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PROCESO REPRESENTACIÓN JUDICIAL EN TUTELAS CÓDIGO JTPD01

PROCEDIMIENTO ATENCIÓN Y RESPUESTA A TUTELAS VERSIÓN 3

ELABORÓ:Profesional Grupo de TutelasProfesional Oficina Asesora de Planeación

REVISÓ:Coordinador Grupo de TutelasJefe Oficina Asesora de Planeación

APROBÓ:Jefe de Oficina Asesora Jurídica

FECHA:11/08/2014

FECHA: 11/08/2014

FECHA: 11/08/2014

OBJETIVO

Dar respuesta oportuna a las acciones de tutela en los cuales sea parte o intervenga la Superintendencia Nacional de Salud mediante las actuaciones administrativas internas y acciones judiciales de tutela requeridas, para garantizar la defensa jurídica de la Entidad y la protección de sus intereses y para garantizar los derechos de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

ALCANCE

Inicia con la radicación del requerimiento del Despacho y/o Corporación Judic|ial, continúa con el desarrollo de las actuaciones administrativas internas y la contestación de la acción de tutela, y finaliza si el fallo es adverso a la Entidad, se adelantan las acciones para el cumplimiento del fallo judicial, se impugna el fallo de tutela y eventualmente se solicita su revisión ante la Corte Constitucional.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Este procedimiento aplica para el proceso de Representación Judicial en Tutelas, y se relaciona con todos los procesos de la Superintendencia Nacional de Salud que generen insumos y reciban los productos del procedimiento.

DEFINICIONESAuto de Sustanciación: Providencia judicial que tiene por finalidad dar impulso procesal y que se traduce en actuaciones jurisdiccionales para facilitar el trámite de la actuación judicial, por ejemplo, reconocer personería para actuar, ordenar la compulsa de copias, ordenar la expedición de copias, remitir a otro despacho judicial por competencia, etc. Los autos de sustanciación son de cumplimiento inmediato y contra ellos no procede recurso.Auto Interlocutorio de Desacato. Providencia o forma procesal adoptada por el juez, en virtud de la cual, se resuelve de fondo asuntos del proceso, o se deciden incidentes de desacato en una acción de tutela. Impugnación: Mecanismo mediante el cual cualquiera de las partes puede oponerse al fallo de tutela de primera instancia mediante solicitud dirigida al juez dentro de los tres días siguientes, para que el superior la revoque o modifique.Incidente de Desacato: Instrumento jurídico en virtud del cual, la persona a quien se le ha protegido un derecho fundamental, solicita el cumplimiento inmediato de la decisión judicial, previa conminación a los funcionarios o particulares encargados de su cumplimiento, con la advertencia de la imposición de sanciones pecuniarias y de arresto. Fallo: Providencia judicial que resuelve de fondo sobre el amparo constitucional solicitado, que puede ser estimatoria o denegatoria de la solicitud

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PROCEDIMIENTO ATENCIÓN Y RESPUESTA A TUTELAS VERSIÓN 3

de amparo. Primera Instancia: Es el primer grado jurisdiccional, mediante el cual el primer juez que interviene en el trámite de la acción de tutela, decide de fondo sobre el amparo constitucional solicitado, frente el cual la parte interesada puede impugnar la decisión. Segunda Instancia: Es el segundo grado jurisdiccional, atribuido a un funcionario judicial de jerarquía superior para que conozca y resuelva sobre la impugnación formulada.Tutela: Es una acción pública constitucional, que tiene por objeto la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares en los casos que señale en la Ley.

NORMASREQUISITO LEGAL DIRECTRIZ DE CUMPLIMIENTO

Ley 1437 del 18 de enero de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”

Establece en la Primera Parte del Código las reglas generales y especiales que han de cumplirse respecto al Procedimiento Administrativo General, los Derechos de Petición, el Procedimiento Administrativo Sancionatorio y los recursos contra los actos administrativos.

Decreto 2591 del 19 de noviembre de 1991 “Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política”

El Decreto reglamenta y desarrolla la Acción de Tutela, se establecen los principios que rigen el trámite de la Acción de Tutela, los lineamientos para el cumplimiento del fallo de tutela, y el trámite de impugnación del fallo.

Decreto 306 del 19 de febrero de 1992 "Por el cual se reglamenta el Decreto 2591 de 1991", compilado en el Decreto 1069 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Justicia y del Derecho”

El Decreto establece lineamientos adicionales para el ejercicio de la Acción de tutela, e incluye modificaciones al Decreto 2591 de 1991.

