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APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE MUNCHAUSEN POR PODER EN COLOMBIA NATALIA RUIZ HERNÁNDEZ MARGIE TABORDA OCAMPO CAROLINA CARMONA SIERRA UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA FACULTAD DE PSICOLOGÍA ESPECIALIZACIÓN EN PSICOLOGÍA JURÍDICA MEDELLÍN 2010

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APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE MUNCHAUSEN POR PODER

EN COLOMBIA

NATALIA RUIZ HERNÁNDEZ

MARGIE TABORDA OCAMPO

CAROLINA CARMONA SIERRA

UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA

FACULTAD DE PSICOLOGÍA

ESPECIALIZACIÓN EN PSICOLOGÍA JURÍDICA

MEDELLÍN

2010

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APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE MUNCHAUSEN POR PODER

EN COLOMBIA

MARGIE TABORDA OCAMPO

NATALIA RUIZ HERNÁNDEZ

CAROLINA CARMONA SIERRA

Asesora

Ps.y Abg. ASTRID MARÍA GÓMEZ ZORA

UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA

FACULTAD DE PSICOLOGÍA

ESPECIALIZACIÓN EN PSICOLOGÍA JURÍDICA

MEDELLÍN

2010

Nota de Aceptación

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Presidente del Jurado

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Jurado 1

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Jurado 2

__________________________________________

Medellín, 12 de noviembre de 2010

DEDICATORIA

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Este trabajo monográfico es el producto de todo el esfuerzo que

hemos dedicado en formarnos como Psicólogas Especialistas en

Psicología Jurídica.

Agradecemos a Dios, por permitir que pudiéramos hacer una

producción escrita de la que nos sentimos orgullosas y que

esperamos pueda ser bien apreciada por el lector.

Hacemos partícipes de la exitosa realización de este trabajo a

nuestras familias por estar siempre dispuestas a acompañarnos

desde su apoyo y comprensión y por estar allí para aconsejarnos

cuando aparecieron obstáculos.

A nuestras parejas, compañeros de trabajo y amigos por

aportarnos conocimientos y acompañarnos en la importante labor

que emprendimos.

Margie Taborda Ocampo

Natalia Ruiz Hernández

Carolina Carmona Sierra

AGRADECIMIENTOS

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A la Universidad de San Buenaventura de Medellín y su Facultad

de Psicología, por permitirnos una formación integral de

calidad, que facilitara una investigación monográfica, en la que

no sólo se plasmaron aspectos teóricos, sino además nuestra

postura desde lo profesional y lo ético.

Agradecemos a nuestra asesora teórica, la Abogada y Psicóloga

Astrid María Gómez Zora, por creer desde un primer momento en

nuestras habilidades y conocimientos, por guiarnos desde su

experticia en la integración de la Psicología con el Derecho.

Al Magíster Uberney Marín Tamayo, quien como asesor

metodológico, nos ayudó a afinar y armonizar, nuestro trabajo

para que pudiera ser del agrado de quien lo lea.

A nosotras, como compañeras y amigas, por emprender ésta

importante tarea, que requirió de nuestra paciencia, alegría,

empeño, pero sobretodo entendimiento, por haber finalizado

juntas, por poder admirarnos cada vez más y por la satisfacción

que da el deber cumplido.

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CONTENIDO

Pág.

INTRODUCCION 9

1. ASPECTOS PSICOLÓGICOS DEL SÍNDROME DE MUNCHAUSEN POR PODER

(BY PROXY)

27

1.1 Abordaje Clínico Del Síndrome De Munchausen Por Poder 27

1.1.1 reconocimiento del cuadro clínico del síndrome de

munchausen por poder

31

1.1.2 etiopatogenia del síndrome de munchausen por poder 36

1.1.3 presentación y descripción sintomática del síndrome de

munchausen por poder

39

1.1.4 señales de alarma del síndrome de munchausen por poder 41

1.1.5 consecuencias del síndrome de munchausen por poder 42

1.1.6 Tratamiento del síndrome de munchausen por poder 43

1.2 Investigaciones De Punta y Reportes De Caso del síndrome

de munchausen por poder

44

2. ASPECTOS JURÍDICOS RELACIONADOS CON EL SÍNDROME DE

MUNCHAUSEN POR PODER

49

2.1 Desarrollo Histórico Del Síndrome De Munchausen Por

Poder

49

2.2 Aproximación Jurídica Del Síndrome De Munchausen Por

Poder En La Legislación Colombiana

65

2.3 Perspectiva Del Síndrome De Munchausen Por Poder Desde El

Derecho Internacional Humanitario

82

2.4 Derecho Comparado Legislación Penal De Colombia y Otros

países De Suramérica En Relación Con El Síndrome de

Munchausen Por Poder

93

3. ANALISIS PSICOJURIDICO DE CASO DOCUMENTAL DEL SÍNDROME DE 114

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MUNCHAUSEN POR PODER

4. DISERTACIÓN TEORICA 124

BIBLIOGRAFIA 132

APENDICES 150

RESUMEN

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Compendia este trabajo monográfico, un breve estudio sobre las

aproximaciones psicojurídicas del síndrome de Munchausen por

poder en el contexto Colombiano; para esto se cuenta, con las

diferentes posturas teóricas acerca del síndrome desde la

perspectiva clínica, psiquiátrica y psicológica donde se

acentúan las características que lo acompañan, materializa en

acciones lesivas de los cuidadores o responsables en contra de

niñas y niños, evidenciándose con mayor claridad en el estudio

de caso desarrollado en la presente monografía.

En igual sentido, de las implicaciones jurídicas que acarrea la

conducta desplegada por la persona que padece este síndrome a la

luz de nuestra legislación penal Colombiana y realizando un

abordaje tanto del tipo penal como de las modalidades de la

conducta punible.

PALABRAS CLAVES

Trastorno Facticio, Síndrome de Munchausen por poder, Psicología

jurídica, Maltrato infantil.

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INTRODUCCIÓN

Cuando un niño no es bien amado sino maltratado, o

peor aún, abandonado, se pasa la vida buscando el amor, y

en su búsqueda escoge muchas veces alternativas no amorosas

que terminan dañándolo a él mismo y a la sociedad.

(Aguilar, 2005, p. 9).

Ésta reflexión, nos lleva a un análisis con respecto al

tema de la infancia, dado los cambios sociales del mundo

contemporáneo que obligan a repensar la atención y el cuidado

del infante para brindar un apoyo adecuado a la familia, como la

primera responsable de esta tarea. (Navarro, 2005).

En un País como el nuestro, en el cual desde hace algunas

décadas se hace exaltación del rol de las madres dado sus

grandes esfuerzos en cuanto a la lucha por el reconocimiento de

derechos como madres cabeza de familia, donde se ha creído que

predomina un matriarcado y se presupone el cuidado del hogar y

los hijos; se hace difícil imaginar que estas mismas madres

puedan llegar a infligir daños intencionados a sus hijos, a los

cuales pueden incluso causarles la muerte. (López, 2005).

El imaginario social entonces comprende el reconocimiento

del hogar como un refugio para los niños, en el que se les

procura un bienestar basado en el cariño y el respeto, y aunque

en muchos casos esta premisa es real, en muchos otros

infortunadamente los niños son víctimas de abuso, de maltrato y

de negligencia, tal como sucede en el caso de niños con padres

afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un

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individuo ―simula o produce signos o síntomas psicológicos o

físicos a otra persona que se encuentra bajo su custodia, con el

propósito de asumir indirectamente el papel de enfermo‖. (López,

2005, párr. 5).

Ahora bien, para entrar en materia, las autoras de la

presente monografía consideramos que para lograr aproximarnos a

conocer y analizar nuestro tema de interés, esto es, las

implicaciones psicojurídicas del síndrome de Munchausen por

poder en nuestro País, implica necesariamente contextualizarlo

en un amplio marco teórico que abarca el maltrato infantil como

parte fundamental y adentrando al lector en el tiempo para

ofrecerle tanto una reseña histórica como teórica del maltrato,

orientado precisamente hacia el síndrome de Munchausen ,

específicamente en su subtipo el síndrome de Munchausen por

poder y una aproximación jurídica desde el derecho Colombiano

comparado con otros países de Suramérica.

En este sentido la pretensión de esta monografía es

realizar una aproximación psicojurídica del síndrome de

Munchausen por poder en el contexto Colombiano, encaminada en

tres direcciones específicas: una primera que comprende los

aspectos psicológicos del síndrome de Munchausen, una segunda

orientada a los aspectos jurídicos relacionados con el síndrome

y una tercera que permita contextualizar el síndrome en un

estudio de caso.

Teniendo en cuenta lo anteriormente mencionado, se realiza

una aproximación histórica del maltrato infantil, en lo que

atañe al derecho a la vida, dado que no siempre les ha sido

reconocido a los niños, niñas y adolescentes, son múltiples las

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culturas de la antigüedad en las que la infancia carecía

completamente de derechos. (Parma, 2002)

Así, tal y como el abogado Carlos Parma (2002), refiere en

su artículo Asesinato por maltrato infantil las creencias

religiosas en la India, Egipto o la China hacían que los recién

nacidos pudieran ser ofrecidos como sacrificio purificador de

las distintas divinidades. Según las creencias religiosas de la

época, los padres gozaban del poder de disponer de la vida de

sus hijos. En Canaán, las exploraciones arqueológicas en

viviendas han revelado la existencia de vasijas llenas de huesos

de recién nacidos en los cimientos de los edificios y obras

públicas. En Esparta, aquellos niños que nacían con defectos

físicos o psíquicos, y previsiblemente malos guerreros, eran

abandonados o arrojados por el macizo montañoso de Taigeto.

Aristóteles decía "un hijo y un esclavo son propiedad de los

padres y nada de lo que se haga con lo que le es propio es

injusto, no puede haber injusticia con la propiedad de uno". El

abuso sexual estaba presente como forma diferenciada, así en

Grecia y en Roma, era un hecho aceptado que los adultos

utilizaran sexualmente a niños y jóvenes. Existían casas de

prostitución con presencia infantil. Hacia el año 450 AC,

aparecen las primeras legislaciones de protección a la infancia,

en las que se modifican la autoridad absoluta de un padre sobre

sus hijos.

Parma (2002), reporta que con la llegada de la cultura

cristiana se produce una mayor protección hacia los débiles.

Constantino, en 318 AC, al final del imperio Romano, reconoce la

religión católica y dicta la primera ley contra el infanticidio.

Sin embargo, muchos eran los métodos utilizados como maltrato

infantil; adultos que yacían sobre un niño hasta producirle la

muerte por asfixia, y el ahogamiento, para lo cual las letrinas

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y cisternas eran los lugares preferidos. Parma hace referencia,

además, a que durante la Edad Media no hubo un lugar específico

para la infancia, no se le distinguía en la vida común y

llegaban a ser manipulados como mercancía. El maltrato infantil

ha estado siempre presente y en las mismas variedades que

actualmente, así como en todos los estratos sociales; éste

fenómeno como ya se expuso, ha pasado a través de la historia de

la humanidad por todas las culturas y de formas muy diversas.

(Párr. 7)

A pesar de que en la actualidad el fenómeno del maltrato

está reconocido de forma general, éste fue aceptado por la

comunidad científica y la opinión pública hasta la década de los

años cincuenta y sesenta; sin embargo, ya a finales del XIX

empezaron a surgir las primeras asociaciones de apoyo al niño y

en contra de la crueldad infantil. El maltrato infantil ha

existido siempre, los niños han sido considerados como propiedad

privada de sus progenitores y, en algunas épocas, propiedad de

la sociedad en la que vivían. (Parma, 2002).

En 1959, la Organización de las Naciones Unidas (ONU),

aprobó la declaración de los Derechos del Niño. Los trabajadores

sociales empiezan a involucrarse en el diagnóstico de los casos.

En 1962 Kempe, Silverman y otros, publican un artículo sobre 302

casos de maltrato y aparece el síndrome del niño apaleado, si

bien la descripción inicial se dirigía principalmente hacia los

malos tratos físicos intrafamiliares, poco a poco se amplió el

concepto.

El momento clave en el que se cristaliza la preocupación de

algunos sectores profesionales y sociales por la atención a la

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infancia se produce durante la década de 1960, cuando Kempe y

cols. (1962) publican su famoso trabajo sobre el síndrome del

niño apaleado, refiriéndose al maltrato físico.

Hasta entonces la protección a la infancia se focalizaba

casi exclusivamente en el internamiento de los niños que por ser

huérfanos o abandonados por sus padres no tenían posibilidades

de ser cuidados por nadie. Ésta categoría es predominante en los

medios sociales más desfavorecidos, aparece la agresión como

respuesta ante las situaciones límite o conflictivas; ello

conlleva la utilización de métodos más represivos que

educativos, los cuales casi siempre generan violencia.

El maltrato infantil empieza entonces en la época de los

años sesenta a aparecer como un grave problema de salud pública

cada día más reconocido, que pone en alerta a organizaciones

mundiales como la Organización Mundial de la Salud (OMS),

Organización Panamericana de la Salud (OPS), Fondo de las

Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y Organizaciones

Nacionales que han demostrado la alta incidencia de la práctica

de maltrato infantil y de las consecuencias en todas las esferas

de los niños, sus familias y la comunidad. Así mismo, han unido

esfuerzos para la protección de los derechos del niño y para el

cuidado de su salud. Desde las políticas de salud pública, se

han convertido en una causa importante las lesiones infantiles

que engloban innumerables secuelas y consecuencias para las

condiciones de salud en general afectando el desarrollo

sostenible del país, la calidad de vida de la población y la

estabilidad de la salud pública por una causa de práctica muy

frecuente en nuestro medio y altamente prevenible desde los

factores modificables de comportamiento. (Epstein, 2005).

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Realizando un breve recuento histórico que tiene que ver

con el posicionamiento de los derechos de los niños, niñas y

adolescentes a nivel mundial y desde el contexto Colombiano

partiendo de la premisa del reconocimiento de los niños como

sujetos de derechos fue hasta hace poco. En el siglo XV existía

la suposición de que los niños eran propiedad de sus padres

considerándolos en muchas ocasiones como bienes muebles y

ejerciendo un completo control hacia estos sin que el estado

interviniera, partían del concepto donde los niños tenía un

valor económico que fue acompañado por severos puntos de vistas

religiosos. (UNICEF, 2005).

A finales del siglo XV y por influencia Europea se empezó

a valorar un poco más la vida en familia, ya en el siglo XIX y

con la Revolución Industrial la perspectiva para el niño empezó

a cambiar dado que el tiempo de socialización de la infancia se

alargó debido a que la familia ya no era la unidad económica

donde todos trabajaban incluyendo los niños para sostener el

hogar. (UNICEF, 2005).

Así mismo en las dos primeras décadas del siglo XX

circularon varias declaraciones de los derechos del niño, a

veces en forma literaria o bien como resoluciones de

organizaciones científicas y pedagógicas (ONU, 1992). La primera

declaración de derechos del niño, de carácter sistemática, fue

la Declaración de Ginebra de 1924, redactada por Eglantyne Jebb

fundadora de la Organización Internacional Save the Children,

que fue aprobada por la Sociedad de Naciones el 26 de diciembre

de 1924 donde se consagra que los hombres y mujeres de todas

las naciones, deben reconocer que la humanidad debe al niño lo

mejor que tiene para dar, declara y acepta como su deber y

redacta cinco derechos. (ONU, 1992).

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Por su parte en 1948, las Naciones Unidas dictan la

declaración Universal de los Derechos Humanos que,

implícitamente, incluía los derechos del niño, sin embargo,

posteriormente se llegó al convencimiento de que las

particulares necesidades de los niños debían estar especialmente

enunciadas y protegidas, (UNICEF, 2005) y por ello, la Asamblea

General de la ONU, aprueba en 1959 una Declaración de los

Derechos del Niño, que constaba de 10 principios, concretando

para los niños los derechos contemplados en la Declaración

Universal de Derechos Humanos. Seis años antes se había decidido

que el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas

para los niños UNICEF continuara sus labores como organismo

especializado y permanente para la protección de la infancia

denominándolo oficialmente Fondo de las Naciones Unidas para la

Infancia. (UNICEF, 2005).

A partir de 1979, con ocasión del Año Internacional del

Niño, se comenzó a discutir una nueva declaración de derechos

del niño, fundada en nuevos principios, a consecuencia de este

debate, en 1989 se firmó en la ONU la Convención sobre los

Derechos del Niño (ONU 1992), los países que ratifican dicha

declaración pasan a tener compromiso y obligaciones al punto de

realizar modificaciones a sus legislaciones internas (Gómez,

2008).

En el contexto Colombiano inicialmente se podría hablar de

la Constitución Política de Colombia, donde se consagran los

derechos fundamentales de los ciudadanos y de los menores, de

allí se deriva un sinnúmero de códigos y leyes que responden a

las ratificaciones realizadas por Colombia; Dentro de éstas es

importante nombrar el Código del Menor que consagró los

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procedimientos para restablecer los derechos de los niños, sin

embargo en el año 2006 y con el objetivo de posibilitar la

protección integral de los derechos de los niños, niñas y

adolescentes y generar una corresponsabilidad entre el Estado,

la sociedad y la familia se establece la Ley 1098 de 2006.

(Gómez, 2008).

De acuerdo a la revisión bibliográfica realizada por las

autoras de la presente monografía, en Colombia se ha dado gran

relevancia al tema del maltrato infantil, por lo que se hace de

vital importancia el reconocimiento a cabalidad de éste tema por

parte de los profesionales del área social, de la salud, del

derecho y de la psicología, pues no debe tomarse el maltrato

como una temática general, cuando de ésta se desglosan diversas

formas que aunque refieren mismos niveles de gravedad, su

etiología y características son diferentes, así, estos

profesionales deben dentro de sus conocimientos básicos

reconocer las formas de maltrato, tales como: abuso físico,

negligencia, abuso sexual, abuso emocional, síndrome de

Munchausen por Poder, siendo éste último el interés de este

trabajo monográfico.

En el Sistema Penal Colombiano las conductas derivadas por

una persona con síndrome de Munchausen por poder hacen

referencias a conductas que podrían interpretarse desde el

Código Penal Colombiano como tipos penales; esto es, como

violencia intrafamiliar, o lesiones personales agravadas u

homicidio agravado. En este sentido se muestra la importancia y

el reconocimiento del peritazgo psicológico, en la actualidad

estos realizan acompañamientos y evaluaciones a las víctimas y

responsables y poseen argumentos sólidos que contribuyen a las

decisiones que toman los Jueces de Conocimiento. En el caso

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específico del síndrome de Munchausen por poder se presenta una

ambivalencia en relación a la intencionalidad y conciencia de

las acciones de la madre, padre o responsable en contra de los

niños, niñas o adolescentes, pues existen características

impulsivas intrínsecas que llevan a cometer las conductas que

generan las enfermedades, lesiones y/o muerte a estos. Es aquí

donde el psicólogo perito podrá dar cuenta de la existencia del

síndrome que explica el comportamiento lesivo de los

responsables. (Salinas, 2002).

En este sentido, la integración entre los planteamientos,

los quehaceres de la psicología y las ciencias jurídicas

permiten tener una visión más amplia del contexto y de las

características particulares del sujeto frente a diferentes

situaciones en el ámbito social, político, mental, emocional,

entre otros, todo esto al servicio de la justicia Colombiana.

(Salinas, 2002).

Gallego, (2001), hace un abordaje y plantea algunas

preguntas formuladas por Torres y Espada (1996) en relación

al maltrato, ¿Es el ser humano agresivo por naturaleza? ¿Es

innata la violencia? El comportamiento humano depende en

gran parte de la forma de pensar. Si se piensa que el ser

humano es violento por naturaleza, quizá haya que

resignarse a soportar sus agresiones y continuar padeciendo

malos tratos como algo natural "Lo que pensamos condiciona

lo que hacemos"; la violencia se aprende. El ser humano,

desde su nacimiento, va formando su personalidad y

elaborando estrategias para enfrentarse a la realidad por

medio de una constante interacción con el medio ambiente.

De la calidad de ese entorno social, depende, en buena

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parte, el equilibrio de su vida futura, la sociabilidad y

la adaptabilidad a las condiciones ambientales o

estresantes. (P.15)

En lo planteado por la autora antes mencionada, encontramos

que en el contexto Colombiano, tal y como se indica en el libro

escrito por Rogers (2005) y otros profesionales de la Sociedad

Internacional para la prevención del abuso infantil y la

negligencia (IPSCAN) Perspectivas Mundiales sobre el Maltrato

Infantil, el concepto de maltrato infantil es un término tan

amplio que no contempla solamente el castigo físico como es

concebido por muchos padres, sino que aborda todas aquellas

circunstancias de descuido y abandono de forma intencional

ejercida por los adultos hacia los niños. Es preciso pensar que

todas estas situaciones reconocidas a nivel mundial como formas

de maltrato infantil son altamente prevenibles y consecuente con

ello, podrían eliminarse los índices de morbi-mortalidad

infantil existentes que son resultado del deterioro en las

diversas áreas vitales de los niños y que afectan también la

calidad de vida de la población en general, años de vida

saludable de los niños y efectos sociales que esta práctica

violenta genera.

A partir de la revisión bibliográfica realizada, a las

autoras nos surge entonces, una dificultad para la aproximación

conceptual del tema de maltrato en la actualidad, la cual parte

de que no existe una única definición de éste que sea aceptada

universalmente, pero las diferentes condiciones y formas de

maltrato hacen necesario encontrar criterios operacionales, por

lo que para efectos de este trabajo monográfico la definición

que se ha seleccionado, por acercarse más a lo que entendemos

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por maltrato y por su proximidad con el síndrome de Munchausen,

es la planteada por Roig y de Pául, (2000), definición que

refleja una conducta y describe las repercusiones sobre el

desarrollo: Las lesiones físicas o psicológicas no accidentales

ocasionadas por los responsables del desarrollo, que son

consecuencia de acciones físicas, emocionales, o sexuales, de

comisión o omisión y que amenazan al desarrollo físico,

psicológico, y emocional considerado como normal para el

niño.(párr.11)

Para conocer entonces sobre el síndrome de nuestro interés,

debemos remitirnos a la historia y origen del término

Munchausen, entendiendo que éste fue un Barón Alemán (Hieronymus

Kart Friedrich Freiherr von Munchausen, 1720-1797), conocido por

las historias humorísticas que contaba. Inspirándose en él, el

escritor Rudolf Erich Raspe redactó una serie de historias de

ficción sobre un viajante que de taberna en taberna relataba

ocurrencias fantásticas, semejantes a las de los pacientes

quienes, de hospital en hospital, dramatizan enfermedades

artificiales. Burman y Stevens (1977), dan a conocer un

Munchausen familiar en el que la madre, padecedora del síndrome,

lo provoca en sus dos hijos, denominándolo "Síndrome de Polle",

término con el que igualmente se conoce al Síndrome de

Munchausen por poder, y que fue aplicado en honor del hijo del

Barón Munchausen, el cual murió a la edad de 10 meses de forma

misteriosa, sin embargo el primer término ha entrado en desuso

debido a que nunca se comprobó la paternidad del Barón con

respecto al menor.(P.9) Motivados por Asher, muchos médicos

empezaron a publicar al respecto en revistas como Lancet, Jama

y otras. Diferentes denominaciones fueron sugeridas: hospital

addiction (adicción al hospital), nómadas de hospital,

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pacientes peregrinos. Predomina sin embargo, el uso de la

denominación sugerida por Asher. (Parma, 2002).

La denominación Munchausen, dada por Asher, enfatiza la

cuestión de las mentiras relativas a la sintomatología médica y

deja encubierto el problema más grave y central de este

síndrome: la tendencia autodestructiva. Los sucesivos relatos de

casos fueron confirmando la observación de que muchos de estos

pacientes vivenciaron intensas situaciones de rechazo y/o

abandono parental en la infancia. (López, 2005).

Saltón, (1988), expone que ―una de las primeras referencias

a este tipo de problema ocurrió en 1843, cuando Gavin, observó

pacientes que simulaban síntomas y experimentaban

inconmensurable gratificación con los cuidados médico-

hospitalarios‖.(P.3) En 1911, Dieulafoy, clínico francés, relató

un caso con tales características, sugiriendo la existencia de

un síndrome al que denominó Patomimia. Sin embargo, fue Sir

Richard Asher quien en 1951 consiguió llamar de forma definitiva

la atención para este fenómeno, mediante la publicación de un

artículo con tres casos relatados en Lancet; ―el autor acuñó el

término de síndrome de Munchausen para referirse a este tipo de

pacientes, por la similitud entre las increíbles historias del

Barón de Munchausen y la pseudología fantástica de la que estos

suelen hacer gala‖ (López, 2005, Párr. 21).

En la época de los 80´s se hizo una aproximación al

consenso de que el núcleo patológico subyacente al síndrome de

Munchausen se encuentra en el espectro de los trastornos de

personalidad limítrofe-narcisistas; estos pacientes presentan un

primitivo temor al abandono y en consecuencia la necesidad de

vincularse y relacionarse intensamente con las demás personas.

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Manifiestan una conducta exigente e infantil, hay una

perturbación fundamental de autoestima, requiriendo constante

admiración y elogio, se vuelven hostiles cuando los demás no

cumplen sus expectativas irrealistas. (Bools, 1994).

Expone Parma, (2002), que los trabajos de Asher (1955) son

importantes para el reconocimiento del síndrome, pero recién es

aceptado en forma categórica este síndrome en el año 1995 en el

Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM

IV) que incluye una definición para el desorden Facticio por el

Poder, y se categoriza, dentro de los trastornos Facticios.

Ahora bien, en las manifestaciones de Munchausen por Poder

el sujeto enfermo (madre) no desarrolla la enfermedad en sí

mismo, sino en una persona sobre la que tiene alguna supremacía,

generalmente menores a cargo o hijos. Es una forma de abuso muy

elaborada y finamente perversa, que si se le añade el conflicto

ético y legal, puede llevar al menor sometido a este abuso, a

quedar en estado de desprotección e indefensión, haciendo

peligrar su vida, tal y como lo indica (Gonzales, 2008).

En un artículo escrito por Balpardam, (2008), publicado en

la revista de la Facultad de medicina de la Universidad

Pontificia Bolivariana de la ciudad de Medellín, expresa: Hasta

la fecha, no existe un tratamiento definitivo para la patología

en sí. Se han reportado ensayos clínicos utilizando medicamentos

y especialistas de diversas áreas, con resultados dispares

dependiendo de las cohortes estudiadas. Expertos actuales

recomiendan un tratamiento multidisciplinario, que incluya

psicólogo, psiquiatra, médico, trabajador social y cualquier

otro profesional de la salud según el caso individual. (P.17)

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Las mujeres son responsables de la mayoría de los

homicidios de lactantes y niños, la mayor parte de los malos

tratos físicos a niños y la cuarta parte de los abusos sexuales

infantiles. Infligen el 50% de la violencia contra los hermanos

y los ancianos y cometen aproximadamente la mitad de las

agresiones contra las parejas. Negarse a admitir esa realidad es

una actitud social peligrosa que cuesta vidas. (Lara, 2008,

P.11).

