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GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA ADS N° 01-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP por Subasta Inversa Presencial 1 ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 01-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP PRIMERA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA LAS UNIDADES MÓVILES DE LA GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA CONTRATO BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES

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ADS N° 01-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP por Subasta Inversa Presencial

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ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 01-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP

PRIMERA CONVOCATORIA

CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES

ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA LAS

UNIDADES MÓVILES DE LA GERENCIA REGIONAL

DE AGRICULTURA

CONTRATO

BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE

SUMINISTRO DE BIENES

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. BASE LEGAL

− Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. − Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. − Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en

adelante la Ley. − Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. − Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado. − Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado. − Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. − Código Civil. − Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. − Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción

de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

− Resolución de la Contraloría N° 320-2006-CG, Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Publico.

− Resolución Nº 590-2006-CONSUCODE/PRE, que aprueba el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial, y su modificatoria, en lo sucesivo El Reglamento.

− D.S. Nº 045-2001-El Reglamento para la comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos.

− Decreto Supremo Nº.030-98 EM y D.S. Nº 045-2001-EM, Reglamento de Comercialización de Combustibles Líquidos.

− Decreto Supremo Nº 054-93-EM – Reglamento de Seguridad para establecimientos de venta al público de combustibles derivados de Hidrocarburos

− Decreto Supremo Nº 052-93-EM – Reglamento de Seguridad para el almacenamiento de Hidrocarburos.

− Directiva Nº 006-2009-OSCE/CD. “Lineamientos para la Aplicación de la Modalidad Especial de Selección por Subasta Inversa”, aprobada por Resolución Nº 168-2009-OSCE/PRE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)

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conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

1.4. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. Cuando la presentación de propuestas se realice en acto público, las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple. Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: 1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste

debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio

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presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

1.5. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS1

Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en la dirección,

en el día y horario señalados en las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial.

En el caso que la propuesta del postor no fuera admitida, el Comité Especial incluirá el

motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en el SEACE,

debiendo devolverse los sobres que contienen la propuesta técnica y económica, una vez

consentido el otorgamiento de la Buena Pro.

1.5.1 ACTO PÚBLICO

El Acto Público de presentación de Propuestas, Puja y otorgamiento de la Buena Pro es uno

solo, y una vez iniciado, no se puede suspender, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

Asimismo, en los procesos convocados según relación de ítems podrá suspenderse el acto

público cuando el horario no permita su continuación, para lo cual es necesario que se haya

concluido con el desarrollo de la puja en un ítem determinado, debiendo reanudarse en el

día hábil siguiente con el ítem que corresponda.

El Notario Público deberá suscribir todas las hojas que formen parte del acta de

adjudicación.

En el supuesto que el acto público se suspenda por alguna de las causales antes indicadas,

los sobres quedarán en custodia del notario público, hasta su reanudación.

El indicado Acto se realiza en presencia del Comité Especial, con la participación de un

Notario Público y de un representante del Órgano de Control Institucional como veedores; en

el lugar, fecha y hora señalados en la convocatoria.

1.5.2 INTRODUCCIÓN AL ACTO PÚBLICO

En el lugar, fecha y hora indicados en la convocatoria, antes de dar inicio a cada uno de los

actos sucesivos que constituyen al acto público: la presentación de propuestas, apertura de

propuestas, la clasificación de propuestas, la puja, la determinación de puntajes y el

otorgamiento de la buena pro, El Presidente del Comité Especial invitará a los participantes

a formular preguntas sobre el proceso en general, debiendo absolverlas de inmediato.

Cualquier desacuerdo que pudiera surgir en torno a las respuestas recibidas no dará lugar a

procedimiento de reclamo alguno. La presentación de propuestas de un postor significa su

conformidad con las respuestas dadas a las consultas.

1.5.3 HABILITACIÓN DE PARTICIPANTES

El acto de habilitación de participantes se inicia cuando el Presidente del Comité Especial

empieza a llamar a cada uno de los participantes, en el orden en que se hubieren registrado,

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De acuerdo a lo establecido por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directa Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.

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con la finalidad de que ellos, o a través de sus representantes acrediten que estos cuentan

con los poderes suficientes para formular ofertas en el presente proceso de selección.

Las personas naturales concurren personalmente y se identificarán con su DNI. o a través

de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder

simple.

Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado acreditado

con carta poder simple ante el Comité Especial.

El representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral

vigente que consigne dicho cargo, y en el caso del apoderado, será acreditado con carta

poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral

vigente que acredite la condición de éste.

La carta poder simple deberá señalar que “el representante” cuenta con poder suficiente

para entregar la propuesta a nombre del postor, pudiendo también hacer en su nombre, los

lances verbales en la etapa de puja que considere conveniente, siempre y cuando su

propuesta se encuentre comprendida entre las propuestas que pasaron a esta etapa.

De manera simultánea a la habilitación, los participantes deberán presentar los sobres

cerrados N° 01 “Sobre de habilitación” que contendrá la documentación que habilite al postor

a participar y el sobre N° 02 “Propuesta Económica”, el mismo que deberá ser presentado de

acuerdo a lo solicitado en el numeral 2.4 de las Bases.

