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INFORME FINAL DE AUDITORÍA

AUDITORÍA MODALIDAD ESPECIAL A LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DEL TRÓPICO AMERICANO – UNITRÓPICO

VIGENCIAS 2010- 2014

PLAN GENERAL DE AUDITORÍAS 2015

YOPAL, JUNIO DE 2015

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CARMENZA MOTTA RODRIGEZ Contralora

Departamento de Casanare

FLADY ALEXANDER SIERRA ACOSTA Vicecontralor

ANNY YOMARY BELTRAN MOLANO Directora de Vigilancia Fiscal

EQUIPO AUDITOR:

SIMON ANDRES ALFONSO TURMEQUE

Coordinador de Auditoria

MARÍA CONSTANZA ORDOÑEZ SALCEDO Profesional Universitario

ANTONIO JOSE ORTEGA SANTOS Profesional Universitario

MARÍA CRISTINA SOLANO ESPEJO Profesional Universitario

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CONTENIDO

1 OPINIÓN ................................................................................................ 4

2 DESARROLLO DE LA AUDITORÍA ....................................................... 6

2.1 CONTROL DE GESTIÓN ....................................................................................... 6

2.1.1 Legalidad ................................................................................................ 6 2.1.2 Rendición y Revisión de la Cuenta ....................................................... 19 2.1.3 Gestión Administrativa .......................................................................... 19 2.1.4 Contratación .......................................................................................... 33 2.1.5 Manual de Contratación ........................................................................ 34 2.1.6 Convenios de Cooperacion Internacional ............................................. 61 2.1.7 Gestión Documental ............................................................................. 66 2.2 GESTION PRESUPUESTAL, CONTABLE Y FINANCIERA .................... 67

2.2.1 Aspectos Presupuestales Vigencias 2010 - 2014 ................................. 67 2.2.2 Gestión Contable y Financiera .............................................................. 71

3 TABLA DE HALLAZGOS ...................................................................... 87

3.1 Hallazgos Generales ............................................................................................. 87

3.2 Hallazgos Fiscales ................................................................................................. 88

3.3 Resumen de Hallazgos ........................................................................................ 88

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Yopal, 30 de Junio de 2015

Doctor ORIOL JIMENEZ SILVA Rector Fundación Universitaria del Trópico Americano “UNITRÓPICO” Yopal-Casanare

1 OPINIÓN

La Contraloría Departamental de Casanare, en cumplimiento de las funciones señaladas en la Constitución Política y demás disposiciones legales, en especial las Leyes 42 de 1993 y 330 de 1996, dispuso dentro del Plan General de Auditorías PGA- para la vigencia fiscal 2015, realizar una Auditoría Modalidad Especial a la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano - Unitrópico, vigencias 2010- 2014. Para el desarrollo de la auditoría se tuvieron en cuenta las Normas de Auditoría Gubernamental Colombianas y las contenidas en la Resolución N° 039 de 2014, por medio de la cual se adopta la guía de auditoría territorial - GAT y la Resolución 301 de 2014 por medio de la cual se adopta la cuarta versión del proceso auditor; así mismo, se realizó visita a las instalaciones de la Entidad auditada con el fin de verificar la documentación propia de las actividades administrativas realizadas en el periodo evaluado para obtener un mayor nivel de objetividad en el ejercicio auditor. En este orden, se evaluaron los procesos: Contable, Financiero y Presupuestal, Contratación, Talento Humano, Archivo, Viáticos, Sentencias Judiciales y trámite de denuncias, tomándose los aspectos más relevantes y constituyéndose posteriormente las respectivas observaciones para finalmente, con el informe definitivo, elaborar el Plan de Mejoramiento.

RANGO DE CALIFICACIÓN PARA EL CONCEPTO DE LA GESTIÓN FISCAL

Rango Concepto

80 o más puntos FAVORABLE

Menos de 80 puntos DESFAVORABLE

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2 DESARROLLO DE LA AUDITORÍA

2.1 CONTROL DE GESTIÓN

2.1.1 Legalidad

2.1.1.1 Concepto sobre Legalidad

El resultado de la calificación de legalidad, es el producto de la verificación del cumplimiento por parte de la Universidad, de las normas que le son aplicables, a las operaciones financieras, administrativas y económicas realizadas durante las vigencias auditadas. Al tener en cuenta lo anterior, se emite concepto Deficiente, producto del resultado de 50.0 puntos sobre 100, con base en las siguientes variables evaluadas:

LEGALIDAD

VARIABLES A EVALUAR

Calificación Parcial

Ponderación

Puntaje Atribuido

Financiera

50.0 1.00 50.0

De Gestión

83.7 0.00 00.0

CUMPLIMIENTO LEGALIDAD

1.00

50.0

2.1.1.2 Historia y Naturaleza Jurídica

La Asamblea Departamental de Casanare, mediante Ordenanza número 76 de 2000, autorizó al Gobernador “para asociarse con entidades públicas y privadas, para

formar la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano, como una entidad de participación mixta, sin ánimo de lucro, regirá por las disposiciones de la ley 30 de 1992.”

Es así, que el 16 de marzo de 2000 se constituyó la Fundación Internacional del Trópico Americano-Unitrópico, conformada por tres (3) entidades públicas Gobernación de Casanare, Instituto Financiero de Casanare – IFC, Corporinoquia y catorce (14) organizaciones de carácter privado.

Según el acta de constitución, en el numeral 1° del artículo 4°, indica: “La asamblea

de fundadores reunida en sesión especial, en la ciudad de Yopal, Casanare, hoy 16 de marzo del año 2000, resuelve constituir la Fundación Internacional del Trópico Americano, como una asociación de utilidad común, sin ánimo de lucro de participación mixta y como una institución universitaria privada de educación superior…”

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El fundamento jurídico para la creación de Unitrópico, lo establece el artículo 355 de la Constitución Política de Colombia que reza: “Ninguna de las ramas u órganos

del poder público podrá decretar auxilios o donaciones en favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado. El Gobierno, en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal podrá, con recursos de los respectivos presupuestos, celebrar contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el Plan Nacional y los planes seccionales de Desarrollo. El Gobierno Nacional reglamentará la materia.”

Es decir, que los entes territoriales, como la Gobernación de Casanare, se encuentra facultada al tenor del segundo inciso del artículo 355 arriba enunciado, para celebrar contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro. En concordancia con esto, la Corte Constitucional mediante sentencia C-372 de 1994, manifiesta que estos contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro son: “un

mecanismo jurídico para que las entidades de derecho privado, que reciban aportes del Estado, y que persigan un fin de interés público o social, (…) cuenten con la posibilidad de seguir realizando las loables actividades que contribuyen al bienestar general, (…)vínculo jurídico que obligue a la persona natural o jurídica que recibe los aportes, a cumplir con los términos del contrato y, a la vez, a someterse al control efectivo del Estado, tanto previo, de ejecución y posterior, con lo que se asegura el cumplimiento de la justicia distributiva y la prevalencia del interés general ”

Así mismo, el artículo 96 de la Ley 489 de 1998 y los artículos 1, 3, 5 del Decreto Ley 393 de 1991, fueron sustento normativo que en su momento sirvió para la creación de Unitrópico, estos indican que cuando se trate de personas jurídicas como el presente caso, se sujetaran a las disposiciones previstas en el código civil sin que esto implique que pierda sujeción en algunas materias propias del derecho público, como lo es el Control Fiscal. La Corte Constitucional señaló en Sentencia C-953 del 1° de diciembre de 1999, Magistrado Ponente: Dr. Alfredo Beltrán Sierra, que la composición y origen del capital de las entidades, son las que definen su naturaleza jurídica y régimen aplicable, es decir, mientras en la composición patrimonial de una asociación exista capital público y privado, dicha entidad será mixta o de participación mixta.

Ahora bien, según Sentencia C-230 de 1995, M.P Antonio Barrera Carbonell, de la Corte Constitucional, determinó que: “Por no ser de creación legal las asociaciones y

fundaciones de participación mixta se las considera bajo la denominación genérica de entidades descentralizadas indirectas o de segundo grado (…)”.

En conclusión, nos encontramos frente a Unitrópico como entidad sin ánimo de lucro creada a instancias del Departamento de Casanare, como asociación de

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utilidad común, de participación mixta, que se rige por las leyes colombianas, lo cual, la hace objeto de control fiscal resumido en el manejo de recursos públicos en pro del interés general.

Posteriormente con la Resolución N° 6538 del 9 de agosto de 2011, “Por la cual se

ratifica una reforma estatutaria a la Fundación Internacional del Trópico Americano –

Unitrópico”, en sus artículos Primero y Quinto, establece que Unitrópico es una entidad sin ánimo de lucro creada a instancias del Departamento de Casanare, como asociación de utilidad común, de participación mixta, que se rige por las leyes colombianas, la Ley 489 de 1998 en especial su artículo 96 y el Decreto ley 393 de 1991.

2.1.1.3 Personería Jurídica

Mediante oficio del 25 de febrero de 2002 el Ministro de Educación Nacional Dr. Francisco José Lloreda Mera, concluyo procedente aprobar la personería jurídica de Unitrópico, una vez reuniera las siguientes exigencias: 1) Certificación de disponibilidad presupuestal en la actual vigencia, que asegure la disponibilidad oportuna del dinero señalado en la ordenanza 076 para el funcionamiento de la institución, y de los CDT’S que certifiquen los otros aportes provenientes del conjunto de fundadores públicos y privados.

2) Documentación debidamente expedida por la Gobernación del Casanare donde se asegure el uso efectivo del inmueble propuesto como sede.”

Unitrópico dio cumplimiento a dichos requisitos, aportando los siguientes documentos:

Certificado de disponibilidad presupuestal expedido por la Gobernación de Casanare, Convenio N° 00116 del 30 de julio de 2002, para la investigación científica a través de la Fundación Internacional del Trópico Americano –Unitrópico, de acuerdo a la Ordenanza N° 088 del 03 de agosto de 2000, por valor de $1.100.000.000.

Convenio N°. 021-02 del 11 de marzo de 2001, celebrado entre la gobernación de Casanare y el rector de la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano, en el cual se destinan las instalaciones allí descritas para el funcionamiento de la institución universitaria (Folios 150 a 152 expediente Unitrópico).

Acta de entrega de Dotación para los bloques A, aulas, Bloque B, administración y biblioteca de la ciudadela universitaria, Municipio de Yopal, Departamento de Casanare, para el uso de la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano, por un valor equivalente a mil doscientos ocho millones trescientos nueve mil doscientos ochenta y nueve pesos ($1.208.309.289)

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Conforme a los documentos aportados, el Ministerio de Educación Nacional le reconoció Personería Jurídica a Unitrópico, dado que esta cumplía el capital mínimo requerido para la creación de la Institución Universitaria, observándose un amplio monto de recursos aportados por el Departamento de Casanare.

2.1.1.4 Conformación Patrimonial

Revisada la conformación patrimonial de la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL TRÓPICO AMERICANO – Unitrópico, se observó que su capital social inicial está conformado por aportes de Entidades Públicas y privadas, según la información suministrada a esta Contraloría, así:

Aportes entidades Públicas

Gobernación de Casanare:

El Departamento de Casanare es miembro fundador de Unitrópico, con ocasión de la autorización legal otorgada mediante la Ordenanza 076 de 24 de febrero de 2000; en virtud de la cual, el Ejecutivo departamental basado en los distintos preceptos tanto de índole constitucional como legal procedió a asociarse para constituir la fundación en comento. El aporte total del ente territorial asciende a $11.703.836.384 sin incluir el valor correspondiente al lote de terreno, como se describe a continuación:

Uso de Lote: Terreno de 19 Hectáreas para la construcción de la ciudadela universitaria avaluado en $718.000.000

Aporte en especie: correspondiente a estudios técnicos para poner en marcha la Fundación por valor de $363.581.000.

Aporte en especie: Efectuados mediante el Convenio 021 de 2002, consistente en la dotación para los bloques A, Aulas, Bloque B, Administración y biblioteca de la Ciudadela Universitaria en el municipio de Yopal, por valor de $1.208.309.289

Aportes en dinero: La Gobernación de Casanare ha realizado transferencias en efectivo a través de Convenios y resoluciones a la Fundación Universitaria, durante las vigencias 2001 a 2015 la suma de $10.131.946.095 según certificación expedida por la dirección técnica de tesorería del Departamento.

Otras Entidades:

Aportes en dinero: $10.000.000 (Instituto Financiero de Casanare-IFC ) Aportes en dinero: $10.000.000 (Corporinoquia)

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Aportes entidades Privadas

ENTIDAD APORTANTE VALOR

Centro Nacional de Investigación Forestal - CONIF 100.000.000

Asociación Educar 1.000.000

Instituto Biodiversidad 1.000.000

Cámara de Comercio de Casanare 1.000.000

Sociedad de Ingenieros de Casanare 1.000.000

Asociación de Electricistas de Casanare 1.000.000

Consejo Departamental de Planeación 1.000.000

Centro Microempresarial del Llano Cemilla 1.000.000

Asociación de Mujeres de Casanare por la Vida, La Paz y la Democracia 1.000.000

Corporación Cimarrón de Oro 1.000.000

Lonja Inmobiliaria de Casanare 1.000.000

Corporación Cultura de Casanare 1.000.000

Miscelánea La Amistad 1.000.000

Asociación Parque La Laguna 1.000.000

La Promotora de la Ciudadela Universitaria de Casanare 1.000.000

Fondo Mixto de Cultura 1.000.000

Centro de Estudios de Investigaciones Docentes 1.000.000

Asociación de Estudiantes de Universidades Públicas con presencia en Casanare 1.000.000

Subasta Ganadera de Casanare 1.000.000

Estación Acuícola 1.000.000

Círculo de Escritores de Casanare 1.000.000

Centro de Historias de Casanare 1.000.000

Corporación Mujer por ti Vive la Vida 1.000.000

Sociedad Colombiana de Arquitectos Seccional Casanare 1.000.000

Corporinoquia 1.000.000

Ciat 110.000.000

TOTAL 234.000.000

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Conforme a lo anterior, los aportes efectuados por dichas entidades públicas, constituyen un noventa y ocho (98%) por ciento del total de los aportes públicos y privados efectuados para la conformación del patrimonio de Unitrópico; donde el Departamento de Casanare es el miembro con participación mayoritaria de dicha asociación entre entidades públicas y privadas.

Cabe señalar, que a la fecha de la auditoría las entidades que se relacionan a continuación, aún no han realizado el aporte inicialmente pactado en el acta de constitución de la Fundación, así:

ENTIDAD APORTANTE VALOR

Instituto Alexander Von Humboldt 52.020.000

Consejo Departamental de Ciencia y Tecnología 1.000.000

Corpoíca 100.000.000

TOTAL 153.020.000

HA1 Socios Inactivos De acuerdo a lo anterior, según el ARTÍCULO DECIMO SEGUNDO: MIEMBROS

ACTIVOS de los estatutos cita: “Serán miembros activos de la FUNDACIÓN

UNIVERSITARIA DEL TRÓPICO AMERICANO, los fundadores, adherentes y honorarios, que cumplan con sus obligaciones para con la Fundación”. Ahora bien, en el PARRAGRAFO SEGUNDO: explica: “Ser socio inactivo significa que

cesan temporalmente sus obligaciones, deberes y prerrogativas para con la Fundación. Se vuelve activo cuando haya manifestación escrita de volver a retomar su condición”.

En el ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: DEBERES DE LOS MIEMBROS ACTIVOS

indica: “Son deberes de los miembros activos de la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL TRÓPICO AMERICANO: En su numeral 4). Cancelar oportunamente los aportes

iniciales, adicionales u ocasionales en la forma y cuantía que determine la Sala General de Miembros Activo”. De conformidad con la información presentada por la Universidad, se encontró en los libros auxiliares de contabilidad que tres (3) miembros fundadores desde su creación y hasta la fecha de la auditoría, no cancelaron el valor correspondiente a los aportes iniciales, según acta de constitución del 16 de marzo de 2000, y aun figuran como socios activos según se evidenció en actas de sala general y Consejo Superior.

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En este orden de ideas, se presume que los deudores morosos por este concepto no serían miembros activos de la Fundación Universitaria, así mismo, tampoco harían parte integral de la nómina de socios; llama la atención que la Sala General de Socios no hubiese tomado la determinación de declarar la exclusión de los mismos, más aun cuando por estatutos existe el mérito. Conforme a las anteriores situaciones, se establece un hallazgo administrativo a fin que la entidad suscriba un plan de mejoramiento.

2.1.1.5 Actuaciones Administrativas rendición de informes

El 27 de febrero de 2012, mediante oficio remitido por el Dr. Cesar Rolando Castro Pineda, el cual fue enviado a la Contraloría Departamental de Casanare, indica “3.

La Contaduría General de la Nación mediante comunicación de fecha 01 de abril de 2009, informó a la Unitrópico que de acuerdo a lo prescrito en el artículo 5° de la resolución N° 354 de 2007, mediante la cual se adoptó el régimen de contabilidad pública la entidad mencionada no hace parte del régimen de contabilidad pública, por tal motivo no está obligada a reportar información contable a la contaduría general de la nación”

Al respecto, la Contaduría General de la Nación, mediante oficio CGN N° 20134000066721 del 29 de noviembre de 2013 dirigido a la Rectora de Unitrópico, refiere que dicha comunicación fue dejada sin vigencia, mediante Concepto 20096-130594 de junio de 2009, el cual fue dirigido a la señora Mercedes Cortés Pulido, como revisora fiscal de Unitrópico, en el que se manifestó lo siguiente:

Concepto de la Contaduría General de la Nación

“En atención a lo expuesto y realizado el análisis correspondiente, se concluye que si bien la universidad se constituyó como una persona de derecho privado, la estructura de la composición de su capital la incluye en el ámbito de aplicación del Plan General de Contabilidad Pública –PGCP, en razón a que más del 50% de su capital es aportado por entidades públicas. Por tanto la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano – Unitrópico debe rendir su información financiera, económica, social y ambiental a la Contaduría General de la Nación…”

Por lo anterior, este despacho deja sin vigencia lo señalado en el expediente 20093-126454, del 1.de abril de 2009; dirigido al Doctor Ambrosio Niño Córdoba, Apoderado de la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano- Unitrópico.

“la Corte Constitucional expreso a través de la sentencia C-487 de 1997 que “Las

decisiones que en materia contable adopte la Contaduría de conformidad con la Ley, son obligaciones para las entidades del estado, y lo son porque ellas hacen parte de un

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complejo proceso en el que el ejercicio individual de cada una de ellas irradia en el ejercicio general, afectando de manera sustancial los “productos finales” entre ellos el Balance General, los cuales son definitivos para el manejo de las finanzas del estado (…) Es decir, que por mandato directo del constituyente al contador General de la Nación, máxima autoridad contable de la administración , determinar las normas contables, que deben regir en el país lo que se traduce en diseñar y expedir directrices y procedimientos dotados de fuerza vinculante , que como tales deben ser acogidos por las entidades públicas las cuales servirán de base para el sistema contable de cada entidad”

En conclusión este Ente de Control, señala que la Fundación Universitaria Internacional del trópico Americano – Unitrópico, por su conformación del patrimonio con capital público y conforme a lo enunciado anteriormente está sujeta a la vigilancia de la Contaduría General de la Nación y por ende la Contraloría Departamental de Casanare, como fue expuesto en Resolución 056 de 2014 de esta entidad. Proceso Sancionatorio. En consonancia a lo anterior expuesto, se indica que la universidad al presentar la comunicación sin vigencia sobre el régimen contable de la universidad, hizo caer en error a esta Contraloría, al retirarlo como sujeto de control en años anteriores, por lo tanto, se vio obstaculizado y entorpecido el ejercicio del control fiscal, toda vez, que la entidad no reportó la cuenta en la plataforma SIA durante las vigencias 2010 al 2013; razón por la cual, se solicitará el inicio del respectivo proceso sancionatorio. 2.1.1.6 Bienes Entregados en Comodato

Ciudadela Universitaria

El 17 de agosto de 2000, el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), otorgó al Departamento de Casanare, mediante escritura pública y a título de donación, el inmueble denominado ciudadela universitaria, situado en el Municipio de Yopal Casanare, cuya cabida es de 19 hectáreas más 9.067 mt2. En el Plan de desarrollo del Departamento del año 1998 a 2000, se encuentra el proyecto Universidad Presencial de Casanare, el cual busca atender las necesidades de educación superior e investigación de la población de Departamento, proyecto que estaba orientado a la promoción y al desarrollo de programas presenciales de pregrado y posgrado adecuado a las necesidades de la región, razón por la cual, se estipula que la destinación de bien inmueble será la construcción de la ciudadela universitaria.

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Mediante ordenanza 060 de 1999, la Honorable Asamblea del Departamento de Casanare, autorizó al señor Gobernador para que se asocie con particulares, con el fin de crear una corporación de participación mixta, sin ánimo de lucro, que tendrá por objeto promover la organización y desarrollo del Proyecto Ciudadela Universitaria de Casanare, como un centro científico y tecnológico, donde funcionará la Universidad Presencial de Casanare, el Instituto de Capacitación e investigación de Casanare.

La Ordenanza 76 de 24 de febrero de 2000, emitida por la Asamblea Departamental de Casanare, autorizó al señor Gobernador, para que en nombre del Departamento, se asocie, con la finalidad de construir la FUNDACIÓN UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DEL TRÓPICO AMERICANO.

El 20 de marzo de 2002, la Gobernación de Casanare y la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano- Unitrópico, celebran convenio especial de cooperación N° 021 de 2002, por un término de veinte (20) años, en el cual se estableció lo siguiente:

Entregar en calidad de préstamo de uso por parte del Departamento, las instalaciones donadas por el Sena.

Entregar en calidad de préstamo de uso la construcción de lo siguiente: Bloque A, aulas, Bloque B, Administración y Biblioteca, Bloque C de la Ciudadela Universitaria.

Realizar aporte en especie, el cual se materializa con la entrega de la dotación para el Bloque A, aulas, Bloque B, Administración y Biblioteca, Bloque C de la Ciudadela Universitaria.

La Gobernación emitió Resolución 0556 del 15 de diciembre de 2006, por medio de la cual, termina unilateralmente el convenio No. 021 de 2002, indicando en su parte motiva, que el préstamo de uso de los bienes inmuebles entregados a Unitrópico, encuadra en la figura de Comodato y a su vez señalan que por ser un bien del Departamento, se debe atender la normatividad pública (Ley 9ª. de 1989), en la que determina que el plazo máximo de comodato de un bien inmueble, no puede exceder los cinco (5) años (prorrogables), por lo tanto la Gobernación en la citada Resolución concluye que el convenio celebrado adolece de nulidad por prohibición expresa de la ley. Al respecto, Unitrópico presentó recurso a la resolución, sin embargo, la Gobernación de Casanare, la confirma mediante Resolución N° 033 del 25 de enero de 2007, posteriormente según Resolución 051 de 9 de abril de 2007, la

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Gobernación del Departamento, adoptó unilateralmente la liquidación final del convenio 021 de 2002. Unitrópico presentó recurso a la Resolución 051 de 2007, la cual fue confirmada con resolución 514 del 9 de octubre de 2007, en la que se indica que Unitrópico debe devolver los aportes dados por el Departamento. Al respecto, la fundación universitaria interpuso en contra del Departamento de Casanare, querella policiva por perturbación a la posesión y para que se le proteja el derecho de tenencia legítima que ejerce sobre un bien inmueble, en la cual, después del trámite procesal del caso, el 16 de agosto de 2007, la Alcaldía Municipal de Yopal, resolvió recurso de apelación, advirtiendo a la Gobernación “que para poder ingresar a ejecutar obras en el área delimitada como ciudadela universitaria deberá contar con el previo permiso de la autoridades administrativas de la Universidad Unitrópico, hasta cuando las autoridades ordinarias competentes resuelvan de fondo el litigio sobre la propiedad, posesión o tenencia de dicho predios”.

El Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Yopal, el 3 de junio de 2009, resuelve Acción Popular, iniciada en contra del Departamento de Casanare a consecuencia de la Resolución 556 de 15 de diciembre de 2006, en la cual indica en su parte motiva lo siguiente: “Es claro para este Estrado Judicial que en el caso objeto de estudio se han presentado divergencias porque uno era el pensamiento de administraciones departamentales anteriores cuando impulsaron a creación y puesta en marcha de la Universidad para el Casanare y otro la reciente que aplica políticas austeridad y observa a Unitrópico como una Universidad de tipo privado, cuyos estudiantes deben pagar unos elevados costos en matrículas y pensiones y los resultados sociales a la inversión inicial no se perciben… (…)

En síntesis, la Fundación Universitaria del Trópico Americano – Unitrópico ha venido funcionando sin aportes del gobierno departamental, es decir, ha sido autosuficiente; ante la decisión contenida en la Resolución No. 0556 de 2006 del Departamento de Casanare de terminación del Convenio 021 de 2002, las partes deberán buscar un acuerdo recíproco en cuanto a un préstamo en comodato de los terrenos donde actualmente funciona, arriendo u otra figura que se adecue a las especificaciones que se requieren… (…)

Ahora bien, otra discusión se centra entre las partes respecto a la naturaleza del convenio de cooperación N° 021 de 2002 celebrado entre la Gobernación del Departamento de Casanare y la Fundación Internacional del Trópico Americano- Unitrópico y su posterior terminación unilateral a través de la Resolución 0556 de 2006, lo que a nuestro juicio debe ventilarse a través de un proceso de Controversias Contractuales o bien de nulidad y restablecimiento del derecho, dentro de los cuales se pueda entrar a discutir la legalidad del acto administrativo emitido por la Gobernación y la validez de los compromisos

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adquiridos por una entidad territorial para dar aportes y servir de soporte en funcionamiento y otros gastos a una Fundación que se autocalifica sin ánimo de lucro pero que no establece subsidios a sus educandos y actúa de manera similar a cualquier Universidad Privada”

HA2- Legalización de uso de bienes del Departamento Comodato.

El comodato es un contrato regulado por el artículo 2200 y siguientes del Código Civil, el cual lo define como: “El comodato o préstamo de uso es un contrato en que

una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie mueble o raíz, para que haga uso de ella y con cargo de restituir la misma especie después de terminar el uso. Este contrato no se perfecciona sino por la tradición de la cosa”.

Se tiene entonces, que mediante este tipo de contratos:

El comodante transfiere el derecho de USO Y GOCE del bien al comodatario,

A título gratuito, lo que quiere decir que solo reporta utilidad al comodatario (quien recibe).

Respecto al Comodato de bienes públicos, la Ley 9ª.de 1989, en su artículo 38 señala: “Las entidades públicas no podrán dar en comodato sus inmuebles sino

únicamente a otras entidades públicas, sindicatos, cooperativas, asociaciones y fundaciones que no repartan utilidades entre sus asociados o fundadores ni adjudiquen sus activos en el momento de su liquidación a los mismos, juntas de acción comunal, fondos de empleados y las demás que puedan asimilarse a las anteriores, y por un término máximo de cinco (5) años, renovables.” (Negrita fuera de texto)

Esta norma se debe leer al tenor del artículo 355 de la Constitución Política: “Ninguna de las ramas u órganos del poder público podrá decretar auxilios o donaciones

en favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado”, entendiendo así, que los bienes inmuebles entregados a una persona jurídica de derecho privado (como en el caso que nos ocupa), no se puede enmarcar ni en auxilios, ni en donaciones, toda vez que estaríamos frente a un acto inconstitucional. En el caso que nos ocupa, tenemos que el clausulado del Convenio 021 de 2002, se refiere explícitamente al préstamo de uso a Unitrópico, tanto del terreno, como de los bloques construidos. Situación que desde las consideraciones legales realizadas, se enmarcan dentro del negocio jurídico denominado COMODATO, toda vez, que se hace explícitas sus características del simple uso y goce del bien, la gratuidad de la misma, el término del contrato, las obligaciones unilaterales a cargo del Departamento en la entrega del mismo.

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De acuerdo a los antecedentes del COMODATO, la finalidad de la entrega de tales bienes es la cooperación en la búsqueda del interés general, del bien común, respecto al acceso a la educación superior para los Casanareños. La Honorable Corte Constitucional, según Sentencia C-372-94 refiere lo siguiente: “(…) los contratos a que hace relación la norma en comento, permitidos con el fin de obviar los inconvenientes surgidos por la prohibición de decretar auxilios y donaciones, deben reunir las siguientes condiciones, a saber: 1)que con ellos se trate de impulsar programas y actividades de interés público, ya que si la causa es pública su destino debe ser proporcionado a ella; b) que esos programas y actividades sean acordes con el plan nacional y los planes sectoriales de desarrollo 8…) 3)Que los recursos estén incorporados en los presupuestos de las correspondientes entidades territoriales; y 4) que se celebren con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad”.

Respecto al término del convenio, es claro para este Ente de Control, que en atención a las determinantes legales, el comodato de un bien inmueble público no puede superar los cinco (5) años, y este puede ser prorrogable. Siendo así, las cláusulas del convenio 021 de 2002 que refieren específicamente al préstamo en uso del área de terreno y bloques, solo podrían haber sido pactados por este tiempo y no por 20 años, así como lo indica la Gobernación de Casanare en la Resolución 556 de 2006, adolece de nulidad por prohibición legal. Una vez analizada la información anteriormente descrita, este Ente de Control concluye lo siguiente:

El terreno en el cual se encuentra situada Unitrópico, fue entregado como donación para la creación de una CIUDADELA UNIVERSITARIA, donde se establecerían distintas entidades al servicio de la educación e investigación para Casanare y no solo para el funcionamiento de Unitrópico.

Tan es así, que en cada una de las Ordenanzas emitidas respecto a este predio, se indica que las autorizaciones se dan para una ciudadela universitaria. Así mismo, se estableció que allí funcionaría la Universidad Presencial de Casanare y el Instituto de Capacitación e investigación de Casanare. En sentencia del 10 de julio de 2008 del Tribunal Administrativo de Casanare, señala los motivos presentados por el entonces Gobernador de Casanare para la aprobación de aportes para la investigación científica en el Departamento, que cita: “En cumplimiento de lo señalado en el Plan de Desarrollo “para trabajar por

Casanare” en lo referente al área de educación superior y con la finalidad de crear un ambiente propicio e integral que permita elevar el nivel educativo de nuestro pueblo, hemos puesto en marcha como ustedes saben, la construcción de la ciudadela Universitaria de Casanare , en un área aproximada de 20 hectáreas. Allí habla de

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funcionar la Fundación universitaria del Trópico Americano, el Instituto de Capacitación de Investigación de Casanare y los programas de pregrado y postgrado que por la modalidad de extensión adelantarán las universidades públicas que han firmado convenios con el Departamento”

De igual manera indica lo siguiente: “se previó la articulación adicional con el

proyecto “ciudadela universitaria”, que no es persona jurídica sino un norte que se ha incorporado a la planeación estratégica de Casanare; y también con las universidades públicas con las que se convinieran estructuras de cooperación”

Como resultado de la acción policiva interpuesta por Unitrópico, quedó suspendido el derecho de la Gobernación de Casanare para entrar o ejecutar obras en la ciudadela universitaria, sin previo permiso de las Autoridades Administrativas de Unitrópico, sin embargo, al tener en cuenta la procedencia de los aportes que conforman Unitrópico, la Gobernación de Casanare cuenta con la tutela administrativa respecto a los mismos.

Las diferentes resoluciones enunciadas, de terminación y de liquidación unilateral del Convenio 021 de 2002, fueron recurridas y se agotó la vía gubernativa, sin embargo, tras pasar ocho (8) años, no se demandó ante la jurisdicción contencioso administrativa, por lo tanto, se concluye que las mismas están en firme, y así como lo indica el juzgado Segundo Administrativo del circuito de Yopal: “las partes deberán buscar un acuerdo recíproco en cuanto a

un préstamo en comodato de los terrenos donde actualmente funciona, arriendo u otra figura que se adecue a las especificaciones que se requieren ”

El uso que se le da a los bienes públicos dados en comodato, deben ser utilizados según la finalidad para la cual fueron contratados, es decir, contribuir al bien común, al bien social y la prevalencia del interés general, como lo es el elevar el nivel educativo del pueblo Casanareño, así como tratar de impulsar programas y actividades de interés público, como es el caso. Situación a la que no se le ha dado cumplimiento, toda vez que como lo dijo el Juzgado segundo Administrativo de Yopal “UNITRÓPICO como una Universidad de tipo privado,

cuyos estudiantes deben pagar unos elevados costos en matrículas y pensiones y los resultados sociales a la inversión inicial no se perciben”.

En consonancia de lo anterior, se configura un hallazgo administrativo a fin que la entidad realice las actuaciones necesarios, enfocadas en la determinación legal del uso de los bienes propiedad del Departamento.

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2.1.2 Rendición y Revisión de la Cuenta La Fundación Universitaria rindió la cuenta de las vigencias 2010 y 2014, una vez realizado el estudio de los documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones realizadas a través de las variables de oportunidad, suficiencia y calidad, se emite un concepto desfavorable de acuerdo a lo contemplado en la Resolución de rendición electrónica de la Contraloría Departamental de Casanare.

VARIABLES A EVALUAR

Calificación Parcial Ponderación Puntaje

Atribuido

Oportunidad en la rendición de la cuenta 62,5 0,10 6,3

Suficiencia (diligenciamiento total de formatos y anexos)

62,5 0,30 18,8

Calidad (veracidad) 59,4 0,60 35,6

SUBTOTAL CUMPLIMIENTO RENDICIÓN Y REVISIÓN DE LA CUENTA

60,6

HA3- Información Reportada Cuenta Fiscal

De acuerdo con las variables evaluadas, tal como se refleja en la tabla anterior, se conceptúa que la rendición de la cuenta de Unitrópico es desfavorable, debido a la calificación de 60.6 sobre 100 puntos, es decir, que aunque la rendición se realizó dentro del plazo establecido para ello, se evidenciaron falencias como es el caso de algunos formatos que no contemplaban la totalidad de la información. Así mismo, se observaron inconsistencias en el formato de contratación, donde no se reflejan la totalidad de contratos o convenios y sus adiciones. Por último, la Universidad no subió las ejecuciones de ingresos y gastos así como tampoco la situación presupuestal, alterando el resultado del formato; observándose de esta manera, que no es coherente la información reportada en la Rendición de Cuentas, a través del aplicativo SIA en las vigencias auditadas, respecto a la información aportada por la entidad al equipo auditor, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo.

2.1.3 Gestión Administrativa En virtud a denuncia presentada a este Ente de Control, referente a presuntas irregularidades en el área administrativa, a continuación se presenta de manera detallada lo observado por el equipo auditor.

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2.1.3.1 Despidos Laborales sin Justa Causa

De acuerdo a la denuncia, se observó la terminación de contratos laborales de los funcionarios de la Fundación Universitaria, por parte de la Rectora. Al respecto el equipo auditor revisó las carpetas suministradas por la Dirección de Talento Humano, encontrando lo siguiente:

NOMBRE CEDULA FECHA INICIO FECHA

TERMIN. ULTIMO

SALARIO INDENMIZA-

CIÓN LICENCIA NO

REMUNERADA

Grimaldos Mojica Manuel Alejandro

93,297,048 14/01/2008 01/02/2011

2,286,000

-

27,287,182

Gualdrón Albarracín Lina

23,795,125 01/02/2004 30/01/2006

519,000

774,000

Gualdrón Albarracín Lina

23,795,125 01/02/2006 20/04/2010

519,000

3,210,701

Guzmán García Manuel Alirio

93,406,550 01/08/2009 13/01/2014

2,800,000

9,245,147

Herrera Morales Luis Enrique

74,814,533 06/03/2007 21/01/2011

833,500

1,724,132

Lamprea Fernández Elizabeth

68,304,601 01/03/2003 14/10/2011

2,967,000

18,044,600

Lemus Álvarez María Esperanza

33,449,061 16/12/2008 19/11/2010

4,984,000

8,057,460

Mahecha Vahos Sonia Yaneth

23,552,386 10/08/2009 10/12/2012

3,560,000

9,137,333

Martínez Peñaranda Sara Sucen

21,070,115 01/03/2003 14/06/2013

3,000,000

21,577,750

Díaz Ruiz Elmer Román

7,177,941 01/02/2012 23/05/2014

2,700,000

5,064,970

Vargas Ordúz Ruth Matilde

39,707,181 04/02/2014 20/06/2014

1,540,000

1,540,000

Páez Castellanos María Epifanía

47,430,909 06/03/2013 02/10/2014

4,125,576

5,706,971

Montaña Bello Luis Eduardo

79,053,390

2,700,000

-

Amaya Cesar Oswaldo

79,979,918

-

Cuervo Ipus Richard Steev

1,018,428,518 05/05/2014 19/12/2014

1,232,000

1,232,000

Hernández Zuluaga William Alexander

1,115,856,613 07/01/2014 01/12/2014

1,232,000

1,232,000

Tinjacá Bermejo Andrés Mauricio

1,118,169,174

1,540,000

-

González Pidiache Diana Suguey

1,118,531,018

2,550,150

-

Sarmiento Vargas Luis Felipe

1,118,544,934

2,300,000

2,300,000

Rodríguez Romero Benjamín

10,161,900 01/02/2011 05/03/2013

4,126,500

7,144,945

Barreto Alvarado Paola Andrea

46,454,644 10/01/2012 24/05/2013

2,550,150

3,159,326

James Rojas Aura Ligia

46,370,240 16/01/2012 05/11/2013

1,203,900

1,742,051

Arias Arias Nubia Constanza

52,029,648 16/01/2012 10/12/2012

3,966,900

3,966,900

Rodriguez Agudelo Claudia Marcela

47,440,721 26/11/2009 17/12/2010

2,611,000

2,785,066

Alfonso Cardenas Silva

74,845,321 18/02/2009 21/06/2011

4,984,000

8,620,474

Arvey Perez Henao

13,480,683 2009/09/04 2011/08/05

2,286,000

3,691,128

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Marta Patricia Valencia Triana

52,275,118 2010/06/15 2010/06/15

1,700,000

-

Claudia Patricia Suarez Bernal

47,441,742 2007/01/15 2010/11/19 NO

-

Jorge Luis Rosas Gutierrez

3,295,250 2009/07/01 2011/12/19

1,648,000

3,262,491

Mónica Alexandra Rodriguez Moscoso

35,422,955 2009/11/11 2012/07/13 NO

-

Nubia Isabel Chaparro Vargas

47,427,999 2004/02/09 2011/12/19

1,648,000

9,189,250

Jorge Eduardo Cordoba Sarria

76,324,117 2009/09/01 2010/09/16

5,746,000

5,059,672

Maribel Corredor Buitrago

51,939,568 2009/11/26 17-Dec-10

2,611,000

2,698,033

Rudy Cortez Medina

47,428,832 2009/01/01 2010/11/19

2,967,000

4,747,200

María Constanza Escobar Rojas

59,818,998 2004/01/13 2011/12/19

2,967,000

16,686,408

Judith Bibianaespejo Sanabria

47,434,052 2009/08/10 2012/02/08

3,805,428

3,805,428

Yasmin Elvira Franco Barrera

46,367,381 2005/04/01 2011/12/15

2,967,000

14,258,413

Carlos Alberto Gaitan Reyes

19,080,683 2004/02/15 2010/08/24

5,746,000

19,791,778

Wilfredo Enrique Gavivia Silva

74,858,733 2005/07/10 2011/12/22

3,760,000

17,428,352

Maria Edilma Alarcon

52,251,677 2009/08/01 2010/04/21

519,000

580,500

Jimmy Yordany Ardila Muñoz

91,075,948 2008/01/14 2011/12/22

3,000,000

8,883,000

Cristian Avila Quiñones

74,186,734 2006/08/01 2010/12/17

4,984,000

16,114,930

Diana Del Pilar Ostos

30,350,107 2004/01/05 2010/12/17

3,560,000

17,681,266

Gilberto Cortez Millan

79,321,552 2003/03/01 2012/01/16

3,560,000

22,257,118

Gabriel Ernesto Pantoja Peña

79,688,329 2008/01/14 2011/12/22

3,300,000

9,971,300

Sandra Mabel Robayo Alfonso

39,742,153 2009/11/06 2010/12/17

2,611,000

2,785,066

Mendivelso Ortíz Luz Marina 23.739.865 1/03/2003 21/04/2010 519,000

2,957,325

Monroy Carlos Alberto 4.249.175 6/11/2011 19/01/2011

-

Monroy Sanabria Isis Helena 46.375.508 15/12/2009

-

Montaña Barrera Victor Salvador 9.529.896 15/01/2008 10/12/2012

-

Moreno Pedraza Carlos Orlando 6/02/2009 16/07/2013 $1,983,450

6,541,686

Munevar Herrera Ricardo Antonio

-

Murillo Chiquillo Teresa De Jesús 24.099.865 01/11/2009 5/11/2013 $1,983,450

5,968,713

Perdomo Andrade Fernando 79.149.877 6/02/2009 13/07/2010

-

Balbuena Hernández Pedro Nel 74.243.035 22/12/2012

13,971,192

Edigson Perez Enao -

SUBTOTAL 324,596,075 27,287,182

TOTAL 351,883,257

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HA4-HD1-HF1 Indemnizaciones Laborales Una vez revisadas las carpetas de los funcionarios relacionados anteriormente, se observó que efectivamente la Fundación Universitaria comunicó a los funcionarios la terminación unilateral del contrato laboral “sin justa causa”. De otra parte, se evidenció que la Universidad canceló en dinero una licencia no remunerada a un docente, cuando éste se encontraba adelantando estudios superiores en el exterior, pese a que el docente había radicado previamente comunicación en la que manifestaba que le impedía cumplir con su contrato laboral y solicita además licencia no remunerada por el tiempo que estuviese ausente. No obstante, no se entiende por qué la Institución realizó el pago, aún con las razones expuestas anteriormente. Al respecto, este Ente de Control observa que la entidad actuó sin tener en cuenta lo establecido en la normatividad vigente referente a contratos laborales – Código Sustantivo del trabajo, lo que conllevó a la cancelación de cuantiosas INDEMNIZACIONES LABORALES por valor de $351.883.257, por despidos arbitrarios y sin justa causa; los cuales fueron cancelados con recursos provenientes de la prestación de un servicio público – educación de interés general, aunado a que el mismo se presta dentro de las instalaciones de la ciudadela universitaria de propiedad de la Gobernación de Casanare, quien además tiene el 96% del capital de constitución de la Fundación Universitaria. Así mismo, se señala que la Institución educativa cuenta con estatutos que rigen su vida administrativa y financiera, de obligatorio cumplimiento para todos los funcionarios y para el consejo directivo. Sin embargo, en los mismos no se indican facultades a la rectora para realizar despidos sin justa causa y menos de forma masiva, como es el caso observado; encontrando con sorpresa que las decisiones tomadas por la rectoría de la Universidad se hicieron de manera unilateral.

Una actuación de esta naturaleza debe darse luego de una debida planificación y orientación por parte de la alta dirección que conduzca al mejoramiento administrativo de la institución tomando en cuenta, el costo financiero que ello implica y que pueda llegar a ser asumido por la entidad, aun previendo el futuro riesgo jurídico y financiero. Por lo anterior, se concluye que los recursos cancelados por concepto de indemnizaciones, debieron haberse reinvertido en la prestación del servicio educativo, dado que uno de los fines de la creación de la universidad, es retribuir en el beneficio social y que contribuya al desarrollo de la comunidad Casanareña; observando una lesión al patrimonio de la Universidad con una toma de decisión

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que no correspondió a una debida planificación que beneficiara a la misma, y por el contrario se causó un perjuicio, razón por la cual se determina un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario y fiscal por la suma de $351.883.257.

