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SEDAPALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0140-2014-SEDAPAL

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA

Nº 0140-2014-SEDAPAL

CONTRATACIÓN DEL:

“SERVICIO DE IMPLEMENTACION DE

EMISION ELECTRONICA DE COMPROBANTES DE PAGO”

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SEDAPALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0140-2014-SEDAPAL

SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES

DEL

PROCESO DE SELECCIÓN

CAPÍTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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1.1. BASE LEGAL

- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en

adelante la Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.- Directivas del OSCE.- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.- Código Civil.- Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de

Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 51° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53° del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

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Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los Artículos 55° y 57° del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los Artículos 54° y 56° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante

considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación

formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el Artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.

La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.

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1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.

Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 59° y 60° del Reglamento.

De conformidad con el Artículo 31° del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Las Entidades someten a fiscalización posterior conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

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Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.

Cuando la presentación de propuestas se realice en acto público, las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

1.9. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS1

La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.

Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el día y horario señalados en la sección específica de las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial.

El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

1 De acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directiva Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.

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Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al Numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—,, se actuará conforme lo dispuesto en el Artículo 68° del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.

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De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 64° del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

IMPORTANTE:

Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.2

1.11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Técnica : 100 puntos

Propuesta Económica : 100 puntos

1.11.1. EVALUACIÓN TÉCNICA

Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

2 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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Se procederá a la apertura de las propuestas técnicas presentadas y se verificará que contengan los documentos de presentación obligatoria y cumplan con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas–, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.

IMPORTANTE:

En tanto OSCE no comunique a través de su portal institucional la implementación del mecanismo de notificación electrónica en el SEACE para la Entidad, el Comité Especial deberá notificar al postor el requerimiento de subsanación de la propuesta técnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Décima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se tendrá por no admitida. El Comité Especial incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que se publicará en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta técnica y económica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.

Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

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En caso de la descalificación de la propuesta, el Comité Especial incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en el SEACE.

1.11.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA

Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el Artículo 33° de la Ley.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPEOi

Donde:

i = PropuestaPi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajoPMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

IMPORTANTE:

En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.

1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.

El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el Artículo 71° del Reglamento.

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IMPORTANTE:

En el caso de contratación de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP3.

El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73° del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores y los postores que deseen hacerlo de ser el caso.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE publicará y se entenderá notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, bajo responsabilidad del Comité Especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.

1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.

1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el Artículo 282° del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el Artículo 115° del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

3 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: www.rnp.gob.pe

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El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

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CAPÍTULO IISOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE

SELECCIÓN

2.1. RECURSO DE APELACIÓN

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante la Entidad que convocó el proceso de selección y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha facultad.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

De acuerdo a lo señalado en el Artículo 112° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el postor que presente el Recurso de Apelación deberá presentar una garantía a favor de SEDAPAL, equivalente al tres por ciento (3%) del valor referencial del proceso de selección impugnado, tomando en cuenta lo señalado en el Capítulo XII de dicho Reglamento. Dicho monto se depositara en la cuenta corriente soles N° 001 0661 0100000568 64 BBVA CONTINENTAL a nombre de SEDAPAL, en el caso opten por esta modalidad.

2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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CAPÍTULO IIIDEL CONTRATO

3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

Cuando la Entidad no cumpla con suscribir el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 1 del Artículo 148° del Reglamento de la ley de Contrataciones del Estado, el postor ganador de la Buena Pro puede requerirla para su suscripción, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de vencido el plazo para suscribir el contrato, dándole un plazo de entre cinco (5) a diez (10) días hábiles. Vencido el plazo otorgado, sin que la Entidad haya suscrito el contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, tiene la facultad de dejar sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro.

Cuando el postor ganador de la Buena Pro no cumpla con suscribir el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 1 por razones justificadas y ajenas a su voluntad, a solicitud de aquel, la Entidad puede otorgarle por única vez, un plazo de entre cinco (5) a diez (10) días hábiles.

Cuando el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato injustificadamente, según corresponda, en los plazos antes indicados, pierde automáticamente la Buena Pro. En tal caso, el órgano encargado de las contrataciones citará al postor que ocupó el segundo lugar en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles en el orden de prelación a fin que concurra a suscribir el contrato en los plazos previstos en los párrafos anteriores.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.

Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.

Código de cuenta interbancario (CCI).

3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO

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En aplicación de lo dispuesto en el Artículo 149° del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.

3.3. DE LAS GARANTÍAS

3.3.1. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.

3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el Artículo 164° del Reglamento.

3.6. ADELANTOS

La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el Artículo 171° del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.

En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al Artículo 172° del Reglamento.

3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento, respectivamente.

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De acuerdo con los Artículos 48° de la Ley y 166° del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el Artículo 165° del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

3.8. PAGOS

La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la realización del servicio.

La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la ejecución de la prestación de los servicios, conforme a la sección específica de las Bases.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el Artículo 48° de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

3.9. DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES

DEL

PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPÍTULO IGENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : SEDAPALRUC Nº : 20100152356Domicilio legal : Autopista Ramiro Priale 210, El Agustino.Teléfono/Fax: : 317-3606Correo electrónico: : [email protected] y/o [email protected]

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de los servicios de una empresa especializada en tecnologías de la información, que se encargue del Servicio de Implementación de Emisión Electrónica de Comprobantes de Pago.

Algunos de los objetivos que se esperan alcanzar con la solución propuesta son los siguientes:

- Cumplir con las normativas exigidas por SUNAT respecto a la emisión de comprobantes de pago, considerando las últimas disposiciones y modificaciones.

- Mejorar la gestión empresarial, que se verá reflejado en el ahorro de costos y tiempos, ya que se reducirá el uso de papel, permitiendo enviar en forma electrónica los archivos de los comprobantes de pago a la SUNAT.

- Mejorar el impacto en el medio ambiente.

1.3. VALOR REFERENCIAL4

El valor referencial del presente servicio asciende a S/. 195 000,00 (Ciento Noventa y Cinco Mil y 00/100 Nuevos soles), incluido IGV y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de septiembre de 2014.

IMPORTANTE:

De conformidad con el Artículo 13° del Reglamento, cuando se trate de una contratación por relación de ítems, también deberán incluirse los valores referenciales en números y letras de cada ítem.

Las propuestas económicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el Artículo 33° de la Ley. No existe un límite mínimo como tope para efectuar dichas propuestas.

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

4 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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El expediente de contratación fue aprobado mediante Informe N° 035-2014-ETIC de fecha 26.09.2014.

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTORecursos Propios.

IMPORTANTE:

La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente proceso se rige por el sistema de contratación A Suma Alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.

1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El presente servicio tiene una duración de diecisiete (17) meses contados a partir del quinto día útil siguiente a la suscripción del contrato o a la designación del Supervisor por parte de SEDAPAL, o lo que ocurra primero.

1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASESS/. 5,00 (Cinco con 00/100 Nuevos Soles).

1.10. BASE LEGAL

- Ley Nº 30114 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo N° 1017 – Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en

adelante la Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF – Aprueba el Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.- Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado.- Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado.- Directivas de OSCE.- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.- Código Civil.- Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de

Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.- Reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo D.S. 005-2012-TR.- Demás Dispositivos Legales vigentes, aplicables a esta contratación de

servicios.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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CAPÍTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 5

Etapa Fecha, hora y lugarConvocatoria : El 14/11/2014Registro de participantes : Del : 17/11/2014 al 27/12/2013Formulación de Consultas y Observaciones a las Bases

: Del : 17/11/2014 al 19/11/2014

Absolución de Consultas y Observaciones a las Bases

: El 21/11/2014

Integración de las Bases : El 26/11/2014Presentación de Propuestas : El 02/12/2014* El acto privado : Equipo Servicios Generales sito en

Autopista Ramiro Prialé N° 210- Edificio Principal (2do Piso), en el horario de 08:30 a 16:30 horasDesde las 08:30 hasta las 16:30 horas

Calificación y Evaluación de Propuestas

: Del 03/12/2014 al 04/12/2014

Otorgamiento de la Buena Pro : El 05/12/2014* El acto público (A través del SEACE)

:

IMPORTANTE:

Debe tenerse presente que en un proceso de adjudicación directa selectiva, entre la convocatoria y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo diez (10) días hábiles y, entre la integración de Bases y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo tres (3) días hábiles.

2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Oficina del Equipo Servicios Generales del Centro Operativo Principal La Atarjea, sito en la Autopista Ramiro Priale N° 210 El Agustino, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas.

En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.

IMPORTANTE:

Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de

5 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

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las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.

2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la Secretaria del Equipo Servicios Generales de SEDAPAL, sito en Autopista Ramiro Prialé N°210, El Agustino, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la Adjudicación Directa Selectiva N° 0140-2014-SEDAPAL, pudiendo ser remitidas adicionalmente a los siguientes correos electrónicos: [email protected] y/o [email protected]

Sólo se procesarán las consultas y/u observaciones que se presenten por escrito ante la Secretaría del Equipo Servicios Generales de SEDAPAL dentro de las fechas y horarios establecidos.

MUY IMPORTANTE, no se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

2.4. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Los participantes presentarán sus propuestas en sobre cerrado, ante la Secretaría del Equipo Servicios Generales, sito en Autopista Ramiro Prialé Nº 210 – El Agustino (2do piso), en la fecha y horario señalados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comité Especial.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0140-2014-SEDAPAL, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SeñoresSEDAPALAutopista Ramiro Prialé N° 210, El Agustino Att.: Comité Especial

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0140-2014-SEDAPAL“SERVICIO DE IMPLEMENTACION DE EMISION ELECTRONICA DE COMPROBANTES DE PAGO”

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

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SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA

Se presentará en un original y dos (02) copias.

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos6, la siguiente documentación:

Documentación de presentación obligatoria:

a)Declaración jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada

por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).

b)Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección (Anexo Nº 2).

c)Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42° del Reglamento (Anexo Nº3).En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

d)Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4)

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

6 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

SeñoresSEDAPALAutopista Ramiro Prialé N° 210, El Agustino Att.: Comité Especial

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0140-2014-SEDAPAL“SERVICIO DE IMPLEMENTACION DE EMISION ELECTRONICA DE COMPROBANTES DE PAGO”

SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

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e)Declaración jurada de plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5).

g) Jefe de Proyecto (01)

g.1 Copia simple del titulo profesional en Ingeniería Sistemas y/o Computación y/o Informática, y/o Ingeniería Industrial y/o Administración.

g.2 Copia simple de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) que sustenten la experiencia mínima de un (01) año de haber participado en actividades de coordinación y/o supervisión de implementación de sistemas informáticos y/o de desarrollo y/o mantenimiento de sistemas.

h) Analistas Programadores de Sistemas (02)

h.1 Copia simple del titulo profesional y/o bachiller en Ingeniería de Sistemas y/o computación y/o Informática y copa simple de certificado o constancia de estudios de lenguaje de programación java y/o NET.

h.2 Mínimo haber realizado y/o estar realizando actividades de análisis y/o diseño y/o desarrollo y/o implementación y/o implementación de sistemas web.

