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SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO – SENCE REF.: Aprueba bases de primer concurso dirigido a los Establecimientos de Educación Media Técnicos Profesionales cuyo administrador o sostenedor sea Privado o Público, que en adelante se denominarán LTP, en el marco del Programa Más Capaz 2015. RESOLUCIÓN EXENTA Nº ______________/ SANTIAGO, TENIENDO PRESENTE: 1.- La Ley N° 20.798, de Presupuestos del Sector Público del año 2015, ha contemplado la asignación 15-24-01-007, que tiene por objeto financiar el Programa Más Capaz, el cual nace de las medidas presidenciales N° 19 y 20, encomendando su ejecución al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, el que se encuentra dirigido a ampliar la fuerza de trabajo en mujeres y jóvenes vulnerables y mejorar las condiciones de vida de éstos. 2.- La glosa N°19 de la asignación indicada, que establece que los componentes, líneas de acción, requisitos de ingreso, beneficios y mecanismos de control a que estará afecto el desarrollo del “Programa Más Capaz”, se establecerán mediante Decreto Supremo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, pudiendo el SENCE dictar resoluciones para regular determinados aspectos que sean necesarios para la correcta ejecución del programa. 3.- El Decreto Supremo N° 101, de 11 de diciembre de 2014, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que crea y establece marco normativo del “Programa Más Capaz”, Tomado Razón por la Contraloría General de la República con fecha 12 de enero de 2015. 4.- La Resolución Exenta N°381, de 22 de enero de 2015, de este Servicio Nacional, que aprueba Normas y Procedimientos para la ejecución modalidad línea regular del “Programa Más Capaz, año 2015”. . VISTO: Las disposiciones invocadas, lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto con Fuerza de Ley N°1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; las facultades que me otorga el artículo 85 N°5 de la ley N°19.518; el Decreto Supremo N° 93, de 24 de octubre de 2014 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y lo preceptuado en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas de exención del trámite de toma de razón. RESUELVO: 1.- APRUÉBENSE bases de primer concurso dirigido a los Establecimientos de Educación Media Técnicos Profesionales cuyo administrador o sostenedor sea Privado o Público, que en adelante se denominaran LTP, en el marco del Programa Más Capaz 2015, cuyo texto es el que se transcribe a continuación:

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SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓNY EMPLEO – SENCE

REF.: Aprueba bases de primer concursodirigido a los Establecimientos de EducaciónMedia Técnicos Profesionales cuyoadministrador o sostenedor sea Privado oPúblico, que en adelante se denominarán LTP,en el marco del Programa Más Capaz 2015.

RESOLUCIÓN EXENTA Nº ______________/

SANTIAGO,

TENIENDO PRESENTE:

1.- La Ley N° 20.798, de Presupuestos del SectorPúblico del año 2015, ha contemplado la asignación 15-24-01-007, que tiene porobjeto financiar el Programa Más Capaz, el cual nace de las medidas presidenciales N°19 y 20, encomendando su ejecución al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, elque se encuentra dirigido a ampliar la fuerza de trabajo en mujeres y jóvenesvulnerables y mejorar las condiciones de vida de éstos.

2.- La glosa N°19 de la asignación indicada, queestablece que los componentes, líneas de acción, requisitos de ingreso, beneficios ymecanismos de control a que estará afecto el desarrollo del “Programa Más Capaz”, seestablecerán mediante Decreto Supremo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,pudiendo el SENCE dictar resoluciones para regular determinados aspectos que seannecesarios para la correcta ejecución del programa.

3.- El Decreto Supremo N° 101, de 11 dediciembre de 2014, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que crea y establecemarco normativo del “Programa Más Capaz”, Tomado Razón por la Contraloría Generalde la República con fecha 12 de enero de 2015.

4.- La Resolución Exenta N°381, de 22 de enerode 2015, de este Servicio Nacional, que aprueba Normas y Procedimientos para laejecución modalidad línea regular del “Programa Más Capaz, año 2015”. .

VISTO:

Las disposiciones invocadas, lo dispuesto en elartículo 9 del Decreto con Fuerza de Ley N°1/19.653, de 2000, del MinisterioSecretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado ysistematizado de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de laAdministración del Estado; las facultades que me otorga el artículo 85 N°5 de la leyN°19.518; el Decreto Supremo N° 93, de 24 de octubre de 2014 del Ministerio delTrabajo y Previsión Social y lo preceptuado en la resolución N° 1.600, de 2008, de laContraloría General de la República, que fija normas de exención del trámite de tomade razón.

RESUELVO:

1.- APRUÉBENSE bases de primer concursodirigido a los Establecimientos de Educación Media Técnicos Profesionales cuyoadministrador o sostenedor sea Privado o Público, que en adelante se denominaranLTP, en el marco del Programa Más Capaz 2015, cuyo texto es el que se transcribe acontinuación:

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1. ORGANISMOS EJECUTORES Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.

1.1. ASPECTOS GENERALES DEL CONCURSO

Las presentes bases tienen por finalidad llamar a concurso para la selección deestablecimientos de Educación Media Técnicos Profesionales, en adelante LTP, cuyoadministrador o sostenedor sea Privado o Público, para que actúen como ejecutores decursos de capacitación, para la implementación de planes formativos que seencuentran aprobados mediante Resolución Exenta N° 339, de 16 de enero de 2015, yde la Resolución Exenta N° 563, de fecha 30 de enero de 2015 que complementa y queincluye nuevos Planes Formativos de este Servicio Nacional, que forman parteintegrante de las presentes bases, y que han sido incorporados a una “Parrilla dePlanes Formativos” la cual ha sido aprobada por Resolución Exenta N° 991, de 5 demarzo de 2015, de este Servicio Nacional, y que igualmente forma parte de estas basesy que se encuentra disponible en la dirección www.SENCE.cl. El SENCE se reserva lafacultad de establecer cantidades máximas de cobertura a ejecutar a nivel nacional y/opor región y/o por comuna.

La postulación, que deberá realizarse por el respectivo LTP interesado, se haráingresando en el sistema de postulación publicado en la página web de SENCE, através del Registro de Base de Datos (RBD) de cada uno de los LTP que postulen.

La entidad sostenedora, que administre o sea propietaria del LTP deberá suscribir ladeclaración jurada simple contenida en el Anexo N°5, a través de la cual acepta lascondiciones establecidas en las presentes bases y asume la responsabilidad por lasrespectivas propuestas presentadas. Dicho Anexo deberá ser presentado en la oficinade partes de la Dirección Regional del SENCE correspondiente, hasta las 14:00 hrs. deldía de cierre del presente llamado. Además, deberá remitir por correo electrónico a ladirección [email protected] una copia escaneada de la carta conductora y esteanexo, con timbre de recepción de oficina de partes.

Luego de la selección del ejecutor y del curso a impartir, conforme a su propuestapresentada, el SENCE, por medio de sus direcciones regionales suscribirá losconvenios de ejecución respectivos.

El SENCE pondrá a disposición de los/las participantes (alumnos), que cumplan conlos requisitos de ingresos al Programa, en adelante beneficiarios, una nómina deplanes formativos a los cuales podrá acceder, teniendo la posibilidad de elegir hasta 3(tres) alternativas, tras lo cual habilitará a las entidades ejecutoras para que loscontacten a efectos de coordinar eventual proceso de matrícula. Para incentivar laparticipación, se pondrá a disposición de los beneficiarios subsidios y aportes referidosa movilización, colación y cuidado de los hijos menores de seis años, entre otros.

1.2. ORGANISMOS PARTICIPANTES

Podrán participar en el presente concurso los Establecimientos de Educación MediaTécnicos Profesionales Privados o Públicos, que están reconocidos por el Ministerio deEducación y que se registran en su base nacional de establecimientos año 2014, por loque cuentan con su Registro de Base de Datos, en adelante RBD, tales como:

a) Liceos de Educación Media Técnicos Profesionales de AdministraciónMunicipal;

b) Liceos Técnicos Profesionales Administrados por Corporaciones Municipales deEducación;

c) Liceos Técnicos Profesionales de Administración Delegada;d) Liceos Técnicos Profesionales Particulares Subvencionados;e) Liceos Técnicos Profesionales Particulares Privados.

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1.3. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Las propuestas se deberán presentar en el “Formulario Presentación de PropuestaTécnica”, dispuesto en una plataforma definida por el SENCE para estos efectos en supágina web www.sence.cl, de acuerdo a lo indicado en las presentes bases, en formatoelectrónico, las que no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácterirrevocable, en caso contrario será declarada inadmisible. El período de presentaciónde propuestas es de 22 (veintidós) días corridos contados desde la publicación delas presentes bases en la página www.sence.cl.

En caso de detectarse falsedades en los antecedentes de una propuesta, todas lasofertas presentadas por el proponente serán declaradas inadmisibles y el SENCE podráremitir los antecedentes a la Contraloría General de la República o al MinisterioPúblico para la persecución penal de los eventuales delitos. Igualmente, si conposterioridad a la evaluación y/o selección de algún proponente, el SENCE constateque la información proporcionada en su propuesta es incompleta y/o falsa, se dejarásin efecto la propuesta respectiva, haciendo efectiva además la garantía de fiel,oportuno y total cumplimiento que se haya otorgado, según corresponda.

La propuesta deberá estar vigente hasta el 31 de diciembre de 2015.

1.4. ETAPAS DEL PROCESO DE POSTULACIÓN EN LA PLATAFORMA

La propuesta técnica que presentará el oferente para su evaluación, deberá ceñirse a laestructura establecida en la plataforma de presentación de ofertas, completando losítems y campos según las instrucciones que se indiquen en cada pantalla:

1. El proponente puede ingresar al sistema de postulación accediendo con su RBDy solicitar la contraseña respectiva en el mismo sistema, con el RUT delsostenedor, previa autenticación.

2. Los LTP podrán ofertar únicamente respecto de aquellos planes formativos queel SENCE ha asociado al o los sectores de enseñanza que cada uno estos tengaregistrado en la base oficial vigente del Ministerio de Educación, o a aquéllosplanes asociados al sector de “Administración y Comercio”. En la tabla siguientese identifican estos sectores:

SECTOR ESPECIALIDAD

1 Administración yComercio

1 Administración2 Contabilidad3 Secretariado4 Ventas

2 Agropecuario1 Agropecuaria

3 Alimentación1 Elaboración Industrial de

Alimentos2 Servicio de Alimentación

Colectiva

4 Artes EscénicasDanza

1 Interpretación en Danza de NivelIntermedio

5 Artes Visuales1 Artes Visuales

6 Confección1 Productos del Cuero

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2 Textil3 Vestuario y Confección Textil

7 Construcción1 Edificación2 Instalaciones Sanitarias3 Montaje Industrial4 Obras Viales y de Infraestructura5 Refrigeración y Climatización6 Terminaciones de Construcción

8 Electricidad1 Electricidad2 Electrónica3 Telecomunicaciones

9 Gráfica1 Dibujo Técnico2 Gráfica

10 Hotelería yTurismo

1 Servicio de Hotelería2 Servicio de Turismo

11 Maderero1 Forestal2 Procesamiento de la Madera3 Productos de la Madera

12 Marítimo1 Acuicultura2 Naves Mercantes y Especiales3 Operación Portuaria4 Pesquería

13 Metalmecánico1 Construcciones Metálicas2 Matricería3 Mecánica Automotriz4 Mecánica de Mantención de

Aeronaves5 Mecánica Industrial

14 Minero1 Asistencia en Geología2 Explotación Minera3 Metalurgia Extractiva

15 Programas yProyectos Sociales

1 Atención de Adultos Mayores2 Atención de Enfermería3 Atención de Párvulos4 Atención Social y Recreativa

16 Químico1 Laboratorio Químico2 Operación de Planta Química

3. Para iniciar el proceso de postulación, el proponente deberá seleccionar el PlanFormativo al que desea postular desde la Parrilla de Planes Formativosdisponible, determinado de acuerdo al criterio anterior.Cada plan formativo constituirá una oferta.

4. A continuación, respecto de su oferta para cada plan formativo, elestablecimiento deberá indicar la modalidad de ejecución del componente deintermediación laboral, a saber, directamente por el establecimiento o víacompromiso con alguna municipalidad. Para lo anterior el oferente deberáincluir en su propuesta –subiendo un archivo adjunto a esta misma plataforma-las declaraciones, según corresponda, establecidas en los AnexosNº1(directamente) y N°2 (vía compromiso) que forman parte integrante de las

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presentes bases, los que se encuentran disponibles para descarga de laplataforma.

En aquellos casos en que el ejecutor sea un establecimiento cuyaadministración dependa de una municipalidad o bien, de una CorporaciónMunicipal de Educación, deberá realizar el componente de intermediaciónlaboral directamente, pudiendo hacerlo por sí mismo o bien, a través de laoficina Municipal de Información laboral (OMIL) de la respectiva municipalidad,para lo cual deberá acompañar el Anexo N° 1.

Sin perjuicio de lo anterior, la determinación de la modalidad de ejecución delcomponente de Intermediación laboral podrá determinarse por el ejecutorseleccionado al momento de suscribir el convenio, para ello, al momento deofertar deberá ingresar la carta de compromiso que le arroje el sistemainformático que SENCE a determinado para estos fines.

1.5. ETAPAS Y PLAZOS

ETAPA PLAZOInicio y Término deconsultas a las Bases

Dentro de los 6 (seis) días hábiles contados desde lapublicación del llamado.

Publicación derespuestas yaclaraciones

Dentro de los 4 (cuatro) días hábiles contados desde eltérmino de consultas.

Cierre de recepción depropuestas

Dentro de los 20 (veinte) días corridos siguientes a lapublicación de las Bases en la página del SENCE.

Apertura de laLicitación Tras el cierre de recepción de propuestas

Periodo de Evaluacióny selección de oferta

Dentro de los 10 (diez) días corridos contados desde el cierre derecepción de propuestas.

Fecha estimada defirma de convenio

Dentro de los 8 (ocho) días hábiles, desde la fecha de lapublicación de la selección.

Plazo de creación decurso 5 (cinco) días hábiles luego de la total tramitación del Convenio.

Plazo para matricula debeneficiarios.

30 (treinta) días corridos luego de la total tramitación delConvenio.

Plazo máximo de iniciode curso

21 (veintiún) días corridos desde la fecha de la matriculanúmero doceava del curso respectivo.

Para los efectos de este concurso los plazos serán de días hábiles, esto es, noconsiderarán para su cómputo los días sábado, domingo y festivos, conforme a lodispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.880, que establece las Bases de losProcedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de laAdministración del Estado. Lo anterior, a menos que expresamente se señale que losplazos serán de días corridos. Cuando el último día del plazo sea sábado, domingo ofestivo, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

1.6. LINEAMIENTOS TÉCNICOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Los proponentes deberán presentar sus propuestas conforme a los siguienteslineamientos:

A. CURSOS Y CUPOS A LOS QUE SE POSTULA

El presente proceso concursal está referido a la postulación para la ejecución decursos de formación en oficios y sus respectivos cupos de participantes, acotado a unnúmero máximo de 200 cupos por cada LTP y un máximo de 500 cupos porsostenedor. Los cursos de formación en oficios a considerar están señalados en la“Parrilla de Planes Formativos”, aprobada mediante Resolución Exenta N° 991, de 5 de

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marzo de 2015, de este Servicio Nacional, que el proponente pudiera ejecutar según elsiguiente esquema:

Cada LTP proponente podrá postular hasta un máximo de 200 cupos, loscuales pueden distribuirse en un mínimo de 1 plan formativo elegible a ejecutara partir de la “Parrilla de Planes Formativos” en 8 cursos o secciones distintas, oun máximo de 8 planes formativos elegibles distintos, que consideran 25participantes cada uno; o una combinatoria tal que no se superen los 200 cuposantes señalados, teniendo en consideración que el SENCE ha definido que 1curso = 25 participantes1.

Con todo, por sostenedor, se considera un máximo de 500 cupos postulables.Así, estos 500 cupos pueden ser cubiertos por distintas combinaciones decursos y planes formativos postulados por los diferentes establecimientos queeste sostenedor tiene a su cargo.

A modo ejemplar, considérese la siguiente gráfica para ilustrar una situación posiblede postulación de un sostenedor y los LTP a su cargo, y cómo deberían llevarse a cabolas postulaciones u ofertas de estos:

SOSTENEDOR “A”(Público o Privado) 500 CUPOS

LTP-1 75 Cupos con 1 plan formativo (1 Oferta)LTP-2 75 Cupos con 3 plan formativo (3 Oferta)LTP-3 200 Cupos con 1 plan formativo (1 Oferta)LTP-4 50 Cupos con 2 plan formativo (2 Oferta)LTP-5 100 Cupos con 4 plan formativo (4 Oferta)

TOTAL 5 LTPPOSTULANDO CON 500 CUPOS EN 11 OFERTAS EN TOTAL

Los LTP oferentes postulan sus propuestas en línea a través del sistema de postulaciónde propuestas del SENCE. Cada plan formativo constituye una oferta. De estaforma, y en consonancia con lo antes indicado, la propuesta del LTP oferente podráincluir hasta un máximo de 8 (ocho) ofertas de cursos, conforme su capacidad,debiendo ingresar para cada oferta (plan formativo) una oferta técnica, agregando acontinuación el orden de prelación en que la postula (de 1 a 8, donde 1 es el cursode mayor preferencia y 8, el de menor). La preferencia número 8 se entiende válida sipostula a 8 cursos, cada uno con 25 cupos.

Siguiendo con la situación de la gráfica precedente, considérese cómo debería ser lapostulación del LTP-5 anterior:

LTP – 5 SECTOR: AGROPECUARIO

ORDEN DEPRELACIÓN PLAN FORMATIVO

1 Manejo de Cultivos en Invernaderos

2 Operación de envasado de productos lácteos

3 Operaciones de maquinaria de vendimia enterreno

4 Operaciones en línea de envasados de vinos endiversos formatos

1 El SENCE ha definido que el número máximo de participantes por curso no puede superar los 25, basados en lanecesidad de que exista una adecuada coherencia entre las competencias a desarrollar en cada plan formativo, lametodología de instrucción, la infraestructura, el equipamiento y las características de los y las participantes.

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La Parrilla indicada presentará la información de los Planes Formativos que unestablecimiento pudiera ejecutar, los que vienen dados de acuerdo a su sector deenseñanza y/o corresponder al sector “Administración y Comercio”, además de lasrestricciones propias de la capacidad máxima asociada a la infraestructura delestablecimiento.

La Parrilla establece el número de horas constitutivas de cada Plan Formativo.Además, en la parrilla se indicará para cada plan formativo si considera o no laentrega de licencias habilitantes o acreditaciones al participante, y el valor horaparticipante (en adelante VHP) correspondiente.

Cabe especificar que en caso de que el oficio requiera licencias habilitantes,certificaciones u otras licencias afines para desarrollar correctamente el oficio en elmercado laboral, éstas serán con costo asumido por el ejecutor de la capacitación.

En cuanto a la determinación del VHP, éste ha sido determinado tomando enconsideración la naturaleza del curso, y valores de mercado resultantes de llamadosanteriores del Programa Más Capaz.

B. DESCRIPCIÓN DEL PLAN FORMATIVO APROBADO POR SENCE.

Se podrá acceder a cada uno de los Planes Formativos a los cuales podrá postular enla página web del SENCE www.sence.cl.

Como se ha indicado, el proponente deberá preparar su propuesta basándose en losplanes formativos que forman parte de la Parrilla correspondiente, que ha sido definidapara el presente concurso.

El Plan Formativo está compuesto por los antecedentes formales del mismo y eldesarrollo de los módulos que lo componen, cada uno con sus antecedentescurriculares: aprendizajes esperados, criterios de evaluación y contenidos. También seestablece el número de horas para el desarrollo de cada módulo. Cada módulo tienecomo objetivo alcanzar, al menos, una Unidad de Competencia Laboral (UCL) y, en suconjunto, permiten que el/la participante de la capacitación adquiera la competenciaglobal del oficio al que este plan formativo se refiere.

El Plan Formativo respecto de la cual el oferente debe desarrollar su oferta técnica,considera los siguientes elementos: nombre del plan formativo y su duración en horas,descripción de la ocupación y campo laboral asociado, perfil ocupacional ChileValorarelacionado, en caso de existir; requisitos que debe satisfacer el oferente; licenciashabilitantes (en los planes formativos que corresponda), requisitos de ingreso al planformativo de los/las participantes y competencias asociadas a éste, tal como presentala figura a continuación, en relación a un plan formativo genérico utilizado a modoejemplar. Todos los campos de información de los Planes Formativos asociados a laparrilla de las acciones de capacitación del presente proceso concursal sonproporcionados por SENCE.

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Ejemplo de Plan Formativo:

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Figura: Presentación Ficha de Plan Formativo

Para cada módulo que compone el Plan Formativo, la ficha se estructura considerandola siguiente información: Nombre del módulo; Número de horas, Perfil ChileValoraasociado (cuando existe), Unidades de Competencia Laboral asociadas; además deAprendizajes esperados, Criterios de evaluación y Contenidos del módulo respectivo.

A esto se agrega el desarrollo de Estrategias Metodológicas para la Implementación delMódulo (enfocado en los mecanismos recomendados para la transferencia yaseguramiento de la adquisición de conocimientos de parte de los/las participantes, laestrategia para la adquisición de habilidades y la estrategia para la adquisición deactitudes). Asimismo, considera la Estrategia Evaluativa del Módulo, referida a lasactividades que permitan identificar el nivel de avance o logro de los/las participantesrespecto de los aprendizajes esperados del módulo. Todos estos contenidos son partedel Plan Formativo proporcionado por SENCE.

Finalmente, el Plan Formativo considera los requisitos mínimos que deben satisfacerlos/las facilitadores/as respecto de los módulos transversales y técnicos, y losrequerimientos de infraestructura, equipamiento y materiales e insumos, necesariospara la adecuada ejecución de la acción de capacitación.

C. CONTENIDOS DE LA PROPUESTA TÉCNICA

C.1 Instrumento de evaluaciónEn su propuesta el oferente deberá presentar un instrumento de evaluación desalida para un módulo transversal y un instrumento de evaluación de salida paraun módulo técnico, los cuales han sido definidos por el SENCE para cada PlanFormativo. Los instrumentos de evaluación deberán ser ingresados en el “Formulariode Propuesta Técnica”, según la estructura definida.El proponente deberá preparar su propuesta considerando los componentescurriculares de los módulos definidos por el SENCE para este fin, que se encuentranestablecidos en la “Ficha del Plan Formativo”.La totalidad de las propuesta deberán considerar en su formulación lenguaje inclusivoy no sexista, incorporación de ejemplos e imágenes gráficas equitativas de hombres ymujeres no estereotipadas.

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La propuesta técnica considerará los siguientes ítems:a) Estructura del Instrumento de Evaluaciónb) Aspectos Formales del Instrumento de Evaluaciónc) Desarrollo del Instrumento mismo de Evaluaciónd) Pauta de Corrección

Estará a disposición de los oferentes el documento denominado “Orientacionesmetodológicas para la implementación de Planes Formativos”, como material de apoyoy consulta para la formulación de la oferta técnica propuesta.

C.2 Infraestructura, Equipos, Herramientas e Insumos

Respecto de cada Plan Formativo, el sistema de presentación de propuestas indicarátodos aquellos elementos (infraestructura, equipos y herramientas e insumos) queSENCE considera como un estándar mínimo para el desarrollo de los módulos que losconstituyen.

I. Infraestructura:Los oferentes deberán señalar o declarar todos aquellos lugares donde ejecutarán lasacciones de capacitación, incluyendo salas de clases y recintos, espacios o tallerespara las actividades prácticas coherentes con el estándar definido en el Plan Formativorespectivo.

Las salas de clases y los talleres pueden ubicarse en domicilios o direcciones distintasa donde funciona el respectivo LTP, siempre y cuando pertenezcan a la infraestructuradel establecimiento considerado en la oferta (ejemplo: anexos de establecimiento) y/ocorresponda a infraestructura de otra institución con la que el establecimientoproponente haya suscrito un convenio o acuerdo de colaboración o su equivalente.Para estos efectos, el ejecutor deberá generar las coordinaciones para el correctotraslado de los/las participantes entre estos lugares. Los costos asociados a estostraslados serán de cargo del ejecutor, cuando no sea el lugar de ejecución regular de lafase lectiva.

Aquellos proponentes que al momento de ofertar sólo declaren cumplir con el estándardefinido por SENCE, su declaración se entiende parte integrante de la oferta, portanto, este compromiso del oferente de disponer de dicha infraestructura mínimadeberá cumplirse al momento de suscribir el Acuerdo Operativo que autoriza yestablece las condiciones de ejecución del curso.

Si al momento de la/s inspección/es ocular/es se verifica que el oferente no ha dadocumplimiento a su compromiso, el SENCE podrá aplicar las multas establecidas en laspresentes bases.

II. Equipos, herramientas e insumos:El proponente deberá declarar, describir y cuantificar los equipos, herramientas einsumos en concordancia con el estándar definido en el Plan Formativo respectivosegún el número de participantes. La oferta de equipos, herramientas e insumos estáavaluada por la declaración del proponente en el sistema de presentación depropuestas/ofertas.

El compromiso de disponer de Equipos, herramientas e insumos debe estar enconcordancia con lo establecido en el Plan Formativo, en cantidad suficiente yadecuada para atender a los/las participantes de cada grupo-curso, deberá estardisponible al momento de suscribir el Acuerdo Operativo del que se hace referencia enel punto 6.2 de las presentes bases que autoriza y establece las condiciones deejecución del curso.

