BOJA15-055-00551

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#CODIGO_VERIFICACION# SUMARIO BOJA Boletín Oficial de la Viernes, 20 de marzo de 2015 Año XXXVII Número 55 CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Secretaría General Técnica Depósito Legal: SE 410 - 1979 ISSN: 2253 - 802X 1. Disposiciones generales PÁGINA CONSEJERÍA DE JUSTICIA E INTERIOR Decreto 106/2015, de 17 de marzo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de las manifestaciones festivas con uso de artificios pirotécnicos y la formación de las personas que intervienen en las mismas. 14 Decreto 108/2015, de 17 de marzo, por el que se establecen las características de los medios materiales a utilizar en el proceso electoral para la elección de la Presidencia de las Entidades Locales Autónomas existentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 20 2. Autoridades y personal 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Resolución de 17 de marzo de 2015, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se modifica la Comisión de Selección designada por Resolución de 15 de septiembre de 2014, por la que se convocan pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía (C2.1000) correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2013. 36 CONSEJERÍA DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES Resolución de 12 de marzo de 2015, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de un puesto de cargo intermedio para el Área de Gestión y Servicios de Jefe/a de Grupo de Procesos en el Hospital Universitario Virgen Macarena. 37

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    Viernes, 20 de marzo de 2015 Ao XXXVII Nmero 55

    CONSEJERA DE LA PRESIDENCIA Secretara General Tcnica

    Depsito Legal: SE 410 - 1979ISSN: 2253 - 802X

    1. Disposiciones generales

    PGINA

    CONSejeRA De jUStICIA e INteRIOR

    Decreto 106/2015, de 17 de marzo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de las manifestaciones festivas con uso de artificios pirotcnicos y la formacin de las personas que intervienen en las mismas. 14

    Decreto 108/2015, de 17 de marzo, por el que se establecen las caractersticas de los medios materiales a utilizar en el proceso electoral para la eleccin de la Presidencia de las Entidades Locales Autnomas existentes en el territorio de la Comunidad Autnoma de Andaluca. 20

    2. Autoridades y personal

    2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

    CONSejeRA De HACIeNDA y ADMINIStRACIN PbLICA

    Resolucin de 17 de marzo de 2015, de la Secretara General para la Administracin Pblica, por la que se modifica la Comisin de Seleccin designada por Resolucin de 15 de septiembre de 2014, por la que se convocan pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andaluca (C2.1000) correspondiente a la Oferta de Empleo Pblico de 2013. 36

    CONSejeRA De IgUALDAD, SALUD y POLtICAS SOCIALeS

    Resolucin de 12 de marzo de 2015, de la Direccin Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de mritos para la cobertura de un puesto de cargo intermedio para el rea de Gestin y Servicios de Jefe/a de Grupo de Procesos en el Hospital Universitario Virgen Macarena. 37

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    Resolucin de 12 de marzo de 2015, de la Direccin Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de mritos para la cobertura de un puesto de cargo intermedio de Supervisor/a de Cuidados de la Unidad de Gestin Clnica de Obstetricia-Ginecologa, en el rea de Gestin Sanitaria Sur de Granada. 44

    Resolucin de 12 de marzo de 2015, de la Direccin Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca la cobertura de un puesto de cargo intermedio de Coordinador/a de Dispositivo Asistencial de la UGC de Salud Mental en la Unidad de Hospitalizacin de Salud Mental en el Hospital Torrecrdenas. 52

    Resolucin de 12 de marzo de 2015, de la Direccin Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca la cobertura de un puesto de cargo intermedio de Director/a de Unidad de Gestin Clnica de La Caleta. 60

    Resolucin de 12 de marzo de 2015, de la Direccin Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca la cobertura de un puesto de cargo intermedio de Director/a de Unidad de Gestin Clnica de Zaidin Centro. 68

    CONSejeRA De AgRICULtURA, PeSCA y DeSARROLLO RURAL

    Resolucin de 17 de marzo de 2015, de la Secretara General Tcnica, por la que se anuncia convocatoria pblica para cubrir puesto de trabajo de libre designacin en la Consejera. 76

    Resolucin de 17 de marzo de 2015, de la Secretara General Tcnica, por la que se anuncia convocatoria pblica para cubrir puesto de trabajo de libre designacin en la Consejera. 77

    3. Otras disposiciones

    CONSejeRA De ADMINIStRACIN LOCAL y ReLACIONeS INStItUCIONALeS

    Resolucin de 12 de marzo de 2015, de la Direccin General de Administracin Local, por la que se admite la inscripcin en el Registro Andaluz de Entidades Locales del Escudo y la Bandera del Municipio de Paterna del Ro (Almera). 78

    CONSejeRA De HACIeNDA y ADMINIStRACIN PbLICA

    Orden de 6 de febrero de 2015, por la que se dispone la publicacin de los Presupuestos de Explotacin y de Capital y del Programa de Actuacin, Inversin y Financiacin de Infraestructuras Tursticas de Andaluca, S.A. 79

    Orden de 6 de febrero de 2015, por la que se dispone la publicacin de los Presupuestos de Explotacin y de Capital y del Programa de Actuacin, Inversin y Financiacin de Metro de Granada, S.A. 101

    Orden de 6 de febrero de 2015, por la que se dispone la publicacin de los Presupuestos de Explotacin y de Capital y del Programa de Actuacin de Inversin y Financiacin de Apartahotel Trevenque, S.A. 127

    Orden de 6 de febrero de 2015, por la que se dispone la publicacin de los Presupuestos de Explotacin y de Capital y del Programa de Actuacin, Inversin y Financiacin del Consorcio de Transporte Metropolitano del rea de Granada. 148

    Orden de 6 de febrero de 2015, por la que se dispone la publicacin de los Presupuestos de Explotacin y de Capital y del Programa de Actuacin, Inversin y Financiacin de la Empresa Pblica de Emergencias Sanitarias. 167

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    Orden de 6 de febrero de 2015, por la que se dispone la publicacin de los Presupuestos de Explotacin y de Capital y del Programa de Actuacin, Inversin y Financiacin de la Agencia de Vivienda y Rehabilitacin de Andaluca. 193

    Orden de 6 de febrero de 2015, por la que se dispone la publicacin de los Presupuestos de Explotacin y de Capital y del Programa de Actuacin de Inversin y Financiacin de Inversin y Gestin de Capital Riesgo de Andaluca, S.A.U. (Invercaria). 246

    Orden de 6 de febrero de 2015, por la que se dispone la publicacin de los Presupuestos de Explotacin y de Capital y del Programa de Actuacin, Inversin y Financiacin de la Agencia Pblica de Puertos de Andaluca. 267

    Orden de 11 de febrero de 2015, por la que se modifica parcialmente la relacin de puestos de trabajo de la Administracin General de la Junta de Andaluca correspondiente a las Consejeras de Administracin Local y Relaciones Institucionales y de Medio Ambiente y Ordenacin del Territorio. 298

    Correccin de errores de la Resolucin de 19 de mayo de 2014, de la Direccin General de Planificacin y Organizacin de los Servicios Pblicos, por la que se modifica la relacin de puestos de trabajo de la Administracin General de la Junta de Andaluca correspondiente a la Consejera de Medio Ambiente y Ordenacin del Territorio para el cumplimiento de la sentencia que se cita (BOJA nm. 101, de 28.5.2014). 302

    CONSejeRA De eCONOMA, INNOVACIN, CIeNCIA y eMPLeO

    Resolucin de 16 de marzo de 2015, de la Viceconsejera, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio pblico de Transporte Suburbano de Viajeros que presta la Empresa Metro de Sevilla Sociedad Concesionaria de la Junta de Andaluca, S.A., en Sevilla y su rea metropolitana, mediante el establecimiento de servicios mnimos. 305

    Resolucin de 16 de marzo de 2015, de la Viceconsejera, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio pblico que presta la Empresa Celemin & Formacin, S.L., que realiza el servicio de apoyo y asistencia para alumnos con necesidades educativas especiales en los centros docentes pblicos de la provincia de Huelva, mediante el establecimiento de servicios mnimos. 308

    Resolucin de 12 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Economa, Innovacin, Ciencia y Empleo en Mlaga, por la que se declaran francos y registrables los terrenos no otorgados en el concurso pblico de registros mineros publicado en el Boletn Oficial de la Junta de Andaluca nm. 245, de 17 de diciembre de 2014. 310

    CONSejeRA De IgUALDAD, SALUD y POLtICAS SOCIALeS

    Resolucin de 12 de marzo de 2015, de la Direccin Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se comunica la Resolucin de 9 de marzo de 2015, de esta Direccin Gerencia, por la que se delegan las competencias en la persona titular de la Direccin Gerencia del Complejo Hospitalario de Jan, para la suscripcin de un convenio de colaboracin con la Asociacin espaola contra el cncer y la Escuela de arte Jos Nogue para la ejecucin de trabajos de diseo y decoracin del servicio de oncologa del Hospital Mdico-Quirrgico del Complejo Hospitalario de Jan. 312

