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1 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL DEPARTAMENTO DE LEGISLACIÓN Y DOCUMENTACION Año LXXXIX Nº 2428 Responsable Boletín Municipal: Gabriela Laura Maillard Fecha de publicación: 08-11-2017 Autoridades del Departamento Ejecutivo INTENDENTE: CARLOS FERNANDO ARROYO SECRETARIAS GOBIERNO: Jorge Alejandro Vicente DESARROLLO SOCIAL: Patricia M. Leniz ECONOMIA Y HACIENDA: Hernán José Mourelle EDUCACION: Ana Maria Crovetto CULTURA: Silvana Licia Rojas PLANEAMIENTO URBANO: Guillermo Mario de Paz DESARROLLO PRODUCTIVO: Ricardo De Rosa SEGURIDAD y JUSTICIA MUNICIPAL: a/c Jorge Alejandro Vicente SALUD: Gustavo Héctor Blanco Autoridades del Honorable Concejo Deliberante PRESIDENTE: Guillermo Saenz Saralegui VICEPRESIDENTE PRIMERO: Alejandro Ferro VICEPRESIDENTE SEGUNDO: Cristian Azcona SECRETARIO: Juan Ignacio Tonto BLOQUE AGRUPACION ATLANTICA-PRO PRESIDENTE Guillermo Fernando Arroyo Guillermo Raúl Saenz Saralegui Javier Ignacio Alconada Zambosco Patricia Mabel Serventich Federico Santalla Juan Jose Aicega BLOQUE UNION CIVICA RADICAL PRESIDENTE Maria Cristina Coria Natalia Paola Vezzi Nicolás Maiorano Mario Alejandro Rodríguez Eduardo Pedro Abud Pedro Gonzalo Quevedo BLOQUE ACCION MARPLATENSE PRESIDENTE Claudia Alejandra Rodríguez Alejandro Ferro Marcelo Herminio Fernández Santiago José Bonifatti BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA PRESIDENTE Daniel José Rodríguez Marcos Horacio Gutiérrez Marina Laura Santoro BLOQUE FRENTE RENOVADOR PRESIDENTE Cristian Alfredo Azcona Héctor Aníbal Rosso BLOQUE CREAR PRESIDENTE Alejandro Angel Carrancio Lucas Fiorini CONCEJAL Balut Olivar Tarifa Arenas

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BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL DEPARTAMENTO DE LEGISLACIÓN Y DOCUMENTACION Año LXXXIX Nº 2428 Responsable Boletín Municipal: Gabriela Laura Maillard Fecha de publicación: 08-11-2017

Autoridades del Departamento Ejecutivo INTENDENTE: CARLOS FERNANDO ARROYO SECRETARIAS GOBIERNO: Jorge Alejandro Vicente DESARROLLO SOCIAL: Patricia M. Leniz ECONOMIA Y HACIENDA: Hernán José Mourelle EDUCACION: Ana Maria Crovetto CULTURA: Silvana Licia Rojas PLANEAMIENTO URBANO: Guillermo Mario de Paz DESARROLLO PRODUCTIVO: Ricardo De Rosa SEGURIDAD y JUSTICIA MUNICIPAL: a/c Jorge Alejandro Vicente SALUD: Gustavo Héctor Blanco

Autoridades del Honorable Concejo Deliberante PRESIDENTE: Guillermo Saenz Saralegui VICEPRESIDENTE PRIMERO: Alejandro Ferro VICEPRESIDENTE SEGUNDO: Cristian Azcona SECRETARIO: Juan Ignacio Tonto BLOQUE AGRUPACION ATLANTICA-PRO PRESIDENTE Guillermo Fernando Arroyo Guillermo Raúl Saenz Saralegui Javier Ignacio Alconada Zambosco Patricia Mabel Serventich Federico Santalla Juan Jose Aicega BLOQUE UNION CIVICA RADICAL PRESIDENTE Maria Cristina Coria Natalia Paola Vezzi Nicolás Maiorano Mario Alejandro Rodríguez Eduardo Pedro Abud Pedro Gonzalo Quevedo BLOQUE ACCION MARPLATENSE PRESIDENTE Claudia Alejandra Rodríguez Alejandro Ferro Marcelo Herminio Fernández Santiago José Bonifatti BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA PRESIDENTE Daniel José Rodríguez Marcos Horacio Gutiérrez Marina Laura Santoro BLOQUE FRENTE RENOVADOR PRESIDENTE Cristian Alfredo Azcona Héctor Aníbal Rosso BLOQUE CREAR PRESIDENTE Alejandro Angel Carrancio Lucas Fiorini CONCEJAL Balut Olivar Tarifa Arenas

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ORDENANZA 23336 Sanción 17-08-2017 Expte 8248-9-2014 Cpo 1 Decreto de Promulgación 2133 ( 25-08-2017 ) Artículo 1º.- Apruébase el Estatuto Reglamentario de Permisionarios de la “Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres” que como Anexo I forma parte de la presente, cuyas normas serán de aplicación obligatoria para todas las entidades que a partir de la fecha de promulgación resulten beneficiarias de permisos de uso y ocupación de espacios dentro de la Reserva. Artículo 2º.- Apruébase el Contrato Modelo para conceder permisos de uso y ocupación de las Unidades Recreativas dentro de la “Reserva Natural Municipal Laguna de Los Padres”, que como Anexo II forma parte integrante de la presente. Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Ente Municipal de Deportes y Recreación (EMDeR), a suscribir los respectivos contratos. Artículo 4º.- El Departamento Ejecutivo invitará a las entidades titulares de Permisos de Uso vigentes en la “Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres” a adherir en forma voluntaria a los términos de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- Comuníquese, etc.- Tonto Sáenz Saralegui Lopez Silva Arroyo ANEXO I ESTATUTO REGLAMENTARIO DE PERMISIONARIOS DE LA RESERVA LAGUNA DE LOS PADRES CAPÍTULO I ALCANCE. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Artículo 1º.- ALCANCE. Los deberes, obligaciones y derechos que tengan los PERMISIONARIOS de uso de espacios dentro del ámbito de la “Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres", se regirán por el presente Estatuto, por el Reglamento para la Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres, aprobado por Decreto Municipal Nro. 928/2013, y por las normas constitucionales, legales y reglamentarias que le sean aplicables. Artículo 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. El ámbito de aplicación del presente Estatuto comprende la Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres, sita en Ruta 226 y Avenida de Los Misioneros del Partido de General Pueyrredon, bien del dominio público municipal, conforme lo dispuesto por Ley Provincial 10121. CAPÍTULO II DE LAS UNIDADES RECREATIVAS Y ÁREAS COMUNES Artículo 3º.- UNIDADES RECREATIVAS. La Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres se encuentra integrada por distintas áreas, entre ellas, por las áreas comunes de uso público y por las unidades recreativas. Estas últimas, susceptibles de ser cedidas para su uso y ocupación en favor de entidades de bien público, sólo podrán estar localizadas en la zona de uso intensivo recreativo - deportivo - cultural, según lo establecido por el Decreto Municipal nº 928/2013, y de conformidad a las delimitaciones obrantes en el Croquis que como Anexo Único, forma parte integrante del presente Estatuto. En ningún caso la extensión de cada Unidad Recreativa podrá superar las diez (10) hectáreas de superficie. A partir de la entrada en vigencia del presente, no se podrán afectar áreas comunes de la Reserva Natural a los fines de la creación de nuevas Unidades Recreativas. Artículo 4º.- ÁREAS COMUNES. Las áreas comunes de la Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres, comprenden todos los espacios físicos sectorizados y de distinto tipo de uso comunitario según lo dispuesto por Decreto Municipal nº 928/2013, excepto las Unidades Recreativas. Dichas áreas se encuentran bajo la administración municipal, sin perjuicio de lo cual estarán comprendidas en las obligaciones contraídas por los Permisionarios de la Reserva en relación a su mantenimiento, conservación y limpieza. Artículo 5º.- ESTADO DE LAS UNIDADES RECREATIVAS. Las Unidades cuyo uso será concedido, se entregarán en las condiciones en que se encuentren al momento del otorgamiento del Permiso Precario, que el permisionario declare conocer y aceptar por la sola presentación de la propuesta de uso. Artículo 6º.- MEJORAS. La totalidad de las obras que se realicen en las Unidades Recreativas, como así también las instalaciones que en ellas se fije y las mejoras introducidas durante el período de vigencia del permiso, pasarán a la finalización del contrato a ser parte integrante de la Unidad, sin derecho a compensación o retribución alguna. Artículo 7º.- RECEPCIÓN DE LA UNIDAD. En todos los casos en que correspondiera la toma de posesión de la Unidad por parte de la Municipalidad de General Pueyrredon, ésta se realizará mediante acta inventario, donde constará expresamente el estado en que se lo recibe, en virtud del carácter de Depositario Regular asumido por el Permisionario, en oportunidad de concederse el Permiso. CAPÍTULO III DE LOS PERMISOS Artículo 8.- OBJETO. Los permisos de uso y ocupación a otorgarse dentro de la Reserva Natural Laguna de los Padres tendrán por objeto otorgar el uso y explotación de las Unidades Recreativas previstas por el presente Estatuto, al único y exclusivo fin de permitir que las mismas desarrollen la práctica de actividades sociales, recreativas, culturales y/o deportivas, con las especificaciones que en cada caso se indiquen. El Municipio podrá otorgar permiso gratuito de uso de las Unidades Recreativas sitas en la Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres a favor de Entidades de Bien Público que cuenten con Personería Jurídica y se hallen inscriptas en el Registro Municipal de Entidades Deportivas - Ordenanza Nº 5430, y/o con Entidades de Bien Público inscriptas en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público – Ordenanza Nº 9010.

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Artículo 9º.- CONDICIONES. Los permisos de uso a conceder quedarán sujetos a las siguientes disposiciones: a) La tenencia será siempre precaria y, como consecuencia, el acto revocable en cualquier tiempo por decisión de la autoridad competente. b) El término de la tenencia no podrá exceder de cinco (5) años, renovable por idéntico término a exclusivo criterio del Departamento Ejecutivo Municipal. Este plazo máximo no será de aplicación cuando por la naturaleza especial del espacio objeto del permiso o el uso al que será destinado, se justifique exceptuarlo de tal disposición, a exclusivo criterio del Municipio. c) El Permisionario deberá abonar un canon por el uso del espacio concedido, destinado al mantenimiento de las áreas comunes de la Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres. Artículo 10º.- FISCALIZACIÓN. El cumplimiento del contrato, en cuanto a las obligaciones a cargo de cada Permisionario, será controlado por los organismos competentes de la Municipalidad de General Pueyrredon, coordinados por la Unidad de Gestión para la Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres (Decreto Municipal nº 1763/2009) y/o por el Ente Municipal de Deportes y Recreación (EMDeR), mediante la realización de inspecciones de las instalaciones y prestaciones de servicios, auditorías, solicitud de informes, verificación periódica de inventario y todo otro procedimiento que aquellos juzguen adecuado y conveniente. El Permisionario está obligado a facilitar el acceso a las instalaciones, en cualquier oportunidad sin formular objeciones o plantear impedimentos de ninguna naturaleza. Artículo 11º.- TRANSFERENCIA DEL CONTRATO. El Permisionario no podrá transferir total o parcialmente el Permiso que le hubiera sido concedido. El incumplimiento del presente precepto traerá aparejado la aplicación de las sanciones previstas por este Estatuto. Artículo 12º.- EXTINCIÓN. El Permiso se extinguirá en los siguientes supuestos:

1. Cumplimiento del plazo. 2. Imposibilidad de cumplimiento del objeto. 3. Revocación. 4. Caducidad por causas imputables al Permisionario.

Artículo 13º.- REVOCACIÓN. Se establecen como causales de revocación, las siguientes: 1. Cambio de destino de las instalaciones cedidas. 2. Transferencia del permiso. 3. Permitir la intrusión de terceros en el predio cedido. 4. No cumplir con las obligaciones fijadas a través del presente y/o del resto de las normas municipales

en vigencia, o incurrir en violación reiterada de las mismas. 5. Incurrir en abandono de las instalaciones y/o del predio cedido. 6. Generar daños a las instalaciones y/o predio cedido, sea por acción u omisión.

CAPÍTULO IV DE LOS PERMISIONARIOS FACULTADES. DEBERES. OBLIGACIONES y PROHIBICIONES Artículo 14º.- FACULTADES. Los Permisionarios de las Unidades Recreativas que integran la Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres, podrán proponer al Municipio: - la realización de obras comunes. - el cuidado, mantenimiento, explotación y preservación de los espacios comunes que integran la Reserva. - la realización en el sector de actividades vinculadas con los preceptos de sustentabilidad y accesibilidad (encuentros culturales, deportivos y recreativos) sostenidos en el Reglamento para la Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres. En todos los casos deberán contar con la expresa autorización del Municipio de Gral. Pueyrredon, quien a su solo e inapelable criterio evaluará y/ autorizará su realización. Artículo 15º.- DEBERES DE LOS PERMISIONARIOS. Son obligaciones y deberes de los Permisionarios: 1. Cumplir en su integridad las normas del presente Estatuto. 2. Abonar en término los montos que correspondan en concepto de contribuciones, fondo de reserva y toda otra erogación que se disponga o establezca en el futuro. 3. Informar al Municipio respecto de cualquier anormalidad que se produzca en los espacios comunes que integran la Reserva. 4. Comunicar al Municipio todo cambio de domicilio constituido y cualquier otra información que le sea requerida. 5. Ejecutar de inmediato en la Unidad, cuya explotación le fue concedida, los arreglos y reparaciones cuya omisión pueda representar daños y/o inconvenientes, siendo responsable de los perjuicios resultantes de su incumplimiento o cumplimiento tardío de dicha obligación. Artículo 16º.- OBLIGACIONES DE LOS PERMISIONARIOS. Son obligaciones de los Permisionarios: El Permisionario tomará las medidas para que todos los servicios inherentes a la explotación, se presten en forma debida durante la realización de los distintos acontecimientos que se programen en los escenarios. A tal efecto, deberá contar con las instalaciones, equipos y personal necesarios. La organización del servicio deberá permitir el funcionamiento del mismo, sin ocasionar ningún tipo de incomodidad a los usuarios. Además de las obligaciones especialmente establecidas en los distintos artículos del presente Estatuto, el Permisionario ajustará el ejercicio de la actividad a las ordenanzas y disposiciones vigentes en el Partido de General Pueyrredon. Artículo 17º.- VIGILANCIA Y SEGURIDAD. MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA. El Permisionario deberá: 1. Vigilar la Unidad Recreativa a su cargo, locales y/o expansión, para preservar el orden y la seguridad.

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2. Limpiar diariamente la Unidad y/o las áreas de expansión afectadas para su uso y mantenerlas en perfecto estado de higiene y conservación. Artículo 18º.- DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO. El servicio de mantenimiento comprende todas las tareas destinadas a conservar las áreas objeto del permiso (con más su expansión) en perfectas condiciones de uso y conservación, acorde con la jerarquía que se pretende dar a las mismas, en cuanto a provisión de las instalaciones, equipo y personal necesario para esas operaciones. El mantenimiento incluye también la reconstrucción total o parcial de cualquier parte de los locales y/o sus instalaciones que sufrieren daños durante el permiso, ya sea por causas naturales o hechos imputables a terceros. Artículo 19º.- OBLIGACIONES DEL PERMISIONARIO CON RESPECTO AL PERSONAL OCUPADO EN LA UNIDAD. El Permisionario será directa, exclusiva y plenamente responsable de la conducta, moralidad y desempeño de todo el personal que trabaje en el escenario. Será también el único responsable de las remuneraciones, cargas sociales, indemnizaciones, accidentes de trabajo y cualquier otra erogación que se produzca como consecuencia de la relación que surja con el personal que trabaja en el escenario, debiendo para ello dar cumplimiento a la legislación vigente en la materia y responder en consecuencia las demandas que se susciten. En ningún caso podrá interpretarse que el personal contratado y/o a contratarse para el desarrollo de las actividades licitadas goza de relación laboral directa o indirecta con la Municipalidad de General Pueyrredon. Artículo 20º.- RESPONSABILIDAD CIVIL DURANTE EL PERMISO. El Permisionario asumirá la responsabilidad civil exclusiva de los perjuicios o daños que pudieran ocasionar, a personas o cosas, por medio de su personal, empleados o de las cosas de las que se sirva o estén a su cuidado y que integran la Unidad. Artículo 21º.- EROGACIONES A CARGO DEL PERMISIONARIO. Son a cargo del Permisionario, todas las erogaciones de cualquier índole, materia, concepto y jurisdicción que correspondan a la explotación concedida (impuestos, derechos, tasas, contribuciones, electricidad, gas, etc.). Artículo 22º.- INDEMNIDAD. El Permisionario se compromete y acuerda en forma irrevocable, a mantener indemne al Municipio otorgante por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo y naturaleza que sea entablada por cualquier persona pública o privada, física o jurídica o dependientes del permisionario o subcontratistas o los dependientes de éstos. La responsabilidad se extenderá a conceptos de capital de indemnización, intereses, gastos y costas, sin que la enunciación sea limitativa. Artículo 23º.- SEGUROS. El Permisionario deberá contratar: - Seguro de Responsabilidad Civil comprensiva por robo, accidentes, lesiones, incapacidad, muerte y daños que pudieran ocasionarse en la persona de los concurrentes al predio o en sus pertenencias. - Seguro de Responsabilidad Civil destinado a cubrir los daños que pudieran causarse al predio, sus instalaciones y equipamiento. - Seguro de Responsabilidad Civil, que cubra los daños que pudieran ocasionarse por el expendio y/o la provisión de alimentos. - Cobertura del personal: A esos fines deberá presentar dentro de los diez (10) días hábiles de la adjudicación, el contrato de afiliación a una A.R.T. de la que se acrediten las pertinentes autorizaciones estatales, con certificación de firmas y personería de quienes suscriban la documentación por la misma y por el Permisionario. Corresponde la intervención del Colegio de Escribanos pertinente cuando fuere de extraña jurisdicción. En dicho contrato deberá agregarse una cláusula que establezca que el mismo no se podrá anular, rescindir y/o de cualquier modo cesar en su cobertura sin una previa notificación fehaciente al EMDeR con un plazo de treinta (30) días hábiles de antelación. Dentro de este plazo el permisionario deberá acreditar la celebración de un nuevo contrato en las condiciones ut supra señaladas, bajo apercibimiento de caducidad con pérdida de la garantía. 1. La A.R.T. deberá adjuntar copia certificada de la Resolución de la Superintendencia de Riesgo de Trabajo que autorice a la misma a funcionar y operar dentro del sistema de la Ley 24.557, como también deberá constituir domicilio en la ciudad de Mar del Plata. 2. Formalización de los seguros: Serán contratados por el Permisionario en cualquier compañía de seguros inscripta en el Registro Municipal de Entidades Aseguradoras (Ordenanza nº 7180 y Decreto nº 2458/2007). 3. Plazo de formalización y período de duración de los seguros: La contratación de los seguros deberá quedar formalizada, en forma previa a la firma del contrato y su duración deberá cubrir todo el período de vigencia del permiso hasta la extinción de todas las obligaciones. 4. Montos a cubrir: Serán los máximos que determine el EMDeR. Pólizas: Se emitirán o endosarán a favor del EMDeR, debiendo establecer expresamente el sometimiento a los Tribunales Competentes del Departamento Judicial Mar del Plata y se entregarán al EMDeR, antes de la recepción de la Unidad por parte del permisionario. 5. Las pólizas no podrán ser anuladas, rescindidas, caducadas y/o modificadas sin previo conocimiento del EMDeR debiendo mantener su vigencia por un plazo mínimo de treinta (30) días hábiles a partir de la fehaciente notificación que la aseguradora curse al EMDeR en tal sentido. Esta condición deberá constar en la propia póliza o en la certificación que expida la aseguradora. Dentro de este último plazo el permisionario deberá contratar un nuevo seguro en las mismas condiciones establecidas en este artículo bajo apercibimiento de caducidad. 6. Recibos: Se presentarán conjuntamente con las pólizas, los recibos de pago total y definitivo de las mismas. 7. Certificación de firmas: Las firmas contenidas en las pólizas contratadas deberán encontrarse certificadas por escribano público, quien deberá dejar constancia del cargo que cumple el firmante, como así también de los instrumentos que tiene ante sí y de los que surge la personería suficiente del mismo para obligar a la Aseguradora. Artículo 24º.- ELIMINACIÓN DE RESIDUOS. El Permisionario deberá proceder a depositar los residuos en lugares que se encuentren al alcance de los camiones recolectores y con la frecuencia establecida para el servicio.

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Los residuos deberán ser colocados en bolsas de nylon o material similar de suficiente grosor y perfectamente cerradas. Se evitará, dentro de lo posible y en atención a los horarios en que se efectúa la recolección, dejar las bolsas de residuos en lugares visibles durante las horas de mayor movimiento de público. Artículo 25º.- PROHIBICIONES Los Permisionarios, ya sea individual o conjuntamente, no podrán: 1. Efectuar modificaciones o alteraciones en las áreas comunes de la Reserva. 2. Arrojar basura, residuos u otros objetos fuera de los sitios destinados a tal fin. 3. Colocar letreros, pancartas y/o carteles ocupando áreas comunes, que no sean autorizados por la Municipalidad de General Pueyrredon, según lo establecido en el Decreto Municipal nº 928/2013. 4. Producir o permitir la emisión de ruidos, olores y/o cualquier otra acción y/u omisión que viole la reglamentación específica y pueda causar molestias a terceras personas. 5. Usar, ceder, locar o conceder el uso y/o goce de los espacios comunes bajo su responsabilidad con fines diferentes a los específicamente previstos. 6. Perturbar de cualquier otro modo la tranquilidad de los usuarios y/o transeúntes de la Reserva, ejercer actividades que comprometan la seguridad del sector o depositar mercaderías peligrosas o perjudiciales para el mismo. 7. Llevar adelante todo otro acto no mencionado precedentemente y que implique un perjuicio o riesgo para los usuarios de la Reserva, el Estado Municipal y/o que pudiere afectar el interés público general. 8. Realizar actividades publicitarias y promocionales. CAPÍTULO V DEL CANON Artículo 26º.- CANON. Todos los Permisionarios deberán contribuir con el mantenimiento de las áreas comunes de la Reserva Municipal Natural Laguna de los Padres, mediante el pago de un canon anual, el que será destinado a los fines que se especifican a continuación: 1) Gastos de conservación y reparación de áreas comunes. 2) Importes que resultaren de servicios públicos prestados respecto a áreas comunes. Artículo 27º.- DETERMINACIÓN DEL CANON. El Municipio, a través del Ente Municipal de Deportes y Recreación (EMDeR), determinará anualmente el importe correspondiente al canon de cada Unidad Recreativa, el que se fijará tomando como base lo establecido por Ordenanza nº 19601 como Derecho de Acceso a la Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres, es decir 1 y ½ módulos, siendo el módulo igual a un boleto plano de transporte público de pasajeros. La determinación del valor del canon anual de cada unidad recreativa será el resultado de la sumatoria de los siguientes parámetros: a) Superficie total de la Unidad Recreativa permisionada. Por cada metro cuadrado de superficie el 5% el valor del Derecho de Acceso. b) Unidad con acceso al espejo de agua. Por cada metro cuadrado de superficie el 20% del valor del Derecho de Acceso. c) Superficies construidas. Por cada metro cuadrado construido el 20% del valor del derecho de Acceso. d) Escala de uso. d-1: Unidad de uso intensivo: por cada metro cuadrado de superficie el 2,5% del valor del Derecho de Acceso. d-2: Unidad de uso medio: por cada metro cuadrado de superficie el 1,25% del valor del Derecho de Acceso. Artículo 28º.- FONDO DE LAGUNA. Los importes que se perciban en concepto de canon por uso y explotación de las Unidades Recreativas, pasarán a formar parte del Fondo de Laguna de Los Padres. Este fondo podrá estar integrado, además, por los fondos que a los fines del mantenimiento y administración de la Reserva Natural, gire la Administración Central del Municipio. Artículo 29º.- OBLIGACIÓN DE PAGO. Entre el 1º de enero y el 28 de febrero de cada año le será notificado, en forma fehaciente, a cada permisionario al domicilio constituido oportunamente, el importe correspondiente al canon anual de la Unidad a su cargo. Dichas sumas deberán ser abonadas por ante la Tesorería del EMDeR, antes del 31 de marzo de cada año. La falta de pago en tiempo y forma conforme lo establecido en el presente artículo producirá la mora automática en el pago de las sumas fijadas, sin necesidad de intimación previa alguna y por el mero transcurso del plazo fijado al efecto. Operada la misma, el permisionario deberá abonar las sumas adeudadas, con más los respectivos intereses. El Municipio, a través del EMDeR, procederá a aplicar, asimismo, las sanciones previstas por el presente Estatuto. CAPÍTULO VI DE LA EXPLOTACIÓN Artículo 30º.- PERIODO MÍNIMO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El Permisionario deberá garantizar la prestación de los servicios esenciales durante la vigencia del Permiso en las instalaciones habilitadas. Artículo 31º.- EXPLOTACIÓN GASTRONÓMICA. La explotación gastronómica deberá realizarse exclusivamente dentro de los locales ubicados en la Unidad Recreativa, todo ello conforme lo previsto en los respectivos Permisos de Uso, ajustándose a las normas vigentes en el Partido de General Pueyrredon para el tipo de actividad de que se trate. El Permisionario deberá equipar el interior de los locales con instalaciones, maquinarias y elementos que permitan un correcto funcionamiento del mismo y una adecuada prestación del servicio. Artículo 32º.- RETRIBUCIONES. Por la explotación y uso del espacio, el permisionario percibirá las tarifas, precios, derechos, comisiones o cualquier otro tipo de retribuciones que se fijen en un todo de acuerdo con las leyes, reglamentos y el respectivo contrato por la utilización pública de las instalaciones y servicios o por cualquier otro concepto que legítimamente corresponda y sea fehacientemente autorizado por el Municipio.

