aprentic3 Arrendamiento vino xiv-xvi

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EL ARRENDAMIENTO DEL VINO COMO SISTEMA DE RECAUDACIÓN EN EL BILBAO BAJOMEDIEVAL Y MODERNO (SIGLOS XIV A XVI) Alfonso Ganuza Arizmendi Revista Universum Nº 22 Vol.1: 102-116, 2007

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EL ARRENDAMIENTO DEL VINO

COMO SISTEMA DE RECAUDACIÓN EN

EL BILBAO BAJOMEDIEVAL Y MODERNO

(SIGLOS XIV A XVI)

Alfonso Ganuza Arizmendi

Revista Universum Nº 22 Vol.1: 102-116, 2007

Los contratos de arrendamiento del vino como ejemplo de regulación de las fuentes de ingresos en la villa de Bilbao entre los siglos XIV y XVI.

Objetivo :

Conocer la política del arrendamiento practicada por las autoridades bilbaínas sobre el vino.

Fuente documental :

Fondos Municipal y Judicial del Archivo de la Diputación Foral de Vizcaya.

1. El arrendamiento como medida reguladora del abasto.

2. La corona necesita dinero y el Ayuntamiento también: el arrendamiento como recurso financiero.

3. El arrendamiento del vino en Bilbao: mucho más que un estricto contrato.

3.1. Aspectos socioeconómicos asociados a los arrendamientos.3.2. Aspectos vitivinícolas asociados a los arrendamientos.3.3. Valoraciones de la actividad arrendataria del vino: siglos XIV a XVI.

4. Conclusiones.

1. EL ARRENDAMIENTO COMO MEDIDA REGULADORA DEL ABASTO

TRIBUTOS

• Diezmos de los puertos Diezmos del mar

• Almojarifazgo

• Teloneum (o Portaticum): Portazgo

• Tasas en puertos fluviales y tasas en puertos secos

• Alcabala

• Arrendamiento

2. EL ARRENDAMIENTO COMO RECURSO FINANCIERO

Gastos para organizar ejércitos y frentes de guerra La Corona necesita dinero

Fuentes de ingresos extraordinarios de la Corona:

1º) Petitum o pedido, subsidium, servicium o collecta

2º) Confiscación de propiedades de súbditos rebeldes.

3º) Quinto del botín y Parias.

4º) Servicios Sisa (impuesto permanente y decisivo sobre el precio de las mercancías) Arrendamiento (gravamen sobre el abasto y consumo de las provisiones de necesidad).

La Corona podía delegar el arrendamiento en el ayuntamiento de una villa o ciudad.

Las instituciones municipales comienzan a arrendar por delegación real

Necesidades económicas de los ayuntamientos:

• Personal administrativo.

• Defensa y armamento

• Presiones fiscales de monarcas y señores.

• Inversiones en obras públicas para crear, mantener, mejorar y reparar las infraestructuras.

Ingresos, por rentas, del ayuntamiento de Bilbao:

• Sisa sobre mantenimientos y mercancías consumibles, incluido el vino.

• Rentas procedentes del vino blanco (año 1483).

EL ARRENDAMIENTO

El contrato de arrendamiento :

• Subasta pública Arrendatario (pujador final y arrendador de un tributo o de la renta de un abasto) paga al Concejo el importe determinado por la puja final más alta.

• Arrendatario= recaudador de tributo/s y/o renta/s, por el tiempo determinado en contrato.

• Beneficio de arrendatario: diferencia entre importes pagado y recaudado.

Beneficios del arrendamiento para el

Concejo de Bilbao:

• Ahorro de gestiones y personal.

• Recibir dinero al contado y por adelantado, asegurándose un ingreso previo a posibles incidentes fortuitos (inundaciones, guerras, etc.)

Estas ventajas compensaban el beneficio que podía

obtener el arrendatario.