    Resolucin de 16 de marzo de 2015, de la Direccin Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se crea el Registro Auxiliar nm. 1, dependiente del Registro General de Documentos, de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud. 313

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    CONSejeRA De eDUCACIN, CULtURA y DePORte

    Orden de 13 de noviembre de 2014, por la que se concede la autorizacin administrativa de apertura y funcionamiento al centro de Educacin Infantil Kindergarden Jardiln 2 de Sevilla. (PP. 3502/2014). 314

    Orden de 24 de febrero de 2015, por la que se autoriza el cambio de titularidad al centro docente privado de educacin infantil Santa Infancia de Sevilla. 315

    CONSejeRA De AgRICULtURA, PeSCA y DeSARROLLO RURAL

    Resolucin de 12 de marzo de 2015, de la Direccin General de Pesca y Acuicultura, por la que se modifica la poca de veda para la captura de coquina (Donax Trunculus) en el litoral Atlntico de la Comunidad Autnoma de Andaluca durante el ao 2015. 316

    Resolucin de 11 de marzo de 2015, de la Direccin General de Fondos Agrarios, por la que se delegan competencias en materia de controles en las actuaciones de intervencin y regulacin de mercados para la ayuda que se cita, a favor de la Agencia de Gestin Agraria y Pesquera de Andaluca. 317

    Correccin de errores de la Resolucin de 25 de noviembre de 2014, de la Delegacin Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Huelva, emitida por la Comisin Territorial de Ordenacin del Territorio y Urbanismo, relativa a la Modificacin nm. 1 de la adaptacin parcial de las NN.SS. a la LOUA del trmino municipal de La Nava (BOJA nm. 21, de 2.2.2015). 319

    CONSejeRA De MeDIO AMbIeNte y ORDeNACIN DeL teRRItORIO

    Resolucin de 28 de enero de 2015, de la Direccin General de Infraestructuras y Explotacin del Agua, por la que se publica el convenio entre la Consejera de Medio Ambiente y Ordenacin del Territorio de la Junta de Andaluca y el Ayuntamiento de Teba (Mlaga) para la construccin, financiacin y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidrulicas de depuracin de inters de la Comunidad Autnoma de Andaluca. 320

    4. Administracin de Justicia

    jUzgADOS De PRIMeRA INStANCIA

    Edicto de 11 de marzo de 2015, del Juzgado de Primera Instancia nm. Tres de Crdoba, dimanante de autos nm. 578/2014. 329

    Edicto de 17 de diciembre de 2014, del Juzgado de Primera Instancia nm. Once de Mlaga, dimanante de procedimiento ordinario nm. 342/2004. (PP. 293/2015). 331

    jUzgADOS De PRIMeRA INStANCIA e INStRUCCIN

    Edicto de 13 de marzo de 2014, del Juzgado de Primera Instancia e Instruccin nm. Tres de El Ejido, dimanante de procedimiento ordinario nm. 254/2013. (PP. 184/2015). 333

    Edicto de 12 de marzo de 2015, del Juzgado de Primera Instancia e Instruccin nm. Cuatro de Estepona, dimanante de autos nm. 438/2013. 334

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    Edicto de 16 de diciembre de 2014, del Juzgado de Primera Instancia e Instruccin nm. Tres de Utrera, dimanante de procedimiento divorcio contencioso nm. 702/2013. 336

    Edicto de 9 de febrero de 2015, del Juzgado de Primera Instancia e Instruccin nm. Dos de Vera, dimanante de procedimiento nm. 940/2010. (PP. 441/2015). 338

    jUzgADOS De LO SOCIAL

    Edicto de 9 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Siete de Mlaga, dimanante de autos nm. 108/2015. 340

    Edicto de 10 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Siete de Mlaga, dimanante de autos nm. 476/2014. 341

    Edicto de 10 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos nm. 601/13 342

    Edicto de 11 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos nm. 1274/2013-3. 343

    Edicto de 11 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos nm. 785/13. 344

    Edicto de 11 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos nm. 545/13. 345

    Edicto de 11 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos nm. 599/12. 346

    Edicto de 11 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos nm. 252/14. 347

    Edicto de 12 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos nm. 88/13. 348

    Edicto de 12 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos nm. 1153/12. 349

    Edicto de 12 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos nm. 230/12. 350

    Edicto de 12 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos nm. 1465/12. 351

    Edicto de 10 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos nm. 678/2012. 352

    Edicto de 10 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos nm. 681/2012. 353

    Edicto de 11 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos nm. 762/2012. 354

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    Edicto de 11 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos nm. 8/2014. 356

    Edicto de 12 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos nm. 834/2012. 358

    Edicto de 16 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social nm. Cinco de Sevilla, dimanante de procedimiento social ordinario nm. 764/2012. 359

    5. Anuncios

    5.1. Licitaciones pblicas y adjudicaciones

    CONSejeRA De FOMeNtO y VIVIeNDA

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitacin de Andaluca (AVRA), Gerencia Provincial de Granada, sobre adjudicacin y formalizacin del contrato de obras que se cita. 361

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitacin de Andaluca (AVRA), Gerencia Provincial de Granada, sobre adjudicacin y formalizacin del contrato de obras que se cita. 362

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitacin de Andaluca (AVRA), Gerencia Provincial de Granada, sobre adjudicacin y formalizacin del contrato de obras que se cita. 363

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitacin de Andaluca (AVRA), Gerencia Provincial de Granada, sobre adjudicacin y formalizacin del contrato de obras que se cita. 364

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitacin de Andaluca (AVRA), Gerencia Provincial de Granada, sobre adjudicacin y formalizacin del contrato de obras que se cita. 365

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial de la Agencia de Vivienda y Rehabilitacin de Andaluca en Granada, sobre adjudicacin y formalizacin del contrato de obras que se cita. 366

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial de la Agencia de Vivienda y Rehabilitacin de Andaluca en Granada, sobre adjudicacin y formalizacin del contrato de obras que se cita. 367

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial de la Agencia de Vivienda y Rehabilitacin de Andaluca en Granada, sobre adjudicacin y formalizacin del contrato de obras que se cita. 368

    UNIVeRSIDADeS

    Resolucin de 9 de marzo de 2015, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca procedimiento abierto para la licitacin del expediente de contratacin que se cita. (PD. 675/2015). 369

    Resolucin de 11 de marzo de 2015, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, de inicio de expediente que se cita. (PD. 676/2015). 370

    Resolucin de 12 de marzo de 2015, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca procedimiento abierto para la licitacin del expediente de contratacin que se cita. (PD. 677/2015). 372

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    5.2. Otros anuncios oficiales

    CONSejeRA De LA PReSIDeNCIA

    Edicto de 3 de marzo de 2015, de la Delegacin del Gobierno de la Junta de Andaluca en Jan, en el expediente sancionador que se cita. 374

    Edicto de 13 de marzo de 2015, de la Delegacin del Gobierno de la Junta de Andaluca en Mlaga, Comisin Provincial de Asistencia Jurdica Gratuita, sobre notificaciones. 375

    Edicto de 16 de marzo de 2015, de la Delegacin del Gobierno de la Junta de Andaluca en Mlaga, Comisin Provincial de Asistencia Jurdica Gratuita, sobre notificaciones. 376

    Anuncio de 12 de marzo de 2015, de la Delegacin del Gobierno de la Junta de Andaluca en Almera, Comisin Provincial de Valoraciones, por el que se comunica a los interesados que se indican la interposicin de recurso contencioso-administrativo, el 72/2015, Seccin 4/U, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andaluca con sede en Granada, a efectos de emplazamiento. 379

    Anuncio de 13 de marzo de 2015, de la Delegacin del Gobierno de la Junta de Andaluca en Cdiz, por el que se publican actos administrativos relativos a procedimientos sancionadores en materia de Juegos, Espectculos Pblicos y/o Proteccin Animal y a procedimiento de requerimiento de tasas fiscales sobre el Juego. 380

    CONSejeRA De HACIeNDA y ADMINIStRACIN PbLICA

    Anuncio de 17 de marzo de 2015, de la Secretara General para la Administracin Pblica, por el que se notifica el emplazamiento personal a los interesados que se citan. 382

    Anuncio de 2 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Almera de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Purchena. 383

    Anuncio de 6 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Almera de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos. 385

    Anuncio de 10 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Cdiz de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos, dictados por la Oficina Liquidadora de Medina Sidonia. 389

    Anuncio de 11 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Cdiz de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos, dictados por la Oficina Liquidadora de Barbate. 390

    Anuncio de 12 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Cdiz de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos. 391

    Anuncio de 12 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Cdiz de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos, dictados por la Oficina Liquidadora de Olvera. 393

    Anuncio de 13 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Cdiz de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos. 394

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    Anuncio de 27 de febrero de 2015, de la Gerencia Provincial en Crdoba de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Aguilar. 395

    Anuncio de 2 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Crdoba de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Posadas. 396

