ASUNTO: ACONDICIONAMIENTO DE CAMINOS … · 2.2 ANEJO DE HONORARIOS TECNICOS 2.3 ESTUDIO GEOTECNICO...

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3208 / Ajuntament de Turis / Acondicionamiento de Caminos Rurales Memoria / Marzo 2008 PACO RAUSELL, ARQUITECTO CL REINA DOÑA GERMANA, 15-2 46005VALENCIA 963.340.352 1 ASUNTO: ACONDICIONAMIENTO DE CAMINOS RURALES PROYECTO: PAVIMENTACIÓN DE CAMINOS RURALES: CAMINO DE LA SABOTXA CAMINO DE LA CARENCIA CAMINO DE LA PATROSELLA SERRETA EL SAOR CAMINO MOLLÓ BLANC Nº5 SITUACION: TM TURÍS PROMOTOR: AYUNTAMIENTO DE TURIS AUTOR: PACO RAUSELL, ARQUITECTO FECHA: MARZO 2008

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ASUNTO: ACONDICIONAMIENTO DE CAMINOS RURALES

PROYECTO:

PAVIMENTACIÓN DE CAMINOS RURALES: � CAMINO DE LA SABOTXA � CAMINO DE LA CARENCIA � CAMINO DE LA PATROSELLA � SERRETA EL SAOR � CAMINO MOLLÓ BLANC Nº5

SITUACION: TM TURÍS

PROMOTOR: AYUNTAMIENTO DE TURIS

AUTOR: PACO RAUSELL, ARQUITECTO

FECHA: MARZO 2008

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INDICE GENERAL

1. MEMORIA

1.1 DESCRIPCION DE LAS OBRAS Y JUSTIFICACION DE LA SOLUCION ADOPTADA 1.2 PRESUPUESTOS

2. ANEJOS A LA MEMORIA

2.1 CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA OBLIGATORIA 2.2 ANEJO DE HONORARIOS TECNICOS 2.3 ESTUDIO GEOTECNICO DE LOS TERRENOS

3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES

3.1 CONDICIONES, CARACTERISTICAS Y ENSAYOS DE LOS MATERIALES 3.2 MEDICION Y VALORACION DE UNIDADES DE OBRA 3.3 RECEPCION DE LA OBRA Y PLAZO DE GARANTIA

4. ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD

5. PRESUPUESTO

5.1 PRECIOS UNITARIOS Y AUXILIARES 5.2 PRECIOS DESCOMPUESTOS 5.3 ESTADO DE MEDICIONES Y APLICACIÓN DE PRECIOS 5.4 PRESUPUESTO DE EJECUCION MATERIAL 5.5 PRESUPUESTO BASE DE LICITACION 5.6 PRESUPUESTO PARA CONOCIMIENTO DE LA ADMINISTRACION

7. PLANOS

1. SITUACION EN EL TERMINO 2. SITUACION SOBRE CARTOGRAFIA CATASTRAL RUSTICA 2. SITUACION SOBRE PLANEAMIENTO PREVISTO CON INDICACION DE PROTECCIONES

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1. MEMORIA

El presente proyecto se redacta por encargo del Ayuntamiento de Turís, para describir las obras de pavimentación a ejecutar en

caminos del Término Municipal, dentro de la actividad regular de mantenimiento y mejora de caminos prevista por la Concejalía de

Agricultura.

A corto plazo se prevé acometer el mantenimiento de cinco caminos: Camí de la Sabotxa, Camí de la Carencia, Camí de la

Patrosella, Serreta El Saor, y Camí del Motlló Blanc Nº5. El Municipio de Turís cuenta con larga tradición agrícola y su término

municipal cuenta con una extensa red de caminos rurales, algunos de ellos pavimentados en épocas anteriores. El paso del tiempo

y el tránsito de maquinaria agrícola ha deteriorado en diferente grado estas vías. En otros casos se trata de caminos no

pavimentados anteriormente que sufren graves deterioros en épocas de lluvia, con la consiguiente necesidad de reperfilado y

zahorrado posterior. Se trata pues de caminos ubicados en Suelo No Urbanizable del Término municipal, en el que las limitaciones

presupuestarias obligan a establecer un orden de prioridades atendiendo a criterios de tránsito y de oportunidad, por lo que para el

período actual se acometerán las obras de repavimentación de los caminos indicados. Paralelamente se están estudiando algunos

tramos concretos de otros caminos para resolverlos con pavimentos de hormigón, por tener perfiles con mayor pendiente. En el

proyecto actual se prevé una pavimentación genérica de los caminos mencionados, a base de aglomerado asfáltico.

Dada la sencillez de la obra, el proyecto consta de la documentación reducida prevista en el Capítulo III.1 de la “Instrucción para la

redacción de proyectos de Obras a incluir en los Planes Provinciales de la Diputación de Valencia” aprobada en sesión plenaria de

fecha 24 de febrero de 2004.

1.1 JUSTIFICACION DE LA SOLUCION ADOPTADA

La población de Turís cuenta con un extenso término compuesto por casco urbano y diversas urbanizaciones que se reparten por

toda su superficie. Entre todos ellos se desarrolla el Suelo No Urbanizable, por el que discurren un buen número de caminos rurales

que, en correspondencia con la tradición agrícola de la localidad, sirven de acceso a las tierras de cultivo así como a parajes

naturales.

Los caminos objeto del presente trabajo cuentan parcialmente en su estado actual con pavimento formado por tratamiento

superficial a base de gravilla y riegos asfálticos ejecutados hace algunas décadas, o bien se mantienen en su estado original de

tierra con diversos aportes de zahorras. El paso del tiempo y el propio uso agrícola hacen que su actual estado de conservación sea

claramente deficiente, con numerosas zonas con baches o en las que, en su caso, se ha perdido la capacidad ligante de los riegos

bituminosos, existiendo tramos en los que se ha perdido totalmente el pavimento. El objeto del presente trabajo es la pavimentación

o bien adecuación y repavimentación de estos caminos, según los casos, y adoptando una solución que, satisfaciendo unas

garantías mínimas de durabilidad, ofrezcan un rendimiento máximo de superficie pavimentada.

A pesar de la indudable utilización de estas vías, que justifica sobradamente la intervención, al tratarse de caminos rurales y

atendiendo a la legislación de carreteras, se obtiene un tránsito diario muy bajo a los efectos de dimensionado del firme.

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Teniendo en cuenta que se trata de vías con acondicionamiento y/o pavimentación previa utilizadas durante largo tiempo, pueden

considerarse unas condiciones de compactación buenas en la explanada, o con explanada y base conformados por los pavimentos

existentes. En los no pavimentados se aplicará una base de zahorras y en los que cuentan con pavimentación previa se ejecutará

un bacheo del firme existente y posteriormente se incrementará con una nueva capa de rodadura con mezcla bituminosa en caliente

tipo S-12 con árido calizo de 5 cm de espesor. Para las tareas de bacheo, dado su difícil dimensionado, se ha realizado una

previsión basada en el análisis de un tramo representativo, y se dimensiona por toneladas de mezcla bituminosa a colocar y

compactar, para su abono según unidades realizadas. En las zonas de ampliación del camino o en las que se ha perdido el

pavimento anterior, el firme estará formado por 15 cm de espesor medio de zahorra compactada (previa preparación de la

superficie) y 5 cm de rodadura. Conforme al distinto grado de pavimentación y deterioro de estas vías se prevén las siguientes

actuaciones:

Camino de la Sabotxa: dado que cuenta con pavimentación anterior, se prevé una repavimentación sobre el firme existente, que

incluirá la limpieza de los laterales del camino, barrido mecánico de su superficie, riego de adherencia, reperfilado de la superficie

con aglomerado en bacheo del camino, extensión y compactación de capa de mezcla bituminosa en caliente tipo S-12 con árido

calizo de 5 cm de espesor una vez compactada.

Caminos de La Carencia, La Patrosella, Serreta El Saor y Molló Blanc Nº5: Su estado de conservación es muy deficiente al no

contar con pavimento anterior, por lo que se requiere un tratamiento previo de mejora de la base actual, consistente en limpieza de

laterales, refino, rasanteo y compactación de la base con medios mecánicos, suministro y extensión de capa de zahorras artificiales

de espesor entre 12 y 15 cm una vez compactadas mediante riego. Posteriormente se aplicará riego de imprimación y se terminará

con extensión y compactación de capa de mezcla bituminosa en caliente tipo S-12 con árido calizo de 5 cm de espesor una vez

compactada.

Será preceptiva la obtención de las autorizaciones pertinentes en los casos de afección a cauces o vías pecuarias protegidos.

1.2 PRESUPUESTOS

Presupuesto de Ejecución Material: 171.365,04 €

Asciende el Presupuesto de Ejecución Material a la cantidad de Ciento Setenta y Un Mil Trescientos Sesenta y Cinco euros

con cuatro céntimos de euro.

Presupuesto de Ejecución Material: 171.365,04 €

Gastos Generales (13%) 22.277,46 €

Beneficio Industrial (6%) 10.281,90 €

Presupuesto 203.924,40 €

IVA (16%) 32.627,90 €

Presupuesto de Licitación 236.552,30 €

Asciende el Presupuesto Base de Licitación a la cantidad de Doscientos Treinta y Seis Mil Quinientos Cincuenta y Dos

euros con Treinta céntimos de euro.

