BASES ESTÁNDAR DE CONCURSO PÚBLICO...

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35 SEGURO SOCIAL DE SALUD ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA Nº 1220C00061 BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS O PARA CONSULTORÍA EN GENERAL 1 ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 1220C00061 PRIMERA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE: MANTENIMIENTO DE EQUIPOS BIOMEDICOS DE LA RED ASISTENCIAL MOQUEGUA 1 Estas Bases se utilizarán para la contratación de servicios en general o para la contratación de servicios de consultoría en general. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta las siguientes definiciones: Servicio en general: La actividad o labor que realiza una persona natural o jurídica para atender una necesidad de la Entidad, pudiendo estar sujeta a resultados para considerar terminadas sus prestaciones. Consultor: La persona natural o jurídica que presta servicios profesionales altamente calificados en la elaboración de estudios y proyectos; en la inspección de fábrica, peritajes de equipos, bienes y maquinarias; en investigaciones, auditorías, asesorías, estudios de prefactibilidad y de factibilidad técnica, económica y financiera, estudios básicos, preliminares y definitivos, asesoramiento en la ejecución de proyectos y en la elaboración de términos de referencia, especificaciones técnicas y Bases de distintos procesos de selección, entre otros.

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BASES ESTNDAR DE CONCURSO PBLICO PARA LA CONTRATACIN DE SERVICIOS O PARA CONSULTORA EN GENERAL

SEGURO SOCIAL DE SALUD

ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA N 1220C00061

SEGURO SOCIAL DE SALUD

ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA N 1220C00061

BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA PARA LA CONTRATACIN DE SERVICIOS O PARA CONSULTORA EN GENERAL

ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N

1220C00061

PRIMERA

CONTRATACIN DEL SERVICIO DE:

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS BIOMEDICOS DE LA RED ASISTENCIAL MOQUEGUA

SECCIN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

(ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)

CAPTULO I

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

1.1. BASE LEGAL

Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.

Directivas del OSCE.

Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.

Cdigo Civil.

Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica.

Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.

1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de tres (3) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.

El plazo para la absolucin no podr exceder de tres (3) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

De haberse presentado observaciones, el Comit Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolvern consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones.

La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE

1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin.

Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN

Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o certificada efectuada por traductor pblico juramentado o traductor colegiado certificado, segn corresponda, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos.

Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS

La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso.

El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representante legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas.

Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen.

De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA

La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

IMPORTANTE:

Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.

1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS

La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica.

Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Tcnica

: 100 puntos

Propuesta Econmica: 100 puntos

1.11.1. EVALUACIN TCNICA

Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas.

Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

1.11.2. EVALUACIN ECONMICA

Si la propuesta econmica excede el valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley.

La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

Pi = Om x PMPE

Oi

Donde:

i

= Propuesta

Pi

= Puntaje de la propuesta econmica i

Oi

= Propuesta Econmica i

Om

= Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo

PMPE

= Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica

IMPORTANTE:

En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

1.12. ACTO PBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima.

La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento.

El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial, as como por los veedores y los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE.

1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 122 del Reglamento, hasta el dcimo quinto da hbil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

CAPTULO II

SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

1.15. RECURSO DE APELACIN

A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato.

El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

1.16. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN

La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

CAPTULO III

DEL CONTRATO

1.17. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) das hbiles siguientes, sin mediar citacin alguna, el postor ganador deber presentar a la Entidad la documentacin para la suscripcin del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.

En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, segn corresponda, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artculo 148 del Reglamento.

El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

Garanta de fiel cumplimiento.

Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.

Garanta por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.

Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.

Cdigo de cuenta interbancario (CCI).

Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

1.18. VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente d la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista y se efecte el pago correspondiente.

1.19. DE LAS GARANTAS

1.19.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento del contrato. Esta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garanta por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin.

IMPORTANTE:

Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, en los casos de prestacin de servicios de ejecucin peridica, alternativamente, las micro y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retencin de dicho monto se efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo.

1.19.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparacin o actividades afines, se otorgar una garanta adicional por este concepto, la misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin en ningn caso.

1.19.3. GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del diez por ciento (10%) de ste, para la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

1.20. REQUISITOS DE LAS GARANTAS

Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

1.21. EJECUCIN DE GARANTAS

Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

1.22. ADELANTOS

La Entidad entregar adelantos directos, conforme a lo previsto en el artculo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases.

En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

1.23. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las penalidades por retraso injustificado en la ejecucin del servicio y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

1.24. PAGOS

La Entidad deber realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condicin para la realizacin del servicio.

La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago nico o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la ejecucin de la prestacin de los servicios, conforme a la seccin especfica de las Bases.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligacin de efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.

1.25. DISPOSICIONES FINALES

Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

SECCIN ESPECFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

(EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

CAPTULO I

GENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre

:

RED ASISTENCIAL MOQUEGUA ESSALUD

RUC N

:

20131257750

Domicilio legal

:

CALLE LIMA N 869

Telfono/Fax:

:

053 464462

Correo electrnico

:

[email protected]

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin del servicio de Mantenimiento de Equipos Biomdicos de la Red Asistencial Moquegua.

1.3. VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a S/. 370,778.75 (tres cientos setenta mil siete cientos setenta y ocho con 75/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Diciembre 2012.

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

El expediente de contratacin fue aprobado mediante Resolucin N 036-UAIHyS-OA-DRAMOQ-ESSALUD-2012 el 03 de Diciembre del 2012.

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

RECURSOS PROPIOS

IMPORTANTE:

La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de seleccin.

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN

El presente proceso se rige por el sistema a Suma Alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El servicio a contratar est definido en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente Seccin en el Captulo III.

1.8. PLAZO DE PRESTACIN DEL SERVICIO

Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarn en el plazo de 365 das calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin.

1.9. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES

Costo de reproduccin de bases es de S/. 0.20 por hoja

1.10. BASE LEGAL

1. Ley N 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto.

2. Ley N 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2012.

3. Ley N 28426 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal 2012.

4. Ley N 27056 Ley de Creacin del Seguro Social de Salud.

5. Ley N 26790 Ley de Modernizacin de la Seguridad Social.

6. Ley N 27056 Ley de Creacin del Seguro Social de Salud ESSALUD.

7. Ley N 28006 Ley que garantiza la Intangibilidad de los Fondos y Reservas de la Seguridad Social y Restituye la Autonoma Administrativa, Econmica, Financiera y Presupuestal de ESSALUD.

