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BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA

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BASES PARA LA CONTRATACIN DEL SERVICIO DE CONSULTORA DE OBRACONSULTORA DE OBRA PARA LA ELABORACION DE ESTUDIO DEFINITIVO A NIVEL DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PROYECTO:

CONSTRUCCION PUENTE CARROZABLE ILAVE, DISTRITO DE PITUMARCA CANCHIS CUSCOJunio 2010SECCIN GENERAL

CAPTULO I

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

1.1 CONVOCATORIA

De conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, la convocatoria se efectuar a travs de su publicacin en el SEACE, oportunidad en la que deber publicarse las Bases, sin perjuicio de las invitaciones que se pueda cursar a uno (1) o ms proveedores, segn corresponda, en atencin a la oportunidad, al monto, a la complejidad, envergadura o sofisticacin de la contratacin, bajo sancin de nulidad.

1.2 BASE LEGAL

Decreto Legislativo N 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

Decreto Supremo N 184-2004-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y complementarias.

Decreto Supremo N 021-2009-EF Modificacin del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Directivas del OSCE.

Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Cdigo Civil.

Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

Ley N 28015, Ley de Promocin y Formalizacin de la Pequea y Microempresa.

Ley N 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica.

1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber acreditar estar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razn social (persona jurdica), nmero de RUC, domicilio legal, telfono.De acuerdo con lo establecido en el artculo 52 del Reglamento, la persona natural o jurdica que desee ser notificada electrnicamente, deber consignar una direccin de correo electrnico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificacin a travs del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a travs del SEACE.

1.4 FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo de dos (2) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artculos 54, 55 y 57 del Reglamento.

1.5 ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, en la sede de la Entidad y a los correos electrnicos de los participantes que as lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en los Artculos 55, 56 y 57 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.

El plazo para la absolucin no podr exceder de dos (2) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

La absolucin de consultas y observaciones que se formulen al contenido de las Bases, se considerarn como parte integrante de sta y del Contrato.

MUY IMPORTANTE: No se absolvern consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6 ELEVACIN DE OBSERVACIONES A LA ENTIDAD

De conformidad con el artculo 28 de la Ley, los observantes tienen la opcin de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al Titular de la Entidad, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE, siempre que el valor referencial del proceso sea menor a trescientas (300) Unidades Impositivas Tributarias.

Dicha opcin no slo se originar cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comit Especial, sino adems, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado contina siendo contrario a lo dispuesto por el Artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin.

Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal antes del vencimiento del plazo previsto para formular observaciones, tendr la opcin de solicitar la elevacin de las Bases, cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisin adoptada por el Comit Especial es contraria a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin.

El plazo que tiene el Titular de la Entidad para emitir y notificar el pronunciamiento a travs del SEACE ser no mayor de ocho (8) das hbiles. Este plazo es improrrogable y ser contado desde la presentacin de la solicitud de elevacin de Bases.

La competencia del Titular de la Entidad para emitir el Pronunciamiento sobre las observaciones a las Bases es indelegable.1.7 INTEGRACIN DE LAS BASES

El Comit Especial integrar las Bases como reglas definitivas del presente proceso de seleccin, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones o si stas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

Las Bases Integradas, de ser el caso, debern contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comit Especial, y/o de lo dispuesto en el Pronunciamiento emitido por el Titular de la Entidad.

Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artculos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el Artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.1.8 FORMA DE PRESENTACIN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS

Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin efectuada por traductor pblico juramentado, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisin de la presentacin del documento o su traduccin no es subsanable.

Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos, llevarn el sello y la rbrica del postor y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

1.9 ACTO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS

La presentacin de las propuestas se realizar en ACTO PRIVADO, (Mesa de Partes de la Municipalidad, de acuerdo al cronograma establecido), y deber considerarse lo siguiente:

Los participantes presentarn sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en la direccin, en el da y horario sealados en las Bases.

En el caso que la propuesta del postor no fuera admitida, el Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que publicar en el SEACE, debiendo devolverse los sobres que contienen la propuesta tcnica y econmica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.

En caso de la descalificacin de propuestas, el Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que publicar en el SEACE.1.9 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICALa propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta econmica, en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

1.10 EVALUACIN DE PROPUESTAS

La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica.

Los mximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:

Propuesta Tcnica

: 100 puntos

Propuesta Econmica

: 100 puntos

1.10.1. Evaluacin Tcnica

Se verificar que la propuesta tcnica contenga los documentos de presentacin obligatoria y cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas.

Slo a aquellas propuestas admitidas, el Comit Especial les aplicar los factores de evaluacin previstos en las Bases y asignar los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor y a la documentacin sustentatoria presentada por el postor.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

1.10.2. Evaluacin EconmicaSi la propuesta econmica excede el valor referencial o es menor al noventa por ciento (90%) del mismo, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, en aplicacin del artculo 33 de la Ley y el artculo 39 del Reglamento.

La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

Pi = Om x PMPE

Oi

Donde:

i= Propuesta

Pi= Puntaje de la propuesta econmica i

Oi= Propuesta Econmica i

Om= Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo

PMPE= Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica1.10.3. Determinacin del puntaje totalUna vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica, se proceder a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de la propuesta ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i

PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i

PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i

c1 =Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica = 0.80c2 =Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica = 0.20

1.10.4. Bonificacin en el puntaje total

A solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se ejecutar la obra objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP.

Dicha bonificacin adicional se aplicar siempre que los postores beneficiados hayan presentado la Declaracin Jurada del Anexo N 6, incluida en la seccin especfica de las presentes Bases.

1.11ACTO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinacin del puntaje total se efectuar de conformidad con lo indicado en el numeral 1.10.3 de la presente seccin.

En el supuesto que dos (02) o ms propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el Artculo 73 del Reglamento.

1.12 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento.

El consentimiento de la Buena Pro se publicar en el SEACE al da siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

CAPTULO II

SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

2.1Recurso de apelacin A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato.

El recurso de apelacin se presentar ante la Entidad que convoc el proceso de seleccin que se impugna, y ser conocido y resuelto por el Titular de la Entidad.

Con independencia del valor referencial del proceso de seleccin, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

En aplicacin de la Dcimo Tercera Disposicin Complementaria y Final de la Ley, el Tribunal ser competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de seleccin de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratacin pblica.

2.2 Plazos de interposicin del recurso de apelacinLa apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar. CAPTULO III

SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

3.1 DE LOS CONTRATOS

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deber, dentro del plazo dos (2) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgndole el plazo establecido en las Bases, el cual no podr ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) das hbiles, dentro del cual deber presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentacin requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 148 del Reglamento.

El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el postor ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento.

Segn el artculo 141 del Reglamento, para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, lo siguiente:

Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los consorciados, de ser el caso;

3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el consentimiento de la liquidacin final y se efecte el pago correspondiente.

3.4 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicacin de penalidades por retraso injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto del contrato y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento.

De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

3.7 ADELANTOS

Se podr establecer adelantos directos al contratista, los que en ningn caso excedern en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original.