Frente a la definición del síndrome de Munchausen

encontramos las autoras de la monografía que aunque muchos

autores hicieron referencia al tema, todos coinciden con la

descripción del mismo, en el cual la sintomatología esencial es

la producción intencionada de síntomas físicos que generalmente

son presentados por el paciente de forma dramática, involucran a

cualquier sistema orgánico y son cambiantes. (Lara, 2008). Los

síntomas pueden ser totalmente inventados, autoinfligidos,

exageraciones de un síntoma real o una combinación de todos

ellos. Es común que el paciente se deje llevar por una tendencia

incontrolable y patológica a mentir (pseudología fantástica),

una conducta disruptiva y demandante, y frecuentes quejas de

dolor con demandas de medicación analgésica. (Savino, 2006). En

ocasiones el paciente puede llegar a hacer viajes locales e

incluso internacionales de hospital en hospital, con el fin de

conseguir su objetivo de adoptar el rol de enfermo. Puede

mostrar deseos o incluso ansias de someterse a procedimientos

quirúrgicos o diagnósticos invasivos dolorosos; en el caso del

Síndrome de Munchausen por Poder, lo anterior sucede en el marco

en el que es la madre quien incurre en la producción de

síntomas, no en sí misma, sino en sus hijos. Se dice que en

general el enfermo no busca un reconocimiento económico o un

bienestar físico de su parte, dado que la motivación de ver

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―sufrir‖ al hijo o hija y brindarle atención se centra en el

fin oculto de ganar reconocimiento como ―una ejemplar y abnegada

madre‖, buscando atención médica innecesaria, deambulando por

distintos médicos, hospitales y haciendo alarde para que se

conozca el problema en círculos sociales íntimos. (Savino, 2006,

Parr.5).

En este sentido y de acuerdo a la revisión bibliográfica

realizada por las autoras de la presente monografía, se

evidencia que la información disponible sobre el síndrome de

Munchausen por poder en nuestro país es limitada, durante dicha

revisión las autoras de la misma comprobamos las pocas

investigaciones y reportes de caso existentes; por lo cual se

hace necesaria una mayor preocupación por parte de diversos

profesionales de las áreas legal, jurídica, social y salud por

realizar investigaciones en torno a éste tema, en pro del

mejoramiento en cuanto a diagnóstico y abordaje de los casos,

puesto que en la praxis diaria encaramos la problemática social

de violencia al interior de la familia, en la que probablemente

algunos de esos casos puedan estar relacionados con nuestro tema

monográfico.

En este mismo sentido, llama la atención las incalculables

repercusiones familiares, sociales y económicas de esta

enfermedad debido a que impacta el adecuado abordaje de los

casos clínicos, significando un costo mayor a la economía de las

naciones y un esfuerzo mal encaminado en cuanto a la protección

de los menores, en ocasiones por el desconocimiento de la

existencia de esta patología, incurriendo así en el inadecuado

manejo de la misma. (López, 2005).

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24

Ahora bien, la presente monografía da cuenta de un análisis

del contenido a nivel bibliográfico, donde se lleva a cabo una

exploración de textos seleccionados para así establecer claridad

en el concepto de trato inadecuado de los niños(as), entendido

éste como la clasificación de todos aquellos actos que por

acción u omisión desconocen los derechos fundamentales de los

niños(as), por tanto, esto interfiere en el curso del desarrollo

integral de estos, provocando situaciones de alto riesgo para la

salud física, psicológica y social. (López, 2005).

Frente al reconocimiento de esta problemática verificada y

abordada por las anteriores investigaciones a nivel mundial y

algunas realizadas en Colombia, surge la pregunta de interés:

¿Cuál es la aproximación psicojurídica que tiene el Síndrome de

Munchausen por poder en Colombia?

De esta manera se tendrá en cuenta la modalidad monográfica

para realizar dicha investigación, la cual generalmente, es un

escrito preparado por un alumno o grupos de alumnos, un

profesional, un docente y/o cualquier persona que necesite

desarrollar un tema preciso, definido y en profundidad. (Roldán,

2008).

Su extensión depende de la madurez, del nivel de

instrucción de quien o quienes la realizan, de la naturaleza y

profundidad del tema y las fuentes disponibles. Una monografía,

en un significado amplio, es un trabajo relativamente extenso,

un texto argumentativo, con función informativa, que presenta y

organiza los datos obtenidos sobre una determinada temática, de

varias fuentes, analizados con una visión crítica. (Roldán,

2008).

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25

La población que se utiliza en esta investigación teórica

es constituida por objetos culturales formados por diferentes

fuentes consultadas como: espacios de periódicos y de revista,

ejemplares de libros, páginas de Internet, entre otros, que

contengan información acerca del tema en particular y que

generen logros en la misma, es así como se cuenta con 28

revistas, 21 libros, 10 trabajos de grado y tesis y 56 artículos

de Internet, los cuales permitirán establecer un amplio marco

temático que fortalezca la información y discurso analítico-

crítico del asunto a investigar, utilizando técnicas de

recolección de datos como la observación documental, la cual se

operacionaliza a través de instrumentos tales como fichas

bibliográficas que contienen: número de ficha bibliográfica,

ubicación, referencia bibliográfica, lugar, fecha de consulta y

observaciones(ver apéndice 1) y ficha de síntesis que contienen,

título de la ficha número de ésta, paginas consultadas,

referencia y bibliografía (ver apéndice 2), Ahora bien, con la

presente monografía el lector dimensionará las consecuencias del

maltrato y en especial del síndrome de Munchausen por poder.

En relación a lo anterior y teniendo en cuenta que, tal y

como lo enuncia Gallardo, (1997), este síndrome no sólo abarca

un problema de maltrato, sino además una problemática que ha

tenido gran impacto en el ámbito de la salud, puesto que aunque

los costos provocados son difíciles de estimar, podríamos

suponer que pueden equipararse con los que se producen por

enfermedades catastróficas, debido a los múltiples tropiezos que

suponen para el Sistema de Salud se generan cada vez mas

pérdidas debido a largos procedimientos terapéuticos en los que

no se encuentra clarificación de diagnóstico o remisión de

síntomas.(P.37)

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26

Por lo anterior este trabajo monográfico puede resultar de

interés a quienes trabajan en áreas afines al derecho, podría

ser una herramienta de apoyo en el manejo de los posibles casos

de Síndrome de Munchausen por poder, debido a que nos

encontramos frente a un acto delictivo que puede general

confusión por su etiológica psicopatológica en cuanto a su

condición de imputabilidad o inimputabilidad y otros aspectos

de orden ético y moral que son abordados en esta

compilación; Admiramos el abordaje y la claridad del sector

jurídico en cuanto al manejo que se debe dar en estos casos. En

cuanto a los procesos académicos y universitarios esta

monografía puede guiar y ampliar los conceptos teóricos con

relación a los diversos tipos de maltrato infantil en especial

del síndrome de Munchausen por poder y a las diversas formas

jurídicas de abordarlo, posibilitando extender el conocimiento y

generar nuevas preguntas de investigación cuantitativas o

cualitativas que permitan realizar rastreo en relación a los

casos, toda vez que en Colombia no hay investigaciones que den

cuenta de ello.

Lo anterior nos permite como autoras, dimensionar, que ésta

monografía puede producir aportes valiosos al campo de la

psicología en el conocimiento jurídico, con la implementación de

programas para la prevención de esta enfermedad entre padres de

familia y la atención activa para detectar a tiempo posibles

casos y tomar medidas dirigidas a una solución. También permite

ampliar el concepto, las características que acompañan el

síndrome y las implicaciones del mismo, para la toma de

decisiones en el ámbito jurídico, que facilite el conocimiento

de las particularidades del mismo y le permita a los Jueces de

Conocimiento determinar el tipo de punibilidad del responsable.

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27

Igualmente les otorga a diversos profesionales del área de la

salud y psicosocial enriquecer su conocimiento sobre el tema y

que desde su quehacer realicen intervenciones oportunas en pro

de una buena calidad de vida de los niños y niñas.

1. ASPECTOS PSICOLÓGICOS DEL SÍNDROME DE MUNCHAUSEN POR PODER

(BY PROXY)

1.1 Abordaje Clínico Del Síndrome De Munchausen Por Poder

Determinados pacientes muestran una forma singular de

conducta autodestructiva: simulan enfermedades físicas buscando

atraer sobre sí conductas médicas agresivas, este es el caso del

síndrome de Munchausen el cual es una enfermedad que produce un

desorden mental donde los pacientes fingen tener enfermedades de

tipo médico; dicho síndrome tiene una subclasificación

denominada Munchausen síndrome por Poder (MSP); si en el

síndrome de Munchausen (SM) se describe un cuadro de simulación

de síntomas y signos para los propios adultos que fabrican o

inventan enfermedades en ellos mismos, en el síndrome de

Munchausen por poder los hijos sirven de intermediarios de los

problemas de los padres. Los padres utilizan a sus hijos en su

lugar, arrastrándolos a través de innumerables pruebas y visitas

al médico para diagnosticar enfermedades imaginarias en un

intento retorcido de generar atención y simpatía. (McCormick,

1994).

Se dice que Claudio Galeno, médico Romano del siglo II, fue

el primero en llamar la atención a las enfermedades facticias.

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28

En un tratado titulado sobre enfermedades fingidas y la

detección de ellas, al parecer, Galeno ofreció una larga lista

de síntomas que los pacientes habían fingido o inducido por sí

mismos para simular enfermedades. En un libro publicado en 1843,

Héctor Gavin primero utilizó el término enfermedad artificial.

En 1934, Karl A. Menninger examinó la compulsión de ciertos

personajes neuróticos para asegurar repetidas operaciones

quirúrgicas. (Savino, 2006).

La evidencia publicada sobre el abuso y descuido de los

niños comienza con un artículo descriptivo por Tardieu el padre

de la medicina forense en 1860. Señaló cómo las condiciones

médicas que había observado en 32 niños definían el carácter

abusivo de los acontecimientos que habían ocurrido. En 1962,

Kempe y sus colegas reiteraron que los médicos podían y debían

deducir el abuso sobre la base de ciertos hallazgos médicos como

lesiones. (Chadwick, 2006).

Caffey describió lo que fue, sin duda, el abuso infantil en

1946 pero se mostró reacio a sacar las conclusiones obvias.

Otros 16 años pasaron antes de Kempe y sus colegas publicaron su

artículo sobre el síndrome del niño maltratado en 1962. (Craft,

2004).

Con respecto a los antecedentes históricos del Síndrome de

Munchausen por poder, Saltón (1988), señala que la primera

descripción clínica del síndrome fue publicado en 1977 en la

revista The Lancet por el nefropediatra británico Roy Meadow,

quien llamó la atención sobre una forma hasta ahora olvidada de

abuso infantil. Describió varios casos de niños que fueron

examinados en varias ocasiones e innecesariamente

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29

hospitalizados, les realizaron pruebas y tratamiento para una

variedad de problemas médicos, y en última instancia comprobó

que había sido fabricado por sus madres y teorizó que los

llevaban a los médicos para recibir la propia atención anhelada.

La literatura describe en esas primeras aproximaciones los más

diversos abordajes terapéuticos en la atención de los pacientes

con síndrome de Munchausen: ECT (terapia electro convulsiva),

leucotomía (cortes quirúrgicos de las conexiones de la corteza

prefrontal del cerebro), coma insulínico, hipnosis, psicoterapia

y farmacodependencia. Los resultados iniciales no fueron

satisfactorios y las repetidas hospitalizaciones acabaron

incapacitando al paciente por el cúmulo de graves intervenciones

médicas. Meadow acuñó entonces el término síndrome de Munchausen

por poder para describir a 2 madres que mintieron respecto a

síntomas que dijeron padecían sus dos niños, los cuales eran

provocados por ellas mismas. Uno de los niños tenía una historia

afecciones respiratorias que se prolongó mucho tiempo, pasando

de asfixia recurrente a la orina sangrienta (hematuria), y el

otro tenía una historia de hipernatremia (exceso de sodio en la

sangre) recurrente. El primer niño cuyos síntomas sólo

ocurrieron en la presencia de su madre, mejoró durante el

tratamiento psiquiátrico de la madre por su conducta abusiva.

Los síntomas del segundo niño sólo ocurrieron en casa y él murió

como resultado de hipernatremia severa (elevado nivel de sodio

en sangre). En 1994, el médico informó que la madre del muchacho

admitió a su psiquiatra que ella mató a su hijo con el

envenenamiento de sal. Estos 2 casos subrayan la importancia de

reconocimiento temprano del Síndrome Munchausen por la gravedad

de sus consecuencias. (Boros,1992; Rosenberg, 1997; Weintraub,

2007). Con los años, términos alternativos, como el síndrome

Polle y síndrome de la Pradera, se han sugerido, sin embargo,

nunca estos términos han ganado popularidad. (Boros, 1992).

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30

En la actualidad, el Manual Diagnóstico y Estadístico de

los Trastornos Mentales -DSMIV-TR- (2000) hace una

categorización nosológica del síndrome de Munchausen en la que

lo incluye dentro del grupo de los Trastornos Facticios, los

cuales consisten en un fingimiento o producción intencionada de

signos o síntomas físicos o psicológicos, una búsqueda del

sujeto de asumir el papel de enfermo y una ausencia de

incentivos externos para el comportamiento (p. ej., una ganancia

económica, evitar la responsabilidad legal o mejorar el

bienestar físico, como ocurre en el caso de la simulación). Si

bien estos criterios diagnósticos hablan de un cuadro clínico

que explica el síndrome de Munchausen no lo nombra de esta

manera, así como no lo hace con el síndrome de Munchausen por

poder, llamando entonces en el DSMIV-TR Trastorno Facticio por

Poder, el cual no tiene un apartado propio y surge de la

derivación de los Trastornos Facticios no especificados, es

decir los que no se clasifican en otras categorías. Se ubica

entonces este síndrome por poder en el apéndice B del mencionado

Manual diagnóstico, el cual abarca los criterios de

investigación sujetos a debate para la definitiva inclusión del

trastorno como entidad nosológica específica.

El acercamiento que se hace desde el DSMIV-TR al síndrome

se describe así: Trastorno Facticio no especificado (300.19):

incluye los trastornos facticios que no pueden clasificarse en

ninguna de las categorías anteriores. Ejemplo el individuo que

simula o produce signos o síntomas psicológicos o físicos a otra

persona que se encuentra bajo su custodia, con el propósito de

asumir indirectamente el papel de enfermo. (P.233)

El apéndice B, por su parte lo define así: Criterios de

investigación para el Trastorno Facticio por poderes… a)

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31

Producción o simulación intencionada de signos y síntomas

físicos o psicológicos en una persona que se halla bajo el

cuidado del perpetrador. b) La motivación que define al

perpetrador es el deseo de asumir el papel de paciente a través

de otra persona. c) No existen incentivos externos que

justifiquen este comportamiento (p. Ej., una compensación

económica). d) El comportamiento no se explica mejor por la

presencia de otro trastorno mental. (P. 233)

En cuanto a la Clasificación Estadística Internacional de

las Enfermedades (CIE 10) se encuentra que hace una limitada

mención al trastorno el cual ubica en el Trastorno Ficticio,

compartiendo criterios diagnósticos similares a los Trastorno

Facticios en el DSMIV-TR, aunque sin hacer hincapié en la

producción de dichos signos o síntomas a otros.

1.1.1 reconocimiento del cuadro clínico del síndrome de

munchausen por poder

Özmen (2008) expone que el síndrome de Munchausen por

poder es un trastorno que se caracteriza por una tríada de

características: es una enfermedad simulada, hay una

mentira patológica y un peregrinaje de hospital a otro. El

paciente puede hacer al niño simular síntomas, agravar una

enfermedad pre-existente, o incluso inducir la enfermedad.

(P.23)

Este síndrome se constituye, según Meadow (1994,) en una

clase de maltrato infantil que puede concluir como expresión

extrema en la muerte del infante. Sin duda, se trata de un

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32

cuadro que atenta contra la salud de los niños, niñas y

adolescentes, sobre todo desde la vertiente física; el peligro

que estos tienen de ser receptores de las agresiones se

incrementa por la posibilidad frecuente de ser sometidos a

múltiples pruebas y exámenes médicos complementarios e

invasivos, para llegar a un falso diagnóstico de una enfermedad

inexistente. (Boros, 1992).

El cuidador del niño, -generalmente la madre- fabrica

enfermedades en el niño, ya sea mediante la inducción de los

signos físicos o por engañar deliberadamente al médico

haciéndole creer que el niño está enfermo. En la literatura,

numerosos casos de padres que fabrican o producen enfermedades

en los niños, a menudo tienen como resultado la muerte. (Özmen,

2008). En más de 95% de casos del Síndrome de Munchausen, la

madre es quien ocasiona las enfermedades del niño. (Parma,

2002).

Es una enfermedad con múltiples síntomas, prolongada e

inusual. En muchos de los casos es difícil encontrar la

motivación exacta del agresor de allí que puede inducirse que

ésta esté en asumir el rol de enfermo por poder o bien hacérselo

asumir a quien somete. (Savino, 2006). Por su parte, Parma

(2002), hace referencia a que los médicos especialistas a la

hora de opinar en esta problemática, han tomado una frase sin

base científica y con sustento empírico que reza así: "en una

familia una muerte súbita es anormal... dos es sospechoso y tres

es Munchausen". (Párr. 13)

El síndrome, que puede empezar con la fabricación de signos

y síntomas leves y esporádicos, puede conducir a un cuadro

gravísimo, incluso puede llevar a la muerte del niño, sobre todo

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33

cuando se configura como una situación crónica y persistente y

se utilizan sustancias o productos químicos. Generalmente el

abuso es premeditado, calculado, y sin provocación. (López 2005)

reporta que la madre puede tener un conocimiento anterior o

entrenamiento en área de la salud y a menudo se fascina con el

campo médico; López hace mención de una investigación que

realizó Rosenberg en 1987, en la que encontró que el 30% de las

perpetradoras tenían una formación previa en temas relacionados

con salud, de igual forma, Sheridan, (2003) encontró un 14,2%,

en la que 28 de los 64 casos eran enfermeras.

Se hace importante explicitar que en general el enfermo no

busca un reconocimiento económico o un bienestar físico de su

parte, de allí que la motivación de ver sufrir al hijo y

brindarle atención se centra en el fin de ganar reconocimiento

como una ejemplar y abnegada madre. Estos eventos los usan las

madres para probar la enfermedad supuesta del niño a los

médicos, frecuentemente se describen a las madres muy cuidadosas

y atentas y por supuesto consagradas a sus niños. De allí que se

busque atención médica innecesaria, se deambule por distintos

médicos y hospitales y se haga alarde para que se conozca el

problema en círculos sociales íntimos. (Goldstein, 2002).

Ante la consulta médica la madre se muestra solícita,

preocupada, sin embargo estos niños que manifiestan

multiplicidad de síntomas como vómitos, dolores o bien alergias

múltiples sin tener el médico en claro cuál es el problema,

generalmente evolucionan cuando están hospitalizados,

precisamente porque están lejos de su madre. (Goldstein, 2002;

Savino, 2006).

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34

La madre normalmente se muestra calmada ante la confusión

que denotan los médicos ante la enfermedad misteriosa que su

niño está experimentando. Ella tiende a seguir más el

diagnóstico y los tratamientos prescritos por el médico, sin

tener en cuenta el dolor que ellos pueden infligir en su niño, y

casi siempre resiste las órdenes de alta hospitalaria y los

resultados diagnósticos negativos. (Le Fanu, 2005; Savino,

2006).

Tal como lo indican Wartick (1994) y Rosenberg (1997)

éstas madres aspiran establecer relaciones íntimas con el

personal médico y frecuentemente se vuelve una fuente de

apoyo para miembros del personal o las familias de otros

pacientes. La madre a menudo forja fuertes conexiones con

los miembros del personal del hospital; algunas son

extrovertidas y populares. Pasan mucho tiempo en el

hospital e incluso pasan los turnos con el personal de

atención. (Párr. 3)

La sospecha de un médico o el rechazo para continuar las

evaluaciones pueden animar a que la madre lleve al niño para

consultar a otro médico sin embargo, tal y como lo señala

(Rosenberg, 1997), los síntomas del menor pueden aumentar y

ponerlo en una situación más riesgosa, debido a que la

compulsión de la madre a recibir atención médica es muy fuerte.

Las madres que padecen este síndrome, reconocen su conducta

injusta, pero tienen gran cuidado para ocultar sus acciones y

raramente admitir sus actividades abusivas. En algunos casos, la

madre abusiva ha sido sospechosa de fabricar los síntomas de su

niño para intentar que su compañero regrese a la familia.

(McCormick, 1994).

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35

Como descripción sintomática se encuentra una minoría (10-

25%) de mujeres que también induce los síntomas en ellas mismas.

La madre en cuestión, raramente tiene una enfermedad mental

severa (como la esquizofrenia). (Craft, 2004). Aunque todo

parece indicar que la presencia de uno o más desórdenes de

personalidad es común, como lo indica Weintraub (2007); ―también

puede tener una historia familiar en la que fue ignorada por sus

padres y siempre se sintió relegada‖. (P. 12) La historia

familiar de esta mujer puede revelar los tipos constantes de

abuso, o de enfermedades raras en miembros de la familia.

(Özmen, 2008).

El abuso del niño normalmente empieza temprano en la vida.

Según Rosenberg, la edad promedio del diagnóstico del síndrome

Munchausen por poder era 3 a 6 años de edad, aunque también se

hicieron víctimas los niños más grandes. (Özmen, 2008).

Igualmente, en un informe realizado por (McClure 1996), la edad

del promedio del diagnóstico era 20 meses, con distribución

sesgada hacia el grupo de edad más joven.

Según Parma (2002), en un informe médico, la

sofocación empieza entre los primeros y terceros meses de

vida y dura durante 6-12 meses o hasta que el paciente

muera, afirma además, que niños más grandes que son a

menudo víctimas de este síndrome conspiran con sus madres

confirmando las historias más improbables incluso sobre sus

historias médicas, a veces por el miedo de contradecir sus

madres y otros debido a la persuasión de sus madres.

Algunos de estos niños creen que ellos están muy enfermos,

con un desorden misterioso que los doctores no pueden

deducir. (Párr.8)

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36

En otros casos, el niño es consciente que la explicación de

la madre es improbable, pero no habla, por miedo a la venganza

de la madre o que nadie les creerá. (Weintraub, 2007).Se denota

que esta patología afecta principalmente a la familia, el

compañero de la madre es a menudo desinteresado de la familia y

raramente juega un papel activo en el cuidado médico del niño.

Confiando en la madre de su hijo, los compañeros pueden

apoyarlas e ignorantemente pueden volverse cómplices pasivos del

abuso continuado. Los hermanos pueden ser víctimas del mismo

abuso por el mismo padre. Según Rosenberg, (1997), ―se abusaron

5% de hermanos. En una serie que estudio la muerte de 27

infantes que fueron sofocados, 48% tenían un hermano que según

se alega se murió de síndrome de muerte súbita infantil (SIDS)‖.

(Párr.11)

1.1.2 etiopatogenia del síndrome de munchausen por poder

La etiopatogenia estudia las causas de las enfermedades en

general; ahora bien, tratándose del síndrome de Munchausen por

poder, se deben considerar en primer lugar los factores

predisponentes; (Goldstein, 2002) y (Savino 2006), proponen

Trastornos físicos o somatopsíquicos reales u objetivos durante

la infancia y adolescencia, que conducen a un tratamiento médico

extenso o a hospitalizaciones repetidas o prolongadas,

animadversión y hostilidad contra la profesión médica y el

sistema sanitario asistencial y determinados rasgos de

personalidad, de tipo dependiente, explotada o de minusvalía.

(Parma, 2002).

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37

En cuanto a las hipótesis etiopatogénicas, excedería de los

objetivos de este capítulo una exposición extensa, pero podemos

señalar las autoras de esta monografía, la existencia de algunas

perspectivas:

· Neurobiológica: Nemiah, (1977) ―postuló un modelo basado

en el sistema cerebral catecolaminérgico, interpretando los

trastornos como consecuencia de una anomalía en la transmisión

dopaminérgica en el estriado‖. (P.12)

· Psicológica: La teoría comprende una motivación

inconsciente y un acto consciente fraudulento. La motivación

inconsciente se cree que proviene del resultado de algunos

principios de la privación o el trauma, de la cual el paciente

aprende inconscientemente que el sufrimiento y la enfermedad

proporcionan alivio del malestar emocional y dan sentido a la

vida. Más tarde en la vida, en momentos de estrés emocional,

fingen o inducen a la enfermedad con el fin de asumir el papel

de enfermo a través de otros. A continuación, establece una

relación con los médicos, enfermeras y otros profesionales de la

salud, con el ostensible propósito de obtener alivio de los

síntomas que induce en otros. Esto proporciona al padre o madre

una identidad única como paciente y cuidador. Se propone que al

centrarse en una enfermedad física, los padres evitan

subyacentes emociones dolorosas. No hay significado aparente

simbólico a la selección de la enfermedad que inducen, y los

diferentes síntomas y las enfermedades han sido utilizados en

diferentes momentos. (Savino, 2006).

La revisión de sus antecedentes familiares y personales

podría revelar una historia de separación, negligencia emocional

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o abuso. Las experiencias recientes de vida también pueden ser

importantes, con un comportamiento artificial que permite un

escape de la realidad de su situación actual. (Özmen, 2008).

Tal como lo indica Weintraub, (2007) la idea misma del

síndrome es difícil de entender,…estas madres están

buscando una relación reparadora porque sentían que no se

había evaluado su familia de origen… la madre se convierte

en una perfecta madre en una relación perversa, fantaseaba

con un médico simbólicamente; ésta motivación, según él, es

lo que diferencia el síndrome de Munchausen por poder de

los abusos ordinarios causados por la ira, la incompetencia

o negligencia.(P.23)

Weintraub, cita a Robin Hatcher, un psiquiatra de la

Clínica Menninger en Topeka, Kansas, quien explicó el

síndrome como una estrategia de "identificación proyectiva‖

así:"Básicamente, una persona tiene un sentimiento o

emoción en el que ella no se siente cómoda… ese sentimiento

podría ser: Estoy enfermo, los enfermos necesitan ayuda…"

pero la persona no quiere aceptar eso, así que en lugar se

convierte en: "Yo estoy bien. Es mi niño quien necesita

ayuda". (Rosenberg, 1997, Parr.16).