Si al momento de ser llamado el participante no se encontrase, se le tendrá por desistido de

participar en el proceso de selección.

Si alguno es omitido podrá acreditarse con la presentación de la respectiva constancia de

comprobante de registro. Los integrantes de un Consorcio no podrán presentar ofertas

individuales.

1.5.4 APERTURA DE PROPUESTAS

Una vez presentadas las propuestas, el Presidente del Comité Especial abrirá los sobres de

habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la

documentación exigida en el numeral 2.4 de las Bases. En caso se omita la presentación de

alguno de los calificados como obligatorios, se procederá a su descalificación.

Acto seguido, el Presidente del Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen

las propuestas económicas de los postores habilitados, anunciando los montos ofertados,

los mismos que serán anotados en la pantalla , a través de un sistema informático,

ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por

parte de los asistentes.

El Notario Público deberá verificar dichas actuaciones y hacer las anotaciones

correspondientes en el acta respectiva.

1.5.5 CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS

Solamente clasificarán para participar en el período de puja el postor que haya ofrecido el

menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más del diez por

ciento (10%).

Si una vez realizado dicho corte, no hubieran clasificado para participar en el período de

puja tres (3) o más postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionará a los que

hubieran ofrecido los tres (3) menores precios o costos, cualesquiera que sean los montos

ofrecidos y el número de postores que los ofrecieron.

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En caso que sólo existieran dos (2) propuestas válidas, la puja se realizará con la

participación de dichos postores.

En caso que dos (2) o más postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos

clasificarán al período de puja; sin embargo, deberá realizarse un sorteo entre ellos para

establecer el orden requerido en el numeral siguiente.

1.5.6 PERIODO DE PUJA

Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el

numeral anterior, podrán participar en el período de puja realizando lances verbales,

debiendo contemplar necesariamente el valor monetario fijado como decremento mínimo,

aplicado al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento.

Durante el período de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que

consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con

la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan

en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada

por el Comité Especial y el Notario Público o Juez de Paz, será considerada como un acto

de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los

postores implicados.

El Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio o

costo a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el

orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la

secuencia de menor a mayor precio o costo.

Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal,

manifieste expresamente su desistimiento.

Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres

(3) minutos para dar una respuesta; de no hacerlo, se le tendrá por desistido. El Comité

Especial proveerá un sistema de control de tiempo visible para todos los participantes.

El período de puja culmina cuando se ha identificado el precio o costo más bajo, luego de

que todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir

efectuando nuevos lances.

Los postores calificados pueden realizar propuestas de precios las veces que crean

conveniente; para ser aceptadas tienen que ser iguales o menores a la diferencia, entre la

postura líder en ese momento y el decremento mínimo.

La realización de lances se sujeta a lo siguiente.

a) Puja con lances verbales:

El Presidente del Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de

menor precio a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores

en el orden de prelación que hayan ocupado en la calificación de propuestas, siguiendo la

secuencia de menor a mayor precio. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser

requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento.

Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres

(3) minutos para dar una respuesta; de lo contrario, se le tendrá por desistido. El Comité

Especial se proveerá de un sistema de control de tiempo que sea visible para todos los

participantes.

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El periodo de puja mediante lances verbales culmina cuando se ha identificado el precio más

bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho periodo hayan

desistido de seguir presentando nuevas propuestas.

1.5.7 DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez culminado el período de puja, se establecerá el orden de prelación de los postores

en función al último precio o costo ofrecido y se otorgará la Buena Pro al postor que haya

ofrecido el precio o costo mas bajo.

1.6. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. IMPORTANTE:

Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente

2.

1.7. ACTO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

La Buena Pro se otorgará al postor que haya ofertado el menor costo.

Cabe precisar que para otorgar la Buena Pro se requerirá la existencia de dos (2)

propuestas válidas como mínimo; de lo contrario, el ítem se declarará desierto. De

acuerdo al Artículo 95º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

El otorgamiento de la Buena Pro se registrará en el SEACE en la fecha prevista en el

calendario del proceso.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

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Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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A) Solución en caso de empate:

En el supuesto de que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la buena pro

se efectuará a través de sorteo en el mismo acto (artículo 95° del reglamento)

B) De la declaratoria de desierto:

Se declarará desierto el ítem correspondiente:

- Cuando no se haya presentado ninguna propuesta en cada ítem.

- Cuando no haya por lo menos dos (2) propuestas válidas al otorgar la Buena Pro. (Artículo

95° del reglamento), en cada ítem.

1.8. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

El otorgamiento de la Buena Pro quedará automáticamente consentido si culminado el

periodo de puja ningún participante hubiera dejado constar en actas su intención de

impugnar el proceso.

1.9. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 115 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

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CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. RECURSO DE APELACIÓN

El recurso de apelación contra los actos producidos durante el acto público de la

presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, y contra los actos que

afecten su validez, deberá ser interpuesto por los postores dentro de los CINCO (05)

días hábiles siguientes de dicho acto público.