La entrega de adelantos se har en la oportunidad establecida en las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en dicha oportunidad, el contratista tiene derecho a solicitar prrroga del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, siempre que sta afecte realmente el plazo indicado.

3.8PAGOS

La Entidad deber realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios prestados. Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condicin para la realizacin del servicio.

La Entidad podr realizar pagos peridicos al contratista por el valor de los servicios contratados en cumplimiento del objeto del contrato, siempre que estn fijados en las Bases y que el contratista los solicite presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la existencia de la prestacin de los servicios. Las Bases podrn especificar otras formas de acreditacin de la obligacin. Los montos entregados tendrn el carcter de pagos a cuenta.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

3.8.1 Plazos para los pagos

La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos recibidos.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.

3.9 RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDADLa Entidad es responsable frente a EL CONTRATISTA de las modificaciones que ordene y apruebe en los proyectos, estudios, informes o similares, o de aquellos cambios que se generen debido a la necesidad de la ejecucin de los mismos, sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponden a los autores de los proyectos, estudios, informes o similares.3.10 CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO Los contratistas estn obligados a cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestacin formal documentada, que hayan aportado adicionalmente, en el curso del proceso de seleccin o en la formalizacin del contrato, as como a lo dispuesto en los incisos 2) y 3) de los artculos 1774 del Cdigo Civil.

3.11 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

Queda claramente establecido que el hecho de haber recepcionado el servicio no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en el Cdigo Civil y en el artculo 50 de la Ley, que establece, entre otros, un plazo de responsabilidad no menor de un (01) ao. Las Bases debern establecer el plazo mximo de responsabilidad del contratista.3.12 DISPOSICIONES FINALES

Todos los dems aspectos relativos al presente proceso de seleccin, contratacin, conformidad, liquidacin del contrato, pago, entre otros, no contemplados en esta seccin o en las Bases se regirn por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

SECCIN ESPECFICA

CAPTULO I

GENERALIDADES1.1ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : Municipalidad Distrital de Pitumarca RUC N : 201593455731.2 DOMICILIO LEGAL

Plaza de Armas s/n - Pitumarca1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso tiene por objeto la consultora de la obra para la Elaboracin del Estudio Definitivo a nivel de Expediente Tcnico del proyecto: Construccin Puente Carrozable Ilave, Distrito de Pitumarca Canchis Cusco.1.4 VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a S/. 30,000.00 (Treinta Mil con 00/100 nuevos soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la consultora de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de Junio del 2010.

Los lmites mximos y mnimos del valor referencial total ascienden a:

90 % del Valor ReferencialValor Referencial

S/. 27,000.00Veinte Siete mil con 00/100 nuevos soles.S/. 30,000.00Treinta mil con 00/100 nuevos soles.

Las propuestas que excedan el valor referencial y aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) del mismo sern devueltas por el Comit Especial tenindolas por no presentadas.

Para el presente proceso, que se encuentra dentro del mbito de aplicacin de la Ley N27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, los postores que gozan de la exoneracin de dicha Ley, debern tener en consideracin la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.1.5 FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Por Financiamiento de la Entidad.1.6 SISTEMA DE CONTRATACIN

El presente proceso se rige por el sistema a suma alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.1.7 REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

El requerimiento est definido en el Captulo III de la presente seccin.

1.8 PLAZO DE EJECUCIN DE LA CONSULTORA DE OBRALa consultora de obra se ejecutar en el plazo de Treinta (30) das calendarios. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin.

1.9 BASE LEGAL Ley N 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2009.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.CAPTULO II

DEL PROCESO DE SELECCIN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

Convocatoria.: Registro de Participantes:Formulacin de Consultas y/uObservaciones a las Bases.: Absolucin de Consultas y Observaciones a las Bases.: Integracin de las Bases...: Presentacin de Propuestas.......: (hasta las 13:00 horas)Calificacin y Evaluacin de Propuestas.: Otorgamiento de la Buena Pro...: 2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de los participantes se realizar en Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de Pitumarca, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de Oficina.2.3 FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad, sito en Plaza de Armas s/n Pitumarca, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00 horas, debiendo estar dirigidas al Presidente del Comit Especial de la ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N 162-2009-CEP-MDE/LC, pudiendo acompaar opcionalmente un disquete conteniendo las consultas y/u observaciones.

2.4 ACTO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS

La presentacin de propuestas se realizarn en ACTO PRIVADO, debiendo consignar lo siguiente:

Los participantes presentarn sus propuestas en sobre cerrado, (mesa de partes de la Municipalidad Distrital de Pitumarca), en el da y horario sealados en las Bases, conforme a lo indicado en la seccin general de las presentes Bases.

Se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.

Las propuestas se presentarn en dos sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N162-2009-CEP-MDE/LC, conforme al siguiente detalle:SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

2.5 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

Se presentarn en un (1) original.

2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA:

El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos la siguiente documentacin:

Documentacin de presentacin obligatoria:

a. Copia simple del Certificado o constancia de Inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (en el captulo de consultor de obra).b. Declaracin Jurada de datos del postor, segn el Anexo N 01. Cuando se trate de consorcio, esta Declaracin Jurada ser presentada por cada uno de los consorciados.

c. Declaracin Jurada y/o documentacin que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente Seccin (Anexo N 02), lo que deber estar respaldado fehacientemente en la Descripcin de la Propuesta Tcnica del Postor.d. Declaracin jurada simple de acuerdo al Artculo 42 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. (Anexo N 03)

e. Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y el porcentaje de participacin. (Anexo N 04)La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumir que los integrantes del consorcio ejecutarn conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deber cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.

Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.

f. Declaracin Jurada de plazo de ejecucin del servicio. (Anexo N 05)g. Descripcin de la Propuesta Tcnica del Postor, en el que indique el personal propuesto, adjuntando su respectivo currculum vitae, de acuerdo a los Trminos de Referencia indicados en los Requerimientos Tcnicos Mnimos.La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la descalificacin de la propuesta.

Documentacin de presentacin facultativa:

a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el Registro de la Micro y Pequea Empresa REMYPE.

b) Documentos para la aplicacin de todos los factores de evaluacin: Para la acreditacin de los factores Experiencia en la actividad y Experiencia en la especialidad deber requerirse: Contratos con su respectiva conformidad por la prestacin efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente. Para la acreditacin del factor Experiencia y calificaciones del personal propuesto. Si el postor es una persona natural, la experiencia que se acredite como tal, podr acreditarla tambin como personal propuesto para el servicio, si fuera el caso.

c) Documentacin que sea necesaria para acreditar los factores de evaluacin Mejoras a las condiciones previstas en las Bases y las referidas al Objeto de la convocatoria.2.5.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA

El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria:

a) Oferta econmica en letras y nmeros, el cual deber incluir todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, el que no podr tener borradura alguna, enmendadura o correccin, caso contrario se considerar como no presentada. (Anexo N 07).