    Anuncio de 4 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Crdoba de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Posadas. 397

    Anuncio de 4 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Crdoba de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Cabra. 398

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Crdoba de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos. 399

    Anuncio de 10 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Crdoba de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos, dictados por la Oficina Liquidadora de Baena. 402

    Anuncio de 12 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Crdoba de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Lucena. 403

    Anuncio de 5 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Granada de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Santa Fe. 404

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Granada de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos, dictados por la Oficina Liquidadora de Guadix. 405

    Anuncio de 16 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Granada de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos. 407

    Anuncio de 24 de febrero de 2015, de la Gerencia Provincial en Huelva de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de La Palma del Condado. 417

    Anuncio de 2 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Huelva de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos. 419

    Anuncio de 23 de febrero de 2015, de la Gerencia Provincial en Jan de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de beda. 428

    Anuncio de 24 de febrero de 2015, de la Gerencia Provincial en Jan de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Martos. 429

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    Anuncio de 27 de febrero de 2015, de la Gerencia Provincial en Jan de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Villacarrillo. 430

    Anuncio de 2 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Jan de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Huelma. 431

    Anuncio de 3 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Jan de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Orcera. 432

    Anuncio de 4 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Jan de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Alcal la Real. 433

    Anuncio de 4 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Jan de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Cazorla. 434

    Anuncio de 6 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Jan de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Andjar. 435

    Anuncio de 10 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Jan de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos. 436

    Anuncio de 27 de febrero de 2015, de la Gerencia Provincial en Mlaga de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Vlez-Mlaga. 438

    Anuncio de 27 de febrero de 2015, de la Gerencia Provincial en Mlaga de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Mijas. 440

    Anuncio de 27 de febrero de 2015, de la Gerencia Provincial en Mlaga de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Ronda. 448

    Anuncio de 3 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Mlaga de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Estepona 449

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Mlaga de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Benalmdena. 450

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Mlaga de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos, dictados por la Oficina Liquidadora de Marbella. 451

    Anuncio de 10 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Mlaga de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Manilva. 452

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    Anuncio de 11 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Mlaga de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Estepona. 453

    Anuncio de 27 de febrero de 2015, de la Gerencia Provincial en Sevilla de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Carmona. 454

    Anuncio de 3 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Sevilla de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de Lora del Ro. 455

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Sevilla de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos dictados por la Oficina Liquidadora de cija. 456

    Anuncio de 13 de marzo de 2015, de la Gerencia Provincial en Sevilla de la Agencia Tributaria de Andaluca, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en actos de aplicacin de los tributos. 457

    CONSejeRA De eCONOMA, INNOVACIN, CIeNCIA y eMPLeO

    Resolucin de 17 de marzo de 2015, de la Direccin Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Almera, por la que se hace pblica la concesin de subvenciones del Programa de Orientacin Profesional y Acompaamiento a la Insercin, correspondiente a la convocatoria 2014. 465

    Resolucin de 17 de marzo de 2015, de la Direccin Provincial de Cdiz del Servicio Andaluz de Empleo, referente a publicacin de ayudas concedidas. 469

    Resolucin de 11 de marzo de 2015, de la Direccin Provincial de Sevilla del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se hacen pblicas las notificaciones de diversos actos administrativos. 470

    Resolucin de 16 de marzo de 2015, de la Direccin Provincial de Sevilla del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se hacen pblicas las notificaciones de diversos actos administrativos. 471

    Anuncio de 16 de marzo de 2015, de la Direccin General de Autnomos y Planificacin Econmica, por el que se notifican diversos actos administrativos relativos a la Orden de 15 de marzo de 2007, que se cita. 472

    Anuncio de 16 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Economa, Innovacin, Ciencia y Empleo en Almera, por el que se publican actos administrativos relativos a resoluciones de recursos de alzada, correspondientes a procedimientos sancionadores en materia de infracciones en el orden social. 474

    Anuncio de 17 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Economa, Innovacin, Ciencia y Empleo en Almera, referente a la notificacin de acuerdo inicio de procedimiento de reintegro. 475

    Anuncio de 15 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Economa, Innovacin, Ciencia y Empleo en Crdoba, por el que se notifica acto administrativo relativo a procedimiento sancionador en materia de industria. 476

    Anuncio de 9 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Economa, Innovacin, Ciencia y Empleo en Huelva, referente a la notificacin de diversos actos administrativos que se citan. 477

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    CONSejeRA De IgUALDAD, SALUD y POLtICAS SOCIALeS

    Resolucin de 16 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Igualdad, Salud y Polticas Sociales en Cdiz, por la que se hace pblica la relacin de solicitantes del Programa de Solidaridad a los que no ha sido posible notificar diferentes resoluciones y actos administrativos. 478

    Notificacin de 17 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Igualdad, Salud y Polticas Sociales en Huelva, de resolucin de ratificacin del desamparo y sus medidas, de 11 de marzo de 2015, adoptada en el expediente de proteccin de menores que se cita. 480

    Notificacin de 17 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Igualdad, Salud y Polticas Sociales en Huelva de la resolucin de acuerdo de inicio del procedimiento de desamparo. 481

    Notificacin de 17 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Igualdad, Salud y Polticas Sociales en Huelva, de la resolucin de constitucin provisional de acogimiento familiar. 482

    Anuncio de 17 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Igualdad, Salud y Polticas Sociales en Almera, para la notificacin por edicto del citado acto. 483

    Anuncio de 17 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Igualdad, Salud y Polticas Sociales en Almera, por el que se publican actos administrativos relativos a procedimientos sancionadores en materia de Salud Pblica. 484

    Anuncio de 17 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Igualdad, Salud y Polticas Sociales en Granada, por el que se comunica la cancelacin registral en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) a distintas empresas. 485

    Anuncio de 6 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Igualdad, Salud y Polticas Sociales en Huelva, por el que se cita para ser notificado por comparecencia en acto de liquidacin de sanciones 486

    Anuncio de 13 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Igualdad, Salud y Polticas Sociales en Huelva, por el que se citan para ser notificado por comparecencia en actos de liquidacin de sanciones. 487

    CONSejeRA De eDUCACIN, CULtURA y DePORte

    Resolucin de 16 de marzo de 2015, de la Secretara General Tcnica, por la que se hacen pblicos actos referentes a desestimacin abono de paga extraordinaria de antigedad. 488

    Anuncio de 12 de marzo de 2015, de la Direccin General de Formacin Profesional para el Empleo, por el que se dispone la notificacin del Acuerdo de inicio de expediente de reintegro. 489

    Anuncio de 12 de marzo de 2015, de la Direccin General de Formacin Profesional para el Empleo, por el que se dispone la notificacin del Acuerdo de inicio de expediente de reintegro. 490

    CONSejeRA De FOMeNtO y VIVIeNDA

    Anuncio de 17 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Granada, Secretara General Provincial de Turismo y Comercio, por el que se notifica propuesta de resolucin del expediente sancionador que se cita en materia de turismo. 491

    Anuncio de 11 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Mlaga, por el que se notifica la propuesta de resolucin que se cita, en materia de turismo. 492

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    Anuncio de 11 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Mlaga, por el que se notifica la Resolucin que se cita en materia de turismo. 493

    Anuncio de 12 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Mlaga, por el que se notifican actos administrativos relativos a procedimiento de inscripcin en el Registro General de Comerciantes Ambulantes de Andaluca. 494

    Anuncio de 12 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Mlaga, por el que se anuncia la relacin de solicitantes de prrroga de subsidiacin de prstamo convenido por la adquisicin de vivienda protegida y vivienda usada cuyas solicitudes fueron presentadas a partir de la entrada en vigor del R.D.L. de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad y con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 4/2013 de 4 de junio de medidas de flexibilizacin y fomento del mercado del alquiler de vivienda, de acuerdo con lo establecido en el nuevo criterio interpretativo del art. 35 del R.D.L. 20/2012 concerniente a la supresin de dichas ayudas y a los que no ha sido posible notificar diferentes resoluciones. 495

    Anuncio de 16 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Mlaga, por el que se hace pblica la relacin de solicitantes de transmisiones de viviendas protegidas a los que no ha sido posible notificar diferentes resoluciones. 497

    CONSejeRA De AgRICULtURA, PeSCA y DeSARROLLO RURAL

    Resolucin de 19 de febrero de 2015, de la Delegacin Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Sevilla, por la que se somete al trmite de informacin pblica el proyecto que se cita, en el trmino municipal de El Ronquillo-Guillena. (PP. 435/2015). 498

    Resolucin de 4 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Sevilla, por la que se somete al trmite de informacin pblica el proyecto que se cita, en el trmino municipal de Badolatosa (Sevilla). (PP. 554/2015). 499

    Anuncio de 6 de febrero de 2015, de la Delegacin Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Almera, de apertura del perodo de informacin pblica del expediente que se cita, de autorizacin para realizar obras en zona de polica del cauce Rambla del Higueral, t.m. de Tijola. (PP. 408/2015). 500

