Balance de Gestión Defensoría Regional Metropolitana … · Según mi opinión, esto nos ha...

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1 Balance de Gestión Defensoría Regional Metropolitana Sur Defensora Viviana Castel 16 de Junio de 2016 Amigas y amigos, Antes de continuar con el Balance Regional, que realizamos en conjunto las Defensorías Regionales Metropolitanas, Resulta necesario hacer una pequeña reflexión sobre la igualdad y justicia en un país donde aún existe desigualdad. Hay jóvenes infractores de ley que no pueden acceder a un buen plan de estudios, que facilite su integración y resocializacion social; por ello, nuestros defensores juveniles y equipos técnicos debaten todos los días, para evitar que una Internación Provisoria interrumpa el ciclo de la educación, con mayor razón, si luego no recibirán sanción de privación de libertad efectiva. Gran parte de nuestros usuarios no cuentan con previsión social, por ello nuestros defensores penales públicos debaten diariamente para evitar que se decreten en contra de hombres y mujeres de la tercera edad, la medida cautelar de abandono del hogar común, ya que la falta muchas veces de previsión social, como lo señale, no les permitirá retirarse adecuadamente, pasando muchos casos, en el ocaso de sus vidas, a transformarse en individuos en situación de calle. Señoras y señores para estos grupos vulnerable, para todos los grupos

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Balance de Gestión Defensoría Regional Metropolitana Sur

Defensora Viviana Castel

16 de Junio de 2016

Amigas y amigos,

Antes de continuar con el Balance Regional, que realizamos en conjunto las

Defensorías Regionales Metropolitanas,

Resulta necesario hacer una pequeña reflexión sobre la igualdad y justicia en

un país donde aún existe desigualdad.

Hay jóvenes infractores de ley que no pueden acceder a un buen plan de

estudios, que facilite su integración y resocializacion social; por ello, nuestros

defensores juveniles y equipos técnicos debaten todos los días, para evitar

que una Internación Provisoria interrumpa el ciclo de la educación, con mayor

razón, si luego no recibirán sanción de privación de libertad efectiva.

Gran parte de nuestros usuarios no cuentan con previsión social, por ello

nuestros defensores penales públicos debaten diariamente para evitar que se

decreten en contra de hombres y mujeres de la tercera edad, la medida

cautelar de abandono del hogar común, ya que la falta muchas veces de

previsión social, como lo señale, no les permitirá retirarse adecuadamente,

pasando muchos casos, en el ocaso de sus vidas, a transformarse en individuos

en situación de calle.

Señoras y señores para estos grupos vulnerable, para todos los grupos

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vulnerables y en general para los derechos de todos los ciudadanos, la

Defensoría Penal pública, resulta ser una pieza clave, en asegurar un real

acceso a la justicia.

El trabajo que desarrollamos las Metropolitanas Sur y Norte, en nuestra labor

diaria, no sólo en aquellas causas de gran connotación social, sino en todas,

aunque se trata de una falta, permite afirmar que en Chile se hace justicia.

Cuando un individuo carezca de abogado por cualquier circunstancia, tendrá

a su lado, desde el primer acto de investigación dirigido en su contra, un

defensor penal público, quien hará valer sus derechos como ciudadano; y que

exigirá un trato respetuoso y digno conforme a la dignidad humana.

Justamente, la fragilidad del ser humano, nos obliga a todos los operadores

del sistema de justicia del ámbito penal, en especial a los defensores penales

públicos a estar atentos, no sólo a responder los requerimientos actuales, sino

también los nuevos requerimientos;

Más aún que incluso pareciera, que cuando se exige el respeto de los

derechos constitucionales de carácter procesal, resultara ser un insulto;

agilizando movimientos que abogan por cambios legislativos, de forma y

sustantivos; lo que pudieran generar desequilibrios a tal nivel, que se legitime

por ej. una cacería de brujas, propio de la edad media o/ generar la

frustración, que para desplazarse dentro de nuestro territorio nacional contar

con una autorización.