Tanto la infraestructura, como los equipos, herramientas e insumos señalados en losdos puntos anteriores, podrán ser verificados a través de inspecciones oculares por

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parte de la Dirección Regional del SENCE, correspondiente a la región a la que larefiera la comuna de la oferta, durante cualquier momento de la implementación delprograma.

Si al momento de la/s inspección/es ocular/es se verifica que el oferente no ha dadocumplimiento a su compromiso, el SENCE podrá aplicar las multas establecidas en laspresentes bases.

C.3. Equipo Técnico – Facilitadores/as

El proponente deberá presentar el perfil del equipo técnico que estará a cargo de larealización del servicio en caso de resultar seleccionado, esto es, indicando el perfil decada uno de los/las facilitadores/as por módulo, para todos los módulos técnicos ytransversales del curso. Cabe señalar que no se requiere la individualización de lapersona (facilitador), sino sólo explicitar su perfil en los términos señalados en laspresentes bases.

C.4. Modelo inclusivo para personas con discapacidad

El presente llamado evaluará con un puntaje adicional el esfuerzo que realice eloferente en su propuesta de contemplar acciones tendientes a desarrollar unacapacitación inclusiva, esto es, aquéllas adecuaciones o adaptaciones metodológicasque permitan que los/las participantes que presenten alguna discapacidad puedanparticipar sin discriminación de los cursos ofrecidos. El oferente en su propuesta,podrá considerar el instrumento denominado “Guía Operativa Línea Jóvenes conDiscapacidad”, que se publica conjuntamente con las presentes bases, a fin de definirsi la persona con discapacidad interesada puede incorporarse a un proceso deformación determinado.Acreditación de la situación de personas con discapacidad

El postulante deberá presentar alguno de los siguientes documentos al momento depresentarse a la entrevista de selección:

a) Credencial de Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad delServicio de Registro Civil e Identificación.

b) Copia de Resolución de discapacidad emitida por la Comisión de MedicinaPreventiva (COMPIN).

c) Certificado de inscripción de discapacidad emitido por el Servicio deRegistro Civil e Identificación.

d) Presentación del pago de la pensión básica solidaria de invalidez.

En caso que el ejecutor, posterior a la aplicación de los instrumentos de evaluacióndetermine que el postulante no cuenta con las habilidades para desarrollar el oficio alque postula, deberá informar al Director Regional respectivo el resultado de laevaluación y solicitar autorización para la derivación del postulante. Este proceso debeser efectuando en un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la fecha de laevaluación.

Para incentivar la incorporación de este modelo inclusivo, SENCE ha considerado laentrega al ejecutor seleccionado de un bono de $500.000.- (quinientos mil pesos),2 porparticipante con discapacidad.

Adicionalmente, dispondrá de un segundo incentivo denominado Fondo de Iniciativas,cuyo objetivo es eliminar brechas de accesibilidad física y de información para el cursode capacitación al que accede el/la participante.

2 El detalle de este bono, se establece en la resolución que aprueba las Normas y Procedimientos para la ejecución dela Modalidad de Planes Formativos de la Línea regular.

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Este fondo de iniciativas podrá financiar entre otros los siguientes elementos:

1. Contratación de servicios de intérprete en lengua de señas.2. Habilitación de salas y espacios de uso común (baño, construcción rampa deacceso, mejoramiento de piso, antideslizante; adquisición de barras de apoyo para elacceso, arreglo de ascensor para personas con discapacidad y/o movilidad reducida).3. Compra o arriendo de software, accesorios o equipos adecuados para el uso delparticipante, considerando todos los tipos de discapacidad.4. Otros no tipificados en puntos anteriores.

C.5. Implementación del componente de intermediación laboral:

La implementación del componente de intermediación laboral será una obligación delejecutor seleccionado, debiendo elegir la modalidad de su implementación, ya seadesarrollarla directamente o a través de la OMIL, para lo cual deberá acompañar ladocumentación requerida (Anexo N°1 o Anexo N°2), del Municipio respectivo, almomento de la suscripción del convenio.

En aquellos casos en que el ejecutor sea un establecimiento cuya administracióndependa de una municipalidad o bien, de una Corporación Municipal de Educación,deberá realizar el componente de intermediación laboral directamente, pudiendohacerlo por sí mismo o bien, a través de la oficina Municipal de Información laboral(OMIL) de la respectiva municipalidad, para lo cual deberá acompañar el Anexo N° 1.

C.6. Criterio de pertinencia territorial:

El presente llamado evaluará el impacto del oficio propuesto por el LTP, en cuanto afavorecer la empleabilidad de las personas que se capacitan.

El proponente deberá presentar una fundamentación de la empleabilidad esperada delos participantes capacitados en el oficio postulado apoyándose en informaciónsecundaria relevante y pertinente para la empleabilidad en la comuna, provincia y/oregión. Además de lo anterior deberá presentar el alcance territorial o impacto deloficio en el mercado laboral.

1.7. MODIFICACIONES A LAS PRESENTES BASES

El SENCE podrá modificar las presentes bases, sus guías operativas y anexos, ya seapor iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de losoferentes, durante el proceso de recepción de propuestas, y hasta tres días hábilesanteriores a la fecha fijada para su cierre.

Las modificaciones que se lleven a cabo, se realizarán mediante acto administrativototalmente tramitado, las que serán informadas a través de la página institucional deSENCE, www.sence.cl, dando a los proponentes un plazo de (3) tres días hábilesadicionales para adecuar sus ofertas, información que será publicada enwww.sence.cl.

1.8. CONSULTAS Y ACLARACIONES AL PRESENTE PROCESO CONCURSAL

Los proponentes podrán efectuar consultas sólo a través del banner de preguntas yrespuestas dispuesto en el sistema de presentación de ofertas, en los plazosestablecidos para ello en etapas-plazos del numeral 1.5 de las presentes bases.

No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente alseñalado, ni vencido el plazo dispuesto al efecto. Las consultas deberán indicarexpresamente el punto pertinente de las presentes bases y/o sus anexos y/o GuíasOperativas, a que hace referencia la solicitud de consulta y/o aclaración.

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Las respuestas a las consultas y/o aclaraciones efectuadas, serán publicadas en elsistema de presentación de ofertas, y se encontrarán disponibles durante todo elproceso de postulación, siendo de conocimiento público para todos los potencialesoferentes.

Las respuestas y/o aclaraciones, se entenderán parte integrante de las presentes basesy proceso de selección.

2. PROCESO DE EVALUACIÓN

2.1. Constitución de la comisión evaluadora de propuestas

La comisión evaluadora, estará constituida por, a lo menos, 5 (cinco) personasnombradas por el Director Nacional del SENCE, mediante resolución, de los cuales, alo menos 3, deberán ser funcionarios públicos.

La comisión de evaluación verificará la existencia de todos los antecedentes exigidos enlas presentes bases, pudiendo descartar a aquellos proponentes que no cumplan conalguno de los requisitos exigidos en estas o en las respectivas respuestas y/oaclaraciones que deriven del proceso de aclaración.

Los oferentes no podrán mantener contacto alguno con los miembros de la comisiónevaluadora, sobre temas relacionados con su propuesta y no podrán influir en elexamen, evaluación, clarificación de dicha propuesta y su selección, salvo a través delos mecanismos establecidos en las presentes bases. Si lo hiciere, su propuesta serádeclarada inadmisible.

Si la Comisión lo estima pertinente, se podrá solicitar a algún proponente, por escrito através de la página del SENCE, precisiones sobre aspectos de su propuesta, que noresulten suficientemente claros y/o que salven errores u omisiones formales en cuyocaso las aclaraciones solicitadas y las respuestas otorgadas por el proponente pasarána formar parte integrante de los antecedentes de su propuesta, en caso de resultarseleccionado. En todo caso, tanto la solicitud de aclaraciones, como las respuestas delinteresado, no podrán referirse a puntos que alteren elementos esenciales de lapropuesta, ni vulnerar el principio de igualdad de los proponentes. Las respuestasdeberán ser entregadas a más tardar dentro de los 2 días hábiles siguientes a laformulación de la consulta.

El SENCE podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que losoferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la propuesta, siempre quedichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad alvencimiento del plazo para presentar propuestas o se refieran a situaciones nomutables entre el vencimiento del plazo para presentar propuestas y el período deevaluación siempre y cuando, las rectificaciones de dichos vicios u omisiones formalesno les confieran a dichos proponentes una situación de privilegio respecto de los demáscompetidores regulatorio y de igualdad de los proponentes, y se informe de dichasolicitud al resto de los proponentes, a través del portal institucional. Para estosefectos, se otorgará un plazo de 1 (un) día hábil contado a partir del día de la apertura,para que el proponente subsane la omisión de las formalidades requeridas.Transcurrido el plazo otorgado por el SENCE sin que el oferente subsane las omisionesseñaladas, se rechazará sin más trámite su propuesta.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses conlos oferentes, de conformidad con la normativa vigente, por lo que deberán presentar almomento de la evaluación una declaración jurada que así lo señale.

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2.2. Criterios de la Evaluación

Las ofertas técnicas presentadas deberán ser aprobadas con nota igual o superior a5.0, de lo contrario no seguirá en el proceso de evaluación.

2.2.1. Evaluación de la propuesta técnica presentada

El siguiente cuadro detalla los criterios y subcriterios que serán considerados por laComisión en la evaluación técnica de cada oferta de curso presentado por el oferenteen su propuesta técnica de manera independiente, así como su respectivaponderación. La Evaluación se realizará por etapas conforme al orden que se indica enel cuadro siguiente. Si la oferta no cumple el puntaje de corte no seguirá el procesoevaluativo.

Criterios de evaluación:

Criterio Subcriterio Ponderaciónsubcriterio

PonderaciónCriterio

PertinenciaTerritorial

Fundamenta la empleabilidad del oficio postulado 50%10%Describe el alcance o impacto territorial del oficio en el

mercado laboral50%

PropuestaFormativa

Considera propuesta de capacitación inclusiva 5%

70%

Instrumento Evaluativo: Módulos Transversal y Técnico 50%

Infraestructura 22.5%

Equipos y Herramientas 12.5%

Materiales e Insumos 10%

EquipoTécnico

Formación y/o Experiencia Laboral 70%20%

Experiencia en formación de adultos 30%

2.2.1.1. Evaluación Pertinencia Territorial

Esta evaluación mide el impacto del oficio propuesto por el LTP, en cuanto a favorecerla empleabilidad de las personas que se capacitan. El cuadro siguiente considera laescala de evaluación de los dos elementos considerados, a saber, fundamentación de laempleabilidad del oficio postulado y alcance o impacto territorial del oficio en el mercadolaboral.

i. Escala de evaluación

Criterio Escala(1) Fundamentala empleabilidaddel oficiopostulado

El oferente desarrolla una fundamentación de la empleabilidad esperadade los participantes capacitados en el oficio postulado que presenta unalínea argumental clara, y que se apoya en información secundariarelevante (estadísticas, informes técnicos, estudios de mercado, entreotros) y pertinente para la empleabilidad en la comuna, provincia y/oregión, citando las fuentes respectivas = 7,0

El oferente desarrolla una fundamentación de la empleabilidad esperadade los participantes capacitados en el oficio postulado que presenta unalínea argumental clara, pero que carece de información secundariacualitativa y/o cuantitativa relevante y pertinente que lo respalde, ni citafuentes ; o, su fundamentación se desarrolla con una línea argumentaldébil pero sí aporta información secundaria relevante y pertinente = 5,0

El oferente desarrolla una fundamentación de la empleabilidad esperadade los participantes capacitados en el oficio postulado, pero la líneaargumental de su fundamentación es débil o poco clara, y no aporta

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información secundaria relevante y/o pertinente que apoye su posición =3,0

El oferente no presenta una fundamentación acerca de la empleabilidadesperada de los participantes capacitados en el oficio postulado = 0

(2) Describe elalcance oimpactoterritorial deloficio en elmercado laboral

El oferente en su fundamentación de la empleabilidad esperada de losparticipantes capacitados en el oficio postulado, describe el alcanceterritorial o impacto del oficio en el mercado laboral, y esta informaciónrefiere a un impacto positivo a una escala mayor al comunal (provincial oregional) = 7,0

El oferente en su fundamentación de la empleabilidad esperada de losparticipantes capacitados en el oficio postulado, describe el alcanceterritorial o impacto del oficio en el mercado laboral, y esta informaciónrefiere a un impacto positivo a una escala mayor comunal = 5,0

El oferente en su fundamentación de la empleabilidad esperada de losparticipantes capacitados en el oficio postulado, describe el alcanceterritorial o impacto del oficio en el mercado laboral, y esta informaciónrefiere a un impacto positivo a una escala local = 3,0

El oferente no presenta fundamentación de la empleabilidad esperada delos participantes capacitados en el oficio postulado, o ésta no describe elalcance territorial o impacto del oficio en el mercado laboral = 0

ii. Puntaje de corte para el subcriterio “Pertinencia Territorial”En este criterio, la pertinencia territorial deberá ser aprobada con nota igual osuperior a 4.0, de lo contrario la propuesta no sigue en evaluación.

iii. Nota criterio “Pertinencia Territorial”La nota final para este criterio, que no tiene puntaje de corte, se determina de lasiguiente manera:

= (( ) ∗ ,+ (∗ , ))2.2.1.2. Evaluación Propuesta Formativa

La evaluación de la propuesta formativa considera los instrumentos evaluativospropuestos por el oferente para un módulo transversal y un módulo técnico del PlanFormativo, y la infraestructura y equipos y herramientas que sean coherentes conpoder ejecutarlo correctamente; así como también los esfuerzos que puedan significaradaptar la oferta del proponente para dar cuenta de una capacitación inclusiva parapersonas con discapacidad.

a) Propuesta Inclusiva

En el caso que el ejecutor opte por desarrollar la modalidad inclusiva, será necesarioque realice aquéllas adecuaciones o adaptaciones metodológicas que permitan quelos/las participantes formen sin discriminación en cursos ofrecidos, en concordanciacon la “Política Nacional para la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad”3.

i. Escala de evaluación subcriterio

Criterio EscalaPropuestainclusiva

El oferente desarrolla en su propuesta un modelo metodológico deformación inclusiva = 7,0

El oferente no desarrolla en su propuesta un modelo metodológico deformación inclusiva = 0

b) Subcriterio Instrumentos de Evaluación

3http://www.senadis.gob.cl/pag/384/918/politica_nacional_para_la_inclusion_social_de_las_personas_con_discapacidad.

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La evaluación técnica considera la elaboración de un instrumento de evaluación paraun módulo transversal y otro para un módulo técnico, los cuales han sido definidospor SENCE para cada Plan Formativo.

i. Escala de evaluación subcriterio

La propuesta del oferente deberá considerar la elaboración de dos instrumentos deevaluación: un primer instrumento, que mida los aprendizajes esperados del módulotransversal en la dimensión del conocimiento; y un segundo, para evaluar losaprendizajes del participante en relación al módulo técnico, en la dimensión de lashabilidades/destrezas. Para cada plan formativo, estos módulos transversal y técnicoserán definidos por SENCE y serán requeridos en el sistema de presentación depropuestas, donde deberán ser subidos, completando los campos adicionales deinformación que se requieran, considerando las instrucciones y requisitos establecidosen las presentes bases.

La evaluación de estos instrumentos, se regirá de acuerdo a las siguientes elementos yponderaciones:

a) Evaluación Módulo TransversalEn el módulo transversal se deberá elaborar un instrumento de evaluación de ladimensión de conocimientos:

MÓDULO TRANSVERSALIndicadores Descripción de los indicadores Ponderación(1)EstructuradelInstrumentodeEvaluación

El instrumento de evaluación propuesto consideracinco elementos básicos: antecedentes del participante,antecedentes de la capacitación, instruccionesgenerales de aplicación, desarrollo del instrumento ypauta de corrección. = 7.0

La estructura del instrumento de evaluación propuestaestá incompleta, presentando sólo los antecedentes delparticipante, antecedentes de la capacitación,instrucciones generales de aplicación y el desarrollodel instrumento = 5.0

La estructura del instrumento de evaluación propuestaestá incompleta, presentando sólo los antecedentes delparticipante, antecedentes de la capacitación y eldesarrollo del instrumento = 3.0

En su propuesta el oferente presenta una estructuraincompleta, que no contempla el instrumento mismode evaluación o no se presenta información respecto alInstrumento de evaluación= 1.0

15%

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(2) Pauta deEvaluacióndelInstrumentodeEvaluación

El oferente presenta una pauta de evaluacióncoherente con el instrumento desarrollado,considerando elementos básicos, tales como: escala decalificación, puntaje de corte y puntaje por cada ítem =7,0

El oferente presenta una pauta de evaluacióncoherente con el instrumento desarrollado, peroconsidera sólo los siguientes dos elementos básicos:escala de calificación y puntaje por cada ítem;estando ausente el puntaje de corte = 5,0

El oferente presenta una pauta de evaluacióncoherente con el instrumento desarrollado, peroconsidera sólo los siguientes dos elementos básicos:escala de calificación y puntaje de corte; estandoausente el puntaje por cada ítem = 3,0

El oferente no presenta una pauta de evaluacióndesarrollado o dicha pauta no permite asegurar lacorrección adecuada del instrumento de calificación; oel oferente no presentó el instrumento con cualcontrastar la pauta = 1,0

15%

(3) DiseñodelInstrumentodeevaluación

El oferente realizó un óptimo diseño del instrumento deevaluación en función de los elementos consideradosen su construcción, tales como: diversidad de ítems,cantidad de preguntas por ítem y consistencia de losítemes = 7,0

Si bien el oferente realizó un buen diseño delinstrumento de evaluación en función de los elementosconsiderados en su construcción, tales comodiversidad de ítems, cantidad de preguntas por ítem yconsistencia de los ítemes; lo hizo en una cuantía y/ocalidad inferior a la óptima = 5,0

El oferente realizó un regular diseño del instrumentode evaluación en función de los elementosconsiderados en su construcción, tales comodiversidad de ítems, cantidad de preguntas por ítem yconsistencia de los ítemes; esto, porque dichoselementos son insuficientes y/o de calidad deficitaria =3,0

Si bien el oferente realizó un diseño del instrumento deevaluación, éste considera un deficiente uso de loselementos que deben considerarse en su construcción;o este diseño no se condice con lo solicitado; o eloferente no presentó un instrumento = 1,0

35%

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b) Evaluación Módulo TécnicoEn el módulo técnico se deberá elaborar un instrumento de evaluación de la dimensiónde las habilidades:

(4)CoherenciadeldesarrollodelInstrumentodeEvaluacióncon ladimensiónutilizada

El oferente desarrolla un instrumento de evaluacióndonde existe coherencia entre todos los aprendizajesesperados del módulo y sus criterios de evaluación, conel desarrollo del tipo de instrumento de evaluaciónutilizado= 7.0

El oferente desarrolla un instrumento de evaluacióndonde existe coherencia entre más de la mitad, pero node la totalidad de los aprendizajes esperados y suscriterios de evaluación, con el desarrollo del tipo deinstrumento de evaluación utilizado = 5.0

El oferente desarrolla un instrumento de evaluacióndonde existe donde existe coherencia entre menos de lamitad de los aprendizajes esperados y sus criterios deevaluación, con el desarrollo del tipo de instrumento deevaluación utilizado= 3.0

El oferente desarrolla un tipo de instrumento deevaluación que no es coherente con los aprendizajesesperados y los criterios de evaluación consignados enellos; o no presenta instrumento de evaluación para elmódulo transversal = 1.0

35%

MÓDULO TÉCNICOIndicadores Descripción de los indicadores Ponderación(1)EstructuradelInstrumentodeEvaluación

El instrumento de evaluación propuesto consideracuatro elementos básicos: antecedentes delparticipante, antecedentes de la capacitación,instrucciones generales de aplicación y desarrollo delinstrumento. = 7.0

La estructura del instrumento de evaluación propuestaestá incompleta, presentando los antecedentes delparticipante, instrucciones generales de aplicación y eldesarrollo del instrumento = 5.0

La estructura del instrumento de evaluación propuestaestá incompleta, presentando sólo las instrucciones yel desarrollo del instrumento = 4.0

La estructura del instrumento de evaluación propuestaestá incompleta, presentando sólo los antecedentes delparticipante y el desarrollo del instrumento; o, sólo losantecedentes de la capacitación y el desarrollo delinstrumento = 3.0

En su propuesta el oferente presenta una estructuraincompleta, que no contempla el instrumento mismode evaluación o no se presenta información respecto alInstrumento de evaluación= 1.0

15%

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(2) Pauta deEvaluacióndelInstrumentodeEvaluación

El oferente presenta una pauta de evaluación para elinstrumento desarrollado, considerando todoselementos básicos, tales como niveles de logro opuntajes, puntaje de corte y 9 o más indicadores quedan cuenta de la competencia del módulo= 7,0

El oferente presenta una pauta de evaluación para elinstrumento desarrollado, considerando elementosbásicos, tales como niveles de logro o puntajes, puntajede corte y entre 6 y 8 indicadores que den cuenta de lacompetencia del módulo; o tiene 9 o más indicadores,presenta los niveles de logro o puntaje, pero no dacuenta del puntaje de corte = 5,0

El oferente presenta una pauta de evaluación para elinstrumento desarrollado, considerando insuficienteselementos básicos, tales como 5 o menos indicadoresque den cuenta de la competencia del módulo; o, másde indicadores, pero no da presenta niveles de logro opuntaje ni puntaje de corte = 3,0

El oferente no presenta una pauta de evaluación odicha pauta no permite asegurar la correcciónadecuada del instrumento de evaluación = 1,0

15%

(3) DiseñodelInstrumentodeevaluación

El oferente realizó un óptimo diseño del instrumento deevaluación en función de los elementos consideradosen su construcción, tales como: indicadores y sudescripción cuando corresponda, categorías y sudescripción cuando corresponda, y una escala decalificación auto-explicada= 7,0

Si bien el oferente realizó un buen diseño delinstrumento de evaluación en función de los elementosconsiderados en su construcción (tales como:indicadores y su descripción cuando corresponda,categorías y su descripción cuando corresponda, yescala de calificación), lo hizo en calidad inferior a laóptima, por ejemplo, con una mala definición deindicadores, u omitiendo descripciones relevantes parael diseño propuesto, ya sea en indicadores, categorías oelementos de la escala de calificación = 5,0

El oferente realizó un regular diseño del instrumentode evaluación en función de los elementosconsiderados en su construcción (tales como:indicadores y su descripción cuando corresponda,categorías y su descripción cuando corresponda, yescala de calificación); haciéndolo de maneraincompleta, presentando sólo los indicadores y sudescripción, cuando corresponda = 3,0

Si bien el oferente realizó un diseño del instrumento deevaluación, éste considera un deficiente uso de loselementos que deben considerarse en su construcción;o este diseño no se condice con lo solicitado; o eloferente no presentó un instrumento = 1,0

35%

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ii. Nota subcriterio “Instrumentos de Evaluación”La nota final para este subcriterio se determina como el promedio simple de lasnotas obtenidas en la evaluación de los módulos transversal y técnico, de lasiguiente manera:

= 0,5 ∗ [(1) ∗ 0,15 + (2) ∗ 0,15 + (3) ∗ 0,35 + (4) ∗ 0,35] ó+0,5 ∗ [(1) ∗ 0,15 + (2) ∗ 0,15 + (3) ∗ 0,35 + (4) ∗ 0,35] ó éiii. Puntaje de corte para el subcriterio “Instrumentos de Evaluación”

Este criterio deberá ser aprobado con nota igual o superior a 5,0 para pasar ala evaluación de los siguientes criterios ítem, de lo contrario no seguirá en elproceso de evaluación.

c) Subcriterio Infraestructura

Este criterio mide la coherencia entre la infraestructura declarada por el proponentecon el requerimiento de infraestructura mínima para el desarrollo de los módulosconstitutivos del Plan Formativo.

Si el proponente desea postular su oferta con otra infraestructura o complementar lainfraestructura declarada con otra que sea más pertinente al Plan Formativo, deberádeclarar dicha infraestructura en el sistema de presentación de ofertas, en la pantallahabilitada para este efecto, donde se señala cuál es el estándar mínimo deinfraestructura asociado al Plan Formativo. El proponente podrá declararinfraestructura adicional a este mínimo, siempre y cuando ésta sea relevante para laadecuada ejecución del curso.

Se declararán inadmisible la oferta de curso que no cumpla con el estándar mínimoexigido por para cada Plan Formativo aprobado.

(4)CoherenciadeldesarrollodelInstrumentodeEvaluacióncon ladimensiónutilizada

El oferente desarrolla un instrumento de evaluacióndonde existe absoluta coherencia entre todos losaprendizajes esperados del módulo y sus criterios deevaluación, con el desarrollo del tipo de instrumento deevaluación utilizado= 7.0

El oferente desarrolla un instrumento de evaluacióndonde existe coherencia entre más de la mitad, pero node la totalidad de los aprendizajes esperados y suscriterios de evaluación, con el desarrollo del tipo deinstrumento de evaluación utilizado = 5.0

El oferente desarrolla un instrumento de evaluacióndonde existe regular coherencia entre los aprendizajesesperados abordados (todos o algunos), y sus criteriosde evaluación, con el desarrollo del tipo de instrumentode evaluación utilizado; o, el oferente desarrolla uninstrumento de evaluación donde existe coherenciaentre menos de la mitad de los aprendizajes esperadosy sus criterios de evaluación, con el desarrollo del tipode instrumento de evaluación utilizado= 3.0

El oferente desarrolla un tipo de instrumento deevaluación que no es coherente con los aprendizajesesperados y los criterios de evaluación consignados enellos; o no presenta instrumento de evaluación para elmódulo transversal = 1.0

35%

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i. Escala de evaluaciónPara evaluar este criterio, se emplea la siguiente escala:

Criterio EscalaInfraestructura El proponente entrega una descripción detallada de la

infraestructura o recursos físicos disponibles de su liceo, ydeclara que cumplirá con el estándar de infraestructura definidoen el Plan Formativo para todos los módulos, agregando valor a losolicitado = 7,0

El proponente entrega una descripción detallada de lainfraestructura o recursos físicos disponibles de su liceo, ydeclara que cumplirá con el estándar de infraestructura definidoen el Plan Formativo para todos los módulos, sin agregar valor alo solicitado = 6,0

El proponente declara que cumplirá con el estándar definido en elPlan Formativo agregando valor a lo solicitado, sin presentar undetalle de sus recursos físicos propios = 5,0

El proponente declara que cumplirá con el estándar definido en elPlan Formativo, sin agregarle valor a lo solicitado ni detallandosus recursos físicos propios= 4,0

ii. Puntaje de corte para el subcriterio “Infraestructura”Este criterio deberá ser aprobado con nota igual o superior a 4,0 para pasar a laevaluación de los siguientes criterios ítems, de lo contrario no seguirá en elproceso de evaluación.

d) Subcriterio Equipos y Herramientas

Este criterio mide la coherencia entre los equipos y herramientas declarados por elproponente con el requerimiento establecido en los módulos de los Planes Formativosque han sido aprobados por el SENCE.

