Aspectos relevants del PEF 2015.

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Presupuesto de Egresos de la Federación 2015

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Presentación con los aspectos más relevantes del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015.

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Page 1: Aspectos relevants del PEF 2015.

Presupuesto de Egresos de la Federación 2015

Page 2: Aspectos relevants del PEF 2015.

Presupuesto de Egresos 2012-2015

Presupuesto de Egresos de la Federación

(cifras en millones de pesos de 2015)

Fuente: PEF 2012-2015

4,117,861.3

4,246,331.3

4,619,111.5

4,694,677.4

PEF 2012 PEF 2013 PEF 2014 PEF 2015

3.1%

8.8%

1.6%

Page 3: Aspectos relevants del PEF 2015.

Presupuesto de Egresos 2012-2015

Presupuesto de Egresos de la Federación

(cifras en millones de pesos)

Fuente: PPEF 2015 y PEF 2015.

94,497.31 89,597.31

1,178,424.3 1,184,295.1

2,206,865.3 2,223,544.8

706,453.9 706,453.9

923,525.2 923,525.2

PPEF 2015 PEF 2015

A: Ramos Autónomos

E: Empresas Productivas del Estado

D: Entidades Sujetas a ControlPresupuestario Directo

C: Ramos Generales

B: Ramos Administrativos

Principales

Cambios durante

la discusión

Page 4: Aspectos relevants del PEF 2015.

Presupuesto 2015 Ramos Autónomos

• El gasto de Ramos Autónomos tiene un presupuesto total por $89,597.3

millones, significando el 1.91% del PEF total.

• Dichos ramos tuvieron reasignaciones totales de $4,900.0 millones,

concentrándose en el presupuesto para el Consejo de la Judicatura Federal con

$4,500.0 millones menos respecto a su propuesta inicial.

• En segundo lugar, la Cámara de Senadores con $250.0 millones menos respecto

al proyecto del Ejecutivo y finalmente, el Instituto Nacional para la Evaluación de

la Educación presenta un recorte de $150 millones respecto al PPEF 2014.

• Vale señalar que se realizaron ampliaciones presupuestarias para INEGI por un

monto de $40 millones, las cuales consideran $36 millones para la Producción y

Difusión de información Estadística y Geográfica de interés nacional.

Page 5: Aspectos relevants del PEF 2015.

Presupuesto 2015 Ramos Autónomos

(cifras en millones de pesos 2015)

Concepto PEF 2014 PPEF 2015 PEF 2015 Variación % Variación

(abs) Variación %

Variación

(abs)

A: Ramos Autónomos 82,094.75 94,497.31 89,597.31 15.1% 12,402.6 9.1% 7,502.6

1 Poder Legislativo 12,802.7 13,648.3 13,398.3 6.6% 845.7 4.7% 595.7

Cámara de Senadores 3,849.0 4,269.2 4,019.2 10.9% 420.2 4.4% 170.2

Cámara de Diputados 7,026.6 7,339.2 7,339.2 4.4% 312.6 4.4% 312.6

Auditoria Superior de la Federación 1,927.1 2,040.0 2,040.0 5.9% 112.9 5.9% 112.9

3 Poder Judicial 51,949.8 56,269.1 51,769.1 8.3% 4,319.3 -0.3% 180.7-

Suprema Corte de Justicia de la Nación 4,708.7 4,654.9 4,654.9 -1.1% 53.8- -1.1% 53.8-

Consejo de la Judicatura Federal 44,667.8 48,552.1 44,052.1 8.7% 3,884.3 -1.4% 615.7-

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 2,573.2 3,062.0 3,062.0 19.0% 488.8 19.0% 488.8

22 Instituto Nacional Electoral 12,236.3 18,572.4 18,572.4 51.8% 6,336.1 51.8% 6,336.1

35 Comisión Nacional de los Derechos Humanos 1,464.5 1,466.0 1,466.0 0.1% 1.4 0.1% 1.4

41 Comisión Federal de Competencia Económica 307.2 478.3 478.3 55.7% 171.1 55.7% 171.1

42 Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación 634.2 1,170.0 1,020.0 84.5% 535.8 60.8% 385.8

43 Instituto Federal de Telecomunicaciones 2,068.0 2,000.0 2,000.0 -3.3% 68.0- -3.3% 68.0-

44 Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección

de Datos 632.0 893.2 893.20 41.3% 261.2 41.3% 261.2

Ramo 40 INEGI -

Instituto Nacional de Estadística, Geografía e informática 8,106.5 8,458.7 8,498.7 4.3% 352.1 4.8% 392.1

Ramo 32 Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa - -

Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa 2,302.6 2,526.9 2,526.9 9.7% 224.3 9.7% 224.3

Comparativo de Gasto Neto Presupuestario Aprobado y Propuesto 2015

PPEF 2015 vs PEF 2014 PEF 2015 vs PEF 2014

Page 6: Aspectos relevants del PEF 2015.

Presupuesto de Egresos Principales Cambios en Ramos

(cifras en millones de pesos)

Presupuesto 2015 Ramos Administrativos

Fuente: PEF 2012-2015

77,721.7

87,762.0

120,757.4

305,741.6

134,928.4

67,176.7

117,048.8

77,066.3

92,141.8

126,146.2

305,057.1

134,847.6

67,976.7

114,504.0

4 Gobernación

8 SAGARPA

9 Comunicacionesy Transportes

11 Educación Pública

12 Salud

16 SEMARNAT

20 Desarrollo Social

PPEF 2015 PEF 2015

Los siete ramos representan una quinta

parte del presupuesto total 2015 y dentro de

la discusión concentraron el mayor número

de reasignaciones hechas por la Cámara.

Page 7: Aspectos relevants del PEF 2015.

• Para Educación se permitió un total de gasto por $305,057.1 millones, significando

0.8% más respecto al PEF 2014.

o Durante el debate presupuestal los Diputados aprobaron ampliaciones

presupuestales por $3,815.5 millones donde podemos destacar los siguientes

programas: Programa de Apoyo para Escuelas Normales Rurales (educación superior)

con un adicional de $400 millones. A la Universidad Autónoma Metropolitana se

destinan $350 millones. Y finalmente, el Fortalecimiento a la Educación Temprana y

el Desarrollo Infantil (educación básica) una ampliación por $950.0 millones.

• Para SAGARPA se autorizaron $92,141.8 millones significando 5% más respecto al PPEF

2015 y 7.5% más respecto al PEF 2014.

o La Cámara de Diputados destinó el 80% de la ampliación total del ramo al

Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados añadiendo $3,585.5 millones

para el ejercicio 2015.

Presupuesto 2015 Ramos Administrativos

Page 8: Aspectos relevants del PEF 2015.

Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural

(cifras en millones de pesos)

Presupuesto 2015 Anexo Transversal

Vertiente / Programa PPEF 2015 PEF 2015 Var (abs) Var (%)

Total 332,158.6 353,007.3 20,848.7 6.3%

1. Financiera 3,286.2 4,036.2 750.0 22.8%

2. Competitividad 64,428.8 68,540.7 4,111.9 6.4%

Programa de Comercializacion y Desarrollo de Mercados 8,421.6 12,007.1 3,585.5 42.6%

Programa de mantenimiento de praderas y reconversión a

praderas - 475.0 475.0

Programa Integral de Desarrollo Rural 8,006.3 8,039.5 33.2 0.4%

3. Medio Ambiente 15,803.8 16,046.7 242.9 1.5%

4. Educativa 35,442.0 35,442.0 0.0 0.0%

5. Laboral 1,169.4 1,169.4 0.0 0.0%

6. Social 95,832.0 96,702.0 870.0 0.9%

Atención a Indígenas (CDI) 11,309.3 12,129.3 820.0 7.3%

7. Infraestructura 56,164.1 70,837.9 14,673.8 26.1%

Caminos Rurales - 14,673.8 14,673.8

8. Salud 48,103.4 48,103.4 0.0 0.0%

9. Agraria 1,318.4 1,368.4 50.0 3.8%

10. Administrativa 10,610.7 10,760.7 150.0 1.4%

Fuente: PEF y PPEF 2015.

