Anuario de Derecho Penal Numero 1988 Presentacion 0 (1)

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  • La reforma del derecho penaly del derecho procesal penal en el Per

    Anuario de Derecho Penal 2009

  • O MIL EI INU CD KO ER NO CD OO RE DT . IGM LO IARP

    Facultad de Derecho y Ciencia PolticaUNMSM

    La reforma deL derecho penaL y deL derecho procesaL penaL en eL per

    Anuario de Derecho Penal 2009

    *doctrina *Jurisprudencia *LegisLacin *BiBLiografa

    Laura Ziga Rodrguez, Fernando Velsquez Velsquez, Csar San Martn Castro, Pablo Snchez Velarde,

    Mara Lourdes Ramrez Torrado, Hugo Prncipe Trujillo, Vctor Roberto Prado Saldarriaga, Fidel Nicols Mendoza Llamacponcca, Jos Hurtado Pozo, Percy Garca Cavero, Francisco Castillo Gonzlez,

    Jos Antonio Caro John, Julio Armaza Galds

  • La reforma del derecho penal y derecho procesal penal en el PerAnuario de Derecho Penal 2009

    De esta edicin Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Catlica del Per, 2011Av. Universitaria 1801, Lima 32, PerTelfono: (51 1) 626-2650Fax: (51 1) [email protected]/publicaciones

    Universidad de Friburgo, Suiza, 2011Misricorde, 1700 Friburg, Suiza Telfono: 41 26 300 8071 Fax: 41 26 300 9754Correo electrnico: [email protected]

    Cuidado de la edicin, diseo de cubierta y diagramacin de interiores: Fondo Editorial PUCP

    Prohibida la reproduccin de este libro por cualquier medio, total o parcialmente, sin permiso expreso de los editores.

    Primera edicin: enero de 2011Tiraje: 500 ejemplares

    Hecho el Depsito Legal en la Biblioteca Nacional del Per N 2011-01621 ISBN: 978-9972-42-950-7Registro del Proyecto Editorial: 31501361000995

    Impreso en Tarea Asociacin Grfica Educativa Pasaje Mara Auxiliadora 156, Lima 5, Per

  • La reforma del derecho penal y del derecho procesal en el PerAnuario de Derecho Penal 2009

    Director

    Jos Hurtado Pozo

    Consejo Consultivo Internacional

    Nodier Agudelo Betancourt (Medelln)Ignacio Berdugo Gmez de la Torre (Salamanca)Jos Luis de la Cuesta Arzamendi (San Sebastin)

    Jos Luis Diez Ripolls (Mlaga)Francesca Molinari (Sassari)Franz Riklin (Friburgo)

    Klaus Tiedemann (Friburgo de Brisgovia)

  • primera parte

    Vanidad de vanidades; dijo el Predicador. Vanidad, todo es vanidad.

    Eclesiasts 1:2

  • Agradecimiento

    El mantener al da una revista como la nuestra es una tarea cada vez ms difcil. Por esto, debemos manifestar nuestro sincero reconocimiento a los autores de los artculos por haber permitido que se publiquen como un nuevo nmero del Anuario de Derecho Penal. Estos textos fueron, en un principio y en su casi tota-lidad, elaborados como soportes para participar en el ciclo de conferencias orga-nizado por la Promocin Teodoro Duilio Meincken Cordiglia de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en colaboracin con el Colegio de Abogados de Lima. Sin esta loable iniciativa no hubiera sido posible publicar este volumen. El arduo trabajo de preparacin del material ha sido realizado por Fidel Mendoza Llamacponcca y Joseph du Puit, tambin para ellos nuestro agradecimiento. As mismo, tenemos que expresar nuestra gratitud a la Universit de Fribourg (Suiza) y a la Pontificia Universidad Catlica del Per, sin cuya ayuda no podra salir a luz cada ao el Anuario. En esta labor, juega un papel esencial el Fondo Editorial de esta ltima.

  • Aunque suene frase trillada, tenemos que insistir en que el delito es decir la criminalizacin de determinadas conductas y su derivado lgico, la pena, son construcciones histricas y socioculturales. Y son en ms de un sentido. Primero, que tipos de acciones son considerados contrarias a la ley es determinado por juristas, legisladores, quienes imponen los lmites de lo permisible basndose en determinadas concepciones sobre cmo debe

    funcionar una sociedad. Segundo, cules y en qu circunstancias esas viola-ciones a la ley son efectivamente sancionadas depende tambin de los juegos de fuerzas, los prejuicios de aquellos llamados a ejecutar la ley y el contexto social y cultural en que se producen. Y tercero, qu individuos y qu tipos

    de conductas son percibidos y estigmatizados como criminales depende de un complejo de mediaciones culturales, histricas, sociales e incluso, cada

    vez ms, mediticas. Ser concientes de estas dimensiones confluyentes en la construccin social de la ley, el delito y el castigo es el punto de partida para

    cualquier tratamiento histrico de estos problemas.

    Carlos Aguirre, Denle duro que no siente. Poder y trasgresin en el Per republicano.

    Lima: Fondo Editorial Pedaggico San Marcos, 2008, p.16.

    Il sagissait donc, en rsum, dlaborer une lgislation pnale totalement originale et vraiment nationale, rpondant la tradition de justice, aux be-soins vitaux et aux possibilits dapplication de ce pays. Cette oeuvre difficile de rnovation complte dans le respect du gnie thiopien, vivifi par les

    apports les meilleurs que pouvait lui offrir lexprience lgislative trangre, la mthode de travail adopte et le concours de la Commission Lgislative de-vait permettre de la raliser dpit des obstacles imaginables. Ceux-ci ont t surmonts de manire relativement rapide et, nous le souhaitons satisfaisante, puisque aussi bien la Commission que les deux Chambres ont jug ladapta-tion aux ralits et aux ncessits thiopiennes conforme ce quexigeaient la

    tradition et lessor nouveau, le pass et lavenir.

    Jean Graven1, Introduction, en Centre franais de droit com-par, Le Code pnal de lEmpire thiopien du 23 juillet 1957,

    Pars 1959, p. 18.