Presupuesto de Licitación 236.552,30 €

Honorarios Técnicos por Redacción

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Proyecto y Est. Básico Seg. y Salud (IVA incluido) 9.183,80 €

Honorarios Dirección Obra y Coordinación Seg. (IVA incluido) 4.263,90 €

Presupuesto para conocto. de la Administración 250.000,00 €

Asciende el presupuesto para conocimiento de la Administración a la cantidad de Doscientos Cincuenta Mil euros.

Valencia, Marzo de 2008

El Arquitecto

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2. ANEJOS A LA MEMORIA

2.1 CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA OBLIGATORIA

Serán de obligado cumplimiento todas aquellas normas y leyes que puedan afectar a la ejecución de la obra, tanto en el ámbito

técnico como en el laboral, en particular la reglamentación relativa a seguridad y salud.

- PG 3/75 Pliego de Condiciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes.

- EHE Instrucción para el Proyecto y la Ejecución de Obras de Hormigón en masa o armado.

- RC-97 Instrucción para la Recepción de Cementos

- Norma AE-88 Acciones en la Edificación

- Pliego de condiciones Técnicas de la Dirección General de Arquitectura

- Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, del Ministerio de Industria.

- Normas de la Compañía Suministradora de energía eléctrica.

- Toda la reglamentación sobre Seguridad e Higiene en el trabajo, y en particular las Disposiciones Mínimas de Seguridad y

Salud en las Obras de Construcción, RD 1627/97 y las que se citen en el Estudio Básico de Seguridad que acompaña al

presente proyecto.

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO:

En la ejecución de las obras objeto del presente proyecto serán de obligado cumplimiento todas las Ordenanzas y Reglamentos en

vigor sobre Seguridad e Higiene en el trabajo.

En cumplimiento del Real Decreto 1627/97, se acompaña al presente proyecto el Estudio Básico de Seguridad y Salud, dado que

no se da ninguno de los 4 supuestos regulados en el art 4 del mencionado Real decreto que obligan a la redacción de un Estudio de

Seguridad y Salud:

a. Presupuesto de Contrata inferior a 450.759,08 €

b. No se prevé que en algún momento de la ejecución de la obra se emplee simultáneamente a más de 20 trabajadores

c. Volumen de mano de obra estimada inferior a 500 jornadas.

d. No se contempla la construcción de túneles, galerías o presas.

2.2 ANEJO DE HONORARIOS TECNICOS

Según propuesta de Honorarios convenidos del CTAV con Diputación, aprobada por Pleno de la Diputacion Provincial en fecha

24.02.2004.

PEM entre 220.000 y 440.000 €:

Coef Proyecto y Est. B. Seguridad � 4.62 % s/ PEM

Coef Dirección Técnico Superior � 1.65 % s/ PEM

Coef Plan Seg. y Coord. Seguridad � 0.495 % s/ PEM

Aplicación al PEM de la Obra: � PEM = 171.365,04 €

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Honorarios Proyecto y Est. Básico Seguridad � 171.365,04 x 4.62 % = 7.917,06 €

IVA (16%) � 7.917,06 x 16% = 1.266,73 €

TOTAL PROYECTO � 9.183,80 €

Honorarios Dirección Técnico Superior, aprob

Plan Seg. y Coordinación Seg y Salud � 171.365,04 x 2.145 % = 3.675,78 €

IVA (16%) � 3.675,78 x 16% = 588,12 €

TOTAL DIRECCION OBRA � 4.263,90 €

2.3 ESTUDIO GEOTECNICO DE LOS TERRENOS

Se trata de una obra de repavimentación de caminos rurales con una densidad prevista de tráfico muy reducida, que cuentan con

pavimentación anterior que se utilizará como explanada y base, con tratamiento particularizado y aporte de zahorras o no, según los

casos descritos. Por tanto, dado que se trata de una obra mayoritariamente superficial de pavimentación, y atendiendo a las

limitaciones presupuestarias, el estudio geotécnico se realizará in situ, con reconocimiento visual para constatar que el terreno se

adapta al previsto con carácter genérico. No obstante, a la vista del terreno obtenido al ejecutar las tareas que conforman el

presente proyecto, la Dirección Facultativa de las obras podrá determinar la ejecución de un estudio más exhaustivo a realizar por

laboratorio homologado, si lo estima procedente

Valencia, Marzo de 2008

El Arquitecto

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3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES

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3.1 y 3.2. CONDICIONES, CARACTERISTICAS Y ENSAYOS DE LOS MATERIALES. MEDICION Y VALORACION DE UNIDADES DE OBRA

1.−−−− DESPEJE Y DESBROCE DEL TERRENO. 1.1.− La presente unidad comprende las operaciones necesarias para eliminar de la zona de ocupación de las obras, los escombros, basura,

maleza, broza, y en general cualquier otro material indeseable a juicio del Director de las obras. − Asimismo, se considera incluida en esta partida la tala de árboles, extracción de tocón y retirada de productos a vertedero. − Los trabajos se efectuarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 300 del PG-3. 1.2.− El material resultante de las operaciones anteriores será transportado a vertedero, ó en cualquier caso alejado de las zonas de afección de las

obras. 1.3.− Se abonará por metros cuadrados realmente ejecutados, al precio correspondiente del Cuadro de Precios Núm. 1. − Se incluyen en esta partida las posibles demoliciones a realizar y no contempladas en el proyecto como unidades aparte. 2.−−−− EXTRACCION DE TOCONES. 2.1.− Comprende esta unidad la extracción de tocones de árboles de diámetro superior a 10 cms., y relleno del hueco con zahorra natural

compactada, hasta una densidad del 100 % de la máxima obtenida en el Próctor Normal 3.2.− Esta unidad no será objeto de abono aparte por considerarse incluida en el "Despeje y Desbroce del Terreno". 3.- EXCAVACION DE LA EXPLANACION Y PRESTAMOS 3.1.− Definición − Es la excavación necesaria para definir la Explanada de asiento de la red viaria. − Unicamente se definen los siguientes tres (3) tipos de excavación en explanación o préstamos:

- Excavación de tierra vegetal en explanación, la cual incluirá su acopio eventual intermedio y su posterior empleo en rellenos en mediana y mermas de seguridad.

- Excavación en explanación (excepto en tierra vegetal). - Excavación en préstamos para coronación de terraplenes o para relleno.

3.2.− Clasificación de las excavaciones − La excavación de la explanación o préstamos se entenderá, en todos los casos, como no clasificada ni por el método de arranque y carga, ni

por la distancia de transporte, ni por el destino que se dé al material extraído. 3.3.− Ejecución − La ejecución de las obras se realizará de acuerdo con lo especificado en el art. 320 del PG-3. 3.3.1.− Tierra vegetal − Se excavará aparte la capa de tierra vegetal existente en las zonas de desmonte y en las de cimiento de rellenos según se indica en los

Planos. − La tierra vegetal extraída que no se utilice inmediatamente será acopiada en emplazamientos adecuados y en ningún caso en depresiones del

terreno. Los acopios se ejecutarán utilizando maquinaria que no compacte el material, que a su vez deberá encontrarse lo más seco posible. La altura máxima de los acopios será de cinco metros (5 m) cuando su duración no exceda de un (1) período vegetativo y de tres metros (3 m) en caso contrario.

3.3.2.− Empleo de los productos de excavación − Los materiales procedentes de la excavación que sean aptos para rellenos u otros usos se transportarán hasta el lugar de empleo, o a

acopios intermedios autorizados por el Director de la obra, caso de no ser utilizables en el momento de la excavación. Los materiales sobrantes y no aptos se transportarán a vertedero.

3.3.− Medición y abono − La excavación de la explanación, incluida la tierra vegetal, se abonará por metros cúbicos (m³), deducidos por diferencia entre los perfiles del

terreno después de efectuado el Desbroce y los resultantes de las secciones definidas en los Planos. No se abonarán los excesos de excavación sobre dichas secciones que no sean expresamente autorizados por el Director de la obra, ni los rellenos que fueran precisos para reponer aquéllas en el caso de que la profundidad de la excavación hubiera sido mayor de la autorizada.

− El abono de la excavación en préstamos se considerará incluido en el de la unidad de la que pasen a formar parte los materiales extraídos, no considerándose objeto de abono aparte.

3.3.4.− Refino de taludes y rasanteo de Explanación

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− Se considera incluido en la presente unidad el refino y terminación de los taludes resultantes de la excavación, así como el rasanteo, compactación y terminación de la explanación resultante, que en ningún caso serán objeto de abono aparte.