Page 9: Aspectos relevants del PEF 2015.

Distribución de Recursos PEC por Entidad Federativa

(cifras en millones de pesos)

Presupuesto 2015 Anexo Transversal

Programa PPEF 2015 PEF 2015 Var (%)

Total 11,358.0 11,400.8 0.4%

Concurrencia con Entidades Federativas 4,743.4 4,743.9 0.0%

Extensión e Innovación Productiva 628.1 628.0 0.0%

Sistemas Producto Agrícolas y Pecuarios 72.2 79.9 10.7%

COUSSA 1 460.7 460.9 0.0%

PESSA 3,380.8 3,380.9 0.0%

Información Estadística y Estudios (SNIDRUS) 67.6 67.6 0.0%

Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria 2,005.2 2,039.6 1.7%

Fuente: PPEF y PEF 2015

1/ El 75 por ciento de los recursos de este componente serán ejercidos mediante la Comisión Nacional de las Zonas

Áridas (CONAZA) y el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP) respectivamente.

Page 10: Aspectos relevants del PEF 2015.

• Para Comunicaciones y Transportes se permitió un total de gasto por $126,146.2

millones significando 4.5% más respecto al PPEF 2015 y 2.7% más respecto al PEF 2014.

o Al respecto de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte, se autorizaron

ampliaciones presupuestales por $16,388.8 millones.

o Vale destacar que los Proyectos de Infraestructura Económica de Carreteras

Alimentadoras y Caminos Rurales absorbieron el 90% de la ampliación presupuestal,

dejando en segundo lugar a los Proyectos de Infraestructura Económica Ferroviaria con

$1,600.0 millones más.

• Para Salud se permitió un total de $134,847.6 millones significando 0.1% más respecto

al PEF 2014.

o De igual forma la Cámara de Diputados aprobó una ampliación de presupuesto

por cerca de $169,193.3 millones, de los cuales el 42% se asignan a Prevención y

atención de VIH/SIDA y otras ITS y el 34% a la Atención de la Salud Reproductiva y la

Igualdad de Género en Salud.

Presupuesto 2015 Ramos Administrativos

Page 11: Aspectos relevants del PEF 2015.

• Para la PGR se aprobó un presupuesto de $17,029 millones considerando la ampliación

por $25 millones que realizó la Cámara de Diputados, donde destaca el Programa para

Investigar y Perseguir los Delitos del Orden Federal con $13 millones más respecto a la

propuesta inicial además de, la Promoción del Respeto a los Derechos Humanos y

Atención a Víctimas del Delito con $8 millones adicionales.

Presupuesto 2015 Ramos Administrativos

Page 12: Aspectos relevants del PEF 2015.

Presupuesto 2015 Ramos Administrativos

(cifras en millones de pesos 2015)

Concepto PEF 2014 PPEF 2015 PEF 2015 Variación % Variación

(abs) Variación %

Variación

(abs)

B: Ramos Administrativos 1,169,620.6 1,178,424.3 1,184,295.1 0.8% 8,803.7 1.3% 14,674.5

Gasto Programable -

2 Presidencia de la República 2,275.3 2,296.2 2,296.2 0.9% 20.9 0.9% 20.9

4 Gobernación 77,553.4 77,721.7 77,066.3 0.2% 168.3 -0.6% 487.1-

5 Relaciones Exteriores 7,788.6 8,096.5 8,100.5 4.0% 307.9 4.0% 311.9

6 Hacienda y Crédito Público 42,674.3 43,935.1 45,691.9 3.0% 1,260.8 7.1% 3,017.5

7 Defensa Nacional 67,455.0 71,269.7 71,273.7 5.7% 3,814.6 5.7% 3,818.6

8 Agricultlura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y

Alimentación85,719.1 87,762.0 92,141.8 2.4% 2,043.0 7.5% 6,422.8

9 Comunicaciones y Transportes 122,872.7 120,757.4 126,146.2 -1.7% 2,115.3- 2.7% 3,273.6

10 Economía 21,904.0 21,908.1 20,908.1 0.0% 4.1 -4.5% 995.9-

11 Educación Pública 302,495.4 305,741.6 305,057.1 1.1% 3,246.1 0.8% 2,561.7

12 Salud 134,693.8 134,928.4 134,847.6 0.2% 234.6 0.1% 153.8

13 Marina 25,439.2 27,024.5 27,025.5 6.2% 1,585.4 6.2% 1,586.4

14 Trabajo y Previsión Social 5,070.2 5,384.6 5,134.6 6.2% 314.4 1.3% 64.4

15 SEDATU 27,494.6 21,825.9 22,050.9 -20.6% 5,668.7- -19.8% 5,443.7-

16 Medio Ambiente y Recursos Naturales 68,479.3 67,176.7 67,976.7 -1.9% 1,302.6- -0.7% 502.6-

17 Procuraduría General de la República 17,876.1 17,254.5 17,029.5 -3.5% 621.6- -4.7% 846.6-

18 Energía 3,406.2 3,837.0 3,088.8 12.6% 430.8 -9.3% 317.3-

20 Desarrollo Social 114,992.4 117,048.8 114,504.0 1.8% 2,056.4 -0.4% 488.4-

21 Turismo 6,259.0 7,344.9 6,844.9 17.3% 1,085.9 9.4% 585.9

27 Función Pública 1,528.7 1,483.9 1,483.9 -2.9% 44.7- -2.9% 44.7-

31 Tribunales Agrarios 1,070.3 1,039.9 1,039.9 -2.8% 30.3- -2.8% 30.3-

36 Seguridad Pública - - - - -

37 Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal 133.8 130.1 130.1 -2.8% 3.7- -2.8% 3.7-

38 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología 32,143.3 33,706.7 33,706.7 4.9% 1,563.4 4.9% 1,563.4

45 Comisión Reguladora de Energía 219.0 400.0 400.0 82.6% 181.0 82.6% 181.0

46Comisión Nacional de Hidrocarburos 77.0 350.0 350.0 354.6% 273.0 354.6% 273.0

Comparativo de Gasto Neto Presupuestario Aprobado y Propuesto 2015

PPEF 2015 vs PEF 2014 PEF 2015 vs PEF 2014

Page 13: Aspectos relevants del PEF 2015.

Presupuesto 2015 Ramos Generales

Principales Ramos Generales

(cifras en millones de pesos)

Page 14: Aspectos relevants del PEF 2015.

• Las Aportaciones a Seguridad Social (Ramo 19) disminuyeron 0.1% en términos

reales para el ejercicio fiscal 2015, aprobándose un total de $501,627.3 millones.

• Con respecto a las Aportaciones Federales para Entidades Federativas (Ramo 33) se

autorizaron para 2015 un total de $591,357.2 millones, esto en términos absolutos

representa $27,229 millones más, que lo aprobado en 2014.

• La Deuda Pública (Ramo 24) se incrementó en 1.2% en términos reales, pasando de

$318,106.1 millones en 2014 a $322,038.6 millones para el ejercicio fiscal 2015.

• Las Participaciones a Entidades Federativas y Municipios (Ramo 28) para el

ejercicio 2015 suman total de $607,130.1 millones, representando un incremento real de

1.6% con respecto al PEF 2014.

• A continuación se muestra el cuadro comparativo de Ramo 23.