2.1.3.2 Bonificaciones Extralegales

La rectoría durante las vigencias 2011- 2014 ordenó a través de resoluciones, pagos a varios funcionarios por concepto de bonificaciones extralegales, las cuales no constituían salario laboral, por los siguientes conceptos: Cumplimiento de objetivos, realización de turnos extras, haber desempeñado encargos, Dirección o coordinación de programas educativos. A continuación se detallan por vigencia las bonificaciones canceladas: Vigencia 2011

VIGENCIA NOMBRE IDENTIFICACION N. RES FECHA VALOR

Jimmy Jordany Ardila Muñoz 91.075.948 1.339.000

Carlos Mauricio Cortes Acuña 79.687.835 3.481.400

Manuel Alirio Guzman Garcia 93.406.550 1.339.000

Edigson Perez Henao 13.496.215 043 07/10/2011 624.867

Jorge Luis Rosas Gutierrez 3.295.250 050 19/12/2011 1.400.000

Jimmy Jordany Ardila Muñoz 91.075.948 1.534.494

Nestor Alfredo Salamanca 74.861.676 2.410.200

Carlos Mauricio Cortes Acuña 79.687.835 658.788

Eliana Bline Rodriguez Camacho 40.403.967 1.205.100

Manuel Alirio Guzman Garcia 93.406.550 329.394

Sandra Milena Perez Gonzalez 46.376.459 1.274.728

Rosaura Lopez 23.552.386 329.394

Carlos Alberto Gaitan 79.473.993 1.205.100

Fernando Augusto Trujillo Suarez 7.161.541 329.394

Elsa Lucia Ospina Ruiz 52.056.710 1.606.800

Sonia Yaneth Mahecha 39.759.632 1.274.728

Aura Rocio Perez Rojas 47.434.068 6.427.200

Hernando Salcedo Caldas 79.466.489 2.410.200

Pedro Nel Valbuena Hernandez 74.243.035 1.534.494

Yency Yanneth Castro Ramirez 51.998.221 1.205.100

Rolando Castro Pineda 7.223.242 3.374.280

Dorisnelda Guarin Bernal 47.435.548 052 22/12/2011 923.000

36.216.661

2011

032 01/07/2011

051 22/12/2011

SUBTOTAL

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Vigencia 2012

VIGENCIA NOMBRE IDENTIFICACION N. RES FECHA VALOR

Aura Rocio Perez Rojas 47,434,068 013 20/02/2012 1,133,400

Adriana Lucia Guarnizo Orozco 52,409,228 1,218,400

Carlos Ivan Molina Roa 4,090,738 2,417,920

Jairo Alberto Gonzalez Saenz 7,188,316 768,000

John Henry Hernandez Diaz 74,755,175 608,000

Diana Suguey Gonzalez Pidiache 1,118,531,018 1,536,000

Carlos Guillermo Vargas Beltran 9,430,117 3,136,000

Fernando Augusto Trujillo Suarez 7,161,541 1,558,425

Maria Odilia Cely Caballero 23,466,759 1,558,425

Claudia Patricia Figueredo Pabon 24,231,377 434,470

Alida Marcela Gomez Rodriguez 33,369,301 793,380

Sonia Yaneth Mahecha 39,759,632 859,495

Eliana Bline Rodriguez Camacho 40,403,967 1,558,425

Sandra Milena Perez Gonzalez 46,376,459 1,558,425

Elsa Lucia Ospina Ruiz 52,056,710 1,558,425

Edwin Ricardo Jimenez Caicedo 74,183,768 434,470

Nestor Alfredo Salamanca 74,861,676 3,116,850

Hernando Salcedo Caldas 79,466,489 3,116,850

Carlos Alberto Gaitan 79,473,993 1,558,425

Martha Judith Lopez Pinzon 63,369,149 1,133,400

Jorge Enrique Chaparro Mesa 74,187,847 1,133,400

Cesar Rolando Castro Pineda 7,223,242 3,116,850

Luz Mary Alegria Velasquez 34,553,108 1,133,400

Camilo Ernesto Nuñez Henao 93,134,714 340,020

Sandra Milena Perez Gonzalez 46,376,459 042 10/09/2012 1,558,425

Nadia Alexandra Carreño Avella 10,098,630,887 044 18/09/2012 1,133,400

Sonia Yaneth Mahecha 39,756,632 057 10/12/2012 2,219,575

Fernando Augusto Trujillo Suarez 7,161,541 1,700,100

Maria Odilia Cely Caballero 23,466,759 1,700,100

Claudia Patricia Figueredo Pabon 24,231,377 3,230,190

Alida Marcela Gomez Rodriguez 33,369,301 1,558,425

Eliana Bline Rodriguez Camacho 40,403,967 1,700,100

Sandra Milena Perez Gonzalez 46,376,459 3,400,200

Salvador Gutierrez Perez 1,114,510 1,114,510

Edwin Ricardo Jimenez Caicedo 74,183,768 1,567,870

Nestor Alfredo Salamanca 74,861,676 3,400,200

Hernando Salcedo Caldas 79,466,489 4,816,950

Carlos Alberto Gaitan 79,473,993 1,700,100

Ines Rojas Villamil 47,431,189 1,256,185

Camilo Ernesto Nuñez Henao 93,134,714 1,530,090

Elmer Roman Diaz Ruiz 7,177,941 2,833,500

Vianey Pastrana Chaparro 3,400,200 3,400,200

Martha Judith Lopez Pinzon 63,369,149 2,266,800

Maria E. Paez Castellanos 47,430,909 3,400,200

Benjamin Rodriguez Romero 10,161,900 2,266,800

Kenier Ivan Tellez Lopez 79,569,940 1,596,648

Rolando Castro Pineda 7,223,242 1,303,410

Edith Karine Rojas Heredia 46,387,251 368,833

Mauricio valencia 74,379,988 435,040

87,238,706

2012

SUBTOTAL

059 2012-12-18

037 30/07/2012

02906/06/2012

030 12/06/2012

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Vigencia 2013

VIGENCIA NOMBRE IDENTIFICACION N. RES FECHA VALOR

Gaston Gomez 30,982,095 05 15/02/2013 1,200,000

Hector Avila 34,553,108 05 15/02/2013 600,000

Hernando Larrarte 47,431,209 05 15/02/2013 700,000

Mauricio valencia 74,379,988 05 15/02/2013 2,360,000

Hernando Salcedo Caldas 79,466,489 5,305,500

Elmer Roman Diaz Ruiz 7,177,941 3,537,000

Nestor Alfredo Salamanca 74,861,676 3,537,000

Claudia Patricia Figueredo Pabon 24,231,377 3,537,000

Maria Odilia Cely Caballero 23,466,759 1,768,500

Carlos Alberto Gaitan 79,473,993 1,768,500

Alida Marcela Gomez Rodriguez 33,369,301 1,768,500

Elith Arleny Tovar Mariño 23,725,936 1,247,775

Fernando Augusto Trujillo Suarez 7,161,541 1,768,500

Eliana Bline Rodriguez Camacho 40,403,967 1,768,500

Ines Rojas Villamil 47,431,189 1,611,300

Sandra Milena Perez Gonzalez 46,376,459 3,537,000

Edwin Ricardo Jimenez Caicedo 74,183,768 1,699,725

Sandra Liliana Suarez Triana 52,807,253 1,630,950

Kenier Ivan Tellez Lopez 79,569,940 1,748,850

Fredy Alexander Moreno Guio 74,181,341 1,326,375

Eudes Sandoval Bohorquez 9,433,622 2,692,050

Martha Judith Lopez Pinzon 63,369,149 5,895,000

Hernan Rivera Salcedo 4,270,581 1,768,500

Oscar Andres Rodriguez fandiño 79,841,468 038 30/10/2013 532,500

Oscar Andres Rodriguez fandiño 79,841,468 040 02/12/2013 532,500

German Marino Rivera Fernandez 87,575,001 042 10/12/2013 800,000

Maria Odilia Cely Caballero 23,466,759 1,768,500

Ana Milena Correa Guerra 23,466,769 2,751,000

Elmer Roman Diaz Ruiz 7,177,941 5,276,025

Carlos Alberto Gaitan 79,473,993 1,768,500

Alida Marcela Gomez Rodriguez 33,369,301 1,630,950

Marco Antonio Hernandez Camargo 4,219,092 2,908,200

Liliana Elizabeth Hernandez Mancipe 40,042,259 1,660,425

Angela Maria Jimena Jimenez Garcia 1,049,611,346 3,537,000

Miguel Gustavo Lopez casas 7,161,016 962,850

Hernan Rivera Salcedo 4,270,581 1,768,500

Libardo Roa Muñoz 91,350,328 1,670,250

Ines Rojas Villamil 47,431,189 1,670,250

Nestor Alfredo Salamanca 74,861,676 3,537,000

Kenier Ivan Tellez Lopez 79,569,940 1,670,250

Elith Arleny Tovar Mariño 23,725,936 1,768,500

Fernando Augusto Trujillo Suarez 7,161,541 1,768,500

Hernando Salcedo Caldas 79,466,489 29,475

Sandra Milena Perez Gonzalez 46,376,459 589,500

Alejandro Alberto vargas Villamil 9,430,883 697,575

Monica Andrea Avella Jaimes 53,055,592 595,035

Jose Never Caceres 7,221,061 850,050

Andrea Bibiana Galvis Morales 1,118,537,745 566,700

William Alexander Hernandez Z 1,115,856,613 1,179,000

Martha Judith Lopez Pinzon 63,369,149 1,983,450

Luis Farley Mariño Cedeño 1,118,540,617 1,416,750

Maria E. Paez Castellanos 47,430,909 7,933,800

Egni Yired Perez Lopez 1,118,538,685 736,875

Ruth Stella Peraza Poveda 20,796,298 595,035

Johana Margarita Sarmiento Pinto 63,510,155 1,275,075

Carlos Guillermo Vargas Beltran 9,430,117 2,141,850

Oscar Andres Rodriguez fandiño 79,841,468 054 20/12/2013 532,500

German Marino Rivera Fernandez 87,575,001 055 20/12/2013 386,667

112,267,562

2013013 14/06/2013

053 17/12/2013

2013

SUBTOTAL

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Vigencia 2014

VIGENCIA NOMBRE IDENTIFICACION N. RES FECHA VALOR

Nestor Alfredo Salamanca 91,247,674 4,050,000

Carlos Guillermo Vargas Beltran 9,430,117 2,200,000

Oscar Andres Rodriguez fandiño 79,841,468 072 2014-02-10 532,500

Oscar Andres Rodriguez fandiño 79,841,468 078 2014-03-10 532,500

German Marino Rivera Fernandez 87,575,001 079 2014-03-14 800,000

Oscar Andres Rodriguez fandiño 79,841,468 088 2014-04-10 532,500

Oscar Andres Rodriguez fandiño 79,841,468 094 2014-05-16 532,500

Elmer Roman Diaz Ruiz 7,177,941 095 2014-05-23 4,219,600

Oscar Andres Rodriguez fandiño 79,841,468 101 2014-06-05 532,500

Nelson Ricardo Camargo Perez 74,861,603 4,558,400

Nestor Alfredo Salamanca 74,861,676 3,552,267

Angela Maria Jimena Jimenez Garcia 1,049,611,346 3,552,267

Ana Milena Correa Guerra 23,466,769 3,552,267

Carlos Alberto Gaitan 79,473,993 1,776,133

Alejandro Alberto vargas Villamil 9,430,883 1,776,133

Maria Odilia Cely Caballero 23,466,759 1,704,266

Elith Arleny Tovar Mariño 23,725,936 1,704,266

Alida Marcela Gomez Rodriguez 33,369,301 1,683,734

Fernando Augusto Trujillo Suarez 7,161,541 1,776,133

Ines Rojas Villamil 47,431,189 1,694,000

Liliana Elizabeth Hernandez Mancipe 40,042,259 1,776,133

Alida Marcela Gomez Rodriguez 33,369,301 677,600

Kenier Ivan Tellez Lopez 79,569,940 714,560

Alexander Hincapie Landinez 74,861,886 554,400

Yenny Astrid Barahona Pico 46,368,354 739,200

Libardo Roa Muñoz 91,350,328 714,560

Sandra Milena Perez Gonzalez 46,376,459 246,400

William Rojas Vergara 79,040,512 739,200

Hernan Rivera Salcedo 4,270,581 739,200

Claudia Patricia Figueredo Pabon 24,231,377 4,533,600

Teresa herreño Solano 41,794,885 766,000

Carlos Guillermo Vargas Beltran 9,430,117 4,304,312

Jose Alfredo Camargo Martinez 7,189,329 3,552,267

Yuban Urbano Burgos 9,431,041 900,000

Marco Antonio Hernandez Camargo 4,219,092 1,160,134

Oscar Andres Rodriguez fandiño 79,841,468 114 07/07/2014 532,500

Oscar Andres Rodriguez fandiño 79,841,468 120 01/08/2014 532,500

Carlos Guillermo Vargas Beltran 9,430,117 121 01/08/2014 1,326,078

Claudia Patricia Figueredo Pabon 24,231,377 130 22/08/2014 10,659,627

Maria E. Paez Castellanos 47,430,909 131 11/08/2014 4,125,276

Carlos Guillermo Vargas Beltran 9,430,117 132 25/08/2014 1,326,078

Gilber Miguel Chaparro Torres 1,326,078 134 25/08/2014 1,326,078

Rory Ederley Rojas 30,982,095 135 26/08/2014 616,000

Teresa herreño Solano 47,794,885 138 27/08/2014 1,300,000

Celmira Rincon Orduz 47,431,209 140 27/08/2014 616,000

Andrea Bibiana Galvis Morales 1,118,537,745 141 27/08/2014 616,000

Diana Suguey Gonzalez Pidiache 1,118,531,018 142 27/08/2014 1,326,078

Lina Paola Soler Arias 33,480,844 152 30/09/2014 2,493,480

Alexander Hincapie Landinez 74,861,885 739,200

Hernan Rivera Salcedo 4,270,581 739,200

Kenier Ivan Tellez Lopez 79,569,940 739,200

Libardo Roa Muñoz 91,350,328 739,200

William Rojas Vergara 79,040,512 739,200

Yenny Astrid Barahona Pico 46,368,354 739,200

Jose Alfredo Camargo Martinez 7,187,329 3,583,067

Nelson Ricardo Camargo Perez 74,861,608 5,359,200

Maria Odilia Cely Caballero 23,466,759 1,786,400

Ana Milena Correa Guerra 52,704,265 3,572,800

Liliana Elizabeth Hernandez Mancipe 40,042,259 1,786,400

Alexander Hincapie Landinez 74,861,885 1,119,067

Angela Maria Jimena Jimenez Garcia 1,049,611,346 3,572,800

Luis Fernando Moreno Delgado 7,710,609 1,724,800

Hernan Rivera Salcedo 4,270,581 2,484,533

Libardo Roa Muñoz 91,350,328 3,583,067

Ines Rojas Villamil 47,431,189 1,786,400

Nestor Alfredo Salamanca 74,861,676 3,572,800

Kenier Ivan Tellez Lopez 79,569,940 1,119,067

Elith Arleny Tovar Mariño 23,725,936 1,786,400

Fernando Augusto Trujillo Suarez 7,161,541 1,786,400

Plutarco Maria Urbano Tibaduiza 9,431,589 1,427,067

Alejandro Alberto vargas Villamil 9,430,883 1,786,400

136,447,095

066 2014-01-30

TOTAL

167 28/11/2014

174 10/12/2014

2014

109 01/07/2014

112 01/07/2014

108 2014-07-01

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HA5-HD2-HF2 Pago de Bonificaciones La administración de la universidad “justificó” la erogación realizada por bonificaciones extralegales bajo criterios de cumplimiento de objetivos, realización de turnos extras, haber desempeñado encargos, Dirección o coordinación de programas educativos. No obstante, se pretendió a través de estas “bonificaciones” realizar pagos que no están contemplados en los estatutos de la universidad, tan es así que en el artículo 40 de los estatutos de Unitrópico, Numerales 7 y 9 señalan lo siguiente: Numeral 7 “Realizar actos y celebrar los

contratos necesarios para que la FUNDACION UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DEL

TROPICO AMERICANO pueda cumplir con sus objetivos” y por la otra, el numeral 9 del mismo artículo señala: “Ordenar los pagos a cargo de la entidad, y contratar

obligaciones de conformidad con las autorizaciones previas necesarias, según los estatutos, los reglamentos y las decisiones del consejo superior”. (Negrilla fuera de

texto). Dejando claro que ni el articulo ni los numerales hablan de bonificaciones, ni remuneraciones adicionales.

Conforme a lo anterior, el artículo citado no contempla autorización expresa para el pago de bonificación alguna; por lo cual se observa que se realizaron pagos sin autorización legal y estatutaria, por la suma de $372.170.024, los cuales fueron cancelados con recursos provenientes de la prestación de un servicio público – educación de interés general, aunado a que el mismo se presta dentro de las instalaciones de la ciudadela universitaria de propiedad de la Gobernación de Casanare, quien además tiene el 96% del capital de constitución de la Fundación Universitaria.

Es de aclarar, que en el acta No 24 del 27 de marzo de 2014, la rectora informo a la sala general del pago efectuado por concepto de bonificaciones en las diferentes vigencias, lo que quiere decir que los directivos de la Universidad tuvieron conocimiento de los respectivos pagos.

Por lo anterior, se concluye que los recursos cancelados por concepto de indemnizaciones, debieron haberse reinvertido en la prestación del servicio educativo, dado que uno de los fines de la creación de la universidad, es retribuir en el beneficio social y que contribuya al desarrollo de la comunidad Casanareña; adicionalmente, los contratos laborales no estipulan el pago de las bonificaciones, ni existe justificación legal para el pago de las mismas, razón por la cual se determina un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario y fiscal por la suma de $372.170.024.

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2.1.3.3 Pago de Comisión de Viajes

HA6-HD3-HF3-HP1 Comisión de Viajes

Como objeto de la denuncia presentada en esta entidad, se establecieron las siguientes observaciones, referentes al pago de comisión de viajes:

Compra de tiquetes a favor de la Rectora de la Universidad a los países de Perú, Ecuador, Cuba y Panamá, sin que se indique la necesidad o conveniencia de la realización de los viajes por parte de la funcionaria.

Compra de tiquetes aéreos al señor HERNAN ALBERTO OLIVAR RIVERA, a

los países de Perú, Ecuador, Cuba, Panamá y a la ciudad de Barranquilla, los cuales fueron cancelados mediante la tarjeta de crédito No.4504-1840-9099-3085 del BBVA, persona que no formaba parte activa de la Institución. (se ha

informado a este organismo de control por parte de funcionarios de la Universidad, que el Señor Olivar Rivera es el cónyuge de la Señora ex-rectora)

Lo anterior se refleja a continuación:

Destino: Perú

FECHA ORIGEN DESTINO SILLAS NOMBRE PSJEROS VALOR

Sandra Rincon Serrano

Hernan Olivar Rivera

Sandra Rincon Serrano

Hernan Olivar Rivera

Sandra Rincon Serrano

Hernan Olivar Rivera12/06/2013 ECUADOR COLOMBIA 2

1,716,268

2PERUCOLOMBIA08/06/2013

12/06/2013 PERU ECUADOR 2

Destino: Cuba

FECHA ORIGEN DESTINO SILLAS NOMBRE PSJEROS VALOR

Sandra Rincon Serrano

Hernan Olivar Rivera

Sandra Rincon Serrano

Hernan Olivar Rivera

Sandra Rincon Serrano

Hernan Olivar Rivera

07/07/2013 Colombia Cuba 2

2,318,000 13/07/2013 Cuba Panama 2

13/07/2013 Panama Colombia 2 Destino: Barranquilla

FECHA COMPROB.EG. RESERVA ORIGEN DESTINO NOMBRE DEL PASAJERO VALOR

5 y 8 Abril/13 No. 6088 GOCUDW YOPAL B/QUILLA HERNAN ALBERTO OLIVAR RIVERA 422.120$ Conforme a lo anterior, el equipo auditor observa que la Universidad no cuenta con un procedimiento que permita tener un control de gastos frente a la utilización

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de las tarjetas de crédito, tan solo a través del formato de solicitud de recursos, se autorizó la compra de los tiquetes arriba relacionados. Ahora bien, si bien es cierto se evidencia la autorización para cubrir los gastos de la señora Rincon Serrano, este Ente de Control no encuentra justificación alguna que sustente la erogación realizada a nombre de un particular, como es el caso del señor Olivar Rivera; Razon por la cual se determina un hallazgo administrativo, con presunta incidencia disciplinaria y penal por presunta administración desleal, de acuerdo a lo señalado en el artículo 17 de la Ley 1474 de 2011. Asi mismo se determina un presunto fiscal por valor de $2.439.254 que corresponde al valor de los tiquetes del particular antes relacionado, tal como se describe a continuación:

FECHA ORIGEN DESTINO SILLA NOMBRE PASAJERO VALOR

2013/06/08 Colombia Perú 1 Hernan Olivar Rivera

2013/06/12 Perú Ecuador 1 Hernan Olivar Rivera

2013/06/12 Ecuador Colombia 1 Hernan Olivar Rivera

2013/07/07 Colombia Cuba 1 Hernan Olivar Rivera

2013/06/12 Cuba Panamá 1 Hernan Olivar Rivera

2013/06/12 Panamá Colombia 1 Hernan Olivar Rivera

5 y 8 Abril/13 YOPAL B/QUILLA 1 Hernan Olivar Rivera 422.120

2.439.254

858.134

1.159.000

TOTAL 2.1.3.4 Reconocimientos al Mérito Educativo

Otro tema denunciado, obedece a que El Premio SAPIENTIAE a la Excelencia

Educativa se otorgó a la Señora Rectora y no a la universidad. Respecto a este tema se tiene lo siguiente: “El Premio SAPIENTIAE a la Excelencia Educativa, responde al interés de la Organización de las Américas para la Excelencia Educativa (ODAEE), en reconocer a la destacada labor de profesionales e instituciones, promover la mejora de la educación básica y promover la cultura de la educación superior; promover el avance de la excelencia educativa, la internacionalización de la educación y la actualización del currículo educativo con base en los constantes cambios globales y sociales. Formar un grupo elite de la educación y fomentando el intercambio de experiencias educativas entre los países. Pretender ser el marco orientador en el proceso de gestión de excelencia, facilitando herramientas para difundir y promocionar los logros obtenidos en su trayectoria. Difundir los derechos humanos considerando la educación como un derecho básico. Ser agente promotor de las prácticas integrales de la educación, considerando los valores éticos, morales, espirituales e intelectuales, promover y reconocer la labor de

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quienes proporcionan instrumentos para transformar las sociedades actuales en sociedades más sostenibles y responsable y aun servir como instrumento de medida de la educación de calidad. El Premio SAPIENTIAE es otorgado anualmente, lo que confirma la transcendencia en el tiempo, transformándose en una instancia que permite estrechar los lazos entre los países de América y la Unión Europea, potenciando intercambios de gran relevancia para el desarrollo de nuestras naciones”.

HA7- Abuso de Confianza

Frente a este tema, la organización de las Américas para la Excelencia Educativa (ODAEE), hace una invitación abierta a todas las Instituciones de América, para la participación de la VI cumbre de Altos Dirigentes de Instituciones Educativas de Iberoamérica; evento que se realizó los días 26 y 27 de octubre de 2012 en México, por lo que la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano “Unitrópico” envió la ficha de afiliación con los respectivos anexos. La Rectoría adjunta el formulario requerido para tal fin y declara tener conocimiento del proceso para participar en el VI premio, y solicita a la Organización de manera escrita lo siguiente: “Es de mi preferencia que los reconocimientos (trofeo y diploma) se

confeccionen según detalle abajo: TROFEO VI PREMIO SAPIENTIAE A NOMBRE DE: SANDRA PATRICIA RINCON SERRANO DIPLOMA Y MEDALLA DE GESTION DE CALIDAD A nombre de: SANDRA PATRICIA RINCON SERRANO”

El 16 de octubre de 2012 la Señora Rectora solicita a la dirección Administrativa y financiera de la Universidad, un desembolso por valor de $8.394.070 Para cubrir gastos que ocasiona la participación en dicho evento, argumentando que la invitación a la cumbre es para conformar la plana Directiva Internacional en Calidad de Director regional para el ejercicio 2012-2013, el 17 de octubre de 2012 la Rectora a través del formato de solicitud de recursos, solicita y autoriza a la vez la disponibilidad, con cargo a pasajes, seminarios y congresos por la suma arriba mencionada. En consecuencia de lo anterior, a este Ente de Control le llama la atención lo siguiente:

El objeto de la invitación abierta que hace la ODAEE, es la realización de la cumbre de altos dirigentes de Instituciones Educativas de Iberoamérica y cuyo objetivo es: “Estrechar los lazos de cooperación entre América y Europa en materia

de educación y formación, así como espacio motivador de alianzas y convenios con

miras a la internacionalización de las Instituciones Educativas·” Luego, no se entiende por qué la rectora, mediante oficio del 16 de octubre de 2012, señala

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que la invitación que hace la ODAEE es para conformar la plana directiva Internacional en calidad de director regional.

Este organismo de control, cuestiona la razón por la cual la Rectora solicita a través de la ficha de inscripción ante la organización ODAEE, que los reconocimientos otorgados se confeccionen nombre propio y no a nombre de Unitrópico, siendo esta la Entidad invitada, la cual ella representa y por la que fue financiada.

La invitación que hace la ODAEE cita en la premiación y reconocimiento lo siguiente: Por participar de este estudio su Institución recibirá un Diploma y medalla

Condecorativa (…)” Lo que quiere decir, que todas la Instituciones participantes recibieron tales estímulos, tan es así, que la señora Sandra Patricia solicito, antes de la realización del evento, que el trofeo se realizara a su nombre, en tal sentido, nada hay demeritorio en el precitado reconocimiento, toda vez, que el mismo, se entregaba a todo aquel que pagara la inscripción.

El Premio SAPIENTIAE a la Excelencia Educativa, es otorgado de acuerdo al Ranking de las Mejores Instituciones para estudiar en Iberoamérica.

En cuanto al Premio a la excelencia, el equipo auditor revisó la página Web de la Organización ODAEE, en el Link Ranking Internacional de las vigencias 2012, 2013 y 2014, donde se observa la lista de las mejores Instituciones para estudiar en Iberoamérica y no se encontró en la misma, a la Fundación Universitaria del Trópico Americano Unitrópico; como una entidad sobresaliente por méritos, por lo que se concluye, que la Fundación Universitaria no fue merecedora de este premio, como fue manifestado por diferentes medios en su momento por la Rectora de la universidad, sino que son estímulos que se entregan por el solo hecho de participar en tal evento.