    1 Autor del Proyecto de Cdigo Penal de Etiopa.

  • Escriben en este nmero

    Julio Armaza GaldsProfesor de Derecho Penal de la Universidad de Arequipa. Investigador de la Ctedra Interuniversitaria de Derecho y Genoma Humano de la Universidad de Deusto

    Francisco Castillo GonzlesProfesor de Derecho Penal de la Universidad de Costa Rica

    Jos Antonio Caro JohnProfesor de Derecho Penal en la Pontificia Universidad Catlica del Per, la Univer-sidad de San Martn de Porres, la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y la Universidad del Pacfico

    Percy Garca CaveroProfesor de Derecho Penal en la Universidad de Piura

    Jos Hurtado PozoProfesor de Derecho Penal y Procesal Penal en la Universidad de Friburgo (Suiza)

    Fidel Nicols Mendoza LlamacponccaInvestigador en el Departamento de Derecho Penal de la Universidad de Friburgo (Suiza)

    Vctor Roberto Prado SaldarriagaProfesor de Derecho Penal en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Pon-tificia Universidad Catlica del Per. Juez supremo titular de la Corte Suprema de Justicia

  • Hugo Prncipe TrujilloProfesor de Derecho Penal en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y de Derecho Procesal Penal en la Universidad San Martn de Porres. Juez supremo de la Corte Suprema de Justicia

    Mara Lourdes Ramrez TorradoProfesora investigadora, adscrita al Grupo de Investigacin en Derecho y Ciencia Po-ltica (GIDECP) de la Universidad del Norte. Colombia

    Pablo Snchez VelardeProfesor de Derecho Procesal Penal en la Universidad Nacional Mayor de San Mar-cos. Fiscal Supremo Penal

    Csar San Martn CastroProfesor de Derecho Procesal Penal en la Pontificia Universidad Catlica del Per. Juez supremo titular de la Corte Suprema de Justicia

    Fernando Velsquez VelsquezProfesor de la Universidad Sergio Arboleda. Bogot

    Laura Ziga RodrguezProfesora Titular de Derecho Penal en la Universidad de Salamanca

  • Abreviaturas utilizadas

    AAVV Autores variosADPCP Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales (Espaa)ADP Anuario de Derecho PenalAJ Actualidad Jurdica AP Actualidad PenalArt. ArtculoArts. ArtculosAufl. Auflage (Edicin)BGHst Entscheidungen des Bundesgerichtshofs in Strafsachen (Ale-

    mania)CADH Convencin Americana sobre Derechos HumanosCDP Cuadernos de Derecho Penal (Colombia)CEDH Convencin Europea de Derechos HumanosCfr. CompreseCIDH Corte Interamericana de Derechos HumanosCJM Cdigo de Justicia MilitarCJMP Cdigo de Justicia Militar PolicialConst. ConstitucinCP Cdigo PenalCPC Cdigo Procesal ConstitucionalCPC Cuadernos de Poltica Criminal (Espaa)CPP Cdigo Procesal Penal

  • CdePP Cdigo de Procedimientos PenalesDL Decreto LeyDLeg Decreto LegislativoDriZ Deutsche Richterzeitung (Alemania)DS Decreto SupremoEd. EdicinExp. ExpedienteFJ Fundamento jurdicoFS Festschrift (Libro homenaje)GA Goltdammers Archiv fr Strafrecht (Alemania)GS Der Gerichtssaal (Alemania)Ib., ibid. En el mismo lugarId., Idem Lo mismoInc. IncisoJA Juristiche Arbeitsbltter (Alemania) JC Revista Jus ConstitucionalJura Juristiche Ausbildung (Alemania)JuS Juristiche Schulung (Alemania)JZ Juristiche Zeitung (Alemania)LECRIM Ley de Enjuiciamiento Criminal espaolaLK Leipziger Kommentar (Alemania)LOMP Ley Orgnica del Ministerio PblicoLOPJ Ley Orgnica del Poder JudicialMK Mnchener Kommentar (Alemania)NCPP Nuevo Cdigo Procesal PenalNDP Nueva Doctrina Penal NFP Nuevo Foro PenalNJW Neue Juristiche Wochenschrift (Alemania)NK Nomos Kommentar (Alemania)NStZ Neue Zeitschrift fr Strafrecht (Alemania)NZV Neue Zeitschrift fr Verkehrsrecht (Alemania)OCDE Organizacin para la Cooperacin y Desarrollo EconmicoOCMA rgano de Control de la Magistratura

  • P. Pgina (s)PHC Proceso de habeas corpusPIDCP Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolticosRCPCh Revista de Ciencias Penales (Chile)RDPC Revista de Derecho Penal y Criminologa (Espaa) RDPI Revista de Derecho Procesal IberoamericanaRIDPP Rivista Italiana di Diritto e Procedura Penale (Italia)RN Recurso de NulidadRQ Recurso de quejaRPDJP Revista Peruana de Doctrina y Jurisprudencia PenalesSCIDH Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos HumanosSchwZfS Schweizerische Zeitschrift fr Strafrecht (Suiza)SK Systematischer Kommentar (Alemania)Ss. SiguientesSTC Sentencia del Tribunal Constitucional StGB Strafgesetzbuch (Cdigo Penal alemn)StPO Strafprozessordnung (Ordenanza Procesal Penal alemana)StV Strafverteidiger (Alemania)TEDH Tribunal Europeo de Derechos HumanosTC Tribunal ConstitucionalTrad. TraductorTS Tribunal SupremoUE Unin EuropeaUNMSM Universidad Nacional Mayor de San MarcosVid. VaseVol. VolumenZStW Zeitschrift fr die gesamte Strafrechtswissenschaft (Alemania)

  • Presentacin

    Pablo Snchez Velarde Jos Antonio Caro John

    El presente volumen del Anuario de Derecho Penal recoge las ponencias presen-tadas en las Jornadas Acadmicas Internacionales de Homenaje al Profesor Jos Hurtado Pozo, La Reforma del Derecho Penal y del Derecho Procesal Penal en el Per, con ocasin de su investidura como Doctor Honoris Causa por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Estas Jornadas se realizaron en el Auditorio Jos Len Barandiarn del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, del 20 al 22 de enero de 2010. El objetivo era reflexionar, por un lado, sobre el proceso de reforma del Cdigo Penal de 1991, teniendo como referencia el Anteproyecto de Cdigo Penal de 2009, Parte General y, por otro, sobre la progresiva entrada en vigencia del Cdigo Procesal Penal de 2004.

    Las valiosas contribuciones cientficas del profesor Jos Hurtado Pozo le han convertido con justicia en el penalista peruano ms importante de todos los tiem-pos, con una impronta dogmtica de inexcusable referencia en la discusin cien-tfica internacional.

    El profesor Hurtado Pozo realiz sus estudios de derecho en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, donde se recibi de abogado en 1966. Pos-teriormente, con una beca de la Confederacin Helvtica, realiz estudios de doctorado en Suiza, en donde, en 1971, obtuvo el grado de Doctor en Derecho por la Universit de Neuchtel. Entre 1975 y 1977 realiz una estancia de investi-gacin en el Institut Max-Plank fr Auslndisches und Internationales Strafrecht de Freiburg im Breisgau como becario de la Fundacin Alexander von Humboldt y profesor invitado. Fruto de esta experiencia fue su Manual de Derecho penal, publicado en 1978 y cuya ltima edicin data de 2005. Constituye, sin duda, una

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    de las modernas publicaciones con una importante influencia en la formacin cientfica de las nuevas generaciones de penalistas y un referente obligado en la aplicacin prctica del derecho penal en los tribunales peruanos.