El recurso de apelación se presentará ante la Entidad que convocó el proceso de

selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad.

El Titular de la Entidad deberá resolver dentro del término no mayor de diez (10) días

hábiles de admitido el recurso, salvo que hubiese requerido información adicional, en

cuyo caso deberá pronunciarse dentro del término de quince (15) días hábiles.

Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por

el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán

impugnarse ante el Tribunal.

2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

CAPÍTULO III DEL CONTRATO

3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.

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Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Copia de DNI del Representante Legal; Copia del RUC de la empresa. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa;

Código de cuenta interbancario (CCI). Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los

documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.

3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente. El plazo de ejecución del suministro de combustible será de 12 meses o hasta agotar el

monto contractual del contrato, contado a partir del día siguiente de la firma del contrato.

3.3. DE LAS GARANTÍAS

3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.

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3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.

3.6. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la entrega del bien requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

3.7. PAGOS

Los pagos se realizarán a través de la Oficina de Tesorería de la Gerencia Regional de Agricultura; en el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

Plazos para los pagos

Dicho pago se realizará en nuevos soles y en forma quincenal, dentro del plazo de diez (10) días calendarios de haberse otorgado la conformidad de la recepción del combustible. El informe Recepción y conformidad corresponderá al trabajador responsable del abastecimiento del combustible, emitiendo su conformidad de la prestación efectuada. El pago se efectuará dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, luego de

que El Contratista presente la factura correspondiente a la oficina de Logística de la Gerencia Regional de Agricultura, concordante a la liquidación de entrega de combustible que se

presente.

El trabajador encargado del abastecimiento del combustible emitirá su conformidad de

abastecimiento de combustible en un plazo que no excederá de los diez (10) días de

entregado el combustible quincenalmente y el pago se efectuará dentro del plazo de diez

(10) días naturales computados desde la conformidad de la entrega del combustible,

conforme a lo establecido por el artículo 181º del Reglamento.

3.8. REAJUSTE DE PRECIOS

Los precios adjudicados estarán sujetos a reajustes de acuerdo a los incrementos o

decrementos de los precios explanta establecidos por las refinerías, debiendo estar

debidamente sustentados por el Contratista de acuerdo al Artículo 49º del Reglamento.

Asimismo se deberá tener en cuenta lo siguiente:

- Todo incremento o decremento de precios que aplique la empresa deberá ser en la

misma proporción que la que se haya aplicado al público en general.

- Toda modificación en los precios deberá ser comunicada por escrito a la Gerencia

Regional de Agricultura dentro de las 24 horas de haberse producido dicha variación

adjuntando la lista de precios de los productos, para que se aplique el coeficiente de

reajuste respectivo.

- La validez de las modificaciones del precio de venta serán establecidas estrictamente

desde la fecha y hora en que se efectúe la modificación de los precios de Lista publicada

en las estaciones de servicio.

- El reajuste de precios se producirá inclusive si se produjera alguna variación desde el

otorgamiento de la buena pro.

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3.9. RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL SUMINISTRO

La Conformidad de la recepción se sujeta a lo dispuesto por el Artículo 176° del Reglamento

de la Ley de Contrataciones del Estado y será extendida por el trabajador encargado del

abastecimiento de combustible; teniendo en consideración el cumplimiento de lo establecido

en el contrato y de los siguientes requisitos:

- Calidad Si el suministro de combustible reúne las condiciones fijadas en la propuesta del postor ganador de la Buena Pro.

- Cantidad

Si se realiza conforme a los requerimientos solicitados.

El Contratista es el responsable por la calidad ofrecida por los vicios ocultos de los bienes ofertados durante la vigencia del contrato o hasta realizar las pruebas pertinentes a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD.

3.10. PLAZO DE ENTREGA

Las entregas serán en forma parciales según las especificaciones técnicas y se hará

efectiva a partir del día siguiente de la firma de la suscripción del contrato.

3.11. DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán

supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales

vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPÍTULO I GENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA

RUC Nº : 20219793252

Domicilio legal : Av. Prolongación Unión Nº 2562 – Trujillo

Teléfono/Fax: : 214605

Correo electrónico: : [email protected]

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso tiene por objeto la Adquisición de Combustible para las Unidades Móviles de la Gerencia Regional de Agricultura, solicitado por la Unidad de Logística, que se detalla en el cuadro del numeral 1.2.1 “Código de la Ficha Técnica Aprobada”, por un período de 12 meses o hasta agotar el monto contractual del contrato, estando sujeto a la disponibilidad presupuestal el periodo del contrato correspondiente al ejercicio presupuestal 2013 de conformidad con las presentes Bases, que coadyuve al normal desarrollo de funciones encomendadas que redunde en beneficio de los usuarios de los Institución

1.2.1 Código de la Ficha Técnica Aprobada:

VALOR REFERENCIAL3

El valor referencial asciende a CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUATRO y

00/100 NUEVOS SOLES (S/. 57,504.00), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido calculado al 28

de Diciembre 2012.