El saber escuchar a quienes deben soportar el poder punitivo del Estado, aun

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careciendo muchas veces de falta de lenguaje, de inteligencia emocional, el

que no les permite darse a entender, de comprender y de entregar

oportunamente sus evidencias, medios de prueba; ello que sin lugar a dudas

dificulta nuestro trabajo; nos ha permitido avanzar en la calidad de prestación

del servicio, desarrollando y sumando a la defensa especializada de jóvenes

infractores y Defensa Penitenciaria; defensa de inimputables, defensa de

género, defensa de migrantes, defensa en 1° audiencias, entre otras.

Según mi opinión, esto nos ha llevado a que nos encontremos hoy frente a

modelos de trabajo de defensa integral, en el cual ha sido valioso contar con

las alianzas estratégicas interinstitucionales y con colaboradores con la justicia

penal; que hoy nos acompañan.

En esta ocasión me ha correspondido referirme a la Defensa especializada de

Genero, Defensa especializada de Inimputables y Defensa Penitenciaria.-

Defensa de Género

Quienes nos han acompañado en años anteriores, ya me han escuchado

mencionar el concepto de defensa especializada de género, que tiene como

objetivo el recoger las particularidades de las mujeres y hombres,

reconociendo el papel y roles que cumplen en la sociedad y aspectos que

condicionan la comisión de delitos. Todo esto con el objeto de plantear

argumentos de defensa que sean abordadas desde esa perspectiva.

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El reconocimiento del enfoque de género se encuentra en estrecha relación

con el reconocimiento del principio de igualdad ante la ley.

La experiencia de ser defensora penal publica por más de 15 años, recoger la

mirada y experiencia de defensoras y profesionales de la unidad de estudios ,

nos ha permitido no sólo advertir y recoger las desigualdades que debe

enfrentar la mujer, muchas veces unica proveedora de los hijos menores de

edad, sino que, a partir de aquella desigualdad, aportar estrategias y

propuestas que fortalezcan la construcción de un modelo de justicia

integrador para ellas, en especial, para aquellas mujeres que se encuentran en

una situación de mayor discriminación y vulnerabilidad, como son las mujeres

imputadas sujetas a medida cautelar de prisión preventiva.

Si bien el número de mujeres que defendimos el año 2015, subió en relación

al año 2014 en un 13%, el porcentaje de mujeres privadas de libertad del año

2015 en relación al año 2014 fue un 23%; quiero señalar que este % que

corresponde a mil tres mujeres,(1003) todas fueron representadas por un

defensor especializado en defensa de género.

Los delitos imputados preferentemente fueron los de hurto, lesiones,

amenazas, microtráfico, sólo el 2,4 % fue por robos y 0,2% responde al delito

de homicidio.

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Es así como ha sido significativo para la DRMS mantener la gestión de

asignación de causas de mujeres privadas de libertad, por cualquier delito, a

cargo de una defensora - defensor especializado en defensa de género.

Defensores que están conscientes que se deben esgrimir los respectivos

argumentos de defensa para un caso por ejemplo de legítima defensa o estado

de necesidad exculpante justificado, en un delito de parricidio y/o lesiones; lo

mismo ocurre para el delito de Tráfico Ilícito de Drogas, asociaciones ilícitas,

hurto, abandono de menores y sustracción de menores; situación similar para

el delito de aborto y para mujeres imputadas, víctimas de violencia

intrafamiliar.

A la atención especializada se ha sumado la atención integral de los primeros

miércoles de cada mes en Centro Penitenciario Femenino de San Miguel, al

cual concurren abogados y profesionales de la UE, en apoyo a las necesidades

de las mujeres que se encuentran sujetas a la medida cautelar de prisión

preventiva.

Muchas veces lo que les aqueja y apremia, no son requerimientos de carácter

jurídico penal, sino de carácter social;

Estimo que es la ocasión apropiada para agradecer la colaboración brindada

por Gendarmería de Chile, para implementar esta iniciativa conjuntamente

generada.