Presupuesto 2015 Ramos Administrativos

Page 15: Aspectos relevants del PEF 2015.

Presupuesto 2015 Ramos Generales

Fondo/Programa PEF 2014 PPEF 2015 PEF 2015Var PEF

2015/PPEF 2015

Var PEF

2015/PEF 2014

Programas Regionales 3,116.7 3,116.7 3,116.7 - 0.0

Fondo de Apoyo para el Desarrollo Rural Sustentable 310.2 - - - 310.2-

Fondo Regional 6,976.4 6,976.4 6,976.4 - -

Fondos Metropolitanos 10,281.5 10,381.5 10,381.5 - 100.0

Fondo de Apoyo en Infraestructura y productividad 2,621.3 2,535.1 2,535.1 - 86.2-

Previsiones para el Fondo para la Administración de la

Nómina Educativa - 8,587.7 8,587.7 - 8,587.7

Implementación del Sistema de Justicia Penal 5,170.0 - - - 5,170.0-

Conservación, operación y equipamiento de los recintos de

los Poderes517.0 749.0 749.0 232.0

Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado 381.2 381.2 381.2 - 0.0

Fondo de Apoyo a Migrantes 206.8 200.0 300.0 100.0 93.2

Seguridad y Logística 1,685.6 1,630.2 1,130.2 500.0- 555.4-

Presupuesto Basado en Resultados-Sistema de Evaluación

del Desempeño646.9 625.6 625.9 0.3 21.0-

Provisión para la Armonización Contable 57.8 55.9 55.9 - 1.9-

Contingencias económicas 1,012.7 1,012.7 1,012.7 - 0.0

Derecho especial sobre Minería 1,473.3 - - - 1,473.3-

Fuente: PPEF, PEF 2015 y PEF 2014.

Principales Programas y Fondos de Ramo 23

(cifras en millones de pesos 2015)

Page 16: Aspectos relevants del PEF 2015.

Presupuesto 2015 Ramos Generales

Principales Programas y Fondos de Ramo 23

(cifras en millones de pesos 2015) Fondo/Programa PEF 2014 PPEF 2015 PEF 2015

Var PEF

2015/PPEF 2015

Var PEF

2015/PEF 2014

Fondo para la Reconstrcción de la Infraestructura de Baja

California Sur300.0 300.0 300.0

Fondo para Fronteras 3,102.0 - - - 3,102.0-

Fondo Sur - Sureste 517.0 500.0 500.0 17.0-

Fondo de Capitalidad 3,102.0 2,000.0 3,500.0 1,500.0 398.0

Programa de Seguridad y Monitoreso en el Estado de México 1,500.0 1,500.0 1,500.0

Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para las

Personas con discapacidad (Anexo 19.1)517.0 600.0 600.0 - 83.0

Fondo de pavimentación, espacios deportivos, alumbrado

público y rehabilitación de infraestructura educativa para

municipios y demarcaciones territoriales (Anexo 19.2)

5,170.0 2,000.0 5,000.0 3,000.0 170.0-

Fondo de Cultura (Anexo 19.3) 2,821.3 2,237.2 2,237.2 584.1-

Fondo de Infraestructura Deportiva (Anexo 19.4) 3,320.8 3,420.9 3,420.9 100.1

Proyectos de Desarrollo Regional 18,955.4 300.0 21,854.6 21,554.6 2,899.1

Programa para el Rescate del Acapulco Tradicional 103.4 100.0 100.0 - 3.4-

Proyectos para el Desarrollo Regional de la Zona

Henequenera del Sureste206.8 200.0 400.0 200.0 193.2

Ampliaciones de la H. Cámara de Diputados (Anexo 19.5) 18,645.2 21,354.6 21,354.6 2,709.3

Fuente: PPEF, PEF 2015 y PEF 2014.

Page 17: Aspectos relevants del PEF 2015.

Presupuesto 2015 Ramos Generales

(cifras en millones de pesos 2015)

Concepto PEF 2014 PPEF 2015 PEF 2015 Variación % Variación

(abs) Variación %

Variación

(abs)

C: Ramos Generales 2,185,795.2 2,206,865.3 2,223,544.8 1.0% 21,070.2 1.7% 37,749.6

Gasto Programable 1,242,194.5 1,232,513.3 1,267,171.6 -0.8% 9,681.3- 2.0% 24,977.0

19 Aportaciones a Seguridad Social 502,234.8 501,627.3 501,627.3 -0.1% 607.5- -0.1% 607.5-

23 Provisiones Salariales y Económicas 127,137.2 93,095.0 127,306.9 -26.8% 34,042.2- 0.1% 169.7

25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de

Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos 48,694.3 46,880.2 46,880.2 -3.7% 1,814.2- -3.7% 1,814.2-

33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y

Municipios 564,128.1 590,910.8 591,357.2 4.7% 26,782.6 4.8% 27,229.0

Gasto No Programable 943,600.6 974,352.1 956,373.2 3.3% 30,751.4 1.4% 12,772.6

24 Deuda Pública 318,106.1 327,038.6 322,038.6 2.8% 8,932.5 1.2% 3,932.5

28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios597,278.4 605,278.5 607,130.1 1.3% 8,000.1 1.6% 9,851.7

29 Erogaciones para las Operaciones y Programas de

Saneamiento Financiero - - - -

30 Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores 16,078.9 31,085.0 16,254.6 93.3% 15,006.1 1.1% 175.7

34 Erogaciones para los Programas de Apoyo a Ahorradores

y Deudores de la Banca 12,137.3 10,950.0 10,950.0 -9.8% 1,187.3- -9.8% 1,187.3-

D: Entidades Sujetas a Control Presupuestario Directo 705,621.9 706,453.9 706,453.9 0.1% 832.1 0.1% 832.1

Gasto Programable 705,621.9 706,453.9 706,453.9 0.1% 832.1 0.1% 832.1

GYN ISSSTE 212,444.2 208,758.6 208,758.6 -1.7% 3,685.6- -1.7% 3,685.6-

GYR IMSS 493,177.7 497,695.3 497,695.3 0.9% 4,517.6 0.9% 4,517.6

E: Empresas Productivas del Estado 918,939.2 923,525.2 923,525.2 20% 4,586.01 0.5% 4,586.0

TOQ Comisión Federal de Electricidad 316,472.0 314,456.5 314,456.5 -0.6% 2,015.5- -0.6% 2,015.5-

TZZ PEMEX (Consolidado) 539,413.2 540,580.1 540,580.1 0.2% 1,166.9 0.2% 1,166.9

Gasto No Programable 63,054.0 68,488.6 68,488.6 8.6% 5,434.6 8.6% 5,434.6

Costo Financiero que se distribuye para erogaciones de 63,054.0 68,488.6 68,488.6 8.6% 5,434.6 8.6% 5,434.6

TOQ Comisión Federal de Electricidad 15,943.9 14,500.0 14,500.0 -9.1% 1,443.9- -9.1% 1,443.9-

TZZ PEMEX (Consolidado) 47,110.1 53,988.6 53,988.6 14.6% 6,878.5 14.6% 6,878.5

Neteo: Resta de: a) aportaciones ISSSTE del Gobierno Federal y de

los Poderes y Ramos Autónomos: b) subsidios y transferencias a las

entidades de control directo en la Administración Pública Federal

453,073.2 443,764.5 443,764.5 -2.1% 9,308.7- -2.1% 9,308.7-

Total de Gasto Presupuestario 4,619,407.5 4,676,987.1 4,694,677.4 1.2% 57,579.7 1.6% 75,269.9

Fuente: PEF 2014 y PPEF2015.

