Bases ADP 01 2015 Servicio de Consultoria Saneamiento Basico 20150327 124930 883

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SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS O PARA CONSULTORÍA EN GENERAL Aprobada mediante Directiva Nº 018-2012-OSCE/CD

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  • SUB DIRECCIN DE NORMATIVIDAD DIRECCIN TCNICO NORMATIVA

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE

    BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA PARA LA CONTRATACIN DE SERVICIOS O PARA CONSULTORA EN

    GENERAL

    Aprobada mediante Directiva N 018-2012-OSCE/CD

  • MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO

    ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA N 001-2015-MDSP/CEP- (Primera Convocatoria)

    CONTRATACION DE SERVICIO DE CONSULTORIA DE INVERSION PUBLICA A NIVEL DE PERFIL Y FACTIBILIDAD

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    PLAZA DE ARMAS S/N SAN PEDRO CANCHIS - CUSCO 1

    BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA PARA LA CONTRATACIN DE SERVICIOS O PARA

    CONSULTORA EN GENERAL1

    ADJUDICACION DIRECTA PBLICA N 001-2015-MDSP/CEP.

    (Primera Convocatoria)

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    CONTRATACIN DE SERVICIO

    CONTRATACION DE SERVICIO DE CONSULTORIA PARA LA ELABORACION DE PROYECTO DE INVERSION PUBLICA A

    NIVEL D PERFIL Y FACTIBILIDAD DEL PROYECTO: AMPLIACION Y REHABILITACION DEL SERVICIO DE

    SANEAMIENTO BASICO EN SAN PEDRO, PICHURA, CCOCHA, QQUEA, CUCHUMA, JUNUCUCHO DEL DISTRITO DE SAN

    PEDRO-CANCHIS-CUSCO.

    San Pedro-Marzo-2015

    1 Estas Bases se utilizarn para la contratacin de servicios en general o para la contratacin de servicios de consultora en

    general. Para tal efecto, se deber tener en cuenta las siguientes definiciones:

    Servicio en general: La actividad o labor que realiza una persona natural o jurdica para atender una necesidad de la Entidad, pudiendo estar sujeta a resultados para considerar terminadas sus prestaciones.

    Consultor: La persona natural o jurdica que presta servicios profesionales altamente calificados en la elaboracin de estudios y proyectos; en la inspeccin de fbrica, peritajes de equipos, bienes y maquinarias; en investigaciones, auditoras, asesoras, estudios de prefactibilidad y de factibilidad tcnica, econmica y financiera, estudios bsicos, preliminares y definitivos, asesoramiento en la ejecucin de proyectos y en la elaboracin de trminos de referencia, especificaciones tcnicas y Bases de distintos procesos de seleccin, entre otros.

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    SECCIN GENERAL

    DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)

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    CAPTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

    1.1. BASE LEGAL

    - Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional d el Presupuesto. - Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contratacion es del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

    Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrati vo General. - Cdigo Civil. - Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. - Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin

    de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

    - Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

    Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

    1.2. CONVOCATORIA

    Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

    1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

    El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento.

    La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

    Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax.

    IMPORTANTE:

    Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.

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    1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

    Las consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de tres (3) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.

    1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

    La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.

    El plazo para la absolucin no podr exceder de tres (3) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

    De haberse presentado observaciones, el Comit Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE.

    IMPORTANTE:

    No se absolvern consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

    1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE

    El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE.

    Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

    1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

    2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

    3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

    El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones.

    La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de

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    los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE

    1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES

    Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin.

    Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

    El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos:

    1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para formularlas.

    2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

    3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

    Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento.

    De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

    1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN

    Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o sin valor oficial efectuada por traductor pblico juramentado o traduccin certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

    Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica.

    Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno.

    Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

    En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea

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    persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos.

    Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1)

    En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

    1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

    2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

    3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

    IMPORTANTE:

    Las Entidades someten a fiscalizacin posterior conforme a lo previsto en el artculo 32 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Admini strativo General, la documentacin, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.

    1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS

    La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso.

    El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante.

    Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio.

    IMPORTANTE:

    En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

    En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representante

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    legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

    Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

    En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica.

    En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

    Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas.

    Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen.

    De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

    1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA

    La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente:

    La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

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    El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

    IMPORTANTE:

    Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.2

    1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS

    La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica.

    Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

    Propuesta Tcnica : 100 puntos Propuesta Econmica : 100 puntos

    1.11.1. EVALUACIN TCNICA

    Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas.

    Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica.

    En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida.

    Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor.

    Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

    1.11.2. EVALUACIN ECONMICA

    Si la propuesta econmica excede el valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley.

    La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a 2 Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para

    acceder a la evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems a los que se present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del Reglamento, correspondera devolver las propuestas econmicas sin abrir, lo que no resultara posible si la totalidad de las propuestas econmicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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    la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

    Pi = Om x PMPE Oi

    Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta econmica i Oi = Propuesta Econmica i Om = Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo PMPE = Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica IMPORTANTE:

    En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

    Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

    1.12. ACTO PBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

    En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima.

    La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

    La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento.

    El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos.

    En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento.

    Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial, as como por los veedores y los postores que deseen hacerlo.