    Anuncio de 6 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Almera, de apertura del perodo de informacin pblica del expediente que se cita, de autorizacin para realizar obras en zona de polica del cauce Rambla Morales, t.m. de Njar. (PP. 587/2015). 501

    Anuncio de 12 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Huelva, notificando propuesta de resolucin de los expedientes sancionadores que se citan. 502

    Anuncio de 16 de marzo de 2015, de la Delegacin Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Huelva, notificando Resolucin de recurso de alzada de los expedientes sancionadores que se citan. 503

    Anuncio de 9 de febrero de 2015, de la Delegacin Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Almera, de apertura del perodo de informacin pblica del expediente que se cita, de autorizacin para realizar obras en zona de polica en el t.m. de Njar. (PP. 469/2015). 504

    CONSejeRA De MeDIO AMbIeNte y ORDeNACIN DeL teRRItORIO

    Anuncio de 18 de febrero de 2015, de la Direccin General de Infraestructuras y Explotacin del Agua, de citacin para notificacin por comparecencia en actos de gestin de tributos en materia de aguas relativos al mbito territorial del Distrito Hidrogrfico Mediterrneo. 505

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    AyUNtAMIeNtOS

    Anuncio de 11 de marzo de 2015, del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, de modificacin de bases para la provisin de plaza de Tcnico Jurdico. 549

    Correccin de errores de la Resolucin de 7 de enero de 2015, del Ayuntamiento de Mijas, de bases de la convocatoria de cinco plazas de Administrativo/a por promocin interna. 551

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    1. Disposiciones generales

    CONSejeRA De jUStICIA e INteRIOR

    DECRETO 106/2015, de 17 de marzo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de las manifestaciones festivas con uso de artificios pirotcnicos y la formacin de las personas que intervienen en las mismas.

    El artculo 72.2 del Estatuto de Autonoma para Andaluca atribuye a esta Comunidad Autnoma la competencia exclusiva en materia de espectculos y actividades recreativas que incluye, en todo caso, la ordenacin del sector, el rgimen de intervencin administrativa y el control de todo tipo de espectculos en espacios y locales pblicos.

    La Directiva 2007/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de mayo de 2007 viene a armonizar las divergentes disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre la puesta en el mercado de artculos pirotcnicos, a fin de garantizar su libre circulacin en el mercado interior, asegurando al mismo tiempo un alto nivel de proteccin de la salud humana y de la seguridad y proteccin de los consumidores, as como de los usuarios profesionales finales. En este sentido, los artculos pirotcnicos deben cumplir las disposiciones de la Directiva cuando se pongan por primera vez en el mercado comunitario.

    El Reglamento de artculos pirotcnicos y cartuchera, aprobado por Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, incorpora al ordenamiento jurdico espaol la Directiva 2007/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de mayo de 2007, sobre la puesta en el mercado de artculos pirotcnicos. Esta Directiva exclua de su mbito de aplicacin el uso por parte del fabricante de artificios de pirotecnia sin marcado CE en manifestaciones festivas religiosas, culturales y tradicionales. No obstante, con la finalidad de preservar el alto nmero de manifestaciones festivas en las que se usan este tipo de artificios pirotcnicos, el artculo 21.5 del Reglamento, al regular las excepciones de los artificios pirotcnicos sin marcado CE, permite otorgar autorizaciones estatales para fabricar, almacenar y transportar artculos pirotcnicos para su uso por consumidores reconocidos como expertos, de acuerdo con lo dispuesto en la Instruccin tcnica complementaria nmero 18 del Reglamento.

    De conformidad con lo previsto en dicha Instruccin Tcnica Complementaria, las fiestas de moros y cristianos con actos de arcabucera as como aquellas otras en las que se usen armas de avancarga, no se incluyen dentro de estas manifestaciones festivas, y por tanto no les son aplicables las disposiciones de este decreto.

    La Instruccin Tcnica Complementaria nmero 18 del Reglamento de artculos pirotcnicos y cartuchera establece la competencia de las Comunidades Autnomas para reconocer las manifestaciones festivas religiosas, culturales o tradicionales en las que se utilicen artificios de pirotecnia que se encuentran excluidos de la directiva comunitaria. Dicho reconocimiento a nivel autonmico o local, se efectuar por la Administracin autonmica, de oficio o a instancia de los Ayuntamientos mediante una disposicin que deber publicarse en el diario oficial correspondiente y en la que se deber especificar si en la manifestacin festiva se permite la participacin de menores de edad.

    Igualmente, esta Instruccin atribuye a las Comunidades Autnomas la organizacin de la imparticin de la formacin de las personas que pueden participar en dichas manifestaciones festivas. Esta formacin se realizar mediante la celebracin de cursos que tendrn el contenido mnimo previsto en el Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo.

    Por su parte, la citada Instruccin atribuye a los Ayuntamientos la competencia para autorizar la celebracin del festejo y velar por la salvaguarda de las medidas de seguridad y organizacin del mismo que tenga atribuidas en el mbito de sus competencias. De igual manera, les corresponde comunicar a la Delegacin del Gobierno del Estado la celebracin del festejo.

    Existen en la Comunidad Autnoma de Andaluca unas tradiciones muy arraigadas en las que el uso de la plvora constituye una parte importante de la celebracin de fiestas patronales o locales, y en las que la utilizacin de artificios pirotcnicos es consustancial a las mismas. El reconocimiento del carcter religioso, cultural o tradicional de estas festividades es acorde con el arraigo y con la tradicin que estas manifestaciones festivas encuentran en las distintas localidades andaluzas en las que se celebran, y suponen una expresin y desarrollo de valores propios y de tradicin popular.

    La celebracin de estas festividades en las que se utilizan artculos pirotcnicos, dado el riesgo inherente a los mismos, debe realizarse bajo unas condiciones de seguridad tendentes a evitar daos personales y materiales, por lo que resulta necesario garantizar que las personas usuarias de estos artificios pirotcnicos cuenten con la formacin adecuada para el uso correcto de los mismos.

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    Por tanto, resulta necesario regular con este Decreto el procedimiento para el reconocimiento del carcter religioso, cultural o tradicional de las citadas manifestaciones festivas celebradas en el territorio de la Comunidad Autnoma de Andaluca, as como la formacin de los consumidores reconocidos como expertos (CRE) participantes en ellas.

    Con el objetivo de lograr la participacin de los sectores afectados por la materia regulada, se ha realizado trmite de informacin pblica, y se ha solicitado informe al Consejo Andaluz de Gobiernos Locales y al Consejo Andaluz de Concertacin Local.

    El Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgnica de la Consejera de Justicia e Interior, dispone que corresponde a dicha consejera la propuesta, desarrollo, ejecucin, coordinacin y control de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relacin con las materias de seguridad y espectculos pblicos.

    De conformidad con lo dispuesto en el artculo 21.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autnoma de Andaluca, a propuesta del Consejero de Justicia e Interior, de acuerdo con el Consejo Consultivo, y en virtud del artculo 27.9 de la misma Ley, previa deliberacin del Consejo de Gobierno en su reunin del da 17 de marzo de 2015,

    D I S P O N G O

    CAPTULO I

    Disposiciones Generales

    Artculo 1. Objeto y mbito de aplicacin.Este decreto tiene por objeto regular el procedimiento para el reconocimiento del carcter religioso,

    cultural o tradicional de aquellas manifestaciones festivas celebradas en el territorio de la Comunidad Autnoma de Andaluca, en la que se utilizan artificios pirotcnicos por parte de un grupo de consumidores reconocidos como expertos (CRE), a efectos de lo establecido en la Instruccin Tcnica Complementaria nmero 18, dentro del marco establecido por el Reglamento de artculos pirotcnicos y cartuchera aprobado por Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo.

    Igualmente, se regula la formacin de los consumidores reconocidos como expertos (CRE) participantes en las manifestaciones festivas incluidas dentro del mbito de aplicacin de este decreto.

    Artculo 2. Definiciones.A los efectos de este decreto se entender por:a) Manifestacin festiva: aquella en la que puede participar de manera activa con utilizacin de artificios

    pirotcnicos personal experimentado no profesional, respetando las normas tradicionales y las adecuadas condiciones de seguridad debidamente indicadas por el organizador de la manifestacin festiva.

    b) Consumidor reconocido como experto (CRE): persona que, habiendo recibido y superado el curso previsto en el captulo III participa de manera activa como integrante de uno o varios grupos de consumidores reconocidos como expertos, en las manifestaciones festivas religiosas, culturales y tradicionales con uso de artificios pirotcnicos reconocidas por la Comunidad Autnoma y autorizadas por la administracin competente.

    c) Grupo de consumidores reconocidos como expertos: conjunto de consumidores reconocidos como expertos (CRE) pertenecientes a una misma asociacin, pea, hermandad, agrupacin local, y dems entidades sin nimo de lucro con personalidad jurdica propia, vinculada, al menos, a una manifestacin festiva de carcter religioso, cultural o tradicional con uso de artificios pirotcnicos.

    d) Responsable de grupo de consumidores reconocidos como expertos: persona mayor de edad vinculada al menos a un grupo de consumidores reconocidos como expertos, con conocimientos generales y bsicos sobre artificios pirotcnicos y sobre su uso en manifestaciones festivas referidas en este decreto, y se encuentre acreditado al efecto por la Administracin General del Estado conforme a la Instruccin Tcnica Complementaria nmero 18, para la formacin de ciudadanos sobre esta materia.