3 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial

consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

Ítem Código de Ficha Técnica Denominación del Bien

1 1510150500146101 PETROLEO DIESEL B5

2 1510150600146102 GASOHOL 84 OCTANOS

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Las propuestas que excedan el valor Referencial del ítem, serán devueltas por el Comité

Especial teniéndolas por no presentadas.

1.3. VALOR DEL DECREMENTO MÍNIMO

El valor monetario que representa el decremento mínimo que debe contemplarse durante el

periodo de puja, el que no puede ser inferior al cero punto uno (0.1%) ni superior al tres por

ciento (3%) del Valor Referencial total es el siguiente:

Ítem

Denominación

del Bien

Cantidad

Unidad

de

medida

Precio Total

Valor monetario del

Decremento Mínimo

0.1%

1

PETROLEO DIESEL B5

(1510150500146101) 2,064 Galón

S/.

28,689.60 29.00

2

GASOHOL 84 OCTANOS

(1510150600146102) 2,208 Galón

S/.

28,814.40 29.00

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante proveído al Oficio N° 175-2012-

GRLL-GGR/GRSA/OA/LOG, de fecha 28 de Diciembre del 2012.

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados.

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente proceso se rige por el sistema de Precios Unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL

No corresponde.

1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El alcance de la prestación está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.

1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES

S/. 10.00 Diez y 00/100 Nuevos Soles

1.10. BASE LEGAL

- Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 - Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal

2013. - Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - Directivas del OSCE. - Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - Código Civil. - Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. - D.S. Nº 045-2001-EM Reglamento para la comercialización de Combustibles Líquidos y otros

productos derivados de los Hidrocarburos. - Decreto Supremo Nº.030-98 EM y D.S. Nº 045-2001-EM, Reglamento de Comercialización de

Combustibles Líquidos.

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- Decreto Supremo Nº 054-93-EM – Reglamento de Seguridad para establecimientos de venta al público de combustibles derivados de Hidrocarburos.

- Decreto Supremo Nº 052-93-EM – Reglamento de Seguridad para el almacenamiento de Hidrocarburos.

- Directiva Nº 006-2009-OSCE/CD. “Lineamientos para la Aplicación de la Modalidad Especial de Selección por Subasta Inversa”, aprobada por Resolución Nº 168-*2009-OSCE/PRE. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

4

Etapa Fecha, hora y lugar

Convocatoria 24 de Enero 2013

Registro de participantes Del: 25 de Enero 2013

Al: 05 de Febrero 2013

Presentación de Propuestas, Puja y Otorgamiento de la Buena Pro

* En Acto Público:

06 de Febrero 2013

A partir de las 09:00 horas

Auditorio de la Gerencia Regional de Agricultura, Sito en la Av. Prolong. Unión N° 2562 – Trujillo.

2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes es gratuito se realizará según el Formato Nº 01, en la Oficina de Logística de la Gerencia Regional de Agricultura sito en la Av. Prolong. Unión N° 2562 – Trujillo, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 07:45 a 16:00 horas.

En el momento del registro, se emitirá la constancia de pago emitida por oficina de Caja y el cargo correspondiente por inscripción en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.

IMPORTANTE:

Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas, el cual asciende a la suma de S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles), el pago lo realizara en la Oficina de Caja de la Gerencia Regional de Agricultura.

2.3. ACTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Los participantes presentarán sus propuestas en sobre cerrado, en la Oficina de Trámite

Documentario de la Gerencia Regional de Agricultura, sito en la Av. Prolongación Unión

N° 2562 - Trujillo., en la fecha y horario señalados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comité Especial.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP

SIP, conforme al siguiente detalle:

4 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la

ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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SOBRE N° 1: Sobre de habilitación. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

2.4. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.4.1. SOBRE N° 1 - HABILITACION

Se presentará en un original y una (01) copia El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos

5, la siguiente

documentación: Documentación de presentación obligatoria: a) Copia Simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de

Proveedores, Capítulo de Bienes.

b) Declaración jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).

c) Declaración Jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 02)

5 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la

convocatoria.

Señores

GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA

Av. Prolong. Unión N° 2562 – Trujillo Att.: Comité Especial

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP PRIMERA CONVOCATORIA S.I.P

Denominación de la convocatoria:

ADQUISICION DE COMBUSTIBLE

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

Señores

GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA

Av. Prolong. Unión N° 2562 – Trujillo Att.: Comité Especial

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP PRIMERA CONVOCATORIA SIP

Denominación de la convocatoria:

ADQUISICION DE COMBUSTIBLE

SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

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d) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

e) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4) La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

f) Declaración Jurada de Plazo de Entrega, según (Anexo Nº 05).

g) Copia simple de la Constancia de Inscripción en el Registro de la Dirección General de Hidrocarburos, (DGH) que autorice al postor a comercializar el combustible requerido, vigente a la fecha de presentación de propuestas.

h) Declaración Jurada de que el proveedor cuenta con una sub estación y/o grupo electrógeno, que le permita brindar un normal abastecimiento, en casos de corte de fluido eléctrico; y que los surtidores suministran el tipo de combustible requerido.