Para estos efectos, el sistema de presentación de propuestas consignará por planformativo el listado de equipos y herramientas necesarios para la ejecución de éste conun enfoque de competencias, indicándose además aquellos que son consideradosimprescindibles para dicha ejecución, identificados con un asterisco.

Respecto de los equipos y herramientas, el proponente deberá indicar en su oferta lacantidad de cada uno de ellos, según el número de participantes y la metodología queconsidere para las actividades a desarrollar en el curso.

El proponente podrá adicionar en su oferta equipamiento y/o herramientas que seanrelevantes para la ejecución del Plan Formativo.

No se admitirán propuestas que no consideren aquellos equipos y/o herramientas quese han señalado como imprescindibles para atender al estándar mínimo exigido por elSENCE para la ejecución de cada Plan Formativo.

i. Escala de evaluación

Para evaluar este criterio, se emplea la siguiente escala:Criterio EscalaEquipos yHerramientas

Cumple con la totalidad de los descriptores del estándardefinido en la ficha técnica del Plan Formativo, superando encantidad todos los mínimos del estándar indicado, esto es, másde uno en todos los tipos = 7,0

Cumple con la totalidad de los descriptores del estándardefinido en la ficha técnica del Plan Formativo, superando encantidad algunos de los mínimos del estándar indicado, esto

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es, más de uno en algunos de los tipos = 6,0 Se adecua cumpliendo con la totalidad de los descriptores del

estándar definido en la ficha técnica del Plan Formativo, enuna cantidad equivalente a uno por cada tipo = 5,0

Se adecua parcialmente a los descriptores de la ficha técnicadel Plan Formativo, cumpliendo con, al menos, una unidad deun subconjunto no inferior al 60% de los ítems de equipos yherramientas allí señalados, considerando obligatoriamenteel/los equipos y herramientas marcados como imprescindibles= 4,0

No se adecua al estándar mínimo definido por el SENCE paraeste criterio, ya que declara menos del 60% de las partidas deequipos y herramientas contemplados para el Plan Formativoy/o no consigna aquellos equipos y herramientas consideradoscomo imprescindibles para la ejecución del Plan=1.0

ii. Puntaje de corte para el subcriterio “Equipos y Herramientas”

Este criterio deberá ser aprobado con nota igual o superior a 4,0 para pasar a laevaluación de los siguientes criterios, de lo contrario no seguirá en el proceso deevaluación.

e) Subcriterio Materiales e Insumos

Este criterio mide la coherencia entre los materiales e insumos declarados por elproponente con el requerimiento establecido en los módulos de los Planes Formativosque han sido aprobados por el SENCE.

Para estos efectos, el sistema de presentación de propuestas consignará por PlanFormativo los requerimientos mínimos de materiales e insumos necesarios para laejecución de éste. Respecto de éstos, en su oferta, el proponente deberá declarar queestá en conocimiento de estos requerimientos y que proveerá de estos materiales einsumos al grupo curso en cantidad suficiente para la correcta ejecución de lacapacitación, en caso de resultar seleccionado.

El proponente podrá declarar materiales e insumos adicionales a este mínimo, siemprey cuando éstos sean relevantes para la adecuada ejecución del curso.

i. Escala de evaluación

Para evaluar este criterio, se emplea la siguiente escala:Criterio EscalaMateriales einsumos

Cumple con el estándar definido en la ficha Técnica del PlanFormativo, superando el mínimo del estándar indicado = 7,0

Se adecua cumpliendo el estándar definido en la ficha Técnicadel Plan Formativo, sin agregarle valor a lo consignado en él =5,0

ii. Puntaje de corte para el subcriterio “Materiales e Insumos”

Este criterio deberá ser aprobado con nota igual o superior a 5,0 para pasar a laevaluación de los siguientes criterios, de lo contrario no seguirá en el proceso deevaluación.

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f) Nota Evaluación Propuesta Formativa

La nota final para la evaluación de este criterio se determina de la siguiente manera:

= ( ) ∗ 0,05 + ( ó ) ∗ 0,50+ ( ) ∗ 0,225 + ( ℎ ) ∗ 0,125+ ( ) ∗ 0,10iii. Puntaje de corte para la Propuesta FormativaNo existe puntaje de corte para la Propuesta Formativa.

2.2.1.3. Evaluación del Equipo Técnico – Facilitadores

La evaluación de los/las facilitadores/as se basa en los elementos presentados comorequisitos en las opciones para cumplir con el perfil del facilitador consignadas encada Plan Formativo. El proponente debe indicar esta información en el sistema deevaluación de propuestas por cada módulo del Plan Formativo.

El perfil andragógico del/la facilitador/a para el Programa, es considerado por suexperiencia en facilitación y/o formación de adultos y/o jóvenes estudiantes de LTP, yel perfil técnico, en su experiencia en facilitación y/o formación en el sectoreconómico o áreas o vinculadas a los módulos técnicos del Plan Formativo.

El equipo técnico, al menos, debe quedar conformado por un/a facilitador/a paramódulos transversales y un/a facilitador/a para los módulos técnicos.

i. Escala de evaluación

Subcriterio Escala PonderaciónFormación y/oExperienciaLaboral

Perfil declarado cuenta con certificación decompetencias4 en el área técnica vinculada al plan =7,0

Perfil declarado para el facilitador corresponde a 5 omás años de experiencia laboral y/o formación en elsector/subsector asociado al módulo del PlanFormativo = 6,0

Perfil declarado para el/la facilitador/a corresponde a4 años de experiencia laboral y/o formación en elsector/subsector asociado al módulo del PlanFormativo = 5,0

Perfil declarado para el/la facilitador/a corresponde a3 años de experiencia laboral y/o formación en elsector/subsector asociado al módulo del PlanFormativo = 4,0

El perfil declarado para el/la facilitador/a estableceque cuenta con menos de 3 años de experiencialaboral y/o formación en el sector/subsector asociadoal módulo del Plan Formativo = 1,0

70%

Experiencia en Perfil declarado cuenta con certificación de

competencias5 en el área de facilitación = 7,0 30%

4 En la escala de evaluación se establecen tres formas diferentes de evaluar el perfil de los facilitadores,una es su formación donde sí tiene valor sus certificados de estudio (título técnico medio, nivel superiory/o profesional), otra es su experiencia laboral que se avala a partir de la experiencia indicada en su CV eidealmente avalada por cartas de referencia y una tercera forma es a partir de la certificación oacreditación de competencias, en el caso que esto sea posible, lo que se demuestra a través de certificadosemitidos por centros de certificación competentes (Registro Nacional de Chile Valora o registro decertificación en especialidades por sector, a modo de ejemplo: CETI de INDURA, Certificado OS-10,CORMA, entre otros).

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Formación deAdultos y/ojóvenesestudiantes deLTP.

Perfil declarado para el/la facilitador/a en experiencialaboral y/o jóvenes estudiantes de LTP, en facilitacióny/o formación en formación de adultos es mayor oigual a cinco años = 6,0

Perfil declarado para el/la facilitador/a en experiencialaboral en facilitación y/o formación en formación deadultos y/o jóvenes estudiantes de LTP, es mayor a 3años y menor a cinco años = 5,0

Perfil declarado para el/la facilitador/a en experiencialaboral en facilitación y/o formación en formación deadultos y/o jóvenes estudiantes de LTP, es mayor a 2años y menor a tres años = 4,0

Perfil declarado para el/la facilitador/a en experiencialaboral en facilitación y/o formación en formación deadultos y/o jóvenes estudiantes de LTP, de 1 año ymenor a dos años = 3,0

El perfil declarado para el/la facilitador/a estableceque cuenta con menos de 1 año de experiencia enformación de adultos y/o jóvenes estudiantes de LTP,= 1,0

No declara o presenta ningún tipo de experiencia enformación de adultos y/o jóvenes estudiantes deLTP,=0

ii. Puntaje de corte para el subcriterio “Equipo Técnico – Facilitadores”En este criterio, el perfil de cada facilitador deberá ser aprobado con nota igual osuperior a 4,0 para pasar a la evaluación de los siguientes criterios, de locontrario la propuesta no sigue en evaluación.

iii. Nota criterio “Equipo Técnico - Facilitadores”La nota final para este criterio se determina de la siguiente manera:é −= ( ó ∗ 0,7+ ( ó " ∗ 0,3))

2.2.1.4. Nota Final de la Evaluación Técnica

La nota final de la evaluación técnica se determina de la siguiente manera:ó é =(( ó ) ∗ 0,7) + (( ó é / ) ∗0,2) + (( ó ) ∗ 0,1)i. Puntaje de corte para la Evaluación Técnica

La propuesta presentada deberá ser aprobada con nota igual o superior a 5,0 pararesultar seleccionada.

5 En la escala de evaluación se establecen tres formas diferentes de evaluar el perfil de los facilitadores,una es su formación donde sí tiene valor sus certificados de estudio (título técnico medio, nivel superiory/o profesional), otra es su experiencia laboral que se avala a partir de la experiencia indicada en su CV eidealmente avalada por cartas de referencia y una tercera forma es a partir de la certificación oacreditación de competencias, en el caso que esto sea posible, lo que se demuestra a través de certificadosemitidos por centros de certificación competentes.

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2.3. Acta o Informe de comisión evaluadora respecto al proceso de evaluaciónde las ofertas presentadas.

La comisión evaluadora presentará, respecto de cada región, uno o más informes alDirector Nacional del SENCE, el ranking que ordena de mayor a menor las notasobtenidas en la propuesta técnica presentada por todos los establecimientoseducacionales que participaron del proceso, indicando cuáles de éstas tienen unanotas igual o superior a 5,0. Con dicha prelación, también se indicará todas aquéllasque ofertan cupos hasta el límite de cupos establecidos por las coberturas regionalespara esta línea de programa; cobertura que se detalle a continuación:

Región Cupos Máximos porRegión Línea LTP

Arica y Parinacota 275Tarapacá 325Antofagasta 525Atacama 375Coquimbo 975Valparaíso 2.075Metropolitana 6.800O'Higgins 1.350Maule 1.700Biobío 2.575Araucanía 1.375Los Ríos 575Los Lagos 1.125Aysén 200Magallanes 300TOTAL 20.450

En caso de existir un empate al finalizar la evaluación, la Comisión Evaluadora optarápor aquella que haya obtenido el mejor resultado en los criterios que se indican, y quese presentan en estricto orden de prelación:

1) Mayor nota obtenida en el criterio “Propuesta Formativa” en la evaluacióntécnica.

2) Mayor nota en la evaluación del criterio “Equipo Técnico” en su evaluacióntécnica.

3) Orden de prelación de los cursos indicados al momento de presentar la propuestapor parte del Liceo, esto significa de mayor a menor prioridad.

4) Oferta que hay considerado modelo inclusivo para personas con discapacidad.5) Ofertas que hayan contemplado un mayor número de facilitadores-relatores en el

equipo técnico considerado para llevar a cabo la capacitación.

El informe deberá consignar las propuestas que fueron declaradas inadmisibles,indicando sus causas.

2.4. Proceso de Selección de Ofertas

Mediante una o más resoluciones fundadas el Director Nacional del SENCEseleccionará las ofertas, conforme a la propuesta de selección contenida en el o lasActas o Informe/s de la Comisión Evaluadora y al máximo de cobertura a ejecutar anivel regional. El Director Nacional del SENCE podrá declarar inadmisibles las ofertaspresentadas, cuando las mismas no cumplieren los requisitos establecidos en laspresentes bases o no resulten convenientes a los intereses del Servicio.

Esta selección será notificada a los oferentes en www.sence.cl, de conformidad a losplazos establecidos en el punto 1.5 “etapas y plazos”, el que podrá extendersemediante resolución del Director Nacional del SENCE.

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Los oferentes que cuenten con cursos seleccionados por el SENCE, deberán presentarlas garantías de fiel, oportuno y total cumplimiento correspondientes, de acuerdo a loestablecido en numeral 4 y siguientes de las presentes bases, cuando corresponda.

3. CONVENIO DE CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN

3.1. Suscripción de convenios que establecen las condiciones generales deejecución de los cursos

Una vez dictada y publicada la resolución de selección de oferentes y estando elproponente incluido en ella, se procederá a firmar en cada región donde haya resultadoseleccionado un Convenio que contendrá las Condiciones Generales de Ejecución decursos. Por cada RUT se firmara un solo convenio por región.

En los casos de los LTP de Administración Municipal y de los dependientes deCorporaciones de Educación Municipal se realizará un convenio de Transferencia derecursos cuya rendición se hará conforme a lo establecido en la Resolución N°759 del 23de diciembre de 2003, de la Contraloría General de la República que fija “Normas deProcedimientos sobre Rendición de Cuentas”.

Por otra parte en caso de tratarse de un LTP de Administración Delegada, ParticularSubvencionado, o Particular Privado se celebrara un convenio de Ejecución. Paraconcretar la firma de este último tipo de Convenio, será necesario que previamente elejecutor haga entrega en la/s respectiva/s Dirección/es Regional/es de la/scaución/es de fiel, oportuno y total cumplimiento de las obligaciones derivadas delconcurso y selección de ofertas, cuando corresponda y demás antecedentes que serequieren, que se encuentran detallados más adelante.

Ambos tipos de convenios se materializarán de acuerdo al detalle especificado en elcapítulo 8, referente a “PAGOS AL ORGANISMO EJECUTOR DEL PROGRAMA MÁSCAPAZ”, de las presentes Bases.

El ejecutor seleccionado deberá indicar expresamente si ejecutará el componente deintermediación laboral para cada uno de los cursos seleccionados, si no lo hubiereindicado expresamente en su oferta, debiendo explicitar bajo qué modalidadimplementará este componente, para cada uno de los cursos seleccionados.

La publicidad y difusión de los Planes Formativos seleccionados en el marco delPrograma “Más Capaz”, sólo podrá realizarse por los oferentes que resultenseleccionados a partir de la total tramitación del acto administrativo que apruebael/los respectivo/s convenios que establecen las condiciones generales de ejecución, laque en todo caso deberá ser realizada de conformidad a las directrices que el SENCEimparta.

3.2. Antecedentes legales que se deberán acompañar al momento de suscribirel/los convenio/s que contienen las condiciones generales de ejecución decursos

El ejecutor seleccionado deberá entregar al momento de firmar el/los Convenio/s quecontienen las Condiciones Generales de Ejecución de Cursos la siguientedocumentación:

a) Garantía de Fiel, Oportuno y Total cumplimiento de las obligaciones contraídasen virtud del presente concurso y selección de ofertas, a nombre del SENCE, porRegión, conforme a las indicaciones que en el numeral 4 y siguientes del presenteinstrumento se establecen. Se deberá presentar una garantía por región, quecubra la totalidad de cursos y cupos con los cuales el oferente ha resultadoseleccionado.

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No están obligados a presentar esta garantía aquellos oferentes que tengan lacalidad de sostenedores de establecimientos públicos (Municipalidad yCorporación Municipal de Educación).

b) Municipalidades: Acta de Nombramiento del Alcalde

c) Corporaciones Municipales de Educación: Estatutos y sus modificaciones y Acta de nombramiento del Director de la Corporación y su Representante

Legal

d) Sostenedor Privado: Administración Delegada: Estatutos y sus modificaciones; Decreto del Ministerio de Educación, de transferencia de administración y Nombramiento del Representante Legal.

e) Sostenedor Privado: en caso de Liceos Particulares o Subvencionados Acta de nombramiento del Director de institución y su Representante Legal

f) Certificado que acredite la inscripción del ejecutor en el Registro Único dePersonas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, de acuerdo al procedimientode inscripción que se encuentra en http://receptores.sence.cl, en conformidad alo dispuesto por la Ley Nº19.862.

g) Declaración Jurada que señale que el Ejecutor no se encuentra impedido decelebrar actos y contratos con organismos del Estado, de acuerdo a lo establecidoen el artículo 10 de la Ley N°20.393 que “Establece la Responsabilidad Penalde las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos,Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica”, conforme aformato contenido en las presentes bases (Anexo N° 3) (no aplica para los LTPde Administración Municipal y para los LTP Administrados porCorporaciones Municipales de Educación).

h) Modalidad de ejecución del componente de Intermediación Laboral, mediante lapresentación de Anexos N°1 o N°2 según corresponda.

i) Anexo N°4 sobre no contar con ninguna de las prohibiciones o inhabilidades quese indican.

En caso de no cumplirse por parte del oferente seleccionado de la entrega en tiempo yforma de la totalidad de los documentos antes mencionados, el SENCE podrá dejar sinefecto la selección respectiva, de manera total o parcial.

3.3. Plazo para la suscripción del convenio

El plazo para la firma de los Convenios que contienen las Condiciones Generales deEjecución de Cursos, acompañando la totalidad de antecedentes que se indican en elnumeral anterior, será de 8 (ocho) días hábiles, contados desde la publicación en elsitio web www.sence.cl de la resolución que seleccione a los oferentes y PlanesFormativos.

3.4. Consecuencias de no asistir a la suscripción del convenio

Si el organismo seleccionado no concurriera a la firma del/los Convenio/s quecontienen las Condiciones Generales de ejecución dentro del plazo estipulado, laselección de su propuesta podrá dejarse sin efecto, de manera total o parcial.

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Igual procedimiento podrá emplearse en caso que el ejecutor seleccionado noacompañe en tiempo y forma la caución para garantizar el fiel, oportuno y totalcumplimiento de las obligaciones contraídas o los antecedentes legales.

3.5. Terminación anticipada del convenio

El SENCE podrá poner término anticipado al Convenio que contiene las CondicionesGenerales de Ejecución de cursos, en cualquier tiempo, por vía administrativa y sinforma de juicio, si consta la aplicación al organismo ejecutor de, a lo menos, dosmultas calificadas como "graves", o tres infracciones calificadas como “menos graves” ocinco “leves”, de acuerdo a lo definido como tal en las presentes bases.

Cabe hacer presente, que las multas que se apliquen consideran el RUT del ejecutor,por tanto, se contabilizarán independientemente de la región-comuna en la que elcurso que haya dado lugar a la aplicación de sanción se esté ejecutando. Enconsecuencia, la terminación anticipada del convenio aplicará respecto de la totalidadde convenciones que el ejecutor que da origen al término haya suscrito con lasdistintas Direcciones Regionales de SENCE.En el caso de término anticipado del Convenio, se pagará al ejecutor en proporción alos cursos y servicios que haya ejecutado en su totalidad y número de participantesque formen parte del mismo, aceptados a plena satisfacción del SENCE, pudiendoademás realizar el cobro de la garantía de fiel, oportuno y total cumplimiento otorgadapara garantizar las obligaciones derivadas del convenio del cual forme parte el cursoque dio origen a la medida de término anticipado.De igual forma, el SENCE podrá poner término anticipado al Convenio en cualquierade los siguientes casos:

a) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes;b) Estado de notoria insolvencia del ejecutor, a menos que se mejoren las cauciones

entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento delas obligaciones derivadas del convenio suscrito;

c) Incumplimiento grave o reiterado por parte del ejecutor de las obligacioneslaborales y/o previsionales de sus trabajadores/as.Para estos efectos, el SENCE podrá, en cualquier tiempo, solicitar al ejecutor queacredite el cumplimiento de las obligaciones antes mencionadas, mediante lapresentación del Certificado Vigente de Antecedentes Laborales y Previsionalesemitido por la Dirección del Trabajo. La no entrega de este documento haráincurrir al organismo en una infracción a las presentes bases, lo que seráconsiderado como infracción grave.

La terminación anticipada del Convenio, se realizará por resolución fundada y del/laDirectora/a Regional, y comunicada al organismo con, a lo menos, 10 días hábiles deantelación, a la fecha que este Servicio fije como término anticipado del mismo, através de carta certificada, dirigida al Representante Legal del organismo.

La referida resolución será impugnable a través del procedimiento contemplado en laLey N° 19.880 que Establece Bases de Procedimientos Administrativos que Rigen losActos de los Órganos de la Administración del Estado.

4. GARANTÍA DE FIEL, OPORTUNO Y TOTAL CUMPLIMIENTO DE LASOBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONCURSO Y SELECCIÓN DEOFERTAS.

4.1. Características

La garantía regulada en el presente artículo asegurará el fiel y oportuno cumplimientodel convenio y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los/lastrabajadores/as de los seleccionados.

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No están obligados a presentar esta garantía aquellos oferentes que tengan lacalidad de sostenedores de establecimientos públicos, esto es, cuyaadministración sea Municipal o a través de Corporaciones Municipales deEducación.

La garantía podrá consistir en una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la Vista,una Póliza de Seguros de ejecución inmediata, un Vale a la Vista, Depósito a la Vista oun Certificado de Fianza emitido de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 20.179, decarácter irrevocable, PAGADERA A LA VISTA y al solo requerimiento del SENCE, ydeberá cumplir con las siguientes características:

a) Ser tomada por el propio proponente a nombre del Servicio Nacional deCapacitación y Empleo, o SENCE, RUT: 61.531.000-K. En el caso de depósitos ala vista y los vales vista, el talón de “Razón de Pago” entregada por la instituciónfinanciera que otorgue la garantía considera esta información, y deberá serpresentada junto con el depósito o el vale vista respectivo.

b) Tener el carácter de irrevocable.c) Expresada en Pesos Chilenos. En el caso que la citada garantía esté expresada en

Unidades de Fomento, su equivalente en pesos chilenos deberá ser el que resultede aplicar el valor de la Unidad de Fomento fijada por el Banco Central de Chile, oel que lo reemplace, al día de su presentación.

d) Deberá tener escrito expresamente el concepto del “incluye pago de multas” y “NOcontiene exclusiones”.

e) En caso de tratarse de un vale a la vista o depósito a la vista, la glosa requeridadeberá encontrarse señalada al dorso.

f) En el caso de certificado de fianza, deberá dar cumplimiento estricto a lodispuesto en el Dictamen N° 75.537, de fecha 4 de diciembre de 2012, de laContraloría General de la República, en el sentido de que el certificado serápagadero a primer requerimiento, y deberá asegurar el pago de la garantía demanera rápida y efectiva.

g) Esta garantía asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y socialescon los trabajadores del organismo ejecutor, sin perjuicio de lo dispuesto en elartículo 20 de la ley N°17.322 (Normas para la Cobranza Judicial de Cotizaciones,Aportes y Multas de las Instituciones de Seguridad Social).

4.2. Monto de la garantía

El monto de la garantía será igual al 5% del valor estimado total de los cursosseleccionados al ejecutor por región (VHPC X N°Horas X N° Cupos).

Ejemplo: Curso “xxxxxx”, valor hora participante = $3.000, N° Horas=250 y con 100cupos. Monto de la Garantía = (3.000 x 250 x 100) x 0,05 = $3.750.000

4.3. Glosa

La caución o garantía deberá consignar la siguiente leyenda: “Para garantizar el fiel,oportuno y total cumplimiento de las obligaciones derivadas del primerconcurso dirigido a los Establecimientos de Educación Media TécnicosProfesionales, del Programa “Más Capaz”, año 2015 y las obligaciones laboralesy previsionales de sus trabajadores”.

4.4. Forma de entrega de la garantía

La garantía deberá ser entregada por el ejecutor en el mismo plazo fijado para la firmade los convenios, esto es, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de laresolución que dispone la selección de oferentes y cursos. Deberá presentarse unagarantía de fiel y oportuno cumplimiento por región.

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La garantía deberá entregarse en la Oficina de Partes de la Dirección Regionalcorrespondiente, cuyas direcciones se encuentran informadas en el sitio webwww.sence.cl. La garantía deberá ir en sobre cerrado, en el cual debe indicarse elR.U.T., nombre del organismo ejecutor seleccionado, aludiendo al Programa “MásCapaz” dirigido a los Establecimientos de Educación Media Técnicos ProfesionalesPrivados o Públicos (Primer Concurso 2015).

En caso de no entregarse la garantía en el plazo señalado, el SENCE podrá dejar sinefecto la selección la oferta comuna – curso, además hacer efectiva la garantía deseriedad de la oferta.

4.5. Plazo de vigencia de la garantía

La vigencia de la garantía deberá ser hasta que los cursos se mantengan en estado deelegibles por los/las beneficiarios/as, es decir hasta el 31 de diciembre de 2015, ydeberá exceder, a lo menos, en 90 días hábiles a partir de la fecha señalada. Lamisma podrá ser renovada dependiendo de la vigencia de los cursos y del Programa.Mientras lo anterior no se realice, los cursos estarán en estado de “no elegibles”.