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

El monto total de la Propuesta ser en nuevos soles.2.6 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

Adicionalmente, conforme al artculo 141 del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, podr requerirse, entre otros, los siguientes documentos:

a) Copia de DNI del Representante Legal;

b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa;

c) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado;

d) Copia del RUC de la empresa;

e) Cdigo de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder.

f) Certificado de habilidad de los profesionales propuestos.

Asimismo, el postor ganador de la buena pro deber presentar una Carta Fianza para efectos de garantizar lo siguiente:

De fiel cumplimiento del contrato.

Prestaciones accesorias (de ser el caso).

2.7PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El postor ganador de la buena pro deber presentar toda la documentacin requerida para la suscripcin del contrato en el plazo de 10 das hbiles. La citada documentacin deber ser presentada en la divisin de Logstica de la Municipalidad.2.8 ADELANTOSLa Municipalidad no entregar adelantos.2.9 FORMA DE PAGO

De acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deber contar con la siguiente documentacin:

Recepcin y conformidad del rea de Supervisin de Estudios de la Municipalidad. Informe del funcionario responsable del rea usuaria emitiendo su conformidad del servicio prestado.

Factura. Valorizacin de Consultora de Obra.2.10 REAJUSTE DEL PAGOEn los contratos de consultora de obras pactados en moneda nacional, los pagos estarn sujetos a reajuste de acuerdo a la siguiente frmula monmica, tal como lo establecido en el Artculo 49 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CAPTULO III

TERMINOS DE REFERENCIA

ELABORACIN DEL ESTUDIO DEFINITIVO A NIVEL DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PROYECTO CONSTRUCCION PUENTE CARROZABLE ILAVE, DISTRITO DE PITUMARCA - CANCHIS - CUSCO

1. NOMBRE DEL PROYECTO

El proyecto se denomina: CONSTRUCCION PUENTE CARROZABLE ILAVE, DISTRITO DE PITUMARCA - CANCHIS - CUSCO2. ANTECEDENTES

La Municipalidad Distrital de Pitumarca, tiene aprobado en su programa de inversiones la elaboracin del estudio de inversin pblica a nivel de expediente tcnico definitivo del CONSTRUCCION PUENTE CARROZABLE ILAVE, DISTRITO DE PITUMARCA - CANCHIS - CUSCO

3. UBICACIN DEL PROYECTO

El proyecto a desarrollar se encuentra ubicado el Distrito de Pitumarca, Provincia de Canchis, Departamento del Cusco, de la Regin Cusco.Regin

: Cusco

Departamento: Cusco

Provincia: CanchisDistrito

: Pitumarca4. NORMATIVIDAD LEGAL

La elaboracin del Expediente Tcnico deber realizarse de acuerdo con las disposiciones legales y normas tcnicas que se indican a continuacin:

Normas Tcnicas Peruanas de Diseo de Carreteras.

Normas de Diseo de Puentes. Resolucin de Contralora N 072-98-CG que aprueba las Normas Tcnicas de Control N 600 sobre Obras Pblicas. Resolucin de Contralora N 123-00-CG.

5. INFORMACIN A ALCANZAR DE PARTE DE LA ENTIDAD

La Municipalidad Distrital de Pitumarca facilitar la siguiente informacin:

La Municipalidad Distrital de Pitumarca por intermedio de la Direccin de Obras proporcionar informacin referida a los Estudios realizados anteriormente.

6. ALCANCES DEL ESTUDIO

El alcance del estudio es la Elaboracin del Estudio Definitivo a nivel de Expediente Tcnico del proyecto: CONSTRUCCION PUENTE CARROZABLE ILAVE, DISTRITO DE PITUMARCA - CANCHIS - CUSCO.El Consultor, para la elaboracin del presente estudio a nivel de expediente tcnico definitivo, considerar el estudio de inversin pblica a nivel de Perfil Tcnico Viable.El Consultor se encargar de la elaboracin del Estudio de Diseo de Puentes, que comprende los estudios bsicos (estudios de suelos, hidrologa, topogrfico, estudio de canteras, etc.), as como los estudios de ingeniera (clculo y diseo estructural, especificaciones tcnicas, planos definitivos a nivel de detalle y ejecucin de obra, fotos, etc.). El presente estudio se realizar conforme a las Normas Peruanas de Diseo de Puentes, teniendo en consideracin las siguientes etapas:

1. DE LA INGENIERIA BASICA

Recopilacin de Informacin y reconocimiento del terreno.

Estudios topogrficos, que comprende el levantamiento topogrfico y batimtrico general de la zona de influencia del proyecto, con la ubicacin y monumentacin de los hitos de referencia en cada margen del ro. Estudios de hidrologa e hidrulica, donde se establecen las caractersticas hidrolgicas de los regmenes de mximas avenidas y extraordinarias; y determinar los factores hidrulicos del comportamiento del ro. Caracterizacin de la cuenca. Estimacin de los caudales mximos. Determinacin del perodo de retorno. Determinacin de las profundidades de socavacin. Profundidad mnima recomendable para la ubicacin de la cimentacin.

Estudios geolgicos y geotcnicos, que indique las caractersticas geolgicas de las formaciones existentes en la zona de estudio. Geodinmica Externa. Propiedades fsicas y mecnicas de los suelos y/o rocas. Caractersticas Geotcnicas. Estudio de Suelos (ensayos de campo y de laboratorio necesarios). Estudio de Canteras y Fuentes de Agua. Estudios de Impacto Ambiental, que comprende el Diagnstico ambiental y la matriz de valoracin de impactos. Mitigacin de Impactos Negativos.

Estudios de trazo y diseo vial de los accesos.

2. DE LA INGENIERIA DEL PROYECTO

Consideraciones para el Diseo. Materiales, Geometra General, Geometra de detalles. Filosofa de diseo. Cargas y Factores de Carga. Especificaciones de Materiales. Anlisis Estructural y Diseo. Mtodos de anlisis. Anlisis y diseo ssmico. Diseo de Elementos Estructurales.

Planos.

7. DEL CONSULTOR

El Consultor ser una persona natural o jurdica; con conocimientos y experiencia en Clculo y Diseo de Puentes. Debe ser de profesin Ingeniero Civil.

Para el caso de persona jurdica, deber acreditar fehacientemente al profesional propuesto, sealando su compromiso formal de aceptacin.

Teniendo en cuenta que uno de los aspectos principales del Servicio, es la realizacin de Estudios especializados para el Estudio Definitivo a Nivel de Expediente Tcnico de Obra, para la ejecucin de las obras generales, el Consultor tendr perfectamente claro, que los trabajos deben desarrollarse con la calidad mxima y de forma tal, que la Municipalidad Distrital de Pitumarca, tenga la garanta de licitar, adjudicar y/o ejecutar las obras, en forma que las variaciones o adicionales que pudieran derivarse durante la ejecucin de las mismas, no se produzcan o de producirse sean mnimas respecto a las cantidades licitadas o adjudicadas originalmente.