Por ello celebramos con mucha satisfacción que en marzo recién pasado nos

acompañaran profesionales de la CAJ de la RM a asistir a nuestras usarías,

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acercando la justicia a mujeres privadas de libertad que sólo debieran soportar

la afectación del derecho de desplazamiento y libertad personal y no otros

derechos por ej. salud, educación, seguridad social, etc.

Hoy el desafío es seguir profundizando en la defensa de género; no sólo con

constantes capacitaciones sobre la materia, sino extenderla a defensa

penitenciaria, manteniendo plazas de justicia en los centro de privación de

libertad de mujeres.

Lo hemos dicho ya en oportunidades anteriores y lo reafirmo hoy, en un

Estado de Derecho, el interés general de la sociedad en reprimir ciertos

delitos con prisiones preventivas o con penas privativas de libertad, nunca

pueden superar ni prevalecer por SOBRE los derechos fundamentales como

lo son: los vínculos familiares, la salud, la integridad y la dignidad.

Defensa de Inimputables.-

En la Defensoría Regional que dirijo, existe una preocupación expresa y

permanente por mejorar la atención de aquellos imputados e imputadas en

situación de especial vulnerabilidad, como lo son aquellos denominados

“imputados bajo condición de inimputabilidad”.

Ellos, uds saben, tienen una particular condición en sus procesos penales, por

un lado no corresponde que estén sujetos a PRISIÓN PREVENTIVA o medida

similar que afecte su libertad y por otro lado, en la mayoría de los casos no

hay familiar que se haga cargo o no los quieren en sus hogares, surgiendo

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muchas veces entre todos los intervinientes del sistema penal, la preocupación

de velar por su integridad y del defensor penal público, en particular, que ello

no afecte su libertad individual.

Por ello resultó muy valioso suscribir un convenio de colaboración con

Fundación Gente de la Calle, un trabajo que se viene desarrollando hace

bastante tiempo, Por el cual un profesional abogado de la fundación, acepta

el cargo de curador ad liten de aquellos imputados inimputable, sin

familiares, por tanto en situación de calle.

Durante el año 2015 se decretó la suspensión del procedimiento por posible

enajenación mental del imputado a 369 personas, 247 casos de DRMN y 122

para DRMS, total 369.

Para el caso de quienes se les suspendió el procedimiento (29), en virtud del

Art. 458 del CPP y que estuvieron sujetas a internación provisional decretada

por TG de la DRMS, todos ellos, fueron asistidos por defensor especializado

de inimputable.

En la definición de este modelo de defensa especializada en favor de estas

personas, se llevaron a cabo durante el año 2015, clínicas jurídicas y mesas de

trabajo, donde se abordaron no sólo materias jurídicas penales, sino ámbitos

psicológicos, psiquiátricos y jurídicos; aunando el mundo jurídico y sanitario.

Desde el punto de vista administrativo, y por ello no menos importante, se

mantuvo una permanente coordinación con las unidades Jurídicas y de Salud

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relacionadas con los imputados en condiciones de inimputabilidad,

específicamente con el Hospital Horwitz (Jorvitz) Barak y tratándose de

medidas de seguridad con el Hospital Phillipe Pinel, de la comuna de Putaendo,

instancias que ha permitido importantes sinergias en beneficio de nuestros

representados.

Es un trabajo de todos hacer comprender a la comunidad el sentido y

naturaleza de una medida de seguridad, que está lejos de ser una pena,

asimismo se debe comprender que el proceso clínico tiene tiempos distintos

al de un procedimiento penal.

Defensa Penitenciaria

En el año 2011, mediante la Resolución Exenta N° 2103 se definió la misión de

la Defensa Penitenciaria, la que consiste en “contribuir a mejorar la aplicación

de garantías constitucionales y el acceso a las justicia de los condenados

privados de libertad”.

Para este año 2015 garantizamos la prestación de defensa penitenciaria para

todos los internos de los centro de cumplimiento penitenciarios de Puente

Alto, Talagante, CPF San Joaquín (único de la región Metropolitana de

Mujeres) CDP Santiago Sur, Cárcel de Alta Seguridad, Colina I y Colina II.