IMPORTANTE:

- De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio, de ser el caso.

Los certificados y/o constancias deberán indicar la descripción de las actividades desarrolladas por éste y el período durante el cual las realizó, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases, de tal manera que permitan una evaluación objetiva, caso contrario no será considerado para la evaluación.

En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.

La experiencia del personal propuesto, podrá acreditarse con la presentación de i) contratos y su respectiva conformidad, ii) constancias, iii) certificados o iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto. (Según pronunciamiento del OSCE)

Documentación de presentación facultativa:

a) Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso7.

b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en

7 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

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su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad8.

c) Factor Experiencia del Postor: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la prestación y/o ejecución de servicios y/o actividades de implementación de sistemas y/o soluciones para la emisión de comprobantes de pago electrónico regulados por SUNAT, según la RS N° 374/2013/SUNAT y/o servicios de implementación de transacciones electrónicas con certificado digital; y que tenga como mínimo una (01) implantación en el Perú o en el extranjero de sistemas y/o soluciones para la emisión de comprobantes de pago electrónicos y/o transacciones electrónicas y/o comercio electrónico con certificado digital o en proceso de homologación por SUNAT; durante el período comprendido y determinado con una antigüedad no mayor a cuatro (04) años, computados hasta la fecha de presentación de propuestas y hasta por un monto máximo acumulado equivalente a dos (02) veces el valor referencial de la contratación (Anexo Nº06).

Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 6, referido a la Experiencia del Postor.

d) Cumplimiento del servicio:

El cual se evaluará en función al número de certificados o constancias que acrediten que el servicio se efectuó sin que se haya incurrido en penalidades. Tales certificados o constancias deberán referirse a los servicios que se presentaron para acreditar la experiencia del postor.

En el caso que los certificados o constancias de servicios presentados por el postor no indiquen expresamente que no se ha incurrido en penalidades, los postores deberán adjuntar la respectiva liquidación y/o conformidad del servicio, en el cual se desprenda claramente que los certificados o constancias corresponden a los servicios presentados como experiencia del postor y fueron realizados sin penalidades.

e) Copia simple de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) que sustenten la experiencia mínima de un (01) año de haber participado en actividades de coordinación y/o supervisión de implementación de sistemas informáticos y/o de desarrollo y/o mantenimiento de sistemas, del Jefe del Proyecto (01)

2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA9

El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases.

8 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

9 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

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La oferta económica será expresada en nuevos soles, incluyendo todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, costos laborales, conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar. Por lo tanto SEDAPAL no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El Postor deberá presentar en forma obligatoria el Anexo Nº 07.

El monto total de la propuesta económica deberá ser expresada con dos decimales.

IMPORTANTE:

La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el Artículo 33° de la Ley y el Artículo 39° de su Reglamento.

En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.

2.6. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEiDonde:

PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluación técnica del postor iPEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

IMPORTANTE:

Dependiendo del objeto contractual deberá incluirse las disposiciones que correspondan:

En el caso de servicios en general se aplicarán las siguientes ponderaciones:

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica, = 0.70

c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica, = 0.30

Donde: c1 + c2 = 1.00

2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Copia de DNI del Representante Legal o del representante común del consorcio, de ser el caso.

b) Copia de la vigencia del poder y/o copia literal de la Partida Registral del representante legal de la empresa, o de cada uno de los consorciados, de

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ser el caso, donde conste la inscripción del representante legal con sus respectivas facultades para suscribir contratos, expedida con una antigüedad no mayor a treinta (30) días naturales por la SUNARP.

c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizadas y de cada uno de los consorciados, de ser el caso.

d) Copia del RUC de la empresa.e) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.f) Copia vigente de la Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de

Proveedores emitido por el OSCE, como proveedor de servicios de la Empresa.

g) Carta Fianza como Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso, vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del CONTRATISTA.

h) Original del contrato de consorcio con firmas legalizadas de los representantes legales de los consorciados ante Notario Público, en el cual deberá consignarse la participación de cada uno de los consorciados, el representante legal común y a cargo de quien estará la facturación (indicar el RUC) por la prestación a realizar, de ser el caso.

i) Copia simple del cargo de recepción de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, solicitando autorización de la empresa consorciada encargada de llevar la contabilidad del contrato de consorcio y de conformidad al artículo 65º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.

j) Código de cuenta interbancario (CCI) de la cuenta corriente en moneda nacional para el depósito del pago por la prestación del servicio. (Bancos en los que SEDAPAL realiza depósito en cuenta: Banco de Crédito del Perú, Scotiabank, Interbank y BBVA Banco Continental).

k) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.l) Póliza de Deshonestidad Comprensiva por un monto equivalente a USD 10

000,00 (Diez mil y 00/100 Dólares Americanos)

IMPORTANTE:

Las Pólizas de Seguros deberán estar firmados por los funcionarios autorizados de la compañía aseguradora y por el asegurado, deberán ser contratados por un periodo que cubra la vigencia del contrato, deberá consignar el nombre del servicio prestado a SEDAPAL y el numero, año  del proceso de selección. Las Pólizas, no deberán ser endosada a SEDAPAL

En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio .

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, en los casos de prestación de servicios de ejecución periódica, deberá consignarse lo siguiente:

“Alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo”.

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2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATODentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la buena pro o cuando este haya quedado administrativamente firme debe suscribirse el contrato.

El postor ganador, sin mediar citación alguna, deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases hasta el día siete (07) hábil siguiente al consentimiento de la buena pro o cuando este haya quedado administrativamente firme.

En caso de mediar observaciones el postor ganador deberá subsanarlas dentro de los dos (02) días hábiles siguientes a la presentación de la documentación señalada en el párrafo anterior.

La citada documentación deberá ser presentada en la oficina del Equipo Servicios Generales del Centro Operativo Principal La Atarjea, sito en Av. Ramiro Prialé Nº 210 El Agustino.

2.9. FORMA DE PAGO La estructura de desembolsos del monto contratado se realizará en forma fraccionada según el avance de la ejecución del servicio de acuerdo al siguiente detalle:

Mes Porcentaje

Entregable

Primer Mes 10 % Informe de avance del proyecto, conteniendo el plan de trabajo aprobado.

Cuarto Mes 30 % Informe de avance del proyecto, indicando el inicio de la homologación de la solución ante la SUNAT.

Acta de Conformidad de pruebas internas y documentación del sistema.

Quinto Mes 10% Informe de avance del proyecto, indicando que SEDAPAL ha sido homologado por SUNAT.

Sexto Mes 40% Informe del primer mes de soporte post-producción e inicio del servicio de mantenimiento por un (01) año.

Al mes 17 10% Informe de finalización del servicio de emisión de comprobantes de pago electrónico y del servicio de soporte y mantenimiento - anual.

La forma de pago será a los quince (15) días calendario, previa conformidad del servicio por parte del Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones, que será otorgada en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario, contados a partir de la entrega de la factura e informe(s) por parte de EL CONTRATISTA, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

- Recepción y conformidad del Equipo Tecnología de la información y Comunicaciones Gestión Institucional.

- Gestión de SEDAPAL emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.- Comprobante de pago de la valorización correspondiente.

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2.10. PLAZO PARA EL PAGOLa Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

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CAPÍTULO IIITÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS

MÍNIMOS

SERVICIO DE IMPLEMENTACION DE EMISION ELECTRONICA DE COMPROBANTES DE PAGO

A. Antecedentes :

SEDAPAL, actualmente cuenta con un sistema comercial denominado Open SGC que permite dar soporte a las actividades asociadas a la comercialización del servicio de agua potable y alcantarillado de la empresa. El sistema en mención, es usado por los usuarios comerciales que laboran en las diversas áreas de la empresa, para gestionar los procesos del ciclo comercial de la empresa que son los siguientes: Venta de Conexión, Lectura, Facturación, Cobros y la Gestión de Clientes. Así mismo, existen otros aplicativos de apoyo a la gestión comercial de la empresa como el Sistema de Ingreso de Finanzas denominado SIF y el Sistema de Impresión de Comprobantes de Pago, denominado Open Printer.

Mediante el Sistema Open SGC y el Sistema SIF, se generan los comprobantes de pago relacionados a las boletas de venta, facturas, notas de crédito y débito producto de las operaciones comerciales que se realizan en la empresa; y en el Sistema Open Printer se realiza la impresión de los comprobantes de pago en formato pre-impreso. La emisión de los comprobantes de pago, se realizan en cada punto de venta de SEDAPAL y culmina con la entrega del comprobante de pago (en físico) al Cliente.

Así mismo, es preciso indicar que, según la Resolución de Superintendencia N° 182-2008/SUNAT y Resolución de Superintendencia 097-2012/SUNAT, se menciona que haciendo uso de la telemática y con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, además de reducir los costos que representa la conservación en soporte de papel de comprobantes de pago y de libros y registros vinculados a asuntos tributarios, la SUNAT ha venido aprobando las normas para implementar la emisión electrónica y la creación del Sistema de Emisión Electrónica desarrollado desde los sistemas del contribuyente (Sistema desarrollado por el contribuyente). Así mismo, que ha fin de efectuar un mayor control en la emisión de comprobantes de pago, se ha considerado conveniente iniciar el proceso gradual de incorporación obligatoria de contribuyentes en los sistemas de emisión antes indicados.

Además, a través de la RS N° 374-2013/SUNAT se regula la incorporación obligatoria de emisores electrónicos de comprobantes de pago, estando SEDAPAL dentro de los alcances de dicha norma, y forma parte del grupo de empresas obligadas por SUNAT a realizar la emisión electrónica de Facturas, Boletas de Venta, Notas de Crédito y Notas de Débito. Así mismo, siendo esta clase de comprobantes de pago, documentos tributarios que requieren ser generados en formato digital y remitidos a SUNAT en forma electrónica; se requiere que SEDAPAL disponga de una solución informática para la implementación de facturas electrónicas.

El proceso deriva de la Adjudicación de Menor Cuantía N° 0023-2014-SEDAPAL/Segunda convocatoria, declarada desierta mediante Informe N° 0002-2014-CE-AMC-0023-2014-SEDAPAL/S del 25.06.2014, que a su vez deriva de la Adjudicación de Menor Cuantía N° 0023-2014-SEDAPAL, declarada desierta mediante Informe N° 065-2014-CE-AMC-0023-2014-SEDAPAL/S del 04.06.2014.

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Con EPOM N° 302-2014-ESGe del 18.08.2014, se actualiza el valor referencial y mediante R.G.G. N° 564-2014-GG del 18.09.2014, se aprueba la inclusión del “Servicio de Implementación de Emisión Electrónica de Comprobantes de Pago” bajo la modalidad de Adjudicación Directa Selectiva, con número de referencia 1046.