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Artículo 33º .- HABILITACIÓN El Permisionario deberá solicitar a la Delegación Municipal Sierra de los Padres y La Peregrina la respectiva habilitación, la que se otorgará previa verificación del cumplimiento de las Ordenanzas vigentes, y de acuerdo a las exigencias y alcances fijados legalmente al efecto. Artículo 34º.- CONTROL Y RESPONSABILIDAD DE OBRAS Y SERVICIOS. El Permisionario es responsable de la realización en término y conforme a la propuesta presentada y contrato suscripto, de las obras y servicios ofrecidos, respondiendo por vicios, deficiencias y/o incumplimientos, así como daños irrogados, no pudiendo alegar como eximente, incumplimientos de quien o quienes fueran su/sus contratista/s. La inspección podrá exigir modificaciones en los trabajos siempre que no se aparten de las bases previstas en lo propuesto por el Permisionario. El nombrado estará obligado a aceptar las modificaciones en los trabajos que le fueran indicadas por el ENTE. Artículo 35º.- MANTENIMIENTO GENERAL. El Permisionario deberá asegurar la permanente condición de óptima prestación y funcionalidad de las instalaciones de la Unidad bajo su cuidado, estando a su cargo los costos y responsabilidades de tal acción hasta el momento de la entrega de las mismas a la autoridad comunal al finalizar el período de vigencia del permiso. Previo al inicio de la explotación y durante todo el período del permiso el Permisionario se hará cargo de la reparación de daños y roturas de todas las instalaciones de la Unidad ocurridas por causa del uso, como así también las provocadas por fenómenos naturales o terceros, manteniendo ininterrumpidamente la prestación de los servicios. A la entrega de la Unidad, las instalaciones deberán presentar óptimas condiciones de uso y funcionalidad. CAPÍTULO VII SANCIONES Artículo 36º.- RÉGIMEN SANCIONATORIO. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que emergen del presente será causal de aplicación de las sanciones previstas en este Estatuto, resultando aplicables además, en forma supletoria, las que pudieran resultar del resto de la normativa vigente en la materia. Artículo 37º.- SANCIONES. Se fija la siguiente escala de sanciones ante eventuales incumplimientos de los Permisionarios: A. Si se registraran incumplimientos o cumplimiento en forma parcial o fuera de las condiciones establecidas por el presente, en lo concerniente a: A.1. La ejecución de obras comprometidas, plazos fijados para realización de las mismas, deficiencias graves en la resolución técnica de las obras, materiales distintos a los exigidos y trabajos incompletos. A.2. Falta de pago en tiempo y forma del canon por gastos de conservación y mantenimiento de áreas comunes. La sanción a aplicar será: 1ra. infracción: Multa de hasta un 20% del valor del canon fijado para la unidad durante el año en el cual se hubiere cometido la infracción. 2da. infracción: Multa de hasta un 50% del valor total del canon fijado para la unidad durante el año en el cual se hubiere cometido la infracción. 3era. infracción: Caducidad. B. Si se registraran incumplimientos o cumplimiento en forma parcial o fuera de las condiciones establecidas, en lo concerniente a: B.1. Tareas de mantenimiento de Unidad Recreativa y de sus instalaciones. B.2. Tareas de limpieza en Unidad. La sanción a aplicar será: 1ra. infracción: Multa de hasta un 20% del valor total del canon fijado para la unidad durante el año en el cual se hubiere cometido la infracción. 2da. infracción: Multa de hasta un 30% del valor total del canon fijado para la unidad durante el año en el cual se hubiere cometido la infracción. 3era. infracción: Multa de hasta un 50% del valor total del canon fijado para la unidad durante el año en el cual se hubiere cometido la infracción. C. Si se desarrollaran acciones publicitarias o promocionales fuera de los lineamientos establecidos por la legislación vigente. La sanción a aplicar será: 1ra. infracción: Multa de hasta un 20% del valor total del canon fijado para la unidad durante el año en el cual se hubiere cometido la infracción. 2da. y posteriores infracciones: Multa de hasta un 50% del canon fijado para la unidad durante el año en el cual se hubiere cometido la infracción. D. Si se registrara cualquier otra acción u omisión contraria a las exigencias del presente Estatuto y/o del Reglamento aprobado por Decreto Nº 928/2013, aunque no se halle prevista expresamente en este capítulo. La sanción a aplicar será: 1ra. infracción: Multa de hasta un 20% del valor total del canon fijado para la unidad durante el año en el cual se hubiere cometido la infracción. 2da. y posteriores infracciones: Multa de hasta un 50% del valor total del canon fijado para la unidad durante el año en el cual se hubiere cometido la infracción. 3era. infracción: Caducidad. Corresp. al Expte. 1938-D-2014. ANEXO II CONTRATO Entre el ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON, representado en este acto por su Presidente, …., D.N.I Nº…, con domicilio en

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la calle de los Jubilados S/Nº Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”, de la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, en adelante el ENTE, por una parte y la Asociación Civil …………………………………………………………., Personería Jurídica reconocida por Resolución D.P.P.J. Nro. …………., Legajo Nro ………………, representada en este acto por ……………….., en su calidad de …………………………, quien acredita personería con …………….., con domicilio en la calle ……………………………, de esta ciudad de Mar del Plata, en adelante la PERMISIONARIA, por la otra parte, se conviene celebrar el presente contrato, sujeto a las cláusulas y condiciones que seguidamente se enumeran: PRIMERA: De conformidad a la Ordenanza N°…………, el ENTE, otorga a la PERMISIONARIA y ésta recibe de total conformidad y en el estado en que el mismo se encuentra, permiso precario gratuito de uso y ocupación del inmueble ubicado en ………………………, y de sus instalaciones, conforme límites determinados en el Anexo I y denominado UNIDAD RECREATIVA Nº………………. Dicho espacio será destinado en forma exclusiva a la práctica de actividades deportivas, recreativas y/o culturales. SEGUNDA: La PERMISIONARIA reconoce por el presente tener conocimiento y se aviene a cumplir, difundir y hacer cumplir a los visitantes, las normas establecidas en el Reglamento para la Reserva Natural Municipal Laguna de Los Padres, aprobado por Decreto Municipal Nº 928/2013; y en el Estatuto Reglamentario de Permisionarios de la Reserva Laguna de los Padres, Ordenanza Municipal N° …………. TERCERA: El permiso precario de uso y ocupación otorgado por la Cláusula Primera tendrá, una vigencia de cinco (5) años, a contarse a partir de la fecha de promulgación de la Ordenanza de convalidación del presente contrato. Vencido dicho período y hasta la efectiva toma de posesión por parte del ENTE, la PERMISIONARIA quedará como depositaria regular a título gratuito de la unidad. La recepción de las instalaciones se realizará por medio de Acta Inventario. CUARTA: La totalidad de las obras que se realicen en las Unidades Recreativas, como así también las instalaciones que en ellas se fije y las mejoras introducidas durante el período de vigencia del permiso, pasarán a la finalización del contrato a ser parte integrante de la Unidad, sin derecho a compensación o retribución alguna. QUINTA: La PERMISIONARIA reconoce conocer y aceptar la existencia de espacios comunes de la Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres, que se encuentran bajo la administración del ENTE y respecto de los cuales deberá cumplir con las obligaciones fijadas en el Estatuto. SEXTA: La PERMISIONARIA se obliga por el presente a abonar, un CANON ANUAL por la suma de PESOS ……………………………………….., con destino a gastos de conservación y mantenimiento de las áreas comunes de la Reserva, e importes de servicios públicos que se brinden dentro de las referidas áreas. Entre el 1º de enero y el 28 de febrero de cada año subsiguiente al de la firma del presente contrato le será notificado a la PERMISIONARIA, en forma fehaciente, el importe correspondiente a la contribución anual de la Unidad a su cargo. En todos los casos las sumas fijadas al efecto deberán ser abonadas por ante la Tesorería del ENTE, antes del 31 de marzo de cada año. SÉPTIMA: La falta de pago en tiempo y forma conforme lo establecido en la cláusula precedente producirá la mora automática en el pago de las sumas fijadas, sin necesidad de intimación previa alguna y por el mero transcurso del plazo fijado al efecto. Operada la misma, la PERMISIONARIA deberá abonar las sumas adeudadas, con más un interés del…………….. OCTAVA: La Municipalidad será la encargada de supervisar y controlar el cumplimiento por parte de la PERMISIONARIA, de las condiciones, exigencias y obligaciones establecidas por el presente, resultando aplicable, en lo pertinente, lo normado en el Reglamento para la Reserva Natural Municipal Laguna de Los Padres, aprobado por Decreto Municipal Nro. 928/2013; y en el Estatuto Reglamentario de Permisionarios de la Reserva Natural Municipal Laguna de los Padres. A dichos fines realizará, a través de las áreas municipales que resulten competentes, inspecciones de instalaciones y prestaciones de servicios, auditorías, podrá solicitar informes, verificar periódicamente el inventario, como asimismo realizar los procedimientos que considere necesarios a los efectos de velar por el fiel cumplimiento de las obligaciones asumidas. NOVENA: La PERMISIONARIA deberá ajustar su accionar a las siguientes condiciones:

Cumplir con las reglamentaciones que establezca la Municipalidad de Gral. Pueyrredon y no causar inconvenientes a las demás actividades que se desarrollen en el resto del ámbito de ese centro recreativo.

Facilitar las instalaciones cuando le sea requerido por el ENTE. Permitir el acceso del público a los espectáculos recreativos, culturales o de otra índole, que se

realicen. Previo a la realización de nuevas obras o instalaciones o modificación de las existentes deberá

elevar un proyecto de las mismas no pudiendo realizarlas sin la aprobación del ENTE. El ENTE se reserva el derecho de ordenar el traslado total o parcial de las instalaciones a otro sector

cuando así lo determine, por juzgarlo prudente y conveniente, aún cuando no se haya cumplido el plazo establecido, sin derecho a indemnización alguna.

Garantizar la prestación de los servicios durante la vigencia del permiso. Solicitar la habilitación a los organismos municipales correspondientes respecto de la explotación

que realice en el lugar otorgado. DÉCIMA: Durante la vigencia del presente contrato, la PERMISIONARIA deberá dar estricto cumplimiento a las siguientes obligaciones, respecto de los sectores cedidos cuyo cumplimiento será supervisado por el Municipio de General Pueyrredon, a través de sus áreas competentes:

- Mantener a su costa los predios, lo cual incluye mantenimiento, limpieza, corte de césped, recolección de residuos, colocación de cestos de residuos, poda de árboles (previa autorización por parte del ENTE y de la Dirección de Gestión Ambiental – Departamento Arbolado Urbano) y recolección de la misma, mantenimiento de los edificios e instalaciones en buen estado de higiene, limpieza y conservación, lo que significa personal para el cuidado, limpieza y mantenimiento de las baterías de baños públicos a su cargo, desagotes de pozos ciegos, limpieza de tanques de agua con

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los correspondientes certificados de potabilidad, reparaciones, electricidad, pintura, plomería, albañilería y todo lo que fuese necesario a fin de que los edificios se conserven en buen estado.

- Tener a su cargo la vigilancia de todos los sectores permisionados. - Los consumos de energía eléctrica de las instalaciones de los sectores a su cargo, así como también

realizar las gestiones de conexión del servicio ante la empresa proveedora del mismo. - Mantenimiento edilicio de todas las edificaciones cedidas.

DÉCIMA PRIMERA: La PERMISIONARIA reconoce expresamente el carácter de dominio público de la Unidad Recreativa otorgada en los términos del artículo 1º. En virtud de ello y para el supuesto de producirse la extinción contractual, cualquiera fuere el motivo que la origine, acepta y reconoce expresamente las facultades del ENTE y/o autoridad designada al efecto, a los fines de tomar posesión del bien de pleno derecho, en forma directa, y sin necesidad de ningún requerimiento extrajudicial, demanda de desalojo, ni ningún otro procedimiento o acción judicial previa, resultando suficiente a esos fines, el Acto Administrativo que al efecto se dicte. En caso de resolverse la revocación del permiso, la PERMISIONARIA deberá proceder a la desocupación de las instalaciones dentro de los diez (10) días de notificada, bajo apercibimiento de procederse a la desocupación inmediata por vía administrativa y/o por la fuerza pública. DÉCIMA SEGUNDA: La PERMISIONARIA deberá contratar, dentro del plazo improrrogable de quince (15) días contados a partir de la firma del presente, con Compañías autorizadas de sólida posición en el mercado y registradas en el Registro Municipal de Entidades Aseguradoras: seguro de responsabilidad civil comprensiva, cuya cobertura ampare la totalidad de las actividades desarrolladas por la PERMISIONARIA y seguro de responsabilidad civil por incendios y daños a las instalaciones, en ambos casos con las coberturas y alcances que determine el ENTE. Dichas pólizas, anualmente, deberán ser actualizadas en su valor asegurado y estar endosadas a favor de la Municipalidad. DÉCIMA TERCERA: El incumplimiento por parte de la PERMISIONARIA de cualesquiera de las obligaciones contenidas en el presente contrato y/o en la normativa referenciada en la cláusula segunda, en tiempo, modo y lugar en que dichas obligaciones deben ser satisfechas, lo hará pasible de la aplicación de sanciones administrativas, pudiendo el ENTE -a su exclusivo criterio- proceder a la revocación del permiso concedido, y su inhabilitación. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de reclamar los daños y perjuicios que pudieren derivarse del accionar descripto precedentemente. DÉCIMA CUARTA: Por la presente cláusula la PERMISIONARIA se obliga en forma directa al cumplimiento de las obligaciones, responsabilidades, erogaciones, seguros, impuestos, personal y seguridad, conforme lo establecido por el presente contrato, Reglamento de Reserva Natural Municipal Laguna de Los Padres y Estatuto Reglamentario, haciéndose cargo en forma exclusiva de las consecuencias que por la acción y/u omisión se devenguen y pudieren generarse, resultando única responsable. DÉCIMA QUINTA: La PERMISIONARIA se compromete y acuerda en forma irrevocable, a mantener indemne al Municipio otorgante por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo y naturaleza que sea entablada por cualquier persona pública o privada, física o jurídica o dependientes de la PERMISIONARIA o subcontratistas o los dependientes de éstos. La responsabilidad se extenderá a conceptos de capital de indemnización, intereses, gastos y costas sin que la enunciación sea limitativa. DÉCIMA SEXTA: La PERMISIONARIA deberá proceder al sellado de ley del presente contrato, en la proporción que corresponde, asumiendo las responsabilidades emergentes por el incumplimiento a la presente cláusula, que declara conocer y aceptar. DÉCIMA SÉPTIMA: Para todos los efectos derivados del presente, las partes constituyen los domicilios indicados ut-supra, en donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y/o comunicaciones que se cursen, subsistiendo tales domicilios hasta tanto sean sustituidos y notificados en forma fehaciente. Asimismo se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Competentes de la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, con expresa renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, incluso el Federal. En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mar del Plata, a los ....... días del mes de ...........................del año dos mil ………….. ORDENANZA 23366 Sancion 14-9-17 Expte 5046-3-17 Decreto de Promulgación 2366( 25-9-2017) Artículo 1º.- Convalídase el Decreto nº 185 de fecha 14 de junio de 2017 dictado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, por medio del cual se autorizó el uso de la vía pública y corte del tránsito vehicular para el emplazamiento de una carpa para la realización de la muestra denominada “Universidad Nacional de Mar del Plata te invita a estudiar 2017”, organizada por la Secretaría Académica de la Universidad Nacional de Mar del Plata, entre los días 24 de junio y 1º de julio, en la calle Funes entre Rodríguez Peña y San Lorenzo. Artículo 2º.- Comuníquese, etc..- Tonto Sáenz Saralegui Vicente Arroyo ORDENANZA 23371 Sancion 14-9-17 Expte 7419-2-16 Decreto de Promulgación 2372( 25-9-2017) Artículo 1°.- Reconócese de legítimo abono los servicios prestados por el señor Horacio Manuel Lanci, DNI: 5.330.637, C.U.I.T. 20-05330637-4 y autorízase el pago de PESOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON SESENTA CENTAVOS ($65.847,60) por su labor como Director del Coro Municipal Coral Carmina, durante el segundo semestre del año 2016. Artículo 2°.- Comuníquese, etc. Tonto Sáenz Saralegui Rojas Arroyo

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ORDENANZA 23373 Sancion 14-9-17 Expte 6646-2-2017 Decreto de Promulgación 2374 ( 25-9-2017) Artículo 1º.- Acéptase la donación ofrecida por vecinos de la ciudad y visitantes de bienes museables, a favor de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, consistente en:

1 Facón caronero: donación efectuada por la señora Delma Inés Fernández. Hoja de sable. Cabo tronco piramidal liso con remate semiesférico, empuñadura en forma de “S”. Vaina de cuero. dimensiones: 0,42 cm de hoja / 0,17 cm de cabo / 0,11 cm punta vaina / 0,41 cm de cuero de vaina - Circa 1900. Valor aproximado PESOS CINCO MIL ($5.000).

25 láminas de dibujos a la carbonilla denominados La Estancia Vieja, autoría Eleodoro Marenco: donacion efectuada por Jorge Alberto Giorgi, que consiste en la Primera Edición de Octubre de 1972. Incluye dos poesías de Alberto Martín Labiato y Juan Carlos Neyra y tres hojas en texto bilingüe de comentarios a los cuadros de Marenco. Es uno de los 500 ejemplares, de una tirada total de 29500, que llevan la firma del autor. Medidas: 36 x 46 cm. Valor estimado PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS ($4.500).

1 Máquina de escribir marca "Continental". Donación efectuada por Adrián Barroso (Tandil). La maquina posee número de serie "R153650". Conserva intacta la etiqueta de la casa comercializadora Curt Berger y Cia. La maquina es de color negro, posee sistema de escritura tradicional, montada sobre una base de madera de 32cm x 30cm. Caja de transporte, de color negro liso. Año de fabricación 1939. Valor estimado en Argentina PESOS OCHO MIL QUINIENTOS ($8.500).

2 Planchas de hierro a bencina, una marca Volcán y otra marca Rolier. donación efectuada por Elisabeth Roldán. Valor aproximado en Argentina de cada artefacto PESOS OCHOCIENTOS ($800).

1 plancha de hierro a carbón, donación efectuada por Elisabeth Roldan. Valor aproximado en Argentina del artefacto PESOS MIL DOCIENTOS ($1.200).

2 sifones de vidrio cabeza plomo y estaño, origen Tandil. Donación efectuada por Claudia Cecilia Basualdo. Valor aproximado del lote en Argentina PESOS CUATROCIENTOS ($400).

3 Platillos de postre de cerámica china y 1 platillo de bombones de cerámica china donación efectuada por Marisa Poso de López Zubiaurre. Valor aproximado del lote en Argentina: PESOS MIL SEISCIENTOS ($16.000).

2 platillos de bombones de cerámica holandesa, donación efectuada por Marisa Poso de López Zubiaurre. Valor aproximado en Argentina de cada objeto: PESOS CUATROCIENTOS TREINTA ($430).

3 platillos de postre de cerámica patrón Delf de Holanda, donación efectuada por Marisa Poso de López Zubiaurre. Valor aproximado del lote en Argentina PESOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($1.290).

1 bacinilla de porcelana origen Francés. donación efectuada por Marisa Poso de López Zubiaurre. Valor aproximado del objeto en Argentina PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500).

1 frasco de boticario de porcelana policromada. Donación efectuada por Marisa Poso de López Zubiaurre. Valor aproximado del objeto en Argentina: PESOS CINCO MIL QUINIENTOS ($5.500).

1 mantequera de vidrio. donación efectuada por Marisa Poso de López Zubiaurre. Valor aproximado del objeto en Argentina PESOS TRES MIL ($3.000).

Artículo 2º.- Destínanse los bienes aceptados en el artículo anterior al Museo Municipal José Hernández dependiente de la Secretaría de Cultura, previa incorporación al patrimonio municipal. Artículo 3º.- Por la presente se agradece la donación efectuada. Artículo 4º.- Comuníquese, etc.- Tonto Sáenz Saralegui Rojas Arroyo ORDENANZA 23405 Sancion 12-10-17 Expte 834-1-15 Decreto de Promulgación 2534 (18-10-2017 ) Artículo 1º.- Reconócese de legítimo abono y autorízase el pago de la suma que en cada caso se indica, a favor de los artistas abajo nombrados, en concepto de primer y segundo premio adquisición en las especialidades que se detallan, del Salón Municipal de Artes Visuales 2015, realizado en el Museo Municipal “Juan Carlos Castagnino”, en el marco de lo dispuesto en los artículos 140º del Reglamento de Contabilidad y 54º del Decreto Provincial 2980/00.

Premio Disciplina Apellido y Nombre D.N.I nº Monto Primer PINTURA Christiansen Gustavo 20.330.221 $ 25.000.- Segundo PINTURA Minardi Eduardo 16.779.008 $ 8.000.- Primer GRABADO Funes Raúl David 27.416.171 $ 25.000.- Segundo GRABADO Pellejero Mariana 24.036.773 $ 8.000.- Primer DIBUJO Sotelo Omar 21.488.993 $ 25.000.- Segundo DIBUJO Sapia Martín 23.651.791 $ 8.000.- Primer ESCULTURA Basso Daniel 24.326.768 $ 25.000.- Segundo ESCULTURA Roveda Claudio 16.195.297 $ 8.000.- Primer FOTOGRAFÍA Wilson Rae Margarita 23.878.511 $ 25.000.- Segundo FOTOGRAFÍA Pereyra Facundo 26.057.011 $ 8.000.-

Artículo 2º.- Reconócese de legítimo abono y autorízase el pago de la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) a favor de la Asociación de Amigos del Museo de la Ciudad, en su carácter de representante de los Jurados del Salón Municipal de Artes Visuales 2015, realizado en el Museo Municipal de Arte “Juan Carlos

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Castagnino”, en el marco de lo dispuesto en los artículos 140º del Reglamento de Contabilidad y 54º del Decreto Provincial 2980/00. Artículo 3º.- Por intermedio de la Secretaría de Economía y Hacienda se formularán las modificaciones presupuestarias pertinentes. Artículo 4º.- Comuníquese, etc.- Tonto Sáenz Saralegui Rojas Arroyo ORDENANZA 23406 Sancion 12-10-17 Expte 5133-6-17 Cpo 1 Decreto de Promulgación 2535 (18-10-2017 ) Artículo 1º.- Reconócese de legítimo abono y autorízase el pago de la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y TRES MIL SESENTA Y OCHO ($ 193.068) por todo concepto a favor de los efectivos policiales que se detallan en el Anexo I, por los servicios prestados en el período comprendido de junio a diciembre de 2016. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.- Tonto Sáenz Saralegui Vicente Arroyo

ORDENANZA 23407 Sancion 12-10-17 Expte 11504-3-15 Decreto de Promulgación 2536 (18-10-2017 ) Artículo 1º.- Convalídase el Convenio por Mayor Financiamiento firmado con la Subsecretaria de Recursos Hídricos de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda el día 22 de mayo de 2017, que como Anexo I forma parte de la presente, y que tiene por objeto ampliar el financiamiento

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de la Obra Desagüe Pluvial Cuenca del Arroyo del Barco Primera Etapa Sector A de la ciudad de Mar del Plata. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.- Tonto Sáenz Saralegui Dell´Olio Arroyo

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ORDENANZA 23408 Sancion 12-10-17 Expte 10601-3-16 Decreto de Promulgación 2537( 18-10-2017) Artículo 1º.- Reconócese de legítimo abono y autorízase el pago de la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($224.000) a favor de la firma CAZOU RICARDO MARTÍN, en concepto de servicios prestados durante los meses de abril a noviembre de 2016 en el Teatro Municipal Colón. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.- Tonto Sáenz Saralegui Rojas Arroyo

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ORDENANZA 23409 Sancion 12-10-17 Expte 18189-8-09 Decreto de Promulgación 2538 ( 18-10-2017) Artículo 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujeta a expropiación las parcelas necesarias para la utilización de la Plaza Pública, correspondiente a Avda. P.P. Ramos entre Brown y Lavalle; Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección C, Manzana 208 de la ciudad de Mar del Plata, de acuerdo a las previsiones y especificaciones obrantes en el expediente nº 18189-8-2009 del Departamento Ejecutivo (Exp. 1920-D-2017 H.C.D.). Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a gestionar ante la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires la sanción de una ley que autorice la expropiación a que hace referencia el artículo anterior. Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo realizará el parcelamiento y preverá las partidas necesarias para hacer frente a las erogaciones que se produzcan como resultado de las mencionadas expropiaciones. Artículo 4º.- Comuníquese, etc.- Tonto Sáenz Saralegui Vicente Arroyo ORDENANZA 23411 Sancion 12-10-17 Expte 5899-3-17 Decreto de Promulgación 2540(18-10-2017 ) Artículo 1º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo, a través del Ente Municipal de Deportes y Recreación, a suscribir un convenio con “AYÜN ASOCIACION CIVIL”, por medio del cual se otorga permiso precario de uso de un galpón sito en el Parque Camet, Partido de General Pueyrredon, conforme croquis de ubicación de los Anexos I y II, al único y exclusivo fin de instalar un Centro de Equinoterapia; de conformidad al convenio que como Anexo III forma parte de la presente. Artículo 2º.- Comuníquese, etc. Tonto Sáenz Saralegui Lopez Silva Arroyo

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ANEXO III CONVENIO Entre el ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON, representado en este acto por su Presidente, ……………………………….., D.N.I n° ………………………, con domicilio en la calle de los Jubilados s/n° Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”, de la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, en adelante el EMDER, por una parte, y “AYÜN ASOCIACION CIVIL”, Legajo Nro. 01/221.896 DPPJ, representada en este acto por su Presidente, …………………………….. , quien acredita su identidad con DNI nº …………….., con domicilio en calle La Rioja nº 4261 de la Ciudad de Mar del Plata, por la otra, en adelante denominada la ASOCIACION, han convenido en celebrar el presente convenio, el que se regirá por las siguientes cláusulas, a saber: PRIMERA: El EMDER de acuerdo a lo previsto en la Ordenanza nº ………, concede a la ASOCIACION, permiso precario de uso y ocupación gratuito de un galpón sito en el Parque Camet, Partido de General Pueyrredon, para la instalación de un “Centro de Equinoterapia AYÜN para Mar del Plata”, de acuerdo a las constancias obrantes en Expediente nº. ………………, inmueble delimitado en los respectivos croquis que forman parte de la Ordenanza referida. SEGUNDA: El permiso otorgado conforme Cláusula Primera, mantendrá una vigencia de hasta cinco (5) años, contados a partir de la fecha de firma del presente y revestirá carácter precario, pudiendo el EMDER, por razones de conveniencia y oportunidad, revocar el permiso otorgado, sin derecho a indemnización o reclamo alguno por parte de la ASOCIACION. TERCERA: La ASOCIACION utilizará las instalaciones para su actividad específica, no pudiendo albergar, compartir o alquilar las mismas, bajo ninguna circunstancia, sin autorización por escrito del EMDER. El EMDER, a través de la Dirección General de Infraestructura, podrá realizar inspecciones periódicas del espacio cedido a los fines de verificar el cumplimiento de las obligaciones que por el presente se solicitan, labrando informe respectivo. CUARTA: La ASOCIACION tendrá las siguientes obligaciones:

a) Dar estricto cumplimiento a las Cláusulas Particulares que como Anexo forman parte del presente convenio.

b) La ASOCIACION se compromete a realizar conexiones independientes a las redes de servicios públicos (luz, gas, telefonía, internet, etc.), instalando en caso de ser necesario sus propios medidores, siempre en el interior del sector cedido. Controlar que el consumo de energía eléctrica, gas natural y agua corriente se realice de forma moderada.

c) Mantener las instalaciones del predio y del edificio en buenas condiciones durante la obra, y durante el período de vigencia del permiso.

d) Realizar tareas de limpieza y orden en todo el predio y sus alrededores, el cuidado del sector adyacente y la iluminación y accesibilidad, de acuerdo a las normas vigentes.

e) Realizar las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo que sean necesarias. f) Contratar seguro de responsabilidad civil comprensiva cuya cobertura alcance la actividad a

desarrollar, y seguro por robo y daños al predio, de acuerdo a los montos y alcances que el EMDER establezca al efecto, en una o varias empresas reconocidas dentro del Registro Municipal de Entidades Aseguradoras. Las pólizas de seguro deberán encontrarse endosadas a favor del EMDER (Ente Municipal de Deportes y Recreación).