4.6. Forma y oportunidad de restitución de la garantía

a. La garantía no devengará intereses ni reajustes y será devuelta, o cambiada poruna nueva si los cursos continuasen vigentes, en la misma Dirección Regional deSENCE donde se hubiere entregado y posterior a los 90 días hábiles contadosdesde el término de la vigencia en el listado de cursos elegibles del concursocorrespondiente.

b. También podrán ser restituidas las cauciones cuando los cursos que caucionan nopuedan ser elegibles por los/las participantes, cuando se acaben los cuposdisponibles, y los ejecutores no tengan en ejecución acciones de capacitación niprocesos pendientes relacionados con los Planes Formativos seleccionados para elaño correspondiente, como asimismo, procesos de fiscalización pendientes, en elmarco de la ejecución del Programa “Más Capaz” dirigido a los Establecimientos deEducación Media Técnicos Profesionales Privados o Públicos (primer concurso2015).

c. Las Direcciones Regionales restituirán a los mismos ejecutores suscorrespondientes garantías, en la oportunidad que corresponda, previo endoso delos citados instrumentos y de acuerdo a las facultades delegadas para operardentro del ámbito de competencia de sus respectivas regiones, en el marco delPrograma “Más Capaz”.El procedimiento para el retiro de las garantías se realizará en el horarioestablecido por cada Dirección Regional. El retiro deberá efectuarlo la persona queacompañe un Poder autorizado ante Notario para realizar dicho trámite. Asimismo,deberá presentar fotocopia de su cédula de identidad y del RUT del ejecutor.

5. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL PROGRAMA “MÁS CAPAZ”

Las condiciones generales de ejecución del programa son las que se señalan acontinuación:

5.1. Aprobación de facilitadores

Una vez publicada la Resolución que dispone la selección de oferentes y cursos, yantes del inicio de la creación de los cursos respectivos, el ejecutor deberá ingresar a lapágina web del SENCE, www.sence.cl e incorporar los antecedentes curriculares de almenos, un facilitador por modulo técnico y uno por modulo transversal de cada curso-comuna, con que desea ejecutar la propuesta, a través del mecanismo que el Servicioestablezca, solicitando la aprobación de los/las facilitadores/as inscritos.

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Los/las facilitadores/as cuyos antecedentes se ingresen a revisión deberán cumplir osuperar el perfil para el/la facilitador/a que el ejecutor declaró al presentar supropuesta, en relación a los años de experiencia laboral en facilitación y/o formaciónen oficio y en cuanto a los años de experiencia laboral y/o formación en elsector/subsector asociado al módulo del Plan Formativo (competencias técnicas).

Cuando el Plan Formativo identifique que el ejecutor es regulado por otra instituciónpública, la acreditación correspondiente se entiende como habilitante para éste y parasu equipo técnico (facilitadores/as).

El SENCE tendrá el plazo de 8 días hábiles para evaluar la solicitud de aprobación defacilitadores/as y sus resultados deben ser verificados en www.sence.cl. De nopronunciarse el SENCE en dicho plazo, se entenderán aprobados. No podrá darseinicio a la ejecución de un Plan Formativo mientras no se encuentren aprobados/asel/la o los/las facilitadores/as.

Los ejecutores podrán presentar uno/a o más facilitadores/as por Plan Formativo –Módulo – Región – Comuna. En caso que un ejecutor no apruebe, a lo menos, un/afacilitador/a por Plan Formativo– Módulo – Región – Comuna, no podrá llevar a cabola creación de secciones (cursos) en el sistema informático del Programa.

Un ejecutor podrá presentar el/la mismo/a facilitador/a para más de un módulo de unmismo curso, si los requerimientos indicados anteriormente así lo permiten.

5.2. Causales para dejar de ser facilitador/a

Un/a facilitador/a dejará de estar habilitado/a en todos los Planes Formativos dondese encuentre autorizado/a, cuando ocurra cualquiera de las siguientes situaciones:

a) Conducta reñida con la moral y las buenas costumbres en el desempeño de sufunción.

b) Reclamos del 50% o más de los/las participantes del curso en cuanto a sudesempeño.

5.3. Activación del ejecutor en el sistema informático del programa

El ejecutor deberá cumplir con las condiciones de uso del sistema informáticodisponible en www.sence.cl. El incumplimiento de estas condiciones facultará alSENCE para aplicar las sanciones correspondientes.

Una vez se hayan firmado y aprobado los Convenios que contienen las CondicionesGenerales de Ejecución de cursos, la Dirección Regional correspondiente deberáactivar al ejecutor en el sistema informático del Programa. Luego de eso el ejecutorestará facultado para realizar la carga correspondiente de los cursos que deseepostular.

5.4. Creación de Secciones / Cursos

Una vez que el ejecutor se encuentre activo, podrá crear los cursos en el sistemainformático del Programa, obteniendo así el número correlativo de éste. Asimismo, unavez activo en el sistema, podrá efectuar inscripciones de los/las participantes.

El plazo para la creación de cursos no deberá ser superior a 5 (cinco) días hábiles,contados desde la total tramitación de la Resolución que aprueba el/los Convenio/scorrespondiente/s.

Si ya hubiesen sido firmados y tramitados los Convenios y hubiese un nuevo cursoseleccionado al ejecutor, se deberá proceder a la creación de la sección/cursocorrelativo, en el plazo indicado precedentemente. Este último se medirá desde la

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dictación de la Resolución Regional que aprueba los anexos que identifican el o losnuevos cursos y la nueva garantía que los cauciona.

Mientras el SENCE no indique lo contrario, el ejecutor deberá crear a lo menos unasección para cada uno de los cursos - comuna que se le hayan asignado conforme alproceso de evaluación y selección realizado.

5.5. Validación de Secciones / Cursos

Una vez ya creados la(s) sección(es) para cada curso, se procederá a la Validación porparte de SENCE de los respectivos cursos.

En el sistema, luego que el ejecutor crea la sección, éste deberá informar a la DirecciónRegional para que ésta a su vez habilite el curso para postulación. Cumplido esto lassecciones de cursos en cuestión, quedarán en condición de continuar el proceso.

5.6. Postulación de participantes

Toda persona interesada, podrá inscribirse en el Programa Más Capaz, en la medidaque cumpla con los requisitos establecidos en el Decreto N° 101, del 2014, para tenerla calidad de participantes y acceder a la acción individual de capacitación, a saber:

a) Que se encuentren dentro del sesenta por ciento (60%) más vulnerable de lapoblación, según el instrumento de focalización vigente.

b) Que cuenten con nula o escasa participación laboral, lo que se traduce enuna densidad de cotizaciones igual o menor al 50% en los últimos 12 meses.

c) Que estén dentro de algunos de los siguientes rangos etarios:

I. Mujeres entre 18 y 64 años.

II. Hombres entre 18 y 29 años.

III. Hombres y mujeres que estén cursando cuarto medio de laenseñanza media técnico profesional.

No podrán participar del Programa las personas que:1) Sean estudiantes, salvo los establecidos en el numeral III anterior.2) Cuenten con un nivel de educación terciaria completa impartida por Institutos

Profesionales, Centros de Formación Técnica y/o por Universidades Estatales oPrivadas.

3) Aquellas que al momento de postular, se encuentren como participantesregulares en Institutos Profesionales, Centros de Formación Técnica y/o porUniversidades Estatales y Privadas.

4) Aquellas personas que al momento de su inscripción se encuentren comoparticipantes de fase lectiva en algún curso de capacitación financiado porSENCE.

La postulación deberá realizarse a través de www.sence.cl, sin perjuicio de lo cuallos/las interesados/as podrán recibir asistencia en su postulación en las DireccionesRegionales del SENCE o en otros lugares que se habiliten para estos efectos.

La persona interesada podrá postular a una cantidad máxima de 3 (tres) cursos. Almomento de postular a los cursos, el/la postulante habilitará al o los ejecutores deéstos para que sean contactados para una entrevista.

El proceso de postulación finaliza con la entrega por parte del sistema de undocumento imprimible, que contiene un número de acción individual de capacitaciónasociado al postulante que, acredita por una parte el cumplimiento de los requisitos deacceso al Programa – realizado por SENCE- y por otro lado, lo habilita para

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materializar su matrícula. Este documento tendrá una vigencia de 60 días corridos,prorrogables según disponibilidad de cupos.

5.7. Sobre cursos compuestos por estudiantes de 4° Medio de E.M.T.P.

Los establecimientos de Educación Media Técnicos Profesionales Privados o Públicosinteresados, podrán dirigir su oferta de capacitación a grupos que estén, total omayoritariamente, compuestos por estudiantes del establecimiento que se encuentrencursando cuarto medio de enseñanza media técnico profesional. Sin perjuicio que elsistema de postulación no pierde nunca su carácter del tipo abierto.

En este caso, la ejecución de la capacitación deberá realizarse de maneracomplementaria a la jornada regular de clases.

5.8. Matrícula

Una vez que el/la postulante haya seleccionado un curso o bien, el postulante asista amatricularse a un curso, el Ejecutor deberá realizarle una entrevista que tiene comoobjetivo dar a conocer el curso en cuestión, confirmar su interés en matricularse endicho curso y evaluar los antecedentes solicitados a éste/a como verificación delcumplimiento de las condiciones de acceso establecidas por el Programa en caso deque éstas no hayan podido ser verificadas automáticamente durante la postulación,debiendo completarse la información que se solicite en el Sistema de Información deSENCE, respecto de los subsidios y/o componentes del Programa que requiera.

Si al momento de matricularse un/a postulante en un respectivo curso, éste seencuentra completo, el/la postulante podrá quedar en lista de espera, hastatranscurridas el 20% de las horas totales de fase lectiva, periodo que permite efectuarreemplazos (por deserciones), una vez transcurrido este plazo podrá optar por otrocurso de la nómina de elegibles, sin perjuicio que el/la postulante decidaanteriormente optar por postular y/o matricularse en otro curso.

Al momento de materializar el postulante su matrícula en un determinado curso,deberá hacer entrega al Ejecutor, el comprobante que generó el sistema al momento depostular a los cursos, junto con firmar la recepción del documento que contiene los“compromiso de matrícula”, elaborado por SENCE y que le será proporcionada porel Ejecutor. Este comprobante también podrá ser extraído por el Ejecutor del sistema.Ambas acciones importan una autorización del postulante matriculado/a al Ejecutorpara que éste, una vez se acredite la realización del curso y entrega de los demáscomponentes y subcomponentes del programa, realice al SENCE el/los cobro/srespectivo/s.

Con la matrícula se liberan automáticamente las otras postulaciones que hubiererealizado el/la postulante a otros cursos. El ejecutor deberá hacer entrega de unacopia del documento “compromiso de matrícula”, y cargar en el sistema la copiafirmada por el/la participante matriculado/a.

En caso que el/la postulante no sea contactado/a por ningún Ejecutor, la personapodrá modificar su postulación, pudiendo eliminar la cantidad de cursos que desee ygenerar una nueva postulación con un máximo de 3 cursos, siguiendo la misma lógicade la anterior postulación.

Durante este proceso, el Ejecutor no podrá establecer ningún tipo de discriminaciónarbitraria con los/las postulantes, especialmente en el caso de personas en situaciónde discapacidad.

El/la postulante que se encuentre matriculado/a en un respectivo curso, podrádesistir de continuar con este proceso, hasta antes del inicio del curso en el cual seencuentra matriculado/a, lo que podrá realizar el/la postulante de manera directa en

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el sistema informático que SENCE disponga o bien solicitar que lo realice el ejecutor oel SENCE en cualquiera de las Direcciones Regionales. Luego del desistimiento del/lapostulante a la matricula, este/a podrá optar a cualquiera de las siguientes opciones:

1. Postular a otro curso del mismo Ejecutor, que cuente con cupos disponibles;2. Postular a curso/s seleccionado a otro Ejecutor que cuente con cupos

disponibles, o3. Desistir de continuar participando en el Programa. Sin perjuicio de esto, el

postulante podrá optar a postular nuevamente a un curso, mientras la beca seencuentre vigente y existan cursos seleccionados con cupos disponibles.

5.9. Consideraciones respecto a los cursos

5.9.1. Número de participantes

Cada curso sólo podrá iniciarse con un mínimo de 12 y un máximo de 25 participantesmatriculados/as.

5.9.2. Duración de los cursos

La duración de la fase lectiva de cada curso deberá ser igual a la establecida en elrespectivo Plan Formativo.

Los cursos estarán en estado de elegibles por los/las participantes hasta el 31 deDiciembre del año en curso o hasta que se agote la disponibilidad de cupos.La elegibilidad de los cursos, inmediatamente al año calendario siguiente, dependeráde la renovación de la garantía de fiel, oportuno y total cumplimiento de obligaciones,establecida en el numeral 4 y siguientes del presente instrumento y a la vigencia delPrograma, según lo requiera el Servicio y las presentes bases.

5.9.3. Sobre el aumento de cupos

Si la demanda de los/las postulantes del Programa Más Capaz para un determinadoPlan Formativo fuera superior a lo esperado, el organismo ejecutor podrá solicitar alSENCE ampliar sus cupos, modificando el límite máximo en relación al númeroindicado en su oferta, para lo cual será necesario acompañar la correspondientegarantía de fiel, oportuno y total cumplimiento de obligaciones, conforme a lo indicadoen numeral 4 y siguientes de las presentes bases.

Sin perjuicio de lo anterior, la ejecución de cupos simultáneos podrá ser diferida en eltiempo, de conformidad con la capacidad de ejecución de cada ejecutor, la demanda decursos por parte de los/las postulantes y las indicaciones establecidas en las presentesbases o instrucciones que al efecto dicte este Servicio Nacional.

5.9.4. Sobre la disminución de cupos

Los ejecutores podrán, excepcionalmente, disminuir los cupos asignados por comuna.Para ello, el representante legal del ente ejecutor deberá enviar solicitud a la DirecciónRegional respectiva, la que evaluará la solicitud y resolverá de acuerdo al mérito decada una.De aceptarse la disminución de los cupos asignados por comuna, el ejecutor deberáacompañar una nueva garantía de fiel, oportuno y total cumplimiento, pudiendomantener la garantía otorgada o bien, reemplazarla por una nueva que garantice loscupos vigentes.

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5.10. Facultad de ampliar la vigencia de los cursos elegibles por los/lasParticipantes del Programa Más Capaz

El SENCE estará facultado para ampliar la vigencia de los cursos elegibles por los/lasparticipantes del Programa Más Capaz, en el caso que existieren cursos decapacitación pendientes o por otras causas justificadas, calificadas de maneraexclusiva por éste. Dicho plazo podrá ser ampliado por el tiempo que determine elSENCE en su oportunidad, en cuyo caso el Ejecutor deberá otorgar nueva/sgarantía/s que exceda/n, a lo menos, en 90 días hábiles a la nueva fecha que se fijecomo vigencia de los cursos. Las garantías deberán cumplir con las exigenciasestablecidas en las presentes bases (numeral 4).

5.11. Estado de los/las participantes

Al finalizar tanto la Fase Lectiva como la Práctica Laboral, el Ejecutor deberá registrar enel formulario que corresponda, la situación final del/la participante en términos deasistencia de cada una de las Fases:

a) Aprobado/a: Si el/la participante cumplió con, a lo menos, un 75% de asistenciaa la Fase lectiva y práctica laboral.

b) Reprobado/a: Si el/la participante, no cumplió con el 75% de asistencia a la Faselectiva y práctica laboral, no justificando la inasistencia o bien la justificación nofue validada por el SENCE.

c) Desertor/a sin causa justificada: Si el/la participante se ha ausentado sin darinformación o aduciendo causas no contempladas en las presentes bases.

d) Desertor/a por causa justificada: Si el/la participante se ha ausentado o no eshabido por las razones que se mencionan en el punto 5.13.1 de las presentesbases.

5.12. Situación final del/la participante

La situación final del/la participante deberá reflejar tanto el estado del/la participanteen la fase lectiva como en la práctica laboral, si hubiere realizado esta última, las quetendrán impacto en términos de la entrega del Diploma al participante y lo indicado enel Certificado de Formación, que se deben entregar a todos/as los/as participantes alfinalizar el proceso de formación.

Para todos/as los/las participantes se deberá completar el certificado de formaciónque contiene lo siguiente:

- RUT y nombre del/la participante- Nombre del Programa- Línea o modalidad del programa- Nombre del curso- Detalle de los módulos realizados por el/la participante en el curso- Resultados de la capacitación en término de horas de capacitación (teóricas y

prácticas) y porcentaje de asistencia del/la participante- Resultados de la práctica laboral indicando el rut y nombre de la empresa y el

resultado de la asistencia del/la participante a la práctica en número de horas yporcentaje, se si hubiere realizado.

El diploma sólo se debe entregar a los/las participantes que aprueban la fase lectivadel oficio y en este documento se debe indicar el nombre del/la participante, nombredel plan formativo y del ejecutor.

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5.13. Deserciones y ausencias justificadas

5.13.1. Deserciones Justificadas

Se considerarán como causas de deserción justificadas las que se mencionan acontinuación:

a) Enfermedades o accidentes: ambos casos acreditados a través de una licenciamédica que impidan al participante asistir a clases por un período superior a lashoras necesarias para aprobar la Fase Lectiva y/o la Práctica Laboral.

b) Cambio de domicilio a otra Región o comuna que le impida asistir al curso.c) Privación de libertad.d) Fallecimiento del/la participante.e) Servicio militar obligatorio.f) Siniestro. Incendios, inundaciones u otros que impidan al participante asistir a

clases.g) Otra causal de deserción determinada por instrucciones generales u otra

normativa del Director Nacional.

El pago de las deserciones justificadas se realizará de la siguiente forma al ejecutor:

Situación Asistencia a PagarDesertores justificados con asistenciamenor o igual al 20% de la fase

Se paga al Ejecutor por las horasefectivamente asistidas por el/laparticipante

Desertores justificados con asistenciamayor al 20% de la fase

Se paga al Ejecutor por las horasefectivamente asistidas por el/laparticipante más el 100% de las horasjustificadas

Los/las participantes identificados/as como desertores/as justificados/as, en caso quecorresponda, podrán participar en nuevos procesos de capacitaciones sin quedarexcluidos/as por los requisitos de postulación de este programa, respecto decapacitaciones anteriores.

5.13.2. Ausencias Justificadas

Durante la Fase Lectiva, se considerarán como ausencias justificadas las siguientescausas:a) Licencia médica o comprobante de atención en servicio de salud6 o centro médico,

con una duración menor al porcentaje máximo de ausencias permitidas para laaprobación de la Fase Lectiva.

b) Enfermedad de hijo o hija hasta los 12 años de edad inclusive.c) Siniestro. Incendios, inundaciones u otros que impidan al participante asistir a

clases.d) Otra causal de ausencia determinada por instrucciones generales u otra normativa

del Director Nacional.

El ejecutor deberá presentar a SENCE todos los documentos que justifican lasausencias y deserciones antes detalladas, junto al formulario de término de la faselectiva. La anterior justificación tendrá efecto sobre el porcentaje de asistencia delparticipante y su posterior aprobación o reprobación del curso, no así sobre el pago desubsidios diarios, ya que estos sólo se consideran por motivo de asistencia presencialal curso de capacitación, aun cuando la ausencia sea justificada.

6 El comprobante de atención debe contener la individualización del postulante, fecha y hora de atención, para ser aceptado como justificación de la ausencia.

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5.14. Presentación y visado de formularios del curso

Cada formulario de ejecución tendrá un plazo para ser presentado en la DirecciónRegional respectiva. El Encargado del Programa o Supervisor que reciba el formulariodeberá dejar constancia de las presentaciones fuera de plazo, en el recuadro de“Observaciones SENCE” del formulario impreso que presenta el ejecutor y en lasobservaciones del visado que debe ingresar al sistema. La autorización (visado)corresponderá a decisión regional, solicitando para ello las justificaciones del retraso alejecutor.

6. EJECUCIÓN DE LOS CURSOS

6.1. Inspección

El SENCE, podrá realizar inspecciones antes del inicio de los cursos y durante laejecución de éstos, para corroborar que efectivamente todo lo indicado por el ejecutoren su propuesta se esté cumpliendo a cabalidad, como asimismo verificar lascondiciones en que el servicio de cuidado infantil está siendo impartido por el ejecutora niños/as mayores a 2 y menores de 6 años, a menos que opere la excepción para esterango de edad, que se establece para el presente programa. Además, esta visita tendrápor objetivo comprobar en terreno que se disponga de todas las herramientas,materiales e insumos antes de comenzar con la formación.

El SENCE podrá suspender el inicio del curso si en la inspección se detectarenobservaciones, las cuales deban ser subsanadas por el ejecutor para iniciar los cursos,cada Dirección Regional conforme a los antecedentes o mejoras que deban realizarsefijará un plazo prudencial, el que en ningún caso podrá ser superior a 5 días hábiles,de realizada la respectiva inspección. Si transcurrido este plazo, el ejecutor no subsanalas observaciones, el SENCE podrá aplicar multas conforme a lo establece en laspresentes bases. Lo anterior, no será aplicable para los casos de los LTP deAdministración Municipal y de Corporación de Educación Municipal.Cada Dirección Regional podrá realizar las inspecciones que estime pertinentes antes odurante la ejecución del curso.

6.2. Acuerdo Operativo

6.2.1. Generación de Acuerdo Operativo

Teniendo el ejecutor un mínimo de 12 postulantes matriculados/as, deberá dar inicioal curso, el cual no podrá exceder en más de 21 días corridos contados desde lafecha de matrícula del/la último/a participante, en caso contrario SENCE podráaplicar multas, a menos que, el ejecutor exponga razones fundadas para no dar inicioal curso en los plazos estipulados. Lo anterior, no será aplicable para los casos de losLTP de Administración Municipal y de Corporación de Educación Municipal.

Una vez que el ejecutor tenga el número de postulantes matriculados/as necesariopara el inicio del curso, deberá generar el Acuerdo Operativo, en el sistema dispuestopor el SENCE. Lo anterior, para efectos de solicitar el inicio del curso y establecer lascondiciones de ejecución, contando con un plazo de entre 2 y 7 días hábiles antes de lafecha de inicio solicitada. Cada Dirección Regional estará facultada para establecer unplazo dentro del rango indicado. Excepcionalmente, el plazo indicado podrá ser menoren caso de que la Dirección Regional así lo disponga.

El ejecutor tendrá un plazo de 30 (treinta) días corridos contados desde la totaltramitación del convenio para completar el número mínimo de postulantesmatriculados de, al menos, una sección curso - comuna de cada oferta seleccionada,en caso contrario SENCE, podrá dejar sin efecto la selección ipso facto.El Acuerdo Operativo deberá contener:

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Datos Ejecutor: RBD nombre o razón social, dirección, comuna, teléfono y correoelectrónico del Ejecutor.

Datos Curso: Código del curso, nombre, dirección de ejecución y comuna,encargado responsable del curso, fecha de inicio del curso, horario de ejecución.

Cronograma de actividades del curso: Nombre de cada actividad y las fechas deinicio y término de las mismas.

Cronograma de Entrega de materiales: Nombre o tipo de material, número ocantidad, especificaciones técnicas y fecha en que se entregará a los/lasparticipantes del curso cada uno de ellos.

Listado de facilitadores/as del curso aprobados/as en el sistema: RUT,nombre, profesión de cada facilitador/a, años de experiencia laboral, experienciacomo facilitador/a y el módulo o componente que impartirá.

Apoyo Socio Laboral. Listado y currículo Vitae de los/las profesionales queforman parte del equipo base que estará a cargo del desarrollo de este componente.

Planificación de contenidos: Indica para cada módulo de los componentes delcurso las fechas de inicio y término en que se dictarán.

Cláusulas de Género: las cuales establecen condiciones que favorecen el acceso ypermanencia de las mujeres y jóvenes en los servicios de capacitación ycomplementarios.

Identificación de requerimientos de servicio y subsidio de cuidado infantil ysubsidios diferenciados para participantes en situación de discapacidad.

a) Para servicio de Cuidado Infantil. Listado de niños y niñas de 2 o másaños y menores de 6 que recibirán el servicio de cuidado infantil, requiriéndosealguno de los siguientes documentos de respaldo:

Certificado de Nacimiento: en caso de ser el/la participante padre omadre del/la menor y SENCE no cuente con esta información;

Copia de Sentencia judicial firme y ejecutoriada que otorgue el cuidadopersonal del/la menor al participante (entendiendo dentro de esta lasconciliaciones derivadas de procesos de mediación aprobadasjudicialmente);

Escritura Pública extendida ante oficial del Registro Civil inscrita almargen de la inscripción de nacimiento del menor, a través de la cual sehaya otorgado al participante el cuidado personal del/la menor, o

Informe Social emitido por la Municipalidad en la cual reside el/laparticipante.

En caso de autorizarse por el/la Directora/a Regional correspondiente el pago comosubsidio de cuidado infantil a niños y niñas en este rango de edad, dicha autorizacióndeberá ser registrada en el Acuerdo Operativo y/o sus Anexos y Modificaciones.

b) Para subsidio de Cuidado Infantil. Listado de menores de 2 años querecibirán el beneficio de cuidado infantil vía subsidio directo y alguno de lossiguientes documentos que acrediten que el/la participante tiene a su cuidadomenores, a saber:

Certificado de Nacimiento: en caso de ser el/la participante padre omadre del/la menor y SENCE no cuente con esta información;

Copia de Sentencia judicial firme y ejecutoriada que otorgue el cuidadopersonal del/la menor al participante (entendiendo dentro de esta lasconciliaciones derivadas de procesos de mediación aprobadas

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judicialmente); Escritura Pública extendida ante oficial del Registro Civilinscrita al margen de la inscripción de nacimiento del menor, a través dela cual se haya otorgado al participante el cuidado personal del/la menor,o

Informe Social emitido por la Municipalidad en la cual reside el/laparticipante.

c) Para participantes en situación de discapacidad. Para acreditar estasituación el Ejecutor deberá presentar alguno de estos documentos(modelo inclusivo de personas en situación con discapacidad): Credencial de Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad del

Servicio de Registro Civil e Identificación. Copia de Resolución de discapacidad emitida por la Comisión de

Medicina Preventiva (COMPIN). Certificado de inscripción de discapacidad emitido por el Servicio de

Registro Civil e Identificación. Presentación del pago de la pensión básica solidaria de invalidez.

