Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  ·...

17
página 1 índice página 1 índice página 1 índice Año XVI - N° 3635 BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020 BOLETÍN DEL INSTITUTO RESOLUCIONES RESOL-2020-2109-INSSJP-DE#INSSJP Designa CAP Caleta Olivia. UGL XXVIII. SGTO ............... pág.1 RESOL-2020-2110-INSSJP-DE#INSSJP Destaca en comisión. UGL VI. SGTO .................................. pág.2 RESOL-2020-2140-INSSJP-DE#INSSJP Rescinde contrato. SGDHGCGYPC ..................................... pág.3 RESOL-2020-2141-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP 25 de Mayo. UGL XXXVIII..pág.3 DISPOSICIONES DI-2020-404-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDM 119/20. Operatividad bomba de vacío pág.4 DI-2020-405-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDU N° 269/20. Adquisición Multiparaméricopág.5 DI-2020-406-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDM 122/20. Reparación bombas cloacales.....pág.6 DI-2020-407-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDU 258/20. Insumos descartables ............... pág.7 DI-2020-408-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDM 115/20. Gel monitoreo ................................ pág.8 DI-2020-409-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDU N° 280/20. Elementos enfermería........pág.9 DI-2020-410-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDU N° 289/20. Medicación H. Houssay...... pág.11 DI-2020-411-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDU N° 256/20. Elementos enfermería .......pág.12 DI-2020-412-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDM 121/20. Bolsas mortuorias........................pág.13 DI-2020-375-INSSJP-GAD#INSSJP Renueva contrato. LP N° 36/19. Limpieza integral .... pág.14 DI-2020-376-INSSJP-GAD#INSSJP Declara desierta LP N° 16/20. Autoriza llamado..........pág.15 DI-2020-377-INSSJP-GAD#INSSJP Adjudica LP Nº 35/20. Recolección residuos UADCMpág.16 RESOL-2020-2109-INSSJP-DE#INSSJP BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-71819204- -INSSJP- GRRHH#INSSJP, la Resolución N° 678/DE/17 y, CONSIDERANDO: Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que el mismo hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en el Centro de Atención Personalizada Caleta Olivia, Unidad de Gestión Local XXVIII – Santa Cruz, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, de la Doctora Ana Carolina ARCE (CUIL N° 23-18306511-4). Que, en virtud de las tareas de Auditoria Médica que estarán a cargo de la Doctora Ana Carolina ARCE (CUIL N° 23-18306511- 4), corresponde su ubicación, a partir de la fecha de notificación y mientras integre el equipo de auditoria, en el Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, según lo estipulado en el artículo 10, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones de la Resolución N° 1002/DE/07. Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la Doctora Ana Carolina ARCE, procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente. Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos

Transcript of Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  ·...

Page 1: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 1índice página 1índice página 1índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

RESOLUCIONES

RESOL-2020-2109-INSSJP-DE#INSSJP Designa CAP Caleta Olivia. UGL XXVIII. SGTO ............... pág.1

RESOL-2020-2110-INSSJP-DE#INSSJP Destaca en comisión. UGL VI. SGTO ..................................pág.2

RESOL-2020-2140-INSSJP-DE#INSSJP Rescinde contrato. SGDHGCGYPC .....................................pág.3

RESOL-2020-2141-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP 25 de Mayo. UGL XXXVIII ..pág.3

DISPOSICIONES

DI-2020-404-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDM 119/20. Operatividad bomba de vacío pág.4

DI-2020-405-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDU N° 269/20. Adquisición Multiparamérico pág.5

DI-2020-406-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDM 122/20. Reparación bombas cloacales .....pág.6

DI-2020-407-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDU 258/20. Insumos descartables ...............pág.7

DI-2020-408-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDM 115/20. Gel monitoreo ................................pág.8

DI-2020-409-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDU N° 280/20. Elementos enfermería........pág.9

DI-2020-410-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDU N° 289/20. Medicación H. Houssay ......pág.11

DI-2020-411-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDU N° 256/20. Elementos enfermería .......pág.12

DI-2020-412-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica CDM 121/20. Bolsas mortuorias........................pág.13

DI-2020-375-INSSJP-GAD#INSSJP Renueva contrato. LP N° 36/19. Limpieza integral .... pág.14

DI-2020-376-INSSJP-GAD#INSSJP Declara desierta LP N° 16/20. Autoriza llamado ..........pág.15

DI-2020-377-INSSJP-GAD#INSSJP Adjudica LP Nº 35/20. Recolección residuos UADCM pág.16

RESOL-2020-2109-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-71819204- -INSSJP-GRRHH#INSSJP, la Resolución N° 678/DE/17 y, CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica

y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que el mismo hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en el Centro de Atención Personalizada Caleta Olivia, Unidad de Gestión Local XXVIII – Santa Cruz, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, de la Doctora Ana Carolina ARCE (CUIL N° 23-18306511-4).Que, en virtud de las tareas de Auditoria Médica que estarán a cargo de la Doctora Ana Carolina ARCE (CUIL N° 23-18306511-4), corresponde su ubicación, a partir de la fecha de notificación y mientras integre el equipo de auditoria, en el Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, según lo estipulado en el artículo 10, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones de la Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la Doctora Ana Carolina ARCE, procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos

Page 2: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 2índice página 2índice página 2índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVADEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOSRESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en el Centro de Atención Personalizada Caleta Olivia, Unidad de Gestión Local XXVIII – Santa Cruz, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la Doctora Ana Carolina ARCE (CUIL N° 23-18306511-4).ARTÍCULO 2°.- Establecer que en virtud de las tareas de Auditoria Médica, que estarán a cargo de la Doctora Ana Carolina ARCE (CUIL N° 23-18306511-4), corresponde su ubicación, a partir de la fecha de notificación y mientras integre el equipo de auditoria, en el Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, según lo estipulado en el artículo 10, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones de la Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, la Doctora Ana Carolina ARCE, procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-2109-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-2110-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-64662787- -INSSJP-GRRHH#INSSJP, y CONSIDERANDO:Que mediante Nota N° NO-2020-58509873-APN-DNE#DMS el Director Nacional de la Dirección Nacional de Emergencia del Ministerio de Desarrollo Social, señor Fernando Daniel MANTELLI, solicita se destaque en comisión de servicios, por el término de UN (1) año, con la finalidad de desempeñar tareas en la repartición a su cargo, dependiente de la Subsecretaría de Asistencia Crítica, al trabajador Sergio ZABALJAUREGUI (Legajo N° 51701 ADMC CH35SEM INI), de la Unidad de Gestión Local VI –Capital Federal, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa.Que sobre el particular este Instituto brindó respuesta mediante Nota N° NO-2020-63524835-INSSJP-DE#INSSJP, prestando conformidad a lo requerido.Que, en virtud de lo expuesto, se estima procedente autorizar la comisión de servicios del trabajador Sergio ZABALJAUREGUI, a la Dirección Nacional de Emergencia, Subsecretaría de Asistencia Crítica, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, a partir de la fecha de notificación y por el término de UN (1) año, sin que ello implique modificación de su situación de revista y carga horaria.Que asimismo se deja constancia que el trabajador Sergio ZABALJAUREGUI deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto PEN Nº 218/17 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 292/17,Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVADEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOSRESUELVE:

ARTÍCULO 2°.- Destacar en comisión de servicios, a partir de la fecha de notificación y por el término de UN (1) año, a la Dirección Nacional de Emergencia, Subsecretaría de Asistencia Crítica, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, al trabajador Sergio ZABALJAUREGUI (Legajo N° 51701 ADMC CH35SEM INI), de la Unidad de Gestión Local VI –Capital Federal, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, manteniendo su actual situación de revista y carga horaria.ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que el trabajador Sergio ZABALJAUREGUI deberá realizar la presentación dentro de los

Page 3: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 3índice página 3índice página 3índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.ARTÍCULO 3°.- Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-2110-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-2140-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-73065091- -INSSJP-GRRHH#INSSJP, la Resoluciones Nº RESOL-2019-1170-INSSJP- DE#INSSJP, RESOL-2020-1699-INSSJP-DE#INSSJP,CONSIDERANDO:Que, por la Resolución N° RESOL-2019-1170-INSSJP-DE#INSSJP, se autorizó la contratación bajo la modalidad de Prestación de Servicios, de la señora Carina Susana Edith MICELI (CUIL Nº 27-25439212-5), para prestar servicios como asistente gerontológico en la Residencia Perú, Gerencia de Políticas de Cuidado, dependiente de la Secretaria General de Derechos Humanos, Gerontología Comunitaria, Genero y Políticas de Cuidado, contrato que fuera prorrogado a partir del 01 de julio de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, conforme los términos de la Resolución N° RESOL-2020-1699-INSSJP-DE#INSSJP.Que, la titular del sector Dirección de Residencia Perú, informa por mail que la señora Carina Susana Edith MICELI (CUIL Nº 27- 25439212-5), rescindió el contrato suscripto con este Instituto a partir del 05 de octubre de 2020.Que consecuentemente corresponde dar por rescindido el contrato suscripto entre este Instituto y la señora Carina Susana Edith MICELI (CUIL Nº 27-25439212-5), a partir del 05 de octubre de 2020, excluyéndola asimismo de los alcances de la Resolución N° RESOL-2020-1699-INSSJP-DE#INSSJP.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVADEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOSRESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Dar por rescindido, a partir del 05 de octubre del 2020, el contrato suscripto entre este Instituto y la señora Carina Susana Edith MICELI (CUIL Nº 27-25439212-5), excluyéndola asimismo de los alcances de la Resolución N° RESOL-2020-1699 - INSSJP-DE#INSSJP. ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-2140-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección

RESOL-2020-2141-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-72815852- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXVIII - Chivilcoy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, de la señora Carolina Inés GUILLERMON (CUIL N° 27- 25351199-6).Que, encontrándose vacante la titularidad del Centro de Atención Personalizada 25 de Mayo, Unidad de Gestión Local XXXVIII - Chivilcoy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del citado Centro de Atención Personalizada, a la señora Carolina Inés GUILLERMON (CUIL N° 27-25351199-6), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la señora Carolina Inés GUILLERMON (CUIL N° 27-25351199-6), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará

Page 4: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 4índice página 4índice página 4índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVADEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOSRESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXVIII - Chivilcoy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Carolina Inés GUILLERMON (CUIL N° 27-25351199-6).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada 25 de Mayo, Unidad de Gestión Local XXXVIII- Chivilcoy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Carolina Inés GUILLERMON (CUIL N° 27-25351199-6), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.

ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, de la señora Carolina Inés GUILLERMON (CUIL N° 27-25351199-6), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-2141-INSSJP-DE#INSSJPLuana Volnovich - Directora Ejecutiva - Dirección

DI-2020-404-INSSJP-GESP#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el: EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: EX-2020-57421031- - INSSJP-GESP#INSSJP Resolución N° 124/DE/18, y Resolución Conjunta N° 1/2020 del Ministerio de Salud y del Ministerio de Desarrollo Productivo, yQue por el EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: EX-2020-57421031- -INSSJP-GESP#INSSJP S/ CONTRATACIÓN DIRECTA POR MONTO N° 119/2020 PUESTA A PUNTO Y OPERATIVIDAD DE BOMBA DE VACÍO – ELECTROMEDICINA – HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY.Que el Director Médico de HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY, solicitó realizar una Contratación Directa por

Page 5: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 5índice página 5índice página 5índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

presupuesto por Monto con lo dispuesto por el artículo 24° inciso d) apartado 1.3) del Régimen de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resoluciones Nº 124/DE/18, con sus complementarias y modificatorias y Disposición N° 1111/18/GAD.Que, sobre la base de lo requerido, por la Dirección médica de HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY solicitó presupuestos, conforme a lo establecido en la normativa vigente.Que el área correspondiente procedió a registrar la Contratación Directa por presupuesto por Monto, con el 119-2020 de CDM.Que la convocatoria a presentar presupuestos se publicó en la página web del Instituto, y fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del INSSJP.Que según surge de las mentadas actuaciones, presupuesto la firma: MORMANDO PABLO ALBERTO Con respecto a la oferta presentada por se considera admisible MORMANDO PABLO ALBERTO.Que contando con la aprobación de la Dirección Médica del HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY y habiendo tomado intervención la Comisión Evaluadora, se recomendó adjudicar la Contratación Directa por monto a MORMANDO PABLO ALBERTO.Que, en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar la Contratación Directa por Monto Nº 119/2020 a la firma que se describe en el Anexo-I-, el que se agrega y es parte integrante de la presente Disposición, por un monto total de pesos treinta y seis mil cuatrocientos catorce con 00/100$ 36.414,00.Que la Dirección Médica de MORMANDO PABLO ALBERTO el Área de compras, y la Asesoría Jurídica han tomado la debida intervención de sus competencias. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 2019-1997-INSSJP-DE#INSSJP, Nº 124/DE/18 y Nº 784/DE/18,

EL GERENTE DE EFECTORES SANITARIOS PROPIOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento s/ CONTRATACIÓN DIRECTA POR MONTO N° 119/2020 PUESTA A PUNTO Y OPERATIVIDAD DE BOMBA DE VACÍO – ELECTROMEDICINA – HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY realizado en los términos del Artículo 24° inciso d) apartado1.3) conforme el Reglamento de Compras y Contrataciones de este Instituto, aprobado por Resoluciones Nº 124/2018, con sus complementarias y modificatorias y Disposición N° 1111/18/GAD.ARTÍCULO 2º.- Dese por admisible la oferta y Adjudíquese a. la Contratación Directa por presupuesto por Monto Nº119-2020, a la firma: MORMANDO PABLO ALBERTO por un monto toral de pesos treinta y seis mil cuatrocientos catorce con 00/100 $ 36.414,00 de conformidad con el Anexo-I-, el que se agrega y pasa a formar parte de la presente Disposición.

ARTÍCULO 3°. - Autorizar a la Dirección de HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY la a notificar a la firma, MORMANDO PABLO ALBERTO conforme a la adjudicación dispuesta en el Artículo 2° de la presente.ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archíveseDI-2020-404-INSSJP-GESP#INSSJPPablo Adrian Pesce - Gerente - Gerencia de Efectores Sanitarios Propios

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ

DI-2020-405-INSSJP-GESP#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2020-32257392- - INSSJP-GESP#INSSJP, Resolución N° 124/DE/18, y Resolución Conjunta N° 1/2020 del Ministerio de Salud y del Ministerio de Desarrollo Productivo, yCONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa por Urgencia Nº 269/2020, Adquisición Multiparamétrico para Cardioscopia y Medición Oxicapnografia, para el Policlínico PAMI-I-Rosario. SOLPED Nº 77/554.Que el Coordinador Administrativo de Policlínicos Rosario INSSJP, solicitó realizar una Contratación Directa por presupuesto por Urgencia con lo dispuesto por el artículo 24° inciso d) apartado 1.2) del Régimen de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resoluciones Nº 124/DE/18 con sus complementarias y modificatorias, y Disposición N° 1111/18/GAD.Que sobre la base de lo requerido, por la Coordinación Administrativa de Policlínicos-Rosario, solicitó presupuestos, conforme a lo establecido en la normativa vigente.Que el área correspondiente procedió a registrar la Contratación Directa por Urgencia, con el Nº 269/2020 de CDU.Que la convocatoria a presentar presupuestos se publicó en la página web del Instituto, y fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del INSSJP.Que según surge de las mentadas actuaciones, presentaron presupuestos las firmas: PROPATO HNOS S.A.I.C., CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A., FEAS ELECTRONICA S.A., GRIENSU S.A., RIGONI JORGE DANIEL, PRODULAB S.R.L., y AGIMED S.R.L.Que la Comisión Evaluadora, considera admisibles las ofertas presentadas por las firmas PROPATO HNOS S.A.I.C., CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A., FEAS ELECTRONICA S.A., GRIENSU S.A., RIGONI JORGE DANIEL, y PRODULAB S.R.L.; y con relación a la oferta presentada por la firma AGIMED S.R.L, manifiesta que el

Page 6: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 6índice página 6índice página 6índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

presupuesto presentado por dicha firma, no se tendrá en cuenta para sus análisis debido a que la misma fue enviada en formato Word y por lo tanto corresponde declararla inadmisible para la presente adquisición.Que asimismo, la Comisión actuante, manifiesta con relación a las ofertas presentadas por las firmas PROPATO HNOS S.A.I.C., FEAS ELECTRONICA S.A., y GRIENSU S.A., quedan desestimadas, dado que las mismas no resultan convenientes económicamente teniendo en cuenta los costos estimados en orden N° 42 y analizados y autorizados en orden N° 50 y orden N° 52, respectivamente, y respecto a la oferta presentada por la firma PRODULAB S.R.L., informa que según informe técnico, la cual económicamente es la primera en orden de mérito, no cumple técnicamente con los solicitado por lo tanto queda desestimada técnicamente.Que la Comisión Evaluadora manifiesta, que la División de Compras y Contrataciones de la GESP informa a orden N° 50, que la presente adquisición no posee un proceso licitatorio que sustancie el pedido como así tampoco el motivo por el cual no se haya iniciado previamente, sin embargo envía el presente para autorización y, a orden N° 52, la Coordinadora Administrativa financiera autoriza la prosecución del trámite.Que contando con la aprobación del Coordinador Administrativo de Policlínicos PAMI-I-y-II-Rosario, y habiendo tomado intervención la Comisión Evaluadora, se recomendó adjudicar la Contratación Directa por Urgencia a la firma: CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A.Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar la Contratación Directa por Urgencia Nº 269/2020 a la firma que se describe en el Anexo-I-, el que se agrega y es parte integrante de la presente Disposición, por un monto total de Pesos Cuatrocientos Sesenta y Siete Mil, con 00/100 ($467.000,00).Que obra en las presentes actuaciones, constancia de la afectación preventiva de recursos-SOLPED N° 770000554.Que la Coordinación Administrativa de los Policlínicos-Rosario, el Área de compras, y la Asesoría Jurídica han tomado la debida intervención de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 2019-1997-INSSJP-DE#INSSJP, Nº 124/DE/18 y Nº 784/DE/18,

EL GERENTE DE EFECTORES SANITARIOS PROPIOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento realizado para la Contratación Directa por Urgencia Nº 269/2020, Adquisición Multiparamétrico para Cardioscopia y Medición Oxicapnografia, para el Policlínico PAMI-I-Rosario. SOLPED Nº 77/554; en los términos del Artículo 24° inciso d) apartado1.2), conforme el Reglamento de Compras y Contrataciones de éste Instituto, aprobado por Resoluciones Nº 124/2018 con sus complementarias y modificatorias, y Disposición N° 1111/18/GAD.