El Consultor se compromete a mantener durante el estudio, constante comunicacin con las reas responsables de la Municipalidad Distrital de Pitumraca, para las entregas parciales establecidas. Asimismo, deber mantener las coordinaciones necesarias con los otros profesionales en las otras especialidades.El Consultor se compromete a atender los requerimientos de la Municipalidad Distrital de Pitumarca en aspectos relacionados con la absolucin de consultas en relacin al proyecto y Expediente Tcnico durante la ejecucin de la obra.

El Consultor al final de la elaboracin del Estudio respectivo del Expediente Tcnico definitivo, presentar a la Municipalidad Distrital de Pitumarca, el contenido del expediente en un original (01) y dos copias (02) y en medio magntico.

8. DEL EXPEDIENTE TCNICO

El Expediente Tcnico es un instrumento elaborado por el Consultor, para los fines de contratacin y/o ejecucin de la obra pblica. En el Expediente Tcnico se deber definir el objeto, el costo, plazo y dems condiciones de la obra, por lo que su elaboracin deber contar con el respaldo tcnico necesario, verificando que corresponda a la naturaleza y condiciones especiales de la obra.

El Consultor suscribir todas las pginas del Expediente Tcnico, en la especialidad que le corresponda, en seal de conformidad y responsabilidad respecto a su calidad tcnica e integridad fsica.

Asimismo de haber especialistas particulares que hayan participado en la elaboracin del Expediente Tcnico, como parte del personal tcnico que figura en la propuesta del Consultor, estos debern visar los documentos (pginas, planos, memorias de clculo, grficos, cuadros, etc.); por los cuales tendrn responsabilidad especfica.

Los documentos que debe contener el Expediente Tcnico son:

Memoria Descriptiva

En general, la Memoria Descriptiva debe ser una ficha tcnica elaborada con precisin y claridad, donde se muestre una visin integral del proyecto desde todos sus aspectos.

Especificaciones Tcnicas

El consultor debe tener presente que cada partida de la obra constituye un costo parcial. Por lo tanto, la determinacin de cada uno de estos costos requiere de su correspondiente anlisis de costos; es decir, la cuantificacin tcnica de la cantidad de recursos (mano de obra, materiales, etc. ) que se requieren para ejecutar la unidad de la partida; en consecuencia NO SE ACEPTARAN ANALISIS DE COSTOS UNITARIOS ESTIMADOS, GLOBALES o sin su cuantificacin tcnica respectiva.

Deber elaborarse de conformidad con la Norma 600-02 de la Resolucin de Contralora N 072-98-CG. Se elaborar para cada partida que conforma el Presupuesto de la Obra, definiendo la naturaleza de los trabajos, procedimientos constructivos, unidad de medida y forma de pago.

Las Especificaciones Tcnicas constituyen las reglas que definen las prestaciones especficas del contrato, vale decir:

Descripcin de los trabajos.

Unidad de Medida.

Mtodos de Medicin.

Procedimiento constructivo.

Cada partida que conforma el presupuesto de la obra deber contener sus respectivas Especificaciones Tcnicas, detallando con precisin las reglas que definen la naturaleza de la presentacin. La numeracin de las especificaciones tcnicas deber corresponder exactamente con la numeracin de la partida dentro de la estructura del presupuesto.

Memoria de Clculo

Toda estructura proyectada deber contar con su memoria de clculo justificada, elaborada de acuerdo a las normas tcnicas vigentes. El dimensionamiento de las estructuras tambin se deber considerar dentro de ste rubro.

El Proyecto final y detalles constructivos debern ser presentado por unidades componentes del proyecto y debe considerarse de acuerdo con las caractersticas de las unidades los siguientes diseos:

1. Diseo del Proyecto

El Consultor elaborar la justificacin tcnica de las unidades el diseo de las infraestructuras proyectadas y otros que viera por conveniente, debiendo presentar como mnimo, los siguientes documentos y planos, si correspondiera:

Planos de ubicacin

Planos topogrficos

Planos de Planta.

Planos de cortes y elevaciones

Planos de estructuras proyectadas

Planos de detalles.

Memoria Tcnica de clculo y diseo.

Otros que el Consultor viera por conveniente.

En el plano de planta, indicar puntos resaltantes.En cuanto a los aspectos tcnicos relacionados con los procedimientos de diseo, el Consultor deber atenerse a las consideraciones y datos de la Municipalidad Distrital de Pitumarca.

2. Diseo Estructural

El diseo deber considerar criterios (alternativa seleccionada) del Estudio de Pre Inversin al Nivel de Perfil Tcnico que se adjuntar a los Trminos de Referencia.

El Consultor deber de presentar los clculos de las estructuras proyectadas.

El Consultor deber coordinar oportunamente con la Municipalidad Distrital de Pitumarca la gestin para la obtencin de los documentos de libre disponibilidad de los terrenos de las estructuras proyectadas y gestionar los documentos referentes a las dimensiones pre-establecido de las estructuras a disearse y posteriormente a construirse.

3. Recomendaciones de Operacin y Mantenimiento

El Consultor deber preparar las Recomendaciones de Operacin y de Mantenimiento que deber contener, entre otros, instrucciones de operacin en condiciones rutinarias y no rutinarias, si correspondiera.

Estudio de Impacto Ambiental

El Consultor deber evaluar el impacto ambiental que genere el proyecto dentro de su rea de influencia. De ser el caso se tomarn las medidas de mitigacin respectivas, debiendo considerarse dentro del presupuesto de la obra el costo de dichas medidas de mitigacin, si correspondiera, adems de incluir Matrices de Evaluacin de Impactos Ambientales.Est dirigido adems a los siguientes objetivos.

Evitar el deterioro del entorno como consecuencia de las obras de construccin.

Identificar, predecir y cuantificar los impactos ambientales que la obra podra ocasionar en los diversos componentes del medio ambiente, as como los que podran ser ocasionados por el medio ambiente sobre la obra.

Preparar un plan de manejo y seguimiento ambiental para evitar y/o mitigar los impactos indirectos y cuantificacin de los costos de implantaciones del plan, as como los cronogramas que ayuden a un mejor control por parte de la autoridad ambiental y preparar un plan de contingencias para afrontar posibles accidentes (sismos, accidentes de trnsito, inundaciones, derrames de combustible o contaminantes, incendios etc.), de una manera rpida y efectiva, sealando claramente quienes debern ejecutar cada paso.

Presupuesto Base de Obra

Se deber tomar en cuenta las partidas que se necesitan para la ejecucin de las obras proyectadas, as como los metrados de cada una de estas partidas y los costos unitarios de cada una de ellas. Al pie del presupuesto se debern consignar los porcentajes de gastos generales y de la utilidad. En concordancia con la Ley de Contrataciones del Estado, el presupuesto deber considerar el IGV.El presupuesto de la obra deber reflejar el seguimiento del proceso constructivo.

Listado de Materiales

Deber incluirse un listado de materiales por rubros de costo. Deber evitarse la duplicidad de insumos semejantes que tcnicamente sea posible.

El precio de los insumos deber estar sustentado con cotizaciones para cada material.