Los médicos no saben por qué el síndrome afecta

principalmente a las madres, pero hipotetizan que puede ser

porque las mujeres son las cuidadoras. También sospechan que

esta enfermedad siempre ha existido y ha sido desconocida.

(Wartick, 1994).

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1.1.3 presentación y descripción sintomática del síndrome de

munchausen por poder

Las mujeres son responsables de la mayoría de los

homicidios de lactantes y niños, la mayor parte de los

malos tratos físicos a niños y la cuarta parte de los

abusos sexuales infantiles. Infligen el 50% de la violencia

contra los hermanos y los ancianos y cometen

aproximadamente la mitad de las agresiones contra las

parejas. Negarse a admitir esa realidad es una actitud

social peligrosa que cuesta vidas. (Parma, 2002, Párr. 23).

En este sentido la sintomatología esencial del síndrome es

la producción intencionada de síntomas físicos que generalmente

son presentados por el paciente de forma dramática, involucran a

cualquier sistema orgánico y son cambiantes. Los síntomas pueden

ser totalmente inventados, exageraciones de un síntoma real o

una combinación de todos ellos. Es común que el paciente (madre)

se deje llevar por una tendencia incontrolable y patológica a

mentir (pseudología fantástica), una conducta disruptiva y

demandante. (Savino, 2006). En ocasiones puede llegar a hacer

viajes locales e incluso internacionales de hospital en

hospital, con el fin de conseguir su objetivo de adoptar el rol

de enfermo. Puede mostrar deseos o incluso ansias de someter a

su hijo a procedimientos quirúrgicos o diagnósticos invasivos

dolorosos, incluso mostrando poca preocupación por lo que esto

pueda generar en el menor. (Boros, 1992; Parma, 2002). Algunos

autores reportan además que el síndrome puede asociarse a un

abuso de sustancias psicoactivas. (Craf, 2004).

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Los síntomas del niño normalmente ocurren solamente en la

presencia de la madre y menguan en su ausencia. (Boros, 1992;

Savino, 2006). A veces se llama al compañero de la madre, u

otros miembros familiares, y vecinos para que den testimonio de

los síntomas que padece el niño. (Parma, 2002).

Los niños normalmente se presentan con una serie de

dolencias que provienen de órganos diferentes. La revisión de

los primeros 20 años de la condición describió 68 síntomas

diferentes, señales, y resultados del laboratorio en 117 casos

de síndrome Munchausen, con aproximadamente 70% de síntomas

inducidos o ficticios que ocurren en el hospital. Actualmente,

se han informado más de 100 síntomas. Los más comunes incluyen

el dolor abdominal, vomito, diarrea, la pérdida de peso,

cólicos, el apnea, las infecciones, las fiebres, sangrando,

envenenamiento y letargo. Un estudio informó las enfermedades

múltiples en 64% de 56 niños del índice que eran víctimas de

este Síndrome. Otros informes indican que algunos niños

presentan del principio con un solo evento serio, como el

episodio de apnea severo sin la historia anterior de

fabricación. (Parma, 2002).

Los expertos dicen ahora que un número indeterminado de

síndrome de muerte súbita del lactante puede ser en realidad

víctimas de asfixia intencional. (Wartick, 1994).

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1.1.4 señales de alarma del síndrome de munchausen por poder

Parma (2002), ha propuesto varias señales de advertencia

para alertar al personal médico de la posibilidad del síndrome

de Munchausen. Éstos incluyen:

· Que extraordinariamente se prolonguen síntomas inexplicables.

· Que los tratamientos médicos sean totalmente ineficaces o

malamente tolerados

· Que el niño presente alergia a una gran variedad de comidas y

medicamentos. (Parr.15)

Lara (2009) cita a Siegel y Fischer (1991), quienes

sugirieron que los pediatras se pregunten lo siguiente:

¿La valoración clínica del estado médico del niño es

consistente con la descripción de la madre?

¿El diagnóstico objetivo evidencia para que la

condición médica del niño exista?

¿Tiene cualquier miembro del personal, incluso el

pediatra, dado testimonio de los síntomas?

¿Es la madre tranquilizada por los resultados de

prueba negativos?

¿El tratamiento está proporcionándose al niño

principalmente debido a las demandas persistentes de

la madre? (P.11)

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Los médicos deben recordar que la fabricación persistente,

exageración, y simulación de los síntomas del niño, reflejan un

problema patológico de la madre. En algunos casos de síndrome de

Munchausen, la fabricación de síntomas puede ser escalonada si

la madre desea continuar su relación con el sistema médico o si

la contestación del médico le parece inadecuada a la madre o

poco satisfactoria. Finalmente, es importante recordar que la

existencia de una enfermedad real en el niño no significa que no

pueda coexistir con el síndrome de Munchausen.

1.1.5 consecuencias del síndrome de munchausen por poder

Las víctimas de este síndrome no se presentan sólo con las

dolencias físicas inducidas, sino que también pueden manifestar

síntomas psicológicos fabricados. Además, el impacto de abuso de

este síndrome no sólo es físico. Similar a las víctimas de otros

tipos de abuso, los niños con síndrome Munchausen padecen

también desórdenes emocionales y psicológicos a largo plazo.

(Goldstein, 2002)

Dado que los pacientes con enfermedad facticia presentan

una historia médica falsa, sus médicos pueden prescribir

procedimientos innecesarios y terapias que pueden resultar en

una enfermedad iatrogénica. En muchos casos, el daño a estos

pacientes de las acciones de los médicos supera el daño

resultante de la enfermedad inducida. (Savino, 2006).

McGuire y Feldman, (1998) describieron a 6 niños que

exhibieron problemas conductuales e incluso desórdenes de

alimentación; también describieron el aislamiento, la

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hiperactividad, y las conductas conflictivas en los

preescolares, además de síntomas de conversión en los niños

más grandes y adolescentes. Los niños más grandes toleraron

a menudo y cooperaron con sus padres en su propio abuso y

las enfermedades médicas fabricadas. Algunos de estos niños

desplegaron problemas conductuales que incluyeron

trastornos emocionales y desórdenes de la conducta,

inasistencia escolar, miedos y anulación de lugares

específicos o situaciones, trastornos del sueño, y rasgos

de desorden nervioso. Los muchachos tenían más

perturbaciones que las muchachas. (Parr.13)

1.1.6 tratamiento del síndrome de munchausen por poder

El primer objetivo del tratamiento es la reducción de las

investigaciones y procedimientos potencialmente dañinos, y un

enfoque terapéutico debe ser adoptado. La intervención de un

psiquiatra y/o psicólogo con el ofrecimiento de apoyo permanente

podría ser útil. Después del diagnóstico y la confrontación del

paciente muestran una mejora con una reducción en el

comportamiento facticio, sin embargo algunos pacientes

continúan negando su papel en la creación de los síntomas, y

rechazan la atención psicoterapéutica. (Özmen, 2008).

No existe ningún tratamiento específico para el síndrome de

Munchausen. Es importante un diagnóstico precoz para prevenir

complicaciones iatrogénicas. La medicación psicótropa se

recomienda únicamente si existe un diagnóstico psiquiátrico

asociado específico y tratable. Es importante el trabajo en

equipo por parte de los distintos especialistas para un manejo

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adecuado del paciente, ya complejo por la falta de cumplimiento

de los tratamientos. Además, el abuso de sustancias suele

complicar potencialmente el tratamiento. (Özmen, 2008).

La Terapia para los padres con síndrome de Munchausen por

poder ha tenido resultados mixtos. Por lo menos el quince por

ciento de las madres tratan de hacer lo mismo otra vez.

(Wartick, 1994).

1.2 Investigaciones De Punta y Reportes De Caso Del Síndrome De

Munchausen por poder

Con respecto a la epidemiología encontramos que no existe

acuerdo sobre la prevalencia, aunque cada vez se comunican más

casos en la literatura. Aunque no precisamente conocido, la

incidencia y predominio de este síndrome es preocupante. Más de

700 casos se han documentado en los países de habla hispana,

pero estos casos sólo reflejan los casos más severos del

Síndrome de Munchausen. Un equipo de estudiosos informó

incidencia inconstante del síndrome. Un estudio encontró que 1%

de niños con el asma sea víctimas de sus madres que padecen este

síndrome. En otro informe de niños con las alergias de comida,

16 en 301 niños (5%) se identificó como las víctimas de este

síndrome. En un pueblo inglés pequeño con una población de

200,000, se informaron 39 casos de sofocación intencional de

niños encima de un periodo del 20 x año (1 en 25,000). En 1991,

Schreier y Libow dirigieron un estudio de 880 neurólogos

pediátricos y 388 gastroenterólogos pediátricos en el EE.UU. con

las proporciones del retorno de 21. 8% y 32. 4%,

respectivamente. Entre los 316 médicos que respondieron al

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estudio, 212 informaron un contacto con 192 sospechosos y 273

víctimas del Síndrome de Munchausen Un estudio por la Unidad de

Vigilancia de Asociación Pediátrica Británica encontró 128 casos

de este síndrome, informado en el Reino Unido e Irlanda en un

periodo del 2 x año, con una incidencia de 2. 8 por 100,000

niños menores de 1 año de edad y 0. 5 por 100,000 niños menores

de 16 años. Usando éste criterio, aproximadamente 625 casos de

envenenamiento y sofocación atribuible a este síndrome puede

esperarse en EE.UU. cada año. (Parma, 2002.)

Los estudios han informado que, rara vez, es el padre, el

responsable en estos casos. En estas situaciones, los padres se

presentaron como perturbados y mentalmente inestables. Otros

tipos de responsables de esta clase de abusos, incluyen:

abuelos, padres adoptivos, y niñeras.

La incidencia de muerte y las complicaciones médicas serias

precisamente no se conoce. La mortalidad tasa el rango de 9-31%

entre los casos del índice, con la mayoría informando una

proporción de mortalidad de 9-10%. Parma (2002).

La morbilidad puede ser el resultado directo del abuso o

una consecuencia de diagnóstico múltiple e intervenciones de las

terapéuticas realizado por los facilitadores del médico

inconscientes. Los McClure informaron que se admitieron 122 de

128 niños abusados en el hospital como resultado del abuso. De

los 128 niños, 119 (93%) tenía intervenciones innecesarias, 45

enfermedades médicas mayores sufridas, 31 dolencias físicas

menores tenidas, y 8 murieron. En un estudio más temprano de 51

clínicas de apnea infantiles, 54 de 20,090 niños (0. 27%) era

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víctimas del síndrome de Munchausen. Veintiuno de estos 54 niños

recibió resucitación cardiopulmonar, y se hospitalizaron 24.

(Parma, 2002; Lara, 2007).

Algunas investigaciones han sido relevantes para el estudio

de este trastorno, entre estas se destaca la mencionada por

Parma (2002), la cual menciona que en noviembre del 2000 la

revista Pediatrics publicó los resultados de una investigación;

ante la falta de explicación para las dolencias de bebés

internados en condiciones de extrema gravedad, los médicos de

varios hospitales de Gran Bretaña habían decidido grabar

mediante cámaras ocultas a los progenitores -en su mayoría,

madres- de los que el personal médico había empezado a sospechar

que ponían a sus hijos al borde de la muerte deliberadamente.

Lo que descubrieron consistió en que en 30 de los 39 casos

grabados, se observó que los progenitores trataban de ahogar

intencionadamente a sus hijos; en otros 2 casos, trataron de

envenenar al niño; en otro, la madre rompió deliberadamente el

brazo de su hija de tres meses. Muchas de esas personas parecían

actuar metódicamente: ―los malos tratos se infligían sin

provocación previa y con premeditación, e iban seguidos de

complejas y creíbles mentiras para explicar las consecuencias‖,

señaló (Parma, 2002, Parr.9). Lo que se consideró extraño, es

que en su mayoría esas personas eran mujeres que fingían ser

buenas madres y llevaban rápidamente a sus hijos a la sala de

urgencias cuando tenían trastornos respiratorios, y se quedaban

a su lado con fortaleza y abnegación mientras que los médicos

trataban de averiguar dónde estaba el problema. Muchas de ellas

eran consumadas farsantes. Podían pasar de la más temible

actitud amenazante contra sus hijos a convertirse en madres

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solícitas en el minuto exacto en que el doctor o la enfermera

entraban en la habitación, advertidos por las cámaras de lo que

estaba ocurriendo. Al parecer las madres actuaban movidas por el

prestigio social de una enfermedad misteriosa; les gustaba la

proximidad de poderosos profesionales médicos; les gustaba la

atención que suscitaban y el dramatismo de las situaciones.

Una investigación médica grabó en una clínica de Atlanta a

decenas de madres maltratando a sus hijos. Casos como el de

Kathy Bush, una madre diagnosticada con síndrome de Munchausen

por poder que ha sido condenada por abuso infantil y puede pasar

el resto de su vida en la cárcel, llegó a embaucar a la propia

esposa del presidente Bill Clinton, Hillary. La primera dama la

presentó en una conferencia en la Casa Blanca como ejemplo de

padres que sufren por los altos costos de los seguros médicos.

Su hija, Jennifer Bush, había sido operada 34 veces en sus once

años de vida a causa de una misteriosa enfermedad que le hacía

vomitar todo lo que ingería y que la obligaba a alimentarse a

través de un tubo en su estómago. Poco después se descubrió que

Kathy padecía una enfermedad mental que la empujaba a envenenar

a su propia hija. Un estudio hecho público esta semana, prueba

que el caso de esta mujer no era aislado: en un hospital

infantil de Atlanta, las cámaras de vídeo sorprendieron a 23

madres -11 de ellas enfermeras- inyectando orina a sus hijos,

cambiándoles los medicamentos o intentando ahogarles. La

tragedia de Kathy Bush puso por primera vez al descubierto un

problema sanitario y criminal cuyo alcance exacto todavía se

desconoce. Dos años después, en California, se descubrió que

otra mujer, Mary Noe, había matado, poco a poco, a sus diez

hijos a causa del mismo síndrome.

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El informe elaborado ahora por los médicos de la

Universidad Emory de Atlanta y publicado en la revista Journal

of Pediatrics, aporta datos inquietantes sobre la frecuencia con

que repiten este tipo de historias en EE UU. Las madres con

síndrome de Munchausen causan daño deliberadamente a sus hijos y

luego mienten sobre el origen de las extrañas dolencias para

satisfacer su enfermiza necesidad de llamar la atención, a veces

para salvar su matrimonio o ganarse la simpatía de los demás

apareciendo como víctimas.

Dentro de los múltiples hallazgos y recopilaciones que hace

Parma (2002), se encuentra además que en el hospital infantil

Children's Health Care de Scottish Rite, Atlanta, los doctores

no lograban encontrar respuesta para los repetidos ingresos en

el centro de niños con inexplicables enfermedades crónicas. El

doctor David Hall, director del estudio, decidió instalar

cámaras ocultas en 41 habitaciones con casos sospechosos. Había

por ejemplo niños que padecían infecciones bacterianas que

durante meses eran resistentes a cualquier tratamiento. Las

cámaras revelaron que la causa era el orín que sus madres les

inyectaban a través de los catéteres intravenosos por los que

les administraban los medicamentos. La edad promedio de los

niños era de 2 a 3 años, y de no haber sido por las cámaras

ocultas muchos podrían haber muerto. En varias ocasiones, el

equipo que controlaba los vídeos alertó a las enfermeras para

que entraran en las habitaciones, en sus apreciaciones el Dr.

Hall: "Las madres paraban lo que estaban haciendo… ha sido una

tarea muy poco placentera, porque éste no es el hallazgo que

hubiéramos querido obtener". (Parma, 2002, párr.5)

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La enfermedad mental de Munchausen es responsable de al

menos un 10% de las muertes infantiles en Estados Unidos, en

opinión de los médicos de Emory University que confirmaron las

conclusiones de otros estudios anteriores de la doctora Judith

Libow, en el Children's Hospital de Oakland, California, y de la

doctora Patricia Siegel, del Children's Hospital de Michigan.

Sin embargo, todos advierten que la cifra exacta podría ser

bastante más alta, dada la dificultad con la que frecuentemente

se topan los especialistas para diagnosticar el síndrome. (Lara,

2007).

2. ASPECTOS JURÍDICOS RELACIONADOS CON EL SÍNDROME DE

MUNCHAUSEN

2.1 Desarrollo histórico Del Síndrome de Munchausen Por Poder

Para iniciar este capítulo, consideramos las autoras de

esta monografía, que se hace necesario abordar en primera

instancia el tema de la infancia; y por consiguiente, se debe

tener en cuenta, que los cambios históricos del concepto de

infancia tienen que ver con los modos de organización

socioeconómica de las sociedades, con las formas o pautas de

crianza, con los intereses sociopolíticos, con el desarrollo de

las teorías pedagógicas, así como con el reconocimiento de los

derechos de la infancia en las sociedades occidentales y con el

desarrollo de políticas sociales al respecto. Por todo ello la

infancia, más que una realidad social objetiva y universal, es

ante todo un consenso social. (Álzate, 2007).

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50

Es así como Global, (2008) hace un recuento y evidencia lo

señalado anteriormente en los diferentes momentos de la historia

hasta el siglo XX, de la siguiente manera:

En el siglo IV d.C. el niño era considerado como una

propiedad más del padre, pudiendo éste maltratar, abandonar

o eliminar a sus hijos sin que las Leyes de la época

condenaran este tipo de actuaciones. Durante las

civilizaciones Griega y Romana empiezan sin embargo a

condenarse este tipo de actitudes y a desarrollarse las

primeras concepciones sobre la infancia.

La edad media comenzó admitiendo que el niño tenía alma e

incluso la infancia empezó a entrar tímidamente en la vida

afectiva de los padres, empezando a condenarse en algunos

casos el maltrato físico, pero los niños eran fácilmente

abandonados ante las situaciones difíciles, frecuentes en

aquella época. La infancia seguía considerándose propiedad

de los padres y abandonaban muy pronto el hogar para

trabajar en otras casas o estudiar en el mejor de los

casos, en monasterios para convertirse más tarde en

religiosos.

Desde finales del siglo XVI y durante el siglo XVII, gracias

al Renacimiento y a las ideas humanistas que éste defendía,

la escuela comienza a cobrar cierta importancia, pero este

avance tan sólo afecta por el momento a las clases más

acomodadas.

La Ilustración y la Revolución Francesa favorecen el interés

del Estado cada vez mayor por la situación de la infancia y

aunque no se fomenta una relación afectiva cercana, sí

empieza a considerarse la protección de la infancia como

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una responsabilidad y una obligación. Sumado a esto ayuda

la aparición en estos años de una nueva clase social, la

burguesía, y la redacción de las primeras declaraciones de

Derechos Humanos (DDHH).

Durante el siglo XIX, gran parte de la sociedad manifestó

el deseo de atender a la infancia de manera integral, es

decir, protegiéndola y formándola, entendiendo además que

las niñas, y no únicamente los niños, debían recibir una

mayor y mejor atención. La mejor situación que los niños y

niñas empiezan a disfrutar en estos años es en parte el

resultado de los progresos y el desarrollo que afectaron a

las sociedades Europeas a partir de la Revolución

Industrial. Sin embargo esta Revolución contribuyó también

justamente en algunos casos, a la explotación infantil

obligándolos a trabajar en tareas no apropiadas para su

edad. La aparición y el desarrollo de algunas ciencias,

como la psicología y la pedagogía, y el mayor interés que

éstas demostraron hacia la infancia, ayudaron a que la

situación de los niños y niñas mejorara.

El siglo XX ha sido sin duda el siglo de la infancia,

aprobándose en esos años las más importantes Leyes de

infancia.

Sin embargo, es importante para las autoras y para el

desarrollo de esta monografía, mencionar que la infancia fue

víctima durante ciertas décadas de algunos de los más terribles

sucesos acontecidos en la reciente historia de la humanidad.

Así, tras los graves efectos que sobre la infancia dejó la

Primera Guerra Mundial, se creó la Unión Internacional de

Socorro de los Niños y se redactó en 1924 la primera Declaración

de los Derechos del Niño (o Declaración de Ginebra), que recogía

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en cinco apartados los principales derechos de la infancia. Ya

en 1959, tras la Segunda Guerra Mundial, y viendo que la

situación de la infancia en el mundo era tal que sus derechos y

necesidades seguían requiriendo de un reconocimiento y una

protección especial, se proclamó la llamada Declaración de los

Derechos del Niño, que amplió la primera Declaración. Sin

embargo pasaron cuarenta años para que el tratado de Derechos

Humanos más ratificado en la historia del hombre, la Convención

sobre los Derechos del Niño, fuera aprobado. (Global, 2008).

Se establece entonces que los niños deben ser protegidos

contra determinadas situaciones y se declaran seis derechos;

entre ellos el derecho al nombre, a la nacionalidad y a la

seguridad social. De igual forma se consagra por primera vez el

―principio del interés superior de los niños‖; pero no hubo una

claridad con respecto a lo que consiste, ni cuál era la

definición de tal principio. (Global, 2008).

A pesar de ser insuficiente la normatividad vigente para

esa época, las dos declaraciones mencionadas anteriormente sobre

los derechos de los niños, todos los países legislaron a partir

de éstas. Por ello, nosotros conocemos este marco jurídico como

un marco de situación irregular, es decir, había protección

frente a determinados problemas, pero no había garantía de

derechos en general de todos los derechos del niño, de alguna

manera se consiguió o se conquistó posteriormente en 1989.

(Gómez, 2008).

Gómez (2008) afirmo que:

Desde 1970 el gobierno de Polonia le propuso a la Comisión

de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que hiciera un

pronunciamiento o se trabajara en una convención que

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garantizara los Derechos Fundamentales de todos los niños,

es decir, no solamente de aquellos niños que se encontraban

en una situación problemática o en situación específica,

sino que fuera una garantía a todo el universo de niños,

aún para aquellos niños que tuvieran sus derechos en

condiciones ideales, de manera que se les mantuvieran

dichas condiciones y también el restablecimiento de

derechos para aquellos niños que tuvieran vulnerados

determinados derechos. El trabajo se adelantó durante más

de diez años y sólo hasta 1989 se promulgaron, por medio de

la Convención de los Derechos de los Niños.

Dicha Convención fue importante porque dividió en dos la

historia de la protección de los derechos de los niños en

el aspecto internacional, lo mismo que en el nivel

nacional. En el mes de enero de 1990, dos meses después de

realizar la Convención, se abre a la firma de todos los

países. (Párr. 7).

Al inicio se unen sesenta y un países; hoy la han

ratificado casi todos los países, con excepción de Estados

Unidos y Somalia. Estados Unidos siempre ha sido renuente a

firmar Convenios Internacionales en los cuales se consagren

garantías de derechos fundamentales y Somalia justifica que no

tiene un régimen político interno a través del cual pueda dar

cumplimiento a los postulados y mandatos de la convención.

(Gómez, 2008).

Es así como la convención impone a cada país una serie de

obligaciones, entre ellas, adaptar su legislación interna, tanto

en materia sustancial como en materia procedimental, para dar

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cumplimiento a las obligaciones que desde allí se derivan,

establecen la obligación de disponer de todo el recurso, tanto

económico como humano, para el cumplimiento de los acuerdos y,

finalmente, plantea el compromiso de rendir un informe sobre los

avances de cada país, para presentarlos al comité de seguimiento

de la comisión de los Derechos del niño que creó la convención.

(Gómez, 2008).

Para 1991, se instaura la Constitución Política de Colombia

que aún se encuentra vigente donde se consagran los derechos

fundamentales y los principios rectores que enmarcan la

normatividad del país. (García, 2008).

En relación al tema que hemos venido desarrollando, Quijano

(2008) argumenta que la Constitución Política de Colombia de

1991 es una ganancia, específicamente en materia de Derechos

Humanos y Derechos Fundamentales con relación a los niños y con

relación a la familia, porque por primera vez se consagra un

Artículo donde se establece que la familia es el núcleo

fundamental de la sociedad y a nivel general, establece cada una

de las situaciones que se dan al interior de la familia para que

sean protegidas desde postulados constitucionales. Con relación

a los niños, consagra un Artículo especial sobre los derechos

fundamentales de los niños, lo mismo que tres principios de

cumplimento por parte de todos los que de alguna manera tenemos

que tomar decisiones con relación a menores de edad.

Tales decisiones no son sólo de carácter judicial o

administrativo, sino también decisiones de carácter familiar e

internas, como por ejemplo en la escuela o en la comunidad. En

todas las decisiones que se tomen con relación a los niños, se

consagra el principio del interés superior de los niños, que ya

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venía desde 1959, consagrado en la Declaración de los Derechos

del Niño. (Linares, 2008).

Aunque tal principio, hasta ahora está consagrado en la

Convención de los Derechos del Niño, no estaba definido, la

doctrina se ha encargado de señalar que el interés superior de

los niños consiste en la satisfacción máxima y concomitante de

los derechos fundamentales de los niños, es decir no sacrificar

un derecho por otro o buscar el mínimo sacrificio cuando se hace

necesario un derecho fundamental de los niños. La idea es

garantizar todos sus derechos de manera concomitante y en un

estado ideal. (Linares, 2008).

Por su parte el Artículo 44, de la Constitución Política

de Colombia dice que son derechos fundamentales de los niños: la

vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la

alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una

familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la

educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su

opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono,

violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual,

explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán

también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en

las Leyes y en los tratados internacionales ratificados por

Colombia.

La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de

asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo

armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos.

Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente

su cumplimiento y la sanción de los infractores. Los derechos de

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los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.

(Constitución Política de Colombia, 1991).

En este contexto, la responsabilidad del estado en relación

al respeto, garantía y ejercicio de los derechos fundamentales

de los niños y de las niñas tiene la característica especial

consagrada en el Artículo 44, al consagrar este principio en el

orden nacional, se hace responsable ante las instancias

internacionales por el cumplimiento de este principio. Así que

es obligación de todos los servidores públicos del Estado

Colombiano, los particulares, prestadores de servicios y otras

entidades administrativas y judiciales, dar prelación a los

derechos de los niños y de las niñas en todas las

circunstancias. (Linares, 2008).

Desde estas disposiciones se promulga que el niño gozará de una

protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios,

dispensado todo ello por la Ley y por otros medios, para que

pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y

socialmente en forma integral, así como en condiciones de

libertad y dignidad. (Linares, 2008).

Según linares (2008):

El compromiso que la Constitución establece con el

bienestar físico y espiritual del menor y con el pleno y

armonioso desarrollo de su personalidad, no se ha limitado

a configurar derechos fundamentales a partir de sus

pretensiones básicas de protección, sino que eleva su

persona a la categoría de sujeto fundamental, merecedor de

un tratamiento especial y prioritario por parte de la

familia, el estado y la sociedad.