B. N° PAC : Número de Referencia: 1049.

C. Objeto del Servicio :

El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de los servicios de una empresa especializada en tecnologías de la información, que se encargue del Servicio de Implementación de Emisión Electrónica de Comprobantes de Pago.

Algunos de los objetivos que se esperan alcanzar con la solución propuesta son los siguientes:

- Cumplir con las normativas exigidas por SUNAT respecto a la emisión de comprobantes de pago, considerando las últimas disposiciones y modificaciones.

- Mejorar la gestión empresarial, que se verá reflejado en el ahorro de costos y tiempos, ya que se reducirá el uso de papel, permitiendo enviar en forma electrónica los archivos de los comprobantes de pago a la SUNAT.

- Mejorar el impacto en el medio ambiente.

Finalidad Pública:Contar con una solución que permita la emisión electrónica de comprobantes de pago, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, contribuyendo de esta manera a mejorar la Calidad de los Servicios que brinda SEDAPAL a la población de Lima y Callao.

El presente servicio es solicitado por el Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

D. Descripción de las actividades del servicio :

El presente servicio comprende el desarrollo de las actividades encaminadas a lograr: la implementación de la solución de comprobantes de pago electrónico (en un plazo máximo de cinco meses). Además, a partir de la puesta en producción de la solución, se realizará el soporte post producción por un mes, la emisión electrónica de comprobantes de pago por el plazo de un año y el servicio de soporte y mantenimiento a la solución por un año. El detalle de las actividades se indica a continuación:

1. Elaborar el plan de trabajo (cronograma), el cual deberá contener las actividades a realizar, conteniendo las fecha de inicio y fin de cada actividad. Se requiere que los cronogramas sean elaborados en la herramienta MS Project. Las actividades principales que deberá contener dicho plan de trabajo son los siguientes:

Planificación y organización, reuniones de entendimiento y/o coordinaciones de las actividades a realizar.

Análisis, diseño y desarrollo de la implementación de la solución, considerando la integración con los sistemas de SEDAPAL.

Pruebas, homologación y capacitación. Preparación y puesta en producción de la solución. Soporte post-producción. Elaboración de la entrega final de la documentación.

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El plan de trabajo deberá ser presentado al Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones hasta la segunda semana de la firma del contrato, para su aprobación.

A continuación se indican las etapas mínimas que deberán considerarse en el periodo de servicio: Cuadro N° 1. Cronograma General del Servicio.

Etapa Actividades Periodo del Servicio

1 2 3 4 5 6 11 meses

PLANIFICACION Preparación de las actividades a realizar, incluyendo la organización del servicio.

X

DESARROLLO Análisis, incluyendo la definición del modelo de operación y levantamiento de información necesaria.

- Diseño de la solución.

- Construcción, incluyendo la programación de la solución y las adecuaciones para la integración con SEDAPAL.

- Inclusión del Certificado Digital en la solución.

X X X X

PRUEBAS INTERNAS

Pruebas internas y de interface preliminares (antes de la homologación con la SUNAT).

X

PREPARACION FINAL PARA LA PUESTA EN PRODUCCION

- Capacitación.

- Homologación con la SUNAT.

- Preparación Final, incluyendo la configuración y/o instalación necesaria y entrega de la documentación.

X X

PRODUCCION Puesta en Marcha (al inicio del sexto mes)

X

SOPORTE POST-PRODUCCION

- Soporte Post-Producción y ajustes a la Solución.

- Acompañamiento in situ en el primer mes de transmisión.

X

MANTENIMIENTO Y SOPORTE (ANUAL)

Incluye la emisión de comprobantes electrónicos por 1 año.

X X

SEGUIMIENTO Y CONTROL AL

Actividades de gestión del X X X X X X X

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SERVICIO servicio y su cumplimiento.

Nota: EL CONTRATISTA, realizará el servicio de soporte y mantenimiento; y tendrá una duración de un (01) año.

2. EL CONTRATISTA, en coordinación con el Equipo Gestión Comercial y Micromedición, Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Equipo Contabilidad General y el Equipo Manejo de Fondos de SEDAPAL, deberá desarrollar y participar de las reuniones de trabajo, para precisar detalles de la implementación.

3. EL CONTRATISTA, deberá elaborar en la etapa o fase inicial del servicio, un listado de todos los requerimientos necesarios para la ejecución del servicio. Por lo cual, SEDAPAL pondrá a disposición de EL CONTRATISTA y a solicitud de ésta, los datos o recursos necesarios tales como: acceso a internet, permisos necesarios, protocolo de comunicación, estructura del archivo de comprobantes, forma de notificar, entre otros.

4. EL CONTRATISTA, deberá realizar la implementación de la solución informática para la emisión electrónica de los comprobantes de pago: boletas de venta, facturas, notas de crédito y notas de débito; de acuerdo a los requisitos que establece las normas de SUNAT respecto a la emisión electrónica de comprobantes de pago. Para dicho efecto, deberá revisar las Resoluciones de Superintendencia: N° 374-2013/SUNAT, N° 097-2012/SUNAT y N° 182-2008/SUNAT.

5. EL CONTRATISTA, deberá coordinar con SEDAPAL respecto al modelo de operación de la implementación de la emisión electrónica de comprobantes de pago en SEDAPAL; incluyendo la revisión y determinación de la forma en que se deberá entregar los comprobantes de pago a los Clientes (formato electrónico a través de página web, correo electrónico, servicio web y/o mediante la entrega del comprobante en físico).

6. EL CONTRATISTA, en coordinación con SEDAPAL deberá revisar los comprobantes de pago que emite actualmente SEDAPAL, así como los procesos que generan dichos comprobantes, a fin de poder evaluar y determinar las adecuaciones que se tendrán que realizar en el sistema de SEDAPAL. Para dicho efecto, EL CONTRATISTA, deberá indicar y brindar el asesoramiento técnico a SEDAPAL, respecto a los cambios que se tendrán que realizar en el sistema de SEDAPAL, para lograr su integración a la solución de emisión electrónica de comprobantes.

7. EL CONTRATISTA, deberá asesorar y apoyar a SEDAPAL, respecto a los trámites a seguir para el proceso de homologación. Así mismo, deberá apoyar y participar en la ejecución del proceso de homologación, haciendo uso del Certificado Digital para que dicho proceso sea considerado satisfactorio por la SUNAT, considerando la duración de los plazos que otorga SUNAT que es aproximadamente (30) días calendario contados desde el día siguiente en que se dio inicio el proceso. EL CONTRATISTA, además, deberá realizar una prueba de pre-homologación o pruebas internas y/o de simulación, con la finalidad de asegurar el correcto proceso de homologación con la SUNAT. EL CONTRATISTA, deberá elaborar los set o casos de prueba en coordinación con SEDAPAL.

8. EL CONTRATISTA, deberá realizar la capacitación en la administración y uso de la herramienta a un grupo de usuarios líderes que designe SEDAPAL. Los

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usuarios líderes serán los responsables de formar a los usuarios finales. Dicha capacitación se realizará por un periodo de tiempo aproximado de 20 horas mínimo. Así mismo, EL CONTRATISTA, deberá realizar la capacitación técnica al personal del Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones por un periodo de tiempo aproximado 16 horas mínimo. SEDAPAL y EL CONTRATISTA, realizarán las coordinaciones para el desarrollo de las capacitaciones. Las capacitaciones se realizarán en las instalaciones de SEDAPAL; y EL CONTRATISTA, además, deberá realizar la entrega mínima de tres (03) juegos de manuales de usuario y dos (02) juegos del manual técnico en forma impresa; así como en formato digital.

9. EL CONTRATISTA, una vez que haya finalizado la implementación de la solución, deberá realizar el acompañamiento in situ a SEDAPAL durante la transmisión de la información a SUNAT y realizar la atención de incidencias con los ajustes necesarios a la solución implementada. Dichas actividades se ejecutarán en la etapa post-producción a partir de la salida en vivo y tendrá una duración máxima de un (01) mes.

10. EL CONTRATISTA, además de realizar la implementación de la solución, deberá proveer el servicio de soporte y mantenimiento a la solución implementada, por un periodo de un (01) año, contados a partir del periodo post-producción. Las actividades principales o mínimas que se realizarán durante el servicio de soporte y mantenimiento son los siguientes:

a) EL CONTRATISTA, deberá proveer asistencia y soporte funcional y técnico a SEDAPAL durante el periodo de prestación del servicio y proveer recursos para solucionar incidencias y problemas. Para dicho efecto, EL CONTRATISTA, deberá disponer de una Mesa de Ayuda (Help Desk) para el soporte técnico especializado permanente a SEDAPAL en idioma español sobre el servicio de emisión electrónica de comprobantes de pago. Por lo cual, se deberá brindar el servicio de atención durante los seis (06) días de la semana de lunes a sábado en los horarios de 8:15 a.m. hasta las 5:15 p.m. Los medios en que se deberá ofrecer el servicio de Mesa de Ayuda, son mediante: teléfono fijo, celular y/o correo electrónico. Además, EL CONTRATISTA, deberá asegurar el tiempo de respuesta óptimo a la atención de incidencias (máximo 4 horas), a fin de poder dar atención al problema presentado en forma oportuna.

b) Con relación al mantenimiento evolutivo, EL CONTRATISTA, deberá proveer a SEDAPAL las actividades de mantenimiento y actualización del software y/o aplicativos web de acuerdo a las modificaciones de la normatividad emitidas por la SUNAT. Para dicho efecto, se deberá garantizar la actualización de nuevas versiones que mejoren el producto en el tiempo. Es decir, deberá ofrecer cobertura para realizar los ajustes a la solución implementada y la inclusión de nuevos requerimientos de SUNAT, respecto a la emisión electrónica de comprobantes de pago.

11. EL CONTRATISTA, deberá emitir un informe de recomendación para la renovación del parque de impresoras para SEDAPAL. Por lo cual, se requiere que EL CONTRATISTA, realice una evaluación de las impresoras (cantidad y tipo) actualmente instalada, con la finalidad de conocer si será necesario o no adquirir nuevas impresoras en los puntos de venta de SEDAPAL, considerando la tecnología para la impresión del código de barras en los comprobantes de pago. EL CONTRATISTA, deberá realizar dicha actividad en el segundo mes y deberá ser coordinado con SEDAPAL.

Descripción de la Solución de Emisión Electrónica de Comprobantes de Pago:

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La solución de comprobantes de pago electrónico que proveerá EL CONTRATISTA, deberá soportar como mínimo el funcionamiento en catorce (14) puntos de venta de SEDAPAL. El alcance de la solución, en general comprende lo siguiente:

- Emisión y firma de comprobantes.- Generación del código hash y código de barras.- Conversión de archivos planos a formato xml.- Transmisión de comprobantes a SUNAT.- Recepción de CDR y respuestas de SUNAT.- Registro de los resultados de SUNAT en la base de datos de SEDAPAL.- De ser necesario generación de plantillas y/o distribución electrónica de

comprobantes a Clientes.- Publicación de comprobantes de pago en portal web.- Impresión y visualización de comprobantes y reportes; y descarga de

documentos.- Backup de información por 5 años.- Documento de licencias de la solución.- Certificado Digital.