Decreto 1382 del 12 de Julio de 2000 "Por el cual establecen reglas para el reparto de la acción de tutela", compilado en el Decreto 1069 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Justicia y del Derecho”

Establece las reglas y lineamientos para el reparto de las Acciones de Tutela por los jueces con jurisdicción donde ocurriere la violación o la amenaza que motivare la presentación de la solicitud o donde se produjeren sus efectos.

POLÍTICAS DE OPERACIÓN

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PROCESO REPRESENTACIÓN JUDICIAL EN TUTELAS CÓDIGO JTPD01

PROCEDIMIENTO ATENCIÓN Y RESPUESTA A TUTELAS VERSIÓN 3

1 - Las respuestas a las Acciones de Tutela deben ser tramitadas dentro de los términos y tiempos otorgados por los Despachos o Corporaciones Judiciales. 2 - Todo documento referido a Acciones de Tutelas deben ser remitidos inmediatamente a la Oficina Asesora Jurídica, una vez es recibido por los diferentes medios y canales que dispone la Entidad y éstos son registrados en el Sistema de Gestión Documental.

ID ACTIVIDAD / TAREA¿QUÉ?

DESCRIPCIÓN¿CÓMO?

ÁREA RESPONSABL

ECARGO ÁREA

PARTICIPANTE REGISTRO

1.

Recibir la radicación del requerimiento judicial y entregar al Grupo de Tutelas.

El Grupo de Correspondencia recibe los requerimientos judiciales que pueden consistir en: la notificación de la admisión de la Acción de Tutela (como Accionado o Vinculado, o solicitud de concepto), el Fallo en Primera o Segunda Instancia, la apertura de Incidente de Desacato, Providencia que resuelve el Incidente de Desacato, Oficios con Requerimientos de Información o del traslado de la Acción de Tutela.

Cuando las solicitudes son recibidas en el correo personal institucional, se debe reenviar el mensaje al correo electrónico institucional ([email protected]), para que en el Grupo de Correspondencia se asigne el número de Radicado (NURC).

Grupo de Corresponden

ciaProfesional

Oficina Asesora Jurídica

Registro en Planillas de correspondencia (GDFT14).

2. Verificar que los documentos relacionados en la planilla (GDFT14).

El secretario del Grupo verificar que los documentos relacionados en la planilla (GDFT14) coincidan con los documentos recibidos en físico

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora

Asistencial Registro en planillas de entrega a las dependencia

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ID ACTIVIDAD / TAREA¿QUÉ?

DESCRIPCIÓN¿CÓMO?

ÁREA RESPONSABL

ECARGO ÁREA

PARTICIPANTE REGISTRO

coincidan con los documentos recibidos en físico.

Jurídicas (GDFT14).

3.Verificar documentos de notificación y agrupar según temas.

El Coordinador del Grupo de Tutelas clasifica los temas de los documentos recibidos.

Verifica los radicados de estos documentos, el número de las tutelas, se priorizan según la importancia y el tiempo otorgado para dar respuesta a los requerimientos judiciales.

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora Jurídica

Coordinador

4.

Repartir las acciones de tutelas a los profesionales para iniciar gestión documental y conceptual.

El Coordinador del Grupo de Tutelas hace el reparto físico y electrónico de los documentos teniendo los siguientes criterios: Tutelas en las cuales la Superintendencia Nacional de Salud es directamente Accionada, es Vinculada, o solicitan concepto, Fallos de primera y segunda instancia, providencias que abre o resuelven Incidentes de Desacato, Autos de Sustanciación proferidos en Incidentes de Desacato o de Requerimientos Previos, Oficios de Requerimientos de Información o de traslado de Acciones de Tutela.

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora Jurídica

Coordinador Correo electrónico

5. Entregar los documentos al profesional asignado.

El secretario del Grupo de Tutelas revisa y verifica que los paquetes de trámites estén completos y hace entrega al profesional la relación de los documentos del Reparto.El secretario emplea las Planillas de entrega de correspondencia (GDFT14) para el reparto de los

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora Jurídica

Asistencial Registro de Planilla de entrega a las dependencias (GDFT14).

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PROCEDIMIENTO ATENCIÓN Y RESPUESTA A TUTELAS VERSIÓN 3

ID ACTIVIDAD / TAREA¿QUÉ?