Registro Fotográfico:

Certificación Director Regional

Medalla y Trofeo Spientiae

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Certificación de asistencia VI cumbre

Diploma participacion VI cumbre

Cabe mencionar, que la ODAEE invitó de manera abierta a todas las universidades, teniendo como referente que se otorgaría el “premio” o reconocimiento a las instituciones participantes. Encuentra el equipo auditor que la Fundación Universitaria no se benefició realmente de un reconocimiento al mérito educativo, situación que se configura como un hallazgo administrativo.

2.1.3.5 Programas educativos

Otro tema objeto de denuncia, obedece a pago de multas por cierre de programas académicos. Frente a esto se observó lo siguiente: El Ministerio de Educación Nacional, bajo la Resolución No 13729 del 29 de octubre de 2012, resuelve la investigación administrativa adelantada a la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano. Considerando, que la señora Sandra Patricia Rincón Serrano en calidad de Representante Legal de Unitrópico, se notificó del pliego de cargos formulados a la Institución con fecha 12/01/2012, que en su tenor reza: “PRIMER CARGO: La Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano

desarrollo en el año 2009 el programa académico de Derecho en el Municipio de Tauramena (Casanare) sin contar con el respectivo registro calificado.

SEGUNDO CARGO: La Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano

oferto y desarrollo el Programa Académico de Derecho en la Ciudad de Yopal (Casanare) en el año 2009, sin el cumplimiento de las condiciones de Calidad referidas a contenidos curriculares, organización de las actividades académicas, desarrollo de la investigación, personal docente, infraestructura física y bienestar.

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TERCER CARGO: La Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano ofertó

y desarrolló el Programa Académico de Ingeniería de sistemas en la Ciudad de Yopal (Casanare) en el año 2009, sin el cumplimiento de las condiciones de Calidad referidas a contenidos curriculares, organización de las actividades académicas, desarrollo de la investigación, personal docente, infraestructura física y bienestar.”

HA8-HD4-HF4 Multas

De acuerdo con lo anterior, el Ministerio de Educación Nacional, resolvió: “Sancionar a la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano con multa

por valor de cincuenta (50) salarios mínimos mensuales legales vigentes; cancelación del programa académico de Derecho con código SNIES 53331; y cancelación del programa académico de Ingeniería de Sistemas con código SNIES 52537; de acuerdo con lo previsto en los artículos 48 y siguientes de la Ley 30 de 1992”.

En cumplimiento de la sanción pecuniaria, la Fundación Universitaria giró el día 16/01/2014, un cheque de gerencia de BANCOOMEVA a favor del ICETEX, por la suma de $31.571.406, correspondiente a la multa tasada por el Ministerio de Educación Nacional. Pese a que la Fundación Universitaria adelantó acciones correctivas frente a las condiciones de calidad antes descritas para subsanar el incumplimiento a la normatividad de educación, las mismas no desvirtuaron el hecho de que con anterioridad a dichas acciones la Institución desarrolló el programa de Derecho y de Ingeniería de Sistemas sin el cumplimiento de las condiciones de calidad, respecto a la falta de registro calificado por parte de la Autoridad Competente, por lo que se insta a la universidad a tener especial cuidado, el cumplimiento de los requisitos exigidos antes de promover nuevos programas académicos, para evitar que casos como estos se repitan. Conforme a lo anterior, este organismo de control, observa falencias de planeación en la apertura de programas sin el lleno de requisitos, lo que ocasiono la imposición de la sanción, generando una lesión al patrimonio de la Universidad razón por la cual se configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal por valor de $31.571.406 correspondiente al valor cancelado por la multa interpuesta.

2.1.4 Contratación

A efectos de evaluar la contratación ejecutada por la Fundación Universitaria con base en los procedimientos señalados en la Resolución No. 301 de 2014 “Por la

cual se adopta la cuarta versión del Proceso Auditor para la Contraloría Departamental de

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Casanare”, se procedió a tomar una muestra de 26 procesos contractuales de las cinco (05) vigencias 2010 - 2014, por valor de $4.265 millones. Como resultado de la auditoría adelantada, el concepto de gestión contractual, es “Deficiente”, con una calificación de 71.1, resultante de ponderar los aspectos que se relacionan en la siguiente tabla:

Prestación

ServiciosQ

Contratos

Suminis trosQ

Contratos

Consultoría y

Otros

QContratos

Obra Públ icaQ

Cumplimiento de las

especificaciones técnicas55 20 100 1 0 0 100 1 59,09 0,60 35,5

Cumplimiento deducciones

de ley  100 14 0 0 0 0 0 0 100,00 0,05 5,0

Cumplimiento del objeto

contractual93 13 83 1 0 0 100 1 92,68 0,10 9,3

Labores de Interventoría y

seguimiento89 14 50 1 0 0 100 1 87,50 0,20 17,5

Liquidación de los contratos 88 13 100 1 0 0 100 1 90,00 0,05 4,5

1,00 71,7

GESTIÓN CONTRACTUAL

PonderaciónPuntaje

Atribuido

CALIFICACIONES EXPRESADAS POR LOS AUDITORES

CUMPLIMIENTO EN GESTIÓN CONTRACTUAL

VIGENCIAS 2010-2014

UNITROPICO

VARIABLES A EVALUAR Promedio

2.1.5 Manual de Contratación

El reglamento de contratación para la adquisición, venta de bienes y servicios de la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano “Unitrópico” está adoptado mediante ACUERDO No 05 de Septiembre de 2000.

HA9- Actualización de Manuales

El equipo auditor observó que la Institución a la fecha de la auditoría, no ha realizado ninguna actualización, por lo que los funcionarios de la entidad Universitaria no le están dando la respectiva aplicación para adelantar los diferentes procesos contractuales, evidenciándose de esta manera la inobservancia de todos los principios de la función administrativa, situación que origina un hallazgo administrativo a fin que la entidad establezca acciones de mejora. Al tener en cuenta la muestra de contratación y denuncias que son objeto de auditoría se obtuvo los siguientes resultados así:

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CONTRATO Nº: BIC-SOC-CV-013

CLASE CONVENIO DE COOPERACIÓN

OBJETO:

Unir esfuerzos técnicos, administrativos y operativos para fortalecer la capacidad de gestión de las administraciones municipales y de las comunidades del área de influencia directa del oleoducto Araguaney — Banadía, a partir de la realización de un diplomado que afiance el conocimiento, el desarrollo de metodologías y aplicación de herramientas para el mejoramiento de la gestión pública y social, en adelante el PROYECTO, de conformidad con las especificaciones señaladas en la descripción general del PROYECTO (Anexo 1) y en el perfil del PROYECTO (Anexo 2) que se incorporan a este documento y forman parte integral del mismo.

CONTRATISTA: UNITROPICO

VALOR: APORTE BICENTENARIO: 1.531.474.253 APORTE COOPERANTE: 153.108.526 VALOR TOTAL: 1.684.582.779

PLAZO: OCHO (08) MESES

OBSERVACIONES

Para entrar en contexto, es importante mencionar que Oleoducto Bicentenario S.A.S es una Persona Jurídica constituida con participación del 55% del ECOPETROL. Lo que quiere decir, que en ese mismo porcentaje le da el carácter de público a los recursos utilizados en ese convenio. (Información tomada de las

auditorias inversiones extraterritoriales de Ecopetrol S.A de la Contraloría General de la Republica-Diciembre de 2013)

La CLAUSULA 1 DE LA MINUTA DEL CONVENIO, establece que la ejecución del

PROYECTO estará a cargo de UNITRÓPICO, en los plazos, términos y condiciones establecidos en las cláusulas siguientes y en los documentos anexos que forman parte integral del mismo. Para tal fin, Unitrópico adelantará el proceso necesario para la ejecución del PROYECTO, cumpliendo a cabalidad los procedimientos y requisitos establecidos en la legislación vigente, de acuerdo con sus regímenes de contratación. 1.1.2. La ejecución del PROYECTO deberá desarrollarse de acuerdo con lo señalado en el presente convenio de cooperación, según lo establecido en los documentos que hagan

parte del mismo, como son: En el numeral 1.1.3. ANEXO 1: Descripción general del

PROYECTO. Y en el numeral 1.1.4. ANEXO 2: Perfil del PROYECTO.

1.2. ALCANCE. El PROYECTO, objeto del presente convenio, contempla el desarrollo de las siguientes actividades:

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1.2.1. Socialización de la temática general del diplomado. 1.2.2. Diseño del programa de formación (diplomado). 1.2.3 Desarrollo de la metodología a utilizar. 1.2.4. Realización del diplomado. 1.2.5. Actos protocolarios de apertura y clausura del diplomado 1.2.6. Evaluación del grado de conocimiento adquirido y su aplicación 1.2.7. Entrega de informes de gestión realizada.

Para la ejecución del presente convenio la Fundación Universitaria suscribió los siguientes contratos los cuales fueron objeto de denuncia, por lo que este Ente de Control esgrime las siguientes observaciones así:

CONTRATO No. DPS-CPS-CUOBC-001-B-2012

CONTRATISTA KIMOSAVI INTERNACIONAL E.U.

OBJETO

PRESTAR EL SERVICIO DE LOGISTICA CONSISTENTE EN ALQUILER DE MEDIOS AUDIOVISUALES PARA LA SOCIALIZACION Y REALIZACION DEL DIPLOMADO EN " FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y COMUNITARIO DIRIGIDO A SERVIDORES PUBLICOS Y LÍDERES COMUNALES DEL AREA DIRECTA DEL OLEODUCTO BICENTENARIO ARAGUANEY - BANADIA EN CASANARE Y EN ARAUCA.

VALOR $90.160.000

PLAZO DOCE (12) MESES

CONTRATO No. DPS-CPS-CUMMC-014-2012 (12 DE JULIO)

CONTRATISTA INVERSIONES EL MANA A&P LTDA.

OBJETO ALQUILER DE 480 HORAS DE AUDITORIO PARA EL DESARROLLO DEL DIPLOMADO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y COMUNITARIO DIRIGIDO A SERVIDORES PÚBLICOS Y LÍDERES COMUNALES DEL ÁREA DIRECTA DEL OLEODUCTO BICENTENARIO ARAGUANEY - BANADIA EN CASANARE EN ARAUCA Y CASANARE

VALOR $57.600.000

PLAZO SEIS (6) MESES

CONTRATO No.

DPS-CPS-CUOBC-A-2012 (13 junio de 2012)

CONTRATISTA

MARIA EPIFANIA PAEZ CASTELLANOS

OBJETO

COORDINACION DEL DIPLOMADO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y COMUNITARIO, DIRIGIDO ASERVIDORES PUBLICOS LIDERES COMUNALES DEL AREA DE INFLUENCIA DIRECTA ARAGUANEY - BANADIA EN EL DEPARTAMENTO DE CASANARE Y ARAUCA

VALOR

$33,600,000

PLAZO

OCHO (8) MESES

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CONTRATO Nº CPS-CUMTS-024-2011

OBJETO: SERVICIO DE TRANSPORTE AREA RURAL Y URBANA PARA MOVILIZAR INSTRUCTORES DEL SENA Y MATERIALES DE FORMACION ASI COMO GIRAS PRACTICO-TECNICAS CON ESTUDIANTES.

CONTRATISTA: COOPERATIVA MULTIACTIVA DE SERVICIOS "COOPSERVICES LTDA"

VALOR: $43.800.000

PLAZO: SEIS (6) MESES

OBSERVACIONES COMUNES

HA10-HD5 Autorización para contratar

El ACUERDO 05 de 2000, por medio del cual se adopta el reglamento de contratación, en su artículo 3- AUTORIZACION Señala: “para celebrar contratos según

su cuantía. Autorizase al Representante Legal de Unitrópico para celebrar contratos, sin la aprobación previa del consejo de Dirección y Administración, hasta una cuantía equivalente a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

Posteriormente con la Resolución 6538 DE 2011, por medio de la cual se ratifica una reforma estatutaria a Unitrópico, en el numeral 12 del artículo 33 reza: Funciones del Consejo Superior: “Autorizar al rector la ejecución de actos, contratos y

gastos cuya cuantía sea superior a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes y de todo contratos de empréstito interno o externo”.

Al respecto este Ente de Control, señala que no se observó actualización al reglamento de contratación en lo referente a la reforma estatutaria con relación a la cuantía para contratar en la que se requiere autorización por parte del Consejo Superior de la universidad, por cuanto los estatutos, son la norma rectora de políticas internas de la Institución, y todo el articulado del manual de contratación debe estar sujeto a la reglamentación contenida en este.

Ahora bien, dentro de los soportes no es encontró autorización para la suscripción del presente contrato, por lo que esta Contraloría señala que pese a que no se actualizó el manual, prima la reforma estatutaria y por ende, la Rectora debió solicitar autorización previa para celebrar contratos por cuantía superior a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes, configurándose un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario.

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CONTRATO No. DPS-CPS-CUOBC-001-B-2012

CONTRATISTA KIMOSAVI INTERNACIONAL E.U.

OBJETO

PRESTAR EL SERVICIO DE LOGISTICA CONSISTENTE EN ALQUILER DE MEDIOS AUDIOVISUALES PARA LA SOCIALIZACION Y REALIZACION DEL DIPLOMADO EN " FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y COMUNITARIO DIRIGIDO A SERVIDORES PUBLICOS Y LÍDERES COMUNALES DEL AREA DIRECTA DEL OLEODUCTO BICENTENARIO ARAGUANEY - BANADIA EN CASANARE Y EN ARAUCA.

VALOR $90.160.000

PLAZO DOCE (12) MESES

OBSERVACIONES

HA11-HD6-HF5 Irregularidades en la contratación

La CLÁUSULA SEGUNDA de la minuta- Actividades: Consiste en “alquiler de

1.288 horas de medios audiovisuales (computador, videobeam, telón sonido, estabilizador y multitoma) para la socialización en 82 veredas y desarrollo del diplomado en 8 auditorios y en los 5 centros de formación en Casanare y Arauca”.

Respecto al proceso de ejecución, este Ente de Control manifiesta las siguientes observaciones teniendo en cuenta la relación de todos sus soportes y las apreciaciones y aportes presentados por los denunciantes.

Los soportes de ejecución tales como facturas, anexos fotográficos, entre otros, no muestran el número de horas cobradas y pagadas por parte de Unitrópico, ni tampoco se evidencia la utilización de los medios audiovisuales dentro del proceso de socialización del proyecto, como del diplomado.

El contrato fue cancelado en su totalidad tal como se puede evidenciar en el siguiente cuadro:

C. E BENEFICIARIO CTO FACTURA VALOR FUENTE

5145 KIMOSAVI DPS-CPS-CUOBC-001-B-2012

27,048,000

MEDIOS AUDIOVISUALES

6812 KIMOSAVI DPS-CPS-CUOBC-001-B-2012

YC 2325

27,048,000 MEDIOS AUDIOVISUALES

4814 KIMOSAVI DPS-CPS-CUOBC-001-B-2012

YC 01937 36.064.000 MEDIOS AUDIOVISUALES

TOTAL

90.160.000

Al respecto la Contraloría recibe denuncia sobre las irregularidades de este contrato, por lo que el denunciante argumenta: “que los equipos eran propiedad de

uno de los funcionarios de Unitrópico y de la Institución y que a la fecha se han entregado

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anticipos por valor de $56.256732, de los cuales legalizaron solo $30.000.000, por medio de una donación a diciembre de 2012”

El equipo auditor solicitó a la Universidad las salidas de almacén de los equipos semejantes a los requeridos por el contratista para desarrollar el objeto contractual para esa fecha, luego, se tomó declaración juramentada a un ex funcionario de la Universidad, y se revisaron los documentos soportes de la donación de los bienes objeto de análisis. Los Equipos audiovisuales presuntamente hacen parte del inventario de Unitrópico por cuando se evidencia en los soportes anexos a la certificación expedida por el Almacenista de la Universidad, que estos elementos fueron prestados a las coordinadoras y demás funcionarios de apoyo del convenio para la realización de este diplomado.

Uno de los computadores portátiles utilizados en el diplomado es de propiedad del señor CAMILO ANDRÉS MORENO ALONSO, quien para esa época estaba contratado por la Universidad como conductor, quien además manifestó en declaración juramentada, que Él prestó el equipo portátil para facilitar la realización de las clases en las que fue necesario proyectar algún tema, afirmando además, que al tener en cuenta el registro fotográfico existente, no en todos los eventos se utilizaron medios audiovisuales.

De otra parte, se observó donación realizada por el contratista por valor de $30.000.000, situación que llama la atención a esta Contraloría dado que los elementos donados, corresponde a la misma cantidad de elementos alquilados pero por valor de $90.160.000.

Adicionalmente, se puede afirmar que la donación se hizo sin el lleno de requisitos tal como lo consagra el articulo 616 en concordancia con el artículo 421 del Estatuto Tributario, en los cuales se lee que para toda venta aun a título gratuito “Donación” se debe expedir factura o documento equivalente, situación que no se evidenció en los soportes aportados por la entidad. De otra parte, no se evidenció ingreso de almacén de los elementos donados. Concluye el equipo auditor que los elementos audiovisuales tomados en alquiler durante el tiempo de ejecución del contrato referenciado, coinciden con los mismos tipos de equipos que presuntamente fueron donados por el contratista a la Universidad el día 17/12/2012, tal como consta en acta de donación y orden de compra No 151 de la misma fecha. Así mismo, se indica que no se evidenció soporte que refleje que efectivamente fueron alquilados los equipos y si por el contrario, se observó que los equipos utilizados para la ejecución del contrato

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fueron los de la universidad, de acuerdo a lo manifestado en declaración juramentada.

Al tener en cuenta, los argumentos antes señalados, se encuentran irregulariadades en la contratación para el alquiler de medios audiovisuales, en consecuencia se establece un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal por la suma de $90.160.000.

CONTRATO No. DPS-CPS-CUMMC-014-2012 (12 DE JULIO)

CONTRATISTA INVERSIONES EL MANA A&P LTDA.

OBJETO ALQUILER DE 480 HORAS DE AUDITORIO PARA EL DESARROLLO DEL DIPLOMADO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y COMUNITARIO DIRIGIDO A SERVIDORES PÚBLICOS Y LÍDERES COMUNALES DEL ÁREA DIRECTA DEL OLEODUCTO BICENTENARIO ARAGUANEY - BANADIA EN CASANARE EN ARAUCA Y CASANARE

VALOR $57.600.000

PLAZO SEIS (6) MESES

CONTRATO No. DPS-CPS-CUMMC-008-2013 (22 DE MARZO )

CONTRATISTA INVERSIONES EL MANA A & P LTDA.

OBJETO ALQUILER DE 240 HORAS DE AUDITORIO PARA EL DESARROLLO DEL DIPLOMADO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y COMUNITARIO DIRGIDO A SERVIDORES PUBLICOS Y LIDERES COMUNALES DEL AREA DIRECTA DEL OLEODUCTO BICENTENARIO ARAGUANEY - BANADIA EN CASANARE EN ARAUCA Y CASANARE

VALOR $28.800.000

PLAZO TRES (3) MESES

OBSERVACIONES COMUNES Irregularidades en la contratación La Fundación Universitaria suscribió dos (2) contratos por valor de $86.400.000, para el alquiler de 720 horas de auditorio para el desarrollo del diplomado. El cual se desarrolló en los Municipios de Yopal, Paz de Ariporo, Pore de Casanare y Saravena, Fortul y Tame de Arauca, el equipo auditor no encontró en el desarrollo de la auditoría, información concordante con lo mencionado en el objeto contractual. Encuentra este ente de control que la Universidad no tenía la necesidad de suscribir este contratato, toda vez que en el Municipio de Yopal cuenta con sus propios auditorios, en el Municipio de Paz de Ariporo, suscribió contrato con el

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centro de convivencia de la Alcaldia, en el Municipio de Pore suscribió contrato con bomberos, en el Municipio de Tame, se llevo a cabo el diplomado en el SENA, Saravena y Fortul en los colegios del Municipio. Ahora bien, cabe señalar que el contratista no tiene los escenarios estándares dentro del área donde se desarrolló el diplomado para establecer una tarifa única; de otra parte, según información y testimonios dados en declaración juramentada, los lugares utilizados para llevar a cabo estos eventos, son instituciones públicas donde en su mayoría no se pidió ninguna contraprestación monetaria por el alquiler de las sedes, como es el caso de la ciudadela universitaria en Tame – (Sena) y el Colegio Público de Fortul (Alejandro Humbold), Municipios donde según el contrato se alquiló auditorio para desarrollo del diplomado en Arauca. En el Municipio de Pore Casanare, se suscribió el contrato No.CPS-CUOBC-14 DE 2014 con el Cuerpo de bomberos del municipio para prestar el servicio de apoyo

logístico y realización del diplomado que consta de un auditorio para 40 personas con

sillas y demás elementos, por valor de $1.800.000 con un plazo de ejecución de tres (3) meses; y en Paz de Ariporo, se suscribió el contrato con la Coordinadora del Centro de Convivencia de este Municipio “Gloria Patricia Rodríguez”, para prestar

el servicio de apoyo logístico para la realización del diplomado que consta de un auditorio

para 50 personas con sillas y demás elementos 90 horas por valor de $2.000.000 con un plazo de ejecución de tres (3) meses. Relación de pagos que se pueden ver en el siguiente cuadro:

No. CONTRATO CONTRATISTA VALOR FECHA DE INICIOFECHA DE

FINALIZACIÓNLUGAR

DPS-CPS-CUMMC-

014-2012 MANA 57.600.000 12/07/2012 11/01/2013

PAZ DE

ARIPORO Y

TAME

CPS-CUOBC-014-2012

CENTRO CONVIVENCIA DE

PAZ DE ARIPORO 2.000.000 20/07/2012 19/10/2012

PAZ DE

ARIPORO

CPS-CUOBC-016-2012

CUERPO DE BOMBEROS

VOLUNTARIOS 1.800.000 01/08/2012 30/10/2012 PORE

DPS-CPS-CUMMC-

008-2013 MANA 28.800.000 22-mar-13 21-jun-13 FORTUL

Este Ente de Control cuestiona, por qué el valor por hora de alquiler de auditorio con Inversiones el Maná cuesta $120.000 y con los demás, como es el caso del cuerpo de bomberos de Pore y la señora Gloria Patricia Rodríguez tan solo Cuesta alrededor de $20.000 hora.

De igual manera no se entiende por qué Unitrópico suscribió el contrato con la Señora Claudia Patricia Rodríguez Coordinadora del Centro de Convivencia de Paz de Ariporo, cuando además existe otro con Inversiones el Maná para

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desarrollarse en este Municipio la misma actividad; razón que lleva a este Ente de Control a cuestionarse sobre la posible irregularidad en la contratación, tal como se puede observar en el cuadro anterior.

Posteriormente, INVERSIONES EL MANA, mediante acta del 18 de abril de 2013 realiza una “donación” a la Fundación Universitaria por valor de $30.000.000, recursos que realmente ingresaron a las cuentas de la Universidad, pero que la figura de donación queda en entredicho por lo arriba escrito, además de una respuesta por escrito de Mana en la que en sus argumentos evade la realización de la donación.

