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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTOBAL DE HUAMANGALICITACIN PBLICA N 001-2015-UNSCH-CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE OBRA : "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIN UNIVERSITARIA EN LA FACULTAD DE OBSTETRICIADE LA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTBAL DE HUAMANGA, DISTRITO DE AYACUCHO, PROVINCIADE HUAMANGA - REGIN AYACUCHO"

BASES INTEGRADAS DE LICITACIN PBLICA PARA LA CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE OBRAS

Aprobada mediante Directiva N 018-2012-OSCE/CD

SUB DIRECCIN DE NORMATIVIDAD DIRECCIN TCNICO NORMATIVAORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE

SIMBOLOGA UTILIZADA:

NSmboloDescripcin

1[ABC] / [.]La informacin solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser completada por la Entidad durante la elaboracin de las Bases.

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[ABC] / [.]Es una indicacin, o informacin que deber ser completada por la Entidad conposterioridad al otorgamiento de la Buena Pro para el caso especfico de laelaboracin de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS y en la rotulacin de los sobres de la Propuesta Tcnica y Econmica.

3IMPORTANTE:AbcSe refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el Comit Especial o por los proveedores. Se debe registrar en color azul.

CARACTERSTICAS DEL DOCUMENTO:

Las Bases Estndar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes caractersticas:

NCaractersticasParmetros

1MrgenesSuperior : 2.5 cmInferior: 2.5 cmIzquierda: 2.5 cmDerecha: 2.5 cm

2FuenteArial

3Estilo de FuenteNormal: Para el contenido en generalCursiva: Para el encabezado y pie de pginaPara las Consideraciones importantes (tem 3 del cuadro anterior)

4Color de FuenteAutomtico: Para el contenido en generalAzul: Para las Consideraciones importantes (tem 3 del cuadro anterior)

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Tamao de Letra16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Especfica11 : Para el nombre de los Captulos.10 : Para el cuerpo del documento en general9 : Para el encabezado y pie de pginaPara el contenido de los cuadros, pudiendo variar, segn la necesidad8 : Para las Notas al pie

6AlineacinJustificada: Para el contenido en general y notas al pie.Centrada : Para la primera pgina, los ttulos de las Secciones y nombres de los Captulos.

7InterlineadoSencillo

8EspaciadoAnterior : 0Posterior : 0

9SubrayadoPara los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapi en algn concepto

INSTRUCCIONES DE USO:

1. Una vez registrada la informacin solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deber quedar en letra tamao 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.

2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Seccin General. En el caso de la SeccinEspecfica debe seguirse la instruccin que se indica en dicha nota.

Elaborado en enero 2015

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTOBAL DE HUAMANGALICITACIN PBLICA N 001-2015-UNSCH-CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE OBRA: "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIN UNIVERSITARIA EN LA FACULTAD DE OBSTETRICIADE LA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTBAL DE HUAMANGA, DISTRITO DE AYACUCHO, PROVINCIADE HUAMANGA - REGIN AYACUCHO"

BASES INTEGRADAS DE LICITACIN PBLICA PARA LA CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE OBRAS1

LICITACIN PBLICA N 001-2015-UNSCHBASES INTEGRADAS..

CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE LA OBRA:

MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACION UNIVERSITARIA EN LA FACULTAD DE OBSTETRICIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA, DISTRITO DE AYACUCHO, PROVINCIA DE HUAMANGA REGION AYACUCHO

VALOR REFERENCIAL

S/. 9413,831.61

1Estas Bases se utilizarn para la contratacin de la ejecucin de obras. Para tal efecto, se deber tener en cuenta la siguiente definicin:

Obra: Construccin, reconstruccin, remodelacin, demolicin, renovacin y habilitacin de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren direccin tcnica, expediente tcnico, mano de obra, materiales y/o equipos.

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SECCIN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

(ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)

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CAPTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

1.1. BASE LEGAL

- Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.- Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones delEstado, en adelante el Reglamento.- Directivas del OSCE.- Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.- Cdigo Civil.-Ley N 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CALIFICACIN PREVIA

En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 39 del Reglamento, cuando el valor referencial de la contratacin de la ejecucin de una obra sea igual o superior a veinticinco mil Unidades Impositivas Tributarias (25,000 UIT), en la seccin especfica de las Bases deber preverse el requisito de calificacin previa.

1.3. CONVOCATORIA

Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

1.4. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por lasEntidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con

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inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.

1.5. FORMULACIN DE CONSULTAS A LAS BASES

Las consultas a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de cinco (5) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artculo 55 del Reglamento.

1.6. ABSOLUCIN DE CONSULTAS A LAS BASES

La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artculo 54 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.

El plazo para la absolucin no podr exceder de cinco (5) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas.