ARTÍCULO 2°.- Declarar inadmisible la oferta presentada por la firma AGIMED S.R.L., por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 3°.- Declárese admisibles las ofertas presentadas por las firmas PROPATO HNOS S.A.I.C., CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A., FEAS ELECTRONICA S.A., GRIENSU S.A., RIGONI JORGE DANIEL, y PRODULAB S.R.L., por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 4°.- Desestimar las ofertas presentadas por las firmas PROPATO HNOS S.A.I.C., FEAS ELECTRONICA S.A., y GRIENSU S.A., y PRODULAB S.R.L., por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 5.- Adjudicar la Contratación Directa por Urgencia Nº 269/2020 por un monto total de Pesos Cuatrocientos Sesenta y Siete Mil, con 00/100 ($467.000,00), de conformidad con el Anexo-I-, el que se agrega y pasa a formar parte de la presente Disposición.ARTÍCULO 6º.- Autorizar a efectuar el pago a la firma, conforme la adjudicación dispuesta en el Artículo 5º de la presente.ARTÍCULO 7°.- Delegar en la Coordinación Administrativa de los Policlínicos PAMI-I-y PAMI-II-Rosario, la emisión y suscripción de la correspondiente Orden de Compra a favor de la empresa adjudicataria, facultándola a disponer su libramiento al solo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme la adjudicación dispuesta en el Artículo 5º de la presente.ARTÍCULO 8º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-405-INSSJP-GESP#INSSJPPablo Adrian Pesce - Gerente - Gerencia de Efectores Sanitarios Propios

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ

DI-2020-406-INSSJP-GESP#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el EX-2020-58749400- -INSSJP-GESP#INSSJP y Resolución N° 124/DE/18, y Resolución Conjunta N° 1/2020 del Ministerio de Salud y del Ministerio de Desarrollo Productivo, yQue por el EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: EX-2020-58749400- -INSSJP-GESP#INSSJP S/ REPARACION Y ACONDICIONAMIENTO DE TRES (3) BOMBAS SUMERGIBLES CLOACALES DEL HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAYQue el Director Médico del HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY, solicitó realizar una Contratación Directa por presupuesto por Monto con lo dispuesto por el artículo 24° inciso d) apartado 1.3) del Régimen de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resoluciones Nº 124/DE/18, con sus complementarias y modificatorias y Disposición N° 1111/18/GAD.

Page 7: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 7índice página 7índice página 7índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Que, sobre la base de lo requerido, por la Dirección médica del HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY solicitó presupuestos, conforme a lo establecido en la normativa vigente.Que el área correspondiente procedió a registrar la Contratación Directa por presupuesto por Monto, con el 122-2020 de CDM.Que la convocatoria a presentar presupuestos se publicó en la página web del Instituto, y fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del INSSJP.Que según surge de las mentadas actuaciones, presupuestó la firma: VILLANEDA ALEJANDRO JAVIER resulta admisible para continuar con el análisis de esta.Como resultado del análisis económico se hace saber las siguientes observaciones: Renglón Nº 1: la oferta más conveniente es la cotizada por VILLANEDA ALEJANDRO JAVIER, que cumple con las especificaciones técnicas solicitadas según Informe Técnico a Orden Nº 20.Que contando con la aprobación de la Dirección Médica del HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY y habiendo tomado intervención la Comisión Evaluadora, se recomendó adjudicar la Contratación Directa por monto VILLANEDA ALEJANDRO JAVIER.Que, en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar la Contratación Directa por Monto Nº 122/2020 a la firma que se describe en el Anexo-I-, el que se agrega y es parte integrante de la presente Disposición, por un monto total de pesos por un monto de pesos ciento setenta y seis mil seiscientos ochenta y ocho con 00/100 ($176.688,00).Que la Dirección Médica del HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY, el Área de compras, y la Asesoría Jurídica han tomado la debida intervención de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 2019-1997-INSSJP-DE#INSSJP, Nº 124/DE/18 y Nº 784/DE/18,

EL GERENTE DE EFECTORES SANITARIOS PROPIOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento que tramita en eEXPEDIENTE ELECTRÓNICO: EX-2020-58749400- -INSSJP- GESP#INSSJP S/ REPARACION Y ACONDICIONAMIENTO DE TRES (3) BOMBAS SUMERGIBLES CLOACALES DEL HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY l en los términos del Artículo 24° inciso d) apartado1.3) conforme el Reglamento de Compras y Contrataciones de este Instituto, aprobado por Resoluciones Nº 124/2018, con sus complementarias y modificatorias y Disposición N° 1111/18/GAD.ARTÍCULO 2º.- Dese por admisible la oferta y Adjudíquese a. la Contratación Directa por presupuesto por Monto Nº122-2020, a la firma: VILLANEDA ALEJANDRO JAVIER a por un monto toral de pesos ciento setenta y seis mil seiscientos ochenta y ocho con 00/100 ($176.688,00) de conformidad con el Anexo-I-, el que se agrega y pasa a formar parte de la presente Disposición.

ARTÍCULO 3°. - Autorizar a la Dirección del HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY a notificar a la firma, VILLANEDA ALEJANDRO JAVIER conforme a la adjudicación dispuesta en el Artículo 2° de la presente.ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archíveseDI-2020-406-INSSJP-GESP#INSSJPPablo Adrian Pesce - Gerente - Gerencia de Efectores Sanitarios Propios

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ

DI-2020-407-INSSJP-GESP#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2020-47401445- - INSSJP-GESP#INSSJP, Resolución N° 124/DE/18, y Resolución Conjunta N° 1/2020 del Ministerio de Salud y del Ministerio de Desarrollo Productivo, yCONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa por Urgencia Nº 258/2020, Adquisición de Insumos Descartables Varios, para el Policlínico PAMI-II-Rosario, por el término de seis (6) meses, o hasta que se adjudique la Licitación en trámite, lo que ocurra primero. SOLPED Nº 78/600.Que el Coordinador Administrativo de Policlínicos Rosario INSSJP, solicitó realizar una Contratación Directa por presupuesto por Urgencia con lo dispuesto por el artículo 24° inciso d) apartado 1.2) del Régimen de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resoluciones Nº 124/DE/18 con sus complementarias y modificatorias, y Disposición N° 1111/18/GAD.Que sobre la base de lo requerido, por la Coordinación Administrativa de Policlínicos-Rosario, solicitó presupuestos, conforme a lo establecido en la normativa vigente.Que el área correspondiente procedió a registrar la Contratación Directa por Urgencia, con el Nº 258/2020 de CDU.Que la convocatoria a presentar presupuestos se publicó en la página web del Instituto, y fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del INSSJP.Que según surge de las mentadas actuaciones, presentaron presupuestos las firmas: UNIC COMPANY S.R.L., DEALER MEDICAL S.R.L., PROPATO HNOS S.A.I.C., DROGUERÍA NEW DROG S.R.L., DROGUERÍA APONOR S.A., MEDICAL ARGENTINA S.A., DISTRIBUIDORA MAS S.R.L. y DROGUERÍA DEL LITORAL S.A.Que la Comisión Evaluadora, considera admisibles las ofertas presentadas por las firmas oferentes.Que el efector informa, que los ítems se encuentran incluidos en LP 78-2019, gestionada bajo EX-2019-76867288- -INSSJP-

Page 8: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 8índice página 8índice página 8índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

GESP#INSSJP (ítems 40 al 53). Los ítems 40 al 53 en LP sin Nº, EX-2020-33027309- -INSSJP-GESP#INSSJP (Adquisición de Insumos Descartadles para Efectores Sanitarios Propios-No renovación LP 40/18). A su vez, consultado por la Comisión actuante, sobre su estado actual, en Nº de orden 67, del presente trámite, allí, informan: LP 78-2019, gestionada bajo EX-2019-76867288- - INSSJP-GESP#INSSJP: mediante IF-2020-17122630-INSSJP-GESP#INSSJP (16/3/20) la gerencia lo envió a la Subdirección Ejecutiva para darle prosecución al tramite. El último movimiento que tiene fue el 26/08 a Comisión Evaluadora. EX-2020-33027309- -INSSJP-GESP#INSSJP (Adquisición de Insumos Descartables para Efectores Sanitarios Propios-No renovación LP 40/18): se encuentra en la GESP a fin de su trabajo y posterior pase a Gerencia de Administración para redacción de Pliego.Que los Renglones N°7, N°47 y N°49 deberán ser declarados desiertos por falta de oferta. Que los renglones que quedaran sin efecto, es por estar incluidos en la adjudicación CD 770/2020 Resolución N° 2019/2020 y Resolución N° 2053/2020: N°3, N° 9, N°24, N°25, N° 26, N° 32, N° 33, N° 40 y N°48.Los Renglones que deberán ser desestimados es por superar en más del 20% (veinte por ciento) al Costo Estimado: N° 2, N° 5, N°6, N° 8, N° 13, N°15, N°16, N°17, N° 19 a N° 23, N° 30, N°31, N°34, N°35, N41, N°44, N° 45, N°46, N° 50 y N°51.loque los torna económicamente inconvenientes a los intereses del Instituto.Que contando con la aprobación del Coordinador Administrativo de Policlínicos PAMI-I-y-II-Rosario, y habiendo tomado intervención la Comisión Evaluadora, se recomendó adjudicar la Contratación Directa por Urgencia a las firmas: DROGUERÍA DEL LITORAL S.A., DROGUERÍA NEW DROG S.R.L., DEALER MEDICAL S.R.L., PROPATO HNOS S.A.I.C., DISTRIBUIDORA MAS S.R.L., y UNIC COMPANY S.R.L.Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar la Contratación Directa por Urgencia Nº 258/2020 a las firmas que se describen en el Anexo-I-, el que se agrega y es parte integrante de la presente Disposición, por un monto total de Pesos quinientos treinta y dos mil ochocientos cuarenta y tres con 74/100 ($532.843,74).Que obra en las presentes actuaciones, constancia de la afectación preventiva de recursos-SOLPED N° 780000600.Que la Coordinación Administrativa de los Policlínicos-Rosario, el Área de compras, y la Asesoría Jurídica han tomado la debida intervención de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 2019-1997-INSSJP-DE#INSSJP, Nº 124/DE/18 y Nº 784/DE/18,