Se debe tener presente que la cobertura se concentra en los centros de

cumplimiento penitenciarios, no en los tribunales de origen que dictan la

sentencias definitiva, porlo cual resulto vital las coordinaciones de los

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profesionales con las unidades de estudios y Defensorías Locales para

comparecer adecuadamente a las distintas audiencias,

Del video y sus cifras regionales consolidadas, que se exhibió al inicio de este

Balance de Gestión, se puede colegir el intenso trabajo que los defensores

penitenciarios tuvieron el año pasado y que rindió sus frutos, al mejorar en el

diseño de estrategias de defensa, en etapa de ejecución de penas efectivas.

Reflejo de ello es el aumento sostenido de cargas de trabajo de los defensores

penitenciarios.

En el año 2014 el número de requerimientos para los defensores

penitenciarios de P Alto, Talagante y Centro Penitenciario Femenino de San

Joaquín fue de 1037, para el año 2015 fue de 1999, dato que se debe cruzar

con el total promedio constante de población penal de dichos centros de

ejecución de pena que llega a los 1800 internos.

Celebramos el aumento de demanda, el que es fruto sin lugar a dudas del

trabajo de difusión, ejecutados al interior de los centros de privación de

libertad, donde se generaron diálogos participativos con los internos de

dichos centros penales.

No solo podemos advertir un gran volumen de gestiones administrativas,

desarrolladas por los equipos y Defensores Penitenciarios de cada Defensoría

Regional y que corresponden a 3 abogados para la DRMS y 11 abogados para

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la DRMN, sino que además avanzamos en validarnos en el debate que se

genera en los TG y Cortes de Apelaciones, sobre la ejecución de las condenas

de nuestro usuarios.

En el mismo sentido, aumentó la participación de los equipos penitenciarios

en los Consejos Técnicos de Gendarmería, concretándose una participación

efectiva en los penales: Santiago Sur, Centro Penitenciario femenina de San

Joaquín, y los CDP de Talagante y Puente Alto.

En materia de libertad condicional, hemos logrado incorporarnos a las

sesiones de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de San

Miguel, en el proceso que lleva al otorgamiento o rechazo de las solicitudes

de este beneficio intra-penitenciario.

Se ha logrado un acceso permanente y efectivo a los Centros Penitenciarios,

incluidos en espacios muy sensibles - que estimo personalmente que no

debieran existir, como son las celdas de aislamiento- con el objeto de verificar

in situ las condiciones en que se encuentran nuestros usuarios que son

sancionados.

El reflejo de lo que se ha avanzado en esta defensa especializada queda

plasmado en el resultado de auditoria de satisfacción de usuario

correspondiente al año 2015, en el cual se nos ha calificado con sustancial

mejor evaluación respecto a los años anteriores, en los diversos ítem medidos,

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aumentando en 17 puntos porcentuales, la satisfacción general de nuestros

usuarios.

Nuestra misión es consolidar este trabajo, con una presencia constante e

intensa, a fin de hacer valer la normativa nacional e internacional, y lograr

en definitiva, un avance considerable en la cohesión social y en el acceso a la

justicia de las personas privadas de libertad, en un contexto innegable que

se refleja en columnas de opinión en diarios de circulación nacional, bajo

título como “Infierno carcelario”.

Capacitación

En nuestra labor de entregar asistencia jurídico penal, merece especial

mención la actividad de capacitación desarrollada durante el 2015, que

esperamos no sólo se replique para este año, sino que logre transformarnos

en el tiempo, en una verdadera escuela de competencias, todo en beneficio

para nuestros usuarios y sus familias.-

La instancia de capacitación estuvo no sólo a cargo de profesores de excelencia

externos a la Defensoría, sino que a su vez en profesionales internos;

defensores penales públicos y profesionales de las Unidades de Estudios.