IMPORTANTE:

No se absolvern consultas a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.7. FORMULACIN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

Las observaciones a las Bases sern presentadas dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haber finalizado el trmino para la absolucin de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artculo 57 del Reglamento.

1.8. ABSOLUCIN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

El Comit Especial notificar la absolucin de las observaciones a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artculo 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.

El plazo para la absolucin no podr exceder de los cinco (5) das hbiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.

El Comit Especial debe incluir en el pliego de absolucin de observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolvern observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.9. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE.

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Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones.

La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE

1.10.INTEGRACIN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin.

Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

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1.11.FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN

Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o sin valor oficial efectuada por traductor pblico juramentado o traduccin certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos.

Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

IMPORTANTE:

Las Entidades someten a fiscalizacin posterior conforme a lo previsto en el artculo32 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, ladocumentacin, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de laBuena Pro.

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1.12.PRESENTACIN DE PROPUESTAS

La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso.

El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representante legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.11, y este exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres,

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los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas.

Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen.

De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

1.13.CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA

La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecucin de la obra a ser contratada; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

IMPORTANTE:

Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.2

1.14.EVALUACIN DE PROPUESTAS

La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica.Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Tcnica: 100 puntosPropuesta Econmica: 100 puntos

1.14.1. EVALUACIN TCNICA

Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas.

Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial

2Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems a los que se present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del Reglamento, correspondera devolver las propuestas econmicas sin abrir, lo que no resultara posible si la totalidad de las propuestaseconmicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicasadmitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de sesenta (60) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

1.14.2. EVALUACIN ECONMICA

Si la propuesta econmica es inferior al noventa por ciento (90%) del valor referencial o excede el ciento diez por ciento (110%) del valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley.

La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

Pi=Om x PMPE Oi

Donde:i=PropuestaPi=Puntaje de la propuesta econmica iOi=Propuesta Econmica iOm=Propuesta Econmica de monto o precio ms bajoPMPE =Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica

IMPORTANTE:

En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

1.15.ACTO PBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la

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admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima.

La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 delReglamento.

El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE.

IMPORTANTE:

De conformidad con el artculo 76 del Reglamento, para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el lmite del ciento diez por ciento (110%), deber contarse con la asignacin suficiente de crditos presupuestarios y la aprobacin del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta econmica a un monto igual o menor al valor referencial.

1.16.CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los ocho (8) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

1.17.CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a loprevisto en el artculo 122 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

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CAPTULO IISOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

2.1. RECURSO DE APELACIN

A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato.

El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN

La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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CAPTULO III DEL CONTRATO

3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentacin prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanacin de la documentacin presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 148 del Reglamento, segn corresponda.

El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Constancia de capacidad libre de contratacin. Garanta de fiel cumplimiento. Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Cdigo de cuenta interbancario (CCI). Designacin del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta tcnica. Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecucin deObra (PERT-CPM), salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico. Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin de obra3, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obrasbajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico. Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

3.2. DE LAS GARANTAS

3.2.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento del contrato. Esta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento

3De acuerdo con el artculo 183 del Reglamento, este calendario se actualizar con cada ampliacin de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.

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(10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final.

3.2.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones accesorias, se otorgar una garanta adicional por este concepto, la misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin en ningn caso.

3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTAS

Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

3.4. EJECUCIN DE GARANTAS

Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

3.5. INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIN DE OBRA4

El plazo de ejecucin de obra se inicia a partir del da siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:

1. Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, segn corresponda.2. Que la Entidad entregue el expediente tcnico de obra completo al contratista.3. Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutar la obra al contratista.4. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales o insumos al contratista, cuando en la seccin especfica de las Bases la Entidad haya asumido esta obligacin.5. Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer desembolso de dicho adelanto al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en la seccin especficade las Bases, salvo que en dicha seccin no se haya previsto la entrega de este

4En las obras bajo las modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico, estos requisitos debern ser considerados para el inicio de la ejecucin de la obra.

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adelanto.6. Que el contratista presente el certificado de habilidad de los profesionales5 sealados en su propuesta tcnica.

Estas condiciones debern ser cumplidas dentro de los quince (15) das calendario siguientes a la suscripcin del contrato.

En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las dems condiciones.

Si cumplidas las condiciones antes indicadas la estacionalidad climtica no permitiera el inicio de la ejecucin de la obra, la Entidad podr acordar con el contratista la fecha para el inicio de la ejecucin. Dicha decisin deber ser sustentada en un informe tcnico que formar parte del expediente de contratacin de la obra.

IMPORTANTE:

De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de seleccin.

3.6. RESIDENTE DE OBRA6

Profesional7 colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) aos de experiencia en la especialidad8, designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad. Por su sola designacin, el residente representa al contratista para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.

