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BASES PARA REMATE ACTIVIDAD “3ra. VERSION DE LA SEMANA DE LA NUEVA CHILENIDAD EN MAIPU” FIESTAS PATRIAS 2015 Las presentes bases, regulan el procedimiento bajo el cual se realizará la asignación de locales y espacios para la 3ra. Versión de la semana de la Nueva Chilenidad en Maipú, junto con regular el funcionamiento de estos locales, durante los días: 17, 18,19 y 20 de septiembre del año 2015. Autoriza además la instalación de los stands correspondientes a productos típicos, cocinerías, carros y puestos varios, en el sector del Estadio Municipal Santiago Bueras, ubicado en Avda. 5 de Abril n°0700, con motivo de la celebración de fiestas patrias. Las presentes bases serán de conocimiento de todos aquellos que deseen postular, por lo que al momento de asistir al remate, deberán acreditar su asistencia, instancia que servirá para certificar el que tienen conocimiento de ellas y del layout adjunto del recinto (anexo 1). Las presentes bases consideran lo siguiente: 1. La I. Municipalidad de Maipú, tendrá a su cargo la administración y por lo tanto, los ingresos por concepto de remates y permisos correspondiente a: 26 stand de cocinerías, Alcoholes y Jugos Naturales. 12 Stand de productos manufacturados y/o tipo bazar. 15 espacios en total, para carros de: Mote con huesillos Churros Cabritas- algodón Maní- dulces Habrá una Ramada de apoyo a las actividades del municipio, además de un

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BASES PARA REMATE ACTIVIDAD “3ra. VERSION DE LA SEMANA DE LA NUEVA

CHILENIDAD EN MAIPU”

FIESTAS PATRIAS 2015

Las presentes bases, regulan el procedimiento bajo el cual se realizará la asignación de locales y

espacios para la 3ra. Versión de la semana de la Nueva Chilenidad en Maipú, junto con regular

el funcionamiento de estos locales, durante los días: 17, 18,19 y 20 de septiembre del año 2015.

Autoriza además la instalación de los stands correspondientes a productos típicos,

cocinerías, carros y puestos varios, en el sector del Estadio Municipal Santiago Bueras,

ubicado en Avda. 5 de Abril n°0700, con motivo de la celebración de fiestas patrias. Las

presentes bases serán de conocimiento de todos aquellos que deseen postular, por lo que al

momento de asistir al remate, deberán acreditar su asistencia, instancia que servirá para

certificar el que tienen conocimiento de ellas y del layout adjunto del recinto (anexo 1).

Las presentes bases consideran lo siguiente:

1. La I. Municipalidad de Maipú, tendrá a su cargo la administración y por lo tanto, los

ingresos por concepto de remates y permisos correspondiente a:

26 stand de cocinerías, Alcoholes y Jugos Naturales.

12 Stand de productos manufacturados y/o tipo bazar.

15 espacios en total, para carros de:

Mote con huesillos

Churros

Cabritas- algodón

Maní- dulces

Habrá una Ramada de apoyo a las actividades del municipio, además de un

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espacio recreativo de entretención familiar gratuito, emplazado en la calzada a la

entrada del Estadio Coronel Santiago Bueras.

2. El derecho al uso de pisos para instalar stand y pipas en el interior del predio indicado,

se adjudicará en subasta pública al mejor postor, partiendo de un piso mínimo

establecido por la I. Municipalidad de Maipú, actuando como Martillero el Tesorero

Municipal. El Secretario Municipal Oficiara de ministro de fe y el Director de Control hará

las veces de veedor del remate, supervisando ambos el fiel cumplimiento del proceso.

3. Cada razón social u empresa puede optar sólo a la adjudicación de un (1) stand, ya

sea de comida rápida, bazar y carros. No se permitirá parentesco entre locatarios,

hasta el segundo grado de consanguinidad. Además no podrán participar en el remate

y servicio de atención de ningún tipo de Stand funcionarios municipales así como

tampoco parientes, hasta el tercer grado de consanguinidad y primer grado de

afinidad.