    El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin

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    se publicar el mismo da en el SEACE.

    1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

    Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido.

    En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

    1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

    De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 122 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

    CAPTULO II SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. RECURSO DE APELACIN

    A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato.

    El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

    Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

    2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN

    La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

    La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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    CAPTULO III DEL CONTRATO

    3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

    Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentacin prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanacin de la documentacin presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

    En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 148 del Reglamento, segn corresponda.

    El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento.

    Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

    Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garanta de fiel cumplimiento. Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda. Garanta por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Cdigo de cuenta interbancario (CCI).

    3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO

    En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente d la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista y se efecte el pago correspondiente.

    3.3. DE LAS GARANTAS

    3.3.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO

    El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento del contrato. Esta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

    De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garanta por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la

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    conformidad de la recepcin de la prestacin.

    IMPORTANTE:

    Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, en los casos de prestacin de servicios de ejecucin peridica, alternativamente, las micro y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retencin de dicho monto se efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo.

    3.3.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

    En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparacin o actividades afines, se otorgar una garanta adicional por este concepto, la misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin en ningn caso.

    3.3.3. GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

    Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del diez por ciento (10%) de ste, para la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

    3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTAS

    Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.

    IMPORTANTE:

    Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

    3.5. EJECUCIN DE GARANTAS

    Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

    3.6. ADELANTOS

    La Entidad entregar adelantos directos, conforme a lo previsto en el artculo 171 del

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    Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases.

    En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

    3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

    Las penalidades por retraso injustificado en la ejecucin del servicio y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

    De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

    3.8. PAGOS

    La Entidad deber realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condicin para la realizacin del servicio.

    La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago nico o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la ejecucin de la prestacin de los servicios, conforme a la seccin especfica de las Bases.

    Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligacin de efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

    En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

    En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.

    3.9. DISPOSICIONES FINALES

    Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

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    SECCIN ESPECFICA

    CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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    CAPTULO I GENERALIDADES

    1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

    Nombre : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO

    RUC N : 20159345492

    Domicilio legal : PLAZA DE ARMAS S/N - DISTRITO DE SAN PEDRO CANCHIS -CUSCO

    Telfono/Fax: : RPC: 987102057

    Correo electrnico: : [email protected]

    1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

    El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin del servicio de CONSULTORIA PARA LA ELABORACION DE PROYECTO DE INVERSION

    PUBLICA A NIVEL D PERFIL Y FACTIBILIDAD DEL PROYECTO: AMPLIACION Y REHABILITACION DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO

    BASICO EN SAN PEDRO, PICHURA, CCOCHA, QQUEA, CUCHUMA,

    JUNUCUCHO DEL DISTRITO DE SAN PEDRO-CANCHIS-CUSCO.

    1.3. VALOR REFERENCIAL3

    El valor referencial asciende a S/. 300,000.00 (TRESCIENTOS MIL CON 00/100 NUEVO SOLES), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de MARZO DEL 2015.

    IMPORTANTE: De conformidad con el artculo 13 del Reglamento, cuando se trate de una

    contratacin por relacin de tems, tambin debern incluirse los valores referenciales en nmeros y letras de cada tem.

    Las propuestas econmicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley. No existe un lmite mnimo como tope para efectuar dichas propuestas.

    Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participacin de proveedores que gozan del beneficio de la exoneracin del IGV prevista en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deber tomarse en cuenta la regulacin de la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Reglamento.

    De conformidad con lo sealado en el numeral 2 de la citada Disposicin Complementaria Final, en las Bases del respectivo proceso de seleccin deber establecerse adems del valor referencial, los lmites de ste, con y sin IGV, tal como se indica a continuacin:

    3 El monto del valor referencial indicado en esta seccin de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial

    consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin entre estos montos, primar el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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    Valor Referencial (VR)

    Lmite Inferior Lmite Superior

    Con IGV Sin IGV Con IGV Sin IGV

    S/. 300,000.00 No se ha establecido S/. 300,000.00 S/. 254,237.28

    1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

    El expediente de contratacin fue aprobado mediante RESOLUCION DE GERENCIA N 10-2015-GM/MDSP, de fecha 25 de Marzo del 2015.

    1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

    RECURSOS DETERMINADOS

    IMPORTANTE:

    La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de seleccin.

    1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN

    El presente proceso se rige por el sistema de A SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

    1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

    El servicio a contratar est definido en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente Seccin en el Captulo III.

    1.8. PLAZO DE PRESTACIN DEL SERVICIO

    Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarn en el plazo de TREINTA (30), das calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin.

    1.9. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES

    S/. 10.00 Nuevo Soles

    1.10. BASE LEGAL

    - Ley N 30281 Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015. - Ley N 30282 Ley de Equilibrio Financiero del Presu puesto del Sector Pblico para el

    Ao Fiscal 2015. - Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contratacion es del Estado, en adelante la Ley. - Ley de Contrataciones del Estado modificada por: Ley No. 29873 - Ley que modifica

    el Decreto Legislativo 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado. - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado modificado por: D.S. No.138-

    2012- EF - Modificacin del Decreto Supremo No.184-2008-EF.