EL GERENTE DE EFECTORES SANITARIOS PROPIOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento realizado para la Contratación Directa por Urgencia Nº 258/2020, Adquisición

de Insumos Descartables Varios, para el Policlínico PAMI-II-Rosario, por el término de seis (6) meses, o hasta que se adjudique la Licitación en trámite, lo que ocurra primero. SOLPED Nº 78/600; en los términos del Artículo 24° inciso d) apartado1.2), conforme el Reglamento de Compras y Contrataciones de éste Instituto, aprobado por Resoluciones Nº 124/2018 con sus complementarias y modificatorias, y Disposición N° 1111/18/GAD.ARTÍCULO 2°.- Declárese admisibles las ofertas presentadas por las firmas UNIC COMPANY S.R.L., DEALER MEDICAL S.R.L., PROPATO HNOS S.A.I.C., DROGUERÍA NEW DROG S.R.L., DROGUERÍA APONOR S.A., MEDICAL ARGENTINA S.A.,DISTRIBUIDORA MAS S.R.L. y DROGUERÍA DEL LITORAL S.A., por los motivos expuestos en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 3°.- Declárese desierto los renglones Nº 7, 47 y 49, por los motivos expresados en los considerandosARTÍCULO 4°.- Desestimar los renglones Nº N° 2, N° 5, N°6, N° 8, N° 13, N°15, N°16, N°17, N° 19 a N° 23, N° 30, N°31, N°34,N°35, N41, N°44, N° 45, N°46, N° 50 y N°51.por los motivos expresados en los considerandos.ARTÍCULO 5.- Quedaran sin efecto, por estar incluidos en la adjudicación CD 770/2020 Resolución N° 2019/2020 y Resolución N° 2053/2020: los renglones N° N°3, N° 9, N°24, N°25, N° 26, N° 32, N° 33, N° 40 y N°48.ARTICLO N° 6.- Adjudicar la Contratación Directa por Urgencia Nº 258/2020, por un monto total de Pesos quinientos treinta y dos mil ochocientos cuarenta y tres con 74/100 ($532.843,74) de conformidad con el Anexo-I-, el que se agrega y pasa a formar parte de la presente Disposición.ARTÍCULO 7°.- Autorizar a efectuar el pago a las firmas, conforme las adjudicaciones dispuestas en el Artículo 5º de la presente.ARTÍCULO 8°.- Delegar en la Coordinación Administrativa de los Policlínicos PAMI-I-y PAMI-II-Rosario, la emisión y suscripción de la correspondiente Orden de Compra a favor de las empresas adjudicatarias, facultándola a disponer su libramiento al solo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme las adjudicaciones dispuestas en el Artículo 5º de la presente.ARTÍCULO 9º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-407-INSSJP-GESP#INSSJPPablo Adrian Pesce - Gerente - Gerencia de Efectores Sanitarios Propios

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ

DI-2020-408-INSSJP-GESP#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el EX-2020-59634415- -INSSJP-GESP#INSSJP y Resolución N° 124/DE/18, y Resolución Conjunta N° 1/2020 del

Page 9: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 9índice página 9índice página 9índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Ministerio de Salud y del Ministerio de Desarrollo Productivo, yQue por el EX-2020-59634415- -INSSJP-GESP#INSSJP se tramita la CONTRATACIÓN DIRECTA POR MONTO N° 115/2020 ADQUISICIÓN DE GEL PARA MONITOREO ECOGRÁFICO Y DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES – SOLPED N° 78/614 – POLICLINICO PAMI II por el termino de tres meses o se adjudique la LP en tramite, lo que ocurra primero.Que el Director Médico del POLICLINICO PAMI II - ROSARIO, solicitó realizar una Contratación Directa por presupuesto por Monto N° 115-2020 con lo dispuesto por el artículo 24° inciso d) apartado 1.3) del Régimen de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resoluciones Nº 124/DE/18, con sus complementarias y modificatorias y Disposición N° 1111/18/GAD.Que, sobre la base de lo requerido, por la Dirección médica del POLICLINICO PAMI II - ROSARIO solicitó presupuestos, conforme a lo establecido en la normativa vigente.Que el área correspondiente procedió a registrar la Contratación Directa por presupuesto por Monto, con el numero 115-2020 de CDM.Que la convocatoria a presentar presupuestos se publicó en la página web del Instituto, y fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del INSSJP.Que según surge de las mentadas actuaciones, presupuestaron las firmas: DROGUERIA DEL LITORAL S.A. y ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA S.R.L. resultan admisibles para continuar con el análisis de estas.Que en orden N° 37 IF-2020-69461408-INSSJP-GESP#INSSJP, se consulta sobre el estado actual de la Licitación donde El efector informa en Anexo D (orden n°04) que el insumo solicitado en el presente requerimiento se encuentra contemplado en la LP iniciado bajo EX-2020-55608604- INSSJP-GESP#INSSJP, la cual se encuentra caratulada.”, informándose a esta instancia que el expediente de la misma “se encuentra desde el día 9 del corriente en el buzón de Compras GESP con respuestas por parte del efector, las cuales oportunamente serán analizadas para la prosecución. Como resultado del análisis económico se hace saber las siguientes observaciones: Renglón Nº 1: la oferta más conveniente es la cotizada por ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA S.R.L., que cumple con las especificaciones técnicas solicitadas según Informe Técnico a Orden Nº 32 y es la de mayor conveniencia económica para el Instituto.Que contando con la aprobación de la Dirección Médica del POLICLINICO PAMI II - ROSARIO y habiendo tomado intervención la Comisión Evaluadora, se recomendó adjudicar la Contratación Directa por monto N° 115-2020 a ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA S.R.L.Que, en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar la Contratación Directa por Monto Nº 115/2020 a la firma que se describe en el

Anexo-I-, el que se agrega y es parte integrante de la presente Disposición, por un monto total de pesos setenta y cinco mil con 00/100 ($75.000,00).Que la Dirección Médica del POLICLINICO PAMI II - ROSARIO, el Área de compras, y la Asesoría Jurídica han tomado la debida intervención de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 2019-1997-INSSJP-DE#INSSJP, Nº 124/DE/18 y Nº 784/DE/18,

EL GERENTE DE EFECTORES SANITARIOS PROPIOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento CONTRATACIÓN DIRECTA POR MONTO N° 115/2020 ADQUISICIÓN DE GEL PARA MONITOREO ECOGRÁFICO Y DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES – SOLPED N° 78/614 – POLICLINICO PAMI II por el termino de tres meses o se adjudique la LP en tramite lo que ocurra primero, realizado en los términos del Artículo 24° inciso d) apartado1.3) conforme el Reglamento de Compras y Contrataciones de este Instituto, aprobado por Resoluciones Nº 124/2018, con sus complementarias y modificatorias y Disposición N° 1111/18/GAD.ARTÍCULO 2º.- Dese por admisible la oferta y Adjudíquese a. la Contratación Directa por presupuesto por Monto Nº115 -2020, a la firma: ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA S.R.L. por un monto total de pesos setenta y cinco mil con 00/100 ($75.000,00) de conformidad con el Anexo-I-, el que se agrega y pasa a formar parte de la presente Disposición.ARTÍCULO 3°. - Autorizar a la Dirección d del POLICLINICO PAMI II - ROSARIO a notificar a la firma, ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA S.R.L. conforme a la adjudicación dispuesta en el Artículo 2° de la presente.ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archíveseDI-2020-408-INSSJP-GESP#INSSJPPablo Adrian Pesce - Gerente - Gerencia de Efectores Sanitarios Propios

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ

DI-2020-409-INSSJP-GESP#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2020-59378268- - INSSJP-GESP#INSSJP, Resolución N° 124/DE/18, y Resolución Conjunta N° 1/2020 del Ministerio de Salud y del Ministerio de Desarrollo Productivo, yCONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa por Urgencia Nº 280/2020, Adquisición de Elementos de Enfermería, para el Policlínico PAMI-I-Rosario, por el término de seis (6) meses, o hasta que se adjudique la Licitación en trámite,