Además, la solución implementada deberá estar instalada en el servidor de SEDAPAL; y el portal web deberá estar disponible en el servidor de EL CONTRATISTA y debe ser posible conectarlo a la página web de SEDAPAL.

Así mismo, es necesario mencionar que, EL CONTRATISTA deberá realizar la implementación de la solución, teniendo en consideración las principales características técnicas de la infraestructura tecnológica de SEDAPAL. Es decir, SEDAPAL actualmente, cuenta con sistema operativo AIX y SOLARIS, ambos corresponden a sistema operativo UNIX. Además, se cuenta con los sistemas operativos Windows Server y Linux Redhat (en los servidores departamentales). Se cuenta con un Motor de Base de Datos Oracle 10G; y protocolo HTTPS. Además, cuenta con impresoras matriciales Epson FX-890, para la impresión de los comprobantes de pago en formato pre-impreso en cada punto de venta.

Las características o condiciones principales que deberá soportar la solución que implementará EL CONTRATISTA en SEDAPAL son los siguientes:

1. Respecto a la Generación, Conversión y Envío de Documentos Electrónicos a la SUNAT.

a) La solución implementada por EL CONTRATISTA, deberá generar los documentos electrónicos de facturas, boletas de venta, notas de crédito y notas de débito en formato digital (archivo con información expresada en bits), los cuales deberán ser remitidos a la SUNAT en forma electrónica, considerando los formatos y los plazos que haya establecido SUNAT hasta un máximo de siete (07) días. Los formatos digitales de los documentos electrónicos, que proveerá la solución deberá estar basado en lo siguiente:

RES097-2012: Formato XML (Extensible Markup Language), bajo el estándar UBL

(Universal Business Language 2.0, ó según lo señalado en la página web http://www.oasis-open.org, en el caso de la factura electrónica, la boleta de venta electrónica y la nota electrónica.

Formato XML, en el caso de resumen diario y la comunicación de baja.

Para dicho efecto, EL CONTRATISTA deberá consultar los formatos indicados, que se encuentran en el anexo nro. 9 y otros anexos que sean necesarios de la

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página web de SUNAT, a fin de obtener los formatos vigentes que establece SUNAT.

b) SEDAPAL, en modalidad online (en línea) y mediante el Sistema de Impresión de Comprobantes de Pago – Open Printer, generará los archivos planos (formato texto) conteniendo los comprobantes de pago (facturas, boletas de venta, notas de crédito y débito) el cual será puesto en una dirección del servidor de SEDAPAL; y la solución implementada por EL CONTRATISTA deberá tomar el archivo plano, validar la información contenida y devolver o poner en el servidor de SEDAPAL el hash (código alfanumérico). La solución implementada deberá tener la posibilidad de agregar el código de barra. Para dicho efecto, EL CONTRATISTA deberá verificar si el requerimiento mencionado es actualmente exigido o será exigido en el futuro por la SUNAT y de esta forma lograr que la solución pueda estar preparada cuando SUNAT lo solicite. Por lo cual, se requiere que la solución implementada permita soportar la impresión del código de barras.

EL CONTRATISTA deberá revisar las nuevas estructuras de serie requeridas por SUNAT (según Resolución 374-2013/SUNAT) y de ser necesario deberá ser considerado en la solución que implementará, ya que actualmente la estructura de serie del comprobante físico (formato pre-impreso) es numérico y la serie del comprobante electrónico es alfanumérica. EL CONTRATISTA además, deberá coordinar con SEDAPAL, respecto a las modificaciones que se tendrá que realizar en los sistemas de SEDAPAL para soportar la nueva estructura de serie.

c) Al final del día y mediante un proceso batch se generará los archivos planos (formato texto) conteniendo los comprobantes de pago (facturas, boletas de venta, notas de crédito y débito) el cual será puesto en una dirección del servidor de SEDAPAL, con la finalidad que la solución implementada tome los archivos planos, valide la información contenida y convierta los archivos planos (texto) a formato XML conjuntamente con la firma digital y genere el UBL. Seguidamente deberá enviar a la SUNAT, los comprobantes de pago en formato XML con la firma digital. Cabe señalar, que EL CONTRATISTA enviará los comprobantes de pago electrónicos, resumen diario y comunicación de baja de los comprobantes a la SUNAT a través de la modalidad Web Service (la modalidad de transmisión vía Web Service ha sido dispuesto por la SUNAT).

La solución implementada, deberá contener algún mecanismo de verificación o detección para identificar los archivos planos de comprobantes de pago que se encuentran en el servidor (por ejemplo a través de un timer, etc.). EL CONTRATISTA deberá coordinar con SEDAPAL, el momento o los horarios en que la solución deberá tomar los archivos planos del servidor.

Mediante la solución implementada, EL CONTRATISTA deberá dejar el resultado (respuesta) de la SUNAT en una base de datos Oracle que le proporcionará SEDAPAL; y deberá devolver a SEDAPAL los tres (03) archivos XML, PDF y CDR, incluyendo un correo de respuesta a SEDAPAL del resultado del envío de la información a la SUNAT.La solución implementada, deberá permitir guardar o dejar la copia de la información de comprobantes de pago (archivos XML, PDF) de preferencia en la base de datos Oracle en el servidor de SEDAPAL.

d) EL CONTRATISTA, deberá verificar el óptimo tiempo de respuesta de todo el proceso (recepción de archivo, validación, conversión, envío a SUNAT y retorno de respuesta de SUNAT. Para dicho efecto, EL CONTRATISTA, deberá preveer o considerar una velocidad y/o ancho de banda adecuado, con la finalidad que SEDAPAL pueda conocer oportunamente que acción tendrá que

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realizar ante una posible falla del proceso o debido a alguna incidencia presentada.

2. Respecto al Portal Web.

a) EL CONTRATISTA, deberá proveer a SEDAPAL un medio de consulta de los comprobantes, mediante un portal web (con disponibilidad 24 x 7), con la finalidad que SEDAPAL pueda conocer los resultados de las operaciones realizadas y conocer el estatus de cada documento. Así mismo, permitir la búsqueda de documentos mediante filtros de selección, tales como: punto de venta, fecha de emisión, estado del documento (por ejemplo aceptado, rechazado), tipo de documento, entre otros. Además, permitir la descarga, visualización e impresión del documento en formato PDF en el momento que se requiera; y de ser necesario permitir la descarga en formato xml. Por lo cual, dicho portal web, deberá ser posible conectarlo a la página web de SEDAPAL, mediante un enlace o link; y EL CONTRATISTA, deberá proveer a SEDAPAL los usuarios y contraseñas para el acceso a dicho portal. Se requiere como mínimo 32 usuarios.

b) EL CONTRATISTA, además deberá proveer o poner a disposición de los Clientes, una opción de consulta de los comprobantes de pago que hubiera emitido SEDAPAL (facturas, boletas de venta, notas de crédito y débito), dicha consulta será a través de una página web. Así mismo, para acceder a esa consulta, EL CONTRATISTA, deberá definir un mecanismo de seguridad que permita resguardar la confidencialidad de la información, de modo tal, que solo el Cliente pueda acceder a ella.

c) EL CONTRATISTA, deberá disponer la funcionalidad de poder enviar el comprobante de pago (documento en pdf) mediante correo electrónico al Cliente; y, de ser necesario SEDAPAL deberá recibir una copia o recepción de notificación cuando el Cliente haya leído el documento.

3. Respecto al Flujo o Modelo General del Proceso de Emisión.

En el cuadro siguiente se presenta un resumen general del proceso de emisión de comprobantes de pago, con la finalidad de tener una visión más clara de cómo podrá ser el proceso y de esta forma poder determinar los cambios o adecuaciones que se tendrán que realizar en dicho proceso. El flujo o modelo de proceso podrá ser modificado y mejorado en base a las coordinaciones y definiciones que hayan sido acordadas entre EL CONTRATISTA y SEDAPAL. Cuadro N° 2. Resumen General del Proceso de Emisión propuesto.

Modo

SEDAPAL CONTRATISTA CLIENTE SUNAT

Solución Propuesta

1.Genera el comprobante de pago.

2.Genera archivo plano con los datos del comprobante de pago y se coloca en el servidor de SEDAPAL.

3.Toma el archivo plano, realiza pre-validación y genera código hash.

5.Realiza la impresión del comprobante de pago.

4.Devuelve el código hash a Sedapal.

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EN

LIN

EA

6.Entrega el comprobante de pago físico al Cliente.

4. 7. Recepciona comprobante de pago en físico.

EN B

ATCH

8.Genera el archivo plano de los comprobantes de pago que fueron emitidos en el día, con el archivo de resumen diario de boletas y se coloca en el servidor de SEDAPAL. Nota: SEDAPAL no realizará este paso, si el modelo de la solución definido, establece que ya no es necesario, porque la solución implementada ya tiene guardado los comprobantes de pago que se emitieron durante el día (en modo línea).

9.Convierte los archivos de comprobantes de pago a formato XML por cada factura y firma el XML; incluyendo la conversión a XML del resto de los archivos de comprobantes de pago, por ejemplo resumen de boletas.

10. Envía a la SUNAT vía web service los archivos XML con la firma digital.

11. Recepciona los archivos XML y valida.

13. Recibe resultados y

constancia de recepción de SUNAT. Envía a SEDAPAL dichos resultados (CDR), incluyendo los XML y PDF; y guardará en la base de datos Oracle de SEDAPAL.

12. Envía la Constancia de Recepción (CDR).

DU

RAN

TE E

L D

IA

14. Consulta o verifica los resultados de la SUNAT.

Además, podrá consultar y/o descargar del portal los archivos xml o pdf; permitiendo la consulta e impresión de reportes.

15. Podrá consultar en el portal web e imprimir el digital.

4. Respecto al Certificado Digital y Renovación.

a) La solución implementada, deberá contar con el certificado digital con vigencia mientras dure el presente servicio, a fin de garantizar la identidad del emisor electrónico.

b) EL CONTRATISTA, deberá proveer a SEDAPAL el Certificado Digital y verificar los requisitos que establece la SUNAT, respecto a sus características.

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c) Cabe mencionar que, como el Certificado Digital tienen validez de un (01) año, antes de finalizar el servicio EL CONTRATISTA deberá indicar a SEDAPAL cómo se gestionará la renovación del certificado digital. Además la solución implementada deberá proveer algún mecanismo de alarma de tal forma que permita conocer con anticipación cuando realizar la la renovación del certificado digital.