4. Queda prohibida la presencia de vendedores tipo ambulante en el sector delimitado

para realizar la actividad (interior del recinto).

El control del comercio ambulante al interior del recinto será fiscalizado por las

direcciones competentes del Municipio con el apoyo de Carabineros si fuese

necesario.

5. El remate de los puestos o stand será el día Martes 01 de Septiembre del año 2015 en el

terreno asignado para esta actividad, ubicado en la Avda. 5 de Abril n°0700. el remate

de los puestos señalados anteriormente se realizara a partir de las 11:00 Hrs.

6. Con respecto al remate se deberá considerar que: Quien se adjudique un espacio,

deberá trabajar personalmente los días que contemplen las fiestas, por lo tanto, los

derechos adquiridos sobre dicho espacio no son transferibles, quedando prohibido el sub-

arriendo del espacio adjudicado.

Asimismo la persona que se adjudique un remate deberá pagar una garantía del 20% del valor

rematado (en documento a nombre del Tesorero Municipal). Esta garantía, se perderá

automáticamente, si dentro del día de la realización del remate el adjudicado no paga la

totalidad del monto rematado y por tanto, el espacio quedará para libre disposición del

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municipio.

Cabe señalar además, que la persona que no cancele el valor rematado dentro del día, no

podrá participar nuevamente de un posterior remate de puestos y espacios.

a) Los espacios no rematados en el día indicado anteriormente, se someterán a un

nuevo remate, el cual se realizara el día Miércoles 02 de Septiembre del 2015 a

las 11:00 Hrs, en el mismo lugar del proceso anterior.

b) Los locales que expendan comidas y bebidas alcohólicas para consumo al

interior del recinto, deberán obtener los permisos correspondientes y realizar

además de los pagos propios a los valores de Remate, aquellos pagos

correspondientes a permisos y derechos municipales, todos los cuales se

encuentran estipulados en la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales Nº

5670 del 29/11/2010 en el punto 12.5.

c) Los sitios o recintos adjudicados no podrán destinarse a ventas de bebidas

alcohólicas tipo botillería (ventas para llevar). Se sancionará con la clausura del

local a quienes incurran en esta ilegalidad, con la respectiva denuncia al Juzgado

de Policía Local correspondiente.

d) Queda estrictamente prohibida la modificación estructural de cualquier local;

además no se permitirá el uso de música, parlantes, micrófonos y otros equipos

similares dentro del Stand asignado. Se sancionará con la clausura del local a

quienes incurran en esta ilegalidad, con la respectiva denuncia al Juzgado de

Policía Local correspondiente. Esta prohibición podrá ser sancionada por el

municipio como Multa Grave

e) El valor de la adjudicación, así como los derechos municipales deberán ser

pagados dentro del día en que se realice la subasta, al contado, en dinero

efectivo o mediante vale vista, a nombre del Tesorero Municipal de Maipú. Si dentro

del día no se hiciera efectivo el pago, el local quedará en las condiciones estipuladas

en la letra a) del número 6 de las presentes bases.

f) Los valores mínimos de cada local se encuentran en documento anexo a estas

Bases.

7. Las instalaciones de los stands serán de estilo criollo, utilizando para los cierres,

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madera rustica, terminación de techos en coirón o ramas, todo esto con un encarpado

completo en sector de cocinerías y bazar (asignado por el Municipio).

8. El itinerario y horario de funcionamiento será el siguiente:

15 de Septiembre Listo e Instalados los Stands.

17 de Septiembre, 17:00 Hrs. Apertura Oficial al Publico.

17, 18, 19 y 20 de Septiembre de 10:30 Hrs. a 23:30 (P.M.) horas.

Se autorizará la carga y descarga de mercaderías, diariamente, sólo entre la 07.00 y las

09.00 horas.

9. Los Inspectores Municipales fiscalizarán el fiel cumplimiento de las disposiciones aquí

expuestas, notificando las infracciones mediante denuncias al Juzgado de Policía

Local, pudiendo ejecutar, si es necesario, el desalojo de instalaciones, con el auxilio

de la fuerza pública, sin perjuicio de las acciones, derechos, que puedan ejercer los

Inspectores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente.

