Boletín Comité Lantero Septiembre 2007

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BOLETÍN INFORMATIVO COMITÉ DE EMPRESA – LANTERO CARTÓN S. A COMISIONES OBRERAS 2ª etapa nº 2 Septiembre 2007 QUE DIFICIL ES TROQUELAR EL CARTÓN EN UN SIMCA 1000, EN UN SIMCA 1000 ¿Por qué le llaman DRO 2 si su nombre es SIMCA?

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Boletín del Comité de Lantero Cartón S. A. Junio de 2007

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BOLETÍN INFORMATIVO

COMITÉ DE EMPRESA – LANTERO CARTÓN S. A COMISIONES OBRERAS

2ª etapa nº 2 Septiembre 2007

QUE DIFICIL ES TROQUELAR EL CARTÓN EN UN SIMCA 1000, EN UN SIMCA 1000

¿Por qué le llaman DRO 2 si su nombre es SIMCA?

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¡Participa! Sale a la luz el segundo número de esta nueva etapa del boletín. Estamos muy ilu-sionados con la publicación y esperamos que sea del interés de todos. Nos gustaría que fuera un boletín de todos y para todos, y tus aportaciones serán bien recibidas. Anímate a contarnos cosas, noticias, opiniones, quejas… Entre todos lo haremos mejor. Puedes entregar los artículos a cualquier miembro del Comité o enviarlos a la di-rección de correo electrónico [email protected] Te recuerdo que el comité tiene un espacio web donde se van publicando noticias de interés: http://lantero.blogspot.com

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Fábrica: ¿Cosa de hombres?

La perspectiva de que por fin se terminara con la discriminación hacia las mujeres que la Empresa hacía en puestos de fábrica se ha quedado en agua de borrajas. Nosotros nos seguiremos preguntando el porqué de esta situación y seguiremos lu-chando por la igualdad de oportunidades para que, esperemos que pronto, sea una realidad y no solo palabras y promesas.

A vueltas con el tabaco en fábrica Mentiría si como delegado de Salud Laboral no considerara fumar como una aptitud peligrosa en el puesto de trabajo. Y este Comité lo ha dicho bien claro: aquel que incumpla esta prohibi-ción se verá sólo ante las consecuencias, producto de su acto. Pero el Comité no dejará que se persiga y se invada la intimidad de ningún trabajador. Es un derecho que todos tenemos y que no debemos dejar que se nos menoscabe. Si estoy usando el vestuario o los servicios; nadie tie-ne que ir detrás de mí salvo para hacer uso de ellos, como es debido. Lo contrario se podría considerar acoso y persecución. Es innegable que desde que la Dirección optó por hacer cumplir la ley anti-tabaco, la gente no fuma en fábrica. Lo hemos comprobado todos. Por ello, se me hace sorprendente que la Direc-ción haya decidido dar un paso mas allá y comenzar la “Cruzada Anti-Tabaco” vigilando ex-haustivamente cada rincón en busca de colillas, olfateando en cada sala, vigilando desde la en-treplanta... cual cruzado se embarca en luchar contra el enemigo hasta su total sumisión o ani-quilación. Es negativo radicalizar posturas pero en este caso, quien se erige paladín de la seguridad debe demostrarlo en todos los ámbitos laborales, y no sólo quedarse en un punto. Pues un incendio no sólo se produce por una mala acción del trabajador, sino también por un mal mantenimiento, una mala limpieza y una mala gestión de los medios. Y eso vamos a empezar vigilarlo con el mismo empeño que ellos hacen con el tabaco. Está prohibido fumar, lo sabemos todos. El que fume, que se atenga a las graves consecuencias, pero exigiremos un respeto escrupuloso a los derechos y libertades de los compañeros.

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Cayó el muro El pasado día 16 de agosto nos encontramos con la sorpresa de que el gran archivador que separaba las oficinas de Lantero y Contiber había desaparecido.