4.- TERRAPLENES 4.1.− Definición − Relleno situado entre la explanada y el terreno natural una vez excavada la tierra vegetal. En el terraplén se distinguirán las siguientes zonas:

. Coronación: La superior de cincuenta centímetros (50 cm) de espesor. . Cimiento: La inferior, que ocupa el volumen excavado en tierra vegetal. . Núcleo: La situada entre las dos anteriores. A esta unidad de obra le será de aplicación el Artículo 330 del PG-3 (1988) modificado por el

presente Pliego de prescripciones técnicas particulares. 4.2.− Materiales 4.2.1.− Calidad de los materiales − Para la coronación de los terraplenes se deberá emplear un suelo seleccionado o adecuado cuyo índice CBR, según la Norma NLT-111/58,

no sea inferior a diez (10). − Para el cimiento y núcleo de terraplenes se podrá emplear un suelo seleccionado, adecuado o tolerable. 4.3.− Ejecución de las obras 4.3.1.− Compactación − Se satisfarán las prescripciones siguientes: - El cimiento y el núcleo del terraplén se compactará al noventa y cinco por ciento (95%) de la máxima densidad obtenida en el ensayo

Proctor modificado, según la norma NLT-107/72. - La coronación se compactará al cien por cien (100%) de la máxima densidad obtenida en el ensayo Proctor modificado según la norma

NLT-107/72. 4.4.− Medición y abono − La coronación, el núcleo y cimiento de los terraplenes se abonará a precio único por metros cúbicos medidos por diferencia entre las

secciones del terreno, una vez excavada la tierra vegetal y las secciones previstas en los Planos. Su abono incluirá el del material, sea cual fuere su procedencia ( excavación ó préstamo).

5.- EXCAVACION EN ZANJAS, POZOS Y CIMIENTOS − Esta unidad incluye la excavación en zanjas ó pozos en cualquier tipo de terreno, y cualquier medio empleado en su ejecución (manual ó

mecánico). 5.1.− Clasificación de la excavación − La excavación en zanjas, pozos, y cimientos para las redes de saneamiento, abastecimiento, electricidad y alumbrado, así como las obras de

cruce de calzada será "no clasificada". 5.2.− Ejecución de las obras − Para la ejecución de las obras se cumplirán las prescripciones del artículo 321 del PG-3. 5.2.1.− Principios generales − No se procederá al relleno de zanjas, pozos o cimientos sin previa autorización del Director de la obra. − Si a la vista del terreno resultase la necesidad de variar el sistema de cimiento previsto, el Director de la Obra dará al Contratista las

instrucciones oportunas para la continuación de las obras. − El perfilado para emplazamiento de cimientos se ejecutará con toda exactitud, admitiéndose suplementar los excesos de excavación con

hormigón H-125, el cual no será de abono. 5.3.− Medición y abono − La excavación en zanjas, pozos o cimientos se abonará por metros cúbicos (m³) medidos por diferencia entre las secciones del terreno antes

de comenzar los trabajos y las resultantes previstas en los Planos. No se abonarán los excesos de excavación sobre dichas secciones que no sean expresamente autorizadas por el Director de la obra, ni los rellenos que fueran precisos para reponer aquéllas en el caso de que la profundidad de excavación hubiera sido mayor de la autorizada.

− El abono incluirá el de los agotamientos, desagües provisionales, andamiajes, apuntalamientos, entibaciones, etc., que pudieran resultar necesarios.

− No serán objeto de abono por separado las excavaciones en zanjas, pozos o cimientos incluidos en otras unidades de obra tales como:

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- Drenes subterráneos - Cimiento de báculos - Cimientos de señales de tráfico − Pozos de saneamiento - Arquetas de redes de abastecimiento, saneamiento, eléctricas.. 6.−−−− RELLENOS LOCALIZADOS. 6.1.− Incluye la presente unidad el material de relleno, transporte al tajo, relleno y compactación. − Se distinguen dos tipos de relleno: − Relleno localizado con Material Seleccionado − Relleno localizado con material procedente de la excavación. 6.2.− La ejecución de las obras se realizará de acuerdo con las prescripciones del artículo 332 del PG-3. 6.3.− La partida se abonará por m³. realmente ejecutados, medidos sobre perfil. 7.-ZAHORRAS ARTIFICIALES 7.1.− Definición − Se define como zahorra artificial el material formado por áridos machacados, total o parcialmente, cuya granulometría es de tipo continuo. − Se empleará la zahorra artificial como base del firme situada sobre la capa de zahorra natural en toda la red viaria. − Se admitirá el empleo de zahorra artificial en lugar de la natural conforme al artículo 500 del presente Pliego, pero el Contratista no tendrá

derecho a una mejora de precio por éste concepto. 7.2.− Materiales 7.2.1.− Condiciones generales − Los materiales procederán de la trituración de piedra de cantera o grava natural. El rechazo por el tamiz UNE 5 mm deberá contener una

proporción de elementos triturados que presenten no menos de dos (2) caras de fractura, no inferior al cincuenta por ciento (50%), en masa. 7.3.− Granulometría − La curva granulométrica estará comprendida dentro de los husos reseñados en el Cuadro 501.1 del PG−3. − El cernido por el tamiz UNE 80 mm. será menor que los dos tercios (2/3) del cernido por el tamiz UNE 400 m. 7.4.− Forma − El índice de lajas, según la Norma NLT 354/74, deberá ser inferior a treinta y cinco (35). 7.5.− Dureza − El coeficiente de desgaste Los Angeles, según la Norma NLT 149/72, será inferior a treinta y cinco (35). El ensayo se realizará con la

granulometría tipo B de las indicadas en la citada Norma. 7.6.− Limpieza − Los materiales estarán exentos de terrones de arcilla, materia vegetal, marga u otras materias extrañas. El coeficiente de limpieza, según la

Norma NLT 172/86, no deberá ser inferior a dos (2). − El equivalente de arena, según la Norma NLT 113/72, será mayor de treinta (30). 7.7.− Plasticidad − El material será "no plástico", según las Normas NLT 105/72 y 106/72. 7.8.− Ejecución de las obras 7.8.1.− Preparación de la superficie de asiento − La zahorra artificial no se extenderá hasta que se haya comprobado que la superficie sobre la que haya de asentarse tenga las condiciones de

calidad y forma previstas, con las tolerancias establecidas. Para ello, además de la eventual reiteración de los ensayos de aceptación de dicha superficie, el Director de las obras podrá ordenar el paso de un camión cargado, a fin de observar su efecto.

− Si en la citada superficie existieran defectos o irregularidades que excediesen de las tolerables, se corregirán antes del inicio de la puesta en obra de la zahorra artificial, según las prescripciones del correspondiente Artículo del Pliego.

7.8.2.− Preparación del material − La preparación de la zahorra artificial se hará en central y no "in situ". La adición del agua de compactación se hará también en la central,

salvo que el Director de las obras autorice la humectación "in situ". 7.8.3.− Extensión de la tongada

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− Los materiales serán extendidos, una vez aceptada la superficie de asiento, tomando las precauciones necesarias para evitar segregaciones y contaminaciones.

− Las eventuales aportaciones de agua tendrán lugar antes de la compactación. Después, la única humectación admisible será la destinada a lograr en superficie la humedad necesaria para la ejecución de la capa siguiente. El agua se dosificará adecuadamente, procurando que en ningún caso un exceso de la misma lave al material.

7.8.4.− Compactación de la tongada − Conseguida la humedad más conveniente, la cual no deberá rebasar a la óptima en más de un (1) punto porcentual, se procederá a la

compactación de la tongada, que se continuará hasta alcanzar la densidad especificada en el apartado 7.9.1 del presente Pliego. − Las zonas que, por su reducida extensión, su pendiente o su proximidad a obras de paso o desagüe, muros o estructuras, no permitieran el

empleo del equipo que normalmente se estuviera utilizando, se compactarán con medios adecuados a cada caso, de forma que las densidades que se alcancen cumplan las especificaciones exigidas a la zahorra natural en el resto de la tongada.

7.8.5.− Tramo de prueba − Antes del empleo de un determinado tipo de material, será preceptiva la realización de correspondiente tramo de prueba, para fijar la

composición y forma de actuación del equipo compactador, y para determinar la humedad de compactación más conforme a aquéllas. − La capacidad de soporte, y el espesor si procede, de la capa sobre la que se vaya a realizar el tramo de prueba serán semejantes a los que

vaya a tener en el firme la capa de zahorra artificial. − El Director de las obras decidirá si es aceptable la realización del tramo de prueba como parte integrante de la obra en construcción. − Se establecerán las relaciones entre número de pasadas y densidad alcanzada, para cada compactador y para el conjunto del equipo de

compactación. − A la vista de los resultados obtenidos, el Director de las obras decidirá si es aceptable o no el equipo de compactación propuesto por el

Constructor. - En el primer caso, su forma específica de actuación y, en su caso, la corrección de la humedad de compactación. - En el segundo, el Constructor deberá proponer un nuevo equipo, o la incorporación de un compactador suplementario o sustitutorio. − Asimismo, durante la realización del tramo de prueba se analizarán los aspectos siguientes: - Comportamiento del material bajo la compactación. - Correlación, en su caso, entre los métodos de control de humedad y densidad "in situ" establecidos en el presente Pliego y otros métodos

rápidos de control, tales como isótopos radiactivos, carburo de calcio, picnómetro de aire, etc. 7.9.− Especificaciones de la unidad terminada 7.9.1.− Densidad − La compactación de la zahorra artificial se continuará hasta alcanzar una densidad no inferior al noventa y siete por ciento (97%) de la máxima

obtenida en el ensayo "Proctor modificado" según la norma NLT-108/72. − El ensayo para establecer la densidad de referencia se realizará sobre muestras de material obtenidas "in situ" en la zona a controlar, de

forma que el valor de dicha densidad sea representativo de aquélla. Cuando existan datos fiables de que el material no difiere sensiblemente, en sus características, del aprobado en el estudio de los materiales y existan razones de urgencia, así apreciadas por el Director de las obras, se podrá aceptar como densidad de referencia la correspondiente a dicho estudio.