10. El Municipio queda liberado de toda responsabilidad, así como también no se realizará

la devolución por derechos cancelados, si por razones climáticas o de fuerza mayor

se viere afectado el funcionamiento de los stands o de las demás instalaciones

destinadas a la celebración. Así como también quedará exenta de toda

responsabilidad por los daños y perjuicios que eventualmente pudieren ocasionarse

como consecuencia del expendio y consumo de comestibles y bebidas alcohólicas.

11. Respecto de los carros de venta de churros, algodones, cabritas, maní,

completos y mote con huesillos.

a) Si el participante posee patente por este rubro, debe acreditar con certificado

de patente al día, mas resolución sanitaria. La postulación será evaluada por la

comisión organizadora de acuerdo a los requerimientos estipulados en los puntos

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precedentes.

b) Los interesados deberán presentar previo al remate, documentación en sobre

cerrado donde se detallen las características del carro (medidas, condiciones de

mantenimiento); deberán adjuntar fotografías recientes y copia de la Resolución

Sanitaria y sus datos de contacto. La recepción de estos documentos no equivale

a la adjudicación de un carro.

Lugar de entrega: Oficinas CEDEP (Alberto Llona # 1889 frente a plaza mayor)

Plazo de entrega: desde la publicación de estas bases hasta el día Jueves

27 de agosto del 2015 hasta las 12:00hrs.

c) Comisión evaluadora: la documentación recepcionada en el plazo establecido

será evaluada por el departamento del CEDEP, quienes confirmaran vía teléfono o

correo electrónico, la aprobación de los documentos y entregará el mismo día del

remate un número para participar en la adjudicación de uno de los carros.

La comisión evaluará: la buena presentación de los carros (imagen),

mantenimiento (sin corrosiones a la vista), la presentación de los productos y la

Resolución Sanitaria al día.

Por tanto, quienes no presenten los documentos en la fecha establecida y no

califiquen en el proceso de evaluación, no podrán participar del remate.

d) Quienes se adjudiquen el espacio para instalación de carros, así como también

puestos de cocinerías y bazar, deberán cancelar los derechos municipales

respectivos más el valor correspondiente al puesto rematado, en donde se les

asignará un lugar dentro del recinto. Se les prohíbe el cambio de lugar destinado

por el municipio. Los Inspectores Municipales fiscalizarán el fiel cumplimiento de las

disposiciones aquí expuestas, notificando las infracciones mediante denuncias al

Juzgado de Policía Local, pudiendo ejecutar, si es necesario, el desalojo de

instalaciones, con el auxilio de la fuerza pública, sin perjuicio de las acciones,

derechos, que puedan ejercer los Inspectores del Servicio de Salud Metropolitano

del Ambiente, Esta prohibición podrá ser sancionada por el municipio como

Multa Grave.

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12. Respecto de los stands de comida cabe señalar que:

a) Las cocinerías deben ser rápidas y de calidad (limpieza adecuada, mantención de

productos), y proveerán de anticuchos, empanadas, choripán, etc.; asimismo podrán

suministrar de acuerdo a los derechos o permisos otorgados de vinos, bebidas y

cervezas.

b) Con el fin de no generar competencia entre los locatarios adjudicados para el patio

de comidas, se destinará una especialidad para cada stand, según se detalla a

continuación, quedando prohibido la venta de alimentos que no corresponda a su

adjudicación. Esta prohibición podrá ser sancionada por el municipio como

Multa Grave.

Los 26 Stand para esta actividad se dividirán de acuerdo a lo Siguiente:

16 stand de comidas:

Estos stands consideran la venta de: anticuchos, choripán, bebidas, pan

amasado, tortillas, empanadas de horno, empanadas de queso y otras frituras,

excepto pescado frito. Se podrá considerar además, por cada locatario la venta

opcional de platos preparados, que podrán ser los siguientes:

Pernil, Arrollado, Papas cocidas, Pollos, carne, ajiaco, vegetarianos.