En consecuencia se establece un hallazgo administrativo con incidencia Disciplinaria, y fiscal en la suma de $86.400.000 correspondiente al valor de los dos contratos suscritos relacionados anteriormente. Se adiciona a la hallazgo denominado HA11-HD6-HF5 Irregularidades en la contratación por tratarse de situaciones similares. CONTRATO No. DPS-CPS-CUOBC-004-2012

CONTRATISTA MIREYA MESA MONTERO

OBJETO SUMINISTRAR DOSCIENTOS SETENTA (270) KITS INSTITUCIONALES, QUE CONTIENEN TAL COMO SE DESCRIBEN A CONTINUACIÓN, ESTE SUMINISTRO DEBE SER ENTREGADO EN LAS INSTALACIONES DE LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA UNITROPICO.

VALOR $27.000.000

PLAZO 45 DIAS.

OBSERVACIONES

HA12- Falta de Soportes Dentro de los soportes de ejecución se pudo establecer que el contrato no presenta documentación de la etapa precontractual de acuerdo al manual de contratación, de otro lado, no se evidencia registro de entrada y salida de almacén, en los soportes de pago se anexa una factura sin que en la misma se especifique la cantidad de elementos suministrados, razón por la cual se establece un hallazgo administrativo. HA13- HD7 Garantías Según la CLÁUSULA OCTAVA.- Garantía Única del contrato cita: EL CONTRATISTA sé

obliga a constituir a favor de Unitrópico con una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y aprobada por la Superintendencia Financiera una garantía

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única en los términos del artículo 17 del decreto 679 del 28 de marzo de 1994, la cual deberá cubrir los siguientes riesgos: de 1. Calidad del bien. Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con vigencia por el plazo total de ejecución

del contrato y doce (12) meses más”. Sin embargo, revisados los documentos soporte, no se observó la exigencia de la garantía tal como se señala en la minuta del contrato, en consecuencia se configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria. Contratación de Docentes

Para el desarrollo del diplomado objeto del convenio de cooperación suscrito entre Unitrópico y OBC, la Fundación Universitaria tuvo que contratar a docentes para la realización de las diferentes cátedras, por lo que la Universidad invirtió según informe financiero final del Convenio de Cooperación No. BIC-SOC-CV-013, un total de $172.800.000 que equivale a 2.880 horas cátedra a razón de $60.000 cada una. Sin embargo el equipo auditor evidenció a través de la revisión de los diferentes contratos de docentes, que la Universidad contrato y pagó las cátedras tan solo a $35.000 la hora. HA14-HF6 Soportes de Ejecución A continuación se muestra la cantidad de horas cátedra que fueron canceladas por OBC, frente a las contratadas por Unitrópico así:

CANT HRAS CONVENIO

CANT. HRAS CONTRATADAS DIFERENCIA V/R HORA V/R SIN EJECUTAR

2.880 1.060 1.820 60.000 109.200.000

Dentro de los soportes de ejecución se pudo establecer que los contratos suscritos con docentes para la realización de las cátedras no representan la totalidad de horas establecidas en el convenio, razón por la cual no se evidencio la totalidad de los pagos realizados por la Unitrópico. Situación que motivó a que al equipo auditor realizara una mesa técnica con la Fundación Universitaria, para socializarle la falta de soportes, sin que en adelante se allegara dicha información.

Por tal motivo se observa que la universidad, no soportó lo equivalente a 1.820 horas de cátedra que equivalen a $109.200.000; en consecuencia se establece un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal por la suma de $109.200.000

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HA15-HF7 Menor Valor Pagado

A continuación se presenta la relación de horas contratadas efectivamente a precios de OBC, frente a los pagados por Unitrópico:

DETALLE CANT HRAS VR UNITARIO TOTAL

Total Horas (valor Convenio OBC)

1.060 60.000 63.600.000

Total Horas contratadas (valor Unitrópico)

1.060 35.000 37.100.000

DIFERENCIA 26.500.000

Por lo anterior, se puede observar una diferencia existente entre el valor que se debió pagar a los docentes según lo trasferido por OBC, esto es, $63.600.000 y el valor pagado por Unitrópico a los docentes que suma $37.100.000 encontrándose una contradicción, razón por la cual se establece un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal por la suma de $26.500.000.

CONTRATO DOCENTE PLAZO No. HORAS VALOR HORA TOTAL

DPS-CPS-CUOBC-010-2013 GELMAN MAURICIO AGUIRRE HERNANDEZ 2 MESES 70 35,000.00 2,450,000.00

DPS-CPS-CUOBC-026-2013 GELMAN MAURICIO AGUIRRE HERNANDEZ 4 MESES 35 35,000.00 1,225,000.00

DPS-CPS-CUOBC-005-2013 JOSE ALBEIRO CONTRERAS PARRA 2 MESES 40 35,000.00 1,400,000.00

DPS-CPS-CUOBC-025-2012 JOSE ALBEIRO CONTRERAS PARRA 4 MESES 20 35,000.00 700,000.00

DPS-CPS-CUOBC-012-2013 JOSE ALI DOMINGUEZ MARTINEZ 2 MESES 40 35,000.00 1,400,000.00

DPS-CPS-CUOBC-020-2012 JOSE ALI DOMINGUEZ MARTINEZ 4 MESES 20 35,000.00 700,000.00

DPS-CPS-CUOBC-009-2013 KAREN ELISA PEREZ ALBARRACIN 2 MESES 30 35,000.00 1,050,000.00

DPS-CPS-CUOBC-022-2012 KAREN ELISA PEREZ ALBARRACIN 4 MESES 15 35,000.00 525,000.00

DPS-CPS-CUOBC-012-2013 MIGUEL GUSTABO LOPEZ CASAS 7 DIAS 20 35,000.00 700,000.00

DPS-CPS-CUOBC-010-2012 MIGUEL GUSTABO LOPEZ CASAS 4 MESES 60 35,000.00 2,100,000.00

DPS-CPS-CUOBC-005-2012 LYDA YANETH QUEVEDO MELO 4 MESES 130 35,000.00 4,550,000.00

DPS-CPS-CUOBC-007-2012 MAGDA YOILIMA MARTINEZ VARGAS 4 MESES 105 35,000.00 3,675,000.00

DPS-CPS-CUOBC-008-2012 MARCELIANO MOLINA MUJICA 4 MESS 100 35,000.00 3,500,000.00

DPS-CPS-CUOBC-034-2012 OSCAR VANEGAS ANGARITA 1 MES 10 35,000.00 350,000.00

DPS-CPS-CUOBC-011-2012 GERARDO ALFONSO OTALORA SALAMANCA 4 MESES 60 35,000.00 2,100,000.00

DPS-CPS-CUOBC-004-2013 RAUL ROMERO SALAMANCA 2 MESES 40 35,000.00 1,400,000.00

DPS-CPS-CUOBC-023-2012 RAUL ROMERO SALAMANCA 4 MESES 20 35,000.00 700,000.00

DPS-CPS-CUOBC-015-2012 LUISA FERNANDARESTREPO LOPEZ 3 MESES 105 35,000.00 3,675,000.00

DPS-CPS-CUOBC-006-2012 RODRIGO ROA PINEDA 2 MESES 80 35,000.00 2,800,000.00

DPS-CPS-CUOBC-009-2012 VIANEY PASTRANA CHAPARRO 2 MESES 60 35,000.00 2,100,000.00

1,060 37,100,000.00 TOTAL

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HA16- HF8 Socialización y Logística

Para el desarrollo del diplomado, Unitrópico invirtió según informe financiero final del Convenio de Cooperación No. BIC-SOC-CV-013, $280.052.316 equivalente a 81 socializaciones, a un costo de $3.457.436 cada una, dichas socializaciones incluye: Visitas a las veredas para socialización del programa, traslado a las veredas, alquiler de auditorios, medios audiovisuales, refrigerios”

Por lo que este Ente de Control cuestiona que auditorios y medios audiovisuales utilizaron, si los soportes físicos anexos, evidencian que estas socializaciones se realizaron en lugares no convencionales como salones comunales, áreas verdes, canchas deportivas; todo al aire libre, como se muestra en el siguiente registro fotográfico, no se dio uso de medios audiovisuales tal como se observa a continuación:

Registro Fotográfico Departamento de Arauca

(ESCUELA VEREDA BABAICA)

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SALON COMUNAL VEREDA COROCITO

ESCUELA CRAVO TOTUMO

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ESCUELA VEREDA MORICHAL 1

ESCUELA VEREDA SAN JOSE DE MORICHAL 2

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ESCUELA VEREDA TUMAY

Este ente de control concluye que de acuerdo a los soportes y registros fotográficos, no se evidenció la utilización de medios audiovisuales, auditorios y transporte, tal como lo menciona el informe financiero; factores que hacen parte del costo de cada socialización, es decir se canceló la totalidad sin que se soporte

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el cumplimiento de la actividad, aunado en la replica no allegan evidencias, en consecuencia se establece un hallazgo administrativo con incidencia fiscal por la suma de $280.052.316. Garantías

A continuación se presentan la Relación de giros realizados a terceros para ser entregados a los participantes como bonos o auxilios, así:

C. E BENEFICIARIO BENEFICIO VALOR OBSERVACION

5128 Moreno alfonso camilo andrez Auxilios

5,767,500

Aux desplazamiento, y alojamiento pza y hto. Cor.

5129 Acuña granados jose luis Auxilios

5,190,000

Aux desplazamiento, y alojamiento y aliementacion pore

5130 Laverde parra yensy lizeth Auxilios

5,188,000

Aux desplazamiento, alimnetacion y alojamiento

5131 Cabra gaitan janeth angelica Auxilios

7,500,000

Aux. Desplazamiento alimentacion, y alojamiento.

5209 Cabra gaitan janeth angelica Auxilios

7,500,000

Aux. Desplazamiento alimentacion, y alojamiento.

5207 Becerra vargas betty Auxilios

2,595,000

Aux. Desplazamiento alimentacion, y alojamiento.

5276 Cabra gaitan janeth angelica Auxilios

7,500,000

Aux. Desplazamiento alimentacion, y alojamiento.

5384 Cabra gaitan janeth angelica Auxilios

7,500,000

Aux. Desplazamiento alimentacion, y alojamiento. Tame.

6006 Cabra gaitan janeth angelica Auxilios

13,416,000

Aux. Desplaz, alojamiento y alimentacion 23 y 24 de marzo-2013

6049

Cabra gaitan janeth angelica

Auxilios

13,416,000

Aux. Desplazamient, alojamiento y alimentacion 6 y7 abril

4518

Laverde parra yensy lizeth

Efectivo

11,220,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

4559

Becerra vargas betty

Efectivo

8,490,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

4560

Becerra vargas betty

Efectivo

9,129,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

4594

Laverde parra yensy lizeth

Efectivo

10,020,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

4661

Becerra vargas betty

Efectivo

5,580,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

4662

Becerra vargas betty

Efectivo

5,955,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

4752

Cabra gaitan janeth angelica

Efectivo

9,129,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

4753

Cabra gaitan janeth angelica

Efectivo

8,490,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

4755

Maria epifania paez castellanos

Efectivo

10,542,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

4856

Maria epifania paez castellanos

Efectivo

10,170,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

4859

Becerra vargas betty

efectivo

5,190,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

4886

Rodriguez martinez lina marcela

Efectivo

11,535,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

4919

Cabra gaitan janeth angelica

Efectivo

7,500,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

4921

Jose luis acuña granados

Efectivo

5,190,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

6108

Cabra gaitan janeth angelica

Efectivo

13,416,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

6215

Cabra gaitan janeth angelica

Efectivo

13,416,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

6308

Cabra gaitan janeth angelica

Efectivo

13,416,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

6378

Cabra gaitan janeth angelica

Efectivo

13,416,000

Auxilio para participantes, alimentacion y alojamiento

TOTAL 247,376,500

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Según comprobantes de egreso, tal como se puede evidenciar en el cuadro anterior, Unitrópico giró a nombre de terceros, cuantiosos recursos sin que estos funcionarios hubiesen suscrito pólizas de manejo que garantizaran la tenencia de estos recursos; pues de esta manera, se colocó en alto riesgo dineros que están bajo la custodia y responsabilidad de la Fundación Universitaria. Razón por la cual se determina un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario, el cual se adiciona al hallazgo denominado HA13- HD7 Garantías, por tratarse de hechos similares. Soportes de ejecución

Una vez analizado el informe financiero final del convenio y confrontado con el valor soportado según documentos entregados al equipo auditor se pudo determinar una diferencia que no se encuentra soportada por parte de la Universidad, aun cuando en el proceso de auditoria se solicitó en varias oportunidades, sin que la misma allegara los documentos, a continuación se muestra el análisis financiero así:

DETALLE VALOR

Valor Total de Contrato 1.684.582.779

Valor total Ejecutado (segun Informe financiero) 1.525.983.097

Valor Legalizacion 42.900.122

Valor Total soportado (Incluye impuestos) 1.072.391.340

Valor Total No Soportado 410.691.635 De acuerdo a lo anterior, esta contraloría establece un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal por la suma de $410.691.635 que se adiciona al hallazgo denominado HA14-HF6 Soportes de ejecución, toda vez que la entidad no presento soportes que evidenciara la ejecución.

CONTRATO No 0275 DE NOVIEMBRE DE 2013

CLASE CONVENIO DE COOPERACION

COOPERANTES UNITROPICO-MUNICIPIO DE MANI

OBJETO

AUNAR ESFUERZOS ECONOMICOS ADMINISTRATIVOS Y TECNICOS PARA FACILITAR EL ACCESO A LA FORMACIÓN TECNICA, COMPLEMENTARIA Y SUPERIOR, CON EL OBJETIVO DE INCREMENTAR EL NIVEL DE COMPETENCIAS LABORALES EN LA POBLACION ECONOMICAMENTE ACTIVA DEL MUNICIPIO DE MANI"

APORTES

APORTE MANI: …………..150,000,000 APORTE UNITRO: ………...15,085.000 TOTAL:……………………...165.085.000

PLAZO SEIS (6) MESES

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OBSERVACIONES

HA17 Convenios Sin Liquidar Para el caso que nos ocupa, se evidencia que el objeto del contrato esta direccionado a facilitar el acceso a la formación, sin embargo en la cláusula TERCERA de la minuta señala: OBLIGACIONES DE LAS PARTES: 1).-

OBLIGACIONES DE UNITRÓPICO: LA FUNDACION UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DEL TROPICO AMERICANO - Unitrópico, se obliga para con el Municipio a desarrollar las siguientes actividades descritas en el oficio de intención de cooperar y de conformidad a: 1). Administrar y operar los recursos destinados por la Alcaldía de Maní la alianza para facilitar el acceso a la formación titulada (técnica, tecnológica) .y complementaria en el municipio. Para el manejo de los recursos, deberá abrirse en el municipio de Maní, una cuenta bancaria no conjunta, a nombre del contrato suscrito. 2) Garantizar la adecuación y mantenimiento de la infraestructura destinada para los ambientes de formación titulada y complementaria en la sede Luis Enrique Barón Leal del municipio de Maní, según los aportes acordados por el municipio con el SENA. 3) Contar con una unidad de apoyo interinstitucional necesaria para la ejecución del convenio (coordinación, enlace institucional y asistencia administrativa). 4) Garantizar dotación de mobiliario y equipos Tecnológicos (ayudas audiovisuales, pedagógicas y logísticas) para los ambientes de formación colaborativos, según los aportes acordados por el municipio. 5) Garantizar la vigilancia y aseo de los ambientes de formación Colaborativos. 6) Garantizar el acceso de internet en las aulas y ambientes de aprendizaje que hacen parte de este convenio. 7) Realizar promoción y socialización de programas formación titulada (técnica y/o tecnológica), complementaria y superior en el municipio de Maní, según los aportes acordados por el municipio. 8) Realizar la adquisición y suministro de materiales de formación para las carreras tituladas (técnicas y/o tecnológicas) y los cursos complementarios de conformidad con los requerimientos de cada programa según los aportes acordados por el municipio. 9)Presentar informe final con los resultados obtenidos en cuanto a cobertura de estudiantes beneficiados, áreas rurales atendidas, logros alcanzados, registro fotográfico, listados de asistencia de estudiantes aprendices y demás anexos 10) Atender mínimo a 320 aprendices durante el

primer año con 1900 horas cátedra, Este Ente de control evidencia lo siguiente:

No se observó un plan de inversión previo suscrito, que describa las actividades a realizar.

No se evidencia informes de interventoría o supervisión respecto la ejecución de los recursos del convenio.

Así mismo, se resalta que gran parte de los recursos del convenio, $123.846.205 equivalente al 75%, se utilizó en el pago de personal administrativo y personal encargado de realizar adecuaciones de jardinería y portería del plantel donde se llevaría a cabo el objeto del convenio, así:

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CONTRATO CONTRATISTA OBJETO PLAZO VALOR TOTAL

DPS-CPSCUMMC-008-2014

ENELIA LOZANO RODRIGUEZ

PRESTAR SERVICIO DE PORTERIA Y EMBELLECIMIENTO DE ZONAS VERDES EN EL DESARROLLO DE CONVENIO DE COOPERACION No.0275 DEL 18 DE NOVIEMBRE DEL 2013, EN LAS INSTALACIONES DE LAS SEDES DEL COLEGIO LUIS ENRIQUE BARON REAL DEL MUNICIPIO DE MANI CASANARE

6 MESES

6,600,000.00

DPS-CPSCUMMC-002-2013

CLARA INES MONTAÑA GOMEZ

PRESTAR SERVICIO COMO ASISTENTE ADMINISTRATIVO PARA FACILITAR EL ACCESO A LA FORMACION TECNICA COMPLEMENTARIA Y SUPERIOR A JOVENES Y ADULTOS EN EL DESARROLLO DEL CONVENIO DE COOPERACION No.0275 DEL 18 DE NOVIEMBRE DEL 2014, EN LA SEDE PARA LA FORMACION TECNICA Y COMPLEMENTARIA DEL MUNICIPIO DE MANI CASANARE

8 MESES

10,400,000.00

DPS-CPSCUMMC-005-2013

JOSE CERVELEON CALIXTO MORERA

PRESTAR SERVICIO DE PORTERIA Y EMBELLECIMIENTO DE ZONAS VERDES EN EL DESARROLLO DE CONVENIO DE COOPERACION No.0275 DEL 18 DE NOVIEMBRE DEL 2013, EN LAS INSTALACIONES DE LAS SEDES DEL COLEGIO LUIS ENRIQUE BARON LEAL DEL MUNICIPIO DE MANI CASANARE

8 MESES

8,800,000.00

DPS-CPSCUMMC-003-2013

MARIA LETICIA SIABATO LOPEZ

PRESTAR SERVICIO COMO AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES PARA EL DESARROLLO Y PRESERVACION DE LAS INSTALACIONES DE LA SEDE PARA LA FORMACIÒN TÈCNICA Y COMPLEMENTARIA EN EL DESARROLLO DEL CONVENIO DE LA COOPERACION No.0275 DEL 18 DE NOVIEMBRE DEL 2013, EN EL MUNICIPIO DE MANI CASANARE

8 MESES

8,800,000.00

DPS-CPSCUMMC-006-2013

ERIKA TATIANA MONTES PEDRAZA

PRESTAR SERVICIO DE PORTERIA Y EMBELLECIMIENTO DE ZONAS VERDES EN EL DESARROLLO DE CONVENIO DE COOPERACION No.0275 DEL 18 DE NOVIEMBRE DEL 2013, EN LAS INSTALACIONES DE LAS SEDES DEL COLEGIO LUIS ENRIQUE BARON LEAL DEL MUNICIPIO DE MANI CASANARE

8 MESES

8,800,000.00

DPS-CPSCUMMC-004-2013

ASESORIA Y SERVICIOS EN TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES. ASERTI S.A.S. – R/L: LEIDY PATRICIA ACEVEDO PULIDO

PROVEER EL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET PARA LA SEDE DEL CONVENIO UBICADA EN EL INSTITUTO EDUCATIVO LUIS ENRIQUE BARON LEAL (SEDE SENA) DEL MUNICIPIO DE MANI CASANARE, PARA FACILITAR EL ACCESO A LA FORMACIÓN TÉCNICA , TECNOLÓGICA Y SUPERIOR

8 MESES

2,400,000.00

DPS-CPSCUMMC-007-2013

SANDRA PATRICIA FERNANDEZ SERRANO

PRESTAR SERVICIO DE PORTERIA Y EMBELLECIMIENTO DE ZONAS VERDES EN EL DESARROLLO DE CONVENIO DE COOPERACION No.0275 DEL 18 DE NOVIEMBRE DEL 2013, EN LAS INSTALACIONES DE LAS SEDES DEL COLEGIO LUIS ENRIQUE BARON LEAL DEL MUNICIPIO DE MANI CASANARE

6 MESES

6,600,000.00

DPS-CPSCUMMC-001-2013

LUIS ISAURO BUITRAGO ALFONSO

EJERCER LA COORDINACION PARA EL DESARROLLO DEL CONVENIO DE COOPERACION No. 0275 DE NOVIEMBRE 18 DE 2013 QUE FACILITA EL ACCESO A LA FORMACION TECNICA, COMPLEMENTARIA Y SUPERIOR A JOVENES Y ADULTOS EN EL MUNICIPIO DE MANI CASANARE

8 MESES

25,600,000.00

PAPELERIA LA FLORIDA SUMINISTRO DE PAPELERIA 3,519,900.00

NADER CONSUELO RODRIGUEZ LEON

ALQUILER DE EQUIPOS INDUSTRIALES PARA ALMACENAR Y PREPARAR ALIMENTOS REQUERIDOS EN LA PREPACION DE RECETAS DE GASTRONOMIA

4,994,960.00

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CTO No. DPS-OPS-003-2014

COOTRASIC LTDA / JULIAN RUBIANO BARRERA

SERVICIO DE TRANSPORTE DE INSUMOS, EQUIPOS E INSTRUCTORES EN CAMIONETAS 4X4 DOBLE TRANSMISION PARA PRESTAR EL SERVICIO EN EL MINICIPIO DE MANI

18,000,000.00

ORDEN DE COMPRA No. 002 DE 2014

PROVELEC S.A.S SUMINISTROP DE ELEMENTOS PARA INSTALACION DE GAS

4,878,280.00

O.P.S. No. 002 DE 2014

HUMBERTO ARIAS ORTIZ INSTALACION DE ACOMETIDA DE GAS INDUSTRIAL

2,633,615.00

AUTOSERVICIO NUTRIMAX / DEISY RONDON ADAN

SUMINISTRAR ELEMENTOS DE ASEO Y CAFETERIA PARA LA EJECUCION DEL CONVENIO

599,400.00

CRISTIAN EDUARDO CARREÑO BARRETO

PRESTAR LOS SERVICIOS DE 49 HORAS PERIFONEO

1,225,000.00

CRISTIAN EDUARDO CARREÑO BARRETO

PRESTAR LOS SERVICIOS DE 18 HORAS PERIFONEO

450,000.00

CRISTIAN EDUARDO CARREÑO BARRETO

PRESTAR LOS SERVICIOS DE 14 HORAS PERIFONEO

350,000.00

CRISTIAN EDUARDO CARREÑO BARRETO

PRESTAR LOS SERVICIOS DE PERIFONEO PARA LA DIVULGACIÓN DE LA SEGUNDA OFERTA DEL SENA

300,000.00

LEGALIZACION 8,895,050.00

TOTAL 123,846,205.00

Sin embargo, en la cláusula segunda del citado convenio, se establecieron actividades a cargo del cooperante (Unitrópico), así:

CLÁUSULA SEGUNDA. ACTIVIDADES DEL COOPERANTE: LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DEL TROPICO AMERICANO - Unitrópico, se obliga con EL MUNICIPIO para lograr el alcance del objeto a contratar llevar a cabo las siguientes actividades: 1).-. ACTIVIDAD 1.1. Capacitar a la población mayor de 15 años de la comunidad educativa en Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TICs). Indicador: Número de personas mayores de 15 años de la comunidad educativa capacitadas en (TICs). Medios de verificación: Registro de matrícula, certificación SENA. ACTIVIDAD 2). Realizar formación titulada (técnica y/o tecnológica) y certificación por competencias a la población mayor de 14 años. Indicador: Número de personas mayores de 14 años matriculadas en carreras tituladas (técnicas y/o tecnológicas) ofertadas. Número de carreras tituladas (técnicas y/o tecnológicas) ofertadas (realizadas), Medio de verificación: Registro de matrícula, certificación SENA. ACTIVIDAD 3).Realizar formación complementaria a la población mayor de 14 años con énfasis en la población vulnerable (familias en acción, red unidos, discapacitados, desplazados, adulto mayor) Indicador: Número de personas mayores de 14 años matriculadas en cursos complementarios. Número de cursos complementarios ofertados (realizados) Medio de verificación: Registro

de matrícula, certificación SENA. Subrayado nuestro.