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    - Directivas del OSCE. - Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrati vo General. - Cdigo Civil. - Ley N 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. - Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin

    de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

    - Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE. - Condiciones de Uso de los Servicios de Telecomunicaciones Resolucin de Consejo

    Directivo N 138-2012-CD-OSIPTEL.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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    CAPTULO II DEL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN4

    ETAPAS FECHAS HORA Y LUGAR

    Convocatoria 27/03/2015 SE@CE

    Registro de Participantes 30/03/2015 09/04/2015 Mesa de partes de la Oficina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de San Pedro, en el horario de

    08:00 a 17:00 horas

    Formulacin de Consultas y Observaciones a las Bases

    30/03/2015 01/04/2015 Mesa de partes de la Municipalidad Distrital de San

    Pedro, en el horario de 08:00 a 16:00 horas

    Absolucin de Consultas y Observaciones a las Bases

    07/04/2015 A travs del SE@CE

    Integracin de las Bases 08/04/2015 A travs del SE@CE

    Presentacin de Propuestas 15/04/2015 En el mismo Acto Pblico Teatrn de la

    Municipalidad Distrital de San Pedro 10:00 horas

    Calificacin y Evaluacin de Propuestas

    15/04/2015 En acto Pblico se iniciara una vez concluido el acto

    de presentacin de propuestas

    Otorgamiento de la Buena Pro

    15/04/2015 En acto Pblico luego de haber concluido con la

    Calificacin y Evaluacin de Propuestas

    IMPORTANTE:

    Debe tenerse presente que en un proceso de adjudicacin directa pblica, entre la convocatoria y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo diez (10) das hbiles y, entre la integracin de Bases y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo tres (3) das hbiles.

    2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

    El registro de los participantes es gratuito y se realizar en la Oficina de Abastecimiento, sito en el 2do. Piso de la Municipalidad Distrital de San Pedro, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 17:00 horas.

    En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.

    IMPORTANTE:

    Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas.

    Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin de las mismas.

    4 La informacin del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la informacin consignada en el cronograma de la

    ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin en esta informacin, primar el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

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    2.3. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

    Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces, sito en el 2do. Piso de la Municipalidad Distrital de San Pedro, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 001-2015-MDSP/CEP, (Primera Convocatoria).

    IMPORTANTE:

    Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas

    2.4. ACTO PBLICO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS

    Las propuestas se presentarn en acto pblico, en el Teatrn de la Municipalidad Distrital de San Pedro, en la fecha y hora sealada en el cronograma. El acto pblico se realizar con la participacin de Notario y/o Juez de Paz.

    Se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.

    Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 001-2015-MDSP/CEP. 1ra. Convocatoria, conforme al siguiente detalle:

    SOBRE N 1 : Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

    SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

    Seores

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    PLAZA DE ARMAS S/N SAN PEDRO-CANCHIS-CUSCO Att.: Comit Especial

    ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 01-2015-MDSP/CEP

    Denominacin de la convocatoria: [ .]

    SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

    Seores

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    PLAZA DE ARMAS SIN SAN PEDRO-CANCHIS-CUSCO Att.: Comit Especial

    ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 01-2015-MDSP/CEP

    Denominacin de la convocatoria: [ .]

    SOBRE N 2: PROPUESTA ECONMICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

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    2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

    2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

    Se presentar en un original y 02 copias5.

    El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos 6 , la siguiente documentacin:

    Documentacin de presentacin obligatoria:

    a) Declaracin jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo N 1).

    b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin7 (Anexo N 2).

    c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N 3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio.

    d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo N 4)

    La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

    Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.

    e) Declaracin jurada de plazo de prestacin del servicio (Anexo N 5).

    f) [CONSIGNAR OTRA DOCUMENTACIN QUE SERVIR PARA ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS].8

    5 De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento, la propuesta tcnica se presentar en original y en el nmero de copias

    requerido en las Bases, el que no podr exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comit Especial.

    6 La omisin del ndice no descalifica la propuesta, ya que su presentacin no tiene incidencia en el objeto de la

    convocatoria.

    7 El Comit Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastar la presentacin de una declaracin jurada para

    acreditar el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos o, de lo contrario, si ser necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentacin de algn otro documento, en cuyo caso, deber precisar dicha informacin en el listado de documentacin de presentacin obligatoria del numeral 2.5.1 de la seccin especfica de las Bases.

    8 En caso se determine que adicionalmente a la declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos

    Mnimos, a que se refiere el literal b) de la documentacin de presentacin obligatoria del numeral 2.5.1 de la seccin especfica de las Bases, deba presentarse algn otro documento para acreditar los requerimientos tcnicos mnimos, a continuacin deber consignarse tal exigencia, teniendo en consideracin los requisitos establecidos por los reglamentos tcnicos, normas metrolgicas y/o sanitarias nacionales, reglamentos sectoriales y otros establecidos en los Trminos de Referencia conforme a lo previsto en el Captulo III de la seccin especfica de las Bases.