7 stand de líquidos:

Estos stands consideran la venta de: chicha, terremoto, bebidas, vino, cerveza

y solamente vasos de combinados.

Las personas que deseen trabajar en este rubro para el periodo de festividades,

deberán presentar una declaración jurada firmada ante notario, la cual señale que

no se encuentra afectos al artículo 4° de la Ley de alcoholes i certificado de

antecedentes. Quienes no presenten este documento el día del remate, no

podrán participar de este proceso.

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3 stand jugos naturales:

Jugos naturales, helados artesanales, frutas confitadas y bañadas.

c) El municipio proporcionará las conexiones de agua potable, así como proporcionará

el suministro eléctrico para cada stand, el cual tendrá como máximo consumo 4.000

w., y en lo que se exceda solo se podrá cubrir mediante gas licuado (cocinillas,

fogones y hornos industriales).

d) La implementación de los stands lo realizara el municipio, quien proveerá de

lavaplatos empotrado con desagüe y llave; además de todos los implementos para

mantener el aseo y la higiene del local. Queda estrictamente prohibido el arrojar

líquidos calientes fuera de los desagües. Será de responsabilidad de cada locatario

la difusión y promoción de sus productos, la cual no podrá sobrepasar los límites

establecidos para dicho stand. Esta prohibición podrá ser sancionada por el

municipio como Multa Grave.

e) Para las cocinerías se considerará una zona de patio de comida común, habilitada

con mesas y sillas. Esta contará con un mínimo de 60 mesas con cuatro sillas cada

una. Cada locatario será responsable de tener un mesón de atención, sólido con

cubierta de polietileno blanco lavable.

f) A los asignatarios de cocinerías se les realizará un curso de manipulación de

alimentos, acompañada de charla de Seguridad y Evacuación, por parte del

municipio, del cual se obtiene un certificado de manipulación de alimentos. Los

certificados son personales e intransferibles, por tanto, solo aquellas personas que

realicen este curso podrán manipular alimentos durante los días que dure la 3ra.

Versión de la semana de la Nueva Chilenidad en Maipú.

g) En cuanto a la vestimenta, esta debe ser: delantal o pechera blanca, guantes

desechables, mascarilla y malla para el cabello. Además se exige un dispensador de

jabón desinfectante. El no cumplimiento de esta exigencia sanitaria podrá ser

sancionada por el municipio como Multa Grave.

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h) Se autorizará la venta de comestibles permitidos por la SEREMI de Salud, en la

forma que éste lo indique, debiéndose cumplir además con la normativa vigente

sobre manejo de alimentos y condiciones que deben cumplir los manipuladores

de los mismos (se adjunta). Para velar que se cumplan a cabalidad dichas normas los

locatarios estarán bajo la supervisión de la Dirección de Inspección.

i) Se prohíbe la instalación particular por parte del locatario de conexiones

eléctricas, alargadores y todo lo que pueda causar cortes de energía.

j) Cada stand debe contar con su extintor de incendios, el cual debe permanecer al

interior del mismo en forma permanente.

k) Será obligatorio, una vez adjudicado cualquier tipo de stand del rubro de cocinería

(cocinerías, jugos naturales y alcohol), la entrega del nombre de fantasía de cada

uno de los puestos, para que el Municipio proceda a realizar la grafica

correspondiente. La entrega de este nombre se puede realizar el mismo día del

remate o a mas tardar en un plazo de 24 horas, directamente en tesorería

Municipal(lugar donde se debe realizar el pago) o bien al Correo electrónico:

[email protected]

13.- Respecto de los stands de productos manufacturados y de tipo bazar:

a) Se podrán vender accesorios, bisutería, marroquinería (billeteras, monederos, etc.),

souvenir típicos (tazones, lápices, etc.) Se prohíbe venta de ropa interior.

b) Se prohíbe la instalación particular por parte del locatario de conexiones

eléctricas, alargadores y todo lo que pueda causar cortes de energía.

c) El adjudicatario del stand bazar deberá estrictamente ajustarse al espacio

rematado, vale decir en un zona de 2.0 x 4.0 mts.