QUINTA: Quedará a exclusivo cargo de la ASOCIACION la custodia del equipamiento deportivo y demás bienes de su propiedad que se utilicen para equipar el gimnasio. El EMDER no se responsabilizará por la pérdida, destrucción total o parcial, o faltante de elementos, que pueda producirse dentro del predio cedido, quedando a exclusivo cargo de la ASOCIACION la contratación de los respectivos seguros. SEXTA: Se establecen como causales de revocación del permiso de uso otorgado por el presente las siguientes: a) Cambio de destino de las instalaciones que le fueron cedidas. b) Cesión de la tenencia y/o transferencia del permiso. c) Intrusión de terceros. d) Abandono del espacio y/o de las instalaciones. e) Daños al espacio por acción u omisión en el uso o utilización de sus instalaciones. f) Incumplimiento de las obligaciones a cargo de la ASOCIACION. SEPTIMA: Ante el requerimiento del EMDER y para los supuestos de revocación del permiso, la ASOCIACION deberá proceder a la desocupación inmediata por vía administrativa, con el concurso de la fuerza pública en caso de necesidad. OCTAVA: Para todos los efectos legales emergentes del presente, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Competentes del Departamento Judicial Mar del Plata, renunciando desde ya a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles. Los firmantes declaran en forma expresa la plena validez de todas las notificaciones realizadas o a realizarse judicial y/o extrajudicialmente en los domicilios especiales arriba constituidos.- Se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo cada parte un ejemplar en este acto, de lo que queda constancia a través de las siguientes firmas, en la ciudad de Mar del Plata, a los ……….. días del mes de ……….. de dos mil ……….-

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ANEXO CLAUSULAS PARTICULARES SECTOR DE EXPLOTACION El sector para la explotación de dicha actividad, se delimita en plano adjunto como ANEXO II. La ASOCIACIÓN será la responsable del cuidado, mantenimiento y seguridad del mismo. Bajo ningún motivo el EMDER será responsable por los daños o descuidos que pudieran ocasionarse. El acceso al galpón cedido, es el mismo que utiliza el EMDER, por ende se deberán respetar horarios de ingreso de tractores y maquinarias de gran porte al sector compartido. La ASOCIACIÓN deberá realizar todas las tareas de mantenimiento del predio y de todas sus instalaciones a su costo. OBRAS A REALIZAR Y TAREAS DE MANTENIMIENTO Las obras y mejoras que se solicitan son las siguientes: Colocación de canaleta (zinguería) sobre el lateral del galpón lindante (perteneciente al EMDER), ya que entre ambos techos queda una luz, que debe cerrarse con zinguería, para que no se vean afectados tras las lluvias los galpones y tengan su caída correspondiente. Construcción de uno o más sanitarios, ya que el galpón no cuenta con los mismos y son necesarios para el correcto funcionamiento de la actividad. En el caso de las instalaciones, deberán tener medidores individuales en el predio cedido. Electricidad: Las conexiones de servicio hasta el medidor inclusive, permanecerán en propiedad del permisionario quedando a su cargo su conservación y siendo el responsable de cualquier perjuicio que se produjera a las mismas y/o a terceros. El permisionario deberá realizar todas las obras y/o modificaciones en la instalación eléctrica para cumplir con las pautas dadas en la ordenanza vigente (cañerías, conductores, tomacorrientes, puesta a tierra, tableros, etc.) El permisionario será el encargado de realizar las tareas de mantenimiento del área cedida y de adecuarse a las normas actuales, haciéndose responsable de los perjuicios que la falta de mantenimiento genere, debiéndose considerar las condiciones ambientales, los efectos de la vegetación y de los animales sobre los equipos e instalaciones eléctricas que se encuentren a la intemperie. Las instalaciones eléctricas deberán ser revisadas periódicamente cada año por personal profesional certificado por el colegio pertinente, el cual deberá enviar un informe detallado del resultado de la inspección al EMDER, dicho informe deberá notificar si las condiciones técnicas y de seguridad se ajustan a lo establecido por la ordenanza vigente. Las instalaciones deberán ser mantenidas en buen estado conservando las características originales de cada uno de sus componentes. Todas las anormalidades constatadas o potenciales de la instalación deberán ser corregidas mediante el reemplazo o reparación por personal profesional. Se deberá realizar un informe detallado de la situación y se entregará al EMDER quedando éste notificado de las medidas correctivas tomadas. Gas: El permisionario no podrá realizar ninguna obra y/o conexión de gas, sea ésta provisoria o definitiva, sin la autorización previa del EMDER, quien solicitará la inspección y aprobación de la empresa distribuidora de gas natural (Camuzzi Gas Pampeana). Agua: El o los tanques e instalaciones deben encontrarse en condiciones adecuadas, tanto de funcionamiento como estructura en general. La limpieza y desinfección de los tanques de agua se debe realizar una vez al año, preferentemente antes de la llegada del verano. Las tareas de limpieza y desinfección de los tanques de agua del predio que ocupan, deberán ajustarse a lo establecido en la Ordenanza vigente de la Municipalidad del Partido de Gral. Pueyrredon. El permisionario deberá presentar al EMDER un Certificado de Análisis de las muestras extraídas tomadas de la válvula de limpieza del tanque de reserva, tanque de bombeo y en canillas de la instalación interna del inmueble. Dicho certificado será confeccionado por organismos estatales (OSSE, UNMDP, etc.) o privados: Técnicos Químicos, Ingenieros Químicos, Licenciados en Ciencias Químicas, Bioquímica y/u otra profesión o carrera con incumbencia otorgada. En el caso de los organismos privados, el mismo deberá poseer el visado del Colegio Profesional correspondiente. Además del Certificado de Análisis de las muestras de agua, el concesionario deberá presentar ante el EMDER, el certificado de limpieza y desinfección de los tanques de agua con firma del responsable técnico a cargo. Obras: Previo a la ejecución de cualquier obra nueva o refacción, la ASOCIACIÓN deberá presentar un proyecto para la aprobación del EMDER y en el caso que éste autorice la ejecución, se deberá presentar previamente planos de obra, firmados por un profesional y visados por el Colegio profesional correspondiente. Las obras deberán ajustarse al REGLAMENTO GENERAL DE CONSTRUCCIONES. Habilitación: En el caso que fuera necesario, el permisionario deberá gestionar ante la Dirección General de Inspección General el correspondiente trámite de habilitación. Cumplimentado el mismo, informará al EMDER. Espacios verdes: El permisionario mantendrá en correctas condiciones los espacios verdes, para ello efectuará: Los cortes de pasto, la poda de los árboles (si correspondiera) previa autorización del EMDER y con presentación de la solicitud escrita; y la reposición e implantación de nuevos ejemplares de árboles.

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Se deberá implementar un cerramiento exterior del sector, con palos, ligustros o cercos, delimitando el paso de los equinos por su seguridad, la de los usuarios y vecinos del sector. HIGIENE Y SEGURIDAD Deberá cumplir con todas las normas de higiene y seguridad, no solo del mantenimiento del sector, sino también con las sanitarias respectivas a dicha actividad, como por ejemplo: libretas sanitarias de los equinos, con certificados de vacunación pertinentes, etc. Para el cumplimiento de lo antes descripto en el ítem “Higiene y Seguridad”, se deberá dar lugar al área competente en el tema Zoonosis. ORDENANZA 23412 Sancion 12-10-17 Expte 7747-4-16 Decreto de Promulgación 2541 (18-10-2017 ) Artículo 1º.- Convalídase el Convenio celebrado entre el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, registrado bajo el nº 1183-17 que, como Anexo I forma parte de la presente, cuyo objetivo general consiste en implementar, entre las partes, el marco adecuado para la cooperación técnica y operativa que permita la oportuna producción de estadísticas, mediante criterios y metodologías adecuadas.

Artículo 2º: Comuníquese, etc.- Tonto Sáenz Saralegui De Rosa Arroyo

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ORDENANZA 23413 Sancion 12-10-17 Expte 1397-0- 17 Decreto de Promulgación 2542 (18-10-2017 ) Artículo 1º.- Déjase sin efecto, conforme lo determina el artículo 22º del Decreto Municipal nº 15/67, el reconocimiento municipal otorgado a la Asociación Vecinal de Fomento COLINALEGRE, con domicilio en la calle El Zorzal y la Golondrina, Legajo de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas n° 64.340, por no cumplir los requisitos mínimos para actuar como tal, según lo establecen las normas contenidas en dicha Disposición. Artículo 2º.- Reconócese, de acuerdo a las disposiciones del Decreto nº 15/67, a la Sociedad de Fomento COLINALEGRE, con domicilio en Ruta 88 Km. 9,5 de la localidad de Batán, Partido de General Pueyrredon, Legajo N° 217.036, de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Artículo 3º.- El radio de acción en que la entidad reconocida en el artículo 3º deberá desarrollar sus actividades, será el siguiente: al Norte vías del Ferrocarril, con límite de la Sección “S”, manzanas 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, siguiendo al Sud Este, manzanas 7, 8, 12, 19, 26, 32, 39 y 46 calle en medio con las parcelas 180a y 180b, continúa al Sud Oeste manzanas 46, 45, 44, 43, 42, 41 y 40 calle en medio con parcela 203h, cerrando

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el mismo con las manzanas 40, 33, 27, 20 y 13, calle en medio con parcela 203h, todas de la Circunscripción IV, Sección S. Artículo 4º.- Abrógase el Decreto nº 1663/86 del Departamento Ejecutivo y la Ordenanza nº 6651. Artículo 5º.- Comuníquese, etc. Tonto Sáenz Saralegui Vicente Arroyo ORDENANZA 23414 Sancion 12-10-17 Expte 6907-3-16 Decreto de Promulgación 2543(18-10-2017 ) Artículo 1º.- Déjase sin efecto, conforme lo determina el artículo 22º del Decreto nº 15/67 del Departamento Ejecutivo, el reconocimiento municipal otorgado a la Asociación Vecinal de Fomento Aeroparque, con domicilio en la calle Acevedo 7595, Legajo de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas n° 35028, por no cumplir los requisitos mínimos para actuar como tal, según lo establecen las normas contenidas en dicha Disposición. Artículo 2º.- Reconócese, de acuerdo a las disposiciones del Decreto nº 15/67, a la Sociedad de Fomento Barrio Aeroparque, con domicilio en la calle Jovellanos 1620 de Mar del Plata, Legajo de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas n° 216.152. Artículo 3º.- El radio de acción en que la entidad reconocida en el artículo 3º deberá desarrollar sus actividades será el siguiente: Avenida Arturo Alió, Avda. Constitución, Ruta Provincial nº 2 y el Arroyo "La Tapera". Artículo 4º.- Abrógase el Decreto nº 652/72 del Departamento Ejecutivo. Artículo 5º.- Comuníquese, etc. Tonto Sáenz Saralegui Vicente Arroyo ORDENANZA 24418 Sancion 12-10-17 Expte 13830-2-17 Cpo 1 Decreto de Promulgación 2547 (18-10-2017 ) Artículo 1º.- Convalídase el Decreto nº 305 dictado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante el día 6 de octubre de 2017, por el cual se modificó el artículo 83º de la Ordenanza Impositiva vigente (Ordenanza nº 23.022). Artículo 2º.- Comuníquese, etc.- Tonto Sáenz Saralegui Mourelle Arroyo ORDENANZA 23419 Sancion 12-10-17 Expte 13039-0-17 Decreto de Promulgación 2590 (23-10-2017 ) Artículo 1°.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon otorga el título de “Vecino Destacado” al Profesor Don Juan Bautista González por su trayectoria, compromiso y solidaridad con la comunidad. Artículo 2°.- Entréguese copia de la presente, con sus fundamentos, al Profesor Don Juan Bautista González en un acto a convocarse en el Recinto de Sesiones “CPN Carlos Mauricio Irigoin”. Artículo 3º.- Comuníquese, etc.- Tonto Sáenz Saralegui Rojas Arroyo

FUNDAMENTOS El presente reconocimiento tiene por objeto destacar la trayectoria del Profesor Juan Bautista González. Juan Bautista, de 74 años de edad, es un ejemplo de vida para aquellos que comparten cada una de sus clases o su arte en los distintos coros que participa o dirige, y un claro ejemplo de superación de las capacidades humanas, mas allá de lo que las circunstancias impongan como eventual limitante. Lejos de ser no vidente desde hace más de 40 años un impedimento, este vecino, destacado por sus conciudadanos por su aporte a la calidad de vida de las personas y de la mano de un claro y conmovedor ejemplo de vida, supo poner su impronta esperanzadora en cada tarea que emprende, cumpliendo invariablemente cada uno de sus compromisos, viajando día a día en colectivo desde el barrio San Jacinto para atender, ayudar y motivar a las personas que se acercan a cantar en sus coros. En 1999 funda el “Coro Alegría” participando activamente desde su fundación del Programa para la Tercera Edad de la Municipalidad de General Pueyrredon, así como del programa cultural del PAMI del 2002 al 2005. En los años 2004 y 2005 asumió la Presidencia de la Sociedad de Fomento del Barrio San Jacinto, logrando importantes avances para la propia sede, así como diversas mejoras en áreas como el transporte, alumbrado público, vías de acceso y seguridad general del barrio en particular y la zona en general, no perdiendo nunca su impronta cultural, coordinando diversos eventos y dando inicio a importantes ciclos de acceso a la educación laboral y artística que aún hoy siguen vigentes.

El incremento de las actividades del “Coro Alegría” hace que en 2005 deje su lugar en la sociedad de fomento para viajar más asiduamente al centro de nuestra ciudad, donde atendía las diversas obligaciones artísticas del mencionado coro, conciertos programados especialmente en geriátricos y casas comunales de contención social, culminando en cada uno de ellos con las palabras del Profesor Juan Bautista González, dando testimonio de su compromiso y servicio al prójimo, dejando un mensaje esperanzador en cada actuación.

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El “Coro Alegría” ha participado de todos los encuentros corales, representando a la cultura de la tercera edad de la ciudad de Mar del Plata, mostrando el trabajo artístico y las bondades del canto coral destacándose:

- De 2005 en adelante formó parte de la programación anual de la Carpa de las Colectividades. - En 2006 realizó una gira cultural por las ciudades de Salta, representando a la cultura de la ciudad,

recibiendo en ese mismo año el premio “Santa Rosa de Lima” otorgado por el Centro de Residentes de Bragado en Mar del Plata.

- En 2007 y 2008 se trabajó arduamente en la creación de otras organizaciones corales en la zona, incluyendo las giras por Lobería, Villa Gesell y Gonzáles Chávez, con conciertos didácticos que estimulaban la realización de la actividad en cada ciudad.

- En febrero de 2009 recibe el premio “Faro de ORO” por su labor artística y social al servicio de los barrios de la ciudad.

- En marzo de 2009 se hace acreedor del premio “Reconocimiento a la Labor Cultural y al Incremento de la Calidad de Vida de la Tercera Edad” del Centro de Residentes de Bragado en Mar del Plata.

- De 2010 a 2012 se realizaron numerosas presentaciones en hogares, teatros y sociedades de fomento, en el marco del programa “El Colón Camina”, llevando su mensaje de esperanza a cientos de personas.

En el año 2015 el Profesor Juan Bautista González se integra al “Grupo Éxodo” dependiente del Club Español de Mar del Plata, con la intención de incrementar la llegada cultural a sus conciudadanos, colaborando en noviembre de ese mismo año con la Fundación San Cayetano. En marzo de 2016 crea el coro “II Ricordo” actuando en la carpa de las colectividades y en el primer encuentro coral de coros italianos, contando a la fecha con múltiples presentaciones con vecinos que desean cantar en el idioma italiano, siendo un homenaje estable para nuestras bases productivas y poblacionales de las primeras horas de la ciudad de Mar del Plata. En agosto de 2016 crea el coro “Melodía” que ofrece una alternativa para aquellos vecinos que quieren cantar temas clásicos melódicos. Este coro tuvo una recordada participación a fines de ese año en el encuentro de coros, realizado en el Instituto Unzué, destacándose la calidad de su interpretación, así como el espectáculo general que ofrecieron. Actualmente, sigue dirigiendo las tres organizaciones corales, llevando un mensaje profundo y lleno de esperanza a cada rincón de nuestra ciudad, irradiando con su arte su ejemplo y compromiso solidario.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante declara “Vecino Destacado” de la ciudad de Mar del Plata y expresa su reconocimiento al Profesor Juan Bautista González por constituir un ejemplo a nuestra comunidad. ORDENANZA 23420 Sancion 12-10-17 Expte 13037-6-17 Decreto de Promulgación 2591 (23-10-2017 ) Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon otorga el título “Vecino Destacado” de la ciudad de Mar del Plata al Sr. Juan Carlos Delfino, por su aporte a la difusión folklórica y cultural de nuestra tradición. Artículo 2º.- Entréguese copia de la presente, con sus fundamentos, al Sr. Juan Carlos Delfino, en un acto a convocarse en el Recinto de Sesiones “C.P.N Carlos Mauricio Irigoin” del Honorable Concejo Deliberante. Artículo 3º.- Comuníquese, etc.- Tonto Sáenz Saralegui Rojas Arroyo FUNDAMENTOS El presente reconocimiento tiene por objeto destacar la trayectoria dedicada al baile del folklore del señor Juan Carlos Delfino. Sus primeros pasos los dio junto a sus hermanos Alcira y José y, de la mano de su madre Pichona, emprende este viaje junto a la danza que lleva casi 50 años. Siendo el folklore argentino parte de su vida y de la de su familia -hecho que trasciende lo artístico- hizo y hace desde un escenario o una clase de baile un vínculo mágico entre las personas y el arte, entre la gente y sus tradiciones, buscando difundir nuestro patrimonio cultural y teniendo como objetivo dar a conocer el arte nativo, siempre vivo en cada expresión folklórica que marca día a día nuestra identidad como país. En 1970, siguiendo la influencia familiar de la familia Delfino, Juan Carlos aprendió a bailar y con los años, en la Peña Santa Ana, pudo integrar el grupo que representaba a la institución, cuya dirección estaba a cargo de los profesores Ana Blanco y Carlos Radaelli. La Peña Santa Ana fue pionera junto con la Agrupación El Ceibo y otros grupos de esa época en trascender nuestra ciudad, llevando el arte folklórico por el país a través de presentaciones, intercambios culturales y multitudinarias peñas que albergaban a los mejores exponentes de la música folklórica de esa época. De este grupo y luego de algunos años, se gesta la idea de conformar una institución dedicada a mostrar nuestras danzas en su forma tradicional y con coreografías e ideas pensadas para un escenario o dentro de una obra teatral, con vestuarios acorde a la interpretación y estilo del cuadro coreográfico, sin perder la esencia y la estética de nuestros bailes típicos. Junto con esta iniciativa nace la “Agrupación Folklórica Huellas Argentinas” como ballet folklórico, con el padrinazgo de Miguel Gromas y los profesores Ana Blanco y Carlos Radaelli. Al poco tiempo de su creación le delegan la dirección general a Juan Carlos Delfino y la responsabilidad de seguir las huellas de muchos folkloristas marplatenses que marcaron un rumbo cultural, artístico y social de una institución que lleva más de 35 años de trayectoria ininterrumpida. Con innumerables premios y reconocimientos la Agrupación Huellas Argentinas ha representado y representa a la ciudad en los más importantes escenarios del país y ha realizado más de 50 obras, siendo el ballet oficial en diferentes fiestas zonales y provinciales con giras por Chile, Brasil, Bolivia, Estados Unidos y gran parte de Europa en tres ocasiones.

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En la actualidad, la Agrupación está conformada por más de 80 bailarines divididos en categorías según las edades desde los 4 a los 85 años, siendo los profesores Jorge y Gabriela Delfino los que siguen la huella de su padre. En este largo camino de esfuerzo, dedicación y mucho amor a nuestro arte folklórico es importante mencionar a la Señora Ana Méndez, pilar fundamental de todos estos logros alcanzados en estos años. Por ello, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon otorga el título “Vecino Destacado” de la ciudad de Mar del Plata al Señor Juan Carlos Delfino, por su aporte a la difusión folklórica y cultural de nuestra tradición. ORDENANZA 23421 Sancion 12-10-17 Expte 13035-2-17 Decreto de Promulgación 2592 (23-10-2017 ) Artículo 1º.- Declárase Patrimonio Cultural Intangible del Partido de General Pueyrredon a la Banda Sinfónica Municipal por su labor centenaria, siendo una de la más antigua del país y referente de la identidad y la cultura de la ciudad. Artículo 2º.- Entréguese copia de la presente a su Director, Maestro José María Ulla, en un acto a convocarse al efecto en el Recinto de Sesiones “C.P.N. Carlos Mauricio Irigoin” del Honorable Concejo Deliberante. Artículo 3º.- Comuníquese, etc.- Tonto Sáenz Saralegui Rojas Arroyo DECRETOS DECRETO Nº 2170 (04-09-2017) Expte. 527-4-15 Alc. 23 Cpo. 1 Artículo 1º.- Impónese a la Empresa Transportes 9 de Julio S.A. una multa de pesos cincuenta y tres mil cuatrocientos veintinueve con 60/100 ($ 53.429,60.-) por las Actas de Infracción labradas por los Servicios de Higiene en el Partido de Gral. Pueyrredon, durante el mes de Marzo de 2017; - Expte. nº 527-4-2015 Cpo 01 Alc. 23. Artículo 2º.- Impútese el ingreso a Tipo 12 – Clase 6 - Concepto 03. Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretario de Economía y Hacienda y el Presidente del Ente Municipal de Servicios Urbanos. Artículo 4º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y notifíquese a la Contratista. LEITAO SCHROEDER ARROYO DECRETO Nº 2171 (04-09-2017) Expte. 527-4-2015 Alc. 22 Cpo. 1 Artículo 1º.- Impónese a la Empresa Transportes 9 de Julio S.A. una multa de pesos cuarenta y cuatro mil doscientos diecisiete con 60/100 ($ 44.217,60.-) por las Actas de Infracción labradas por los Servicios de Higiene en el Partido de Gral. Pueyrredon, durante el mes de Febrero de 2017; - Expte. nº 527-4-2015 Cpo 01 Alc. 22. Artículo 2º.- Impútese el ingreso a Tipo 12 – Clase 6 - Concepto 03. Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretario de Economía y Hacienda y el Presidente del Ente Municipal de Servicios Urbanos. Artículo 4º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y notifíquese a la Contratista. LEITAO SCHROEDER ARROYO DECRETO Nº 2175 (04-09-2017) Expte. 18139-3-2009 Cpo. 1 Alc. 3 Cpo. 19 Artículo 1º.- Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por EMPRENDIMIENTOS TERMINAL S.A. contra la Resolución Nº 986/17 de las Secretarías de Obras y Planeamiento Urbano, y de Gobierno, por los motivos expuestos en el exordio del presente. Artículo 2º.- Ratifícanse en todos sus términos las Resoluciones Nº 986/17 y Nº 1402/17, ambas de las Secretarías de Gobierno, y de Obras y Planeamiento Urbano. Artículo 3º.- Convócase a EMPRENDIMIENTOS TERMINAL S.A. en los términos de la Cláusula 66º del Contrato de Concesión Nº 0926/12 a proseguir, en un plazo de 48 horas hábiles contadas a partir de la notificación de la presente, con la instancia administrativa previa de consenso que fuera iniciada el 24 de Mayo de 2017 en la sede de la Secretaría de Obras y Planeamiento a efectos de determinar la fecha de retiro de los soportes publicitarios y promocionales, en todos los ámbitos que se utilicen, que contengan el uso indebido del nombre de fantasía “Paseo Aldrey Cultural y Comercial” para referir al “Centro Cultural Estación Terminal Sur”. Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y el Señor Secretario de Obras y Planeamiento Urbano. Artículo 5º.-Regístrese, publíquese, dése al Boletín Municipal y para su notificación intervenga la Dirección de Coordinación Técnico Administrativa de la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano. DE PAZ VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2223 (08-09-2017) Expte. 12180-5-2016 Cpo. 1 ARTÍCULO 1º.- Llámase a Concurso General para cubrir del cargo de Primera Categoría de Fila Orquesta Sinfónica, CF 3-19-00-01, Nº de Orden 5375, con 35 horas semanales, para cumplir funciones de Violín en el Departamento de Organismos Artísticos.

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ARTÍCULO 2º.- Desígnanse a los integrantes del jurado que tiene a su cargo la evaluación del concurso autorizado en el artículo anterior: TITULARES: Lurbe, Diego Adolfo, Legajo Nº 32918/1, Director Orquesta Sinfónica. Kemelmajer, Fernando Aron, Legajo Nº 13089/1, Concertino de la Orquesta Sinfónica. Flores, Gustavo Horacio, Legajo Nº 12048/1, Solista Orquesta Sinfónica. SUPLENTES: Ulla, José María Alejandro, Legajo Nº 25400/1, Director Banda de Música. Albornoz, Pablo José, Legajo Nº 22903/1, Suplente Solista Orquesta Sinfónica. Diel Losada, Paula Mariana, Legajo Nº 28458/1, Suplente Solista Orquesta Sinfónica. ARTÍCULO 3º.- El Sindicato de Trabajadores Municipales podrá designar un veedor, conforme lo establecido en el Punto VIII del Decreto Nº 1843/17. ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Cultura. ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y por la Dirección de Personal efectúense las comunicaciones pertinentes. Cumplido, vuelva al Departamento Técnico de la Dirección de Personal. ROJAS VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2224 (08-09-2017) Expte. 5285-1-2014 Cpo. 1 ARTÍCULO 1º.- Llámase a Concurso General para cubrir el cargo de Solista Banda de Música, CF 3-21-00-03, Nº de Orden 5432, con 35 horas semanales, para cumplir funciones de Corno en el Departamento de Organismos Artísticos de la Secretaría de Cultura. ARTÍCULO 2º.- Desígnanse a los integrantes del jurado que tiene a su cargo la evaluación del concurso autorizado en el artículo anterior: TITULARES: Ulla, José María Alejandro, Legajo Nº 25400/1, Director Banda de Música. Tallarita, Marcos Enzo, Legajo Nº 28459/1, Solista Orquesta Sinfónica. Lamas, Eduardo Enrique, Legajo Nº 26578/1, Solista Banda de Música. SUPLENTES: Lurbe, Diego Adolfo, Legajo Nº 32918/1, Director Orquesta Sinfónica. Lapiana, Hugo Alberto, Legajo Nº 12278/1, Solista Banda de Música. Di Virgilio, José Luis, Legajo Nº 13285/1, Solista Banda de Música. ARTÍCULO 3º.- El Sindicato de Trabajadores Municipales podrá designar un veedor, conforme lo establecido en el Punto VIII del Decreto Nº 1843/17. ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Cultura. ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y por la Dirección de Personal efectúense las comunicaciones pertinentes. Cumplido, vuelva al Departamento Técnico de la Dirección de Personal. ROJAS VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2225 (08-09-2017) Expte. 8799-3-2017 Cpo. 1 ARTÍCULO 1º.- Llámase a Concurso General para cubrir el cargo de Solista Banda de Música, CF 3-21-00-03, Nº de Orden 5963, con 35 horas semanales, para cumplir funciones de Bombardino en el Departamento de Organismos Artísticos. ARTÍCULO 2º.- Desígnanse a los integrantes del jurado que tiene a su cargo la evaluación del concurso autorizado en el artículo anterior: TITULARES: Ulla, José María Alejandro, Legajo Nº 25400/1, Director Banda de Música. Lamas, Eduardo Enrique, Legajo Nº 26578/1, Solista Banda de Música. Lapiana, Hugo Alberto, Legajo Nº 12278/1, Solista Banda de Música. SUPLENTES: Lurbe, Diego Adolfo, Legajo Nº 32018/1, Director Orquesta Sinfónica. Tallarita, Marcos Enzo, Legajo Nº 28459/1, Solista Orquesta Sinfónica. Di Virgilio, José Luis, Legajo Nº 13285/1, Solista Banda de Música. ARTÍCULO 3º.- El Sindicato de Trabajadores Municipales podrá designar un veedor, conforme lo establecido en el Punto VIII del Decreto Nº 1843/17. ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Cultura. ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y por la Dirección de Personal efectúense las comunicaciones pertinentes. Cumplido, vuelva al Departamento Técnico de la Dirección de Personal. ROJAS VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2226 (08-09-2017) Expte. 8800-2-2017 Cpo. 1 ARTÍCULO 1º.- Llámase a Concurso General para cubrir el cargo de Suplente Solista Banda de Música, CF 3-20-00-03, Nº de Orden 5414, con 35 horas semanales, para cumplir funciones de Saxofón en el Departamento de Organismos Artísticos. ARTÍCULO 2º.- Desígnanse a los integrantes del jurado que tiene a su cargo la evaluación del concurso autorizado en el artículo anterior: TITULARES: Ulla, José María Alejandro, Legajo Nº 25400/1, Director Banda de Música. Paravizini, Oscar Alberto, Legajo Nº 14871/1, Solista Orquesta Sinfónica. Romano, Mario Andrés, Legajo Nº 19960/1, Solista Orquesta Sinfónica.