IMPORTANTE:

La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.

Documentación de presentación facultativa: a) Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña

Empresa – REMYPE, de ser el caso6.

b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas

con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad

7.

IMPORTANTE:

En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.

2.4.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA

8

El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria: Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y deberá formular

6 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

7 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

8 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

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su propuesta por un monto fijo integral correspondiente al ítem que se presente, teniendo en cuenta que el proceso fue convocado bajo el sistema de Precios Unitarios (Anexo Nº 6). El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

2.5. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Carta fianza como Garantía de fiel cumplimiento del contrato. c) Carta fianza como Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. e) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. f) Copia de D.N.I. del Representante Legal; g) Copia de vigencia de poder del Representante Legal, reciente, de ser el caso; h) Copia del R.U.C. de la empresa; i) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.

IMPORTANTE:

En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 39 de la Ley, deberán consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, bajo apercibimiento que cumplido el plazo se deje sin efecto la buena pro.

2.6. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción de contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. La citada documentación deberá ser presentada en la Oficina de Trámite Documentario, sito en la Av. Prolong. Unión N° 2562 - Trujillo.

2.7. FORMA DE PAGO La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en pagos mensuales, según Ordenes de Compra. De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

- Factura en el que se deberá considerar los precios unitarios desagregados de

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acuerdo a lo normado por la SUNAT y será entregada en la oficina de la Oficina de Logística de la Gerencia Regional de Agricultura.

- Recepción y conformidad de la persona encargada por la Gerencia Regional de Agricultura de Abastecer combustible a las unidades vehiculares.

- Comprobante de pago. - Guía de Remisión.

2.8. PLAZO PARA EL PAGO La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendarios siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

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CAPÍTULO III ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

3.1 FRECUENCIA DEL REQUERIMIENTO

a. El Abastecimiento de Combustible deben ser de carácter permanente a través de la Estación de Servicios de la empresa ganadora.

b. El periodo del suministro de combustible será de 12 meses o hasta agotar el monto contractual del contrato, contado a partir del día siguiente de la Suscripción del Contrato. De acuerdo al Artículo 149º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De acuerdo Entregas diarias hasta completar la totalidad de cada Orden de Compra mensual.

c. El requerimiento podrá aumentar o disminuir de acuerdo a las necesidades de la Gerencia Regional de Agricultura.

d. La Gerencia requerirá la cantidad de combustible a ser utilizado mediante los vales de órdenes de entrega firmados por la persona encargada de Logística y Administrador.

COMBUSTIBLE MENSUALIZADO - AÑO FISCAL 2013

ITEM MES PRODUCTO (Glns)

DIESEL B5 GAS. 84 OCT.

1 FEBRERO 180 200

2 MARZO 180 200

3 ABRIL 180 200

4 MAYO 180 200

5 JUNIO 180 200

6 JULIO 180 200

7 AGOSTO 180 200

8 SEPTIEMBRE 180 200

9 OCTUBRE 180 200

10 NOVIEMBRE 264 200

11 DICIEMBRE 180 208

TOTAL Glns 2064 2208

3.2 CONDICIONES DEL SUMINISTRO

a. La empresa debe contar con estación(es) y/o grifo(s) que suministren combustible, materia del proceso de selección en zonas cercanas (no más de 03 Kilómetros de distancia) a nuestro local central ubicado en Av. Prolong. Unión N° 2562 – Trujillo.

b. La estación de servicio y/o grifo deben contar con un horario de atención las 24 horas del día, incluyendo sábados, domingos y feriados.

c. La estación de servicio y/o grifo deberán contar con grupo electrógeno que garantice el abastecimiento permanente y oportuno de combustible, frente a eventualidades de falta de fluido eléctrico.

d. La empresa tendrá la capacidad de abastecer la totalidad de combustible que se le solicite.

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e. La estación de servicio y/o grifo solo deben atender las cantidades indicadas en los vales presentado por el personal encargado de abastecer el suministro de combustible debidamente acreditado por la Gerencia Regional de Agricultura.

f. El ganador de la Buena Pro en coordinación con la persona encargada del abastecimiento

del combustible de la Gerencia Regional de Agricultura, llevaran un estricto control del Abastecimiento de combustible a las unidades.

3.3 PROCEDIMIENTO DEL SUMINISTRO

El procedimiento para el suministro de combustible, debe seguir necesariamente las

siguientes pautas:

a. La estación de servicio y/o grifo sólo deben atender las cantidades indicadas en el vale de la orden de entrega de combustible. Asimismo, no se aceptarán, ni se atenderá octanaje ni combustible diferente al indicado en el presente proceso de selección.

b. La estación de servicio deberá atender sólo los vehículos registrados por la Gerencia Regional de Agricultura, absteniéndose de atender vehículos no registrados.

3.4 SOBRE LA CALIDAD DEL COMBUSTIBLE

El contratista es responsable ante la Gerencia Regional de Agricultura. de cumplir con la

entrega de combustibles que cumplan con las especificaciones establecidas en las respectivas fichas técnicas aprobadas por el OSCE.