14.- Cabe señalar que si en el transcurso de la celebración de las presentes

festividades, un adjudicatario de un stand es infraccionado por una segunda vez por

motivos de no acatar y respetar el horario de cierre del recinto, se procederá a la

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clausura y cierre del local respectivo, no pudiendo solicitar de manera posterior, la

devolución por los derechos cancelados previamente.

15.- Cada stand debe contar con su extintor de incendios, el cual debe permanecer al

interior del mismo en forma permanente.

16.- Cada adjudicatario es responsable del cumplimiento de las leyes sanitarias, de

alcoholes y de los correspondientes a impuestos que la actividad amerita, para lo cual

deberá tener a la vista el cumplimiento de dichas normas a nombre de quien se adjudicó el

sitio o recinto.

17.- Cada adjudicatario debe cancelar los impuestos por concepto de Derechos

Municipales a la I. Municipalidad de Maipú y derechos Servicio Impuestos Internos.

18.- Toda situación no descrita en las presentes bases, será resuelta por la

Comisión Organizadora, presidida por la Sra. Directora de Administración y Finanzas(S).

19.- Quienes se adjudique un Stand o un espacio para la instalación de carros, tendrán

derecho a las credenciales confeccionadas por el Municipio, las cuales dan derecho al

pase liberado durante los días en que se realice el evento.

Con la finalidad de mantener un mínimo de personas operando dentro de los stands y

espacios asignados, el Municipio hará entrega de las credenciales de acuerdo al siguiente

número de personas autorizadas:

.- Cocinerías: 6 personas autorizadas

.- Gourmet: 3 personas autorizadas

.- Carros: 2 personas autorizadas

.- Artesanía y bazar: 2 personas autorizadas.

En las credenciales se indicara el nombre completo y cedula de identidad. Esta credencial

es personal e intransferible y debe presentarse junto con la cedula de identidad en cada

oportunidad que se ingrese al recinto.

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Servicios que no se encuentran en el proceso de remate

1.- 8 stand de artesanías y 6 stand Gourmet:

1.1.- Artesanía:

a) Deben ser fieles exponentes de productos artesanales del país (ver letra “f”

definiciones), quedando prohibido y descartado la venta de productos

manufacturados y de tipo bazar.

b) Al respecto, los interesados deberán presentar previo al proceso de selección,

documentación en sobre cerrado (ver letra “e” de los Requisitos), ya que una

Comisión evaluará este material y determinará la adjudicación de un espacio

especial para vender este tipo de productos.

c) La comisión estará integrada por los coordinadores, y encargados del

departamento de CEDEP.

d) La comisión se basará en los siguientes criterios:

d.1 Excelencia: demostrada calidad, expertiz, elevada destreza y conocimiento de la

actividad en el uso de materiales, procesos y técnica de alta calidad, con atención

especial a la habilidad y detalles de manufactura (entregar currículo).

d.2 Autenticidad: identidad, origen, expresión cultural, aplicación lograda de los

valores estéticos y culturales y de técnicas tradicionales de las artesanías en sus

disciplinas.

d.3 Innovación: desarrollo, diseño y producción, en una mezcla eficaz y fructífera de lo

tradicional y lo contemporáneo o de la inventiva y el uso creador del material, el diseño

y el proceso de producción.

e) De los Requisitos:

e.1 Curriculum con detalles de su trabajo, producción, participación en ferias y

contacto. De no ser así, éste no será sometido al proceso de evaluación. Todos los

detalles serán objeto de confidencialidad y no se darán a conocer al público.

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e.2. Fotografías donde se pueda observar la variedad de piezas y trabajos según

corresponda. Y pasos de producción.

e.3. Los interesados deberán enviar solo dos muestras de su trabajo. No se

responderá por piezas que puedan dañarse en los traslados. Asimismo los costos de

envíos y recepción de las muestras del producto artesanal serán con cargo al

postulante.

Lugar de entrega: Oficinas CEDEP (Alberto Llona # 1889 frente a plaza mayor)

Plazo de entrega: desde la publicación de estas bases hasta el día Jueves 27 de

agosto del 2015 hasta las 12:00hrs.

