Bases Legales Iberiacities

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BASES DEL CONCURSO: Iberia Cities

1.- Compañía organizadora

Las sociedad IBERIA LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA OPERADORA, SOCIEDAD UNIPERSONAL (en adelante “IBERIA”), con NIF. número A-85850394 y con domicilio social en calle Velázquez, 130 - 28006 Madrid tiene previsto realizar un concurso que se desarrollará de conformidad con lo establecido en las presentes bases. El concurso se denominará “Iberia Cities”.

2.- Duración

La fecha de comienzo del concurso será el día 21/03/2012 y la fecha de finalización del mismo será el 29/03/12 a las 12:00 hrs. (hora peninsular española).

3.- Finalidad

El concurso tiene como finalidad premiar con 120.000 Avios (puntos de la tarjeta Iberia plus) al participante que mayor número de destinos de Iberia pueda incluir en un tweet (mensaje en la red social Twitter)

4.- Requisitos para participar

Podrán participar en el concurso todas aquellas personas físicas, mayores de edad, que sean seguidores de la cuenta oficial de Iberia en Twitter http://www.twitter.com/iberia Esto deberá acreditarse a la hora de recoger el premio bajo documento de identidad en regla.

5.- Mecánica del concurso

El concurso está alojado en la página web www.iberiacities.com. Para participar en él se han de seguir las siguientes instrucciones:

- Una vez que el usuario entre en la aplicación del concurso, se mostrarán una serie de casillas en las que cada participante podrá introducir el nombre de las ciudades a las que vuela Iberia y formar un tweet.

- Los tweets de cada usuario quedarán registrados en la aplicación e incluirá el hashtag #iberiacities y el link a la aplicación.

- El usuario que consiga formar el tweet con el mayor número de ciudades a las que vuele Iberia será el ganador.

- Las palabras, deberán contener el nombre de las ciudades escrito correctamente, sin faltas de ortografía y con todas las letras. No valdría por ejemplo, Romalicante.

- Solo serán válidos los nombres actuales de las ciudades y deberán escribirse en castellano.

- Ejemplo: parísromamadridbuenosaireslima #iberiacities

- Como nombres de ciudades servirán todos los destinos a los que vuele Iberia así como los destinos a los que vuele en código compartido con otras compañías aéreas. Esta información, podrá ser consultada en www.iberia.com.

- En caso de empate, se hará un sorteo entre todos los usuarios que hayan escrito en su tweet el mayor número de ciudades/destino a las que vuele Iberia.

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Cualquier tweet que, a pesar de que incluya el hashtag necesario y el nombre de las ciudades que cumplan los requisitos del presente concurso, contenga comentarios de mal gusto, que vayan en contra de un particular, de la propia empresa, sean políticos, religiosos, con contenido racista, xenófobo, sexista o cualquier tipo de contenido que IBERIA no considere adecuado para su publicación podrá ser descalificado.

6.- Descripción del premio

- El premio serán 120.000 Avios a disfrutar en el periodo de 12 meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la anotación de los puntos al ganador.

- Para poder participar en el presente concurso es necesario que el participante sea seguidor de la cuenta oficial de Iberia en Twitter http://www.twitter.com/iberia

- El premio, en ningún caso, podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición del ganador.

- Los 120.000 Avios del premio no podrán ser traspasados o regalados ni canjeados por su equivalente en dinero, y se anotarán en la cuenta del ganador una vez realizados los sorteos. En caso de que el ganador no sea titular Iberia Plus, los Avios serán abonados una vez éste se registre como titular del programa iberia plus y posea una tarjeta válida Iberia Plus. El ganador de un premio que no sea titular de la tarjeta Iberia Plus dispone de de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la adjudicación del premio, para registrarse en el programa de Iberia Plus y comunicárselo a Iberia. En caso contrario, se entenderá que desiste y renuncia al premio obtenido.

- Los ganadores deberán proporcionarnos sus datos para que puedan ser cargados los Avios (nombre, apellidos, NIF, nº de tarjeta Iberia Plus, e-mail, dirección).

- La utilización de los Avios del premio estará sometida a las especificaciones descritas en las Condiciones Generales del Programa Iberia Plus.