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    IMPORTANTE:

    La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

    Documentacin de presentacin facultativa:

    a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el registro de la Micro y Pequea Empresa REMYPE, de ser el caso9.

    b) En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripcin en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad10.

    c) Factor Experiencia del Postor: Copia simple de contratos u rdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo [CONSIGNAR N 6 EN EL CASO DE SERVICIOS EN GENERAL O N 7 Y N 8, EN EL CASO DE CONSULTORA EN GENERAL, SEGN CORRESPONDA], referido a la Experiencia del Postor.

    d) [CONSIGNAR LOS DOCUMENTOS PARA ACREDITAR CADA UNO DE LOS DEMS FACTORES DE EVALUACIN]

    IMPORTANTE:

    Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 10).

    En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada antes sealada.

    IMPORTANTE:

    En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.

    9 Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate, conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento.

    10 Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate, conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento.

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    2.5.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA 11

    El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria:

    Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo N 9).

    El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

    IMPORTANTE:

    La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento.

    La propuesta econmica de los postores que presenten la declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 10), debe encontrase dentro de los lmites del valor referencial sin IGV.

    En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

    2.6. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

    Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas.

    El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

    PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde:

    PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i

    IMPORTANTE:

    Dependiendo del objeto contractual deber incluirse las disposiciones que correspondan:

    En el caso de servicios en general se aplicarn las siguientes ponderaciones:

    c1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica. = 0.70

    c2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica. = 0.30

    Donde: c1 + c2 = 1.00 11

    De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento la propuesta econmica solo se presentar en original.

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    2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

    El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

    a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Garanta de fiel cumplimiento del contrato presentar CARTA FIANZA c) Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso presentar

    CARTA FIANZA d) Garanta por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso presentar CARTA

    FIANZA. e) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. f) Cdigo de cuenta interbancario (CCI). g) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato. h) Correo electrnico para notificar la orden de servicio, en el caso que habiendo sido

    convocado el proceso por relacin de tems, el valor referencial del tem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicacin de Menor Cuanta, de ser el caso.

    IMPORTANTE:

    En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que integran el consorcio.

    Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, en los casos de prestacin de servicios de ejecucin peridica, deber consignarse lo siguiente:

    Alternativamente, las micro y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retencin de dicho monto se efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo.

    Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentacin a ser presentada, tales como: a) Copia de DNI del Representante Legal. b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. c) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. d) Copia del RUC de la empresa.

    IMPORTANTE:

    La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripcin del contrato.

    2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

    Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad debern realizar las acciones

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    correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artculo 148 del Reglamento.

    La citada documentacin deber ser presentada en mesa de partes de la Entidad, sito en el 2do. Piso de la Municipalidad Distrital de San Pedro.

    IMPORTANTE:

    Esta disposicin slo deber ser incluida en el caso que la Entidad considere la entrega de adelantos:

    2.9. ADELANTOS12

    La Entidad otorgar dos adelantos directos en distintas fechas por el 30% del monto del contrato original.

    El contratista debe solicitar los adelantos dentro de los Ocho (08) das Calendarios siguientes A LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO, adjuntando a su solicitud la garanta por adelantos13 mediante CARTA FIANZA y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no proceder la solicitud.

    La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de Siete (07) das siguientes a la presentacin de la solicitud del contratista.

    En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, el contratista tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

    2.10. FORMA DE PAGO

    La Entidad deber realizar el pago de la contraprestacin pactada a favor del contratista en

    1.1.- 30% a solicitud de garanta por adelantos, para dicho efecto, el contratista deber entregar la garanta de adelantos mediante CARTA FIANZA, conforme lo dispone el Art. 38 de Ley concordante con el Art. 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones 1.2.- 70%, a la viabilidad del PIP a Nivel de Factibilidad por la OPI. De acuerdo a la firma del contrato.

    De acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deber contar con la siguiente documentacin:

    - Informe del funcionario responsable del rea usuaria emitiendo su conformidad de la prestacin efectuada.

    - Comprobante de pago. - Recepcin y conformidad de acuerdo a los establecido en los Trminos de

    Referencia TDR, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas de organizacin interna de la entidad.

    12

    Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deber consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garanta, precisando el plazo en el cual el contratista solicitar los adelantos. Asimismo, deber consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarn dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artculos 171 y 172 del Reglamento.

    13 De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta garanta deber ser emitida por idntico monto y un plazo mnimo

    de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortizacin total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecucin contractual sea menor a tres (3) meses, la garanta podr ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortizacin total del adelanto otorgado.

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    2.11. PLAZO PARA EL PAGO

    La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato.

    2.12. REAJUSTE DE LOS PAGOS

    NO SE CONSIGNA

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    CAPTULO III TRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

    Elaboracin del Estudio de Pre-Inversin a Nivel de Perfil y Factibilidad:

    AMPLIACIN Y REHABILITACION DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BASICO EN SAN PEDRO, PICHURA, CCOCHA, QQEA, JUQUI, CUCHUMA, JUUCUCHO DEL DISTRITO SAN PEDRO CANCHIS CUSCO.

    A. ANTECEDENTES

    La Municipalidad Distrital de San Pedro, es un rgano de gobierno promotor del desarrollo local, con personera jurdica de derecho pblico y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones. Como gobierno local goza de autonoma poltica, econmica y administrativa en asuntos de su competencia. Regulada por la ley N 27972 Ley Orgnica de Municipalidades y dems normas complementaria.