    Artculo 3. Participacin de menores.1. La participacin de menores en las manifestaciones festivas incluidas dentro del mbito de este

    decreto se realizar de acuerdo con las condiciones y requisitos previstos por la normativa aplicable en la materia. En todo caso, no se permitir la participacin de menores de 12, 16 y 18 aos, cuando en la festividad autorizada se utilicen artificios pirotcnicos de la categora 1, 2 y 3 respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en artculo 141 del Reglamento de artculos pirotcnicos y de cartuchera.

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    2. Las acreditaciones referentes a la recepcin de la formacin suficiente y autorizacin de uso de artculos pirotcnicos para los menores participantes sern entregadas al organizador del festejo con carcter previo a su celebracin.

    3. Los ayuntamientos recibirn, con carcter previo al otorgamiento de la correspondiente autorizacin de celebracin de la festividad, el permiso escrito otorgado por los padres o tutores de los menores participantes para intervenir en la festividad, de conformidad con lo establecido en la regla segunda de la Instruccin Tcnica Complementaria 18 del Reglamento de artculos pirotcnicos y de cartuchera.

    CAPTULO II

    Procedimiento para el reconocimiento del carcter religioso, cultural o tradicional de manifestaciones festivas con uso de artificios pirotcnicos

    Artculo 4. Competencia.El reconocimiento del carcter religioso, cultural o tradicional de una manifestacin festiva con uso de

    artificios pirotcnicos dentro del mbito de la Comunidad Autnoma de Andaluca, corresponde a la direccin general de la Administracin de la Junta de Andaluca competente en materia de espectculos pblicos y actividades recreativas, a instancia del Ayuntamiento en cuyo trmino municipal se desarrolle la misma. Esta declaracin deber realizarse con carcter previo a la autorizacin municipal para su desarrollo.

    Artculo 5. Solicitud.1. La solicitud del Ayuntamiento para el reconocimiento religioso, cultural o tradicional de la manifestacin

    festiva con uso de artificios pirotcnicos, deber dirigirse a la direccin general competente en materia de espectculos pblicos y actividades recreativas y se acompaar de la siguiente documentacin:

    a) Certificacin expedida por la secretara del Ayuntamiento, acreditativa de haberse acordado por el rgano de gobierno municipal correspondiente la solicitud de reconocimiento del carcter religioso, cultural o tradicional de la festividad.

    b) Memoria en la que debern quedar plasmados los motivos en los que se funda el carcter religioso, cultural o tradicional de la festividad local. En dicha memoria deber describirse el origen de la fiesta, su evolucin, tradiciones que incorpora, forma de desarrollo de la misma, fecha y lugar de celebracin, as como una relacin del tipo de los artificios pirotcnicos utilizados y una descripcin de la forma de uso de los mismos.

    c) Especificacin de si en la manifestacin festiva se permite la participacin de menores de edad, en cuyo caso deber constar la edad mnima de participacin.

    2. En el supuesto de que la manifestacin festiva haya sido declarada de inters turstico de Andaluca, se deber aportar la siguiente documentacin:

    a) La fecha de la resolucin por la que se declara a la manifestacin festiva como de inters turstico de Andaluca, as como certificado que acredite la vigencia de dicha resolucin.

    b) Memoria que contenga una breve descripcin de la manifestacin festiva, as como una relacin del tipo de artificios pirotcnicos utilizados y una descripcin del uso de los mismos.

    c) Especificacin de si en la manifestacin festiva se permite la participacin de menores de edad, en cuyo caso deber constar la edad mnima de participacin.

    3. La solicitud se podr presentar:a) En los registros administrativos de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andaluca y de

    la Consejera competente en materia de espectculos pblicos y actividades recreativas, sin perjuicio de que tambin pueda presentarse en los registros de los dems rganos y en las oficinas que correspondan, de conformidad con lo previsto en el artculo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, y en el artculo 82.2 de la Ley 9/2007, de 29 de octubre, de Administracin de la Junta de Andaluca.

    b) En el Registro Telemtico nico de la Administracin de la Junta de Andaluca a travs de la Plataforma de Relacin con la Ciudadana Andaluza (CLARA), para lo cual se deber disponer de un certificado digital que posibilite la firma electrnica avanzada, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrnico de los ciudadanos a los servicios pblicos, y en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la informacin y atencin al ciudadano y la tramitacin de procedimientos administrativos por medios electrnicos.

    Artculo 6. Resolucin.1. A la vista de la documentacin presentada, la persona titular de la direccin general competente en

    materia de espectculos pblicos y actividades recreativas dictar y notificar la correspondiente resolucin en

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    el plazo mximo de tres meses, a contar desde el da siguiente a la recepcin de la solicitud por parte de la direccin general, rgano competente para su tramitacin.

    2. Para el reconocimiento de la manifestacin festiva se tendrn en consideracin la antigedad de su celebracin, la presencia de aspectos originales que la singularice respecto a otras festividades, participacin de la poblacin y su celebracin con carcter peridico.

    3. La resolucin deber ser publicada en el Boletn Oficial de la Junta de Andaluca, y deber incluir, al menos, los siguientes datos:

    a) Denominacin de la festividad y fecha de celebracin.b) Descripcin de su contenido y artificios tcnicos a utilizarc) Entidad organizadora.d) Municipio en el que se desarrolla.e) Posibilidad de participacin de menores de edad, y en caso afirmativo, las edades permitidas.Transcurridos seis meses desde la presentacin de la solicitud sin que haya recaido resolucin expresa,

    aquella se entender estimada de conformidad con lo establecido en el artculo 43.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de rgimen de las administraciones pblicas y del procedimiento administrativo comn.

    4. La declaracin de la manifestacin festiva tendr carcter indefinido. No obstante, la declaracin perder su vigencia, previa resolucin de la direccin general competente en materia de espectculos pblicos y actividades recreativas, de oficio o a instancia del ayuntamiento en cuyo trmino municipal se desarrolle la festividad, cuando la manifestacin festiva desaparezca o se alteren los criterios del apartado 2 tenidos en cuenta para el reconocimiento, y as quede debidamente acreditado.

    Artculo 7. Catlogo de manifestaciones festivas de carcter religioso, cultural o tradicional con uso de artificios pirotcnicos.

    La direccin general competente en materia de espectculos pblicos y actividades recreativas elaborar un catlogo de manifestaciones festivas con uso de artificios pirotcnicos que se celebren en la Comunidad Autnoma de Andaluca.

    Este catlogo ser pblico y contendr al menos la siguiente informacin sobre la manifestacin festiva:a) Denominacin.b) Fecha y localidad en la que se celebra.c) Breve descripcin del desarrollo de la festividad.d) Fecha del reconocimiento del carcter religioso, cultural o tradicional.e) Previsin de la participacin de menores, en su caso.f) Tipo de artificios pirotcnicos utilizados.

    CAPTULO III

    Formacin de consumidores reconocidos como expertos

    Artculo 8. Grupo de consumidores reconocidos como expertos.1. De acuerdo con lo previsto en la Instruccin Tcnica Complementaria nmero 18 del Reglamento de

    artculos pirotcnicos y de cartuchera, las personas que deseen participar activamente en una manifestacin festiva de carcter religioso, cultural o tradicional con uso de artificios pirotcnicos, reconocida por la Comunidad Autnoma, debern pertenecer a un grupo de consumidores reconocidos como expertos debidamente constituido.

    2. Podrn constituirse como tales el conjunto de consumidores reconocidos como expertos (CRE) pertenecientes a una misma asociacin, pea, hermandad, agrupacin local y dems entidades sin nimo de lucro con personalidad jurdica propia, vinculadas a las manifestaciones festivas con uso de artificios pirotcnicos.

    3. Estos grupos de consumidores reconocidos como expertos debern contar, en todo caso y como mnimo, con un responsable debidamente acreditado por la Administracin General del Estado.

    Artculo 9. Obligatoriedad de la formacin.1. Para obtener la condicin de consumidor reconocido como experto, ser necesario haber realizado y

    superado el curso de formacin previsto en los artculos siguientes.Para poder recibir la formacin mencionada en el prrafo anterior, ser necesario pertenecer a alguna

    de las entidades citadas en el artculo 8.2.2. La edad mnima para recibir la formacin de consumidor reconocido como experto ser de doce aos.

    Los menores de edad debern contar con el consentimiento expreso y por escrito de sus padres o tutores.