7.9.2.− Carga con placa − En las capas de zahorra artificial, los valores del módulo E2, determinado según la Norma NLT 357/86, no serán inferiores a cuarenta

megapascales (40 MPa). 7.9.3.− Tolerancias geométricas de la superficie acabada − Dispuestas estacas de refino, niveladas hasta milímetros (mm) con arreglo a los Planos, en el eje, quiebros de peralte si existen, y bordes de

perfiles transversales cuya separación no exceda de la mitad (1/2) de la distancia entre los perfiles del Proyecto, se comparará la superficie acabada con la teórica que pase por la cabeza de dichas estacas.

− La citada superficie no deberá diferir de la teórica en ningún punto en más de veinte milímetros (20 mm). − En todos los semiperfiles se comprobará la anchura extendida, que en ningún caso deberá ser inferior a la teórica deducida de la sección-tipo

de los Planos. − Será optativa del Director de las obras la comprobación de la superficie acabada con regla de tres metros (3m), estableciendo la tolerancia

admisible en dicha comprobación. − Las irregularidades que excedan de las tolerancias especificadas se corregirán por el Constructor, a su cargo. Para ello se escarificará en una

profundidad mínima de quince centímetros (15 cm), se añadirá o retirará el material necesario y de las mismas características, y se volverá a compactar y refinar.

− Cuando la tolerancia sea rebasada por defecto y no existieran problemas de encharcamiento, el Director de las obras podrá aceptar la superficie, siempre que la capa superior a ella compense la merma de espesor sin incremento de coste para la Administración.

7.10.− Limitaciones de la ejecución − Las zahorras artificiales se podrán emplear siempre que las condiciones climatológicas no hayan producido alteraciones en la humedad del

material tales que se supere en más de dos (2) puntos porcentuales la humedad óptima. − Sobre las capas recién ejecutadas se prohibirá la acción de todo tipo de tráfico, mientras no se construya la capa siguiente. Si esto no fuera

posible, el tráfico que necesariamente tuviera que pasar sobre ellas se distribuirá de forma que no se concentren las rodadas en una sola zona. El Constructor será responsable de los daños originados, debiendo proceder a su reparación con arreglo a las instrucciones del Director de las obras.

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7.11.− Medición y abono − La zahorra artificial se abonará por m³ ejecutado medido sobre perfil de la sección tipo de cada uno de los viales. 7.12.− Control de calidad 7.12.1.− Control de procedencia − Antes del inicio de la producción previsto, se ensayará un mínimo de cuatro (4) muestras, añadiéndose una (1) más por cada diez mil metros

cúbicos (10.000 m³), o fracción, de exceso sobre cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m³). − Sobre cada muestra se realizarán los siguientes ensayos: - Humedad natural, según la Norma NLT 102/72 - Granulometría por tamizado, según la Norma NLT 104/72 - Límite líquido e índice de plasticidad, según las Normas NLT 105/72 y 106/72 - Proctor modificado, según la Norma NLT 108/72 - Equivalente de arena, según la Norma NLT 113/72 - Indice de lajas, según la Norma NLT 354/74 - CBR, según la Norma NLT 149/72 - Coeficiente de limpieza, según la Norma NLT 172/86 − Además, sobre una (1) de las muestras se determinará el peso específico de gruesos y finos, según las Normas NLT 153/76 y 154/76. 7.12.2.− Control de producción Se realizarán los siguientes ensayos: - Por cada mil metros cúbicos (1.000 m³) de material producido, o cada día si se emplea menos material:

. Proctor modificado, según la Norma NLT 108/72 . Equivalente de arena, según la Norma NLT 113/72 . Granulometría por tamizado, según la Norma NLT 104/72

- Por cada cinco mil metros cúbicos (5.000 m³) de material producido, o una (1) vez a la semana si se emplea menos material:

. Indice de lajas, según la Norma NLT 354/74 . Límite líquido e índice de plasticidad, según las Normas NLT 105/72 y 106/72 . Coeficiente de limpieza, según la Norma NLT 172/86

- Por cada quince mil metros cúbicos (15.000 m³) de material producido, o una (1) vez al mes si se emplea menos material:

. Desgaste Los Angeles, según la Norma NLT 149/72 7.12.3.− Control de ejecución − Se considerará como "lote" que se aceptará o rechazará en bloque, al material uniforme que entre en doscientos cincuenta metros (250 m) de

calzada, o alternativamente en tres mil metros cuadrados (3.000 m²) de capa, o en la fracción construida diariamente si ésta fuere menor. − Las muestras se tomarán, y los ensayos "in situ" se realizarán, en puntos previamente seleccionados mediante un muestreo aleatorio, tanto

longitudinal como transversalmente. 7.12.4.− Compactación − Sobre una muestra de efectivo seis unidades (6 ud) se realizarán ensayos de: - Humedad natural, según la Norma NLT 102/72 - Densidad "in situ", según la Norma NLT 109/72 7.12.5.− Carga con placa − Sobre una muestra de efectivo una unidad (1 ud) se realizará un ensayo de carga con placa, según la Norma NLT 357/86. 7.12.6.− Materiales − Sobre cada uno de los individuos de la muestra tomada para el control de compactación, según el apartado 7.12.4 del presente Artículo, se

realizarán ensayos de: - Granulometría por tamizado, según la Norma NLT 104/72 - Proctor modificado, según la Norma NLT 108/72 7.12.7.− Criterios de aceptación o rechazo del lote − Las densidades medias obtenidas en la tongada compactada no deberán ser inferiores a las especificadas en el apartado 7.9.1 del presente

Artículo; no más de dos (2) individuos de la muestra podrán arrojar resultados de hasta dos (2) puntos porcentuales por debajo de la densidad exigida.

− Los ensayos de determinación de humedad tendrán carácter indicativo y no constituirán por sí solos base de aceptación o rechazo. − Si durante la compactación apareciesen blandones localizados, se corregirán antes de iniciar el muestreo. − Para la realización de ensayos de humedad y densidad podrán utilizarse métodos rápidos no destructivos, tales como isótopos radiactivos,

carburo de calcio, picnómetro de aire, etc, siempre que mediante ensayos previos se haya determinado una correspondencia razonable entre estos métodos y las Normas NLT 102/72 y 109/72

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− Los módulos E2 obtenidos en el ensayo de carga con placa no deberán ser inferiores a los especificados en el artículo 7.9.2 del presente Pliego.

− Caso de no alcanzarse los resultados exigidos, el lote se recompactará hasta alcanzar las densidades y módulos especificados. − Se recomienda llevar a cabo una determinación de humedad natural en el mismo lugar en que se realice el ensayo de carga con placa; así

como proceder, cuando corresponda por frecuencia de control, a tomar muestras en dicha zona para granulometría y Proctor modificado. 8.- MEZCLAS BITUMINOSAS EN CALIENTE 8.1.− Definición Se definen los siguientes tipos de mezclas bituminosas en caliente en la pavimentación de la red viaria: - Mezcla bituminosa en caliente para capa de rodadura tipo S-12 8.2.− Materiales 8.2.1.− Ligantes bituminosos − Se empleará betún asfáltico del tipo B 60/70. 8.2.2.− Áridos − El noventa por ciento (90%) al menos del árido grueso calizo, silíceo ó porfídico empleado en la capa de rodadura tendrá un desgaste medido

en ensayo de Los Angeles inferior a veintidós (22) y el coeficiente del ensayo de pulido acelerado será como mínimo de cuarenta y cinco centésimas (0,45). El quince por ciento (15%) restante deberá tener un desgaste según los Angeles inferior a veinticinco (25), el mismo coeficiente de pulido y buen comportamiento frente a los ciclos de hielo y deshielo así como a los sulfatos.

− El equivalente de arena de la mezcla áridos-filler deberá ser superior a setenta (70). − El índice de lajas deberá ser inferior a treinta (30). − El filler será de aportación en su totalidad en las capas de rodadura; la relación filler/betún para la capa de rodadura será de 1,3. 8.2.3.− Tipo y composición de la mezcla − Los tipos y clasificación de la mezcla previstos son los siguientes: - Capa de rodadura de red viaria. − La mezcla Semidensa será del tipo S-20 − Las mezclas bituminosas para las capas de rodadura e intermedia se ajustarán a los criterios del método Marshall, de acuerdo con lo

indicado en la tabla 542.3 del Pliego de Prescripciones Generales PG−3 para tráfico Ligero. 8.3.− Ejecución de las obras 8.3.1.− Preparación de la superficie existente − Antes de extendido se eliminarán todas las exudaciones de betún mediante soplete con chorro de aire a presión. 8.3.2.− Compactación de la mezcla − La mezcla bituminosa drenante se compactará con apisonadoras estáticas, y no deben transcurrir más de tres horas desde su fabricación en

central hasta su extensión. − La compactación de la capa se realizará hasta alcanzar el noventa y ocho por ciento (98%) de la obtenida aplicando a la fórmula de trabajo la

compactación prevista en el método Marshall según la norma NLT-159/75. 8.4.− Medición y abono − La fabricación y puesta en obra de las mezclas bituminosas en caliente se abonarán, según su tipo, por las toneladas (t) realmente fabricadas

y puestas en obra, obtenidas de la superficie construida, del espesor medio de la capa y de la densidad media de la mezcla. − La densidad media se deducirá mediante probetas tomadas en la propia obra, en aquellas zonas que estime conveniente el Director de la

obra. − El ligante y el "filler de aportación" se consideran incluidos en el precio de la mezcla, así como el riego de imprimacion o de adherencia en su

caso, para lo que se ha definido el precio por m2 terminado. En el caso de existir discrepancias, el directos facultativo de las obras podrá optar por los criterios de medición y abono basados en peso y densidad, definidos en el PG-3.