La sustitucin del residente slo proceder previa autorizacin por escrito del funcionario de la Entidad que, segn sus normas de organizacin interna, cuente con facultades suficientes para brindar tal autorizacin, y siempre que el profesional reemplazante rena calificaciones profesionales iguales o superiores a las del profesional originalmente propuesto.

El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitucin del residente de obra debe ser emitido y notificado al contratista dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de presentada la respectiva solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento alguno, se considerar aprobada la sustitucin.

3.7. INSPECTOR O SUPERVISOR9 DE OBRA

Profesional colegiado y habilitado, con menos de dos (2) aos de experiencia en la

5Ingenieros o arquitectos.

6De acuerdo con el artculo 185 del Reglamento, en toda obra debe contarse, de modo permanente y directo, con un residente de obra.

7Ingeniero o arquitecto, segn lo requerido en el expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, conforme a la naturaleza de la obra a ser ejecutada.

8En el expediente tcnico que es parte de las Bases, la Entidad puede establecer calificaciones y/o experiencia adicionales para el profesional propuesto como residente de obra, segn la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ser ejecutada.

9De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber contarse con supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de seleccin.

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especialidad, designado por la Entidad para velar, de modo permanente y directo, por la correcta ejecucin de la obra y el cumplimiento de las especificaciones tcnicas y del contrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones profesionales del residente.

En caso que el supervisor sea una persona jurdica, esta deber designar a una persona natural como supervisor permanente de la obra.

3.8. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIN DE OCURRENCIAS

El cuaderno de obra se abre en la fecha de entrega del terreno al contratista, oportunidad en la que deber ser firmado en cada una de sus pginas por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas copias a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor.

El cuaderno de obra original debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, el que no podr impedirle el acceso al mismo al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle al contratista una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorizacin por cada da en que se impida el acceso.

Slo el inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer anotaciones en el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarn los hechos relevantes que ocurran durante la ejecucin de la obra, firmando al pie de cada anotacin que efecten. Tambin se anotarn en el cuaderno de obra las consultas al inspector o supervisor de obra, as como la respuesta de este ltimo.

Las solicitudes que realice el contratista, o su representante legal, como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harn directamente a la Entidad, por medio de comunicacin escrita.

El cuaderno de obra ser cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida por la Entidad, procediendo a entregar el original de dicho cuaderno a la Entidad.

IMPORTANTE:

El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecucin de la obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el particular.

3.9. ADELANTOS

La Entidad entregar adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, conforme a lo establecido en el artculo 186 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases10.

En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo previsto en la seccin especfica de las Bases, el contratista tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la obra por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del Reglamento.

10 En el caso de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico, si la Entidad prev la entrega del adelanto directo para la elaboracin del expediente tcnico, el monto de este adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestacin. Asimismo, si la Entidad prev la entrega del adelanto directo para la ejecucin de la obra, el monto de este adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestacin.

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3.10.VALORIZACIONES

La valorizacin es la cuantificacin econmica del avance fsico en la ejecucin de la obra en un periodo determinado, tendr el carcter de pago a cuenta y deber ser realizada el ltimo da de cada periodo de valorizacin previsto en la seccin especfica de las Bases, por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el contratista. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorizacin conjunta con el contratista, este ltimo la realizar.

En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendr derecho al pago de intereses, de conformidad con el artculo 48 de la Ley y los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para tal efecto, se formular una valorizacin de intereses y el pago se efectuar en las valorizaciones siguientes.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizar a quien se indique en el contrato de consorcio.

3.11.REAJUSTES

Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las valorizaciones debern ser ajustadas multiplicndolas por el respectivo coeficiente de reajuste K que se obtenga de aplicar en la frmula o frmulas polinmicas previstas en el expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, los ndices Unificados de Precios de la Construccin que publica el Instituto Nacional de Estadstica e Informtica INEI.

Dado que los ndices Unificados de Precios de la Construccin son publicados con un mes de atraso, los reajustes debern calcularse teniendo en consideracin el coeficiente de reajuste K conocido a ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los ndices que se deben aplicar, se calcular el monto definitivo de los reajustes que corresponden, los que se pagarn con la valorizacin ms cercana posterior o en la liquidacin final sin reconocimiento de intereses.

IMPORTANTE:

Tanto la elaboracin como la aplicacin de las frmulas polinmicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC.

3.12.DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La penalidad por retraso injustificado en la ejecucin de la obra y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

3.13.LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRA

El procedimiento para la liquidacin del contrato de obra que deber observarse, es el que se encuentra descrito en el artculo 211 del Reglamento. No proceder la liquidacin mientras existan controversias pendientes de resolver.

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Luego de haber quedado consentida la liquidacin y efectuado el pago del saldo de la liquidacin, culmina el contrato y se cierra el expediente respectivo.