8. Ley N 29245, Ley que Regula los Servicios de Tercerizacin.

9. Decreto Legislativo N 1038 que precisa los alcances de la Ley N 29245.

10. Decreto Legislativo N 1017, Ley de Contrataciones del Estado (en adelante la Ley).

11. Decreto Supremo N 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, modificado por Decreto Supremo N 021-2009-EF. (en adelante El Reglamento)

12. LEY N 29873, que modifica la ley de contrataciones del estado.

13. Decreto Supremo N 138-2012-EF, que modifica el reglamento de la ley de contrataciones del estado.

14. Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.

15. Texto nico Ordenado de la Ley N 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica, aprobado por Decreto Supremo N 043-2003-PCM.

16. Directiva 003-2003-CONSUCODE/PRE Disposiciones Complementarias para la participacin de postores en consorcio en las contrataciones y adquisiciones del Estado.

17. Ley N 27050 Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 003-2000-PROMUDEH.

18. Texto nico Ordenado de la Ley N 28015 Ley de Promocin de Competencia y Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa y del Acceso al Empleo, aprobado por Decreto Supremo N 007-2008-TR.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

CAPTULO II

DEL PROCESO DE SELECCIN

1.11. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

Etapa

Fecha, hora y lugar

Convocatoria

:

28/12/2012

Registro de participantes

:

Del: 02 DE ENERO DEL 2012

Al: 16 DE ENERO DEL 2012

Formulacin de Consultas y Observaciones a las Bases

:

Del: 02 DE ENERO DEL 2012

Al: 04 DE ENERO DEL 2012

Absolucin de Consultas y Observaciones a las Bases

:

09 DE ENERO DEL 2012

Integracin de las Bases

:

15 DE ENERO DEL 2012

Presentacin de Propuestas

:

18 DE ENERO DEL 2012

* El acto pblico se realizar en

:

CALLE LIMA N 869

Calificacin y Evaluacin de Propuestas

:

18 DE ENERO DEL 2012

Otorgamiento de la Buena Pro

:

21 DE ENERO DEL 2012

* El acto pblico se realizar en

:

CALLE LIMA N 869 - CERCADO

IMPORTANTE:

Debe tenerse presente que en un proceso de adjudicacin directa pblica, entre la convocatoria y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo diez (10) das hbiles y, entre la integracin de Bases y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo tres (3) das hbiles.

1.12. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes es gratuito y se realizar en Unidad de Adquisiciones, sito en Calle Lima N 869, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 7:00 horas a 15:00 horas.

En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.

IMPORTANTE:

Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas.

Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin de las mismas.

1.13. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la Unidad de Adquisiciones, sito en calle Lima N 869, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 7:00 horas a 15:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial del CONCURSO PBLICO N 1220P00051, debiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrnico: [email protected].

IMPORTANTE:

Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas

1.14. ACTO PBLICO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarn en acto pblico, en el auditrium de la Oficina Administrativa de la Red Asistencial Moquegua, en la fecha y hora sealada en el cronograma. El acto pblico se realizar con la participacin de NOTARIO.

Se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.

Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 1220C00061, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

1.15. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

1.15.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

Se presentar en un original y 2 copias.

El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos, la siguiente documentacin:

Documentacin de presentacin obligatoria:

a. Declaracin jurada de datos del postor.

Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo N 1).

b. Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin (Anexo N 2).

c. Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N 3).

d. En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio.

e. Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo N 4)

La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.

f. Declaracin jurada de plazo de prestacin del servicio (Anexo N 5).

g. [CONSIGNAR OTRA DOCUMENTACIN QUE SERVIR PARA ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS].

IMPORTANTE:

La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

Documentacin de presentacin facultativa:

a. Certificado de inscripcin o reinscripcin en el registro de la Micro y Pequea Empresa REMYPE, de ser el caso.

b. En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripcin en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.

c. Factor Experiencia del Postor: Copia simple de contratos u rdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 06, referido a la Experiencia del Postor.

d. [CONSIGNAR LOS DOCUMENTOS PARA ACREDITAR CADA UNO DE LOS DEMS FACTORES DE EVALUACIN]

IMPORTANTE:

Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 10).

En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada antes sealada.

IMPORTANTE:

En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.

1.15.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA

El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria:

Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo N 9).

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

IMPORTANTE:

La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento.

La propuesta econmica de los postores que presenten la declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 10), debe encontrase dentro de los lmites del valor referencial sin IGV.

En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

1.16. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i

PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i

PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i

IMPORTANTE:

Dependiendo del objeto contractual deber incluirse las disposiciones que correspondan:

En el caso de servicios en general se aplicarn las siguientes ponderaciones:

c1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica.

= 0.70

c2

= Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica.

= 0.30

Donde: c1 + c2 = 1.00

1.17. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

b) Garanta de fiel cumplimiento del contrato ser con carta fianza.

c) Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso ser con carta fianza.

d) Garanta por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso ser con carta fianza.

e) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.

f) Cdigo de cuenta interbancario (CCI).

g) Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

h) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato.

i) Correo electrnico para notificar la orden de servicio, en el caso que habiendo sido convocado el proceso por relacin de tems, el valor referencial del tem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicacin de Menor Cuanta, de ser el caso.

IMPORTANTE:

En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que integran el consorcio.

Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, en los casos de prestacin de servicios de ejecucin peridica, deber consignarse lo siguiente:

Alternativamente, las micro y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retencin de dicho monto se efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo.

Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentacin a ser presentada, tales como:

a) Copia de DNI del Representante Legal.

b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.

c) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.

d) Copia del RUC de la empresa.

e) [DE ACUERDO AL OBJETO CONTRACTUAL CONVOCADO PODR REQUERIRSE LA PRESENTACIN DE OTROS DOCUMENTOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO, LOS QUE DEBERN SER INCLUIDOS EN ESTE RUBRO].

IMPORTANTE:

La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripcin del contrato.

1.18. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citacin alguna por parte de la Entidad, deber presentar toda la documentacin prevista para la suscripcin del contrato dentro del plazo de siete (7) das hbiles, contados a partir del da siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.