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    Artculo 10. Organizacin de los cursos.1. La organizacin de los cursos corresponde a la direccin general competente en materia de

    espectculos pblicos y actividades recreativas que los impartir directamente o a travs de las asociaciones de empresarios, entidades culturales o grupos de consumidores reconocidos como expertos, vinculados a las manifestaciones festivas con uso de artificios pirotcnicos, y previa autorizacin expresa en los trminos del artculo 12.

    2. El profesorado que imparta los cursos de formacin debern tener la condicin de responsable de grupo de consumidores reconocidos como expertos.

    3. Las entidades u organizaciones que impartan los cursos de formacin debern disponer de los medios personales y materiales adecuados para su desarrollo. El nmero de participantes por cada sesin del curso deber ser el adecuado para garantizar una formacin correcta y comprensiva.

    4. La direccin general competente en materia de espectculos pblicos y actividades recreativas ejercer las funciones de control y supervisin sobre los extremos previstos en la autorizacin prevista en el artculo 12, para una correcta aplicacin de la normativa sobre la materia.

    Artculo 11. Contenido de los cursos de formacin de consumidores reconocidos como expertos.De conformidad con el Reglamento de artculos pirotcnicos y de cartuchera, el contenido mnimo del

    programa formativo para los consumidores reconocidos como expertos ser el siguiente:a) Informacin sobre los artculos pirotcnicos a emplear en las manifestaciones festivas. Funcionamiento

    de los artificios que vayan a emplearse. Correcta utilizacin en dichas manifestaciones. Riesgos derivados de su utilizacin. Medidas de prevencin especficas.

    b) Conocimientos sobre el desarrollo de las manifestaciones festivas. Delimitacin del rea de las manifestaciones festivas. Delimitacin del rea de seguridad, en su caso. Requisitos para el acceso a las manifestaciones festivas.

    c) Medidas de seguridad y emergencia. Medidas de seguridad establecidas para el desarrollo de las manifestaciones festivas. Procedimientos de actuacin en caso de accidente.

    d) Procedimientos de recepcin y devolucin de los artculos pirotcnicos.e) Tratamiento de artculos fallidos.

    Artculo 12. Autorizacin, desarrollo y superacin del curso.1. La entidad u organizacin que pretenda impartir el curso de formacin deber solicitar a la direccin

    general competente en materia de espectculos pblicos y actividades recreativas la autorizacin de celebracin del mismo. La solicitud se podr presentar de acuerdo con lo previsto en el artculo 5.3 del presente decreto.

    2. Junto a dicha solicitud se deber aportar la siguiente documentacin:a) Programa del curso.b) Relacin de profesor o profesores que vayan a impartir el curso, que tendrn la condicin de

    responsable de grupo de consumidores reconocidos como expertos. Esta circunstancia deber acreditarse mediante la certificacin emitida por el rea de Industria y Energa de la Delegacin del Gobierno del Estado.

    c) Nmero de alumnos.d) Medios materiales disponibles para el desarrollo del curso.e) Fecha y lugar de celebracin.f) Descripcin de la prueba evaluadora.3. La autorizacin de celebracin del curso deber tener al menos el siguiente contenido:a) Denominacin del curso.b) Entidad y profesores que lo imparten.c) Programa del curso.d) Nmero de alumnos.e) Fecha y lugar de celebracin.4. Durante el desarrollo del curso se deber llevar un control de asistencia del alumnado inscrito. Para

    la superacin del curso ser necesario que el participante haya asistido al menos al ochenta y cinco por ciento del tiempo lectivo previsto. Una vez realizada la prueba evaluadora y finalizado el curso, la entidad que haya impartido el curso remitir a la direccin general competente en materia de espectculos pblicos y actividades recreativas, la relacin de participantes que han superado el mismo, as como la denominacin del grupo de consumidores reconocidos como expertos en la que se integra cada uno de ellos, a efectos de la expedicin de la certificacin acreditativa prevista en el artculo 13. Esta relacin deber especificar si el participante es o no menor de edad, en cuyo caso se concretar la misma y se deber aportar la autorizacin de los padres o tutores prevista en el artculo 9.2.

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    Artculo 13. Expedicin de la certificacin acreditativa de consumidor reconocido como experto.Una vez justificado el seguimiento y superacin del curso por parte de los participantes, la direccin

    general competente en materia de espectculos pblicos y actividades recreativas expedir certificacin acreditativa de la formacin recibida como integrante de un determinado grupo de consumidores reconocidos como expertos, de conformidad con los dispuesto en la regla cuatro de la Instruccin tcnica complementaria 18 del Reglamento de artculos pirotcnicos y de cartuchera. La citada certificacin tendr carcter indefinido, salvo que se modifiquen las condiciones del festejo o se pierda la condicin de integrante del Grupo de Consumidores Reconocidos como Expertos, en cuyo caso perder su vigencia.

    La obtencin de la certificacin acreditativa por parte de menores de edad en modo alguno habilita para el uso de artificios de pirotecnia no permitidos para su edad, de conformidad con el artculo 141 del Reglamento de artculos pirotcnicos y de cartuchera.

    Artculo 14. Rgimen sancionador.Los incumplimientos de las obligaciones establecidas en este decreto se regirn por lo previsto en el

    Ttulo X del Reglamento de artculos pirotcnicos y cartuchera, en lo especficamente aplicable.

    Disposicin derogatoria nica. Derogacin normativa.Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango, en lo que se opongan o contradigan lo

    dispuesto en este decreto.

    Disposicin final primera. Desarrollo y ejecucin. Se faculta a la persona titular de la Consejera de Justicia e Interior, para dictar cuantas disposiciones

    sean necesarias para el desarrollo y ejecucin del presente decreto.

    Disposicin final segunda. Entrada en vigor. El presente decreto entrar en vigor el da siguiente al de su publicacin en el Boletn Oficial de la Junta

    de Andaluca.

    Sevilla, 17 de marzo de 2015

    SUSANA DAZ PACHECOPresidenta de la Junta de Andaluca

    EMILIO DE LLERA SUREZ-BRCENAConsejero de Justicia e Interior

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    1. Disposiciones generales

    CONSejeRA De jUStICIA e INteRIOR

    DECRETO 108/2015, de 17 de marzo, por el que se establecen las caractersticas de los medios materiales a utilizar en el proceso electoral para la eleccin de la Presidencia de las Entidades Locales Autnomas existentes en el territorio de la Comunidad Autnoma de Andaluca.

    La Ley Orgnica 5/1985, de 19 de junio, del Rgimen Electoral General, en su artculo 199, dispone que el rgimen electoral de los rganos de las entidades locales de mbito territorial inferior al municipio ser el que establezcan las leyes de las comunidades autnomas que las instituyan o reconozcan, que, en todo caso, debern respetar lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Bases del Rgimen Local; en su defecto, ser el previsto en los nmeros siguientes de este artculo.

    El Estatuto de Autonoma para Andaluca, en el artculo 60.1, establece que corresponde a la Comunidad Autnoma la competencia exclusiva en materia de rgimen local que, respetando el artculo 149.1.18. de la Constitucin y el principio de autonoma local, incluye, segn el apartado f), la regulacin del rgimen electoral de los entes locales creados por la Junta de Andaluca, con la excepcin de los constitucionalmente garantizados.

    De acuerdo con la anterior previsin, la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonoma Local de Andaluca, reconoce a las entidades locales autnomas la categora de entidad local con personalidad jurdica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, regulando en el Ttulo VII, captulo III, la eleccin de los miembros de los rganos de gobierno. Concretamente, en el artculo 126.1, se regula la eleccin de la persona titular de la presidencia de la entidades locales autnomas.

    As pues, y a tenor de lo anterior, se aprob el Decreto 64/2011, de 22 de marzo, por el se establecen las caractersticas de los medios materiales a utilizar en el proceso electoral para la eleccin de la presidencia de las entidades locales autnomas existentes en el territorio de la Comunidad Autnoma de Andaluca, que se celebrar el da 22 de mayo de 2011.

    Dado que el Decreto anterior se circunscriba a las elecciones celebradas en la fecha referida, se hace necesario dictar un nuevo Decreto que, con vocacin de permanencia, establezca las caractersticas de los medios materiales a utilizar en los procesos electorales para la eleccin de la presidencia de las entidades locales autnomas, recogiendo las especialidades que, con respecto a lo dispuesto en la normativa del rgimen electoral general, tienen este tipo de elecciones. Este material ha sido adaptado a las previsiones contempladas en el nuevo marco normativo estatal.

    De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuracin de Consejeras, y en el Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgnica de la Consejera de Justicia e Interior, a dicha Consejera le compete la preparacin, planificacin, coordinacin y desarrollo de todo lo referente a los procesos electorales y consultas populares.