    El profesor Hurtado Pozo fue catedrtico de derecho penal en la Universi-dad Nacional Mayor de San Marcos y profesor asociado de derecho penal en la Pontificia Universidad Catlica del Per hasta 1982, ao en que emigr a Sui-za, donde fue investido como profesor ordinario de derecho penal y de derecho procesal penal en la Facultad de Derecho de la Universidad de Fribourg, cargo que ejerce desde entonces hasta la actualidad. Ha sido Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Fribourg de 1993 a 1995, es miembro del consejo del Instituto de Federalismo y Director del Departamento de Derecho Penal de dicha Universidad.

    En el mbito de las publicaciones sobre el derecho penal nacional, adems de su obra, antes mencionada, el profesor Hurtado Pozo es autor de muchos libros y artculos en los que es fcilmente reconocible un estilo muy personal, caracteriza-do por la permanente reflexin crtica de la legislacin y propuestas de aplicacin prctica basadas en una perspectiva humanista y garantista del derecho penal. Este es un gnero de pensamiento que nuestro homenajeado ha cultivado de manera coherente a lo largo de una ejemplar trayectoria. Un libro que es de destacar es La ley importada (1979), en el que resalta la obligatoriedad de reflexionar crticamen-te la influencia de la tradicin europea continental sobre nuestras codificaciones y reformas penales para que las leyes reflejen en lo posible las expectativas de justicia de nuestra sociedad y no teoras ni concepciones culturales sin adecuacin a nues-tra realidad. As tambin, dan cuenta de esta forma de concebir el derecho penal los distintos nmeros de la revista Anuario de Derecho penal que dirige el profesor Hurtado Pozo desde hace casi dos dcadas. Sus volmenes monogrficos estn dedicados al anlisis crtico de un determinado aspecto de la problemtica penal nacional y en consideracin a su aplicacin prctica a la realidad social.

    Dado que la Promocin Teodoro Duilio Meincken Cordiglia de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (1976-1981) tuvo la iniciativa y organiz el ciclo de conferencias antes mencionado, en este volumen se incluye un breve texto en el que se exponen sus motivaciones. As mismo, la resolucin por la que la Universidad Nacional Mayor de San Marcos decide otorgar al profesor Hurtado Pozo el grado de doctor honoris causa y el discurso de agradecimiento de este ltimo.

    Las contribuciones han sido agrupadas conforme a la temtica de que tratan. En algunas de ellas se hace referencia a sentencias y anteproyectos de cdigos penales, por lo que, para su mejor comprensin, son incluidos como anexos al presente volumen. Al final, se presenta la bibliografa general que rene las obras citadas por los autores.

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    Fernando Velsquez Velsquez trata de los principios generales del derecho penal. Estudia los lmites a la potestad punitiva del Estado previstos en el Ante-proyecto de Cdigo penal peruano 2009. Para ello, analiza los lmites materiales al ius puniendi que, a su juicio, se instauran como controles del poder punitivo. Estos lmites estn contenidos en el principio de dignidad de la persona humana, el principio de igualdad material ante la ley penal, el principio de proporciona-lidad, el principio de teleologa de las sanciones penales, entre otros. Luego, el estudio se centra en los lmites formales, considerados como tales por referirse a la manera de cmo se ejerce la actividad punitiva, con sus presupuestos y con-diciones. En este lugar se ubican los siguientes principios: legalidad, taxatividad, prohibicin de extraactividad, prohibicin de analoga, debido proceso penal, acceso al juez natural y prohibicin de doble incriminacin.

    A continuacin, Jos Antonio Caro John aborda la problemtica de la dis-tincin entre la accin y la omisin. Desde el comienzo, sobre la base de casos prcticos y un ejemplo de la jurisprudencia, el autor se decanta por considerar que entre ambas formas de realizacin del delito no existe ms que una diferencia ontolgica, la cual no encuentra ningn respaldo normativo. A dicha conclusin llega sobre la base de la extensin de los criterios de la posicin de garante a am-bas categoras dogmticas del comportamiento delictivo. A su vez, esta hiptesis genera dos consecuencias concretas: la inutilidad de la clusula de no correspon-dencia para la imputacin (artculo 13 del Cdigo Penal) y la inexistencia de una distincin en el plano subjetivo entre la accin y la omisin.

    Francisco Castillo Gonzlez realiza un estudio de la actio libera in causa en-fatizando la necesidad de que la misma sea realizada dolosamente y de que sea regulada en la ley. Presenta la problemtica de la institucin dentro del derecho penal moderno, haciendo un distingo entre casos que aparentemente son parte de la actio libera in causa, delitos comisivos y omisivos impropios de resultado, y casos que se encuentran fuera de dicho mbito. Posteriormente, aborda las pro-puestas de solucin planteadas por la doctrina y las previstas en la legislacin para los mencionados casos, clasificndolas en dos grupos: las que prevn en su legisla-cin la actio libera in causa dolosa, y las que finamente no la prevn, pero donde la doctrina intenta fundamentar la institucin. Por ltimo, concluye por considerar que la institucin estudiada debera ser prevista dentro de la normatividad penal.

    Percy Garca Cavero desarrolla el tema de la pena del partcipe extraneus en los delitos especiales. Su investigacin tiene como punto de partida la hiptesis de que la pena a imponer, en estos casos, no ha de depender de la determinacin formal del crculo de autores (teora de la ruptura o unidad de la imputacin), sino del mbito material de distincin de los delitos especiales (delito de dominio o delito de infraccin de deber). Sobre la base de esa distincin, este autor concluye que la pena

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    a aplicar a un partcipe estar en funcin de la estructura de imputacin a aplicar. De esta manera, si el delito especial es un delito de dominio, deber de seguirse lo establecido por la teora de la unidad del ttulo de imputacin; mientras que si el tipo es un delito de infraccin de deber, se debern aplicar los lineamientos de la teora de la ruptura de la imputacin.

    La aportacin de Vctor Prado Saldarriaga se centra en el estudio de la re-forma de la teora de las consecuencias jurdicas del delito, postulada por el An-teproyecto de reforma del Cdigo penal peruano. El estudio comienza con un breve recuento del estado de la cuestin en el vigente Cdigo penal, desde su regulacin inicial hasta su actual configuracin. Luego, desarrolla una exposicin del Anteproyecto mencionado, dividida en cuatro partes. En la primera analiza la propuesta sobre el sistema de penas; en la segunda, la determinacin judicial de la pena; en la tercera, de las medidas de seguridad y consecuencias jurdicas aplicables a la persona jurdica; y, por ltimo, en la cuarta, del resto de reformas relevantes.

    Julio Armaza Galds se ocupa la suspensin de la ejecucin de la pena pri-vativa de libertad. En ella el autor hace una completa revisin histrica de la institucin, la misma que va desde su surgimiento en el Proyecto de Martua de 1916, hasta los recientes Anteproyectos de 2004 y 2009. Asimismo, partiendo de considerar que la naturaleza jurdica de la condena condicional es la de una pena y que su fundamento no radica en la prevencin especial, llega a concluir que la suspensin es aplicable sin importar la condicin del sentenciado (si es o no primario) o el mbito subjetivo del tipo (si la conducta fue dolosa o imprudente).