Las controversias sobre pagos podrn ser sometidas a conciliacin y/o arbitraje, dentro del plazo de quince (15) das hbiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en la seccin especfica de las Bases para efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidacin.

3.14.VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene, hasta que la liquidacin quede consentida y se efecte el pago correspondiente.

3.15.DISPOSICIONES FINALES

Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

IMPORTANTE:

Cuando se trate de obras bajo la modalidad de concurso oferta, a cada una de las prestaciones involucradas se le aplicarn, en principio, las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que sean compatibles con su naturaleza, salvo en aquellos supuestos que impliquen la erogacin de mayores fondos pblicos (adelantos y prestaciones adicionales), en los que se aplicarn las disposiciones de dicha normativa que regulan la ejecucin de obras.

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SECCIN ESPECFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

(EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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CAPTULO I GENERALIDADES

1.1.ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre: UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA

RUC N: 20143660754

Domicilio legal: PORTAL INDEPENDENCIA N 57 AYACUCHO Telfono/Fax:: 066-313435Correo electrnico:: [email protected]

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin de la ejecucin de la obra Mejoramiento del Servicio de Educacin Universitaria en la Facultad de Obstetricia de la Universidad Nacional de San Cristbal de Huamanga, Distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga Regin Ayacucho

1.3. VALOR REFERENCIAL11

El valor referencial asciende aS/. 9413,831.61 (Nueve millones cuatrocientos trece mil ochocientos treinta y uno con 61/100 nuevos soles), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecucin de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de diciembre 2014.

Valor Referencial(VR)Lmites

Inferior90% del VRSuperior110% del VR

S/.9413,831.61

(Nueve millones cuatrocientos trece mil ochocientos treintaiuno con61/100 Nuevos soles)S/. 8472,448.45 (Ocho millones cuatrocientos setenta y dos mil cuatrocientos cuarentaiocho con45/100 Nuevos soles )S/. 10355,214.77 (Diez millones trescientos cincuenta y cinco mil doscientos catorce con 77/100Nuevos soles)

El costo referencial corresponde al monto del presupuesto de obra establecido en elExpediente Tcnico, por lo que estn incluidos todos los tributos, seguros, transporte,

11 El monto del valor referencial indicado en esta seccin de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin entre estos montos, primar el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

inspecciones, pruebas, seguridad en el trabajo y los costos laborales respectivos conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto de gastos que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el presupuesto.

IMPORTANTE:

Las propuestas econmicas no pueden exceder los lmites del valor referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley.

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

El expediente de contratacin fue aprobado mediante Resolucin N 411-2014-COG-R de fecha 17 de diciembre del 2014

Asimismo, el expediente de contratacin fue remitido al Comit Especial medianteMemorando N 1653-2014-OAB/UNSCH de fecha 24 de diciembre del 201412.

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Ordinarios

IMPORTANTE:

La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de seleccin.

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN

El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA13,de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

1.7. MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUAL

LLAVE EN MANO

1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

La obra a ser ejecutada est definida en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente seccin, en el captulo III.

1.9. PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA

El plazo de ejecucin de la obra materia de la presente convocatoria, el montaje del equipamiento hasta su puesta en funcionamiento y la adquisicin de material educativo, es de 390 das calendarios. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin y en el expediente tcnico de obra.El plazo establecido debe quedar representado en:

12 No considerar este prrafo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

13 De acuerdo al artculo 40 del Reglamento, la Entidad tambin puede establecer como sistema de contratacin, el esquema mixto.

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Programa de Ejecucin de Obra PERT-CPM indicando la ruta critica. Calendario de avance de obra valorizado mensualizado.Ambos documentos deben ser presentados en forma digital e impresos en forma legible

1.10. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES

Solicitar a la Entidad un ejemplar de las bases, previo pago del costo de reproduccin en la Oficina de Pagadura, ubicado en el Jr. 28 de julio N 103 Ayacucho o Banco de la Nacin Cta. Cte. 401-028714 por la suma de S/. 350.00 (Trescientos cincuenta con 00/100 nuevos soles), incluye el Expediente Tcnico de obra en fsico y planos respectivos.