Cuando llegamos a Torrejón, hace ya casi 10 años, veíamos ese mu-ro como algo absurdo. La Empresa separó físicamente las dos ofici-nas y creíamos que no había motivo y que estaríamos mejor sin él. Últimamente estamos viendo cómo muchos de los administrativos hacen trabajos para las dos Empresas, algo que hasta cierto punto es comprensible y a lo que hasta ahora nadie ha puesto pegas. Lo que no hay que olvidar es que de momento, Lantero y Contiber son dos

empresas, y no es lícito que haya personal de una trabajando en la otra. Hace poco se han incorporado tres personas a la administración de Lantero Cartón, pero tra-bajan en Contiber, haciendo trabajos de Contiber, siguiendo instrucciones de personal de Contiber. Primero nos dijeron que estaban en período formación para luego pasar a Lante-ro… Bueno, eso es lo que nos dijeron hace un par de meses, luego nos dijeron que van a un departamento nuevo llamado “Atención al Cliente”, en el que se atenderán llamadas y se pasarán pedidos de las dos empresas (¿alguien sabía algo de esto?). Personalmente no me parecería mal que Lantero y Contiber se fusionaran. Pero hoy por hoy no lo están, y si se quiere hacer la fusión, tiene que hacerse bien, en el marco legal y con el consenso de toda la Empresa, incluidos sus trabajadores, que creo que somos una parte im-portante. Por otra parte, cualquiera que tenga ojos y algo de cerebro puede darse cuenta de lo que está ocurriendo en Lantero: hace 10 años había 15 personas en administración. El año que viene, cuando se jubilen Pedro y Marcelino, quedarán 3 (a las chicas nuevas no las cuento porque están en Contiber, las cosas como son) de las cuales sólo una estará en la oficina comercial. Vamos, que ya no será necesaria la fusión, porque Contiber no tendrá con quién fusionarse. El Comité de Contiber ha denunciado ya algunos puestos de trabajo (y nosotros nos lo esta-mos planteando), porque las cosas no se pueden hacer como se están haciendo. No se puede hacer la casa por el tejado, ni nos parece bien que se tomen decisiones que nos afectan, de forma unilateral, y “a traición” (como lo del muro, que parece una chorrada, pero es todo un símbolo). ¿Tanto cuesta hablar las cosas?

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Soluciones a problemas con la mutua Antes de abordar este interesante tema, quiero recordar que en caso de resentirse o rein-cidir en molestias o malestar debido a un accidente laboral fuera del horario de trabajo, no es necesario venir al trabajo para irse, a continuación, a la mutua. Lo mejor es dirigir-se directamente a algunas de las clínicas de UMI o concertadas por UMI, lo mas próxima a nuestro domicilio. Será lo más cómodo y natural. Este escrito quiere servir para ayudarnos a saber cómo actuar cuando no estemos de acuerdo con la actuación de la mutua. Pondré los casos más comunes y los desarrollare: 1.-La mutua no quiere darnos la baja y nos envía a la Seguridad Social. La mutua nos niega el origen laboral de la contingencia, tanto accidente de trabajo como enfermedad profesional, y lo desvía directamente a la Seguridad Social. Estas son las “ocurrencias” de los médicos del tipo. “Esto es por jugar al tenis o al fútbol”. Lo primero y, muy importante, es rellenar una Hoja de Reclamaciones en la mutua. Se describirán los hechos sucedidos y las “explicaciones” del médico para la no aceptación de la continencia, pidiendo expresamente la revisión del caso. Acudir a los representantes de Salud Laboral del sindicato, ya el trabajador o sus repre-sentantes, quienes contactaran con la mutua para interceder. Al mismo tiempo, acudir al médico de cabecera para solicitar una baja laboral por con-tingencias comunes, explicándole todo lo ocurrido. A través de este o de la Inspección Medica se solicitara al EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades) una determinación de contingencias que determine el origen laboral o no de la contingencia. 2.-El médico de la mutua nos da el alta medica y no estamos de acuerdo. Tras un periodo de Incapacidad Temporal, el médico de la mutua nos da el alta. Si consi-deramos que persisten problemas de salud que nos impiden la vuelta al trabajo, debemos actuar de la siguiente manera: Rellenar una Hoja de Reclamaciones con nuestra disconformidad pidiendo la revisión del alta. Acudir la sindicato para que los responsables de Salud Laboral se pongan en contac-to con la mutua. También podemos impugnar el alta mediante Reclamación Previa Ad-ministrativa ante el INSS en los 30 días siguientes de la fecha de notificación del alta. Al mismo tiempo, acudir al médico de cabecera para solicitar una baja laboral por contin-gencias comunes y posteriormente a la Inspección Medica para solicitar una determina-ción de contingencia que obligue a la mutua a retomar el proceso.