    En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 27.9 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de Andaluca, y de conformidad con lo establecido en el Estatuto de Autonoma para Andaluca, la Ley Orgnica del Rgimen Electoral General, en relacin con lo dispuesto en la Ley de Autonoma Local de Andaluca y a propuesta del Consejero de Justicia e Interior, de acuerdo con el Consejo Consultivo, previa deliberacin del Consejo de Gobierno en su reunin del da 17 de marzo de 2015,

    D I S P O N G O

    Artculo 1. Objeto y mbito de aplicacin.Este decreto tiene por objeto establecer las caractersticas de los medios materiales que se utilizarn en

    los procesos electorales para la eleccin de la presidencia de las entidades locales autnomas existentes en el territorio de la Comunidad Autnoma de Andaluca.

    Artculo 2. Locales y cabinas para el proceso electoral.Los locales y cabinas para el desarrollo del proceso electoral previsto para la eleccin de la presidencia

    de las entidades locales autnomas existentes en el territorio de la Comunidad Autnoma de Andaluca sern los establecidos para el conjunto de las elecciones locales que se celebren al amparo de lo establecido en la

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    normativa electoral general, de conformidad con los artculos 1 y 3 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulacin complementaria de los procesos electorales.

    Artculo 3. Mesas electorales y urnas.En las mesas electorales constituidas en los locales en los que se vaya a desarrollar el proceso electoral

    para la eleccin de la presidencia de las entidades locales autnomas existentes en el territorio de la Comunidad Autnoma de Andaluca, se dispondr de una urna especfica e identificada de manera clara para este proceso, debidamente homologada de conformidad con la normativa vigente.

    Artculo 4. Papeletas de votacin.El diseo y caractersticas de las papeletas de votacin sern los recogidos, con carcter general, en

    el Anexo I.a, y en el Anexo I.b para electores que se encuentren temporalmente en el extranjero. Todo ello, sin perjuicio de las competencias atribuidas por el artculo 70.1 y 3 de la Ley Orgnica 5/1985, de 19 de junio, del Rgimen Electoral General, a las Juntas Electorales de Zona en lo relativo a la aprobacin del modelo oficial y a la verificacin, una vez confeccionadas las papeletas, del ajuste de su contenido a dicho modelo oficial.

    Artculo 5. Sobres de votacin.Los sobres de votacin se ajustarn a las especificaciones tcnicas sealadas en el Anexo II, y sern del

    mismo color que las papeletas de votacin.

    Artculo 6. Impresos electorales.1. Se aprueban los modelos de impresos que se determinan en el Anexo III (Modelo de comunicacin de

    la constitucin de la coalicin electoral), Anexo IV (Modelo de presentacin de candidato/a), Anexo V (Modelo de presentacin de candidato/a por agrupacin de electores y electoras. Firmas), Anexo VI.a (Modelo de credencial de Presidente/a de Entidad Local Autnoma), Anexo VI.b (Modelo de credencial de vocal de la Junta Vecinal de la Entidad Local Autnoma), Anexo VII (Modelo Acta de Sesin), Anexo VIII (Modelo Acta de escrutinio general); Anexo IX (Modelo Acta de constitucin de la Junta para el escrutinio general), Anexo X (Modelo de Acta para proclamacin de electos).

    2. Dichos impresos tendrn carcter oficial, siendo obligatoria su utilizacin en todos los trmites y operaciones del proceso electoral.

    3. Conforme al procedimiento previsto en la Ley Orgnica 5/1985, de 19 de junio, el resto de los modelos de impresos comunes en el proceso sern los homologados, con carcter general, por el poder pblico convocante de las elecciones de los miembros de las Corporaciones Locales.

    4. En la pgina web de la Consejera competente en materia de procesos electorales se encontrarn los impresos a utilizar en el proceso electoral, que podrn ser descargados por los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores que concurran al proceso electoral.

    Artculo 7. Ao de celebracin.En todas las papeletas, sobres y dems documentacin electoral contenida en los Anexos del presente

    decreto, a continuacin de la referencia Elecciones a la Presidencia de las Entidades Locales Autnomas, con su mismo tamao y tipo de letra, deber indicarse, de forma expresa, el ao que corresponda al de la celebracin del proceso electoral.

    Disposicin adicional nica. Excepcin por causas de fuerza mayor.Las papeletas, sobres y dems documentacin electoral se confeccionarn con arreglo a las

    caractersticas y condiciones de impresin previstas en el presente decreto. No obstante, excepcionalmente y por razones de fuerza mayor, podr utilizarse un tipo de papel distinto al previsto en las especificaciones tcnicas, previa aprobacin por la Junta Electoral de Zona.

    Disposicin derogatoria nica. Derogacin normativa.Quedan derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior rango al presente decreto, se opongan o

    contradigan lo previsto en el mismo.

    Disposicin final primera. Normativa supletoria.En lo no previsto en el presente decreto se estar a lo dispuesto en la normativa dictada por la

    Administracin General del Estado para el desarrollo de los procesos electorales municipales, as como por la restante normativa que sea de aplicacin.

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    Disposicin final segunda. Desarrollo y habilitacin para la modificacin de los Anexos del presente decreto.

    Se habilita a la persona titular de la Consejera competente en materia de procesos electorales para dictar los actos y disposiciones necesarias para el desarrollo y la ejecucin del presente decreto, as como para, previo informe de la Junta Electoral Central, modificar el contenido de sus Anexos.

    Disposicin final tercera. Entrada en vigor.El presente decreto entrar en vigor el mismo da de su publicacin en el Boletn Oficial de la Junta de

    Andaluca.

    Sevilla, 17 de marzo de 2015

    SUSANA DAZ PACHECOPresidenta de la Junta de Andaluca

    EMILIO DE LLERA SUREZ-BRCENAConsejero de Justicia e Interior

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    2. Autoridades y personal

    2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

    CONSejeRA De HACIeNDA y ADMINIStRACIN PbLICA

    RESOLUCIN de 17 de marzo de 2015, de la Secretara General para la Administracin Pblica, por la que se modifica la Comisin de Seleccin designada por Resolucin de 15 de septiembre de 2014, por la que se convocan pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andaluca (C2.1000) correspondiente a la Oferta de Empleo Pblico de 2013.

    Mediante Resolucin de esta Secretara General, de 15 de septiembre de 2014, se convocaron pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andaluca (C2.1000), correspondiente a la Oferta de Empleo Pblico de 2013.

    Habindose producido la renuncia de don Jos Luis Martnez Valpuesta como Presidente Titular y de doa Juana Mrquez Amador como vocal titular de la Comisin de Seleccin del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andaluca (C2.1000) designadas al efecto, procede modificar la Comisin de Seleccin designadas en la citada Resolucin de 15 de septiembre de 2014.

    En su virtud, de conformidad con la delegacin de competencias conferida por Orden de 26 de noviembre de 2012, por la que se delegan y se atribuyen competencias en diversas materias en rganos de la Consejera de Hacienda y Administracin Pblica y de sus Entidades instrumentales, esta Secretara General para la Administracin Pblica

    R E S U E L V E

    Modificar la Comisin de Seleccin del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andaluca (C2.1000) designada por Resolucin de esta Secretara de 15 de septiembre de 2014.

    La composicin de la Comisin de Seleccin es la siguiente:

    Presidente: Don Emilio Gmez Expsito.Presidente Suplente: Don Bernardino Paz Clavijo.Secretario: Doa Mara Dolores Palacios Ruiz.Secretaria Suplente: Doa Raquel Calle Prez.

    Vocales:- Doa Carmen Mrquez Valero.- Doa Luisa Jarana Marn.- Don Antonio Ortiz Oropesa.

    Vocales Suplentes:- Doa Carmen Garrido Domnguez.- Doa Elena Rueda Gonzlez- Don Manuel Ortiz Bermdez.

    Tercero. La presente Resolucin entrar en vigor al da siguiente al de su publicacin en el Boletn Oficial de la Junta de Andaluca.

    Sevilla, 17 de marzo de 2015.- La Secretaria General, Lidia Snchez Milln.

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    2. Autoridades y personal

    2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

    CONSejeRA De IgUALDAD, SALUD y POLtICAS SOCIALeS

    RESOLUCIN de 12 de marzo de 2015, de la Direccin Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de mritos para la cobertura de un puesto de cargo intermedio para el rea de Gestin y Servicios de Jefe/a de Grupo de Procesos en el Hospital Universitario Virgen Macarena.

    Siendo precisa la cobertura de un puesto clasificado como Cargo Intermedio en la Orden de la Consejera de Salud y Servicios Sociales de 5 de abril de 1990, por el que se establece el rgimen funcional de las plantillas de los Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud.

    De conformidad con el Decreto 75/2007, de 13 de marzo, por el que se regula el sistema de provisin de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA nm. 54, de 16 de marzo de 2007), modificado por la Sentencia de la Sala del Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo, en el recurso de casacin interpuesto por este organismo, contra la Sentencia de 22 de diciembre de 2008, de la Seccin Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia en Andaluca, ratificando la adecuacin a derecho del citado Decreto 75/2007, excepto en la expresin sin necesidad de estar previamente vinculada como personal funcionario o estatutario del Sistema Nacional de Salud del artculo 10 que queda anulada por la referida resolucin judicial y de conformidad con la Orden de 10 de agosto de 2007, de la Consejera de Salud (BOJA nm. 165, de 22 de agosto de 2007), de desarrollo del citado Decreto.