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SUPLENTES: Lurbe, Diego Adolfo, Legajo Nº 32018/1, Director Orquesta Sinfónica. Buffa, Gabriel, Legajo Nº 27069/1, Solista Banda de Música. D’Orso, Juan Carlos, Legajo Nº 21235/1, Solista Banda de Música. ARTÍCULO 3º.- El Sindicato de Trabajadores Municipales podrá designar un veedor, conforme lo establecido en el Punto VIII del Decreto Nº 1843/17. ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Cultura. ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y por la Dirección de Personal efectúense las comunicaciones pertinentes. Cumplido, vuelva al Departamento Técnico de la Dirección de Personal. ROJAS VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2227 (08-09-2017) Expte. 8803-3-2017 Cpo. 1 ARTÍCULO 1º.- Llámase a Concurso General para cubrir el cargo de Músico de Fila Banda de Música, CF 3-19-00-04, Nº de Orden 5381, con 35 horas semanales, para cumplir funciones de Clarinete en el Departamento de Organismos Artísticos. ARTÍCULO 2º.- Desígnanse a los integrantes del jurado que tiene a su cargo la evaluación del concurso autorizado en el artículo anterior: TITULARES: Ulla, José María Alejandro, Legajo Nº 25400/1, Director Banda de Música. Buffa, Gabriel, Legajo Nº 27069/1, Solista Banda de Música. Kreymeyer, Iván, Legajo Nº 27068/1, Suplente Solista Banda de Música. SUPLENTES: Lurbe, Diego Adolfo, Legajo Nº 32018/1, Director Orquesta Sinfónica. Romano, Mario Andrés, Legajo Nº 19960/1, Solista Orquesta Sinfónica. Asaro, Gustavo, Legajo Nº 16947/1, Suplente Solista Orquesta Sinfónica. ARTÍCULO 3º.- El Sindicato de Trabajadores Municipales podrá designar un veedor, conforme lo establecido en el Punto VIII del Decreto Nº 1843/17. ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Cultura. ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y por la Dirección de Personal efectúense las comunicaciones pertinentes. Cumplido, vuelva al Departamento Técnico de la Dirección de Personal. ROJAS VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2228 (08-09-2017) Expte. 8804-0-2017 Cpo. 1 ARTÍCULO 1º.- Llámase a Concurso General para cubrir el cargo de Solista Banda de Música, CF 3-21-00-03, Nº de Orden 5434, con 35 horas semanales, para cumplir funciones de Oboe en el Departamento de Organismos Artísticos. ARTÍCULO 2º.- Desígnanse a los integrantes del jurado que tiene a su cargo la evaluación del concurso autorizado en el artículo anterior: TITULARES: Ulla, José María Alejandro, Legajo Nº 25400/1, Director Banda de Música. Cañón, Juan Mariano, Legajo Nº 28442/1, Solista Orquesta Sinfónica. Buffa, Gabriel, Legajo Nº 27069/1, Solista Banda de Música. SUPLENTES: Lurbe, Diego Adolfo, Legajo Nº 32018/1, Director Orquesta Sinfónica. Gautín, Gerardo Miguel, Legajo Nº 18292/1, Solista Orquesta Sinfónica. Rossini, Mario Alejandro, Legajo Nº 13545/1, Solista Banda de Música. ARTÍCULO 3º.- El Sindicato de Trabajadores Municipales podrá designar un veedor, conforme lo establecido en el Punto VIII del Decreto Nº 1843/17. ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Cultura. ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y por la Dirección de Personal efectúense las comunicaciones pertinentes. Cumplido, vuelva al Departamento Técnico de la Dirección de Personal. ROJAS VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2229 (08-09-2017) Expte. 9152-1-2017 Cpo. 1 ARTÍCULO 1º.- Llámase a Concurso General para cubrir el cargo de Suplente Solista Banda de Música, CF 3-20-00-03, Nº de Orden 5411, con 35 horas semanales, para cumplir funciones de Clarinete en el Departamento de Organismos Artísticos. ARTÍCULO 2º.- Desígnanse a los integrantes del jurado que tiene a su cargo la evaluación del concurso autorizado en el artículo anterior: TITULARES: Ulla, José María Alejandro, Legajo Nº 25400/1, Director Banda de Música. Borgognoni, Gonzalo Ariel, Legajo Nº 27071/1, Solista Banda de Música. Buffa, Gabriel, Legajo Nº 27069/1, Solista Banda de Música. SUPLENTES: Lurbe, Diego Adolfo, Legajo Nº 32018/1, Director Orquesta Sinfónica. Romano, Mario Andrés, Legajo Nº 19960/1, Solista Orquesta Sinfónica. Asaro, Gustavo, Legajo Nº 16947/1, Suplente Solista Orquesta Sinfónica. ARTÍCULO 3º.- El Sindicato de Trabajadores Municipales podrá designar un veedor, conforme lo establecido en el Punto VIII del Decreto Nº 1843/17.

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ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Cultura. ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y por la Dirección de Personal efectúense las comunicaciones pertinentes. Cumplido, vuelva al Departamento Técnico de la Dirección de Personal. ROJAS VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2322 (25-09-2017) Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el "VI Taller sobre Cianobacterias Toxígenas en Argentina" que, organizado por la FIBA – Fundación para Investigación Biológicas Aplicadas, se celebrará en la ciudad de Mar del Plata los días 23 y 24 de noviembre de 2017, en instalaciones del mencionado Centro, sito en la calle Vieytes nº 3103. Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente de Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado. Artículo 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese y a los efectos pertinentes intervenga la Dirección de Administración y dependencias competentes. Wgr DELL OLLIO ARROYO DECRETO Nº 2324 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación y hasta el 31 de diciembre de 2017, inclusive, a la señorita GERMANA ASTRID STINSHOFF (Legajo Nº 33569/1– M.I. Nº 21.506.338) como PERSONAL DE SERVICIO INICIAL (C.F. 7-01-00-01 – 35 hs. semanales – sobre Nº de Orden 2937), con dependencia de la Escuela de Formación Profesional Nº 7 “Gabriela Mistral” (U.E. 08-00-0-2-3-07), con carácter de Personal Temporario Mensualizado. ARTICULO 2º.- Déjase constancia que la modalidad horaria de la agente designada mediante el Artículo 1º del presente, será de acuerdo a las necesidades de la dependencia donde se desempeñe, pudiendo ser en horario matutino, vespertino y/o nocturno. ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - Prog. 26-00-00 - Fin. y fun. 3-4-3 – UER 10 – F. Fin 1-1-0 - Inc. 1 - P.P. 1 – P.p. 1 – P.Sp. 7. ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN y el señor SECRETARIO DE GOBIERNO. ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. l.G CROVETTO VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2325 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Modificase, la Planta de Personal Temporaria de la Administración Central dando de alta el cargo que se detalla a continuación, a partir del 1 de julio de 2017: U.E. 11-01-0-0-0-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – Program. 55-00-00 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – U.E.R. 8 – SUBSECRETARIA DE SALUD Y PROTECCION SANITARIA. Nº de O. C.F. Alta Denominación Meses 11413 7-01-66-01 Personal de Servicio Inicial 6 ARTÍCULO 2º.- Desígnase a partir del 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2017, inclusive, al señor GUILLERMO DANIEL PARODI (Legajo Nº 33518/1 - M.I.Nº 17.179.635), como PERSONAL DE SERVICIO INICIAL (C.F. 7-01-66-01 – 36 hs. semanales – Nº de Orden 11413), para cumplir funciones de chofer en el Servicio de Emergencias Municipal, con dependencia de la Subsecretaria de Salud y Protección Sanitaria (U.E. 11-01-0-0-0-00), con carácter de Personal Temporario Mensualizado. ARTICULO 3º.- Déjase constancia que la modalidad horaria del agente designado mediante el artículo 2º del presente, será de acuerdo a las necesidades de la dependencia donde se desempeñe pudiendo ser en horario matutino, vespertino y/o nocturno. ARTÍCULO 4º.- Déjase constancia que la presente erogación será financiada con fondos provenientes del “SAME Provincia” y asimismo, conforme a lo expuesto por la Contaduría General con fecha 30 de agosto de 2017, segundo párrafo, la cuenta del Cálculo de Recursos vigente que se detalla seguidamente: 17.5.01.56 – Convenio para la implementación del Servicio de Atención Médica de Emergencias – SAME Provincia – Afectado ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-08-000 – Prog. 55-00-00- Fin. y Fun. 3-1-0 – UER. 8 – F.Fin. 1-3-2 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp. 1. ARTÍCULO 6º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO Y DE SALUD. ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. ELG. VICENTE BLANCO ARROYO DECRETO Nº 2329 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Desígnase al agente ANTONIO ESTEBAN GONZALEZ (Legajo Nº 19539/75 – M.I. Nº 12.880.840) como PROFESOR ENSEÑANZA FORMACION PROFESIONAL de la asignatura PERFECCIONAMIENTO EN MAQUINAS DE CARPINTERIA con NUEVE (9) hs. cátedra semanales (C.F. 9-81-09-01), con carácter Interino, a partir del 30 de agosto de 2017 y hasta el correspondiente llamado a concurso, la cobertura por titular o el cese de funciones con expresión de causa, en la Escuela de Formación Profesional Nº 2 “Jorge Newbery” (U.E. 08-00-0-2-3-02).

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ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, al agente mencionado en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, al agente mencionado en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-3 - Programático 26-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p.3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 1 - P.p.3 - P.Sp. 6 – Ap. 12. ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN. ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. p.m. CROVETTO ARROYO DECRETO Nº 2330 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Desígnase a la agente LAURA SOLEDAD SALUZZI (Legajo Nº 30886/58 – M.I. Nº 29.593.987) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con TRES (3) módulos semanales en IMAGEN Y NUEVOS MEDIOS (C.F. 9-84-03-04), con carácter Interino, a partir del 16 de agosto de 2017 y hasta el correspondiente llamado a concurso, la cobertura por titular o el cese de funciones con expresión de causa, en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 209 "Hidelberg Ferrino" (U.E. 08-00-0-2-5-09). ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 56-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9. – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12. ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN. ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. l.G CROVETTO ARROYO DECRETO Nº 2331 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Modifícase, a partir del 6 de septiembre de 2017, el carácter de la designación de las agentes que se mencionan en el Anexo I que forma parte integrante del presente, como MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01), en los establecimientos educacionales que allí se consignan, pasando a ser con carácter de TITULAR, en mérito a lo expresado en el exordio, manteniéndosele el pago de las Bonificaciones que vienen percibiendo. ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN. ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. p.m. CROVETTO ARROYO

ANEXO I DECRETO Nº 2331/17

LEGAJO Nº APELLIDO Y NOMBRE/S Nº DE ORDEN U.E.

28928/68 GABUTTI, MARINA ANDREA 627 80002101 28728/55 CERVERA, LORENA LILIAN 622 80002101 33201/50 PINCIROLI, PILAR FLORENCIA 629 80002101 24950/59 OCHOA, ANDREA NATALIA 643 80002102 26706/71 ROSA, ANDREA 690 80002104 26492/68 MICHELLI, MARIA EVA 550 80002104 29549/60 DASSO, DAMIANA 4100 80002104 29520/64 CORREA, CLAUDIA MABEL 65 80002113 29519/61 MASEDA, SILVINA GRACIELA 6414 80002121 29565/54 ELION, CONSTANZA 4563 80002122 30420/54 BRUSCO, MARIA ITATI 4565 80002122 28729/54 RAVAGNI, MARIA FLORENCIA 6792 80002129 28742/67 BOUZAS, KARINA ALEJANDRA 4615 80002130 30062/62 SANCHEZ, LUCIANA VANINA 4657 80002131 27078/69 MARTINEZ, PAULA BETIANA 4656 80002131 27572/55 GOMEZ,VERONICA VANESA 13 80002133

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DECRETO Nº 2332 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Trasládase, a partir de la fecha de su notificación, a la agente MELISA ELIANA VITERI - Legajo Nº 28644/5 – TECNICO INICIAL - C.F. 4-02-67-01 – 40 hs. semanales - Nº de Orden 7709: DE: U.E. 02-23-1-0-1-00 - Institucional: 1-1-1-01-03-000 – Programático: 18-00-00 – UER: 3 – Fin/Fun. 4-7-0 – DEPARTAMENTO DE COORDINACION Y TECNICO DE INSPECCION. A: U.E. 02-00-8-0-0-00 – Institucional: 1-1-1-01-03-000 – Programático: 42-00-00 – UER: 3 – Fin/Fun. 1-3-0 – DIRECCION GENERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR, manteniéndosele el pago de las bonificaciones que viene percibiendo. ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO. ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. ELG. . VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2335 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de baja el cargo que se detalla a continuación, a partir de la fecha: U.E.: 11-01-0-3-2-00 – Fin.y Func. 3-1-0 – Program. 28-00-00 – Institucional. 1-1-1-01-08-000 – U.E.R.8 – DEPARTAMENTO BROMATOLOGIA. Nº de O. C.F. Denominación 1187 4-02-65-01 Técnico Inicial ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Temporaria de la Administración Central, dando de alta el cargo que se detalla a continuación, a partir de la fecha: U.E. 11-01-1-0-0-01 – Fin. y Func. 3-1-0- Program. 27-00-00 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – U.E.R. 8 – DIVISION SERVICIOS CENTRALES. Nº de O. C.F. Alta Denominación Meses 11458 4-02-00-01 Técnico Inicial 6 ARTÍCULO 3º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, convirtiendo el cargo que se detalla a continuación, a partir de la fecha: Nº de O. C.F. Baja C.F.Alta Denominación 7697 4-02-64-01 4-02-00-01 Técnico Inicial ARTÍCULO 4º.- Desígnase a partir de la fecha de su notificación y hasta el 31 de diciembre de 2017, inclusive, al Señor LEONARDO MATIAS PEREZ BELLOTTO (Legajo Nº 33570/1 - M.I. Nº 36.363.983), como TECNICO INICIAL (C.F. 4-02-00-01 – 35 hs. semanales – Nº de Orden 11458), con dependencia de la División Servicios Centrales (U.E. 11-01-1-0-0-01), con carácter de Personal Temporario Mensualizado. ARTÍCULO 5º. Incrementase, a partir de la fecha de su notificación, a la agente MELISA CHAULET (Legajo Nº 31818/1), dependiente de la División Servicios Centrales (U.E. 11-01-1-0-0-01), el módulo horario que a continuación se consigna: DE: TECNICO INICIAL – C.F. 4-02-64-01 - 24 horas semanales - Nº de orden 7697. A: TECNICO INICIAL – C.F. 4-02-00-01 - 35 horas semanales - Nº de orden 7697, manteniéndosele el pago de las bonificaciones que viene percibiendo. ARTICULO 6º.- Déjase constancia que la modalidad horaria del agente designado mediante el artículo 4º del presente, será de acuerdo a las necesidades de la dependencia donde se desempeñe pudiendo ser en horario matutino, vespertino y/o nocturno. ARTÍCULO 7º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-08-000 – Prog. 27-00-00- Fin. y Fun. 3-1-0 – UER. 8 – F.Fin. 1-1-0 Para Art 4º: Inc.: 1 – P.P.: 2 – P.p.: 1 – P.Sp.: 1. Para Art 5º: Inc.: 1 – P.P.: 1 – P.p.: 1 P.Sp.: 4 ARTÍCULO 8º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO Y DE SALUD. ARTÍCULO 9º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. ELG. BLANCO VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2336 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Déjase expresamente establecido que el Número de Orden correspondiente al cargo JEFE DE DEPARTAMENTO al cual se le acepta la renuncia al agente RICARDO CÉSAR BALVIDARES, Legajo Nº 8.944/1, es 920 y no como se consignara en el Artículo 1º del Decreto Nº 30/17. ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO. ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal. Sbh DE PAZ ARROYO DECRETO Nº 2337 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Prorrógase la designación, de los agentes que seguidamente se detallan, a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre de 2017, inclusive, como PERSONAL DE SERVICIO INICIAL (C.F. 7-01-00-01 – 35 hs. semanales), en los establecimientos educacionales que en cada caso se indica, con carácter de Personal Temporario Mensualizado: - PABLO JAVIER CAJAL (Legajo Nº 33330/1) sobre Nº de Orden 6042, dependiente del Jardín de Infantes Nº 1 “Alte. Brown” (U.E. 08-00-0-2-1-01). - MARISA LIDIA DI VINCENZO (Legajo Nº 18969/1) sobre Nº de Orden 3838, dependiente de la Escuela Nº 14 “María F. de Atkinson” (U.E. 08-00-0-2-2-14).

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ARTICULO 2º.- Déjase constancia que la modalidad horaria de los agentes prorrogados mediante el Artículo 1º del presente, será de acuerdo a las necesidades de la dependencia donde se desempeñen, pudiendo ser en horario matutino, vespertino y/o nocturno. ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - Fin. y Fun. 3-4-2 – UER 10 – F. Fin 1-1-0 - Inc. 1 - P.P. 1 – P.p. 1 – P.Sp. 7 – para Cajal: Programático 24-00-00 – para Di Vincenzo: Programático 25-00-00. ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN y el señor SECRETARIO DE GOBIERNO. ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. p.m. CROVETTO VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2338 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Temporaria de la Administración Central, convirtiendo los cargos que se mencionan a continuación, a partir del 1º de julio de 2017: Meses de Baja: 10 Meses de Alta: 11 Nº de O. C.F. Denominación 11320 7-01-00-01 Personal de Servicio Inicial Meses de Baja: 9 Meses de Alta: 12 Nº de O. C.F. Denominación 11352 7-01-00-01 Personal de Servicio Inicial ARTÍCULO 2º.- Prorróganse las designaciones de los agentes mencionados en el Anexo I que forma parte integrante del presente, en los cargos y establecimientos educacionales que allí se consignan, a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre de 2017, inclusive, con carácter de Personal Temporario Mensualizado. ARTICULO 3º.- Déjase constancia que la modalidad horaria de los agentes prorrogados mediante el Anexo I del presente, será de acuerdo a las necesidades de la dependencia donde se desempeñen, pudiendo ser en horario matutino, vespertino y/o nocturno. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 – F. Fin 1-1-0 - Inc. 1 - Fin. y Fun. 3-4-2 - P.P. 1 – P.p. 1 – P.Sp. 7 – para la Secretaría de Educación: Programático 01-00-00 – Fin. y Fun. 3-4-1 –para los Jardines de Infantes: Programático 24-00-00 - para las Escuelas: Programático 25-00-00 - para las Escuelas de Formación Profesional: Prog. 26-00-00 - Fin. y Fun. 3-4-3 – para Méndez, Prado y Vega: P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp. 1. ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN y el señor SECRETARIO DE GOBIERNO. ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. p.m. CROVETTO VICENTE ARROYO LEGAJO Nº

APELLIDO Y NOMBRE/S

CARGO C.F. U.E. Nº DE ORDEN

33339/01 ACEVEDO SORIA, GLORIA INES

PERSONAL DE SERVICIO INICIAL

07-01-00-01 80002104 sobre 5181

33290/01 ALBORNOZ, CARLOS FABIAN

PERSONAL DE SERVICIO INICIAL

07-01-71-01 80002304 sobre 4444

31882/03 BARRENECHEA, PEDRO

PERSONAL DE SERVICIO INICIAL

07-01-00-01 80002116 sobre 4611

33289/01 BLANCO, MATIAS EZEQUIEL

PERSONAL DE SERVICIO INICIAL

07-01-71-01 80002304 sobre 3765

33303/01 CABEZA, VERONICA DAIANA

PERSONAL DE SERVICIO INICIAL

07-01-00-01 80002309 4788

32854/01 CAPURRO, GUILLERMINA

PERSONAL DE SERVICIO INICIAL

07-01-00-01 80002122 sobre 4755

32853/01 DIAZ, MARIA CANDELA

PERSONAL DE SERVICIO INICIAL

07-01-00-01 80002103 sobre 6036

33338/01 ESPINDOLA, DAIANA GRISEL

PERSONAL DE SERVICIO INICIAL

07-01-00-01 80002113 sobre 4794

33288/01 IBARRA, MIGUEL ANGEL

PERSONAL DE SERVICIO INICIAL

07-01-71-01 80002311 sobre 4451

33215/01 MORAN, KAREN GISELLE

PERSONAL DE SERVICIO INICIAL

07-01-00-01 80002210 sobre 2794

33329/01 ROSENBERG, GONZALO EZEQUIEL

PERSONAL DE SERVICIO INICIAL

07-01-00-01 80002104 sobre 3800

32848/01 VEGA, PABLO FABIAN

PERSONAL DE SERVICIO INICIAL

07-01-00-01 80002508 11352

32593/02 MENDEZ, MATIAS SEBASTIAN

PERSONAL DE SERVICIO INICIAL

07-01-00-01 80000000 11320

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33186/01 PRADO, MARIA JOSE

ADMINISTRATIVO INICIAL

05-02-00-01 80000000 11271

DECRETO Nº 2339 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 01 de octubre de 2017, la renuncia presentada por la agente RAMONA DEL CARMEN BLANCO, Legajo Nº 14.690/1 – D.N.I Nº 12.782.271) al cargo de CAJERO (C.F. 4-18-68-02 – 42 hs. Semanales - Nº de Orden 5602) en la Dirección Museos y Centro Cultural Villa Victoria Ocampo, U.E. 13-00-0-3-0-00, a fin de acogerse al beneficio jubilatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24º de la Ley 9650 (texto ordenado Decreto 600/94). ARTÍCULO 2º.- Autorízase el pago, a partir del 01 de octubre de 2017, de la suma de PESOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 27.929,75), a valores vigentes al mes de junio de 2017, según lo establecido en la Ley Provincial 12.950 y su modificatoria Ley 13.547. ARTÍCULO 3º.- Déjase expresamente establecido que el importe a percibir indicado en el artículo 2º queda supeditado a reajuste en caso de modificarse las pautas salariales a la fecha de baja. ARTÍCULO 4º.- Procédase a firmar el convenio con la beneficiaria tendiente a obtener el reintegro por parte del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, de los importes que se abonen en carácter de anticipo. ARTÍCULO 5º.- Déjase expresamente establecido que la agente cuya renuncia se acepta mediante el presente decreto, percibirá el anticipo jubilatorio hasta el último período consignado por la Municipalidad en la comunicación que enviará oportunamente el Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Buenos Aires (Formulario 611). ARTÍCULO 6º.- Otórgase a la agente mencionada en el artículo 1º del presente una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis (6) mensualidades del básico de la categoría en que revista, sin descuento de ninguna índole, en razón de computar más de treinta años de servicio en la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el Artículo 72º. Inc. f) 2º párrafo de la Ley Provincial 14.656. ARTICULO 7º.- Dejase constancia que la presente jubilación cumple con los requisitos y previsiones establecidas en el Decreto 1581/15. ARTÍCULO 8º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse de la siguiente forma: Artículo 2º a: Fin/Fun. 1-3-0 – Programático 01-03-00 – Inc. 6 – P.P. 2 – P.p. 1 – P. Sp. 0 – Ap. 0 – F.Fin. 1-1-0 - U.E. 02-18-2-1-5-00– Institucional 1-1-1-01-03-000 – UER. 3. Artículo 6º: Fin/Fun. 3-4-5 – Programático 16-00-00 – Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 7 – P. Sp. 1– F.Fin. 1-1-0 - U.E. 13-00-0-3-0-00 – Institucional 1-1-1-01-11-000 – UER. 13. ARTÍCULO 9º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE CULTURA. ARTÍCULO 10.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal e intervenga la Dirección de Liquidación y Control de Haberes. Sll/ ROJAS ARROYO DECRETO Nº 2340 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Dáse de baja el día 14 de setiembre de 2017, en el cargo de DIRECTORA GENERAL (C.F. 0-65-99-01) en la Secretaria de Desarrollo Social (U.E. 12-00-0-0-0-00) a la Sra. MARIA DEL CARMEN CARMONA (Legajo Nº 17984/1), retomando el mencionado cargo a partir del día 15 de setiembre de 2017, en mérito a lo expresado en el exordio. ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL. ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. Mac. LENIZ ARROYO DECRETO Nº 2341 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Trasládase, a partir del 23 de agosto de 2017, a la agente SILVIA SUSANA COLUCCI - Legajo Nº 19383/1 - TECNICO III - C.F. 04-14-68-03– 42 horas semanales – Nº de Orden 5473: De: U.E. 13-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-01-11-000 – Programático: 01-00-00– U.E.R. 13 – Fin/Fun. 1-3-0 – SECRETARÍA DE CULTURA. A: U.E. 13-00-0-0-4-00 – Institucional 1-1-1-01-11-000 – Programático: 16-00-00– U.E.R: 13 – Fin/Fun. 3-4-5 – DEPARTAMENTO ORGANISMOS ARTISTICOS, manteniéndosele el pago de las bonificaciones que viene percibiendo. ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE CULTURA. ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. ELG. ROJAS ARROYO DECRETO Nº 2342 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Trasládase, a partir de la fecha de su notificación, al agente MARCOS CONTARDI - Legajo Nº 29907/1 – INSPECTOR GENERAL I - C.F. 15-06-74-01 – 45 hs. semanales - Nº de Orden 6973: DE: U.E. 02-23-1-0-0-00 - Institucional: 1-1-1-01-03-000 – Programático: 18-00-00 – UER: 3 – Fin/Fun. 4-7-0 – DIRECCION GENERAL DE INSPECCION GENERAL. A: U.E. 02-23-1-1-1-00 – Institucional: 1-1-1-01-03-000 – Programático: 18-00-00 – UER: 3 – Fin/Fun. 4-7-0 – DEPARTAMENTO HABILITACIONES, manteniéndosele el pago de las bonificaciones que viene percibiendo. ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO.