La citada documentacin deber ser presentada en la Calle Lima 869

1.19. FORMA DE PAGO

El pago por la prestacin del servicio se realizara en Nuevos Soles, en Armadas Mensuales, previa conformidad del servicio.

1.20. PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en un plazo mximo de treinta (30) das de otorgada la conformidad. Para Tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez 10 das calendarios de ser estos recibidos.

1.21. REAJUSTE DE LOS PAGOS

En caso se permita el reajuste de pagos, deber consignarse el procedimiento previsto por el artculo 49 del Reglamento

CAPTULO III

TRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

TERMINOS DE REFERENCIA

CONTRATACIN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPOS BIOMDICOS PARA LOS CENTROS ASISTENCIALES DE LA RED ASISTENCIAL MOQUEGUA

1.DENOMINACION DEL SERVICIO

Mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos biomdicos con residencia y visitas itinerantes a los centros asistenciales de la Red Asistencial Moquegua, de acuerdo al Programa de Mantenimiento de Equipos, a travs de una empresa de tercerizacin.

Esta forma de servicio consiste en que el contratista destaca a su personal y traslada sus medios fsicos a las instalaciones de la Red Asistencial, para atender la demanda del mantenimiento contratado, haciendo uso de los recursos humanos y de los medios fsicos y econmicos requeridos en estos Trminos de Referencia.

El plazo de ejecucin del servicio ser por 12 meses.

La empresa postora deber tener experiencia en servicios de naturaleza similar al presente proceso, prestados a instituciones prestadoras de salud.

2.COBERTURA DEL SERVICIO

SERVICIO DE MANTENIMIENTO

Para la cobertura del servicio, la Red Asistencial Moquegua, cuenta con cuatro centros asistenciales, 01 Hospital nivel II en la Provincia de Mariscal Nieto (Distrito de Moquegua), 01 Hospital nivel II en la Provincia de Ilo, un Centro de Atencin Primaria nivel II en el distrito de Torata, y una Posta Mdica en la Provincia de Snchez Cerro (Distrito de Omate), con distancias de 132 Km. entre Mariscal Nieto y Omate, una distancia de 100 Km. entre la ciudad Mariscal Nieto y la ciudad de Ilo, C, y una distancia de 25 Km. entre la ciudad Mariscal Nieto y el Distrito de Torata.

La contratacin del servicio comprender a los equipos biomdicos de los centros asistenciales de la Red Asistencial Moquegua, segn el ANEXO 10.

Corresponde al contratista cumplir con el Programa de Mantenimiento aprobado por la Red Asistencial Moquegua, para el equipamiento biomdico correspondiente.

El servicio contratado para el mantenimiento de los equipos biomdicos incluidos en el ANEXO 10, deber asegurar el correcto funcionamiento de los mismos; y para ello se programar y ejecutar actividades bsicas tales como:

j) Inspecciones o revisiones globales y especficas de los equipos e instalaciones.

k) Ajustes elctricos, electrnicos y/o mecnicos.

l) Limpieza, lubricacin, engrase y pintado.

m) Pruebas de funcionamiento.

n) Verificacin, calibracin y regulacin de parmetros de funcionamiento.

o) Cambio de partes, piezas y/o accesorios (suministrados por EsSalud o por el proveedor con el uso de su capital de trabajo).

p) Suministro de los insumos bsicos de uso diario necesarios para la ejecucin del mantenimiento (por cuenta del contratista, sin costo adicional para EsSalud)

q) Ingreso de la informacin de las Ordenes de Trabajo de Mantenimiento (OTMs) ejecutadas por el contratista al software de mantenimiento de EsSalud.

Adicionalmente, la prestacin del servicio comprende las siguientes actividades:

r) Verificacin del correcto funcionamiento de los equipos en garanta en sus respectivos servicios, coadyuvando a los usuarios en las actividades bsicas de mantenimiento.

s) Permanente registro del Alta de los equipos biomdicos nuevos de los servicios bajo su cobertura, debiendo realizar la actualizacin del software de mantenimiento PCOMAN.

t) Permanente registro de las OTMs por mantenimiento preventivo y correctivo, ejecutadas por los proveedores de equipos en garanta en el software de mantenimiento de EsSalud y generar reportes en forma mensual, o segn sea requerido por la Entidad.

u) Otras que demande el mantenimiento, a fin de garantizar el perfecto funcionamiento del equipo en todos sus parmetros.

Asimismo, se atendern otras actividades afines relacionadas con el mantenimiento de los centros asistenciales y locales de EsSalud, las mismas que debern ser autorizadas por el Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios o quien haga sus veces en la Red Asistencial, debindose tener en cuenta para ello que el mantenimiento que corresponde al equipamiento descrito en el ANEXO 10, tiene prioridad de atencin.

Es responsabilidad del contratista, el correcto funcionamiento de los equipos bajo su cobertura durante la vigencia del contrato.

Las fallas que presenten los equipos sern de responsabilidad del contratista y sern asumidas por ste, salvo que demuestre que han sido ocasionadas por el usuario, o se hayan producido por: el desgaste propio de los componentes del equipo o por una falla externa que afecte su funcionamiento, o caso fortuito o fuerza mayor.

No ser responsabilidad del contratista, el inadecuado funcionamiento o estado inoperatividad de los equipos, si EsSalud no le entrega oportunamente los repuestos necesarios y con la calidad requerida.

Durante la ejecucin del contrato, la Red Asistencial Moquegua, de acuerdo a sus necesidades operativas, podr incrementar la cantidad de equipos que estn bajo cobertura del contratista hasta un cinco por ciento (5%) adicional a nivel de la Red, sin que ello implique un costo adicional para EsSalud.

La cobertura de los servicios de mantenimiento, de acuerdo al Programa de Mantenimiento presentado por el contratista, deber incluir las visitas a los centros asistenciales perifricos y formar parte de dicho Programa. Ver ANEXO 13.

Para la realizacin de las visitas itinerantes, el contratista deber asignar los viticos y gastos de movilidad correspondientes a su personal tcnico designado para efectuar dichas visitas, por los das que dure su permanencia en el centro asistencial, y a satisfaccin del usuario, sin costo alguno para EsSalud.

La empresa residente de mantenimiento no se encuentra obligada a ejecutar el mantenimiento correctivo integral de los equipos indicados en el ANEXO 10-A, ya que para su ejecucin ser necesaria la utilizacin de personal y direccin tcnica especializados y/o por requerirse de herramientas o instrumentos sofisticados o especializados.