    La Municipalidad, como parte de su poltica de mejoramiento de la infraestructura bsica del Distrito, ha considerado la intervencin integral en el rea de los caseros para prestacin eficiente de los servicios de dotacin de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.

    El Gobierno Local como unidad formuladora y ejecutora, cuenta con asignacin Presupuestal para la elaboracin del estudio de pre inversin a nivel de Factibilidad del Proyecto AMPLIACIN Y REHABILITACION DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BASICO EN SAN PEDRO, PICHURA, CCOCHA, QQEA, JUQUI, CUCHUMA, JUUCUCHO DEL DISTRITO SAN PEDRO CANCHIS CUSCO.

    Por lo que se tiene la necesidad de contar con los servicios de un consultor para que elabore el estudio de pre inversin a nivel de factibilidad.

    En atencin a la necesidad de contar con un staf de profesionales que brinde servicios profesionales, la Municipalidad, ordena la convocatoria para la formulacin del estudio de pre inversin a nivel Factibilidad del Proyecto hasta su declaratoria de viabilidad, convirtindose de esta forma en el antecedente generador de la presente convocatoria.

    B. BASE LEGAL Para la formulacin de la factibilidad de Proyecto, se deber tener en cuenta las siguientes leyes: Ley N 27293 de Sistema Nacional de Inversin Pblica SNIP, su modificatoria,

    Reglamentos y Directivas Vigentes. Ley N 29626 Ley del Presupuesto. Ley N 28411,Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. D. Leg. N 1017 Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante D.S. N 184-

    2009-EF. y modificatorias. Normas sobre consideraciones de mitigacin de riesgo ante cualquier desastre en trminos

    de organizacin, funcin y estructura. Normas sobre consideraciones de mitigacin de impacto ambiental.

    C. ACTIVIDADES AREALIZAR

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    Elaborar el Proyecto de Pre Inversin al Nivel de Factibilidad, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el marco normativo del Sistema Nacional de Inversin Pblica.

    Establecer permanentes coordinaciones con la Entidad con la finalidad de garantizar que el servicio se realice de acuerdo a los requerimientos de la Entidad.

    D. INFORMACIN GENERAL DEL PROYECTO NOMBRE DEL ESTUDIO

    El nombre probable del proyecto: AMPLIACIN Y REHABILITACION DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BASICO EN SAN PEDRO, PICHURA, CCOCHA, QQEA, JUQUI, CUCHUMA, JUUCUCHO DEL DISTRITO SAN PEDRO CANCHIS CUSCO.

    LOCALIZACION DEL ESTUDIO Regin : Cusco Provincia : Canchis Distrito : San Pedro Localidad : Varios Altitud : 3500 m.s.n.m.

    E. OBJETIVO

    Contratacin del servicio de consultora para elaboracin del Estudio de Pre Inversin a Nivel de Perfil y Factibilidad del proyecto: AMPLIACIN Y REHABILITACION DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BASICO EN SAN PEDRO, PICHURA, CCOCHA, QQEA, JUQUI, CUCHUMA, JUUCUCHO DEL DISTRITO SAN PEDRO CANCHIS CUSCO. El estudio de Pre Inversin del proyecto en sus diferentes estudios de ingeniera y/o volmenes deber contar de alta calidad tcnica-econmica-social-ambiental y sostenibilidad.

    El objetivo de la elaboracin de la inversin pblica es para buscar financiamiento de los diferentes programas y entidades del estado como el ministerio de vivienda, mi agua, etc.

    F. RESULTADO La Municipalidad distrital de San Pedro cuenta con Estudio de Pre Inversin a Nivel de Perfil y Factibilidad del Proyecto AMPLIACIN Y REHABILITACION DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BASICO EN SAN PEDRO, PICHURA, CCOCHA, QQEA, JUQUI CUCHUMA, JUUCUCHO DEL DISTRITO SAN PEDRO CANCHIS CUSCO aprobado y declarado viable. Su contenido de alta calidad tcnica.

    G. CONTENIDO DEL ESTUDIO DE PRE INVERSION A NIVEL DE PERFIL Y FACTIBILIDAD El Estudio de Pre Inversin a Nivel de Perfil y Factibilidad de Proyecto, se formulara estrictamente de acuerdo a la Gua Metodolgica para la Identificacin, Formulacin y Evaluacin de Proyectos de Saneamiento.