    Laura Ziga Rodrguez examina la responsabilidad de las personas jurdicas en el Anteproyecto de Cdigo penal peruano de 2009. La idea base planteada por la autora es el considerar que una persona jurdica s puede ser susceptible de una responsabilidad penal. A este respecto, las medidas aplicables a las personas jurdicas del Anteproyecto de 2009 son sometidas a un estudio minucioso, las mismas que en lo sustancial no difieren del vigente artculo 105 del Cdigo penal. As mismo, en el trabajo se remarca la importancia que tiene la distincin entre la responsabilidad directa y la solidaria como criterios de imputacin de respon-sabilidad de la persona jurdica. De igual manera, sobre la base de la experiencia extranjera la autora realiza un anlisis crtico sobre las consecuencias accesorias a aplicar a las personas jurdicas. El estudio finaliza con un examen del catlogo de medidas previstas, su ejecucin, y los aspectos procesales del tema estudiado.

    Fidel Nicols Mendoza Llamacponcca realiza un estudio del precedente vin-culante emitido por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema (RN N. 1062-2004). A travs del referido precedente, se fijaron criterios interpretativos del deli-to de colaboracin terrorista, previsto en el artculo 4 del DL 25475, detallndose

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    las razones por las cuales corresponde declarar la atipicidad del acto mdico, en su calidad de prestacin profesional, frente a eventuales denuncias penales por la comisin del citado delito. Aqu el autor enfatiza que la Sala Suprema asumi la doctrina instituida por la CIDH, mediante la sentencia recada en el caso De la Cruz Flores vs. Per (del 18 de noviembre de 2004), segn la cual el acto mdico constituye no solo un acto esencialmente lcito, sino que su realizacin es un de-ber atribuido al profesional de la medicina. As mismo, que no se le puede impu-tar, como delito de omisin de denuncia, su reserva sobre las conductas delictivas de sus pacientes, en tanto aquel las haya conocido sobre la base de la informacin obtenida en el ejercicio de su profesin.

    Una evaluacin del estado actual del recurso de casacin penal en el sistema penal peruano es realizada por Csar San Martn Castro. El estudio se inicia con un anlisis de los ocho puntos esenciales del recurso de casacin en el Cdigo Procesal Penal de 2004. Entre los que cabe destacar, por ejemplo, el constituir un medio extraordinario de impugnacin que no produce efectos devolutivos, el hecho de circunscribirse a un mbito formal y no probatorio, la fijacin de una impugnabilidad objetiva vinculada a la penalidad mnima y al tipo de auto o resolucin impugnado. Establecida la base normativa del recurso de casacin, el autor realiza un anlisis estadstico de la actividad casatoria de la Corte Suprema de la Repblica desde 2007. Este anlisis permite afirmar cul ha sido la dinmica del recurso en sus distintos planos, como el tipo de casacin utilizado con mayor frecuencia (casacin constitucional), o la tendencia de la Corte Suprema en la calificacin del recurso.

    Pablo Snchez Velarde se ocupa de la vinculacin existente entre el Ministerio Pblico y el proceso penal segn el tratamiento recibido por el Tribunal Consti-tucional peruano. El primer punto que trata es el de los principios que orientan la actividad fiscal en el proceso penal, los cuales son la independencia y autonoma, el principio de jerarqua, el principio de legalidad, el debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva, as como la interdiccin de la arbitrariedad. El segundo se centra en la labor realizada por el Ministerio Pblico dentro de la investigacin preliminar del delito y aspectos vinculados a ella, abordndose temas como la in-vestigacin preliminar en s misma, el ne bis in idem y la cosa decidida. Culmina haciendo referencia a la labor del Ministerio Pblico en la etapa intermedia, y el desarrollo de sus funciones conforme al principio acusatorio.

    Hugo Prncipe Trujillo aborda el anlisis de la etapa intermedia dentro del sis-tema procesal penal peruano, poniendo un especial nfasis en el desarrollo que ha tenido dentro del Cdigo de Procedimientos Penales (CdePP) y el Cdigo Procesal Penal de 2004. El autor basa todo el desarrollo de la investigacin en torno al pro-nunciamiento fiscal, y su correlativo control, como ejes a partir de los cuales se lleva

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    a cabo toda la etapa intermedia. De ah que la integridad de esta etapa se defina por tener a la acusacin o al sobreseimiento como protagonistas. As mismo, hace un anlisis paralelo entre las caractersticas de la etapa intermedia, dentro del CdePP, sobre todo bajo lo establecido por el Acuerdo Plenario N. 6-2006/CJ-116, y el Cdigo Procesal Penal de 2004.

    Jos Hurtado Pozo, quien ha tenido la gentileza de aceptar tanto que su tra-bajo sea incorporado en este volumen como que este forme parte de la coleccin Anuario de Derecho Penal, reflexiona sobre la reforma del Cdigo penal sobre la base de una perspectiva comparada, que toma en consideracin el proceso de reforma alemn, francs, suizo y latinoamericano (ecuatoriano, boliviano y pe-ruano). En el anlisis de cada reforma son puestas de manifiesto las caractersticas sociales y jurdicas de cada sistema jurdico estudiado, tales como la orientacin hacia criterios poltico criminales del Proyecto Alternativo de 1966 en Alemania, la tendencia hacia el sentido prctico en Francia, o la escisin en segmentos pro-gresivos de la reforma en Suiza. De igual manera, hace lo propio al analizar las reformas penales en Latinoamrica, resaltando el nfasis constitucional ecuatoria-no, seguido por la reforma penal boliviana, hasta llegar al proceso peruano, donde da una especial atencin al tratamiento previsto para las rondas campesinas.

    Mara Ramrez Torrado somete a enjuiciamiento el poder sancionador de la administracin sobre la base de los criterios adoptados por la Corte Constitu-cional de Colombia sobre el tema. Partiendo de una definicin del ius puniendi como la potestad ejercida por los funcionarios para garantizar el cumplimiento de sus distintas labores, la autora pasa delimita los contornos del poder sancionador en el mbito administrativo. Asimismo, al determinar el mbito de destinata-rios de las sanciones administrativas, centra dicho mbito en dos grupos: uno de personas relacionadas a la administracin (derecho disciplinario), y otro sin vn-culos con la misma (derecho correctivo). Posteriormente, hace un anlisis de las diferencias entre el derecho administrativo sancionador y el penal, cuya utilidad se demuestra en la siguiente parte donde realiza un anlisis de los principios que regulan la potestad administrativa sancionadora.