− La preparación de la superficie existente no será objeto de abono independiente. 9.−−−− RIEGO DE IMPRIMACION. 9.1.− Los riegos de imprimación se dispondrán sobre la capa de zahorras artificiales, y previamente al extendido de la capa de rodadura. − Cumplirán en cuanto se refiere a Materiales, Dosificación, Ejecución de las Obras, Equipos necesarios y limitaciones a la ejecución, lo

prescrito en el art. 530 del PG-3. 9.2.− El ligante a emplear será una Emulsión Catiónica de rotura lenta tipo ECL−1, con una dosificación media de 1.50 kg/m².

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9.3.− Si fuese necesaria la extensión de un árido de cobertura por insuficiente absorción de la emulsión o por otra causa determinada por la Dirección de Obra, el tipo de árido a emplear será arena natural, arenas procedentes de machaqueo o mezcla de ambos materiales, exentos de polvo, suciedad, arcilla y materias extrañas. La totalidad del material pasará por el tamiz 5 UNE. La dotación aproximada será de 8 l.

− Si la extensión del árido de cobertura sobre el riego fuese debida a la necesidad de permitir el tráfico rodado sobre la carretera, previamente a la extensión del aglomerado se procederá a un riego de adherencia con la dosificación indicada por el Director de Obra.

9.4.− La preparación de la superficie existente se considera incluida en la presente unidad y no se abonará cantidad alguna en concepto de

corrección de la misma, reparaciones o limpieza. 9.5.− La medición y abono se efectuará por Tm. de emulsión realmente empleada, considerándose incluido en el precio de la misma el árido de

cobertura necesario. 10 .- DEMOLICIÓN DE OBRA DE FABRICA DE HORMIGÓN O MAMPOSTERÍA 10.1.- Concepto

Consistirá en demoler y retirar de la zona comprendida entre los límites de explanación todas las obras de fábrica de hormigón armado o en masa o de mampostería que la Dirección de Obra señale. Se entiende incluida en esta unidad el derribo o demolición de las obras de fábrica, así como la carga y transporte de los productos a vertedero y canon de vertido o el extendido y compactación en el vertedero. Quedan fuera del alcance de esta unidad aquellas obras incluidas en la unidad: M2. Demolición de edificio o puente.

10.2.- Ejecución de las obras Las operaciones de derribo se efectuarán con las precauciones necesarias para lograr unas condiciones de seguridad suficientes y evitar daños en las construcciones existentes, de acuerdo con lo que sobre el particular ordene el Director de la Obra, quien designará y marcará los elementos que haya que conservar intactos. Dentro de la demolición del elemento quedará incluida la excavación (para aquellos elementos o partes de ellos que estén enterrados) correspondiente para dejar el elemento al descubierto, de manera que pueda ser accesible para su demolición o retirada. Cuando haya que demoler elementos de contención habrá que vaciar los materiales que graviten sobre el elemento a demoler. Queda totalmente prohibido el empleo de explosivo, salvo en aquellos lugares en que se especifique explícitamente. En el caso de muros se deberá crear un plano de discontinuidad mediante taladros perforados en la unión de alzado y zapata. Si el Director de las obras estimara oportuno emplear alguno de los materiales de la demolición en la obra se encontrarán incluidas las labores de: - Perforación y troceo, hasta la granulometría que sea necesaria para obtener un pedraplén. - Limpieza de los mismos. - Acopio y transporte en la forma y lugares que señale el Director de las obras. Los trabajos se realizarán de forma que produzcan la menor molestia posible a los ocupantes de las zonas próximas a la obra. Los materiales que resulten de los derribos y que no hayan de ser utilizados en obra serán retirados a vertedero.

10.3.- Medición y abono La demolición de obra de fábrica de hormigón se medirá por metros cúbicos (m3) realmente demolidos, medidos sobre la propia estructura. Solo serán susceptibles de medición los volúmenes reales de materiales demolidos descontados los huecos. Deberán entenderse como comprendidos en esta unidad: el derribo o demolición de la obra de fábrica de hormigón, la carga y transporte a vertedero y canon de vertido o extendido y compactación de los materiales en el vertedero y cuantas operaciones o medidas auxiliares se requieran para la completa ejecución de esta unidad, de acuerdo con el Pliego de Condiciones.

11.- MURO DE MAMPOSTERÍA

11.1.- Concepto

Se define como mampostería la fábrica formada por piedras o mampuestos más o menos trabajados y trabados entre si con o sin la adición de morteros.

11.2.- Materiales Mortero Salvo especificación en contrario, el tipo de mortero a utilizar tendrá una dosificación de doscientos cincuenta kilogramos de cemento P-350 por metro cúbico de mortero (250 Kg./m3).

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Piedra La piedra a emplear en los muros de mampostería deberá cumplir las características señaladas en el apartado correspondiente del presente Pliego.

11.3.- Ejecución de las obras Los mampuestos se mojarán antes de ser colocados en obra. Se asentarán sobre baño flotante de mortero, debiendo quedar enlazados en todos los sentidos. Los huecos que queden en la fábrica se rellenarán con piedras de menor tamaño; las cuales se acuñarán con fuerza, de forma que el conjunto quede macizo, y que aquella resulte con la suficiente trabazón. Después de sentado el mampuesto, se le golpeará para que el mortero refluya. Deberá conseguir que las piedras en distintas hiladas queden bien enlazadas en el sentido del espesor; levantándose siempre la mampostería interior simultáneamente con la del paramento; y ejecutándose por capas normales a la dirección de las presiones a que esté sometida la fábrica. Cuando el espesor del muro sea inferior a sesenta centímetros (60 cm), se colocarán mampuestos de suficiente tizón para atravesarlo en todo su espesor; de forma que exista al menos una (1) de estas piezas por cada metro cuadrado (1 m2). Si el espesor es superior se alternarán, en los tizones, mampuestos grandes y pequeños, para conseguir una trabazón perfecta. Los paramentos se ejecutarán con el mayor esmero, de forma que su superficie quede continua y regular. Cuando, excepcionalmente, se autorice la construcción de la fábrica de mampostería con pizarra, los planos de asiento de los mampuestos serán horizontales, salvo prescripción en contrario del Director de las Obras. Las juntas de paramento se rascarán para vaciarlas de mortero u otras materias extrañas, hasta una profundidad no inferior a cinco centímetros (5 cm); y se humedecerán y rellenarán inmediatamente con un nuevo mortero, cuidando de que éste penetre perfectamente hasta el fondo descubierto previamente; la pasta se comprimirá con herramienta adecuada; acabándola de tal modo que, en el frente del paramento terminado, se distinga perfectamente el contorno de cada mampuesto. Salvo que el Director de Obra disponga lo contrario, el Contratista vendrá obligado a dejar en la fábrica mechinales u orificios, regularmente dispuestos, para facilitar la evacuación del agua del trasdós de la misma, a razón de uno (1) por cada cuatro metros cuadrados (4 m2).

11.4.- Medición y abono Los muros de mampostería se abonarán por metros cúbicos (m3) realmente colocados en obra, medidos sobre los Planos del Proyecto.

12.- HORMIGONES 12.1.− Prescripciones generales − Será de aplicación las Instrucciones EHE para elementos de hormigón en masa o armado. 12.2.− Materiales 12.2.1.− Cemento − En todos los hormigones se hará uso de cemento CEM I 32,5 N/mm2, aunque el Director de las Obras podrá exigir la utilización de cementos

resistentes al yeso, si las condiciones del terreno así lo justificasen, sin que por ello haya lugar a un aumento del precio contractual del hormigón.

12.2.2.− Aridos - Granulometría: − El tamaño máximo del árido será de veinticinco milímetros (25mm) para hormigones de elementos de poco espesor y de cuarenta

milímetros (40 mm) en los elementos de espesor superior a treinta centímetros (30 cm), salvo que estudios en laboratorio aconsejen otros límites, o las prescripciones contempladas en la EHE.

12.3.− Tipos de Hormigón − Los tipos de hormigón empleado y el control que debe establecerse se recogen en los Planos para cada uno de los elementos constructivos

correspondientes. 12.5.− Fabricación − Con relación a las dosificaciones establecidas se admitirán solamente tolerancias del tres (3) por ciento en el cemento, del ocho por ciento

(8%) en la proporción de los diferentes tamaños de áridos, y del tres (3) por ciento en la concentración (relación cemento/agua). − En el hormigón fck > 20 N/mm2 podrá autorizarse por el Director de la obra la dosificación volumétrica de los áridos. La dosificación del

cemento se hará siempre por peso. − El período de amasado a la velocidad de régimen será en todo caso superior a un (1) minuto, e inferior a tres (3), siempre que no se empleen

hormigoneras de más de un (1) metro cúbico. En caso de emplearse hormigoneras de mayor capacidad, la duración del amasado se prolongará hasta obtener la necesaria homogeneidad, de acuerdo con los ensayos que se realicen al efecto.