Equipos de los Centros Asistenciales que se excluirn las siguientes actividades por implicar un servicio especializado por terceros a todo costo:

EQUIPOS

ACTIVIDADES

FRECUENCIA ANUAL

Mquina de anestesia

Marca: BLEASE

Modelo: FRONTILINE 690 PLUS

Serie: 0801199

1

Verificacin y calibracin de parmetros de operacin (flujo, presin, voltajes, intensidad de corriente) en tarjeta de ventilador con software de fabricante.

1

2

Calibracin de rango y span de sensores con software de fabricante.

1

3

Verificacin de errores en tarjeta con software de fabricante.

1

Equipo de Endoscopa

Marca OLYMPUS

Modelo GIF E

Serie: 2814204

1

Cambio de fibra ptica de imagen.

1

2

Cambio de fibra ptica de iluminacin.

1

3

Prueba de fugas.

1

4

Cambio de seccin distal (rubber).

1

Equipo de Rayos X

Marca: PHILIPS

Modelo: BUCKY DIAGNOSTIC

Serie: 99.0565

1

Calibracin de parmetros (mAs, Kv) en tarjeta (con software de fabricante).

1

2

Verificacin del nmero de disparos (con software de fabricante).

1

3

Mantenimiento del generador del alta tensin.

1

Equipo de Mamografia Marca: Lorad Modelo M-IV

Serie: 18012086073

1

Mantenimiento de Gantry

1

2

Mantenimiento de Unidad de distribucin de Potencia

1

3

Mantenimiento de sistema de seguridad del arco en C, test ajustes y/o calibracin

1

4

Tests y/o ajustes de calibracin para el Gantry

1

5

Revisin y/o calibracin del voltaje de tubo, generador de voltaje, tubo de rayos X

1

6

Revisin y/o calibracin de la corriente del tubo

1

7

Control de calidad de imagen, Control Automatico de Exposicin

1

8

Prueba de dosis de radiacin.

1

Equipo de Densitometria Marca: Lorad Serie: 91523

1

Salida de Rayos x, dispersion de rayos X y medicion de dosis de rayos x

1

2

Revision de alineamiento del haz de rayos X

1

3

Realizar prueba de uniformidad raiologica.

1

4

Verificacion y/o reemplazo de las correas de todos los motores

1

Equipo de Rayos X Rodable Marca Shimadzu Serie: 0362P83501

1

Medicion y/o calibracin de parmetros de exposicin Kv, mAs

1

2

Mantenimiento de tubo de rayos x y colimador

1

3

Ejecucin de software de diagnostico

1

Equipo de Rayos X Estacionario Marca:Shimadzu

Serie: 0462R80106

1

Mantenimiento y calibracion del generador, sistema de control y parmetros de exposicin

1

2

Mantenimiento tubo rayos x y colimador

1

3

Mantenimiento Starter tubo de rayos x

1

Equipo de Terapia con Ultrasonido Marca: Chattanooga

Serie: T2803

1

Calibracion de los aplicadores

1

Equipo de Terapia con Ultrasonido Marca: Chattanooga

Serie: T2828

1

Calibracion de los aplicadores

1

Equipo de Terapia con Onda Corta Marca: Enraf Nonius

Serie:29838

1

Verificacion y limpieza interna del equipo

1

2

Prueba del panel frontal

1

3

Verificacion de la corriente de rejilla

1

4

Verificacion de la salida de energa

1

5

Verificacion y prueba del generador de frecuencia

1

6

Verificacion y prueba del dispositivo de sintonizacion

1

7

Pruebas de de posiciones de pulso y dispositivos de seguridad

1

Maquina de Anestesia

Marca: Datex Ohmeda

Serie: ANBM01212

1

Revision y calibracion del sistema de monitoreo

1

2

Chequeo de vaporizadores

1

3

Chequeo del ventilador electrnico

1

4

Reemplazo de partes orings vaporizador, kit modulo de gases, flapper y Oring

1

CONDICIONES MINIMAS PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO

RECURSOS HUMANOS PARA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO

3.1 Los perfiles bsicos y la cantidad mnima de personal que EsSalud requiere para el servicio de mantenimiento de equipos biomdicos se indican en el ANEXO 11.

3.2 Dentro de los primeros cinco das de la ejecucin contractual, el contratista deber presentar el Curriculum Vitae documentado de todo su personal, a efectos de que la Entidad pueda verificar el cumplimiento de los perfiles solicitados. Dichos documentos no sern devueltos, quedando en custodia permanente del Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial, o quien haga sus veces, para fiscalizacin posterior.

3.3 De acuerdo a lo dispuesto en el articulo 9 de la Ley No 29245 y D.L. 1038, que regulan los servicios de tercerizacin D.S. 006-2008-TR. Una vez efectuado el desplazamiento del personal destacado, la empresa efectuar la declaracin correspondiente (registro) en la planilla electrnica que se encuentra regulada por el D.S. 018-2007-TR y sus normas modificatorias y complementarias. Debiendo presentar la constancias que acredite el cumplimiento de la obligacin antes indicada a los 15 das de iniciado el plazo de ejecucin del servicio y cada vez que Essalud lo solicite, formando parte del expediente de pago.

3.4 Durante la ejecucin contractual, en caso de reemplazo de un personal del servicio por renuncia o enfermedad, el personal que deber cubrirlo deber cumplir con la misma especialidad y el mismo nmero de aos de experiencia o superior a lo inicialmente ofertado.

3.5 El personal requerido tambin deber atender las situaciones imprevistas de cualquier ndole que presenten los equipos estipulados en la cobertura, segn ANEXO 10.

El tcnico administrativo, entre otras actividades establecidas en los presentes Trminos, estar encargado de mantener actualizada la informacin del Software de Mantenimiento de ESSALUD.

3.6 El contratista designar un profesional responsable del servicio, quin se har cargo de coordinar con EsSalud la elaboracin, la ejecucin y cumplimiento del Programa de Mantenimiento (Preventivo y Correctivo) y correctivos imprevistos, as como de la elaboracin de los Informes Mensuales de Actividades, dar solucin de las situaciones imprevistas que se presenten en los equipos de su cobertura, y realizar otras actividades previstas en los presentes trminos de referencia, segn el requerimiento del Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial.

