la Renta: Las sociedades (excepto financieras) están obligadas a pagar el anticipo de Impuesto a la Renta por un valor equivalente a la suma matemática de los siguientes rubros:

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Como parte de nuestros objetivos de propiciar el manejo transparente y responsable de las instituciones privadas, en el presente Boletín Jurídico les presentamos un resumen de las principales obligaciones a las que se encuentra sometida toda empresa privada para con diversas instituciones del sector público. El Boletín está compuesto de dos capítulos, en el primero se describe cada una de las obligaciones con el Ministerio de Relaciones Laborales, el Servicio de Rentas Internas la Superintendencia de Compañías, el Municipio y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; y en el segundo se incluye un calendario que le permitirá conocer las fechas máximas de presentación o pago de cada una de los obligaciones expuestas, con la finalidad de evitar el pago de multas e intereses por incumplimiento. Como queda dicho, con la presente publicación pretendemos apoyar a que nuestros afiliados, en su anhelo de incrementar su productividad, desarrollen sus actividades en estricto apego a la Ley.

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CALENDARIO DE OBLIGACIONES En el presente Boletín analizaremos las obligaciones de las empresas con las siguientes instituciones públicas:

1.- Ministerio de Relaciones Laborales La autoridad laboral en cumplimiento de sus facultades regula, entre otras, las obligaciones laborales del empleador descritas a continuación: a. Décimo tercer Sueldo: • Corresponde al pago de la doceava

parte de las remuneraciones anuales percibidas por el trabajador.

b. Décimo Cuarto Sueldo: • Equivale a un salario básico.

c. Utilidades • El empleador está obligado a distribuir

el 15% de sus utilidades líquidas (excepto en actividades hidrocarburíferas y mineras) a favor de sus trabajadores de la siguiente forma:

(i) 10% para sus trabajadores. (ii) 5% restante en proporción a sus cargas familiares.

2.- Servicio de Rentas Internas (SRI) A continuación incluimos las principales obligaciones con la Administración Tributaria: a. Impuesto a la Renta: A partir del

ejercicio fiscal 2013 el Impuesto a la Renta a pagar para el caso de sociedades es del 22%.

b. Anticipo de Impuesto a la Renta: Las

sociedades (excepto financieras) están obligadas a pagar el anticipo de Impuesto a la Renta por un valor equivalente a la suma matemática de los siguientes rubros:

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c. Anexo de Retenciones en la Fuente por Relación

de Dependencia (FORMULARIO 107): De acuerdo a la norma tributaria, el empleador está obligado a efectuar la retención en la fuente por Impuesto a la Renta a sus trabajadores. Para el efecto, se deberá sumar todas las remuneraciones percibidas durante el ejercicio fiscal, excepto la decimotercera y decimocuarta remuneración y deducir el aporte individual al IESS y los gastos personales (vivienda, educación, salud, alimentación y vestimenta) proyectados por el trabajador.

d. Anexo/Informe de Precios de Transferencia: Las

sociedades, cuyas operaciones con partes relacionadas domiciliadas en el exterior hayan superado el monto acumulado de US$ 3.000.000,00 o por un monto acumulado comprendido entre US$ 1.000.000,00 a USD 3.000.000,00 cuya proporción del total operaciones con partes relacionadas del exterior sobre el total de ingresos sea superior al 50%, están obligadas a presentar el Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas. Además, existe obligación de presentar el Informe Integral de Precios de Transferencia si las operaciones exceden en un monto acumulado superior a USD 5.000.000,00.

Por otra parte, existen obligaciones de carácter tributario que deben ser cumplidas por las sociedades de manera mensual como: Retención en la fuente de Impuesto a la Renta

(FORMULARIO 103). El Anexo Transacción Simplificado (ATS) en

el que se detalla las transacciones por compras, ventas, exportaciones y retenciones de IVA y de Impuesto a la Renta.

El Anexo de Compras y Retención de

Impuesto a la Renta por otros Conceptos (REOC).

El Anexo de ICE presentado por los

fabricantes e importadores de bienes sujetos al ICE.