    De este modo, los autores aqu reunidos han querido dar testimonio median-te sus contribuciones del enorme aprecio y profunda admiracin que tributan al profesor Jos Hurtado Pozo. Sin duda, razones sobran para rendir homenaje a nuestro ilustre hombre de derecho, mejor an, nuestro hombre de honor. Precisamente, por una causa de honor, la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad del Per y Decana de Amrica, le ha conferido la distincin del mximo grado acadmico que un centro de estudios puede otorgar a un cien-tfico del derecho.

  • A manera de saludo

    Elvira lvarez Olazbal Alfonso Velsquez Reinoso

    De aquellas gozosas experiencias de vida que el ser humano guarda siempre como recuerdos gratos, las que corresponden a la etapa formativa dejan una huella in-deleble. Ello es as porque la educacin no se limita a la simple asimilacin de conocimientos, teoras y valores, sino que va asociada a las enseanzas personales de cada maestro. Por ello, solo quien asume este papel fundamental est capaci-tado para dotar al alumno tanto de un amplio bagaje cultural y doctrinario como de una especial perspectiva sobre los retos y fronteras que an debe superar en la bsqueda de su pleno desarrollo. Es labor, pues, de un maestro la de contribuir no solo con el avance personal del alumno, sino de generar en este un compromiso de servicio a la colectividad en la cual aplicar los conocimientos adquiridos en materia jurdica.

    Por todo esto, quienes nos hemos formado en la universidad tenemos intacta nuestra gratitud hacia el maestro, por cuanto ha sabido trasmitir, con generosidad y honestidad, sus conocimientos y su experiencia de vida. Principalmente por la formacin de los integrantes de las jvenes promociones que ingresaron a las aulas sanmarquinas en aquellos lejanos das y que hoy son profesionales en ejercicio. Nosotros, sea cual fuere el lugar o puesto que ocupemos, tenemos el deber de honrar todo cuanto aprendimos del maestro, sobre todo su sentido de justicia, que ha sido una de sus enseanzas principales y que, como sus alumnos, tenemos hoy el deber de difundir.

  • Elvira lvarez Olazbal / Alfonso Velsquez Reinoso

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    Conocimos al doctor Jos Hurtado Pozo, a inicios del ao 1977, cuando haba recin retornado de Suiza y sido nombrado, a pesar de su juventud, Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima. Gracias a que los alumnos gozaban de iniciativa para escoger a sus catedrticos, nosotros, alumnos de primer ao, teniendo en cuenta su ya bien ganada fama de estudioso del Derecho Penal, lo-gramos que fuera designado para que dictara el curso de Derecho Penal I (Parte General). Debemos reconocer que no esperbamos de su parte tanta rigurosidad en la enseanza ni un nivel tan alto de exigencia; sin embargo, debemos resaltar la exquisita dedicacin que le otorgaba a la ctedra, como miembro de un pequeo grupo de profesores verdaderamente responsables en su quehacer acadmico. As mismo, que fueron el compromiso que asuma y la responsabilidad con la que enseaba los que nos hicieron ver en l al verdadero maestro.

    Su conocimiento del Derecho Penal era y es en verdad profundo. Si bien no tenamos mucho tiempo de haber ingresado a la Universidad e ignorbamos casi todo, sin embargo s podamos distinguir la calidad, la competencia en la materia, la sabidura y sencillez en las respuestas al alumnado. Unido a ello, su exigencia responsable al discpulo, para que este pueda asimilar que el conocimiento del derecho penal no debe ser ajeno a la realidad social en la cual va a ser aplicado y desarrollado.

    Su experiencia formativa inicial en la cuatricentenaria universidad limea, su posterior formacin doctoral en la Universit de Neuchtel (1967-1971) y, luego, su estancia como becario de la Fundacin Alexander von Humboldt y pro-fesor invitado en el Instituto Max-Plank de Freiburg in Breisgau (1975-1977), le dieron la excelencia acadmica que posteriormente entreg a las promociones de alumnos, tanto de nuestra facultad sanmarquina como en la Pontificia Universi-dad Catlica del Per, en aos que fueron de constante entrega a las aulas y tam-bin a la magistratura judicial. Es a esta donde supo atraer a un nutrido grupo de ex alumnos de nuestra promocin, entre los que hoy destacan los doctores Vctor Prado Saldarriaga, Csar San Martn Castro y Pablo Snchez Velarde jueces y fiscal supremo, respectivamente, quienes colaboraron con el maestro desde sus aos iniciales en las aulas y le ayudaron en la publicacin del libro sobre el Mi-nisterio Pblico en el que la generosidad del doctor Hurtado Pozo les consider coautores.

    Su estancia en Suiza desde 1982 como profesor de Derecho Penal y Proce-dimiento Penal en la Universidad de Friburgo, no le ha impedido seguir con su fructfero trabajo intelectual siempre vinculado a la patria y preocupndose de la produccin judicial del pas. As, l fue uno de los primeros en comentar con detalle la sentencia contra el ex presidente Alberto Fujimori. Su preocupacin profesional por el proceso penal se explica porque se expona ante la comunidad

  • A manera de saludo

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    internacional el papel de la administracin de justicia peruana en el caso ms trascendental que ha sido objeto de juzgamiento. Sobre la referida sentencia y el papel de los jueces como intrpretes de la ley, el doctor Hurtado Pozo ha sealado que: []en el sentido moderno de que (los jueces) son verdaderos creadores de derecho en la medida en que, al aplicar la ley, atribuyen a esta uno de sus posibles sentidos [] La conviccin a que llegan (los jueces) sobre la correccin de sus argumentos y decisin no es de ndole moral o tica, sino ms bien fruto del ca-rcter racional y pragmtico de las disciplinas jurdicas.

    La promocin sanmarquina 1976-1981 Teodoro Duilio Meincken Cordiglia, discpulos y ahijados del doctor Jos Hurtado Pozo, recibimos de l sus primeras y frescas enseanzas luego de su segunda estancia acadmica en Suiza. Por ello, siempre impulsados por su talento y disposicin para con nosotros, saludamos la edicin de este libro homenaje, en el que aparecen los textos de los conferencistas que participaron en el ciclo de conferencias que organizara nuestra promocin en ocasin de su investidura como Doctor Honoris Causa por nuestra casa de estudios, la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Este libro contiene algunas reflexiones y apreciaciones sobre el quehacer actual del derecho penal y procesal penal. As, hacemos nuestro el dicho del doctor Hurtado Pozo de que: guardar silencio implicara no asumir la responsabilidad que nos imponen los criterios ticos y profesionales mnimos1.

    1 Las tres citas han sido extradas del artculo Reflexiones sobre la sentencia condenatoria en el caso Fujimori difundido por el doctor Jos Hurtado Pozo, con fecha 6 de mayo de 2009.