7.- Selección del ganador

El usuario que consiga formar el tweet con el mayor número de ciudades a las que vuele Iberia, ya sea directamente o en código compartido con otras compañías aéreas, será el ganador.

En caso de empate, se realizará un sorteo entre todos los participantes que hayan escrito en un tweet el mismo número de ciudades. El sorteo se realizará a través del site, de selección anónima y automática, alojado en la página web www.random.org desde donde los participantes podrán comprobar los resultados. El sorteo determinará quién es el ganador así como 5 suplentes para el supuesto que el ganador no pudiera, quisiera aceptar el premio o fuese imposible su localización. Iberia facilitará a través de sus redes sociales este enlace.

8.- Comunicación al ganador

El premio será comunicado en el plazo máximo de un mes desde la fecha de finalización del presente concurso a través de un tweet/email al ganador. Por tanto, recomendamos que para participar se utilice una cuenta de Twitter/email activa y que el usuario consulte con frecuencia.

En el caso de que por cualquier circunstancia, el premiado no pudiese o quisiese aceptar el premio en el plazo de 5 días naturales desde el momento de la comunicación, renunciasen al mismo o fuese imposible su localización transcurridos 5 días naturales desde la designación del ganador, el premio se declarará desierto.

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En el supuesto de que el premio se haya adjudicado por sorteo, a través de la página web www.ramdom.org, al existir varios usuarios que hayan escrito en su tweet el mismo número de ciudades, y el premiado no quisiera o renunciase el premio o fuese imposible su localización transcurridos 5 días naturales desde la celebración del sorteo, el premio se asignará al primer suplente y en el supuesto de que éste tampoco pudiera, quisiera o fuese imposible su localización el premio se adjudicará al segundo suplente así hasta el quinto suplente. En el caso de que el ganador y los 5 suplentes no aceptasen o renunciasen al premio, este se declarará desierto.

9.- FISCALIDAD DEL PREMIO:

A los premios de la presente promoción, les será aplicada la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; el Real Decreto nº 439/2007, por el que se aprueba su Reglamento; el Real Decreto 1029/2007, de 20 de julio y el Real Decreto 41/2010, de 15 de enero, por el que se modifica el Estatuto de la Entidad Pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado aprobado por el Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre el Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado; Real Decreto 305/1966, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes, por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil IBERIA la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente. Las demás repercusiones fiscales que para los agraciados tenga la concesión del premio serán por cuenta de los mismos.

10.- Exención de responsabilidad por mal funcionamiento de la red

La empresa organizadora no se hace responsable del mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo del concurso por causas ajenas a la empresa y especialmente por actos externos de mala fe.

Tampoco será responsable la empresa organizadora por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.

11.- Propiedad intelectual

Los participantes ceden expresamente a Iberia la totalidad de los derechos que pudieran derivarse por la grabación, exhibición, reproducción, distribución, comunicación pública o puesta a disposición de cualquier imagen, mobiliario, obra u objeto derivados de la reproducción del tweet ganador, renunciando al cobro de cualquier cantidad que pudiera devengarse por dichos conceptos.

A la aceptación del premio, el ganador otorgará su consentimiento a Iberia para la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de Iberia de su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, promoción publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos siempre que estos se relacionen con el presente Concurso, sin reembolso de ningún tipo para el participante y sin necesidad de pagar ninguna tarifa.

12. POLÍTICA DE PRIVACIDAD

Los datos recogidos de los usuarios participantes formarán parte de un fichero automatizado de datos, propiedad de IBERIA, la cual se compromete a cumplir con todos los requisitos estipulados en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal.

13.- Aceptación de bases y comportamiento en el juego

La participación en el concurso supone la aceptación en su totalidad de las presentes bases.

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Está prohibido denunciar por competencia desleal, comentarios o fotos de otros usuarios. Este hecho podrá ser motivo de descalificación inmediata de los participantes e incluso anulación del concurso.

Cualquier pregunta, comentario o queja en relación con la promoción deberá remitirse a IBERIA.

14. LEGISLACIÓN APLICABLE.

Esta promoción se rige por las leyes españolas. Cualquier diferencia o controversia que surgiere en relación con la misma, se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.