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ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. ELG. VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2343 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Trasládase, a partir de la fecha de su notificación, al agente JORGE DAMIAN CREMADES - Legajo Nº 26909/2 – INSPECTOR GENERAL I - C.F. 15-06-74-01 – 45 hs. semanales - Nº de Orden 6699: DE: U.E. 02-23-1-0-0-00 - Institucional: 1-1-1-01-03-000 – Programático: 18-00-00 – UER: 3 – Fin/Fun. 4-7-0 – DIRECCION GENERAL DE INSPECCION GENERAL. A: U.E. 02-23-1-2-1-00 – Institucional: 1-1-1-01-03-000 – Programático: 18-00-00 – UER: 3 – Fin/Fun. 4-7-0 – DEPARTAMENTO OPERATIVO, manteniéndosele el pago de las bonificaciones que viene percibiendo. ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO. ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. ELG. VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2344 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Trasládase, a partir de la fecha de su notificación, a la agente MARCELA ALEJANDRA GARCIA - Legajo Nº 16621/1 – COCINERO ESPECIALIZADO - C.F. 7-14-00-03 – 35 hs. semanales - Nº de Orden 1462: DE: U.E. 12-00-0-3-1-03 - Institucional: 1-1-1-01-09-000 – Programático: 31-00-00 – UER: 9 – Fin/Fun. 3-2-0 – DIVISION RESIDENCIA ASISTIDA “PUNTA MOGOTES”. A: U.E. 12-00-3-1-1-02 – Institucional: 1-1-1-01-09-000 – Programático: 30-00-00 – UER: 9 – Fin/Fun. 3-2-0 – DIVISION CASA DE ABRIGO Y GUARDA INSTITUCIONAL Dr. CARLOS DE ARENAZA, manteniéndosele el pago de las Bonificaciones que viene percibiendo. ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL. ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. ELG. LENIZ ARROYO DECRETO Nº 2345 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Trasládase, a partir de la fecha de su notificación, al agente ANDRES NICOLAS RAMOS - Legajo Nº 28683/1 – INSPECTOR ESPECIALIZADO II - C.F. 15-14-74-02 – 45 hs. semanales - Nº de Orden 6849: DE: U.E. 02-23-1-0-0-00 - Institucional: 1-1-1-01-03-000 – Programático: 18-00-00 – UER: 3 – Fin/Fun. 4-7-0 – DIRECCION GENERAL DE INSPECCION GENERAL. A: U.E. 02-23-1-1-1-00 – Institucional: 1-1-1-01-03-000 – Programático: 18-00-00 – UER: 3 – Fin/Fun. 4-7-0 – DEPARTAMENTO HABILITACIONES, manteniéndosele el pago de las bonificaciones que viene percibiendo. ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO. ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. ELG. VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2346 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, convirtiendo los cargos que se detallan a continuación, a partir del 4 de abril de 2017: Nº O. C.F. baja C.F. alta Denominación 6534 2-17-65-05 2-17-64-05 Médico I 5756 2-17-64-20 2-17-65-20 Enfermero Universitario II ARTÍCULO 2º- Trasládase, a partir del 4 de abril de 2017, a la agente MARIA LISA PRAVATO - Legajo Nº 29593/1 – MEDICO I - C.F. 2-17-65-05 – 30 horas semanales - Nº de Orden 6534: DE: U.E. 11-01-0-0-0-00 – Fin. y Func. 1-3-0 – Program. 01-00-00 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – UER. 8 – SUBSECRETARIA DE SALUD Y PROTECCION SANITARIA. A : U.E. 11-01-3-0-0-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – Program. 35-00-00 – Institucional. 1-1-1-01-08-000 – UER. 8 – DIRECCION GENERAL DEL CENTRO DE ESPECIALIDADES MEDICAS AMBULATORIAS – CEMA-, manteniéndosele el pago de las bonificaciones que viene percibiendo. ARTÍCULO 3º.- Redúcese, a partir del 4 de abril de 2017, a la agente MARIA LISA PRAVATO (Legajo Nº 29593/1), dependiente de la Dirección General del Centro de Especialidades Medicas Ambulatorias CEMA - (U.E. 11-01-3-0-0-00), el módulo horario que a continuación se consigna: DE: MEDICO I - C.F. 2-17-65-05 – 30 horas semanales - Nº de Orden 6534. A : MEDICO I - C.F. 2-17-64-05 – 24 horas semanales - Nº de Orden 6534, manteniéndosele el pago de las Bonificaciones que viene percibiendo. ARTÍCULO 4º.- Incrementase, a partir de la fecha de su notificación, al agente MARCELO FAVIO RECH (Legajo Nº 25366/1), dependiente del Departamento Coordinación de Enfermería (U.E. 11-01-2-0-1-00), el modulo horario que a continuación se consigna: DE: ENFERMERO UNIVERSITARIO II – C. F. 2-17-64-20 – 24 hs. semanales – Nº de Orden 5756. A : ENFERMERO UNIVERSITARIO II – C.F. 2-17-65-20 – 30 hs. semanales – Nº de Orden 5756, manteniéndosele el pago de las bonificaciones que viene percibiendo.

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ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-08-000 – Fin. y Fun. 3-1-0 - UER 8 – F. Fin. 1-1-0- Inc.: 1 – P.P.: 1 - P.p.: 1 – P.Sp.: 3. Para Art 3º: Program. 35-00-00. Para Art 4º: Program. 27-00-00. ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE SALUD. ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. ELG. BLANCO ARROYO DECRETO Nº 2347 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, convirtiendo los cargos que se mencionan a continuación, a partir de la fecha: Nº O. C.F. baja C.F. alta Denominación 2952 7-14-71-02 7-14-68-02 Personal de Servicio V 7025 5-06-00-01 5-06-74-01 Auxiliar Administrativo ARTÍCULO 2º.- Incrementase, a partir de la fecha de su notificación, al agente FERNANDO GABRIEL SAR (Legajo Nº 29101/1), dependiente de la Dirección de Obras Privadas (U.E. 03-01-3-1-0-00), el módulo horario que a continuación se consigna: DE: AUXILIAR ADMINISTRATIVO – C.F. 5-06-00-01 - 35 horas semanales - Nº de orden 7025. A: AUXILIAR ADMINISTRATIVO – C.F. 5-06-74-01 - 45 horas semanales - Nº de orden 7025, manteniéndosele el pago de las bonificaciones que viene percibiendo. ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-24-000 – Programático 45-00-00 – Fin. y Func. 3-9-1 – UER. 27 – F.Fin. 1-1-0 – Inc. 1 – P.p. 1 – P.p. 1 – P.Sp. 5. ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. ELG. DE PAZ ARROYO DECRETO Nº 2348 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, convirtiendo los cargos que se mencionan a continuación, a partir de la fecha: Nº O. C.F. baja C.F. alta Denominación 1510 7-06-67-01 7-06-65-01 Personal de Servicio II 204 4-10-00-05 4-10-74-05 Auxiliar de Enfermería II ARTÍCULO 2º.- Incrementase, a partir de la fecha de su notificación, a la agente IRMA VIVIANA VERA (Legajo Nº 23652/1), dependiente de la División Residencia para Mayores “Eva Perón” (U.E. 12-00-0-3-1-01), el módulo horario que a continuación se consigna: DE: AUXILIAR DE ENFERMERIA II – C.F. 4-10-00-05 - 35 horas semanales - Nº de orden 204. A: AUXILIAR DE ENFERMERIA II – C.F. 4-10-74-05 - 45 horas semanales - Nº de orden 204, manteniéndosele el pago de las bonificaciones que viene percibiendo. ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-09-000 – Programático 31-00-00 – Fin. y Func. 3-2-0 – UER. 9 – F.Fin. 1-1-0 – Inc. 1 – P.p. 1 – P.p. 1 – P.Sp. 4. ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL. ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. ELG. LENIZ ARROYO DECRETO Nº 2349 (25-09-2017) Expte. 13970-6-2011 Cpo. 1 Alc. 9 Cpo. 1 ARTÍCULO 1º.- Reconócense, los servicios prestados el día 19 de marzo de 2.017, por los agentes que seguidamente se detallan, quienes se desempeñaron como GUARDAVIDA DE PLAYA I (C.F. 13-00-68-01), en el Servicio de Seguridad en Playas, con carácter de Personal Temporario Mensualizado, con dependencia del Departamento Operativo de Control en Playas y Servicios de Guardavidas (U.E. 02-00-0-0-3-00):

- LUCAS MATÍAS SERRANO, (Legajo Nº 33.165/1 - Nº de Orden 11.012). - MAXIMILIANO DAMIAN RUDENICK, (Legajo Nº 33.064/1 - Nº de Orden 11.029).

ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: U.E. 02-00-0-0-3-00 - Institucional: 1-1-1-01-03-000 – Prog. 20-00-00 – Fin. y Fun. 4-7-0 - UER. 3 – F.Fin. 1-1-0 – Inc. 1 - P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp. 1. ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO. ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2351 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la designación de la señora CRISTINA DEL VALLE ESPECHE (Legajo Nº 26063/2 – M.I.Nº 21.343.063), en planta permanente y con carácter provisional, en los términos de lo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656, como MEDICO I (C.F. 2-17-65-05 – 30 horas semanales – Nº de Orden 1151), con dependencia del Departamento Centro de Salud Nº 1 “Dr. Arturo Illia” - (U.E. 11-01-1-0-1-00), dispuesta mediante el Artículo 1º del Decreto Nº 1681/17, en mérito a lo expresado en el exordio. ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE SALUD.

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ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. ELG. BLANCO ARROYO DECRETO Nº 2353 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 01 de febrero de 2018, la renuncia presentada por el agente JORGE DANIEL SILVA (Legajo Nº 14.719/1 - D.N.I Nº 8.536.279) al cargo de MAESTRO DE OFICIO (C.F. 6-12-69-01 – 44 hs. semanales – Nº de Orden 2156) en la Escuela de Formación Profesional Nº 6 “Dr. Gregorio Azorín” U.E. 08-00-0-2-3-06, a fin de acogerse al beneficio jubilatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24º de la Ley 9650 (texto ordenado Decreto 600/94). ARTÍCULO 2º.- Otórgase al agente mencionado en el artículo 1º del presente una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis (6) mensualidades del básico de la categoría en que revista, sin descuento de ninguna índole, en razón de computar más de treinta años de servicio en la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el Artículo 72º. Inc. f) 2º párrafo, de la Ley Provincial 14656. ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse de la siguiente forma: Artículo 2º: Fin/Fun. 3-4-3 – Programático 26-00-00 – Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 7 – P. Sp. 1 – F.Fin. 1-1-0 - U.E. 08-00-0-2-3-06 – Institucional 1-1-1-01-06-000 – UER. 10. ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN. ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal e intervenga la Dirección de Liquidación y Control de Haberes. Sll/ CROVETTO ARROYO DECRETO Nº 2354 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 1º de diciembre de 2017, la renuncia presentada por el agente HUGO FERMIN SEITZ – Legajo Nº 11150/1, D.N.I. 13.129.943, al cargo de CAPATAZ GENERAL (C.F. 6-18-71-01), dependiente del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público, a fin de acogerse a los beneficios jubilatorios por insalubridad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26º de la Ley 9650 (texto ordenado Decreto 600/94).- ARTÍCULO 2º.- Autorízase el pago, a partir del 1º de diciembre de 2017, de la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL VEINTE CON 20/100 ($ 54.020,20) por VEINTISEIS (26) días de licencia no gozadas proporcional del año 2017, según lo indicado en el Art. 19 de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.- ARTÍCULO 3º.- Otórgase, al agente mencionado en el Artículo 1º del presente, la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL OCHO CON 94/100 ($ 180.008,94), en concepto de retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis (6) mensualidades del básico de la categoría en que revista, sin descuento de ninguna índole, en razón de computar más de treinta (30) años de servicio en la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el Artículo 72º Inc. f), segundo párrafo de la Ley Provincial 14656.- ARTÍCULO 4º.- El Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar la erogación que demande el cumplimiento del presente a las partidas presupuestarias correspondientes.- ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO.- ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por el Departamento de Personal e intervenga la Contaduría del EMVIAL.- mgc/cwa SIMONI ARROYO DECRETO Nº 2357 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 01 de mayo de 2018, la renuncia presentada por la agente GRACIELA MARTA CARRIZO (Legajo Nº 20.332/1 - D.N.I. Nº 13.616.312) al cargo de LICENCIADO EN SERVICIO SOCIAL ESPECIALIZADO (C.F. 2-21-67-15 – 40 horas semanales - Nº de Orden 3243), en la Dirección Niñez y Juventud – U.E 12-00-3-1-0-00, a fin de acogerse al beneficio jubilatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24º de la Ley 9650 (texto ordenado Decreto 600/94). ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL. ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal. Sll/ LENIZ ARROYO DECRETO Nº 2358 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 01 de junio de 2018, la renuncia presentada por la agente SUSANA MABEL ALEGRE (Legajo Nº 13.413/1 - D.N.I. Nº 11.991.691) al cargo de JEFE DE DEPARTAMENTO (C.F. 1-31-00-01 – Nº de Orden 895), en la Dirección Niñez y Juventud – U.E 12-00-3-1-0-00 a fin de acogerse al beneficio jubilatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24º de la Ley 9650 (texto ordenado Decreto 600/94). ARTÍCULO 2º.- Otórgase a la agente mencionada en el artículo 1º del presente una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis (6) mensualidades del básico de la categoría en que revista, sin descuento de ninguna índole, en razón de computar más de treinta años de servicio en la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el Artículo 72º. Inc. f) 2º párrafo de la Ley Provincial 14.656. ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Fin/Fun. 3-2-0 – Programático 31-00-00 – Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 7 – P. Sp. 1 – F.Fin. 1-1-0 - U.E. 12-00-3-1-0-00 – Institucional 1-1-1-01-09-000 – UER. 9.

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ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL. ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal e intervenga la Dirección de Liquidación y Control de Haberes. Sll/ LENIZ ARROYO DECRETO Nº 2367 (25-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Modificase el Artículo 4º del Decreto 1815/2017 que quedará redactado de la siguiente manera: “Desígnase a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre de 2017, con carácter provisional, a la Agente MARIA INES DE LA COLINA – Legajo 23039 - con el cargo de Profesor de Enseñanza Inicial y Primaria con 6 (seis) Horas Cátedras semanales – CF. 9-80-06-01- para cumplir funciones en el marco del Programa de Desarrollo y Enseñanza Deportiva, dependiente del Ente Municipal de Deportes y Recreación”. ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Director General de Política Deportiva a cargo de la firma y despacho de la Presidencia del Ente Municipal de Deportes y Recreación. ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación. LC i.i. LOPEZ SILVA ARROYO DECRETO Nº 2387 (28-09-2017) ARTÍCULO 1°.- Encomiéndase a la Agente C.P. MARIA PAULA PIÑERO - Legajo 25708 - quien revista con el cargo de Profesional Carrera Mayor Especializado – CF. 2-21-00-25-, las funciones inherentes al cargo de Tesorero del Ente Municipal de Deportes y Recreación, conforme a la Ley Orgánica de las Municipalidades y al Reglamento de Contabilidad, a partir del día 9 y hasta el día 23 de octubre de 2017, en tanto dure la licencia de su titular Agente GABRIELA BEATRIZ RODRIGUEZ - Legajo 24416 -, percibiendo por tal razón la reemplazante la Bonificación por mayor función, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 17º de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto vigente. ARTÍCULO 2°.- El egreso que demande lo dispuesto en el presente Decreto, deberá imputarse a la U.E. 01-02-0-0-0-00 Actividad Central 1 Actividad 1 inciso 1 partida principal 1 partida parcial 1 partida subparcial 1 Personal Superior, del Presupuesto de Gastos en vigencia. ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Director General de Política Deportiva a cargo de la firma y despacho de la Presidencia del Ente Municipal de Deportes y Recreación. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación. LC i.i. LOPEZ SILVA ARROYO DECRETO Nº 2389 (28-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Desígnanse a las agentes que seguidamente se detallan en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, con carácter Interino, a partir de las fechas que en cada caso se indica, y hasta el correspondiente llamado a concurso, la cobertura por titular o el cese de funciones con expresión de causa. MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01) a) U.E. 08-00-0-2-1-16 – Jardín de Infantes Nº 16 - ROMINA VIOLET (Legajo Nº 32625/53 – M.I. Nº 23.970.576) nº de orden 4413, a partir del 1º de septiembre de 2017, dándosele por finalizadas las mismas funciones que venia desempeñando con carácter de reemplazante. PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA b) U.E. 08-00-0-2-5-06 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 206 “Victoria Ocampo” - GISELA VANINA LABOMBARDA (Legajo Nº 32160/53 – M.I. Nº 31.387.588) con DOS (2) módulos semanales en COMUNICACIÓN Y TRANSFORMACIONES SOCIOCULTURALES del siglo XXI (C.F. 9-84-02-04), a partir del 31 de agosto de 2017. ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - para Violet Programático 24-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para Labombarda Programático 56-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9, - para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 1 – para el Art. 3º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 14 – para el Art. 5º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12.

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ARTÍCULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN. ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. l.G CROVETTO ARROYO DECRETO Nº 2390 (28-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Desígnanse a las agentes que seguidamente se detallan, como CAPACITADOR PROGRAMAS ESPECIALES a partir del 28 de agosto y hasta el 15 de diciembre de 2017, en la Secretaría de Educación (U.E. 08-00-0-0-0-00), con carácter de Personal Temporario Mensualizado:

- MARIA JULIETA DEL ZOPPO AVEMARIA (Legajo Nº 32117/3 – M.I. Nº 33.102.262) con DOS (2) horas semanales (C.F. 14-00-02-13).

- LIDIA MABEL LIBERATORE (Legajo Nº 24698/1 – M.I. Nº 10.590.868) con CUATRO (4) horas semanales (C.F. 14-00-04-13).

ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-1 - Programático 43-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9. ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN. ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. p.m. CROVETTO ARROYO DECRETO Nº 2391 (28-09-2017) Administración Central, dando de baja los cargos que se mencionan a continuación a partir de la fecha: U.E. 02-05-0-0-2-00 – Fin. y Func. 1-3-0 – Programático 40-00-00 – Institucional 1-1-1-01-03-000 – U.E.R. 3 – DEPARTAMENTO SERVICIOS Y MANTENIMIENTO DELEGACION SIERRA DE LOS PADRES Y LA PEREGRINA. Nº Orden C.F. Baja Denominación 4153 6-15-71-01 Capataz II U.E. 02-17-5-1-2-02 – Fin. y Func. 1-3-0 – Programático 17-00-00 – Institucional 1-1-1-01-03-000 – U.E.R. 3 – DIVISION LOGISTICA DE TRANSITO. Nº Orden C.F. Baja Denominación 3102 4-18-74-01 Técnico IV ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, convirtiendo el cargo que se menciona a continuación a partir de la fecha: Nº O. C.F. baja Denominación C.F. alta Denominación 2036 7-05-00-01 Personal de Serv. I 1-32-00-01 Director ARTÍCULO 3º.- Dáse de alta, a partir de la fecha de su notificación, a la agente COSTANZA LEA ADDIECHI (Legajo Nº 32049/3) como DIRECTOR DE LA DIRECCION DE RESTAURACION Y PRESERVACION DE MONUMENTOS ESCULTORICOS (C.F. 1-32-00-01 – Nº de Orden 2036 – U.E. 02-00-0-4-0-00), hasta la realización del correspondiente llamado a concurso o hasta cuando el Departamento Ejecutivo, con opinión fundada, disponga su cese en el cargo en el cual se la da de alta, trasladándose para tal fin el cargo de la U.E. 02-00-6-1-0-00, dándosele de baja del cargo de Director Coordinador (C.F. 0-15-99-01 - Nº de Orden 7041 – U.E. 02-00-0-0-0-00), reteniendo el cargo de Técnico Especializado I (C.F. 4-07-74-01 – 45 hs. semanales – Nº de Orden S 1095 – U.E. 01-15-0-0-0-00). ARTICULO 4º.- Otórgase a partir de la fecha de su notificación, a la agente COSTANZA LEA ADDIECHI (Legajo Nº 32049/3), una Bonificación Remunerativa del VEINTICINCO POR CIENTO (25%), conforme lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- La agente mencionada en el Artículo 3º del presente, no genera derecho a estabilidad en el cargo en el cual se la da de alta. ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-03-000 – Prog. 01-01-00 – Fin. y Fun. 1-3-0 - UER: 3 – F.Fin. 1-1-0 – Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 1 – P.Sp. 2 - para el Art. 4º: Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 8. ARTÍCULO 7º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO. ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. p.m. VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2392 (28-09-2017) ARTICULO 1º: Créase la “Unidad de Gestión de Proyectos para Cooperativas de Trabajo” para el Partido de General Pueyrredon que funcionará como órgano impulsor, asesor y de colaboración en la órbita del Departamento Ejecutivo. ARTICULO 2º: Serán funciones de la UNIDAD: I. Articular e implementar acciones de coordinación, planificación y creación de proyectos con representantes del Gobierno Nacional, Provincial y Municipal. II. Definir e impulsar la realización de mecanismos participativos para la detección de problemáticas de infraestructura y la elaboración de proyectos a ejecutar por las Cooperativas de Trabajo; III. Evaluar la viabilidad técnica y económica de los proyectos a ejecutar, su impacto y permanencia en el tiempo; IV. Poner en marcha la redacción de los proyectos de ordenanza, decretos y/o todo otro acto normativo ó administrativo, pliegos de bases y condiciones, etc. vinculados a la creación y la ejecución de los proyectos; V. Controlar el buen uso y destino de los recursos humanos y económicos, realizando el seguimiento y evaluación de las obras a través del área técnica de competencia que deberá elevar los informes correspondientes a la UNIDAD. ARTICULO 3º: La UNIDAD estará integrada por representantes de las siguientes áreas:

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ENTE MUNICIPAL DE SERVICIOS URBANOS BAINO, Juan Antonio - Leg. 17.239 SECRETARIA DE DESARROLLO PRODUCTIVO BECCHI, Alberto Emilio - Leg. 32.908 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL SCHÜTRUMPF, Guillermo Angel - Leg. 18.239 SECRETARIA DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO ESPINOSA FANGIO, Daniela - Leg. 20.916 SECRETARIA DE GOBIERNO BERUTI, Martín Fausto - Leg. 27.911 CONTADURIA MUNICIPAL HOYUELOS, Matilde Elisabet - Leg. 19.529 ARTICULO 4º: La UNIDAD estará presidida por el señor ALCOLEA, Hernán Eduardo, Legajo Nº 19.677/6, en carácter de COORDINADOR de la misma, quien cumplirá sus funciones ad-honorem. ARTICULO 5º: Serán funciones del COORDINADOR: I. Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias; II. Establecer la agenda, días, horarios y lugar de las reuniones, en consulta con los restantes integrantes de la UNIDAD; III. Presidir, abrir y cerrar las reuniones; IV. Coordinar los debates y someter las ideas a consideración en consulta con los demás integrantes de la UNIDAD; V. Informar al Departamento Ejecutivo sobre las tareas desarrolladas y las decisiones adoptadas por la UNIDAD; VI. Llevar las actas y los registros de las reuniones; VII. Resolver en primera instancia los conflictos que pudieran suscitarse dentro de la UNIDAD. VIII. Toda otra función directamente relacionada. ARTICULO 6º: El COORDINADOR podrá ser asistido para el desempeño de sus funciones por una Secretaría Administrativa ad-hoc. ARTICULO 7º: La UNIDAD tendrá reuniones ordinarias semanalmente, pudiendo convocar a reuniones extraordinarias por el COORDINADOR ó titular del Departamento Ejecutivo. ARTICULO 8º: Es de carácter obligatorio la asistencia a las reuniones convocadas para todos los integrantes de la UNIDAD y para todos aquellos que fueren citados por el COORDINADOR, siendo en casos debidamente justificados la comparecencia de representantes en reemplazo de las autoridades superiores. ARTICULO 9º: La UNIDAD podrá dejar constancia en actas la síntesis de la agenda, las posiciones de los miembros ó invitados, los informes, las opiniones, las propuestas y las recomendaciones formuladas. ARTICULO 10º: En caso de conflictos entre los integrantes de la UNIDAD, o entre éstos y las autoridades competentes convocadas a una reunión, será resuelto en primera instancia por el COORDINADOR de la UNIDAD. Si el conflicto permaneciere, será decidido en última y ulterior instancia por el titular del DEPARTAMENTO EJECUTIVO. ARTICULO 11º: El presente decreto será refrendado por el Sr. SECRETARIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO. ARTICULO 12º: Regístrese, dése al Boletín Municipal, y notifíquese por medio de las Secretarías y la Contaduría Municipal a cada uno de los integrantes de la UNIDAD con copia del presente.- DE ROSA ARROYO DECRETO Nº 2397 (28-09-017) ARTÍCULO 1º.- Dáse de alta, a partir de la fecha de su notificación, al agente JULIO CESAR GRECO (Legajo Nº 18803/1) como JEFE DE DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN Y TÉCNICO DE INSPECCIÓN (C.F. 1-31-00-01 – Nº de Orden 903 - U.E. 02-23-1-0-1-00), hasta la realización del correspondiente llamado a concurso o hasta cuando el Departamento Ejecutivo, con opinión fundada, disponga su cese en el cargo en el cual se lo da de alta, reteniendo el cargo de Supervisor de Inspectores (C.F. 15-18-74-01 – 45 hs. semanales – Nº de Orden 142 – U.E. 02-23-1-0-0-00), dándosele por finalizado el pago de la Bonificación Por Tarea Riesgosa y el Fondo Compensador que viene percibiendo , manteniéndosele el pago del Titulo Secundario y dándosele por finalizadas las funciones encomendadas mediante Resolución Nº 505/17. ARTICULO 2º.- Otórgase a partir de la fecha de su notificación, al agente mencionado en el Artículo 1º del presente, una Bonificación por Tarea Riesgosa del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), conforme a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- El agente mencionado en el Artículo 1º del presente, no genera derecho a estabilidad en el cargo en el cual se lo da de alta. ARTÍCULO 4º.- Dispónese que la Secretaría de Economía y Hacienda, a través de la Dirección de Presupuesto, adoptará los recaudos pertinentes a fin de afectar a la partida presupuestaria correspondiente el egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente. ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO. ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. Mac. VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2398 (28-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Dáse de alta, a partir de la fecha de su notificación, al agente DIEGO PASCUAL SORU (Legajo Nº 22030/1) como JEFE DE DEPARTAMENTO CONTROL DEL ESPACIO PUBLICO (C.F. 1-31-00-01 – U.E. 02-23-1-0-4-00), hasta la realización del correspondiente llamado a concurso o hasta cuando el Departamento Ejecutivo, con opinión fundada, disponga su cese en el cargo en el cual se lo da de alta,

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reteniendo el cargo de Supervisor de Inspectores (C.F. 15-18-74-01 – 45 hs. semanales – Nº de Orden 5016 – U.E. 02-23-1-0-1-00), dándosele por finalizado el pago de la Bonificación Por Tarea Riesgosa y el Fondo Compensador que viene percibiendo , manteniéndosele el pago del Titulo Secundario y dándosele por finalizadas las funciones encomendadas mediante Resolución Nº 707/17. ARTICULO 2º.- Otórgase a partir de la fecha de su notificación, al agente mencionado en el Artículo 1º del presente, una Bonificación por Tarea Riesgosa del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), conforme a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- El agente mencionado en el Artículo 1º del presente, no genera derecho a estabilidad en el cargo en el cual se lo da de alta. ARTÍCULO 4º.- Dispónese que la Secretaría de Economía y Hacienda, a través de la Dirección de Presupuesto, adoptará los recaudos pertinentes a fin de afectar a la partida presupuestaria correspondiente el egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente. ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO. ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. Mac. VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2401 (28-09-2017) Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la realización de la charla titulada “Lucha contra las Adicciones a través del Deporte” que, promovida por la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, y con la disertación del señor Gustavo Fernández, Nº 1 del Ranking Mundial de Tenis Adaptado, se llevará a cabo el día 30 de septiembre de 2017, en el horario de las 9:30 hs, en instalaciones del Club Náutico de la ciudad de Mar del Plata, Av. Altair Espigón C, Puerto. Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese y a los efectos pertinentes intervengan la Dirección de Administración y dependencias competentes. wgr VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2402 (28-09-2017) Expte. 3937-8-15 Cpo. 1 ARTICULO 1°.- Recházase el Recurso de Revocatoria presentado por la firma AUTO DEL MAR S.A., proveedor Nº 10259, a fojas 207/208 y 219 del Expediente Nº 3937-8-15 Cuerpo 1 contra la Resolución Nº 561 de fecha 28 de Marzo de 2017, por los motivos expuestos en los considerandos del presente. ARTÍCULO 2°.- Dáse por agotada la vía administrativa. ARTÍCULO 3°.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda. ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y demás efectos que correspondan, intervenga la Dirección General de Contrataciones. MOURELLE ARROYO DECRETO Nº 2403 (28-09-2017) Expte. 6000-8-15 Alc. 2 Cpo. 1 ARTÍCULO 1°.- Dejase sin efecto el Artículo Nº 2 del Decreto Nº 1121/17 y recházase el Recurso presentado, por los motivos expuestos en el exordio del presente ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Hacienda. ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y demás efectos que correspondan, intervenga la Dirección General de Contrataciones, la Contaduría y la Tesorería Municipal. MOURELLE ARROYO DECRETO Nº 2405 (28-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de baja el cargo que se menciona a continuación, a partir del 7 de febrero de 2017: U.E. 02-05-0-0-0-00 – Fin. y Func. 1-3-0- Program. 40-00-00 – Institucional 1-1-1-01-03-000 – U.E.R. 3 – DELEGACION SIERRA DE LOS PADRES Y LA PEREGRINA Nº O. C.F. Baja Denominación 6935 4-02-00-01 Técnico Inicial ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Temporaria de la Administración Central, dando de alta el cargo se menciona a continuación, a partir del 7 de febrero de 2017: U.E. 02-05-0-0-0-00 – Fin. y Func. 1-3-0- Program. 40-00-00 – Institucional 1-1-1-01-03-000 – U.E.R. 3 – DELEGACION SIERRA DE LOS PADRES Y LA PEREGRINA Nº O. C.F. Alta Denominación Meses 11457 5-02-00-01 Administrativo Inicial 12 ARTÍCULO 3º.- Sustitúyanse, los Artículos 1º y 2º del Decreto Nº 329/17, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1º.- Desígnase, a partir del 7 de febrero y hasta el 30 de junio de 2017, inclusive, a la Sra. MARIA FERNANDA RIOPA CASAL (Legajo Nº 33190/1 - M.I. Nº 25.865.567), para desempeñarse como ADMINISTRATIVO INICIAL (C.F. 5-02-00-01– 35 horas semanales – Nº de Orden 11457), con dependencia de la Delegación Sierra de los Padres y La Peregrina (U.E. 02-05-0-0-0-00), con carácter de Personal Temporario Mensualizado. ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-03-000 – Prog. 40-00-00 – Fin. y Fun. 1-3-0 - UER: 3 – F.Fin. 1-1-0 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp. 1” ARTÍCULO 4º.- Prorrogase, a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre de 2017, inclusive, la designación de la agente MARIA FERNANDA RIOPA CASAL (Legajo Nº 33190/1), para desempeñarse