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Al promulgar Leyes con este fin, la consideración

fundamental a que se atiende, será el interés superior del

niño, los principios de protección, así como los derechos

ya reconocidos en el plano legal y en los convenios

internacionales, los cuales se elevan a nivel

constitucional y se los dota de prevalencia ―sobre los

derechos de los demás‖.

En virtud a estas disposiciones el trato distinto a los

niños y la expresión ―derechos fundamentales de los niños‖

el Estado Colombiano avala el reconocimiento de la

titularidad de que disponen los niños y niñas, de los

derechos fundamentales (Artículo 44 de la Constitución) y a

su vez, muestra el particular interés del constituyente de

habilitar, en el Estado Social de Derecho, los

procedimientos legales y las acciones de la familia, la

sociedad y el estado, con el propósito de concretarlos y

posibilitar su exigibilidad.(Párr. 4).

En el mismo año se expide la Ley 12 por medio de la cual

Colombia ratifica la convención, en otras palabras, Colombia

incorpora la convención de los Derechos de los niños y por ser

un tratado de Derechos Humanos, como lo dice nuestra

Constitución Política, forma parte de un bloque de

constitucionalidad, lo que significa que esa convención es un

postulado constitucional es decir que adquiere un carácter de

obligatoriedad. (Gómez, 2008).

De esta forma podemos concluir que según la constitución

política de Colombia, se promulga que los niños serán protegidos

contra toda forma de abandono, violencia física o moral,

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secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica

y trabajos riesgosos, y gozarán de los demás derechos

consagrados en la Constitución, en las Leyes y en los tratados

internacionales ratificados por Colombia.

En la actualidad el análisis de la infancia desde el punto

de vista jurídico pretende determinar cuál es la posición que

ocupan los niños, las niñas y adolescentes en los diferentes

sistemas normativos, además de las responsabilidades de sus

padres o tutores y la del estado con respecto a la vulneración

de sus derechos. Tanto en el ámbito nacional como internacional,

y como afectan éstos a la satisfacción de sus necesidades

básicas.

El Código del Menor Colombiano, donde se consagraron los

principios sustanciales y el procedimiento para restablecer los

derechos de los niños, fue expedido una semana antes de que se

profiriera la convención de los derechos de los niños. También

en 1989, con el decreto 2737/89, se expiden ejercicios y

facultades extraordinarias del Presidente de la República y es

un Código del Menor que incorpora en su legislación y en sus

mandatos la doctrina de la situación irregular y no la doctrina

de la protección integral. Por ello, la normatividad Colombiana

en aquel momento se encontraba atrasada, y encentrándose al

margen de la nueva filosofía, de la nueva doctrina de la

infancia. (Gómez, 2008).

En este orden de ideas, en el año 2006 a través de la Ley

1098 de 2006 se expide el Código de Infancia y Adolescencia en

Colombia, con el objetivo de asegurar las condiciones para el

ejercicio de derechos de niños, niñas y adolescentes que les han

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sido reconocidos por la Constitución Política y por el bloque de

constitucionalidad.

Además Consagra mecanismos que posibilitan la protección

integral de esos derechos, al establecer mecanismos que definen

la corresponsabilidad de la familia, la sociedad y el Estado.

Serna, (2009) argumenta que:

La actual Ley está dirigida a todos los niños, niñas y

adolescentes hasta la edad de 18 años, y también aquellos

que han llegado a esta edad y se encuentran bajo medida

especial de protección del Estado, entre los postulados de

la Ley, se encuentra el tema de las responsabilidades

penales de los adolescentes, las cuales aplican desde los

14 años de edad. Igualmente se eliminan todos los

beneficios penales para las personas que cometan delitos

contra los niños, niñas y adolescentes en el país. Se

acaban las rebajas de penas por sentencia anticipada o

confesión, así como la casa por cárcel. (Parr.5)

En relación a protección integral Serna, (2009) afirma que:

―Se materializa en el conjunto de políticas, planes, programas y

acciones que se ejecuten en los ámbitos nacional, departamental,

distrital y municipal con la correspondiente asignación de

recursos financieros, físicos y humanos‖. (párr. 8).

Según lo expuesto anteriormente deducimos las autoras de

esta monografía, que la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y

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adolescencia), establece la protección integral como el

reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes como sujetos

de derechos, la garantía y cumplimiento de los mismos, la

prevención de su amenaza o vulneración y la seguridad de su

restablecimiento inmediato, en desarrollo del principio del

"interés superior del niño". Además las autoras del presente

trabajo monográfico, logramos identificar que a través del

propio proceso histórico, el concepto de infancia ha variado

considerablemente, en la actualidad son muchas áreas que se

ocupan de tomar a la infancia no sólo como un grupo que debe

recibir protección, sino como el grupo de personas que tiene

unos derechos, necesidades propias y particulares, por tanto,

deben ser tenidos en cuenta.

Después de la pesquisa bibliográfica realizada consideramos

que muchas han sido las disciplinas y ciencias que han ido

aportando a través de sus estudios e investigaciones al tema de

los niños, niñas y adolescentes, de allí se extrae material que

tiene como objetivo tratar de resolver algunos de los problemas

sociales, como el abuso sexual, la violencia física y

psicológica, contra la infancia. Además de visibilizar y

reconocer la importancia del cumplimiento de las necesidades de

los mismos.

Según el Instituto de Estudios Políticos para América

Latina y África (IEPALA), (2008) ―identifican a la medicina, la

pedagogía, la psicología y la sociología, como las ciencias que

han intervenido en la promoción y conocimiento de la infancia,

en relación a sus necesidades y el establecimiento de las

diferencias en su atención‖. (P.16)

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Es así como la IEPALA, (2008) ―afirma que quizás la

psicología sea, la ciencia que más ampliamente ha tratado la

etapa infantil y su proceso madurativo en cuanto a las

capacidades y las necesidades psicológicas‖.(P.16). Lo anterior

se ha podido materializar gracias a lo investigado con respecto

a las variables por las que los niños y las niñas se comportan;

a qué se debe su conducta y bajo qué registros, sociales,

biológicos y psicológicos se dan, dentro de diferentes

contextos.

A groso modo, se podría decir que las necesidades de los

niños, niñas y adolescentes, se centran en diferentes tipos:

físicas-biológicas (alimentación, vivienda, servicios médicos),

cognitivas, emocionales y sociales (vínculos afectivos,

interacción social, protección), referidas al desarrollo de su

autonomía y su seguridad emocional. (IEPALA, 2008).

Las autoras de esta monografía consideramos, que una de las

ciencias que ha contribuido a la construcción y el

reconocimiento de la infancia, de sus derechos y del trato

diferencial, es el derecho el cual por su parte aborda este

análisis desde una perspectiva integral.

En cuanto a las conductas que se despliegan de este

síndrome de Munchausen por poder, podríamos afirmar que en la

Legislación Colombiana no hay una adecuación típica de estos

comportamientos de manera expresa; sin embargo consideramos las

presentes autoras que pueden encuadrarse en los tipos penales

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tales como violencia intrafamiliar agravada, o lesiones

personales agravada u homicidio agravado. (Álzate, 2007).

En Colombia los menores vienen siendo protegidos desde 1989

cuando se expidió el decreto 2272 con el cual se pretendía

proteger el derecho de los menores mediante la creación de los

Jueces y Juzgados de familia quienes conocerían sobre este tema

(derecho de familia) en especialidad, también se creó el ICBF

cuya competencia radicaba únicamente en conciliaciones

familiares fijaciones de residencias, caución al comportamiento

conyuga, alimentos, custodia de los hijos, regulación de visitas

y permisos para salir del país. Sin embargo en ella no se

estipuló ni se consagró temática alguna referida a la violencia

o al maltrato al interior de la familia. (García, 2008).

Posteriormente en el mismo año se expide el Código del

Menor, que en ese entonces fue un logro legislativo, pero desde

la mirada actual sólo circunscribió las obligaciones hacia los

menores en una mera obligación alimentaria. No menciona en este

Código la temática de la violencia o el maltrato infantil.

(García, 2008).

Para 1994 se expiden los decretos 124 y 1108 por medio de

los cuales se prohibía el consumo de bebidas embriagantes,

estupefacientes, venta de material pornográfico e ingreso a

salas de juego a los menores como medida de protección a estos,

sin embargo siguió el vacío con respecto al maltrato físico o

psicológico. (Alzate, 2007).

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Es sólo para 1996 mediante la Ley 294 que se desarrolla la

ordenanza del Artículo 42 de la Const. (Derechos y deberes de la

familia) dictando las normas tendientes a prevenir, remediar y

sancionar la violencia intrafamiliar. En este Código se

consagraron las medidas de protección, el funcionario competente

para conocer del hecho, el procedimiento para llevar la

información de la violencia, las modalidades del maltrato como

lo son la física, la psíquica, las lesiones, el maltrato cruel,

la intimidación, daño corporal o en la salud, obligar o inducir

al consumir de sustancias o consumirlas delante de ellos; esta

Ley pretendía proteger al menor de estas conductas. (Alzate,

2007).

Las autoras identificamos en este transcurrir normativo que

si bien las legislaciones de la protección al menor inician

desde 1989 es la Ley 294 del 1996, es decir 10 años después, la

que visibiliza el tipo de violencia intrafamiliar y con ella los

inicios de la adecuación típica del síndrome de Munchausen por

poder al hablar de las conductas que pueden constituirse como

violencia pero de una forma implícita. (García 2008).

En el año 2000, mediante la Ley 600 (Código Penal

Colombiano), tipificó la violencia intrafamiliar, e impuso una

pena privativa de la libertad que iba de (16) dieciséis a

cincuenta y cuatro (54) meses.

Como se mencionó en páginas anteriores para el 2006 se

expidió la Ley 1098 (Código de la Infancia y la adolescencia) la

cual entre otros temas, amplió las conductas que han de

considerarse lacerantes de la integridad personal de los niños,

niñas y adolescentes; éstas conductas son: las que causen la

muerte, sufrimiento físico, sexual, psicológico, el castigo, la

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humillación, el abuso físico, el descuido, la omisión o el trato

negligente, los malos tratos, la explotación sexual, los actos

sexuales abusivos y cualquier otro tipo de violación o agresión,

especialmente si estos vienen por parte de los padres,

cuidadores,, representantes legales, o cualquier miembro del

grupo familiar escolar o comunitario. (García, 2008).

Para el 2007, las penas del tipo penal, violencia

intrafamiliar, mediante la Ley 1142, las penas privativas de la

libertad se aumentaron en: de 4 a 8 años la cual puede ser

aumentada de la mitad a las 3 cuartas partes cuando la conducta

recaiga sobre un menor, una mujer, una persona mayor de sesenta

y cinco (65) años o que se encuentre en incapacidad o

disminución física, sensorial y psicológica o quien se encuentre

en estado de indefensión. A la misma pena quedará sometido

quien, no siendo miembro del núcleo familiar, sea encargado del

cuidado de uno o varios miembros de una familia en su domicilio

o residencia, y realice alguna de las conductas descritas en el

presente Artículo.

Finalmente y como conclusión es importante mencionar, que

dentro de la construcción de la Democracia Colombiana en el

transcurso del tiempo se puede avanzar realmente en una

legislación que haga una protección efectiva a los menores, en

la medida en que haya una transformación y un reconocimiento de

la condición a través del status social y legal justo,

permitiendo reformas integrales que partan de las

constituciones, incluyendo todas las normas jurídicas que

regulan las relaciones humanas en todos los ámbitos, a este

reconocimiento entonces deberán atender, las Leyes de trabajo,

las de salud, educación, de familia, las normas la vida civil y

las normas penales.

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65

2.2 Aproximación Jurídica Del Síndrome De Munchausen Por Poder

En La Legislación Colombiana

Para iniciar, consideramos las autoras del presente trabajo

monográfico importante señalar lo dicho por Gómez, (2008) donde

explica que son varias las ramas del Derecho que regulan de

manera específica los derechos de niños, niñas y adolescentes,

sin embargo, hay que tener en cuenta que estos últimos pueden

verse afectados por muchas de las medidas normativas adoptadas

en los distintos ámbitos de la realidad económica y social.

En términos del presente trabajo monográfico del síndrome

de Munchausen por poder y su aproximación jurídica se hace

necesario hablar sobre la legislación Colombiana que protege los

derechos y la integridad personal de los menores, debido a que

este síndrome se caracteriza por acciones o conductas que causan

lesiones físicas, psicológicas o daños en la salud donde las

víctimas son los menores, estas conductas son tipificadas en

Colombia como delito, debido a que el sujeto pasivo es protegido

por la Legislación Nacional y ratificada por los Convenios

Internacionales.

El síndrome se caracteriza por que el victimario

generalmente es la madre, padre o cuidador, lo que constituye un

agravante del delito anteriormente mencionado, y que se ve

materializado en aumento de las penas por el vínculo, debido a

la posición de garantes donde deben velar por la protección del

menor. (Salinas, 2002).

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Es importante retomar lo dicho por Gómez, (2008) donde se

trata el tema del menor en las diferentes áreas de legislación

nacional:

El Derecho Civil, aborda la situación de la infancia en

relación con la situación jurídica del menor de edad,

regulando sus consecuencias en el ámbito de la familia en las

distintas situaciones por las que ésta puede atravesar, temas

relacionados con la filiación, la patria potestad o

responsabilidad parental, la guarda y custodia, el derecho de

visitas, entre otros. Y de las medidas de protección

encaminadas a procurarle una adecuada protección de su

persona y sus bienes cuando sea necesario, especialmente en

aquellos casos en los cuales, por cualquier motivo, se

encuentre en una situación de desamparo, adopción,

acogimiento o guarda. (párr. 7).

Por otra parte el derecho del trabajo establece los límites

de edad por debajo de los cuales los niños, niñas y

adolescentes no pueden ser admitidos al empleo, así como sus

derechos en el caso de que puedan comenzar a trabajar aún

siendo menores de edad. (Serna, 2009, Párr. 12).

El Derecho Administrativo regula las actuaciones de las

Administraciones Públicas en relación con la Infancia;

comprende la regulación de ámbitos como la educación, la

sanidad y los servicios sociales. (Serna, 2009, Párr. 13)

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El Derecho Penal por su parte aborda la regulación de las

consecuencias y procedimientos en el caso del niño, niña o

adolescente, desde dos enfoques es decir víctima de un

delito o falta, o bien el autor de los mimos. Esto último es

lo que se conoce como responsabilidad penal de los menores de

edad. (Serna, 2009, Párr. 13).

En relación al tema del presente trabajo monográfico se

hace necesario ahondar y hacer precisiones conceptuales en el

campo del derecho penal debido a que las características del

síndrome de Munchausen por poder se enmarcan en ésta legislación

Colombiana.

En cuanto al concepto de delito, consideramos que para

realizar una aproximación jurídico penal al síndrome de

Munchausen, es indispensable, realizar una conceptualización,

que nos permita circunscribir este síndrome dentro de la

normatividad penal vigente.

Así las cosas, en Colombia, para que un hecho sea

considerado como delito debe cumplir con unas características y

ser, en consecuencia, sancionado con una pena.

Dentro de esas características encontramos las siguientes:

Partir de un derecho penal positivo, es decir, de un derecho

penal que se encuentre escrito, en el cual estén consignados la

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conducta y la pena respectiva, esto en base al principio –nullum

crimen sine lege- (no hay delito sin Ley), lo que impide que un

hecho o conducta sea considerado delito sin que haya una Ley

previa que lo prohíba (art 23 C.P y 25 de la Constitución

Política de Colombia). Esta adecuación escrita, de un hecho o

conducta como delito y su pena, es lo que se conoce como

Adecuación Típica, y al estar inmerso dentro del marco penal, se

denomina Tipo Penal. (Hassemer 1999).

Debe ser presentado como un juicio de doble desvalor, la

antijuricidad y la culpabilidad. (Serna, 2009).

La Antijuricidad, la debemos entender como la existencia

de una categorización que incluye una acción u omisión, un

objeto, sujeto, una relación causal, un aspecto psicológico y

un resultado (es la modificación del mundo exterior). (Muñoz,

2005).

De acuerdo a Pérez, (1996), la antijuricidad puede ser

vista formal y materialmente. La primera hace referencia a

una conducta que va en contra del ordenamiento jurídico, la

segunda a una conducta que no sólo desconoce la Ley formal,

si no que origina perjuicio al bien jurídico tutelado, o le

genera un riesgo serio y próximo. (P.23)

La Culpabilidad o imputabilidad, se refiere al

conocimiento por parte del autor del carácter prohibido de su

hacer, conocido como la intencionalidad.

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Pérez (1996), manifiesta que la culpabilidad es el

elemento o aspecto subjetivo del hecho punible, que al

igual que la tipicidad y antijuridicidad, debe ser

demostrada dentro del proceso penal. Por ello para que la

tipicidad y la antijuridicidad sean punibles, deben ser

realizadas con culpabilidad, es decir, con la intervención

de la faz interna del comportamiento humano. (P.23)

Se concluye entonces que, para que un hecho sea

considerado como delito, debe ser típico (existir como tipo

penal), antijurídico y culpable. (Muñoz, 2005).

Las autoras de esta monografía consideramos que las

conductas que se desprenden del síndrome de Munchausen por

poder, pueden considerarse inicialmente como típicas, la

violencia intrafamiliar, lesiones personales, tentativa de

homicidio y en el peor de los casos homicidio son

comportamientos que la Legislación Penal Colombiana, consagra

como delito en nuestro Código Penal.

Es antijurídica, porque la legislación, contempla una

caracterización previa de las conductas que conforman el tipo

penal; es decir, que la conducta incurrida, vulnera o coloca en

peligro un bien jurídico tutelado como la vida o la familia, en

este caso específico.

Ahora bien, referente a la culpabilidad o responsabilidad

penal, en la Legislación Penal Colombiana no habrá lugar a la

misma, cuando en la modificación de la realidad externa no hay

voluntariedad en la acción o el resultado obtenido, lo que es

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denominado como ausencia de responsabilidad penal Art 32 (cp.).

(Muñoz, 2005).

Según Muñoz (2005) hay ausencia de responsabilidad

penal en tres grupos de casos:

Fuerza irresistible: es aquel que obra violentado por una

fuerza irresistible que proviene del exterior, y que no

deja ninguna otra opción generando un estado de ansiedad y

un miedo insuperable. Los estados pasionales si bien no son

eximentes de responsabilidad son atenuantes de la misma.

Estados de inconsciencia: los actos que se realizan en

estados de inconsciencia no dependen de la voluntad a menos

que el sujeto se haya colocado en este estado para

delinquir.

Movimientos Reflejos; como las convulsiones o movimientos

instintivos de defensa por tanto estas no están controladas

por la voluntad, sino por los centros sensores del cuerpo

sin que haya intervención de la voluntad. (CP Art 32).

Consideramos las autoras de esta monografía, que si se

observa el síndrome de Munchausen por poder, desde el concepto

de falta de responsabilidad, es importante anotar que el padre,

madre o cuidador que maltrata, es consciente de su actuación y

por lo general recae su maltrato en menores que no tienen la

capacidad de determinar que están siendo maltratados, y

definitivamente no es un movimiento reflejo, el maltrato no es

resultado de un acto de defensa, ni un acto producto de los

centros de sensores del cuerpo ni por una fuerza irresistible.

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71

Por otra parte en Colombia, para que la conducta realizada

por una persona, sea considerada, como la causante de un

resultado, debe existir entre estos, una relación de

causalidad. Es decir, que debe inferirse, que el resultado o

modificación de la realidad exterior es producto, razón o causa

de la conducta o acción, realizada por el autor. A esta

inferencia de la relación causal, se le denomina imputación

objetiva y es conocida por la doctrina penal como el nexo

causal. (Muñoz, 2005, CP Art 32).

De acuerdo a lo expuesto anteriormente consideramos que en

cuanto al síndrome en estudio, se podría decir lo siguiente:

Para que la madre, padreo o cuidador, sea acusado y penado por

el delito de violencia intrafamiliar, homicidio o lesiones

personales agravadas, debe existir y probarse, que entre el

resultado (los síntomas de enfermedades que padece el menor) y

las conductas del autor, existe un nexo o vínculo causal tal,

que permita inferir que a causa de estos se producen los

diferentes efectos.

En Colombia también se puede tener responsabilidad penal al

incurrir en delitos por omisión, esto se refiere a la acción que

el sujeto tenía obligación de realizar y podía realizar y por

decisión y voluntad propia no lo hizo. Ésta omisión puede ser

propia o impropia, será la primera cuando se refiera a omitir

acciones que podrían evitar un resultado, como la omisión de

socorro Art. 489 C.P. Y será Impropio, cuando la omisión se

equipara a una acción típica y el sujeto estaba en obligación de

evitar el resultado por virtud de: su cargo o función, vínculo

familiar, comunidad de peligro (equipos de deportes peligrosos),

aceptación defunciones, de protección o deber de vigilancia de

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fuentes de peligros (custodia de explosivos) y no lo hace.

(Muñoz, 2005).

Quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado

perteneciente a una descripción típica y no lo llevare a cabo,

estando en posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena

contemplada en la respectiva norma penal. A tal efecto, se

requiere que el agente tenga a su cargo la protección en

concreto del bien jurídico protegido, o que se le haya

encomendado como garante la vigilancia de una determinada fuente

de riesgo, conforme a la Constitución o a la Ley.

Son constitutivas de posiciones de garantía las siguientes

situaciones:

Cuando se asuma voluntariamente la protección real de una

persona o de una fuente de riesgo, dentro del propio ámbito

de dominio.

Cuando exista una estrecha comunidad de vida entre personas.

Cuando se emprenda la realización de una actividad riesgosa

por varias personas.

Cuando se haya creado precedentemente una situación

antijurídica de riesgo próximo para el bien jurídico

correspondiente. (Muñoz, 2005).

Si se enmarca el síndrome de Munchausen por poder en este

tipo penal, habría que tener en cuenta que, quienes padecen el

mismo, no omiten acciones, sino todo lo contrario realizan las

acciones pertinentes para generar los padecimientos, síntomas y

enfermedades en los menores, es decir la madre, padre o cuidador

tiene conciencia de lo que hace y de que es un acto antijurídico

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y sin embargo, lo quiere y realiza la acciones que lleven a la

consecución del mismo.

Otro aspecto a tener en cuenta en esta aproximación

jurídica al síndrome de Munchausen por poder es que la conducta

para que sea considerada como punible según lo consagrado en el

Artículo 9 del Código Penal Colombiano se requiere que haya

tipicidad, antijuricidad y culpabilidad. La causalidad por sí

sola no basta para la imputación jurídica del resultado.

Estos elementos son retomados en los Artículos 10, 11 y 12

respectivamente del Código Penal Colombiano, así, el Artículo

10 habla sobre La definición de manera inequívoca, expresa y

clara las características básicas estructurales del tipo penal;

el Artículo 11 por su parte declara que para que una conducta

típica sea punible se requiere que lesione o ponga efectivamente

en peligro, sin justa causa, el bien jurídicamente tutelado por

la Ley penal, además el Artículo 12 habla de la Culpabilidad,

que sólo se podrán imponer penas por conductas realizadas con

culpabilidad quedando erradicada toda forma de responsabilidad

objetiva. (CP, parte general título 1).

Para efectos penales se debe entender por conducta, toda

actividad humana realizada consciente y voluntariamente,

originándose con ello un resultado antijurídico mediante un

hacer o no hacer, ésta conducta debe estar establecida

previamente por el Legislador como delito en una norma, lo que

se denomina tipo. (Garcés, 2001)

Según Velásquez, (2007), tipo es la descripción de la

conducta hecha por el Legislador, establecida en la Parte

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Especial del Código Penal, donde normalmente se hallan

consignados los diferentes tipos penales. Cuando el

Legislador fundamentándose en el principio de tipicidad,

describe una conducta delictiva, está realizando la

actividad de tipificar; como cuando expresa en el Artículo

103 del Código Penal ―El que matare a otro,…‖ redacta la

figura penal de Homicidio, dándole al Tipo la función de

individualizar las conductas humanas que son penalmente

prohibidas, otorgando relevancia penal a los diversos

comportamientos valorados de manera negativa por el

Legislador. (Párr. 9).

Las conductas, enmarcadas, como delito, y como tales,

ameritan una sanción punitiva, están enmarcadas en tres campos:

dolosa, culposa y preterintencional. (Velásquez, 2007).

A sí las cosas, la Conducta Dolosa (Art. 22 CP.) se refiere

a la conciencia y voluntad de realizar las acciones, causantes

del resultado, tipificado como una infracción penal. O cuando,

siendo previsible que al realizar una acción determinada se

generara un resultado tipificado, y aun así se deja librada al

azar. (Velásquez 2007).

Según Garcés, (2001), en la redacción del Artículo 22 del

Código Penal, el Legislador ha consagrado dos modalidades de

Dolo:

Directo, es aquel que se produce cuando el agente conoce los

hechos constitutivos de la infracción penal y quiere su

realización. En este evento, la persona conoce previamente

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que la conducta está prohibida por la Ley, que su actuar es

ilícito; no obstante quiere su realización.

Eventual, éste se produce cuando la realización de la

infracción penal ha sido prevista como probable y su no

producción se deja librada al azar. Aquí el sujeto prevé

el resultado como posible, lo acepta de antemano y no se

detiene en su actuar hasta tanto se produzca. En tal caso

debe entenderse que el resultado aparecido, puede o no

quererlo específicamente el sujeto; basta, eso sí, que lo

prevea como posible y efectivamente ejecute la acción

correspondiente, con indiferencia del resultado o

resultados que aparezcan.(Párr. 23)

Según lo que hemos estudiado sobre las conductas realizadas

como resultado del Síndrome de Munchausen, y analizándolo dentro

del campo del dolo, para que esta conducta fuese considerada

dolosa, tendrían que cumplirse los dos elementos constitutivos,

referidos estos al pleno conocimiento de la ilegalidad de su

actuar y la voluntad plena de continuar y realizar la acción.

La Conducta Culposa es considerada culposa cuando el

resultado típico es producto de la infracción al deber objetivo

de cuidado, es decir, no existe la intencionalidad de generar un

resultado sin embargo las acciones realizadas (por imprudencia o

falta de cuidado) fueron idóneas para ocasionarlo. (CP, título

tercero capítulo único).