5. Respecto al Almacenamiento y Backup de los Comprobantes de Pago.

a) La solución implementada, deberá permitir guardar los documentos (comprobantes de pago), por un periodo mínimo de un (01) año en línea, en el servidor y en el Portal que ofrece la solución de EL CONTRATISTA. Así mismo, dichos documentos deben permanecer guardados o almacenados como backup por un periodo de cinco (05) años en el servidor de EL CONTRATISTA. Es preciso mencionar, que los tiempos requeridos para guardar o almacenar los documentos ya sea en línea o como backup, deberán regirse de acuerdo a los plazos establecidos por la SUNAT.

b) EL CONTRATISTA, deberá entregar la información de los comprobantes de pago en el momento que sea requerido por SEDAPAL y al finalizar el servicio.

6. Respecto al Crecimiento del Volumen de la Información.

La solución implementada, deberá ser escalable en el tiempo, anticipando un crecimiento numérico de la cantidad de documentos emitidos, sin que dicho crecimiento afecte los tiempos de respuesta del sistema o de la solución. Por lo cual, debe estar preparado para operar con grandes volúmenes de información ya sea diaria o mensual.

E. Personal Requerido: EL CONTRATISTA asignará obligatoriamente 01 jefe de proyecto, el mismo que se encargará de realizar las labores de coordinación y/o supervisión de las actividades especificadas en los términos de referencia; así como de dirigir la adecuada gestión y atención del servicio, elaborar los planes del proyecto e identificar los riesgos e informar a los interesados. Su dedicación al servicio será a tiempo parcial.

Perfil Académico:Profesional Titulado en Ingeniería de Sistemas y/o Computación y/o Informática, y/o Ingeniería Industrial y/o Administración, presentar (Copia simple).

Experiencia:Mínimo un (01) año de experiencia de haber participado en actividades de coordinación y/o supervisión de implementación de sistemas informáticos y/o de desarrollo y/o mantenimiento de sistemas.

EL CONTRATISTA asignará obligatoriamente 02 Analistas Programadores de Sistemas para el servicio, los mismos que se encargarán en forma exclusiva de realizar los trabajos especificados en los términos de referencia. Su dedicación al servicio será a tiempo completo.

Perfil Académico:Profesional Titulado y/o Bachiller en Ingeniería de Sistemas y/o Computación y/o Informática y Certificado o Constancia de Estudios en Lenguaje de Programación Java y/o .net.

Experiencia:Experiencia mínima de un (01) año de haber realizado actividades de análisis y/o diseño y/o desarrollo y/o implementación y/o implementación de sistemas web.

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SEDAPAL, realizará una evaluación permanente del desempeño del personal del CONTRATISTA y podrá solicitar la sustitución o reemplazo del personal asignado cuya dedicación o desempeño, no se adecue a su juicio a los requerimientos exigidos por el servicio o no cumpla con el perfil académico solicitado.

F. Entregables:

EL CONTRATISTA deberá presentar, para cada una de sus etapas o fases en que organizará el Proyecto, los productos o entregables a obtener, que servirán además de base para efectuar el visto bueno de cada una de ellas.

1. Documento de Plan de Trabajo, incluyendo el cronograma con la fecha de inicio y fin de cada actividad; el cual deberá ser presentado al Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones de SEDAPAL, hasta la segunda semana de la firma del contrato. Cualquier cambio en el Plan de Trabajo, deberá ser comunicado con anticipación al Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

2. Lista de los requerimientos mínimos que necesitará EL CONTRATISTA de SEDAPAL para cada etapa o fase del proyecto.

3. Documento de análisis y diseño de los desarrollos efectuados, incluyendo el modelo de operación para la implementación de la emisión electrónica de comprobantes de pago en SEDAPAL.

4. Documento de las adecuaciones que se tendrán que realizar en los sistemas de SEDAPAL para su integración con la solución.

5. Documento de plan de pruebas (con los casos de pruebas) y resultados de pruebas de la homologación.

6. Documento de Plan de Puesta a Producción.7. Entrega de manuales de usuario, y manuales del sistema y/o configuración, en

formato impreso en word y digital. De ser necesario documentación de procedimientos de contingencia.

8. Actas de aceptación y conformidad para la puesta en producción.9. En forma mensual un reporte de gestión de avance del proyecto, conteniendo

las actividades finalizadas, en desarrollo y las actividades pendientes por realizar.

10. Informe Final del Servicio.11. Documento de licencias de la solución.12. Certificado digital.

G. Responsabilidad del contratista

EL CONTRATISTA es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los servicios ofertados por un plazo no menor de un (1) año contado a partir de la conformidad otorgada, de acuerdo a lo indicado en el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.

H. Obligaciones del CONTRATISTA:

1. Ejecutar el servicio de acuerdo a los Términos de Referencia del Servicio señaladas en las presentes bases.

2. Asumir la responsabilidad, obligaciones civiles y penales por los daños que puedan ocasionar sus trabajadores a SEDAPAL, durante el desarrollo del servicio, sean éstos materiales o personales.

3. Celebrar cuando lo solicite SEDAPAL, reuniones de coordinación, con participación de los responsables de las partes.

4. Evitar la subcontratación o transferencia total o parcial de las actividades del servicio contratado, sin el previo consentimiento escrito de SEDAPAL, bajo sanción de resolución del presente contrato.

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5. Las coordinaciones relacionadas a la correcta prestación del servicio deberán de ser realizadas en todo momento con el Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

6. Contar con los recursos y equipamiento, etc. mínimos necesarios para el cumplimiento de los servicios solicitados de manera eficiente, eficaz.

7. Mantener la confidencialidad de la información y de los activos que le son asignados para el desarrollo de sus labores.

8. Cumplir con las normas de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con el Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobada mediante Decreto Supremo N° 005-2012-TR de fecha 25.04.2012.

9. Brindar un servicio de reducido impacto ambiental negativo que sea durable, no peligroso y susceptible de reaprovechamiento de acuerdo al Artículo 18° de la Ley 27314 "Ley General de Residuos Sólidos".

10. Asumir la responsabilidad y obligaciones civiles y penales por daños que pueda ocasionar a SEDAPAL, terceras personas o propiedades vecinas, sean materiales o personales.

I. Obligaciones de SEDAPAL:

1. Proporcionar la documentación e información necesaria para el desarrollo adecuado del servicio, así como supervisar permanentemente la realización del servicio.

2. Tramitar y efectuar el pago de las facturas presentadas por EL CONTRATISTA, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos.

3. Brindar ambientes adecuados para reuniones de coordinación.4. Brindar los ambientes de desarrollo y otros recursos necesarios para que EL

CONTRATISTA, pueda realizar la implementación de la solución. 5. Revisar y aprobar los entregables definidos en estos Términos de Referencia.6. Coordinar las reuniones con las áreas involucradas en el presente servicio.

J. Seguros:

EL CONTRATISTA, deberá contratar las siguientes Pólizas de Seguros:1.- Póliza de Deshonestidad Comprensiva por un monto equivalente a USD 10 000,00

(Diez mil y 00/100 Dólares Americanos).

K. Uso de instalaciones y/o recursos de SEDAPAL:Salvo aquellos casos en que por la naturaleza de las labores operativas a realizarse, EL CONTRATISTA no deberá hacer uso de las instalaciones de SEDAPAL. Caso contrario, deberán gestionar una autorización expresa de la Gerencia de Desarrollo e Investigación.Queda prohibido, bajo responsabilidad de las áreas usuarias, prestar cualquier tipo de facilidades adicionales que no estén contempladas en las presentes bases.

L. Medio Ambiente:

En Postor que obtenga la Buena Pro deberá adoptar procedimientos constructivos, productos y servicios de reducido impacto ambiental negativo que sean durables, no peligrosos y susceptibles de reaprovechamiento (Artículo 18 de la Ley 27314 “Ley General de Residuos Sólidos”).

A fin de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en párrafo anterior, SEDAPAL a través del Equipo Tecnología de la información y Comunicaciones Gestión Institucional, puede realizar auditorías planificadas o inopinadas durante el periodo de contratación.

M. Plan de Seguridad en la Ejecución del Servicio :

EL CONTRATISTA, es responsable en el cumplimiento de lo estipulado en el DECRETO SUPREMO Nº 005-2012-TR Reglamento de la Ley N° 29783, Ley

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Seguridad y Salud en el Trabajo y sus modificatorias en lo que respecta al cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, prevención de riesgos, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, debiendo velar adicionalmente, por la preservación del medio ambiente, en el entorno de las faenas.

EL CONTRATISTA, deberá informar de inmediato al área usuaria (Supervisor del Contrato) SEDAPAL de cualquier accidente de trabajo ocurrido en cumplimiento de la ejecución de las actividades del Contrato; en caso se detecte el incumplimiento de lo señalado, se aplicará la penalidad correspondiente.

N. Certificación requerida como documentación obligatoria :

1. Copia simple de la Constancia vigente de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores: Capítulo de Servicios.

2. Declaración Jurada que acredite el cumplimiento de los Términos de Referencia.

3. Declaración Jurada de Plazo de prestación del servicio.

O. Fuente de Financiamiento: Recursos Propios.

P. Forma de Pago: La estructura de desembolsos del monto contratado se realizará en forma fraccionada según el avance de la ejecución del servicio de acuerdo al siguiente detalle:

Mes Porcentaje

Entregable

Primer Mes 10 % Informe de avance del proyecto, conteniendo el plan de trabajo aprobado.

Cuarto Mes 30 % Informe de avance del proyecto, indicando el inicio de la homologación de la solución ante la SUNAT.

Acta de Conformidad de pruebas internas y documentación del sistema.

Quinto Mes 10% Informe de avance del proyecto, indicando que SEDAPAL ha sido homologado por SUNAT.

Sexto Mes 40% Informe del primer mes de soporte post-producción e inicio del servicio de mantenimiento por un (01) año.

Al mes 17 10% Informe de finalización del servicio de emisión de comprobantes de pago electrónico y del servicio de soporte y mantenimiento - anual.

La forma de pago será a los quince (15) días calendario, previa conformidad del servicio por parte del Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones, que será otorgada en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario, contados a partir de la entrega de la factura e informe(s) por parte de EL CONTRATISTA.

Q. Plazo de Ejecución:

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El presente servicio tiene una duración de diecisiete (17) meses contados a partir del quinto día útil siguiente a la suscripción del contrato o a la designación del Supervisor por parte de SEDAPAL, o lo que ocurra primero.

R. Lugar de Ejecución: El servicio se realizará, preferentemente, en las instalaciones del Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones de SEDAPAL, ubicado en el edificio de la Nueva Sede de la Atarjea ubicado Av. Ramiro Prialé N° 210, El Agustino.