Fondo de Iniciativas (modelo inclusivo de personas en situación condiscapacidad) Solicitar autorización para realizar adquisiciones o cambiosnecesarios para la atención de participantes con Discapacidad.

6.2.1.1. Formulario Nº1: Registro de Matriculados/as

Los/las postulantes matriculados/as, deberán ser registrados en el Formulario N°1“Registro de Matriculados/as”, existente en el sistema dispuesto por el SENCE,debiendo el Ejecutor imprimir dos (2) copias de este formulario. Estas copias deberánser firmadas y timbradas por el coordinador del curso y presentadas junto a lasfotocopias de las cédulas de identidad vigentes de los/as postulantes confirmados/as,en la Dirección Regional de SENCE que corresponda, para el visado del formulario porparte del Encargado Regional del Programa o Supervisor, una vez que el AcuerdoOperativo esté aprobado.

El visado del Formulario N°1 por parte de la Dirección Regional, se debe realizar hastados días hábiles antes de la fecha de inicio del curso y consiste en verificar que lasfotocopias de las cédulas de identidad correspondan a los/as postulantesindividualizados/as en el formulario. Si todo está correcto, el supervisor del SENCEfirmará las dos copias del formulario y emitirá la nómina del seguro, entregando unacopia de cada documento al Ejecutor y la otra quedando en poder de la DirecciónRegional.

6.2.1.2. Presentación de Acuerdo Operativo en Oficina de Partes

Si el Acuerdo Operativo fue aprobado en el sistema por la Dirección Regional delSENCE, el ejecutor deberá imprimir dos copias desde el sistema y presentarlos,debidamente firmados, en la Oficina de Partes de la Dirección Regional junto a:

Formulario N° 1 Copia de las cédulas de identidad vigentes de los/as matriculados/as Anexo: Plan para uso de Recursos de Estado de Avance por Intermediación

Laboral y Subsidios Diarios de práctica, para el Programa +Capaz”

Si el Acuerdo Operativo fue aprobado con observaciones, el Ejecutor deberá realizar lasmodificaciones requeridas por la Dirección Regional y enviar el nuevo AcuerdoOperativo mediante correo electrónico al Encargado Regional. Lo anterior, se repitehasta que el acuerdo sea aprobado definitivamente.

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6.2.1.3. Aprobación Acuerdo Operativo

Se entenderá por Aprobación del Acuerdo Operativo la firma por parte del/a Director/aRegional de las copias presentadas por el Ejecutor. Con la firma de este AcuerdoOperativo se podrán asignar los subsidios diarios para los/las participantes, subsidiode cuidado infantil y servicio de cuidado infantil7.

El curso no podrá dar inicio antes de la aprobación del Acuerdo Operativo por parte dela Dirección Regional correspondiente.

6.2.1.3.1. Anexo de Acuerdo Operativo

Se deberán iniciar los cursos en las fechas informadas y aprobadas a SENCE, a menosque se produzcan situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, las que deberán serexpresamente autorizadas por el Director Regional que corresponda a través de unAnexo de Acuerdo Operativo, pudiendo prorrogarse por el Director Regional la fecha deinicio del curso por única vez hasta por 30 días corridos desde la fecha inicial.

Si cumplidas las fechas de inicio del/los curso/s, y habiendo procedido la prórrogaantes mencionada, el ejecutor no inicia el/los curso/s respectivo/s contando conlos/las participantes inscritos/as, SENCE junto con aplicar sanciones, podrá dejar sinefecto la selección respectiva, pudiendo además hacer efectiva la garantía de fiel,oportuno y total cumplimiento otorgada, de manera proporcional en relación a esecurso, en cuyo caso, el organismo deberá otorgar una nueva garantía a fin decontinuar caucionando la ejecución de los demás cursos seleccionados asociados a lagarantía que eventualmente se hiciere efectiva.

Luego de iniciado el curso, cualquier autorización de cambio a lo estipulado en elAcuerdo Operativo, deberá quedar reflejado en un Anexo a éste, que deberá generar elEjecutor y someter a la aprobación de la Dirección Regional respectiva.

La generación, presentación y aprobación del o los Anexos de Acuerdo Operativo sedeberá realizar siguiendo el mismo procedimiento indicado en los puntos anteriorespara el Acuerdo Operativo.

La generación de cada Anexo se deberá realizar hasta 3 días hábiles antes de que seproduzca el cambio solicitado.

En este documento se podrá solicitar autorización para lo siguiente:

Cambiar la fecha de inicio del curso, ya sea porque al inicio del curso no sepresentó el mínimo de participantes necesarios/as para dar inicio del curso o porotra eventualidad (ejemplo: problemas con la sede donde se dicte el curso), causasque no resulten imputables al Ejecutor.

Cambiar el horario del curso para todas las jornadas o para una jornada enespecífico. Este cambio debe ser respaldado con las firmas de los/las participantesdel curso. Cuando por ocasión del cambio de horario, se produzca una extensiónde los días, el ejecutor deberá cubrir los gastos asociados a todos los subsidios quese extiendan debido a esta modificación.

Informar suspensión de clases. En este caso deberá indicar el motivo de lasuspensión y adjuntar una nómina con las firmas de los/las participantes. (Estoimplica cambiar la fecha de término del curso en el sistema definido por SENCE).

Reemplazar algún material comprometido en la propuesta, por obsolescencia o nodisponibilidad en el mercado. En este cambio, el nuevo material debe al menos ser

7 El detalle de este pago se encuentra desarrolla en punto 8 y siguientes.

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de igual calidad y cumplir con el mismo propósito al propuesto en la Ficha depresentación del plan formativo.

Cambio de facilitadores/as. Al momento de presentar el Anexo de AcuerdoOperativo en la Oficina de Partes de la Dirección Regional de SENCE, deberánestar aprobados/as en el sistema informático conforme a lo propuesto en la fichade presentación del plan formativo o del perfil del profesional, según corresponda.

Informar los antecedentes que acrediten el perfil del Equipo Base de “Apoyo SocioLaboral”.

Solicitar autorización para realizar adquisiciones o cambios necesarios para laatención de participantes con Discapacidad.

Cambio de lugar de ejecución. Este cambio de lugar de ejecución puede dar cursoa una visita de Inspección, la que deberá ser informada por el Encargado Regionaldel Programa al Ejecutor para coordinar la fecha de esta visita. En este caso, laaprobación del Anexo de Acuerdo Operativo quedará sujeta a la aprobación de laInspección Ocular. Sólo se podrá realizar este cambio dentro de una misma región.

Solicitud de Autorización para Salidas a Terreno. Las salidas a terreno deberán serlas consideradas en la Ficha de Presentación del Plan Formativo y el Cronogramade Actividades presentado en el Acuerdo Operativo, las cuales tendrán que serinformadas, a lo menos, con 72 horas de antelación a la salida efectiva de los/lasparticipantes, adjuntando una carta de solicitud con la nómina de los/lasparticipantes y el Formulario del Seguro de Accidentes con la dirección respectiva.Además deberá indicar en el Anexo toda la información solicitada en el formatopara esta solicitud.

Nuevas acciones relacionadas al Fondo de Iniciativas (personas condiscapacidad). Solicitar autorización para realizar nuevas adquisiciones o cambiosnecesarios para la atención de participantes con Discapacidad.

Los demás cambios que sean necesarios para la correcta ejecución del curso o quela Dirección Regional estime conveniente, previo acuerdo con el ejecutor, siempre ycuando estas modificaciones no vulneren o contravengan las propuestas presentasy seleccionadas, así como el presente marco regulatorio.

Si existen modificaciones a lo aprobado en el Acuerdo Operativo, antes del inicio delcurso, se deberá generar un nuevo acuerdo operativo y proceder según lo estipulado enel presente apartado.

Una vez autorizado el inicio del curso, el primer día de clases, el ejecutor deberá darlectura al Acta de Inicio, que identifica el curso y establece los beneficios de los/lasparticipantes. El acta deberá ser suscrita por todos/as los/las participantes.

Si el día del inicio del curso asisten menos de 12 participantes matriculados/as,indistintamente al total de éstos, el ejecutor deberá fijar, por una vez, una nueva fechade inicio del curso la que no podrá exceder en 10 días hábiles, contados desde la fechade inicio, lo que implicará presentar un nuevo Acuerdo Operativo al SENCE. En casocontrario, SENCE podrá dejar sin efecto la selección del curso respectivo, o bien elejecutor podrá solicitar al Director Regional la disminución de cupos, el cambio decomuna o de región, conforme a las presentes bases.

El ejecutor deberá realizar los cursos conforme a lo detallado en el Plan Formativo, enel convenio que al efecto se suscriba, el Acuerdo Operativo y sus correspondientesAnexos, en caso que éstos aclaren, modifiquen o amplíen lo antes normado. Esteúltimo instrumento podrá aclarar el convenio y la propuesta y modificarlos sólo en

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términos que no afecten el costo de la ejecución ni la propuesta asignada. Por ejemplocambio horario, facilitadores.

El Supervisor del SENCE es el responsable de controlar y apoyar el proceso,verificando que el/los instructor/es sea/n el/los individualizado/s en la propuesta opersonas con perfiles iguales o superiores a ellos, que los equipos y herramientas esténdisponibles para cuando se requieran, entre otros. Sin perjuicio que las DireccionesRegionales del SENCE serán las encargadas de velar por la correcta ejecución delPrograma. En este sentido, tendrán las prerrogativas establecidas en el presente MarcoRegulatorio y en las facultades que se les deleguen.

6.3. Registro de asistencia

6.3.1. Registro de Asistencia Diaria

La asistencia de los/las participantes/as deberá registrarse diariamente en el libro declases que SENCE determine. Este registro reflejará los siguientes estados para los/lasparticipantes:

Presente: participante que se encuentra en sala de clases cuando se toma listatranscurridos los 20 minutos desde el inicio de la clase.

Ausente: participante que ingresa a la sala una vez transcurridos los 20 minutosdel inicio de la clase o no asiste.

No obstante lo anterior, para los/as participantes que ingresan como reemplazantes,hasta el 20% de iniciada la fase lectiva, o dejan de asistir a clases por razonesjustificadas y vuelven a retomar el curso, el Ejecutor deberá nivelar las horas que lesfaltan a los/as participantes para cumplir con el 75% de la asistencia que les permiteaprobar la fase lectiva. Lo anterior, mediante solicitud de autorización a la DirecciónRegional del SENCE respectiva, en la cual se fundamente cada caso y se proponga unplan de nivelación. Una vez aprobado, los Ejecutores deberán generar un registro deasistencia adicional, para efectos de ingresar a los/as participantes que asistan a lanivelación.

6.3.2. Causales de Atraso para casos justificados.

El registro de asistencia para casos especiales implica que para efectos de estePrograma, se autoriza en casos justificados, que los/las participantes ingresendespués de los 20 minutos de iniciado el curso, atraso que no podrá superar el 25% delas horas de día. Estos casos especiales de registro de asistencia, deberáncorresponder a los siguientes tipos:

Médicos. Todo trámite que corresponda a atención médica del participante o de suhijo/a o el/los menor/es que tenga a su cuidado, en caso que al postular hayaacreditado responsabilidad parental. Por ejemplo: hora médica, solicitud de hora,atención de urgencia, retiro de medicamentos, control sano, etc. Si el/laparticipante no acreditó en el proceso de postulación la responsabilidad parentalno se considerará como caso justificado la atención médica que no corresponda aél directamente.

Este tipo de justificación se debe acreditar con el comprobante de atención, en elque debe estar debidamente identificada la fecha, hora de atención y laindividualización del participante o el menor que se atendió (en caso deresponsabilidad parental).

Trámites. Por este tipo de casos se entenderá todo trámite que el/la participantedeba realizar sin postergación y por el cual podrá presentar un documento queacredite su realización. Por ejemplo: gestión ante el banco, registro civil,municipalidad, cobro de pensión, firmas mensuales, citación a tribunales,

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detención policial, etc. La acreditación de este tipo de casos deberá realizarsemediante comprobante de la institución donde indique la fecha y hora de laatención.

También se entenderán por trámites el fallecimiento de algún familiar directo(padre, madre, cónyuge/pareja o hijo).

Escolares. Corresponderá a toda citación del establecimiento educacional de loshijos de los/las participantes, sean estas reuniones, citación del profesor o eventosescolares, como actos, licenciaturas u otros. Este tipo de casos se debe acreditarcon la comunicación o invitación del establecimiento educacional.En estos casos también se incluye a los/las participantes con problemas dehorario con la guardería, colegio o jardín infantil, los cuales deben justificar conuna comunicación del colegio donde se indique que efectivamente el/laparticipante es quien retira al menor, y el horario en que se realiza, la que seráválida para toda la duración del año escolar o el curso.

Además ante otras razones, de carácter laboral o personal, que la DirecciónRegional autorice, o en caso de problemas propios o generalizados de la regióncomo factores climáticos, de transporte, feriados regionales u otros que laDirección Regional pueda avalar, el ejecutor debe avisar al Encargado Regional, almomento en que ocurra el hecho enviando por correo electrónico el formulario desolicitud correspondiente.

Todas estas causales deberán ser informadas oportunamente a la Dirección Regionalcorrespondiente, y las justificaciones o documentación que las acredita deberánpresentarse al término del curso, junto al formulario resumen de finalización de faselectiva.

Si el/la participante, al finalizar el curso, tiene una asistencia entre 65% y 74% deberáser nivelado/a por el Ejecutor, acompañado de un plan de nivelación, el cual deberállevarse a cabo al final de la fase lectiva.

6.4. Formulario Nº1 Complementario: Reemplazo de Participantes Inscritos/as(F1C).

A partir del tercer día de clases y en caso que existan cupos vacantes o deserciones yhasta transcurrido el 20% de las horas de la Fase Lectiva, el ejecutor podrá realizarreemplazos de participantes en el Formulario N° 1 Complementario “Reemplazo departicipantes inscritos”.

El Ejecutor deberá registrar el reemplazo de participantes o incorporación paracompletar cupo, en caso de haber iniciado el curso con menos participantes que elcupo, registrando además las fechas de abandono del participante reemplazado eincorporación del reemplazante.

El Formulario N°1 Complementario deberá ser presentado en la Dirección regional endos (2) copias, junto a las fotocopias de las cédulas de identidad de los/lasparticipantes reemplazantes, donde conste el día de ingreso de cada reemplazanteincluido en el formulario.

El plazo de presentación en la Dirección Regional, para informar del reemplazo departicipantes será hasta dos días hábiles, a contar del ingreso real del participante alcurso. Según este plazo, eventualmente podrá haber más de un Formulario N°1Complementario por curso.

Cuando el Formulario N°1 Complementario, sea presentado fuera del plazo antesindicado, la Dirección Regional respectiva decidirá si aceptarlo o rechazarlo, según lasrazones que exponga el Ejecutor y dejando constancia de “Fuera de Plazo” en el

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recuadro de las “Observaciones Sence” del mismo documento y en el sistema alingresar el visado de este formulario. No obstante lo anterior, la Dirección Regionaldeberá verificar si en el respectivo libro de clases la persona cuenta con asistenciadentro del plazo del 20% de ejecución del curso. Sólo en este caso podrá aplicar criteriode la aceptación o rechazo. Si la presentación del formulario es rechazada por laDirección Regional, queda sin efecto el reemplazo o incorporación informada y elejecutor deberá revertir la información en el sistema.

El visado de este formulario por parte de la Dirección Regional, se debe realizar hastados días hábiles de presentado el formulario y consiste en verificar que las fotocopiasde las Cédulas de Identidad de los/las reemplazantes correspondan a los/lasparticipantes individualizados como tal en el formulario y que el reemplazo se realizódentro del plazo permitido para este Programa (hasta transcurrido el 20% de las horasde la Fase Lectiva). Si todo está correcto, el supervisor del SENCE firmará las doscopias del formulario y emitirá la nómina del seguro, entregando una copia de cadadocumento al Ejecutor y la otra quedando en poder de la Dirección Regional.

6.5. Desarrollo de la fase lectiva

En esta etapa, el Ejecutor deberá:

a) Entregar los materiales desde el primer día de clases, según lo especificado en lapropuesta correspondiente y el Acuerdo Operativo.

b) Registrar diariamente la asistencia de los/las participantes.

c) Entregar a los/las participantes el subsidio diario de $3.000 y de $5.000 en casode personas en situación de discapacidad, por día asistido al menos una vez porsemana. La recepción de estos montos deberá quedar registrada en la planilla derecepción de subsidios diarios – se deberá utilizar una planilla por semana – y encada entrega, el/la participante deberá firmar en ella. En el caso de depósito,existirá un plazo máximo de tres días hábiles, contados desde la fecha dedepósito, para la firma de recepción conforme del/la participante.

d) Entregar a los/las participantes que corresponda, el subsidio de cuidado infantilde $ 4.000.- (mil pesos) por día asistido, por el periodo de ejecución de la faselectiva, máximo una vez por semana. El ejecutor deberá registrar la entrega deeste subsidio en la planilla de recepción de subsidio de cuidado infantil,utilizando una planilla por semana. En cada entrega de subsidio el/laparticipante debe firmar la planilla de entrega de subsidios. Al igual que en elcaso del subsidio diario, si el ejecutor paga el subsidio a través de depósito,tendrá como máximo de tres días hábiles, contados desde la fecha de depósito,para la firma de recepción conforme del/la participante.

e) Prestar el servicio de cuidado infantil, en los casos que corresponda y conforme alas indicaciones que al efecto imparta SENCE.

f) Acreditar debidamente las deserciones justificadas:

o Para el caso de las enfermedades o accidentes que impidan alparticipante asistir a clases por un período superior a las horasnecesarias para aprobar la Fase Lectiva y/o la Práctica Laboral, elEjecutor deberá presentar ante el SENCE la certificación médicacorrespondiente, la cual podrá consistir en:

Licencia médica, o Certificado Médico emitido por las Postas de Salud, los Servicios de

Salud de Atención Primaria o la Entidad Competente.

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Los anteriores documentos podrán estar emitidos tanto a nombre del participante o desus hijos menores de 12 años. Cuando se trate de la madre, se deberá presentar laLicencia o certificado médico y el certificado de nacimiento del hijo; en el caso que setrate del padre, deberá además presentarse una declaración jurada simple delparticipante, especificando que el menor se encuentra a cargo suyo.

Las licencias por hijos sólo serán aceptadas para justificaciones dentro de la FaseLectiva.

o Cambio de domicilio a otra Región o a otra comuna que le impidaasistir al curso. El Ejecutor deberá presentar ante el SENCE elcertificado de residencia correspondiente emitido por la autoridadcompetente.

o Privación de libertad. El Ejecutor deberá presentar al SENCE uncertificado emitido por el Tribunal correspondiente o el Acta de Audienciarespectiva, o bien por el Encargado del recinto donde la persona seencuentre privada de libertad.

o Fallecimiento del participante. Será acreditado ante el SENCEpresentando el certificado de defunción.

o Servicio Militar Obligatorio. Cuando se trata de Servicio MilitarObligatorio, se acredita ante el SENCE con el Certificado de SituaciónMilitar. Cuando se trata de Servicio Voluntario, no corresponde adeserción justificada.

g) Acreditar debidamente las ausencias justificadas:

Fallecimiento de un familiar directo en línea ascendente o descendente,entiéndase: cónyuge, padre, madre, hijo o hija.

Siniestro. Incendios, inundaciones u otros siniestros que impidan alparticipante asistir a clases por un período superior a las horas necesariaspara aprobar la Fase Lectiva. Se acredita con informe social de profesionaldel área de instituciones públicas o privadas exceptuando al ejecutor(ejemplo: informe social del Departamento de Emergencia de laMunicipalidad).

h) Desarrollar temas referidos a asuntos de género como parte de las competenciastransversales a tratar en las respectivas capacitaciones, los cuales se encuentranpresentes en los Planes Formativos.

i) Realizar las acciones que permitan una efectiva colocación en el puesto de trabajodel/la participante, en caso que el ejecutor realice la fase de intermediaciónlaboral o en caso que tener alianza con alguna/s Oficina Municipal deInformación Laboral, facilitar el proceso de intermediación laboral a las OMILpermitiendo su acercamiento a los participantes del curso.

6.5.1. Proceso de término de la Fase Lectiva

La Fase Lectiva concluye cuando el ejecutor con los/las participantes ha desarrolladocompletamente el programa del plan formativo seleccionado, habiendo alcanzado losobjetivos, tratado todos los contenidos y realizadas todas las actividadescomprometidas en el número de horas establecidas en la propuesta seleccionada,incluidas las actividades del componente “Apoyo Sociolaboral”, lo que deberá ser

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acreditado por el Ejecutor, a través de las evidencias y/o documentación que establecela respectiva Guía Operativa.Transcurridos tres días hábiles, después de finalizada la fase lectiva o realizadas lashoras de nivelación, en caso que corresponda, el ejecutor deberá ingresar en el sistemaestablecido por el SENCE el “Formulario Resumen de la Fase 1” registrando lasjustificaciones de ausencias y deserciones, las horas de nivelación, en caso decorresponder y la situación final de los/las participantes en términos de aprobados/as,reprobados/as y/o desertores/as.

Del Formulario Resumen de la Fase 1, el Ejecutor deberá imprimir dos copias firmandoambas en original y entregar las copias de estos formularios, y la documentación queacredite las ausencias y deserciones justificadas en la Dirección Regional, para que elEncargado o Supervisor procedan a su visado.

En el caso de cursos que requieran Certificación de un organismo externo, el Ejecutortendrá la opción de realizar la examinación al término de la Fase Lectiva informando alSENCE el Cronograma de las Examinaciones, o hasta el término de la Práctica Laboralsi corresponde, para evitar retrasos futuros en los pagos correspondientes.

El visado del Formulario Resumen de la Fase 1 (o fase lectiva) implica revisar queexista coherencia entre la asistencia, la planilla de recepción de subsidios, ladocumentación que acredita las ausencias y deserciones justificadas y el formularioresumen de fase lectiva emitido desde el sistema. Este visado se debe realizar hastacinco días hábiles de presentado el formulario.

En caso de existir inconsistencias deberá devolver el formulario al Ejecutor solicitandomodificar (corregir) el registro de asistencia y el formulario de término de fase lectiva,en el sistema informático que SENCE ha dispuesto para ello, para presentarnuevamente en la Dirección Regional de SENCE. Lo mismo ocurrirá si se detectaenmendaduras o falta de firmas en la planilla de recepción de subsidios diarios y decuidado infantil, en caso de proceder.

Además el Supervisor o Encargado Regional del Programa podrá autorizar laaprobación de participantes con asistencia menor al 75% si existe nivelación realizadapor parte del Ejecutor. En este caso, la asistencia de estos/as participantes aumentaal 75%8 y deben quedar con estado Aprobado/a de Fase Lectiva.Si el Ejecutor presenta el formulario Resumen de Fase 1 después del plazo antesseñalado, el formulario podrá ser recibido y visado por las Direcciones Regionales, perodejando la constancia de entrega “Fuera de Plazo” en el recuadro de las “ObservacionesSENCE” del mismo documento y en las observaciones del visado que debe ingresar alsistema. La autorización de este visado corresponderá a decisión regional, solicitandopara ello las justificaciones del retraso al Ejecutor.

6.6. Orientaciones respecto de la nivelación de participantes.

El Ejecutor deberá nivelar a aquellos/as participantes que no cumplan con el 75% deasistencia para aprobar la fase lectiva. Esto debe ser autorizado por cada DirecciónRegional, previa presentación de un Plan de Nivelación con, a lo menos, tres díashábiles de anticipación. Sólo podrán autorizarse casos de nivelación para participantescuyo porcentaje de asistencia final esté entre 65% al 74%.

Estas horas de nivelación se deben ingresar al sistema permitiendo aumentar laasistencia de los/las participantes al 75% para considerarse en la liquidación de faselectiva, debiendo quedar reflejadas en el formulario de nivelación para serconsideradas al momento del visado del formulario de término de fase lectiva.

8 Este aumento de asistencia no implica pago del 100% de las horas asistidas, como aplica para los/las participantesaprobados con asistencia real igual o mayor al 75% de las horas del curso.

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6.7. Intermediación Laboral

El componente de intermediación laboral es uno de los ejes centrales del programa ycontempla prácticas laborales en puestos de trabajo relacionados directamente con lacapacitación recibida y la colocación de un puesto de trabajo dependiente oindependiente.

Deberán participar de la fase de intermediación laboral todos/as los/las participantesque hayan resultado “Aprobados” en la fase lectiva, es decir, que hayan cumplido con,a lo menos, un 75% de asistencia a las horas totales de esta fase.

El componente de intermediación laboral, está compuesto por la Practica Laboral y laColocación, sin perjuicio de que pueda operar la “Colocación Directa”.