    La elaboracin del PIP se formular sobre la base de los Contenidos Mnimos para estudios de Pre Inversin (Anexo SNIP 05 Factibilidad para declarar la viabilidad), teniendo en cuenta los contenidos, parmetros, metodologas y normas tcnicas que se dispongan en la Directiva General del Sistema Nacional de Inversin Pblica, segn Resolucin Directoral N 003-2011-EF/68.01

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    As mismo en la elaboracin del estudio de pre inversin a nivel de perfil y factibilidad de proyecto se tendr en cuenta el contenido mnimo del estudio donde se desarrollar de acuerdo a los diferentes estudios de ingeniera y de acuerdo al siguiente esquema:

    El proyecto est enmarcado dentro del clasificador funcional y programtico siguiente:

    Funcin : 18 SANEAMIENTO Programa : 040 SANEAMIENTO Subprograma : 0089 SANEAMIENTO RURAL Sector Responsable : VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

    A.- CONTENIDO MNIMO DEL ESTUDIO DE PRE INVERSION A NIVEL DE PERFIL 1. RESUMEN EJECUTIVO

    En este resumen, se deber presentar una sntesis del estudio a nivel de factibilidad que contemple los siguientes aspectos:

    A. Informacin general B. Planteamiento del Proyecto C. Determinacin de la brecha oferta y demanda D. Anlisis tcnico del PIP E. Costos del PIP F. Evaluacin social G. Sostenibilidad del PIP H. Impacto ambiental I. Gestin del Proyecto J. Marco Lgico

    2. ASPECTOS GENERALES Se caracterizar brevemente el PIP, sobre la base del estudio desarrollado. 2.1 Nombre del Proyecto

    Se consignar el nombre que se defini en el perfil del proyecto, el mismo que debe permitir identificar el tipo de intervencin, el bien o servicio sobre el que se intervendr y la ubicacin.

    2.2 Institucionalidad Identificacin de la Unidad Formuladora, la Unidad Ejecutora propuesta y el rgano tcnico de la Entidad que se encargar de coordinar o ejecutar los aspectos tcnicos del PIP en la fase de ejecucin. As mismo, indicar quin se har cargo de la operacin y mantenimiento del proyecto.

    2.3 Marco de referencia Presentar antecedentes e hitos relevantes del PIP. Sustentar la pertinencia del PIP, sobre la base del anlisis de cmo se enmarca, entre otros, en los lineamientos de poltica nacional, sectorial-funcional, la normatividad vigente, los Planes de Desarrollo Concertado y el Programa Multianual de Inversin Pblica, en el contexto nacional, regional, y/o local, segn corresponda. Sealar con qu instrumento (legal o de gestin) se ha asignado la prioridad al PIP.

    3. IDENTIFICACIN 3.1 Diagnstico

    Se profundizar el diagnstico realizado en el nivel de perfil, con informacin de fuente primaria; se incluir, entre otros, informacin cuantitativa, cualitativa, material grfico, fotogrfico, que sustente el anlisis, interpretacin y medicin de la situacin actual, los factores que la explican y las tendencias a futuro. Se considerar las

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    recomendaciones de la UF incluidas en el perfil y las que la OPI incluy en su informe de evaluacin del dicho estudio.

    El diagnstico se organizar en los siguientes ejes: 3.1.1 rea de estudio y rea de influencia

    En este nivel el rea de influencia y el rea de estudio deben haberse definido concluyentemente.

    Profundizar el anlisis de las caractersticas fsicas, econmicas, socio-culturales, ms relevantes de acuerdo con la tipologa del PIP. Incluir informacin, entre otros, sobre las dinmicas de uso y ocupacin del territorio, los servicios bsicos existentes, las vas de acceso, los medios de transporte.

    Profundizar el anlisis de los peligros (tipologa, frecuencia, severidad) que han ocurrido o pueden ocurrir en la zona en la que se ubica la Unidad Productora si ya existe y se ubicar el PIP, respectivamente. Se deber contar con informacin confiable que permita plantear escenarios futuros de ocurrencia de los peligros identificados, durante el horizonte de vida til del PIP.

    De igual manera, se identificar con mayor detalle las dimensiones ambientales (medio fsico natural, medio biolgico, medio social, etc.) que son o pueden ser afectados por la actual produccin de servicios o por el PIP.

    3.1.2 La unidad productora de bienes o servicios (UP) en los que intervendr el PIP

    Si ya existiese la Unidad Productora y, de ser necesario, se profundizar el anlisis de las condiciones en las que se produce actualmente los bienes o servicios que se intervendrn con el PIP, identificando y evaluando los procesos y los factores de produccin (recursos humanos, infraestructura, equipamiento, gestin, entre otros). La evaluacin de la adecuacin de los principales factores de produccin ser realizada por especialistas en los distintos factores y se utilizarn estndares establecidos por el sector funcional o internacionales si stos no existieran. Analizar las dificultades o problemas que eventualmente estn impidiendo que la entidad oferente provea adecuadamente el bien o servicio. Sobre esta base, se identificarn los factores de produccin que generen restriccin de oferta y se plantear la optimizacin de sta; se evaluar las posibilidades reales de optimizar la capacidad de produccin actual con intervenciones que no califiquen como inversin.

    Analizar la vulnerabilidad (exposicin, fragilidad y resiliencia) de la Unidad Productora frente a los peligros identificados previamente en el rea de estudio. As mismo, analizar y estimar los probables daos y prdidas que podran generarse si ocurre el peligro e impacta sobre la Unidad Productora.

    Sealar y cuantificar los recursos naturales (renovables y no renovables), insumos qumicos, que se utilizan actualmente para la produccin del bien(es) o servicio (s) que se intervienen con el PIP. As mismo, sealar si en los procesos de produccin actual se generan residuos (slidos, lquidos, emisiones, entre otros) y, de ser afirmativo, evaluar sus caractersticas de acuerdo con las normas que establecen los lmites permitidos y especificar cul es el proceso de tratamiento, transporte y disposicin final de stos.