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− No se mezclarán masas frescas conglomeradas con tipos distintos de cemento. Antes de comenzar la fabricación de una mezcla con un nuevo tipo conglomerante, deberán limpiarse las hormigoneras.

12.6.− Vertido

− El intervalo señalado en el PG-4 (1988) como norma entre la fabricación y su puesta en obra, se rebajará en caso de emplearse masas de consistencia seca, cemento de alta resistencia inicial, o con ambientes calurosos. Tampoco se utilizarán masas que hayan acusado anormalidades del fraguado o defectos de mixibilidad de la pasta.

− Los dispositivos y procesos de transporte y vertido del hormigón evitarán la segregación y la desecación de la mezcla, evitando, para ello, las vibraciones, sacudidas repetidas y caídas libres de más de un (1) metro.

12.7.− Compactación Consolidación del hormigón. − Solo se admitirá la consolidación por apisonado en el fck > 20 N/mm2. − La consolidación del hormigón se ejecutará con igual o mayor intensidad que la empleada en la fabricación de las probetas de ensayo. − En el hormigonado de piezas, de fuerte cuantía de armaduras, se ayudará la consolidación mediante un picado normal al frente o talud de la

masa. − Se autoriza el empleado de vibradores firmemente anclados a los moldes encofrados, en piezas de escuadrías menores de medio metro,

siempre que se distribuyan los aparatos de forma que su efecto se extienda a toda la masa. − El hormigón se verterá gradualmente, no volcando nuevos volúmenes de mezcla hasta que se hayan consolidado las últimas masas vertidas. 12.8.− Juntas − Las juntas de hormigonado se alejarán de las zonas donde las armaduras están sometidas a fuertes tracciones. − Las superficies se mantendrán húmedas durante tres (3), siete (7) o quince (15) días como mínimo, según que el conglomerante empleado

sea de alta resistencia inicial, Portland de los tipos normales o cementos de endurecimiento más lento que los anteriores, respectivamente. − Estos plazos mínimos de curado deberán ser aumentados en un cincuenta (50) por ciento en tiempo seco o caluroso, cuando se trate de

piezas de poco espesor y cuando las superficies estén soleadas o hayan de estar en contacto con agentes agresivos. 12.9.− Medición y abono − El hormigón se abonará por metros cúbicos (m³) realmente colocado en obra, según su tipo, medidos sobre los Planos. No serán objeto de

medición y abono independiente el hormigón constitutivo de otras unidades de obra para las que exista un precio global de ejecución. 13.−−−− ENCOFRADOS. 13.1.− Se prevé la ejecución de las U.O. que se relacionan a continuación:

1. Encofrado plano en paramentos no vistos. 2. Encofrado plano en paramentos vistos.

− Todos ellos se ajustarán a las prescripciones del artículo 680 del PG-3. 13.2.− Los encofrados de paramentos vistos serán de madera o metálicos. En los paramentos no vistos podrán emplearse elementos metálicos. Los

paramentos han de recibir el tratamiento como vistos en cuantas partes queden al aire y en la franja de veinte centímetros inmediatamente por debajo de la línea de las tierras.

13.3.− Los encofrados se medirán por metros cuadrados de superficie de hormigón medidos en los planos. A tal efecto, los hormigones en elementos

horizontales no enterrados se considerarán encofrados por la cara inferior y bordes laterales. − No serán objeto de medición y abono independientes los encofrados incluidos como elementos integrantes de unidades de obra para las que

exista un precio global de ejecución. 3.3. RECEPCION DE LA OBRA Y PLAZO DE GARANTIA

La recepción de las obras se realizará de conformidad con la vigente legislación y reglamentación sobre Contratos de las

Administraciones Públicas, fijándose el plazo de garantía en UN AÑO, a contar desde la recepción de las obras.

Valencia, Marzo de 2008

El Arquitecto

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4. ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD

A. OBJETO El presente Estudio forma parte inseparable del Proyecto de Acondicionamiento de Caminos Rurales promovido por el Ayuntamiento de Turís, concretado en la Pavimentación del Camino de la Sabotxa, Camino de la Carencia, Camino de la Patrosella, Serreta El Saor, y Camino del Motlló Blanc Nº5, y tiene por objeto la prevención de accidentes y enfermedades laborales durante la construcción de las obras incluidas en el Proyecto Constructivo. Así mismo, se definirán las características de las instalaciones preceptivas de salud y bienestar de los trabajadores. Se pretende, por tanto, definir unas directrices básicas que sirvan como referencia a la empresa constructora en el cumplimiento de las obligaciones que ésta deberá asumir de acuerdo con el R.D. 1627/1997 de 24 de Octubre. B. RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN EXISTENTE El contratista de las obras tendrá conocimiento previo de las obras a ejecutar y de lo dispuesto en el Proyecto Técnico y Estudio Básico de Seguridad y Salud, planificando la ejecución adaptando a sus medios las previsiones de estos. El contenido fundamental de la descripción de las obras es el que se expone en el proyecto constructivo del que el presente anejo forma parte. Además de las descripciones que allí constan, el contratista recopilará previo a la obra la información necesaria respecto a posibles interferencias con diferentes elementos y servicios afectados por las obras o que puedan suponer un riesgo potencial para su desarrollo. Unidades constructivas objeto de medidas preventivas.

Desbroce y movimiento de tierras. Colocación de elementos de drenaje. Afirmado. Señalización y balizamiento.

C. DESCRIPCIÓN DE RIESGOS Se adjunta a continuación, la relación de riesgos para cada unidad constructiva objeto de análisis por el presente Estudio Básico. Tipo de riesgo: 1. Riesgos Profesionales 2. Riesgos a terceros 1. Riesgos Profesionales:

Determinación de los riesgos previstos para las diferentes unidades constructivas: 1.1. Desbroce y movimiento de tierras

Atropellos por maquinaria y vehículos Atrapamientos Colisiones y vuelcos Caídas a distinto nivel Desprendimientos Interferencias con líneas eléctricas y telefónicas Polvo Ruido

1.2. Colocación de elementos de drenaje Caída de objetos Caída de altura Desprendimientos y hundimientos Atropellos por maquinaria y vehículos Interferencias con líneas eléctricas Polvo Ruido Contusiones en la manipulación de tuberías y materiales Atrapamientos

1.3. Afirmado Atropellos por maquinaria y vehículos Atrapamientos por maquinaria y vehículos Colisiones y vuelcos

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Salpicaduras por utilización de productos bituminosos Polvo Ruido

1.4. Señalización y balizamiento Atropellos por maquinaria y vehículos Atrapamientos por maquinaria y vehículos Colisiones y vuelcos Caídas de altura Caída de objetos Manipulación de pintura y aditivos

2. Daños a terceros Determinación de los riesgos previstos para las diferentes unidades constructivas: 2.1. Construcción de desvíos y pasos alternativos

Aumento de la peligrosidad en la circulación rodada Retardos en los desplazamientos

D. DESCRIPCIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS Y PROTECCIONES D.1.1. Protecciones individuales.

Cascos para todas las personas que participan en la obra, incluidos los visitantes. Guantes de uso general. Guantes de goma. Guantes de soldador. Guantes dieléctricos. Botas de agua. Botas de seguridad de lona. Botas de seguridad de cuero. Monos o buzos. Trajes de agua. Gafas contra impactos y antipolvo. Pantalla de soldador. Mascarillas antipolvo. Protectores auditivos. Polainas de soldador. Manguitos de soldador. Mandiles de soldador. Cinturón de seguridad de sujeción. Cinturón antivibratorio. Chalecos reflectantes.

D.1.2. Protecciones colectivas.

Pórticos protectores de líneas eléctricas. Vallas de limitación y protección. Señales normalizadas de tráfico. Señales de seguridad. Cartel indicativo de riesgo. Cintas de balizamiento. Topes de desplazamiento de vehículos. Jalones de señalización. Red horizontal, protección de zanjas y pozos. Soportes y anclajes de redes. Tubo y anclaje de éste para sujeción de cinturón de seguridad. Baliza luminosa intermitente. Extintores. Interruptores diferenciales. Tomas de tierra. Mano de obra de señalización. Mano de obra para el mantenimiento y reposición de protecciones.

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D.2. Medidas preventivas de riesgos profesionales: D.2.1. Medida previas. Se instruirá al personal sobre la forma de ejecución a llevar a cabo, así como sobre los posibles riesgos que se deriven de dicha ejecución. Antes de comenzar los trabajos, se acometerán las medidas previas de seguridad en cada tajo y se dispondrá en la obra de los siguientes elementos:

Vallas de contención de peatones. Bombas de achique y accesorios. Carteles informativos y de prohibición. Normas de actuación en caso de accidentes. Pasarela para cruces de zanjas. Material necesario para la adopción del sistema de sostenimiento elegido. Señalización e iluminación para los viales afectados. Redes de protección en zanjas. Cuñas de material apropiado para el correcto apoyo de los tubos en acopio.

Las zonas de construcción en obras singulares (pozos de registro, por ejemplo), estarán completamente vallada. Las vallas de protección de estas obras serán opacas, de altura mínima de 2,00 m. y se mantendrá el vallado hasta que finalicen los trabajos en la zona afectada.