DESCRIPCIÓN¿CÓMO?

ÁREA RESPONSABL

ECARGO ÁREA

PARTICIPANTE REGISTRO

documentos, planilla en la cual el profesional firma como constancia de recibido.

6.

Recibir y priorizar los documentos para dar respuesta en los términos estipulados por el Despacho o Corporación Judicial.

El profesional recibe los documentos (Tutelas, Fallo de primera o segunda Instancia, Auto Interlocutorio del Incidente de Desacato, el Auto de Sustanciación del Incidente de Desacato o Requerimientos Previos, Oficios de Requerimientos de Información o del traslado de la Acción de Tutela).

Posteriormente, se priorizan las respuestas a las tutelas bajo criterios de importancia, tiempo y términos de respuesta, y clasifican las acciones de Tutelas (Directas, Vinculadas, Conceptos) y los Autos Interlocutorios.

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora Jurídica

Profesional

7.¿El documento recibido es de competencia del Grupo de Tutelas?

SÍ = Continúa en la actividad 9.NO = Continúa en la actividad 8.

8.

Proyectar memorando y oficios de traslados de documentos por competencia y de respuesta al Despacho o Corporación Judicial

El profesional elabora en el Sistema de Gestión Documental el oficio que contiene el proyecto de traslados del documento por competencia, o proyecta el memorando de traslado interno a alguna de las dependencias; luego elabora proyecto de oficio para informar al juez sobre el trámite adelantado.

CONTINÚA EN LA ACTIVIDAD 28.

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora Jurídica

Profesional Memorando (ASFL01)

Oficio (ASFL02)

9. ¿El documento presenta un requerimiento de

SÍ = Continúa en la actividad 10.NO = Continúa en la actividad 11.

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ID ACTIVIDAD / TAREA¿QUÉ?

DESCRIPCIÓN¿CÓMO?

ÁREA RESPONSABL

ECARGO ÁREA

PARTICIPANTE REGISTRO

información a la Superintendencia Nacional de Salud?

10.

Elaborar proyecto de contestación del requerimiento, en el término señalado por el Despacho o Corporación Judicial

Cuando los documentos recibidos llegan incompletos el Profesional solicita información para dar respuesta al requerimiento judicial.Una vez complementado, se continúa el proceso. El profesional elabora en el Sistema de Gestión Documental el documento de Respuesta al Juez.

Los requerimientos de Información se presentan cuando el Despacho o Corporación judicial solicitan información sobre un caso en especial, o solicita información técnica jurídica para la resolución de una tutela. El profesional debe anexar los informes, actuaciones, actos administrativos y demás información requerida por el juez. Y diligenciar el formato JTFT02

CONTINÚA EN LA ACTIVIDAD 13

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora Jurídica

Profesional Oficio(ASFL02)

formato JTFT02

11. Solicitar información a las Dependencias Competentes para Contestar al Despacho o Corporación Judicial.

En los casos de Acciones de tutela contra la Superintendencia Nacional de Salud como Accionado directo o como Vinculado, donde se necesite verificar antecedentes administrativos al interior de la Superintendencia, el profesional indaga sobre los antecedentes de la tutela.

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora Jurídica

Profesional Todas las dependencias de la Entidad.

Correo electrónico

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ID ACTIVIDAD / TAREA¿QUÉ?

DESCRIPCIÓN¿CÓMO?

ÁREA RESPONSABL

ECARGO ÁREA

PARTICIPANTE REGISTRO

El profesional elabora y remite correo interno a las dependencias solicitando información, conceptos e información a las Superintendencias Delegadas, señalando el plazo con que se cuenta para dar respuesta.

12.

Recibir información de las dependencias de la Entidad, y elaborar proyecto de respuesta a la acción Tutela, o respuesta al Auto Interlocutorio del Incidente de Desacato, en el término señalado por el Despacho o Corporación Judicial.

El profesional recibe la información de las dependencias y elabora el proyecto de contestación a la Acción de Tutela (como Accionado o Vinculado, o emitiendo concepto).

Igualmente, emite respuesta al requerimiento judicial formulado en el Auto de apertura del incidente de Desacato o él que resuelva sobre el mismo, mediante proyecto elaborado en el Sistema de Gestión Documental. El profesional debe anexar los informes, actuaciones, actos administrativos y demás información, así como las pruebas solicitadas por el Juez que sirvan para la defensa de la Superintendencia.

