Auxiliares del comercio 2011

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  • 1. Agentes Auxiliares del ComercioEl comerciante, o empresario, muchas veces no puede cumplir consu cometido en forma exclusivamente personal, por ello cuentacon una serie de colaboradores, que con distintos grados dedependencia (algunos subordinados, otros autnomos), lo asistenen el manejo del establecimiento comercial.Esos colaboradores son los agentes auxiliares del comercio. Setrata de sujetos individuales (personas fsicas) de las actividadescomerciales.Cristian Piris - 2011

2. Principales y AuxiliaresPrincipal Persona fsica que est al frente delestablecimiento comercial y lo dirige como jefe, puede sero no dueo del mismo.Agentes auxiliares del comerciotrabajadores enrelacin de dependencia o empresarios particularmentededicados a una rama concreta del quehacer mercantil.No practican actos de comercio en general. Cristian Piris - 2011 3. Auxiliares del ComercioArtculo 87 Cdigo de Comercio:Son considerados agentes auxiliares del comercio, y, como tales,sujetos a las leyes comerciales con respecto a las operaciones queejercen en esa calidad:1. Los corredores;2. Los rematadores o martilleros;3. Los barraqueros y administradores de casas de depsito;4. Los factores o encargados, y los dependientes de comercio;5. Los acarreadores, porteadores o empresarios de transporte.Cristian Piris - 2011 4. Auxiliares del ComercioAGENTES SUBORDINADOS Factor Dependientes EmpleadosAGENTES AUTNOMOS Corredor Martillero Barraqueros y dueos de casas de depsitos Acarreadores, porteadores o empresario del transporteCristian Piris - 2011 5. Auxiliares del ComercioAGENTES AUX REGULADOS EN LEYES ESPECIALES Productores Asesores de Seguros Agentes de Bolsa Despachante de AduanaAGENTES AUX NO REGULADOS POR LEY Agente de Comercio Concesionario Cristian Piris - 2011 6. Factor Concepto LegalArtculo 132 Cdigo de Comercio:Se llama factor, la persona a quien uncomerciante encarga la administracin de susnegocios, o la de un establecimiento particular.Nadie puede ser factor si no tiene la capacidadlegal para ejercer el comercio. Cristian Piris - 2011 7. Factor - ConstitucinArtculo 133 Cdigo de Comercio:Todo factor deber ser constituido por una autorizacin especial delproponente, o sea la persona por cuya cuenta se hace el trfico.Esta autorizacin slo surtir efecto desde la fecha en que fuereasentada en el Registro de Comercio.Artculo 134 Cdigo de Comercio:La falta de las formalidades prescriptas por el artculo anterior, sloproduce efecto entre el principal y su factor, pero no respecto a losterceros con quienes haya contratado.Cristian Piris - 2011 8. Factor - FacultadesArtculo 135 Cdigo de Comercio:Los factores constituidos con clusulas generales,se entienden autorizados para todos los actos queexige la direccin del establecimiento.El propietario que se proponga reducir estasfacultades, debe expresar en la autorizacin lasrestricciones a que haya de sujetarse el factor.Cristian Piris - 2011 9. CorredoresArtculo 88 Cdigo de Comercio:[Para ser corredor se requieren las siguientes condiciones habilitantes:a) Ser mayor de edad;b) Poseer ttulo de enseanza secundaria expedido o revalidado en la Repblica conarreglo a las reglamentaciones vigentes;c) Aprobar el examen de idoneidad para el ejercicio de la actividad, que se rendir antecualquier Tribunal de Alzada de la Repblica con competencia en materia comercial, yasea federal, nacional o provincial, el que expedir el certificado habilitante en todo elterritorio del pas. A los efectos del examen de idoneidad se incorporar al tribunal unrepresentante del rgano profesional con personera jurdica de derecho pblico noestatal, en las jurisdicciones que exista. El examen deber versar sobre nociones bsicasacerca de la compraventa civil y comercial.] (Texto segn ley 23.282.)Derogado por ley 25.028 (B.O. 29/12/99) salvo lo concerniente a la habilitacin profesional que, hasta que se implemente la carrerauniversitaria de corredor, se har conforme a las disposiciones legales de este artculo que a tal efecto permanece vigente por eseexclusivo lapso. Cristian Piris - 2011 10. MartilleroLa funcin principal del martillero es intervenir en el acto delremate, que siempre ser pblico (sea judicial o no),vendiendo los bienes al mejor postor.Requisitos (art. 2 - ley 20.266): Capacidad para ejercer el comercio. Poseer titulo secundario. Aprobar examen de idoneidad. Inscripcin en la matrcula. Cristian Piris - 2011 11. BarraquerosBarraqueros y dueos de casas de depsitosPersonas que por cuenta propia y en forma habitual y profesional, celebra contratos de depsito en calidad de depositario (nunca como depositante) de cosas muebles reguladas por ley.Barraquero propietario de barracas (almacenes generales o Docks, en ingls), una clase de depsito para cueros y frutos del pas, pero no para granos ni carnes.Cristian Piris - 2011 12. AcarreadoresAcarreadores, porteadores o empresario deltransporte:Segn la doctrina el transportista es un verdaderocomerciante, y no un auxiliar. Su regulacinespecial est tratada en el contrato detransporte comercial.Cristian Piris - 2011 13. Productores Asesores deSegurosPersona que se dedica a promover la concertacin de contratos de seguros, asesorando a asegurados y asegurables. Esta actividad est regulada por la ley 22.400.El productor asesor puede ser directo u organizador. Cristian Piris - 2011 14. Agente de BolsaTambin llamador corredores de bolsa o comisionistas de bolsa, son personas que intervienen, en nombre propio y por cuenta de terceros, en las operaciones de compra y venta de acciones o de otros ttulos que coticen en la Bolsa Comercio, de la cual forman parte y donde desarrollan sus actividades.No son simples corredores porque no solo acercan a las partes, sino que perfeccionan el negocio jurdico, actuando en nombre propio y por cuenta ajena. Cristian Piris - 2011 15. Despachante de AduanaPersonas fsicas, que cumpliendo con losrequisitos del Cd. Aduanero, realizan anombre de otros y ante el servicio aduanero lostrmites y diligencias obligatorias relativas a laimportacin, exportacin y otras operacionesen las que necesariamente interviene laAdministracin Nacional de Aduanas.Cristian Piris - 2011