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Si el médico de cabecera no quiere darnos la baja, debemos acudir a la Inspección Médi-ca. 3.-Recaída. Si en un periodo máximo de 6 meses después del alta por accidente de trabajo, vuelve a tener síntomas relacionados con el mismo. Si la mutua no lo asume, se debe proceder como anteriormente se describe. 4.-Mala practica médica. Si consideramos que el médico ha realizado una practica incorrecta (errores en el diag-nostico o en el tratamiento...) debemos rellenar una Hoja de Reclamaciones. Además, de-bemos formular una Reclamación Previa al INSS. También podemos acudir al Colegios de Médicos y Organizaciones de consumidores y usuarios. 5.-El médico de la mutua nos da el alta pero seguimos haciendo rehabilitación. En ese caso debemos asegurarnos que el trabajo que realizamos es adecuado a nuestro estado de salud. Si no es así, debemos volver a pedir la baja a la mutua o que el tra-bajo se adapte a nuestras condiciones de trabajo. La rehabilitación debe hacerse necesariamente en tiempo efectivo de trabajo. 6.-En la mutua no nos quieren dar el informe de mi estado de salud. Todo paciente tiene derecho a que se le faciliten los certificados acreditativos de su esta-do de salud. Si la mutua se niega a darnos el informe, debemos hacer una petición por escrito citando la Ley 41/2002, Ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Lo principal de todo esto es que si algo del trato de la mutua hacia nosotros no nos parece adecuado, no lo dejemos pasar. Siempre rellenar la Hoja de Reclamación. Con ella, el trabajador y los representantes de salud laboral, tendremos una herramienta a nuestro fa-vor para trabajar. NOTA: Os recordamos que al estar contratadas por la empresa las contingencias comunes, para agilizarlo, podemos hacer pruebas médicas de la Seguridad Social de enfermedades comunes (resonancias, radiografías…) a través de la mutua.

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Cómo actuar en caso de necesitar ir a la mutua UMI Primero aclaremos en que casos debemos acudir a la mutua: 1. Accidente producido por la realización de nuestro trabajo. 2. Accidente in itinere. Es el ocurrido durante el camino de ida o vuelta. Siempre que sea usando el itinerario habitual y sin que haya habido ninguna interrupción por una actividad personal. No tienen ningún límite horario siempre que se cumplan los requisitos anteriores. 3. Accidente en misión; aquellos ocurridos en el trayecto que tiene que hacer el tra-bajador en el cumplimiento de su labor (Ej.: los “viajecitos” a Contiber). 4. Accidente de cargos sindicales; aquellos ocurridos con ocasión o consecuencia del desempeño de sus funciones, así como los ocurridos al ir o volver. 5. Actos de salvamento; los acaecidos por actos de salvamento cuando tengan co-nexión con el trabajo. 6. Enfermedades o defectos preexistentes; se considera accidente de trabajo aquella enfermedad o defecto padecido con anterioridad, que se manifiesta o agrava como consecuencia de un accidente de trabajo. 7. Enfermedades intercurrentes: las consecuencias del accidente que resulten modi-ficadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades inter-currente, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico deter-minado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el paciente para su curación. 8. Enfermedades comunes: también tendrán la consideración de accidente de traba-jo las enfermedades no incluidas en la lista de enfermedades profesionales que con-traiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se prue-be que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo. En caso de accidente, debe trasladarse al accidentado lo antes posible al centro de atención UMI más cercano. O en su defecto al centro asistencial concertado con es-