3.7 La experiencia en la especialidad del personal tcnico solicitado se contabilizar a partir de la culminacin de estudios de formacin tcnico profesional, la realizacin de trabajos efectivamente ejecutados y culminados.

3.8 El profesional responsable del servicio designado por el contratista ser el profesional en Ingeniera indicado en el ANEXO 11, quien en adelante se llamar Ingeniero Residente.

3.9 En la oferta tcnica del recurso humano necesario para la prestacin del servicio, el postor incluir aquel directamente relacionado a la prestacin del servicio, ya sea aquel con residencia en el(los) Hospital(es) Base y el personal que efectuar las visitas itinerantes.

No se deber incluir el personal que labore en las instalaciones de la empresa contratista a tiempo parcial o completo, as dicho personal realice coordinaciones por cortos periodos en los centros asistenciales bajo la cobertura del servicio.

MEDIOS FISICOS

3 Los medios fsicos mnimos que el postor debe ofertar estn indicados en el ANEXO 12. Adems, el postor deber asegurarse que estos equipos e instrumentos destacados o trasladados a la Red Asistencial son los adecuados y suficientes para la ejecucin del Programa de Mantenimiento, y por ende del servicio contratado, en las condiciones pactadas.

Los medios fsicos que durante la vigencia del contrato el proveedor debe mantener en las instalaciones de EsSalud, sern iguales o superiores a lo ofertado en su Propuesta.

En caso se requiera de algn medio fsico para ejecutar alguna actividad especfica que demande el servicio contratado, ste deber ser puesto a disposicin por el contratista, sin costo adicional para EsSalud, salvo que demuestre que ste, es de uso exclusivo de los fabricantes o representantes exclusivos de la marca del equipo a intervenir, o cuyo uso estara a cargo de un tcnico especialista no previsto en los Trminos de Referencia.

3.9 El contratista, a su costo, dotar a su personal destacado en la Red Asistencial de maletines con herramientas, que permitan la ejecucin oportuna del servicio de mantenimiento y sin causar daos parciales o totales a los equipos; as mismo dotar a su personal de equipos de proteccin personal, los cuales obligatoriamente debern ser usados durante la prestacin del servicio, para evitar el contacto con agentes contaminantes que podran afectar su integridad fsica o deteriorar la eficiencia del trabajo.

3.10 Los medios fsicos que el postor oferte utilizar durante la ejecucin del servicio sern ingresados a EsSalud dentro de los cinco (05) das de iniciado el servicio contratado, lo cual ser verificado y dado por conforme mediante Acta de Verificacin por el rea de Mantenimiento de la Red Asistencial.

3.11 Si algn equipo, herramienta o instrumento queda inutilizado durante el periodo del servicio contratado, el contratista deber sustituirlo inmediatamente por otro de iguales o superiores caractersticas.

3.12 EsSalud podr rechazar o disponer sustituir cualquier medio fsico que por su estado actual o caractersticas constituya un serio peligro para la buena ejecucin de los trabajos de mantenimiento.

3.13 EsSalud designar los ambientes donde sern ingresados los medios fsicos ofertados por el proveedor, los cuales sern utilizad33os por el mismo como centro de trabajo y exclusivamente para prestar el servicio.

RECURSOS ECONMICOS / REPUESTOS

3.14 El contratista, durante la vigencia del contrato, mantendr un capital de trabajo mensual, cuyo valor total incluido el IGV ser:

Cobertura Capital mensual

Equipos biomdicos mismo que forma parte

S/. 3,000.00 del monto mensual adjudicado.

El capital de trabajo ser empleado por el contratista para el suministro de repuestos, materiales, y servicios de manufactura de menor cuanta que las actividades de mantenimiento demanden.

Los insumos necesarios para ejecutar las actividades de mantenimiento bsicas, sern asumidos por el contratista dentro de los costos del mantenimiento contratado, de manera independiente al capital de trabajo. Para ello deber proveer los siguientes insumos bsicos en forma mensual:

INSUMOS BASICOS PARA MANTENIMIENTO

4.0

Uni.

Lija al agua No 120

2.0

Uni.

Lija al agua No 80

2.0

Uni.

Aflojatodo

2.0

Uni.

Pegamento instantaneo (triz)

2.0

Uni.

Soldimix 5 min.

2.0

Uni.

Alcohol isopropilico

2.0

Uni.

Alcohol medicinal

2.0

Uni.

Bencina

2.0

Uni.

Limpiacontactos electronico

2.0

Uni.

Silicona spray limpiador

2.0

Uni.

Silicona roja alta temperatura

2.0

Uni.

Limpia cristales sachet

2.0

Uni.

Limpia metales brasso chisguete

2.0

Uni.

Quitagrasa sachet

2.0

Uni.

Cera liquida para muebles

14.0

Kg.

Trapo blanco en tira

Estos insumos se repartirn en forma equitativa entre los Hospitales II Moquegua y Hospital II Ilo.

El contratista deber considerar que el capital de trabajo estar permanentemente disponible desde el primer da del inicio del contrato para la ejecucin de las actividades de mantenimiento durante el periodo mensual de actividades, segn lo establecido en el Numeral 5.1 de los presentes Trminos de Referencia.

Slo se aceptar la indisponibilidad del capital de trabajo en el mes, cuando ste se haya utilizado por completo en el mismo periodo por la necesidad apremiante del servicio, en tal caso, EsSalud se encargar del suministro de los bienes y servicios de manufactura de menor cuanta requeridos, slo por el periodo restante del mes.

Si el contratista, a pesar de no haberse cubierto el monto mximo mensual del capital de trabajo ofertado, incurre en incumplimiento, previa comunicacin por escrito de la subsanacin del incumplimiento, EsSalud proceder a contabilizar los das para la aplicacin de las penalidades correspondientes.

De persistir el contratista en el incumplimiento del gasto del capital de trabajo, la Entidad podr resolver el contrato por incumplimiento, segn el Artculo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En caso de no utilizarse la integridad del capital de trabajo mensual, EsSalud slo considerar en el pago mensual lo realmente gastado.

3.15 El contratista estar obligado a suministrar repuestos, materiales, y servicios de manufactura de menor cuanta hasta un mximo igual al monto del capital de trabajo establecido en el Numeral 3.14.

