Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

18
PROYECTO DE ESTATUTO PARA TELEOPERADORES Pablo J. Barbieri

description

ARGENTINA, presentación de Pablo Barbieri sobre el “Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)”

Transcript of Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Page 1: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

PROYECTO DE ESTATUTO PARA TELEOPERADORES

Pablo J. Barbieri

Page 2: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Introducción

• Antecedentes al proyecto y estado actual

• ¿Qué es un Estatuto?

• ¿Por qué un estatuto para teleoperadores? “…horarios de trabajo … condiciones ambientales y de salubridad,

problemas con encuadres convencionales, despidos masivos, falta de regulación y de representación gremial.”

• Concurrencia de normas legales, convencionales y estatutarias. La cuestión del encuadramiento.

Page 3: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Ámbito de aplicación personal

- Empleo sector privado (no incluye trabajadores del Estado Nacional ni Provincial)

- Teleoperador que se desempeñe en call center

- Teleoperador que se desempeñe en “Unidades técnicas de ejecución incorporadas dentro de una institución o empresa”

Page 4: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Ámbito de aplicación personal

¿A qué denomina teleoperador el estatuto?

“Tareas de atención, recepción o emisión de conexiones

telefónicas o telemáticas o por cualquier medio tecnológico, para recepción de reclamos o denuncias, recepción de solicitudes de información o asesoramiento sobre aspectos técnicos, comerciales o administrativos, venta y promoción de productos o servicios, contactos de fidelización de clientes, realización de encuestas e investigaciones de mercadeo; o cualquier otro servicio que se proporcione a través de los medios indicados.” (art. 2)

Page 5: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Ámbito de aplicación territorial

- El estatuto se aplica en todo el país

- Teleoperadores que se desempeñen dentro del territorio argentino con independencia del destino de sus servicios, lugar de celebración del contrato, etc. (art. 3)

- Cláusula compre Argentino. Violación: falta “muy grave” (ley 25.212)

- Venta de servicios off-shore

Page 6: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Jornada, descansos y remuneración

- Jornada máxima: no podrá exceder de 6 horas diarias, ni de 5 días por semana

- Jornada nocturna: no podrá exceder de 5 horas y 30 minutos (21 a 6 hs.)

- Prohibición de horas suplementarias o extraordinarias, excepto art. 89 LCT

- Jornada mixta: cuando se alternen horas diurnas y nocturnas: se reduce proporcionalmente o se abonará los minutos de exceso

Page 7: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Jornada, descansos y remuneración

La remuneración:

Para la jornada descripta, se establece una “remuneración fija” que no podrá ser inferior al SMVM o al salario básico establecido en el CCT si éste fuera superior, para la “jornada completa” (art. 8)

Remuneración jornada Remuneración

6 horas = jornada completa

Page 8: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Jornada, descansos y remuneración

Transformación de jornada y remuneración

- Jornada a tiempo parcial (art. 92 ter LCT)

- Jornada de 36 hs. Resol. 782/10 : jornada reducida (art. 198 LCT)

Page 9: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Descansos (art. 6)

• El estatuto prevé un descanso de 15 minutos cada dos horas trabajadas y una pausa mínima de 15 segundos entre llamada y llamada

• Hebdomadario: dos fines de semana por mes trabajado excepto trabajadores de fin de semana

• Diario: 12 hs. entre jornada y jornada

Page 10: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

• Feriados (art. 6): Los feriados nacionales se deberá abonar con el 100% de recargo

• Licencia por examen (art. 7): Dos días corridos por examen, con un máximo de 20 días por año calendario.

LCT y CCT 130/75

• Incentivos y comisiones (art. 9): deberán sumarse al salario y adicionales; y fijarse por escrito. No podrán suprimirse o reducirse.

Page 11: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Prohibición de trabajo (art. 10):

• Se establece prohibición de trabajar desde el sábado desde las 13 hs. hasta las 24 hs. del domingo, salvo casos de excepción que prevea la reglamentación.

• Cuando se trabaje en ese horario, se abonará 100% de recargo.

• Teleoperadores contratados para trabajar sólo sábados y domingos, percibirán 50% de recargo.

Page 12: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Francos compensatorios (art. 11)

• En el régimen actual, si el empleador omite otorgar el franco compensatorio y el trabajador no lo reclama, pierde el derecho.

• Según el proyecto, el trabajador podrá reclamar el franco compensatorio omitido hasta la extinción del contrato de trabajo, con un recargo del 100%

Page 13: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Capacitación

• Se obliga al empleador a organizar programas de capacitación continua, teniendo en cuenta los cambios tecnológicos. Información sobre medidas de seguridad y utilización de elementos de trabajo.

• Capacitación se considera parte de la jornada.

Page 14: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Condiciones ambientales

• Obligación de mantener condiciones de seguridad ambientales

• Obligación de provisión de elementos necesarios para seguridad del trabajador

• Designación de organismo de contralor de seguridad ambiental (a reglamentar)

• Parámetros mínimos de higiene y seguridad ambiental (a reglamentar)

Page 15: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Proceso y control de trabajo

• Obligación de comunicar al inicio el tiempo máximo fijado por llamada. Podrá ser modificado mediando “aceptación” del trabajador.

• Para establecer duración máxima de llamadas, se garantizará participación del sindicato.

• Escuchas deberán ser comunicadas previamente al trabajador.

Page 16: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Exámenes médicos

Se establece obligación (recíproca) de la realización de los siguientes exámenes:

a) Preocupacional (estudios visuales y auditivos)

b) Anuales: clínico completo, audiometría, vista, neuropsiquiátrico y psicológico, electroencefalo-grama, orina, radiografías de tórax y columna

• Obligación de entregar copia de los exámenes

Page 17: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

Riesgos del Trabajo

El proyecto otorga un plazo de 90 días a la SRT, en consulta con la asociación profesional de trabajadores de la actividad, para establecer disposiciones relativas a los riesgos específicos del trabajo de los teleoperadores

Cláusula transitoria – Período de adecuación

Se establece el plazo de 90 días para adecuar situación a lo establecido por este proyecto.

Page 18: Argentina: Estatuto para los teleoperadores de centros de atención de llamadas (Call Centers)

PROYECTO DE ESTATUTO PARA TELEOPERADORES

Pablo J. Barbieri