Comparativo de Gasto Neto Presupuestario Aprobado y Propuesto 2015

PPEF 2015 vs PEF 2014 PEF 2015 vs PEF 2014

Page 18: Aspectos relevants del PEF 2015.

Modificaciones hechas al Decreto de

Presupuesto de Egresos del 2015

Page 19: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto.

DICE DEBE DECIR

ARTÍCULO 1 ARTÍCULO 1

La Secretaría reportará en los InformesTrimestrales la evolución de las erogacionescorrespondientes a los anexos transversales a quese refiere el artículo 41, fracción II, incisos j), o),p), q), r), s), t), u) y v), de la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

La Secretaría reportará en los InformesTrimestrales la evolución de las erogacionescorrespondientes a los anexos transversales a quese refiere el artículo 41, fracción II, incisos j), o),p), q), r), s), t), u) y v), de la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria; asícomo las principales causas de variación delgasto neto total al trimestre que corresponda,respecto del presupuesto autorizado modificado,por ramo y entidad.

Los entes públicos a los que se les asignenrecursos del presente Presupuesto contarán conun sistema de control interno en términos de lasdisposiciones jurídicas aplicables y con cargo asu presupuesto aprobado, con el fin de propiciarun ambiente de prevención y de gestión deriesgos. La Auditoría y la Función Pública podránestablecer modelos para la instrumentación delsistema de control interno que serán aplicablesen los términos de los convenios que suscribanpara tal efecto con dichos entes públicos.

Page 20: Aspectos relevants del PEF 2015.

Dice Debe decir

Artículo 4

II. Los recursos para el Fondo de pavimentación y

desarrollo municipal previstos en el Anexo 20 de este

Decreto, se destinarán a los municipios y

demarcaciones territoriales del Distrito Federal. La

Secretaría, a más tardar el 31 de enero, emitirá las

disposiciones para la aplicación de los recursos de

dicho Fondo, tomando en cuenta la opinión y los

proyectos que le comunique a más tardar el 20 de

enero, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Artículo 4

II. Los recursos para el Fondo de pavimentación y

desarrollo municipal previstos en el Anexo 20 de este

Decreto, se destinarán a los municipios y

demarcaciones territoriales del Distrito Federal. La

Secretaría, a más tardar el 31 de enero, emitirá las

disposiciones para la aplicación de los recursos de

dicho Fondo, tomando en cuenta la opinión y los

proyectos que le comunique a más tardar el 15 de

diciembre de 2014, la Comisión de Presupuesto y

Cuenta Pública. En dichas disposiciones se

establecerán los criterios conforme a los cuales, las

obras de pavimentación en vías principales de las

zonas urbanas se realizarán preferentemente con

concreto hidráulico.

Principales cambios en el Decreto.

Page 21: Aspectos relevants del PEF 2015.

Dice Debe decir

Artículo 7

I.

II. Los recursos federales a que se refiere este artículo,

distintos a los previstos en la Ley de Coordinación

Fiscal, serán ministrados siempre y cuando las

entidades federativas y, en su caso, los municipios y

demarcaciones territoriales del Distrito Federal,

cumplan con lo previsto en la Ley Federal de

Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el

Presupuesto de Egresos y los convenios

correspondientes

III. …

Artículo 7

I.

II. Los recursos federales a que se refiere este artículo,

distintos a los previstos en la Ley de Coordinación

Fiscal, serán ministrados siempre y cuando las

entidades federativas y, en su caso, los municipios y

demarcaciones territoriales del Distrito Federal,

cumplan con lo previsto en la Ley Federal de

Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Ley

General de Contabilidad Gubernamental, el

Presupuesto de Egresos y los convenios

correspondientes;

III. …

Asimismo, los recursos a que se refiere el párrafo

anterior que no se encuentren vinculados a

compromisos y obligaciones formales de pago a

más tardar el último día hábil del mes de

diciembre de 2015, se deberán reintegrar a la

Tesorería de la Federación, en términos de las

disposiciones aplicables.

Principales cambios en el Decreto.

Page 22: Aspectos relevants del PEF 2015.

Dice Debe decir

Para aquellos proyectos de inversión aprobados en el

Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas

cuya ejecución esté a cargo de los municipios y

demarcaciones territoriales del Distrito Federal, las

entidades federativas deberán apegarse al mecanismo

que la Secretaría establezca en los lineamientos de los

fondos correspondientes, con el propósito de que los

municipios y demarcaciones territoriales del Distrito

Federal puedan acceder de forma oportuna a dichos

recursos.

La Secretaría, deberá publicar de forma trimestral, en

su portal de Internet, la información relativa a los

proyectos de infraestructura aprobados en el Ramo

General 23, Provisiones Salariales y Económicas,

incluyendo el monto aprobado y pagado; su ubicación

geográfica, y los lineamientos aplicables a dichos

recursos. Asimismo, deberá informar en dicho medio

el avance financiero de los proyectos con base en los

reportes que, de conformidad con la normatividad

aplicable, realicen las entidades federativas,

municipios y demarcaciones territoriales del Distrito

Federal. La información anterior, deberá estar

disponible, a su vez, en formato de datos abiertos.

Principales cambios en el Decreto.

Page 23: Aspectos relevants del PEF 2015.

Dice Debe decir

IV. …

a) El porcentaje o monto que corresponda aportar a las

entidades federativas y, en su caso, a los municipios o

demarcaciones territoriales del Distrito Federal, será

establecido por las dependencias de la Administración

Publica Federal a cargo de los respectivos programas.

Dicho monto o porcentaje deberá ser informado

previamente a Ia Secretaria;

b) A e)

V. A VIII.

IX.

….

El Consejo Nacional de Seguridad Pública, al aprobar los

criterios para la distribución de los recursos de los fondos

de ayuda federal para la seguridad pública, promoverá y

vigilará que su erogación y aplicación se realice dentro

del presente ejercicio fiscal y que se alcancen los

objetivos para los que están destinados.

IV. …

a) El porcentaje o monto que corresponda aportar a las

entidades federativas y, en su caso, a los municipios o

demarcaciones territoriales del Distrito Federal, será

establecido por las dependencias de la Administración

Publica Federal a cargo de los respectivos programas,

previa opinión de la Secretaría, tomando en

consideración la capacidad financiera de dichos

órdenes de gobierno y el ejercicio eficiente de los

recursos de dichos programas; …

b) A e)

V. A VIII.

IX.

….

El Consejo Nacional de Seguridad Pública, al aprobar

los criterios para la distribución de los recursos de los

fondos de ayuda federal para la seguridad pública

considerará la incidencia delictiva y privilegiará a

aquellas entidades que hayan registrado disminución

en los índices delictivos y promoverá y vigilará que su

erogación y aplicación por las entidades federativas se

realice dentro del presente ejercicio fiscal, de acuerdo

con el calendario anual que permita alcanzar los

objetivos para los que están destinados.

Principales cambios en el Decreto.

Page 24: Aspectos relevants del PEF 2015.

Dice Debe decir

Dicho consejo promoverá que, por lo menos, el 20 por

ciento de los recursos del Fondo de Aportaciones para

la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito

Federal (FASP) se distribuya entre los municipios y las

demarcaciones territoriales del Distrito Federal que no

sean beneficiarios del subsidio a los municipios y, en su

caso, a los estados cuando tengan a su cargo la función

o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así

como al gobierno del Distrito Federal para la seguridad

pública en sus demarcaciones territoriales, conforme a

criterios que integren el número de habitantes y el

avance en la aplicación del Programa Estatal de

Seguridad Pública en materia de profesionalización,

equipamiento, modernización tecnológica e

infraestructura, así como la incidencia delictiva,

estimulando a aquellos en los cuales se haya logrado

una disminución en los delitos cometidos.