S. Sistema de Contratación :El presente proceso se rige por el sistema de suma alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

T. Tabla de penalidades :ITEM PENALIDAD MULTA

1. CALIDAD DEL SERVICIO

1.1 Por no tener la solución lista o preparada para homologar con SUNAT, al inicio del quinto mes del servicio.

15% U.I.T. por semana.

1.2 Por no tener homologada la solución con SUNAT al inicio del sexto mes.

10% U.I.T. por cada día.

1.3 Por exceder el plazo máximo de respuesta (4 horas), a los incidentes presentados en la solución de comprobantes de pago electrónico; durante el periodo de post-producción y durante el servicio de soporte y mantenimiento.

10% U.I.T. por cada día de

atraso.

2. OTROS

2.1 Por el uso indebido de información de propiedad de SEDAPAL, en beneficio propio o de terceros realizada por el personal de EL CONTRATISTA.

50% U.I.T. por vez.

2.2 Por el uso de cuentas de correo electrónico que no le han sido asignados al personal de EL CONTRATISTA.

10% U.I.T. por detección.

2.3 Por el ingreso/retiro de dispositivos informáticos sin autorización de SEDAPAL (computadoras, discos duros, laptops, equipos de almacenamiento externos).

10% U.I.T. por vez.

2.4 Por el uso de software no licenciado dentro de las instalaciones de SEDAPAL.

10% U.I.T. por vez.

Procedimiento:

1. La presente Tabla de Penalidades y Multas consta de siete (07) infracciones, en las que el equipo, antes de aplicar la primera multa, procederá a notificar a EL CONTRATISTA mediante carta de la Jefatura del Equipo Tecnología de la Información y Comunicaciones sobre la falta cometida, dándole oportunidad para que la enmiende o subsane en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, solo en aquellas que no impliquen delito.

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2. De no subsanar la falta en el plazo otorgado, se procederá a aplicar la penalidad correspondiente de manera diaria hasta que EL CONTRATISTA cumpla con levantar la observación.

3. En caso EL CONTRATISTA incurra posteriormente en la misma falta/ocurrencia, no será necesario que el Equipo Tecnología de la Información y Comunicaciones le otorgue un plazo para subsanarlo, siendo que procederá de inmediato aplicar la multa, previa comunicación al contratista.

4. Toda discrepancia sobre las penalidades impuestas por SEDAPAL a EL CONTRATISTA serán resueltas de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

5. La sucesión persistente de faltas, además de la aplicación de las multas respectivas serán causales de la Resolución del Contrato.

6. EL CONTRATISTA está en la obligación de informar a su personal la tabla de penalidades.

ANEXO N° 01

Figura N° 1: Esquema Actual de la Emisión de Comprobantes de Pago

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ANEXO N° 02

Cuadro N° 3: Relación de Puntos de Emisión

La emisión actual de los comprobantes de pago, se realizan en cada punto de emisión de SEDAPAL, los cuales se describen en el cuadro siguiente:

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Nro.Cód

.

Punto Emisión

(Punto Venta) Serie

Tip.Doc Equipo

1 1001 ESCE - Atarjea 810 NC/ND/Bol.

Equipo Servicios y Clientes Especiales

2 1004 ESCE-LIMA 507 NC/ND/Bol./Fac.

Equipo Servicios y Clientes Especiales

3 1005 ESCE-LIMA-PAS 506 NC/ND/Bol./Fac.

Equipo Servicios y Clientes Especiales

4 1111 Gest. Centralizada 803 NC/Bol.

Equipo Gestión Comercial y Micromedición

5 2111 CALLAO 602 NC/ND/Bol./Fac./

N.Ing.Equipo Comercial Callao

6 2121 AG. VENTANILLA 604 NC/ND/Bol./Fac./

N.Ing.Equipo Comercial Callao

7 2130 CALLAO - VTA. MASIVA 605 NC/Bol. Equipo Comercial

Callao

8 2211 COMAS 103 NC/ND/Bol./Fac./

N.Ing.Equipo Comercial Comas

9 2230 COMAS - VTA. MASIVA 104 NC/Bol. Equipo Comercial

Comas

10 3111 BREÑA 502 NC/ND/Bol./Fac./

N.Ing.Equipo Comercial Breña

11 3121 SAN MIGUEL 512 NC/ND Equipo Comercial

Breña

12 3125 BREÑA - CREDITOS 504 NC Equipo Comercial

Breña

13 3130 BREÑA - VTA. MASIVA 505 Bol. Equipo Comercial

Breña

14 3211 ATE VITARTE 702 NC/ND/Bol./Fac./

N.Ing.Equipo Comercial Ate Vitarte

15 3212 LA MOLINA 712 NC/ND/Bol./Fac./

N.Ing.Equipo Comercial Ate Vitarte

16 3230

ATE VITARTE - VTA. MASIVA 703 NC/Bol. Equipo Comercial

Ate Vitarte

17 3311 SAN JUAN LURIGANCHO 306 NC/ND/Bol./Fac./

N.Ing.Equipo Comercial S.J de Lurigancho

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18 3312 ZARATE 312 NC/ND/Bol./Fac./

N.Ing.Equipo Comercial S.J de Lurigancho

19 3330

SAN JUAN LUR. - VTA.MASIVA 309 NC/Bol. Equipo Comercial

S.J de Lurigancho

20 4111 SURQUILLO 402 NC/ND/Bol./Fac./

N.Ing.Equipo Comercial Surquillo

21 4130

SURQUILLO - VTA. MASIVA 406 Bol. Equipo Comercial

Surquillo

22 4211 VILLA SALVADOR 203 NC/ND/Bol./Fac./

N.Ing.Equipo Comercial Villa El Salvador

23 4230

VILLA SALVADOR - VTA. MASIVA 208 NC/Bol. Equipo Comercial

Villa El Salvador

24 6111 NUEVA SEDE 801 NC/ND/Bol./Fac./

N.Ing.Equipo Contabilidad General

25 6111 NUEVA SEDE 804 NC/ND/Bol./Fac.

Equipo Contabilidad General

26 6113

CONTABILIDAD GENERAL 808 NC/ND

Equipo Contabilidad General

Fuente: Sistema de Impresión de Comprobantes de Pago - Open Printer.

ANEXO N° 03

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El detalle de la cantidad de comprobantes de pago aproximado que se emiten actualmente en el sistema de SEDAPAL, se señalan en los cuadros siguientes:

Cuadro N° 4: Volumen de Información Actual

Comprobante de PagoCantidad Aproximada Mensual

En Línea (online)

Masivo (batch)

Total

Facturas 1,050 0 1,050Boletas de Venta 3,500 2,000 (*) 5,500Notas de Crédito 50 0 50Notas de Débito 50 0 50

Total 4,650 2,000 6,650

Fuente: Equipo Manejo de Fondos.

(*) Cabe señalar que, respecto a la emisión masiva de boletas de venta, de manera no frecuente o excepcional, se pueden presentar picos con mayores cantidades de emisión de boletas de venta, por ejemplo puede emitirse 2,000 ó 5,000 boletas de venta en un día producto de las ventas masivas de conexiones de agua y desagüe. Por lo cual, la solución que se implementará, deberá soportar el crecimiento del volumen de información en el tiempo; considerando que en algún momento dicha emisión pueda superar la emisión de 5,000 boletas de venta de conexiones de agua y alcantarillado en un determinado día.

Cuadro N° 5: Detalle de Comprobantes de Pago Emitidos por el Open SGC y SIF

Comprobante de Pago

Cantidad Promedio

Mensual del Año 2013

Open SGC SIF Total

Factura 302 645 947

Boleta de Venta 3,522 576 4,098

Nota de Crédito 44 6 50

Nota de Débito 37 13 50

Total 3,905 1,240 5,145

Fuente: Sistema de Impresión de Comprobantes de Pago.

ANEXO N° 04

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Cuadro N° 6: Tipos de Operaciones que Aplica Emisión Electrónica

La emisión electrónica aplicará a los comprobantes de pago, que son generados producto de las operaciones siguientes:

SISTEMA

Operaciones

(que aplica emisión electrónica) Tipo Documento

que Genera

Open SGC a) Por Venta de Conexión: Agua y Desagüe (individual y masiva).

b) Por Servicios Colaterales: Solicitud de factibilidad de servicio, cambio de diámetro, costo de cierre, etc.

c) Por Correcciones: Por modificaciones a las boletas de venta y facturas, referentes a las ventas de conexiones y de servicios colaterales.

Por modificaciones a las notas de débito, que fueron generadas por correcciones.

Boletas de Venta y Facturas.

Boletas de Venta y Facturas.

Notas de Crédito y Débito.

Notas de Crédito

SIF Todas las operaciones realizadas tales como:

a) Por Conceptos Contables.b) Por Cobranzas Externas.c) Recaudación de Farmacias.d) Cobranza Compartida.e) Cobranza Realizada por Terceros.f) Cobranza Interna por Servicios

Colaterales.g) etc.

Nota: No aplica las notas de ingreso.

Boletas de Venta, Facturas, Notas de Crédito y Débito.

Fuera del Alcance de la Emisión Electrónica:

- Recibos de Consumo de Agua.- Recibos de Acuerdo a Plazos.- Recibos de Cuotas de Acuerdo.- Recibos de Cargos Varios.- Recibos de Ingresos Extraordinarios.- Recibos Refacturados.- Notas de Crédito y Débito a Recibos de Consumo de Agua.- Notas de Crédito a Recibos de Acuerdo a Plazo o a cuotas de acuerdo. - Notas de Ingreso que genera el SIF.

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CAPÍTULO IVCRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.

De acuerdo con el artículo 45° del Reglamento, las Bases deben consignar el siguiente factor de evaluación:

A. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD MÁXIMO 50 PUNTOS

Criterio:Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la prestación y/o ejecución de servicios y/o actividades de implementación de sistemas y/o soluciones para la emisión de comprobantes de pago electrónico regulados por SUNAT, según la RS N° 374/2013/SUNAT y/o servicios de implementación de transacciones electrónicas con certificado digital; y que tenga como mínimo una (01) implantación en el Perú o en el extranjero de sistemas y/o soluciones para la emisión de comprobantes de pago electrónicos y/o transacciones electrónicas y/o comercio electrónico con certificado digital o en proceso de homologación por SUNAT; durante el período comprendido y determinado con una antigüedad no mayor a cuatro (04) años, computados hasta la fecha de presentación de propuestas y hasta por un monto máximo acumulado equivalente a dos (02) veces el valor referencial de la contratación (Anexo Nº06).

El puntaje será asignado, de acuerdo a la siguiente metodología:

1. Al postor que acredite un monto acumulado igual o mayor a una (01) vez el valor referencial se le otorgará 50 Puntos10

2. En caso de que el Postor no alcance el máximo señalado, la fórmula a aplicarse para determinar su puntaje será la siguiente:

Pi = (Monto Acumulado x 50) / una (01) veces el valor referencial

Pi = Puntaje de Postor

Acreditación:

1. La experiencia del postor se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (el documento debe presentar sello de pagado o cancelado o adjuntar comprobantes o voucher de depósito del pago en Entidad del sistema bancario y financiero nacional), correspondientes a un máximo de diez (10) servicios.