En cada uno de los 3 numerales de la cláusula segunda del convenio, se establece a cargo de Unitrópico, la obligación de: “1) Capacitar a la población…, 2)

Realizar formación titulada (técnica y/o tecnológica)…, y 3) Realizar formación

complementaria a la población”, (subrayado fuera de texto) Sin embargo, se estipula

para cada actividad, que tal capacitación, formación titulada, o formación complementaria, se verificará con “certificado del Sena”.

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Se concluye entonces, que las actividades se establecieron para Unitrópico, pero quien realizó las respectivas capacitaciones fue el Sena, por lo que se observa, que de acuerdo a los diferentes objetos contractuales con los que se ejecutó el convenio, anteriormente descritos, se infiere que Unitrópico solo tuvo la característica de operador logístico del convenio, toda vez que las instalaciones donde se desarrollaron las clases y los recursos utilizados en la contratación del personal al servicio del convenio, fue a cargo del Municipio aunado a que las capacitaciones, fueron dictadas por el Sena. Este órgano de control no entiende, cual es el objetivo de la Universidad al suscribir un convenio donde no realiza ninguna de las actividades de su naturaleza, como tampoco utiliza personal vinculado a la institución, sin observarse beneficio alguno en pro de la universidad y por el contrario si se evidencia la falta de organización cuando a la fecha de la auditoria, es decir un año después de concluida la fecha de ejecución del contrato, el mismo no se ha liquidado, razón por la cual se establece un hallazgo administrativo. Soportes de Ejecución

A continuación se refleja los aportes realizados por los Cooperantes, el valor ejecutado y el valor pendiente por ejecutar del convenio, así:

Valor Convenio 0275 / 2013 $165,085,000.00

Aporte Municipio $150,000,000.00

Aporte Unitrópico $15,085,000.00

Valor transferido a Unitrópico $142,444,500.00

Valor Ejecutado $123,846,205.00

Valor No Ejecutado $18,598,295.00 Del valor total del convenio de Cooperación, solo se evidenciaron soportes de ejecución por valor de $123.846.205 reflejado en la relación contractual; observando falta de soportes de ejecución de acuerdo al valor transferido por parte del Municipio, cabe indicar que se solicitó en varias oportunidades el saldo actual en la cuenta bancaria donde se manejaron los recursos, pero no fue posible obtener respuesta. Por lo anterior, este Organismo de Control llama la atención en el sentido de que un (1) año después de concluido el plazo de ejecución, no se ha liquidado el convenio y se vislumbra un posible detrimento patrimonial a los recursos del Municipio de Maní, por lo que ADVIERTE a la entidad adelantar las acciones pertinentes en pro del cumplimiento del objeto contractual.

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CONTRATO Nº: 032 DEL 22/07/2009

CLASE CONVENIO TRIPARTITA DE COOPERACION

OBJETO: DESARROLLAR CAPACITACION CON EL FIN DE FOMENTAR LA EDUCACION TECNOLOGICA, TECNICA Y NO FORMAL EN EL MUNICIPIO DE TAURAMENA.

COOPERANTES: MUNICIPIO DE TAURAMENA-UNITROPICO-SENA

VALOR:

APORTE TAURAMENA:….. 858.749.060 APORTE UNITROPICO: ….. 120.000.000 APORTE SENA: ……………. 383.234.544 VALOR TOTAL: ……………1.361.983.604 ADICIONAL: APORTE DEL MUNICIPIO: 101.134.320 APORTE DEL MUNICIPIO: 199.660.000 VALOR TOTAL: …………..$1.662.777.924

PLAZO:

TREINTA Y DOS (32) MESES PRORROGA 1: TRES MESES PRORROGA 2 UN MES PRORROGA 3 CINCO MESES TOTAL PLAZO: 41 MESES

OBSERVACIONES

HA18- HF9 Mayor Valor Pagado Revisada la documentación del convenio suscrito con la alcaldía de Tauramena, la Universidad suscribió contratos con terceros para dar cumplimiento al objeto contractual, no obstante, se señala que se encontraron algunos contratos a los que la Fundacion canceló un mayor valor al pactado en cada uno de ellos, sin evidenciarse documento adicional que soportes tales pagos, situación que generó una lesión al patrimonio, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal por la suma de $7.291.889, como se describe a continuación:

C. E CONTRATO CONTRATISTA OBJETO VALOR DEL CONTRATO VALOR PAGADO DIFERENCIA

1861 OPS-CUMTS-016-2010 NILSON CARDENAS JIMENEZADECUACION ELECTRICA INTERNA DE

LA SEDE$850,000 $3,481,889 2,631,889

4593-4594ORDEN DE COMPRA:

CUMTS-001-2012DIXI JUDIT AMEZQUITA GAITÁN

SÍRVASE SUMINISTRAR A LA

FUNDACIÓN INTERNACIONAL DEL

TRÓPICO AMERICANO

"UNITROPICO" PAPELERÍA

$1,920,000 $4,480,000 2,560,000

588-589-613-774-Sin

Numero-895-1409-

2517-2639

CPS-CUMTS-001-2010 JOSE ITALO VELA CORDERO

SERVICIO DE APOYO LOGISTICO

PARA LA CONSERVACIÓN DE LAS

INSTALACIONES DE SEDES…

$8,400,000 $10,500,000 2,100,000

$11,170,000 $18,461,889 $7,291,889TOTAL

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CONTRATO Nº CPS-CUMTS-024-2011

OBJETO: SERVICIO DE TRANSPORTE AREA RURAL Y URBANA PARA MOVILIZAR INSTRUCTORES DEL SENA Y MATERIALES DE FORMACION ASI COMO GIRAS PRACTICO-TECNICAS CON ESTUDIANTES.

CONTRATISTA: COOPERATIVA MULTIACTIVA DE SERVICIOS "COOPSERVICES LTDA"

VALOR: $43.800.000

PLAZO: SEIS (6) MESES

OBSERVACIONES

Menor Valor Pagado

Una vez revisados los documentos,se observó soportes que avalan el pago realizado mediante comprobante de egreso No 3497 por valor de $20.440.000, sin embargo, no se evidenció dentro del expediente soportes adicionales que reflejen el cumplimiento del 100% del objeto contractual, como tampoco pago del saldo, correspondiente a la suma de $23.360.000, situación que genera una lesion al patrimonio en virtud a que la Universidad reflejó la ejecución total del convenio, en el acta de liquidación, sin que se evidencie soportes de pago de lo anteriormente descrito. Por lo anterior se determina un hallazgo administrativo con presunto alcance fiscal por valor de $23.360.000, la cual se adiciona al hallazgo denominado HA15-HF7 Menor valor pagado, por tratarse de hechos similares. Garantías

De otra parte, el equipo auditor no encontró dentro del expediente contractual la póliza de responsabilidad, toda vez que dentro de los estatutos de Unitrópico se establece la exigencia de la garantía para este tipo de contratos, en consecuencia se determina un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario, que se adiciona al hallazgo denominado HA13-HD7 Garantías, por tratarse de una situación similar. CONTRATO Nº CPS-CUMTS-006- 2012

OBJETO: SERVICIOS PROFESIONALES, REALIZANDO ACTIVIDADES DE ESTRUCTURACIÓN Y DIRECCIONAMIENTO DEL CONVENIO TRIPARTITA No.032 DE 2019.

CONTRATISTA: YYNDEIS LOPEZ RODRÍGUEZ

VALOR: $9.900.000

PLAZO: TRES (3) MESES

OBSERVACIONES

HA19-HD8 Requisitos Para Contratar

Una vez revisado el expediente contractual se observa que por un lado, la

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contratista registra acta de graduación como profesional con fecha 30 de marzo de 2012, y por otro lado, que la minuta del contrato se firmó el día 28 de marzo de 2012 (dos días antes de la graduación), por lo tanto, la contratista no cumplía con el perfil profesional especificado en el objeto del contrato, en consecuencia de determina un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria, máxime si tenemos en cuenta que quien está contratando tiene la experticia para conocer la profesionalización o no de quien va a contratar poniendo en riesgo la credibilidad de la Institución. HA20- Escala de Honorarios

En los estatutos de Unitrópico no se encontró ninguna artículo que hable sobre la escala de remuneración a tener en cuenta ni en el convenio marco, situación que deja al libre albedrio los honorarios asignados para contratación de personal, por lo que esta Contraloría cuestiona bajo que escala le asignaron una cuantía mensual de $ 3.300.000 a una persona que para el momento de la suscripción de la minuta no se había graduado como profesional, así como tampoco acredita experiencia para el perfil, en consecuencia se determina un hallazgo administrativo a fin que sea tenido en cuenta en el plan de mejoramiento. CONTRATO N° 001 DE 2013

CONTRATANTE DEPARTAMENTO DE CASANARE

CONTRATISTA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DEL TRÓPICO AMERICANO (UNITRÓPICO) R/L SANDRA PATRICIA SERRANO RINCON

OBJETO CONSTRUCCIÓN DE OCHO (8) AULAS EDUCATIVAS, ÁREAS DE CIRCULACIÓN Y UNIDADES SANITARIAS (DAMAS Y CABALLEROS).

FECHA 06 DE JUNIO DE 2013

PLAZO CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS CALENDARIO

VALOR $ 354.000.000+ 28.000.000 = $382.000.000

OBSERVACIONES

En virtud a denuncia N° 900.19.3.23-2014, radicada en este Organismo de control, por Presuntas irregularidades en la ejecución del Contrato N° 001 de 2013 cuyo objeto es la construcción de ocho (8) aulas educativas, areas de circulación y unidades sanitarias suscrito con UNITROPICO Y la Señora MARTHA LILIANA VALLEJO FRANCO. Mediante solicitud verbal realizada por el grupo auditor del 10 de marzo de 2015, se solicitó a la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DEL TRÓPICO AMERICANO (UNITRÓPICO) información relacionada con el contrato N° 001 de

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2013, la entidad allego la información al equipo auditor el día 16 de marzo de 2015 referente a la solicitud realizada. Es así como el 20 de mayo de 2015, esta Contraloría realiza desplazamiento al lugar donde se ejecutaron las actividades correspondientes al contrato 001 de 2013, en donde se realizó recorrido en compañía el Arquitecto Omar Mauricio Balderrama delegado por la entidad para hacer la respectiva revisión a las obras ejecutadas. A continuación presentamos el registro fotográfico, en el cual se puede evidenciar el estado actual de la obra:

En esta foto se puede evidenciar la estructura en general de las 8 aulas y las dos unidades sanitarias,

estas estructuras están en buenas condiciones.

En estas fotos se puede evidenciar que la unidad sanitaria para los caballeros está en óptimas condiciones y que a pesar de que ha trascurrido el tiempo después de su entrega sigue en buenas condiciones.

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En estas fotos se puede evidenciar que la unidad sanitaria para las damas está en óptimas condiciones y que a pesar de que ha trascurrido el tiempo después de su entrega sigue en buenas condiciones, uno de los temas que el quejoso hacía referencia era al problemas de humedad en el cielo raso, pero esta deficiencia fue subsanada en su momento según lo manifestado por el arquitecto.

En estas fotos se puede evidenciar la parte exterior de las aulas están en buenas condiciones, la pintura,

fachada, puertas, ventanas y vidrios no presentan ninguna anomalía como se puede apreciar en estas fotos.

En estas fotos se puede evidenciar la parte interior de las aulas están en buenas condiciones, la pintura,

ventanas, vidrios, pisos y cielo raso no presentan ninguna anomalía como se puede apreciar en estas fotos.

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En estas fotos se puede evidenciar la parte interior de las aulas están en buenas condiciones, la pintura,

ventanas, vidrios, pisos y cielo raso no presentan ninguna anomalía como se puede apreciar en estas fotos.

En estas fotos se puede evidenciar la parte interior de las aulas están en buenas condiciones, la pintura,

ventanas, vidrios, pisos y cielo raso no presentan ninguna anomalía como se puede apreciar en estas fotos.

Mediante la revisión de la documentación anexa del contrato N° 001 de 2013 se constató, que existe CDP del 06 de junio de 2013 por valor de $354.000.000, minuta del contrato de obra de la misma fecha, cabe señalar, que la minuta tan solo describe las cantidades de obra mas no el valor unitario por cada una de las actividades, es decir, un valor global, no se evidencio el presupuesto de obra donde se incluyan cada uno de los unitarios del contrato, se indica además que el manual de contratación por el cual se rigen, no exige realizar estudio previo. De otra parte este ente de control observa falencias en el seguimiento y control por parte de la interventoría, ya que en ninguna de las actas generada se le exigió al contratista el soporte de los valores unitarios ejecutados, para determinar el valor total ejecutado por actividad, si no que tan solo aprobaba los pagos con las cuentas de cobro donde relacionaban el monto ejecutado global. Ahora bien, mediante la visita realizada se observó que las estructuras no presenta anomalías, que las obras fueron ejecutadas a satisfacción según acta de

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liquidación del 5 de septiembre de 2013, se concluye que no se evidencia irregularidad en la ejecución del contrato, y además se señala que a pesar del transcurrir del tiempo de la liquidación del contrato, las estructuras están en buenas condiciones.

2.1.6 Convenios de Cooperacion Internacional

A continuación se listan los convenios de cooperación suscrito entre Unitrópico y otros países en pro de establecer relaciones internacionales los cuales son: EMBAJADA COLOMBO CHINA

CONTRATO Nº 015 DEL 17/12/2012

OBJETO:

ESTABLECER UN MARCO QUE PERMITA LA COOPERACION ENTRE LA CCC, LA CHINA Y UNITROPICO EN CAMPOS ACADEMICOS, AGROINDUSTRIALES , ALIMENTOS CONFECCION, CULTUTRALES, CIENTIFICOS, METALMECANICAS, DESARROLLO TECNOLOGICO, INVESTIGACION, INNOVACION DE EMPRENDIMIENTO COMERCIALES, TURISMO Y SERVICIOS DE COMUN, INTERES PARA LAS PARTES DE CONFORMIDAD CON LAS DISPONIBILIDADES DE CADA UNA DE ELLAS DANDO CUMPLIMIENTO A LOS REQUISITOS JURIDICOS QUE LAS RIGEN, CON LA CLARA FINALIDAD DE FAVORECER EL DESARROLLO DE LA COOPERACION EN LOS AMBITOS DE COMERCIO, INVERSIONES, FINANZAS Y TECNOLOGIAS IGUAL QUE EL DE LAS EMPRESAS DE SUS RESPECTTIVAS REGIONES, POTENCIANDO EL INTERCAMBIO DE IDEAS, PROYECTOS Y SERVICIOS ENTRE ELLAS, ACERCANDO ASI, POR MEDIO DE ESTE PUENTE DE UNION, LOS EMPRESARIOS DE LA REPLUBLICA CHINA A LOS EMPRESARIOS DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE COMO ALTERNATIVA A SU INTERNACIONALIZACION.

CONTRATISTA: CAMARA DE COMERCIO DE CASANARE-EMBAJADA COLOMBO CHINA

PLAZO:

TRES (03) AÑOS

VENCE: 16/12/2015

OBSERVACIONES

En virtud del citado convenio, a continuación se presentan los alumnos favorecidos para realizar la Práctica de Comercio Internacional, así:

JONATHAN CUENZA: Estudiante de Administración de Empresas Turísticas, pasantía que se realizó en la ciudad de SHENGDU-CHINA con una duración de siete meses.

FELIX ALEXANDER MARTINEZ: Estudiante de Comercio Internacional, pasantía que se realizó en la ciudad de DALIAN-CHINA con una duración de siete meses.

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HA21- Incumplimiento Gestión Internacional

Este convenio se vence el 16 de diciembre de 2015, sin que se haya ejecutado la mayoría de las actividades establecidas en la CLAUSULA TERCERA de la presente minuta, la Fundación Universitaria no presentó ante este órgano de control un informe que evidencie las diferentes actuaciones en pro de alcanzar el cumplimiento de las actividades contenidas en el convenio, situación que no refleja ningún impacto educativo o comercial, que por una parte, establezca políticas educativas a través de intercambios universitarios y por otra parte, que el porcentaje de estudiantes beneficiados sea significativo al menos para el Departamento de Casanare y de esta manera genere empresa y desarrollo para nuestra región, en cosideracion se establece un hallazgo administrativo. ARGENTINA

CONTRATO Nº 024 DEL 05/05/2014

OBJETO: LLEVAR A CABO EN DOBLE VÍA PRACTICAS PROFESIONALES Y PROCESOS DE MOVILIDAD DE DOCENTES Y ESTUDIANTES PERMITIENDO LOS PROCESOS DE INTERNACIONALIZACIÓN EN DESARROLLO DE LA GLOBALIZACIÓN DE LA FORMACIÓN UNIVERSITARIA A TRAVÉS DEL DESPLAZAMIENTO DE PROFESIONALES DE COMERCIO INTERNACIONAL, PROFESIONALES DE INVESTIGACIÓN PROFESIONAL EN EL ÁREA DE BIOLOGÍA, AGROFORESTALES, PROFESIONALES EN EL ÁREA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y ESTUDIANTES DE UNITROPICO HACIA

IES No 9-018 *Gdor celso Alejandro. CONTRATISTA: CELSO ALEJANDRO JAQUE DE ARGENTINA

PLAZO:

DOS (02) AÑOS

VENCE: 04/05/2016

OBSERVACIONES

Practicas relacionadas con la gestión ambiental

El presente contrato se firmó iniciando el mes de mayo de 2014, lo que quiere decir que a mayo de 2015 cumple un año, sin que a la fecha se muestre ninguna de las actividades planteadas en el objeto de la minuta, tales como prácticas profesionales de estudiantes y docentes, ni siquiera de las áreas de comercio internacional, Biología Agroforestal o Gestión Ambiental, no se observa desplazamientos de estudiantes hacia Argentina, en cuanto al fortalecimiento de la educación superior, técnica y tecnológica según los reporte del uso del convenio se señala la movilización de la directora académica de IES-9-018 *Gdor CELSO

ALEJANDRO de Argentina, desplazamiento realizado en el 2013, lo que quiere decir, que la actividad no se llevó a cabo dentro de la vigencia de este contrato, por lo que la misma no debe tenerse en cuenta como ejecución, razón por la cual se

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establece un hallazgo administrartiva la cual se adiciona al hallazgo denominado HA21- Incumplimiento Gestión Internacional por tratarse de un hecho similar.

MEXICO

CONTRATO Nº 024 DEL 30/05/2013

OBJETO:

ESTABLECER BASES DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO DE PASANTIAS Y PRÁCTICAS EMPRESARIALES A ESTUDIANTES DE UNITROPICO.

CONTRATISTA: SANTO TOMAS UNIDAD MEDICA EQUINA S.A DE CV-MEXICO

PLAZO: CINCO (05) AÑOS VENCE: 29/05/2018

OBSERVACIONES

Prácticas empresariales de estudiantes

El presente contrato lleva dos años desde que se firmó, este acuerdo de voluntades es muy importante para nuestra región ya que en el mismo se pactaron obligaciones en la cláusula primera que tienen que ver con la realización de pasantías o prácticas empresariales con relación a las áreas de formación académica, llama la atención que a la fecha de la auditoria y pasado dos años desde que se firmó el contrato, la Fundación Universitaria no ha cumplido con ninguna de las actividades planteadas en el objeto de la minuta, obligaciones que se desprenden en la CLAUSULA TERCERA, algunas de ellas son: Presentar un número de estudiantes, para que la empresa pueda escoger aquellos que adelantaran la practica o presentar una propuesta de estudiantes que avale Unitrópico para tal fin, situación que no se ha dado en ninguno de los aspectos según el reporte de la misma Universidad, en lo que ha transcurrido de tiempo, razón por la cual se establece un hallazgo administrartivo la cual se adiciona a: HA21- Incumplimiento Gestión Internacional por tratarse de un hecho similar.

ESPAÑA

CONTRATO Nº SIN NOMENCLATURA 16 DE ENERO DE 2013

OBJETO:

ESTABLECER RELACIONES DE COOPERACIÓN MUTUA PARA PLANIFICAR, PROMOVER, APOYAR, DESARROLLAR CONJUNTAMENTE ACTIVIDADES DE CARÁCTER ACADÉMICO -CIENTÍFICO, EDUCATIVO, DE ENSEÑANZA, DE INVESTIGACIÓN, DE DESARROLLO, DE EXTENSIÓN Y DE DIVULGACIÓN DE CONFORMIDAD A LOS OBJETIVOS Y PLANES DE CADA UNA DE ELLAS

CONTRATISTA: UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID ESPAÑA

PLAZO:

CINCO (05) AÑOS

VENCE: 15/01/2018

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OBSERVACIONES

Enseñanza e investigación científica

El presente contrato lleva dos años y cuatro meses desde que se firmó, sin que a la fecha se haya desarrollado ninguna de las obligaciones, lo que muestra negligencia por parte de Unitrópico, llama la atención, que un convenio de esa magnitud que establece actividades de carácter científico, enseñanza e investigación así, como también contempla el intercambio de docentes entre las Universidades, pues es un tema que amerita toda la atención administrativa para promover desarrollo a nuestra región y crecimiento intelectual para el fortalecimiento de Talento Humano de los casanareños. la Fundación Universitaria no presentó ante este órgano de control un informe que evidencie las diferentes actuaciones en pro de alcanzar el cumplimiento de las actividades contenidas en el convenio por lo menos en el tiempo que ha corrido, situación que no refleja ningún impacto educativo o investigativo, que además establezca políticas de intercambios universitarios y que el porcentaje de estudiantes beneficiados sea significativo al menos para este Departamento, en consideración de lo antes señalado se establece un hallazgo administrartivo el cual se adiciona a: HA21- Incumplimiento Gestión Internacional por tratarse de un hecho similar. PERU

CONTRATO Nº SIN NOMENCLATURA 16 DE ENERO DE 2014

OBJETO:

AUNAR ESFUERZOS PARA REALIZAR UN TRABAJO CONJUNTO, DESTINADO A FOMENTAR ACTIVIDADES VINCULADAS A SUS FINES INSTITUCIONALES, TALES COMO PRACTICAS EMPRESARIALES Y PASANTIAS UNIVERSITARIAS, PROCESO DE MOVILIDAD DE DOCENTES, ESTUDIANTES Y ADMINISTRATIVOS; FORMULACION DE TRABAJOS DE INVESTIGACION CONJUNTOS, PROCESOS DE EDUCACION PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO, ENTRE OTRAS ACTIVIDADES QUE PERMITAN GENERAR LOS PROCESOS DE INTERNACIONALIZACION EN DESARROLLO DE LA GLOBALIZACION DE LA FOMACION UNIVERSITARIA.