D.2.2. Medidas específicas de unidades constructivas. Excavación en zanja o arqueta. Se observarán, durante la ejecución de las excavaciones, las siguientes consideraciones referentes a la seguridad: La vigilancia de la separación de los trabajadores en el fondo de la zanja. La vigilancia del frente de la excavación por el Encargado o Capataz, como mínimo dos veces (2) en cada jornada. El acopio de materiales y tierras extraídas en cortes de profundidad superior a 1,25 m., se dispondrá a una distancia no inferior a 1,50 m. del borde de la zanja, y se retirará a la escombrera todo el material sobrante que no vaya a ser empleado en los rellenos posteriores. En zanjas o pozos, siempre que haya operarios trabajando en el interior, se mantendrá uno de retén en el exterior. Las zanjas estarán provistas de escaleras que rebasen 1,00 m. la parte superior de la misma será la única vía de acceso y salida. Durante la ejecución de excavaciones, la longitud de tramos abiertos no será, en ningún caso, superior a 70,00 m. Se comprobará que el tipo de terreno y nivel freático se ajustan a los previstos. Se vigilará que el bombeo, si es necesario el achique, no arrastre finos, para evitar el sifonamiento en los terrenos circundantes que pudiera perjudicar la estabilidad de las construcciones colindantes. Los cables eléctricos que pudieran aparecer durante la excavación no serán tocados con las manos ni con herramientas, ni se intentará desplazarlos con máquinas. La maquinaria que efectúe la excavación se asentará en lugar seguro y en fase de trabajo, deberá tener sus brazos hidráulicos totalmente extendidos y firmemente apoyados. La zanja estará completamente circundada por vallas y caso de interferir caminos de tránsito peatonal, se colocarán pasarelas a distancias no superiores a 50,00 m. Las vallas de protección, distarán no menos de 1,00 m. del borde de la zanja cuando se prevea el paso de peatones paralelo a la dirección de la misma, y no menos de 2,00 m. cuando se prevea el paso de vehículos. Cuando los vehículos circulen en sentido normal al eje de la zanja, la zona acotada se ampliará a dos veces (2) la profundidad de la zanja en este punto, siendo la anchura mínima de 4,00 m., limitándose la velocidad en cualquier caso. Al finalizar la jornada o en interrupciones largas, se protegerán las zanjas y pozos de profundidad mayor a 1,25 m. con red o elemento equivalente. Los grupos compresores y electrógenos deberá situarse lo suficientemente alejados del borde de la zanja, para evitar su accidental caída y las molestias de gases y ruidos en el lugar de trabajo. Cuando se trate de compresores portátiles, si éstos se colocan en el interior de la zanja, se habilitarán las medidas necesarias para la evacuación de los gases fuera de la misma. Instalación de tuberías. Antes de la llegada de la tubería a la obra se habrán acondicionado las áreas previstas para su recepción en acopio. La descarga y colocación se hará por medios mecánicos y, tanto éstos como el personal que intervenga, deberán observar las normas de seguridad.

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El acopio y colocación de los tubos se hará prestando especial atención a que en la posición que se coloquen no tengan posibilidad de moverse y/o deslizarse; se les calzará con cuñas del material apropiado y se tendrá en cuenta la altura máxima aconsejada por el fabricante. Tanto para la descarga como para la colocación del tubo en la zanja, no se permitirá que los cables vayan forrados, de forma que se pueda observar antes de proceder a suspender las cargas y en todo momento, su estado frente a rotura. Al colocar el tubo en le zanja no se permanecerá en el radio de acción de la maquina y no se tocará, con excepción del personal encargado de conducirlo, hasta que esté totalmente apoyado. Durante las operaciones de bajada del tubo, el área de la zanja afectada estará libre de personal y de herramientas. No se permitirá utilizar el tubo como punto de apoyo para entrar y salir de la zanja y aunque esté totalmente inmovilizado, se usarán las escaleras dispuestas al efecto. Rellenos. La ejecución del relleno de las zanjas, solamente se comenzará una vez que la tubería esté totalmente montada. Si la aportación de material de relleno a la zanja se hace por medios mecánicos, se situarán en los bordes de la excavación a una distancia prudencial los correspondientes topes de limitación. Éstos pueden estar formados por dos tablones embridados y fuertemente anclados al terreno. El personal que se encuentre en el fondo de la zanja estará alejado de la zona de vertido durante dicha operación. La zona a rellenar estará totalmente libre de cuerpos extraños y herramientas. Cuando la zanja este protegida con cualquier sistema de sostenimiento no se retirará éste hasta la total compactación de la tongada correspondiente y siempre por debajo de la cota de rasante de dicha tongada. Señalización en obras. Su finalidad será la de advertir a las personas y vehículos que puedan verse afectados de la existencia de una zona de obras y de los peligros que puedan derivarse de la misma. También regulará la circulación dentro de la obra de los vehículos, maquinaria y personal encargado de la ejecución. Todas las maniobras de la maquinaria que puedan representar un peligro serán guiadas por una persona y el tránsito de las mismas se hará por sentidos constantes y previamente estudiados. Cuando se tenga que desviar y detener momentáneamente el tráfico por estrechamiento o supresión de un carril, se equipará al personal encargado de ello con la señalización correspondiente. Al término de la jornada se reforzará la señalización por medio de balizas luminosas. Éstas serán rojas e intermitentes, e indicarán todo el perímetro delimitado por las vallas. Se reforzará mediante elementos reflectantes que aumenten la visibilidad al ser iluminadas por un vehículo. Se revisarán diariamente todas las señales acústicas y luminosas de los vehículos que trabajen en la obra. No se empezará ningún trabajo sin que el Encargado o Capataz haya revisado y considerado correcta la señalización. Antes de abandonar un trabajo, el Encargado o Capataz revisará la señalización o se asegurará que ha sido retirada si el trabajo ha finalizado. Sostenimiento. Es el conjunto de elementos destinados a contener el empuje de tierras en las excavaciones en zanjas o pozos, a fin de evitar desprendimientos, proteger a los operarios que trabajan en el interior y limitar los movimientos del terreno colindante. Independientemente del sistema de sostenimiento que vaya a ser empleado en la obra, cumplirán dichos elementos las siguientes condiciones: Soportarán las acciones descritas anteriormente y permitirán su puesta en obra, de forma que el personal no tenga necesidad de entrar en la zanja o pozo hasta que las paredes de la misma estén correctamente soportadas. Eliminarán el riesgo de asientos inadmisibles en las edificaciones próximas. Será obligatorio, antes de comenzar las excavaciones, la presentación a la Dirección de Obra de un Proyecto de Sostenimiento en el que se analice el sistema adoptado, la forma de ejecución y la puesta en obra. La puesta en obra del sostenimiento no implicará consecuencias molestas ni peligrosas motivadas por el sistema de colocación o hinca. Las conducciones que interfieran en la zanja, caso de no poderse desviar, se apuntalarán convenientemente, de forma que se garantice totalmente su funcionamiento y no pueda existir riesgo de rotura o caída que puedan afectar a los operarios que puedan estar trabajando dentro de la zona. Al comenzar la jornada se revisarán los sostenimientos. Se utilizarán testigos que indiquen cualquier movimiento del terreno que suponga la existencia de un peligro. La zanja estará completamente circundada por vallas y caso de interferir caminos de tránsito peatonal, se colocarán pasarelas a distancias no superiores a 50,00 m. Las vallas de protección distarán no menos de 1,00 m. del borde de la zanja cuando se prevea paso de peatones paralelo a la dirección de la misma y no menos de 2,00 m. cuando se prevea paso de vehículos. Cuando los vehículos circulen en sentido normal al eje de la zanja, la zona acotada se ampliará a dos veces (2) la profundidad de la zanja en este punto, siendo la anchura mínima de 4,00 m., limitándose la velocidad a cualquier caso.

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Al finalizar la jornada o en interrupciones largas, se protegerán las zanjas y pozos de profundidad superior a 1,25 m. con red o elemento equivalente. Durante el uso continuado de martillos neumáticos se utilizarán auriculares acústicos, cinturón antivibratorio y pantalla anti-impactos. Los grupos compresores y electrógenos deberán situarse lo suficientemente alejados del borde de la zanja para evitar su accidental caída y las molestias de gases y ruidos en el lugar de trabajo. Cuando se trate de compresores portátiles, si éstos se colocan en el interior de la zanja, se habilitarán las medidas necesarias para la evacuación de los gases fuera de la misma. Formación del personal. Todo el personal debe recibir, al ingresar en la obra, una exposición de los métodos de trabajo y los riesgos que éstos pudieran entrañar, conjuntamente con las medidas de seguridad que procediera aplicar. Eligiendo al personal más cualificado, se impartirán cursillos de socorrismo y primeros auxilios, de forma que todos los tajos dispongan de algún socorrista. Medicina preventiva. Reconocimientos médicos: Todo el personal que empiece a trabajar en la obra deberá pasar un reconocimiento médico previo a su contratación. Éste será repetido periódicamente cada año. Asistencia a accidentados: Se deberá informar al personal del emplazamiento de los diferentes Centros Médicos (Servicios propios, Mutuas Patronales, Mutualidades Laborales, Ambulatorios, etc., ..), donde debe trasladarse a los accidentados para su más rápido y efectivo tratamiento. Se dispondrá en la obra y en sitio bien visible, de una lista con teléfonos y direcciones de los Centros asignados para urgencias, ambulancias, taxis, etc..., para garantizar un rápido transporte de los posibles accidentados a los Centros de asistencia. D.3. Medidas preventivas de riesgos a terceros. Se señalizará, de acuerdo con la Normativa vigente, el enlace con las carreteras y caminos, tomándose las adecuadas medidas de seguridad que cada caso requiera. Igualmente, se señalizarán los accesos naturales a la obra, prohibiéndose el paso a toda persona ajena a la misma, colocándose, en su caso, los cerramientos necesarios. PLIEGO DE CONDICIONES DEL ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD 1. Disposiciones legales de aplicación. Son de obligado cumplimiento todas las disposiciones vigentes sobre seguridad y salud:

- LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE 8 DE NOVIEMBRE DE 1.995. - DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCION. RD 1627/97 DE 24 OCTUBRE.