El proyecto de respuesta debe ser elaborado teniendo en cuenta los términos otorgados por el Juez y con sujeción a las disposiciones vigentes que regulen la materia.

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora Jurídica

Profesional Todas las dependencias de la Entidad.

Oficiocódigo ASFL02

13. Revisar y aprobar el documento proyectado.

El coordinador del Grupo de Tutelas revisa los proyectos de respuesta y los radica. Si se formulan observaciones y correcciones por el coordinador, el

Grupo de Tutelas - Oficina

Coordinador Oficiocódigo ASFL02

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ID ACTIVIDAD / TAREA¿QUÉ?

DESCRIPCIÓN¿CÓMO?

ÁREA RESPONSABL

ECARGO ÁREA

PARTICIPANTE REGISTRO

Profesional a cargo realiza los ajustes al proyecto de respuesta. Luego son revisados y aprobados en el Sistema de Gestión Documental por el coordinador.

Asesora Jurídica

14.

Revisar y firmar el proyecto de respuesta por la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.

El documento proyectado para dar respuesta al Juez es revisado por el Jefe de la Oficina Jurídica y/o Asesor, si formula observaciones los devuelve al profesional a cargo para realizar los ajustes indicados, luego de ello, se radican y se firman.

Oficina Asesora Jurídica

Jefe de Oficina Asesora Jurídica y/o Asesor

Documentos y oficios firmados.

15.

Remitir por correspondencia o por el medio más expedito o eficaz, la respuesta a la Acción de Tutela.

El secretario del Grupo de Tutelas envía en físico por Correspondencia Externa, o electrónicamente por el medio más expedito (fax o correo electrónico), el documento de respuesta de la Acción de Tutela, al Juzgado o Corporación Judicial que conoce del asunto.

El secretario del Grupo de Tutelas relaciona las respuestas en la planilla de salidas (GDFT15).

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora Jurídica

Asistencial Grupo de correspondencia

Registro en Planillas de correspondencia (GDFT15).

Correo electrónico

16.Recibir la notificación o comunicación de fallo de tutela.

Se recibe el fallo de tutela que puede amparar los derechos fundamentales, con orden expresa a la Superintendencia Nacional de Salud, o desvinculándola.

El fallo puede ordenar o imponer a la Superintendencia Nacional el cumplimiento de una obligación de hacer, o no hacer.

Oficina Asesora Jurídica

Coordinador Grupo de Correspondencia

Registro en Planillas de correspondencia (GDFT15).

Correo electrónico

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ID ACTIVIDAD / TAREA¿QUÉ?

DESCRIPCIÓN¿CÓMO?

ÁREA RESPONSABL

ECARGO ÁREA

PARTICIPANTE REGISTRO

17. ¿El fallo generó una orden u obligación para la Superintendencia Nacional de Salud?

SÍ = Continúa en la actividad 18.NO = Continúa en la actividad 28.

18. Proyectar y remitir memorandos o correo electrónico para el cumplimiento del fallo de tutela.

Para cumplir el fallo de tutela se proyectan y remiten correos a las dependencias competentes, solicitando información sobre sus acciones para que se cumpla lo estipulado en el fallo.

En la dependencia correspondiente se lleva registro de los fallos y sentencias recibidos, y según lo ordenado se adelantan las actuaciones correspondientes y se realiza el trámite del documento (requerimientos a los vigilados, recopilación de información de las bases de datos, generar reportes del Sistema de Información o respuestas a peticionarios). La dependencia correspondiente, puede solicitar directamente el fallo al Juzgado para hacer seguimiento al mismo. Finalmente, la dependencia debe remitir a la Oficina Asesora Jurídica, los documentos soportes para dar respuesta al Juzgado.

En los casos que se requiera, la Oficina Asesora Jurídica o las dependencias de la Entidad pueden dar traslado al Despacho del Superintendente Delegado de Procesos Administrativos, para dar inicio a una investigación administrativa. Para ello se emplea el

Dependencias de la entidad.

Profesional Oficina Asesora Jurídica

MemorandoCódigo ASFL01

Correo electrónico.

Registro en planilla (Código PAFT03).

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ID ACTIVIDAD / TAREA¿QUÉ?

DESCRIPCIÓN¿CÓMO?

ÁREA RESPONSABL

ECARGO ÁREA

PARTICIPANTE REGISTRO

formato Traslado para investigaciones administrativas (Código PAFT03).

19.