Por los daños o desperfectos que pudiera ocasionar a los vehículos el suministro de combustible adulterado, el contratista se hará cargo en su totalidad del gasto que ocasione

el mantenimiento o reparación del vehículo, si no lo hiciera en el término de diez (10) días calendarios, la Gerencia Regional de Agricultura descontará de uno o más pagos el valor que corresponda a la reparación, sin perjuicio de resolver el contrato por incumplimiento.

3.5 REAJUSTE

Los precios del combustible están sujetos a variaciones por normas dictadas por el Supremo Gobierno o por variaciones propias establecidas por lo productores de combustible; en este sentido para efectos del establecimiento del precio unitario vigente al momento de la compra del combustible, se tendrá en cuenta lo siguiente:

- Todo incremento o decremento de precios que aplique la empresa deberá ser en la misma proporción que la que se haya aplicado al público en general.

- Toda modificación en los precios deberá ser comunicada por escrito a la Gerencia Regional de Agricultura, dentro de las 24 horas de haberse producido dicha variación adjuntando la lista de precios de los productos, para que se aplique el coeficiente de reajuste respectivo.

- La validez de las modificaciones del precio de venta serán establecidas estrictamente desde la fecha y hora en que se efectúe la modificación de los precios de Lista publicada en las estaciones de servicio.

- El plazo de entrega tendrá vigencia a partir del día siguiente de su suscripción, según lo establecido en la presente Bases Administrativas.

3.6 DE LA ESTACION DE SERVICIO Y/O GRIFO

La estación de servicio (grifo) debe disponer de:

a. Un área operativa amplia y de fácil acceso para los vehículos usuarios. b. Un stock de almacenamiento de carburantes con capacidad suficiente para el suministro

diario. c. Una adecuada cantidad de surtidores y operarios para la oportuna atención al cliente. d. Cumplir con las exigencias de la Ley Nacional en el expendio y suministro de combustible,

cumpliendo con todas las Normas de Seguridad vigentes. e. Los surtidores deben contar con filtros que garanticen la pureza del combustible; así

mismo cada dispensador deberá contar con las mangueras necesarias para la atención de del combustible.

Asimismo, para garantizar el adecuado suministro, el Contratista, declara que mantiene un

stock de suministro de los bienes del presente proceso de selección.

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3.7 DE LA FICHA TECNICA APROBADA

Las fichas técnicas que contienen las características y especificaciones técnicas del

suministro de los combustibles de acuerdo a la Ficha Técnica respectiva aprobada por el

OSCE.

A continuación las especificaciones técnicas de los siguientes suministros:

- Petróleo Diesel B5

- Gasohol 84 Octanos

ITEM N° 01

FICHA TÉCNICA

APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : DIESEL B5

Denominación técnica : DIESEL B5

Grupo/clase/Familia : COMBUSTIBLE, aditivos para COMBUSTIBLE,

lubricantes y materiales

anticorrosivos/COMBUSTIBLE/Petróleo y

destilado/Diesel

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : PETROLEO DIESEL B5

Código : A1510150500156101

Unidad de medida : GALONES

Descripción General : El Diesel B5 es la mezcla que contiene un

volumen de 5 % de Biodiesel B100 y el restante

de Diesel Nº 2.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

El Diesel B5 deberá estar sujeto a las características técnicas (físico-químicas) o

especificaciones de calidad que se establecen en el siguiente cuadro:

CARACTERÍSTICAS Especificación Método

Min. Máx. ASTM / Otros

VOLATILIDAD

Densidad a 15ºC, kg/m3 Reportar D-1298

Destilación, ºC (a 760 mm Hg)

90% recuperado a 282 360 D-86

Punto de inflamación Pensky Martens, ºC 52 D-93

FLUIDEZ

Viscosidad Cinemática a 40ºC, cSt 1,7 4,1 D-445

Punto de Escurrimiento, ºC

+4 D-97

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COMPOSICIÓN

Número de Cetano 45

D-613

Índice de Cetano 40

D-4737 , D-976

Cenizas, % masa

0,01 D-482

Residuos Carbón Ramsbottom 10% fondos, % masa

0,35 D-524 , D-189

CORROSIVIDAD

Corrosión Lámina de Cobre, 3 h a 50ºC, Nº

3 D-130

Azufre Total, % masa

0,5 D-129 , D-2622 , D-

4294

CONTAMINANTES

Aguas y Sedimentos % vol.

0,05 D-1796 , D-2709

BIODIESEL (B100)

Contenido,% vol. 5 D-7371 , EN-14078

REQUISITOS

Constancia de Registro o Ficha de Registro vigente del Registro de Hidrocarburos del

OSINERGMIN.

CERTIFICACIÓN

Opcional.

OTRAS ESPECIFICACIONES

Las Entidades Públicas que son consumidores directos autorizados, es decir aquellas que

cuentan con instalación fija o móvil y cuya capacidad mínima de almacenamiento es de 1m3

(264.17gl), deberán hacer uso del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP) del

OSINERGMIN, para registrar la información de las órdenes de pedido del combustible

líquido requerido.