X. Durante los primeros 10 días naturales del mes de

febrero, las entidades federativas deberán enviar a la

Secretaría, en forma impresa y en formato electrónico

de base de datos, el calendario de distribución y

montos que de los fondos a los que se refieren los

artículos 35 y 36 de la Ley de Coordinación Fiscal

correspondan para el ejercicio fiscal 2015 a sus

municipios o demarcaciones territoriales, según

corresponda.

Reglas claras para Ramo 23

Page 25: Aspectos relevants del PEF 2015.

Propuestas de Modificación en el

Decreto de Presupuesto 2015

Dice Debe decir

Artículo 8

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública dará a

conocer a más tardar el 15 de enero, a través del Diario Oficial de la

Federación, la lista de los municipios y demarcaciones territoriales del

Distrito Federal elegibles para el otorgamiento del subsidio a que se refiere

este artículo, así como la fórmula utilizada para su selección, misma que

deberá considerar, entre otros criterios, el número de habitantes y la

incidencia delictiva; asimismo, se dará cobertura a municipios con destinos

turísticos, zonas fronterizas, municipios conurbados, así como a grupos de

municipios que por su proximidad geográfica se vean afectados por la alta

incidencia delictiva. En dicha publicación se establecerá igualmente el

porcentaje de participación que representarán las aportaciones de recursos

que realicen al fondo los municipios y el Distrito Federal.

I a VII

a)

b)

c)

(No hay correlativo)

Artículo 8

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública dará

a conocer a más tardar el 15 de enero, a través del Diario Oficial de la

Federación, la lista de los municipios y demarcaciones territoriales del

Distrito Federal elegibles para el otorgamiento del subsidio a que se

refiere este artículo, así como la fórmula utilizada para su selección,

misma que deberá considerar, entre otros criterios, el número de

habitantes y la incidencia delictiva; asimismo, se dará cobertura a

municipios con destinos turísticos, zonas fronterizas, municipios

conurbados, así como a grupos de municipios que por su proximidad

geográfica se vean afectados por la alta incidencia delictiva. En dicha

publicación se establecerá igualmente el porcentaje de participación que

representarán las aportaciones de recursos que realicen al fondo los

municipios y el Distrito Federal. En la asignación de los recursos de este

subsidio se buscara incentivar a aquellos municipios que han logrado una

disminución en la incidencia delictiva en su jurisdicción.

I a VII

a)

b)

c)

La distribución de los recursos se realizará conforme a los principios de

equidad, proporcionalidad y racionalidad en el combate al fenómeno

delictivo.

Page 26: Aspectos relevants del PEF 2015.

Dice Debe decir

I a VII

a)

b)

c)

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de

Seguridad Pública reportará trimestralmente a la

Secretaría de Gobernación, la cual deberá, a su vez,

enviar a la Secretaría, la información señalada en los

incisos b) y c) de la fracción VII del presente artículo, así

como las fechas en que se hayan transferido los recursos

a las entidades federativas para su entrega a los

municipios. Los municipios, a su vez, incorporarán en

dicho sistema la fecha en que recibieron los recursos, la

fecha en la que éstos fueron finalmente ejercidos, así

como los destinos y conceptos específicos en los cuales

fueron aplicados los recursos

I a VII

a)

b)

c)

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de

Seguridad Pública reportará trimestralmente a la Cámara

de Diputados y a la Secretaría de Gobernación, la cual

deberá, a su vez, enviar a la Secretaría, la información

señalada en los incisos b) y c) de la fracción VII del

presente artículo, así como las fechas en que se hayan

transferido los recursos a las entidades federativas para

su entrega a los municipios. Los municipios, a su vez,

incorporarán en dicho sistema la fecha en que recibieron

los recursos, la fecha en la que éstos fueron finalmente

ejercidos, así como los destinos y conceptos específicos

en los cuales fueron aplicados los recursos.

La distribución de los recursos se realizará conforme a

los principios de equidad, proporcionalidad y

racionalidad en el combate al fenómeno delictivo.

Principales cambios en el Decreto.

Page 27: Aspectos relevants del PEF 2015.

Dice Debe decir

Artículo 10 En el presente Presupuesto de Egresos se

incluyen los fondos que a continuación se señalan, los

cuales se sujetaran a las disposiciones que emita la

Secretaria y a lo siguiente:

I.Fondo Regional. Este fondo tiene por objeto apoyar a

los 10 estados con menor índice de desarrollo humano

respecto del índice nacional, a través de programas y

proyectos de inversión destinados a mantener e

incrementar el capital físico o la capacidad productiva, o

ambos, complementar las aportaciones de las entidades

federativas relacionadas a dichos fines, así como a

impulsar el desarrollo regional equilibrado mediante

infraestructura pública y su equipamiento;

II. Fondo para Ia Accesibilidad de las Personas con

Discapacidad, y

III. Fondo de Capitalidad para el Distrito Federal. Este

fondo tiene por objeto apoyar al Distrito Federal, en

consideración a su condición de sede de los Poderes de Ia

Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, en

términos del artículo 44 de la Constitución.

Artículo 10 En el presente Presupuesto de Egresos se

incluyen los fondos que a continuación se señalan, los

cuales se sujetaran a las disposiciones que emita la

Secretaria a más tardar el 31 de Enero y a lo siguiente:

I. Fondo Regional. Este fondo tiene por objeto apoyar a

los 10 estados con menor índice de desarrollo humano

respecto del índice nacional, a través de programas y

proyectos de inversión destinados a mantener e

incrementar el capital físico o la capacidad productiva, o

ambos, complementar las aportaciones de las entidades

federativas relacionadas a dichos fines, así como a

impulsar el desarrollo regional equilibrado mediante

infraestructura pública y su equipamiento;

II. Fondo para Ia Accesibilidad de las Personas con

Discapacidad, y

III. Fondo de Capitalidad para el Distrito Federal. Este

fondo tiene por objeto apoyar al Distrito Federal, en

consideración a su condición de sede de los Poderes de Ia

Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, en

términos del artículo 44 de la Constitución.

Principales cambios en el Decreto.

Page 28: Aspectos relevants del PEF 2015.

Dice Debe decir

La asignación prevista para dichos fondos se distribuirá

conforme a lo señalado en los Anexos 20 y 20.1. de este

Decreto, en los términos y condiciones que mediante

convenio se determinen para tal efecto.

Los recursos de los fondos a que se refieren las fracciones

I y II del presente artículo deberán solicitarse y

convenirse dentro del primer semestre del ejercicio, en

términos de las disposiciones que emita la Secretaria, así

como reasignarse los que no hayan sido convenidos en

ese periodo, a programas sociales y de inversión en

infraestructura.

La asignación prevista para dichos fondos se distribuirá

conforme a lo señalado en los Anexos 20 y 20.1. de este

Decreto, en los términos y condiciones que mediante

convenio se determinen para tal efecto.

Los recursos de los fondos a que se refiere el presente

artículo deberán solicitarse y convenirse dentro del

primer semestre del ejercicio, en términos de las

disposiciones que emita la Secretaría, así como

reasignarse los que no hayan sido convenidos en ese

periodo, a programas sociales y de inversión en

infraestructura.

Principales cambios en el Decreto.

Page 29: Aspectos relevants del PEF 2015.