Page 10: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 10índice página 10índice página 10índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

lo que ocurra primero. SOLPED Nº 77/578.Que el Coordinador Administrativo de Policlínicos Rosario INSSJP, solicitó realizar una Contratación Directa por presupuesto por Urgencia con lo dispuesto por el artículo 24° inciso d) apartado 1.2) del Régimen de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resoluciones Nº 124/DE/18 con sus complementarias y modificatorias, y Disposición N° 1111/18/GAD.Que sobre la base de lo requerido, por la Coordinación Administrativa de Policlínicos-Rosario, solicitó presupuestos, conforme a lo establecido en la normativa vigente.Que el área correspondiente procedió a registrar la Contratación Directa por Urgencia, con el Nº 280/2020 de CDU.Que la convocatoria a presentar presupuestos se publicó en la página web del Instituto, y fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del INSSJP.Que según surge de las mentadas actuaciones, presentaron presupuestos las firmas: AIMO JORGE ALBERTO, PROPATO HNOS S.A.I.C., DEALER MEDICA S.R.L., GUFA S.R.L., DROGUERÍA DEL LITORAL S.A., PRODULAB S.R.L., DROGUERÍA NEW DROG S.R.L., DROGUERÍA COMARSA S.A., DISTRIBUIDORA MAS S.R.L., y NUEVA ERA ROSARIO S.R.L.Que la Comisión Evaluadora, considera admisibles las ofertas presentadas por las firmas AIMO JORGE ALBERTO, PROPATO HNOS S.A.I.C., DEALER MEDICA S.R.L., DROGUERÍA DEL LITORAL S.A., PRODULAB S.R.L., DROGUERÍA NEW DROG S.R.L., DROGUERÍA COMARSA S.A., y DISTRIBUIDORA MAS S.R.L.; con relación a la oferta presentada por firma NUEVA ERA ROSARIO S.R.L., manifiesta que fue realizada fuera de la hora de apertura, por lo que corresponde declararla inadmisible, con relación a la oferta presentada por la firma GUFA S.R.L., informa que habiéndole solicitado la subsanación a dicha firma, quien al momento de presentar cotización (fecha de apertura), envía la solicitud de presupuesto incompleta. Por tal motivo y ante la falta de contestación del mencionado oferente se sugiere desestimarlo, declarándolo inadmisible para continuar con el presente análisis.Que el Departamento de Administración de la GESP informa, que los insumos en el presente figuran dentro de la LP 78/2019 con EX-2019- 76867288- -INSSJP-GESP#INSSJP (aún no se dispuso su adjudicación), a su vez, consultado por la Comisión actuante, manifiesta este sector consulta por sistema GDE el estado de la LP 78/19 que hacen mención en orden N° 3 y orden N° 14, tramitada con EX-2019-76867288- - INSSJP-GESP#INSSJP y se encuentra en la misma situación que lo arriba informado “aún no se visualiza su adjudicación”.Que respecto a los renglones N° 3 y 6, la Comisión actuante manifiesta, que desde este sector se resuelve dejar sin efecto a los mencionados renglones, debido a que según informan a Orden N° 38 en Recomendación Técnica y a Orden Nº 47 en

IF-2020-69125717-INSSJP-GESP#INSSJP mail del Sector requirente, han sido adjudicados dentro de la CD 770/2020 de Nivel Central a través de la cual se tramita, con EX-2020-41648907- -INSSJP-SGTM#INSSJP, la Adquisición de insumos para abastecer a los efectores del Instituto, en el marco de la pandemia COVID-19, adjudicada con la Resolución Nº 2019/2020 y Resolución Nº 2053/2020.Que contando con la aprobación del Coordinador Administrativo de Policlínicos PAMI-I-y-II-Rosario, y habiendo tomado intervención la Comisión Evaluadora, se recomendó adjudicar la Contratación Directa por Urgencia a las firmas: DROGUERÍA NEW DROG S.R.L., DROGUERÍA DEL LITORAL S.A., DEALER MEDICA S.R.L., PRODULAB S.R.L., DISTRIBUIDORA MAS S.R.L., PROPATO HNOS S.A.I.C., y DROGUERÍA COMARSA S.A.Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar la Contratación Directa por Urgencia Nº 280/2020 a las firmas que se describen en el Anexo-I-, el que se agrega y es parte integrante de la presente Disposición, por un monto total de hasta Pesos Un Millón Trescientos Noventa y Siete Mil Ochocientos Setenta y Nueve, con 60/100 ($1.397.879,60).Que obra en las presentes actuaciones, constancia de la afectación preventiva de recursos-SOLPED N° 770000578.Que la Coordinación Administrativa de los Policlínicos-Rosario, el Área de compras, y la Asesoría Jurídica han tomado la debida intervención de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 2019-1997-INSSJP-DE#INSSJP, Nº 124/DE/18 y Nº 784/DE/18,

EL GERENTE DE EFECTORES SANITARIOS PROPIOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento realizado para la Contratación Directa por Urgencia Nº 280/2020, Adquisición de Elementos de Enfermería, para el Policlínico PAMI-I-Rosario, por el término de seis (6) meses, o hasta que se adjudique la Licitación en trámite, lo que ocurra primero. SOLPED Nº 77/578; en los términos del Artículo 24° inciso d) apartado1.2), conforme el Reglamento de Compras y Contrataciones de éste Instituto, aprobado por Resoluciones Nº 124/2018 con sus complementarias y modificatorias, y Disposición N° 1111/18/GAD.ARTÍCULO 2°.- Declarar inadmisibles las ofertas presentadas por las firmas NUEVA ERA ROSARIO S.R.L., y GUFA S.R.L., por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 3°.- Declárese admisibles las ofertas presentadas por las firmas AIMO JORGE ALBERTO, PROPATO HNOS S.A.I.C., DEALER MEDICA S.R.L., DROGUERÍA DEL LITORAL S.A., PRODULAB S.R.L., DROGUERÍA NEW DROG S.R.L., DROGUERÍA COMARSA S.A., y DISTRIBUIDORA MAS S.R.L., por los motivos expuestos en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 4°.- Dejar sin efecto los renglones N° 3 y 6, de

Page 11: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 11índice página 11índice página 11índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

la presente Contratación, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 5.- Adjudicar la Contratación Directa por Urgencia Nº 280/2020, por un monto total de hasta Pesos Un Millón Trescientos Noventa y Siete Mil Ochocientos Setenta y Nueve, con 60/100 ($1.397.879,60), de conformidad con el Anexo-I-, el que se agrega y pasa a formar parte de la presente Disposición.ARTÍCULO 6º.- Autorizar a efectuar el pago a las firmas, conforme las adjudicaciones dispuestas en el Artículo 5º de la presente.ARTÍCULO 7°.- Delegar en la Coordinación Administrativa de los Policlínicos PAMI-I-y PAMI-II-Rosario, la emisión y suscripción de la correspondiente Orden de Compra a favor de las empresas adjudicatarias, facultándola a disponer su libramiento al solo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme las adjudicaciones dispuestas en el Artículo 5º de la presente.ARTÍCULO 8º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-409-INSSJP-GESP#INSSJPPablo Adrian Pesce - Gerente - Gerencia de Efectores Sanitarios Propios

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ

DI-2020-410-INSSJP-GESP#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2020-60274994- - INSSJP-GESP#INSSJP, Resolución N° 124/DE/18, y Resolución Conjunta N° 1/2020 del Ministerio de Salud y del Ministerio de Desarrollo Productivo, yCONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa por Urgencia Nº 289/2020, Adquisición Medicación que Refuerza el Stock Existente Teniendo en Cuenta una Capacidad del 75% de la Ocupación Total (Cubre Necesidades de la Internación Clínica), para el Hospital Dr. Bernardo A. Houssay de la Ciudad de Mar del Plata, por el término de cuatro (4) meses, o hasta que se adjudique la Licitación en trámite o lo que ocurra primero. SOLPED N° 81/309.Que el Director Médico del Hospital Dr. Bernardo A. Houssay, solicitó realizar una Contratación Directa por presupuesto por Urgencia con lo dispuesto por el artículo 24° inciso d) apartado 1.2) del Régimen de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resoluciones Nº 124/DE/18 con sus complementarias y modificatorias, y Disposición N° 1111/18/GAD.Que sobre la base de lo requerido, por la Dirección Médica del Hospital Dr. Bernardo A. Houssay, solicitó presupuestos, conforme a lo establecido en la normativa vigente.

Que el área correspondiente procedió a registrar la Contratación Directa por Urgencia, con el Nº 289/2020 de CDU.Que la convocatoria a presentar presupuestos se publicó en la página web del Instituto, y fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del INSSJP.Que según surge de las mentadas actuaciones, presentaron presupuestos las firmas: MEDIPACK S.A., PILOÑA S.A., BRUGNER A PEDRO R AUL, SANTIAGO GAVA Z Z A REPRESENTACIONES S.R.L., MONTEVERDE S.A., ER-CO S.R.L., LABORATORIOS RICHET S.A., DANA GUSTAVO JAVIER, DROGUERÍA BOSCH S.C., AMFORTIS S.R.L., y PRODULAB S.R.L.Que la Comisión Evaluadora, considera admisible las ofertas presentadas por las firmas MEDIPACK S.A., PILOÑA S.A., BRUGNERA PEDRO RAUL, SANTIAGO GAVAZZA REPRESENTACIONES S.R.L., ER-CO S.R.L., LABORATORIOS RICHET S.A., DANA GUSTAVO JAVIER, DROGUERÍA BOSCH S.C., AMFORTIS S.R.L., y PRODULAB S.R.L.; y con respecto a la oferta presentada por firma MONTEVERDE S.A., informa que la oferta presentada no se tendrá en cuenta para su análisis debido a que la misma fue enviada fuera de término, por lo tanto se declara la misma inadmisible.Que el efector informa, que los insumos que conforman el presente pedido estarán contemplados en la confección de la Licitación Pública iniciada bajo N° EX-2020-45187608- -INSSJP-GESP#INSSJP, tendiente a la adquisición de medicamentos para los Efectores Sanitarios Propios, actualmente en esta Gerencia para su tramitación. A su vez, la Comisión Evaluadora manifiesta, según lo detallado a orden N° 15, por la División de Compras y Contrataciones de la GESP, respecto a LP en la que se encuentran contemplados los insumos solicitados mediante N° EX-2020-45187608- -INSSJP-GESP#INSSJP, se informa a esta instancia que se ha verificado en el sistema GDE que la LP anteriormente mencionada, continua en la Gerencia desde el 15/07/2020, sin movimientos al día de la fecha.Que asimismo, la Comisión actuante manifiesta con respecto a los renglones Nº 5, 7, 11, 14 y 16: las ofertas presentadas quedan DESESTIMADAS dado que las mismas no resultan convenientes económicamente teniendo en cuenta los costos estimados en orden N° 11 y analizados en orden N° 15 y autorizados en el presente en orden N° 17.Que contando con la aprobación de la Dirección Médica del Hospital Dr. Bernardo A. Houssay, y habiendo tomado intervención la Comisión Evaluadora, se recomendó adjudicar la Contratación Directa por Urgencia a las firmas: SANTIAGO GAVAZZA REPRESENTACIONES S.R.L., DANA GUSTAVO JAVIER, LABORATORIOS RICHET S.A., MEDIPACK S.A.,BRUGNERA PEDRO RAÚL, y PILOÑA S.A.Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar la Contratación Directa por Urgencia Nº 289/2020 a las firmas que se describen en el Anexo-I-, el que se agrega y es parte integrante de la