Pérez, (1996), manifiesta que la culpa es otra

modalidad de la culpabilidad. Se le entiende como la

omisión del deber de cuidado. Este defecto puede ser

tenido como: negligencia, imprudencia, violación de

reglamentos o impericia, razón por la cual afirman que

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éstas constituyen las fuente de la culpa. Agrega que, se

distinguen dos formas de culpa: con representación,

denominada también consciente o con previsión, y sin

representación, llamada a su vez inconsciente y sin

previsión. La primera se presenta cuando el autor,

sabiendo que la consecuencia de su actuar es evitable,

confía en que no se produzca el evento y nada hace para

impedirlo. La segunda surge cuando el autor, con la

diligencia debida, puede evitar el resultado lesivo, que ni

se imagina ni calcula. (Párr. 14).

Al respecto Velásquez, (2007), afirma que, si se tiene como

punto de partida el aspecto subjetivo, pueden distinguirse dos

formas o modalidades de culpa o imprudencia: la consciente y la

inconsciente:

La primera, también denominada con representación o

previsión, se presenta cuando el agente, que ha puesto como

posible la producción del resultado lesivo, confía en poder

evitarlo, pese a que advierte la amenaza objetiva de su

conducta.

La segunda, es la inconsciente, sin representación o sin

previsión, que se realiza cuando el autor no se representa

la posible ocurrencia del resultado típico dañoso, habiendo

podido y debido hacerlo.(Parr.13)

Para determinar si hay culpa o no en las acciones que

realiza el maltratador dentro del marco del síndrome de estudio,

se tendría que identificar si hay o no una intencionalidad

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determinada y definida para la obtención de un resultado

específico.

Respecto de la Conducta Preterintencional: (Art 24 C.P)

ésta se presenta cuando teniendo la intención de un determinado

resultado, éste excede las intenciones originales. (CP, título

tercero capítulo único).

Pérez, (1996), expresa que el delito preterintencional

se presenta cuando la intención, es decir, la voluntad

dirigida a un fin, es superada por el resultado. La

conducta dolosa se orienta a una consecuencia pero se

produce una mayor, más grave, es decir, que el evento

sobrepasa el delito que el autor tenía en miras, excediendo

la finalidad propuesta por el agente. En estos casos se

habla de una reunión de dolo y culpa. Dolo, respecto del

resultado querido, y culpa en relación con el segundo. En

otras palabras, la primera consecuencia de la acción es

predicable a título de atención y voluntad (dolo), y la

segunda a título de culpa, si en el caso concreto, el

resultado mayor es evitable. El delito preterintencional

puede ser clasificado como progresivo en cuando se trata de

un hecho menor que se desarrolla dentro de uno mayor que lo

absorbe. (Párr. 19).

Dentro del marco del síndrome de estudio, la conducta

preterintencional, es la que enmarca el comportamiento de

quienes padecen el síndrome; éste se ejemplifica de una mejor

manera cuando confluyen en la acción, el delito de lesiones y

homicidio. Para analizar estas conductas a la luz de la

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preterintensión es primordial realizar las siguientes

aclaraciones conceptuales:

Delito de Homicidio: el Artículo 103 del C.P Colombiano,

consagra este delito como la acción de matar a otro, por

ello se incurre en prisión de doscientos ocho (208) a

cuatrocientos cincuenta (450) meses. Éste delito se agrava

si sobre quien se comete el delito son los cónyuges o

compañeros permanentes; en el padre y la madre de familia,

en los ascendientes o descendientes de los anteriores y los

hijos adoptivos; y en todas las demás personas que de

manera permanente se hallaren integradas a la unidad

doméstica. Cuando esto sucede la pena será aumentada a de

cuatrocientos (400) a seiscientos (600) meses de prisión

(Art 104). De igual forma de agrava si adicionalmente a

matar: prepara, facilita o consuma otra conducta punible;

para ocultarla, asegurar su producto o la impunidad, para

sí o para los copartícipes. Si se realiza por precio,

promesa remuneratoria, ánimo de lucro o por otro motivo

abyecto. Si se realiza valiéndose de la actividad de

inimputable. Si se realiza con sevicia, colocando a la

víctima en situación de indefensión o inferioridad o

aprovechándose de esta situación. Con fines terroristas o

en desarrollo de actividades terroristas, o en persona

internacionalmente protegida diferente a las contempladas

por los diferentes agentes diplomáticos, Tratados y

Convenios Internacionales ratificados por Colombia.

Para que el delito de Homicidio sea doloso, se debe tener

la firme intensión de quitar la vida. Será homicidio

culposo, cuando por falta de prudencia o el deber de

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cuidado el resultado sea la muerte de un tercero. Y será

preterintencional, cuando la intención inicial sea una

diferente a la muerte pero se obtenga este resultado. (CP

art 22).

Delito de lesiones: de conformidad al Artículo 111. del

C.P, se tipifica las Lesiones como la acción de causar a

otro daño en el cuerpo o en la salud. Este delito de agrava

bajo las mismas circunstancias del homicidio, y la pena

varía según días de incapacidad laboral se le estipule a la

víctima. Esta va de 16 a 90 meses de prisión y multa de 6 a

30 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).

Es así como inferimos que: el delito de lesiones será

doloso, si se tiene la firme intensión de lesionar; será

culposo, cuando por falta de prudencia o el deber de cuidado se

causen lesiones a un tercero y será preterintencional, cuando la

intención inicial sea una diferente a la lesión, pero se obtenga

ésta, como resultado. (Salazar, 2007).

Una vez clarificados los conceptos, podemos apreciar que en

el síndrome de Munchausen por poder quien maltrata, sólo tiene

la intención firme de producir lesiones a fin de obtener de ello

un beneficio a cambio, más no, la intención de matar. Sin

embargo en algunas ocasiones estas lesiones intencionales,

exceden el resultado, y se produce la muerte del menor; se

concluye entonces, que en los casos de maltrato por síndrome de

Munchausen por poder, el resultado (muerte) excede la intención

originaria del maltratador (lesiones).

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Salazar, (2007), manifiesta que, en sentido general se

puede afirmar que ―hay tentativa cuando el infractor, con el fin

de cometer un determinado delito doloso, traspasa la frontera de

los actos preparatorios e inicia la fase ejecutiva, pero no

alcanza la consumación por razones ajenas a su voluntad‖. (Párr.

8).

Afirma Garcés, (2001), que algunos denominan este fenómeno

jurídico como conato o delito imperfecto, por cuanto no agota

todas las fases del -iter criminis– camino del delito, las

cuales son:

Ideación, es la resolución de ejecutar la conducta

delictiva, surge en el agente activo la idea criminosa.

Preparación, la persona escoge los medios, los

instrumentos o las circunstancias para ejecutar la

conducta ideada.

Ejecución, el agente activo exterioriza su conducta

mediante actos objetivos en la producción del resultado

propuesto. Ocurre cuando los actos salen de su esfera

interna e invaden la esfera del sujeto pasivo. A

partir de ésta fase la conducta criminosa se considera

como punible.

Consumación, cuando el delincuente logra el resultado

ideado. (Párr. 12)

Continuando con la afirmación de Garcés, (2001), cuando la

conducta delictiva llega hasta los actos de ejecución, se afirma

que el delito es imperfecto, siendo entonces su modalidad

tentada. No se pasa a la etapa de la consumación por

circunstancias ajenas a la voluntad del agente activo.

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Delito violencia intrafamiliar: el Código Penal Colombiano

en pro de la protección integral de la familia en su titulo

sexto consagra como tipo penal a la violencia intrafamiliar

el cual se refiere al maltrato físico o psicológico a un

miembro del núcleo familiar, siempre y cuando este maltrato

no configure los delitos antes mencionados u otros con pena

mayor. Este delito es sancionado en Colombia con una pena

que va de los 4 a los 8 años, dicha pena será aumentada de

la mitad a las tres cuartas partes cundo la conducta

recaiga sobre un menor, una mujer, un mayor de 65 años, una

persona con disminución física o estado de indefensión. Son

considerados como sujetos activos del delito los miembros

del grupo familiar y el cuidador aunque no pertenezca al

núcleo. (CP, título sexto delitos contra la familia Art

229).

Si enmarcamos el síndrome de Munchausen por poder en este

tipo penal, se podría decir que las acciones ejecutadas por la

madre, el cuidador, o el padre van relacionadas directamente a

un integrante del núcleo familiar, en este caso un menor, por lo

que se podría decir que éste, se ajusta dentro del tipo penal de

Violencia intrafamiliar, sin embargo, es importante anotar que

quien padecen el síndrome, pueden verse también involucrados, y

dependiendo del resultado, en una investigación penal por

homicidio agravado o por tentativa de homicidio o de lesiones

personales agravadas.

Ahora bien, se presenta aquí un interrogante y tiene que

ver con la relación de causalidad o nexo causal en cuanto al

síndrome, debido a que está acompañado de situaciones y

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conductas sutiles que son difíciles de enmarcar en un tipo

penal, sin embargo, en algunos apartados de la presente

monografía, se hace referencia de algunos casos sucedidos en

otros países, donde se ha podido penalizar a las madres, padres

o cuidadores por el síndrome enmarcándolo en los tipos penales

retomados en éste capítulo.

2.3 Perspectiva Del Síndrome De Munchausen Por Poder Desde El

Derecho Internacional Humanitario

Con relación al Derecho Internacional Humanitario (DIH),

Serna, (2009) afirma que:

Comprende convenios y tratados internacionales, bilaterales

o multilaterales, que establecen obligaciones para los

Estados Partes en los mismos, de cara a coordinar sus

actuaciones para salvaguardar los derechos de la infancia y

adolescencia, en cualquiera de los ámbitos citados

anteriormente y en aquellas situaciones en las que pueda

verse afectado o sea necesaria la intervención de más de

uno de ellos. Así mismo, se incluyen en el Derecho

Internacional el Derecho Humanitario, aplicable en

conflictos armados y otros instrumentos sin efecto

vinculante pero que dan cuenta de la voluntad política de

los Estados firmantes o de los organismos internacionales

que los suscriben y que constituyen una referencia ética

común, como las declaraciones y las resoluciones. (Párr.

8).

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De lo anterior deducimos entonces que la infancia y

adolescencia a través de su proceso histórico se ha venido

convirtiendo en un tema principal para la Legislación

Colombiana gracias a los convenios y tratados internacionales

con respecto a la forma en que la infancia debe ser asumida. En

el contexto sociocultural en que surge el maltrato y abuso

sexual infantil es imprescindible generar, a través de la

prevención, una mayor conciencia de lo que debe hacerse, de los

mitos y creencias equivocadas en torno a la niñez que permiten

que sigan siendo víctimas frecuentes de este mal social. Generar

en los adultos y en las niñas y niños una conciencia crítica

frente al maltrato implica necesariamente el desarrollo de

competencias y capacidades que los habiliten para hacerle frente

en distintos ámbitos.

Esto ha generado cambio a nivel legislativo en nuestro

país, que pretende de alguna manera primar y defender los

derechos de los niños, niñas y adolescentes, dando así paso a la

creación y aprobación de Leyes encaminadas a cumplir las

ratificaciones internacionales.

El Código del menor y posteriormente la Ley de infancia y

adolescencia consagran aspectos como la protección integral que

involucra el reconocimiento de los menores como sujetos de

derechos y de garantías y el cumplimiento de las mismas como una

responsabilidad del estado, la familia y la sociedad.

Como expresamos anteriormente el derecho internacional

humanitario comprende convenios y tratados internacionales,

bilaterales o multilaterales, que establecen obligaciones para

los Estados Partes en los mismos, de cara a coordinar sus

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actuaciones para salvaguardar los derechos de la infancia y

adolescencia. (Serna, 2009).

Los instrumentos jurídicos que hemos encontrado las

presentes autoras en relación a la infancia desde el DIH

describen a continuación:

Según Global, (2008):

Derechos de la Infancia: Convención de las Naciones

Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989 y sus

Protocolos Adicionales.

Derecho del Trabajo: Convenios 138 sobre la edad mínima

de admisión al empleo y Convenio 182 sobre la

erradicación de las peores formas de trabajo infantil

de la OIT.

Derecho Penal: Protocolo para prevenir, reprimir y

sancionar la trata de personas, especialmente de

mujeres y niños que completa la Convención de las

Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada

Transnacional. Reglas mínimas de las Naciones Unidas

para la Administración de Justicia de Menores de 29 de

noviembre de 1985 (Reglas de Beijing).

Derecho Civil: Convenio de la Haya número XXXIII,

relativo a la protección del niño y a la cooperación

en materia de adopción internacional, de 29 de mayo de

1993.

Derecho Internacional Humanitario: Protocolo Adicional

(I) y Protocolo Adicional (II) a los Convenios de

Ginebra de 1949 relativos a la protección de civiles

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en conflictos armados de 8 de junio de 1977. (Párr.

10).

Además de los principios proclamados en la Carta de las

Naciones Unidas, la libertad, la justicia y la paz en el mundo

se basan en el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los

derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la

familia humana. (Bula, 2001).

Bula, (2001) aporta con respecto a esto que:

Los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la

Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre en la

dignidad y el valor de la persona humana, y que han

decidido promover el progreso social y elevar el nivel de

vida dentro de un concepto más amplio de la libertad.

Reconociendo que las Naciones Unidas han proclamado y

acordado en la Declaración Universal de Derechos Humanos y

en los pactos internacionales de Derechos Humanos, que toda

persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en

ellos, sin distinción alguna, por motivos de raza, color,

sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole,

origen nacional o social, posición económica, nacimiento o

cualquier otra condición. (párr. 30)

Es así como en relación a la Declaración Universal de

Derechos Humanos las Naciones Unidas proclamaron que la infancia

tiene derecho a cuidados y asistencia especiales, convencidos de

que la familia, como grupo fundamental de la sociedad y medio

natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus

miembros, y en particular de los niños, debe recibir la

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protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente

sus responsabilidades dentro de la comunidad; reconociendo que

el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su

personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un

ambiente de felicidad, amor y comprensión. (Bula, 2001).

Bula, (2001), considera que el niño debe estar

plenamente preparado para una vida independiente en

sociedad y ser educado en el espíritu de los ideales

proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y, en

particular, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia,

libertad, igualdad y solidaridad. (párr. 35).

En relación a lo expuesto anteriormente la UNICEF (2006)

argumenta que:

La necesidad de proporcionar al niño una protección

especial ha sido enunciada en la declaración de Ginebra de

1924, sobre los derechos del niño y en la Declaración de

los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General el

20 de noviembre de 1959, reconocida en la Declaración

Universal de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de

Derechos Civiles y Políticos (en particular, en los

Artículos 23 y 24), en el Pacto Internacional de Derechos

Económicos, Sociales y Culturales (en particular, en el

Artículo 10) y en los estatutos e instrumentos pertinentes

de los organismos especializados y de las organizaciones

internacionales que se interesan en el bienestar del niño,

teniendo presente que, como se indica en la Declaración de

los Derechos del Niño, «el niño, por su falta de madurez

física y mental necesita protección y cuidado especiales,

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incluso la debida protección legal, tanto antes como

después del nacimiento y recordando lo dispuesto en la

declaración sobre los principios sociales y jurídicos

relativos a la protección y el bienestar de los niños, con

particular referencia a la adopción y la colocación en

hogares de guarda, en los planos nacional e internacional;

las reglas mínimas de las Naciones Unidas para la

administración de la justicia de menores (reglas de

Beijing); y la Declaración sobre la Protección de la Mujer

y el Niño en estados de emergencia o de conflicto armado.

(Párr.45)

Reconociendo además que en todos los países del mundo hay

niños que viven en condiciones excepcionalmente difíciles y que

esos niños necesitan especial consideración y teniendo

debidamente en cuenta la importancia de las tradiciones y los

valores culturales de cada pueblo para la protección y el

desarrollo armonioso del niño. (UNICEF 2006).

La cooperación internacional para el mejoramiento de las

condiciones de vida de los niños en todos los países, en

particular en los países en desarrollo, han convenido en 54

Artículos que cada país incorpora a su legislación. (UNICEF

2006).

Colombia en cuanto los acuerdos sobre las Convenciones

Internacionales de los Derechos de los Niños se vinculan a

través de los cambios a nivel legislativo con el Código de

Infancia y Adolescencia.

Sin embargo, haciendo referencia al tema de nuestro interés en

esta monografía, se ha identificado que en la legislación

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internacional, se consagra el maltrato contra el menor, que de

manera implícita adecua las conductas o acciones que dan cuenta

del síndrome y en algunos casos dentro de lesiones u homicidio

cuando el resultado se configure en ello.

Según la UNICEF (2006), con respecto a los acuerdos de los

países partes:

En el Art 2 numeral 2 se asume que los Estados Partes

deberán tomar todas las medidas apropiadas para garantizar

que el niño se vea protegido contra toda forma de

discriminación o castigo por causa de la condición, las

actividades, las opiniones expresadas o las creencias de

sus padres, o sus tutores o de sus familiares.

En el Art 3 de la presente convención en el numeral 2 del

mismo, se identifica que los Estados Partes se comprometen

a asegurar al niño la protección y el cuidado necesarios

para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y

deberes de sus padres, tutores u otras personas

responsables de él ante la Ley y con ese fin, tomarán todas

las medidas legislativas y administrativas adecuadas.

Por su parte el Artículo 5 da cuenta de que los Estados

Partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los

deberes de los padres o, en su caso, de los miembros de la

familia ampliada o de la comunidad, según establezca la

costumbre local, de los tutores u otras personas encargadas

legalmente del niño de impartirle, en consonancia con la

evolución de sus facultades, dirección y orientación

apropiadas para que el niño ejerza los derechos reconocidos

en la presente Convención.

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En cuanto a la responsabilidad parental el Artículo 18

especifica que los Estados Partes pondrán el máximo empeño

en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos

padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la

crianza y el desarrollo del niño. Incumbirá a los padres o,

en su caso, a los representantes legales la responsabilidad

primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su

preocupación fundamental será el interés superior del niño.

Los Estados Partes prestarán la asistencia apropiada a los

padres y a los representantes legales para el desempeño de

sus funciones en lo que respecta a la crianza del niño y

velarán por la creación de instituciones, instalaciones y

servicios para el cuidado de los niños además adoptarán

todas las medidas apropiadas para que los niños cuyos

padres trabajan tengan derecho a beneficiarse de los

servicios e instalaciones de guarda de niños para los que

reúnan las condiciones requeridas.

El Artículo 19 compromete y responsabiliza a los Estados

Partes para que adopten todas las medidas legislativas,

administrativas, sociales y educativas apropiadas para

proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso

físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos

o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño

se encuentre bajo la custodia de los padres, de un

representante legal o de cualquier otra persona que lo

tenga a su cargo.

Esas medidas de protección deberían comprender, según

corresponda, procedimientos eficaces para el

establecimiento de programas sociales con objeto de

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proporcionar la asistencia necesaria al niño y a quienes

cuidan de él, así como para otras formas de prevención y

para la identificación, notificación, remisión a una

institución, investigación, tratamiento y observación

ulterior de los casos antes descritos de malos tratos al

niño y, según corresponda, la intervención judicial.

Por su parte el Artículo 37 se expone la responsabilidad de

los Estados Partes velarán por qué: ningún niño sea

sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles,

inhumanas o degradantes. No se impondrá la pena capital ni

la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación por

delitos cometidos por menores de 18 años de edad.

En caso de ser vulnerados los derechos de los niños y

adolescentes el Artículo 39 da por hecho que los Estados

Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para promover

la recuperación física y psicológica y la reintegración

social de todo niño víctima de: cualquier forma de

abandono, explotación o abuso; tortura u otra forma de

tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes; o

conflictos armados. Esa recuperación y reintegración se

llevarán a cabo en un ambiente que fomente la salud, el

respeto de sí mismo y la dignidad del niño. (Párr. 50).

Todo lo expuesto anteriormente está permeado por los

Derechos Humanos los cuales según CICIR, (2009) se denominan

como los valores éticos que componen la dignidad humana propia

de todos los hombres desde que nacen, sin distinción de

religión, raza, edad, sexo, condición social, pensamiento y cuya

protección está consagrada.

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Es importante entonces nombrar algunos de los Derechos

Humanos que fundamentan y de alguna manera dan el marco

normativo que se ha venido desarrollando con las Leyes

Colombianas en general y en especial con el tema en cuestión de

esta monografía.

Como es sabida la violencia contra los menores constituye

una violación a los derechos fundamentales, que atenta contra su

dignidad humana e integridad física. Su legalidad universal

alrededor del mundo -en contraste con otras formas de violencia

interpersonal- constituye un reto para el derecho universal en

términos de lograr una protección equitativa bajo la Ley. Cruz

Roja Internacional (CICIR), (2009).

La ONU (2008), proclama los Derechos Humanos que se

nombraran a continuación:

Artículo 3.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a

la seguridad de su persona.

Artículo 5.

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles,

inhumanos o degradantes.

Artículo 7.

Todos son iguales ante la Ley y tienen, sin distinción,

derecho a igual protección de la Ley. Todos tienen derecho

a igual protección contra toda discriminación que infrinja

esta Declaración y contra toda provocación a tal

discriminación.

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Artículo 12.

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida

privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni

de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene

derecho a la protección de la Ley contra tales injerencias

o ataques.

Artículo 25.

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado

que le asegure, así como a su familia, la salud y el

bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la

vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales

necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso

de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u

otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por

circunstancias independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y

asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de

matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual

protección social. (Párr. 34).

Es importante incluir aquí que a lo largo de la primera

década de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) su

organismo integral, el Comité de los Derechos del Niño, ha

insistido con frecuencia en que la aceptación legal y social de

la violencia Corporal resulta incompatible con los principios de

la Convención. La CDN demanda a los países que se pronuncien a

través de dictámenes orientados a proteger a los niños "de todas

las formas de violencia mental y física" mientras estén bajo el

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cuidado de sus padres u otros (Artículo 19). El Comité ha

recomendado a los países de todos los Continentes la

implementación de reformas legales que prohíban todo castigo

corporal y que desarrollen campañas de educación pública que

promuevan formas no violentas y positivas de disciplina,

involucrando a las familias, las escuelas, otras instituciones y

sistemas penales. El Comité, en forma específica, condena

conceptos legales que intenten justificar como aceptable la

violencia contra los niños (formas para castigo razonable,

disciplina justa y otras. (ONU, 2008).

2.4 Derecho Comparado Entre La Legislación Penal De Colombia y

Otros Países De Suramérica En Relación Con El Síndrome De

Munchausen Por Poder

Las definiciones jurídicas de tipos penales que tienen

una génesis netamente internacional, específicamente en el

tema que nos convoca se ratifica en la convención sobre

derechos del niño se obliga a los estados a proteger a los

niños contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental,

descuido o trato negligente, malos tratos o explotación

incluido el abuso sexual, mientras se encuentra bajo custodia

de sus padres, de un representante legal o de cualquier

persona que lo tenga a su cargo. (Salinas, 2002).

Según Salinas (2002), es fácil percibir que algunos de

estos actos de violencia muchas veces pueden tener los

elementos necesarios para construir los tipos lesiones y

homicidios. Sin embargo, hay muchos otros que no llenan los

requisitos exigidos para que se configuren éstos, y es por

ello que se han comenzado a crear un tipo específico que

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tiene muy pocas variaciones de un país a otro y que atiende

a ésta caracterización recogida en las normas

internacionales. De tal manera que sus elementos

fundamentales son, además de la violencia de diversas

índoles, la circunstancia de que se realiza en contra de un

miembro de la familia del autor, el poder de este frente a

la vulnerabilidad de la víctima. (P.15)

Estas conductas consideradas como delito están penalizadas

en la legislación a nivel de Suramérica de la siguiente manera:

Colombia

La violencia intrafamiliar tiene una pena privativa de la

libertad de 4 a 8 años la cual puede ser aumentada de la mitad a

las 3 cuartas partes cuando la conducta recaiga sobre un menor,

una mujer, una persona mayor de sesenta y cinco (65) años o que

se encuentre en incapacidad o disminución física, sensorial y

psicológica o quien se encuentre en estado de indefensión. A la

misma pena quedará sometido quien, no siendo miembro del núcleo

familiar, sea encargado del cuidado de uno o varios miembros de

una familia en su domicilio o residencia, y realice alguna de

las conductas descritas en el presente Artículo.

Cuando se habla del tipo homicidio se incurrirá en prisión

de doscientos ocho (208) a cuatrocientos cincuenta (450) meses,

la pena se aumentará en cuatrocientos (400) a seiscientos (600)

meses de prisión, si recae sobre los cónyuges o compañeros

permanentes; en el padre y la madre de familia, aunque no

convivan en un mismo hogar, en los ascendientes o descendientes

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de los anteriores y los hijos adoptivos; y en todas las demás

personas que de manera permanente se hallaren integradas a la

unidad doméstica; o cuando el homicidio se realiza para

asegurar su producto o la impunidad, para sí o para los

copartícipes; cuando se realiza para obtener precio, promesa

remuneratoria, ánimo de lucro o por otro motivo abyecto o fútil;

Valiéndose de la actividad de inimputable; Con sevicia;

Colocando a la víctima en situación de indefensión o

inferioridad o aprovechándose de esta situación; Con fines

terroristas o en desarrollo de actividades terroristas; En

persona internacionalmente protegida; o si se comete en persona

que sea o haya sido servidor público, periodista, juez de paz,

miembro de una organización sindical legalmente reconocida,

político o religioso en razón de ello. (CP, título sexto delitos

contra la familia Art 229).

Cuando se habla del tipo penal, homicidio

preterintencional, incurrirá en la pena imponible de acuerdo a

lo anterior mencionado en cuanto a las penas del homicidio, pero

disminuida de una tercera parte a la mitad. (CP, título uno,

delitos contra la vida y la integridad personal art 103)

El tipo penal Homicidio Culposo incurrirá en prisión de

treinta y dos (32) a ciento ocho (108) meses y multa de veinte y

seis punto sesenta y seis (26.66) a ciento cincuenta (150)

salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Cuando la conducta culposa sea cometida utilizando medios

motorizados o arma de fuego, se impondrá igualmente la privación

del derecho a conducir vehículos automotores y motocicletas y la

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de privación del derecho a la tenencia y porte de arma,

respectivamente, de cuarenta y ocho (48) a noventa (90) meses.

Las penas del homicidio culposo se aumentarán cuando:

1. Si al momento de cometer la conducta el agente se encontraba

bajo el influjo de bebida embriagante o droga o sustancia que

produzca dependencia física o síquica y ello haya sido

determinante para su ocurrencia, la pena se aumentará de la

mitad al doble de la pena.

2. Si el agente abandona sin justa causa el lugar de la comisión

de la conducta, la pena se aumentará de la mitad al doble de la

pena.

3. Si al momento de cometer la conducta el agente no tiene

licencia de conducción o le ha sido suspendida por autoridad de

tránsito, la pena se aumentará de una sexta parte a la mitad.