El suministro de estos repuestos, materiales y servicios de manufactura requiere la autorizacin previa del Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios, o quien haga sus veces en la Red Asistencial.

El costo de los repuestos y materiales que el contratista suministre a la Red Asistencial con el uso de su capital de trabajo, sern considerados dentro de la facturacin correspondiente a las actividades de mantenimiento mensual (Reporte segn Formato 1), no debiendo exceder al monto consignado como capital de trabajo mensual.

El Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios, o quien haga sus veces en la Red Asistencial, evaluar las facturas o boletas de adquisicin de los repuestos, materiales y servicios de manufactura de menor cuanta, dando su VB mediante el sellado de dichos documentos; aquellos que no tengan la conformidad de dicho funcionario, no sern consideradas para el pago. El modelo de sello a utilizar ser el siguiente:

Para fines de pago de estos repuestos, materiales y servicios de manufactura, el contratista deber adjuntar al Expediente de Pago, el original de las boletas o facturas emitidas por los proveedores de los tems suministrados. Estos documentos debern tener el visto bueno del Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios, o quien haga sus veces en la Red Asistencial, aquellas que no lo tengan, no sern consideradas en el pago.

Para fines de pago, el contratista deber adjuntar adicionalmente al Expediente de Pago lo siguiente:

1. Relacin de Repuestos y Materiales y Servicios de Manufactura Suministrados a EsSalud, concordante con las OTMs generadas (Formato 1)

2. Fotocopia fedateada de las facturas giradas a nombre del contratista por la compra efectuada, debindose observar que los precios de los repuestos, materiales y servicios de manufactura suministrados deben estar de acuerdo al promedio del mercado.

Slo se reconocer al contratista el monto indicado en los documentos de compra correspondiente a los repuestos, materiales, y servicios de manufactura de menor cuanta suministrados a esta Red, es decir, no se aceptar el recargo del IGV a dicho monto invertido.

Luego de procesado el Expediente de Pago, la Red Asistencial devolver al contratista los originales de las boletas y facturas que sustentan el uso del capital de trabajo con un sello al reverso de INHABILITADO PARA USO COMO CAPITAL DE TRABAJO.

3.16 Los repuestos de mediana y mayor cuanta que sean necesarios para el cumplimiento del Programa de Mantenimiento sern adquiridos y suministrados por la Red Asistencial, con arreglo a su normatividad interna.

En este caso, el contratista est obligado a realizar el diagnstico de la falla y a desarrollar y entregar a la Red Asistencial la Relacin de Repuestos y Materiales para el Programa de Mantenimiento (Formato 2), debindose incluir las solicitudes y Especificaciones Tcnicas de los repuestos y materiales para el mantenimiento, los cuales debern ser formulados con claridad y precisin.

El Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios, o quien haga sus veces en la Red Asistencial y el rea de Adquisiciones, de manera coordinada, velarn permanentemente para que los bienes y servicios que se requiera adquirir o contratar se encuentren definidos con precisin, tanto en lo referente a las caractersticas tcnicas, condiciones, cantidad y calidad (artculo 13 de la Ley de Contrataciones del Estado).

Una vez adquirido el repuesto respectivo, el contratista estar en la facultad de cambiar y efectuar el mantenimiento que requiera el equipo, sin generar gasto a EsSalud.

De no ser posible su reparacin y/o mantenimiento por parte del contratista, ste deber hacer llegar por escrito al Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios, o quien haga sus veces en la Red Asistencial, el informe con los motivos por los cuales su representada no puede ejecutar el mantenimiento y reparacin, para su evaluacin, valoracin y pronunciamiento correspondiente, teniendo en cuenta las condiciones establecidas en el contrato, Bases Integradas, Oferta Tcnica, Ley de Contrataciones del Estado y otras que les sean aplicable.

Una vez concluidas las actividades de mantenimiento, el contratista entregar al Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios, o quien haga sus veces en la Red Asistencial los repuestos reemplazados. Esta entrega se acreditar por cada actividad, con la ficha de Entrega de Repuestos Reemplazados (Formato 4); una copia de esta ficha se adjuntar a la OTM respectiva.

Como seal de conformidad, la ficha de Entrega de Repuestos Reemplazados, deber contar con la firma del Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios, o quien haga sus veces en la Red Asistencial.

3.17 Los repuestos y materiales que suministre el contratista en el marco del contrato, sern nuevos, sin uso y de las caractersticas que exijan los equipos incluidos en el ANEXO 10 y las actividades de mantenimiento contratadas.

En caso de defecto o falla del bien, EsSalud notificar de inmediato y por escrito al contratista cualquier reclamo con cargo a esa garanta. Al recibir dicha notificacin, el contratista reemplazar, con una rapidez razonable, los repuestos defectuosos sin costo alguno para la Red Asistencial.

3.18 El contratista est obligado a entregar la totalidad del capital de trabajo al profesional responsable del servicio contratado: Ingeniero Residente, quien se har cargo del mismo.

PROCESO DE ELABORACION DEL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO

4.1 El Programa de Mantenimiento Preventivo que ejecutar el contratista, ser el evaluado y aprobado por la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial y ser registrado en el Software de Mantenimiento PCOMAN, el cual incluye la descripcin de las actividades y la frecuencia de ejecucin acordes con la caracterstica de cada equipo.

Queda entendido que el Programa de Mantenimiento comprende los siguientes documentos:

Descripcin de Actividades de Mantenimiento con frecuencias (segn Formato 3).

Relacin de Repuestos y Materiales Requeridos para el Programa de Mantenimiento (segn Formato 2).

Descripcin de visitas en los CAS perifricos para el mantenimiento preventivo y correctivo programado con viticos solventados por la empresa contratista (segn ANEXO 13)

4.2 El contratista tendr un plazo de siete (07) das, para elaborar el Programa de Mantenimiento de la totalidad del equipamiento indicado en el ANEXO 10.

El Programa de Mantenimiento se presentar por equipo.

El plazo establecido en este numeral ser contabilizado a partir del siguiente da de suscrito el contrato o de emitida la Orden de Compra.

El Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial, o quien haga sus veces, en un plazo no mayor de tres (03) das hbiles evaluar el Programa; en caso el Programa est acorde a las necesidades y requerimientos de EsSalud, ste se dar por aceptado formalmente, caso contrario, se le formularn las observaciones a que hubiera lugar, otorgndose al contratista un plazo no mayor de dos (02) das para su reformulacin o adecuacin respectiva. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanacin, la Entidad podr evaluar resolver el contrato, sin perjuicio de las penalidades que correspondan, haciendo de conocimiento al OSCE para la aplicacin de sanciones a que hubiera lugar.

4.3 Una vez aceptado el Programa de Mantenimiento, ste se iniciar con la ejecucin de las actividades de dicho programa.

4.4 Reprogramacin: El Programa de Mantenimiento Preventivo es susceptible de ser reprogramado por diversos factores, tales como: necesidad del servicio por uso continuo del equipo, equipos inoperativos por falta de repuestos o servicios de manufactura que no pueden ser cubiertos con el capital de trabajo, u otras causas no atribuibles a la empresa contratada, que impidan la ejecucin del mantenimiento preventivo programado en la fecha prevista.

Modificacin: El Programa de Mantenimiento Preventivo sufrir su modificacin cuando se retiren del inventario en el software de Mantenimiento los equipos que progresivamente se van dando de baja por las reas usuarias en coordinacin con el rea de patrimonio de la Red Asistencial, y cuando se incorporen a la cobertura de mantenimiento los equipos que hayan culminado, sin observaciones, el periodo de garanta.

5 PROCESO DE EJECUCIN DEL SERVICIO CONTRATADO

ORGANIZACIN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO

5.1 Para los fines de programacin y prestacin del servicio, se debe entender que el periodo mensual de actividades de mantenimiento se inicia y cierra, el primer y ltimo da de los meses respectivos.

5.2 El contratista deber coordinar permanentemente con el Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial, o quien haga sus veces, los aspectos necesarios para la adecuada prestacin del servicio.

5.3 El contratista, quince (15) das antes de la fecha de inicio del nuevo perodo mensual entregar al Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial, o quien haga sus veces, el listado de actividades a ejecutar de acuerdo al Programa de Mantenimiento.

El contratista, entregar al la relacin de repuestos, materiales y servicios de manufactura necesarios para ejecutar el Programa de Mantenimiento, en forma trimestral y cuando la Red Asistencial se los requiera, en el Formato 2: Relacin de Repuestos y Materiales Requeridos para el Programa de Mantenimiento.

5.4 El contratista utilizar el formato Orden de Trabajo de Mantenimiento OTM que le ser proporcionado por EsSalud, mediante el cual se inicia el requerimiento del mantenimiento, hasta la conformidad final del servicio prestado, a cargo del rea usuaria y del rea de mantenimiento.

5.5 El Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial, o quien haga sus veces, tres (03) das despus de haber recibido los documentos indicados en el numeral 5.3, entregar al contratista lo siguiente:

Actividades de mantenimiento aceptadas para su ejecucin

Actividades de mantenimiento que deben ser postergadas o adelantadas

Items de la relacin de repuestos, materiales e insumos que requieren de un mayor detalle en su descripcin tcnica.

PRESTACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPOS

5.6 El contratista, de conformidad con las rdenes de Trabajo de Mantenimiento aprobadas por el Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial, o quien haga sus veces, en la fecha prevista:

1. Coordinar con el Jefe del Servicio Usuario, el inicio o ejecucin de la actividad del mantenimiento programado, de tal manera que no se interrumpa inopinadamente la labor del servicio usuario.

2. Ejecutar el mantenimiento utilizando los medios y recursos aceptados por EsSalud.

3. Concluido el trabajo demostrar al usuario la eficacia del mantenimiento ejecutado, solicitando al Jefe del Servicio Usuario firme la Orden de Trabajo de Mantenimiento, en el campo correspondiente.

4. Si el servicio no se ajusta al requerimiento autorizado, el contratista subsanar o concluir la actividad de mantenimiento dentro del plazo perentorio que disponga EsSalud.

5. Aceptada la actividad de mantenimiento, en el sistema de informacin disponible en la OTM se registrar integralmente las actividades ejecutadas, la mano de obra empleada, los recursos materiales cambiados o aplicados, y las horas-hombre utilizadas en el mantenimiento del equipo.

5.7 El contratista, en caso de no ejecutar la actividad de mantenimiento en la fecha prevista:

2. Reprogramar el mantenimiento preventivo.

3. Estar sujeto a la aplicacin de penalidades, si el incumplimiento fuese atribuible a su representada.

5.8 En la fecha de conclusin de la actividad de mantenimiento un (01) da despus, entregar la Orden de Trabajo de Mantenimiento al Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial, o quien haga sus veces, para su evaluacin y conformidad, de ser el caso.

5.9 ACTIVIDADES DE APOYO: Uso del Cuaderno de Control Diario

Para los casos en que el contratista ejecute actividades de apoyo de equipos, estas actividades no sern registradas en las rdenes de Trabajo de Mantenimiento; solamente estas actividades se registrarn en el Cuaderno de Control Diario, el mismo que deber contener los siguientes campos:

Fecha

rea / Servicio

Nombre del tcnico

Hora de inicio y trmino

Descripcin de actividades

Materiales, repuestos

MANTENIMIENTO FUERA DEL CENTRO ASISTENCIAL

5.10 Para los fines de lograr mejores resultados del servicio contratado, el centro asistencial puede autorizar realizar el mantenimiento del equipamiento que as lo requiera, fuera de las instalaciones de la dependencia hospitalaria.

5.11 El Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios, o quien haga sus veces, solicitar la formulacin de la Papeleta de Salida por mantenimiento del equipo al responsable de la Unidad de Control Patrimonial de la Red Asistencial, o quien haga sus veces.

El bien deber ser reingresado al centro asistencial con la Papeleta de Salida emitida (nica constancia) por el responsable de la Unidad de Control Patrimonial, contando con el visto bueno del Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios.

5.12 El transporte de ida y vuelta, as como la integridad del bien, para su mantenimiento fuera del centro asistencial, es de gestin y exclusiva responsabilidad del contratista.

5.13 El gasto por transporte y de mantenimiento no amerita pago adicional al contratista.

VERIFICACION ESPECFICA DEL MANTENIMIENTO

5.14 El Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial o quien haga sus veces, controlar el proceso de ejecucin de la actividad de mantenimiento respectiva, verificando adicionalmente:

a. El reemplazo de repuestos.

b. La fecha de inicio y de culminacin de la actividad de mantenimiento.

c. La informacin registrada en la Orden de Trabajo de Mantenimiento.