Page 12: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 12índice página 12índice página 12índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

presente Disposición, por un monto total de Pesos Un Millón Cuatrocientos Cincuenta y Cinco Mil Doscientos Sesenta y Tres, con 00/100 ($1.455.263,00).Que obra en las presentes actuaciones, constancia de la afectación preventiva de recursos-SOLPED N° 810000309.Que la Dirección Médica del Hospital Dr. Bernardo A. Houssay, el Área de compras, y la Asesoría Jurídica han tomado la debida intervención de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 2019-1997-INSSJP-DE#INSSJP, Nº 124/DE/18 y Nº 784/DE/18,

EL GERENTE DE EFECTORES SANITARIOS PROPIOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento realizado para la Contratación Directa por Urgencia Nº 289/2020, Adquisición Medicación que Refuerza el Stock Existente Teniendo en Cuenta una Capacidad del 75% de la Ocupación Total (Cubre Necesidades de la Internación Clínica), para el Hospital Dr. Bernardo A. Houssay de la Ciudad de Mar del Plata, por el término de cuatro (4) meses, o hasta que se adjudique la Licitación en trámite o lo que ocurra primero. SOLPED N° 81/309; en los términos del Artículo 24° inciso d) apartado1.2), conforme el Reglamento de Compras y Contrataciones de éste Instituto, aprobado por Resoluciones Nº 124/2018 con sus complementarias y modificatorias, y Disposición N° 1111/18/GAD.ARTÍCULO 2°.- Declárese admisibles las ofertas presentadas por las firmas MEDIPACK S.A., PILOÑA S.A., BRUGNERA PEDRO RAUL, SANTIAGO GAVAZZA REPRESENTACIONES S.R.L., ER-CO S.R.L., LABORATORIOS RICHET S.A., DANAGUSTAVO JAVIER, DROGUERÍA BOSCH S.C., AMFORTIS S.R.L., y PRODULAB S.R.L., por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 3°.- Declarar inadmisible la oferta presentada por la firma MONTEVERDE S.A., por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 4°.- Desestimar los renglones Nº 5, 7, 11, 14 y 16, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 5º.- Adjudicar la Contratación Directa por Urgencia Nº 289/2020, por un monto total de Pesos Un Millón Cuatrocientos Cincuenta y Cinco Mil Doscientos Sesenta y Tres, con 00/100 ($1.455.263,00), de conformidad con el Anexo-I-, el que se agrega y pasa a formar parte de la presente Disposición.ARTÍCULO 6°.- Autorizar a efectuar el pago a las firmas, conforme las adjudicaciones dispuestas en el Artículo 5º de la presente.ARTÍCULO 7°.- Delegar en la Dirección Médica del Hospital Dr. Bernardo A. Houssay, la emisión y suscripción de la correspondiente Orden de Compra a favor de las empresas adjudicatarias, facultándola a disponer su libramiento al solo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme las adjudicaciones dispuestas en el

Artículo 5º de la presente.ARTÍCULO 8º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-410-INSSJP-GESP#INSSJPPablo Adrian Pesce - Gerente - Gerencia de Efectores Sanitarios Propios

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ

DI-2020-411-INSSJP-GESP#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2020-34693239- - INSSJP-GESP#INSSJP, Resolución N° 124/DE/18, y Resolución Conjunta N° 1/2020 del Ministerio de Salud y del Ministerio de Desarrollo Productivo, yCONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa por Urgencia Nº 256/2020, Adquisición de Elementos de Enfermería, para el Policlínico PAMI-II-Rosario, por el término de seis (6) meses, o hasta que se adjudique la Licitación en trámite, lo que ocurra primero. SOLPED Nº 78/586.Que el Coordinador Administrativo de Policlínicos Rosario INSSJP, solicitó realizar una Contratación Directa por presupuesto por Urgencia con lo dispuesto por el artículo 24° inciso d) apartado 1.2) del Régimen de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resoluciones Nº 124/DE/18 con sus complementarias y modificatorias, y Disposición N° 1111/18/GAD.Que sobre la base de lo requerido, por la Coordinación Administrativa de Policlínicos-Rosario, solicitó presupuestos, conforme a lo establecido en la normativa vigente.Que el área correspondiente procedió a registrar la Contratación Directa por Urgencia, con el Nº 256/2020 de CDU.Que la convocatoria a presentar presupuestos se publicó en la página web del Instituto, y fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del INSSJP.Que según surge de las mentadas actuaciones, presentaron p resupuestos las f i rmas: INSTRUEQUIPOS S. A ., DISTRIBUIDORA MAS S.R.L., PRODULAB S.R.L., y ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA S.R.L.Que la Comisión Evaluadora, considera admisibles las ofertas presentadas por las firmas INSTRUEQUIPOS S.A., y PRODULAB S.R.L.; y con respecto a la oferta presentada por firma ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA S.R.L., manifiesta que fue presentada fuera del horario de apertura establecido en la constancia de publicación mencionada, corresponde declarar la misma inadmisible y no será tenida en cuenta para el análisis económico. Que asimismo, la Comisión actuante manifiesta con respecto de

Page 13: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 13índice página 13índice página 13índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

la oferta presentada por la firma DISTRIBUIDORA MAS S.R.L., se solicita al proveedor, mediante correo electrónico adjunto en orden N° 69, que subsane la documentación presentada, dado que no se encuentra suscrita en todas sus fojas y se observa una leyenda que manifiesta que su oferta tiene una validez de 30 (treinta) días. Por esto último, se requiere a la firma mencionada que rectifique o ratifique dicho plazo, dado que difiere de lo establecido por el Art. N° 63 del RCYC aprobado por Resolución 124/DE/2018. Como consta en los correos adjuntos en orden N° 69, el proveedor envía el pliego firmado, pero ratifica el plazo de validez colocado. Por tal motivo la oferta resulta inadmisible y no será tenida en cuenta para el análisis económico.Que el efector informa en Anexo D, que los insumos solicitados en el presente requerimiento se encuentran contemplados en la LP iniciada bajo EX-2020-32643374- -INSSJP-GESP#INSSJP, la cual se encuentra en curso. A su vez, la Comisión actuante informa que se consulta el estado actual de la Licitación ut supra mencionada, informándose a esta instancia que el expediente consultado se encuentra en la GESP para ser trabajado.Que la Comisión Evaluadora manifiesta en relación a los renglones Nº 1, 2, 4 y 5: se sugiere desestimar las ofertas más económicas recibidas para los presentes renglones, dado que superan lo estimado por el efector en un porcentaje al 20 % (veinte por ciento).Que contando con la aprobación del Coordinador Administrativo de Policlínicos PAMI-I-y-II-Rosario, y habiendo tomado intervención la Comisión Evaluadora, se recomendó adjudicar la Contratación Directa por Urgencia a las firmas: PRODULAB S.R.L., e INSTRUEQUIPOS S.A.Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar la Contratación Directa por Urgencia Nº 256/2020 a las firmas que se describen en el Anexo-I-, el que se agrega y es parte integrante de la presente Disposición, por un monto total de Pesos Trescientos Veintidós Mil Cuatrocientos Cincuenta y Tres, con 90/100 ($322.453,90).Que obra en las presentes actuaciones, constancia de la afectación preventiva de recursos-SOLPED N° 780000586.Que la Coordinación Administrativa de los Policlínicos-Rosario, el Área de compras, y la Asesoría Jurídica han tomado la debida intervención de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 2019-1997-INSSJP-DE#INSSJP, Nº 124/DE/18 y Nº 784/DE/18,