Definiciones de artesanía y artesano

“La artesanía utilitaria o artística inspirada por la tradición representa una forma

valiosísima de expresión cultural, un capital de confianza de uno mismo,

especialmente importante para las naciones, que toma sus raíces en las tradiciones

históricas que son renovadas por cada generación”1. Tiene un resultado

individualizado, pero no único, predominando la acción humana por sobre una

mecanizada en el cual existe una transformación de un determinado insumo o materia

prima natural, para la consecución de un bien tangible con fines utilitarios, simbólicos,

decorativos o rituales. De este modo se definen “los productos artesanales como

aquellos producidos por artesanos, ya sea totalmente a mano o con ayuda de

herramientas manuales e incluso de medios mecánicos, siempre que la contribución

manual directa del artesano siga siendo el componente más importante del producto

acabado, produciéndose sin limitación por lo que se refiere a la cantidad y utilizando

materias primas procedentes de recursos sostenibles”2. “La naturaleza especial de los

productos artesanales se basa en sus características distintivas, que pueden ser

utilitarias, estéticas, artísticas, creativas, vinculadas a la cultura, decorativas,

funcionales, tradicionales, simbólicas y significativas religiosa y socialmente”3.

Artesanos y artesanas “no conservan solo un patrimonio cultural sino que también

enriquecen y adaptan esta herencia a las necesidades contemporáneas de las

sociedades”.

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Artesana/o es la/el “Cultor/a que desarrolla la actividad artesanal, en la cual el saber

y la acción humana predominan por sobre una mecanizada. Elabora con destreza,

conocimiento, creatividad y expresión cultural, bienes útiles, simbólicos, rituales o

estéticos, con materias primas provenientes de recursos sostenibles y generalmente

representativos de un medio cultural”4.

g) Resultados: la comisión evaluadora confirmará vía teléfono o correo electrónico, la

aprobación de los documentos.

Por tanto, quienes no presenten los documentos en la fecha establecida y no

califiquen el proceso de evaluación, no podrán participar en la evaluación.

Plazo de entrega: desde la publicación de estas bases hasta el día Jueves 27 de agosto

del 2015

1.2.- Servicios Gourmet , productos ecológicos y cosmética natural:

a) Este servicio, corresponderá a la elaboración de productos manufacturados como

aceites de oliva con especies, delicatessen, jabones, cremas sales, derivados de miel,

entre otros de la línea gourmet.

El servicio Gourmet, es un tipo de tienda especializada en el que se sirven alimentos que

por sus características son especiales. Bien sea por ser exóticos, raros o de elevada

calidad en su ejecución.

b) Al respecto, los interesados deberán presentar previo al proceso de selección,

documentación en sobre cerrado (ver letra “e” de los Requisitos), ya que una

Comisión evaluará este material y determinará la adjudicación de un espacio

especial para vender este tipo de productos.

c) La comisión estará integrada por los coordinadores, y encargados del

departamento de CEDEP.

d) La comisión se basará en los siguientes criterios:

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d.1 Excelencia: calidad en los productos, expertiz y conocimiento de la actividad en el

uso de materiales, procesos y técnica de alta calidad.

e) De los Requisitos

e.1 Currículo con detalles de su trabajo, producción, participación en ferias y

contacto. De no ser así, éste no será sometido al proceso de evaluación. Todos los

detalles serán objeto de confidencialidad y no se darán a conocer al público.

e.2. Fotografías donde se pueda observar la variedad de alimentos y productos

manufacturados.

e.3. Los interesados deberán enviar solo dos muestras de su trabajo. No se

responderá por piezas que puedan dañarse en los traslados. Asimismo los costos de

envíos y recepción de las muestras del producto Gourmet, serán con cargo al

postulante.

Lugar de entrega: Oficinas CEDEP (Alberto Llona # 1889 frente a plaza mayor)

Plazo de entrega: desde la publicación de estas bases hasta el día Jueves 27 de agosto

del 2015 hasta las 12:00hrs.