    3.1.3 Los involucrados en el PIP. Sobre la base de los involucrados identificados en el estudio del nivel de perfil se recomienda una nueva aproximacin a stos, en particular a los grupos

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    que sern beneficiados o perjudicados con el proyecto, as como las entidades que se haran cargo de la operacin y mantenimiento. Este nuevo contacto debe servir para validar la alternativa seleccionada, a efectos de corroborar sus percepciones del problema, expectativas e intereses.

    De acuerdo con la tipologa del PIP, precisar los grupos considerando los enfoques de gnero, interculturalidad, estilos de vida, costumbres, patrones culturales, condiciones especiales como discapacidad, entre otros.

    Se debe analizar tambin las caractersticas socioeconmicas, culturales, acceso a servicios bsicos, situaciones de riesgo de desastres o de contaminacin, etc., de la poblacin que se beneficiar con el proyecto y, en general, aquellas variables vinculadas con los factores que condicionan la demanda o no demanda de los servicios en los que se intervendr.

    Respecto a los grupos que pueden ser afectados con la ejecucin del PIP, as como con las medidas de reduccin de riesgos de desastres y con las medidas de mitigacin de los impactos ambientales negativos; sealar las acciones realizadas o que se tiene previsto realizar para reducir el riesgo de conflictos sociales con tales grupos.

    3.2 Definicin del problema, sus causas y efectos Especificar con precisin el problema central identificado, el mismo que ser planteado sobre la base del diagnstico de involucrados. Analizar y determinar las principales causas que lo generan, as como los efectos que ste ocasiona, sustentndolos con evidencias/6 basadas en el diagnstico realizado, tanto de la UP como de la poblacin afectada por el problema; de ser el caso, incluir los resultados del anlisis de vulnerabilidad de la UP. Sistematizar el anlisis en el rbol de causas-problema-efectos.

    3.3 Planteamiento del proyecto Especificar el objetivo central o propsito del proyecto, as como los objetivos especficos o medios (de primer orden y fundamentales), los cuales deben reflejar los cambios que se espera lograr con las intervenciones previstas. Sistematizar el anlisis en el rbol de medios-objetivo-fines. Plantear las alternativas de solucin del problema, sobre la base del anlisis de las acciones7 que concretarn los medios fundamentales. Dichas alternativas debern tener relacin con el objetivo central, ser tcnicamente posibles, pertinentes y comparables.

    4. FORMULACIN 4.1 Definicin del horizonte de evaluacin del proyecto:

    Se revisar y establecer definitivamente el perodo en el que se estimarn los costos y beneficios del proyecto, a efectos de su evaluacin.

    4.2 Determinacin de la brecha oferta - demanda 4.2.1 Anlisis de la Demanda

    Sobre la base de informacin primaria y la profundizacin del diagnstico, se revisarn y efectuarn las estimaciones de la demanda actual y sus proyecciones; para lo cual se tendr en cuenta:

    a) Los servicios en los que se intervendr con el proyecto y que sern proporcionados a los usuarios en la post-inversin.

    b) El mbito de influencia definitivo del proyecto y las caractersticas de la

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    poblacin demandante. c) Las tendencias de utilizacin del servicio pblico a intervenir y los determinantes

    que la afectan.

    Sobre esta base, se plantearn los parmetros y supuestos para las proyecciones de la demanda. Se proyectar la demanda a lo largo del horizonte de evaluacin del proyecto, sealando y sustentando los parmetros, supuestos y metodologa utilizada.

    Solo si en el PIP se incluyen intervenciones que pueden modificar las tendencias actuales de demanda, ya sea en trminos de incremento de la poblacin demandante o el ratio de concentracin (cantidad demandada por perodo o nivel de utilizacin del servicio), se proyectar la demanda en la situacin con proyecto. Se sustentar los supuestos asumidos.

    4.2.2 Anlisis de la Oferta Sobre la base de la profundizacin del diagnstico del servicio y de los factores de produccin se revisar y, de ser el caso, ajustar las estimaciones de: a) Las capacidades de produccin, actuales y futuras, de los distintos factores de

    produccin, en base a estndares de rendimiento disponibles.

    b) La oferta actual y su evolucin futura, en la situacin sin proyecto. c) La oferta optimizada, considerando las posibilidades de incrementar la

    capacidad de los factores de produccin restrictivos, fundamentalmente con mejoras en la gestin. Explicar por qu, si fuera el caso, no se ha logrado materializar una situacin optimizada.

    Se proyectar la oferta optimizada (o la oferta actual) en el horizonte de evaluacin del PIP, detallando y sustentando los supuestos y parmetros utilizados.

    4.2.3 Determinacin de la brecha Sobre la base de la comparacin de la demanda proyectada (en la situacin sin proyecto o con proyecto, segn corresponda) y la oferta optimizada o la oferta sin proyecto cuando no haya sido posible optimizarla.