- ORDENANZA DE TRABAJO PARA LAS INDUSTRIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, VIDRIO Y CERAMICA DE 28 DE AGOSTO DE 1.970, con especial atención a:

Art. 165 a 176 - Disposiciones generales. Art. 183 a 291 –Construcción en general. Art. 334 a 341 - Higiene en el Trabajo. - CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO DE CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE VALENCIA. - PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA. - ORDENANZAS MUNICIPALES SOBRE EL USO DEL SUELO Y EDIFICACION DE TURIS. - CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA - OTRAS DISPOSICIONES DE APLICACION. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. B.O.E. 9-10-73, instrucciones complementarias. Instrucción Técnica Complementaria del Reglamento de Aparatos de Elevación.B.O.E. 7-7-88. Reglamento de Régimen Interno de la Empresa Constructora. Ley 8/1.988 de 7 de Abril sobre Infracción y Sanciones de Orden Social. Real Decreto 1495/1.986 de 26 de Mayo sobre Reglamento de Seguridad en las Máquinas.

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Real Decreto 485/1997 de 14 Abril sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

Real Decreto 486/1997 de 14 Abril por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad en los lugares de trabajo. Real Decreto 487/1997 de 14 de Abril sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.

Real Decreto 488/ 1997 de 14 de Abril sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.

Real Decreto 664/1997 de 12 de Mayo sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

Real Decreto 665/1997 de 12 de Mayo sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

Real Decreto 773/1997, de 30 de Mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

Orden de 27 de junio de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con las condiciones de acreditación a las entidades especializadas como Servicios de Prevención ajenos a las empresas, de autorización de las personas o entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividad de auditoria del sistema de prevención de las empresas y de autorización de las entidades públicas o privadas para desarrollar y certificar actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales.

Real Decreto 949/97 de 20 de junio, por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de prevencionista de riesgos laborales.

Real Decreto 1316/1989, de 27de Octubre sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo.

Real Decreto 1407/1992 de 20 de Noviembre por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intercomunitaria de los equipos de protección individual (modificación Real Decreto 159/1995 de 3 de Febrero).

Real Decreto 1535/1992 de 27 de Noviembre por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la directiva del consejo 89/392/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros sobre máquinas (modificado por Real Decreto 56/1995 de 20 de Enero).

Real Decreto 1215/1997, de 18 de Julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

Por otra parte, será necesario contemplar los siguientes textos: Reglamento Electrotécnico de Líneas Eléctricas de Baja Tensión. Reglamento Electrotécnico de Líneas Eléctricas de Aéreas de Alta Tensión. Instrucción 8.3-IC sobre Señalización, Balizamiento, Defensa, Limpieza y Terminación de Obras Fijas en Vías. 2. Condiciones de los medios de protección. Generalidades Todas las prendas de protección personal o elementos de protección colectiva tendrán fijado un período de vida útil, desechándose a su término. Cuando por las circunstancias del trabajo se produzca un deterioro más rápido de en una determinada prenda o equipo, se repondrá ésta, independientemente de la duración prevista o fecha de entrega. Toda prenda o equipo que haya sufrido un empleo de la máxima duración prevista, será desechado y repuesto al momento. Aquellas prendas que por su uso hayan adquirido más holgura o tolerancias de las admitidas por el fabricante, serán repuestas inmediatamente. Protecciones personales. Todo elemento de protección personal se ajustará a las Normas Reguladoras de la Homologación de los Medios de Protección Personal de los Trabajadores. En los casos en que no exista Norma de Homologación oficial, los citados medios de protección personal serán de la calidad requerida para sus respectivas prestaciones. Protecciones colectivas. Las protecciones colectivas cumplirán lo establecido en la legislación vigente respecto a dimensiones, resistencias, aspectos constructivos, anclajes y demás características, de acuerdo con su función protectora. Maquinaria La maquinaria dispondrá de todos los accesorios de prevención establecidos, será manejada por el personal especializado, se mantendrá en buen uso, será sometida a revisiones periódicas y en caso de averías o mal funcionamiento, se paralizará hasta su reparación.

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Pórticos limitadores de gálibo. Dispondrán de dintel debidamente señalizado. Vallas de limitación y protección. Tendrán como mínimo 90,00 cm. de altura, estando construidas a base de tubos metálicos. Dispondrán de patas para mantener su verticalidad. Topes de desplazamiento de vehículos. Se podrán realizar con un par de tablones embridado, fijados al terreno por medio de redondos hincados al mismo. Redes. Serán de poliamida. Sus características generales serán tales que cumplan con garantía la función para la que están previstas. Cables y anclajes de sujeción de cinturones de seguridad, anclajes de redes y soportes. Presentarán la suficiente resistencia para soportar los esfuerzos a que pueden ser sometidos de acuerdo con su función protectora. Interruptores diferenciales y tomas de tierra. La sensibilidad mínima de los interruptores diferenciales será, para alumbrado, de 30 mA. y , para fuerza, de 300 mA. La resistencia de las tomas de tierra no será superior a la que garantice, de acuerdo con la sensibilidad del interruptor diferencial, una tensión máxima de 24V. Extintores. Los extintores serán de polvo polivalente y de tamaño adecuado al tipo de incendio previsible y se revisarán cada seis (6) meses como máximo. Medios auxiliares de topografía. Estos elementos (cintas, jalones, miras,...) serán dieléctricos, dado el riesgo de electrocución por las líneas eléctricas. 3. Normativa general. Vigilancia. Se nombrará un Vigilante de Seguridad de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza General de Seguridad. Se constituirá el Comité de Seguridad y Salud cuando el número de trabajadores supere el previsto en la Ordenanza Laboral de la Construcción o, en su caso, el que disponga el Convenio Colectivo de la Construcción. Instalaciones. El botiquín se revisará anualmente y se repondrá inmediatamente el material consumido. Se dispondrá de vestuario, servicios higiénicos y comedor debidamente dotados. Para la limpieza, recogida de desperdicios y conservación de estos locales se dispondrá de un trabajador con la dedicación necesaria Servicios de prevención. La Empresa Constructora dispondrá de un Servicio Técnico de Seguridad y Salud. Asimismo, dicha entidad, dispondrá de un Servicio Médico de Empresa propio o mancomunado. Éste, de acuerdo con la Reglamentación Oficial vigente, será el encargado de velar por las condiciones higiénicas que debe reunir el centro de trabajo, esto es: Higiene del trabajo en cuanto a condiciones ambientales higiénicas. Higiene del personal de obra mediante reconocimientos previos, vigilancia de salud, bajas y altas durante la obra. Asesoramiento y colaboración en temas de salud y en la formación de socorristas y aplicación de primeros auxilios. Plan de Seguridad y Salud. El Contratista está obligado a redactar un Plan de Seguridad y Salud, adaptando dicho Estudio a los medios y métodos de ejecución que pretenda utilizar.

Valencia, Marzo de 2008

El Arquitecto

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5. PRESUPUESTO

5.1 PRECIOS UNITARIOS Y AUXILIARES 5.2 PRECIOS DESCOMPUESTOS 5.3 ESTADO DE MEDICIONES Y APLICACIÓN DE PRECIOS 5.4 RESUMEN DEL PRESUPUESTO Y PRESUPUESTO TOTAL PARA CONOCIMIENTO DE LA ADMINISTRACION

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RESUMEN DEL PRESUPUESTO Y PRESUPUESTO TOTAL PARA CONOCIMIENTO DE LA ADMINISTRACION

� RESUMEN DEL PRESUPUESTO Presupuesto de Ejecución Material: 171.365,04 €

Gastos Generales (13%) 22.277,46 €

Beneficio Industrial (6%) 10.281,90 €

Presupuesto 203.924,40 €

IVA (16%) 32.627,90 €

PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 236.552,30 €

Asciende el Presupuesto Base de Licitación a la cantidad de Doscientos Treinta y Seis Mil Quinientos Cincuenta y Dos euros con

Treinta céntimos de euro.

� PRESUPUESTO TOTAL PARA CONOCIMIENTO DE LA ADMINISTRACION Presupuesto de Licitación 236.552,30 €

Honorarios Técnicos por Redacción

Proyecto y Est. Básico Seg. y Salud (IVA incluido) 9.183,80 €

Honorarios Dirección Obra y Coordinación Seg. (IVA incluido) 4.263,90 €

PRESUPUESTO PARA CONOCIMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN 250.000,00 €

Asciende el presupuesto para conocimiento de la Administración a la cantidad de Doscientos Cincuenta Mil euros.

Valencia, Marzo de 2008

El Arquitecto