Cronograma Valorizado de Avance de Obra

Deber consignarse un programa detallado de la obra, distribuido en el tiempo de ejecucin y debidamente valorizado. De preferencia, deber usarse el Software Microsoft Project, presentando el diagrama de Barras Gantt y el Grfico Pert, con indicacin grfica de la ruta.

Cronograma de Desembolsos

Deber elaborarse un cronograma tentativo de los desembolsos proyectados para la ejecucin de la obra. En el caso de considerarse reajustes de precios, ste deber ser proyectado racionalmente.

Anlisis de Gastos Generales

Los Gastos Generales de la obra debern incluir como mnimo, los siguientes rubros: gastos directos, indirectos, financieros y de licitacin / contrato.Dentro de los Gastos Directos de la obra se deber considerar: sueldos del personal de obra, gastos por movilidad, gastos por alimentacin, gastos de apoyo logstico, gastos de control de calidad, entre otros. Estos gastos estn relacionados directamente con el tiempo de duracin de la obra.Dentro de los Gastos Indirectos de la obra se deber considerar: gastos de tiles de oficina, mobiliario y gastos logsticos en general. Estos gastos dependen directamente del plazo de ejecucin de la obra.Los gastos financieros incluyen los costos por cartas fianzas, entre otros.

Los gastos de Licitacin y del Contrato incluyen los costos generados durante el proceso de la licitacin y durante la firma del contrato, tales como copias legalizadas y gastos notariales, entre otros.

Frmula Polinmica

Para obras con un plazo de ejecucin mayor a 30 das calendario, necesariamente se deber considerar frmula de reajuste de precios.

Anlisis de Costos Unitarios

Cada partida de la obra constituye un costo parcial; la determinacin de cada uno de estos costos requiere de su correspondiente anlisis de costos, la cuantificacin tcnica de la cantidad de recursos (mano de obra, materiales, equipos, etc), que se requiere para ejecutar la unidad de partida. El anlisis de Costos Unitarios deber considerar el rendimiento ms adecuado de la zona de acuerdo a la informacin que haya recopilado el Consultor. No se aceptarn anlisis de costos unitarios estimados, globales o sin su cuantificacin tcnica respectiva.

Planilla de Metrados

Los metrados del Expediente Tcnico debern estar sustentados por cada partida, con la planilla respectiva y con los grficos y/o croquis explicativos (obligatorio) que el caso lo requiere (Norma 600-03 de la Resolucin de Contralora N 072-98-CG). La presentacin de la memoria de clculo de los metrados ser en hoja de clculo electrnica, tipo Excel. No se admitirn memorias de clculo de metrados elaborados en forma manual, debiendo ser la planilla de metrados clara, precisa y fcil de identificar.

Los metrados constituyen la expresin cuantificada de los trabajos de construccin que se han programado ejecutar en un plazo determinado. Estos determinan el costo del valor referencial, por cuanto representan el volumen de trabajo por cada partida. Una adecuada sustentacin de los metrados reduce los errores y omisiones que pudieran incurrirse en la presentacin de las partidas que conforman el presupuesto, por cuanto estos son utilizados por el postor para establecer el monto de su oferta.

Panel Fotogrfico

Se debern adjuntar al Expediente Tcnico un mnimo de 8 fotografas de los aspectos ms relevantes que el Consultor crea conveniente resaltar.

Anexos

Dentro de ellos estarn los anlisis de laboratorio de mecnica de suelos, estudio hidrolgico, informacin topogrfica, PARA EL DISEO DE ESTRUCTURAS, hojas de clculo, cotizaciones y otros que el consultor viera por conveniente. Topografa

Los levantamientos topogrficos deben considerar:

Ubicacin con escalas adecuadas.

Las curvas de nivel debern dibujarse cada 1.00 metros, como promedio, debiendo el plano dibujarse a escala 1/50 u otra que permita la mejor visualizacin de los desniveles del terreno.

Es por ello que el Consultor deber llevar a cabo un levantamiento topogrfico de detalle, fijando convenientemente dos (02) puntos de inicio (BM) indicando sus coordenadas UTM, perfectamente monumentado para cualquier verificacin, y entrega de terreno posterior para la ejecucin de la obra y determinando claramente los lmites de la propiedad.

Los planos topogrficos debern ser elaborados con coordenadas UTM

En el plano topogrfico se deber adjuntar una fotografa de la ubicacin del BM asumido para el presente proyecto. Planos

Los planos deben ser elaborados en Autocad, adjuntando al Expediente el ploteo de los mismos en papel Bond y los CD(s) respectivos. En resumen el Consultor adjuntar al Expediente Tcnico y sin carcter lindante los planos con las siguientes caractersticas:

Deber existir un plano general de toda el rea, el cual muestre todas las intervenciones y otras unidades complementarias, etc.

Se deber incluir planos topogrficos con las caractersticas reales de la zona del proyecto, en el que se resalten los puntos y/o referencias importantes para la ubicacin del proyecto.

En los planos de ubicacin y localizacin deber sealarse el norte magntico.

Deber fijarse con precisin el BM principal del proyecto, y deber indicarse la referencia de las estructuras proyectadas con respecto a este BM. El BM deber identificarse claramente en el campo y en los planos deber incluirse la informacin necesaria para que al inicio de las obras dicho punto pueda ubicarse con facilidad. Los lmites de propiedad debern estar sealados adecuadamente.

En los planos debern aparecer en forma visible las Especificaciones Tcnicas que correspondan, las normas de clculo utilizadas, un resumen de los metrados importantes y las observaciones tcnicas que sean necesarias.

En los planos de detalles, se debern presentar a escalas convenientes y precisas.

Los planos debern numerarse correlativamente indicando la totalidad de los mimos.

Los planos originales se presentarn en estuche de plstico o fibra de vidrio con su respectiva tapa de seguridad, en el que se indicarn las caractersticas del proyecto y el nombre del Consultor.

9. PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO DE CONSULTORIA

El Plazo para la Elaboracin del Estudio Definitivo a nivel de Expediente Tcnico de Obra ser de treinta (30) das calendario, contados a partir de la suscripcin del contrato.El CONSULTOR preparar y suministrar el presente servicio a nivel de Expediente Tcnico, y ser presentado a los 30 primeros das calendario de ejecucin del servicio.

Dicho Informe ser presentado a la Divisin de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Infraestructura de la Municipalidad Distrital de Pitumarca y ser recepcionada, si dicho estudio cuenta con la visacin y sello del Formulador del Proyecto y la firma de los profesionales que corresponda, y un CD (Disco Compacto) con la informacin respectiva (esto incluye textos, grficos, cuadros y planos en programas Excel, Word, Autocad, etc., segn sea el caso), caso contraro no se admitir su recepcin.

La Municipalidad Distrital de Pitumarca por intermedio de la Direccin de Obras dar su conformidad a la presentacin del primer informe, debiendo el Consultor levantar las observaciones y/o correcciones a que hubiera lugar dentro de los 10 das calendario siguientes para su revisin y aprobacin.