Recibir información de las dependencias de la Entidad y elaborar proyecto de Impugnación del Fallo, y Oficios para responder en el término señalado por el Juez.

El profesional recibe la información de las dependencias y elabora el proyecto informando al despacho sobre el cumplimiento del fallo de tutela por parte de la Superintendencia, y además proyecta el escrito de impugnación, en el evento que se evidencia un error judicial, y diligencia el formato JTFT02

El proyecto de respuesta debe ser elaborado teniendo en cuenta los términos otorgados por el Juez y las disposiciones vigentes que regulan cada materia.

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora Jurídica

Profesional

Todas las dependencias de la Entidad.

Oficio código ASFL02

20.Revisar y aprobar el documento de Impugnación.

El coordinador del Grupo de Tutelas revisa los datos e información, y el proyecto de Impugnación, así como las actuaciones administrativas adelantadas para dar respuesta al Juez informando sobre las acciones realizadas por la Entidad para el cumplimiento del fallo de tutela. De ser necesario, se hacen correcciones por el profesional a cargo. Luego se aprueba en el Sistema de Gestión Documental, y diligenciar el formato JTFT02

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora Jurídica

Coordinador Oficiocódigo ASFL02

21. Revisar y firmar el documento de

El documento Impugnación del Fallo, y los oficios de respuesta al Juez son revisados por el Jefe de la

Grupo de Tutelas -

Jefe de Oficina

Documento y oficios

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DESCRIPCIÓN¿CÓMO?

ÁREA RESPONSABL

ECARGO ÁREA

PARTICIPANTE REGISTRO

Impugnación.Oficina Jurídica o Asesor. De ser necesario se devuelven al profesional a cargo para ajustes, luego son radicados y firmados.

Oficina Asesora Jurídica

Asesora o Asesor

firmados.

22.

Enviar por correspondencia, por correo electrónico, o por el medio más expedito o eficaz la Impugnación del fallo de tutela.

El secretario del Grupo de Tutelas envía en físico por Correspondencia Externa, o electrónicamente por el medio más expedito (fax o correo electrónico), el documento de Impugnación del Fallo al Despacho o Corporación Judicial.

El secretario del Grupo de Tutelas relaciona las respuestas en la planilla de salidas (GDFT15).

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora Jurídica

Asistencial Grupo de correspondencia

Registro en Planillas de correspondencia (GDFT15).

Correo electrónico

23.

Recibir la notificación o comunicación mediante la cual se concede o niega la impugnación.

Se recibe la notificación o comunicación del Despacho Judicial donde se concede o se niega la impugnación contra el Fallo de primera instancia.

Oficina Asesora Jurídica

Coordinador Grupo de Correspondencia

Registro en Planillas de correspondencia (GDFT14).

24. Recibir el Fallo en Segunda Instancia.

Se recibe el Fallo en Segunda Instancia que puede confirmar o revocar el fallo de primera instancia.

Oficina Asesora Jurídica

Coordinador Grupo de Correspondencia

Registro en Planillas de correspondencia (GDFT14).

25.

¿El fallo en Segunda Instancia confirmó la orden u obligación para la Superintendencia Nacional de Salud?

SÍ = Continúa en la actividad 26.NO = Continúa en la actividad 28.

26. Remitir memorandos o Para cumplir lo ordenado en el fallo de tutela se Todas las Profesional Oficina Memorando

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ID ACTIVIDAD / TAREA¿QUÉ?

DESCRIPCIÓN¿CÓMO?

ÁREA RESPONSABL

ECARGO ÁREA

PARTICIPANTE REGISTRO

correos electrónicos para ejecutar el fallo.

remiten memorandos o correos electrónicos a las dependencias competentes, informando y solicitando adelantar las actuaciones administrativas que en cada caso corresponda, para el cumplimiento del fallo de segunda instancia. Si las actuaciones ya se adelantaron, se proyecta oficio de respuesta informando al Juzgado o Corporación Judicial de Origen. En la dependencia correspondiente se lleva registro de los fallos y sentencias recibidos, y según lo ordenado se realizan las acciones correspondientes y se realiza el trámite del documento (requerimientos a los vigilados, recopilación de información de las bases de datos, generar reportes del Sistema de Información o respuestas a peticionarios). La dependencia correspondiente, puede solicitar directamente el fallo al Juzgado para poder hacer seguimiento. Finalmente, la dependencia debe remitir a la Oficina Asesora Jurídica, los documentos soportes para dar respuesta al Juzgado.