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ta Mutua, en nuestro caso Cellosa. Pero si la urgencia es de tal gravedad que se te-me por la vida del trabajador, se le trasladara al centro de asistencia, publico o pri-vado, mas cercano. No debemos olvidarnos llevar el DNI o tarjeta sanitaria de la Seguridad Social y el volante de Asistencia Sanitaria de UMI, firmado y sellado por el responsable de la planta en ese momento. Si no se llevase este documento, el proceso se alargaría un poco pues se debería remitir al centro mediante fax. Es muy importante este pape-leo pues no se realizara la cobertura del proceso con o sin baja a esperas de dicho documento. Tampoco se continuara la asistencia, sin el, entendiéndose como priva-da la asistencia prestada. Un punto muy importante son los gastos que UMI debe asumir y cuales no. El tras-lado al centro de asistencia, por nuestra parte, esta cubierto pues la empresa se en-carga de pagar el kilometraje al trabajador que traslade al accidentado. En caso de no existir esa posibilidad, por la falta de vehículo, la UMI solo pagara el transporte que se justifique con un claro componente de urgencia. Una vez que se inicia el tra-tamiento, todo aquel desplazamiento que se realice, para ir a la consulta solo se abonara si tiene prescripción medica por el médico que lo asiste con la autorización por parte del servicio médico de la mutua. De igual manera se consideraran los tras-lados a centros hospitalarios o a provincias / localidades diferentes al de residencia durante la baja. Los gastos de farmacia ocasionados por el tratamiento serán cubiertos por la mutua con la prescripción del médico (no vale tomarte, por tu cuenta, esas pastillas que tan buen resultado te dan) si es un centro UMI o la receta si es concertado. También se tiene que acompañar con la factura de la farmacia y el código de barras del medi-camento. También, mutua, debe suministrarnos y la renovación normal de los aparatos de prótesis y ortopedia y los vehículos para minusválidos. Y correr con la cirugía plás-tica y reparadora así como el tratamiento rehabilitador.

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Puede parecer lo mismo, de azul o de amarillo, qué mas da… Pues no, no es lo mismo y no es que el amarillo dé mala suerte como dicen los más supersticiosos, ni por que el azul sea un color que me guste. El cambio de color en mi indumentaria es algo diferente y atípico que no he conocido nunca en Lantero. Me veo extraño y mira que quedamos guapetones con la ropa nueva (algunos más que otros). Ahora bien, el que eligió el color no tiene que trabajar con tintas ni con grasa. Dice que es para que se nos vea bien y no seamos atropellados por algún ve-hículo, “vale” ¿y es que no había más colores? Algo más oscuro que disimulara la suciedad que generan los productos con los que trabajamos… Cuando el polo ama-rillo pase a ser de lo mas variopinto, será divertido. Ya los hemos visto con lunares rojos, muy sevillano (véase el polo de Conde), o arco iris como los preparadores, o negros que es como quedan después de las limpiezas. Y lo peor: a los que somos poco cuidadosos, se nos ve rápido la parte del polo donde nos secamos las manos. “Jo”, con el azul no se notaba. Veis como no es lo mismo.

No me imagino a alguien como Piquero sin nuestra ropa de de toda la vida. Esa ele-gancia no se volverá a dar. Nos han arrebatado otra seña de nuestra identidad. Por eso siempre recordaré y añoraré nuestro traje AZUL.

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Acuerdos, pluses, gratificaciones, etc… Un breve recordatorio: Gratificación 25 años de servicio en la Empresa: Es el equivalente a tres mensualidades (excepto prima de producción para el personal de fábrica) y se abona el mismo mes en que se cumplen. Gratificación por jubilación y jubilación anticipada: Es el equivalente a tres mensualidades (excep-to prima de producción para el personal de fábrica) y se abona el mismo mes en que accede a la jubila-ción. Este importe es el resultante de la suma del salario convenio, plus antigüedad, plus lineal conve-nio y complemento personal. Se abonará con independencia de la edad en la fecha de cese. En caso de cese con menos de 65 años, los importes serán:

� Baja por jubilación a los 64 años: 2.253,80 € � Baja por jubilación a los 63 años: 3.155,31 € � Baja por jubilación a los 62 años: 4.357,34 € � Baja por jubilación a los 60-61 años por problemas de salud o circunstancias especiales se dará

un tratamiento específico, partiendo de que la cantidad sería la fijada para las bajas por jubilación a los 62 años. Las bajas por jubilación tendrán que producirse dentro de los 30 días siguientes a la fecha en la que el empleado cumpla los años. En caso de sobrepasar dicho plazo, se cobraría la cantidad correspondiente al año siguiente. Ayuda primera vivienda: Es el equivalente al 50% de los intereses de un capital de 15.025,30 € du-rante cuatro años. Sólo para personal fijo. Gratificación por matrimonio: Es el equivalente a una mensualidad. Sólo para el personal adminis-trativo cuando contraen matrimonio. Complemento de nocturnidad: 122,91 €/mes para el personal que trabaje en turno rotativo de noche. Paga de septiembre: En la actualidad es de 498,83 € para el personal fijo y de 342,69 para eventuales a falta de aplicar la subida del convenio de este año más 40 € de acuerdos que se pagarán como atrasos cuando se firme el convenio. Compensación vacaciones: Para todo el personal se abona una compensación si se disfrutan las vaca-ciones en las fechas siguientes (dos semanas seguidas o más):

� Del 1 de enero al 31 de marzo: 259,38 € � Del 1 de abril al 15 de junio: 129,69 € � Del 15 de septiembre al 15 de diciembre: 129,69 € � Del 15 de junio al 15 de septiembre: No hay compensación � Del 15 de diciembre al 31 de diciembre: No hay compensación

Premios de puntualidad, asistencia, absentismo: Sabemos que está pendiente la subida del convenio. Si quieres conocer más premios o ampliar la información, ponte en contacto con el Comité.

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Categorías del Convenio Estatal de Artes Graficas, Manipulados de Papel y Cartón, Editoriales e Industrias Auxiliares

Tras meses de espera y a pesar del esfuerzo de la Patronal por retrasar el proceso judicial iniciado desde CC.OO., en la Audiencia Nacional, se celebró el juicio para la impugnación del acuerdo sobre categorías profesionales.

Ante la propuesta de conciliación planteada por los magistrados de la sala, la patro-nal y sindicatos demandados, reconocen la ineficacia de unos documentos suscritos sin contar con la mayoría de CC.OO., tal como recoge el acta de conciliación de la Audiencia Nacional:

“Que el documento impugnado de 25 de Enero de 2007, carece de virtualidad, eficacia y vigencia, hasta que tome una decisión al respecto la Comisión Nego-ciadora del nuevo convenio, obviando la naturaleza dada por la Dirección Gene-ral de Trabajo”

De nuevo la firmeza en nuestros planteamientos ha sido determinante, para no vali-dar acuerdos que carecen del apoyo de la mayoría de trabajadores del sector y a pe-sar de la postura reiterativa mantenida por la Patronal en la Comisión Negociadora de querer imponerlo como “Acuerdo Puro y ya no condicionado” no solo se reco-noce su falta de virtualidad, además, se faculta a la Comisión Negociadora para que llegue al acuerdo de modificación de la estructura profesional en el sector, tal como establece nuestro ordenamiento jurídico.

Comisiones Obreras

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CONVENIO ESTATAL DE ARTES GRAFICAS, MANIPULADOS DE PAPEL y CARTON,

EDITORIALES e INDUSTRIAS AUXILIARES.

COMUNICADO Nº 7 30-7-07 Durante el mes de Julio, una vez reconocida por todas las partes, la ineficacia de los documen-tos suscritos anteriormente, se han mantenido reuniones los días 18, 19 y 26, en primer lugar con el resto de sindicatos que conforman la Comisión Negociadora para consensuar una pro-puesta sobre definiciones, y después la Comisión Negociadora para ver la disposición real que tiene la patronal de entrar a discutir el documento entregado por CCOO, si participaban todos los sindicatos de dicha Comisión. A pesar de las buenas intenciones y aun llegando a un texto común de definiciones, el proceso continúa alargándose, pues faltaría consensuar después asuntos imprescindibles para su aplica-ción:

- Plazos de ejecución. - Movilidad funcional. - Definiciones de nuevos términos: autonomía, responsabilidad, experiencia… - Etc.

Fijamos el calendario de reuniones para los días 13, 20 y 27 de Septiembre y reanudar así la negociación después del periodo vacacional.