1.11. BASE LEGAL

-Ley N 28411 ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.-Ley N 30114 Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014.-Ley N 30115 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal 2014.-Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.-Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones delEstado, en adelante el Reglamento.-Directivas de OSCE.-Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.-Cdigo Civil.-Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica.-Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.-Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.-Reglamento Nacional de Edificaciones para uso de Universidades - Resolucin N0282-2011-ANR.-Reglamento Nacional de Edificaciones. Vigente-Directiva General del Sistema Nacional de Inversin Pblica. Vigente-Decreto Supremo N 011-79-VC.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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CAPTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIN

2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN14

EtapaFecha, hora y lugarConvocatoria:16/02/2015Registro de participantes:Del: 17/02/2015Al: 14/08/2015DE: 7:30 a.m. A 15:30 horasFormulacin de Consultas:Del: 17/02/2015Al: 23/02/2015DE: 7:30 a.m. A 15:30 horasAbsolucin de Consultas:24/02/2015

Formulacin de Observaciones a las Bases

Absolucin de Observaciones a las Bases

:Del: 25/02/2015Al: 04/03/2015DE: 7:30 a.m. A 15:30 horas:05/08/2015

Integracin de las Bases:13/08/2015Presentacin de Propuestas:20/08/2015* El acto pblico se realizar en:Portal Independencia N 72-Ayacucho.Sala de Reuniones de la Oficina de Planificacin y Presupuesto de la UNSCH a las 10:00 a.m.

Calificaciny Evaluacin dePropuestas

:21/08/2015Portal Independencia N 72-Ayacucho. Sala de Reuniones de la Oficina de Planificacin y Presupuesto de la UNSCH

Otorgamiento de la Buena Pro15:21/08/2015* El acto pblico se realizar en:Portal Independencia N 72-Ayacucho.Sala de Reuniones de la Oficina dePlanificacin y Presupuesto de la UNSCH

IMPORTANTE:

Debe tenerse presente que en una licitacin pblica, entre la convocatoria y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo veintids (22) das hbiles, y entre la integracin de Bases y la etapa de presentacin de propuestas, debe existir como mnimo cinco (5) das hbiles.

Si el monto del valor referencial es igual o superior a las veinticinco mil Unidades Impositivas Tributarias (25,000 UIT), la Entidad deber prever en el cronograma del proceso la ETAPA DE CALIFICACIN PREVIA. Asimismo, en esta seccin de las

14 La informacin del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la informacin consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin en esta informacin, primar el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

15 De acuerdo con el artculo 76 del Reglamento, el plazo para otorgar la Buena Pro no exceder de diez (10) das hbiles contados desde la fecha prevista en el cronograma del proceso de seleccin para el otorgamiento de la Buena Pro, bajo responsabilidad del Titul ar de la Entidad.

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Bases, deber preverse las condiciones especiales, criterios y factores para la calificacin previa, teniendo en consideracin que la evaluacin de los participantes tiene como finalidad determinar su capacidad y/o solvencia tcnica y econmica, su experiencia en la actividad y en la ejecucin de obras similares y, de ser el caso, su equipamiento y/o infraestructura fsica y de soporte en relacin con la obra a ser ejecutada. nicamente aquellos participantes que hayan sido aprobados en esta etapa, podrn presentar propuestas en la oportunidad prevista en el cronograma.

2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes es gratuito y se realizar en la Oficina de Abastecimiento, sito en Portal Independencia N 72-Tercer piso, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 7:30 a 15:30 horas.

En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.

IMPORTANTE:

Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas. Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, las que incluyen el expediente tcnico de obra, salvo en la modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya su elaboracin, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin de las mismas.

2.3. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite Documentario), sito en Portal Independencia N 57, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 7:30 a 15:30 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial de la LICITACIN PBLICA N 001-2015-UNSCH pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrnico: [email protected].

IMPORTANTE:

Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas.

2.4. ACTO PBLICO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarn en acto pblico, en la Sala de Reuniones de la Oficina de Planificacin y Presupuesto, sito en el Portal Independencia N 072, en la fecha y hora sealada en el cronograma. El acto pblico se realizar con la participacin de un Notario Pblico.

Se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.

Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al ComitEspecial de la LICITACIN PBLICAN 001-2015.UNSCH, conforme al siguiente detalle:

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SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

SeoresUNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTBAL DE HUAMANGAPortal Independencia N 072Atte.: Comit Especial

LICITACIN PBLICA N 001-2015-UNSCHDenominacin de la convocatoria: CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE OBRA MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIN UNIVERSITARIA DE LA FACULTAD DE OBSTETRICIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA, DISTRITO DE AYACUCHO, PROVINCIA DE HUAMANGA REGIN AYACUCHO

SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

SeoresUNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTBAL DE HUAMANGAPortal Independencia N 072Atte.: Comit Especial

LICITACIN PBLICA N 001-2015-UNSCHDenominacin de la convocatoria: CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE OBRA MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIN UNIVERSITARIA DE LA FACULTAD DE OBSTETRICIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA, DISTRITO DE AYACUCHO, PROVINCIA DE HUAMANGA REGIN AYACUCHO

SOBRE N 2: PROPUESTA ECONMICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

Se presentar en un original (01) y dos copias (02) de cada uno de los sobres16.