En los casos que se requiera, la Oficina Asesora Jurídica o las dependencias de la Entidad pueden dar traslado al Despacho del Superintendente Delegado de Procesos Administrativos, para dar inicio a una investigación administrativa. Para ello se emplea el

dependencias de la entidad.

Asesora Jurídica

código ASFL01

Correoelectrónico

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ID ACTIVIDAD / TAREA¿QUÉ?

DESCRIPCIÓN¿CÓMO?

ÁREA RESPONSABL

ECARGO ÁREA

PARTICIPANTE REGISTRO

formato Traslado para investigaciones administrativas (Código PAFT03).

27. Informar al Juez que emitió el fallo.

Se recibe información de las dependencias internas, indicando las acciones adelantadas para el cumplimiento del fallo. El profesional a cargo proyecta el oficio de respuesta, se aprueba, radica y se firma y se remite al Despacho Judicial, informando sobre las acciones adelantadas por la Entidad para el cumplimiento del fallo.

Oficina Asesora Jurídica

Coordinador

Profesional

Asistencial

Grupo de Correspondencia

Registro en Planillas de correspondencia (GDFT15).

Oficio

28. Archivar expediente.

Se entrega copia del documento firmado al secretario del Grupo de Tutelas y el expediente se archiva siguiendo los criterios de Gestión Documental de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud.

Grupo de Tutelas - Oficina Asesora Jurídica

Asistencial Registro en Base de datos de tutelas (GDFT11)

PUNTOS DE CONTROL

ID NOMBRE DE LA ACTIVIDAD/ TAREA MÉTODO DE CONTROL FRECUENCIA RESPONSABLE REGISTRO

13. Revisar y aprobar el documento proyectado. Revisión de forma y de fondo del documento, se analiza aspectos como redacción, argumentación y régimen jurídico aplicable a cada

Por solicitud Coordinador Oficio

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asunto en particular.

14.Revisar y firmar el proyecto de respuesta por la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.

Revisión de forma y de fondo del documento se analiza la pertinencia de normatividad.

Por solicitud Jefe de Oficina Asesora o Asesor

Documento y oficios firmados.

20.

Revisar y aprobar el documento de Impugnación. Revisión de forma y de fondo del documento, se analiza aspectos como redacción, argumentación y régimen jurídico aplicable a cada asunto en particular.

Por solicitud Coordinador Oficio

21.Revisar y firmar el documento de Impugnación. Revisión de forma y de fondo

del documento se analiza la pertinencia de normatividad.

Por solicitud Jefe de Oficina Asesora o Asesor

Documento y oficios firmados.

ANÁLISIS DE TIEMPOEl Decreto 2591 de 1991 establece que el término que puede establecer el Juez para la respuesta en el trámite de una Acción de Tutela es de máximo 10 días, sin embargo la contestación a las acciones de tutela interpuesta a la Entidad depende del plazo señalado por el Despacho Judicial, que oscila entre 4 horas hábiles hasta máximo 3 días hábiles.

DOCUMENTOS DE REFERENCIAN.A.

CONTROL DE CAMBIOSASPECTOS QUE

CAMBIARON EN EL DOCUMENTO

DETALLES DE LOS CAMBIOS EFECTUADOS

RESPONSABLE DE LA SOLICITUD DEL CAMBIO

FECHA DEL CAMBIO

DD/MM/AAAAVERSIÓN

Adopción del documento Mediante Resolución 2239 de 2014 se adoptan los procedimientos del Proceso Conceptos y Asesoría

Jefe Oficina Asesora Jurídica 07/10/2014 1

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PROCEDIMIENTO ATENCIÓN Y RESPUESTA A TUTELAS VERSIÓN 3

Jurídica Adopción del documento Mediante Resolución 4086 de 2014

se derogo la resolución 2239 de 2014 y se adoptó el manual de Procesos y Procedimientos.

Jefe Oficina Asesora Jurídica 19/12/2014 1

Modificación de Recursos Mediante memorando 3-2015-016485 se solicita ajustes en análisis de tiempo y documentos de referencia.

Jefe Oficina Asesora Jurídica 14/07/2015 2

Ajuste del documento Mediante memorando 3-2018-013853 se solicita la modificación en la normatividad, ajuste en las actividades y responsables de las mismas.

Se aprueba solicitud mediante memorando 3-2018-014048

Jefe Oficina Asesora Jurídica 24/08/2018 3

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