6.7.1. Práctica Laboral

Consiste en la experiencia laboral de los/las participantes en una empresa, ServicioPúblico, fundaciones u ONG, excepto en aquellas instituciones ejecutoras de cursos decapacitación o fase lectiva del Programa Más Capaz, para los oficios que seanpertinentes. El objetivo es que los/las participantes ejecuten prácticas laborales,aplicando los conocimientos y competencias adquiridas durante la fase lectiva,mediante la práctica en un puesto de trabajo directamente relacionado con laformación recibida.La práctica laboral, en caso de realizarse, debe tener las siguientes características:a) Realizarse en un puesto de trabajo cuya naturaleza y características guarden

relación con la formación impartida.b) Realizarse en empresas, Servicios Públicos, fundaciones, corporaciones o

asociaciones u Organismos No Gubernamentales, que no tengan restriccioneslegales o reglamentarias para la contratación de personal.

c) Tener una duración entre 90 y 180 horas, pudiendo realizarse en jornada completao parcial, entendiéndose con todo que las jornadas parciales no podrán serinferiores a media jornada

Se recomienda que el ejecutor identifique las medidas que faciliten las condiciones depráctica para las mujeres y jóvenes que lo requieran, considerando horarios yresponsabilidades familiares.

La práctica podrá ser sustituida cuando se logre una colocación directa.

6.7.1.1. Inicio Práctica Laboral

Las prácticas laborales podrán iniciarse como máximo a los 20 días hábiles contadosdesde el término de la fase lectiva.

El inicio de la práctica laboral debe quedar enmarcado bajo un convenio de prácticalaboral, el cual regula las condiciones en que las prácticas se realizarán al interior dela empresa. Para ello, el ejecutor deberá hacer entrega a la empresa de ladocumentación requerida.

Este inicio deberá informarse hasta el tercer día hábil de iniciada la práctica laboral, através del ingreso, que debe realizar el Ejecutor, en el sistema del Formulario N° 2Registro de participantes en práctica el cual debe emitir en dos copias y presentar enla Dirección Regional junto a los Convenios de Práctica.El visado de este formulario por parte de la Dirección Regional, consiste en verificarque:

a) Los/as participantes que inician práctica laboral correspondan a aquellos/asaprobados/as en la fase lectiva.

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b) Se hayan presentado los convenios de práctica de cada participante.

c) Validar que la naturaleza y características del puesto de trabajo de cadaparticipante, guarde relación con la formación impartida.

d) Que los convenios vengan debidamente firmados y timbrados por la empresa.En caso de empresas que no cuenten con timbre, deberán adjuntar a losconvenios una fotocopia simple del RUT de la empresa (por ambos lados).

Este visado se debe realizar hasta dos días hábiles de presentado el formulario.

6.7.1.2. Ejecución de Práctica Laboral

Durante la ejecución de la práctica laboral, el Ejecutor deberá:

a) Entregar a la empresa una pauta de evaluación de competencias para que éstala aplique al participante al finalizar la práctica laboral. En esta pauta elejecutor deberá incorporar, de manera genérica, las competencias consideradasen el plan formativo, además de aquellas competencias transversales quepueden ser medibles y cuya evaluación sea lo más objetiva posible.

b) Entregar a la empresa el “Registro de asistencia de práctica laboral” y velarporque los/las participantes registren su asistencia tanto al ingreso como lasalida de la jornada laboral.

c) Supervisar el desempeño de los/las participantes en las empresas, completandoel informe de visita al centro de práctica, al menos una vez durante duración dela práctica.

Para el registro de asistencia, el ejecutor podrá solicitar a la empresa que incluya laasistencia del participante en práctica, en el registro de asistencia formal de laempresa. Para acreditar la asistencia, al término de la práctica laboral, la empresadeberá emitir un certificado de asistencia, el cual reemplaza al registro de asistencia depráctica laboral.

6.7.1.3. Término de la Práctica Laboral

Esta fase concluye cuando los/las participantes finalizan en la empresa las horas depráctica. El Ejecutor tendrá dos días hábiles después de finalizada la práctica laboral,para ingresar al sistema el registro de asistencia a la empresa y el Formulario N°3“Resumen de Finalización de Fase 2”, donde deberá señalar la situación final de cadaparticipante.

El Ejecutor deberá imprimir, desde el sistema que SENCE disponga, dos copias delformulario N°2 y presentar estas copias firmadas y timbradas por el coordinador delcurso en la Dirección Regional, junto a los registros de asistencia, el registro de lasvisitas a los centros de práctica, las evaluaciones de competencias de cada participantey si corresponde los certificados de asistencia emitidos por cada empresa.

El visado del formulario N° 3 consiste en:

a) Verificar que los/las participantes informados/as en este formulariocorrespondan a los autorizados en el visado del formulario 2 y que por tantoexisten los respectivos convenios de práctica.

b) Verificar que el porcentaje de asistencia de cada participante corresponda a loscertificados de asistencia de las empresas o registro de asistencia en la empresa.

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c) Validar que existen las evaluaciones de competencias de los/las participantesrealizadas por las empresas donde realizaron las prácticas.

6.7.2. Colocación

Se entenderá por colocación laboral, toda acción de intermediación que tenga comoresultado la obtención de un puesto de trabajo dependiente o independiente, enjornada completa o parcial, que tenga una duración de, a lo menos 3 meses y cuyasremuneraciones sean, a lo menos, 1 (un) ingreso mínimo mensual vigente o suproporcional en caso de jornadas parciales, con todo las jornadas parciales nopodrán ser inferiores a media jornada. Esto se podrá lograr durante la prácticalaboral, al término de ésta, o bien directamente luego de terminada la fase lectiva.

El Programa contabilizará las colocaciones que cumplan con lo señaladoprecedentemente. Sin embargo, la validación de colocaciones a honorarios sólo seráefectiva si el/la participante realiza sus cotizaciones mensualmente y se logranacreditar el mínimo de 3 que exige el programa.

En caso que la colocación se realice después de terminada la fase lectiva o al términode la práctica laboral, el ejecutor tendrá un plazo de 2 meses, después de finalizada lafase que corresponda para gestionar los contratos de trabajo. Todas las colocacionesque gestione deberá ingresarlas a la plataforma informática que SENCE determine.

6.7.3. Cierre del proceso de intermediación laboral

La colocación es el último proceso de la capacitación y su resultado debe ser informadoa SENCE a través del ingreso, por parte del ejecutor, del Formulario N° 4 “Resultado deIntermediación Laboral” en el sistema que SENCE disponga.

El Ejecutor tendrá un plazo de tres días hábiles después de vencido el plazo pararealizar la colocación de los/las participantes (hasta 60 días corridos contados desdeel término de la última fase del curso, sea esta fase lectiva o práctica laboral), paraingresar en el sistema el formulario N°4 y presentarlo en la Dirección Regionalcorrespondiente.

Nota: el pago se hará efectivo una vez que SENCE valide el pago vía sistema de las 3cotizaciones previsionales.

El visado de este formulario consiste en:

a) Verificar que los/as participantes informados/as en este formulariocorrespondan a los aprobados de fase lectiva.

b) Verificar las 3 cotizaciones.

6.7.4. Modalidades e inhabilidades de Ejecución del componente deintermediación laboral.

El ejecutor podrá ejecutar el componente de intermediación laboral directamente osubcontratar este servicio, en la medida que se cumplan con las condiciones técnicas yadministrativas exigidas. De no efectuarlo directamente deberá contar con una cartade compromiso con el municipio respectivo. En caso de subcontratar, el Ejecutor serásiempre responsable de las obligaciones laborales y/o previsionales con las personasque contrate para tales fines, como asimismo frente a la ejecución de las prestaciones,los/las participantes y el SENCE.Los ejecutores del componente de Intermediación Laboral, ya sea privado o municipal,principal o subcontratado, no podrán realizar la colocación del participante en supropia entidad o en alguna institución relacionada directa y jurídicamente. De hacerlo,el ejecutor no recibirá el pago establecido por este concepto.

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7. CERTIFICACIÓN

El Ejecutor deberá entregar a los/las participantes aprobados/as los diplomas, y atodos los/las participantes del curso el certificado de formación, conforme al modeloque el SENCE pondrá a su disposición.

Los Ejecutores serán responsables de la impresión y ceremonia de certificación paralos/las participantes que hayan aprobado. En este contexto, deberán seguirse lasinstrucciones de cada Dirección Regional del SENCE.

El ejecutor deberá llenar los diplomas y certificados correspondientes con los datos delparticipante y del oficio, firmarlos por el Representante Legal del Ejecutor y luego,presentarlos ante el SENCE para que sea firmado y timbrado por la Dirección Regionalrespectiva.

La ceremonia de graduación deberá ser coordinada con el SENCE a efectos de conocer suprograma, lugar, fecha, invitados y, en especial para organizar la participación delServicio en dicha ceremonia. Con un plazo mínimo de 10 días hábiles de anticipación.En la ceremonia de graduación, los/las participantes que participaron y/o aprobaronel curso deberán suscribir el acta de recepción, que acredita la correcta entrega de losdocumentos antes detallados, por parte del Ejecutor. Esta acta será un antecedenteanexo de la ejecución del curso. En el caso de no participar algunos/as de los/lasparticipantes en esta ceremonia, igualmente se deberá entregar por parte del Ejecutorel respectivo certificado al participante, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles.

La Unidad de Comunicaciones, a través de las Direcciones Regionales, dará loslineamientos para las ceremonias de graduación.

8. PAGOS AL ORGANISMO EJECUTOR DEL PROGRAMA “MÁS CAPAZ”

El Programa Más Capaz contempla los siguientes pagos asociados a los servicios y/ocomponentes que el Ejecutor debe desarrollar, cuyo resumen se indica a continuación:

Tipo de Pago Condición Concepto a pagarEstado deAvance 1

Creación deSección

50% del Valor de Capacitación + 50% Valor asociado al Apoyo Sociolaboral

Y si corresponde:

50% del fondo para discapacidad + el 20% de Empleo con Apoyo

Estado deAvance 2

Aprobaciónde AcuerdoOperativo

70% del valor total del subsidio diario de faselectiva (incluido personas con discapacidad, encaso de corresponder)

20% del Valor de Capacitación + 20% Valor asociado al Apoyo Sociolaboral + 30% del Valor de Intermediación Laboral

(Práctica + Colocación), considerando a losparticipantes matriculados.

+ 50% del valor total de subsidio diario depráctica laboral, considerando prácticas de 90horas.

Y si corresponde:

70% del valor total del subsidio de cuidadoinfantil

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Tipo de Pago Condición Concepto a pagarPago porServicio deCuidadoInfantil

Aprobaciónde AcuerdoOperativo

100% del valor de servicio de cuidado infantil,según número de niñas y niños menores aatender

LiquidaciónFase Lectiva

Finalizada laFase Lectiva

Valor de Capacitación Efectiva a pagar + Reembolso de subsidios diarios de fase lectiva

(por participantes con y sin discapacidad) + Valor de Apoyo Sociolaboral

Y si corresponde:

+ Reembolso subsidio de cuidado infantil + Valor a pagar por Fondo de Iniciativas

(Discapacidad)Menos:

Pago de Estado de avance 1 Pago de Estado de avance 2, sin incluir lo

correspondiente a práctica laboral y colocación.

Pago porcolocación depersonas condiscapacidad

Finalizada elSeguimiento

$100.000.- por participante colocado/alaboralmente, con contrato de trabajo formal de,a lo menos, 3 meses de duración.

$ 300.000 por participante que haya sidocolocado, y respecto de los/las cuales el ejecutoracredite haber realizado las siguientes tareas:

Búsqueda y concientización de empresasinteresadas en incorporar a personas condiscapacidad

Aplicación de pauta de análisis en el puesto detrabajo.

Seguimiento a la colocación, por un período dehasta 6 meses, contados desde la fecha detérmino de la fase lectiva.

LiquidaciónPrácticaLaboral

Finalizada laPrácticaLaboral

$ 50.000 Valor de Práctica Laboral+ Reembolso de subsidios diarios (por participante sindiscapacidad)

Menos Pago estado de avance 2, sin incluir lo

correspondiente a la fase lectiva del curso.LiquidaciónColocación

Validada porSENCEmedianteconsultadirecta ainstitucionespertinenteso a travésdelprocedimiento queSENCEestimeconveniente.

Valor colocación con o sin práctica laboral x factorcotización previsional.

El factor de cotización se encontrara divido en 3 tramossegún índice de vulnerabilidad

MenosPago estado de avance 2, sin incluir lo correspondientea la fase lectiva del curso, en caso de no existirliquidación de práctica laboral.

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El único medio a través del cual se gestionarán los pagos en el marco del presentePrograma será a través del sistema informático que el SENCE disponga para tal efecto.No obstante, el SENCE se reserva el derecho de indicar durante la ejecución delPrograma otros mecanismos de pago en el caso de presentar cualquier dificultad elsistema.

El sistema informático calcula automáticamente el monto que corresponde pagar alEjecutor de cada prestación. Esto ocurre siempre y cuando, el Ejecutor haya completadola información requerida en la solicitud del pago correspondiente y se hayan ingresadolos formularios de ejecución del curso.

Para el caso de los LTP de Administración Municipal y para los LTP administradospor Corporaciones Municipales de Educación, deberán realizar rendición de cuentasmensual de los gastos realizados para la ejecución del programa, conforme a loestablecido en la Resolución N°759 del 23 de diciembre de 2003, de la ContraloríaGeneral de la Republica que fija “Normas de Procedimientos sobre Rendición deCuentas”, así como también conforme a cualquier instrucción que al efecto impartael SENCE durante la ejecución del Programa.

Luego de finalizada todas las fases del último curso del convenio, si existiera unadiferencia entre lo transferido y lo efectivamente gastado, producto de ausencias,deserciones y no intermediación, el LTP deberá hacer reintegro de la diferenciaproducido, a través de depósito a la cuenta de SENCE, dentro 30 días corridosdesde la fecha de término de todos los componentes del convenio.

Además de esto, SENCE no podrá entregar nuevos fondos a rendir, mientras lainstitución receptora no haya cumplido con la obligación de rendir cuenta de lainversión de los fondos ya concedidos en alguna oportunidad anterior, conforme seestablece en la misma Resolución N°759 de diciembre de 2003, de la ContraloríaGeneral de la Republica.

8.1. Pago de Estado de Avance 1

El Ejecutor podrá solicitar un pago de estado de avance a partir de la creación de lasección/curso y hasta transcurrido el 50% de las horas totales de la fase lectiva delcurso.

El monto del estado de avance que podrá solicitar el Ejecutor, dependerá de la situaciónen la que se encuentre:

a) Ejecutor presentó declaración de interés para atender a personas en situación dediscapacidad (modelo inclusivo)

Correspondiente a: a) 50% del Valor Capacitación, b) 50% del valor asociado al ApoyoSociolaboral, c) 50% del fondo para discapacidad y d) 20% de Empleo con Apoyo.

b) Ejecutor NO presentó declaración de interés para atender a personas en situaciónde discapacidad (modelo inclusivo)

Correspondiente a: a) 50% del Valor Capacitación y b) 50% del valor asociado al ApoyoSociolaboral.

Nota: En cualquiera de los casos, los porcentajes se calcularán sobre el N° de cuposasociados al curso/sección respectivo.

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8.1.1. Documentación que debe presentar el Ejecutor en la Dirección Regionalrespectiva del SENCE.

Con excepción de la garantía, la documentación se debe presentar separadamente porcada curso/sección para el cual se solicita el pago de estado de avance:

1) Solicitud de pago emitida por sistema.

2) Garantía (no aplica para los LTP de Administración Municipal y para los LTPAdministrados por Corporaciones Municipales de Educación) que debe cumplir con losiguiente:

- Debe ser tomada por el Representante Legal del Ejecutor especificandoque se toma en representación de éste;

- Ser equivalente al menos al 100% del monto solicitado;- Estar vigente desde la fecha de solicitud del pago y hasta, al menos 60

días corridos posteriores al 31 de diciembre de 2015.- Podrá consistir en una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista,

una Póliza de Seguros de ejecución inmediata, un Vale a la Vista,Depósito a la Vista o un Certificado de Fianza emitido de acuerdo a lodispuesto en la Ley N° 20.179, de carácter irrevocable, PAGADERA A LAVISTA y al solo requerimiento del SENCE.

- La Glosa debe indicar:

“LA PRESENTE CAUCIÓN SE EXTIENDE PARA GARANTIZAR EL 100%DEL PAGO DE ESTADO DE AVANCE EQUIVALENTE 50% del ValorCapacitación, 50% del valor asociado al Apoyo SocioLaboral, 50% del fondopara discapacidad, y 20% de Empleo con Apoyo correspondiente a(NOMBRE DEL CURSO), CODIGO (CODIGO DEL CURSO) DEL PROGRAMAMÁS CAPAZ, PRIMER CONCURSO, dirigido a los Establecimientos deEducación Media Técnicos Profesionales cuyo administrador o sostenedorsea Privado o Público, 2015”, o

“LA PRESENTE CAUCIÓN SE EXTIENDE PARA GARANTIZAR EL 100%DEL PAGO DE ESTADO DE AVANCE EQUIVALENTE 50% del ValorCapacitación y 50% del valor asociado al Apoyo SocioLaboral (NOMBREDEL CURSO), CODIGO (CODIGO DEL CURSO) DEL PROGRAMA MÁSCAPAZ, PRIMER CONCURSO, dirigido a los Establecimientos de EducaciónMedia Técnicos Profesionales cuyo administrador o sostenedor sea Privadoo Público, 2015”.

- Se podrá presentar una única garantía por la totalidad de los cursos- En caso de tratarse de un Vale a la Vista, la glosa deberá ser indicada al

dorso

3) Factura:

- No aplica para los LTP de Administración Municipal y para los LTPAdministrados por Corporaciones Municipales de Educación.

- Debe indicarse en ella: “Pago de Estado de Avance correspondiente alcurso…………………. (Nombre y código del curso para el cual se solicitapago), en el marco del Programa Más Capaz, primer concurso, dirigido a losEstablecimientos de Educación Media Técnicos Profesionales cuyoadministrador o sostenedor sea Privado o Público, 2015”.

8.2. Pago de Estado de Avance 2:

El ejecutor podrá solicitar un pago de estado de avance por el 70% del valor total desubsidio diario de fase lectiva (para los/las participantes con y sin discapacidad), más

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el 70% del valor total de subsidio diario por cuidado infantil de fase lectiva (en casode proceder), más el 20% del Valor de Capacitación, más el 20% del Valor Asociado alApoyo Sociolaboral, más el 30% del Valor de Intermediación Laboral (Práctica +Colocación) y el 50% del valor total de subsidio diario de práctica laboral (para los/lasparticipantes con y sin discapacidad).

Todos estos porcentajes se calcularán según el total de participantes del curso indicadosen el Acuerdo Operativo, considerando a personas con discapacidad, y con niños y niñasmenores de 2 años para el cálculo del subsidio de cuidado infantil y práctica laboral de90 horas.

El Ejecutor podrá solicitar este pago una vez que se encuentre aprobado el AcuerdoOperativo y el Anexo “Plan para uso de Recursos de Estado de Avance por IntermediaciónLaboral y Subsidios Diarios de práctica, para el Programa +Capaz y hasta transcurrido el50% de las horas de la fase lectiva del curso.

8.2.1. Documentación que debe presentar el Ejecutor en la Dirección Regionalrespectiva del SENCE.

Con excepción de la garantía, la documentación se debe presentar separadamente porcada curso para el cual se solicita el pago de estado de avance:

1) Solicitud de pago emitida por sistema.

2) Garantía (no aplica para los LTP de Administración Municipal y para los LTPAdministrados por Corporaciones Municipales de Educación) que debecumplir con lo siguiente:- Debe ser tomada por el Representante Legal del Organismo Ejecutor

especificando que se toma en representación de éste,- Ser equivalente al menos al 100% del monto solicitado,- Estar vigente desde la fecha de solicitud del pago y hasta, al menos 60 días

corridos posteriores al 31 de diciembre de 2015.- Podrá consistir en una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista,

una Póliza de Seguros de ejecución inmediata, un Vale a la Vista, Depósitoa la Vista o un Certificado de Fianza emitido de acuerdo a lo dispuesto en laLey N° 20.179, de carácter irrevocable, PAGADERA A LA VISTA y al solorequerimiento del SENCE.

- La Glosa debe indicar:

“LA PRESENTE CAUCIÓN SE EXTIENDE PARA GARANTIZAR EL 100%DEL PAGO DE ESTADO DE AVANCE DE SUBSDIOS EQUIVALENTEAL 70% DEL VALOR DE SUBSIDIOS DIARIO POR PARTICIPANTE,(NOMBRE DEL CURSO), CODIGO (CODIGO DEL CURSO) DELPROGRAMA MÁS CAPAZ, PRIMER CONCURSO, dirigido a losEstablecimientos de Educación Media Técnicos Profesionales cuyoadministrador o sostenedor sea Privado o Público, 2015”, o

“LA PRESENTE CAUCIÓN SE EXTIENDE PARA GARANTIZAR EL 100%DEL PAGO DE ESTADO DE AVANCE DE SUBSDIOS EQUIVALENTEAL 70% DEL VALOR DE SUBSIDIOS DIARIO POR PARTICIPANTE Y70% DE CUIDADO INFANTIL, (NOMBRE DEL CURSO), CODIGO(CODIGO DEL CURSO) DEL PROGRAMA MÁS CAPAZ, PRIMERCONCURSO, dirigido a los Establecimientos de Educación MediaTécnicos Profesionales cuyo administrador o sostenedor sea Privado oPúblico, 2015”.

- Se podrá presentar una única garantía por la totalidad de los cursos.- En caso de tratarse de un Vale a la Vista, la glosa deberá ser indicada al

dorso

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3) Factura:- No aplica para los LTP de Administración Municipal y para los LTP

Administrados por Corporaciones Municipales de Educación.- Debe extenderse por el monto del estado de avance sin contemplar los

subsidios.- Debe indicarse en ella: “Pago de Estado de Avance correspondiente al

curso…………………. (Nombre y código del curso para el cual se solicitapago), en el marco del Programa Más Capaz, primer concurso, dirigido a losEstablecimientos de Educación Media Técnicos Profesionales cuyoadministrador o sostenedor sea Privado o Público, 2015”.

8.3. Pago por Servicio de Cuidado Infantil

Corresponde al pago del 100% del monto total por “Servicio de Cuidado Infantil”, según elnúmero de niños/niñas mayores de 2 y menores a 6 años, detallados en el AcuerdoOperativo y/o Anexo, según sea el caso y conforme a la siguiente tabla:

N° de menores Monto Servicio1 a 10 menores $ 3.000 por hora de fase lectiva.11 a 15 menores $ 3.000 por hora de fase lectiva.- + 300 por hora de fase lectiva.-

por cada menorMás de 15 menores $ 6.000 por hora de fase lectiva.Superior a 20menores

$ 6.000 por hora de fase lectiva.- + 300 por hora de fase lectiva.-por cada menor

El Ejecutor podrá solicitar este pago una vez que se encuentre aprobado el AcuerdoOperativo y/o Anexo, según corresponda, y hasta concluida la fase lectiva del curso.

Además y en el evento que dentro del periodo de reemplazo de participantes, el númerode menores que recibirán este servicio de cuidado infantil aumenta, el Ejecutor podrásolicitar el pago de este servicio por el número de menores incorporados, según tablaanterior.

8.3.1. Documentación que debe presentar el Ejecutor en la Dirección Regionalrespectiva del SENCE.

La siguiente documentación se debe presentar separadamente por cada curso para elcual se solicita el pago por servicio de cuidado infantil:

1) Solicitud de pago emitida por sistema.

2) Factura (no aplica para los LTP de Administración Municipal y para los LTPAdministrados por Corporaciones Municipales de Educación): Debe indicarse en ella:“Pago de Servicio de Cuidado Infantil de…… menores, correspondiente al curso………….(Nombre y código del curso para el cual se solicita pago), en el marco del Programa MásCapaz, primer concurso línea regular 2015”.

8.4. Liquidación de Fase Lectiva

Corresponde a la suma de:a) Valor de Capacitación Efectiva,b) Reembolso de subsidios diarios (por participantes con y sin discapacidad),c) Valor de Apoyo Sociolaboral

Y si corresponde:a) Reembolso de Subsidio de cuidado infantil,b) Valor a pagar por fondo de iniciativas (discapacidad).

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Menos:a) Los pagos de estado de avance si fueron solicitados.

La solicitud de esta liquidación se deberá presentar a más tardar transcurridos 10 díashábiles de finalizada la Fase Lectiva y visado el formulario respectivo.

8.4.1. Criterios de Pago

Para el cálculo de este pago se deben considerarán los siguientes criterios:

- El cálculo del Valor Capacitación efectivo a pagar se realizará en formadiferente para los/las participantes con asistencia menor al 75% de lashoras de Fase Lectiva y para los/las participantes con asistencia igual omayor al 75% de las horas de Fase Lectiva:

Por aquellos/as participantes cuya asistencia sea menor al 75% delas horas de la fase lectiva9, se pagará, al Ejecutor, por hora asistidapor el/la participante.

Por aquellos/as participantes cuya asistencia sea igual o superior al75% de las horas de la fase lectiva, se pagará al Ejecutor el 100% delas horas realizadas por el Ejecutor.

- Además para los/las participantes reemplazantes, indistintamente suporcentaje de asistencia, se pagará al Ejecutor por las horas asistidas porel/la participante.

- En el caso de los/las participantes con nivelación, se pagará al Ejecutor el75% de las horas ejecutadas.

- Las ausencias justificadas, acreditadas, se pagarán al Ejecutor comopresentes.

- Las deserciones justificadas se pagarán al Ejecutor como si el/laparticipante hubiera asistido al 100% de las horas justificadas de la faselectiva.10

- En caso de producirse deserciones, justificadas o no, el montocorrespondiente a subsidio diario no será pagado por el SENCE desde elmomento en que el/la participante deje de asistir al curso.