Dice Debe decir

(No hay correlativo) Artículo 11 Los recursos a que se refieren el Anexo 20.3

Fondo de Cultura y el Anexo 20.4 Fondo de

Infraestructura Deportiva del presente Decreto, se

destinarán a las entidades federativas, municipios y

demarcaciones territoriales del Distrito Federal, a través

del Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas,

de conformidad con lo siguiente:

I. El Fondo de Cultura tendrá como finalidad la

construcción, rehabilitación, remodelación y

equipamiento de espacios artísticos y culturales para

la consolidación de la infraestructura pública de los

espacios dedicados a la difusión cultural, y

II. El Fondo de Infraestructura Deportiva tendrá como

finalidad fortalecer el desarrollo del deporte y la

actividad física mediante proyectos de inversión en

infraestructura deportiva, que comprendan acciones

de obra pública y equipamiento deportivo, a fin de

crear, ampliar y mejorar los espacios para la práctica

del deporte en general y el de alto nivel competitivo.

Principales cambios en el Decreto.

Page 30: Aspectos relevants del PEF 2015.

Dice Debe decir

(No hay correlativo)

Los proyectos beneficiados con recursos de este fondo

deberán considerar la instalación de bebederos con

suministro continuo de agua potable para uso humano

en los inmuebles deportivos, siempre y cuando la

localidad en la que se ejerzan los recursos cuente con

infraestructura de agua potable y energía eléctrica, y

así lo solicite la entidad federativa o municipio, según

corresponda.

La Secretaría emitirá, a más tardar el 31 de enero, las

disposiciones específicas para la aplicación de dichos

fondos. Las entidades federativas deberán solicitar los

recursos correspondientes a más tardar el 15 de

febrero, los cuales serán ministrados 50 por ciento en

el mes de febrero y 50 por ciento a más tardar en el

mes de julio. En caso de que los beneficiarios

incumplan con los plazos y condiciones previstos en las

disposiciones aplicables, la Secretaría podrá suspender

las ministraciones o reasignar los recursos a programas

sociales y de inversión en infraestructura. Del total del

costo de cada proyecto, se podrá destinar hasta el 30

por ciento de los recursos para equipamiento.

Principales cambios en el Decreto.

Page 31: Aspectos relevants del PEF 2015.

Dice Debe decir

(No hay correlativo)

Las entidades federativas, municipios y demarcaciones

territoriales del Distrito Federal, que tengan asignados

recursos para la ejecución de proyectos con cargo a

estos fondos, serán responsables de la integración e

información contenida en los expedientes técnicos

correspondientes, la aplicación, seguimiento, control,

rendición de cuentas y transparencia de dichos

recursos en términos de las disposiciones aplicables,

sin perjuicio de las atribuciones federales en materia

de fiscalización. La información referida deberá estar

disponible en la página de Internet del ejecutor de

gasto o a través de medios accesibles a los ciudadanos,

según sea el caso.

Principales cambios en el Decreto.

Page 32: Aspectos relevants del PEF 2015.

Dice Debe decir

(No hay correlativo) Artículo 12 Los recursos a que se refieren el Anexo

20.5. Proyectos de Desarrollo Regional se destinarán

para inversión en las entidades federativas, municipios

y demarcaciones territoriales del Distrito Federal,

quienes serán responsables de la integración e

información contenida en los expedientes técnicos

correspondientes, la aplicación, seguimiento, control,

rendición de cuentas y transparencia de dichos

recursos en términos de las disposiciones aplicables,

sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades

federales en materia de fiscalización. La información

referida deberá estar disponible en la página de

Internet del ejecutor de gasto, o a través de medios

accesibles a los ciudadanos, según sea el caso.

La obra cuyo costo total sea mayor a $50,000,000.00

deberá contar con el análisis costo-beneficio

simplificado o análisis costo-eficiencia simplificado,

según sea el caso, en términos de las disposiciones que

para tal efecto se emitan.

La Secretaría emitirá, a más tardar el 31 enero, las

disposiciones específicas para la aplicación de los

recursos de a que se refiere el presente artículo, que

establecerán, entre otros, los plazos, requisitos y

procedimientos que permitan el ejercicio eficiente de

los mismos.

Principales cambios en el Decreto.

Page 33: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

(No hay correlativo) Artículo 13 Los recursos aprobados en este

Presupuesto para el Fondo de Apoyo en Infraestructura

y Productividad se destinarán a los municipios y

demarcaciones territoriales del Distrito Federal para la

realización de obras de infraestructura que

incrementen el activo del sector público a través del

fideicomiso “Fondo de Apoyo en Infraestructura y

Productividad” (FAIP).

El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público, realizará las aportaciones

al patrimonio del citado fideicomiso en los términos

previstos en el instrumento jurídico respectivo.

Los municipios y demarcaciones territoriales del

Distrito Federal deberán ajustarse a las disposiciones

del Fondo para la solicitud, aplicación y rendición de

cuentas de estos apoyos económicos.

Page 34: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

Artículo 12. Los recursos correspondientes a los

subejercicios que no sean subsanados en el plazo que

establece el artículo 23, último párrafo, de la Ley

Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así

como el importe de los ahorros que se obtengan como

resultado de la instrumentación de las medidas de

austeridad y disciplina presupuestaria, serán reasignados

a los programas sociales y de inversión en infraestructura

previstos en este Presupuesto. Al efecto, la Secretaria

informara trimestralmente a la Cámara de Diputados, a

partir del 1 de abril, sobre dichos subejercicios. En el

caso de las economías generadas durante el ejercicio,

éstas deberán canalizarse a los programas y tomos

aprobados en este Presupuesto.

Artículo 15. Los recursos correspondientes a los

subejercicios que no sean subsanados en el plazo que

establece el artículo 23, último párrafo, de la Ley

Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así

como el importe de los ahorros que se obtengan como

resultado de la instrumentación de las medidas de

austeridad y disciplina presupuestaria, serán reasignados

a los programas sociales y de inversión en infraestructura

previstos en este Presupuesto, así como en los términos

de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Federal de

Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,

respectivamente. Al efecto, la Secretaría informará

trimestralmente a la Cámara de Diputados, a partir del 1

de abril, sobre dichos subejercicios. En el caso de las

economías generadas durante el ejercicio, éstas deberán

canalizarse a los programas y tomos aprobados en este

Presupuesto…

Si al término de los 90 días establecidos en el artículo

23, último párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y

Responsabilidad Hacendaria los subejercicios no

hubieran sido subsanados, la Secretaría informará a la

Función Pública sobre dichos subejercicios, a fin de

que ésta proceda en los términos de la fracción IX del

artículo 114 de la ley antes señalada.

Page 35: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

… La Función Pública informará trimestralmente a la

Cámara de Diputados y a la Auditoría sobre las

denuncias y las acciones realizadas en contra de los

servidores públicos a que hace referencia el párrafo

anterior.

Al término de dicho plazo, la Comisión del ramo de la

Cámara de Diputados emitirá una opinión sobre los

subejercicios informados.

Page 36: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

Artículo 13.

I…

II. Los incrementos que, en su caso, se otorguen a los

servidores públicos, se sujetaran a los recursos aprobados

en los Anexos 7 y 24 de este Decreto y tendrán como

objetivo exclusivamente mantener el poder adquisitivo

respecto del año 2014;

III.

IV.

V. No procederá la adquisición de vehículos, salvo

aquellos que resulten indispensables para destinarse en

forma exclusiva al use oficial, prestar directamente

servicios públicos a la población, los necesarios para

actividades de seguridad pública y nacional, o para las

actividades productivas, en términos de las disposiciones

aplicables;

VI.

VII.

Artículo 16.

I…

II. Los incrementos que, en su caso, se otorguen a los

servidores públicos, se sujetarán a los recursos aprobados

en los Anexos 7 y 24 de este Decreto y tendrán como

objetivo exclusivamente mantener el poder adquisitivo

respecto del año 2014

III.

IV.

V. No procederá la adquisición de vehículos, salvo

aquéllos que resulten indispensables para destinarse

en forma exclusiva al uso oficial, aquéllos que presten

directamente servicios públicos a la población, los

necesarios para actividades de seguridad pública y

nacional, o para las actividades productivas;

VI.