  • Universidad Nacional Mayor de San Marcos

    Lima, 21 de enero del 2010Seor DoctorJOS HURTADO POZOPresente

    Se ha expedido la Resolucin Rectoral N. 03653-R-09Lima, 13 de agosto del 2009.-Visto el Expediente de la Facultad de Derecho y Ciencia Poltica, sobre otorga-

    miento de la distincin de Doctor Honoris Causa.CONSIDERANDO:Que la distincin de Doctor Honoris Causa es tradicionalmente conferida por

    la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a los intelectuales, cientficos, religiosos, artistas y personalidades que han contribuido significativamente a la paz, el bienestar y al desarrollo de la humanidad;

    Que el Dr. JOS HURTADO POZO, curs sus estudios en nuestra Casa de Estudios, donde se gradu y obtuvo el ttulo de abogado en 1966; y despus de haberse doctorado en la Universit de Neuchtel, Suiza, retorn para dedicarse a la docencia y a la investigacin en nuestra Universidad;

    Que el Dr. JOS HURTADO POZO, es un reconocido jurista, actualmente catedrtico de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal en la Facultad de Derecho de la Universidad de Fribourg, Suiza, en la cual fue Decano desempendose actualmente como Jefe del Departamento de Derecho Penal; sus mritos como ju-rista peruano son de reconocida vala internacional, por sus aportes a la docencia e investigacin en el mbito de las Ciencias Penales, teniendo una vasta produccin

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    bibliogrfica y recibiendo reconocimientos honorficos en universidades nacionales y del extranjero;

    Que el Dr. JOS HURTADO POZO, ha mantenido relaciones importantes con nuestra Facultad y sus docentes, as como con muchas otras Universidades de nuestro pas, lo que demuestra que su intensa actividad ha contribuido a difundir el prestigio de nuestra Universidad en Europa, Amrica Latina y el Per;

    Que en sesin de fecha 31 de marzo del 2009, el Consejo de la Facultad de Derecho y Ciencia Poltica propone se le otorgue la distincin de Doctor Honoris Causa al mencionado doctor; decisin que se explica con Resolucin de Deca-nato N. 465-D-FD-09 de fecha 20 de abril del 2009;

    Que la Comisin Permanente de Investigacin, Asuntos Acadmicos, Gra-dos, Ttulos y Revlidas del Consejo Universitario con Oficio N. 455-CPIA-AGTR-CU-UNMSM/09 y el Vicerrectorado Acadmico mediante Provedo N. 706-2009-VRAC, emiten opinin favorable; y,

    Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesin de fecha 17 de julio del 2009, a las atribuciones conferidas al seor Rector por la Ley Universitaria N. 23733; el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus modificatorias;

    SE RESUELVE:1 Conferir la distincin de DOCTOR HONORIS CAUSA al Dr. JOS

    HURTADO POZO, por su trayectoria relevante y grandes mritos personales y profesionales como jurista y por sus aportes a la docencia e investigacin en el mbito de la Ciencias Penales.

    2 Otorgar al Dr. JOS HURTADO POZO el Diploma y la Insignia que lo acreditan permanentemente como Doctor Honoris Causa de la Universi-dad Nacional Mayor de San Marcos.

    Regstrese, comunquese, publquese y archvese (fdo.) Luis Fernando Iz-quierdo Vsquez, Rector (fdo.) Jos Segundo Nio Montero, Secretario General.

    Atentamente,

    Luis Fernando Izquierdo Vsquez

  • Ceremonia de investidura de Don Jos Hurtado Pozo, profesor de la Universidad de Fribourg (Suiza), como doctor honoris causa por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

    Capilla de la Virgen de Loreto de la Casona del Parque UniversitarioLima, 21 de enero de 2010

    Palabras de agradecimiento de Don Jos Hurtado Pozo

    La capacidad oratoria del Seor Decano de la Facultad de Derecho, Doctor Jos Antonio ique de la Puente, le ha permitido describir mi modesta persona de ma-nera tan generosa que me resulta difcil reconocerme. Esto se debe a que su verbo proficuo tal que un lente de aumento ha agrandado de modo notable mis modestas calidades. Por esto tratar de devolver a estas ltimas sus dimensiones reales.

    A finales de la dcada de los aos 50, poca en que comenc a frecuentar la Casona de San Marcos, el ambiente estudiantil estaba profundamente marcado por los cambios sociales y polticos que viva nuestra Amrica. Era el periodo de la confrontacin de movimientos polticos fundados en ideologas que tenan en co-mn prometer la igualdad social, la libertad, la democracia, la solidaridad, aunque diferan por los medios que proponan para alcanzar un mundo ideal. Esta confron-tacin se manifestaba an ms en la medida en que San Marcos constitua un fiel reflejo de la sociedad peruana plena de desigualdades sociales profundas, de marca-da deficiencia democrtica, de discriminacin manifiesta. Con el paso de los aos, parece que como si las discusiones ideologas se hubieran volatilizado, el mundo se ha homogenizado de manera relativa, en particular, por la debacle de los pases calificados de socialistas. Sin embargo, pienso que las experiencias de esos aos en

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    los patios y aulas de la Casona del Parque Universitario, fueron tan intensas que hasta ahora nos recuerdan que contina an el combate por una sociedad justa e igualitaria, por un sistema poltico ms respetuoso de los derechos humanos.

    En la medida en que estas vivencias sanmarquinas impregnaron al adoles-cente que era en esos aos y as establecieron las bases primordiales de mi futuro desarrollo personal y acadmico, a San Marcos debo en gran parte el encontrarme en donde me encuentro y ser objeto de un honor que otros de mis colegas hubie-ran merecido con mayor justificacin. Esto ha sido posible gracias a la generosi-dad de quienes han propuesto, promovido y decidido se me otorgue el grado de doctor honoris causa que acabo de recibir.

    Mi satisfaccin aumenta en la medida en que este acontecimiento remece una conviccin muy slida que ha condicionado fuertemente mis apreciaciones sobre los acontecimientos y relaciones humanas, percibidos desde el exilio dorado, no querido ni provocado, en el que vivo desde hace muchos aos.

    Dicha conviccin se expresa en el recuerdo de dos afirmaciones. La primera es el proverbio nadie es profeta en su tierra. Me siento como testigo de la rea-lizacin de una profeca que, como cualquier otra, es una esperanza en algo que solo puede materializarse por la fe en la generosidad de los dems. Esa esperanza, ms bien deseo profundo, era el mismo que tenemos todos, de que se nos reciba en la casa que hemos abandonado y se nos diga que hemos cumplido, al menos en parte, las expectativas creadas por la formacin que se nos dio.

    La segunda afirmacin es ms bien un dicho atribuido a Nicols de Pirola. En un momento de su agitada vida, el Califa habra afirmado que en nuestro pas no hay nada que da ni quita honra. Una afirmacin de esta ndole aflora en nuestro espritu cuando presenciamos los numerosos actos de injusticia e im-punidad que se dan con frecuencia. Sin embargo, no debemos olvidar o ignorar sucesos como el que en este instante vivo, junto con ustedes, y que por ser expre-sin del desprendimiento personal y acadmico, honran de modo imperecedero a quien lo recibe. No obstante, espero, con firmeza, que lo que hasta ahora he hecho o haga en el futuro justifique que se me haya otorgado el doctorado. As, resultara, al menos lo espero, que la afirmacin atribuida a Pirola no deba ser aplicada de manera pesimista y absoluta a todo acontecimiento, modesto o gran-de, que se viva en nuestro pas.