EL GERENTE DE EFECTORES SANITARIOS PROPIOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento realizado para la Contratación Directa por Urgencia Nº 256/2020, Adquisición de Elementos de Enfermería, para el Policlínico PAMI-II-Rosario, por el término de seis (6) meses, o hasta que se adjudique la Licitación en trámite, lo que ocurra primero. SOLPED Nº 78/586; en los términos del Artículo 24° inciso d) apartado1.2),

conforme el Reglamento de Compras y Contrataciones de éste Instituto, aprobado por Resoluciones Nº 124/2018 con sus complementarias y modificatorias, y Disposición N° 1111/18/GAD. ARTÍCULO 2°.- Declarar inadmisibles las ofertas presentadas por las firmas ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA S.R.L., y DISTRIBUIDORA MAS S.R.L., por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 3°.- Declárese admisibles las ofertas presentadas por las firmas INSTRUEQUIPOS S.A., y PRODULAB S.R.L., por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 4°.- Desestimar los renglones Nº 1, 2, 4 y 5, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 5.- Adjudicar la Contratación Directa por Urgencia Nº 256/2020, por un monto total de Pesos Trescientos Veintidós Mil Cuatrocientos Cincuenta y Tres, con 90/100 ($322.453,90), de conformidad con el Anexo-I-, el que se agrega y pasa a formar parte de la presente Disposición.ARTÍCULO 6º.- Autorizar a efectuar el pago a las firmas, conforme las adjudicaciones dispuestas en el Artículo 5º de la presente.ARTÍCULO 7°.- Delegar en la Coordinación Administrativa de los Policlínicos PAMI-I-y PAMI-II-Rosario, la emisión y suscripción de la correspondiente Orden de Compra a favor de las empresas adjudicatarias, facultándola a disponer su libramiento al solo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conformes las adjudicaciones dispuestas en el Artículo 5º de la presente.ARTÍCULO 8º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-411-INSSJP-GESP#INSSJPPablo Adrian Pesce - Gerente - Gerencia de Efectores Sanitarios Propios

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ

DI-2020-412-INSSJP-GESP#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el EX-2020-28720332- -INSSJP-GESP#INSSJP y Resolución N° 124/DE/18, y Resolución Conjunta N° 1/2020 del Ministerio de Salud y del Ministerio de Desarrollo Productivo, yQue por el EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: EX-2020-28720332- -INSSJP-GESP#INSSJP S/ CONTRATACIÓN DIRECTA POR MONTO N° 121/2020 ADQUISICIÓN DE BOLSAS MORTUORIAS – PERÍODO 3 MESES – HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY.Que el Director Médico del HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY, solicitó realizar una Contratación Directa por presupuesto por Monto con lo dispuesto por el artículo 24° inciso d) apartado 1.3) del Régimen de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y

Page 14: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 14índice página 14índice página 14índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Pensionados, aprobado por Resoluciones Nº 124/DE/18, con sus complementarias y modificatorias y Disposición N° 1111/18/GAD.Que, sobre la base de lo requerido, por la Dirección médica del HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY solicitó presupuestos, conforme a lo establecido en la normativa vigente.Que el área correspondiente procedió a registrar la Contratación Directa por presupuesto por Monto, con el 121-2020 de CDM.Que la convocatoria a presentar presupuestos se publicó en la página web del Instituto, y fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del INSSJP.Que según surge de las mentadas actuaciones, presupuestaron las firmas: BRUGNERA PEDRO RAÚL, DANA GUSTAVO JAVIER, EURO SWISS S.A., BISCOCHEA MARÍA VICTORIA, PRODULAB S.R.L., POGGI RAÚL JORGE LEÓN Y PAPELERA EP S.R.L resultan admisibles para continuar con el análisis de esta.Que respecto del Renglón Nº 1: las ofertas más convenientes, cotizadas por BRUGNERA PEDRO RAÚL (DROGUERÍA PASO), DANA GUSTAVO JAVIER Y EURO SWISS S.A. no reúnen las características técnicas sanitarias solicitadas, según lo indicado en el Informe Técnico obrante a orden Nº 35. La siguiente oferta en orden de mérito, es la de PAPELERA EP S.R.L., que resulta conveniente desde el punto de vista económico y cumple con la especificación técnica solicitada, según el mencionado Informe Técnico a Orden Nº 35.Que contando con la aprobación de la Dirección Médica del HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY y habiendo tomado intervención la Comisión Evaluadora, se recomendó adjudicar la Contratación Directa por monto N° 121 a la firma PAPELERA EP S.R.L.Que, en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar la Contratación Directa por Monto Nº 121/2020 a la firma que se describe en el Anexo-I-, el que se agrega y es parte integrante de la presente Disposición, por un monto total de pesos sesenta y siete mil quinientos con 00/100 ($67.500,00).Que la Dirección Médica del HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY, el Área de compras, y la Asesoría Jurídica han tomado la debida intervención de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 2019-1997-INSSJP-DE#INSSJP, Nº 124/DE/18 y Nº 784/DE/18,

EL GERENTE DE EFECTORES SANITARIOS PROPIOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento CONTRATACIÓN DIRECTA POR MONTO N° 121/2020 ADQUISICIÓN DE BOLSAS MORTUORIAS – PERÍODO 3 MESES – HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY en los términos del Artículo 24° inciso d) apartado1.3) conforme el Reglamento de Compras y Contrataciones de este Instituto, aprobado por Resoluciones

Nº 124/2018, con sus complementarias y modificatorias y Disposición N° 1111/18/GAD.ARTÍCULO 2º.- Dese por admisible la oferta y Adjudíquese a. la Contratación Directa por presupuesto por Monto Nº121-2020, a la firma: PAPELERA EP S.R.L. a por un monto de pesos sesenta y siete mil quinientos con 00/100 ($67.500,00) de conformidad con el Anexo-I-, el que se agrega y pasa a formar parte de la presente Disposición.ARTÍCULO 3°. - Autorizar a la Dirección del HOSPITAL DR. BERNARDO A. HOUSSAY a notificar a la firma, PAPELERA EPS.R.L. conforme a la adjudicación dispuesta en el Artículo 2° de la presente.ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archíveseDI-2020-412-INSSJP-GESP#INSSJPPablo Adrian Pesce - Gerente - Gerencia de Efectores Sanitarios Propios

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ

DI-2020-375-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO las Resoluciones N° 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias, N° RESOL-2019-23-INSSJP- DE#INSSJP y N° RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, los Expedientes N° 0200-2019-0007155-8 y N° EX- 2020-52676196- -INSSJP-GAD#INSSJP, yCONSIDERANDO:Que por el Expediente N° 0200-2019-0007155-8 tramitó la contratación de un servicio de limpieza integral para el Hospital Dr. Luis Federico Leloir ubicado en Provincia de Buenos Aires (Esteban Echeverría), por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual período.Que por Disposición N° DI-2019-353-INSSJP-GAD#INSSJP se adjudicó la Licitación Pública N° 36/19 a la firma UADEL S.R.L.Que atento a la proximidad del vencimiento, la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios solicitó se arbitren los medios necesarios a efectos de gestionar la renovación en forma ordinaria del contrato, a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de doce (12) meses o hasta tanto se adjudique el nuevo procedimiento de selección, que tramita bajo expediente N° EX-2020-46418564- -INSSJP-GESP#INSSJP, lo que ocurra primero.Que en consecuencia, la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a notificar a la firma adjudicataria la voluntad del Instituto, de hacer uso de la opción a renovación prevista en la contratación original.Que en tal sentido, la firma UADEL S.R.L. manifestó su voluntad de continuar con la prestación del servicio, toda vez que se considere un aumento en el precio unitario (mensual) vigente.Que atento a ello se dio intervención al Departamento de

Page 15: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 15índice página 15índice página 15índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Estudios Económicos de la Gerencia Económico Financiera, quien emitió un informe de estimación de costos, indicando los parámetros dentro del que surge el precio unitario tope que permitiría al INSSJP proceder a la renovación del contrato, habiendo la citada firma prestado su conformidad al mismo.Que en virtud de lo expuesto corresponde aprobar la renovación en forma ordinaria del contrato celebrado con la firma UADEL S.R.L., en los alcances del artículo 3° de la Resolución N° RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP, y del Anexo I punto 3. de la Resolución N° RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, a partir del 06 de septiembre de 2020 y por el término de doce (12) meses, o hasta tanto se adjudique el nuevo procedimiento de selección, lo que ocurra primero, por la suma total de HASTA PESOS DIECISEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 ($ 16.752.372,00), conforme a lo detallado en el Anexo que se agrega y pasa a formar parte integrante de la presente, y en un todo de acuerdo a las demás condiciones establecidas en el marco de la Licitación Pública N° 36/19.Que la Subgerencia de Control Presupuestario y Control de Gestión procedió a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia la reserva presupuestaria N° 760001566 de conformidad con la normativa vigente en la materia.Que la Asesoría Legal de esta Gerencia de Administración ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N° 678/DE/17, N° 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias, N° RESOL-2018-879-INSSJP-DE#INSSJP, N° RESOL-2019-23-INSSJP- DE#INSSJP, N° RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP y N° RESOL-2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP,

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓNDEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Renuévase en forma ordinaria el contrato celebrado con la firma UADEL S.R.L., en los alcances del artículo 3° de la Resolución N° RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP, y del Anexo I punto 3. de la Resolución N° RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, para la contratación de un servicio de limpieza integral para el Hospital Dr. Luis Federico Leloir ubicado en Provincia de Buenos Aires (Esteban Echeverría), por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual período, a partir del 06 de septiembre de 2020 y por el término de doce (12) meses, o hasta tanto se adjudique el nuevo procedimiento de selección, lo que ocurra primero, por la suma total de HASTA PESOS DIECISEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 ($ 16.752.372,00), conforme a lo detallado en el Anexo que se agrega y pasa a formar parte integrante de la presente, y en un todo de acuerdo a las demás condiciones establecidas en el marco de la Licitación Pública N° 36/19.ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la Subgerencia de Compras y

Contrataciones a emitir la correspondiente Orden de Compra, facultándola a disponer su libramiento al solo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme lo dispuesto en el artículo precedente.ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y notifíquese a la firma UADEL S.R.L. Publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-375-INSSJP-GAD#INSSJPSantiago Augusto Corvalan Olivera - Gerente - Gerencia de Administración

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ

DI-2020-376-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO la Resolución N° 124/DE/18, y sus modificatorias y complementarias, el Expediente N° EX-2020-00105178- -INSSJP-GESP#INSSJP, yCONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramitó la contratación de un servicio de mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de un (1) tomógrafo computado y un (1) resonador magnético con destino a la Unidad Asistencial Dr. César Milstein (C.A.B.A.), por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual periodo.Que por Disposición N° DI-2020-292-INSSJP-GAD#INSSJP se autorizó un llamado a Licitación Pública para el mencionado objeto en los términos establecidos por los artículos 24° inciso a) apartado a.1. y 34° inciso a) del Régimen de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución N° 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias, y asimismo se aprobó el PLIEG-2020-64475201-INSSJP-GAD#INSSJP para la contratación.Que el llamado fue registrado por la Subgerencia de Compras y Contrataciones como Licitación Pública N° 16/20, fijándose la presentación y apertura de ofertas para el día 19 de octubre de 2020.Que la convocatoria a presentar ofertas fue debidamente publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina por el término de dos (2) días hábiles, con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura de ofertas, computados a partir del día hábil inmediato siguiente a la última publicación, conforme lo establecido por el artículo 45° del Régimen de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución N° 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias. Asimismo, fue debidamente publicada en la página web del Instituto.Que, en forma simultánea con la publicidad, fueron invitadas a participar las empresas del rubro que se encuentran inscriptas en el Portal de Prestadores y Proveedores de este Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Pública, dejando constancia en las actuaciones.