4. Si al momento de los hechos el agente se encontraba

transportando pasajeros o carga pesada sin el lleno de los

requisitos legales, la pena se aumentará de una cuarta parte a

tres cuartas partes. (CP, título uno, delitos contra la vida y

la integridad personal Art 109).

En cuanto al tipo penal lesiones, las penas varían según el

tipo de lesión, hay cinco grupos de lesiones:

1. Incapacidad para trabajar o enfermedad. Si el daño consiste

en incapacidad para trabajar o en enfermedad que no pase de

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treinta (30) días, la pena será de prisión de dieciséis (16) a

treinta y seis (36) meses.

Si el daño consiste en incapacidad para trabajar o

enfermedad superior a treinta (30) días sin exceder de noventa

(90), la pena será de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54)

meses de prisión y multa de seis punto sesenta y seis (6.66) a

quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Si pasa de noventa (90) días, la pena será de treinta y dos (32)

a noventa (90) meses de prisión y multa de trece punto treinta y

tres (13.33) a treinta (30) salarios mínimos legales mensuales

vigentes.

2. Deformidad. Si el daño consiste en deformidad física

transitoria, la pena será de prisión de dieciséis (16) a ciento

ocho (108) meses y multa de veinte (20) a treinta y siete punto

cinco (37.5) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Si el daño es permanente, la pena será de prisión de

treinta y dos (32) a ciento veintiséis (126) meses y multa de

treinta y cuatro punto sesenta y seis (34.66) a cincuenta y

cuatro (54) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Si la

deformidad afecta el rostro, la pena se aumentará hasta en una

tercera parte.

3. Perturbación funcional. Si el daño consiste en perturbación

funcional transitoria de un órgano o miembro, la pena será de

prisión de treinta y dos (32) a ciento veintiséis (126) meses y

multa de veinte (20) a treinta y siete punto cinco (37.5)

salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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Si la perturbación fuera permanente, la pena será de

cuarenta y ocho (48) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses de

prisión y multa de treinta y cuatro punto sesenta y seis (34.66)

a cincuenta y cuatro (54) salarios mínimos legales mensuales

vigentes.

4. Perturbación psíquica. Si el daño consiste en perturbación

psíquica transitoria, la pena será de prisión de treinta y dos

(32) a ciento veintiséis (126) meses y multa de treinta y cuatro

punto sesenta y seis (34.66) a sesenta (60) salarios mínimos

legales mensuales vigentes.

Si la perturbación psíquica es permanente, la pena será de

cuarenta y ocho (48) a ciento sesenta y dos (162) meses de

prisión y multa de treinta y seis (36) a setenta y cinco (75)

salarios mínimos legales mensuales vigentes.

5. Pérdida anatómica o funcional de un órgano o miembro. Si el

daño consiste en la pérdida de la función de un órgano o

miembro, la pena será de noventa y seis (96) a ciento ochenta

(180) meses de prisión y multa de treinta y tres punto treinta y

tres (33.33) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales

mensuales vigentes.

La pena anterior se aumentará hasta en una tercera parte en

caso de pérdida anatómica del órgano o miembro.

La Ley penal Colombiana también contempla la Unidad

Punitiva, que consiste en que si, como consecuencia de la

conducta se producen algunos de los resultados anteriormente

descritos, sólo se aplicará la pena correspondiente al de mayor

gravedad.

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En cuanto al tipo de lesiones culposas. El que cause

lesiones culposas a otra persona, ocasione algunas de las

lesiones descritas, incurrirá en la respectiva pena disminuida

de las cuatro quintas a las tres cuartas partes.

Cuando la conducta culposa sea cometida utilizando medios

motorizados o arma de fuego se impondrá igualmente la pena de

privación del derecho de conducir vehículos automotores y

motocicletas y de privación del derecho a la tenencia y porte de

arma, respectivamente, de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro

(54) meses.

Las penas de las lesiones culposas se aumentarán cuando las

circunstancias de agravación sean similares a las previstas para

el tipo penal lesiones (arriba descrito).

Es importante anotar que en este tipo penal no existe una

configuración de agravante por laso de consanguinidad. (CP,

título uno, delitos contra la vida y la integridad personal Art

111).

Argentina

El delito de violencia intrafamiliar en sí no está

tipificado, se castigan esas otras actuaciones como las lesiones

y el homicidio.

En homicidio se dicta una pena privativa de la libertad de

8 a 25 años a quien mate a otro (Art 79). La pena se agrava,

hasta la prisión perpetua que puede llegar a ser reclusión por

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tiempo indeterminado, para el que mate con ensañamiento,

alevosía, veneno u otro procedimiento insidioso, o a su

ascendiente, descendiente, cónyuge, sabiendo que lo es (Art 52);

también se dispone, que, si quien mata lo hace en estado de

emoción violenta, que las circunstancias lo hagan excusable, o

solamente tengan el propósito de causar daño pero produce muerte

empleando un medio que razonablemente no debía producirla,

amerita reclusión de tres a seis años o prisión de uno a tres

años (Art 81) y, si la víctima es ascendiente, descendiente o

cónyuge, prisión de diez a veinticinco años (Art 81). (Salinas,

2002).

En lesiones se dicta una pena privativa entre un mes y un

año a quien cause lesiones a otro, si las lesiones se provocan a

ascendientes, descendientes o cónyuges, sabiendo que lo son, la

pena se aumenta de seis meses a dos años; si las lesiones

debilitan permanentemente la salud, un sentido, un órgano o un

miembro; dificulta permanentemente la palabra, pone en peligro

la vida o inutiliza para el trabajo por más de un mes o causa

deformación permanente del rostro incurrirá en prisión de uno a

seis años (Art 90), si lo anterior es causado a un ascendiente,

descendiente o cónyuge la pena será de tres a diez años.

(Salinas, 2002).

Si la lesión produce enfermedad mental, corporal incurable,

inutilidad permanente para el trabajo, pérdida de un sentido,

órgano, miembro o del uso de un órgano o miembro, la palabra o

la capacidad de engendrar o concebir se sancionará con tres a

diez años de prisión, si lo anterior es causado a un

ascendiente, descendiente o cónyuge la pena será de tres a

quince años.

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Bolivia

El delito de violencia intrafamiliar está consagrado en el

Artículo dos del Código Penal Boliviano y define las diversas

formas de la violencia, entendido como violencia física a las

conductas que causan lesiones internas o externas, y otro

maltrato que afecte la integridad física de otras personas; como

violencia psicológica lo que tiene que ver con perturbar

emocionalmente a la víctima, perjudicando su desarrollo psíquico

y emocional; como violencia sexual a las conductas, amenazas o

intimidaciones que afectan su integridad o su autodeterminación

sexual. Además la Ley incluye los hechos mediante los cuales,

los progenitores, tutores o encargados de la custodia ponen en

peligro la integridad física o psicológica de los menores, por

abuso de medios correctivos o disciplinarios, o la imposición de

trabajo excesivo e inadecuado para su edad o condición física

(Art 6). Responsabilizan a la custodia a los padres, cónyuges,

ascendientes, descendientes, hermanos, afines en línea directa o

colateral. (Salinas, 2002).

Tales formas de violencia se sancionan con multa (que va

dependiente de la gravedad de la conducta de un 20% del salario

mínimo a hasta diez veces más de esa suma y que es convertible

en arresto cuando no se paga en tres días o con arresto por no

más de cuatro días que puede cumplirse los fines de semana).

Artículo 7 al 9.

El delito de homicidio se sanciona con presidio de treinta

años sin derecho a indulto a quien mate a descendientes, cónyuge

o conviviente, sabiendo que lo es (Art 52), o al padre, la

madre, el abuelo o descendiente en línea recta (Art 253); a la

madre que de muerte a su hijo durante el parto o hasta tres días

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después de él, para encubrir su fragilidad o deshonra se le

sancionará con reclusión de uno a trece años.

Las lesiones graves se sancionan con prisión de dos a ocho años

(Art 270) y las leves entre uno y cinco años (Art 271). La pena

se agrava cuando se comete contra un descendiente, cónyuge o

conviviente. Cuando se produce muerte sin quererlo la pena de

presidio es de uno a cuatro años que disminuye en un tercio si

median la emoción violenta excusable o los móviles honorables.

(Salinas, 2002).

Brasil

El delito de violencia intrafamiliar en sí no está

tipificado, sin embargo son agravados todos los delitos que se

den en una amplia gama de relaciones domésticas y de autoridad.

Según salinas, (2002), a quien exponga la vida o la

salud de otro a peligro directo se le sanciona con

detección de tres a meses a un año, si no se constituye

crimen más grave, y al que exponga las de quien esté

sometido a su autoridad, guarda o vigilancia para fines de

educación, enseñanza, tratamiento o custodia, sea

privándolo de alimento o de cuidados indispensables se

sancionara con privación de la libertad de dos meses a un

año o multa; si del hecho resulta lesiones personales

graves la reclusión será de uno a cuatro años; si resulta

muerte, es de cuatro a doce años. La pena se aumenta en un

tercio si la víctima es menor de catorce años. (P.17)

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El delito de homicidio tiene sanción privativa de la

libertad de seis a veinte años, el cual puede disminuir de un

sexto a un tercio si el crimen se comete por motivo de relevante

valor social o moral, o bajo el dominio de violenta emoción

inmediatamente posterior a injusta provocación de la víctima. Se

aumenta la pena si se mata con dolo a menor de catorce años.

(Art 121). Matar al hijo propio durante el parto o

inmediatamente después, merece prisión de dos a seis años. (Art

123).

El delito de lesiones se sanciona con detención de tres

meses a un año a quien ofenda la integridad corporal o a la

salud de otro; quien provoque incapacidad para las ocupaciones

habituales por más de treinta días se castigará con reclusión de

un a cinco años, peligro de muerte, debilidad de miembro, un

sentido o una función, deformidad permanente o aborto reclusión

de dos a ocho años. Si la lesión es culposa la detención es de

dos meses a un año. Se aumenta la pena en un tercio si se trata

de lesiones dolosas practicadas con personas menores de catorce

años. (Art 129).

Es importante anotar que en este tipo penal no existe una

configuración de agravante por laso de consanguinidad.

Chile

El delito de violencia intrafamiliar en sí no está

tipificado, se castigan esas otras actuaciones como las lesiones

y el homicidio.

El homicidio simple está penado con presidio mayor, se

refiere al que se comete a sabiendas, contra padre, madre o hijo

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sean legítimos o ilegítimos, contra cualquier otro ascendiente o

descendiente legitimo, o contra cónyuge, está castigado con

presidio mayor en su grado máximo muerte. (Art 390).

El delito de lesión se castiga con presidio mayor en sus

grados de mínimo a medio (Art 395). El que hiera, golpee o

maltrate de obra a otro, es castigado con presidio mayor en su

grado mínimo, si provoca demencia, inutilidad para el trabajo,

impotencia. Si las lesiones se cometen, a sabiendas, contra el

padre, la madre o el hijo, a cualquier otro ascendiente o

descendiente, cónyuge, las penas se aumentan en un grado (Art.

400) el que cause lesiones leves que, en concepto del tribunal

y atendidas la calidad de las personas y circunstancias del

hecho se castiga con multa de una a cuatro unidades tributarias

mensuales. (Salinas, 2002).

Ecuador

La Ley contra la violencia a la mujer y la familia regula

como delito actos de violencia de la siguiente manera:

La violencia intrafamiliar es toda acción u omisión que implique

maltrato físico (acto de fuerza que cause daño, dolor o

sufrimiento físico), psicológico (acción u omisión que cause

daño, dolor o perturbación emocional), sexual (imposición del

ejercicio de la sexualidad, que obligue a la victima tener

relaciones u otras prácticas sexuales con el agresor o terceros,

mediante fuerza física, intimidación, amenazas o cualquier otro

miedo) a ascendientes, descendientes, cónyuges, hermanos,

convivientes. (Art. 4).

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El delito de homicidio simple se sanciona con reclusión

mayor de ocho a doce años y cuando sabiendas se comete contra

padre, madre o cualquier otro ascendiente o descendiente, hijo,

cónyuge se castiga con reclusión mayor extraordinaria de doce a

dieciséis años. (Art 452).

En cuanto al delito de lesión se sanciona con prisión de

quince días a tres meses y multa de quinientos a cien sucres, al

que hiera o golpee causando enfermedad o incapacidad a otra

persona, si la incapacidad es de tres días y menos de ocho, si

se da agravante se sanciona con prisión de dos meses a un año y

multa de 80 a 300 sucres. Si las heridas duran más de treinta

días y menos de noventa o incapacidad permanente o enfermedad

grave o pérdida de órgano no principal. La prisión es de uno a

tres años y la multa de cien a quinientos sucres. Si resulta

enfermedad incurable, incapacidad permanente para el trabajo,

mutilación grave o pérdida de órgano principal, la prisión es de

dos a cinco años y la multa de doscientos a ochocientos sucres.

Si la lesión se comete contra los padres, cónyuge, compañero

permanente, hijo, hermano se aplica inmediata la pena superior

(Art. 472).

Paraguay

El que maltrate físicamente a otro es sancionado con hasta

ciento ochenta días multa. El encargado de la educación, tutela

o guarda de un menor de dieciséis años que lo someta a dolores

psíquicos considerables, lo maltrate grave y repetidamente o

lesione su salud, es sancionado con la privación de la libertad

hasta dos años o multa. El que en el ámbito familiar ejerza

violencia física sobre otro con quien viva es sancionado con

multa. (Salinas, 2002).

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El delito de homicidio simple se sanciona con privación de

la libertad de cinco a quince años. La pena puede ser aumentada

hasta veinticinco años cuando se mate al padre, la madre, al

hijo, cónyuge, concubino o hermano. El homicidio por culpa se

sanciona con privación de la libertad hasta por cinco años o

multa (Art 105 y 107). ―No obra antijurídicamente quien cause

indirectamente la muerte al feto mediante actos propios de

parto‖. (Salinas, 2002, P.9).

En cuanto al delito de lesiones el (Art 111) profesa que el

que dañe la salud de otro es sancionado con privacidad de la

libertad de hasta un año o multa. Si se utiliza veneno, arma

blanca, de fuego o contundente, o se somete a la víctima a

graves dolores físicos, psíquicos, la sanción es de hasta tres

años de probación de la libertad o multa.

Es importante anotar que en este tipo penal no existe una

configuración de agravante por laso de consanguinidad.

Perú

El delito de violencia intrafamiliar en sí no está

tipificado; sin embargo de otros que pueden constituir la

violencia domestica se puede mencionar:

El que por cualquier medio cause a otro una lesión dolosa que

requiera hasta diez días de asistencia o descanso, es sancionado

con prestación de servicio comunitario de veinte a treinta

jornadas siempre que no concurran a circunstancias que agraven

el hecho que entonces será considerado un delito. Es agravante

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que la víctima sea un menor de catorce años y el actor sea su

padre, madre, tutor, guardador o responsable. (Salinas, 2002).

El que maltrata de obra a otro sin causarle lesión es

sancionado con prestación de servicio comunitario de diez a

veinte jornadas. Si el actor es el cónyuge o concubino la pena

es de prestación de servicio comunitario de veinte a treinta

jornadas o de treinta a sesenta días multa. (Art 44).

El delito de homicidio por su parte dicta privación de la

libertad entre seis y veinte años (Art 106) al que a sabiendas

mata a su ascendiente, descendiente, cónyuge o concubino, es

sancionado con privación de la libertad no menor a los quince

años. (Art. 108). El que por culpa mata, amerita privación de la

libertad no mayor de dos años o prestación de servicio

comunitario de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas.

En cuanto al delito de lesiones, reza que el que cause a

otro daño grave en el cuerpo o la salud es sancionado con

privación de la libertad no menor a tres años ni mayor a ocho.

Son graves las lesiones que ponen en peligro la vida, las que

mutilan un miembro u órgano principal del cuerpo o lo hacen

impropio para su función, causan incapacidad para su trabajo,

invalidez o anomalía psíquica permanente o produce cualquier

otro daño a la integridad corporal o a la salud física que

requiera treinta días o más de asistencia o descanso. Cuando la

víctima muere y el agente pudo preverlo será no menor de cinco

no mayor de diez años. (Art. 121).

Las lesiones que no causen muerte se sanciona con privación

de la libertad no menor a cinco años ni mayor a diez, más

suspensión de la patria potestad según el Código de niños y

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adolescentes e inhabilita, si la víctima es menor de catorce

años y el agente es padre, madre, tutor, guardador o

responsable; las que causen la muerte se sancionan, así

agravadas, con privación de la libertad no menor a seis años no

mayor a quince. (Art 121).

Cuando se produzca un resultado grave que no se quiso

causar ni se pudo prever, la pena se disminuye hasta la que

corresponde a la lesión que se quiso causar. (Art 123).

El que por culpa cause daño a otro en el cuerpo o salud es

sancionado con privación e la libertad no mayor a un año y con

multa de sesenta a ciento veinte días.

Uruguay

El delito de violencia intrafamiliar en sí no está

tipificado, se castigan esas otras actuaciones como las lesiones

y el homicidio.

Con respecto al delito del homicidio, el que dé muerte

intencionalmente a alguien es sancionado de veinte meses a doce

años de penitenciaria cuando se mata a un ascendiente o

descendiente, cónyuge, hermano la pena será de diez a

veinticuatro meses. El homicidio culpable amerita entre seis

meses de prisión a cuatro años de penitenciaria (Art 313).

En lo que tiene que ver con el delito de lesiones cualquier

trastorno fisiológico del que derive enfermedad de cuerpo o

mente es sancionado con prisión de tres a doce meses (Art 316).

La lesión es grave y se sanciona con prisión de veinte meses a

seis años en penitenciaria, si se produce enfermedad que ponga

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en peligro la vida, incapacidad para atender las ocupaciones

ordinarias por un término superior a veinte días. Si del hecho

deriva la muerte o lesión más grave de la que se pretendía

inferir se aplica la pena de homicidio. (Salinas, 2002).

El que, por medio de violencias o amenazas prolongadas en

el tiempo, causare una o varias lesiones personales a la persona

con la cual tenga o haya tenido una relación afectiva o de

parentesco, con independencia de la existencia de vínculo legal,

será castigado con una pena de seis a veinticuatro meses de

prisión. El mismo agravante se aplicará si la víctima fuere un

menor de dieciséis años o una persona que, por su edad y otras

circunstancias, tuviera su capacidad física o psíquica

disminuida y que tenga con el agente relación de parentesco o

cohabite con él. (Salinas 2002).

Venezuela

El delito de violencia intrafamiliar en sí no está

tipificado, sin embargo son agravados todos los delitos que se

den en una amplia gama de relaciones domésticas y de autoridad.

Es así como quien abusando de los medios de corrección o

disciplina, ocasiona un perjuicio o un peligro en la salud de

una persona sometida a su autoridad, educación, instrucción,

cuidado, vigilancia o guarda es sancionado con prisión de uno a

doce meses (Art 441). El que maltrata a un niño menor de doce

años es sancionado con prisión de tres a quince meses; si

maltrata a descendiente, ascendiente, o afín en línea recta la

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prisión es de seis a treinta meses y perdida de la patria

protestad si estas conductas son frecuentes. (Salinas, 2002).

Según salinas, (2002) el delito de homicidio reza

que el que mate a otro amerita presidio de doce a

dieciocho años (Art 407) el presidio es de veinte a

veintiséis años si se mata al ascendiente, descendiente,

cónyuge (Art 408). Cuando la muerte no se efectúa por

circunstancias desconocida por el autor o causas

imprevistas que no dependieron de él, el presidio es de

siete a diez años. (Art 410). Quien mata queriendo

lesionar es sancionado con presidio de seis a ocho años y

de siete a diez años respectivamente; y si la muerte no

hubiera sucedido de no darse circunstancias preexistentes

desconocidas para el culpable o causas imprevistas e

independientes de su hecho el presidio es de cuatro a

seis años. Si la muerte se produce debido a la

imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia la

pena de prisión es de seis meses a cinco años.

En cuanto al delito de lesiones el que con intención de

dañar, ocasione sufrimiento físico, perjuicio de salud o

perturbación de facultades intelectuales, amerita prisión de

tres a doce meses (Art 45). Si causa enfermedad mental o

corporal, cierta o probablemente incurable o pérdida de un

sentido, una mano, un pie, la palabra, la capacidad de engendrar

o de usar algún órgano amerita prisión de tres a seis años (Art

416). Si causa inhabilitación de un sentido u órgano o

cicatrices notables en la cara, si produce enfermedad mental o

corporal o incapacidad para las ocupaciones habituales por

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veinte días o más amerita prisión de uno a cuatro años.

(Salinas, 2002).

Cuando las lesiones son causadas a ascendientes,

descendientes, cónyuge, la pena se aumenta de una sexta a una

tercera parte. Si las consecuencias son mayores que las

pretendidas, se disminuye en una tercera parte. (Salinas, 2002).

Cabe decir, que la violencia intrafamiliar que resulta de

las relaciones de poder, hasta hace poco ha sido incluida como

un tipo penal en los países de Suramérica, sin embargo en

algunos como Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Perú, Uruguay y

Venezuela las acciones en relación a ésta, se tratan como

contravenciones o faltas. En cuanto a las formas de violencia

que se incluyen en el tipo penal se identifica mayor relevancia

al abuso de la fuerza física o moral y las omisiones graves

reiteradas en contra de la integridad personal. (Salinas,

2002).

Es importante decir, que en pocos países de los cuales

Colombia hace parte, utilizan la fórmula de establecer la

―Posición de garante‖, que obliga a una persona a velar por que

no se atente contra la vida y la integridad de aquellos a

quienes tiene deber de brindar cuidados, debido a que están

unidos a ellos por estrecha comunidad de vida; sin embargo, esto

es poco funcional mientras no haya un debido cambio cultural que

lleve una orientación distinta de las decisiones judiciales.

(Salinas, 2002).

Por su parte Colombia, Bolivia y Ecuador son los únicos

países de Suramérica que tienen la violencia Intrafamiliar como

un tipo penal, probablemente porque son estos los que han hecho

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todas las ratificaciones internacionales relacionadas con el

tema, sin embargo, es importante anotar que otros países

enmarcan las conductas de violencia hacia ascendientes y

descendientes en los tipos penales de homicidio o lesiones, todo

ello con agravante por el lazo de consanguinidad.

Otro aspecto a retomar es que cada país crea las penas

entorno a su problemática social y cultural, así, se encuentra

que en algunos países de Suramérica las penas varían en cuanto

al mismo tipo penal. Esto va, desde sancionar con multa por

violencia intrafamiliar como en Bolivia o prisión de ocho años

como en Colombia.

En cuanto al tipo penal de homicidio se destacan las penas

de Argentina y Chile donde en el primero se posibilita la cadena

perpetua y en el segundo la perpetua además de la pena de

muerte y contrario a lo anterior en Bolivia la pena va de uno a

trece años.

Por su parte, el tipo lesiones en Ecuador se penaliza con

cárcel de tres a seis meses y en Venezuela de tres a doce años.

Finalmente es importante decir que lo anterior permitió

identificar las diferencias a nivel de Suramérica en cuanto a la

violencia contra la infancia y los demás tipos penales que

pueden sobrevenir de ésta.

Además, dan cuenta de las actuaciones que realiza la

justicia Colombiana en cuanto a la violación de los derechos de

niños, niñas y adolescentes; es importante anotar, que aunque en

el Código Penal Colombiano se habla de penas con privación de

la libertad al que realice un acto violento contra ascendiente o

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descendientes y para el caso que nos convoca menores, en esta

ocasión se evidencia que no es tal la sentencia para los padres

que violentan los derechos de sus hijos; muchas veces las

decisiones que toma la Corte Constitucional, queda en manos de

instituciones que aunque son autoridades legítimas no poseen la

suficiente infraestructura social que permita realizar

seguimiento al cumplimiento por parte de los padres de las

sentencias dictadas por la Corte Constitucional, ahora bien, si

se hace un paralelo con el síndrome de Munchausen por poder,

sería más difícil lograr un sentencia por parte de la corte en

favor de la infancia, dado que las acciones que acompañan el

síndrome no siempre se pueden relacionar a un tipo penal y si

así fuere las Instituciones competentes no tienes los elementos

para el abordaje del mismo.

Para cerrar el presente capítulo, cabe señalar que en

Colombia cuantificar la violencia en general y más aún la

violencia contra los niños, es un ejercicio exigente teniendo en

cuenta que los sistemas de información de las entidades

competentes se hallan en distintas etapas de desarrollo además

de la complejidad en la delimitación de los alcances de la

indagación e intervención del fenómeno en los ámbitos privados y

públicos. (ONU, 2004).

En este sentido, muchos actos violentos no son reportados y

en los casos en que lo son, los registros no recogen la

información suficiente para dimensionar el problema. En materia

de niñez, la recopilación más extensa y accesible de información

en violencia, corresponde a los datos de morbi-mortalidad,

obtenidos a partir de certificados de defunción, registros de

estadísticas vitales e informes forenses. Sin embargo,

representan sólo una manifestación del fenómeno: por cada

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víctima mortal, muchas más personas resultan heridas,

debilitadas psíquicamente o discapacitadas de por vida, dado que

las consecuencias no mortales son mucho más frecuentes que las

mortales. (ONU, 2004).

Las principales reflexiones que pueden orientar el que

hacer estatal en esta materia es reconocer que en los

principales escenarios de violencia se encuentran en la vida

cotidiana de la población como son la comunidad, las calles, los

hogares, implica también el reconocimiento de que el fenómeno

es de gran magnitud y tiene un impacto elevado sobre la

integridad, el desarrollo y la calidad de vida de la población,

en especial de los niños y niñas. (ONU, 2004).

3. ANALISIS PSICOJURIDICO DE CASO DOCUMENTAL DEL SINDROME DE

MUNCHAUSEN POR PODER

Al realizar esta monografía, las autoras encontramos varios

estudios de caso que nos resultaron interesantes debido a que

daban cuenta de lo que dictan las teorías sobre el cuadro

clínico del síndrome de Munchausen por poder y las consecuencias

que este acarrea a nivel de la víctima, familiar, escolar,

social y judicial. Sin embargo para cumplir con el interés de

ésta monografía debido a que se constituía como un caso de una

fuente documenta completo en información y con riqueza para el

análisis nos interesó presentar el caso de ―Diana‖ el cual es

citado por López (2005) en su libro Trastornos Facticios en

pediatría. Síndrome de Munchausen por poderes.