El contenido de cada sobre se presentar debidamente foliado y con un ndice que facilitar la bsqueda y ubicacin de los documentos solicitados.

El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos17, la siguiente documentacin:

16 De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento, la propuesta tcnica se presentar en original y en el nmero de copias requerido en las Bases, el que no podr exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comit Especial.

17 La omisin del ndice no descalifica la propuesta, ya que su presentacin no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTOBAL DE HUAMANGALICITACIN PBLICA N 001-2015-UNSCH-CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE OBRA: "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIN UNIVERSITARIA EN LA FACULTAD DE OBSTETRICIADE LA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTBAL DE HUAMANGA, DISTRITO DE AYACUCHO, PROVINCIADE HUAMANGA - REGIN AYACUCHO"

Documentacin de presentacin obligatoria:

a) Declaracin jurada de datos del postor.Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados (Anexo N 1).

b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin18 (Anexo N 2).

Adjuntar documentacin que acredite los requerimientos tcnicos mnimos de los profesionales propuestos sealados en el Captulo III de las presentes bases, y copia de DNI vigente19

Para acreditar los requerimientos mnimos de equipos, maquinaria y/o vehculos debern presentar alguno de los siguientes: documentos que acrediten su propiedad, documentos que acrediten la posesin, carta de Compromiso de Compra Venta, carta de Compromiso de Alquiler o Declaracin Jurada.

De presentar solo y nicamente la declaracin jurada de cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos del captulo III, sin adjuntar los documentos obligatorios sealados, sern descalificados automticamente.

a) Declaracin jurada simple de acuerdo al Art. 42 del Reglamento (Anexo N 3).

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio.

b) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo N 4).

La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.

c) Declaracin jurada de plazo de ejecucin de la obra (Anexo N 5).Concordante con lo indicado en el Captulo I, seccin I, numeral 1.9 de la presente base.

d) Declaracin jurada del personal propuesto para la ejecucin de la obra (AnexoN 10).

18 El Comit Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastar la presentacin de una declaracin jurada para acred itar el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos o, de lo contrario, si ser necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentacin de algn otro documento, en cuyo caso, deber precisar dicha informacin en el listado de documentacin de presentacin obligatoria del numeral 2.5.1 de la seccin especfica de las Bases.

19 En caso se determine que adicionalmente a la Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos, a que se refiere el literal b) de la documentacin de presentacin obligatoria del numeral 2.5.1 de la seccin especfica de las Bases, deba presentarse algn otro documento para acreditar los requerimientos tcnicos mnimos, a continuacin deber consignarse tal exigencia, teniendo en consideracin los requisitos establecidos por los reglamentos tcnicos, normas metrolgicas y/o sanitarias nacionales, reglamentos sectoriales y otros establecidos en el Captulo III de la seccin especfica de las Bases.

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IMPORTANTE: La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

Documentacin de presentacin facultativa:

a) Factor experiencia en obras en general: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 6,referido a la experiencia en obras en general del postor.

b) Factor experiencia en obras similares: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 7,referido a la experiencia en obras similares del postor.

c) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentar: i) constancias, ii) certificados, iii) contratos con su respectiva conformidad, o iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre el tiempo de experiencia del profesional propuesto.

d) Factor cumplimiento de ejecucin de obras: Se acreditar mediante la presentacin de un mximo de diez (10) constancias de prestacin o cualquier otro documento que, independientemente de su denominacin, indique, como mnimo, lo siguiente: i) La identificacin del contrato, indicando como mnimo su objeto, ii) El monto correspondiente; esto es, el importe total al que se asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante el ejecucin contractual, y iii) Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecucin de dicho contrato.

e) Factor de solucin tcnica de diseo y equipamiento: Se acreditar mediante la descripcin de la solucin de diseo y equipamiento.

IMPORTANTE:

De conformidad con el artculo 47 del Reglamento, en los casos de la contratacin de la ejecucin de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano, las Bases tambin debern incluir factores que permitan evaluar la calidad de las soluciones tcnicas de diseo, de equipamiento o similares ofertadas por el postor.

Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la Declaracin Jurada de cumplimiento de condiciones para la

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aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 8).

En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada antes sealada.

IMPORTANTE:

En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.

2.5.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA20

El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria:

Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial (Anexo N 9).

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales.

IMPORTANTE:

La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento.La propuesta econmica de los postores que presenten la Declaracin Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 8), debe encontrase dentro de los lmites del valor referencial sin IGV.