10. FORMA DE PAGO

Todos los pagos que la Entidad realice a favor del CONSULTOR por concepto del objeto del servicio, se realizaran despus de ejecutada la respectiva prestacin. El pago del presente servicio ser a la presentacin del Expediente Tcnico concluido previa aprobacin del estudio por la divisin de Supervisin de Estudios.

Si en caso el CONSULTOR no presentara todo lo solicitado para cada informe, la Supervisin considerar por no presentado el respectivo informe, contabilizando todo plazo de ejecucin

En caso de incumplimiento en cualquiera de las etapas de los tems antes mencionados la penalizacin sern aplicados segn clusulas del contrato.

Cabe sealar que todo Consultor deber tener en consideracin: Todo Informe deber adjuntar con su respectivo CD Magntico con la informacin solicitada (obligatoria), en caso contrario no ser recepcionada, conteniendo toda la informacin del proyecto. El Consultor emitir Factura y/o recibo por honorarios por el Costo total del servicio, segn sea el caso.

El CONSULTOR deber emitir el informe final completo y el estudio a nivel de Expediente Tcnico del Proyecto, adems de presentarlo grabado en CD (Disco Compacto), sto incluye textos, grficos, cuadros y plano en programas Excel, Word, Autocad, etc., segn sea el caso.11. SUPERVISIN, COORDINACION Y CONTROL DEL ESTUDIO

La Direccin de Obras de la Municipalidad de Pitumarca, designar a El SUPERVISOR de Proyectos, quin recibir los avances, valorizaciones, informes, consultas y solicitudes del Consultor del proyecto, El SUPERVISOR de Proyectos ser quin aprobar, archivar, absolver, coordinar e informar lo conveniente para el control, avance y terminacin del Proyecto.

Se suscribirn Actas de Coordinacin de Trabajo, como mnimo un (1) Acta, en las que se detallarn las incidencias del proceso de elaboracin del Expediente. Las Actas de Coordinacin constituyen el medio de comunicacin ordinario entre el Prestador del servicio y el Coordinador de la de la Municipalidad Distrital de Pitumarca.

El Consultor tendr 10 das calendarios para el Levantamiento de Observaciones de los Informes presentados y que El SUPERVISOR entregar dichas Observaciones mediante informe.

El estudio, deber estar debidamente respaldado por la firma de los profesionales responsables.

Levantado y absuelta todas las observaciones del Expediente Tcnico, se suscribir el Acta de Recepcin y Conformidad del servicio, dndose ste por concluido.

12. CONFIDENCIALIDAD

La informacin obtenida del Contratante y la documentacin elaborada dentro de los alcances del presente servicio no podrn ser divulgadas a terceros o usada para otros fines que no sean los del presente servicio.

NOTA:

El CONSULTOR podr coordinar con la Municipalidad si es que ve por conveniente incorporar un nuevo componente, para eso deber solicitarlo a la entidad.

CAPTULO IV

CRITERIOS DE EVALUACINPRIMERA ETAPA: EVALUACIN TCNICA (Puntaje Mximo: 100 Puntos)

Es de exclusiva responsabilidad del Comit Especial que los factores permitan la seleccin de la mejor oferta en relacin con la necesidad que se requiere satisfacer.

En caso de contratacin de servicios de consultora debern considerarse los siguientes factores de evaluacin:

A. Factor Experiencia en la actividad

Se calificar considerando el monto facturado acumulado por el postor durante un perodo determinado de hasta quince (15) aos a la fecha de presentacin de propuestas, por un monto acumulado de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la contratacin o tem materia de convocatoria. Lo que deber acreditarse con contratos con su respectiva conformidad de prestacin de servicio o comprobantes de pago cancelados, referidos a servicios en la Elaboracin de Expedientes Tcnicos.

Incluye a todas las consultoras de obras referidas al objeto contractual ejecutadas por los postores.

Mayor a S/. 30,0000.00 hasta S/. 60,000.00: 07 puntos

Mayor a S/. 60,000.00 hasta S/. 90,000.00: 08 puntos

Mayor a S/. 90,000.00 hasta S/. 120,000.00: 09 puntosMayor a S/. 120,000.00 hasta S/. 150,000.00: 10 puntos

10 puntos

15 puntos

B. Factor Experiencia en la especialidad

Se calificar considerando el monto facturado acumulado por el postor durante un perodo determinado de hasta diez (10) aos a la fecha de presentacin de propuestas, por un monto acumulado de hasta dos (3) veces el valor referencial de la contratacin o tem materia de convocatoria.

nicamente se evaluar aquellos servicios iguales o similares al objeto de la convocatoria.

Mayor a S/. 30,000.00 hasta S/. 60,000.00: 10 puntos

Mayor a S/. 60,000.00 hasta S/. 90,00.00: 15 puntos Se consideraran como trabajos iguales o similares en la Especialidad los siguientes:

Elaboracin de Expedientes Tcnicos de infraestructura vial en general.NOTA:

El servicio prestado para acreditar la experiencia en la especialidad podr servir para acreditar la experiencia en la actividad.

C. Factor Experiencia y calificaciones del personal propuesto para la prestacin del servicio Se calificar al personal propuesto, acreditado con su curriculum vitae, y copia de los certificados respectivos, de acuerdo a los siguientes criterios:Ingeniero Civil, con la siguiente experiencia:Jefe de Proyecto (Mximo 10 puntos)

Deber ser un Ingeniero Civil, Colegiado que acredite la siguiente experiencia profesional:

Igual o ms de 10 aos

:10 puntos

Igual o ms de 05 aos y menos de 10 aos:05 puntos

Menos de 05 aos

:00 puntos

Ingeniero Estructural (Mximo 10 puntos)

Deber ser un Ingeniero Civil, Colegiado que acredite la siguiente experiencia profesional:

Igual o ms de 10 aos

:10 puntos

Igual o ms de 05 aos y menos de 10 aos:05 puntos

Menos de 05 aos

:00 puntos

Ingeniero Especialista en Geotecnia (Mximo 10 puntos)

Deber ser un Ingeniero Civil Colegiado, que acredite la siguiente experiencia profesional:

Igual o ms de 10 aos

:10 puntos

Igual o ms de 05 aos y menos de 10 aos:05 puntos

Menos de 05 aos

:00 puntos

30 puntos

D. Factor Mejoras a las condiciones previstas en las Bases

Se asignar el puntaje mximo de 15 (quince) puntos al postor que presente un informe detallado y que, por comparacin, demuestre mayor conocimiento de estudios e investigaciones previas, identifique las facilidades y dificultades en el desarrollo del servicio y proponga medidas de solucin, de la siguiente manera:

1.- Demuestra conocimiento de estudios e investigaciones previas: 5 puntos

2.- Identifica las dificultades en el desarrollo del servicio y propone medidas de solucin: 5 puntos3.- Mejoras a los Trminos de Referencia 5 puntos

El conocimiento de estudios e investigaciones previas, se calificar a la presentacin del sustento escrito, acreditado con documentacin sustentatoria.