3. EL ARRENDAMIENTO DEL VINO EN BILBAO: MUCHO MÁS QUE UN ESTRICTO CONTRATO

ESQUEMA DEL PROCESO DE ARRENDAMIENTO

• Convocatoria de subasta: pregón (tipo de arrendamiento, condiciones de remate y tiempo de contrato).

• Subasta pública: sobre mínimo establecido por instituciones municipales se puja. Arrendador = último postor antes de consumirse una vela.

• Asignación del arrendador/es.

• “Toma de la renta”: arrendador acepta el contrato de arrendamiento y asume las condiciones del remate.

• Escritura de fianza: arrendador nombra fiador/es (avalista/s).

3.1. Aspectos socioeconómicos asociados a los arrendamientos: La fuerza del contrato.

• Pago Arrendador está obligado a pagar el importe determinado en contrato y en unos plazos concretos.

• Impago Si arrendador no paga: pena de prisión e intervención de sus bienes muebles y raíces.

• Contrato de arrendamiento como “seguro a todo riesgo” a favor de la institución municipal, ante la posibilidad de incidentes fortuitos.

• Multas Medidas correctoras para recaudar y combatir fraudes (introducir en la villa de lugares no autorizados, tráfico de vino sin licencia/s correspondiente/s, venta de vino en lugares no autorizados, mezcla de vinos de diferentes procedencias).

MULTAS INCLUIDAS EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DEL VINO EN BILBAO (ss. XIV a XVI)

3.2. Aspectos vitivinícolas asociados a los arrendamientos del vino.

Proteccionismo de los vinos bilbaínos Las condiciones de los contratos de arrendamiento obligan a respetar los tiempos de viedo y franca.

Vinos foráneos, por tierra:

• Arrendador debe conocer la cantidad Vinos de Castilla, Andalucía y Ribadavia, al peso público.

• Mulateros Testimonio jurado para garantía de la procedencia.

• Vinos importados Franca licencia expedida por Concejo, Justicia y regimiento.

Vinos foráneos, por mar:

• Arrendador debe conocer la cantidad de vino arribado a la villa El vino descargado ha de declararse y registrarse antes de almacenarse en las bodegas y lonjas de la villa (licencia).

En viedo podían descargarse y almacenarse, pero no venderse.

• Una vez introducidos se requería licencia expresa de Concejo y Regimiento para regular su comercialización ría arriba y por mar (también por tierra).

Arrendador podía cobrar derechos de sisa si los exportadores de vino los descargaban en la Tierra Llana del

Señorío de Vizcaya.

3.2. Valoraciones de la actividad arrendataria del vino en Bilbao (siglos XIV a XVI).

• Vinos arrendados: blanco > tinto > clarete

• Primera mitad (s.XVI): arrendamiento de la sisa impuesta al abasto y consumo de caldos.

• Segunda mitad (s.XVI): arrendamiento de los derechos del abasto del vino blanco “de la cosecha” (producido en la villa de Bilbao).

• Procedencia de vinos foráneos: Castilla (San Martín, Yepes, Madrigal, Medina del Campo), Andalucía (Jerez, Málaga y Gibraltar) y Ribadavia. Ocasionalmente, los vinos llegados de Monzón y diversos puntos de Galicia y Francia.

• Duración contrato: 1 año 2 años.

EVOLUCIÓN DE LAS POSTURAS FINALES ALCANZADAS EN LOS DIFERENTES TIPOS DE

ARRENDAMIENTOS DEL VINO EN BILBAO (s. XVI)

4. CONCLUSIONES

Arrendamiento del vino como fuente de ahorro e ingresos para Corona y los Ayuntamientos.

Consistorio de Bilbao:• Arrendamientos como control de la aportación económica

de las rentas sobre abastecimientos.

• Contrato de arrendamiento Ingresos por contrato + penas pecuniarias.

• Regulación de abasto, distribución, venta y consumo de vinos en la villa.

• Ingresos por multas por fraudes y quebranto de prohibiciones.

• Proteccionismo del “vino de la cosecha” (producción local).

• Importación de vinos foráneos, de mayor calidad.