En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

2.6. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor iPEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i

Se aplicarn las siguientes ponderaciones:

20 De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento la propuesta econmica solo se presentar en original.

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c1= Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica.= 0.65c2= Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica.= 0.35

Donde: c1 + c2 = 1.00

2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Copia de DNI del Representante Legal.b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.c) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. d) Copia del RUC de la empresa.e) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. f)Constancia de capacidad libre de contratacin.g) Garanta de fiel cumplimiento del contrato. Carta Fianzah) Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. CartaFianzai)Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. j)Cdigo de cuenta interbancario (CCI).k) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato.l)Calendario de avance de obra valorizado sustentado y Programa de Ejecucin deObra (PERT-CPM), indicando ruta critica.m) Entregar calendario de avance de obra valorizado elaborado en concordancia con el cronograma de desembolsos econmicos establecidos con el plazo de ejecucin del contrato y sustento en el programa de ejecucin de obra PERT-CPM, el cual deber considerar la estacionalidad climtican) Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin de obra21, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado.o) Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratacin sea a suma alzada.

IMPORTANTE:

En caso que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que integran el consorcio. Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

IMPORTANTE:

21 De acuerdo con el artculo 183 del Reglamento, este calendario se actualizar con cada ampliacin de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.

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La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripcin del contrato.

2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad debern realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artculo148 del Reglamento.

La citada documentacin deber ser presentada en el Portal Independencia N 072-TercerPiso.

2.9.ADELANTOS22

2.9.1. ADELANTO DIRECTO

La Entidad otorgar un adelanto directo hasta el veinte por ciento (20%) del monto delcontrato original.

El contratista debe solicitar formalmente el adelanto directo dentro de los ocho (8) das calendarios siguientes a la suscripcin del contrato23, adjuntando a su solicitud la garanta por adelanto24 mediante Carta Fianza y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) das siguientes a la presentacin de la solicitud del contratista.

Vencido el plazo para solicitar el adelanto no proceder la solicitud.

En el supuesto que no se entregue el adelanto en la oportunidad prevista, el contratista tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la obra por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del Reglamento.

2.9.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS

La Entidad otorgar adelantos para materiales o insumos, hasta por un monto del cuarenta por ciento (40%) del contrato original conforme al calendario de adquisicin de materiales o insumos presentado por el contratista

Para dicho efecto, el contratista deber entregar la garanta por adelantos25 medianteCarta Fianza y el comprobante de pago correspondiente.

22 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deber consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garanta, precisando el plazo en el cual el contratista solicitar los adelantos. Asimismo, deber consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarn dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artculos 186 y 187 del Reglamento.

23 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboracin de l expediente tcnico, deber indicarse que el plazo se computa desde el da siguiente de la suscripcin del contrato. En el caso de obras que se ejecuten bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico, para el a delanto directo que corresponda a la elaboracin del expediente tcnico deber indicarse que el plazo se computa desde el da siguiente de la suscripcin del contrato; en cambio, para el adelanto directo que corresponda a la ejecucin de la obra deber indicarse que el plazo se computa desde el da siguiente del inicio de la ejecucin de la obra.

24 De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta garanta deber ser emitida por idntico monto y un plazo mnimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortizacin total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecucin de la obra sea menor a tres (3) meses, la garanta podr ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortizacin total del adelanto otorgado.

25 De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta garanta deber ser emitida por idntico monto y mantenerse vigente hasta la utilizacin de los materiales o insumos a satisfaccin de la Entidad, pudiendo reducirse de manera proporcional de acuerdo con el desarrollo respectivo.

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Para el otorgamiento del adelanto para materiales o insumos se deber tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias, conforme al artculo 188 del Reglamento.

2.10. VALORIZACIONES

El periodo de valorizacin ser de periodicidad mensual.

IMPORTANTE:

Cuando el periodo de valorizacin establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de la valorizacin se regir por lo dispuesto en el sexto prrafo del artculo197 del Reglamento. En cambio, si la Entidad prev un periodo de valorizacin distinto al mensual, deber establecer los plazos y procedimiento aplicables para lavalorizacin, teniendo en consideracin lo dispuesto en el quinto prrafo del referidoartculo, as como el plazo para el pago de las valorizaciones.

De acuerdo con los prrafos quinto y sexto del artculo 197 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad deber contar con la valorizacin del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el inspector o supervisor, segn corresponda; a la que deber adjuntarse el comprobante de pago respectivo.

2.11. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRA

La Entidad o el contratista, segn corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidacin del contrato de obra, en el plazo de sesenta (60) das calendario, computados desde el da siguiente del consentimiento de la liquidacin. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.

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TRMINOS DE REFERENCIA

CONTRATISTA PARA LA EJECUCION DE OBRA

CDIGO SNIP N 245672: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIN UNIVERSITARIA EN LA FACULTAD DE OBSTETRICIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTB AL DE HUAMANGA, DISTRITO DE AYACUCHO, PROVINCIA DE HUAMANGA-REGIN AYACUCHO

1. FINALIDAD PUBLICA

La Universidad Nacional San Cristbal de Huamanga; tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo integral educativo, promoviendo la inversin pblica, privada, el empleo y garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo educativo.