2. El Comité Especial únicamente evaluará los diez servicios presentados por el postor en el orden que los presentó, por lo que no se tomarán en cuenta ni evaluarán los servicios que excedan aquel número establecido, en cuyo caso se les tendrá por no presentados.

3. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar 10 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo,

podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.

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la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor.

4. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

5. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

6. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

7. En el caso de postores que se presenten en Consorcio, la calificación de la experiencia del Consorcio se efectuará mediante la acumulación de la experiencia que presenten los miembros del consorcio que, de acuerdo con la promesa formal de consorcio, cuenten entre sus obligaciones la ejecución efectiva del contrato.

8. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta, publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

9. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio para la evaluación los postores deberán cumplir con lo dispuesto en la Directiva N° 016-2012-OSCE/CD, aprobado por Resolución N° 291-2012-OSCE/PRE PRE y modificada con Resolución N° 391-2013-OSCE-PRE del 06.12.2012.

10. En los casos que la experiencia se acredite por servicios prestados por subcontratación, la conformidad acreditada por el Sub Contratante, deberá adicionalmente ser acompañada de la autorización de sub contratación del contratante originario y asimismo acreditar que dicha autorización este contemplada en las bases del proceso de la entidad principal.

11. Las comprobantes de pago que no serán tomadas en cuenta en cualquiera de los siguientes casos:a. Cuando la fecha de prestación del servicio facturado se encuentre fuera de

los cuatro (04) años anteriores a la fecha de presentación de propuestas.b. No esté debidamente cancelada.c. No esté referida a las actividades solicitadas.

12. Los contratos u órdenes de servicio no serán tomados en cuenta en cualquier de los siguientes casos:

a. No presente la conformidad de culminación de la prestación del servicio.b. Cuando el servicio culmine fuera de los cuatro (04) años anteriores a la

fecha de presentación de propuestas.

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c. No esté referido a las actividades solicitadas.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor.

B. CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO MÁXIMO 10 PUNTOS

Criterio:

Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los servicios presentados para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas.

Acreditación:

Mediante la presentación de un máximo de diez (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente:

1. La identificación del contrato u orden de servicio, indicando como mínimo su objeto.

2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato,

comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual.

3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato.

Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación11

PCP   = PF x CBC    NC

Donde:

PCP = Puntaje a otorgarse al postor.

PF = Puntaje máximo al postor, que para el presente factor es de 10 Puntos.

NC = Número de contrataciones que el postor haya presentado el postor para acreditar su experiencia en la especialidad y/o actividad, y que el Comité Especial haya validado para computar aquella experiencia, por tanto las contrataciones no validadas no serán consideradas para este factor NC. (Máximo 10 contrataciones).

CBC =Número de constancias de buen cumplimiento de la prestación y que acredite objetivamente que se brindó sin incurrir en penalidades. Las constancias que se computen en este factor BC deberán estar referidas necesariamente a las contrataciones que el postor haya presentado para acreditar su experiencia en la especialidad y que el Comité Especial haya validado para computar aquella experiencia. (Máximo 10 constancias).

NOTA: 11 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN en www.osce.gob.pe

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En el caso que los certificados o constancias de servicios presentados por el postor no indiquen expresamente que no se ha incurrido en penalidades o no indique el monto del contrato, los postores deberán adjuntar la respectiva liquidación y/o conformidad del servicio, en la cual se desprenda claramente que los certificados o constancias corresponden a los servicios presentados como experiencia del postor y que no tuvieron penalidades.

C. PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 40 PUNTOS

Criterio:

Para la evaluación del personal propuesto por el postor y sujeto a evaluación, se evaluará en función al tiempo de experiencia de acuerdo a los siguientes aspectos y detalles:

C.1 Jefe de Proyecto (01) Máximo 40 Puntos

Se evaluarán las copias simples Copia simple de certificados y/o constancias y/o contratos de trabajo (este último con su respectiva conformidad) que sustenten la experiencia mayor de un (01) año de haber participado en actividades de coordinación y/o supervisión de implementación de sistemas informáticos y/o de desarrollo y/o mantenimiento de sistemas, otorgándose el puntaje de acuerdo al siguiente criterio:

Más de 3 años : 40 puntos Más de 2 año hasta 3 años : 20 puntos Más de 1 año hasta 2 años : 10 puntos 1 año : 00 puntos

NOTAS:

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio, de ser el caso.

Los certificados y/o constancias deberán indicar la descripción de las actividades desarrolladas por éste y el período durante el cual las realizó, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases, de tal manera que permitan una evaluación objetiva, caso contrario no será considerado para la evaluación.

La experiencia del personal propuesto, podrá acreditarse con la presentación de i) contratos y su respectiva conformidad, ii) constancias, iii) certificados o iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto. (Según pronunciamiento del OSCE)

En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.

En caso el postor presentara personal adicional al solicitado, su propuesta será desestimada automáticamente, sin revisión de la documentación restante

IMPORTANTE:

Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.

Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un

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puntaje técnico mínimo de ochenta (80) puntos.

CAPÍTULO VPROFORMA DEL CONTRATO

Conste por el presente documento el contrato de prestación de “SERVICIO DE IMPLEMENTACION DE EMISION ELECTRONICA DE COMPROBANTES DE PAGO”, que celebran de una parte Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima, en adelante SEDAPAL, con RUC Nº 20100152356, con domicilio legal en Autopista Ramiro Prialé Nº 210, El Agustino, representada por su Gerente de Logística y Servicios , Señor[………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTESCon fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0140-2014-SEDAPAL para la contratación del “Servicio de Implementación de Emisión Electrónica de Comprobantes de Pago”, a la empresa […………………….], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de los servicios de una empresa especializada en tecnologías de la información, que se encargue del Servicio de Implementación de Emisión Electrónica de Comprobantes de Pago.

Algunos de los objetivos que se esperan alcanzar con la solución propuesta son los siguientes:

- Cumplir con las normativas exigidas por SUNAT respecto a la emisión de comprobantes de pago, considerando las últimas disposiciones y modificaciones.

- Mejorar la gestión empresarial, que se verá reflejado en el ahorro de costos y tiempos, ya que se reducirá el uso de papel, permitiendo enviar en forma electrónica los archivos de los comprobantes de pago a la SUNAT.

Mejorar el impacto en el medio ambiente

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a S/. ………………………………………………, si incluye IGV.

Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: DE LA ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO

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La administración del presente contrato estará a cargo del Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones de SEDAPAL, unidad orgánica cuya necesidad es atendida a través de la contratación del presente servicio materia del presente contrato, siendo responsable de la conformidad de la prestación, así como de la gestión de ampliaciones de plazo, prórrogas, resolución, aplicación de penalidades y todos los demás aspectos referidos a la ejecución contractual, responsable del seguimiento, control y supervisión del presente contrato, con sujeción a las bases integradas de la Adjudicación Directa Selectiva N° 0140-2014-SEDAPAL y a su propuesta técnico económica que forma parte del presente contrato.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PAGO 12 La estructura de desembolsos del monto contratado se realizará en forma fraccionada según el avance de la ejecución del servicio de acuerdo al siguiente detalle:

Mes Porcentaje

Entregable

Primer Mes

10 % Informe de avance del proyecto, conteniendo el plan de trabajo aprobado.

Cuarto Mes

30 % Informe de avance del proyecto, indicando el inicio de la homologación de la solución ante la SUNAT.

Acta de Conformidad de pruebas internas y documentación del sistema.

Quinto Mes

10% Informe de avance del proyecto, indicando que SEDAPAL ha sido homologado por SUNAT.

Sexto Mes

40% Informe del primer mes de soporte post-producción e inicio del servicio de mantenimiento por un (01) año.

Al mes 17 10% Informe de finalización del servicio de emisión de comprobantes de pago electrónico y del servicio de soporte y mantenimiento - anual.

La forma de pago será a los quince (15) días calendario, previa conformidad del servicio por parte del Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones, que será otorgada en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario, contados a partir de la entrega de la factura e informe(s) por parte de EL CONTRATISTA.

El pago a EL CONTRATISTA se realizará en la cuenta corriente en moneda nacional con Código de Cuenta Interbancario (CCI) N° …………………………………….del Banco …………………...

CLÁUSULA SEXTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓNEl presente servicio tiene una duración de diecisiete (17) meses contados a partir del quinto día útil siguiente a la suscripción del contrato o a la designación del Supervisor por parte de SEDAPAL, o lo que ocurra primero.

CLÁUSULA SÉTIMA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO

12 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

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SEDAPALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0140-2014-SEDAPAL

El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora13 y los documentos derivados del proceso de selección Adjudicación Directa Selectiva N° 0140-2014-SEDAPAL.

CLÁUSULA OCTAVA: GARANTÍASEL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de SEDAPAL, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Garantía por el monto diferencial de la propuesta14: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

CLÁUSULA NOVENA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓNSEDAPAL está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el Artículo 164° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMA: CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO Para la suscripción del presente contrato EL CONTRATISTA, presenta la Constancia de No Estar Inhabilitado para Contratar con el Estado Nº ………………………..2014, emitida por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE con fecha ………………...

CLÁUSULA UNDECIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIOLa conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por el Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones de SEDAPAL.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, SEDAPAL podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso SEDAPAL no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA DUO DÉCIMA TERCERA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTAEL CONTRATISTA se obliga a cumplir con el objeto materia del presente servicio, con estricta sujeción a las Bases de la Adjudicación Directa Selectiva N° 0140-2014-

13 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.

14 En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste en el proceso de selección para la contratación de servicios, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

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SEDAPAL y las condiciones generales de su Propuesta Técnico - Económica, que formará parte integrante del Contrato, que se suscriba con EL CONTRATISTA, así como a los términos y condiciones del mismo, entre otras, las siguientes:

Ejecutar el servicio de acuerdo a los Términos de Referencia del Servicio señaladas en las presentes bases.

Asumir la responsabilidad, obligaciones civiles y penales por los daños que puedan ocasionar sus trabajadores a SEDAPAL, durante el desarrollo del servicio, sean éstos materiales o personales.

Celebrar cuando lo solicite SEDAPAL, reuniones de coordinación, con participación de los responsables de las partes.

Evitar la subcontratación o transferencia total o parcial de las actividades del servicio contratado, sin el previo consentimiento escrito de SEDAPAL, bajo sanción de resolución del presente contrato.

Las coordinaciones relacionadas a la correcta prestación del servicio deberán de ser realizadas en todo momento con el Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Contar con los recursos y equipamiento, etc. mínimos necesarios para el cumplimiento de los servicios solicitados de manera eficiente, eficaz.

Mantener la confidencialidad de la información y de los activos que le son asignados para el desarrollo de sus labores.