ITEM Nº 02

FICHA TÉCNICA

APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del Bien : GASOHOL 84 PLUS

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Denominación Técnica : GASOHOL 84 PLUS

Grupo/clase/familia : Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y

materiales anticorrosivos/Combustibles/Petróleo y

destilado/Gasolina o Petróleo

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : GASOHOL 84 OCTANOS

Código : A1510150600146102

Unidad de medida : GALONES

Descripción General : El Gasohol 84 Plus, es la mezcla que contiene un

volumen de 7.8 % de Alcohol Carburante y el restante

de Gasolina de 84.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

El Gasohol 84 Plus deberá estar sujeto a las características técnicas (físico-químicas) o

especificaciones de calidad que se establecen en el siguiente cuadro:

Características Min. Máx.

Método de Ensayo

ASTM

Apariencia

- Color Comercial Transparente

Volatilidad

- Destilación, ºC (a 760 mm Hg)

D 86

10% recuperado 70

50% recuperado 140

90% recuperado 200

Punto Final 221

Residuo, %V. 2

- Presión de Vapor Reid, psi 11 D 323, D 4953, D 5190,

D 5191, D 5482

Corrosividad

- Corrosión Lámina de Cobre, 3 h, 50 ºC, Nº 1 D 130

- Azufre Total, % Masa 0.2 D 1266, D 4294, D 2622

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Antidetonancia

- Nº Octano Research 84 (*) D 2699

Estabilidad a la Oxidación

- Minutos 240 D 525

Contaminantes

- Goma Existente, mg/100 mL 5 D 381

- Plomo, g Pb /L 0.013 D 3237, D 5059

(*)/ Valor mínimo sujeto a control en la Refinería, que se incrementa debido a la adición del 7.8%

en volumen de Alcohol Carburante (porcentaje reportado bajo los Métodos de Ensayo ASTM D

4815 y ASTM D 5845) en la gasolina de 84.

REQUISITOS

Constancia de Registro o Ficha de Registro vigente del Registro de Hidrocarburos del OSINERGMIN.

CERTIFICACIÓN

Opcional.

OTRAS ESPECIFICACIONES

Las Entidades Públicas que son consumidores directos autorizados, es decir aquellas que cuentan

con instalación fija o móvil y cuya capacidad mínima de almacenamiento es de 1m3 (264.17gl),

deberán hacer uso del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP) del OSINERGMIN, para

registrar la información de las órdenes de pedido del combustible líquido requerido.

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CAPÍTULO IV PROFORMA DEL CONTRATO

Conste por el presente documento, la contratación para la Adquisición de Combustible para las

Unidades Móviles de las Oficinas de la Gerencia Regional de Agricultura, que celebra de una parte

LA GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº

20219793252, con domicilio legal en Av. Prolong. Unión N° 2561 – Trujillo, representada por su

Gerente Regional, Ing. DACIO FLORENCIO MUÑOZ ALVA, identificado con DNI Nº ……… y de otra

parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en

[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del

Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su

Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito

en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de

[…………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones

siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [………………..], el Comité Especial Permanente de Bienes, adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP para la contratación de Adquisición de Combustible para las Unidades Móviles de las Oficinas de la Gerencia Regional de Agricultura, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto Adquisición de Combustible para las Unidades Móviles de la Gerencia Regional de Agricultura, conforme a las Especificaciones Técnicas. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV. Este monto comprende el costo del bien, transporte hasta el punto de entrega, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en pago unico, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos. LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato. En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse. CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de 12 meses o hasta agotar el monto contractual, el mismo que se computa desde el dia siguiente de suscrito el contrato. CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO

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El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Garantía por el monto diferencial de la propuesta: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por la Administración de la Gerencia Regional de Agricultura. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] años CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la

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siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x Monto

F x Plazo en días Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado. CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad o validez del contrato, serán resuelto de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho e institucional y será resuelto por tribunal arbitral, que se desarrollará obligatoriamente bajo la organización y administración de los órganos

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del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE con sede en la ciudad de Lima y de acuerdo a su Reglamento, de conformidad con lo establecido en el Art. 52 de la Ley de Contrataciones del estado, aprobado por D,L. Nº 1017. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato: DOMICILIO DE LA ENTIDAD: Av. Prolongación Unión N° 2562 – Trujillo. DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO] La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario. CLÁUSULA VIGESIMA: REAJUSTE DE PRECIOS

Los precios adjudicados estarán sujetos a reajustes de acuerdo a los incrementos o

decrementos de los precios explanta establecidos por las refinerías, debiendo estar debidamente

sustentados por el Contratista de acuerdo al Artículo 49º del Reglamento. Para lo cual se deberá

mantener el margen de utilidad de la estructura de Costos con relación al precio de explanta.