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como ADMINISTRATIVO INICIAL (C.F. 5-02-00-01– 35 horas semanales – Nº de Orden 11457), con dependencia de la Delegación Sierra de los Padres y La Peregrina (U.E. 02-05-0-0-0-00), con carácter de Personal Temporario Mensualizado. ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-03-000 – Prog. 40-00-00 – Fin. y Fun. 1-3-0 - UER: 3 – F.Fin. 1-1-0 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp. 1. ARTÍCULO 6º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO. ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. Mac. VICENTE ARROYO DECRETO Nº 2406 (28-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Desígnanse a las agentes que seguidamente se detallan en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, con carácter interino, a partir de las fechas que en cada caso se indica y hasta el correspondiente llamado a concurso, la cobertura por titular o el cese de funciones con expresión de causa: MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01)

a) U.E. 08-00-0-2-1-23 – Jardín de Infantes Nº 23 - SOLEDAD MARIA DIAZ (Legajo Nº 32528/57 – CUIL 27-25994196-8) nº de orden 4600, a partir del 22 de agosto de 2017. MAESTRO DE INGLES NIVEL PRIMARIO

b) U.E. 08-00-0-2-2-08 – Escuela Nº 8 “Rufino Inda” - SABRINA PAMELA FARABELLO (Legajo Nº 30795/76 – CUIL 27-31452394-1) con DOS (2) hs. cátedra semanales (C.F. 9-90-02-01), a partir del 31 de agosto de 2017. ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, a partir de las fechas que allí se indican, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - para Díaz Programático 24-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para Farabello Programático 25-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9, - para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 1 – para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 14. ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN. ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. l.G CROVETTO ARROYO DECRETO Nº 2408 (28-09-2017) ARTÍCULO 1°.- Encomiéndase, a la agente Marcela Adriana Paez (Legajo N° 23532 - Técnico IV - C.F. 4-18-68-01), las funciones inherentes al cargo de Tesorero en el Ente Municipal de Turismo, según lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad, del 17 al 27 de octubre de 2017, en reemplazo de su titular Lic. Ana Carolina Carpineto (Legajo Nº 21020), en mérito a lo expresado en el exordio. ARTÍCULO 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, corresponderá imputarse a la partida Actividad Central 01 - Inciso 1- Partida Principal 1 – Partida Parcial 3 - Apartado 1 – “Diferencias de Escalafon” del Presupuesto de Gastos Vigente. ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto, será refrendado por la señora Presidente del Ente Municipal de Turismo. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, y comuníquese por el Departamento de Administración y Personal del Ente Municipal de Turismo. Mab MAGNOLER ARROYO DECRETO Nº 2409 (28-09-2017) ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 2 de octubre de 2017, la renuncia presentada por el Sr. MARTÍN LEONARDO GNECCO (Legajo Nº 29787/1 – CUIL. 20-24856039-9), al cargo de DIRECTOR COORDINADOR en la Dirección de Coordinación de Recursos (C.F. 0-15-99-01 – Nº de Orden 5766 - U.E. 04-01-5-1-0-00). ARTÍCULO 2º.- Agradécense los importantes servicios prestados por el funcionario mencionado en el artículo primero. ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO y de ECONOMIA Y HACIENDA. ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal. Mac. VICENTE MOURELLE ARROYO

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RESOLUCIONES RESOLUCION Nº 2226(25-9-2017 ) ARTICULO 1º: Declarar de Interés Cultural el VI Parlamento Multicultural y V Encuentro Integrador de Saberes Ancestrales a realizarse durante los días 7, 8 y 9 de octubre de 2017 en diferentes espacios de nuestra ciudad. ARTICULO 2º: La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda. ARTICULO 3°: La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Municipio de General Pueyrredon por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852,1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado. ARTÍCULO 4º: Registrar por el Departamento de Legislación y Documentación y notificar por la División Secretaría Privada de la Secretaría de Cultura. SR/slb.- ROJAS RESOLUCION Nº2227 (25-9-2017 ) ARTÍCULO 1°: Modificar el Anexo I de la Resolución N° 0558/17, en el que para la agente indicada, quedará redactado de la siguiente manera: FABIÁN DARÍO PULTI, Legajo Nº 21391/1. Del 21/11/2017 al 25/12/2017 35 días código 14 correspondientes a 2015. ARTÍCULO 2°: Registrar por el Departamento de Legislación y Documentación y notificar por la División Coordinación Administrativa de la Secretaría de Cultura.

ROJAS RESOLUCION Nº2228 (25-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por las agentes que seguidamente se detallan, como PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA (C.F. 9-01-99-02) en los establecimientos educacionales que se consignan, en reemplazo de la agente Andrea Mariana Renzella (Legajo Nº 19452): U.E. 08-00-0-2-5-03 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 203 "Alberto Torres"

- CONSTANZA BERNARDEZ (Legajo Nº 32895/71) a) Nº de Orden 7080: los días 8, 12, 14, 15, 18, 19 y 20 de septiembre de 2017. b) Nº de Orden R-7080: los días 7, 13 y 22 de septiembre de 2017. U.E. 08-00-0-2-5-09 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 209 "Hildelberg Ferrino"

- PAMELA ALEJANDRA COSMANO (Legajo Nº 31585/59) a) Nº de Orden 7079: los días 7, 8, 12, 13, 14, 15, 18, 19 y 20 de septiembre de 2017. b) Nº de Orden R-7079: los días 6 y 22 de septiembre de 2017. ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º Incs. a) durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º Incs. b) durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º Incs. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º Incs. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 – Programático 56-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Incs. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para los Incs. b): P.P. 2 - P.p. 1 - Ap. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - Ap. 6 – Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - Ap. 1 – Ap. 2 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - Ap. 6 – Ap. 6 - para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - Ap. 1 – Ap. 6. ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO RESOLUCION Nº 2229(25-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente CONSTANZA BERNARDEZ (Legajo Nº 32895/72) como PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA (C.F. 9-01-99-02) Nº de Orden R-5125, a partir del 18 de agosto y hasta el 1º de septiembre de 2017, en reemplazo del agente Rafael Thougnon Islas (Legajo Nº 31403), en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 214 (U.E. 08-00-0-2-5-14).

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ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 – Programático 56-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - Ap. 4 – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - Ap. 1 – Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - Ap. 1 – Ap. 6. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO

RESOLUCION Nº2232 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Crear la Comisión de Actualización del Sistema Administrativo de Salud, dependiente del Departamento Administración de Personal de la Secretaría de Salud. ARTÍCULO 2º.- Serán funciones de la Comisión creada por el artículo 1º, las siguientes:

Coordinar, organizar y promocionar las actividades tendientes a la actualización permanente en la formación del personal administrativo de toda la Secretaría de Salud.

Receptar las inquietudes referidas a tareas administrativas y facilitar estrategias para su solución. Realizar actividades que contribuyan al fortalecimiento de los Equipos de Salud de los CAPS,

CEMA, Oficinas de Referencia y Contrarreferencia Municipales que funcionan en los Hospitales Provinciales – HIGA e HIEMI -, y Protección Sanitaria.

Ocuparse del equipamiento y lugar físico necesario para llevar adelante las jornadas de capacitación y talleres.

Difundir las actividades y suministrar el material de trabajo necesario para llevar adelante los encuentros.

Establecer un cronograma de actividades anuales. Realizar la convocatoria de los encuentros. Apoyar, difundir y socializar las actividades que emanen de otras áreas y/o programas (ej. SUMAR,

SAMO, PDI, Protección Sanitaria, entre otros) que involucren al personal administrativo. Presentar un informe anual de las actividades desarrolladas.

ARTICULO 3º.- Las funciones detalladas en el artículo precedente serán supervisadas por el Departamento Administración de Personal, como así también propondrá al personal administrativo capacitado para que la integre y regulará su accionar interno. ATICULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar. GB/pac

BLANCO

RESOLUCION Nº2233 ( 28-9-2017) Expte 9320-6-2017 Cpo 1 ARTÍCULO 1°. - Aprobar el Concurso de Precios Nº 47/17 Segundo Llamado para el “Alquiler de equipos viales con destino Departamento Servicios Vieja Usina”, cuya apertura de sobres fuera efectuada el día 25 de Agosto de 2017 a las 12:00 horas. ARTÍCULO 2°.- Declarar válida la propuesta presentada por la firma Ciageser S.A. ARTÍCULO 3°.- Adjudicar por única oferta en segundo llamado y ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, a la firma y por el monto que a continuación se detalla: CIAGESER S.A. Monto adjudicado: PESOS CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($198.240.-).

Ítem Cantidad

Unidad de Medida

Detalle Precio Unitario

Importe Total

1 210 Hora

Alquiler de equipos viales – Descripción: pala cargadora frontal, siete (7) horas mínimo y doce (12) horas máximo por día – Cotización por hora con chofer – Marca K05-Lonking Modelo 001-CDM833. Dominio: DAV65.

$944.- $198.240.-

Período de contratación: desde la fecha de adjudicación y hasta concluir la cantidad de horas contratadas. MONTO TOTAL ADJUDICADO EN CONCURSO DE PRECIOS EN SEGUNDO LLAMADO: PESOS CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($198.240.-). ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar, publicar y para las notificaciones y demás efectos que correspondan dar intervención a la Dirección General de Contrataciones y a la Contaduría General. AVC/cfg

MOURELLE RESOLUCION Nº 2234(28-9-2017 ) Expte 5712-9-2017 Cpo 1 ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Concurso de Precios Nº 32/17 para la “Adquisición de Ropa de Trabajo”, cuya apertura de sobres fuera efectuada el día 03 de Julio de 2017 a las 10:10 hrs. ARTÍCULO 2º.- Desestimar los ítems Nº 2 y Nº 6 del Pedido de Cotización Nº 635, presentados por la firma ABETE Y CIA. S.A. , por los motivos expuestos en los considerandos de la presente

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ARTÍCULO 3º.- Declarar válidas las propuestas correspondientes a las firmas COMPAÑÍA DE PUBLICIDAD, PROMOCION Y DISTRIBUCION TEXTILES S.A., ABETE Y CIA. S.A. (excepto los ítems desestimados) y BOTTARO ALEJANDRA FABIANA. ARTÍCULO 4º.- Adjudicar 4.1.- Por menor precio y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, a las firmas y por los montos que a continuación se detallan: Pedido de Cotización Nº 634 (Solicitud de Pedido 581/2017) BOTTARO ALEJANDRA FABIANA Monto adjudicado: PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS DIEZ ($ 9.310,00.-) Ítem Unidad de

Medida Cantidad Detalle Precio

Unitario Importe total

1 UNIDAD/ES 4

BUZOS – MATERIAL POLAR – ESCOTE MEDIO CIERRE CON CUELLO – MANGA LARGA – TERMINACIONES PUÑOS Y CINTURA ABIERTO – COLOR NEGRO. TALLE XL. CANTIDAD CUATRO (4). MARCA: MOLUCK.

$490,00.- $1.960,00.-

8 UNIDAD/ES 15

BUZO – MATERIAL POLAR PRIMERA CALIDAD – ESCOTE MEDIO CIERRE CON CUELLO – MANGA LARGA – TERMINACIONES EN PUÑO Y CINTURA ABIERTO – COLOR AZUL. TALLE XL CANTIDAD DOCE (12). TALLE XXL CANTIDAD TRES (3). MARCA: MOLUCK.

$490.00.- $7.350,00.-

ABETE Y CIA SA. Monto adjudicado: PESOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS VEINTE ($22.620,00.-) Ítem Unidad de

Medida Cantidad Detalle Precio

Unitario Importe total

6 CADA UNO 15

CAMISA DE TRABAJO – TELA ALGODÓN – BOLSILLO DELANTERO 2 Y BOTONES – COLOR AZUL – COSTURA REFORZADA – MANGA LARGA. TALLE 38 CANTIDAD TRES (3). TALLE 40 CANTIDAD UNO (1). TALLE 42 CANTIDAD TRES (3). TALLE 44 CANTIDAD CUATRO (4). TALLE 46 CANTIDAD TRES (3). TALLE 52 CANTIDAD UNO (1). MARCA: PULQUI.

$267,00.- $4.005,00.-

10 PAR/ES 15

BOTIN DE TRABAJO – TIPO FRANCES – SUELA POLIURETANICA – PUNTERA DE ACERO – COLOR NEGRO. TALLE 40 CANTIDAD UNO (1). TALLE 41 CANTIDAD UNO (1). TALLE 42 CANTIDAD SEIS (6). TALLE 43 CANTIDAD SEIS (6). TALLE 44 CANTIDAD UNO (1). Deberá cumplir con las normas IRAM de seguridad debidamente certificada. MARCA: PULQUI

$863,00.- $12.945,00.-

13 UNIDAD/ES 15

PANTALON TODO ANDAR ADULTO – TELA LONETA TIPO JEAN – COLOR AZUL – MODELO CLASICO – TIRO MEDIO – USO CABALLERO. TALLE 44 CANTIDAD CINCO (5). TALLE 46 CANTIDAD DOS (2). TALLE 48 CANTIDAD TRES (3). TALLE 50 CANTIDAD CUATRO (4). TALLE 52 CANTIDAD UNO (1). MARCA: BUFFALO.

$378,00.- $5.670,00.-

COMPAÑÍA DE PUBLICIDAD, PROMOCION Y DISTRIBUCION TEXTILES SA. Monto adjudicado: PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 5.850,00.-) Ítem Unidad de

Medida Cantidad Detalle Precio

Unitario Importe total

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7 UNIDAD/ES 15

BUZOS – MATERIAL FRISA – ESCOTE REDONDO – MANGA LARGA – TERMINACIONES CUELLO, PUÑOS Y CINTURA ELASTIZADA EN REEP – COLOR AZUL – TALLE XL CANTIDAD DOCE (12). TALLE XXL CANTIDAD TRES (3). MARCA: PROMO TEXTIL.

$390,00.- $5.850,00.-

Pedido de Cotización Nº 635 (Solicitud de Pedido 564/2017) BOTTARO ALEJANDRA FABIANA Monto adjudicado: PESOS CATORCE MIL SETECIENTOS ($ 14.700,00.-) Ítem Unidad de

Medida Cantidad Detalle Precio

Unitario Importe total

1 UNIDAD/ES 30

BUZOS – MATERIAL POLAR – ESCOTE MEDIO CIERRE CON CUELLO – MANGA LARGA – TERMINACIONES PUÑOS Y CINTURA ABIERTO – COLOR AZUL – TALLES: S(1), L(3), XL(20), XXL(6). MARCA: MOLUCK.

$490,00.-

$14.700,00.-

COMPAÑÍA DE PUBLICIDAD, PROMOCION Y DISTRIBUCION TEXTILES S.A. Monto adjudicado: PESOS DIEZ MIL QUIENIENTOS ($10.500,00.-) Ítem Unidad de

Medida Cantidad Detalle Precio

Unitario Importe total

2 UNIDAD/ES 30

PANTALON DE TRABAJO – TELA GRAFA – COLOR AZUL – TALLES: 42(3), 44(4), 46(6), 48(8), 50(3), 52(2), 54(3), 58(1). MARCA: GRAFA.

$350,00.-

$10.500,00.-

ABETE Y CIA S.A. Monto adjudicado: PESOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS DIEZ ($ 51.510,00.-) Ítem Unidad de

Medida Cantidad Detalle Precio

Unitario Importe total

3 PAR/ES 30

BOTAS DE GOMA – COLOR NEGRO – ACCESORIO EXTRA REFORZADA – CAÑA ALTA – MATERIAL GOMA – Números: 36(1), 39(1), 40(1), 41(4), 42(4), 43(12), 44(4), 45(3). MARCA: ESCORPIO.

$250,00.- $7.500,00.-

4 JUEGO 20

EQUIPO DE LLUVIA – CONJUNTO CAMPERA Y PANTALON MAMELUCO – TELA PLASTICA – Talles: S(1), M(1), L(4), XL(11), XXL(3). MARCA: LEMBU.

$278,00.- $5.560,00.-

7 CADA UNO 30

FAJA – MATERIAL CUERO FORRADO – CON 4 BALLENAS E REFUERZO – CON TIRADORES – USO CARGA Y DESCARGA DE BULTOS PESADOS. TALLES: L(8), XL(16), XXL(6).MARCA: URBANA.

$131,00.- $3.930,00.-

13 PAR/ES 40

BOTIN DE TRABAJO – TIPO FRANCES – SUELA POLIURETANICA – PUNTERA DE ACERO – COLOR NEGRO. Con certificado de seguridad.- Números: 37(1), 39(3), 40(4), 41(5), 42(5), 43(15), 44(5), 45(2). MARCA: PULQUI.

$863,00.- $34.520,00.-

4.2 Por calidad y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, a la firma y por el monto que a continuación se detalla: Pedido de Cotización Nº 634 (Solicitud de Pedido 581/2017) BOTTARO ALEJANDRA FABIANA Monto adjudicado: PESOS CATORCE MIL SETECIENTOS ($ 14.700,00.-) Ítem Unidad de

Medida Cantidad Detalle Precio

Unitario Importe total

12 UNIDAD/ES 15 CAMPERA DE TRABAJO – TELA TRUCKER INTERIOR GUATA $980,00.-

$14.700,00

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FORRO DE TAFETA – CONFECCIONADO CON DOS BOLSILLOS LATERALES – PUÑO ELASTIZADO – SIN CAPUCHA – CON CIERRE DELANTERO DE PERRO – TAPA DE CIERRE CON BROCHES Y CINTURA AJUSTABLE CON CORDON – COLOR AZUL. TALLE XL CANTIDAD DOCE (12). TALLE XXL CANTIDAD TRES (3). MARCA: MOLUCK.

.-

Pedido de Cotización Nº 635 (Solicitud de Pedido 564/2017) BOTTARO ALEJANDRA FABIANA Monto adjudicado: PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 29.400,00.-) Ítem Unidad de

Medida Cantidad Detalle Precio

Unitario Importe total

5 UNIDAD/ES 30

CAMPERA DE TRABAJO – TELA TRUCKER FORRADO – COLOR AZUL MARINO – CON LOGO. TALLES: S(1), L(8), XL(15), XXL(6). MARCA: MOLUCK.

$980,00.- $29.400,00.-

MONTO TOTAL ADJUDICADO POR CONCURSO DE PRECIOS: PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 158.590,00.-). ARTÍCULO 5º.- Convocar a segundo llamado para los siguientes ítems: - Pedido de Cotización Nº 634: ítems 2, 3, 4, 5, 9, y 11. - Pedido de Cotización Nº 635: ítems 6,8, 9, 10, 11 y 12. ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar, publicar y para las notificaciones y demás efectos que correspondan dar intervención a la Dirección General de Contrataciones y a la Contaduría General. AVC/lm

MOURELLE

RESOLUCION Nº2235 (28-9-2017 ) Expte 9037-5-2017 Cpo 1 ARTÍCULO 1°.- Aprobar la Licitación Privada Nº 49/17 para la “Adquisición de leche maternizada” con destino a la División Servicios Centrales dependiente de la Secretaría de Salud, cuya apertura de sobres fuera efectuada el día 24 de Agosto de 2017 a las 11:00 horas. ARTÍCULO 2°.- Desestimar la propuesta alternativa presentada por la firma ALFA CENTAURO S.A. para el pedido de cotización nº 828, por los motivos expuestos en los considerandos. ARTÍCULO 3°.- Declarar válidas las propuestas presentadas por las firmas NOMEROBO S.A. y ALFA CENTAURO S.A. (propuesta principal) ARTÍCULO 4°.- Adjudicar por menor precio y ajustarse a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones, a la firma y por el monto que a continuación se detalla:

NOMEROBO S.A. Monto adjudicado: PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL

($ 468.000)

Ítem Cantidad Unidad

de medida

Detalle Precio

Unitario Precio Total

1 3.000 CAJAS/S

LECHE MATERNIZADA- MODIFICADA PARA NIÑOS DE

0 A 6 MESES- CARACTERISTICAS QUE

PRESENTE UNA ACIDEZ NO MAYOR A 1G. CADA 100 ML

EXPRESADA EN ACIDO LACTICO- PRESENTACION EN POLVO- CAPACIDAD ENVASE X 800 GRS. MARCA: NIDINA

$ 156 $ 468.000

MONTO TOTAL ADJUDICADO EN LICITACION PRIVADA: PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL ($ 468.000)

ARTÍCULO 5°.- Registrar, comunicar, publicar y para las notificaciones y demás efectos que correspondan dar intervención a la Dirección General de Contrataciones y a la Contaduría General. AVC/avg

MOURELLE

RESOLUCION Nº2236 (28-9-2017 ) Expte 8722-1-2017 Cpo 1 ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Concurso de Precios Nº 44/17 segundo llamado para la “Contratación servicio de volquete” con destino Distrito Descentralizado Vieja Usina, cuya apertura de sobres se efectuara el día 28 de Agosto de 2017 a las 12:00 horas. ARTÍCULO 2°.- Desestimar la propuesta presentada por la firma PACHECO, ESTHER MABEL por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

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ARTÍCULO 3°.- Declarar válida la propuesta presentada por la firma FIGUEROA, VANINA ETHEL ARTÍCULO 4°.- Adjudicar por única oferta en segundo llamado y ajustarse a lo requerido en el Pliego de Bases Condiciones, a la firma y por el monto que a continuación se detalla: FIGUEROA, VANINA ETHEL Monto adjudicado: PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO ($ 139.825)

Ítem Unidad de Medida

Canti-dad Detalle Precio

Unitario Costo Total

1 HORA 329

SERVICIO DE VOLQUETE- Alquiler camión volcador. Con chofer. 7 horas diarias. 5 días a la semana. Por dos meses. M. BENZ DOMINIO: VUG067

$ 425 $ 139.825

Período de la contratación: Desde la fecha de adjudicación y hasta concluir la cantidad de horas contratadas. MONTO TOTAL ADJUDICADO POR CONCURSO DE PRECIOS EN SEGUNDO LLAMADO: PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO ($139.825) ARTICULO 5º. Registrar, comunicar, publicar y para las notificaciones y demás efectos que correspondan dar intervención a la Dirección General de Contrataciones y a la Contaduría General. AVC/avg

MOURELLE RESOLUCION Nº2240 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente MARIA EMILIA MAC GREGOR (Legajo Nº 33522/51) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con DOS (2) módulos semanales en BIOLOGIA (C.F. 9-84-02-04), en reemplazo de la agente Valeria Soledad Kalle (Legajo Nº 30419), en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 216 (U.E. 08-00-0-2-5-16) a los efectos de la liquidación corresponde abonar 2 (dos) semanas. a) el día 5 de septiembre de 2017. b) el día 12 de septiembre de 2017. ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 56-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12 – para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2241(28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Designar a la agente MARIA SOLEDAD MARTINEZ (Legajo Nº 33579/50 – M.I. Nº 33.261.151) como MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01) nº de orden 4736, a partir del 1º de agosto y hasta el 20 de diciembre de 2017, o el cese de funciones con expresión de causa, en reemplazo de la agente Mónica Maria Odriozola (Legajo Nº 12236), en la Escuela Nº 16 (U.E. 08-00-0-2-2-16). ARTÍCULO 2º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático 25-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8. – para el Art 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6. –Ap.5 – para el Art 3º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6. –Ap.14. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

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RESOLUCION Nº 2242(28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por el agente LUCIANO MARTINEZ (Legajo Nº 33480/51) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con DOS (2) módulos semanales en EDUCACION FISICA (C.F. 9-84-02-04), en reemplazo de la agente Luciana Carolina Izi (Legajo Nº 24092), en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 214 (U.E. 08-00-0-2-5-14) a los efectos de la liquidación corresponde abonar 4 (cuatro) semanas. a) los días 16, 28, 30 de agosto; 4 y 6 de septiembre de 2017. b) los días 14 y 23 de agosto de 2017. ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en el Artículo 1º Inc. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en el Artículo 1º Inc. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 56-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12 – para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº2243(28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente MARIA VICTORIA MONACCHI (Legajo Nº 31291/51) como MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01), en reemplazo de la agente Yanina Andrea Rubilar (Legajo Nº 29929), en la Escuela Nº 12 “Participación y Solidaridad” (U.E. 08-00-0-2-2-12). a) nº de orden 3729: los días 31 de julio; 1º, 2, 3, 4, 7, 8, 9, 10 y 11 de agosto de 2017. b) nº de orden R- 3729: el día 14 de agosto de 2017. ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 25-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 5 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 5 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 14 – para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14. ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº2244 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente LORENA SOLEDAD REDUELLO (Legajo Nº 33072/54) como MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01), en reemplazo de la agente Marina Florencia Ferrer (Legajo Nº 27807), en la Escuela Nº 6 “Centenario” (U.E. 08-00-0-2-2-06). a) nº de orden 3438: los días 28, 29, 30 y 31 de agosto de 2017. b) nº de orden R- 3438: los días 25 de agosto y 1º de septiembre de 2017. ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR

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CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 7º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 8º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 25-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 5 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 5 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 6º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 14 – para el Art. 7º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14. ARTÍCULO 9º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO

RESOLUCION Nº2245 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente LORENA SOLEDAD REDUELLO (Legajo Nº 33072/55) como MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01), en reemplazo de la agente Natalia Verónica Pérez (Legajo Nº 27615), en la Escuela Nº 6 “Centenario” (U.E. 08-00-0-2-2-06). a) nº de orden 799: los días 30, 31 de agosto y 1º de septiembre de 2017. b) nº de orden R- 799: el día 4 de septiembre de 2017. ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 7º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 8º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 25-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 5 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 5 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 6º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 14 – para el Art. 7º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14. ARTÍCULO 9º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2246(28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Prorrogar la designación del agente MARCELO NESTOR SALTO (Legajo Nº 31458/64) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con TRES (3) módulos semanales en SOCIOLOGIA (C.F. 9-84-03-04), a partir del 28 de agosto y hasta el 25 de noviembre de 2017 o el cese de funciones con expresión de causa, en reemplazo de la agente Ana Maria Balbina Pino (Legajo Nº 22882), en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 208 “Alejandro. G Bustillo” (U.E. 08-00-0-2-5-08). ARTÍCULO 2º.- Prorrogar el pago, al agente mencionado en el Artículo 1º, durante el periodo que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático: 56-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4, para el Art. 2º: P.P. 2 – P.p. 2 – P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

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RESOLUCION Nº 2247( 28-9-2017) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente GIANINA ANDREA SANTUCHO LEDESMA (Legajo Nº 32726/55) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con DOS (2) módulos semanales en EDUCACION FISICA (C.F. 9-84-02-04), en reemplazo de la agente Maria Silvina Heit (Legajo Nº 25046), en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 206 “Victoria Ocampo” (U.E. 08-00-0-2-5-06) a los efectos de la liquidación corresponde abonar 3 (tres) semanas. a) el día 8 de septiembre de 2017. b) los días 1º y 15 de septiembre de 2017. ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el dia que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 56-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº2248 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente GIANINA ANDREA SANTUCHO LEDESMA (Legajo Nº 32726/56) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con DOS (2) módulos semanales en EDUCACION FISICA (C.F. 9-84-02-04), en reemplazo de la agente Maria Silvina Heit (Legajo Nº 25046), en la Escuela Secundaria Municipal (U.E. 08-00-0-2-3-13) a los efectos de la liquidación corresponde abonar 3 (tres) semanas. a) el día 4 de septiembre de 2017. b) el día 18 de septiembre de 2017. ARTÍCULO 2º.- Reconocer los servicios prestados por la agente GIANINA ANDREA SANTUCHO LEDESMA (Legajo Nº 32726/57) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con DOS (2) módulos semanales en EDUCACION FISICA (C.F. 9-84-02-04), en reemplazo de la agente Maria Silvina Heit (Legajo Nº 25046), en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 205 “Cecilia Grierson” (U.E. 08-00-0-2-5-05) a los efectos de la liquidación corresponde abonar 2 (dos) semanas. a) el día 5 de septiembre de 2017. b) el día 12 de septiembre de 2017. ARTÍCULO 3º.- Reconocer los servicios prestados por la agente GIANINA ANDREA SANTUCHO LEDESMA (Legajo Nº 32726/58) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con CUATRO (4) módulos semanales en EDUCACION FISICA (C.F. 9-84-04-04), en reemplazo de la agente Maria Silvina Heit (Legajo Nº 25046), en la Escuela Municipal de Educación Secunndaria Nº 204 “Osvaldo Soriano” (U.E. 08-00-0-2-5-04) a los efectos de la liquidación corresponde abonar 3 (tres) semanas. a) el día 8 de septiembre de 2017. b) los días 1º y 15 de septiembre de 2017. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en los Artículos 2º y 3º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en los Artículos 2º y 3º Inc. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en los Artículos 1º, 2º y 3º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 7º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en los Artículos 1º, 2º y 3º Inc. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 8º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - para el Art. 1º: Fin./Fun. 3-4-3 - Programático 26-00-00 – para los Arts. 2º y 3º: Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 56-00-00 - Inc. 1 - para los Arts. 1º, 2º y 3º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 6º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12 – para el Art. 7º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 9º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

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RESOLUCION Nº 2249(28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por las agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, durante los periodos que en cada caso se indica: MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01) a) U.E. 08-00-0-2-1-18 – Jardín de Infantes Nº 18 “Edmundo D`Amicis” - FEDRA NOEMI SIGAMPA (Legajo Nº 27539/61) nº de orden R- 4417, a partir del 5 y hasta el 7 de

septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Ana Carolina Bernardo (Legajo Nº 31918). PRECEPTOR ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-20-99-01) b) U.E. 08-00-0-2-1-23 – Jardín de Infantes Nº 23 - MARINA ALEJANDRA IANNONE (Legajo Nº 32829/56) nº de orden R- 4604, a partir del 1º y hasta

el 25 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Paula Amelia Santiny (Legajo Nº 26360). PROFESOR ENSEÑANZA INICIAL Y PRIMARIA c) U.E. 08-00-0-2-2-06 – Escuela Nº 6 “Centenario” - MARIA JIMENA ISABEL NAIL (Legajo Nº 29214/64) con TRES (3) hs. cátedra semanales en

PLASTICA (C.F. 9-80-03-01), a partir del 16 de julio y hasta el 14 de agosto de 2017, en reemplazo de la agente Maria Vanesa Pedrero (Legajo Nº 29213).

PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA (C.F. 9-01-99-02) d) U.E. 08-00-0-2-5-15 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 215 - DEBORA LUCIA PONCE (Legajo Nº 33313/56) nº de orden R- 5130, a partir del 17 y hasta el 31 de

agosto de 2017, en reemplazo del agente Rafael Thougnon Islas (Legajo Nº 31403). ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º Incs. a) y b), durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. d), durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 – para Sigampa y Iannone Programático 24-00-00 – para Nail Programático 25-00-00 – para Ponce Programático 56-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 1 – para el Art. 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14 – para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 6. ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G CROVETTO RESOLUCION Nº 2250(28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por el agente HORACIO LUIS SORIA (Legajo Nº 23859/59) como PROFESOR ENSEÑANZA ARTISTICA ACOMPAÑAMIENTO MUSICAL con SEIS (6) hs. cátedra semanales (C.F. 9-83-06-02), en reemplazo del agente Adrián Mario Baldoni (Legajo Nº 19345), en la Escuela de Danzas “Norma Fontenla” (U.E. 08-00-0-2-3-15) a los efectos de la liquidación corresponde abonar 3 (tres) semanas.

a) el día 20 de septiembre de 2017. b) los días 6 y 13 de septiembre de 2017.

ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en el Artículo 1º Inc. a), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en el Artículo 1º Inc. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-3 - Programático 26-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2251(28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por las agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, durante los períodos que se indican a continuación: MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01)

a) U.E. 08-00-0-2-1-10 – JARDIN DE INFANTES Nº 10 - LUCIANA MONICA DIAZ (Legajo Nº 33511/51) Nº de Orden R-3835, a partir del 11 y hasta el 18 de

agosto de 2017, en reemplazo de la agente Paula Andrea Madero (Legajo Nº 29661).

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PROFESOR ENSEÑANZA INICIAL Y PRIMARIA b) U.E. 08-00-0-2-2-06 – ESCUELA Nº 6 “Centenario”

- ANA LAURA DE PABLO (Legajo Nº 26773/75) con DOS (2) hs. cátedra semanales en PLASTICA (C.F. 9-80-02-01), a partir el 16 de julio y hasta el 26 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente María Vanesa Pedrero (Legajo Nº 29213).

ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 – Inc. 1 - para Diaz: Programático 24-00-00 – para De Pablo: Programático 25-00-00 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 1 - para el Art. 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14. ARTÍCULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m. CROVETTO RESOLUCION Nº2252 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por las agentes que seguidamente se detallan, como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA en los establecimientos educacionales que se consignan, a partir de la fecha que en cada caso se indica y hasta el 31 de agosto de 2017:

a) U.E. 08-00-0-2-5-04 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 204 "Osvaldo Soriano” - MARIA EUGENIA ESPINOSA (Legajo Nº 30054/105) con DIEZ (10) módulos semanales (C.F. 9-84-

10-04), a partir del 24 de agosto de 2017, en reemplazo de la agente Laura Esther Bakker (Legajo Nº 20891). b) U.E. 08-00-0-2-5-07 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 207 "Juan C. Castagnino"

- MARIA LUCIA CUENCA (Legajo Nº 33464/52) con CUATRO (4) módulos semanales (C.F. 9-84-04-04), a partir del 29 de agosto de 2017, en reemplazo del agente Héctor Julio Abadie (Legajo Nº 23592).

ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a) durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b) durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el periodo que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el periodo que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 – Inc. 1 - Programático 56-00-00 - para Espinosa: P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para Cuenca: P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 - para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12 - para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO RESOLUCION Nº2253 ( 28-9-2017) ARTÍCULO 1º.- Designar a la agente YESICA SOLEDAD GONZALEZ (Legajo Nº 33439/53 – M.I. Nº 32.809.850) como MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01) Nº de Orden R-692, a partir el 20 de agosto y hasta el 30 de septiembre de 2017 o el cese de funciones con expresión de causa, en reemplazo de la agente Paula Giselle Favia (Legajo Nº 32862), en el Jardín de Infantes Nº 4 “Rita L. de Victoria” (U.E. 08-00-0-2-1-04). ARTÍCULO 2º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

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ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático 24-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4. – para el Art 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 –Ap. 1 – para el Art 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14. ARTÍCULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO RESOLUCION Nº 2254(28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente MARIA LUCIA CUENCA (Legajo Nº 33464/53) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con TRES (3) módulos semanales en MATEMATICA (C.F. 9-84-03-04), en reemplazo del agente Héctor Daniel Chavez (Legajo Nº 32839), en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 217 (U.E. 08-00-0-2-5-17), a los efectos de la liquidación corresponde abonar dos (2) semanas: b) los días 29 de agosto y 5 de septiembre de 2017. a) el día 4 de septiembre de 2017. ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 56-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12 - para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO RESOLUCION Nº 2255(28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por el agente ENRIQUE PASCUAL ARIAS CUELLAR (Legajo Nº 30073/56) como PROFESOR BACHILLERATO DE ADULTOS con DOS (2) hs. cátedra semanales de la asignatura ECONOMIA Y PROCESOS PRODUCTIVOS (C.F. 9-81-02-03), a partir del 21 de julio y hasta el 5 de septiembre de 2017, en reemplazo del agente Ricardo Guillermo Abruza (Legajo Nº 8526), en el Bachillerato de Adultos Nº 1 (U.E. 08-00-0-2-3-11). ARTICULO 2º.- Ampliar el Artículo 1º de la Resolución Nº 2101/17, dejando expresamente establecido que el reconocimiento de los servicios prestados por el agente LUIS AUGUSTO GUARNERIO (Legajo Nº 20709/54/55) es en la Escuela de Danzas “Norma Fontenla” (U.E. 08-00-0-2-3-15). ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en el Artículo 1º, durante el periodo que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-3 - Programático 26-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO

RESOLUCION Nº2257 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Aceptar, a partir del 8 de septiembre de 2017, la renuncia presentada por la agente LISANDRA NOELIA SOTO (Legajo Nº 29091/58 - CUIL 27-34883730-9) al cargo de MAESTRO DE INGLES NIVEL PRIMARIO con DOS (2) hs. cátedra semanales (C.F. 9-90-02-01 – Interina), con dependencia de la Escuela Nº 14 “María F. de Atkinson” (U.E. 08-00-0-2-2-14), sin perjuicio del cargo y de las horas que continuará desempeñando. ARTÍCULO 2º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO RESOLUCION Nº2258 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Designar a la agente LEA SANCHEZ TRIAS (Legajo Nº 28288/65 – CUIL 27-24074197-6) como MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01) Nº de orden R-3661, a partir del 18 de julio y hasta el 20 de

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diciembre de 2017 o el cese de funciones con expresión de causa, en reemplazo de la agente Analía Almada (Legajo Nº 25421), en la Escuela Nº 1 “Int. Alfredo Dessein” (U.E. 08-00-0-2-2-01). ARTÍCULO 2º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático 25-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4. – para el Art 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 –Ap. 2 – para el Art 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 5 - para el Art 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14. ARTÍCULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO

RESOLUCION Nº2259 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente DEBORA LUCIA PONCE (Legajo Nº 33313/57) como PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA (C.F. 9-01-99-02) nº de orden R- 5130, el día 1º de septiembre de 2017, en reemplazo del agente Rafael Thougnon Islas (Legajo Nº 31403), en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 215 (U.E. 08-00-0-2-5-15). ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 56-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4. – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 6. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2260( 28-9-2017) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por las agentes que seguidamente se detallan, como MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01) en el Jardín de Infantes Nº 2 “Manuel Belgrano” (U.E. 08-00-0-2-1-02), durante los períodos que se indican a continuación: - IANINA LISETTE TRONCOSO (Legajo Nº 31857/60) Nº de Orden R-639, a partir del 4 y hasta el 8

de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Mariela Luis (Legajo Nº 25242). - GABRIELA LUJAN ROMERO (Legajo Nº 30118/68) Nº de Orden R-642, a partir del 4 y hasta el 14

de agosto de 2017, en reemplazo de la agente Natalia Pérez (Legajo Nº 27637). ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 – Programático 24-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 1 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO

RESOLUCION Nº2261 ( 28-9-2017) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por las agentes que seguidamente se detallan, como MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01), en los establecimientos educacionales que se consignan, durante los períodos que se indican a continuación: a) U.E. 08-00-0-2-2-11 – ESCUELA Nº 11 “Fortunato de la Plaza” - FLORENCIA ELIZABETH VAGGI (Legajo Nº 29232/58) Nº de Orden R-3685, a partir del 6 y hasta

el 13 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Yanel Adriana Ricarte (Legajo Nº 27312). b) U.E. 08-00-0-2-2-12 – ESCUELA Nº 12 “Participación y Solidaridad” - MARCELA MARIELA ROJAS (Legajo Nº 33031/53) Nº de Orden R-4077, a partir del 12 y hasta el

18 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Gisela Carolina Moyano (Legajo Nº 29862). - MARCELA MARIELA ROJAS (Legajo Nº 33031/52) Nº de Orden R-3726, a partir del 21 de julio y

hasta el 19 de agosto de 2017, en reemplazo de la agente Marta Cecilia Legato (Legajo Nº 16651).

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ARTÍCULO 2º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionada en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático: 25-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 –para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 5 - para el Art. 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14. ARTÍCULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO RESOLUCION Nº2262 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente ELISA GUERRINI (Legajo Nº 32921/59) como PROFESOR ENSEÑANZA INICIAL Y PRIMARIA con TRES (3) hs. cátedra semanales en el área EDUCACION FISICA (C.F. 9-80-03-01), en reemplazo del agente Claudio Diz (Legajo Nº 13059), en la Escuela Nº 17 (U.E. 08-00-0-2-2-17) a los efectos de la liquidación corresponde abonar 3 (tres) semanas.

a) los días 14 y 21 de septiembre de 2017. b) el día 7 de septiembre de 2017.

ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 25-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2263(28-9-2017) ARTÍCULO 1º.- Designar a las agentes que seguidamente se detallan, como MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01), a partir del 12 de septiembre y hasta el 7 de octubre de 2017 o el cese de funciones con expresión de causa, en reemplazo de la agente Yanel Soledad Sturiale (Legajo Nº 27941), en la Escuela Nº 1 “Int. Alfredo Dessein” (U.E. 08-00-0-2-2-01). - MARCELA FLECCHIA (Legajo Nº 27255/66 – CUIL 27-24448393-9) nº de orden R- 3276. - MARIA MELINA AVALOS (Legajo Nº 33123/53 – CUIL 27-34076568-6) nº de orden R- 3277. ARTÍCULO 2º.- Acordar, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Acordar, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Acordar, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático: 25-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 5 – para el Art. 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14. ARTÍCULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº2264 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente ROMINA ELIZABET PAGLIARDINI (Legajo Nº 29903/62) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con CUATRO (4) módulos semanales en MATEMATICA (C.F. 9-84-04-04), a partir del 12 y hasta el 31 de agosto de 2017, en reemplazo de la agente Silvia Liliana Martínez (Legajo Nº 18584), en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 211 (U.E. 08-00-0-2-5-11). ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el periodo que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA

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SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 56-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4. – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº2265 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por el agente MARCOS EUGENIO QUIROGA MEURER (Legajo Nº 30147/69) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con CUATRO (4) módulos semanales en MATEMATICA (C.F. 9-84-04-04), en reemplazo de la agente Silvina González Polet (Legajo Nº 15723), en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 207 “Juan C. Castagnino” (U.E. 08-00-0-2-5-07) a los efectos de la liquidación corresponde abonar 3 (tres) semanas. c) los días 14 y 26 de septiembre de 2017. a) los días 12 y 19 de septiembre de 2017. ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en el Artículo 1º Inc. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en el Artículo 1º Inc. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 56-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12 – para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2267(28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Designar a las agentes que seguidamente se detallan, como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA, en los establecimientos educacionales que se consignan, durante los períodos que se indican a continuación: c) U.E. 08-00-0-2-5-11 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 211 - ANDREA LORENA QUIROGA (Legajo Nº 31903/62 – CUIL 27-29937175-7) con DOS (2) módulos

semanales en BIOLOGIA (C.F. 9-84-02-04), a partir del 7 de septiembre y hasta el 5 de octubre de 2017, o el cese de funciones con expresión de causa, ad-referéndum listado oficial, en reemplazo de la agente Laura Vanesa Cattaneo (Legajo Nº 29993).

a) U.E. 08-00-0-2-3-13 – ESCUELA SECUNDARIA MUNICIPAL - NOELIA GISELE SALAZAR (Legajo Nº 32532/52 – CUIL 27-29909146-0) con CUATRO (4)

módulos semanales en LABORATORIO PROCESOS INDUSTRIALES (C.F. 9-84-04-04), con carácter Interino, a partir del 27 de junio y hasta el 30 de diciembre de 2017 o el cese de funciones con expresión de causa.

ARTÍCULO 2º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el periodo que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el periodo que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

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ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - para Quiroga: Programático: 56-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para Salazar: Programático: 26-00-00 – Fin/Fun. 3-4-3 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp.9 - para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12. ARTÍCULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO

RESOLUCION Nº2268 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente INES NOEMI REBOLLO (Legajo Nº 31855/54) como PRECEPTOR ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-20-99-01) Nº de Orden 646, los días 31 de julio, 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9, 10 y 11 de agosto de 2017, en reemplazo de la agente Antonella Lourdes Gancitano (Legajo Nº 30394), en el Jardín de Infantes Nº 2 “Manuel Belgrano” (U.E. 08-00-0-2-1-02). ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 24-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 1. ARTÍCULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO RESOLUCION Nº2269 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por el agente LUIS ARIEL FERREYRA (Legajo Nº 33457/56) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con DOS (2) módulos semanales en EDUCACION FISICA (C.F. 9-84-02-04), en reemplazo del agente Claudio Diz (Legajo Nº 13059), en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 214 (U.E. 08-00-0-2-5-14) a los efectos de la liquidación corresponde abonar 3 (tres) semanas. a) el día 20 de septiembre de 2017. b) los días 13 y 27 de septiembre de 2017. ARTÍCULO 2º.- Reconocer los servicios prestados por el agente LUIS ARIEL FERREYRA (Legajo Nº 33457/57) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con DOS (2) módulos semanales en EDUCACION FISICA (C.F. 9-84-02-04), en reemplazo del agente Claudio Diz (Legajo Nº 13059), en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 209 “Hidelberg Ferrino (U.E. 08-00-0-2-5-09) a los efectos de la liquidación corresponde abonar 3 (tres) semanas.

a) el día 15 de septiembre de 2017. b) los días 8 y 22 de septiembre de 2017.

ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en los Artículos 1º y 2º Incs. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en los Artículos 1º y 2º Incs. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en los Artículos 1º y 2º Incs. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, al agente mencionado en los Artículos 1º y 2º Incs. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 56-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Incs. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para los Incs. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12 – para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO

RESOLUCION Nº2270 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Designar a las agentes que seguidamente se detallan, como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA, durante los periodos que en cada caso se indica, en los establecimientos educacionales que se consignan:

a) U.E. 08-00-0-2-5-11 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 211 - ANDREA LAURA BARBADILLO (Legajo Nº 33564/51 – CUIL 27-25107644-3) con CUATRO (4)

módulos semanales en MATEMATICA (C.F. 9-84-04-04), a partir del 7 de septiembre y hasta el 12 de noviembre de 2017 ad referéndum listado oficial o el cese de funciones con expresión de causa, en reemplazo de la agente Silvia Liliana Martínez (Legajo Nº 18584).

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b) U.E. 08-00-0-2-5-13 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 213 - MELISA CONSTANZA GARRIDO (Legajo Nº 32884/52 – CUIL 27-30909055-7) con DOS (2)

módulos semanales en SALUD Y ADOLESCENCIA (C.F. 9-84-02-04), a partir del 18 de septiembre y hasta el 5 de octubre de 2017 ad referéndum listado oficial o el cese de funciones con expresión de causa, en reemplazo de la agente Laura Vanesa Cattaneo (Legajo Nº 29993).

ARTÍCULO 2º.- Acordar, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Acordar, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los periodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático: 56-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO

RESOLUCION Nº2271 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por las agentes que seguidamente se detallan, como MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01) en los establecimientos educacionales que se consignan, durante los periodos que en cada caso se indica: a)U.E. 08-00-0-2-2-07 – Escuela Nº 7 “Cruz Roja Argentina” - MARIBEL SOLEDAD MORALES (Legajo Nº 33257/50) nº de orden R- 3214, a partir del 16 de julio y

hasta el 13 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Maria Raquel Fuentes (Legajo Nº 16443). b)U.E. 08-00-0-2-2-08 – Escuela Nº 8 “Rufino Inda” - NORALI FRUTOS (Legajo Nº 32149/58) nº de orden R- 747, a partir del 11 de agosto y hasta el 11 de

septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Daniela Débora Sarion (Legajo Nº 26274). ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 – Programático 25-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 5 – para el Art. 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14. ARTÍCULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº2272 ( 28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Prorrogar la designación de las agentes que seguidamente se detallan como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA, a partir del 28 de noviembre y hasta el 16 de diciembre de 2017 ad referéndum listado oficial o el cese de funciones con expresión de causa, en reemplazo de la agente Guadalupe Fernández (Legajo Nº 29702), en los establecimientos educacionales que se detallan a continuación:

a) U.E. 08-00-0-2-5-06 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 206 “Victoria Ocampo” - MELISA ANDREA MORINI (Legajo Nº 33483/50) con CUATRO (4) módulos semanales en

TALLER DE PRODUCCION EN LENGUAJES (C.F. 9-84-04-04). - AYELEN CASANOVAS (Legajo Nº 29729/56) con TRES (3) módulos semanales en TALLER DE

COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL Y COMUNITARIA (C.F. 9-84-03-04). b) U.E. 08-00-0-2-5-16 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 216 - MELISA ANDREA MORINI (Legajo Nº 33483/53) con CUATRO (4) módulos semanales en

TALLER DE PRODUCCION EN LENGUAJES (C.F. 9-84-04-04). ARTÍCULO 2º.- Prorrogar el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Prorrogar el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante el periodo que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático: 56-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4, para el Art. 2º: P.P. 2 – P.p. 2 – P.Sp. 1 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 2 – P.p. 2 – P.Sp. 1 – Ap. 12.

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ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO

RESOLUCION Nº2273 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente MARIELA LAURA IANNONE (Legajo Nº 27544/71) como PRECEPTOR ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-20-99-01) nº de orden R- 4617, a partir del 6 y hasta el 8 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Maria Gabriela Zivano (Legajo Nº 25007), en el Jardín de Infantes Nº 27 (U.E. 08-00-0-2-1-27). ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 24-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4. – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 1 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº2274 (28-9-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Designar a la agente NOELIA DE LOURDES LOPEZ GOMEZ (Legajo Nº 33580/50 – CUIL 27-28935068-0) como PROFESOR ENSEÑANZA INICIAL Y PRIMARIA con DOS (2) hs. cátedra semanales en EDUCACION FISICA (C.F. 9-80-02-01), a partir del 9 de junio y hasta el 8 de octubre de 2017 o el cese de funciones con expresión de causa, en reemplazo de la agente María Celeste Luengo (Legajo Nº 30674), en el Jardín de Infantes Nº 10 (U.E. 08-00-0-2-1-10). ARTÍCULO 2º.- Designar a la agente NOELIA DE LOURDES LOPEZ GOMEZ (Legajo Nº 33580/51 – CUIL 27-28935068-0) como PROFESOR ENSEÑANZA INICIAL Y PRIMARIA con UNA (1) hora cátedra semanal en EDUCACION FISICA (C.F. 9-80-01-01), con carácter Interino, a partir del 10 de julio y hasta el 20 de diciembre de 2017 o el cese de funciones con expresión de causa, en la Dirección de Educación (U.E. 08-00-0-2-0-00). ARTÍCULO 3º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - para el Art. 1º: Programático: 24-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: Programático: 01-00-00 – Fin/Fun. 3-4-1 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO RESOLUCION Nº2275(2-10-2017 ) Expte 11742-9-2017 cpo 1 ARTÍCULO 1º.- Otorgar Permiso de Uso de carácter precario, revocable y gratuito por el término de doce (12) meses, a favor de los señores ORDAS, JULIO CÉSAR – DNI 26.648.419 y PORRETA, MIGUEL ANGEL – DNI 22.723.360, sobre el espacio demarcado en el croquis adjunto como Anexo II, ubicado dentro del predio de dominio municipal identificado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Chacra 255, Fracción I, Parcela 1, Polígono 00-53, localizado en calle Tierra del Fuego y San Lorenzo de Mar del Plata, en virtud de los fundamentos expuestos en el exordio del presente. ARTÍCULO 2º.- Como condición para el inicio de vigencia del Permiso los interesados quedan obligados a suscribir el acta de tenencia que integra el presente como Anexo I, como así también cumplir lo allí dispuesto. ARTÍCULO 3º: Registrar, notificar a los interesados e intervengan las áreas municipales competentes.

LENIZ ANEXO I ACTA DE TENENCIA PRECARIA Entre la Municipalidad de General Pueyrredon representado en este acto por la Secretaria de Desarrollo Social, PATRICIA MARISA LENIZ, conforme facultades otorgadas mediante Decreto N° 1500/16 con domicilio en la calle H. Irigoyen N° 1627, en adelante “LA OTORGANTE”, y los señores JULIO CÉSAR ORDAS DNI: 26.648.419, con domicilio en la calle Los Andes N° 3200 sector 2 edificio 7 acceso f dpto. 3 - 1er. piso y MIGUEL ANGEL PORRETA DNI: 22.723.360, con domicilio en la calle Los Andes N° 3200 sector 2 edificio 7 acceso f dpto. 5 - 2do. Piso, en adelante ”LA PERMISIONARIA”, acuerdan suscribir la presente Acta, de conformidad con las condiciones y cláusulas que seguidamente se transcriben: ARTÍCULO 1º: LA OTORGANTE concede a LA PERMISIONARIA autorización de uso, de carácter precario, revocable y gratuito, sobre el espacio demarcado en el croquis adjunto, ubicado dentro del predio de dominio municipal identificado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Chacra 255, Fracción I, Parcela 1, Polígono 00-53, localizado en calle Tierra del Fuego y San Lorenzo, ello conforme lo dispuesto mediante Resolución N° ……….., y destinado a brindar el servicio de merienda a los niños del Barrio Centenario. ARTICULO 2º: LA PERMISIONARIA, por su parte, recibe la tenencia del predio aludido en el punto anterior, en perfectas condiciones de habitabilidad y estado en que lo recepciona, comprometiéndose a su

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utilización únicamente para el destino autorizado, quedando bajo su costo y cargo, todas los gastos que se requieran para el mantenimiento del espacio en cuestión. Asimismo, de proyectarse modificaciones en el mismo, habrá de requerirse previamente la autorización de LA OTORGANTE y presentar la documentación técnico – administrativa respectiva. ARTICULO 3º: LA PERMISIONARIA reconoce expresamente en este acto el carácter de bien del dominio municipal del espacio cedido. ARTICULO 4º: La tenencia otorgada mantendrá vigencia por el lapso de doce (12) meses a partir de la suscripción de la presente, con opción por parte de la Municipalidad a prorrogarse por el mismo término. Sin perjuicio de ello LA OTORGANTE podrá revocar anticipadamente el permiso cuando existan razones de oportunidad, mérito o conveniencia que justifiquen tal proceder. ARTÍCULO 5º: La tenencia acordada se regirá por todas y cada una de las normas y disposiciones reglamentarias vigentes en el ámbito del Municipio de General Pueyrredon, como así también por el decreto ley 9533/1980, y por los preceptos que supletoriamente resulten aplicables en virtud de la naturaleza de lo autorizado. ARTÍCULO 6°: LA OTORGANTE deja constancia que el uso del espacio asignado a LA PERMISIONARIA se extenderá durante los días lunes á sábado en el horario de 17 á 19 horas, fuera del mismo LA OTORGANTE podrá hacer uso del espacio sin necesidad de ninguna comunicación ni autorización previa por parte de LA PERMISIONARIA. ARTÍCULO 7º: Expirado el presente, cualquiera sea la causa que origine tal circunstancia, el espacio deberá ser restituido de inmediato a LA OTORGANTE, ello sin necesidad de requerimiento previo extrajudicial ni judicial alguno y sin que esta acción genere a la Permisionaria derecho a reclamo de ningún tipo. ARTÍCULO 8º: LA PERMISIONARIA se responsabiliza por todos los actos que realice con motivo de la actividad que desarrolla en el bien permisionado. En ese marco, se obliga a mantener indemne a LA OTORGANTE, respondiendo a los reclamos que eventualmente se originen con motivo de contrataciones y demás acciones que lleve adelante en relación al uso del espacio. ARTÍCULO 9°: A los fines de la interpretación y ejecución del presente las partes fijan domicilios especiales en los sitios consignados en el encabezamiento. Asimismo, y ante diferencias de interpretación, o eventuales conflictos que no puedan ser solucionados entre las partes, éstas acuerdan someterse a los Tribunales en lo Contencioso Administrativo con asiento en esta ciudad, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, inclusive el Federal. En prueba de conformidad, se firma la presente en tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Mar del Plata a los…… días del mes de …………………….. de 2017.- ANEXO II

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RESOLUCION Nº2279 (2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Designar al agente MATIAS MANUEL CAMPOS (Legajo Nº 33584/50 – CUIL 20-37012077-4) como PROFESOR ENSEÑANZA FORMACION PROFESIONAL: OFICIO ARTESANALES-TORNERO con CUATRO (4) hs. cátedra semanales (C.F. 9-81-04-01), con carácter Interino, a partir del 16 de agosto y hasta el 7 de diciembre de 2017 o el cese de funciones con expresión de causa, en la Escuela de Formación Profesional Nº 1 “Cro. Gral. Belgrano” (U.E. 08-00-0-2-3-01). ARTÍCULO 2º.- Acordar, al agente mencionado en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático 26-00-00 – Fin/Fun. 3-4-3 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para el Art 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 12. ARTÍCULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO

RESOLUCION Nº 2283(2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Designar a la agente MARINA MARIEL CAMPOS (Legajo Nº 32841/56 – CUIL 27-31476323-3) como MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01) nº de orden R- 4627, a partir del 29 de agosto y hasta el 20 de diciembre de 2017, o el cese de funciones con expresión de causa, en reemplazo de la agente Ana Mijal Mauro (Legajo Nº 29553), en el Jardín de Infantes Nº 25 (U.E. 08-00-0-2-1-25). ARTÍCULO 2º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático 24-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4. – para el Art 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1. –Ap.1 – para el Art 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1. –Ap.14. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº2284 (2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente GABRIELA PAOLA JUSTES (Legajo Nº 32317/67) como PRECEPTOR ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-20-99-01) nº de orden R-4606, a partir del 6 y hasta el 8 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Mariela Edit Pastoriza (Legajo Nº 24813), en el Jardín de Infantes Nº 23 (U.E. 08-00-0-2-1-23). ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 24-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4. – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 1 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G CROVETTO RESOLUCION Nº2285 (2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente GABRIELA PAOLA JUSTES (Legajo Nº 32317/66) como PRECEPTOR ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-20-99-01), en reemplazo de la agente Mariela Edit Pastoriza (Legajo Nº 24813), en el Jardín de Infantes Nº 23 (U.E. 08-00-0-2-1-23).

a) Nº de Orden 4606: los días 12, 14, 18, 19, 20, 21 y 22 de septiembre de 2017. b) º de Orden R-4606: los días 13 y 14 de septiembre de 2017.

ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

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ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 24-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 1 – para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 1. ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2286(2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Designar a la agente MARIA SIMONAZZI (Legajo Nº 31210/62 – CUIL 27-29758354-4) como PROFESOR ENSEÑANZA INICIAL Y PRIMARIA con DOS (2) hs. cátedra semanales en DANZAS (C.F. 9-80-02-01), en reemplazo de la agente Fernanda Boggia (Legajo Nº 29588), en la Escuela Nº 16 (U.E. 08-00-0-2-2-16) a los efectos de la liquidación corresponde abonar 7 (siete) semanas.

a) los días 12, 26 de septiembre; 10 y 17 de octubre de 2017 o el cese de funciones con expresión de causa.

b) los días 5, 19 de septiembre y 3 de octubre de 2017. ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 25-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4. ARTÍCULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2287(2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por las agentes que seguidamente se detallan, como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA en los establecimientos educacionales que se consignan, durante los periodos que en cada caso se indica:

a) U.E. 08-00-0-2-5-05 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 205 "Cecilia Grierson" - DAFNE DEL MAR FERRARI (Legajo Nº 32858/57) con TRES (3) módulos semanales en

BIOLOGIA, GENETICA Y SOCIEDAD (C.F. 9-84-03-04), a partir del 31 de agosto y hasta el 10 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Maria Ofelia Rodríguez (Legajo Nº 28546).

- DAFNE DEL MAR FERRARI (Legajo Nº 32858/57) con DOS (2) módulos semanales en BIOLOGIA (C.F. 9-84-02-04), a partir del 31 de agosto y hasta el 10 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Maria Ofelia Rodríguez (Legajo Nº 28546). b) U.E. 08-00-0-2-5-06 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 206 "Victoria Ocampo"

- MELISA CONSTANZA GARRIDO (Legajo Nº 32884/53) con DOS (2) módulos semanales en BIOLOGIA (C.F. 9-84-02-04), a partir del 6 y hasta el 10 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Maria Ofelia Rodríguez (Legajo Nº 28546). c) U.E. 08-00-0-2-5-08 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 208 "Alejandro G. Bustillo"

- MARIA EMILIA MAC GREGOR (Legajo Nº 33522/52) con CUATRO (4) módulos semanales en BIOLOGIA (C.F. 9-84-04-04), a partir del 4 y hasta el 10 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Maria Ofelia Rodríguez (Legajo Nº 28546). d) U.E. 08-00-0-2-5-10 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 210 "Rodolfo Walsh"

- DANIELA ALEJANDRA PARRINELLO RIZZI (Legajo Nº 28250/65) con DOS (2) módulos semanales en EDUCACION ARTISTICA (Teatro) (C.F. 9-84-02-04), a partir del 12 y hasta el 27 de septiembre de 2017, en reemplazo del agente Duilio Javier Daquino (Legajo Nº 29634). e) U.E. 08-00-0-2-5-16 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 216

- MARIA EMILIA MAC GREGOR (Legajo Nº 33522/53) con DOS (2) módulos semanales en BIOLOGIA (C.F. 9-84-02-04), a partir del 5 y hasta el 10 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Maria Ofelia Rodríguez (Legajo Nº 28546).

- ROSANA MARISA CORTE (Legajo Nº 33370/52) con DOS (2) módulos semanales en SALUD Y ADOLESCENCIA (C.F. 9-84-02-04), a partir del 30 de agosto y hasta el 10 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Maria Ofelia Rodríguez (Legajo Nº 28546).

ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º Incs. a) y e) durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los periodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 – Programático 56-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

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RESOLUCION Nº 2288(2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Designar a la agente PAMELA GRACIELA ABACHIAN GARCIA (Legajo Nº 29690/72 – CUIL 27-26900470-9 ) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con CUATRO (4) módulos semanales en LABORATORIO DE PROCESOS INDUSTRIALES (C.F. 9-84-04-04), a partir del 14 de septiembre y hasta el 7 de octubre de 2017, o el cese de funciones con expresión de causa, en reemplazo de la agente Catalina Elena Kotlar (Legajo Nº 29057), en la Escuela Secundaria Municipal (U.E. 08-00-0-2-3-13). ARTÍCULO 2º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el periodo que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático 26-00-00 – Fin/Fun. 3-4-3 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4. – para el Art 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1. –Ap.12. ARTÍCULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2289(2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente MARIA LORENA VIDELA (Legajo Nº 31856/64) como PRECEPTOR ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-20-99-01) nº de orden R-5164, a partir del 6 y hasta el 15 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Maria Gabriela Zivano (Legajo Nº 25007), en el Jardín de Infantes Nº 27 (U.E. 08-00-0-2-1-27). ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 24-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4. – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 1 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2290( 2-10-2017) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por las agentes que seguidamente se detallan, como MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01), en los establecimientos educacionales que se consignan, durante los periodos que en cada caso se indica:

a) U.E. 08-00-0-2-1-04 – Jardín de Infantes Nº 4 “Rita L. de Victoria” - MARCELA BEATRIZ VEGA (Legajo Nº 33421/54) nº de orden R-6044, a partir del 13 de septiembre

y hasta el 1º de octubre de 2017, en reemplazo de la agente Natalia Gabriela Izi (Legajo Nº 27834).

b) U.E. 08-00-0-2-1-22 – Jardín de Infantes Nº 22 - ANTONELLA LOURDES GANCITANO (Legajo Nº 30394/62) nº de orden R-4563, a partir del 15 y

hasta el 23 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Constanza Elion (Legajo Nº 29565). ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a) durante el periodo que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 – Programático 24-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 1 - para el Art. 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14. ARTÍCULO 6º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2291(2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente ROMINA LAURA GARCIA (Legajo Nº 31831/53) como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA con DOS (2) módulos semanales en LITERATURA (C.F. 9-84-02-04), a partir del 29 de agosto y hasta el 19 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Silvia Haydee Santamarina (Legajo Nº 10000), en la Escuela Secundaria Municipal (U.E. 08-00-0-2-3-13).

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ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el periodo que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-3 - Programático 26-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4. – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2292(2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por las agentes que seguidamente se detallan, como PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 205 “Cecilia Grierson” (U.E. 08-00-0-2-5-05), durante los periodos que en cada caso se indica: - MARIA EUGENIA ESPINOSA (Legajo Nº 30054/106) con DOS (2) módulos semanales en

GEOGRAFIA (C.F. 9-84-02-04), a partir del 14 y hasta el 24 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Adriana Noemí Otranto (Legajo Nº 28233).

- MARIA VIRGINIA BERAMENDI (Legajo Nº 31238/51) con DOS (2) módulos semanales en LITERATURA (C.F. 9-84-02-04), a partir del 4 y hasta el 19 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Silvia Haydee Santamarina (Legajo Nº 10000).

- JORGELINA SOLEDAD BANDI (Legajo Nº 33054/51) con DOS (2) módulos semanales en SALUD Y ADOLESCENCIA (C.F. 9-84-02-04), a partir del 25 de agosto y hasta el 10 de septiembre de 2017, en reemplazo de la agente Maria Ofelia Rodríguez (Legajo Nº 28546).

ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º durante los periodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los periodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 – Programático 56-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12. ARTÍCULO 5º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2293(2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Aceptar, a partir del 18 de septiembre de 2017, la renuncia presentada por la agente MARIA LOURDES GOMEZ (Legajo Nº 26617/56 – CUIL 27-28451771-2), al cargo de PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA (C.F. 9-01-99-02 – Nº de Orden 5128 - Interina), con dependencia de la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 206 “Victoria Ocampo” (U.E. 08-00-0-2-5-06) sin perjuicio del cargo que continuara desempeñando. ARTÍCULO 2º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2294(2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Aceptar, a partir de la fecha que en cada caso se indica, la renuncia presentada por la agente FERNANDA CECILIA PEREZ (CUIL 27-25658281-9), al cargo de PROFESOR ESCUELA SECUDARIA, en los establecimientos educacionales que se consignan, sin perjuicio de los restantes módulos que continuara dictando.

- Legajo Nº 26279/62 – con DOS (2) módulos semanales en LITERATURA (C.F. 9-84-02-04 - Interina) a partir del 20 de septiembre de 2017, con dependencia de la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 217 (U.E. 08-00-0-2-5-17).

- Legajo Nº 26279/61 – con DOS (2) módulos semanales en LITERATURA (C.F. 9-84-02-04 - Interina) a partir del 19 de septiembre de 2017, con dependencia de la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 211 (U.E. 08-00-0-2-5-11).

ARTÍCULO 2º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

CROVETTO RESOLUCION Nº 2295(2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Aceptar, a partir del 26 de septiembre de 2017, la renuncia presentada por la agente ELIZABETH ELBA MOSQUERA (Legajo Nº 32947/54 – CUIL 27-21488839-4), al cargo de PROFESOR ENSEÑANZA FORMACION PROFESIONAL de la asignatura: ADMINISTRACION PROPIEDAD HORIZONTAL con TRES (3) horas cátedra semanales (C.F. 9-81-03-01 - Interina), con dependencia de la Escuela de Formación Profesional Nº 9 “Cesar Isaac Barroso” (U.E. 08-00-0-2-3-08) sin perjuicio de los restantes módulos que continuará dictando. ARTÍCULO 2º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. l.G

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RESOLUCION Nº 2296(2-10-2017) ARTÍCULO 1º.- Designar a la agente DELFINA MARIA ZAPATA (Legajo Nº 33583/50 – CUIL 27-23386676-3) como PROFESOR ENSEÑANZA ARTISTICA Y SUPERIOR de la asignatura PREVENCION II en la Tecnicatura Superior en Salud con Especialidad en Cardiología con UN (1) módulo semanal (C.F. 9-86-01-01), con carácter Interino, a partir del 14 de agosto y hasta el 15 de diciembre de 2017, ad-referéndum Listado Oficial, o el cese de funciones con expresión de causa, en el Instituto Superior de Estudios Técnicos (U.E. 08-00-0-2-3-14). ARTÍCULO 2º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º, durante el periodo que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente. ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - Programático 26-00-00 – Fin/Fun. 3-4-3 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 – para el Art 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 –Ap. 12. ARTÍCULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO RESOLUCION Nº2297 (2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizados, a partir del 26 de septiembre de 2017, los servicios prestados por los agentes que seguidamente se detallan, como PROFESOR ENSEÑANZA ARTISTICA Y SUPERIOR, dependiente del Instituto Superior de Estudios Técnicos (U.E. 08-00-0-2-3-14), con motivo de haberse reintegrado la titular del cargo agente Silvia Cristina Iglesias (Legajo Nº 22830):

- DARIO MIGUEL MELUCCI (Legajo Nº 22224/64 – CUIL 20-22723376-2) con DOS (2) módulos semanales de SEMINARIO DE PROGRAMACION en la Tecnicatura Superior en Análisis, Desarrollo y Programación de Aplicación.

- FEDERICO NICOLAS ESCUDERO (Legajo Nº 31538/57 – CUIL 23-36217864-9) con DOS (2) módulos semanales de la asignatura INTRODUCCION A LOS SISTEMAS DE INFORMACION en la Tecnicatura Superior en Análisis de Sistemas (C.F. 9-86-02-01).

ARTÍCULO 2º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal. p.m.

CROVETTO RESOLUCION Nº 2303(2-10-2017 ) ARTÍCULO 1º.- Amplíase el Anexo I de la Resolución Nº 2170/17 que Reglamenta el Concurso Interno para cubrir cargos de Profesor Titular en ESCUELAS MUNICIPALES DE EDUCACIÓN SECUNDARIA dependientes de la Dirección de Educación de la Secretaría de Educación, incluyendo en Ciclo Básico y Superior la materia “Matemática”. ARTÍCULO 2º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar.

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BOLETIN 2428 FECHA 8-11-2017 Ord FECHA TEMA PAG

23336 25-08-17 Aprueba Estatuto Reglamentario de Permisionarios Reverva Natural Mpal Laguna de los Padres 2 23366 25-09-17 Aut corte transito vehicular UNMDP te invita a estudiar 2017 e5046-3-17 8 23371 25-09-17 Reconoce legitimo abono los servicios prestados por el señor Horacio Manuel Lanci 8 23373 25-09-17 Acepta la donacion ofrecida por vecinos de la ciudad de bienes museables 9 23405 18-10-17 Reconoce legitimoa bono a favor atistas del Salon Municipal de Arte Visuales 2015 e834-1-15 9 23406 18-10-17 Reconoce leg abono y pago a efectivos policiales de junio a diciembre 2016 e 5133-6-17 10

23407 18-10-17 Conv Conv Mayor Financiamiento c/Subs Rec Hídricos obra Des Pluvial Cuenca Arroyo del Barco 10

23408 18-10-17 Reconoce legitimo abono a la firma Casou Ricardo Martin e 10601-3-16 11 23409 18-10-17 Declara utilidad Pca parcelas para Plaza PcaPP Ramos entre Brown y Lavalle e18189-8-2009 18 23411 18-10-17 Aut al DE a traves del Emder susc convenio AYUN ASOCIACION CIVIL Expte. 5899-3-17 19

23412 18-10-17 Conv convenio que implementa el marco para cooperar en la prod de estadisticas expte 7747-4-16 24

23413 18-10-17 Deja sin efecto reconocimiento municipal en dec 15/17 a la SVFomento Colinalegre e1397-0-17 28 23414 18-10-17 Deja sni efecto reconocimeinto municipa en Dec 15/17 a Asoc Vec Fomento Aeroparque 29 23418 18-10-17 Convalida dec 305/17 PHCD mod ord impositiva art 83 Expte. 13830-2-16 29 23419 23-10-17 otorga el titulo de vecino destacado a Juan Bautista Gonzalez e 13039-6-2017 29 23420 23-10-17 Otorga el titulo de vecino destacado a Juan Carlos Delfino e 13037-6-2017 30 23421 23-10-17 Declara patrimonio cultural Intangible del Pdo de Gral Pueyrredon a la Banda Sinfonica Mpal 31

Dec Fecha Tema Pag 2170 04-09-17 Impone a la empresa Transportes 9 de Julio S.A una multa e 527-4-15 alc 23 cpo 1 31 2171 04-09-17 Impone a la empresa Transportes 9 de Julio S.A una multa e 527-4-15 alc 22 cpo 1 31 2175 04-09-17 Rechaza recurso Emprendimientos Terminal Sa.exp 18139-3-09 Cpo. 19 Alc. 3 Cpo. 1 31

2223 08-09-17 Llama concurso gral primera categoria de fila orquesta sinfonica violin Expte. 5285-1-2014 Cpo. 1 31

2224 08-09-17 Llama a concurso gral solista banda de musica Corno Expte. 5285-1-2014 Cpo. 1 32 2225 08-09-17 Llama a concurso gral. solista banda de musica Bombardino Expte. 8799-3-2017 Cpo. 1 32 2226 08-09-17 Llama a concurso gral. Suplente solista banda de musica Saxofon Expte. 8800-2-2017 Cpo. 1 32 2227 08-09-17 Llama a cncurso gral banda de musica musico de fila clarinete Expte. 8803-3-2017 Cpo. 1 33 2228 08-09-17 Llama a concurso gral solista banda de musica Oboe Expte. 8804-0-2017 Cpo. 1 33 2229 08-09-17 Llama a concurso suplente solista banda de musica Clarinete Expte. 9152-1-2017 Cpo. 1 33 2322 22-09-17 DIM VI taller sobre Cianobacterias Toxigenas en Argentina 34 2324 25-09-17 Designa Germana Astrid Stinshoff Personal de Servicio 34 2325 25-09-17 Designa Parodi Guillermo Daniel Chofer 34 2329 25-09-17 Designa Gonzalez Antonio Esteban 34 2330 25-09-17 Designa Saluzzi Laura Soledad 35

2331 25-09-17 Mod carácter designacion docente Gabutti Marina , Cervera Lorena, Pinciroli Pilar, Ochoa Andrea y otros 35

2332 25-09-17 Traslada Viteri Melisa Eliana 36 2335 25-09-17 Designa Leonardo Matias Perez Bellotto 36 2336 25-09-17 Mod Art. 1 Decreto 30/17 numero de orden renuncia Balvidares Ricardo Cesar 36 2337 25-09-17 Prorroga designacion Cajal Pablo y Di Vicenzo Marisa Lidia 36

2338 25-09-17

Prorroga designaciones personal de servicio Acevedo Soria Gloria, Albornoza Carlos, Barrenechea Pedro, Blanco Matias , Cabeza Veronica, Capurro Guillermina, Diaz Maria Candela y otros

37

2339 25-09-17 Acepta renuncia Blanco Ramona Del Carmen 38 2340 25-09-17 Da de baja por suplencia concejo Maria del Carmen Carmona 38 2341 25-09-17 Traslada Colucci Silvia Susana 38 2342 25-09-17 Traslada Contardi Marcos 38 2343 25-09-17 Traslada Cremades Jorge Damian 39 2344 25-09-17 Traslada Garcia Marcela Alejandra 39 2345 25-09-17 Traslada Ramos Andres Nicolas 39 2346 25-09-17 Traslada Pravato Maria Lisa 39 2347 25-09-17 Incrementa modulo horario Sar Fernando Gabriel 40 2348 25-09-17 Incrementa modulo Vera Irma Viviana 40 2349 25-09-17 Recon. Servicios guardavidas Serrano Lucas y Rudenick Maximiliano 40 2351 25-09-17 Deja sin efecto designacion Espeche Cristina Del Valle 40 2353 25-09-17 Acepta renuncia Silva Jorge Daniel 41 2354 25-09-17 Acepta renuncia Seitz Hugo Fermin 41 2357 25-09-17 Acepta renuncia por jubilacion Carrizo Graciela Marta 41 2358 25-09-17 Acepta renuncia por jubilacion Alegre Susana Mabel 41 2367 25-09-17 Mod art 4 decreto 1815/17 De la Colina Maria Ines 42 2387 28-09-17 Enc. Funciones tesorero Emder Piñero Maria Paula 42 2389 28-09-17 Designa docentes Violet Romina, Labombarda Gisela Vanina 42 2390 28-09-17 Designa Del Zoppo Avemaria Maria Julieta y Liberatore Lidia Mabel 43

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2391 28-09-17 Alta Addiechi Costanza Lea Director De la Direccion de Restauracion y Preservacion de Monumentos Escultoricos 43

2392 28-09-17 Crea unidad de gestion de proyectos para cooperativas de trabajo 43 2397 28-07-17 Alta Greco Julio Cesar Jefe Depto de Coordinacion y Tecnico de Inspeccion 44 2398 28-09-17 Alta Soru Diego Pascual Jefe Depto Control del Espacio Publico 44 2401 28-09-17 DIM Charla a cargo de Gustavo Fernandez 45 2402 28-09-17 Rechaza recurso revocatoria Auto del Mar SA Expte. 3937-8-15 Cpo. 1 45 2403 28-09-17 Deja sin efecto art 2 decreto 1121/17 y rechaza recurso Expte. 6000-8-15 Alc. 2 Cpo. 1 45 2405 28-09-17 sustituye art 1 y 2 decreto 329/17 Maria Fernanda Riopa Casal 46 2406 28-09-17 Designa docentes Diaz Soledad Maria y Farabello Sabrina Pamela 46 2408 28-09-17 Encomienda a Marcela Adriana Paez,la funciones inherentesal cargo de Tesorero del EMTUR 46 2409 28-09-17 Acepta renuncia Gnecco Martin Leonardo Director Coordinador ARM 46

RES FECHA TEMA pag 2226 25-09-17 DIC VI Parlamento Multicultural y V Encuentro Integrador de Saberes Ancestrales 47 2227 25-09-17 Mod. Anexo I Resolucion 558/17 transferencia licencias cultura Pulti Fabian Dario 47 2228 25-09-17 Recon. Servicios docentes Bernardez Constanza y Cosmano Pamela Alejandra 47 2229 25-09-17 Recon. Servicios docente Bernardez Constanza 47 2232 28-09-17 Crea Comision de Actualizacion del Sistema Administrativo de Salud y especifica funciones 48

2233 28-09-17 Aprueba concurso de precios Nº 47/17 alquiler equipos viales con destino Departamento Servicios Vieja Usina e 9320-6-2017 cpo 1 48

2234 28-09-17 Aprueba concurso de precios Nº 32/17 adquisicion de ropa de trabajo e 5712-9-2017 cpo 1 48 2235 28-09-17 Aprueba licitacion Privada Nº 49/17 Adquisicion de leche maternizada e 9037-5-2017 cpo 1 51 2236 28-09-17 Aprueba concurso de precios 44/17 para contratacion servicio de volquete e 8722-1-2017 cpo 1 51 2240 28-09-17 Recon servicios Maria Emilia Mac Gregor 52 2241 28-09-17 Designa a Maria Soledad Martinez 52 2242 28-09-17 Recon servicios Luciano Martinez 53 2243 28-09-17 Recon servicios Maria Victoria Monacchi 53 2244 28-09-17 Recon servicios Lorena Soledad Reduello 53 2245 28-09-17 Recon servicios Lorena Soledad Reduello 54 2246 28-09-17 Prorrogar la designacion de Marcelo Nestor Salto 54 2247 28-09-17 Recon servicios Gianina Andrea Sabtucho Ledesma 55 2248 28-09-17 Recon servicios de Gianina Andrea Santucho Ledesma 55 2249 28-09-17 Recon servicios de Fedra Noemi Sigampa y otro 56 2250 28-09-17 Recon servicios de Horacio Luis Soria 56 2251 28-09-17 Recon servicios de Luciana Monica Diaz Y ot 56 2252 28-09-17 Recon servicios de Maria Eugenia Espinosa y otro 57 2253 28-09-17 Designa a Yesica Soledad Gonzalez 57 2254 28-09-17 Recon servicios de Maria Lucia Cuenca 58 2255 28-09-17 Recon servicios de Enrique Pascual Arias Cuellar 58 2257 28-09-17 Acepta la renuncia docente Lisandra Noelia Soto 58 2258 28-09-17 Designa a Lea Sanchez Trias 58 2259 28-09-17 Recon servicios de Debora Lucia Ponce 59 2260 28-09-17 Recon servicios de Ianina Lisette Troncoso y ot 59 2261 28-09-17 Recon servicios de Florencia Elizabeth Vaggi 59 2262 28-09-17 Recon servicios de Elisa Guerrini 60 2263 28-09-17 Designa Marcela Flecchia y ot 60 2264 28-09-17 Recon servicios de Romina Elizabet Pagliardini 60 2265 28-09-17 Recon servicios de Marcos Eugenio Quiroga Meurer 61 2267 28-09-17 Designa a Andrea Quiroga y otros 61 2268 28-09-17 Recon servicios de Ines Noemi Rebollo 62 2269 28-09-17 Recon servicios de Luis Ariel Ferreyra 62 2270 28-09-17 Designa a Andrea Laura Barbadillo y ot 62 2271 28-09-17 Recon servicios de Maribel Soledad Morales y ot 63 2272 28-09-17 Prorrogar la designacion de Melisa Andrea Morini y Ot 63 2273 28-09-17 Recon servicios de Mariela Laura Iannone 64 2274 28-09-17 Designa a Noelia de Lourdes Lopez Gomez 64 2275 02-10-17 Otorga permiso de uso precario a Ordas Julio Cesar e11742-9-2017 cpo 1 64 2279 02-10-17 Designa Matias Manuel Campos Profesor Formacion Profesional 66 2283 02-10-17 Designa Marina Mariel Campos 66 2284 02-10-17 Recon. Servicios docente Gabriela Paola Justes 66 2285 02-10-17 Recon. Servicios docente Justes Gabriela Paola 66 2286 02-10-17 Designa Simonazzi Maria 67 2287 02-10-17 Recon. Servicios Ferrari Dafne Del Mar, Garrido Melisa Constanza 67 2288 02-10-17 Designa Pamela Graciela Abachian 68

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2289 02-10-17 Recon. Servicios docente Maria Lorena Videla 68 2290 02-10-17 Recon servicios docente Marcela Beatriz Vega y Gancitano Antonella Lourdes 68 2291 02-10-17 Recon. Servicios docente Romina Laura Garcia 68

2292 02-10-17 Recon servicios docente Maria Eugenia Espinosa, Maria V. Beramendi y Jorgelina Soledad Bandi 69

2293 02-10-17 Acepta renuncia docente Maria Lourdes Gomez 69 2294 02-10-17 Acepta renuncia docente Fernanda Cecilia Perez 69 2295 02-10-17 Acepta renuncia docente Elizabeth Elba Mosquera 69 2296 02-10-17 Designa docente Delfina Maria Zapata 70 2297 02-10-17 Finaliza servicios docentes Dario Miguel Melucci y Federico Nicolas Escudero 70 2303 02-10-17 Amplia anexo I Resolucion 2170/17 Concurso interno profesor titular 70

DEPARTAMENTO DE LEGISLACION Y DOCUMENTACION MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON

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