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Para efectos de este trabajo se realizaron modificaciones

en los nombres de los personajes, así, llamamos Ana a la madre

del relato y nos referimos a Diana (1) y Diana (2) porque dos de

las víctimas tenían el mismo nombre, e Iván otro de los hijos de

Ana todo esto con el fin de facilitar al lector la comprensión

de lo relatado y el análisis del mismo.

Diana (2) tenía 9 años de edad cuando desde psiquiatría

se tuvo conocimiento de sus extraños y números antecedentes

médicos. El primer acercamiento que se tuvo con la familia se

produjo a partir del estudio y tratamiento psiquiátrico, por

indicación de su madre Ana, que había sido juzgada por

asesinato de dos de sus hijos Iván y Diana (1) (hermanos de

Diana (2)). El diagnóstico y denuncia del síndrome de

Munchausen por Poder fue hecho por el pediatra de Diana (2),

que de forma casual durante su turno, encontró a la niña en un

estado de pobre coordinación de los movimientos (ataxia),

somnolencia y alteraciones en los electrolitos (acidosis

metabólica) que le recordó los cuadros clínicos que habían

presentado los dos hermanos de la niña, en innumerables

ocasiones, antes de su muerte.

A los psiquiatras tratantes se les pidió que realizaran

un peritaje acerca de la capacidad materna de mantener la

custodia de sus hijos sin que se produjeran más abusos, y los

resultados del peritaje arrojaron que confirmaban una

inadecuada capacidad maternal; se diagnosticó un trastorno

borderline de la personalidad (en el cual el principal

criterio clínico es la inestabilidad en casi todas las áreas

vitales) que había permanecido asociado a sus anteriores

conductas de adicción a los hospitales y también cefaleas

severas de origen psicológico. Ana, relataba una historia

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personal con abundantes consultas psiquiátricas, desde la

adolescencia, por trastornos de ansiedad no especificados y

mostraba altos niveles de inseguridad e hipocondría. Había

contraído matrimonio a los 18 años de edad, en estado de

gestación. Pocos meses después, tras un accidente de tráfico,

se produjo la interrupción del embarazo. Un año más tarde,

nació su primera hija, ―una copia de Diana (1)‖, tanto por el

nombre, debido a que se llamaba también Diana, como por los

innumerables episodios paroxísticos de vómito, ataxia y

acidosis metabólica, por lo que había consultado,

reiteradamente, a diversos servicios de neurología y

nefrología de la red hospitalaria de España y que resultaron

ser refractarios siempre a los múltiples tratamientos

practicados, hasta el punto de fallecer durante el curso de un

coma, cuando tenía 2 años. El diagnóstico pediátrico

practicado entonces fue de muerte súbita. A propósito de esta

muerte familiar no explicada en su momento, Ana recordaba que

tras producirse, pasó por una importante depresión durante la

que incluso se negó a comer.

En un periodo de poco menos de 4 años Ana tuvo 5

embarazos. Después de Diana -la primera hija fallecida-,

nacieron dos varones, Iván y José. Iván el mayor, presentaba

con frecuencia desde su nacimiento, crisis de apnea

paroxística (cese completo de la señal respiratoria de tipo

repentino y de al menos 10 segundos de duración) no

explicadas; además, Ana consultó con él en innumerables

ocasiones, debido a un supuesto retraso psicomotor y a una

hipoacusia bilateral (disminución en la capacidad auditiva de

ambos oídos) ―crónica‖ no confirmada clínicamente. Iván

falleció a los 13 meses de edad con diagnóstico de muerte

súbita del lactante. José, el otro hermano varón, era descrito

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como un niño callado y celoso, con fracturas múltiples como

―único‖ antecedente médico conocido.

Diana, la paciente de interés a este caso, era la

siguiente hija del matrimonio y por tanto menor que José. Era

una niña muy retraída y callada y tenía un adecuado nivel

intelectual (CI: 125). Diana tenía antecedentes médicos

personales desde el primer mes de vida. Había sufrido una

serie de episodios de apnea paroxística que provocaron

múltiples consultas en ingresos en urgencias y en Unidad de

Cuidados Intermedios pediátricos, de al menos 3 centros

hospitalarios. Sorprendentemente para todos los especialistas

que la atendieron entonces, los episodios de apnea remitieron

sin ningún tratamiento aparente cuando la paciente llegó a los

3 meses de edad. Pero, un año después, Diana ingresó de nuevo

en estado de letárgia (pérdida temporal y completa de la

sensibilidad y del movimiento, en el que las funciones vitales

están atenuadas de tal forma que parece que están suspendidas,

dando al cuerpo la apariencia de muerte) y respiración

taquipneica (aumento de la frecuencia respiratoria por encima

de los valores normales), precedida de un cuadro de vomito y

ataxia. Tras una primera alta voluntaria, solicitada por la

madre, se sucedieron una serie de ingresos, en el mismo estado

neurológico. En el examen retrospectivo del caso, que se

realizó conjunto con los pediatras que lo detectaron, se

descubrieron al menos 4 ingresos por mes, durante aquel

periodo de tiempo. El diagnóstico del Síndrome de Munchausen

por poderes fue establecido con la madre dos años antes de la

investigación. Los estudios practicados entonces determinaron

niveles tóxicos de Fenobarbital y Codeína en Diana que fueron

definitivos para probar los hechos y recurrir a la

intervención judicial. (P. 23)

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Para que el lector comprenda con mayor facilidad la

importancia de este último hallazgo las autoras brindamos una

breve explicación de estos dos medicamentos y los efectos de

estos, lo cual da más claridad para reconocer los daños causados

en la menor puesto que el Fenobarbital es un medicamento del

grupo de los anticonvulsivantes, que tiene propiedades sedantes

e hipnóticas, con efectos secundarios como la sedación, la

hipnosis, el nistagmo (movimiento involuntario de los ojos), el

mareo y la ataxia; por su parte la Codeína o Metilmorfina, el

cual es un alcaloide encontrado de forma natural en el opio, es

como medicamento un compuesto que se metaboliza en el hígado

produciendo morfina y genera dependencia, adicción, efectos

tóxicos y síndrome de abstinencia.

Ahora bien, hipotéticamente si el caso anteriormente

planteado, hubiese ocurrido a la luz de nuestra legislación

actual penal Colombiana, consideramos las autoras de este

trabajo monográfico, respetando de antemano que en últimas

corresponde a la Fiscalía General de la Nación encuadrar el tipo

penal respectivo, y haciendo una aproximación jurídica, nos

atrevemos a decir que la conducta desplegada por la señora Ana

podría ubicarse de la siguiente manera:

Delito: Homicidio Agravado Art. 104 C.P. en concurso con

lesiones personales agravadas art. 119 del Código Penal

Colombiano.

Lo anterior por cuanto la señora Ana dio muerte a dos de

sus hijos Iván y Diana (1) y por ésta razón se agrava de

conformidad con el numeral primero del Artículo 104 del Código

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Penal, en cuanto al concurso con lesiones personales, conductas

realizadas por la señora Ana en contra de su hija menor Diana se

agrava por el lazo de consanguinidad consagrado en el Art. 119

del Código Penal.

Responsable: Ana (madre)

Víctimas: de homicidio dos de sus hijos Iván y José y por

lesiones su hija menor Diana.

Bien jurídico tutelado: la vida y la integridad personal.

Modalidad: Preterintensión

Las autoras de este trabajo monográfico, nos atrevemos a

encuadrar ambos delitos en la modalidad de la conducta punible

de preterintensión, en el entendido que el resultado que generó

el comportamiento de Ana, siendo previsible, excedió la

intensión de lesionar o de matar, se está consciente de que sus

acciones lesivas pueden producir la muerte de sus hijos pero no

es el fin que ella pretende.

Ahora bien, aunque tratándose de la estructuración del

homicidio preterintensional, se requiere de uno de varios

elementos, entre ellos, una acción dolosa tendiente a causar

daño en el cuerpo en la salud de la víctima y es así como

además, en el criterio diagnóstico planteado por el Manual de

Diagnóstico (DSM IV TR) que indica que hay una producción

intencionada de signos y síntomas físicos o psicológicos

pudiendo resultar los primeros en importantes lesiones

personales, se pierde el control consciente de las acciones, la

motivación pasaría de estar centrada en asumir indirectamente el

papel de enfermo a desear compulsivamente el ambiente

hospitalario dado que la madre es conciente, quiere ese fin y lo

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consigue, manifestándose en las acciones que conjuga para

generar enfermedad en su hija.

Pena: la pena correspondiente será determinada por el Juez

de Conocimiento, anotando que por ser las víctimas menores de

edad, la señora Ana, perdería cualquier tipo de beneficios

legales por rebaja de pena y que las penas consagradas en ambos

delitos, no son conmutables.

Ahora bien, desde la Psicología consideramos las autoras de

esta monografía que en el caso de estudio se presentaron

algunas señales que podrían servir como alarma de que se estaban

presentando anomalías en la historia médica familiar, como hijos

con extrañas condiciones médicas que mueren a causa de muertes

no conectadas con dichas enfermedades, y como lo plantea Le

Fabu, (2005), quien hace referencia a que ―los menores presentan

condiciones médicas raras o poco comunes con las que los médicos

no están familiarizados‖. (P.8)

De igual forma, la muerte de sus dos hijos la cual se

determinó como muerte súbita, es equivalente a lo que otros

estudios reportan con respecto a la relación entre síndrome de

Munchausen por poder y este tipo de muertes, a saber, el estudio

de Bellemare, (2006) en el cual señala que ―en ocasiones se

dificulta hacer un adecuado diagnóstico diferencial de abuso por

sofocación y muerte súbita, el diagnóstico generalmente se hace

post mortem y en niños previamente sanos‖.(P.16), sin embargo en

el caso de Iván y Diana (1)habían condiciones médicas importantes

que podrían en su momento hacer percibir estas muertes tal vez

como esperadas y asociadas al mal estado de salud general de

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ambos niños. El autor habla de algunos factores que pueden dar

lugar a una muerte súbita en infantes, tales como asfixia,

reflujo gastroesofágico, convulsiones, infecciones, asfixia

accidental o provocada y lesiones sufridas; con respecto a éstas

dos últimas causas explica que en algunos casos los padres que

en repetidas ocasiones intencionalmente asfixian a sus hijos no

necesariamente tienen la intención de matarlos y que podría sólo

significar el afán de los padres por acallar el llanto del bebé,

o incluso ser un caso de síndrome de Munchausen por poder,

situación que le permite a la madre asumir el rol de enferma a

través de sus hijos, pero que al igual que como pudo pasar en el

caso de Ana esto tuviera como desenlace el fallecimiento de

estos.

En cuanto a Diana (2) se encuentra que la sospecha

diagnóstica no sólo se configura a partir de los dos anteriores

fallecimientos de sus hermanos, quienes presentaban igual

presentación sintomática, sino además de que la menor presentaba

síntomas clínicos paroxísticos aislados siempre producidos en el

contexto hospitalario y ninguno de estos sin que la niña

estuviera sin la compañía de la madre; estos síntomas

paroxísticos tampoco tenían la configuración de un cuadro

clínico completo y obedecían a síntomas aislados, los cuales no

presentaban consistencia entre anamnesis y hallazgos.

Ana por su parte cumplía con los criterios del perfil que

plantean autores como Le Fanu, (2005); Hamilton, (2009) en los

que se evidencia ―una madre que permanece durante las consultas

y estancias hospitalarias‖. (P.23) era además –según López

(2005) ―afable en el medio hospitalario y mostraba un alto grado

de colaboración con el personal médico, sin parecer preocupada

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por el pronóstico de la enfermedad, ni las consecuencias que

pudiesen derivar de ella‖. (Parr.12), de igual forma tenía una

comorbilidad psicológica con el Trastorno Límite de la

personalidad, el cual se encuentra presente en muchas de las

madres perpetradoras.

Consideramos importante que quienes analicen los temas de

este síndrome facticio, puedan tener una visión global de los

casos, debido a que el adecuado diagnóstico sólo puede darse de

la unificación de criterios y de material probatorio adecuado;

se hace entonces necesario aprender de las experiencias de

Europa y Estados Unidos (Savino, 2006), en donde muchos

profesionales fueron demandados por inadecuada práctica clínica

al hacer peritajes en contra de mujeres que no eran realmente

perpetradoras; de acuerdo con esto planteamos la reflexión de

que un equívoco señalamiento a una madre como perpetradora del

síndrome puede generar importantes consecuencias con el retiro

del menor de su ambiente familiar y de alguna manera un trauma

psicológico mayor.

Planteamos con lo anterior que el análisis se basa en

situaciones que permitan comprobación, usando pruebas de

laboratorio, monitoreo con cámaras de video ocultas, análisis de

otras muertes sospechosas en la familia, en especial en otros

hijos, la cercanía de la madre al momento de las crisis y que

éstas nunca se den en presencia de otros testigos, entretanto no

deben hacerse juicios apresurados basados sólo en el perfil de

personalidad de la madre, es decir, en que la madre pertenezca

al área de la salud o se interese en ésta, que haya tenido

deprivaciones emocionales en la infancia, que tenga poco apoyo o

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acompañamiento de su cónyuge o que pase la mayor parte del

tiempo en el hospital con su hijo, como lo cuestiona Weintraub

(2007) muchas de estas madres, por el hecho de llevar solas los

asuntos de la casa y por la angustia que les genera la

enfermedad de sus hijos y la no mejoría de estos pueden tornarse

aprehensivas lo cual puede ser malinterpretado; así entonces se

sugiere que estos otros aspectos sean tomados en cuenta, pero no

considerados como concluyentes a la hora de hacer juicios de

valor.

4. DISERTACIÓN TEÓRICA

Se hace preciso decir que las autoras del presente trabajo

monográfico tienen el interés de abordar este tema haciendo

una integración de las posturas psicológica y jurídica en el

marco de la Legislación Colombiana, dado que a nivel de

Suramérica ha sido muy poco lo mencionado o tratado con respecto

al síndrome de Munchausen por poder; esto se evidenció en la

pesquisa bibliográfica que llevó realizar dicha monografía, si

bien este síndrome y sus manifestaciones conductuales y

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psicológicas están relacionadas con la violencia intrafamiliar y

demás tipos penales que se pueden generar a partir ésta como el

homicidio y las lesiones personales, la sutileza en sus

manifestaciones y la falta de experticia o de información de las

instituciones competentes dificulta el proceso investigativo

frente al síndrome, se suman a esto las diferentes posturas

teóricas explicativas que se han dado a través de los estudios

de los casos reportados en el transcurso del tiempo, lo que

puede llevar a que en el peritazgo psicológico no haya una

unificación de criterios a la hora de abordar el síndrome de

Munchausen por poder.

En este orden de ideas y con el fin de ampliar el contexto

de los estudios y casos reportados del síndrome a nivel general

que han sido tratados a lo largo de la monografía, como una

forma de hallazgo dentro de la pesquisa bibliografía, se

evidencia que fueron más comunes en Norteamérica y Europa,

poniendo de precedente que los profesionales médicos que

iniciaron con el reporte de los primeros casos, terminaron

siendo asediados por los medios, víctimas de presión de grupos

de protesta y tuvieron que afrontar procesos jurídicos por

difamación; lo anterior apoya el hecho de que a nivel de

literatura se encuentra poco referentes bibliográficos en los

que los profesionales se puedan apoyar a la hora de sentar

posición frente al síndrome, evidenciando falta de experticia

para hacer diagnósticos tempranos, dando como resultado el trato

de los menores víctimas del síndrome, como enfermedades

facticias con medicamentos y procedimientos iatrogénicos. Otro

precedente identificado por las autoras del presente trabajo

monográfico y que apoyan lo dicho anteriormente, son los juicios

fallidos, celebrados en otros países por falta de peritos

especializados que pudiesen dar cuenta de las características

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principales del síndrome, que lo diferencian de los tipos

penales comunes.

Así mismo, como se evidenció en el capítulo uno, en

Colombia hay pocos reportes de casos relacionados con el

síndrome, en total son 24 de los cuales se desconocen los

detalles clínicos y jurídicos, se suma a esto lo recolectado

durante el desarrollo de la monografías, donde se tuvo contacto

con pediatras y psiquiatras que laboran permanentemente en el

ámbito hospitalario de la ciudad de Medellín, los cuales

coinciden en que si bien ha habido a través del tiempo casos que

podrían cumplir con las características del síndrome, esto no

ha sido objeto de seguimiento, de estudio o de interés.

Se encuentra también, que esto podría deberse en su gran

mayoría a que en el ámbito hospitalario normalmente se buscan la

causa física de la enfermedad y en el caso en que se evidencien

situaciones atípicas relacionadas con el síndrome, la madre,

padre o cuidador probablemente preferirán cambiar de ámbito

hospitalario.

En lo recogido a nivel bibliográfico en cuanto al área de

la salud correlacionado con un sondeo informal realizado por las

autoras del presente trabajo monográfico con profesionales del

área de salud de la ciudad de Medellín, se encontró que en las

instituciones de salud no hay un conocimiento pleno del

síndrome, por tanto los auxiliares, médicos, enfermeros y hasta

los mismos profesionales sociales, no están preparados para

generar alertas y hacer seguimiento a las situaciones que se

muestren como posibles indicadores de síndrome de Munchausen por

poder; así mismo se evidencian dificultades de articulación en

el Sistema de Atención en Salud y ausencia de continuidad en los

procesos, es decir, que no se cuenta con una red hospitalaria

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que permita hacer seguimiento a las familias y personas que

consulta continuamente.

Se identifica también que en otras instituciones

competentes como en Instituto Colombiano de Bienestar Familiar,

el sistema educativo, entre otros, que velan por los derechos de

los niños, niñas y adolescentes se generan grandes interrogantes

con respecto al síndrome de Munchausen por poderes y la forma de

identificar las situaciones y acciones presentes en éste, en

ocasiones por el desconocimiento del mismo como uno de los

flagelos de violencia contra el menor.

En cuanto al ámbito jurídico Colombiano y haciendo un

comparativo entre el Código del Menor y la Ley 1098 del 2006 de

Infancia y Adolescencia en este último se asume a la familia, la

sociedad y el Estado como garantes y con la corresponsabilidad

de la protección integral de los derechos de los niños, niñas y

adolescentes, además, se asume a la madre desde una postura

menos contemplativa, que no sucedía en el Código del Menor y

que estaba apoyado en el imaginario social, donde se idealiza a

la mujer como incapaz de maltratar de esta manera a sus hijos.

También se encuentra a nivel jurídico y como se expresó en

el capítulo dos de la presente monografía que la Ley Colombia no

contempla el síndrome de Munchausen como un tipo penal, sin

embargo las acciones que lo conforman encajan en otros tipos

penales como violencia intrafamiliar, lesiones personales y

homicidio, con agravante por ser contra un menor y con lazo de

consanguinidad, vale la pena decir, que desde esta

interpretación, las acciones presentadas por la madre o el

cuidador en contra del menor no podrían leerse desde el

trastorno mental si no se tuviese en cuenta el aspecto

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psicológico y psiquiátrico, dado que la madre aunque es

consciente de que sus acciones pueden generar daño y/o la muerte

del menor, no lo hacen con la intención de obtener ese fin, más

bien busca dar trámite a su comportamiento compulsivo y falto de

control hacia la obtención de la atención y su adicción al

ámbito hospitalario. Sin embargo, es necesario decir que el

resultado y el curso de los procesos con respecto a las

conductas del síndrome podrían variar de acuerdo a la teoría o

postura explicativa psicológica del síndrome que se asuma y los

argumentos suministrados en caso de un peritazgo psicológico y

psiquiátrico.

Ahora bien, con lo expuesto a nivel jurídico y en relación

al aspecto psicológico se posibilita una discusión en lo que

tiene que ver con la conciencia y la intencionalidad, dadas las

conductas infligidas por las madres en contra su hijo. En el

desarrollo de los diferentes capítulos de la presente monografía

se expone que si bien hay conciencia de que se está obrando mal

puesto que las conductas son escondidas, no hay una provocación

previa, se hacen con premeditación y cubren con mentiras para

explicar las consecuencias, se debe tener en cuenta también que

hay una fuerza intrínseca probablemente incontrolable que lleva

a la madre a cometer las conductas que generan las enfermedades,

lesiones y/o muerte a sus hijos.

En este aspecto, Savino (2006) ―expone que la teoría

comprende una motivación inconsciente y un acto consciente

fraudulento‖. (Parr.12) Así, en el aspecto de intencionalidad,

algunos autores no coinciden a la hora de determinar este

aspecto en el síndrome de Munchausen por poderes, algunos

reportan que la madre finge intencionadamente signos y síntomas

en su hijo con el objetivo de asumir el papel de la madre del

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niño enfermo y lograr reconocimiento en el ambiente hospitalario

otros exponen que no hay una intención de hacer daño a sus

hijos.

Esto se ilustra en las posturas mencionadas a continuación:

La profesora asociada al departamento de psiquiatría en la

escuela de medicina de Harvard Catherine Ayoub (2000) citada en

Golstein (2002) reporta que ―la mayoría de nosotros –expertos-

creemos que es intencional y la madre sabe lo que está haciendo

en el momento en que ella lo está haciendo‖. (P.10)

Por el contrario Ravenscroft y Hochheiser citados por López

(1980) afirman que:

En realidad las madres perpetradoras del síndrome no tienen

intención de hacer daño a los hijos; más bien, están

tremendamente preocupadas por su salud, la visión

escotomizada que les confiere su comportamiento adictivo

les impide valorar en la totalidad el nivel de gravedad del

abuso cometido, llegan a creer, al menos intermitentemente,

que el niño tiene una enfermedad real, dentro del contexto

de la propia pseudología fantástica del cuadro. (Párr. 18)

En este sentido y ubicando lo anterior en los casos

identificados en la pesquisa bibliográfica, se cuestiona la

postura teórica a la que se deben remitir los profesionales

peritos encargados de argumentar y dar cuenta del cuadro clínico

del síndrome, dado que probablemente de esto depende en gran

medida el curso que tome a nivel jurídico.

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129

Así, en términos del presente trabajo monográfico y dadas

las diferentes posturas y teorías con respecto al síndrome, las

autoras consideramos pertinente sugerir al lector, remitirse al

Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales(DSM

IV TR de 2000) criterio A del Trastorno Facticio por

poder(Síndrome de Munchausen por poder) en el cual se plantea

que ―hay producción o simulación intencionada de signos y

síntomas físicos o psicológicos en una persona que se halla bajo

el cuidado del perpetrador.‖(P.236)

Tomando esto como referente, en términos jurídicos

Colombianos, se podría decir que las madres que realizan las

conductas características del síndrome están yendo en contra de

bienes jurídicamente protegidos como la vida, la integridad

personal y la familia. Ahora bien, si se asume lo expuesto en el

Manual Diagnóstico de Trastornos Mentales (DSM IV TR) donde se

menciona la intencionalidad, las madres con el síndrome estarían

actuando con preterintensión debido a que pese a que su actuar

tiende a causar daño en la víctima, mismo que puede ser

previsible por cuanto conoce el carácter prohibido de su

quehacer, su resultado excede la intencionalidad en la comisión

del hecho delictivo.

Sin embargo, cada caso deberá ser estudiado desde su

contexto, considerando las acciones de la madre perpetradora y

el riesgo que esta conlleva a su hijo, donde se valore el daño

psíquico y/o físico real producido. Dado que aunque el objetivo

de la madre va en pro de tener un reconocimiento como la madre

del niño enfermo en el ámbito hospitalario, sus acciones causan

daño físico o psicológico y en ocasiones la muerte.

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No obstante para la legislación de Colombia todo aquel que

tenga consciencia plena de la peligrosidad de sus acciones y no

tome las medidas adecuadas para evitar consecuencias

lamentables, probablemente será responsable por su negligencia.

La situación jurídica de estas madres se podrá determinar

por varios aspectos y uno de los principales tendrá que ver con

los argumentos desde el peritazgo psicológico y psiquiátrico

donde se podrá exponer argumentativamente aspectos clínicos y

etiológicos que den cuenta de la situación mental de éstas y a

su vez contribuirá a la determinación de la conducta delictiva

correspondiente a su accionar. Así las cosas, no será lo mismo a

nivel jurídico el accionar de una madre que generen lesiones a

el accionar de una madre donde se genere lesiones y por causa de

éstas la muerte del menor; quien determinará en últimas si la

conducta delictiva corresponde al campo doloso,

preterintensional o culpable será el Juez que asuma el caso.

En relación a lo expuesto anteriormente, se considera que

en estos casos además de la sentencia del Juez, se reflexione

sobre la posibilidad de un manejo integral tanto para la víctima

(menor) y responsable (madre), debido a que se logró identificar

que las intervenciones de las instituciones competentes en

Colombia, se enfocan en el retiro de la custodia y/o el

resguardo de los menores en instituciones públicas y privadas,

lo que podría acrecentar la desintegración familiar o el

impedimento de que el padre y/o la madre puedan reasumir la

responsabilidad; de igual forma, el manejo integral deberá ir

enfocado a mitigar la perpetuación del modelo multigeneracional,

es decir, intervenir el síndrome de forma tal que las víctimas

del mismo no se conviertan en los perpetradores en la adultez.

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Para finalizar, es importante tener en cuenta que el

inadecuado diagnóstico basado sólo en los criterios de perfil

del síndrome de Munchausen no tiene un material probatorio

comprobable generando acusaciones fuera de la realidad.

Siendo así las cosas, esperamos las autoras de este trabajo

monográfico que pretende más que hacer una aproximación psico-

jurídica del síndrome de Munchausen por poder en Colombia,

ampliar la visión jurídica a los operadores de justicia a fin de

que conozcan la existencia de éste síndrome, que permita tener

un argumento más claro a la hora de la resolución y la toma de

decisiones, sin embargo queda la inquietud con respecto a la

atención integral que se debe dar a los diferentes trastornos

mentales en general y en especial a los que están enfocados a la

violencia contra los menores.

BIBLIOGRAFIA

Agudelo, L. (1997). Maltrato del menor en la legislación de

familia. Trabajo de Grado para optar al título de Abogado.

Facultad de Ciencias Sociales, Departamento de Derecho,

Universidad de Antioquia, Medellín, Colombia.

Aguilar, L. (2005). ―Aspectos centrales de una política

pública‖. Ponencia Segundo foro internacional, movilización de

Primera Infancia. Bogotá 2006.

Page 132: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

132

Alarcón, R. (2010). Maltrato infantil y sus consecuencias a

largo plazo. Publicado en MedUNAB. Vol. 13 Número 2, Agosto de

2010.

Alzate, M. (2007) La infancia más que una realidad objetiva y

universal. Panamericana. México. 450p.

Arias, M. (1993). Derecho de familia: legislación de menores y

actuaciones notariales. Ecoe Ediciones. Santa Fe de Bogotá.

359p.