3.- La Superintendencia de Compañías Las empresas deben cancelar anualmente un valor por concepto de contribución fijada por el Superintendente en relación a los activos reales de acuerdo a la siguiente tabla (aplicable para el 2013): 4.- Otras obligaciones a. El Impuesto a la Patente se paga por ejercer

una actividad comercial, industrial o financiera. Su tarifa mínima es de USD 10,00 y máximo de USD 25.000.

b. La LUAE autoriza el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado, ubicado en la circunscripción territorial de Quito,; tiene una vigencia anual, con renovaciones automáticas hasta por 4 cuatro años.

c. Activos Totales: El impuesto es pagado por quienes ejercen permanentemente actividades económicas y corresponderá al activo total del año calendario anterior.

d. El aporte pagado al IESS esta compuesto de la siguiente forma:

El 9,35% es el aporte del trabajador. El 12,15% es el aporte del empleador.

Monto del activo real de las compañías (en US$)

Contribución por mil sobreel activo real

desde hasta0,00 23.500,00 0,00

23.500,01 100.000,00 0,71100.000,01 1.000.000,00 0,76

1.000.000,01 20.000.000,00 0,8220.000.000,01 500.000.000,00 0,87

500.000.000,01 en adelante 0,93

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NOTAS IMPORTANTES • El período de cálculo para la Decimotercera remuneración es del 1 de diciembre al 30 de noviembre. • El período de cálculo para la Decimocuarta remuneración en la Costa y Galápagos es del 1 de marzo al 28 de

febrero. • El período de cálculo para la Decimocuarta remuneración en la Sierra y Amazonía es del 1 de agosto al 31

julio.

OBLIGACIONES CON EL MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES

Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio

DécimaTercera

Remuneración

Presentación8 de enero

DécimaCuarta

Remuneración

Costa y Galápagos

Pago15 de Marzo

Presentación30 de Marzo

Utilidades

Pago 15 de Abril

Presentación30 de Abril

Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

DécimaTercera

Remuneración

Pago24 de

Diciembre

DécimaCuarta

Remuneración

Sierra y Amazonía

Pago:15 de Agosto

Presentación: 30 de Agosto

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NOTAS IMPORTANTES • Es obligación de los auditores externos la presentación del Informe de Cumplimiento de Obligaciones

Tributarias.

OBLIGACIONES CON EL SERVIVIO DE RENTAS INTERNAS (ANUAL)

Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio

Impuesto a la Renta

Del 10 al 28 según 9no dígito RUC

Anexo de Retenciones en la Fuente por Relación de

Dependencia

Del 10 al 28 según 9no dígito RUC

Informe de Cumplimiento

deObligaciones Tributarias

hasta el 31

Anexo/Informe de Precios de Transferencia

Del 10 al 28 según 9no dígito

RUC

Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

Anticipo de Impuesto a la

Renta

Del 10 al 28 según 9no dígito

RUC

Del 10 al 28 según 9no dígito RUC

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OBLIGACIONES CON LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS

Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Celebración de

Juntas ordinarias de compañías

limitadas y anónimas

hasta el 31 de Marzo

Presentación de información 30 de Abril

Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

Auditoria ExternaContrataciónhasta el 30 de

Septiembre

Comunicaciónhasta el 31 de

Octubre

Contribución la Superintendencia

de Compañías

Pago mínimo 50% 30 de

Septiembre

Pago Total 50% restante

31 de Diciembre

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NOTAS IMPORTANTES • Las personas naturales y jurídicas que se dedican a las actividades comerciales, industriales o bancarias, dentro

de la jurisdicción del cantón Guayaquil. El hecho generador será determinado por la actividad mercantil y su registro, tratándose de personas naturales; y en el caso de personas jurídicas, la inscripción en el Registro Mercantil de la escritura de constitución o del incremento de capital. La tarifa es del 2 x mil sobre los capitales propios declarados por los contribuyentes en sus respectivas matrículas de comerciales o industriales.

OTRAS OBLIGACIONES

Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Patente

Municipal hasta el 31

Impuesto a los Activos Totales

Del 10 al 28 según 9n dígito del

RUC

Impuesto del 2 x mil sobre el

capital declarado, en

favor del Hospital

Universitario de Guayaquil

Pago 31 de

Marzo10

LUAE Hasta el 30 de abril

Aporte al Instituto

Ecuatoriano de Seguridad

Social IESS

Hasta el 15 Hasta el 15 Hasta el 15 Hasta el 15 Hasta el 15 Hasta el 15

Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

Impuesto Predial

Hasta el 31

Aporte al Instituto

Ecuatoriano de Seguridad

Social IESS

Hasta el 15 Hasta el 15 Hasta el 15 Hasta el 15 Hasta el 15 Hasta el 15

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Dirección Jurídica

Dr. Xavier Sisa – DirectorPatricio Quevedo – Asesor LegalJeannette Jarrín – Asesora Legal

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