.- Quienes sean seleccionados con un espacio, de gourmet o artesanía, deberán cancelar

los derechos municipales respectivos así como también cancelar el arriendo por estar

presente en esta actividad. El valor del arriendo corresponde a $ 130.000 para Gourmet y

$ 120.000 para artesanía (de una sola vez por lo que dure las actividades). Se les prohíbe

el cambio de lugar destinado por el municipio. Los Inspectores Municipales fiscalizarán el fiel

cumplimiento de las disposiciones aquí expuestas, notificando las infracciones mediante

denuncias al Juzgado de Policía Local, pudiendo ejecutar, si es necesario, el desalojo

de instalaciones, con el auxilio de la fuerza pública, sin perjuicio de las acciones, derechos,

que puedan ejercer los Inspectores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente.

.- El servicio de suministro eléctrico será proporcionado por el Municipio

.- Se prohíbe el uso de hervidores eléctricos, hornos eléctricos, hornos microondas y

calefactores eléctricos.

14.- Sobre las multas:

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El incumplimiento a lo estipulado en las presentes bases, será infraccionado de acuerdo al

siguiente cuadro:

15.- Costos correspondientes a permisos y derechos municipales.

TIPO DE PUESTO

ART. 24 act.

Comercial ALCOHOL

CARTON DE

ALCOHOLES

COCINERIAS Y

ALCOHOL

1 UTM (por

máximo 3

días) 1UTM x DIA 0,05 UTM

CARROS

0,043 UTM x

DIA

ARTESANIA

0,043 UTM x

DIA

MANUFACTURAS Y

BAZAR

0,043 UTM x

DIA

MULTA COSTO

LEVE DE 0,5 A 1 UTM

GRAVE DE 1,5 A 2,5 UTM

GRAVISIMA DE 3 A 5 UTM

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CARACTERÍSTICAS Y VALORES DE ESPACIOS A REMATAR AÑO 2015

Número

Medidas

Infraestructura M$ MINIMO REMATE M$

RUBRO frente x fondo

(aprox.)

superficie (aprox.)

1 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

2 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

3 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

4 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

5 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

6 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

7 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

8 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

9 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

10 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

11 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

12 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

13 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

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14 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

15 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

16 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Cocinería

17 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 1.800

Cocinería Alcohol

18 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 1.800

Cocinería Alcohol

19 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 1.800

Cocinería Alcohol

20 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 1.800

Cocinería Alcohol

21 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 1.800

Cocinería Alcohol

22 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 1.800

Cocinería Alcohol

23 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 1.800

Cocinería Alcohol

24 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Juegos Nat.

25 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Juegos Nat.

26 3X6 18 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 900 Juegos Nat.

27 2X4 8 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 120 Bazar

28 2X4 8 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 120 Bazar

29 2X4 8 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 120 Bazar

30 2X4 8 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 120 Bazar

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31 2X4 8 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 120 Bazar

32 2X4 8 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 120 Bazar

33 2X4 8 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 120 Bazar

34 2X4 8 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 120 Bazar

35 2X4 8 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 120 Bazar

36 2X4 8 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 120 Bazar

37 2X4 8 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 120 Bazar

38 2X4 8 m2 Piso de maicillo cubierto con 4 m2 de linoleo,

toldo de género y separador de madera 120 Bazar

39 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 60 Carros Z.

Niños

40 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 60 Carros Z.

Niños

41 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 100 Carros Mote con Huesillo

42 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 100 Carros Mote con Huesillo

43 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 100 Carros Zona

central

44 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 100 Carros Zona

central

45 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 100 Carros Zona

central

46 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 100 Carros Zona

central

47 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 100 Carros Zona

central

48 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 100 Carros Zona

central

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ROSALBA GONZALEZ MORALES.

DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS (S)

49 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 100 Carros Zona

central

50 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 100 Carros Zona

central

51 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 100 Carros Zona

central

52 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 100 Carros Zona

central

53 2X2 4 m2 Espacio para ser ocupado por un carro 100 Carros Zona

central

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MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA

INSTRUCTIVO PARA LA INSTALACIÓN DE STANDS

1.- SANEAMIENTO AMBIENTAL:

• Se deberán instalar en sitios autorizados por los municipios, en terrenos

que dispongan de Servicios Higiénicos y agua potable para los usuarios.