- El cálculo del monto a pagar por Apoyo Sociolaboral se realizará porparticipante según acreditación de la ejecución del servicio y asistencia delparticipante a la fase lectiva. Se cancelará un monto máximo de $ 96.000.-(noventa y seis mil pesos) por cada participante aprobado/a, es decir quecumpla al menos un 75% de asistencia a la fase lectiva. En caso contrario,el monto a pagar será proporcional al porcentaje de asistencia que el/laparticipante haya realizado. Este cálculo no aplica para los/lasparticipantes reemplazados/as. Este pago se realizará previa acreditaciónde la ejecución del servicio por parte del ejecutor (actividades individuales ygrupales) y productos definidos para este componente.

9 Con excepción de los/las participantes que ingresan en calidad de reemplazantes, que fueron sujetos de nivelación ylos/las desertores/as justificados/as.10 A partir de la fecha en que se otorgue la calidad de desertor justificado, en caso de participantes que hubierenasistido, al menos, al 20% del total de horas. Si anteriormente este participante tiene ausencias injustificadas no sepagarán esas horas.

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- El cálculo del fondo de iniciativas (discapacidad) se realizará según elnúmero de personas en situación de discapacidad y la acreditación de lainversión o el gasto realizado por ejecutor, que detalla la utilización de losrecursos, a través de boletas / facturas presentadas por el Ejecutorcorrespondientes a:

Compras y/o arriendo de equipos y materiales asociados al cursopara la persona con discapacidad.

Habilitación de espacios (rampas, barandas, baños, soportes, etc.)

Pago por servicios de honorarios (traductor de lenguaje de señas) uotros necesarios para la correcta ejecución del curso.

Todas aquellas adquisiciones necesarias, previa aprobación de ladirección regional donde se ejecute el curso de SENCE mediantecorreo electrónico.

El tope de este fondo, corresponde a $3.000 por el total de horas de la fase lectiva porcada participante en situación de discapacidad, independientemente al % de horas a lascuales asista el/la participante.

- Los montos correspondientes a los subsidios se entregan en administraciónal Ejecutor, por tanto no son facturables.

- En caso que previo a la liquidación de la fase lectiva, los/las participantesse hayan certificado y obtenido la respectiva licencia, se pagará al ejecutorpor cada participante que se encuentre en dicha condición.

- Se descontarán los pagos por concepto de estado de avance anteriormentepagados y los subsidios entregados en administración no pagados a los/lasparticipantes (incluye subsidio para personas con o sin discapacidad ysubsidio de cuidado infantil).

8.4.2. Fórmula ó= ó ++ ú+ + ú+ ó−8.4.2.1. Cálculo del Valor Capacitación Efectiva

ValorCapacitaciónEfectiva

=

Monto a pagar porparticipantesreemplazantes yparticipantesinscritos/as en F1 conasistencia menor al 75%de las horas de la FaseLectiva(a)

+ Monto a pagarporparticipantesnivelados/as(b)

+

Monto a pagar porparticipantesinscritos/as en F1 conasistencia igual omayor al 75% de lashoras de la FaseLectiva(c)

(a) Monto a pagar por participantes reemplazantes y participantes inscritos enformulario 1 (F1) con asistencia menor al 75% de las horas de la FaseLectiva.

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Fórmula = (Nº Hrs. Asistidas) X VHPCComponentes dela fórmula

(NºHrs. Asistidas) = Corresponde a la suma de las horas asistidaspor los/las participantes reemplazantes y aquellos/as inscritos/as enel formulario 1 con menos del 75% de asistencia a la Fase Lectiva delcurso.VHPC = corresponde al Valor Hora Participante Capacitación y que seobtiene de la división del Valor Capacitación por el cupo del curso yluego por el Nº de horas de la fase lectiva del curso.

Procedimiento - Se identifica a los/las participantes que tienen una asistenciaa la fase lectiva, menor al 75% de las horas ejecutadas por elEjecutor.11

- Se identifica a los/las participantes ingresados en calidad dereemplazantes.

- Se suman todas las horas asistidas por los/las participantesidentificados en los puntos anteriores.

- El total obtenido de esta suma, se multiplica por el Valor HoraParticipante (VHPC) del curso.

- El producto de esta multiplicación es el monto a pagar porparticipantes reemplazantes y participantes inscritos en F1con asistencia menor al 75% de las horas de la Fase Lectiva.

Consideraciones En el cálculo de las horas asistidas se debe incluir a los/lasparticipantes reemplazantes, independiente de su porcentaje deasistencia y a los/las participantes que asistieron a lo menos el 75%de las horas y que estén registrados en el Formulario Nº1 y Nº1complementario, ya sean:

- Participantes que asistieron a clases irregularmente, hasta eltérmino de la fase lectiva.

- Participantes desertores/as.- Participantes reemplazados/as.

(b) Monto a pagar por participantes Nivelados

Fórmula = Nº nivelados X 75% VPCComponentes dela fórmula

Nº nivelados = corresponde al número de participantes nivelados.75% VPC = corresponde al 75% del Valor Participante Capacitación,que el ejecutor presentó en su propuesta y que se obtiene aplicandoel 75% al resultado de la división del Valor Capacitación por el cupodel curso.

Procedimiento - Se identifica a los y las participantes nivelados.- El Nº total de estos participantes se multiplica por el 75% del

Valor Participante Capacitación (VPC) del curso.- El producto de esta multiplicación es el Monto a pagar por

los/las participantes nivelados.Consideraciones En el Nº de participantes nivelados, se debe considerar a aquellos/as

nivelados con autorización de la Dirección Regional.

(c) Monto a pagar por participantes inscritos en Formulario 1 con asistenciaigual o mayor al 75% de las horas de la fase lectiva.

Fórmula = Nº participantes X VPCComponentes dela fórmula

Nº participantes = corresponde al número de participantes,inscritos/as en formulario 1, que asistieron al 75% o más de lashoras de la fase lectiva.VPC = corresponde al Valor Participante Capacitación, que se obtienede la división del Valor Capacitación por el cupo del curso.

11 Como tope máximo las horas que contemplan los planes formativos seleccionados.

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Procedimiento - Se identifica a los/las participantes inscritos/as en formularioN° 1, tienen una asistencia igual o mayor al 75% de las horasde la fase lectiva.

- El Nº total de estos/as participantes se multiplica por el ValorParticipante Capacitación (VPC) del curso.

- El producto de esta multiplicación es el Monto a pagar por losy las participantes inscritos en Formulario 1 con asistenciaigual o mayor al 75% de las horas de fase lectiva.

Consideraciones En el Nº de participantes, se debe considerar a aquellos/asinscritos/as en formulario 1 y que cumplen la condición de asistenciadel 75% o más.

8.4.2.2. Cálculo del Monto a reembolsar por pago de subsidios diarios

Monto a reembolsar porpago de subsidiosdiarios

=

(a)Cálculo del monto areembolsar paraparticipantes sindiscapacidad

+

(b)Cálculo del monto areembolsar paraparticipantes en situaciónde discapacidad

a) Cálculo del monto a reembolsar para participantes sin discapacidad

Fórmula = $ 3.000 X (Nº Días asistidos por participante sin discapacidad.)Componentesde la fórmula

$ 3.000 = corresponde al monto diario del subsidio, que el Ejecutordebe pagar al participante sin discapacidad por día asistido.(Nº Días asistidos por los/las participantes sin discapacidad) =corresponde a la suma de los días asistidos a la fase lectiva por los/lasparticipantes sin discapacidad inscritos/as en el Formulario Nº 1, y Nº 1complementario, a los/las cuales el Ejecutor les haya pagado subsidio.

Procedimiento - A través de la planilla de “Entrega de Subsidios Diarios”, seidentifica los/las participantes sin discapacidad a los cuales elEjecutor ha pagado el subsidio.

- Se suma el Nº de días que se ha pagado subsidio a cada uno/ade los/las participantes.

- Se multiplica el resultado obtenido en la sumatoria detallada enel párrafo anterior, por $ 3.000

- El producto de esta multiplicación es el monto que correspondepagar al Ejecutor por Subsidio de participantes sin discapacidad.

b) Cálculo del monto a reembolsar para participantes en situación dediscapacidad

Fórmula = $ 5.000 X (Nº Días asistidos por los/las participantes en situaciónde discapacidad.)

Componentesde la fórmula

$ 5.000 = corresponde al monto diario del subsidio, que el Ejecutor debepagar al participante en situación de discapacidad por día asistido.(Nº Días asistidos por los/las participantes en situación dediscapacidad) = corresponde a la suma de los días asistidos a la faselectiva por los/las participantes en situación de discapacidad inscritosen el Formulario Nº 1, y Nº 1 complementario, a los/las cuales elEjecutor les haya pagado subsidio.

Procedimiento - A través de la planilla de “Entrega de Subsidios Diarios”, seidentifica los/las participantes en situación de discapacidad alos/as cuales el Ejecutor ha pagado el subsidio.

- Se suma el Nº de días que se ha pagado subsidio a cada uno/ade los/las participantes.

- Se multiplica el resultado obtenido en la sumatoria detallada enel párrafo anterior, por $ 5.000

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- El producto de esta multiplicación es el monto que correspondepagar al Ejecutor por Subsidio de participantes en situación dediscapacidad.

8.4.2.3. Cálculo del Monto a reembolsar por pago de subsidios de cuidadoinfantil

Fórmula = $ 4.000 X (Nº Días asistidos por participantes con subsidio decuidado infantil)

Componentes dela fórmula

$ 4.000 = corresponde al monto diario del subsidio de cuidadoinfantil, que el Ejecutor debe pagar al participante beneficiado/a coneste subsidio por cada día asistido.(Nº Días asistidos por los/las participantes con beneficio decuidado infantil) = corresponde a la suma de los días asistidos a lafase lectiva por los/las participantes con beneficio de cuidadoinfantil inscritos/as en el Formulario Nº 1, y Nº 1 complementario, alos/las cuales el Ejecutor les haya pagado subsidio.

Procedimiento - A través de la planilla de “Entrega de Subsidios de CuidadoInfantil”, se identifica los/las participantes con beneficio decuidado infantil a los/las cuales el Ejecutor ha pagado elsubsidio.

- Se suma el Nº de días que se ha pagado subsidio a cadauno/a de los/las participantes.

- Se multiplica el resultado obtenido en la sumatoria detalladaen el párrafo anterior, por $ 4.000

- El producto de esta multiplicación es el monto quecorresponde pagar al Ejecutor por Subsidio de participantescon beneficio de cuidado infantil.

8.4.2.4. Cálculo del Valor Apoyo Sociolaboral

Valor ApoyoSocio Laboral =

Monto a pagar por participantescon asistencia menor al 75% delas horas de la Fase Lectiva(a)

+

Monto a pagar porparticipantes con asistenciaigual o mayor al 75% de lashoras de la Fase Lectiva(b)

(a) Monto a pagar por participantes con asistencia menor al 75% de las horasde la Fase Lectiva.

Fórmula = (% Asistencia Participante * Valor Participante ApoyoSociolaboral)

Componentes dela fórmula

% Asistencia Participante = Corresponde al porcentaje de asistenciadel participante a la Fase LectivaValor Participante Apoyo Sociolaboral = $96.000.-

(% Asistencia Participante * Valor Participante Apoyo Sociolaboral) =Corresponde a la suma del monto a pagar por participante según laasistencia de éste a la Fase Lectiva.

Procedimiento - Se identifica a los/las participantes que tienen una asistenciaa la fase lectiva, menor al 75% de las horas ejecutadas por elEjecutor.12

- Se calcula el monto de apoyo Sociolaboral, multiplicando elporcentaje de asistencia de cada participante por $96.000.

- Se suman todos los montos obtenidos en el punto anterior.- El total obtenido de esta suma es el monto a pagar por

12 Como tope máximo que contemplan los planes formativos seleccionados.

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participantes con asistencia menor al 75% de las horas de laFase Lectiva.

Consideraciones En este cálculo se debe incluir a los/las participantes que asistierona menos del 75% de las horas, para los cuales el Ejecutor acreditó laejecución del servicio (actividades individuales y grupales) y que esténregistrados en el Formulario Nº1 y Nº1 complementario, ya sean:

- Participantes que asistieron a clases irregularmente, hasta eltérmino de la fase lectiva.

- Participantes desertores/as.Este cálculo no aplica para los participantes reemplazados/as.

(b) Monto a pagar por participantes con asistencia igual o mayor al 75% de lashoras de la fase lectiva.

Fórmula = Nº participantes X Valor Participante Apoyo SociolaboralComponentes dela fórmula

Nº participantes = corresponde al número de participantes, queasistieron al 75% o más de las horas de la fase lectiva.Valor Participante Apoyo Sociolaboral = $96.000.-

Procedimiento - Se identifica a los/las participantes que tienen una asistenciaigual o mayor al 75% de las horas de la fase lectiva.

- El Nº total de estos participantes se multiplica por el ValorParticipante Apoyo Sociolaboral.

- El producto de esta multiplicación es el Monto a pagar por losy las participantes con asistencia igual o mayor al 75% de lashoras de fase lectiva.

Consideraciones En este cálculo se debe incluir a los/las participantes que asistieronal menos al 75% de las horas, para los cuales el Ejecutor acreditó laejecución del servicio (actividades individuales y grupales) y que esténregistrados en el Formulario Nº1 y Nº1 complementario.Este cálculo no aplica para los participantes reemplazados.

8.4.2.5. Cálculo del monto a pagar por Fondo de Iniciativas (discapacidad)

Fórmula = del gasto o inversiónComponentes dela fórmula

Gasto o inversión = Corresponde a la suma de los montos de ladocumentación que acredita la inversión o el gasto realizado porejecutor, con un tope de $3.000.- por hora/participante condiscapacidad.

Procedimiento a) Se suman los montos de la documentación que acredita lainversión o el gasto realizado por Ejecutor

b) Se identifica el número de participantes con discapacidadc) Se identifica el número total de horas de fase lectivad) Se multiplica el número de participantes con discapacidad

por el total de horas de la fase lectiva y por $3.000.- quecorresponde al fondo de iniciativas del curso.

e) Si el total que se obtiene de la sumatoria de los gastos,facturas e inversión debidamente acreditados ante el SENCE,resulta menor al máximo permitido por fondo de iniciativassegún N° de participantes y horas totales, se reembolsará alEjecutor el total de su inversión.

f) Por el contrario, si el total que se obtiene de la sumatoria delos gastos, facturas e inversión debidamente acreditados anteel SENCE, resulta mayor al permitido por fondo de iniciativassegún N° de participantes y horas totales, se reembolsará alEjecutor hasta el máximo de inversión que le era permitidoconforme a estos criterios.

Consideraciones En el cálculo del monto de este fondo se debe considerar:- Los/las participantes con discapacidad.

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- La documentación que acredita la inversión o gasto realizadopor el ejecutor.

8.4.2.6. Cálculo del Valor Examinación cuando corresponda

Fórmula = N° de participantes con licencia o examinados * Valor obtenciónlicencia o examinación

Componentes dela fórmula

Nº Participantes con licencia o examinados = corresponde al númerode participantes, que según los listados de participantesexaminados/as y participantes certificados/as o licenciados/as,presentados por el Ejecutor, obtuvieron la licencia o fueronexaminados/as.Valor obtención licencia o examinación = Corresponde al valor de laobtención licencia o examinación según corresponda

Procedimiento - Se identifica a los/las participantes registrados en las listas deexaminados y certificados o licenciados, presentados por elEjecutor.

- El Nº total de estos/as participantes se multiplica por el Valorobtención licencia o examinación.

- El producto de esta multiplicación es el Monto a pagar porExaminación.

Consideraciones El monto a pagar por Examinación no puede superar el montoasignado por este concepto en la propuesta seleccionada del Ejecutor.

8.4.2.7. Documentación que debe presentar el Ejecutor para Liquidación deFase Lectiva:

- Solicitud de Pago emitida por el sistema

- Factura (no aplica para los LTP de Administración Municipal y para losLTP Administrados por Corporaciones Municipales de Educación) :Debe corresponder al Valor de Capacitación Efectiva más el valor de ApoyoSociolaboral, menos los pagos de estados de avance pagados anteriormente.Esta factura debe indicar el nombre del Programa y código del curso que seestá facturando.

- Planillas de entrega de subsidios diarios y comprobantes de depósito otransferencias, en caso de haberse efectuado su pago través de cuentabancaria.

- Planillas de entrega de subsidios de cuidado infantil y comprobantes dedepósito o transferencia si aplica (en caso de corresponder).

- Informe de gestiones realizadas en el marco de Apoyo Sociolaboral, deacuerdo a lo establecido en la Guía Operativa que regula este componente,acompañando la siguiente documentación:

Boletas de Honorarios del tutor contratado para este apoyo Informe de actividades adjunta a cada boleta Registro de Asistencia Apoyo Individual Registro de Asistencia Apoyo Grupal Registro de productos (lista de chequeo donde deben marcar la

existencia de portafolio de evidencias, currículum pertinente yactualizado, libreta de contactos, visitas a ferias de empleo, inscripciónen bolsa de empleo)

Portafolio de evidencias de cada alumno con toda la documentaciónantes señalada y el impreso de pantallas donde se evidencie lainscripción en bolsa/s de empleo, y que den cuenta de la realización de,

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a lo menos, dos acciones individuales y cuatro grupales, porparticipante.

- Si corresponde el pago de Fondo de Iniciativas, las facturas de terceros queacrediten:

Facturas de compras y/o arriendo de equipos y materiales asociados alcurso para la persona con discapacidad.

Factura de mano de obra y materiales utilizados para la habilitación deespacios.

Boletas honorarios de los facilitadores especialistas (ejemplo traductorde lenguaje de señas).

- Si corresponde el pago de licencia o examinaciones: Fotocopia de las Facturas de las entidades que entregan certificación o

licencia según corresponda Listado de participantes inscritos para examinación Listado de participantes examinados Listado de participantes certificados o licenciados

8.5. Pagos por colocación de personas con discapacidad

Corresponde al pago de $ 400.000.- por persona en situación de discapacidad, paraimplementar el modelo de empleo con apoyo, distribuidos de la siguiente manera, yconsiderando las siguientes tareas:

$100.000.- por participante colocado en un trabajo formal, con un contrato detrabajo con una duración de, a lo menos, 3 meses. El plazo para gestionar lacolocación será de hasta 6 meses contados desde el término de la fase lectiva.

$ 300.000 por participante por la realización de las siguientes tareas:

Búsqueda y concientización de empresas interesadas en incorporar a personascon discapacidad

Aplicación de pauta de análisis en el puesto de trabajo. Seguimiento a la colocación, por un período de hasta 6 meses, contados desde la

fecha de término de la fase lectiva. Esta fase consiste en el apoyo técnico y social,que el ejecutor realizará a través de un Tutor con experiencia en discapacidad, concada participante que haya cumplido la asistencia mínima de 75% de la faselectiva.

El Ejecutor deberá acompañar al término de estas tareas la siguiente documentación:

- Factura (no aplica para los LTP de Administración Municipal y para losLTP Administrados por Corporaciones Municipales de Educación):Debe indicarse en ella: “Pago de colocación modelo inclusivo por…………..Participantes del curso (nombre y código del curso, en el marco delPrograma +Capaz, primer concurso línea regular 2015”.

- Informe de Acompañamiento de cada participante (según plan deseguimiento)

- Copia simple de contrato de trabajo, de la(s) (persona(s) con discapacidadesefectivamente colocadas, en caso que se haya logrado esta tarea.

- En el caso de personas que se contraten en forma independiente, deberánacreditar el pago mensual de sus cotizaciones previsionales.

El plazo para solicitar este pago será hasta concluido el periodo máximo de seguimiento(3 o 6 meses).

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8.6. Pagos de la Fase de Intermediación Laboral

Corresponde al valor total a pagar por la intermediación laboral, la cual será realizada en2 parcialidades:

Fecha solicitud de pago RequisitosLiquidaciónPrácticaLaboral

Hasta 10 días hábilesdespués de finalizada lapráctica laboral y/ovisado el formulariorespectivo.

•Documentación para pago de Práctica Laboral:

1. Solicitud de Pago emitida por el sistemainformático que el SENCE indique (estasolicitud sólo podrá ser emitida si seencuentra toda la informacióncorrespondiente en el sistemainformático que el SENCE indique).

2. Factura (no aplica para los LTP deAdministración Municipal y para los LTPAdministrados por CorporacionesMunicipales de Educación): Debecorresponder al Valor de Práctica LaboralEfectiva y debe indicar el nombre delPrograma y código del curso que se estáfacturando.

3. Planillas de entrega de subsidios diariosy comprobantes de depósito, en caso depago a través de cuenta bancaria.

4. Informe que contenga un breve resumende las actividades realizadas, principalesobstaculizadores y facilitadores de lagestión

LiquidaciónColocaciónLaboral

Luego de validado eltercer pago decotizaciones laborales yprevisionales, asociadasa la colocaciónrespectiva, medianteconsulta directa ainstituciones pertinenteso a través delprocedimiento queSENCE estimeconveniente.

•Documentación para pago de colocación:Una vez que SENCE haya validado vía sistemainformático las tres cotizaciones previsionales ylaborales de las personas colocadas, el Ejecutordeberá presentar la siguiente documentación:

1. Solicitud de pago emitida por el sistemainformático (esta solicitud sólo podrá seremitida si se encuentra toda la informacióncorrespondiente en el sistema informáticoque el SENCE indique y posterior al desfasede 3 meses luego del pago de la últimacotización previsional del/los contratos defecha más reciente).

2. Informe que contenga un breve resumen delas actividades realizadas, principalesobstaculizadores y facilitadores de lagestión.

3. Factura (no aplica para los LTP deAdministración Municipal y para los LTPAdministrados por Corporaciones Municipalesde Educación). Debe corresponder solo alvalor de colocaciones acreditadas víasistema informático por el SENCE.

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8.6.1. Pagos por concepto de Componente de Intermediación Laboral

Los montos asociados a esta fase son variables y van a depender del cumplimiento porparte del ejecutor de las prácticas laborales y colocaciones alcanzadas.

Además, el monto de la colocación también será variable y dependerá del grado devulnerabilidad del participante, y del factor cotización previsional, de esta manera segúnla vulnerabilidad y el ingreso obtenido medido por monto equivalente de sus cotizacionesprevisionales, el monto de la colocación es: (Valor colocación x Factor CotizaciónPrevisional) y se establecen 3 tramos a pagar:

Tramo1 Tramo 2 Tramo 341 a 60% devulnerabilidad

21 a 40% devulnerabilidad

20% másvulnerable

valor colocaciónsin práctica

$110.000 * factorcotización $130.000 * factor

cotización$180.000 * factorcotización

valor colocacióncon prácticapagada

$50.000 * prácticalaboral

+

($80.000* factor cotización)

$50.000 * prácticalaboral

+

($100.000* factor cotización)

$50.000 * prácticalaboral

+($150.000 * factorcotización)

El factor de cotización se calcula según la siguiente tabla:

Factor cotizaciónFactor 1 Promedio de cotización

correspondiente a una remuneraciónmensual de un ingreso mínimomensual o más.

Igual o Mayor que 0,75 y menor que 1:Factor 0,75

Promedio de cotizacióncorrespondiente a una remuneraciónmensual de menos de un ingresomínimo mensual, hasta 0,75 de dichoingreso.

Mayor que 0,5 y menor que 0,75:Factor 0,5

Promedio de cotizacióncorrespondiente a una remuneraciónmensual de menos que 0,75 y hasta0,50 de un ingreso mínimo mensual.

Menor que 0,5: no aplica incentivo. Promedio de cotización,correspondiente a una remuneraciónmenor a 0,50 de un ingreso mínimomensual.

8.6.2. Pago Liquidación Componente de Práctica Laboral

Al segundo mes de concluida la fase lectiva y al contar con la documentación requerida,el ejecutor deberá presentar un informe detallando el estado de avance en esta fase conlos respaldos que se mencionan en el presente marco regulatorio.

En esta primera parcialidad se pagará por la práctica laboral de todos/as los/lasparticipantes que la inicien dentro de los 20 días hábiles posteriores el cierre de la faselectiva.

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El ejecutor debe ingresar toda la información requerida a la plataforma informáticadispuesta para tales efectos.

La solicitud de esta liquidación se deberá presentar a más tardar 10 días hábiles despuésde finalizada la Práctica Laboral y/o visado el formulario respectivo.

Se contabilizan todos/as los/as participantes que hayan realizado práctica laboral.

8.6.2.1. Fórmula

ValorLiquidaciónPráctica Laboral

=Valor PrácticaLaboralEfectiva

+Reembolso deSubsidiosDiarios

- Pagos por Estadode Avance

8.6.2.1.1. Cálculo del Valor de Práctica Laboral Efectiva.

Fórmula = N° participantes X VPPL (Valor Participante Práctica Laboral)Componentesde la fórmula

N° participantes = Corresponde al número de participantes querealizaron la práctica laboral en el plazo y duración autorizado.VPPL = $ 50.000.-

Procedimiento - Se identifica a los/las participantes que realizaron prácticalaboral

- El total obtenido de esta suma, se multiplica por el VPPL- El producto de esta multiplicación es el monto a pagar por el

valor de práctica laboral efectiva.

8.6.2.1.2. Cálculo del Monto a reembolsar por pago de subsidios diarios

Monto areembolsar porpago de subsidiosdiarios

=

(a)Cálculo del monto areembolsar paraparticipantes sindiscapacidad

=

(b)Los pagos de estado deavance solicitados por estecomponente incluyendo lossubsidios por prácticalaboral.