Cumplir con las normas de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con el Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobada mediante Decreto Supremo N° 005-2012-TR de fecha 25.04.2012.

Brindar un servicio de reducido impacto ambiental negativo que sea durable, no peligroso y susceptible de reaprovechamiento de acuerdo al Artículo 18° de la Ley 27314 "Ley General de Residuos Sólidos".

Asumir la responsabilidad y obligaciones civiles y penales por daños que pueda ocasionar a SEDAPAL, terceras personas o propiedades vecinas, sean materiales o personales.

CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: OBLIGACIONES DE SEDAPAL

Proporcionar la documentación e información necesaria para el desarrollo adecuado del servicio, así como supervisar permanentemente la realización del servicio.

Tramitar y efectuar el pago de las facturas presentadas por EL CONTRATISTA, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos.

Brindar ambientes adecuados para reuniones de coordinación. Brindar los ambientes de desarrollo y otros recursos necesarios para que EL

CONTRATISTA, pueda realizar la implementación de la solución. Revisar y aprobar los entregables definidos en estos Términos de Referencia. Coordinar las reuniones con las áreas involucradas en el presente servicio.

CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA : RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de SEDAPAL no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el Artículo 50° de la Ley de Contrataciones del Estado.

El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de un (01) año contado a partir de la conformidad otorgada.

CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, SEDAPAL le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x MontoF x Plazo en días

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, SEDAPAL, le aplicará a EL CONTRATISTA una penalidad diaria, de acuerdo a la fórmu-la prevista en el Artículo 166° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de su penalidad, SEDAPAL podrá resolver el contrato por incumplimiento.

La acumulación de multas aplicadas, hasta por un monto equivalente al diez (10 %) por ciento del monto del contrato, podrá ser causal de resolución del contrato por in-cumplimiento.

ITEM PENALIDAD MULTA

1. CALIDAD DEL SERVICIO

1.1 Por no tener la solución lista o preparada para homologar con SUNAT, al inicio del quinto mes del servicio.

15% U.I.T. por semana.

1.2 Por no tener homologada la solución con SUNAT al inicio del sexto mes.

10% U.I.T. por cada día.

1.3 Por exceder el plazo máximo de respuesta (4 horas), a los incidentes presentados en la solución de comprobantes de pago electrónico; durante el periodo de post-producción y durante el servicio de soporte y mantenimiento.

10% U.I.T. por cada día de

atraso.

2. OTROS

2.1 Por el uso indebido de información de propiedad de SEDAPAL, en beneficio propio o de terceros realizada por el personal de EL CONTRATISTA.

50% U.I.T. por vez.

2.2 Por el uso de cuentas de correo electrónico que no le han sido asignados al personal de EL CONTRATISTA.

10% U.I.T. por detección.

2.3 Por el ingreso/retiro de dispositivos informáticos sin autorización de SEDAPAL (computadoras, discos duros, laptops, equipos de almacenamiento externos).

10% U.I.T. por vez.

2.4 Por el uso de software no licenciado dentro de las instalaciones de SEDAPAL.

10% U.I.T. por vez.

Procedimiento:

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La presente Tabla de Penalidades y Multas consta de siete (07) infracciones, en las que el equipo, antes de aplicar la primera multa, procederá a notificar a EL CONTRATISTA mediante carta de la Jefatura del Equipo Tecnología de la Información y Comunicaciones sobre la falta cometida, dándole oportunidad para que la enmiende o subsane en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, solo en aquellas que no impliquen delito.

De no subsanar la falta en el plazo otorgado, se procederá a aplicar la penalidad correspondiente de manera diaria hasta que EL CONTRATISTA cumpla con levantar la observación.

En caso EL CONTRATISTA incurra posteriormente en la misma falta/ocurrencia, no será necesario que el Equipo Tecnología de la Información y Comunicaciones le otorgue un plazo para subsanarlo, siendo que procederá de inmediato aplicar la multa, previa comunicación al contratista.

Toda discrepancia sobre las penalidades impuestas por SEDAPAL a EL CONTRATISTA serán resueltas de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

La sucesión persistente de faltas, además de la aplicación de las multas respectivas serán causales de la Resolución del Contrato.

EL CONTRATISTA está en la obligación de informar a su personal la tabla de penalidades.

CLÁUSULA DÉCIMA SETIMA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATOCualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los Artículos 40°, inciso c), y 44° de la Ley de Contrataciones del Estado, y los Artículos 167° y 168° de su Reglamento. De darse el caso, SEDAPAL procederá de acuerdo a lo establecido en el Artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTESCuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.

Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA NOVENA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOSólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.

CLÁUSULA VIGÉSIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS15 Cualquier controversia que surja entre las partes intervinientes en el presente Contrato, será resuelta de manera directa y cordial entre las mismas. No obstante, en caso que no se llegara a un acuerdo, las controversias que se deriven sobre la ejecución, interpretación, ineficacia, nulidad o invalidez del presente Contrato, serán sometidas, en primer lugar, a conciliación entre las partes, para lo cual se establece que cualquiera de ellas deberá presentar la solicitud de conciliación ante cualquier Centro de Conciliación Extrajudicial Público o acreditado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Para efectos de solicitar la conciliación, se aplicarán los plazos previstos en la normativa de Contrataciones del Estado.

Las controversias que no pudieran resolverse a través de conciliación o las que se resolvieran de manera parcial, respecto de la parte que se mantiene en controversia,

15 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

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deben someterse a un arbitraje de derecho, mediante el cual serán resueltas de manera definitiva e inapelable, de conformidad con lo establecido en la normativa de Contrataciones del Estado y en el Decreto Legislativo Nº 1071 - Ley de Arbitraje.

La demanda arbitral no podrá contener pretensiones que no fueron materia de procedimiento conciliatorio.

El plazo para interponer arbitraje, una vez concluido el proceso conciliatorio sin acuerdo de partes o con acuerdo parcial, es de quince (15) días hábiles, debiendo computarse el mismo, desde el día en que se suscribe el Acta de No Acuerdo Total o Parcial.El arbitraje se desarrollará en la ciudad de Lima, ante el Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú o el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima.

El Arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral compuesto por tres (3) árbitros. Cada parte designará un árbitro, y estos dos árbitros nombrarán a un tercer árbitro que hará las veces de Presidente del Tribunal Arbitral. En caso que los árbitros designados por las partes no lograsen acordar la designación del Presidente del Tribunal Arbitral, será el Centro elegido quien efectúe tal designación.

El arbitraje se desarrollará de conformidad con el Reglamento del Centro elegido, a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas.

No obstante, las partes acuerdan expresamente lo siguiente:

a) En atención a lo dispuesto por el artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 1071, las partes acuerdan que todos los gastos, costos y costas del proceso arbitral, serán asumidos por quien solicite el arbitraje.

b) Las partes acuerdan de forma expresa que para la acumulación sucesiva de pretensiones en el proceso arbitral, debe haber aceptación y consentimiento expreso de la contraparte. No se admitirán aquellas pretensiones que no hayan sido materia de un procedimiento conciliatorio previo, según lo establecido en la presente cláusula.

c) Las partes acuerdan de forma expresa que las controversias referidas al Enriquecimiento Sin Causa (o Enriquecimiento Indebido), no podrá ser materia de arbitraje.

d) De acuerdo al inciso 5) del artículo 41° de la Ley de Contrataciones del Estado, la decisión de la Entidad o de la Contraloría General de la República de aprobar o no la ejecución de prestaciones adicionales, no puede ser sometida a arbitraje. Tampoco pueden ser sometidas a arbitraje las controversias referidas a la ejecución de las prestaciones adicionales de obra y mayores prestaciones de supervisión que requieran aprobación previa de la Contraloría General de la República, los metrados no previstos contractualmente, ni las controversias derivadas de otras fuentes de obligaciones distintas al presente contrato.

e) Las partes acuerdan de forma expresa que para interponer el recurso de anulación contra el laudo expedido y solicitar la suspensión del cumplimiento del laudo, no se requiere de la presentación de la garantía a la que hace mención el artículo 66º del Decreto Legislativo Nº 1071.

Lo previsto en esta Cláusula, será aplicable para resolver las discrepancias sobre defectos o vicios ocultos que prevé la normativa de Contrataciones, siendo aplicable los plazos que en la referida norma se regulan.

CLÁUSULA VIGESIMA PRIMERA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICACualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

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CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA : DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUALLas partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE SEDAPAL: [ ]

DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

“SEDAPAL” “EL CONTRATISTA”

FORMATOS

Y

ANEXOS

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FORMATO N° 1 16

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN

Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0140-2014-SEDAPALPresente.-

[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Adjudicación Directa Selectiva N° 0140-2014-SEDAPAL, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito17.

…..………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

16 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.

17 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.

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ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0140-2014-SEDAPAL Presente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social :Domicilio Legal :RUC : Teléfono : Fax :

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor

oRepresentante legal, según

corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0140-2014-SEDAPAL Presente.-

De nuestra consideración:

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el “Servicio de Implementación de Emisión Electrónica de Comprobantes de Pago”, de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA (ARTÍCULO 42° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL

ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0140-2014-SEDAPAL Presente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:

1.-No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al Artículo 10° de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.-Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.-Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.

4.-Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.-Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

6.- Conozco las sanciones contenidas en el D.L. N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante D.S. N° 184-2008-EF, la Ley Nº 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, así como, las sanciones previstas en el Código Penal.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0140-2014-SEDAPAL Presente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0140-2014-SEDAPAL, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con SEDAPAL. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA]

[ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA]

[ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………. …………………………………..Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

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SEDAPALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0140-2014-SEDAPAL

ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0140-2014-SEDAPAL

Presente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el “Servicio de Implementación de Emisión Electrónica de Comprobantes de Pago” en el plazo de diecisiete (17) meses.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

ANEXO Nº 6

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SEDAPALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0140-2014-SEDAPAL

EXPERIENCIA DEL POSTOR (Solo para servicios en general)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0140-2014-SEDAPAL

Presente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:

Nº CLIENTEOBJETO

DEL SERVICIO

N° CONTRATO /

O/S / COMPROBANT

E DE PAGO

FECHA18 MONEDA IMPORTE

TIPO DE CAMBIO VENTA19

MONTO FACTURAD

O ACUMULAD

O20 123456789

10TOTAL

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

18 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

19 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

20 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

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SEDAPALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0040-2014-SEDAPAL

ANEXO Nº 7

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0140-2014-SEDAPAL

Presente.-De nuestra consideración,

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:

N° DESCRIPCIONPRECIO TOTAL (Inc.

IGV)S/.

1 SERVICIO DE IMPLEMENTACIÓN DE EMISIÓN ELECTRÓNICA DE COMPROBANTES DE PAGO

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, deberá requerirse que el postor consigne en la propuesta económica los precios unitarios y subtotales de su oferta.