    Si bien la responsabilidad de nuestros actos, xitos y fracasos es eminente-mente personal, nuestra labor no es individual sino que es el resultado de una em-presa social en la medida en que es condicionada, directa o indirectamente, por nuestras relaciones con los dems. Por esto no es solo mrito individual el hacerse acreedor a un honor tan significativo. En el participan muchos otros y aunque es imposible recordar a todos, es un deber hacerlo en la persona de algunos.

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    Me permito comenzar por quienes pertenecen a mi crculo ms estrecho y cercano. Mis padres, doa Luisa Pozo Vigil y don Luis Hurtado Navas, maestros, sin quienes no hubiera simplemente existido ni recibido los valores fundamenta-les, menos an frecuentado las aulas sanmarquinas.

    Se dice que detrs de todo gran hombre, en realidad de cualquier hombre como es mi caso, se encuentra una mujer. Ahora bien, he tenido la suerte que tienen pocos de contar con tres mujeres: Luzmila Emperatriz Rivas, mi esposa, Myrtha y Claudia nuestras hijas. Aunque ellas lo puedan tomar con escepticismo, sin su apoyo y comprensin no hubiera, sin duda alguna, efectuado lo poco bue-no que he logrado realizar.

    En el mbito profesional y acadmico, me limitar a recordar tres persona-lidades sanmarquinas, a modo de evidenciar que, en gran parte, soy lo que soy gracias a mi querida Universidad.

    Entre los cursos del programa de Estudios Generales, previo a los estudios de derecho, uno que me interes en especial fue el de psicologa general, dictado por Jos Russo Delgado. Me viene a la memoria su mirada profunda y perspicaz, que iluminaba su gesto hosco y enmarcado por cejas y bigote grises. Imagen que he rememorado cada vez que he visto el conocido retrato de Frederic Nietzsche, autor a quien dedic varios de sus escritos. Sus explicaciones eran ordenadas y pronunciadas con una cadencia que ocultaba mal la pasin del expositor.

    En un atardecer de un triste invierno limeo, apiados en un saln vetusto de esta Casona, costado del jirn Azngaro, un grupo numeroso de alumnos seguamos atentamente la exposicin del profesor Russo sobre el subconsciente y sus manifestaciones en los actos fallidos de la vida cotidiana. Cuando de repente la leccin fue interrumpida por las proclamas de protesta de una manifestacin callejera estudiantil, la misma que se transform en una gritera desordenada sal-picada por el ruido metlico producido por el golpear sobre el pavimento de las herraduras de los caballos de la gendarmera. La distraccin creada en el audito-rio, a pesar de la intensificacin de la bulla, fue perdindose en la medida en que los estudiantes fueron tomando consciencia de la transformacin progresiva de la exposicin del profesor en un discurso intenso y emotivo sobre la violencia, la libertad y las aspiraciones a vivir en una sociedad democrtica e igualitaria. Fue una inolvidable leccin que me ense que un buen profesor no solo debe ser un reservorio enorme de conocimientos, sino tambin una fuente de criterios ticos y sociales. Seguro que me ha quedado muy poco de las nociones sicolgicas, pero siempre he tenido presente la enseanza profundamente humana de esa leccin del profesor sanmarquino.

    En el segundo piso del patio de derecho, quedaba la biblioteca de la Facultad de Derecho, dirigida por el profesor Manuel G. Abastos. Mi asistencia asidua a

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    dicha biblioteca me dio la oportunidad de conversar frecuentemente con don Manuel, quien, al darse cuenta de mi aficin por el derecho penal, me aconsej que, si quera adquirir una buena formacin, deba realizar estudios en el extran-jero. Al preguntarle adnde debera de ir, sin dudarlo, me respondi a Suiza. Sorprendido, le ped me explicara las razones. Con su voz parsimoniosa, mirada profunda y sonrisa socarrona, me dijo que no le extraaba mi sorpresa porque seguro mis profesores de derecho penal, ignorando los antecedentes del Cdigo penal de 1924 entonces vigente, no haban explicado que este cdigo era una copia casi fiel de los proyectos de 1916 y 1918 del Cdigo penal helvtico. Por lo que estudiar en Suiza el derecho penal comportaba familiarizarse con la doctrina y la jurisprudencia elaboradas sobre la base del modelo legislativo importado en el Per.

    Una vez en Suiza, gracias a una beca de la Confederacin Helvtica, mantuve correspondencia con Manuel Abastos, sus cartas estaban plenas de consejos y de pedidos de informacin tanto sobre los estudios en Suiza como sobre la evolucin de la legislacin. Esto ltimo, debido a que formaba parte de una comisin de reforma del Cdigo penal. Esta actitud ha sido para m un ejemplo de seriedad en el trabajo docente y profesional, as como de preocupacin por seguir las expe-riencias de un modesto estudiante de postgrado en el extranjero. Por esto, espero haberlo imitado aunque sea parcialmente con los diversos estudiantes peruanos y latinoamericanos, cuya presencia en Europa he patrocinado de alguna manera.

    Al lado izquierdo del saln de lectura del local de la Facultad de Derecho en la Ciudad Universitaria existan compartimentos pequesimos, a los que les lla-mbamos cubculos y que servan de oficina a algunos profesores. Llegu a ocupar uno de estos espacios, amoblado con un pequeo escritorio y una silla. Uno de mis vecinos era don Domingo Garca Rada, quien haba sido mi profesor en uno de los cursos de derecho penal. Alto y delgado, con una cara de luna llena en la que una esplendida frente ocupaba la mayor parte y adornada con unos ojos pe-queos pero de una gran vivacidad. Su parsimonia y sus buenas maneras ponan de manifiesto su generosidad y honestidad. A pesar de la notable diferencia de edades, logr establecer con l, gracias a su accesibilidad, una excelente y durable amistad. Una maana, don Domingo vino a mi cubculo y sin ms rodeos me dijo que el Consejo Nacional de la Universidad Peruana le haba designado para que evaluara, junto con otro colega, a los profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad Santiago Abad del Cuzco. Proposicin que haba aceptado a condicin de poder elegir l mismo su acompaante y que me haba escogido. No hice sino agradecerle su amabilidad.

    Nuestro vuelo a la ciudad imperial fue un poco angustioso al llegar el momento de aterrizar debido a dificultades en el funcionamiento del tren de aterrizaje.

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    Lo que oblig al piloto a sobrevolar la ciudad durante varios minutos. Con mi acostumbrado proceder de ocultar mis miedos de agnstico haciendo bromas, trat de hacerlo expresndole un comentario sobre la ltima recta del destino. De manera serena, don Domingo me recomend rezar para borrar mis numerosos pecados y volvi a la actitud de recogimiento que yo haba perturbado.