(a) Cálculo del monto a reembolsar para participantes que realizan prácticalaboral

Fórmula = $ 3.000 X (Nº Días asistidos por participantes sin discapacidad.)Componentesde la fórmula

$ 3.000 = corresponde al monto diario del subsidio, que el Ejecutordebe pagar al participante sin discapacidad por día asistido a prácticalaboral.(Nº Días asistidos por los participantes sin discapacidad) = correspondea la suma de los días asistidos a la práctica laboral por los y lasparticipantes sin discapacidad, a los cuales el Ejecutor les haya pagadosubsidio.

Procedimiento - A través de la planilla de “Entrega de Subsidios Diarios”, seidentifica los/las participantes sin discapacidad a los cuales elEjecutor ha pagado el subsidio.

- Se suma el Nº de días que se ha pagado subsidio a cada uno delos/las participantes.

- Se multiplica el resultado obtenido en la sumatoria detallada enel párrafo anterior, por $ 3.000

- El producto de esta multiplicación es el monto que correspondepagar al Ejecutor por Subsidio de participantes sin discapacidad.

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8.6.2.2. Documentación que debe presentar el Ejecutor

- Solicitud de Pago emitida por el sistema

- Factura (no aplica para los LTP de Administración Municipal y para losLTP Administrados por Corporaciones Municipales de Educación): Debecorresponder al Valor de Práctica Laboral Efectiva y debe indicar el nombredel Programa (primer concurso línea regular 2015) y código del curso quese está facturando.

- Planillas de entrega de subsidios diarios y comprobantes de depósito otransferencia, en caso de pago a través de cuenta bancaria.

- Informe que contenga un breve resumen de las actividades realizadas,principales obstaculizadores y facilitadores de la gestión.

8.6.3. Pago Liquidación Componente de Intermediación Laboral

Para el cálculo de este pago se deben considerar los siguientes criterios:

Se pagará por la colocación laboral de los/las participantes egresados/as delPrograma Más Capaz.

Las colocaciones serán consideradas válidas cuando cumplan con las condicionesque establece el presente marco regulatorio.

Se verifique el pago de las 3 cotizaciones laborales y previsionales asociadas a lacolocación.

- Se podrá pagar por colocaciones “directas”, es decir, sin práctica laboralprevia.

- El pago de esta tercera parcialidad debe ser ajustado contemplando el pagodel estado de avance solicitado por este componente incluyendo lossubsidios por práctica laboral.

8.6.3.1. Cálculo del Monto a pagar

Se contabiliza a todos/as los/las participantes que fueron colocados/as, para esto, esnecesaria la declaración y pago del primer, segundo y tercer mes de obligacioneslaborales y previsionales de las personas colocadas, el que tiene un desfase de 3 meses,contados desde la última cotización, lo que se validará por SENCE mediante consultadirecta a instituciones pertinentes o a través del procedimiento que SENCE estimeconveniente.

8.6.3.2. Documentación que debe presentar el Ejecutor para solicitar el pago:

- Solicitud de pago- Informe que contenga un breve resumen de las actividades realizadas.- Factura (no aplica para los LTP de Administración Municipal y para los LTP

Administrados por Corporaciones Municipales de Educación). Debecorresponder solo al valor de colocaciones acreditadas vía sistema informático porel SENCE.

El plazo para presentar la documentación anterior, será de hasta 10 días hábiles desdeque SENCE informa al Ejecutor de la validación de las cotizaciones.

9. SUPERVISIÓN

Las respectivas Direcciones Regionales serán las encargadas de ejecutar y controlar, enel ámbito de sus competencias, el Programa Más Capaz, verificando que se realice

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correctamente conforme a los contenidos de cada uno de los planes formativosrequeridos y especificados en la selección de cursos realizada por el SENCE, comoasimismo que se entreguen correctamente y a tiempo los demás servicios(componentes) y beneficios y/o aportes que contempla el Programa.

El SENCE, podrá supervisar las veces que estime conveniente, la ejecución delPrograma en cada región en que éste se ejecute. El supervisor/a podrá visitar loslugares donde se realicen las actividades del curso, donde se entregue el servicio decuidado infantil, como asimismo los demás servicios (componentes y subcomponentes),además de controlar los procesos, debe obtener retroalimentación respecto a laejecución del curso.

Si producto de una visita de supervisión, se detectare la existencia de faltas osituaciones que no permitan la correcta ejecución del curso y/o perjudiquen a los/lasparticipantes del curso, y que no correspondan a la calidad propuesta por el ejecutor,el Supervisor podrá otorgar a éste un plazo prudencial para que subsane dichasituación, plazo que no podrá exceder de 5 días hábiles. El plazo para subsanar lasfaltas detectadas será dispuesto por el Supervisor, con el límite ya señalado,dependiendo de la complejidad que tenga el subsanar la situación detectada.

Cumplido el plazo señalado por el Supervisor, éste deberá realizar una nueva visita alcurso para verificar que la falta fue subsanada conforme a lo solicitado por el Servicio.En caso que el Ejecutor no hubiere cumplido con lo solicitado por el Supervisor, sedeberá oficiar a la Unidad de Fiscalización para que realice proceso de fiscalización yen caso de detectarse alguna irregularidad proceda según corresponda.

10. FISCALIZACIÓN, INFRACCIONES Y APLICACIÓN DE MULTAS (no aplica paralos LTP de Administración Municipal y para los LTP Administrados porCorporaciones Municipales de Educación)

El SENCE fiscalizará el cumplimiento de las diversas fases del Programa Más Capaz,con el objeto que se realice acorde con lo estipulado en las presentes bases, losconvenios que contienen las condiciones generales de ejecución, propuestaspresentadas y seleccionadas, Acuerdo/s Operativo/s, como asimismo cualquierdocumento o instrucción que regule la ejecución del Programa Más Capaz.

De esta manera, los Ejecutores deberán adoptar las medidas conducentes a permitir ellibre acceso de los fiscalizadores del Servicio a los cursos y a los distintos componentesque contemple el Programa, y permitir la aplicación de los instrumentos defiscalización sin restricciones, prestando la colaboración que se requiera en estesentido.

En el caso de detectarse irregularidades durante la ejecución del Programa Más Capaz,por parte de algún establecimiento (LTP) cuyo sostenedor sea una Municipalidad obien una Corporación Municipal de Educación, SENCE pondrá en conocimiento a éstade las irregularidades detectadas, para que la misma las subsane cuando corresponday las regularice en un plazo no mayor a 10 días hábiles, en caso contrario, pondráestos antecedentes en conocimiento de la Contraloría General de la República, paraque ésta adopte las medidas que estime pertinentes.

10.1. Facultades del SENCE para la aplicación de multas

El SENCE estará facultado para aplicar multas a los organismos ejecutores queincumplen las obligaciones que contraigan en virtud del Programa. Para efectos de laaplicación de las multas se establecen los siguientes tramos:

Tramo Uno: Multa de 31 a 50 UTM, para aquellas faltas o infracciones graves.Tramo Dos: Multa de 16 a 30 UTM, para aquellas faltas o infracciones menos gravesTramo Tres: Multa de 3 a 15 UTM, para aquellas faltas o infracciones leves.

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10.1.1. Infracciones Graves (Multa: 31 a 50 UTM)

Serán consideradas como infracciones graves:

a) La falta de infraestructura, equipos, implementos, herramientas, insumos ofrecidosen la respectiva propuesta técnica.

b) Cobrar a los/las participantes todo o parte del valor de un curso de capacitación enoficios o beneficios complementarios.

c) No pagar a los/las participantes los subsidios que dan cuenta el presente marcoregulatorio, incluido el subsidio de cuidado infantil, en caso de proceder.

d) No entregar a los/las participantes del programa Más Capaz en tiempo y forma, loscomponentes, subcomponentes y/o apoyos que contempla el programa, tales como:apoyo socio laboral, empleo con apoyo y servicio de cuidado infantil, cumpliendolos/las participantes del programa con los requisitos para acceder a éstos.

e) No tener a las personas adecuadas en calidad de cuidadores a cargo del servicio decuidado infantil, esto implica que no cumplan con los requisitos y estándaresdefinidos en la guía operativa que regula este servicio.

f) Incurrir en la alteración, pérdida o cambio del Libro de Clases y gravesirregularidades detectadas en la utilización del mismo. A saber: discrepancias entrela asistencia real de los/las participantes a las clases y lo consignado en el Libro;enmendaduras o raspaduras no salvadas e injustificadas u otras infracciones deigual naturaleza calificadas por el SENCE.

g) No cumplir con los procedimientos a realizar en el sistema informático del Programadisponible en el sitio web www.sence.cl, a saber: creación de secciones, matrícula,validación de cursos, entre otros.

h) Alterar o extraviar la documentación administrativa para el adecuado desarrollo delcurso.

i) Retrasar injustificadamente el inicio de los cursos.j) Iniciar un curso sin tener los/las facilitadores/as aprobados/as por parte de

SENCE.k) Suspender, sin causa justificada el curso por parte del Ejecutor o la entrega de los

componentes, subcomponentes y/o apoyos asociados al programa.l) Ejecutar el curso sin tener a los/las participantes debidamente inscritos en la

Compañía de Seguros, de acuerdo a los plazos definidos en el presente marcoregulatorio, como asimismo, a los/las menores que se encuentren a su cuidado yque estén recibiendo el servicio de cuidado infantil.

m)Ocultar o negarse a exhibir los libros, formularios y otros documentos justificatoriosde las acciones de capacitación, y obstaculizar y/o impedir por cualquier otro mediola acción de fiscalización del Servicio.

n) Cobrar a los/las participantes los costos asociados a la operación de una cuentabancaria generada para pagar los subsidios.

o) Incorporar al presente Programa a personas que no cumplan con los requisitosestablecidos para ser participantes/as del mismo, en aquellos casos en que sea elEjecutor el responsable de validar los requisitos de acceso al programa.

p) No disponer de los documentos de ingreso de los/las participantes al programa,como asimismo, no disponer de la documentación que acredite que tienen a sucuidado a menores de entre 2 y menores a 6 años, para efectos de acceder alsubsidio de cuidado infantil y/o servicio de cuidado infantil, según sea el caso.

q) No entregar íntegramente y a todos los/las participantes, elementos de seguridadnecesarios para ejecutar las actividades, en caso que la propuesta así lo contemple.

r) Presentar en la fase de intermediación laboral documentación relacionada a lascolocaciones falsas o adulteradas.

s) Establecer discriminaciones arbitrarias al momento de la postulación y/o matrículade los/las participantes del programa.

t) No impartir o modificar los contenidos y objetivos de los cursos señalados en larespectiva propuesta, sin autorización del SENCE.

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10.1.2. Infracciones Menos Graves (Multa: 16 a 30 UTM)

Serán consideradas como infracciones menos graves:

a) Retraso en la entrega de materiales o insumos a los/las participantes del curso.b) Utilizar equipos, herramientas e implementos, de calidad inferior a los indicados

en la Ficha Técnica del curso.c) No dar cumplimiento a las condiciones establecidas en el Acuerdo Operativo, sus

Anexos y/o Modificaciones, tales como: ejecutar la actividad de capacitación en unlugar diferente al informado al SENCE, o ejecutar la actividad de capacitación enun horario diferente al informado.

d) No cumplir con la fecha de entrega de los documentos solicitados por el SENCE enel marco del presente programa o bien la entrega de estos de manera incompleta oinsuficiente, lo que será aplicable dentro de las diferentes etapas del programa, porejemplo presentar el Formulario N°1 fuera de los plazos fijados en el presentemarco regulatorio, como asimismo, la individualización de los menores querequerirán el subsidio de cuidado infantil o servicio, según sea el caso. y noentregar dentro de los plazos establecidos o requeridos, de la documentación derespaldo y/o evidencias requeridas en el desarrollo del “Apoyo SocioLaboral” o“Apoyo al Empleo”, o bien la entrega de estos de manera incompleta o insuficiente,salvo lo dispuesto en la letra a) de las infracciones leves.

e) Retraso en el pago de los subsidios que establece el presente marco regulatorio.f) Entregar parcialmente infraestructura, equipos, implementos, herramientas o

insumos, ofrecidos en la respectiva propuesta técnica. Esto es aplicable tanto parael curso como para el cuidado infantil.

10.1.3. Infracciones Leves (Multa: 3 a 15 UTM)

Serán consideradas como infracciones leves:

a) Incorporar en los cursos a personas que no correspondan a los/las participantesinformados a SENCE.

b) Ejecutar la actividad de capacitación con un número de participantes/as superior alautorizado por el Servicio.

c) Retrasarse en la entrega de los diplomas y certificados de aprobación y/oparticipación del curso.

d) Desarrollar actividades de difusión del Programa sin la debida autorización delSENCE.

e) No respetar la norma gráfica diseñada para el Programa u otra falta a loslineamientos comunicacionales establecidos por el SENCE.

Las sanciones antes señaladas, serán determinadas y aplicadas por los DirectoresRegionales respectivos, en forma administrativa.La reclamación de las multas se hará administrativamente ante el Director Regionalque aplicó la medida, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificaciónde la resolución que la dispuso, quien decidirá en el plazo de 15 días hábiles. Loanterior, sin perjuicio de los recursos establecidos en la ley de procedimientosadministrativos. El producto de estas multas será en beneficio del SENCE.Con todo, todas aquellas conductas u omisiones imputables al ejecutor que no hayansido descritas expresamente en este título, pero que constituyan incumplimientos deobligaciones al marco regulatorio del programa, podrán ser sancionadas por el DirectorRegional respectivo, acorde con la gravedad de las mismas, en conformidad a lostramos antes aludidos.

En caso que el ejecutor no pague las multas ejecutoriadas dentro de los 10 díashábiles, SENCE se reserva la facultad de suspender los pagos hasta laacreditación del pago de la multa, cuando corresponda o de hacer efectiva lagarantía de fiel y oportuno cumplimiento en lo pertinente, debiendo el ejecutor

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otorgar nueva garantía en el evento que tenga otros cursos seleccionado en lamisma región.

Asimismo, el SENCE se abstendrá de efectuar la transferencia de todos o de alguno delos montos correspondientes a los cursos ejecutados en el marco del Programa, cuandoobserve irregularidades en la ejecución de éstos.

De igual manera, en caso de otro tipo de Ejecutor, el SENCE oficiará a los demásentes públicos fiscalizadores si en el transcurso del Programa o en el proceso defiscalización se detectaren irregularidades en el cumplimiento de las normas que seande competencia de dichas entidades.

11. RESPONSABILIDAD DEL ORGANISMO EJECUTOR

Todo lo concerniente a profesores, tutores, instructores, facilitadores, coordinadores uotras personas que actúen por cuenta del Ejecutor, en el desarrollo del Programa MásCapaz, son de su exclusiva responsabilidad y no de competencia del SENCE.

En virtud de lo anterior, serán de exclusiva responsabilidad del Ejecutor todas lasobligaciones que éste contraiga con el personal contratado para los efectos de laprestación de los servicios que contempla el Programa, de este modo, el Ejecutordeberá cumplir con todas las disposiciones legales, laborales y previsionales aplicablesa estas personas, debiendo acreditar dicho cumplimiento ante el SENCE antes desolicitar cada pago o al momento en que éste lo requiera, incluidas las cotizaciones dela Ley N°19.728, sobre Seguro Obligatorio de Cesantía.

12. NORMAS GRÁFICAS Y MATERIAL DE DIFUSIÓN

SENCE establecerá la normativa gráfica de identidad visual aplicable a todo materialde difusión y de trabajo del programa.

El servicio proveerá el diseño de material de trabajo del programa -como certificados,credenciales y libros de clases, entre otros-, y de difusión, como pendones y avisos enmedios impresos. El ejecutor deberá respetar rigurosamente dicho diseño establecidopor SENCE, el que se proveerá en formato editable para incorporar información y logosque el ejecutor deba aplicar.

En lo que respecta a otras piezas o soportes de difusión gráficos no considerados en elpárrafo anterior, el oferente seleccionado deberá seguir estrictamente la normativagráfica. En cualquier caso, previo a la producción final de dicho material, deberácontar con la aprobación de la Unidad de Comunicaciones del SENCE

Tanto las normas como las piezas básicas podrán ser encontradas por el ejecutor en elenlace que se ha dispuesto para tal efecto en el link del programa.

13. SOLUCIÓN DE CONTINUIDAD PARA LOS EJECUTORES Y CURSOSSELECCIONADOS POR EL SENCE

Los cursos que hayan resultado seleccionados en el presente concurso para el año2015, podrán mantener su calidad de “elegibles” para los años siguientes, medianteresolución fundada del Director Nacional, cuando se disponga de la asignaciónpresupuestaria respectiva, en la medida que los cursos hayan sido favorablementeevaluados por el director regional correspondiente, pudiendo considerarse al efecto losresultados de los indicadores de deserción de la fase lectiva y de colocación laboral, delos/las participantes capacitados por el respectivo organismo ejecutor y en la medidaque este último haya confirmado su disponibilidad para impartirlo nuevamente,conforme a las condiciones establecidas en la presente resolución, pasando a formar

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parte del listado de cursos a al cual podrán acceder quienes cumplan con losrequisitos para ser participantes del Programa Más Capaz.

Cada curso recibirá, una vez concluida su fase lectiva y de intermediación laboral, unpuntaje único que se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

(TOTAL DE APROBADOS AL FINAL DEL CURSO/ TOTAL INSCRITOS AL INICIO DELCURSO) * 0,4) + (TOTAL DE PERSONAS COLOCADAS / TOTAL DE PERSONASAPROBADAS) * 0,6)

Cabe hacer presente, que en la fórmula descrita anteriormente sólo se contabilizan lascolocaciones versus el total de personas aprobadas en el curso, esto es, aquellas quehayan cumplido a lo menos con el 75% de asistencia a las horas totales de la faselectiva, no contabilizándose las prácticas laborales, dado que ésta no es obligatoria derealizar para todos/as las personas aprobadas en la fase lectiva, pudiendo operar una“colocación directa”.

Los cursos recibirán una calificación de recomendación de continuidad según elpuntaje que obtengan, en relación al promedio obtenido por toso los cursos dictadosen una región:

a) nivel 1: puntaje >= 0,75. "Se recomienda altamente continuidad"b) nivel 2: puntaje >= 0,5 y < 0,75 y que supera el promedio regional. "Se

recomienda continuidad con mejoras"c) nivel 3: puntaje >= 0,25 y < 0,5 y que supera el promedio regional. "Se

recomienda continuidad con reparos"d) nivel 4: puntaje >= 0,25 y < 0,5 y que no supera el promedio regional. "No se

recomienda continuidad"e) nivel 5: puntaje < 0,25 "Se rechaza continuidad"

Si en alguna región no hubiera suficientes cursos con puntajes de nivel 1, 2 o 3 parasatisfacer la demanda proyectada para el siguiente año, se deberá completar la ofertacon cursos de nivel 4, definiendo un plan de acción específico para mejorar el índice decolocación. Adicionalmente, se gestionará la incorporación de nuevos cursos en laparrilla, sobre la base de demandas concretas con alta probabilidad de empleabilidad,identificadas desde el mundo productivo y el sector público.

De proceder la continuidad del/los ejecutor/es y cursos, se deberán firmar Anexos deConvenios de Condiciones Generales de Ejecución de Cursos, previa identificación delos cursos que continuarán en calidad de elegibles, además de entregar la caución defiel, oportuno y total cumplimiento, por el monto proporcional a los cursos y suscupos, dando cumplimiento a las condiciones que se establecen en el presenteinstrumento.

Los Ejecutores seleccionados y sus propuestas de cursos elegibles por los/lasparticipantes del Programa pasarán a desarrollar y ejecutar sus actividades en elmarco del programa, de acuerdo a la presente resolución exenta.

En el evento que se hayan aprobado los Convenios que contienen las condicionesgenerales, por parte del/la Director/a Regional que corresponda, en función de ladelegación de facultades dispuesta en el presente instrumento, y el oferente resultaseseleccionado con nuevos cursos en un proceso posterior, no será necesario suscribirnuevamente este Convenio. Sin perjuicio de lo anterior, el ejecutor deberá acompañaruna nueva garantía de fiel, oportuno y total cumplimiento que sea proporcional a losnuevos cursos seleccionados, caución que deberá quedar junto con la descripción delcurso en los nuevos anexos al Convenio y deberá cumplir con las mismas condicionesde la/s caución/es otorgada/s inicialmente.

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Cuando exista una Resolución Exenta que prorrogue la vigencia de cursos, en loscasos que corresponda, deberá procederse como indica el presente numeral.

2.- Déjese constancia que el presente actoadministrativo no irroga gasto alguno.

3.- Apruébense los siguientes Anexos los cualesforman parte integrante de las presentes instrucciones que por este acto se aprueban.

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ANEXO N° 1. DECLARACIÓN JURADA“COMPROMISO DE EJECUTOR DE CAPACITACIÓN PARA LA INTERMEDIACIÓN

LABORAL DE PARTICIPANTES DEL PROGRAMA MÁS CAPAZ”

Fecha: __________/__________/___________/

De mi consideración:

Quien suscribe, ____________________________________, en mi calidad de RepresentanteLegal del oferente/ ejecutor: ________________________, declaro y certifico que:

Nuestra institución _____________________ (nombre oferente/ejecutor), desarrollará la fasede Intermediación Laboral del Programa Más Capaz.

Lo anterior se hará efectivo en la medida que el oferente al cual represento resulteseleccionado por SENCE como ejecutor del Programa Más Capaz.

Atentamente,

(Firma y timbre de Representante Legal oferente)

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ANEXO N° 2. “FORMATO DE CARTA COMPROMISO DE MUNICIPALIDADES PARA LAINTERMEDIACIÓN LABORAL DE PARTICIPANTES DEL PROGRAMA MÁS CAPAZ”

Fecha: __________/_________/___________/

A: Sr/a: _________________________Representante legal de ____________________ (nombre oferente/ejecutor).Presente

De mi consideración:

En mi carácter de Alcalde/sa de la I. Municipalidad de__________________________ (Nombrede la municipalidad a la cual representa), declaro y certifico que:

Nuestra Municipalidad____________________ (nombre), se encuentra en conocimiento de laparticipación de _________________________ (nombre oferente/ejecutor) en el concurso delPrograma Más Capaz de SENCE, y nos comprometemos a realizar la fase de intermediaciónlaboral a través de la OMIL de la comuna, según los lineamientos que otorgue el SENCE.

Lo anterior se hará efectivo en la medida que ____________________(nombre oferente /ejecutor)_______ resulte seleccionado por SENCE como ejecutor del Programa Más Capaz.

Atentamente,(Nombre)Alcalde/saMunicipalidad de______________

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ANEXO N° 3. “DECLARACIÓN JURADA LEY N°20.393” (No aplica para los LTP dedependencia directa de los Municipios)

Quien suscribe, _______________________________, Representante Legal de “______________________________________”, Rol Único Tributario Nº____________, domiciliadoen, _________________________ comuna, ________________________, ciudad__________________, Región de ____________________, declara en forma juramentada que alorganismo al cual representa no se encuentra impedido de celebrar actos y contratos conorganismos del Estado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley N°20.393que “Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavadode Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica”.

_________________________________________NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL

_________________________________________FIRMA REPRESENTATE LEGAL

FECHA _______/_______/________/

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ANEXO N°4. DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PERSONA JURÍDICA

Ciudad,SeñoresSENCEPresente

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL PROPONENTE

CÉDULA DEIDENTIDAD

ESTADOCIVIL

PROFESIÓN U OFICIO

DOMICILIO COMERCIAL

En representación de la empresa:

RAZÓN SOCIAL RUT

Declaro bajo juramento que la empresa que represento no incurre en ninguna delas prohibiciones o inhabilidades que a continuación se señalan:

1. Haber sido condenada por prácticas antisindicales o infracción a losderechos fundamentales del trabajador, dentro de los 2 años anteriores.

2. Tratarse de una persona jurídica de la que formen parte funcionariosdirectivos del Sence, o personas que tengan la calidad de cónyuge, hijo,adoptado, o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo deafinidad, inclusive, respecto de un directivo del Sence.

__________________________________FIRMA

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ANEXO N° 5. DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE POSTULACIÓN

Ciudad,SeñoresSENCEPresente

Quien suscribe, don/ña ………………………………………., representante legal de………………………….., RUT N° ………………………….., ambos domiciliados en……………………., comuna de ………………………, ciudad de ………………………, Región de…………………………, declaro bajo juramento que acepto las condiciones establecidas enlas bases del primer concurso dirigido a los Establecimientos de Educación MediaTécnicos Profesionales cuyo administrador o sostenedor sea Privado o Público,que en adelante se denominarán LTP, en el marco del Programa Más Capaz2015, y asumo la responsabilidad por las propuestas que han sido presentadas en elpresente concurso, por los siguientes Establecimientos:

Nombre Liceo N° RBD (Registro Base de Datos)de Mineduc Domiciliado

_________________________________________NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL

_________________________________________FIRMA REPRESENTATE LEGAL Y TIMBRE

FECHA: __________/______________/__________/

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4.- Publíquese en el sitio electrónico delServicio Nacional de Capacitación y Empleo: www.sence.cl para los efectos de loseñalado en el artículo 7 de la Ley N°20.285 sobre Acceso a la Información Pública.

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

PEDRO GOIC BOROEVICDIRECTOR NACIONAL

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO

MMD/RVT/VGT/JCAD/JPA

Distribución:- Direcciones Regionales SENCE- Departamento de Capacitación a Personas- Departamento de Desarrollo y Regulación de Mercado- Departamento de Administración y Finanzas- Departamento Jurídico- Unidad de Fiscalización- Oficina de PartesBases Primer Concurso Más Capaz 2015, dirigido a los LTP.