El presente proceso de seleccin busca la contratacin de una constructora, para la ejecucin del proyecto MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIN UNIVERSITARIA EN LA FACULTAD DE OBSTETRICIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTBAL DE HUAMANGA, DISTRITO DE AYACUCHO, PROVINCIA DE HUAMANGA- REGIN AYACUCHO, con el propsito de modernizar y sistematizar .

Las condiciones actuales de la Infraestructuras de las Instituciones Educativas Universitaria, son deficientes e inapropiadas. Las autoridades se han hecho presente en el lugar y han constatado su psimo estado; as mismo la poblacin estudiantil afectada ha constatado su psimo estado en consecuencia ha solicitado la ejecucin de los proyectos.Por las realidades de infraestructura educativa de la Universidad Nacional San Cristbal de huama nga; el ente rector en su poltica de gobierno; establece la ejecucin de proyectos, las cuales estn contempladas dentro del marco delSNIP. (Los cuentan son los requisitos indispensables, tales como PIP viable y Expediente Tcnico)

2. GENERALIDADESLos presentes trminos de referencia, contenidos en los numerales que a continuacin se consignan, sealan loslineamientos que deber tomar en cuenta el Contratista, sea persona natural o jurdica, en la Ejecucin del Proyecto de Inversin Pblica denominado: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIN UNIVERSITARIA EN LA FACULTAD DE OBSTETRICIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTBAL DE HUAMANGA, DISTRITO DE AYACUCHO, PROVINCIA DE HUAMANGA-REGIN AYACUCHO, el cual cuenta con Cdigo SNIP N 245672.

3. NORMATIVIDAD LEGAL- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Vigente.- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Vigente.- Ley de Procedimiento Administrativo General. Vigente.- Cdigo Civil. Vigente.- Ley de Transparencia y Acceso a la informacin Pblica. Vigente.- Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro yPequea y del acceso al empleo decente, Ley MYPE. Vigente.

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-Directivas de OSCE. Vigente.-Reglamento Nacional de Edificaciones. Vigente.-Directiva General del Sistema Nacional de Inversin Pblica. Vigente.

4.ENTIDAD QUE CONVOCA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTBAL DE HUAMANGA

5.OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA

Seleccionar y contratar, mediante el SISTEMA DE LLAVE EN MANO - SUMA ALZADA al contratista que se encargue de la Ejecucin del Proyecto previo reconocimiento del terreno e infraestructura existente, considerando la fase de: Mejoramiento del Servicio de Educacin, tomando como referencia el Expediente tcnico que la Universidad Nacional San Cristbal de Huamanga proporcionara.

6.JUSTIFICACIN.-

La Universidad Nacional de San Cristbal de Huamanga, ha considerado para el presente ao la Ejecucin de la Obra MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIN UNIVERSITARIA EN LA FACULTAD DE OBSTETRICIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTBAL DE HUAMANGA, DISTRITO DE AYACUCHO, PROVINCIA DE HUAMANGA-REGIN AYACUCHO, proyecto que al ser puesto en servicio contribuir a mejorar las condiciones de prestacin de Mejoramiento del Servicio de Educacin Universitaria de la UNSCH.

7.LOCALIZACIN GEOGRFICA

Departamento : Huamanga Provincia : Huamanga Distrito : AyacuchoUbicacin : Ciudad Universitaria

8.PLAZO DE EJECUCION DEL PROYECTO

El plazo de ejecucin contractual deber efectuarse en el siguiente plazo:

Fase: Ejecucin de la Obra, Equipamiento y Adquisicin de material Educativo 390 das calendarios.

9.MODALIDAD DE EJECUCION CONTRACTUAL

La presente licitacin pblica se convoca bajo el sistema de CONTRATACIN LLAVE EN MANO - SUMA ALZADA Asimismo, el postor formulara su propuesta por un monto fijo para la construccin de la Obra, considerando los trabajos que resulten necesarios para el cumplimiento objeto de la prestacin requerida, segn las especificaciones tcnicas y los contenidos en los presentes trminos de referencia.

El sistema de llave en mano - suma alzada. El postor debe ofertar en conjunto la construccin, equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio de determinada obra. En el caso de contratacin de bienes el postor oferta, adems de stos, su instalacin y puesta en funcionamiento.

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10.VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a S/. 9413,831.61 (Nueve millones cuatrocientos trece mil ochocientos treintaiuno con 61/100 Nuevos soles), incluidos gastos generales, utilidad y los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecucin de la obra.

El Valor referencial ha sido calculado (Ref. Expediente Tcnico) al mes de diciembre 2014; los lmites mximos y mnimos del valor referencial tota