VII.

Page 37: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

Artículo 21

I a V

Artículo 24

I a V

Una vez publicado el Presupuesto de Egresos en el

Diario Oficial de la Federación, la Secretaría

comunicará a cada dependencia y entidad con

presupuesto asignado, los montos detallados por

programa presupuestario y unidad responsable

correspondientes al Anexo 12 del presente Decreto,

informando de ello a la Cámara de Diputados.

Page 38: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

VI. El Ejecutivo Federal, por conducto del Instituto

Mexicano de la Juventud y con el apoyo de la

Secretaría, dará seguimiento a los recursos destinados

a la atención de los jóvenes entre los 12 y 29 años de

edad, así como de las acciones que garanticen las

condiciones necesarias para su desarrollo integral, con

base en los mecanismos específicos correspondientes,

Las dependencias y entidades responsables de los

programas incluidos en el Anexo 17 de este Decreto,

procurarán que en el diseño y ejecución de sus

programas y en sus reglas de operación se considere

específicamente la atención a los jóvenes, tomando en

consideración sus características y necesidades, así

como generar la información estadística desagregada

para el grupo de edad referido en el párrafo anterior.

Asimismo, dichas dependencias y entidades deberán

informar trimestralmente al Instituto Mexicano de la

Juventud, a la Secretaría y a la Comisión de Juventud

de la Cámara de Diputados, sobre los recursos

ejercidos y las acciones, servicios y/o apoyos

realizados, en beneficio de personas jóvenes, de

conformidad con la Ley del Instituto Mexicano de la

Juventud y demás disposiciones aplicables.

Page 39: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

(No hay correlativo) Artículo 27

Los proyectos aprobados en este Presupuesto de

Egresos que no cuenten con registro en la cartera de

inversión, se sujetarán a lo siguiente:

I. Las entidades federativas, previa acreditación de

que cuentan con la liberación del derecho de vía,

así como las autorizaciones que garanticen la

ejecución inmediata del proyecto, podrán

presentar dichos proyectos ante el órgano o la

dependencia competente según el sector, quien los

remitirá a la Secretaría en un plazo máximo de 15

días hábiles, a fin de tramitar su registro en la

cartera de programas y proyectos de inversión.

En caso de que se requiera subsanar uno o varios de

los requisitos señalados en el artículo 34 de la Ley

Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,

dicho órgano o dependencia deberá notificar a la

entidad federativa solicitante, a más tardar dentro de

los 10 días hábiles siguientes a la presentación de la

solicitud.

Page 40: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

(No hay correlativo) En todo caso se considerará como fecha de entrega la

recepción por el órgano o dependencia primeramente

mencionados, siempre y cuando la solicitud reúna los

requisitos señalados o, en su caso, haya sido

completada;

II. La Secretaría estará obligada a dar respuesta a las

solicitudes que se le remitan dentro de un plazo no

mayor a 20 días hábiles, comunicando la asignación del

número del registro o las razones técnicas por las

cuales no es procedente el mismo o, en su caso,

solicite se precise la información;

III. Una vez que dicho proyecto cuente con registro en

la cartera de programas y proyectos de inversión, se

podrán realizar los trámites conducentes para efectos

de la suscripción del convenio de reasignación

correspondiente en términos de las disposiciones

aplicables, y

IV. Los recursos reasignados a la entidad federativa

estarán sujetos al cumplimiento de la normatividad

federal aplicable en materia de obras públicas y

servicios relacionados con las mismas, y en las demás

disposiciones aplicables.

Page 41: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

Artículo 28

I a XI

Artículo 28

I a XI

XII. Las entidades federativas, municipios y

demarcaciones territoriales del Distrito Federal, a más

tardar a los 20 días naturales posteriores al término

del segundo trimestre de 2015, deberán enviar, en los

términos que establezca la Secretaría y mediante el

sistema al que hace referencia el artículo 85 de la Ley

Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,

informes definitivos sobre el ejercicio, destino,

resultados y, en su caso, reintegros, de los recursos

federales que les fueron transferidos durante 2014. Lo

anterior, sin perjuicio de la información que deben

reportar al finalizar cada trimestre de 2015.

La Secretaría deberá incluir en el segundo Informe

Trimestral la información definitiva anual a que hace

referencia el párrafo anterior.

Las entidades federativas, municipios y demarcaciones

territoriales del Distrito Federal serán responsables de

la información de su competencia que se entregue a la

Secretaría, incluyendo su veracidad y calidad.

Page 42: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

Artículo 29

I

a) ….h)

II. …

III.

Artículo 29

I

a) ….h)

i) Articular las políticas públicas en materia de

promoción y fomento al turismo, con la participación

que corresponda a la dependencia coordinadora de

sector;

II. La Cámara de Diputados, a través de la comisión

ordinaria que en razón de su competencia corresponda,

emitirá opinión sobre las reglas de operación publicadas

por el Ejecutivo Federal en los términos del artículo 77

de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad

Hacendaria. Dicha opinión deberá fundarse y motivarse

conforme a los criterios a que se refiere el último

párrafo de dicho artículo.

En caso de que las comisiones ordinarias de la Cámara de

Diputados no emitan su opinión a más tardar el 31 de

marzo, se entenderá como opinión favorable

El Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia a

cargo del programa sujeto a reglas de operación

correspondiente, dará respuesta a la Cámara de

Diputados en un plazo que no excederá de 30 días

naturales posteriores a la recepción de la opinión

respectiva, realizando las adecuaciones que procedan, y

III.

Page 43: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

Artículo 31

..

Artículo 31

..

Por lo que se refiere al Programa de Abasto Social de

Leche, a cargo de Liconsa, S.A. de C.V., la Secretaría de

Desarrollo Social hará del conocimiento público los

nombres de los proveedores de leche de Liconsa, S.A. de

C.V., en términos de la Ley Federal de Transparencia y

Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Page 44: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

Artículo 33

I.

II.

III a XIV

Artículo 32

I.

II. Los criterios para la inclusión de localidades en el medio

rural y urbano. Las entidades federativas, en atención a

los recursos de las mismas destinados a los componentes

de salud y educación, podrán opinar, a través de los

comités técnicos estatales, sobre dichos criterios,

debiendo la Secretaría de Desarrollo Social, dar

respuesta a dichas opiniones, en su caso, en un plazo no

mayor de 30 días.

III a XIV

Las secretarías de Desarrollo Social, de Educación

Pública y de Salud, presentarán a la Cámara de

Diputados a más tardar en abril de 2015, un informe

sobre la contratación del proveedor encargado de

entregar los apoyos a los beneficiarios en donde no

exista infraestructura para realizar el pago directo a

través de transferencia electrónica.

Page 45: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

Artículo 33

Los programas de garantías, de reducción de costo de

financiamiento, de capital de riesgo y cualquier otro

esquema que promueva el acceso al financiamiento que las

dependencias y entidades apoyen con recursos

presupuestarios, deberán ser implementados

exclusivamente por conducto de la banca de desarrollo, de

Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural,

Forestal y Pesquero y/o de fideicomisos públicos de

fomento del Gobierno Federal. Dichas dependencias y

entidades podrán establecer convenios de colaboración con

las agencias de desarrollo de los gobiernos de las entidades

federativas para la implementación de los programas.