En este punto debo destacar lo provechoso que ha sido la utilización de la

metodología de traspaso de información, esto es, que quienes han recibido

una capacitación del más alto estándar no sólo nacional sino internacional,

se convierten en excelentes monitores, relatores internos, compartiendo su

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conocimiento. Ello ocurre por ejemplo, con el Taller básico de litigación; taller

derecho penal para funcionarios administrativos, capacitación de alegaciones

a favor de migrantes en primeras audiencias.

Especial mención la constituye nuestra capacitación permanente respecto a la

normativa internacional de derechos humanos; cuyo diseño curricular es de

largo aliento. En el año 2015 se llevó a cabo 1° versión bajo el título “Curso

inicial de derecho Internacional de Derechos Humanos para defensores penales

públicos”. Espero que a finales de este año, los 115 defensores penales públicos

de la DRMS no sólo lo hayan aprobado, en forma exitosa, sino que además,

logren que los fallos recojan y consignen el principio de control de

convencionalidad, que tuvo una especial mención especial por parte del

presidente de la Corte Suprema, en la inauguración del año judicial.

La iniciativa cuenta con relatoras de primer nivel, todas defensoras publicas

interamericanas: Ximena Silva, Myriam Reyes y Sandra Haro, quienes

expusieron y dejaron de manifiesto, la relevancia de los sistemas

internacionales de protección de los Derechos Humanos, lo que se convierte

en una formidable herramienta argumentativa para el ejercicio de la defensa

penal pública.

Tenemos la más férrea convicción que del conocimiento, estudio y amplio

análisis del sistema internacional de protección de los Derechos Humanos,

nos permitirá entregar un servicio profesional de efectiva calidad en favor de

quienes deben enfrentar el ius puniendi estatal.

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Asimismo, se gestaron espacios de conversación y análisis de temas jurídicos y

fallos relevantes, como fueron el “Primer coloquio entre la Defensoría

Regional Metropolitana Norte y la Fiscalía Metropolitana Centro Norte” y el

“Coloquio jurídico respecto al Debido Proceso de la Defensoria Regional

Metropolitana Sur”, en el cual se lanzó compendio de jurisprudencia de los

últimos tres año, en formato digital.

Éste compendio se basó en los Boletines de jurisprudencia que elabora

mensualmente la Unidad de Estudios Metropolitano Sur, trata 547 sentencias,

dictadas desde julio 2012 a septiembre 2015, tratando 44 temáticas en total,

lo que nos permite ahondar en los criterios aplicados por las Cortes de

Apelaciones de Santiago y San Miguel.

Aún viviendo tiempos en que nuestra sociedad exigente, exigue mayor seguridad

pública, en desmedro de los derechos individuales; la sensación de mayor

seguridad se da a un precio muy caro para nuestras libertades personales.

Mantenemos incólume nuestra labor, que es la de procurar que al imputado le sea

reconocido aquello que le es debido en el proceso en los términos en que lo señala

nuestra Constitución.

Mantenemos el compromiso como Defensorías de exigir el respeto del debido

proceso al imputado; Que se le trate con dignidad, que se le presuma inocente, que

sea juzgado en un plazo razonable, que las restricciones y privaciones a su libertad

sean sólo aquellas absolutamente indispensables, que pueda conocer y

controvertir la prueba de cargo, que pueda recurrir de las resoluciones judiciales y,

en lo que nos atañe directamente, a que cuente con una defensa de calidad que

garantice sustancial y no sólo formalmente el cumplimiento y protección de estas

garantías.

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Un sistema procesal que se acostumbre a condenar imputados sin respetar

sus garantías procesales podrá ser aplaudido en lo inmediato por su supuesta

eficacia, pero a la larga, sólo provocará desconfianza entre los ciudadanos.

Por ello los Defensores Penal Publica somos los primeros y principales defensores

de los derechos de quienes deben soportar en poder punitivo del Estado; solo de

esa forma legitimamos nuestro sistema de justicia penal, y crecemos como una

sociedad sana y justa, donde todos queremos vivir y desarrollarnos.

Muchas Gracias.