Las dificultades en el desarrollo del servicio y la propuesta de medidas de solucin, se acreditar con el sustento escrito, conteniendo con por lo menos cinco dificultades con sus respectivas medidas de solucin.

Para las mejoras a los Trminos de Referencia se considerar el sustento escrito con el aumento de la calidad del servicio con respecto a las funciones y obligaciones del Consultor ya descritas en los Trminos de Referencia.

15 puntos

E. Factor Objeto de la convocatoriaSe otorgar el puntaje mximo de 30 (treinta) al postor que presente una metodologa de trabajo que incluya los procedimientos a emplear y los sistemas de aseguramiento de calidad y de seguridad. Ser materia de evaluacin la presentacin de los siguientes documentos:Plan de trabajo Propuesto: - Servicio Ofrecido : 15 puntos

- Organizacin y recursos previstos : 15 puntos

Para el trabajo propuesto (servicio ofrecido), se calificar al postor que presente una programacin secuencial de todas las actividades, en diagrama GANTT, de acuerdo a lo indicado en los Trminos de Referencia.

Para la organizacin y recursos previstos, se calificar al postor que presente la utilizacin de recursos (personal y equipo), de acuerdo a los Trminos de Referencia. 30 puntos

PUNTAJE TOTAL100

PUNTOS

PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIN ECONMICA, EL POSTOR DEBER OBTENER UN PUNTAJE TCNICO MNIMO DE OCHENTA (80) PUNTOS.CAPTULO V

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, la contratacin del servicio de consultora de obra ..., que celebra de una parte ., en adelante LA ENTIDAD, con RUC N , con domicilio legal en , representada por , identificado con DNI N ., y de otra parte ......................................, con RUC N .., con domicilio legal en ..........................., inscrita en la Ficha N . Asiento N . del Registro de Personas Jurdicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, .........................................., con DNI N .., segn poder inscrito en la Ficha N ., Asiento N .. del Registro de Personas Jurdicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominar EL CONTRATISTA en los trminos y condiciones siguientes:

CLUSULA PRIMERA: OBJETO

Con fecha ., el Comit Especial adjudic la Buena Pro de la ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N. . para la contratacin del servicio de consultora de obra..(indicar objeto de contratacin), a (indicar nombre del ganador de la Buena Pro), cuyos detalles, importes unitarios (en caso de corresponder) y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO

.

CLUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL

El monto total del presente contrato asciende a S/ a todo costo, incluido IGV (de corresponder).

Este monto comprende el costo del servicio de consultora de obra, seguros e impuestos, as como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecucin de la prestacin materia del presente contrato.

CLUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO

LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestacin a EL CONTRATISTA en . (indicar moneda), en el plazo de (indicar el plazo en el que la Entidad efectuar el pago), luego de la recepcin formal y completa de la documentacin correspondiente, segn lo establecido en el artculo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el pago se deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das de ser estos recibido la conformidad del servicio.CLUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIN DE LA PRESTACIN

El plazo de ejecucin de la prestacin se extender desde .. hasta.(deber indicarse desde cundo se computa el plazo de ejecucin de las obligaciones a cargo del contratista y hasta cundo se extienden stas).

CLUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO

El presente contrato est conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de seleccin que establezcan obligaciones para las partes.CLUSULA STIMA: GARANTASEL CONTRATISTA entreg a la suscripcin del contrato la respectiva garanta solidaria, irrevocable, incondicional y de realizacin automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

De fiel cumplimiento del contrato: S/., a travs de la (Indicar el tipo de garanta). Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tiene una vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final.

En el caso que corresponda consignar lo siguiente:

Garanta por prestaciones accesorias: S/, de ser el caso, ., a travs de la (Indicar el tipo de garanta) con una vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.Esta(s) garanta(s) es (son) emitida(s) por una empresa bajo el mbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estn consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.

La garanta de fiel cumplimiento deber encontrarse vigente hasta el consentimiento de la liquidacin final.Alternativamente, las micro y pequeas empresas podrn optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto total del contrato original, conforme a lo establecido en el artculo 39 de la Ley. Para este caso, la retencin de dicho monto se efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo.

CLUSULA OCTAVA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACIN

LA ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artculo 164 del Reglamento.CLUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO

La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artculo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

De existir observaciones se consignarn en el acta respectiva, indicndose claramente el sentido de stas, dndose al contratista un plazo prudencial para su subsanacin, en funcin a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podr ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) das calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanacin, la Entidad podr resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no ser aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las caractersticas y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuar la recepcin, debiendo considerarse como no ejecutada la prestacin, aplicndose las penalidades que correspondan.

CLUSULA DCIMA: DECLARACIN JURADA DEL CONTRATISTA

El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sancin de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLUSULA UNDCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

La conformidad de recepcin de la prestacin por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artculo 50 de la Ley.

CLUSULA DUODCIMA: PENALIDADES

En caso de retraso injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicar al CONTRATISTA una penalidad por cada da de atraso, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse, en concordancia con el artculo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Esta penalidad ser deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidacin final; o, si fuera necesario, se cobrar del monto resultante de la ejecucin de las garantas de fiel cumplimiento.

La penalidad se aplicar automticamente y se calcular de acuerdo con la siguiente frmula:

Penalidad Diaria =0.10 x Monto

F x Plazo en das

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) das o;

F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) das.

Tanto el monto como el plazo se refieren, segn corresponda, al contrato o tem que debi ejecutarse o, en caso que stos involucrarn obligaciones de ejecucin peridica, a la prestacin parcial que fuera materia de retraso.

Cuando se llegue a cubrir el monto mximo de la penalidad, LA ENTIDAD podr resolver el contrato por incumplimiento.

CLUSULA DCIMO TERCERA: RESOLUCIN DEL CONTRATO

Cualquiera de las partes podr resolver el contrato, de conformidad con los artculos 40, inciso c), y 44 de la Ley, y los artculos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD proceder de acuerdo a lo establecido en el artculo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLUSULA DCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

Sin perjuicio de la indemnizacin por dao ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las dems obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.

EL CONTRATISTA planear y ser responsable por los mtodos de trabajo y la eficiencia de los equipos empleados en la ejecucin de su prestacin, los que debern asegurar un ritmo apropiado y calidad satisfactoria.

CLUSULA DCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO

En lo no previsto en este contrato, en la Ley y su Reglamento, sern de aplicacin las disposiciones pertinentes del Cdigo Civil vigente y dems normas concordantes.

CLUSULA DCIMO SEXTA: RECEPCIN Y CONFORMIDAD

La recepcin y conformidad del servicio se sujetar a lo establecido en el artculo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLUSULA DCIMO STIMA: LIQUIDACIN Del contrato de consultora de obraLa liquidacin del contrato de consultora de obra se sujetar a lo establecido en el artculo 179 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.CLUSULA DCIMO OCTAVA: RESOLUCIN DEL CONTRATO POR CAUSAS ATRIBUIBLES AL CONTRATISTA

En caso de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de alguna de sus obligaciones, que haya sido previamente observada por LA ENTIDAD, y que no haya sido materia de subsanacin, esta ltima podr resolver el presente Contrato, en forma total o parcial, mediante remisin por la va notarial del documento en el que se manifieste esta decisin y el motivo que la justifica, de conformidad con el procedimiento y formalidades previstos en el artculo 40 de la Ley de Contrataciones del Estado.