Artículo 33

Los programas de garantías, de reducción de costo de

financiamiento, de capital de riesgo y cualquier otro

esquema que promueva el acceso al financiamiento que

las dependencias y entidades apoyen con recursos

presupuestarios, deberán ser implementados

exclusivamente por conducto de la banca de desarrollo,

de Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario,

Rural, Forestal y Pesquero (FND) y/o de fideicomisos

públicos de fomento del Gobierno Federal. Dichas

dependencias y entidades podrán establecer convenios

de colaboración con las agencias de desarrollo y

entidades de fomento de los gobiernos de las entidades

federativas, así como con los intermediarios financieros

para la implementación de los programas.

..

..

..

..

….

Page 46: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto

Dice Debe decir

De los recursos aprobados en este presupuesto para el

Programa de Productividad y Competitividad

Agroalimentaria, en sus componentes Acceso al

Financiamiento Productivo y Competitivo, Productividad

Agroalimentaria y Desarrollo Productivo Sur Sureste, a

cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería,

Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, al menos el 45%,

15% y 20%, respectivamente, se destinarán a promover

el acceso al financiamiento en el sector rural en

condiciones más competitivas, y se transferirán a la

Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural,

Forestal y Pesquero, en un plazo no mayor a 45 días a

partir de la entrada en vigor del presente Decreto.

Page 47: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto.

Artículos Transitorios.SEXTO.- Los recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativocorrespondientes a las entidades federativas que, a la entrada en vigor de este Decreto, no hayan

concluido el procedimiento previsto en el artículo Segundo transitorio del Decreto por el que se reforman

y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2013, serán ejercidos

para salvaguardar los derechos de los trabajadores a que se refiere el artículo 26 de la Ley de

Coordinación Fiscal, de acuerdo a lo siguiente:

I. Las entidades federativas deberán comunicar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la

Cámara de Diputados, así como a las secretarías de Educación Pública y de Hacienda y Crédito Público

del Gobierno Federal, dentro de los primeros 5 días hábiles de enero, el plazo que requieren para

concluir el procedimiento a que se refiere el transitorio Segundo anteriormente citado, sin que pueda

exceder del primer bimestre del ejercicio fiscal 2015;

I. Los recursos que correspondan a la entidad federativa serán transferidos, a solicitud de la Secretaría

de Educación Pública del Gobierno Federal, del Ramo 33 Aportaciones Federales a Entidades

Federativas y Municipios, al Ramo 11 Educación Pública, para que, a través de éste, sean utilizados

para cubrir los pagos de nómina correspondientes, en tanto no haya concluido el procedimiento a que

se refiere el primer párrafo de este artículo, a través de los mecanismos que establezca la Secretaría

de Educación Pública del Gobierno Federal, sujetándose en lo conducente a lo dispuesto en la Ley de

Coordinación Fiscal. Dicha transferencia únicamente deberá destinarse al pago de servicios personales

del personal que ocupa las plazas a que se refiere el artículo 26 de la Ley de Coordinación Fiscal, y no

podrá ser superior al monto ejercido para dicho concepto en el ejercicio fiscal 2014;

Page 48: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto.

III. En tanto la entidad federativa no concluya el procedimiento descrito en el artículo Segundo transitorio

anteriormente citado, deberá publicar durante los primeros 5 días hábiles de cada mes en las páginas de

Internet de las secretarías de Finanzas y de Educación Pública de la entidad federativa correspondiente, el

listado completo del personal a quienes se les haya cubierto la nómina conforme la fracción anterior. Dicho

listado deberá corresponder al mes inmediato anterior e incluir, el pago de nómina correspondiente a cada

trabajador, desglosado por cada concepto de pago, incluyendo sin limitar, las cantidades retenidas y

enteradas por concepto de impuestos y seguridad social, de conformidad con la normativa aplicable, así

como la demás cantidades que, en su caso, se hayan retenido con base en la instrucción correspondiente

de la autoridad educativa de la entidad federativa.

La información correspondiente a cada quincena de pago de nómina deberá estar disponible, de manera

permanente en las referidas páginas de Internet. Asimismo, deberán enviar dicha información, con la misma

periodicidad, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, así como a las

secretarías de Educación Pública y de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal, y

IV. La Auditoría Superior de la Federación realizará una auditoría a las entidades federativas sobre el ejercicio

de los recursos a que se refiere este artículo, durante el proceso de revisión de la Cuenta Pública 2015.

V. Las entidades federativas que no hayan concluido con el proceso de apertura de cuentas bancarias para el

pago de nómina en términos del artículo 26-A, fracción IV, de la Ley de Coordinación Fiscal, deberán

comunicar el plazo que requieren para concluir dicho proceso en los términos señalados en la fracción I de

este artículo; asimismo, se sujetarán a los mecanismos que establezca la Secretaría de Educación Pública

del Gobierno Federal para que se cubra la nómina del personal correspondiente, y cumplirán lo previsto en

la fracción III del presente artículo en tanto no concluyan el proceso a que se refiere este párrafo. Lo

anterior, sin perjuicio de que deberán cumplir las demás disposiciones del artículo 26-A de la Ley de

Coordinación Fiscal para la integración y el pago de la nómina correspondiente.

Page 49: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto.

SÉPTIMO.- Las reasignaciones contenidas en el Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas y

aprobadas por la Cámara de Diputados, podrán ser ejercidas a través de otros ramos, siempre y cuando los

traspasos se realicen conforme a los propósitos de cada uno de los programas y proyectos autorizados y se

observen las disposiciones aplicables.

OCTAVO.- La Secretaría de Gobernación deberá implementar los mecanismos que se requieran para concluir

con la revisión de los expedientes de las personas que, en términos de la Ley que Crea el Fideicomiso que

Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, hayan presentado

solicitud para recibir el apoyo previsto en la misma; determinar conforme a los términos y condiciones

establecidos en dicha ley aquellos que tienen derecho a recibir el apoyo respectivo, así como realizar el pago

correspondiente, incluyendo a los beneficiarios que no se han presentado a cobrarlo, a más tardar el 31 de

diciembre de 2015.

NOVENO.- Para atender y mitigar los daños causados por los fenómenos hidrometeorológicos ocurridos en

2014 que afectaron al estado de Baja California Sur, se aprueban $300,000,000.00 para la creación de un

Fondo con el fin de financiar la reconstrucción de la infraestructura estatal dañada en dicha entidad

federativa, de acuerdo con las obras y acciones autorizadas por el Comité Técnico del Fideicomiso FONDEN y la

normativa específica que para tal efecto emita la Secretaría. Dicho fondo será utilizado con el propósito de

potenciar los recursos a cuyo cargo quedará la entidad federativa, incluyendo el costo financiero, mismos que

serán instrumentados con la participación que corresponda a la Secretaría.

Page 50: Aspectos relevants del PEF 2015.

Principales cambios en el Decreto.

DÉCIMO.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes deberá informar a la Cámara de Diputados cada

trimestre sobre el ejercicio de los recursos asignados al Programa Transición a la Televisión Digital

terrestre (TDT), así como la lista de los beneficiarios del mismo. Asimismo, remitirá las reglas a las que se

sujetará la entrega de los equipos, para dar cumplimiento a la Ley General de Instituciones y

Procedimientos Electorales y demás disposiciones electorales aplicables.

DÉCIMO PRIMERO.- La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública dará seguimiento a los plazos y compromisos

de información establecidos en el Decreto, presentará un reporte bimestral al Pleno y al término de la LXII

Legislatura un balance de su cumplimiento.

DECIMO SEGUNDO. Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como los entes autónomos deberán

presentar a la Cámara de Diputados, a más tardar el primer día hábil de julio, un diagnóstico sobre la

evolución, en los últimos diez años, de los sueldos y salarios que cubren a los servidores públicos de los

mandos medio y superior.

Page 51: Aspectos relevants del PEF 2015.

Presupuesto de Egresos de la Federación Aprobado para el Ejercicio 2015

Noviembre 19, 2014.