Awadallah, N. et al, (2005). Munchausen by proxy: a case, chart

series and literature review of older victims. Child abuse and

Neglect 29 (2005) 931-941.

Bellemare, S. (2006). Chil abuse by suffocation: A cause of

apparent life-threatening events. Pediatric Child Health. 2006

October; 11(8): 493–495.

http://www.pubmedcentral.nih.gov/articlerender.fcgi?artid=252863

9&tool=pmcentrez

Bennett, N. El síndrome de Munchausen en el trabajo. Harvard

Business Review. Wednesday, November 7th, 2007. Extraído el 5 de

Mayo de 2008. [Versión electrónica] http://blogs.strat-

cons.com/?tag=munchausen.

Bocchino, S. Trastornos Facticios. Revista de Psiquiatría del

Uruguay. Vol. 61, Número 1. Julio de 2005. 92-101.

yhttp://www.mednet.org.uy/spu/revista/jun2005/04_edm_04.pdf

Page 133: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

133

Bools, C. & Meadow, R. (1993). Follow up of victims of

fabricated illness (Munchausen syndrome by proxy). Archives of

disease in childhood. 1993;69:625-630.

Boros, S. (1992). Munchausen syndrome by Proxy: case accounts.

FBI Law Enforcement Bulletin June 1992; Lexile Score: 1070; 19K,

SIRS Researcher. http://sks.sirs.com/cgi-bin/hst-article-

display?id=SCA3748-0-

9858&artno=0000006551&type=ART&shfilter=U&key=&title=Munchausen%

20Syndrome%20by%20Proxy%3A%20Case%20Accounts&res=Y&ren=N&gov=N&l

nk=N&ic=N

Bula, T (2001). Los derechos fundamentales del hombre en la

dignidad y el valor. Extraído el 3 de enero de 2010. [Versión

electrónica] http://www.cop.es/colegiados/M-13935/sindrome-

munchhausen.htm

Brahm, M. Maltrato infantil oculto: Síndrome de Munchausen por

poder. Extraído el 5 de Mayo de 2008. [Versión electrónica]

http://www.medicinafamiliaruc.cl/html/articulos/120.html

Carmona, J. (2000). La ley familiar y la ley social: una mirada

al maltrato infantil desde la psicología social. Alborada; la

revista de padres y educadores. Vol. 46, No. 321. (p 20-23).

Medellín.

Cataño, M. (2004). Análisis historiográfico, fenomenológico,

descriptivo, clínico y diferencial del trastorno Facticio

(Síndrome de Munchausen) y de la simulación de enfermedad

mental. Trabajo de Grado para optar al título de Psicólogo,

Page 134: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

134

Facultad de Ciencias Sociales, Departamento de Psicología,

Universidad de Antioquia, Medellín, Colombia.

Chadwick, D. (2006). The evidence base in child protection

litigation. BMJ 2006;333:160-161 (22 July),

doi:10.1136/bmj.333.7560.160.

http://www.bmj.com/cgi/content/full/333/7560/160

Cohen, J. Síndrome de Munchausen provoca síntomas con el

tratamiento de información. October 21, 2007. Extraído el 5 de

Mayo de 2008. [Versión electrónica]

http://www.articleset.com/salud_articles_es_Sindrome-de-

Munchausen-provoca-sintomas-con-el-tratamiento-de-

informacion.htm

Comas, J. (2005). Síndrome de Munchausen: Cuadro clínico,

diagnóstico diferencial, una propuesta de tratamiento. Revista

de la facultad de Medicina, UNAM, Hospital General de Acapulco,

México. Vol. 48, Número 1, Enero-Febrero 2005.

www.ejournal.unam.mx/rfm/no48-1/RFM48102.pdf

Craft, A. (2004). Munchausen syndrome by proxy and sudden infant

death. BMJ Volume 328, 29 May 2004.

http://www.pubmedcentral.nih.gov/articlerender.fcgi?artid=420178

&tool=pmcentrez

Craig, M. (2004). Perinatal risk factors for neonaticide and

infant homicide: can we identify those at risk?. Journal of The

Royal Society of Medicine. J R Soc Med. 2004 February; 97(2):

57–61.

Page 135: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

135

http://www.pubmedcentral.nih.gov/articlerender.fcgi?artid=107928

9&tool=pmcentrez

De Bonis, M. (1998). Evolución histórico-social del fenómeno

maltrato (infantil) implicancias médico-legales actuales en

nuestro país. Revista Nuestro Hospital, 1998 Mayo 05 de 2008

[Versión electrónica]

http://www.hospitalposadas.org.ar/revistadig/1998/n2/2_2_maltrat

o.pdf

Dyer, C. (2004). Court dismisses appeals of two mothers. BMJ,

Vol. 328, 22 May 2004.

Dyer, C. (2004). Inquiry into death of boy from induced illness

recommends tightening of child protection rules. BMJ, Vol. 329,

24 July 2004.

Dyer, C. (2005). Pathologist stand by his findings in Sally

Clarck case. BMJ, Vol. 330, 5 March, 2005.

Dyer, C. (2005). Mother found guilty in case of fabricated

illness. BMJ March 5; 330(7490).

http://www.pubmedcentral.nih.gov/articlerender.fcgi?artid=552836

&tool=pmcentrez

Eilers, M. (1998). Maltrato infantil detectado entre 1995 y

1996 en el consultorio Dr José Symon Ojeta. López, B. Revista

Chilena de Salud Pública. Vol. 02, No. 3. (pp. 185-190). Chile.

Epstein, D (2005). ―Día Mundial de la Salud pone el foco en

las madres y los niños‖. OPS. New York.

Page 136: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

136

Eastman, A. (2007). Bibliografía sobre abuso o maltrato

infantil: citaciones de Medline, Licacs y otras bases de datos.

OPS. Estados Unidos.

Editorial Pulsomed S.A, Síndrome de Munchausen. Colón de

Larreátegui, BILBAO 2006 Extraído el 5 de Mayo de 2008.

[Versión electrónica]

http://www.tuotromedico.com/temas/sindrome_de_munchausen.htm

Eilers, M. (1998). Maltrato infantil detectado entre 1995 y

1996 en el consultorio Dr. José Symon Ojeta. López, B. Revista

Chilena de Salud Pública. Vol. 02, No. 3. (pp. 185-190). Chile.

Espinosa, A. Síndrome de Munchausen un reto para el Clínico.

Revista Cubana de Medicina. 2000; 39(4):228-37 Extraído el 5

de Mayo 5 de 2008 [Versión electrónica]

http://bvs.sld.cu/revistas/med/vol39_4_00/med05400.htm

Espinosa, A. Síndrome de Munchausen. Enero de 2008. Extraído el

5 de Mayo de 2008. [Versión electrónica]

http://espanol.answers.yahoo.com/question/index?qid=200801231531

22AAavPxn.

Evans, D. (1995). The investigation of life threatening child

abuse and Munchausen syndrome by proxy. Journal of medical

ethics 1995; 21: 9-13.

Feldman, M. (1998). ¨Virtual¨ factitious disorders and

Munchausen by proxy. Alerts, notices and case report. WJM Vol.

168, No. 6 June 1998.

Page 137: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

137

Garcés, C. (2001) componentes de la conducta punible.

Panamericana. Argentina. 258p.

García, M (2008) aproximaciones conceptuales referentes a la

constitución política de Colombia. Eco Ediciones. Santafé de

Bogotá. 235p.

Garrote, N. (2008). Síndrome de Munchausen por poder y

manifestaciones de supuesto evento de aparente amenaza a la

vida. Pediatría práctica. Argentina. Arch Argent Pedriatr 2008;

106(1):47-53.

Gil, A. (1991). Aspectos clínicos del maltrato infantil.

Cuadernos médico sociales. Vol. 32, No. 1. (pp. 21-27). Santiago

de Chile.

Goldstein, L. (2002). Maternity Wars. Schools Deal with an

Emerging Phenomenon: Parents, Mostly Mothers, Who Invent

Disabilities for Their Children. Education Week Vol. 22 No.

12 Nov. 20, 2002; Lexile Score: 1170; 21K, SIRS Researcher.

http://sks.sirs.com/cgi-bin/hst-article-display?id=SCA3748-0-

9858&artno=0000162869&type=ART&shfilter=U&key=&title=Maternity%2

0Wars&res=Y&ren=N&gov=N&lnk=N&ic=N

Gómez, P (2008). Los Derechos Humanos. Febrero de 2008. Extraído

el 5 de Mayo de 2010. [Versión electrónica]

http://157.150.195.10/es/documents/udhr/

Gorley, V. (2007). Mother charged in infant's death: A

Smithfield woman is accused of killing her first child, a

daughter, in 2004. Daily Press (Newport News. VA) 03/21/2007.

Page 138: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

138

Gorley, V. (2007). Mother acussed of killing baby free on bond.

EBSCOhots. Daily Press (Newport News. VA) Mar 29, 2007.

Gorley, V. (2008). Woman faces 10 years in death of infant

daughter. EBSCOhots. Daily Press (Newport News. VA) 05/08/2008.

Gornall, J. (2006). Analysis and comment Child abuse Royal

college rewrites child protection history. BMJ 2006;333:194-

196 (22 July), doi:10.1136/bmj.333.7560.194.

http://www.bmj.com/cgi/content/full/333/7560/194.

Global, D. (2008). Aproximaciones jurídicas de la violencia

contra los menores. Extraído el 17 de junio de 2009. [Versión

electrónica] Febrero 29, 2008.

http://www.gloobal.net/iepala/global/fichas/ficha.php?entidad=Te

xtos&id=83&opcion=documento

(Hassemer, W (1999). Persona Mundo y Responsabilidad. Tirant lo

Blanch. Nueva York. 296p.

IEPALA (2008) Desigualdad, cooperación y desarrollo. Extraído 12

abril de 2009. [Versión electrónica] Mayo 19, 2008.

http://www.memoria.iepala.es/?cat=17

Jureidini, J. (2003). Concerns about research and prevention

strategies in Munchausen syndrome by proxy (MSBP) abuse. Child

abuse and Neglect 27 (2003)413-420.

Lasher, L. (2003). Munchausen by proxy (MBP) maltreatment: an

international educational challenge. Child abuse and neglect 27

(2003)409-411.

Page 139: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

139

Linares, B (2005) la violencia contra el infante, aproximación

jurídica. Extraído el 20 de agosto de 2009. [Versión

electrónica] Febrero 29, 2005.

http://escribiendoderecho.blogspot.com/2008/05/maltrato-

infantil-una-lbrega-realidad.html

McClure, R. (1996). Epidemiology of Munchausen syndrome by

proxy, non-accidental poisoning, and non-accidental suffocation.

Arch Dis Child. 1996 Jul;75(1):57-61.

http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/8813872

McCormick, J. (1994). Why parents kill. NewsWeek Nov. 04 1994.

http://sks.sirs.com/cgi-bin/hst-article-display?id=SCA3748-0-

9858&artno=0000009876&type=ART&shfilter=U&key=&title=Why%20Paren

ts%20Kill&res=Y&ren=N&gov=N&lnk=N&ic=N

Meadow, R. (1993). False allegation of abuse and Munchausen

syndrome by proxy. Archives of disease in childhood 1993;

68:444-447.

Meadow, R. (1985). Management of Munchausen síndrome by proxy.

Archives of disease in childhood 1993; 60:385-393.

Lara, C. (2007). Madres que matan a sus hijos.

http://sindromedealienacionparental.apadeshi.org.ar/madres_que_a

sesinan.htm

Le Fanu, J. (2005). Wrongful diagnosis of child abuse—a master

theory. Journal of The Royal Society of Medicine. J R Soc Med.

Page 140: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

140

2005 June; 98(6): 249–254.

http://www.pubmedcentral.nih.gov/articlerender.fcgi?artid=114222

7&tool=pmcentrez

López-Ibor Aliño, Juan J. & Valdés Miyar, Manuel (dir.) (2002).

DSM-IV-TR. Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos

mentales. Texto revisado. Barcelona: Masson.

López, M. (2005). Trastornos Facticios en pediatría: Síndrome de

Munchausen por poderes. España. Ediciones Universidad Salamanca.

168p.

López, N. (2003). Lo bueno de lo malo: síndrome de Munchausen.

Septiembre 1 de 2003. Volumen 29 - Número 08 p. 446 – 447.

Extraído el 5 de Mayo de 2008. [Versión electrónica]

http://db.doyma.es/cgi-

bin/wdbcgi.exe/doyma/mrevista.go_fulltext_o_resumen?esadmin=si&p

ident=13051097

López, Y. (2003). Porqué se maltrata al más íntimo: una

perspectiva psicoanalítica del maltrato infantil. Trabajo de

Grado para optar al título de Psicólogo, Facultad de Ciencias

Sociales, Departamento de Psicología, Universidad de Antioquia,

Medellín, Colombia.

Loredo, A. (1994). Maltrato al menor. México. Mc Graw Hill

Interamericana. 162p.

Maida S. Síndrome de Munchausen por poder: un diagnóstico a

considerar. Rev. chil. pediatr. [online]. mayo 1999, vol.70,

no.3. Extraído el 5 de Mayo de 2008. p.215-220. [Versión

Page 141: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

141

electrónica]

http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0370-

41061999000300007&lng=es&nrm=iso

Manual Diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales -

DSMIV-TR- (2000)

Masso, P. (2006). El Síndrome de Munchausen por poderes y apego

estado de arte. Trabajo de Grado para optar al título de

Psicólogo. Universidad Pontificia Bolivariana, Escuela de

Ciencias Sociales, Facultad de Psicología, Medellín.

Meadow, R. (1994). Munchausen syndrome by proxy: a study of

psychopathology. Department of Pediatrics and Child Health, St.

James's University Hospital, Leeds, UK. 1994 Sep;18(9):773-88.

http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/8000908?ordinalpos=12&itool=E

ntrezSystem2.PEntrez.Pubmed.Pubmed_ResultsPanel.Pubmed_DefaultRe

portPanel.Pubmed_RVDocSum

Mesa, M. (2004). Violación del derecho a la salud: ¿Otra forma

de maltrato infantil? Revista Ciudad Don Bosco. No. 14. (pp. 48-

56). Medellín.

Miller, A. (2007). El cuerpo nunca miente. Tusquets, España.

Segunda Edición.

Montufar, M. (2000). El maltrato infantil: introducción. Santa

Fe de Bogotá. 19p.

Moreno, C. (1995). El maltrato infantil: concepto, tipos,

etiología. Palacios, J. Infancia y Aprendizaje. No. 7. (pp. 7-

21) Santa Fe de Bogotá.

Page 142: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

142

Moreno, J. (2005). Estudio sobre las implicaciones de la

psicopatología parental, la transmisión intergeneracional y el

abuso de sustancias tóxicas en el maltrato infantil. Revista

Colombiana de Psiquiatría. Vol. 34, No. 3. (pp. 355-374). Santa

Fe de Bogotá.

Múnera, J. (2002). El maltrato al menor y la salud mental.

Trabajo de Grado para optar al título de Psicólogo Clínico con

énfasis en Salud Mental. Universidad Pontificia Bolivariana,

Escuela de Ciencias Sociales, Facultad de Psicología, Medellín.

Muñoz, A. (2005) Síndrome de Munchausen por poder. Extraído el

5 de Mayo de 2008. [Versión electrónica]

http://www.cepvi.com/articulos/munchausen.shtml.

Nuevo Código de Infancia y Adolescencia. Ley 1098, Noviembre 8

de 2006. Nuevo sistema de responsabilidad penal. Edición 2008.

Editorial Unión Limitada. 321p.

Ojeda, F. Síndrome de Munchausen por poderes. Cuadernos de

medicina forense. [Periódico en la Internet]. 2006 Abr [citado

2008 Mayo 05]; (43-44): 47-55. Extraído el 5 de Mayo de

2008.

http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1135-

76062006000100004&lng=es&nrm=iso.

Ojeda, F. Síndrome de Munchausen por poderes. Extraído el 5 de

Mayo de 2008 del sitio Web de la Pontificia Universidad Católica

del Perú. (1) Servicio de Pediatría. Hospital Infantil

Page 143: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

143

Universitario "Virgen del Rocío". Sevilla. [Versión electrónica]

http://blog.pucp.edu.pe/item/21032

ONU, (2004). La violencia contra los niños. Extraido el 7 de

septiembre de 2009[Versión electrónica]. Enero de 2006.

http://www.unicef.org/violencestudy/spanish/

Özmen, S. (2008). Clear otorrhea: a case of Munchausen syndrome

in a pediatric patient. Eur Arch Otorhinolaryngol. 2008 July;

265(7): 837–838.

http://www.pubmedcentral.nih.gov/articlerender.fcgi?artid=244093

1&tool=pmcentrez

Parma, C. (2002). Asesinato por maltrato infantil. Extraído el

5 de Mayo de 2008. [Versión electrónica]

Htttp/:carlosparma.com.ar

Peña, S. (1997). Una tipificación de causas del maltrato

infantil en Colombia. Investigación y educación en enfermería.

Revista de la facultad de enfermería de la Universidad de

Antioquia. Vol. 15, No. 1. (pp. 81-92). Medellín.

Pérez (1996), manifiesta que la culpa es otra modalidad de la

culpabilidad. Se le entiende como la omisión del deber de

cuidado.

Pinilla, F. (2001). Identificación de las características de la

población y los factores de riesgo para maltrato infantil en los

niños y niñas atendidos en la Clínica el Buen Trato de

Colsubsidio Bogotá. Saludarte: Revista de salud por los niños de

las Américas. No. 2. (pp. 32-43). Santa Fe de Bogotá.

Page 144: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

144

Quijano, P. 2007. nueva ley para la infancia y la

adolescencia en Colombia. Extraído el 5 noviembre de 2009.

[Versión electrónica]

http://www2.ohchr.org/english/bodies/CRC/docs/study/responses/Co

lombia.pdf

Ragaisis, K. (2004). When the system Works: rescuing a child

from Munchausen´s syndrome by proxy. Case study. JCAPN. Vol. 17,

Number 4, October-December, 2004.

Ramírez, C. (2002). Modelo integrado de evaluación clínica en el

maltrato infantil: una aproximación cognoscitiva-conductual.

Acta Colombiana de Psicología. No. 7. (pp. 61-69). Santa Fe de

Bogotá.

Restrepo, N. (1997). Maltrato infantil: Síndrome del niño

sacudido. Pediatría. Vol. 32, No. 2. (pp. 143-146). Santa Fe de

Bogotá.

Rivera, M. (2004). Hallazgos clínico dentales en niños

sugestivos de maltrato infantil. Universitas Odontológicas. Vol.

17, No. 36. (pp. 59-64) Santa Fe de Bogotá.

Rodríguez, R. Síndrome de Munchausen por Sustitución. Caso

Clínico. Medicina Forense y Legal , PsiquiatríaExtraído el 5 de

Mayo de 2008. [Versión electrónica]

http://www.portalesmedicos.com/publicaciones/articles/565/1/Sínd

rome-de-Munchausen-por-Sustitucion-Caso-Clinico.html. 06/11/2007

Page 145: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

145

Roesler, T. (2007). Defining, diagnosing and treating medical

child abuse. The Brown University Child and Adolescent Behavior

Letter. Vol. 23, Number 11, Nov 2007.

Rosenberg, D. (2003). Munchausen síndrome by proxy: medical

diagnostic criteria. Child abuse and Neglect 27 (2003)421-430.

Rosenberg, J. (1997). Patient by proxy. Health & Fitness News

Service Feb. 9, 1997. http://sks.sirs.com/cgi-bin/hst-article-

display?id=SCA3748-0-

9858&artno=0000018254&type=ART&shfilter=U&key=&title=Patient%20b

y%20Proxy&res=Y&ren=N&gov=N&lnk=N&ic=N

Salazar, A. (1999). El sistema familiar de los niños y niñas

Bajo medida de protección especial: una nueva interpretación al

problema sociofamiliar y el abandono infantil. Trabajo de Grado

para optar al título de Psicólogo, Facultad de Ciencias

Sociales, Departamento de Psicología, Universidad de Antioquia,

Medellín, Colombia.

Restrepo, a. (2007). Justicia y derechos humanos una mirada

desde la infancia. Extraído 7 de septiembre de 2009. [Versión

electrónica] abril 25, 2007.

http://www.fum.edu.co/snies/institucional/comunidadhcm/catedra/p

onencias/sesion06/ponencia-principal.pdf

Salinas (2002). Un espacio para el derecho comparado. Extraído 6

de julio de 2009. [Versión electrónica] Marzo 25, 2002.

http://centrodeinvestigacionesfldm.blogspot.com/2008/09/dr-

arturo-salinas-martnez.html

Page 146: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

146

Saltón, R. Revista del hospital psiquiátrico de la habana.

República de Cuba. Ministerio de Salud Pública. Julio-

Septiembre, 1988. Volumen 29, No. 3. Síndrome de Munchausen.

Pág. 351.

Santa, W. Qué es el Síndrome de Munchausen. Ciencia y Salud.

Extraído el 5 de Mayo de 2008. [Versión electrónica] Febrero

29, 2008. http://www.vozalmundo.com/index.php?id=5116

Sabino, A. (2006). Factitious disease: clinical lessons from

case studies at Baylor University Medical Center. Proc (Bayl

Univ Med Cent). 2006 July; 19(3): 195–208.

http://www.pubmedcentral.nih.gov/articlerender.fcgi?artid=148452

4&tool=pmcentrez

Serna, I (2008). Legislación - Ley En Colombia La ley de

Infancia y Adolescencia. Extraido 15 Agosto 2009. [Versión

electrónica]MARZO DE 2008.

http://www.uniderecho.com/leer_ley_Ley-En-Colombia_19_1443.html

Serpa, R. (1994). Psiquiatría médica y jurídica. Editorial Temis

S.A. Santa Fe de Bogotá. 560p.

Serna, T (2009). Sentencias de la Alta Corte Constitucional de

Colombia. Extraído 20 Octubre de 2009. [Versión

electrónica]Enero de 2008.

http://www.corteconstitucional.gov.co/inicio/CODIGO%20DE%20LA%20

INFANCIA%20Y%20LA%20ADOLESCENCIA.php

Page 147: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

147

Shreier, H. (2004). Error in Munchausen by proxy defined.

Pediatrics 2004; 113; 1851-1852.

http://www.pediatrics.org/cgi/content/full/113/6/1851

Síndrome de Munchausen. Extraído el 5 de Mayo 5 de 2008

[Versión electrónica]

http://es.wikipedia.org/wiki/S%C3%ADndrome_de_M%C3%BCnchhausen

Síndrome de Munchausen. Extraído el 5 de Mayo de 2008 de

[Versión electrónica]

http://www.tuotromedico.com/temas/Síndrome_de_munchausen.htm

Síndrome de Munchausen. Extraído el 5 de Mayo de 2008. [Versión

electrónica]

http://www.upmc.com/healthmanagement/managingyourhealth/healthre

ference/diseases/?chunkiid=177923

Síndrome de Munchausen. Extraído el 5 de Mayo de 2008. [Versión

electrónica]www.zonapediatrica.com/index2.php?option=com_content

&do_pdf=1&id=763 –. Agosto 11 de 2007

Solórzano, R. (1990). Psiquiatría Clínica y forense. Editorial

Temis S.A. Santa Fe de Bogotá. 345p.

Thomas, K. (2003). Munchausen syndrome by proxy: identification

and diagnosis. Journal of pediatric nursing. Vol. 18, No. 3.

June 2003.

Page 148: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

148

Trujillo, F. (1999). El maltrato infantil, un fenómeno

multicausal. Trabajo de Grado para optar al título de Psicólogo,

Facultad de Ciencias Sociales, Departamento de Psicología,

Universidad de Antioquia, Medellín, Colombia.

UNICEF, (2007). Consideraciones de la Ley de Infancia y

Adolescencia. Extraído Enero de 2010 [Versión electrónica]

julio de 2007 http://www.unicef.org.co/Ley/2.htm.

Velásquez, F (2007). Manual de. Derecho Penal. Temis. Santafé de

Bogotá 350p.

Vélez. H (2004). Artículos sobre el síndrome de Muncchausen.

Extraído diciembre de 2009 [Versión electrónica] Marzo de 2007

http://www.unicef.org.co/Ley/2.htmhttp://www.caq.org.ar/img/XEnc

_Sindrome_Munchaussen.pdf.

Vallejo, C. (1997). Madres que maltratan física y emocionalmente

a sus hijos. Trabajo de Grado para optar al título de Psicólogo,

Facultad de Ciencias Sociales, Departamento de Psicología,

Universidad de Antioquia, Medellín, Colombia.

Voorhees, B. Síndrome de Munchausen por poderes. Extraído el de

Mayo 5 de 2008 del sitio Web de University of Chicago, Chicago,

IL.

http://www.nlm.nih.gov/medlineplus/spanish/ency/article/001555.h

tm. Artículo publicado el 6/13/2006 [Versión electrónica]

Wartik, N. (1994). Fatal Attention. Redbook Feb. 1994.

http://sks.sirs.com/cgi-bin/hst-article-display?id=SCA3748-0-

Page 149: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

149

9858&artno=0000010568&type=ART&shfilter=U&key=&title=Fatal%20Att

ention&res=Y&ren=N&gov=N&lnk=N&ic=N

Weintraub, P. (2007). Unusual suspects. Psychology Today Vol.

40, No. 5. July/Aug. 2007. http://sks.sirs.com/cgi-bin/hst-

article-display?id=SCA3748-0-

9858&artno=0000271381&type=ART&shfilter=U&key=&title=Unusual%20S

uspects&res=Y&ren=N&gov=N&lnk=N&ic=N

Zangwill, M. El Síndrome de Munchausen y los trastornos

ficticios: realidad y ficción. Febrero de 2004. Extraído el 5

de Mayo de 2008.

[Versiónelectrónica]http://healthlibrary.epnet.com/GetContent.as

px?token=401bb2b1-70d7-495f-8b8c-e81da9e6916c&chunkiid=122107

APENDICE

APENDICE A. FICHA BIBLIOGRÁFICA

Page 150: APROXIMACIÓN PSICOJURÍDICA DEL SÍNDROME DE …bibliotecadigital.usb.edu.co/bitstream/10819/303/1/...afectados con el Síndrome de Munchausen por poder, en el cual un . 10 individuo

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APENDICE B. FICHA DE SÍNTESIS

Ficha Bibliográfica #________________ Ubicación:

_____________________

Referencia Bibliográfica:

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

Lugar y Fecha de Consulta:

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

Observaciones:

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

__________________________________________________________

__________________________________________________________

Ficha de Lectura #_________ Páginas Consultadas: ___________

Título de la Ficha:

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

Referencia Bibliográfica:

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

Notas:

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___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

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