    4.3 Anlisis tcnico de las alternativas

    4.3.1 Aspectos tcnicos: para cada alternativa de solucin definida en el numeral 3.3, efectuar el anlisis de la localizacin/10, tecnologa de produccin o de construccin, tamao ptimo. Para este anlisis se deber considerar los factores que inciden en la seleccin de dichas variables y los establecidos en las normas tcnicas emitidas por los sectores/11, segn la tipologa de PIP, as como las relacionadas con la gestin del riesgo de desastres y los impactos ambientales. Resultado de este anlisis se puede identificar alternativas tcnicas, que sern evaluadas para seleccionar la mejor.

    4.3.2 Metas de productos: teniendo en consideracin la brecha oferta-demanda y el anlisis tcnico sealado en el prrafo anterior establecer las metas concretas de productos/12 que se generarn en la fase de inversin, incluyendo las relacionadas con la gestin del riesgo de desastres y la mitigacin de los impactos ambientales

    4.3.3 Requerimientos de recursos: identificar y cuantificar los recursos que se utilizarn en la fase de inversin y para la operacin y mantenimiento. Para ello, considerar las metas de productos y la brecha oferta-demanda.

    4.4 Costos a precios de mercado

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    4.4.1 Costos de inversin: estimar los costos de inversin para cada alternativa, sobre la base de los requerimientos de recursos definidos en el numeral anterior y la aplicacin de costos por unidad de medida de producto/13; la metodologa de clculo y los costos aplicados sern sustentados. Considerar todos los costos en los que se tenga que incurrir en la fase de inversin; incluyendo los asociados con las medidas de reduccin de riesgos y con la mitigacin de los impactos ambientales negativos, as como los de estudios, licencias, certificaciones, autorizaciones, de corresponder

    4.4.2. Costos de reposicin: Especificar el flujo de requerimientos de reposiciones o reemplazo de activos durante la fase de post-inversin del proyecto y estimar los costos correspondientes14.

    4.4.3. Costos de Operacin y Mantenimiento: estimar los costos detallados de operacin y mantenimiento incrementales sobre la base de la comparacin de los costos en la situacin sin proyecto y en la situacin con proyecto. Describir los supuestos y parmetros utilizados y presentar los flujos de costos incrementales a precios de mercado.

    5. EVALUACIN 5.1. Evaluacin Social

    5.1.1. Beneficios Sociales: Identificar, cuantificar y valorar (cuando corresponda) los efectos positivos o beneficios atribuibles al proyecto/15 sobre los usuarios del servicio, as como las potenciales externalidades positivas; los beneficios guardarn coherencia con los fines directos e indirectos del PIP y, de ser el caso, con los asociados con la gestin del riesgo de desastres (costos evitados, beneficios no perdidos)/16. Elaborar los flujos incrementales, sobre la base de la comparacin de los beneficios en la situacin sin proyecto y la situacin con proyecto. 5.1.2. Costos Sociales: Estimar los costos sociales sobre la base de los costos a precios de mercado, para lo cual se utilizar los factores de correccin publicados en el Anexo SNIP 10/17; tener presente los costos sociales que no estn incluidos en los flujos de costos a precios de mercado (como son las potenciales externalidades negativas), as como los asociados con la gestin del riesgo de desastres y los impactos ambientales negativos. Elaborar los flujos incrementales sobre la base de la comparacin de los flujos de costos en la situacin sin proyecto y la situacin con proyecto.

    5.1.3. Estimar los indicadores de rentabilidad social del Proyecto de acuerdo con la metodologa aplicable al tipo de proyecto/18. 5.1.4. Efectuar el anlisis de sensibilidad para: (i) determinar cules son las variables cuyas variaciones pueden afectar la condicin de rentabilidad social del proyecto, su sostenibilidad financiera (cuando corresponda) o la seleccin de alternativas; (ii) definir y sustentar los rangos de variacin de dichas variables que afectaran la condicin de rentabilidad social o la seleccin de alternativas.

    5.2. Evaluacin privada Se evaluar la rentabilidad econmica y financiera del PIP, cuando hay posibilidad de una Asociacin Pblico Privada o cuando el proyecto corresponda a una empresa del Sector Pblico no Financiero.

    5.3. Anlisis de Sostenibilidad

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    Especificar las medidas que se estn adoptando para garantizar que el proyecto generar los resultados previstos a lo largo de su vida til. Entre los factores que se deben considerar estn: (i) la disponibilidad oportuna de recursos para la operacin y mantenimiento, segn fuente de financiamiento; (ii) los arreglos institucionales requeridos en las fases de inversin y postinversin; (iii) la capacidad de gestin del operador; (iv) el no uso o uso ineficiente de los productos y/o servicios (v) conflictos sociales; (vi) la capacidad y disposicin a pagar de los usuarios; y, (vii) los riesgos de desastres. Cuando los usuarios deban pagar una cuota, tarifa, tasa o similar por la prestacin del servicio, se realizar el anlisis para determinar el monto y elaborar el flujo de caja (ingresos y gastos). Se debe hacer explcito qu proporcin de los costos de operacin y mantenimiento se podr cubrir con tales ingresos.

    5.4. Impacto ambiental

    Considerar lo dispuest