Page 16: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 16índice página 16índice página 16índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Que según surge del Acta de Aperturas no se han recibido ofertas, por lo que corresponde declarar desierta la Licitación Pública N° 16/20.Que la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, en carácter de área requirente, manifestó que persiste la necesidad de contar con el servicio en cuestión, ratificando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexo aprobado oportunamente, actualizando el costo estimado para la contratación que se propicia.Que en virtud de lo expuesto, corresponde declarar desierta la Licitación Pública N° 16/20 y autorizar a realizar un nuevo llamado en los términos establecidos por los artículos 24° inciso a) apartado a.1. y 34° inciso a) del Régimen de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución N° 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias, bajo la modalidad de Etapa única.Que la convocatoria a presentar ofertas debe efectuarse mediante la publicación de avisos en el Boletín Oficial de la República Argentina por el término de dos (2) días hábiles, con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura de ofertas, computados a partir del día hábil inmediato siguiente a la última publicación, conforme lo establecido por el artículo 45° del Régimen de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución N° 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias.Que, en forma simultánea con la publicidad, se deberá invitar a las empresas del rubro inscriptas en el Portal de Prestadores y Proveedores de este Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Pública, dejando constancia en las actuaciones.Que asimismo corresponde su difusión en la página web del Instituto, con un mínimo de tres (3) días de antelación a la fecha fijada para la apertura de ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación.Que la Subgerencia de Control Presupuestario y Control de Gestión procedió a realizar la reserva presupuestaria en el Sistema de Gestión Económico Financiero, de conformidad con la normativa vigente en la materia.Que la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, la Subgerencia de Control Presupuestario y Control de Gestión, la Subgerencia Continuidad de Servicios Esenciales y la Asesoría Legal de la Gerencia de Administración han tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N° 678/DE/17, N° 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias, N° RESOL-2018-879-INSSJP-DE#INSSJP y N° RESOL-2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP,

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓNDEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento realizado en el marco de la Licitación Pública N° 16/20, para la contratación de un servicio de mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo

de un (1) tomógrafo computado y un (1) resonador magnético con destino a la Unidad Asistencial Dr. César Milstein (C.A.B.A.), por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual periodo.ARTÍCULO 2°.- Declárase desierta la Licitación Pública N° 16/20, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 3°.- Autorizase a realizar un nuevo llamado a Licitación Pública para la contratación de un servicio de mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de un (1) tomógrafo computado y un (1) resonador magnético con destino a la Unidad Asistencial Dr. César Milstein (C.A.B.A.), por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual periodo, encuadrada en los términos de los artículos 24° inciso a) apartado a.1. y 34° inciso a) del Régimen de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución N° 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias.ARTÍCULO 4°.- Autorízase a utilizar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos aprobado mediante DI-2020-292-INSSJP-GAD#INSSJP bajo el número PLIEG-2020-64475201-INSSJP-GAD#INSSJP.ARTÍCULO 5°.- Apruébase el Modelo de Aviso que se agrega como Anexo y que pasa a formar parte de la presente, para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina por el término de dos (2) días hábiles, con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura de ofertas, computados a partir del día hábil inmediato siguiente a la última publicación, conforme lo establecido por el artículo 45° del Régimen de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución N° 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias.ARTÍCULO 6°.- Invítese, en forma simultánea con la publicidad, a las empresas del rubro que se encuentren inscriptas en el Portal de Prestadores y Proveedores de este Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Pública, dejando constancia en las actuaciones.ARTÍCULO 7°.- Difúndase el presente llamado, con un mínimo de tres (3) días de antelación a la fecha fijada para la apertura de ofertas, en la página web del Instituto: www.pami.org.ar.ARTÍCULO 8°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-376-INSSJP-GAD#INSSJPSantiago Augusto Corvalan Olivera - Gerente - Gerencia de Administración

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ

DI-2020-377-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 29 OCT. 2020 VISTO el Expediente EX-2020 -18084901- - INSSJP-GESP#INSSJP, la Resolución Nº 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias, yCONSIDERANDO:

Page 17: Año XVI - N° 3635 BOLETÍNinstitucional.pami.org.ar/files/boletines_inssjp/30-10...2020/10/30  · índiceíndiceíndice página página 22 Año XVI - N 3635 BUENOS AIRES, Viernes

página 17índice página 17índice página 17índice

Año XVI - N° 3635

BUENOS AIRES, Viernes 30 de Octubre de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la contratación de un servicio de provisión de bolsas receptales descartables de recolección de residuos con la entrega en comodato de cánister, cestos, soporte mural y carros con destino a la Unidad Asistencial Dr. César Milstein, sita en C.A.B.A. por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual período.Que por Disposición Nº DI-2020-265-INSSJP-GAD#INSSJP se autorizó el llamado a Licitación Privada con el mencionado objeto, en los términos establecidos por los artículos 24° inciso c) apartado c.1), 30º inciso a) apartado 2), 32º y 34º inciso a) del Régimen de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias, y asimismo se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos para la contratación.Que el llamado fue registrado por la Subgerencia de Compras y Contrataciones como Licitación Privada Nº 35/20, fijándose como fecha límite para la presentación y apertura de ofertas el día 28 de septiembre de 2020 a las 14:00 horas.Que con arreglo a lo previsto en el artículo 45º del Régimen de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias, la convocatoria a presentar ofertas fue debidamente publicada en la página web del Instituto, así como también fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Portal de Prestadores y Proveedores del INSSJP.Que según surge del Acta de Apertura se presentaron dos (2) oferentes, a saber: BARRIER INSUMOS S.R.L. y EXSA S.R.L.. Que llamada a intervenir el área requirente, con competencia específica en la materia, procedió a realizar la evaluación técnico-económica de las ofertas presentadas.Que habiéndose realizado el análisis final de las ofertas, incluyendo el análisis técnico mencionado precedentemente, la Unidad Evaluación de Ofertas de la Coordinación de esta Gerencia de Administración, de conformidad con lo establecido en la Disposición Nº 1111/GA/18 y sus modificatorias, manifestó que las ofertas presentadas por las firmas BARRIER INSUMOS S.R.L. y EXSA S.R.L. cumplen con las especificaciones contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, por lo que corresponde declararlas admisibles.Que en virtud de lo expuesto, corresponde adjudicar la Licitación Privada Nº 35/20 a la firma BARRIER INSUMOS S.R.L., por la suma total de HASTA PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS ($1.289.900,00), conforme a lo detallado en el Anexo que forma parte integrante de la presente.Que la Asesoría Legal de esta Gerencia de Administración ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 678/DE/17, Nº 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias, N° RESOL-2018-879-INSSJP-DE#INSSJP y N° RESOL-2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP,

Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 0053/DE/18

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

Lic. Luana VOLNOVICH - Directora Ejecutiva

Lic. Jorge Martín RODRÍGUEZ ALBERTI -Subdirector Ejecutivo

Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa

[email protected] / [email protected]@pami.org.ar

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓNDEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento realizado en el marco de la Licitación Privada Nº 35/20, para la contratación de un servicio de provisión de bolsas receptales descartables de recolección de residuos con la entrega en comodato de cánister, cestos, soporte mural y carros con destino a la Unidad Asistencial Dr. César Milstein, sita en C.A.B.A. por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual período.ARTÍCULO 2º.- Decláranse admisibles las ofertas presentadas por las firmas BARRIER INSUMOS S.R.L. y EXSA S.R.L. en la Licitación Privada Nº 35/20, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la Licitación Privada Nº 35/20 a la firma BARRIER INSUMOS S.R.L., por la suma total de HASTA PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS ($1.289.900,00), conforme a lo detallado en el Anexo que se agrega y pasa a formar parte integrante de la presente.ARTÍCULO 4º.- Autorízase a la Subgerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente Orden de Compra a favor de la empresa adjudicataria, facultándola a disponer su libramiento al solo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme lo dispuesto en el artículo precedente.ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y notifíquese. Publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-377-INSSJP-GAD#INSSJPSantiago Augusto Corvalan Olivera - Gerente - Gerencia de Administración

DESCARGUE LA DISPOSICIÓN AQUÍ