Queda prohibido el uso de pozos negros y similares.

• Cada fonda y stand deberá poseer agua potable en depósitos que cuenten con

llave basal, de fácil limpieza y en cantidad suficiente para el lavado de

equipos y utensilios.

• Las aguas servidas se deberán eliminar convenientemente a través del

alcantarillado público si existe o en pozos absorbentes.

• Cada fonda o stand deberá contar receptáculos plásticos o metálicos con tapa

para una adecuada disposición transitoria de basuras.

2.- DE LOS MANIPULADORES:

Los manipuladores de alimentos estarán sujetos a las siguientes disposiciones.

• No deberán presentar enfermedades cutáneas, digestivas ni respiratorias.

• Mantener un aseo personal acorde con la función, en especial de las manos,

las cuales deberán estar sin anillos ni pulseras. Las uñas deben estar cortas y sin

barniz además no podrá recibir dinero.

• Deberá utilizar uniforme de trabajo, es decir delantal y gorro o cofia de tonos

claros en perfectas condiciones de conservación y limpieza.

• Lavarse las manos prolijamente con agua y jabón, antes de manipular los

alimentos y después de:

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- Ocupar el Servicio higiénico --

Tomar recipientes con basura -

Hacer el aseo del local

- Pelar frutas y verduras

- Hacer cualquier función que eventualmente pueda contaminar las manos.

3.- DE LOS ALIMENTOS:

• Los alimentos que se utilicen en la elaboración y/o expendio deberán provenir

de fábricas autorizadas por la Autoridad Sanitaria competente. Los

propietarios o encargados demostrarán procedencia con guías, facturas o

boletas.

• Los alimentos perecibles

• deberán permanecer refrigerados.

• La manipulación de los alimentos deberá realizarse sobre superficies

sanitariamente adecuadas (lisas, sólidas, no absorbentes, no corrosivas y

fáciles de limpiar e higienizar).

• Todos los utensilios e implementos tales como platos, tenedores, vasos,

etc., deberán almacenarse en buenas condiciones de higiene y protegidos de la

polución del medio ambiente.

• Sólo se permitirá expender:

- PUESTO O STAND:

> Anticuchos, carnes asadas, sándwich de queso y salame

envasados y provenientes de fábricas autorizadas, empanadas

provenientes de fábricas autorizadas y bebidas y confites.

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- RAMADAS, FONDAS O ACTIVIDADES TEMPORALES:

> Deberá contar con una sala de elaboración especialmente

acondicionada para manipular alimentos y podrá expender:

anticuchos, choripán, asado, sándwich de queso y salame,

empanadas provenientes de fábricas autorizadas, papas cocidas,

ensaladas cocidas, ensaladas de tomate, pepino y cebolla

crudas, confites y bebidas.

• Se prohíbe el expendio de platos preparados con hortalizas crudas que crecen

bajo o a ras de suelo, como repollo, apio, achicoria, zanahoria, lechuga, etc.

• Se prohíbe el expendio de platos preparados a base de pescados y mariscos

crudos.

• Todos los alimentos deben estar cubiertos para que se resguarden de insectos,

polvo, saliva y sustancias extrañas.

• No se permite el expendio de alimentos preparados de un día para otro.

• Se prohíbe la elaboración y expendio de mayonesa y salsas caseras, como

así también platos preparados a base de ellas.

La fiscalización y control de las disposiciones anteriores, así como las pertinentes al Código

Sanitario y sus reglamentos, estarán a cargo de funcionarios de la Seremi de Salud Región

Metropolitana, quienes procederán al decomiso de los alimentos prohibidos, alterados,

contaminados o sospechosos, y se incoará el correspondiente sumario sanitario o se

procederá a la clausura inmediata del establecimiento, de acuerdo a la gravedad de la

infracción.

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ANEXO 1.