CONTRATISTA: UNIVERSIDAD CIENTIFICA DEL SUR “UCSUR” - PERU

PLAZO:

CINCO (05) AÑOS

VENCE: 15/01/2019

OBSERVACIONES

Prácticas empresariales de docentes y estudiantes

Si bien es cierto, que solo ha transcurrido un año de haberse firmado el acuerdo, también lo es, que el mismo no presenta la realización de ninguna de las

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actividades planteadas en el objeto de la minuta por parte de la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano-Unitrópico, obligaciones que se desprenden en la CLAUSULA TERCERA, en la cual se señalan algunas como son, Presentar un número de estudiantes, administrativos, docentes o investigadores para que la Universidad Científica de PERU pueda escoger aquellos que adelantaran la practica o presentar una propuesta de estudiantes, administrativos, docentes o investigadores, previamente avalados por Unitrópico para tal fin, situación que no se ha dado en ninguno de los aspectos según el reporte de la misma Universidad, en lo que ha transcurrido de tiempo, razón por la cual se establece un hallazgo administrartivo la cual se adiciona a: HA21-

Incumplimiento Gestión Internacional por tratarse de un hecho similar. CONSULADO DE BRASIL

CONTRATO Nº SIN NOMENCLATURA 17 DE ABRIL DE 2014

OBJETO:

ESTABLECER LOS PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS QUE CONTRIBUYAN A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN, REGLAMENTANDO LOS PARÁMETROS PARA LA OBTENCIÓN DE CINCO (5) BECAS INTEGRALES AL AÑO, EN LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS A NIVEL DE MAESTRÍAS Y DOCTORADOS PARA EGRESADOS Y DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS MÍNIMOS QUE EXIJAN AMBAS PARTES.

CONTRATISTA: CONSULTADO HONORARIO DE BRASIL EN BUCARAMANGA COLOMBIA.

PLAZO: INDEFINIDO

OBSERVACIONES

Becas de estudio en el exterior El presente convenio lleva un (01) año desde que se firmó la minuta, sin que a la fecha se haya gestionado ninguna de las cinco (5) becas integrales que otorga el consulado de Brasil por año, lo que muestra negligencia por parte de Unitrópico en la consecución de estudios gratuitos de posgrados a nivel de maestrías y doctorados para egresados y docentes de la Institución, llama la atención, que un convenio de esa magnitud que establece procedimientos y mecanismos para la internacionalización, no amerite toda la atención administrativa para promover desarrollo educativo de nuestra región, así también el crecimiento intelectual para el fortalecimiento de Talento Humano de los casanareños.

Por último, la Fundación Universitaria no presentó ante este órgano de control un informe que evidencie las diferentes actuaciones adelantadas por Unitrópico para alcanzar grandes objetivos que beneficien alumnos egresados y docentes que destinen parte de su tiempo y esfuerzo en el desarrollo de proyectos de investigación que mejoren el nivel de vida socioeconómico.

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De otra parte, en las consideraciones de la minuta del convenio señala: “Es de vital

importancia procurar la internacionalización de la Fundación Universitaria, que de acuerdo con el PEI, la Investigación, la formación, la proyección social y la Globalización que hacen parte integral de los programas profesionales autorizados por el Ministerio de

Educación Nacional (MEN) en consecuencia de lo antes señalado, razón por la cual se establece un hallazgo administrartivo la cual se adiciona a: HA21-

Incumplimiento Gestión Internacional por tratarse de un hecho similar. ESPAÑA

CONTRATO Nº

SIN NOMENCLATURA 17 DE ABRIL DE 2014

OBJETO:

ESTABLECER LOS PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS QUE CONTRIBUYAN A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN, REGLAMENTANDO LOS PARÁMETROS PARA LA OBTENCIÓN DE CINCO (5) BECAS INTEGRALES AL AÑO, EN LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS A NIVEL DE MAESTRÍAS Y DOCTORADOS PARA EGRESADOS Y DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS MÍNIMOS QUE EXIJAN AMBAS PARTES.

CONTRATISTA: OVIEDO DE ESPAÑA

PLAZO:

INDEFINIDO

OBSERVACIONES

HA22- Convenio sin Legalizar

El presente convenio lleva más un (01) año en trámite sin que a la fecha se haya legalizado, toda vez que la minuta se encuentra sin las firmas de las partes, llama la atención, que en varios correos institucionales la Universidad de Oviedo ha manifestado su voluntad de continuar con el respectivo proceso, pero Unitrópico no se ha pronunciado al respecto, hecho que demuestra mala gestión administrativa con relación a la cooperación Internacional, razón por la cual se establece un hallazgo administrativo a fin que sea tenida en cuenta en el plan de mejoramiento. 2.1.7 Gestión Documental

HA23- Falencias administración de archivo De acuerdo a la inspección realizada por el equipo auditor al archivo, expedientes y documentos de Unitrópico, se observó que la entidad no cuenta con

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un instrumento archivístico, que permita la normalización de la gestión documental, según lo establece el artículo 24 Ley 594 de 2000, de tal forma que coadyuve a la organización documental y su correspondiente registro para consulta, se observa que la Fundación Universitaria no cuenta con un Comité de archivo adoptado por acto administrativo, que defina políticas, programa de trabajo y toma de decisiones de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 de la misma ley. La Ley General de Archivo, en su artículo 10, reza: “ Las personas naturales o

jurídicas de derecho privado, que estén bajo inspección, vigilancia e intervención del Estado, deberán tener el archivo creado, organizado, preservado y controlado, teniendo en cuenta los principios de procedencia y de orden original, el ciclo vital de los documentos, y las normas que regulen a cada sector, siempre y cuando no contraríen las normas sobre propiedad intelectual y no se vulneren los derechos otorgados por el artículo 15 de la Constitución Política.” Siendo así, el equipo auditor encuentra que Unitrópico, debido a su naturaleza jurídica, está sujeto a la ley general de archivo, por tanto, debe dar cumplimiento a las obligaciones legales concentrada en la ley en comento.

Para el caso que nos ocupa, en cuanto al archivo de cada uno de los convenios, contratos y demás expedientes documentales revisados por el equipo auditor, se evidenció que: no se encuentran legajados en carpetas, no están foliados, no guardan orden consecutivo, no están almacenados en cajas, de tal forma que permita un fácil acceso, pues los expedientes solicitados para revisión por parte del ente de control, en su mayoría están incompletos, no existe un archivo de gestión central ni de gestión documental; es decir no existen procedimientos implementados relacionados con la gestión documental. De acuerdo a lo anteriormente expuesto, se establece un hallazgo administrativo a fin que la Institución Educativa tome las medidas pertinentes.

2.2 GESTION PRESUPUESTAL, CONTABLE Y FINANCIERA

2.2.1 Aspectos Presupuestales Vigencias 2010 - 2014

Según la certificación de asunto Documentos inexistentes, ratifica La Fundación Universitaria que durante las vigencias 2011-2013, no suscribió ningún acto administrativo mediante el cual estableciera y aprobara el Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversiones para las vigencias objeto de auditoría, sin embargo, los funcionarios del área de contabilidad fijaron de manera informal el Presupuesto de Ingresos y Gastos para las vigencias 2010 y 2014 por valor de $20.905 millones de pesos.

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Durante la vigencia 2010, el presupuesto de Ingresos y Gastos aprobado fue de $10.382.335.707 y para el 2014 ascendió a $10.523.381.286, cabe señalar, que durante las respectivas vigencias, no se evidenció modificaciones al mismo, que permitieran determinar un presupuesto definitivo o si se mantuvo el inicialmente aprobado. Presupuesto de Ingresos La Fundación Universitaria, durante las vigencias 2010 y 2014, recaudo la suma de $14.972.852.656 equivalente al 72% del presupuesto definitivo, en la vigencia fiscal 2010 las rentas percibidas solo alcanzo el 60% del valor proyectado, y durante el año 2014 el porcentaje de recaudo se dio con un 83% del presupuesto definitivo respectivamente.

VIGENCIAPRESUPUESTO

DEFINITIVORECAUDO % RECAUDO

2010 10,382,335,707 6,271,407,109 60%

2014 10,523,381,286 8,701,445,547 83%

TOTAL 20,905,716,993 14,972,852,656 72% Fuente: Ejecuciones Presupuestales

A continuación se muestra de manera gráfica los porcentajes de recaudo en cada una de las vigencias.

-

2.000.000.000

4.000.000.000

6.000.000.000

8.000.000.000

10.000.000.000

12.000.000.000

1

60%

83%

PRESUPUESTO VS RECAUDO

PRESUPUESTADO

RECAUDADO

2010 2014

Variaciones de Presupuesto y Recaudo Analizado el presupuesto definitivo de la vigencia 2010 frente al de 2014, se observa una variación absoluta de $141.045.579 equivalente al 1%, y el recaudo

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se incrementó en un 39% entre las dos (2) vigencias, tal como se muestra a continuación.

2010 2014

PRESUPUESTO 10.382.335.707 10.523.381.286 141.045.579 1%

RECAUDADO 6.271.407.109 8.701.445.547 2.430.038.438 39%

VIGENCIA

DETALLEVARIACION

ABSOLUTA

VARIACION

RELATIVA

Presupuesto de Gastos Durante las vigencias fiscales 2010 y 2014 la Universidad contó con un presupuesto Definitivo de $20.905.716.993, de los cuales se comprometió la suma de $14.644.798.691, ejecutándose el 70%, de donde en la vigencia fiscal 2010 realizó compromisos por valor de $6.271.407.109, equivalente al 60%, del valor proyectado y para el año 2014 se ejecutó el 80% frente al presupuesto aprobado para dicha vigencia, como se puede observar en el siguiente cuadro:

PRESUPUESTO PRESUPUESTO

APROBADO EJECUTADO

201010.382.335.707 6.271.407.109 4.110.928.598

60%

201410.523.381.286 8.701.130.390 1.822.250.896

83%

TOTAL GASTOS 20.905.716.993 14.972.537.499 5.933.179.494 72%

VIGENCIAS DIFERENCIA % EJECUCION

Fuente: Ejecucion Presupuestal

A continuación se muestra de manera gráfica el porcentaje de ejecución en cada una de las vigencias.

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Comportamiento de compromisos en las dos vigencias

Según las ejecuciones presupuestales de gastos de la fundación universitaria, se señala que en las dos (2) vigencias, los compromisos fueron relativamente bajos frente al presupuesto definitivo proyectado.

EJECUTADO % PARTIC. EJECUTADO % PARTIC.

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 671.589.016 11% 1.091.507.933 12%

GASTOS GENERALES 5.239.049.471 84% 5.704.994.671 66%

INVERSION 360.768.622 6% 1.904.627.786 22%

SERVICIO DE LA DEUDA 0 0% 0 0%

TOTAL GASTOS 6.271.407.109 100% 8.701.130.390 100%

DETALLE2.010 2.014

Fuente: Ejecuciones Presupuestales

Al tener en cuenta la ejecución del presupuesto de gastos, se observa que los gastos de Generales fueron los de mayor participación durante las dos (2) vigencias, alcanzando en el 2010 un 84% y en menor proporción la vigencia 2014 con el 66%, siendo los gastos de nomina los de mayor incidencia, en segundo lugar de participación está la inversión social con el 16% para el 2014 frente al 6% que había logrado en el 2010 y en menor participación están los gastos de funcionamiento con un 13% en la vigencia 2014 con relación al 11% obtenidos en el 2010. A continuación se refleja gráficamente el comportamiento de gastos.

A continuación se muestra de manera porcentual, la participación de la ejecución por componente con relación al total de gastos, en las dos (2) vigencias, así:

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2.010 2.014

EJECUTADO EJECUTADO

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 671.589.016 1.091.507.933 1.763.096.949 12%

GASTOS GENERALES 5.239.049.471 5.704.994.671 10.944.044.142 73%

INVERSION 360.768.622 1.904.627.786 2.265.396.408 15%

SERVICIO DE LA DEUDA 0 0 0 0%

TOTAL GASTOS 6.271.407.109 8.701.130.390 14.972.537.499 100%

DETALLE TOTAL % PART.

Analizados los compromisos adquiridos por parte de la entidad durante las dos vigencias, se observa que el monto más relevante corresponde a Gastos Generales, representan el 76% del total ejecutado, seguido de los gastos de funcionamiento y la inversión social con una participación del 12% cada uno. De otra parte, llama la atención, el por qué no se incluye presupuestalmente compromisos por concepto del servicio a la deuda en ninguna vigencia, cuando contablemente si se realizaron pagos por este concepto.

2.2.2 Gestión Contable y Financiera Para el análisis de la información contable y financiera se tuvo en cuenta los estados financieros correspondientes a las vigencias 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014 de la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano “Unitrópico” para lo cual se realizaron algunas pruebas de auditoría en cuanto a los soportes y documentos contables que la sustentan; a efecto de indicar su realidad a través de los estados financieros que reflejan la situación contable, económica, y financiera de la entidad, por lo tanto constituyen una herramienta muy valiosa para la administración.

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2.2.2.1 Análisis a los Estados Financieros

Para el análisis contable y financiero de la entidad se utilizaron métodos de reconocido valor técnico como son la variación relativa y la variación absoluta. La variación relativa refleja el comportamiento de las cuentas mayores dentro del grupo que representan y se hacen por cada vigencia, mientras que la variación absoluta refleja el comportamiento de las cuentas entre un periodo y otro, como se describen a continuación. Balance General comparativo del quinquenio (miles de pesos)

COD. CUENTA / VIGENCIA 2010 2011 2012 2013 2014 TOTAL % INCREM

1 ACTIVO 3.658.227 3.501.581 3.777.489 5.681.384 7.194.305 23.812.986 14,8%

CORRIENTE 1.957.224 1.249.953 1.972.482 3.077.551 4.902.779 13.159.989 22,4%

11 Disponible 259.601 279.280 1.138.136 2.155.161 2.538.268 6.370.446 35,8%

12 Inversiones 2.120 2.614 2.966 3.378 803.747 814.825 98,4%

13 Deudores 1.695.503 968.060 823.733 900.383 1.549.472 5.937.151 -2,5%

14 Inventarios - - 7.647 18.629 11.292 37.568 30,1%

NO CORRIENTE 1.701.003,00 2.251.628 1.805.007 2.603.833 2.291.526 10.652.997 5,5%

13 Aportes Por Cobrar - 714.867 603.866 603.866 603.866 2.526.465 23,9%

15 Propiedad Planta y Equipo 499.960 442.441 384.334 448.278 414.543 2.189.556 -3,9%

16 Intangibles 3.894 244 3.404 435.768 320.460 763.770 41,4%

17 Diferidos 915.385 673.505 549.790 900.940 763.286 3.802.906 -4,0%

18 Otros Activos 281.764 420.573 263.613 214.981 189.371 1.370.302 -6,7%

2 PASIVO 3.463.569 3.241.727 3.160.528 3.989.937 5.068.205 18.923.966 8,5%

CORRIENTE 2.463.569 1.330.164 1.082.648 675.183 528.523 6.080.087 -31,8%

21 Obligaciones Financieras 170.191 401.792 135.127 110.320 8.274 825.704 -19,6%

22 Proveedores 457.834 354.500 82.178 101.565 43.852 1.039.929 -39,8%

23 Cuentas Por Pagar 469.086 363.587 402.640 222.066 234.310 1.691.689 -13,9%

24 Industria Y Comercio - 5.493 242.754 35.561 55.540 339.348 16,4%

25 Obligaciones Laborales 452.126 204.792 167.729 20.677 13.876 859.200 -51,0%

27 Pasivos Diferidos 830.543 - - - 830.543 -100,0%

28 Otros Pasivos 83.789 - 52.220 184.994 172.671 493.674 18,0%

NO CORRIENTE 1.000.000 1.911.563 2.077.880 3.314.754 4.539.682 12.843.879 27,6%

21 Obligaciones Financieras 1.000.000 607.091 183.933 441.279 426.661 2.658.964 -21,6%

TOTAL PASIVO NO CORRIENTE 1.000.000,00 1.000.000 -100,0%

22 Proveedores - - 100.000 - - 100.000 0,0%

27 Pasivos Diferidos - 1.213.999 1.352.906 2.225.878 3.542.666 8.335.449 42,5%

28 Otros Pasivos - 90.473 441.041 647.597 570355 1.749.466 32,6%

3 PATRIMONIO 194.658 259.854 616.962 1.691.447 2.126.100 4.889.021 39,5%

31 Patrimonio Institucional 194.658 259.854 616.962 1.691.447 2.126.100 4.889.021 39,5%

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 3.658.227 3.501.581 3.777.490 5.681.384 7.194.305 23.812.987 14,8% Fuente: Estados Financieros Unitrópico

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Análisis por Vigencias Realizado el análisis de incremento del balance general en las vigencias 2010 frente a 2014, se observa que de acuerdo a las cifras reportadas, se presentó un incremento promedio en los activos del 14.8%, debido al aumento de las inversiones, el reconocimiento de intangibles, Efectivo, Inventarios, y aportes por cobrar. Cabe mencionar como un hecho significativo la disminución del grupo de otros activos en 6.7% y con una variación menor, se da en los cargos diferidos de los activos no corrientes. Dentro del grupo de los pasivos, se observa que el incremento promedio en las cuentas que lo conforman fue bajo, ya que representa un 8.5%. En el pasivo corriente las obligaciones laborales presentaron disminución en un 51% que de hecho constituyen la disminución más representativa dentro del pasivo, y en segundo lugar están los proveedores con un 39.8% de disminución; respecto al pasivo no corriente, el grupo de pasivos diferidos alcanzó un 42.5% y otros pasivos el 32.6%. De manera general, los Activos alcanzaron un incremento promedio anual de 14.8% en cuanto al Pasivo, estos muestran el menor incremento entre los tres componentes del balance, dado por la baja dinámica de pago y con un incremento promedio anual del 40% está el patrimonio lo que lo convierte en la cuenta con mayor incidencia de crecimiento. A continuación se presenta la estructura del balance durante el quinquenio

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Estructura de los Activos A continuación se presenta la incidencia de la participación de cada una de las cuentas que conforman el Activo por cada una de las vigencias auditadas.

COD. CUENTA / VIGENCIA 2010 2011 2012 2013 2014 % PART. 2014

1 ACTIVO 3.658.227 3.501.581 3.777.489 5.681.384 7.194.305 100%

CORRIENTE 1.957.224 1.249.953 1.972.482 3.077.551 4.902.779 68%

11 Disponible 259.601 279.280 1.138.136 2.155.161 2.538.268 35%

12 Inversiones 2.120 2.614 2.966 3.378 803.747 11%

13 Deudores 1.695.503 968.060 823.733 900.383 1.549.472 22%

14 Inventarios - - 7.647 18.629 11.292 0,2%

NO CORRIENTE 1.701.003,00 2.251.628 1.805.007 2.603.833 2.291.526 32%

13 Aportes Por Cobrar - 714.867 603.866 603.866 603.866 8%

15 Propiedad Planta y Equipo 499.960 442.441 384.334 448.278 414.543 6%

16 Intangibles 3.894 244 3.404 435.768 320.460 4%

17 Diferidos 915.385 673.505 549.790 900.940 763.286 11%

18 Otros Activos 281.764 420.573 263.613 214.981 189.371 3% Fuente: Estados Financieros Unitrópico

De acuerdo a las cifras anteriores, se observa que para el año 2014 los activos corrientes obtuvieron una participación del 68% del total de activos y los no corrientes representan un 32%; el grupo más representativo se dio por las cuentas que conforman el grupo de Disponible que alcanzó el 35% frente al total de Activos, seguido los deudores que refleja un 22% de participación y con menor porcentaje se encuentra las demás cuentas, tal como se muestra a continuación:

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Estructura del Pasivo y Patrimonio A continuación, se presentan la estructura del pasivo y patrimonio por cuenta, donde se observa la participación de cada una de las cuentas frente al total Pasivo y total Patrimonio, así:

COD. CUENTA / VIGENCIA 2010 2011 2012 2013 2014 % PART. 2014

2 PASIVO 3.463.569 3.241.727 3.160.528 3.989.937 5.068.205 70%

CORRIENTE 2.463.569 1.330.164 1.082.648 675.183 528.523 7%

21 Obligaciones Financieras 170.191 401.792 135.127 110.320 8.274 0,1%

22 Proveedores 457.834 354.500 82.178 101.565 43.852 1%

23 Cuentas Por Pagar 469.086 363.587 402.640 222.066 234.310 3%

24 Industria Y Comercio - 5.493 242.754 35.561 55.540 1%

25 Obligaciones Laborales 452.126 204.792 167.729 20.677 13.876 0,2%

27 Pasivos Diferidos 830.543 - - - 0%

28 Otros Pasivos 83.789 - 52.220 184.994 172.671 2%

NO CORRIENTE 1.000.000 1.911.563 2.077.880 3.314.754 4.539.682 63%

21 Obligaciones Financieras 1.000.000 607.091 183.933 441.279 426.661 6%

22 Proveedores - - 100.000 - - 0%

27 Pasivos Diferidos - 1.213.999 1.352.906 2.225.878 3.542.666 49%

28 Otros Pasivos - 90.473 441.041 647.597 570355 8%

3 PATRIMONIO 194.658 259.854 616.962 1.691.447 2.126.100 30%

31 Patrimonio Institucional 194.658 259.854 616.962 1.691.447 2.126.100 30%

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 3.658.227 3.501.581 3.777.490 5.681.384 7.194.305 100% Fuente: Estados Financieros Unitrópico

De manera general se evidencia según la tabla anterior que los pasivos no corrientes obtuvieron en el 2014 una participación del 63% del total de este componente del balance, en segundo lugar está el patrimonio con 30% y por último los pasivos corrientes que solo alcanzan el 7% respectivamente. Según las cifras anteriores, se observa que para el año 2014 el grupo más representativo se dio por los pasivos diferidos que alcanzaron un 49% frente al total de pasivos más patrimonio, seguido de la cuenta de patrimonio institucional que refleja un 30% de participación y con menor porcentaje se encuentra las demás cuentas, tal como se muestra a continuación:

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0,1% 1%3%

1% 0,2%2%

6%

49%

8%

30%

0,0%

10,0%

20,0%

30,0%

40,0%

50,0%

60,0%

Obligaciones Financieras

Proveedores Cuentas Por Pagar

Industria Y Comercio

Obligaciones Laborales

Otros Pasivos Obligaciones Financieras

Pasivos Diferidos

Otros Pasivos Patrimonio Institucional

Participacion Pasivo + Patrimonio

Comportamiento Servicio de la Deuda

La deuda financiera pública corresponde a los compromisos adquiridos por la Fundación Universitaria con las instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia financiera. El saldo se ha venido disminuyendo lentamente, al pasar de $1.000 (millones) en el año 2010 a $426.661 (millones) en 2014.

Fuente: Estados Financieros

El comportamiento histórico del saldo de la deuda pública de la Universidad en el período comprendido entre 2010-2014 se puede observar en el siguiente gráfico.

