Anuncio y Admisión de Casación
Transcript of Anuncio y Admisión de Casación
-
7/31/2019 Anuncio y Admisin de Casacin
1/6
Sentencia
1. Anuncio
Admisin
Negativa
TSJ Formalizacin ProcedimientoCasacin
TSJCon lugar
Sin lugar S.F.Rec. Hecho
S. Recurso. Sentencia firme
2. Imposibilidad Material1. Otro Tribunal2. Registradores3. Notarios
3. Obstaculizar
Anuncio
4. Sin anuncio Sentencia firme
Reclamos
TSJ - Multa responsabilidad
10
Lapsopara anuncio
-
7/31/2019 Anuncio y Admisin de Casacin
2/6
Anuncio del recurso e casacinconcepto requisitos y caractersticas
Acto procesal que constituye lamanifestacin de voluntad de interponer elrecurso contra la sentencia
Requisitos
Objeto Sentencia recurrible
Temporalidad Lapso para el anunciorgano Tribunal que dicta el fallo
Sujeto legitimado para recurrir
-
7/31/2019 Anuncio y Admisin de Casacin
3/6
Temporalidad del Anuncio
1. Situacin normal: Dentro de los diez das siguientes alvencimiento del lapso establecido en el artculo 521
2 . Situacin excepcional dentro de los diez dassiguientes a aquel en que se publica la sentencia
3. Caso de aclaratoria se plantean dos posiciones1 la aclaratoria es parte integrante del fallo luego elanuncio debe presentarse dentro de los diez dassiguientes a aquel en que se concede o se niega laaclaratoria2 la aclaratoria no suspende el curso de la causa,luego en anuncio deber presentarse dentro de losdiez das siguientes a la publicacin
-
7/31/2019 Anuncio y Admisin de Casacin
4/6
rgano competente para recibir elanuncio
1.Regla general Tribunal que dicta la sentenciacontra la cual se pretende recurrir
1. Excepcionalmente por imposibilidad material depresentarlo ante rgano natural
Otro tribunal dentro del lapso
Registrador requisitos identificacin Notario motivos y pruebas
-
7/31/2019 Anuncio y Admisin de Casacin
5/6
-
7/31/2019 Anuncio y Admisin de Casacin
6/6
Reclamo concepto y condiciones
El reclamo es un recurso que se interpone contra lasacciones tendientes a obstaculizar la presentacin delanuncio del recurso de casacin
Condiciones de procedencia Contra la conducta de los jecestendientes a frustrar el
anuncio Contra la conducta de cualquier persona que obstaculice
la tramitacin
Que la accin est referida al recurso de casacin o dehecho Primer caso puee declarar admitido el recurso Segundo caso ordenar el tramite del mismo.