CLÁUSULA VIGESIMA PRIMERA: VIGENCIA DEL CONTRATO

La Vigencia del Contrato será de 12 meses o hasta agotar el monto contractual del contrato,

contado a partir del día siguiente de la fecha de suscripción del mismo.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de Trujillo a los [CONSIGNAR FECHA].

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

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FORMATO 01

FICHA DE REGISTRO DE PARTICIPANTE

Nº de Registro de Participante(*)

PROCESO DE SELECCIÓN

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP SIP

NOMBRE DEL PARTICIPANTE (PERSONA JURÍDICA O NATURAL)

RUC: CÓDIGO DEL REGISTRO NACIONAL DE

PROVEEDORES – RNP (RUBRO BIENES)

NOMBRES Y APELLIDOS DEL PARTICIPANTE O DE SU REPRESENTANTE LEGAL(de ser el caso)

TELÉFONO FAX FECHA

RÉGIMEN DE NOTIFICACIONES

De conformidad con lo establecido en el Artículo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado

( ) Autorizo al COMITÉ ESPECIAL DE BIENES para la Adquisición de Combustible para las Unidades Móviles de la

Gerencia Regional de Agricultura, del proceso de selección ADS N° 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP, que me

notifique al siguiente correo electrónico:

( ) Adquisición de Combustible para las Unidades Móviles de la Gerencia Regional de Agricultura, del proceso de

selección ADS N° 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP SIP, que me notifique personalmente en la sede de la Gerencia

Regional de Agricultura.

FIRMA Y SELLO DEL PARTICIPANTE O DE SU

REPRESENTANTE LEGAL (de ser el caso)

HORA

Nota: Entregar este formato debidamente llenado en la Oficina de Trámite Documentario de la Gerencia Regional de

Agricultura sito en la Av. Prolong. Unión N° 2562 – Trujillo.

Sello y firma de recepción(*)

(*)Será llenado por la Entidad Pública

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ANEXO Nº 1

CARTA DE PRESENTACIÓN Y DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Señores COMITÉ ESPECIAL DE BIENES ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP SIP Presente.-

El que se suscribe, ……………………. (o representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº .................,

R.U.C. Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ...........,

DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social

Domicilio Legal

RUC Teléfono Fax

Autorización Municipal

Municipalidad Nº de Licencia de Funcionamiento Fecha

Participa en Consorcio

SI NO Nombre de las Empresas que participan en Consorcio

Empresa Nº 1 Empresa Nº 2 Empresa Nº 3

Trujillo,…………………..………

……...........................................................

Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 2

DECLARACION JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

Señores COMITÉ ESPECIAL DE BIENES ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP SIP Presente.- De nuestra consideración: En calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por la Entidad …………………… (Indicar nombre de la Entidad convocante) y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece entregar………………………………….. (Describir el objeto de la convocatoria), de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Requerimientos Técnicos Mínimos y demás condiciones que se indican en el Capítulo IIII de la sección específica de las Bases. En ese sentido, me comprometo a entregar los bienes con las características, en la forma y plazo especificados en las Bases. Trujillo, _______de de .

…….………………………….………………….. Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón social del postor

Nota: Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el

cumplimiento de los Requerimientos técnicos mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del

sobre técnico.

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA

(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

Señores COMITÉ ESPECIAL DE BIENES ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP SIP Presente.- De nuestra consideración: Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento: 1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado,

conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado. 2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de

selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del

presente proceso de selección. 4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el

contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. 5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así

como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Trujillo, _______de de .

………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores COMITÉ ESPECIAL DE BIENES ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP SIP Presente.- De nuestra consideración, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta al ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP SIP, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................]. OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones

[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones

[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%

Trujillo, _______de de .

..…………………………………. ………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

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ANEXO Nº 05

DECLARACIÓN JURADA SOBRE PLAZO DE ENTREGA

Señores COMITÉ ESPECIAL DE BIENES ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP SIP Presente.- De nuestra consideración,

El que suscribe, don _______ identificado con D.N.I. N°__________, Representante Legal de __________, con RUC Nº ___________, DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada se compromete a entregar los bienes objeto del presente proceso en el plazo de ____ días calendarios de recibida la orden de compra.

Trujillo, _______de de .

……………………………….………………….. Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón social del postor

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ANEXO Nº 6

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)

Señores COMITÉ ESPECIAL DE BIENES ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2013-GRLL-GGR/GRSA/CEP SIP Presente.- De nuestra consideración, Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y las Especificaciones Técnicas, mi propuesta económica es la siguiente:

Ítem Denominación del Bien Cantidad Unidad de

medida

Importe Total

S/.

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de los bienes a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. Trujillo, _______de de .

……………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda IMPORTANTE: En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, deberá requerirse que el postor consigne en la propuesta económica los precios unitarios y subtotales de su oferta. Cuando el proceso se convoque a suma alzada, únicamente deberá requerirse que la propuesta económica contenga el monto total de la oferta, sin perjuicio de solicitar que el postor adjudicado presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para la formalización del contrato, lo que deberá ser precisado en el numeral 2.7 de la sección específica. En caso de convocarse el proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.