Fuente: Estados Financieros Unitrópico

COD. CUENTA 2010 2011 2012 2013 2014 TOTAL % INCREM

21 Obligaciones Financieras 1,000,000 607,091 183,933 441,279 426,661 2,658,964 -21.6%

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El 100% de la deuda está respaldada exclusivamente por los ingresos recibidos por concepto de matrículas educativas. Durante el 2010 Unitrópico adquirió un crédito por $1.000 millones, obligación que en el 2011 se pagó en más del 50%; posteriormente en el 2013, adquiere una nueva deuda y terminó la vigencia con un saldo de $441 millones. Para el 2014 la Universidad cuenta con un pasivo financiero a largo plazo por valor de $427 millones de pesos. De acuerdo al comportamiento de la deuda, se concluye que esta disminuyó en un 21.6% durante el quinquenio. Estado de Resultados comparativo 2010 - 2014

A continuación se presenta el comparativo de los estados de resultados por cada una de las vigencias, así:

COD. DESCRIPCION 2010 2011 2012 2013 2014

41 INGRESOS OPERACIONALES 5,519,685 6,343,123 7,434,398 7,632,383 8,537,510

61 COSTOS OPERACIONALES 6,032,515 5,131,029 5,181,444 5,631,071 6,211,266

PERDIDA OPERACIONAL -512,830 1,212,095 2,252,954 2,001,312 2,326,244

51 GASTOS OPERACIONALES 708,902 1,119,199 1,507,214 1,592,433 1,938,970

42 INGRESOS NO OPERACIONALES 146,291 173,402 50,182 619,222 215,302

53 GASTOS NO OPERACIONALES 183,580 246,362 419,013 125,418 168,422

UTILIDAD DEL EJERCICIO -1,221,732 19,936 376,909 902,683 434,154 Fuente: Estados Financieros Unitrópico

Comportamiento histórico de los ingresos

A continuación se hace una breve exposición del comportamiento de los ingresos y costos de la Institución durante el periodo 2010-2014. Se incluye una descripción de los componentes más importantes de cada cuenta, así como los factores que han incidido en las tendencias identificadas durante el periodo. Se presenta un breve diagnóstico de la entidad, donde se expone el impacto que han generado en los indicadores financieros de la entidad y las circunstancias descritas a través de este informe. Ingresos Totales Revisando el consolidado histórico de ingresos 2010- 2014 se encuentra que los ingresos totales han tenido un crecimiento promedio real del 8.5% durante dicho periodo.

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A continuación se observa su comportamiento durante el último quinquenio:

Fuente: Estados Financieros Unitrópico

Los Ingresos Totales pasaron de $5.665 millones en el 2010, a $8.752 en el 2014. Donde los Ingresos por venta de servicios educativos representan el mayor componente de los recursos, siendo este la única fuente de ingresos operacionales, razón por la cual en cada vigencia, están presentes en la composición del presupuesto y alcanzaron una participación del 97% del total de los ingresos; seguidamente están las comisiones como fuente de recursos no operacionales que en materia de participación alcanzan un 2% respectivamente.

Por otra parte, debido a cambios en la normatividad y ajustes fiscales la entidad ha variado su composición presupuestal durante el quinquenio, a continuación se aprecia el comportamiento histórico de los Ingresos por vigencia.

Fuente: Estados Financieros Unitrópico

COD CUENTA 2010 2011 2012 2013 2014 TOTAL % PART

TOTAL DE INGRESOS5,665,976 6,516,525 7,484,580 8,251,602 8,752,809 36,671,492 100%

INGRESOS OPERACIONALES 5,519,685 6,343,123 7,434,398 7,632,383 8,537,511 35,467,100 97%

41 VENTA DE SERVICIOS 5,519,685 6,343,123 7,434,398 7,632,383 8,537,511 35,467,100 97%

4160 Servicios Educativos 5,670,895 6,559,259 7,664,920 7,974,970 9,045,319 36,915,363

4175 Devol., Rebajas y Desc. -151,210 -216135.801 -230,522 -342,587 -507,808 -1,448,263

42 INGRESOS NO OPERACIONALES 146,291.00 173,402 50,182 619,219 215,298 1,204,392 3%

4210 Financieros 113,752 36,441 26,430 45,689 65,326 287,638 1%

4225 Comisiones - 75,930 - 491,529 23,058 590,517 2%

4235 Servicios - 1,459 1,641 6,550 26,985 36,635 0.1%

4250 Recuperaciones - 28,916 3,371 16,582 5,381 54,250 0.1%

4295 Diversos 32,539 30,657 18,740 40,671 35,430 158,037 0.4%

4265 Ingresos de Ejercicios Anteriores( ica) - - - 18,198 59,118 77,316 0.2%

97%

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Ingresos Operacionales:

Los ingresos operacionales, están compuestos por los recursos recibidos por la venta de servicios educativos incluidos las devoluciones rebajas y descuentos de los mismos. Para el periodo 2010 – 2014 estos ingresos pasaron de $5.519 (millones) en el 2010 a $8.537 (millones) en el 2014, representando de esta manera una tasa promedio de crecimiento del 8.5% a lo largo del periodo y una participación en el presupuesto total del 97%.

COD CUENTA 2010 2011 2012 2013 2014 TOTAL % PART % INCR

TOTAL DE INGRESOS5,665,976 6,516,525 7,484,580 8,251,602 8,752,809 36,671,492 100%

8.4%

INGRESOS OPERACIONALES 5,519,685 6,343,123 7,434,398 7,632,383 8,537,511 35,467,100 97% 8.5%

41 VENTA DE SERVICIOS 5,519,685 6,343,123 7,434,398 7,632,383 8,537,511 35,467,100 97% 8.5%

4160 Servicios Educativos 5,670,895 6,559,259 7,664,920 7,974,970 9,045,319 36,915,363 9.1%

4175 Devol., Rebajas y Desc. -151,210 -216135.801 -230,522 -342,587 -507,808 -1,448,263 24.6%

97%

Fuente: Estados Financieros Unitrópico

Ingresos No Operacionales Los ingresos no Operacionales, crecieron en promedio 5.7% durante el periodo 2010-2014, donde las comisiones y los Ingresos Financieros son los rubros más representativos dentro de la composición, sin embargo, la cuenta de ingresos de ejercicios anteriores, presenta mayor incremento en el quinquenio, pues alcanzan un 76.5% de crecimiento, tal como se refleja en el siguiente cuadro:

COD CUENTA 2010 2011 2012 2013 2014 TOTAL % PART % INCR

42 INGRESOS NO OPERACIONALES 146,291.00 173,402 50,182 619,219 215,298 1,204,392 3% 5.7%

4210 Financieros 113,752 36,441 26,430 45,689 65,326 287,638 1% -16.8%

4225 Comisiones - 75,930 - 491,529 23,058 590,517 2% 3.9%

4235 Servicios - 1,459 1,641 6,550 26,985 36,635 0.1% 73.7%

4250 Recuperaciones - 28,916 3,371 16,582 5,381 54,250 0.1% 9.9%

4295 Diversos 32,539 30,657 18,740 40,671 35,430 158,037 0.4% 1.8%

4265 Ingresos de Ejercicios Anteriores( ica) - - - 18,198 59,118 77,316 0.2% 76.5%

Fuente: Estados Financieros Unitrópico

En la siguiente gráfica se observa el incremento anual durante el quinquenio de los recursos provenientes por la prestación de servicios educativos, ingresos que se constituyeron en la fuente más importante de financiamiento de la Institución Universitaria.

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Fuente: Estados Financieros

Comportamiento histórico del gasto

Los costos y gastos totales de la Universidad crecieron en términos reales a una tasa promedio anual del 3.9%, al pasar de $6.924 millones en 2010 a $ 8.318 millones en el 2014.

COD CUENTA 2010 2011 2012 2013 2014 TOTAL % PART % INCR

TOTAL COSTOS Y GASTOS 6.924.997 6.496.589 7.070.410 7.348.914 8.318.651 36.159.561 100% 3,9%

COSTOS OPERACIONALES 6.032.515 5.131.029 5.181.444 5.631.071 6.211.266 28.187.325 78,0% 0,6%

61 Servicios Educativos 6.032.515 5.131.029 5.181.444 5.631.071 6.211.266 28.187.325 78,0% 0,6%

GASTOS OPERACIONALES 708.902,00 1.119.199 1.469.953 1.592.426 1.938.964 6.829.444 18,9% 18,0%

5105 Gastos de Personal 461.567 531.109 671171 775.036 953.443 3.392.326 9,4% 14,5%

5110 Honorarios 52.879 115.998 83037 110.818 189.070 551.802 1,5% 24,7%

5115 Impuestos - 1.104 99090 34.021 165.288 299.503 0,8% 55,2%

5125 Contribuciones y afiliaciones - - 3508 14.220 924 18.652 0,1% 5,0%

5130 Seguros - 2.094 2.598 4.416 242 9.350 0,0% 2,6%

5135 Servicios 18.415 19.246 20.176 36.500 47.722 142.059 0,4% 20,6%

5140 Gastos Legales 26.012 6.955 7.490 625 761 41.843 0,1% -60,3%

5145 Mantenimiento y Reparaciones 7.481 10.337 36.159 51.514 27.155 132.646 0,4% 14,8%

5150 Adecuacion e instalacion - 48.954 1.088 398 6.152 56.592 0,2% 10,9%

5155 Gastos de Viaje 4.068 16.102 15.820 51.149 29.619 116.758 0,3% 21,9%

5160 Depreciaciones 115.239 154.899 254.375 148.677 165.335 838.525 2,3% 6,0%

5165 Amortizaciones - 170.308 190.884 177.958 306.456 845.606 2,3% 36,2%

5195 Diversos 23.241 42.092 88.065 91.009 46.797 291.204 0,8% 8,1%

5199 provisiones - - 33.753 46.575 - 80.328 0,2% 0,00%

- - - 49.510 - 49.510 0,1% 0,0%

53 GASTOS NO OPERACIONALES 183.580,00 246.362 419.013 125.417 168.421 1.142.793 3,2% -1,3%

5305 Financieros 115.464 203.258 176.060,00 104.183 118.608 717.573 2,0% 0,4%

5315 Gastos Extraordinarios - 29.371 239.967,00 11.785 9.479 290.602 0,8% 3,3%

5395 Gastos Diversos 68.116 13.732 2.986,00 9.449 40.334 134.617 0,4% -20,6% Fuente: Estados Financieros Unitrópico

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La distribución total de los gastos y costos para el periodo 2010 – 2014, tuvo la siguiente participación: Los costos operacionales 78%, gastos operacionales alcanzaron una participación del 19% y los gastos no operacionales el 3%, como se refleja en el siguiente gráfico:

Costos Operacionales

Los Costos Operacionales se enmarcan exclusivamente a las erogaciones en que incurre la Fundación por la prestación de los servicios educativos, estos representaron el 78% entre los gastos y costos totales de la Universidad, cabe resaltar, que esos tan solo alcanzaron un incremento del 0.6% en promedio durante los últimos cinco periodos.

-

1.000.000

2.000.000

3.000.000

4.000.000

5.000.000

6.000.000

7.000.000

2010 2011 2012 2013 2014

VALO

RES

SERVICIOS EDUCATIVOS

Servicios Educativos

Fuente: Estados Financieros Unitrópico

Gastos Operacionales

Los Gastos Operacionales durante el periodo 2010 - 2014 mostraron una participación del 18%, de los cuales los más representativos presentan la siguiente

COSTOS OPERACIONALES

78%

GASTOS OPERACIONALES

19%

GASTOS NO OPERACIONALES

3%

COMPORTAMIENTO COSTOS Y GASTOS

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composición: Los Impuestos se incrementaron en un 55.2%, las amortizaciones con el 36.2%, los honorarios el 24.7% y los gastos de viaje con un 21.9%, se resalta la disminución de los gastos legales en un 60.3%, tal como se muestra en la siguiente gráfica:

Fuente: Estados Financieros Unitrópico

Gastos No Operacionales Los Gastos No Operacionales durante el periodo 2010 - 2014 mostraron una participación del 3.2% frente al total de los gastos. Se observa una disminución en el quinquenio del 1.3%, representada principalmente por la disminución de los gastos diversos, no obstante, los gastos financieros se incrementaron en un 0.4%, y los gastos extraordinarios en un 3.3%, tal como se muestra en la siguiente gráfica:

Financieros Gastos Extraordinarios Gastos Diversos

Series1 0,4% 3,3% -20,6%

0,4%

3,3%

-20,6%-25,0%

-20,0%

-15,0%

-10,0%

-5,0%

0,0%

5,0%

iINCREMENTO GTOS NO OPERACIOALES

-80,0%

-60,0%

-40,0%

-20,0%

0,0%

20,0%

40,0%

60,0%

Gastos de Personal

Honorarios Impuestos Servicios Gastos Legales Gastos de Viaje Amortizaciones

Series1 14,5% 24,7% 55,2% 20,6% -60,3% 21,9% 36,2%

14,5%24,7%

55,2%

20,6%

-60,3%

21,9%36,2%

RAN

GO

INCREMENTO GASTOS OPERACIONALES

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2.2.2.2 Observaciones de carácter financiero

HA24- Pasivos Contingentes

La Contraloría encuentra, que la situación relacionada con los procesos judiciales que se adelantan en contra de la Fundación Universitaria, en su mayoría se tratan de demandas de reparación directa en materia laboral, como también procesos ejecutivos ordinarios, en cuantía de $1.896 millones, poniendo en alto riesgo las finanzas de la Universidad, pues en la situación de ser fallada desfavorablemente, estas deben ser cubiertas con recursos propios, viéndose afectado los costos y gastos para la prestación de servicios educativos, el pago de la deuda pública, entre otras. Uno de los riesgos para la Institución Universitaria, se trata de los diez (10) procesos judiciales que hay en curso, en contra de la entidad, de los cuales nueve (9) expedientes corresponden a acciones judiciales de tipo LABORAL y un (1) proceso derivado de una denuncia ejecutiva ordinaria por incumplimiento a un contrato de consultoría, situación que expone a la Institución a un riesgo latente, toda vez que en su gran mayoría son demandas por terminación de contratos laborales sin justa causa que representan un 98.3% del total de sentencias judiciales.

Al respecto, se señala además que la entidad contablemente no tiene establecido contingencia alguna para el reconocimiento de los fallos en los que resultare condenado. Razón por la cual se establece un hallazgo administrativo.

HA25- Riesgos Patrimoniales

Se observa el riesgo por la dinámica financiera para la Universidad, especialmente por la falta de liquidez producto de una cartera vencida, aportes de socios sin efectuarse y unos pasivos diferidos por más de $830 (millones) de pesos. Así mismo, la alta dependencia patrimonial que tiene la Fundación Universitaria con el Departamento de Casanare, y los recursos que se entregan para la ejecución de proyectos de inversión ya que estos tienden a financiar y apalancar en algunos casos, los gastos del normal funcionamiento, dado por la baja capacidad de generación de recursos propios que le permita ser auto sostenible. Además, es importante que Unitrópico, busque estrategias de mejoramiento del recaudo, planifique y aplique una política racional del gasto, y por consiguiente identifique mecanismos de financiamiento que permitan cumplir a cabalidad con los indicadores y exigencias legales del gasto para cumplir su objetivo misional, y así poder mantener las coberturas en los programas educativos existentes y le

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permita ampliar su portafolio de servicios, ya que con el alto índice de deuda que posee, aunado a un gasto deliberado de recursos, aportes de socios que a la fecha no se han recaudado y por último el pago que deba pagar la Universidad, si resultasen en contra los procesos judiciales. Razon por la cual se establece un hallazgo administrativo a fon que la entidad lo incluya en el plan de mejoramiento. HA26- Registros Contables El saldo de las cuentas por cobrar a la Gobernación de Casanare, correspondiente a unos aportes derivados de regalías petroleras por un valor aproximado de $34.000 millones, se lleva en Excel como un registro paralelo, generando incertidumbre, toda vez que los mismos no están reconocidos por el Departamento como una cuenta por pagar. La Universidad no cuenta con un manual de cartera que permita conocer los procedimientos de recaudo, falencia que se ve reflejada en el alto porcentaje de cuentas por cobrar que presenta, como son los aportes iniciales de los socios. Así mismo, se encuentran los saldos de cartera por concepto de servicios educativos que entre otras cosas, presentan un elevado índice de morosidad, que conlleva a un alto riesgo de caducidad y prescripción; exponiendo a la Institución a un riesgo de iliquidez. De otra parte, resulta improcedente que Unitrópico mantenga vigentes las cuentas por cobrar referidas a la Ordenanza 088 de 2000, en la cual el Gobernador de Casanare autorizaba apropiar el 5% de los ingresos por concepto de regalías petroleras, con el propósito de garantizar los aportes para la investigación científica a través de Unitrópico, toda vez que carece de sustento legal y jurídico de acuerdo a la sentencia del 10 de julio de 2008 proferida por el Tribunal Administrativo de Casanare, por las siguientes situaciones:

La ordenanza 88, no creó derecho subjetivos a favor de Unitrópico, toda vez, que esto estaría en contravía de las disposiciones constitucionales descritas en el artículo 355, y por el contrario, sus efectos son propios de un acto de alcance general, impersonal y abstracto, por lo tanto, estos actos son por esencia revocables en cualquier tiempo y según las consideraciones de conveniencia político administrativas de los mandatarios de turno.

Así mismo, indica que Unitrópico era un instrumento para el apoyo a proyectos de ciencia y tecnología, era el ejecutor de los recursos públicos, pero no un beneficiario directo de estos. Siendo así, el Tribunal Administrativo de Casanare resuelve negar las pretensiones de la demanda, reafirmando que la derogatoria de la Ordenanza 88 de 2000, por medio de la cual se otorgaría porcentaje establecido del rubro regalías petroleras.

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Ahora bien, cabe resaltar que el Honorable Consejo de Estado, negó el mandamiento ejecutivo dentro del proceso Numero 2004-2178, respecto a la reclamación ejecutiva por estos posibles aportes.

Conforme a las observaciones descritas anteriormente, se determina un hallazgo administrativo. Software La Fundación Universitaria en principio adquirió un software financiero denominado “Flash contable” mediante el cual registró la contabilidad por el régimen público hasta el año 2008. Luego en el 2009 adquirió el software SIIGO, donde cambió su contabilidad al régimen privado hasta el año 2014, vigencia en la que retoma el sistema público flash contable, que conllevó a suscribir un contrato con el mismo proveedor para su respectiva actualización.

HA27- Implementación del Software

En cuanto a la implementación y operatividad del software Flash Contable, según lo contratado, el sistema contable cuenta con cinco (5) módulos financieros, como son: Presupuesto, Contabilidad, Nómina, Tesorería e Inventarios, sin embargo, durante la visita de auditoria se observaron los siguientes aspectos:

El equipo auditor evidenció inconsistencias en el reporte de saldos iniciales para realizar la migración de saldos a la nueva plataforma, observaciones planteadas en los riesgos financieros. El objeto del contrato del software solo contempla la actualización de los módulos ya existentes, pero el mismo no incluye capacitaciones, asistencias técnicas, incursión de nuevos módulos ni manteamiento, situación que genera incertidumbre por la información de la Fundación Universitaria. En consecuencia de lo anterior, se establece un hallazgo administrativo.

HA28- Avaluó de Bienes Inmuebles

De los documentos allegados a este Ente de Control dentro del proceso de auditoría, no se evidenció la realización de avalúos a los predios entregados en comodato por parte de la gobernación departamental, los cuales están ubicados en la carrera 19 Nº 39- 00 –(ciudadela universitaria), y la Granja el Remanso, por lo que se indica que en los últimos quince (15) años no se han realizado avalúos técnicos de los bienes inmuebles que Unitrópico usa bajo la figura de comodato o préstamo, toda vez que el ultimo avaluó lo realizó el Departamento en el año 2005.

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Conforme a lo anterior, se observa que no se está aplicando las normas técnicas relativas a los activos, como lo indica el Régimen de Contabilidad Pública en el numeral 2.9.1.1.5 Propiedades planta y equipo y la Circular Externa No. 060 de 2005 emitida por la Contaduría General de la nación que cita “el valor de realización,

actual o presente de estos activos debe determinarse al cierre del periodo en el cual se hubieren adquirido o formado y al menos cada tres años, se debe efectuar a todos los bienes inmuebles y muebles cuyo costo histórico individual sea superior a diez salarios mínimos mensuales legales vigentes mediante avalúos practicados por personas naturales, vinculadas o no laboralmente al ente económico, o por personas jurídicas, de comprobada idoneidad profesional, solvencia moral, experiencia e independencia. Siempre y cuando no existan factores que indiquen que ello sería inapropiado, entre uno y otro avalúo estos se ajustan al cierre del periodo utilizando indicadores específicos de precios según publicaciones oficiales o, a falta de éstos, por el índice de precios al consumidor para ingresos medios, establecido por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, registrado entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del

respectivo año”. Conforme a lo anterior, se establece un hallazgo administrativo, direccionado a la Gobernación de Casanare.

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3 3. TABLA DE HALLAZGOS

3.1 Hallazgos Generales

COD DESCRIPCIÓN H.A. H.D. H.F. H.P.

HA1 Socios inactivos X

HA2 Legalización de uso de bienes del Departamento X

HA3 Información Reportada Cuenta Fiscal X

HA4-HD1-HF1 Indemnizaciones Laborales X X X

HA5-HD2-HF2 Pago de Bonificaciones X X X

HA6-HD3-HF3-HP1 Comisión de Viajes X X X X

HA7 Abuso de confianza X

HA8-HD4-HF4 Multas X X X

HA9 Actualización de Manuales X

HA10-HD5 Autorización para Contratar X X

HA11-HD6-HF5 Irregularidades en la Contratación X X X

HA12 Falta de soportes X

HA13 - HD7 Garantías X X

HA14-HF6 Soportes de Ejecución X X

HA15-HF7 Menor Valor Pagado X X

HA16 - HF8 Socialización y Logística X X

HA17 Convenio sin liquidar X

HA18 - HF9 Mayor Valor Pagado X X

HA19 - HD8 Requisitos para Contratar X X

HA20 Escala de Honorarios X

HA21 Incumplimiento Gestión Internacional X

HA22 Convenios sin Legalizar X

HA23 Falencias Administración de Archivo X

HA24 Pasivos Contingentes X

HA25 Riesgos Patrimoniales X

HA26 Registros contables X

HA27 Implementación Software X

HA28 Avalúos de Bienes Inmuebles X

28 8 9 1TOTAL

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3.2 Hallazgos Fiscales

CODIGO DESCRIPCIÓN DETALLE VALOR

HF1 Indemnizaciones Laborales Docentes 351.883.257

HF2 Pago de Bonificaciones Pagos Extralegales 372.170.024

HF3 Comisión de Viajes Viajes al Exterior 2.439.254

HF4 Multas Programas Educativos 31.571.406

DPS-CPS-CUOBC-001-B-2012 90.160.000

DPS-CPS-CUMMC-014-2012 57.600.000

DPS-CPS-CUMMC-008-2013 28.800.000

DPS-CPS-CUOBC-A-2012 109.200.000

BIC-SOC-CV-013 410.691.635

BIC-SOC-CV-013 26.500.000

CPS-CUMTS-024-2011 23.360.000

HF8 Socialización y Logística BIC-SOC-CV-013 280.052.316

OPS-CUMTS-016-2010 2.631.389ORDEN DE COMPRA: CUMTS-001-

20122.560.000

CPS-CUMTS-001-2010 2.100.000

1.705.319.281TOTAL

Irregularidades en la ContrataciónHF5

HF7 Menor Valor Pagado

Soportes de EjecuciónHF6

HF9 Mayor Valor Pagado

3.3 Resumen de Hallazgos

TIPO DE HALLAZGO CANTIDAD VALOR

HA ADMINISTRATIVOS 28

HD DISCIPLINARIOS 8

HF FISCALES 9 1.705.319.281

HP PENALES 1

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