    Todo no fue sino un susto y, en la tarde, fuimos a asumir nuestro cargo ante la Comisin interventora. Acogida deferente y expeditiva, condimentada por una breve explicacin sobre los objetivos: poner orden en la Universidad que se haba convertido en fuente de revuelta debido a la mala influencia de profesores que se llamaban progresistas. Lo que me indujo a tratar de reaccionar, actitud que fue neutralizada en sus inicios por gesto discreto y firme de don Domingo. En la cena a dos, en la que mi colega impuso como plato de fondo una trucha y como bebida agua mineral, una San Mateo, le pregunt que cmo no haba protesta-do contra las directivas que nos haban dado y contrarias a nuestra autonoma. Sonriendo, me respondi preguntndome que quin valorara y calificara a los colegas cuzqueos. El mismo se respondi, nosotros de acuerdo con nuestras con-vicciones. En el fondo, me limit a pensar que, con su experiencia y autoridad, me impondra sus apreciaciones conservadoras. Apreciacin que fue desmentida al da siguiente. Despus de haber calificado los expedientes y entrevistado a cada uno de los docentes evaluados, Don Domingo me dijo, mire Dr. Hurtado si des-calificamos a los designados como rojos e indeseables, debemos descalificar a los indicados como buenos y disciplinados, pues los primeros son notablemente ms calificados que los segundos. Fue una leccin de modestia y justicia que nunca he olvidado, como tampoco he olvidado un proverbio que gustaba utilizar y que expresara en las alturas de Sacsahuamn. Al pedirle desde la explanada que suba, me grit ya est viejo Pedro para cabrero. El mismo que yo repito, sobre todo en los ltimos aos, casi como un lamento por el nefasto atentado terrorista de que fue vctima.

    Debera tambin recordar, en esta ocasin a mis amigos y condiscpulos. A algunos con cario y reconocimiento por sus mritos profesionales y personales. A todos ellos, los personalizo en Manuel Cerpa Cerpa, a quien conoc en la acade-mia donde nos preparbamos para el examen de ingreso a San Marcos y que du-rante toda mi ausencia fue el cordn umbilical que me facilit guardar el contacto con el Per hasta que su fallecimiento, hace poco, puso fin a nuestra amistad. A otros, de cuyos nombres no debo acordarme, los recuerdo con tristeza y enfado por no haber seguido, en los altos cargos judiciales o polticos que ocuparon, las pautas de honestidad y entereza que nos imparti San Marcos.

    Cmo no mencionar a los jvenes que, como meritorios, estudiaron, tra-bajaron, colaboraron conmigo o siguieron mis clases. Entre estos ltimos, se

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    encuentran mis ahijados, los miembros de la promocin sanmarquina Teodoro Meinken, con quienes desde hace ms de veinte aos conservo una clida rela-cin de amistad y acadmica. Mencin particular merece su secretario iletrado, Alfonso Velsquez Reinoso .

    A quienes colaboraron de manera ms cercana conmigo, sera demasiado pretencioso llamarlos discpulos porque implicara considerarme maestro, califi-cacin que con seguridad me queda demasiado grande. Por no poder dar la lista completa y para evitar un olvido injusto, les ruego permitirme escoger, cierto ar-bitrariamente, a tres que, como los tres mosqueteros de Alexandre Dumas, son en realidad cuatro. En estricto orden alfabtico: Vctor Prado, Pablo Snchez, Csar San Martn y Laura Ziga. Laura, a quien, segn el manual de buena educacin de Carreo, deb mencionar primero, es actualmente profesora en la Universidad de Salamanca. Vctor y Pablo, el primero es penalista y el segundo procesalista de conformidad con la divisin de trabajo que acordamos cuando an eran alumnos de los primeros aos de derecho y comenzaron a ayudarme en la enseanza e investigacin. Con Csar, comprometido desde muy joven con la administracin de justicia, lo que le impidi aceptar una beca para estudiar en Alemania, he mantenido una constante relacin intelectual. Con sus actos funcionales trascen-dentales y sus publicaciones ya han logrado un nivel difcilmente alcanzable en la edad en la que se encuentran.

    Para llegar hasta aqu, el camino ha sido largo y arduo. Nac en Ayabaca, ciu-dad que solo he conocido hace dos aos, gracias a Aurelio Saavedra, ayabaquino chauvinista, y Percy Garca, catlico militante. Aprend a leer, a los cuatro aos, pegado de las faldas de mi madre, viendo y oyendo como ella enseaba a los nios del Jardn de Infancia de Chulucanas. En Caraz, curs los primeros aos de pri-maria en el Centro escolar, donde tuve como profesores a Augusto Alba y Pedro Mndez Jurado, a quien volvera a encontrar en la Corte Superior de Lima donde me desempe como magistrado. Culmin la primaria en Lima, en la escuela Javier Prado de El Porvenir, que tena la enorme ventaja de estar muy cerca del popular Coliseo Nacional, enorme carpa de circo, lo que me permiti frecuentar clandestinamente sus programas de msica andina, por entonces solo destinados a los inmigrantes andinos. Estudi secundaria en el Colegio Pedro A. Labarthe del mismo barrio, cuyo lema es todo labarthino es un caballero y que me dio la ocasin de bailar huayno, junto a alumnas del Colegio Mercedes Cabello, ante el dictador Manuel A. Odra de quien se hablaba pestes en mi casa paterna. Ex-periencia que casi me cost redoblar de ao a causa de tanta fiesta. Finalizando la dictadura del Ochenio, ingres a San Marcos, matriz de la que sal y he vuelto por obra de ustedes.

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    As, me he referido solo a la primera parte de mi vida. Sobre la desarrolla-da en Europa, les contar que una beca de la Confederacin Suiza me permiti realizar, entre 1967 y 1971, mi doctorado en Neuchtel y que la acogida que, desde 1982, me ha brindado la Universidad de Friburgo en Suiza, como profesor, ha hecho posible que complete y perfeccione la formacin que me proporcion San Marcos. Por esto, soy formal y espiritualmente miembro de ambas naciones. La ocasin para agradecer debidamente a Suiza y a Fribourg por su acogida ser el da, ya no muy lejano, en que dicte mi leccin de adis a la ctedra. Gra-cias a una beca de la Fundacin Alexander von Humboldt, frecuent el Instituto Max-Planck de Friburgo en Alemania, donde conoc a dos entraables amigos y colegas, presentes entre nosotros, Fernando Velsquez Velsquez de Colombia y Francisco Castillo Gonzlez de Costa Rica.

    Disclpenme por haberlos aburrido con este mal hilvanado discurso, pero tengan en consideracin que solo he tratado de expresar mi deuda con San Mar-cos, y al que pongo punto final manifestando a ustedes seor Rector, seor de-cano, y a todos ustedes que han tenido a bien participar en este acto, mi ms profundo reconocimiento y gratitud.