    La citada Sentencia, ampara su decisin en que, con la redaccin dada al citado artculo, el precepto no aclara cul ser el rgimen aplicable a los que sean designados cargos intermedios sin ser personal funcionarial o estatutario, como tampoco si la posibilidad es ilimitada y, por ello, abierta a personas totalmente ajenas a las Administraciones Pblicas que no hayan superado con anterioridad un proceso selectivo debidamente regido por los principios constitucionales de igualdad, mrito y capacidad (artculos 23.2 y 103.3 CE).

    Sin embargo la Sentencia deja plenamente vigente la redaccin del artculo 14 del Decreto 75/2007, que se refiere a la situacin en la que queda el personal que no tiene plaza en propiedad cuando es designado cargo intermedio.

    En consecuencia, ante la anulacin por el Tribunal Supremo del inciso final del artculo 10 y la preocupacin vertida por el mismo del acceso a la condicin de empleado pblico a personas que no han tenido acceso previo a la funcin pblica de acuerdo a los principios constitucionales de igualdad, mrito, capacidad y publicidad, se hace preciso clarificar y desarrollar reglamentariamente el Decreto 75/2007, de 13 de marzo, para esclarecer el rgimen de vinculacin aplicable al personal con vnculo temporal y la adecuada aplicacin del artculo 14 en aras a establecer adecuadamente las garantas requeridas por dicho Tribunal, por lo que en tanto esta modificacin se produce, esta Agencia entiende necesario restringir el acceso a los cargos intermedios al personal funcionario o estatutario fijo, como han venido declarando hasta la fecha numerosas Sentencias de diferentes rganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

    Atendiendo a los antecedentes citados, y en virtud del artculo 17.d) del Decreto 140/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgnica de la Consejera de Igualdad, Salud y Polticas Sociales, esta Direccin Gerencia del Servicio Andaluz de Salud

    R E S U E L V E

    Primero. Convocar por el sistema de concurso de mritos la cobertura de un puesto clasificado como cargo intermedio para el rea de Gestin y Servicios, de Jefe/a de Grupo de Procesos en el Hospital Universitario Virgen Macarena.

    Segundo. Aprobar las bases que regirn la convocatoria y el baremo que se aplicar para la evaluacin curricular y de las competencias profesionales, contenido en el Anexo II.

    Tercero. En lo no previsto en la presente Resolucin, se estar a lo dispuesto en el Decreto 75/2007, de 13 de marzo, por el que se regula el sistema de provisin de puestos directivos y cargos intermedios de los

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    centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA nm. 54, de 16 de marzo de 2007), con la modificacin introducida por la Sentencia del Tribunal Supremo dictada en el Recurso de Casacin 1691/2009 y la Orden de 10 de agosto de 2007, de la Consejera de Salud (BOJA nm. 165, de 22 de agosto de 2007), que desarrolla el anterior.

    Contra la presente Resolucin, que agota la va administrativa, podr interponer recurso potestativo de reposicin ante esta Direccin Gerencia, en el plazo de un mes a partir de su publicacin, de conformidad con lo establecido en los artculos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, sede de este rgano, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdiccin Contencioso-Administrativa, en su ltima y modificada redaccin dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de su publicacin, sin que puedan simultanearse ambos recursos y todo ello sin perjuicio de que pueda, bajo su responsabilidad, ejercitar cualquier otro que estime procedente.

    BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE UN PUESTO DE CARGO INTERMEDIO PARA EL REA DE GESTIN Y SERVICIOS DE JEFE/A DE GRUPO DE PROCESOS

    1. Sistema de provisin.1.1. La provisin del puesto convocado se llevar a cabo por el sistema de concurso de mritos. 1.2. El proceso selectivo ser evaluado por una Comisin de Seleccin y consistir en dos fases:

    evaluacin curricular y de las competencias profesionales y evaluacin de un Proyecto de Gestin.1.2.1. Evaluacin curricular y de las competencias profesionales:Consistir en la valoracin de los mritos profesionales de los interesados que permita conocer su

    aptitud, idoneidad, experiencia profesional, formacin y actividades docentes e investigadoras, todo ello mediante la aplicacin del Baremo de Mritos que se incluye como Anexo II en esta convocatoria.

    La puntuacin mxima que se podr otorgar ser de 60 puntos. 1.2.2. Proyecto de Gestin:Cada candidato expondr ante la Comisin de Seleccin un Proyecto de Gestin, cuyo contenido deber

    incluir, necesariamente, todas las lneas de actuacin: profesional, docente, investigacin e innovacin, y gestin del rea de responsabilidad.

    La defensa del Proyecto de Gestin se realizar mediante exposicin en un acto pblico, seguida de un debate con los miembros de la Comisin. En la misma se valorarn obligadamente los siguientes aspectos clave en relacin al puesto al que se opta.

    - Visin, misin y valores del equipo profesional y su incardinacin con los valores del Sistema Sanitario Pblico de Andaluca.

    - Lneas estratgicas y anlisis DAFO.- La cartera de servicios con especial nfasis en los procesos de gestin y servicios asociados.- El anlisis de los recursos humanos, estructurales y fungibles asignados y las propuestas para su organizacin y gestin eficiente.

    - El conocimiento de las instalaciones y los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estndares de referencia.

    - La orientacin a resultados en sus diferentes lneas de produccin.- La gestin de la calidad y su acreditacin.- Las propuestas para liderar grupos, organizar, delegar, generar equipo y propiciar la gestin participativa.- La capacidad de generar y transferir conocimientos e innovaciones. La exposicin del Proyecto de Gestin ser pblica, siendo secretas las deliberaciones de la Comisin de

    Seleccin. La puntuacin mxima a otorgar ser de 40 puntos.

    2. Requisitos de los aspirantes.Para poder participar en esta convocatoria los aspirantes debern reunir los requisitos que se sealan

    a continuacin, referidos al ltimo da de plazo de presentacin de solicitudes, y mantenerlos durante todo el proceso selectivo:

    2.1. Poseer la nacionalidad espaola o la de un Estado miembro de la Unin Europea o del Espacio Econmico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulacin de trabajadores conforme al Tratado de la Unin Europea o a otros tratados ratificados por Espaa, o tener reconocido tal derecho por norma legal.

    2.2. Estar en posesin de titulacin de acadmica suficiente que le habilite a puestos de los grupos de clasificacin C o D, o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentacin de solicitudes.

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    2.3. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeo de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

    2.4. Tener cumplidos 18 aos y no exceder de la edad de jubilacin forzosa.2.5. Tener vinculacin estatutaria o funcionarial con el Sistema Nacional de Salud como funcionario de

    carrera o personal estatutario fijo y no haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administracin Pblica en los seis aos anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carcter firme para el ejercicio de funciones pblicas ni, en su caso, para la correspondiente profesin.

    2.6. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado 2.1, no encontrarse inhabilitado, por sancin o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios pblicos en un Estado miembro, ni haber sido separado, por sancin disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o servicios pblicos en los seis aos anteriores a la convocatoria.

    2.7. Formacin especfica para cargos intermedios en el sistema de gestin de riesgos laborales, mediante la acreditacin del Curso especfico en Prevencin de Riesgos Laborales para cargos intermedios o aspirantes a cargos intermedios, o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentacin de solicitudes. A tal efecto en la pgina web del SAS se encuentra disponible la informacin necesaria para la realizacin del citado curso.

    3. Caractersticas del puesto convocado y funciones a desarrollar.3.1. Caractersticas del puesto convocado.3.1.1. Denominacin: Jefe/a de Grupo de Procesos.3.1.2. Subgrupo retributivo: C1 o C2 (anteriormente grupos C o D).3.1.3. Nivel: 18.3.1.4. Las retribuciones para el cargo convocado sern las establecidas en la normativa vigente del

    Servicio Andaluz de Salud para el puesto: Jefe de Grupo Administrativo. 3.2. Funciones a desarrollar.3.2.1. Funciones generales.Sern sus funciones generales:- La organizacin administrativa y funcional del Grupo Profesional asignado.- La gestin del personal relacionado con su mbito de competencia: distribucin de funciones,

    informacin, optimizacin de recursos, adecuacin al puesto de trabajo etc.- La propuesta y negociacin de los objetivos anuales del Grupo y los objetivos individuales de los

    profesionales que lo integran. El impulso, seguimiento y control del cumplimiento de los marcados por la Direccin del Centro. La evaluacin del cumplimiento de dichos objetivos, as como la evaluacin del desempeo individual de los profesionales bajo su responsabilidad.

    - La gestin de las estrategias y programas que permitan el cumplimiento de los acuerdos de consumo y los objetivos de gestin ambiental y de sostenibilidad, a travs del uso ptimo, adecuado y eficiente, de bienes y servicios de su Grupo, su mantenimiento y la gestin adecuada de los residuos que se generen.

    - La gesti