5.15 El Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial o quien haga sus veces, solicitar al contratista que cumpla, complemente o subsane la actividad de mantenimiento y/u Orden de Trabajo de Mantenimiento, si observa que:

1.25.1. EsSalud no ha recibido los repuestos reemplazados.

1.25.2. La mano de obra, recursos materiales y/o medios fsicos del mantenimiento no se ajustan a las condiciones contratadas.

1.25.3. El funcionamiento del equipo, no es el adecuado.

1.25.4. La informacin descrita en la OTM no est completa, carece de calidad o no se sujeta a la verdad.

1.25.5. La OTM no est debidamente firmada por el usuario y/o el contratista responsable del mantenimiento.

VERIFICACION ESPECFICA EN CENTRO ASISTENCIAL PERIFERICO

5.16 El Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial, podr realizar la verificacin tcnica del cumplimiento de actividades del Programa de Mantenimiento, tanto en el (los) centro(s) asistencial(es) Base como en los CAS perifricos dentro de la cobertura del contrato, durante o despus de la ejecucin de cada actividad especfica.

SUBSANACION DE OBSERVACIONES DE MANTENIMIENTO Y DEMAS PRESTACIONES ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO

5.17 El contratista estar obligado a cumplir, todas las prestaciones establecidas en el contrato, incluida la ejecucin de las actividades de mantenimiento en su integridad y/o subsanar las OTMs observadas por deficiencias, caso contrario, el Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial no dar la conformidad correspondiente.

Conforme lo establece el Artculo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el contratista est obligado a subsanar las deficiencias identificadas en un plazo prudencial para su subsanacin, en funcin a la complejidad del equipo. Dicho plazo no podr ser menor de dos (02) ni mayor de diez (10) das calendarios, dicho plazo ser definido y otorgado por el Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios, o quien haga sus veces en la Red Asistencial.

CONFORMIDAD DE CADA ACTIVIDAD DE MANTENIMIENTO

5.18 Queda entendido que la Orden de Trabajo de Mantenimiento de EsSalud revisada y dada por conforme por el Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios es un documento ineludible, para que ste pueda emitir su Informe Tcnico de Conformidad mensual, y el contratista pueda iniciar el trmite de pago del servicio de mantenimiento prestado en el periodo respectivo.

5.19 Una vez concluida la actividad de mantenimiento, la OTM con la firma del Jefe del Servicio Usuario y del contratista, ser entregada al Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial, o quien haga sus veces, en el menor tiempo posible.

5.20 El Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios dar por concluida la intervencin de mantenimiento, si el trabajo se ha desarrollado conforme a lo contratado, y adems, el registro de la informacin de las actividades de mantenimiento en la OTM es correcta y completa; habindose cumplido estos requisitos, firmar la Orden de Trabajo de Mantenimiento en seal de conformidad.

5.21 Queda entendido que, la OTM slo ser considerada como concluida cuando cuenta con las firmas de conformidad de: Jefe del Servicio Usuario, contratista y Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios, o quien haga sus veces; sin embargo, de presentarse algn inconveniente posterior referente al mantenimiento realizado, el inconveniente deber ser resuelto como obligacin de la Orden de Trabajo de Mantenimiento firmada.

5.22 El Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios, o quien haga sus veces comunicar los resultados de la evaluacin de la Orden de Trabajo de Mantenimiento al contratista.

5.23 La evaluacin que corresponde al Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios, o quien haga sus veces en EsSalud, comprende las acciones de la ejecucin y cumplimiento de cada actividad de mantenimiento, y las obligaciones esenciales del contratista, que se encuentran plasmadas en las Bases del proceso de seleccin.

INGRESO DE INFORMACION DE ORDENES DE TRABAJO AL SOFTWARE DE MANTENIMIENTO DE ESSALUD

5.24 Concluida y aceptada la Orden de Trabajo de Mantenimiento, el contratista registrar toda la informacin de la Orden de Trabajo de Mantenimiento, en el software de mantenimiento de EsSalud (PCOMAN).

La calidad con la que el contratista registra la informacin en el software de mantenimiento ser evaluada peridicamente por EsSalud.

El Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios la Red Asistencial, podr solicitar en cualquier momento al contratista la entrega de un CD con la Base de Datos del software PCOMAN actualizada.

ACTUALIZACION DEL SISTEMA DE INFORMACION

5.25 El contratista deber tener un inventario actualizado de todos los equipos bajo su cobertura en el software de Mantenimiento de EsSalud y en un Base alternativa (p.e. MS EXCEL), la misma que deber incluir los equipos para baja (operativos e inoperativos), nuevos o en garanta.

5.26 Dicha informacin deber siempre ser coordinada con el Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios la Red Asistencial, o quien haga sus veces, y deber siempre contar con backup de seguridad. En caso, de extravo de la misma, el contratista se har responsable de dicha informacin.

ALTA DEL NUEVO EQUIPAMIENTO HOSPITALARIO Y SEGUIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE SU MANTENIMIENTO PREVENTIVO DURANTE EL PERIODO DE GARANTA

5.27 La empresa residente de mantenimiento deber efectuar el Alta (ingreso) de los equipos hospitalarios adquiridos por la Institucin en el Software de Mantenimiento PCOMAN, a fin de registrar las actividades de mantenimiento preventivas y correctivas, y de esta manera contar con la informacin que permita efectuar futuras tomas de decisin en la gestin del equipamiento hospitalario.

5.28 El Jefe de la Oficina de Ingeniera Hospitalaria y Servicios la Red Asistencial, entregar oportunamente a la empresa residente de mantenimiento la informacin indicada lneas abajo, de los equipos asistenciales recientemente adquiridos para su registro en la Base de Datos

1.25.5.1. Copia del Acta de Recepcin de equipos

1.25.5.2. Copia de la Orden de Compra de los equipos

1.25.5.3. Copia de la Ficha Tcnica de los equipos, indicando informacin de la Etiqueta Patrimonial.

5.29 La empresa residente de mantenimiento se encargar en forma permanente del registro del cumplimiento del Programa de Mantenimiento Preventivo de los equipos en garanta bajo su cobertur