En este supuesto, se ejecutarn las garantas que EL CONTRATISTA hubiera otorgado de conformidad con el artculo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de la indemnizacin por daos y perjuicios ocasionados.CLUSULA DCIMO NOVENA: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES

Sin perjuicio de la indemnizacin por dao ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias que pudieran aplicarse a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las dems obligaciones pactadas, ni lo eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar.

CLUSULA VIGSIMA: SOLUCIN DE CONTROVERSIAS

Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecucin contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artculos 144, 170, 175, 177 y 179 del Reglamento o, en su defecto, en el artculo 52 de la Ley.

Facultativamente, cualquiera de las partes podr someter a conciliacin la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, segn lo sealado en el artculo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

CLUSULA VIGSIMO PRIMERA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PBLICA

Cualquiera de las partes podr elevar el presente contrato a Escritura Pblica corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLUSULA VIGSIMO SEGUNDA: VERACIDAD DE DOMICILIOS

Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.

De acuerdo con las Bases, las propuestas tcnico y econmica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en seal de conformidad en la ciudad de . al

LA ENTIDAD EL CONTRATISTA

FORMATOS Y ANEXOSANEXO N 01

DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Seores

COMIT ESPECIAL

ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N .

Presente.-

Estimados seores:

El que se suscribe, . (postor y/o Representante Legal de ..................), identificado con DNI N ................., RUC N ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha N ............ Asiento N ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente informacin de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razn Social

Domicilio Legal

RUCTelfonoFax

Autorizacin Municipal

MunicipalidadN de Licencia de FuncionamientoFecha

Ciudad y fecha, .

..........................................................

Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razn social del postor

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados.

ANEXO N 02

DECLARACIN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS Requerimientos Tcnicos Mnimos DEL SERVICIO de consultora de obraSeores

COMIT ESPECIAL

ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N

Presente.-

Estimados Seores:

En calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por la Entidad (Indicar nombre de la Entidad convocante) y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece prestar el servicio de consultora de obra (Describir el objeto de la convocatoria), de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Requerimientos Tcnicos Mnimos y dems condiciones que se indican en el Captulo III de la seccin especfica de las Bases.

Ciudad y fecha, .

..........................................................

Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razn social del postor

ANEXO N 03

DECLARACIN JURADA

(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

Seores

COMIT ESPECIAL

ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N ..

Presente.-

De nuestra consideracin:

El que suscribe. (postor y/o Representante Legal de .), identificado con DNI N ................ y RUC N ., domiciliado en ..........................................; que se presenta como postor del ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N .., para la CONSULTORA DE LA OBRA . , declaro bajo juramento:

1.-No tengo impedimento para participar en el proceso de seleccin ni para contratar con el Estado, conforme al artculo 10 de la Ley.

2.-Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de seleccin.

3.-Soy responsable de la veracidad de los documentos e informacin que presento para efectos del presente proceso de seleccin.

4.-Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de seleccin y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.-Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, as como en la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Ciudad y fecha, .

..........................................................

Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razn social del postor

ANEXO N 04

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO

(Slo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Seores

COMIT ESPECIAL

ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N .

Presente.-

De nuestra consideracin,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de seleccin, para presentar una propuesta conjunta en la ADJUDICACION DE MENOR CUANTA N .., responsabilizndonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artculo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. ..................................................................................., identificado con D.N.I. N.. como representante legal comn del Consorcio, para efectos de participar en todas las etapas del proceso de seleccin y formalizar la contratacin correspondiente. Adicionalmente, fijamos nuestro domicilio legal comn en.........................................

OBLIGACIONES DE ..:

% Participacin

OBLIGACIONES DE :

% Participacin

Ciudad y fecha,

.. ...

Nombre, firma, sello y DNI del

Nombre, firma, sello y DNI del

Representante Legal empresa 1

Representante Legal empresa 2

ANEXO N 05

DECLARACIN JURADA DE PLAZO DE EJECUCIN DE LA CONSULTORA DE OBRA

Seores

COMIT ESPECIAL

ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N

Presente.-

Estimados Seores:

El que suscribe, ........................................, identificado con DNI N ............................., Representante Legal de ..............................., con RUC. N ............................, declaro que mi representada se compromete a realizar la consultora de la Obra (incluir denominacin), materia de .(incluir denominacin del proceso):

PLAZO OFERTADO:(Indicar plazo fijado) DAS CALENDARIO.

Ciudad y fecha, ..

..........................................................

Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razn social del postor

ANEXO N 06SOLICITUD DE BONIFICACIN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS

PRESTADOS FUERA DE LIMA Y CALLAO

Seores

COMIT ESPECIAL

ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N ..

Presente.-

Mediante la presente solicito la asignacin de la bonificacin del 10% sobre el puntaje de mi propuesta tcnica y econmica, en los trminos prescritos por el numeral 6 del artculo 71 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, debido a que mi representada, se encuentra domiciliada en .. (Consignar domicilio del postor), la que est ubicada en la provincia (Consignar provincia o provincia colindante al lugar en el que se prestar el servicio de consultora de obra, la que podr pertenecer o no al mismo departamento o regin).

Ciudad y fecha, ..

..........................................................

Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razn social del postor

ANEXO N 07CARTA DE PROPUESTA ECONMICA

(MODELO)Seores

COMIT ESPECIAL

ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N

Presente.-Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con el monto referencial del presente proceso de seleccin y los Requerimientos Tcnicos Mnimos, mi propuesta econmica es la siguiente:

CONCEPTOCOSTO TOTAL

(Consignar moneda)

TOTAL

La propuesta econmica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio de consultora de obra a contratar.

Fecha ..

-----------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor

/ Razn Social de la empresa

Seores

NOMBRE DE LA ENTIDAD

DIRECCIN

Att.: Comit Especial

Adjudicacin de menor cuanta N 162-2009-CEP-MDE/LC

Objeto del proceso: Contratacin de Servicio de Consultora de Obras para la elaboracin del Estudio Definitivo a nivel de Expediente Tcnico del Proyecto:Construccion Puente Carrozable Ilave

SOBRE N 02: PROPUESTA ECONMICA

NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

Seores

NOMBRE DE LA ENTIDAD

DIRECCIN

Att.: Comit Especial

Adjudicacin de menor cuanta N 162-2009-CEP-MDE/LC

Objeto del proceso: Contratacin de Servicio de Consultora de Obras para la elaboracin del Estudio Definitivo a nivel de Expediente Tcnico del Proyecto:Construccion Puente Carrozable Ilave

SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA

NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

N DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR

La omisin del ndice no descalifica la propuesta ya que su no presentacin no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.